SUMARIO
Invitaciones a los actos cívicos conmemorativos del Ll aniversario luctuoso del general Plutarco Elías Calles Campuzano y del CLXXXII aniversario de la Promulgación de la Constitución de Apatzingán. Se designan comisiones.
Comunicación del diputadoAurelio Salinas Ortiz, con la que informa del término de su licencia. Se da por reincorporado.
Comunicación del Congreso estatal, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.
Comunicación del Congreso estatal, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.
El diputado Alejandro Díaz y Pérez Duarte, presenta iniciativa de dicho ordenamiento. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que se remite la iniciativa del Ejecutivo con reformas a dicho ordenamiento, en el ramo de petróleo. Se turna a la Comisión de Energéticos.
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con los que remite informes de labores correspondientes al periodo 1995-1996, de las siguientes secretarías: Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; Comercio y Fomento Industrial; Comunicaciones y Transportes; Contraloría y Desarrollo Administrativo; Desarrollo Social; Educación Pública; Energía; Gobernación; Hacienda y Crédito Público; Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; Reforma Agraria; Relaciones Exteriores; Salud; Trabajo y Previsión Social; Turismo y del Departamento del Distrito Federal. Se turna a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
Oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite informes de labores correspondientes al periodo 1995-1996, de las secretarías de Defensa Nacional y de Marina. Se turnan a las comisiones de Defensa y de Marina, respectivamente, para su conocimiento.
Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de dicha ley. Se turna a la Comisión de Justicia.
Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; de la Ley de Vías Generales de Comunicación; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Se turna a la Comisión de Justicia.
Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de dicho país. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Sergio Joaquín Romero Cuevas, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de esa nación. Es de primera lectura.
Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que la ciudadana María del Carmen Serra Puehe, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de ese país. Es de primera lectura.
Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Bersaín Iván Peña Sánchez, pueda prestar sus servicios en la Embajada de esa nación en México. Es de primera lectura.
Dictamen de las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Población y Desarrollo, que contiene proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de dicho ordenamiento. Es de segunda lectura.
Fijan la posición de sus respectivos grupos parlamentarios, los diputados:
Raúl Alejandro Fuentes Cárdenas, delPartido del Trabajo.
Edgard Sánchez Ramírez, delPartido de la Revolución Democrática.
Víctor Manuel Palacios Sosa, delPartido Acción Nacional.
Emilio Solórzano Solís, delPartido Revolucionario Institucional.
Marta Alvarado Castañón
A discusión en lo particular, se concede el uso de la palabra al diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez.
Rectifican hechos o contestan alusiones personales, los diputados:
Jorge Enrique Dávila y Juárez
José de Jesús Zambrano Grijalva
Jorge Enrique Dávila y Juárez
Cuauhtémoc Sandoval Ramírez
Augusto Gómez Villanueva, en su turno.
Adolfo Miguel Aguilar Zinser
Emilio Solórzano Solís
Adolfo Miguel Aguilar Zinser
Cuauhtémoc Sandoval Ramírez
Augusto Gómez Villanueva
Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla
Continúan la discusión en lo particular:
José de Jesús Zambrano Grijalva
Saúl González Herrera
Marta Alvarado Castañón
José Mauro del Sagrado Corazón González Luna Mendoza
Ignacio González Rebolledo
Rectifican hechos los diputados:
José Mauro del Sagrado Corazón González Luna Mendoza
Ignacio González Rebolledo
José Mauro del Sagrado Corazón González Luna Mendoza
Cuauhtémoc Sandoval Ramírez
Saúl González Herrera, quien presenta modificación a nombre de las comisiones.
Jorge Enrique Dávila y Juárez
Adolfo Miguel Aguilar Zinser
Suficientemente discutido, se aprueba. Pasa al Senado de la República para los efectos constitucionales.
Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto para que se inscriban en el muro de honor del salón de sesiones, los nombres de Isidro Fabela y Genaro Estrada. Es de segunda lectura.
No habiendo quien haga uso de la palabra, se aprueba. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
El diputado Salvador Pablo Martínez Della Rocca, se refiere al problema de becarios de dicha institución y presenta punto de acuerdo.
Sobre el mismo tema, los diputados:
Manuel Jesús Fuentes Alcocer
El punto de acuerdo del diputado Salvador Pablo Martínez Della Rocca, se turna a las comisiones unidas de Educación y de Ciencia y Tecnología.
Isidro Aguilera Ortiz, para rectificar hechos.
La diputada María Claudia Esqueda Llanes, presenta punto de acuerdo referente a la paz en dicha nación.
Para recordar el XLIII aniversario del otorgamiento del voto a la mujer mexicana, se concede el uso de la palabra a las diputadas:
Zaida Alicia Lladó Castillo
Rosa María Cabrera Lotfe
María Lucero Saldaña Pérez
Martha Patricia Mendoza Peña
María del Rosario Robles Berlanga, para rectificar hechos.
El diputado Rafael Jacobo García, presenta punto de acuerdo referente a problemas en esa región. Se turna a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.
EI diputado Horacio Alejandro Gutiérrez Bravo, comenta sobre las investigaciones en esa compañía.
Respecto al proceso electoral en esa entidad, se concede el uso de la palabra a los diputados:
Anselmo García Cruz
Saulo Rubén Jiménez Leal
Anselmo García Cruz, para rectificar hechos.
La diputada Margarita Villanueva Ramírez, comenta la problemática alimentaria en México.
Sobre el tema hablan los diputados:
María del Rosario Robles Berlanga
Jorge de Jesús Castillo Cabrera
Sobre desaparecidos políticos en esa entidad, habla la diputadaMaría del Rosario Ybarra de la Garza.
Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, presenta punto de acuerdos que se turna a la Comisión de Derechos Humanos.
La diputada Gloria Sánchez Hernández, presenta denuncia en relación a hechos ocurridos en Yanga, Veracruz. Se turna a las comisiones de Derechos Humanos y de Información, Gestoría y Quejas.
Para el tema se concede el uso de la palabra al diputadoJosé de Jesús Sánchez Ochoa.
De la próxima sesión.
Presidencia del diputado Efrén Nicolás Leyva Acevedo
ASISTENCIA
El presidente:
Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia del registro de firmas de los diputados, para conocer si existe el quorum reglamentario.
El secretario Primo Quiroz Durán:
Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 298 diputados. Por lo tanto, hay quorum.
El Presidente (a las 11:40 horas):
Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El secretario Primo Quiroz Durán:
Se va a dar lectura al orden del día.
«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.- Tercer Año.- LVI Legislatura.
Orden del día
Jueves 17 de octubre de 1996.
Lectura del acta de la sesión anterior.
El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del Ll aniversario luctuoso del general Plutarco Elías Calles Campuzano, tendrá lugar el 19 de octubre a las 10:00 horas.
El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del CLXXXII aniversario de la Promulgación de la Constitución de Apatzingán, tendrá lugar el 22 de octubre a las 10:00 horas.
Comunicaciones de diputados.
Comunicaciones de los congresos de los estados de Tamaulipas y Veracruz.
Iniciativa del Ejecutivo
De decreto que reforma la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo.
Iniciativa de diputados
Ley del Servicio Civil de Carrera en el Servicio Federal, a cargo del diputado Alejandro Díaz y Pérez Duarte, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
Oficios de la Secretaría de Gobernación
Dieciocho, con los que se remiten los informes de labores de las secretarías de: Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; Comercio y Fomento Industrial; Comunicaciones y Transportes; Contraloría y Desarrollo Administrativo; Defensa Nacional; Desarrollo Social; Educación Pública; Energía; Gobernación; Hacienda y Crédito Público; Marina; Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; Reforma Agraria; Relaciones Exteriores; Salud; Trabajo y Previsión Social; Turismo y del Departamento del Distrito Federal, correspondientes al periodo 1 995-1996.
Minutas
Proyecto de Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; de la Ley de Vías Generales de Comunicación; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Proyecto de decreto que concede permiso al doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Libertador San Martín, en grado de Gran Collar, que le confiere el gobierno de la República Argentina.
Dictámenes de primera lectura
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al embajador Sergio Joaquín Romero Cuevas, para aceptar y usar la condecoración Honor y Mérito, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Haití.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana María del Carmen Serra Puche, para aceptar y usar la condecoración de la Orden al Mérito de la República Italiana, en grado de Caballero, que le confiere el gobierno de la República Italiana.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Bersaín Iván Peña Sánchez, para prestar servicios como jardinero en la Embajada de los Estados Unidos de América en la Ciudad de México.
Dictámenes a discusión
De las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Población y Desarrollo, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Población.
De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto para que se inscriban con letras de oro, en el muro de honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados, los nombres de Isidro Fabela y Genaro Estrada, insignes internacionalistas mexicanos, precursores de la política exterior mexicana.
Sobre becarios del Conacyt, a cargo del diputado Salvador Martínez Della Rocca, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Sobre el XLIII aniversario del otorgamiento de voto para la mujer mexicana, a cargo de la diputada Zaida Lladó Castillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Propuesta sobre La Laguna, a cargo del diputado Rafael Jacobo García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Sobre las investigaciones y denuncias por anomalías en la paraestatal Conasupo, a cargo del diputado Horacio Alejandro Gutiérrez Bravo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
Sobre el proceso electoral en el Estado de México, a cargo del diputado Anselmo García Cruz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Sobre el problema de alimentación en México, a cargo de la diputada Margarita Villanueva Ramírez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
Sobre el Día Internacional del Combate a la Pobreza Extrema, a cargo de la diputada María del Rosario Robles Berlanga, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Denuncia sobre desaparecidos políticos en Guerrero, a cargo de la diputada Rosario Ybarra, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Efemérides legislativas a cargo del diputado José de Jesús Sánchez Ochoa, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
Denuncia sobre presos políticos en Yanga, Veracruz, a cargo de la diputada Gloria Sánchez Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Punto de acuerdo sobre la paz en Chipre, a cargo de la diputada Claudia Esqueda Llanes, a nombre de los cuatro grupos parlamentarios que integran la LVI Legislatura.»
ACTA DE LA SESION ANTERIOR
El secretario José Jesús Durán Ruiz:
Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes quince de octubre de mil novecientos noventa y seis, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Sexta Legislatura.
Presidencia del diputado Edgard Sánchez Ramírez
En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, siendo las doce horas con dos minutos del martes quince de octubre de mil novecientos noventa y seis, con una asistencia de trescientos un diputados, el Presidente declara abierta la sesión.
La Secretaría da lectura al orden del día y posteriormente al acta de la sesión anterior, misma que en sus términos se aprueba sin discusión en votación económica.
La Secretaría da lectura a una comunicación del diputado Carlos Zeferino Torreblanca Galindo, con la que informa del término de su licencia. Se le tiene por incorporado.
Se da cuenta con una comunicación de la Comisión de Participación Ciudadana, con la que remite propuestas surgidas durante la Consulta Nacional sobre Participación Ciudadana. Se turna a las comisiones de Régimen Interno y Concertación Política y de Hacienda y Crédito Público.
Se da lectura a diversas comunicaciones de los congresos de los estados de Campeche y Chihuahua, con las que informan de actividades propias de sus legislaturas. De enterado.
La diputada Martina Montenegro Espinoza, da primera lectura a un dictamen de las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Población y Desarrollo, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Población.
Durante su lectura se produce desorden en el salón, a lo que desde sus curules, los diputados Eugenio Ortiz Walls y Matilde del Mar Hidalgo y García Barna, solicitan moción de orden. La Presidencia hace lo conducente.
El diputado José Carmen Soto Correa, presenta a nombre de legisladores de todos los grupos parlamentarios representados en el Congreso de la Unión y del Ejecutivo, iniciativa de decreto que reforma a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente.
El diputado Jorge Humberto Gómez García, presenta a nombre del Ejecutivo Federal y de diputados y senadores integrantes de las comisiones de Ecología y Medio Ambiente de ambas cámaras, iniciativa de decreto para reformar el Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal. Se turna a las comisiones unidas de Justicia y de Ecología y Medio Ambiente.
La Secretaría da lectura a un dictamen de la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto para que se inscriban en letras de oro, en el muro de honor del salón de sesiones, los nombres de Isidro Fabela y Genaro Estrada. Es de primera lectura.
El diputado Víctor Manuel Quintana Silveyra, del Partido de la Revolución Democrática, anuncia el levantamiento de su huelga de hambre y presenta propuesta que se turna a la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios.
Para referirse a la liberación del ciudadano Joaquín Hernández Galicia, se concede el uso de la palabra al diputado Luis Sánchez Aguilar.
Comentan hechos ocurridos en el Estado de Guanajuato, los diputados: José de Jesús Padilla Padilla, del Partido Revolucionario Institucional, quien acepta interpelación del diputado Dávila y Juárez; del Partido Acción Nacional los diputados Tomás López Martínez y Miguel Alberto Segura Dorantes, ambos para rectificar hechos; y Carlos Navarrete Ruiz, del Partido de la Revolución Democrática.
Sobre el proceso electoral en el Estado de Coahuila, sube a la tribuna el diputado Luis Alberto Rico y Samaniego, del Partido Acción Nacional.
Presidencia del diputado Carlos Humberto Aceves del Olmo
Para el mismo tema se concede el uso de la palabra a los diputados: Manlio Fabio Gómez Uranga, del Partido Revolucionario Institucional; Luis Alberto Rico y Samaniego, del Partido Acción Nacional, en dos ocasiones para rectificar hechos; y Miguel Angel García García, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones, la segunda para rectificar hechos. El diputado Manuel Arciniega Portillo, del Partido Acción Nacional, comenta problemática del Distrito Federal.
Sube a la tribuna el diputado Hildiberto Ochoa Samayoa, del Partido de la Revolución Democrática, quien comenta lo referente a lo que llamó nuevos Sentimientos de la Nación.
Presidencia del diputado Edgard Sánchez Ramírez
Sobre el proceso electoral en el Estado de Guerrero, se concede el uso de la palabra a los diputados: Carlos Zeferino Torreblanca Galindo, motu proprio, en dos ocasiones, la segunda para rectificar hechos; Abel Eloy Velasco Velasco, del Partido Revolucionario Institucional, para rectificar hechos; y Adriana María Luna Parra y Trejo Lerdo, del Partido de la Revolución Democrática, en el mismo sentido.
Presidencia del diputado Carlos Humberto Aceves del Olmo
Para referirse al Día Mundial de la Alimentación, sube a la tribuna la diputada Leticia Burgos Ochoa, del Partido de la Revolución Democrática, quien presenta punto de acuerdo, firmado por representantes de todos los grupos parlamentarios. Se turna a las comisiones de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública y a la de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios.
Para el mismo tema, se concede el uso de la palabra a los diputados: José Alfonso Solórzano Fraga, del Partido de la Revolución Democrática; Francisco Ledezma Durán y Javier Ortega Espinoza, del Partido Acción Nacional, el diputado Ledezma Durán presenta pronunciamiento apoyado por legisladores de todos los grupos parlamentarios representados en la Cámara de Diputados.
Presidencia del diputado Edgard Sánchez Ramírez
La diputada Ysabel Molina Warner, del Partido de la Revolución Democrática, presenta denuncia respecto a hechos ocurridos en el penal de Cerro Hueco, Chiapas. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos.
Rectifican hechos los diputados: Tito Rubín Cruz, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones; e Ysabel Molina Warner, del Partido de la Revolución Democrática.
Agotados los asuntos en cartera, la Secretaria da lectura al orden del día de la próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las dieciocho horas con quince minutos, citando para la que tendrá lugar el jueves diecisiete de octubre de mil novecientos noventa y seis a las diez horas.»
Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.
DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL
La secretaria Rosa María Cabrera Lotfe:
Se va a dar lectura a varias invitaciones.
«Ciudadano diputado Carlos Humberto Aceves del Olmo.- Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presente.
El Departamento del Distrito Federal, a través de esta dirección general, ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del LI aniversario luctuoso del general Plutarco Elías Calles Campuzano, que tendrá lugar en el Monumento a la Revolución Mexicana, ubicado en Plaza de la República, delegación Cuauhtémoc, el día sábado 19 de octubre a las 10:00 horas.
Por tal motivo, me permito solicitar muy atentamente se sirva girar sus respetables instrucciones a efecto de que un representante de esa Cámara que usted preside, asista a la ceremonia de referencia.
Agradezco las atenciones que se sirva prestar a la presente y le reitero con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El director general de Acción Social, Cívica y Cultural, Licenciado Eduardo F. Sáenz Viesca.»
El Presidente:
Para asistir en representación de esta Cámara, se designa a los siguientes diputados: Ana María Licona Spínola, Ignacio Contreras Flores y José Luis Martínez Alvarez.
El secretario Fernando Jesús Rivadeneira y Rivas:
«Ciudadano diputado Carlos Humberto Aceves del Olmo.- Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presente.
El Departamento del Distrito Federal, a través de esta dirección general, ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del CLXXXII aniversario de la Promulgación de la Constitución de Apatzingán, que tendrá lugar en el monumento erigido al generalísimo José María Morelos y Pavón, en la plaza de la Ciudadela, ubicada en la avenida Balderas esquina Emilio Dondé, delegación Cuauhtémoc, el día martes 22 de octubre a las 10:00 horas.
Por tal motivo, me permito solicitar muy atentamente se sirva girar sus respetables instrucciones a efecto de que un representante de esa Cámara que usted preside, asista a la ceremonia de referencia.
Agradezco las atenciones que se sirva prestar a la presente y le reitero con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El director general de Acción Social, Cívica y Cultural, Licenciado Eduardo F. Sáenz Viesca.»
El presidente:
Para asistir en representación de esta Cámara, se designa a los siguientes diputados: Adolfo Ramón Flores Rodríguez, Horacio Pereznegrón Pereznegrón, Nohelia Linares González y Froylán Velázquez Hernández.»
DIPUTADO QUE SE REINCORPORA
El secretario Sabino González Alba:
Se va a dar lectura a varias comunicaciones.
«Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
Sea éste el conducto para enviarles un fraternal saludo, al mismo tiempo agradecer a ustedes el que me hayan otorgado licencia provisional para separarme de mis funciones como diputado federal, por 67 días, para atender asuntos de carácter personal.
Afortunadamente dichas cuestiones fueron resueltas antes de tiempo, por lo tanto, manifiesto a ustedes estar en la disponibilidad de reincorporarme a mis actividades como legislador de inmediato.
Por lo que reitero a ustedes la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente.
México, D.F., 15 de octubre de 1996.- Aurelio Salinas Ortiz, diputado federal.»
El Presidente:
Se le tiene por reincorporado a sus funciones legislativas.
ESTADO DE TAMAULIPAS
El secretario Severiano Pérez Vázquez:
«Escudo.- Congreso del Estado de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
Ciudadanos secretarios.- Cámara de Diputados.- Avenida Congreso de la Unión s/n edificio H 2o. nivel.- Colonia El Parque, CP 15960.- México, D.F.
Con fundamento en las disposiciones internas establecidas en el Reglamento para el Gobierno Interior de este poder, hacemos de su conocimiento que en sesión pública ordinaria celebrada este día, fueron electos los legisladores Eliseo Castillo Tejeda y Luis Lauro García Barrientos, como presidente y suplente respectivamente, de la mesa directiva que dirigirá los trabajos legislativos durante el mes de octubre del actual.
Sin otro particular, reiteramos a ustedes nuestra consideración atenta y distinguida.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 24 de septiembre de 1996.- Diputados secretarios: Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez y José Leocadio Mendoza Reyes.»
De enterado.
ESTADO DE VERACRUZ
El secretario Mario Alejandro Rosales Anaya:
«Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo.- Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.
La honorable LVII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, tiene el honor de informar a usted la apertura de su segundo periodo de sesiones ordinarias, correspondiente al segundo año de ejercicio constitucional, siendo electos para fungir en la mesa directiva que presidirá los trabajos del presente mes, los diputados:
Presidente: Francisco Javier de J. Mateu Sedas; vicepresidente: Francisco Arano Montero y secretario: Oscar Herrera Torres.
Lo que nos permitimos comunicar a usted en cumplimiento de lo que al efecto establece el artículo 25 del reglamento interno de este honorable Congreso, haciendo propicia la ocasión para reiterarle nuestra consideración atenta y distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Jalapa, Veracruz, octubre lo. de 1996.- Honorable Legislatura del Estado.- Diputados: Francisco Javier de J. Mateu Sedas, presidente y Oscar Herrera Torres, secretario.»
De enterado.
LEY DEL SERVICIO CIVIL DE CARRERA EN EL SERVICIO FEDERAL
El Presidente:
Tiene la palabra el diputado Alejandro Díaz y Pérez Duarte, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa de Ley del Servicio Civil de Carrera en el Servicio Federal.
El diputado Alejandro Díaz y Pérez Duarte:
Con su permiso, señor Presidente; señoras y señores diputados al Congreso de la Unión:
Los suscritos, diputados a la LVI Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes del grupo parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta Cámara, la siguiente Iniciativa de Ley del Servicio Civil de Carrera en el Gobierno Federal de conformidad con la siguiente
EXPOSICION DE MOTIVOS
Las necesidades cambiantes de nuestro entorno nacional requieren personas capacitadas que conozcan de manera integral todas y cada una de las materias que corresponden al ramo en donde desempeñan sus actividades, especialmente en lo relativo al servicio público.
Esta iniciativa propone que desde el inicio del servicio público las plazas sean ocupadas por el personal que reúna los requisitos mínimos para cumplir de forma plena los requerimientos que la naturaleza de dichos cargos demanda de sus titulares. Hoy en día, carecemos de un servicio civil de carrera, que además de ser profesional, permita agilizar y eficientar todas y cada una de las tareas tan importantes que a los servidores públicos se les encomienda. La continuación del servicio prestado por los actuales funcionarios no responde a las necesidades y lineamientos que el entorno socio-político demanda, lo que a su vez provoca que con frecuencia no se cumplan con los objetivos que la administración pública tiene.
La materia tratada en esta iniciativa, es sin duda de la mayor importancia para quienes laboran en la administración pública federal, pues ella busca perfeccionar las normas por las que deberá regirse el servicio público. El perfil profesional y humanista necesario para desempeñar un cargo de responsabilidad es: el conocimiento profesional, pleno y comprobable de la materia relativa al campo; ética, honestidad y experiencia. Actualmente cuentan con una normatividad sobre servicio civil de carrera algunas entidades como la Secretaría de Relaciones Exteriores, el INEGI o la Procuraduría General de la República, al igual que como sucede en la mayoría de los países desarrollados, donde el servicio civil de carrera es una de las más importantes formas de servir a la comunidad con éxito. Adicionalmente el contar con un servicio civil de carrera influye positivamente en una adecuada actitud del contribuyente hacia la administración pública.
El esfuerzo que el servidor público ofrecerá no será en vano, ya que conforme a su actuación será el grado de incentivos que recibirá, lo que repercutirá de forma positiva en la dependencia donde el funcionario desarrolle sus labores, pues al sentirse motivado su trabajo será más eficiente y productivo en beneficio de los ciudadanos.
La experiencia administrativa requiere necesariamente de un diseño integral y sistematizado, con técnicas administrativas adecuadas a la administración pública. Para lo cual la continuidad en los cuadros administrativos, es esencial para consolidar los objetivos primarios que las instituciones se marquen.
En base a estas consideraciones, nos permitimos presentar el siguiente
PROYECTO DE DECRETO DE LEY DEL SERVICIO CIVIL DE CARRERA EN EL GOBIERNO FEDERAL
Del servicio civil
Artículo 1o. La administración pública federal está compuesta por funcionarios públicos designados y por personal de servicio civil de carrera. Los primeros tendrán nombramiento por el tiempo que dure el cargo del titular de la Secretaría o departamento respectivo. El personal del servicio civil de carrera estará integrado por aquellos empleados y funcionarios hasta el nivel de director general que cumplan con las condiciones de la presente ley y estarán sujetos a lo dispuesto en el apartado B del artículo 123 constitucional.
Artículo 2o. Las normas del servicio civil de carrera serán obligatorias para todas las personas que contratan y prestan servicios personales en cualquier entidad pública federal, sean sindicalizadas o no.
Del ingreso al servicio civil
Artículo 3o. El ingreso al servicio civil de carrera se realizará obligatoriamente por oposición, mediante concursos públicos que serán organizados en etapas eliminatorias y que contemplarán al menos los siguientes exámenes:
I. De cultura general orientado al servicio público:
II. De uso y conocimiento de la lengua nacional:
III. De ética y valores:
IV. De las aptitudes específicas para el desempeño de la función.
Artículo 4o. En cada Secretaría o departamento administrativo se instituirá una comisión de personal de por lo menos cinco personas con más de cinco años de antigüedad en la entidad administrativa, nombrada para el efecto por el titular del ramo y que se encargará de seleccionar al personal que prestará sus servicios dentro de las instalaciones de la Secretaría.
Artículo 5o. La comisión de personal dará aviso al secretario del ramo de las vacantes en las distintas categorías, a fin de que convoque a un concurso de ingreso para cubrirlas y designe una subcomisión de ingreso compuesta por tres de los integrantes de la comisión de personal y que se reportará a ésta.
Artículo 6o. Los requisitos para ingresar al servicio civil de carrera serán al menos:
I. Ser mexicano por nacimiento o por naturalización, siempre y cuando hayan transcurrido al menos cinco años desde ésta y estar en ejercicio de sus derechos:
II. Ser menores de 50 años de edad. En casos excepcionales la comisión de ingreso podrá dispensar este requisito:
III. Tener las aptitudes físicas y mentales, establecidas por la comisión de personal para el puesto al que se aspira:
IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno.
Artículo 7o. Las solicitudes de reincorporación de los miembros del persona¡ del servicio civil de carrera que hayan renunciado al mismo, serán examinadas de manera minuciosa por la comisión de personal, el que presentará su recomendación al secretario del ramo quien deberá dar la autorización final.
La reincorporación únicamente podrá ser autorizada una sola vez.
De los ascensos del personal de carrera
Artículo 8o. Los ascensos del personal, serán acordados por el secretario del ramo, previa recomendación de la comisión de personal, la que se basará en los resultados de los exámenes realizados para el efecto. Además, se tomarán en cuenta la antigüedad, los méritos obtenidos y/o el expediente del funcionario en cuestión.
Artículo 9o. En ningún caso se podrá ascender o participar en concursos de ascenso sin antes haber cumplido un año de antigüedad como mínimo en la categoría en que se encuentre.
Artículo 10. Si un empleado o funcionario no se hubiere presentado a ningún examen para ser ascendido en el transcurso de 10 años o no hubiere aprobado los exámenes de ascenso en tres ocasiones, la comisión de personal presentará el caso al secretario del ramo quien acordará una de las siguientes determinaciones:
I. Convocar al funcionario de que se trate al siguiente concurso de ascenso. Esta medida sólo podrá autorizarse por una sola vez durante su carrera. Conforme al resultado que obtenga, la comisión de personal rendirá un nuevo informe al secretario en los términos del presente articulo:
II. Separar al funcionario del servicio civil de carrera en los términos aplicables de la Ley Federal del Trabajo. En caso de existir alguna inconformidad al respecto, ésta se presentará ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, la que resolverá de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
De las sanciones administrativas
Artículo 11. Los miembros del servicio civil de carrera que incurran en responsabilidad por incumplimiento de sus obligaciones serán sancionados de conformidad con lo establecido en la presente ley y en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Las sanciones por faltas administrativas consistirán en:
I. Amonestación:
II. Suspensión:
III. Destitución:
IV. Inhabilitación para poder reingresar al servicio público a desempeñar algún puesto, cargo o comisión temporales en el mismo.
Artículo 12. Serán motivo de la aplicación de sanciones administrativas las siguientes conductas de los miembros del servicio civil:
I. Abandonar el empleo:
II. Violar las obligaciones establecidas para los miembros del servicio público:
III. Actuar con deslealtad al país o a sus instituciones:
IV. Estar sujeto a proceso por delito intencional:
V. Incurrir en morosidad, descuido manifiesto o ineptitud comprobada en el desempeño de sus obligaciones oficiales:
VI. Hacer uso ilícito o con fines de provecho personal de las franquicias, valijas, correos, recursos financieros o materiales, así como de las inmunidades o privilegios inherentes al cargo:
VII. Expedir documentación contraviniendo deliberadamente las normas aplicables o con fines ilícitos;
VIII. Desobedecer deliberadamente las instrucciones de la Secretaría o del jefe superior siempre y cuando éstas no supongan la comisión de un ilícito:
Artículo 13. Cuando se trate de faltas que ameriten la imposición de una sanción administrativa, se aplicará lo dispuesto en el Título Tercero, Capítulo ll de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Artículo 14. El secretario del ramo, considerando la opinión de la comisión de personal, determinará la sanción administrativa. Esta será aplicada por el oficial mayor o el contralor interno.
El afectado podrá interponer el recurso de revocación en los términos de lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y su reglamento.
Artículo 15. En caso de que los hechos pudieren configurar un delito y que no se haya procedido a iniciar una averiguación previa por cualquier medio, la contraloría interna dará vista de ellos tanto a la Secretaría de la Contraloría General de la Federación como a la autoridad competente para conocer del ilícito.
ARTICULOS TRANSITORIOS
Primero. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las dependencias federales deberán adoptar sus reglamentos internos de personal a la presente ley en un plazo que no excederá los tres meses.
Tercero. Los titulares de las secretarías o departamentos deberán definir dentro de los tres meses siguientes a la publicación de la presente ley qué servidores públicos deberán considerarse como funcionarios designados y que permanecerán por el tiempo que dure su encargo y quienes serán considerados como integrantes del servicio civil de carrera y por tanto sujetos a la presente ley.
Atentamente.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de octubre de 1996.- Diputados: María Elena Alvarez Bernal, Alejandro Zapata Perogordo, Alejandro González Alcocer, Fernando Pérez Noriega, Alejandro Díaz, José de Jesús Sánchez Ochoa, Horacio Alejandro Gutiérrez Bravo, Cecilia Romero Castillo, Gonzalo Alarcón Bárcena, Gabriel Llamas, Manuel Arciniega Portillo, Jorge Enrique Dávila y Juárez, José Alberto Castañeda Pérez, Salvador Beltrán del Río, Jorge Andrés Ocejo Moreno.»
El Presidente:
Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL
El Presidente:
Se informa al pleno que acaba de recibir esta Presidencia un oficio dirigido a la Secretaría de Gobernación, por lo que se ruega a la Secretaría dé lectura del mismo.
El secretario Alfonso Primitivo Ríos Vázquez:
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
Para los efectos constitucionales y por instrucciones del Presidente de la República. con el presente envío a ustedes iniciativa de decreto que reforma a la Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, documento que el propio primer magistrado de la nación propone por el digno conducto de ustedes.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 17 de octubre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
México es una nación rica en hidrocarburos. Sus reservas probadas de petróleo lo ubican como el octavo en el mundo y las del gas natural como el duodécimo. Además, ese potencial adquiere particular importancia en virtud de su ubicación geográfica, en una región que se caracteriza por su alta demanda de petróleo y sus derivados. Asimismo, los diversos tratados de libre comercio signados por México brindan oportunidades de exportación que pocos países tienen. Por tanto, el potencial para desarrollar la industria petroquímica mexicana es extraordinario. Además de sus yacimientos de gas, México es uno de los países cuyo petróleo trae asociado más líquidos del gas y que, a su vez, éstos tienen un año contenido de etano, que inicia una de las cadenas petroquímicas fundamentales.
Es propósito del Gobierno de la República dar un fuerte impulso a la industria petroquímica, con absoluto respeto al marco constitucional, para aumentar la competitividad del aparato productivo nacional.
El objetivo general que sustenta la presente iniciativa es la búsqueda de un desarrollo económico sostenido que sirva de fundamento para alcanzar el bienestar social al que aspiramos todos los mexicanos. Estoy convencido de que ese desarrollo sólo puede lograrse en un auténtico estado de derecho que proporcione la seguridad jurídica por todos requerida.
De aprobarse, las reformas propuestas en esta iniciativa habrán de coadyuvar a uno de los propósitos principales de la política de mi gobierno, que es el dar un fuerte impulso a la industria petroquímica, propiciando un aumento sustancial del número y monto de las inversiones en esta actividad. Para cumplir este propósito se requiere la concurrencia armónica de inversiones del sector público y de los particulares, lo que a su vez demanda certidumbre jurídica plena, reglas claras y un marco de regulación conocido y estable.
El mejor sustento para que México haga realidad su anhelo de prosperidad se encuentra en los postulados y principios de la Constitución de la República. Por su especial trascendencia para el bienestar colectivo, destacan los preceptos del artículo 27 de nuestra Carta Magna, que establecen la propiedad originaria de la nación sobre las tierras y las aguas, así como su dominio directo sobre los recursos naturales.
El mismo artículo 27 otorga a la nación la exclusiva en la explotación del petróleo y de los demás carburos de hidrocarburo, que se encuentren en mantos o yacimientos en el territorio nacional, determinando que dicha explotación se lleve a cabo en los términos de la ley reglamentaria respectiva.
Estos principios rectores del artículo 27 constitucional no dejan duda acerca de la propiedad originaria y del dominio directo de la nación sobre el petróleo y los demás hidrocarburos, así como de la exclusividad de la nación en su explotación. Esta iniciativa ratifica estos principios en su plenitud.
Para cumplir con los postulados constitucionales citados, en 1958 se expidió la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, ahora vigente. En esta ley, que dejo sin efectos la reglamentaria del 3 de mayo de 1941, el legislador incorporó una nueva actividad a la industria petrolera, definida posteriormente como petroquímica básica. Desde entonces, esta actividad industrial de trasformación amplió el ámbito original de la industria petrolera, más allá de la explotación de los recursos naturales.
Es hasta 1959 cuando se menciona la petroquímica en disposiciones reglamentarias, confirmándose desde entonces que el sector petroquímico en su conjunto reconoce un ámbito exclusivo del Estado y otro que corresponde a los sectores social y privado. Posteriormente, en 1971 se expidió el "reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, en materia de petroquímica", en el que se distinguieron tres regímenes de la industria petroquímica: la básica, exclusiva del Estado; la secundaria, en la que podrían concurrir los sectores social y privado y la actividad petroquímica subsecuente, definida por exclusión de las anteriores y que comprende el conjunto de actividades no sujetas a permiso previo para su realización.
Conforme a este ordenamiento se expidieron diversas resoluciones administrativas que definieron, mediante listados clasificatorios, los productos que debían de considerar los productos que debían de considerarse en cada una de las categorías reglamentarias. Estos listados fueron modificados con frecuencia, atendiendo enfoques y circunstancias coyunturales. Debido a su evolución, esa regla- mentación y las clasificaciones referidas no ofrecieron a los sectores social y privado certidumbre jurídica plena. Como resultado, a pesar de la riqueza de los recursos, la rama industrial en su conjunto no se desarrolló aprovechando todo su potencial.
En 1983 se elevó a rango constitucional el concepto de petroquímica básica y se identificó como área estratégica, bajo la responsabilidad exclusiva del Estado. El artículo 28 constitucional se reformó y adicionó en congruencia con los principios que simultáneamente se establecieron en el artículo 25 de la propia Constitución. Dicha reforma constitucional también incluyó el establecimiento de facultades del Estado para planear el desarrollo nacional, lo que quedó plasmado en el artículo 26 del propio ordenamiento. De esta manera, se incorporó en la Constitución el principio de la rectoría del Estado, lo que implica su responsabilidad exclusiva en áreas estratégicas y al mismo tiempo, su obligación fundamental de alentar y proteger la actividad económica que realicen los particulares.
En México, la petroquímica básica se distingue del resto de la industria petroquímica precisamente debido a que la Constitución la determina como actividad exclusiva del Estado. Se trata de una diferenciación que responde a la necesidad de delimitar el ámbito de acción exclusiva del Estado, conforme lo dispuesto en los artículos 25 y 28 constitucionales. Sobre esta base, se procura una concurrencia efectiva de los sectores público y privado, en la industria petroquímica en su conjunto.
Por lo anterior, la presente iniciativa de reformas y adiciones responde a la necesidad de elevar a nivel de ley la delimitación de la petroquímica básica, exclusiva del Estado y encomendada a Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios.
Para ello se propone que la ley determine que los productos que conforman la petroquímica básica sean los siguientes: etano, propano, butanos, pentanos, hexano, heptano, naftas y la materia prima para negro de humo. Todos estos productos, más el metano, a que se hace referencia posteriormente, tienen la característica común, de acuerdo a las tecnologías actuales, de ser los productos que dan inicio a todas las cadenas petroquímicas y de resultar de un primer proceso industrial de transformación.
Estos productos también tienen la característica común de que son elaborados en grandes volúmenes por Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, como resultado natural de la actividad petrolera que le es inherente y exclusiva.
Por último, todos los productos que se proponen como básicos son carburos de hidrógeno.
Debido a que el metano, que puede ser utilizado como materia prima industrial básica para la conformación de cadenas petroquímicas, puede obtenerse de diversas fuentes, hasta ahora la regulación lo había omitido como petroquímico. En esta iniciativa se propone incorporarlo como petroquímico básico, cuando derive de hidrocarburos provenientes de yacimientos en el territorio nacional y se utilice como materia prima para procesos industriales petroquímicos.
Por otra parte y con objeto de alcanzar mayor seguridad jurídica, corresponde aclarar que a la transportación, almacenamiento y distribución del metano, por su propia naturaleza de gas natural, le seguirá siendo aplicable el régimen hoy vigente, conforme al cual dicha transportación, almacenamiento y distribución pueden realizarse por los sectores social y privado, previo permiso de la autoridad competente. Estas actividades continuarán sujetas al régimen en vigor, sin variación alguna, por lo que Petróleos Mexicanos mantendrá la propiedad sobre los ductos, equipos e instalaciones para el transporte de este producto.
Además de que estos productos constituyen materias primas estratégicas para el desarrollo de la industria petroquímica en su conjunto, esa delimitación responde a la actualización, en esta actividad, de los principios constitucionales de rectoría del Estado, de exclusividad de la nación en áreas estratégicas, de planeación del desarrollo nacional y del compromiso del Estado de fomentar y dar protección jurídica a los particulares para lograr una participación más activa del sector privado en el desarrollo de la petroquímica no básica. Estos son los criterios fundamentales que sustentan la propuesta de que los productos mencionados sean considerados como petroquímicos básicos.
Señalados los propósitos de esta iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, a continuación se precisa su contenido específico:
1. La reforma de la fracción III del artículo 3o. tiene por objeto enumerar en la ley los petroquímicos básicos, cuya elaboración, transporte, almacenamiento, distribución y ventas de primera mano corresponde exclusivamente al Estado. Los productos que se enumeran comparten las características comunes señaladas.
2. Una vez establecidos con precisión los pe petroquímicos básicos, la adición del artículo 4o. resuelve un problema jurídico que inhibe el desarrollo de la petroquímica no básica. Por la naturaleza de las tecnologías y procesos industriales, al elaborar ciertos productos petroquímicos no básicos en ocasiones se obtienen, inevitablemente como subproductos, algunos petrolíferos y petroquímicos básicos. Estos subproductos suelen aprovecharse en el proceso industrial mismo o como fuentes de energía en las mismas plantas. En los casos en que se generen excedentes no aprovechables, es necesario prever una solución para su manejo, que sea congruente con el propósito de desarrollar la industria y que no afecte el ámbito de exclusividad del Estado.
3. Por último, la iniciativa propone la adición del artículo 15, para otorgar a la Secretaría de Energía las facultades de verificación y aplicación de sanciones, a fin de evitar la transgresión, por parte de las empresas, del manejo previsto para los subproductos petrolíferos y petroquímicos básicos a que se refiere el punto anterior, precisando las sanciones que se aplicarían en caso de infringir esas disposiciones.
De aprobarse esta iniciativa, el Ejecutivo Federal a mi cargo procedería en consecuencia a abrogar el reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, en materia de petroquímica, de 1971 y a dejar sin efectos la resolución que clasifica los productos petroquímicos de 1992.
De acuerdo con lo anterior y con fundamento en la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el digno conducto de ustedes, ciudadanos secretarios, someto a la consideración y en su caso, aprobación del honorable Congreso de la Unión, la siguiente
INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA A LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL EN EL RAMO DEL PETROLEO
Artículo único. Se reforma la fracción III del artículo 3o. y se adicionan tres párrafos al artículo 4o. y dos últimos párrafos al artículo 15, todos de la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo, para quedar como sigue:
"Artículo 3o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I y II . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. La elaboración, el transporte, el almacenamiento, la distribución y las ventas de primera mano de aquellos derivados del petróleo y del gas que sean susceptibles de servir como materias primas industriales básicas y que constituyen petroquímicos básicos, que a continuación se enumeran:
1. Etano:
2. Propano:
3. Butanos:
4. Pentanos:
5. Hexano:
6. Heptano:
7. Materia prima para negro de humo:
8. Naftas:
9. Metano, cuando provenga de carburos de hidrógeno obtenidos de yacimientos ubicados en el territorio nacional y se utilice como materia prima en procesos industriales petroquímicos."
"Artículo 4o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
El transporte, el almacenamiento y la distribución de gas metano, queda incluida en las actividades y con el régimen a que se refiere el párrafo anterior.
Cuando en la elaboración de productos petroquímicos distintos a los básicos enumerados en la fracción III del artículo 3o. de esta ley se obtengan, como subproductos, petrolíferos o petroquímicos básicos, éstos podrán ser aprovechados en el proceso productivo dentro de las plantas de una misma unidad o complejo o bien ser vendidos a Petróleos Mexicanos o a sus organismos subsidiarios, en los términos de las disposiciones administrativas que la Secretaría de Energía expida.
Las empresas que se encuentren en el supuesto a que se refiere el párrafo anterior tendrán la obligación de dar aviso a la Secretaría de Energía, la cual tendrá la facultad de verificar el cumplimiento de las citadas disposiciones administrativas y en su caso, imponer las sanciones a que se refiere el artículo 15 de esta ley."
"Artículo 15. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
En caso de infracción a lo dispuesto por los párrafos cuarto y quinto del artículo 4o. de esta ley, sin perjuicio de las sanciones previstas en el párrafo anterior, el infractor perderá en favor de Petróleos Mexicanos los subproductos petrolíferos o petroquímicos básicos obtenidos.
Para aplicar este artículo, se seguirá el procedimiento previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo."
TRANSITORIOS
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Petróleos Mexicanos conservará en propiedad y mantendrá en condiciones de operaron los ductos y sus equipos e instalaciones accesorios para el transporte del metano, en los términos del artículo tercero transitorio del decreto de reformas a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 11 de mayo de 1995.
Reitero a ustedes, ciudadanos secretarios, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a 16 de octubre de 1996.- El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Ernesto Zedillo Ponce de León.»
El Presidente:
Túrnese a la Comisión de Energéticos.
El diputado Cuahtémoc Sandoval Ramírez (desde su curul):
Señor Presidente, por la importancia del documento le rogaría se nos repartiera copia del mismo a todos los diputados.
El Presidente:
Se instruye a la Oficialía Mayor que proceda a distribuir las copias necesarias.
Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.
SECRETARIAS DE ESTADO
La secretaria Rosa María Cabrera Lotfe:
Se recibieron 16 oficios con los que se remiten los informes de labores correspondientes al periodo 1995-1996, de las secretarías siguientes:
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión. el informe de labores realizado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de Desarrollo Social, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de Educación Pública, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de Energía, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por esta dependencia del Ejecutivo, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 24 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de la Reforma Agraria, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de Relaciones Exteriores, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de Salud, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de Turismo, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el articulo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por el Departamento del Distrito Federal, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Remítase a los grupos parlamentarios para su conocimiento.
El secretario Mario Alejandro Rosales Anaya:
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de la Defensa Nacional, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Recibo y túrnese a la Comisión de la Defensa Nacional, para su conocimiento.
El secretario Fernando Jesús Rivadeneira y Rivas:
«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito presentar por su digno conducto al honorable Congreso de la Unión, el informe de labores realizado por la Secretaría de Marina, correspondiente al periodo 1995-1996.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de septiembre de 1996.- Por acuerdo del secretario.- El director general de gobierno, licenciado Juan Burgos Pinto.»
Recibo y túrnese a la Comisión de Marina, para su conocimiento.
LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
El secretario Alfonso Primitivo Ríos Vázquez:
«Escudo Nacional.- Cámara de Senadores.- México, D.F.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.
Para los efectos correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene la minuta proyecto de Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
México, D.F., a 15 de octubre de 1996.- Senadores: Eduardo Andrade Sánchez y Rosendo Villarreal Dávila, secretarios.»
MINUTA PROYECTO DE LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TITULO PRIMERO
Disposiciones generales
CAPITULO UNICO
Naturaleza, objeto y aplicación de la ley
Artículo 1o. La presente ley tiene por objeto establecer reglas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas, por los delitos cometidos por algún miembro de la delincuencia organizada. Sus disposiciones son de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional.
Artículo 2o. Cuando tres o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por si o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada:
I. Terrorismo, previsto en el artículo 139, párrafo primero; contra la salud, previsto en los artículos 194 y 195, párrafo primero; falsificación o alteración de moneda, previsto en los artículos 234, 236 y 237; operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto en el artículo 400-bis, todos del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal:
II. Acopio y tráfico de armas, previstos en los artículos 83-bis y 84 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos:
III. Tráfico de indocumentados, previsto en el artículo 138 de la Ley General de Población:
IV. Tráfico de órganos, previsto en los artículos 461, 462 y 462-bis de la Ley General de Salud:
V. Asalto, previsto en los artículos 286 y 287; secuestro, previsto en el artículo 366; tráfico de menores, previsto en el articulo 366-ter y robo de vehículos, previsto en el articulo 381-bis del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal o en las disposiciones correspondientes de las legislaciones penales estatales.
Artículo 3o. Los delitos a que se refieren las fracciones I, II, III y IV del artículo anterior, que sean cometidos por algún miembro de la delincuencia organizada, serán investigados, perseguidos, procesados y sancionados conforme a las disposiciones de esta ley.
Los delitos señalados en la fracción V de dicho artículo lo serán únicamente si, además de cometerse por un miembro de la delincuencia organizada, el Ministerio Público de la Federación ejerce la facultad de atracción. En este caso, el Ministerio Público de la Federación y las autoridades judiciales federales serán las competentes para conocer de tales delitos. Bajo ninguna circunstancia se agravarán las penas previstas en las legislaciones de las entidades federativas.
Artículo 4o. Sin perjuicio de las penas que correspondan por el delito o delitos que se cometan, al miembro de la delincuencia organizada se le aplicarán las penas siguientes:
I. En los casos de los delitos contra la salud a que se refiere la fracción I del articulo 2o. de esta ley:
a) A quien tenga funciones de administración, dirección o supervisión, respecto de la delincuencia organizada, de 20 a 40 años de prisión y de 500 a 25 mil días multa o b) A quien no tenga las funciones anteriores, de 10 a 20 años de prisión y de 250 a 12 mil 500 días multa.
II. En los demás delitos a que se refiere el artículo 2o. de esta ley:
a) A quien tenga funciones de administración, dirección o supervisión, de ocho a 16 años de prisión y de 500 a 25 mil días multa o b) A quien no tenga las funciones anteriores, de cuatro a ocho años de prisión y de 250 a 12 mil 500 días multa.
En todos los casos a que este articulo se refiere, además, se decomisarán los objetos, instrumentos o productos del delito, así como los bienes propiedad del sentenciado y aquéllos respecto de los cuales éste se conduzca como dueño si no acredita la legítima procedencia de dichos bienes.
Artículo 5o. Las penas a que se refiere el artículo anterior se aumentarán hasta en una mitad cuando:
I. Se trate de cualquier servidor público que participe en la realización de los delitos previstos para la delincuencia organizada. Además se impondrán a dicho servidor público destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier cargo o comisión públicos o
II. Se utilice a menores de edad o incapaces para cometer cualesquiera de los delitos a que se refiere esta ley.
Artículo 6o. Los plazos para la prescripción de la pretensión punitiva y de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad correspondientes, se duplicarán respecto de los delitos a que se refiere el artículo 20. de esta ley, cometidos por miembros de la delincuencia organizada.
Artículo 7o. Son aplicables supletoriamente a esta ley, las disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, las del Código Federal de Procedimientos Penales y las de la legislación que establezca las normas sobre ejecución de penas y medidas de seguridad, así como las comprendidas en leyes especiales.
TITULO SEGUNDO
De la investigación de la delincuencia organizada
CAPITULO I
De las reglas generales para la investigación de la delincuencia organizada
Artículo 8o. La Procuraduría General de la República deberá contar con una unidad especializada en la investigación y persecución de delitos cometidos por miembros de la delincuencia organizada, integrada por agentes del Ministerio Público de la Federación, auxiliados por agentes de la Policía Judicial Federal y peritos.
La unidad especializada contará con un cuerpo técnico de control que en las intervenciones de comunicaciones privadas verificará la autenticidad de sus resultados; establecerá lineamientos sobre las características de los aparatos, equipos y sistemas a autorizar; así como sobre la guarda, conservación, mantenimiento y uso de los mismos.
El reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establecerá los perfiles y requisitos que deberán satisfacer los servidores públicos que conformen a la unidad especializada para asegurar un alto nivel profesional de acuerdo a las atribuciones que les confiere esta ley.
Siempre que en esta ley se mencione al Ministerio Público de la Federación se entenderá que se refiere a aquellos que pertenecen a la unidad especializada que este artículo establece.
En caso necesario, el titular de esta unidad podrá solicitar la colaboración de otras dependencias de la administración pública federal o entidades federativas.
Artículo 9o. Cuando el Ministerio Público de la Federación investigue actividades de miembros de la delincuencia organizada relacionadas con el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, deberá realizar su investigación en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Los requerimientos del Ministerio Público de la Federación o de la autoridad Judicial Federal de información o documentos relativos al sistema bancario y financiero, se harán por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, según corresponda. Los de naturaleza fiscal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
La información que se obtenga conforme al párrafo anterior podrá ser utilizada exclusivamente en la investigación o en el proceso penal correspondiente debiéndose guardar la más estricta confidencialidad. Al servidor público que indebidamente quebrante la reserva de las actuaciones o proporcione copia de ellas o de los documentos, se le sujetará al procedimiento de responsabilidad administrativa o penal según corresponda.
Artículo 10. A solicitud del Ministerio Público de la Federación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá realizar auditorías a personas físicas o morales cuando existan indicios suficientes que hagan presumir fundadamente que son miembros de la delincuencia organizada.
Artículo 11. En las averiguaciones previas relativas a los delitos a que se refiere esta ley, la investigación también deberá abarcar el conocimiento de las estructuras de organización, formas de operación y ámbitos de actuación. Para tal efecto, el Procurador General de la República podrá autorizar la infiltración de agentes.
En estos casos se investigará no sólo a las personas físicas que pertenezcan a esta organización, sino las personas morales de las que se valgan para la realización de sus fines delictivos.
CAPITULO II
De la detención y retención de indiciados
Artículo 12. El juez podrá dictar a solicitud del Ministerio Público de la Federación y tomando en cuenta las características del hecho imputado y las circunstancias personales del inculpado, el arraigo de éste en el lugar, forma y medios de realización señalados en la solicitud con vigilancia de la autoridad la que ejercerá el Ministerio Público de la Federación y sus auxiliares, mismo que se prolongará por el tiempo estrictamente indispensable para la debida integración de la averiguación de que se trate sin que exceda de 90 días, con objeto de que el afectado participe en la aclaración de los hechos que se le imputan y pueda abreviarse el tiempo de arraigo.
CAPITULO II
De la reserva de las actuaciones en la averiguación previa
Artículo 13. A las actuaciones de averiguación previa por los delitos a que se refiere esta ley, exclusivamente deberán tener acceso el indiciado y su defensor, únicamente con relación a los hechos imputados en su contra, por lo que el Ministerio Público de la Federación y sus auxiliares guardarán la mayor reserva respecto de ellas, sin perjuicio de que el indiciado o su defensor, en base a la información recibida, puedan presentar las pruebas de descargo que juzguen oportunas.
No se concederá valor probatorio a las actuaciones que contengan hechos imputados al indiciado cuando habiendo solicitado el acceso a las mismas al Ministerio Público de la Federación, se le haya negado.
Artículo 14. Cuando se presuma fundadamente que está en riesgo la integridad de las personas que rindan testimonio en contra de algún miembro de la delincuencia organizada deberá, a juicio del Ministerio Público de la Federación, mantenerse bajo reserva su identidad hasta el ejercicio de la acción penal.
CAPITUL0 IV
De las órdenes de cateo y de intervención de comunicaciones privadas
Artículo 15. Cuando el Ministerio Público de la Federación solicite al juez de distrito una orden de cateo con motivo de la investigación de alguno de los delitos a los que se refiere la presente ley, dicha petición deberá ser resuelta en los términos de ley dentro de las 12 horas siguientes después de recibida por la autoridad judicial.
Si dentro del plazo antes indicado el juez no resuelve sobre el pedimento de cateo, el Ministerio Público de la Federación podrá recurrir al tribunal unitario de circuito correspondiente para que éste resuelva en un plazo igual.
El auto que niegue la autorización, es apelable por el Ministerio Público de la Federación. En estos casos la apelación deberá ser resuelta en un plazo no mayor de 48 horas.
Cuando el juez de distrito competente acuerde obsequiar una orden de aprehensión deberá también acompañarla de una autorización de orden de cateo si procediere, en el caso de que ésta haya sido solicitado por el agente del Ministerio Público de la Federación, debiendo especificar el domicilio del probable responsable o aquel que se señale como el de su posible ubicación o bien el del lugar que deba catearse por tener relación con el delito, así como los demás requisitos que señala el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 16. Cuando en la averiguación previa de alguno de los delitos a que se refiere esta ley o durante el proceso respectivo, el Procurador General de la República o el titular de la unidad especializada a que se refiere el artículo 80. anterior, consideren necesaria la intervención de comunicaciones privadas, lo solicitarán por escrito al juez de distrito, expresando el objeto y necesidad de la intervención, los indicios que hagan presumir fundadamente que en los delitos investigados participa algún miembro de la delincuencia organizada; así como los hechos, circunstancias, datos y demás elementos que se pretenda probar.
Las solicitudes de intervención deberán señalar, además, la persona o personas que serán investigadas; la identificación del lugar o lugares donde se realizará; el tipo de comunicación privada a ser intervenida; su duración y el procedimiento y equipos para la intervención y, en su caso, la identificación de la persona a cuyo cargo está la prestación del servicio a través del cual se realiza la comunicación objeto de la intervención.
Podrán ser objeto de intervención las comunicaciones privadas que se realicen de forma oral, escrita por signos, señales o mediante el empleo de aparatos eléctricos, electrónicos, mecánicos, alámbricos o inalámbricos, sistemas o equipos informáticos, así como por cualquier otro medio o forma que permita la comunicación entre uno o varios emisores y uno o varios receptores.
Artículo 17. El juez de distrito requerido deberá resolver la petición en los términos de ley dentro de las 12 horas siguientes a que fuera recibida la solicitud, pero en ningún caso podrá autorizar intervenciones cuando se trate de materias de carácter electoral, fiscal, mercantil, civil, laboral o administrativo ni en el caso de las comunicaciones del detenido con su defensor.
Artículo 18. Para conceder o negar la solicitud, el juez de distrito constatará la existencia de indicios suficientes que hagan presumir fundadamente que la persona investigada es miembro de la delincuencia organizada y que la intervención es el medio idóneo para allegarse de elementos probatorios.
En la autorización, el juez determinará las características de la intervención, sus modalidades y límites y, en su caso, ordenará a instituciones públicas o privadas, modos específicos de colaboración.
La autorización judicial para intervenir comunicaciones privadas, que únicamente llevará a cabo el Ministerio Público de la Federación bajo su responsabilidad, con la participación de perito calificado señalará las comunicaciones que serán escuchadas o interceptadas, los lugares que serán vigilados, así como el periodo durante el cual se llevarán a cabo las intervenciones, el que podrá ser prorrogado por el juez de distrito a petición del Ministerio Público de la Federación, sin que el periodo de intervención, incluyendo sus prórrogas pueda exceder de seis meses. Después de dicho plazo sólo podrán autorizarse intervenciones cuando el Ministerio Público de la Federación acredite nuevos elementos que así lo justifiquen.
El juez de distrito podrá en cualquier momento, verificar que las intervenciones sean realizadas en los términos autorizados y, en caso de incumplimiento, podrá decretar su revocación parcial o total.
El Ministerio Público de la Federación solicitará la prórroga con dos días de anticipación a la fecha en que fenezca el periodo anterior. El juez de distrito resolverá dentro de las 12 horas siguientes, con base en el informe que se le hubiere presentado. De negarse la prórroga, concluirá la intervención autorizada debiendo levantarse acta y rendirse informe complementario, para ser remitido al juzgador.
Al concluir toda intervención, el Ministerio Público de la Federación informará al juez de distrito sobre su desarrollo, así como de sus resultados, y levantará el acta respectiva.
Las intervenciones realizadas sin las autorizaciones antes citadas o fuera de los términos en ellas ordenados carecerán de valor probatorio.
Artículo 19. Si en los plazos indicados en los dos artículos anteriores, el juez de distrito no resuelve sobre la solicitud de autorización o de sus prórrogas, el Ministerio Público de la Federación podrá recurrir al tribunal unitario de circuito correspondiente, para que éste resuelva en un plazo igual.
El auto que niegue la autorización o la prórroga, es apelable por el Ministerio Público de la Federación. En estos casos la apelación deberá ser resuelta en un plazo no mayor de 48 horas.
Artículo 20. Durante las intervenciones de las comunicaciones privadas, el Ministerio Público de la Federación ordenará la transcripción de aquellas grabaciones que resulten de interés para la averiguación previa y las cotejará en presencia del personal del cuerpo técnico de control de la unidad especializada, prevista en el artículo 80. anterior, en cuyo caso serán ratificadas por quien las realizó. La transcripción contendrá los datos necesarios para identificar la cinta de donde fue tomada. Los datos o informes impresos que resulten de la intervención serán igualmente integrados a la averiguación.
Las imágenes de video que se estimen convenientes podrán, en su caso, ser convertidas a imágenes fijas y ser impresas para su integración a la indagatoria. En este caso se indicará la cinta de donde proviene la imagen, el nombre y cargo de la persona que realizó la conversión.
Artículo 21. Si en la práctica de una intervención de comunicaciones privadas se tuviera conocimiento de la comisión de delitos diversos de aquellos que motivan la medida, se hará constar esta circunstancia en el acta correspondiente, con excepción de los relacionados con las materias expresamente excluidas en el artículo 16 constitucional. Toda actuación del Ministerio Público de la Federación o de la Policía Judicial Federal, hechas en contravención a esta disposición carecerán de valor probatorio.
Cuando de la misma práctica se advierta la necesidad de ampliar a otros sujetos o lugares la intervención, el Ministerio Público de la Federación presentará al juez de distrito la solicitud respectiva.
Cuando la intervención tenga como resultado el conocimiento de hechos y datos distintos de los que pretendan probarse conforme a la autorización correspondiente podrá ser utilizado como medio de prueba, siempre que se refieran al propio sujeto de la intervención y se trate de alguno de los delitos referidos en esta ley. Si se refieren a una persona distinta sólo podrán utilizarse, en su caso, en el procedimiento en que se autorizó dicha intervención. De lo contrario, el Ministerio Público de la Federación iniciará la averiguación previa o lo pondrá en conocimiento de las autoridades competentes, según corresponda.
Artículo 22. De toda intervención se levantará acta circunstanciada por el Ministerio Público de la Federación, que contendrá las fechas de inicio y término de la intervención; un inventario pormenorizado de los documentos, objetos y las cintas de audio o video que contengan los sonidos o imágenes captadas durante la misma; la identificación de quienes hayan participado en las diligencias, así como los demás datos que considere relevantes para la investigación. Las cintas originales y el duplicado de cada una de ellas, se numerarán progresivamente y contendrán los datos necesarios para su identificación. Se guardarán en sobre sellado y el Ministerio Público de la Federación será responsable de su seguridad, cuidado e integridad.
Artículo 23. Al iniciarse el proceso, las cintas, así como todas las copias existentes y cualquier otro resultado de la intervención serán entregados al juez de distrito.
Durante el proceso, el juez de distrito pondrá las cintas a disposición del inculpado, quien podrá escucharlas o verlas durante un periodo de 10 días, bajo la supervisión de la autoridad judicial federal, quien velará por la integridad de estos elementos probatorios. Al término de este periodo de 10 días el inculpado o su defensor, formularán sus observaciones, si las tuvieran y podrán solicitar al juez la destrucción de aquellas cintas o documentos no relevantes para el proceso. Asimismo podrá solicitar la transcripción de aquellas grabaciones o la fijación en impreso de imágenes, que considere relevantes para su defensa.
La destrucción también será procedente cuando las cintas o registros provengan de una intervención no autorizada o no se hubieran cumplido los términos de la autorización judicial respectiva.
El auto que resuelva la destrucción de cintas, la transcripción de grabaciones o la fijación de imágenes, es apelable con efecto suspensivo.
Artículo 24. En caso de no ejercicio de la acción penal y una vez transcurrido el plazo legal para impugnarlo, sin que ello suceda, las cintas se pondrán a disposición del juez de distrito que autorizó la intervención, quien ordenará su destrucción en presencia del Ministerio Público de la Federación. Igual procedimiento se aplicará cuando, por reserva de la averiguación previa u otra circunstancia, dicha averiguación no hubiera sido consignada y haya transcurrido el plazo para la prescripción de la acción penal.
Artículo 25. En los casos en que el Ministerio Público de la Federación haya ordenado la detención de alguna persona conforme a lo previsto en el artículo 16 constitucional, podrá solicitar al juez de distrito la autorización para realizar la intervención de comunicaciones privadas, solicitud que deberá resolverse en los términos de ley dentro de las 12 horas siguientes a que fuera recibida, si cumpliera con todos los requisitos establecidos por la ley.
Artículo 26. Los concesionarios, permisionarios y demás titulares de los medios o sistemas susceptibles de intervención en los términos del presente capítulo, deberán colaborar eficientemente con la autoridad competente para el desahogo de dichas diligencia de conformidad con la normatividad aplicable y la orden judicial correspondiente.
Artículo 27. Los servidores públicos de la unidad especializada a que se refiere el artículo 8o. de esta ley, así como cualquier otro servidor público, que intervengan comunicaciones privadas sin la autorización judicial correspondiente o que la realicen en términos distintos de los autorizados, serán sancionados con prisión de seis a 12 años, de 500 a 1 mil días multa, así como con destitución e inhabilitación para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos, por el mismo plazo de la pena de prisión impuesta.
Artículo 28. Quienes participen en alguna intervención de comunicaciones privadas deberán guardar reserva sobre el contenido de las mismas.
Los servidores públicos de la unidad especializada prevista en el artículo 8o. de esta ley, así como cualquier otro servidor público o los servidores públicos del Poder Judicial Federal, que participen en algún proceso de los delitos a que se refiere esta ley, que revelen, divulguen o utilicen en forma indebida o en perjuicio de otro la información o imágenes obtenidas en el curso de una intervención de comunicaciones privadas, autorizada o no, serán sancionados con prisión de seis a 12 años, de 500 a 1 mil días multa, así como con la destitución e inhabilitación para desempeñar otro empleo cargo o comisión públicos, por el mismo plazo que la pena de prisión impuesta.
La misma pena se impondrá a quienes con motivo de su empleo, cargo o comisión público tengan conocimiento de la existencia de una solicitud o autorización de intervención de comunicaciones privadas y revelen su existencia o contenido.
CAPITULO V
Del aseguramiento de bienes susceptibles de decomiso
Artículo 29. Cuando existan indicios suficientes que hagan presumir fundadamente que una persona es miembro de la delincuencia organizada, el Ministerio Público de la Federación podrá disponer, previa autorización judicial, el aseguramiento de los bienes de dicha persona así como de aquéllos respecto de los cuales ésta se conduzca como dueño, quedando a cargo de sus tenedores acreditar la procedencia legítima de dichos bienes, en cuyo caso deberá ordenarse levantar el aseguramiento.
Artículo 30. Cuando existan indicios suficientes que hagan presumir fundadamente que hay bienes que son propiedad de un miembro de la delincuencia organizada o de que éste se conduce como dueño, podrán asegurarse con autorización judicial previa. Si se acredita su legítima procedencia deberá ordenarse levantar el aseguramiento.
Artículo 31. El aseguramiento de bienes a que se refiere esta ley, podrá realizarse en cualquier momento de la averiguación o del proceso.
Artículo 32. Los bienes asegurados se pondrán a disposición del juez de la causa, previa determinación del Ministerio Público de la Federación de las medidas provisionales necesarias para su conservación y resguardo, sin perjuicio de lo dispuesto por los artículos 40, 41 y 193 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal y 181 del Código Federal de Procedimientos Penales.
Artículo 33. El juez de la causa, en todo momento durante el proceso, tomará las determinaciones que correspondan para la supervisión y control de los bienes asegurados conforme a las disposiciones de esta ley. La administración de bienes asegurados por el Ministerio Público de la Federación, conforme a las disposiciones de esta ley y, en su caso, la aplicación y destino de los fondos que provengan de dichos bienes, serán determinados por el Consejo Técnico de Bienes Asegurados, previsto en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
CAPITULO VI
De la protección de las personas
Artículo 34. La Procuraduría General de la República prestará apoyo y protección suficientes a jueces, peritos, testigos, víctimas y demás personas, cuando por su intervención en un procedimiento penal sobre delitos a que se refiere esta ley, así se requiera.
CAPITULO VII
De la colaboración en la persecución de la delincuencia organizada
Artículo 35. El miembro de la delincuencia organizada que preste ayuda eficaz para la investigación y persecución de otros miembros de la misma, podrá recibir los beneficios siguientes:
I. Cuando no exista averiguación previa en su contra, los elementos de prueba que aporte o se deriven de la averiguación previa iniciada por su colaboración, no serán tomados en cuenta en su contra. Este beneficio sólo podrá otorgarse en una ocasión respecto de la misma persona.
II. Cuando exista una averiguación previa en la que el colaborador esté implicado y éste aporte indicios para la consignación de otros miembros de la delincuencia organizada, la pena que le correspondería por los delitos por él cometidos, podrá ser reducida hasta en dos terceras partes.
III. Cuando durante el proceso penal, el indicado aporte pruebas ciertas, suficientes para sentenciar a otros miembros de la delincuencia organizada con funciones de administración, dirección o supervisión, la pena que le correspondería por los delitos por los que se le juzga, podrá reducirse hasta en una mitad.
IV. Cuando un sentenciado aporte pruebas ciertas, suficientemente valoradas por el juez, para sentenciar a otros miembros de la delincuencia organizada con funciones de administración, dirección o supervisión, podrá otorgársele la remisión parcial de la pena, hasta en dos terceras partes de la privativa de libertad impuesta.
En la imposición de las penas, así como en el otorgamiento de los beneficios a que se refiere este artículo, el juez tomará en cuenta, además de lo que establecen los artículos 51 y 52 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, la gravedad de los delitos contenidos por el colaborador. En los casos de la fracción IV de este artículo, la autoridad competente tomará en cuenta la gravedad de los delitos cometidos por el colaborador y las disposiciones que establezca la legislación sobre ejecución de penas y medidas de seguridad.
Artículo 36. En caso de que existan pruebas distintas a la autoinculpación en contra de quien colabore con el Ministerio Público de la Federación, a solicitud de éste se le podrán reducir las penas que le correspondería hasta en tres quintas partes, siempre y cuando, a criterio del juez, la información que suministre se encuentre corroborada por otros indicios de prueba y sea relevante para la detención y procesamiento de otros miembros de la delincuencia organizada de mayor peligrosidad o jerarquía que el colaborador.
Artículo 37. Cuando se gire orden de aprehensión en contra de un miembro de la delincuencia organizada, la autoridad podrá ofrecer recompensa a quienes auxilien eficientemente para su localización y aprehensión, en los términos y condiciones que, por acuerdo específico, el Procurador General de la República determine.
Artículo 38. En caso de que se reciban informaciones anónimas sobre hechos relacionados con la comisión de los delitos a que se refiere esta ley, el Ministerio Público de la Federación deberá ordenar que se verifiquen estos hechos. En caso de verificarse la información y que de ello se deriven indicios suficientes de la comisión de estos delitos, se deberá iniciar una averiguación previa, recabar pruebas o interrogar a testigos a partir de esta comprobación, pero en ningún caso dicha información, por sí sola, tendrá valor probatorio alguno dentro del proceso.
Para el ejercicio de la acción penal, se requerirá necesariamente de la denuncia, acusación o querella correspondiente.
Artículo 39. Toda persona en cuyo poder se hallen objetos o documentos que puedan servir de pruebas, tiene la obligación de exhibirlos, cuando para ello sea requerido por el Ministerio Público de la Federación durante la averiguación previa o por el juzgador durante el proceso, con las salvedades que establezcan las leyes.
TITULO TERCERO
De las reglas para la valoración de la prueba y del proceso
CAPITULO UNICO
Artículo 40. Para efectos de la comprobación de los elementos del tipo penal y la responsabilidad del inculpado, el juez valorará prudentemente la imputación que hagan los diversos participantes en el hecho y demás personas involucradas en la averiguación previa.
Artículo 41. Los jueces y tribunales apreciarán el valor de los indicios hasta poder considerar su conjunto como prueba plena, según la naturaleza de los hechos, la prueba de ellos y el enlace que exista entre la verdad conocida y la que se busca.
Las pruebas admitidas en un proceso podrán ser utilizadas por la autoridad investigadora para la persecución de la delincuencia organizada y ser valoradas como tales en otros procedimientos relacionados con los delitos a que se refiere esta ley.
La sentencia judicial irrevocable que tenga por acreditada la existencia de una organización delictiva determinada, será prueba plena con respecto de la existencia de esta organización en cualquier otro procedimiento por lo que únicamente sería necesario probar la vinculación de un nuevo procesado a esta organización para poder ser sentenciado por el delito de delincuencia organizada.
TITULO CUARTO
CAPITULO UNICO
De la prisión preventiva y ejecución de las penas y medidas de seguridad
Artículo 42. La autoridad deberá mantener recluidos a los procesados o sentenciados que colaboren en la persecución y procesamiento de otros miembros de la delincuencia organizada, en establecimientos distintos de aquéllos en que estos últimos estén recluidos, ya sea en prisión preventiva o en ejecución de sentencia.
Artículo 43. Los sentenciados por los delitos a que se refiere la presente ley no tendrán derecho a los beneficios de la libertad preparatoria o de la condena condicional, salvo que se trate de quienes colaboren con la autoridad en la investigación y persecución de otros miembros de la delincuencia organizada.
Artículo 44. La misma regla se aplicará en relación al tratamiento preliberacional y la remisión parcial de la pena a que se refiere la ley que establece las normas sobre ejecución de penas y medidas de seguridad.
ARTICULO TRANSITORIO
Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la Cámara de Senadores - México, D.F., a 15 de octubre de 1996.- Senadores: Melchor de los Santos Ordoñez, presidente; Eduardo Andrade Sánchez y Rosendo Villarreal Dávila, secretarios.
Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.- Licenciado Mario Alberto Navarro Manrique, oficial mayor.»
Recibo y túrnese a la Comisión de Justicia.
CODIGO PENAL
El secretario José Jesús Durán Ruiz:
«Escudo Nacional.- Cámara de Senadores.- México, D.F.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.
Para los efectos correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para Toda la República en Materia de Fuero Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; de la Ley de Vías Generales de Comunicación; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
México, D.F., a 15 de octubre de 1996.- Senadores: Eduardo Andrade Sánchez y Rosendo Villarreal Dávila, secretarios.
MINUTA PROYECTO DE DECRETO
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; de la Ley de Vías Generales de Comunicación; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Artículo primero. Se adicionan los artículos 177 y 211-bis y se derogan la fracción IX del artículo 167 y el artículo 196-bis del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, para quedar como sigue:
"Artículo 167 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I a VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IX. Se deroga.
Artículo 177. A quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad judicial competente, se le aplicarán sanciones de seis a 12 años de prisión y de 300 a 600 días multa.
Artículo 196-bis. Se deroga.
Artículo 211-bis. A quien revele, divulgue o utilice indebidamente o en perjuicio de otro, información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada, se le aplicarán sanciones de seis a 12 años de prisión y de 300 a 600 días multa."
Artículo segundo. Se adicionan cuatro párrafos al artículo 182 y se reforma el artículo 194-bis del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:
"Artículo 182 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
En cualquier caso, se hará constar el inventario de todas las cosas aseguradas, el cual también formará parte del acuerdo en el que se dicte el aseguramiento. Asimismo se colocarán en las cosas los sellos, marcas, cuños, fierros o señales que de manera indubitable permitan su identificación y eviten su alteración, destrucción o pérdida.
Además, se hará la inscripción correspondiente en los registros públicos de la Propiedad y del Comercio, del aseguramiento de bienes inmuebles y de acciones o partes sociales.
Quienes practiquen la diligencia de aseguramiento deberán hacerlo del conocimiento de sus superiores. La Procuraduría General de la República queda obligada a integrar un registro público de los bienes asegurados. La forma, el contenido y el procedimiento para su integración y manejo se especificarán en el instructivo que al efecto se expida.
En ningún caso de aseguramiento se procederá al cierre o suspensión de actividades de establecimientos productivos lícitos.
Artículo 194-bis. En los casos de delito flagrante y en casos urgentes, ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público, por más de 48 horas, quien transcurrido dicho plazo, deberá ordenar su libertad o ponerlo a disposición de la autoridad judicial. Este plazo podrá duplicarse respecto de los delitos a que se refiere la Ley Federal en Materia de Delincuencia Organizada."
Artículo tercero. Se reforma el primer párrafo del artículo 571 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para quedar como sigue:
"Artículo 571. Los concesionarios o permisionarios que intervengan o permitan la intervención de comunicaciones sin que exista mandato de autoridad judicial competente o que no cumplan con la orden judicial de intervención, serán sancionados con multa de 10 mil a 50 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, al momento de cometerse la infracción y deberán pagar la reparación del daño que resulte. En caso de reincidencia se duplicará la multa señalada.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ."
Artículo cuarto. Se adiciona una fracción al artículo 50 y los artículos 50-bis y 50-ter a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue:
"Artículo 50 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I y II . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. De las autorizaciones para intervenir cualquier comunicación privada.
Artículo 50-bis. En materia federal, la autorización para intervenir las comunicaciones privadas, será otorgada de conformidad con la Ley Federal en Materia de Delincuencia Organizada.
Artículo 50-ter. Cuando la solicitud de autorización, de intervención, de comunicaciones privadas, sea formulada en los términos previstos en las legislaciones locales, por el titular del Ministerio Público, de alguna entidad federativa, exclusivamente se concederá si se trata de los delitos de homicidio, asalto en carreteras o caminos, robo de vehículos, privación ilegal de la libertad o secuestro y tráfico de menores, todos ellos previstos en el Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal o sus equivalentes en las legislaciones penales locales.
La autorización se otorgará únicamente al titular del Ministerio Público de la entidad federativa, cuando se constate la existencia de indicios suficientes que acrediten la probable responsabilidad en la comisión de los delitos arriba señalados. El titular del Ministerio Público será responsable de que la intervención se realice en los términos de la autorización judicial.
La solicitud de autorización deberá contener los preceptos legales que la fundan, el razonamiento por el que se considera procedente, el tipo de comunicaciones, los sujetos y los lugares que serán intervenidos, así como el periodo durante el cuál se llevarán a cabo las intervenciones, el cual podrá ser prorrogado, sin que el periodo de intervención, incluyendo sus prórrogas, pueda exceder de seis meses. Después de dicho plazo, sólo podrán autorizarse nuevas intervenciones cuando el titular del Ministerio Público de la entidad federativa acredite nuevos elementos que así lo justifiquen.
En la autorización, el juez determinará las características de la intervención, sus modalidades y límites y, en su caso, ordenará a instituciones públicas o privadas, modos específicos de colaboración.
En la autorización que otorgue el juez deberá ordenar que, cuando en la misma práctica sea necesario ampliar a otros sujetos o lugares la intervención, se deberá presentar ante el propio juez, una nueva solicitud; también ordenará que al concluir cada intervención se levante un acta que contendrá un inventario pormenorizado de las cintas de audio o video que contengan los sonidos o imágenes, captadas durante la intervención, así como que se le entregue un informe sobre sus resultados, a efecto de constatar el debido cumplimiento de la autorización otorgada.
El juez podrá, en cualquier momento, verificar que las intervenciones sean realizadas en los términos autorizados y, en caso de incumplimiento, decretar su revocación parcial o total.
En caso de no ejercicio de la acción penal y una vez transcurrido el plazo legal para impugnarlo sin que ello suceda, el juez que autorizó la intervención, ordenará que se pongan a su disposición las cintas, resultado de las intervenciones, los originales y sus copias y ordenará su destrucción en presencia del titular del Ministerio Público de la entidad federativa."
Artículo quinto. Se reforma el artículo quinto transitorio de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para quedar como sigue:
"Artículo quinto. En tanto se expidan las disposiciones legales a que se refiere el artículo 14 de esta ley, en el reglamento de la misma, se preverá la existencia de un consejo técnico para la supervisión y control de la administración de bienes asegurados por el Ministerio Público de la Federación y de la aplicación y destino de los fondos que provengan de dichos bienes, presidido por el Procurador General de la República y del que formarán parte, de manera personal e indelegable, un subsecretario por cada una de las secretarías de Gobernación, de Hacienda y Crédito Público y de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, designados por sus titulares."
ARTICULOS TRANSITORIOS
Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los artículos 167 fracción IX y 196-bis del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, vigentes hasta la entrada en vigor del presente decreto, seguirán aplicándose por los hechos realizados durante su vigencia. Asimismo, dichos preceptos seguirán aplicándose a las personas procesadas o sentenciadas por los delitos previstos y sancionados por los mismos artículos. Lo anterior sin perjuicio de aplicar, cuando proceda, lo previsto en el artículo 56 del citado Código Penal.
Salón de sesiones de la Cámara de Senadores.- México, D.F., a 15 de octubre de 1996.- Senadores: Melchor de los Santos Ordóñez, presidente; Eduardo Andrade Sánchez y Rosendo Villarreal Dávila secretarios.
Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.- Licenciado Mario Alberto Navarro Manrique, oficial mayor.»
Recibo y túrnese a la Comisión de Justicia.
REPUBLICA DE ARGENTINA
El secretario Severiano Pérez Vázquez:
«Escudo Nacional.- Cámara de Senadores.- México, D.F.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.
Para los efectos legales correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permiso al doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración de la "Orden del Libertador San Martín", en grado de Gran Collar, que le confiere el Gobierno de la República Argentina.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
México, D.F., a 15 de octubre de 1996.- Senadores secretarios: Eduardo Andrade Sánchez y Rosendo Villarreal Dávila.
MINUTA PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso al doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración de la "Orden del Libertador San Martín", en grado de Gran Collar, que le confiere el gobierno de la República Argentina.
TRANSITORIO
Unico. El presente decreto entrará en vigor al día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la Cámara de Senadores.- México, D.F., a 15 de octubre de 1996.- Senadores: Melchor de los Santos Ordoñez, presidente Eduardo Andrade Sánchez y Rosendo Villarreal Dávila secretarios.
Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.- Licenciado Mario Alberto Navarro Manrique, oficial mayor.»
Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Es de primera lectura.
REPUBLICA DE HAITÍ
El secretario Sabino González Alba:
«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.
Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto, que concede permiso al embajador Sergio Joaquín Romero Cuevas, para aceptar y usar la condecoración Honor y Mérito, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Haití.
La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción lll del apartado B del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente.
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso al embajador Sergio Joaquín Romero Cuevas, para aceptar y usar la condecoración Honor y Mérito en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Haití.
Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 11 de octubre de 1996.- Diputados: Saúl González Herrera, presidente; Ignacio González Rebolledo, Alejandro Zapata Perogordo, José de Jesús Zambrano Grijalva, secretarios; Armando Ballinas Mayes, Salvador Beltrán del Río, José Castelazo y de los Ángeles, Eduardo Escobedo Miramontes, Ricardo García Cervantes, Juan Antonio García Villa, Luis Garfias Magaña, Leonel Godoy Rangel, Augusto Gómez Villanueva, José Mauro González Luna Mendoza, Juan Guerra Ochoa, Franciscana Krauss Velarde, Ernesto Luque Feregrino, José Antonio Martínez Torres, Humberto Meza Galván, Jorge Moreno Collado, José Narro Céspedes, Eugenio Ortiz Walls, Ignacio Ovalle Fernández, Víctor Samuel Palma César, Francisco José Peniche y Bolio, Fernando Pérez Noriega, Javier Pineda y Serino, Joaquín Rodríguez Lugo, Píndaro Unióstegui Miranda y Oscar Villalobos Chávez.»
Es de primera lectura.
REPUBLICA ITALIANA
La secretaria Rosa María Cabrera Lotfe:
«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.
La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso a la doctora María del Carmen Serra Puche, para aceptar y usar la condecoración de la "Orden al Mérito de la República Italiana" en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno de la República Italiana.
Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 11 de octubre de 1996.- Diputados: Saúl González Herrera, presidente; Ignacio González Rebolledo, Alejandro Zapata Perogordo, José de Jesús Zambrano Grijalva, secretarios; Armando Ballinas Mayes, Salvador Beltrán del Río, José Castelazo y de los Angeles, Eduardo Escobedo Miramontes, Ricardo García Cervantes, Juan Antonio García Villa, Luis Garfias Magaña, Leonel Godoy Rangel, Augusto Gómez Villanueva, José Mauro González Luna Mendoza, Juan Guerra Ochoa, Franciscana Krauss Velarde, Ernesto Luque Feregrino, José Antonio Martínez Torres, Humberto Meza Galván, Jorge Moreno Collado, José Narro Céspedes, Eugenio Ortiz Walls, Ignacio Ovalle Fernández, Víctor Samuel Palma César, Francisco José Peniche y Bolio, Fernando Pérez Noriega, Javier Pineda y Serino Joaquín Rodríguez Lugo, Píndaro Urióstegui Miranda y Oscar Villalobos Chávez.»
Es de primera lectura.
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
El secretario Mario Alejandro Rosales Anaya:
«Escudo Nacional.- Poder Legislativo.- Cámara de Diputados.
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea: en oficio fechado el 8 de octubre del año en curso, la Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de decreto, que concede permiso al ciudadano Bersaín Iván Peña Sánchez, para que pueda prestar sus servicios como jardinero, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.
En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 8 de octubre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.
CONSIDERANDO
a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento:
b) Que los servicios que el propio interesado prestará en la Embajada de los Estados Unidos de América en México, serán como jardinero:
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B del artículo 37 constitucional.
Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Bersaín Iván Peña Sánchez, para prestar servicios como jardinero, en la Embajada de los Estados Unidos de América, en la Ciudad de México.
Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 9 de octubre de 1996.- Diputados: Saúl González Herrera, presidente, Ignacio González Rebolledo, Alejandro Zapata Perogordo, José de Jesús Zambrano Grijalva, secretarios; Armando Ballinas Mayes, Salvador Beltrán del Río, José Castelazo y de los Angeles, Eduardo Escobedo Miramontes, Ricardo García Cervantes Juan Antonio García Villa, Luis Garfas Magaña, Leonel Godoy Rangel, Augusto Gómez Villanueva, José Mauro González Luna Mendoza, Juan Guerra Ochoa, Franciscana Krauss Velarde, Ernesto Luque Feregrino, José Antonio Martínez Torres, Humberto Meza Galván, Jorge Moreno Collado, José Narro Céspedes, Eugenio Ortiz Walls, Ignacio Ovalle Fernández, Víctor Samuel Palma César, Francisco José Peniche y Bolio, Fernando Pérez Noriega, Javier Pineda y Serino, Joaquín Rodríguez Lugo, Píndaro Urióstegui Miranda y Oscar Villalobos Chávez.»
Es de primera lectura.
LEY GENERAL DE POBLACION
El Presidente:
El siguiente punto de la orden del día es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Población; en atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los diputados, se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.
El secretario Fernando Jesús Rivadeniera y Rivas:
Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la segunda lectura.
«Comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Población y Desarrollo.
Honorable Asamblea: a las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Población y Desarrollo, fue turnada la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Población, suscrita por el Presidente de la República, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estas comisiones, con fundamento en los artículos 42, 43 fracción ll, 48, 56 y demás relativos de la Ley Orgánica; 55, 56, 60, 65, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos ordenamientos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, procedió al estudio y análisis de la iniciativa de referencia con base en los siguientes
ANTECEDENTES
1. Con fecha 19 de septiembre de 1996, esta soberanía recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Población, enviada por el titular del Poder Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Con esa misma fecha, dicha iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Población y Desarrollo.
2. El decreto contenido en la iniciativa de referencia propone: la reforma y adición a los artículos 25, 37, 39, 42, 48, 49, 63, 68, 70, 115, 116, 126, 135, 138, 139-bis y 140; la adición de un Capítulo IX, denominado "Del procedimiento migratorio", con los artículos 145,146, 147, 148,149 y 150 y de un Capítulo X, denominado "Del procedimiento de verificación y vigilancia", con los artículos 151, 152, 153, 154, 155, 156 y 157 y la derogación del artículo 142.
3. Se establece, en la exposición de motivos, la necesidad de actualizar el marco jurídico vigente, en concordancia con la mayor complejidad que ha observado el fenómeno migratorio en nuestro país y los objetivos establecidos en dicha materia por el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000. Al efecto, expresa el Ejecutivo Federal las tres lineas de acción adoptadas respecto del flujo migratorio:
Contribuir de manera permanente en la definición y actualización de una política migratoria que responda a los objetivos nacionales y aliente los flujos migratorios que beneficien al país.
Ejercer las facultades de vigilancia migratoria en el territorio nacional, en un marco de respeto a la ley y a los derechos humanos de los migrantes.
Mejorar la calidad de los servicios, a través de la precisión en el ejercicio de la facultad discrecional, la simplificación de trámites, el desarrollo del personal, la modernización tecnológica, el fortalecimiento de la eficiencia administrativa, la colaboración interinstitucional y el fomento de una cultura de servicio y honestidad.
4. Con base en estas líneas de acción, el Ejecutivo Federal propone modificaciones a la Ley General de Población, a efecto de lograr una mayor protección de los derechos humanos de los extranjeros que han decidido radicar en nuestro país y una mayor certeza y seguridad jurídica a los trámites y procedimientos migratorios, a la par que se introduce mayor rigor para sancionar a quienes incurren en delitos relacionados con el tráfico de seres humanos.
En función de lo anteriormente expuesto, las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Población y Desarrollo se permiten hacer las siguientes
CONSIDERACIONES
1. Desde su publicación el 7 de enero de 1974, la Ley General de Población ha sido modificada en siete ocasiones, la última de ellas el 22 de julio de 1992, que consta en el Diario Oficial de la Federación de esa fecha. Como se puede apreciar en los debates relativos, es indudable que las modificaciones introducidas a dicha ley han tenido por objeto contribuir al perfeccionamiento de las disposiciones de este instrumento jurídico, en el afán de "regular los fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución en el territorio nacional, con el fin de lograr que participe justa y equitativamente de los beneficios del desarrollo económico y social", como lo señala el artículo 1 O. de la ley en comento.
Al respecto, es indiscutible que la dinámica de los fenómenos demográficos es un elemento de consideración sustantiva para la planeación del desarrollo nacional. Así, no sólo el estudio del crecimiento natural, es decir, el relativo a los nacimientos y defunciones ocurridos en el país, reviste fundamental importancia y requiere especial atención; sino que igual relevancia tiene el conocimiento del crecimiento social, o sea, el fenómeno migratorio.
Este segundo aspecto, relativo a la migración, encuentra expresión jurídica en el Capítulo ll de la Ley General de Población, en el que se establece, en sus artículos 7o. a 31, cuál es la instancia responsable de los asuntos migratorios, así como sus obligaciones, los tipos de servicios migratorios y la especificación de las calidades y requisitos que deben cumplir los extranjeros para poder ingresar al territorio nacional.
II. En este sentido, las comisiones unidas que dictaminan hacen suya la consideración general expresada en la multicitada iniciativa, en el sentido de que la migración es un fenómeno que impacta el desarrollo social y económico del país y cuya valoración no puede hacerse sólo por sus implicaciones demográficas, sino que es preciso ubicarla en el contexto más amplio de la política y derecho internacionales y su connotación especialmente importante en materia de seguridad interna; además de sus incuestionables efectos en las áreas del turismo, comercio exterior y captación de divisas.
III. De conformidad con el criterio general expresado en los anteriores considerandos, la iniciativa plantea la modificación de diversas disposiciones de la Ley General de Población, a saber:
a) Se propone precisar, en el primer párrafo del artículo 25 relativo a la no autorización para el desembarco de extranjeros que no reúnan los requisitos fijados por la ley y su reglamento, la referencia a la fracción X del artículo 42 que establece la excepción para autorizar el desembarco provisional de los no inmigrantes, en este caso con el carácter de visitante provisional, en virtud de que el artículo 25 vigente remite, de manera inexacta, a la fracción IX del artículo 42.
b) En el artículo 37, se adicionan sus fracciones V y Vl para establecer, de manera expresa, que infringir las leyes nacionales (V) u otras disposiciones administrativas (Vl), será motivo para que la Secretaría de Gobernación niegue a los extranjeros la entrada al país o el cambio de calidad o característica migratoria.
c) Por lo que hace al artículo 39, que autoriza la internación o permanencia legal de aquel extranjero que contrae matrimonio con mexicana o tiene hijos nacidos en nuestro país, se adiciona su segundo párrafo a fin de evitar, al cobijo de la ley, la simulación de matrimonios, por lo que se propone especificar que a aquellos extranjeros que disuelvan su vínculo matrimonial con mexicanas o incumplan obligaciones alimentarias, podrá cancelárseles su calidad migratoria y fijarles plazo para que abandonen el país, señalando a la Secretaría de Gobernación como la autoridad encargada de resolver sobre estos casos.
d) En el artículo 42, relativo a las características que como no inmigrante pueden asumir los extranjeros para su internación en el país, se modifica la fracción lll, relativa a los visitantes, para incorporar el caso de los extranjeros que asisten a asambleas y sesiones del consejo de administración de empresas (actualmente regulado en la fracción IV), sujetándolos a las condiciones de estancia señalados en esta fracción III, con lo que se amplían sus posibilidades de permanencia en el país.
Consecuentemente, se deroga la característica de consejero y se crean: la de ministro de culto o asociado religioso, en la citada fracción IV y se adiciona la de corresponsal, en una nueva fracción Xl. Respecto de la fracción VII, relativa a la calidad de estudiante, se cambia el vocablo "completar" por el de "terminar", para referirse a los estudios que se realicen en planteles o instituciones educativos nacionales y se adiciona dicha característica para establecer, en el caso de aquellos extranjeros que realizan sus estudios y que sólo pueden ausentarse del país, cada año, hasta por 120 días, la siguiente excepción: "...si estudia en alguna ciudad fronteriza y es residente de localidad limítrofe de país vecino, no se aplicará la limitación de ausencias señaladas".
Asimismo, por la adición de un último párrafo al artículo 42, se establece la posibilidad de que los extranjeros que se internen en el país en calidad de no inmigrantes, puedan solicitar también el ingreso de su cónyuge y familiares en primer grado, bajo la modalidad de dependientes económicos y con la misma característica migratoria y temporalidad que la del no inmigrante.
e) En congruencia con la propuesta de un último párrafo al artículo 42, se plantea la adición de la fracción VII del artículo 48 para establecer, en la característica de los inmigrantes conocida como familiares, que aquellos que posean esa calidad puedan contribuir al sustento familiar, realizando actividades lucrativas, de conformidad con el reglamento respectivo, para lo cual requerirán de autorización de la Secretaría de Gobernación.
Asimismo, se propone la adición de una fracción IX, con la característica asimilados, para autorizar la calidad de inmigrados a quienes aún no teniendo una actividad de alta especialización, puedan demostrar su incorporación al medio nacional o acreditar su vínculo con nacionales.
f) Por cuanto al artículo 49, relativo a la internación y permanencia en el país de científicos o técnicos extranjeros, se elimina el requisito de que éstos instruyan, en su especialidad, a un mínimo de tres mexicanos y, en el afán de mantener las posibilidades de aportaciones académicas, científicas, culturales o de capacitación, se propone la siguiente redacción: "la internación y permanencia por más de seis meses en el país de científicos o técnicos extranjeros, se condicionará a que, a satisfacción de la Secretaría de Gobernación, instruyan en su especialidad a mexicanos mediante conferencias, cursos y cátedras, entre otros medios" g) En conexión con la reforma planteada a la fracción IV del artículo 42, se adiciona el 63 para establecer la obligación de los extranjeros no inmigrantes, cuyo ingreso al país se haga bajo la característica de ministro de culto o asociado religioso, de inscribirse en el Registro Nacional de Extranjeros.
h) Tratándose de la participación de jueces u oficiales del registro civil en actos relacionados con el registro de nacimientos en tiempo y defunciones, en que intervenga algún extranjero, se reforma el artículo 68 de la ley para especificar que estos hechos constituyen excepción, por lo que el extranjero no precisará comprobar su estancia legal en el país para los efectos de inscripción de dichos casos en el Registro Civil del país. Lo anterior, a fin de hacer explícito el reconocimiento de los derechos humanos y constitucionales de los menores, facilitando su acceso a los servicios de educación y salud.
En congruencia con la modificación del artículo 39, se establece la obligación de que los matrimonios y divorcios entre mexicanos y extranjeros deban inscribirse en el Registro Nacional de Extranjeros, dentro de los 30 días siguientes a su realización.
i) El artículo 70, actualmente derogado, se restablece para permitir que a los interesados, previa solicitud a la autoridad migratoria, se les expidan certificados que acrediten que la estancia de los extranjeros está apegada a la ley.
j) En cuanto a los arrestos administrativos y multas, se ajusta lo establecido en la materia por los artículos 115, 116 y 135, al texto del artículo 21 constitucional que señala: "...compete a la autoridad administrativa la aplicación de sanciones por las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía, las que únicamente consistirán en multa o arresto hasta por 36 horas; pero si el infractor no pagare la multa que se le hubiese impuesto, se permutará ésta por el arresto correspondiente, que no excederá en ningún caso de 36 horas"
De tal manera, para las diferentes hipótesis contenidas en los artículos antes mencionados, las multas se establecen de la siguiente manera: en el artículo 115, hasta de 100 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal; en el 116, hasta de 200 días y en el 135, hasta de 100 días. En todos los casos se regula la posibilidad de conmutar la multa por arresto hasta de 36 horas, si ésta no se pagare. Asimismo. en consecuencia con la adecuación a la norma Constitucional, se plantea la derogación del artículo 142.
k) Se modifica el artículo 126, cuyo texto vigente sólo considera la expulsión definitiva, permitiendo que la autoridad migratoria valore la sanción conducente de acuerdo a la gravedad de la conducta que la origine.
I) Especial reconocimiento merece la modificación al artículo 138. Es incuestionable que el fenómeno migratorio en México se ha intensificado notablemente en los años recientes, particularmente en nuestra frontera norte y es de magnitud creciente en la frontera sur, dado que nuestro país reúne las características de origen, tránsito y destino de los migrantes, propias de este fenómeno social; ello ha traído consigo el que personas que medran con el tráfico de seres humanos incurran en conductas delictivas que tienen por objeto, fundamentalmente, el traslado de nacionales mexicanos, para su internación ilegal en el extranjero.
A fin de disuadir esta conducta, se propone elevar la pena y establecer un lapso de seis a 12 años de prisión y multa de 100 a 10 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a quien actualice dicha conducta.
Pero además, se responde al reclamo social de castigar con mayor rigor a las personas que se dedican al tráfico de indocumentados o a los servidores públicos que actualicen esta conducta, con la adición de un párrafo cuarto al artículo 138.
II) En virtud de que actualmente no se encuentra determinada sanción alguna para aquella conducta relativa al incumplimiento de las obligaciones derivadas del otorgamiento de la custodia, se adiciona un artículo 139-bis, con objeto de establecer la sanción correspondiente que consiste en multa hasta de 1 mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, en el momento de consumar la conducta, "sin perjuicio de las penas en que incurra cuando ello constituya un delito".
m) La reforma al artículo 140 sigue la lógica observada en las modificaciones propuestas a los artículos 115,116 y 135, de hacer uniforme el criterio de sanción, al tiempo que se eleva la multa. De este modo, se establece que, en toda infracción administrativa a la ley o a sus reglamentos en materia migratoria "fuera de los casos señalados en este capítulo, se sancionará con multa hasta de 1 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, en el momento de consumar la conducta, según la gravedad de las violaciones cometidas a juicio de la Secretaría de Gobernación o bien con arresto hasta de 36 horas si no pagare la multa".
n) Finalmente, se adicionan dos capítulos a la ley: Capítulo IX, "Del procedimiento migratorio", artículos 145 a 150, para establecer reglas específicas de procedimiento administrativo relativas a la tramitación de la internación, permanencia y salida de los extranjeros del país; y Capítulo X, "Del procedimiento de verificación y vigilancia", artículos 151 a 157, con el fin de normar, con mayor margen de seguridad jurídica para los particulares, los procedimientos aplicables en tratándose de vigilancia y verificación, a la vez que se detalla el ejercicio de las funciones de la autoridad migratoria.
IV. De las modificaciones a la iniciativa.
Como resultado del intercambio de opiniones que se llevó a cabo entre integrantes de las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Población y Desarrollo, en su reunión de trabajo celebrada el 26 de septiembre del año en curso, las comisiones legislativas que suscriben han considerado conveniente efectuar modificaciones a diferentes artículos contenidos en el dispositivo originalmente presentado en calidad de proyecto de decreto. Así, se proponen las siguientes modificaciones:
a) Por cuanto al artículo 37, se plantea especificar, en su fracción Vl, que se trata de infracciones a la Ley General de Población, a su reglamento o a disposiciones administrativas "aplicables en la materia"; asimismo se efectúa una precisión de estilo en el artículo 39 fracción V, que suprime la expresión: "observado mala conducta durante su estancia en el país...".
b) Si bien la iniciativa no propone modificaciones a la fracción VI del artículo 42, con el solo objeto de mejorar su redacción, estas comisiones unidas proponen suprimir los artículos determinados que preceden las expresiones: "agresión extranjera"; "conflictos internos" y "violación masiva de derechos humanos".
c) Asimismo, por lo que hace al artículo 42 fracción VII, que alude a la característica estudiante, se considera conveniente mejorar la expresión jurídica originalmente propuesta y establecer: "para iniciar, terminar o perfeccionar estudios en instituciones o planteles educativos oficiales o incorporados con reconocimiento oficial de validez o para realizar estudios que no lo requieran, con prórrogas anuales y con autorización para permanecer en el país sólo el tiempo que duren sus estudios y el que sea necesario para obtener la documentación final escolar respectiva, pudiendo ausentarse del país, cada año, hasta por 120 días en total; si estudia en alguna ciudad fronteriza y es residente de localidad limítrofe, no se aplicará la limitación de ausencias señalada".
d) En cuanto a la fracción Xl denominada corresponsal, se propone modificar la redacción a efecto de que su primer párrafo concluya con la expresión "...el permiso se otorgará hasta por un año y podrán concederse prórrogas por igual temporalidad cada una, con entradas y salidas múltiples", con objeto de otorgarle a la Secretaría de Gobernación mayor margen de discrecionalidad.
e) En la característica asimilados, comprendida en la fracción IX del artículo 48, se adiciona la parte final del texto propuesto con la expresión "...en los términos que establezca el reglamento", en virtud de que éste deberá contener disposiciones de procedimiento relativas al caso particular que se comenta y cuya remisión, de la ley al reglamento, se considera procedente.
f) En la misma lógica de hacer aún más explícitas las hipótesis jurídicas con las que se desean regular diferentes conductas, se modifican los textos de los artículos 49, 70 y 116 para quedar como siguen:
"Artículo 49. La internación y permanencia por más de seis meses en el país de científicos o técnicos extranjeros, se condicionará a satisfacción de la Secretaría de Gobernación, a que cada uno de éstos sean solicitados por instituciones de su especialidad e instruyan en ella a mexicanos mediante conferencias, cursos y cátedras, entre otros medios."
"Artículo 70. En un plazo no mayor de 30 días hábiles, la autoridad migratoria, a solicitud de los interesados, expedirá certificados que acrediten que la estancia de los extranjeros está apegada a esta ley."
"Artículo 116. Al que en materia migratoria presente o suscriba cualquier documento o promoción con firma falsa o distinta a la que usualmente utiliza, se le impondrá multa hasta de 200 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento de consumar la conducta o bien arresto hasta por 36 horas si no pagare la multa, sin perjuicio de las penas en que incurra cuando ello constituya un delito."
g) En lo relativo al artículo 126, se propone establecer, como causa de expulsión definitiva de extranjeros, a aquellos que hubieren atentado en contra de la soberanía o la seguridad nacional.
h) Por cuanto al artículo 138, mediante adición respectiva, se propone modificarlo a efecto de reservar su párrafo primero a quien subrepticiamente introduzca a un país extranjero a mexicanos o extranjeros y sustituir la expresión "internarse al extranjero" por la de "internarse a otro país" y limitar su segundo párrafo a quien introduzca extranjeros a nuestro país, "sin la documentación correspondiente", los albergue o transporte, suprimiendo los vocablos "en forma ilegal" y "o a otro país".
Asimismo se propone sustituir la expresión final de su primer párrafo "...en forma ilegal", por la de "sin la documentación correspondiente" y, en el párrafo segundo, cambiar la expresión "sin permiso legal" por la de "sin la documentación correspondiente expedida por", suprimiendo el vocablo "...ilegalmente...".
Por otro lado, respecto de este párrafo segundo, se propone suprimir la expresión "pretenda introducir o", en razón de que esta conducta sólo podría llevarse a cabo en país extranjero. Finalmente, con objeto de aclarar que lo que se pretende tutelar adecuadamente es la seguridad de los menores de edad cuando son objeto de este tráfico punible, se propone sustituir la preposición "con" por la de "incluyendo" consecuentemente el artículo en comento queda como sigue:
"Artículo 138. Se impondrá pena de seis a 12 años de prisión y multa de 100 a 10 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento de consumar la conducta, a quien por sí o por interpósita persona pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros a internarse a otro país sin la documentación correspondiente."
Igual pena se impondrá a quien por sí o por medio de otro u otros introduzca, sin la documentación correspondiente expedida por autoridad competente, a uno o varios extranjeros a territorio mexicano o los albergue o transporte por el territorio nacional con el propósito de ocultarlos para evadir la revisión migratoria.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Se aumentarán hasta en una mitad las penas previstas en los párrafos precedentes cuando las conductas descritas se realicen respecto de menores de edad; o en condiciones o por medios que pongan en peligro la salud, la integridad o la vida de los indocumentados o bien cuando el autor del delito sea servidor público.
i) Respecto del artículo 139-bis, se estima conveniente, para el caso de quien reciba en custodia a un extranjero, señalar que ésta se realizará "en los términos del artículo 153", que establece la entrega en custodia provisional del extranjero asegurado a persona o institución de reconocida solvencia, de conformidad con las consideraciones que la Secretaría de Gobernación determine en cada caso.
j) Por cuanto al artículo 140, se propone el cambio del vocablo "señalados" por el de "previstos", para establecer que: "toda infracción administrativa a la presente ley o a sus reglamentos en materia migratoria, fuera de los casos previstos en este capítulo, se sancionará...".
k) Por lo que hace al artículo 146, con objeto de otorgarle al solicitante la certeza de que habrá de obtener copia certificada de las promociones y documentos que hayan presentado, se propone agregar la siguiente expresión:
"las que les serán entregadas en un plazo no mayor de 30 días hábiles".
l) Por obviedad legal, se simplifica el texto del artículo 148 para quedar como sigue: "las promociones ante la Secretaría de Gobernación serán suscritas por el interesado o representante legal y, en caso de que no sepa o no pueda firmar, se imprimirá la huella digital".
m) En el artículo 150, relativo al procedimiento migratorio y que establece la negativa ficta cuando, transcurridos 90 días naturales, la autoridad migratoria no dicte resolución sobre solicitudes presentadas por los interesados, se estima la adición de una expresión final que señale: "si el particular lo solicitare, la autoridad emitirá constancia de tal hecho".
n) Por cuanto al artículo 154 se propone, en su fracción I, especificar que para requerir la presencia del extranjero, al citarlo, la Secretaría de Gobernación "lo hará por escrito con acuso de recibo"; y en su fracción II, precisar que el apercibimiento de tener por presuntivamente ciertos los hechos, tiene la salvedad de que el citado acredite plenamente que, por causas fortuitas o de fuerza mayor, no comparece.
ñ) En relación al artículo 155, nos permitimos proponer que el acta circunstanciada que habrá de levantarse sea "en presencia de dos testigos presentados por el compareciente" agregando que "en caso de no hacerlo, la Secretaría de Gobernación los nombrará". Finalmente se propone que el primer párrafo de dicho precepto termine con la expresión "en el acta se hará constar".
Respecto de la fracción IV del citado numeral 155, se propone concluir la misma de la siguiente manera "...dejando asentado el dicho del compareciente", ello con objeto de garantizarle al extranjero que lo por él expresado habrá de formar parte del acta circunstanciada.
o) En virtud de que los artículos 154 y 156 propuestos en el nuevo capítulo denominado "Del procedimiento de verificación y vigilancia", hacen una referencia inexacta al artículo 152, se especifica: en el artículo 154, el caso de comparecencia de extranjeros ante la autoridad migratoria en los términos de la fracción II del artículo 151 y, en el artículo 156, el caso de revisión migratoria en rutas o puntos provisionales distintos a los establecidos de conformidad con la fracción V del propio artículo 151.
p) Finalmente, respecto del articulo 157, se propone modificar su redacción a efecto de darle mayor claridad.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Población y Desarrollo se permiten someter a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION
Artículo único. Se reforman y adicionan los artículos 25, 37, 39, 42, 48, 49, 63, 68, 70, 115, 1 16, 126, 135, 1 38, 1 39-bis y 140; se adicionan el Capítulo IX, denominado "Del procedimiento migratorio", con los artículos 145, 146, 147, 148, 149 y 150; y el Capítulo X, denominado "Del procedimiento de verificación y vigilancia", con los artículos 1 51 ,1 52,1 53,1 54,1 55,1 56 y 157 y se deroga el artículo 142 de la Ley General de Población, para quedar como sigue:
"Artículo 25. No se autorizará el desembarco de extranjeros que no reúnan los requisitos fijados por esta ley y su reglamento, salvo lo dispuesto por el articulo 42 fracción X, de esta ley.
Artículo 37. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
V. Hayan infringido las leyes nacionales o tengan malos antecedentes en el extranjero:
VI. Hayan infringido esta ley, su reglamento u otras disposiciones administrativas aplicables en la materia o no cumplan con los requisitos establecidos en los mismos:
VII y VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Artículo 39. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Si llegare a disolverse el vínculo matrimonial o dejare de cumplirse con las obligaciones que impone la legislación civil en materia de alimentos, por parte del cónyuge extranjero, podrá cancelársele su calidad migratoria y fijarle un plazo para que abandone el país, excepto si ha adquirido la calidad de inmigrado, confirmar su permanencia o bien autorizar una nueva calidad migratoria, a juicio de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 42. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. Visitante. Para dedicarse al ejercicio de alguna actividad lucrativa o no, siempre que sea lícita y honesta, con autorización para permanecer en el país hasta por un año.
Cuando el extranjero visitante: durante su estancia viva de sus recursos traídos del extranjero, de las rentas que éstos produzcan o de cualquier ingreso proveniente del exterior; su internación tenga como propósito conocer alternativas de inversión o para realizar éstas; se dedique a actividades científicas, técnicas, de asesoría, artísticas, deportivas o similares; se interne para ocupar cargos de confianza o asistir a asambleas y sesiones de consejos de administración de empresas; podrán concederse hasta cuatro prórrogas por igual temporalidad cada una, con entradas y salidas múltiples.
IV. Ministro de culto o asociados religioso. Para ejercer el ministerio de cualquier culto o para la realización de labores de asistencia social y filantrópicas, que coincidan con los fines de la asociación religiosa a la que pertenezca, siempre que ésta cuente con registro previo ante la Secretaría de Gobernación y que el extranjero posea, con antelación, el carácter de ministro de culto o de asociado en los términos de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. El permiso se otorgará hasta por un año y podrán concederse hasta cuatro prórrogas por igual temporalidad cada una, con entradas y salidas múltiples.
V. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
VI. Refugiado. Para proteger su vida, seguridad o libertad, cuando hayan sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público en su país de origen, que lo hayan obligado a huir a otro país. No quedan comprendidos en la presente característica migratoria aquellas personas que son objeto de persecución política prevista en la fracción anterior. La Secretaría de Gobernación renovará su permiso de estancia en el país, cuantas veces lo estime necesario. Si el refugiado viola las leyes nacionales, sin perjuicio de las sanciones que por ello le sean aplicables, perderá su característica migratoria y la misma Secretaría le podrá otorgar la calidad que juzgue procedente para continuar su legal estancia en el país. Asimismo, si el refugiado se ausenta del país, perderá todo derecho a regresar en esta calidad migratoria, salvo que haya salido con permiso de la propia Secretaría. El refugiado no podrá ser devuelto a su país de origen, ni enviado a cualquier otro, en donde su vida, libertad o seguridad se vean amenazadas.
VII. Estudiante. Para iniciar, terminar o perfeccionar estudios en instituciones o planteles educativos oficiales o incorporados con reconocimiento oficial de validez o para realizar estudios que no lo requieran, con prórrogas anuales y con autorización para permanecer en el país sólo el tiempo que duren sus estudios y el que sea necesario para obtener la documentación final escolar respectiva, pudiendo ausentarse del país, cada año, hasta por 120 días en total; si estudia en alguna ciudad fronteriza y es residente de localidad limítrofe, no se aplicará la limitación de ausencias señalada.
VIII a X. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
XI. Corresponsal. Para realizar actividades propias de la profesión de periodista, para cubrir un evento especial o para su ejercicio temporal, siempre que acredite debidamente su nombramiento o ejercicio de la profesión en los términos que determine la Secretaría de Gobernación. El permiso se otorgará hasta por un año y podrán concederse prórrogas por igual temporalidad cada una, con entradas y salidas múltiples.
Todo extranjero que se interne al país como no inmigrante, podrá solicitar el ingreso de su cónyuge y familiares en primer grado, a los cuales podrá concedérseles, cuando no sean titulares de una característica migratoria propia, la misma característica migratoria y temporalidad que al no inmigrante, bajo la modalidad de dependiente económico.
Artículo 48. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I a VII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Los inmigrantes familiares podrán ser autorizados por la Secretaría de Gobernación, para realizar las actividades que establezca el reglamento.
Los hijos y hermanos extranjeros de los inmigrantes, inmigrados o mexicanos, sólo podrán admitirse dentro de esta característica cuando sean menores de edad, salvo que tengan impedimento debidamente comprobado para trabajar o estén estudiando en forma estable.
VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IX. Asimilados. Para realizar cualquier actividad lícita y honesta, en caso de extranjeros que hayan sido asimilados al medio nacional o hayan tenido o tengan cónyuge o hijo mexicano y que no se encuentren comprendidos en las fracciones anteriores, en los términos que establezca el reglamento.
Artículo 49. La internación y permanencia por más de seis meses en el país de científicos o técnicos extranjeros, se condicionará, a satisfacción de la Secretaría de Gobernación, a que cada uno de éstos sean solicitados por instituciones de su especialidad e instruyan en ella a mexicanos mediante conferencias, cursos y cátedras, entre otros medios.
Artículo 63. Los extranjeros que se internen al país en calidad de inmigrantes y los no inmigrantes a que se refieren las fracciones III, por lo que respecta a científicos, IV, V, VI y VII, del artículo 42 de esta ley, están obligados a inscribirse en el Registro Nacional de Extranjeros dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su internación.
Artículo 68. Los jueces u oficiales del Registro Civil no celebrarán ningún acto en que intervenga algún extranjero, sin la comprobación previa, por parte de éste, de su legal estancia en el país, excepto los registros de nacimiento en tiempo y de defunción, en los términos que establezca el reglamento de esta ley. Tratándose de matrimonios de extranjeros con mexicanos, deberán exigir además la autorización de la Secretaría de Gobernación.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Los matrimonios y divorcios entre mexicanos y extranjeros se inscribirán en el Registro Nacional de Extranjeros, dentro de los 30 días siguientes a su realización.
Artículo 70. En un plazo no mayor de 30 días hábiles, la autoridad migratoria, a solicitud de los interesados, expedirá certificados que acrediten que la estancia de los extranjeros está apegada a esta ley.
Artículo 115. El que auxilie, encubra o aconseje a cualquier individuo violar las disposiciones de esta ley y su reglamento en materia que no constituya delito, será castigado con multa hasta de 100 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento de consumar la conducta o bien arresto hasta por 36 horas si no pagare la multa.
Artículo 116. Al que en materia migratoria presente o suscriba cualquier documento o promoción con firma falsa o distinta a la que usualmente utiliza, se le impondrá multa hasta de 200 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento de consumar la conducta o bien arresto hasta por 36 horas si no pagare la multa, sin perjuicio de las penas en que incurra cuando ello constituya un delito.
Artículo 126. En los casos en que se atente en contra de la soberanía o la seguridad nacional, la expulsión será definitiva. En todos los demás casos la Secretaría de Gobernación señalará el periodo durante el cual el extranjero no deberá reingresar al país. Durante dicho periodo, sólo podrá ser readmitido por acuerdo expreso del Secretario de Gobernación o del subsecretario respectivo.
Artículo 135. Al extranjero que no cumpla con la obligación señalada por el artículo 26 de esta ley, se le impondrá multa hasta de 100 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento de consumar la conducta o bien arresto hasta por 36 horas si no pagare la multa.
Artículo 138. Se impondrá pena de seis a 12 años de prisión y multa de 100 a 10 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento de consumar la conducta, a quien por sí o por interpósita persona pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros a internarse a otro país, sin la documentación correspondiente.
Igual pena se impondrá a quien por sí o por medio de otro u otros introduzca, sin la documentación correspondiente expedida por autoridad competente, a uno o varios extranjeros a territorio mexicano o los albergue o transporte por el territorio nacional con el propósito de ocultarlos para evadir la revisión migratoria.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Se aumentarán hasta en una mitad las penas previstas en los párrafos precedentes, cuando las conductas descritas se realicen respecto de menores de edad o en condiciones o por medios que pongan en peligro la salud, la integridad o la vida de los indocumentados o bien cuando el autor del delito sea servidor público.
Artículo 139-bis. Al que reciba en custodia a un extranjero, en los términos del artículo 153, y permita que se sustraiga del control de la autoridad migratoria se le sancionará con multa hasta de 1 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento de consumar la conducta, sin perjuicio de las penas en que incurra cuando ello constituya un delito.
Artículo 140. Toda infracción administrativa a la presente ley o a sus reglamentos en materia migratoria, fuera de los casos previstos en este capítulo, se sancionará con multa hasta de 1 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento de consumar la conducta, según la gravedad de las violaciones cometidas a juicio de la Secretaria de Gobernación o bien con arresto hasta de 36 horas si no pagare la multa.
Artículo 142. Se deroga.
CAPITULO IX
Del procedimiento migratorio
Artículo 145. Los trámites de internación, estancia y salida de los extranjeros, así como de los permisos que se soliciten al servicio de migración, se regirán por las disposiciones que a continuación se mencionan y en forma supletoria, por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y las disposiciones y criterios que al efecto emita la Secretaría de Gobernación.
Artículo 146. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Los interesados podrán solicitar copia certificada de las promociones y documentos que hayan presentado en el procedimiento administrativo migratorio y de las resoluciones que recaigan a éstos, las que le serán entregadas en un plazo no mayor de 30 días hábiles. La demás documentación es confidencial y únicamente se podrá expedir copia certificada si existe mandamiento judicial que así lo determine.
Artículo 147. Los solicitantes que acrediten su interés jurídico en el trámite migratorio podrán comparecer en forma directa o por conducto de apoderado legalmente autorizado, mediante poder notarial, carta poder ratificada ante fedatario público o, en su caso, mediante autorización en el propio escrito.
Artículo 148. Las promociones ante la Secretaría de Gobernación serán suscritas por el interesado o representante legal y en caso de que no sepa o no pueda firmar, se imprimirá la huella digital.
En su caso, deberán acompañarse las constancias relativas a los requisitos que señala esta ley, su reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables para el trámite respectivo.
Artículo 149. La autoridad migratoria podrá allegarse los medios de prueba que considere necesarios para mejor proveer, sin más limitaciones que las establecidas en la ley.
Artículo 150. Una vez cubiertos los requisitos correspondientes y que la autoridad constate que no existe trámite pendiente u obligación que satisfacer o bien impedimento legal alguno, dictará resolución sobre todas las cuestiones planteadas por el interesado y las que de oficio se deriven del mismo, debiendo fundar y motivar su determinación, sin que para ello se exija mayor formalidad.
La autoridad migratoria contará con un plazo de hasta 90 días naturales para dictar la resolución correspondiente, contados a partir de la fecha en que el solicitante cumpla todos los requisitos formales exigidos por esta ley, su reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables; transcurrido dicho plazo sin que la resolución se dicte, se entenderá que es en sentido negativo. Si el particular lo solicitare, la autoridad emitirá constancia de tal hecho.
CAPITULO X
Del procedimiento de verificación y vigilancia
Artículo 151. Fuera de los puntos fijos de revisión establecidos conforme a las disposiciones de esta ley, la autoridad migratoria podrá llevar a cabo las siguientes diligencias:
I. Visitas de verificación:
II. Comparecencia del extranjero ante la autoridad migratoria:
III. Recepción y desahogo de denuncias y testimonios:
IV. Solicitud de informes:
V. Revisión migratoria en rutas o puntos provisionales distintos a los establecidos:
VI. Obtención de los demás elementos de convicción necesarios para la aplicación de esta ley, su reglamento y demás disposiciones administrativas procedentes.
Artículo 152. Si con motivo de la verificación se desprende alguna infracción a lo dispuesto en la ley, su reglamento o demás disposiciones aplicables que amerite la expulsión del extranjero, el personal autorizado podrá llevar a cabo su aseguramiento.
Artículo 153. La Secretaría de Gobernación, considerando las circunstancias especiales que concurran en cada caso, podrá entregar al extranjero asegurado, en custodia provisional, a persona o institución de reconocida solvencia.
El extranjero entregado en custodia estará obligado a otorgar una garantía, comparecer ante la autoridad migratoria las veces que así se le requiera y firmar en el libro de control de extranjeros.
Artículo 154. La Secretaría de Gobernación, al requerir la comparecencia del extranjero a que se refiere la fracción ll del artículo 151 de esta ley, deberá cumplir con las siguientes formalidades:
I. Al citarlo, lo hará por escrito con acuse de recibo, haciéndole saber el motivo de la comparecencia; el lugar, hora, día, mes y año en que tendrá verificativo; en su caso, los hechos que se le imputen y su derecho a ofrecer pruebas y alegar lo que a su derecho convenga:
II. Apercibirlo que de no concurrir a dicha comparecencia, salvo causa plenamente justificada, se tendrán presuntivamente por ciertos los hechos que se le imputen y se le aplicarán las sanciones previstas por la ley.
Artículo 155. De la comparecencia aludida en el artículo anterior, se levantará acta circunstanciada, en presencia de dos testigos presentados por el compareciente; en caso de no hacerlo, la Secretaría de Gobernación los nombrará. En el acta se hará constar:
I. Lugar, hora, día, mes y año en la que se inicie y concluya la diligencia:
II. Nombre y domicilio del compareciente:
III. Nombre y domicilio de las personas que fungieron como testigos:
IV. Relación sucinta de los hechos y circunstancias ocurridas durante la diligencia, dejando asentado el dicho del compareciente:
V. Nombre y firma de quienes intervinieron en la diligencia. Si se negara a firmar el compareciente, ello no afectará la validez del acta, dejándose constancia de este hecho en la misma.
Artículo 156. El oficio en el que se disponga la revisión a la que alude la fracción V del artículo 151, deberá señalar, como mínimo:
I. Responsable de la revisión y personal asignado a la misma:
II. Duración de la revisión:
III. Zona geográfica y lugar en la que se efectuará la revisión.
El responsable de la revisión rendirá un informe diario de actividades a su superior jerárquico.
Artículo 157. Una vez cubiertos los requisitos previstos en este capítulo, la Secretaría de Gobernación resolverá lo conducente en un máximo de 15 días hábiles, debiendo notificarlo al interesado, personalmente, a través de su representante legal o por correo certificado con acuse de recibo.
TRANSITORIO
Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de comisiones de la Cámara de Diputados, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, 15 de octubre de 1996.- por las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Población y Desarrollo.- Diputados: Saúl González Herrera, presidente; Jorge E. y Dávila Juárez, presidente; Ignacio González Rebolledo, Emilio Solórzano Solís, Alejandro Zapata Perogordo, Edgard Sánchez Ramírez, José de J. Zambrano Grijalva, María Elena Alvarez Bernal, secretarios; Armando Ballinas Mayes, Salvador Beltrán del Río, José Castelazo y de los Angeles, Eduardo Escobedo Miramontes, Ricardo García Cervantes, Juan Antonio García Villa, Luis Garfas Magaña, Leonel Godoy Rangel, Augusto Gómez Villanueva, Mauro González Luna Mendoza, Juan Guerra Ochoa, Franciscana Krauss Velarde, Ernesto Luque Feregrino, José Antonio Martínez Torres, Humberto Meza Galván, Jorge Moreno Collado, José Narro Céspedes, Eugenio Ortiz Walls, Ignacio Ovalle Fernández, Víctor Samuel Palma César, Francisco J. Peniche y Bolio, Fernando Pérez Noriega, Javier Pineda y Serino, Joaquín Rodríguez Lugo, Píndaro Urióstegui Miranda, Oscar Villalobos Chávez, Alfredo Amaya Medina, Gaspar Avila Rodríguez, Genaro Alfonso del Angel Amador, Matías Salvador Fernández Gavaldón, José Feliciano García Peraza, Yolanda E González Hernández, Matilde del Mar Hidalgo y García B., Javier A. Gutiérrez Vidal, Fructuoso López Cárdenas, Zaida Lladó Castillo, Arnulfo Cueva Aguirre, Martina Montenegro Espinoza, Eliseo Moyao Morales, Jesús Eduardo Noyola Bernal, Víctor M. Palacios Sosa, María del Socorro Ramírez O., Regina Reyes Retana Márquez, Mario Alejandro Rosales Anaya, Ma. del Rosario Robles Berlanga, María Guadalupe Romero Castillo, Sofía Valencia Abundis, Rogelio Zamora Barradas, Juan Maldonado Sánchez y María Lucero Saldaña Pérez.
Es de segunda lectura.
El Presidente:
En consecuencia, está a discusión en lo general. Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general los siguientes oradores para fijar posiciones:
Diputados: Raúl Fuentes, por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo; Edgard Sánchez Ramírez, del grupo parlamentario del PRD; Víctor Manuel Palacios Sosa, por el grupo parlamentario del PAN y Emilio Solórzano Solís, por el grupo parlamentario del PRI; asimismo, ha solicitado el uso de la palabra la diputada Marta Alvarado Castañón.
En consecuencia, tiene el uso de la palabra para fijar posición, el diputado Raúl Fuentes, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.
El diputado Raúl Alejandro Fuentes Cárdenas:
Gracias, señor Presidente:
Los fenómenos migratorios son una característica cada vez más importante dentro del proceso de globalización que vive el mundo. México, por sus condiciones geográficas, económicas y políticas, es receptor de constantes flujos migratorios que por su incidencia en aspectos demográficos y sociales, requieren de un marco jurídico que proteja los derechos de todas aquellas personas que se internan al país, pero que a la vez regulen con certeza y seguridad los procedimientos migratorios.
El dictamen que se presenta ante el pleno de esta Cámara, reconoce la necesidad de actualizar el marco jurídico en la materia.
En la propuesta de reformas se recogen y profundizan en lo general, los objetivos señalados en la iniciativa enviada por el Ejecutivo, en el sentido de brindar una mayor protección a los derechos de los extranjeros residentes en el país, de sancionar con mayor rigor a quienes incurran en faltas y delitos graves que violenten nuestras normas migratorias, sobre todo en aquellos relacionados con el tráfico de personas indocumentadas y dar mayor certeza y seguridad jurídica en los trámites y procedimientos migratorios.
En las reformas contenidas en el presente dictamen, encontramos diversos avances entre los que podemos señalar los siguientes:
Se adiciona en el artículo 48 fracción IX, una nueva característica denominada "asimilado" a la categoría de inmigrante, la cual se puede obtener cuando los extranjeros se hayan integrado plenamente a la vida del país y tengan lazos familiares con mexicanos.
Lo anterior rompe el sesgo que vinculaba a labores estrictamente profesionales o económicas la caracterización del inmigrante.
Asimismo, se elimina en el artículo 68 el impedimento que tenían los extranjeros que no acreditaban su legal estancia en el país, para realizar actos de carácter civil, como son la obtención de actas, tanto de nacimiento como de defunción, lo que significa un reconocimiento pleno de los derechos que las personas poseen en nuestro país, sin importar el carácter de su estancia en el mismo. Ello con objeto de proteger jurídicamente a sus descendientes en caso de actas de nacimiento y de plena comprobación de la muerte, mediante el otorgamiento de la documental pública correspondiente.
El Partido del Trabajo ha condenado en distintas ocasiones. el tráfico de personas indocumentadas, tanto nacionales como extranjeras. De igual forma reconoce la necesidad de combatir de manera enérgica esta actividad que pone en riesgo miles de vidas. Por ello consideramos positivo tanto el aumento de penas que establece el artículo 138, por la comisión de este delito, así como el de calificar de agravante el hecho de que éste se realice con menores de edad o en condiciones o medios que pongan en peligro tanto la salud, como la integridad y la vida de los indocumentados, aumentando por esto hasta en una mitad las penas previstas a la comisión de este delito.
También se adiciona, a través de esta reforma, el Capítulo IX, llamado del procedimiento migratorio a la Ley General de Población, cuyo objeto es regular de manera precisa los procedimientos administrativos en materia de migración.
Reconociendo estos avances, el Partido del Trabajo también quiere realizar algunas observaciones sobre inconsistencias de carácter jurídico en las propuestas de reforma como son las siguientes:
En el artículo 42 se adiciona la fracción II que corresponde a una nueva característica de los no inmigrantes, denominada "corresponsal", en la cual se prevé una serie de requisitos para internarse en el país y realizar actividades propias de la profesión de periodista, siempre que acredite debidamente su nombramiento o ejercicio de la profesión en los términos que determine la Secretaria de Gobernación.
Con esta limitación consideramos se corre el riesgo de que no se cumpla la garantía de trabajo extensiva a los extranjeros, ya que puede darse el caso de una persona que, aun cuando se dedique a esta actividad en el extranjero, no cumpla con los requisitos establecidos por la Secretaría de Gobernación.
Respecto al capítulo de sanciones, se pueden hacer las siguientes observaciones. Los artículos 115, 116 y 135, que establecen arrestos administrativos y multas, se modifican suprimiendo los arrestos que exceden las 36 horas, tal y como lo fija el artículo 21 constitucional.
En los artículos reformados del Capítulo Vlll de la ley en cuestión las multas que anteriormente estaban previstas en pesos se establecen en días de salario mínimo, cambios que a nuestra consideración resultan positivos.
La observación consiste en que los artículos restantes contenidos en el mismo capitulo no se reforman y por consiguiente las multas permanecen en pesos antiguos, si consideramos que la presente ley es de 1977 en su origen, no existiendo una uniformidad en cuanto a la fijación de las multas, ya sea en pesos o ya sea en salarios mínimos.
En consideración de que uno de los principales objetivos que se persiguen es la modernización de esta ley, es conveniente hacer modificaciones a los demás artículos que prevén multas, uniformándolos a los días de salario mínimo.
Otro error en técnica jurídica que se puede corregir es el que corresponde al título de este capítulo denominado "sanciones" sustituyéndolo en su caso por el de infracciones y delitos, con objeto de hacerlo más claro haciendo una clasificación más precisa, si consideramos que por una parte se establecen infracciones administrativas y por otro delitos de tipo penal que traen aparejadas sanciones diferentes, como son multas administrativas y/o penas, según el caso.
No podemos dejar de comentar la adición al artículo 151 del Capítulo X del procedimiento de verificación y vigilancia, que establece la facultad de la autoridad migratoria de realizar fuera de los puntos fijos de revisión esta actividad. Lo anterior con objeto de una mayor efectividad en la función inspeccionadora de la autoridad, ya que, como sucede actualmente, los extranjeros que se introducen ilegalmente en nuestro país burlan fácilmente los retenes previamente establecidos.
Se establecen también los requisitos que deberá cumplir el oficio que disponga dicha revisión, cumpliendo con lo previsto en el artículo 16 constitucional para orden de visita.
Al respecto, el Partido del Trabajo subraya la necesidad de que estas acciones se realicen con apego al marco jurídico y con pleno respeto a los derechos humanos.
No obstante estas observaciones, consideramos que hoy contamos con un mejor instrumento jurídico que por supuesto es perfectible para atender las exigencias que hoy plantean los flujos migratorios.
Gracias, señor Presidente.
El Presidente:
Tiene la palabra el diputado Edgard Sánchez Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática, para fijar posición.
El diputado Edgard Sánchez Ramírez:
Gracias, señor Presidente; señoras y señores diputados:
El dictamen aprobado por las comisiones unidas de Población y Desarrollo y de Gobernación y Puntos Constitucionales de esta Cámara de Diputados, para su discusión y en su caso aprobación, presentado ante el pleno de esta soberanía, ciertamente aporta a medias algunas innovaciones, como es el establecimiento de un procedimiento migratorio por el cual los extranjeros podrán realizar trámites de internación, estancia y salida de nuestro país, pero básicamente hasta ahí la misma reforma no ofrece los medios de defensa que el extranjero pudiera utilizar frente a un acto u omisión de la autoridad competente, lo que lo obliga a solicitar justicia por la vía del procedimiento administrativo federal conforme a la ley respectiva.
En términos generales podemos decir que esta propuesta de reforma a la Ley General de Población, está marcada por una orientación que busca fortalecer la capacidad punitiva y represiva de la autoridad, básicamente de la Secretaría de Gobernación y de la dirección de emigración, ante el problema de la población.
Es una capacidad represiva y punitiva incrementada que marca claramente el riesgo de que atente contra derechos constitucionales, libertades ciudadanas, no sólo de los particulares de nacionalidad extranjera, sino contra los nacionales.
Es este aspecto el que básicamente a nuestro grupo parlamentario le ha llamado la atención y que se encuentra reflejado en el conjunto de la reforma, incluido en aspectos como el relativo al del establecimiento de la negativa ficta ante las solicitudes y trámites que los particulares puedan realizar ante la Secretaría de Gobernación.
En un sentido contrario de lo que aspectos democráticos se están imponiendo como criterio ante la reglamentación del derecho constitucional de petición, en donde en varios casos se está proponiendo el que el criterio que impere sea el de la afirmativa ficta ante solicitudes que no sean respondidas por la autoridad.
En el caso que nos ocupa, lamentablemente se establece el criterio de la negativa ficta, es decir, que deja en estado de indefensión al extranjero, puesto que después de esperar 90 días a recibir una respuesta a su solicitud, se plantea que si no hay contestación, debe de considerar el interesado que se le ha negado su petición.
En el caso de trámites migratorios ciertamente esto deja en indefensión al particular y favorece el que pueda haber el desarrollo de arbitrariedades o prácticas de corrupción en este curso.
Ciertamente en las comisiones de Población y de Gobernación se discutió que tendría varios agravantes también el que se estableciera la afirmativa ficta para trámites de migración.
No estamos planteando por lo tanto, no propusimos en el debate de comisiones, que se estableciera el criterio de afirmativa ficta, pero sí el que se acotara el derecho constitucional de petición para que la autoridad estuviera obligada a responder por escrito, fuera afirmativa o negativamente, la solicitud de particulares, pero fundamentando su resolución y dejándola por escrito para mejor protección del interesado.
Pero este aspecto es parte de un aspecto mucho más general de fortalecimiento, insisto, de esta capacidad punitiva por parte de la autoridad.
Ciertamente hay un aspecto que tenemos que saludar, que es positivo, que es la mayor penalización, la persecución del delito del tráfico de migrantes, de indocumentados, que ciertamente han sido expresión de una constante violación a derechos humanos en varios casos, en el transporte de estas personas, en poner en riesgo su vida, tanto en territorio nacional como de aquellos polleros que trasladan personas básicamente a Estados Unidos.
Pero aun este aspecto está ubicado dentro de esta capacidad represiva, incrementada por la propuesta de reforma que se nos está presentando.
El caso más notable ciertamente de esta capacidad punitiva y represiva, que se está señalando, es el artículo que se propone en este proyecto de reforma aumentar a la Ley General de Población: el artículo 151, específicamente la fracción V de este artículo, que para los procedimientos de verificación y vigilancia, establece la posibilidad de instalar revisiones migratorias en rutas o puntos provisionales distintos a los establecidos; es decir, lo que normalmente conocemos como retenes, volantas, retenes migratorios, que se nos está proponiendo que esta soberanía autorice, el que puedan establecerse este tipo de retenes en cualquier lugar del país. No en aquellos lugares cercanos a las zonas fronterizas en los puntos de entrada, en los puntos de entrada de extranjeros, sino en cualquier otro lugar del país.
El oponernos a esta adición al artículo 151 y a su fracción V en particular, no quiere decir, como se ha planteado en la discusión de las comisiones unidas, que estemos proponiendo el que la autoridad abdique de su obligación de tener un control sobre el ingreso y permanencia de extranjeros en nuestro país. Ciertamente hay una serie de artículos que mantienen y reivindican esta capacidad de la autoridad.
Incluidas en el propio artículo 151 otras diligencias que pueden realizarse, como son las visitas de verificación, la comparecencia del extranjero ante la autoridad migratoria, la recepción y desahogo de denuncias y testimonios, la solicitud de informes y otras vías que están establecidas en el proyecto, para verificar la situación migratoria de extranjeros.
Pero el autorizar la discrecionalidad a la autoridad y concretamente a la Secretaría de Gobernación de establecer puestos de revisión supuestamente migratorios, va en la lógica cada vez más preocupante y grave en nuestro país, en una dinámica de militarización cada vez mayor de la vida del país y del fortalecimiento y mayor relevancia de la policía y de los cuerpos policiacos.
Esta es una situación que llama la atención de nuestro grupo parlamentario en esta soberanía, para no autorizar, no legalizar una situación que ciertamente en la práctica está ocurriendo ya, aun si esto no está establecido en la ley.
Hace unos días, por ejemplo en la propia Ciudad de México, en la colonia Condesa, con motivo de un incidente que ha sido discutido por otras circunstancias, el hecho de la operación de la policía de la Ciudad de México, para quitar mesas de restaurantes que se encontraban en las banquetas de la colonia Condesa, en esa operación, según ha señalado la propia prensa, agentes de migración se presentaron en el operativo para pedir la documentación incluso de meseras de algunos de estos restoranes.
Es el caso señalado en la prensa, de meseras del restaurante La Garuda, que fueron detenidas por migración, solicitados sus pasaportes, una de ellas trasladada hasta su casa en la colonia Roma, para que demostrara el tener pasaporte y pudiera demostrar su nacionalidad.
Obviamente esto demuestra que la introducción de esta fracción V al artículo 151 es atentatoria del derecho constitucional del libre tránsito, que la Constitución otorga a los mexicanos, de no tener que portar consigo salvoconducto, pasaporte o documento de este tipo, que son el tipo de documentos que está requiriendo evidentemente la autoridad migratoria y la Secretaría de Gobernación.
Es por eso también atentatorio, como es en el caso del incidente ocurrido recientemente en la colonia Condesa, del artículo 16 constitucional, al molestar a ciudadanos sin la orden judicial correspondiente.
Por eso es que llamamos la atención específicamente sobre este artículo y su fracción V, porque sería legalizar una práctica que también un poco como dando una premonición de lo que se quiere hacer sobre este fortalecimiento de la capacidad punitiva, hoy mismo en la prensa podemos leer la noticia de la expulsión de un grupo de sindicalistas españoles que se han presentado en nuestro país para traer cargas de solidaridad con el pueblo chiapaneco, que han sido expulsados arbitrariamente de nuestro país, según relata la propia prensa el día de hoy.
Eso va de la mano con propuestas de reformas en donde incluso, como se muestra en el artículo 138 del proyecto, también se está buscando sancionar a todo aquel ciudadano que sabiéndolo o no sabiéndolo albergue a extranjeros que puedan supuestamente violar la ley al evadir alguna de estas revisiones migratorias.
Es por todo lo anterior, por esta capacidad punitiva que se está incrementando y que se está proponiendo que sea reconocida legalmente, que llamamos la atención sobre el hecho de evitar que nuestro país sea, en esta distribución del trabajo que ha establecido el Tratado de Libre Comercio, convertido en un cedazo, en donde a nuestro país le toque hacer el trabajo sucio de persecución policiaca en relación a las fronteras, porque si ustedes observan, las propuestas incluidas en esta reforma legal no tienen que ver tanto con extranjeros que vienen con la pretensión de residir o de quedarse, aun si violan la ley o algún trámite migratorio en nuestro país, sino básicamente está pensado en relación al tráfico de migrantes y a migrantes que transcurren por nuestro país con la pretensión de ir a Estados Unidos.
Ciertamente debe castigarse y ése es un aspecto positivo de la propuesta de reforma, ese tráfico ilegal e inhumano de los migrantes, pero tampoco debemos permitir que nuestro país y las autoridades se presten a jugar este papel sucio de policías en colaboración con la migra de Estados Unidos.
Ciertamente algunos aspectos que no nos equipararán con la actitud de la migra de Estados Unidos que hemos denunciado en esta misma tribuna y en las comisiones respectivas de Asuntos Fronterizos, de Relaciones Exteriores, han sido quitadas o modificadas en el proyecto. Por ejemplo, la condición que se establecía un, poco en paralelo a la ley migratoria estadounidense de que fuera obligatorio, establecido así en la ley, otra cosa será el reglamento, el de que los trámites tuvieran que escribirse en español para los particulares que tuvieran que hacer trámites ante migración o ante la Secretaría de Gobernación. Insisto, un poco en paralelo a como en Estados Unidos a nuestros connacionales se les está dando ese trato humillante en función del idioma inglés y los trámites que tengan que hacer allá.
Otros aspectos también como el ya mencionado en relación a los corresponsales extranjeros, han logrado ser enmedados en las comisiones unidas de Población y de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Es por esta razón que nosotros planteamos ante ustedes la valoración política que hacemos del hecho de que ciertamente algunas de las observaciones críticas que hemos presentado al proyecto en las comisiones unidas han sido recogidas en el proyecto, algunas de esas han sido recogidas en sentido positivo y han mejorado esos aspectos del proyecto. Pero, al mismo tiempo, se mantiene esto que parece ser el motivo principal, el leit motiv de la reforma, que es el reforzar esta capacidad punitiva y represiva de la Secretaría de Gobernación.
Por estas razones es que nuestro grupo parlamentario, al tiempo que reserva varios de estos artículos para su discusión en lo particular y para, en su caso, llamar a votar en contra de estos artículos mencionados, llama a la abstención en lo general del proyecto de reforma, tomando en cuenta el hecho de que ciertamente algunas de las propuestas que hemos hecho han sido recogidas, pero en general también se mantiene este marcaje, este tufo policiaco represivo que se refleja por varios de los artículos que hemos explicado en esta intervención en lo general.
Muchas gracias, señor Presidente.
El Presidente:
Se concede el uso de la palabra al diputado Víctor Manuel Palacios Sosa, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, para fijar posiciones.
El diputado Víctor Manuel Palacio Sosa:
Con el permiso de la Presidencia:
Queremos consignar que esta iniciativa presentada por el Ejecutivo, ha sido discutida con amplitud primeramente en la Comisión de Población y Desarrollo y posteriormente en las comisiones unidas junto con la de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Se integraron a la propia iniciativa muchas de las propuestas de los legisladores de las comisiones participantes, teniendo todos oportunidad de discutir y proponer en un ambiente de plena libertad y respeto.
Creemos en Acción Nacional, que México avanza con esta reforma de ley, ya que contribuye a tener una postura moderna y respetuosa en los asuntos migratorios; además plasma la tradicional actitud de los mexicanos de hospitalidad con cualquier ser humano, independientemente de su origen, raza, religión o postura política.
Consideramos que esta reforma pretende: primero, una mejor protección de los derechos de los extranjeros que se internen en nuestro país, ya sea en calidad de inmigrantes o de no inmigrantes. Segundo, agilizar la definición de la situación jurídica de estas personas. Tercero, proteger los derechos humanos de aquellos extranjeros que ingresen a nuestro país sin la documentación legal correspondiente. Cuarto, establecer sanciones de mayor rigor para aquellos que cometan el delito de tráfico de indocumentados, muy particularmente a los que lo hagan poniendo en riesgo la salud, la integridad o la vida de este tipo de migrantes o trafiquen con menores de edad o sean servidores públicos los que cometan estos ilícitos.
Pasaremos a comentar las reformas o adiciones de algunos artículos específicos: respecto al artículo 39 que se refiere a la disolución del vínculo matrimonial de extranjeros con mexicanos consideramos que esta reforma permite a la autoridad una mayor diversidad en las posibles penas para aquellos extranjeros que dejaren de cumplir con las obligaciones que la legislación civil mexicana les impone, permitiendo así a la autoridad resolver con mayor justicia y equidad estos casos.
Respecto a la reforma del artículo número 42, consideramos que es apropiada, siendo éste uno de los artículos en los que se aceptaron propuestas no sólo de legisladores, sino de los directamente interesados como son los corresponsales extranjeros.
Otra de las bondades de la nueva redacción es que permite que los familiares de los extranjeros tendrán ahora más facilidades para ingresar e internarse en el país.
La reforma al artículo 48 da también facilidades a los inmigrantes familiares para que realicen actividades que contribuyan al sustento de sus familias, lo que el Partido Acción Nacional ve con simpatía.
De la reforma del artículo 49, consideramos muy afortunado que la internación de científicos o técnicos extranjeros sea a solicitud de instituciones de la respectiva especialidad y que dichas personas tengan que instruir a mexicanos en estas instituciones.
Del artículo 68, consideramos un aspecto significativo para el respeto de los derechos humanos que ahora permiten el registro en tiempo, de los nacimientos de los hijos de extranjeros nacidos en el territorio nacional, sin la comprobación previa de la legal estancia de los padres, ya que esto permitirá que estos menores tengan acceso a servicios tan importantes como los de salud y educación y que puedan ejercer a plenitud las garantías individuales consignadas en la Constitución, para todos los mexicanos.
El artículo 70, al establecer la obligación de la autoridad migratoria para otorgar certificaciones que acrediten la legal estancia de los extranjeros en nuestro país, les da una garantía de mayor seguridad jurídica.
De la reforma al articulo 138, creemos que recoge el reclamo generalizado de la sociedad para que se castigue con mayor severidad a los que cometan el delito de tráfico de indocumentados, especialmente, a aquellos que lo hagan poniendo en riesgo la salud, la integridad física o la vida de los migrantes o que trafiquen con menores de edad o que los que cometan estos ilícitos sean servidores públicos.
En los artículos 139-bis y 153, se establece la custodia provisional de extranjeros a persona o institución y se establece también la sanción para los que incumplan con las obligaciones que se derivan del otorgamiento de tal custodia, siendo esto una novedad que creemos adecuada en esta Ley General de Población.
La adición del Capitulo IX que establece las normas para la tramitación de la internación, permanencia y salida de los extranjeros del país, lo que da mayor certeza jurídica a estas personas.
Respecto al artículo 50 de este Capítulo IX, al determinar que la autoridad migratoria contará con un plazo de hasta 90 días para dictar la resolución correspondiente, contados a partir de la fecha en la que el solicitante cumpla todos los requisitos formales exigidos por esta ley, su reglamento y demás disposiciones aplicables, y que transcurrido dicho plazo, sin que la resolución sea dictada, se entenderá que es en sentido negativo, establece la llamada negativa ficta contra la que el Partido Acción Nacional siempre se ha pronunciado y que, sin embargo, considera que ésta es la excepción que confirma la regla, ya que esta negativa ficta dará un mayor respaldo a la seguridad de la nación, tratándose de extranjeros que quieran violentarla al internarse en su territorio.
La adición del Capítulo X llamado: "Del procedimiento de verificación y vigilancia", pretende establecer normas que precisen el ejercicio de las funciones de la autoridad migratoria.
Respecto a la fracción I del artículo 51, referida a las visitas de verificación, creemos que se deben de establecer las condiciones para que esas visitas se realicen con respeto a los derechos humanos y a las leyes mexicanas, de tal modo que limite la acción de la autoridad, a lo que es específicamente su responsabilidad. Esto, para que tenga mayor claridad en el propio precepto, motivo por el cual mostramos nuestra insatisfacción, no por el espíritu esencial del precepto propuesto, sino por la fundada desconfianza basada en experiencias anteriores que en la práctica se han dado.
La misma consideración hacemos de la fracción ll de este artículo 151 y del artículo 154 que se refiere a la comparecencia del extranjero ante la autoridad migratoria, ya que creemos que debe poder disponer tal extranjero de un traductor.
De la fracción V de este mismo artículo 151 y del artículo 156 que se refieren a la revisión migratoria en rutas o puntos provisionales distintos a los establecidos, que es el único asunto en el que no hemos logrado consenso los diferentes grupos parlamentarios, Acción Nacional considera que existen dos puntos o situaciones extremas teóricas:
Una situación extrema es la de aquellos que al parecer propondrían la construcción de algún tipo de muralla alrededor del perímetro del territorio nacional, ya que desean que sólo ahí se vigilen o se revisen la calidad de los migrantes. Esa es una postura.
Otro extremo, que creemos que nadie defiende, pero que lo ponemos a consideración para mejor comprensión del problema, es que no hubiera puntos de revisión en ninguna parte del territorio nacional.
Creemos que lo propuesto en los artículos 151 fracción V y 156 es el punto medio aceptable, que garantiza que la autoridad cumpla con sus obligaciones. Acción Nacional considera que la autoridad migratoria debe de tener los elementos para cumplir con dichas obligaciones, pero estará siempre en contra de los abusos de la propia autoridad, ya sea en perjuicio de nacionales o de extranjeros.
Finalmente, el Partido Acción Nacional exhorta a la Secretaría de Gobernación para que lleve a la práctica lo conducente y se cumpla con lo establecido en el Capítulo VI de la Ley General de Población, para que funcione el Registro Nacional de Población y para que cada persona tenga su cédula de identidad ciudadana, ya que esto ayudará tanto a que se evite el abuso de los particulares, como el abuso de la autoridad en el cumplimiento de esta ley.
Por todas estas consideraciones, propongo a todos ustedes, compañeros diputados, a votar a favor de esta iniciativa.
Gracias.
El Presidente:
Se concede el uso de la palabra al diputado Emilio Solórzano Solís, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, para fijar posición.
El diputado Emilio Solórzano Solís:
Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores:
Considerando que dentro de las funciones más importantes del Estado, tal vez una de las de mayor trascendencia, encontramos la de otorgar a sus habitantes seguridad jurídica en cuanto a sus derechos, bienes y personas. Todo ello encuadrado en una sociedad que no es estática y que evoluciona constantemente, por lo que requiere la existencia de normas jurídicas ajustadas a las demandas sociales.
Considerando también que el fenómeno migratorio en todas partes del mundo se está constituyendo en uno de los desafíos más importantes de nuestro tiempo, por su magnitud y crecientes repercusiones en las relaciones internacionales, así como por sus efectos en los aspectos económicos, sociales y turísticos, entre otros.
El titular del Poder Ejecutivo Federal ha enviado a este honorable Congreso, una iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Población, en la que se destacan tres grandes líneas de acción en materia migratoria; a saber son las siguientes:
Primera. La redefinición de la política migratoria nacional, alentando los flujos migratorios que beneficien al país:
Segunda. El ejercicio de facultades de vigilancia migratoria con pleno respeto a la ley y a los derechos humanos de los migrantes:
Tercera. El mejoramiento, simplificación, fortalecimiento y fomento de la calidad de los servicios de carácter migratorio.
Este proyecto de reformas enviado por el presidente Zedillo, busca dar mayor protección a los derechos de aquellos extranjeros que han decidido radicar en nuestro país con carácter de inmigrante o bien entrar al país en calidad de no inmigrante, adicionando además a esta última calidad las características de ministro de culto religioso, corresponsal y asimilados.
Asimismo, la iniciativa busca proteger de forma más eficaz a los hijos de padre o madre extranjeros nacidos en territorio nacional, ya que permite su registro inmediato ante las autoridades mexicanas.
Tratándose de los arrestos administrativos previstos en la actual ley, el presente proyecto los adecúa al término constitucional consignado en el artículo 21 de nuestra Carta Magna, donde se establece que no podrán exceder de 36 horas.
Con esta iniciativa, pues, también, de reformas y adiciones enviada a esta Cámara de Diputados, se dará respuesta a la creciente necesidad de penalizar más severamente a las personas que sin escrúpulos se dedican a lugar con la esperanza y la ignorancia de la población más necesitada. Me refiero a esos delincuentes que trafican con personas, comúnmente conocidos como "polleros", a los cuales se busca sancionar con penas y multas mayores, para evitar así que se sustraigan fácilmente a la acción de la ley, ya que actualmente la mayoría de ellos logran obtener con gran facilidad los beneficios de la libertad condicional, merced de las penas mínimas que la legislación vigente les impone.
Otro de los avances que presenta dicha iniciativa es la adición de dos nuevos capítulos. El primero de ellos señala las formalidades que se tienen que cumplir ante la Secretaría de Gobernación por parte de los extranjeros, respecto de los trámites referentes a su internación, estancia y salida del país, así como de los demás permisos que soliciten al servicio de migración.
El segundo, es el Capítulo X, referente al procedimiento de verificación y vigilancia, el cual nos da las bases para que todo tipo de diligencias o actos de la autoridad migratoria tendientes a supervisar el exacto cumplimiento de la ley, se den con apego a la misma y con pleno respeto de los derechos humanos de los migrantes, garantías que se consagran en los artículos 14 y 16 de nuestra Constitución General de la República.
Compañeras y compañeros legisladores: la iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Población presentada por el presidente Zedillo, constituye una respuesta eficaz que el Gobierno de la República formula a un reclamo generalizado de protección y seguridad jurídicas tanto de nacionales como de extranjeros, para actualizar el marco jurídico migratorio acorde con las circunstancias que los tiempos actuales exigen.
Por todo lo anteriormente expuesto y tomando como base el dictamen discutido, analizado y aprobado por la mayoría de los integrantes de las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de la Comisión de Población y Desarrollo de este honorable Congreso, solicito al pleno de esta Cámara su apoyo a fin de lograr la aprobación de la presente iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones a la Ley General de Población.
Muchas gracias.
El Presidente:
Se concede el uso de la palabra a la diputada Marta Alvarado Castañón.
La diputada Marta Alvaro Castañón:
Con su venia, señor Presidente; señoras y señores legisladores:
El grupo de Diputados Ciudadanos por mi conducto desea expresar su posición respecto del dictamen presentado por las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Población y Desarrollo, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Población.
El objetivo que persigue esta reforma a la Ley General de Población, según los puntos de la exposición de motivos, es de lograr una mayor protección de los derechos humanos de los extranjeros y una mayor certeza y seguridad jurídica a los trámites y procedimientos migratorios.
Desde que fue presentada la iniciativa con proyecto de decreto firmada por el Ejecutivo, despertó gran interés en lo general y en lo particular, principalmente a los periodistas extranjeros que sentían que se podría ver restringida la libertad de expresión.
El anteproyecto de ley establecía en el artículo 42 fracción Xl, que a los corresponsales se les otorgaría permiso hasta por un año pudiéndose conceder hasta cuatro prórrogas por igual temporalidad cada una, lo que implicaba que su permanencia total sería de cinco año siempre que contara con el beneplácito de la facultad discrecional de la autoridad que otorgase prórroga.
En el dictamen presentado el día de hoy se encuentra ya subsanado este limite a la temporalidad de permanencia de los corresponsales, lo que consideramos ha sido un avance toda vez que las prórrogas no se encuentran limitadas, lo que implica una permanencia por tiempo indefinido.
Lo anterior da certidumbre a los corresponsales de su permanencia en el país a impulsar, a realizar un trabajo profesional veraz y objetivo. Sin embargo, todavía encontramos una gran limitante en el articulo 151 que trata del procedimiento de verificación y vigilancia que la autoridad migratoria se propone podrá llevar a cabo.
Consideramos que es una limitación toda vez que la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 1o.: "En los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con los casos que ella misma establece", de acuerdo a la redacción del articulo anterior y lo dispuesto en el articulo 33 constitucional que establece: "son extranjeros los que no posean las calidades determinadas en el artículo 30", habla de la nacionalidad mexicana adquirida por nacimiento o naturalización, "tienen derecho a las garantías que otorga el Capitulo 1, Título Primero de la presente Constitución, pero el Ejecutivo de la Unión tendrá la facultad de hacer abandonar del territorio nacional inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente.
Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país.
Los extranjeros gozarán pues, de las garantías constitucionales y en la redacción del artículo 151 de este dictamen se otorga a la autoridad administrativa la facultad de revisar, entre otras, las rutas o puntos provisionales distintos a los establecidos, es decir, los ubicados en las fronteras y aeropuertos, lo que implica una grave violación a las garantías que otorga nuestra Carta Magna, en virtud de estar molestando a una persona sin mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento, además de su libertad de libre tránsito entre otros.
Con la aplicación del procedimiento anterior, se afectará gravemente no sólo a quienes vienen a nuestro país a trabajar, sino a todos los turistas y en general a nuestros propios connacionales.
La reforma propuesta al artículo 151 en su fracción V, resulta ser una violación a nuestra Constitución en virtud de pretender establecer fuera de los puntos fijos de revisión, es decir de las fronteras y aeropuertos, revisiones migratorias lo que resulta ser verdaderos retenes.
Por lo que respecta al artículo 126 en el que habla de la facultad discrecional del Ejecutivo para expulsar definitivamente del país a cualquier extranjero que atente en contra de la soberanía o de la seguridad nacional, consideramos conveniente definir de manera clara y precisa los conceptos de seguridad nacional y soberanía, así como las conductas que en su caso atenten en contra de estos preceptos. Lo anterior es para evitar caer en excesos al momento de hacer valer la facultad referida.
Por lo anterior descrito, el grupo de Diputados Ciudadanos votará a favor en lo general, pero en cuanto al artículo 151 propondremos sea eliminado del texto propuesto la fracción V del texto aludido.
Por su atención, muchas gracias.
El Presidente:
Consulte la Secretaría a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
El secretario Fernando Jesús Rivadeneira y Rivas:
En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen en lo general.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.
El Presidente:
Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.
Esta Presidencia informa que se han reservado para su discusión en lo particular los siguientes artículos: 138, 150 y 151.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si autoriza se reserve para su votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto, al finalizar la discusión de los artículos reservados.
El secretario Fernando Jesús Rivadeneira y Rivas:
Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si autoriza se reserve para su votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto al finalizar la discusión de los artículos reservados.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo...
Se autoriza se reserve para su votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto, al finalizar la discusión de los artículos reservados.
El Presidente:
Se han registrado para la discusión de los artículos reservados, los siguientes oradores:
Para el efecto del artículo 138, el diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, del grupo parlamentario de la Revolución Democrática y el diputado Augusto Gómez Villanueva, del Partido Revolucionario Institucional.
Para el efecto del artículo 150, el diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática y el diputado Saúl González Herrera, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.
Y para los efectos del artículo 151, la diputada Marta Alvarado Castañón, el diputado Mauro González Luna, del Partido de la Revolución Democrática y el diputado Ignacio González Rebolledo, del Partido Revolucionario Institucional.
En consecuencia, tiene el uso de la palabra el diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática.
El diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez:
Muchas gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores:
Esta ley que estamos analizando, la Ley General de Población, ha sufrido un envejecimiento muy grande y los cambios a esta ley se han ido retrasando, se han ido posponiendo e incluso algunos de ellos ya fuera de lugar o muy tarde.
En 1990 se incorporó la fracción VIII del artículo 42 que establecía el status de "refugiado"; cuando ya nos había estallado el problema básicamente de los refugiados guatemaltecos en la frontera sur de nuestro país, cuando tenía muchos años de estar creada la ACNUR, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para Refugiados, cuando ya se había creado aquí la Comar, la Comisión Mexicana de Asistencia a Refugiados, es hasta 1990 en que se incorpora la fracción VIII del 42 para establecer el status de refugiados.
Ahora también hay una incorporación a medias de algo que nosotros habíamos estado planteando, que las ONG, que las organizaciones defensoras de los trabajadores indocumentados habían estado planteando que era el castigo a los polleros, a los que trafican con los trabajadores indocumentados y que ha provocado un conjunto de accidentes fatales en la frontera norte de nuestro país.
Sin embargo, en aras de meter un castigo a los polleros, hay un conjunto de temas que quedan pendientes en este artículo 138. Primero tendríamos que decir que en la frontera norte de nuestro país hay un conjunto de organizaciones no gubernamentales, hay un conjunto de organizaciones humanitarias, que les dan albergue a trabajadores centroamericanos que cruzan la frontera norte.
Hay que decir que los trabajadores centroamericanos cruzan todo el territorio nacional nuestro, sufren un conjunto de vejaciones, llegan a la frontera norte y ahí son utilizados por estos polleros, quienes les cobran dinero así como también a los trabajadores mexicanos que cruzan la frontera.
Sin embargo, hay organizaciones no gubernamentales, hay organizaciones humanitarias que les dan albergue a estos trabajadores tanto mexicanos como centroamericanos en la frontera norte y entonces no debemos confundir a estas organizaciones con los polleros, de tal modo que el 138, en el párrafo segundo dice, el párrafo primero es correcto, la imposición de sanciones, aunque señor diputado Jorge, debiera esto estar más especificado en el Código Penal; el párrafo primero está correcto, pero el párrafo segundo dice: "igual pena se impondrá a quien por sí o por medio de otro u otros introduzca, sin la documentación correspondiente expedida por autoridad competente, a uno o varios extranjeros a territorio mexicano o los albergue o les dé albergue o transporte por el territorio nacional, con el propósito de ocultarlos para evadir la realización migratoria".
Todos sabemos, compañeras y compañeros, cómo se las gasta la policía migratoria, cómo se las gastan distintas policías que si dejamos esta redacción tal cual, se puede llegar al absurdo de castigar a estas organizaciones no gubernamentales, a estas organizaciones humanitaria, a estas organizaciones de la Iglesia, que les dan albergue, claro que sí les dan albergue, sobre todo a trabajadores centroamericanos que son vejados.
Entonces no debemos confundir una tesis correcta que es el castigo a los polleros, a esas personas que trafican con el tránsito de trabajadores mexicanos y de trabajadores centroamericanos, con organizaciones no gubernamentales y aquí hay una plena confusión en este tema y discúlpenme, esto está totalmente equivocado en estos términos.
Es más, debiera establecerse en el párrafo primero, dice el párrafo primero: "se impondrá pena de seis a 12 años de prisión y multa de 100 a 10 mil días de salario mínimo vigente en el D.F., en el momento de consumar la conducta a quien por sí o por interpósita persona pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros a internarse a otro país sin la documentación correspondiente".
Aquí hace falta ponerle que sea por una cuestión monetaria, porque hay también, compañeras y compañeros, ya lo sabemos, que el que ya ha pasado la frontera de un determinado pueblo y que va con otros no les cobra dinero, pero sí los guía para cruzar la frontera, entonces aquí debiera especificarse en el párrafo primero que siempre y cuando el calificativo de "pollero" se da cuando hay una cantidad de dinero entregada a esta persona para facilitar el tránsito, sobre todo hacia los Estados Unidos.
Y en el párrafo segundo necesitamos eliminar este tema del albergue, porque las organizaciones no gubernamentales por razones humanitarias les dan albergue a estos trabajadores en la frontera norte de nuestro país.
De tal modo pues, compañeras y compañeros, que requerimos que en el primer párrafo diga: "a quien por sí o por interpósita persona pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros a internarse a otro país mediante remuneración económica". Este sería un agregado esencial ahí y en el segundo párrafo eliminar el término albergue, ya que esto les sonaría a las organizaciones no gubernamentales que defienden trabajadores mexicanos y centroamericanos.
Nos parece que estas dos correcciones serían saludables en este artículo 138, a fin de que quedara plenamente especificado.
Muchas gracias, señor Presidente.
El Presidente:
Tiene el uso de la palabra el diputado Jorge Dávila para contestar alusiones personales y hasta por cinco minutos.
El diputado Jorge Enrique Dávila y Juárez:
Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:
Subo a esta tribuna a responder alusiones personales del diputado que me antecedió, por tres cosas fundamentales. La primera, hubiera sido muy interesante que en las cinco reuniones en las cuales se presentó, se discutió y se trabajó, este argumento hubiera entrado; en ningún momento se planteó esta posibilidad.
Creo que por otro lado es muy difícil ahorita en primera intención plantear la problemática de que hasta qué punto es por cuestiones monetarias, porque en ocasiones la persona implicada no paga, pero sí le pagan las personas que en Estados Unidos le encomiendan que lleve indocumentados para trabajar casi como esclavos en las diferentes granjas o sembradíos norteamericanos.
Esta problemática es difícil de plantear, debió haberse planteado con una redacción concreta, en la que hubiéramos podido discutir profundamente, porque por otro lado no podemos autorizar a ninguna ONG, cualquiera que sea su motivación, a que viole la ley. Entonces pudiéramos haber entrado en una discusión interesante si este tema se hubiera planteado.
Cuando se discutió el artículo 138 se hicieron varias modificaciones al 138, una de ellas por el diputado Zambrano, en la cual se planteaban cosas importantes que se aclararon, se hicieron como cuatro o cinco redacciones del mismo, pero este tema en ningún momento salió, hubiera sido muy interesante haberlo definido en una corrección, quizá adecuada, en el planteamiento de redacción, discutido, porque sí es muy delicado el darle carta blanca por el hecho de que sea simplemente una ONG, que da albergue, porque en el pretexto del albergue en un momento determinado también hay organizaciones criminales que les dan albergue para engancharlos ciertamente, repito, muchas veces el interés económico no viene dado por la persona que paga, sino por alguien en el extranjero que le interese que le lleven indocumentados.
Muchas gracias.
El diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (desde su curul):
Señor Presidente, pido la palabra para hechos.
El Presidente:
Para rectificación de hechos y hasta por cinco minutos, tiene el uso de la palabra el diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, de la fracción parlamentaria del PRD.
El diputado José de Jesús: Zambrano Grijalva:
Gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros:
Aquí se dijo por el compañero presidente de la Comisión de Población, que esto se hubiera planteado en el seno de las comisiones unidas cuando nos reunimos, lo que vino aquí a plantear y a objetar en lo particular mi colega Sandoval.
Yo quiero recordarle al compañero diputado que me antecedió en el uso de la palabra que este asunto, y se puede revisar en todo caso la minuta correspondiente de la reunión del jueves pasado de comisiones unidas, un servidor lo planteó expresamente y lo planteó esencialmente en los términos en que el diputado Sandoval vino a defender aquí el punto que nosotros defendimos allá. Desgraciadamente no hubo sensibilidad a este asunto, como sí la hubo, y hemos de reconocerlo, como se expresó también en la fijación de posición del diputado Edgard Sánchez, sí la hubo en relación con otros asuntos que son desde luego también muy importantes.
Yo en todo caso preguntaría expresamente al compañero diputado, presidente de la Comisión de Población, ¿si está o no está de acuerdo con los argumentos que aquí se han esgrimido? Y si está de acuerdo, entonces ese aspecto particular formulamos una redacción, la consensamos de inmediato y la proponemos como una enmienda al dictamen que se trajo aquí o que diga expresamente que no está de acuerdo y que con las salvedades específicas que se han planteado, aun con ésas no está de acuerdo. Esta sería mi pregunta expresa: ¿está o no está de acuerdo con el punto que estamos defendiendo aquí.
Muchas gracias.
El diputado Jorge Enrique Dávila y Juárez (desde su curul):
Señor Presidente, pido la palabra para alusiones personales.
El Presidente:
Para contestar alusiones personales y hasta por cinco minutos, el diputado Jorge Dávila, del Partido Acción Nacional.
El diputado Jorge Enrique Dávila y Juárez:
Yo creo que en ningún momento a una ONG se le pudiera dar la posibilidad de con patente de corso violar la ley. Si existiese ese tipo de organizaciones que sin violar la ley dan albergue y que dentro de la doctrina que en México tenemos para el respeto a los derechos humanos, pudiésemos estar de acuerdo si pudiésemos deslindar qué organizaciones no tienen implicados una serie de intereses delincuenciales, sí y otras que no lo tienen, pero en ningún caso podemos en México hacer un estado de excepción y permitir que alguien en forma institucional viole la ley.
Muchas gracias.
El diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (desde su curul):
Señor Presidente, pido la palabra para hechos.
El Presidente:
Para rectificación de hechos y hasta por cinco minutos, el diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, del PRD.
El diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez:
Señor Presidente:
Pues sigue sin quedar clara la posición del PAN. La intervención aquí del diputado Jorge Dávila dice que siempre y cuando se especifique claramente que se da albergue por una razón humanitaria. Bueno, entonces pongámosle así. Aquí, en el párrafo segundo diría: "o los albergues por razones humanitarias". Es evidente que las bandas criminales no los alojan por razones humanitarias, sino para cobrarles una cantidad de dinero y tampoco ha dicho si está de acuerdo que en el párrafo primero se específique claramente que: "...ayude a internarse en otro país mediante remuneración económica." Esta es la característica del pollero, porque hay otros paisanos, amigos etcétera, que ayudan a cruzar la frontera.
Y es más, falta un tema que también han planteado diversas organizaciones no gubernamentales, que es el tema de que debiera de haber una especie de juicio sumarísimo contra estos polleros, porque resulta que ahora aprehenden al pollero y al indocumentado lo tienen que citar dos o tres veces, tiene que estar 15 días y evidentemente ya no se queda 15 días para ir al juzgado, entonces lo liberan por falta de pruebas. Entonces eso, claro, habrá que verlo en su momento en el Código Penal.
Pero entonces las dos propuestas concretas que nosotros hacemos y que le pedimos al diputado Jorge Dávila que nos diga sí o no las acepta, "a quien por sí o por interpósita persona pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros a internarse a otro país mediante remuneración económica. Esta es la primera.
Y la segunda, estaríamos de acuerdo, en el párrafo segundo, "con excepción que los albergue por razones humanitarias, a fin de que no haya ningún pretexto, para que se confunda con las bandas criminales".
Estas son las dos propuestas que nosotros le pediríamos al PAN, al PRI y al PT que nos dieran su opinión, de tal modo que consensáramos ahora mismo una redacción muy sencilla.
El Presidente:
Para efecto del mismo artículo 138 tiene el uso de la palabra el diputado Augusto Gómez Villanueva, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Augusto Gómez Villanueva:
Señor Presidente; compañeras diputadas y compañeros diputados:
Realmente este tema es uno de aquellos que requiere de la mayor reflexión por tratarse de que la iniciativa que envió el Poder Ejecutivo de reformas a la Ley de Población abarca esencial mente el capítulo de migración, el que motiva el centro del interés de las fracciones parlamentarias.
Y desde luego para nosotros ha sido muy importante el haber conocido previamente los distintos puntos de vista y sugestiones que hicieron nuestros compañeros diputados de todas las fracciones parlamentarias durante las deliberaciones en tomo a la iniciativa. Iniciativa que hemos calificado como una de aquellas que ha dado respuesta a demandas que hemos planteado los diputados en relación con cuestiones tan sensibles que se refieren esencialmente al tratamiento de los migrantes.
De tal manera que hemos coincidido en que así como hemos hecho en distintas ocasiones requerimientos, advertencias o hemos llamado la atención o hemos protestado por el trato que se les da a los migrantes mexicanos en los Estados Unidos, cualquier iniciativa que nosotros presentásemos, tendría que corresponder al espíritu y a la intención de que los reclamos que hemos hecho a través de esta Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, en relación al tratamiento de los trabajadores migratorios o de los mexicanos indocumentados, pudiera homologarse en el tratamiento que se les debe de dar a los migrantes de la frontera sur.
Esto es importante porque efectivamente la Secretaría de Gobernación no solamente ha atendido nuestros planteamientos, sino que además se ha esmerado por definir una política con una clara orientación en materia migratoria, una política en frontera norte y una política en frontera sur que, desde luego, vaya caminando hacia una homologación en cuanto a los reclamos que nosotros hacemos para que lleguemos finalmente a una declaración universal de los derechos de los migrantes.
Por ese motivo, las fracciones parlamentarias firmamos un documento que fue leído aquí en la Cámara de Diputados en el cual nos referíamos al compromiso que asumíamos de presentar una iniciativa de ley en la que se incrementara la penalización a los traficantes de migrantes en la medida que advertimos que esto no es un delito aislado, sino que corresponde a una expresión de crimen organizado; en la medida que hemos coincidido en que es una expresión de crimen organizado, en esa medida nosotros propusimos una penalidad mayor de la que establecía o que establece la Ley de Población actual, de tal forma que el incremento de esa penalización eliminara la posibilidad de que se obtuviese la libertad bajo fianza por aquellos que en verdad se han con figurado en verdaderas organizaciones criminales.
Este es, en esencia, una de las cuestiones fundamentales que nos llevó a los diputados del Partido Revolucionario Institucional para que en el seno de las comisiones se aprobase la propuesta presentada por el Ejecutivo, de tal manera que, efectivamente, cada una de las deliberaciones que se presentaron nos llevaron, en primer término, a considerar que si coincidíamos en la necesidad de incrementar la penalización a los traficantes de migrantes; traficantes que, desde luego, en muchos casos están vinculados a fenómenos de tráfico de droga, a fenómenos de terrorismo inclusive y a muchos otros que en esta etapa contemporánea se han manifestado como una agresión en contra del género humano.
Estas son las razones que nos llevaron a que aprobásemos, en principio, los integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, la iniciativa del Ejecutivo.
Hoy, hemos escuchado con mayor atención tanto los comentarios del compañero Cuauhtémoc Sandoval como del compañero Zambrano. Desde luego, atendemos con el mayor respeto y consideración sus reflexiones, pero consideramos que efectivamente, cuando se refiere a "el albergue por razones humanitarias", con el agregado "humanitario" podrían, desde luego, manifestarse nuevos caminos para que se abriese una gran brecha de violación a la ley.
Creemos que, además, cuando hablamos de las organizaciones no gubernamentales, les estamos, efectivamente, asignando funciones que aún no define la ley en este momento y que es un tema importante para que en el futuro planteemos la reglamentación de las organizaciones no gubernamentales; sin embargo, creo que valdría la pena que no descartemos el gran interés que tienen nuestros compañeros del Partido de la Revolución Democrática, sobre todo recordándoles que existiendo una política de migración, una política de protección a los migrantes, desde luego están ahí implicados la existencia de los grupos Beta, que tienen como propósito precisamente el proteger a los migrantes y el defender sus derechos humanos y revisar de manera sistemática las estaciones migratorias, de tal manera que efectivamente se pueda no solamente establecer medidas de supervisión, sino también de evitar la internación ilegal de los migrantes en nuestro país.
Por todas estas circunstancias nosotros consideramos que el texto de la ley responde fundamentalmente al espíritu que predominó cuando los diputados que presentamos una iniciativa para incrementar la pena al tráfico de migrantes y por ese motivo creo que como una respuesta que ha dado el Ejecutivo a nuestra proposición, debemos aprobarla.
Y en segundo lugar, decirle a nuestros compañeros que será muy importante que tengamos contacto con el Instituto de Migración Nacional, para que podamos así advertir las decisiones de carácter político que se están implementando para la protección de los trabajadores migratorios. Creemos que en la medida que nosotros podamos tener contacto con estos grupos y conozcamos su trabajo, conozcamos su desempeño, podemos quizá en el futuro estar en condiciones de poder hacer una propuesta mejor fundada y mejor razonada.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para rectificación de hechos y hasta por cinco minutos tiene la palabra el diputado Adolfo Aguilar Zinser.
El diputado Adolfo Miguel Aguilar Zinser:
Muchas gracias, señor Presidente.
Si bien los diputados integrantes del grupo ciudadano hemos apoyado en lo general esta propuesta y el espíritu que la anima, encontramos particularmente en lo que se refiere al artículo 138, también en otro caso que será discutido subsecuentemente, el artículo 138, condiciones que nos parecen absolutamente inaceptables para apoyarlas.
Pido a la Secretaría que dé lectura a los términos en los que está actualmente en el dictamen el artículo 138.
> El Presidente:
Dé lectura la Secretaría al articulado mencionado.
El secretario Mario Alejandro Rosales Anaya:
"Artículo 138. Se impondrá pena de seis a 12 años de prisión y multa de 100 a 10 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento de consumar la conducta, a quien por si o por interpósita persona pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros a internarse a otro país sin la documentación correspondiente.
Igual pena se impondrá a quien por sí o por medio de otro u otros, introduzca sin la documentación correspondiente expedida por autoridad competente, a uno o varios extranjeros a territorio mexicano, los albergues o transporte por el territorio nacional con el propósito de ocultarlos para evadir la revisión migratoria."
El diputado Adolfo Miguel Aguilar Zinser:
Muchas gracias:
Al final dice: "o los albergue o transporte por el territorio nacional".
Señores, la redacción en estos términos se constituye en un verdadero peligro de acabar en México con la tradición humanitaria de asistencia a inmigrantes. Si asistir a un inmigrante que circula por el territorio nacional sin documentos, un ciudadano que no tiene por qué ponerse a registrar los documentos de un inmigrante, podría incurrir en el delito y tener que soportar estas grandes penas; un ciudadano que transporte, que le dé un aventó a un inmigrante por el territorio nacional puede ser susceptible a sufrir las penas que están consideradas aquí, porque los términos están escritos de tal manera que no se protege la tradición mexicana de asilo, la tradición mexicana de asistencia y de apoyo a los inmigrantes y refugiados.
Si este artículo hubiera estado vigente cuando entre 1981 y 1984 el Gobierno de México les dio asilo a los inmigrantes centroamericanos que huían de la represión, sobre todo en Guatemala, no hubiera sido posible que ellos permanecieran en el territorio nacional sin haber sufrido las consecuencias de una persecución. Muchos de ellos presumiblemente, estaban en tránsito por el territorio nacional y así lo hicieron en búsqueda de poder internarse en los Estados Unidos. Recibieron mientras, a su paso por el territorio nacional, apoyo y asistencia de ciudadanos mexicanos y ese apoyo y asistencia, quedan ya evidentemente considerados fuera de la ley.
El espíritu que anima a ésta o que debiera animar a esta disposición, es penalizar los actos criminales de aquellos que abusando de la condición de vulnerabilidad del inmigrante, lo explotan para conducirlo a través del territorio mexicano hacia los Estados Unidos y lo someten al peligro de un cruce en el que se pone, incluso en riesgo la vida. Es el acto de explotación y el riesgo que entraña la conducta abusiva y delictiva en contra del ciudadano que intente cruzar por el territorio mexicano sin documentación migratoria, lo que configura el delito.
El delito no puede ser apoyar a una persona en su tránsito por el territorio nacional. El delito es explotar a una persona vulnerable, haciéndole creer o sentir que puede cruzar al territorio de otro país en condiciones de pagar dinero y en condiciones de sufrir situaciones indignas y altamente peligrosas.
Redactado en los términos en que está, me parece que el sentido de la ley cambia rotundamente y se convierte y puede ser en el futuro, un instrumento para perseguir a ciudadanos mexicanos que cumpliendo estrictamente con la tradición humanitaria que caracteriza a nuestra población, quieran darle asistencia a inmigrantes que se encuentran en desgracia transitando por el territorio nacional. Esto no puede ser aceptado por esta legislatura. Tenemos clara conciencia de que una interpretación así podría ocurrir en la aplicación de la ley muy pronto y por tanto yo pido, señores diputados, que modifiquemos los términos de este articulo y que no aprobemos esta ley con el articulo 138, redactado en los términos en que está. Seria realmente atentar en contra de las tradiciones mexicanas y no serían aceptables los términos de esta redacción.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para rectificación de hechos, tiene la palabra el diputado Emilio Solórzano.
El diputado Emilio Solórzano Solís:
Gracias, señor Presidente:
Quisiera recordar a mi compañero diputado que me antecedió, con el propósito de resaltar y puntualizar cuál es el contenido de este párrafo segundo, particularmente en los dos renglones finales que se refieren precisamente a lo que es el albergue. Dice:
"Igual pena se impondrá a quienes por si o por medio de otra, otro u otros, introduzca sin la documentación correspondiente expedida por autoridad competente, a uno o varios extranjeros a territorio mexicano". Luego puntualiza: "O los albergues o transporte por el territorio nacional con el propósito de ocultarlos para evadir la revisión migratoria".
La lectura de este párrafo segundo es clara y, es clara de tal suerte que aquí queda constancia del espíritu y el fondo de este artículo en que va a sancionar a aquellos que oculten con propósitos de mala fe, con propósitos que serán desde luego verificados previamente por la autoridad competente, investigados previamente por la autoridad competente antes de presentar la querella correspondiente. Nunca y esto que quede muy claro, nunca deberá la autoridad migratoria presentar una querella por simple impulso, por simple hecho de que se dé una información de que las personas que están transitando, extranjeras, en territorio nacional, se les haya dado albergue y por ese simple acto, albergue humanitario y que por ese simple acto estén incurriendo en el ilícito que usted está aquí cuestionando.
Es importante, pues, recalcar y señalar con toda claridad "o los albergue o transporte por el territorio nacional con el propósito de ocultarlos para evadir la revisión migratoria". Esto, pues, que quede claro.
No es el propósito de sancionar nada más por apoyar y fundamentarse en estos dos renglones finales del párrafo segundo sino que aun suponiendo, aun suponiendo, que la autoridad migratoria pudiera tener la información de que se encuentran extranjeros salvaguardados o escondidos en algún domicilio particular con fines humanitarios antes de presentar la querella tendrá necesariamente que investigar cuál es el espíritu de ese ocultamiento de extranjeros en el territorio nacional y fundamentalmente que estos extranjeros que están ocultos, desde luego, no se haga con fines lucrativos como es el espíritu de este artículo para sancionar a quienes están haciendo negocio aprovechando la coyuntura del tránsito de extranjeros.
Ese es el espíritu, ése es el fondo del párrafo segundo al que estoy haciendo alusión.
El Presidente:
Para contestar alusiones personales, tiene el uso de la palabra el diputado Adolfo Aguilar Zinser, hasta por cinco minutos.
El diputado Adolfo Miguel Aguilar Zinzer:
Muchas gracias, señor Presidente:
Coincido, señor diputado, en que el Espíritu cuando menos el que nos transmite esta iniciativa es el que usted ha señalado en la tribuna. Sin embargo, no es eso lo que de manera clara y expresa consigna la redacción del artículo 138 y la vaguedad en la que queda el asunto es suficiente para que en la aplicación se puedan cometer abusos inaceptables e inadmisibles que restrinjan la capacidad de los ciudadanos mexicanos para realizar actos humanitarios en favor de inmigrantes que circulen por el territorio nacional.
El solo hecho de albergar en el territorio nacional o de transportar por él a un ciudadano de otro país que intente ocultarse de la revisión migratoria no puede ser considerado un delito en los términos en los que está redactado este artículo 138. No es suficiente para tipificar la conducta delictiva que está en el espíritu del artículo.
¡La conducta delictiva está tipificada por la intención de explotarlo al transportarlo por el territorio nacional o al albergarlo! No es simplemente albergarlo o transportarlo para ocultarlo de las autoridades, sino para explotar su condición y someterlo a la indignidad de tener que cruzar la frontera en las condiciones y previo el pago que ello implica.
Aquí en la medida en la que no se específica, por ejemplo, el intercambio pecuniario que este acto puede involucrar, entonces se deja un acto humanitario que puede ser igualmente legítimo para proteger a un individuo que está siendo perseguido por autoridades migratorias, no puede ser el espíritu de esta ley que los mexicanos tengamos que denunciar a los extranjeros por no tener documentos migratorios. ¡Eso es precisamente lo que nosotros estamos pidiéndole a los ciudadanos norteamericanos que no hagan con nuestros connacionales, que no los denuncien por no tener documentos migratorios:
Entonces yo encuentro perfectamente legítimo que un ciudadano mexicano le dé albergue y proteja a un extranjero de los abusos de la policía migratoria mexicana y que no por ello quede configurado como un delito en los términos en los que está en este artículo.
Pero yo preguntaría, además, en la segunda parte del artículo no se específica que dar albergue o sea está redactado en términos en que: "es delito dar albergue a extranjeros que transitan por el territorio mexicano con la intención de internarse en otro país". Entonces esto quiere decir, señores diputados, ¿qué a los mexicanos a los que se albergue y a los que se transporte por el territorio mexicano con la misma intención explotadora de conducirlos al otro lado y de ocultarlos a las autoridades migratorias del otro lado, ésos transportadores de inmigrantes mexicanos esos polleros de inmigrantes mexicanos no caerían dentro del supuesto de este artículo de la ley.
Porque aquí nada más dice "extranjeros". La mención a "mexicanos y extranjeros" está en el párrafo anterior que se refiere al internamiento. Pero en el párrafo subsecuente que se refiere al albergue y al transporte no está especificado que se trata también de ciudadanos mexicanos.
Por tanto, nuevamente no está claramente redactado el artículo. Yo creo que los términos en los que está escrito este artículo no son lo suficientemente claros y no viene al caso recordarles a ustedes los innumerables debates en los que nos podemos ver envueltos en esta legislatura por artículos de la ley, no claramente redactados. Y si tenemos en este caso la oportunidad de modificar la redacción para hacerla precisa y exacta que coincida con el espíritu que todos estamos de acuerdo anima a este artículo, no veo por qué no podamos modificar los términos del articulo para hacerlos precisos exactos y evitar que se lesione un derecho humanitario que puedan ejercer los ciudadanos mexicanos.
El Presidente:
Para rectificar hechos y hasta por cinco minutos, tiene el uso de la palabra el diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
El diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez:
Muchas gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros:
Yo creo que debiéramos poner el acento en lo que se ha planteado aquí por los tres grupos parlamentarios, en el sentido de la orientación con lo que se pretende combatir con este artículo, que son "los polleros".
Yo creo que a los cuatro grupos parlamentarios nos interesa que este artículo quede bien redactado a fin de que cumpla su objetivo. Sin embargo, las ambigüedades que hay aquí en la redacción nos puede llevar a una situación muy complicada. Por eso, señor Presidente, voy a dar lectura a una propuesta de redacción y en seguida le pediría que en atención al artículo 110 del reglamento pudiéramos decretar una moción suspensiva de este artículo, a fin de que rápidamente representantes de las cuatro fracciones parlamentarias viéramos una redacción muy puntual y para ello traigo una propuesta.
"Con fundamento en los artículos 124 y 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados UnidosMexicanos, se hace la siguiente propuesta alternativa de redacción:
Artículo 138 de la Ley General de Población. Se impondrá pena de seis a 12 años de prisión y multa de 100 a 10 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, en el momento de consumar la conducta a quien por sí o por interpósita persona pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros a internarse a otro país con fines de lucro y sin la documentación correspondiente.
El segundo párrafo quedaría así: "igual pena se impondrá a quien por sí o por medio de otro u otros introduzca sin la documentación correspondiente expedida por autoridad competente, a uno o varios extranjeros a territorio mexicano o los albergue sin motivo humanitario o transporte para el territorio nacional con el propósito de ocultarlos para evadir la revisión migratoria".
Estas serían las propuestas concretas de redacción nuestras y para lo cual pediría que en función del 110 decretáramos una moción suspensiva sobre este artículo.
Pero además, quiero recordar un asunto muy importante. En reciente conversación con el secretario de Relaciones Exteriores, José Angel Gurría, con la directiva de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, nos anunció que en breve el Gobierno mexicano va a ratificar, va a proponer que el Senado ratifique la Convención Internacional sobre Protección a los Trabajadores Migratorios y sus Familias y el primer artículo de esta convención dice que no puede haber discriminación, porque tenga o no tenga documentos, por eso la gran batalla internacional que se ha dado en organismos internacionales es que los trabajadores mexicanos o centroamericanos que se internen en otro país sin papeles no son ilegales, sino son indocumentados, que es otra cosa.
Entonces, compañeras y compañeros, si dejamos la relación tal cual vamos a violar, vamos a estar en contra de esta Convención Internacional sobre Protección a los Trabajadores Migratorios y sus Familias, que en breve debe ratificarse por el Senado Mexicano y que si prospera la iniciativa de Tarcisio de que también esta Cámara de Diputados apruebe tratados internacionales, también va a pasar aquí a esta Cámara de Diputados.
Entonces compañeros, tengamos mucho cuidado y por eso yo exhorto que en aras del consenso se decrete esta moción suspensiva en función del 110 del reglamento interior.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para hablar en contra de la moción suspensiva presentada, tiene la palabra el diputado Augusto Gómez Villanueva.
El diputado Augusto Gómez Villanueva:
Señor Presidente; compañeros diputados:
Después de que hemos escuchado las reflexiones que han venido a hacer a esta tribuna el diputado Cuauhtémoc Sandoval y el diputado Aguilar Zinser, queremos recordarles que efectivamente el tráfico de emigrantes no puede caracterizarse como un fenómeno que nosotros en el pasado, cuando no existía como crimen organizado, lo habíamos calificado, caracterizado dentro de la Ley de Población, creo que en realidad el tema amerita que lo traslademos al Código de Procedimientos Penales, porque se trata efectivamente de un delito que hay que caracterizar en sus diferentes manifestaciones.
Nosotros en la iniciativa que habíamos presentado en la Comisión de Relaciones Exteriores, señalamos, en primer término, que esto debería ser calificado como un delito grave y justamente porque coincidimos en la gravedad de lo que representa el tráfico de seres humanos, creemos que si bien es cierto al agregarse o al incrementarse la penalización dentro del capitulado de la Ley de Población, efectivamente estamos respondiendo a una preocupación que responde esencialmente a la filosofía, a la política, de una política de protección a los derechos de los emigrantes; es decir, si nosotros queremos caracterizar el tema en su rango penal, recordemos que inclusive en cada uno de los señalamientos que se hacen tanto en la exposición de motivos como en el contenido de las reformas, se alude a las diferentes penalidades que se deben establecer de acuerdo con la gravedad del delito mismo, de tal manera que, pienso que, y ésta seria una invitación al compañero Cuauhtémoc Sandoval y al compañero Aguilar Zinser, para que nosotros reflexionemos e integremos desde luego el grupo de trabajo correspondiente y podamos, en su caso, presentar una iniciativa que incorpore en el Código de Procedimientos Penales justamente el delito del tráfico de emigrantes.
Muchas gracias.
El Presidente:
¿Acepta una pregunta, diputado Gómez Villanueva, del diputado Zambrano? Bien, por favor el micrófono al diputado Zambrano.
El diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (desde su curul):
Compañero diputado Augusto Gómez Villanueva:
¿De acuerdo con esto, podríamos entender que usted está porque suprimamos esta parte del artículo y traslademos el asunto a la parte correspondiente del Código Penal?
El diputado Augusto Gómez Villanueva:
No, diputado.
El diputado José Jesús Zambrano Grijalva (desde su curul):
Entonces, no le entendí.
El diputado Augusto Gómez Villanueva:
Homologar, yo creo que si no le entiende es justamente porque el tema como se está planteando no tiene una respuesta en las condiciones en que se plantea, pensamos que efectivamente un delito de esta naturaleza que se ha elevado al rango de delito grave, no establece dentro de los procedimientos que se han definido en el capítulo correspondiente, pues todas las caracterizaciones que seguramente concurren en la comisión de ese tipo de delitos. Por ese motivo y pensando en que en realidad las reflexiones que ustedes han hecho son reflexiones que tenemos que recibir con un gran respeto, por ese motivo estamos proponiendo que una comisión que integremos en forma conjunta entre la propia Comisión de Relaciones Exteriores y la Comisión de Población, y quienes así lo deseen, podamos examinar esta posibilidad de integrar o incorporar en un capítulo específico el tema del delito de tráfico de emigrantes.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para rectificar hechos y hasta por cinco minutos, tiene el uso de la palabra el diputado Tonatiuh Bravo Padilla.
El diputado Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla:
Gracias, diputado Presidente:
Me parece de la mayor trascendencia la propuesta y sugerencia que ha hecho aquí el diputado Augusto Gómez Villanueva, en el sentido de debatir este tema de manera particular a través de las comisiones de Relaciones Exteriores y Población, pero me parece que no podría, en este caso, ser aprobado en lo particular el texto tal y como está y yo quisiera dar un argumento al diputado Augusto Gómez Villanueva, del porqué no podría ocurrir este hecho. Yo quisiera solicitar la atención de ustedes.
Si aquí en México el Congreso mexicano aprueba que trasportar inmigrantes sin documentación es un delito particular de personas entonces, compañeros legisladores, no nos quejemos que el congreso norteamericano vaya a hacer exactamente lo mismo en función de los inmigrantes mexicanos; no aprobemos una redacción que se vaya a revertir por parte del congreso norteamericano en una moción contraria a los inmigrantes mexicanos que en muchas ocasiones transitan como ilegales, según las leyes norteamericanas en el territorio americano.
Si nosotros aprobamos esta redacción tal cual, vamos a propiciar que las tendencias antiinmigrantes en Estados Unidos aprueben una legislación similar por los menos para los inmigrantes para ser aplicadas a nuestros connacionales en los Estados Unidos.
Por tal motivo yo simplemente vine aquí para rectificar hechos en el sentido de que la misma legislación norteamericana no tipifica como delito particular el traslado de personas que no tengan la documentación migratoria comprobatoria de la legalidad de su estancia en territorio nacional y éste es un hecho incontrovertible y no podemos nosotros dar pie para que el congreso norteamericano modifique su legislación y les sea aplicada, se nos haga como un boomerang que regresa contra nuestros nacionales en territorio norteamericano; por eso yo creo que es digno de tomar la palabra a la propuesta del diputado Augusto Gómez Villanueva; si la entendí bien y si ésta parte concretamente de este artículo en cuestión; puede ser sujeta a debate; puede ser sujeta a discusión; con mucho gusto estaríamos en disposición de debatirlo.
De otra manera de ser aprobado así sentamos un precedente muy negativo que puede ser adoptado en este caso por el Gobierno de los Estados Unidos contra nuestros nacionales.
Muchas gracias.
El Presidente:
Tiene el uso de la palabra el diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, para hablar sobre e! artículo 150...
Dígame, señor diputado Sandoval. Perdone, diputado Grijalva. ¿Con qué objeto.
El diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (desde su curul):
Sí.
Habíamos ya consensado con los líderes de las otras fracciones parlamentarias de que mientras siguiera la discusión del 150 y del 151 y ahorita brevemente nos reuniéramos representantes de las cuatro fracciones parlamentarias para ver si llegamos a un acuerdo de redacción sobre el 138, entonces yo le pediría señor Presidente que continuáramos la discusión del 150 y 151 y en seguida la del 138. Discúlpeme, diputado Zambrano.
El Presidente:
Adelante, diputado Zambrano Grijalva, tiene usted la palabra.
El diputado José de Jesús Zambrano Grijalva:
Con su permiso, señor Presidente:
El artículo 150, que es el que ha sido referido por varios de los compañeros diputados que han hecho uso de la tribuna en relación con este dictamen, como el de la negativa ficta, en verdad en las enmiendas que le han hecho a la iniciativa que nos llegó del Ejecutivo, con estas enmiendas lo que se nos ha proporcionado en el cuerpo del dictamen, compañeras y compañeros diputados, es casi un Frankenstein jurídico.
Miren: dice el artículo 150 que una vez cubiertos los requisitos correspondientes y que la autoridad constate que no existe trámite pendiente u obligación qué satisfacer o bien impedimento legal alguno, dictará resolución sobre todas las cuestiones planteadas por el interesado y las que de oficio se deriven del mismo, debiendo fundar y motivar su determinación sin que para ello se exija mayor formalidad, es decir ya se satisficieron los requisitos que se exigen por el ordenamiento correspondiente.
Y luego dice el segundo párrafo: "La autoridad migratoria contará con un plazo de hasta 90 días naturales para dictar la resolución correspondiente, contados a partir de la fecha en que el solicitante cumpla todos los requisitos formales exigidos por esta ley, su reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución se dicte, se entenderá que es en sentido negativo" y luego dice: "si el particular lo solicitare, la autoridad emitirá constancia de tal hecho".
Es cierto que la negativa ficta existe en otros ordenamientos, en los fiscales y administrativos, y la pregunta que se impone en este caso concreto o varias de las preguntas que se imponen en este caso concreto es: ¿por qué, a razón de qué, en este caso específico se reconoce, incluso lo dicen los compañeros de Acción Nacional, cuando fundamentaban su posición al inicio de esta discusión que ellos estaban en contra de la negativa ficta en general y casi por principio pero que ésta era una de las excepciones? ¿A razón de qué? ¿Seguridad nacional?
Si se cumplieron todos los requisitos formales que exige la ley, los reglamentos y las demás disposiciones administrativas aplicables al caso, ¿es defensa del Estado nacional o de una burócrata que se le extravió la documentación de un particular que solicitó un trámite especifico o porque no lo atendió dentro del plazo legal que se le fija? ¿Protección de qué es?
Si el particular ha cumplido con todo lo que le exige el ordenamiento legal respectivo no puede aducirse una razón de seguridad nacional o de defensa del Estado nacional. No se podrá decir en este caso incluso que nosotros, el grupo parlamentario del PRD, no planteó este asunto de manera concreta, expresa, en la reunión del jueves de la semana pasada de comisiones unidas de Población y de Gobernación. Lo señalamos expresamente y lo habíamos señalado también en una reunión de mesas directivas; hicimos el señalamiento específico y dijimos que no había razón para que este articulo quedara redactado de esta manera.
Lo único que se admitió fue agregar esto que aparece al final en los dos últimos renglones:' "si el particular lo solicitare, la autoridad emitirá constancia de tal hecho" y es lo que lo hace todavía ser más algo que se parece a un Frankenstein jurídico, una figura frankesteiniana, porque yo pregunto: ¿acaso alguna autoridad dará constancia de que violó la ley o simplemente ratificará que: "no te contesté porque te estoy negando tu petición" o dirá "no te contesté porque se me pasó o porque perdí la documentación", porque quién sabe qué cosa? ¿Se reconocerá esto acaso por la autoridad a quien se le hará esta petición.
Y luego cabría una última pregunta: si se solicita la constancia de esta negativa ficta y luego ésta no se responde ¿cuál es la solución? ¿Se entenderá que es negativa de la negativa? No hay ninguna razón, a nuestro juicio, para que se pueda llegar a una figura jurídica con estas características, por eso nosotros habíamos planteado, lo hicimos y está en actas, en la minuta, en la versión estenográfica, de que en caso de que transcurrido dicho plazo sin que la resolución se dicte, el particular tendrá derecho a solicitar a la autoridad respuesta por escrito a su petición dentro de un plazo que puede ser de tres días siguientes, a partir de los cuales la autoridad tendría que responder también dentro de un plazo determinado, que puede ser 20 días o el plazo que se convenga, que se estime necesario, pero no podemos, en virtud de alguna causa de negligencia o de una razón jurídica, de seguridad nacional o de defensa del Estado nacional, cuando puede no estar mediando exactamente eso, una negativa a este hecho, porque si eso existiera, si hubiera razones de seguridad, yo no me voy por la negativa ficta.
Si algún delincuente o alguien quiere violar nuestra soberanía nacional, nuestra seguridad nacional, entonces lo que se impondría no es decirle no te contesto, yo mando a la autoridad correspondiente a que se haga cargo de él.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para referirse al mismo artículo 150, tiene el uso de la palabra el diputado Saúl González Herrera, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Saúl González Herrera:
Señor Presidente, con su permiso; señoras y señores diputados:
Este asunto que la propuesta contenida en la iniciativa pretende regular hoy con esta figura jurídica de la negativa ficta es un tema ampliamente explorado en el derecho administrativo. Es amplísima la doctrina del derecho administrativo sobre este particular.
Simplemente la administración no puede callar y si calla entonces el legislador suple ese silencio.
El artículo 150 vale la pena examinarlo. Efectivamente, en su primera parte habla de la satisfacción de los requisitos del cumplimiento de todas las exigencias de tipo procedimental, de tipo procesal. Son los requisitos formales, no los requisitos de fondo. Los requisitos de fondo no quiere decir que se hayan satisfecho, que otra cosa equivaldría a sostener que a toda petición de un particular recayera una vez satisfechos los requisitos formalmente, recayera una resolución positiva.
Quizá se presentaron los documentos exigidos, pongamos por caso, quizá se presentaron esos documentos exigidos, pero el contenido de los documentos no era satisfactorio para la autoridad. Entonces, frente al silencio de la administración el legislador suple ese silencio, es lo que estamos haciendo y lo procedente...
El diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (desde su curul):
Señor Presidente, quisiera hacer una pregunta al orador.
El Presidente:
Señor orador, ¿admite una pregunta del diputado Zambrano.
El diputado Saúl González Herrera:
Con mucho, gusta diputado.
El diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (desde su curul):
Gracias, diputado González Herrera.
Usted está señalando que ante el silencio de la autoridad el legislador suple esta acción o inacción pasiva de la autoridad.
¿No le parece a usted que una acción o inacción de este tipo por parte de la autoridad correspondiente es violatoria de la garantía de petición, consagrada en el artículo 80. constitucional, que en su párrafo segundo dice: "...a toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene la obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario..." Por encima de la Constitución no puede estar una interpretación del legislador.
Gracias.
El diputado Saúl González Herrera:
Sí. Mire, este problema ha sido sometido reiteradamente a la decisión de la Corte, porque cuando el artículo 8O. constitucional habla de un breve plazo, no dice cuál es este breve plazo, entonces la brevedad es algo que ha calificado la jurisprudencia y ha establecido como criterio el plazo de 120 días, plazo que por cierto acogió nuestra legislación ordinaria en la Ley de Procedimiento Administrativo, que establece estos mismos 120 días.
Ahora, es más favorable para el particular en los términos de la disposición propuesta en el artículo 150, porque está reduciendo a 90 los 120 días establecidos como regla general en el procedimiento administrativo.
Y si hay una responsabilidad de otro carácter, si hay negligencia de los funcionarios o de los empleados que deban resolver, pueden inclusive incurrir en un delito expresamente previsto; cuando por negligencia no se resuelve un asunto, es la comisión de un delito.
Pero la pretensión de que el silencio de la administración sea interpretado a fortiori como afirmativa ficta, es ciertamente una parte de la doctrina, está en ese sentido e inclusive una parte de la legislación.
Yo podría citarle como ejemplo la legislación francesa, en la cual se desarrolló muy profundamente el derecho administrativo. Podríamos decir que muchas de las instituciones de nuestro derecho administrativo tienen su origen precisamente en la doctrina y en la legislación francesa y es la negativa ficta lo que particularmente, preferentemente acoge esta legislación.
Ahora, ¿por qué razones, preguntaba usted desde esta tribuna, consagrar la negativa ficta en lugar de la afirmativa ficta, cuando se satisficieron las exigencias de procedimiento.
Yo le aclararía esta cuestión en los siguientes términos: satisfacer los requisitos procedimentales, no quiere decir acreditar el derecho de fondo en un problema. Esto es evidente. Puede ser que usted formule una petición de que se les pida una concesión de servicio público, por ejemplo o una concesión de explotación de bienes de propiedad nacional y satisfaga los requisitos, formula su solicitud, acredita usted que es una persona solvente etcétera, pero faltará la satisfacción de algunas otras exigencias de fondo y en ese caso la negativa ficta es exactamente la situación procedente, porque además en nuestra realidad administrativa actual, hay que ver la enorme cantidad de asuntos sometidos a la autoridad migratoria.
Nos han proporcionado algunas estadísticas sobre este punto y son verdaderamente impresionantes las cifras de los asuntos que se resuelven. Nada de particular tiene pues que en algún caso concreto un asunto se quede sin resolver e independientemente de la responsabilidad penal en que incurran los funcionarios, la solución tiene que darse, no puede permanecer en la indecisión, porque esto sí dejaría en estado de indefensión al particular solicitante.
Consecuentemente, la negativa ficta, es la solución procedente. Es por estas razones, señores, que inclusive quienes profesan en términos generales la doctrina que la solución preferible es la de la afirmativa ficta, conviene que en este caso particular la negativa ficta es lo procedente.
Y creo que de esta manera facilitamos mejor el proceso de tramitación de todos los problemas migratorios, el gran problema de carácter social que para la administración significa la migración.
Y no cometemos ninguna heterodoxia, ninguna herejía, la negativa ficta es algo perfectamente aceptada en la doctrina, en la legislación y concretamente en muchos de nuestros aspectos legales.
Por esta razón, yo quiero insistir ante la Asamblea, en la procedencia de esta disposición y solicitar el voto probatorio para ella.
El Presidente:
Para hablar sobre el artículo 151 se concede el uso de la palabra a la diputada Marta Alvarado Castañón.
La diputada Marta Alvarado Castañón:
Con su venia, señor presidente:
En nuestra opinión, como ya lo argumentamos anteriormente, el hecho de colocar retenes de revisión a personas es violatoria de la garantía constitucional de libre tránsito y por tal motivo solicitamos el retiro de la fracción V y que se pase ese contenido a la fracción VI.
Dejo aquí a la Secretaría un documento con esta petición.
El Presidente:
Para hablar sobre el mismo tema del artículo 151 tiene el uso de la palabra el diputado Mauro González Luna, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática.
El diputado José Mauro del Sagrado Corazón González Luna Mendoza:
Señor Presidente; señores legisladores:
El propósito de mi intervención es solicitar de ustedes que se elimine la fracción V del propuesto artículo 151 de la reforma que discutimos esta tarde.
Quiero iniciar esta intervención dando lectura, creo que es muy importante, al artículo 10 de la Ley General de Población. Dice así: "Es facultad exclusiva de la Secretaría de Gobernación fijar los lugares destinados al tránsito de personas y regular el mismo por puertos marítimos, aéreos y fronteras, previa opinión de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, Comunicaciones y Transportes..." etcétera.
El artículo 10 de la Ley General de Población tiene íntima vinculación con lo establecido en el artículo 11 de lo que queda de la Constitución General de la República. El articulo 11 establece, como todos ustedes saben, pero es necesario reiterarlo: "Que todo hombre tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial en los casos de responsabilidad criminal o civil y a las de las autoridades administrativas, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre migración, inmigración y salubridad general de la República o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país".
Con toda claridad, señores legisladores, el articulo 10 de la Ley General de Población establece las fronteras a las facultades otorgadas a la Secretaría de Gobernación para fijar limitaciones a la libertad de tránsito. Estos linderos racionales a una facultad obedecen, evidentemente, a que no puede haber discrecionalidad en aquellas limitaciones impuestas que restringen por ley, que restringen garantías individuales. Toda limitación a una garantía individual debe estar perfectamente circunscrita para evitar que esta limitación haga nugatoria, frustre, en otras palabras, el derecho fundamental reconocido en el capítulo de las garantías.
Entonces es lógico que se circunscriba esta facultad a los lugares naturales por donde puedan ingresar al país los inmigrantes. Simplemente lo que hace el artículo 151, que estoy proponiendo que en su fracción V sea eliminado, es romper este esquema de linderos claros a una limitación de garantías transformando la limitación circunscrita en el artículo 10 de la Ley de Población, en una limitación absoluta, discrecional, arbitraria.
Voy a dar lectura ahora precisamente al artículo 151 en su fracción V que equivale a lo que se conoce comúnmente como los retenes. Como nos hemos ya familiarizado mucho con la instalación de retenes, ya no llama la atención, pero creo que la ciudadanía, el pueblo de México en general, debe de estar alertado en torno a esta política sistemática de atentados a las garantías. No se vale que se violente la Constitución con el pretexto de la eficacia policiaca o migratoria. Esta justificación aparente tiene fundamentos históricos en políticas "gestapoides" cuya trágicas consecuencias conocemos.
Voy a leer el artículo 151 en su fracción V:
"Fuera de los puntos fijos de revisión establecidos conforme a las disposiciones de esta ley, la autoridad migratoria podrá llevar a cabo las siguientes diligencias" y entiéndase bien, fuera de los puntos fijos de revisión. ¿Cuáles son esos puntos fijos que se toleran?, porque es necesario subordinar, como dice el artículo 11 de la Constitución, el derecho de libre tránsito, a ciertas facultades perfectamente acotadas en materia de migración. Pero aquí se rompe, insisto, ese acotamiento, cuando en la fracción V establece revisión migratoria en rutas o puntos provisionales, distintos a los establecidos. Es decir, se le otorga a la Secretaria de Gobernación, a través de su policía política, una enorme discrecionalidad en tomo a la instalación de retenes en cualquier lugar de la República. Podemos imaginar que una posibilidad de instalación es en las afueras de las oficinas por ejemplo de la dirigencia nacional del Partido de la Revolución Democrática, Monterrey 50, creo.
Quiero señalar algo que atinadamente mencionó el diputado Edgard Sánchez, cuando en el posicionamiento de la fracción parlamentaria del PRD, solicitaba la eliminación del artículo 151 en la fracción V.
Hace apenas unos cuantos días, hace unas cuantas semanas, precisamente esta policía política que se caracteriza por su "dulzura" y su "comedimiento" irrumpió en algunos restaurantes de la colonia Condesa. Voy a dar lectura a un párrafo de un diario de circulación nacional, donde precisamente se dice que:
"Mientras tanto -porque se refiere a que estaba comiendo el señor Borrego, miembro de un partido, del PRI, que mientras eso pasaba- en los restaurantes y cafés de la colonia Condesa, que fueron despojados de mesas y toldos en la vía pública, agentes de la Secretaría de Gobernación realizaron un operativo al estilo americano en busca de extranjeros ilegales y en un restaurante conocido en la colonia Condesa, una mesera fue escoltada por dos agentes hasta la cercana puerta de su casa y obligada a mostrar su pasaporte mexicano etcétera."
Quiero llamar su atención en torno a cuál es el verdadero fin de esta disposición aparentemente inofensiva e -inocua. Si nosotros anali zamos con objetividad cuál ha sido la transformación del sistema jurídico en los últimos tiempos, podemos concluir, sin lugar a equivocarnos, que el Gobierno y sus aliados, al ya no contar con la confianza de los mexicanos, de su pueblo, tiene que recurrir a mecanismos no civilizados, como el derecho, por ejemplo, para controlar a una población lastimada, herida y esta suplantación del derecho por mecanismos bárbaros, es lo que está ocurriendo a través de las transformaciones jurídicas que vivimos todos los días y esas transformaciones legales en la Constitución, en las leyes secundarias, revelan la transformación misma del Estado mexicano y de su sociedad. En el fondo, insisto, de esta aparente, inocua disposición, está el propósito, la finalidad de ejercer un control policiaco-político adicional a los ya muchos que existen en México. Y una manifestación evidentísima de ese control, es la actitud asumida por los elementos de la Secretaría de Gobernación, que he descrito hace unos minutos, en torno a los restaurantes de la colonia Condesa.
La finalidad que se busca, insisto, es a través de esta facultad amplísima, discrecional, de tener el control de la población. Esto tiene ecos "gestapoides".
Invito a la reflexión, en un momento de habitual irreflexión, a mis compañeros de todas las fracciones parlamentarias pero no sólo a ellos. Quiero hablarle a través de esta tribuna, al pueblo de México, a la ciudadanía. No es suficiente con reclamar que se haga justicia, que se finquen responsabilidades a los funcionarios que han dilapidado el patrimonio nacional. Eso es necesario, sí, pero tan importante como ello es también tomar en cuenta el atentado cotidiano a los derechos de la persona humana, a la privación de su libertad, de su vida.
Todavía ayer leía en algunos periódicos de provincia, como en Jalisco, con perros amaestrados, un grupo de policías golpearon y arremetieron contra niños mujeres indefensas, y ancianos en el cerro del Coli.
Estamos, insisto, acostumbrándonos a que el poder lastime la dignidad del pueblo. Es una oportunidad grande ésta, para que mostremos a la ciudadanía que como legisladores estamos respondiendo a sus reclamos.
El artículo 151 fracción V, violenta flagrantemente la garantía del libre tránsito y por si fuera poco, compañeros legisladores, también vulnera el articulo 16 constitucional. En toda molestia causada a la ciudadanía, debe haber un documento, un escrito que motive y fundamente el acto, en este caso la actitud de molestia; en este caso se vulnera, lo reitero, este derecho consagrado en el artículo 16 constitucional. Por tanto, invito a los legisladores de todos los partidos, de buena voluntad, que quieran respetar el orden jurídico nacional, en esta hora habitual de atentados contra los derechos de la persona humana, a que en un esfuerzo de racionalidad defendamos los derechos del pueblo de México y no nos convirtamos en instrumentos de gobiernos extranjeros que pretenden transformar a través de varias disposiciones de las leyes mexicanas a algunas autoridades o a muchas, en especie de polizontes que resguardan los intereses de los Estados Unidos y no los intereses que debieran ser protegidos por nosotros los legisladores.
Ojalá que no sea de nuevo en vano esta exhortación de su servidor. Es muy importante que defendamos las garantías individuales de los mexicanos. La fracción V del artículo 151, es una agresión más a los mexicanos, oculta ese propósito de control de naturaleza "gestapoide".
Muchas gracias.
El Presidente:
Para hablar sobre el mismo artículo 151, tiene el uso de la palabra el diputado Ignacio González Rebolledo, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Ignacio González Rebolledo:
Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:
No es verdad, como aquí se ha dicho, que la fracción V del artículo 151 del dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga disposiciones de la Ley General de Población, conculque la garantía de libre tránsito. Y no lo es, en razón de que la lectura que ha hecho el diputado González Luna ,del artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos facilita nuestra argumentación.
Dicho precepto, que si bien es cierto consagra la libertad de tránsito o garantía de tránsito, concluye, tal y como le dio lectura, con la siguiente expresión: "el ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país".
De su sola lectura se desprende que la garantía aquí consagrada es totalmente diferente a la, por ejemplo, consagrada en el artículo 2O. El artículo 20. de la Carta Magna dice: "está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por ese solo hecho, su libertad y la protección de las leyes".
Consecuentemente, la garantía que prohibe la esclavitud no está sujeta a ninguna limitante, situación que no se presenta en cuanto a la libertad de tránsito que por mandato de la propia Constitución está subordinada, entre otras, a las limitaciones que imponen las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República. El texto es claro y no da lugar a dudas.
Tal limitación no es propia ni exclusiva de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Así, por ejemplo, y en una rápida referencia debemos decir que la libertad de tránsito se encuentra limitada a lo que dispongan las leyes secundarias en los siguientes preceptos constitucionales de países hermanos: Argentina artículo 14; Brasil, artículo 5o. numeral XV; Chile, artículo 7o. inciso a; Dominicana, artículo 8o.; El Salvador, artículo 5o; Panamá, artículo 27; Uruguay, artículo 37 y Venezuela, artículo 64.
Se ha dicho en esta tribuna que se le otorga a la Secretaría de Gobernación una facultad discrecional y amplísima. Probablemente no hubo oportunidad de que se diera una lectura dedicada, minuciosa, al proyecto de decreto. Si ustedes se van al artículo 156 del propio decreto, van a encontrar lo siguiente. Quiero recordarles que se ha impugnado el artículo 151 por cuanto hace a la fracción V.
Si ustedes se van al artículo 156 del propio decreto, van a encontrar lo siguiente. Quiero recordarles que se ha impugnado el artículo 151 por cuanto hace a la fracción V. El artículo 156 dice: "el oficio en el que se disponga la revisión a la que alude la fracción V del artículo 151, deberá señalar como mínimo:
Primero. Responsable de la revisión y personal asignado a la misma:
Segundo. Duración de la revisión,:
Tercero. Zona geográfica y lugar en la que se efectuará la revisión. El responsable de la revisión rendirá un informe diario de actividades a su superior jerárquico". Consecuentemente el propio proyecto de decreto limita estas facultades supuestamente de manera discrecional otorgadas a la Secretaría de Gobernación.
¿Alguien de buena fe podría decir que se violenta la garantía de libre tránsito, cuando ante un brote epidémico se establece una cuarentena que prohibe salir a los que se encuentran dentro del cordón sanitario? O por lo contrario, ¿habremos de reconocer que tal medida protege un bien superior, como lo es el evitar que un problema circunscrito a una pequeña área se convierta en un problema de salud nacional? Igual sucede en la materia hoy a debate, no es verdad que la libertad de tránsito sea irrestricta.
Grave contradicción incurre quien dice que estamos conculcando la libertad de tránsito al limitarla, cuando la propia Constitución autoriza a limitarla.
Si la Secretaría de Gobernación tiene a su cargo a nivel nacional vigilar el cumplimiento de la Ley General de Población, nada impide que en cualquier parte de nuestro territorio supervise la documentada estancia de los extranjeros. ¿Quién de buena fe podría decir que la revisión migratoria en rutas o puntos provisionales distintos a los establecidos viola la garantía de libre tránsito, cuando lo único que hace este precepto es permitir que tal Secretaría cumpla con sus atribuciones.
Para nadie es un secreto que existen contrabandistas de indocumentados, que existe toda una red que trafica con indocumentados que provienen de Centro y Suramérica. Por lo mismo, si gracias a la información recabada se detecta el uso de ciertas vías de comunicación para cometer tal ilícito y colocados en el supuesto de que a los pasajeros de un autobús se les requiera que demuestren que su estancia en el país está debidamente acreditada y suponiendo que el 50% de los mismos lo hacen plenamente, no así los restantes entre los cuales se encuentra lo que en la jerga se conoce con el nombre de "pollero", el primer 50% podrá continuar su viaje y nadie dirá que se está vulnerando su libertad de tránsito; el traficante de indocumentados será detenido en razón de haber sido sorprendido en flagrante delito y los demás quedarán bajo custodia a efecto, primero, de integrarla averiguación previa respectiva y, segundo, para que la autoridad migratoria determine de manera individual su situación jurídica. La pregunta es: ¿es esto acaso violatorio de garantías? La respuesta es un categórico, ¡no!
Por ello, por no ser inconstitucional y porque permitirá disuadir a los traficantes de indocumentados de seguir en su conducta ilícita y en caso contrario sean ejemplarmente sancionados, convocamos a nuestros compañeros diputados a que al emitir su voto lo hagan en favor del dictamen puesto a su consideración.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para contestar alusiones personales, hasta por cinco minutos, tiene el uso de la palabra el diputado Mauro González Luna, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática.
El diputado José Mauro del Sagrado Corazón Luna Mendoza:
Quiero recordarles a mis amigos legisladores, que el derecho no es cuestión de opinión ni de aplausos, es cuestión de sentido común, de lógica, aunque nadie aplauda.
Muchas gracias.
Quiero reiterar el hilo de la argumentación. A través de ciertos malabarismos se pretende desvirtuar el fondo de las razones esgrimidas en contra de la fracción V del artículo 151. Nosotros nunca afirmamos que cualquier limitación a la garantía del libre tránsito debe ser rechazada, nosotros precisamente señalamos que cuando se establecen límites a las garantías individuales a través del otorgamiento de facultades a las autoridades, en este caso, administrativas, las facultades deben estar perfectamente delimitadas para evitar que esta limitación a través del otorgamiento de la facultad, se frustre, frustre, haga nugatoria la garantía individual, en este caso de libre tránsito y de fundamentación y motivación jurídica.
Entonces, que se entienda bien, reconocemos y por eso leí detenidamente el artículo 10 de la Ley General de Población, que precisamente establece los límites racionales y claros, lógicos, a esa limitación a la garantía de libertad de tránsito.
¿Cuáles son esos criterios racionales, lógicos que circunscriben, que acotan la facultad que no puede ser discrecional ni absoluta de la autoridad? Vuelvo a leer, cuáles son los criterios establecidos en el artículo 10, señor diputado González Rebolledo, yo lo invito a que lea también detenidamente el contenido del artículo 10, en un ejercicio de simple lógica jurídica, "es facultad exclusiva de la Secretaría de Gobernación, fijar los lugares destinados al tránsito de personas y regular el mismo por puertos marítimos, puertos marítimos, aéreos y fronteras, previa opinión de las demás secretarías, porque son los lugares naturales por donde pueden ingresar los inmigrantes".
Entonces, no se justifica lógica, racionalmente, claro que estamos acostumbrados a prohibir del pensamiento la reflexión en México, pero hagamos un esfuerzo, aunque sea titánico para enseñarle al pueblo que también en el Legislativo se puede reflexionar, que no se elude la polémica, la dialéctica. Entonces, consecuentemente señor diputado, cuando el artículo 151 dice: "que fuera de los puntos fijos, ¿cuáles?, los establecidos claramente en el artículo 10 de la Ley General de Población, porque la fijación de esos puntos obedece al criterio racional de los lugares naturales de acceso de los inmigrantes".
De otra manera se frustra, insisto, este derecho, esta garantía individual de libre tránsito. Por otro lado, señalaba usted que existe el artículo 156 propuesto. En ningún renglón de este artículo se recoge la exigencia constitucional del artículo 16 de fundar y motivar que es el núcleo de la garantía de legalidad tan vulnerada en México, dice: "el oficio en el que se disponga la revisión a la que alude la fracción V debe señalar, como mínimo: responsable de la revisión, duración, zona geográfica y lugar. El responsable de la revisión rendirá un informe etcétera"; se vulnera también no sólo el 11 constitucional "Libertad de Tránsito" sin el 16 no habría fundamentación ni motivación. Además, qué sentido tendría entonces la sustancia del artículo 10 de la Ley General de Población que establece los linderos de esta facultad que no puede ser discrecional.
Para terminar, quiero recordar en una resolución de un juez de distrito en el que se impugnó este dispositivo llamado rima, que quiso ser instalado por el Departamento del Distrito Federal hace algunos meses, el juez en la sentencia que otorgó el amparo contra la instalación de retenes que era uno de los elementos del dispositivo, esgrimió el argumento y con esto termino, insisto, de que no podría tolerarse la instalación de ese dispositivo, porque la instalación de los retenes correspondientes significaba el ejercicio arbitrario, discrecional, amplísimo por parte de la autoridad de una facultad que evidentemente vulneraba las garantías individuales de los ciudadanos del Distrito Federal.
Entonces, el fondo es que la facultad contenida en la fracción V del 151 es una facultad que no tiene límites, que es discrecional. que es arbitraria, no podemos tolerar señores legisladores que de manera reiterada, cotidiana se le estén poniendo límites a nuestras garantías, límites que por la calidad o falta de calidad de los cuerpos policiacos en México, frustran los derechos fundamentales de todos los mexicanos.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para contestar alusiones personales y hasta por cinco minutos, tiene el uso de la palabra el diputado Ignacio González Rebolledo, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Ignacio González Rebolledo:
Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:
Mi buen amigo el diputado Mauro González Luna, ha invocado el artículo 10 de la Ley General de Población. El artículo 10 dice: "es facultad exclusiva de la Secretaría de Gobernación fijar los lugares destinados al tránsito de personas y regular en el mismo, por puertos marítimos, aéreos y fronteras. previa opinión etcétera".
El artículo es muy claro: es facultad de la Secretaría de Gobernación y es facultad exclusiva fijar los lugares y, respecto de los de entrada natural, aeropuertos y fronteras, regular; son dos verbos totalmente distintos, consecuentemente no hay contradicción, es facultad de la Secretaría de Gobernación fijar los lugares, no hay ninguna contradicción porque respecto de los puertos marítimos, los aéreos y las fronteras ahí no solamente los va a fijar, sino que los va a regular-, que son verbos totalmente distintos, que implican atribuciones diferentes.
Por otro lado, en su intervención, probablemente omitió la lectura del artículo 64; el artículo 64 dice: "los extranjeros, cuando sean requeridos por la Secretaría de Gobernación, deberán comprobar su legal internación y permanencia en el país y cumplirán los demás requisitos que señala esta ley y sus reglamentos".
El artículo 64, compañeros diputados, no dice que necesariamente la Secretaría de Gobernación tiene que requerir a los extranjeros en puertos o en fronteras y ahí donde el legislador no distingue, nosotros no tenemos facultad de distinguir. La facultad de la Secretaría de Gobernación es clara.
Aquí tenemos dos caminos: uno, queremos o no queremos que la Secretaría de Gobernación cumpla con sus atribuciones; si queremos que cumpla con sus atribuciones debemos votar en sentido afirmativo y naturalmente si no queremos que cumpla sus atribuciones, habremos de hacerlo en sentido negativo.
Muchas gracias, señor Presidente, muchas gracias compañeros diputados.
El Presidente:
Para contestar alusiones personales, hasta por cinco minutos, el diputado Mauro González Luna, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática.
El diputado José Mauro del Sagrado Corazón González Luna Mendoza:
Señor Presidente:
Omití leer el 64, como omito leer el resto de los cientos de artículos que tiene la Ley General de Población, pero ya que lo menciona quiero señalarle al diputado González Rebolledo, que el artículo 64 dice lo siguiente: "los extranjeros, cuando sean requeridos por la Secretaría de Gobernación, deberán comprobar su legal internación y permanencia en el país y cumplirán los demás requisitos que señala la ley.
Yo no encuentro en ninguna de las partes sustanciales de este artículo, objeción alguna al argumento que he esgrimido en mis dos intervenciones, diputado. Nadie objeta la facultad de verificar la identidad de los extranjeros. Lo que estamos tratando de señalar, es que se elimine la posibilidad inconstitucional de establecer retenes en cualquier lugar, de acuerdo al arbitrio de la Secretaría de Gobernación.
El problema no es de verificación; el problema es de establecimiento de retenes, cuyo propósito oculto no es el control de la migración, sino el control de la población mexicana a través de la policía política de esa secretaría. Y tenemos el ejemplo clarísimo de la colonia Condesa.
¿Qué tienen que ver los restaurates de la colonia Condesa con la política migratoria de la Secretaría de Gobernación o del país? ¿Qué evidencia, qué manifiesta esta acción, esta actitud de la policía política? El propósito clarísimo a los ojos del pueblo, pero no claro aparentemente a los ojos de los legisladores que defienden esta fracción V del artículo 151 propuesta.
Entonces, no se trata tampoco, diputado González Rebolledo, de saber si vamos a otorgarle o no facultades a la Secretaría de Gobernación. Se trata de si el Congreso quiere defender las garantías individuales, los derechos humanos consagrados en la Constitución o quiere complacer los mandatos de un Gobierno ajeno a la tradición y a la historia de México, como es el estadounidense.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para rectificación de hechos y hasta por cinco minutos, tiene el uso de la palabra el diputado; Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
El diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez:
Muchas gracias, señor Presidente:
Tuvimos una breve reunión en función de la solicitud que hicimos para que hubiera una moción suspensiva, de acuerdo al artículo 210 y logramos consensar con los diputados de las otras fracciones parlamentarias, un punto de acuerdo ya sobre la redacción del 138 de esta Ley General de Población, a fin de que quede claramente especificado el tema del castigo a los "polleros" y cómo caracterizar a los "polleros" traficantes de trabajadores indocumentados, tanto mexicanos como centroamericanos. Y el punto de acuerdo es que en tanto en el párrafo primero del 138, como en el párrafo segundo, se agregue... diría así: "a quien por sí o por interpósita persona pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros con motivo de tráfico, a internarse en otro país y sin la documentación correspondiente" y este mismo argumento entraría también en la redacción del artículo 20.
De tal modo que a todas las partes satisface esta redacción y esto nos permite que haya una precisión sobre estos "polleros".
Nosotros les habíamos propuesto también que elimináramos esta fracción V del 151, que ya ha dado su argumentación el diputado Mauro González Luna, a nombre de nuestra fracción parlamentaria, sin embargo, ahí no tuvimos acuerdo, por tal motivo nuestra fracción parlamentaria va a sostener su mismo voto anunciado aquí por nuestro compañero diputado Edgard Sánchez, en el sentido, un voto de abstención y en contra de la fracción V del 151.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para rectificación de hechos y hasta por cinco minutos, tiene la palabra el diputado Saúl González Herrera, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Saúl González Herrera:
Con su permiso, señor Presidente:
Las comisiones unidas de Población y de Gobernación y Puntos Constitucionales, en torno a la elaboración y examen de este dictamen y el estudio de la iniciativa que le dio origen, tuvieron numerosas reuniones. Se examinó exhaustivamente el contenido de la iniciativa y en algunas ocasiones convenimos con diputados integrantes de ellas para introducir modificaciones y propusimos por nuestra parte otras también.
De tal manera que creo que si alguna iniciativa de ley ha sido suficientemente examinada por las comisiones idóneas para ello, ha sido precisamente ésta.
Ahora, de manera un poco tardía se hacen algunas observaciones sobre el texto del artículo 138. Hemos sostenido conversaciones integrantes de ambas comisiones y estamos de acuerdo en proponer a la Asamblea la adición de una mención en los dos párrafos del artículo 138, de manera que quedaría redactado en estos términos.
"Artículo 138. Se impondrá pena de seis a 12 años de prisión y multa de 100 a 10 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento de consumar la conducta, a quien, por sí o por interpósita persona y con propósito de tráfico, pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros a internarse a otro país sin la documentación correspondiente."
Y en el párrafo segundo, introducir también en la parte adecuada la misma expresión: "...con propósitos de tráfico."
Entonces presentamos esta posición ante la Cámara para que se resuelva Io procedente. Estamos de acuerdo en que puede quedar con la inclusión de estas expresiones mejorando el texto de la ley que se va a someter a la aprobación de esta Cámara.
El diputado Jorge Enrique Dávila y Juárez (desde su curul):
Señor Presidente, pido la palabra para hechos.
El Presidente:
Para rectificar hechos y hasta por cinco minutos tiene el uso de la palabra el diputado Jorge Dávila y Juárez, del PAN.
El diputado Jorge Enrique Dávila y Juárez:
Ante la propuesta que está presentando el presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y habiendo hecho una consulta con los diputados miembros de la Comisión de Población y Desarrollo y dado que el sentido de todas las discusiones en el 138 fue lograr la mejor tipificación del delito y que la nueva redacción tipifica de mejor manera y con mayor claridad el delito concreto del tráfico, el tráfico de personas, yo me atrevo también a plantear que sea aceptado y que se agregue al dictamen.
Muchas gracias.
El diputado Adolfo Miguel Aguilar Zinser (desde su curul):
Señor Presidente, pido la palabra para hechos.
El Presidente:
Para rectificar hechos y hasta por cinco minutos, el diputado Adolfo Aguilar Zinser.
El diputado Adolfo Miguel Aguilar Zinser:
Muchas gracias, señor Presidente:
Quiero, primero que nada, reconocer que en efecto, como lo han señalado aquí en la tribuna los presidentes de las dos comisiones respectivas, hubo amplia oportunidad en el transcurso de la discusión de esta ley de haber hecho estas modificaciones que ahora afortunadamente se introducen.
Sin embargo, creo que ha sido una muestra muy venturosa de flexibilidad y de apertura el que, existiendo este antecedente, el hecho de que sí haya podido discutirse esto en comisiones, no obstante ello, en el pleno haya habido la recepción para poder modificar el texto, como bien se dijo aquí, para que éste con la precisión adecuada refleje nítidamente el espíritu de los legisladores que aprobaremos y que daremos nuestro voto para que esta redacción se convierta en ley.
Creo que corresponderá posteriormente también a los legisladores examinar el Código Penal para determinar en las partes concernientes al Código Penal, aquellas que requieran la clarificación precisa del término "tráfico", referido en este caso a las personas y creo que por la redacción, como nos fue presentada ya ante la tribuna en el pleno, la redacción deja perfectamente a salvo los derechos que en nuestra opinión tenían que resguardarse con una redacción mucho más precisa y por tanto, los diputados integrantes del Grupo de Diputados Ciudadanos, daremos nuestro voto a favor de esta modificación que se introduce a la ley en el dictamen correspondiente.
Muchas gracias.
El Presidente:
Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentran suficientemente discutidos los artículos reservados.
El secretario Fernando Jesús Rivadeneira y Rivas:
En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentran suficientemente discutidos los artículos reservados.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutidos.
El Presidente:
Esta soberanía autorizó la votación en un solo acto general y en lo particular de este dictamen. Por economía procesal se propone se incluyan en la votación las modificaciones derivadas de los artículos reservados.
Consulte la Secretaria a la Asamblea si autoriza que la votación en un solo acto sea en lo general, en lo particular y de las proposiciones.
El secretario Fernando Jesús Rivadeneira y Rivas:
En votación económica se pregunta a la Asamblea si se autoriza que las tres votaciones sean en un solo acto.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se autoriza que las tres votaciones sean en un solo acto.
El Presidente:
Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general, en lo particular y de las proposiciones y modificaciones en un solo acto.
El secretario Fernando Jesús Rivadeneira y Rivas:
Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de las proposiciones en un solo acto.
Se solicita a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
(Votación.)
Se emitieron en lo general 318 votos en pro y cinco en contra. En lo particular por los artículos 150 y 151 en su fracción V, 318 en pro, 38 en contra y por la propuesta del artículo 138 se emitieron 356 votos en pro.
El Presidente:
Aprobado en lo general y en lo particular por 31 8 votos.
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Población.
El secretario Fernando Jesús Rivadeinera y Rivas:
Pasa al Senado para los efectos constitucionales.
El Presidente:
Tomando en consideración que han transcurrido las cuatro horas reglamentarias de esta sesión, que establece el artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior, la Presidencia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a fin de concluir los asuntos pendientes en cartera, acuerda prorrogar el lapso correspondiente hasta la conclusión del orden del día.
LETRAS DE ORO
El Presidente:
A petición de varios diputados solicito a la Secretaría someta al pleno la dispensa de la lectura del decreto.
El secretario Alfonso Primitivo Ríos Vázquez:
En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen.
«Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Honorable Asamblea: a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, le fue turnado por el Presidente de la mesa directiva el 10 de octubre del año en curso el turno que contiene el proyecto de decreto para que se inscriban con letras de oro, en el muro de honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados, los nombres de los insignes internacionalistas mexicanos, precursores de la política exterior mexicana, Isidro Fabela y Genaro Estrada.
Esta comisión, con fundamento en los artículos 42, 43 fracción III, 48, 50, 56 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y, 60, 65, 66, 87, 88 y demás relativos del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, estudió dicha proposición con base en las siguientes
CONSIDERACIONES
Primera. La política exterior mexicana está firmemente sustentada en los principios de no intervención de una nación en los asuntos de otra, la autodeterminación de los pueblos y la solución pacífica de las controversias; recoge así la conducta histórica del pueblo de México en sus luchas por la independencia, la reforma, y el periodo revolucionario de 1910.
México ha vivido permanentemente la amenaza imperialista del exterior que ha intentado frenar su proyecto histórico de nación con democracia, independencia y libertad.
El asesinato del presidente Francisco I. Madero, la intervención norteamericana de 1914 y una larga serie de acontecimientos vinculados a fuerzas colonialistas interesadas en frenar nuestro proceso nacionalista, nos obligaron a recurrir a las normas del derecho internacional como la única arma válida frente a los poderosos y capaz de hacer prevalecer el respeto a nuestro derecho de autodeterminación.
Durante el dramático gobierno de don Venustiano Carranza se gestaron brillantes páginas en defensa de nuestra patria en el ámbito internacional; entre otras, contó con dos sensibles diplomáticos, comprometidos con los propósitos de la lucha armada de 1910 y la firme voluntad de hacer prevalecer nuestra soberanía ante el amago, el chantaje y la intimidación del exterior.
Segunda. En el gobierno del presidente Carranza se planteó incorporar, como doctrina de política exterior, el principio de no intervención, y se reforzó la defensa de la soberanía nacional. Se gestó, así, la llamada doctrina Carranza, inspirada por el diplomático, literato y jurista don Isidro Fabela, en su calidad de canciller en ejercicio, quien naciera hace 114 años en el Estado de México. Fabela fungió como diputado federal en la XXIV y XXIX legislaturas; además fue gobernador del Estado de México y político con gran vocación de servicio. Tuvo un brillante desempeño como representante de México ante la liga de las naciones, durante el mandato del presidente Lázaro Cárdenas, de 1937 a 1940 y magistrado de la Corte Internacional de La Haya, Holanda.
Otro ilustre mexicano, nacido en Sinaloa hace 109 años, fue don Genaro Estrada, quien fungiera como responsable de la política exterior mexicana de 1930 a 1932, periodo durante el cual anuncia y aplica en 1930 los principios que fundamentan la conocida Doctrina Estrada; esto es, "México no se pronuncia sobre la cuestión del otorgamiento del reconocimiento, porque ello sería una práctica ofensiva que además de atentar contra la soberanía de otras naciones, hace que los asuntos internos de éstas puedan ser objeto de apreciaciones en un sentido o en otro por parte de otros gobiernos; de acuerdo con ello, México se limita a mantener o romper sus relaciones diplomáticas sin que en ello vaya envuelta aprobación o reprobación de los gobiernos".
Genaro Estrada tuvo un extraordinario desempeño como diplomático; de 1921 a 1932, fue oficial mayor, subsecretario, encargado de despacho de la Secretaría y Secretario de Relaciones Exteriores. Posteriormente fungió como embajador de México en España y Turquía y como delegado de nuestro país ante la sociedad de las naciones.
Defender la no intervención, pugnar por la autodeterminación de los pueblos, luchar por la solución pacifica de las controversias y abstenerse de otorgar reconocimiento a nuevos gobiernos de otros países o depender del reconocimiento que otras naciones otorguen, han sido elementos y principios de importancia fundamental en la configuración de nuestra política exterior, que fueron motivación de la Doctrina Estrada, la cual ha recibido el reconocimiento y respeto del mundo.
Tercera. Estos principios son piedra angular en los empeños por la descolonización, la defensa de los intereses de México, de América latina y del mundo en general, y se mantienen vigentes ante medidas emprendidas por algunos países, que de manera unilateral transgreden el orden y las normas jurídicas elementales para una adecuada convivencia internacional.
La política exterior de México, apoyada en la máxima juarista "Entre los individuos como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz", se fortalece en el pensamiento y la acción de estos dos distinguidos mexicanos, que dieron a nuestro país lo mejor de sí en su desempeño como cancilleres responsables de nuestra política exterior; ambos supieron coadyuvar en la construcción de un ámbito internacional de convivencia pacifica y civilizada.
Por ello, esta comisión, con base en lo anterior y con el fin de rendir homenaje a los precursores de algunos de los principios fundamentales de la política exterior de México pone a consideración de esta honorable Asamblea el siguiente
DECRETO
Unico. Inscríbase con letras de oro, en el muro del salón de sesiones de la Cámara de Diputados en ceremonia solemne, los nombres de los distinguidos diplomáticos mexicanos Isidro Fabela y Genaro Estrada.
TRANSITORIOS
Primero. Se acuerda por los integrantes de esta comisión celebrar la develación de la inscripción en letras de oro, en el muro de honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo, los nombres de Isidro Fabela y Genaro Estrada, el 24 de octubre del año en curso a las 11:00 horas en ceremonia solemne.
Segundo. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo, octubre de 1996.- Diputados: Píndaro Urióstegui Miranda, presidente; Horacio Gutiérrez Bravo, Jaime Martínez Tapia, secretarios; Dante Decanini Livas, Gerardo de los Cobos Silva, Blas Fortino Figueroa Montes, Leonel Godoy Rangel, Manlio Fabio Gómez Uranga, Prisciliano Gutiérrez Hernández, Miguel Hernández Labastida, Adrián Víctor Hugo Islas Hernández, Martina Montenegro Espinoza, Eugenio Ortiz Walls, Francisco Peniche y Bolio, Lauro Rendón Castrejón, Alfonso Reyes Medrano, Regina Reyes Retana Márquez Padilla, Octavio Romero Oropeza, Antonio Tenorio Adame y Guillermo Héctor Zúñiga Martínez.»
Es de segunda lectura.
El Presidente:
En consecuencia y del conocimiento de todos el fondo del decreto, está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.
No habiendo quien haga uso de la palabra, proceda la Secretaría a recoger la votación nominal del artículo único del proyecto de decreto.
El secretario Alfonso Primitivo Ríos Vázquez:
Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del artículo único del proyecto de decreto.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
(Votación.)
Se emitieron 282 votos en pro del dictamen y cinco en contra y 47 en contra de Isidro Fabela.
El Presidente:
Aprobado el Proyecto de Decreto por 282 votos. Aprobado en lo general y en lo particular el decreto para que se inscriban con letras de oro en el muro del salón de sesiones de la Cámara de Diputados, en ceremonia solemne, los nombres de los distinguidos diplomáticos mexicanos Isidro Fabela y Genaro Estrada. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
El Presidente:
Para dar lectura a un punto de acuerdo sobre becarios del Conacyt, se concede el uso de la palabra al diputado Salvador Martínez Della Rocca, del grupo parlamentario de la Revolución Democrática.
El diputado Salvador Pablo Martínez Della Rocca:
Compañeros diputados:
Nos da mucho gusto tener en esta sala a compañeros estudiosos de posgrado del Cinvestav del Instituto Politécnico Nacional, de la Universidad Nacional Autónoma de México y de la Universidad Autónoma Metropolitana. El asunto a tratar es un tema que año con año, compañeros legisladores, va adquiriendo rasgos cada vez más delicados.
Decíamos en alguna ocasión aquella hermosa frase de Sigmund Freud cuando decía "todo lo que labora por la educación trabaja en contra de la guerra". Parece ser que en este país las cosas en el ramo educativo, a pesar nuestro, compañeros diputados, a pesar nuestro, no están siendo atendidas sugerencias, decisiones, que este Congreso de la Unión ha tomado.
El problema es grave, compañeros diputados. Miren ustedes, hubo un recorte presupuestal en 1996 del -15.7% para educación superior y posgrado. El presupuesto que se presentó y que se ejerció después de discutir la Cuenta Pública, podemos ver que se dio un presupuesto de -15.7% para educación superior y posgrado con respecto al año anterior. En educación media cayó en -18.2%, en educación básica en -6.9% y ojo, compañeros legisladores, en la parte de administración los presupuestos subieron 75%. No hay lógica, compañeros legisladores.
¿Por qué el presupuesto sube 75% en términos reales en administración y el presupuesto lo contraen en -15% en educación superior y posgrado? Tenemos problemas sumamente graves. El costo-alumno, compañeros legisladores, el costo-alumno en superior, normal y posgrado decayó en 20.2% con respecto al año anterior.
La capacidad de absorción del sistema de educación superior en nuestro país, que era del 81% en 1993-1994, bajó al 68.7% en 19961997.
Todas estas cosas han traído, por consecuencia, que en nuestro país, compañeros legisladores, estamos permanentemente viviendo movimientos de protesta del área de educación. Vivimos en el mes de mayo, junio y julio movimientos de protesta de profesores del magisterio pidiendo aumento de salario. Vivimos en los mismos meses movimientos de jóvenes que habían sido rechazados de las opciones de bachillerato, educación media superior que los jóvenes estaban solicitando y hoy, compañeros legisladores, tenemos un grupo selecto de estudiantes del más alto nivel de este país que vienen a esta Cámara a plantearnos un problema de suma gravedad.
Compañeros legisladores: tan esta Cámara se ha caracterizado, tan esta Cámara se ha caracterizado, compañeros legisladores, de estar atentos los legisladores de todos los partidos a los problemas educativos de este país, que hemos sacado pronunciamientos de los diputados con firmas de cientos de diputados de todos los partidos, lo hemos hecho público en los periódicos pidiendo aumento de salario para los académicos de este país.
Tan es cierto que hemos estado atentos a estos problemas, que el día 19 de marzo de 1995 sacamos un punto de acuerdo en donde los legisladores de la LVI Legislatura señalamos que se debe de destinar para educación al menos el 8% del producto interno bruto.
Tan hemos estado atentos estos legisladores de esta legislatura frente a los problemas educativos del país, que el día 10. de septiembre se le iba a entregar al Presidente de la República una carta firmada por cientos de diputados de todos los partidos, en donde al final le decimos:
"Los diputados abajo firmantes solicitamos que el Ejecutivo Federal asuma en su propuesta de presupuesto de egresos de la Federación, la necesidad urgente de incrementar en términos reales Ios montos asignados al renglón de educación para hacer frente a los rezagos existentes en este sector estratégico para el desarrollo del país."
Aquí está también firmado por todos los diputados de todos los partidos.
Vivimos compañeros, circunstancias graves y por eso la presencia de los jóvenes, para dar cuenta de la dimensión del rezago en cuanto al personal dedicado a la investigación, la comparación con otros países de la OCDE, es de nuevo muy útil para nosotros. En el año en que entró en vigor el Tratado de Libre Comercio en 1994, el personal dedicado a la investigación era el siguiente: México, 27 mil ciudadanas y ciudadanos destinados a la investigación; Canadá, 114 mil; Japón, 828 mil; Inglaterra, 272 mil; México sólo 27 mil, compañeros.
Los jóvenes, los estudiantes que están aquí presentes, son estudiantes de posgrado; el Presidente de la República, el Secretario de Educación, permanentemente han venido declarando de la urgencia que tiene este país de tener muchos, muchos doctores; pasar de 2 mil a 12 mil, que es una de las metas que necesitamos urgentemente hacer para estar al nivel de España.
Es urgente fortalecer el área educativa desde preprimaria hasta el posgrado y es urgente, compañeros legisladores, que tomemos una decisión en esta Cámara, que todo mexicano, toda niña mexicana y niño mexicano desde que nazca, debe tener derecho a tener estudios hasta el posgrado en una educación gratuita, porque para eso los mexicanos pagamos impuestos. ¿Qué ha sucedido, compañeros legisladores?, los jóvenes aquí presentes han entregado varias cartas para este Congreso de la Unión, para esta Cámara de Diputados. Aquí tengo una carta en donde explican su problema, carta que entregaré a la Secretaría para que todos los diputados lo tengamos; una carta muy atenta, una carta donde empiezan los jóvenes aquí presentes diciendo:
"Agradecemos la amable oportunidad que nos han brindado para escuchar nuestros puntos de vista y nuestras demandas. Nuestro sitio son las aulas, los laboratorios, los cubículos de estudio, no las calles ni este recinto legislativo.
Sin embargo, la gravedad de la situación nos ha obligado muy a pesar nuestro de abandonar momentáneamente nuestras labores y presentarnos ante ustedes a fin de solicitar su apoyo.
Los jóvenes vienen a solicitar el apoyo de los diputados de esta fracción parlamentaria. ¿En qué desean que los apoyemos? Los estudiantes del Cinvestav del IPN de la Universidad Autónoma Metropolitana y de la UNAM, hemos decidido oponemos a las nuevas políticas y disposiciones en general, que el Conacyt ha implementado para el otorgamiento de becas, y demandamos su revocación. Entre otras cosas el Conacyt exige a los aspirantes la presentación de un aval con bienes raíces comprobables y la firma de un pagaré que implica contraer una deuda en Udis y el pago de intereses moratorios. En algunos casos se ha pretendido, incluso la aplicación retroactiva de tales medidas; el número de becas ha disminuido y se niega ahora el otorgamiento de prórrogas.
Demandamos también el apoyo efectivo a los programas de posgrado de reciente formación.
Al plantear nuestra demanda, los estudiantes estamos convencidos de que no solamente defendemos nuestros intereses inmediatos, defendemos también un principio de equidad social.
El desarrollo científico y tecnológico de México, dado su carácter incipiente y frágil, requiere de todos los estímulos y apoyos posibles, en nuestra opinión las graves restricciones adoptadas por el Conacyt implican un lamentable retroceso."
Agradecen nuestras atenciones.
Hice una síntesis de la carta.
Tengo aquí un contrato para obtener una beca en el Conacyt, compañeros diputados. No doy crédito de lo que tengo en mis manos. O sea que tenemos muy poquitos doctores; tenemos muy poquitos masters. De cada 100 niños que entran a primero de primaria, sólo cuatro terminan la licenciatura. compañeros diputados, y sólo el 0.4% obtiene un título de posgrado. Necesitamos revertir este rezago. Pero para revertir este rezago, necesitamos hacer la mejor inversión que una nación puede hacer, que es educar a sus ciudadanos, educar a sus niños, a sus mujeres y a sus hombres.
Pero hoy tenemos la oportunidad, compañeros diputados de la LVI Legislatura, de volver a plasmar que esta legislatura sí ha estado sacando proclamas, decretos y puntos de acuerdo, para combatir este rezago.
Hoy, un joven egresado del sistema público de educación superior, llega al Conacyt, institución que se paga con el presupuesto del pueblo de México, por nosotros y por todos los ciudadanos mexicanos y le dicen que debe entregar un aval y debe entregar, comprobar que tiene bienes raíces y le dicen que la beca, compañeros, la tiene que pagar porque es beca-crédito; pero que ahora los créditos van a ser en Udis. Les exigen que la beca sea en Udis.
Bueno, compañeros legisladores, tenemos un problemón nacional con los préstamos hipotecarios, por las Udis y hoy se decide que las becas deben de ser pagadas en Udis. Creemos que es poco político, creemos que es falta de sensibilidad; creemos, compañeros diputados, que debemos de tomar cartas en el asunto.
Por lo tanto, debemos rechazar esta política. Todo egresado del sistema de educación superior que quiera hacer un posgrado, debe de gozar de una beca, de una beca; no beca-crédito. Tenemos que impulsar a nuestros jóvenes a que estudien.
Existe otro problema y los jóvenes tienen razón. La Universidad Nacional Autónoma de México, para bien, para bien de los becarios de la UNAM, ha aumentado el tabulador de becas para maestría, a 4 mil 892 pesos y para doctorado, a 5 mil 247 pesos. ¡Excelente! Excelente que en la UNAM se aumente el monto de las becas para los estudiantes y que no se especule en la bolsa con los recursos de la Universidad. ¡Excelente! Pero, compañeros, comprenderán que los jóvenes que tienen beca del Conacyt quieren que la beca del Conacyt sea del mismo monto que el de la UNAM, porque la beca del Conacyt está a la mitad que el aumento de la UNAM, por lo tanto creo que todos estaremos de acuerdo en que es muy importante en que se homologue el nivel de las becas.
Miren, compañeros, para concluir y quiero que los jóvenes, los estudiantes de posgrado lo sepan.
Esta Cámara de Diputados, jóvenes estudiosos de posgrado, mujeres y hombres ha tomado el siguiente punto de acuerdo
CONSIDERANDO
Ante la necesidad de fortalecer e impulsar la estructura de formación de recursos humanos de alto nivel para la consolidación del sistema de investigación científica y tecnológica del país, dada la importancia estratégica que este sector de actividad educativa y científica tiene para el desarrollo del país y para su futuro soberano y ante las inconformidades que los becarios de este sector han expresado, manifestamos el siguiente
«PUNTO DE ACUERDO
Unico. Las comisiones de Educación y de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados demandamos la presencia del subsecretario de Educación Superior y de Investigación Científica de la Secretaria de Educación Pública, el doctor Daniel Reséndiz y del director general del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), el doctor Carlos Bazdresch, a fin de que se establezca un diálogo con las comisiones unidas mencionadas, donde se presenten y se den a conocer las propuestas que se tienen para atender el problema de los becarios de posgrado de todo el país y de aquellos que México tiene en el extranjero.
Firman: Ricardo García Cervantes, por el Partido Acción Nacional; Manuel Fuentes Alcocer, por el Partido Acción Nacional; Salvador Martínez Della Rocca, por el Partido de la Revolución Democrática; Javier González Garza, por el Partido de la Revolución Democrática, Raúl A. Fuentes Cárdenas, por el Partido del Trabajo y Miguel Angel Islas Chío, por el Partido Revolucionario Institucional.»
Jóvenes:
¡Estos funcionarios van a tener que venir a dialogar con los diputados! ¡Vamos a defender las propuestas justas que ustedes plantean porque, compañeros diputados, es más que suficiente para este país tener un Banrural! ¡Es más que suficiente para este país tener Bancomer! ¡Es más que suficiente para este país tener Banpesca! ¡Lo que no necesitamos es tener y confundir el Conacyt con un Banbeca! ¡Eso simplemente no es correcto:
El Presidente:
Tiene la palabra para hablar del mismo tema, el diputado Manuel Fuentes Alcocer, del Partido de Acción Nacional.
El diputado Manuel Jesús Fuentes Alcocer:
Compañeras y compañeros diputados:
El panorama económico de nuestro país se ha tratado en esta tribuna desde muchos aspectos. Creo que todas las fracciones parlamentarias estamos de acuerdo en que la situación es difícil, el país atraviesa por la peor de sus crisis económicas y quiero aquí, como presidente de la Comisión de Ciencia y Tecnología, manifestarles que todos en esta comisión estamos también de acuerdo en el hecho de que formar y capacitar gente de alto nivel, gente competitiva a nivel internacional en asuntos de ciencia y tecnología, a mediano, a largo plazo, influye directamente para superar estas condiciones económicas tan precarias. Influye directamente e incide directamente en la productividad y en el ingreso nacional. También nos ayuda a competir en los mercados del exterior.
Por eso, creemos que desarrollar personal calificado es estratégico. México invierte menos del .05% del producto interno bruto en ciencia y tecnología. El costo que ha traído para nosotros en licencias y en tecnologías foráneas es muy alto. México no puede permitir a su gente y a sus industrias seguir siendo única y exclusivamente industrias maquiladoras. Para que esto sea superado necesitamos de la participación entusiasta de las autoridades de Educación Pública, de las autoridades del Conacyt y sobre todo de los estudiantes becarios del Conacyt.
Quiero mencionarles, para abundar en el tema, que nosotros también pensamos que el gasto en ciencia y tecnología no es un donativo, es una inversión que nos va a permitir superar nuestras diferencias de rezago tecnológico con otros países. Las becas a partir de 1975 dejaron de ser becas nada más y en muchas ocasiones se han convertido en becas-crédito otorgadas por el Conacyt. Estos créditos se pagan con trabajo en las instituciones y los que se salen de las instituciones lo tendrán que pagar con dinero.
Creemos que de alguna manera los estudiantes que gozan de este privilegio deben de resarcir los gastos de la comunidad en su educación. Pero es indispensable buscar otros esquemas económicos para que estas personas puedan seguir estudiando.
Queremos aquí afirmar, muy enfáticamente, que no puede convertirse el Conacyt en una institución de crédito. El Conacyt debe dar la oportunidad a estos estudiantes, debe dar la facilidad de poder buscar estos esquemas en conjunto y, a su vez poder pagar con trabajo o de otras formas, lo que ellos han recibido y percibido a través de sus becas.
Queremos mencionar también, ya por último, que las becas se crean por la necesidad que tiene el país de impulsar a su mejor gente. Creemos que la mejor garantía debe seguir siendo el talento de los estudiantes mexicanos.
Muchas gracias.
El Presidente:
Túrnese este punto de acuerdo a las comisiones unidas de Educación y de Ciencia y Tecnología.
Se concede el uso de la palabra para rectificar hechos y hasta por cinco minutos, al diputado Isidro Aguilera, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática.
El diputado lsidro Aguilera Ortiz:
Gracias, señor Presidente; compañeras diputadas y compañeros diputados:
Quiero llamar la atención sobre la convocatoria que hace el Departamento del Distrito Federal y leída en el orden del día de hoy, sobre el acto cívico que con motivo del Ll aniversario luctuoso del general Plutarco Elías Calles, se conmemora el día de mañana y quiero llamar la atención por una razón, resulta que también el día de mañana se cumplen 26 años del fallecimiento miento del general Lázaro Cárdenas.
Se acaba de aprobar un dictamen para la inserción de dos ilustres mexicanos, en letras de oro en las paredes de esta Cámara. Y cómo es posible, pregunto yo, ¿cómo es posible que alguien cuyo nombre está en letras de oro, el general Lázaro Cárdenas del Río, no se le promueva un homenaje luctuoso por parte de las autoridades del Distrito Federal.
Es evidente que los tecnócratas con residencia en México, pero con el cordón umbilical en las universidades extranjeras tienen muy escasa memoria.
Ahora, con este asunto de los compañeros becarios, salta a la luz la enorme trascendencia de la obra del general Cárdenas, al fundar el Instituto Politécnico Nacional para el servicio de las clases populares de este país. Justamente también en este momento en que está a debate el asunto de la petroquímica, del rescate de los recursos naturales de este país, se olvide ominosamente la figura y la memoria del general Lázaro Cárdenas. Probablemente estos tecnócratas, Espinosa Villarreal a la cabeza, en vez de conmemorar un acto luctuoso quizá lo estén festejando.
No olvidemos que Lázaro Cárdenas no es un nombre, no es solamente una figura nacional, recordemos una frase del insigne poeta chileno Pablo Neruda, quien lo llamó "El General de América". Quizá lo que pasa es que las autoridades no tienen la conciencia clara de lo que fue y significó este enorme michoacano en la vida de este país. El general Lázaro Cárdenas, es cierto, también, no requiere ni necesita los homenajes oficiales, porque en el corazón de cada mexicano, de los mexicanos patriotas, de los mexicanos bien nacidos, se le rinde un homenaje el 19 de octubre.
Muchas gracias.
REPUBLICA DE CHIPRE
El Presidente:
La diputada María Claudia Esqueda Llanes:
Gracias, Presidente:
«PUNTO DE ACUERDO
Que suscriben las diferentes fracciones parlamentarias de la LVI Legislatura por la paz en Chipre. Teniendo en cuenta que el problema de Chipre ha estado latente durante 22 años y que pone en peligro la paz y la seguridad regional e internacional al mantener hasta la fecha la presencia de 35 mil tropas turcas en dicho territorio, considerándolo como una de las áreas más altamente militarizadas del mundo, impidiendo con ello, la búsqueda de soluciones libremente negociadas sobre este problema, es necesario proponer la desmilitarización y la salida de las tropas turcas del territorio de Chipre, así como la entrega de armas para garantizar la seguridad regional e internacional que permitan avanzar hacia un proceso de paz y terminar con el status en ese país.
Por lo que la comunidad internacional ha hecho un llamado para que el Estado de Chipre y Turquía, en el marco de su soberanía, acaten las numerosas resoluciones que ha emitido el Consejo de Seguridad de la ONU, sobre todo a la resolución 939, del 29 de julio de 1994, en la cual se reafirma que la solución debe fundamentarse en la integración de un solo Estado, con una sola soberanía y personalidad internacional, resguardando su independencia e integridad territorial.
Considerando que nuestro país históricamente se ha pronunciado en contra del uso de la fuerza que atenta en contra de los países más débiles y que ha sustentado como base de su política internacional el respeto a la libre autodeterminación y soberanía de los pueblos y la solución pacífica de las controversias, proponen a esta Asamblea el siguiente punto de acuerdo que suscriben las cuatro fracciones parlamentarias que conforman la LVI Legislatura de esta Cámara de Diputados.
Primero. Reafirman su total apoyo a la soberanía y a la integridad territorial de la República de Chipre.
Segundo. Manifiestan una vez más su acuerdo para que se instrumenten las resoluciones tomadas por el Consejo de Seguridad de la ONU y expresan su preocupación por lo inaceptable que representa mantener el status por más de 22 años.
Tercero. Hacen un llamado a las partes para que demuestren su buena voluntad y colaboren para alcanzar una solución pacífica, basada particularmente en la resolución 939.
Cuarto. Exhorta al Consejo de Seguridad de la ONU, para que considere otras alternativas viables y eficaces que incluyan la desmilitarización en las zonas para lograr la paz, incluyendo un estricto respeto a los derechos humanos, así como el retorno de refugiados en el territorio, en condiciones de seguridad.
Quinto. Solicitamos a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que la delegación de México ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, realice todos sus esfuerzos para que se emitan otras alternativas viables para la solución pacífica del conflicto.
Sexto. Proponemos que el presente punto de acuerdo se divulgue entre los diversos parlamentos y organismos parlamentarios regionales para que puedan emitir su apoyo para lograr la paz.
Palacio Legislativo, 16 de octubre de 1996.- Por las fracciones parlamentarias.- Diputados: Augusto Gómez Villanueva, del PRI; Alejandro Díaz y Pérez Duarte, del PAN; Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, del PRD; Alejandro Moreno Berry, del PT y la de la voz.»
Lo dejo en manos de la Secretaría.
Gracias.
VOTO DE LA MUJER MEXICANA
El Presidente:
Para hacer comentarios sobre el 43 aniversario del otorgamiento del voto para la mujer mexicana, tiene el uso de la palabra la diputada Zaida Alicia Lladó Castillo, de la fracción parlamentaria del PRI.
La diputada Zaida Alicia Lladó Castillo:
Con su permiso, señor Presidente:
Agradezco la oportunidad de hablar en nombre de las mujeres de mi partido, el Revolucionario Institucional, en esta fecha en que se cumplen 43 años de la obtención de los derechos políticos plenos para la mujer mexicana.
El 17 de octubre de 1953 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la enmienda al artículo 34 constitucional, que a la letra dijera: "son ciudadanos de la República las mujeres y varones que teniendo la calidad de mexicanos reúnan además, los siguientes requisitos: haber cumplido los 21 años siendo solteros y 18 siendo casados y tener un modo honesto de vivir".
Se cumplía así el compromiso de honor que hiciera un extraordinario servidor de México: Adolfo Ruiz Cortines, servidor público y presidente de la República de 1952 a 1958.
El compromiso que hiciera don Adolfo, candidato del PRI a la presidencia de la República un 6 de abril de 1952, en aquella asamblea nacional femenil en el parque 18 de marzo frente a más de 20 mil mujeres priístas representantes de los tres sectores y encabezadas por la licenciada Margarita García Flores, dirigente nacional femenil del PRI, quedó signado con sus palabras:
"Mujeres de mi partido, saludo cordialmente a través de esta asamblea nacional femenina a la mujer mexicana, ejemplo de abnegación y de trabajo cuya intervención en las actividades fundamentales hemos estimado siempre benéfica para la prosperidad de la patria, porque la mujer mexicana ha compartido con el hombre las amarguras de las luchas por la libertad y con su conducta alentadora le ha dado fuerza para el diario combate por la vida porque ha tenido, tiene y tendrá la suprema responsabilidad de inculcar los principios morales, de cuidar y conducir a la infancia, venero de los futuros hombres de la patria, cultivar y afinar la sensibilidad humana, debemos seguir pugnando como reiteradamente lo hemos expuesto por su participación creciente en la vida nacional."
"La República -dijo ahí don Adolfo-, reclama el consenso espiritual, moral, cultural y material de la mujer y su participación activa coadyuvará en la realización de puntos fundamentales de un programa nacional contra el analfabetismo, la escasez y la carestía de la vida, el incremento de la producción y el desarrollo de la labor educativa."
"Asimismo -asentaba-, afirmo que nuestra revolución es un movimiento dinámico que tiende a la plena satisfacción de las aspiraciones de los mexicanos, al establecimiento de sus derechos, de sus deberes y de su protección jurídica, por ello recoge el anhelo constantemente expresado de los núcleos femeninos del país y si es su deseo favorecerme con su voto me comprometo a iniciar ante las cámaras las reformas legales necesarias para que la mujer disfrute de los mismos derechos políticos que el hombre."
Y terminó diciendo: "Mujeres de México, reciban en este acto el homenaje más rendido a sus virtudes y la expresión de nuestro firme convencimiento de que para la prosperidad de la patria es menester la participación de la mujer en la vida nacional".
Aquel hombre gentil, modesto, de expresión y modo de vivir austero, nacido en el puerto de Veracruz; respetado y querido por siempre y por todos, al ser ya Presidente de México no sólo cumplió su compromiso con las mujeres de su partido, sino que cumplió para bien de las mujeres de México. Un día después de su toma de posesión, envió al Congreso la iniciativa de reforma al artículo 34 constitucional siendo aprobada por el Legislativo y publicada el día 17 de octubre de 1953.
Culminaba ahí una primera pero gran etapa de esfuerzo y lucha que muchas mujeres habían emprendido intensamente desde principios de siglo; se rompía al fin el atavismo y prejuicio de considerar a la mujer impredecible en relación a su compromiso con la nación, como si hubiera sido poco el compromiso asumido por las soldaderas en la época revolucionaria que se separaban de sus familias y de sus tierras para luchar junto con su pareja por las causas de la revolución o el de las vanguardistas de los estados como Yucatán, Veracruz, San Luis Potosí, Guanajuato y Puebla que lucharon por la reforma constitucional cuando las condiciones eran adversas.
A ese movimiento femenino de México que tomó fuerza y consistencia en la década de los veinte, que se incorpora a las filas del Partido Nacional Revolucionario y que continúa intensamente en los anos siguientes, se le deben grandes logros. En los movimientos de los años treinta, podemos recordar a la liga orientadora de acción femenina, constituida por profesoras, enfermeras y campesinas, dirigida por Elvia Carrillo Puerto; el bloque nacional de mujeres revolucionarias integrado por profesionistas y presidido por Florinda Lazos León; el Partido Feminista Revolucionario, de donde saldría la primera representante del sector femenil del Partido Nacional Revolucionario, Edelmira Rojas viuda de Escobedo y, por lo último, la Confederación Femenil Mexicana, cuyas bases eran los sindicatos, encabezada por María Ríos Cárdenas.
Para la década de los cuarenta y cincuenta, el Partido de la Revolución Mexicana ofreció en su declaración de principios y sus estatutos el compromiso para fortalecer la participación femenil. El artículo 1o. de la declaración de principios lo dejaba previsto: "se ayudará y estimulará paulatinamente el acceso de la mujer mexicana en las actividades de la vida cívica".
El movimiento femenino no sólo ganaba terreno dentro del Partido de la Revolución. Mujeres como Edelmira Rojas viuda de Escudero, Leonor Yasch, Amalia González Caballero de Castillo Ledón, dirigentes del Partido de la Revolución Mexicana y desde luego Margarita García Flores, la primera dirigente nacional del Partido Revolucionario Institucional, les correspondió a todas hacer su parte e intensificar la lucha, esa lucha que nunca cesó hasta que se logró el objetivo.
El destino habría de permitir que en la historia que se escribía quedaran dos nombres unidos por el mismo propósito: Margarita García Flores, dirigente femenil nacional y Adolfo Ruiz Cortines, candidato del PRI y posteriormente presidente de México y en esto me detengo a reflexionar que precisamente en el curso de la historia es que se genera en nuestro medio una especie de hombres y de mujeres que pertenecen a una estirpe, a un linaje que nada tiene qué ver con la sangre, las herencias ni la aristocracia, puesto que su único origen es el pueblo.
A Margarita García Flores le corresponde ya un lugar muy especial en la historia de la lucha femenil dentro de nuestro partido y de la nación; a don Adolfo Ruiz Cortines, el hombre pueblo, el hombre que generalizó la frase "no siembro para mi, siembro para México", que tenía siempre presente el respeto por la historia y la herencia de dolor y de honor que había recibido de nuestros héroes, a él las mujeres mexicanas le ofreceremos siempre nuestro reconocimiento y gratitud por su visión democrática y madura, ya que hizo participar en la vida nacional a la otra mitad y afirmaremos siempre que fue el gobernante integrador de la ciudadanía.
El reconocimiento que hiciéramos las mujeres priístas del país en el mes de marzo de este año, al haber develado una placa en su modesta casa del puerto de Veracruz, no significa más que el testimonio de gratitud a su confianza. Por eso Adolfo Ruiz Cortines pasó ya a la historia como el hombre que tuvo grandeza y visión política.
Hoy, 17 de octubre de 1996, a 43 años del otorgamiento de la ciudadanía femenil, es motivo de orgullo que en nuestro partido se signen compromisos con las mujeres. El haberse previsto recientemente que el 30% mínimo de oportunidades políticas deberán ser para las mujeres o dicho de otra manera, el registro de los candidatos no deberán incluir una proporción mayor al 70% de un mismo sexo, habla del avance de una nueva cultura política al interior de nuestro partido, impulsada por Santiago Oñate como presidente, que da paso a una etapa de desarrollo más equitativo y democrático, de recuperación de valores y de acciones afirmativas que detecten y corrijan los persistentes, ocultos y sutiles factores que ponen a las mujeres en desventaja frente a los hombres.
Se busca, en suma, garantizar una situación de justicia política.
Hoy día la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4o., establece la plena igualdad jurídica del varón y la mujer.
También reconoce en su artículo 34 fracciones I y II la calidad de ciudadanos de la República a los varones y mujeres que teniendo la calidad de mexicanos hayan cumplido 18 años de edad y tengan un modo honesto de vivir.
De igual forma en su artículo 35 fracciones I y II, consagra entre las más importantes prerrogativas del ciudadano, votar en las elecciones populares y poder ser votado para todos los cargos de elección popular.
El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su ley reglamentaria de los derechos políticos de la ciudadanía contiene, a partir de la reforma efectuada en 1993, una disposición en su artículo 175 párrafo tercero, en la que señala que los partidos políticos promoverán, en los términos que determinen sus documentos internos, una mayor participación de las mujeres en la vida política del país, a través de su postulación a cargos de elección popular.
Por otra parte, el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 estipula, como un objetivo prioritario de la política social del gobierno de Ernesto Zedillo, el de promover la participación plena y efectiva de la mujer en la vida económica, social, política y cultural del país, lo que debe contribuir a consolidar las condiciones para que tome parte en las decisiones, responsabilidades y beneficios del desarrollo en igualdad de condiciones con el varón.
Estoy segura que la lucha continúa, que las legisladoras, diputadas y senadoras de la LVI Legislatura, estamos prestas para continuar impulsando nuevos logros.
Como es evidente, al pasar ya en nuestro México de las políticas de igualdad de trato a las políticas de igualdad de oportunidades, permite que el reconocimiento a la diferencia entre hombre y mujer se dé sin que esta diferencia se traduzca en desigualdad y esto es fundamental para el avance de la sociedad mexicana. Esto, así lo entendemos las mujeres mexicanas, independientemente del partido al que pertenecemos.
En este propósito no debemos sentirnos solas, están junto a nosotras nuestros compañeros de causa, esa nueva generación de varones mexicanos con sensibilidad y madurez, que nos impulsan y apoyan como lo hizo Ruiz Cortines en su época. Esta sociedad moderna se construye e impulsa por ambos sexos, dentro de una relación respetuosa, honesta y complementaria de hecho.
Estamos también juntas todas las mujeres mexicanas de diferentes tendencias ideológicas y de partido, que coincidimos en que debemos unimos para fortalecer nuestra participación en todos los ámbitos. Nuestro compromiso es prepararnos permanentemente en lo académico, en la contienda electoral, en lo ideológico, en el servicio público y en la práctica cotidiana.
Demostraremos que nuestro espacio no es ganado por decreto, sino porque cada vez tenemos más y mejores cuadros femeninos con el perfil político necesario que garantice triunfos electorales, logrados por el voto popular, confianza en la actuación, demostrando que sabemos dirigir tanto en el servicio público como en los cargos de partido y de elección y, a su vez que ofrezca el producto de nuestra función la utilidad requerida para engrandecer a nuestra nación.
Ese será el reto permanente para las mujeres mexicanas de hoy y del mañana.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para hablar sobre el mismo tema se concede el uso de la palabra a la diputada Rosa María Cabrera Lotfe, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
La diputada Rosa María Cabrera Lotfe:
Con su venia, señor Presidente; ciudadanas legisladoras y legisladores de la nación:
En el marco del aniversario del reconocimiento pleno de los derechos de las mujeres, conferido oficialmente el 17 de octubre de 1953, día de su publicación en el Diario Oficial, la necesaria valoración de nuestros 43 años de vida política activa arroja un saldo muy desigual en cuanto a la participación en puestos de relevancia, tanto al interior de los organismos políticos como en los puestos de elección popular en todos los sectores y en todos los partidos.
La esencia original de las reformas a los artículos 34 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, concediendo a la mujer mexicana la plenitud de derechos cívicos, promovidos principalmente por las propias mujeres y aprobada por el entonces presidente Adolfo Ruiz Cortines, al conferir el derecho de voto a la mujer no ha encontrado condiciones favorables para materializarla, como se hace evidente con los siguientes números.
De 1953 a la fecha sólo seis mujeres han ocupado una Secretaría de Estado, en comparación con 180 varones; en los últimos 15 años, sólo tres mujeres han gobernado una entidad federativa del país; de 1991 a 1994, el porcentaje de municipios presididos por mujeres aumentó de 2% a 4.5% y esta participación se ha dado fundamentalmente en municipios de pequeñas dimensiones; sólo el 13.7% de los puestos de elección popular corresponde a las mujeres.
Las reformas a los artículos 4o., 30 y 123 constitucionales, obtenidas en 1974-1975, que en inconstitucionales discriminaciones, garantizando la igualdad de los varones y las mujeres ante la ley, ordenando a ésta proteger y promover el desarrollo y la organización de la familia, elevando a rango de garantía constitucional el derecho de toda persona para decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos y las reformas a leyes secundarias en materia civil, familiar, laboral, mercantil y de nacionalidad, han significado notables avances, pero aún así son insuficientes.
Los logros recientemente obtenidos por la XVII Asamblea del PRI, no son nuevos para el PRD.
Nuestros estatutos desde 1989, aprobaron una cuota mínima del 20%, que resultó insuficiente ante la creciente incidencia femenina en la vida económica, política y social de nuestro país, de tal forma que en 1993 acordamos modificar el artículo 80. de nuestros propios estatutos para garantizar la representación equilibrada de hombres y mujeres, en el sentido de que ningún género podría contar con una representación superior al 70%.
La experiencia de 43 años de contar con la plenitud de derechos y de militar en un partido democrático en donde desde sus orígenes, en la teoría y en la práctica, la actividad femenina ha sido firmemente apoyada, nos ha enseñado que en la vía de los hechos no son suficientes las cuotas si no se garantizan además las condiciones para nuestra incorporación a los puestos de decisión que concreticen los programas económicos, sociales y políticos en favor del avance de la mujer, no sólo en puestos de representación político-electoral, sino también en las propias organizaciones sindicales, urbanas y campesinas, entre otras.
El camino que se ha tenido que andar para que los partidos políticos reconozcan el trabajo y el activismo de las mujeres es aún largo pero impostergable, para quienes aún representamos el 50.9% de la población, el 51.6% del electorado, el 90% de las bases militantes de todos los partidos políticos nacionales, el 52% en el padrón electoral y el 70% de los votos emitidos en las urnas.
Y ante la ciudadanía que nos otorgó el favor de su confianza con su voto, el compromiso que adquirimos como legisladoras, debe traducirse en acciones parlamentarias diversas y poco es el tiempo que nos queda para ello.
Es por tal razón que las diputadas integrantes de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, presentamos en el marco de esta fecha las siguientes propuestas:
1o. Promover el ser incluidas como la parte mayoritaria de este país y en el contexto de la reforma del Estado y de la sociedad en un marco de relaciones jurídico-legales equitativas con garantías para todas y todos, que eliminen la discriminación sexual en espacios políticos y en la toma de decisiones compartida.
Por ello, esta fecha nos obliga no sólo a conmemorar, sino fundamentalmente a entender y atender que siendo hoy un tema prioritario en la vida política de la nación, la agenda para la reforma integral del Estado, en la discusión de la reforma político-electoral, deberán ser retomadas las propuestas de género en materia de derechos político-electorales para el logro de la transformación integral de la sociedad y garantizar así la plena participación de las mujeres en todos los ámbitos de la misma sin ningún tipo de discriminación. Las mujeres tenemos capacidad para hacer y hacer gobierno. Por ello, tenemos que acceder a los órganos de decisión política en todas las instancias de los mismos gobierno y fundamentalmente al promover la democratización del sistema político para hacer efectiva nuestra participación en los propios ámbitos de la sociedad.
Se impone en consecuencia lograr que en la reforma político-electoral en los distintos cargos de elección federal, diputaciones y senadurías, las candidaturas no sean en ningún caso ocupadas por más del 70% de un género u otro.
Por tal razón, el Partido de la Revolución Democrática, y a efecto de garantizar el acceso de las mujeres a los cargos de elección popular, propone que en su momento en las reformas político-electorales la reforma al Libro Quinto del proceso Electoral en su Capítulo I del Procedimiento a Registro de Candidatos, se haga la modificación del artículo 175 en su fracción III, para eliminar el carácter de recomendación y establecer:
"Para registrar los candidatos a diputados y senadores de representación proporcional, los partidos políticos deberán integrar en sus listas de manera alternada, con una proporción que no exceda el 70% de cualquiera de los géneros para garantizar esta representación plural en las listas por circunscripción para diputados federales y en la nacional para las senadurías, de cada tres lugares no podrá haber más de dos representantes de un mismo género."
De la misma manera, se buscará que en las fórmulas de candidatos a elegirse por el principio de mayoría relativa, ninguno de los géneros exceda el 70% de la representación total.
De esa forma otras propuestas pendientes a garantizar los derechos de las mujeres que se impone resolver ahora son:
Buscar las formas para no sólo contrarrestar la injusticia de la doble jornada o la discriminación en el empleo, sino para evitar la explotación del trabajo no remunerado de las mujeres.
La revisión de las legislaciones federal y estatales, para lograr el cumplimiento de la igualdad jurídica de hombres y mujeres, como lo establece ya nuestra Constitución.
El promover un plan nacional de participación de la mujer, que garantice el acceso de la mujer I al sector público, en un determinado tiempo, ya que no basta con leyes si éstas no se acompañan de cambios en el ámbito cotidiano.
Asimismo apoyamos todas las acciones para la creación de la comisión especial de asuntos de la mujer de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
Promover igualmente las reformas a la Ley del ISSSTE, relacionada con la discriminación en el trato hacia las mujeres.
Y luchar para que la sociedad en su conjunto, apoye acciones educativas desde la familia, a fin de terminar con la era de la cultura patriarcal, que contraria la dignidad de las mujeres y además es responsable de la explosión demográfica.
Por tales razones, entre otras, las metas prioritarias para el desarrollo de las mujeres, deben ser un objetivo común para las mismas, por encima de intereses políticos, mediante el compromiso de un voto razonado e inclinado a favorecer políticas que reivindiquen nuestros derechos.
Y dado que las mujeres hemos estado a lo largo de la historia, presentes en todos los campos, no es sino hasta el logro del derecho a votar en que se hace reconocimiento a nuestro papel, como seres capaces de transformar nuestras condiciones de vida, que debemos entender que al asumir el voto, como expresión de libertad política, estamos hablando de quién y cómo debe representarlo.
Así en esta fecha, cabe recordar que, del gobernante, del intelectual, del funcionario, debe surgir el compromiso real con las mujeres. De las mujeres debe surgir la demanda, la propuesta para la inclusión, de la igualdad como meta, surge la participación como camino.
¡Democracia ya! ¡Patria para todos!
El Presidente:
Para el mismo tema se concede el uso de la palabra a la diputada Lucero Saldaña Pérez, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.
La diputada María Lucero Saldaña Pérez:
Muchas gracias, señor Presidente:
Quizá parezca reiterativo, pero verdaderamente es importante hacer unos comentarios, ya que la lucha de los derechos políticos, sociales y culturales de la mujer mexicana, han sido arduos y han ido de la mano con las luchas, como la Independencia como la Revolución.
Y precisamente en 1915 hubo un primer congreso feminista en Yucatán y ahí se habló de que era un error social educar a la mujer, para una sociedad que ya no existe. Que para formar generaciones libres y fuertes, es necesario que la mujer construya un estado jurídico que la enaltezca y una educación que le permita vivir con libertad y que el medio más eficaz para conseguir estos ideales es concurriendo ella misma, con sus energías e iniciativas a reclamar sus derechos.
Después se promulga la Constitución de 1917 y se expide la Ley de Relaciones Familiares, según la cual se consideran igual en el seno del hogar a la mujer y hombre, es decir, puede ejercer patria potestad, puede concurrir al sostenimiento de la familia, puede administrar ya los bienes comunes y los suyos propios, puede contratar y puede obligarse.
En 1922 y en 1924 se crean ligas femeniles como órganos autogestores para mejorar, no solamente las condiciones de las mujeres, sino de la sociedad en general, tales como guarderías, igualdad en el trabajo, educación mixta, la exclusión de los menores en los cafés-bares.
En 1923, en Yucatán, siguiendo posteriormente San Luis Potosí, después Chiapas y Puebla, se expidieron decretos concediendo a la mujer derecho a votar y ser elegida en las elecciones municipales. En 1928 se redactó un nuevo Código Civil en el que se reconoce a la mujer la capacidad para celebrar toda clase de contratos, como consecuencia de éstos se dio a la mujer un domicilio propio, autoridad y consideraciones legales iguales a la del marido, puede ser tutora, puede ser fiadora, testigo de testamento, puede tener albacea y puede ejercer el mandato de ésta misma.
En 1938 las mujeres libraron algunas batallas electorales, pero hubo algunas que no obstante haber ganado su elección distrital no llegaron a ocupar su curul en los estados de Guanajuato y Michoacán.
El presidente Cárdenas sometió a la Cámara de Senadores ese año (1938), una iniciativa para reformar el artículo 34 constitucional, aprobada con el comentario de que si México aspira en verdad a fortalecer al sistema democrático, uno de los medios más apropiados para conseguirlo es evidentemente el sufragio femenino, mas nunca se le dio trámite final y la iniciativa quedó aplazada. Fue 15 años después que se publica el nuevo texto al artículo 34/ en el que se otorga la ciudadanía de la mujer sin restricciones. Algunos de los conceptos vertidos en los debates de las cámaras, que se dieron en aquel año, son en la actualidad contundentes y otros parecieran inscritos en el siglo pasado.
Hoy seguimos pugnando por una conciencia política de la sociedad en donde la mujer, además de ejercer razonada y convencida su derecho de voto, la política se vuelva parte de su vida, ya que el simple hecho de votar no tiene valor pleno, si no se convierte la política en parte de su vida, hasta que la practique y la haga suya y, consecuentemente, entre en su sangre y en todo su sistema.
Sería un mundo mejor si las mujeres tuviéramos acceso equitativo a las posiciones de poder. Al paso en que nos hemos dirigido, la pregunta tendría respuesta dentro de cinco siglos. De mantenerse el ritmo de aumento de la proporción de mujeres en los puestos de dirección se requerirían de 475 años para alcanzar la paridad entre mujeres y hombres Hoy, ya se ha dicho aquí, de 179 estados miembros de las Naciones Unidas están gobernadas por una mujer, las mujeres constituyen apenas un 3.5% de los gabinetes ministeriales y 93 países no cuentan, sino con hombres a la cabeza de sus ministros. La mayoría de las mujeres que ocupan posiciones de liderazgo en los gobiernos, se han abierto paso en las áreas, sobre todo, de educación, cultura, bienestar social y asuntos de las mujeres. Son éstos los campos de acción más comúnmente aceptados para el desempeño femenino.
En casi todas partes del mundo, las mujeres tienen derecho al voto y constituyen más de la mitad del electorado, pero su actividad política se limita, salvo algunas excepciones, se limita del plano económico e informal a su comunidad inmediata.
Ha habido grandes avances, como aquí se ha mencionado, el Partido de la Revolución Democrática y el Partido Revolucionario Institucional han hecho importantes reformas a sus estatutos para que se dé esa oportunidad a mayor número de mujeres, en alcanzar los cargos directivos y de elección popular.
Apenas en 1987, las mujeres ocupaban el 10% de los asientos parlamentarios, con los países de Europa del norte y del este a la vanguardia, pero la reciente reestructuración política en esta región y en la ex Unión Soviética, significó una violenta caída de la representación femenina en los parlamentos.
La invisibilidad de las mujeres en la vida pública y, por lo tanto, en la actividad política, económica y profesional, es a la vez causa y consecuencia de su sostenida marginación de las esferas de poder. El círculo de reproducción de patrones culturales y sociales, origina un ambiente poco propicio para que las mujeres incursionen más allá de los confines de su hogar y de su comunidad laboral o residenciada.
Mientras no lleguen a participar plenamente en las decisiones que afectan su vida y la de sus familias, el circulo vicioso será difícil de romper, porque es imprescindible que las mujeres participen equitativamente en esta toma de decisiones.
La Organización Internacional del Trabajo, que tiene como objetivo este tema, lo enfoca en tres puntos de vista: el primero, porque se trata de una cuestión de derechos humanos, las mujeres constituyen más de la mitad de la población y más de un tercio de la fuerza de trabajo y por lo tanto, su derecho a la plena ciudadanía y a la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo; debe verse claramente reflejado en esta participación, en todos los niveles. En segundo lugar, porque se trata de un cometido de justicia social que obliga a combatir la discriminación, de la cual las mujeres en todo el mundo siguen siendo objeto y que cobra su crudeza en el mundo del trabajo. En tercer lugar, porque se trata de un requisito para la aceleración y la efectividad del desarrollo social.
Las mujeres están en condiciones de aportar su capacidad y son creativas; distintas muchas veces. Pero han sido desaprovechadas y aseguraría un mejor equilibrio el que en los recursos se aprovecharan también los beneficios del progreso que ellas pueden aportar. Los escollos que tenemos que vencer para seguir abriendo camino a las posiciones de decisión, son de tipo estructural y situacionales. En los primeros, las conocidas diferencias de educación, experiencia profesional y niveles de ingreso respecto de nuestros compañeros, los cuales se entrelazan y se reafirman con factores situacionales como la carga de las responsabilidades familiares, la dependencia legal, síquica y material de sus cónyuges y de sus familiares.
La mal entendida ideología de género también, que hace que tengamos todavía obstáculos para acceder a los niveles superiores. Se ha llegado a calcular que es necesaria una participación femenina superior al 30% en los niveles superiores para que se note una diferencia en la naturaleza y en la toma de las decisiones de las esferas altas. La diferencia radica en que las mujeres se expresan con una voz distinta que habitualmente enfatiza el ambiente social del desarrollo de los países: cambia el empleo, cambia la educación, cambia la salud, mejora las condiciones de los niños, del medio ambiente, el diálogo y la paz.
Por contrapartida nuestros compañeros tienden a impulsar aspectos de tipo económico, de producción, de comercio, de rentabilidad, de finanzas, de la tecnología y de la defensa nacional.
Estoy segura que si realmente aspiramos a un desarrollo humano que conjugue el crecimiento económico con la igualdad social, compartir las decisiones entre mujeres y hombres, es la mejor forma de lograr el equilibrio que nos acelerará al preciado objetivo y la mejor manera de conmemorar esta fecha, es comprometernos quienes sí tenemos oportunidades de decisión, por quienes no las tienen.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para hablar sobre el mismo tema, se concede el uso de la palabra a la diputada Martha Patricia Mendoza Peña, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional.
La diputada Martha Patricia Mendoza Peña:
Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:
En México, la esperanza de desarrollo aparece en la actualidad muy alejada de la realidad; nuestro país está marcado por la ignorancia; hay una multitud de mujeres y hombres que sufren el peso intolerable de la miseria, de la desintegración familiar, el analfabetismo y el desempleo. Se dan un sin fin de situaciones producto de estructuras económicas, sociales y políticas injustas que en su carrera por el poder se han olvidado de restaurar la dignidad y el rostro humano.
"En este mundo enfermo, por la falta de valores morales, donde la esperanza está agonizando, es indispensable el reconocimiento de la dignidad de la persona, en especial, de la mujer mediante el respeto y la defensa de sus derechos. Esta transformación deberá ser la base del desarrollo democrático de nuestro país.
Es así como hoy el grupo parlamentario de Acción Nacional, recuerda a esta asamblea que el 26 de diciembre de 1946, el diputado panista Miguel Ramírez, exigió que para complementar y garantizar la vida de la institución del municipio libre, entre otras cosas, era necesario hacer participar activamente y con eficacia jurídica a la mujer en la vida pública municipal. Por lo que en las votaciones municipales la mujer tendría derecho al voto activo y pasivo, en las mismas condiciones que el hombre.
Posteriormente, el 9 de diciembre de 1952, el diputado Francisco Chávez, también de Acción Nacional, insistió en que se pusiera en vigor la reforma del artículo 34, iniciada en 1937, en donde todas las mujeres y hombres son ciudadanos de la República, teniendo la calidad de mexicanos. Sin embargo, la mujer seguía sin tener un reconocimiento pleno de su capacidad ciudadana y de su fecunda aportación a la vida del país."
Días después, en un voto particular, el diputado Francisco Chávez González, como miembro de la Comisión Primera de Puntos Constitucionales, formuló, al respecto del dictamen sobre la iniciativa del presidente Ruiz Cortines, un voto particular en lo relativo a la ciudadanía de la mujer y cito:
"En el esfuerzo de formación y organización ciudadana que desde 1939 viene realizando el Partido Acción Nacional, ha sido tema constante y exigencia reiterada, el de la participación de la mujer en la decisión de los problemas nacionales. Insistentemente ha pedido Acción Nacional el reconocimiento de la justificación y del inmenso valor que para el bien de México tiene la participación femenina y ha hecho repetidas demandas para que ese reconocimiento sea explícitamente incorporado tanto en la Constitución Federal como en las locales, en la legislación municipal y en las leyes electorales. Es, pues, muy satisfactorio para los diputados de Acción Nacional, la realización de reconocimiento cabal y sin restricciones, de la capacidad ciudadana de la mujer.
No suscribo el dictamen que rinden las comisiones unidas primera de Puntos Constitucionales y primera de Gobernación, porque insiste en el error de hacer una representación antihistórica y partidista del problema. No es de ahora ni de hace 15 años ni de 40 ni dos siquiera, de donde nace la posibilidad y la justificación de que la mujer participe adecuadamente en la vida pública.
Tampoco es admisible que se pretenda dar a esa participación el aspecto de concesión o conquista de un partido político. La mujer mexicana, en todos los rumbos económicos, sociales y políticos de México, ha tenido siempre las virtudes y los merecimientos que hoy se invocan como fundamento de la reforma propuesta. Y tal reforma, por otra parte, sólo podrá tener plena realización cuando sea concebida no como empresa de partido, sino como reconocimiento nacional unánime de esos merecimientos y virtudes.
Como empeño nacional también de no dejar como letra muerta en la ley escrita el derecho a la ciudadanía, sino de organizarlo, respetarlo y darle la plenitud de libertad, responsabilidad y eficacia que deben tener para el bien de México." Término de la cita.
Haciendo hoy un análisis comparativo de la participación de la mujer y el hombre en políticas gubernamentales. en cargos públicos, en los partidos políticos y en general en puestos de dirección en México, muestra que ni el proceso de democratización ni las transformaciones descentralizadoras del Estado han modificado significativamente la participación de las mujeres en las estructuras de poder.
En 1994, las mujeres ocuparon sólo el 14.3% en órganos federales. El 6.7% en Poder Ejecutivo. El 13% en el Poder Judicial y menos del 20% en el Legislativo. En este desequilibrio debemos preguntarnos sobre las razones que expliquen la falta de correspondencia entre una tendencia democratizante en general y la participación de las mujeres en lo particular.
El impulso explícito a la participación de las mujeres en puestos de decisión se podría considerar como una posibilidad de construir espacios más democráticos. donde se logre una mayor inmediación entre los actores de los conflictos para plantear soluciones.
Hoy los partidos políticos incluyen en sus programas y políticas asuntos relacionados con la mujer, enfocan sus necesidades inmediatas, se sustentan en los derechos humanos y reconocen la necesidad de que la mujer se incorpore plenamente al proceso democrático. Sin embargo, reproducen en sus estructuras internas las mismas tendencias discriminatorias.
La mujer ha participado en la política y ha sido considerada como ciudadana sólo en función de su derecho al voto. Sin embargo, la inclusión de mujeres en puestos de gobierno es un fenómeno reciente.
La participación de las mujeres, en el Poder Ejecutivo nacional es escasa. Sólo seis mujeres han sido secretarias de Estado, desde 1981, cuando se nombró a la primera.
En las subsecretarías en 1991, 12 mujeres. Limitando su presencia a las secretarías como Educación Pública, Turismo, Relaciones Exteriores, Salud y Pesca, han tenido presencia.
En los últimos años se ha producido un incremento de la participación de la mujer en funciones de dirección al interior de las secretarias de Estado, con el 4.2%.
En 15 años sólo tres mujeres han sido gobernadoras.
Respecto a las presidencias municipales, en 1993, de 2 mil 393 presidentes, sólo 68 eran mujeres, es decir, el 2.8%.
El porcentaje de participación femenina ha sido mayor en las delegaciones del Distrito Federal, por ejemplo, aunque descendió de un 25% en 1986 al 18.8% en 1993.
En la última legislatura, la pasada, la presencia femenina representó sólo el 13.7% en el Senado, de 128 senadores 17 son mujeres.
En la diputación de 500 diputados, 71 somos mujeres.
Como es tradicional, la presencia de mujeres en los cargos suplentes fue la mayor. Dentro del Poder Judicial la presencia de la mujer ha aumentado de 1980 a 1994, ocupando cargos de alta jerarquía: el 20% ministras, el 12% magistradas y el 23% de jueces de distrito.
Una de las características sobresalientes de Acción Nacional en este aspecto de la mujer, es que siempre ha sustentado sus acciones, sus plataformas y sus programas en la persona humana. Por eso se dice que su gran aportación es un cuerpo de doctrina humanista que tiene como centro la eminente dignidad de la persona humana al servicio de la cual se ponen las condiciones necesarias para que se desarrolle y sea agente fundamental en la procuración del bien común.
La persona humana para cumplir con su fin, necesita asociarse con sus semejantes. Después de la familia, primer núcleo social, existe una forma superior de comunidad que es el municipio, cuyo fin es asegurar a la persona, mujer u hombre, las condiciones económicas, políticas y sociales que le permitan su pleno desarrollo.
Dentro de ese desarrollo la labor conjunta de mujeres y hombres ha sido fundamental. Pero a causa de patrones socioculturales la mujer ha sido marginada y ha limitado su acceso a puestos de toma de decisiones internas y de cargos en el gobierno, situación que no responde a las necesidades o aspiraciones de más de la mitad de los mexicanos.
Es justo hacer referencia a la labor que Acción Nacional ha realizado con respecto a la mujer. El mayor beneficio que el partido le ha dado es el mismo partido, con su doctrina basada en el respeto a la dignidad de la persona y en la búsqueda del bien común y sus características esenciales, como son: la reivindicación moral de la política, el avance hacia la democracia convertida en forma de vida y de gobierno y propiciar la posibilidad de una vida pública congruente con la vida privada.
Desde su fundación, don Manuel Gómez Morín incorporó a las mujeres a la vida del partido, porque quería demostrar que la política era una noble empresa donde podían participar las esposas, madres e hijas sin temor alguno. Al mismo tiempo quería que la misma mujer impregnara las labores del partido con sus cualidades inherentes.
Desde antes de que a la mujer se le reconociera su derecho al voto en 1953, el PAN ya había exigido ese reconocimiento de los derechos de la mujer en 1939. Las palabras de don Efraín González Luna lo confirman: "conforme a la naturaleza la mujer y el hombre debieron participar siempre en las funciones cívicas y políticas y no debió la ley civil establecer distinción".
Los pronunciamientos y declaraciones sobre lo que el partido piensa sobre la mujer y su situación en la sociedad mexicana, han cambiado para dar respuesta a las exigencias que cada etapa requiere. Ya en 1980, el primer congreso femenino se pronunció por la necesidad de la reforma de las estructuras económicas, sociales y políticas para liberar a la gran masa desposeída de mujeres marginadas, por crear en la mujer una conciencia plena de su potencial como persona, teniendo como base una auténtica y racional autovaloración y por abrirle posibilidades reales de capacitación integral.
En cuanto a la integración de la mujer dentro de la organización del Partido Acción Nacional se propuso considerar a la mujer en un plano de igualdad con el hombre, reconociendo que es igualmente capaz; congruente con ello incorporó varias mujeres en el consejo nacional de 1953.
La presencia de la mujer en la organización del partido ha sido constante, ya sea en el trabajo voluntario, como activista, candidata, dirigente, legisladora o funcionaria. El presidente del partido en 1980, Abel Vicencio Tovar, afirmó: "ningún partido político moderno puede permitirse ya discriminaciones por el sexo de sus militantes. Quienes sostengan que la mujer sólo debe desempeñar cierto tipo de tareas y estar confinadas a ciertas áreas, están mutilando la pluralidad de la sociedad y privando a su organización de la riqueza que aporta su eficiente actividad y el punto de vista femenino que enriquece y complementa".
El llamado del PAN a rescatar para México los valores del espíritu y de la cultura a través del trabajo político, encontró eco en un gran número de mujeres que hemos tomado esa responsabilidad. Hemos contribuido a lograr que muchas tomemos conciencia de la realidad nacional y tratemos de cambiarla.
Hemos despertado en otras mujeres la confianza en la política y en la viabilidad de la oposición.
Con Acción Nacional, muchas mujeres hemos aprendido a hacer crítica y a ejercer vigilancia de los actos de gobierno. Nos ha apoyado y orientado para que nos organicemos y logremos reivindicar en la sociedad los espacios de acción ciudadana independiente del gobierno.
El Partido Acción Nacional, un partido de mujeres y hombres, ha ayudado a las mujeres a creer que no es posible pasar sin dejar huella y nos ha convencido de que somos fundamentales para lograr una patria ordenada y generosa y una vida mejor y más digna para todos.
Gracias.
El Presidente:
Para rectificar hechos y hasta por cinco minutos, tiene la palabra la diputada Rosario Robles, del Partido de la Revolución Democrática.
La diputada María del Rosario Robles Berlanga:
Muy brevemente, compañeras y compañeros legisladores:
Quisiera sentar aquí una posición muy clara, el derecho al voto lo conquistamos las mujeres con nuestra movilización. Desde la instalación del Constituyente de 1917, las mujeres, año con año se paraban en las escaleras del Congreso portando pancartas, exigiendo este derecho político fundamental.
No fue un señor, fuimos las mujeres, fueron las mujeres con nuestra lucha, mujeres algunas que todavía se encuentran entre nosotras, mujeres que han sido reconocidas en el plano nacional y en el plano internacional, miles de mujeres que formaron el Frente por Derechos de la Mujer y, que desde la época cardenista exigieron el reconocimiento de nuestros derechos políticos.
Es esta lucha incansable, permanente y constante, la que permitió que en 1953, hasta 1953 se reconociera un derecho o el derecho que teníamos las mujeres de ejercer el voto y yo creo, compañeras y compañeros, que a pesar de que aquí se diga que fue gracias a determinado partido, fue gracias a la pelea que dieron en aquellos momentos nuestras abuelas y, va a ser gracias a la pelea que vamos a dar las mujeres esperamos de todos los partidos políticos en este año que tendremos también el derecho a ejercer plenamente y de manera equitativa la posibilidad de ser votada y estar representando a las mujeres en estos espacios legislativos en la proporción que nos corresponde de acuerdo a nuestra presencia, a nuestra aportación y a nuestra importante movilización en la sociedad. Él voto de las mujeres es precisamente el triunfo de las mujeres y las mujeres triunfaremos ahora en las reformas al código electoral con el derecho a una participación y a un reconocimiento equitativo.
Y tan es necesario que hay fracciones parlamentarias que tienen muy pocas mujeres a diferencia de otras que somos más pequeñas en nuestra representación, pero que contamos, gracias a este tipo de acciones afirmativas, con una presencia muy importante de mujeres.
Esos son los hechos que hablan y no las palabras.
Gracias.
COMARCA LAGUNERA
El Presidente:
Para dar lectura a una proposición sobre La Laguna, se concede el uso de la palabra al diputado Rafael Jacobo García, de la fracción parlamentaria del PRD.
El diputado Rafael Jacobo García:
Con su venia, señor Presidente:
«Un plan de emergencia especial por parte del Gobierno Federal, para salvar de la hambruna y el desastre, a la población rural de la Comarca Lagunera.
Compañeras y compañeros diputados:
El pasado 6 de octubre se celebró en la Comarca Lagunera el LX aniversario del importante e histórico decreto expedido por el presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, general lázaro Cárdenas del Río, que dio fin al conflicto laboral entre el sindicato de los obreros agrícolas y los hacendados, dueños hasta entonces de tierras y vidas.
La lucha incansable de los asalariados agrícolas después de tres huelgas laborales logró la expedición del decreto expropiatorio de los grandes latifundios, el cual hizo posible para ellos realizar su ancestral aspiración de ser dueños de su propia vida y de ser poseedores de un pedazo de tierra.
El reparto de las tierras de La Laguna, entonces en manos de unos cuantos extranjeros, modificó radicalmente la situación económica y política de los laguneros; el sistema de trabajo colectivo que se adoptó, permitió que ninguna hectárea de tierra se quedara ociosa y con ello, que la región Lagunera se convirtiera en un verdadero emporio económico y productivo, como consecuencia, primero, de la experiencia y capacidad de los campesinos para producir cultivos como el algodón, el melón y la sandia; segundo, por la calidad de las tierras y el apoyo financiero que del Gobierno Federal obtuvieron y tercero, por la forma de trabajo adaptada de organización colectiva para aprovechar mejor los recursos naturales, el uso de la tierra, el agua, los implementos agrícolas y de esa forma transformar el sistema de la vieja hacienda de irracional explotación feudal, al uso extensivo e intensivo de la tierra, de igual forma que los financiamientos, la administración, el control de cosechas y su comercialización.
A esas formas de organización, de verdadera disciplina en el trabajo, de honradez en el manejo de los recursos para producir la tierra que la Revolución les entregó se agregó, además, la lucha por créditos baratos y oportunos, por precios justos a las cosechas. Grandes movilizaciones para honrar las fiestas patrias se realizaron a partir de esa fecha, cada 6 de octubre, con la participación de las antiguas defensas rurales armadas en sendos desfiles.
Los antiguos hacendados mantuvieron siempre un acoso contra los ejidos colectivos, a ellos se unieron todos los enemigos del reparto agrario para desprestigiarlo y sabotear los grandes logros en la organización colectiva. Muchos calificativos se lanzaron contra el ejido y el reparto agrario de La Laguna y aquel ejemplo de unidad productiva que integró la agricultura con la industria fue abandonado gradualmente, provocando desaliento y corrupción.
Contra el ejido se instrumentaron todas las formas de desprestigio y se impulsó el aparcelamiento individual como sistema de trabajo, sistema que influyó para mermar a las organizaciones revolucionarias e introducir la corrupción.
Así es que a partir de los años sesenta, comenzó en coincidencia el declive de la economía rural de la posguerra. El proyecto original de hacer del ejido el emporio de la producción agropecuaria a gran escala, enfrentó múltiples obstáculos de dentro y de fuera.
Hoy, a 60 años de distancia, advertimos con tristeza el proceso de desintegración del ejido colectivo y sus efectos sociales. Nos encontramos con una región Lagunera que tiene una problemática cuyo mayor impacto ha recaído en el campesino, quien se ha empobrecido y ha sido abatido por las carteras vencidas. Hoy en la Comarca Lagunera buena parte de la tierra cultivable está ociosa por causas naturales y económicas; las viviendas requieren de reparación y mantenimiento y en general esa región del país es considerada como una de las que más apoyo requieren.
Señoras y señores diputados. Por lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, nos permitimos someter a ustedes el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
Considerando la gravedad de la situación económica por la que atraviesan los habitantes del campo de la Comarca Lagunera de Coahuila y Durango, que fue declarado el año pasado por el Gobierno Federal en situación de emergencia, misma que continúa y tomando en cuenta que el presidente Ernesto Zedillo puso en marcha la Alianza para la Recuperación Económica y el empleo en La Laguna, proponemos:
1. Se destinen mayores recursos al plan que está en marcha para que se multipliquen los apoyos financieros, despensas y materiales para la población que pueda reconstruir sus viviendas y se generen empleos.
2. Que dicho plan amplíe sus recursos en materia de infraestructura parcelaria, lo cual permitirá se siembre una mayor superficie de cultivos para incrementar los empleos en el campo.
3. Realizar a la brevedad posible una reunión con la Secretaría de Agricultura y la Comisión Nacional del Agua, los gobiernos de los estados y los productores, para evaluar los avances del programa iniciado en enero de 1996, buscando la probabilidad de incrementar los fondos de apoyo a la Comarca Lagunera.
Palacio Legislativo, 15 de octubre de 1996.- Esta es la propuesta de punto de acuerdo que proponemos y lo firman el diputado Luis Flores, del PRI, el licenciado Augusto Gómez Villanueva, la diputada Carlota Botey por el PRD y un servidor.»
Muchas gracias.
Pido que esto se turne a comisiones, para que le den el trámite correspondiente.
El Presidente:
Túrnese a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.
COMPAÑIA NACIONAL DE SUBSISTENCIAS POPULARES
El Presidente:
Para hablar sobre investigaciones y denuncias por anomalías de la paraestatal de la Conasupo, se concede el uso de la palabra al diputado Horacio Alejandro Gutiérrez Bravo, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional.
El diputado Horacio Alejandro Gutiérrez Bravo:
Gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores:
Distraigo nuevamente su atención para hacer una breve referencia a las irregularidades y delitos que se dieron en la paraestatal de la Conasupo y en algunas empresas filiales.
La anterior referencia es en virtud de la pasada comparecencia del director general de la Conasupo, el señor Humberto Mosconi, el pasado viernes, el día 11, si no me equivoco, ante diversas comisiones aquí en la Cámara de Diputados.
Fue tan grande el dispendio y la corrupción, las razones por las que quiero insistir, en que no obstante se le haya dado carpetazo por consigna y por decisión de la mayoría a la que fue la comisión investigadora, por lo que debo dejar muy claro a ustedes y al pueblo de México, que el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional no cejará en su empeño de seguir denunciando las irregularidades cometidas y darles el seguimiento correspondiente.
Este desfalco económico y daño moral ocasionado, no puede quedar en el olvido. Descalabros y desfalcos que se deben a la impunidad y corrupción de funcionarios que a su vez obedece en gran parte a la desintegración de los valores éticos y morales del individuo, producto también del problema político, educativo y social que tantos años ha padecido el pueblo de México y no sabemos cuántos más padecerá, círculo vicioso en donde si no hay una verdadera voluntad política para un cambio integral que fomente la educación en un ambiente de tranquilidad, social y económico, donde se inculquen los valores morales necesarios, esta corrupción seguirá en México y se dará en todos los ámbitos, esferas, estratos sociales, partidos y gobiernos.
Si en la actualidad cerca de un 80% de nuestra población vive al día o como dicen "por el día" muchos de ellos, sin siquiera conseguir, incluso lo más indispensable que es comer, ¿cómo les vamos a pedir o exigir educación, respeto, espíritu de servicio, valores morales, cuando no se les puede ofrece de comer y mucho menos trabajo.
El problema es grave y de difícil solución. Repito, si no hay una verdadera voluntad política para un cambio integral, abierto, democrático, buscando el beneficio de la mayoría en la política social y económica, estaremos condenados a tener un país y una sociedad cada vez más desordenada, en que las instituciones se verán debilitadas y consecuencia de ello un estado policiaco con mayor presencia militar para detener la desbordada ola de delincuencia.
No voy a insistir en que sólo el Partido Revolucionario Institucional, partido en el poder durante tantos años, tenga toda la culpa, todos somos responsables en cierto modo, claro, unos más, por eso la máxima de que el pueblo tiene el Gobierno que merece, no es por fastidiar ni hacer quedar más mal ante los ojos de la nación al grupo que controló la Conasupo, sino que necesitamos poner todos nuestro grano de arena para resolver a fondo estos problemas, porque el desfalco fue mayúsculo en beneficio de muy pocos y nunca, nunca en la historia de México y en un sistema neoliberal como el que se adoptó mayormente en el salinato, estos pocos se habían visto tan mayusculamente favorecidos en perjuicio de los más, de una manera tan ofensiva y despreciable.
¿Qué vamos a ganar, compañeros o qué lograremos, cuál será el beneficio con haber vivido regularmente bien, comiendo bien, haber satisfecho nuestras necesidades vitales, incluyendo los ratos de esparcimiento a los que todos tenemos derecho, con haber logrado muchos una profesión, entre nosotros, un modo honesto de vivir, un modesto patrimonio quizá, e incluso haber llegado aquí, la más grande tribuna de la patria, que es el Congreso de la Unión, como diputados federales, si a fin de cuentas no tenemos la tranquilidad de poder mandar a nuestros hijos a la escuela por la violencia y delincuencia que se ha desatado.
Nada menos aquí cuántos de nosotros no hemos sido asaltados.
Tampoco voy a insistir en que se le haya dado carpetazo a la comisión investigadora en contra del espíritu del artículo 93 constitucional, haciéndose uso de las prerrogativas que la mayoría tiene en este parlamento, puesto que pese a las evidencias de irregularidades y a las pruebas de enriquecimiento ilícito de Raúl Salinas de Gortari y muchos funcionarios más que debieron investigarse, el PRI cerró el caso, quizá porque el actual Presidente apareció en una de las presuntas irregularidades o porque el ambiente electoral a futuro no les será propicio si se sigue dirimiendo a nivel nacional esta controversia.
Qué casualidad que hasta ahora, precisamente en la pasada comparecencia del director de la Conasupo, el señor Humberto Mosconi, se hizo oficial que la contraloría presentó denuncia por defraudación en contra de Salvador Jordano Gómez, ¿por qué después de dos años de Gobierno de la actual administración, si estas irregularidades de Jordano y socios tienen más de seis años de conocidas? ¿Por qué hasta ahora hay supuesta voluntad, por la presión ciudadana será, por el escándalo de encubrimiento del régimen del salinato, de los pocos resultados obtenidos de la que fue la comisión investigadora.
En la denuncia penal contra Salvador Jordano había cantidad de considerables antecedentes de su administración, que tuvieron a la vista no sólo Arsenio Farell Cubillas, sino las dos responsables de la Contraloría que lo antecedieron: María Elena Vázquez Nava y Norma Samaniego.
Me pregunto, ¿por qué a casi seis años de que se conoció que Salvador Jordano Gómez, quien junto con Raúl Salinas hizo tantos negocios turbios, hasta ahora se pide ejercer acción penal en su contra.
María Elena Vázquez Nava, en aquel entonces entregó, también al entonces presidente de la República, Carlos Salinas de Gortari, informando de las irregularidades cometidas por su hermano Raúl, por lo que le impusieron como subsecretario precisamente de la Contraloría a Salvador Jordano, quien se encargaría de limpiar en esa dependencia el expediente de los Salinas. ¿Por qué Norma Samaniego fue víctima de un atentado y amenazas de muerte, hasta que la hicieron renunciar para que llegara Farell Cubillas.
Se requieren acciones gubernamentales más enérgicas, probadas y eficientes, no sólo de estrategias para evadir la inquietud ciudadana, sino acciones que combatan la inestabilidad social y la miseria que impera en México, que fortalezca la economía, que fortalezca las instituciones y la credibilidad y esperanza de nuestro pueblo.
Y no se trata de hacer leña del árbol caído, ni seguir criticando sin proponer, se trata de sensibilizar a la mayoría, sin sarcasmo y sin ironía, que el pueblo ya no da para más.
Busquemos juntos una solución al grave problema que nos aqueja, que es la pobreza extrema en gran parte de la sociedad, debido a la corrupción e impunidad de muchos, quienes nos han gobernado y han tenido el control de las instituciones.
Comprendamos que México ha entrado a una nueva etapa de problemas y conmociones en donde, si todos los mexicanos nos esforzamos para cumplir nuestros deberes, anteponiendo el interés nacional a los intereses individuales, desterrando el egoísmo, la voracidad y el desbordante afán de riqueza, quizá aún podamos salir adelante de esta dura prueba.
Muchas gracias, compañeros.
ESTADO DE MEXICO
El Presidente:
Para hablar sobre el proceso electoral en el Estado de México, se concede el uso de la palabra al diputado Anselmo García Cruz, del grupo parlamentario del PRD.
El diputado Anselmo García Cruz:
Con su permiso, señor Presidente; compañeras diputadas, compañeros diputados:
El 10 de noviembre habrá elecciones en el Estado de México, para renovar la legislatura local y los ayuntamientos de los 122 municipios del Estado de México.
Estas no son unas elecciones más, se trata de las elecciones de uno de los estados más poblados del país y el preámbulo de las elecciones federales de 1997 y del 2000. De ahí su importancia y trascendencia.
Por ello vengo a denunciar ante esta soberanía la serie de irregularidades que el Gobierno y el PRI están cometiendo en este proceso electoral, irregularidades que son violatorias de la ley y contrarias a los más elementales principios de la democracia, como es el hecho de que se hayan incrementado los topes de gastos de campaña hasta en 11 pesos, aproximadamente por elector, lo que constituye una agresión al pueblo trabajador que apenas gana 22 pesos diarios.
Durante este proceso, a pesar del discurso oficial, se siguen utilizando los viejos métodos del priísmo dinosáurico y otros más sofisticados, pero orientados a impedir el libre ejercicio del sufragio universal y secreto.
Se utilizan los recursos y los programas del Gobierno, para la compra del voto y de la conciencia y fortalecer así las campañas de los candidatos del PRI.
Recursos que van desde la utilización de vehículos de los ayuntamientos, hasta programas de desarrollo social como el del ramo 26, el plan joven y programas del propio DIF, que su aplicación se condiciona si se acepta votar por el PRI.
Con el programa del ramo 26 en el Estado de México, no se combate a la pobreza, sino a la oposición y al desarrollo de la democracia. Desde luego cuando esto no les funciona se recurre a la amenaza y hasta la agresión directa.
Para ilustrar a esta honorable Asamblea sólo mencionaré como ejemplo algunos casos concretos:
En el municipio de Juchitepec el día 2 de octubre a las 11:30 horas aproximadamente, el presidente municipal, Edmundo Vargas Romero, su esposa Margarita, junto con el candidato del PRI a la presidencia, Arturo Camacho Linares, amenazaron a los beneficiarios de despensas que proporciona el DIF, que si no votaban por el PRI se suspendería el servicio de entrega de dichas despensas.
En el municipio del valle de Chalco, la candidata del Partido de la Revolución Democrática a la presidencia municipal, ciudadana Blanca Alicia Vázquez López, fue agredida por un sujeto de nombre Arturo Aguirre, que junto con su hijo, ambos líderes tianguistas, por cierto, intentaron estrangularla con el cable del micrófono. Esto ocurrió cuando se realizaba un mitin de campaña en la colonia Santiago a las 8:30 de la mañana aproximadamente.
Cabe señalar que en ese momento se encontraba la patrulla 49, quien lejos de impedir la agresión, más bien optó por pedir refuerzos, para proteger a los agresores. Estos hechos fueron denunciados ante la agencia del Ministerio Público, iniciándose la averiguación previa B/CHA/1/2005/96.
En Los Reyes, La Paz, militantes del PRD y promotores del voto, han sido objeto de una campaña sistemática de hostigamiento y persecución, al grado de haber sufrido atentados contra su propia vida. Estamos recabando los elementos necesarios, para presentar las denuncias correspondientes y exigir el esclarecimiento y castigo a los responsables materiales e intelectuales de estas agresiones y delitos electorales.
En el municipio de Ecatepec, el 10 de octubre, el candidato a la presidencia municipal del PRD, ciudadano Antonio Cantú Puente, al regresar de un mitin en el que había estado acompañado del presidente nacional del PRD, licenciado Andrés Manuel López Obrador, encontró su vehículo con graves daños, le habían ponchado las llantas, rayado la pintura, roto los espejos y los cristales; hechos que fueron denunciados ante el Ministerio Público, iniciándose la averiguación previa EM/III/6881/96.
El pasado 15 de octubre, nuevamente le rompieron los cristales de su automóvil y sustrajeron una grabadora, cassette, videos en los que se demostraban las irregularidades y violaciones a la ley cometidas por el candidato del PRI y del actual presidente municipal; sus documentos personales, credenciales que lo acreditan como periodista y militante del PRD. De estos hechos, el Ministerio Público de la colonia San Agustín se negó a recibir la denuncia remitiéndolos a la oficialía conciliadora y calificadora de la colonia Granjas, Valle de Guadalupe, levantándose el acta 572/II.
El día 14 de octubre, el compañero Pánfilo Márquez Vargas, militante y promotor del voto del PRD salió de su domicilio particular a las 21 :00 horas, para dirigirse a la reunión de balance que se realizaría en la casa del candidato Reyno Hernández, en la colonia Almárcigo, reunión a la que nunca llegó. Este compañero, lamentablemente fue encontrado hasta las 3:00 de la mañana del día 15 de octubre en un barranco de la colonia Tultetlac, fue víctima de cinco puñaladas que lo tienen al borde de la muerte, en el hospital de urgencias de La Villa. Los hechos se encuentran asentados en la averiguación previa 36/630/96-10.
Para el PRD estos hechos, además de ser violaciones a la ley y constitutivos de delitos electorales, son una franca provocación a quienes aspiramos transitar a la democracia por la vía de la paz y la legalidad. ¿Quién o quiénes realizan estas agresiones? ¿Los duros? ¿Los caciques? ¿O los dinosaurios del sistema? ¿Son éstos los principios y valores con que el PRI y el Gobierno pretenden cerrarle el paso a quienes creen que el camino para asumir al poder no es la vía electoral, sino la lucha armada? A nuestro juicio, el PRI y el Gobierno han decidido apuntalar estos métodos para impedir una estrepitosa derrota ante las fuerzas democráticas y progresistas en el Estado que pudiera, al mismo tiempo, poner en peligro la candidatura para el 2000 del jefe del despacho de Bucareli, del licenciado Emilio Chuayffet Chemor.
No dudamos de que ésta sea la preocupación y el interés del nuevo jefe del grupo de las "Llanuras de Atlacomulco", quien por cierto llego a gobernador con 2 millones de votos más que Salinas y Cuauhtémoc Cárdenas, juntos en 1988 y desde luego, con su firma, en las credenciales de elector de los ciudadanos; pero que obviamente a pesar de insistir en que cumpliría con el mandato popular, finalmente optó por desobedecerlo y aceptar la Secretaria de Gobernación desde donde sigue gobernando a control remoto el Estado de México.
Compañeras y compañeros diputados: la Constitución Política establece que la soberanía reside esencial y originalmente en el pueblo; todo poder público dimana del pueblo y se instituye en beneficio de éste. En tal virtud y por los hechos que hemos señalado, el pueblo del Estado de México no podrá trasmitir su soberanía a quien pretende representarlo, si está cometiendo graves violaciones a la legalidad e incumpliendo estos principios constitucionales.
Hoy, la situación nacional exige y nos obliga a vigilar que los principios que rigen el proceso electoral se cumplan escrupulosamente: la legalidad, la imparcialidad, la certeza, la objetividad y el profesionalismo para obtener comicios en los que el carácter universal libre y secreto del voto se exprese.
Si la fuente de legitimidad del poder público sólo puede ser la suma de voluntades individuales que sin restricciones de manera libre y secreta se manifieste, entonces se requiere de condiciones que permitan al elector reflexionar al momento de la emisión de su voto, sobre cuál es la decisión más acertada bajo su estricta responsabilidad, única, individual y personalísima. Sin amenazas, sin temor a la represalia de pérdida de los beneficios materiales de la libertad, el trabajo o la vida misma.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para hablar sobre el mismo tema, se concede el uso de la palabra al diputado Saulo Rubén Jiménez Leal, del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Saulo Rubén Jiménez Leal:
Muchas gracias, señor Presidente; muy honorables y respetables compañeras y compañeros diputados:
Antes de reflexionar brevemente sobre lo expuesto en este momento, quiero exponer a ustedes y presentar el marco en el que se está dando el proceso electoral, ciertamente como aquí se ha dicho muy importante en el Estado de México.
Impulsado por el gobernador César Camacho, por los partidos políticos y por la ciudadanía, el 2 de marzo de 1995, entró en vigor la reforma integrada a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el nuevo texto constitucional; se preservan los principios fundamentales que enmarcan el sistema electoral de la entidad; se modificó la integración del Poder Legislativo; se suprimió el Colegio Electoral para la calificación de las elecciones de diputados y de ayuntamientos; se sistematizaron y complementaron los requisitos de elegibilidad para los cargos de gobernador, diputados y miembros de los ayuntamientos.
La nueva legislación electoral prevé el Instituto Electoral del Estado de México, como organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, responsables de organizar las elecciones. El instituto electoral es la autoridad a la que se confieran las responsabilidades señaladas por nuestra Constitución particular, de modo que los procesos electorales se realicen conforme a los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.
En la Constitución renovada, se exalta la participación de los ciudadanos, de los partidos políticos y de las autoridades en los procesos electorales; se prevé el establecimiento de un sistema de medios de impugnación y de un tribunal autónomo con jurisdicción en materia electoral y estatuyéndose que las resoluciones del tribunal electoral serán definitivas e inatacables.
El nuevo Código Electoral del Estado de México, incorporó aportaciones importantes de los partidos políticos, de las fracciones legislativas y de ciudadanos que por si o a través de sus diputados expresaron durante las jornadas de estudio y de análisis que llevaron a cabo tanto las comisiones de dictamen como el pleno de la legislatura.
Este nuevo ordenamiento jurídico contiene los principios, las normas, las instituciones, los procedimientos, los derechos y las obligaciones de los ciudadanos, de los partidos y de las autoridades electorales que garantizan el fortalecimiento de nuestro sistema electoral, el desarrollo de procesos electorales más cercanos al ideal de los mexiquenses y propiciarán como todos lo deseamos, una competencia respetuosa, responsable y madura, entre las diversas fuerzas políticas del Estado y al mismo tiempo darán lugar a una jornada electoral que se signifique por la más amplia participación ciudadana y para que, sujetos todos al exacto cumplimiento de la ley, concluya con elecciones transparentes e inobjetables como deben ser.
No hay reformas electorales definitivas, porque las condiciones de cada una, modifica en si, su tiempo, su espacio; son cambiantes como la sociedad que las protagoniza; se cambia para mantener vivos los principios fundamentales, pero al hacerlos perdurar, se transforma la realidad que uno vive y se sientan las bases para nuevos cambios. Lo que hoy es válido en la competencia por el poder público, mañana puede ya no serlo. Lo único que no debe cambiar, es la firme voluntad de hacer que la norma se traduzca en hechos, los propósitos en metas alcanzables y las expectativas en una visión objetiva de que se puede lograr.
Por ello, más que hablar de la reforma es mejor referirse a la voluntad de reformar y ésa debe ser permanente.
El Código Electoral del Estado de México, plantea nuevas reglas para la competencia entre partidos, de modo que ésta se lleve a cabo con el firme basamento de la ley. A todos corresponde que su aplicación no defraude su espíritu, no traicione su letra y no sirva para encubrir situaciones que en aras de superar conflictos, pueda contrariar la voluntad de los ciudadanos libremente expresada.
En el Estado de México, con el nuevo código, se busca dar mayor transparencia a los procesos electorales para que sobre éstos recaiga la confianza, la credibilidad y, sobre todo, el orgullo fundado de ser capaces, de hacer frente a cada desafío con unidad. A todos corresponde que las elecciones venideras sean ejemplares para que en el desempeño de cada quien no haya vicios ni defectos. Este es el ámbito, éste es el marco, compañeras y compañeros diputados, que se está dando, que buscamos todos se dé puntualmente en el Estado de México.
Por ello reflexiono en este momento, por lo menos en dos de los puntos tocados aquí hace un momento:
No se trata hoy en día de descalificar absolutamente a ningún partido político de antemano, se trata de establecer con claridad, compañeras y compañeros diputados, lo que debe hacerse, acentuado en el nuevo código y confirmado en la ley. Por ello nos extraña sobremanera, que, por ejemplo, aquí se traiga un caso tan extraño y verdaderamente extraño por lo siguiente: cuando se habla del caso de Juchitepec, se dice que el presidente municipal hace campaña junto con el candidato del PRI a la presidencia municipal, en un lugar propio del palacio municipal en donde se están entregando despensas.
La realidad es que efectivamente el candidato del PRI camina por ahí a hacer gestiones particulares y es interpelado por el candidato, mejor dicho, por el presidente Municipal en funciones de Juchitepec y lo invita a que siga su ejemplo en el trabajo de entregar despensas a la comunidad, porque le parece y a nosotros también, en términos generales, que es una actitud muy importante de beneficio colectivo. Y nosotros estamos totalmente de acuerdo, compañeros, en que debe castigarse hasta ese grado si ha violentado el código o la ley. Sólo que quiero hacer una pequeña aclaración. El presidente municipal de Juchitepec, pertenece al Partido de la Revolución Democrática. Por lo tanto, entonces, es importante que si hay que aplicar la ley, se aplique como debe de ser.
El caso del valle de Chalco, ciertamente una muy respetable candidata del Partido de la Revolución Democrática, asiste a un tianguis en donde requiere de ocupar un cierto espacio haciendo a un lado a los comerciantes mismos y las propias mujeres del tianguis se oponen. Está confirmado que el candidato a suplente regidor, del PRI, no intervino para nada. Sin embargo, nosotros estamos totalmente de acuerdo en que lo que tenga que hacerse, se haga. ¡Que se denuncie lo que tenga qué hacerse! ¡No queremos ni esperamos ni buscamos un proceso violento; buscamos un proceso pacifico los priístas mexiquenses! ¡Queremos un partido nuestro ahí, trabajando con limpieza, como seguramente lo están haciendo los demás partidos políticos! ¡Queremos un proceso transparente, limpio; de tal suerte que haya credibilidad de los ciudadanos del Estado de México!
¡Nosotros, desde esta tribuna, declaramos públicamente que nos sumaremos a cualquier denuncia que tenga que hacerse en contra de quienes violenten el código y la ley! ¡Que los priístas estamos dispuestos a hacerlo, porque es parte de nuestra oferta política, es parte de lo que queremos que sepa la ciudadanía: que queremos este proceso limpio y transparente!
¡En ese tenor, en ese ámbito, compañeras y compañeros diputados, nosotros establecemos aquí que es importante para el Estado de México cambiar actitudes! ¡No es ni denostando, no es ni ofendiendo ni es tratando de crear fantasmas que no existen, como se podrá llevar a efecto un proceso como lo quieren los ciudadanos del Estado de México! ¡Hoy en el Estado de México requieren verdad en todos los ámbitos de los partidos políticos! ¡Cada uno hoy tiene su propia oferta! ¡Hagámosla llegar y que sean los ciudadanos del Estado de México los que decidan por qué y para cuándo, cómo y de qué manera votar en las elecciones del 10 de noviembre!
¡Nosotros, el Partido Revolucionario Institucional, los mexiquenses, ofrecemos cumplir cabalmente el código y la ley! ¡De esta forma podemos honrar a los ciudadanos del Estado de México! ¡A eso los invitamos, compañeros:
Muchas gracias.
El Presidente:
Para rectificar hechos y hasta por cinco minutos, se concede el uso de la palabra al diputado Anselmo García Cruz, del Partido de la Revolución Democrática.
El diputado Anselmo García Cruz:
Muchas gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:
Lo primero que quiero aclarar es que nosotros no estamos en contra de que se apliquen los programas sociales en beneficio de quienes verdaderamente lo necesitan. De lo que se trata aquí es de la utilización de estos programas mas y de estos recursos en beneficio de un determinado partido y candidato, con nombre y apellido.
El presidente municipal de Juchitepec, junto con !os candidatos del PRI, condicionaron la entrega de las despensas, siempre y cuando éstos se comprometieran a votar por el PRI y más aún: señalaron que si no votaban por el PRI, entonces se iba a suspender la entrega de estas despensas.
¡Esto no sólo es contrario a los principios más elementales desde el punto de vista humanitario, sino que se trata de una acción ilegal y que se constituye en un delito electoral!
¡Aquí, quiero precisar que el presidente de Juchitepec no es militante ni miembro del PRD! Pero independientemente del partido que sea, el asunto aquí está en que ha cometido ilícitos y en ese sentido deben ser esclarecidos y sancionados.
Si la propuesta del diputado que me antecedió en el uso de la palabra es de que se sancione, que se aplique la ley, yo digo: sea, actuemos, que todos nos pronunciemos porque se sancione de manera ejemplar a aquel funcionario que independientemente del partido que sea y que cometa un ilícito, sea castigado.
Y en esa idea, diputado, yo lo invito a que exijamos que se aplique todo el rigor de la ley contra éste y contra cualquier otro funcionario. ¡Toda la fuerza dei Estado!, efectivamente.
Pero más aún, me parece que es oportuno y en función de lo que aquí planteaba el señor diputado, que nosotros retomemos la experiencia de lo que fue el proceso electoral en el Estado de Guerrero y que en todo caso desde ahora nos comprometamos todos a vigilar, a estar de cerca en este proceso, para que seamos testigos y haya una garantía también de que será un proceso limpio y transparente.
Actuemos en el mismo sentido, en consecuencia. Conformemos, sería la propuesta, una comisión de esta Cámara para que le dé seguimiento desde ahora al proceso electoral en el Estado de México.
Muchas gracias.
PROBLEMAS ALIMENTARIOS
El Presidente:
Para hacer uso de la palabra, con el tema problema de alimentación en México, se le concede el uso de la misma a la diputada Margarita Villanueva Ramírez, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional.
La diputada Margarita Villanueva Ramírez:
Con su permiso, señor Presidente; señoras y señores diputados:
México festejó el Día Mundial de la Alimentación con aproximadamente 4 millones de familias que viven en extrema pobreza y que no alcanzan a satisfacer sus necesidades elementales. Actualmente el 80% de niños que nacen en nuestro país provienen de estas familias y comprende 20 millones de personas.
El subdirector del Instituto Nacional de Nutrición, el doctor Adolfo Chávez, mencionó que el 50% de la población infantil en México padece desnutrición en algunos de sus grados. Esta realidad se ha manifestado en un círculo vicioso entre desnutrición y pobreza. Los seres humanos son mal nutridos, porque son pobres y son pobres porque son mal nutridos.
El subdesarrollo es un concepto de la economía que como tal es relativo, que implica pobreza, miseria y desempleo. Estas condiciones limitan las oportunidades de la gente para satisfacer sus necesidades básicas, entre ellas una dieta suficiente y equilibrada. Mientras mayor es la frecuencia de estos factores menor es el ingreso promedio por persona y mayor la disminución de la producción y de la productividad. El agregado de estos factores genera desnutrición que induce al subdesarrollo, con lo cual se mantiene el círculo vicioso.
La desnutrición lleva a la muerte. En México, el número de niños de cero a cinco años que mueren por esta causa son alrededor de 2 millones por año. Más del 70% de la población infantil de México tiene una alimentación deficiente; 40 millones de mexicanos padecen desnutrición crónica y de éstos 24 millones son niños, que son también asediados por diversas enfermedades, lo cual interfiere con el rendimiento escolar y con la eficacia de la fuerza de trabajo. La producción, la productividad y el ingreso dependen directamente de estas variables con los que se agrava el subdesarrollo y que, a su vez, aumenta la incidencia de la mala alimentación y se vuelve a cerrar el círculo vicioso.
Como consecuencia, el Gobierno se ve obligado a gastar más en servicios sociales sin obtener los rendimientos esperados y la pobreza va en aumento. Los programas del Gobierno mexicano para contrarrestar la miseria son indefinidos y no han tenido los resultados deseados ni el impacto esperado al número de población que lo requiere. La pobreza es un problema social, complejo y para atender a la población objetivo ha de considerarse las estructuras socioeconómicas, el ámbito sociocultural y los factores concretos que condicionan el acceso a los beneficiarios y no con la finalidad de asignar un subsidio como mero agregado estadístico.
Hay consenso de que las deficiencias nutricionales en larga medida son el resultado directo de la pobreza, en términos de un ingreso que no alcanza a satisfacer las necesidades vitales de la familia. El profesor Thomas Coleman señala que el camino para una mejor nutrición es elevando el ingreso.
Doctor Zedillo no quisiéramos que al término de su mandato pidiera perdón a los mexicanos como lo hizo López Portillo, en los años setenta al referirse a los desposeídos y marginados. Si algo pudiera darle seria perdón por no haber acertado todavía a sacarlos de su postración.
Y nuestra preocupación crece en cuanto a la honestidad en el manejo de los subsidios, no deseamos más un caso como el de la Conasupo en el que se perdieron 2 mil 366 toneladas de leche en polvo equivalentes aproximadamente a 63 millones de vasos de leche que hubiesen alimentado a 1 millón de niños mexicanos, por espacio de un mes y a los que Raúl Salinas les robó la oportunidad de una mejor alimentación.
El doctor Magud Jack plantea que el problema del desarrollo se debe definir como un ataque selectivo a las peores formas de pobreza, las metas del desarrollo se deben definir en términos de una reducción progresiva, de una eventual eliminación de la desnutrición, la enfermedad, el analfabetismo, la miseria, el desempleo y las desigualdades y agrega: "se nos enseñó a atender a nuestro producto nacional bruto, ya que éste se preocuparía de la pobreza; revertamos esta secuencia y atendamos a la pobreza, ya que esta se preocupará del producto nacional bruto.
En México, en la política alimentaria como marco de referencia general no figura la nutrición como problema prioritario en las políticas de desarrollo económico y la producción agrícola no está guiada de manera consistente al mejoramiento del estado nutricional de la población y esto obstaculiza para salir del subdesarrollo. Los problemas de alimentación, educación y salud vigentes, son sólo un paliativo ante la enorme deuda social que engloba el 70% de la población.
En el plan nacional de desarrollo y el presupuesto de egresos no se contempla un proyecto concreto de alivio a la pobreza, como es ejemplo en el ramo 26 en el que no se asignan recursos específicamente dirigidos a la alimentación y nutrición, lo que contraviene a los especialistas en pobreza que sugieren encargarse de asignar alimento a los sectores vulnerables y crear una política integral que permita el desarrollo de la sociedad.
Los retos del México moderno son crear las estructuras sociales que inviertan en los propios seres humanos, se requiere una voluntad fuerte y un Gobierno fuerte para llevar a cabo estas políticas y lograr un desarrollo integral de México.
DIA INTERNACIONAL DEL COMBATE A LA POBREZA EXTERNA
El Presidente:
Para hacer uso de la palabra con el tema Día Internacional del Combate a la Pobreza Extrema, se le concede la misma a la diputada María del Rosario Robles Berlanga, de la fracción parlamentaria del PRD.
La diputada María del Rosario Robles Berlanga:
Gracias; compañeras y compañeros legisladores:
El 17 de octubre de 1987 en París, en el mismo sitio que se firmó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, miles de activistas de esta causa se reunieron en homenaje a las víctimas del hambre, la ignorancia y la violencia para aseverar su convicción de que la miseria humana no es inevitable.
En 1992, la Asamblea General de la ONU decretó esta fecha como Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza, por lo que hoy en todo el mundo se discuten y debaten las vías para crear una mayor conciencia de que la superación de la pobreza es fundamental para reforzar la paz, así como para ratificar los compromisos asumidos por todos los gobiernos del mundo en la cumbre social realizada en Copenhague el año pasado.
Lamentablemente para nuestro país el balance es desalentador en relación al combate a la pobreza con todo y los sofisticados planes que se han instrumentado con la asesoría directa de los organismos financieros e internacionales particularmente del Banco Mundial.
La pobreza no sólo no ha disminuido, sino que se extiende caprichosamente por todos los rincones de la patria y las políticas para combatirlas han fracasado, sobre todo ahora que no forman parte de una estrategia integral de desarrollo social y que están concebidas como políticas meramente compensatorias, asistencialistas y mitigadoras de los efectos empobrecedores de las políticas macroeconómicas.
En efecto, una década y media de políticas neoliberales han dejado como saldo un profundo deterioro de la calidad de vida de la mayoría del pueblo mexicano y el abandono de la función social del Estado en un país en el que frente a los afanes modernizadores y globalizadores se levantan como bofetadas el hambre y la miseria de un significativo número de mexicanos.
Los cálculos más optimistas hablan de 42 millones de mujeres y hombres en esta situación. Otros señalan que la miseria afecta ya a las dos terceras partes de nuestro universo poblacional; paradójicamente es el propio Banco Mundial quien ha reconocido recientemente que la pobreza se ha incrementado considerablemente en nuestro país hasta alcanzar la abultada cifra de 77 millones de mexicanos, que sobre todo en las zonas urbanas han visto disminuir sus ingresos como consecuencia de la crisis desatada a partir de 1994.
Si profundizamos en las cifras, el balance no es más alentador. De acuerdo a los datos el DIF, en nuestro país 20 millones de niñas y niños viven en hogares cuyas condiciones de vida no son satisfactorias y se ubican dentro del umbral de la pobreza.
La feminización de la pobreza es otra de las importantes características del fenómeno que analizamos. Una expresión dramática de esta situación es la gran cantidad de hogares con jefatura femenina, que de acuerdo con algunos estudios oscilan entre el 17% y el 29% y que normalmente están asociados con los patrones de mayor pobreza, pues por su condición de género las jefas del hogar tienen menos posibilidades de acceso a recursos, ingresos y oportunidades.
Podemos de la misma manera citar el hecho de que el 81% de las mujeres trabajadoras perciben menos de dos salarios mínimos y que el 26% de las mismas carecen de prestaciones sociales.
El deterioro creciente de las condiciones de salud, educación y alimentación de amplios sectores de la población, sobre todo del medio rural es también un signo alarmante. Basta señalar que la mayoría de la población campesina no cuenta en su mayoría con los servicios básicos, pues sólo el 51% de las viviendas rurales tiene agua potable, solamente el 18% drenaje y tan sólo el 67% energía eléctrica.
En estas regiones la mortalidad femenina e más acusada, pues de acuerdo a algunos estudios se estima que las localidades con menos de 2 mil 500 habitantes concentran el 50% d las muertes maternas en contraste con el 28%, de las áreas urbanas.
Es igualmente reconocido que las zonas indígenas registran los índices de mayor pobreza Las entidades consideradas con niveles d marginación muy alta como Chiapas, Guerrero Oaxaca e Hidalgo concentran el 66% de 1 población indígena del país; en estos estado entre el 60% y el 80% de la población ocupada recibe ingresos inferiores a un salario mínimo más de las dos terceras partes ocupa vivienda sin agua, drenaje y energía eléctrica y se registran porcentajes significativamente superiores a la media nacional de los índices de analfabetismo.
Ante este panorama, las políticas de combate a la pobreza han demostrado con creces sus limitados alcances y posibilidades para enfrentar los grandes retos y las profundas desigualdades que aún persisten en México. No es para menos, en nuestro país se ha reducido la política social a la perspectiva tecnocrática en la que sólo cuenta la relación costo-beneficio; se le ha convertido también en instrumento de contrainsurgencia o en despacho anexo de la oficina de acción electoral del partido oficial.
Nada más preocupante. En el esquema neoliberal que tan empecinadamente se aplica en nuestro país, se ha convertido en mercancía y se le ha puesto precio a la vida, la salud, la educación y la alimentación. La inversión social es vista como un derroche improductivo y se ha abandonado la obligación estatal de garantizar el carácter universal de los derechos sociales.
Por eso, en este día conmemorativo, nuestro Gobierno poco tiene que informar al resto del mundo en la materia, pues para nada es motivo de orgullo que en un país de pobres tan sólo el 3% del presupuesto nacional esté destinado a combatir la pobreza. No hay nada que pueda festejarse. Con estos recursos se están destinando solamente 40 centavos por cada pobre; los desayunos escolares apenas son distribuidos al 35% de los niños que los demandan y los programas especiales de vivienda tan sólo cubren el 10% de la demanda anual estimada.
Se argumentará seguramente para confrontar ese balance, que sí existen políticas y que una de ellas es el programa que anunció el presidente Zedillo, el pasado 1o. de septiembre. El Programa Integral de Educación, Salud y Alimentación o como finalmente se llame, se ha anunciado con bombos y platillos como la gran propuesta dirigida a las mexicanas y mexicanos que viven en condiciones de extrema pobreza.
No resulta raro que para ese anuncio no se hayan tomado en cuenta las críticas y señalamientos que hicimos los partidos de oposición en relación a dicha propuesta cuando nos enteramos de ella, no por los medios oficiales, sino a través de un periódico de circulación nacional.
Tampoco llama la atención que no se escuchara la importante reacción de la opinión pública en relación a dicho programa. Lo que sí es de tomarse en cuenta es que el Ejecutivo no consideró para nada la evaluación que se hiciera por instancias oficiales, entre ellas la Secodadm del programa piloto instrumentado en Campeche y que es el antecedente directo de esta propuesta gubernamental.
Para enfatizar nuestro argumento y nuestra profunda preocupación, deseamos citar algunas conclusiones de la evaluación realizada por la Secodadm que coinciden mucho por la realizada por el ITAM y que dieron pie a que el propio titular de la Secretaría le dirigiera un escrito al Presidente de la República cuando se habló de poner en marcha el famoso PIESA.
Veamos, dice la Secodadm: "al efectuar un análisis del comportamiento del gasto en el programa de transferencia monetaria, se observa en la evaluación dei ITAM y se corrobora en la nuestra, que con ese esquema no se logró incrementar el consumo alimentario de las familias inscritas, que no tuvo un impacto positivo alimentario, ya que el destino final de los recursos se ubicó en otras esferas del gasto, se disminuyó el consumo de vitaminas y proteínas de alta calidad en los niños menores de 12 años", y continúa: "no existen bases sólidas para considerar este programa como la columna vertebral de una estrategia de atención en alimentación, salud y educación. No puede concluirse categóricamente que exista una vinculación entre el programa de transferencia monetaria con el de complementos alimenticios y con la salud y tampoco con la educación, pues tan sólo el 1% de las familias entrevistadas manifestó que se les solicitó un comprobante de asistencia escolar y se señala además, que persiste un elevado porcentaje tanto de errores de inclusión, que se refieren a la existencia en el padrón de familias, que por su nivel de ingreso y gasto no corresponden a la población objetivo, aunque a lo mejor si corresponden a la población objetivo del partido oficial, así como de errores de exclusión, al primero le corresponde, en el caso de inclusión indebida, el 40% de la muestra y el rango de exclusión alcanza hasta el 56%.
Finalmente, en la evaluación se concluye que en el esquema de transferencia monetaria disminuyen los recursos destinados a los niños y se descuida, por razones técnicas, a las zonas rurales, justamente a las que mayor proporción debería estar dirigido el programa.
No estamos alardeando, tenemos aquí a la mano y a la disposición de cualquier legislador y de los medios de comunicación para su análisis, la evaluación realizada por la Secodadm al programa piloto Canasta Básica para el Bienestar de la Familia de Campeche, en la que el proyecto Levy y el mismo Secretario de Desarrollo Social son reprobados.
Lo que es de lamentar es que este documento y esta evaluación no haya sido presentada oficialmente a los diputados, a pesar de que distintas comisiones de la Cámara reiteradamente así la hemos solicitado.
Compañeras y compañeros, es realmente preocupante que el Gobierno mexicano haya aceptado ya que lo único que le queda es la instrumentación de políticas asistencialistas y compensatorias, en lugar de estrategias de desarrollo, mientras mantiene altos subsidios a los banqueros y a los concesionarios de las carreteras, habla ya de retirar los subsidios sociales de leche y de tortilla, al mismo tiempo que profundiza el proceso de desmantelamiento de la función social y solidaria del Estado.
Es alarmante que lejos de sus promesas de campaña, el actual Gobierno limite su acción al reparto de migajas que se acrecienta, por cierto, en los periodos electorales, como lo vemos actualmente en los estados de México, Coahuila, Hidalgo y como lo vimos recientemente en las elecciones del Estado de Guerrero, en lugar de promover políticas económicas que garanticen el empleo y un ingreso digno para las familias mexicanas como el mejor antídoto para la pobreza.
Pero los legisladores no podemos quedarnos con los brazos cruzados y aceptar que tan impunemente se ponga en riesgo la paz y la estabilidad social de nuestro país. Debemos exigir en primera instancia nuestro derecho a la información y la presentación íntegra ante los legisladores de las evaluaciones realizadas a los programas sociales, antes de poner en marcha un esquema como el que nos han propuesto, tal y como se comprometieron los subsecretarios de Hacienda y Desarrollo Social, que comparecieron ante varias de nuestras comisiones.
Esto implica que necesariamente se presenten de nuevo los responsables de este proyecto ante las comisiones correspondientes. Debemos también demandar un aumento sustancial de los recursos destinados al combate a la pobreza, pero sobre todo debemos plantear un cambio en la orientación de las estrategias económicas y sociales, pues como hemos visto, mientras las actuales persistan no es posible erradicarla.
Este día debe servirnos para reflexionar profundamente sobre el rumbo social de nuestro país, es la oportunidad que tenemos de ponernos a la altura de las exigencias de nuestra nación. Los millones de mujeres y hombres que viven en condiciones de pobreza no piden migajas ni programas electoreros o asistencialistas. Los pobres de México no desean más leche contaminada o frijol no apto para el consumo humano, exigen tener derecho a un futuro digno, demandan su inclusión en el desarrollo como sujetos con plenos derechos y nos señalan con justa razón que no es posible concebir a México sin ellos.
Concluyo señalando lo siguiente: construyamos un México para todas y todos; iniciemos hoy preparando la década de la erradicación de la pobreza que se inicia el año próximo un gran debate nacional que ponga en el centro la necesidad de una reforma social que se traduzca en un nuevo pacto en el que tengamos cabida todos los mexicanos.
Pongamos a debate las estrategias económicas del Gobierno, pero sobre todo pongamos un alto a las políticas empobrecedoras que sólo han logrado polarizar a nuestro país.
No tenemos mucho tiempo, los signos económicos y sociales son preocupantes. Es necesario retomar nuestra tradición histórica, volver a poner la política al mando y convertir el anhelo de justicia social en realidad y en actos de Gobierno.
Muchas gracias.
El Presidente:
Para hablar sobre el mismo tema, tiene el uso de la palabra el diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera:
Compañero Presidente; compañeras y compañeros diputados:
Sé, como miembro de mi partido, el Revolucionario Institucional, que más allá de las irrenunciables posiciones partidarias, la pobreza lacerante, la pobreza extrema en nuestro país y en el mundo no tienen parangón ni banderías, la pobreza es una ominosa realidad.
Pero permítanme abordar en tribuna sus imponderables y con ellos las constantes acciones del programa de Gobierno que dan respuesta al mayor reto con que arribamos a los umbrales del tercer milenio.
El plan nacional de desarrollo señala que la política de desarrollo social debe entenderse y realizarse con una visión de Estado. Para ello es indispensable, en primer lugar, que las acciones respondan en su planeación y ejecución a un compromiso de largo plazo a efecto de asegurar su permanencia.
Además, la estrategia para superar la pobreza debe mantenerse al margen de controversias partidistas o doctrinarias que propicien el inmovilismo o retrasen las acciones de bienestar.
Es necesario reconocer que debemos proseguir con el esfuerzo constante y decidido que el Estado mexicano tiene con los sectores que aún experimentan condiciones de pobreza extrema.
En este contexto, debemos partir del análisis realista de las acciones concretas que el Estado ha venido desarrollando.
Para 1996 el gasto público asignado a superar la pobreza, el 54% del gasto programable para desarrollo social y el 9.2% del producto interno bruto.
Para realizar con mayor eficiencia estas acciones, este año se aprobaron recursos al ramo 26 del presupuesto federal por un monto de 11 mil millones de pesos, lo que representa un incremento nominal de casi 10% con relación al gasto ejercido al año anterior.
En particular, los recursos programados para el fondo de desarrollo social municipal, ascendieron a 7 mil 150 millones de pesos, que representan el 65% del total del ramo 26.
A partir del presupuesto asignado, los gobiernos estatales determinaron el importe de recursos por municipio lo cual ha permitido que más del 90% de los 2 mil 412 municipios del país incrementen sus recursos y los ejerzan directamente.
A través del Programa de Abasto Social de Productos Básicos, a cargo de Diconsa, se ha atendido a una población de 29.6 millones de habitantes. Asimismo, el Programa de Abasto Social de Leche, Liconsa, distribuye diariamente más de 3 millones de litros de leche.
Otros elementos fundamentales de la política de desarrollo social, que hoy nos permiten avanzar en la aspiración común de dar mayor cobertura a los programas para superar la pobreza son: el financiamiento de proyectos productivos, mediante 147 fondos regionales indígenas; la atención a más de 57 mil niños indígenas a través de 1 mil 78 albergues distribuidos en 18 estados, la definición de 91 regiones prioritarias en las 31 entidades federativas conformadas por 1 mil 396 municipios, con el propósito de atender especialmente a los grupos poblacionales que más lo necesitan y de manera particular, el impulso de la participación social en la definición y planeación de objetivos y acciones relacionadas con la superación de la pobreza en coordinación con gobiernos estatales y municipales.
Es necesario que el Estado redefina, refuerce las estrategias de atención a los grupos sociales más necesitados, específicamente a los que se encuentran en situación de pobreza extrema. Esta estrategia debe combinar tanto la urgencia de dar respuestas a demandas sociales apremiantes en materia de alimentación, salud, educación, empleo y vivienda, con una estrategia de mediano y largo plazos, que permite incidir estructuralmente en los factores que generan el circulo de la pobreza.
Las acciones que hoy se realizan se fincan en cinco estrategias fundamentales, a partir de las cuales se busca cumplir con el objetivo de superar la pobreza extrema, a través del combate a los factores que la generan. Integralidad en las acciones, descentralización de la política de superación de la pobreza, corresponsabilidad y participación social, deficiencia en la asignación de subsidios y permanencia en las políticas.
Para ello, es necesario asegurar que la política de superación de la pobreza, asegure acciones simultáneas y coordinadas entre las instituciones que tienen como propósito, superar algunos de los factores que originan la pobreza extrema, así como entre éstas y los gobiernos de los estados y municipios y con los grupos sociales y ciudadanos, a fin de que todas las instancias actúen de manera ordenada y unificada en los tiempos y lugares apropiados.
El propósito central es fortalecer la capacidad de respuesta de los gobiernos locales, para hacer frente a los retos sociales y acercar las decisiones a las comunidades y a los grupos sociales.
La descentralización no se limita a la transferencia de recursos, funciones y responsabilidades desde el centro, sino que se sustenta en el diálogo respetuoso con los gobiernos de los estados y municipios, para evitar el surgimiento de desequilibrios o repetición de errores y vicios que se busca eliminar.
En la implementación de esta política se avanza tanto en la renovación del federalismo como en la promoción de la participación ciudadana.
Esta Cámara aprobó en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 1996, la descentralización y el fortalecimiento de los municipios, mediante una transferencia del 75% del ramo 26, que es ejecutada directamente por los ayuntamientos en acciones de combate a la pobreza.
La lucha por erradicar la pobreza, es una aspiración permanente de las sociedades democráticas.
Sólo mediante la concurrencia activa de los grupos sociales menos favorecidos, Gobierno e instituciones públicas y privadas, será posible un esfuerzo que permita ampliar los horizontes de bienestar a aquellos mexicanos que no han tenido oportunidades para una vida digna.
Por ello, la política de desarrollo social tiene el propósito de articular los esfuerzos del Gobierno y de la sociedad, a fin de alentar la cooperación, la solidaridad y la participación social y ciudadana, tanto en la definición de políticas como en la priorización y ejecución de obras. Esta estrategia requiere arribar a consensos elementales de organización en las tareas del sector público y la sociedad, que se realizan en favor de los grupos de menores ingresos, uno de ellos lo constituye la adopción de un criterio común de pobreza extrema y la definición de las regiones donde se ubica la población objetivo de las acciones institucionales. Aunque superar la pobreza exige esfuerzos sostenidos de largo plazo, la celebración del año internacional para la erradicación de la pobreza representa una oportunidad para redoblar esfuerzos nacionales, orientados a lograr un avance significativo en la reducción de los niveles de pobreza en el país.
PROPUESTAS
Reconocemos que el perfeccionamiento de las acciones para alcanzar el objetivo supremo de la justicia social requiere de esfuerzos adicionales. En este sentido, el cumplimiento de estos compromisos en los próximos años debe ser parte fundamental de las agendas de los gobiernos y sociedades que aspiran a la justicia y a la equidad. De ahí la importancia de un programa para superar la pobreza, que inicie una tendencia estable que cumpla con el ideal de José María Morelos y Pavón, de moderar la opulencia y la indigencia para alcanzar más altos niveles de bienestar y cumplir con el anhelo de igualdad de oportunidades. Asimismo tenemos el compromiso de impulsar acciones necesarias para reconocer plenamente derechos de los pueblos indígenas y reafirmar el compromiso del Estado para promover sus expresiones. Esto resulta de gran trascendencia agilizar la creación de los programas y la redefinición de los marcos institucionales que permitan dar una respuesta eficaz a sus demandas. En este contexto, se inscriben también las acciones que permitan la presentación de los programas de desarrollo de los pueblos indios y para la superación de la pobreza. Por ello debemos de continuar los esfuerzos para promover una ley de desarrollo social que defina con claridad las atribuciones de las tres órdenes de gobierno, en materia de desarrollo social y combate a la pobreza.
La lucha frontal contra la pobreza extrema requiere de esfuerzos de todos los actores de la población y sólo es posible eliminando cualquier intencionalidad de carácter político y partidista. Es ésta la única vía para consolidar la responsabilidad del Estado con los sectores que no han tenido acceso a las oportunidades del desarrollo y de hacer efectiva la tarea suprema de hacer de la nuestra una sociedad más equitativa, más justa y donde la igualdad de oportunidades sea su aspecto distintivo.
En el umbral del Siglo XXI, el principal desafío que enfrenta la nación es disminuir la pobreza y moderar la desigualdad social. La persistencia de rezagos sociales representa un obstáculo para la realización de los ideales constitucionales, por ello, la superación no es sólo un mandato constitucional y un compromiso ético, sino también requisito para dar paso a una economía dinámica y sustentable.
Pensar en México y salvar a los mexicanos que no saben de discurso sólo esperan que acudamos a apoyarles más allá de las estadísticas y las fallas, que les saquemos del atraso y la desesperanza, que saquemos a sus niños y con ellos, eso si, al México de mañana.
Muchas gracias.
ESTADO DE GUERRERO
El Presidente:
Para referirse a una denuncia sobre desaparecidos políticos en Guerrero, se concede el uso de la palabra a la diputada María del Rosario Ybarra, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
La diputada María del Rosario Ybarra de la Garza:
Buenas tardes señoras y señores diputados:
Quiero dedicar mis palabras de hoy, modestas palabras, sencillas palabras, a la memoria de mi abuela Adelaida Villarreal, norteña bravía, amante de la justicia, que luchó incansablemente por el voto de la mujer. Pero que no pudo ver realizado su sueño.
Hace más de 10 años, en este mismo lugar por mi nombre, el comité de familiares de desaparecidos políticos, presentó ante la Cámara de Diputados, un proyecto de convención sobre desaparecimiento forzado, para que el licenciado Miguel de la Madrid o quien él indicara, lo enviará y votará a favor en Naciones Unidas en Ginebra. Al parecer hubo acuerdo y se turnó por ahí a donde correspondía. Pero no se cumplió y esa aprobación de esa convención de parte del Gobierno mexicano, hubiera dado lustre, no lo dudo, al Gobierno del licenciado Miguel de la Madrid. ¡Lástima!
Hace más de 12 años aquí afuera un grupo de diputados, su servidora y otros compañeros, llevamos a cabo una huelga de hambre; cuando quise hacerla aquí adentro me dijeron que no, porque no era diputada y empleados de limpia y de intendencia empezaron a fumigar el recinto para que yo me saliera. Estuvimos afuera 26 días, 26 días para lograr hablar con el Presidente de la República, para plantearle el problema de los desaparecidos. El señor Bartlett, ministro de Gobernación, nos dijo que no nos podía recibir el Presidente porque recibir a quien hacía una huelga de hambre para obligar al titular del Poder Ejecutivo a recibir a alguien, era un mal ejemplo y un mal precedente; un mal entendido, principio de autoridad, pero así fue. ¡Lástima!
Hace casi 20 años, en las afueras de lo que es ahora la Asamblea de Representantes, ahí por Donceles, llevamos una Ley de Amnistía al Congreso, entonces aquélla era la sede de la Cámara de Diputados, nos golpearon los guardias, nos taparon la boca para que no gritáramos y nos echaron fuera de las galerías. Sin embargo, se logró una Ley de Amnistía, que fue promulgada en 1978, por José López Portillo y a nosotros nos dio gusto que salieran de las cárceles públicas cientos, más de 1 mil, presos políticos que regresarán del exilio muchos compañeros y que cesará la persecución que hoy se ve todos los días en todas partes, en todos los rincones de México. En aquel tiempo cesaron las órdenes de aprehensión ¡qué bueno no! Ahí sí, no nos dio lástima todo el trabajo que hicimos y nos dio gusto que así sucediera.
En muchas ocasiones en este recinto y algunas personas me han criticado por ello, me he presentado con fotografías de los desaparecidos en el pecho, en las manos, en mi curul, he sacado mantas, he tratado de llamar la atención del Ejecutivo los días del informe, es una práctica agotadora, un tanto frustrante, cuando se ve que no se hace caso, cuando se ve que las cosas siguen deteriorándose y siguen dándose esas prácticas abominables, este delito terrible que es la detención-desaparición.
Cada sexenio ha tenido su parte de responsabilidad y de culpa en esto y no ha terminado; es muy triste decir lo que en el cono sur, en donde vivieron las grandes dictaduras, las terribles dictaduras de América del Sur y en América Central, parece que ha cesado esa práctica; en México no. Es muy triste, cada sexenio tiene su cuota y eso es muy peligroso, muy peligroso para todos, no solamente para nosotros; no solamente para la oposición; para todos, para todos; están desapareciendo priístas, están desapareciendo personas de todas las organizaciones políticas y sociales del tinte que sea.
Se me ha identificado con la lucha por la defensa del derecho a la libertad; me honro en que se me identifique con ello, aunque el principio de ello haya sido la desaparición de uno de mis hijos.
Nosotros tenemos una lista acuciosamente estructurada, sin discriminaciones. Junto al activista estudiantil que ha sido desaparecido por hacer una pinta o repartir un volante, está el líder del partido político que ha luchado contra el fraude electoral, junto a un campesino, junto al nombre de un campesino está el nombre de un teniente del Ejército mexicano y aquí voy a dar el nombre: Miguel Orlando Muñoz Guzmán, desaparecido como uno de los últimos zarpazos del salinato el 8 de mayo de 1993, en el batallón 26 de infantería de Ciudad Juárez, Chihuahua. Nos condolemos del dolor de esa madre, porque es madre como nosotros y nos duele ver la imagen, la cara, el rostro de ese muchacho junto a los rostros de los nuestros, porque se ve como los nuestros con mística de servicio hacia el instituto en el que él militaba.
¡Lastima! Lástima que está desaparecido ese teniente de Jalisco, desaparecido en Ciudad Juárez. Lo vamos a defender las madres de Eureka, como defendemos a nuestros propios hijos, con el mismo amor, con el mismo cariño, con la misma fuerza, porque es un ser humano y porque es un mexicano. Nosotros estamos luchando contra todas las cosas, contra todas las amenazas de muerte, contra toda la discriminación, contra toda la injusticia. Ya no luchamos solamente por la vida y la libertad de nuestros hijos, sino por la vida y la libertad con justicia y dignidad de todos los seres humanos que están ayunos de ella.
Como les decía hace rato, y no me voy a alargar mucho, deben de estar muy cansados, la práctica de la detención-desaparición sigue. El 25 de septiembre de este año, en Culiacán, Sinaloa, fue secuestrado el señor Rómulo Rico Urrea, un comerciante en grande, un señor que tiene una cadena de tiendas. La familia pensaba que quizá se trataba de un secuestro vulgar, de esos secuestros que piden dinero. Pero no es así, en el vehículo abandonado por el señor Rico, se encontró una libreta de unos judiciales, con nombres, datos y pistas de lo que ellos andaban haciendo, de las órdenes que tenían de la corporación a la cual pertenecían. No lo quiero afirmar porque no estoy segura, pero según testigos, al parecer se trataba de la Policía Judicial Federal.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos fue avisada. Fueron los familiares y enseñaron el original, la libreta de los judiciales. Y esa comisión que se autonombra "De Derechos Humanos", tomando parte con una proclividad extrema hacia el Gobierno y hacia las policías infractoras y acusadas en este caso, le dijo a la familia: "esa libreta la pudo haber hecho cualquiera de ustedes y echarla ahí". Lástima de Comisión Nacional de Derechos Humanos. Ese es un desaparecido.
El 26 de septiembre, en el mismo mes, al día siguiente, en Chilpancingo, Guerrero, fue desaparecido el maestro Gregorio Alfonso Alvarado López, maestro de escuela primaria, maestro del SNTE, integrante del Movimiento de 500 Años de Resistencia Indígena, luchador social desde su juventud, originario de Oaxaca y que por razones de trabajo fue a Chilpancingo. El compañero Gregorio Alfonso fue visto por última vez a las 20:00 horas y desaparecieron él y su vehículo como el caso de José Ramón García Gómez, en Cuautla, hace ya tiempo, como en el caso de Víctor Pineda Henestrosa, en Juchitán, Oaxaca, en 1978. Ni el nombre ni el carro con testigos y sin testigos y como sea, no aparecen ni el hombre ni el carro.
No vengo aquí a gritar, no vengo aquí a enojarme, no vengo aquí a ponerme airada en contra del Gobierno; estoy hablando con los diputados, con los legisladores, con compañeros con los que he compartido estas curules en dos ocasiones. Quiero sensibilizarlos, quiero que por favor entiendan lo que este problema significa. Este es un problema terrible y de peligro. Basta con que un gobernante, como en el Estado de Morelos, amenace o diga que alguien no está de acuerdo y con el cual no se puede hablar, para que lo amenacen de muerte, como al maestro Víctor Ariel Bárcenas Delgado, amenazado con machete en mano por un señor que está en contra de que él defienda los derechos de los tepoztecos.
Señores diputados: no me he cansado de luchar, no estoy cansada. ¡20 años pesan! ¡20 años hacen mella en el espíritu y en el cuerpo, pero el espíritu sabe acrecentarse mañana a mañana con el fulgor de la esperanza de lograr lo que queremos! ¡Y quiero lograr que en este país no haya desaparecidos! ¡Quiero lograr que no desaparezca nadie, nadie, ya lo he dicho aquí y lo repito: ni los hijos de los torturadores de nuestros hijos! ¡No queremos que desaparezca nadie!
¡Les pido a ustedes, que se acuerde aquí, que se mande a la Comisión de Derechos Humanos y a la que corresponda, porque no están todos y yo quisiera un consenso de este recinto, que se mande a esas comisiones el pedido de que se investigue y que se exija a las autoridades competentes que se presente a estos desaparecidos! ¡Cuando menos a éstos! ¡No les digo que los liberen ni que son inocentes ni que no han cometido delito! ¡Que se les presente ante la autoridad que corresponde! ¡Que si merecen cárcel, vayan a la cárcel! ¡Pero que no sean desaparecidos:
Muchas gracias.
El diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (desde su curul):
Pido la palabra.
El Presidente:
¿Con qué objeto.
El diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (desde su curul):
Para hechos.
El Presidente:
Para rectificar hechos y hasta por cinco minutos tiene el uso de la palabra el diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
El diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez:
Muchas gracias, señor Presidente.
En relación al tema que acaba de tocar la diputada Rosario Ybarra de la Garza, quisiera referirme brevemente al caso del profesor Gregorio Alfonso Alvarado López, desaparecido en Chilpancingo, Guerrero, desde el 25 de septiembre de este año.
El día 4 de octubre, en la entrevista que sostuvimos en la casa de gobierno en Guerrero, con el gobernador del Estado, en la cual estaban presentes el diputado Píndaro Urióstegui, el diputado Augusto Gómez Villanueva, el diputado Ramón Sosamontes y el de la voz, el diputado Sosamontes y yo le planteamos al gobernador del Estado de Guerrero la necesidad de que él interviniera personalmente en este caso, ya que era uno de los tantos temas que estaban antes de las elecciones del 6 de octubre, gravitando negativamente en la vida política del Estado de Guerrero.
Nos contó que esa misma mañana se había entrevistado con la esposa de Gregorio Alfonso Alvarado López, para también intervenir ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos y nos dijo que estaba preocupado porque agentes de la Policía Judicial Federal habían hecho esta detención y otras, como había sucedido en días anteriores con dirigentes del PRD y que también había hablado con el Procurador General de la República, licenciado Antonio Lozano Gracia, sobre este tema.
Sin embargo, ya han pasado más de 23 días y este profesor sigue desaparecido, por lo que me permito presentar el siguiente punto de acuerdo.
«Con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento Interior del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos diputados federales presentamos el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
Unico. La LVI Legislatura de la Cámara de Diputados demanda del licenciado Antonio Lozano Gracia, procurador General de la República, su atenta intervención a fin de lograr la liberación inmediata del profesor Gregorio Alfonso Alvarado López, desaparecido desde el 26 de septiembre de 1996, en Chilpancingo, Guerrero.
Atentamente.
Palacio Legislativo, 17 de octubre de 1996.- Presentan este punto de acuerdo los diputados: Gloria Sánchez Hernández, Ramón Sosamontes y Cuauhtémoc Sandoval.»
Señor Presidente, le rogaría se diera trámite y entrego aquí a la Secretaría.
El Presidente:
Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos.
El diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez:
Estoy solicitando que sea este punto de acuerdo tomado en consideración en este momento. Por lo tanto In lo he solicitado también por el 59, de obvia y urgente resolución, señor Presidente.
Entonces pido le dé este trámite que solicitamos en este escrito.
El Presidente:
Le pido a la Secretaria dé lectura a los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso.
El secretario Mario Alejandro Rosales Anaya:
"Artículo 58. Las proposiciones que no sean iniciativas de ley presentadas por uno o más individuos de la Cámara, sin formar los que las suscriben mayoría de diputación, se sujetarán a los trámites siguientes:
I. Se presentarán por escrito y firmadas por sus autores, al Presidente de la Cámara y serán leídas una sola vez en la sesión en que sean presentadas. Podrá su autor o uno de ellos si fueren varios, exponer los fundamentos y razones de su proposición o proyecto.
II. Hablarán una sola vez dos miembros de la Cámara, uno en pro y otro en contra, prefiriéndose al autor del proyecto o proposición:
III. Inmediatamente se preguntará a la Cámara si admite o no a discusión la proposición. En el primer caso se pasará a la comisión o comisiones a quienes corresponda y en el segundo se tendrá por desechada."
"Artículo 59. En el caso de urgencia u obvia resolución, calificados por el voto de las dos terceras partes de los individuos de la Cámara que estén presentes, podrá ésta, a pedimento de alguno de sus miembros, dar curso a las proposiciones o proyectos en hora distinta de la señalada y ponerlos a discusión inmediatamente después de su lectura."
El Presidente:
Se turna a la Comisión de Derechos Humanos para su urgente atención.
ESTADO DE VERACRUZ (II)
El Presidente:
Tiene el uso de la palabra la diputada Gloria Sánchez, para hacer una denuncia de presos políticos en el penal de Yanga, Veracruz.
La diputada Gloria Sánchez Hernández:
Gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros:
Es breve pero urgente. Isabel Segura Sánchez, Gloria Alvarez Morales, Rubén Aguilar Díaz, Rafael Aguilar Díaz, Moisés López Díaz y Félix Díaz Rocha, son los nombres de seis perredistas originarios de Yanga, Veracruz, que gestionan hoy un amparo porque indirectamente se enteraron de que les fue ratificada su sentencia condenatoria por delitos de sedición y motín, entre otros. Sí, a pesar de que ambos delitos tienen una tipificación diferente, la que se da precisamente por el empleo de medios violentos o no violentos, lo que así se asienta tanto en la ley veracruzana como en la federal.
El origen de la situación que atraviesan los compañeros se encuentra en las elecciones municipales que tuvieron lugar el 10 de noviembre de 1994 en Veracruz, esto es, hace ya casi dos años, la diferencia de votos fue mínima en la elección, quedó la duda y hubo una movilización protestando de diferentes maneras. La Policía Judicial sin orden de cateo sacó a las personas de sus casas, las internó en prisión, el Ministerio Público consignó su averiguación y el juez dictó sentencia, una sentencia injusta y absurda.
Mi partido hizo gestiones a todos los niveles para lograr la libertad de nuestros compañeros, dado que se trata de luchadores políticos y no de delincuentes comunes, como se les ha tratado de tipificar aun después de su excarcelación bajo fianza.
Recuerdo claramente la entrevista que sostuvimos cuatro diputadas y diputados federales del Estado de Veracruz con el gobernador Patricio Chirinos y con el secretario de gobierno, licenciado Miguel Angel Yunes Linares, en e mes de mayo del año anterior. Encabezado por el entonces presidente del PRD en la entidad, doctor Armando Aguirre Erbi, en la que hablamos de nuevos lenguajes, de disposición para distender y de reconocimiento a las verdaderas motivaciones del conflicto en Yanga, así como recuerdo también varias pláticas con el procurador de Justicia en el Estado, licenciado Duarte Rivas, encaminadas en el mismo sentido
Un año después, en mayo de 1996, habiendo firmado sistemáticamente en el juzgado respectivo, los compañeros se enteraron de la sentencia antes señalada, notificada el 4 de junio y que hoy entregaré a la Secretaria.
Nuevamente dialogué con el licenciado Miguel Angel Yunes, quien me indicara que este asunto estaría definitivamente resuelto en unos 15 días más, sin embargo se ha ratificado esta absurda sentencia en esta semana, es decir, los hechos desmienten la palabra del secretario de gobierno en Veracruz y la voluntad política expresada por el gobernador.
He vuelto a buscar al procurador y no ha sido posible localizarlo. Los días pasan y temo que las cosas se compliquen en contra de quienes pende la espada de Damocles, de quienes cometieron el delito de participar políticamente.
Por eso pido a usted, señor Presidente, que turne mi queja a las comisiones de Derechos Humanos y de Información, Gestoría y Quejas de esta Cámara, a fin de que con sus responsables y prontas intervenciones coadyuven a terminar de una vez por todas con esta injusta y ofensiva situación.
Muchas gracias.
El Presidente:
Túrnese a las comisiones de Derechos Humanos y de Información, Gestoría y Quejas.
EFEMERIDES LEGISLATIVAS
El Presidente:
Tiene el uso de la palabra el diputado José de Jesús Sánchez Ochoa, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, para hacer la efemérides legislativa.
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa:
Señor Presidente, señoras y señores diputados:
Al concluir este día con ustedes, los valientes y perseverantes diputados en la sesión, quiero invitar o quiero invitarlos a conmemorar un acontecimiento acaecido ya hace 50 años, pero cuyas consecuencias se proyectan hasta nuestros días.
En efecto, el 18 de octubre de 1946 los cuatro primeros diputados surgidos de las filas de Acción Nacional, presentaron su primera iniciativa de ley y su tema fue el campo. Esa compleja realidad socioeconómica de nuestro país que tantas reflexiones y acciones ha provocado en Acción Nacional. Hoy, sin embargo, no me referiré al tema del campo de la primera iniciativa de ley presentada por el primer grupo parlamentario de Acción Nacional en la Cámara de Diputados, sino a algunos significados históricos que descubro en la presentación de dicha iniciativa.
Acción Nacional postula desde el primer día de su existencia, la necesidad de llevar a la práctica política del Estado mexicano, una auténtica división de poderes; por eso, consecuentes con ese compromiso histórico de nuestro partido, los primeros legisladores surgidos de sus filas pugnaron desde el primer día de su actividad legislativa por conseguir que la Cámara de Diputados se transformara en auténtico Poder Legislativo resurgiendo la facultad de hacer leyes.
Los diputados del PAN, siempre hemos vivido la convicción de que nuestra tarea fundamental es la de legislar al servicio de la nación y por eso, hemos presentado durante estos 50 años cientos de iniciativas legislativas sobre muy diversos temas nacionales. La actividad legislativa de las diputaciones surgidas del PAN, siempre se ha iluminado por su doctrina cuya centralidad es el hombre y se ha inspirado en los valores del bien común, la justicia, la libertad, la verdad y la solidaridad.
Lo anterior se manifiesta clara y profundamente en la exposición de motivos de la primera iniciativa panista en la Cámara de Diputados, la solidaridad hizo decir a los primeros diputados panistas que era necesario una profunda reforma agraria y de urgencia vital la resolución del problema del campo en todos sus aspectos; con espíritu solidario afirmaban que la magnitud, la complejidad extrema y la trascendencia del problema del campo reclaman inaplazablemente un grande esfuerzo nacional para plantear ese problema en toda su extensión y para poder formular después con pleno conocimiento, un programa completo de soluciones.
También sosteníamos cuatro legisladores autores de la iniciativa, que la capacidad y honradez eran indispensables en una empresa de tamaño interés para México. En su esfuerzo legislativo, el PAN ha hecho énfasis en el problema del campo, pero junto a este tema esencial y existencial de la sociedad mexicana, ha tratado asuntos importantísimos de la vida en México.
Los fundadores del PAN actuaron guiados por una visión de modernidad y por eso el primer grupo parlamentario panista quiso concretar en leyes la creación de espacios donde los mexicanos seguros, en la justicia, pudieran desplegar sus poderosas capacidades para hacer de este país una tierra de libertad y democracia.
Aquellos diputados sabían, como lo sabemos nosotros, que una sociedad para avanzar necesita contar con leyes justas que sean respetadas por todos los integrantes del Estado. Vivir en una sociedad regida por leyes y respetuosa de las mismas, es condición insustituible para alcanzar un desarrollo humano integral. Por eso el grupo de diputados panistas hizo promover desde los primeros días de su existencia un estado de derecho con vigencia efectiva del orden constitucional, desarrollado en leyes equitativas y justas, elevando así al derecho en la teoría y en la práctica a condición fundamental de nuestra existencia.
Sólo en un auténtico estado de derecho pueden concluir las diversas fuerzas históricas actuantes en nuestra nación a la consecución del bien común. Nosotros quisimos a través del derecho impulsar una fuerza histórica solidaria capaz de transformar al campo mexicano en espacio de laboriosidad y solidaridad para todos los campesinos, ofreciéndoles certidumbre y seguridad jurídicas para su trabajo y patrimonio.
Aquiles Elorduy, Juan Gutiérrez Lascuráin, Miguel Ramírez Munguía y Antonio L. Rodríguez hicieron su proposición legislativa porque conocían que el derecho, aunque ha de ser estable, no puede permanecer estático porque ha de estar siempre al servicio de una sociedad cambiante, comprendía en ellos que la justicia social es condición previa para la vigencia de un genuino y pleno estado de derecho animado por la democracia cuya forma de estado tiene como núcleo la efectividad de los derechos humanos en su triple composición: derechos civiles, derechos políticos y derechos sociales.
Aquellos primeros diputados panistas apostaron por las vías del derecho para transformar el Estado mexicano en solidario y justo por eso no dudaron en seguir los procedimientos, vías y órganos señalados por la misma Constitución para efectuar su reforma y adecuación.
En Acción Nacional hemos actuado convencidos de que el derecho constitucional debe ser un derecho vivo, capaz de transmitir con su aplicación al organismo social justicia y paz, valores insustituibles en toda convivencia verdaderamente humana. Acción Nacional quiso con su primera iniciativa, ratificar que la legalidad es un valor superior que ha de encarnar la justicia. Los primeros legisladores surgidos de las filas de Acción Nacional asumían que la responsabilidad de la historia es nuestra y no de anónimos mecanismos deterministas.
Ellos, impulsados por la fuerza solidaria de la historia, actuaron en su tiempo y espacio político para crear las nuevas instituciones a la medida de la dignidad de los mexicanos; presentaron sus proposiciones claras, ordenadas y concretas porque sabían que los cambios no surgen por arte de magia.
Señoras y señores diputados aún presentes, el pasado nos interesa como cimiento de construcción en función de una responsable edificación del presente. Consideramos así que el pasado como acontecimiento puede impactar a las conciencias despiertas, pues estamos ciertos que quien conoce el pasado del que proviene podrá asumir mejor su responsabilidad hoy, por eso en Acción Nacional celebramos como acontecimiento el hecho original de la presentación de la primera iniciativa del Partido Acción Nacional.
Queremos así expresar nuestra participación en una misma historia.
Gracias.
El Presidente:
Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.
ORDEN DEL DIA
El secretario Fernando Jesús Rivadeneira y Rivas:
Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera.
«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.- Tercer Año.- LVI Legislatura.
Orden del día
Martes 22 de octubre de 1996.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicación del Congreso del Estado de Baja California.
Oficios de la Secretaría de Gobernación
Dos, por los que se comunica que los ciudadanos Juan Pablo Romero y Romero, María de los Angeles Lomelí de Dávila, Gaudencio Avila Meza y María Graciela Rojas de Bravo, han dejado de prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México.
Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Plácido Arango Arias, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito Civil, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno del Reino de España.
Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Gabriela Magdalena Castañeda Chellet, pueda prestar servicios en la Embajada del Reino de Dinamarca en México.
Minutas
Proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Ricardo Franco Guzmán, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Francisco de Miranda, en su Tercera Clase, que le confiere el gobierno de la República de Venezuela.
Proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Jesús Carlos Camarena Martínez, para desempeñar el cargo de cónsul honorario del Uruguay en Guadalajara, con circunscripción consular en el Estado de Jalisco.
Proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana María Graciela Saldaña y Berthier, para prestar servicios como telefonista en la Embajada de los Estados Unidos de América, en la Ciudad de México.
Dictamen de primera lectura
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración de la "Orden del Libertador San Martín", en grado de Gran Collar, que le confiere el Gobierno de la República Argentina.
Dictámenes a discusión
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Oscar Espinosa Villarreal, para aceptar y usar las condecoraciones que le confieren los gobiernos de la República Federativa del Brasil, Gran Ducado de Luxemburgo, la República del Perú y la República Italiana.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano embajador Sergio Joaquín Romero Cuevas, para aceptar y usar la condecoración "Honor y Mérito", en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Haití.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana doctora María del Carmen Serra Puche, para aceptar y usar la condecoración de la "Orden al Mérito de la República Italiana", en grado de Caballero, que le confiere el gobierno de la República Italiana.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Rafael Modesto del Blanco Garrido, para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de España, en la ciudad de San Luis Potosí.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Bersaín Iván Peña Sánchez, para prestar servicios como jardinero, en la Embajada de los Estados Unidos de América en la Ciudad de México.
Y los demás asuntos con los que la Secretaria dé cuenta.»
CLAUSURA Y CITATORIO
El Presidente (a las 20:09 horas):
Se levanta la sesión y se cita para la próxima que tendrá lugar el martes 22 de octubre a las 10.00 horas.
ACNUR (sin aclaración) |
Bancomer Banco de Comercio, Sociedad Anónima |
Banpesca Banco Nacional Pesquero y Portuario |
Banrural Banco Nacional de Crédito Rural, Sociedad Nacional de Crédito |
Cinvestav Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional |
Conacyt Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología |
Conasupo Compañía Nacional de Subsistencias Populares |
CP Código Postal |
D.F. Distrito Federal |
Diconsa Distribuidora de la Compañía Nacional de Subsistencias Populares, Sociedad Anónima |
DIF Desarrollo Integral de la Familia |
INEGI Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática |
IPN Instituto Politécnico Nacional |
ISSSTE Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado |
ITAM Instituto Tecnológico Autónomo de México |
Liconsa Leche Industrializada de la Compañía Nacional de Subsistencias Populares, Sociedad Anónima |
OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico |
ONG Organizaciones no gubernamentales |
ONU Organización de las Naciones Unidas |
PAN Partido Acción Nacional |
PIESA Programa Integral de Educación, Salud y Alimentación |
PRD Partido de la Revolución Democrática |
PRI Partido Revolucionario Institucional |
PT Partido del Trabajo |
s/n Sin número |
Secodadm Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo |
SNTE Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación |
Udis Unidades de inversión |
UNAM Universidad Nacional Autónoma de México |