PODER LEGISLATIVO FEDERAL
Diario de los Debates

DE LA DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Héctor de Antuñano y Lora
Presidente

Diputado Ismael Orozco Loreto
Director del
Diario de los Debates
Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, jueves 11 de abril de 1996
No. 10

SUMARIO





DIPUTADO QUE OPTA POR OTRO CARGO

Comunicación del diputado con licencia Leonel Efraín Cota Montano, por el I distrito del Estado de Baja California Sur, con el que comunica su decisión de separarse definitivamente de su cargo.


ESTADO DE CAMPECHE

Tres comunicaciones del Congreso estatal, con las que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.


ESTADO DE ZACATECAS

Comunicación del Congreso estatal, con la que remite acuerdo de su legislatura repecto al problema de carteras vencidas. De enterado.


CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSEl diputado Cruz Pérez Cuéllar, presenta iniciativa que reforma y adiciona el articulo 73 constitucional, con objeto de que la facultad legislativa en materia de sorteos, sea concurrente al Gobierno Federal, estados y municipios. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS, LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO, LEY DEL MERCADO DE VALORES Y LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CREDITO

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de dichas leyes. Es de segunda lectura.

El diputado Luis Manuel Jiménez Lemus, fundamenta el dictamen a nombre de la comisión.

Fijan las posiciones de sus respectivos grupos parlamentarios, los diputados:

Joaquín Humberto Vela González

Ifigenia Martha Martínez Hernández

Jorge Humberto Padilla Olvera

Mónica Gabriela Leñero Alvarez

A discusión en lo general, los diputados:

Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla

Luis Sánchez Aguilar

Aprobado el proyecto de decreto. Se turna al Senado de la República para los efectos constitucionales.


LEYES DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA, AL ACTIVO, ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS Y FEDERAL DE DERECHOS

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Publico, con proyecto de decreto que modifica dichos ordenamientos. Es de segunda lectura.

El diputado Alfonso Reyes Medrano, a nombre de la comisión, fundamenta el dictamen.

A discusión en lo general, se concede el uso de la palabra a los diputados:

Joaquín Humberto Vela González

Raúl Alejandro Livas Vera, quien propone modificación.

Manuel Beristain Gómez, que presenta propuesta.

Ismael Alfredo Hernández Deras

Carlos Zeferino Torreblanca Galindo

Luis Sánchez Aguilar

A discusión en lo particular, los diputados:

Gustavo Gabriel Ilamas Monjardín

Saúl Alfonso Escobar Toledo

Rectifican hechos los diputados:

Joaquín Humberto Vela González

Carlos Zeferino Torreblanca Galindo

Salvador Mikel Rivera

Gustavo Gabriel Llamas Monjardín

Salvador Mikel Rivera

Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla

Aprobado el proyecto de decreto. Se turna al Senado de la República para los efectos constitucionales.


MESA DIRECTIVA

Elección de la mesa directiva que funcionará del 15 al 30 de abril.


VACAS LOCAS

Para referirse a la enfermedad llamada Encefalopatía Espongiforme Bovina, se concede el uso de la palabra a los diputados:

Alfonso Martínez Guerra, quien presenta documento que se turna a las comisiones de Salud, Ganadería, Agricultura, Educación, Turismo, Defensa Nacional, Marina y Relaciones Exteriores.

Mario Alberto Valdés Berlanga


INDOCUMENTADOS MEXICANOS

El diputado Augusto Gómez Villanueva, a nombre de la Comisión de Relaciones Exteriores, se refiere a la reunión de los grupos parlamentarios con el titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores en referencia a la violencia en contra de connacionales en los Estados Unidos de América y a la vez solicita la creación de una subcomisión especial del estudio del tráfico de drogas. Se turna a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

Marco Antonio Ignacio Rascón Córdova


INDOCUMENTADOS MEXICANOS (II)

Se refieren a los problemas surgidos respecto a la violencia en contra de indocumentados mexicanos en los Estados Unidos de América, los diputados:

Froylán Velázquez Hernández

Emilio Solórzano Solís


DISCAPACITADOS

El diputado Manuel de Atocha Chable Gutiérrez, trata la problemática que sufren las personas con discapacidad.


HORARIO DE VERANO

Hacen comentarios respecto al cambio de horario en la República Mexicana, los diputados:

José Alfonso Pacual Solórzano Fraga

Maria Carmen Zavala Medel

Luis Sánchez Aguilar, para rectificar hechos.


LEY QUE ESTABLECE BASES PARA LA EJECUCION EN MEXICO POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de dicho ordenamiento. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.


AUTOTRANSPORTES URBANOS RUTA-100

El diputado Luis Sánchez Aguilar, se refiere al aniversario del conflicto laboral en dicha empresa.


INDOCUMENTADOS MEXICANOS (III)

Hace comentarios el diputado Jaime Rodriguez López.


ESTADO DE MORELOS

La diputada Carlota Angela Rosa Botey y Estape, se refiere a los problemas surgidos el 10 de abril en el municipio de Tepoztlán, Morelos. Se turna a las comisiones de Información, Gestoría y Quejas, Derechos Humanos, Reforma Agraria y de Ecología.

Para hablar sobre el mismo tema los diputados:

Juan Salgado Brito

Jesús Antonio Tallabs Ortega, para rectificar hechos.

Raúl Ramirez Chávez


ESTADO DE JALISCO

El diputado César Humberto González Magallón, realiza comentarios respecto a las declaraciones del arzobispo de Guadalajara, cardenal Juan Sandoval Iñiguez.



ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión.





Presidencia de la diputada Osbelia Arellano López



ASISTENCIA

La Presidenta:

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia, el resultado del cómputo de asistencia del registro de firmas de los diputados, para conocer si existe el quorum reglamentario.

El secretario Ezequiel Juan de DiosEspinosa Mejía:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 288 diputados, por lo tanto hay quorum.

La Presidenta (a las 11:32 horas):

Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El secretario Ezequiel Juan de Dios Espinosa Mejía:

Se va a dar lectura al orden del día.

«Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias.- Segundo Año.- LVI Legislatura.

Orden del día

Jueves 11 de abril de 1996.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicación de diputados.

Comunicaciones de los congresos de los estados de Campeche y Zacatecas.

Iniciativa de diputados

De reformas y adiciones al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Cruz Pérez Cuéllar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores y Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de ley que modifica las diversas de los impuestos Sobre la Renta, al Activo, Especial Sobre Producción y Servicios y Federal de Derechos.

Comentarios

Sobre el Día Mundial de la Salud, a cargo de los diputados Serafín Núñez Ramos y Everardo Martínez Sánchez, de los grupos parlamentarios de los partidos: del Trabajo y de la Revolución Democrática, respectivamente.

Sobre Encefalopatía Espongiforme Bovina, a cargo del diputado Alfonso Martínez Guerra, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Sobre la reunión de los grupos parlamentarios con el Secretario de Relaciones Exteriores, a cargo del diputado Augusto Gómez Villanueva, a nombre de la Comisión de Relaciones Exteriores.

Sobre indocumentados en los Estados Unidos de América, a cargo del diputado Froylán Velázquez Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Sobre el problema de discapacitados, a cargo del diputado Manuel Chable Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Sobre el cambio de horario, a cargo del diputado José Alfonso Solórzano Fraga, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Sobre el primer aniversario del conflicto Ruta-100, a cargo del diputado Luis Sánchez Aguilar.

Sobre Tepoztlán, a cargo de la diputada Carlota Botey y Estape, del grupo parlamentario de la Revolución Democrática.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La secretaria María Teresa Cortez Cervantes:

Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes nueve de abril de mil novecientos noventa y seis, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Quincuagésima Sexta Legislatura.

Presidencia de la diputada Zaida Alicia Lladó Castillo

En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, siendo las once horas con veintiséis minutos del martes nueve de abril de mil novecientos noventa y seis, con una asistencia de doscientos ochenta y nueve diputados, la Presidenta declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día y al acta de la sesión anterior, misma que se aprueba en sus términos en votación económica.

La Presidenta informa que a las puertas del salón de sesiones se encuentra la ciudadana María Flor Celina Prado Piña, electa como diputada suplente en la segunda circunscripción y designa una comisión que la introduzca y la acompañe a rendir su protesta de ley como diputada federal.

Terminado el acto protocolario, la diputada Prado Piña entra en funciones de inmediato.

Una invitación del Departamento del Distrito Federal, al acto cívico conmemorativo del septuagésimo séptimo aniversario luctuoso del general Emiliano Zapata Salazar. Se designa comisión para asistir en representación de la Cámara de Diputados.

Se da lectura a una comunicación del Congreso del Estado de Baja California Sur, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Se concede el uso de la palabra al diputado Javier Alberto Gutiérrez Vidal, del Partido Acción Nacional, quien presenta una iniciativa que reforma y adiciona el artículo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

En atención a que los dictámenes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyectos de decreto que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores y Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito y el que modifica las diversas de los impuestos Sobre la Renta, al Activo, Especial Sobre Producción y Servicios y Federal de Derechos, han sido impresos y distribuidos entre los señores diputados, la Asamblea les dispensa la primera lectura.

La Secretaría da lectura a tres dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto con los que se conceden los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos:

Ricardo Galán, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de la República de Finlandia:

Sofía Román Palencia, pueda prestar sus servicios en la Embajada de Suiza en México:

Pablo González Sada, pueda aceptar y desempeñar el puesto de cónsul honorario de Grecia en monterrey, Nuevo León, con circunscripción en los estados de Coahuila, Chihuahua, Durango, Nuevo León y Tamaulipas.

Son de primera lectura.

Se someten a discusión y sin ella se aprueban por trescientos veinticinco votos en pro y cuatro en contra; trescientos veintiocho votos en pro y uno en contra y trescientos veintinueve votos en pro y uno en contra, respectivamente, tres dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto con los que se conceden los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos:

María Julia Caravias Lillo, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de la República de Estonia;

José Luis Figueroa Cuevas, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de la República de Guatemala:

José Arturo Colín Pineda, pueda prestar sus servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Se turnan al Senado de la República para los efectos constitucionales.

Expresan sus opiniones sobre la reforma del Estado, los diputados: Augusto César Leal Angulo, del Partido Acción Nacional; Juan Nicasio Guerra Ochoa, del Partido de la Revolución Democrática, quien presenta un punto de acuerdo firmado por los coordinadores de los cuatro grupos parlamentarios de la Quincuagésima Sexta Legislatura y Píndaro Urióstegui Miranda, del Partido Revolucionario Institucional.

Para referirse al aumento de los salarios, la Presidenta concede el uso de la palabra al diputado Eduardo Guzmán Ortiz, del Partido del Trabajo y para rectificar hechos a los diputados: Hildiberto Ochoa Samayoa y Raúl Armando Quintero Martínez, ambos del Partido de la Revolución Democrática.

Solicita y se concede el uso de la palabra a la diputada Mara Nadiezhda Robles Villaseñor, del Partido de la Revolución Democrática, quien se refiere a los problemas que enfrenta la juventud y a los efectos de la reducción de edad para la imputación de delitos.

Para expresar su rechazo a la violencia en contra de indocumentados mexicanos en los Estados Unidos de América, suben a la tribuna los diputados: Adolfo Miguel Aguilar Zinser, motu proprio; Ricardo Tarcisio Navarrete Montes de Oca, del Partido Acción Nacional; Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática, quien presenta un punto de acuerdo firmado por representantes de los grupos parlamentarios de los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y del Trabajo; Martina Montenegro Espinoza, del Partido Revolucionario Institucional; Ysabel Molina Warner, del Partido de la Revolución Democrática; María Guadalupe Morales Ledesma, del Partido Revolucionario Institucional; José Alfonso Pascual Solórzano Fraga, del Partido de la Revolución Democrática, los tres últimos para rectificar hechos y Jaime Cleofas Martínez Veloz, del Partido Revolucionario Institucional, quien presenta un documento a consideración de la Asamblea.

Para referirse al aniversario luctuoso del general Emiliano Zapata Salazar, se concede el uso de la palabra a los diputados: Gerardo Roberto Flores González, del Partido Revolucionario Institucional; Carlota Angela Rosa Botey y Estape, del Partido de la Revolución Democrática, quien durante su intervención habla sobre problemas agrarios del Estado de Hidalgo y para rectificar hechos, suben a la tribuna los diputados: Prisciliano Diego Gutiérrez Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones; Carlota Angela Rosa Botey y Estape, del Partido de la Revolución Democrática, también en dos ocasiones; Francisco Patiño Cardona, del Partido de la Revolución Democrática; Hugo Meneses Carrasco, del Partido Acción Nacional y Miguel Angel Islas Chío, del Partido Revolucionario Institucional.

Sube a la tribuna el diputado César Humberto González Magallón, del Partido del Trabajo, quien regresa al tema del aniversario luctuoso del general Emiliano Zapata Salazar.

Para referirse al trabajo de la comisión investigadora del caso de la Compañía Nacional de Subsistencias Populares (Conasupo), la Presidenta concede el uso de la palabra a los diputados Alfonso Martínez Guerra, del Partido Acción Nacional y Juan Salgado Brito, del Partido Revolucionario Institucional.

Rectifican hechos sobre el mismo tema, los diputados: Alfonso Martínez Guerra, del Partido Acción Nacional; Víctor Manuel Quintana Silveyra, del Partido de la Revolución Democrática; Joaquín Humberto Vela González, del Partido del Trabajo; Manuel Hinojosa Juárez, del Partido Revolucionario Institucional; Carlos Navarrete Ruiz, del Partido de la Revolución Democrática; Jesús Rodríguez y Rodríguez, del Partido Revolucionario Institucional, quien acepta una interpelación del diputado Thomsen D'Abbadie; Javier Alberto Gutiérrez Vidal, del Partido Acción Nacional, quien acepta una interpelación de la diputada Luna Parra y Trejo Lerdo y Adolfo Miguel Aguilar Zinser, motu proprio.

La Secretaría da lectura a un oficio de la Cámara de Senadores, con el que envía minuta proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Cinematografía. Se turna a las comisiones unidas de Radio, Televisión y Cinematografía y a la de Cultura.

Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y la Presidenta clausura la de hoy a las diecisiete horas con veintidós minutos, citando para la que tendrá lugar el jueves once de abril de mil novecientos noventa y cinco a las diez horas.»

Está a discusión el acta... En votación económica se pregunta si se aprueba el acta.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señora Presidenta.



DIPUTADO QUE OPTA POR OTRO CARGO

El secretario Manuel Enrique Russek Valles:

Se va a dar lectura a varias comunicaciones.

«Ciudadanos secretarios de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presentes.

Con fecha 10 de octubre de 1995, la Cámara de Diputados tuvo a bien aprobar mi solicitud de licencia por tiempo indefinido para separarme del cargo de diputado federal por el I distrito electoral del Estado de Baja California Sur y estar en posibilidad de postularme para un cargo de elección popular.

El comité municipal electoral del municipio de La Paz, del Estado de Baja California Sur, tuvo a bien hacer la declaratoria de validez de las elecciones realizadas el 4 de febrero de este año y posteriormente expedir la constancia de mayoría en favor de los miembros de la planilla que encabezo. En tal virtud, me dirijo a su amable atención para expresarles que con fundamento en el artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, decido optar por el cargo de presidente municipal del honorable noveno ayuntamiento de La Paz.

Sirvan ustedes ser el vehículo para transmitir al pleno de la Cámara de Diputados mi consideración y respeto de siempre.

Atentamente.

México, D.F., 11 de abril de 1996.- Diputado Leonel Efraín Cota Montaño

De enterado.



ESTADO DE CAMPECHE

La secretaria Josefina Silvia Balleza Sánchez:

«Escudo del Estado.- Poder Legislativo.- Campeche.- LV Legislatura.

Diputados secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.

La LV Legislatura del honorable Congreso del Estado de Campeche, comunica a ustedes que en sesión previa fueron electos el presidente y vicepresidente de la directiva del mes de abril; así como los secretarios que funcionarán durante todo el segundo periodo de sesiones ordinarias, correspondiente al segundo año de ejercicio constitucional, que comprende del 1o. de abril al 30 de junio del año en curso; quedando integrada de la siguiente manera:

Diputados: Adolfo Cab Poot, presidente; Carlos Alberto Canul Martínez, vicepresidente; Vicente Castellot Castro, secretario; Aracely Escalante Jasso, secretaria.

Lo que nos permitimos comunicar a ustedes para los fines conducentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Campeche, Campeche, a 22 de marzo de 1996.- Diputada Margarita Rosa Alfaro Waring, secretaria.»

De enterado.

El secretario Desiderio Camacho Garibo:

«Escudo del Estado.- Poder Legislativo.- Campeche.- LV Legislatura.

Diputados secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.

La diputación Permanente que funciona durante el primer periodo de receso correspondiente al segundo año de ejercicio constitucional, comunica a ustedes que con esta fecha concluyeron sus actividades legislativas.

Lo que nos permitimos comunicarle para los fines conducentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Campeche, Campeche, a 29 de marzo de 1996.- Diputada Margarita Rosa Alfaro Waring, secretaria.»

De enterado.

El secretario Jorge de Jesús Castillo Cabrera:

«Escudo del Estado.- Poder Legislativo.- Campeche.- LV Legislatura.

Diputados secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.

La LV Legislatura del honorable Congreso del Estado de Campeche, comunica a ustedes, que en sesión solemne celebrada el día de hoy, dio inicio su segundo periodo de sesiones ordinarias, correspondiente al segundo año de ejercicio constitucional.

Lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para los fines conducentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Campeche, Campeche, a 1o. de abril de 1996.- Diputados secretarios: Vicente Castellot Castro y Aracely Escalante Jasso

De enterado.



ESTADO DE ZACATECAS

El secretario Ezequiel Juan de Dios Espinosa Mejía:

«Escudo Nacional.- Legislatura del Estado.- Zacatecas.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.

Por este conducto respetuosamente me permito remitir a esa honorable Cámara, en dos fojas útiles el acuerdo número 15 de esta misma fecha, emitido por la honorable LV Legislatura del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

Lo anterior en cumplimiento al resolutivo segundo del acuerdo referido.

Les reitero las seguridades de mi distinguida y especial consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Zacatecas, Zacatecas, 29 de marzo de 1996.- El oficial mayor de la LV Legislatura, licenciado José Guadalupe Rojas Chávez

ACUERDO NUMERO 15

«La LV Legislatura del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

CONSIDERANDO

Primero. Los miembros de esta honorable LV Legislatura del Estado, atentos y preocupados por los acontecimientos que vive la nación, suscribimos el presente documento para encontrar una alternativa de solución viable al problema de las carteras vencidas.

Es un año clave 1996, para la recuperación económica del país, la cual sólo podrá darse en una economía del país, la cual sólo podrá darse en una economía sana en la que, financiamiento, producción y consumo se articulen de manera dinámica.

La emergencia económica ha traído como consecuencia un desequilibrio entre los factores de la economía, lo que ha ocasionado que un grupo importante de empresas y productores estén enfrentando el problema de no poder cumplir con los compromisos económicos contraídos.

La situación anterior repercute de forma negativa en la estructura financiera, lo cual puede llevar a la quiebra técnica de la banca y sería de consecuencias graves para la estabilidad económica del país y el periodo de recuperación sería más largo.

Esta legislatura debe mantener una actitud sensible respecto de las justas demandas de la población, propiciando o sumándose a estrategias viables para lograr una solución definitiva al problema de las carteras vencidas.

Los métodos de participación deben ir encaminados a la solución del problema y no a su complicación, porque si se toma este problema como un interés para la acción política, se corre el riesgo de desviaciones al objetivo fundamental y defender a mil causas, menos a la que se dio origen. Hacerlo desde esta óptica refleja ausencia de alternativas y en ocasiones esto, en lugar de dar pasos firmes a la solución, sólo retardan.

Sabemos que esto no es positivo ni para el deudor, ni para la banca, son tiempos de diálogo y de acuerdo Segundo. En este periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión, se habrán de discutir reformas a los siguientes ordenamientos: la Ley de Instituciones de Crédito, Organismos Auxiliares de Crédito, Fianzas, Aseguradoras, Mercado de Valores, el Código de Comercio y otras leyes mercantiles, para crear la figura de las Administradoras de Fondo para el Retiro (Afore), esto nos presenta una valiosa oportunidad para impulsar alternativas que toquen de fondo el problema de las carteras vencidas, porque la economía de la banca requiere de apoyos, pero también los necesita la economía popular.

El presente acuerdo constituye un pronunciamiento de la legislatura dirigido a las respectivas cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, en apoyo a la creación de instrumentos financieros, en tanto sirvan a los propósitos de solución de fondo al grave problema de las carteras vencidas.

Por lo anterior expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 53, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el 108 del Reglamento Interior del Poder Legislativo, es de resolverse y se resuelve:

Primero. Se aprueba en todas y cada una de sus partes el contenido del presente acuerdo que se desarrolla en la parte considerativa de este instrumento legislativo.

Segundo. El documento en cuestión se eleva a la categoría de pronunciamiento de esta legislatura, y se dirigirá a las cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión.

Dado en la sala de sesiones de la LV Legislatura del Estado a los 29 días del mes de marzo de 1996.- Diputados: Ramiro Chávez Anaya, presidente; Francisco Javier Bonilla Pérez y Vicente Márquez Sánchez, secretarios.»

De enterado.



CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Cruz Pérez Cuéllar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa de reformas y adiciones al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Cruz Pérez Cuéllar:

«Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Los suscritos, diputados miembros del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a la LVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 inciso H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, sometemos a la consideración del honorable Constituyente Permanente, la presente iniciativa para reformar el artículo 73, fracción X de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y agregar al mismo la fracción XXIX-I con el objeto de que la facultad legislativa en materia de sorteos sea concurrente al Gobierno Federal, estados y municipios y por consiguiente dichos gobiernos, según dicha legislación puedan allegarse recursos por el establecimiento de loterías locales conforme a la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

La realidad que vive el país ha demostrado fehacientemente el fracaso del modelo centralista y motiva la búsqueda del fortalecimiento de las haciendas públicas estatales y municipales, que actualmente pasan por uno de los momentos más difíciles, si no es que el más difícil de la historia del México Independiente.

La excesiva concentración de facultades y de recursos a favor del ámbito federal ha representado la principal causa de atraso y desequilibrio en el desarrollo regional, como ya lo hemos señalado reiteradamente desde Acción Nacional. Es vergonzoso ver como las entidades federativas pierden año con año la capacidad para responder a las necesidades de sus gobernados y como aumenta su dependencia del centro como lo demuestra el estudio publicado por la Fundación Mexicana Cambio XXI sobre el tema del federalismo fiscal, dice el estudio:

"Más de las cuatro quintas partes (81.7%) de los recursos financieros estatales provienen de participaciones federales, mientras que más de las tres quintas partes (60.5%) de los recursos financieros de los municipios dependen de dichas fuentes. Estos porcentajes son considerablemente altos, en particular si se comparan con cifras similares de otros países."

Está difícil situación ha sido reconocida públicamente por el presidente Zedillo en varias ocasiones, una de ellas fue en la ciudad de Puebla, el 28 de julio de 1995, cuando dijo: "La mayoría de los mexicanos viven y trabajan en estados y regiones que padecen las consecuencias del centralismo. El centralismo está reñido con la democracia y con la participación de la sociedad, es una manera vertical de ejercer el poder y la autoridad. El centralismo es un obstáculo para el desenvolvimiento equilibrado de nuestras regiones porque concentra recursos y riqueza, oportunidades e iniciativas, decisiones y estímulos".

La presente iniciativa es una oportunidad para descentralizar, dentro de nuestro marco legal, la facultad legislativa en materia de sorteos suprimiendo esta palabra del artículo 73 fracción X de nuestra constitución y agregando la fracción XXIX-I al citado artículo para hacer de esta materia una facultad concurrente a los tres niveles de Gobierno.

La propuesta es perfectamente viable, pues en otros países como los Estados Unidos de América y Alemania las operaciones de lotería están controladas por los estados federados o en países latinoamericanos como Argentina y Brasil los gobiernos provinciales junto al Gobierno Federal pueden tener sus propias loterías para allegarse recursos, siempre y cuando éstas se realicen en el ámbito de sus respectivas competencias, lamentablemente en México ni los gobiernos estatales ni los municipales cuentan con esta facultad ni siquiera saben cuanto vende la Lotería Nacional para la Asistencia Pública en sus regiones y menos saben si es que destina realmente recursos para la Asistencia Pública en sus localidades.

Además de lo anterior, el gobierno central no ha pasado de los discursos a los hechos, no ha demostrado voluntad política para permitirle a las entidades federativas encontrar fuentes alternas de financiamiento del gasto público que no impliquen la creación de nuevos tributos como pudo haberlo hecho con el gobierno de Baja California, que desde el 24 de octubre de 1994 solicitó, a la Secretaría de Gobernación, autorización para realizar diversos sorteos de Lotería Instantánea para:

Mejorar y ampliar la infraestructura y el equipamiento del sistema educativo.

Promover la formación, especialización y profesionalización del magisterio.

Impulsar la modernización del sistema educativo estatal.

Sin embargo y a pesar de que el gobierno del estado de Baja California demostró con diversos estudios la factibilidad de llevar a cabo dichos sorteos, hasta la fecha un año y medio después no han sido autorizados, mientras que en muchas partes del país se han constituido verdaderas mafias que realizan sorteos vinculados a los de la Lotería Nacional con un gran mercado en manos de particulares con la complacencia de la Secretaría de Gobernación. Que mejor sería que estos recursos fueran a las arcas estatales y municipales para programas de asistencia social.

Hoy por hoy los mexicanos no vemos la asistencia pública que se supone debería brindar la Lotería Nacional y no lo vemos por que sus recursos van directamente a la Tesorería de la Federación, quien supuestamente cumple con el destino que debe dárseles, supuestamente insisto por que los mexicanos no lo vemos.

Además, cabe señalar que la facultad que hoy proponemos hacer concurrente, no estaba incluida en nuestro texto constitucional originalmente como facultad del Congreso de la Unión, sino hasta el año de 1947 y además aprobado sin discusión y por unanimidad como muchas otras reformas constitucionales al artículo 73, que han adicionado materias que como ésta no deberían ser sólo materia federal, por que no son esenciales al desarrollo y progreso de nuestro país y por lo tanto pueden ser compartidas por los congresos y gobiernos locales y contribuir así al desarrollo regional.

Es importante destacar que nuestra iniciativa va en la línea de los "Veinte compromisos por la democracia" suscritos por el actual Presidente y de los "Compromisos para un auténtico federalismo" que surgieron del foro que llevó el mismo nombre y en el que también participó el Presidente de la República.

Primero, con el compromiso 13 por la democracia del documento mencionado que establece la necesidad de: "Descentralizar hacia los gobiernos estatales y municipales, funciones administrativas y servicios públicos que actualmente realiza el Gobierno Federal en su territorio. Además del compromiso 2.9 para un auténtico federalismo": Proponemos un federalismo donde se den espacios y condiciones para una participación más democrática en el desarrollo estatal y municipal.

Congruentes pues con la tradición federalista de Acción Nacional que establecía desde 1939 en su Programa Mínimo de Acción Política que "Es necesario restaurar y fortalecer el régimen de descentralización política, económica y administrativa que corresponde a las condiciones geográficas y tradiciones de nuestro país, para impedir que como hasta hoy la actividad de la Federación sirva para subordinar la actividad ciudadana local en cuya intensidad y fuerza debería encontrar siempre su mejor apoyo la vida nacional" hacemos esta propuesta.

Por lo expuesto y en uso de las facultades que nos confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos diputados federales del Partido Acción Nacional, nos permitimos someter al Constituyente Permanente el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo 1o. Se reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su fracción X para quedar como sigue:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

X. Para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y nuclear y para expedir las leyes de trabajo y reglamentarias del artículo 123:

Artículo 2o. Se adiciona al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la fracción XXIX-I para quedar como sigue:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

XXIX. Para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los Estados y de los Municipios en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de sorteos.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones, a 11 de abril de 1996.- Diputados: Ricardo García Cervantes, Juan Antonio García Villa, María Elena Alvarez Bernal, Cecilia Romero Castillo, Cruz Pérez Cuéllar, Luis Andrés Esteva Melchor, Carmen Segura Rangel, Patricia Garduño Morales, Alejandro González Alcocer, Jesús Antonio Tallabs Ortega, Nohelia Linares González, José Francisco Peniche y Bolio, Fernando Pérez Noriega, Alejandro Zapata Perogordo, Luis Felipe Mena Salas y Guillermo Luján Peña

Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.



LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS, LEY DE INSTITUCIONES DE JUSTIFICAR, LEY DEL MERCADO DE VALORES Y LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CREDITO

La Presidenta:

El siguiente punto del orden del día es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores y Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los diputados, se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

El secretario Desiderio Camacho Garibo:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen

«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Honorable Asamblea: el Ejecutivo Federal, con base en lo dispuesto en el artículo 71 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha sometido al honorable Congreso de la Unión la iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras; Ley de Instituciones de Crédito; Ley del Mercado de Valores y Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Dicha iniciativa fue turnada a esta Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen. Después de diversas reuniones con los miembros de esta comisión y en conferencia con la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores; con fundamento en los artículos, 43, 48, 54 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos a su consideración el siguiente

DICTAMEN

Ha remitido el Ejecutivo Federal una iniciativa que propone reformas a distintas leyes, con el propósito fundamental de contribuir a la reactivación económica y de fortalecer al sistema financiero, a través de garantizar una mejor capitalización, protegiendo con ello los depósitos del público ahorrador y la propia solvencia de los intermediarios financieros.

Esta dictaminadora analizó las modificaciones propuestas por el Ejecutivo conforme a los propósitos de política que se tuvieron en cuenta al remitir la iniciativa que nos ocupa.

Favorecer la capitalización de las instituciones financieras La iniciativa, sobre el particular, contempla tres medidas principales:

a) Prohibición para que las instituciones de crédito y entidades de grupos financieros otorguen financiamiento para adquirir acciones de su grupo a accionistas del mismo grupo.

La propuesta del Ejecutivo Federal establece la prohibición a las instituciones de crédito y a las entidades financieras que formen parte de un grupo, de otorgar financiamientos para la adquisición de acciones de la propia institución o de las entidades o grupo financiero a que pertenezcan.

La dictaminadora coincide con esta medida que evitará que los recursos para capitalizar a una institución se originen en la misma o que dichos recursos permanezcan dentro de un mismo grupo, ya que ello impide la aportación de recursos frescos, logrando adicionalmente, dar más transparencia y eficacia a las operaciones de capitalización. Por esa razón, esta dictaminadora apoya que se amplíe en la Ley de Instituciones de Crédito, la prohibición a dichas instituciones de que puedan otorgar créditos para la adquisición de títulos representativos de su capital (fracción IV del artículo 106).

De la misma manera, esta comisión apoya la propuesta del Ejecutivo Federal, de prohibir que las instituciones de crédito puedan otorgar créditos o préstamos con garantía de acciones de entidades financieras o sociedades controladoras de grupos financieros, salvo que cuenten con la autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien para resolver oirá la opinión del Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (se adiciona un inciso c, a la fracción XVII del artículo 106 de la Ley de Instituciones de Crédito).

Esta comisión apoya también, por las mismas razones, la iniciativa del Ejecutivo que propone adicionar un cuarto párrafo al artículo 31 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras para establecer que las entidades financieras integrantes de un grupo no podrán otorgar financiamientos para adquirir títulos representativos de su capital, de la sociedad controladora o de cualquier otra entidad integrante del grupo a que pertenezcan. Tampoco podrán recibir los citados títulos en garantía, salvo que se cuente con la autorización respectiva.

b) Autorización para que compradores potenciales de cartera de instituciones de crédito conozcan información detallada de dichas instituciones.

En forma cada vez más activa se está pretendiendo movilizar la cartera de las instituciones de crédito para permitirles su adecuada capitalización. Asimismo, los potenciales compradores de cartera o los inversionistas por porcentajes significativos de los bancos o sociedades controladoras de los grupos, requieren conocer a detalle información relativa a la composición de los créditos o de la cartera total o de otros activos de la banca; con ello se dará mayor certidumbre en la adquisición de los créditos así como en las operaciones de adquisición de capital de los bancos.

Instituciones financieras adecuadamente capitalizadas estarán en mejores condiciones de participar en la reactivación de la economía, ya que podrán elevar su capacidad crediticia, contribuyendo con esto a financiar la actividad productiva.

De ahí que esta comisión dictaminadora apoye las medidas propuestas por el Ejecutivo Federal, en el sentido de adicionar al artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito dos fracciones y un último párrafo para prever una excepción a las propias instituciones de crédito, de lo dispuesto en el artículo 117 de dicha ley, que hace referencia al secreto bancario, en el caso de que los créditos vayan a ser objeto de cesión o descuento o cuando se negocie su cartera u otros activos, tratándose de la transmisión de un porcentaje significativo de su capital social o de la sociedad controladora del grupo financiero a que pertenezca.

Ahora bien, esta comisión analizó el tema del secreto bancario y su impacto en las operaciones activas y pasivas, considerando conveniente ajustar la referida propuesta con objeto de que la autoridad vigile que todos aquellos postores que hubieran conocido de tal información, guarden confidencialidad sobre la misma. Con lo anterior, se mantendrá la confianza de los usuarios del sistema bancario.

Por ello, se propone la adición de un último párrafo al artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito, en los siguientes términos:

"La Secretaría de Hacienda y Crédito Público vigilará que durante los procesos de negociación a que se refiere este artículo, los participantes guarden la debida confidencialidad sobre la información a que tengan acceso con motivo de los mismos."

Esta comisión observa, asimismo, que la reforma propuesta habrá de facilitar los esquemas de bursatilización de la cartera de créditos de las instituciones bancarias, en particular de los créditos hipotecarios.

En tal sentido, tomando en cuenta que esta propuesta es consistente con la iniciativa que la colegisladora ha recibido por parte del Ejecutivo Federal sobre diversas modificaciones a la legislación con el objeto anteriormente señalado, especialmente por lo que se refiere al artículo 2926 del Código Civil para el Distrito Federal, que se está proponiendo modificar en el sentido de que las instituciones del sistema bancario mexicano y los institutos de seguridad social, podrán ceder sus créditos con garantía hipotecaria sin necesidad de modificación al deudor, de escritura pública ni de inscripción en el registro, siempre que el cedente lleve la administración de los créditos. En caso de que el cedente deje de llevar la administración de los créditos el cesionario deberá únicamente notificar por escrito la cesión al deudor.

c) Modificaciones para el cálculo de las cuotas al Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) y al Fondo de Apoyo al Mercado de Valores (Famerval).

En atención a que la fórmula actual para calcular las aportaciones al Fobaproa se basa en el capital neto de las instituciones de crédito y el patrimonio del fondo, se genera un desincentivo a la capitalización de los nuevos bancos. De ahí que el Ejecutivo Federal proponga que, como ya ocurre con las cuotas ordinarias y extraordinarias, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determine las cuotas iniciales mediante criterios de aplicación general, tomando en cuenta el monto de los pasivos y el nivel de capitalización de cada institución.

Para instrumentar esta acción, se propone modificar la fracción VI del artículo 122 de la Ley de Instituciones de Crédito, que hace referencia al funcionamiento del Fobaproa, para señalar que las nuevas sociedades que estén obligadas a participar en el mismo se obliguen a aportar la cantidad inicial "que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a propuesta del Banco de México, mediante criterios de aplicación general que tomarán en cuenta, entre otros elementos, el monto de los pasivos y el nivel de capitalización de cada institución". La propuesta implica la derogación del actual párrafo segundo de esta fracción.

Por considerar que de esta forma se elimina el desincentivo de capitalización que se estaba presentando para los nuevos bancos, esta dictaminadora otorga su apoyo a la modificación propuesta.

Por orientarse en el mismo sentido, esta dictaminadora apoya también la modificación de la base de cálculo de las aportaciones iniciales que deben efectuar las casas de bolsa y los especialistas bursátiles de reciente creación al Famerval, a través de la propuesta del Ejecutivo Federal de reformar la fracción IX del artículo 89 de la Ley del Mercado de Valores, en referencia a que las nuevas sociedades estén obligadas a contribuir a este fondo con las aportaciones iniciales que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a propuesta del Banco de México, "mediante disposiciones de carácter general que tomarán en cuenta, entre otros elementos, la capacidad máxima de operación, así como el volumen y riesgo de las operaciones de cada sociedad".

En forma correlativa, se propone derogar el segundo párrafo de la fracción IX del artículo 89 de la ley citada que, en caso de mantenerse, se opondría a la nueva propuesta.

II. Medidas para elevar la eficiencia del sistema de pagos.

Esta comisión apoya la medida propuesta por el Ejecutivo Federal en el sentido de permitir a las instituciones de crédito realizar operaciones de reporto y préstamo de valores por cuenta de terceros, sin la intermediación de una casa de bolsa, cuando tengan por finalidad proveer el buen funcionamiento del sistema de pagos, adicionando para ello, con un segundo párrafo, el artículo 81 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Con ello, la autoridad busca facilitar los mecanismos para mejorar la operación de estas instituciones, sin afectar la distinción entre el objeto de los bancos y de las casas de bolsa.

III. Medidas para homogeneizar y modernizar la regulación aplicable a intermediarios financieros.

La iniciativa del Ejecutivo Federal propone diversas modificaciones para igualar y modernizar la regulación que las autoridades financieras aplican a diversos intermediarios financieros.

En tal sentido, propone facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que pueda autorizar fusiones entre instituciones de banca múltiple con cualquier otra sociedad, a diferencia de la atribución que ahora tiene, que le permite autorizar estas fusiones sólo entre bancos. Para tales efectos, propone modificar el artículo 27 de la Ley de Instituciones de Crédito, que ahora se referirá a fusiones de instituciones de crédito "o de cualquier sociedad con una institución de banca múltiple", así como la fracción I del propio artículo que, en lo sucesivo, se referirá a "sociedades" en vez de "instituciones." La comisión que dictamina, apoya la medida propuesta que precisa y amplía las facultades de la autoridad en materia de fusiones.

Por otra parte, en atención a que actualmente no se requiere autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para revisar las escrituras constitutivas de las sociedades financieras de objeto limitado y sociedades de información crediticia, así como sus modificaciones, lo cual ha dado lugar a falta de control de estas sociedades, la iniciativa propone que, en lo sucesivo, se sometan a aprobación previa de esta dependencia las escrituras constitutivas de dichas sociedades y cualquier modificación debiéndose además inscribir en el Registro Público de Comercio, proponiendo, para tales efectos, la reforma del párrafo cuarto del artículo 103 de la Ley de Instituciones de Crédito y la adición del párrafo cuarto del artículo 33 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

Esta dictaminadora apoya las reformas propuestas porque fortalecerán la supervisión de las autoridades en la constitución y modificación de los estatutos de estas sociedades.

IV. Medidas para modernizar los sistemas de registro y conservación de la información de las instituciones de crédito.

La iniciativa recoge una propuesta para que la información de instituciones de crédito pueda almacenarse a través de sistemas más modernos que los que la actual ley prevé. Para tales efectos, propone modificar el artículo 100 de la Ley de Instituciones de Crédito indicando que estas instituciones podrán microfilmar "o grabar en discos ópticos, o en cualquier otro medio que les autorice la Comisión Nacional Bancaria y de Valores" los registros y documentos relacionados con los actos de la propia institución e incorporando, con este propósito, otras adecuaciones a la formulación de este artículo.

Esta comisión apoya la propuesta contenida en la iniciativa del Ejecutivo Federal, que permitirá a las instituciones de crédito utilizar sistemas más modernos para almacenar su información, teniendo acceso inmediato a dicha información y protegiendo así, los intereses del público ahorrador.

V. Eliminación de facultades para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pueda definir si hay captación del público o intermediación bancaria.

La iniciativa del Ejecutivo Federal propone eliminar las facultades que actualmente confiere la Ley de Instituciones de Crédito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que pueda definir si hay o no intermediación bancaria (párrafo final del artículo 2o.), así como si hay o no captación de recursos del público.

Por considerar que, sin estas facultades, hay más claridad en la aplicación de la ley y se evita que, a través de disposiciones de carácter administrativo, se puedan definir conceptos de intermediación o captación, esta dictaminadora está de acuerdo en que se derogue el respectivo párrafo del artículo citado.

VI. Desincorporación de agrupaciones financieras de su grupo cuando Fobaproa o Famerval adquieran el 50% o más del capital social.

La iniciativa del Ejecutivo Federal ha recogido la conveniencia de que, cuando el Fobaproa o el Famerval adquieran el 50% o más de cualquier entidad financiera integrante de un grupo, se supriman los requisitos de celebración de asambleas que exige la ley, cuando la misma se separe del grupo financiero, así como las exigencias de publicidad de la separación a que se refieren las fracciones V y VI del artículo 10 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

Para tales efectos, propone insertar un párrafo tercero al artículo 11 de la ley citada en el sentido de que estas formalidades se supriman cuando el Fobaproa o el Famerval sean los suscriptores o adquirentes del 50% o más del capital social de cualquier entidad financiera integrante de un grupo.

VII. Fortalecimiento de los almacenes generales de depósito.

La iniciativa propone diferentes medidas, principalmente para fortalecer a los almacenes generales de depósito -intermediarios financieros no bancarios- por el papel que realizan en el fortalecimiento del ahorro, en la ampliación de la capacidad productiva y en la reactivación económica, en particular del comercio exterior, objetivos compartidos por esta dictaminadora, por lo cual le otorga su apoyo.

Las principales medidas recogidas en la iniciativa, que implican modificaciones a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, son las siguientes:

a) Se amplían las funciones que pueden realizar los almacenes generales de depósito para que incluyan, dentro de su objeto, el manejo, control, distribución de bienes o mercancías y el otorgamiento de financiamientos con garantía de bienes o mercancías que se encuentren almacenados bajo su custodia o en tránsito, amparados por certificados de depósito.

Se les permitirá realizar procesos de incorporación de valor agregado, transformación y reparación de las mercancías depositadas, a fin de aumentar el valor de éstas, sin variar esencialmente su naturaleza, así como de ensamble de las mismas, lo que permitirá que su actividad sea más competitiva.

Se propone, además, que los almacenes facultados para recibir mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal puedan realizar, respecto de dichas mercancías, los procesos antes citados (artículo 11 párrafos primero y segundo).

La iniciativa precisa que los almacenes llevarán los registros de certificados y bonos de prenda que expidan conforme a reglas de carácter general que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (nuevo párrafo quinto del artículo 11).

Asimismo, se propone que para el almacenamiento de las mercancías en tránsito, los almacenes puedan contratar directamente el seguro respectivo u obtener el endoso correspondiente de la póliza, si ya hubiera sido previamente asegurada (nuevo párrafo séptimo del artículo 11).

La iniciativa reformula la fracción I del artículo 11 para describir, los servicios que, en adelante, podrán prestar los almacenes conforme a la modificación propuesta al inicio de este artículo.

Asimismo, se precisa que los almacenes generales de depósito, en lo sucesivo, podrán colocar en los empaques y envases, además de los marbetes, sellos o etiquetas (artículo 11 fracción IV).

De acuerdo con la ampliación de funciones propuesta, se añade la posibilidad de que los mismos otorguen financiamientos sobre mercancías en tránsito, amparadas en certificados de depósito (artículo 11 fracción V).

La iniciativa propone que se adicionen actividades a las que pueden realizar los almacenes generales de depósito, como las de gestionar el otorgamiento de garantías en favor del fisco federal, respecto de mercancías almacenadas, para garantizar el pago de impuestos, conforme a la Ley Aduanera; prestar servicios de depósito fiscal y otros que les autorice la Ley Aduanera y las demás análogas y conexas que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (fracciones IX a XI del artículo 11).

En razón de lo anterior, esta dictaminadora aprueba, que las modificaciones al citado artículo 11 queden redactadas en los siguientes términos:

"Artículo 11. Los almacenes generales de depósito tendrán por objeto el almacenamiento, guarda o conservación, manejo, control, distribución o comercialización de bienes o mercancías bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito y el otorgamiento de financiamientos con garantía de los mismos. También podrán realizar procesos de incorporación de valor agregado, así como la transformación, reparación y ensamble de las mercancías depositadas, a fin de aumentar su valor, sin variar esencialmente su naturaleza. Sólo los almacenes estarán facultados para expedir certificados de deposito y bonos de prenda.

Los almacenes facultados para recibir mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal, podrán efectuar en relación a esas mercancías, los procesos antes mencionados en los términos de la Ley Aduanera.

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Los almacenes llevarán un registro de los certificados y bonos de prenda que se expidan, en el que se anotarán todos los datos contenidos en dichos títulos, incluyendo en su caso, los derivados del aviso de la institución de crédito que intervenga en la primera negociación del bono. Este registro deberá instrumentarse conforme a las reglas de carácter general que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

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Para los efectos de aseguramiento de la mercancía en tránsito, según se prevé en el párrafo que antecede, el almacén podrá contratar directamente el seguro respectivo, apareciendo como beneficiario en la póliza que al efecto fuere expedida por la compañía aseguradora correspondiente o bien en el caso de mercancía previamente asegurada, podrá obtener el endoso en su favor de la póliza respectiva.

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I. Prestar servicios de guarda o conservación, manejo, control, distribución, transportación y comercialización, así como los demás relacionados con el almacenamiento, de bienes o mercancías, que se encuentren bajo su custodia, sin que éstos constituyan su actividad preponderante:

II y III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. Empacar y envasar los bienes y mercancías recibidos en depósito por cuenta de los depositantes o titulares de los certificados de depósito, así como colocar los marbetes, sellos o etiquetas respectivos:

V. Otorgar financiamientos con garantía de bienes o mercancías almacenados en bodegas de su propiedad o en bodegas arrendadas que administren directamente y que estén amparadas con bonos de prenda, así como sobre mercancías en tránsito amparadas con certificados de depósito:

VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VII. Emitir obligaciones subordinadas y demás títulos de crédito, en serie o en masa, para su colocación entre el gran público inversionista:

VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IX. Gestionar por cuenta y nombre de los depositantes, el otorgamiento de garantías en favor del fisco federal, respecto de las mercancías almacenadas por los mismos, a fin de garantizar el pago de los impuestos, conforme a los procedimientos establecidos en la Ley Aduanera:

X. Prestar servicios de depósito fiscal, así como cualesquier otros expresamente autorizados a los almacenes generales de depósito en los términos de la Ley Aduanera:

XI. Las demás operaciones análogas y conexas que, mediante reglas de carácter general, autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores."

b) En congruencia con las modificaciones anteriores, se propone modificar el artículo 12 de la citada ley, para aclarar que los almacenes generales de depósito puedan ser de tres clases, adicionando aquellos que estén facultados para otorgar financiamientos, para lo cual deberán sujetarse a los requerimientos mínimos de capitalización que al efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

También se precisa que, tratándose de almacenes que estén facultados para realizar operaciones de depósito fiscal, lo hagan de conformidad con la nueva Ley Aduanera que contiene disposiciones específicas sobre esta modalidad de operación.

Ahora bien, del análisis de dicha propuesta por esta dictaminadora, se considera que resulta necesario ajustar algunas de las referencias mencionadas, para que su texto tenga completa claridad. En tal sentido, se propone modificar la fracción III y los dos últimos párrafos del citado precepto, con lo cual la reforma a este artículo resultaría integral, quedando el texto propuesto de la siguiente forma: "Artículo 12. Los almacenes generales de depósito podrán ser de tres clases:

I. Los que se destinen a recibir en depósito bienes o mercancías de cualquier clase y realicen las demás actividades a que se refiere esta ley, a excepción del régimen de depósito fiscal y otorgamiento de financiamientos;

II. Los que además de estar facultados en los términos señalados en la fracción anterior, lo estén también para recibir mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal:

III. Los que además de estar facultados en los términos de alguna de las fracciones anteriores, otorguen financiamientos conforme a lo previsto en esta ley, debiendo sujetarse a los requerimientos mínimos de capitalización que al efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante disposiciones de carácter general.

Tratándose de los almacenes a que se refieren las fracciones II y en su caso III de este artículo, deberán sujetarse a las disposiciones correspondientes que prevé la Ley Aduanera, sobre las mercancías que no podrán ser objeto del régimen de depósito fiscal y las medidas de control que deban implantar para mantener aislada la mercancía sometida a este régimen, conforme a lo que establezca la mencionada ley.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en una lista que al efecto formule para conocimiento de los almacenes, señalará expresamente los productos, bienes o mercancías que no podrán ser objeto de su deposito fiscal en los almacenes a que se refieren las fracciones II y en su caso III."

c) La iniciativa del Ejecutivo propone modificar la normatividad relativa a la forma en que debe invertirse el capital social y las reservas de los almacenes para otorgarles una mayor capacidad en el manejo de sus recursos y recoger algunas de las nuevas funciones que podrán realizar.

En ese sentido, se señala que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá el importe total de las inversiones que realicen en sus instalaciones, en vez de señalar el porcentaje que tenía que representar respecto a la suma de capital pagado y reservas de capital (artículo 15, segundo párrafo de la fracción I). Asimismo, se añade la posibilidad de invertir en cartera de créditos prendarios y en inventarios de las mercancías que comercialicen (artículo 15 fracción II).

d) Se elimina el requisito de solicitar autorización para que los almacenes generales de depósito puedan dar en arrendamiento algunos de sus locales; se propone que, en lo sucesivo, puedan hacerlo dando previo aviso a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y siempre que no constituya una actividad preponderante. También se añade la posibilidad de que dichos almacenes puedan asignar áreas de almacenamiento a las mercancías bajo su custodia por un mismo depositante y, por ende, no amparadas por certificado de depósito, previo aviso a la propia comisión (artículo 20).

e) En el caso de remate de mercancías, se propone que, en cuanto a las segundas o ulteriores almonedas, se modifique la actual base fija del 50% de descuento que se establece en la ley, para que en lo sucesivo sea un "descuento no mayor del 50%" sobre el precio fijado para la almoneda previa (artículo 22 fracción V párrafo primero de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito).

Asimismo, se otorga, en forma explícita, la acción ejecutiva para reclamar al depositante original el pago del adeudo existente al señalar que el convenio de depósito correspondiente, junto con el estado de cuenta certificado por el contador del almacén, serán título ejecutivo, sin necesidad de reconocimiento de firma. Estas medidas dotan de agilidad al proceso de recuperación judicial de las almacenadoras (artículo 22 fracción V, párrafo segundo).

f) Con objeto de homologar las disposiciones que regulan a las arrendadoras y a las empresas de factoraje, la iniciativa propone que el importe máximo de las responsabilidades a favor de una arrendadora financiera y a cargo de una sola persona o grupo de personas que, por nexos patrimoniales o de responsabilidad, constituyan riesgos comunes, no excederá de los límites que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (artículo 37-C).

Consideraciones finales Esta comisión dictaminadora ha considerado procedente otorgar su apoyo a la iniciativa del Ejecutivo Federal, en atención a que persigue el propósito de avanzar en el perfeccionamiento del sistema financiero mexicano, con acciones de capitalización más eficaces de las instituciones de crédito, que al fortalecerlas les permitirán contribuir con recursos crediticios crecientes a la actividad económica, así como disponer de una mejor supervisión, simplificación y modernización de las entidades financieras.

Asimismo, estima positivas las modificaciones en tanto que persiguen garantizar la solvencia de los intermediarios financieros y proteger los depósitos del público ahorrador, a través de alcanzar bases más sólidas de capital en dichas instituciones.

Por otro lado, porque la iniciativa se orienta a lograr una mayor operatividad de las organizaciones auxiliares del crédito, en especial los almacenes generales de depósito, que pueden tener un papel mucho más activo en el desarrollo que está teniendo el comercio exterior del país, al ampliar la gama de las actividades vinculadas a su financiamiento y operación.

Finalmente, esta dictaminadora se permite expresar que ha evaluado la iniciativa en función de sus distintos objetivos que, en ocasiones involucran la modificación de varias leyes, pero que la parte relativa al articulado del decreto ha sido elaborada incorporando, en cada numeral, las reformas que corresponden específicamente a cada una de la leyes que se propone modificar.

Por las razones anteriores se somete a su consideración el siguiente

DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS, LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO, LEY DEL MERCADO DE VALORES Y LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CREDITO

Artículo primero. Se adicionan los artículos 11 con un tercer párrafo, pasando los actuales tercero y cuarto a ser cuarto y quinto párrafos, respectivamente; 31 con un cuarto párrafo y 33 con un cuarto párrafo, pasando los actuales cuarto, quinto y sexto a ser quinto, sexto y séptimo párrafos, respectivamente, de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, para quedar como sigue:

Artículo 11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cuando el Fondo Bancario de Protección al Ahorro o el Fondo de Apoyo al Mercado de Valores suscriba o adquiera el 50% o más del capital social de cualquier entidad financiera integrante de un grupo, no se observará lo dispuesto en el primero y segundo párrafos del presente artículo, así como en las fracciones V y VI del artículo 10 de esta ley. La separación del grupo tendrá efectos a partir de dicha suscripción o adquisición, por lo que se tendrá por modificado el convenio único de responsabilidades en este sentido.

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Artículo 31. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las entidades financieras integrantes de un grupo no podrán otorgar financiamientos para la adquisición de acciones representativas de su capital, de la sociedad controladora o de cualquier otra entidad financiera integrante del grupo al que pertenezcan. Tampoco podrán recibir en garantía acciones de las entidades financieras a las que se refiere el artículo 7o. de la presente ley, de sociedades controladoras o de uniones de crédito, salvo que cuenten con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México y de la comisión nacional supervisora de la entidad que pretenda recibirlas en garantía.

Artículo 33. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La escritura constitutiva de las sociedades a que se refiere este artículo y cualquier modificación a la misma, deberá ser sometida a la aprobación previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Una vez aprobada la escritura o sus reformas, deberán inscribirse en el Registro Público de Comercio.

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Artículo segundo. Se reforman los artículos 27, primer párrafo y fracción I; 100; 103, cuarto párrafo; 106 fracción IV y 122 fracción VI primer párrafo; se adicionan los artículos 81 con un segundo párrafo; 93 con un segundo párrafo, dos fracciones y un último párrafo, y 106 con un inciso c a la fracción XVII y se derogan el último párrafo del artículo 2o. y el segundo párrafo de la fracción VI del artículo 122, de la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:

Artículo 2o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Ultimo párrafo. Se deroga.

Artículo 27. Para la fusión de dos o más instituciones de banca múltiple o de cualquier sociedad con una institución de banca múltiple, se requerirá autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien oirá la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y se efectuará de acuerdo a las bases siguientes:

I. Las sociedades presentarán a la propia Secretaría los proyectos de los acuerdos de las asambleas de accionistas relativos a la fusión, plan de fusión de las sociedades respectivas con indicación de las etapas en que deberá llevarse a cabo, estados contables que presenten la situación de las sociedades y la información a que se refieren las fracciones I, II y IV del artículo 10 de esta ley:

II a V. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 81. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las instituciones de crédito, con sujeción a las disposiciones de carácter general que expida el Banco de México, podrán realizar operaciones de reporto y préstamo de valores por cuenta de terceros, sin la intermediación de casas de bolsa, cuando tales operaciones tengan por finalidad proveer al buen funcionamiento del sistema de pagos.

Artículo 93. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las instituciones de crédito no estarán sujetas a lo establecido en el primer párrafo del artículo 117 de esta ley por lo que hace a la información relacionada con los activos que se mencionan a continuación, cuando ésta sea proporcionada a personas con las que se negocien o celebren las siguientes operaciones:

I. Los créditos que vayan a ser objeto de cesión o descuento o II. Su cartera u otros activos, tratándose de la transmisión o suscripción de un porcentaje significativo de su capital social o de la sociedad controladora del grupo financiero al que pertenezca. Para dar a conocer la información respectiva deberá obtenerse la autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público vigilará que durante los procesos de negociación a que se refiere este artículo, los participantes guarden la debida confidencialidad sobre la información a que tengan acceso con motivo de los mismos.

Artículo 100. Las instituciones de crédito podrán microfilmar o grabar en discos ópticos o en cualquier otro medio que les autorice la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, todos aquellos libros, registros y documentos en general, que obren en su poder, relacionados con los actos de la propia institución, que mediante disposiciones de carácter general señale la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de acuerdo a las bases técnicas que para la microfilmación o la grabación en discos ópticos, su manejo y conservación establezca la misma.

Los negativos originales de cámara obtenidos por el sistema de microfilmación y las imágenes grabadas por el sistema de discos ópticos o cualquier otro medio autorizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a que se refiere el párrafo anterior, así como las impresiones obtenidas de dichos sistemas o medios, debidamente certificadas por el funcionario autorizado de la institución de crédito, tendrán en juicio el mismo valor probatorio que los libros, registros y documentos microfilmados o grabados en discos ópticos o conservados a través de cualquier otro medio autorizado.

Artículo 103. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La escritura constitutiva de las sociedades financieras de objeto limitado y cualquier modificación a la misma, deberá ser sometida a la aprobación previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Una vez aprobada la escritura o sus reformas, deberán inscribirse en el Registro Público de Comercio.

Artículo 106. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. Operar sobre los títulos representativos de su capital, salvo lo dispuesto por el último párrafo de los artículos 19 y 38 y por el artículo 122 de esta ley, así como otorgar créditos para la adquisición de tales títulos;

V a XVII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) y b) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

c) Acciones de entidades financieras o sociedades controladoras de grupos financieros, salvo que cuenten con la autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien para resolver oirá la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

XVIII y XIX. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 122. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a V. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VI. Las sociedades que, con posterioridad a la fecha de constitución del fondo, obtengan autorización para constituirse y operar como instituciones de banca múltiple de conformidad con la presente ley, estarán obligadas a aportar al fondo la cantidad inicial que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a propuesta del Banco de México, mediante criterios de aplicación general que tomarán en cuenta, entre otros elementos, el monto de los pasivos y el nivel de capitalización de cada institución. Dicha cantidad inicial se empezará a cubrir desde que la sociedad inicie operaciones, en los términos que indique el comité técnico del fondo.

Segundo párrafo. Se deroga.

VII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo tercero. Se reforma el artículo 89, fracción IX, primer párrafo y se deroga el segundo párrafo de dicha fracción, de la Ley del Mercado de Valores, para quedar como sigue:

Artículo 89. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IX. Las sociedades que, con posterioridad a la fecha de constitución del fondo, obtengan autorización para ser inscritas en la sección de intermediarios del Registro Nacional de Valores e intermediarios de conformidad con la presente ley, estarán obligadas a participar en el fondo y a cubrir a éste, en los términos que indique el comité técnico, la aportación inicial que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a propuesta del Banco de México, mediante disposiciones de carácter general que tomarán en cuenta, entre otros elementos, la capacidad máxima de operación, así como el volumen y riesgo de las operaciones de cada sociedad. Dicha cantidad inicial se empezará a cubrir desde que la sociedad comience sus operaciones, en los términos que indique el comité técnico.

Segundo párrafo. Se deroga.

X y XI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo cuarto. Se reforman los artículos 11 primer y cuarto párrafos fracciones I, IV, V y VII; 12; 15 segundo párrafo de la fracción I, y fracción II; 20 y 22, fracción V último párrafo, y se adicionan el artículo 11 con un segundo y séptimo párrafos, recorriéndose en su orden los actuales segundo a quinto y pasando los actuales sexto y séptimo a ser octavo y noveno, respectivamente, así como las fracciones IX, X y XI y un artículo 37-C, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, para quedar como sigue:

Artículo 11. Los almacenes generales de depósito tendrán por objeto el almacenamiento, guarda o conservación, manejo, control, distribución o comercialización de bienes o mercancías bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito y el otorgamiento de financiamientos con garantía de los mismos. También podrán realizar procesos de incorporación de valor agregado, así como la transformación, reparación y ensamble de las mercancías depositadas a fin de aumentar su valor, sin variar esencialmente su naturaleza. Sólo los almacenes estarán facultados para expedir certificados de depósito y bonos de prenda.

Los almacenes facultados para recibir mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal, podrán efectuar en relación a esas mercancías, los procesos antes mencionados en los términos de la Ley Aduanera.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Los almacenes llevarán un registro de los certificados y bonos de prenda que se expidan, en el que se anotarán todos los datos contenidos en dichos títulos, incluyendo en su caso, los derivados del aviso de la institución de crédito que intervenga en la primera negociación del bono. Este registro deberá instrumentarse conforme a las reglas de carácter general que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Para los efectos de aseguramiento de la mercancía en tránsito, según se prevé en el párrafo que antecede, el almacén podrá contratar directamente el seguro respectivo, apareciendo como beneficiario en la póliza que al efecto fuere expedida por la compañía aseguradora correspondiente, o bien en el caso de mercancía previamente asegurada, podrá obtener el endoso en su favor de la póliza respectiva.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. Prestar servicios de guarda o conservación, manejo, control, distribución, transportación y comercialización, así como los demás relacionados con el almacenamiento, de bienes o mercancías, que se encuentren bajo su custodia, sin que éstos constituyan su actividad preponderante:

II y III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. Empacar y envasar los bienes y mercancías recibidos en depósito por cuenta de los depositantes o titulares de los certificados de depósito, así como colocar los marbetes, sellos o etiquetas respectivos:

V. Otorgar financiamientos con garantía de bienes o mercancías almacenados en bodegas de su propiedad o en bodegas arrendadas que administren directamente y que estén amparados con bonos de prenda, así como sobre mercancías en tránsito amparadas con certificados de depósito:

VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VII. Emitir obligaciones subordinadas y demás títulos de crédito, en serie o en masa, para su colocación entre el gran público inversionista:

VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IX. Gestionar por cuenta y nombre de los depositantes, el otorgamiento de garantías en favor del fisco federal, respecto de las mercancías almacenadas por los mismos, a fin de garantizar el pago de los impuestos, conforme a los procedimientos establecidos en la Ley Aduanera:

X. Prestar servicios de depósito fiscal, así como cualesquier otros expresamente autorizados a los almacenes generales de depósito en los términos de la Ley Aduanera:

XI. Las demás operaciones análogas y conexas que, mediante reglas de carácter general, autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Artículo 12. Los almacenes generales de depósito podrán ser de tres clases:

I. Los que se destinen a recibir en depósito bienes o mercancías de cualquier clase y realicen las demás actividades a que se refiere esta ley, a excepción del régimen de depósito fiscal y otorgamiento de financiamientos:

II. Los que además de estar facultados en los términos señalados en la fracción anterior, lo estén también para recibir mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal,:

III. Los que además de estar facultados en los términos de alguna de las fracciones anteriores, otorguen financiamientos conforme a lo previsto en esta ley, debiendo sujetarse a los requerimientos mínimos de capitalización que al efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante disposiciones de carácter general.

Tratándose de los almacenes a que se refieren las fracciones II y en su caso III de este artículo, deberán sujetarse a las disposiciones correspondientes que prevé la Ley Aduanera, sobre las mercancías que no podrán ser objeto del régimen de depósito fiscal y las medidas de control que deban implantar para mantener aislada la mercancía sometida a este régimen, conforme a lo que establezca la mencionada ley.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en una lista que al efecto formule para conocimiento de los almacenes, señalará expresamente los productos, bienes o mercancías que no podrán ser objeto de su depósito fiscal en los almacenes a que se refieren las fracciones II y en su caso III.

Artículo 15.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá mediante disposiciones de carácter general, el importe total de estas inversiones en relación a la suma del capital pagado y reservas de capital.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. En financiamientos con garantía de bienes o mercancías depositados, amparados con bonos de prenda; en anticipos con garantía de los bienes y mercancías depositados, que se destinen en pago de empaques, fletes, seguros, impuestos a la importación o a la exportación y operaciones de transformación de esos mismos bienes y mercancías, haciéndose constar el anticipo en los títulos relativos que expidan los almacenes; en cartera de créditos prendarios y en inventarios de las mercancías que comercialicen:

III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 20. Los almacenes generales de depósito podrán dar en arrendamiento alguno o algunos de sus locales, cuando concurran circunstancias que lo justifiquen, así como asignar áreas en sus bodegas propias y arrendadas, al almacenamiento exclusivo de mercancías recibidas para su custodia por un mismo depositante y por ende no amparadas por certificado de depósito, previo aviso dado a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, siempre y cuando dichas actividades no constituyan una actividad preponderante.

Artículo 22.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Cuando no hubiere postor ni los almacenes se adjudicaren las mercancías o efectos rematados, podrán proceder a nuevas almonedas, previo el aviso respectivo, haciendo en cada una de ellas un descuento no mayor del 50% sobre el precio fijado como base para la almoneda anterior.

Cuando el producto de la venta de la mercancía o bienes depositados no baste para cubrir el adeudo a favor de los almacenes generales de depósito, por el saldo insoluto, éstos tendrán acción a través de la vía ejecutiva mercantil para reclamar al depositante original, el pago del adeudo existente. El convenio de depósito correspondiente junto con el estado de cuenta certificado por el contador del almacén de que se trate, será título ejecutivo sin necesidad de reconocimiento de firma ni de otro requisito.

Artículo 37-C. El importe máximo de las responsabilidades a favor de una arrendadora financiera y a cargo de una sola persona o grupo de personas que, por nexos patrimoniales o de responsabilidad, constituyan riesgos comunes, no excederá de los límites que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En tanto la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emite las disposiciones de carácter general a que se refiere el párrafo segundo de la fracción I del artículo 15 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, seguirá observándose el texto anteriormente aplicable.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 9 de abril de 1996.-Diputados: Francisco Suárez y Dávila, presidente; Mónica Leñero Alvarez, Alfonso Reyes Medrano, Jorge Padilla Olvera y Saúl Escobar Toledo, secretarios; José Rosas Aispuro Torres, Manuel Beristáin Gómez, Tonatiuh Bravo Padilla, Roberto Campa Cifrián, Jorge Adolfo Cejudo Díaz, Daniel Covarrubias Ramos, Víctor Cruz Ramírez, Gabino Fernández Serna, Heriberto Galindo Quiñones, Alejandro Higuera Osuna, Manuel Jiménez Lemus, Sebastián Lerdo de Tejada, Oscar Levin Coppel, Raúl Livas Vera, Gabriel Llamas Monjardín, Ifigenia Martínez Hernández, Salvador Mikel Rivera, Alfonso Molina Ruibal, José de Jesús Preciado Bermejo, Jesús Rodríguez y Rodríguez, Antonio Sánchez Gochicoa, Dulce María Sauri Riancho, Carlota Vargas Garza, David Vargas Santos y Joaquin Vela González

Es de segunda lectura.

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Manuel Jiménez Lemus para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Luis Manuel Jiménez Lemus:

Con el permiso de la Presidencia, señoras y señores diputados:

Hago uso de la tribuna, a nombre de la Comisión de Hacienda y Crédito Público para fundamentar el dictamen de la iniciativa de decreto que envió el titular del Ejecutivo Federal al honorable Congreso de la Unión, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley del Mercado de Valores y la Ley de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Esto en base a los artículos 43, 48, 54 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 87, 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Una vez recibido en el seno de la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen, se celebraron diversas reuniones con los miembros de la misma en conferencia con la comisión correspondiente de la Cámara de Senadores, ahí consideramos que las reformas propuestas a las distintas leyes tienen como objetivo fundamental el de contribuir a la reactivación económica y avanzar en el perfeccionamiento del sistema financiero mexicano buscando incrementar y mejorar la calidad de la capitalización protegiendo con ello los depósitos del público ahorrador y la propia solvencia de los intermediarios financieros.

A juicio de la dictaminadora, en esta exposición se destacan sólo los puntos más relevantes de la iniciativa y las propuestas de los diputados y senadores que intervinieron en los trabajos. Estas se analizaron en base a los propósitos de política pública que se consideraron al enviarla al Congreso de la Unión.

En primer término, se analizó el favorecer la capitalización de las instituciones financieras a través de tres medidas principales.

En relación a los créditos, se prohibe a las instituciones de banca múltiple y a las entidades integrantes de un mismo grupo financiero, otorgar financiamiento para la adquisición de acciones representativas ya sea de su capital social o de capital de la sociedad controladora del grupo a que pertenecen, o bien, de cualquier otra entidad integrante del mismo grupo financiero.

También se prohibe a las instituciones de Banca Múltiple y a las entidades integrantes de un grupo financiero, recibir en garantía acciones de entidades financieras o sociedades controladoras salvo que lo autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

También se incorporó la autorización para que compradores potenciales de cartera de crédito conozcan la información detallada de dichas instituciones, esto equivale a no aplicar las disposiciones relativas, al secreto bancario en relación con los créditos objeto de cesión o descuento, así como con las carteras de activos para la trasmisión o suscripción de un porcentaje significativo del capital social de la institución de banca múltiple de que se trate o en su caso, del capital social de la sociedad controladora del grupo financiero al cual pertenezca dicha institución.

Con lo anterior se busca permitir a los compradores potenciales de cartera y a los inversionistas cuya intención sea adquirir porcentajes significativos del capital social de las instituciones de banca múltiple o de las sociedades controladoras de grupos financieros bancarios que conozcan detalladamente la información de los créditos de la cartera y de los activos de las instituciones.

Con el fin de mantener la confianza de los usuarios del sistema en relación al secreto bancario, se propuso adicionar un último párrafo al artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito en el sentido de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público vigile a los postores que conocieron de información y guarde la confidencialidad debida.

Se modifica la base para el cálculo de la cuota inicial de las instituciones de banca múltiple recién establecidas, deben cubrir al fondo bancario de protección al ahorro; la cuota será determinada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a propuesta del Banco de México mediante criterios generales que tomarán en cuenta el monto de pasivos, así como el nivel de capitalización de cada institución de banca múltiple entre otros, lo que determina el riesgo de la institución.

En lo que respecta a la casa de bolsa y especialistas bursátiles recién establecidos, también se modifica las aportaciones iniciales que deben cubrir el Fondo de Apoyo al Mercado de Valores, Famerval. La cuota será determinada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a propuesta del Banco de México mediante criterios de aplicación general que tomarán en cuenta la capacidad máxima de operación, así como el volumen y riesgo de las operaciones de cada sociedad entre otros, lo que determina el riesgo de las instituciones.

En segundo término se analizaron las medidas para elevar la eficiencia del sistema de pagos. El Banco de México podrá autorizar a las instituciones de banca múltiple para que realicen operaciones de reporte y préstamo de valores por cuenta de terceros, sin que se requiera la intermediación de una casa de bolsa, siempre y cuando dichas operaciones tengan el propósito de proveer al buen funcionamiento de sistema de pagos; en concreto, se busca facilitar los mecanismos para mejorar las operaciones de estas instituciones sin afectar la distinción entre el objeto de los bancos y de las casas de bolsa.

La tercer medida se refiere a homogenizar y modernizar la regulación aplicable a intermediarios financieros. Se propone facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorice fusiones entre instituciones de banca múltiple y otras instituciones; la ley actualmente sólo contempla las fusiones entre instituciones de banca múltiple y a fin de fortalecer la supervisión de las autoridades en la constitución y modificación de los estatutos de estas sociedades, se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para probar la escritura pública que contenga los estatutos sociales así como las modificaciones a las mismas de las sociedades financieras de objeto limitado y de las sociedades de información crediticia. Así mismo se establece la obligación de inscribir dichas escrituras y sus modificaciones en el Registro Público de Comercio.

Por lo que respecta al cuarto tema referente a las medidas para modernizar los sistemas de registro y conservación de la información de las instituciones de crédito, faculta a estas a que dicha información pueda almacenarse a través de sistemas más modernos que los que la actual ley prevé, como son la utilización de microfilms o de discos ópticos, o cualquier otro medio que les autorice la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

El quinto tema que se analizó fue el de eliminar las facultades para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pueda definir si hay captación del público o intermediación bancaria. Se consideró que al restar dichas facultades hay más claridad en la aplicación de la ley y se evita que a través de disposiciones de carácter administrativo se puedan definir conceptos de intermediación o captación.

La sexta medida se refiere a la desincorporación de agrupaciones financieras de su grupo cuando Fobaproa o Famerval adquieran el 50% más de su capital social. Con esta medida se pretende facilitar la regulación de los Fondos Bancarios de Protección al Ahorro y el Fondo de Apoyo al Mercado de Valores en relación con el saneamiento del sistema financiero. Agilizando el proceso de venta de las entidades financieras integrantes de grupos financieros, en este sentido se propone eliminar la celebración de asambleas de la sociedad controladora, así como de la entidad financiera correspondiente, con el objeto de que ésta pueda ser desincorporada automáticamente del grupo, cuando alguno de los fondos adquiera el 50% o más de las acciones representativas de su capital social.

En el séptimo punto se analizó lo referente al fortalecimiento de los almacenes generales de depósito, se proponen diferentes medidas para fortalecer a esos intermediarios financieros no bancarios, por su importante papel en la ampliación de la capacidad productiva, el fortalecimiento del comercio exterior y como factor importante en la reactivación económica.

A continuación menciono las propuestas que más destacan:

1o. Ampliar las funciones que puedan realizar las almacenadoras, incluyendo ahora el manejo, control, distribución de bienes o mercancías y el otorgamiento de financiamiento con garantía de bienes o mercancías que se encuentran almacenados bajo su custodia o en tránsito, amparados por certificados de depósito.

Se les permitirá realizar procesos de incorporación de valor agregado, transformación y reparación de mercancías depositadas, a fin de aumentar el valor de éstas sin variar esencialmente su naturaleza.

Se considerará también la posibilidad de que los almacenes puedan contratar directamente un seguro y obtener el endoso correspondiente de la póliza del mismo que ampare las mercancías en tránsito.

También se adiciona la actividad de poder gestionar el otorgamiento de garantías en favor del fisco federal, respecto de las mercancías almacenadas, para garantizar el pago de impuestos conforme a la Ley Aduanera.

Prestar servicios de depósito fiscal y otros que les autoriza la Ley Aduanera y las demás análogas y conexas que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tomando en cuenta la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

En congruencia con las modificaciones anteriores, se definen los almacenes generales de depósito en tres clases: primero, los que se destinen a recibir en depósito bienes o mercancías de cualquier clase y realicen las actividades a que se refiere la Ley de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, a excepción del régimen de depósito fiscal y otorgamiento de financiamiento.

La segunda clase son los que además de estar facultados en los términos anteriores, pueden recibir mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal; y la tercera, los que además de estar facultados en los términos de las dos anteriores, otorguen financiamiento conforme a lo previsto en esta ley.

Se propone modificar la normatividad relativa a la forma en que debe invertir el capital social y las reservas de los almacenes. Para otorgarles una mayor capacidad en el manejo de recursos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante disposiciones de carácter general, autorizará que éstos puedan utilizar sus recursos con una mayor racionalización, que les permita generar mayor liquidez para orientar y diversificar, de acuerdo a las condiciones de mercado, las actividades a sus clientes, evitando la inmovilización de recursos financieros.

b) Se elimina el requisito de solicitar la autorización para que los almacenes puedan dar en arrendamiento alguno de sus locales, bastará ahora con dar aviso previo a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, siempre y cuando no constituya el arrendamiento la actividad preponderante.

En el caso de remate de mercancías, se propone que en cuanto a la segunda o ulteriores almonedas, se modifique la actual base fija del 50% de descuento, para que en lo sucesivo el descuento no sea mayor a este porcentaje, sobre precio fijado en almoneda previa.

A su vez, para dar agilidad al proceso de recuperación judicial de las almacenadoras, se otorga en forma explícita la acción ejecutiva para reclamar al depositante original el pago del adeudo existente, al señalar que el convenio de depósito, junto con el estado de cuenta certificado por el contador del almacén, será a título ejecutivo sin necesidad de reconocimiento de firma.

Con el objeto de homologar las disposiciones que regulan las arrendadoras y a las empresas de factoraje, la iniciativa propone que el importe máximo de las responsabilidades a favor de una arrendadora financiera y a cargo de una sola persona o grupo de personas que por nexos patrimoniales o de responsabilidad constituyan riesgos comunes, no excederá de los límites que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Por lo anteriormente expuesto solicitamos a ustedes señoras y señores diputados, su voto favorable al decreto que nos ocupa. Es cuanto.

La Presidenta:

En consecuencia está a discusión en lo general.

Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general los siguientes oradores:

Para fijar posiciones, por el Partido del Trabajo el diputado Joaquín Vela González; por el Partido de la Revolución Democrática, la diputada Ifigenia Martínez Hernández; por el Partido Acción Nacional, el diputado Víctor Cruz Ramírez y por el Partido Revolucionario Institucional, la diputada Mónica Leñero Alvarez.

Tiene la palabra el diputado Joaquín Vela González.

El diputado Joaquín Humberto Vela González:

Muchas gracias, señora Presidenta:

En relación al decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de lo que se denomina leyes financieras o paquete financiero, nuestro partido ha considerado importante señalar los siguientes elementos:

Primero. Efectivamente, algunas de las modificaciones, de las adiciones que se realizan en el dictamen que ahora se nos presenta para la discusión, hemos encontrado que algunos de ellos implican la necesidad de tener una reflexión adecuada, porque permitiría modificar algunos de los procedimientos necesarios que le den salida a una de las actividades que hoy, más que nunca, se encuentra en el centro del debate nacional.

Evidentemente nosotros hubiéramos querido que hubiera modificaciones mucho más a fondo, que hubiera modificaciones que tuvieran implicaciones reales y pudiera tener y hacer un funcionamiento de estas agrupaciones financieras de mayor alcance; sin embargo, creemos que algunas de las señaladas son importantes. Vamos a revisar algunas de ellas.

En lo que se considera los siete grandes apartados de análisis que constituye el presente dictamen, en el primero que es el que tiene como objetivo central el buscar que no puedan las propias instituciones financieras, a través del ahorro que el público está realizando, ellas con la legislación actual, pudieran utilizar esos recursos que el público ahorrador está señalando, para que gente de su propio grupo financiero pudiera solicitar préstamos, en los cuales pudiera tener o utilizar como fondo, como garantía las propias acciones bancarias y ser la capitalización producto solamente de esos recursos.

Es, creemos, correcto, establecer un mecanismo que impida que estos grupos financieros utilicen esos propios recursos para prestarse y comprar acciones de su propio grupo.

Necesitamos y con eso coincidimos con el dictamen elaborado y explicado por el diputado Jiménez Lemus, en que lo que se requiere es encontrar recursos frescos para que efectivamente la capitalización del sistema bancario pueda encontrar un espacio adecuado de desarrollo.

Si para ello necesitamos hacer las modificaciones que se señalan, nuestro partido está en acuerdo.

Los objetivos claramente señalados son favorecer la capitalización de las instituciones financieras a través de la prohibición para que instituciones de crédito y entidades de grupos financieros otorguen financiamientos para adquirir acciones de su grupo de accionistas, del mismo grupo y la autorización para que compradores potenciales de cartera, de instituciones de crédito, conozcan información detallada de dichas instituciones.

Esto pudiera ser también un mecanismo que le diera salida a muchos de los problemas de cartera que se tiene. Todo mundo conoce cómo de 1994 a 1996 ha aumentado en un 500% la cartera vencida. Si a través de un mecanismo de abrir la información, para ello se requiere hacer modificaciones al artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, para hacer una modificación del llamado secreto bancario, para que los potenciales compradores de cartera tengan una información adicional.

Esto necesariamente implica que se realice la modificación de la legislación tal y como se encuentra ahora, para que esos potenciales compradores de cartera puedan tener acceso a la información. Esto suscitaba, sin embargo, un problema porque también implicaba que la gente que tuvo acceso a esa información posteriormente pudiera utilizar esa información en beneficio de su interés particular.

Por ello se adiciona un párrafo en el artículo 93 de la propia Ley de Instituciones de Crédito que impida, o que garantice más bien, que tienda a garantizar que la gente que tuvo acceso a esa información privilegiada pueda y deba guardar la confidencialidad que requiere el fenómeno.

Existe también una modificación a lo que se refiere a la necesidad de trasladar muchos de estos créditos que se constituyen en cartera, particularmente los que se refieren a los créditos hipotecarios. Esto implica una modificación al artículo 2926 del Código Civil del Distrito Federal, que plantea fundamentalmente la modificación, que toda aquella cartera que puedan tener instituciones bancarias nacionales o instituciones de seguridad social, que pueda ser transferida a alguien que esté interesado en adquirir esa cartera, no implique para el deudor realizar o modificar las condiciones de su crédito ni siquiera volver a realizar todo el papeleo que se requiere para la solicitud de su crédito.

Simplemente con la modificación que se propone lo que significaría en consecuencia sería notificarle al deudor que ha cambiado el propietario de la cartera y que en consecuencia el pago que tendría que hacer tendría una característica, tendría ahora que pagárselo a una persona diferente, pero eso sin modificar ni las condiciones de su crédito, ni realizar nuevo papeleo.

En consecuencia, consideramos que también es una medida correcta para que pueda de manera efectiva modificarse las condiciones actuales de deterioro de las propias instituciones financieras y que esto pueda servir y darle salida a muchos de los deudores que puedan encontrar a través de ese mecanismo, no la obligación o la necesidad de realizar nuevas reglamentaciones o nuevos pagos para lo mismo.

Existe un segundo apartado, un segundo paquete que implica las medidas para elevar la eficiencia de los sistemas de pago.

Particularmente esto, como ya se explicaba, se refiere a los sistemas de reporto y pago de valor por venta de tercero. Fundamentalmente éstas son medidas digamos de carácter técnico que tienen por objeto hacer más eficiente y no utilizar o no la necesidad, como obliga actualmente la ley, de obligar a que estas operaciones sean realizadas a través de la intermediación de órganos como casas de bolsa.

Un tercer nivel del paquete, significa las medidas para homogeneizar, o se refieren a las medidas para homogeneizar y modernizar la legislatura aplicable a intermediarios financieros.

De nueva cuenta en este apartado son modificaciones al sistema vigente que tienen como orientación fundamental tratar de hacer que muchas de las operaciones a las que están sujetas las instituciones de intermediación financiera, puedan ahora encontrar un mecanismo mucho más accesible y mucho más adecuado, sin necesidad de realizar complejos proceso de autorizaciones de la propia Secretaría de Hacienda o del Banco de México para poder realizar este mismo tipo de operaciones.

El cuarto paquete se refiere a las medidas para modernizar los sistemas de registro y conservación de la información de las instituciones de crédito.

Creo que esto es bastante sencillo, particularmente por las necesidades de la propia modernización que están teniendo niveles muy acelerados de transformación, es conveniente, pues, buscar y aprobar un artículo en el que señale que puedan ser a través de sistemas ópticos o a través de microfilms la información de las operaciones financieras.

Si la propia Secretaría de Hacienda que para el control y la supervisión que se tiene que realizar de las operaciones financieras realizadas por los bancos, puede y sirve realizar a través de la captación de esta información en discos, en discos compactos o en las formas más nuevas, pues no tenemos mayor inconveniente en que este sistema pueda ser adoptado y pueda ser autorizado, los grupos financieros, para que presenten o guarden y conserven su información en estos sistemas muchos más modernos.

En el quinto punto, que se refiere a la eliminación de las facultades para que la Secretaría de Hacienda pueda definir si hay captación o no. anteriormente la propia Secretaría de Hacienda tenía que emitir su opinión para poder definir si las formas en las cuales las instituciones bancarias estaban realizando la captación del ahorro del público, ahora se trata de evitar que esta definición la haga la Secretaría de Hacienda y que directamente, digamos, la operación se realice sin esta intermediación.

El sexto apartado habla de la desincorporación de agrupaciones financieras, de su grupo, cuando del sistema financiero mexicano, hay instituciones incluso se llega a afirmar que los apoyos que a través de Fobaproa a los bancos o de Famerval a las casas de bolsa, el Gobierno mexicano ha estado aportando recursos a estas instituciones.

Si esto ahora plantea la necesidad de que cuando el Gobierno, a través de estos financiamientos, haya adquirido más del 50% de estas acciones, pues de manera automática se desincorporen de las agrupaciones financieras de las que forma parte y directamente estos fondos tomen el control de esos organismos de crédito.

Y finalmente, el punto siete, con el que concluyen las reformas que se plantean en este paquete financiero, son las actividades de los almacenes generales de depósito. Aquí, en la propia comisión, se plantearon algunas dudas que se discutieron con los funcionarios de Hacienda que tuvieron a bien venir a presentarnos la iniciativa y teníamos algunos de los diputados teníamos algunas dudas respecto a la forma que señala.

Particularmente recuerdo que había un punto que generaba ciertas suspicacias, es el que se refiere a la autorización que se hace a los almacenes generales de depósito, para que pudieran realizar un cierto tipo de agregar valor a las mercancías que tienen guardadas.

Se nos explicaba que dentro de las funciones autorizadas a los almacenes generales de depósito, pues son fundamentalmente conservar el valor que tienen. Pero algunos aparatos, es el ejemplo que se nos ponía, las computadoras venían desarmadas, si dentro y en el tiempo que se estuvieran depositadas en estos almacenes generales de depósito, pudiera y se diera la autorización para que pudieran algunos trabajadores que armaran esas computadoras, pudiera esto plantear la posibilidad de que ya no se estaría cumpliendo solamente con la función de conservar el valor, sino que se estaría agregando, con ello se estaría realizando una función nueva en estos almacenes, particularmente agregándoles algún tipo de valor.

Esto generó ciertas suspicacias, porque entonces aparentemente ésa no es su función, ésa es función de alguna empresa que tiene claramente funciones de carácter industrial y que es una operación que al autorizarse en los almacenes generales de depósito, digamos, harían y cambiarían mucho su función.

Por ello se cuidó que en la ley se dijera, que sin que cambiara radicalmente la función principal, solamente con el objeto de facilitar las tareas de las propias empresas que están tramitando, a través de que depositan como garantía sus mercancías en estos almacenes, para obtener créditos principalmente para el comercio exterior.

Si dentro de ese lapso se pueden realizar estas operaciones adicionales, se piensa y se considera que pudiera ser algo que beneficiara y que hiciera mucho más ágil y mucho más accesible esto para las operaciones del propio comercio exterior.

En consecuencia, concluyo diciendo, que desde el punto de vista de mi partido, encontramos que estas adiciones, estas reformas o estas derogaciones, son elementos que pudieran contribuir en alguna medida a destrabar la crisis que actualmente padecemos en el sistema financiero.

Creemos, lo hemos dicho en ocasiones anteriores, que las reformas debieran ser mucho más a fondo, debiéramos plantearnos modificaciones mucho más a fondo, pero sin embargo, a pesar de que éstas no alcanzaron ese nivel encontramos que las modificaciones que se proponen en el dictamen que actualmente se encuentra sujeto a discusión podemos encontrar nuestra disposición y nuestro voto favorable para que estas modificaciones y derogaciones puedan realizarse.

Muchas gracias.

La Presidenta:

En uso de la palabra la diputada Ifigenia Martínez Hernández, del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Ifigenia Martha Martínez Hernández:

Con su venia, señora Presidenta; compañeras y compañeros legisladores:

El grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática acude a esta tribuna para fijar su posición respecto al dictamen de la llamada miscelánea financiera que nos ha presentado la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

El paquete de ajuste a las Leyes para Regular las Agrupaciones Financieras, de Instituciones de Crédito, del Mercado de Valores y General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, enviados por el Ejecutivo y aprobado por la mayoría de los integrantes de la comisión de Hacienda, constituye un conjunto de ajustes técnicos de menor importancia que quizá sean adecuados para el actual sistema financiero mexicano, incluso pensamos que algunos han sido presentados tardíamente, pero que en general no representan una solución efectiva ni una salida real a la crisis financiera por la que atraviesa el país.

Para comprender la situación actual es conveniente recordar la naturaleza de la grave crisis, la más grave de la historia moderna de México que estamos padeciendo y que es consecuencia de tres crisis superpuestas. Sostenemos que no es una crisis la que estamos enfrentando sino son tres crisis superpuestas. Me explico. Una crisis estructural tradicional en el desarrollo del país que tendemos a importar más de lo que exportamos a medida que la economía crece y que ha sido definitivamente agravada, hasta niveles insustentables por la forma e intensidad con que se hizo la apertura.

La apertura en vez de ayudar a resolver la crisis estructural, el desequilibrio estructural, lo profundizó más.

La segunda crisis es la crisis coyuntural debida al mal manejo de la deuda interna de corto plazo, denominada en Tesobonos, utilizada para financiar la sobreimportación ocasionada por la primera crisis, y montada sobre éstas dos, se encuentra una tercera crisis que es la provocada por el programa de ajuste recesivo del Fondo Monetario Internacional, caracterizada por la contracción del gasto público, la inversión y el consumo, acompañada por el alza brutal de las tasas de interés que ha jugado un papel clave en el problema de las carteras vencidas; es decir, la crisis para salir de la crisis, por eso es por lo que no podemos ver la nuestra ni es tampoco fácil el problema.

En lo que se refiere a la situación propiamente financiera, presenta varios ángulos muy delicados; por un lado, está la fragilidad técnica de los propios bancos que acumulan elevadísimos índices de cartera vencida y pocos recursos frescos para financiar la producción corriente.

Según las notas de prensa más recientes, la cartera vencida de los bancos llegó al 19% en febrero pasado. Es decir, que se encuentran en estado de incumplimiento 1.00 de cada 5.00 pesos del saldo acumulado de los créditos totales otorgados por la banca.

Recordemos que antes de la crisis de 1982, el coeficiente de carteras vencidas era inferior al 4% y que todavía en octubre de 1994, había ascendido al 9%. Ahora, en año y medio, se ha disparado hasta el 19%, ello a pesar de los programas y los costosos recursos aplicados para enfrentar la situación.

Por otro lado, se encuentra la angustiosa situación de empresas, familias e individuos deudores que han visto multiplicarse hasta niveles inalcanzables los saldos de sus deudas por el efecto de las elevadas tasas nominales y reales de interés que aumentaron en una proporción totalmente excedida de los siempre menores aumentos de los ingresos de los empresarios o de los asalariados.

Adicionalmente, es necesario considerar el delicado efecto macroeconómico de toda esta situación. Con los bancos en condición de extrema fragilidad y de escasez de recursos prestables y con gran parte de las empresas y las familias en situación de insolvencia, el círculo perverso de la recesión tiende a reproducirse interminablemente con el enorme y costoso y riesgo económico, social y político que representa.

El empresario mexicano Lorenzo Serviche, ha explicado con claridad y crudeza esta realidad en recientes declaraciones públicas. Textualmente Lorenzo Serviche ha dicho: "La falta de demanda y liquidez, la baja en las ventas, el alza en las tasas y el endeudamiento, lleva a las empresas a una espiral diabólica. No tenemos crédito, no podemos pagar altos intereses. No producimos lo suficiente. Despedimos a la gente. No hay consumo, no nos compran, no vendemos. Y así, vamos al abismo".

La política recesiva del Gobierno apegada como creó las recetas fondomonetaristas, está completando el círculo perverso. La extrema falta de liquidez, la injustificable austeridad en el gasto público que se ha rezagado más allá de lo que la mayoría aprobó en la Cámara de Diputados en diciembre pasado, contribuye de manera decisiva a que la recuperación y la generación de nuevos empleos se demoren; a que los salarios reales sufran nuevos e innecesarios deterioros; a que un mayor número de empresas se encuentre en inminente riesgo de quiebra o incluso se hayan precipitado en cierre de actividades; las propias finanzas públicas resienten la situación recesiva al desplomarse los impuestos, la captación de impuestos por el efecto del deterioro de la actividad económica.

Todo ello, todos estos males, bajo el pretexto de combatir una inflación que sin embargo es renuente a ser controlada, porque se trata de una inflación que no es de demanda sino principalmente de costos y ha estado impulsada directamente por los aumentos a los precios y tarifas de los bienes que proporciona el sector público y por la devaluación del peso mexicano que ha encarecido el dólar y la cadena de insumos importados que requiere la producción.

En resumen, el alto costo de la imprevisión, de la dependencia y del sometimiento, es impagable para cualquier nación civilizada. En este sentido, resulta insignificante el alcance de los ajustes técnicos propuestos en el dictamen. Por lo que resulta del todo desproporcionado afirmar que como resultado de estos ajustes técnicos de orden menor, se tiene, cito:

"El propósito fundamental de contribuir a la reactivación económica y fortalecer al sistema financiero a través de garantizar una mejor capitalización, protegiendo con ello los depósitos del público ahorrador y la propia solvencia de los intermediarios financieros."

Sostenemos que desafortunadamente no es así. Desafortunadamente el dictamen exagera; desafortunadamente la crisis financiera del país se mantiene prácticamente intocada. Ni la iniciativa del Ejecutivo ni el dictamen, presentan soluciones pertinentes para enfrentar la grave situación.

No nos engañemos, compañeros legisladores. Es la política económica neoliberal que ha venido aplicando el Gobierno, la responsable fundamental de la crisis. Existe un verdadero clamor nacional que reclama al Gobierno por no haberse hecho cargo de sus obligaciones y de sus responsabilidades, al permitir el rezago en el ejercicio del gasto público, de por sí austero, desde la versión original aprobada por la mayoría priísta en la Cámara de Diputados durante diciembre pasado.

Ya incluso en este reclamo nacional, participan diariamente los máximos dirigentes de las agrupaciones de empresarios del país que antes alabaron la estrategia económico y, desde luego, empresarios medianos, pequeños y micros, así como agricultores, campesinos, trabajadores y deudores, académicos, especialistas, prácticamente toda la opinión pública.

La demanda es siempre que el Gobierno tome medidas urgentes, que ejercite el gasto autorizado, que no retrase más la inversión en obras públicas, que intervenga para que se flexibilicen las difíciles condiciones del crédito y para aliviar los asfixiantes problemas del desempleo y del gravísimo deterioro del nivel de ingresos de la mayor parte de la población.

En el Partido de la Revolución Democrática, insistimos en que el elemento clave de la estrategia que se requiere para salir de la crisis, estriba en impulsar la vía del crecimiento económico y no en fomentar la austeridad y la astringencia financiera como se está haciendo.

Para todos aquellos que dicen que no tenemos propuestas y que nada más criticamos, aquí van cuatro medidas, cuatro medidas de tipo general, que pueden detallarse al nivel práctico, para salir de la crisis, de esta crisis que nadie ve salida ni le encuentra respuesta. Aquí van cuatro medidas, señores. La primera:

En primer lugar, se requiere soltar y reorientar el gasto público para la producción y la agricultura. Se necesita no sólo ejercer de inmediato lo autorizado que está retrasado, sino asignar nuevos recursos públicos para atender las urgentes demandas que están planteando sectores de ciudadanos y de empresarios, con el propósito de evitar quiebras y luego los desplomes de la producción en unos casos, así como estimular la inversión y el consumo. Se propiciaría así la generación de nuevos empleos y la mejoría del nivel de ingresos reales de los trabajadores, que tanto urge.

Es decir, señores, para todos los que estudiaron economía o los economistas aquí presentes, se necesitan aplicar las políticas de los multiplicadores de gasto y de empleo. Esta política de la expansión fiscal, debe de ser acompañada de políticas monetarias y crediticias adecuadas. Las inversiones públicas hay que realizarlas en proyectos específicos de producción en sectores de ciclo rápido como el agropecuario, para que rápidamente se aumente la producción y en aquellos otros que aprovechen la amplia capacidad ociosa instalada, para minimizar los efectos alcistas sobre los precios.

No faltará neoliberales que digan: "Esta política va a causar inflación". Y seguramente ellos piensan que es preferible el desempleo y la agudización de la miseria, a la inflación. Y entonces hay que contestarles: "Señores, hay medidas para reducir los efectos alcistas, diríjase este gasto a sectores de ciclos de producción corta y a sectores con capacidad ociosa instalada, de esa manera al revés, aumentará la producción, disminuirán los costos fijos y disminuirá la tendencia al alza de los precios". Pero son ellos, los que toman las decisiones, los que no saben cómo hacerlo.

La orientación del gasto público a la construcción, por ejemplo, tiene un impacto positivo casi inmediato sobre el empleo y absorbe importantes cantidades de insumos nacionales.

Segunda medida. En lo que se refiere a la situación de deudores y carteras vencidas, además de la asignación de nuevos recursos presupuestales para la atención del problema, es necesario otorgar nuevos plazos para atender los pagos vencidos, es decir, redocumentar los créditos y una nueva tregua en materia de embargos; tan fácil como, eso señores. Aunque no sólo se circunscribe a la situación del campo esta problemática, ahí es donde se ha expresado con peculiar crudeza.

A este respecto, el Partido de la Revolución Democrática manifiesta su total acuerdo y apoyo con las demandas presentadas por el Consejo Agrario Permanente ante el presidente Zedillo y la comisión intersecretarial del gabinete agropecuario, apenas antier, cuando plantearon la apremiante necesidad de destinar recursos públicos para lograr la quita de intereses y la ampliación de los plazos para pagar la cartera vencida.

Muy preocupante resulta que el presidente Zedillo se haya negado a acceder a las bien fundamentadas demandas de los agricultores, argumentando falta de recursos, cuando se destinan enormes cantidades presupuestales al pago de intereses de la deuda pública interna y externa, que no tienen ningún efecto sobre la producción y el empleo.

Tercera medida. Es necesaria una política para atender los problemas de los intermediarios financieros. El Banco de México debe retomar de inmediato su archivada política de redescuentos de la cartera vencida a los bancos con tasas de interés a la baja, para que éstos puedan de inmediato ampliar la oferta de crédito y exista la posibilidad de bajar las tasas de interés.

Urge analizar por qué los cuantiosos subsidios otorgados a la banca a través del Fobaproa, 13 mil millones de dólares en 1995 y más de 9 mil millones de dólares proyectados para 1996, no han tenido impacto sobre la situación de los productores, que son a quienes en última instancia se debe rescatar. No vayan a resultar estos recursos del Fobaproa como los del fondo de contingencia, 65 mil millones de pesos de ese entonces que nadie sabe qué circuitos siguieron y a dónde fueron a parar.

Cuarta medida. El esfuerzo para reducir las tasas de interés debe incluir una revisión inmediata de las relaciones financieras y comerciales con el exterior. La idea clave consiste en evitar que la tasa de interés siga siendo la variable de ajuste del desequilibrio externo de México, provocado por la apertura comercial y financiera. Al existir en este modelo, en el modelo neoliberal una permanente necesidad de flujos de capitales extranjeros para financiar los desequilibrios comerciales y financieros o sea, derivados de la deuda, se tiene una perenne presión a mantener altas tasas de interés reales y nominales.

Hay que disminuir este encadenamiento con el exterior. No estoy proponiendo eliminarlo, no estoy proponiendo una política de aislacionismo; estoy proponiendo una disminución; lo voy a decir en inglés, para que todos los tecnócratas a ver si así lo entienden, una operación de delincage. La apertura a los mercados financieros y comerciales no permite manejar la tasa de interés como una palanca de apoyo a la reactivación de la inversión ni posibilita una política cambiaría, estable y sostenible.

Es necesario y urgente, repito, revisar cuidadosamente los acuerdos internacionales, comerciales y financieros, así como la política comercial y cambiaria para lograr el marco adecuado para una política efectiva de recuperación y estabilización de la economía, centrada en el mercado y el ahorro interno y en las fuerzas productivas de la economía mexicana. Estamos seguros que todos sabremos responder.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Tiene el uso de la palabra el diputado Jorge Padilla Olvera, del PAN.

El diputado Jorge Humberto Padilla Olvera:

Cámara de Diputados:

Esta miscelánea de instituciones financieras la podemos dividir en dos grandes vertientes: una es un esfuerzo modernizador, algo tímido pero en la dirección correcta, la otra, es un esfuerzo por corregir graves fallas en la legislación de las instituciones de crédito que crearon el financierista de saliva con autopréstamos, entonces por lo tanto analicemos primero una de las vertientes.

Este es el esfuerzo modernizador que se ve reflejado en esta serie de consideraciones, primero una reforma a la Ley General de Organizaciones Auxiliares del Crédito, que tienen por objeto simplificar, flexibilizar y perfeccionar la operación de los almacenes generales de depósito a la a luz de un nuevo concepto de organización auxiliar de crédito que no se limita a prestar el servicio de almacenamiento, sino que pretende constituirse en una amplia gama de actividades vinculadas al fomento, financiamiento y consolidación del comercio interno y externo.

Desafortunadamente este esfuerzo se ve mermado al no cambiar algunos artículos y daré ejemplos, el 70, que habla de la apertura de los días inhábiles a juicio de la comisión nacional bancaria y de valores. Imagínense ustedes que llega el pobre agricultor con su camión para descargar y el almacén no puede abrir porque la Comisión Nacional Bancaria dice que es día de cierre obligatorio para la banca. O el artículo 15, que limita a un 70% del capital social, la inversión en bodegas y queda un 30% para las demás actividades.

El artículo 12 último párrafo, en fin, son varios artículos que son omisiones que limitan en parte este cuerpo modernizador; segundo, reformas para agilizar el sistema de pagos al eliminar la intermediación obligatoria de casas de bolsa en operaciones de reporto y algunas otras, francamente es una buena medida que no creo que les guste a las casas de bolsa pues les va a quitar pingües ganancias en ese tipo de operaciones, de lo cual estoy totalmente de acuerdo.

También hay agilizaciones en las funciones de instituciones bancarias de banca múltiple con otras, modernización de los sistemas de registro y conservación de la información de las instituciones de crédito; estamos reconociendo los avances de la tecnología electrónica moderna. Además elimina una facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que existía para definir si había captación del público o intermediación financiera. Es bueno que se les haya quitado esta facultad y habrá más claridad en la aplicación de la ley y se evitará la incertidumbre jurídica con la posibilidad de este tipo de utilización discrecional de la ley.

Además hay una agilización para una capitalización por medio de facilitar la venta de cartera y eliminar trámites en las capitalizaciones o las restatizaciones vías Fobaproa y Famerval.

O sea, todos estos esfuerzos son realmente actualizaciones. Poner al día, al corriente, un tipo de... una serie de leyes un poco obsoletas. La otra vertiente que ésa es realmente la más importante, son las reformas encaminadas a corregir graves fallas con objeto de lograr una verdadera capitalización de las instituciones financieras. Esta pretende lograr su objetivo mediante la prohibición para las instituciones de créditos y entidades de grupos financieros, otorgar financiamientos para adquirir acciones de su grupo, acciones del mismo grupo.

Esto realmente había sido un hueco inconcebible que se había dejado en aquella legislación para la privatización de la banca, que permitió que gran cantidad de venta de la banca haya sido una venta de saliva, una venta autofinanciada, en que el mismo banco le prestaba a su mismo accionista para comprar acciones de su mismo banco. Increíble que eso haya prevalecido en nuestra legislación; qué bueno que ahora se esté corrigiendo.

Y también viene un corolario donde habla de que también queda prohibido garantizar los préstamos con acciones de la entidad, porque el colmo de estos abusos era que se otorgaba el crédito al accionista para aumentarle el capital a la misma compañía y se aceptaba como garantía del crédito acciones del mismo grupo financiero; o sea, venía a redondear totalmente esas compras de papel, esas capitalizaciones de papel que han llevado al sistema bancario a donde lo tienen ahorita.

Desgraciadamente este último artículo entre la prohibición de las garantías tiene una excepción que dice "salvo autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público", tenía que haber un prietito en el arroz, no lo pueden evitar pero estas reformas al artículo 31 de la Ley para Regular las Agrupaciones del Sistema Bancario es de fondo, pues obligará a que las capitalizaciones sean verdaderas y no simples simulaciones al recurrir al respaldarlos con las mismas acciones compradas con créditos haciendo una simulación de papel que no solucionaba ni nos llevaba a nada.

Esta reforma obligará a que las capitalizaciones sean verdaderas aportaciones de fondos líquidos, sin embargo sospecho que habrá algunos grupos financieros que no puedan hacer o no quieran hacer esa aportación líquida y va a ocasionar alguna restatización de muchos grupos financieros vía Fobaproa y las otras.

Por lo tanto, consideramos que este dictamen contiene puntos favorables y los negativos no son de fondo; como consecuencia recomendamos el voto a favor de este dictamen.

Muchas gracias.

Todavía no puedo creer que haya recomendado un voto a favor.

La Presidenta:

En el uso de la palabra, la diputada Mónica Leñero Alvárez, del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada Mónica Gabriela Leñero Alvarez:

A la Comisión de Hacienda fue turnada la iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores y Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Con objeto de conocer más a fondo las propuestas y alcances de las reformas, la comisión se reunió en varias ocasiones y contó con la presencia de funcionarios de la Secretaría de Hacienda. Se realizó también trabajo en conferencia con el Senado de la República, con participación de legisladores de la Comisión de Hacienda de ambas cámaras.

El Partido Revolucionario Institucional, considera que las modificaciones fortalecerán el sistema financiero, impulsando su capitalización y protegiendo los depósitos de los ahorradores.

En lo que se refiere a la capitalización de las instituciones financieras, se propone lo siguiente:

a) Se prohibe a las instituciones de crédito y entidades de grupos financieros, otorguen financiamiento para adquisición de acciones del grupo al que pertenecen o de otra entidad integrante del mismo grupo financiero.

Es preocupante la situación en que las instituciones apoyan a sus accionistas, a través de créditos, para adquirir acciones de su propio grupo financiero. Es por ello que se plantea que las entidades financieras integrantes de un grupo, no podrán otorgar financiamientos para la adquisición de los títulos de créditos representativos de su capital, de la sociedad controladora o de cualquier otra entidad que integre al grupo al que pertenezca.

Se hace extensiva también esta prohibición de no poder recibir en garantía acciones de entidades financieras o sociedades controladoras de grupos financieros.

Estas medidas permitirán que los recursos para capitalizar estas instituciones sean frescos y no que los recursos salgan y permanezcan en el mismo grupo.

b) Autorización para que compradores potenciales de cartera de instituciones de crédito, conozcan información detallada de dichas instituciones.

Con objeto de facilitar procesos de capitalización, sobre todo en momentos como los actuales, en que la cartera vencida puede ser manejada bajo otros instrumentos, se plantea que las instituciones de crédito como excepción, no se sometan al secreto bancario cuando se estén realizando procesos de negociación o compra de carteras.

Quienes participen en estas negociaciones, tienen que conocer el estado de los créditos que vayan a ser objeto de cesión o descuento o cuando se negocie su cartera, tratándose de transmisión y suscripción de un porcentaje del capital social o de la sociedad controladora de un grupo financiero. Sin embargo, no hay riesgo para los cuentahabientes de que conozcan los recursos que tienen en el banco en su cuenta individualizada los ahorradores, porque esto continúa dentro del secreto bancario.

La reforma propuesta facilitará los esquemas de bursatilización de la cartera de crédito de las instituciones bancarias, concretamente de los créditos hipotecarios.

c) Se modifica el cálculo de la cuota inicial que las instituciones de banca múltiple, casas de bolsa y los especialistas bursátiles recién establecidos, deben cubrir al Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) y al Fondo de Apoyo al Mercado de Valores (Famerval).

La base para calcular la aportación a Fobaproa serán los pasivos de la institución y su nivel de capitalización, que es lo que a final de cuentas nos da el riesgo de cada institución y por lo tanto, a mayor riesgo debe haber una mayor aportación.

Es importante hacer notar que estas cuotas son solamente las que las instituciones de reciente creación deben cubrir cuando inician operaciones. Las cuotas que deben cubrir las instituciones ya establecidas, se mantienen en los mismos términos.

Las aportaciones que deben efectuar las casas de bolsa y los especialistas bursátiles, considerarán su capacidad de operación, el volumen y riesgo de sus operaciones. Con esto se hace compatible el mismo cambio en casas de bolsa que en instituciones de crédito y está basado fundamentalmente en el riesgo que asuma cada institución.

Por lo que hace a las medidas para elevar la eficiencia del sistema de pagos, se pretende facilitar las operaciones de reporto que realicen las instituciones y el préstamo de valores por cuenta de terceros, reconociendo que cuando se manejan este tipo de instrumentos, de documentos, no siempre se requiere la intermediación de una casa de bolsa. Es ésta una medida de agilidad y de economía en estas operaciones.

En cuanto a las medidas para homogeneizar y modernizar la regulación aplicable a intermediarios financieros, se trata de autorizar fusiones entre instituciones de banca múltiple con cualquier otra sociedad, ya que actualmente la Secretaría de Hacienda sólo puede autorizar fusiones entre bancos.

Por otra parte se propone para un mayor control de sociedades financieras de objeto limitado y sociedades de información crediticia, que la Secretaría de Hacienda apruebe sus escrituras constitutivas. Con ello se fortalecerá la supervisión de las autoridades en estas sociedades.

Por lo que se refiere a las medidas para modernizar los sistemas de registro y conservación de la información de las instituciones de crédito, se apoya la propuesta para utilizar sistemas como el microfilme o discos ópticos, ya que permitirán acceso inmediato a la información, dando mayor protección al ahorrador.

Se propone también la desincorporación de entidades financieras de su grupo cuando Fobaproa o Famerval adquieran el 50% o más de su capital social, sin que esto, como erróneamente se ha dicho, signifique estatización automática de dicha institución.

Se considera conveniente que en estos casos se supriman los requisitos de celebración de asambleas de sus accionistas, ante el hecho de que son los fondos quienes adquieren el control accionario y que esta desburocratización hará el manejo corporativo más ágil y sencillo para facilitar la toma de decisiones.

Por lo que hace a los almacenes generales de depósito, se proponen diferentes medidas para fortalecer los almacenes como intermediarios financieros no bancarios, ya que fortalece el ahorro, incrementa la capacidad productiva e impulsa el comercio exterior.

Se pretende dar mayor competitividad a estas organizaciones, ya que con el paso del tiempo los almacenes se han quedado rezagados y enfrentan mayor competencia con empresas en el extranjero y sobre todo, esto se da en regiones fronterizas.

Se amplían las funciones que pueden realizar los almacenes incluyendo el manejo, el control y distribución de bienes o mercancías que se encuentran almacenados bajo su custodia o en tránsito, amparados por certificados de depósito.

También podrán realizar procesos de incorporación de valor agregado, así como la transformación, reparación y ensamble de mercancías depositadas, a fin de aumentar su valor sin variar esencialmente su naturaleza.

Los procesos de valor agregado se refieren a la adición de elementos a las mercancías para su presentación final al consumidor, como puede ser la incorporación del paquete software a un equipo de computación.

Es relevante que no se realicen nada más actividades propias de almacenaje, sino que amplíen aspectos como el manejo de las mercancías, es decir, carga, descarga, lotificación e inventariado, haciendo un servicio más eficiente.

Se adiciona también el control de las mercancías con tareas de entrada y salida, que garantizan seguridad y conservación.

Integrar la distribución en la entrega de mercancías directamente hasta los puntos de venta permite reducir costos de operación.

Si pudiéramos decir uno de los puntos más relevantes en esta iniciativa, consideraríamos que es el otorgamiento de financiamientos con garantías de los mismos bienes o mercancías bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por un certificado de depósito. Se propone que para el almacenamiento de mercancías en tránsito los almacenes puedan contratar directamente el seguro respectivo u obtener el endoso de la póliza si ya se hubiera asegurado.

También se precisa que los almacenes generales de depósito podrán colocar los empaques y envases además de marbetes, sellos o etiquetas.

Me referiré nuevamente al tema de carácter financiero con estos antecedentes.

Una de las razones por las cuales se depositan las mercancías dentro de un almacén de depósito es para obtener un certificado de depósito y bonos de prenda, lo que permite al depositante acceder a un crédito de manera más fácil. Esta es una función de un auxiliar del crédito.

El problema que tenemos actualmente es que si se deposita una mercancía y ésta no ha sido empaquetada o que le falta un servicio adicional para que pueda ponerse a la venta y tiene que estar depositada para poder obtener crédito, se detiene entonces el proceso de producción durante ese periodo, mientras aquí se está dando la facilidad de que mientras está depositada en ese almacén como garantía de otra obligación, se sigue el proceso de producción y por lo tanto, cuando se venza la obligación principal o se quiera retirar la mercancía, ya está en su etapa final. Este es un punto importante, es decir, la posibilidad de que en este proceso se le siga dando un valor agregado.

Es relevante también resaltar que esto está abriendo las puertas para que las empresas, sobre todo las pequeñas y medianas, se financien con bienes diferentes a los inmuebles.

Considero que eso es lo importante de esta reforma y de esta manera se va a ampliar el crédito a este tipo de empresas y va a ser una competencia para los demás intermediarios financieros.

Señores legisladores: las modificaciones que esta iniciativa presenta perfeccionarán el sistema financiero del país, permitiéndole una mayor capitalización de sus instituciones de crédito, el impulso a la actividad económica y fundamentalmente su comercio exterior.

Por ello, el Partido Revolucionario Institucional la respalda y solicita su voto aprobatorio.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Ha solicitado el uso de la palabra para referirse al dictamen en discusión, el diputado Tonatiuh Bravo Padilla.

El diputado Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla:

Con su permiso; señora Presidenta:

Con el propósito de no repetir muchos de los argumentos que ya han sido aquí vertidos por quienes me antecedieron en el uso de la palabra, deseo concretar esta exposición, a nombre de los cinco diputados, en torno a esta minimiscelánea financiera.

Con toda objetividad no deja de sorprendernos la visión que los funcionarios de Hacienda y el propio presidente Zedillo, siguen teniendo del país, evidenciada notoriamente por el bajísimo perfil de las iniciativas económicas que hoy analizamos.

Y precisamente en este dictamen se propone una serie de cambios que, a excepción de uno de ellos, hacen pensar que todo lo demás está funcionando a la perfección.

En momentos y circunstancias en que los sectores productivos del país, sin exceptuar a ninguno de ellos, claman por cambios sustanciales en la política económica, no deja de preocuparnos seriamente que el Ejecutivo se empecina en sostener inalterables los aspectos fundamentales de la política económica.

La actividad económica continúa en severa contracción y recesión; a pesar de las declaraciones oficiales, no existen en la realidad signos consistentes de recuperación económica.

El cierre de pequeñas y medianas empresas, aunque en menor escala respecto de 1995, continúa dándose.

Aunque se menciona un mayor número de inscritos en el Seguro Social, la realidad es que el desempleo abierto ha llegado a su más alto índice en los últimos 40 años.

La iniciativa que da lugar al presente dictamen, nos da la impresión de que no se ha cobrado cabal conciencia de que en 1995 México tuvo la mayor caída del producto interno bruto que haya tenido desde 1929; se ha convertido en una constante que en cada una de las crisis económicas recurrentes, sucedidas en nuestro país, hay, entre otras consecuencias inmediatas, un incremento significativo en la concentración del ingreso, de tal manera que los estratos de altos ingresos de la población, es decir, el 10% de la misma, concentra ya cerca del 57% del ingreso nacional, en tanto que más del 60% de la población sólo tiene y cuenta con el 16.20% del ingreso.

En el dictamen que hoy nos ocupa, se hacen una serie de modificaciones que seguramente contribuirán a un mejor manejo de las instituciones financieras. Ojalá que algunas de ellas se hubieran hecho con anterioridad, ya que en el caso de algunas de las mismas, el público ahorrador ha tenido varios desfalcos y fraudes que enfrentar o, como la primera de ellas, que constituye una medida para evitar lo que yo llamo el incesto financiero, que constituye precisamente la posibilidad de especular sobre la especulación misma.

Sin embargo, es conveniente señalar que en tanto no se hagan cambios profundos y de otra naturaleza, las medidas contempladas en el dictamen que hoy nos ocupa, de ninguna manera resolverán lo relativo a la grave crisis que hoy enfrenta el ámbito financiero, particularmente la banca.

Son ya cerca de 100 mil millones de nuevos pesos lo que se llevan invertidos en el rescate de la banca, 6% del PIB y muy seguramente tendrán que invertirse cuantiosos recursos más, pues lo que hay detrás, como todos lo sabemos y aquí ha sido señalado, es un problema estructural combinado con la grave ineficiencia en el manejo de los bancos.

Tampoco, y hay que señalarlo, el conjunto de cambios presentados tiene poco o nada que ver con la solución a las carteras vencidas. Más bien se están tomando medidas para enfrentar, sin problemas y de manera silenciosa, posibles quiebras bancarias en los próximos meses.

Se señala en este dictamen que las medidas aquí contempladas, contribuirán a la reactivación económica, a fortalecer el sistema financiero a través de garantizar una mejor capitalización, protegiendo depósitos del público ahorrador y la solvencia de los intermediarios financieros.

Con toda objetividad ese dictamen es un conjunto de medidas técnicas que contribuirán sólo marginalmente a estos propósitos y que no incidirán esencialmente en la crisis estructural del sistema bancario.

Los diputados votaremos en favor del presente dictamen, es mejor tener un poco a no tener nada, pero lo hacemos conscientes de la insuficiencia de las medidas para los problemas que hoy enfrenta el país.

Por último, deseo hacer una exhortación a todos ustedes, con el fin de que aquilatemos en su justa dimensión, la grave situación económica que hoy enfrentamos. Hasta el consejo coordinador empresarial, en voz de su presidente, ha llamado a reconstruir el Estado, señalando los 26 años de crisis recurrentes.

Ojalá que este Poder Legislativo se decida a tomar medidas y acciones, antes de que sea demasiado tarde.

Muchas gracias por su atención.

La Presidenta:

Ha solicitado el uso de la palabra para referirse al dictamen en discusión, el diputado Luis Sánchez Aguilar.

El diputado Luis Sánchez Aguilar:

Con su venia, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

De nueva cuenta las huestes del diputado Francisco Suárez y Dávila pretenden divertir y engañarnos con un nuevo dictamen, pretenden hacernos creer que queda conjurado el riesgo del autopréstamo y del autofinanciamiento, que cada sexenio produce comaladas de nuevos millonarios.

Y desde luego también en el dictamen de esa comisión, de manera recurrente, se soslaya el problema de fondo, sistemáticamente se minimiza, por no decir ignora, que en lugar de regular supuestamente a las agrupaciones financieras, habría que regular al propio Presidente de la República, a su Secretario de Hacienda y a ese individuo siniestro que "gobierna" el Banco de México, el señor Miguel Mancera Aguayo.

Mas énfasis debería poner la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara, en someter a regulación las actividades del Banco Central, que gracias a su creatividad ha logrado desplomar el peso respecto del dólar, en más del 100% en 18 meses.

Más interés debía poner esa comisión en forzar la renuncia del cínico Mancera, antes de que termine su inamovible mandato hasta 1997. Porque, compañeras y compañeros diputados, cada día que pasa ese hombre hunde más a México. Hasta los empresarios más relevantes, cómplices tradicionales del PRI-gobierno han empezado a alzar la voz contra la dictadura financierista del dueto Guillermo Ortiz Martínez-Miguel Mancera Aguayo. Este hombre Mancera si hubiere tenido un ápice de dignidad debió renunciar junto con Jaime Serra Puche tras la debacle de diciembre del 1994; pero no, Mancera es discípulo aventajado del tlacuache Garizurieta. Cualquier indignidad, cualquier vileza, antes que renunciar al presupuesto; Garizurieta resulta un pobre diablo comparado con el gobernador del Banco de México cuya divisa no es mantener la estabilidad monetaria sino "primero muerto que quedar fuera del presupuesto".

Decíamos que hay empresarios que alzan la voz. Hay uno que es dueño de capital, no es empleado como José Madariaga Lomelín, que se ostenta como presidente de los banqueros; de supuesto propietario de Probursa pasó a empleado del banco de Bilbao y este empleado dirige a los otrora orgullosos banqueros mexicanos.

El señor Lorenzo Servitje acaba de pronunciar un discurso que no tiene desperdicio. Señala que las empresas viven una espiral diabólica. Señala que Zedillo nunca sospechó una crisis de esta magnitud. De esta manera elegante el empresario planificador juzga la incapacidad del encargado del Poder Ejecutivo. Dice Servitje que al Presidente de la República le faltó experiencia política y ha tenido que enfrentar problemas de una magnitud que nunca sospechó. El, generoso, agrega que, sin duda, está aprendiendo. El de la voz considera que no hay tal cosa. Se refleja en las decisiones que diariamente toma. Se refiere al aspecto moral.

Dice el empresario: "Nuestra sociedad se enfrenta actualmente a un creciente deterioro en esta materia que se manifiesta en falta generalizada de honradez y de respeto a la autoridad y a la ley" y se refiere, naturalmente también, a la situación financiera. Dijo: "subsisten tanto el endeudamiento enorme de empresas y personas como una situación crítica de los bancos. La urgente necesidad de reactivar la economía no se resuelve y a pesar del compromiso gubernamental de aumentar el gasto público, éste no será suficiente para salir de la recesión". Este es un juicio demoledor de alguien insospechable de comunista, de marxista o de ideas exóticas y anómalas como las califica el PRI.

Servitje concluye que la falta de demanda y liquidez y la baja en las ventas, el alza en las tasas y el endeudamiento lleva a las empresas a una espiral diabólica. "No tenemos crédito, no podemos pagar intereses altos, no producimos, quitamos gente, no hay consumo, no nos compran; no vendemos y así directo al abismo".

Estas no son declaraciones de agresivos socialdemócratas. Servitje representa a los empresarios cristianos, ha sido el líder de la UCEM, es un líder continental; es reconocido en el sector empresarial como uno de los más preclaros exponentes de la doctrina empresarial privada.

¿A quién acusa en primera instancia, sin mencionarlo este empresario?, desde luego a los responsables de la política hacendaria y financiera, a los ya referidos Ortiz Martínez y Mancera Aguayo, a quienes la comisión de Suárez y Dávila, no osa tocar ni con el pétalo de una rosa.

El señor Mancera, está hoy en la prensa mundial. Este lunes 8 de abril, el profesor Steve Hanke, de la Universidad John Hopkins, ha declarado que el Banco de México permitió el colapso del peso en cuatro sucesiones presidenciales. ¿A cuáles se refiere?, a la de José López Portillo, a la de Miguel de la Madrid Hurtado, a la de Carlos Salinas de Gortari y a la de Ernesto Zedillo Ponce de León.

No están ustedes quizá para saberlo ni nosotros para decirlo, pero este señor Mancera desde entonces cobra en el Banco de México. Ha estado ahí en las cuatro sucesiones, con mayores o menores responsabilidades, pero siempre luchando él supuestamente por la estabilidad monetaria y por la reducción de la deuda externa y ha logrado precisamente todo lo contrario.

Y dice este profesor, que tampoco es sospechoso de comunismo o de socialdemócrata. Dice que el Banco de México que dirige Mancera, se ha ganado la distinción de ser uno de los peroes bancos centrales del mundo, clasificándose 101 entre 108. Ese es el juicio sobre el desempeño de un gobernador que nada gobierna como no sea su propia chamba y que destruye sistemáticamente el potencial económico de la nación.

Pero hay también razones específicas para oponerse al dictamen del señor Suárez y Dávila. El ha impulsado aquí la idea por conducto de quien leyó el dictamen y supuestamente lo fundamentó y por conducto de la fracción priísta, que se acabó con esos piratas que hacen negocios de saliva y que se autofinancian.

Pues señoras y señores diputados, no es cierto; no hay tal, porque se mantienen los vicios. En el inciso c fracción XIII del artículo 106 de la Ley de Instituciones de Crédito, que no se modifica, ahí sigue permitiendo la Secretaría de Hacienda la autorización discrecional a los amigos para que compren y adquieran los títulos y acciones del capital social de las instituciones de crédito. Sin dinero y dando como garantía las mismas acciones de la institución de crédito que van a comprar. Así continuará la nefasta práctica del autopréstamo legal.

¿Por qué la dictaminadora no modificó ese inciso?

Segundo. Ese mismo error se repite, por no decir se mantiene, en el cuarto párrafo del artículo 31 de otra ley, en este caso para regular las agrupaciones financieras. Este dispositivo le permite a la Secretaría de Hacienda autorizar discrecionalmente a los futuros Cabal Peniche, Madero O'briens, Rodríguez Sáenz o mariscales. Esto es, a la nueva comalada de amigos y futuros millonarios en dólares, el autopréstamo.

Por esta vía los nuevos elegidos se apropiarán de esos grupos financieros que ya quebraron, que están en vías de quiebra y de aquellos bancos y entidades que ya están intervenidos por el Gobierno Federal y que pronto lo estarán todos.

Tercero. Se viola el secreto bancario que establece el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito y que desde luego, tutela la propia Constitución. Las adiciones de las fracciones I y II y último párrafo del artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito, al "permitirse o autorizarse" que terceros, grupos "interesados" en adquirir la cartera de las quebradas instituciones de crédito, ésos sí podrán conocer de las finanzas particulares, proporcionándose entre ellos todo tipo de información sobre créditos, carteras, viola ese secreto y hasta el momento fue protegido por el 117 y por la propia Constitución. Esto quiere decir lisa y llanamente, que la información crediticia de medio México, por no decir de México entero, va a estar circulando entre los grupos, entre los banqueros.

Dice el ingenio popular, que sólo hay dos tipos de gente que no respetan los secretos: los secretarios y los banqueros. Por definición son chismosos. No se les puede dar ni otorgar semejante manga ancha.

Pero hay que agregar que esto viola el artículo 16 de la Constitución, que garantiza que nadie podrá ser molestado en sus posesiones, considerando que los estados de cuenta crediticios, personales, son propiedad de los cuentahabientes bancarios.

Cuarto. Permitir a las instituciones de crédito realizar operaciones de reporto y préstamo de valores por cuenta de terceros, sin la intermediación de una casa de bolsa, mediante la adición de un segundo párrafo al artículo 81 de la Ley de Instituciones de Crédito, lo que busca es destruir a las casas de bolsa independientes, para favorecer a los grupos financieros integrados. No hay tal, como dice el proemio del dictamen, de que "se trata de proteger en igualdad de circunstancias a todos los operadores financieros".

Quinto. Modificar el artículo 27 de la Ley de Instituciones de Crédito para permitir la fusión de las instituciones de banca múltiple, con cualquier tipo de institución financiera, en vez de ser una fusión solamente con otra institución de crédito, con otro banco, va a propiciar, naturalmente, la monopolización de las instituciones de crédito de toda la actividad financiera. Esto es así, porque al fusionarse, casas de cambio con casas de bolsa, aseguradoras, afianzadoras etcétera, se convertirá, cualquier banco, en un grupo financiero. Por lo tanto se regularán solamente por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y evitando la supervisión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas:

Sexto. Con relación a lo anterior, ello conllevará el riesgo, que no debería propiciarse en un ordenamiento legal, de que al quebrar una institución de banca múltiple, por razón lógica, quebrarían automáticamente todas las instituciones que se hubieren fusionado con ella.

Por lo anterior, por no atacar el problema de fondo de la principal entidad financiera del país, como lo es la banca central, por violar el secreto bancario, por conculcar el artículo 16 de la Constitución, por permitir y mantener bajo modalidades diversas el autofinanciamiento y el autopréstamo a los amigos sexenales, esta fracción Social Demócrata se propone votar en contra del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Muchas gracias, compañeros diputados.

La Presidenta:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El secretario Desiderio Camacho Garibo:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen en lo general.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

La Presidenta:

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

El secretario Desiderio Camacho Garibo:

Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Se emitieron 391 votos en pro y un voto en contra.

La Presidenta:

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores y Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

El secretario Desiderio Camacho Garibo:

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.



LEYES DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA, AL ACTIVO, ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS Y FEDERAL DE DERECHOS

La Presidenta:

El siguiente punto del orden del día es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de Ley que Modifica las diversas de los impuestos Sobre la Renta, al Activo, Especial Sobre la Producción y Servicios y Federal de Derechos.

En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los diputados, se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La secretaria Silvia Balleza Sánchez:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura.

«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Honorable Asamblea: el Ejecutivo Federal, con base a lo dispuesto en el artículo 71 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha sometido al honorable Congreso de la Unión la iniciativa de ley que modifica a las diversas de los impuestos Sobre la Renta, al Activo, Especial Sobre Producción y Servicios y Federal de Derechos.

Dicha iniciativa fue turnada a esta Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen. Después de diversas reuniones con los miembros de esta comisión y en conferencia con la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores; con fundamento en los artículos 43, 48, 54 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se presenta a su consideración el siguiente DICTAMEN

El Ejecutivo Federal ha remitido una iniciativa de ley que modifica a las diversas de los impuestos Sobre la Renta, al Activo, Especial Sobre Producción y Servicios y Federal de Derechos, con el propósito fundamental de contribuir con la estrategia de estabilización de la economía mexicana y promover el crecimiento económico, mediante el fortalecimiento de las finanzas públicas.

De manera particular, las modificaciones propuestas, que forman parte de un proceso continuo de revisión de la política fiscal, tienen como propósito adecuar los ordenamientos legales tributarios para mejorar la equidad del sistema impositivo y hacerlo más eficiente a través de la adecuada aplicación de los principios de equidad y proporcionalidad consagrados en nuestra Constitución, tomando en cuenta para ello, tesis recientes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Asimismo, destaca una propuesta para beneficiar a los trabajadores con ingresos de hasta tres salarios mínimos a través del incremento al monto en la bonificación fiscal, lo que incide en una mayor desgravación en el impuesto sobre la renta.

Esta comisión dictaminadora analizó las reformas propuestas por el Ejecutivo Federal conforme a los propósitos de política económica y social que se tomaron en consideración al proponer esta iniciativa.

I. Ley del Impuesto Sobre la Renta a) Incremento en la bonificación fiscal a los asalariados.

El Ejecutivo Federal propone diversas modificaciones al impuesto sobre la renta de las personas físicas asalariadas con el propósito de compensar el poder adquisitivo de los trabajadores de menores ingresos.

Con esa finalidad, se propone modificar las tablas de los artículos 80-B y 81 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para incrementar el

ingreso disponible de los trabajadores con ingresos entre uno y tres salarios mínimos, a través del mecanismo de bonificación fiscal. Dicho incremento será de 3% para los trabajadores con ingresos de un salario mínimo y decrecerá gradualmente conforme aumenta el ingreso (artículos 80-B en su tabla y 81, en su tabla). La permanencia de este tratamiento se asegura al quedar inscrito en la ley.

La consecuencia de esta medida implica, por una parte, un incremento en las percepciones de los trabajadores que obtienen ingresos de hasta tres salarios mínimos, como resultado de la bonificación fiscal y por la otra, que dichos ingresos queden desgravados del impuesto sobre la renta. Ello permitirá beneficiar al 70% de los asalariados, es decir, 9.4 millones de trabajadores. Asimismo, con esta medida se avanza en los compromisos establecidos dentro de la Alianza Para la Recuperación Económica en cuanto a que, a través de la política fiscal, se puedan mejorar las condiciones de vida de los trabajadores.

En la iniciativa se propone que la vigencia de estas modificaciones sean retroactivas al 1o. de abril de 1996 (fracción II del artículo 2o.).

En relación a esta propuesta, esta dictaminadora subraya la necesidad de que en el futuro se puedan fortalecer acciones orientadas al logro de mayores avances en la Ley del Impuesto Sobre la Renta en materia de simplificación, desgravación y equidad en favor de los trabajadores.

b) Intereses pagados a establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país y a residentes en el extranjero.

La iniciativa recoge dos medidas:

1) Conforme a la disposición de la Ley del Impuesto Sobre la Renta relativa a que los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país, deban pagar el impuesto a la tasa de 15%, sin deducción alguna, por los ingresos por intereses que perciban del capital que coloquen o inviertan en el país en donde estén establecidas.

En diciembre del año pasado, se reformó esta disposición para señalar que cuando los establecimientos de las instituciones de crédito del país estén situados en otro país con el cual se tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación, se pagará el impuesto a la tasa de 4.9% o, cuando así se prevea en el tratado correspondiente, a una tasa menor.

La aplicación de esta reforma ha permitido apreciar que la misma coloca en desventaja a los bancos mexicanos, cuyos establecimientos están ubicados en países con los que no se tienen convenios para evitar la doble tributación. En efecto, al no poder aplicar la tasa de retención de 4.9% sobre los intereses pagados, se genera una situación que les resta competitividad.

Para superar esta limitación, la iniciativa propone aplicar la tasa de 4.9% a los establecimientos en el extranjero de las instituciones de crédito del país, independientemente de donde se ubiquen (artículo 52-B primer párrafo).

La reforma propuesta por el Ejecutivo Federal señala que las instituciones de crédito que tengan un establecimiento en el extranjero podrán acreditar la tercera parte de la retención efectuada contra el impuesto sobre la renta a su cargo, en el ajuste a sus pagos provisionales a que se refiere el artículo 12A fracción III de esta ley o en la declaración del ejercicio y que las restantes dos terceras partes de dicha retención se considerarán como pago definitivo (artículo 52-B segundo párrafo).

Asimismo, se expresa que, en ningún caso, procederá solicitar la devolución de los montos no acreditados en el ejercicio.

Para resolver la problemática que derivaría de la aplicación de estas reformas en el ejercicio de 1996, la iniciativa propone, en un artículo transitorio, que la modificación al artículo 52-B se aplique también a los intereses pagados a partir del 1o. de enero de dicho año y hasta la fecha de entrada en vigor de esta ley, a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país que no estén situados en un país con el que se tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación, siempre que se hubiera retenido el impuesto a que se refiere este artículo a la tasa del 15%.

En este caso, adicionalmente a la parte ya acreditada del 15%, se podrá acreditar hasta un 45% del impuesto retenido, sin que se pueda solicitar la devolución de los montos no acreditados en el ejercicio.

Al analizar esta propuesta, la dictaminadora expresó la conveniencia de que la retroactividad se aplique también a las instituciones que estuvieron sujetas a una retención menor en el periodo del 1o. de enero a la fecha de entrada en vigor de esta ley, beneficiándose de la tasa del 4.9%, siempre que cubran al fisco la actualización y los recargos correspondientes en caso de no haber enterado su impuesto conforme a los términos de ley.

En razón de lo anterior se propone una nueva redacción a la fracción I del artículo segundo transitorio, para quedar como sigue: "I. La modificación al artículo 52-B de la Ley del Impuesto Sobre la Renta se aplicará a los intereses pagados a partir del 1o. de enero de 1996 y hasta la fecha de entrada en vigor de esta ley, a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país que no estén situados en un país con el que se encuentre en vigor un tratado para evitar la doble tributación." Las instituciones de crédito del país a las que se les hubiera retenido el impuesto a que se refiere el artículo 52B del impuesto sobre la renta a la tasa del 15%, en el periodo comprendido del 1o. de enero de 1996 a la fecha de entrada en vigor de esta disposición, podrán acreditar contra el impuesto sobre la renta del ejercicio 1996, adicionalmente a lo que ya hubieran acreditado conforme a dicho artículo vigente durante el citado periodo, hasta un 45% del impuesto retenido, siempre que se haya enterado el impuesto, antes del 1o. de abril de 1996. En ningún caso procederá solicitar la devolución de los montos no acreditados en el ejercicio.

Los contribuyentes a los que se les hubiera retenido una tasa menor al 15%, en el periodo comprendido del 1o. de enero de 1996 a la fecha de entrada en vigor de esta disposición, podrán acogerse a lo dispuesto en esta fracción, siempre que cubran la actualización y recargos correspondientes a la cantidad del impuesto equivalente a la diferencia de haber aplicado la tasa del 15% y el impuesto efectivamente retenido sobre los intereses exigibles en el periodo comprendido del 1o. de enero de 1996 a la fecha de entrada en vigor de la presente disposición.

2) La iniciativa propone disminuir el porcentaje de retención del impuesto por intereses pagados a residentes en el extranjero de países con los que México se encuentra negociando un tratado para evitar la doble tributación, con el fin de lograr una mayor equidad.

En efecto, en el caso de intereses pagados a residentes en el extranjero de países con los que México tiene tratados vigentes para evitar la doble tributación, la reforma fiscal de 1995 aprobada por este honorable Congreso de la Unión, estableció la tasa de retención del 4.9% para el pago de este impuesto.

No obstante, esta dictaminadora consideró que debía desvincularse la negociación de los tratados de las decisiones que se adoptaran en este momento para extender el tratamiento del 4.9% a otros países que actualmente no se benefician del mismo. En consecuencia, acordó apoyar una decisión en el sentido de que aplicara a países miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico con los cuales México tiene mayor interés en negociar este tipo de acuerdos, para lo cual, se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que publique la relación de países a los que podrá extenderse este tratamiento.

Por otro lado, esta dictaminadora considera que el beneficio de la retroactividad debe aplicarse no sólo a aquellos residentes en el extranjero que estuvieron sujetos a una retención del 15%, sino también a los que se les retuvo un impuesto menor, siempre que estos últimos cubran al erario la actualización y los recargos correspondientes por no haber enterado el impuesto a la tasa que señala el texto legal.

Por lo anterior, esta dictaminadora propone que el texto de la fracción III del artículo segundo transitorio quede como sigue: "III. Los residentes en el extranjero que obtengan ingresos por intereses de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional de acuerdo a lo señalado en la fracción I del artículo 154 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, causarán el impuesto señalado en dicho artículo, por los intereses exigibles en el periodo comprendido del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1996 a la tasa del 4.9%, en lugar de la tasa del 15% prevista en dicha fracción, siempre que sean los beneficiarios efectivos de los intereses y residan en un país miembro de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico en el que el impuesto sobre la renta que, en su

caso, se cause por los ingresos por intereses antes mencionados, como si se tratara de su único ingreso, sea equivalente al impuesto que se hubiera causado en México, de haber sido percibidos por una persona moral residente en el país, cuando les hubieran retenido el impuesto a que se refiere dicho precepto a la tasa del 15%. Los países referidos se darán a conocer por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas de carácter general. Esta disposición sólo surtirá sus efectos en el año de 1996.

Los residentes en el extranjero a que se refiere el párrafo anterior, a los que se les haya retenido el impuesto a la tasa del 15% antes mencionada, podrán efectuar la compensación del impuesto pagado en exceso, exigible del 1o. de enero de 1996 a la fecha de entrada en vigor de esta disposición, contra las retenciones que les efectúen las personas que hagan pagos por intereses exigibles hasta el 31 de diciembre de 1996, siempre y cuando los intereses se deriven de una misma operación de financiamiento.

Los residentes en el extranjero mencionados en el párrafo anterior, en el caso de que no exista la obligación de retener impuesto respecto de la misma operación de financiamiento con posterioridad a la entrada en vigor de esta disposición, podrán solicitar la devolución del impuesto pagado en exceso, antes de la entrada en vigor de la misma.

Los residentes en el extranjero a que se refiere el primer párrafo de esta fracción a los que se les hubiera retenido un impuesto menor al 15% mencionado, podrán aplicar lo dispuesto en esta fracción, siempre que cubran la actualización y recargos correspondientes a la cantidad equivalente a la diferencia de haber aplicado la tasa del 15% y el impuesto efectivamente retenido sobre los intereses exigibles, en el periodo comprendido del 1o. de enero de 1996 a la fecha de entrada en vigor de la presente disposición." Conforme a lo anteriormente expuesto, esta dictaminadora apoya las medidas propuestas en la iniciativa, las cuales habrán de permitir a las instituciones de crédito mexicanas mejorar las condiciones de competencia a nivel internacional y dar un mejor tratamiento a los inversionistas que residan en un país miembro de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, que mediante listas publicadas en el Diario Oficial de la Federación dará a conocer la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

II. Ley del Impuesto al Activo La iniciativa de reforma enviada por el titular del Ejecutivo Federal a este honorable Congreso de la Unión tiene, como objeto fundamental, atender a la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a que la Ley del Impuesto al Activo cumpla con los principios de equidad y legalidad que establece nuestra Constitución.

En efecto, las modificaciones propuestas a la mencionada ley, adecuan el régimen aplicable al sistema financiero y al otorgamiento por parte de personas físicas del uso o goce temporal de bienes a los contribuyentes de este gravamen, atendiendo a las observaciones hechas por el Supremo Tribunal Federal.

a) Entidades del sistema financiero El sistema financiero, desde el establecimiento del impuesto al activo en 1989, ha estado exento de este gravamen. Este régimen se estableció, debido a que la gran mayoría de sus activos son recursos que provienen de la captación del público ahorrador, los cuales, de ser gravados, darían lugar a una doble tributación, pues se trata de recursos que se colocan en actividades productivas, que están invertidos en activos que ya pagan dicho impuesto.

No obstante, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha expresado que la exención otorgada por la Ley del Impuesto al Activo a las empresas que componen el sistema financiero no cumple con el principio de equidad tributaria que establece nuestra Carta Magna, en virtud de que estas empresas cuentan con activos afectos a la actividad empresarial y que, por esa razón, deberían estar sujetas al mencionado gravamen.

De la tesis de la corte se desprende su criterio de que es posible establecer una forma especial de determinar el impuesto al activo, considerando que el sistema financiero, a pesar de operar los ahorros y depósitos captados del público, puede distinguirlos de los activos afectos a sus actividades empresariales.

Como resultado de lo anterior, el Ejecutivo Federal, propone diversas reformas a esta ley para adecuarla a las tesis que ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la Nación en relación a este impuesto.

De ahí que se proponga eliminar la exención al sistema financiero en el impuesto al activo y que, en el futuro, lo cause en los siguientes términos:

1) El sistema financiero pagará el impuesto por sus activos no afectos a su intermediación financiera, es decir, por los activos fijos, terrenos, gastos y cargos diferidos que no respalden obligaciones con terceros resultantes del desarrollo de su actividad de intermediación financiera (artículos 1o., tercer párrafo y 5o.B y se deroga del artículo 6o., la fracción II).

2) Permitir deducir las deudas contratadas para la adquisición de los activos gravados en el impuesto al activo (artículo 5o-.B).

3) No gravar los activos adjudicados, ya que por disposición legal, el sistema financiero no los puede conservar en propiedad.

A través de disposiciones transitorias, la iniciativa propone:

Permitir por los ejercicios de 1996 y hasta 1998 que las empresas del sistema financiero puedan acreditar contra el impuesto al activo del ejercicio, la diferencia entre el impuesto sobre la renta y el impuesto al activo causado en los tres ejercicios anteriores, como sucede con el resto de la empresas (artículo 4o. fracción I).

Permitir por los ejercicios de 1996 y hasta el de 1999, determinar este impuesto con los activos, terrenos, cargos y gastos diferidos que tuvieron en el cuarto ejercicio inmediato anterior, para estar en igualdad de condiciones que el resto de las empresas (artículo 4o. fracción II).

b) Personas físicas que otorgan el uso o goce temporal de bienes Las personas físicas que no realicen actividades empresariales que otorgan el uso o goce temporal de bienes a contribuyentes del impuesto, actualmente se encuentran sujetas al pago del mismo. Sin embargo, la tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es que, en este caso, no se establece con claridad la base gravable conforme a la cual debe determinarse este impuesto, ya que actualmente se define en el reglamento de la ley, por lo que no se cumple con el principio de legalidad fijado en la Constitución.

Por lo anterior, la reforma propuesta subsana esta situación al elevar a nivel legal la disposición reglamentaria.

Adicionalmente, la ley actual no señala, en el caso de personas físicas que no realizan actividades empresariales, que el objeto del gravamen son precisamente los activos fijos y terrenos que se dan en uso o goce temporal, que es lo que también se pretende resolver con esta iniciativa.

Por lo anterior, se proponen los siguientes cambios:

1) Incorporar en la ley los lineamientos que conforman la base gravable de esta contribución para los bienes inmuebles que otorguen en uso o goce temporal las personas físicas a contribuyentes del impuesto al activo, ya que actualmente se contempla en el reglamento (artículo 2o-bis).

2) Establecer que las personas físicas que no realicen actividades empresariales y que otorguen el uso o goce temporal de bienes inmuebles a personas gravadas con el impuesto al activo, estén obligadas al pago de este impuesto por el activo fijo y terrenos por los cuales obtienen ingresos gravados en el impuesto sobre la renta (artículos 1o, primer párrafo y 6o. fracción V).

Esta dictaminadora apoya la propuesta presentada por el Ejecutivo Federal, ya que estas modificaciones permiten que esta ley cumpla con el requisito de legalidad y resuelven las observaciones que había formulado al respecto la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

De igual manera, se considera conveniente incorporar en la reforma al párrafo primero del artículo 1o. propuesto en la iniciativa, que se incorpore a las personas físicas y a residentes en el extranjero que otorguen la administración de bienes inmuebles que tengan el carácter de condominios destinados a hospedaje.

En tal sentido dicho artículo deberá quedar de la siguiente manera: "Artículo 1o. Las personas físicas que realicen actividades empresariales y las personas morales, residentes en México, están obligadas al pago del impuesto al activo, por el activo que tengan, cualquiera que sea su ubicación. Las residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, están obligadas al pago del impuesto por el activo atribuible a dicho establecimiento. Las personas distintas a las señaladas en este párrafo, que otorguen el uso o goce temporal de bienes inmuebles que se utilicen en la actividad de otro contribuyente de los mencionados en este párrafo, están obligadas al pago del impuesto por su activo fijo y terrenos por los que obtengan ingresos a los que se refiere el Capítulo III del Título Cuarto y los artículos 133 fracción XIII y 148A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las empresas que componen el sistema financiero están obligadas al pago del impuesto por su activo no afecto a su intermediación financiera." c) Otras modificaciones a la ley En adición a estas adecuaciones jurídicas derivadas de las observaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la iniciativa propone las siguientes dos modificaciones que están vinculadas a la operación de este impuesto:

1) Opción de pagar el impuesto al activo actualizando el impuesto del cuarto ejercicio inmediato anterior.

La Ley del Impuesto al Activo establece que cuando se opta por pagar este impuesto considerando el impuesto actualizado de cuatro años atrás, el impuesto a actualizar es el que le hubiera correspondido al contribuyente en dicho año.

Para otorgar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes, se propone incorporar a la Ley del Impuesto al Activo el texto de la disposición del reglamento, reafirmando, de esta forma, que el impuesto a actualizar es el que hubiera resultado de tomar los activos y pasivos del cuarto año anterior, independientemente del que se hubiera pagado (artículo 5o.A párrafo tercero).

2) Pagos provisionales del impuesto al activo en la escisión de sociedades.

Para perfeccionar el régimen fiscal en materia de escisión y fusión de sociedades, este honorable Congreso de la Unión aprobó en el pasado periodo de sesiones, diversas reformas en materia de pagos provisionales y del ejercicio, acreditamiento y devolución de impuestos establecidas en el Código Fiscal de la Federación y las leyes de los Impuestos Sobre la Renta y al Valor Agregado; sin embargo, no se modificó la parte correspondiente a la Ley del Impuesto al Activo situación a la que ahora se aboca la iniciativa.

Por lo anterior la iniciativa propone:

Que cuando se escinda una sociedad sea la escindente la que acredite contra el impuesto al activo del ejercicio la totalidad de los pagos provisionales del impuesto al activo efectuados con anterioridad a la escisión, sin que las escindidas puedan efectuar acreditamiento alguno (artículo 13A fracciones I y II).

Que para el cálculo de los pagos provisionales de las sociedades escindidas, se considere el impuesto actualizado correspondiente al último ejercicio de 12 meses de la escindente.

Esta comisión considera que el impuesto al activo ha sido suficientemente discutido y que su permanencia no debe ser objeto del debate actual. Este impuesto ha sido objeto de diversas reformas, aprobadas por este honorable Congreso de la Unión, las cuales junto con las modificaciones que ahora se proponen y que resuelven las últimas observaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aseguran el cumplimiento de los principios de equidad, proporcionalidad y legalidad que establece nuestra Constitución.

III. Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios La iniciativa hace referencia a que, derivado de la enajenación e importación de nuevos tipos de gasolina y diesel, se hace necesario regular el tratamiento fiscal a que estarán sujetos dichos productos, estableciendo la manera en que deberán pagar este impuesto quienes enajenen o importen estos bienes, independientemente del tipo de gasolina o diesel al que se

apliquen, ya que lo anterior afecta el coeficiente de participaciones del estado en que se comercializan, además de reducir la recaudación.

Esta dictaminadora coincide con la propuesta del Ejecutivo de sustituir el actual tratamiento, que hace referencia a diferentes clases de gasolinas y diesel, por una definición más amplia o genérica que permita abarcar cualquier categoría de estos bienes en el futuro (artículos 2o. fracción I inciso I); 2oA fracciones II, III, VI, incisos b, c, d, f y g; 4o.A primer párrafo; 11 tercer párrafo y 19, fracción II tercer párrafo).

V. Ley Federal de Derechos Con motivo de las reformas efectuadas a diversos ordenamientos legales durante 1995, la iniciativa considera conveniente modificar algunos preceptos de la Ley Federal de Derechos en relación a los servicios que ahora proporcionan las Secretarías de Comunicaciones y Transportes y de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, así como eliminar aquellos derechos que se originan por servicios que dejarán de proporcionarse.

En lo correspondiente a la Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, también se hace necesario reubicar 18 disposiciones referentes a las cuotas de derechos por las funciones que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal confería anteriormente a la Secretaría de Desarrollo Social y a la entonces Secretaría de Pesca.

En materia de telecomunicaciones y con el fin de evitar duplicidades, la iniciativa propone derogar diversas disposiciones que establecen supuestos de causación de derechos por los servicios que presta la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, mismos que ya se encuentran previstos en otros artículos de la propia ley, así como precisar algunos conceptos, de conformidad con la Ley Federal de Telecomunicaciones.

Asimismo, en materia de aeronáutica civil y en congruencia con la Ley de Aviación Civil vigente, la iniciativa propone derogar diversas disposiciones que establecen el cobro del derecho de registro aeronáutico y del derecho de aeronáutica civil por algunos servicios que presta la citada Secretaría y que no se encuentran previstos en dicha ley.

Finalmente, en materia de permisos para la importación temporal o definitiva de armas para caza deportiva, se considera oportuno modificar la ley para ajustar el monto de los derechos que causan estas operaciones.

Esta dictaminadora considera que las reformas propuestas permitirán una mayor precisión de los servicios por los que se causan derechos, así como un mejor control en su cobro, por lo que otorga el apoyo a estas medidas.

Por las razones anteriores, se somete a consideración la siguiente LEY QUE MODIFICA A LAS DIVERSAS DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA, AL ACTIVO, ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS Y FEDERAL DE DERECHOS

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Artículo primero. Se reforman los artículos 52-B, primero y segundo párrafos; 80-B en su tabla y 81 en su tabla, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue: "Artículo 52-B. Los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país deberán pagar el impuesto a la tasa del 4.9% por los ingresos por intereses que perciban del capital que coloquen o inviertan en el país, sin deducción alguna.

El impuesto a que se refiere el párrafo anterior se enterará mediante retención que efectuarán las personas que hagan los pagos de intereses a que se refiere este artículo. Las instituciones de crédito podrán acreditar la tercera parte de la retención efectuada contra el impuesto sobre la renta a su cargo, en el ajuste a sus pagos provisionales a que se refiere el artículo 12A, fracción III de esta ley o en la declaración del ejercicio. En ningún caso procederá solicitar la devolución de los montos no acreditados en el ejercicio. Las restantes dos terceras partes de dicha retención se considerarán como pago definitivo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo.80-B. .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 81. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Artículo segundo. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo anterior, se aplicarán las siguientes disposiciones:

I. La modificación al artículo 52B de la Ley del Impuesto Sobre la Renta se aplicará a los intereses pagados a partir del 1o. de enero de 1996 y hasta la fecha de entrada en vigor de esta ley, a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país que no estén situados en un país con el que se encuentre en vigor un tratado para evitar la doble tributación.

Las instituciones de crédito del país a las que se les hubiera retenido el impuesto a que se refiere el artículo 52B del impuesto sobre la renta a la tasa del 15%, en el periodo comprendido del 1o. de enero de 1996 a la fecha de entrada en vigor de esta disposición, podrán acreditar contra el impuesto sobre la renta del ejercicio 1996, adicionalmente a lo que ya hubieran acreditado conforme a dicho artículo vigente durante el citado periodo, hasta un 45% del impuesto retenido, siempre que se haya enterado el impuesto, antes del 1o. de abril de 1996. En ningún caso procederá solicitar la devolución de los montos no acreditados en el ejercicio.

Los contribuyentes a los que se les hubiera retenido una tasa menor al 15%, en el periodo comprendido del 1o. de enero de 1996 a la fecha de entrada en vigor de esta disposición, podrán acogerse a lo dispuesto en esta fracción, siempre que cubran la actualización y recargos correspondientes a la cantidad del impuesto equivalente a la diferencia de haber aplicado la tasa del 15% y el impuesto efectivamente retenido sobre los intereses exigibles en el periodo comprendido del 1o. de enero de 1996 a la fecha de entrada en vigor de la presente disposición.

II. Las reformas a los artículos 80B y 81 de la Ley del Impuesto sobre la Renta se aplicarán a partir del 1o. de abril de 1996.

III. Los residentes en el extranjero que obtengan ingresos por intereses de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional de acuerdo a lo señalado en la fracción I del artículo 154 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, causarán el impuesto señalado en dicho artículo, por los intereses exigibles en el periodo comprendido del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1996 a la tasa del 4.9%, en lugar de la tasa del 15% prevista en dicha fracción, siempre que sean los beneficiarios efectivos de los intereses y residan en un país miembro de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico en el que el impuesto sobre la renta que, en su caso, se cause por los ingresos por intereses antes mencionados, como si se tratara de su único ingreso, sea equivalente al impuesto que se hubiera causado en México, de haber sido percibidos por una persona moral residente en el país, cuando les hubieran retenido el impuesto a que se refiere dicho precepto a la tasa del 15%.

Los países referidos se darán a conocer por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas de carácter general. Esta disposición sólo surtirá sus efectos en el año de 1996.

Los residentes en el extranjero a que se refiere el párrafo anterior, a los que se les haya retenido el impuesto a la tasa del 15% antes mencionada, podrán efectuar la compensación del impuesto pagado en exceso, exigible del 1o. de enero de 1996 a la fecha de entrada en vigor de esta disposición, contra las retenciones que les efectúen las personas que hagan pagos por intereses exigibles hasta el 31 de diciembre de 1996, siempre y cuando los intereses se deriven de una misma operación de financiamiento.

Los residentes en el extranjero mencionados en el párrafo anterior, en el caso de que no exista la obligación de retener impuesto respecto de la misma operación de financiamiento con posterioridad a la entrada en vigor de esta disposición, podrán solicitar la devolución del impuesto pagado en exceso, antes de la entrada en vigor de la misma.

Los residentes en el extranjero a que se refiere el primer párrafo de esta fracción a los que se les hubiera retenido un impuesto menor al 15% mencionado, podrán aplicar lo dispuesto en esta fracción, siempre que cubran la actualización y recargos correspondientes a la cantidad equivalente a la diferencia de haber aplicado la tasa del 15% y el impuesto efectivamente retenido sobre los intereses exigibles, en el periodo comprendido del 1o. de enero de 1996 a la fecha de entrada en vigor de la presente disposición.

LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO

Artículo tercero. Se reforman los artículos 1o. primer párrafo; 6o., fracción V y el antepenúltimo párrafo; 13A, fracciones I y II; se adicionan los artículos 1o., con un tercer párrafo; 2o-bis, que se ubicará inmediatamente después del artículo 2o.; 5o.A con un tercer párrafo y 5o-B y se deroga el artículo 6o., fracción II, de la Ley del Impuesto al Activo, para quedar como sigue: "Artículo 1o. Las personas físicas que realicen actividades empresariales y las personas morales, residentes en México, están obligadas al pago del impuesto al activo, por el activo que tengan, cualquiera que sea su ubicación. Las residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, están obligadas al pago del impuesto por el activo atribuible a dicho establecimiento. Las personas distintas a las señaladas en este párrafo, que otorguen el uso o goce temporal de bienes inmuebles que se utilicen en la actividad de otro contribuyente de los mencionados en este párrafo, están obligadas al pago del impuesto por su activo fijo y terrenos por los que obtengan ingresos a los que se refiere el Capítulo III del Título Cuarto y los artículos 133 fracción XIII y 148A-de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las empresas que componen el sistema financiero están obligadas al pago del impuesto por su activo no afecto a su intermediación financiera.

Artículo 2o.-bis. Las personas físicas que otorguen el uso o goce temporal de inmuebles, que se utilicen por otro contribuyente del impuesto, para determinar el monto original de los mismos, estarán a lo siguiente:

I. Determinarán por separado el monto original de la inversión del terreno y de las construcciones, considerando el valor declarado en la escritura notarial en la que conste la adquisición. Cuando en dicha escritura no se hubiera hecho la separación de dicho monto para el terreno y las construcciones, los contribuyentes considerarán las proporciones que para el terreno y las construcciones se hayan dado en el avalúo practicado a la fecha de la adquisición del bien de que se trate o considerarán las proporciones que aparezcan en los valores catastrales que correspondan a la fecha de adquisición.

En el caso de que no puedan determinarse las proporciones señaladas en el párrafo anterior, se considerará que del monto original de la inversión del bien de que se trate, el 80% corresponde a las construcciones y el 20% al terreno.

II. Cuando no se pueda determinar el monto original de la inversión de un inmueble, se considerará como dicho monto el que resulte conforme a lo siguiente:

a) En el caso de las construcciones, mejoras o ampliaciones del inmueble, se considerará como monto el valor que se contenga en el aviso de terminación de obra. En caso de que no se consigne el valor correspondiente en el aviso de terminación de obra o de que no exista la obligación de dar dicho aviso, se considerará como monto original de la inversión de las construcciones, mejoras o ampliaciones del inmueble, el 80% del valor del avalúo que al efecto se practique por persona autorizada, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, referido a la fecha en que las mismas se hayan terminado.

b) Tratándose de bienes adquiridos en rifa o sorteo antes del 1o. de enero de 1981, se considerará como monto el que haya servido para efectos del impuesto federal sobre loterías, rifas, sorteos y juegos permitidos. Tratándose de bienes adquiridos en rifa o sorteo a partir de la fecha antes citada, el que haya servido para efectos del impuesto sobre la renta. Si para determinar la base de los mencionados impuestos se practicó avalúo, éste se considerará el monto original de la inversión referido a la fecha de adquisición.

c) Tratándose de bienes adquiridos por herencia, legado o donación, incluyendo las donaciones efectuadas por la Federación, estados, Distrito Federal, municipios u organismos descentralizados, se considerará el monto original de la inversión que dicho bien haya tenido para el autor de la sucesión o para el donante, respectivamente. Si no pudiera determinarse dicho monto, se considerará como tal el 80% del valor del avalúo practicado al bien de que se trate referido al momento de la adjudicación o de la donación, según corresponda.

d) Tratándose de bienes adquiridos por prescripción, se determinará su monto original de la inversión conforme al avalúo que haya servido de base para el pago de impuestos con motivo de la adquisición. Si en la fecha en que se adquirió no procedió la realización del avalúo, se efectuará uno referido al momento en que la prescripción se hubiera consumado, independientemente de la fecha de la resolución que la declare. Cuando no pueda determinarse la fecha en que se consumó la prescripción adquisitiva, se tomará como tal aquélla en que se haya promovido ésta.

Cuando para determinar el monto original de la inversión de un bien base de este impuesto, se deba realizar un avalúo en los términos de esta fracción, el contribuyente podrá acreditar el costo del avalúo contra los pagos provisionales del impuesto y el correspondiente al del ejercicio en que se efectuó dicho avalúo.

Artículo5o.-A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Para los efectos de lo dispuesto en el primer párrafo de este artículo los contribuyentes actualizarán el impuesto que les hubiera correspondido de no haber ejercido la opción a que se refiere este precepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 5o.-B. Las empresas que componen el sistema financiero considerarán como activo no afecto a su intermediación financiera, los activos fijos, los terrenos, los gastos y cargos diferidos, que no respalden obligaciones con terceros resultantes del desarrollo de su actividad de intermediación financiera de conformidad con la legislación aplicable. No se incluirán los activos que por disposición legal no puedan conservar en propiedad. Estos contribuyentes sólo podrán deducir del valor del activo, las deudas contratadas para la adquisición de los activos mencionados, siempre que reúnan los requisitos a que se refiere el artículo 5o. de esta ley.

Artículo 6o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Se deroga.

III y IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Las personas físicas residentes en México que no realicen actividades empresariales y otorguen el uso o goce temporal de bienes a las personas a que se refiere la fracción I de este artículo, únicamente por dichos bienes.

VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las personas a que se refiere la fracción I de este artículo que mantengan los inventarios a que se refiere el párrafo segundo del artículo 1o. de esta ley o que otorguen el uso o goce temporal de bienes que se utilicen en la actividad de un contribuyente de los mencionados en el artículo 1o. de esta ley, a excepción de las que estén autorizadas para recibir donativos deducibles para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en los términos de la fracción I del artículo 24 y fracción IV del artículo 140 de dicha ley, pagarán el impuesto por dichos bienes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 13A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. En el ejercicio en que se efectúe la escisión y el siguiente, para efectos de los párrafos tercero y quinto del artículo 7o. de esta ley, determinarán el monto de los pagos provisionales del periodo que corresponda, considerando el impuesto actualizado del último ejercicio de 12 meses de la sociedad antes de la escisión, en la proporción en que, a la fecha de la escisión, participe cada una de ellas del valor de su activo a que se refiere el artículo 2o. de la misma, después de disminuirle en la misma proporción las deudas deducibles, existentes a la misma fecha, en los términos del artículo 5o. de este ordenamiento.

El impuesto del último ejercicio de 12 meses se actualizará por el periodo comprendido desde el último mes del ejercicio inmediato anterior al de 12 meses, hasta el último mes del ejercicio inmediato anterior a aquél por el cual se calcula el impuesto.

II. La sociedad escindente acreditará en el ejercicio de que se trate, la totalidad de los pagos provisionales enterados en dicho ejercicio, con anterioridad a la escisión, incluso cuando los pagos provisionales los hubiera efectuado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7o.A de esta ley. En ningún caso las sociedades escindidas podrán acreditar los pagos provisionales realizados por la escindente. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ."

DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO

Artículo cuarto. Para efectos de lo dispuesto por el artículo tercero de esta ley, se aplicarán las siguientes disposiciones:

I. Las empresas que componen el sistema financiero podrán, a partir del ejercicio de 1996 y hasta el de 1998, realizar el acreditamiento a que se refiere el segundo párrafo del artículo 9o. de la Ley del Impuesto al Activo, considerando el impuesto sobre la renta y el impuesto al activo causados en cada uno de los tres ejercicios anteriores al ejercicio de que se trate.

El impuesto al activo que resulte después del acreditamiento a que se refiere el párrafo anterior y el primer párrafo del artículo 9o. de la Ley del Impuesto al Activo, será el impuesto a pagar en el ejercicio de que se trate, para efectos de dicha ley.

II. Las empresas que componen el sistema financiero podrán determinar el impuesto al activo a partir del ejercicio de 1996 y hasta el de 1999, conforme a lo dispuesto por el artículo 5o-A de la Ley del Impuesto al Activo.

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

Artículo quinto. Se reforman los artículos 2o. fracción I inciso l; 2o-A, fracciones II, III y VI incisos b, c, d, f y g; 4o.A primer párrafo; 11 tercer párrafo y 19 fracción II tercer párrafo, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue: "Artículo 2o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

A) a H). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I) Gasolinas: la tasa que resulte para el mes de que se trate en los términos de los artículos 2o-A y 2o-B de esta ley.

J) y K). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II y III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ." Artículo 2o.-A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Se multiplicarán por el factor de 0.9524 para las gasolinas y el diesel para uso automotriz, por 1.0 para el diesel para uso industrial de alto y bajo azufre y el diesel para uso en vehículos marinos, el monto que se obtenga de adicionar a la comisión que haya pagado Petróleos Mexicanos a los expendios autorizados por el combustible de que se trate en el periodo citado, los costos netos de transporte del combustible de la agencia de ventas de que se trate al establecimiento del expendedor incurridos durante dicho periodo, sin incluir, en ambos casos, el impuesto al valor agregado.

III. Se multiplicarán por el factor de 0.8658 para las gasolinas y el diesel para uso automotriz, por 0.9091 para el diesel para uso industrial de alto y bajo azufre y el diesel para uso en vehículos marinos, el precio de venta al público, del combustible de que se trate vigente en la zona geográfica correspondiente en el periodo citado, cuando la enajenación se realice con tasa del impuesto al valor agregado de 10%.

Se multiplicarán por el factor de 0.8282 para las gasolinas y el diesel para uso automotriz, por 0.8696 para el diesel para uso industrial de alto y bajo azufre y el diesel para uso en vehículos marinos, el precio de venta al público, del combustible de que se trate vigente en la zona geográfica correspondiente en el periodo citado, cuando la enajenación se realice con tasa del impuesto al valor agregado de 15%.

IV a VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

b) Diesel para uso automotriz de alto azufre: el promedio del precio spot fuel oil número 2, 0.2% de azufre y 34º API, vigente en la costa del golfo de los Estados Unidos de América.

c) Diesel para uso automotriz y diesel para uso industrial de bajo azufre: el promedio del precio spot fuel oil número 2 LS, 0.05% de azufre, vigente en la costa del golfo de los Estados Unidos de América.

d) Diesel para uso industrial de alto azufre: el promedio del precio spot fuel oil número 2, 0.2% de azufre y 34º API, vigente en la costa del golfo de los Estados Unidos de América.

f) Diesel para uso en vehículos marinos en la costa del golfo: el promedio del precio spot fuel

oil número 2, 0.2% de azufre y 34º API, vigente en Houston, Texas, de los Estados Unidos de América.

g) Diesel para uso en vehículos marinos de la costa del pacífico: el promedio del precio spot fuel oil número 2 LS, 0.05% de azufre, vigente en Los Angeles, California, de los Estados Unidos de América. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 4o.-A. Las personas que adquieran diesel para su consumo final y siempre que dicho combustible no sea para uso automotriz en vehículos que se destinen al transporte de personas o efectos a través de carreteras o caminos, podrán acreditar el impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación de este combustible, siempre que se utilice exclusivamente como combustible:

I a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Los productores o importadores de tabacos labrados para calcular el impuesto por la enajenación de esos bienes en territorio nacional, considerarán como valor de los mismos, el precio de venta al detallista. En el caso de exportación definitiva de dichos bienes en los términos de la legislación aduanera, así como en la enajenación de bienes que la citada legislación aduanera establece como importación temporal realizada por personas residentes en el país a empresas de comercio exterior, considerarán el valor que se utilice para los fines del impuesto general de exportación.

Tratándose de la enajenación de los combustibles a que se refieren los incisos I y J de la fracción I del artículo 2o. de esta ley, los productores o importadores para calcular el impuesto por la enajenación de esos bienes considerarán como valor el precio a que se refiere la fracción I del artículo 2o-A de esta ley, multiplicado por el factor de 1.05 en el caso de las gasolinas y el diesel para uso automotriz, y por 1.0 en el caso del diesel para uso industrial de alto y bajo azufre y del diesel para uso en vehículos marinos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 19. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cuando se trate de la enajenación de gasolinas, gas natural y diesel para uso automotriz en vehículos que se destinen al transporte de personas o efectos a través de carreteras o caminos, así como de la prestación de servicios gravados por esta ley en relación con dichos bienes, en el comprobante que se expida, en ningún caso se hará la separación expresa del monto de este impuesto debiendo ofrecerse estos bienes o servicios incluyendo el impuesto en el precio o contraprestación.

Tratándose de la enajenación de diesel que se utilice para consumo final en los términos de las fracciones I, II y IV del artículo 4o.A de esta ley, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios o sus agencias o distribuidores autorizados, deberán desglosar expresamente y por separado en el comprobante correspondiente el impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hubieran causado por la enajenación de que se trate.

III al IX. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

LEY FEDERAL DE DERECHOS

Artículo sexto. Se reforman los artículos; 86-A fracciones IV y Vll; 86-B fracción I;120, primer párrafo; 123-F primer párrafo; 138 primer párrafo; 158 fracción I primer párrafo; 159 primer párrafo y fracción Vll inciso d; 160 fracción IV; 194-C primer párrafo; 195-U fracción V; se adicionan los artículos 86-A con una fracción Vlll; 123-A, fracción IV con un inciso f; 123-C fracción IV con un inciso e; 123-D fracción IV con un inciso e; 123-E fracción IV con un inciso e; 123-F, fracción IV, con un inciso e; 138 con un penúltimo y ultimo párrafos; al Título Primero, Capítulo Xlll, con una Sección Quinta de la zona marítimo-terrestre, 194-D; 194-E; Sección Sexta, servicios de flora y fauna, 194-F; 194-G; Sección Séptima, impacto ambiental, 194-H; 194-I;194-J; 194-K; 194-L; 194-M; 194-N; Sección Octava, prevención y control de la contaminación, 194-O; 194-P; 194-Q; 194-R; 194-S; 194-T; 194-U; se derogan los artículos; 90-B fracciones I y II;120 fracciones l, ll, lll y V; 122 fracción I, inciso d; 123-A, fracción l; 123-B fracción I; 123-C fracción 1;123-D fracción l; 123-E fracción ll; 123-F fracción ll; 128-C; 128-D fracción III;153 fracción I;159

fracciones lll, Vl, inciso d Vll, inciso g Vlll, IX, Xlll, XXVI y XXVII; del Título Primero, Capítulo IX; Sección Segunda, de la zona marítimo-terrestre, 173-B 174; Sección Tercera, servicios de flora y fauna, 1 74-A; 1 74-B; Sección Cuarta, impacto ambiental, 174-C; 174-D; 174-E; 174-F; 174-G; 174-I;174-J; Sección Quinta, prevención y control de la contaminación, 174-K; 174-L; 174-M; 174-N; 174-O; 174-P; 174-Q de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue: "Artículo 86-A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. Por cada certificado fitosanitario para la movilización nacional de productos y subproductos vegetales sujetos a regulación fitosanitaria: $20.00 V y VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VII. Expedición del certificado zoosanitario para la importación de animales, sus productos y sus subproductos: $390.66 VIII. Por la expedición del formato de requisitos técnicofitosanitarios para la importación y exportación de productos y subproductos vegetales: $90.00 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 86-B. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. Por la certificación fitosanitaria de empresas dedicadas a la explotación, fabricación, elaboración, formulación o maquila, formulación por maquila, mezclado, acondicionamiento, envasado e importado de plaguicida agrícola: $3,987.76 II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 90-B. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. Se deroga.

II. Se deroga.

III y IV.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 120. Por autorización de modificaciones a permisos de servicios de telecomunicaciones de valor agregado como de otros servicios de telecomunicaciones, que se presten a terceros, que hayan sido otorgados con anterioridad a la publicación de la Ley Federal de Telecomunicaciones, se pagará conforme a las siguientes cuotas:

I. Se deroga.

II. Se deroga.

III. Se deroga.

IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Se deroga.

Artículo 122. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

c). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

d) Se deroga.

Artículo 123-A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. Se deroga.

II a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) a e). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

f) Modificación a la red: $1,142.30 Artículo 123-B. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. Se deroga.

II a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 123-C. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. Se deroga.

II a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) a d). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

e) Modificación a la red: $1,142.30

Artículo 123-D. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. Se deroga.

II y III . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) a d). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

e) Modificación a la red: $1,142.30 Artículo 123-E. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Se deroga.

III y IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) a d). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

e) Modificación a la red: $1,142.30 Artículo 123-F Por el otorgamiento de permisos para instalar, operar o explotar estaciones terrenas transmisoras o transreceptoras, se pagará el derecho de telecomunicaciones, conforme a las siguientes cuotas:

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Se deroga.

III y IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) a d). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

e) Modificación a la red: $1,142.30 Artículo 128-C. Se deroga.

Artículo 128-D. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Se deroga.

Artículo 138. Por la expedición de certificados de homologación provisionales y definitivos para equipos, aparatos, dispositivos y accesorios de telecomunicación, se pagará el derecho por homologación en materia de telecomunicaciones, conforme a las siguientes cuotas:

I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En solicitudes de "certificados de homologación definitiva", que se expidan a solicitud del interesado, después de los certificados provisionales, siempre que no hayan modificado las características técnicas y operativas autorizadas, se cobrará el 100% de la cuota establecida en la fracción I y el 40% de la señalada en la fracción II de este artículo.

El solicitante podrá optar por solicitar directamente un certificado de homologación definitivo sin contar con el certificado provisional, si presenta constancia o dictamen de que el equipo cumple con las normas técnicas nacionales y recomendaciones internacionales aceptadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, debiendo pagarse en este caso el 100% de las cuotas señaladas en las fracciones I y II de este artículo.

Artículo 153. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. Se deroga.

II y III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 158. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. Por la expedición o renovación del certificado de aeronavegabilidad por periodo de vigencia:

a) a d). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 159. Por la expedición de los siguientes permisos o concesiones, se pagará el derecho de aeronáutica civil, conforme a las siguientes cuotas:

I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Se deroga.

IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) a c). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

d) Se deroga.

VII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) a c). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

d) Taxi aéreo nacional o internacional: $4,542.92 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

e) y f). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

g) Se deroga.

VIII. Se deroga.

IX. Se deroga.

XII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XIII. Se deroga.

XIV a XXV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XXVI. Se deroga.

XXVII. Se deroga.

XXVIII a XXXII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 160. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. Por la modificación de la concesión o permiso a que se refieren las fracciones I, II y III que anteceden, se pagará el 50% de la cuota correspondiente.

V. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

CAPITULO IX

De la Secretaría de Desarrollo Social SECCION SEGUNDA

De la zona marítimoterrestre. Se deroga Sección.

Artículo 173-B. Se deroga.

Artículo 174. Se deroga.

SECCION TERCERA

Servicios de flora y fauna. Se deroga Sección.

Artículo 174-A. Se deroga.

Artículo 174-B. Se deroga.

SECCION CUARTA

Impacto ambiental. Se deroga Sección.

Artículo 174-C. Se deroga.

Artículo 174-D. Se deroga.

Artículo 174-E. Se deroga.

Artículo 174-F. Se deroga.

Artículo 174-G. Se deroga.

Artículo 174-I. Se deroga.

Artículo 174-J. Se deroga.

SECCION QUINTA

Prevención y control de la contaminación. Se deroga sección.

Artículo 174-K. Se deroga.

Artículo 174-L. Se deroga.

Artículo 174-M. Se deroga.

Artículo 174-N. Se deroga.

Artículo 174-0. Se deroga.

Artículo 174-P. Se deroga.

Artículo 174-Q. Se deroga.

CAPITULO XIII

Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca Artículo 194-C. Por el otorgamiento de permisos o concesiones para el uso o aprovechamiento de las reservas de la biosfera, parques nacionales, parques marinos nacionales, reservas especiales de la biósfera, monumentos naturales y las áreas de protección de flora y fauna, se pagará el derecho de permiso o concesión de inmuebles federales, conforme a las siguientes cuotas: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

SECCION QUINTA

De la zona marítimoterrestre Artículo 194-D. Por los servicios que a continuación se señalan, se pagará el derecho de zona marítimoterrestre, conforme a las siguientes cuotas:

I. Por la recepción y estudio de la solicitud de concesión o autorización: $288.41 II. Por la verificación en campo de levantamiento topográfico presentado por el solicitante de concesión de zona federal marítimoterrestre o terrenos ganados al mar o cualquier otro depósito que se forme por aguas marítimas:

a) Hasta 1 mil m2 de superficie: $586.28 b) De más de 1 mil m2 de superficie hasta 5 mil m2: $1,172.64 c) De más de 5 mil m2 de superficie hasta 10 mil m2: $2,345.29 d) De más de 10 mil m2 de superficie hasta 15 mil m2: $4,690.66 e) De más de 15 mil m2 de superficie en adelante: $7,036.01 III. Por la cesión de la concesión entre particulares: $1,241.96 IV. Por la verificación de cumplimiento de obligaciones derivadas del título de concesión: $248.34 Cuando la zona marítimoterrestre se utilice para la agricultura, ganadería o pesca, las cuotas señaladas en este artículo se reducirán en un 50%.

Este derecho se pagará independientemente del que corresponda por el uso o aprovechamiento de la zona marítimo terrestre conforme al Título Segundo de esta ley.

Artículo 194E. Por el otorgamiento de concesiones, autorizaciones o prórroga de concesiones para el uso o goce de la zona federal marítimoterrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito que se forme con aguas marítimas, se pagará anualmente el derecho de concesión de inmuebles federales, conforme a la cuota de: $255.60 Cuando la zona federal se utilice para la agricultura, ganadería o pesca, la cuota a que se refiere el párrafo anterior se reducirá en un 50%.

No se pagará el derecho a que se refiere este artículo cuando el uso o goce de la zona federal se destine para actividades acuicolas de especies reservadas.

Este derecho se pagará independientemente del que corresponda conforme al Título Segundo de esta ley.

SECCION SEXTA

Servicios de flora y fauna Artículo 194-F. Por los servicios que a continuación se señalan se pagará el derecho por servicios de flora y fauna silvestres, conforme a las siguientes cuotas:

A. Por el registro y refrendo anual:

I. De viveros comerciales de flora silvestre con especies terrestres y acuáticas, raras, endémicas, amenazadas, en peligro de extinción y las sujetas a protección especial contenidas en los listados de los apéndices I, II y III de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, de la que México forma parte: $42.51 II. De mascotas de fauna silvestre o de criadero, raras, endémicas, amenazadas en peligro de extinción y las sujetas a protección especial contenidas en los listados de los apéndices I, II y III de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, de la que México forma parte: $130.63 III. De aves de presa consideradas como raras, endémicas, amenazadas, en peligro de extinción y las sujetas a protección especial contenidas en los listados de los apéndices I, II y III de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, de la que México forma parte: $100.94 IV. De viveros no comerciales de flora silvestre con especies terrestres y acuáticas, raras, endémicas, amenazadas, en peligro de extinción y las sujetas a protección especial contenidas en los listados de los apéndices I, II y III de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, de la que México forma parte: $31.17

No se pagará por el refrendo anual del registro a que se refiere la fracción II de este apartado.

B. Por la expedición de permisos y, en su caso, de refrendos, anual o por temporada, así como por la expedición de certificados:

I. Para colecta científica realizada en el país, por extranjeros: $3,790.22 Las personas que realicen colecta científica en el país, bajo algún convenio de cooperación internacional con el Gobierno Federal o con alguna institución mexicana, no pagarán este derecho.

II. Por cada solicitud de certificados relacionados con la exportación, importación o reexportación de especies terrestres y acuáticas, raras, endémicas, amenazadas, en peligro de extinción y las sujetas a protección especial contenidas en los listados de los apéndices I, II y III de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, de la que México forma parte:

a) De trofeos de caza: $194.47 b) De animales de fauna silvestre, para comercialización:

1. De especies mayores: $638.34 2. De especies menores: $320.65 c) De animales de fauna silvestre, para fines no comerciales:

1. De especies mayores: $204.86 2. De especies menores: $106.88 d) Distintos de los anteriores: $106.88 e) De productos y subproductos de fauna silvestre: $106.88 f) De productos y subproductos de flora silvestre: $106.88 III. Para colecta de material parental para su reproducción y propagación con fines comerciales en unidades de producción, de especies amenazadas o en peligro de extinción contenidas en los listados de los apéndices I, II y III de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, de la que México forma parte: $158.84 IV. Por trámite para colecta de material parental de especies amenazadas o en peligro de extinción contenidas en los listados de los apéndices I, II y III de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, de la que México forma parte: $158.84 Artículo 194-G. Por los estudios de flora y fauna silvestres, incluyendo su planificación, manejo y dictamen de impacto ambiental, se pagará el derecho de flora y fauna, por hectárea, conforme a las siguientes cuotas:

I. Distrito Federal, México, Morelos, Puebla, Tlaxcala, Hidalgo y Querétaro: $4.72 II. Jalisco, Michoacán, Aguascalientes, Guanajuato, Nuevo León, San Luis Potosí y Zacatecas: $6.32 III. Baja California, Baja California Sur, Colima, Chihuahua, Durango, Coahuila, Sonora, Nayarit, Tamaulipas, Veracruz, Tabasco, Guerrero, Oaxaca, Chiapas, Campeche, Yucatán, Quintana Roo y Sinaloa: $7.88 IV. Por supervisión anual, por hectárea: $2.34 SECCION SEPTIMA

Impacto ambiental Artículo 194-H. Por el otorgamiento de la autorización de los proyectos de obras o actividades cuya evaluación corresponda al Gobierno Federal, se pagará el derecho de impacto ambiental, conforme a las siguientes cuotas:

I. Obra o actividad que requiera manifestación de impacto ambiental en su modalidad general: $497.15 II. Obra o actividad que requiera manifestación de impacto ambiental en su modalidad intermedia: $870.12 III. Obra o actividad que requiera manifestación de impacto ambiental en su modalidad específica: $1,367.37 Artículo 194-I. Por los servicios que a continuación se señalan, se pagará el derecho de

impacto ambiental, conforme a las siguientes cuotas:

I. Por la inscripción en el registro nacional de prestadores de servicios que realicen estudios de impacto ambiental, por cada campo de especialidad o por el refrendo correspondiente: $1,371.75 II. Por la obtención de la versión actualizada del registro a que se refiere la fracción anterior: $15.82 Artículo 194-J. Por los servicios que a continuación se señalan, se pagará el derecho de impacto ambiental, conforme a las siguientes cuotas:

I. Por la recepción y evaluación del informe preventivo: $745.81 II. Por la recepción y evaluación de la manifestación de impacto ambiental:

a) En su modalidad general: $1,491.67 b) En su modalidad intermedia: $2,610.46 c) En su modalidad específica: $4,102.21 III. Por la verificación del cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación: $1,988.93 IV. Por la revalidación de evaluación de la autorización de impacto ambiental:

a) En su modalidad general: $234.48 b) En su modalidad intermedia: $410.39 c) En su modalidad específica: $644.94 Artículo 194-K. Por la recepción, evaluación y dictamen del programa de manejo forestal, para obtener autorización de aprovechamiento de recursos forestales, forestación y reforestación de especies maderables de clima templado y frío, por volumen solicitado para su aprovechamiento, se pagará el derecho de impacto ambiental conforme a las siguientes cuotas:

I. Hasta 500 metros cúbicos: exento II. De más de 500 metros cúbicos hasta 1 mil metros cúbicos: $266.26 III. De más de 1 mil metros cúbicos hasta 5 mil metros cúbicos: $399.42 IV. De más de 5 mil metros cúbicos en adelante: $621.38 Artículo 194-L. Por la recepción, evaluación y dictamen del programa de manejo forestal para aprovechamiento de recursos forestales, forestación y reforestación de especies maderables de clima árido y semiárido, por metro cúbico solicitado para su aprovechamiento, se pagará el derecho de impacto ambiental conforme a las siguientes cuotas:

I. Hasta 500 metros cúbicos: exento II. De más de 500 metros cúbicos hasta 1 mil 500 metros cúbicos: $177.49 III. De más de 1 mil 500 metros cúbicos hasta 3 mil 000 metros cúbicos: $266.26 IV. De más de 3 mil metros cúbicos en adelante: $355.07 Artículo 194-M. Por la recepción, evaluación y dictamen de los estudios de uso de suelo forestal y por superficie solicitada, se pagará el derecho de impacto ambiental, conforme a las siguientes cuotas:

I. De más de una hectárea hasta 10 hectáreas: $342.69 II. De más de 10 hectáreas hasta 50 hectáreas: $742.49 III. De más de 50 hectáreas hasta 200 hectáreas: $1,484.99 IV. De más de 200 hectáreas: $2,284.60 Artículo 194-N. Por la recepción, evaluación y dictamen de manifestaciones de impacto ambiental para aprovechamientos forestales de bosques y selvas tropicales y especies de difícil regeneración, así como aquellos que determine la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, con base en lo que establecen la Ley General del Equilibrio Ecológico, la Protección al Ambiente y su Reglamento en Materia de Impacto Ambiental, se pagará el derecho de impacto ambiental, conforme a las siguientes cuotas:

I. Manifestación de impacto ambiental modalidad general por un volumen mayor a 250 metros cúbicos: $887.71 II. Manifestación de impacto ambiental modalidad intermedia: $1,775.50 III. Manifestación de impacto ambiental modalidad específica: $2,663.23 SECCION OCTAVA

Prevención y control de la contaminación Artículo 194-O. Por el otorgamiento de la licencia de funcionamiento a las fuentes fijas de jurisdicción federal que emitan olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación, conforme a las siguientes cuotas:

I. Por la recepción y evaluación de solicitud de licencia: $1,395.75 II. Actualización de licencia de funcionamiento por ampliación o modificación de procesos: $670.40 III. Por la verificación de cumplimiento de las condiciones derivadas de la licencia de funcionamiento: $1,115.37 Artículo 194-P. Por los servicios de verificación y certificación de equipos de medición de contaminantes de vehículos automotores en circulación en centros autorizados, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación conforme a la cuota de: $140.15 Artículo 194-Q. Por el servicio de certificación y verificación de emisiones contaminantes de vehículos automotores nuevos, a través de la prueba de laboratorio de emisiones vehiculares, por el método "CVS 75", se pagará por cada prueba que se realice el derecho de prevención y control de la contaminación, conforme a la cuota de: $4,604.93 Artículo 194-R. Por el servicio de evaluación y verificación de la aplicación de métodos, procedimientos, partes, componentes y equipos que reduzcan las emisiones de contaminantes a la atmósfera generados por vehículos automotores, a través de la prueba estática de emisiones vehiculares, se pagará por cada prueba que se realice el derecho de prevención y control de la contaminación, conforme a la cuota: $47.29 Artículo 194-S. Por el registro de empresas generadoras de residuos peligrosos, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación, conforme a la cuota de: $280.32 Artículo 194-T. Por el otorgamiento de la autorización en materia de residuos peligrosos, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación, conforme a las siguientes cuotas:

I. Instalación y operación de sistemas de almacenamiento, recolección y transporte: $3,426.90 II. Instalación y operación de sistemas de reuso, tratamiento y reciclaje: $6,853.80 III. Instalación y operación de sistemas de incineración y disposición final: $20,561.40 Artículo 194-U. Por el otorgamiento del dictamen técnico para la obtención de estímulos fiscales o créditos de organismos financieros, en las actividades relacionadas con la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación, por cada dictamen técnico conforme a la cuota de: $557.65 Artículo 195-U. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Por el permiso extraordinario para la importación o exportación temporal o definitiva de armas y cartuchos, por las armas y sus cartuchos o sólo cartuchos: $1,028.07 VI a VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ." DISPOSICION TRANSITORIA DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS

Artículo séptimo. Para efectos de lo dispuesto por el artículo anterior, las cuotas de los derechos que aparecen publicados en esta ley, se actualizarán en el mes de julio de 1996 en los términos del cuarto párrafo del artículo 1o. de la Ley Federal de Derechos, excepto las señaladas en los artículos 86-A fracciones IV y VIII;

123-A fracción IV inciso f; 123-C fracción IV inciso e; 123-D fracción IV inciso e; 123-E fracción IV inciso e; 123-F fracción IV inciso e, de la Ley Federal de Derechos los cuales se actualizarán a partir del 1o. de enero de 1997.

TRANSITORIO

Artículo único. La presente ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 9 de abril de 1996.- Diputados: Francisco Suárez y Dávila, presidente; Mónica Leñero Alvarez, Alfonso Reyes Medrano, Jorge Padilla Olvera, Saúl Escobar Toledo, secretarios; José Rosas Aispuro Torres, Manuel Beristáin Gómez, Tonatiuh Bravo Padilla, Roberto Campa Cifrián, Jorge Cejudo Díaz, Daniel Covarrubias Ramos, Víctor Cruz Ramírez, Gabino Fernández Serna, Heriberto Galindo Quiñones, Alejandro Higuera Osuna, Manuel Jiménez Lemus, Sebastián Lerdo de Tejada, Oscar Levín Coppel, Raúl Livas Vera, Gabriel Llamas Monjardín, Ifigenia Martínez Hernández, Salvador Mikel Rivera, Alfonso Molina Ruibal, José de Jesús Preciado Bermejo, Jesús Rodríguez y Rodríguez, Antonio Sánchez Gochicoa, Dulce María Sauri Riancho, Carlota Vargas Garza, David Vargas Santos y Joaquín Vela González.»

Es de segunda lectura.

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Alfonso Reyes Medrano, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Alfonso Reyes Medrano:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara fue turnada una iniciativa de decreto que reforma varias leyes fiscales que tienden a generar un principio de justicia social, otras a hacer realidad la reciente jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y finalmente otras a corregir algunas desigualdades y cambios.

La comisión se reunió en varias ocasiones, fueron invitados funcionarios de la Secretaría de Hacienda, vinculados a las reformas, respondieron preguntas e inquietudes formuladas por los legisladores, producto de diversas reflexiones generadas en el seno de la comisión. Las propuestas de modificación a las leyes del Impuesto Sobre la Renta, al Activo. Especial Sobre la Producción y Servicios y Federal de Derechos vienen tal y como se precisa en la exposición de motivos de la iniciativa del Ejecutivo Federal al mejoramiento de la equidad de nuestro sistema impositivo y a elevar su eficiencia tomando en consideración los principios de proporcionalidad que en el campo tributario consagra nuestra Constitución Política.

Las modificaciones propuestas en materia del impuesto sobre la renta de las personas físicas asalariadas tienen como finalidad principal el de atenuar la pérdida del poder de compra adquisitiva de los trabajadores de más bajos ingresos. Por su parte, las reformas propuestas a la Ley del Impuesto al Activo se dan como respuesta a las tesis de la Suprema Corte de Justicia, que la Suprema Corte de Justicia ha emitido respecto a este gravamen.

En consecuencia, con las reformas propuestas a estos dos impuestos, se presentan cambios en el impuesto sobre producción y servicios y en el ámbito de derechos federales.

El antecedente inmediato a las propuestas del impuesto sobre la renta lo encontramos en la aprobación que hizo la soberanía, esta soberanía del dictamen de ley de reforma, adiciona y deroga las leyes del Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado de 1995. En esas fechas el Ejecutivo propuso y esta honorable Cámara aprobó la ampliación del beneficio fiscal a los trabajadores cuyos ingresos se ubicasen entre dos y cuatro salarios mínimos, medida que contribuyó a atenuar el impacto negativo que producirían dichas modificaciones tributarias propuestas entonces.

En otras palabras, se trató de un conjunto de medidas compensatorias en apoyo al salario de los trabajadores para mitigar el impacto de la crisis en la población de menores recursos. El apoyo a las personas de menores ingresos consistió entonces en ampliar a favor de los trabajadores con percepciones entre dos y cuatro salarios mínimos el crédito al salario a que tienen derecho los trabajadores que perciben entre uno y dos salarios mínimos generales.

El mecanismo planteado fue que en el aumento del ingreso disponible estuviesen el 3% de los trabajadores que reciben hasta dos salarios mínimos y disminuyera paulatinamente hasta desaparecer al llegar a cuatro salarios mínimos.

La iniciativa que hoy nos ocupa contempla propuestas orientadas a la misma dirección, ampliar la bonificación fiscal con el propósito que del ingreso disponible de los trabajadores de menores ingresos, sea mayor.

La iniciativa precisa que esta ampliación daría como resultado un incremento en el ingreso disponible de trabajadores con percepciones entre uno y tres salarios mínimos, dicho incremento será de 3% que se adiciona a la bonificación citada que ya disfruta.

Los trabajadores con ingresos de un salario mínimo decrecerá gradualmente conforme aumente el ingreso, beneficio adicional al incremento de la bonificación fiscal, que ya se venía disfrutando, de ser aprobada por esta alta soberanía. Sería el que los ingresos de los trabajadores los que perciben hasta tres salarios mínimos queden íntegramente desgravados, ello significaría que alrededor del 70% de los trabajadores asalariados que representan poco más de 7 millones de trabajadores, no pagarían el impuesto sobre la renta por productos al trabajo, se plantea entonces una situación justa.

Mencionar que el dictamen que presenta la Comisión de Hacienda y Crédito Público precisa la permanencia de este tratamiento, está asegurado al quedar inscrito en la ley. El propio dictamen nos señala que con esta medida se avanza en los compromisos establecidos en la Alianza para la Recuperación Económica, respecto a que por medio de la política fiscal es posible el mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores.

En efecto, de las medidas tributarias contempladas en dicha alianza, se establece que con el fin de que el cambio estructural de la política fiscal contribuya a mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y sus familias, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con la participación del Congreso del Trabajo analizará los diversos componentes de los ingresos laborales para poner modificaciones legales que podrían entrar en vigor antes de que termine el año de 1996.

Estas serán en tal sentido que propicien una mayor progresividad en la distribución de la carga, de la carga fiscal a través de una disminución de tasas impositivas en beneficio de los trabajadores y se llegue hasta cuatro y media veces el salario mínimo desgravado. Asimismo en materia de impuestos a la renta se propone también un nuevo tratamiento a los intereses pagados, a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito en el país y a los intereses pagados a residentes extranjeros.

Por lo que respecta al primer punto, la tasa de 4.9% que los acreditados están obligados a retener por intereses pagados a establecimientos en el extranjero de las instituciones crediticias del país, se aplica en el caso de que la sucursal se encuentre en un país con el cual el nuestro tenga un tratado para evitar la doble tributación.

Lo anterior se ha traducido en una importante desventaja competitiva de los bancos mexicanos frente a los extranjeros, situación que también afecta a las empresas mexicanas al aumentar su costo de financiamiento. Para eliminar esta desventaja competitiva, la iniciativa propone extender el beneficio de la tasa del 4.9% a los intereses pagados a establecimientos de instituciones de crédito del país localizadas en países con los que no se tiene celebrado un tratado para evitar la doble tributación.

Al examinar esta propuesta compañeros diputados, la comisión dictaminadora decidió ampliar la aplicación retroactiva de esta medida al día primero del presente año, cuando se hubiera efectuado una retención menor al 15% siempre que sean cubiertos la actualización y los recargos correspondientes.

En cuanto al segundo punto, la tasa de 4.9% que se debe retener por concepto de intereses pagados a residentes en el extranjero, se aplicará cuando el beneficiario resida en un país con el que exista un tratado vigente para evitar la doble tributación.

La problemática que se presenta es que muchas empresas mexicanas tienen líneas de crédito con bancos ubicados en países con los que el nuestro no ha concluido tratados para evitar la doble tributación; en consecuencia, la tasa de retención es del 15%. Esta situación motivó al Ejecutivo a proponer que la tasa del 4.9% se aplique a países con los que México ya ha suscrito tratados fiscales, aun cuando no se encuentren en vigor, medida que será retroactiva siempre que se hubiese retenido la tasa del 15%.

Por tal motivo la dictaminadora propuso extender el beneficio a residentes en países miembros de la Organización para la Cooperación en Desarrollo Económico, me refiero a la europea; países con los que se realiza nuestro mayor intercambio y comercial. Adicionalmente propuse la aplicación retroactiva de la tasa del 4.9% aun cuando la retención hubiese sido menor al 15%, siempre que sean cubiertos la actualización y los recargos correspondientes.

En materia del impuesto al activo, las reformas propuestas tienen como propósito fundamental atender a la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a que dicho gravamen se ajuste a los principios de equidad; el dictamen nos precisa que las modificaciones propuestas a la Ley del Activo adecúa los regímenes aplicables al sistema financiero y al otorgamiento por parte de personas físicas del uso o goce temporal de bienes de los contribuyentes de este impuesto.

Antes de abordar en forma específica estos dos importantes aspectos de la propuesta, parecería conveniente destacar algunos rasgos característicos de este impuesto desde su creación.

El impuesto al activo se introdujo en el año de 1989, como un gravamen de control que beneficie la recaudación fiscal, al propiciar el pago de impuestos por parte de empresas que no declararon utilidades fiscales en forma persistente.

Resultado de la aplicación de este impuesto fue que del 70% de empresas que reportaron pérdidas fiscales, ahora se registra solamente el 35% y ello debido a la crisis económica que vive nuestro país.

Este impuesto permitía disminuir la evasión, así como la tasa del impuesto sobre la renta a las empresas, del 39% en 1988, al 34% en 1995.

En el transcurso de estos años se han adoptado medidas para dotar de flexibilidad a este impuesto y dirigirlo con mayor eficacia a las empresas evasoras. Esta flexibilidad ha permitido que no se vean afectadas empresas que realicen inversiones de larga duración y que presentan periodos de escasa liquidez, la tasa del impuesto se redujo del 2% al 1.8%.

Las nuevas empresas no pagan el impuesto en el período preoperativo, o sea en el inicio de operaciones y los dos años siguientes.

Se adecuó el régimen del impuesto a la industria naviera, hotelera y de aerotransporte. El impuesto es complementario al impuesto sobre la renta. Este último puede acreditarse contra el impuesto al activo, es decir, es deducible.

Lo anterior, compañeros diputados, bastaría como muestra de la gran dinámica que ha experimentado este impuesto.

Por lo que toca al sistema financiero desde la vigencia del impuesto al activo, ha estado exento. Ello se explicó porque una parte considerable de sus activos están representados por recursos del público inversionista o ahorrador, mismo que debe de ser grabado y así se precisa en el dictamen, daría lugar a una doble tributación, pues se trata de recursos que se colocan en actividades productivas, que están invertidas en activos, que ya pagaron dicho impuesto.

En la exposición de motivos de la iniciativa del Ejecutivo Federal, que remitió a fines del año de 1988, se decía que igualmente se excluyen de este impuesto las instituciones de crédito, sociedades de inversión y sociedades cooperativas, en virtud de que las primeras operan con ahorro captado del público y con depósitos efectuados por el mismo, por lo que difícilmente podría medir con exactitud el activo neto, afecto a sus actividades empresariales y porque en el caso de las segundas no son contribuyentes al impuesto sobre la renta.

Sin embargo la Suprema Corte de Justicia de la Nación, señaló recientemente que dicha exención transgrede el principio constitucional de equidad tributaria, en virtud de que las mismas poseen activos propios. Lo anterior fue con toda razón.

Afectos a estas actividades empresariales y por tanto deberán estar sujetos a dicho gravamen, la Suprema Corte concluyó que la exención mencionada resulta un trato desigual entre iguales.

Ante esta situación, se propone que el sistema financiero pague el impuesto al activo de los términos siguientes: el gravamen se aplicará a los activos no afectos a su intermediación financiera. Se podrán deducir las deudas contraídas para la adquisición de los activos gravados y se dejarán exentos los activos adjudicados, dado que legalmente el sistema financiero no los puede preservar en propiedad.

Por lo que respecta a las personas físicas en actividades empresariales que otorguen el uso o goce temporal de bienes, se propone que la base gravable conforme a la cual se determina el impuesto actualmente, definida en el reglamento, se eleve a nivel de ley, cumpliendo así con el principio de legalidad contenido en nuestra Constitución.

Adicionalmente se señala que el objeto del impuesto son los activos fijos y terrenos por los cuales las personas físicas obtienen ingresos gravados por el impuesto sobre la renta.

Se proponen otras dos modificaciones a la Ley del Impuesto al Activo.

La primera, para otorgar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes, es la opción de pagar el gravamen actualizándolo al cuarto ejercicio inmediato anterior; la segunda, para perfeccionar el régimen fiscal en materia de escisión y fusión de sociedades, el cual se refiere a que sea la descendente la que se escinde, la que acredite contra el impuesto la totalidad de los pagos provisionales realizados con anterioridad a la escisión.

En cuanto a la reforma a la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, establece el tratamiento fiscal que estará sujeta a la enajenación y a la importación de nuevos tipos de gasolina y diesel y la manera en que habrá de pagarse dicho impuesto especial, independiententemente del tipo de gasolina o diesel que se aplique.

En lo que se refiere a la Ley Federal de Derechos, adecúa los preceptos que establecen los derechos relativos a los servicios que proporcionan las secretarías de Comunicaciones y Transportes y de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, así como elimina aquellos derechos que se causan por servicios que dejarán de proporcionarse.

Que los servicios que se proporcionaban por la Secretaría de Desarrollo Social y por los que se causan los derechos de zona marítimoterrestre, de flora y de fauna silvestre, de impacto ambiental y de prevención y control de la contaminación, se incorpora en el artículo correspondiente a la Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, de conformidad con la ley que rige a las secretarías de Estado.

Se propone así mismo precisar los servicios por los que se causan derechos y que proporciona la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en materia de certificación fitosanitaria de empresas dedicadas a la explotación, elaboración, mezclado, acondicionamiento y envasado de plaguicidad agrícolas por los que se deben pagar los derechos mencionados.

Por todo lo anterior y valido del análisis y evaluación desarrollados en el seno de la comisión, ésta considera valederos los argumentos largamente discutidos, por lo cual espera el voto favorable de ustedes compañeros legisladores.

Muchas gracias.

La Presidenta:

En consecuencia está a discusión en lo general...

Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general, los siguientes oradores:

Para fijar posición, Joaquín Vela González, del Partido del Trabajo; Raúl Livas Vera, del Partido de la Revolución Democrática; Manuel Berinstáin, del Partido Acción Nacional y José Rosas Aispuro Torres, del Partido Revolucionario Institucional.

En el uso de la palabra el diputado Joaquín Vela González.

El diputado Joaquín Humberto Vela González:

Gracias, señora Presidenta; compañeros diputados:

El paquete de reformas a la legislación fiscal, enviado por el Poder Ejecutivo, contiene como es común, propuestas de muy diversa naturaleza e importancia, entre las que destaca el intento gubernamental por tomar en cuenta la reciente jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el impuesto al activo.

Las propuestas más importantes del nuevo paquete son las siguientes reformas ya mencionadas a la Ley del Impuesto al Activo y a la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Reformas del impuesto al activo.

El proyecto de reforma contiene dos modificaciones de fondo referentes a las sociedades de crédito y arrendamiento temporal de bienes por personas físicas, tendientes ambas a adecuar la Ley del Impuesto al Activo a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia.

En lo que se refiere al régimen de las sociedades financieras, la propuesta referida trata de resolver la exclusión de las sociedades de crédito del conjunto de las personas morales obligadas al pago del impuesto y mantienen la vigencia general de la ley tras la resolución de este punto emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Cabe aquí considerar dos cosas.

Primero. En el primer caso la inclusión de las entidades financieras dentro del régimen general del impuesto mediante la reforma al artículo 1o. tercer párrafo y 5o. inciso B y la derogación de la fracción II del artículo 5o. planteamos que tenemos que observar dos elementos.

Como mi partido ha señalado aquí claramente, nosotros consideramos que el problema fundamental que en un momento dado encontró el Estado mexicano es los niveles de captación que realizaba, que no resultaban de una eficiencia importante. Por ello inventaron, se sacaron de la manga la Ley del Impuesto al Activo, situación que hoy debiéramos razonar de nueva cuenta, como ha sido la petición de muchos diputados de las más diversas fracciones, porque considerando la magnitud y el alcance de la crisis productiva que hoy tenemos, debiera con cuidado revisarse cuál ha sido el impacto en esa crisis del famoso impuesto al activo.

Efectivamente no existe ninguna razón para que las sociedades de crédito estén exentas de este pago, si la medida fue general y a todos los que se dedican a la actividad productiva se les está aplicando ese impuesto, el hecho de que estuvieran ausentes las sociedades de crédito significa un problema importante, pero en lugar de razonar y de buscar un mecanismo a través del cual se resuelva ese problema, que tiene incluso características legales muy importantes, la resolución termina por incluir entonces al sector que se encontraba fuera.

El razonamiento que debemos expresar es muy claro. En general en el Partido del Trabajo estamos en contra del impuesto al activo. Hay un problema nuevo, porque si estando en contra del impuesto al activo, ahora resulta que una irregularidad que ya estaba planteada desde antes, al estar excluidas las sociedades de crédito y no formar parte del conjunto las personas morales que pagaban ese impuesto, resulta totalmente ilógico manifestarnos en contra de que se les incluya.

El problema no es que se les incluya o no en este momento, el problema es en sí mismo el concepto del impuesto al activo, situación que nos presenta esa complejidad. O estamos de acuerdo en que se incluya también a las sociedades de crédito, pero a nivel general nos manifestamos en contra del impuesto como elemento de carácter normativo general.

Aquí hay esta dificultad, la queremos plantear claramente y queremos ser muy puntuales y muy precisos en el razonamiento. Nuestro partido no está de acuerdo en el impuesto al activo.

Tampoco consideramos que es correcto que se excluya a las sociedades de crédito, pero tenemos que encontrar un mecanismo en que el problema no sea el razonamiento que hace Hacienda en este caso. Bueno, como estaban afuera, seguramente no es ninguna novedad, ellos sabían y tenían una orientación precisa de que estas sociedades de crédito no pagarán ese impuesto al activo. Bueno, ahora lo incluyen. Está bien, se incluye, pero el problema sigue siendo la visión global y la visión global es que nosotros como partidos seguimos estando en desacuerdo con el impuesto al activo.

Sin duda, el problema entonces rebasa lo que es la modificación precisa actual. Nos tenemos que manifestar en contra de que se les incluya y que paguen el impuesto al activo y que tengan un régimen de excepción. Resulta inconsistente señalarlo así, finalmente porque si las sociedades de crédito forman parte del universo total de las personas morales, digamos y además tienen incluso otro carácter, por su carácter financiero, por su carácter bancario específico, no son de las actividades productivas que en el país estén ubicadas dentro de la esfera productiva que es, desde nuestro punto de vista, las que debieran tener las mejores condiciones para poder sacar al país de la crisis.

No va a ser, y lo quiero reiterar, una visión global que hemos señalado permanentemente en esta tribuna, no vamos a encontrar la salida a la crisis económica mexicana, solamente ideando mecanismos financieros. Si no encontramos mecanismos que verdaderamente afecten y generen condiciones en el ámbito productivo, por más magos que pueda encontrar Hacienda, encontrando formas de mejores mecanismos de operación a los organismos financieros, no va a encontrar de ninguna manera salida a la crisis.

Tenemos, en consecuencia, que pensar en esta lógica del impuesto al activo, más en las instancias de carácter productivo que en las instancias de carácter financiero.

Creemos entonces que debiera plantearse una legislación en la que todas aquellas empresas que tengan una actividad preponderante o claramente orientada en el ámbito productivo, debiera darse un mecanismo para que no pagaran ese impuesto al activo y en todo caso actividades financieras que tienen ganancias lo pudieran hacer.

El problema entonces es un problema de concepción de cómo aplicar los impuestos, en lugar de estar aplicando ese tipo de impuestos fijos, debiera hacerse un mecanismo a través del cual se gravaran las ganancias de manera específica, es decir, todos aquellos sectores que estén ganando más, van a pagar más impuestos y nos dejamos de estar pensando en impuestos arbitrarios como este del impuesto al activo.

Nuestra propuesta en consecuencia sería no pensar en mecanismos, como razona Hacienda en la propuesta que se nos presenta, sino que pensáramos en un mecanismo verdadero, real, en donde se gravaran las ganancias de los empresarios. Evidentemente, en consecuencia, este mecanismo finalmente no es más que un parche para poder captar nuevos recursos a Hacienda, como lo fue en su momento, cuando se hizo la emisión de aquel famoso impuesto al activo, es decir, donde finalmente lo que se escondía era la incapacidad de hacer una captación suficiente y adecuada y entonces se buscaba establecer formas en las cuales se pudiera hacer una captación mayor pero con condiciones y en condiciones arbitrarias.

Nosotros manifestamos en consecuencia porque se piense de una manera diferente, que se piense en establecer formas modernas, formas más adecuadas que implicarían un cambio en la perspectiva global de la legislación, en donde se gravara más de manera clara y específica las ganancias. Y no en la forma en la que ha venido sucediendo y lo hemos dicho cuando se presenta la Ley de Ingresos, una lógica más bien que tienda a soportarse sobre los impuestos indirectos y no los impuestos directos.

No es y no puede ser equitativa una ley que se plantea, como la Ley del Impuesto al Activo de manera general y se dejan posibilidades tan importantes, como un gravamen, efectivamente moderno, nuevo, que grave esas ganancias.

En segundo lugar y con respecto a las reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se proponen dos tipos de reformas, la primera se refiere al incremento de las bonificaciones fiscales para los trabajadores que perciben entre uno y tres salarios mínimos.

Sobre este aspecto, nosotros hemos sido claros y precisos. Nosotros pensamos que sin decir que no es positivo, aunque representa un porcentaje verdaderamente ridículo para algún trabajador que percibe este salario y sin dejar de reconocer que sí es un sacrificio fiscal, la verdad es que ese sacrificio fiscal distribuido en cualquier trabajador resulta verdaderamente ridículo.

Nosotros hemos dicho aquí que deberíamos pensar en exentar de pago de impuestos a trabajadores que perciban hasta cinco salarios mínimos:

Tercero, no podemos decir, bueno, pues estamos en contra pero nos parece verdaderamente insuficiente, todo mundo conoce el deterioro del salario, cuál ha sido su evolución y las implicaciones que tiene para la reproducción de los trabajadores y sus familias, sus condiciones de vida.

Efectivamente aunque sea pequeño, ya decía aquí la semana pasada nuestro compañero diputado Eduardo Guzmán, que ese aumento del 10% al 12%, pues finalmente para un trabajador representaba 35 centavos el día. Es muy poco, no podemos decir que malo, finalmente pues 35 centavos al trabajador en algo le ayudan, pero sí queremos dejar claro que nos parece totalmente insuficiente.

En el caso ahora de aumentar de dos a tres salarios la exención, pues nos parece más o menos una medida de la misma magnitud, del mismo impacto. Estamos de acuerdo, pero nos parece totalmente insuficiente y no creemos que resuelva de fondo los problemas que se plantean como elemento central.

El segundo punto se refiere al gravamen que se tendría de los intereses propiamente dichos del conjunto de las ganancias financieras obtenidas por agentes extranjeros, incluidas las derivadas de la especulación bancaria y bursátil. O sea que es un punto directamente vinculado con un aspecto fundamental del tema de las ganancias bursátiles.

Bueno, aquí hemos planteado también, con mucha anticipación, la opinión de que nosotros pensamos que deberían ser gravadas las ganancias que obtienen los agentes que juegan en la bolsa de valores y que tienen ganancias importantes.

Se nos ha contestado que hay un efecto de que como ya las empresas ganaron y sobre lo que ganaron pagaron impuestos, finalmente alguien que realiza compra de acciones en la bolsa de valores pues estaría pagando un doble impuesto y que tendría efectos compensatorios que en algunos casos se les tendría que cobrar impuestos, pero en otros casos tendrían que devolverse.

Y entonces hay una negativa a gravar las ganancias bursátiles. Sin embargo, en esto se está planteando un punto muy concreto, es decir, cómo si estarían sujetos a gravamen las ganancias obtenidas por agentes financieros que tienen ganancias en el exterior. Nos parece insuficiente, pero es una medida que tendría que hacerse.

Finalmente y con esto concluyo, quisiéramos hacer un señalamiento que se refiere a uno de los artículos transitorios y que se refiere a la retroactividad. Se plantea que para el caso de las ganancias bursátiles sea a partir del 1o. de enero y el beneficio para los trabajadores sea a partir del 1o. de abril. La pregunta muy concreta es: ¿por qué no se plantea también para los trabajadores a partir del 1o. de enero? ¿Cuál es la razón?

Aquí el carácter de la gente que realizó la propuesta y el dictamen hasta en aspectos que aparentemente serían de forma, más o menos nos permiten percibir cuál es el carácter y la concepción que tienen; es decir, en el caso del beneficio del capital financiero sí tiene efecto retroactivo al 1o. de enero y para los trabajadores apenas estaría siendo aprobado para el 1o. de abril. Nuestra opinión es que debiera ser este beneficio para los trabajadores también, cuando menos a la misma fecha del 1o. de enero.

Muchas gracias.

La Presidenta:

En consecuencia, tiene la palabra el diputado Raúl Livas Vera, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Raúl Alejandro Livas Vera:

Con su venia, señora Presidenta; compañeros diputados:

En esta ocasión nosotros venimos a manifestar nuestra posición en torno a estas propuestas y señalar las inconsistencias respecto a un planteamiento reiterado por nuestra parte en el sentido de hacer modificaciones a fondo y no estar trabajando constantemente con parches a la legislación que no resuelven definitivamente los problemas.

En el caso del impuesto al activo, como ya se ha señalado, nuestro programa desde el principio, desde que lo manejó el Partido de la Revolución Democrática y que incluso fue parte de nuestro programa de campaña en el año de 1994, señalamos la improcedencia del mismo y la inconstitucionalidad de la existencia de este tipo de impuesto. Por esta razón, nos manifestamos en contra. Nos manifestamos en contra aun cuando reconocemos que existen visos de equidad en el sentido de tratar de incorporar, con base en los resultados de la jurisprudencia 10 y 11 de 1996, la necesidad de poder gravar a estas empresas y en particular a las instituciones financieras que una vez más notamos que se ponen en una situación de privilegio.

Por esta razón, nosotros queremos aclarar que no es que estemos en contra de que se grave las utilidades o que se grave en busca de la equidad al sector financiero. Estamos conscientes de que cualquier medida encaminada precisamente a buscar una mayor equidad y justicia como parte de los principios de la tributación, es procedente; pero con lo que no podemos definitivamente estar de acuerdo, es que una vez más aquí se maneje una modificación de tipo impositivo con la que nosotros estamos en contra y que incluso el Gobierno Federal como una excepción para el presente año ha declarado como suspensorio este impuesto para las empresas pequeñas y medianas.

Nosotros pensamos que este impuesto no debe de existir y por lo tanto con la salvedad señalada previamente, nos manifestamos en contra.

En el caso de las ganancias bursátiles, nosotros también nos manifestamos en contra en lo general, por una razón muy simple. Si bien consideramos que deben de gravarse las ganancias bursátiles y que existe un falso dilema en el sentido de que se trata de una doble tributación puesto que se están cobrando impuestos sobre ingresos ya gravados previamente, queremos señalar que este gravamen previo obedece a un origen diferente de las utilidades y que en ese sentido deberíamos nosotros de establecer una modificación para que la ley impositiva fuera mucho más simple, más sencilla y las ganancias en general fueran gravadas.

Las utilidades derivadas por parte de la operación empresarial incluyendo aquellas que se deriven de única y exclusivamente la especulación. Pero también queremos llamar la atención en un aspecto especial: nuestro programa también ha reiterado la necesidad de quitar el aspecto especulativo que tienen las ganancias de capital. Y lo introductivo obviamente no puede ser apoyado por nosotros y en ese sentido hemos reiterado la necesidad de llevar a cabo un gravamen especial a las ganancias de capital porque este tipo de ganancias únicamente fomentan el tipo de economía casino tan reiteradamente discutido en esta tribuna. Contra eso estamos en contra. Pero no pensamos que este tipo de arreglos, como señalaba previamente, sean un mecanismo de solución.

Y precisamente para ser congruentes con la demanda de tener reformas integrales y no tanto parche, como fue el planteamiento hecho en este caso, pues también votaremos en contra.

Por último, en el caso de la modificación a la Ley del Impuesto Sobre la Renta para poder exentar hasta tres salarios mínimos, repetimos que desde esta tribuna señalamos que esta reforma era definitivamente insuficiente.

Hemos planteado la necesidad y la conveniencia de efectuar una desgravación de los salarios mínimos, de un mínimo de cinco salarios. Y ¿por qué cinco salarios?, nosotros señalamos que esto era una cuestión de elemental justicia.

El poder adquisitivo del salario mínimo más alto, en el momento en que la economía de México crecía, corresponde al año de 1977. El poder adquisitivo de una salario mínimo de 1977 es el equivalente a cinco salarios mínimos el día de hoy. Por esa razón nosotros señalamos que esta medida es definitivamente insuficiente. Ya se han señalado previamente a cuánto equivale y la imposibilidad de que esto sea un mecanismo de recuperación en un momento en que la economía lo está pidiendo a gritos.

Estamos por no nada más la exención del salario, también de cinco salarios mínimos, sino también de la necesidad de no manejar una política en la cual se otorga un crédito fiscal que mañosamente hace ver una preocupación del Gobierno por los que ganan menos.

Este crédito fiscal equivale definitivamente a menos de los 36 centavos que se hablaba previamente, diarios. Este crédito fiscal por otro lado, únicamente lo pueden otorgar aquellas empresas que llevan una adecuada contabilidad y deja fuera todo el mar de empresas pequeñas y microempresas y todas las que están sujetas al régimen fiscal simplificado, porque no van a otorgar este crédito fiscal y no lo han venido otorgando.

Y no hay manera tampoco de que la autoridad fiscal pueda supervisar la aplicación de este crédito fiscal. Por si esto fuera poco, esto desvirtúa también la claridad del manejo de una política fiscal adecuada, puesto que este crédito fiscal a final de cuentas va a recaer sobre los ingresos gubernamentales que son pagados fundamentalmente por los causantes cautivos. Es decir, es una transferencia de unos trabajadores que están menos pobres a otros que están todavía más pobres. En ese sentido no podemos estar de acuerdo con este tipo de política y aprovechamos la oportunidad para reiterar la necesidad de modificar la política salarial, más ahora que hemos señalado cómo este año se concentra el ingreso, cómo se concentró el año pasado y cómo este tipo de políticas, en buena parte son responsables de la concentración del ingreso, de la disminución del poder de compra y de la disminución del ahorro privado.

Con estos niveles de ingreso y con este tipo de desgravación, es imposible que se fomente el ahorro voluntario y el ahorro interno, como se ha señalado. Lo único que sí podemos señalar, es que de esta manera vamos a seguir con una política de expropiación, más aún porque nosotros hemos señalado la necesidad de modificar la política fiscal para incrementar el tope del impuesto sobre la renta, a un nivel de 40% a niveles que vayan de 100 salarios mínimos en adelante. ¿Por qué? Porque a partir de este momento el impuesto se vuelve regresivo.

Pagan menos los que ganan más, ya que al establecer una tasa fija y mantener un impuesto del 35%, va disminuyendo conforme aumenta el ingreso, el porcentaje que los impuestos más altos están gravados. Y no se recurre a la modificación de haber gravado los impuestos, en valor del poder adquisitivo de los salarios mínimos, que como señalábamos, tienen que ser de cinco salarios.

Esto pone en evidencia que durante los últimos 15 años los que ganan menos han venido pagando más impuestos y los que ganan más, han venido pagando cada vez menos. Esto es, está tipificado como la experiencia regresiva más notoria en materia tributaria. Esto es lo que en la vernácula popular ha dado lugar a llamar a que ésta es la política del Hood Robin, quitarle a los pobres para darles a los ricos. Este tipo de política fiscal definitivamente no la podemos aceptar. Por esa razón nosotros hacemos una propuesta de modificación al artículo, a fin de que sea modificado y sea anexada una tabla que voy a dejar aquí en la Secretaría para que sea considerada. Y se propone una redacción alternativa al artículo 10 del dictamen, para que a la letra diga:

"Se reforman los artículos 52-B primero y segundo párrafo, 80 en su tabla y se deroguen los artículos 80-a y 80-b de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue."

Así, pues, dejo en la Secretaría esta propuesta y solicitaré que sea leída en su momento para que sea votada como una propuesta alternativa.

Muchas gracias.

La Presidenta:

En el uso de la palabra, el diputado Manuel Beristáin, del Partido Acción Nacional.

El diputado Manuel Beristáin Gómez:

Gracias, señora Presidenta; señoras y señores diputados:

Con referencia a la iniciativa que el día de hoy se presenta a discusión a este pleno, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, de esta LVI Legislatura, por mi conducto hace las siguientes observaciones y planteamientos.

Con referencia a las modificaciones propuestas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta y en lo particular a lo señalado en el segundo párrafo de la exposición de motivos, se menciona lo siguiente:

"El incremento en la modificación fiscal tendría como resultado, adicionalmente, que los ingresos de los trabajadores con percepciones de hasta tres veces el salario mínimo general, quedaran totalmente desgravados."

Esta aseveración es totalmente falsa, ya que haciendo el cálculo con la tabla anterior, las percepciones de hasta tres salarios mínimos generales, ya estaban totalmente desgravados. Por lo tanto, carece de sentido que forme parte de la exposición de motivos que fundamenta el dictamen en discusión.

En lo particular se harán señalamientos concretos, en el cálculo del por qué señalamos esta falsedad.

La severa crísis económica que ha sufrido nuestro país, en particular ha lesionado gravemente el poder adquisitivo de los trabajadores, independientemente de la liberación de los precios a la tortilla, a la leche y el haber incrementado los precios al gas doméstico, al consumo de energía eléctrica y sobre todo, lo más grave, a los bienes de la canasta básica, que como consecuencia de la inflación ha movido sus precios a los consumidores y sobre todo en bienes de canasta básica. Esto termina por lesionar, al igual que otros factores, el poder adquisitivo de los trabajadores.

Estamos seguros que la modificación propuesta en este dictamen a las tablas de los artículos 80-B y 81, no representan un beneficio suficiente. A todas luces se señala y lo señalamos en esta tribuna como insuficiente y que de ninguna manera cubre la pérdida del poder adquisitivo de los trabajadores afectada en forma permanente por la inflación, ni siquiera de los últimos meses de este mismo año.

En este sentido y precisamente por la insuficiencia de beneficios para fortalecer el poder adquisitivo a los salarios de los trabajadores, estamos proponiendo el día de hoy una adición o que se inserte en el dictamen una adición a un artículo transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, el cual al término de mi intervención dejaré a la Secretaría para que se le dé el trámite correspondiente. Dicha propuesta de adición, contiene lo siguiente:

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 58 y 135 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, proponemos la siguiente adición dentro del dictamen que modifica a las diversas de los impuestos Sobre la Renta, al Activo, Especial Sobre Producción y Servicios y Federal de Derechos.

La propuesta es que se agregue al artículo séptimo transitorio de las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para el Ejercicio Fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1996, una fracción más, que sería la fracción X y que en su contenido diría lo siguiente:

"Artículo séptimo transitorio, fracción X. Los contribuyentes del Título Cuarto de esta ley que durante 1996 obtengan ingresos hasta por cinco salarios mínimos del área económica a que correspondan, estarán exentos del pago de dicho impuesto, sin perjuicio de los beneficios relativos del crédito al salario establecidos en los artículos 80B y 81 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta." Esta propuesta, al finalizar mi intervención, la dejaré en la Secretaría para que me firme de recibido y le dé el trámite correspondiente.

En relación a la fracción III del artículo segundo transitorio, se establecen beneficios sobre la causación del impuesto sobre la renta por intereses pagados a instituciones de crédito del extranjero establecidos en aquellos países con los que se encuentre firmado el tratado o se encuentre en vigor este tratado para evitar la doble tributación. Nos parece que esta propuesta es positiva, pero insuficiente.

Hoy, sobre todo, nuestro país requiere de mayor capitalización de recursos financieros y es práctica internacional que quienes pagan intereses sobre créditos del exterior absorban los impuestos de referencia, independientemente de que tengan posibilidad de su acreditamiento, por lo que en conocimiento de que diversas instituciones de crédito en países con los cuales se han celebrado tratados, no otorguen el crédito o los recursos que se requieran para la reactivación económica de nuestro país y que soliciten diversos sectores empresariales, a éstos los van a obligar a recurrir con proveedores y acreedores diversos para allegarse de dichos recursos financieros, donde por su propia naturaleza el financiamiento es más caro y más aún, donde los impuestos a retener son del 15% de quienes dicho tratado esté en vigor de acuerdo a la disposición actual y 35% para aquellos países donde no existan tratados para evitar la doble tributación y podemos señalar casos concretos donde no existen tratados para evitar esta doble tributación como es el caso de Japón y Chile, son situaciones reales y que pensamos que es insuficiente el alcance de esta modificación.

Por lo tanto proponemos, que para evitar esta insuficiencia, todos los intereses pagados al exterior y por la transitoriedad para el ejercicio fiscal de 1996 debieran estar sujetos a la retención del impuesto sobre la renta del 4.9%, exista o no tratado sobre todo para beneficiar que las empresas puedan allegarse de recursos del exterior y comenzar a reactivar la economía nacional que tanto necesita dichos recursos.

Con referencia a las modificaciones que contiene el dictamen a discusión el día de hoy, en las modificaciones a la Ley del Impuesto al Activo es necesario hacer precisiones que en reiteradas ocasiones, aquí mismo, hemos señalado. El grupo parlamentario de Acción Nacional de esta LVI Legislatura, presentó una iniciativa para abrogar dicha ley en el primer periodo de sesiones del primer año. Hemos dicho en diferentes momentos que este impuesto grava al capital de las empresas y con las condiciones económicas actuales que ha obligado a las empresas a un endeudamiento superior a sus propios proyectos financieros, hoy existen activos totalmente financiados por la banca y que todavía aplicarles un impuesto a esos activos equivale prácticamente a gravar los adeudos de la mayoría de las empresas que hoy tienen graves problemas de liquidez y una ley así no va a ayudar a resolver este grave problema de liquidez de la mayor parte de las empresas.

Si bien es cierto que ese impuesto cumplió con su finalidad de evitar la evasión fiscal, hoy por las condiciones económicas totalmente diferentes cuando se creó este impuesto, deja de ser vigente porque no nada más, repito, grave al capital de las empresas, sino a las deudas de dichas empresas ya que activos casi en su totalidad están representados por sus pasivos financiados o comprometidos con las instituciones de crédito nacionales o extranjeras; esto es un obstáculo más para el desarrollo de la empresa nacional y no ayuda nada a la reactivación de nuestra economía.

Es importante que hoy tenemos conciencia que la micro, pequeña, mediana y gran empresas no necesitan modificaciones parciales a una ley que ya no funciona, necesita que esta ley se abrogue y que esta ley que tuvo su función en su momento y que hoy representa independientemente de una carga fiscal adicional, hoy representa un gasto administrativo y se va incrementando a los costos de los bienes o servicios que muchas empresas ofrecen; por lo tanto repercute en los precios en el mercado.

Nuevamente señalamos que la Ley del Impuesto al Activo debe ser abrogada, no podemos estar de acuerdo en una modificación parcial a esta misma ley.

Por otro lado, por si fuera poco, dentro de las modificaciones a esta Ley del Impuesto al Activo rompe con un principio de igualdad porque distingue entre los activos financieros de las instituciones de crédito o del grupo de empresas en general, esta distinción rompe ese principio de igualdad que en lo particular agotaremos en esta misma tribuna el debate para demostrar los efectos negativos de esta disposición.

Por esto mismo no podemos estar de acuerdo en el dictamen y el grupo parlamentario de Acción Nacional por mi conducto emite su voto en contra de este dictamen.

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Ismael Alfredo Hernández Deras, del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Ismael Alfredo Hernández Deras:

Con su permiso, compañera Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

La fracción parlamentaria a la que pertenezco, se pronuncia a favor de la iniciativa de ley que modifica diversas disposiciones fiscales.

Conscientes de que en esta materia no existe una reforma definitiva que resuelva de una vez por todas los problemas de tributación, ya que las condiciones económicas del país nos obligan a realizar cambios graduales pero tendientes siempre a dar vigencia plena a los principios de equidad y proporcionalidad establecidos en el texto de la Constitución.

Sería irresponsable hacer compromisos para beneficiar más allá de las posibilidades financieras del Estado a los trabajadores, ya que esto acarrearía fuertes desequilibrios en el sistema que provocaría su imbiabilidad y la imposibilidad de dar cumplimiento a los mismos. Por esta razón debe reconocerse el esfuerzo para bonificar a todas aquellas personas que perciban hasta tres salarios mínimos con un 3% adicional.

Este esfuerzo es fiel reflejo del cumplimiento del titular del Ejecutivo a los compromisos asumidos en el seno de la Alianza para la Recuperación Económica donde los representantes de los distintos sectores de la sociedad asumieron la obligación de mejorar las condiciones de vida de los trabajadores, correspondiendo al sector público hacerlo a través de la política fiscal; en consecuencia, reconociendo que el esfuerzo que realizara el Gobierno no resolvería de fondo los problemas económicos de los trabajadores, es una propuesta, esta realista, además, ajustada a las condiciones materiales del país.

Congruente con el principio de equidad y proporcionalidad, la iniciativa propone ampliar el número de contribuyentes, considerando como sujeto del impuesto al activo, de las empresas a las instituciones que conforman el sector financiero; con ello se eliminan privilegios y se logra una distribución equitativa de la carga fiscal.

En efecto, la finalidad genérica de la ley, de la iniciativa de ley que modifica las diversas de los impuestos Sobre la Renta, al Activo, Especial Sobre Producción y Servicios y Federal de Derechos, es la de contribuir a fortalecer la estrategia para estabilizar la economía mexicana y promover el crecimiento económico mediante el fortalecimiento de las finanzas públicas.

El propósito fundamental de la iniciativa es pues adecuar los ordenamientos legales para actualizar los principios constitucionales que rigen en materia tributaria de equidad y proporcionalidad, atendiendo las condiciones de los contribuyentes que por específicas se convierten en complejas y obligan a las autoridades a una revisión constante de las leyes fiscales para determinar el apego a los referidos principios.

En la iniciativa se reconoce la autoridad de las decisiones del máximo tribunal del Poder Judicial Federal, toda vez que en ella se proporcionan diversas reformas a la Ley del Impuesto al Activo, para adecuar el texto de ésta a los criterios contenidos en la tesis de jurisprudencia sustentada recientemente por la Suprema Corte de Justicia.

En la iniciativa sobresale la propuesta para beneficiar a los trabajadores con ingresos de hasta tres salarios mínimos, a través del incremento al monto de la bonificación fiscal, situación que incide, en el caso de aprobarse la iniciativa, en una mayor desgravación del impuesto sobre la renta.

Ley del Impuesto Sobre la Renta. Incremento en la bonificación fiscal de los asalariados.

La propuesta del Ejecutivo Federal contenida en la iniciativa para modificar el régimen aplicable al impuesto sobre la renta de las personas físicas asalariadas, beneficiará de manera importante a un sector amplio de la sociedad, integrado por los trabajadores de menos ingresos. Los beneficios de la iniciativa en este aspecto son palpables, por pretender compensar el poder adquisitivo de dicho sector.

Además, estos beneficios se extenderían al 70% de los asalariados, es decir, a 9.4 millones de trabajadores que no pagarían impuesto sobre la renta por el producto de su trabajo.

Consecuente con lo anterior, la iniciativa propone modificar los artículos 80-B y el 81 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para incrementar el ingreso disponible de los trabajadores con ingresos entre uno y tres salarios mínimos, a través del mecanismo de bonificación fiscal. Dicho incremento sería del 3% para los trabajadores con ingresos de un salario mínimo y decrecería gradualmente conforme aumente el ingreso.

Intereses pagados a establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país.

Con la finalidad de dar vigencia al principio de equidad y proporcionalidad, en la tasa de retención aplicable a los establecimientos en el extranjero de las instituciones de crédito mexicanas, sobre los intereses percibidos por el capital que coloquen o inviertan en el país donde operen, la iniciativa propone aplicar la tasa de retención del 4.9% a los establecimientos en el extranjero de las instituciones de crédito del país, independientemente del lugar donde se ubiquen. Lo anterior, porque la tasa de retención del 4.9% se aplica solamente a los establecimientos mencionados, cuando están situados en países con los que México tiene en vigor un tratado para evitar la doble tributación. Esto coloca en una situación de desventaja a las sucursales ubicadas en otros países con los que México no tiene dicho tipo de convenios, a los que se les aplica una tasa de retención del 15%.

Para superar esta desventaja y dar plena vigencia al principio de equidad y proporcionalidad, la iniciativa propone reformar las diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta contenidas en el artículo 52-B.

La Comisión de Hacienda y Crédito Público, en su dictamen ha expresado los aspectos positivos de la propuesta, pero también externó la conveniencia de adicionar un párrafo para determinarse en la ley que la retroactividad referida en la iniciativa, se aplique también a las instituciones que estuvieron sujetas a una retención menor en el periodo del 1o. de enero a la fecha de entrada en vigor la ley, beneficiándose de la tasa del 4.9%, siempre que cubran al fisco la actualización y los recargos correspondientes en caso de no haber enterado su impuesto conforme los términos de la ley.

Intereses pagados a residentes en el extranjero.

La iniciativa propone disminuir el porcentaje de retención del impuesto por intereses pagados a residentes en el extranjero, limitando este beneficio a los que vivan en países con los que México se encuentra negociando un tratado para evitar la doble tributación en esta materia.

La reforma fiscal aprobada por este honorable Congreso de la Unión en 1995, estableció una tasa de retención del 4.9% en el caso de intereses pagados a residentes en el extranjero de países con los que México tiene tratados vigentes para evitar también así la doble tributación.

Por ese motivo la comisión dictaminadora propone adecuar la iniciativa para facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a publicar la relación de países a los que se extenderá el referido tratamiento.

Asimismo considera que el beneficio de la retroactividad debe aplicarse no sólo como lo propone la iniciativa a aquellos residentes en el extranjero que estuvieron en una retención del 15%, sino también a los que se les retuvo un impuesto menor siempre que estos últimos cubran al erario la actualización y los recargos correspondientes por no haber enterado el impuesto a la tasa que señala el texto legal.

Ley del Impuesto al Activo. Con la finalidad de que la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas cumpla con los principios de equidad y proporcionalidad que establece la Constitución, la iniciativa propone modificar diversas disposiciones, atendiendo el contenido de los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. De manera principal se pretende corregir la disposición contenida en la fracción II del artículo 6o. del ordenamiento legal, que en su texto vigente no considera sujetos del impuesto a las empresas que componen el sistema financiero.

Para eliminar esa exención, ya que esas empresas cuentan con activos destinados a actividades empresariales y no existe razón para que persista el régimen de excepción después del criterio del máximo tribunal. Además, la iniciativa propone la adición de un artículo 5o-B y ajustes al artículo 1o. y 6o. fracción V y su penúltimo párrafo, para precisar así la base gravable considerando la obligación de las instituciones de crédito al pago del impuesto al activo por aquellos activos que no provienen de su intermediación financiera, considerándose como tales a sus activos sus terrenos, sus gastos y cargos diferidos que no garanticen obligaciones con terceros resultantes del desarrollo de su actividad de intermediación financiera.

Asimismo se sugiere obligar a las citadas empresas el mismo tratamiento fiscal que actualmente se aplica a los demás contribuyentes de este tributo, para que puedan acreditar el impuesto al activo a su cargo, contra la diferencia entre el impuesto sobre la renta y el impuesto al activo, causados en cada uno de los tres ejercicios anteriores.

Cabe aclarar que la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas considera sujetos de su impuesto a las personas que mantengan activos por 7 millones de pesos, situación que implica que el 90% de las empresas mexicanas no están sujetas a dicho tributo y el 10% restante generalmente no lo cubre, ya que lo puede compensar con el impuesto sobre la renta.

Las ventajas de que prevalezca el impuesto al activo, es el propósito de control que tiene para evitar la evasión y la elusión del impuesto sobre la renta.

Por otro lado, en virtud de que las personas físicas que no realizan actividades empresariales que obligan el uso o goce temporal de bienes a contribuyentes del impuesto que actualmente se encuentran sujetos al pago del mismo, pero sin que en la ley se establezca con claridad la base gravable conforme a lo que debe determinarse este impuesto y definiéndose aquélla actualmente en el reglamento de la ley, la Suprema Corte de Justicia ha determinado que no se cumple con el principio de legalidad fijado en la Constitución.

Para subsanar la omisión mencionada, la iniciativa propone incorporar en la ley los lineamientos que conforman la base gravable de esta contribución, con la finalidad de dar certeza jurídica a las personas físicas que no realicen actividades empresariales y que otorguen el uso a goce temporal de bienes inmuebles a causantes del impuesto al activo.

Finalmente el proyecto propone algunas adecuaciones a disposiciones vinculadas a la operación del impuesto, para determinar la opción de pagar el impuesto al activo realizando el impuesto del cuarto ejercicio inmediato anterior, así como para determinar la posibilidad de realizar pagos provenientes del impuesto al activo en la escisión de sociedad.

Como se advierte, el contenido de la iniciativa tiene la intención de adecuar las disposiciones legales a los principios constitucionales de equidad, proporcionalidad y legalidad y pretende favorecer a un sector muy importante de la sociedad para que no paguen impuestos sobre la renta por el producto de su trabajo.

A través del mecanismo de la bonificación fiscal debemos considerar procedentes las propuestas de la reforma y aprobarlas con las adecuaciones contenidas en el dictamen emitido por la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara de Diputados.

Los miembros de mi fracción parlamentaria de la Comisión de Hacienda y Crédito Público nos permitimos hacer una enmienda al dictamen, como sigue:

En relación a la iniciativa en discusión, se sugiere que en el renglón segundo del primer párrafo de la fracción I del artículo 2o. de las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, quede en intereses exigibles en lugar de intereses pagados.

Esta modificación implica también agregar en el tercer renglón del párrafo segundo. de la fracción III del citado artículo 2o., que corresponda también a intereses exigibles.

En virtud de lo anterior se deja el nuevo texto a la Secretaría.

Gracias.

La Presidenta:

Ha solicitado el uso de la palabra para referirse al dictamen a discusión, el diputado Zeferino Torreblanca Galindo.

El diputado Carlos Zeferino Torreblanca Galindo:

Con su permiso, señora Presidenta:

De los pocos, señoras y señores legisladores que se encuentran en este momento.

El objetivo fundamental del gobierno al instrumentar su política económica debe estar dirigido a mejorar las condiciones de vida de todos los habitantes de la nación y es bajo este criterio como se mide el grado del éxito de las acciones llevadas a cabo por los gobernantes.

Para el caso de nuestro país, durante los últimos años las políticas económicas no sólo han fallado, sino han fracasado, ya que en promedio el nivel de vida de la mayoría de la población no ha mejorado, sino incluso ha empeorado.

La economía mexicana, como ya se ha manifestado aquí por quienes me han precedido en el uso de la palabra, vive el receso más profundo de la época moderna. El producto interno bruto declinó en 6.9% en el año de 1995, fue el mayor retroceso en 63 años después de que se desplomó 14.9% en 1932, año en que se registró una depresión mundial.

El deterioro de las remuneraciones reales de los trabajadores, observados en 1995, no tiene precedentes en la historia reciente de nuestro país; los niveles de desempleo son alarmantes; se ha presentado un cierre masivo de empresas; los índices de la cartera vencida han rebasado con mucho los límites tolerables.

En pocas y resumidas palabras, señoras y señores, tenemos un entorno en el que las empresas, los individuos y el sistema financiero se encuentran severamente dañados en su patrimonio.

Para este primer trimestre de 1996, de acuerdo a los pronósticos, el comportamiento de los principales variables macroeconómicos también será adverso.

Los preciso han acumulado un incremento del 8.35%; se espera una caída del producto interno bruto de alrededor del 3% y el salario mínimo había perdido, hasta marzo pasado, más del 14% de su capacidad real de compra. Todo eso aleja la anhelada recuperación económica.

Es por ello que no encontramos sentido en la actitud conservadora y tibia de la iniciativa que aquí nos ocupa y mucho menos posponer para otra ocasión la profundidad de las reformas en materia fiscal que, parafraseando a Gabriel García Márquez, tal parece que es la crónica de una muerte anunciada.

Una vez más la dictaminadora subraya la necesidad de que en el futuro se puedan fortalecer acciones orientadas al logro de mayores avances en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de simplificación, desgravación y equidad en favor de los trabajadores, consideramos que estas acciones serán tardías para entonces. Es lo mismo que se ha repetido desde el inicio de esta legislatura. La próxima es el año fiscal que trataremos, será en diciembre de 1996, la última que le corresponde a esta legislatura y estoy casi seguro que si se dan reformas profundas serán tardías y no con la necesidad que requiere este país y las empresas en la situación que se encuentran.

La posición del grupo de diputados sobre la Ley que modifica a las diversas de los impuestos Sobre la Renta, al Activo Especial Sobre Producción y Servicios y Federal de Derechos, se centrará en las dos primeras.

En lo que va de la actual legislatura, en diversas ocasiones los distintos grupos parlamentarios de la oposición manifestamos con claridad no sólo el rechazo, sino la inconstitucionalidad del impopular impuesto al activo.

Hoy, sostiene la dictaminadora, se propone reformas a esta ley con el propósito de atender a la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a que la Ley del Impuesto al Activo cumpla con los principios de equidad, de legalidad, que establece nuestra Carta Magna.

Nosotros creemos que estas reformas no sólo se dan para atender por parte del Ejecutivo a la Suprema Corte de Justicia, sino para evitar la cascada de amparos que preparaban los contribuyentes sujetos de este gravamen en fechas próximas.

Por otro lado, consideramos que se sigue privilegiando el sistema financiero mexicano, ya que no se causará el impuesto por los activos afectos a su intermediación financiera.

Nos parece falaz el razonamiento de que las empresas que componen el sistema financiero no deban pagar este impuesto, "por el hecho de sus activos que derivan de las operaciones de intermedicación financiera. Están constituidos fundamentalmente con los recursos captados del gran público en general y que representa su ahorro inversor".

De ser esto cierto, evitar la iniquidad en el impuesto es tan fácil como permitir que los intermediarios financieros disminuyan sus bases a estos pasivos.

Se puede decir que el permitir esta deducción a la base, rompe la simetría fiscal, pues el gran público, como se dice, en general, no es contribuyente de este impuesto. Sin embargo, actualmente no existe simetría, ya que los contribuyentes deben de considerar dentro de su base gravable el promedio de los salarios diarios, de los saldos diarios, de los depósitos contratados con el sistema financiero. Y por otra parte no se permite la reducción de sus deudas contratadas con el sistema financiero, lo que consideramos injusto, si tomamos en cuenta que la mayoría de las empresas se encuentran apalancadas con la banca, que al fin de cuentas creemos que es el fondo del asunto.

Insistimos una vez más en este acto en la derogación del impuesto al activo y que a cambio aprobemos propuestas promotoras del desarrollo que ayuden a generar riqueza, fuentes de empleo, el incremento en el universo de los contribuyentes.

En lo que se refiere al impuesto sobre la renta debo hacer algunas precisiones. Quien me ha precedido en el uso de la palabra en la posición del Partido Revolucionario Institucional, ha dicho que estas medidas tienen que ser graduales, porque así lo reclama la economía de este país.

En primer término, quiero decir que es falso de toda falsedad, que estas medidas beneficien hasta los que ganan tres salarios mínimos. En primer término establezco lo siguiente, el cálculo que se hace es en función al salario mínimo anterior al 1o. de abril, es decir, con $20.15, $20 pesos con 15 centavos.

Estos 20 pesos 15 centavos, aplicando la tarifa actual, la propuesta, de desgravación, de crédito al salario, efectivamente beneficiaría a un salario mínimo hasta con un 3% de incremento. Pero no se hizo con el salario real de los 22.60 incrementados en el 12%, eso es por un lado.

Que es mentira que se beneficie a las asalariados, hasta tres salarios.

Otro de los argumentos que se esgrimen, es en el sentido de que no permiten las condiciones actuales elevar el número de salarios exentos para este caso en las tablas del artículo 80 y las demás relativas para la disminución y el crédito al salario.

Que no lo permiten, porque se dejarían, porque se dejarían de utilizar recursos para programas de gasto social.

Yo quiero decir, en primer término, señoras y señores, que el problema fundamental no es la recaudación tributaria, la caída de la recaudación tributaria si este rango se empleara hasta cinco salarios mínimos. Aquí el problema fundamental es la evasión y la corrupción que se da en muchas esferas y sólo cito a manera de ejemplo, el caso del corrupto y deshonesto presidente municipal de Acapulco, que ni siquiera aparece en el Registro Federal de Contribuyentes. Ese es el problema fundamental, la evasión que se da reiteradas en esas situaciones.

Yo le pregunto a los representantes del sector obrero, si es que se encuentran por aquí, ¿22 pesos mensuales les suena suficiente para elevar el nivel de vida de los mexicanos? ¿22 pesos mensuales van a encontrar mejores condiciones de vida para los trabajadores? Nuevamente me parece una actitud tímida y una actitud no comprometida con la mayoría de los mexicanos.

Creemos que para elevar, repito, el universo de los contribuyentes, se requieren medidas mas profundas que las que aquí se están presentando.

También se habla con bombo y platillo, que va a beneficiar esta medida al 70% de los asalariados, es decir, a 9.4 millones de trabajadores asalariados. Yo no encuentro, porque nadie me ha podido responder nunca, cuál es el número de contribuyentes que tiene este país. Quiere decir que hay 13 millones de trabajadores asalariados.

Se ha repetido hasta la saciedad que nos informen cuál número de trabajadores se encuentran inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.

Como medida demagógica suena muy bien, va a beneficiar a 9.4 millones de trabajadores, pero cuando acabamos de tener las cifras, que sumados los inscritos en el Seguro Social y en el ISSSTE, no van más allá de los 13 millones de asegurados, pues no me checan las cifras de los 13 millones de asalariados registrados en el Registro Federal de Contribuyentes.

Y, por otro lado, lo que nos informa, valga la redudencia, en el informe el Presidente de la República de que hay 5.6 millones de contribuyentes activos. Las cifras simplemente no checan, la realidad es otra o a lo mejor estamos hablando de otro lugar.

Una vez más se insiste en mantener el cálculo de tres tablas. Ya lo ha establecido aquí el compañero Raúl Livas, del Partido de la Revolución Democrática y lo han repetido en infinidad de ocasiones, como también lo hemos hecho nosotros, que esta tabla es compleja. Lo dije en la Comisión de Hacienda que con todo respeto si pasamos a hacer un ejercicio de ella a los señores diputados, muy pocos, muy pocos podrían hacer el cálculo de ella. Es compleja, absurda e innecesaria, no permite a los trabajadores el poder verificar si el cálculo que se hace de ella es suficiente, es adecuado y compensa lo complejo de los mismos.

Nosotros creemos, señoras y señores, que efectivamente como sabemos que la mayoría va a votar a favor de estas disposiciones y el día de mañana no quisiéramos que se señalara que aunque sea es preferible el 5% de algo al 95% de nada. Porque repetimos sabemos que sin mucha conciencia, sin mucha responsabilidad algunos de ellos, sin conocimiento inclusive de lo que vienen a decir aquí arriba en la tribuna, se va a votar a favor de la medida.

Por eso mismo nosotros, el grupo de diputados en lo general creemos que estas medidas pues benefician en cierta manera, aunque sea en mínima parte, insuficientes como se ha repetido aquí hasta la saciedad, pero con un afán propositivo, votaremos en términos generales en favor del dictamen.

En lo que se refiere al impuesto del activo, para ser congruentes con nuestros planteamientos, votaremos en contra de ellos. En espera de los puntos de vista que aquí se esgrimen para un debate enriquecedor para todos y construyamos este país con verdadero interés de elevar el nivel de vida de los mexicanos.

Por su atención, muchas gracias.

La Presidenta:

Ha solicitado el uso de la palabra, para referirse al dictamen a discusión, el diputado Luis Sánchez Aguilar.

El diputado Luis Sánchez Aguilar:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Lo dicho, la comisión que preside nuestro amigo Francisco Suárez y Dávila no tiene tamaños para enfrentarse a los ricos. Aquí tenemos 44 hojas de exposición de motivos, más 43 hojas de modificaciones, en total 87 cuartillas a renglón seguido. ¿Para qué? ¿De qué se trata? ¿De qué se trata? ¿Qué contienen?

Sólo algunas modificaciones para que todo siga igual, "gatopardismo" puro y en el mejor de los casos gradualismo fallido. Porque la comisión dictaminadora ha sido olímpicamente omisa para iniciar la reforma fiscal integral que ha ofrecido el régimen zedillista. Y hoy estamos, compañeras y compañeros, a la mitad del camino de esta legislatura y no se advierte aquí intención alguna de someter a los magnates, a esos que se han enriquecido a la sombra del poder, al régimen de la tributación fiscal progresiva.

En algo sí concede el hermano Francisco, bueno, nos ganó la expresión poética. Así decía Rubén Darío en Los Motivos del Lobo, pero bueno, aquí también todos somos hermanos.

Decíamos don Francisco, generosamente ofrece desgravar hasta tres salarios mínimos. Debió decir, por lo menos seis, porque según estimaciones del Instituto Mexicano del Desarrollo, Imed, se necesitan seis salarios mínimos para comprar realmente una canasta básica.

No dice Suárez y Dávila que podría, inclusive desgravar a todos los salarios de este país, si hubiere rigor con los que sí poseen riqueza y con los que sí tienen renta.

Y que no se diga que sólo son frases huecas, al vacío, de francotiradores. Bastaría con elevar la tasa progresiva del impuesto sobre la renta al 55% a sólo 200 mil individuos y dejar exentos a todos los demás, porque hay 200 mil mexicanos que perciben, devengan al año fundamentalmente por productos del capital, más del 200 mil dólares. Si esos sujetos por una vez, por este ejercicio fiscal pagasen esa tasa, que por cierto ya alguna vez estuvo aquí vigente, tendríamos 13 mil 500 millones de dólares este año, suficiente para dejar en cero el ISR para todos los demás. Yo conozco compañeros diputados, hay compañeros legisladores que ganan eso y más.

Habría que hacerle cuentas a Alberto Santos, Miguel Alemán, Enrique Cárdenas González.

Se podría también aplicar la tasa del 5% de impuesto a los activos netos de algunos de esos magnates. Le vamos a perdonar la existencia a 199 mil, pero a 1 mil que según el Imed, poseen riqueza neta de más de 100 millones de dólares, repito, se les puede aplicar un impuesto generoso, conservador, bajo, del 5%, nos dan 5 mil millones de dólares.

Una tercera medida podría ser imponer una tasa del 15% a las exportaciones que este año serán superiores a los 90 mil millones de dólares. No se crea que por gran productividad de los empresarios, sino como consecuencia de devaluaciones recurrentes no sólo del peso respecto del dólar, sino de éste respecto del marco y del yen y ahí habría 14 mil millones de dólares, se podría dejar en cero todo el IVA.

Y una cuarta medida:proceder a gravar realmente y a fondo la especulación cambiaría de aquellos que compraron dólares a 3.50 pesos, lo vendieron al doble y no pagaron un solo centavo de impuesto. Y ésos que especulan un día si y otro también contra el peso y contra el pueblo mexicano en ese casino que ya opera en las calles de Reforma y Niza, colonia Cuauhtémoc de esta ciudad.

Si se impusieren esos gravámenes a esas especulaciones, el señor Ortiz Martínez, con la ayuda del señor Suárez y Dávila, tendría también cerca de 10 mil millones de dólares.

Total, aproximadamente 45 mil millones de dólares, cantidad suficiente para cancelar ese tratado injusto, indigno, el que hizo Zedillo con Clinton por un puñado de dólares: 50 mil millones, a cambio de la soberanía del país, a cambio de la factura petrolera, de la privatización ferrocarrilera, de la entrega de la comunicación satelital, desde luego, de la petroquímica y otros rubros que sería prolijo ennumerar.

Nos dice el dictamen, respecto de la doble tributación, que hay que hacer una reducción. Considerando la pesada carga que representa la deuda externa de México y sus intereses correspondientes con los países que integran el club de ricos, de la OCDE particularmente, no procede disminuir del 15% a sólo el 4.9% el porcentaje de retención impositiva, por intereses pagados a residentes del extranjero, de países con los que México está negociando un tratado. Esto es altamente asimétrico. México no es un país rico, sólo el demencial Salinas lo creyó así y desde luego, engañó a algunos de la mayoría priísta. México como un país pobre, que es lo que somos, antes del tercer mundo, hoy en día del cuarto o quinto mundo, no puede ni debe extenderle préstamos a los países de ese club de opulentos.

A éstos hoy ya les debemos cerca de 200 mil millones de dólares, con una deuda pública de más de 150 mil, rebasando aquella deuda que era la primera de todas, la del gigante del cono sur, Brasil, que ya quedó en un pobre segundo lugar.

Y es omisa la iniciativa de la comisión, porque no da indicios de proceder a reforma tributaria integral alguna, una que reduzca prácticamente a cero, a cambio de cobrarles a los ricos todos los impuestos disfrazados que padece el pueblo de México, los gravámenes ocultos, como los precios, tarifas del sector público, los impuestos a la electricidad, a los combustibles, al diesel, a las gasolinas, a los teléfonos, al combustóleo y desde luego a la producción y a los servicios.

El pueblo de México, la clase trabajadora y me atrevo a creer que algunos diputados democráticos de esta Cámara, esperaban más de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público. Tenemos derecho a reclamarles que en posteriores trabajos busque, proceda a una reforma que termine con la regresividad del sistema. Este sistema, como bien se ha dicho aquí por otros oradores, sigue cobrándole más, en proporción a las clases trabajadoras, que a la capitalista.

Por esas razones, porque el dictamen de la comisión, sus iniciativas, sus modificaciones, sus adiciones mantienen la regresividad, porque no hace énfasis en la progresividad que la equidad fiscal reclama y ordena la Constitución General de la República, porque mantiene los impuestos ocultos, porque sostiene aún la complacencia con aquellos que derivan sus ingresos, fundamentalmente de los productos del capital, porque sostiene la política de codicia fiscal y de agresividad tributaria contra quienes perciben sus ingresos fundamentalmente de los productos del trabajo, esta propuesta de la comisión es un acto fallido que no contribuye a la equidad fiscal de nuestro país.

Por todo lo anterior, esta fracción Social Demócrata, no podrá obsequiar las peticiones que a nombre de la comisión dictaminadora y del Partido Revolucionario Institucional, los diputado Reyes Medrano y Hernández, en el sentido de votar en favor. Lo haremos en contra.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Consulte la Secretaría a la Asamblea, si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El secretario Manuel Enrique Russek Valles:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen en lo general.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

La Presidenta:

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Esta Presidencia informa que se han reservado para su discusión en lo particular los siguientes artículos: 1o., 2o. y 3o. del dictamen a discusión.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si autoriza se reserve para su votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto, al finalizar la discusión de los artículos reservados.

El secretario Manuel Enrique Russek Valles:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si autoriza se reserve para su votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto, al finalizar la discusión de los artículos reservados.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Se autoriza se reserve para su votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto, al finalizar la discusión de los artículos reservados.

La Presidenta:

Antes de conceder la palabra a los diputados, me voy a permitir dar a conocer el siguiente aviso.

Tomando en consideración que han transcurrido las cuatro horas reglamentarias de esta sesión, que establece el artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior, la Presidencia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de concluir los asuntos pendientes en cartera, acuerda prorrogar el lapso correspondiente hasta la conclusión del orden del día.

Tiene la palabra el diputado Gustavo Gabriel Llamas Monjardín, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Gustavo Gabriel Llamas Monjardín:

Señoras y señores diputados:

Todo impuesto como contribución general a la actividad del Estado ha de inspirarse siempre en cuatro principios fundamentales:

1o. El de la racionalidad:

2o. El de la proporcionalidad:

3o. El de la progresividad:

4o. El de la equidad.

La racionalidad exige que dicha contribución sea concebida evidentemente en forma razonable y que no contradiga ni la naturaleza ni los fines de toda tributación. Un impuesto no puede equivaler a una expropiación, un impuesto cuyos procedimientos de aplicación son oscuros, inexplicables e ininteligibles, es un impuesto de racionalidad cuestionable.

La imposición tiene una doble finalidad, la recaudación y la redistribución. En el esquema tributario moderno, la dimensión redistributiva de la imposición fiscal ha ido ganando terreno y en el México actual lleno de problemas y de miseria y de desigualdades, esta faceta de nuestra fiscalidad es muy importante.

Como nuestro sistema fiscal pretende inspirarse en la justicia social, su aspecto redistributivo es de vital importancia y por lo mismo ha de tener en cuenta en tal efecto real la causa que a cada uno de los contribuyentes le da el desprendimiento de una parte de su renta. Esto genera una exigencia hacia la cuantía de la obligación, en el sentido de que ha de crecer proporcionalmente o más, en relación a la capacidad de pago de los contribuyentes; quien más gana más paga, quien menos gana menos paga.

Si nos atenemos a una sola capacidad de pago de los contribuyentes tendremos un problema de proporcionalidad, porque sacrificaremos más al que menos tiene pues evidentemente un contribuyente que apenas tiene para vivir con decoro, soporta pagar un impuesto con un sacrificio más amplio que quien obtiene ganancias superiores. Por eso es necesaria la progresividad y la proporcionalidad de los impuestos, pues del respeto de ambos principios sigue uno que es fundamental que es el de la equidad.

Palabras suaves para razones fuertes; promesas antiguas compromisos que también no se han cumplido; no hablé quedito para que se durmieran, hablé así porque son puntos de reflexión. Se prometió simplificar el procedimiento de retención del Impuesto sobre ingresos al trabajo surbordinado y nos damos cuenta que fue una promesa incumplida; se prometió unificar las tablas de cálculo eliminando los galimatías y los rompecabezas, promesa incumplida; se prometió progresidad en la ley buscando equidad, promesa incumplida; se prometió buscar conciliación entre las bases de tributación fiscal y entre las bases de pago de contribuciones sociales, promesa incumplida y ejemplo de ello también, es que no únicamente se incumple sino que también la imprudencia se incrementa. Ley del Seguro Social donde de cuatro cuotas la convierten a siete y donde todas y cada una de ellas tiene bases de tributación o de pagos diferentes.

Cuando se cambian los días de cotización, cada mes de junio hasta el año 2007, donde cabe es la complicación que se presenta en la vida tributaria mexicana, pero una sonrisa como la que se ve no justifica los problemas de quienes tributan y quienes retienen; una promesa incumplida.

Hoy, en esta iniciativa se proponen cambios en los artículos 80-B y 81 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta relativos a crédito al salario; sin embargo en tiempo se les dijo:señores diputados de la Comisión de Hacienda, que el dictamen no concuerda con lo que establece el articulado. En la exposición de motivos se dice y a la letra leo: "Que como resultado de la bonificación fiscal, los ingresos y ahora sí lo añado yo, de los trabajadores hasta tres salarios mínimos, quedarán desgravados del Impuesto Sobre la Renta".

Señores diputados: los trabajadores que ya reciben ingresos por tres salarios mínimos, no pagaban impuesto, repetimos mentira tras mentira, buscamos pretextos de la historia o pretextos del pasado para justificar la ineficiencia e ineficacia de una propuesta, propuesta que muchos ni siquiera entienden de qué estamos hablando. ¿Cómo es posible que pase al Ejecutivo, que pase a la comisión cuando lo hablamos, una propuesta equivocada?

Lo que se quiere decir con palabras bellas no coincide con el articulado de la ley y para tal ejemplo les digo que los trabajadores que recibían tres salarios mínimos antes de este pretendido cambio, ya no pagaban impuesto y ahora tampoco van a pagar impuesto; lo que pasa es que recibían antes crédito al salario y ahora se pretende que reciban un poco más de crédito al salario, pero no al de tres salarios mínimos como aquí también se establece; segunda mentira de la exposición de motivos.

En ningún momento hasta tres salarios mínimos se les da mayor beneficio fiscal y al que me lo pueda comprobar se lo agradezco, señores quedan advertidos en tiempo, hoy pasan la prueba de fuego quemados una vez más.

Y vamos a las realidades, evidentemente antes de esta iniciativa, la ley actual a un trabajador que gana un salario mínimo se le devolvían 137 pesos con 14 centavos; ahora se pretende que reciba 158 pesos al mes, una diferencia al mes de 21 pesos 43 centavos, al mes, por día 73 centavos. Un trabajador de sueldo mínimo va a recibir 73 centavos... ¿y para qué alcanzan 73 centavos? Pues 73 centavos nos alcanzan para comprar las magníficas cantidades suponiendo que un kilo de huevo tiene 16 piezas y vale 8 pesos, alcanza a comprar un huevo más un 42% más; nada más para eso o alcanza a comprar 507 gramos de tortilla ese pequeño aumento y también pudiera en su caso alcanzar para 192 mililitros de leche o 92 gramos de azúcar y le podríamos seguir.

Señores, esto es una burla al pueblo de México. Esto es una burla a los trabajadores mexicanos y no se enorgullezcan por un discurso mal establecido porque el pueblo los sigue señalando como alguien que no ha velado por su progreso; esto es una farsa más de la cual los que somos de oposición lo estamos marcando en esta tribuna porque al pueblo de México hay que defenderlo, no hay que seguirlo engañando, por eso no se cree en las instituciones.

Adicionalmente, señoras y señores diputados, queremos establecer que no puede quedarse esa desgravación fiscal en tan pocos salarios y es por eso que el Partido Acción Nacional en concordancia con lo que proponen el Partido de la Revolución Democrática y el Partido del Trabajo, estamos dispuestos a proponer una exención fiscal hasta cinco salarios mínimos; estamos de acuerdo en que tiene que haber una tabla única tal y como lo propone también el Partido de la Revolución Democrática, pero creemos que por la exigencia nacional, por el momento político, por el momento económico, en forma inmediata se debe de exentar de cinco salarios mínimos a todos los trabajadores que tengan ingresos en ese sentido, por 1996.

Y después, seguiremos esperando promesas a ver cuándo el Ejecutivo acepta establecer una tabla única y una simplificación tributaria, pero creo que ahora que el Partido de la Revolución Democrática ha establecido una propuesta concreta, solicito a la comisión que en forma inmediata y expedita analicemos dicha propuesta, porque eso es ser prepositivo y no es ir para atrás levantando la mano sin entender qué esta pasando.

Adicionalmente, en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se habla de los grandes beneficios para que se retenga el 4.9% en los intereses que se paguen al extranjero, pero el inicio es para aquellas instituciones de crédito con las cuales el país tenga firmado y en vigor un tratado para evitar la doble imposición; se amplía o se pretende hacerlo en esta iniciativa y como así lo manifiesta el dictamen, para que también con los países con los cuales se haya firmado el tratado, pero no está en vigor, pero siguen siendo instituciones de crédito.

Pobre del pobre que al cielo no va, lo afectan aquí y lo afectan allá. El que no tiene para que le preste una institución de crédito, el que a duras penas le puede prestar un acreedor o le puede prestar un proveedor, ¿cómo le va a hacer? Que le pregunte al Chase Manhattan a ver quien le va a prestar, que levante la mano en este momento quién puede pedir un préstamo a Estados Unidos, a Francia, a Alemania, un banco ya no presta y menos a un país en el cual hay desconfianza, pero sí hay operación comercial con otros países con tratado y sin tratado y cuando hay tratado nos cuesta el 15% del impuesto y cuando no hay tratado cuesta 35% y por si no saben de finanzas, en el sistema mundial, cuando alguien pide un préstamo de los impuestos retenibles, se hace a cargo de él, quien paga los intereses, por lo tanto hacemos 35% más caro y si lo hacemos, para que entiendan los que estudian en Estados Unidos, el gross up con la piramidación, entonces es el 52%, aparte de pagar una alta tasa de interés pagamos 52% y ante la necedad de decir lo que pasa, que el que no le presta un banco es que es un mal contribuyente, o es un mal financiero, es un mal empresario.

Señores: estamos en la luz de la verdad, este país requiere capitalización, requiere dinero y si nos presta el acreedor, nos presta el proveedor, ¿por qué cobrar a quien solicita el crédito tasas al 52%? Esto es inhumano, se les advirtió, no entendieron, porque van a la línea del Ejecutivo y no entienden las razones de la verdad.

Propuestas, señores, proponemos que efectivamente se cobre 4.9% para todos los intereses que se pagan del extranjero. México requiere dinero, México requiere capitalización, dejémoslo transitoriamente por un año a 4.9% y después nos vamos al debate, no podemos seguir haciendo parches para una pelota que no sirve.

Adicionalmente, el Ejecutivo Federal presenta dentro de esta iniciativa, modificaciones para inadecuar lo que nunca estuvo adecuado y para que siga siendo una ley inadecuada y prácticamente es la del impuesto al activo. Para tal efecto se pretende modificar el artículo 5B, para que las empresas que componen el sistema financiero mexicano, contribuyan con el impuesto al activo pero sólo considerando como base los activos no financieros; es decir, los activos que no sean de intermediación financiera.

Cabe aclarar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación reprobó al Ejecutivo; cabe aclarar que la Suprema Corte de Justicia reprobó a los diputados que votaron a favor de la Ley del Impuesto al Activo; hoy reprobados, rompieron el cochinito y pagaron su examen extraordinario y también lo reprobaron y piensan pasarlo en título de insuficiencia. ¿Por qué? Porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha expresado que las empresas que componen el sistema financiero mexicano, deben estar exentas del pago del impuesto al activo, porque realizan actividades empresariales, situación que provoca la violación del principio de equidad.

Distinguida pregunta: cuántos años ha estado en vigor el impuesto al activo y si hoy la Suprema Corte de Justicia dice que se violó el principio de equidad, entonces muchos años los que pagaron impuesto al activo lo pagaron, cayendo en ese principio de iniquidad, ¿por qué?, por una autoridad irrestricta e irreverente y yo les pregunto, ¿les van a devolver el impuesto que pagaron? Lo que demuestra que desde el origen esta ley fue mala, tirana, irregular e inadecuada.

Pero más aún, si las empresas que componen o conforman el sistema financiero no gravan sobre los activos de intermediación, evidentemente las empresas normales comunes y corrientes, las sociedades mercantiles que todos conocemos, no tienen derecho de deducir a la base del impuesto al activo, los pasivos que tengan con el sistema financiero, para buscar la analogía y la simetría tributaria.

Sin embargo, si un banco presta dinero a un tercero y el banco esa cuenta por cobrar no la acumula al impuesto al activo en la base, evidentemente que quien recibe ese beneficio del préstamo tampoco lo deduce y así se cumple la equidad probablemente.

Pero entonces, si el sistema financiero también tiene recursos de intermediación, que son los que recibe de los depositantes y de los inversionistas y que por los cuales no deduce su base tributaria, entonces los que también son empresas normales no deben de pagar impuesto al activo sobre dichos activos financieros, una cosa que es inequitativa, una cosa que es injusta y hoy la ley no tiene modificación o la iniciativa no presenta modificación alguna.

Cobrar bajo este entendido de lo que establece la Suprema Corte de Justicia, es que si el sistema financiero no paga impuesto sobre las actividades de intermediación, entonces las empresas por los activos que generen intermediación tampoco deben de pagarlo.

El impuesto de origen es malo, el impuesto de origen es inadecuado y con esta dizque modificación, lo único que hicieron es hacer una ley mala en una ley peor.

Señoras y señores diputados, el desconocer la ley no justifica su incumplimiento. Señores diputados que piensan votar a favor, el desconocer las cosas tan malas que tiene esta iniciativa, no los obliga a votar a favor, por el bien de México.

Gracias.

La Presidenta:

Para referirse a los artículos reservados, tiene el uso de la palabra el diputado Saúl Alfonso Escobar Toledo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Saúl Alfonso Escobar Toledo:

Gracias, compañera Presidenta; compañeros diputados, salud:

Cuando los funcionarios de Hacienda vinieron a exponernos sus razones para esta iniciativa, dijeron en el caso de las reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta y así está expresado y yo pediría si hubiera duda, que se consultara la versión estenográfica cuando dieron esta explicación, que esta reforma al impuesto sobre la renta era y así lo reconocieron, un paliativo.

Algunos de nosotros reaccionamos y dijimos: no, no es un paliativo, es una vacilada. Otros compañeros dijeron y han dicho aquí en esta tribuna: es una reforma que no sirve, es una reforma insuficiente.

Yo veo que el consenso de los oradores que han pasado por esta tribuna para impugnar el dictamen, estamos de acuerdo en que es una reforma poco seria; es una reforma que no vale la pena someter a consideración de esta soberanía; es una reforma que no va a corregir fundamentalmente 105 problemas que tenemos en materia fiscal; es una reforma que pinta de manera muy desgarbada al Poder Ejecutivo y en particular al presidente Zedillo y al Secretario de Hacienda.

¿Para qué nos presentan que son sólo paliativos? ¿Para qué nos presentan reformas que no corrigen prácticamente nada y reformas que sólo quitan tiempo pero que en realidad no ayudan a mejorar el desarrollo económico, el nivel de vida, nuestro sistema tributario? Esta es la primera cuestión.

Yo llamaría muy sinceramente al Poder Ejecutivo a que no nos presente reformas que él mismo cataloga como paliativo y que lo convocábamos a presentarnos iniciativas que realmente vayan al fondo de las cosas.

Nuestra fracción parlamentaria, como aquí se ha dicho, ha expresado en reiteradas ocasiones su convicción de que el sistema tributario mexicano carece de los atributos de progresividad que se requieren en una sociedad que se caracteriza por una grave desigualdad en la distribución del ingreso.

Esta desigualdad, como todos sabemos, se profundizó durante los últimos años y es aquí donde quisiéramos llamar la atención, porque una reforma fiscal que no avanza en la progresividad del impuesto, es efectivamente una reforma que puede sintetizarse como una reforma que no sirve.

La obligación del Ejecutivo y la obligación de este Congreso, es avanzar hacia una progresividad de nuestro sistema tributario y esta progresividad no aparece por ningún lado en la reforma que estamos comentando.

Los problemas de desigualdad del ingreso tan serios en este país deberán encontrar una salida, un alivio, una mejoría a través de las reformas fiscales, sin embargo esto no sucede.

Las políticas neoliberales puestas, en marcha desde hace ya varios años han hecho que la progresividad en nuestras leyes fiscales se haya perdido todavía más y que por lo tanto se haya agravado la caída de los niveles de vida de los sectores de ingresos medios y bajos de la población, mientras que las tarifas aplicables a los sectores de más altos ingresos se han reducido considerablemente.

Tenemos pues un doble fenómeno: no sólo se grava más a los que menos tienen, sino además la política económica neoliberal ha hecho que los impuestos a los que ganan mayores ingresos sean cada vez menos equitativos.

Por otro lado, y eso también ha sido reconocido, es ampliamente señalado, ha sido ampliamente señalada la extrema y necesaria complejidad del sistema tributario mexicano, que en el caso de la Ley del Impuesto Sobre la Renta hace innecesario y complicado el cálculo de este impuesto, al requerirse la combinación de las tarifas incluidas en los artículos 80, los subsidios del artículo 80-A y el crédito fiscal del artículo 80-B. Todo ello se refleja en los cálculos de la base anual que se incluyen en los artículos de esta ley.

Igualmente, nuestro grupo parlamentario ha expresado su postura respecto a la necesidad de llevar adelante políticas encaminadas a restaurar el carácter remunerador del salario mínimo. Este, sin embargo, por efecto de las políticas de contención salarial que se han registrado en el país desde 1982 a la fecha, alcanza hoy un poder de compra que es casi ya de sólo una quinta parte de la capacidad adquisitiva real que se tenía en 19761977. Es decir, como muchos de ustedes saben, hoy el salario mínimo compra sólo el 20% de lo que adquiría este mismo salario mínimo en 1976-1977.

Es por estas razones que nuestro grupo parlamentario ha hecho ya varias propuestas y hoy lo hizo otra vez a través del diputado Raúl Livas, una propuesta alternativa que consiste en reformar el artículo 1o. del dictamen, para modificar la tabla del artículo 80 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, desgravando los ingresos que perciben hasta cinco salarios mínimos.

Cinco salarios no es una cantidad arbitraria ni un gusto o una ocurrencia. Cinco salarios mínimos es la pérdida del poder adquisitivo calculada por el salario mínimo desde 1976-1977.

También hemos propuesto la derogación de los artículos 80-A y 80-B de la ley, precisamente para darle progresividad y simplificación al impuesto sobre la renta.

Hemos entregado una tabla con los cálculos que hemos hecho para darle a este impuesto progresividad, transparencia y beneficios a los que ganan cinco salarios mínimos.

Aquí está la propuesta, aquí están las tablas.

Y nosotros quisiéramos insistir en que la tabla debe llenar estos tres requisitos fundamentales: progresividad, transparencia y simplificación y tercero, desgravamiento hasta cinco salarios mínimos por las razones ya apuntadas.

Agradecemos a los compañeros del PAN su simpatía con estos criterios y con la tabla y la propuesta que hemos presentado, reconocimiento que ha hecho aquí el compañero Llamas hace un momento.

Agradecemos también y sostenemos nosotros la necesidad de que esta propuesta del PRD se lleve a dictamen de manera urgente para que este Congreso legisle en serio, para que este Congreso decida cosas serias, para que el Congreso realmente se aboque a darle a la tabla del impuesto sobre la renta y a esta ley estas tres características fundamentales: progresividad, transparencia y bonificación o apoyo a los trabajadores que ganan hasta cinco salarios mínimos.

En correspondencia y para demostrar que el Partido del Trabajo, el Partido Acción Nacional y el PRD estamos en una misma idea de apoyar al salario de los trabajadores que se ha visto mermado en los últimos años y para demostrar a la nación que este Legislativo sí tiene diputados preocupados por legislar en serio y por darles salidas a los graves problemas de la población, nuestro partido, por mi conducto, también está de acuerdo en apoyar la propuesta que aquí ha presentado el compañero Beristáin, del PAN, de agregar un séptimo transitorio de las disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para el ejercicio fiscal del 1o. de enero el 31 de diciembre de 1996, a la fracción décima, para quedar como sigue:

"Los contribuyentes del Título Cuarto de esta ley que durante 1996 obtengan ingresos hasta por cinco salarios mínimos del área económica a que correspondan, estarán exentos del pago de dicho impuesto, sin perjuicio de los beneficios relativos del crédito al salario, establecidos a los artículos 80-D y 81 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta."

Hemos platicado con los compañeros del Partido del Trabajo y ellos están de acuerdo en apoyar las propuestas entonces del PAN y del PRD.

Con esta unidad de la oposición en torno a estas propuestas, consideramos que es posible todavía darle a la nación un ejemplo de rectitud, un ejemplo de responsabilidad, de preocupación y de solidaridad con los trabajadores para que, si se aprueban estas propuestas de la oposición, contribuyamos a una salida digna de la crisis, contribuyamos a mejorar los niveles de vida de la población y a elevar categórica y claramente nuestro sistema impositivo.

Compañeras y compañeros legisladores: estas propuestas no son nuevas, se han manejado incluso por diputados del Partido Revolucionario Institucional. Yo he escuchado o he leído la prensa y he escuchado de su voz, incluso en esta tribuna, que diputados del PRI están de acuerdo en desgravar hasta cinco salarios mínimos del impuesto sobre la renta.

¿Por qué no aprovechar este momento? Yo los invito a sumarse a estas propuestas que también son de ustedes. ¿Por qué no aprovechar este momento para beneficiar a los trabajadores de México? ¿Por qué no romper la dictadura de la Secretaría de Hacienda y de una vez por todas, hacer de este Congreso un Congreso soberano.

Se nos ha dicho que esta propuesta está en negociación con la Secretaría de Hacienda, pero que todavía no llegan a un acuerdo.

Y hay compañeros que aquí nos prometieron que esta negociación llegaría a buen término para este periodo de sesiones ordinarias.

Cuando en diciembre pasamos a esta tribuna a cansarlos con nuestra insistencia de beneficiar a los trabajadores, nos dijeron: no se preocupen, ya lo estamos negociando con Hacienda y les prometemos, les aseguramos, les juramos que en este periodo ordinario que viene, es decir, en el periodo que estamos actualmente, habrá ya una respuesta afirmativa. Y hoy no la hay, hay como dije, una propuesta que es una vacilada.

¿Por qué entonces no se ha llegado a un acuerdo entre los diputados del PRI y la Secretaría de Hacienda? Yo creo que es porque la Secretaría de Hacienda mantiene una idea reaccionaria, conservadora, opuesta a los intereses de los trabajadores y de la nación en materia de cobro y diseño del impuesto sobre la renta.

Pero los compañeros del PRI no tienen por qué acatar estas órdenes y esta disciplina, cuando saben que es una política equivocada.

Hemos demostrado hasta la saciedad, que lo que podría perderse con esta desgravación puede ganarse con una tabla progresiva que grave más a los salarios y a los ingresos más altos. El fisco no perdería recursos, quizá hasta los ganaría.

Es entonces el momento, compañeros del PRI, de romper con la dictadura de Hacienda y sumarse, porque también es una propuesta de ellos, de ustedes o si se prefiere de sumarnos todos a esta desgravación de hasta cinco salarios mínimos.

Y finalizo con estas palabras. El acuerdo que hemos presentado hoy la oposición, el PAN, el PRD, el Partido del Trabajo, es una propuesta seria, es una propuesta viable, es una propuesta factible. Ustedes, todo el Congreso, toda la Cámara de Diputados aquí reunida, tendrá que optar entre la seriedad de nuestra propuesta y los paliativos, las propuestas que carecen de sustento real que nos presenta la Secretaría de Hacienda y el dictamen de la mayoría de la comisión.

Esta es la opción que ustedes tienen enfrente, un país viable o un país de vaciladas.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Ha solicitado la palabra para rectificación de hechos el diputado Joaquín Vela González, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

El diputado Joaquín Humberto Vela González:

Gracias, señora Presidenta; compañeros:

Yo no quiero alargar mucho la reunión, pero me parece que sí es muy importante la propuesta que ha sido denunciada por los dos compañeros legisladores que me han antecedido en el uso de la palabra, el diputado Llamas Monjardín, de Acción Nacional y el diputado Saúl Escobar, del PRD.

Hay una coincidencia básica en el discurso de fijación de posición de los tres partidos, hemos señalado que una medida como el desgravamiento hasta tres salarios mínimos, es totalmente insuficiente y señalamos una propuesta en los tres casos, de que por lo menos esa desgravación debiera llegar a cinco salarios.

No vamos a decir quién estuvo de acuerdo con quién, porque finalmente creo que el fondo de la cuestión, es que en la concepción de estos tres partidos, se ha señalado claramente la necesidad, en las condiciones actuales, de realizar el desgravamiento hasta los cinco salarios mínimos.

Si fue por orden de tiempo pues yo hablé primero, entonces yo planté primero la situación, creo que no ésa la situación ni por ahí debemos ir.

Lo que nos parece fundamental es un acuerdo que tenemos los compañeros que trabajamos en la Comisión de Hacienda de estos tres partidos, de buscar un mecanismo viable para darle salida a este problema y hemos llegado al acuerdo de que sea la propuesta que firmaron el diputado Beristáin y el diputado Llamas Monjardín, una propuesta que le dé salida al problema, agregándole al séptimo transitorio el texto que ha sido ya leído por los diputados.

Creemos que esto le da salida con el señalamiento de que efectivamente la propuesta de tabla que presentó el diputado Livas y que ha mencionado el diputado Escobar Toledo, pueda hacer y pueda haber el compromiso de trabajarla para que en los años subsiguientes pudiera tener ya una concreción. Por ello, creemos que es un avance sustancial en los mismos términos que los dos diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, queremos hacer una invitación a los diputados del Partido Revolucionario Institucional que reflexionen. Creo que incluso de manera técnica se ha mostrado que el desgravamiento a tres salarios mínimos no va a beneficiar al trabajador mayormente.

Las condiciones, la crisis, el deterioro tan fuerte que tienen en sus condiciones de vida los trabajadores hoy exige, cuando menos, una situación de este tipo, que no afecte, efectivamente, el nivel recaudatorio, que pudiera encontrar una forma diferente de gravar, como ya lo ha mencionado el diputado Sánchez Aguilar, a los que más tienen, que ha sido una constante prácticamente de todas nuestras intervenciones en esta tribuna. Pero no hay esa intención.

Entonces hay una propuesta muy en concreto. Vamos a votar la propuesta que originalmente hacen los diputados Llamas Monjardín y Beristáin, con la lógica de que estamos totalmente de acuerdo en el fondo del problema y es llevarlo, de esa propuesta que no resuelve, que no da una solución, a encontrarle una solución viable de estos cinco salarios mínimos. La propuesta técnicamente tiene viabilidad, también haciendo el compromiso de estudiar más a fondo y de entrar digamos ya a la formulación de una tabla como la que presentan los compañeros del PRD y que pudiera hacer coincidir las inquietudes que de fondo tenemos.

Yo quiero señalar que no es solamente esta inquietud, yo pudiera hacer historia y decir que desde la primera vez que intervine aquí en esta tribuna planteamos lo de los cinco salarios mínimos, pero he escuchado también del PRI, no solamente cinco, sino seis de algunos miembros del Congreso del Trabajo, diputados, han dicho que se está peleando por lo de los seis salarios mínimos. Bueno, eso en concreto hoy hay esa propuesta que estamos haciendo los tres partidos. Yo creo que tendrían toda la posibilidad de sumarse y no solamente a los diputados del PRI, creo que compañeros como Luis Sánchez Aguilar o los compañeros diputados seguramente estarán de acuerdo en la propuesta que estamos haciendo.

Entonces el llamado es a que votemos no por esto de desgravar hasta tres salarios, sino hasta cinco con una propuesta que tiene toda la formalización adecuada y que nos puede permitir sí, con hechos, darle una salida al problema tan agudo de las condiciones de vida de los trabajadores.

Compañeros: ustedes tienen la palabra.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Para rectificación de hechos, tiene la palabra el diputado Zeferino Torreblanca Galindo.

El diputado Carlos Zeferino Torreblanca Galindo:

Gracias, señora Presidenta; señoras y señores legisladores:

He solicitado hacer uso de la palabra, sólo para fijar la posición con respecto a lo que aquí se ha manifestado o se ha propuesto por quienes me han precedido en el uso de la palabra.

El grupo de diputados se adhiere y apoya la propuesta del Partido Acción Nacional, del Partido de la Revolución Democrática y del Partido del Trabajo.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Para referirse a los artículos reservados, tiene la palabra el diputado Salvador Mikel Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Salvador Mikel Rivera:

Con su permiso, señora Presidenta:

Me toca a mí como miembro del Partido Revolucionario Institucional, hacer algunas consideraciones sobre algunos planteamientos que aquí se han hecho.

Y quisiera empezar con algunas cuestiones que señalara el diputado Llamas Monjardín, del PAN.

Y antes de entrar a detalle, al escuchar el inicio de su exposición me remitió inmediatamente a que detrás de la argumentación del compañero hay indudablemente una idea de estado. Su idea que él tiene del estado y asocia perfectamente con los principios librecambistas de Adam Smith, que él menciona. Es decir, para él la articulación es muy clara: un estado librecambista, sin responsabilidades sociales, sin atribuciones, indudablemente que no requiere captar recursos.

Entonces el argumento es circular y esto indudablemente que también lleva o revela una concepción de derecha. Es decir, de alguien que no tiene una idea de un estado que tiene que cumplir con responsabilidades sociales; de un estado que tiene compromisos con la sociedad a la que sirve; compromisos que no pueden quedarse solamente en una declaración. Es decir, no basta decir que debe haber igualdad de oportunidades, sino que el Estado tiene que crear las condiciones para que esta igualdad de oportunidades se dé y son sus responsabilidades sociales, es el derecho a la educación, es el derecho a la alimentación, es el derecho a la salud, ésa es la responsabilidad que tiene que cumplir el Estado y por eso los estados tienen que recaudar impuestos, tienen que tener ingresos que nos permitan darle un sustento real no demagógico al cumplimiento de estas responsabilidades sociales...

El diputado Gustavo Gabriel Llamas Monjardín (desde su curul):

Señora Presidenta, por favor pregunte al orador si acepta una interpelación.

La Presidenta:

Diputado, ¿acepta una interpelación.

El diputado Salvador Mikel Rivera:

No, no.

La Presidenta:

Lo siento.

El diputado Salvador Mikel Rivera:

Y quisiera seguir comentando. Hay otra argumentación que hacía el compañero diputado sobre el asunto de la complejidad de las tres tablas para poder hacer efectivos los subsidios y los créditos fiscales. Indudablemente que se trata de una tabla complicada y hay una preocupación de mi propio partido, que veo que también comparte él, de lograr una mejor tabla que logre que estos subsidios, que estos créditos fiscales, sean más justos, más equitativos y que no vayan a ahondar distorsiones en el momento de su aplicación.

Pero lo que se me hace francamente, diría yo, demagógico e irresponsable, es tratar de por un lado mantener reiteradamente en tribuna el hecho de hacer una serie de desgravaciones a una serie de actividades y por otro lado, pretender una desgravación de hasta cinco salarios mínimos. Francamente esto es irresponsable, es demagógico, porque tal pareciera que los recursos son ilimitados y que en este caso este tipo de recursos que él se fue al detalle, pero que en conjunto van a beneficiar a este tipo de créditos y subsidios fiscales a poco más de 9 millones de trabajadores y que significan un costo fiscal de aproximadamente 3 mil millones de pesos. Elevarlo a los cinco salarios mínimos, resultaría duplicar prácticamente este esfuerzo que no sería un esfuerzo del Gobierno, sino del conjunto de la sociedad que tiene que contribuir a generar este tipo de recurso, que dé sustento al pago de todos los servicios sociales que tiene que prestar el Estado. Esto implicaría que solamente se está viendo una parte del fenómeno. Tal parecería que los servicios sociales no hay que financiarlos; tal parecería, en dado caso, que este hueco que se abre al momento de no contar con estos recursos, no habría manera de cubrirlo por el otro lado.

Y además, también no se reconoce que estamos hablando del salario nada más, que con las prestaciones que no están gravadas, en términos reales se acerca casi a los cinco salarios mínimos que aquí se señalan, pero esta sí es una propuesta responsable, con recursos que la sustentan; es una propuesta viable que le permite por un lado al trabajador, beneficiarse de estos subsidios, de estos créditos fiscales y al Estado darle los servicios que la sociedad exige y la sociedad recibirlos. No se trata de una propuesta caprichosa, es una propuesta responsable, seria, fundada en números, en las propias posibilidades fiscales del Estado mexicano que finalmente también son las propias posibilidades fiscales de la sociedad mexicana.

Y quisiera referirme a otro punto que se me hace de la mayor importancia y que aquí de alguna manera se ha tratado de soslayo y es la congruencia entre el discurso y el hecho en los actos. Aquí todas las fracciones parlamentarias en distintos momentos, en distintas oportunidades, hemos señalado aquí en nuestro discurso, la necesidad de alcanzar un auténtico equilibrio de poderes para lograr de alguna manera una relación más horizontal entre los propios poderes y ¿por qué no decirlo?, un mayor avance democrático y una mejor operación del Estado mexicano en su conjunto y de los tres poderes.

Y esta Cámara aprobó en periodos anteriores, reformas muy importantes al Poder Judicial, que tienen una profundidad a veces mayor de la que le hemos concedido y que consiste en concederle, en crearle mejor dicho las condiciones al Poder Judicial, para que funcione como un auténtico poder político, encargado del control de la constitucionalidad y de generar un equilibrio entre los otros poderes.

Y hoy no solamente estamos discutiendo leyes de carácter fiscal, que en sí mismas son muy importantes porque revelan la preocupación social del Estado mexicano, del presidente Zedillo, por en medio de las dificultades y los escenarios económicos que enfrentamos, hacer esfuerzos en el cumplimiento de las atribuciones del Estado mexicano, para atender a aquellos mexicanos de menor ingreso relativo.

Y hoy no solamente estamos discutiendo y aprobando esta iniciativa que repito, es de por sí importante, sino también estamos poniendo a prueba, en los hechos, la verdadera convicción democrática de los partidos políticos, si verdaderamente estamos dispuestos a pasar del discurso a los hechos, de reconocer aquí, hoy, en esta tribuna, que un mandamiento del poder político encargado del control de la constitucionalidad, somete por lo mismo al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo.

Hoy lo que estamos haciendo es un acto en los hechos de lo que es una nueva relación entre los poderes, un nuevo ejercicio del poder desde la República, una nueva actitud del Congreso de la Unión y un Poder Judicial que está actuando de acuerdo a su nuevo marco de atribuciones como un auténtico poder político y como un poder encargado del control de la constitucionalidad.

Y con esto quiero señalar que si nosotros no somos capaces aquí de aceptar que gran parte de las adiciones y modificaciones que hoy se hacen en esta iniciativa fiscal, tiene ese sentido profundo, el respeto irrestricto que el titular del Poder Ejecutivo Federal y este Congreso de la Unión debe precisamente a otro poder, al Poder Judicial, que es un poder muy importante y clave en el avance democrático del país.

Y, por último, quisiera, para no agobiar más a los compañeros y ante la promesa también de ser breve que hicimos al pasar entre las curules, que en el caso de la argumentación del diputado Llamas sobre el IMPAC, quisiera yo, para no agobiarlos más, invitarlo a que pudiera consultar en sus tiempos libres el Diario de los Debates del 29 de noviembre del 1995, donde con mucha claridad, en forma muy sencilla, muy didáctica, que la entendimos inclusive aquellos que no somos expertos fiscales, la que hizo el compañero diputado Dionisio Pérez Jácome, donde dio respuesta puntual del sustento jurídico, la constitucionalidad y el cumplimiento cabal de todos los principios que sustenta la actividad tributaria del impuesto al activo fijo en las empresas.

Por eso, invito al diputado y si no yo con mucho gusto le envío fotocopia del Diario de los Debates, para que lo consulte y no aburrir más a la concurrencia.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Tiene la palabra, para rectificar hechos, el diputado Gustavo Llamas Monjardín, del grupo parlamentario de Acción Nacional.

El diputado Gustavo Gabriel Llamas Monjardín:

Señoras y señores diputados:

Vengo a esta tribuna por alusiones personales y le dedico un pequeño espacio a usted, joven diputado Mikel, porque usted no es mal educado, es mal entendido y me refiero a que cuando hablé del Estado yo dije que los impuestos eran una contribución general para la actividad del Estado, lo que pasa es que el que tiene problemas de estado es usted y está en estado de depresión.

No me aceptó la interpelación porque traía la pregunta preparada mas no la respuesta preparada por escrito.

Me suena insensato, imprudente, irreflexivo, que diga que es irresponsable solicitar que se desgraven cinco salarios mínimos de impuesto sobre la renta y me suena ilógico porque viene y reconoce aquí, con los mismos argumentos, que 9 millones de mexicanos ganan menos de tres salarios mínimos, porque con lo que le comenté hace un momento tres salarios mínimos no reciben beneficio y si tres salarios mínimos no reciben beneficio y hay nueve millones, como usted dice, entonces nueve millones de mexicanos ganan menos de tres salarios mínimos. Le debería dar pena reconocer que nueve millones de mexicanos se están muriendo de hambre y usted arbitrariamente dice que no les demos un beneficio para que puedan medio sobrevivir ante una justificación económica y suena también irrestricto, irreverente e irresponsable mencionar que para comprar la canasta básica se requieren seis salarios mínimos y a los que apenas pueden recibir cinco salarios mínimos se les pretende dar ante esta crisis económica, se ve que usted no gana cinco salarios mínimos, por eso viene a decir aquí esto irresponsablemente.

Esperamos que conozca a los millones de pobres mexicanos.

No habla del impuesto al activo, nada más lo escupe y el hombre no sabe lo que tiene hasta que no lo pierde, no añore a Dionisio Pérez Jácome, si usted tiene argumentos venga y discútalos aquí.

Adicionalmente le digo, señor diputado, que el impuesto al activo es un impuesto poco promotor porque está gravando los recursos que van a generar empleos, los recursos que van a generar actividad económica, los recursos que van a generar pago de impuestos y si efectivamente existe un acreditamiento en tres años, no es del impuesto al activo; por si lo desconoce para que lo aprenda, es por la diferencia del impuesto sobre la renta con el impuesto al activo, siempre y cuando que en el futuro se pague el otro impuesto pero ante un gobierno como el que ustedes han administrado en crisis que está a punto de la quiebra, lo único que me queda decirle es, señor diputado, que con la sonrisa el cinismo lo acompañe.

La Presidenta:

Tiene la palabra para contestar alusiones personales el diputado Salvador Mikel Rivera.

El diputado Salvador Mikel Rivera:

Mire, compañero diputado, no cabe duda que usted, con todo respeto, confunde un debate parlamentario con venir a promover los intereses de su despacho contable y fiscal de lo cual usted vive.

Muchas gracias.

La Presidenta:

En el uso de la palabra y hasta por cinco minutos, el diputado Tonatiuh Bravo.

El diputado Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla:

Gracias, señora Presidenta:

Me ha llamado mucho la atención que el diputado Mikel haya venido aquí a hablar de la función social del Estado y yo sólo subí a hacerle una pregunta al diputado Mikel públicamente.

¿No es acaso el Gobierno priísta que hoy dirige al país el que le ha dedicado 6% del producto interno bruto al rescate de la banca y en este caso de esta llamada exención de tres salarios mínimos al impuesto sobre la renta? ¿Cuánto representa, diputado, entre el 4% y el 6% del PIB? Esto es lo que define precisamente al Estado, el que le otorgue 6% del PIB al rescate de la banca.

Gracias.

La Presidenta:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentran suficientemente discutidos los artículos reservados.

La secretaria Josefina Silvia Balleza Sánchez:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentran suficientemente discutidos los artículos reservados.

Los diputados que estén por la afirmativa, sirvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

La Presidenta:

Esta soberanía autorizó la votación en un solo acto en lo general y en lo particular de este dictamen; por economía procesal se propone se incluya en la votación las modificaciones a las propuestas.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si autoriza que la votación en un solo acto sea en lo general, en lo particular y de las modificaciones a las propuestas.

La secretaria Josefina Silvia Balleza Sánchez:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se autoriza que las tres votaciones sean en un solo acto.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se autoriza que las tres votaciones sean en un solo acto.

La Presidenta:

Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular y de las proposiciones en un solo acto.

La secretaria Josefina Silvia Balleza Sánchez:

Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general, en lo particular y de las proposiciones en un solo acto.

Se solicita a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Señora Presidenta, se emitieron en lo general, en lo particular y por las propuestas de la comisión, 263 votos en pro y 135 votos en contra.

Por el artículo 3o. del proyecto de decreto, 262 votos en pro y 136 votos en contra.

Por las demás propuestas se emitieron 135 votos en pro y 263 votos en contra.

La Presidenta:

Aprobado en lo general y en lo particular por 263 votos.

La secretaria Josefina Silvia Balleza Sánchez:

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.



MESA DIRECTIVA

La Presidenta:

Se va a proceder a la elección de la mesa directiva que funcionará del 15 al 30 de abril, durante el segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LVI Legislatura; se ruega a los diputados pasen a depositar su cédula al escuchar su nombre.

(Votación.)

El secretario Ezequiel Juan de Dios Espinosa Mejía:

Señor Presidente, el resultado del escrutinio es el siguiente: seis votos nulos, 35 por otras planillas y 305 por la planilla siguiente: María Claudia Esqueda Llanes, Presidenta; vicepresidentes, Roberto Pedraza Martínez, Gonzalo Alarcón Bárcena, Ysabel Molina Warner, Serafín Núñez Ramos.

Secretarios: Florencio Catalán Valdés, Jesús Carlos Hernández Martínez, Leticia Camero Gómez, Héctor Miguel Bautista López.

Prosecretarios: Francisco Javier Hernández Armenta, Raúl Ríos Magaña, Sergio Vázquez Olivas y César Humberto González Magallón.

Presidencia del diputado Ismael Orozco Loreto

El Presidente:

Se declara que han sido electos para integrar la mesa directiva que funcionará del 15 al 30 de abril, durante el segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LVI Legislatura, los siguientes diputados: Presidenta, María Claudia Esqueda Llanes; vicepresidentes, Roberto Pedraza Martínez, Gonzalo Alarcón Bárcena, Ysabel Molina Warner, Serafín Nuñez Ramos.

Secretarios: Florencio Catalán Valdés, Jesús Carlos Hernández Martínez, Leticia Camero Gómez, Héctor Miguel Bautista López; prosecretarios: Francisco Javier Hernández Armenta, Raúl Ríos Magaña, Sergio Vázquez Olivas y César Humberto González Magallón.



VACAS LOCAS

El Presidente:

Para hablar sobre el tema Encefalopatía Espongiforme Bovina, se concede el uso de la palabra al diputado Alfonso Martínez Guerra, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Alfonso Martínez Guerra:

Gracias, señor Presidente, respetables diputadas; respetables diputados:

Hace algunas semanas ha cobrado un gran interés no solamente nacional sino internacional, la presentación de una enfermedad que llamamos los sanitaristas enfermedades raras, extrañas, porque se desconoce cuál es el origen exacto de ella y el curso de esa enfermedad.

Esta enfermedad que es Encefalopatía Espongiforme Bovina, está asociada con una enfermedad de curso humano, que afecta y que seguramente y si no tomamos las medidas precautorias, puede afectar también a nuestro país.

Permítaseme presentar mi colaboración en ese sentido.

Desde que se inició la colonización española en el Siglo XVI en lo que ahora es el territorio de México, se supo que por su gran extensión y calidad de sus excelentes pastizales, las nuevas tierras americanas para los ojos europeos serían adecuadas para el desarrollo ganadero. En efecto, apenas desembarcaron los primeros pies de cría, se reprodujeron los bovinos y desarrollaron con una prolificidad y rendimiento admirables, llenando en muy pocos años el campo mexicano de estupendos ejemplares vacunos.

Esta cualidad signó desde entonces como sello de la casa, que al hablar de México, de los mexicanos, se le relacionara de alguna manera con las actividades pecuarias, desde el humilde pastorcillo cuidando celosamente sus escasos caprinos u ovinos, hasta el gallardo charro, habilísimo en el manejo de los piales y manganas, conduciendo sus grandes hatos de vacunos, símbolos de riqueza y prosperidad desde siempre. De ahí el castellanísimo término de ganado.

Durante siglos esa actividad fue pilar de la economía nuevohispana y fundamental para la colonización y conquista de los nuevos territorios del norte, pues de qué otra forma podrían alimentarse los intrépidos legionarios exploradores, sino de carne de los propios rebaños que arreaban. Así se colonizaron las enormes extensiones de Chihuahua, de las provincias de Coahuila y Texas, del nuevo Reino de León, de todo México y gran parte de lo que hoy comprenden los Estados Unidos.

La ganadería le dio esplendor a nuestra tierra y alimento, porque aún entre la mayor miseria campirana, siempre hubo un poquito de leche, de carne, el cachito de queso que siempre mantuvo a la gran familia la esperanza y la fe en esa nueva nación que iba a nacer.

La Independencia, el evento libertario de México se alimentó de ello, como en su tiempo lo hizo la Revolución.

Fue tan importante la ganadería mexicana que situó al país entre las 10 grandes potencias mundiales en esa rama, hasta que allá en el año de 1946, hace medio siglo, accidentalmente entró al país un virus procedente de tierras exóticas, vino de tierra extrañas el Hostis Pecoris y desató una gravísima epizootia que provocó a la vez la muerte de millones de vacunos, unos por los efectos de la propia enfermedad, la fiebre aftosa y los más por la acción del llamado rible sanitario.

La economía de México sufrió un colapso por esa razón. Escasearon los alimentos de origen animal y lo peor, hubo enfrentamientos muy sangrientos entre mexicanos que se resistían a ver sacrificados a sus animales.

En efecto, esta enfermedad es tan virulenta y rápida en su propagación, que fue necesario formar cordones sanitarios para evitar su difusión y facilitar así su control. Afortunadamente México, desde entonces, se volvió un país libre de esa terrible enfermedad, a diferencia de muchos países europeos y sudamericanos que no la han podido erradicar.

Ahora, a 50 años de distancia, sabemos de una nueva enfermedad que ya padecen algunos hatos vacunos en Europa, principalmente en Inglaterra e Irlanda, la Encefalopatía Espongiforme Bovina, conocida vulgarmente como la enfermedad de las vacas locas, por los síntomas nerviosos que presentan los animales afectados, como consecuencia de la acción degenerativa del sistema nervioso, causada por una partícula viral que se conoce como prion.

Esta enfermedad fue identificada en Inglaterra y la República de Irlanda en el año de 1988.

Quizá muchos de ustedes, respetables compañeros, se pregunten el por qué tratar un tema como éste en la más alta tribuna de la nación. Al respecto quiero decirles que por ahora Inglaterra sufre y sufrirá aún más, económicamente hablando, porque sus exportaciones ganaderas han quedado paralizadas y ha sido un total de 43 países, entre ellos, México, que han cancelado sus importaciones de productos bovinos, excepto leche que no implica riesgo de transmisión y es posible que tengan que sacrificar cerca de 5 millones de vacunos, destruyendo prácticamente así la industria pecuaria de las Islas Británicas.

Adicionalmente a esa calamidad, de acuerdo con las investigaciones realizadas en el Reino Unido, se ha establecido la posibilidad de relación de esta enfermedad con una enfermedad del hombre denominada Kreutzfeld Jakob, con síntomas similares a los de los vacunos: incoordinación, pérdida de la vista, contracciones y espasmos musculares incontrolables, pérdida del apetito, dificultad para la deglución y muerte. Esos son los síntomas de esta enfermedad.

¿Qué sucede sí alguien en el pasado, inadvertidamente comió carne de vaca loca? ¿Cuáles son los síntomas que uno debe de buscar? ¿Cómo saber cuando alguien enloquece debido a esa enfermedad?

Como dicen algunos columnistas sobre el tema: no vale la pena preocuparse al respecto, las víctimas mueren muy rápidamente con síntomas muy parecidos a los de la enfermedad de Alzheimer: todo se olvida, en ocasiones hasta respirar y lo único que queda es rebanarle el cerebro, por supuesto después de muerto, para verificar el diagnóstico.

Pero el problema principal es para los británicos que tienen que preocuparse si comieron de esa carne los últimos 10 ó 12 años, por lo que los agentes causales de esa enfermedad, los priones, no se destruyen con la cocción ordinaria y bien pueden estar presentes, perfectamente escondidos en una apetitosa hamburguesa elaborada con carne procedente de un bovino infectado.

Ahora que estamos en la era de las enfermedades extrañas, unas debidas a la contaminación y otras provocadas por los supervirus y las superbacterias, es imprescindible tener la mayor información y cuidado, porque las epidemias y episodias que afectan a países europeos o asiáticos pueden en cuestión de horas pasar a nuestro continente y afectar de paso a México.

Las experiencias mexicanas por desastres sanitarios que se iniciaron en plena etapa de la conquista con la aparición de la viruela, pasando por la peste bubónica, malaria y más recientemente en el siglo pasado con el vómito negro y tifoidea, que también nos afectó en pleno Siglo XX, además de la influenza española en 1918, la aftosa en en 1946 y finalmente el Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida en 1980, así como el cólera, nos debe poner en guardia y tomar todas las providencias posibles.

La dirección general de sanidad animal, así como la comisión México-Estados Unidos para la prevención de la fiebre aftosa y otras enfermedades exóticas de los animales, ambas dependientes de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, así como la Confederación Nacional Ganadera, están cumpliendo eficientemente sus funciones relativas a impedir la llegada de esta enfermedad al país, dictando estrictas medidas zoosanitarias en puertos y fronteras. Pero dados los múltiples viajes a los países afectados por parte de nacionales, es de importancia nacional apoyar a nuestras autoridades sanitarias y zoosanitarias para apercibir a los viajeros de los riesgos que entrañan visitar establos, centros de matanza y otros en que pudiese haber posibilidades de contagio o transportación de material de carácter infeccioso hacia México.

Es necesario advertir que si esa enfermedad llegara a México afectando su ganadería y posiblemente la salud pública, dejaría resultados desastrosos en todos sentidos, que resultaría innecesario describir, pero que considerando la crítica situación económica que vivimos podremos imaginar.

Ruego a usted, señor Presidente, entregar copia del presente, así como boletín oficial informativo a las comisiones de Salud, Ganadería, Agricultura, Educación, Turismo, Defensa Nacional, Marina y Relaciones Exteriores, a fin de que se le dé el curso pertinente. Muchas gracias.

El Presidente:

Esta Presidencia instruye a la Secretaría se entregue copia del documento presentado por el diputado Alfonso Martínez Guerra, a las comisiones que él hizo mención.

Se concede el uso de la palabra para hablar sobre el mismo tema al diputado Mario Alberto Valdés Berlanga, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Mario Alberto Valdés Berlanga:

Con su permiso señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Efectivamente, en los últimos días ha cobrado especial relevancia en los medios de comunicación y en la opinión pública en general la enfermedad degenerativa del sistema nervioso central del ganado bovino, llamada comúnmente la enfermedad de las vacas locas, denominada así por los efectos que causa en el andar de este tipo de animales.

No es el caso de esta intervención señalar las causas o los efectos técnicos de esta enfermedad, sino sumarnos a la inquietud que existe en cuanto al posible riesgo de que esta enfermedad aparezca en nuestro país.

No obstante que la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural prohibió desde 1991 la importación de productos cárnicos de bovinos procedente de los países afectados por la enfermedad ya comentada, la cual ha sido ratificada por el consejo técnico consultivo de sanidad animal.

Existen algunas inquietudes que quisiéramos plantear para que sean retomadas por la Comisión de Ganadería de esta Cámara de Diputados.

Se ha identificado de manera precisa que esta enfermedad se detectó en varias ocasiones en bovinos productores de carne y leche en Inglaterra, se conoce también que el problema es provocado por un virus que se hospeda en los ovinos, los cuales al parecer son los portadores de este mal.

Cuando estos ovinos son sacrificados, existe la práctica de procesar harinas de carne, de sangre y de hueso en donde se aloja el virus.

Esta harina contaminada al ser consumida por los bovinos provoca la llamada Encefalopatía Bovina.

A la fecha, las autoridades mexicanas han prohibido la importación de carne de bovinos del Reino Unido y la República de Irlanda, así como de ganado vivo, embriones y semen.

Cabe destacar aquí que lo que se importa de esos países son productos lácteos que no representan ningún riesgo de trasmisión de la enfermedad ya mencionada.

Los análisis que hasta ahora ha emitido la Secretaría de Agricultura a través de su sistema permanente de monitorio de enfermedades, no ha reportado evidencia alguna de esta enfermedad en nuestro país.

Los diputados de la fracción priísta, a través de mi conducto, hacemos un llamado desde esta tribuna a las autoridades en la materia para prevenir riesgos en la aparición de dicha enfermedad en México, evitando o, en su caso, vigilando con mayor precisión la importación de canales de animales con posibilidades de contaminación y que se destinen al consumo humano.

Asimismo, suspender o regular la importación de harinas de subproductos animales de origen europeo, específicamente del Reino Unido y prohibir la importación de ovinos de dichos países.

Después de la aparición en 1947 de la fiebre aftosa que produjo enormes pérdidas para el país, los mexicanos hemos logrado avances sustanciales en el control de enfermedades exóticas, por lo que hacemos un llamado a las autoridades del área de sanidad animal para que a través de la Comisión de Ganadería, se presente un informe periódico sobre el control y las medidas que se estén instrumentado para evitar la introducción de este mal.



INDOCUMENTADOS MEXICANOS

El Presidente:

Se concede el uso de la palabra, a nombre de la Comisión de Relaciones Exteriores, al diputado Augusto Gómez Villanueva, para hablar del tema reunión de los grupos parlamentarios con el Secretario de Relaciones Exteriores.

El diputado Augusto Gómez Villanueva:

Con su permiso, señor Presidente; compañeros diputados:

El día 2 de abril todas las fracciones parlamentarias firmamos un punto de acuerdo, en el cual se condenaba, se condena y se rechazan los acontecimientos vividos en California, así como la violencia institucionalizada en contra de los mexicanos.

En esa ocasión se exigió respeto y castigo y todo el rigor de la ley para los responsables, que no respetaron los derechos humanos de nuestros connacionales. Y al mismo tiempo se hizo un llamado a las autoridades del Estado de California, para terminar de una vez por todas con el clima antiimigrante que genera violencia y a la vez la violación de los derechos humanos.

Pero también en esa ocasión apoyamos las acciones emprendidas por la cancillería y el Consulado mexicano, en Los Angeles, no solamente en la protesta que se presentó a nombre de la propia cancillería sino a nombre del Gobierno mexicano, sino que además nos solidarizamos con su exigencia de que se imparta la justicia en ese país y se castigue a los culpables de la agresión.

Posteriormente el día 9, es decir, en la sesión anterior, se volvió a presentar una propuesta, en la que en el punto de acuerdo se propuso que se integrase una comisión plural, para que a su vez se entrevistase con el Secretario de Relaciones Exteriores y éste pudiera conocer del texto de ese punto de acuerdo, en el cual no solamente se solicitaba un informe detallado acerca de los incidentes de violación de los derechos humanos y laborales de los trabajadores migratorios en los últimos años, sino además, la propia Comisión de Relaciones Exteriores invitó a la de Asuntos Fronterizos, de Derechos Humanos y de Población y Desarrollo de la propia Cámara de Diputados y de Senadores, para que conjuntamente pudiéramos tener un intercambio de impresiones y promover foros de consulta pública sobre violaciones a los derechos humanos y el clima antiimigrante.

Señalando que al mismo tiempo en esas audiencias serían invitados funcionarios consulares, víctimas de las agresiones a personas y organizaciones vinculadas a la defensa de los derechos humanos.

Con base en este punto de acuerdo, solicitamos la entrevista con el señor Secretario de Relaciones Exteriores, que de inmediato fue concedida, a la cual también acudieron los señores senadores integrantes de las comisiones de Relaciones Exteriores y de Migración. Ellos a su vez firmaron un punto de acuerdo en el cual destaca fundamentalmente la propuesta de exhortación a las autoridades competentes de los estados a que revisen los métodos y procedimientos para la aplicación de las leyes migratorias, las cuales han provocado en los últimos días graves incidentes.

Con base en estos antecedentes, me permito informar a esta honorable Asamblea, que a efectos de dar cumplimiento al punto de acuerdo, que ya he leído, por todas las fracciones parlamentarias representadas en esta Cámara de Diputados el día 9 del presente, se llevó a cabo una reunión con el canciller José Angel Gurría Treviño, secretario de Relaciones Exteriores y autoridades del más alto nivel de la Secretaría.

En esa reunión, a la que acudieron senadores y diputados de las comisiones de Relaciones Exteriores, de Asuntos Fronterizos y de Migración por parte del Senado, se leyeron los textos que suscribieron las fracciones parlamentarias, manifestando su indignación por los hechos ocurridos y expresando también su solidaridad por las gestiones realizadas por las autoridades mexicanas para exigir una rigurosa investigación de la brutal golpiza en Riverside, así como el incidente carretero donde perdieron la vida siete mexicanos y dos más que resultaron gravamente heridos, de exigir, a la vez, que se haga justicia a nuestros connacionales.

Asimismo, anunciaron el propósito común de integrar sendas comisiones de las dos cámaras, en las que participen las comisiones de Relaciones Exteriores, Población y Asuntos Fronterizos y Derechos Humanos, para crear foros que examinen la problemática de la migración de los mexicanos hacia los Estados Unidos y se evalúe, asimismo, los efectos de las comisiones binacionales y el trabajo realizado por las mismas sobre este tema, así como los efectos del clima de agresividad, persecución y xenofobia contra nuestros compatriotas que residen en el país vecino.

Los diputados establecieron como prioritario el tema de migración dentro de la agenda de la XXXV Reunión Interparlamentaria MéxicoEstados Unidos que se celebrará los días 3 y 4 de mayo en el Estado de Zacatecas. Y al referirse a los alcances de los puntos de acuerdo aprobados por ambas cámaras, concluyeron que la reunión sostenida con el Secretario de Relaciones Exteriores permitirá definir políticas de consenso en ésta y en otras materias de política exterior, enfatizando en la profunda necesidad de revisar la política en materia de convenios para regular la migración, así como la necesidad de revisar las causas profundas de carácter regional, nacional e internacional que provocan dicho fenómeno.

Los legisladores asistentes a la reunión reconocimos la labor desarrollada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, en este caso nos referimos al papel de nuestras embajadas y consulados, en la protección y defensa de nuestros connacionales. Si bien existen algunas voces discrepantes, éstas aprecian la necesidad de fondo de llevar a buen término las recomendaciones que se hicieron en el punto de acuerdo y también la disposición de las autoridades para sumar acciones en defensa de nuestros connacionales e instrumentar propuestas de revisión a nuestra legislación en la materia, así como fortalecer la legislación punitiva en cuanto al tráfico de seres humanos.

Finalmente se reconoció el trabajo de la cancillería y la exhaustiva información que nos fue proporcionada. Se informó que en los próximos días habrán de reunirse comisiones de ambas cámaras para llevar a cabo los foros sugeridos e instalar las comisiones especiales sobre migración y narcotráfico y abrir una consulta en materia penal que permita elaborar las propuestas e iniciativas para castigar el tráfico de seres humanos e incrementar en todo caso su penalidad.

Desde esta tribuna, deseo manifestar en nombre de todas las fracciones parlamentarias, nuestro beneplácito al licenciado José Angel Gurría Treviño, secretario de Relaciones Exteriores y al Embajador Enrique Loeza, director general de Protección y Asuntos Consulares, así como al embajador de México en Estados Unidos, licenciado Jesús Silva Herzog y al personal consular de la propia cancillería por su actitud de atención y respeto al Poder Legislativo y porque han estado atentos a nuestras permanentes sugestiones para fortalecer las acciones del Gobierno de la República, no solamente a través de las notas diplomáticas, sino de las acciones políticas, para que se logre el mejor cumplimiento de su deber en la defensa de los legítimos intereses de los mexicanos en el exterior y por ejecutar con empeño la política exterior del doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de la República.

Al mismo tiempo, a nombre de mis compañeros, diputados integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, estoy permitiéndome leer la propuesta que hace la propia comisión para crear la subcomisión encargada de examinar el problema del tráfico de drogas.

«Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión.-Presentes.

Augusto Gómez Villanueva, diputado federal, presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores:

Considerando que el tráfico ilícito de drogas enervantes es un flagelo que azota cada vez con mayor fuerza a casi todos los países de la Tierra, convirtiéndose en la actualidad en un problema internacional como en repetidas ocasiones lo ha manifestado el Presidente de México, doctor Ernesto Zedillo Ponce de León.

Segundo, que por su situación geográfica México se encuentra en la frontera sur del mercado más grande del mundo que consume toda clase de estupefacientes que se producen en otros países del orbe, lo que involucra a México como una de las principales vías de tránsito hacia ese mercado y como base de cooperaciones de las mafias que manejan este negocio.

Tercero, como el problema del narcotráfico afecta a muchos países con los que México tiene relación, en todas las reuniones interparlamentarias que México ha celebrado recientemente, el tema del narcotráfico, sus secuelas y sus múltiples aspectos desde la producción, distribución, consumo y lavado de dinero, aparece reiteradamente.

Cuarto, la gravedad del problema requiere de conocimientos y de estudios especializados. Lo que hace ver la necesidad y conveniencia de crear en el seno de la Comisión de Relaciones Exteriores de esta Cámara, una subcomisión que se ocupe particularmente del estudio de este problema.

En consecuencia y con fundamento en los artículos 34 y 37 de la Ley Orgánica del Congreso General y 70 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos de ambos ordenamientos a esta Cámara, propongo lo siguiente:

Se crea al interior de la Comisión de Relaciones Exteriores, una subcomisión especial para el estudio y análisis de toda la problemática relativa al tráfico ilícito de drogas enervantes en todas sus variables y todos los aspectos en que se desarrolla.

Salón de sesiones, 11 de abril de 1996.- Y en calidad de presidente firma Augusto Gómez Villanueva.» En el tema que hemos anunciado de presentar a su vez una propuesta para crear una subcomisión semejante en materia de migración, la habremos de presentar la próxima sesión.

Por lo pronto, señor Secretario, le rogaría que esta propuesta la pudiéramos presentar a la Comisión de Concertación y Gobierno, para darle el curso correspondiente.

El Presidente:

Túrnese la proposición a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

Tiene la palabra para rectificar hechos y hasta por cinco minutos, el diputado Marco Rascón.

El diputado Marco Antonio Ignacio Rascón Córdova:

Gracias, señor Presidente:

La intervención del diputado Augusto Gómez Villanueva, creo que nos obliga a hacer un breve comentario sobre estos hechos que se han suscitado en últimas fechas y que su origen pareciera ser que no lo hemos tomado suficientemente en cuenta.

Y creo que no estaba suficientemente presentado a través del acuerdo parlamentario.

El problema de la violencia contra los migrantes, no es un caso de violencia migratoria, sino es fundamentalmente o tiene su origen fundamentalmente en un problema de violencia política.

El candidato republicano, precandidato republicano Buchanan, ha pedido un nuevo muro de Berlín en la frontera y la entrega de Baja California para pagar el préstamo billonario de 1995. Mike Roico, premio Pulitzer de periodismo de gran reconocimiento dentro de Estados Unidos, a través del periódico Chicago Tribune, pide que se invada a México y se convierta éste en un inmenso campo de golf.

Somos hoy el chivo expiatorio de Estados Unidos y más en estos momentos de contienda electoral dentro de los Estados Unidos. El hecho de no tomar como referencia y hacer responsables de que esto no es un problema que se origina en la actitud racista de la policía del condado de Los Angeles, sino es una actitud que ha surgido de la contienda electoral entre el Partido Republicano y el Partido Demócrata, que han querido convertir a México, a Cuba, a Colombia, el resto de América y el resto del mundo, en sus chivos expiatorios y hacerlos los responsables de todos los males internos dentro de Estados Unidos.

Esto tiene una connotación importante, el día de hoy Carlos Fuentes escribe atinadamente y nos dice que ante la incapacidad de Estados Unidos de entrar en una competencia con Japón o con la Comunidad Europea, han tomado a México, a Colombia, a Cuba, como los chivos expiatorios para poder demostrar todos sus males. Habría que recordar que el problema del racismo y de la intolerancia, se ha venido expresando dentro de Estados Unidos en forma de terrorismo.

El bombazo y el acto terrorista en Oklahoma, el desvío y una bomba en el tren en Arizona, todas estas cosas han empezado a surgir en un escenario que más se parece a la Alemania de Hitler en 1936 y hoy se nos asigna, a nuestros países, el carácter o la situación que tenía Polonia frente a Alemania en ese momento. Hoy nosotros somos el obstáculo para el desarrollo mismo dentro de Estados Unidos.

Me parece importante que hoy nosotros pudiéramos expresarnos claramente y poder reclamar abiertamente en términos políticos, que el origen de esta violencia política no está únicamente a través de los organismos policiacos o paramilitares o migratorios, sino que está originado precisamente en la contienda electoral en Estados Unidos.

En esta lucha ultraconservadora entre demócratas y republicanos, hoy Estados Unidos se ha arrogado el derecho de decidir por todo el mundo y particularmente por toda América.

México, tenemos que decirlo también, que en esta situación, frente a nuestra debilidad económica y financiera, ha cedido soberanía. Los graves problemas que tenemos, el problema de no reclamar en términos igualitarios y equitativos, el origen de esta violencia y de estos problemas, tiene que ver también con un problema de debilidad de nuestra propia soberanía.

En ese sentido, me parece importante recalcar que otra vez estamos frente al hecho que la política económica, el determinismo de la política social, de la nueva homologación que se piensa hacer de la Ley Contra el Crimen Organizado, tiene que ver fundamentalmente con todas las presiones norteamericanas sobre nuestro país. En ese sentido yo plantearía que este Congreso se pudiera pronunciar de manera digna, en contra de esta violencia política que se ha generado a partir de la contienda y de los principales responsables y dirigentes del estado norteamericano, en contra de México y el resto de toda América latina.

En ese sentido, compañeros, nosotros deberíamos asumir e integrar dentro de este pronunciamiento, el problema de que esta violencia no es únicamente con respecto a los grupos o frente a las fuerzas que tienen qué ver con los aspectos migratorios, sino que fundamentalmente está originada a partir de esta violencia política que hoy en todos los medios de comunicación en la sociedad norteamericana, es una realidad, una amenazante realidad en contra de la paz y la estabilidad del resto de América y del mundo.

Muchas gracias.



INDOCUMENTADOS MEXICANOS (II)

El Presidente:

Para hablar sobre el tema indocumentados Mexicanos en Estados Unidos de América, tiene la palabra el diputado Froylán Velázquez Hernández, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Froylán Velázquez Hernández:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados:

El tema que hoy abordo, posiblemente para algunos sea ya un tema por demás trillado. Sin embargo, es un fenómeno muy viejo y al mismo tiempo, actual. ¿Por qué lo uno y por qué lo otro? Sencillamente porque el problema de los migrantes mexicanos hacia el país vecino, tiene tantos años como la misma sociedad mexicana y es tan actual como lo que hoy en día se da entre norteamericanos y migrantes mexicanos.

Y hoy, lo que la televisión y los medios sociales de comunicación nos dan a conocer, son hechos que han vejado y privado de la vida a varios connacionales.

Los mexicanos nos hemos indignado por la forma en que trató la patrulla fronteriza a los mexicanos que van a vender su fuerza de trabajo por unas cuantas monedas. De esta forma, nuestra indignación llega a su extremo por la forma tan brutal de actuar de los policías norteamericanos, porque los mexicanos tengan que irse a sufrir a los Estados Unidos de América para sobrevivir, por la forma pacífica con que se entregan los mexicanos para posteriormente ser golpeados despiadadamente.

Sin embargo esto no debe de sorprendernos, la actitud de la policía californiana ha sido siempre sanguinaria, violenta y racista. Ante esto creo que debemos replantear y analizar los hechos hasta aquí señalados y hacer una proyectiva para su posible solución.

A juicio personal abordaría los tres últimos acontecimientos dados en contra de los trabajadores migratorios.

Primero, la golpiza a indocumentados.

Segundo, la volcadura de la camioneta en la que murieron varios mexicanos, entre ellos tres michoacanos del municipio de Cherán, que dejan viudas y huérfanos y que hasta este momento sus cuerpos no han llegado a México; las causas las desconocemos:

Tercero, la golpiza que el día de ayer, el día de ayer, preciso, recibió el ciudadano aguascalentense José Luis Ugalde Hernández, quien es tirado en la frontera por la policía norteamericana, con todas las costillas rotas y que está hospitalizado en Piedras Negras, Coahuila.

Sin embargo históricamente estos hechos no han sido los únicos, se dan año tras año y suman miles en cada Estado de la República. Y han muerto en los Estados Unidos de América, a manos de la policía de ese país, niños, mujeres y hombres. Y esto no sucede con los ciudadanos norteamericanos en México; ellos, los norteamericanos, aquí viven mejor que en su país y si en algún momento algo les pasa, son capaces de violar nuestra soberanía para hacerse justicia por su propia mano.

Y aquí un hecho que puede ilustrar, el caso preciso, el caso del Mareño, en Michoacán, hecho reciente en el que no se detuvieron ante nada para hacerse justicia.

Por eso, creo que debemos replantearnos este asunto con todo y que la Cámara de Diputados y el Senado de la República, hayan emitido un punto de acuerdo y se le quiera abordar con el mayor tacto posible. El asunto de los migrantes es un asunto de fondo y no de forma exclusivamente, tiene que replantearse ante las mismas comisiones de la Cámara de Diputados y del Senado como un asunto prioritario, tiene que abordarse por el Ejecutivo Federal y el Poder Ejecutivo de cada una de las entidades del país, tiene que ser abordado como un asunto que catalice la reforma del Estado para impulsar un nuevo federalismo.

Debemos legislar para que este estado de cosas cambie en México, para que la pobreza no siga radicando en nuestro país.

Actualmente nuestros hermanos de raza emigran de sus lugares de origen porque existe una pobreza extrema, no permitamos que esto siga sucediendo, creo que es un reclamo del pueblo de México, es un reclamo de los mexicanos.

Finalmente invito a que esta Cámara de Diputados se pronuncie porque se cumplan cabalmente los convenios y tratados internacionales con relación a los derechos humanos de los cuales son signantes los Estados Unidos de América y nuestro país, sobre todo con respecto a la atención y el trato a los mexicanos que le regalan su trabajo y como gratificación les quitan la vida y a los que bien les va les dan un trato discriminatorio.

Concluyo, compañeros legisladores, pidiéndoles que nos esforcemos por lograr que no haya más migrantes hacia los Estados Unidos o que haya más oportunidades para los mexicanos aquí en México, impulsando una nueva política nacional donde se hagan más oportunidades para los mexicanos en cada uno de los estados de la República, para así impulsar, vitalizar y fortalecer el arraigo de los mexicanos en nuestra patria.

Muchas gracias.

El Presidente:

Para hablar sobre el mismo tema tiene la palabra el diputado Emilio Solórzano Solís, del grupo parlamentario del PRI.

El diputado Emilio Solórzano Solís:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados:

Como legislador michoacano, vengo también a sumarme a la protesta del compañero que me antecedió en la tribuna, para condenar los hechos de vejación y muerte que históricamente se han dado en la frontera norte y que esas agresiones se han incrementado en los últimos meses como instrumento de apoyo en las campañas prácticas de los dos partidos en contienda en la Unión Americana.

Es importante resaltar que, en la reunión de trabajo que sostuvimos legisladores de todos los partidos representados en el Congreso de la Unión con el señor Secretario de Relaciones Exteriores, le manifestamos la importancia que tiene un encuentro de este tipo dado que significa la completa disposición a realizar una tarea conjunta entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo, pues quedó el compromiso hecho para seguir teniendo reuniones de evaluación y análisis de los problemas futuros que se susciten en la frontera con los Estados Unidos.

Por eso le planteamos al Secretario de Relaciones Exteriores que no se debe abandonar a las familias que quedaron huérfanas y sin sustento económico producto del accidente del 6 de abril, pues la policía fronteriza argumenta que dicho suceso fue un accidente de tránsito, por lo cual no se tiene derecho a indemnizaciones. Lo anterior nos parece inverosímil y risible y por ello hemos insistido en la necesidad de investigar a fondo para lograr sean aclarados los hechos e indemnizar a las familias de los connacionales fallecidos.

Es también pertinente resaltar que hemos insistido en la necesidad de proporcionar asistencia jurídica capacitada para la defensa y protección legal de las víctimas, por ello el Secretario de Relaciones Exteriores hizo público el compromiso ante mis compañeros senadores y diputados en reunión apenas sostenida con él, de que se reforzará el apoyo jurídico agregando dos abogados más a los que ya trabajan en la investigación para su justa indemnización a la que por ley tienen derecho.

Por otro lado reafirmamos lo que aquí expresara el presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores de esta Cámara, que en la próxima reunión interparlamentaria que sostendremos en el mes de mayo próximo con los representantes populares de los Estados Unidos, el tema de la migración y respeto a los derechos humanos de nuestros compatriotas será el punto prioritario para la agenda de trabajo y en ella manifestaremos nuestra indignación y condena por la violencia, agresiones y discriminación de que son objeto nuestros compatriotas por encontrarse en estado de indefensión.

Lamentablemente en este estado de indefensión se toma más ventaja frente a una campaña racista y xenofóbica del vecino país del norte.

Gracias.



DISCAPACITADOS

El Presidente:

Para tratar el tema problema de personas con discapacidad, se concede el uso de la palabra al diputado Manuel Chable Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Manuel de Atocha Chable Gutiérrez:

Con su permiso, señor Presidente; diputadas y diputados y curules vacías que son la mayoría realmente.

El pasado 28 de marzo en el asta bandera de la plaza de la Constitución, se dio un hecho histórico de gran importancia para los alrededor de 10 millones de mexicanos con discapacidad que existen actualmente en nuestro país, según cifras de la organización mundial de la salud, ya que después de recorrer una distancia de cerca de 2 mil kilómetros por las carreteras del sureste en silla de ruedas desde Cancún, hasta la Ciudad de México con el lema "45 días de lucha por la justicia social para los mexicanos con discapacidad", ocho compatriotas con discapacidad, encabezados por el ciudadano José Luis Muñoz Andrade, presidente de la Asociación de Deportes sobre Silla de Ruedas de la UNAM, en pleno ejercicio de su derecho constitucional y con la dignidad en alto, hablaron con claridad acerca del contenido de su lucha y de la justicia de sus demandas.

A lo largo de su recorrido por más de siete estados de la República sin importarles calores cercanos a los 40º, nortes, fríos extremos, subir por las sierras, carreteras de alto riesgo, posibilidades de accidentes, hambres, deterioros de su salud etcétera, pasaron por comunidades, municipios y ciudades donde se dieron cuenta de las condiciones de miseria, pobreza y del hambre, no sólo de alimentos, sino de justicia social en que se encuentran los mexicanos, sobre todo los de las áreas rurales incluyendo a los que tienen discapacidad.

Pero no sólo eso, también observaron que en materia de discapacidad se ha trabajado muy poco a pesar de que existe un programa nacional al respecto y en las ciudades siguieron encontrándose a personas con discapacidad en su histórico papel de limosneros, que la sociedad mexicana les ha asignado; además de enterarse de que todavía existen personas con discapacidad, de que son ocultados en sus casas por vergüenza familiar, entre otras cosas, por lo que fueron sensibilizando a la población y autoridades sobre la necesidad de un cambio de mentalidad que permita a los mexicanos con discapacidad y a los ancianos un trato de respeto y recobrar su dignidad e integridad como seres humanos, como mexicanos que son, pues como ellos bien señalan, el hecho de tener algún tipo de discapacidad no quiere decir en ningún momento que hemos perdido nuestra condición de seres humanos ni mucho menos nuestra calidad de mexicanos, por lo que venimos exigiendo respeto a nuestros derechos humanos y constitucionales.

Hablaron de la necesidad de generar y desarrollar una visión social integral para resolver realmente la multiplicidad de problemas que impiden a los mexicanos con discapacidad estar integrados plenamente a la vida del país en todos sus ámbitos, por lo cual plantean construir una estación con bases diferentes, desarrollando una cultura profundamente humana, sustentada en los principios y valores de las grandes culturas y del pensamiento de nuestros héroes nacionales, que han engrandecido la historia de nuestro país, con el afán de enfrentar directamente la injusticia social, que no sólo se acompaña de la miseria material, sino a estas alturas de la crisis también de la miseria humana en la que hemos venido cayendo como sociedad por la pérdida de valores e identidad, al reproducirse continuamente y cada vez con mayor profundidad, los factores que dan vida a los actos cotidianos de discriminación, marginación y exclusión social que obstaculizan el despliegue de las potencialidades humanas de la mayoría de los mexicanos, incluyendo sobre todo a los que tienen discapacidad.

Asimismo hablaron dentro de dicho contexto, de la necesidad impostergable de aplicar una política social profunda en materia de discapacidad, pues consideran que el programa nacional existente sobre la materia es limitado y de corto alcance, con claros tintes de moda sexenal que no garantiza su aplicación real y profunda, como lo exige la creación de las condiciones para el desarrollo de la integración plena a la vida social y productiva de la nación, por lo que están luchando.

De igual manera, una de las vertientes que ellos consideran fundamental en dicho proceso de integración, es la realización de una reforma integral en materia de discapacidad, dejando en claro que la creación de leyes especiales que se han hecho en algunos estados de la República e incluso en el Distrito Federal, reproducen una visión que sectariza a la población con discapacidad, como un grupo separado de la sociedad y que contraviene los principios de la integración plena. Por ello, como ejemplo, el comité de recorrido demanda: si la Ley Federal del Trabajo rige a los trabajadores del país, esa misma ley también debe regir a los mexicanos con discapacidad, esto conforme a las bases de nuestro sistema de derecho.

También están exigiendo que el INEGI dé a conocer las cifras reales sobre cuántos mexicanos con discapacidad existen y en qué condiciones viven, para que la política social profunda que se requiere aplicar sea sustentada sobre un conocimiento sociodemocrático claro y no se pretenda imponer programas basados en el empirismo, que no contemplan la magnitud de la problemática y que no van al fondo de las causas que deben atacarse para dar soluciones reales a esta población con discapacidad, hundida en el fango de la discriminación y marginaciones históricas.

Ello debido a que estos luchadores sociales han manifestado públicamente su preocupación de no caer en polémica semejante a la que ocurrió cuando se dieron a conocer las cifras oficiales del Censo General de Población y Vivienda de 1990, donde resultó que éramos igual o menos mexicanos que 10 años atrás, pues señalan que en el caso de los mexicanos con discapacidad que no sean contados, serán seres humanos condenados de nueva cuenta al anonimato y al olvido social gubernamental.

Con mayor énfasis dejaron en claro que no están dispuestos a permitir que les suceda a lo que a los demás movimientos sociales de nuestro país, que han quedado sujetos y a merced de la corporativización del Estado, por lo que lucharán activamente para que en este movimiento social no reinen los cacicazgos eternos que opacan el desarrollo de la democracia activa y participativa de los mexicanos con discapacidad, pues consideran que la responsabilidad de sacar adelante esta justa causa social, es derecho y obligación de las mismas personas con discapacidad, de ahí que dentro de sus peticiones exigen la destitución del doctor Pedro Valdés Alcántara, como director de Rehabilitación del DIF Nacional, por ser un cacique de la discapacidad, que sólo ha utilizado este movimiento para encumbrarse como funcionario público.

Esas son sólo algunas de sus demandas centrales que están contenidas en dos documentos surgidos a raíz de este recorrido, uno dirigido al Presidente de la Gran Comisión de la Cámara de Diputados y otro al ciudadano Presidente de la República Mexicana, para los cuales exigen una respuesta pronta y expedita que esté a la altura de la responsabilidad que les ha conferido la nación y que satisfaga el contenido de esta lucha social.

A ello se suman dos hechos vergonzosos que enfrentaron estos luchadores sociales el día de su llegada a esta ciudad. Después de recorrer en silla de ruedas las carreteras del sureste y que reflejan actos de resignación. Primero fue el recibimiento que le dio el cuerpo de seguridad de esta Cámara de Diputados al ciudadano Baltazar Hernández Suástegui, integrante de la caravana de su recorrido, al cual sacaron con todo y silla de ruedas de estas instalaciones, a empujones y con lujo de prepotencia, a pesar de mostrar su gafete de entrada, con el simple argumento de que "son órdenes superiores" aun cuando en la puerta principal estaban siendo atendidas por el Secretario de la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

Y segundo, cuando dieron termino en el acto central que tuvieron en el Zócalo, se dirigieron a entregar el documento dirigido al Presidente de la República y les cerraron las puertas de Palacio Nacional; es decir, se encontraron contra lo que vienen luchando, en las propias puertas de los poderes Legislativo y Ejecutivo, a los cuales están acudiendo para que les sean resueltas sus demandas de gran trascendencia social.

Es injusto que a estos mexicanos con discapacidad se les dé ese trato despótico, después de haber demostrado su valor, voluntad, mentalidad y fuerza de espíritu para enfrentar la adversidad de un recorrido como el que hicieran y sobre todo si su bandera de lucha es la justicia social para este numeroso grupo de la población, especialmente en estos momentos en que se supone hay voluntad política de diálogo para avanzar en las expresiones democráticas de relación, por lo cual desde esta tribuna solicitamos se reprueben estos actos de discriminación y se esclarezca quién dio la orden superior para sacar de esta Cámara de Diputados al ciudadano Baltazar Hernández Suástegui y se proceda en consecuencia.

Y de la misma forma, solicitamos, nos pronunciamos porque se otorgue la audiencia tanto en la Cámara de Diputados como en la Presidencia de la República a esos ciudadanos, para que se atienda y se dé respuesta clara y precisa, acorde al objetivo supremo de integración plena de la población con discapacidad, al contenido de los documentos mencionados que contienen sus demandas, esperando que no les sean cerradas las puertas de Palacio Nacional ni reciban el maltrato en nuestro Palacio Legislativo, tal y como sucedió hace unos cuantos días.

Señor Presidente, hago entrega al Secretario, para lo conducente.



HORARIO DE VERANO

El Presidente:

Para tratar el tema sobre el cambio de horario, se concede el uso de la palabra al diputado José Alfonso Solórzano Fraga, del grupo parlamentario de la Revolución Democrática.

El diputado José Alfonso Pascual Solórzano Fraga:

Compañeras y compañeros diputados:

Desde hace varias semanas a través de los medios de comunicación, tanto impresos como electrónicos, se nos recordaba que a las dos horas del primer domingo de abril tendríamos que adelantar una hora nuestros relojes, debido a que se establecería en nuestro país el horario de verano, a fin de aprovechar más la luz del día durante la primavera y el verano y así propiciar la disminución de la demanda de energía eléctrica, abatir la emisión de contaminantes y lograr más condiciones de seguridad pública, sobre todo se ha insistido en el ahorro de la energía eléctrica al reducir el tiempo de iluminación artificial.

Como sabemos, el fenómeno astronómico de la inclinación del eje de la Tierra, de 23º, 27', provoca que la duración de los días y las noches sea diferente de acuerdo a la época del año y la altitud de que se trate.

En el Ecuador; es decir, latitud cero grados, todas las noches y los días son iguales durante el año, mientras que en los polos hay prácticamente días y noches de 24 horas en diciembre o en julio. Esto significa que un país entre más retirado esté del Ecuador tendrá variaciones mayores en sus días y noches con respecto a los países más cercanos al Ecuador.

Es decir, que los países con latitudes arriba de los 35º, en virtud de que tienen los días más largos en verano, modifican sus horarios adelantándolos una hora para aprovechar la luz del día.

Seguramente que con base en esas experiencias se pensó que una medida de este tipo debería aplicarse también en México, sólo que nuestro país no está ubicado en las latitudes como la de los países que cambian su horario. El territorio mexicano se encuentra localizado entre los paralelos 14º con 32' en la desenbocadura del Suchiate y 32º 43' en la frontera norte. Esto es que las variaciones entre la duración del día y la noche no son tan grandes.

Por otra parte, aproximadamente el 75% de la población se encuentra asentada por debajo del paralelo 22.

Con base en esta información resulta extraña la causa por la que se han establecido tres husos horarios diferentes: el que corresponde los meridianos 90, al meridiano 105 y 120, ¿por qué tres y no dos?, pues como sabemos, al dividir los 360º de la circunferencia entre las 24 horas que tarda en girar la Tierra sobre su propio eje, resulta que para cada hora se tienen 15º, y si nuestro país se ubica entre los 86º y 116º, en lo que a latitud se refiere, es decir, que entre la parte más oriental y la parte más occidental del territorio hay una diferencia de 30º, lo que equivale a dos horas y no a tres.

Con estas reflexiones que ahora expongo ante ustedes, considero que antes de haberse tomado la decisión de cambiar el horario se debió consultar y debatir de manera pública, con el concurso de la sociedad, las desventajas o ventajas de este cambio. Sin embargo, se tomó la decisión de manera autoritaria, vertical, por el responsable del Poder Ejecutivo, a través de un decreto de fecha 29 de diciembre de 1995, y que fue publicado en el Diario Oficial del día 4 de enero de este año, el cual dice:

"Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y considerando que la parte continental del territorio nacional se encuentra ubicada entre los meridianos 86 y 118 al oeste del meridiano de Greenwich, por lo que le corresponden los husos horarios que tiene como referencia los meridianos 90, 105 y 120, que mediante diversos decretos presidenciales se han establecido horarios diferentes con función de las necesidades de las regiones geográficas del país y que en la actualidad en la mayor parte del territorio nacional se aplica la hora del meridiano 90, en los estados de Baja California Sur, Nayarit, Sinaloa y Sonora los meridianos 105 y en Baja California rige el sistema de horarios estacionales correspondiente a la hora del meridiano 105 durante el verano, y la del meridiano 120 para el resto del año.

Que el llamado horario de verano, es una medida que se aplica durante el periodo de mayor insolación durante el año y consiste en adelantar una hora el horario local al inicio de dicho periodo y retrocederlo también una hora, una vez transcurrido del periodo citado.

Que el horario de verano propicia una importante disminución en la demanda de energía eléctrica, así como una reducción en los consumos de combustibles utilizados para su generación, lo cual a su vez contribuirá a disminuir las emisiones de contaminantes.

Que es compromiso del gobierno de la República apoyar las actividades productivas del país, abatir los costos de producción y proteger el ingreso familiar y que un menor consumo de energía eléctrica coadyuvara a lograr tales objetivos.

Que con el horario de verano la sociedad en su conjunto realizará un mayor número de actividades a la luz del día, lo que puede redundar en mayores condiciones de seguridad pública.

Y que estudios realizados por diversos organismos especializados del Gobierno Federal y la experiencia de numerosos países, se aplican los horarios estacionales, dan cuenta de los beneficios económicos y sociales que esta medida implica y en tal virtud, diversos sectores sociales han solicitado se adopten medidas similares en nuestro país.

Se ha tenido a bien expedir el siguiente decreto por el que se establecen horarios estacionales en los Estados Unidos Mexicanos."

El Presidente de la República, en su toma de posesión, insistió en que no iba a tomar las decisiones solo, en que no legislaría solo, sino que tendría, el Poder Legislativo, una gran participación en todos los asuntos del país. Sin embargo, este tema que afecta a todos los mexicanos, no fue tratado aquí en la Cámara de Diputados, sino simplemente a través de este decreto, basándose en el artículo 89 fracción I, que a la letra dice: "... las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes: promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

Y este asunto no se expidió, no se discutió y la ley no se expidió por el Poder Legislativo, sino simplemente por el Poder Ejecutivo y consideramos que éste es un acto de autoritarismo, un acto de hacer a un lado al Poder Legislativo, de hacer a un lado a la misma sociedad y en lugar de que unos cuantos, como dice el decreto, asesoraron al Presidente, unos cuantos iluminados le dijeron que había que cambiarlo, les hizo caso, en lugar de eso debió haberlo puesto a un debate nacional, a un debate dentro del Poder Legislativo, para que de aquí, de este Poder, se emanara, se expidiera la ley que después él tenía que promulgar.

Nosotros consideramos que este tipo de actitudes en nada fortalecen al Poder Legislativo y por lo contrario, reafirman el autoritarismo que padece nuestro país del Poder Ejecutivo.

Por lo tanto, nosotros pedimos que asuntos que son de incumbencia nacional, no se traten sólo con unos cuantos, sino que se meta a debate nacional, que la Cámara sea la que emita los decretos o leyes correspondientes y se tome en cuenta la participación en su conjunto de la sociedad mexicana y no sólo la de unos cuantos.

Muchas gracias.

El Presidente:

Para hablar sobre el mismo tema, se concede el uso de la palabra a la diputada María del Carmen Zavala Medel, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada María Carmen Zavala Medel:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados:

Hago uso de esta tribuna para hacer algunos comentarios al respecto del horario de verano recientemente establecido. Como todos sabemos, este programa tiene como finalidad, lograr beneficios sustanciales en cuanto al uso racional de la luz del sol, recurso natural que es fundamental en la vida del hombre y que por costumbre data de muchos años.

Hasta ahora este bien natural se viene subutilizando en los centros urbanos al desaprovecharse en gran parte por las mañanas durante algunos meses del año. Para la gran mayoría de mexicanos nos ha sido muy cómodo poner nuestro reloj a la hora señalada, sin detener nuestro pensamiento en el trasfondo del asunto que aquí se discute.

Quizá sabemos que los beneficios que ofrece este nuevo horario serán, el que contemos con una hora más de sol y luz natural por las tardes de primavera y verano para realizar actividades productivas y sociales.

Que se reducirán las situaciones de riesgo y los accidentes al tener más luz en la tarde.

Que se dejarán de generar anualmente 1 mil 300 millones de kilowatts por hora, superiores a la electricidad que se consume cada año en estados como Aguascalientes, Tlaxcala o Colima.

Que se conservará el equivalente a 2 millones de barriles de petróleo, que se utilizarán para producir la electricidad.

Que se contribuirá a mejorar el medio ambiente reduciendo la contaminación atmosférica, al mandar al aire menos humos y gases, producto de la quema de combustibles.

Por lo que a mi juicio corresponde, debemos de buscar que el mayor número de mexicanos conozca más sobre esta determinación de cambiar el horario por el horario de verano.

Que se informe sobre los antecedentes que motivan los cambios en los husos horarios implantados.

Que es importante saber que el horario de verano se implementó por primera vez durante la Primera Guerra Mundial, como medida para hacer frente a la necesidad de ahorrar energéticos y que asimismo en la Segunda Guerra Mundial nuevamente se justificó el horario de guerra durante los meses de mayor insolación.

Es importante saber que no sólo en nuestro país se ha propiciado el cambio de horario, sino que se ha implantado en muchos países del mundo por los beneficios que él mismo trae.

La idea de establecer un horario de verano en México, es una inquietud que viene expresándose desde hace más de ocho años en diferentes estratos de la sociedad, como lo demuestra el establecimiento de este horario de verano en el año de 1988, en los estados de Durango, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas y el proyecto para su establecimiento a nivel nacional del año de 1992.

Para lograr éxito en la aplicación de este programa, es necesario hacer una amplia propuesta, mediante presentaciones a grupos re-presentativos de la sociedad en todo el país.

Y en lo que a nosotros corresponde, como diputados, tener una mayor participación dentro de nuestras comisiones, para conocer un poquito más al respecto de este tema, estar más informados y también estos temas que son de interés general, dar una respuesta mayor a la ciudadanía que es a la que generalmente afecta.

Por su atención, gracias.

El Presidente:

Se concede el uso de la palabra para rectificación de hechos y hasta por cinco minutos, en términos del artículo correspondiente al reglamento, al diputado Luis Sánchez Aguilar.

El diputado Luis Sánchez Aguilar:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Nuestra amiga la diputada María Carmen Zavala a quien respeto y admiro, retoma y defiende los argumentos de su partido y de su Presidente; desde luego, no los compartimos. Nosotros deseamos explorar otros ángulos que son los de fondo.

El señor Zedillo dio albazo legislativo el 29 de diciembre emitiendo un decreto inconsulto, alegando facultades que la ley y la Constitución no le otorgan, como lo ha razonado el diputado Solórzano. ¿De qué se trata entonces? ¿Se trata de ese perfil de esquizofrenia política?, ¿qué persigue el encargado del Ejecutivo, quiere derrotar sistemáticamente a la realidad? Si hay luz dice que es de noche; si la crisis económica se agrava, sostiene que hay recuperación. En materia económica nos quiere convencer que él sabe cómo hacerlo, aunque no pueda, según rezó celebre lema de campaña.

También nos quiere persuadir del bienestar para las familias, cuando las empresas quiebran, el desempleo cunde y la inflación está fuera de control, porque dijo Zedillo: 20 y será del 40. Pero así como en materia económica pretende derrotar a la realidad y ésta, terca lo desmiente, ahora en materia astronómica nos quiere convencer que cuando el sol brilla aún en lo alto, ya obscureció y es de noche.

Desde luego en términos geográficos, técnicos, ésta es una medida que carece absoluta. mente de justificación, no se puede alegar aquí el ejemplo de tales o cuales países, de tales o cuales conflagraciones mundiales, cuando éste no es un país del septentrión; éste es un país tropical, por aquí cerca pasa el Trópico de Cáncer, 30 grados latitud norte; que no nos vengan entonces con que por nuestra localización geográfica esto se justifica. Esto sólo puede caber en esas mentes demagógicas que tratan de crear ideas para engañar bobos como esa de que así vamos a ahorrar mucho dinero.

Al director de la Comisión Federal de Electricidad nosotros le recomendaríamos otras vías, que se deshaga de miles de aviadores que asuelan las nóminas de la Comisión Federal de Electricidad y que cuestan decenas de millones de dólares anuales; que adopte un programa de reducción de costos operacionales; que reduzca el sueldo de la alta dirección de esa empresa, de los altos directivos que ganan como banqueros norteamericanos y, desde luego, que introduzca un programa de productividad, severo y draconiano; pero que no se le aplique ese programa exclusivamente a los obreros, porque ¡ya basta! de exigirle a los obreros más y más productividad, hay que exigírsela a la administración, a los directores, a los jefes, hay que exigirla al manejo de la tesorería en donde también se debe reclamar la productividad.

Con eso el director de la comisión podría ahorrar más dinero de lo que ahora pretende, porque con la novedad, compañeros, que hay muchos ciudadanos que no entienden, cómo a las 7.00 de la noche, 7:00 pm, aún disfruten de la luz diurna cuando ese mismo ciudadano a las 7:00 am cuando se levanta en la tenebra nocturna, las 6:00 am de antes, tenga que prender la luz. ¿Cuál ahorro entonces?

Falta pues ahí imaginación y creatividad. Pero volvamos al fondo. A nosotros nos preocupa que ocurran estas cosas impunemente, sin que aquí nadie trine. Por eso apoyamos la denuncia de Solórzano Fraga.

Hacemos un extrañamiento para que esta Cámara adopte una actitud enérgica para evitar que el encargado del Ejecutivo se arrogue facultades que no le correspondan, antes de que Zedillo en otro albazo, un día de éstos decrete la abrogación de la ley de la gravedad.

Mucha gracias.



LEY QUE ESTABLECE BASES PARA LA EJECUCION EN MEXICO, POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO

El Presidente:

Esta Presidencia acaba de recibir un oficio de la Cámara de Senadores.

Se ruega a la Secretaría dar cuenta de él.

El secretario Cruz Pérez Cuéllar:

«Escudo Nacional.- Cámara de Senadores.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.

"Para los efectos correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto, que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo."

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

México, D.F., 11 de abril de 1996.- Senadores: Pedro de León Sánchez y Javier Alvarado Ibares, secretarios.

MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY QUE ESTABLECE BASES PARA LA EJECUCION EN MEXICO, POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO

Artículo primero. Se reforman los artículos 2o. y 3o. y se deroga el artículo 6o., de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano del Desarrollo, para quedar como sigue:

Artículo 2o. Se autoriza al Gobierno Federal para que, por conducto del Banco de México, efectúe la suscripción adicional de 202 mil 245 acciones del Banco Interamericano de Desarrollo, hasta por el equivalente a 2 ,022.450,000 (dos mil veintidós millones cuatrocientos cincuenta mil) dólares de los Estados Unidos de América, del peso y ley en vigor al 1o. de enero de 1959.

Artículo 3o. Se autoriza al Gobierno Federal para que, por conducto del Banco de México, efectúe aportaciones adicionales hasta por el equivalente de 9.374,212 (nueve millones trescientos setenta y cuatro mil doscientos doce) dólares de los Estados Unidos de América, para cubrir la cuota de la contribución de México al fondo para operaciones especiales a que se refiere el artículo IV del Convenio Constitutivo de dicho organismo.

Artículo 6o. (Se deroga.

Artículo segundo. Se autoriza al Ejecutivo Federal para acepar enmiendas al Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo, referentes a la estructura de votación de los países miembros, la adecuación en las mayorías de votos para ciertas resoluciones y a la integración del directorio ejecutivo.

TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores.- México, D.F., a 11 de abril de 1996.- Senadores: Alvaro Vallarta Ceceña, presidente; Pedro de León Sánchez y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»

El Presidente:

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



AUTOTRANSPORTES URBANOS RUTA-100

El Presidente:

Se concede el uso de la palabra al diputado Luis Sánchez Aguilar, para referirse al aniversario del conflicto de Ruta-100.

El diputado Luis Sánchez Aguilar:

Compañeros, no se apuren; adelanten su reloj una hora y no hay problema.

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Hace un año estalló el conflicto Ruta-100, en virtud de que el déspota Oscar Espinosa Villarreal, desde la regencia, agredió a los trabajadores heroicos del SUTAUR-100.

Con la reanudación de negociaciones esta semana entre representantes del Gobierno y del sindicato, se abre alguna posibilidad que podría plasmar o no, de una solución negociada al conflicto que ha lastimado a más de 80 mil personas durante este lapso.

El desarrollo de este suceso histórico nos ha dado a conocer la verdadera catadura de quienes intervienen en el caso. Por una parte, de Oscar Espinosa Villarreal, sólo hemos visto una mezcla singular de soberbia y sadismo.

Por la parte de los trabajadores, en contraste, dignidad y resistencia.

Y por los asambleístas del Distrito Federal, en lo general tibieza y alineamiento con el Gobierno, especialmente de la fracción panista. Los señores José Luis Luege y Víctor Orduña, han dejado allá patente su vocación profranquista, parecieran herederos de quienes combatieron a la República Española y llevaron a Francisco Franco Bahamonde, al trono hispánico, desde el que oprimió por tres décadas al noble pueblo español.

Con gran irresponsabilidad, dichos asambleístas hacen afirmaciones que no pueden comprobar. Por ejemplo, han sostenido públicamente que el sindicato ha pedido gasolineras y macroverificadores de autos a cambio de firmar lo que propone Oscar Espinosa Villarreal.

También han dicho que ofrecen las autoridades más de lo que legalmente corresponde a los trabajadores. Ya Marx lo dijo, nunca nadie en el capitalismo ofrecerá un centavo más de lo que en su opinión merezcan los trabajadores.

Con ello dejaron ver los citados asambleístas su carácter de enemigos de quienes viven de su trabajo. En realidad, lo que hemos visto ha sido la confrontación de la arrogancia gubernamental, combinada con intereses monetarios enfrentados al coraje y el valor de los sindicalistas.

A un año del conflicto, el Departamento del Distrito Federal ha hecho gala de:

Primero. Ejercicio autoritario y faccioso del poder:

Segundo. Prepotencia en el trato con los gobernados:

Tercero. Impunidad en la destrucción deliberada del patrimonio colectivo de Ruta-100:

Cuarto. Acatamiento de consignas provenientes de los Estados Unidos:

Quinto. Intimidación y opresión para amedrentar a la ciudadanía:

Sexto. Imposición de decisiones contrarias al interés social:

Séptimo. Priorización de intereses particulares, haciendo negocios con el aparato gubernamental:

Octavo. Retorcimiento del espíritu de las leyes:

Noveno. Utilización oscura del presupuesto del organismo Ruta-100 y

Décimo. Sadismo al infligir sufrimiento, difamar y abusar de más de 10 mil familias mexicanas.

Por su lado, los sutauristas, nos dejan este invaluable legado histórico:

Primero. Un año de resistencia ciudadana ejemplar:

Segundo. Una defensa inclaudicable de sus derechos constitucionalmente garantizados, pero negados de facto en la práctica:

Tercero. Una identificación con un pueblo lastimado por década y media de neoliberalismo rampante:

Cuarto. Un alzamiento de la dignidad de la soberanía nacional:

Quinto. Evitar la confrontación que pudiera resultar suicida:

Sexto. Injusto e inhumano encarcelamiento de los líderes, a consecuencia de no traicionar a sus representados;de la misma manera en que los representados no abandonaron a sus líderes:

Séptimo. Una lucha por un servicio de transporte eficiente y barato para toda la población:

Octavo. Incursionar por los tortuosos caminos de la ley, sin encontrar respuesta alguna:

Noveno. Una lección de cómo sobrevivir sin renunciar a los principios,:

Décimo. Prueba de que con la unidad y el espíritu de combate, sí se puede.

¡Que viva Ruta-100!

Muchas gracias.



INDOCUMENTADOS MEXICANOS (III)

El Presidente:

Se concede el uso de la palabra, para tratar el tema de indocumentados, al diputado Jaime Rodríguez López.

La diputada Carlota Angela Rosa Botey y Estape (desde su curul):

Señor Presidente.

El Presidente:

Dígame, diputada.

La diputada Carlota Angela Rosa Botey y Estape (desde su curul):

Estoy inscrita para un tema.

El Presidente:

Sí, sigue todavía en la relación. A continuación le concedo el uso de la palabra, con mucho gusto, diputada.

Adelante, diputado Rodríguez López.

El diputado Jaime Rodríguez López:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Vengo a hacer uso de la tribuna para dar un comentario anexo a los que ya han hecho tres diputados michoacanos en relación con estos hechos tan bochornosos que han ocurrido allende las fronteras y que desde luego nos tienen a todos, como ya se ha dicho, muy indignados.

El día de ayer, platicando con algunos compañeros michoacanos de todas las fracciones de todos los partidos, hacíamos el comentario de que viéramos la posibilidad de hablar con el gobierno del Estado de Michoacán, con el propósito de que las familias de los compañeros caídos pudieran ser auxiliadas por el gobierno del Estado. Y hace unas horas el diputado Armando Ballinas Mayes, coordinador de la fracción parlamentaria del PRI, hizo un llamado al gobierno estatal. ¿Y qué es lo que queremos informar? Que, en efecto, el gobernador Tinoco Rubí, en Michoacán, personalmente ha hablado con la madre de los difuntos y le está prestando la atención necesaria.

Hoy, como ya Froylán lo ha informado, el diputado de esa región precisamente, de Cherán, a las 24:00 horas arriban los cadáveres de los compañeros, de las víctimas, y estarán en el aeropuerto de la Ciudad de México a esas horas de la noche. Platicábamos también con Froylán de ver la posibilidad de ir a esperarlos para ser solidarios con ellos.

Informarles a ustedes que estará ahí una funeraria, para los que somos de Michoacán, la funeraria Gómez, ya por instrucciones del gobierno del Estado, a recoger los cadáveres para trasladarlos a su tierra natal y estarán por allá en la madrugada, entre 4:00 y 5:00 de la mañana.

Estará también en el aeropuerto un representante del señor gobernador del Estado, el licenciado Manuel Rodríguez Arreaga, en el aeropuerto de la Ciudad de México. Y allá en Cherán también estará esperándolo el licenciado Jesús Vargas Alejo, director de Apoyo Legal y Administrativo a Trabajadores Inmigrados del gobierno de Michoacán.

Con esto, pues queríamos hacer el comentario, hacerlo de su conocimiento y que quede constancia que el gobierno del Estado de Michoacán está respondiendo a una petición que hicieron los familiares de estos compañeros.

No quiero dejar esta tribuna sin de nuevo remarcar nuestra más alta reprobación e indignación con estos hechos y que ojalá con las acciones que esta Cámara de Diputados está realizando, logremos avanzar en la detención de estos actos que nos agravian como nación libre y soberana.

Muchas gracias.



ESTADO DE MORELOS

El Presidente:

Tiene el uso de la palabra la diputada Carlota Botey y Estape, para referirse a asuntos de Tepoztlán, Estado de Morelos.

La diputada Carlota Angela Rosa Botey y Estape:

Con su venia, señor Presidente:

Ahora la violencia fue en Morelos, la tierra de Zapata. El día de ayer los campesinos y el pueblo de México conmemoraron el aniversario luctuoso del general Emiliano Zapata con marchas, protestas: mítines y el espíritu de Zapata sigue vivo, así lo dijimos el martes 9 en ésta, la más alta de las tribunas de la nación.

En obvio de todo esto, el Estado intentó recomponer la alianza rota con las contrarreformas del artículo 27 de 1992; sin embargo, pese a los intentos, de nuevo la realidad se le fue de las manos al doctor Zedillo. Mientras él rendía un homenaje oficial a Zapata, el espíritu del carrancismo tendía una emboscada a los comuneros y al pueblo de Tepoztlán, quienes luchan contra la construcción de un campo de golf en tierras comunales y quienes hacían un recorrido de Cuautla, Chinameca y Tlaltizapán, un recorrido zapatista, para hacer ofrendas florales al Caudillo del Sur, un recorrido fijado por decisión de asamblea y que para nada tenía que interferir en los actos oficiales.

Primero fueron provocados por zorros que iban en 10 camiones de cañeros con las siglas de la CTM, después en abierta violencia de sus derechos constitucionales fueron cateados. Con esta acción dio inicio la abierta agresión que se les generó en la carretera intermunicipal Villa de AyalaTlaltizapán, fueron agredidos unos 800 tepoztecos que viajaban en 15 microbuses y en vehículos particulares.

Los tepoztecos quisieron huir de la agresión pero fueron atacados por la espalda por miembros de la Policía Judicial del Estado, comandados por un capitán al parecer de apellido Mariño, según los testimonios. Hay videos de la agresión y ojalá Ricardo Rocha los pase por su famoso programa "Detrás de la Noticia", del canal de las estrellas, para que a través de él se vea realmente quiénes fueron los responsables de la agresión.

Hubo heridos de bala, de arma blanca, mujeres y ancianos golpeados, niños detenidos, también hubo robo y saqueo por parte de los granaderos, según ellos estaban aplicando la ley. Me acaban de confirmar que a consecuencias de la agresión murió Marcos Gutiérrez Olmedo, de 65 años de edad, originario de Santo Domingo Ocotitlán.

Según los niños que fueron testigos, porque lo arrojaron a la parte de los niños, los policías no permitieron que se le auxiliara, razón por la cual se desangró por más de dos horas y también dicen que lo aventaron como si fuera un costal a una camioneta y se lo llevaron.

También nos han informado que se encuentra herido de mucha gravedad uno de los zapatistas y jaramillistas que nos quedan, Luis Cortés Salas, de más de 70 años. Yo me pregunto en esta tribuna si acaso somos candil de la calle y oscuridad de su casa; mucho amerita lo que está sucediendo de agresión de la policía de los Estados Unidos contra nuestros nacionales pero yo me pregunto que ante la agresión de nuestros nacionales y nuestros campesinos ¿vamos a dar el silencio y vamos a decir mentiras que estamos a favor de aplicar una ley?

Yo dejo en esta tribuna esta gran preocupación, no podemos tener una doble cara, una hacia los Estados Unidos por la agresión a nuestros mexicanos y el silencio contra la muerte de zapatistas en el Estado de Morelos.

Los disparos desde un principio iban dirigidos a matar y no al aire, como suelen hacerlo en estos casos; es una vergüenza que después de los sucesos de Aguas Blancas esto vuelva a ocurrir en las tierras del general Zapata. Los testimonios también dicen que el policía que se encuentra herido fue atropellado por una camioneta de la misma policía y que todo ello puede apreciarse claramente en el video que se filmó.

Parece, compañeros, que estamos ante la versión morelense de Aguas Blancas.

Jorge Carrillo Olea, como Rubén Figueroa, han apostado a la represión. Estos sucesos son los que realmente definen la actitud del actual Gobierno y no los discursos, éste es su verdadero rostro, ser defensor de los intereses del gran capital, de los señores del dinero, los mismos que nos llevaron a la crisis devaluatoria de diciembre y los mismos que quieren adueñarse de los ejidos y las comunidades en manos de indios y campesinos pobres de México. Todo esto en aras de la globalidad económica.

No es sólo la sequía la que tiene en desastre el campo de México, es una política agrícola y agraria, errática y miope; es esa política errática y miope donde está el verdadero origen de la violencia en el campo. Esto fue lo que denuncié en mi intervención del 9 de abril y esto es lo que hoy vengo de nuevo a denunciar. En esa intervención hablé entre otras cosas de Tepoztlán y hoy lamentablemente los hechos me dan la razón, el único responsable es el doctor Zedillo y su empecinamiento por seguir un modelo económico costoso que va a provocar más violencia no sólo en el campo sino en todo México.

Estamos a buen tiempo de parar todo esto, creo que la Cámara de Diputados debe de tener la responsabilidad de hacerlo, por México y por los mexicanos.

Señor Presidente: ante la gravedad de estos hechos, formalmente solicito envíe este asunto al grupo legislativo que ha venido trabajando sobre el conflicto de Tepoztlán, compuesto por las comisiones de Información, Gestoría y Quejas, Derechos Humanos, Reforma Agraria y Ecología, con objeto de que se investigue y posibilite una solución del conflicto, que está en el origen de los violentos sucesos que he denunciado en esta tribuna.

Muy amables.

El Presidente:

Túrnese el documento presentado por la diputada Carlota Botey y presentado a la Secretaría, a las comisiones de Información, Gestoría y Quejas, Derechos Humanos, Reforma Agraria y Ecología, en los términos en que ella lo expresó al final de su intervención.

Se concede el uso de la palabra al diputado Juan Salgado Brito, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para hablar sobre el mismo tema.

El diputado Juan Salgado Brito:

Señor Presidente; compañeras, compañeros diputados:

Ayer los morelenses celebramos el LXXVII aniversario del sacrificio de nuestro héroe y paisano Emiliano Zapata. Con la presencia del Presidente de la República y los tres poderes del Estado, la población morelense llevó a cabo diversos actos para honrar la memoria del caudillo del sur.

Lamentamos profundamente que de manera aislada sucediera el incidente donde 150 vecinos del municipio de Tepoztlán, se enfrentaron con policías preventivos, resultando de ello seis civiles lesionados, seis policías lesionados y una persona que perdió la vida.

Lamentamos profundamente estos hechos, porque se dan en primer lugar en un día donde veneramos el heroísmo de Emiliano Zapata, donde celebramos la lucha por la tierra y por la libertad y lamentamos que sucedan estos hechos que trascienden y que nos agravian, porque así no somos los morelenses.

Yo me sumo al propósito de que se investiguen los hechos, se llegue al esclarecimiento pleno de las responsabilidades y que se apliquen las penas procedentes a los responsables y que además de turnarse este asunto a la comisión legislativa encargada de ver los asuntos de Tepoztlán, los diputados morelenses de los diferentes partidos, estemos muy pendientes del esclarecimiento de los hechos y de la aplicación de las penas correspondientes a quienes resulten culpables.

Muchas gracias.

El Presidente:

Se concede el uso de la palabra al diputado Antonio Tallabs, para rectificar hechos, por cinco minutos en los términos del artículo 102 del Reglamento.

El diputado Jesús Antonio Tallabs Ortega:

Con su permiso, señor Presidente:

No podemos en el Partido Acción Nacional dejar de hacer uso de la palabra ante estos acontecimientos. Naturalmente que reprobamos los actos represivos y las medidas violentas con que ha actuado el gobierno del Estado de Morelos, porque no podemos perder la capacidad de indignación ante cualquier abuso o cualquier acto de violencia.

Consecuentemente exigimos que se investigue y se sancione a los responsables.

Paralelamente no quisiera dejar a un lado otros acontecimientos que se sucedieron en la visita del presidente Zedillo al Estado de Morelos. Sabemos de los temores del presidente, pero es inadmisible que prácticamente se sitie la ciudad capital del Estado de Morelos.

No es posible que ante la visita presidencial, desde un día anterior se haya establecido un operativo donde prácticamente a un kilómetro a la redonda del centro de la ciudad, se encontró prácticamente, repito, sitiado por elementos de la Policía Preventiva y de la Policía de Tránsito del Estado.

También se encontró un gran despliegue de fuerzas del Ejército mexicano que se encontraban pertrechados en las azoteas de los edificios, pero algo que reprobamos también es el hecho de que se haya violado el derecho de tránsito de los cuernavaquenses, es el caso que no se podía circular en todas las calles del centro histórico de la ciudad y a toda aquella persona que portaba algún portafolio, alguna maleta, era revisada para poder transitar en las inmediaciones del centro.

Estos actos, repito, son motivo de inconformidad por parte nuestra, porque no es posible que para que el Presidente de México pueda visitar la ciudad capital del Estado de Morelos, tenga que hacerse un operativo de esta magnitud.

Se violan las garantías individuales, repito, porque se evita transitar libremente por las calles, además de estar sujetas las personas a revisiones policíacas.

Tengo conocimiento que en el Congreso del Estado el día de hoy se elevaron estas mismas protestas y que se ha requerido la comparecencia tanto del procurador como del propio gobernador, para que definan por qué razones se actúa en esta forma.

Insisto, en la reprobación de los actos violentos en donde ha perdido la vida un morelense y exigimos el pleno esclarecimiento de los hechos.

Muchas gracias.

El Presidente:

Se concede el uso de la palabra para hablar sobre el mismo tema, al diputado Raúl Ramírez Chávez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Raúl Ramírez Chávez:

Con su permiso, señor Presidente; compañeros diputados:

Escuchamos hace unos minutos que en los hechos acaecidos el día de ayer, hechos lamentables, se habló de la participación o al menos así se dio a entender en esta alta tribuna, de la participación de la CTM.

Quiero ante todos ustedes desmentir que la CTM, la Federación de Trabajadores del Estado de Morelos, la CTM nunca ha recurrido y nunca ha tenido porros como se le está imputando hace unos instantes, por tal motivo quiero aclarar ante todos que repruebo ese comentario formulado por la diputada Carlota, y asimismo reiterar que si bien es cierto que era un día muy especial, el aniversario luctuoso de Emiliano Zapata, que fue el día de ayer, también quiero reiterar que para la clase trabajadora fue un día de trabajo y que todos los obreros cetemistas se encontraban en sus respectivas fábricas trabajando, como lo están haciendo actualmente en estos días.

Por lo tanto niego, le niego a la diputada que nosotros utilicemos porros. La CTM es una central de trabajadores que no necesita utilizar porros, porque la CTM es de obreros, no es de golpeadores.

Muchas gracias.



ESTADO DE JALISCO

El Presidente:

Para hablar sobre el tema declaraciones del cardenal Juan Sandoval Iñiguez, se concede el uso de la palabra al diputado César Humberto González Magallón, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

El diputado César Humberto González Magallón:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El día de ayer salieron al aire y desde luego hoy se publicaron, declaraciones de Juan Sandoval Iñiguez, arzobispo de Guadalajara, cardenal, declaraciones que aluden la estatura que él observa de los partidos políticos.

Quiero decirles, compañeras y compañeros diputados, que en lo personal me preocupan esas declaraciones porque el país vive una situación política difícil, donde el pueblo ha sorteado de manera inteligente, organizándose, intentos muy fuertes para quebrantar la paz social. Y es que el pueblo ha sido muy lúcido para ubicar de dónde y hacia dónde van declaraciones de altos personajes, porque el pueblo sabe muy bien cuando hay impunidad, cuando hay simulación y también cuando hay verdad en declaraciones de personajes que tienen alta investidura social, política o religiosa.

Yo quiero referirme, compañeras y compañeros, a un hecho que a todos nos dolió, que a todos nos cimbró y que fue la muerte del cardenal Posadas Ocampo.

El asesinato de Posadas Ocampo no sólo lesiona a los católicos, sino que lesiona al pueblo de México y eso debe quedar muy claro porque forma parte, este asesinato, de un conjunto de hechos violentos que, desde mi punto de vista, tienen que ver con un proceso de desestabilización nacional.

Sin embargo, cuando Juan Sandoval Iñiguez es investido como cardenal, empezó a tomar una actitud beligerante, que todos lo comprendimos como un hombre dolido, profundamente dolido por la agresión de que fue víctima la grey católica y desde luego la jerarquía católica. Sin embargo, el cardenal Juan Sandoval Iñiguez, empezó a desplazarse a actitudes que no le corresponden a su alta investidura. La empezó a hacer de investigador judicial, empezó a cuestionar las investigaciones y nadie decía nada.

En el proceso político nacional y concretamente de Jalisco, utilizó los mismos epítetos, se evidenció con las mismas actitudes; allá se opuso a los partidos políticos locales, lo declaró. Le contestamos en un marco respetuoso, pero tal parece que Juan Sandoval Iñiguez encabeza un grupo de choque, con un lenguaje de fuera que no merecemos los que estamos luchando porque la paz social y porque la vida democrática nacional se encauce debidamente.

Este es un tema muy delicado, pero me parece que si los partidos políticos, equivocadamente desde mi punto de vista, soltaron candados históricos, por razones históricas, que tienen que ver con el artículo 3o. constitucional, el artículo 27 y sobre todo el 130, está actuando de una manera totalmente ingrata porque los espacios que ahora le dan los está tomando y está haciendo chunga de una respuesta sería, desde mi punto de vista equivocada, pero seria, que hicieron los partidos políticos.

Ese lenguaje de golpeador me parece que le falta al respeto a su alta investidura.

Yo creo que el Congreso, el Congreso de México, la Cámara de Diputados debe reflexionar seriamente en lo que es la reforma del Estado para buscar nuevamente una estabilidad social, no sólo inmediata sino a largo plazo también.

Y yo pienso, compañeras y compañeros diputados, que revisar nuevamente el contenido original del artículo 130 constitucional debe ser una labor de una reflexión seria y responsable además, responsable.

Desde luego yo no quiero ir más allá, porque sé lo que significa hablar de algunos conceptos de la historia de México en materia religiosa o en cuestión religiosa, yo soy muy respetuoso en ese sentido.

Pero lo que si debe de quedar claro de mi parte, es que yo no estoy de acuerdo con esas declaraciones ofensivas, prepotentes, impunes de Juan Sandoval Iñiguez, porque tal vez lo que menos parece ahora es cardenal y lo que está haciendo ahora es política de tiempo completo.

Muchas gracias, compañeras y compañeros.



AGRADECIMIENTOS DE LA PRESIDENCIA

El Presidente diputado Ismael Loreto Orozco:

Compañeras y compañeros diputados:

El día de hoy concluye el ejercicio de la responsabilidad que ustedes me confirieron para presidir los trabajos de la mesa directiva. En este primer mes del segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de la LVI Legislatura.

Por ello es esta ocasión para hacer patente mi profundo reconocimiento por la oportunidad que me brindaron para desempeñar la alta responsabilidad que ustedes me confirieron.

En su cumplimiento pude constatar la fuerza de este órgano Legislativo en la vida de la República y ratificar también que la contribución de la Cámara de Diputados en la marcha del país, es cada vez más importante.

Por ello, mi profunda satisfacción de haber desempeñado este encargo y mi invariable agradecimiento a todos ustedes.

Me quedo con el testimonio de profesionalismo, empeño y rectitud de los compañeros que estuvieron junto conmigo en la mesa directiva.

La calidad de su trabajo se ubicó a la altura de la responsabilidad que asumieron, a ellos mi reconocimiento y gratitud.

Hemos vivido sesiones de intenso debate y reflexión profundas, en ellas hemos ventilado los más importantes asuntos de la vida nacional.

La diversidad de las posiciones políticas y la pluralidad ideológica, han sido base de la discusión fructífera y del acuerdo enriquecedor.

A lo largo de esta etapa de esfuerzo compartido, la guía de mis empeños fue invariablemente la de respetar el espíritu y la forma de los ordenamientos que rigen a esta Cámara de Diputados.

Respetar los reglamentos para impulsar la participación de todos nosotros y no para coartarla.

Respetar los reglamentos para hacer de la pluralidad punto de acuerdo y no base de confrontaciones.

Nos hemos expresado sin cortapisas. Hemos debatido con libertad. Hemos tomado resoluciones responsablemente, así lo exige la naturaleza de nuestras funciones, así lo espera la ciudadanía, la que nos ha entregado su representación, la que nos ha conferido su confianza.

Hemos discutido y votado iniciativas de indudable impacto en la vida de la nación y para la convivencia entre los mexicanos, me refiero a importantes modificaciones a las leyes orgánicas de la Administración Pública Federal, de la Procuraduría General de la República y de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Pero también todos los partidos políticos aquí representados a través de diversos puntos de acuerdo, unimos nuestras voces para expresar posiciones en las que manifestamos opiniones surgidas del consenso y del ánimo compartido.

Sin duda los temas que ocuparon nuestra atención durante este mes de sesiones se inscriben dentro de un amplio espectro. Tratamos problemas agudos como el de la inseguridad y el narcotráfico, de igual forma reflexionamos en torno a las complejidades y dificultades de nuestra situación económica, a las aspiraciones de la política social y a los imperativos de la reforma electoral.

Durante estos días, vivimos también el luto por el lamentable deceso de nuestro compañero Gerardo Gabriel Nava Bolaños, legislador del grupo parlamentario de Acción Nacional y hombre de convicciones que supo defender las causas de su partido y de México, cuya ausencia a todos duele.

Debe quedar constancia que mantenemos entre nuestras aspiraciones fundamentales la de llevar adelante la reforma democrática del Estado, más allá de vicisitudes y obstáculos, de diferencias y desencuentros, esa tarea impostergable de la agenda nacional se erige en propósito y guía del quehacer legislativo.

Concluidos unos caminos, se perfilan otros. Cumplidas unas responsabilidades, otras emergen y nos exigen compromiso, entrega y esfuerzo. Las complejidades del país y la dimensión de sus desafíos reclaman de nosotros, de la Cámara de Diputados un ejercicio puntual de las tareas. Nos toca a nosotros fortalecer la misión de representantes populares y de portavoces auténticos y legítimos de las aspiraciones de la sociedad. Nos toca también, fortalecer nuestra función como legisladores para hacer de México un país de buenas leyes que garanticen justicia, democracia y progreso.

Reitero, finalmente, que su apoyo decidido al debate y a la reflexión fueron la base sustantiva para el mejor desempeño de esta mesa directiva. La altura y calidad de su compromiso nos permitieron sortear escollos y mantener las miras en el ejercicio de nuestras responsabilidades.

Muchas gracias.

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.



ORDEN DEL DIA

La secretaria Josefina Silvia Balleza Sánchez:

Señor Presidente, Se han agotado los asuntos en cartera.

«Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias.- Segundo Año.- LVI Legislatura.

Orden del día

Martes 16 de abril de 1996.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones de los congresos de los estados de Morelos, Tamaulipas y Quintana Roo.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Tres, por los que se comunica que los ciudadanos Herminia Laura Buendía Cruz, María Villanueva de Aiello, Janett Carol Fuentes Montero, Luis Daniel Chanona Téllez, Francisco Escofet Villalvazo, Felipe Corrales Mancilla, Jorge Sánchez Urrutia, Ana Aleyda Serrato Martínez, Lorena Vizcaya Arellano, Beatriz DíazCeballos Oseguera y Sofía Margarita de la Peña Sánchez, han dejado de prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México y en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua, respectivamente.

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Peter Cadó Cortés, pueda prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al embajador Ricardo Galán, para aceptar y usar la condecoración de la "Orden del León de Finlandia", en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Finlandia.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Pablo González Sada, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de Grecia, en Monterrey, Nuevo León, con circunscripción consular en los estados de Coahuila, Chihuahua, Durango, Nuevo León y Tamaulipas.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Sofía Román Palencia, para prestar servicios como asistente cultural en la Embajada de Suiza en México.

Y los demás asuntos con los que la Secretaría dé cuenta.»



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente (a las 20:35 horas):

Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes 16 de abril, a las 10:00 horas.




NOTAS:

Siglas y abreviaturas incluidas en esta edición

CTMConfederación de Trabajadores de México
D.F.Distrito Federal
DIFDesarrollo Integral de la Familia
ImedInstuto Mexicano de Desarrollo
INEGIInstituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática
ISRImpuesto sobre la renta
IVAImpuesto al valor agregado
OCDEOrganización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
PANPartido Acción Nacional
PIBProducto interno bruto
PRDPartido de la Revolución Democrática
PRIPartido Revolucionario Institucional
ProbursaPromoción Bursátil
TesobonosBonos de la Tesorería de la Federación
UCEM(Sin aclaración)
UNAMUniversidad Nacional Autónoma de México