Legislatura LV - Año III - Período Ordinario - Fecha 19940713 - Número de Diario 29

(L55A3P1oN029F19940713.xml)Núm. Diario: 29

ENCABEZADO

PODER LEGISLATIVO FEDERAL

LV LEGISLATURA

DIARIO de los DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del Tercer Ano de Ejercicio

DIRECTOR GENERAL

DE CRÓNICA PARLAMENTARIA

Héctor de Antuñano y Lora

PRESIDENTE

Diputado Miguel González Avelar

DIRECTOR DEL

DIARIO DE LOS DEBATES

Norberto Reyes Ayala

AÑO III México, D.F., miércoles 13 de julio de 1994 No. 29

SUMARIO

SUMARIO

ASISTENCIA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE I A SESIÓN ANTERIOR

TELEVISIÓN MEXICANA

El diputado Rafael Fernández Tomás hace comentarios sobre una empresa

DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

Invitación al acto cívico conmemorativo del XV aniversario luctuoso del ex Presidente de México Gustavo Díaz Ordaz. Se nombra comisión.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Francisco Javier Saucedo Pérez, presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. Se turna a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y a la de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicio.

Se refieren a la iniciativa, los diputados:

Jorge Alfonso Calderón Salazar

Francisco Dorantes Gutiérrez, para rectificar hechos.

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El diputado Domingo Alberto Martínez Resendiz presenta iniciativa, con proyecto de decreto que reforma y adiciona ese ordenamiento. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

DESORDEN DE GREENPEACE

Irrumpen en la sala de sesiones integrantes de esa organización y se produce desorden.

Rectifica hechos el diputado Julio Cesar García Hernández.

COMISIÓN DE RÉGIMEN INTERNO Y CONCENTRACIÓN POLÍTICA

Acuerdo de practica parlamentaria respecto a los dictámenes que se refieren a diversas leyes sobre discapacitados. Se aprueba.

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Se dispensan la primera y segunda lecturas y se somete a discusión el dictamen de la Comisión de Justicia con ese proyecto.

Fundamenta el dictamen el diputado Cuauhtémoc López Sánchez Coello.

En pro el diputado Carlos González Duran.

Aprobada. Se turna al Senado de la República para los efectos constitucionales.

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS

LEY ADUANERA

LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

Se dispensa la segunda lectura y, conforme al acuerdo de prácticas parlamentarias, se someten a discusión en lo general y en lo particular los cuatro dictámenes.

Hacen uso de la palabra en pro, los diputados:

Oscar René Nieto Búrciaga

Héctor Morquecho Rivera

Gonzalo Cedillo Valdez

Demetrio Hernández Pérez

Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara

José de Jesús González Rayes

Eduardo Francisco Trejo González

Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez

Silvestre Fernández Barajas

Lucas Adrián del Arenal Pérez quien presenta proposiciones de reforma.

José de Jesús Berrospe Díaz

Domingo Alberto Martínez Resendiz

Francisco Portela Xantina

Marlene Catalina Herrera Díaz

Marco Antonio García Toro

José Aranza Jiménez

Miguel Osorio Marbán

Se aprueba la proposición del diputado Lucas Adrián del Arenal Pérez.

Aprobada. Se turna al Senado de la República para los efectos constitucionales.

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE

Se dé primera lectura, se dispensa la segunda y se somete a discusión el dictamen de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente.

Hacen uso de la palabra los diputados:

Luis Alberto Beauregard Rivas, para fundamentar el dictamen.

Emilio Becerra González en contra.

René Silvestre Benítez Treviño, quien hace propuestas de modificación.

Juan de Dios Castro Lozano, para referirse a las impugnaciones que como

Presidente de la mesa directiva, le hizo el diputado Becerra González.

Gabriela Guerrero Oliveros, en pro. ~

AIfredo Castañeda Andrade, en pro.

Jorge Oceguera Galván, en pro.

Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, en pro.

Juan Antonio Nemi Dib, en pro.

Jorge Alfonso Calderón Salazar para fundamentar su voto.

Rafael Decelis y Contreras, para rectificar hechos

Se aprueban las modificaciones propuestas.

Aprobada. Se turna al Senado de la República para los efectos constitucionales.

DEMOCRACIA Y PAZ SOCIAL EN MÉXICO

Reflexiona al respecto el diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo.

Para rectificar hechos, los diputados:

Francisco Dorantes Gutiérrez

Agustín Basave Benitez

AMENAZAS

Las denuncia el diputado Jorge Alfonso Calderón Salazar

ORDEN DEL DÍA

De la próxima sesión. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del diputado Juan de Dios Castro Lozano

ASISTENCIA

El Presidente:

Ruego a la Secretaría, haga del conocimiento de esta Presidencia, el resultado del cómputo de asistencia del registro de firmas de los diputados para conocer si existe el quórum reglamentario.

La secretaria Sonia Magali Achach Solís:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 327 diputados, por lo tanto, hay quórum.

El Presidente ( 12.43 horas):

Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

La secretaria Sonia Magali Achach Solís:

Se va a dar lectura al orden del día.

«Segundo Período de Sesiones Ordinarias.- Tercer Año.- LV Legislatura.

Orden del día

13 de julio de 1994.

Lectura al acta de la sesión anterior.

El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del XV aniversario luctuoso del licenciado Gustavo Díaz Ordaz, ex presidente de la República, tendrá lugar el 15 de julio a las 11.00 horas.

Iniciativa de diputados

De reformas y adiciones a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Domingo Alberto Martínez Reséndiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

De adición al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para consagrar el derecho a la alimentación.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Justicia, con Proyecto de Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

De la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, con proyecto de decreto que reforma el artículo 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

De la Comisión de Comercio, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. (En materia de discapacitados).

De la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto que adiciona con un segundo párrafo a la fracción I, de la literal B del artículo 33 de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas. (En materia de discapacitados).

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 46 de la Ley Aduanera. (En materia de discapacitados).

Dictamen a discusión

De la Comisión de Asentamiento Humanos y Obras Públicas, con opinión de la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que adiciona diversos artículos de la Ley General de Asentamiento Humanos. (En materia de discapacitados).

Agenda política

Reflexiones sobre la democracia y paz social en México, a cargo del diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, del grupo parlamentario del Partido Popular Socialista.

Denuncia que presenta el diputado Jorge Calderón Salara, de amenazas a militantes del Partido de la Revolución Democrática.?

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

La secretaria Sonia Magali Achach Solís:

Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados, celebrada el día doce de julio de mil novecientos noventa y cuatro, correspondiente al Segundo

Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Quinta Legislatura

Presidencia del diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara

En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, siendo las doce horas con doce minutos del día doce de julio de mil novecientos noventa y cuatro, con una asistencia de trescientos veintiún diputados, el Presidente declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día y posteriormente al acta de la sesión anterior, misma que sin discusión se aprueba en sus términos, en votación económica.

Comunicaciones del Congreso del Estado de Baja California Sur, con el que se informa de actividades legislativas. De enterado.

Una proposición de la Comisión de Régimen Interno y Concentración Política respecto a la designación de delegaciones y representaciones de la Cámara de Diputados, a reuniones nacionales e internacionales, durante el segundo receso del tercer año de ejercicio de la Quincuagésima Quinta Legislatura. Se aprueba.

Hace uso de la palabra el diputado Hugo Arce Notario, del Partido Revolucionario Institucional, quien presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga, diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la administración pública federal. Se turna a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y a la de Asuntos Indígenas.

Se concede el uso de la palabra al diputado José Albergo Cortés García, del Partido Revolucionario Institucional, quien presenta iniciativa de reformas y adiciones al artículo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

En virtud de que el dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias, con opinión de la de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, fue impreso y distribuido entre los señores diputados, la Asamblea le dispensa la primera lectura.

Por las mismas razones se dispensa la segunda lectura al dictamen de la comisiones de Justicia y de Defensa Nacional, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Justicia Militar y para fundamentarlo y hacer diversas proposiciones, pasa a la tribuna el diputado Jesús Mario del Valle Fernández, del Partido Revolucionario Institucional.

Expresan sus opiniones al respecto, los diputados José Octaviano Alaniz Alaniz, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, en pro y Carlos González Durán, del Partido de la Revolución Democrática, en contra.

La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen y en sendas votaciones económicas aprueba las propuestas hechas por el diputado Jesús Mario del Valle Fernández, por lo que la Secretaría recoge la votación nominal respectiva, misma que resulta aprobatoria por doscientos setenta y siete votos. Se turna al Senado de la República, para los efectos constitucionales.

La Asamblea dispensa la segunda lectura al dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; del Código de Procedimientos Penales; de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y del Código Fiscal de la Federación.

Para fundamentarlo hace uso de la palabra el diputado Cuauhtémoc López Sánchez Coello, del Partido Revolucionario Institucional y para expresar sus opiniones, los diputados: Hildebrando Gaytán Márquez, del Partido Popular Socialista, en pro; Félix Bautista Macías, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, en pro; Carlos González Durán, del Partido de la Revolución Democrática, en contra y hace diversas proposiciones de reforma; Emilio Becerra González, a título personal y presenta proposiciones de reforma; Fernando Francisco Gómez Mont Urueta, del Partido Acción Nacional, por la comisión, en pro, en dos ocasiones; Emilio Becerra González, del

Partido de la Revolución Democrática, para contestar alusiones personales; Francisco Dorantes Gutiérrez, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, en pro y Martha Patricia Ruiz Anchondo, del Partido de la Revolución Democrática, para rectificar hechos.

La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen y en sendas votaciones económicas rechaza las proposiciones hechas durante el debate, por lo que la Secretaría recoge la votación nominal respectiva, misma que resulta aprobatoria por doscientos noventa y siete votos. Se turna al Senado de la República, para los efectos constitucionales.

Hacen comentarios sobre la situación económica del país, los diputados Jorge Alfonso Calderón Salazar, del Partido de la Revolución Democrática y Jorge Flores Solano, del Partido Revolucionario Institucional. Los diputados Jorge Alfonso Calderón Salazar, del Partido de la Revolución Democrática y Alfredo Lujambio Rafols, pasan a la tribuna para rectificar hechos.

Solicita y se concede el uso de la palabra al diputado Francisco José Paoli Bolio, del Partido Acción Nacional, quien denuncia lo que calificó como posibles infracciones al proceso electoral en el Distrito Federal y para rectificar hechos o contestar alusiones personales, pasan a la tribuna los diputados: Fernando Francisco Lerdo de Tejada Luna, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones y contesta a una interpelación del diputado Lujambio Rafols; Francisco José Paoli Bolio, del Partido Acción Nacional, en dos ocasiones; Rosa Albina Garavito Elías, del Partido de la Revolución Democrática; Diego Heriberto Zavala Pérez, del Partido Acción Nacional; René Juvenal Bejarano Martínez, del Partido de la Revolución Democrática; Gonzalo Altamirano Dimas, del Partido Acción Nacional, en dos ocasiones; José Octaviano Alaniz Alaniz, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional; Felipe Muñoz Kapamas, del Partido Revolucionario Institucional, quien contesta a una interpelación del diputado Paoli Bolio; Miguel González Avelar, del Partido Revolucionario Institucional y María del Carmen Bolado del Real, del Partido Acción Nacional.

Pasa a la tribuna el diputado Alberto Schettino Piña, del Partido Revolucionario Institucional, quien presenta iniciativa de reformas a la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente. Se turna a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente.

Para hacer una denuncia respecto a un accidente automovilístico, en el que perdieron la vida miembros del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Chapingo, hace uso de la palabra el diputado Javier Centeno Ávila. Se turna a las comisiones de Justicia y de Información Gestoría y Quejas.

Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las diecinueve horas con cuarenta y un minutos, citando para la que tendrá lugar mañana, trece de julio de mil novecientos noventa y cuatro a las diez horas.?

El secretario José Raúl Hernández Ávila:

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si es de aprobarse.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

El Presidente:

Aprobada el acta.

televisión mexicana

El Presidente:

¿Con qué objeto, señor diputado? Se le concede el uso de la palabra al señor diputado Rafael Fernández Tomás.

El diputado Rafael Fernández Tomás:

Con su permiso, señor Presidente; con su permiso, compañeros diputados:

Señor Presidente, quisiera pedirle a usted que me permitiese hacer uso de un minuto más de los cinco que tengo concedidos.

El Presidente:

El Reglamento señala cinco minutos, señor diputado, le ruego trate de ajustarse a lo dispuesto por el Reglamento.

El diputado Rafael Fernández Tomás:

Compañeros diputados, no quiero, vengo a dar las gracias en tribuna, a Emilio Azcárraga Milmo. No quiero terminar de ser diputado, sin darle respuesta a una frase que hace unos meses dijo el magnate de la televisión en México y que no se respondió aquí.

Hace unos meses Emilio Azcárraga Milmo, en una conferencia de prensa, dijo textualmente y me voy a ajustar a sus palabras y voy a usar las mismas, que : "el pueblo mexicano es un pueblo de jodidos, que va a seguir estando jodido y que la única persona, textual, perdonen compañeros, estoy refiriendo textualmente lo que salió en la prensa, y que la única persona que hace feliz a los mexicanos se llama Emilio Azcárraga Milmo".

Yo quiero decirle a Emilio Azcárraga Milmo, a los 24 de la lista de los supermillonarios, a los políticos que no aparecen en la lista de los super millonarios pero que existe, que no deben olvidar la experiencia del siglo pasado, cuando en el siglo pasado los norteamericanos quisieron sacarnos la riqueza, metieron los ferrocarriles por todo el país para sacar la riqueza del pueblo mexicano.

Hoy, yo vengo a darle gracias a Emilio Azcárraga, porque ha puesto ya la pantalla en el último rincón del país, en la última casa de cualquier trabajador mexicano y gracias a eso nos están manipulando a los hombres y mujeres merced a las telenovelas, merced al deporte, porque piensan que pueden mantener el control político y económico del país y seguir enriqueciéndose con base en la televisión.

Pero, en el siglo pasado si los norteamericanos no hacen los ferrocarriles, los revolucionarios no se hubieran podido subir a unos ferrocarriles y no hubieran hecho la revolución tan rápido como la hicieron, porque la hubieran tenido que hacer a caballo; por eso, gracias a Emilio Azcárraga, porque ahora gracias a ese esfuerzo, lo único que va a tener que hacer el pueblo es llegar en un momento dado, al cuartito donde se hacen las transmisiones.

Porque hoy en México, todos los mexicanos, todos los diputados y todo el pueblo estamos claros de que vienen momentos muy graves y muy difíciles en el país, y no hay mexicano que no vea el riesgo que se puede dar después del 22 de agosto.

Se acusa a los trabajadores que se levantan en todo el país de poner en peligro la paz social. Aquí afuera tenemos trabajadores que llevan días enteros, que ayer fueron atropellados, que están preparando sus alimentos como lo hacen los trabajadores en todo el país y los trabajadores mexicanos que son los únicos que generan el trabajo, el capital, porque lo único que genera valor en el país es el trabajo del hombre, no se puede achacar al pueblo mexicano los riesgos que hay para la paz, los riesgos que hay para la paz ahora y que tenemos que intentar por todos los medios, y me quiero unir al compañero Encinas y a muchos otros compañeros que han luchado por detener la violencia antes del día 21 de agosto, porque después no la vamos a poder detener, quiero decirles que la violencia viene de parte de esas 24 familias y de los políticos coludidos con esas 24 familias, que no se olviden que los Slim y toda esta gente se llevaron el dinero de la gente de la clase media, por eso son ahora supermillonarios.

Y para terminar, señor Presidente y compañeros, quiero señalar lo siguiente: Todo el pueblo mexicano está indignado por la resolución de ayer de la subcomisión sobre el asesinato de Luis Donaldo Colosio. No la creemos. Yo como legislador lo vengo a decir aquí, porque lo sentimos todo el pueblo mexicano. Algún día se aclararán esas cosas, pero mientras tanto, creo que es sentir de todos los diputados de esta LV Legislatura que no termina el viernes, que no se engañen, no terminamos el viernes, somos la soberanía nacional hasta el día 31 de octubre y sé que interpreto el sentimiento de todos mis compañeros, de que esta legislatura defenderá que se marche por las vías legales, que haya elecciones limpias y que permitamos tener una transición democrática, y para eso recojo la palabra de Encinas que es muy importante, no podremos hacer la transición democrática...

El Presidente:

Señor diputado, le ruego concluir.

El diputado Rafael Fernández Tomás:

Si no hay un nuevo pacto social, y estamos a tiempo, falta un mes.

Señor Presidente, sé que me paso 30 segundos pero aquí hay cosas muy importantes.

Si no se logra y termino con esto, un pacto social, político y social en el país antes del 21 de agosto, si no paramos la violencia, nadie la va a poder parar después del 21 de agosto y seremos responsables del futuro que les puede esperar a nuestros hijos. Muchas gracias, compañeros.

El Presidente:

Gracias, señor diputado, continúe la Secretaría.

DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

La secretaria Martha Maldonado Zepeda:

«Diputado Miguel González Avelar, presidente de la Cámara de Diputados Presente.

El Departamento del Distrito Federal, por conducto de esta dirección general, ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del XV aniversario luctuoso del licenciado Gustavo Díaz Ordaz, ex presidente de la República, que tendrá lugar frente a la tumba que guarda sus restos en el Panteón Jardín, ubicado por camino al Desierto de los Leones, delegación Alvaro Obregón, el día 15 de julio a las 11:00 horas.

Por tal motivo, de la manera más atenta me permito solicitarle tenga a bien girar sus respetables indicaciones a efecto de que un representante de esa Cámara de Diputados que usted preside, asista a la ceremonia de referencia.

Agradezco las atenciones que se sirva dar al presente y le reitero las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Dirección Cívica, licenciado Gerardo González Camarena.»

El Presidente:

Para asistir en representación de esta Cámara, se designa a los siguientes diputados: Alberto Jiménez Arroyo, Jaime Olivares Pedro, Jorge Oceguera Galván y Francisco Dorantes Gutiérrez.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día corresponde a iniciativas de diputados. Dentro de este capítulo de la orden del día, se concede la palabra al diputado Francisco Saucedo Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa de adición al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Francisco Javier Saucedo Pérez:

Con su permiso, señor Presidente:

Antes de dar lectura a la iniciativa que el día de hoy presentamos diversos diputados de esta LV Legislatura, yo quisiera destacar tres puntos de manera breve, que me parece fundamental mencionar aquí en esta tribuna. Uno de ellos es la respuesta al por qué sin ser acabada esta respuesta a una iniciativa por elevar a rango constitucional el derecho a la alimentación en este país.

Destacaría fundamentalmente en ello, porque el que aparezca en nuestra Carta Magna un derecho de esta naturaleza, significaría entre otras cosas provocar, incentivar a la sociedad mexicana en la preocupación creativa de buscar formas que garanticen con responsabilidad un derecho social y humano de esta naturaleza.

Se trataría de incentivar de manera creativa, más allá de cuestiones legislativas. Me atrevo a decir esto en la medida y ése es el segundo rasgo que yo quisiera destacar, que el trabajo desarrollado al seno de la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios, se trató de un trabajo serio, colectivo, plural e integral y con esto destacaría el hecho de que en la comisión trabajamos diputados de las diferentes fracciones parlamentarias de esta legislatura y que al mismo tiempo vinculamos nuestra actividad con la sociedad civil.

Hay que destacar que el 16 de octubre de 1992, precisamente en el Día Mundial de la Alimentación, se presentaban a las puertas de este recinto legislativo un frente social, civil, que invitaba a la Cámara de Diputados a iniciar un

trabajo para llegar a una iniciativa de ley que elevara a rango constitucional el derecho a la alimentación.

Este trabajo, este esfuerzo de todos, es el que recogemos y queremos plasmar en esta iniciativa.

Y por último, un tercer elemento que quisiera destacar antes de la lectura de la iniciativa, es hacer una invitación formal a todos los candidatos a la Presidencia de la República, a los candidatos al Senado y a diputados, y en el caso del Distrito Federal a la Asamblea de Representantes, a que todos juntos contribuyamos con propuestas, con argumentos que coadyuven a enriquecer y garantizar este derecho a la alimentación, no sin antes decir que por desnutrición conocemos el nombre científico de lo que en nuestro país y en otras partes del mundo se llama simple y llanamente el "hambre", que grandes sectores de la población están sufriendo en el mundo y en particular en nuestro país.

Y también señalar, y a eso invitamos a todos los candidatos, en particular a los candidatos a la presidencia, porque estemos tratando de elevar a rango constitucional, que quede en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos este derecho a la alimentación, que también es cierto que hay programas de carácter social, como los desayunos escolares, como el subsidio a la tortilla, como el programa de leche, muchos de ellos aún con controles de carácter político electoral para las fuerzas políticas de nuestro país.

Y elevar a rango constitucional un derecho de esta naturaleza, es elevar la dignidad de programas de esta naturaleza, porque tenemos que combatir de manera responsable, colectiva, todo en esta sociedad, como tarea de Estado, la sociedad mexicana, la sociedad civil y la sociedad política, los problemas de hambre, de desnutrición y de falta de alimentación a grandes sectores de nuestro pueblo.

Paso pues a darle lectura a esta iniciativa, que dice así:

«Secretarios de la Cámara de Diputados.

Los que suscribimos, diputados de la LV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a la consideración de esta Cámara la presente iniciativa de adición de un cuarto párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicitando al mismo tiempo se turne, en comisiones unidas, a la Comisión de Gobernación y Puntos constitucionales y a la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios.

ExposiciÓn de Motivos

Considerando que: la nutrición es un fenómeno esencial de la vida, requisito indispensable para que el ser humano, junto con la satisfacción de otras necesidades, pueda crecer y desarrollarse adecuadamente, ya que sin una alimentación variada, completa y nutritiva, el hombre no estará en posibilidades de desarrollar todas sus potencialidades.

Por ello, es importante que la madre gestante se alimente adecuadamente para que el ser que está procreando tenga buena salud para enfrentarse a la vida. Si este infante se alimenta con todos los nutrientes necesarios, contará con las mejores condiciones de tener un crecimiento y desarrollo adecuado en lo social, sicológico, biológico y espiritual. Así estará en posibilidades de desarrollar habilidades intelectuales, artísticas y manuales, por lo que repercutirá positivamente para sí mismo y la sociedad.

Sin embargo, para que el ser humano tenga una dieta completa, suficiente y equilibrada, es necesario que los alimentos estén disponibles en calidad y precios accesibles para toda la población, principalmente para mujeres en periodos de gestación o lactancia, niños menores de cinco años, ancianos y trabajadores.

En México, en las dos últimas décadas la desnutrición la ha resentido gran parte de la población, afectando de forma significativa a madres gestantes, lactantes y niños menores de cinco años, lo que ha provocado una elevada mortalidad infantil y los que han sobrevivido, posteriormente reflejan una baja productividad en lo educativo y laboral.

Al combatir la desnutrición y la mala alimentación, los gobiernos, junto con las instituciones de salud y la sociedad, han desplegado esfuerzos de diversa naturaleza alcanzando avances reales, pero limitados, lo cual no ha sido suficiente para solucionar la pobreza de la mayoría de la población mexicana.

En la década presente, se destaca la aparición de un nuevo tipo de desnutrición urbana ligada al hecho de que a un porcentaje grande de población de procedencia rural que emigró a la ciudades durante los años de crisis, no pudo garantizarse una nueva fuente de ingresos estable y suficiente y se alejaron de las posibilidades de subsistencia así fuera mínima, que ofrecía la vida del campo.

Entre las causas que se encuentran asociadas al agravamiento del problema de la mala alimentación de amplios sectores de la población están las provocadas por las políticas de ajuste, la reducción de los subsidios de los productos básicos, la liberación en los precios de los mismos y los topes salariales que se establecen para los trabajadores rurales y urbanos.

Un aspecto central en este complejo problema es la disponibilidad de alimentos, pues se ha visto afectada por la falta de una eficiente planeación, insuficiencia de recursos y falta de eficacia en su aplicación para la producción, como son los créditos, los subsidios, los seguros agrícolas etcétera; además, por la ausencia de investigación y de desarrollo de tecnologías para un mejor desarrollo regional, así como una mejor infraestructura hidrológica, se afectó la productividad de las regiones y es por ello la baja en la producción de alimentos para el consumo nacional.

Otro aspecto no menos importante es la accesibilidad de los alimentos, pues la falta de caminos de acceso transitable todo el año y de transporte, la centralización del abasto en las tres ciudades más grandes del país (ciudad de México, Guadalajara y Monterrey) la falta de implementación de mercados regionales basados en la planificación, así como la falta de un organismo regulador del flujo de productos, ha generado el intermediarismo que altera la circulación de los productos, que eleva los precios, propicia el acaparamiento, ocultamiento de productos y genera la especulación, impidiendo el abasto de alimentos accesibles a toda la población.

Por otro lado, la política alimentaria ha propiciado que el sector productor de alimentos impulse sólo cultivos rentables, de acuerdo a la demanda de un núcleo del mercado, en detrimento de la producción de productos básicos, lo cual ha provocado dependencia externa de nuestros bienes básicos indispensables, poniendo en riesgo la seguridad y autosuficiencia alimentaria.

Aunado a ello, la industria de los alimentos en México, tanto nacional como transnacional, ha venido elaborando una serie de productos con un alto valor agregado que debido a las costosas campañas publicitarias, son consumidos por la población, especialmente los niños, ocasionando modificaciones en los hábitos de consumo, lo que resulta delicado, sobre todo en el caso de los sectores de bajos ingresos, cuyo acceso a los alimentos es insuficiente. Por ello, se requiere regular y vigilar la industria productora de alimentos, tanto nacionales como transnacionales, con el fin de que los alimentos procesados contengan y preserven lo más posible la calidad de los nutrientes.

Aunque el Gobierno Federal ha declarado que la política de ajuste ha procurado no reducir el gasto en sectores de importante sensibilidad social, el gasto destinado a subsidios a la alimentación, al abasto y la comercialización de alimentos básicos, no ha dejado de ser afectado con algunas reducciones reales.

En algunos casos la acción combinada de estos factores ha dado como resultado un repunte de los índices de mortalidad y morbilidad infantil, ligados a un insuficiente acceso a los nutrientes mínimos indispensables, en un sector significativo de la población menor de edad y en otros casos dio como resultado el estancamiento de la lucha contra la desnutrición en los diversos niveles en que se manifiesta en las familias mexicanas desde hace décadas.

Esta situación, por un lado, obedece a la falta de un marco normativo que regule y oriente la intervención de los diversos organismos de la administración pública federal, que convergen en el ámbito de la alimentación con programas específicos para atender el problema en sus diferentes fases; que articule y coordine a los diversos sectores que intervienen en la cadena de producción, transformación, comercialización, abasto y consumo de alimentos; que garantice la soberanía, seguridad y derechos alimentarios de todos los mexicanos y que propicie la participación democrática de los sectores sociales y privados.

En el marco de la estrategia nacional de descentralización, la alimentación deberá permanecer como prioridad del Gobierno y para la sociedad, de tal manera que en materia de política alimentaria, se requiere eficientar la participación estatal, no exclusivamente mediante la propiedad pública o la administración

directa, sino a través del fortalecimiento de las diversas entidades del sector público, mediante el gasto social, así como la canalización de estímulos y apoyos a los sectores privado y social para su involucramiento en el proceso alimentario.

Actualmente las normas, instituciones y políticas vigentes no se adecuan a los nuevos requerimientos que plantea el problema nutricional y alimentario en el país, ni a las nuevas posibilidades existentes para enfrentarlo.

El país debe tener como estrategia de desarrollo la autosuficiencia alimentaria, para asegurar la alimentación de sus habitantes, esto depende del cuidado de sus recursos naturales, del desarrollo tecnológico, así como el diseño y ejecución de sistemas de asistencia alimentaria, con el fin de asegurar la vida digna de su población.

Por ello es impostergable fortalecer en cantidad y calidad la acción institucional y eficientar la coordinación interinstitucional, intersectorial e interregional, a fin de asegurar el abasto de alimentos a la población en condiciones adecuadas de calidad y precio.

La situación de desnutrición que padecen grandes sectores, exige crear una canasta básica altamente nutritiva, así como impulsar programas educativos sobre nutrición.

Dada la diversidad geográfica, económica, étnica, cultural, social y política del país, se requiere de diagnósticos regionales que permitan dar una respuesta alimentaria de acuerdo a las características de cada zona.

México ha firmado y ratificado el pacto internacional sobre "los derechos económicos, sociales y culturales" de la Organización de las Naciones Unidas, que en su artículo 11.2 habla específicamente sobre el derecho a la alimentación y de la necesidad de que los países legislen localmente sobre este derecho.

Por las razones antes expuestas, los diputados abajo suscritos, integrantes de la LV Legislatura, sometemos a trámite legislativo la siguiente iniciativa de adición al texto constitucional, con objeto de avanzar posteriormente en el establecimiento del marco legal necesario para generar la legislación secundaria y las políticas que permitan profundizar la lucha contra la desnutrición en el país, de manera que ésta pueda ser superada en el mediano plazo.

Esta adición constitucional eleva a la categoría de derecho humano, el que toda persona cuente con una alimentación suficiente en calidad y cantidad.

Se establece la corresponsabilidad del Estado mexicano, la sociedad en su conjunto y las familias, para garantizar que la alimentación de cada miembro de la sociedad mexicana alcance los nutrientes indispensables que le permitan la salud física y mental.

El Estado garantizará las políticas, los instrumentos y los apoyos que establezca la ley, estará obligado a que las diversas instancias que correspondan al Gobierno aseguren la satisfacción de una dieta en la que atienda la iniciativa de las familias y la participación de los grupos sociales para la plena satisfacción de este derecho. En particular, el Estado será responsable de la promoción de los alimentos y de regular el abasto y comercialización de los mismos con la finalidad que se garantice su disponibilidad y accesibilidad en calidad y precio.

Como consecuencia de esta adición, se insertará como parte específica de esta garantía, el mandato constitucional que ordena que los salarios mínimos sean suficientes. También se entenderá que las pensiones de seguridad social deberán ser tales que aseguren el derecho a la alimentación

Del derecho a la alimentación, también se deriva la obligación estatal y social de dar precios accesibles a los alimentos, de ofrecer los alimentos a quienes carecen de los medios para obtenerlos, a informar sobre la calidad nutricional de los productos, al igual que el deber de llevar a cabo todas las acciones que obstaculicen la disponibilidad y accesibilidad de los alimentos.

PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 4o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo único. Se adiciona un párrafo cuarto a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Todo ser humano tiene derecho a una alimentación suficiente en calidad y cantidad. El Estado

mexicano, la sociedad y las familias, son responsables de garantizar la alimentación que permita la salud física y mental de cada miembro de la sociedad mexicana. La ley establecerá las políticas, instrumentos y apoyos necesarios para que la Federación, las entidades federativas y los municipios aseguren la satisfacción de una dieta asequible que contenga todos los nutrientes necesarios de los alimentos en calidad, cantidad y disponibilidad.

Artículo transitorio. Esta adición a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, a los 12 días del mes de julio de 1994. Diputados: Alberto Jiménez Arroyo, Domingo Alapizco Jiménez, del Partido Revolucionario Institucional; Francisco J. Saucedo Pérez, Salvador Juárez García, del Partido de la Revolución Democrática; José de Jesús Berrospe Díaz, Alberto Marcos Carrillo Armenta, del Partido Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional; Servando A. Hernández Camacho, Alfredo Castañeda Andrade, del Partido Autentico de la Revolución Mexicana; Héctor Morquecho Rivera, Francisco Hernández Juárez, del Partido Popular Socialista; Estanislao Pérez Hernández, Gonzalo Cedillo Valdez, diputados independientes.»

El Presidente:

Gracias, señor diputado Saucedo, por su intervención.

Recibo y túrnese a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y Distribución de Bienes de Consumo.

El diputado Jorge Alfonso Calderón Salazar (desde su curul):

Señor Presidente, pido la palabra, para rectificar hechos.

El Presidente:

Adelante, diputado Calderón.

El diputado Jorge Alfonso Calderón Salazar:

Con su venia, señor Presidente; estimados legisladores:

Pedí la palabra para rectificar hechos a fin de expresar ante ustedes esta declaración y pedir que se inscriba en el Diario de los Debates lo siguiente:

No formo parte de la Comisión de Distribución de Bienes y Servicios, sin embargo, quiero hacer una declaración pública, en el sentido de que suscribo, apoyo y defiendo la propuesta de reforma constitucional que ha presentado en la tribuna de la Cámara de Diputados el diputado Francisco Saucedo.

Y en segundo término quiero destacar ante ustedes que si bien estamos apenas a unas 48 horas posiblemente de que termine el presente período ordinario de sesiones, en caso de existir voluntad política para que una reforma constitucional de la trascendencia de la que aquí nos ha venido a presentar el diputado Saucedo, pudiera ser instrumentada, hay un procedimiento legislativo de todos conocido que podría ser aplicado: el procedimiento de convocar a un período de sesiones extraordinarias, en donde de manera precisa, puntual, pudiera ser discutida esta iniciativa de reforma constitucional y en su caso aprobada.

No se trata de una simple declaración de posibilidades legales, la trascendencia de la propuesta que ha hecho aquí Francisco Saucedo, la trascendencia de la demanda que millones de mexicanos hacen en términos de garantizar el derecho a la alimentación, haría necesaria una reconsideración profunda de procedimientos legislativos.

Estamos, como ya se ha explicado previamente, ante una crisis alimentaria de proporciones dramáticas que afecta una parte sustancial de la población mexicana y hay una declaración que se ha expuesto aquí, de la necesaria congruencia que debe haber entre una reforma constitucional específica y política en materia de salarios, en materia de ingreso, en materia de empleo y en otros campos que tiene qué ver con el desarrollo rural y con la alimentación.

En consecuencia, por la trascendencia de esta iniciativa, por lo que está en juego, que es la base misma de sustentación de la vida de millones mexicanos, considero y presento de manera formal esta consideración ante ustedes, que de existir voluntad política en las diferentes

fracciones parlamentarias de la Cámara de Diputados, de existir decisión de responder a un reclamo ancestral de nuestro pueblo, podía esta iniciativa, tal y como ha sido el turno ya del Presidente, que se pida su discusión en las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Distribución de Bienes y Servicios, para que en su caso, y de existir condiciones para ello, incluso en un período de sesiones extraordinarias, pudiera ser aprobada y sometida a la consideración de las legislaturas locales y en su momento expedida como una reforma constitucional que consideramos de gran trascendencia.

Termino diciendo que hago propias, con todo lo que esto significa en esta tribuna de la Cámara de Diputados, la iniciativa que ha presentado aquí el diputado Francisco Saucedo, es mucho más que una simple formalidad, es una convicción profunda la que me motiva a hacer esta declaración en la tribuna y hago votos porque no quede perdida en el olvido de las decenas o cientos de iniciativas archivadas en las diferentes comisiones. Que haya una voluntad para que esta iniciativa sea discutida y en su caso aprobada por el bien de la nación. Muchas gracias.

El Presidente:

Muchas gracias por su intervención, señor diputado Jorge Calderón.

Tiene la palabra para rectificar hechos el diputado Dorantes.

El diputado Francisco Dorantes Gutiérrez:

Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Desde los primeros días de que inició su trabajo esta legislatura, la diputada, recuerdo, presentó también la misma iniciativa. En esa ocasión tuve el gusto de apoyarla porque siempre he considerado que uno de los satisfactores mas elementales para el pueblo de México es la alimentación, sin menoscabo de la educación, la salud, la cultura, la jubilación, el pago de marchas, o sea el entierro, por parte del Estado. Algunas veces he dicho que el niño desde que nace con su sola acta de nacimiento debe tener el Seguro Social, estén sus padres o no inscritos en el Seguro Social. También he dicho que nadie debe carecer de trabajo y que todo mundo debe de tener ropa barata, pero principalmente podemos en un momento dado limitarnos por lo menos a tener educación, alimentación, cultura y salud.

Por eso vengo a reiterar mi apoyo a la iniciativa presentada ya para la reforma al artículo 4o. constitucional, porque considero que esto debe ser inaplazable. También pienso que no solamente debe de reformarse la ley, no solamente debe de reformarse el artículo 4o. constitucional, sino que deben de crearse las condiciones necesarias para que esto sea real, porque de nada sirve que tengamos derecho a la salud, a la vivienda, como lo marca el mismo artículo 4o. y el 123 constitucional. De nada sirve que tengamos derecho a la educación básica, si se siguen haciendo exámenes para secundaria; es necesario que esto se realice.

Que si hacemos una reforma constitucional efectivamente el pueblo llegue a tener ese beneficio, pero no que sigamos reformando y reformando y reformando y queden ahí, como dijo alguien en el tiempo de don Porfirio: "La Constitución es un bonito traje de luces para el pueblo mexicano".

Tenemos que luchar, compañeros diputados, en el ámbito que sea, porque es necesario seguir luchando contra los hambreadores, contra los acaparadores, contra los intermediarios, que fue uno de los objetivos de la revolución mexicana, luchar en contra de los explotadores del pueblo de México, de esa gente que acapara todos los víveres, que acapara toda la producción del campo para encarecerla.

Hemos ofrecido que el producto excedente de un lugar vaya a los lugares donde la cosecha ha sido mala, con el auxilio de los camiones del Ejército si es necesario, pero que el pueblo se alimente y que se combata el acaparamiento de los artículos de primera necesidad.

Si queremos una organización social justa, debemos hacer que el campesino no sea explotado por los intermediarios y que el consumidor no sea explotado por los mismos intermediarios que encarecen los artículos de primera necesidad y que son los causantes de que el pueblo de México no pueda alimentarse.

Por eso yo les pido que sigamos luchando en la trinchera que sea, en la que nos dé el destino, pero seguir luchando por el pueblo de México.

De otra manera, la lucha no se ha terminado, faltan dos días como dijo el compañero que me antecedió en el uso de la palabra, un señor eminente, diputado muy capaz y considero que debe de seguirse luchando, como dije, en el terreno que sea.

Sé también que ya es lo último, pero esto no será la última lucha, compañeros. Adonde quiera que vayamos ahí estaremos luchando por el pueblo de México. Para los que no salieron en las listas, no se desesperen, compañeros ya vendrán tiempos mejores. Aquí nos veremos, compañeros, dentro de tres años, pidiéndoles yo algo para ciudad Netzahualcóyotl. Solamente quiero decirles, como decían los romanos: "que los dioses les sean propicios". Ya no les daré molestias, compañeros. Muchas gracias.

El Presidente:

Muchas gracias por su intervención, diputado Francisco Dorantes.

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Domingo Alberto Martínez Reséndiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa de reformas y adiciones a la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

El diputado Domingo Alberto Martínez Reséndiz:

Con su venia, señor Presidente:

«Los suscritos diputados a la LV Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de la Asamblea de esta Cámara, la presente iniciativa de adiciones a la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La presente iniciativa de ley tiene como finalidad, crear el procedimiento de deducción de impuestos, que reconozca y formalice los estímulos fiscales que deben otorgarse a los propietarios de inmuebles e inversionistas que realicen gastos en adecuaciones, modificaciones y accesos requeridos por la población discapacitada; igualmente crear el procedimiento que reconozca la deducción en el pago de los impuestos de las personas con discapacidad, por los gastos que realicen en la adquisición de sus implementos personales.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta debe de garantizar el establecimiento de extensiones fiscales a las personas con discapacidad que perciban un ingreso por efectuar alguna actividad laboral o profesional, en la adquisición de todos los implementos y medios para su desarrollo personal y profesional; asimismo, garantizar el otorgamiento de los estímulos fiscales a los propietarios de bienes inmuebles e inversionistas en las adecuaciones y modificaciones de infraestructura para la población discapacitada.

Las contribuciones al erario federal son una obligación de los mexicanos, las cuales permiten al Gobierno Federal, llevar a cabo diferentes programas y actividades de interés público. Uno de los principios que rigen los impuestos es la capacidad de quien los da y la necesidad de quien los requiere, por ello y tratando de hacer realidad este principio consideramos adecuado y justo equilibrar la carga de estos impuestos a cargo de la población discapacitada e igualmente estimular a los inversionistas y propietarios de inmuebles, para que realicen las adecuaciones y modificaciones que requiere este grupo social.

Estamos conscientes que el sacrificio fiscal que se tendría que hacer respecto a los ingresos obtenidos por la población discapacitada del país, podría considerarse como altamente costoso; Sin embargo, estamos seguros que lo anterior sería compensado y rebasado por el mayor desarrollo personal y profesional de la misma población, que al tener mejores posibilidades de integración productiva, ello redundaría en una actividad más elevada en nuestra economía, como aportación de este sector a la sociedad.

Por esta razón, es de elemental justicia que quede asentado dentro de la Ley del Impuesto

al Valor Agregado, la aplicación de la tasa 0% correspondiente al Impuesto Sobre la Renta, y lo relativo a los estímulos fiscales a la inversión en infraestructura de bienes inmuebles, para el libre acceso y seguridad de la población discapacitada.

Consideramos oportuno aclarar, que la exención de impuestos no sería a los artículos de lujo que adquieran las personas con discapacidad, por lo que sería solamente a la adquisición de los artículos de primera necesidad, de la población discapacitada del país, quedando únicamente comprendidos en ellos, los que sean indispensables para garantizar su salud. De esta forma se garantiza una mayor racionalidad y un mínimo sacrifico fiscal.

Dado lo anterior y debido a la naturaleza de nuestro sistema jurídico consideramos necesario tomar en cuenta la presente iniciativa de ley, para garantizar el pleno cumplimiento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en beneficio de la población discapacitada del país.

Por lo anteriormente expuesto y seguros de la necesidad de crear el marco jurídico que garantice la aplicación de esta iniciativa de Ley, se presenta el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Artículo único. Se adiciona el inciso g, de la fracción I del artículo 2o. A; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Artículo 2o. - A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) y b). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

1 a 7. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

c) a f). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

g). El impuesto se calculará aplicando la tasa 0% a la adquisición o arrendamiento de aparatos ortopédicos y demás implementos que requiera una persona para atender su discapacidad, en las áreas de salud, deporte, educación, trabajo, cultura y demás que le sean indispensables, para su plena integración social y productiva en las actividades de la nación.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) a c). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Artículo primero. La presente iniciativa de ley, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo segundo. La aplicación de la tasa 0% a que se refiere el inciso g de la fracción I del artículo 2o. A., serán permanentes a partir de la vigencia de la presente iniciativa de ley.

Por lo anteriormente expuesto, solicitamos que la presente iniciativa de ley, sea turnada a la Comisión de Hacienda para su estudio y análisis respectivos.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados. Partido de la Revolución Democrática. México, Distrito Federal a 7 de julio de 1994. Rúbricas.»

El Presidente:

Gracias, diputado Domingo Alberto Martínez Reséndiz por su intervención.

Recibo y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

DESORDEN DE GREENPEACE

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Julio César García Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una solicitud a la Comisión de Comercio, a fin de que se dictamine la iniciativa de reformas a diversos artículos de la Ley de las Cámaras de Comercio y de las Industrias.

El diputado Julio Cesar García Hernández:

El día de hoy 3 mil comerciantes de la Alianza Nacional de Contribuyentes, están siendo bloqueados a tres calles, cercanas a esta Cámara de Diputados, sin ninguna explicación, sin ningún argumento.

Esta manifestación de 3 mil comerciantes, señor diputado, viene a demandar que la Comisión

de Comercio dictamine sobre una iniciativa que presentó a esta Cámara el diputado Jorge Calderón y que planteaba reformas a la Ley de Cámara de Comercio y de Industria.

Esta manifestación está siendo bloqueada y el responsable del operativo dice que recibe instrucciones del director de seguridad de esta Cámara. Hablé con el Oficial Mayor y él me dice que él no ha dado ninguna instrucción, porque ellos no tienen facultades y, eso lo sabemos. No hay facultades para plantear estados de excepción, ni tampoco para restringir una manifestación pública.

Hace un momento algunos diputados de este recinto, se molestaban por una manifestación que se viene a hacer aquí adentro, cuando afuera tampoco se le permite a la gente participar y manifestar su punto de vista y ejercer su derecho a reunión, a protesta y a asociarse para demandar públicamente lo que ellos conforme a ley crean conveniente.

Desde esta tribuna, protestamos enérgicamente por el trato que se les da a los ciudadanos; por este bloqueo ilegal en contra de las libertades constitucionales.

Lo que estos 3 mil comerciantes vienen a demandar, es lo mismo que 5 mil de ellos habían demandado hace unas semanas enfrente de la Secretaría de Comercio. Y es que de una vez por todas, se termine ya con esta obligación corporativa; con esta violación sistemática de las garantías individuales que constituye en el artículo 5o. de la Ley de Cámaras de Industria y Comercio, como una obligación de incorporarse a las cámaras nacionales.

En estos últimos meses, cientos de comerciantes han empezado a recibir requerimientos para que paguen su contribución a las Cámaras de Comercio. La gran mayoría de ellos no sabe siquiera dónde se encuentran esas representaciones. La gran mayoría de ellos, nunca han recibido ninguna atención de estas representaciones.

Esta Ley de Cámaras representan en este país, no solamente una violación a las garantías individuales, sino una absoluta contradicción cuando en este país se habla de modernidad. Pero aún no se permite la libre afiliación de las personas a los partidos políticos, a las asociaciones civiles, a las cámaras de comercio o a las asociaciones industriales y comerciales.

La libertad en este país mientras exista este artículo 5o. de la Ley de Cámaras está cuestionada. Mientras este artículo no sea modificado; mientras esta Ley de Cámaras no sea reformada, en este país no se puede hablar ni de libertades, ni se modernidad, ni de democracia. Muchas gracias.

COMISIÓN DE RÉGIMEN INTERNO Y CONCERTACIÓN POLÍTICA

El Presidente:

Proceda la Secretaría a dar cuenta con el Acuerdo Parlamentario suscrito por los coordinadores de los grupos parlamentarios representados ante la LV Legislatura.

El secretario Guillermo González Díaz:

«Acuerdo de Práctica Parlamentaria para la primera y segunda lecturas, discusión y votación de dictámenes que reforman y adicionan diversas leyes, en materia de discapacitados.

Honorable Asamblea: los coordinadores de los grupos parlamentarios representados en la LV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 95, 96, 134, 146, 148, 149 y 158 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos a estas disposiciones, a fin de ordenar la primera y segunda lectura, discusión y votación de los dictámenes con proyecto de decreto que reforman y adicionan la Ley General de Asentamientos Humanos, la Ley Aduanera, la Ley Federal de Protección al Consumidor y la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, respectivamente, todos ellos en materia de discapacitados, y

CONSIDERANDO

1. Que la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política fue creada por acuerdo del pleno de esta Cámara en su sesión del 7 de noviembre de 1991 para, entre otras atribuciones, fungir como un órgano de Gobierno plural que procure la comunicación y coordinación entre los grupos parlamentarios;

2. Que la LV Legislatura, en diversas ocasiones, ha dictaminado por consenso de los grupos parlamentarios, distintas iniciativas, como es el caso al que se refiere el presente acuerdo.

3. Que esta soberanía conoció y turnó a las comisiones correspondientes, diversas iniciativas que reforman y adicionan, respectivamente, la Ley General de Asentamientos Humanos; la Ley Aduanera; la Ley Federal de Protección al Consumidor y la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, todas ellas en materia de discapacitados.

4. Que las comisiones a las que fueron turnadas, han dictaminado las iniciativas mencionadas, proponiendo al pleno su aprobación por consenso.

5. Que la LV Legislatura, tanto como se ha requerido, ha suscrito los acuerdos tendientes a normar y facilitar las tareas camarales, caracterizándose como una práctica parlamentaria de consenso entre las diversas fuerzas políticas que la conforman, han tenido a bien suscribir el siguiente

ACUERDO

Primero. La discusión y votación de los dictámenes a las iniciativas que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, la Ley Aduanera, la Ley Federal de Protección al Consumidor y la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, todas ellas en materia de discapacitados, cuya primera lectura en el pleno está prevista el 13 de julio de 1994 (excepto el relativo a la Ley General de Asentamientos Humanos, que fue leído en primera lectura el 7 de julio), se llevará acabo, en lo general y en lo particular, en un solo acto, conforme a las siguientes bases:

I) Cada dictamen será leído en primera lectura, por separado, conforme al orden del día de la sesión;

II) Concluida la primera lectura de los dictámenes, se solicitará al pleno, en conjunto, la dispensa de la segunda lectura de los mismos;

III) De aprobar el pleno, la dispensa de la segunda lectura, se procederá de inmediato a la discusión de los dictámenes en paquete. Para tal efecto, cada grupo parlamentario inscribirá un orador que razonará el voto de su partido respecto de los cuatro dictámenes, y

IV) Concluida la lista de oradores, se procederá a tomar la votación en lo general y en lo particular, conforme a Reglamento, para los cuatro dictámenes en un solo acto.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 13 días del mes de julio de 1994. Grupo parlamentario del PRI, diputada María de los Ángeles Moreno Uriegas; grupo parlamentario del PAN, diputado Gabriel Jiménez Remus; grupo parlamentario del PRD, diputado Ricardo Valero; grupo parlamentario del PFCRN, diputado Alberto Carrillo Armenta; grupo parlamentario del PARM, diputado Servando Hernández Camacho; grupo parlamentario del PPS, diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo.»

En votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo parlamentario.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado, el acuerdo parlamentario.

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día, es la primera lectura al dictamen relativo al proyecto de Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

En atención a que este dictamen ha sido impreso y se está distribuyendo entre los diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea, si se le dispensa la lectura al dictamen.

El secretario Guillermo Jorge González Díaz:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura.

«Honorable Asamblea: A la Comisión de Justicia de esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, fue remitida para su estudio y dictamen la iniciativa que contiene proyecto de decreto que crea la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, presentada por el diputado Fauzi Hamdan Amad.

Esta comisión con las facultades que le confieren los artículos 56 y 64 de la Ley Orgánica del

Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 56, 65, 87 y 88 del Reglamento para su Gobierno Interior, se abocó al estudio de la iniciativa, bajo los siguientes

ANTECEDENTES

1. En sesión celebrada por esta Cámara de Diputados, el día 28 de junio del año en curso, el diputado Fauzi Hamdan Amad presentó la iniciativa que contiene proyecto de decreto que crea la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

2. Por acuerdo del Presidente de la mesa directiva, se ordenó remitir la iniciativa de referencia a la comisión que suscribe para la elaboración del presente dictamen.

3. Esta comisión a su vez, para la elaboración del presente dictamen acordó crear una subcomisión redactora, que tras haber tenido reuniones en conferencia con miembros del Senado de la República y con los integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, presentó un anteproyecto de dictamen, mismo que después de ser ampliamente discutido en el seno de la comisión que suscribe y enriquecido con las ideas que varios de sus miembros aportaron, se logró finalmente tener el presente dictamen que ahora se somete a su consideración, bajo los siguientes

CONSIDERANDOS

1. En la exposición de motivos de la iniciativa en estudio se señala que en el mes de abril de 1992, la Comisión de Justicia de esta Cámara de Diputados, por conducto de la subcomisión de justicia administrativa, acordó integrar un grupo plural de trabajo formado por los diputados Cuauhtémoc López Sánchez, Juan Hernández Mercado y Fauzi Hamdan Amad quienes invitaron a miembros destacados del Poder Judicial Federal y de los tribunales administrativo - contenciosos, así como con miembros del área jurídica del Poder Ejecutivo Federal. El resultado de dichos trabajos, corresponde a la iniciativa objeto de dictamen.

2. Se destaca en la exposición de motivos de la iniciativa, que las administraciones pasadas, incluyendo la actual, han realizado reformas administrativas como parte del proyecto nacional para eficientar la actividad del Poder Ejecutivo Federal mediante cambios internos tendientes a erradicar viciosas prácticas y simplificar los trámites que ante las diversas instancias de la administración pública federal presentan los particulares, lo que se ha venido haciendo a través de adecuaciones en el ámbito interno de la administración, al igual que mediante reformas a diversas leyes que regulan su actuación. Sin embargo, señala la iniciativa, que cualquier reforma sería insuficiente y no lograría una auténtica justicia si no es consolidada mediante la incorporación a nuestro sistema jurídico de una Ley Federal de Procedimiento Administrativo para lograr una actuación unitaria, congruente y sistemática de la administración pública federal, ya que debido a los problemas causados por las múltiples leyes que regulan la actividad de los órganos administrativos; el complicado aparato burocrático que los integra; la lentitud de muchos de los trámites que hay que agotar; las ineficiencias, y la duplicidad de funciones que aún subsisten, colocan a los ciudadanos en tal situación de inseguridad e indefensión jurídicas que hoy en día resulta impostergable la ordenación de principios que gradualmente se institucionalicen a efecto de dar uniformidad a los procedimientos administrativos y contrarrestar gradualmente las prácticas viciosas de dicha función.

Así, por ejemplo, la iniciativa señala que salvo la materia fiscal, hoy en día existe una deficiencia legislativa en el ámbito procesal administrativo respecto a tales principios, de suerte que cada Ley Administrativa, con su procedimiento especial, fija sus propios principios, muchas veces contradictorios con otras leyes, dando lugar con ello a una gama tan amplia de procedimientos, que como se señala, coloca a los gobernados en una situación de confusión y de indefensión frente a la administración pública federal.

3. La iniciativa no deja de reconocer que por la pluralidad de actividades que puede y debe desarrollar la administración pública, es necesario contar con procedimientos especiales; no obstante lo anterior, también es indispensable contar con un ordenamiento legal que instituya un solo procedimiento que regule la actuación de la administración pública mediante principios aplicables a todos los órganos que la integran, en un marco de un procedimiento general tipo, para asegurar un mínimo de unidad de principios y lograr así la justicia administrativa.

En consecuencia, en la iniciativa se señala que el proyecto de ley que se propone pretende unificar lo que se encuentra disperso en algunas

leyes, fijando claramente los principios fundamentales de competencia; los elementos del acto administrativo, que constituye la forma como se expresa la voluntad del Estado en su función de aplicar y concretar la ley general a casos particulares; los casos de inexistencia, nulidad y anulabilidad del acto administrativo, así como los principios relativos a la emisión, ejecución e impugnación del acto administrativo.

4. En cuanto a la estructura de la ley que se propone, en su Título Primero, se establece el ámbito de aplicación de la misma; ámbito que es toda la administración pública federal, tanto centralizada como descentralizada, excluyendo de su aplicación a la Procuraduría General de la República, Comisión Nacional de Derechos Humanos, Procuraduría Agraria, Procuraduría Federal del Consumidor, Instituto Federal Electoral y al Banco de México; así como a las empresas de participación estatal, fideicomisos públicos y asociaciones y sociedades asimiladas a éstas, al igual que la materia fiscal, de responsabilidad de los servidores públicos y de competencia económica.

En la iniciativa se precisa, que si bien estas dependencias y entidades que se excluyen del ámbito de aplicación de la ley propuesta, forman parte de la estructura de organización del Poder Ejecutivo, por razón de las funciones que se les tienen encomendadas por la propia Constitución, sus leyes orgánicas y diversos ordenamientos legales, que se encuentran perfectamente definidas, desarrolladas y detalladas, se apartan del común denominador de las que son propias en el quehacer de la función administrativa. A las empresas de participación estatal también se les excluye, en virtud de que en razón de sus actividades quedan encuadradas más en el ámbito de las relaciones jurídico - privadas, de carácter civil o mercantil, y no propiamente dichas en actividades de función administrativa.

5. Por otro lado, el proyecto de ley específica y desarrolla los principios del procedimiento administrativo, de los que se destacan como una innovación importante el de In dublo Pro Actione, que consiste en otorgar la mayor continuidad al procedimiento contencioso administrativo hasta lograr su resolución, siempre y cuando no exista una causa suficiente que impida su prosecución; el de "oficiosidad", que consiste en otorgar la facultad de iniciar el procedimiento administrativo a la propia administración pública, e impulsar el procedimiento a fin de llegar a la resolución del mismo, obligándola a desplegar toda la actividad necesaria para ello; el del "silencio administrativo", que consiste en establecer las consecuencias que se producen en caso de que la autoridad no conteste en un plazo determinado una petición del particular, efectos que podrán consistir en principio, en la negativa ficta, salvo en aquellos casos en que la ley de la materia establezca que la resolución tendrá el efecto de positiva ficta, y el de "acceso a la información, que consiste en que el particular pueda conocer e imponerse del contenido del expediente, informes y acuerdos del mismo, salvo en los casos en que fueren reservados por acuerdo directo de los titulares de las dependencias de la administración pública, cuando el interés público así lo requiera.

6. En el Capítulo I del Título Segundo del proyecto de ley, se establecen los elementos y requisitos que para ser válido debe satisfacer el acto administrativo, que consisten en: la existencia legal del órgano, legitimidad del servidor público, objeto, motivo o causa, forma y fin y ser emitido con arreglo a las normas que regulan el procedimiento administrativo.

Asimismo, se establecen las causas y efectos de la inexistencia, nulidad y anulabilidad del acto administrativo, de acuerdo a la gravedad en la ausencia o irregularidad de alguno de sus elementos y requisitos de existencia y validez.

7. Por otro lado, el proyecto de ley establece que los actos administrativos se clasifican, en generales e individuales, según los destinatarios sean sujetos indeterminados o individualizados, respectivamente. Sobre este punto, la iniciativa señala que es necesario reconocer la existencia de actos administrativos generales, ya que en las últimas dos o tres décadas se ha observado que los órganos que integran la administración pública federal, en forma creciente han dictados reglas, resoluciones, órdenes y, en general, disposiciones de carácter global dirigidas a un número indeterminado de personas, como instrumentos para lograr una mejor aplicación de la ley que corresponde a su ámbito de competencia.

8. El Título Cuarto del proyecto de ley está dedicado a los recursos administrativos, contemplándose como único recurso el de revisión, en virtud de que las causas que pueden dar lugar a su interposición comprenden todas

las resoluciones que pongan fin al procedimiento administrativo y los actos de trámite que determinen la imposibilidad de continuar un procedimiento o dejen en estado de indefensión a los administrados, incluyendo los actos administrativos presuntos. Se admite que contra los actos administrativos de carácter general puede interponerse el referido recurso, limitándolo únicamente a aquellos casos en que tales actos sean autoaplicativos. Dicho capítulo señala, con detalle y precisión, el plazo para su interposición, los requisitos que debe reunir el escrito en que se interponga, la suspensión de la ejecución del acto impugnado y el plazo en que debe dictarse la resolución que ponga fin al recurso.

9. La Comisión de Justicia acordó integrar una Comisión Revisora y Redactora del dictamen que se integró por los diputados Cuauhtémoc López Sánchez, Pedro Ojeda Paullada, Pedro de León Sánchez, Guillermo Pacheco Pulido y Juan José Castillo, por el Partido Revolucionario Institucional; Fernando Gómez Mont y Fauzi Hamdan Amad, por el Partido Acción Nacional, y Octaviano Alaniz Alaniz, por el Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, quienes previo análisis exhaustivo de la iniciativa, coincidieron en efectuar modificaciones, ajustes y adecuaciones a la iniciativa que a continuación se señalan.

Por lo expuesto en el considerando primero y en el párrafo anterior, la comisión estima de estricta justicia, calificar a este esfuerzo legislativo, no como un acto personal, sino como la expresión de un consenso valioso, tanto desde un punto de vista político como técnico - jurídico que recoge fielmente en estos momentos de la vida de México, el anhelo común para ordenar de mejor manera las relaciones de la administración pública frente a los gobernados, dando en ello, todos los que intervinieron en este esfuerzo, un paso fundamental en la historia del derecho administrativo mexicano.

10. Vista y analizada la iniciativa en estudio, esta comisión considera que tal como se señala con amplitud en la exposición de motivos de la misma, resulta incuestionable la necesidad de contar con un ordenamiento legal que establezca los principios normativos generales que rijan la actuación de la administración pública federal en sus relaciones con los particulares.

En efecto, es indispensable contar con un ordenamiento legal que instituya un solo procedimiento que regule la actuación de la administración pública federal, mediante principios aplicables a todos los órganos que la integran, con el propósito de asegurar un mínimo de unidad de principios y lograr así la justicia administrativa. Muchas leyes administrativas simplemente no contemplan un procedimiento o el que prevén es insuficiente o contiene algunas que impiden u obstaculizan una actuación eficiente y eficaz de la administración pública federal frente a los particulares, siendo cubiertas tales deficiencias por las autoridades judiciales en los casos particulares que le son planteados por los administrados. Por estas razones, resulta impostergable una ley como la que es materia de la iniciativa objeto de dictamen.

11. Esta comisión considera que la iniciativa constituye un trascendental avance en el control de legalidad y debido proceso legal a que está sometida la administración pública federal en el ejercicio de su función administrativa que le confieren las diferentes leyes administrativas. Coincidimos en que se excluyan de la aplicación de la ley las materias y las entidades que se señalan en el artículo 1o., por razón de las funciones que se le tienen encomendadas por la propia Constitución, sus leyes orgánicas y los diferentes ordenamientos legales que las regulan. Sin embargo, esta comisión considera conveniente aclarar y precisar que tratándose de la materia fiscal, que queda excluida de la aplicación de la ley, se acote y determine su contenido en virtud de que dentro del concepto "fiscal", de acuerdo con la definición que de crédito fiscal da el Código Fiscal de la Federación, ya que podría pensarse que las multas derivadas de transgresiones a las leyes administrativas en general, también quedarían excluidas de la ley, lo cual no es el propósito de la iniciativa, por lo que es necesario precisar que sólo se excluye de la aplicación de la ley el régimen jurídico aplicable a las contribuciones y a los accesorios que de manera directa deriven de ellas. Igualmente, esta comisión considera conveniente excluir de la aplicación de la ley a los organismos descentralizados, dado que éstos tienen perfectamente definida su competencia en sus leyes orgánicas, amén de que la mayoría absoluta de los mismos presta básicamente servicios públicos, o bien explota bienes del dominio publico de la Federación.

12. Toda vez que la presente iniciativa no pretende derogar los diversos procedimientos previstos en las diferentes leyes administrativas, sino sólo establecer las bases y reglas a que se

sujetará la autoridad en el procedimiento administrativo, para la emisión del acto administrativo, es pertinente modificar el artículo 2o. para señalar que esta ley se aplicará supletoriamente a las leyes administrativas y, a su vez, en lo no previsto en la misma, se aplicará el Código Federal de Procedimientos Civiles. Sin embargo, tratándose de los recursos administrativos, el proyecto de ley propone establecer únicamente el recurso de revisión.

13. También, esta comisión considera acertado el esquema relativo al acto administrativo, en que se concreta la función administrativa, en cuanto a los elementos y requisitos que se exigen para su validez; sin embargo, esta comisión ha considerado pertinente hacer varios ajustes y adecuaciones a diversos preceptos de la iniciativa, algunos con propósitos de aclaración y precisión en su forma y otros que van al fondo de los diversos aspectos regulados por la ley, destacándose por su importancia:

a) Por razón de que se les atribuye los mismos efectos a la inexistencia y a la nulidad absoluta, se considera eliminar las causales de inexistencia y subsumirlas en las de nulidad absoluta;

b) Precisar el carácter de actos administrativos generales, para incluir en forma ejemplificativa, acuerdos y decretos, y

c) En general, modificaciones para darle a la ley, mayor nitidez, claridad y transparencia en su aplicación.

14. En cuanto al Título Tercero, que se refiere al Procedimiento Administrativo, concretamente el artículo 23 de la iniciativa, mismo que corresponde al artículo 22 del presente proyecto de ley, si bien es cierto que es correcta la aseveración de que el servidor público que se encuentre en alguna de las causales de impedimentos, debe abstenerse de conocer el asunto, debiendo comunicárselo al superior jerárquico para que resuelva lo conducente, no menos lo es que de acuerdo con la estructura de distribución de competencias entre los diferentes órganos que integran la administración pública federal, existen casos en que el servidor público que se encuentre dentro de alguna de las causales de impedimentos, no existe otro servidor público que pueda ejercer la competencia de aquel que se excusa, o que hubiere sido recusado, por lo que se propone adicionar un segundo párrafo a dicho artículo para prever tal hipótesis y salvaguardar así la actuación imparcial del servidor publico y el ejercicio de la competencia exclusiva que dicho servidor publico ejerza en los términos de ley.

15. Por lo que se refiere al artículo 29 de la iniciativa, y que corresponde al artículo 28 del presente proyecto de ley, en el que se señalan los días inhábiles, esta comisión considera conveniente prever que los términos pueden suspenderse por causa de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente fundada y motivada por la autoridad competente.

16. En cuanto a las notificaciones personales a que alude el artículo 37 de la iniciativa, que corresponde al artículo 36 del presente proyecto de ley, la comisión considera importante prever de manera específica el caso de que cuando se desconozca el domicilio del destinatario del acto administrativo, tenga efectos de notificación personal la segunda publicación del acto respectivo en el Diario Oficial de la Federación, por lo que se sugiere agregar un último párrafo a dicho precepto que contenga esta disposición.

17. Con el propósito de reducir lo más posible las facultades discrecionales de la autoridad administrativa, y dar mayores garantías a los interesados, esta comisión considera conveniente modificar el artículo 53 de la iniciativa, mismo que corresponde al artículo 52 del presente proyecto de ley, para establecer la obligación de la autoridad de notificar al interesado del inicio del desahogo de pruebas.

18. Aunque el procedimiento administrativo previsto en la iniciativa satisface los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe, esta comisión considera conveniente prever en un artículo, que correspondería al numeral 61, que en casos en que medie urgencia o emergencia, debidamente fundada y motivada por la autoridad competente, pueda la autoridad emitir el acto administrativo sin sujetarse a las formalidades y requisitos que se exigen para su emisión, salvaguardando en todo tiempo las garantías individuales del destinatario de dicho acto.

19. Por lo que se refiere a las sanciones administrativas, la comisión considera necesario aclarar, para una mejor redacción y precisión del artículo 76 de la iniciativa, que más que la aplicación simultánea de sanciones administrativas, cabe la posibilidad de imponerse en más de una de dichas sanciones que prevé el artículo 70 del mismo proyecto de ley.

20. Un aspecto de vital importancia, para salvaguardar los derechos de los administrados, es el relativo a la suspensión del acto impugnado cuando se interpone el recurso previsto en la ley, por lo que se ha considerado conveniente que el artículo 87 contemple esta posibilidad, siempre que se satisfagan los requisitos que se disponen en el mismo.

21. Por último, con el objeto de evitar cualquier duda sobre el contenido y alcance de la aplicación de la ley, consideramos conveniente adicionar un nuevo artículo transitorio para precisar que todos aquellos procedimientos de conciliación y arbitraje que prevén diversos ordenamientos legales, se seguirán sustanciando conforme a dichas leyes y, aunque ciertamente la mayoría de los procedimientos de conciliación y arbitraje corresponden a leyes que quedan excluidas de la aplicación de esta iniciativa, ciertamente se considera prudente aclarar tal situación para cualquier otra ley administrativa que lo prevea en el futuro. Por lo tanto, se sugiere adicionar un nuevo artículo transitorio que contemple esa situación.

22. Igualmente, esta comisión considera pertinente que la entrada en vigor de la ley tenga lugar hasta el 1o. de Junio de 1995, con el propósito de dar oportunidad a la nueva administración de familiarizarse con sus disposiciones.

23. Con las modificaciones propuestas a diversos artículos de la iniciativa, esta comisión encuentra que la ley propuesta cumple y satisface una demanda generalizada respecto a una normatividad uniforme que regule la actuación de la administración pública federal en sus relaciones con los particulares, la cual contempla un procedimiento ágil y sencillo, que da seguridad y protección a los administrados en sus derechos e intereses jurídicos.

24. Esta comisión se encuentra consciente de que por tratarse de la primera ley a nivel federal que regula un procedimiento administrativo, seguramente en su aplicación se encontrarán circunstancias y elementos que en un futuro vengan a enriquecerla, pero desde luego, constituye un extraordinario paso en nuestro sistema jurídico la adopción de una ley de esta naturaleza que protege y salvaguarda los derechos de los gobernados y, con ello, obligará a la administración pública federal a adoptar acciones y medidas para eficientar en el ámbito interno su actuación que redundará sin lugar a dudas en beneficio de la población en general.

25. Por último, esta comisión reitera que ha recibido de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales opinión en sentido afirmativo con respecto a la aprobación de la iniciativa en comento, lo que ciertamente ha sido relevante para orientar el criterio de los que suscriben el presente dictamen. Se adjunta copia de la opinión respectiva.

Con base en todo lo anteriormente expuesto, la comisión que suscribe se permite proponer a esta Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

TÍTULO PRIMERO

Del ámbito de aplicación y principios generales

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 1o. Las disposiciones de esta ley son de orden e interés públicos y se aplicarán a los actos, procedimientos y resoluciones de la administración pública federal centralizada, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados Internacionales de los que México sea parte.

El presente ordenamiento no será aplicable a las materias de carácter fiscal, financiero, responsabilidades de los servidores públicos, electoral, competencia económica, justicias agraria y laboral, así como al Ministerio Público en ejercicio de sus funciones constitucionales.

Para los efectos de esta ley sólo queda excluida la materia fiscal tratándose de las contribuciones y los accesorios que deriven directamente de aquellas.

Artículo 2o. Esta ley se aplicará supletoriamente a las diversas leyes administrativas reguladas por la misma. El Código Federal de Procedimientos Civiles se aplicará, a su vez, supletoriamente a esta ley en lo conducente.

TÍTULO SEGUNDO

Del régimen jurídico de los actos administrativos

CAPÍTULO I

Del acto administrativo.

Artículo 3o. Son elementos y requisitos del acto administrativo:

I. Ser expedido por órgano competente, a través de servidor público, y en caso de que dicho órgano fuere colegiado, reúna las formalidades de la ley o decreto para emitirlo;

II. Tener objeto que pueda ser materia del mismo; determinado o determinable; preciso en cuanto a las circunstancias de tiempo y lugar y previsto por la ley;

III. Cumplir con la finalidad de interés público regulado por las normas en que se concreta, sin que puedan perseguirse otros fines distintos;

IV. Hacer constar por escrito y con la firma autógrafa de la autoridad que lo expida, salvo en aquellos casos en que la ley autorice otra forma de expedición;

V. Estar fundado y motivado;

VI. Estar fundado y motivado debidamente;

VII. Ser expedido sujetándose a las disposiciones relativas al procedimiento administrativo previstas en esta ley;

VIII. Ser expedido sin que medie error sobre el objeto, causa o motivo, o sobre el fin del acto.

IX. Ser expedido sin que medie dolo o violencia en su emisión;

X. Mencionar el órgano del cual emana;

XI. Ser expedido, en su caso, por órgano colegiado habiéndose satisfecho los requisitos exigidos por la ley o decreto, según sea el caso, para la expedición del acto;

XII. Ser expedido sin que medie error respecto a la referencia específica de identificación del expediente, documentos o nombre completo de las personas;

XIII. Ser expedido señalando lugar y fecha de emisión;

XIV. Tratándose de actos administrativos que deban notificarse deberá hacerse mención de la oficina en que se encuentra y puede ser consultado el expediente respectivo;

XV. Tratándose de actos administrativos recurribles deberá hacerse mención de los recursos que procedan, y

XVI. Ser expedido decidiendo expresamente todos los puntos propuestos por las partes o establecidos por la ley.

Artículo 4o. Los actos administrativos de carácter general, tales como decretos, acuerdos, circulares y cualesquier otros de la misma naturaleza, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos y los de carácter individual deberán publicarse en dicho órgano informativo cuando así lo establezcan las leyes.

Cuando así lo establezcan las leyes, los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos y demás actos administrativos de carácter general, cuando afecten el interés público deberán ser publicados previamente en el Diario Oficial de la Federación, para dar oportunidad a los interesados de formular observaciones sobre las medidas propuestas, dentro del plazo que las leyes señalen para tales efectos y, en su defecto, dentro del plazo de 60 días siguientes a la publicación.

Los instructivos, manuales y formatos que expidan las dependencias de la administración pública federal deberán publicarse previamente a su aplicación, en el Diario Oficial de la Federación.

CAPÍTULO II

De la nulidad y anulabilidad del acto

administrativo

Artículo 5o. La omisión o irregularidad de los elementos y requisitos exigidos por el artículo 3o. de esta ley, o por las leyes administrativas de las materias de que se trate, producirán, según sea el caso, nulidad o anulabilidad del acto administrativo.

Artículo 6o. La omisión o irregularidad de cualesquiera de los elementos y requisitos establecidos en las fracciones I a XI del artículo 3o. de la presente ley, producirá la nulidad del acto administrativo.

El acto administrativo que se declare jurídicamente nulo será inválido; no se presumirá legítimo ni ejecutable; será subsanable, sin perjuicio de que pueda expedirse un nuevo acto. Los particulares no tendrán obligación de cumplirlo y los servidores públicos deberán hacer constar su oposición a ejecutar el acto, fundando y motivando tal negativa. La declaración de nulidad producirá efectos retroactivos.

En caso de que el acto se hubiera consumado, o bien, sea imposible de hecho o de derecho retrotraer sus efectos, sólo dará lugar a la responsabilidad del servidor público que la hubiere emitido u ordenado.

Artículo 7o. La omisión o irregularidad en los elementos y requisitos señalados en las fracciones XII a XVI del artículo 3o. de esta ley, producirá la anulabilidad del acto administrativo.

El acto declarado anulable se considerará válido; gozará de presunción de legitimidad y ejecutividad y será subsanable por los órganos administrativos mediante el pleno cumplimiento de los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico para la plena validez y eficacia del acto. Tanto los servidores públicos como los particulares tendrán obligación de cumplirlo.

El saneamiento del acto anulable producirá efectos retroactivos y el acto se considerará como si siempre hubiere sido válido.

CAPÍTULO III

De la eficacia del acto

administrativo

Artículo 8o. El acto administrativo será válido hasta en tanto su invalidez no haya sido declarada por autoridad administrativa o jurisdiccional, según sea el caso.

Artículo 9o. El acto administrativo válido será eficaz y exigible a partir de que surta efectos la notificación legalmente efectuada.

Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior, el acto administrativo por el cual se otorgue un beneficio al particular, caso en el cual su cumplimiento será exigible por éste al órgano administrativo que lo emitió desde la fecha en que se dictó o aquella que tenga señalada para iniciar su vigencia, así como los casos en virtud de los cuales se realicen actos de inspección, investigación o vigilancia conforme a las disposiciones de ésta u otras leyes, los cuales son exigibles a partir de la fecha en que la administración pública federal los efectúe.

Artículo 10. Si el acto administrativo requiere aprobación de órganos o autoridades distintos del que lo emita, de conformidad a las disposiciones legales aplicables, no tendrá eficacia sino hasta en tanto aquélla se produzca.

CAPÍTULO IV

De la extinción del acto administrativo

Artículo 11. El acto administrativo de carácter individual se extingue de pleno derecho, por las siguientes causas:

I. Cumplimiento de su finalidad;

II. Expiración del plazo;

III. Cuando la formación del acto administrativo esté sujeto a una condición o término suspensivo y éste no se realiza dentro del plazo señalado en el propio acto;

IV. Acaecimiento de una condición resolutoria;

V. Renuncia del interesado, cuando el acto hubiere sido dictado en exclusivo beneficio de éste y no sea en perjuicio del interés público y

VI. Por revocación, cuando así lo exija el interés público, de acuerdo con la ley de la materia.

TÍTULO TERCERO

Del procedimiento administrativo

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 12. Las disposiciones de este título son aplicables a la actuación de los particulares ante la administración pública federal, así como a los actos a través de los cuales se desenvuelve la función administrativa.

Artículo 13. La actuación administrativa en el procedimiento se desarrollará con arreglo a los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe.

Artículo 14. El procedimiento administrativo podrá iniciarse de oficio o a petición de la parte interesada.

Artículo 15. La administración pública federal no podrá exigir más formalidades que las expresamente previstas en la ley.

Las promociones deberán hacerse por escrito en el que se precisará el nombre, denominación o razón social de quien o quienes promuevan,

en su caso de su representante legal, domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas, la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, el órgano administrativo a que se dirigen y lugar y fecha de su emisión. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital.

El promovente deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad, así como los que en cada caso sean requeridos en los ordenamientos respectivos.

Artículo 16. La administración pública federal, en sus relaciones con los particulares, tendrá las siguientes obligaciones:

I. Solicitar la comparecencia de éstos, sólo cuando así esté previsto en la ley, previa citación en la que se hará constar expresamente el lugar, fecha, hora y objeto de la comparecencia, así como los efectos de no atenderla;

II. Requerir informes, documentos y otros datos durante la realización de visitas de verificación, sólo en aquellos casos previstos en ésta u otras leyes;

III. Hacer del conocimiento de éstos, en cualquier momento, del estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan interés jurídico y a proporcionar copia de los documentos contenidos en ellos;

IV. Hacer constar en las copias de los documentos que se presenten junto con los originales, la presentación de los mismos;

V. Admitir las pruebas permitidas por la ley y recibir alegatos, los que deberán ser tomados en cuenta por el órgano competente al dictar resolución;

VI. Abstenerse de requerir documentos o solicitar información que no sean exigidos por las normas aplicables al procedimiento, o que ya se encuentren en el expediente que se está tramitando;

VII. Proporcionar información y orientar acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones legales vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar;

VIII. Permitir el acceso a sus registros y archivos en los términos previstos en ésta u otras leyes;

IX. Tratar con respeto a los particulares y facilitar el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones y

X. Dictar resolución expresa sobre cuantas peticiones le formulen, así como en los procedimientos iniciados de oficio, cuya instrucción y resolución afecte a terceros, debiendo dictarla dentro del plazo fijado por la ley.

Artículo 17. Salvo que las leyes específicas establezcan lo contrario u otro plazo, no podrá exceder de cuatro meses el tiempo para que la autoridad administrativa resuelva lo que corresponda, transcurrido el cual se entenderán las resoluciones en sentido negativo al promovente. La autoridad, a solicitud del interesado, deberá expedir constancia de tal circunstancia, en cuyo defecto, se fincará responsabilidad al encontrarlo responsable. Igual constancia deberá expedirse cuando las leyes específicas prevean la resolución en sentido favorable.

En el caso de que se recurra la negativa por falta de resolución, y ésta a su vez no se resuelva dentro del mismo término, se entenderá confirmada en sentido negativo.

Artículo 18. El procedimiento administrativo continuará de oficio, sin perjuicio del impulso que puedan darle los interesados. En caso de corresponderles a estos últimos y no lo hicieren, operará la caducidad en los términos previstos en esta ley.

CAPÍTULO II

De los interesados

Artículo 19. Los promoventes con capacidad de ejercicio podrán actuar por sí o por medio de representante o apoderado.

La representación de las personas físicas o morales ante la administración pública federal para formular solicitudes, participar en el procedimiento administrativo, interponer recursos, desistirse y renunciar a derechos, deberá acreditarse mediante instrumento público y en el caso de personas físicas, también mediante carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos

ante las propias autoridades o fedatario público, o declaración en comparecencia personal del interesado.

Sin perjuicio de lo anterior, el interesado o su representante legal, mediante escrito firmado, podrá autorizar a la persona o personas que estime pertinente para oír y recibir notificaciones, realizar trámites, gestiones y comparecencias que fueren necesarios para la tramitación de tal procedimiento, incluyendo la interposición de recursos administrativos.

Artículo 20. Cuando en una solicitud, escrito o comunicación fungieren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante común o interesado que expresamente hayan señalado y, en su defecto, con el que figure en primer término.

CAPÍTULO III

Impedimentos, excusas

y recusaciones

Artículo 21. Todo servidor público estará impedido para intervenir o conocer de un procedimiento administrativo cuando:

I. Tenga interés directo o indirecto en el asunto de que se trate o en otro semejante, cuya resolución pudiera influir en la de aquél; sea administrador de sociedad o entidad interesada, o tenga litigio pendiente con algún interesado;

II. Tengan interés su cónyuge, sus parientes consanguíneos en línea recta sin limitación de grados, colaterales dentro del cuarto grado o los afines dentro del segundo;

III. Hubiere parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas o con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento;

IV. Exista amistad o enemistad manifiesta que se hagan patentes mediante hechos o actitudes evidentes del servidor público que la demuestre objetivamente o con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior;

V. Intervenga como perito o como testigo en el asunto de que se trata;

VI. Tenga relación de servicio, sea cual fuere su naturaleza, con las personas físicas o morales interesadas directamente en el asunto y

VII. Por cualquier otra causa prevista en la ley.

Artículo 22. El servidor público que se encuentre en alguna de las circunstancias señaladas en el artículo anterior, tan pronto tenga conocimiento de la misma, se excusará de intervenir en el procedimiento y lo comunicará a su superior inmediato, quien resolverá lo conducente dentro de los tres días siguientes.

Cuando hubiere otro servidor público con competencia, el superior jerárquico tomará el asunto a éste; en su defecto, dispondrá que el servidor público que se hubiere excusado resuelva, bajo la supervisión de su superior jerárquico.

Artículo 23. La intervención del servidor público en el que concurra cualquiera de los impedimentos a que se refiere el artículo 21 de esta ley, no implicará necesariamente la invalidez de los actos administrativos en que haya intervenido, pero dará lugar a responsabilidad administrativa.

Artículo 24. El superior jerárquico cuando tenga conocimiento de que alguno de sus subalternos se encuentra en alguna de las causales de impedimento a que se refiere el artículo 21 de la presente ley, ordenará que se inhiba de todo conocimiento.

Artículo 25. Cuando el servidor público no se inhibiere a pesar de existir alguno de los impedimentos expresados, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, el interesado podrá promover la recusación.

Artículo 26. La recusación se planteará por escrito ante el superior jerárquico del recusado, expresando la causa o causas en que se funda, acompañando al mismo las pruebas pertinentes.

Al día siguiente de integrado el expediente con la documentación a que se refiere el párrafo anterior, el recusado manifestará lo que considere pertinente. El superior resolverá en el plazo de tres días, lo procedente.

A falta de informe rendido por el recusado, se tendrá por cierto el impedimento interpuesto.

Artículo 27. Contra las resoluciones adoptadas en materia de impedimentos, excusas y recusaciones, no cabrá recurso, sin perjuicio de la posibilidad de alegar la recusación al interponer el recurso que proceda contra la resolución que dé por concluido el procedimiento.

CAPÍTULO IV

De los términos y plazos

Artículo 28. Las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles.

En los plazos fijados en días no se contarán los inhábiles, salvo disposición en contrario. No se considerarán días hábiles: los sábados, los domingos, el 1o. de enero; 5 de febrero; 21 de marzo; 1o.. de mayo; 5 de mayo; 1o. y 16 de septiembre; 20 de noviembre; 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal y el 25 de diciembre, así como los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquéllos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

Los términos podrán suspenderse por causa de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente fundada y motivada por la autoridad competente.

La autoridad podrá, de oficio o a petición de parte interesada, habilitar días inhábiles, cuando así lo requiera el asunto.

Artículo 29. En los plazos establecidos por períodos se computarán todos los días; cuando se fijen por mes o por año se entenderá que el plazo concluye el mismo número de día del mes o año de calendario que corresponda, respectivamente; cuando no exista el mismo número de día en el mes de calendario correspondiente, el término será el primer día hábil del siguiente mes de calendario.

Si el último día del plazo o la fecha determinada son inhábiles o las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil.

Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado hasta el día siguiente hábil.

Artículo 30. Las diligencias o actuaciones del procedimiento administrativo se efectuarán conforme a los horarios que cada dependencia o entidad de la administración pública federal previamente establezca y publique en el Diario Oficial de la Federación y en su defecto, las comprendidas entre las 8.00 y las 18.00 horas. Una diligencia iniciada en horas hábiles podrá concluirse en hora inhábil sin afectar su validez.

Las autoridades administrativas, en caso de urgencia o de existir causa justificada, podrán habilitar horas inhábiles cuando la persona con quien se vaya a practicar la diligencia realice actividades objeto de investigación en tales horas.

Artículo 31. Sin perjuicio de lo establecido en otras leyes administrativas, la administración pública federal, de oficio o a petición de parte interesada, podrá ampliar los términos y plazos establecidos, sin que dicha ampliación exceda en ningún caso de la mitad del plazo previsto originalmente, cuando así lo exija el asunto y no se perjudiquen los derechos de los interesados o de terceros.

Artículo 32. Para efectos de las notificaciones, citaciones, emplazamientos, requerimientos, visitas e informes, a falta de términos o plazos establecidos en las leyes administrativas para la realización de trámites, aquéllos no excederán de 10 días. El órgano administrativo deberá hacer del conocimiento del interesado dicho plazo.

CAPÍTULO V

Del acceso a la documentación

e información

Artículo 33. Los interesados en un procedimiento administrativo tendrán derecho de conocer, en cualquier momento, el estado de su tramitación, recabando la oportuna información en las oficinas correspondientes, salvo cuando contengan información sobre la defensa y seguridad nacional, sean relativos a materias protegidas por el secreto comercial o industrial, en los que el interesado no sea titular o causahabiente, o se trate de asuntos en que exista disposición legal que lo prohiba.

Artículo 34. Los interesados podrán solicitar les sea expedida a su costa, copia certificada de los documentos contenidos en el expediente

administrativo en el que se actúa, salvo en los casos a que se refiere el artículo anterior.

CAPÍTULO VI

De la notificaciones

Artículo 35. Las notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitud de informes o documentos y las resoluciones administrativas definitivas podrán realizarse:

I. Personalmente con quien deba entenderse la diligencia, en el domicilio del interesado;

II. Mediante oficio entregado por mensajero o correo certificado, con acuse de recibo, telefax o cualquier otro medio por el que se pueda comprobar fehacientemente la recepción de los mismos y

III. Por edicto, cuando se desconozca el domicilio del interesado o en su caso de que la persona a quien deba notificarse haya desaparecido, se ignore su domicilio o se encuentre en el extranjero sin haber dejado representante legal.

Tratándose de actos distintos a los señalados anteriormente, las notificaciones podrán realizarse por correo ordinario, mensajería, telegrama o telefax.

Artículo 36. Las notificaciones personales se harán en el domicilio del interesado o en el último domicilio que la persona a quien se deba notificar haya señalado ante los órganos administrativos en el procedimiento administrativo de que se trate. En todo caso, el notificador deberá cerciorarse del domicilio del interesado y deberá entregar copia del acto que se notifique y señalar la fecha y hora en que la notificación se efectúa, recabando el nombre y firma de la persona con quien se entienda la diligencia. Si ésta se niega, se hará constar en el acta de notificación, sin que ello afecte su validez.

Las notificaciones personales, se entenderán con la persona que deba ser notificada o su representante legal; a falta de ambos, el notificador dejará citatorio con cualquier persona que se encuentre en el domicilio, para que el interesado espere a una hora fija del día hábil siguiente. Si el domicilio se encontrare cerrado, el citatorio se dejará con el vecino más inmediato.

Si la persona a quien haya de notificarse no atendiere el citatorio, la notificación se entenderá con cualquier persona que se encuentre en el domicilio en que se realice la diligencia y, de negarse ésta a recibirla o en su caso de encontrarse cerrado el domicilio, se realizará por instructivo que se fijará en un lugar visible del domicilio.

De las diligencias en que conste la notificación, el notificador tomará razón por escrito.

Cuando las leyes respectivas así lo determinen, y se desconozca el domicilio de los titulares de los derechos afectados, tendrá efectos de notificación personal la segunda publicación del acto respectivo en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 37. Las notificaciones por edictos se realizarán haciendo publicaciones que contendrán un resumen de las resoluciones por notificar. Dichas publicaciones deberán efectuarse por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el territorio nacional.

Artículo 38. Las notificaciones personales surtirán sus efectos el día en que hubieren sido realizadas. Los plazos empezarán a correr a partir del día siguiente a aquél en que haya surtido efectos la notificación.

Se tendrá como fecha de notificación por correo certificado la que conste en el acuse de recibo.

En las notificaciones por edictos se tendrá como fecha de notificación la de la última publicación en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el territorio nacional.

Artículo 39. Toda notificación deberá efectuarse en el plazo máximo de 10 días, a partir de la emisión de la resolución o acto que se notifique y deberá contener el texto íntegro del acto, así como el fundamento legal en que se apoye, con la indicación si es o no definitivo en la vía administrativa y, en su caso, la expresión del recurso administrativo que contra la misma proceda, órgano ante el cual hubiera de presentarse y plazo para su interposición.

CAPÍTULO VII

De la impugnación de notificaciones

Artículo 40. Las notificaciones irregularmente practicadas surtirán efectos a partir de la fecha

en que se haga la manifestación expresa por el interesado o su representante legal, de conocer su contenido o se interponga el recurso correspondiente.

Artículo 41. El afectado podrá impugnar los actos administrativos recurribles que no hayan sido notificados o no se hubieren apegado a lo dispuesto en esta ley, conforme a las siguientes reglas:

I. Si el particular afirma conocer el acto administrativo materia de la notificación, la impugnación contra la misma se hará valer mediante la interposición del recurso administrativo correspondiente, en el que manifestará la fecha en que lo conoció.

En caso de que también impugne el acto administrativo, los agravios se expresarán en el citado recurso, conjuntamente con los que se acumulen contra la notificación;

II. Si el particular niega conocer el acto, manifestará tal desconocimiento interponiendo el recurso administrativo correspondiente ante la autoridad competente para notificar dicho acto. La citada autoridad le dará a conocer el acto junto con la notificación que del mismo se hubiere practicado, para lo cual el particular señalará en el escrito del propio recurso, el domicilio en el que se le deba dar a conocer y el nombre de la persona autorizada para recibirlo, en su caso. Si no se señalare domicilio, la autoridad dará a conocer el acto mediante notificación por edictos; si no se señalare persona autorizada, se hará mediante notificación personal.

El particular tendrá un plazo de 15 días a partir del día siguiente a aquél en que la autoridad se los haya dado a conocer, para ampliar el recurso administrativo, impugnando el acto y su notificación, o cualquiera de ellos según sea el caso;

III. La autoridad competente para resolver el recurso administrativo estudiará los agravios expresados contra la notificación, previamente al examen de la impugnación que, en su caso, se haya hecho del acto administrativo y

IV. Si se resuelve que no hubo notificación o que ésta no fue efectuada conforme a lo dispuesto por la presente ley, se tendrá al recurrente como sabedor del acto administrativo desde la fecha en que manifestó conocerlo o en que se le dio a conocer en los términos de la fracción II del presente artículo, quedando sin efectos todo lo actuado con base en aquélla y procederá al estudio de la impugnación que, en su caso, hubiese formulado en contra de dicho acto.

Si resuelve que la notificación fue legalmente practicada y, como consecuencia de ello, la impugnación contra el acto se interpuso extemporáneamente, desechará dicho recurso.

CAPÍTULO VIII

De la iniciación

Artículo 42. Los escritos dirigidos a la administración pública federal deberán presentarse directamente en sus oficinas autorizadas para tales efectos, en las oficinas de correos, mediante mensajería o telefax, salvo el caso del escrito inicial de impugnación, el cual deberá presentarse precisamente en las oficinas administrativas correspondientes.

Cuando un escrito sea presentado ante un órgano incompetente, dicho órgano remitirá la promoción al que sea competente en el plazo de cinco días. En tal caso, se tendrá como fecha de presentación la del acuse de recibo del órgano incompetente, salvo que éste aperciba al particular en el sentido de que su ocurso se recibe sólo para el efecto de ser turnado a la autoridad competente; de esta circunstancia deberá dejarse constancia por escrito en el propio documento y en la copia sellada que al efecto se exhiba.

Los escritos recibidos por correo certificado con acuse de recibo se considerarán presentados en las fechas que indique el sello fechador de la oficina de correos, excepto en los casos en que hubieren sido dirigidos a una autoridad que resulte incompetente. Para tal efecto, se agregará al expediente el sobre sin destruir en donde aparezca el sello fechador y cuando así proceda se estará a lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 43. En ningún caso se podrán rechazar los escritos en las unidades de recepción de documentos.

Cuando en cualquier Estado se considere que alguno de los actos no reúne los requisitos necesarios, el órgano administrativo lo pondrá en conocimiento de la parte interesada, concediéndole un plazo de cinco días para su cumplimiento.

A los interesados que no cumplan con lo dispuesto en este artículo, se les podrá declarar la caducidad del ejercicio de su derecho, en los términos previstos en la presente ley.

Artículo 44. Iniciado el procedimiento, el órgano administrativo podrá adoptar las medidas provisionales establecidas en las leyes administrativas de la materia y en su caso, en la presente ley, para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existieren suficientes elementos de juicio para ello.

Artículo 45. Los titulares de los órganos administrativos ante quienes se inicie o se tramite cualquier procedimiento administrativo, de oficio o a petición de parte interesada, podrán disponer su acumulación. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno.

CAPÍTULO IX

De la tramitación

Artículo 46. En el despacho de los expedientes se guardará y respetará el orden riguroso de tramitación en los asuntos de la misma naturaleza; la alteración del orden sólo podrá realizarse cuando exista causa debidamente motivada de la que quede constancia.

El incumplimiento a lo dispuesto en el párrafo anterior, será causa de responsabilidad del servidor público infractor.

Artículo 47. Las cuestiones incidentales que se susciten durante el procedimiento no suspenderán la tramitación del mismo, incluyendo la recusación, en la inteligencia que de existir un procedimiento incidental de recusación, éste deberá resolverse antes de dictarse resolución definitiva o en la misma resolución.

Artículo 48. Los incidentes se tramitarán por escrito dentro de los cinco días siguientes a la notificación del acto que lo motive, en el que expresará lo que a su derecho conviniere, así como las pruebas que estime pertinentes fijando los puntos sobre los que versen; una vez desahogadas, en su caso, las pruebas que hubiere ofrecido, en el término que se fije y que no excederá de 10 días, el órgano administrativo resolverá el incidente planteado.

Artículo 49. Los actos necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos en virtud de los cuales deba pronunciarse resolución, se realizarán de oficio por el órgano que tramite el procedimiento.

Artículo 50. En los procedimientos administrativos se admitirán toda clase de pruebas, excepto la confesional de las autoridades. No se considerará comprendida en esta prohibición la petición de informes a las autoridades administrativas, respecto de hechos que consten en sus expedientes o de documentos agregados a ellos

La autoridad podrá allegarse de los medios de prueba que considere necesarios, sin más limitación que la establecida en la ley.

El órgano o autoridad de la administración pública federal ante quien se tramite un procedimiento administrativo, acordará sobre la admisibilidad de las pruebas ofrecidas. Sólo podrá rechazar las pruebas propuestas por los interesados cuando no fuesen ofrecidas conforme a derecho, no tengan relación con el fondo del asunto, sean improcedentes e innecesarias o contrarias a la moral y al derecho. Tal resolución deberá estar debidamente fundada y motivada.

Artículo 51. El desahogo de las pruebas ofrecidas y admitidas se realizará dentro de un plazo no menor a tres ni mayor de 15 días, contado a partir de su admisión.

Si se ofreciesen pruebas que ameriten ulterior desahogo, se concederá al interesado un plazo no menor de ocho ni mayor de 15 días para tal efecto.

Las pruebas supervenientes podrán presentarse siempre que no se haya emitido la resolución definitiva.

Artículo 52. El órgano administrativo notificará a los interesados, con una anticipación de tres días, el inicio de las actuaciones necesarias para el desahogo de las pruebas que hayan sido admitidas.

Artículo 53. Cuando las disposiciones legales así lo establezcan o se juzgue necesario, se solicitarán los informes u opiniones necesarios para resolver el asunto, citándose el precepto que lo exija o motivando, en su caso, la conveniencia de solicitarlos.

Artículo 54. Los informes u opiniones solicitados a otros órganos administrativos podrán ser

obligatorios o facultativos, vinculantes o no. Salvo disposición legal en contrario, los informes y opiniones serán facultativos y no vinculantes al órgano que los solicitó y deberán incorporarse al expediente.

Artículo 55. A quien se le solicite un informe u opinión, deberá emitirlo dentro del plazo de 15 días, salvo disposición que establezca otro plazo.

Si transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, no se recibiese el informe u opinión, cuando se trate de informes u opiniones obligatorios o vinculantes, se entenderá que no existe objeción a las pretensiones del interesado.

Artículo 56. Concluida la tramitación del procedimiento administrativo y antes de dictar resolución se pondrán las actuaciones a disposición de los interesados, para que en su caso, formulen alegatos, los que serán tomados en cuenta por el órgano competente al dictar la resolución.

Los interesados en un plazo no inferior a cinco días ni superior a 10 podrán presentar por escrito sus alegatos.

Si antes del vencimiento del plazo los interesados manifestaran su decisión de no presentar alegatos, se tendrá por concluido el trámite.

CAPÍTULO X

De la terminación

Artículo 57. Ponen fin al procedimiento administrativo:

I. La resolución del mismo;

II. El desistimiento;

III. La renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico;

IV. La declaración de caducidad;

V. La imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas y

VI. El convenio de las partes, siempre y cuando no sea contrario al ordenamiento jurídico ni verse sobre materias que no sean susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que en cada caso prevea la disposición que lo regula.

Artículo 58. Todo interesado podrá desistirse de su solicitud o renunciar a sus derechos, cuando éstos no sean de orden e interés públicos. Si el escrito de iniciación se hubiere formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquél que lo hubiese formulado.

Artículo 59. La resolución que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y de oficio las derivadas del mismo; en su caso, el órgano administrativo competente podrá decidir sobre las mismas, poniéndolo, previamente, en conocimiento de los interesados por un plazo no superior de 10 días, para que manifiesten lo que a su derecho convenga y aporten las pruebas que estimen convenientes.

En los procedimientos tramitados a solicitud del interesado la resolución será congruente con las peticiones formuladas por éste, sin perjuicio de la potestad de la administración pública federal de iniciar de oficio un nuevo procedimiento.

Artículo 60. En los procedimientos iniciados a instancia del interesado, cuando se produzca su paralización por causas imputables al mismo, la administración pública federal le advertirá que, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del mismo. Expirado dicho plazo sin que el interesado requerido realice las actividades necesarias para reanudar la tramitación, la administración pública federal acordará el archivo de las actuaciones, notificándoselo al interesado. Contra la resolución que declare la caducidad procederá el recurso previsto en la presente Ley.

La caducidad no producirá por sí misma la prescripción de las acciones del particular, de la administración pública federal, pero los procedimientos caducados no interrumpen ni suspenden el plazo de prescripción.

Cuando se trate de procedimientos iniciados de oficio, se entenderán caducados y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de parte interesada o de oficio, en el plazo de 30 días contados a partir de la expiración del plazo para dictar resolución.

Artículo 61. En aquellos casos en que medie una situación de emergencia o urgencia, debidamente fundada y motivada, la autoridad competente podrá emitir el acto administrativo sin sujetarse a los requisitos y formalidades del procedimiento administrativo previstos en esta ley, respetando en todo caso las garantías individuales.

CAPÍTULO XI

De las visitas de verificación

Artículo 62. Las autoridades administrativas, para comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, podrán llevar a cabo visitas de verificación, mismas que podrán ser ordinarias y extraordinarias; las primeras, se efectuarán en días y horas hábiles, y las segundas en cualquier tiempo.

Artículo 63. Los verificadores, para practicar visitas, deberán estar provistos de orden escrita con firma autógrafa expedida por la autoridad competente, en la que deberá precisarse el lugar o zona que ha de verificarse, el objeto de la visita, el alcance que deba tener y las disposiciones legales que lo fundamenten.

Artículo 64. Los propietarios, responsables, encargados u ocupantes de establecimientos objeto de verificación, estarán obligados a permitir el acceso y dar facilidades e informes a los verificadores para el desarrollo de su labor.

Artículo 65. Al iniciar la visita, el verificador deberá exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha función, así como la orden expresa a la que se refiere el artículo 63 de la presente ley, de la que deberá dejar copia al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento.

Artículo 66. De toda visita de verificación se levantará acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por la persona con quien se hubiere entendido la diligencia o por quien la practique si aquélla se hubiere negado a proponerlos.

De toda acta se dejará copia a la persona con quien se entendió la diligencia, aunque se hubiere negado a firmar, lo que no afectará la validez de la diligencia ni del documento de que se trate, siempre y cuando el verificador haga constar tal circunstancia en la propia acta.

Artículo 67. En las actas se hará constar:

I. Nombre, denominación o razón social del visitado;

II. Hora, día, mes y año en que se inicie y concluya la diligencia;

III. Calle, número, población o colonia, teléfono u otra forma de comunicación disponible, municipio o delegación, código postal y entidad federativa en que se encuentre ubicado el lugar en que se practique la visita;

IV. Número y fecha del oficio de comisión que la motivó;

V. Nombre y cargo de la persona con quien se entendió la diligencia;

VI. Nombre y domicilio de las personas que fungieron como testigos;

VII. Datos relativos a la actuación;

VIII. Declaración del visitado, si quisiera hacerla y

IX. Nombre y firma de quienes intervinieron en la diligencia, incluyendo los de quien la hubiere llevado a cabo. Si se negaren a firmar el visitado o su representante legal, ello no afectará la validez del acta, debiendo el verificador asentar la razón relativa.

Artículo 68. Los visitados a quienes se haya levantado acta de verificación podrán formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos contenidos en ella, o bien, por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días siguientes a la fecha en que se hubiere levantado.

Artículo 69. Las dependencias podrán, de conformidad con las disposiciones aplicables, verificar bienes, personas y vehículos de transporte, con objeto de comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales, para lo cual se deberán cumplir, en lo conducente, las formalidades previstas para las visitas de verificación.

TÍTULO CUARTO

De las infracciones y sanciones

administrativas

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 70. Las sanciones administrativas deberán estar previstas en las leyes respectivas y podrán consistir en:

I. Amonestación con apercibimiento;

II. Multa;

III. Multa adicional por cada día que persista la infracción;

IV. Arresto hasta por 36 horas;

V. Clausura temporal o permanente, parcial o total y

VI. Las demás que señalen las leyes o reglamentos.

Artículo 71. Sin perjuicio de lo establecido en las leyes administrativas, en caso de reincidencia se duplicará la multa impuesta por la infracción anterior, sin que su monto exceda del doble del máximo.

Artículo 72. Para imponer una sanción, la autoridad administrativa deberá notificar previamente al infractor del inicio del procedimiento, para que éste, dentro de los 15 días siguientes, exponga lo que a su derecho convenga y, en su caso, aporte las pruebas con que cuente.

Artículo 73. La autoridad administrativa fundará y motivará su resolución, considerando:

I. Los daños que se hubieren producido o puedan producirse;

II. El carácter intencional o no de la acción u omisión constitutiva de la infracción;

III. La gravedad de la infracción; y

IV. La reincidencia del infractor.

Artículo 74. Una vez oído al infractor y desahogadas las pruebas ofrecidas y admitidas, se procederá, dentro de los 10 días siguientes, a dictar por escrito la resolución que proceda, la cual será notificada en forma personal o por correo certificado.

Artículo 75. Las autoridades competentes harán uso de las medidas legales necesarias, incluyendo el auxilio de la fuerza pública, para lograr la ejecución de las sanciones y medidas de seguridad que procedan.

Artículo 76. Las sanciones administrativas podrán imponerse en más de una de las modalidades previstas en el artículo 70 de esta ley, salvo el arresto.

Artículo 77. Cuando en una misma acta se hagan constar diversas infracciones, en la resolución respectiva, las multas se determinarán separadamente, así como el monto total de todas ellas.

Cuando en una misma acta se comprenda a dos o más infractores, a cada uno de ellos se le impondrá la sanción que corresponda.

Artículo 78. Las sanciones por infracciones administrativas se impondrán sin perjuicio de las penas que correspondan a los delitos en que, en su caso, incurran los infractores.

Artículo 79. La facultad de la autoridad para imponer sanciones administrativas prescribe en cinco años. Los términos de la prescripción serán continuos y se contarán desde el día en que se cometió la falta o infracción administrativa si fuere consumada o, desde que cesó si fuere continua.

Artículo 80. Cuando el infractor impugnare los actos de la autoridad administrativa se interrumpirá la prescripción hasta en tanto la resolución definitiva que se dicte no admita ulterior recurso.

Los interesados podrán hacer valer la prescripción por vía de excepción y la autoridad deberá declararla de oficio.

TÍTULO QUINTO

Medidas de seguridad

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 81. Se consideran medidas de seguridad las disposiciones que dicte la autoridad competente para proteger la salud y la seguridad públicas. Las medidas de seguridad se establecerán en cada caso por las leyes administrativas.

Artículo 82. Las autoridades administrativas con base en los resultados de la visita de verificación o del informe de la misma, podrán dictar medidas de seguridad para corregir las irregularidades que se hubiesen encontrado, notificándolas al interesado y otorgándole un plazo adecuado para su realización. Dichas medidas tendrán la duración estrictamente

necesaria para la corrección de las irregularidades respectivas.

TÍTULO SEXTO

Del recurso de revisión

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 83. Los interesados afectados por los actos y resoluciones de las autoridades administrativas que pongan fin al procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente, podrán interponer recurso de revisión o intentar las vías judiciales correspondientes.

Artículo 84. La oposición a los actos de trámite en un procedimiento administrativo deberá alegarse por los interesados durante dicho procedimiento, para su consideración; en la resolución que ponga fin al mismo. La oposición a tales actos de trámite se hará valer en todo caso al impugnar la resolución definitiva.

Artículo 85. El plazo para interponer el recurso de revisión será de 15 días contados a partir del día siguiente a aquél en que hubiere surtido efectos la notificación de la resolución que se recurra.

Artículo 86. El escrito de interposición del recurso de revisión deberá presentarse ante la autoridad que emitió el acto impugnado y será resuelto por el superior jerárquico, cuyo escrito deberá expresar:

I. El órgano administrativo a quien se dirige;

II. El nombre del recurrente y del tercero perjudicado si lo hubiere, así como el lugar que señale para efectos de notificaciones;

III. El acto que se recurre y fecha en que se le notificó o tuvo conocimiento del mismo;

IV. Los agravios que se le causan;

V. En su caso, copia de la resolución o acto que se impugna y de la notificación correspondiente. Tratándose de actos que por no haberse resuelto en tiempo se entiendan negados, deberá acompañarse el escrito de iniciación del procedimiento, o el documento sobre el cual no hubiere recaído resolución alguna, y

VI. Las pruebas que ofrezca, que tengan relación inmediata y directa con la resolución o acto impugnado debiendo acompañar las documentales con que cuente, incluidas las que acrediten su personalidad cuando actúen en nombre de otro o de personas morales.

Artículo 87. La interposición del recurso suspenderá la ejecución del acto impugnado, siempre y cuando:

I. Lo solicite expresamente el recurrente;

II. Sea procedente el recurso;

III. No se siga perjuicio al interés social o se contravengan disposiciones de orden público;

IV. No se ocasionen daños o perjuicios a terceros, a menos que se garanticen éstos para el caso de no obtener resolución favorable, y

V. Tratándose de multas, el recurrente garantice el crédito fiscal en cualesquiera de las formas previstas en el Código Fiscal de la Federación.

La autoridad deberá acordar, en su caso, la suspensión o la denegación de la suspensión dentro de los cinco días siguientes a su interposición, en cuyo defecto se entenderá otorgada la suspensión.

Artículo 88. El recurso se tendrá por no interpuesto y se desechará cuando:

I. Se presente fuera de plazo;

II. No se haya acompañado la documentación que acredite la personalidad del recurrente, y

III. No aparezca suscrito por quien deba hacerlo, a menos que se firme antes del vencimiento del plazo para interponerlo.

Artículo 89. Se desechará por improcedente el recurso:

I. Contra actos que sean materia de otro recurso y que se encuentre pendiente de resolución, promovido por el mismo recurrente y por el propio acto impugnado;

II. Contra actos que no afecten los intereses jurídicos del promovente;

III. Contra actos consumados de un modo irreparable;

IV. Contra actos consentidos expresamente, y

V. Cuando se esté tramitando ante los tribunales algún recurso o defensa legal interpuesto por el promovente, que pueda tener por efecto modificar, revocar o nulificar el acto respectivo.

Artículo 90. Será sobreseído el recurso cuando:

I. El promovente se desista expresamente del recurso;

II. El agraviado fallezca durante el procedimiento, si el acto respectivo sólo afecta su persona;

III. Durante el procedimiento sobrevenga alguna de las causas de improcedencia a que se refiere el artículo anterior;

IV. Cuando hayan cesado los efectos del acto respectivo;

V. Por falta de objeto o materia del acto respectivo, y

VI. No se probare la existencia del acto respectivo.

Artículo 91. La autoridad encargada de resolver el recurso podrá:

I. Desecharlo por improcedente o sobreseerlo;

II. Confirmar el acto impugnado;

III. Declarar la inexistencia, nulidad o anulabilidad del acto impugnado o revocarlo total o parcialmente, y

IV. Modificar u ordenar la modificación del acto impugnado o dictar u ordenar expedir uno nuevo que lo sustituya, cuando el recurso interpuesto sea total o parcialmente resuelto a favor del recurrente.

Artículo 92. La resolución del recurso se fundará en derecho y examinará todos y cada uno de los agravios hechos valer por el recurrente teniendo la autoridad la facultad de invocar hechos notorios; pero, cuando uno de los agravios sea suficiente para desvirtuar la validez del acto impugnado bastará con el examen de dicho punto.

La autoridad, en beneficio del recurrente, podrá corregir los errores que advierta en la cita de los preceptos que se consideren violados y examinar en su conjunto los agravios, así como los demás razonamientos del recurrente, a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada, pero sin cambiar los hechos expuestos en el recurso.

Igualmente, deberá dejar sin efectos legales los actos administrativos cuando advierta una ilegalidad manifiesta y los agravios sean insuficientes, pero deberá fundar cuidadosamente los motivos por los que consideró ilegal el acto y precisar el alcance en la resolución.

Si la resolución ordena realizar un determinado acto o iniciar la reposición del procedimiento, deberá cumplirse en un plazo de cuatro meses.

Artículo 93. No se podrán revocar o modificar los actos administrativos en la parte no impugnada por el recurrente.

La resolución expresará con claridad los actos que se modifiquen y si la modificación es parcial, se precisará ésta.

Artículo 94. El recurrente podrá esperar la resolución expresa o impugnar en cualquier tiempo la presunta confirmación del acto impugnado.

Artículo 95. La autoridad podrá dejar sin efectos un requerimiento o una sanción, de oficio o a petición de parte interesada, cuando se trate de un error manifiesto o el particular demuestre que ya había dado cumplimiento con anterioridad.

La tramitación de la declaración no constituirá recurso, ni suspenderá el plazo para la interposición de éste y tampoco suspenderá la ejecución del acto.

Artículo 96. Cuando hayan de tenerse en cuenta nuevos hechos o documentos que no obren en el expediente original derivado del acto impugnado, se pondrá de manifiesto a los interesados para que, en un plazo no inferior a cinco días ni superior a 10, formulen sus alegatos y presenten los documentos que estimen procedentes.

No se tomarán en cuenta en la resolución del recurso, hechos, documentos o alegatos del recurrente, cuando habiendo podido aportarlos durante el procedimiento administrativo no lo haya hecho.

TRANSITORIOS

Primero. Esta ley entrará en vigor el 1o. de junio de 1995.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en esta ley, en particular los diversos recursos administrativos de las diferentes leyes administrativas en las materias reguladas por este ordenamiento. Los recursos administrativos en trámite a la entrada en vigor de esta ley, se resolverán conforme a la ley de la materia.

Tercero. En los procedimientos administrativos que se encuentren en trámite, el interesado podrá optar por su continuación conforme al procedimiento vigente durante su iniciación o por la aplicación de esta ley.

Cuarto. Los procedimientos de conciliación y arbitraje, previstos en los ordenamientos materia de la presente ley, se seguirán sustanciando conforme a lo dispuesto en dichos ordenamientos legales.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 12 de julio de 1994. - Diputados de la Comisión de Justicia: Fernando Gómez Mont U., presidente; Juan José Castillo Mota, secretario; Pedro de León Sánchez, secretario, Ricardo López Gómez, Cuauhtémoc López Sánchez C., Fernando Rodríguez Cerna, Pedro Ojeda Paullada, Alfonso Rivera Domínguez, Luis Salgado Beltrán, Gabriela Avelar Villegas, José Guadalupe Enríquez Magaña, Juan José Castro Justo, Jesús Ramírez Guerrero, Juan Carlos Alva Calderón, José Guadarrama Márquez, José Manuel Correa Ceseña, José Alberto Cortés García, Jesús Núñez Regalado, Samuel Fernández Ávila, Sara Cruz Olvera, Benigno López Mateos, José Salinas Navarro, Jaime Serrano Cedillo, Moisés Armenta Vega, Rogelio Villarreal Garza, Claudio Guerra López, Guillermo Pacheco Pulido, Fauzi Hamdan Amad, César Jáuregui Robles, Gonzalo Altamirano Dimas, Víctor Manuel Orduña Muñoz, Jorge Zermeño Infante, Emilio Becerra González, Carlos González Durán, Jorge Moscoso Pedrero, Othón Salazar Ramírez, Juan Hernández Mercado, Félix Bautista Matías, José O. Alaniz Alaniz, Francisco Hernández Juárez, Juan Jacinto Cárdenas García, Francisco Laris Iturbide, Francisco Dorantes Gutiérrez, Joaquín Ernesto Hendricks Díaz, Juan Ramiro Robledo Ruiz, Jorge Vinicio Mejía Tobías, Miguel Ángel Murrillo Aispuro, Jesús Madrazo Martínez, Guillermo González Díaz, Jorge Uscanga Escobar, Jorge Mendoza Alvarez y Rafael A. Castilla Peniche.»

Es de primera lectura.

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día, es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

En atención a que este dictamen ha sido impreso y distribuido entre los diputados, se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea, si se le dispensa la lectura al dictamen.

El secretario Guillermo Jorge González Díaz:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea, si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen.

Es de segunda lectura.

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Cuauhtémoc López Sánchez, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Cuauhtémoc López Sánchez Coello:

Con su venia, señor Presidente; compañeros legisladores:

Hoy habremos de pronunciar nuestro voto en torno a un dictamen de una iniciativa que ha sido anhelada de tiempo atrás en el ámbito administrativo de nuestro país. Iniciativa, dictamen que habrán de constituir un primer paso firme, sólido, que nos habrá de llevar, con el tiempo, a contar con un Código Federal Administrativo.

Yo quiero recordar en este momento, dónde nació la inquietud en la cual coincidimos la mayor parte de los abogados que participamos en el trabajo desarrollado.

En todos nosotros, al analizar esta iniciativa, evocamos el recuerdo de nuestros maestros de derecho administrativo; evocamos los estudios realizados en nuestras escuelas de derecho en diversas latitudes y facultades. Todos coincidimos que ya desde el maestro Fraga, los maestros Serra Rojas, el maestro Jorge Olivares Toro, el maestro Acosta Romero y muchos más, tenían esa inquietud de que algún día se pudieran recoger todos los ordenamientos en materia administrativa, se pudieran analizar e integrar en un solo cuerpo, en un código, que facilitara a través de su integración, concordancia, la consulta y la aplicación de esas normas jurídicas tan importantes para la regulación de las relaciones entre los particulares y la administración pública.

El grupo que participó en este proyecto, lo integraron, desde hace dos años y medio casi, al inicio de esta legislatura, tres diputados de diferentes partidos: el diputado Fauzi Hamdan, de Acción Nacional; el diputado Juan Hernández, del Partido de la Revolución Democrática, y su servidor.

En el transcurso de estos trabajos, consultamos a especialistas de la materia, consultamos a funcionarios de las diversas áreas jurídicas del Poder Ejecutivo Federal; contamos con el apoyo, asesoría de distinguidos juristas en materia administrativa, como el licenciado Genaro Góngora Pimentel, como el licenciado Alfonso Nava Negrete, como el licenciado Horacio Castellanos Coutiño. Todos ellos a título personal nos brindaron su apoyo, su orientación que hoy constituye parte fundamental, parte importante de este documento. Para ellos nuestro reconocimiento y nuestro agradecimiento.

Debo de recordar a ustedes que la materia administrativa, es el conjunto de normas jurídicas que regulan la organización de la administración pública, sus relaciones y las relaciones con los administrados. Es una rama del derecho de una gran importancia, en virtud de la múltiple actividad administrativa que realizan los órganos de la administración pública mexicana. Cotidianamente todos tenemos contacto con los servicios públicos, que son regulados por el derecho administrativo. Muchos tenemos relación con la administración pública al formular diversos tipos de solicitudes, al realizar trámites diversos ante las oficinas públicas.

Esta iniciativa constituye un primer paso para lograr la integración de todas las normas administrativas y la iniciamos, precisamente, en el capítulo en lo relativo a procedimientos; es decir, a los pasos, a las acciones, que tiene que instrumentar el órgano de la administración pública, previos a la emisión del acto administrativo; es decir, a la declaración de voluntad con contenido administrativo y realizado por un órgano competente para ello.

Esta definición, esta conceptualización, que no pretende ser exhaustiva, simplemente darle a ustedes una idea de la importancia del tema, es de una gran relevancia en la vida jurídica nacional.

A través de la norma administrativa se sustenta el principio de legalidad que obliga a todos los funcionarios públicos a actuar dentro del marco de la ley. El funcionario público para realizar sus actividades, para cumplir con sus responsabilidades, debe actuar siempre conforme a la norma jurídica. Debe tener sustento en una norma jurídica que lo faculta a hacer y lo faculta, lo obliga, a respetar la norma.

En materia procedimental con esta iniciativa recogemos todos los principios que están dispersos en la legislación administrativa en un primer esfuerzo hacia su integración, hacia su uniformidad, hacia su generalización, en cuanto que todos los actos administrativos se regulen por esta ley.

El procedimiento administrativo, como decía, son los pasos que debe realizar un funcionario para emitir una decisión de carácter administrativo y, con esta ley se constituye una base muy sólida para fortalecer el principio de legalidad y con él darle mayor seguridad jurídica y confianza a los particulares en sus relaciones con la administración.

Entre los principales aspectos que se tocan en el dictamen que hoy analizamos, debemos destacar la precisión del ámbito de aplicación de la ley, éste muy relacionado con, previsto en el artículo 1o. y muy relacionado con el artículo 2o. Si consideramos que se inicia un proceso que habrá de continuarse y perfeccionarse, sería muy difícil integrar en un primer esfuerzo todas las normas que requieren su aplicación por parte de la administración pública.

Entonces aquí establecemos la supletoriedad en todo lo no previsto, en todo lo que no se oponga de esta ley. ¿Para qué? Para que el legislador tome ya como base este esfuerzo y paulatinamente vaya adecuando todas las demás leyes administrativas en los aspectos procedimentales, primero, y después en los aspectos de fondo.

En el artículo 2o. se establece, pues, la supletoriedad de la ley con relación a otras disposiciones.

Se precisa también más adelante, la cuestión relativa a la nulidad y anulabilidad. Se excluye en esta apreciación, en este enfoque, aspectos teóricos, muy polémicos, como son los relativos a la inexistencia del acto administrativo y se simplifica estableciendo nada más el de nulidad y el de anulabilidad.

Otro título que es muy importante destacar, es el relativo a los recursos administrativos. Cada ley administrativa prevé en el ámbito de su aplicación diversos recursos administrativos. En este sentido sí se derogan en la iniciativa en comento, todos los demás recursos que no sean los que prevé esta ley; es decir, se deja exclusivamente el recurso de revisión para todos los actos administrativos que causen agravio al particular. Esto tiene muchos efectos positivos en cuanto que simplifica el ejercicio de defensa del particular frente a la actuación de los órganos de la administración, al uniformarse todos los recursos en uno solo y esto no afecta en nada otras formas de defensa que tiene el particular, como son la defensa vía amparo o vía contencioso administrativo, que se dan con posterioridad a la realización del acto, a través de la aplicación de otras normas.

Considero, compañeros legisladores, que sin que esta ley sea perfecta, porque creo que difícilmente podemos tener la plena convicción de haber hecho una norma jurídica perfecta, sí constituye una muy importante aportación para la regulación administrativa, para la regulación de los actos administrativos y, sobre todo, reitero, constituye un elemento fundamental para el respeto del principio de legalidad, respeto que incidirá, sin duda, en una mayor confianza hacia los actos administrativos realizados por las autoridades competentes.

Creo que esto es un avance sumamente importante y que habrán de continuar otras legislaturas, pero ya tendrán una parte del camino adelantado y eso sin duda, de ser aprobada esta iniciativa, será mérito de esta LV Legislatura.

Por lo anterior, compañeros diputados, yo les pido su voto aprobatorio para el dictamen que hoy se comenta. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular.

Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general y en lo particular los señores diputados Carlos González Durán, del Partido de la Revolución Democrática y el señor diputado Fauzi Hamdan Amad, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Se concede el uso de la palabra al señor diputado Carlos González Durán, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Carlos González Durán:

Con su venia, compañero Presidente; honorable Asamblea:

La fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática expresa su anuencia, su aceptación y felicitación a los autores de este proyecto, a los compañeros diputados que participaron dentro de la Comisión de Justicia en las variaciones finales que se hicieron al proyecto y estima que sí es, efectivamente, un paso maduro, adecuado, necesario y prudente para el mejoramiento legislativo, por las siguientes razones:

Se procura la unidad, la sistematización, la ordenación, la consecutividad, la legalidad de los actos administrativos, la corrección de esos actos para que estén sujetos a normas en sus diferentes etapas y procesos, para que no se dé la decisión caprichosa, desigual,...

El Presidente:

Perdone la interrupción señor diputado, rogamos a los señores diputados tengan la bondad de prestar atención a la intervención del orador.

A las personas que no sean diputados que se encuentran en los pasillos, tengan la bondad de dejarlos libres con el propósito de que se mantenga la atención en lo que expresa el señor diputado.

A los señores coordinadores de los grupos parlamentarios, pedimos su apoyo para que los integrantes de los distintos grupos parlamentarios presten atención al señor orador. Continúe, señor diputado.

El diputado Carlos González Durán:

Muchas gracias, señor Presidente.

Decía que el PRD votará a favor de este proyecto porque sí constituye un adelanto legislativo para darle uniformidad y para señalar las exigencias de legalidad que debe regir todo acto administrativo; el de que se establezca una verdadera teoría general del acto administrativo en este Reglamento es del todo conveniente en sus elementos de existencia, en sus elementos de validez, en los límites de su eficacia para que los plazos, términos y recursos concedidos a los particulares estén debidamente reglamentados y haya una uniformidad, decía, en el desarrollo de las actividades administrativas.

Esto es correcto, conveniente, pero hay que señalar que el propósito que anima a esta reforma, es el propósito de avanzar en tres direcciones: avanzar en la justificación de los actos administrativos para que estén motivados y fundados como corresponde a cada decisión de acto de Gobierno, para que los organismos que deben juzgar en una especie de contencioso administrativo, también estén sujetos a normas jurídicas, uniformes, que perfeccionen su función pública y, sobre todo, para dar garantía a los ciudadanos, dar garantía a los particulares y sepan éstos a qué atenerse y tengan condiciones y medios de defensa por lo que termino reiterando que de parte del PRD, no encontramos objeción importante que hacer al proyecto, lo aceptamos y votaremos a favor. Es todo.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

La Presidencia ha recibido información en el sentido de que el señor diputado Fauzi Hamdan declina su intervención. En consecuencia, consulte la Secretaría a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

El secretario José Raúl Hernández Ávila:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, señor Secretario.

En virtud de que no hay propuestas presentadas por los señores diputados, proceda la Secretaria a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.

El secretario José Raúl Hernández Ávila:

Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.

Se solicita a la Oficialía Mayor, haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Se emitieron, 317 votos en pro y 2 en contra.

El Presidente:

Aprobado en lo general y en lo particular por 317 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Pasa al Senado, para los efectos constitucionales.

Continúe la Secretaría.

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

La secretaria Martha Maldonado Zepeda:

«Comisión de Comercio.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Comercio, fue turnada para su estudio y dictamen, iniciativas de reformas y adiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, la primera presentada el día 27 de abril del año en curso, por el diputado Juan Hernández Mercado, a nombre de varios diputados del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la segunda presentada el día 7 de junio de 1994, por el diputado Fernando Navarrete Magdaleno, a nombre de diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

En virtud del análisis efectuado, los diputados integrantes de la Comisión de Comercio, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 72 y 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 56 y 68, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta Asamblea el siguiente dictamen

CONSIDERANDO

Que los miembros de la comisión consideran que el espíritu que ha alentado la vida política de México, siempre se ha manifestado contrario a reconocer desigualdades entre los miembros de su pueblo y se ha considerado que es deber fundamental velar porque la actividad del consumo se rija mediante principios de igualdad y de equidad que aseguren la concordancia entre el crecimiento económico y la justicia social.

Que haciendo un análisis de fondo, las iniciativas en estudio presentan coincidencias en el contenido de las propuestas para reformar y adicionar a tres preceptos de la Ley Federal de Protección al Consumidor, por lo que es procedente la acumulación de éstas para su estudio y dictamen.

Que los miembros de la comisión coinciden en señalar que el propósito de ambas iniciativas, es acabar con prácticas discriminatorias hacia las personas que sufren algún tipo de discapacidad que demandan bienes y servicios en igualdad de condiciones a los que recibe la población en su conjunto.

Que las disposiciones de las propuestas son acordes con la garantía de igualdad que consagra la Constitución en sus artículos 1o, 2o. y 12, ya que el hombre es igual frente a sus semejantes, frente a las autoridades y frente a la ley.

Qué debemos de entender entonces, que la situación de igualdad no se da en razón de un contrato, ni como resultado de una posición económica o jurídica, sino que surge concomitantemente con la persona humana, por tal motivo la igualdad, como lo reconoce nuestra ley suprema y sus leyes reglamentarias, es una situación en que esta colocado todo hombre desde que nace, por su propia personalidad humana, en el sentido de descartar toda diferencia entre grupos humanos e individuos, desde el punto de vista de la raza, nacionalidad, religión o posición económica. En conclusión, podemos decir que la igualdad como garantía individual, traducida es esa situación de negación de toda diferencia entre los hombres.

Asimismo, es importante señalar que el propósito es de que las disposiciones que se proponen reformar contemplen la igualdad que debe de existir con toda persona humana y se dejen de permitir prácticas de discriminación, negación o condicionamiento; ya que los individuos que sufren algún tipo de discapacidad son personas humanas, que tienen la facultad de disfrutar, gozar y ejercer todos sus derechos, en igualdad de circunstancias de cualquier persona.

Que ante este reto, los miembros de la Comisión de Comercio consideran que deben reformar y adicionar los artículos de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para que las personas que sufren algún tipo de discapacidad puedan participar en el comercio, en condiciones de igualdad como consumidores de bienes y servicios.

Que la comisión considera que las propuestas contenidas en el artículo 53, de ambas iniciativas, están claramente contempladas en los artículos 127 y 128, de la vigente Ley de Protección al Consumidor, por lo que se propone dejar sin efecto dicho artículo 53, de ambas iniciativas.

También consideran los diputados miembros, de la Comisión de Comercio, que tanto los artículos 44 y 52, de la iniciativa presentada por los miembros de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática y el propuesto por la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional artículo 52, no cumplen con el interés de eliminar cualquier distinción respecto a los derechos que como consumidores tienen las personas que sufren algún tipo de discapacidad, objeto de ambas iniciativas, consideramos que dicho objetivo se cumple reformando los artículos 7o. y 58 y adicionando un segundo párrafo al último artículo citado de la Ley Federal de Protección al Consumidor, ya que el artículo 7o. se refiere a las disposiciones generales que todo proveedor está obligado a respetar. Asimismo el artículo 58, se compromete con la forma en que debe realizar sus operaciones de venta los proveedores, sin preferencias ni discriminaciones.

En estas condiciones, los miembros de esta comisión, consideran cumplir con los objetivos descritos en la exposición de motivos de ambas iniciativas y por consiguiente, proponemos el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Artículo único. Se reforman los artículos 7o. y 58 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 58, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 7o. Todo proveedor está obligado a respetar los precios, garantías, cantidades, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones conforme a las cuales se hubiere ofrecido, obligado o convenido con el consumidor la entrega del bien o prestación del servicio, y bajo ninguna circunstancia serán negados estos bienes o servicios a personas con discapacidad.

Artículo 58. Los proveedores de bienes y servicios que ofrezcan éstos al público en general, no podrán establecer preferencias o discriminación alguna respecto a los solicitantes del servicio, tales como selección de clientela, reserva del derecho de admisión, exclusión a personas con discapacidad y otras prácticas similares, salvo por causas que afecten la seguridad o tranquilidad del establecimiento, de sus clientes o de las personas discapacitadas, o se funden en disposiciones expresas de otros ordenamientos legales. Dichos proveedores en ningún caso podrán aplicar o cobrar tarifas superiores a las autorizadas o registradas para la clientela en general, ni tampoco cuotas extraordinarias o compensatorias a las personas con discapacidad por sus implementos médicos, ortopédicos, tecnológicos, educativos o deportivos necesarios para su uso personal, incluyéndose el perro guía en el caso de invidentes.

Los proveedores están obligados a dar las facilidades o contar con los dispositivos indispensables para que las personas con discapacidad puedan utilizar los bienes o servicios que ofrecen. Dichas facilidades y dispositivos no pueden ser inferiores a los que determinen las disposiciones legales o normas oficiales aplicables, ni tampoco podrá el proveedor establecer condiciones o limitaciones que reduzcan los derechos que legalmente correspondan al discapacitado como consumidor.

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. Todo proveedor contará con un plazo de tres años contados a partir de la entrada en vigor de este decreto para dar las facilidades y establecer, adecuar o modificar los dispositivos a que se refiere el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Una vez vencido el término a que se refiere el párrafo anterior, los proveedores que no otorguen las facilidades o no cuenten con los dispositivos señalados en el artículo 58, se les aplicarán las sanciones previstas por la ley.

Artículo tercero. La autoridad administrativa tomará las precauciones necesarias a efecto de contar con las normas oficiales aplicables.

Artículo cuarto. Los nuevos proveedores de bienes o servicios deberán cumplir con lo establecido en el artículo 58 dentro del plazo a que se refiere el artículo segundo transitorio de este decreto.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, D.F., a 12 de julio de 1994. - Diputados: Javier Garduño Pérez, presidente; J. Alfonso Rivera Domínguez, Héctor Pérez Plazola, Silvestre Fernández Barajas, José de Jesús Berrospe Díaz, secretarios; Ángel Aceves Saucedo, Ángel Aguirre Rivero, Francisco Ángel Villarreal, René S. Benítez Treviño, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Jorge Alfonso Calderón Salazar, Juan Gualberto Campos Vega, José Luis Canales de la Vega, Víctor Joaquín Canovas Moreno, Juan Jacinto Cárdenas García, Raymundo Cárdenas Hernández, Estela Cásares Esquivel, Juan José Castillo Mota, Francisco Dávila Rodríguez, Lucas Adrián del Arenal Pérez, Víctor Díaz Palacios, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, José Escobedo Domínguez, Pablo Esparza Natividad, Rafael Fernández Tomás, Humberto Pedro Flores Cuéllar, Jorge Flores Solano, Guillermo Flores Velasco, Víctor Gandarilla Carrasco, Francisco Gárate Chapa, Julio César García Hernández, Alfonso Gómez Aguirre, Tomás González de Luna, Armando S. González Santa Cruz, Claudio Guerra López, Marco Antonio Haddad Yunes, José Raúl Hernández Ávila, Alberto Jiménez Arroyo, Cupertino Juárez Gutiérrez, Fernando Lerdo de Tejada Luna, Luz María Lucero González, Pedro Macías de Lara, Alberto Miguel Martínez Mireles, Manuel Medellín Milán, Carlos Morales Villalobos, Felipe Muñoz Kapamas, Oscar René Nieto Burciaga, Gustavo Nabor Ojeda Delgado, Pedro Jaime Olivares, Fernando Ordorica Pérez, Aníbal Pacheco López, Armando David Palacios García, Ovidio Pereyra García , Luis Pérez Díaz, Estanislao Pérez Hernández, José Francisco Portela Santana, Héctor Ramírez Cuéllar, Jesús María Ramón Valdez, Jesús Enrique Ramos Flores, Jaime Ríos Velasco Grajeda, Fernando Rodríguez Cerna, Arturo Horacio Saavedra Sánchez, Enrique Sada Fernández, Florencio Salazar Adame, Francisco Salazar Sáenz, Rigoberto Salazar Velazco, Luis Silverio Suárez Ancona, Abraham Talavera López, Patricia Terrazas Allen, Eduardo Trejo González, Amado Treviño Abatte, José Treviño Salinas, Salvador Valencia Carmona, Alfredo Villegas Arreola, Efraín Zavala Cisneros y Nahum Ildefonso Zorrilla Cuevas.?

Es de primera lectura.

El Presidente:

Continúe la Secretaría.

LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS

La secretaria Sonia Magali Achach Solís:

«Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

Honorable Asamblea: los diputados a la LV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, miembros de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometieron a la consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, el pasado día 7 de junio de este año, iniciativa de adiciones a la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, con el objeto de que las construcciones y edificaciones realizadas en apego a esta ley, reúnan las condiciones que propicien el fácil acceso y adecuado desenvolvimiento de las personas con discapacidad mediante las obras arquitectónicas y de ingeniería, así como los equipamientos apropiados al efecto.

Por lo anterior, los diputados integrantes de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, realizaron el estudio y análisis de las adiciones contenidas en dicha iniciativa y con fundamento en los artículos 54 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta soberanía, el siguiente

DICTAMEN

La iniciativa propone adicionar un segundo párrafo a la fracción I de la literal B del artículo 33 de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas para quedar como sigue:

Los proyectos arquitectónicos y de ingeniería deberán incluir las adecuaciones y equipamientos necesarios para que puedan acceder, transitar y desarrollarse plenamente las personas con discapacidad, estas adecuaciones deberán incluir rampas, puertas, elevadores, pasamanos, asideras y todas aquellas que coadyuven para tal fin, según características técnicas que se contemplen en el reglamento.

Lo que se considera conveniente, para atender las necesidades de este importante sector de la

población. Pero se debe eliminar la referencia al reglamento, puesto que en la ley actual se hace mención a los manuales de procedimientos en su artículo tercero transitorio.

También se estima conveniente ubicar la propuesta en el artículo 19 de la Ley, cuyo texto determina lo que las dependencias y entidades deben considerar para elaborar los programas de obra pública y sus respectivos presupuestos. De esta manera se contaría con el soporte indispensable previsto en la etapa de planeación, programación y presupuestación.

En tal virtud, se propone adicionar el artículo 19 de la ley, con una fracción que preceptúe la reforma propuesta en la iniciativa.

Tomando en consideración el sentido del artículo segundo transitorio; es decir que correspondan a obras del próximo sexenio, se sugiere que la entrada en vigor sea a partir del 1o. de enero de 1995, a fin de que en el presupuesto que se presente para dicho ejercicio, se hagan los ajustes correspondientes, que conforme al artículo primero transitorio deberán de planearse desde ahora.

En el artículo tercero transitorio de la iniciativa se propone que: "Las obras que hayan sido construidas conforme a esta ley, contarán con un plazo de dos años, a partir de la entrada en vigor de la presente iniciativa, para realizar las modificaciones en virtud de lo que establece la fracción I de la literal B del artículo 33 de esta ley".

Dado el alto costo que representaría esta disposición y el corto plazo para ejecutarla, porque habría que considerar que estas obras incluirían todas las calles de las ciudades, estaciones del metro, parques, jardines, inmuebles federales destinados a oficinas, un gran número de instalaciones, etcétera, se propone sólo recomendar al Ejecutivo para que en la medida de sus posibilidades cuando se remodelen todas las obras realizadas con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma propuesta, se hagan las adaptaciones.

Por todo lo anteriormente expuesto, nos permitimos proponer a esta soberanía, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE MODIFICA LA LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS

Artículo único. Se reforma y adiciona el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, para quedar como sigue:

Artículo 19. Las dependencias y entidades elaborarán los programas de obra pública y sus respectivos presupuestos considerando:

I a XI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XII. Las instalaciones para que las personas discapacitadas puedan acceder y transitar por los inmuebles que sean construidos, las que, según la naturaleza de la obra, podrán consistir en rampas, puertas, elevadores, pasamanos, asideras y otras instalaciones análogas a las anteriores que coadyuven al cumplimiento de tales fines, y

XIII. Las demás previsiones que deban tomarse en cuenta según la naturaleza y características de la obra.

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. Las dependencias y entidades estarán obligadas a contratar la obras públicas, considerando las instalaciones que prevé la fracción XII del artículo 19 de esta ley, a partir del 1o. de enero de 1995.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, D.F., a 12 de julio de 1994 Diputados: Ricardo López Gómez, Alfredo Lujambio Rafols, secretarios; Ángel Aceves Saucedo, Magali Achach Solís de Ayuso, Ángel H. Aguirre Rivero, Luis Raúl Alvarez Garín, María Luisa Alvarez Cervantes, Francisco Felipe Ángel Villarreal, José Azanza Jiménez, Juan Bustillos Montalvo, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Jorge Calderón Salazar, Porfirio Camarena Castro, Gladys Ethel Cano Conde, Alberto Carrillo Armenta, Pablo Casas Jaime, Javier Colorado Pulido, Eduardo Cué Morán, Fernando Arturo Charleston Salinas, José Luis Durán Reveles, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, Samuel Fernández Ávila, Rafael Fernández Tomás, Liliana Flores Benavides, Jorge Flores Solano, Francisco Gárate Chapa, Rosa Albina Garavito Elías, Javier Garduño Pérez, Laura Alicia Garza Galindo, Julio Gómez Herrera, José Antonio González Curi, Bertha Onésima González Rubio, Armando González Santacruz, Javier Guerrero García, Julieta Guevara Bautista, Demetrio Hernández Pérez, Marlene Catalina Herrera Díaz, Oscar Luebbert Gutiérrez, Fernando Lugo

Hernández, Alberto Miguel Martínez Mireles, Manuel Medellín Milán, Jorge Vinicio Mejía Tobías, Anacleto Mendoza Maldonado, Leonides Samuel Moreno Santillán, Héctor Morquecho Rivera, Ramón Mota Sánchez, Manuel Muñoz Rocha, Alejandro Nieto Enríquez, Pedro Ojeda Paullada, José Ascensión Orihuela Bárcenas, David Palacios García, Juan Adrián Ramírez García, Abundio Ramírez Vázquez, Trinidad Reyes Alcaraz, Jaime Ríos Velasco Grajeda, Amador Rodríguez Lozano, Juan José Rodríguez Prats, Armando Romero Rosales, Enrique Sada Fernández, René Sánchez Juárez, María Esther Scherman Leaño, Juan Alfonso Serrano González, Edmundo Sosa López, Roberto Soto Prieto, Luis Arturo Torres del Valle, Armando Treviño Abatte, José Treviño Salinas, Jorge Uscanga Escobar y Paloma Villaseñor Vargas.»

Es de primera lectura.

El Presidente:

Continúe, con Ley Aduanera.

LEY ADUANERA

El secretario Guillermo Jorge González Díaz:

«Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Honorable Asamblea: el día 7 de junio del presente año, los diputados miembros del Partido Revolucionario Institucional, presentaron al pleno de esta Cámara de Diputados, la iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Aduanera, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La citada iniciativa se turnó a esta Comisión de Hacienda y Crédito Publico para su estudio, discusión y dictamen, de conformidad con lo establecido en los artículos 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Los trabajos efectuados permitieron analizar minuciosamente la iniciativa en estudio, intercambiar puntos de vista y establecer criterios para la presentación de este dictamen.

En virtud de lo anterior y con fundamento en las disposiciones legales antes citadas, la Comisión de Hacienda y Crédito Publico que suscribe, presenta al pleno de esta honorable Asamblea el siguiente

DICTAMEN

La comisión dictaminadora hace notar que las diversas fracciones parlamentarias que integran esta legislatura, desde el inicio de sus trabajos se han preocupado por elaborar propuestas tendientes a perfeccionar las normas jurídicas vigentes, de tal manera que las personas con discapacidad puedan integrarse social y productivamente a la población en su conjunto. Tal es el caso de la iniciativa presentada en el mes de julio de 1992 por el diputado Miguel Osorio Marbán, así como las presentadas por los diputados Rafael Morgan Alvarez y Marco Antonio García Toro, como fue acreditado en la reunión de trabajo de esta comisión en la que se aprobó este dictamen

En estas condiciones, la Comisión de Hacienda realizó un examen minucioso de la iniciativa que se dictamina, en virtud de lo cual en algunos casos estimó conveniente efectuar modificaciones a los textos propuestos en los términos y conforme a las consideraciones que enseguida se detallan:

En relación con la reforma propuesta a la fracción IX del artículo 46 de la Ley Aduanera, esta comisión no la considera necesaria, ya que actualmente cualquier grupo de personas se pueden asociar y constituir alguna persona moral que pueda recibir donativos deducibles para el impuesto sobre la renta y, por lo tanto, ubicarse en el supuesto establecido en la citada fracción IX, que establece que no se pagarán los impuestos al comercio exterior cuando se trate de mercancías donadas, destinadas a fines culturales, de enseñanza, de investigación, de salud pública o de servicio social, que importen organismos públicos, así como instituciones no lucrativas mexicanas con autorización para recibir donativos deducibles en el impuesto sobre la renta.

Sin embargo, se considera que sería conveniente modificar la denominación de instituciones no lucrativas autorizadas para recibir donativos deducibles en el impuesto sobre la renta, que se contiene actualmente en la Ley Aduanera, por la de personas morales no contribuyentes, por ser esta última la denominación que se contiene en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para señalar a las personas autorizadas para recibir donativos deducibles.

En congruencia con la modificación a dicha denominación se propone también reformar la fracción XIV en el mismo sentido.

Por lo que respecta a la propuesta para eximir de los requisitos establecidos en los incisos b y d de la fracción IX del artículo 46 de la Ley Aduanera, a las personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles en el impuesto sobre la renta que tengan como actividad la atención de personas con discapacidad, esta comisión no considera adecuado reformar el inciso b de la fracción IX, sugiriendo que en lugar de modificar dicha fracción, se incluyan en la reforma propuesta a la fracción XV, las características de las mercancías que pueden ser importadas no sólo por las citadas personas morales, sino también por las personas con discapacidad, sin que se distinga entre mercancías que sean donadas o adquiridas por compraventa o cualquier otro acto jurídico, para que independientemente de la forma de adquisición de las mercancías destinadas a personas con discapacidad, la importación de las mismas sea objeto de la exención prevista en el citado artículo 46.

Asimismo, la propuesta correspondiente a reformar el inciso d, de la mencionada fracción IX del artículo 46 de la Ley Aduanera, tampoco se considera conveniente, toda vez que el cumplimiento de las obligaciones en materia de restricciones o regulaciones no arancelarias constituye un importante mecanismo de control sobre la importación de determinadas mercancías que llevan a cabo tanto la autoridad aduanera, como las diversas dependencias de la administración pública federal, involucradas con la importación de las mismas, con objeto de salvaguardar la salud y la seguridad pública.

Por otra parte, esta comisión dictaminadora considera adecuada la reforma que se propone a la fracción XV del artículo 46 de la Ley Aduanera, con objeto de exentar de los impuestos al comercio exterior a los implementos médicos, ortopédicos, tecnológicos, educativos y deportivos que importen las personas con discapacidad, incluidas todas las mercancías y sus repuestos que se importen y que requieran las mismas para su completa integración física, educativa, deportiva, profesional y social, así como las que les puedan garantizar el goce de su salud.

En este contexto, y toda vez que la lista de mercancías que pudieran ser objeto del beneficio de la exención son muy diversas, se propone que la importación de las mismas sea autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por lo que no sería necesario reformar el apartado A del artículo 46 de la Ley Aduanera, como se propone en la iniciativa que se dictamina, ya que con la modificación que esta comisión propone para la fracción XV del citado artículo, quedaría establecido que cualquier mercancía, dentro de las cuales se incluyen vehículos, sería objeto de la exención de los impuestos al comercio exterior, siempre que se importaran por personas con discapacidad o personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta que tengan como actividades la atención a dichas personas.

Por otra parte, esta comisión considera de suma importancia se defina en la fracción XV del artículo 46 de la Ley Aduanera qué personas se considerarán con discapacidad, a fin de precisar quiénes se verán beneficiados con la iniciativa que se dictamina.

Finalmente, esta dictaminadora propone que el nombre de la iniciativa que se dictamina pase a ser decreto que reforma a la Ley Aduanera, toda vez que con las adecuaciones propuestas en este dictamen únicamente se incluyen reformas a las disposiciones ya existentes.

En virtud de lo antes expuesto y conforme a lo señalado, esta comisión propone a esta Cámara de Diputados la aprobación del siguiente

DECRETO QUE REFORMA A LA LEY ADUANERA

Artículo único. Se reforman las fracciones, IX, XIV y XV, del artículo 46 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

Artículo 46. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IX. Las mercancías donadas, destinadas a fines culturales, de enseñanza, de investigación, de salud pública o de servicio social que importen organismos públicos, así como personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles en el impuesto sobre la renta, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XIV. Las destinadas a instituciones de salud pública, a excepción de los vehículos, siempre

que únicamente se puedan usar para este fin, así como las destinadas a personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles en el impuesto sobre la renta. En estos casos deberán formar parte de su patrimonio y cumplir con las demás obligaciones en materia de restricciones o regulaciones no arancelarias. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa opinión de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, señalará las fracciones arancelarias que reúnan los requisitos a que se refiere esta fracción.

XV. Las mercancías que importen las personas con discapacidad que sean para su uso personal, así como las personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles en el impuesto sobre la renta que tengan como actividad la atención de dichas personas, siempre que se trate de mercancías que por sus características suplan o disminuyan su discapacidad; permitan a dichas personas su desarrollo físico, educativo, profesional o social; se utilicen exclusiva y permanentemente por las mismas para esos fines y cuenten con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Para los efectos de lo dispuesto en esta fracción, se considerará como persona con discapacidad la que debido a la pérdida o anormalidad de una estructura o función sicológica, fisiológica o anatómica, sufre la restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano y acredite dicha circunstancia con una constancia expedida por alguna institución de salud con autorización oficial.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

TRANSITORIO

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, D.F., a 13 de julio de 1994. Diputados: Ángel Aceves Saucedo, José A. Gómez Urquiza de la Macorra, Ovidio Pereyra García, José Socorro Velázquez Hernández, Ángel Heladio Aguirre Rivero, José Porfirio Alarcón Hernández, Luis Raúl Alvarez Garín, Francisco Javier Alvarado Arreguín, José Azanza Jiménez, Luis Alberto Beauregard Rivas, Rodolfo Becerril Straffon, René Bejarano Martínez, José Eulogio Bonilla Robles, Juan Bustillos Montalvo, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Jorge Alfonso Calderón Salazar, Porfirio Camarena Castro, Juan Gualberto Campos Vega, Carlos Enrique Cantú Rosas, Víctor Joaquín Cánovas Moreno, Alberto Marcos Carrillo Armenta, Gustavo Carvajal Moreno, José Miguel Castro Carrillo, Enrique Chavero Ocampo, José Eduardo Cué Morán, Rafael Decelis y Contreras, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, Samuel Fernández Ávila, Silvestre Fernández Bajaras, Ramón Ferrari Pardiño, Liliana Flores Benavides, Jorge René Flores Solano, Gustavo Gámez Pérez, Javier Garduño Pérez, Laura Alicia Garza Galindo, José Ernesto Gil Elorduy, Miguel González Avelar, Tomás González de Luna, Armando Sergio González Santacruz, Fauzi Hamdan Amad, Antonio Huitrón Vera, Alberto Jiménez Arroyo, Adolfo Alfonso Kunz Bolaños, Fernando Francisco Lerdo de Tejada Luna, Ezequiel López Murillo, Alberto Miguel Martínez Mireles, Rubén Miranda Villalba, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez, Pedro Ojeda Paullada, José M. Antonio Olvera Acevedo, José Domingo Olvera Cervantes, Alejandro Ontiveros Gómez, Fernando Roberto Ordorica Pérez, José Ascensión Orihuela Bárcenas, Félix Miguel Osorio Marbán, Juan Adrián Ramírez García, Abundio Ramírez Vázquez, Daniel Reyes Valencia, Jaime Ríos Velasco Grajeda, Juan Ramiro Robledo Ruiz, Fernando Rodríguez Cerna, Amador Rodríguez Lozano, Juan José Rodríguez Prats, Demetrio Santiago Torres, María Esther de Jesús Scherman Leaño, Roberto Soto Prieto, Luis Arturo Torres del Valle, José Rodolfo Treviño Salinas, Salvador Valencia Carmona, Alfredo Villegas Arreola y Efrain Zavala Cisneros.»

Es de primera lectura.

Servido, señor Presidente.

LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

El Presidente:

Gracias, señor Secretario.

El siguiente punto del orden del día, señoras y señores diputados, es la segunda lectura al dictamen de la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, con opinión de la

Comisión de Seguridad Social con proyecto de decreto que adiciona diversos artículos de la Ley General de Asentamientos Humanos.

«Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas

Honorable Asamblea: a la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas fueron turnadas para su estudio y dictamen iniciativas de reformas y adiciones a la Ley General de Asentamientos Humanos, presentadas respectivamente por el diputado Juan Hernández Mercado, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fecha 27 de abril del año en curso y por los diputados Víctor Manuel Díaz Palacios, Francisco Arroyo Vieyra, Rafael Sánchez Leyva, Víctor E. Díaz, René Sánchez Juárez, Alberto Jiménez Arroyo y Jaime Olivares F., integrantes de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, con fecha 7 de junio de 1994.

Esta comisión, con la facultad que le otorgan los artículos 56 y 68 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87 y 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, llevó a cabo el análisis de las iniciativas citadas, bajo los siguientes

CONSIDERANDOS

Del estudio de las dos iniciativas turnadas a esta comisión se desprende su coincidencia, tanto en lo que respecta a las disposiciones que se proponen adicionar y reformar, como en el contenido de las propuestas, por lo tanto es procedente su acumulación para dictaminarlas en un solo acto.

Las iniciativas tienen como propósito adicionar y reformar la Ley General de Asentamientos Humanos, a efecto de establecer bases para que en la planeación y programación del desarrollo urbano se contemple la creación de la infraestructura y equipamiento urbano adecuados para las personas con discapacidad, lo cual, partiendo de los principios de igualdad y justicia social, permitirá propiciar la seguridad, libre tránsito y accesibilidad a las áreas públicas y privadas que requiere este importante grupo social para el desarrollo de sus actividades sociales y productivas.

Cabe recordar que nuestro país ha suscrito diversos instrumentos internacionales referidos a los derechos de los discapacitados, entre los cuáles se encuentran los siguientes:

La Declaración de los Derechos de las Personas con Discapacidad, promulgada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, el 9 de diciembre de 1975, donde se establece que la persona discapacitada tiene derecho a que se respete su dignidad humana y a disfrutar de una vida decorosa, lo más normal y plena que sea posible, cualesquiera que sean el origen, la naturaleza o la gravedad de sus trastornos y deficiencias.

El Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, aprobado por la Asamblea General de la ONU, el 3 de diciembre de 1982, donde se establece el derecho de toda persona discapacitada a la participación e igualdad plenas, lo que significa oportunidades iguales para toda la población y una participación equitativa en el mejoramiento de las condiciones de vida resultantes del desarrollo social y económico.

La "Declaración de Cartagena de Indias sobre Políticas Integrales para las Personas con Discapacidad en el Área Iberoamericana", de fecha 30 de octubre de 1992, donde se recomienda a los gobiernos de los países de esta área adoptar las medidas contempladas en dicha declaración, para elaborar políticas y programas de prevención de las deficiencias e incapacidades y de atención integral a las personas discapacitadas.

De manera específica en el apartado de dicha declaración correspondiente a la "integración social de los discapacitados y apoyo para el desenvolvimiento en la vida diaria", se establece que "la adaptación de las estructuras urbanas y de los medios de transporte, la accesibilidad de los edificios y espacios urbanos, la disponibilidad de ayudas técnicas que permitan realizar las actividades de la vida diaria, la existencia de comunicaciones accesibles y la posibilidad de participar en actividades deportivas, culturales y de ocio, son factores que influyen decisivamente en el cumplimiento de los objetivos de la rehabilitación".

Esta comisión coincide plenamente con los objetivos y con el espíritu que guía las iniciativas que se dictaminan; considera que en cumplimiento del principio constitucional de igualdad jurídica y atendiendo a los lineamientos y recomendaciones que en los ámbitos nacional e internacional se han formulado para garantizar

los derechos de las personas con discapacidad, se requiere incorporar en nuestro marco jurídico normas que permitan el cumplimiento de este propósito.

En particular, en lo que se refiere al marco jurídico relacionado con los asentamientos humanos y el desarrollo urbano, existen ya a nivel reglamentario, en diversas entidades del país, normas que establecen la obligación de contemplar en la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos, medidas relacionadas con la seguridad, el tránsito y la accesibilidad de las personas con discapacidad; sin embargo, a pesar de los pasos que se han dado al respecto, se hace necesario avanzar más en este sentido, incorporando en la ley general de la materia y en la legislación relacionada con el desarrollo urbano en todas las entidades del país, lineamientos y normas que atiendan a los requerimientos de la población discapacitada.

Este planteamiento es congruente con el espíritu y con los objetivos que llevaron al Congreso de la Unión a aprobar por unanimidad de sus miembros en ambas cámaras, la nueva Ley General de Asentamientos Humanos, donde se plasmaron demandas surgidas de la sociedad, expresadas en el amplio proceso de consulta que en un ejercicio plural y de trabajo conjunto entre los poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión se llevó a cabo en todo el país.

Con posterioridad a la promulgación de esta ley general, diputados de diversas fracciones parlamentarias han tenido contacto con organizaciones de discapacitados, quienes han manifestado sus inquietudes y puntos de vista, que por diversas razones no pudieron expresar en el proceso de consulta previo a la elaboración de la ley, lo que dio como resultado la presentación de las iniciativas que se analizan.

La comisión considera que el fundamento, las razones y los objetivos expresados por la población discapacitada y concretados en las iniciativas presentadas, son de tal peso y validez que obligan a resarcir una omisión que han venido arrastrando nuestras leyes y que en el caso específico del ámbito correspondiente al desarrollo urbano, donde se tiene como objetivo fundamental el mejoramiento del nivel y calidad de vida de la población, se hace imprescindible en un marco de igualdad y de justicia social, incorporar disposiciones que contemplen derechos de las personas con discapacidad.

Se debe señalar que en el proceso de intercambio de ideas que la comisión ha realizado para la elaboración de este dictamen, ha encontrado una gran sensibilidad y preocupación en relación con esta problemática por parte de todas las fracciones parlamentarias que integran esta Cámara, asimismo ha encontrado una amplia coincidencia y apoyo por parte de la Secretaría de Desarrollo Social, con lo cual se refrenda el trabajo plural, así como de respeto y colaboración entre esta instancia legislativa y esa dependencia gubernamental, premisas que han permitido avanzar en el perfeccionamiento del marco jurídico de la materia, de acuerdo a las necesidades expresadas por los actores del desarrollo urbano.

Esta comisión dictaminadora considera conveniente precisar algunos términos que se utilizan en los considerandos de este dictamen y en el proyecto de decreto. Por discapacidad, en los términos señalados por la Organización Mundial de la Salud, se entiende "toda restricción o ausencia, debida a una deficiencia, de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano". En este contexto, las medidas que estas personas requieren implica la equiparación de oportunidades, entendiendo por ello, el proceso mediante el cual el sistema general de la sociedad (el medio físico y cultural, la vivienda y el transporte, los servicios sociales y sanitarios, las oportunidades de educación, trabajo, la vida cultural y social) se hacen accesibles para todos.

Las medidas de equiparación de oportunidades inciden sobre las condiciones, el entorno físico y social, eliminando barreras que se oponen a la igualdad y a la efectiva participación de la persona discapacitada.

De manera específica cuando se habla de construir y adecuar la infraestructura y el equipamiento urbano requerido por las personas discapacitadas, se hace referencia a las áreas y construcciones de uso público, adecuadas para que toda la población con discapacidad pueda tener un adecuado acceso y tránsito en ellos, haciendo uso integral de los mismos, quedando comprendidos, entre otros: los cajones de estacionamiento, elevadores, rampas, barandales, semáforos, señalamientos visuales y táctiles.

Del análisis particular de cada una de las propuestas contenidas en las iniciativas, esta comisión

consideró la necesidad de adecuar las mismas de acuerdo al ámbito de validez formal y material del ordenamiento que se pretende adicionar, a efecto de no exceder el marco regulatorio del mismo. Respetando además, la estructura y sistematización de sus normas para no romper o diluir su orden lógico, su congruencia y especificidad.

En este sentido, con la anuencia de los legisladores que presentaron las iniciativas, se adecuaron los textos y se modificó el lugar que ocuparían los mismos dentro de la estructura de la ley.

Se consideró inadecuado incorporar la definición de zonas de acceso para incapacitados, que proponen las iniciativas en el artículo 2o. de la ley, toda vez que no es un concepto que se utilice en otras disposiciones, por lo cual es intrascendente lógica y jurídicamente plasmarlas en esta disposición, donde sólo se precisan conceptos técnicos y jurídicos, que serán usados con cierta frecuencia dentro del ordenamiento y que requieren por lo tanto de una delimitación específica que evite su constante repetición.

La comisión considera que la definición y las formulaciones relativas a la vivienda para personas con discapacidad, contenidos en las iniciativas, no son aspectos que correspondan, a regularse en la Ley General de Asentamientos Humanos, por lo que se recomienda que, en su caso, se considere esta propuesta dentro del análisis que al efecto pudiera llevar a cabo la Comisión de Vivienda de esta Cámara.

Es pertinente la incorporación de una fracción más al artículo 3o. de la ley, tal como se propone en las iniciativas; sin embargo, se consideró conveniente elaborar una formulación más precisa y adecuada al conjunto de este artículo, para quedar en los términos siguientes:

Artículo 3o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I al XVIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XIX. El desarrollo y adecuación en los centros de población de la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos que garanticen la seguridad, libre tránsito y accesibilidad que requieren las personas con discapacidad.

No se consideró adecuada la incorporación de una fracción al artículo 5o. de la ley, en los términos que proponen las iniciativas, toda vez que las causas de utilidad pública que se plasman en esta disposición están formuladas de manera genérica, señalándose en su fracción VI que será de utilidad pública:

"La ejecución de obras de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos", lo que subsume las correspondientes a las necesidades de los discapacitados y de otros grupos y sectores sociales que no es necesario particularizar y formular de manera casuística.

La comisión considera que no procede la propuesta de adición que proponen las iniciativas a la fracción VI del artículo 12 de la ley, ya que en esta disposición sólo se hace mención al sistema de planeación del desarrollo urbano y a su marco normativo y no al contenido de los planes y programas.

No es procedente incorporar el texto que se propone en el artículo 13 de la ley, en virtud de que en el Programa Nacional de Desarrollo Urbano sólo se contemplan estrategias, lineamientos y políticas generales en esta materia y en el caso que nos ocupa se trata de formulaciones que deben ser contempladas en los ámbitos estatal y municipal.

La comisión consideró que la propuesta contenida en las iniciativas, consistente en la incorporación de una fracción al artículo 32 de la ley, es más indicado por razones de técnica jurídica integrarla al artículo 33 de la ley, precisando además su contenido, ya que es en este artículo donde se establecen los contenidos específicos que deberá contemplar la legislación urbana local para la ejecución de acciones de conservación y mejoramiento de los centros de población. En este sentido se propone adicionar el artículo 33 con una fracción que quedaría como fracción IX, pasando la fracción que actualmente tiene ese numeral a ser fracción X, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 33. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I al VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IX. La construcción y adecuación de la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos, para garantizar la seguridad, libre tránsito y accesibilidad requeridos por las personas con discapacidad, estableciendo los procedimientos de consulta a los discapacitados sobre las características técnicas de los proyectos.

X. Las demás que se consideren necesarias para el mejor efecto de las acciones de conservación y mejoramiento.

La comisión considera adecuado adicionar una fracción al artículo 51 de la ley, que se refiere al fomento de desarrollo urbano, como alternativa, por razones de técnica jurídica, a la propuesta contenida en las iniciativas, de adicionar la fracción III de este artículo, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 51. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I al XII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XIII. Promover la construcción y adecuación de la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos que requiera la población con discapacidad.

En los artículos transitorios del decreto, se establece que las entidades federativas deberán adecuar su normatividad en la materia en un plazo no mayor de un año a partir de que entre en vigor este decreto.

Por los anteriores razonamientos y consideraciones, esta comisión se permite someter a la consideración de esta soberanía, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

Artículo único. Se adicionan la fracción XIX del artículo 3o; la fracción IX del artículo 33, pasando la actual fracción IX a ser fracción X y la fracción XII del artículo 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; para quedar como sigue:

Artículo 3o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a XVIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XIX. El desarrollo y adecuación en los centros de población de la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos que garanticen la seguridad, libre tránsito y accesibilidad que requieren las personas con discapacidad.

Artículo 33. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IX. La construcción y adecuación de la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos para garantizar la seguridad, libre tránsito y accesibilidad requeridos por las personas con discapacidad, estableciendo los procedimientos de consulta a los discapacitados sobre las características técnicas de los proyectos.

X. Las demás que se consideren necesarias para el mejor efecto de las acciones de conservación y mejoramiento.

Artículo 51. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a XII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XIII. Promover la construcción y adecuación de la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos que requiera la población con discapacidad.

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. Se deberá adecuar la legislación en materia de desarrollo urbano de las entidades federativas en un plazo no mayor de un año contado a partir de la entrada en vigor de este decreto.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados, a 6 de Julio de 1994. Diputados: Alejandro Encinas Rodríguez, presidente; Oscar R. Nieto Burciaga, secretario; Gustavo Nabor Ojeda Delgado, secretario; Gonzalo Cedillo Valdez, secretario; Magali Achach Solís, Juan Bañuelos Guardado, Juan José Castillo Mota, Alberto Celis Velasco, Javier Colorado Pulido, Edmundo Chacón Rodríguez, Francisco Dávila Rodríguez, José Luis Durán Reveles, Gregorio Flores Alonso, Romeo Flores Leal, Ignacia García López, Fidel González Ramírez, José de Jesús González Reyes, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, Oscar Herrera Hosking, Demetrio Hernández Pérez, Juan Hernández Mercado, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, Juan Manuel Huezo Pelayo, Jesús Santos Méndez, Rafael Maldonado Villafuerte, Felipe Medina Santos, José Ignacio Mendicuti Pavón, Anacleto Mendoza Maldonado, José Merino Castrejón, Elisa Meza Rochín, Amador Monroy Estrada, Héctor Morquecho Rivera, Alberto Nava Salgado, Raúl Pardo Villafaña, Victoria Reyes Reyes, Daniel Reyes Valencia, Isaías Alvaro Rodríguez Vivas, Francisco Saucedo Pérez, Edmundo Sosa López, Eduardo Trejo González, Miguel Ángel Terrón Mendoza, Miguel Cuitláhuac Vázquez Hidalgo, Eloy Vázquez López y Gilberto Zapata Frayre.»

Es de segunda lectura.

Quiero expresarles que como se ha pedido a la Presidencia, también se incluyan en este punto del orden del día diversos dictámenes, con el propósito de ilustrar a la Asamblea, solicito a la Secretaría se sirva dar lectura al contenido del acuerdo aprobado por la Asamblea en la sesión del día de hoy, acuerdo que se refiere a la primera y segunda lecturas, discusión y votación de dictámenes que reforman y adicionan diversas leyes en materia de discapacitados.

El secretario José Raúl Hernández Ávila:

Se va a dar lectura al acuerdo de práctica parlamentaria.

1o. La discusión y votación de los dictámenes a las iniciativas que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, la Ley Aduanera, la Ley Federal de Protección al Consumidor y la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, todas ellas en materia de discapacitados, cuya primera lectura en el pleno está prevista el 13 de julio de 1994, excepto el relativo a la Ley General de Asentamientos Humanos, que fue leído en primera lectura el 7 de julio, se llevará a cabo en lo general y en lo particular en un solo acto, conforme a las siguientes bases:

I. Cada dictamen será leído en primera lectura por separado conforme al orden del día de la sesión.

II. Concluida la primera lectura de los dictámenes se solicitará al pleno en conjunto la dispensa de la segunda lectura de los mismos.

III. De aprobar el pleno la dispensa de la segunda lectura, se procederá de inmediato a la discusión de los dictámenes en paquete. Para tal efecto, cada grupo parlamentario inscribirá a un orador que razonará el voto de su partido respecto de los cuatro dictámenes.

IV. Concluida la lista de oradores, se procederá a tomar la votación en lo general y en lo particular, conforme al Reglamento, para los cuatro dictámenes, en un solo acto.

Es cuanto, señor.

El Presidente:

Gracias, señor Secretario.

En consecuencia, en atención a que los dictámenes con proyectos de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de las leyes General de Asentamientos Humanos, Federal de Protección al Consumidor, de Adquisiciones y Obras Públicas y Aduanera en Materia de Discapacitados, han sido impresos y distribuidos entre los diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se les dispensa la lectura.

El secretario José Raúl Hernández Ávila:

Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea si se dispensa la lectura a los dictámenes enunciados por la misma Presidencia.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura, señor Presidente.

El Presidente:

Están a discusión en lo general y en lo particular los proyectos de decreto.

Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general y en lo particular los siguientes diputados:

Oscar René Nieto Burciaga, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Héctor Morquecho Rivera, del Partido Popular Socialista; Gonzalo Cedillo Valdez, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana; Demetrio Hernández Pérez, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional; Manuel Huerta Ladrón de Guevara, del Partido de la Revolución Democrática; José de Jesús González Reyes, del Partido Acción Nacional; Eduardo Trejo González, del Partido Revolucionario Institucional; Alejandro Encinas Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática; Silvestre Fernández Barajas, del Partido Revolucionario Institucional; Jesús Berrospe Díaz, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional; Domingo Martínez Reséndiz, del Partido de la Revolución Democrática; Marlene Catalina Herrera Díaz, del Partido Revolucionario Institucional; Marco Antonio García Toro, del Partido Acción Nacional y José Azanza Jiménez, del Partido Revolucionario Institucional.

Se concede el uso de la palabra al señor diputado Oscar René Nieto Burciaga, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Oscar René Nieto Burciaga:

Con su permiso, señor Presidente; honorable Asamblea:

A nombre de la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas vengo a esta tribuna a fundamentar el dictamen con proyecto de decreto que adiciona diversos artículos de la Ley General de Asentamientos Humanos, que está a consideración de esta soberanía.

En virtud de que los considerandos del dictamen a discusión expresan con amplitud las razones y los fundamentos jurídicos que sustentan el proyecto de decreto que se somete a la aprobación de esta Asamblea, quisiera destacar en esta intervención únicamente algunos aspectos relacionados con el objeto de las adiciones que se proponen con sus bases jurídicas y con el proceso legislativo realizado para su formulación, cuestiones que, a mí juicio abonarán elementos para que los integrantes de este órgano legislativo emitan su voto en relación con este dictamen.

De acuerdo a los datos proporcionados por la Organización Mundial de la Salud, al menos el 10% de la población del área iberoamericana está afectada por algún tipo de discapacidad y de acuerdo a los índices de crecimiento, se prevé un notable aumento en el número absoluto de personas discapacitadas en la región.

Para nuestro país se habla de varios millones de mexicanos que se encuentran en estas condiciones, sin embargo, a pesar de la magnitud de esta problemática que los fríos números nos expresan, a la fecha, a pesar de los esfuerzos que se han realizado para dar solución a los múltiples factores que inciden en la marginación de que es objeto este amplio segmento de la población, son todavía muchos los rezagos existentes y muchas las barreras que impiden su plena igualdad con el resto de la población.

Las dificultades de inserción social de las personas discapacitadas, se deben principalmente a la falta de equiparación de oportunidades que permitirían la actividad y el desarrollo de sus potencialidades productivas y culturales. Esta desigualdad se manifiesta prácticamente en todas las esferas sociales y de manera especial en la educación, en el trabajo, en la salud y en la vida económica y cultural, con lo cual se pierde el aporte que propician el esfuerzo, el trabajo y el talento de un número significativo de mexicanos.

En los centros de población, los discapacitados se enfrentan cotidianamente a formas de planeación, infraestructura, equipamiento y servicios urbanos que no contemplan sus necesidades y requerimientos, lo que dificulta y en muchas ocasiones impide la realización de sus actividades productivas y sociales.

La atención que requiere la población discapacitada, tiene que darse de manera integral, incentivando políticas de prevención, rehabilitación, empleo, educación y modificando pautas culturales y sociales que propician desigualdad y discriminación.

Asimismo, se tienen que dar cambios en la esfera jurídica para garantizar condiciones de igualdad a este sector. En este sentido la incorporación de normas tendientes a conformar en los centros de población la infraestructura y el equipamiento urbanos, adecuados a las necesidades de los discapacitados, es de vital importancia para facilitar su incorporación social y para propiciar el desenvolvimiento de su vida diaria.

Haciéndose eco de las justas demandas de la población discapacitada, el dictamen que está a su consideración tiene sustento en los principios de igualdad y justicia social, contenidos en nuestra Carta Magna, así como en los diversos instrumentos suscritos por nuestro país en el ámbito internacional, donde se expresan los derechos de las personas con discapacidad, entre los cuales se encuentran la Declaración de los Derechos de las Personas con Discapacidad, promulgada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 9 de diciembre de 1975 y la Declaración de Cartagena de Indias sobre políticas integrales para las personas con discapacidad en el área iberoamericana, de fecha 30 de octubre de 1992.

En México cabe destacar como antecedentes jurídicos en esta materia, la iniciativa de reforma constitucional presentada por el diputado Miguel Osorio Marbán, en noviembre de 1991, donde se proponía contemplar derechos de los discapacitados, así como los reglamentos que se han emitido en diversas entidades del país, entre otras en el Distrito Federal, donde se establece la obligación de destinar espacios en el ámbito urbano para las personas con discapacidad.

Las propuestas de adición a la Ley General de Asentamientos Humanos, fueron resultado de un detenido examen donde se cuidó preservar la naturaleza, el carácter y los principios que dan cuerpo y sustento a este ordenamiento.

En este sentido, las adiciones que se proponen, se incorporarían en las disposiciones que establecen los principios que deberán regir el ordenamiento territorial de los centros de población, las previsiones que deberá contener la legislación estatal en esta materia y las medidas relacionadas con el fomento y promoción del desarrollo urbano, con lo cual las propuestas de adición tienen un fundamento jurídico sólido, acorde con la concepción federalista y participativa que recorre a la ley de la materia en sus diversos apartados.

Finalmente, quisiera resaltar el trabajo plural que se llevó a cabo en la comisión para presentar una propuesta que cuenta con el consenso de las diversas fracciones parlamentarias ahí representadas, así como la coincidencia y apoyo expresados por la Secretaría de Desarrollo Social en las reuniones de trabajo previas a la elaboración de este dictamen, en donde se expresaron los puntos de vista de diversas organizaciones de discapacitados, las cuales dieron su aval a las propuestas contenidas en este dictamen.

Resultado de lo anterior, es la presentación ante el pleno de esta Cámara de un dictamen producto de un proceso legislativo, donde la pluralidad, el trabajo coordinado con el Poder Ejecutivo, dentro de un marco de respeto y de relación entre los poderes de la Unión, la consulta y participación de los sectores sociales, han sido las bases que han permitido arribar a consensos, que más allá de las diferencias políticas e ideológicas, han podido cristalizar en propuestas que significan un avance en el marco jurídico relacionado con los asentamientos humanos.

Por lo antes expuesto, a nombre de la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, me permito solicitar respetuosamente a los integrantes de esta Asamblea su voto favorable a este dictamen, que contiene diversas adiciones a la Ley General de Asentamientos Humanos, no sin antes hacer un reconocimiento a la labor realizada por el diputado Alejandro Encinas Rodríguez, por el fructífero esfuerzo realizado como Presidente de esta comisión.

Asimismo, quiero agradecer la entusiasta participación de todos los miembros de esta comisión en las actividades legislativas realizadas y el apoyo brindado por los coordinadores de todas las fracciones parlamentarias, particularmente por la diputada María de los Ángeles Moreno, presidenta de la Gran Comisión de esta Cámara, lo cual coadyuvó en el desarrollo del amplio trabajo plural realizado por esta instancia legislativa que tiene como una de sus expresiones el dictamen que hoy se somete a la consideración de esta soberanía. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Héctor Morquecho Rivera, del Partido Popular Socialista.

El diputado Héctor Morquecho Rivera:

Con permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

Como se ha expresado aquí en la tribuna, estas modificaciones, estas propuestas que se han presentado para favorecer al sector de los discapacitados en varios aspectos, como es el caso de la Ley Aduanera, los Asentamientos Humanos, lo relativo a la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas y de la Ley de Protección al Consumidor, son modificaciones y propuestas por las que la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista votará a favor, toda vez que se ha recogido una demanda de los sectores que de una u otra manera han contribuido o pueden contribuir todavía para desarrollar las fuerzas productivas, implementar la producción y sobre todo que se les reconozca su derecho, su dignidad, su capacidad, de manera que puedan cumplir en favor de nuestra patria.

Sin embargo, la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, quiere dejar establecido en esta intervención, que no debe pasarse por alto, no fue correcto que se hiciese a un lado la iniciativa que presentó el diputado Miguel Osorio Marbán, el 5 de noviembre de 1991.

Todos sabemos, el dictamen así lo establece hoy día en lo que se ha presentado, todos sabemos que fue la primera iniciativa que en este sentido, en esta legislatura se presentó al respecto.

Señalaba esa iniciativa que la dignidad de la persona, la integridad de la familia es bienestar social y la soberanía de la patria han sido los principios irrenunciables por los que el pueblo de México ha luchado desde sus primeros días. El pleno uso de las libertades del hombre y las garantías sociales que los mexicanos elevamos al más alto rango de ley en la Constitución de 1917, han proyectado nuestra forma permanente de convivir y nos han dado la razón, el sentido y la construcción de nuestro sentido político social .

Precisamente en ese sentido señalaba la iniciativa de Miguel Osorio Marbán y otros diputados que se unieron a la misma, que las personas que sufren de una incapacidad físicomental tienen de hecho una desventaja frente al resto de los ciudadanos. Reconocemos lo anterior y congruentes con nuestra tradición y el fin del artículo 1o. de nuestra Constitución, se requiere establecer los medios que les permitan superar este evidente estado de desigualdad y alcanzar el pleno goce de las garantías establecidas por la Constitución.

Señala que fueron múltiples sectores los que se dieron en apoyo a esta tarea, a esta iniciativa, con aportaciones, como la Asociación Nacional de Egresados de la Escuela Nacional de Maestros, la cual convocó a personalidades estudiosas del problema, así como agrupaciones de minusválidos, para analizar y apoyar el inicio de esta acción legislativa.

En síntesis, compañeras y compañeros diputados, la propuesta que en el año de 1991, con la iniciativa del diputado Miguel Osorio Marbán, se establecía que los discapacitados y personas de edad avanzada no podrán, en el goce de sus derechos, ser objetos de discriminación. Señalaba: "La ley los protegerá y determinará la concurrencia de autoridades federales, estatales y municipales, para la adecuada tutela y defensa de sus legítimos intereses".

Esta preocupación de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, creo que es congruente con lo que en los dictámenes aquí se ha establecido y por esa razón, pensamos que fue una omisión que no se tomara en cuenta esta iniciativa del diputado Osorio Marbán y que además, existe todavía la posibilidad de que pueda ser modificado el 4o. constitucional, para efectos de darle una mayor solidez y fortalece lo que pueda hacer el Estado y la sociedad en favor de los discapacitados.

Ese es el punto de vista del Partido Popular Socialista. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias por su intervención, diputado Héctor Morquecho Rivera.

Tiene la palabra el diputado Gonzalo Cedillo Valdez, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

El diputado Gonzalo Cedillo Valdez:

Con el permiso de la mesa directiva; señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Hago uso de la palabra en esta ocasión, para fijar la posición política de mi partido el Auténtico de la Revolución Mexicana, en relación a las iniciativas de reformas y adiciones a la Ley General de Asentamientos Humanos, que en esta oportunidad y que con motivo de ponderar uno de los problemas que más laceran al ser social en nuestro país, lo constituyen millones de mexicanos que padecen algún tipo de discapacidad.

Por tal motivo, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, por mi conducto, hace un destacado reconocimiento a dicha iniciativa, ya que en otra oportunidad hicimos del conocimiento de esta superior soberanía, el reclamo de millones de mexicanos, como es el caso de la ciudadana Melly Sánchez Raygosa, presidenta de la Sociedad de Padres de Familia del Centro de Capacitación y Desarrollo Social, oficina adscrita a la dirección general de Educación Pública; esa inquietud la di a conocer el año próximo pasado en esta misma tribuna, en la cual indicaba con toda crudeza que lamentablemente en nuestro país se carece de la cultura de aceptación social para los discapacitados, razón por la cual son rechazados por nuestra sociedad, dificultando su integración al medio en que vivimos.

Igualmente denuncio que se carece de programas orientados a contar con especialistas profesionales y si a esto le agregamos que los responsables de los planes y programas estatales y privados, tanto normativos como aplicativos en la capacitación de niños y jóvenes, carecen de la suficiente preparación técnica

para tratarlos y orientarlos en forma adecuada, el problema se agudiza con mayor crudeza.

Nos hemos encontrado que en muchas de las veces dichos capacitados, a pesar de tener un oficio con habilidad y destreza, no son aceptados porque no se han creado las condiciones materiales de infraestructura, equipo, mobiliario y todos aquellos factores que por estar previstos dentro de los marcos normativos, la sociedad no ha sido preparada para aprovechar la fuerza de trabajo de millones de mexicanos con algún problema de carácter disfuncional.

Por todo lo anterior, exhortamos a las diferentes fracciones parlamentarias para que apoyen y reciban con beneplácito la presente iniciativa que modifica la Ley General de Asentamientos Humanos en sus artículos 3o., fracción XIX; 33, fracciones IX y X y artículo 51, fracción XIII.

Consecuentemente y en congruencia a lo anteriormente señalado, nuestro partido votará a favor de esta iniciativa de asentamientos humanos, toda vez que se están dando en nuestra opinión las bases para regular el comportamiento de aquellos sectores sociales vinculados directamente con la productividad y la capacitación dentro de los programas institucionales públicos y privados de la educación.

Sin embargo, consideramos que falta mucho por hacer; es necesario que el Estado refuerce las políticas destinadas a fomentar la equidad y la justicia para los discapacitados. Es necesario revisar el marco normativo destinado a los medios masivos de comunicación que nos permitan crear una conciencia integradora con un carácter nacionalista que nos posibilite a que se apliquen técnicas modernas en la solución de los mexicanos que padecen este problema.

Por lo que en esta ocasión, conviene hacer un reconocimiento al que entonces fue titular de la Secretaría de Educación Pública, el doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, el cual giró instrucciones para incrementar los recursos presupuestales a efecto de fortalecer los programas sustantivos orientados a beneficiar a los minusválidos.

Creemos importante destacar lo relativo a algunos datos que obtuvimos de la Organización Mundial de la Salud, la cual señala que para el año 2000, la población que habrá en México con alguna discapacidad que afecta en diferentes grados las habilidades motoras, perceptuales e intelectuales, será de 14 millones aproximadamente y que en nuestro país, cada hora aproximadamente, nace un niño con este problema y tomando en cuenta que en nuestro país hay más de 90 millones de habitantes y que sólo en el Distrito Federal y en el área conurbada, representan más del 25% de esta población, para el año 2000, significará que habrá más de 3 millones 500 mil personas con padecimientos.

Aunado a lo anterior, en una sociedad como la nuestra, en que no se ha creado ni fomentado una cultura de aceptación social suficiente y en ello gran parte de la responsabilidad a cargo de los instrumentos y mecanismos masivos de difusión del Estado, ha originado el rechazo para nuestros niños y jóvenes por la misma sociedad, dificultando su integración productora fundamentalmente, haciendo de ellos víctimas de burlas y agresiones entre otros inconvenientes, pensando y actuando muchas veces que son lesivos, porque su discapacidad es contagiosa.

Por lo que dada esta marginación, han impedido que se incorporen millones de mexicanos que por algún problema genético o adquirido, han sido relegados en todos los ámbitos del orden social y con ello se da un justo reconocimiento a nuestros hermanos discapacitados.

Por todo lo anterior, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, que por mi conducto estuvo trabajando en esta loable Comisión de Asentamientos Humanos, votará a favor y exhortando a las demás fracciones parlamentarias, que así como esta iniciativa estoy seguro que se logre con consenso, los demás problemas que son, que perjudican directamente a nuestro pueblo de México, se lleven de tal manera. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias por su intervención, diputado Gonzalo Cedillo Valdez .

Tiene la palabra el diputado Demetrio Hernández Pérez, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional.

El diputado Demetrio Hernández Pérez:

Con su venia, señor Presidente:

Dado el momento y las circunstancias de esta Asamblea, quiero referirme en primer lugar a lo expuesto por el Presidente de esta Asamblea, de que las iniciativas, los dictámenes se iban a discutir en un solo paquete y en atención a que hay muchos compañeros diputados que se encuentran fuera de la sesión, voy a dar lectura a la postura del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, con respecto a las iniciativas, a los dictámenes que hoy se discuten.

"La crisis que vive nuestro país y la nueva reestructuración sociológica, ha producido en las últimas décadas, algunos grupos considerados como minoritarios. Estos han crecido de tal forma que su propia definición ya no es suficiente para explicar ni sus movimientos, ni sus necesidades, sus prioridades y aspiraciones en el futuro.

Dentro de estos grupos resalta el de las personas con discapacidad. Desde la creación del México moderno, la atención a las prioridades de este grupo social, ha estado marginada en relación con otro tipo de conglomerados sociales.

Sin embargo, afortunadamente para los discapacitados, desde hace poco tiempo distintas fracciones parlamentarias han revisado su problemática y han propuesto distintas iniciativas en la materia.

De hecho, en este último período de sesiones, del total de las iniciativas presentadas, un 75% fueron en materia de salud, específicamente en torno a personas con discapacidad y el otro 25%, correspondió a otras materias.

En este sentido podemos destacar el valor de este conjunto de iniciativas, porque inciden en la problemática de los discapacitados y porque se elabora con base en las premisas de distintos partidos políticos.

La iniciativa no atiende a las cuestiones políticas, sino a la necesidad normativa del Congreso de la Unión

En primer lugar, quisiéramos referirnos a las ventajas del dictamen presentado por la Comisión de Comercio en torno a las modificaciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Esto por supuesto ya se revisó en comisiones y está ahora en el pleno.

El hecho de que esta Comisión de Comercio reitere que el dictamen se basó en las propuestas presentadas por parte de dos fracciones parlamentarias, que son PRI y PRD, es un avance connotable, mas no en la paternidad de las propuestas, sino en los nuevos mecanismos de concertación parlamentaria.

La iniciativa es importante porque se filtra de los ideales constitucionalistas, busca en esencia paralizar los intentos de discriminación o marginación en actividades comerciales.

En este contexto, consideramos, al igual que otras fracciones parlamentarias, que la actividad comercial no debe atender a cuestiones de tipo radical o marginal, sino que debe promover, desde la cultura y bajo mecanismos de comercialización, la aceptación de toda persona sin distinción alguna.

Consideramos que en estos términos la iniciativa presentada es fundamental en materia de discapacitados, aunque también pensamos que no es lo único sobre lo cual se podría avanzar.

Nuestra fracción parlamentaria sometió a este pleno una iniciativa en materia de discapacitados. En ella sostenemos que debe existir un organismo o instituto de conformación intersectorial, que entre otras cosas se encargue de hacer cumplir las disposiciones legales.

Los miembros del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional aceptamos el avance en este sentido, pero reiteramos que para resolver el problema de los discapacitados hace falta una regulación compleja y completa que atienda a este grupo social como un nuevo grupo en definición, ya no minoritariamente, sino en crecimiento.

¿Esto qué quiere decir? Que por ahora estamos "parchando" leyes secundarias, cuando deberíamos haber empezado por el principio. Nosotros propusimos integrar un instituto donde tuvieran convergencia, no solamente las autoridades federales, estatales y municipales y los diferentes sectores sociales, sino incluso la colaboración de organismos internacionales de apoyo a discapacitados y no, por ahora nos fuimos por las ramas. Bien, vamos adelante.

En segundo lugar quisiéramos referirnos a la iniciativa que pretende modificar y reformar algunas disposiciones de la Ley Aduanera. La

Comisión de Hacienda ha presentado un dictamen, donde se otorgan una serie de garantías fiscales y económicas a las personas con discapacidad. La intención de la iniciativa es interesante, en tanto que pretende adecuar los términos gubernamentales para el tratamiento fiscal de las personas con discapacidad.

La intención es muy buena, ya que se otorgan facilidades a las personas con discapacidad, basadas en el supuesto de que tienen un bajo nivel socioeconómico y que los problemas familiares y de atención a los mismos permea su situación económico familiar.

En tercer lugar, vamos a realizar algunas consideraciones sobre la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos y de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas en Materia de Discapacitados. Lo abordo de manera conjunta porque se relacionan unas con otras.

Consideramos que los problemas que ocasiona la explosión demográfica se sienten en todos los ámbitos de la sociedad. En el caso de que la población crezca en niveles rápidos, es más difícil planear y programar los asentamientos humanos.

Evidentemente, el problema de los asentamientos poblacionales tiene su origen en la explosión demográfica, esto impide una planeación adecuada. De esta manera, la problemática tiene efectos en otros ámbitos sociales, entre los que destacan: el problema de la baja calidad o deficiencia en servicios y seguridad pública, entre otros.

El problema de los asentamientos humanos afecta de modo más directo a ciertos grupos sociales. En el caso de las personas con discapacidad, el problema del crecimiento urbano y la falta de atención a sus necesidades, ha obstaculizado la creación de medios que faciliten su integración a los distintos ámbitos sociales.

Atendiendo a estas cuestiones, los diputados integrantes de la Comisión de Asentamientos Humanos, hemos trabajado constantemente en la materia, haciendo modificaciones de índole general, basadas en mecanismos de consulta pública. Esta comisión ha revisado y dictaminado también sobre la propuesta de modificar distintas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos en materia de discapacitados, que es la materia en común, de un problema definido en la agenda legislativa.

El dictamen que presenta esta comisión ha tomado en consideración las opiniones de las diversas fracciones parlamentarias, sobre la necesidad de adecuar todo asentamiento humano para que las personas con discapacidad tengan la accesibilidad y seguridad que requieren para desarrollarse plenamente. La medida es fundamental, en tanto que otros países han podido lograr este objetivo con óptimos resultados.

En nuestro país, sobre todo en el caso de grandes centros comerciales, se han dispuesto adecuaciones que permitan el acceso con facilidad a las personas con discapacidad.

Uno de los puntos fundamentales de este dictamen se encuentra en el otorgamiento de incentivos fiscales, tarifarios y crediticios para inducir el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos; esto es importante en la medida de que para hacer las adecuaciones, existe la traba del problema del gasto de los recursos y de las barreras administrativas que impone el Gobierno y que se constituyen como elementos importantes que impiden la concepción misma del cambio en la planificación arquitectónica.

Esta medida se complementa con la disposición jurídica que aparece en la iniciativa de reforma al artículo 33 de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, en donde se determinó que los proyectos arquitectónicos y de ingeniería deberán incluir las adecuaciones y equipamientos necesarios para que puedan acceder, transitar y desarrollarse plenamente las personas con discapacidad. Esta disposición es fundamental, en tanto que cimienta las bases para una planificación arquitectónica con orden y justicia, en relación con las personas con discapacidad.

En el dictamen, esta propuesta aparece integrada en las fracciones XII y XIII del artículo 19 de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, lo cual nos parece correcto.

Aunque se ha avanzado en esta materia, es necesario seguir planificando y adecuando el crecimiento urbano, para facilitar la integración social de las personas con discapacidad.

Los miembros de mi fracción, la fracción parlamentaria del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, consideramos que estas dos iniciativas son centrales dentro del marco de la modernización social y reconocemos que existen otros ámbitos que deben ser regulados en materia de discapacitados.

Por último, quisiéramos referirnos a las modificaciones propuestas a la Ley de Turismo. Las divisas que entran en nuestro país a consecuencia de las actividades turísticas, son una fuente importante de ingresos que nuestra nación debe fomentar y consolidar. En otros países la atención al turismo es prioritaria en sus agendas gubernamentales; en nuestro país en las últimas décadas se ha puesto un interés especial en esta actividad; si embargo, una de las originalidades que se presentan en esta iniciativa estriba en considerar con plenos derechos e igualdades como parte del turismo, a las personas con discapacidad; esto lo resaltamos.

Adecuar los dispositivos turísticos con objeto de dar un buen servicio y facilitar el libre tránsito y desplazamiento a las personas con discapacidad, es importantísimo, en cuanto que promueve que las personas con discapacidad y sus acompañantes vean en nuestro país un espacio central de esparcimiento y de distracción turística.

En este contexto, la iniciativa presentada por la Comisión de Turismo es prioritaria, porque mediante su adecuada aplicación se podrán conseguir objetivos económicos para el pleno desarrollo de nuestra nación.

En síntesis, podemos señalar que las medidas que implementan este conjunto de iniciativas son fundamentales para el desarrollo e integración social de las personas con discapacidad. No es lo único que se puede hacer en torno a la materia, pero sí se convierte en un acercamiento importante en materia legislativa.

Consideramos que debe haber la promoción de una legislación completa, pero también aceptamos los avances.

Ahora bien. Las medidas son acertadas, pero ¿quién va a revisar que las disposiciones se cumplan tal como la ley lo señala? Es fundamental la creación de un instituto que vele por la consecución de las medidas y que no sea de índole gubernamental, sino de integración social.

Nuestra fracción considera que existen muchas lagunas en esta materia que pueden ser solventadas con una correcta legislación y que los pasos que se han dado son importantes, lo reconocemos, porque son la base de la aceptación de una problemática decidida, pero que aún falta mucho por hacer. Nosotros propusimos a este pleno la iniciativa denominada Ley Federal para la Integración Social pro Personas con Discapacidad, porque concebimos el problema de los incapacitados en dimensiones mucho más amplias.

De esta manera, consideramos que se ha avanzado, pero no lo suficiente; es necesario legislar de manera completa el problema y no parcializar el problema y la legislación, porque esto podría ocasionar problemas futuros."

Por su atención, muchas gracias.

El Presidente:

Gracias por su intervención, diputado Demetrio Hernández Pérez.

Tiene la palabra el señor diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara, del PRD.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara:

El Partido de la Revolución Democrática, desea manifestar que es positivo el paso que el día de hoy estamos dando en materia de discapacitados. Es de suma trascendencia en favor de la población con discapacidad en nuestro país, adicionar la Ley General de Asentamientos Humanos en la fracción XIX del artículo 3o.; fracción IX del artículo 33, pasando la actual fracción IX a ser la X y la fracción XII del artículo 51 de la referida ley.

Asimismo, hacemos un reconocimiento a la Comisión de Asentamientos Humanos, por su disposición a procesar esta iniciativa; a los compañeros de las distintas fuerzas políticas, por su apoyo para que ésta apruebe esta iniciativa que rescata en su esencia las iniciativas presentadas, con lo que estamos demostrando de que en este país es posible avanzar de manera conjunta en la búsqueda de soluciones a los problemas nacionales.

Asimismo, más allá de estos muros, agradecemos a las agrupaciones y compañeros con

discapacidad que conformaron el Frente de Organizaciones Sociales de Personas con Discapacidad, la confianza que depositaron en el PRD para que fuésemos portavoz de sus demandas, las demandas de los que no tienen voz en esta tribuna. Quisiéramos dejar en claro que las necesidades de la sociedad no son patrimonio exclusivo de un solo partido y menos aún deben ser vistas como un botín político, del cual se quiera usufructuar.

Esperamos que lo que hoy ocurre en esta legislatura y que han parecido excepciones, se convierta en la siguiente legislatura no en la excepción, sino en la regla, pues es necesario que los parlamentarios mexicanos tengan claro que por arriba de los disensos políticos, están las necesidades de nuestros conciudadanos y que en este mismo sentido se resuelvan las demás iniciativas que son el reclamo de cerca del 12% de la población de este país, que padecen algún tipo de discapacidad, y que éstas también se aprueben para que nosotros demos fiel cumplimiento a nuestro papel de representantes de la nación, representantes que sabemos dar respuesta, porque sabemos escuchar.

Asimismo, es importante que el resto de las comisiones que tuvieron en sus manos alguna iniciativa de ley por resolver en materia de discapacidad, estén resolviendo en esta sesión el conjunto de iniciativas presentadas ante esta Cámara, ya que, como dijimos, se atenderá a más de 10 millones de personas en nuestro país que están pendientes de la aprobación de dichas reformas.

La aprobación de la presente iniciativa, no sólo significa una respuesta de nuestra parte a la población discapacitada; marca en un principio la pauta histórica de la adecuación de la legislación mexicana a favor de este grupo social tan importante, pero más importante significa aún empezar a hacer realidad el pleno goce de las garantías individuales a un sector de la población que ha sido ampliamente marginado hasta nuestros días.

Este paso, compañeros diputados, acorta el camino entre la realidad de la población con discapacidad y la justicia social.

Por último, existe un trabajo aparte del que hicieron los compañeros diputados, que es el de los integrantes del apoyo técnico de la comisión y el de los ciudadanos discapacitados con los que intercambiamos diversas opiniones y quienes por medio de profesionistas de sus agrupaciones, hicieron aportaciones relevantes en torno a la iniciativa que hoy resolvemos, por lo cual, nuestro partido pide al pleno de esta Cámara, su apoyo para el dictamen que presenta esta comisión; nosotros de antemano nos manifestamos a favor de las reformas precisadas. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias por su intervención, diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara:

Tiene la palabra el diputado José de Jesús González Reyes, del Partido Acción Nacional.

El diputado José de Jesús González Reyes:

Gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Hago uso de la voz de manera muy breve, con el fin de fijar la posición de Acción Nacional respecto al dictamen que hoy discutimos.

Es indudable que la Ley General de Asentamientos Humanos, aprobada unánimemente por nosotros el pasado 2 de julio de 1993, en muchos sentidos actualizó el marco de referencia para la elaboración de la legislación local y los planes y programas de desarrollo.

Sin embargo, hay que decirlo, la iniciativa de reforma a la ley que esta comisión dictaminó y que hoy nos presenta, mejora incuestionablemente la ley general. El texto de la iniciativa establece bases claras para que la planeación y programación del desarrollo urbano considere con especial atención, la creación de infraestructura y equipamiento urbano para las personas con discapacidad, generando con esto, seguridad, libre tránsito y accesibilidad a las áreas públicas y privadas.

De igual forma, es importante el precisar, como lo hace el dictamen, que la infraestructura ya existente y que por lo general no cuenta con accesos para personas con discapacidad, sea adecuada a fin de garantizar libre acceso para dichas personas.

Por ello, compañeros diputados, el grupo parlamentario de Acción Nacional, votará a favor

del dictamen en comento no obstante, es necesario expresar que es urgente que las legislaturas locales, en el ámbito de sus competencias, recojan estos preceptos en su legislación local y sobre todo, los planes y programas municipales, de tal forma que esta ley cumpla con su cometido.

Por otro lado, aprovecho la oportunidad para hacer un reconocimiento a los miembros de esta comisión; a su presidente, Alejandro Encinas, por el trabajo realizado siempre con respeto a la pluralidad de ideas, a la divergencia de opiniones y con la mira puesta siempre en el bien de México.

Dejamos a la LVI Legislatura una comisión sin rezago legislativo, rezago que se arrastraba desde 1950, con una ley que estoy seguro puede perfeccionarse y con una memoria que refleja que si anteponemos a todo el interés nacional, encontraremos siempre una gran cantidad de puntos de coincidencia. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias por su intervención, diputado José de Jesús González Reyes.

Tiene la palabra el diputado Eduardo Trejo González, del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Eduardo Francisco Trejo González:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

A nombre de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, vengo a esta tribuna a expresar las razones por las que mi partido votará a favor del dictamen que está a discusión.

Con fecha 7 de junio de 1994, el Partido Revolucionario Institucional presentó por conducto del diputado Víctor Manuel Díaz Palacios, y suscrita por diversos diputados, iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Asentamientos Humanos, con el objetivo de incorporar en las normas y en los planes, programas relacionados con el desarrollo urbano, base para la creación de la infraestructura y el equipamiento urbano requerido por las personas discapacitadas.

Esta iniciativa, conjuntamente con la presentada por el diputado Juan Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, fueron base del dictamen que está a consideración en este pleno.

La iniciativa presentada forma parte de un conjunto de propuestas y reformas a diversos ordenamientos, las cuales fueron turnadas a otras comisiones de esta Cámara, que tiene como común denominador la intención del reclamo al derecho que merecen las personas discapacitadas en participar de manera equitativa del mejoramiento de las condiciones resultantes del desarrollo cultural, económico y social de la vida moderna.

En este sentido, se requiere establecer en nuestro marco jurídico, condiciones que permitan la adecuación de oportunidades que se expresen en la educación, en el trabajo, en la vida social y cultural, eliminando barreras que obstaculiza la igualdad y la efectiva participación de los discapacitados.

Para hacer frente a los rezagos, prejuicios e incluso a la discriminación que todavía se mantiene en la sociedad en relación con este sector de la población, se requiere una acción unificada que va más allá de las banderas políticas y que implica una amplia labor de sensibilización, que permita la atención integral de la problemática relacionada con este grupo social.

El dictamen que se discute, expresa claramente la preocupación y el interés que tenemos los legisladores de todas las fuerzas políticas representadas en esta Cámara, para hacer frente a esta problemática, reconociendo derechos y estableciendo bases para que en el ámbito del desarrollo urbano, se conforme una infraestructura adecuada para ampliar las posibilidades de integración social y productiva de este importante sector.

Se debe destacar que el dictamen que se discute, fue producto de una reflexión colectiva de los integrantes de la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, en donde se expresó la decisión unánime de presentar a esta soberanía una respuesta favorable a los requisitos de las personas con discapacidad .

Las propuestas contenidas en el dictamen, fueron discutidas y avaladas por representantes

de diversas organizaciones de discapacitados y contaron con el apoyo de la Secretaría de Desarrollo Social, opiniones que fueron expresadas en las reuniones de trabajo que llevó a cabo la comisión dictaminadora. Lo anterior da cuenta con un proceso legislativo en donde nuevamente la pluralidad, el consenso entre las fracciones parlamentarias, la consulta a los sectores interesados y la coordinación respetuosa con el Ejecutivo Federal, se conjunta para emitir un dictamen que contiene avances de nuestro marco jurídico.

En síntesis, las propuestas de acción que contiene el dictamen que presenta la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas y que cuenta con el aval de todas las fracciones parlamentarias aquí representadas, se inscribe dentro de los principios de igualdad y justicia social contenidos en la Constitución General de la República, tienen un fundamento jurídicamente sólido y son producto de un proceso legislativo plural y participativo.

Compañeros diputados, por todo lo anterior, la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, repito, emite su voto a favor de este dictamen, con la convicción seguramente compartida de todos los legisladores integrantes de esta Cámara, independientemente del partido político al que pertenecen .

Estamos dando un paso, tal vez pequeño para la magnitud del problema, pero trascendental por sus implicaciones jurídicas y sociales, que redundará en beneficio de un importante número de mexicanos que merece un pleno reconocimiento a sus derechos y a su lucha por gozar de mejores condiciones de vida y por ser partícipes del desarrollo de nuestro país. Muchísimas gracias por su atención.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Se concede el uso de la palabra al señor diputado Alejandro Encinas Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

A pesar de la desolación de nuestro salón de sesiones, yo quisiera aprovechar la oportunidad de este espacio, en medio de esta discusión que debería ser de gran trascendencia para esta Cámara de Diputados, porque por primera vez en este período de sesiones, y creo que a lo largo de la legislatura, estamos dando respuesta a una demanda social que durante mucho tiempo, un sector de mexicanos, cerca de 10 millones de mexicanos, han estado exigiendo para que se pudiera crear una situación de mayor igualdad y evitar la discriminación y los problemas a los que se ve sujeta la población que sufre alguna discapacidad .

Pero quiero aprovechar esta oportunidad, claro que estamos terminando virtualmente un ciclo legislativo, para hacer un reconocimiento y agradecer a todos mis compañeros miembros de la Comisión de Asentamientos Humanos, su trabajo, su esfuerzo y su empeño, por. que estoy convencido de que hemos dejado un precedente legislativo muy importante.

La comisión que me ha tocado presidir, sin lugar a dudas ha generado una experiencia legislativa muy importante, basada en el respeto a la pluralidad, a la diversidad, e incorporando en un trabajo colectivo y colegiado, a todos los miembros de esta comisión.

Este esfuerzo que hemos desarrollado no es patrimonio de ninguno de los miembros de la comisión, es resultado de un esfuerzo colectivo y de una convicción que por encima de los intereses partidarios, ha pretendido y logrado, desde mi punto de vista, constituir un ejercicio y una práctica que no solamente debe traducirse en una experiencia reproducible en otras legislaturas, sino que nos ha permitido reivindicar al Poder Legislativo en su relación con el Ejecutivo Federal, en quienes hemos encontrado, particularmente en la Secretaría de Desarrollo Social, una respuesta muy positiva, al igual que en otros gobiernos de los estados, que nos ha permitido también retomar experiencias para convertirlas en leyes que atiendan las necesidades de nuestro pueblo.

Este esfuerzo se ha traducido no solamente en una gestión colegiada de la comisión, sino en resultados legislativos concretos y ejemplo de ello no es solamente esta reforma que adiciona diversos artículos de la Ley General de Asentamientos Humanos, sino la experiencia que vivimos cuando se discutió la Ley Agraria, porque a iniciativa de esta comisión y por consenso

introducimos una Sección Séptima, Capítulo II de la Ley Agraria, para atender la problemática de los ejidos ubicados en las zonas urbanas.

Es el caso de la nueva Ley General de Asentamientos Humanos, una nueva ley que se empieza a traducir en reformas, en todos los estados de la República, también emanada del consenso y de la unanimidad, como es también este trabajo de discapacitados, que de nueva cuenta nos permite arribar al consenso.

Creo que hemos hecho una revisión de la legislación sobre la base de la consulta a la ciudadanía, a los sectores que participan en cada uno de los temas y creo que todo esto lo hemos logrado gracias al esfuerzo de todos mis compañeros miembros de la comisión, a quienes aprovecho esta tribuna para hacerles un reconocimiento y un agradecimiento por su apoyo, quienes junto con el equipo de apoyo técnico, nos ayudaron a generar una nueva experiencia que sin lugar a dudas va a coadyuvar a la conformación del nuevo Poder Legislativo que queremos para nuestro país. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado.

Se concede el uso de la palabra al señor diputado Silvestre Fernández Barajas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Silvestre Fernández Barajas:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores:

Desde siempre, el hombre ha luchado por la igualdad y nunca como ahora el tema de los discapacitados ha acaparado nuestra atención e interés en el sentido de ir generando las condiciones propicias para su bienestar y desarrollo personal, en aras de una convivencia armónica con igualdad de circunstancias y oportunidades.

Nuestra preocupación por generar estas condiciones favorables para los discapacitados, se manifiesta en esta iniciativa que fue presentada por una parte por el diputado Miguel Osorio Marbán, y por miembros de otras fracciones parlamentarias.

Es por ello que hoy los miembros de la Comisión de Comercio presentamos esta iniciativa conjunta.

De las iniciativas recibidas por esta comisión, una vez que fueron analizadas por los miembros de la misma, se coincidió en apuntar que éstas tenían como objetivo primordial desterrar cualquier práctica discriminatoria hacia todas aquellas personas que padecen algún tipo de discapacidad, fundamentalmente en su demanda de bienes y servicios, en igualdad de condiciones a los que recibe la población en su conjunto.

Y aunque las propuestas estudiadas están ya contempladas en los artículos 1o., 2o. y 12 de nuestra Constitución, en lo que toca a la garantía de igualdad, en que se establece que el hombre es igual frente a sus semejantes, frente a las autoridades y frente a la ley y que, por lo tanto, no se debe entender que esta igualdad pudiera funcionar con base en un contrato o a la posición económica o jurídica, pues el hombre es igual desde que nace derivado de su personalidad humana y por ello se debe descartar toda diferencia entre grupos humanos e individuos.

Esta iniciativa busca que se dicten disposiciones que contemplen precisamente la igualdad entre seres humanos y se anulen todas las prácticas de discriminación, negación o condicionamiento, pues los discapacitados son personas humanas que tienen derecho a disfrutar y gozar en igualdad de circunstancias de cualquier persona .

Es por ello, compañeros legisladores, que estamos proponiendo ante ustedes esta iniciativa que reforma y adiciona los artículos 7o., 58 y se adiciona un segundo párrafo a este mismo artículo de la Ley Federal de Protección al Consumidor. De igual manera se presentará una sugerencia de modificación para el plazo y la forma en que deberá entrar en vigor a través de un artículo transitorio que presentará nuestro compañero diputado Adrián del Arenal.

Es por ello, compañeros, que en nombre de la Comisión de Comercio, me es muy grato pedirles que nos den su voto favorable para este dictamen y para esta ley. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado.

Se concede el uso de la palabra al señor diputado Adrián del Arenal Pérez del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Lucas Adrián del Arenal Pérez:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Qué bueno que a tiempo estamos creando una nueva cultura para protección y sobre todo atención de discapacitados en nuestro país. Una gran laguna que se ha dejado vivir por muchos años en nuestro país, dejando al margen de los beneficios del desarrollo económico y social de nuestro país, a aquellas personas que por alguna desgracia o por alguna malformación congénita están discapacitados.

Toda esta serie de reformas a distintas disposiciones legales de nuestro país está dando esa respuesta que con todo derecho y derecho humano existía en los discapacitados. En este sentido se ha presentado el dictamen de las modificaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, con la cual mi fracción parlamentaria ha estado de acuerdo, con la salvedad de hacerle al dictamen una modificación a los artículos transitorios, que a continuación voy a dar lectura.

«Presidente de la Cámara de Diputados. - Presente.

Los abajo firmantes, diputados federales miembros de esta LV Legislatura, con el debido respeto comparecemos y exponemos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 124 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso la siguiente propuesta:

TRANSITORIOS

El artículo primero del dictamen queda como está.

Artículo segundo, que es el que se modifica y dice : "A partir de la publicación de la respectiva norma oficial mexicana los proveedores contarán con un plazo de tres años para dar las facilidades y establecer, adecuar o modificar los dispositivos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Una vez vencido el término al que se refiere el párrafo anterior, a los proveedores que no otorguen o no cuenten con los dispositivos señalados en el artículo 58, se les aplicarán las sanciones previstas por la ley".

El artículo tercero transitorio, queda tal cual.

Salón de sesiones, a los 13 días del mes de julio de 1994.

Y lo firman los diputados: Javier Garduño Pérez, Francisco Portela Santana, Alfonso Rivera Domínguez, Fauzi Hamdan Amad, Francisco Arroyo Vieyra, Silvestre Fernández Barajas, Héctor Pérez Plazola y su servidor, Adrián del Arenal Pérez.»

El razonamiento para hacer esta modificación, es en el sentido de tener una precisión expresa de a partir de cuándo existe la obligación para los prestadores de servicio o los comerciantes, y que quede muy claro cuáles van a ser los acondicionamientos que tendrán que hacer en sus instalaciones, esto mediante una norma oficial mexicana, porque si no precisamos que debe existir una norma oficial mexicana, cada quien va a hacer las adecuaciones respecto a como tenga la idea o le parezca y muy necesariamente tendría que haber diferencias en el momento de expedirse la norma oficial mexicana.

Creo que con esta propuesta queda salvada cualquier laguna de inseguridad jurídica que pudieran tener los prestadores de servicio y queda corregida al respecto. Por su atención muchas gracias.

Dejo en la Secretaría la propuesta para su trámite correspondiente.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Se concede el uso de la palabra al señor diputado Jesús Berrospe Díaz, del grupo parlamentario del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional.

El diputado José de Jesús Berrospe Díaz:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Paso aquí a la tribuna para fijar la posición del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional en torno a la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

La crisis que vive nuestro país y la nueva reestructuración sociológica, han producido que en las últimas décadas algunos grupos considerados como minoritarios, hayan crecido de tal forma que su propia definición ya no es suficiente para explicar sus movimientos, necesidades, prioridades, aspiraciones del futuro. Dentro de estos grupos resalta el de las personas con discapacidad.

Desde la creación del México moderno, la atención a las prioridades de este grupo social ha estado marginada en relación con otro tipo de conglomerado social; sin embargo, afortunadamente para los discapacitados desde hace poco tiempo distintas fracciones parlamentarias hemos revisado su problemática y hemos propuesto distintas iniciativas en la materia. De hecho, en este último período de sesiones, del total de las iniciativas presentadas, un 75% fueron en materia de salud, específicamente en torno a personas con discapacidad y el otro 25% correspondió a otras materias; aunque en cuanto a la discusión no se ha avanzado ni un 5% en materia de discapacitados.

En este sentido, podemos destacar el valor de esta iniciativa en discusión, porque incide en la problemática de los discapacitados y porque se elabora con base en las premisas de distintos partidos políticos, entre ellos el nuestro.

La iniciativa no atiende a las cuestiones políticas, sino a las necesidades normativas del Congreso de la Unión. El hecho de que la Comisión de Comercio reitere que el dictamen se basó en las propuestas presentadas por parte de dos fracciones parlamentarias: PRI y PRD, es un avance connotable, no en la paternidad de las propuestas, sino en los nuevos mecanismos de concertación parlamentaria.

La iniciativa es fundamental porque se filtra en los ideales constitucionalistas; busca en esencia paralizar los intentos de discriminación o marginación en actividades comerciales.

En este contexto, consideramos, al igual que otras fracciones parlamentarias, que la actividad comercial no debe atender a cuestiones de tipo racial o marginal, sino que debe promover desde la cultura y bajo mecanismos de comercialización, la aceptación de toda persona sin distinción alguna.

Consideramos que en estos términos, la iniciativa presentada es fundamental en materia de discapacitados, aunque también pensamos que no es lo único sobre lo cual se podría avanzar.

Nuestra fracción parlamentaria al igual que los otros grupos parlamentarios, sometió a este pleno una iniciativa en materia de discapacitados. En ella, sostenemos que debe existir un organismo o instituto de conformación intersectorial, que entre otras cosas se encargue de hacer cumplir las disposiciones legales. Porque si bien es cierto que la medida es acertada, ¿de qué forma podemos constatar que se cumple en amplio porcentaje?

Los miembros del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, aceptamos el avance en este sentido, pero reiteramos que para resolver el problema de los discapacitados, hace falta una regulación compleja y completa que atienda a este grupo social como un nuevo grupo, en definición ya no minoritariamente, sino en crecimiento.

Por esta razón nuestra fracción parlamentaria votará a favor de esta iniciativa en discusión. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Se concede el uso de la palabra al señor diputado Domingo Martínez Reséndiz, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Domingo Alberto Martínez Reséndiz:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El Partido de la Revolución Democrática, por mi conducto, desea manifestar su plena satisfacción al dar un paso de suma importancia en beneficio de la población con discapacidad en nuestro país.

Al dictaminarse varias iniciativas, como son la Ley General de Asentamientos Humanos, la

Ley Aduanera, la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley de Turismo y hoy probablemente la Ley del Impuesto al Valor Agregado, queremos hacer un reconocimiento a los compañeros presidentes de las comisiones: de Asentamientos Humanos, al diputado Alejandro Encinas; al diputado Ángel Aceves Saucedo, presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público; al diputado Raúl Velasco Gómez, de la Comisión de Turismo; al diputado Javier Garduño Pérez, presidente de la Comisión de Comercio; quienes mostraron su disposición para conocer, discutir y procesar las iniciativas presentadas por distintos diputados.

A todos los demás compañeros que forman parte de las fuerzas políticas representadas en esta LV Legislatura.

Por lo anterior, nos damos cuenta que los antecedentes nos hablan de que en México se puede avanzar de manera conjunta en la búsqueda de soluciones a los grandes problemas nacionales.

Es de suma importancia también, reconocer el esfuerzo de las agrupaciones que conforman el Frente de Organizaciones Sociales de Personas con Discapacidad, por la confianza que tuvieron al depositar sus iniciativas, sus comentarios para que en esta tribuna pudiésemos haber sido portavoces de esas demandas, demandas de los que no tenían voz en esta tribuna. Sin embargo, con este trabajo parlamentario se empieza a vislumbrar que las necesidades apremiantes de las personas con discapacidad son escuchadas en este recinto y sus integrantes no son ciegos ni sordos a los reclamos manifestados por ellos, a partir de su presencia en la explanada de este recinto de San Lázaro el día 14 de febrero de 1994, día en el que se manifestó principalmente que esta Cámara Legislativa, debe de ser un espacio para el pueblo y por ello mismo la comunicación entre legisladores y población, debe ser estrecha y constante.

Es importante dejar claro que las necesidades de la sociedad no son patrimonio exclusivo de un partido, y menos aún deben ser vistas como un botín político el cual se presta fácilmente para ser explotado, sobre todo en periodos electorales.

Es común usufructuar su esencia con el fin de convertirla en votos a favor y en promesas que en un futuro las cosas podrían cambiar. Sin embargo, tenemos la grata tarea de estar participando en esta realidad que puede muy bien coadyuvar a beneficiar a la población de personas con discapacidad en nuestro país, procurando así su participación plena en igualdad de oportunidades en esta sociedad.

En México, aunque no hay cifras oficiales, se calcula que un promedio de 10% de la población presenta algún tipo de discapacidad, impidiéndole en la mayoría de los casos, funcionar como una persona regular, toda vez que en la multiplicidad de requerimientos, adquisiciones, adecuaciones de infraestructura de edificios con acceso al público y servicios prestados a la población en general, se le discrimina al no darle el mismo servicio que a las personas que se consideran normales, teniendo que replegarse a conformar un grupo más de marginados.

Sin embargo, la aprobación de las iniciativas mencionadas abre el acceso a la población discapacitada del país a los diferentes servicios y multiplicidad de implementos para discapacitados que requiere la población con esta necesidad.

Por lo anterior, invitamos a las comisiones que tienen en sus manos alguna iniciativa de ley por resolver, en materia de discapacitados, para que pudieran acelerar sus trabajos y resolver profesional y conscientemente sobre dichas iniciativas, pues el conjunto de ellas ante esta Cámara, no deben ni pueden ser dejadas en el olvido, mientras más de 10 millones de personas en nuestra nación, están pendientes de su aprobación y sedientos de justicia.

Al aprobar estas iniciativas de ley, se cumple en parte con las necesidades de la población discapacitada del país, por lo que se marca una pauta histórica en la legislación mexicana en esta materia, pues al permitir y promover con entusiasmo la adecuación de estas iniciativas tan importantes, estamos dando respuesta a las demandas populares que nos han hecho llegar, pero tiene más importancia aún, que el individuo goce verdaderamente de las garantías individuales a las que tiene derecho, sin tener que ser marginado, como lo han sido las personas con discapacidad hasta nuestros días.

Este paso, señores diputados, acorta el camino entre la realidad de esta población y la legislación que se requiere para que este grupo social pueda gozar de una auténtica justicia social.

Por último, a todos los compañeros diputados integrantes de todas las comisiones, a los asesores, a los ciudadanos con discapacidad que aportaron su valiosa opinión en torno a las iniciativas de ley que hoy se someten a consideración, extendemos un amplio reconocimiento por el compromiso ante los derechos que les corresponden y a todas las personas con discapacidad.

Por tales motivos solicitamos el voto aprobatorio en todas y cada una de las reformas que se han propuesto. Por su atención, gracias.

El Presidente:

Tiene la palabra para rectificar hechos, el diputado Portela.

El diputado Francisco Portela Santana:

Muchas gracias, señor Presidente; compañeros diputados:

Sinceramente me siento satisfecho por esta reforma, que se está cuestionando en estos momentos. Considero que el espíritu, que el sentimiento inspirador de esta reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor es el de terminar con la discriminación hacia las personas que padecen alguna discapacidad y que dentro del marco jurídico de nuestras leyes se propicie su integración en todos los quehaceres sociales, culturales, políticos y comerciales, entre otros.

Originalmente en la redacción de esta reforma se observaba cierta confusión en su redacción, según criterio de algunos diputados. Se percibía incompleto e impreciso el artículo 58 de esta ley.

Hoy, con objeto de precisar este mandato, se ha presentado por conducto de nuestro compañero Adrián del Arenal, una propuesta para contribuir a su clarificación y a su precisión. Esta propuesta está como el artículo segundo transitorio.

Por lo que solicito a ustedes, compañeros diputados, su voto a favor de esta ley, que considero que va a ser agradecida por una gran cantidad de discapacitados.

El Presidente:

Gracias, señor diputado; señores diputados:

En atención a lo que establece el artículo 28 del Reglamento y antes de conceder la palabra al siguiente orador registrado, solicito a la Secretaría se sirva consultar a la Asamblea si autoriza que se prorrogue la sesión de este día.

El secretario José Raúl Hernández Ávila:

Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea si es de prorrogarse la presente sesión.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se aprueba la prórroga, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, señor Secretario.

Se concede el uso de la palabra a la diputada Marlene Catalina Herrera Díaz.

La diputada Marlene Catalina Herrera Díaz:

Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

En los últimos años los mexicanos hemos iniciado una serie de acciones tendientes a erradicar las barreras jurídicas, sociales y arquitectónicas que han impedido la plena integración de las personas con discapacidad a nuestra sociedad.

El cambio se ha venido dando en distintos campos y sectores y ha comprendido la modificación de actitudes personales, expresiones lingüísticas, apertura de escuelas, fuentes de trabajo y reformas legales.

La reforma a la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas que hoy se está sometiendo a su consideración, fue presentada originalmente a iniciativa de compañeros miembros de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, pero responde plenamente al espíritu de justicia y equidad que poseemos todos los integrantes de esta LV Legislatura.

Este hecho se constató claramente al analizar y discutir en el seno de la Comisión de Programación,

Presupuesto y Cuenta Pública la iniciativa presentada, ya que, aunque se le hicieron correcciones de forma y lugar de ubicación en la ley, el fondo y objetivo de la iniciativa fue totalmente respetado y apoyado.

El propósito es lograr que los bienes inmuebles, propiedad de las dependencias y entidades de la administración pública, cuenten con las instalaciones adecuadas para que las personas con discapacidad puedan acceder y transitar por ellos.

Por ende, y considerando el proceso técnico y cronológico que siguen las dependencias y entidades en la toma de decisiones y realización de obras públicas, se consideró más adecuado ubicar la reforma en el Título Segundo de la ley que se refiere a la planeación, programación y presupuestación, ya que de esta manera se obliga a las dependencias y entidades a que desde el momento de la elaboración del proyecto físico y presupuestal, se considere la construcción de estas instalaciones.

Asimismo, se consideró conveniente que en el texto de la reforma debería quedar claro que las instalaciones podrían consistir, según la naturaleza de la obra, en rampas, puertas, elevadores, pasamanos, asideras y otras instalaciones análogas, ya que es claro que no siempre tendrán que construirse todas esas instalaciones. Este punto es importante, ya que una mala interpretación de la disposición podría ocasionar obras y costos innecesarios.

Asimismo, y dentro de los principios de la planeación y técnica presupuestal, se consideró adecuado que la entrada en vigor del decreto sea a partir del día siguiente al de su publicación, ya que así se obliga a las dependencias y entidades a prever desde ahora las instalaciones para las personas discapacitadas que deberán comprenderse en las obras públicas que se realicen.

Sin embargo y considerando que el ejercicio fiscal se inicia el 1o. de enero y que las obras que ya están ejecutándose o se ejecutarán en este año cuentan ya con sus proyectos y aprobación presupuestal, se acotó en el segundo transitorio que será a partir del 1o. de enero de 1995 cuando las dependencias y entidades tengan la obligación de contratar obras públicas que cuenten con las citadas instalaciones.

Señoras y señores diputados: con las reformas que ahora analizamos estamos dando un gran paso adelante en el proceso de adaptación social, sicológica y física de los más de 8 millones de mexicanos con diferentes tipos y grados de discapacidad y se facilita su incorporación a la vida productiva y al pleno disfrute de los derechos de educación, salud, recreación y deporte.

Es de todos sabido que las barreras arquitectónicas y la falta de instalaciones adecuadas, ha sido una de las razones que ha impedido a las personas con discapacidad acceder a los centros de educación, clínicas de salud, lugares de recreación, deporte y realizar distintos trámites administrativos, lo que provoca que a sus problemas físicos se sumen aspectos sicológicos ocasionados por la marginación y discriminación a los que han estado expuestos durante años.

Me congratulo como miembro de esta legislatura, que se ha distinguido por las muchas reformas realizadas en favor de los derechos humanos de las personas con discapacidad y a nombre de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, a solicitar su voto aprobatorio al presente dictamen. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputada.

Se concede el uso de la palabra al señor diputado Marco Antonio García Toro, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Marco Antonio García Toro:

Gracias, señor Presidente:

La comunidad de personas con discapacidad, sin duda alguna habrá de verse favorecida con los cambios, con las reformas que en esta ocasión se están proponiendo a este pleno. Son varias las leyes que se discuten y lógicamente están encaminadas a favorecer las condiciones de vida de las personas con discapacidad.

Quienes integramos el grupo parlamentario de Acción Nacional, representado en esta Cámara, recibimos con beneplácito estas reformas legislativas, reformas que ahora ocupan la atención de los legisladores, pues de esta forma se rompe la actitud omisa y poco atenta del

Poder Legislativo hasta hace unos días. Años y años se mantuvo esta penosa situación en la que viven las personas con discapacidad y sus familias, más de 8 millones de familias mexicanas involucradas con la discapacidad en México.

Las reformas que ahora se presentan, significan un avance que se suma al avance aquél que obtuvimos cuando se discutió la Ley General de Educación, en la cual quedó incluida la Educación Especial, educación que en la iniciativa que quedaba a la discrecionalidad de las autoridades para proporcionarla. Esa iniciativa fue enviada por el que fue Secretario de Educación Pública y ahora es el candidato del partido mayoritario, el candidato presidencial. El avance del que hablaba anteriormente, pudo haber sido un gran avance si hubiéramos dictaminado las iniciativas mediante las cuales se propone la creación de un organismo público descentralizado que coordine las acciones y promueva medidas eficaces para la prevención, la rehabilitación y la equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad; sin embargo, las comisiones que debieron dictaminar estas iniciativas decidieron no hacerlo y con ello han impedido un avance sustancial en la materia de las discapacidades; una vez más, han actuado con línea, hemos llegado a este día interponiendo recursos reglamentarios para que se llegara al dictamen de las iniciativas presentadas a este pleno y que fueron turnadas a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y a la de Seguridad Social.

Parte de las personas que dirigen esta cámara no dieron la línea como lo dije anteriormente y así me lo comentaron algunos señores diputados, que es lamentable que no hayamos dado este paso para dictaminar las iniciativas que fueron presentadas en materia de creación de un instituto que coordine estas acciones.

Las discapacidades en nuestro país requieren de grandes remedios, es un gran mal que padece el pueblo mexicano, son más de 8 millones de familias mexicanas y lo que ahora estamos haciendo señores diputados, es dar una aspirina a ese gran mal, no digo, que lo que estemos haciendo no sea de tomarse en cuenta, es importante lo que se ha realizado; sin embargo, consideramos que es insuficiente todavía y que debemos avanzar con más celeridad y dar la atención que requiere el problema de las discapacidades en México, para garantizar plenamente a las personas con discapacidad el goce de sus derechos a plenitud.

Por tal motivo, los legisladores de Acción Nacional propusimos una solución de fondo la cual, como ya lo comenté, no fue atendida; sin embargo, consideramos que éste es el primer paso, esta reunión en donde se están sometiendo a discusión estas iniciativas. Esperamos un segundo paso como se han dado ya en otras ocasiones, de esto ustedes también tienen conocimiento, ya que Acción Nacional, a través de su historia como partido político, ha presentado cerca de 500 iniciativas que no fueron tomadas en cuenta en su momento; sin embargo, fueron puestas en práctica tiempo después. Esperamos que esto suceda con la iniciativa que presentamos los integrantes del PAN en esta Cámara, para que finalmente y con el tiempo se cree la institución que atienda las discapacidades en México, pero por lo pronto estamos a favor de las reformas legislativas sometidas a discusión en esta Cámara de Diputados. Gracias.

El Presidente:

Se concede el uso de la palabra al diputado José Azanza Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado José Azanza Jiménez:

Con su venia, señor Presidente; compañeros diputados:

El día 7 de junio del presente año, los diputados miembros del Partido Revolucionario Institucional, presentamos al pleno de esta Cámara de Diputados la iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Aduanera, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento de Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La citada iniciativa se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio, discusión y dictamen, de conformidad con lo establecido en los artículos 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. La iniciativa en comento tiene por objeto atender a las necesidades de más de 8 millones de mexicanos, niños

y adultos que habitan en zonas urbanas, suburbanas y rurales, que padecen de alguna discapacidad mental, física o sensorial y así fomentar el carácter de igualdad y de actitud responsable frente a los discapacitados y coadyuvar a su integración y desarrollo en la sociedad.

La Organización Mundial de la Salud distingue tres clases de discapacidad: la deficiencia, que consiste en la pérdida o anormalidad permanente o transitoria de carácter sicológico, fisiológico o anatómico, de alguna estructura o función.

La incapacidad, que consiste en cualquier restricción o impedimento del funcionamiento de una actividad ocasionada por una deficiencia dentro del ámbito considerado normal para el ser humano y la minusvalidez, que es una incapacidad que constituye una desventaja para una persona en cuanto limita o impide el cumplimiento de una función que es normal para esa persona según la edad, el sexo y los factores sociales y culturales.

Con base en la distinción señalada, se entiende por persona con discapacidad, la que debido a la pérdida o anormalidad de una estructura o función sicológica, fisiológica o anatómica, sufre la restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano.

La propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el cuarto párrafo del artículo 4o., establece como garantía social el derecho a la salud, asimismo, la Ley General de Salud, en su artículo 173, otorga protección a las personas con discapacidad, y en los artículos 174 a 180, prevé una serie de medidas para la atención de dichas personas y particularmente el Distrito Federal, cuenta ya con un reglamento para la atención de los minusválidos.

La legislación mexicana establece en beneficio de los discapacitados la igualdad como derecho humano, con fundamento en los artículos 1o. y 4o. constitucionales y el derecho a la protección de la salud, que contempla la prevención de invalidez y rehabilitación, coordinado por diversos institutos de salud, tales como el IMSS e ISSSTE, con objeto de facilitar seguros de invalidez que incluyan la pensión temporal, asistencia médica, asignaciones familiares y ayuda asistencial.

De igual forma, el derecho a la educación señalado en el artículo 3o. constitucional, está concebido para desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano, por ello la Ley Federal de Educación, establece en su artículo 15, el derecho de los discapacitados a la educación especial o a la de cualesquiera otro tipo y modalidad que se imparta de acuerdo a las necesidades educativas de la población y características particulares de los grupos que la integran.

Asimismo, el derecho al respeto de la dignidad e integridad personal, como derecho de todo ser humano a ser protegido en sus aspectos físicos, mentales y morales, y el derecho civil mediante el cual el discapacitado está protegido de la falta de alimento, vestido, habitación y asistencia médica.

Del mismo modo, tratándose de los derechos políticos de todo ciudadano, específicamente por lo que se refiere al voto, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, dispone en su artículo 218 que aquellos electores que se encuentren impedidos físicamente para marcar sus boletas de voto, podrán hacerse asistir por una persona de confianza que los acompañe.

Por otra parte, en lo que concierne a transporte y tránsito, los discapacitados tienen reglamentadas zonas exclusivas de estacionamiento, uso de asientos específicos en el transporte público, derecho de paso donde no haya semáforo, disposición de su vehículo sin que le afecten las normas generales para limitar el uso vehicular.

Por lo que se refiere a las medidas de apoyo recreativas, los minusválidos deben recibir facilidades para desarrollarse, según lo previsto en el artículo 15 del Reglamento para la Atención a Minusválidos en el Distrito Federal.

Las instalaciones educativas deben contar con facilidades físicas y administrativas para su libre ingreso; las bibliotecas deben contar con ejemplares en sistema Braille y algunas tiendas y farmacias del Departamento del Distrito Federal deben vender dispositivos, prótesis, herramientas y accesorios para minusválidos.

No obstante las disposiciones legales vigentes en beneficio de los discapacitados y los esfuerzos realizados por las autoridades involucradas para proporcionar la igualdad de oportunidades

de empleo, de educación, accesibilidad, deporte, prevención y rehabilitación, los mismos aún son insuficientes para evitar los problemas de discriminación, segregación y degradación que tienen que enfrentar cotidianamente esos más de 8 millones de mexicanos con discapacidad y sus familias.

Por lo anterior y ante las demandas formuladas por las personas con discapacidad, que como ya se ha mencionado enfrentan barreras físicas y sociales para su integración y desarrollo en la sociedad, así como por la situación económica que atraviesa el país, que impide que un gran número de personas con discapacidad no tengan acceso a los elementos que les permitan aspirar a una vida digna y autosuficiente, resulta imprescindible dar respuesta a los reclamos de justicia social que demandan las personas con discapacidad, quienes al igual que todos los mexicanos, tienen derecho a integrarse a una sociedad más justa, democrática y pacífica, a un auténtico estado de derecho, lo que redundaría en beneficio no solamente de las personas con discapacidad, sino de toda la nación.

Es conveniente señalar que mediante resolución de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, del que nuestro país es miembro activo, en diciembre de 1982 se aprobó el programa de acción mundial para las personas con discapacidad, cuyo propósito primordial consiste en promover medidas eficaces para la prevención de la deficiencia, la rehabilitación, así como para la realización de objetivos de igualdad y plena participación de las personas con discapacidad en la vida social y desarrollo del país y se designó el período de 1983 - 1992, como el Decenio de las Naciones Unidas para los Impedidos y en 1987 tuvo verificativo la reunión mundial de expertos para estudiar el marco jurídico prevaleciente en cada país y abolir las disposiciones que afectaran directamente o indirectamente al discapacitado en la sociedad.

En este contexto, las iniciativas de reformas a diversas leyes que se han propuesto para incorporar disposiciones que faciliten el desarrollo físico, educativo, profesional y social de las personas con discapacidad, son altamente loables.

Por lo que se refiere a las reformas en materia de personas con discapacidad que se han propuesto a la Ley Aduanera, las mismas son favorables para avanzar en la integración total de dichas personas a nuestra sociedad, en particular la reforma propone establecer la exención de los impuestos al comercio exterior, tratándose de la importación de mercancías que realicen las personas con discapacidad, así como las personas morales no contribuyentes, autorizadas para recibir donativos deducibles en el impuesto sobre la renta, que tengan como actividades la atención de dichas personas, con objeto de que las mismas puedan utilizarse para la completa integración física, educativa, profesional, social y aquellas que les permitan garantizar el goce de su salud.

Por lo expuesto, por la clara y evidente bondad que implica el dictamen en comento, solicito al pleno de esta Cámara de Diputados, la aprobación del decreto que se somete a su respetable consideración.

Entrego a la Secretaría, para su trámite correspondiente. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado.

En los términos del artículo 100 del Reglamento, se concede el uso de la palabra al diputado Miguel Osorio Marbán.

El diputado Miguel Osorio Marbán:

Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Con el mayor respeto y consideración personal para todos y cada uno de mis compañeros, he pedido la palabra en atención a la trascendencia de los temas que estamos abordando. Con esta discusión de todas las fracciones parlamentarias, estamos escuchando el clamor de igualdad y justicia que hacen los discapacitados de México y los hombres y mujeres de la tercera edad.

Este problema afecta directamente al 12% de nuestra población; es decir, a más de 10 millones de mexicanos, lo que a nuestro parecer deja inmersa a toda la Cámara de Diputados en esta preocupación fundamental.

Los partidos políticos aquí representados, apoyaron con entusiasmo, como recordará la representación

nacional, el proyecto de modificación al artículo 4o. constitucional que presentamos el 5 de noviembre de 1991 y que se puso a consideración de este pleno en julio de 1992.

Internacionalmente, México ha cumplido invariablemente sus compromisos con la Organización de las Naciones Unidas y ésta concede especial importancia a la reafirmación de los derechos humanos, la dignidad y el valor de la persona y a la justicia social.

El año de 1981 fue declarado Año Internacional de las Personas Discapacitadas, sin que en nuestro país se adelantara sustancialmente sobre el mismo y en 1982, con idénticos resultados, se aprobó el Programa Mundial de Acción sobre Personas Discapacitadas, así como se declaró que se iniciaba la década de las Naciones Unidas en su favor.

Sentimos los diputados que presentamos la iniciativa que este problema, que ha alcanzado dimensiones nacionales insospechadas y que en los últimos tres años ha sido preocupación de todos los partidos políticos sin excepción, que han aportado sus luces a través de proyectos de modificación a distintas leyes y con las disposiciones internacionales comentadas, la Cámara de Diputados, para hacer honor a su tradición en la lucha por la justicia social, debería modificar el artículo 4o., constitucional, con fundamento en lo que le ordenan los artículos 72 y 73, fracciones XVI y XXX, para encontrar oportunidades iguales para ellos y una participación equitativa en el mejoramiento de sus condiciones de vida como resultante de nuestro desarrollo social y económico.

Pero sobre todo resaltamos en la iniciativa la necesidad de cumplir, sin condiciones, con el artículo 1o. constitucional, cuando afirma que en nuestra patria todo individuo gozará de las garantías que establece la Constitución, lo que no puede lograrse cuando existe para ellos discriminación, degradación o segregación, debido a que se encuentran en desventaja física o mental, no obstante sus potenciales físicos, mentales y sociales, que no dudo en calificar de extraordinarios.

El Constituyente de 1917, refrendó el más alto principio de los derechos humanos al considerar a todos los nacidos en nuestro territorio como iguales frente a la ley y con idénticas oportunidades de acceder al bienestar social, acorde a nuestro desarrollo económico.

Toda realidad que contradice esta filosofía política, repugna al ciudadano y hiere los sentimientos de la nación.

Por la ausencia de una política unificada de prevención social o rehabilitación en todos los ámbitos de gobierno, estos millones de mexicanos están marginados del sistema productivo nacional.

En nuestra historia ha habido compatriotas cuyas condiciones de vida impedían el ejercicio de sus derechos.

Por eso hubieron de establecerse con claridad en los artículos 3o, 4o, 27 y 123 constitucionales.

No es argumento entonces el de aquellos que opinan que no debe modificarse la Constitución, en favor de los discapacitados y de las mujeres y hombres de la tercera edad.

Desde el momento mismo en que se presentó la iniciativa, quede constancia, trabajamos con denuedo para pedir el apoyo a nuestros compañeros diputados, el que jamás nos fue negado y sí por el contrario nos fue ofrecido con la mayor solidaridad por todos los partidos políticos.

En la última etapa de esta tarea, agradezco la preocupación y el esfuerzo de María de los Angeles, nuestra dirigente.

A pesar de actitudes y gestiones no pudimos lograr, compañeras y compañeros diputados, que en el transcurso de esta legislatura se presentara un dictamen favorable a nuestra iniciativa.

Inductivamente, con los dictámenes que hoy se presentan a la consideración de esta soberanía, se ha reconocido en leyes secundarias algunos de sus requerimientos, como en la Ley de Deportes, Turismo y Asentamientos Humanos, Protección al Consumidor, de Comercio, Adquisiciones y Obras Públicas y de Hacienda.

Esto abre caminos para que en un futuro cercano se llegue a la cima y se logre el propósito que nos motivó y que los afectados exigieron.

Yo afirmo que mientras no exista la reforma constitucional, se carecerá de la coordinación que les reconozca sus derechos a todos los

niveles de gobierno. Reitero que ellos nunca han pedido conmiseración o caridad, sino que exigen, y tienen razón, con dignidad y señorío, la justicia y la igualdad que se les da a los demás mexicanos.

Nuestro amigo, Luis Donaldo Colosio, afirmaba que todos debíamos contribuir para lograr que ningún ciudadano para ser oído tenga que acudir a las armas y los diputados del PRI, sostenemos que mientras no se resuelvan los problemas de injusticia, de desempleo, de insuficiencia de los ingresos de la clase trabajadora y de la pobreza extrema, no habremos cumplido con nuestro pueblo y no podemos dar la seguridad a las futuras generaciones para vivir el México generoso del que todos debemos disfrutar.

A todos ellos, y este es el motivo principal de mi intervención, con todo mi corazón y sinceridad, les ofrezco disculpas por no haber tenido la suficiente capacidad de gestión para que esta iniciativa se aprobara en esta legislatura.

Yo les aseguro, no obstante que tarde o temprano se logrará y tendrán que otorgarle su derecho constitucional y más temprano que tarde sabrán quienes, con pasión política, se han entregado y así lo harán en el futuro, a defender sus derechos y quienes no lo han hecho así.

Doy las gracias a mis compañeros de todas las fracciones partidistas por el apoyo que recibió y sigue recibiendo la iniciativa que no ha sido dictaminada y a las comisiones que han presentado en esta sesión su dictamen en favor de los discapacitados, les agradezco emocionadamente la mención personal que han hecho y que tanto valoro y agradezco.

Y a los compañeros discapacitados y mujeres y hombres de la tercera edad, les pido mayor unidad y mayor combatividad hasta lograr sus nobles y justos objetivos y me pongo a sus órdenes para seguir luchando como uno más de ellos hasta lograr esta reivindicación.

Todos los candidatos a la presidencia de la República sostienen ahora que defenderán su causa. Exíjanles que se comprometan con la reforma constitucional.

Por último, compañeras y compañeros diputados, quiero dirigirme, con la venia de la Presidencia, a todos ustedes. Es posible que por última vez aborde esta tribuna a la que he procurado honrar desde que por primera vez llegué como uno de los legisladores más jóvenes a la XLVI Legislatura. De todos he tenido la amistad y el respeto, que he procurado corresponder con respeto y amistad.

Seguramente nos encontraremos por los puntos cardinales de México en la lucha política y en la búsqueda de una patria cada vez más soberana e independiente, pero sobre todo con mayor justicia y bienestar, sin discriminación para nadie. Ahí donde esto suceda, les ruego acepten mi mano de amigo, de luchador que comenzó a esforzarse por un México mejor desde sus primeros años y que ha de terminar su vida como ustedes lo harán seguramente, trabajando por la grandeza de México.

A los jóvenes, realidad mayoritaria en nuestro país, desde la más alta tribuna nacional les pido que mediten sobre los recientes cambios internacionales y sus resultados, así como sus perspectivas, porque ellos tomarán en sus manos en muy corto tiempo los destinos de México y sería lamentable que cuando esto ocurra lo hagan sin una concepción clara y justa en la época en que actuarán, de las posibilidades de progreso para nuestro pueblo y de nuestro cimiento y futuro históricos.

Como afirmara un ilustre pensador: "A ellos tocará vencer los obstáculos de la vida cotidiana, abrir horizontes cuando los prejuicios acorralan a la inteligencia, derrumbar los regímenes sociales que dividen a los hombres en grupos enemigos, organizarse en contra de todas las formas de tiranía, de opresión, de ausencia de libertad; de lanzar la mirada y tender el brazo por encima de las fronteras, hasta identificar el pensamiento de cada pueblo con el de los otros y el de cada individuo con el de todos los de la especie. Estos, han sido siempre los actos más valiosos, las jornadas más brillantes del espíritu humano".

Y agregaba: "Hay que dirigirse a la juventud para decirle que pronto estaremos en el tercer milenio. Será una época grandiosa que necesitará gigantes para convertir en realidades lo que hoy son simples planteamientos del porvenir. Hay que construir esos gigantes: gigantes del pensamiento, de la voluntad, de la acción práctica que superen a todos los grandes hombres del pasado".

Desde ahora auguro un país pleno de humanismo, de bienestar para todos, que siga defendiendo

intransigentemente soberanía, independencia, justicia y libertad. Un México sin vergüenza de unos cuantos que todo lo tienen y de millones que carecen de lo estricto. Un México que luche con todos los pueblos subdesarrollados y en desarrollo y que esté seguro, como lo estamos nosotros, de que el dominio de una sola potencia sobre la economía del mundo va a concluir.

Desde ahora deseo, compañeras y compañeros, vehementemente, que de la discusión de todas las ideas políticas, lo mismo en el hogar, en la plaza pública, en los partidos o en los poderes de la Unión, lo logremos plenamente democrático por la vía pluripartidista, como lo es el rostro de nuestro pueblo formado por múltiples nacionalidades, distintas culturas y diversas ideas y que de ahí continúe la patria cada vez más justa y más libre, que los ilustres mujeres y hombres que hemos honrado en este muro de la representación nacional, los legaron a los mexicanos de todos los tiempos. ¡Hasta pronto, compañeros!

El Presidente:

Señoras y señores diputados:

En los términos del artículo 116 del Reglamento, se hace del conocimiento de la Asamblea, que en esta discusión en lo general y en lo particular de los dictámenes relativos a reformas y adiciones a diversas disposiciones en materia de discapacitados, hicieron uso de la palabra los señores diputados: Oscar René Nieto Burciaga, Héctor Morquecho Rivera, Gonzalo Cedillo Valdez, Demetrio Hernández Pérez, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, José de Jesús González Reyes, Eduardo Trejo González, Alejandro Encinas Rodríguez, Silvestre Fernández Barajas, Adrián del Arenal Pérez, Jesús Berrospe Díaz, Domingo Martínez Reséndiz, Marlene Herrera Díaz, Marco Antonio García Toro, José Azanza Jiménez y Miguel Osorio Marbán.

No tiene la Presidencia registrado a ningún otro diputado. En esas condiciones, consulte la Secretaría a la Asamblea si los dictámenes se encuentran suficientemente discutidos en lo general y en lo particular.

La secretaria Sonia Magali Achach Solís:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentran suficientemente discutidos los dictámenes en lo general y en lo particular.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, señorita Secretaria.

Proceda ahora a continuación la Secretaría a someter a consideración de la Asamblea la propuesta presentada por el diputado Adrián del Arenal Pérez.

El secretario José Raúl Hernández Avila:

Propuesta presentada por el diputado Adrián del Arenal Pérez y firmada por diversos diputados de las fracciones parlamentarias.

"Artículo veinte transitorio. A partir de la publicación de la respectiva norma oficial mexicana, los proveedores contarán con un plazo de tres años para dar las facilidades y establecer, adecuar o modificar los dispositivos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Una vez vencido el término a que se refiere el párrafo anterior, los proveedores que no otorguen o no cuenten con los dispositivos señalados en el artículo 58, se les aplicarán las sanciones previstas por la ley.

Salón de sesiones, a 13 de julio de 1994."

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada la propuesta, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, señor Secretario.

Proceda a continuación la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, de los proyectos de decreto en un solo acto.

El secretario José Raúl Hernández Avila:

Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.

Se solicita a la Oficialía Mayor, haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Señor Presidente; se emitieron 290 votos en pro y cero en contra.

El Presidente:

Aprobados los proyectos de decreto en lo general y en lo particular por 290 votos.

Aprobados en lo general y en lo particular los siguientes proyectos de decreto: que adiciona diversos artículos de la Ley General de Asentamientos Humanos; que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor; que adiciona con un segundo párrafo la fracción I de la literal B, del artículo 33 de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas; que reforma y adiciona el artículo 46 de la Ley Aduanera en Materia de Discapacitados.

El secretario José Raúl Hernández Avila:

Pasan al Senado para los efectos constitucionales.

El Presidente:

Continúe la Secretaría.

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE

El secretario Guillermo Jorge González Díaz:

«Comisión de Ecología y Medio Ambiente.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente fue turnada, para su estudio y dictamen, la propuesta de reforma al artículo 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, que presentaron miembros de todas las fracciones parlamentarias, en congruencia con la facultad que les confieren los artículos 71, fracción II y 73, fracción XXIX - G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En los términos de los artículos 54 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión es competente para conocer de la iniciativa en cuestión, por lo que en cumplimiento a dicho precepto y conforme a lo dispuesto por los artículos 65, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, la comisión que suscribe somete a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente

DICTAMEN

La iniciativa en estudio tiene como propósito central atender el grave problema de los desechos peligrosos generados en México o importados del extranjero para diversos fines, además de reorientar a las empresas recicladoras que actualmente importan este tipo de residuos para que, apegándose cabalmente a las reformas propuestas al artículo 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente, puedan contar con los apoyos necesarios para emprender la reconversión tecnológica y productiva que les permita la sustitución progresiva de los residuos importados por materiales y residuos nacionales.

La propuesta recibida para su análisis tiene sustento en el reconocimiento de la gravedad del problema de los desechos peligrosos generados dentro de nuestro país, así como la posibilidad de que se agrave, ante la eventualidad de un incremento masivo en las importaciones de residuos peligrosos producidos por otras naciones en el futuro.

Es por ello que la comisión que suscribe estima que la propuesta de prohibición de importación de residuos peligrosos debe dar precisión jurídica al tratamiento de los residuos peligrosos y diferenciarlos de aquellos materiales cuyo manejo y almacenaje implica riesgos, pero que son de uso cotidiano para la sociedad moderna. Con la precisión jurídica que se propone, se satisface además la demanda de diversos sectores involucrados en el manejo de materiales y residuos peligrosos, a efecto de que se clarifique la distinción de ambos conceptos, así como el régimen normativo en que habrán de atenderse.

Las propuestas de modificación a la iniciativa presentadas y discutidas durante la sesión de trabajo de esta comisión, tuvieron por objeto el establecimiento de criterios generales para eliminar la discrecionalidad de la autoridad en la importación de esos residuos y garantizar así el absoluto apego a la normatividad. Las modificaciones

consideradas en el presente dictamen consideran en sus términos el concepto de prohibición total de desechos peligrosos para fines distintos a los de su disposición final, pero precisan las condiciones de excepcionalidad en que podrán autorizarse algunas importaciones y, en todo caso, las sujetan rigurosamente al cumplimiento de una norma oficial mexicana que habrá de expedirse para el efecto.

En este sentido, es importante destacar que la posibilidad de regular estas eventualidades a través de la Ley de Metrología y Normalización no sólo elimina la laxitud con que podría conducirse la autoridad administrativa, sino que garantiza la plena intervención de los organismos sociales y no gubernamentales, así como de las partes involucradas, en la definición de objetivos y el diseño de las políticas específicas para el caso.

La propuesta que hoy se presenta a la consideración de esta honorable Asamblea ofrece la protección que se busca para nuestro país al mantener cerrados los canales de presión favorables al flujo de materiales cuyo destino puede ser la disposición final enmascarada en un supuesto reciclaje o recuperación, o el reciclaje y la recuperación en condiciones inadecuadas de salud ocupacional y de impacto ambiental.

Las reformas aquí dictaminadas, garantizan así que México no asuma a nombre de otras naciones costos sociales y ambientales de ningún tipo. Sin embargo, con las modificaciones consideradas, se reserva para nuestro país un espacio estratégico para su actuación en condiciones excepcionales cuya condición se regule mediante criterios objetivos.

La comisión desea destacar que al objetivo de la iniciativa y de las modificaciones que a la misma se proponen, de ofrecer un tratamiento adecuado a los residuos peligrosos que se producen en México, se sumó en todo momento la convicción de proteger el empleo productivo y de incentivar la participación de las empresas privadas mexicanas en el tratamiento de nuestros desechos. En esa dirección, la modificación legal se funda en la convicción de que en el futuro inmediato las empresas mexicanas podrán abastecerse de residuos producidos en el país en forma total.

Como es de conocimiento público, México es signatario de la Convención de Basilea, relativa al tránsito transfronterizo de residuos peligrosos; la adopción de las medidas legislativas propuestas es plenamente congruente con los compromisos internacionales de nuestro país en esta materia y se encuentra en concordancia con una tendencia creciente para propiciar que los residuos peligrosos de cualquier proceso industrial se procesen adecuadamente en su país de origen, evitando que los costos ambientales y sociales del tránsito transfronterizo se transfieran a naciones en desarrollo.

Es importante señalar que la comisión revisó las implicaciones de las modificaciones y adiciones propuestas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y encontró que no sólo son coherentes con los diversos compromisos internacionales de México, sino que, además, tienen plena coincidencia con los principios de los mismos.

De aprobarse la utilización de las normas oficiales mexicanas para acotar las eventuales excepciones a la importación de residuos peligrosos, esta comisión considera innecesario mantener vigente la propuesta original de un artículo cuarto transitorio para el decreto, que consideraba un régimen de transición hasta de cuatro años para la plena entrada en vigor de la disposición de prohibición total a las importaciones que ahora se proponen. En su lugar se ha previsto que, en tanto se desarrollan y ponen en marcha las referidas normas, continúe vigente y en sus términos el régimen dispuesto en la redacción original del modificado artículo 153.

Por otra parte, la comisión que dictamina considera apropiado reformar igualmente el artículo 147 de la referida Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, para garantizar mediante afianzamiento, depósito en efectivo o seguro, el cumplimiento de las disposiciones de seguridad que señala la misma ley, el reglamento en materia de residuos peligrosos y en las normas respectivas. Esta adición fue considerada de especial importancia por la comisión, ya que la misma ofrece una garantía plena de reparación por eventuales daños ambientales, así como a la salud y al patrimonio de los mexicanos, que pudieran causar quienes se dedican al manejo de materiales y residuos peligrosos.

Todo lo anterior claramente indica la prevalencia del interés nacional en este asunto y hace necesario proceder a la prohibición con las particularidades

arriba señaladas en la importación y tránsito de materiales y residuos peligrosos.

En atención a las disposiciones en materia de participación social, prevista en los artículos 157 a 159 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, es preciso dejar constancia que diversas Organizaciones no Gubernamentales, empresariales y ecologistas, se han acercado a las distintas autoridades ejecutivas y legislativas competentes del país, para enfrentar su corresponsabilidad y su obligación de participación en la protección del ambiente en el país, contribuyendo de manera importante con estudios que han sido necesarios para fundamentar la prohibición que se requiere introducir a la legislación nacional en esta materia. Puede señalarse así que las reformas propuestas a esta representación soberana son el resultado de un amplio proceso de consultas en el que participaron con muy diversas modalidades agrupaciones sociales, productivas y ciudadanos ocupados en el tema.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente

INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 147 Y 153 DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE

Artículo único. Se adiciona un cuarto párrafo al artículo 147 y se reforma el artículo 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 147. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La secretaría determinará los casos en que las personas físicas o morales responsables de la realización de actividades altamente riesgosas deban garantizar mediante fianza, depósito en efectivo o seguro, el cumplimiento de las disposiciones de seguridad que se prevén en la ley, en el reglamento en materia de residuos peligrosos y en las normas respectivas, con el fin de responder en caso de incumplimiento o siniestro y se proceda a la reparación del daño, tanto al ambiente como a personas y bienes. Lo anterior, independientemente de las obligaciones impuestas por otras disposiciones legales y reglamentarias.

Artículo 153. La importación y exportación de materiales y residuos peligrosos, quedarán sujetas a las restricciones que establezca el Ejecutivo Federal. En todo caso deberán observarse las siguientes disposiciones:

A) Para los materiales peligrosos:

I. Corresponderá a la secretaría el control y la vigilancia ecológica de la importación y exportación de materiales peligrosos, aplicando las medidas de seguridad que correspondan, sin perjuicio de lo que sobre este particular prevé la Ley Aduanera;

II. No podrá autorizarse la importación de materiales peligrosos cuyo único objeto sea el simple depósito, almacenamiento o confinamiento en el territorio nacional o en las zonas en donde la nación ejerce su soberanía y jurisdicción;

III. No podrá autorizarse el tránsito por el territorio nacional de materiales peligrosos que no satisfagan las especificaciones de uso o consumo conforme a las que fueron elaboradas, o cuya elaboración, uso o consumo, se encuentren prohibidos o restringidos en el país al que estuvieren destinados;

IV. El otorgamiento de autorizaciones para la exportación de materiales peligrosos quedará sujeto a que exista consentimiento expreso del país receptor y a que no se contravenga lo dispuesto por la fracción XIII del artículo 15 de esta ley, así como las disposiciones jurídicas aplicables en el país o en los países receptores y las obligaciones derivadas de acuerdos y convenios internacionales;

V. El otorgamiento de autorizaciones por parte de la secretaría para la importación y exportación de materiales peligrosos quedará sujeto a que se garantice debidamente el cumplimiento de lo que establezca la presente ley y las demás disposiciones aplicables, así como la reparación de los daños y perjuicios que pudieran causarse tanto en el territorio nacional como en el extranjero;

VI. En adición a lo que establezcan otras disposiciones aplicables, podrán revocarse las autorizaciones que se hubieran otorgado para la importación y exportación de materiales peligrosos sin perjuicio de la imposición de la sanción o sanciones que corresponda, en los siguientes casos:

a) Cuando por causas supervenientes, se compruebe que los materiales peligrosos autorizados constituyen mayor riesgo para el equilibrio ecológico que el que se tuvo en cuenta para el otorgamiento de la autorización correspondiente;

b) Cuando la operación no cumpla los requisitos fijados en la guía ecológica que expida la secretaría;

c) Cuando los materiales peligrosos ya no posean los atributos o características conforme a los cuales fueron autorizados y

d) Cuando se determine que la autorización o guía ecológica ha sido transferida a un titular distinto al que solicitó la autorización, o cuando la solicitud correspondiente contenga datos falsos, o presentados de manera que se oculte información necesaria para la correcta apreciación de la solicitud.

B) Para los residuos peligrosos:

I. Queda prohibida la importación de residuos peligrosos para disposición final, tratamiento, reciclaje, reúso o destrucción. En los términos de lo dispuesto por la Ley de Metrología y Normalización, la secretaría expedirá una norma oficial mexicana que establezca y precise los casos en que se permitirá, con carácter excepcional, la importación de residuos peligrosos, para fines distintos a los de disposición final; en dicha norma se incluirán los criterios de carácter ambiental, económico y social en que deberán basarse las solicitudes de importación y se señalarán, además, los requisitos que deberán cubrir los importadores.

II. Corresponderá a la secretaría el control y la vigilancia ecológica de los residuos peligrosos a exportarse, aplicando las medidas de seguridad que corresponde, sin perjuicio de las que sobre el particular prevé la Ley Aduanera.

III. Queda prohibido el tránsito por cualquier medio a través del territorio nacional, de residuos peligrosos provenientes del extranjero y destinados a un tercer país o a cualquier zona de jurisdicción internacional.

IV. Podrá autorizarse la exportación de residuos peligrosos cuando:

a) No se contemple su reimportación a territorio nacional;

b) Exista consentimiento expreso del país receptor;

c) El país de destino no exija reciprocidad;

d) No contravenga lo dispuesto por la fracción XIII del artículo 15 de esta Ley;

e) El país de destino sea miembro de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y

f) Se garantice debidamente el cumplimiento de lo que establece la presente ley y las demás disposiciones aplicables, así como la reparación de los daños y perjuicios que pudieran causarse tanto en el territorio nacional o en las zonas marinas de jurisdicción nacional como en el extranjero y

V. Los residuos peligrosos generados en los procesos de producción, transformación, elaboración o reparación en los que se haya utilizado materia prima introducida al país bajo el régimen de importación temporal, deberán ser retornados al país de procedencia dentro del plazo que para tal efecto determine la secretaría.

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. A partir de la entrada en vigor del presente decreto, se negará toda nueva solicitud de importación de desechos peligrosos que sea formulada por empresas que a la fecha de la misma no hayan estado legalmente dedicadas a esta actividad.

Artículo tercero. Sólo se autorizarán nuevas solicitudes y las que se encuentren en trámite, o se prorrogarán las ya otorgadas, a empresas que hayan estado legalmente dedicadas a la importación de residuos peligrosos para su reciclamiento o recuperación de materiales secundarios y que cumplan las leyes, reglamentos y disposiciones sobre la materia

Artículo cuarto. En tanto se emiten las normas señaladas en el numeral I del apartado B, del artículo 153 de la presente ley, se observará lo dispuesto en la versión original del propio artículo.

Artículo quinto. A petición de los interesados, y a partir de la entrada en vigor del presente decreto, la secretaría pondrá en marcha un programa de apoyo para la reconversión tecnológica y productiva de las empresas a que se refiere el artículo tercero, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, y con Nacional Financiera, SNC.

Artículo sexto. Para todas las autorizaciones otorgadas o prorrogadas conforme al artículo tercero transitorio del presente decreto, seguirá vigente la fracción VIII de la versión original del artículo 153.

Artículo séptimo. Dentro de un plazo de 30 días, a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Relaciones Exteriores cursará la correspondencia diplomática necesaria, para dar por terminados o para iniciar negociaciones para modificar los acuerdos internacionales de los que México sea parte, que permitan acciones que signifiquen la contravención de las prohibiciones previstas en el presente decreto.

Artículo octavo. Dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Relaciones Exteriores notificará el contenido del presente decreto a los estados partes en la Convención de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos de 1989, a través del Secretario de la misma y en cumplimiento de sus artículos 4o. y 13.

Sala de sesiones de la Cámara de Diputados, 13 de julio de 1994.»

Es de primera lectura.

El Presidente:

Gracias, señor secretario.

Se instruye a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

El secretario Guillermo Jorge González Díaz:

Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se somete a discusión y votación de inmediato.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la segunda lectura.

Servido, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, señor Secretario.

En los términos del artículo 108 del Reglamento, ha pedido hacer uso de la palabra para explicar los fundamentos del dictamen y por parte de la comisión, el diputado Luis Alberto Beauregard Rivas.

Tiene el uso de la palabra el diputado Beauregard Rivas.

El diputado Luis Alberto Beauregard Rivas:

Con el permiso de la Presidencia; señoras diputadas; señores diputados:

Con fundamento en el artículo 108 del Reglamento que rige los trabajos de esta Cámara, vengo ante ustedes para fundamentar y exponer de manera sucinta y general los motivos que llevaron a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente a dictaminar, de manera favorable, estas reformas al artículo 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

La iniciativa merece analizarse a la luz de diversas consideraciones. Por una parte, su indudable trascendencia en materia ecológica y ambiental, pero también de manera muy significada la forma en que las diversas fracciones parlamentarias que integran esta Cámara de Diputados trabajaron, de manera intensa y decidida, para llegar a un acuerdo que permita esta modificación a este importante precepto de carácter ambiental.

Es necesario destacar el acuerdo que a pesar de las objeciones, válidas, legítimas, expresadas por diputados de diversas fracciones parlamentarias, sobre la redacción y algunos puntos generales de este artículo 153, finalmente privó entre todos el interés colectivo, su compromiso parlamentario, su compromiso político

y sus convicciones personales para convenir en un texto cuya materia tiene qué ver con el tratamiento de los residuos peligrosos para el medio ambiente o para la ecología.

Todos sabemos la importancia que tiene la cuestión ecológica en la sociedad contemporánea. Este asunto atañe o debe ser de interés de la sociedad, es interés primordial de los gobiernos. En México tenemos ejemplos diversos de cómo el Gobierno Federal, los gobiernos estatales y los gobiernos municipales en el marco de la ley de la materia, tienen establecidas disposiciones importantes a su cargo para cuidar al medio ambiente.

No podía en consecuencia ser menor el interés que muestran las plataformas ideológicas y políticas de los partidos registrados en el país, quienes también exponen de manera teórica y en acciones prácticas cuáles son sus convicciones fundamentales en esta indudable materia que tiene qué ver con el presente y el futuro de la vida humana en el planeta.

Este interés se deriva de una demanda social y de una responsabilidad que todos recogemos de alguna manera como individuos y como miembros de una fracción política y que ahora se expresa de manera coincidente en este proyecto de reformas que estamos sometiendo a la consideración de la Asamblea.

Así pues, hay que significar la forma en que se fueron logrando los consensos, la forma en que se fue construyendo el acuerdo político que nos ha permitido arribar esta tarde a un proyecto muy acabado en esta materia, a pesar de que obviamente aún hay algunas inquietudes al respecto, pero que se han pospuesto en aras de obtener ahora una legislación que tiene que ver con el tratamiento de los residuos peligrosos o tóxicos, la basura tecnológica que es producto del desarrollo industrial y que así como se dispone de basura cotidiana que se genera en la actividad humana, también tenemos que tener cuidado para saber disponerla, saber tratarla, confinarla en los lugares que reúnen las características técnicas y tecnológicas, para que hagan el menor daño posible.

El artículo 153 que hoy discutimos y que es materia del dictamen, es a mi juicio, señores diputados, un condensado manual de cómo proceder administrativa, legal y técnicamente en la disposición de los productos tóxicos, de los productos peligrosos en materia ecológica.

Por una parte, y muy relacionado con esto, está el reglamento para el tratamiento de los residuos peligrosos, que forma parte de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental. Por otra parte, se relaciona también con el acuerdo de Basilea, que como ustedes saben es una convención internacional que tuvo qué ver y que aprobó una serie de normas para el cruce transfronterizo, para el flujo de estos materiales indeseables, peligrosos y que es interés de todos los países darle una atención cuidadosa, puesto que en materia ecológica, como en otras materias de la vida contemporánea, ya no es posible la autarquía o un manejo independiente de estos asuntos, sino que son manejos ya globalizados, porque un problema ecológico en un país depende desde luego de su gravedad e intensidad, pero afecta de manera irremediablemente al país vecino o a los países vecinos, al clima del mundo o a la biosfera del planeta.

Así pues, los residuos peligrosos, su manejo, su disposición, es algo que atañe a todos los países y por eso México firmó, suscribió esta Convención de Basilea.

Ahí pues, en esta reforma al artículo que comentamos, coinciden las disposiciones nacionales en la materia y los acuerdos internacionales de los cuales México forma parte.

Decíamos que los residuos peligrosos son la basura tecnológica. Tenemos que tener atención en su cuidado, tenemos que impulsar un desarrollo económico industrial sustentable y tenemos, en consecuencia, que disponer de tecnología, de conocimientos, de capacidades, de aptitudes para cuidar que estos residuos peligrosos...

El Presidente:

Un momento, señor diputado.

¿Diga, diputado?

El diputado Emilio Becerra González (desde la curul):

Una moción de orden, señor Presidente.

Con fundamento en el artículo 25, fracción IV del Reglamento, que dispone: "Son obligaciones de los secretarios y en su caso de los prosecretarios,

cuidar de que se impriman y circulen con toda oportunidad entre los diputados y senadores los dictámenes de las comisiones y las iniciativas que los motiven", solicito yo a usted que se suspenda o que acuerde lo procedente, porque nadie tiene copia ni de la iniciativa ni del dictamen y me reservo el derecho además de pedir el quórum que perdonó la segunda lectura de la iniciativa.

El Presidente:

Voy a dictar el proveído a su pedimento, diputado.

Lo que usted está planteando es una moción suspensiva; como no la ha hecho en los términos del reglamento, se desecha su propuesta; diputado, aun cuando en el fondo tuviera usted razón, por razón de procedimiento.

Continúe en el uso de la palabra, diputado.

El diputado Luis Alberto Beauregard Rivas:

Gracias, señor.

En un momento más quisiera darle una explicación desde esta tribuna al diputado Becerra sobre el dictamen, hace un par de horas hubo una reunión a la que asistieron representantes de su partido en donde se votó este dictamen que está a discusión, en donde hubo diversos análisis, comentarios y puntos de vista sobre el asunto. Yo veo que el dictamen está circulando a lo largo y ancho de este salón de sesiones y también sé que dentro de un momento, producto de estos mismos consensos obtenidos entre todos los partidos políticos habrá algunas propuestas que enriquezcan el proyecto a discusión. Así pues, creo yo desde mi muy personal punto de vista, que de nueva cuenta le fallan sus impresiones al licenciado y diputado Becerra y que siempre con el prurito de un purismo reglamentario, quiere interrumpir esta exposición de esta importante iniciativa que estoy seguro que contribuye al mejoramiento de la política ecológica y de la normatividad ecológica que tenemos en nuestro país.

La enmienda a este artículo, decía yo, compañeros, se relaciona de manera muy directa con el reglamento en materia de residuos peligrosos, con la Convención de Basilea, pero de manera significativa introduce algunas cuestiones, como una propuesta para elaborar una norma oficial mexicana que establecería los criterios, que establecería los términos, que establecería la correspondencia con la Ley de Metrología y Normalización para precisar los casos excepcionales en los que pueda autorizarse la importación de residuos peligrosos para fines distintos a los de su disposición final.

Propone uno de los transitorios de este proyecto de decreto que dicha norma oficial quede vigente, quede establecida, quede elaborada en un plazo no mayor de 30 días; creo que esto es un acierto y es un avance, puesto que esta característica o esta cuestión es de opcionalidad, no estará sujeto a una interpretación de la autoridad, sino que tendrá que someterse en todo caso a lo que dispondrá en su momento esta norma oficial que se está proponiendo, para configurar qué tipo de residuos peligrosos podrían excepcionalmente y atendiendo desde luego a cuál es el fin último de este producto, pueda importarse a territorio nacional.

Así pues, compañeros, yo creo y comparto con ustedes esta reflexión de la trascendente importancia de esta norma que estamos hoy dictaminando y sometiendo a su estimable consideración.

Veamos pues que la convergencia partidista, la idea de acordar en lo fundamental una norma ecológica que mira sobre todo el interés nacional en esta materia, es una norma bienvenida. Creo yo pues que merece el acuerdo la votación favorable de esta Asamblea, puesto que con ella y desde luego con otras muchas acciones a cargo del Gobierno de la República, a cargo de la sociedad, de los partidos políticos, de las organizaciones dedicadas a la protección y al cuidado ambiental, estoy seguro que seguiremos trabajando e impulsando una política ecológica acorde con el proyecto de modernización en materia industrial, pero que mire sobre todo al interés de los mexicanos en este asunto que es sin lugar a dudas central en la agenda contemporánea.

Así pues, votemos a favor este esfuerzo ecológico, este esfuerzo de concertación parlamentaria que enriquecerá el marco jurídico que ya previene la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado.

En consecuencia, explicados por el diputado Luis Alberto Beauregard Rivas los fundamentos del dictamen, está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto.

En los términos del artículo 96 del Reglamento, esta Presidencia hace del conocimiento de la Asamblea, que hasta este momento se han registrado para intervenir en la discusión los siguientes diputados:

Por parte de la comisión, René Benítez Treviño; Gabriela Guerrero Oliveros, del grupo parlamentario del PPS; Alfredo Castañeda Andrade, de la fracción parlamentaria del PARM; Jorge Oceguera Galván, de la fracción parlamentaria del PFCRN; Manuel Huerta Ladrón de Guevara, del grupo parlamentario del PRD; Juan Antonio Nemi Dib, del grupo parlamentario del PRI.

Estando todavía el registro de oradores, se pregunta si alguien más desea hacer uso de la palabra...

El diputado Emilio Becerra González (desde su curul):

Para una moción, señor Presidente.

El Presidente:

Adelante, diputado.

El diputado Emilio Becerra González (desde su curul):

En primer lugar, señor Presidente, el Reglamento no establece que se dé lectura a quienes se han apuntado...

El Presidente:

Perdón, diputado...

El diputado Emilio Becerra González (desde su curul):

El Reglamento establece...

El Presidente:

Perdóneme la interrupción, diputado...

El diputado Emilio Becerra González (desde su curul):

No puedo, señor Presidente...

El Presidente:

Antes de exponer los motivos de su moción en los términos del Reglamento, señale el artículo que estima usted violado y luego expóngalo.

El diputado Emilio Becerra González (desde su curul):

El artículo 96, señor Presidente.

El Presidente:

Adelante, diputado.

El diputado Emilio Becerra González (desde su curul):

El artículo 96, que dice así: "Llegada la hora de la discusión, se leerá la iniciativa"..., etcétera, y luego dice: "el Presidente formará luego una lista de los individuos que pidan la palabra en contra y otra de los que la pidan en pro..." y evidentemente para que se formen esas listas, el Presidente tiene la obligación de preguntar a la Asamblea quiénes se anotan a favor y quiénes se anotan en contra, no leer una lista; por lo tanto, yo pido que se regularice el procedimiento, que se pregunte a la Asamblea y una vez que la Asamblea conteste, se proceda a confeccionar la lista y yo me reservo el derecho de inscribirme en esa lista.

El Presidente:

Diputado, quiero expresar a usted que como ya se ha hecho en forma reiterada en las sesiones de esta Cámara, los distintos grupos parlamentarios por economía procesal, repito, por economía procesal, pasan a la Presidencia el nombre de los diputados que desean intervenir en el debate.

Quiero expresar a usted que antes de realizar el registro, tomé el cuidado de preguntar y así se hizo en relación con su grupo parlamentario, si de quienes habían pedido se registraran para

hacer uso de la palabra, se registraban para hablar en pro o en contra, precisamente porque sabía la Presidencia que usted iba a insistir en este punto del Reglamento.

El auxiliar de la Presidencia solicitó al coordinador de su fracción parlamentaria, si el diputado del Partido de la Revolución Democrática, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, iba a hacer uso de la palabra en pro o en contra, me manifestaron que hablaba en pro, precisamente para seguir el orden, otorgar primero el uso de la palabra a quien se hubiere registrado primeramente en contra. Pero sabedor, diputado, que usted podía hacer, dada su intervención anterior, alguna observación reglamentaria, no me concreté a leer la lista de los oradores registrados, sino que hice la pregunta a la Asamblea; aparte de esta lista, insisto, por economía procesal, ¿existe algún otro orador que quiera hacer uso de la palabra?, y está abierto el registro de oradores. Repito a la Asamblea el mismo pedimento.

Diputado, ¿con qué objeto?

El diputado Jorge Alfonso Calderón Salazar (desde su curul):

Para solicitar me incluya en la lista de oradores, señor.

El Presidente:

¿En pro o en contra, diputado?

El diputado Jorge Alfonso Calderón Salazar:

Para razonar mi voto.

El Presidente:

Gracias, señor.

Adelante, diputado Becerra.

El diputado Emilio Becerra González (desde su curul):

Aun cuando usted y yo sabemos que la inobservancia de la ley no excluye de su cumplimiento y que la costumbre o práctica en contrario no puede justificar la violación o la inaplicación de la ley, y para no entrar a un debate bizantino, pido a usted que me anote en contra del dictamen, a reserva de que se haga entrega de una copia del propio dictamen, según lo que establece el artículo correspondiente, así como de la iniciativa.

El Presidente:

Gracias, diputado, está usted anotado para hablar en contra.

Señoras y señores diputados, registrados los oradores, doy a conocer la lista de quienes harán uso de la palabra: René Benítez Treviño, por la comisión; Gabriela Guerrero Oliveros, por el Partido Popular Socialista; Alfredo Castañeda Andrade, por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana; Jorge Oceguera Galván, por el Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional; Manuel Huerta Ladrón de Guevara, por el Partido de la Revolución Democrática; Juan Antonio Nemi Dib, por el Partido Revolucionario Institucional; Calderón, para razonar el voto y Becerra, en contra.

En consecuencia, de acuerdo con el Reglamento, fundándose la Presidencia en el artículo 98, se concede el uso de la palabra al diputado Becerra.

El diputado Emilio Becerra González:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Este es un caso verdaderamente increíble y que confirma, al final de la legislatura, la subordinación del Poder Legislativo respecto al Poder Ejecutivo. Las violaciones cotidianas de las normas que rigen el funcionamiento de este Congreso y el abandono total del interés de la nación que debería ser nuestra meta principal.

Para mí es bastante frustrante que un jurista de la categoría de quien el día de hoy preside, haya pasado por alto el Reglamento, eludiendo su obligación y dando por entendido algo que no se expresó en ese sentido, con respecto al artículo 25 fracción IV del Reglamento que dice que son obligaciones de los secretarios cuidar que se impriman y circulen con toda oportunidad entre los diputados, las iniciativas, dictámenes etcétera.

No hay nadie en la Cámara, absolutamente un solo diputado, que tenga ni la iniciativa ni el dictamen; uno solo no existe y estamos discutiendo este asunto. Claro, cualquiera puede levantar el papel que sea, pero no es ni la iniciativa, ni el dictamen.

El Presidente:

Un momento diputado, un momento por favor.

Señoras y señores diputados, el diputado Becerra tiene todo el derecho de expresar su punto de vista en este debate. Podrá la Asamblea y podrá incluso la Presidencia no estar de acuerdo con el fondo o con la parte sustancial de su argumentación, pero el diputado tiene el derecho de que se le escuche con atención y con respeto.

Pido a los señores miembros de la Cámara, tengan la bondad de guardar orden y guardar respeto al orador. Gracias.

El diputado Emilio Becerra González:

Muchas gracias, señor Presidente.

Del sentido gramatical y del sentido común de lo que expresa el artículo de que circulen con toda oportunidad, debe entenderse que estos documentos tienen que constar en poder de los diputados con el tiempo suficiente para leerlos, para analizarlos, para profundizar en el sentido de lo que se va a discutir, a debatir y en su caso aprobar.

Aquí, es claro que no existen esas copias de esos documentos. Yo por aquí vi muchas manos alzadas; me gustaría que alguien me trajera uno, porque yo requiero de una copia del dictamen para poder hacer mi intervención y a ver si todos esos que levantaron síntesis, que levantaron iniciativas de justicia, que levantaron iniciativas en otras materias y que evidentemente están falseando la responsabilidad de esta Cámara...

Yo pido a la Secretaría que dé lectura al documento que se me acaba de presentar y que haga constar con la fe pública que tiene, si contiene algún considerando este documento, primero y segundo, si coincide con el que leyó el diputado Guillermo González, secretario de la mesa. Ruego al Presidente ordene a la Secretaría certifique lo que acabo de solicitar.

El Presidente:

Proceda la Secretaría a certificar si tiene considerandos el documento que le acaba de ser entregado al orador.

El secretario José Raúl Hernández Avila:

Es un documento que dice: "Iniciativa de decreto que reforma los artículos 147 y 153 etcétera, de la Ley General de Equilibrio Ecológico..." y da cuenta solamente de los artículos que son objetos de discusión.

El diputado Emilio Becerra González:

¿Tiene alguna firma esa iniciativa?

El secretario José Raúl Hernández Avila:

No, no tiene firma.

El Presidente:

Continúe, señor orador.

El diputado Emilio Becerra González:

Señores, estamos ante un caso patético: iniciativas sin firma, sin considerandos, pero además falta una segunda parte de lo que yo pedí.

Si ésta es coincidente con la que se leyó hace un momento...

El Presidente:

Un momento diputado. ¿Diputado Nemi Dib?

El diputado Juan Antonio Nemi Dib (desde su curul):

Pido la palabra.

El Presidente:

¿Con que objeto?

El diputado Juan Antonio Nemi Dib (desde su curul:

Señor Presidente, deseo formular una interpelación al orador.

El Presidente:

La Presidencia la autoriza, pero quiero preguntar al orador si está de acuerdo en aceptar la interpelación.

El diputado Emilio Becerra González:

Durante tres años jamás he rehusado una interpelación y al cuarto para las doce no la voy a rehusar.

El Presidente:

Adelante, el orador la acepta, diputado Nemi Dib.

El diputado Juan Antonio Nemi Dib (desde su curul):

Gracias, señor Presidente.

Ha dado cuenta la Secretaría a esta Asamblea de un documento que en su inicio dice: "Documento 116/55/94 P.O. año tercero. Dictamen". Dicho documento se refiere a las conclusiones que fueron votadas en la sesión plenaria de la Comisión de Ecología de hoy por la mañana, en la que por cierto no estuvo presente el diputado Becerra, o mejor dicho, abandonó en apenas su primer tercio.

Posteriormente el diputado Becerra, ha presentado un documento que contiene una serie de propuestas de cambio que los diputados aquí presentes esperamos plantear en el transcurso de este debate y que todavía no son del conocimiento de la Asamblea.

En consecuencia, yo pregunto al orador si sabe, en primer lugar que está confundiendo dos documentos distintos y que eso podría entenderse como omisión o como dolo.

Y la segunda pregunta es: ¿En dónde estaba cuando la Secretaría dio puntualmente cuenta y lectura del documento de referencia? Muchas gracias.

El diputado Emilio Becerra González:

Bueno, respecto a la primera pregunta. Si el propio Presidente de la comisión reconoce que el documento, que todos erróneamente levantaron como el dictamen y la iniciativa sujeta a discusión, no es ni la iniciativa ni el dictamen, sino un documento que al rato se va a presentar y que a ése sí le sacaron copias, pues me está dando la razón del fraude a la nación y el fraude a los diputados que se hizo al hacerlos levantar un documento que realmente todavía es inexistente.

Por otro lado, debo de decirle que se contradice, porque por una parte dice que no asistí a la reunión de comisiones y por otra parte dice que asistí a una parte únicamente de esa reunión.

Y por último, respecto a dónde estaba. Evidentemente sí estoy enterado que el diputado Guillermo González, ilustre diputado veracruzano y uno de los mejores diputados de esta legislatura, secretario además de la mesa directiva, dio lectura al dictamen y él no está presente aquí y como no soy adivino, evidentemente estaba en el recinto parlamentario.

Ahora bien, en este caso de verdadera indefensión, para mí como diputado, y sobre todo lo más grave para la nación y estando ante la disyuntiva de protestar únicamente con esterilidad y tratar de hacer un análisis y una impugnación al documento que está sujeto a discusión, pido yo al Presidente para poder conocer este documento y poder precisar la situación en concreto, autorice a la Secretaría se me facilite el documento a discusión para hacer uno de los últimos esfuerzos que como representante de la nación debo hacer en su favor.

El Presidente:

Continúe en su intervención. Se reserva el proveído diputado.

El diputado Emilio Becerra González:

Señor Presidente, para mi intervención requiero del documento.

El Presidente:

Perdone diputado, usted ha hecho uso de la palabra para hablar en contra, esta Presidencia únicamente puede proveer lo relativo a su intervención. Su pedimento para hablar posteriormente,

podrá usted hacer uso de la palabra pidiendo y no tendré ningún inconveniente en que la Secretaría le pase a usted copia del dictamen que fue leído a la Asamblea y que en los términos del artículo 59, fue aprobado que se discutiera de inmediato. Pero en este momento no puede la Presidencia acceder a su pedimento que se le entregue copia para que usted continúe su intervención.

El diputado Emilio Becerra González:

Señor Presidente, creo que usted no me entendió. Yo no pedí copia del documento a discusión, pedí el original del documento a discusión que supongo está en poder de la Secretaría y solicité instruyera a la Secretaría me permita el original del documento.

El Presidente:

Señor diputado.

En los términos del artículo 113 del Reglamento, proceda por favor la Secretaría a leer el artículo 113, si es tan amable.

El secretario José Raúl Hernández Avila:

Artículo 113. Cuando algún individuo de la Cámara quisiera que se lea algún documento en relación con el debate para ilustrar la discusión, pedirá la palabra para el solo efecto de hacer la moción correspondiente y aceptada que sea por la Cámara, la lectura del documento deberá hacerse por uno de los secretarios continuando después en el uso de la palabra el orador.

Servido, señor Presidente.

El Presidente:

Usted no ha pedido el uso de la palabra ni se ha registrado, señor diputado, ni para que se le entregue el original, ni para que se le entregue copia, ni siquiera para que se dé lectura al documento relacionado con el debate. Por eso le pido, diputado, que continúe con su intervención, puesto que usted se registró para hablar en contra, ése es el objeto de su intervención. Adelante diputado.

El diputado Emilio Becerra González:

Es inusitado que un Presidente de la estatura jurídica de quien hoy dirige acuda al peor de los autoritarismos y qué bueno eso nos indica que en caso de que su partido llegara a ganar las próximas elecciones federales, ésta sería la manera en que dirigirían al país.

Es verdaderamente aberrante sin que existan copias de los documentos estando el documento aquí en la Secretaría, y yo creo que aquí está y no para adorno, sino para que se le dé el uso que es el más indicado y el uso indicado es cuando menos conocer ese documento; pero ya si ni eso es posible, trataré de hacer una intervención por lo que recuerdo.

Diputados, el documento en debate, que además es documento secreto, porque nadie lo conoce, nadie tiene copia de él y en donde está no se puede ver ni tocar...

El diputado Luis Alberto Beauregard Rivas (desde su curul):

Señor Presidente...

El Presidente:

Un momento diputado. ¿Con qué objeto, diputado Beauregard?

El diputado Luis Alberto Beauregard Rivas (desde su curul):

Ruego a usted consulte al orador, bueno, orador es un decir, si acepta una interpelación.

El Presidente:

La Presidencia la autoriza. ¿Señor orador, acepta usted una interpelación?

El diputado Emilio Becerra González:

Para ser congruente, no se aceptan interpelaciones de quien se dice interpelador.

El Presidente:

Adelante, diputado, continúe con su intervención.

El diputado Emilio Becerra González:

Decía yo que en este documento a debate hay situaciones muy graves...

El diputado Juan Antonio Nemi Dib (desde su curul):

Señor Presidente...

El Presidente:

Un momento, diputado.

Diputado Nemi Dib, ¿con qué objeto?

El diputado Juan Antonio Nemi Dib (desde su curul):

¿Desea usted preguntar al señor que se encuentra en la tribuna, si acepta una interpelación?

El Presidente:

Antes de hacer la pregunta, solicito, diputado, el máximo respeto para el orador.

El diputado Juan Antonio Nemi Dib (desde su curul):

Así será, señor Presidente.

El Presidente:

Diputado Becerra, ¿acepta usted una interpelación?

El diputado Emilio Becerra González:

Si es del señor que tiene el micrófono en la mano, sí.

El Presidente:

La Presidencia la autoriza también. Diputado Nemi puede usted hacer la interpelación.

El diputado Juan Antonio Nemi Dib (desde su curul):

Gracias, señor Presidente. Es evidente el interés, que me niego a calificar por no poner la palabra adecuada en mi boca, del diputado que se encuentra en la tribuna, no sólo por desvirtuar el sentido de un debate importante, trascendente para la vida nacional, sino además para darle en los últimos momentos de la vida legislativa, salida a su enorme protagonismo; sin embargo, yo quisiera preguntarle si cuando le restan 7 minutos 24 segundos del tiempo disponible para su intervención, ¿tiene algo verdaderamente efectivo, constructivo, real, concreto que aportar a esta discusión en tratándose de la materia que se encuentra en comento?

Y pregunto esto sustentado en el hecho de que legisladores de los seis partidos se encuentran involucrados en el trámite de la iniciativa que estamos discutiendo.

La segunda pregunta es aún más concreta, señor Presidente. Quisiera que el orador me contestara si el desconoce el texto de la iniciativa que hoy se está dictaminando y que fue suscrita por compañeros de su fracción parlamentaria. Muchas gracias.

El diputado Emilio Becerra González:

Bueno, en primer lugar, es evidente la ignorancia del Reglamento por parte del diputado que hizo la interpelación, porque me dice que me quedan 7 minutos y fracción cuando en realidad me quedan 22 minutos y fracción, porque el Reglamento me otorga 30 minutos, en primer lugar.

En segundo lugar, si él y gente de su partido continúan haciendo interpelaciones no tendrán la oportunidad o no me dan oportunidad de exponer lo que quiero exponer al respecto y, desde luego que conozco el documento, porque eso ya lo dije hace rato, si no pone atención a mi intervención pues va a ser muy difícil que le parezca que es la más indicada.

Ahora bien, quiero continuar al respecto. En primer lugar, el documento a debate es como en muchos actos que hemos debatido en esta

Cámara, el reconocimiento del fracaso de la política gubernamental y del desprecio hacia los intereses populares, porque en la exposición de motivos que se leyó, se habla de que con esta legislación se impedirá la continuación de la importación de materiales peligrosos, de desechos tóxicos, de desechos dañinos.

Como decía acertadamente un compañero del Partido de la Revolución Democrática cuando se sometió a discusión el documento que en algún momento o quizá mañana veremos acerca de la interpretación de los delitos electorales, aquí hay que analizar, no solamente lo que los documentos dicen, sino también lo que no dicen y, este documento está diciendo tácitamente que durante estos seis años, nuestro país ha sido basurero trasnacional; que durante estos años el hecho de que multitud de países y empresas hayan introducido desechos tóxicos, desechos peligrosos en nuestro país, motivó que exista una preocupación y que ahora se busque legislar, porque esto ya no suceda.

Por principio de cuentas, es el reconocimiento y la afirmación tácita del fracaso de la política gubernamental en materia ecológica. Y es muy sorprendente que la mayor parte de funcionarios de la Sedesol, esto es, los secretarios de Estado y el propio Presidente de la República, han recibido en muchos foros internacionales medallas, reconocimientos, diplomas y honores por su lucha en favor de un ambiente limpio y qué raro y además, qué oportuno que casi al final del sexenio, cuando en todos lados reconocen a nivel internacional la lucha contra la contaminación por parte de las más altas autoridades, aquí en esta iniciativa se está descalificando toda la política gubernamental. Pero no sólo. También se está estableciendo un principio que es aberrante; porque la última parte de mi intervención se referirá hacia la importación de desechos tóxicos y peligrosos. Pero quiero ir hacia una parte más adelante del propio documento en donde habla de la posibilidad para que nosotros exportemos esos desechos a otras naciones.

Y aquí claramente estamos violando el principio del imperativo categórico kantiano de que hay que obrar de tal manera que deseemos que nuestra conducta sea elevada a la categoría de principio de universal observancia. Y que en palabras llanas es como decía mi abuelo: no hay que hacerles a otros lo que no queramos que otros nos hagan a nosotros.

Aquí se viene a plantear como un gran avance que el hecho de que ya no admitamos la importación de desechos tóxicos, es muy bueno para la nación pero que también es muy bueno que saquemos esos desechos tóxicos y se los demos a otros y, además con una serie de requisitos: que los otros se comprometan a que no se los regresemos; que sean naciones de la organización quién sabe qué; que sea esto y que sea lo otro.

Bueno señores, en dónde queda el sentido común. Sino aceptamos y creemos que es lo correcto que no aceptemos ser basurero ecológico de otros, ¿por qué si vemos justo que otros sean basurero ecológico de nosotros?

Pero, por otra parte y al respecto de eso, quiero decir que aun cuando es un avance teórico establecer en la legislación, la prohibición de la importación de desechos tóxicos y de materiales peligrosos, con la salvedad que ahí establecen. Desafortunadamente como estoy maniatado por la Presidencia de esta Cámara, que no me deja conocer nada, estoy hablando de lo que recuerdo. Y en ese documento tengo que tener presente al diputado Rodríguez Prats, que hablaba de que había por aquí gente que eran del partido, sí pero no. Nada más que a Rodríguez Prats se le olvidó la otra parte de la oración: que el PRI es el partido del "no pero si" porque multitud de documentos y de leyes que nos han presentado, dice: Se prohibe esto y esto y lo otro. Y luego un punto y seguido o punto y aparte: ¡Ah!, pero excepcionalmente esto y esto y lo otro también así y así y así, o a menos que las partes ¡zas!, ¡zas!, ¡zas! y, en este momento recuerdo la reforma a la Ley Inquilinaria, en donde decía:

"Se prohibe que las partes contraten por menos de un año". ¡Ah!, pues todos muy contentos. Pero luego una segunda parte:

"A menos que las partes hagan un acuerdo en contrario."

Y es lo mismo que ahora nos están diciendo aquí:

"Se prohibe la importación de desechos tóxicos a México. Excepción hecha de los casos en que..."

El Presidente:

Señor diputado; señoras y señores diputados: Efectivamente, por acuerdo parlamentario, el

tiempo de que pueden disponer los señores oradores en estos debates es de 15 minutos. Esta Presidencia lo hace del conocimiento del señor orador que está en uso de la palabra, pero con un agregado:

Esta Presidencia sustenta el criterio de que el acuerdo parlamentario no puede estar por encima de las disposiciones reglamentarias y, el Reglamento le confiere al señor orador un tiempo de 30 minutos. En esas condiciones, pide la Presidencia al señor orador:

Primero. Se ajuste a los términos del acuerdo parlamentario.

Pero, si el señor orador desea hacer uso del derecho que le confiere el Reglamento, continúe el señor orador en el uso de la palabra hasta por los 30 minutos que señala el Reglamento. Es la decisión de la Cámara, la decisión de los coordinadores la que tomará en cuenta el señor orador y del pleno de esta Asamblea. Gracias.

El diputado Emilio Becerra González:

Muchas gracias, señor Presidente:

Veo que finalmente estamos unificando criterios...

Ya había yo expresado en la interpelación del diputado Nemi Dib, que no disponía yo del tiempo que él dolosamente pretendía, sino del tiempo reglamentario; pero además, como considerando aparte de la argumentación que usted hizo, muy brillante a favor de los 30 minutos, debo recordar que yo soy miembro de la Cámara de Diputados, no de la "cámara de coordinadores". Por lo tanto, me seguiré ajustando a la Ley Orgánica del Congreso y al Reglamento. Además ya no me queda mucho tiempo para exponer.

Decía yo que en estas iniciativas del "no pero si", es inaceptable y es la parte fraudulenta de la iniciativa y en esto todo ha sido fraudulento a partir de presentar un dictamen sin dictamen, a raíz de presentar un dictamen que nunca se le sacó copia, a raíz de estar en la absoluta imposibilidad de tener presente ese dictamen; pero preocupado por la nación y sobre todo viviendo yo y proviniendo de una zona industrial, concretamente de la ciudad de Salamanca, que ha sido conocida como la ciudad mártir por el grado tan elevado de contaminación que existe, me veo en la necesidad de luchar al límite de mis posibilidades, de mis fuerzas, de mi conocimiento, en favor de un ambiente limpio por los míos, primero y después por el pueblo de México en general.

Decía yo que en esta documentación y "en esta legislación del no pero sí", dicen o se establece más o menos en el proyecto a discusión que no se podrán importar materiales peligrosos, desechos tóxicos, etcétera. Pero más adelante dice, y ahí es donde viene la parte preocupante y la parte inaceptable, que en casos excepcionales, discrecionalmente, como si no fueran suficientes las facultades discrecionales con que cuenta el Ejecutivo y al respecto recuerdo aquí el famoso libro del doctor Carpizo sobre el presidencialismo mexicano, en donde dice que el Ejecutivo Federal tiene multitud de facultades discrecionales que desnaturalizan el régimen republicano, aquí se pretende una facultad discrecional más y esta facultad discrecional, que se habla de excepcional, pues esa abre la puerta para que entren todos los desechos y todas las sustancias y todos los materiales prohibidos.

Porque en cada ocasión que al Secretario de Desarrollo Social, al Presidente de la República o algunas personas relacionadas con estas oficinas de Gobierno tengan interés en que se importe al país un número importante de esos materiales, pues será uno de esos casos excepcionales y discrecionales que establece la ley y contra eso la sociedad quedará totalmente desarmada.

En pocas palabras a este artículo que desafortunadamente no tengo el número a la mano, sino lo diría lo denominaría yo: "¡el artículo atole con el dedo!"

¡Y como ni yo ni el pueblo de México queremos "atole con el dedo" y ante el fracaso de la política ambientalista de este Gobierno y buscando el mejor interés de la sociedad, de las familias, del pueblo entero de México, habré de votar en contra de este atraco! Gracias.

El Presidente:

Por la comisión, se concede el uso de la palabra al diputado René Benítez Treviño.

El diputado René Silvestre Benítez Treviño:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Como aquí ya se había expresado, hoy por la mañana, la Comisión de Ecología sesionó para analizar y discutir la iniciativa que está en comento y que fue aprobada por la mayoría de los miembros de la propia comisión.

Durante el desarrollo de esta sesión, esto es, a lo largo de este día, se han ido construyendo consensos que enriquecieron de manera sustancial la citada iniciativa. En consecuencia, la Comisión de Ecología somete a la consideración de esta soberanía una propuesta que ha incorporado las diferentes posturas expresadas.

Primero. Se propone precisar el contenido del artículo 147, para señalar expresamente que las facultades de la Secretaría se ejercerán respecto de las operaciones que efectúen las personas físicas y morales, ya que la redacción actual podría interpretarse que se refiere sólo al sujeto y no a la actividad. Este ajuste, aun cuando es meramente de estilo, se considera conveniente para fortalecer la fórmula legislativa del precepto comentado.

Segundo. A efecto de dar una más adecuada distribución al contenido del artículo 153, se proponen ajustes de forma, para que su configuración quede en tres apartados de la siguiente manera:

a) El encabezado del artículo 153 contendría el texto que actualmente aparece en las fracciones I del apartado A y segunda del apartado B, en atención a que las facultades de la Secretaría en materia de control y vigilancia ecológica, se ejercen tanto para materiales como para residuos peligrosos, con ello se evita una repetición en ambos apartados;

b) Como consecuencia de lo anterior, se recorren en su orden las fracciones correspondientes de los apartados A y B. Asimismo, el actual inciso f, de la fracción IV del apartado B, pasa a ser fracción III del mismo, con objeto de que la obligación de garantizar el cumplimiento y la reparación de daños y perjuicios, sea aplicable, tanto a exportaciones como a los casos de excepción, tratándose de importaciones; ello obedece a que el texto actual únicamente exige garantizar las exportaciones, siendo para los intereses nacionales de fundamental importancia el que se garantice también en importaciones, y

c) A efecto de que la revocación de las autorizaciones otorgadas sea aplicable de manera general, tanto para materiales como para residuos peligrosos, se propone la creación de un apartado C, ya que actualmente dicha facultad se encuentra prevista únicamente en el apartado A, por lo que la autoridad no tendría tales facultades en tratándose de residuos peligrosos.

Tercero. Se propone fusionar los artículos segundo y tercero transitorios, para clarificar los criterios de renovación de permisos vigentes y expedición de nuevos permisos.

En razón de lo anterior, la iniciativa quedaría como sigue:

"Iniciativa de decreto que reforma los artículos 147 y 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Artículo único. Se adiciona un cuarto párrafo al artículo 147 y se reforma el artículo 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 147. La Secretaría determinará los casos en que las operaciones que efectúen las personas físicas o morales responsables de la realización de actividades altamente riesgosas, deban garantizar mediante fianza, depósito en efectivo o seguro. El cumplimiento de las disposiciones de seguridad que se prevén en la ley, en el Reglamento en materia de residuos peligrosos y en las normas respectivas, con el fin de responder, en caso de incumplimiento o siniestro y se proceda a la reparación del daño, tanto al ambiente como a personas y bienes.

Lo anterior, independientemente de las obligaciones impuestas por otras disposiciones legales y reglamentarias.

Artículo 153. Corresponderá a la Secretaría el control y la vigilancia ecológica de la importación y exportación de materiales y residuos peligrosos, aplicando las medidas de seguridad que correspondan, sin perjuicio de lo que sobre este particular prevé la Ley Aduanera y de conformidad con las restricciones que establece el

Ejecutivo Federal. En todo caso deberán observarse las siguientes disposiciones.

a) Para los materiales peligrosos.

Primero. No podrá autorizarse la importación de materiales peligrosos, cuyo único objeto sea el simple depósito, almacenamiento o confinamiento en el territorio nacional o en las zonas en donde la nación ejerce su soberanía y jurisdicción.

Segundo. No podrá autorizarse el tránsito por el territorio nacional de materiales peligrosos que no satisfagan las especificaciones de uso o consumo, conforme a las que fueron elaboradas o cuya elaboración, uso o consumo, se encuentren prohibidos o restringidos en el país al que estuvieren destinados.

Tercero. El otorgamiento de autorizaciones para la exportación de materiales peligrosos quedará sujeto a que exista consentimiento expreso del país receptor y a que no se contravenga lo dispuesto por la fracción XIII del artículo 15 de esta ley así como las disposiciones jurídicas aplicables en el país o en los países receptores y las obligaciones derivadas de acuerdos y convenios internacionales, y

Cuarto. El otorgamiento de autorizaciones por parte de la Secretaría para la importación y exportación de materiales peligrosos, quedará sujeto a que se garantice debidamente el cumplimiento de lo que establezca la presente ley y las demás disposiciones aplicables, así como la reparación de los daños y perjuicios que pudieran causarse, tanto en el territorio nacional como en el extranjero.

b) Para los residuos peligrosos.

Primero. Queda prohibida la importación de residuos peligrosos para disposición final, tratamiento, reciclaje, reúso o destrucción, en los términos de lo dispuesto por la Ley de Metrología y Normalización, la Secretaría expedirá una norma oficial mexicana, que establezca y precise los casos en que se permitirá con carácter excepcional, la importación de residuos peligrosos para fines distintos a los de disposición final; en dicha norma se incluirán los criterios de carácter ambiental, económico y social en que deberán basarse las solicitudes de importación y se señalarán, además, los requisitos que deberán cubrir los importadores.

Segundo. Queda prohibido el tránsito, por cualquier medio, a través del territorio nacional de residuos peligrosos provenientes del extranjero y destinados a un tercer país o a cualquier zona de jurisdicción internacional.

Tercero. El otorgamiento de autorizaciones por parte de la Secretaría, para la exportación e importación de residuos peligrosos en los casos de excepción a que se refiere la fracción I de este apartado, quedará sujeto a que se garantice debidamente el cumplimiento de lo que establece la presente ley y las demás disposiciones aplicables, así como la reparación de los daños y perjuicios que pudieran causarse tanto en el territorio nacional o en las zonas marinas de jurisdicción nacional, como en el extranjero.

Cuarto. Podrá autorizarse la exportación de residuos peligrosos cuando:

a) No se contemple su reimportación a territorio nacional;

b) Exista consentimiento expreso del país receptor;

c) El país de destino no exija reciprocidad;

d) No contravenga lo dispuesto por la fracción XIII del artículo 15 de esta ley, y

e) El país de destino sea miembro de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico, cuyas siglas son OCDE.

Quinto. Los residuos peligrosos generados en los procesos de producción, transformación, elaboración o reparación en los que se haya utilizado materia prima introducida al país bajo el régimen de importación temporal deberán ser retornados al país de procedencia dentro del plazo que para tal efecto determine la Secretaría.

Sexto. En adición a lo que establezcan otras disposiciones aplicables, podrán revocarse las autorizaciones que se hubieren otorgado para la importación y exportación de materiales y residuos peligrosos, sin perjuicio de la imposición de la sanción o sanciones que correspondan, en los siguientes casos:

1o. Cuando por causas supervinientes, se compruebe que los materiales o residuos peligrosos autorizados constituyen mayor riesgo para

el equilibrio ecológico que el que se tuvo en cuenta para el otorgamiento de la autorización correspondiente.

2o. Cuando la operación no cumpla los requisitos fijados en la guía ecológica que expida la Secretaría.

3o. Cuando los materiales y residuos peligrosos ya no posean los atributos o características conforme a los cuales fueron autorizados; y,

4o. Cuando se determine que la autorización o vía ecológica ha sido transferida a un titular distinto al que solicitó la autorización o cuando la solicitud correspondiente contenga datos falsos o presentados de manera que se oculte información necesaria para la correcta apreciación de la solicitud.

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. A partir de la entrada en vigor del presente decreto, se negará toda nueva solicitud de importación de residuos peligrosos, que sea formulada por empresas que a la fecha de la misma no hayan estado legalmente dedicadas a esta actividad. Sólo se autorizarán nuevas solicitudes a empresas que hayan estado legalmente dedicadas a la importación de residuos peligrosos, para su reciclamiento o recuperación de materiales secundarios y que cumplan las leyes, reglamentos y disposiciones sobre la materia.

Artículo tercero. Las normas señaladas en la fracción I del apartado B, del artículo 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, deberán emitirse dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto. En tanto sean aprobadas, se observará lo dispuesto en dicho numeral antes de ser reformado por el presente ordenamiento.

Artículo cuarto. A petición de los interesados y a partir de la entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría pondrá en marcha un programa de apoyo para la reconversión tecnológica y productiva de las empresas a que se refiere el artículo 3o., en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y con Nacional Financiera.

Artículo 5o. Dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Relaciones Exteriores cursará la correspondencia diplomática necesaria, para dar por terminados o para iniciar negociaciones para modificar anteriores ordenamientos.

Artículo sexto. Dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha en entrada en vigor... perdón, repito el artículo, está aquí como 5o. y 6o. Dentro de un plazo de 30 días... es artículo 5o., pido que se haga la corrección correspondiente, es artículo 5o. únicamente.

Artículo quinto. Dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Relaciones Exteriores notificará el contenido del presente decreto a los estados partes en la Convención de Basilea, sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos de 1989, a través del secretario de la misma y en cumplimiento de sus artículos 4o. y 13.

Señor Presidente, con base en el Reglamento, muy respetuosamente solicito a usted someta a consideración de esta Asamblea, la presente propuesta de modificaciones. Muchas gracias.

El Presidente:

La Presidencia, en los términos de Reglamento, solicita el uso de la palabra para rectificar hechos y queda presidiendo el vicepresidente.

El diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Señoras y señores diputados:

La Presidencia desempeñada por el de la voz, ha estado muy atenta a las impugnaciones hechas a su desempeño por el diputado Becerra. El centra la falla de la Presidencia fundamentalmente en el hecho de que queda en estado de indefensión y queda en estado de indefensión, dice el diputado Becerra, porque la Presidencia no acordó, dentro del desarrollo de su intervención, que se le proporcionará el original del documento que contiene el dictamen.

Quiero expresar a toda la Asamblea, que la Presidencia trató de ajustar su conducta al contenido de las disposiciones reglamentarias. Si

algún diputado o algún grupo de diputados estima que se encontraba en estado de indefensión por el hecho de no haberse observado alguna de las obligaciones que contiene el artículo 25 del Reglamento, concretamente la fracción IV, que es obligación de los secretarios el velar porque se impriman y se distribuyan las copias de los dictámenes oportunamente y no sólo a los diputados, quiero aclarar, el dispositivo va más allá, también debe pasarse copia al Poder Ejecutivo.

Pero quiero señalar que el Reglamento es muy claro. Ello implicaba por parte del orador la suspensión del debate, la suspensión de la discusión del dictamen y efectivamente el Reglamento prevé categóricamente los casos en que se puede establecer la suspensión de la discusión y hay un artículo expreso que el diputado conoce, dado que es un profundo conocedor del Reglamento; ninguna discusión puede ser suspendida, nos dice el Reglamento, sino en los casos que expresamente el Reglamento determina, entre otros la falta de quórum, por ejemplo, entre otros graves desordenes en la Asamblea y entre otros diputado Becerra, en caso de moción suspensiva.

Y claro que el Reglamento es lógico, las disposiciones reglamentarias son lógicas, porque pueden preverse deficiencias o fallas que impidan el debate, y yo creo señoras y señores que lo que señalaba el diputado Becerra podía ser un motivo para suspenderla. El Reglamento es categórico, tenía que haberse planteado al inicio de la discusión y tenía que haberse planteado en la forma de moción suspensiva.

Y quiero decir a todos los diputados, que esa sería la materia de la moción, presentarse ante la tribuna, leerla dice el Reglamento, a hablar en pro y en contra y en la materia del debate de la moción suspensiva, ahí sí hacer valer toda la argumentación del diputado Becerra. ¿Cómo qué por ejemplo? Como por ejemplo que no dispusiera hasta el más modesto de los diputados, si pudiera haber más modesto que pudiera entender aquellos que no pertenecen a grupo parlamentario alguno, porque son diputados independientes, que no les hubiera llegado el contenido del dictamen y si no le llegó el contenido del dictamen por una omisión, que insisto no es de la Presidencia, ahí sí hacerla ver al pleno de la Asamblea, como, por ejemplo, también demostrar a la Asamblea, demostrar que el documento que obra en poder de la Secretaría, no el que se entregó al señor diputado por parte de uno de los compañeros diputados, no, el que leyó la Secretaría carecía de los requisitos tales como la firma de los integrantes de la mayoría de la comisión que dictaminó.

Y entonces ahí estaba abierta la posibilidad, por eso yo señalé...

El Presidente:

Señor orador, su tiempo ha terminado.

El diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Concluyo si el señor Presidente quisiera preguntar a la Asamblea si me autoriza dos minutos más para terminar, de lo contrario concluyo.

El Presidente:

Adelante señor orador.

El diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Señoras y señores, ese segundo elemento, la falta de firmas, también podría hacerse valer, pero ya no en la moción suspensiva, podía hacerse valer en la moción suspensiva, ésa sería una primera fase y una segunda fase que sí sería la materia dentro del debate en contra y dentro del debate en contra se puede alegar que en el dictamen no aparece la mayoría de las firmas de los miembros de la comisión, pero para eso está el 113. El 113 permite a cualquier miembro de la Cámara pedir que se lea cualquier documento que tenga relación con el negocio a discusión.

Si no se hizo la moción suspensiva, la Presidencia estaba imposibilitada para suspender el debate; si no se pidió la lectura de la constancia, la Presidencia estaba en la imposibilidad de permitir al orador suspender momentáneamente el debate para que se le entregara el original y pudiera enterarse de su contenido.

Hasta este momento, la Presidencia ajustó su conducta a las disposiciones reglamentarias y durante las intervenciones del diputado Becerra guardó respeto al orador y al diputado. Gracias, señores.

El Presidente:

Tiene la palabra la diputada Gabriela Guerrero Oliveros, del Partido Popular Socialista.

La diputada Gabriela Guerrero Oliveros:

Señor Presidente; señoras y señores legisladores:

Durante siglos en casi todos los países se ha usado a la naturaleza como caja receptora de los residuos generados en la explotación minera y en los procesos industriales.

En México ha pasado al semejante: el crecimiento industrial de nuestro país en las últimas décadas ha sido creciente, pero junto con el bienestar que derramó trajo consigo el deterioro del medio ambiente porque no se consideró en su oportunidad la infraestructura capaz de captar, neutralizar y confinar los residuos que necesariamente produce todo proceso industrial.

Se estima que la generación de residuos industriales en México es del orden de 75 millones de toneladas por año, de las cuales 66 millones corresponden a residuos de la industria minera, no necesariamente peligrosos y 9 millones al resto de la actividad industrial. De estos últimos del orden de 5 millones de toneladas son considerados peligrosos.

Los residuos industriales peligrosos se clasifican en corrosivos, reactivos, explosivos, tóxicos e inflamables, su nivel de peligrosidad depende de dos factores fundamentales: el tiempo de exposición y la concentración del elemento al cual se expone una persona.

Esta clasificación, señoras y señores diputados, es de índole internacional y se conoce como la clave CRETI, palabra formada por las iniciales de cada una de las características que antes he descrito.

El control de los desechos industriales peligrosos o tóxicos en nuestro país, como ustedes conocerán es muy reciente, ya que apenas en diciembre de 1982 empezó a operar el primer confinamiento de residuos industriales no tóxicos, que fue construido por el Fideicomiso Sahagún para dar servicio a las empresas paraestatales que ahí operaban; en 1983 amplió su cobertura a todos aquellos residuos autorizados por la Secretaría de la materia, que cumplen con las especificaciones de construcción del mismo.

Sabemos bien que la Sedesol ha otorgado licencia de autorización de operación a nueve confinamientos controlados que cumplieron con los requisitos técnicos exigidos, esto es, estudios de geohidrología, topografía, climatología e impacto ambiental entre otros y que están sujetos a una supervisión permanente por parte de la Sedesol.

Con esto se pretende promover una mejor disposición de los residuos y evitar que con el pretexto de que no existen confinamientos adecuados, se arrojen a terrenos baldíos, ríos, cuerpos de agua etcétera, con lo cual el PPS está de acuerdo.

Siendo la Sedesol, la entidad normativa sobre la prevención y control de la contaminación ambiental regulada por la Ley Federal de Metrología y Normalización, el Partido Popular Socialista manifiesta que mantiene tal preocupación por la política de manejo adecuado de los residuos industriales peligrosos tóxicos, que ésta se refleja y recoge en su plataforma electoral, en su programa y considera, por tanto, impostergable, la creación de la infraestructura para el control total de los residuos industriales. Considera impostergable asimismo que en todo proceso nuevo se exija la implantación de tecnologías limpias que reduzcan la generación de residuos y que aliente el reciclaje como una de las formas más racionales de manejar los residuos para su aprovechamiento y reducir volúmenes para su tratamiento y disposición final.

El Partido Popular Socialista apoya a nivel nacional la instalación de empresas recicladoras y de confinamientos de desechos tóxicos y peligrosos siempre y cuando cubran todos los requisitos.

Considerando que la disposición final de estos residuos peligrosos constituye un desafío para la humanidad, el Partido Popular Socialista valora altamente el trabajo realizado por la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, mismo que fue plural para reformar los artículos 147 y 153 de dicha ley que muy positivo, a excepción podríamos decir los miembros del grupo parlamentario del Partido Popular Socialista de que las reformas de estos dos artículos es insuficiente

la explicación acerca de lo que son y las diferencias que se encuentran entre materiales y desechos peligrosos o tóxicos, no parece que era el momento para hacerlo.

Otra excepción, la segunda que tendríamos, es la de su apartado B, tema I, que establece lo siguiente: "Queda prohibida la importación de residuos peligrosos para disposición final, tratamiento, reciclaje, reúso o destrucción". Hasta aquí debió quedar como se encontraba antes, pero continúa: "En los términos dispuestos por la Ley de Metrología y Normalización la Secretaría expedirá una norma oficial mexicana que establezca y precise los casos en que se permitirá, con carácter excepcional, la importación de residuos peligrosos para fines distintos a los de disposición final. En dicha norma se incluirán los criterios de carácter ambiental, económico y social en que deberá basarse las solicitudes de importación y se señalará además los requisitos que deberán cubrir los importadores".

Queremos dejar claro, señoras y señores diputados, que el Partido Popular Socialista no se opone a la normalización en la materia, pero estamos seguros los miembros de nuestro grupo parlamentario de que esta excepción se prestará a diversas interpretaciones.

Sin embargo, a pesar de estas limitaciones para las que no pudimos encontrar una redacción adecuada que pudiera ser aceptada por tratarse de un problema realmente de fondo, el grupo parlamentario del Partido Popular Socialista considera positiva, aun cuando limitada, la iniciativa de decreto que reforma los artículos 147 y 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, por lo cual emitirá su voto a favor confiando en el acuerdo político recogido en el artículo tercero transitorio que establece 30 días para emitir la norma oficial mexicana en materia de residuos peligrosos, para lo cual nos convertiremos en vigilantes participativos de su cumplimiento cabal. Muchas gracias por la atención.

El Presidente:

Se concede el uso de la palabra al diputado Alfredo Castañeda Andrade, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

El diputado Alfredo Castañeda Andrade:

Con su venia, señor Presidente; señoras y señores legisladores:

Las acciones que se toman en materia legislativa en relación a la protección ambiental, representa per se una condición sine que non para lograr el desarrollo sustentable en el marco de las políticas ambientales en las postrimerías del siglo XX.

En efecto, la iniciativa de reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente que hoy venimos a discutir, representa un gran paso en la salvaguarda de las capacidades de las generaciones futuras.

En el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana queremos a la vez, hacer un reconocimiento al Presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, al señor y licenciado Juan Antonio Nemi Dib, por el esfuerzo de concertación y su vocación de respeto a la pluralidad que siempre ha reinado en el seno de la comisión, muy particularmente y aun estando en forma algunas veces contraria a lo que piensa el señor licenciado Nemi Dib, fui tratado con cortesía y respeto, lo cual le agradezco de antemano.

Y, por otro lado, reconocemos que no ha sido fácil llegar a este dictamen, que se tuvo que arribar a un punto de encuentro entre los afectados y los demandantes; que se optó por encauzar esta reforma en los parámetros de la Convención de Basilea, sobre el control de movimientos trasfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación.

Que se emitió una declaración política en relación con la decisión del gobierno de los Estados Unidos de América de excluir a México de la prohibición para exportar desechos peligrosos. Todo esto ha sido un gran esfuerzo de nosotros los legisladores para poder contar, ahora, con una iniciativa de reforma que tiene el grave problema de los desechos peligrosos generados en México, o importados del extranjero para diversos fines.

El convenio de Basilea es claro, decide prohibir de inmediato los movimientos trasfronterizos de desechos peligrosos de estados de la OCDE a estados que no forman parte de esa organización, destinados a su eliminación definitiva decide que para miembros que no forman parte de la OCDE, deberán informar a la Secretaría del convenio sobre operaciones de reciclaje y

recuperación, especificando categorías de desechos peligrosos que podrían importarse. Su cantidad, su proceso, destino y eliminación definitivos derivados de las operaciones de reciclaje, recuperación, informar a la Secretaría sobre los movimientos fronterizos de desechos peligrosos permisibles, así como la cooperación y el trabajo de las partes para asegurar la aplicación efectiva de la decisión del convenio.

Durante la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y en el desarrollo en Río de Janeiro en junio de 1992, una de las principales preocupaciones giró en torno a la redacción del capítulo XIX de la agenda 21.

La gestión ecológicamente racional de los productos químicos tóxicos, incluida la prevención del tráfico internacional ilícito de productos tóxicos y peligrosos. En él se señaló que dos de los principales problemas, particularmente de los países en desarrollo, son la falta de información científica para poder evaluar los riesgos que entraña la utilización de gran número de productos químicos y la falta de recursos para evaluar los mismos, respecto de las cuales sí dispone de datos.

Ante esta cuestión, la iniciativa que analizamos responde a esta problemática en el sentido de emitir una norma oficial mexicana en materia de provisión total de desechos peligrosos y las condicionantes de excepcionalidad en que podrán autorizarse algunas importaciones, de la cual coincidimos plenamente para lograr la definición de objetivos y el diseño de las políticas en esta materia.

Los programas que excita la agenda 21 a saber: expansión y aceleración de la evaluación internacional de los riesgos de los productos químicos; armonización de la clasificación y el etiquetado de estos productos; intercambio de información sobre los productos químicos tóxicos y sobre el riesgo que entrañan los mismos; organización de programas de reducción de riesgos; fomento de la capacidad de los medios nacionales para la gestión de los productos químicos y prevención del tráfico internacional ilícito de productos tóxicos peligrosos.

Evidentemente, un requisito indispensable para el logro de la seguridad química es que exista la más amplia comprensión posible de los riesgos que representan los productos químicos, reconociendo el principio del derecho de la comunidad y de los trabajadores de estar informados.

Estas reformas además promoverán la iniciativa del sector industrial sobre el cuidado responsable y la supervisión de los productos, aplicando normas operativas apropiadas a fin de evitar los daños a la salud humana y al medio ambiente.

En efecto, la minimización es la herramienta más poderosa que tiene la industria para resolver el problema de sus desechos y emisiones. Las opciones tradicionales como la incineración, son suficientes y en algunos casos claramente ineficientes y costosas.

Es por esta razón que las líneas a seguir en los próximos años serán decisivas, anhelando la idea de la minimización a la filosofía y hábitos de trabajo de las compañías.

Un plan de esta dimensión permitiría la identificación, evaluación, selección e implementación de las medidas adecuadas para la producción de desechos y flujos de emisiones generadas para la industria.

Compañeros diputados: nos encontramos ante un momento coyuntural en donde no solamente los mexicanos, sino la gente del mundo entero, especialmente los jóvenes y las generaciones que les seguirán, tendrán en cuenta las acciones de lo que hacemos o dejemos de hacer.

La Tierra es el único hogar que tenemos; su destino está literalmente en nuestras manos. Ante ello, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana razona su voto a favor de la iniciativa de decreto que reforma la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección Ambiental. Por su atención, muchas gracias.

El Presidente:

Gracias por su intervención, diputado Alfredo Castañeda Andrade.

Tiene la palabra el diputado Jorge Oceguera Galván, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional.

El diputado Jorge Oceguera Galván:

Gracias, compañero Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Uno de los temas que han sido tratados frecuentemente en esta Cámara de Diputados tanto en sus sesiones plenarias, así como en la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, ha sido lo referente a los desechos tóxicos.

Aquí se denunció el caso de la posible instalación de un basurero de desechos tóxicos por parte de los Estados Unidos en nuestra frontera norte, en una porción de su territorio poblada primordialmente por habitantes de origen latino, a unos cuantos metros de los límites con Ciudad Acuña, Coahuila.

También se denunció la intención de instalar un basurero de esas características en el Estado de San Luis Potosí, ya que afectaba a los habitantes de esta región.

Hoy, aunque con un procedimiento demasiado rápido, diríamos fast track, la Comisión de Ecología y Medio Ambiente nos presenta una reforma al artículo 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente, la cual a nuestro parecer es positiva, y recoge las inquietudes de los ciudadanos diputados que hemos insistido en la prohibición de importar tales desechos tóxicos.

En la iniciativa existen varios puntos importantes que marcan un sustancial avance en esta materia. Uno de los puntos más relevantes es la prohibición total de la importación de desechos peligrosos, lo cual impediría adquirir riesgos innecesarios y con alto costo ambiental y de salud pública.

La legislación vigente prohibe la importación de esos desechos para su confinamiento final, es decir, para su depósito; permite la entrada de desechos peligrosos de otros países, si el fin es para reúso o recuperación.

La propuesta que se nos hace es la prohibición total, es decir, no se permite la entrada de desechos que puedan reciclarse o recuperarse, algunos metales que traen incorporados este tipo de desechos.

Es cierto, esta propuesta se ha considerado por los especialistas que, aun reciclando los desechos peligrosos, no se elimina la característica que impliquen un elevado riesgo. Por lo contrario, el peligro aumenta durante el proceso de su recuperación, por el tipo de desechos que genera el manejo de los mismos, que no resaltan de ser los apropiados.

Los objetivos que se persiguen con la prohibición total de la importación de desechos tóxicos permite que México se sume a los otros 105 países que han adoptado en su legislación la prohibición de la importación de desechos peligrosos, incluyendo los fines de rehuso o recuperación. Y estaría de acuerdo con los compromisos adquiridos con el Convenio de Basilea, el cual reconoce el derecho soberano de las naciones para prohibir este tipo de importaciones.

También se prohibe la posibilidad de que nuestro país fuera presionado a aceptar desechos tóxicos por parte de los países que conforman la OCDE o de otros organismos internacionales, de los cuales nuestro país también es miembro. Y esta prohibición no permitiría este tipo de presiones.

Esta iniciativa también norma el transporte de desechos peligrosos y la exportación de los mismos. Consideramos que los términos contemplados son correctos. Sin embargo nos preocupa que la comisión únicamente se haya avocado a la importación o exportación de los desechos tóxicos y no se haya orientado hacia la producción, manejo de desechos de productos y sustancias tóxicas y peligrosas.

Bien sabemos que en los procesos industriales existe el manejo de este tipo de productos y sustancias, y que en la mayoría de los casos su destino son los sistemas de drenaje y alcantarillado, terrenos baldíos, lechos de los ríos, estuarios, desiertos y mares. Debido a su movilidad estos desechos pueden contaminar los mantos freáticos, suelos, atmósferas y alimentos.

Estos efectos pueden causar males en la salud de los seres humanos, animales y plantas. Estos males en los seres humanos van desde irritaciones pulmonares hasta afecciones crónicas, que pueden provocar anomalías congénitas, trastornos en la reproducción, cánceres y otro tipo de enfermedades por lo más graves.

Lo anterior sucede en los parques industriales de Guadalajara, Monterrey, así como el Distrito Federal. También en nuestra zona frontera norte y de los ubicados en las riberas de los ríos, lagos, lagunas y mares.

Es por eso que insistimos que la comisión debe de avocarse también al problema nacional, no únicamente al problema internacional.

Aún con esta opinión, consideramos que establecer la prohibición total de la importación de desechos peligrosos es un gran avance para la protección de la ecología de nuestro país.

Por estas observaciones, nuestra fracción dará su voto a favor.

El Presidente:

Gracias por su intervención, diputado Jorge Oceguera Galván. Tiene la palabra el diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

Según los análisis de algunas organizaciones ambientalistas del país, la producción y el manejo nacional de aproximadamente cinco millones de toneladas de residuos peligrosos anuales, se ha convertido ya en un problema de dimensiones considerables en el país, pues con la infraestructura existente apenas se atiende de manera más o menos adecuada el 10%, mientras el resto está sujeto a un manejo ineficiente que propicia la proliferación y agravamiento de diversas enfermedades, algunas de ellas muy serias, como: cáncer, mutaciones, trastornos renales, respiratorios, hepáticos y neurotóxicos, además del deterioro del impacto ambiental del país.

De acuerdo a los estudios del diputado Enrique Rico, a ello debemos agregar que entre 1987 y 1992, México ha incrementado de 10 mil 700 a 72 mil las toneladas sobre sus importaciones directas de desechos tóxicos y peligrosos provenientes de los Estados Unidos, y que en el último año referido equivalen a casi la mitad de las exportaciones de ese país y que también se ha incrementado sensiblemente la importación por la vía indirecta, sobre todo de las maquiladoras, al grado de que según el Instituto Nacional de Ecología, en 1992 sólo el 33%, es decir, 273 de 1 mil 502 empresas registradas, retornaron sus desechos peligrosos a los Estados Unidos, como lo marca la ley.

Según la misma fuente, sustentada a su vez en datos de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, sólo el 8% de esas empresas cumple con la reglamentación ecológica nacional y sólo 1 mil 103 tenían licencia expedida por la Secretaría de Desarrollo Social.

Según la propia Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos, entre noviembre de 1992 y octubre de 1993, únicamente en la zona fronteriza de Tijuana, Baja California, regresaron a su país de origen 6 mil 400 toneladas, que equivalen al 50% de los residuos generados por las maquiladoras. Más aún, siendo México miembro del Club de los Países Desarrollados, la OCDE, corre el riesgo de ser un importador a gran escala de tales materiales y desechos peligrosos de esas naciones.

Por todo ello, la situación actual, de por sí crítica, se tornaría más compleja y el problema podría adquirir dimensiones inmanejables en un futuro quizá no muy lejano.

De ahí que muchos de los sujetos sociales involucrados e interesados en el tema, hayan visto con buenos ojos la iniciativa de reformar el artículo 153 de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, pues habría la oportunidad de participar en el análisis y el debate en torno a la importación de desechos peligrosos y, por tanto, de la necesidad de un manejo tecnológico adecuado de su producción y uso, y sobre todo, del imperativo de eliminar con el tiempo su existencia y cambiarla por alternativas tecnológicas compatibles con la necesidad de proteger y conservar el ambiente.

Como es sabido, además de los propios grupos parlamentarios representados en esta LV Legislatura, el análisis incluyó la participación de diversas dependencias del Ejecutivo Federal, particularmente del Instituto Nacional de Ecología y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, así como del sector empresarial y a más de un centenar de organizaciones no gubernamentales de vocación ambientalista, hecho que puede considerarse inédito y paradigmático en la historia jurídica del ramo.

Hasta el día de ayer, por la tarde, había un cierto ánimo de júbilo toda vez que la iniciativa de reforma que se turnó para su estudio a comisiones con el aparente consenso de todos los partidos, era considerada como de avanzada, toda vez que en esencia prohibía la importación total de materiales y residuos peligrosos, demanda y propuesta de nuestro grupo

parlamentario y de las organizaciones ambientalistas que no sin obstáculos habían concitado la aprobación del Instituto Nacional de Ecología y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente; no obstante ayer mismo por la noche los grupos parlamentarios del PRI y del PAN cedieron ante la presión de diversos grupos empresariales y modificaron el consenso hasta entonces alcanzado, al introducir en el Apartado B, fracción I casos de excepción que serían precisados por la Sedesol a través de una norma oficial mexicana.

En otras palabras, quedaría a discreción del Ejecutivo, ahora y sobre todo en el futuro, determinar tales casos excepcionales, de tal manera que cabe la posibilidad que haya de un cedazo de hoyos gigantescos por donde podrían colarse cualquier cantidad de casos excepcionales, nulificando así el acuerdo original de prohibición total de importación de materiales y residuos peligrosos, malogrando, por tanto, quizá la irrepetible oportunidad histórica de un acuerdo consensado entre la sociedad civil, la representación legislativa y los órganos de gobierno.

Ante tales hechos, el grupo parlamentario del PRD declara lo siguiente:

1o. A pesar de los considerandos que más adelante comentamos, el grupo parlamentario del PRD consideraba hasta ayer positiva en su totalidad la reforma al artículo 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente que ahora se presenta para su análisis a este pleno de la LV Legislatura, toda vez que era el resultado consensal de los sectores involucrados en el manejo de residuos peligrosos, entre los cuales, insistimos, se incluyen más de 100 organizaciones civiles ambientalistas en cuya consulta y acuerdo nuestro grupo parlamentario asumió una actitud promotora y propositiva sobre todo por cuanto se refiere al imperativo nacional de impulsar el principio de que cada nación se haga responsable del manejo de los residuos peligrosos que produce y utiliza, de acuerdo con el espíritu de la Convención de Basilea y demás foros y compromisos internacionales afines; de tal manera que se avanzara en la prevención de riesgos y costos ambientales y de salud pública, al tiempo que se orientaba el control de la producción y uso de desechos peligrosos en el país.

Con los cambios introducidos el día de ayer, referidos a los casos de excepción, creemos que la reforma al artículo 153 es insuficiente y queda incompleta.

2o. Es importante advertir que existe una contradicción por cuanto se refiere a nuestra membresía en la OCDE, institución cuyas normas permiten el mercado libre de residuos peligrosos entre los países que la integran, es decir, la reforma que hasta ayer pensábamos aprobar, era paradigmática en cuanto los límites que podían llegar a tener los modelos de mercado indiscriminadamente abiertos, sin que dejara de existir el peligro potencial de que México se allane a las normas que rigen a la OCDE y que operan en sentido contrario.

Con la modificación de los casos de excepción, se nulifica la relativa seguridad alcanzada en la reforma original y se abre un flanco de ataque a la soberanía nacional.

Así será tarea de las organizaciones civiles y de la opinión pública, toda vez que este Congreso parece renunciar a ello, que el interés nacional se sitúe por encima de la normatividad de la OCDE en el marco de la defensa de la soberanía del país.

3o. Para nuestro grupo parlamentario hubiera sido deseable que las restricciones y los tiempos de las autorizaciones vigentes y nuevas para las empresas que se dedican a este negocio hubieran sido más estrictos, sin embargo, hasta ayer reconocíamos la importancia del consenso multisectorial y las posibles dificultades financieras y de operación que podrían llegar a tener las industrias respectivas, por tanto, únicamente considerábamos pertinente convocar a los empresarios del ramo a que reconocieran la generosidad de la reforma para que cumplieran con la nueva normatividad de la mejor manera y en el menor tiempo posible, reforzando así su compromiso ético con los intereses ambientales del país hasta llegar al punto de no producir ni generar residuos peligrosos.

Con la modificación realizada ayer, ciertamente los tiempos se recortan a cero, pero tal propuesta carece de sentido si a fin de cuentas se abre la puerta discrecional a las excepciones, imprimiéndole aquí un carácter más que generoso que atenta abiertamente contra la salud pública y ambiental de la nación.

4o. Igualmente, desde la misma lógica

de la reforma original, convocámos y lo sostenemos ahora, a los sectores industrial y gubernamental para que cada cual, desde su responsabilidad, unos invirtiendo y otros facilitando el financiamiento y aplicando la ley, recurran al programa de reconversión tecnológica y productiva propuesto en el cuarto transitorio de la reforma actual.

Ello es así porque es importante no llamarnos a engaños, ya que nuestro país no cuenta con la experiencia, la infraestructura y la tecnología adecuada y suficiente para un manejo ambientalmente adecuado de sus residuos peligrosos.

Considerando los aspectos positivos de la iniciativa y a pesar del retroceso que significó la apertura a casos de excepción, el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática otorga su voto a favor de la reforma del artículo 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, también de la reforma al 147, con el propósito de consolidar un avance relativo y al mismo tiempo de evitar a futuro la probable tentación conservadora y regresiva de grupos de interés e instancias que en este proceso quedaron plenamente identificados.

Reiteramos y exigimos que el proceso de elaboración de la norma oficial mexicana sea totalmente transparente y contemple una amplia participación de los grupos sociales para que no se convierta en un proceso de desregulación que favorezca el interés de unos pocos sobre el interés nacional. Por nuestra parte, nosotros estaremos pendientes. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias por su intervención, diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara.

Tiene el uso de la palabra el diputado Juan Antonio Nemi Dib, del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Juan Antonio Nemi Dib:

Con el permiso de la Presidencia; compañeros diputados:

La iniciativa que hoy se ha presentado a la consideración de la Asamblea plenaria ha sido sin duda el resultado de un gran esfuerzo legislativo. Se trata, como es de todos conocido, de una iniciativa surgida en el seno mismo de esta Cámara de Diputados construida a base de no fáciles consensos y que aspira a reflejar, supongo se ha conseguido, las aspiraciones de diferentes grupos sociales y de mexicanos preocupados por el problema indiscutiblemente serio y grave de los residuos peligrosos.

Esta iniciativa, como ha sido del conocimiento de todos ustedes, fue sometida a un intenso y extenso proceso de discusión, proceso que por cierto nos dio la oportunidad de enriquecerla con medidas que hoy se han hecho del conocimiento de todos ustedes.

Es mi deber reconocer que la iniciativa que estamos ahora discutiendo, no deja satisfechos a todos; sin embargo, nadie puede omitir que se trata sin duda de un gran avance en relación con la legislación vigente, y aquí nos referimos, no solamente a la salvaguarda del interés nacional, aquí nos referimos, y es quizá nuestra principal motivación, a la preparación que desde la vía legislativa hacemos para el futuro de México.

Al redactar esta iniciativa y al discutir con compañeros diputados de todos los partidos su contenido, lo hicimos, y esto quisiera dejarlo especialmente asentado, pensando fundamentalmente en garantizar para México un régimen que permitiera que en el futuro estemos libres de la presión exterior para recibir mayores volúmenes de residuos peligrosos.

Además y considerando que en el texto que ahora se propone se conserva el concepto de prohibición total, hemos previsto un régimen de excepcionalidad, que busca sobre todo permitir al país vías de acceso a recursos que en condiciones de emergencia, como la misma definición lo establece, puedan requerirse para el desarrollo nacional. Es nuestro propósito lograr el equilibrio entre la protección del ambiente y la conservación de nuestros esquemas de desarrollo, pensándolo siempre a partir de un modelo de sustentabilidad y cuidado ambiental.

Es, compañeros diputados, una buena iniciativa; es una iniciativa del Legislativo; es una iniciativa del consenso; es una iniciativa suscrita por los seis partidos políticos representados en esta Cámara de Diputados.

No me queda más que agradecer, y en forma muy sincera, a los compañeros miembros de la Comisión, ocupados más que preocupados por sacar adelante este proyecto.

No me queda sino reconocer a los medios de comunicación social, que han desarrollado las condiciones que favorecieron el avance de esta iniciativa.

Por supuesto, y es especialmente importante significarlo, a los ciudadanos mexicanos que de tiempo atrás se acercaron a nosotros, depositándonos sus aspiraciones y su interés en la evolución de la iniciativa.

Es muy importante también reconocer que para la construcción del consenso que hemos logrado, con muchas dificultades por cierto, el apoyo de los señores coordinadores parlamentarios fue verdaderamente importante.

Así, quiero significar a mis compañeros de partido por su confianza, por su apoyo en estos difíciles momentos legislativos y especialmente a la líder de mi fracción parlamentaria.

A todos ustedes compañeros les puedo expresar, con firme convicción, que a nuestro juicio la Comisión de Ecología, al cumplir con su misión en esta LV Legislatura, lo hace entregando buenas cuentas para la nación. Por ello, a todos ustedes, muchas gracias.

El Presidente:

Gracias por su intervención, diputado Juan Antonio Nemi Dib. Tiene la palabra el diputado Jorge Calderón Salazar.

El diputado Jorge Alfonso Calderón Salazar:

Con su venia, señor Presidente:

Estimados legisladores, seré breve, quiero referirme particularmente a los transitorios quinto y sexto de la iniciativa, por considerar que constituyen declaraciones legislativas de voluntad en materia de renegociación de tratados internacionales, que adquiere una especial relevancia.

El artículo quinto, de manera precisa faculta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que en un plazo de 30 días curse la correspondencia diplomática para dar por terminados o iniciar negociaciones para modificar los acuerdos internacionales de los que México sea parte, que permitan acciones que signifiquen la contravención de las prohibiciones previstas en el presente decreto.

Y el sexto establece que el contenido de este decreto será notificado también por Relaciones Exteriores a los países que han firmado la Convención de Basilea sobre control de movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos.

La razón por la cual tengo interés en añadir algunas reflexiones sobre este punto, es que a lo largo ya de varios años, hemos sostenido que el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo deben ser extraordinariamente cuidadosos en los convenios internacionales que se firman, y en un elemento que aquí está presente y enhorabuena que este elemento está presente, que es la congruencia entre la legislación nacional y la legislación internacional.

Este es un aspecto en el cual hemos insistido de manera reiterada y seguiremos insistiendo. Pareciera que cuando hablamos de globalización o de internacionalización de procesos sociales, económicos y culturales, pareciera que cuando hablamos de que estamos en un mundo extraordinariamente interdependiente, se olvida que también en materia de legislación tenemos un conjunto de obligaciones que contraemos en cada tratado internacional que México firma, más aún, cuando consideramos que los tratados internacionales, de acuerdo con nuestra norma constitucional son autoaplicables, incluso en aquellos casos en que exista legislación mexicana con la que puedan entrar en contradicción.

En consecuencia, iniciar una labor legislativa o profundizar una labor legislativa que haga congruentes la legislación nacional con la internacional, no es una cuestión secundaria y seguramente será tarea de la LVI y LVII Legislaturas continuar un esfuerzo de armonización de ambas legislaciones, pero particularmente cuando se detecte que hay afectación de interés nacional en alguna norma o convenio internacional que hemos firmado, será válido que nuestra nación establezca una norma interna y defina una voluntad jurídica de renegociación de un convenio internacional.

Cuando México ingresó a la OCDE se dio la voz de alarma desde organismos civiles antes

incluso que el PRD lo sostuviera, hay que decirlo con franqueza, en el sentido de que se estaba autorizando un convenio específico para movimiento de desechos tóxicos que podría afectar nuestro interés nacional. Tal como Manuel Huerta, diputado del PRD en intervención previa lo señaló, esto significaba, repito, problemas que podrían afectar nuestro interés nacional.

¡Qué bueno entonces que existe aquí una voluntad, una declaración jurídica en un transitorio, facultando - repito - a Relaciones Exteriores para que inicie una negociación internacional sobre estos puntos !Ojalá que tal como se está expresando esta voluntad en un transitorio, en otras normas y leyes que tiene nuestro país, y en donde - repito - hay afectación de interés nacional, también exista esta voluntad.

Hay una absoluta necesidad, y con esto concluyo, de que independientemente de que a la Cámara de Diputados se le niega facultades para aprobar tratados internacionales, se continúe en la LVI Legislatura una labor de revisión cuidadosa, minuciosa, exacta de los tratados internacionales que México ha firmado, ya los he mencionado: el Acuerdo General de Aranceles y Comercio, producto de la Ronda de Uruguay del GATT, el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, los Tratados Comerciales con Chile, Costa Rica, con Venezuela y Colombia y otros acuerdos como el de la OCDE que implican normas que de manera obligatoria deben ser aplicadas al interior del territorio nacional y por tanto este esfuerzo de armonización jurídica es una labor fundamental para crear un marco regulatorio adecuado en un mundo interdependiente.

Preservar el interés nacional en este marco de la armonización entre legislación nacional y legislación internacional, es una tarea fundamental. En consecuencia, y con esto concluyo, felicito a quienes elaboraron esta iniciativa, particularmente en lo relativo a esta voluntad expresada de hacer prevalecer el interés nacional sobre normas o acuerdos que no tomaron en cuenta las especificidades y particularidades, y sólo pongo a ustedes sobre observación, el que en lo que se refiere particularmente a las relaciones con los Estados Unidos de América, hay toda una agenda binacional en materia de cooperación ambiental en donde apenas estamos dando los primeros pasos en este terreno.

Ojalá pues que estos esfuerzo continúen, y hago propias las consideraciones ya de reservas, críticas y elementos de análisis que expuso Manuel Huerta, particularmente en estos casos de excepción que pueden, de no existir reglamentación adecuada, convertirse en la regla si no hay una capacidad efectiva de vigilancia de la sociedad civil mexicana y una voluntad del gobierno de respetar no sólo la letra, sino el espíritu de esta disposición vigente. Muchas gracias.

El Presidente:

Muchas gracias por su intervención, diputado Jorge Calderón Salazar.

El diputado Rafael Decelis y Contreras (desde su curul):

Señor Presidente, pido la palabra para hechos.

El Presidente:

Tiene la palabra para rectificar hechos el diputado Rafael Decelis y Contreras.

El diputado Rafael Decelis y Contreras:

Con su venia, señor Presidente; diputadas y diputados:

He escuchado con atención el debate y la discusión de esta iniciativa. Quisiera decir que nada es absoluto. En esto de los residuos tóxicos entraríamos también en la definición de qué cosa es grave y de qué cosa es no grave. En realidad existe paranoia en todos estos productos; hay desinformación.

Hablamos de desechos tóxicos peligros, pero en realidad la producción de muchos productos que usamos todos los días es peligroso. Estamos alumbrados por lámparas de mercurio, el mercurio es peligroso; nos sentamos en asiento de vinil, el vinilo, el monómero es cancerígeno; la laca tiene fenol, el fenol también es cancerígeno. Entonces el problema no es de esta manera.

Lo que sucede es que el residuo del producto, reciclarlo o confinarlo tiene un costo. Este costo o lo paga el usuario final o la utilidad de la empresa es menor, y esto origina precisamente

este problema económico que los residuos peligrosos no se recirculen.

Se habló, el diputado Becerra dijo que nos vamos a convertir en un basurero internacional. Bien, la iniciativa dice que no aceptamos almacenar residuos nada más; aceptamos reciclarlos pero no confinarlos.

La diputada Gabriela Guerrero dice que hay problemas de interpretación. Bien, estos problemas de interpretación son problemas de falta de seriedad, de honradez, de profesionalismo.

Particularmente para mí resulta muy importante que se haya tomado la iniciativa de controlar los residuos peligrosos, de poner normas para su manejo, normas que son importantes, y si estas normas son perfectibles, y si esta iniciativa es perfectible, se vale, pero es el inicio de poner orden en estos residuos.

El diputado Huerta decía que hay que producir sin generar residuos. Esto no es posible. Cada producción, cada intercambio de materias siempre genera algún desperdicio; con menor tecnología el desperdicio será menor, pero nada más, siempre habrá residuos que reciclar, que calcinar, que confinar.

Que cada Estado se haga cargo de sus residuos finales para confinar es valedero, pero que no haya intercambio entre un país y otro para poderlos reciclar, transformar o componer, yo creo que esto se vale y esta iniciativa permite eso.

Yo sí sinceramente felicito a la comisión que hizo esto, formo parte de ella, a Nemi Dib, por la forma en que finalmente se logró conjugar y me parece que es un avance importante para nuestro país, tener normas para reciclar los productos, tener normas para manejar todos estos residuos. Eso es importante, eso se ha hecho y yo creo que es un buen punto para esta Legislatura. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias por su intervención, señor diputado.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.

El secretario Armando Romero Rosales:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular el proyecto de decreto.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Proceda la Secretaría a someter a la consideración de la Asamblea las propuestas presentadas por los diputados.

El secretario Armando Romero Rosales:

"Propuesta de modificación a los artículos 147 y 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Artículo 147 fracción IV. La Secretaría determinará los casos en que las operaciones que efectúen las personas físicas o morales responsables de la realización de actividades altamente riesgosas, se deban garantizar mediante fianza, depósito en efecto o seguro, el cumplimiento de las disposiciones de seguridad que se prevén en la ley, en el Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos y en las normas respectivas, con el fin de responder en caso de incumplimiento o siniestro y se proceda a la reparación del daño, tanto al ambiente como a personas y bienes. Lo anterior, independientemente de las obligaciones impuestas por otras disposiciones legales y reglamentarias.

Artículo 153. Corresponderá a la Secretaría el control de la vigilancia ecológica de la importación y exportación de materiales y residuos peligrosos aplicando las medidas de seguridad que correspondan, sin perjuicio de lo que sobre este particular prevé la Ley Aduanera y de conformidad con las restricciones que establezca el Ejecutivo Federal. En todo caso deberán observarse las siguientes disposiciones:

a) Para los materiales peligrosos.

1o. No podrá autorizarse la importación de materiales peligrosos cuyo único objeto sea el simple depósito, almacenamiento o confinamiento en el territorio nacional o en las obras en donde la nación ejerza su soberanía y jurisdicción.

2o. No podrá autorizarse el tránsito por el territorio nacional de materiales peligrosos

que no satisfagan las especificaciones de uso o consumo conforme a las que fueron elaboradas o cuya elaboración uso o consumo se encuentren prohibidos o restringidos en el país al que estuvieren destinados.

3o. El otorgamiento de autorizaciones para la importación de materiales peligrosos quedará sujeto a que exista consentimiento expreso del país receptor y a que no se contravenga lo dispuesto por la fracción XIII del artículo 15 de esta ley, así como las disposiciones jurídicas aplicables en el país o en los países receptores, y las obligaciones derivadas de acuerdos y convenios internacionales, y

4o. El otorgamiento de autorizaciones por parte de la Secretaría para la importación y exportación de materiales peligrosos, quedará sujeto a que se garantice debidamente el cumplimiento de lo que establezca la presente ley y las demás disposiciones aplicables, así como la reparación de los daños y perjuicios que pudieran causarse, tanto en el territorio nacional como en el extranjero.

b) Para los residuos peligrosos:

1o. Queda prohibida la importación de residuos peligrosos para disposición final, tratamiento, reciclaje, reúso o destrucción. En los términos de lo dispuesto por la Ley de Metrología y Normalización, la Secretaría expedirá una norma oficial mexicana que establezca y precise los casos en que se permitirá, con carácter excepcional, la importación de residuos peligrosos para fines distintos a los de disposición final. En dicha norma se incluirán los criterios de carácter ambiental, económico y social en que deberán basarse las solicitudes de importación y se señalarán además los requisitos que deberán cubrir los importadores.

2o. Queda prohibido el tránsito por cualquier medio a través del territorio nacional de residuos peligrosos provenientes del extranjero y destinados a un tercer país o a cualquier zona de jurisdicción internacional.

3o. El otorgamiento de autorizaciones por parte de la Secretaría para la exportación e importación de residuos peligrosos en los casos de excepción, a que se refiere la fracción I de este apartado, quedará sujeto a que se garantice debidamente el cumplimiento de lo que establece la presente ley y las demás disposiciones aplicables, así como la reparación de los daños y perjuicios que pudiera causarse tanto en el territorio nacional o en las zonas marinas de jurisdicción nacional, como en el extranjero.

4o. Podrá autorizarse la exportación de residuos peligrosos cuando:

a) No se contemple su reimportación a territorio nacional; b) Exista consentimiento expreso del país receptor; c) El país de destino no exija reciprocidad; d) No contravenga lo dispuesto por la fracción XIII del artículo 15 de esta ley; e) El país de destino sea miembro de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), y

5o. Los residuos peligrosos generados en los procesos de producción, transformación, elaboración o reparación en los que se haya utilizado materia prima introducida al país bajo el régimen de importación temporal, deberán ser tornados al país de procedencia, dentro del plazo que para tal efecto determine la Secretaría.

c) En adición a lo que establezca otras disposiciones aplicables, podrán revocarse las autorizaciones que se hubieran otorgado para la importación y exportación de materiales y residuos peligrosos sin perjuicio de la imposición de la sanción o sanciones que corresponda, en los siguientes casos:

1o. Cuando por causa supervenientes se compruebe que los materiales o residuos peligrosos autorizados constituyen mayor riesgo para el equilibrio ecológico que el que se tuvo en cuenta para el otorgamiento de la autorización correspondiente.

2o. Cuando la operación no cumpla los requisitos fijados en la guía ecológica que expida la Secretaría.

3o. Cuando los materiales y residuos peligrosos ya no posean los atributos o características conforme a los cuales fueron autorizados.

4o. Cuando se determine que la autorización o guía ecológica ha sido transferida a un titular distinto al que solicitó la autorización o cuando la solicitud correspondiente contenga datos falsos o presentados de manera que se oculte información necesaria para la correcta apreciación de la solicitud.

Transitorios: artículo primero El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. A partir de la entrada en vigor del presente decreto, se negará toda nueva solicitud de importación de residuos peligrosos que sea formulada por empresas que a la fecha de la misma, no hayan estado legalmente dedicadas a esa actividad.

Sólo se autorizarán nuevas solicitudes a empresas que hayan estado legalmente dedicadas a la importación de residuos peligrosos para su reciclamiento o recuperación de materiales secundarios y que cumplan las leyes, reglamentos y disposiciones sobre la materia.

Artículo tercero. Las normas señaladas en la fracción I del Apartado B del artículo 153 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, deberán emitirse dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.

En tanto sean aprobadas, se observará lo dispuesto en dicho numeral antes de ser reformado por el presente ordenamiento.

Artículo cuarto. A petición de los interesados y a partir de la entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría pondrá en marcha un programa de apoyo para la reconversión tecnológica y productiva de las empresas a que se refiere el artículo segundo en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y con Nacional Financiera.

Artículo quinto. Dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Relaciones Exteriores cursará la correspondencia diplomática necesaria para dar por terminados o para iniciar negociaciones para modificar los acuerdos internacionales de los que México sea parte, que permitan acciones que signifiquen la contravención de las prohibiciones previstas en el presente decreto.

Artículo sexto. Dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Relaciones Exteriores notificará el contenido del presente decreto a los estados partes en la Convención de Basilea, sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos de 1989 a través del Secretario de la misma y en cumplimiento de sus artículos 4o. y 13o.

Sala de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 13 días del mes de julio de 1994.

Firman por el PRI, Juan Antonio Nemi Dib; por el PAN, Jesús González; por el PAN, Francisco Gárate; por el PRD, Manuel R. Huerta; por el PARM, Alfredo Raúl Castañeda Andrade; por el PPS, Gabriela Guerrero, y el diputado Jorge Oceguera, por el Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional.

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

El Presidente:

Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, del artículo único del proyecto de decreto.

La secretaria Martha Maldonado Zepeda:

Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del artículo único del proyecto de decreto.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Aprobada en lo general por 297 votos en pro y dos en contra; en lo particular, 294 en pro y cinco en contra.

El Presidente:

Aprobado en lo general y en lo particular por 297 votos el proyecto de decreto que reforma el artículo 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

La secretaria Martha Maldonado Zepeda:

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

DEMOCRACIA Y PAZ SOCIAL EN MÉXICO

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, del grupo parlamentario del

Partido Popular Socialista, para referirse a la democracia y a la paz social en México.

El diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo:

Con su autorización, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Estamos a unas pocas semanas de la celebración de los comicios que habrán de renovar el Poder Ejecutivo y en su mayor parte el Poder Legislativo de la Federación.

El momento se advierte complejo y frente a esa situación la fracción parlamentaria de mi partido, el Partido Popular Socialista, ha considerado oportuno compartir algunas reflexiones con las demás fracciones parlamentarias integrantes de esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Nuestro examen de la situación política nacional que venimos compartiendo con ustedes durante mucho tiempo, a lo largo de los ya casi tres años de esta LV Legislatura, nos llevó una y otra vez a someter a crítica severa el tipo de Gobierno, la estrategia seguida por el Gobierno en los dos últimos sexenios; estrategia que señalamos reiteradamente por su contenido es una estrategia de carácter neoliberal, como lo ha sido la que se ha aplicado en la mayor parte de países de América Latina.

También de manera reiterada nos llevó a hacer la valoración de que esta estrategia así como estaba fracasando, sin excepción, en todos los países de América Latina y de otras regiones del mundo donde se había venido aplicando, sin duda fracasaría también en nuestro país.

Y también en muchas ocasiones recurrimos al análisis de los datos estadísticos en materia económica y en materia social para dar sustento a la afirmación de que, en efecto, en México también estaba llevándonos al fracaso.

A partir de estas dos valoraciones permanentes formulamos la prognosis de que en las elecciones del 21 de agosto, el pueblo mexicano se encontraría ante la oportunidad de expresar su opinión y de que ésta, sin duda, sería en un sentido tal de que se rechazaría la estrategia neoliberal y se retomaría la vía de la Revolución mexicana, que es la vía de todo nuestro proceso histórico, desde la gesta de independencia; se rescatarían los valores fundamentales que vino construyendo nuestro pueblo a lo largo de nuestra historia.

Hasta ahí la lectura de la realidad, pero a partir del 1o. de enero de este año, una serie de factores que difícilmente podían preverse, aún el día último de diciembre del año anterior, se han venido presentando factores que hacen que veamos con preocupación la situación a la que nos enfrentamos en este momento y la que pudiera presentarse en un futuro inmediato.

El 1o. de enero, como todos ustedes recuerdan, la nación mexicana fue sacudida con la noticia de que de manera aparente o real los dos tercios de siglo de estabilidad y paz social que habían existido en nuestro país se rompían, que nuestro país entraba aparentemente o quizá de manera real, en una situación de enfrentamiento, de guerra civil. Y a partir de ahí se entró en una etapa en la que la violencia, en la que la amenaza de pérdida de la paz social, en la que la amenaza de golpe de estado ha estado presente en nivel de rumores, en nivel de declaraciones de algunas fuerzas o de algunos individuos.

En el momento actual hay diversas corrientes políticas, ya sea de las que formalmente están organizadas en partidos políticos y dan la cara como tales o de las que no están organizadas como partidos políticos y actúan de una manera irregular o incluso emboscada, que apuestan a una situación explosiva para el día 22 de agosto, el día inmediato posterior a la celebración de las elecciones; que anuncian un levantamiento generalizado y una situación de enfrentamiento entre los mexicanos.

Diríase que hay muchas fuerzas que no sólo anuncian y apuestan a esa situación, sino que hacen constantes e intensos esfuerzos por crear una situación de ese género, por irla alimentando y preparando desde ahora.

Dos tesis, dos banderas han sido enarboladas de manera pública por diversos grupos con cierta apariencia de seriedad y con cierta apariencia aún de sustento teórico. Una de ellas habla de la convocatoria a un nuevo Constituyente, para que de él surja una nueva Constitución de la República. Otra habla del establecimiento de un Gobierno de transición a la democracia, que no se precisa si sería un Gobierno de carácter interino o no. Y vale la pena compartir la reflexión en torno a estos postulados.

Sobre el asunto del Constituyente y de la nueva Constitución, vale la pena reflexionar sobre el contenido de la hoy vigente. Todos ustedes saben, les consta compañeras diputadas y diputados, que el PPS rechazó con mucha energía se opuso con sus tesis, con sus argumentos, que algunos de ustedes compartieron en diversos casos y que muchos de ustedes no compartieron, a las reformas a artículos que son pilares de la Constitución de 1917; el artículo 27 constitucional, el artículo 130, el artículo 3o., incluso el artículo 82 constitucional.

También a todos ustedes les consta que en algunos casos, por lo menos en dos de los que he mencionado, o en tres quizá, fuimos la excepción, el único grupo parlamentario que se opuso y que votó en contra y que calificó de graves retrocesos para la vida de nuestro país y de nuestro pueblo tales reformas; sin embargo, con esa misma franqueza y con esa misma autoridad no podemos menos que reconocer que la Constitución vigente, aún después de esos retrocesos, que los seguimos considerando así, y que nos proponemos resarcir y para eso hemos presentado ya iniciativas de reforma hace apenas unos días, aún con esos graves retrocesos sigue siendo un estatuto que contiene cuestiones extraordinariamente avanzadas; el artículo 3o. si bien sufrió daños severos, conserva lo esencial de su aspecto avanzado, que es la definición filosófica de lo que debe ser el contenido de la educación en México, y también la definición de lo que debe entenderse por democracia en nuestro país.

El artículo 27, si bien sufrió daños muy graves al desaparecer el carácter inalienable e imprescriptible del ejido, conserva uno de los postulados más avanzados de cualquier Constitución, de cualquier país capitalista en nuestros días, que es el planteamiento de que la propiedad originaria corresponde a la nación y la propiedad privada constituye una concesión de ésta.

El artículo 123 que es otro de los pilares fundamentales de la Constitución, por fortuna se mantiene incólume, intocado hasta hoy y nos quedaríamos con esos planteamientos aunque podríamos seguir haciendo otros más, el 130 a pesar de haber sido dañado con severidad, conserva también en buena medida parte del pensamiento juarista vigente; por eso el que a estas alturas, fuerzas que aparentemente se ubican en una posición de izquierda o relativamente de izquierda entre el centro y la izquierda de las fuerzas políticas o sociales o que trata de aparecer como una fuerza revolucionaria o de avanzada que sectores de ese carácter nos hablen de un nuevo Constituyente, de una nueva Constitución, nos causa profunda preocupación, no nos extrañaría que las fuerzas que tradicionalmente se opusieron al avance, que se opusieron a la propia Constitución de 1917, que han luchado porque desaparezca o retroceda, enarbolaran estas tesis, pero nos llama muchísimo la atención que se trate de hacer esto desde posiciones aparentemente progresistas o de avanzada.

Nos parece que nadie puede plantear un nuevo Constituyente y una nueva Constitución si no es precisamente desde el punto de vista de la derecha más profundamente regresiva, pero además, convocar como lo ha hecho el autodenominado Ejército Zapatista de Liberación Nacional y junto con él algunas agrupaciones y algunos individuos a la realización de una asamblea nacional democrática de donde supuestamente podría surgir ese nuevo constituyente y a la mejor hasta un Gobierno de transición, nos parece - a estas alturas - que es equivalente al anuncio público del intento de un golpe de estado.

Tenemos una Constitución vigente, tenemos poderes constituidos; nosotros somos uno de los poderes federales, esta Cámara de Diputados junto con el Senado de la República constituimos el Poder Legislativo y tenemos que defender con todo vigor y con toda solidez la Constitución que protestamos defender, cumplir y hacer cumplir cuando rendimos también nuestra protesta como diputados hace ya casi tres años.

La tesis del Gobierno de transición hacia la democracia es otra tan extraña como ésta, de un nuevo constituyente y una nueva Constitución, y tan repudiable y rechazable como ella.

Nosotros tuvimos una dictadura, la dictadura de Porfirio Díaz, perfectamente equiparable a la dictadura de Francisco Franco o a la dictadura de Pinochet, en su esencia. En España se hizo necesario un tránsito a la democracia después de la dictadura de Franco, y en Chile se luchó por transitar, por reabrir, por restablecer la democracia echando a Pinochet del poder; y en México, se echó a Porfirio Díaz del poder mediante la Revolución de 1910, y a partir de ahí iniciamos nuestro tránsito a la democracia y la edificamos conforme el pueblo mexicano lo entendió, lo quiso y lo deseó y todo

el proceso que ha transcurrido desde entonces hasta hoy ha sido de edificación de nuestra democracia, de construcción de nuestra democracia.

Sin embargo, algunas fuerzas parecen creer que estamos en 1910 y nos hablan de que hay que transitar hacia la democracia, como si no existiera democracia en México, como si no existiera una democracia muchísimo más avanzada que la que existe en los Estados Unidos y en otros países capitalistas de alto desarrollo a los que algunos teóricos de esta absurda hipótesis nos quieren presentar como modelos de modernidad y como modelos de democracia porque en aquellos países nos dicen hay alternancia en el poder.

Como si fuera importante que dos aparatos políticos que representan intereses de una pequeña élite, de un pequeño grupo, con enorme poder económico y sin ningún vínculo con el pueblo que alternen como lo hacen allá y como si eso fuera algo que tuviera que ver con los intereses del pueblo de México o de cualquier otro pueblo del mundo.

Nos pretenden llevar a la modernidad copiando un modelo seudo democrático que en verdad es apenas un modelo plutocrático, muy primitivo si se le quiere comparar con la democracia mexicana, con todos los defectos y todos los atrasos que tiene la democracia mexicana y que hay que combatir y superar.

Nos quieren vender la idea de alternancia como un avance sin buscar resolver el problema de contenido gobierno del pueblo, de la mayoría del pueblo, del pueblo trabajador, de la masa, con alternancia o sin alternancia es infinitamente más democrático, sin duda alguna.

Esta idea de la alternancia en el poder entre partidos semejantes como supuesta democracia, en verdad no significaría ningún avance para nuestro pueblo, significaría un gravísimo retroceso. Pero bueno, por ahí lo están planteando, tránsito a la democracia con alternancia en el poder.

Y de ahí, de esta misma tesis, han surgido otros graves retrocesos como esto de la ciudadanización de los órganos electorales. Se trata precisamente del modelo neoliberal, el modelo neoliberal tiene su vertiente económica que hemos venido denunciando y combatiendo durante 12 años y que han venido aplicando los gobiernos.

Pero tiene su vertiente política que curiosamente quienes más enjundiosamente la aplican y la exigen y luchan por su implantación en México, lo hacen desde posiciones aparentemente de oposición al modelo neoliberal. Grave confusión de algunas fuerzas políticas.

En este campo, una de las cuestiones a debate en estos días recientes lo ha sido, lo está siendo el padrón electoral. El Partido Popular Socialista, igual que los partidos políticos todos tiene derecho a formar parte de los órganos que vigilan lo relativo al proceso de elaboración y operación del padrón electoral.

Nosotros hemos participado de una manera activa, nosotros hemos denunciado desde hace mucho tiempo que el padrón electoral en México ha sido uno de los instrumentos con los que con mayor eficacia ha contado el poder público, de los que se ha valido para alterar el proceso electoral a su gusto; nosotros luchamos durante mucho tiempo para que se estableciera la credencial de elector con fotografía y que ésta fuera infalsificable. Nos parece que está satisfecha esa demanda y nos parece que el actual padrón electoral aún con defectos que debieran corregirse y superarse, es sin duda el mejor instrumento que se ha dado el pueblo de México para un proceso electoral después de muchos años de esfuerzos, y que es un padrón con el que se puede trabajar, con el que se puede hacer una elección en términos aceptables.

Vemos con mucha preocupación que a estas alturas haya fuerzas que cuestionen con extremada severidad y con enconada enjundia al padrón electoral. Nos preguntamos si a estas alturas se podría reconstruir o reelaborar un documento que recoge casi 50 millones de datos, y nos preguntamos si quienes hacen tales cuestionamientos los hacen con el afán de que el documento se perfeccione y se mejore, o con el afán de que no haya padrón, y si no hay padrón, podría haber elecciones o no habría elecciones, de qué se trataría.

Vemos con preocupación el asunto de Chiapas y del grupo autodenominado Ejército Zapatista de Liberación Nacional. Advertimos que desde el punto de vista de un grupo armado, evidentemente no se trata de un grupo con mayor capacidad bélica que el que haya tenido en su momento el de Genaro Vázquez o el de Lucio Cabañas o varios otros que se han venido dando durante toda la época posrevolucionaria de

nuestro país, pero que sin embargo éste ha estado revestido de una extraordinaria cobertura publicitaria para, a través de esa cobertura publicitaria, darle una beligerancia política que no corresponde a su capacidad bélica y que tampoco corresponde en absoluto a su representatividad social ¿Qué hay detrás, quién está detrás, qué intereses se mueven?

Vemos con respeto que algunos compañeros legisladores, el compañero diputado Mota Sánchez, el compañero diputado López Sánchez entre ellos, han hecho serias denuncias, valientes denuncias, responsables denuncias que las autoridades debieran investigar con toda seriedad y profundidad. Igual que en caso del crimen cometido contra un muy respetable candidato a la Presidencia de la República, el licenciado Luis Donaldo Colosio, en uno y en otro caso, toda hipótesis debe ser investigada hasta sus últimas consecuencias por las autoridades correspondientes.

Algunos, que sin duda sirven a intereses políticos y no precisamente identificados con los de la nación y del pueblo, han intentado hacer mofa o rechazo de las denuncias formuladas por los compañeros diputados que he mencionado. El Partido Popular Socialista respalda tales denuncias y exige a las autoridades competentes se investiguen esas hipótesis.

¿De dónde viene el financiamiento para el Ejército Zapatista de Liberación Nacional? ¿De dónde vienen los recursos para adquirir armas? ¿Por qué razón en muchos momentos el intermediario para la paz, el obispo Samuel Ruiz, utiliza un lenguaje más propio de un vocero del Ejército Zapatista, de un teórico del Ejército Zapatista, de un jefe político del Ejército Zapatista que de un mediador? ¿Por qué razón en muchos momentos el antiguo jefe del Departamento del Distrito Federal, aspirante también a la Presidencia de la República y en su momento comisionado del Ejecutivo para la Paz, por qué razón en muchos momentos y por fortuna siempre fue muy meticuloso para formular sus pronunciamientos públicos, siempre fueron documentos escritos y leídos y no están sujetos pues a errores de interpretación, por qué razón el mismo en muchos momentos sus discursos, sus planteamientos difícilmente podrían distinguirse si su papel era el de un Comisionado para la Paz, un vocero de la contraparte o un vocero de la parte? ¿Qué vínculos, qué relación hay entre el licenciado Manuel Camacho Solís, el obispo Samuel Ruiz y el subcomandante Marcos que en todo caso no tiene más estatura que la de un lector de documentos chistosos? Perdón, no le escuché señor diputado.

¿Por qué razón no se investigan estos nexos, estas cuestiones? Nos preocupa.

Nos parece, compañeras y compañeros diputados, que todos los partidos políticos de nuestro país debiéramos hacer un esfuerzo serio por conducir, y ésa es nuestra responsabilidad como fuerzas políticas organizadas, como representantes de distintas clases sociales, como sustentantes de tesis ideológicas y de propuestas programáticas, por conducir lo que resta de la lucha política de aquí al 21 de agosto y lo que ocurra inmediatamente después del 21 de agosto, por un cauce de paz; nos parece que la responsabilidad fundamental de todos es la de garantizar que continuemos viviendo en un clima de paz social; nos parece que todo lo que tienda a poner en riesgo esta paz social entre los mexicanos, constituye una invitación a la intervención armada por parte de potencias extranjeras; nos parece que el valor más preciado para todos los mexicanos es el principio de independencia, de soberanía, de autodeterminación, que no queremos ver fuerzas de ninguna potencia extranjera interviniendo en nuestros asuntos, ocupando nuestro territorio, y nos parece que por eso hoy más que nunca nuestra principal responsabilidad es justamente la defensa, la salvaguarda de la paz interna de nuestro país.

Nos parece, por tanto, que es momento de reiterar la invitación que a lo largo de estos tres años formulamos en diversos momentos de privilegiar cada vez más el debate de las ideas.

El análisis serio, sereno, responsable de lo que ocurre en nuestro país, el cotejo de nuestras opiniones y nuestras tesis con argumentos, con sustento justamente argumental, sin adjetivos, sin denuestos, sin posiciones que tiendan a descalificar al adversario...

El Presidente:

Se le ha terminado su tiempo, le ruego trate de concluir, por favor.

El diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo:

Con todo gusto, señor Presidente:

Privilegiar el debate de las ideas y llamar a los seguidores de las distintas corrientes políticas, a los simpatizantes, a los electores a ejercer el voto, a conducirse a lo largo de todo este proceso con la mayor serenidad, con la mayor tranquilidad, sin dejarse conducir en modo alguno a la provocación, rechazar y condenar por parte de todas las fuerzas políticas todo lo que tienda a generar un clima de inestabilidad o de violencia. Muchas gracias.

El diputado Francisco Dorantes Gutiérrez (desde su curul):

Señor Presidente, pido la palabra para hechos.

El Presidente:

Tiene la palabra para rectificar hechos el diputado Francisco Dorantes.

El diputado Francisco Dorantes Gutiérrez:

Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Vengo desde luego en apoyo de las declaraciones del señor general Mota Sánchez, por las siguientes razones:

El día 8 de febrero de este año, a las 8.45 horas en la estación Radio Red 1110, escuché lo siguiente: Que el diputado Wilfred le presentó un estudio por escrito a Jorge de la Vega Domínguez en el que le dijo que se estaba preparando un movimiento armado en Chiapas subsidiado por Alemania y que ya andaba ahí el obispo Samuel Ruiz.

Compañeras y compañeros. Las conspiraciones contra México no son nuevas, alguien dijo acerca de estas declaraciones del señor general que probara lo dicho. Y yo digo en abundamiento de lo dicho: ¿Quieren más pruebas de esa conspiración constante del extranjero que desde que tenemos memoria vino el padre Bernard Bergornd, jesuita, nacido en Francia, a formar el Partido Católico, para preparar la contrarrevolución y formar la ACJM que atentó contra la Revolución mexicana?

¿Quieren mas pruebas que el padre Agustín A. Pro que el periódico El Sol de México de la tarde de 1980 difundió la noticia en la primera página de que el padre Pro era italiano y que había venido y que era jesuita también y que había estudiado en Bélgica? ¿Quieren más pruebas de que hace poco vino un sacerdote llamado Marcos Gonzalo Hallo del Salto y que estuvo armando a 500 personas en Puebla haciendo que se rebelaran en contra del pueblo de México? ¿Quieren más pruebas también que vino un sacerdote alemán a hacer que se rebelara el pueblo de México en contra de la Revolución, el padre Neck, un sacerdote católico alemán?

La conspiración del extranjero será constante contra México. Y cuando no será el clero católico, los jesuitas, serán otros intereses extranacionales. Si ustedes recuerdan el movimiento aquél, vallejista, después de que terminó como fueron expulsados dos diplomáticos de la Embajada Checoslovaca; y después del movimiento de 1968 como fueron expulsados tres agentes de la Agencia Central de Inteligencia, una llamada nica y dos salvadoreños.

Lo que necesitamos los mexicanos es estar unidos y tratar de evitar estas conspiraciones en contra de nuestra patria y no poner en duda lo que ya se sabe y se ha sabido constantemente, los mismos periódicos lo han dicho, la Iglesia toma la iniciativa, pasan los obispos del sermón a las movilizaciones. Entonces, ¿qué nos queda compañeros? Ser unidos los mexicanos.

Y lo he dicho e insisto en que la educación que se dé al pueblo mexicano debe ser suficiente para conservar y acrecentar el patriotismo de los mexicanos, enseñándosele a los educandos a amar a su patria por encima de todas las cosas y por encima de todos los dioses, de lo contrario...

El Presidente:

Ha concluido su tiempo.

El diputado Francisco Dorantes Gutiérrez:

Ya voy a terminar. De lo contrario estaremos siempre lamentándonos y discutiendo entre nosotros de que las conspiraciones de que nos hacen objeto sean o no ciertas, de esto no hay duda. Debemos estar preparados compañeros y ser unidos. Muchas gracias.

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Agustín Basave Benítez.

El diputado Agustín Basave Benítez:

Muy brevemente, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Estamos a punto de concluir el último período de sesiones ordinarias de esta LV Legislatura. Estamos quizá, con el favor de la Permanente, a punto de concluir los trabajos del pleno de esta Cámara de Diputados, y estamos también muy próximos a un momento importante de la vida política de México que es el 21 de agosto.

Por eso, me parece oportuno retomar la conclusión final del diputado Cuauhtémoc Amezcua en la que hace un llamado a la paz, a la estabilidad del país, que creo que todos debemos de suscribir. Más allá de discrepancias sobre estrategias económicas, de diferencias en torno a reformas constitucionales, de distintos análisis de la realidad política nacional, creo que todos los mexicanos debemos estar conscientes de nuestra gran responsabilidad histórica de preservar la paz social en México.

Ha habido hechos violentos que recientemente han enturbiado el clima de esta nación, ha habido momentos en los que se ha puesto en riesgo la estabilidad y la paz de México. Estamos cerca - decía - de un momento importante y creo que a todos, a todos y cada uno de los partidos políticos, a todos y cada uno de los actores del devenir nacional, nos conviene que triunfe la sensatez, que triunfe la cordura y que contribuyamos a que haya un proceso electoral transparente y un proceso poselectoral pacífico.

Tengo la impresión de que si alguien tiene autoridad moral para hacer este llamado es precisamente esta legislatura, es precisamente esta Cámara de Diputados que ha sabido a lo largo de casi 3 años, dirimir sus controversias, sus diferencias, sus discrepancias en un clima de respeto, de altura.

Creo, pues, que es oportuno, que es importante hacer este llamado a que mantengamos, a que preservemos la paz en México, a que erradiquemos cualquier sombra de violencia y a que mantengamos ese legado que podamos dejarles a nuestros hijos.

Aquí en la Cámara de Diputados hemos sabido construir amistades, relaciones, hemos sabido discutir con respeto en la pluralidad, y por eso creo que los diputados de todas las fracciones parlamentarias podemos, con toda autoridad decía, convocar al pueblo de México a mantener ese gran valor que es la paz y la tranquilidad.

Creo que en ello nos va a todos la vida, y creo que esa manera en la que aquí en la Cámara de Diputados lo hemos hecho, es la mejor manera de hacerlo a nivel nacional, porque estoy convencido de que la única manera, o por lo menos la mejor manera de evitar que las fronteras ideológicas deriven en divisiones y desgarramientos, es convertir a nuestra patria en una gran urdimbre de afectos sustentados en el respeto a la pluralidad y a la discrepancia. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias por su intervención, señor diputado.

AMENAZAS

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Jorge Calderón Salazar, para presentar una denuncia de amenazas a militantes del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Jorge Alfonso Calderón Salazar:

Con su venia, señor Presidente; estimados legisladores:

El pasado 7 de julio del presente año, Ricardo Reyes Hernández y María Luisa Peña Toledo, presentaron una denuncia de hechos en la Procuraduría General de la República, particularmente en la Dirección General de Averiguaciones Previas en delitos diversos, en donde denuncian un conjunto de agresiones, ataques, intimidación y amenazas de muerte contra estos ciudadanos mexicanos.

Ellos establecen de manera puntual en esta denuncia, que son militantes del Partido

de la Revolución Democrática y además son responsables de la coordinación de información electoral de la campaña presidencial de Cuauhtémoc Cárdenas. Y en la descripción de los hechos afirman que el 3 de mayo del año en curso, a las 12 horas, la denunciante recibió amenazas telefónicas cuyo texto omito, cuya lectura omito, por considerar que se trata de insultos que van en demérito de esta alta tribuna de la nación transmitirlos de manera textual. Sólo transmito a ustedes la frase en el sentido de que se les tiene vigilados y se les amenaza prácticamente de muerte, en estos insultos cuya forma textual omito.

El 20 de junio, siendo aproximadamente las 21 horas en el domicilio particular del denunciante se recibe una llamada que ya constituye una amenaza directa de proporciones incluso mayores.

Y dice así la amenaza: "En respuesta a la comunicación del día 2 de mayo signada por Cuauhtémoc Cárdenas, le informamos que el responsable del centro de acopio del I distrito de Michoacán, es Francisco Javier Ovando y que en breve el licenciado Ricardo Reyes, se pondrá en contacto con él."

Y los denunciantes añaden, como es de su conocimiento, Francisco Javier Ovando, en el proceso electoral de 1988, se desempeñó con la misma función que hoy tiene encomendada Ricardo Reyes. Y esta persona como todos conocemos, fue asesinada el 2 de julio, junto con su asistente personal Román Gil.

Hacer por vía telefónica una amenaza en el sentido de que correrá la misma suerte Ricardo Reyes, que la que el 2 de julio de 1988 corrió Francisco Javier Ovando y Román Gil, nos parece un hecho incalificable que merece de todos puntos de vista nuestra más enérgica condena.

El 29 de junio en las oficinas del Partido de la Revolución Democrática, de su centro de acopio electoral, de nuevo hay una amenaza con insultos. Y el 5 de julio del presente año, a la una de la tarde con 21 minutos, a través de un medio de comunicación conocido como BIP, se transmitió el siguiente mensaje: "No preocuparse. Estamos pendientes de su reunión con Javier Ovando."

Y establecen dos conclusiones en esta denuncia que dice así: "Este hecho que desde luego se traduce en un amago de muerte en contra del denunciante, puede ser corroborado con la exhibición del referido aparato y el que está a disposición de su autoridad.

Comparando lo anterior y en base a la altísima responsabilidad que tenemos encomendada y lo trascendente que ello resulta para el resultado del proceso electoral federal en curso, se hace necesario - se le pide eso al señor Procurador - una profunda investigación de los hechos denunciados, con el objeto de inhibir su realización y castigar a los responsables.

Por otro lado, el día de ayer Isabel Molina, coordinadora de acción social del comité de campaña de Cuauhtémoc Cárdenas y Martín Longoria, secretario de Derechos Humanos del Comité Ejecutivo Nacional del PRD, conjuntamente con Manuel Ordorica, candidato a diputado federal por el XXII distrito del Distrito Federal, denunciaron el secuestro de Oscar Martín López Fernández, quien el 11 de julio realizaba actividades de reparto de propaganda. Y daré lectura a continuación de las partes sustantivas de la denuncia de hechos acaecidos, repito, en contra de Oscar Martín López Fernández. Dice así:

"El que suscribe, - sólo reproduciré las partes sustantivas -, Oscar Martín López Hernández, con 20 años de edad, estudiante de teatro, denuncia lo siguiente:

El 11 de julio estaba repartiendo propaganda electoral en la estación de camiones del metro Taxqueña, cuando a las seis de la tarde fui interceptado por un automóvil blanco que decía: "Policía Judicial", con cuatro hombres a bordo. Se bajaron dos, me obligaron a subir al coche con lujo de violencia y palabras soeces, quitándome la propaganda y me esposaron con las manos por detrás, manteniéndome agachado todo el tiempo. Me interrogaron sobre datos personales y después de un tiempo me llevaron al Parque Ecológico, en donde me pusieron una bolsa de plástico en la cabeza, mientras que me sujetaban y me golpeaban de manera reiterada..."

Posteriormente hace una minuciosa descripción de las condiciones en las que fue torturado; se le aplicaron toques eléctricos en sus órganos sexuales, fue desnudado, agredido, vejado de diversas formas, y finalmente después de amenazas incalificables que no repito aquí, fue dejado a altas horas de la noche en un paraje abandonado.

La tercera denuncia que quiero presentar ante ustedes, fue formulada por Víctor Morales, representante del Partido de la Revolución Democrática, ante el Consejo local del Instituto Federal Electoral en el Distrito Federal, en donde repito, en comunicación dirigida al licenciado José Manuel Gil Padilla, Presidente del Consejo Local del IFE en el Distrito Federal, establece lo siguiente:

"En mi carácter de representante del Partido de la Revolución Democrática, ante el Consejo local del IFE en el DF, debidamente acreditado ante usted, por este conducto expreso mi más enérgica protesta por el clima de intolerancia política que se vierte contra mi partido y las actividades que realiza.

"En la madrugada del día de hoy, se refiere al 11 de julio, nuestro local en el distrito electoral número XXVIII con domicilio en la calle de Ahuehuete número 600, colonia Pasteros, en la delegación Azcapotzalco, fue asaltado por personas desconocidas y sustrajeron del interior: dos computadoras equipadas, dos impresoras, una televisión de 24 pulgadas, una máquina de escribir, fax, grabadoras, aparato telefónico, fotocopiadora y sobre todo, información interna del partido y aún más, los resultados del trabajo de comunicación interna que realiza nuestro partido en preparación de la jornada electoral del 21 de agosto.

"Este acto, añade, es la culminación de una serie de irregularidades que comenzaron a suceder desde hace 20 días cuando miembros de nuestro partido han recibido en las citadas oficinas, una serie de llamadas telefónicas donde personas anónimas, les advierten sobre el peligro latente sobre su integridad física, les aconsejan dejar el trabajo partidario y advierten que perderán las elecciones del 21 de agosto."

Asimismo, nuestros militantes han advertido vigilancia permanente a sus oficinas y sus actividades, por parte de personas armadas en dos vehículos cuyos datos presenta a continuación:

Y concluye diciendo lo siguiente: "El día de ayer nuestro partido realizó una actividad para verificar canales de comunicación interna, actividad que al parecer sólo interesó a los propios, no sólo a los propios, sino a personas ajenas al partido, pues incluso en nuestras oficinas estatales, recibimos llamadas de personas no identificadas que pedían informes sobre nuestro trabajo.

Concluidas estas actividades, encontraron al día siguiente que estas informaciones habían sido sustraídas y robadas.

Nuestros compañeros, añade posteriormente, han denunciado los hechos ante la 40 subdelegación de la Procuraduría General de la República. Haremos del conocimiento público esto que a nuestro parecer es un signo ominoso que busca desalentarnos."

Y concluye diciendo: "Exijo a usted - se refiere al Presidente del Consejo local del IFE en el Distrito Federal - una postura clara y determinante respecto a estos sucesos que evidentemente nos preocupan. Usted, como autoridad electoral en el Distrito Federal, debe dejar claro que una actitud de este tipo no es sólo un atentado contra un partido, sino contra las autoridades electorales mismas, contra la tranquilidad durante los comicios del 21 de agosto y contra la transición pacífica a la democracia".

Y se presentó una denuncia sobre estos hechos ante la Agencia Investigadora del Ministerio Público Número 40.

Por otra parte, debo destacar ante ustedes que el día 5 de julio, en la noche del 5 de julio, grupos de jóvenes, ciudadanos en su mayoría, en distintos puntos de la ciudad de México realizaron actividades de proselitismo, así como la elaboración de llamados a votar por el Partido de la Revolución Democrática en diversas bardas de nuestra ciudad. Y en varios casos han denunciado haber sido intimidados, haber sido amenazados, ya sea por organismos ligados a los cuerpos policiacos o por grupos irregulares de vigilantes que se arrogaron derechos y facultades que nadie puede realizar en nuestro país en detrimento de los legítimos intereses de los miembros de un partido político para hacer propaganda.

Estos hechos y otros que en este momento omito detallar, muestran que en varios casos nos enfrentamos a un clima de violencia, agresiones, intolerancia y amenazas que debe ser tomado con absoluta seriedad.

Por mí conducto el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática exige a las autoridades de la República, que den curso a estas investigaciones, que se castigue de

manera ejemplar, directa y clara a los responsables de estas amenazas de muerte, particularmente en contra de Ricardo Reyes y María Luisa Peña Toledo.

¡Que se castigue también a estos agentes de la policía judicial, fácilmente identificables por el lugar y el momento en que realizaron sus actividades!

Y que también se realice una investigación ejemplar contra aquellos que realizaron una labor de sustraer no solamente bienes materiales sino información.

En ejercicio de nuestro derecho como partido político - nacional, estamos evidentemente interesados en contar con los mecanismos que nos permitan establecer con claridad cuál fue el sentido del voto ciudadano la noche del 21 de agosto.

Resulta en consecuencia particularmente preocupante que quienes tienen la responsabilidad institucional, perfectamente legal, de hacer este acopio de información y establecer los flujos para que nuestro partido cuente con el conocimiento adecuado del proceso electoral, sean amenazados.

Y resulta preocupante en el caso del XXVIII distrito, que lo que más fue buscado por quienes sustrajeron objetos en estas oficinas del PRD del XXVIII distrito no era solamente lo que podríamos llamar equipo, sino los flujos de información internos que nuestro partido en ejercicio de sus derechos constitucionales está buscando establecer, de cara a las elecciones del 21 de agosto.

Ya hay un signo ominoso y es el hecho de que han transcurrido más de seis años desde la muerte de Ovando y de Román Gil, y no han sido castigados los responsables de este incalificable atentado.

Tenemos razón en consecuencia los militantes del Partido de la Revolución Democrática y los diputados de este grupo parlamentario en estar preocupados por estas amenazas, en tomarlas con la seriedad que esto implica y en exigir, desde esta tribuna de la nación, a las autoridades de la República las garantías constitucionales a las que todo ciudadano mexicano, de todo partido político, tiene derecho para realizar sus acciones de proselitismo.

Ojalá que esta denuncia que estamos formulando no vaya a ser respondida de la manera irresponsable que en ocasión anterior, cuando denunciamos las amenazas, ataques, contra Francisco Bazúa, repito, ojalá que no vaya a ser respondido como que estas denuncias forman parte de una supuesta o fantasmagórica conspiración.

Estamos en ejercicio de nuestros derechos ciudadanos estableciendo una denuncia y exigiendo garantías para todos; para todos los mexicanos de todos los partidos políticos en el desempeño de sus funciones. Es un deber elemental de las autoridades crear ese clima de paz y tranquilidad que la República requiere.

Hemos escuchado en los últimos días declaraciones diversas de funcionarios públicos, de manera reiterada, después de que el Secretario de Gobernación reasumió sus funciones, en el sentido de que las autoridades garantizan la paz pública. Sin embargo, con estas y otras acciones que se han desarrollado en los últimos días, pensamos que se está creando un clima de intolerancia y de autoritarismo.

Y es particularmente reprobable el caso de un joven de 20 años que fue torturado, que fue agredido, que fue vejado en forma incalificable y no podemos, en consecuencia, guardar un silencio cómplice ante estos actos que son totalmente contrarios a los más elementales principios de la convivencia.

Reitero, en conclusión, que exigimos a las autoridades de la República una investigación rápida e imparcial, pero sobre todo, más allá de estos casos graves que estamos denunciando, exigimos que los militantes de nuestro partido, que los ciudadanos de la nación que realizan actividades políticas en defensa de los principios del PRD o de otras organizaciones, gocen de las garantías constitucionales para el desempeño de sus funciones. Repito, que no es aceptable actos intimidatorios, amenazas de muerte o acciones que vayan en contra del libre derecho de expresión y de manifestación política de las ideas.

Convocamos, pues, al Gobierno de la República en esta tribuna, a que de manera clara, directa y contundente se manifieste en forma de una investigación rápida e imparcial, se condene a los responsables de estos hechos incalificables y se den las garantías a que tiene derecho, en particular Ricardo Reyes y María

Luisa Peña Toledo, y particularmente también el compañero Oscar Martín López Hernández, para que no se repitan estos hechos y se castigue a los responsables, y se den garantías de un desempeño limpio, tranquilo de los comicios en nuestro país, para el bien de la nación y para el bien de la República. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias por su intervención, diputado Jorge Calderón Salazar.

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.

ORDEN DEL DÍA

El secretario Armando Romero Rosales:

Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera y se dará lectura al orden del día de la próxima sesión.

«Segundo Período de Sesiones Ordinarias. - Tercer Año. - LV Legislatura.

Orden del día

14 de julio de 1994.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicación del Congreso del Estado de Jalisco.

Iniciativa de diputados

Para adicionar una fracción IV al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Informe sobre la situación en Chiapas.

Informe sobre los acontecimientos del 23 de marzo en la ciudad de Tijuana, Baja California.

Elección de miembros de la Comisión Permanente.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias, con opinión de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que modifica y adiciona la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Justicia con punto de acuerdo relativo a la iniciativa que adiciona una fracción VII al artículo 24 y reforma el artículo 320, del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, presentada por el diputado Emilio Becerra González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Y los demás asuntos con los que los Secretaría dé cuenta.»

El Presidente (a las 21.27 horas):

Se levanta la sesión y se cita para la próxima que tendrá lugar mañana jueves 14 de julio a las 10:00 horas.

NOTAS

Siglas y abreviaturas incluidas en esta edición:

ACJM (Sin aclaración)

Codeme Confederación Deportiva Mexicana

Conade Comisión Nacional del Deporte

CRETI Corrosivos, reactivos, explosivos, tóxicos e inflamables

D.F. Distrito Federal

GATT Acuerdo General de Aranceles y Comercio (por las siglas en inglés

IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social

ISSSTE Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

NL Nuevo León

OCDE Organización de Cooperación y Desarrollo Económico

PAN Partido Acción Nacional

PARM Partido Autentico de la Revolución Mexicana

PFCRN Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional

PPS Partido Popular Socialista

PRD Partido de la Revolución Democrática

PRI Partido Revolucionario Institucional

Sedesol Secretaria de Desarrollo Social

UNAM Universidad Nacional Autónoma de México