Presidencia
del diputado
Juan Miguel Alcántara Soria |
ASISTENCIA
Ruego a la Secretaría haga del
conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia del registro de
firmas de los diputados, para conocer si existe el quorum reglamentario.
La secretaria
Rocío del Carmen Morgan
Franco: |
Se informa a la Presidencia que existen
registrados previamente 350 diputados. Por lo tanto, hay quorum, señor Presidente.
El Presidente (a
las 10:30 horas): |
Se abre la sesión y se invita
respetuosamente a las señoras y señores diputados que no han ocupado sus curules, lo
hagan, por favor.
ORDEN DEL
DIA
La secretaria
Rocío del Carmen Morgan
Franco: |
Se va a dar lectura al orden del día.
«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.-Primer Año.- LVII Legislatura.
Orden del día
Martes 4 de noviembre de 1997.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones de los congresos de los Estados de Baja California y Campeche.
Oficio de la Cámara de Senadores, por el que se comunica la elección de mesa directiva
que funcionará durante el tercer mes del primer periodo de sesiones ordinarias de su
primer año de periodo constitucional.
Iniciativa de diputados
De reformas y adiciones a diversas leyes fiscales, a cargo del diputado Fernando
Castellanos Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
Proposición de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, con punto de
acuerdo que establece las atribuciones del Comité de Asuntos Internacionales.
Punto de acuerdo de la Comisión de Salud, por el que se solicita a la Secretaría de
Salud se prorrogue el plazo para la recepción de comentarios sobre el cáncer en la
mujer.
Comentarios sobre la situación de Chiapas, a cargo del diputado Gilberto López y Rivas,
del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»
ACTA DE LA SESION ANTERIOR
El siguiente punto del orden del día es
la discusión del acta de la sesión anterior. Ruego a la Secretaría consulte a la
Asamblea si se le dispensa la lectura al acta, tomando en consideración que se le ha
entregado copia de la misma a los coordinadores de los grupos parlamentarios, para sus
observaciones y se proceda a su votación.
El secretario
Alfredo Villegas Arreola : |
Por instrucciones de la Presidencia se
consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior,
tomando en consideración que le ha sido entregada copia de la misma a los coordinadores
de los grupos parlamentarios para sus observaciones y se proceda a su votación.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la
lectura.
«Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el
jueves treinta de octubre de mil novecientos noventa y siete, correspondiente al Primer
Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Séptima
Legislatura.
Presidencia del
diputado
Eduardo Guadalupe Bernal Martínez |
En la capital de los Estados Unidos
Mexicanos, a las diez horas con treinta y cinco minutos del jueves treinta de octubre de
mil novecientos noventa y siete, con una asistencia de trescientos ochenta diputados, el
Presidente declara que en razón del registro de firmas y que a juicio de la Presidencia
en el salón de sesiones no hay más de cien legisladores, la Secretaría pasará lista de
asistencia.
Con una asistencia de trescientos cincuenta diputados, a las once horas con catorce
minutos, el Presidente declara abierta la sesión.
El mismo Presidente invita a quienes no sean diputados, que pasen a los lugares destinados
a los señores invitados, a fin de que la sesión se realice en orden y con el respeto
debido.
La Secretaría da lectura al orden del día y el Presidente da la bienvenida a los alumnos
del Tecnológico de Zacatecas, de la Universidad Anáhuac, Universidad Champanac y de la
Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac de Veracruz.
En razón de que los coordinadores de los grupos parlamentarios recibieron copia del acta
de la sesión anterior, la Asamblea dispensa la lectura de este documento y,
posteriormente, se aprueba en sus términos en votación económica.
Se da cuenta con diversas comunicaciones de los congresos de los estados de Campeche y
Puebla, con los que informan de actividades propias de sus legislaturas. De enterado.
Ambas y la del Congreso del Estado de Puebla, se turnan a la Comisión de Energéticos.
Una minuta del Senado de la República, con proyecto de decreto que concede permiso al
ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para
ausentarse del territorio nacional del siete al nueve de noviembre para participar en la
Séptima Reunión Cumbre Iberoamericana; del trece al catorce del mismo mes para realizar
una visita de trabajo a las ciudades de Nueva York y Washington, Estados Unidos de
América; del veintidós al veinticinco de noviembre, para participar en la Quinta
Reunión de Líderes del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, a realizarse
en la ciudad de Vancouver, Canadá y los días dieciocho y diecinueve de diciembre para
efectuar una visita de Estado a la República de Nicaragua. Se turna a las comisiones de
Relaciones Exteriores y a la de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Siete oficios de la Secretaría de Gobernación con los que se solicitan los permisos
constitucionales necesarios para que igual número de ciudadanos mexicanos puedan aceptar
y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de la República Francesa. Se
turnan a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Para continuar con el orden del día, se da primera lectura a diez dictámenes de la
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto con los que
se conceden los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos:
Efraín González Luna Morfín, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el
gobierno de la República Francesa;
Gregorio Goldstein Isaacson, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de
Israel, en Tijuana, Baja California, con circunscripción en toda la entidad;
Presidencia del
diputado
Javier Corral Jurado |
Blanca Estela Sánchez López, Rodrigo
Fernando Pérez Frías e Itzel Vega Hernández, puedan prestar sus servicios en la
Embajada de Angola en México;
Ricardo Trejo Gallardo, pueda prestar sus servicios en la Embajada del Reino de Tailandia
en México;
Andrés Borja Bello, pueda prestar sus servicios en la Embajada de la República
Dominicana en México;
Gabriela Muñoz Servín, María Graciela Rojas Zendejas y Claudia Alicia Mendiola
Jaramillo, puedan prestar sus servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América
en México;
Alejandra Elizabet Reséndez Garza y Patricia
Salinas Orozco, puedan prestar sus servicios en los consulados de los Estados Unidos de
América en Nuevo Laredo y Matamoros, Tamaulipas, respectivamente.
Son de primera lectura.
Presidencia del
diputado
Eduardo Guadalupe Bernal Martínez |
La Asamblea les dispensa la segunda
lectura y la Secretaría recoge la votación nominal respectiva, misma que resulta
aprobatoria por cuatrocientos cinco votos. Se turnan al Poder Ejecutivo Federal y al
Senado de la República, como corresponda, para los efectos constitucionales.
La Secretaría pone a consideración de la Asamblea una proposición de la Comisión de
Régimen Interno y Concertación Política, sobre la integración de la Comisión de
Investigación de la empresa Compañía Nacional de Subsistencias Populares y empresas
filiales. Se aprueba en votación económica.
Presidencia del
diputado
Javier Corral Jurado |
Expresan sus opiniones respecto del
mismo tema, los diputados: Juan José Cruz Martínez, del Partido del Trabajo; Abelardo
Perales Meléndez, del Partido Acción Nacional: Pablo Gómez Alvarez, del Partido de la
Revolución Democrática, y Ricardo Monreal Avila, del Partido Revolucionario
Institucional, quien acepta una interpelación del diputado Gómez Alvarez.
Presidencia del
diputado
Eduardo Gaudalupe Bernal Martínez |
Para rectificar hechos o contestar
alusiones personales solicitan y se les concede el uso de la palabra a los diputados:
Bernardo Bátiz Vázquez, del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones;
Ricardo Monreal Avila, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones; Pablo
Gómez Alvarez, del Partido de la Revolución Democrática; Rubén Alfonso Fernández
Aceves, del Partido Acción Nacional; Gonzalo Rojas Arreola, del Partido de la Revolución
Democrática; María del Refugio Calderón González, del Partido Revolucionario
Institucional, y Agustín Miguel Alonso Raya, del Partido de la Revolución Democrática.
Durante la intervención del diputado Monreal Avila, para contestar alusiones personales,
el Presidente le recomienda que se dirija a la Asamblea y no solamente a un diputado y
durante la intervención del diputado Bátiz, a solicitud de un diputado, el Presidente
solicita a los legisladores que guarden el debido orden y respeto para escuchar a los
oradores.
Por la importancia del tema y por los conceptos jurídicos vertidos, el Presidente turna
la versión estenográfica del debate a la Comisión de Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias.
Se concede el uso de la palabra al diputado Humberto Treviño Landois, del Partido Acción
Nacional, quien hace una proposición sobre el estudio en torno al cambio tecnológico
llamado El Reto del Fin de Siglo e inmediatamente después el diputado Héctor Luna de la
Vega, del Partido Revolucionario Institucional.
Desde su curul, el diputado Efrén Enríquez Ordóñez propone una moción de orden
respecto a la forma en la que se desarrolla la sesión y el orden del día que fue
repartido entre los señores diputados y el Presidente ordena que se le entregue un orden
del día modificado, como fue leído por la Secretaría al principio de la sesión.
Para rectificar hechos en relación con el tema del Reto del Fin de Siglo, hace uso de la
palabra el diputado Armando López Romero, del Partido de la Revolución Democrática.
El Presidente, en uso de las facultades que le concede la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita que se pregunte a la Asamblea si acepta
que se adelante la elección de mesa directiva y posteriormente cerrar la sesión y dejar
los asuntos pendientes para la próxima sesión.
Desde su curul, el diputado López y Rivas se inconforma y el Presidente hace las
explicaciones del caso. La Asamblea acepta que se lleve a cabo de inmediato la elección
de mesa directiva y realizado el escrutinio y cómputo correspondientes, resulta
triunfadora la planilla integrada por los diputados: Juan Miguel Alcántara Soria, como
presidente; Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Elba Margarita Capuchino Herrera, Baldemar
Tudón Martínez, Ricardo Cantú Garza y Verónica Velasco Rodríguez, como
vicepresidentes; Alfredo Villegas Arreola, José Octavio Díaz Reyes, Rocío Del Carmen
Morgan Franco y José Luis López López, como secretarios; Irma Chedraui Obeso, Fabiola
Gallegos Araujo, Francisco Javier Reynoso Nuño y Blanca Rosa García Galván, como
prosecretarios, por cuatrocientos tres votos y el Presidente hace la declaratoria
correspondiente.
1228,1229,1230
El Presidente informa que habiendo
transcurrido las cuatro horas reglamentarias para la presente sesión, consulta a la
Asamblea si lo autoriza a darla por terminada, lo que así sucede.
Posteriormente agradece la colaboración de quienes hicieron posible la realización del
trabajo parlamentario en el mes de octubre.
Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la
próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las quince horas con cuarenta y
cinco minutos, citando para la que tendrá lugar el próximo martes cuatro de noviembre de
mil novecientos noventa y siete a las diez horas.»
Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación
económica se pregunta si se aprueba.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor
Presidente.
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
La secretaria
Fabiola Gallegos Araujo: |
Se va a dar lectura a varias
comunicaciones.
«Escudo.- Poder Legislativo de Baja California.- XV Legislatura.
Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.-
México, D.F.
Por medio de la presente remitimos a usted iniciativa de reforma a la fracción VI del
artículo 77 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, dando cumplimiento al segundo punto de
acuerdo que se contiene en el dictamen número 202, de la Comisión de Hacienda y
Administración de esta XV Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Baja
California; por lo que, con fundamento en la fracción II del artículo 27 y fracción I
del artículo 28, ambos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California, así como el artículo 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, tenemos a bien anexar los siguientes
documentos:
A) Copia certificada de la iniciativa de reforma, presentada con fecha 22 de mayo de 1997.
B) Copia certificada del acta de la sesión ordinaria celebrada por la honorable XV
Legislatura estatal, con fecha 2 de octubre del presente año, en la cual se hace constar
a fojas 5 y 6 de la misma, el debate verificado para su aprobación respecto del dictamen
número 202 de la Comisión de Hacienda y Administración y
C) Copia certificada del dictamen de referencia en la forma descrita.
Solicitando se inicie el proceso legislativo con la presente iniciativa de reforma de ley
y al efecto de que la misma sea turnada para su estudio, análisis y en caso de
aprobación, dictamen correspondiente.
Aprovechamos la oportunidad para reiterarle nuestra atenta y distinguida consideración.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
"1997 año de la Universidad Autónoma de Baja California."
Mexicali, Baja California, 13 de octubre de 1997.- Diputados: Javier Julián Castañeda
Pomposo, presidente y Rogelio Appel Chacón, secretario.»
«Honorables miembros de la XV Legislatura del Congreso del Estado.
Con base en las facultades que me son conferidas por el artículo 71 fracción III de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 27 y 28
ambos en su fracción I de la Constitución Política del Estado de Baja California,
someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa que reforma la
fracción VI del artículo 77 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, bajo la siguiente
EXPOSICION DE MOTIVOS
Con base en el criterio No. VIII/95 emitido por la Administración General Jurídica de
Ingresos, dependiente de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, se inició en Baja California una campaña de auditorías a las
empresas, por parte de la administración fiscal en el Estado, fincándoles
responsabilidades hasta por cinco años.
Dicho criterio señala, que: "de conformidad con lo previsto en los artículos 77
fracción VI y 24 fracción XII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la entrega de vales
de despensa que las empresas hagan a sus trabajadores, no constituye una prestación de
naturaleza análoga a los gastos de previsión social. Por lo tanto, estos vales son
ingresos para el trabajador. Sólo serán deducibles para la empresa que los otorga,
cuando a los vales se les dé el tratamiento de salarios, se acumulen a los ingresos del
trabajador, se efectúe la retención sobre el salario integrado con ellos y se cumpla con
los demás requisitos que señala la fracción XII del artículo 24 de la ley en
cita".
Lo sorprendente de este criterio, es que después de casi 25 años de otorgar esta
prestación a los trabajadores, sin considerarse gravable, sea con una disposición
administrativa, la que venga a establecer las nuevas reglas de interpretación de los
artículos de referencia, viniendo a lesionar gravemente la economía, principalmente de
los trabajadores, al considerar como parte del salario esta prestación, ya que pagarán
impuestos sobre la totalidad del ingreso.
Teniendo además, como consecuencias graves de esta medida, una disminución considerable
en la inversión privada, cierre de empresas establecidas por la falta de incentivos
fiscales y por la inseguridad jurídica, ya que mediante la emisión de criterios
normativos, se afectan e interpretan al gusto del funcionario en turno, disposiciones
claras y definitivas y por consecuencia lógica de estas medidas, lo que motivará el
incremento de despidos a trabajadores y una disminución considerable de fuentes de
empleo.
Por otra parte conocemos de las gestiones hechas por los organismos empresariales ante el
Secretario de Hacienda y Crédito Púlico, haciéndole de su conocimiento la problemática
por la aplicación de dicho criterio, señalando como una situación peculiar, sólo la
aplicación de dicha disposición en nuestro Estado.
A manera de información, es menester hacer notar que sólo en el año de 1996 en Baja
California se generaron más de 50 mil empleos, meta que superó cualquier expectativa
creada, además de fortalecer y aportar una cuota importante para el grave problema
económico y de empleo que existe en el país.
Es importante señalar, que los principios tributarios establecen como uno de los
elementos fundamentales de los impuestos, la capacidad tributaria del contribuyente y es
evidente y notorio que la situación económica que vive nuestro país, no le permite al
trabajador desviar la más mínima cantidad de sus ingresos a pagos de impuestos, dejando
de satisfacer las necesidades primarias tanto de él como de sus dependientes. Aunado a lo
anterior es de resaltar que la materia imponible es la renta, es decir, lo que se percibe
económicamente por el contribuyente, gravamen que recae sobre la totalidad de esta renta,
percepción económica, o sólo sobre parte de ella. Esta materia, toma en cuenta la
riqueza como elemento económico, riqueza que constituye la más clara manifestación de
la capacidad contributiva.
Se establecen estos supuestos de doctrina en finanzas públicas, en virtud de que nos
permite observar dos cosas fundamentales en la imposición de contribuciones, la capacidad
tributaria y una materia imponible, en la que existe la salvedad de imponer la renta a una
parte de la riqueza o a un todo.
Es por ello, que atendiendo a la naturaleza de los vales de despensa, como un medio para
ayudar a los trabajadores a solventar sus necesidades primarias, como lo es la
alimentación, en primer término no es de considerarse que los vales de despensa formen
parte integrante del salario, y si así lo fuera, considerarlo como una excepción, no
gravable para el pago de impuestos por la naturaleza del mismo.
Por otra parte, atendiendo a la situación
social y económica por la que atraviesa el país y en lo particular los trabajadores,
empleados y todos aquellos que reciben como prestación los vales de despensa, no debe
considerarse este supuesto ingreso sujeto a gravamen, ya que atenta contra el espíritu
propio del artículo 31 fracción IV de la Constitución General de la República, que
establece que los principios de proporcionalidad y equidad de las contribuciones, debiendo
entender, según diversos autores de la materia, "...interpretar la expresión
proporcional y equitativa como significado de justicia; lo que el Constituyente pretendió
expresar, fue que los impuestos fueran justos".
Aunado a lo anterior, la Corte ha establecido criterios como el que a continuación se
transcribe: "exención de impuestos. Es constitucional, cuando se establece
considerando la situación objetiva de las personas exentas. Interpretando en forma
sistemática el artículo 28 constitucional y el artículo 13 de su reglamento, se obtiene
la conclusión de que la prohibición contenida en el primero de ellos respecto de la
exención de impuestos, debe de entenderse en el sentido de que ésta se prohibe cuando
tiende a favorecer a determinada o determinadas personas y no cuando la exención de
impuestos se concede considerando situaciones objetivas en que se reflejan situaciones,
intereses sociales o económicos en favor de categorías determinadas de sujetos",
(apéndice al semanario Judicial de la Federación 1917-1985. Primera parte. Tribunal
pleno. México, 1985, p. 104.). Atendiendo a esta jurisprudencia de la Corte, bien se
puede considerar además de los ingresos de los trabajadores exentos de gravámenes,
atendiendo el interés social y económico por la naturaleza de la prestación de que se
trate, como lo son los vales de despensa.
Ahora bien, el artículo 77 en su fracción VI, establece que las prestaciones de
previsión social o de naturaleza análoga que se concedan de manera general, de acuerdo
con las leyes o contratos de trabajo, no serán considerados como ingresos acumulables.
Finalmente los vales de despensa, como ya se hizo ver en los puntos anteriores, son una
prestación que atiende situaciones de carácter fundamental, que atiende al interés
social y un beneficio económico que coadyuva para el bienestar y desarrollo armónico de
los dependientes del trabajador y, por otro lado al ser gastos deducibles para las
empresas, existen claros apoyos fiscales para su establecimiento y fortalecimiento.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 114 fracción I, 115,
116, 119 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, someto a su
consideración la presente
INICIATIVA DE REFORMA A LA FRACCION VI DEL ARTICULO 77 DE LA LEY DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Artículo único. Se reforma la fracción VI del artículo 77 de la Ley
del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:
Artículo 77. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención
de los siguientes ingresos:
I a V. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
VI. Los percibidos con motivo de subsidios por incapacidad, becas educacionales para los
trabajadores o sus hijos, vales de despensa, guarderías infantiles, actividades
culturales y deportivas y otras prestaciones de previsión social, de naturaleza análoga,
que se concedan de manera general, de acuerdo con las leyes o por contratos de trabajo.
VII a XXXI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ARTICULO TRANSITORIO
Unico. La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Mexicali, Baja California, a 22 de mayo de 1997.- Por el grupo parlamentario del Partido
Acción Nacional en la XV Legislatura de Baja California, Francisco Becerril Sánchez.»
«En uso de las facultades que le confiere el artículo 41 fracción VIII de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, el suscrito diputado
Rogelio Appel Chacón, secretario de la XV Legislatura Constitucional del Estado.
CERTIFICA
Que las presentes copias fotostáticas que van
(cuatro) fojas útiles, corresponden en forma fiel y exacta en todas y en cada una de sus
partes, con los originales que obran en el archivo de este Congreso, consistentes en
iniciativa que reforma la fracción VI del artículo 77 de la Ley del Impuesto sobre la
Renta, presentada en sesión ordinaria de la XV Legislatura Constitucional del Estado de
Baja California, el día 22 de mayo de 1997.
1231,1232,1233
Se expide la presente a los 13 días del mes
de octubre de 1997; haciendo constar lo anterior para todos los efectos legales a que haya
lugar. Doy fe.
Rogelio Appel Chacón, diputado federal.»
Túrnese a la Comisión de
Hacienda y Crédito Público.
ESTADO DE CAMPECHE
La secretaria
Irma Chedraui Obeso: |
«Escudo.- Poder Legislativo.- LVI
Legislatura.- Campeche.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.-
México, D.F.
La LVI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Campeche, comunica la elección e
integración de las comisiones ordinarias o de dictamen legislativo, mismas que se
conformaron de la siguiente manera:
Puntos Constitucionales y Gobernación, diputados: Luis Roberto Silva Pérez, presidente;
Fernando Almeyda Cobos, secretario y Guillermo Cisneros Lara, vocal.
Finanzas y Hacienda Pública, diputados: Rodolfo Cambranis López, presidente; Rodolfo
Cevallos Esponda, secretario y Jorge Lara López, vocal.
Control Presupuestal y Contable y del Patrimonio del Estado, diputados: Fernando Rafful
Miguel, presidente; Elmer Ruiz Mijangos, secretario y Rosaura González Castillo, vocal.
Fomento y Desarrollo Agropecuario y Forestal, diputados: José Luis Ortegón Quintal,
presidente; José Raúl Que González, secretario y Eddie Lara Hernández, vocal.
Relaciones Pública Difusión, Quejas y Participación Ciudadana, diputados: Fernando
Almeyda Cobos, presidente; Luis Carlos Basto, secretario y Juan Camilo Mouriño Terrazo,
vocal.
Seguimiento y Evaluación de Gestoría, diputados: César Lechuga González, presidente;
Victorio Ballina Alejo, secretario y Elmer Ruiz Mijangos, vocal.
Desarrollo Industrial, Fomento Económico y Recursos Naturales, diputados: Jorge Baqueiro
Cáceres, presidente; Rodolfo Cambranis López, secretario y Arturo Goytia Ochoa, vocal.
Desarrollo Urbano, Obras Pública y de Estadística, diputados: Jorge Lara López,
presidente; Laura Escalante Canto, secretaria y Marco Baños Castro, vocal.
Normas y Prácticas Parlamentarias, diputados: Guillermo Cisneros Lara, presidente; Oscar
Rodríguez Cabrera, secretario y Jorge Baqueiro Cáceres, vocal.
Fomento y Desarrollo Pesquero, diputados: Román Rejón Castro, presidente; Luis
Hernández Estrella, secretario y José Raúl Que González, vocal.
Salud y Preservación del Medio Ambiente, diputados: Rosaura González Castillo,
presidenta; Lilia Aguilar Lugo, secretaria y Jorge Lara López, vocal.
Educación, Justicia y Seguridad Pública, diputados: Elmer Ruiz Mijangos, presidente;
Juan Camilo Mouriño Terrazo, secretario y Román Rejón Castro, vocal.
Recursos Humanos y Materiales, Trabajo y Servicios Sociales, diputados: Victorio Ballina
Alejo, presidente; Pilar Martínez Acuña, secretaria y José Luis Ortegón Quintal,
vocal.
Derechos Humanos, diputados: Claudia Muñoz Uicab, presidenta; Emma Aguilera Pérez,
secretaria y Oscar Rodríguez Cabrera, vocal.
Fortalecimiento Municipal, diputados: Eddie Lara Hernández, presidente; Luis Roberto
Silva Pérez, secretario y Victorio Ballina Alejo, vocal.
Turismo, diputados: Lilia Aguilar Lugo, presidenta; Sonia Cuevas, secretaria y José Raúl
Que González, vocal.
Atención a los Pueblos Mayas y otras Etnias,
diputados: Sonia Cuevas, presidente; Rafael Moo Bolívar, secretario y Claudia Muñoz
Uicab, vocal.
Cultura, diputados: Rafael Moo Bolívar, presidente; Fernando Almeyda Cobos, secretario y
Laura Escalante Canto, vocal.
Deporte, diputados: Edilberto Buenfil Montalvo, presidente; Emmanuel Ramos Medina,
secretario y Rodolfo Cevallos Esponda, vocal.
Comunicaciones y Transportes, diputados: Juan Camilo Mouriño Terrazo, presidente; Jorge
Lara López, secretario y Emmanuel Ramos Medina, vocal.
Lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para los fines conducentes.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Campeche, Campeche, 7 de octubre de 1997.- Diputados: Salvador López Espínola y Manuel
Jesús Angulo Romero, secretarios.»
«Escudo.- Poder Legislativo.- LVI Legislatura.- Campeche.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.-
México, D.F.
La LVI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Campeche, comunica que en virtud
de la licencia concedida al ciudadano Fernando Rafful Miguel, diputado por el VIII
distrito electoral y presidente de la Comisión de Control Presupuestal y Contable y del
Patrimonio del Estado, con fundamento en lo dispuesto en el acuerdo número tres de fecha
7 del presente mes y año, se ha instalado en sus funciones la ciudadana Ana Carmen Abreu
Turriza, misma que resultó electa como presidenta de dicha comisión.
Lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para los fines conducentes.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Campeche, Campeche, 14 de octubre de 1997.- Diputados: Salvador López Espínola y Manuel
Jesús Angulo Romero, secretarios.»
De enterado.
CAMARA
DE SENADORES
El secretario
José Octavio Díaz Reyes: |
«Escudo Nacional.- Cámara de
Senadores.- México, D.F.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.
En cumplimiento a lo que disponen los artículos 65 de la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, 16 y 24 del Reglamento para el Gobierno Interior,
hacemos de su conocimiento que en sesión celebrada el día de hoy, la Cámara de
Senadores de la LVII Legislatura del honorable Congreso de la Unión eligió la mesa
directiva para el tercer mes del primer periodo de sesiones ordinarias de su primer año
de ejercicio constitucional, quedando integrada como sigue:
Fernando Solana Morales, presidente; Javier Alvarado Ibares y Amalia García Medina,
vicepresidentes; Raúl Juárez Valencia, Ana Rosa Payán Cervera, Ernesto Navarro
González y Guillermo Ulloa Carreón, secretarios; Guilebaldo Silva Cota, Benigno Aladro
Fernández, Alfredo Garcimarrero Ochoa y Esteban Maqueo Coral, prosecretarios.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
México, D.F., a 30 de octubre de 1997.- Senadores: Benito Rosel Isaac y José Fernando
Herrero Arandia, secretarios.»
De enterado.
LEYES FISCALES
Tiene la palabra el diputado Ramón
María Nava, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una
iniciativa de reformas y adiciones a diversas leyes fiscales.
El diputado
Ramón María Nava González: |
Con su venia, señor Presidente:
Con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 y fracción IV del
artículo 73 de la Constitución Política de la República, así como del artículo 55
del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos, los abajo firmantes, diputados federales de la LVII Legislatura miembros del
grupo parlamentario de Acción Nacional, presentamos la siguiente iniciativa por la que se
reforman, adicionan o derogan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos y del Código
Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto sobre al Renta, de la Ley del Impuesto al
Activo y la Ley del Impuesto sobre la Tenencia o Uso de Vehículos.
Funda la presente iniciativa la siguiente
EXPOSICION DE MOTIVOS
Consideramos que para lograr una política fiscal efectiva y promotora se necesita que las
leyes fiscales se caractericen por su permanencia, simplicidad, precisión, legitimidad,
equidad, transparencia, eficiencia y sean estímulo de competitividad e inversión.
Es necesario dar estabilidad y vigencia definitiva a las normas fiscales, evitando la
modificación de aquellos preceptos sustanciales, erradicando en la medida de lo posible
que estas normas queden al criterio de funcionarios incompetentes o bien su
interpretación quede sujeta a oficios y circulares, muchas de las veces
inconstitucionales.
Conviene simplificar el régimen y los trámites fiscales con el fin de disminuir los
grandes costos de tiempo y dinero de la recaudación, tanto para la autoridad fiscal como
para el contribuyente. Esto incluye el establecimiento de términos precisos que no den
lugar a diversas interpretaciones de la ley y hagan aún más engorrosos los
procedimientos, de por sí complejos para el contribuyente.
Es indispensable el perfeccionar el marco legal de la disposiciones fiscales, a fin de
ajustarlos a los principios constitucionales, sin los cuales estaríamos en presencia de
ordenamientos y gravámenes inequitativos y arbitrarios, pues la garantía efectiva de
estos principios elementales dan seguridad jurídica a los contribuyentes, por constituir
la mejor y la más consistente barrera que puede oponerse a la actitud discrecional, de
quienes, detentando el poder público, pretenden utilizar el derecho que el Estado tiene
de exigir aportaciones económicas a sus gobernados, como pretexto para hacerlos víctimas
de toda clase de abusos y actos de molestia injustificados.
En este contexto es que proponemos una serie de reformas, que adicionan, derogan o
modifican diversos preceptos a diferentes ordenamientos legales. Estas propuestas son el
antecedente de una reforma integral que en materia fiscal habremos de presentar a esta
Asamblea nacional en su oportunidad.
En cuanto a la Ley de Ingresos:
Respecto a las facultades que establece el artículo 39 del Código Fiscal de la
Federación, para hacer posible exenciones totales o parciales de contribuciones,
conocidas como decreto delegado, mismo que se refiere a la transmisión o delegación de
facultades para legislar, que el Congreso de la Unión realiza en favor del Poder
Ejecutivo, se propone responsabilizar a éste para que informe sobre el uso de dichas
facultades al inicio del segundo periodo de sesiones ordinarias.
Por todo lo anterior, se adiciona el artículo respectivo a la Ley de Ingresos. Esto
sería compatible con la obligación que ya se determina en el artículo 131
constitucional, a fin de que el Ejecutivo someta a la aprobación del Congreso el uso que
hubiera hecho de la facultad para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas
de exportación e importación y para crear otras, así como para restringir y para
prohibir las importaciones, exportaciones y el tránsito de productos, artículos y
efectos.
En cuanto al Código Fiscal:
Respecto a la actualización que debe hacerse al pago de las contribuciones que no fueron
cubiertas en los plazos concedidos por las leyes, consideramos que en efecto dicha
actualización debe hacerse en razón del incumplimiento, por el transcurso del tiempo y
con base en los cambios de precios en el país. Pero por lo que hace a los recargos que
como concepto de indemnización debe pagarse al fisco, consideramos que la tasa debe ser
la que únicamente fije anualmente el Congreso de la Unión, sin necesidad de establecer
el incremento de un 50% como actualmente se prevé, por lo que se propone modificar el
artículo 21 del Código Fiscal para dejar sin efectos lo relativo al 50% mayores.
1234,1235,1236
Se propone la reforma del artículo 22 en su
tercer párrafo, con objeto de reducir los plazos del procedimiento para la devolución
del pago indebido, tanto para la autoridad como del contribuyente. Asimismo se establece
claramente el plazo que tiene el contribuyente para desahogar el requerimiento de la
autoridad fiscal y en todo caso dicho tiempo es tomado en cuenta dentro del plazo que
tiene la autoridad para devolver las cantidades pagadas indebidamente. Estas propuestas
permitirán tener un procedimiento más expedito para la devolución del pago indebido.
A fin de hacer eficaz y eficiente el sistema de compensación se propone modificar el
artículo 23 para que el contribuyente solicite la compensación de cualquier impuesto
federal a su cargo, lo que permitirá a éste cumplir con mayor oportunidad sus créditos
fiscales y erradicar la multiplicidad de trámites por parte del contribuyente, ya que no
tendría que estar solicitando la devolución de un pago indebido sobre determinado
impuesto, para posteriormente con este mismo pago el pretender dar cumplimiento a uno
distinto.
En cuanto a la disposición de que los comprobantes fiscales deban de ser impresos en los
establecimientos que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público consideramos
que esto ha provocado un monopolio y privilegio para ciertos individuos, por lo que a fin
de erradicar esta práctica es que se propone derogar el párrafo segundo del artículo
29.
Asimismo se propone la desaparición de las máquinas registradoras de comprobación
fiscal, en virtud de que éstas han resultado prácticamente un gasto innecesario e
incómodo para los contribuyentes, por lo que se derogan los párrafos sexto y séptimo
del artículo 29.
Por otra parte, consideramos que las personas obligadas a llevar la contabilidad deben
sujetarse a un plazo menor para conservar dicha documentación, por lo que se propone que
éste se reduzca de 10 a cinco años, ya que se considera que actualmente es demasiado
extenso para responsabilizar al contribuyente de su resguardo durante tanto tiempo, lo que
obviamente es en su perjuicio, ya que en el caso de haber destruido o de haber extraviado
documentación de hace 10 ó nueve años, no podrá comprobar su pago, por lo que tendrá
que verse obligado nuevamente a efectuarlo ante la autoridad fiscal, quedando así en
estado de indefensión. En este sentido se propone modificar el artículo 30.
En congruencia con lo anterior, es que se propone derogar el párrafo segundo de la
fracción IV del artículo 67, en virtud de que vuelve a hacer referencia a la obligación
de conservar la documentación por el plazo de 10 años.
En cuanto al artículo 32, se propone modificarlo a efecto de que el contribuyente pueda
hacer las declaraciones complementarias que considere necesarias, sin limitarlas, como
actualmente se prevé, a sólo dos ocasiones, por lo que al no existir esta limitación,
es que se derogan las fracciones I a IV del referido artículo.
Se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 34, a efecto de que la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público publique todas aquellas resoluciones favorables a los
contribuyentes, ya que esto permite crear precedentes para quienes se encuentren en la
misma situación y en todo caso la Secretaría resuelve bajo criterios determinados con
anterioridad y que servirán de sustento para resolver casos similares.
En lo que respecta al artículo 37, relativo a la negativa ficta, se propone que sea
modificado para otorgar mayor seguridad jurídica al contribuyente respecto de esta
circunstancial, extendiendo a petición del interesado constancia de este hecho. Del mismo
modo, se propone que en aquellos casos en que las disposiciones aplicables lo prevean, las
resoluciones se consideren en sentido positivo.
En lo que respecta a las visitas domiciliarias, consideramos que el actual esquema que
prevé que el encargado de realizar la visita "determine las consecuencias legales de
tales o cuales hechos u omisiones", lo convierte prácticamente en investigador y
juzgador, lo que da lugar a una serie de situaciones que permiten que el responsable de
realizar la visita sea sobornado por el agente visitado o bien que esta situación sea
generada por el propio funcionario. En este sentido proponemos que debe ser una unidad
administrativa distinta a la que practicó la visita domiciliaria la que emita la
resolución en la que se determinen contribuciones o créditos fiscales omitidos por el
visitado, por lo cual se modifica la fracción I del artículo 46 y se le adiciona un
segundo párrafo a esa misma fracción.
Asimismo, en relación a las visitas
domiciliarias, creemos que el plazo otorgado a la autoridad para realizarlas, así como el
tiempo para prorrogarlas, son exagerados, lo que sin duda ocasiona un acto de mayor
molestia al contribuyente y fomenta morosidad en la actuación de la autoridad, en
perjuicio del propio visitado, pues las disposiciones actuales prácticamente establecen
la posibilidad de que dichas visitas domiciliarias puedan prolongarse hasta por dos años.
En este sentido, se propone modificar el artículo 46-A para establecer un plazo de 12
meses para la realización de la visita y sólo podrá ampliarse hasta por seis meses,
siempre y cuando lo solicite el superior inmediato de quien realizó la visita, lo que
permitirá una mayor responsabilidad por parte del funcionario visitante.
Se propone rescatar el anterior artículo 64 del Código Fiscal, para incorporarlo a un
artículo transitorio, ya que consideramos que prevé una serie de lineamientos que
permitirán al contribuyente tener más claridad y, en consecuencia, mejor cumplimiento de
sus obligaciones fiscales, además de darle mayor seguridad jurídica, pues en efecto
establece normas tales como el procedimiento para las revisiones fiscales, ejercicios a
liquidar en primer término, liquidación de ejercicios anteriores, declaraciones no
espontáneas, revisión y declaraciones complementarias, determinación de contribuciones
retenidas, modificación a otros ejercicios, periodos menores de un año y delitos
fiscales y sanciones.
En cuanto a la Ley del Impuesto sobre la Renta:
Se propone modificar la fracción II del artículo 46 y derogar su párrafo segundo, a fin
de eliminar el calificativo de utilitario respecto a la deducibilidad de los automóviles,
toda vez que esta condición ha demostrado inoperancia en la práctica, que incluso ha
llevado a emitir decretos por parte del Ejecutivo para flexibilizar esta disposición, por
lo que consideramos conveniente ya no dejarlo a la discrecionalidad de decretos, sino
determinarlo en la propia ley.
Respecto al artículo 58, se propone eliminar de ciertas obligaciones a los
contribuyentes, ya que se ha demostrado que las mismas carecen de sentido para la
actividad fiscal y si en cambio resultan onerosas tanto en lo económico como en lo
administrativo para el contribuyente; por lo anterior, se derogan la fracción V y XI, se
modifica la fracción VII y X del artículo en cuestión, para que el contribuyente ya no
levante inventario de existencias a la fecha en que termine el ejercicio ni presente en el
mes de febrero de cada año ante las oficinas autorizadas, declaración de las operaciones
efectuadas en el año de calendario anterior de los 50 principales clientes y de
proveedores y la de llevar el registro de las operaciones con títulos valor emitidos en
serie.
En consecuencia de lo anterior, también se propone derogar la fracción V, modificar la
fracción VII y el párrafo segundo de la fracción VIII del artículo 112 del
ordenamiento en cita.
A efecto de hacer aún más efectivo el que las cargas sean realmente proporcionales y que
se apliquen por igual a todos aquellos individuos colocados en la misma situación o
circunstancia y la de hacer equitativa la carga tributaria, se propone que ya no queden
exentos de la aplicación del impuesto sobre la renta aquellos ingresos obtenidos con
motivo de la enajenación de acciones u otros títulos de valor que se realicen a través
de bolsa de valores autorizada o mercados de amplia bursatilidad, lo que además
erradicará lo que en la práctica ha sucedido: la evasión de este impuesto por ciertos
contribuyentes. A efecto de lo anterior, se deroga la fracción XVI del artículo 77.
En congruencia con lo anterior, se propone modificar el párrafo octavo del artículo 151
y el párrafo sexto del artículo 151-B, a efecto de que no se exceptúe más del pago del
impuesto a los ingresos que provengan de operaciones que se realicen a través de bolsa de
valores o mercados de amplia bursatilidad o financieras derivadas de capital referidas a
acciones o títulos de valor que sean de los que se coloquen entre el gran público
inversionista.
Se propone eliminar de cargas fiscales a los trabajadores de servicio personal
subordinado, así como a empleados públicos que se consideran innecesarias y onerosas en
términos económicos y administrativos para los mismos, por lo que se derogan los
artículos 78-A y 78-B.
En cuanto a la Ley del Impuesto al Activo:
Se propone derogar el párrafo segundo del artículo 5o. de la ley en cita, a efecto de
que ya no se consideren como no deducibles las deudas contratadas con el sistema
financiero o con su intermediación, a fin de hacer más equitativa, justa y equilibrada
la aplicación de este impuesto, toda vez que si ya se eximió a las empresas del sistema
financiero de esta obligación, es que debe permitirse la deducibilidad de las deudas
contraídas con éstos, ya que es incongruente que por un lado se deje de pagar, mientras
que por el otro sigue vigente.
En cuanto a la Ley Sobre la Tenencia o Uso de Vehículos:
Durante los últimos cinco años una parte importante de vehículos de procedencia
extranjera fueron introducidos al país y actualmente permanecen en el territorio de
manera irregular, siendo un número importante de ellos autotransporte de carga o de los
que se utilizan en actividades agropecuarias, por lo que consideramos conveniente el que
se regularice la situación jurídica de los mismos por parte de la autoridad fiscal, por
lo que se establece un artículo transitorio para tales efectos, dejando en todo caso que
sea la propia autoridad la que mediante decreto que expida, determine los documentos que
deban acompañar a la solicitud y los impuestos a pagar.
Por lo antes expuesto y con fundamento en la fracción II del artículo 71 y fracción IV
del 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos
someter a la consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la
Unión, la presente
INICIATIVA DE DECRETO
POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE INGRESOS,
DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, DE LA LEY DEIL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DE
LA LEY DE IMPUESTO AL ACTIVO Y
DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE
TENENCIA O USO DE VEHICULOS
Artículo primero. Se
adiciona el artículo respectivo a la Ley de Ingresos de la Federación, para quedar como
sigue:
Artículo.- El Ejecutivo Federal, al inicio del segundo periodo de sesiones ordinarias del
Congreso, someterá a la aprobación de éste un informe sobre el ejercicio de las
facultades previstas en el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, durante el
año de 1997.
Artículo segundo. Se reforman los artículos 21, primer párrafo; 22 tercer párrafo; 23
segundo párrafo; 30 tercer párrafo; 32 primer párrafo; 46 fracción I y segundo
párrafo de la fracción IV; 46-A primero y segundo párrafos; se adicionan un segundo
párrafo al artículo 34 y un segundo párrafo a la fracción I del artículo 46; así
como un transitorio y se derogan el párrafo sexto del artículo 23; párrafos segundo,
sexto y séptimo del artículo 29; fracciones I, Il, III y primer y segundo párrafo de la
fracción IV del artículo 32; segundo párrafo de la fracción IV del artículo 67 del
Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:
Artículo 21. Cuando no se cubran las contribuciones en la fecha o dentro
del plazo fijado por las disposiciones fiscales, el monto de las mismas se actualizará
desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, además
deberán pagarse recargos en concepto de indemnización al fisco federal por falta de pago
oportuno. Dichos recargos se calcularán aplicando al monto de las contribuciones
actualizadas por el periodo a que se refiere este párrafo, la tasa que resulte de sumar
las aplicables en cada año para cada uno de los meses transcurridos en el periodo de
actualización de la contribución de que se trate. La tasa de recargos para cada uno de
los meses de mora será la que fije el Congreso de la Unión, mediante ley.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Artículo 22. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Cuando se solicite la devolución, ésta deberá efectuarse dentro del plazo de 30 días
siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente
con todos los datos, informes y documentos que señale el reglamento de este código. Las
autoridades fiscales, para verificar la procedencia de la devolución, podrán requerir al
contribuyente, en un plazo no mayor de 10 días posteriores a la presentación de la
solicitud de devolución, los datos, informes o documentos adicionales que considere
necesarios y que estén relacionados con la misma. En este supuesto el periodo
transcurrido entre la fecha en que se hubiera notificado el requerimiento de datos,
informes o documentos adicionales y la fecha en que éstos sean proporcionados en su
totalidad por el contribuyente, será de cinco días; si el contribuyente rebasara este
límite de tiempo para entregar dichos documentos, el tiempo excedente ya no se computará
dentro del plazo de 30 días antes mencionado. No se considerará que las autoridades
fiscales inician el ejercicio de sus facultades de comprobación, cuando soliciten los
datos, informes y documentos a que se refiere este párrafo, pudiendo ejercerlas en
cualquier momento.
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Artículo 23. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Si las cantidades que tengan a su favor los contribuyentes no derivan de la misma
contribución por la cual están obligados a efectuar el pago, podrán compensar dichos
saldos en los casos y cumpliendo los requisitos que la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público establezca mediante reglas de carácter general. Independientemente de lo
anterior, tratándose de contribuyentes que dictaminen sus estados financieros en los
términos de este código, aquéllos podrán compensar cualquier impuesto federal a su
favor contra cualquier impuesto federal a su cargo, excepto el causado por operaciones de
comercio exterior.
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Se deroga.
Artículo 29. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Se deroga.
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Se deroga.
Se deroga.
Artículo 30. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
La documentación a que se refiere el párrafo anterior de este artículo y la
contabilidad, deberán conservarse durante un plazo de cinco años, contados a partir de
la fecha en que se presentaron o debieron haberse presentado las declaraciones con ellas
relacionadas. Tratándose de contabilidad y documentación correspondiente a actos cuyos
efectos fiscales se prolonguen en el tiempo, el plazo de referencia comenzará a
computarse a partir del día en que se presente la declaración fiscal del último
ejercicio en que se hayan producido dichos efectos. Cuando se trate de la documentación
correspondiente a aquellos conceptos respecto de los cuales se hubiera promovido algún
recurso o juicio, el plazo para conservarla se computará a partir de la fecha en que
quede firme la resolución que les ponga fin.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Artículo 32. Las declaraciones que presenten los contribuyentes serán
definitivas y sólo se podrán modificar por el propio contribuyente, siempre que no se
haya iniciado el ejercicio de las facultades de comprobación.
I. Se deroga.
II. Se deroga.
III. Se deroga
IV. Se deroga.
Se deroga.
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Artículo 34. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá publicar todas las resoluciones
favorables a los contribuyentes que se emitan en términos del párrafo anterior,
cumpliendo en todo caso con el artículo 69 de este Código.
Artículo 37. Salvo que en las disposiciones específicas se establezca
otro plazo, no podrá exceder de cuatro meses el tiempo para que la autoridad
administrativa resuelva lo que corresponda. Transcurrido el plazo aplicable, se
entenderán las resoluciones en sentido negativo al promovente, a menos que en las
disposiciones aplicables se prevea lo contrario. A petición del interesado, se deberá
expedir constancia de tal circunstancia, dentro de los dos días hábiles siguientes a la
presentación de la solicitud respectiva ante la autoridad que deba resolver; igual
constancia deberá expedirse cuando las disposiciones específicas prevean que
transcurrido el plazo aplicable la resolución deba entenderse en sentido positivo. De no
expedirse la constancia mencionada dentro del plazo citado, se fincará la responsabilidad
que resulte aplicable.
1237,1238,1239
En el caso de que se recurra la negativa por
falta de resolución, y ésta a su vez no se resuelva dentro del mismo término, se
entenderá confirmada en sentido negativo.
Artículo 46. . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I. De toda visita en el domicilio fiscal se levantará acta en la que se hará constar en
forma circunstanciada los hechos u omisiones que se hubieren conocido por los visitadores.
Los hechos u omisiones consignados por los visitadores en las actas hacen prueba de la
existencia de tales hechos o de las omisiones encontradas para efecto de cualquiera de las
contribuciones a cargo del visitado en el periodo revisado.
Una unidad administrativa distinta a la que practicó la visita domiciliaria deberá
emitir la resolución en la que se determinen contribuciones o créditos fiscales
omitidos.
II a IV . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Los contribuyentes que no estén conformes con los hechos contenidos en el acta final
podrán inconformarse mediante escrito que deberán presentar ante las autoridades
fiscales dentro de los 45 días siguientes al inmediato posterior a aquél en que se
cerró. Al escrito de inconformidad acompañarán las pruebas documentales pertinentes y
vinculados a los hechos que pretendan desvirtuarse siempre que no le hubiesen solicitado
su presentación durante el desarrollo de la visita.
V a VII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Artículo 46-A. Las autoridades fiscales deberán concluir la visita que
se desarrolle en el domicilio fiscal de los contribuyentes o la revisión de la
contabilidad de los mismos que se efectúe en las oficinas de las propias autoridades,
dentro de un plazo máximo de 12 meses contados a partir de que se le notifique a los
contribuyentes el inicio de las facultades de comprobación. Lo antes dispuesto no es
aplicable a aquellos contribuyentes que en el o los ejercicios a revisión, estén
obligados a presentar pagos provisionales mensuales en el impuesto sobre la renta; los que
en esos mismos ejercicios obtengan ingresos del extranjero o efectúen pagos a residentes
en el extranjero; así como los integrantes del sistema financiero o los que en los
ejercicios mencionados estén obligados a, u opten por hacer, dictaminar sus estados
financieros en los términos del artículo 32-A de este código, por lo que en el caso de
vista o revisión a los mismos, las autoridades fiscales podrán continuar con el
ejercicio de sus facultades de comprobación sin sujetarse a la limitación antes
señalada.
El plazo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ampliarse hasta por seis meses,
siempre que el oficio mediante el cual se le notifique la prórroga correspondiente haya
sido expedido por el superior jerárquico de la autoridad o autoridades fiscales que
ordenaron el acto de comprobación en términos del artículo 42 de este código, salvo
cuando el contribuyente durante el desarrollo de la visita domiciliaria o de la revisión
de la contabilidad, cambie de domicilio fiscal, supuesto en el que serán las autoridades
fiscales que correspondan a su nuevo domicilio las que expedirán el oficio de la
prórroga correspondiente. En su caso, dicho plazo se entenderá prorrogado hasta que
transcurra el término a que se refiere el segundo párrafo de la fracción IV del
artículo 46 de este código.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Artículo 67. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I a III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Se deroga.
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. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
TRANSITORIO
Las autoridades fiscales con motivo del
ejercicio de sus facultades, de comprobación respecto de contribuciones que se pagan
mediante declaración periódica formulada por los contribuyentes, procederán como sigue
para determinar contribuciones omitidas:
I. Determinarán en primer lugar, las contribuciones omitidas en los ejercicios terminados
en 1996 y 1997, por los que se hubiera o debió haber sido presentada la declaración a
más tardar el día anterior a aquél en que se ejerzan las facultades de comprobación,
así como las contribuciones correspondientes al periodo transcurrido entre la fecha de
terminación del último ejercicio y el momento en que se ejerzan las citadas facultades.
Si se tratare de contribuyentes cuyos estados financieros hubieran sido dictaminados por
contador público autorizado, se considerará como último ejercicio aquel de 12 meses por
el que se haya presentado el último dictamen, salvo que hubieran transcurrido cuando
menos 12 meses desde que presentó dicho dictamen sin haber presentado otro. En estos
casos, la determinación también podrá abarcar los meses posteriores a la presentación
del último dictamen. Lo dispuesto en este párrafo se aplicará también a un ejercicio
irregular, siempre que el ejercicio regular inmediato anterior también esté dictaminado.
II. Al comprobarse que durante el ejercicio a que se refiere la fracción anterior se
omitió la presentación de la declaración del ejercicio de alguna contribución, o que
el contribuyente incurrió en alguna irregularidad, se podrán determinar, en el mismo
acto o con posterioridad, contribuciones omitidas correspondientes a ejercicios
anteriores, sin más limitación que lo dispuesto en el artículo 67 de este código,
inclusive las que no se pudieron determinar con anterioridad, por la aplicación de este
artículo.
Las irregularidades a que se refiere esta fracción son las siguientes:
a) Omisión en el pago de participación de utilidades a los trabajadores de acuerdo con
la utilidad fiscal declarada.
b) Efectuar compensación o acreditamiento improcedente contra contribuciones a su cargo,
u obtener en forma también improcedente la devolución de contribuciones, por más del 3%
sobre el total de las declaradas.
c) Omisión en el pago de contribuciones por más del 3% sobre el total de las declaradas
por adeudo propio.
d) Omisión en el entero de la contribución de que se trate por más del 3% sobre el
total retenido o que debió retenerse.
e) Cuando se dé alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 55 de este código.
f) No solicitar la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes cuando se esté
obligado a ello o no presentar el aviso de cambio de domicilio fiscal o hacerlo
extemporáneamente, salvo cuando se presenten en forma espontánea. Se considerará que se
incurrió en la irregularidad señalada en este inciso, aun cuando los supuestos
mencionados en el mismo hubiesen ocurrido en ejercicios o periodos distintos a los que se
refiere la fracción I de este artículo.
g) Proporcionar en forma equivocada u omitir la información correspondiente al valor de
los actos o actividades realizadas en cada entidad federativa cuando tengan
establecimientos en dos o más entidades, siempre que la omisión o alteración exceda en
más del 3% de las cantidades que debieron proporcionarse de acuerdo con las actividades
realizadas.
h) Consignar información o datos falsos en los estados, de resultados reales del
ejercicio que se presenten para solicitar reducción de los pagos provisionales, o en los
informes acerca del movimiento de efectivo en caja y bancos. cuando se solicita el pago a
plazos ya sea diferido o en parcialidades.
Siempre se podrá volver a determinar contribuciones omitidas correspondientes al
mismoejercicio, cuando se comprueben hechos diferentes.
Si se incurre en alguna de las irregularidades señaladas en esta fracción se podrá,
incluso, determinar contribuciones omitidas distintas a aquéllas en que se cometió la
irregularidad, aun cuando correspondan a ejercicios anteriores.
Cuando las autoridades fiscales ejerzan sus facultades de comprobación sean competentes
para revisar a los contribuyentes exclusivamente respecto de determinadas contribuciones,
se considerarán cometidas las irregularidades a que se refieren los incisos b, c y d de
esta fracción, aun cuando los por cientos señalados en dichas fracciones se refieran
solamente a las contribuciones en relación a las cuales tenga competencia la autoridad
fiscal de que se trate.
También se consideran irregularidades para los efectos de esta fracción, las omisiones
de ingresos o las deducciones en exceso, en que incurran los socios o accionistas en
operaciones con la persona moral de que se trate.
III. Aun cuando se presenten declaraciones complementarias después de que se inicie el
ejercicio de las facultades de comprobación por las autoridades fiscales o las formas de
corrección de la situación fiscal a que se refieren los artículos 58 y 76, se podrán
determinar contribuciones omitidas por los ejercicios anteriores.
IV. Las declaraciones complementarias o las formas de corrección de la situación fiscal
a que se refieren los artículos 58 y 76, correspondientes a periodos anteriores a los
señalados en la fracción I, podrán ser motivo de determinación de contribuciones en
cualquier tiempo por lo que hace a los conceptos que hubieren modificado.
V. Las contribuciones retenidas o que debieron retenerse podrán ser determinadas en
cualquier tiempo, aun cuando en el último ejercicio sujeto a fiscalización no se
determinen contribuciones o no se encuentren irregularidades a que se hace referencia en
la fracción II de este artículo.
VI. Si en el periodo a que se refiere la fracción I el contribuyente hubiera incurrido en
las irregularidades a que se hace referencia en la fracción II, se podrán hacer las
modificaciones a que haya lugar por los ejercicios anteriores, aun cuando las mismas no
den lugar al pago de contribuciones.
VII. No obstante lo dispuesto en la fracción I de este artículo, las autoridades
fiscales siempre podrán determinar contribuciones por un periodo menor del que se señala
en dicha fracción.
Lo dispuesto en este artículo no es aplicable a la determinación de contribuciones
realizadas por las autoridades fiscales, que derive de la revisión de la Cuenta Pública
Federal efectuada por la Contaduría Mayor de Hacienda, a aportaciones de seguridad
social, contribuciones sobre ingresos provenientes y deducciones efectuadas en el
extranjero o que se causen por la importación de bienes, al impuesto sobre tenencia o uso
de vehículos; ni respecto de las deducciones por creación o incremento de reservas de
pasivo cuando los pagos correspondientes se efectúen en ejercicios posteriores a aquél
en que se hizo la deducción, así como de los ejercicios en que se incurrió en pérdidas
para efectos del impuesto sobre la renta, cuando dichas pérdidas se disminuyan total o
parcialmente. en el ejercicio respecto del cual se ejercen las facultades de
comprobación; no siendo aplicable, incluso en el ejercicio inmediato anterior a aquél en
que se incurrió en pérdida, cuando ésta se disminuya en dicho ejercicio. Tampoco es
aplicable lo previsto en este artículo a las instituciones que se encuentren sujetas a la
inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de la Comisión Nacional de
Seguros y Fianzas ni a la determinación de contribuciones que efectúen las autoridades
fiscales a cargo de los socios o accionistas por las irregularidades a que se refiere el
último párrafo de la fracción II de este artículo, así como por los dividendos
señalados en las fracciones IV, V. VI y VII del artículo 120 de la Ley del Impuesto
sobre la Renta.
Lo dispuesto en este artículo tampoco será aplicable en el ejercicio de la liquidación
de las sociedades, cuando se haya presentado el aviso de suspensión de actividades o
cuando en los ejercicios de 12 meses a que se refiere la fracción I de este artículo, el
contribuyente no hubiera realizado sus actividades en forma ordinaria.
No se formulará querella ni se impondrán multas por omisión en el pago de
contribuciones, cuando éstas no puedan determinarse en virtud de lo dispuesto por este
artículo.
1240,1241,1242
Lo establecido en este artículo no limita el
ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales.
Artículo tercero. Se reforman los artículos 46, fracción II; 58
fracciones VII y X; 112 fracción VII y VIII, párrafo segundo; 137 fracción III; 151
párrafos octavo y noveno; 151-B párrafo séptimo y se derogan el párrafo segundo de la
fracción II del artículo 46; las fracciones V y XI del artículo 58; fracción XVI y
párrafo segundo de la fracción XXX del artículo 77; los artículos 78-A, 78-B;
fracción V y XIII del artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar
como sigue:
Artículo 46. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
II. Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto
de................... $250.000.00.
Se deroga.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III a VII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Artículo 58. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
V. Se deroga.
VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
VII. Formular un estado de posición financiera.
VIII y IX. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
X. Deberán proporcionar en su caso, información de las personas a las que en el mismo
año de calendario les hubieren efectuado retenciones de impuesto sobre la renta, así
como de los residentes en el extranjero a los que les hayan efectuado pagos de acuerdo con
lo previsto en el Título Quinto de esta ley. También deberán proporcionar la
información de las personas a las que en el año de calendario inmediato anterior les
hayan efectuado pagos en los términos de los artículos 77 fracción XXX y 141-C de esta
ley. Asimismo deberán proporcionar en los meses de julio de cada año y enero del
siguiente, información de las personas a las que les hubieran otorgado donativos en el
semestre inmediato anterior.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . .
XI. Se deroga.
Artículo 77. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I a XV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
XVI. Se deroga.
XVII a XXIX. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
XXX. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Se deroga.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
XXXI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . .
Artículo 78-A. Se deroga.
Artículo 78-B. Se deroga.
Artículo 112. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
V. Se deroga.
VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
VII. Formular un estado de posición financiera.
VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Deberán proporcionar en su caso, información de las personas a las que en el mismo año
de calendario les hubieren efectuado retenciones de impuesto sobre la renta, así como de
los residentes en el extranjero a los que les hayan efectuado pagos de acuerdo con lo
previsto en el Título Quinto de esta ley. También deberán proporcionar la información
de las personas a las que en el año de calendario inmediato anterior les hayan efectuado
pagos en los términos de los artículos 77 fracción XXX y 141-C de esta ley. Asimismo
deberán proporcionar en los meses de julio de cada año y enero del siguiente,
información de las personas a las que les hubieran otorgado donativos en el semestre
inmediato anterior.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IX a XI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Artículo 137. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. Las inversiones o pagos por el uso o goce temporal de automóviles sólo serán
deducibles tratándose de contribuyentes que obtengan ingresos provenientes del Capítulo
II y IV de este título, que sean estrictamente indispensables para su actividad y cuando
dichos vehículos cumplan con los requisitos para la deducción que establece la fracción
II del artículo 46. En ningún caso serán deducibles las inversiones o pagos por el uso
o goce temporal de automóviles comprendidos dentro de las categorías "B",
"C" y "D" a que se refiere el artículo 5o. de la Ley del Impuesto
Sobre Tenencia o Uso de Vehículos.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IV a XVII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Artículo 151. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Tratándose de la enajenación de acciones o títulos valor que se realicen a través de
bolsas de valores autorizadas o mercados de amplia bursatilidad que determine la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público en reglas generales que al efecto expida, y
siempre que dichos títulos sean de los que se coloquen entre el gran público
inversionista conforme a dichas reglas generales, el impuesto será del 2% de la ganancia
obtenida, siempre que el contribuyente haya conservado la inversión respectiva, por un
periodo superior a 12 meses. En el caso en que dicho período de inversión sea menor a 12
meses, la tasa será del 49%. El pago del impuesto será definitivo y mediante retención
del banco, casa de bolsa o agente vendedor que participe en la enajenación.
Para la determinación de la ganancia el contribuyente considerará como costo comprobado
de adquisición, el que resulte de actualizar la cantidad que se haya pagado por las
acciones o títulos valor por el periodo comprendido desde el mes en que se adquirieron
hasta aquél en que se efectúe la enajenación.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . .
Artículo 151-B. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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. . . . . . . . .
Tratándose de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o
títulos valor que se realicen a través de bolsas de valores autorizadas o mercados de
amplia bursatilidad que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en reglas
generales que al efecto expida, y siempre que dichos títulos sean de los que se coloquen
entre el gran público inversionista conforme a dichas reglas generales, el impuesto será
del 2% de la cantidad que perciba el contribuyente en el extranjero proveniente de la
operación financiera de que se trate sin deducción alguna, siempre que la operación
haya tenido una duración mayor a 12 meses. En el caso de que la duración de la
operación financiera derivada de capital sea menor de 12 meses, la tasa será del 4.9%.
El pago del impuesto será definitivo y mediante retención del banco, casa de bolsa o
agente vendedor que participe en la liquidación de la operación.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Artículo cuarto. Se deroga el párrafo segundo del artículo 5o. de la
Ley del Impuesto al Activo, para quedar como sigue:
Artículo 5o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Se deroga.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Artículo quinto. Se adiciona un artículo transitorio a la Ley del
Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, para quedar como sigue:
Artículo transitorio. Los vehículos modelos anteriores a 1998 y
posteriores a 1992 de procedencia extranjera que circulan en el país, podrán regularizar
su estancia ante la autoridad fiscal, siempre que el propietario que formule la solicitud
realice el pago de las contribuciones correspondientes ante la administración fiscal
federal, dentro de cuya inscripción territorial se encuentre su domicilio, en el plazo
que señale la autoridad fiscal en el decreto correspondiente, acompañando la
documentación que en la misma se indique.
La autoridad fiscal expedirá el decreto respectivo para el debido cumplimiento de esta
disposición, en todo caso, especificará los documentos que deben acompañar a la
solicitud y las contribuciones a pagar.
La autoridad fiscal, deberá resolver todas las solicitudes a más tardar el 30 de julio
de 1998.
Dado en la Cámara de diputados del honorable Congreso de la Unión. México, D.F a 4 de
noviembre de 1997.- Diputados: Juan Miguel Alcántara Soria, Fernando Castellanos Pacheco,
Ramón María Nava González, Gerardo Buganza Salmerón y Fortunato Alvarez Enríquez.»
Túrnese a la Comisión de
Hacienda y Crédito Público.
El diputado
Ramón María Nava González: |
Hago entrega, señor Presidente, de esta
iniciativa a la Secretaría para el trámite correspondiente.
Muchas gracias.
¿Con qué objeto, señor diputado?
El diputado
Ernesto Alfonso Millán
Escalante (desde su curul): |
Su reconsideración al dar turno a esta
iniciativa de decreto, dado que la materia que tiene va a Fortalecimiento del Federalismo
y por lo tanto repito su consideración para darle el turno aparte de la de Hacienda, a la
Comisión de Fortalecimiento del Federalismo.
Muchas gracias.
La Presidencia considera que dado el
contenido de la iniciativa que esencialmente contiene propuestas de reformas y adiciones
al Código Fiscal de la Federación, a la Ley del Impuesto sobre la Renta y a la Ley del
Impuesto al Valor Agregado, considera conducente el turno que ha dado. Sin embargo, en la
parte relativa que pudiera ésta ser de interés por su materia de la Comisión de
Fortalecimiento al Federalismo, también entonces se ordena en esa parte y sólo en ella,
turnar a la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo.
COMITE DE ASUNTOS INTERNACIONALES
El secretario
Francisco Javier Reynoso
Nuño: |
«Proyecto de acuerdo de la Comisión de
Régimen Interno y Concertación Política, (CRICP) en el que se propone establecer las
atribuciones del Comité de Asuntos Internacionales, (CAI) de la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión.
CONSIDERANDO
Que la realidad política, social y cultural
que vive hoy nuestro país y el mundo, hacen imprescindible asegurar que los trabajos de
la Cámara de Diputados estén en consonancia con los trabajos parlamentarios del
concierto de naciones, tanto a nivel nacional como regional, bilateral y multilateral;
Que la Cámara de Diputados requiere un órgano que, en forma colegiada y plural,
establezca y desarrolle sus relaciones en el ámbito internacional, con los congresos y
parlamentos de diversos países y regiones, a partir de una política legislativa ordenada
y coherente;
1243,1244,1245
Que ese órgano debe ser de carácter
ejecutivo, especializado en las relaciones de esta Cámara en el ámbito internacional,
que opere como el vehículo de esas relaciones con las diversas instituciones
parlamentarias, organismos internacionales, gubernamentales y no gubernamentales;
Que la Comisión de Relaciones Exteriores de esta Cámara, es un órgano de dictamen
Legislativo, considerada en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de
los Estados Unidos Mexicanos dentro de sus comisiones ordinarias, con facultades para
estudiar y dictaminar las iniciativas de ley o decreto en el ámbito de las relaciones
exteriores, sin atribuciones para conducir los asuntos internacionales de la Cámara de
Diputados;
Que el pleno de la Cámara de Diputados, en su sesión del día 30 de septiembre de 1997,
creó el Comité de Asuntos Internacionales, designó a su presidente, sus secretarios y
sus integrantes, para el manejo de sus relaciones en el ámbito internacional.
La Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, propone el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
Con fundamento en los artículos 42 y 45
primer párrafo y fracción II y 57 penúltimo párrafo, de la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 70 del Reglamento para el
Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, definir las
siguientes atribuciones del Comité de Asuntos Internacionales:
Primero. Planear y organizar todas las relaciones de la Cámara de
Diputados, con los distintos congresos y parlamentos, organismos multilaterales y
organizaciones no gubernamentales, en el ámbito internacional.
Segundo. Conocer y organizar los viajes internacionales que los diputados
realicen en cumplimiento de las tareas de las comisiones y comités. Los asistentes a las
reuniones internacionales serán autorizados por la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política.
Tercero. Organizar las reuniones bilaterales establecidas y que se
establezcan con los congresos y parlamentos nacionales de otros países, así como
negociar la agenda de las discusiones con ellos. Para las reuniones bilaterales, la
Comisión de Relaciones Exteriores propondrá temas para la agenda; se incorporarán
integrantes de esa comisión para asistir a dichas reuniones bilaterales y también se
incorporarán diputados de las comisiones y comités, cuya materia se relacione con los
temas de la agenda que se apruebe.
Cuarto. Organizar la asistencia de los diputados a reuniones con
parlamentos regionales, comisiones o grupos de trabajo de ellos.
Quinto. Para todo tipo de reuniones el CAI, preparará información sobre
las misiones que cumplirán las delegaciones de diputados y los países que visitarán;
coordinará reuniones de trabajo en las que se precise el sentido y metas de las visitas y
recibirá los informes escritos de la delegación que asista; asimismo mantendrá contacto
con el Senado de la República, cuando las reuniones sean conjuntas y con la cancillería
mexicana, para que los diputados sean acreditados, recibidos y atendidos adecuadamente.
Sexto. Preparar para su aprobación por la CRICP, un programa de trabajo
anual de asuntos internacionales de la Cámara de Diputados, que tome en cuenta los
compromisos establecidos y promueva nuevas relaciones que amplíen la diplomacia
parlamentaria de la Cámara y difundan sus actividades y posiciones.
Séptimo. Dar seguimiento a las actividades internacionales, reuniones y
foros y difundir entre los diputados y la ciudadanía, los resultados y recomendaciones de
dichos eventos.
México, D. F., Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre, de 1997.- Diputados:
Carlos Medina Plascencia, Alejandro González Yáñez, Porfirio Muñoz Ledo, Arturo
Núñez Jiménez y Jorge Emilio González Martínez.»
En consecuencia, está a discusión el
punto de acuerdo, se abre el registro de oradores.
El secretario
Francisco Javier Reynoso Nuño: |
No habiendo quien haga uso de la
palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo.
Los diputados que estén por la afirmativa,
sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado el
punto de acuerdo.
ENFERMEDADES
DE LA MUJER
La secretaria
Blanca Rosa García Galván: |
Con su venia, señor Presidente:
«Ciudadanos de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
En sesión celebrada el pasado martes 28 fueron turnadas a las comisiones unidas de Salud,
Equidad y Género; Población y Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, las intervenciones
de los diputados: Elsa Patria Jiménez Flores, Fabiola Gallegos Araujo, Marco Antonio
Adame Castillo, Isabel Villers Aispuro, Miguel Angel Navarro Quintero, Gustavo Espinosa,
María de las Mercedes Martha Juan López y Carolina O'Farrill Tapia, relacionadas con el
proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA2-1994, para la
prevención, tratamiento y control del cáncer del cuello del útero y mamario, en la
atención primaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 1o. de agosto de
1997.
CONSlDERANDO
I. Que los diputados arriba citados, solicitan
en sus intervenciones reconsiderar los términos de la modificación a la Norma Oficial
Mexicana NOM-014-SSA2-1994, para la prevención, tratamiento y control del cáncer del
cuello del útero y mamario, en la atención primaria.
II. Que las cifras estadísticas señalan que cada dos horas, muere en México una mujer
como consecuencia del cáncer cérvico-uterino, y que México ocupa el primer lugar en
América latina y el quinto a nivel mundial en la tasa de mortalidad por este
padecimiento.
III. Que en tal virtud, esta propuesta, es sin duda alguna de gran trascendencia para la
salud de las mujeres mexicanas en edad reproductiva.
IV. Que el proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana citada, fue publicada el
1o. de agosto de 1997 y fija como fecha límite el día de hoy para hacer comentarios al
proyecto.
V. Que tal plazo, hace materialmente imposible una reunión de las comisiones unidas a las
que fue turnado el proyecto;
Con fundamento en lo que disponen los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno
Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos diputados
federales nos permitimos proponer para su urgente y obvia resolución el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
Primero. La Cámara de
Diputados solicitará oficialmente, el día de hoy, a la Secretaría de Salud que se
prorrogue el plazo para la recepción de comentarios sobre el proyecto de modificación a
la Norma Oficial Mexicana NOM- 014-SSA2-1994, para la prevención, tratamiento y control
del cáncer del cuello del útero y mamario, en la atención primaria, por un lapso de 30
días naturales.
Segundo. Las comisiones unidas de Salud; Equidad y Genero; Población y
Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, se reunirán en el transcurso de la primera
quincena del mes de noviembre, para elaborar opinión técnico-médica en relación a
dicho proyecto de modificación, cuyas resoluciones habrán de enviarse a la Secretaría
de Salud, para que sea tomada en consideración antes de publicarse en el Diario Oficial
de la Federación.
México, D.F., a 30 de octubre de 1997.- Firman los diputados: Patria Jiménez, Fabiola
Gallegos Araujo, Marco Antonio Adame Castillo, María Elena Cruz Muñoz, Gustavo Espinosa
Plata, Saúl Solano Castro, Miguel A. Navarro, Martha Dalia Gastelum Valenzuela, Santiago
Padilla Arriaga.»
Consulte la Secretaría a la Asamblea,
si se admite o no a discusión la proposición.
La secretaria
Blanca Rosa García Galván: |
En votación económica se pregunta a
esta Asamblea si se admite a discusión la proposición.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Consulte la Secretaría a la Asamblea,
si se considera de urgente resolución.
La secretaria
Blanca Rosa García Galván: |
En votación económica se pregunta a la
Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del
Congreso General, si se considera de urgente resolución la proposición.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se considera
de urgente, señor Presidente.
En consecuencia, está a discusión la proposición...
No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta si se aprueba, en votación
económica nuevamente...
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor
Presidente.
ESTADO DE CHIAPAS
Tiene la palabra el diputado Gilberto
López, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para referirse
a la situación de Chiapas.
El diputado
Gilberto López y Rivas: |
Ha sido difícil compañeras y
compañeros diputados, traer a esta tribuna el debate en torno a la paz y la guerra en
Chiapas.
Hay quienes piensan que la coadyuvancia del Congreso de la Unión en el conflicto que se
inicio el 1o. de enero de 1994, significa omitir todo juicio de valor sobre la coyuntura
política, mientras otros consideramos que la coadyuvancia activa, obliga a ubicar cuáles
son las acciones y los intereses que se oponen a la paz, para actuar en consecuencia, lo
cierto es que en los problemas nacionales no se valen medias tintas...
Permítame un momento, señor diputado.
Voy a suplicar a las señoras diputadas y a los señores diputados que no están en sus
curules, se sirvan ocuparlos. Y, a ellos como al resto de los asistentes a este pleno,
guardar silencio y poner atención al orador.
El diputado Gilberto López y Rivas: |
Lo cierto es que en los problemas
nacionales no valen medias tintas o se es parte del problema o se es parte de la
solución.
Así, en los días recientes, hemos visto que en el proceso revindicador de los pueblos
indios por sus derechos, autonomía y libre determinación y particularmente en la
situación chiapaneca, existen grupos con más interés en poner obstáculos que en
arribar a la paz con dignidad y justicia.
Con preocupación observamos el aumento de la intimidación militar y paramilitar, la
pretensión de agregar confusión en la opinión pública, así como intentos de
sustitución de las instancias legítimas y legales de intermediación.
Pese a que se ha informado, que la presencia del Ejército en Chiapas, se redujo
sensiblemente, es perceptible que la intensidad de la amenaza de violencia es mayor en la
región, particularmente en la zona del conflicto. Si bien es cierto que los militares,
podrían haber reducido su número, lo cual no nos consta, también lo es que las nuevas
posiciones en que han situado los campamentos militares y la concentración de fuerzas en
determinados lugares, tensan aún más la ya de por sí difícil situación
político-militar.
Es de destacarse lo que ocurre en la región de Las Cañadas, de la selva Lacandona, donde
está construyéndose un campamento permanente a escasos kilómetros de La Realidad y en
las orillas del río Useva. Como todo mundo sabe, La Realidad es un punto de reunión de
una parte de la comandancia general del EZLN.
1246,1247,1248
Todas las mañanas, un convoy de
aproximadamente 25 vehículos militares, artillados con alrededor de 200 hombres en
posición de asalto, pasan por ese poblado en un recorrido que se inicia desde su cuartel
general, ubicado a 14 kilómetros de distancia en las tierras ejidales del pueblo fantasma
de Guadalupe Tepeyac, para regresar por la tarde a su base, mientras aviones de
reconocimiento permanecen en alerta en toda la zona.
También en los Altos de Chiapas, el reposicionamiento del Ejército continúa en tierras
y comunidades, provocando protestas e incidentes que han podido y pueden desencadenar
nuevamente acciones armadas con los insurgentes.
Mientras, en el norte del Estado los grupos paramilitares cuya existencia es negada
permanentemente por los gobiernos estatal y Federal, siguen ocasionando agresiones contra
los indígenas choles y enfrentamientos entre una amplia variedad de grupos políticos y
religiosos.
En Chiapas, mueren en promedio 15 personas a la semana, como resultado de la violencia
política, sin que los responsables sean castigados.
Asimismo, en los municipios de Tila, Sabanilla, Tumbalá y Salto de Agua, se provocan
desplazamientos forzados de población, con los sufrimientos humanos que esto conlleva.
El excelente artículo publicado por los investigadores Angélica Inda y Andrés Hubrí
sobre los paramilitares en Chiapas, ilustra el papel histórico que han jugado los
pistoleros, los guardias blancas, y ahora los paramilitares en los continuos conflictos
que han aquejado a ese Estado.
La colaboración de los políticos con la guerra irregular, señalan estos investigadores,
mexicanización semántica del conflicto de baja intensidad conceptualizado por los
estrategas yankees, hace resurgir ante nuestros ojos a un nuevo actor: "el
paramilitar".
Se probó en la zona norte de Chiapas, La Chol, que ha sido el laboratorio en que se
ensayó con la organización campesina llamada "paz y justicia". Luego, afinado
el modelo, se extendió a las zonas Tzeltal con Los Chinchulines; escurrió después por
la zona Tzoltzil, Chenaló y su paraje Los Chorros, siendo su escenario actual, sin haber
todavía cobrado o revelado su nombre y disparó hacia los valles centrales por Venustiano
Carranza. Al parecer con la mira, va fraguando por Oxchuc.
Estos paramilitares resuelven el problema de la tregua que paraliza a los militares.
Como el blanco de la guerra irregular es la sociedad civil; por la famosa relación entre
el pez y el agua, a la que el Ejército no distingue fácilmente de las bases de apoyo, se
fomenta la faccionalización de las comunidades.
Desatado el proceso, se da a lo que la ley sobre el diálogo prohibía: una verdadera
guerra, tal como lo revelan los números de muertos, desplazados y casas quemadas.
Los morales de los paramilitares, son los de los soldados yugoslavos; botín de guerra por
el saqueo de las viviendas, de los expulsados o por robos de parcelas, cosechas,
cafetales, ganados y violaciones para humillar al vencido. Pistoleros, guardias blancas y
paramilitares, son los herederos de esta trágica secuencia histórica. No resolvieron
ninguno de los problemas, los contaminaron, pudrieron y perpetuaron, dejando en el poder
el causante de los problemas.
Han sido agentes sutilmente infiltrados, que no actores, para enredar y administrar los
conflictos recurrentes en Chiapas, en vez de resolverlos.
Las actividades de los paramilitares y guardias blancas en el Estado, son una permanente
causa de conflictos, que en algunos municipios escapa al control de sus propios jefes
políticos llevando al borde de la guerra civil a poblaciones enteras y constituyendo una
mecha permanente que en cualquier momento puede hacer estallar todo el teatro de
operaciones.
Además, la presencia militar y la acción de los paramilitares, rompen con el ciclo
agrícola y festivo de las comunidades, impiden la convivencia ordinaria entre los
pueblos, introducen el asedio y la vigilancia de su vida diaria, de su intimidad y sobre
todo, en lo que toca a la eventual reanudación del diálogo, impiden el libre paso de la
dirigencia zapatista y dificultan la posibilidad de establecer comunicación con ellas.
Paralelamente se han hecho declaraciones públicas, que involucran al Partido de la
Revolución Democrática, en un supuesto proyecto propio de reformas constitucionales en
materia de derechos indígenas, que enviaríamos a esta Cámara de Diputados, ante la
suspensión del diálogo entre el EZLN y el Gobierno Federal, y ante una también supuesta
carencia de representatividad indígena del proyecto de reformas constitucionales en esa
materia, de la Comisión de Concordia y Pacificación.
Estas declaraciones provenientes del sector indígena del Partido Revolucionario
Institucional, venían acompañadas de una clara descalificación de los acuerdos de San
Andrés, los cuales, según la misma fuente, tampoco representan las demandas de los
pueblos indios de nuestro país.
Obviamente declaraciones como ésta no ayudan a crear un consenso interpartidario en favor
de la paz. Más bien alientan la confusión, generalizan y fomentan la incertidumbre de la
opinión pública nacional e internacional e inducen a pensar en la puesta en práctica de
una política de doble juego partidario e institucional del régimen de partido de Estado.
Asimismo, el día 27 de octubre la dirigencia del EZLN ha alertado sobre el peligro de que
se intente una intermediación del conflicto en Chiapas, a través de la nunciatura
apostólica en México, especie que hemos confirmado por otras fuentes.
Estas declaraciones recientes, incluso del propio nuncio ha manifestado su interés en
opinar y participar en cuestiones sociales y políticas nodales para los mexicanos,
violentando con ello el artículo 33 constitucional. Su señalamiento en el sentido de que
es obligación pastoral evitar que grupos de presión se sirvan de los indígenas, es
simultáneamente la demostración de que efectivamente participa en política interna y de
que tiene una visión patrimonial y clientelar del mundo indígena.
En esa dirección es recurrente la campaña en contra de la Conai, como instancia de
intermediación y en particular en contra del obispo Samuel Ruiz, mismas que sólo pueden
redundar en contra del proceso de paz en Chiapas.
La fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática considera que dadas
estas acciones cotidianas de militarización, demostración innecesaria de fuerza y
presencia castrenses, no existe el clima adecuado para reabrir el diálogo y continuar las
negociaciones entre el EZLN y el Gobierno Federal, en especial la construcción de nuevos
campamentos del Ejército en la región de Las Cañadas, así como las acciones de los
paramilitares contra la población civil, entran en evidente contradicción con las
palabras presidenciales en favor de la vía del diálogo y sobre todo con las
disposiciones de nuestra Carta Magna y de la ley del diálogo y la conciliación.
El cumplimiento cabal de los acuerdos de San Andrés por parte del Gobierno Federal,
significa la aceptación de la propuesta de reformas constitucionales en materia
indígena, elaborada por la Comisión de Concordia y Pacificación en noviembre de 1996.
Los señalamientos presidenciales a la misma no se fundamentan en esos acuerdos ni tienen
sustento firme en el derecho constitucional que reconoce derechos colectivos. El jefe del
Ejecutivo debe retirar su documento del 20 de diciembre si realmente quiere la paz en
Chiapas. Hay que reiterarlo: la propuesta de la Cocopa no establece un nuevo nivel de
gobierno, no crea derechos corporativos ni fueros, no crea reservaciones; por el
contrario, representa la oportunidad histórica de superar el modelo de nación excluyente
y racista que se desarrolló en nuestro país desde el Siglo XIX.
Por ello precisamente y en la perspectiva de la reforma del Estado, el Partido de la
Revolución Democrática quiere fijar su posición con respecto a la demanda central del
movimiento indígena contenida en los acuerdos de San Andrés: la autonomía.
Para nosotros, la estrategia de autonomía de los pueblos indios es el fin y el principio
de un nuevo ciclo histórico en su relación con el Estado y la nación mexicanos. La
autonomía a determinar con la preeminencia de esa falsa visión impuesta por los grupos
oligárquicos de que en la forja y el desarrollo de nuestras naciones sólo puede florecer
una lengua, una cultura, un pueblo, una nacionalidad.
La autonomía de romper con el determinismo y la inercia de estructuras jurídicas y
políticas egocéntrica de quienes desde el poder sólo verán sus propios rostros
reflejados en el espejo de nuestras identidades.
Una reforma del Estado debe descansar no sólo en la nación de ciudadanos, sino también
en la nación de pueblos, que con ese carácter exigen reconocimiento a sus instituciones
sociales, culturales, económicas y políticas; demandan plena vigencia de sus sistemas
normativos internos, respeto a sus formas de religiosidad y expresiones rituales.
Integridad y conservación de sus tierras, territorios y recursos naturales.
Participación y representación política en todos los niveles del Estado. En suma, poder
de decisión sobre sus vidas y destinos. Todo lo cual se encuentra contenido en la
propuesta de la Cocopa.
La autonomía se ha abierto paso por la maraña de las ideologías excluyentes y los
fantasmas que de ella se han hecho los grupos de poder económico y político, se ha
afianzado como una propuesta para la reforma democrática del modelo de Estado-nación
integracionista y centralista.
Y, por todo ello, no vemos razones para que el Presidente de la República se siga
oponiendo a integrar el concepto de autonomía a la Constitución, con los pretextos de la
técnica jurídica o de supuesta violación a la soberanía y la integridad nacionales.
Para el PRD el reconocimiento de la autonomía de los pueblos indios es el camino para la
reforma del Estado, que reconozca de manera efectiva el carácter multiétnico de la
nación mexicana. También la autonomía es nada menos el precio de la paz en Chiapas.
Muchas gracias.
Para referirse al mismo tema, tiene la
palabra el diputado Gerardo Acosta Zavala, del Partido del Trabajo.
El diputado Gerardo Acosta Zavala: |
Compañeras y compañeros diputados:
Cada día que pasa, la situación política en Chiapas se descompone más. Día a día se
producen ahí violaciones a los derechos humanos, sin que los responsables sean
castigados; ahí están los dramáticos acontecimientos en los municipios de Chenalhó,
donde se están armando con absoluta impunidad grupos paramilitares.
Desgraciadamente pareciera que nos hemos acostumbrado a ello. La ruptura de estado de
derecho pareciera no conmover a esta legislatura. Y la situación de Chiapas se complicó
aún más con las distintas intervenciones en los medios, producidas en los últimos
días.
La Cocopa de la LVI Legislatura pasada cumplió con su aporte fundamental, que fue frenar
las acciones bélicas que se dieron durante los primeros días del año de 1994. Este
hecho culminó con la publicación el 11 de marzo de 1995, en el Diario Oficial, de la Ley
para el Diálogo y la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas. Esta ley se convirtió en
el instrumento jurídico para establecer las bases para una solución justa, digna y
duradera en el conflicto armado.
Posteriormente, por todas las razones que todos conocemos, los acuerdos de San Andrés en
materia de derechos y cultura indígena, han quedado en suspenso, por decir, que ese
escollo debe superarse a la brevedad posible y la Cocopa en ese sentido tendrá que hacer
su parte.
La Cocopa de la LVII Legislatura, tiene la responsabilidad y la obligación de hacer todo
lo posible para lograr una solución definitiva en el conflicto. Como lo señalamos en la
instalación de esta comisión, la nueva Cocopa tiene delante de sí enormes retos. Por
principio de cuentas, el diálogo entre las partes está suspendido desde hace más de un
año. La violencia política y la ingobernabilidad reinan en Chiapas, particularmente en
la región norte del Estado, donde grupos paramilitares operan con la más absoluta
impunidad.
La situación es tan grave que en menos de dos años han desaparecido, asesinado a más de
500 ciudadanos, la mayoría de ellos opositores.
Compañeras y compañeros diputados: no habrá paz y desarrollo en nuestro país si no hay
paz en Chiapas. No habrá paz en Chiapas si no se crean las condiciones para solucionar
cabalmente las causas que originaron el conflicto. No habrá paz en Chiapas si no es con
justicia y dignidad. La Cocopa tiene ante sí el desafío de responder al mandato que la
ley le ha dado, tiene frente de sí el reto de trabajar por la paz, por eso la categórica
propuesta del PT es la siguiente: que de inmediato demos los pasos que sean necesarios
para que se presente al pleno la iniciativa sobre derechos y cultura indígena para que
esta Cámara de Diputados le cumpla responsablemente al pueblo de México y en particular
a las comunidades indígenas de este país.
1249,1250,1251
Gracias, compañeros.
Para referirse al mismo tema, tiene la
palabra el diputado Germán Martínez Cázares, del Partido Acción Nacional.
El diputado Germán Martínez Cázares: |
Con el permiso de la Presidencia:
El proceso de transición que vive nuestro país tiene en la paz para Chiapas una
asignatura pendiente; sin la conclusión digna y justa de este conflicto no podemos hablar
con seriedad y fundamento de que México arribó a la normalidad democrática.
El día de antier el presidente nacional de mi partido, Felipe Calderón, le expresó al
Presidente de la República y a otros actores políticos, que existe el riesgo de perder
mucho de lo logrado en la reforma del Estado, si no damos pasos adicionales para definir y
establecer las bases firmes del México que anhelamos.
El riesgo es más grave y más intenso en el conflicto chiapaneco, se puede perder lo
avanzado hasta el momento si no se toman decisiones firmes, si este poder y el Ejecutivo
no asumimos nuestra responsabilidad política y cumplimos la cita con la historia. El
Presidente Zedillo, en respuesta a la misiva de Felipe Calderón, acepta que debe seguir
el diálogo en todas las instancias para lograr los acuerdos que nos permitan avanzar en
los asuntos más inmediatos del país.
Acción Nacional establece con claridad que el proceso de pacificación en Chiapas es un
asunto inmediato y además estructural para avanzar en la justicia social tal y como lo
dice el propio presidente Zedillo.
El grupo parlamentario de Acción Nacional en esta Cámara de Diputados reitera, sostiene
y respalda a la Comisión de Concordia y Pacificación, como instancia de diálogo o
método eficaz para procesar las diferencias de Chiapas y de México. En mucho
contribuiremos si dejamos de lado intolerancias, sospechas, desconfianzas, inmovilismos o
insensibilidades que se pretenden agregar a los trabajos de la Cocopa.
La Cocopa resuelve y procesa diferencias, no las pretende anular o aniquilar, la Cocopa es
para Acción Nacional sistema de conciliación y no trinchera de radicalismos o camino
para sustituir cacicazgos.
Acción Nacional seguirá con firmeza la lucha que inició hace más de 50 años para
instaurar la igualdad, la justicia y la libertad como elementos rectores de las políticas
públicas de gobierno destinadas no sólo a los indígenas ó a los chiapanecos, sino a
todos los mexicanos y a la nación entera.
Igualdad, como sinónimo de ausencia de diferencias; libertad como expresión de la
capacidad de generar y encontrar nuestro propio destino y justicia adjetivada como
justicia social. Si la justicia se define como dar a cada quien lo suyo, la justicia
social quiere decir en Chiapas y en todo México, dar a cada comunidad social en la que
vivimos lo que le corresponde y ¿qué le corresponde a cada comunidad, sea mestiza o
indígena? Le corresponde la participación activa de todos los miembros en los problemas
comunes, le corresponde también la conciencia social y la cooperación social.
La justicia social exige pues, dar a la sociedad lo que la identifica como nación. Si el
bien de la sociedad, como lo sostiene don Efraín González Morfín, es el bien común
adaptado a las circunstancias concretas de tiempo y de lugar, la justicia social es la
justicia para promover y defender el bien común; si el bien común tiene que cambiar de
acuerdo con el crecimiento de la estatura humana de los mexicanos, la justicia social es
la virtud que promueve el cambio, derrumba estructuras podridas, abre ventanas para
respirar aire limpio, rompe cadenas y destruye simulaciones represivas.
Y el indígena o el mestizo, individualmente considerado, es el titular originario de esa
justicia social.
Así lo entendió don Vasco de Quiroga desde 1535, cuando escribió su formidable alegato:
información en derecho para defender la libertad de los indígenas en contra de la
derogación de aquella prohibición que impedía cautivarlos. Defendió la personalidad
del indígena en contra de intereses y ambiciones ilegítimas que querían esclavizarlo y
reducirlo a fuerza de trabajo infrahumano para incrementar riquezas ajenas.
Sostuvo don Vasco, que no era posible, como dijo él, con una palabra pintoresca,
desentiranizar la tierra si no se respetaba la libertad y la personalidad del indio
mexicano y logró que su causa triunfara y que sus tesis, profundamente humanas, quedaran
plasmadas como exigencia en las leyes de indias.
El ejemplo de don Vasco de Quiroga será la ruta de Acción Nacional en esta materia de
reivindicar los derechos indígenas, él es para nosotros ejemplo de auténtico
indigenismo, no del indigenismo que se siente interesado sólo por el folclor de los
indios, no del indigenismo de la antropología o de la academia que examina al indio con
interés científico y con desapego humano; tampoco el indigenismo que pretende sustituir
a los caciques criminales y paternalistas por otros igual de perversos pero más
aterciopelados.
El indigenismo de don Vasco no fue teoría, fue vida diaria; por eso, además que dio de
comer, vistió cuerpos o curó enfermos, enseñó a trabajar de manera colectiva, no para
satisfacer en forma inmediata las carencias, sino con el propósito superior de generar
una escuela de solidaridad humana; fundó hospitales para combatir el dolor, organizó
colegios para alumbrar inteligencias y difundir cultura; dibujó responsabilidades en los
nuevos pueblos, todo ello con el fin de desterrar el racismo y la discriminación y
sostuvo que basta ser persona, indio o no indio, más allá de las características
externas, para ser sujeto sagrado de derecho, titular venerable de obligaciones; en suma,
dueño único e insustituible de su propio destino.
Compañeras y compañeros legisladores: Acción Nacional en este tema, reitera una vez
más su apuesta al diálogo y a la Cocopa; llama al presidente Zedillo al cumplimiento de
su propia palabra de seguir el diálogo en todas las instancias; en todo caso, con la
concurrencia o la ausencia del Ejecutivo el grupo parlamentario de Acción Nacional en
esta Cámara de Diputados, se declara totalmente dispuesto a iniciar el proceso
legislativo que haga realidad los acuerdos de San Andrés, en favor de los pueblos
indígenas, para poner el anhelado punto final a la injusticia social que viven millones
de mexicanos.
Gracias.
Para abordar el mismo tema y hasta por
15 minutos, tiene la palabra el diputado Javier Guerrero García, por el Partido
Revolucionario Institucional.
El diputado Javier Guerrero García: |
Señor Presidente; compañeras y
compañeros diputados:
Me permito pasar a tribuna para hacer algunas consideraciones respecto a intervenciones
que compañeros diputados han expresado en relación a la situación que guarda el
conflicto en el Estado de Chiapas.
Creo importante reconocer en principio, los esfuerzos que ha desarrollado este Congreso
para encauzar y promover el diálogo y la negociación, como los ejes fundamentales para
encontrar una salida digna para todos en este conflicto.
Mi partido ya ha vertido varias veces su posición al respecto; quisiera por ello reiterar
los aspectos fundamentales.
Reconocemos que las situaciones político-sociales no son estáticas, es evidente que el
hecho de que no se dé el diálogo, permite que los intereses particulares avancen por
caminos diversos; nos preocupa que el lenguaje de la confrontación empiece a permear el
ambiente y que esto no debe sustituir los mecanismos que tanto han costado a la nación
para garantizar un proceso de conciliación. Creemos firmemente que el camino está
trazado en términos de ley, y que éste es el instrumento normativo que permitirá que
las diversas posiciones se manifiesten, guardando un compromiso con los intereses de la
nación.
La situación que se está viviendo en Chiapas, por su complejidad y características,
requiere de una voluntad política superior, que preserve los derechos de todos y rebase
las visiones parciales y los intereses particulares.
Nuestro grupo parlamentario está muy claro en que requerimos respetar los acuerdos
fundamentales que el proceso de pacificación ha generado, respeto a los acuerdos de San
Andrés, promover por todos los medios legales la reanudación del diálogo, impulsar el
desarrollo de las regiones indígenas de todo el país y apoyar el papel de la Cocopa como
un instrumento fundamental en el proceso de pacificación.
En este último punto, es fundamental precisar que los últimos acontecimientos muestran
la necesidad de atender con detenimiento las responsabilidades que todos los involucrados
tenemos.
Nos preocupa que la carta que el EZLN por medio de su vocero ha enviado a los medios,
descalifique la postura del representante gubernamental, a quien consideramos habría que
concederle de entrada el beneficio de la duda, a partir de que es el otro lado de la mesa
en el proceso de pacificación.
El problema es que la situación de impasse no existe en la realidad, cada día que el
diálogo no se da, es un día en que se posicionan mejor los radicalismos de uno y otro
lado.
Nos preocupa también el pensar que se está generando una ofensiva contra los
instrumentos de mediación y coadyuvancia, ambas estructuras, distintas por naturaleza,
son las garantes legítimas a la consecución del diálogo.
A todos nos preocupa el problema creciente de violencia y reforzamiento de las posiciones
de fuerza en el conflicto. La confrontación y la vía armada conllevan a constituirse en
la solución, sino al contrario, lo van a complicar y alargar aún más. La distensión
militar es preocupación y agenda de quienes como los integrantes de la Cocopa, tenemos
una responsabilidad encomendada.
La vía de la paz no tiene rutas cortas. Un conflicto abierto es una fuerte herida en
cualquier nación; es profundamente irresponsable asumir que se pueden encontrar atajos
para el proceso de paz. Asumiendo que se tenga la mejor intención de encontrar una
rápida solución al conflicto, no es posible que intente hacerse a un lado a las únicas
dos instancias que pueden ser puente de conciliación, más si una de ellas está
representando pluralmente a uno de los poderes de la Unión.
Sustituir el consenso y la conciliación sería un error. En el mismo sentido es
fundamental el consenso para cambiar la Constitución. Quienes integramos a la Cocopa con
la intención de ser realmente coadyuvantes, no debemos preguntarnos cuestiones
semánticas, sino asumir actitudes responsables y defender una ley que fue construida con
la participación de todos.
Asimismo, nos integramos y esto nos honra profundamente, para asumir lo avanzado hasta el
momento por una instancia que permitió construir los cimientos de una paz digna. Asumir
la actitud de que hay que evidenciar las diferencias en una instancia de naturaleza
consensual y conciliar, es desnaturalizar su función y hacerlo hoy en una situación tan
com pleja como la de Chiapas, podría ser aún muy peligroso.
Nosotros creemos que no se puede mantener una doble actitud. No podemos por un lado
sostener un discurso de paz y por otro intentar descalificar los pocos instrumentos
sólidos que se han dado en ese sentido.
Por lo anterior, los diputados del Partido Revolucionario Institucional nos manifestamos
porque este Congreso haga un pronunciamiento defendiendo su postura de defensa de la
Cocopa, su naturaleza de organismo basado en la Ley para la Paz Digna y la Conciliación
en Chiapas y su método de trabajo basado en el consenso.
Este Congreso debe conminar a los partidos para que sus representantes ante la Cocopa
asuman el método de trabajo del organismo. También debe hacerse evidente ante la
opinión pública cuál es el método y cometido. Su misión debe preservarse y la
sociedad toda debe defender su permanencia como instancia vital y válida de conciliación
y coadyuvancia para la paz.
1252,1253,1254
Este Congreso, además, debe hacer un llamado
enérgico a las partes, para que la reanudación del diálogo sea un hecho de corto plazo.
Nosotros consideramos que la propuesta de la Cocopa respecto a los derechos indígenas,
puede ser enriquecida jurídicamente. La visión de posturas inamovibles y propuestas no
perfectibles es, en este momento, una actitud de rechazo al diálogo y la conciliación.
Creemos que esta legislatura tiene mucho que aportar al proceso pacificador, pero su
primer tarea es honrar la ley para el diálogo, la negociación y la paz digna en Chiapas.
Este es el camino que está marcado y éste también será el camino para lograr que el
proceso de diálogo se reanude.
Muchas gracias.
Agradecemos a todos los señores
diputados la forma como han posicionado a sus respectivos grupos parlamentarios en el tema
del Estado de Chiapas.
Para rectificar hechos, ha solicitado la palabra el diputado Carlos Morales, del Partido
de la Revolución Democrática, a quien se le concede, hasta por cinco minutos.
El diputado Carlos Orsoe Morales Vázquez: |
Con su permiso, señor Presidente;
señoras y señores diputados:
Chiapas es hoy y ha sido en los recientes años, noticia en México y en todo el mundo.
Desafortunadamente para nosotros los chiapanecos, las noticias fueron siempre notas
trágicas sobre la miseria en que viven miles de chiapanecos, el interminable conflicto
por la tierra, las antes ocultas formas de tiranía caciquil y el recuento inalcanzable de
gobiernos despóticos.
Toda esta cauda de agravios y reclamos fueron destapadas por la rebelión zapatista. La
larga espera por la paz entró el 29 de agosto del año pasado en un compás que no
termina, miles de chiapanecos, nosotros los diputados chiapanecos y millones de mexicanos,
quieren ya la paz, pero ésta no llega, porque no se ha dado cumplimiento a los acuerdos
sobre derechos y cultura indígena. Es decir, que estos acuerdos sean tal y como lo
concretó la Cocopa, ley en nuestra Ley Suprema, la Constitución de la República.
El alzamiento zapatista fue el detonador del conflicto de Chiapas, resumido antes en una
sorda lucha por la tierra y la dignidad indígena, que en las últimas décadas ha
ensangrentado el campo chiapaneco. Por eso el conflicto se puede localizar en tres
niveles: la pugna por la tierra, el alzamiento zapatista y el estado de guerra latente que
se vive en la zona chol.
En los municipios de Sabanilla, Tila, Tumbalá, Yajalón y Salto de Agua, la violencia ha
enlutado a decenas de hogares. Recientemente Chenalhó se ha convertido en el escenario de
luchas políticas que nos han dado muchos muertos y más muertos.
¿Cómo detener definitivamente este estado de guerra civil que se alienta para justificar
represiones policiacas y militares? El papel del Gobierno es el de garantizar el
predominio del orden jurídico y hacer efectiva la gobernabilidad, pero esto no será
posible sin un verdadero trabajo político que distienda, que reconcilie a las comunidades
confrontadas con una acción de desarme y que desmantele a las organizadas bandas
conocidas como grupos de guardias blancas.
Sin un trabajo político y social de fondo, la reconciliación en la zona norte será
imposible, ya el rencor social permea en la vida de las comunidades por los agravios y
despojos de antes y por la violencia de hoy. Núcleos indígenas y familias lastimadas por
las heridas reclaman venganza.
El trabajo social y político debe hacerse resolviendo el problema de la tierra,
invirtiendo en obras sociales que integren a las comunidades y abriendo un amplio diálogo
que lleve a la reconciliación.
Nosotros consideramos que dada la magnitud del riesgo de mayores tragedias y por el
interés nacional, debe esta representación popular exigir inmediata y efectiva solución
a este asunto que preocupa a la nación.
Urge un mayor esfuerzo de reconciliación que
sea sólida base para una paz firme en Chiapas, lo reclaman miles de desplazados de su
trabajo, los verdaderos pequeños propietarios expulsados de sus quehaceres productivos y
los indígenas levantados en armas, las viudas y los huérfanos de esta espiral de
violencia fratricida.
Chiapas necesita y exige, para alcanzar los acuerdos de paz, una reforma constitucional en
materia de derechos y cultura indígena con la que se asegure los derechos de los pueblos
indios.
Tomemos parte activa, señores diputados, los pueblos indígenas de México, nos lo están
reclamando.
Gracias.
Quiero entregar a la Secretaría una lista de campesinos muertos en estos últimos meses y
de personas agraviadas en sus bienes y propiedades.
Señor diputado, su tiempo se ha
terminado, si nos hace favor, concluya.
El diputado Roberto Armando Albores
Guillén (desde su curul): |
Señor Presidente, pido la palabra para
rectificar hechos.
Para rectificar hechos, se ha inscrito
el diputado Roberto Albores, del Partido Revolucionario Institucional, a quien se le
concede, hasta por cinco minutos.
El diputado
Roberto Armando Albores
Guillén: |
Con su venia, señor Presidente;
compañeras y compañeros diputados:
Ciertamente el tema de la paz en Chiapas es delicado y su debate político requiere
responsabilidad, prudencia y sensatez.
Uno de los grandes avances que han tenido los distintos esfuerzos de pacificación en el
Estado de Chiapas, entre otros muchos, ha sido, señores diputados, la propuesta
presidencial para crear un instrumento que pudiera mediar entre las partes y que con una
ley específica que delimita con precisión los ámbitos de trabajo y las
responsabilidades, creó una comisión plural integrada por la Cámara de Diputados y por
el Senado de la República, la Comisión de Concordia y Pacificación.
En efecto, han transcurrido los tiempos. Quisiéramos que la paz llegara de pronto;
quisiéramos que viejísimos y añejos problemas ancestrales que han vivido mis paisanos,
los chiapanecos, de un solo tajo, de un solo plumazo pudieran ser resueltos con actos de
voluntades políticas o con decretos específicos.
Sin embargo, si algo tenemos que abonarle al quehacer de la Cocopa, ha sido precisamente
que ha evitado en cierta medida que volvamos a escuchar la guerra, el conflicto y la
exacerbación en el Estado de Chiapas.
Ha habido claroscuros, pero ha habido momentos estelares de esta comisión plural.
Hace unos cuantos meses esta representación popular, conjuntamente con el Senado,
integraron a voluntad, con toda libertad, los nuevos integrantes de la Cocopa.
Han habido varias juntas, varias juntas en donde en un ambiente plural, sin ataduras, sin
cortapisas, cada uno de los miembros hemos expresado con precisión, sin ambages, sin
intereses partidistas y sin intereses personales, nuestros diferentes puntos de vista.
Pero quiero llevar e informarles además, porque me antecedieron en el uso de la palabra
integrantes de los partidos en la Cocopa, que parte de este debate hemos consensado, la
casi totalidad de los miembros de la Cocopa, que los asuntos que se tratan en este
recinto, en este órgano plural a veces resultan delicados, a veces resultan estratégicos
y siempre con un grado de discreción, para no lesionar el sentido de las partes.
Es así como se ha caminado, como ya es público por filtraciones de los medios de
comunicación, y como aquí en esta tribuna se ha mencionado, que se ha elaborado un
documento de estrategias, en donde recogemos con precisión un diagnóstico sereno,
objetivo, para ubicar con precisión en qué lugar estamos en el nivel de negociación y
se ha preparado una serie de alternativas, de propuestas a las partes que permitan
acercarlas, que permitan sentarse a la mesa.
No se vale pues venir a ventilar públicamente y suplantar el ejercicio y la
responsabilidad de esta importante comisión, en aras del protagonismo que nada ayuda a la
pacificación de Chiapas.
Hay desarrollo en el Estado de Chiapas, hay problemas que los reconocemos, pero en la
medida en que seamos responsables todos, podemos avanzar. Es un problema de las partes,
que desde esta tribuna hacemos un llamado a ellas para que se acerquen a la negociación.
No se puede construir, pues, por las mañanas y destruir en las tardes, necesitamos una
acción responsable para llegar a los acuerdos, que lleguen a la pacificación en Chiapas.
Muchas gracias.
¿Con qué objeto, señor Presidente?
El diputado Gilberto López y Rivas
(desde su curul): |
Para rectificación de hechos.
Tiene la palabra y hasta por cinco
minutos, para rectificar hechos, el diputado Gilberto López y Rivas.
El diputado
Gilberto López y Rivas: |
Todo propósito en mi intervención
inicial, no toqué temas sensibles y particulares de la Cocopa, lo hice precisamente
porque tomamos en cuenta que ésta es una comisión plural y camaral y que trabaja en un
tema profundamente delicado para la paz y la seguridad del país y de sus habitantes.
Sin embargo, los dos últimos oradores que me antecedieron, tocaron un punto que me
gustaría aclarar con precisión. ¿Cuál puede ser el concepto de consenso en comisiones
de esta naturaleza?
Si por consenso llamamos la complicidad ante una situación que no precisamente se
distingue por ser pacífica, nosotros consideramos que no podemos sujetarnos a ese tipo de
comprensiones sobre la palabra consenso.
El consenso se tiene que lograr a partir de la discusión abierta, de ventilar los
problemas que aquejan a esta entidad y a los grupos indígenas del país, no es un
problema local es un problema nacional y tratar de ver cuáles son los obstáculos para la
paz, entre otros obstáculos es el hecho de cobijarse, a partir de ese concepto de
consenso y tratar de cubrir intereses muy particulares, que están afectando la situación
en Chiapas. Intereses por ejemplo del gobierno del Estado, intereses del Gobierno Federal
y particularmente del Ejecutivo.
Estamos ante una situación en la que hay que identificar con claridad cuáles son los
obstáculos para la paz, cuáles son los sujetos sociales que se oponen a ella. No se vale
que, por ejemplo, el Partido Revolucionario Institucional vaya a la Cocopa a hablar, de
cumplir con consensos y por otra parte uno de sus voceros dentro de la Comisión de
Asuntos Indígenas, diga que los Acuerdos de San Andrés, hay que abrirlos, de negociarlos
y de discutirlos. ¿Cuál es el lenguaje del Partido Revolucionario Institucional, el de
la paz o el de hacer a un lado los Acuerdos de San Andrés?
Hay aquí una palabra que suena constantemente en esta tribuna, la del protagonismo.
Yo, realmente me sorprende que los políticos de esta Cámara de Diputados, hablen de
protagonismos. Protagonismos existen y creo que ningún de los 500 que está aquí, está
exento de un tipo de protagonismo, entonces, ubicar la problemática a partir de que
alguien intenta romper consensos por protagonismo, es absolutamente inadecuado.
1255,1256,1257
El problema radica en cuál es la
responsabilidad que tiene el Ejecutivo en este impasse en Chiapas. En cuál es el
verdadero lenguaje del Ejecutivo. En qué entendemos por una posición en favor del
diálogo y la negociación. ¿Es posible entender que se está a favor del diálogo y la
negociación y al mismo tiempo construir a sólo 2 ó 3 kilómetros del centro neurálgico
de la dirigencia zapatista, un campamento militar? ¿Es factible hablar de paz cuando no
se quiere aceptar que existen grupos paramilitares en ese Estado? ¿Cuando se quiere hacer
ver en la opinión pública que no hay muertos, que no hay heridos, que no hay
desplazados, que no hay gente que sufre diariamente esta situación, que es una situación
en realidad de guerra, de una guerra distinta, de una guerra de baja intensidad, de una
guerra que cobra víctimas todos los días?
Yo no voy a ser cómplice de una guerra de esa naturaleza, en favor de un concepto de
consenso que me huele más a complicidad.
Para rectificar hechos y hasta por cinco
minutos, tiene la palabra el diputado Felipe Vicencio Alvarez, del Partido Acción
Nacional.
El diputado Felipe de Jesús Vicencio
Alvarez: |
Con su permiso, señor Presidente:
Hace un momento un compañero de mi partido tomó esta tribuna para dejar muy claramente
asentadas, afirmaciones que creemos fundamentales para entender la posición de nuestro
partido respecto al problema de Chiapas.
Hablaba de la importancia de la Comisión de Concordia y Pacificación, como un
instrumento de mediación y coadyuvancia en el conflicto.
Tomo la palabra para refrendar nuevamente la posición de Acción Nacional, respecto de la
comisión. Respaldamos a la Cocopa, como una comisión, como una instancia de
conciliación y estamos de acuerdo con quienes nos han antecedido en el uso de esta
tribuna, en que esta comisión encuentra su fuerza, encuentra su característica
fundamental en trabajar a partir del conseso.
Sin embargo, también se han hecho otras afirmaciones con las que no podemos estar del
todo de acuerdo. Se ha dicho en esta tribuna, que no puede haber atajos para la paz y que
el camino de la paz no tiene rutas cortas y esto es preocupante, es una afirmación seria
porque, compañeras y compañeros legisladores, creo que todos podemos convenir en que
estamos ante un asunto verdaderamente grave y urgente, cuando vemos que el conflicto de
Chiapas es, sin figuras, literalmente un asunto de vida o muerte.
Creo que en estas circunstancias, si no existe un camino corto para la paz, debemos
buscarlo y debemos encontrarlo. Por otra parte,creo que como legisladores tenemos la gran
responsabilidad de lograr dejar a un lado el inmovilismo, de dejar de una vez por todas la
demagogia y asumir con mayor seriedad el grave reto que tenemos enfrente.
Compañeras y compañeros, México tiene prisa y esta prisa nos obliga a abrir el debate,
en torno a las reformas legislativas, que requiere la resolución del conflicto chiapaneco
en este foro.
Es indispensable que todas las fuerzas políticas, en el espíritu de consenso que se ha
mencionado, tengamos la responsabilidad y la atingencia para llevar a este foro, la
discusión abierta, la discusión plural y respetuosa de las iniciativas que tanta falta
están haciendo. Debemos aprovechar esta oportunidad para restituir al Poder Legislativo
el peso que ha debido tener en la historia de nuestro país y que por razones tantas veces
repetidas, no ha tenido hasta el momento.
Permítame un momento, diputado. Favor
de detener el reloj. Suplicaría a los diputados que están parlando en este momento en
los pasillos, se sirvan hacerlo en los salones adecuados, para permitir que haya atención
y respeto al orador. Puede usted continuar.
El diputado
Felipe de Jesús Vicencio
Alvarez: |
Gracias.
Creemos en Acción Nacional que los discursos en este sentido del Poder Ejecutivo Federal,
son alentadores, es cierto; pero también adolecen de una grave limitación: son
incompletos.
El discurso, para que no se pervierta, para que no se convierta en una resonancia hueca,
que no anuncia nada, debe ser respaldado con los hechos, con los compromisos concretos,
con acciones del Gobierno en este caso.
Mucho alentaría al proceso de la paz en Chiapas, una actitud más congruente del
Ejecutivo que haga llevar a la par de su discurso, las acciones pertinentes para que
Chiapas pueda salir de la situación tan grave por la que atraviesa.
Invito a todos los compañeros, legisladoras y legisladores, independientemente de su
filiación partidista, a que refrendando el compromiso que adquirimos cuando tomamos
protesta, asumamos la seria responsabilidad de debatir sin demagogias y sin tender
cortinas de humo, las reformas legislativas necesarias para que el problema de Chiapas se
resuelva de una vez por todas, con la prontitud y la emergencia que requiere la situación
de miles de compatriotas que viven al borde de la muerte.
Muchas gracias.
Continúe la Secretaría con los asuntos
en cartera.
La secretaria
Irma Chedraui Obeso: |
Señor Presidente.
Se han agotado los asuntos en cartera.
Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.
ORDEN DEL DIA
«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.- Primer Año.- LVII Legislatura.
Orden del día
Miércoles 5 de noviembre de 1997.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones de los estados de Aguascalientes y Quintana Roo.
Dictamen de primera lectura
De la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que concede permiso al
señor Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para
ausentarse del territorio nacional.
Y los demás asuntos con los que la Secretaría dé cuenta.»
ASISTENCIA A SESION
Señores diputados hasta las 12:00 horas
del día de hoy, registraron su asistencia un total de 475 diputados. Justificaron su
inasistencia ante la mesa directiva, dos diputados. Faltaron de registrar su asistencia,
12 diputados del Partido Revolucionario Institucional; siete del Partido de la Revolución
Democrática; tres del Partido Acción Nacional y uno del Partido Verde Ecologista de
México.
Por otro lado, la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política y la mesa
directiva, han acordado reimpulsar la actitud que contribuya a dar decoro a esta Cámara.
Se confía en el honor de las señoras diputadas y los señores diputados. Por tal razón,
a partir de mañana la mesa de registro de firmas será instalada a partir de las 8:30 de
la mañana y será levantada a las 10:15. El inicio de la sesión será a las 10:00 en
punto de la mañana.
Por otro lado se ha solicitado a los señores coordinadores de los grupos parlamentarios,
restringir los accesos a este salón de sesiones a sólo cinco asesores por cada grupo
parlamentario, para que a partir de mañana se haga efectivo el no acceso a quien no esté
acreditado como medio de comunicación o como asesor o ayudante de algún grupo
parlamentario.
Finalmente se suplica a las señoras diputadas y a los señores diputados, que si son
requeridos para dar una entrevista o conferencia de prensa, se sirvan hacerlo fuera del
salón de sesiones
CLAUSURA Y CITATORIO
El Presidente (a
las 12:22 horas): |
Se levanta la sesión y se cita para la
próxima que tendrá lugar mañana miércoles 5 de noviembre a las 10:00 horas.
1258,1259,1260
RESUMEN
DE TRABAJOS
* Tiempo de duración 2 horas con 22 minutos.
* Quorum a la apertura de sesión 350.
* Temas de agenda política 1.
* Oradores en tribuna: 9.
PRI-2; PRD-3; PAN-3; PT-1.
Se recibieron:
* 3 comunicaciones de congresos estatales; de ellas una iniciativa del Congreso del Estado
de Baja California, sobre reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta;
* 1 comunicación del Senado de la República, sobre la designación de mesa directiva;
* 1 iniciativa del PAN, de reformas a la Ley de Ingresos, al Código Fiscal de la
Federación, a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a la Ley del Impuesto al Activo y a la
Ley del Impuesto Sobre la Tenencia o Uso de Vehículos.
Se aprobó:
* 1 punto de acuerdo de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, sobre
las atribuciones del Comité de Asuntos Internacionales.
* 1 punto de acuerdo de la Comisión de Salud, respecto a la prorroga del plazo para la
recepción de comentarios sobre el proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana,
para la prevención, tratamiento y control del cáncer del cuello del útero y mamario en
la atención primaria.
CAI |
Comité de Asuntos Internacionales |
Cocopa |
Comisión de Concordia y Pacificación |
CRICP |
Comisión de Régimen Interno y Concertación
Política |
D.F. |
Distrito Federal |
EZLN |
Ejército Zapatista de Liberación Nacional |
NOM |
Norma Oficial Mexicana |
PAN |
Partido Acción Nacional |
PRD |
Partido de la Revolución Democrática |
PRI |
Partido Revolucionario Institucional |
PT |
Partido del Trabajo |
SSA |
Secretaría de Salubridad y Asistencia |
1261,1262
|