Legislatura LV - Año III - Período Ordinario - Fecha 19940510 - Número de Diario 9

(L55A3P1oN009F19940510.xml)Núm. Diario: 9

ENCABEZADO

PODER LEGISLATIVO FEDERAL

LV LEGISLATURA

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio

DIRECTOR GENERAL DE CRÓNICA PARLAMENTARIA

Héctor de Antuñano y Lora

PRESIDENTE

Diputado Pedro Ojeda Paullada

DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES

Norberto Reyes Ayala

AÑO III México, D.F., martes 10 de mayo de 1994 No. 9

SUMARIO

SUMARIO

ASISTENCIA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Con una aclaración del diputado José Antonio Gómez Urquiza de la Macorra, se aprueba.

PROTESTA DE DIPUTADO

La rinde el ciudadano Guillermo Sánchez Arellano, del distrito electoral del Estado de Jalisco.

DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

Invitación al acto cívico conmemorativo del XI aniversario luctuoso del ex Presidente de la República, Miguel Alemán Velasco. Se designa comisión.

LEY DEL SEGURO SOCIAL

Iniciativas de reformas que presenta el diputado Miguel Ángel Sáenz Garza. Se turna a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y a la de Seguridad Social.

Para rectificar hechos hace uso de la palabra el diputado Raúl Alvarez Garín.

REPÚBLICA DEL ECUADOR

Minuta del Senado de la República, con proyecto de decreto que concede el permiso, constitucional necesario para que la ciudadana Cristina Flores Cuevas, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de ese país en Jalapa, Veracruz. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DE SUDÁFRICA

Seis solicitudes de otros tantos ciudadanos mexicanos, para que se les concedan los permisos constitucionales necesarios para prestar sus servicios en esa legación. Se turnan a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de ese ordenamiento. Es de primera lectura.

EMBAJADA BRITÁNICA EN MÉXICO

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede los permisos constitucionales necesarios para que las ciudadanas María Fernanda Toca Gutiérrez y Areli Patricia Moya Flores, puedan prestar sus servicios en esa legación. Se aprueba y se turna al Senado de la República para los efectos constitucionales.

ESTADO DE VERACRUZ

Denuncia la situación de los trabajadores petroleros el diputado Guillermo Flores Velasco.

Sobre el mismo asunto, habla el diputado Pablo Pavón Vinales

Para rectificar hechos los diputados:

Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara

Guillermo Flores Velasco

Se desecha la proposición.

ESTADO DE NUEVO LEÓN

Denuncia de hechos que presenta el diputado Arturo Fuentes Benavídez.

Sobre el mismo asunto, habla el diputado Tomás González de Luna.

Para rectificar hechos los diputados:

Daniel de la Garza Gutiérrez

Tomás González de Luna

Liliana Flores Benavides

Se turna a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

ESTADO DE PUEBLA

Denuncia de hechos en el municipio de San Martín Texmelucan, que hace el diputado Francisco Javier Saucedo Pérez.

Se turna a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

Denuncia la desaparición de un miembro de su Partido, el diputado Javier Colorado Pulido.

Se turna a las comisiones de Justicia y a la de Derechos Humanos.

ORDEN DEL DÍA

De la próxima sesión. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del diputado J. Guadalupe Tarcisio Rodríguez Martínez

ASISTENCIA

El Presidente:

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia del registro de firmas de los diputados, para conocer si existe el quórum reglamentario.

La secretaria Ignacia García López:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 357 diputados. Por lo tanto, hay quórum, señor Presidente.

El Presidente (a las 12.40 horas):

Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

La secretaria Ignacio García López:

Se va a dar lectura al orden del día.

«Segundo Período de Sesiones Ordinarias.- Tercer Año.- LV Legislatura.

Orden del día

10 de mayo de 1994.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Protesta de ciudadano.

El Departamento del Distrito Federal, invita a acto cívico conmemorativo del XI aniversario luctuoso del licenciado Miguel Alemán Valdés, ex presidente de la República, que tendrá lugar el 14 de mayo a las 10.00 horas.

Iniciativas de diputados

De reformas a la Ley del Seguro Social, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Minuta

Proyecto de decreto, que concede permiso a la ciudadana Cristina Flores de Cuevas, para desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de Ecuador en Jalapa, Veracruz, con circunscripción consular en los estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán.

Solicitudes de particulares

Seis, de los ciudadanos Adriana González Correa, Herminia Estrada de Rodríguez, Yara Trevethan Gaxiola, Lidia Izaguirre Quezada, Francisco Javier Lugo Mejía y Mario H. García Tovar, para que se les conceda el permiso constitucional necesario para prestar servicios administrativos en la Embajada de Sudáfrica, en México.

Dictamen de primera lectura

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Dictamen a discusión

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a las ciudadanas María Fernanda Toca Gutiérrez y Areli Patricia Moya Flores, para prestar servicios en la Embajada Británica, en México.

Denuncia sobre la situación laboral de los trabajadores petroleros en el Estados de Veracruz, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Denuncia de la desaparición de un militante del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, el 23 de marzo en la ciudad de Tijuana, Baja California.

Denuncia sobre un ayuntamiento del Estado de Nuevo León, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Denuncia sobre la situación política en San Martín Texmelucan, Puebla, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El secretario Guillermo Sánchez Nava:

Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el día

cuatro de mayo de mil novecientos noventa y cuatro, correspondiente al Segundo Período de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Quinta Legislatura.

Presidencia del diputado Carlos González Durán

En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, siendo las doce horas con catorce minutos del día cuatro de mayo de mi novecientos noventa y cuatro, con una asistencia de trescientos veintiún diputados, el Presidente declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día y, posteriormente al acta de la sesión anterior, misma que, sin discusión, se aprueba en sus términos en votación económica.

Se concede el uso de la palabra al diputado Adolfo Kunz Bolaños, quien a nombre propio y de dos legisladores más, presenta iniciativa de reformas y adiciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Solicita y se concede el uso de la palabra al diputado Jorge Calderón Salazar, del Partido de la Revolución Democrática, quien presenta iniciativa de reformas al Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de mil novecientos noventa y cuatro. Se turna a la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

Pasa a la tribuna el diputado Rafael Morgan Alvarez, del Partido Acción Nacional, quien presenta dos iniciativas de reformas y adiciones a la Ley del Seguro Social, misma que se turna a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y a la de Seguridad Social.

La Secretaría da lectura a un dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con punto de acuerdo se concede licencia al diputado Rubén Raymundo Gómez Ramírez, para separarse de su cargo. En votación económica se aprueba. Notifíquese al interesado.

Se da primera lectura a otro dictamen de la misma comisión, con proyecto de decreto con el que se concede el permiso constitucional necesario para que las ciudadanas María Fernanda Toca Gutiérrez y Areli Patricia Moya Flores, puedan prestar sus servicios en la Embajada Británica en México. Es de primera lectura.

Para referirse a hechos en el Estado de Tamaulipas, suben a la tribuna los diputados Luisa Alvarez Cervantes, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, en dos ocasiones, quien presenta un punto de acuerdo que se turna a las comisiones de Información, Gestoría y Quejas y a las solicitadas por la oradora; Laura Alicia Garza Galindo y Arturo Saavedra Sánchez, ambos del Partido Revolucionario Institucional.

Para hacer comentarios en torno al Instituto Nacional de Fondo de Vivienda para los Trabajadores, hace uso de la palabra el diputado José Antonio Gómez Urquiza de la Macorra, del Partido Acción Nacional.

Expresan sus opiniones sobre el combate al lirio acuático en el Lago de Chapala, los diputados Félix Bautista Matías, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana; Miguel León Corrales, del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones; Jesús González Gortázar, del Partido Revolucionario Institucional y Carmen Bolado del Real, del Partido Acción Nacional. Se turna a la Comisión de Asentamientos Humanos y Ecología.

Solicita y se concede el uso de la palabra al diputado Odilón Cantú Domínguez, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, para referirse a los acontecimientos electorales en Sudáfrica.

Pasa a la tribuna el diputado Víctor Díaz Palacios, del Partido Revolucionario Institucional, quien se refiere al hecho histórico de la Batalla del cinco de mayo en la ciudad de Puebla de los Ángeles.

Agotados los asuntos en cartera y no habiendo nadie más que haga uso de la palabra, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las quince horas con cincuenta y nueve minutos, citando para la que tendrá lugar el próximo día diez de mayo de mil novecientos noventa y cuatro, a las diez horas.»

El secretario Guillermo Sánchez Nava:

Esta a discusión el acta...

El diputado José Antonio Gómez Urquiza de la Macorra (desde su curul):

Señor Presidente: una aclaración al acta... Para una aclaración al acta, señor Presidente, ya que en la intervención sobre el Infonavit no se menciona que se turnó a punto de acuerdo a las comisiones de Hacienda y de Vivienda. Solicito se incluya en el acta este punto de acuerdo.

El Presidente:

Gracias, señor diputado. Tome nota la Secretaría.

El secretario Guillermo Sánchez Nava:

Se toma nota.

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

PROTESTA DE DIPUTADO

El Presidente:

Se encuentra a las puertas de este recinto, el ciudadano Guillermo Sánchez Arellano, diputado suplente electo en el I distrito del Estado de Jalisco.

Se designa en comisión para que lo acompañen en el acto de rendir la protesta de ley para entrar en funciones, a los siguientes diputados: Enrique Chavero Ocampo, Bernardo Gutiérrez Ochoa, Félix Bautista Matías, María Clara Mejía Guajardo, Miguel León Corrales y Carmen Bolado del Real.

El secretario Guillermo Sánchez Nava:

Se pide a la comisión cumplir con este encargo.

Se ruega a los presentes ponerse de pie.

El Presidente:

Ciudadano Guillermo Sánchez Arellano: ¿Protestáis guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo os ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?

El ciudadano Guillermo Sánchez Arellano:

Sí, protesto.

El Presidente:

Si así no lo hiciéreis, la nación os lo demande.

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.

DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

El secretario Guillermo Sánchez Nava:

Se va a dar lectura a una invitación.

«Diputado Pedro Ojeda Paullada, Presidente de la Cámara de Diputados.- Presente.

El Departamento del Distrito Federal, por conducto de esta dirección general, ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del XI aniversario luctuoso de licenciado Miguel Alemán Valdés, ex presidente de la República, que tendrá lugar en el Panteón Español, ubicado en Av. México Tacuba Núm. 107, delegación Miguel Hidalgo, el día 14 a las 10:30 horas.

Por tal motivo, de la manera más atenta me permito solicitarle tenga a bien girar sus respetables indicaciones a efecto de que un representante de esa Cámara de Diputados que usted preside, asista a la ceremonia de referencia.

Agradezco las atenciones que se sirva dar al presente y le reitero las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Dirección de Acción Cívica, licenciado Gerardo González Camarena.»

El Presidente:

Para asistir en representación de esta Cámara, se designa a los siguientes diputados: Gustavo Carvajal Moreno, Luis Beauregard Rivas, Jorge Uscanga Escobar, Jorge Oceguera Galván y Diego Velázquez Duarte.

LEY DEL SEGURO SOCIAL

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Miguel Sáenz Garza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de reformas a la Ley del Seguro Social.

El diputado Miguel Ángel Sáenz Garza:

Gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Me voy a permitir dar lectura a una iniciativa de modificación a la Ley del Seguro Social.

«Secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.

Las condiciones económicas de los pensionados han sido motivo de seria preocupación por parte de todos los legisladores del Partido Revolucionario Institucional, así como de otros partidos, misma que responde no sólo a un reclamo social, sin también a un principio elemental de justicia.

Cabe recordar que el monto de las pensiones mínimas consideradas en la Ley del Seguro Social que entró en vigor el 1o. de abril de 1973 permaneció estático por un lapso de más de siete años, hasta las reformas a la misma ley publicadas en el Diario Oficial de la Federación, del 19 de diciembre de 1980. Posteriormente las pensiones vuelven a encontrarse en igual situación por un período de poco más de ocho años, hasta enero de 1989.

La década de los 80 se caracterizó en los ámbitos nacional e internacional por elevados niveles de inflación que afectaron la economía popular, lesionando el poder adquisitivo del salario, por lo que evidentemente este problema afectó en forma primordial a los pensionados y jubilados, al grado de que la cuantía mínima de la pensión resultaba insuficiente para hacer frente a la inflación.

El 5 de enero de 1989 a iniciativa del Ejecutivo Federal que mereció la aprobación de este honorable Congreso de la Unión, se incrementó la cuantía mínima de las pensiones del 35.2% del salario mínimo general del Distrito Federal, sin incluir asignaciones familiares ni ayudas asistenciales, al 70% de dicho salario, incorporadas ya esas asignaciones y ayudas. También es de señalarse que a partir de esa fecha las pensiones adquieran el carácter de dinámicas en función de los incrementos al salario mínimo.

Asimismo, por iniciativa del Ejecutivo, a partir del 1o. de enero de 1991, la cuantía mínima de las pensiones tuvo un nuevo incremento al pasar del 70 al 80% del salario mínimo general indicado.

El 29 de junio de 1992 a iniciativa de esta soberanía se reformó y adicionó el artículo 168 de la Ley del Seguro Social, con objeto de incrementar la cuantía mínima de las pensiones del 80 al 90% del salario mínimo general en el Distrito Federal, previo estudio del Instituto Mexicano del Seguro Social, con el propósito de dar una respuesta positiva e inmediata a los pensionados sin perder el equilibrio financiero que por disposición legal el instituto está obligado a conservar.

Esta representación nacional consideró necesario programar el incremento de forma escalonada, otorgando cinco puntos porcentuales, del 1o. de junio al 31 de diciembre de 1992 y los otro cinco puntos a partir del 1o. de enero de 1993.

Por insuficiencia de la fuente de financiamiento este Congreso autorizó al instituto por esa única vez, acceder a los activos financieros señalados en el artículo 264 de la Ley del Seguro Social, mientras se establecían los sistemas de operación y financiamiento respectivos, con base en los correspondientes estudios actuariales.

No obstante que los pensionados gozaron del incremento a sus pensiones a partir del 1o. de junio de 1992 no fue, sino hasta el 21 de junio de 1993, fecha en que entró en vigor el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y se abroga la Ley del Impuesto por Remuneración al Trabajo Personal prestado bajo la dirección

y dependencia de un patrón, cuando a través de la reforma al artículo 177 de la Ley del Seguro Social, por el incremento autorizado, el instituto obtuvo el resarcimiento y se procedió a reponer las reservas dispuestas.

Esta soberanía en el dictamen de las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social en relación a la iniciativa con el proyecto de decreto antes referido, indicó que en cuanto al ramo de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, el incremento a cuotas se destinaría tanto a resarcir al instituto del último incremento de la cuantía mínima de las pensiones del 80 al 90% del salario mínimo vigente en el Distrito Federal, cuanto a constituir reservas técnicas para el mejoramiento de las mismas. Que por lo que se refiere a este aspecto, las comisiones unidas no podían dejar de señalar la importancia de hacer eco de las justas reclamaciones de los jubilados y pensionados actuales, por lo cual sin desatender el fin primordial de mantener el equilibrio financiero y de llegar a una resolución integral, el Instituto debería hacer durante ese año su máximo esfuerzo para ayudar a resolver este problema.

En el debate en lo general, diputados de los diversos partidos políticos hicieron un llamado para que el Instituto Mexicano del Seguro Social aplicara, a la brevedad, parte de los ingresos que se obtuvieran a partir de la reforma legal, a la solución del grave problema que aqueja a los jubilados y pensionados.

El Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994 establece como objetivo de la política de salud, asistencia y seguridad social, impulsar la protección de los mexicanos brindando servicios y prestaciones óptimas, eficaces, equilibradas y humanitarias, que coadyuven al mejoramiento de las condiciones de bienestar social.

Con tal espíritu y tomando en consideración las recomendaciones de esta soberanía al aprobar las últimas reformas de la Ley del Seguro Social en el año de 1993, el Instituto Mexicano del Seguro Social con los ingresos obtenidos en el ramo de aseguramiento de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, logró restablecer las reservas dispuestas para el incremento de las pensiones del 80 al 90% y por lo mismo, tanto en estricto acatamiento de las recomendaciones de las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, como de los diputados de diversos partidos políticos, mediante un gran esfuerzo, finalmente y de aprobarse esta iniciativa, el Instituto podrá dedicar la mayoría de los ingresos futuros de este ramo de aseguramiento, para incrementar la cuantía mínima de las pensiones, al equivalente del 100% del salario mínimo general que rige en el Distrito Federal.

En síntesis, las anteriores reformas y la que se propone permitirán que la cuantía mínima de las pensiones se haya elevado del 35.2% del salario mínimo general del Distrito Federal en 1988 a más del 100% en 1994. Cabe señalar que esto representa para los pensionados que se encuentran en el área geográfica salarial "C", en la que habitan el 46% de todos ellos, obtener el 123.39% del salario mínimo del área geográfica respectiva; en el caso de quienes se ubican en el área geográfica "B", en la que habita el 17% de los pensionados, alcanzar el 112.09% del salario mínimo, en tanto que para el 37% restante que habita en el área geográfica "A" significa el 104.16% del salario correspondiente, en el entendido de que el excedente de 15 días por concepto de pago de aguinaldo se incluye en el cálculo de estos porcentajes.

Es procedente destacar que en el lapso de tan sólo 5 años el monto de las pensiones ha evolucionado más que en los últimos nueve lustros, resultando un ingreso sensiblemente superior al percibido hasta 1988.

Tomando en cuenta que los recursos financieros generados con motivo de las reformas de julio de 1993 pudieran, a esta fecha, ser insuficientes para financiar el incremento que se propone, esta soberanía de manera excepcional autoriza al Instituto Mexicano del Seguro Social a hacer un uso parcial de las reservas a que se refiere el artículo 264 de la Ley del Seguro Social hasta lograr el financiamiento que permita el incremento propuesto.

Para lograr el incremento mencionado, es indispensable que la cuantía mínima de las pensiones en el ramo de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, se realice en forma gradual con el objeto de que el instituto conserve su equilibrio financiero, por lo que durante el período comprendido entre el 1o. de julio al 31 de diciembre de 1994, la pensión de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, incluyendo las asignaciones familiares y ayudas asistenciales que en su caso correspondan, no podrá ser inferior al 95% del salario mínimo general que rija en el Distrito Federal y a partir del 1o. de enero de 1995, la pensión de invalidez,

vejez o cesantía en edad avanzada, incluyendo las asignaciones familiares y ayudas asistenciales que en su caso correspondan, no podrá ser inferior al 100% del salario mínimo general que rija en el Distrito Federal, lográndose de esa manera que los pensionados perciban menores ingresos.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los abajo firmantes, diputados del Partido Revolucionario Institucional, sometemos a la consideración de esta Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa de

DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 168 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

Artículo único. Se reforma el primer párrafo del artículo 168 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 168. La pensión de invalidez, de vejez o cesantía en edad avanzada incluyendo las asignaciones familiares y ayudas asistenciales que en su caso correspondan, no podrá ser inferior al 100% del salario mínimo general que rija para el Distrito Federal.

TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1o. de enero de 1995.

Segundo. Durante el período comprendido entre el 1o. de junio de 1994 al 31 de diciembre de 1994, la pensión de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, incluyendo las asignaciones familiares y ayudas asistenciales que en su caso correspondan, no podrá ser inferior al 95% del salario mínimo genera que rija para el Distrito Federal.

Tercero. El Instituto Mexicano del Seguro Social podrá utilizar los activos financieros señalados en el artículo 264 de la Ley del Seguro Social, que sean indispensables para financiar los incrementos a que se refiere el transitorio anterior.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados a los 4 días del mes de mayo de 1994.- Diputados: Rodolfo Becerril Straffon, Miguel Ángel Sáenz Garza, Trinidad Reyes Alcaraz, Gil Mendoza Pichardo, Juan Moisés Calleja, Rafael Gilberto Bernal Chávez y Rafael Fernández Tomás.»

Solicito al señor Presidente turne esta iniciativa a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para que se dictamine en consecuencia.

Dejo en manos de la Secretaría, la misma.

El Presidente:

Recibo y túrnese a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

El diputado Luis Raúl Alvarez Garín (desde su curul):

Pido la palabra.

El Presidente:

¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Luis Raúl Alvarez Garín (desde su curul):

Para rectificar hechos, sobre esta iniciativa.

El Presidente:

Adelante, hasta por cinco minutos.

El diputado Luis Raúl Alvarez Garín:

Compañeras y compañeros:

Hace dos años que se estaba esperando esta iniciativa de ley, y hoy que la recibimos hay que decir que es unilateral y decepcionante, y creo que es unilateral por razones evidentes: los diputados del PRI no tuvieron la delicadeza de preguntarles por lo menos a los del PRD, y sospecho que a los de los demás partidos, ¿cómo venía esta iniciativa de ley? Porque es tan poco generosa que seguramente advertían que no la íbamos a suscribir.

Finalmente, después de todos los antecedentes que nos han dado, se reduce a elevar las

pensiones al 95% este año y en enero de 1995 llegarían al 100%.

En la justificación que nos acaba de leer el compañero Sáenz Garza, sin embargo aparecen una serie de consideraciones que hay que comentar de inmediato.

Dan como una explicación del retraso de la iniciativa el hecho de que utilizaron el dinero de las cuotas incrementadas para primero resarcir la reserva del fondo de jubilaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social, y más adelante nos advierte que de todas maneras no va a ser suficiente y que quizá también va a ser necesario hacer uso de las reservas, porque se percibe desde este momento como insuficiente para el financiamiento del aumento, aunque esto se expresa en términos condicionales.

Estamos de nuevo ante el problema que ha sido el debate de toda esta legislatura de ¿qué es lo que sucede con las finanzas del Seguro Social? ¿Cómo están manejadas? ¿Para qué alcanzan y para qué no alcanzan? ¿Y quiénes son los fondos que están financiando a los otros seguros, etcétera?

Aquí de nueva cuenta hay que decirlo: tenemos que exigir la información completa de los ingresos que tiene el Seguro Social. Porque se nos dijo, y conviene recordarlo hoy, que los ingresos que se esperaban por el aumento de cuotas podían ser equivalentes a los ingresos que se esperaban al elevar los límites de la base de cotización de 10 hasta 25 salarios mínimos.

Y hay información de prensa, mucha información de prensa, de cómo las grandes y medianas empresas han estado considerando en estos momentos cuánto representa su aumento a las cotizaciones del Seguro Social este concepto. ¡En estos mismos días se está discutiendo en la radio, hay programas dedicados a este problema de cómo son las participaciones patronales al Seguro Social y cómo se han incrementado para cierto tipo de empresas!

Esa información no está aquí y se trata de aislar el problema de las cotizaciones de seguro de invalidez, vejez, cesantía y muerte, nada más para darle la parte que corresponde exclusivamente a este concepto y nos dicen que quizá no alcance.

Yo adelanto, desde este momento, que la iniciativa parece muy decepcionante, que se necesita que efectivamente se hagan las reuniones de la comisión y que se invite directamente a las organizaciones de jubilados y pensionados a que conozcan en qué términos se está planteando esta iniciativa. Y no tiene respuesta a todas las demandas que le han levantado a los jubilados, que son que las asignaciones familiares y las ayudas asistenciales se paguen por separado, que las pensiones de las viudas sean del 100% de la que se recibía el marido, que se incrementen las pensiones de invalidez; de eso no hay ninguna respuesta, sino que simplemente nos dan una propuesta que es absolutamente decepcionante. Gracias.

El Presidente:

Continúe la Secretaría.

REPÚBLICA DEL ECUADOR

El secretario Juan Huesca Pérez:

«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, D.F.

Secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto, que concede permiso a la ciudadana Cristina Flores de Cuevas, para desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Ecuador en Jalapa, Veracruz, con circunscripción consular en los estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 4 de mayo de 1994.

Senadores: Israel Soberanis Nogueda, secretario, y Jorge Rodríguez León, secretario.»

«MINUTA PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Cristina Flores de Cuevas, para desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Ecuador en Jalapa, Veracruz, con circunscripción consulares en los Estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, D.F., a 4 de mayo de 1994.- Senadores: Oscar Ramírez Mijares, presidente; Israel Soberanis Nogueda, secretario, y Jorge Rodríguez León, secretario.

Se remite a la honorable Cámara de Diputados, para los efectos constitucionales.- México, D.F., a 4 de mayo de 1994.- El Oficial Mayor, licenciado Morelos Canseco Gómez.»

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DE SUDÁFRICA

El secretario Juan Huesca Pérez:

Solicitudes de particular.

«Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.

Por medio de la presente, les solicito de la manera más atenta, me sea concedido el permiso para desempeñar el puesto de secretaria del primer secretario político de la Embajada de Sudáfrica. Con este fin, anexo una copia de mi acta de nacimiento.

Sin más por el momento, y agradeciendo de antemano la atención que se sirvan prestar a la presente solicitud, quedo de ustedes.

México, D.F., a 21 de abril de 1994.- Atentamente, Adriana González Correa.»

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

«Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.

Por medio de la presente, les solicito de la manera más atenta, me sea concedido el permiso para desempeñar el puesto de secretaria en el departamento de comercio de la Embajada de Sudáfrica. Con este fin, anexo una copia de mi acta de nacimiento.

Sin más por el momento, y agradeciendo de antemano la atención que se sirvan prestar a la presente solicitud, quedo de ustedes.

México, D.F., a 28 de abril de 1994.- Atentamente, Herminia Estrada de Rodríguez.»

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

«Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.

Por medio de la presente, les solicito de la manera más atenta, me sea concedido el permiso para desempeñar el puesto de secretaria en el departamento administrativo de la Embajada de Sudáfrica. Con este fin, anexo una copia de mi acta de nacimiento.

Sin más por el momento, y agradeciendo de antemano la atención que se sirvan prestar a la presente solicitud, quedo de ustedes.

México, D.F., a 20 de abril de 1994.- Atentamente, Yara Trevethan Gaxiola.»

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

«Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.

Por medio de la presente, les solicito de la manera más atenta, me sea concedido el permiso para desempeñar el puesto de contador en el departamento administrativo de la Embajada de Sudáfrica.

Con este fin, anexo una copia de mi acta de nacimiento.

Sin más por el momento, y agradeciendo de antemano la atención que se sirvan prestar a la presente solicitud, quedo de ustedes.

México, D.F., a 29 de abril de 1994.- Atentamente, Lidia Izaguirre Quezada.»

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

«Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.

Por medio de la presente, les solicito de la manera más atenta, me sea concedido el permiso para desempeñar el puesto de ayudante en el departamento administrativo de la Embajada de Sudáfrica. Con este fin, anexo una copia de mi acta de nacimiento.

Sin más por el momento, y agradeciendo de antemano la atención que se sirvan presenta a la presente solicitud, quedo de usted.

México, D. F., a 26 de abril de 1994.- Atentamente, Francisco Javier Lugo Mejía.»

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

«Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.

Por medio de la presente, les solicito de la manera más atenta, me sea concedido el permiso para desempeñar el puesto de ayudante en el departamento administrativo de la Embajada de Sudáfrica. Con este fin, anexo una copia de mi acta de nacimiento.

Sin más por el momento, y agradeciendo de antemano la atención que se sirva prestar a la presente solicitud, quedo de usted.

México, D. F., a 26 de abril de 1994.- Atentamente, Mario H. García Tovar.»

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura dictamen relativo al proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

En atención a que este dictamen ha sido impreso y se está distribuyendo entre los diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La secretaria Ignacia García López:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen.

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que fue presentada, en uso de la facultades que les otorga el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por legisladores de los partidos políticos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Auténtico de la Revolución Mexicana ante la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión.

Esta comisión, con la facultad que le otorgan los artículos 56 y 68 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se avocó al análisis de la presente, bajo los siguientes

ANTECEDENTES

La iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, enviada por la Comisión Permanente, fue presentada por legisladores de los partidos políticos arriba citados ante el pleno de la misma el día 24 de marzo de 1994.

La Presidencia de la mesa directiva de la Comisión Permanente, conforme a Reglamento, ordenó el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen".

Esta comisión, con las atribuciones arriba señaladas, en reunión de trabajo celebrada el día 3 de mayo del año en curso, dio cuenta de la iniciativa antes referida, por lo que se presenta el dictamen bajo los siguientes

CONSIDERANDOS

Las recientes reformas aprobadas por el Constituyente Permanente al artículo 41 de nuestra Carta Magna, referida a la organización e integración de los órganos del consejo general del Instituto Federal Electoral, los cuales contarán con una clara presencia de la ciudadanía, con

objeto de incidir en forma decisiva en la adopción de las determinaciones que se tomen, para cumplir los principios rectores de certeza, imparcialidad, objetividad y legalidad de los procesos electorales, implican modificar determinados artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que es el ordenamiento que regula los actos del proceso electoral, en todas sus instancias.

Es por ello que la iniciativa que se presenta por parte de los legisladores de los grupos parlamentarios arriba señalados, busca la adecuación de la ley reglamentaria para cumplir los objetos de la reforma constitucional recientemente aprobada por el Constituyente permanente.

En este sentido, se propone en el artículo 5o. ampliar el derecho de los ciudadanos mexicanos para participar como observadores del proceso electoral, no sólo durante el día de la jornada electoral, sino que dicha actuación podrá ser, también, en los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral. La acreditación se podrá solicitar ante la junta local o distrital correspondiente a su domicilio, quienes deberán resolver en la siguiente sesión que celebren. Asimismo se prevé que la observación podrá realizarse en cualquier ámbito territorial de la República mexicana.

De la misma forma, se propone que los observadores electorales puedan solicitar, ante la junta local que corresponda, información electoral, siempre que no sea confidencial y existan las posibilidades materiales y técnicas para su entrega. En los contenidos de los programas de capacitación que las juntas distritales ejecutivas impartan, se deberá prever la explicación relativa a los observadores electorales, así como sus derechos y obligaciones.

Respecto al artículo 7o. se cambia la denominación de consejero magistrado por la de consejero ciudadano.

En el artículo 73 se incluye, como principio, el de independencia, para guiar las actividades del Consejo general de Instituto Federal Electoral.

Dentro del artículo 74, respecto de la integración del consejo general, se prevé ya la denominación de consejeros ciudadanos y la forma en que serán electos, correspondiendo, con esta reforma, a cada grupo parlamentario de la Cámara de Diputados el derechos a presentar hasta cuatro candidatos. La comisión correspondiente del órgano colegiado citado deberá integrar una lista hasta por el doble del número a elegir, de entre todas las propuestas, y serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados. Se señalan los procedimientos para cubrir las ausencias temporales o definitivas de los consejeros ciudadanos, para verificar los requisitos y el tiempo de duración de su cargo.

Se norma el derecho de los partidos políticos para sustituir en todo tiempo a su representante.

En virtud de la nueva integración del Consejo general se hace necesario derogar el artículo 75.

Respecto de los requisitos señalados por el artículo 76 para los consejeros ciudadanos, se suprime el requisito de ser abogado, por el de contar con título profesional o formación equivalente y tener conocimientos en la materia político-electoral; disminuye la edad de 30 a 35 años, con que deberá contar el día de la designación y también de cinco a tres años, para el caso de haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político.

Por lo que hace al artículo 79, se suprime el voto de calidad del presidente del Consejo general.

El artículo 82 se adiciona con un apartado 2., en el cual se le otorga atribución al Consejo general para invitar y acordar las bases y criterios en que habrá de atenderse e informar a los visitantes extranjeros, que acudan con motivo del proceso electoral.

En relación con los requisitos que debe reunir el director general, señalados en el artículo 88, se disminuye de cinco a tres años en caso de haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal de algún partido político.

Dentro del artículo 100, 1., inciso f, se propone que las juntas locales ejecutivas formulen y presenten al consejo local, para su aprobación, el proyecto de tope máximo de gastos que pueden erogar los partidos políticos en las campañas de candidatos a senadores.

También se señala la atribución de las juntas locales ejecutivas para acreditar a los ciudadanos

mexicanos o a las agrupaciones a que pertenezcan, como observadores electorales.

Respecto a los artículo 102, referente al funcionamiento de los consejos locales, 113, de los consejos distritales se reduce su integración de nueve a seis consejeros ciudadanos; se marca que los representantes de los partidos políticos y los vocales secretarios concurrirán con voz, pero sin voto.

En el artículo 103, que habla de los requisitos para desempeñarse como consejeros ciudadanos, se reduce de seis a cinco años en lo que respecta a haber desempeñado cargo de elección popular o haber sido postulado como candidato; de la misma forma se reduce de seis a tres años en lo referente a haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político.

Por lo que hace a las atribuciones de los presidentes de los consejos locales señaladas en el artículo 105, la iniciativa propone que éstos deberán: aprobar el tope máximo de gastos a erogar por los partidos políticos en las campañas de cada fórmula de candidato a senadores; acreditar a los ciudadanos o a la agrupación a la que pertenezcan como observadores durante el proceso electoral; publicar la integración de los consejos distritales en por lo menos un diario de mayor circulación de la localidad; registrar supletoriamente los nombramientos de los representantes generales o representantes ante las mesas directivas de casilla; registrar las fórmulas de candidatos a senadores, así como efectuar el cómputo total y la declaración de validez de la elección de senadores y resolver los recursos de revisión que les competan.

Respecto al artículo 110, de las juntas distritales ejecutivas, se prevé que éstas deberán de presentar al consejo distrital, para su aprobación, el proyecto de tope máximo de gastos de campaña de los partidos políticos respecto a la elección de diputados por el principio de mayoría relativa.

En cuanto a los requisitos para desempeñarse como consejero ciudadano en los consejos distritales, regulados en el artículo 114, se reduce también de seis a tres años el impedimento de ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político.

Asimismo, en el artículo 116 se amplían y clarifican las atribuciones de los consejos distritales, por lo que deberán: aprobar el tope máximo de gastos de campaña que pueden tener los partidos políticos en la elección de diputados por el principio de mayoría relativa; determinar el número y ubicación de casillas; insacular a los funcionarios de casilla; registrar las fórmulas de candidatos a diputados de mayoría relativa; registrar los nombramientos de los representantes que acrediten los partidos políticos para la jornada electoral; acreditar a los ciudadanos mexicanos o a la agrupación que pertenezcan, previa solicitud presentada ante la junta distrital que le corresponda, para participar como observadores durante el proceso electoral; expedir identificación a los representantes de los partidos políticos, efectuar los cómputos distritales de diputados tanto de mayoría relativa como de representación proporcional, de senadores y de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y resolver los recursos de revisión, en los términos del Libro Séptimo de este código.

En el párrafo primero del artículo 182-A, se establece que no podrán ser rebasados los topes máximos que para cada elección acuerde el consejo general, y aprueben los consejos locales y distritales, en cuanto a los gastos que realicen los partidos políticos, las coaliciones y sus candidatos en la propagada electoral y las actividades de campaña, en los términos de los artículos 82, 105 y 116 del código. Asimismo, en correlación, se reforma el párrafo 6, de este artículo, para establecer la atribución de los consejos distritales y locales de aprobar el tope de gastos de campaña, respectivamente, para diputados de mayoría relativa y para senadores.

Se reforma el párrafo tercero del artículo 197 para señalar la posibilidad de instalar hasta cinco casillas especiales, cuyo número y ubicación serán determinadas por el consejo distrital, atendiendo a características territoriales, de densidad poblacional y geográficas, a las cuales se añade la consideración del elemento demográfico.

Se modifican los párrafos primero, segundo y tercero del artículo 269 para referir, en el primero, la elección de los magistrados del tribunal a los términos de los párrafos decimoséptimo y decimonoveno del artículo 41 de la Constitución. En el párrafo segundo, se establecen las bases a que se sujetará la elección de dichos magistrados, en los incisos a al c, señalando, respectivamente, que el Presidente

de los Estados Unidos Mexicanos propondrá una lista de por lo menos dos candidatos para cada uno de los cargos de magistrados para las Salas Central y Regionales del tribunal; que de entre esos candidatos, la Cámara de Diputados elegirá a los magistrados por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes; y que las propuestas señalarán los candidatos para cada Sala. En el párrafo tercero, relativo a las ausencias temporales o definitivas de los magistrados de las salas Central y regionales, se suprime la expresión "o insacular", para establecer que las ausencias definitivas de los magistrados serán cubiertas en el orden que señale la Cámara de Diputados o, en su caso, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión al elegir a los magistrados suplentes.

El artículo 272 se modifica para establecer, en el párrafo primero, que se procederá a integrar la Comisión de Justicia cuando se estime que ha lugar a la remoción de alguno de los consejeros ciudadanos del consejo general del Instituto o magistrado del tribunal, respectivamente, a solicitud del presidente general del instituto, con el apoyo de cuando menos tres consejero más, o del Presidente del Tribunal Federal Electoral. Se sustituye, en el inciso c párrafo segundo, la expresión consejeros "magistrados", por la de consejeros "ciudadanos". Por otra parte, se modifica el párrafo tercero para establecer que procederá la remoción de los consejeros ciudadanos del consejo general del Instituto y de los magistrados del tribunal, cuando incurran en conductas graves que sean contrarias a la función que la ley les confiere.

Dentro del estudio y análisis de la presente iniciativa, los miembros de esta comisión hemos considerado la viabilidad de derogarlos los incisos g del artículo 7o. y f del artículo 347, de este código, con objeto de dar equidad al derecho de los representantes populares que, a propuesta de sus propios partidos políticos los designen candidatos para buscar otro puesto de elección popular, con lo cual se elimina el requisito de solicitar licencia para separarse de las funciones de diputado o de senador para contender al puesto de representante a la Asamblea del Distrito Federal, y de éstos para contender por un escaño del Congreso de la Unión.

La comisión que presenta este dictamen, se permite señalar que, con motivo de las propuestas de reformas que se realizan, es necesario establecer siete artículos transitorios, es decir, cuatro más de los originalmente considerados. En este sentido, el cuarto transitorio se añade con objeto de que queden debidamente cubiertos los cargos de consejeros ciudadanos en el consejo general del Instituto Federal Electoral, por ello se propone que los consejeros magistrados continúen en su encargo, hasta en tanto no sean nombrados los consejeros ciudadanos que habrán de integrarse al propio consejo general.

El quinto transitorio lo es para el caso de que todas aquellas referencias a los consejeros magistrados dentro de este código, se entiendan como realizadas a los consejeros ciudadanos, así como las adoptadas y emitidas por los diferentes órganos electorales, para todos los efectos consiguientes.

El sexto transitorio, en atención a la nueva conformación de los consejos general, locales y distritales y las nuevas características de participación por parte de los partidos políticos, es para autorizar a la Dirección General del Instituto Federal Electoral para adecuar en los conducente a dicha situación, la documentación de carácter electoral que resulte necesaria, aún la que haya sido aprobada con antelación.

Finalmente, el artículo séptimo transitorio establece que a los partidos políticos nacionales les será entregada la lista nominal de electores definitiva, conforme a los términos que el propio código prevé, en cintas magnéticas de ocho milímetros el 30 de junio del presente año e impresa en papel el 21 de julio de 1994.

Respecto al artículo 2o. del presente decreto, y con objeto de otorgar mayor claridad a lo dispuesto por las modificaciones que se proponen en el presente dictamen, se hace necesario que artículos transitorios, tanto del decreto del 17 de julio de 1992 como el de fecha 24 de septiembre de 1993, se ajusten en lo correspondiente al procedimiento electoral.

En tal sentido, el artículo decimoctavo transitorio, fracción III, adicionado al código de la materia, por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de julio de 1992, se reforma con objeto de que el último día para que los ciudadanos debidamente inscritos obtengan su credencial de elector sea el 12 de junio del año en curso, por lo que además se establece que la información que se contenga en las listas nominales que serán entregadas a los

consejos locales para su distribución a los consejos distritales y, a través de éstos, a las mesas directivas de casillas, contengan sólo la información de los ciudadanos fotocredencializados hasta el propio 12 de junio.

Por lo que hace el artículo octavo transitorio, fracción XII, del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de septiembre de 1993, la fecha límite para que los ciudadanos puedan acudir a los módulos a solicitar la reposición de su credencial para votar con fotografía, por extravío o deterioro grave, se modifica la fecha prevista para pasar a ser el 15 de mayo del año en curso.

Asimismo, en virtud de la reforma al artículo 102 y la derogación del artículo 75, el artículo décimo octavo transitorio del decreto publicado el 24 de septiembre de 1993, pierde su aplicabilidad y por tanto se hace necesario derogar dicho artículo.

Por los anteriores razonamientos y consideraciones, esta comisión, con las facultades antes señaladas, se permite someter a esta soberanía el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA ADICIONA Y DEROGA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Artículo primero. Se reforman los artículos 5o., párrafo 3 incisos c), d) fracción IV, y f) que pasa a ser j); 7 párrafo 1, inciso e); 73; 74 párrafos 1, 5, 6 y 7; 76 párrafo 1 incisos c), d) e i), y párrafos 2; 77; 79 párrafos 1; 88 párrafo 1, inciso i); 100 párrafo 1, incisos f) y g); 102 párrafo 1, 2 y 4; 103 párrafo 1, inciso d) y e); 110 párrafo 1 inciso d); 113 párrafo 1, 2 y 4; 114 párrafo 1, inciso f; 182-A párrafo 1 y 6; 197 párrafo 3; 269 párrafos 1, 2 y 3; y 272 párrafos 1, 2 inciso c), y 3; se adicionan los incisos f), g), h), e i) al párrafo 3 del artículo 5; un párrafo 2 al artículo 82; los incisos d) y e) al párrafo 1 del artículo 105, y los actuales incisos d) al i) pasan a ser, respectivamente, los incisos f) al k); los incisos b) y g) al párrafo 1 del artículo 116, los actuales incisos b) al e) pasan a ser, respectivamente, los incisos c) al f), y los actuales incisos f) al k) pasan a ser, respectivamente, los incisos h) al m); y se derogan el inciso g) del artículo 7; el párrafo 8 del artículo 74; el artículo 75; el párrafo 5 del artículo 102; el párrafo 5 del artículo 113; y el inciso f, del artículo 347, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 5o. .......................

1 y 2 .................................

3. Es derecho exclusivo de los ciudadanos mexicanos participar como observadores de los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, así como de los que se lleven a cabo el día de la jornada electoral, en la forma y términos en que determine el consejo general del Instituto para cada proceso electoral, de acuerdo con las bases siguientes:

a) y b) .............................

c) La acreditación podrá solicitarse en forma personal, o a través de la agrupación a la que pertenezca, ante la junta local o distrital correspondiente a su domicilio dentro del plazo que para tal efecto establezca el consejo general del Instituto Federal Electoral; las juntas darán cuenta de las solicitudes a los consejos correspondientes para su aprobación, misma que deberá resolverse en la siguiente sesión que celebren dichos consejos.

d). ....................................

I al III. ..............................

IV. Asistir a los cursos de preparación o información que impartan el Instituto Federal Electoral o las organizaciones de observadores electorales bajo los lineamientos y contenidos que dicten las autoridades competentes del instituto y con la supervisión de las mismas.

e). ...................................

f) La observación podrá realizarse en cualquier ámbito territorial de la República mexicana;

g) Los ciudadanos acreditados como observadores electorales podrán solicitar ante la junta local que corresponda, la información electoral que requieran para el mejor desarrollo de sus actividades. Dicha información será proporcionada siempre que no sea confidencial en los términos fijados por la ley, y que existan las posibilidades materiales y técnicas para su entrega;

h) En los contenidos de la capacitación que las juntas distritales ejecutivas impartan a los funcionarios

de las mesas directivas de casilla, debe preverse la explicación relativa a la presencia de los observadores electorales, así como los derechos y obligaciones inherentes a su actuación;

i) Los observadores electorales podrán presentarse el día de la jornada electoral con sus acreditaciones y gafetes en una o varias casillas, así como en el local del consejo distrital correspondiente, pudiendo observar los siguientes actos:

I. Instalación de la casilla;

II. Desarrollo de votación;

III. Escrutinio y cómputo de la votación en la casilla;

IV. Fijación de resultados de la votación en el exterior de la casilla;

V. Clausura de la casilla;

VI. Lectura en voz alta de los resultados en el consejo distrital; y

VII. Recepción de escritos de incidencias y protesta; y

j) Los observadores podrán representar, ante la autoridad electoral, informe de sus actividades en los términos y tiempos que para tal efecto determine el consejo general. En ningún caso los informes, juicios, opiniones o conclusiones de los observadores tendrán efectos jurídicos sobre el proceso electoral y sus resultados.

Artículo 7o. ...........................

1. ..........................................

a) al d). .................................

e) No ser consejero ciudadano en los consejos general, locales o distritales del instituto, ni director general, secretario general o director ejecutivo del mismo, salvo que se separe un año antes de la fecha de inicio del registro de la elección de que se trate;

f). ..........................................

g) Se deroga.

h) ...........................................

Artículo 73. ............................

1. El consejo general es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del instituto.

Artículo 74. ............................

1. El consejo general se integra por un consejero del Poder Ejecutivo, cuatro consejeros del Poder Legislativo, seis consejeros ciudadanos, y representantes de los partidos políticos nacionales.

2 al 4. ...................................

5. Los consejeros ciudadanos serán electos conforme a las bases siguientes:

a) Cada grupo parlamentario tendrá derecho a presentar hasta cuatro candidatos. La comisión correspondiente de la Cámara de Diputados integrará una lista de candidatos hasta por el doble del número a elegir, de entre las propuestas de los grupos parlamentarios;

b) De la lista presentada por la comisión correspondiente, la Cámara de Diputados elegirá a los consejeros ciudadanos por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes. La propuestas de consejeros serán votadas de manera individual y sucesiva.

c) Si realizadas al menos tres rondas de votación no se cubriera la totalidad de consejeros a elegir, la comisión correspondiente deberá presentar una nueva lista hasta por el doble de los consejeros faltantes. En este último caso se seguirá el procedimiento señalado en los incisos anteriores;

d) Para cubrir las ausencias temporales o definitivas de los consejeros ciudadanos, serán electos seis consejeros de la lista adicional que para ese efecto integren los grupos parlamentarios. En este caso se aplicará lo dispuesto en los incisos a) al c) anteriores. Las ausencias serán cubiertas por los suplentes en el orden que determine la Cámara al elegirlos;

e) Los consejeros ciudadanos propietarios y suplentes durarán en su cargo ocho años; y

f) Las reglas y procedimientos para verificar el cumplimiento de los requisitos serán los que establezca la propia Cámara en sus ordenamientos internos;

6. Los partidos políticos nacionales designarán un representante con voz pero sin voto.

7. Los partidos políticos podrán sustituir en todo tiempo a su representante, dando con oportunidad el aviso correspondiente al presidente del consejo general.

8. Se deroga.

Artículo 75. Se deroga.

Artículo 76. ..............................

1. Los consejeros ciudadanos deberán reunir los siguientes requisitos:

a) y b). .......................................

c) Tener mas de 30 años de edad, el día de la designación;

d) Poseer el día de la designación título profesional o formación equivalente, y tener conocimientos en la materia político-electoral;

e) al h). ......................................

i) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación.

2. La retribución que reciban los consejeros ciudadanos será la prevista en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo 77. ................................

1. Durante el tiempo de su ejercicio los consejeros ciudadanos no podrán en ningún caso aceptar o desempeñar empleo o encargo de la Federación, de los estados o municipios, de los partidos políticos o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, literarias o de beneficencia.

Artículo 79. .................................

1. Para que el consejo general pueda sesionar es necesario que esté presente la mayoría de sus integrantes, entre los que deberá estar el presidente. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.

2 y 3. .........................................

Artículo 82. ................................

1. ...............................................

2. El consejo general, en ocasión de la celebración de los procesos electorales federales, podrá invitar y acordar las bases y criterios en que habrá de atenderse e informar a los visitantes extranjeros que acudan a conocer las modalidades de su desarrollo en cualesquiera de sus etapas.

Artículo 88. .................................

1. ................................................

a) al h). .......................................

i) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación.

Artículo 100. ................................

1. ..................................................

a) al e). .........................................

f) Formular y presentar el consejo local para su aprobación, el proyecto de tope máximo de gastos que pueden erogar los partidos políticos en las campañas de cada fórmula de candidatos a senadores de su entidad federativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 182-A de este código;

g) Recibir la solicitud de acreditación que presenten los ciudadanos mexicanos, o las agrupaciones a las que pertenezcan, para participar como observadores durante el proceso electoral, conforme al inciso c) del párrafo tercero del artículo 5o. de este código; y

h). ................................................

Artículo 102. ................................

1. Los consejos locales funcionarán durante el proceso electoral federal y se integrarán con dos consejeros que serán el vocal ejecutivo y el vocal secretario de la junta local ejecutiva, seis

consejeros ciudadanos, y representantes de los partidos políticos nacionales. Los vocales de organización electoral, del Registro Federal de Electores y de Capacitación Electoral y Educación Cívica de la junta local concurrirán a sus sesiones con voz pero sin voto.

2. El vocal ejecutivo y el vocal secretario de la junta serán, respectivamente, presidente y secretario del consejo local. El vocal secretario tendrán voz, pero no voto.

3. ...............................

4. Los representantes de los partidos políticos nacionales tendrán voz, pero no voto; se determinarán conforme a la regla señalada en el párrafo sexto del artículo 74 de este código.

5. Se deroga.

Artículo 103. ...............

1...................................

a) al c) ........................

d) No desempeñar o haber desempeñado cargo de elección popular, ni haber sido postulado como candidato, en los cinco años inmediatos anteriores a la designación;

e) No ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación; y

f). ................................

2. a 4. .........................

Artículo 105. ...............

a) al c). ......................

d) Aprobar el tope máximo de gastos que pueden erogar los partidos políticos en las campanas de cada fórmula de candidatos a senadores de su entidad federativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182-A de este código;

e) Acreditar a los ciudadanos mexicanos, o a la agrupación a la que pertenezcan, que hayan presentado su solicitud ante la junta local correspondiente para participar como observadores durante el proceso electoral, conforme al inciso c) del párrafo tercero del artículo 5o. de este código;

f) Publicar la integración de los consejos distritales por lo menos en uno de los diarios de mayor circulación en la localidad;

g) Registrar supletoriamente los nombramientos de los representantes generales o representantes ante las mesas directivas de casilla en el caso previsto en el párrafo 3 del artículo 203 de este código;

g) Registrar las fórmulas de candidatos a senadores;

i) Efectuar el cómputo total y la declaración de validez de la elección de senadores, con base en los resultados consignados en las actas de cómputos distritales, dar a conocer los resultados correspondientes y turnar el original y las copias certificadas del expediente en los términos señalados en el Capítulo Cuarto del Título Tercero del Libro Quinto de este código.

j) Resolver los recursos de revisión que les competan en los términos de este código; y

k) Las demás que les confiera este código.

Artículo 110. ............................

1. ..............................................

a) al c). .....................................

d) Formular y presentar al consejo distrital para su aprobación, el proyecto de tope máximo de gastos de campaña que pueden erogar los partidos políticos en la elección de diputados de mayoría relativa en el distrito electoral uninominal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182-A de este código; y

e). .............................................

Artículo 113. .............................

1. Los consejos distritales funcionarán durante el proceso electoral federal y se integrarán con dos consejeros que serán los vocales ejecutivo y secretario de la junta distrital ejecutiva; seis consejeros ciudadanos, y representantes de los partidos políticos nacionales. Los vocales de organización electoral, del Registro Federal de Electores y de Capacitación Electoral y Educación Cívica de la junta distrital.

2. El vocal ejecutivo y el vocal secretario de la junta distrital ejecutiva serán, respectivamente,

presidente y secretario del consejo distrital. El vocal secretario tendrá voz pero no voto.

3. ................................

4. Los representantes de los partidos políticos nacionales tendrán voz pero no voto; se determinarán conforme a la regla señalada en el párrafo sexto del artículo 74 de este código.

5. Se deroga.

Artículo 114. .................

1. ..................................

a) al e). .........................

f) No ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación; y

g). .................................

d. al 4. ..........................

Artículo 116. .................

1. ..................................

a). .................................

b) Aprobar el tope máximo de gastos de campaña que pueden erogar los partidos políticos en la elección de diputados de mayoría relativa en el distrito electoral uninominal, de conformidad por lo dispuesto en el artículo 182-A de este código;

c) Determinar el número y la ubicación de las casillas conforme al procedimiento señalado en los artículo 195 y 197 de este código;

d) Insacular a los funcionarios de casilla conforme al procedimiento previsto en el artículo 193 y vigilar que las mesas directivas de casilla se instalen en los términos de este código;

e) Registrar las fórmulas de candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa;

f) Registrar los nombramientos de los representantes que los partidos políticos acrediten para la jornada electoral;

g) Acreditar a los ciudadanos mexicanos, o a la agrupación a al que pertenezcan, que hayan presentado su solicitud ante la junta distrital correspondiente para participar como observadores durante el proceso electoral, conforme al inciso c) del párrafo tercero del artículo 5o. de este código;

h) Expedir, en su caso la identificación de los representantes de los partidos en un plazo máximo de 48 horas a partir de su registro, y en todo caso, 10 días antes de la jornada electoral;

i) Efectuar los cómputos distritales y la declaración de validez de las elecciones de diputados por el principio de mayoría relativa y el cómputo distrital de la elección de diputados de representación proporcional;

j) Realizar el cómputo distrital de la elección de senadores;

k) Realizar el cómputo distrital de la votación para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos;

l) Resolver los recursos de revisión, en los términos del Libro Séptimo de este código; y

m) Las demás que les confiera este código.

Artículo 182-A. ................................

1. Los gastos que realicen los partidos políticos, las coaliciones y sus candidatos, en la propaganda electoral y las actividades de campaña, no podrán rebasar los topes que para cada elección acuerde el consejo general, y aprueben los consejos locales y distritales correspondientes, en los términos de los artículos 82, 105 y 116 de este código.

2. al 5. ..............................................

6. Los consejos distritales y locales aprobarán el tope de gastos de campaña, respectivamente, para diputados de mayoría relativa a más tardar el día 15 de enero y para senadores a más tardar el día 30 de enero del año de la elección.

Artículo 197. .......................................

1. y 2. .................................................

3. En cada distrito electoral se podrán instalar hasta cinco casillas especiales. El número y ubicación serán determinados por el consejo distrital en atención a la cantidad de municipios comprendidos en su ámbito territorial, a su densidad poblacional, y a sus características geográficas y demográficas.

Artículo 269. ........................................

1. Los magistrados del tribunal serán electos por la Cámara de Diputados o, en su caso, por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a propuesta del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos o de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según corresponda, en los términos de los párrafos decimoséptimo y decimonoveno del artículo 41 de la Constitución.

2. La elección de los magistrados del tribunal se realizará conforme a las bases siguientes:

a) El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos propondrá una lista de por lo menos dos candidatos para cada uno de los cargos de magistrados para las salas central y regional del tribunal;

b) De entre esos candidatos, la Cámara de Diputados elegirá a los magistrados por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes; y

c) Las propuestas señalarán los candidatos para cada sala.

3. Para cubrir las ausencias temporales definitivas de los magistrados de las salas central y regionales, serán electos seis suplentes de la lista adicional que para ese efecto presente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. En este caso se aplicará lo dispuesto en el párrafo segundo anterior. Las ausencias definitivas de los magistrados serán cubiertas en el orden que señale la Cámara de diputados o, en su caso, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión al elegir a los magistrados suplentes.

4 al 10. ...................................

Artículo 272. ...........................

1. Cuando a solicitud del presidente del consejo general del Instituto, con el apoyo de cuando menos tres consejeros más, o del presidente del Tribunal Federal Electoral, se estime, respectivamente, que ha lugar a la remoción de alguno de los consejeros ciudadanos del consejo general del Instituto o magistrados del tribunal, el presidente de este último procederá a integrar la Comisión de Justicia.

2. La Comisión de Justicia se integrará por;

a) y b) .....................................

c) Dos consejeros ciudadanos del consejo general del Instituto Federal Electoral; y

d) ..........................................

3. Procederá la remoción de los consejeros ciudadanos del consejo general del Instituto y de los magistrados del tribunal, cuando incurran en conductas graves que sean contrarias a la función que la ley les confiere.

4. ..........................................

Artículo 347. .........................

1. ..........................................

a) al e). .................................

f) Se deroga.

Artículo Segundo. Se reforma y adiciona el artículo decimoctavo transitorio, fracción III del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de julio de 1992; se reforma el artículo octavo transitorio, fracción XII, y se deroga el artículo decimoctavo transitorio, ambos del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de septiembre de 1993, para quedar como siguen:

Artículo decimoctavo transitorio..............

I a IX. .......................................................

XII. La fecha señalada en el párrafo 3 del artículo 164 de este código, corresponderá al 15 de mayo de 1994.

XIII a XXIV. .............................................

Artículo octavo transitorio. .....................

I a II. ........................................................

III. Los ciudadanos podrán obtener en los módulos su nueva credencial para votar con fotografía hasta el 12 de junio de 1994, siempre y cuando estén debidamente inscritos en el padrón electoral. Las listas nominales que serán entregadas a los consejos locales para su distribución a los consejos distritales y a través de éstos a las mesas directivas de casilla,

contendrán la información de los ciudadanos fotocredencializados hasta el 12 de junio de 1994.

IV. .................................

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. La elección de los consejeros ciudadanos del consejo general del Instituto Federal Electoral deberá ser realizada por la Cámara de Diputados a más tardar tres días después del día de entrada en vigor del presente decreto.

Artículo tercero. Los consejeros ciudadanos que actuarán en el consejo general del Instituto Federal Electoral para el proceso electoral federal de 1994, durarán en su encargo hasta el 30 de noviembre de 1994, y podrán ser ratificados. La LVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión procederá a ratificar, o en su caso nombrar, a los consejeros ciudadanos para el período 1994-2002 en su primer período de sesiones ordinarias del primer años de su ejercicio.

Artículo cuarto. Los consejeros magistrados que actualmente integran el consejo general del Instituto Federal Electoral, continuarán en su cargo, hasta en tanto no sean nombrados los consejeros ciudadanos que habrán de integrarse al propio consejo general en los términos dispuestos por el presente decreto.

Artículo quinto. En atención a la nueva conformación de los consejos general, locales y distritales del Instituto Federal Electoral y a las características de la participación en los mismos de la representación de los partidos políticos, se autoriza a la Dirección General del Instituto Federal Electoral para adecuar en lo conducente a dicha situación, la documentación de carácter electoral que resulte necesaria y que haya sido aprobada con antelación a la entrada en vigor del presente decreto.

Artículo sexto. En razón de las reformas y adecuaciones que por este decreto se realizan, las referencias a los consejeros magistrados que se contengan en los artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, deberán entenderse como hechos a los consejeros ciudadanos integrantes del consejo general. Asimismo y por cuanto a los acuerdos y demás disposiciones emitidas por los diferentes órganos electorales en ejercicio de su competencia y en los cuales se haga mención competencia y en los cuales se haga mención a la figura de consejeros magistrados, deberán entenderse dichas menciones referidas a la nueva figura de consejeros ciudadanos integrantes del consejo general para todos los efectos consiguientes.

Artículo séptimo. A los partidos políticos nacionales les será entregada la lista nominal de electores definitiva en los términos señalados por este Código, en medios magnéticos, en cintas de ocho milímetros el 30 de junio de 1994 e impresa en papel a más tardar el 21 de julio de 1994.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados. México, Distrito Federal, a 10 de mayo de 1994.»

Es de primera lectura.

EMBAJADA BRITÁNICA EN MÉXICO

La secretaria Ignacia García López:

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: En oficio fechado el 25 de abril del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que las ciudadanas María Fernanda Toca Gutiérrez y Areli Patricia Moya Flores, puedan presentar servicios administrativos en la Embajada Británica, en México.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el día 3 de mayo, se turnó a la comisión que suscribe para su estudio y dictamen el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que las peticionarias acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de las actas de nacimiento:

b) Que los servicios que las interesadas presentarán en la Embajada Británica en México, serán de carácter administrativo;

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B) del artículo 37 Constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso a la ciudadana María Fernanda Toca Gutiérrez, para prestar servicios como asistente de información, en la Embajada Británica, en México.

Artículo segundos. Se concede permiso a la ciudadana Areli Patricia Moya Flores, para prestar servicios como agregada comercial, en la Embajada Británica, en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, Distrito Federal, a 4 de mayo de 1994.- Gustavo Carvajal Moreno, presidente; Cuauhtémoc López Sánchez, secretario; Juan de Dios Castro Lozano, secretario; José Octaviano Alaniz Alaniz, José Alarcón Hernández, Juan Alonso Romero, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Cristóbal Arias Solís, Benjamín Ávila Guzmán, Rogelio Audiffred Narváez, José Azanza Jiménez, Juan José Bañuelos Guardado, Agustín Basave Benítez, Luis A. Beauregard Rivas, Juan Moisés Calleja García, Carlos E. Cantú Rosas, Alberto M. Carrillo Armenta, Juan José Castillo Mota, José Miguel Castro Carrillo, Estela Cásares Esquivel, Javier Centeno Ávila, José Alberto Cortés García, Eduardo Cristerna González, Enrique Chavero Ocampo, Pedro de León Sánchez, Jesús Mario del Valle Fernández, Rodolfo Echeverría Ruiz, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, José Guadalupe Enríquez Magaña, José Escobedo Domínguez, Ramón Ferrari Pardiño, Luis Alberto Fuentes Mena, Rosa Albina Garavito Elías, Laura Alicia Garza Galindo, Manuel Garza González, José Ernesto Gil Elorduy, Tomás González de Luna, Guillermo J. González Díaz, José Antonio González Fernández, Fauzi Hamdan Amad, Joaquín Ernesto Hendricks Díaz, Marlene Catalina Herrera Díaz, Manuel Jiménez Guzmán Enrique Gabriel Jiménez Remus, Adolfo Kunz Bolaños, Fernando Lerdo de Tejada, Ricardo López Gómez, José Benigno López Mateos, Jesús Martín del Campo Castañeda, Jorge Mendoza Alvarez, José Merino Castrejón, Melquiades Morales Flores, María de los Ángeles Moreno Uriegas, Miguel Angel Murillo Aispuro, José Ramón Navarro Quintero, Juan Antonio Nemi Dib, Pedro Ojeda Paullada, Nicolás Olivos Cuéllar, J. Marco Antonio Olvera Acevedo, José Domingo Olvera Cervantes, Alejandro Ontiveros Gómez, Tomas Osorio Avilés, Rubén Pabello Rojas, Guillermo Pacheco Pulido, Raúl Pardo Villafaña, Crescencio Pérez Garduño, Irma A. Piñeiro Arias, Froylán Ramírez Lara, Leonel Reyes Castro, Gilberto Rincón Gallardo, Juan Ramiro Robledo Ruiz, Fernando Rodríguez Cerna, Luis Dantón Rodríguez Jaime, Amado Rodríguez Lozano, Juan José Rodríguez Prats, María Esther Scherman Leaño, Alberto Schettino Piña, Florencio Salazar Adame, Jaime Serrano Cedillo, Manuel Solares Mendiola, Edmundo Sosa López, Manuel Terrazas Guerrero, Jorge Uscanga Escobar, Salvador Valencia Carmona, Ricardo Valero, Mario Vargas Aguiar, Diego Zavala Pérez, Jorge Zermeño Infante, Nahum Ildefonso Zorrilla Cuevas, Efraín Zúñiga Galeana, Rafael Alberto Castilla Peniche.»

*Artículo 84 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Es de segunda lectura.

Está a discusión el proyecto de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

ESTADO DE VERACRUZ

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Guillermo Flores Velasco, del grupo parlamentario del PRD, para hacer una denuncia sobre la situación laboral de los trabajadores petroleros en el Estado de Veracruz.

El diputado Guillermo Flores Velasco:

Con su venía, señor Presidente; Honorable Asamblea:

A principios del año, la Comisión de Energéticos acordó realizar un foro de balance de la política energética del sexenio del licenciado Salinas de Gortari.

Este foro tenía el propósito de que el Poder Legislativo conociera de los propios trabajadores, especialistas de la empresa, del Gobierno, de los sectores productivos de las regiones, su punto de vista sobre los saldos sociales, económicos, políticos y técnicos del proceso de modernización. Se contaba con el apoyo de todos los partidos, excepto el PAN que no estaba representado en la reunión de la Comisión de Energéticos, incluyendo obviamente el de su Presidente, don Pedro Ojeda Paullada.

Yo entendía que esta decisión es una decisión soberana del Poder Legislativo, su deber y su derecho constitucional, su obligación moral; sin embargo, don Pedro Ojeda me informó que consultó con la señora Presidenta de la Gran Comisión de la Cámara de Diputados, la licenciada María de los Angeles Moreno, con el gobernador de Veracruz, licenciado Patricio Chirinos, con el Secretario General de Gobierno del Estado de Tabasco, con el compañero diputado Fernando Ortíz Arana, presidente del PRI; con el director de Pemex, contador público Francisco Rojas Gutiérrez y todos coincidieron que no era, según lo que comentó el licenciado Ojeda Paullada, que no era conveniente realizar este foro.

Se trataba de un foro plural que permitiera sensibilizarnos a todos de la grave problemática que ha generado la modernización de esta empresa mexicana, íbamos a escuchar efectivamente opiniones contradictorias que nos permitieran tener un juicio y dictar las normas que permitieran al legislador coadyuvar a la estabilidad social, al desarrollo económico de la empresa, de las regiones y de nuestra patria.

A pesar de esta negativa, yo persistí en la idea de organizar este foro y he recorrido varias regiones, varias ciudades petroleras de nuestro país, particularmente la del Estado de Veracruz. Estaba convencido y hoy más que nunca, de la necesidad de ventilar con democracia y con responsabilidad, con objetividad y serenidad la compleja problemática que ha generado la "modernización" de la industria petrolera y petroquímica, impulsada por el sexenio del licenciado Salinas de Gortari.

En los medios de comunicación, en los tribunales judiciales y laborales, en las plazas públicas, en las instalaciones de la empresa, incluso en el Congreso de la Unión, han estado presentes, la angustia, la desesperación, el llamado de justicia, la impotencia de 130 mil trabajadores petroleros que la modernización ha transformado de trabajadores calificados en trabajadores sin futuro, sin esperanza. Una poderosa razón de Estado ha estado al servicio del neoliberalismo, un neoliberalismo demagógico que prometiendo un futuro promisorio para los trabajadores, en cambio ha cumplido de inmediato a los grandes contratistas, con jugosos y grandes negocios, un neoliberalismo autoritario que quebranta el estado de derecho vigente en nuestro país con jueces; ministerios públicos, fuerzas de seguridad pública a su servicio. Son incontables las manifestaciones legales, pacíficas dentro de nuestro marco constitucional que han terminado en represión, en consignaciones, en procesos con acusaciones prefabricadas, procesos judiciales con flagrantes violaciones procesales, la lista de dirigentes sociales sindicales de todos los partidos es interminable.

Sólo en las últimas semanas basta recordar los casos de Carlos Venegas Camacho, presidente del Consejo de Vigilancia de la Sección I del Sindicato de Trabajadores Petroleros; de Efraín Peña García, que ambos recientemente salieron de la cárcel bajo fianza; de un asesor petrolero del PRD, José Ortiz Rosales; de la detención con delitos maquinados por quema de autobuses de Nicandro Cruz y Heriberto Toledo, en Coatzacoalcos, actualmente presos.

El desalojo violento de un plantón y la detención de los dirigentes hace apenas, la semana pasada, el miércoles de la semana pasada, en donde a los setenta y tantos detenidos trabajadores petroleros, no delincuentes, se les obligó a tomarse huellas y a firmar en blanco, se les mantuvo secuestrados y fueron violentadas sus garantías individuales, por no mencionar la persecución que ha sido objeto también el Sindicato Nacional Petrolero de sus dirigentes al inicio de este sexenio.

El neoliberalismo ha dictado que aunque Pemex es una empresa del Estado, un Estado que debe representar a todos los mexicanos, no se respete, se escamoteen los derechos consagrados en el artículo 123 de nuestra Carta Magna, de la Ley Federal del Trabajo, del propio contrato colectivo.

Más de 60 mil demandas se han presentado ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en lo que va del sexenio, por trabajadores cesados; la inmensa mayoría de estas demandas se encuentran congeladas. La modernización de Pemex ha partido de una concepción privatizadora de la economía nacional y ha causado graves trastornos políticos, sociales y económicos en la economía regional, en la vida municipal.

Se dice que se ha saneado o que está en proceso de saneamiento la empresa, para ser más preciso, cosa que pongo en duda por los informes con los que cuento y que en otra ocasión mencionaré.

Desde mi punto de vista hace falta un verdadero contrapeso, un verdadero ejercicio de vigilancia de la actividad del Gobierno Federal, de la actividad de la empresa mexicana. Ese ejercicio no lo ha podido realizar el sindicato petrolero, no lo han podido realizar con plenitud las múltiples presiones sociales ni la opinión pública nacional, va a ser la historia la que juzgue este proceso privatizador con sus costos sociales y muy pronto, muy pronto, tendremos los resultados.

Sin embargo creo que esta soberanía tiene una gran responsabilidad y puede contribuir a coadyuvar, a resolver ese estado de desesperación, ese estado de desesperanza del sistema jurídico mexicano de la justicia laboral en nuestro país, por ello pongo a la consideración de ustedes un punto de acuerdo para que esta soberanía solicite al titular del Ejecutivo, licenciado Carlos Salinas de Gortari, que mandate para que el director de Petróleos Mexicanos tenga una reunión con las comisiones de Trabajo y Energéticos para que informe sobre el estado que guarda el proceso de reducción de personal de Pemex.

Firma el de la voz y el diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara. Por su atención, muchas gracias.

El Presidente:

Sobre el mismo tema, tiene la palabra el diputado Pablo Pavón Vinales.

El diputado Pablo Pavón Vinales:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

He pedido el uso de la voz para referirme de manera muy sucinta al tema que ha abordado el compañero legislador del Partido de la Revolución Democrática, ha hecho en su planteamiento una serie de consideraciones, que pensamos que no obedecen exactamente a la realidad en la que se desenvuelve nuestra industria máxima, Petróleos Mexicanos.

Efectivamente, la opinión pública sabe que ha habido, a partir del año de 1989, una reducción en el ámbito laboral de Petróleos Mexicanos, debido a que esta empresa se estaba manejando con un exceso de personal y que estos ajustes obedecen a la necesidad de que la empresa más importante de nuestro país pueda manejarse de la manera adecuada para garantizar su permanencia como columna vertebral de la economía de nuestra patria.

Esta situación de la reducción de personal de Petróleos Mexicanos, el sindicato ha considerado en su momento que de una manera ponderada es preferible que nuestra industria máxima del país sea una industria que se desarrolle con números negros y que sirva a las finalidades del desarrollo integral de nuestra patria.

No ha sido ésta una conducta de espaldas a los intereses de los trabajadores, ha sido una conducta de frente al interés general de la nación. Sabemos de antemano que ello nos ha acarreado algunas críticas y ha sido oportunidad para que algunos intereses ajenos al interés propio, intrínseco del sindicato petrolero, haya querido ser aprovechado para manejar la inconformidad de algunos grupos de trabajadores y encauzar algunas demandas.

Sin embargo, quiero aclarar que nuestro sindicato ha estado atento a los reclamos de todos y cada uno de los trabajadores y ha vigilado que las liquidaciones en su caso se manejen conforme a la Ley y al contrato colectivo de trabajo.

En la mayoría de las ocasiones estas liquidaciones se ha llevado inclusive arriba de las prestaciones conceptualizadas dentro de la Ley Federal del Trabajo y de nuestros contratos, con algunas prestaciones muy favorables para los trabajadores. No obstante comprendemos que el perder la fuente del trabajo despierta algunas inquietudes en grupos de trabajadores,

pero creo y considero que las liquidaciones han sido pagadas debidamente y que los reclamos y las demandas a que se refería el señor diputado que me antecedió en el uso de la palabra, se deben a algunos conceptos en los que en muchas de las ocasiones el trabajador no presentó los requisitos que establece el contrato colectivo de trabajo, para tener derecho al pago de estas prestaciones.

Nosotros entendemos, como la mayoría de los mexicanos y como la mayoría de los diputados, que es preciso que esta fuente de trabajo, que este patrimonio de la nación, siga manejándose en manos de los mexicanos, siga manejándose en manos del Estado y que sea un recurso que apoye al desarrollo integral de nuestro país, por eso considero que la conducta del sindicato petrolero ha sido la conducta adecuada, no ha sido una conducta que obedezca al interés gremial o al interés de grupo, sino una conducta que responde a la necesidad y a la exigencia del país entero.

Yo considero que no es procedente la propuesta hecha por el compañero diputado del PRD de llamar a comisiones al señor director general de Petróleos Mexicanos, porque ha sido muy clara su actitud, ha sido ponderada y obedece, repito, al interés general de la nación, por eso pido, señor Presidente, que se rechace dicha propuesta. Muchas gracias.

El Presidente:

Tiene la palabra por cinco minutos, diputado Huerta Ladrón de Guevara.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara:

Con el permiso de la Presidencia:

Aunque este tema seguramente se volverá a abordar desde la perspectiva de las violaciones a los procesos judiciales que nosotros entendemos en un régimen de partido de Estado, con sindicatos corporativizados como el de petróleos, han llevado a graves conflictos a los ciudadanos, en este caso de la zona de Coatzacoalcos, Veracruz. Y en efecto, esta política neoliberal que ha arrojado muchos despidos, más de 130 mil se habla, es que provoca que en estos despidos masivos en Petróleos Mexicanos, particularmente en la sección 11 del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, numerosos grupos de trabajadores justamente petroleros se organicen para obtener sus liquidaciones, sus recibos de finiquitos, liquidaciones mal pagadas, indemnizaciones de accidentes, pagos post mortem, seguros de vida de los extintos compañeros.

Esta necesidad de organizarse al decir de ellos mismos, existe ante la negativa de gestoría que el propio secretario general del sindicato, parece que esto ocurre en todas las secciones, permanentemente están negando esta gestoría.

Este asunto nosotros lo conocemos, porque esto es lo que provoca en la ciudad de Coatzacoalcos el 10 de enero, que un grupo de estos ex trabajadores se vayan a una huelga de hambre para resolver estos conflictos.

Posteriormente esta huelga de hambre, ante un ofrecimiento del Gobierno del Estado de Veracruz, en esa ocasión se levanta en un lógica de darle satisfacción al conflicto. Este conflicto no se resuelve, provoca que los propios trabajadores inconformes acudan y presionen, a través de la toma de camiones del propio sindicato, a encontrar solución a este conflicto, agudiza la problemática social en la región y es en este momento en Coatzacoalcos cuando estos trabajadores, ante la inminente agresión de las fuerzas policiacas del Estado de Veracruz, acuden al Partido de la Revolución Democrática para intervenir, para impedir que se diera esta agresión.

Y producto de esto y de la intervención de un servidor en ese momento, se logra sentar por primera vez al representante de los trabajadores con los trabajadores, con la empresa, para poderle dar solución a este conflicto. Se firma un convenio, el cual voy a dejar en esta Secretaría para que conste, donde está el propio señor Pínder de la paraestatal, donde interviene Heriberto Toledo, un secretario general de esta sección de la que estamos hablando.

Y para desmentir al que me antecedió en la palabra, porque justamente este convenio logra en menos de tres semanas que pasen por los famosos módulos que se instalan para este tipo de eventos, pasan más de 1 mil 500 trabajadores de esta zona, lográndose una derrama de entre 5 mil a 6 mil millones de pesos, producto justamente de las malas liquidaciones y todas las arbitrariedades que el sindicato, convalidado

con las propias autoridades laborales, venían generando.

Es justamente en este momento cuando los trabajadores petroleros ven que hay canales para resolver, mediante la ley, sus conflictos, ante una ineficaz gestoría del propio sindicato, que se agolpan los trabajadores a encontrar este caminito que ya se había logrado, y es ese caminito el que se vuelve a cerrar y empiezan a instrumentarse y a prefabricarse una serie de delitos, como ya se ha dicho aquí, en el caso de los huelguistas de hambre que hoy los tienen presos en la ciudad de Veracruz, siguiéndoles con todas las arbitrariedades que procesos judiciales bajo consigna de las autoridades federales y estatales se instrumentan en el Estado de Veracruz.

Producto de esto es el desalojo de 70 ciudadanos que estaban protestando por estos conflictos e instrumentación de los delitos que también se narran en esta tribuna.

Nosotros ya no sabemos que es peor, si los efectos del neoliberalismo que arrojan a 130 mil familias a las calles o los procesos judiciales bajo consigna que se siguen instrumentando en un régimen de partido de estado, donde no vemos división de poderes y solamente vemos las consignas que las autoridades estatales y federales están mandando para contener esta oleada que los trabajadores están manteniendo por resolver sus conflictos laborales.

Nosotros entendemos esto como parte de un proceso donde el partido oficial, el Gobierno que lo representa busca de alguna manera contrarrestar los efectos políticos y sociales que sobre de ellos están viniendo en estas regiones. Basta destacar el Estado de Tabasco, su conflictiva, sus tendencias electorales en este momento a decir que obviamente ahí no va a ganar el partido oficial.

Lo mismo podríamos decir de todas las zonas petroleras, y encontramos estos mecanismos de represión por las autoridades, insisto, federales y estatales, vinculadas con los dirigentes sindicales.

Es ante esto que nosotros subimos para precisar estos hechos y exigir en tanto que los presos que declaramos políticos, pues seguimos los procedimientos judiciales y haber cómo actúan ahí las autoridades judiciales, haber si no se mantiene esta actuación bajo consigna, bueno, nosotros decimos pues, que esta Cámara cuando menos lo que tiene que llamar al director de Pemex a resarcir los daños que sobre los trabajadores ha ocasionado esta política irracional e injusta. Por lo tanto también solicitamos se apruebe dicho punto de acuerdo que hemos presentado ya.

El diputado Guillermo Flores Velasco (desde su curul):

Señor Presidente, pido la palabra para rectificar hechos.

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Flores Velasco, para rectificar hechos.

El diputado Guillermo Flores Velasco:

Con su venia, señor Presidente:

Efectivamente, la posición que manifiesta el diputado Pablo Pavón Vinales, me reafirma que hay una poderosa razón de estado para no discutir sobre estos temas.

Como lo mencioné, efectivamente en la Comisión de Energéticos la totalidad de los partidos representados y hasta el propio Presidente, estuvieron de acuerdo que hacía falta hacer un balance de este problema.

El problema existe, no se puede ocultar con un dedo; ha habido denuncias constantes y sistemáticas en la prensa nacional y la represión también es sistemática.

Aquí mismo se ha quejado el diputado Prats, que ha acusado al PRD de ser el causante de tantas tomas de las instalaciones, supuestamente porque quiere agitar el partido, porque quiere aprovecharse del problema. ¿A qué le temen?

Si como dice el diputado Pavón Vinales, tiene la razón, la Ley en su mano, si tiene los argumentos, ¿porqué hay más de 60 mil demandas en la junta de conciliación, y todas ellas congeladas por el dictador que tuvimos de secretario del trabajo?

¿Cómo va a ser posible que los trabajadores no conozcan sus más mínimos y elementales derechos, su contrato colectivo, la Ley Federal del Trabajo?, ¿que no sepan a qué tienen o no derecho y estén como locos presentando demandas en la junta de conciliación? ¿A qué le temen?

Vamos a debatir todos con el director de Petróleos Mexicanos, que exponga las razones de cuál ha sido su apego a la ley, si se ha cumplido en todas estas liquidaciones que se han presentado, porque también los trabajadores tienen razón.

Y yo insisto, el sindicato carece de autoridad moral y política, porque ha sido impuesto por el partido de estado y ha tenido nula capacidad de defensa de este sector.

Pero no estamos poniendo ahorita en entredicho la capacidad de dirección o no del sindicato, este problema además de afectar a los trabajadores está afectando gravemente la situación política de muchos municipios, la economía regional de muchas familias. Y aquí están niños, las esposas de los trabajadores, sus hijos que se han metido a la miseria, a la prostitución, a la mendicidad, a la delincuencia, ésos son los saldos sociales que ha generado.

Y ante un estado que por más que se plantea la ley, el derecho, la justicia, no responde más que con violencia y con facilidad total. Si aquí la mayoría priísta cree que tiene la razón, vamos y debatamos con argumentos y con razones con el director de Petróleos Mexicanos y expongamos una razón y saquemos un acuerdo. Por su atención gracias.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea, si se admite o no a discusión la proposición del diputado Guillermo Flores Velasco.

La secretaria Ignacia García López:

En votación económica, se pregunta si se admite a discusión la proposición.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche la proposición, sírvanse manifestarlo...Desechado, señor Presidente.

ESTADO DE NUEVO LEÓN

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Arturo Fuentes Benavídez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una denuncia sobre un ayuntamiento del Estado de Nuevo León.

El diputado Arturo Fuentes Benavídez:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Hago uso de esta tribuna, la más alta de la nación, para hacer a ustedes la siguiente denuncia:

La ciudad de Guadalupe, Nuevo León, exige y reclama urgentemente su restitución del bien inmueble que en una forma ilícita se apropió el partido oficial, el Partido Revolucionario Institucional, mediante un convenio signado por el republicano ayuntamiento priísta de esa ciudad de Guadalupe el día 23 de marzo de 1980.

Este tipo de ilícitos ya no es ninguna novedad en el Estado de Nuevo León, ya que existe el precedente en el municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, donde se cometió otro del mismo tipo y por ende las autoridades conscientes y viendo las pruebas, restituyeron el bien inmueble al municipio de San Nicolás de los Garza, patrimonio de ellos.

Las fechas en que se dieron lugar estos dos ilícitos coinciden en la gubernatura del señor senador Alfonso Martínez Domínguez, que en ese entonces era gobernador constitucional y se le conoció a él como un alquimista servil del Gobierno de la República, que con el apoyo de su Gobierno facilitó inmuebles a varios municipios. Casualmente Guadalupe, Nuevo León se ve envuelto en este ilícito.

Decía el halcón, perdón, don Alfonso: "yo no puedo gobernar con la oposición", y aplicó todos los conocimientos de alquimia habidos y por haber que el estudió minuciosamente en el Distrito Federal y en otros lugares de la República.

Señor Presidente:

Solicito a usted instruya a mi compañero el señor diputado Juan Huesca Pérez, que sea tan amable en leer parte de las pruebas documentales, las cuales sustentan esta denuncia. Quiero hacer notar antes de que dé lectura el señor Secretario, de que el Gobierno de Nuevo León no tiene dinero ya que nos facilitó una copia de la Constitución, y pues deja mucho que desear de que no tiene dinero Sócrates Rizzo.

El Presidente:

Adelante, señor Secretario.

El secretario Juan Huesca Pérez:

Dice a la letra: "Constitución Política del Estado de Nuevo León. Título Uno, artículo 23. La propiedad de las personas no pueden ser ocupadas sin su consentimiento, sino por causa de utilidad pública y mediante indemnización. El precio que se fijará como indemnización a la cosa expropiada, se basará en la cantidad que como valor fiscal de ella figure en las oficinas catastrales o recaudadores, ya sea que este valor haya sido manifestado por el propietario o simplemente aceptado por él de un modo tácito por haber pagado sus contribuciones con esta base.

El exceso de valor o el demérito que haya tenido la propiedad particular por las mejoras o deterioros ocurridos con posterioridad a la fecha de la asignación del valor fiscal, será lo único que deberá quedar sujeto a juicio pericial y a resolución judicial.

Esto mismo se observará cuando se trate de objetos cuyo valor no esté fijado en las oficinas rentísticas.

"Artículo 63. Pertenece al Congreso lo siguiente: Fracción XXXII. Autorizar la contratación de empréstitos cuando en garantía se afecten ingresos o bienes del Estado."

El diputado Arturo Fuentes Benavídez:

Ahora voy a pedir, señor Presidente, que continúe con el convenio que se signó entre el republicano ayuntamiento de Guadalupe y un representante del partido oficial; adelante.

El secretario Juan Huesca Pérez:

"Secretaría del republicano ayuntamiento, Guadalupe, Nuevo León, representando en este acto por los ciudadanos señor Humberto Cervantes Vega, licenciado Noé Hernández Santoyo y señor Félix Salinas Silva, en su carácter de presidente municipal, secretario y síndico primero el republicano ayuntamiento, Guadalupe, N. L. y por la otra el señor licenciado Antonio Flores Garza, en su carácter de presidente del Patronato Pro Edificio y Organización de Campañas Deportivas y de Asistencia Social, del Partido Revolucionario Institucional, en Guadalupe, Nuevo León, sujetando el mismo al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

Cláusula primera: Manifiesta el licenciado Antonio Flores Garza, que en este acto solicita le sea concedido el uso y disfrute del inmueble descrito en la declaración anterior, con el objeto de construir el mismo un edificio que será ocupado por el comité municipal del Partido Revolucionario Institucional en este municipio.

Cláusula segunda: El préstamo de uso y disfrute del inmueble objeto del presente convenio, será por el término de 25, con letra y 25 con número, años, plazo que contará a partir de la firma del mismo y el cual concluirá el día 23 de marzo del año 2005.

Cláusula tercera: El patronato se compromete y obliga a destinar el inmueble cedido en préstamo de uso y disfrute, únicamente para la construcción del edificio del PRI municipal.

Este documento está signado por el republicano ayuntamiento de Guadalupe, Nuevo León, señor Humberto Cervantes Vega, presidente municipal; licenciado Noé Hernández Santoyo, secretario del ayuntamiento y Félix Salinas Silva, síndico primero.

Por el Patronato Pro Edificio y Organización de Campañas Deportivas y de Acción Social, del Partido Revolucionario Institucional de Guadalupe, Nuevo León, firma el licenciado Antonio Flores Garza.

El diputado Arturo Fuentes Benavídez:

Muchas gracias señor Presidente:

Voy a dar lectura a la denuncia y dice así:

"Señor Presidente de la honorable Cámara de Diputados. - Presente.

Los que suscriben: Arturo Fuentes Benavídez, Daniel de la Garza Gutiérrez y Miguel Gómez Guerrero, integrantes del grupo parlamentario de Acción Nacional, de la LV Legislatura, ante usted con el debido respeto comparecemos y atentamente exponemos que:

Primero. Con fundamento en la fracción I del artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, denunciamos el uso y disfrute ilegítimo por parte del partido oficial, Partido Revolucionario Institucional, de un bien inmueble, propiedad del republicano ayuntamiento de la ciudad de Guadalupe, Nuevo León.

Segundo. Que dicho inmueble está localizado en el referido municipio, colonia Ignacio Zaragoza, por la avenida Poza Rica y Arroyo de las Tortugas, con una superficie de 7 mil metros cuadrados y el cual está registrado a favor del ya mencionado municipio, según constancia que se adjunta de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León, folio número 51935982.

Tercero. Que en clara transgresión a normas constitucionales del Estado de Nuevo León, se celebró el 23 de marzo de 1980, un convenio a través del cual se otorgó como dato el referido inmueble, por un período que comprende desde el 23 de marzo de 1980, que concluye el 23 de marzo del año 2005, es decir 25 años al PRI municipal, según reza el convenio celebrado con la autoridad municipal que se adjunta y cuya declaración segunda y cláusula segunda textualmente dice:

Declaración segunda: Manifiesta el licenciado Antonio Flores Garza que en este acto solicita le sea concedido el uso y disfrute del inmueble descrito en la declaración anterior, con el objeto de construir en el mismo, un edificio que será ocupado por el comité municipal del Partido Revolucionario Institucional en este municipio.

Cláusula segunda: "El préstamo de uso y disfrute del inmueble objeto del presente convenio, será por el término de 25 años, plazo que contará a partir de la firma del mismo y el cual concluirá el día 23 de marzo del año 2005, estando de acuerdo ambas partes".

Cuarto. Que concretamente se violan los artículos 23 y 63 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, en el efecto, el artículo 23 en su séptimo párrafo prohibe, salvo que medie autorización del Congreso del Estado, afecte el libre uso de los bienes raíces municipales por un período superior a los cinco años. El referido párrafo textualmente señala:

"El Estado de Nuevo León y sus municipios tiene derecho para adquirir, poseer y administrar bienes raíces en cuanto basten a sus necesidades y servicios públicos, y sólo podrán enajenarse esta clase de bienes, cualquiera que sea su origen, su destino y carácter, o gravarse en alguna forma que afecte su libre uso por un término mayor de cinco años, mediante el decreto del Congreso del Estado; siendo inexistentes las enajenaciones y contratos que sin la autorización aludida se efectúen. Las desafectaciones de los bienes de uso común o los destinos a un servicio público, sólo podrán ser decretados por el honorable Congreso del Estado".

A su vez el artículo 63 denuncia que pertenece al Congreso y en su fracción XXXII establece: "Decretar las leyes relativas a la administración y Gobierno Interior del Estado en todas sus ramas, interpretarlas, reformarlas y derogarlas en caso necesario".

Quinto. El pasado 22 de abril, el grupo parlamentario de Acción Nacional en el honorable Congreso del Estado de Nuevo León, solicitó la intervención del Congreso para que éste declarara inexistente el convenio suscrito entre el PRI municipal y el ayuntamiento de Guadalupe. El referido órgano legislativo, en sesión secreta celebrada el 30 de abril, negó la solicitud, alegando falta de pruebas.

En virtud de lo anteriormente expuesto, solicitamos:

Primero. Se turne a la Comisión de Gestoría y Quejas esta denuncia, con el propósito de que se investiguen estos hechos aquí denunciados y en su oportunidad se realicen las gestiones necesarias dentro del ámbito competencial de esta Cámara de Diputados.

Atentamente, signan este documento: el diputado Miguel Gómez Guerrero, diputado Daniel de la Garza Gutiérrez y el de la voz, diputado Arturo Fuentes Benavídez.

Quiero solicitar al presidente de dicha comisión, se digne, por esta ocasión, a dar el trámite debido a esta denuncia, ya que está muy clara:

solamente un ciego no vería los argumentos y pruebas que aquí se mencionan.

Compañeras y compañeros diputados: defender lo indefendible es exhibirse en esta Cámara de Diputados; querer quedar bien ante su superior, representa un costo político muy alto.

Compañeras y compañeros diputados: tenemos la oportunidad de respetar la Constitución de Nuevo León, de mi querido Estado. Seamos congruentes con las palabras del señor Presidente; seamos comprensivos. Muchas gracias, señor Presidente.

Dejo constancia ante la Secretaría, del documento a que hice mención y pido se me firme de recibido. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado.

Sobre el mismo tema, tiene la palabra el diputado Tomás González de Luna.

El diputado Tomás González de Luna:

Con su permiso señor Presidente; compañeras diputadas y diputados:

En relación a las palabras del compañero diputado que me antecedió en el uso de la palabra, quisiera señalar concretamente lo siguiente:

Tal denuncia me parece que no tiene ningún fundamento, dado que existen los documentos a los que se ha hecho referencia en relación a esta circunstancia.

Efectivamente, en la sesión ordinaria del día 12 de julio de 1979, en el municipio de ciudad Guadalupe, del Estado de Nuevo León, el alcalde en ese entonces, el señor David Cavazos, recibió escrito del Patronato pro Edificación y Organización de Campañas Deportivas Asistencia Social del PRI, del municipio de Guadalupe, Nuevo León, solicitando un terreno de propiedad municipal, localizado en la avenida Poza Rica, de la Colonia Zaragoza, turnándose en dicha sesión la solicitud a la comisión correspondiente, formada por los síndicos del cabildo para que estudiaran y presentaran su dictamen al pleno del cabildo en la siguiente sesión. Esto es en atención a esa solicitud presentada.

El día 10 de agosto del mismo año de 1979, se celebró la sesión ordinaria del cabildo, donde el síndico Felipe Martínez Guerrero, a través del escrito rinde su dictamen al cabildo, quien lo discute y analiza y por unanimidad conceden el uso del terreno solicitado para la edificación de la construcción que albergará a las oficinas del Partido Revolucionario Institucional de ciudad Guadalupe, otorgándose un comodato por tiempo indefinido.

Posteriormente, con fecha 23 de agosto del propio año de 1979, a través del oficio número 684/79, David Cavazos, presidente municipal, comunica al patronato el acuerdo del cabildo.

Al cambio de la administración el alcalde Humberto Cervantes Vega recibirá la misma solicitud y en atención a que el documento no se encuentra, posteriormente señala que requiere una nueva solicitud, la cual es turnada y posteriormente esa solicitud cambia de ser de un tiempo indefinido a un tiempo de 50 años. Posteriormente se comunica que solamente se concede ese comodato por el término de 25 años.

Hasta ahí podemos señalar que ésos son los trámites jurídicos que se hacen en relación a esta posible afectación de este bien inmueble, propiedad del municipio de ciudad Guadalupe.

Posteriormente ese documento, en atención a lo que prescribe la Constitución del Estado, se formula tal solicitud ante el congreso del Estado. El congreso del estado posteriormente concluirá a una solicitud de negativa por parte de Acción Nacional, de que no procede tal solicitud y señala su criterio al respecto en relación a tal solicitud para la construcción, para la afectación de este bien inmueble, propiedad del municipio de Guadalupe.

Me parece que éste es el trámite adecuado que se tiene que hacer en una solicitud de esta naturaleza. La autoridad correspondiente, la facultada para dar la última solución al respecto es el Congreso del Estado y es precisamente en el Congreso del Estado donde se está resolviendo tal situación.

Estimo que ante tal circunstancia, una denuncia de esa naturaleza está fuera de lugar. No

hay ningún motivo de por qué tal solicitud se traiga a esta tribuna y considero que el procedimiento se está llevando a cabo y las discusiones y los dictámenes correspondientes se están haciendo para fundamentar tal afectación de tal bien inmueble, propiedad del municipio de ciudad Guadalupe.

Creo que con esto se puede concluir esta referencia en relación a este bien inmueble de ciudad Guadalupe. Muchas gracias.

El Presidente:

Para rectificar hechos, tiene la palabra el diputado Daniel de la Garza.

El diputado Daniel de la Garza Gutiérrez:

Señor Presidente; distinguidas diputadas; amigos diputados:

El compañero diputado Tomás González de Luna ha hecho una descripción precisa de cómo llegó un bien del pueblo de Guadalupe, Nuevo León, a un uso privativo del Partido Revolucionario Institucional, al cual pertenece la mayoría de los diputados de esta Cámara.

Parafraseando al presidente Salinas, no hay que hacernos bolas, la cosa es muy sencilla. Se trata del otorgamiento de un usufructo por 25 años. La Constitución de Nuevo León es muy clara, los ayuntamientos no tienen facultades para otorgar el uso de sus bienes raíces por un período superior a cinco años. Para hacerlo se necesita autorización del Congreso del Estado, como claramente lo establece el artículo 23, párrafo séptimo de la Constitución del Estado de Nuevo León. Tal trámite no lo hizo el cabildo o el republicano ayuntamiento de ese entonces, o sea, estamos hablando del ayuntamiento que regía los destinos de Guadalupe en 1979.

El PRI nos demandó y pidió el comodato por 50 años. El cabildo trató de que su partido fuera un poco más recatado y le otorgó el comodato por 25 años, pero sin tener facultades.

El diputado González de Luna sí está un poco atrasado en las noticias, porque precisamente él señala que este asunto está en el Congreso del Estado. Este asunto ya no está en el Congreso del Estado. El Congreso del Estado, en sesión secreta del 30 de abril pasado, desechó la solicitud hecha por el grupo parlamentario de Acción Nacional, de que declarara inexistente el contrato de comodato celebrado entre la autoridad municipal y el PRI. En consecuencia, nuestro grupo parlamentario pide a la Comisión de Gestoría y Quejas que haga una investigación de los hechos y de su opinión al respecto.

Este inmueble, señores diputados, debe ser devuelto al pueblo de Guadalupe, Nuevo León, pues indebidamente está usufructuando de él el partido al que la mayoría de ustedes pertenece. Muchas gracias.

El Presidente:

¿Con qué objeto diputado? Tiene usted la palabra, para rectificar hechos, diputado Tomás González de Luna.

Con su permiso, señor Presidente; compañeros diputados:

Efectivamente, como dice el compañero diputado de la Garza, yo he hecho una relación sucinta de los hechos en relación a esta afectación. El asunto ha llegado a la autoridad que corresponde y de acuerdo como lo establece la Constitución del Estado en su artículo 23 en el sentido de que él debe resolver si se concede o no esa autorización en relación a este comodato. La fracción parlamentaria de Acción Nacional ante el Congreso del Estado ha interpuesto el recurso que estimó conveniente y tuvo la respuesta del Congreso del Estado.

Creo que si nosotros manejamos en el sentido de que debe haber un respeto a la ley, éstos son los términos a los que yo me estoy refiriendo. Muchas gracias.

El Presidente:

Para rectificar hechos tiene la palabra la diputada Liliana Flores Benavides.

La diputada Liliana Flores Benavides:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Lo que acabamos de escuchar por parte del diputado González de Luna, es francamente vergonzoso, es la defensa amparada en mayorías prefiguradas en los congresos locales, de la utilización patrimonialista de los recursos del pueblo, es francamente aberrante, independientemente de si esto se ha resuelto o no en el Congreso, no es posible venir a solapar la utilización de los recursos del pueblo por un partido, que es el PRI.

Yo creo que el pueblo ya está cansado de esto y venir aquí a defender este tipo de ejemplos que en el caso del terreno en Guadalupe, Nuevo León solamente es una pequeña muestra de lo que en este país se ha convertido en una práctica reiterada, que solamente expresa que la corrupción es un modo de vida y un entretejido de complicidades entre unos y otros durante 65 años de gobierno en este país.

Me apena mucho que el compañero González de Luna tenga que venir aquí a dar la cara en virtud de que otros diputados priístas con más años en ese partido, no han venido aquí a defender lo que justamente Arturo Fuentes Benavídez planteaba lo que es indefendible.

Este es un ejemplo de la utilización de los recursos del pueblo en beneficio de un partido que es el Partido Revolucionario Institucional. Se resolvió ilegalmente en el Congreso, con esa mayoría prefigurada, una cuestión que realmente viola totalmente la ley, por eso nosotros avalamos la propuesta del Partido Acción Nacional en el sentido de que esta denuncia debe pasar a la Comisión de Gestoría y Quejas. Gracias.

El Presidente:

Túrnese la denuncia presentada por el diputado Arturo Fuentes Benavídez, a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

ESTADO DE PUEBLA

El Presidente:

Tiene el uso de la palabra el diputado Francisco Saucedo Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una denuncia sobre la situación política en San Martín Texmelucan, Puebla.

El diputado Javier Saucedo Pérez:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

A principios de febrero de este año, solicitamos al gobernador del Estado de Puebla, el licenciado Manuel Bartlett Díaz, una audiencia para que un grupo de comerciantes y tianguistas del municipio de San Martín Texmelucan, en Puebla, pudieran presentar un proyecto alternativo, un proyecto viable, un proyecto urbano, un proyecto que trata de resolver de manera integral el problema del comercio establecido y ambulante en la zona central de la ciudad de San Martín Texmelucan.

Hemos sido invitados por esta coalición de comerciantes y tianguistas varias veces, desde fines del año pasado y en este año, y por mi conducto hice solicitud por escrito de esta audiencia con el gobernador del Estado y hemos mantenido comunicación telefónica para ver que día pueden ser recibidos estos comerciantes tianguistas de San Martín.

A la fecha no ha habido respuesta y no hemos encontrado que en tres meses la situación ciudadana en San Martín Texmelucan ha crecido, se ha desarrollado y actualmente existe la constitución de un Frente Ciudadano Texmeluquense, que cobija en su seno a sectores de comerciantes, colonos ejidatarios y representantes de organizaciones sociales y políticas del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional, del Partido de la Revolución Democrática y también organizaciones sociales y urbanas que no tienen que ver con ningún partido político.

Esto ha significado un crecimiento de la organización ciudadana que quiere oponerse a la forma arbitraria del gobierno municipal del señor José Luis Domínguez Bermúdez. Se ha encontrado este Frente Ciudadano Texmeluquense, con las puertas cerradas para poder presentar las propuestas de diferentes sectores y lo que llama la atención es la acumulación de conflictos y problemas sociales y urbanos en San Martín que en lugar de tener acceso al diálogo y a las posibilidades de negociación y de concertación a las propuestas ciudadanas, se han encontrado más bien con las puertas cerradas y también con una actuación de la policía que llama la atención a estas alturas, sean estas formas de carácter represivo las que quieran resolver los problemas sociales en San Martín.

Hemos hecho algunas visitas a San Martín Texmelucan y ahí nos hemos encontrado con diversos problemas que no están siendo atendidos y más bien están siendo cerradas las posibilidades de abrigar la esperanza de una resolución. Nos preocupa y es parte de la denuncia que hacemos aquí, que exista más bien una actitud autoritaria y que esté llamando más bien a una salida violenta y represiva.

No quiero cansarlos con innumerables denuncias de la ciudadanía, pero quisiera señalar algunas de ellas. Una es la relacionada al comercio establecido y ambulante en San Martín.

Desde hace varios años, 1989, se hizo un decreto expropiatorio sobre un terreno ejidal en San Lucas Atoyatenco, donde está el proyecto para una central camionera en San Martín y una central de abastos. Aquí ya empezaba a haber venta de los espacios comerciales, con escrituras públicas, y resulta que estas resoluciones y estas ventas han sido omitidas por el actual ayuntamiento municipal de San Martín, quebrantando el estado de derecho.

Y no solamente eso, los ejidatarios de San Lucas Atoyatenco, cuando finalmente convinieron el proceso de expropiación, reclaman hoy el cumplimiento del convenio que se hizo con el gobierno del Estado y con el ayuntamiento municipal, y hay ahí una serie de demandas que no han sido resueltas.

Otro caso, el de la colonia Alvaro Obregón, sobre todo de tres calles, las calles Carril de San Miguel, Aquiles Serdán y Mártires del 7 de Enero, donde con un programa denominado "De los 100 Primeros Días de Gobierno Municipal", se hicieron obras de pavimentación, de adoquinamiento, que el día de ayer me mostraban no es adoquín, es adocreto, en estas calles que he citado, donde nos enseñaban y nos mostraban el cobro excesivo por parte del ayuntamiento municipal de este tipo de obras.

En su informe del primer año de gobierno municipal, el señor José Luis Domínguez Bermúdez informaba que cobrarían 70 pesos nuevos por metro lineal, que correspondería a los beneficiarios de estas obras públicas. Actualmente el cobro rebasa los 450 nuevos pesos y hasta 500 nuevos pesos por metro lineal. Con un documento se le daba la información a la ciudadanía, que el 8 de marzo recibieron, otorgándoles tres días para responder al pago de estos requerimientos. Esto ha generado confusión y malestar entre los vecinos de estas calles de la colonia Alvaro Obregón, aparte de revisar el tipo de obra que se hizo en términos de su mala calidad y que en su momento tendrán que proceder los vecinos de manera legal, en riguroso apego a la Ley Orgánica Municipal.

Bien. Otro problema es el de la Laguna Ojo de Agua, ahí en San Martín Texmelucan, donde la denuncia en específico es el despojo de la custodia que tenían los del Club de Pesca AC, y hoy fue otorgada a Texmelucan Verde AC, un problema interno sobre la custodia de esta laguna; sin embargo, aquí hay algo importante que señalar:

Existen 50 mil especies, pescados carpa en particular, con sus crías, en dos pozas en esa zona de la Laguna Ojo de Agua en San Martín, están en peligro de muerte. Esto ya ha sido señalado o ha sido denunciado ante la Secretaría de Pesca y se requiere de prontitud para actuar y rescatar esta laguna y sus especies marinas en vida.

Finalmente, señalar el reclamo del grupo de pepenadores que trabajan en el basurero municipal de San Martín, que denuncian el cobro por parte del ayuntamiento municipal a cada uno de ellos de 150 pesos nuevos por mes, y en ese sentido la amenazas del ayuntamiento de la pérdida de trabajo, etcétera.

Son algunas de las denuncias que hemos captado de la ciudadanía de San Martín que como decía al principio reclaman de una actuación democrática por parte del ayuntamiento municipal.

Hemos tratado de intervenir de una manera legal ante las autoridades y no hemos tenido respuesta.. Sabemos que el presidente municipal, el señor José Luis Domínguez Bermúdez está amparado por el actual gobernador del Estado, y por ello la ciudadanía organizada en el Frente Ciudadano Texmeluquense, exige y solicita una entrevista con el ejecutivo estatal, que pueda resolver el problema con las propuestas que ellos tienen.

Quiero solicitar a la Presidencia de esta Cámara se turne esta denuncia a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas, de esta Cámara de Diputados, para darle seguimiento a esta denuncia, pero sobre todo coadyuvar a la entrevista que han solicitado los ciudadanos del Frente Texmeluquense, por requerir de una

respuesta más o menos inmediata, sin dejar de ver que esta solicitud se ha hecho desde el 4 de febrero de este año.

Pido pues a la Presidencia sea turnada esta denuncia y este apoyo a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas. Muchas gracias.

El Presidente:

Sobre este mismo tema, tiene la palabra la diputada Julieta Mendívil... Ha declinado. Le preguntamos al diputado Francisco Saucedo Pérez, si ha entregado por escrito su denuncia a la Secretaría.

En virtud de que no ha sido entregada, en términos del artículo 58, por escrito esta denuncia y petición de turno a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas, no hay elementos.

¿Ha sido entregada? Se turna a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Javier Colorado Pulido, para presentar una denuncia sobre la desaparición de un militante del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, el 23 de marzo en la ciudad de Tijuana, Baja California.

El diputado Javier Marcelino Colorado Pulido:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Ante la falta de impartición de justicia, represión política e inseguridad que priva en la ciudad de Tijuana, Baja California, acudimos a esta tribuna para presentar una denuncia formal por la desaparición de un compañero de nuestro partido, el Auténtico de la Revolución Mexicana.

Debido a la ausencia de capacidad e interés por parte de las autoridades estatales y federales, en obtener una respuesta inmediata sobre la presente cuestión, en efecto, el pasado 20 de marzo, en las inmediaciones de la colonia La Mesa, de la ciudad de Tijuana, alrededor de las 23.00 horas, nuestro compañero Gilberto Coronado Meléndez, policía municipal en activo, desapareció en circunstancias inexplicables, después de haberse visto por última vez en la gasolinera de dicha colonia en su carro con un logotipo de nuestro partido.

Puntualmente los compañeros del comité estatal parmista acudieron ante la oficina de la Procuraduría General de la República, ante la policía municipal, ante la policía judicial del Estado y ante numerosos centros de salud y hospitales, sin que hasta el momento, a casi dos meses de acontecido el plagio, se haya obtenido resultado alguno. La única respuesta que se obtuvo fue la aparición de policías municipales en el domicilio de esta persona, solicitándole a su esposa, Mónica Cervantes de Coronado, firmara el resguardo del radio que había dejado en su domicilio, junto con sus credenciales y su pistola.

Se tiene conocimientos de que el compañero Gilberto Coronado Meléndez, había ido a visitar al señor Agustín Pérez Mundo, ex comandante de la policía municipal de Tijuana, en la colonia Lomas Taurinas, domicilio frente a donde cobardemente asesinaron al licenciado Luis Donaldo Colosio.

Asimismo, se conoce que una persona, residente en Los Angeles, California, acudió a ese mismo domicilio a visitar al señor Pérez Mundo, y también desapareció.

En primera instancia nos parece una flagrante violación a los derechos humanos y garantías individuales que goza nuestro compañero, y como consecuencia de sus derechos civiles y políticos sustentados, no sólo por nuestra Carta Magna, sino también por los pactos internacionales que nuestro país ha signado en el concierto de las naciones, recordamos que estamos comprometidos a salvaguardar el derecho a la libertad y seguridad personales, a ser tratado humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al individuo, cuando sea privado de su libertad, al derecho a la libertad de pensamiento y de conciencia, a la libertad de expresión y al derecho sin discriminación a protección de la ley.

Justamente hace dos semanas, nuestro partido mencionó en esta misma tribuna que la tortura, la desaparición y los homicidios políticos constituyen una realidad cotidiana en muchos lugares del mundo, principalmente durante los

últimos años, y que ante esto no podemos quedarnos inmóviles sin que excitemos a las autoridades a dar seguimiento expedito y puntual en la soluciones de las controversias.

No queremos dudar en ningún momento de la responsabilidad y entrega en el actuar de nuestras autoridades civiles, pero debido a que no hemos recibido ni siquiera eco de las autoridades, a través de una respuesta inmediata sobre el paradero de nuestros compañeros, y más aún sobre las investigaciones que supuestamente han llevado acabo, acudimos ante esta soberanía con objeto de que se le dé seguimiento a esta denuncia a través de las comisiones de Justicia y de Derechos Humanos, como un caso de urgente y obvia resolución, para que a la brevedad posible contemos con una respuesta que nos aclare el actuar de las autoridades competentes ante este delito, así como el resultado de las averiguaciones correspondientes que indignan profundamente a nuestro partido. Ruego a la Presidencia realiza lo conducente.

Por la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, su servidor Javier Colorado Pulido.

Sala de sesiones del Palacio Legislativo, a 10 días del mes de mayo de 1994.

Dejo en manos de la Presidencia, así como la fotografía de nuestro compañero desaparecido en la ciudad de Tijuana. Agradezco mucho su atención.

El Presidente:

Túrnese a las comisiones de Justicia y de Derechos Humanos

Continúe la Secretaría.

ORDEN DEL DÍA

El secretario Guillermo Sánchez Nava:

Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera.

Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

«Segundo Período Ordinario de Sesiones. - Tercer Año. - LV Legislatura.

Orden del día

12 de mayo de 1994.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones de los congresos de los estados de Guanajuato y Quintana Roo.

Dictámenes de primera lectura.

Seis, de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyectos de decreto que conceden permiso a los ciudadanos, Adriana González Correa, Herminia Estrada de Rodríguez, Yara Trevethan Gaxiola, Lidia Izaguirre Quezada, Francisco Javier Lugo Mejía y Mario H. García Tovar, para prestar servicios administrativos en la embajada de Sudáfrica, en México.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Cristina Flores de Cuevas, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de Ecuador en Jalapa, Veracruz, con circunscripción consular en los estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán.

Dictamen a discusión.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Elección de la mesa directiva.

Y los demás asuntos con los que la Secretaría dé cuenta.»

El Presidente (a las 14.40 horas):

Se levanta la sesión y se cita para la próxima que tendrá lugar el jueves 12 de mayo a las 10.00 horas.

Siglas y abreviaturas incluidas en esta edición:

AC Asociación Civil

D.F. Distrito Federal

Infonavit Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores

NL Nuevo León

PAN Partido Acción Nacional

Pemex Petróleos Mexicanos

PRD Partido de la Revolución Democrática

PRI Partido Revolucionario Institucional