Presidencia
del diputado
Fidel Herrera Beltrán |
ASISTENCIA
Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta
Presidencia el resultado del cómputo de asistencia del registro de firmas de los
diputados para conocer si existe el quorum reglamentario.
El
secretario Ricardo Arturo Ontiveros y Romo: |
Se informa a la Presidencia que existen registrados
previamente 350 diputados. Por lo tanto, hay quorum, señor Presidente.
El Presidente (a
las 10:32 horas): |
Gracias, señor Secretario. Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El secretario
Ricardo Arturo Ontiveros y Romo: |
Se va a dar lectura al orden del día:
«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.- Segundo Año.-
LVII Legislatura.
Orden del día
Jueves 3 de septiembre de 1998.
Lectura del acta de la sesión anterior.
El Instituto de Cultura de la Ciudad de México, invita a
la ceremonia cívica que con motivo del CLI aniversario de la Heroica Defensa del Molino
del Rey, tendrá lugar el 8 de septiembre a las 10:00 Horas.
Comunicaciones de diputados.
Oficios de la Comisión Permanente.
Protesta de ciudadanos diputados.
Comunicación del Congreso del Estado de Quintana Roo.
Iniciativa de diputados
De reformas a los artículos 73 fracción XXIV, 74, 76, 79,
89, 110, 111 y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que
tienen relación con la existencia y atribuciones de la actual Contaduría Mayor de
Hacienda, a cargo de la diputación de Jalisco.
Iniciativa del Congreso del Estado de Baja California Sur,
que adiciona la fracción XVII-bis y reforma el punto segundo de la fracción XXIX del
artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Oficio de la Cámara de Senadores, por el que comunica la
mesa directiva que funcionará durante el primer mes del primer periodo de sesiones
ordinarias del segundo año de ejercicio de la LVII Legislatura.
Comunicaciones de la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política.
Proposiciones de la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política.
Sesión secreta.»
ACTA DE LA
SESION ANTERIOR
La secretaria
María del Pilar Guadalupe
Valdés y González Salas: |
Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.
«Acta de la sesión previa de la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión, celebrada el lunes treinta y uno de agosto de mil novecientos
noventa y ocho, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año
de Ejercicio de la Quincuagésima Séptima Legislatura.
Presidencia del
diputado
Pablo Sandoval Ramírez: |
En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, a las
dieciocho horas con veinticinco minutos del lunes treinta y uno de agosto mil novecientos
noventa y ocho, con una asistencia de trescientos cincuenta y dos diputados, el Presidente
declara abierta la sesión.
Se recibe la votación por cédulas para elegir a la mesa
directiva que fungirá durante el mes de septiembre y, después de realizados el
escrutinio y cómputo correspondientes, resulta electa la planilla integrada por los
diputados:
Arturo Núñez Jiménez, como presidente; Fidel Herrera
Beltrán, Lenia Batres Guadarrama, Marco Antonio Adame Castillo, María Mercedes Maciel
Ortíz y Jorge Alejandro Jiménez Taboada, como vicepresidentes; Francisco Javier
Santillán Oceguera, Luis Rojas Chávez, Ricardo Arturo Ontiveros y Romo y José Luis
López López, como secretarios y, como prosecretarios: Aracely Escalante Jasso, Ranulfo
Tonche Pacheco, María del Pilar Guadalupe Valdés y González Salas y Enrique Padilla
Sánchez, por cuatrocientos veinte votos.
El Presidente agradece la colaboración recibida durante su
gestión e invita a los diputados electos a tomar posesión de sus cargos.
El secretario
Arturo Nuñez
Jiménez: |
Puestos todos de pie, el Presidente declara:
La Cámara de Diputados del Congreso de los Estados Unidos
Mexicanos, se declara legalmente instalada para funcionar durante el primer periodo de
sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la Quincuagésima Séptima
Legislatura.
El mismo Presidente designa las comisiones reglamentarias
para participar la instalación de la Cámara y que el primero de septiembre, a las
diecisiete horas, se realizará la apertura del primer periodo de sesiones ordinarias de
la Quincuagésima Séptima Legislatura, al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a
la honorable Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la honorable Cámara de Senadores
y a la honorable Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
De la misma manera, designa las comisiones de cortesía
para acompañar, el primero de septiembre, al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos,
de Palacio Nacional al recinto del Congreso; para recibirlo en el acto de apertura de
sesiones del Congreso y para acompañarlo del mismo recinto a Palacio Nacional, al
término de la lectura del informe que guarda la Administración Pública Federal.
Agotados los asuntos en cartera, el Presidente informa que
el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos recibirá a la comisión de cortesía que le
notificará el inicio del primer periodo de sesiones ordinarias del segundo año de
ejercicio de la Quincuagésima Séptima Legislatura, hoy mismo en la residencia oficial de
Los Pinos.
A las diecinueve horas con veinticinco minutos, se levanta
la sesión y se cita a la de Congreso General, el martes primero de septiembre de mil
novecientos noventa y ocho, a las diecisiete horas y a la sesión de la Cámara de
Diputados, el jueves tres de septiembre a las diez horas.»
Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de
la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse
manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.
HEROICA
DEFENSA DEL MOLINO DEL REY
El secretario
Francisco Javier Santillán
Oseguera: |
Se va a dar lectura a una invitación
«Ciudadano diputado Arturo Núñez Jiménez, presidente de
la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
El Instituto de Cultura de la Ciudad de México, ha
programado la ceremonia cívica conmemorativa del CLI aniversario de la Heroica Defensa
del Molino del Rey, que tendrá lugar en el Obelisco Conmemorativo, anillo periférico y
Alencastre, delegación Miguel Hidalgo, el día martes 8 de septiembre a las 10:00 horas.
Por tal motivo, me permito solicitar muy atentamente se
sirva girar sus respetables instrucciones a efecto de que un representante de esa Cámara
que usted preside, asista a la ceremonia de referencia.
Agradezco las atenciones que se sirva prestar a la presente
y le reitero con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida
consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El director general, Alejandro Aura.»
Para asistir en representación de esta Cámara se
designa a los diputados Guillermo Barnés García, Sandra Lucía Segura Rangel y Martha
Irene Luna Calvo.
DIPUTADO
QUE OPTA POR OTRO CARGO
El secretario
Luis Rojas Chávez: |
Se va a dar lectura a varias comunicaciones.
«Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presente.
Ricardo Monreal Avila, diputado federal independiente por
el Estado de Zacatecas ante la Cámara de Diputados del honorable Congreso de los Estados
Unidos Mexicanos a la LVII Legislatura, ante ustedes, con el respeto y atención debidos
comparezco para exponer:
Que con apoyo en los artículo 62 y 79 fracción VIII de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar a este
honorable cuerpo colegiado me sea concedida licencia para separarme del cargo que vengo
desempeñando, en virtud de que he sido elegido gobernador del Estado Libre y Soberano de
Zacatecas y optando por esta responsabilidad, tomaré posesión el día 12 de septiembre
de 1998.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a esa Cámara,
atentamente pido, acordar de conformidad la presente solicitud en los términos que han
quedado expresados.
Atentamente.
México, D.F., 26 de agosto de 1998.- Rúbrica.»
Se toma conocimiento de que opta por el cargo de
gobernador del Estado de Zacatecas y se acuerda llamar al suplente.
DIPUTADOS
QUE SE DECLARAN
INDEPENDIENTES
La secretaria
Aracely Escalante Jasso: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados de la LVII
Legislatura del honorable Congreso de la Unión.- Presente.
El suscrito, diputado federal de la LVII Legislatura del
honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de las facultades que me confiere el
artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los
artículos 2o., 3o., 31 y demás relativos en la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, le comunico que he tomado la determinación de constituirme como
diputado sin partido.
Por lo que solicito se me otorguen las prerrogativas,
recursos humanos y materiales a los que se refiere el artículo 31 de la Ley Orgánica del
Congreso General.
Atentamente.
México, D.F., a 1o. de septiembre de 1998.- Diputado
federal del VIII distrito de Guanajuato, Rogelio Chabolla García.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara
de Diputados.- LVII Legislatura.
Licenciado Humberto Murrieta Necoechea, oficial mayor de la
Cámara de Diputados.- Presente.
Con todo respeto, me dirijo a usted para hacerle de su
conocimiento que he tomado la decisión de constituirme como legislador independiente,
para lo cual he realizado la respectiva comunicación de ésta mi decisión a los órganos
de gobierno y dirección de esta Cámara de Diputados, así como a la fracción
parlamentaria del PRD a la cual pertenecía.
Consecuentemente manifiesto a usted lo anterior para efecto
de que se me tomen las medidas administrativas de correspondencia y prerrogativas de
manera directa con el suscrito, en lo sucesivo.
49,50,51
Agradeciendo de antemano su fina atención para la
presente, reitero a esta Oficialía Mayor mi consideración y respeto.
Atentamente.
Palacio Legislativo, a 19 de agosto de 1998.- Diputado
federal, Maximiano Barbosa Llamas.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara
de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Arturo Núñez Jiménez, presidente de la
Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.- Presente.
Con todo respeto me dirijo a usted para notificarle, que el
día 19 de agosto del presente año le hice llegar al senador Genovevo Figueroa Zamudio,
Presidente de la mesa directiva de la Comisión Permanente y a todas las autoridades de la
Cámara de Diputados, mi decisión de separarme del Partido de la Revolución
Democrática, por así convenir a mis intereses y de lo cual anexo copia de la
notificación, porque es mi deseo que en la próxima sesión se dé a conocer mi decisión
y se me considere como diputado independiente.
Sin otro particular de momento y agradeciendo de antemano
su fina atención para la presente quedo de usted.
Atentamente.
México, D.F., a 2 de septiembre de 1998.- Diputado
federal, Maximiano Barbosa Llamas.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara
de Diputados.- LVII Legislatura.
Senador Genovevo Figueroa Zamudio, presidente de la mesa
directiva de la Comisión Permanente.- Presente.
Con todo respeto, me dirijo a usted para notificar por su
amable conducto a la Cámara de Diputados, mi decisión de salirme del grupo parlamentario
del Partido de la Revolución Democrática, al que pertenezco desde su constitución
formal al inicio de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión.
Asimismo amparado en el artículo 70 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, le pido a usted respetuosamente, que en uso de
sus facultades y de conformidad con lo dispuesto por el Título Segundo Capítulo III, de
la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se sirva dar
trámite a mi solicitud para que se me considere como diputado sin partido. Ruégole tome
a bien hacer la declaratoria correspondiente, como también deseo se me permita
desempeñar mis funciones de representación popular y que se respete mi participación
como miembro en las comisiones de Ganadería, Hacienda y como secretario de la Comisión
de Agricultura.
El propósito de separarme del grupo parlamentario del
Partido de la Revolución Democrática, es el no perjudicar la ética política de este
partido.
Atentamente.
Palacio Legislativo a 19 de agosto de 1998.-Diputado
federal, Maximiano Barbosa Llamas»
De enterado.
COMISION
PERMANENTE
El
secretario Ranulfo Tonche Pacheco :: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito de fecha 22
de julio del año en curso, del diputado Joaquín Antonio Hernández Correa, por el que
solicita licencia para separarse de sus funciones como diputado federal.
La Asamblea aprobó el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
"Unico. Con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 79 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
se concede licencia para separarse de sus funciones como diputado federal, por tiempo
indefinido, al diputado Joaquín Antonio Hernández Correa."
Lo que hacemos de su conocimiento para los efectos legales
a que haya lugar.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 29 de julio de 1998.- Senador Samuel
Aguilar Solís; diputada Marlene Herrera Díaz, secretarios.»
El secretario
Ricardo Arturo Ontiveros
y Romo: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito de fecha 28
de julio del año en curso, del diputado José Luis Flores Hernández, por el que solicita
licencia para separarse de sus funciones como diputado federal.
La Asamblea aprobó el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
"Unico. Con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 79 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
se concede licencia previa para separarse de sus funciones como diputado federal, por
tiempo indefinido, al diputado José Luis Flores Hernández."
Lo que hacemos de su conocimiento para los efectos legales
a que haya lugar.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 29 de julio de 1998.- Senador Samuel
Aguilar Solís; diputada Marlene Herrera Díaz, secretarios.»
La secretaria
María del Pilar Guadalupe
Valdés y González Salas: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito del diputado
Ricardo Armenta Beltrán, de fecha 3 de agosto del año en curso, por el que solicita
licencia para separarse de sus funciones como diputado federal.
La Asamblea aprobó el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
"Unico. Con fundamento en lo dispuesto por la
fracción VIII del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, se concede licencia a partir de este día y hasta el 10 de noviembre del año
en curso, para separarse de sus funciones como diputado federal, al diputado Ricardo
Armenta Beltrán."
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 5 de agosto de 1998.- Senador Javier
Alvarado Ibares; diputada Marlene Herrera Díaz, secretarios.»
El secretario
Francisco Javier Santillán
Oseguera: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito del diputado
Gustavo Guerrero Ramos, de fecha 5 de agosto del año en curso, por el que solicita
licencia por tiempo indefinido, a partir del 7 de agosto del presente año, para separarse
de sus funciones como diputado federal.
La Asamblea aprobó el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
"Unico. Con fundamento en lo dispuesto por la
fracción VIII del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, se concede licencia, por tiempo indefinido a partir del 7 de agosto del año
actual, para separarse de sus funciones como diputado federal, al diputado Gustavo
Guerrero Ramos."
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 12 de agosto de 1998.- Senadores Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
El secretario
Luis Rojas Chávez: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presente.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito del diputado
Antonio B. Manríquez Guluarte, de fecha 24 de agosto del año en curso, por el que
solicita licencia para separarse de sus funciones como diputado federal.
La Asamblea aprobó el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
"Unico. Con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 79 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
se concede licencia, para separarse de sus funciones como diputado federal, al diputado
Antonio B. Manríquez Guluarte."
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 26 agosto de 1998.- Senadores Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
Llámese a los suplentes.
DIPUTADOS
SUPLENTES QUE SE
INCORPORAN.
Ciudadanas diputadas y diputados: se encuentran a las
puertas de este recinto los ciudadanos Salvador Ezequiel Estrella Verduzco, Gudelia Tapia
Vargas, Jesús Alberto Espinosa Gaxiola, Martha Sofía Tamayo Morales, Rosa María
González Gámiz y María Martha Veyna Soriano, diputados electos en el VII distrito
electoral del Estado de Tamaulipas, III distrito del Estado de Puebla, primera
circunscripción Plurinominal, V distrito del Estado de Sinaloa, II distrito electoral del
Estado de Baja California Sur y III distrito del Estado de Zacatecas, respectivamente.
Se designa en comisión para que los acompañen en el acto
de rendir la protesta de ley para entrar en funciones a los siguientes diputados:
Armando Neyra Chávez, Rafael Oceguera Ramos, José Bonilla
Robles, José Carlos Cota Osuna, Juan Carlos Espina von Roehrich, Alejandro Ordorica
Saavedra, Rufino Contreras Velázquez, Sergio Antonio Salazar y José Luis López López.
La secretaria
Aracely Escalante Jasso: |
Se solicita a la comisión cumplir con este encargo.
Se invita a todos los presentes a ponerse de pie.
Ciudadanos: Salvador Esequiel Estrella Verduzco,
Gudelia Tapia Vargas, Jesús Alberto Espinosa Gaxiola, Marta Sofía Tamayo Morales, Rosa
María González Gámiz y María Martha Veyna Soriano:
¿Protestan guardar y hacer guardar la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar
leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo les ha conferido, mirando en
todo por el bien y prosperidad de la Unión?
52,53,54
¡Sí, protesto!
¡Si así no lo hicieren, que la nación se los
demande!
¡Muchas felicidades!
Continúe la Secretaría con el desahogo de los asuntos en
cartera.
DIPUTADOS
QUE SOLICITAN LICENCIA
La secretaria
Aracely Escalante Jasso: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.-
Presentes.
Nos permitimos comunicar a ustedes que en sesión celebrada
el día de hoy, se dio cuenta con escrito, de fecha 8 de mayo, suscrito por el diputado
Fernando Castellano Pacheco, por el que solicita licencia para ausentarse de sus funciones
como diputado federal.
La Asamblea aprobó el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
"Unico. Se concede licencia para ausentarse de sus
funciones como diputado federal, los días 14 y 15 de mayo del presente año, al diputado
Fernando Castellanos Pacheco."
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 13 de mayo de 1998.- Senador Samuel
Aguilar Solís; diputada, Marlene Herrera Díaz, secretarios.»
De enterado.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito de fecha 22
de julio del año en curso, del diputado Fernando Castellanos Pacheco, por el que solicita
licencia para separarse de sus funciones los días 30 y 31 de julio del corriente año.
La Asamblea aprobó el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
"Unico. Con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 79 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
se concede licencia para separarse de sus funciones como diputado federal, los días 30 y
31 de julio del presente año, al diputado Fernando Castellanos Pacheco."
Lo que hacemos de su conocimiento para los fines legales a
que haya lugar.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 29 de julio de 1998.- Senador Samuel
Aguilar Solís; diputada Marlene Herrera Díaz, secretarios.»
De enterado.
El
secretario Ranulfo Tonche Pacheco: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito del diputado
Felipe de Jesús Preciado Coronado, de fecha 12 de agosto del año en curso, por el que
solicita licencia a partir del 19 y hasta el 25 de agosto del presente año, para
separarse de sus funciones como diputado federal.
La Asamblea aprobó el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
"Unico. Con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 79 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
se concede licencia, a partir del 19 y hasta el 25 de agosto del año actual, para
separarse de sus funciones como diputado federal al diputado Felipe de Jesús Preciado
Coronado."
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 19 de agosto de 1998.- Senadores: Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
De enterado.
El secretario
Ricardo Arturo Ontiveros
y Romo: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito de fecha 9 de
junio del año en curso, del diputado Rafael Sánchez Pérez, por el que solicita se le
extienda una prórroga de licencia.
La Presidencia dictó el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
"Unico. Con fundamento en lo dispuesto por la
fracción VIII del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, se concede prórroga de licencia, al diputado Rafael Sánchez Pérez hasta el
31 de diciembre de 1998, para continuar separado de sus funciones como diputado federal.
Comuníquese a la Cámara de Diputados."
Lo que hacemos de su conocimiento para los efectos legales
a que haya lugar.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 24 de junio de 1998.- Senadores: Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
De enterado.
DIPUTADOS QUE
SE REINCORPORAN
El secretario
Luis Rojas Chávez: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito de fecha 11
de junio del año en curso, del diputado Francisco Luna Kan, por el que comunica que da
por terminada la licencia que se le concedió y se reincorpora a sus funciones
legislativas como diputado propietario.
La Presidencia dictó el siguiente trámite: "Esta
Asamblea ha quedado debidamente enterada. Comuníquese a la Cámara de Diputados".
Lo que hacemos de su conocimiento para los efectos legales
a que haya lugar.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 17 de julio de 1998.- Senadores: Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibares; secretarios.»
De enterado.
El secretario
Francisco Javier Santillán Oseguera: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito de fecha 7 de
julio del año en curso, del diputado Marco Antonio Olvera Acevedo, por el que comunica
reincorporarse a sus funciones legislativas como diputado federal propietario.
La Presidencia dictó el siguiente trámite: "Esta
Asamblea ha quedado debidamente enterada. Comuníquese a la Cámara de Diputados".
Lo que hacemos de su conocimiento para los efectos legales
a que haya lugar.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 15 de julio de 1998.- Senadores: Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
De enterado.
La secretaria
María del Pilar Guadalupe
Valdés y González Salas: |
«Senador Genovevo Figueroa Zamudio, presidente de la
Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión.- Presente.
Por este medio me permito informar a usted que desde el
día 1o. de agosto, me incorpore a mis labores legislativas, ya que estuve de licencia por
un lapso de dos días, (30 y 31) de julio próximo pasado. Sirva la aclaración para los
trámites a que haya lugar.
Sin otro particular de momento, agradezco su atención a la
presente y le reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.
Atentamente.
México, D.F., a 3 de agosto de 1998.- Fernando Castellanos
Pacheco, diputado federal.»
De enterado.
La secretaria
Aracely Escalante Jasso: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Contador Público Humberto Murrieta Necoechea, oficial
mayor de la Cámara de Diputados.- Presente.
El pasado miércoles 19 de agosto del presente año, la
Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me concedió licencia pera
separarme de mis funciones del 19 al 24 de este mes y año, por lo que habiendo
transcurrido el tiempo requerido, solicito se comunique a las instancias necesarias que me
encuentro en el ejercicio de mis funciones.
Sin más por el momento quedo de usted enviándole un
cordial saludo.
Atentamente.
Palacio Legislativo, a 27 de agosto de 1998. Diputado
Felipe de Jesús Preciado Coronado.»
De enterado.
DIPUTADOS QUE
OPTA POR
OTRO CARGO (II)
El secretario
Ranulfo Tonche Pacheco: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión.- Presentes.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito del diputado
Patricio Martínez García, de fecha 11 de agosto del año en curso, por lo que en los
términos del artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
la Presidencia dictó el siguiente trámite: "esta Asamblea ha quedado debidamente
enterada. Comuníquese a la Cámara de Diputados".
Reiteremos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 12 de agosto de 1988.- Senadores: Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
De enterado.
55,56,57
El secretario
Ricardo Arturo Ontiveros y
Romo: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión.- Presentes.
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión
Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el escrito del diputado
Angel Sergio Guerrero Mier, de fecha 24 de agosto del año en curso, por lo que en los
términos del artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
la Presidencia dictó el siguiente trámite: "esta Asamblea ha quedado debidamente
enterada". Comuníquese a la Cámara de Diputados.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 26 de agosto de 1998.- Senadores: Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
De enterado.
COMISION
PERMANENTE (II)
El secretario
Francisco Javier Santillán
Oseguera: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.-
Presente.
para los efectos de la fracción III del artículo 79 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en cumplimiento de lo que
disponen los artículos 113 de la Ley Orgánica del Congreso General; 180 y 181 de su
reglamento, anexo al presente nos permitimos remitir a ustedes el inventario y los
expedientes correspondientes a oficios, comunicaciones y demás asuntos que fueron
recibidos por la comisión Permanente, para la atención y conocimiento de las comisiones
de la Cámara de Diputados, durante el segundo receso del primer año de ejercicio
constitucional de la LVII Legislatura.
Hacemos propicia la ocasión para reiterar a ustedes las
seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
México, D.F., a 26 de agosto de 1998.- Diputados: Marlene
Herrera Díaz y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
«Escudo Nacional de los Estado Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
Para conocimiento de esa Cámara de Diputados, nos
permitimos comunicarles que en sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso
de la Unión, celebrada en esta fecha, dio por concluidas sus sesiones ordinarias
correspondientes al segundo receso del primer año de ejercicio de la LVII Legislatura.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 26 de agosto de 1998.- Senadores: Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
De enterado e insértese en el Diario de los Debates.
INVENTARIO DE ASUNTOS TURNADOS A LAS
COMISIONES
DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DURANTE EL SEGUNDO RECESO
DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO
VER DATOS
58,59,60,61
TRIBUNALES
UNITARIOS AGRARIOS
El secretario
Luis Rojas Chávez: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
Para conocimiento de esa honorable colegisladora, tenemos
el honor de participar a ustedes que, en sesión de la Comisión Permanente del honorable
Congreso de la Unión, celebrada el día de hoy, se ratificaron los nombramientos de los
siguientes magistrados numerarios de los tribunales unitarios agrarios, a partir del 12 de
julio de 1998.
Wilbert Manuel Cambranis Carrillo, Rubén Gallegos
Vizcarro, Ramona Garibay Arroyo, Jorge Joaquin Gómez de Silva Cano, Agustín Hernández
González, Mario Mendoza Solórzano, Esperanza Margarita Pérez Díaz, Guillermo Gabino
Vázquez Alfaro y Dionisio Vera Casanova.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 8 de julio de 1998.- Senadores: Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibaes, secretarios.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
Para conocimiento de esa honorable colegisladora, tenemos
el honor de participar a ustedes que, en sesión de la Comisión Permanente del honorable
Congreso de la Unión, celebrada el día de hoy, se ratificaron los nombramientos a partir
del 12 de agosto de 1998, de los siguientes magistrados numerarios de los Tribunales
Unitarios Agrarios:
Luis Enrique Cortez Pérez, Jorge Lara Martínez, Josefina
Lastiri Villanueva, Sergio Iván Priego Medina y Claudio Aníbal Vera Constantino, y de
los magistrados supernumerarios: Armando Alfaro Monroy y Enrique García Burgos.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 22 de julio de 1998.- Senadores: Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo.- Comisión Permanente.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
Para conocimiento de esa honorable colegisladora, tenemos
el honor de participar a ustedes que, en sesión de la Comisión Permanente del honorable
Congreso de la Unión, celebrada el día de hoy, fueron designados los siguientes
magistrados numerarios de los tribunales unitarios agrarios a partir del 26 de agosto de
1998:
Juan Manuel Calleros Calleros, María Eugenia Camacho
Aranda, Juan Cortez Martínez, Araceli Cubillas Melgarejo, Martha Alejandra Chávez
Rangel, Martha Leticia Gracida Jiménez, Jorge Herrera Valenzuela, Juan Rodolfo Lara
Orozco, María del Carmen Lizárraga Cabanillas, Aldo Saúl Muñoz López, Juan Gilberto
Suárez Herrera y Jorge Vásquez Ortiz.
Como magistrados supernumerarios de los tribunales
unitarios agrarios, a partir del 26 de agosto de 1998: Alfonso Galindo Becerra y Luis
Rafael Hernández Palacios.
Se ratifica como magistrado numerario del Tribunal Unitario
Agrario al ciudadano Rafael Rodríguez Lujano.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 26 de agosto de 1998.- Senadores: Samuel
Aguilar Solís y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
De enterado.
ESTADO DE QUINTANA
ROO
La secretaria
María del Pilar Guadalupe
Valdés y González Salas: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, Ciudad Chetumal, Quintana
Roo, México.
Ciudadanos diputados secretarios del honorable Congreso de
la Unión.- Presentes.
La VIII Legislatura constitucional del Estado, en
cumplimiento al artículo 20 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se permite
comunicar que en sesión celebrada el 19 de agosto de 1998, se declaró clausurado el
segundo periodo de sesiones extraordinarias correspondiente al tercer año de ejercicio
constitucional.
Sin otro particular, me es grato reiterarles las
seguridades de mi consideración distinguida.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Chetumal, Quintana Roo, a 20 de agosto de 1998.- Diputado
secretario, Israel Barbosa Heredia.»
CONSTITUCION
POLITICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Tiene la palabra el diputado Héctor Francisco
Castañeda Jiménez, de la diputación federal del Estado de Jalisco, para presentar una
iniciativa de reformas a los artículos 73 fracción XXIV; 74, 76, 79, 89, 110, 111 y 113
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que tienen relación con la
existencia y atribuciones de la actual Contaduría Mayor de Hacienda.
El diputado
Héctor Francisco Castañeda Jiménez: |
Gracias.
Señor Presidente, señores secretarios de la Cámara de
diputados de la LVII Legislatura del honorable Congreso de la Unión.- Presentes:
«Los que suscribimos, diputados integrantes del grupo
parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad que
nos otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y con apoyo en lo previsto por los artículos 55 fracción II, 56 y 62
del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presentamos ante el pleno
de esta Cámara, una iniciativa de decreto que reforma los artículos 73 fracción XXIV,
74, 76, 79, 89, 110, 111 y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, que tienen relación con la existencia y atribuciones de la actual Contaduría
Mayor de Hacienda. En tal virtud y
CONSIDERANDO
Se han venido presentando iniciativas de ley para modificar
el marco constitucional y reglamentario de la actual Contaduría Mayor de Hacienda del
Gobierno Federal. Así se han estudiado las iniciativas presentadas por el Ejecutivo
Federal (1995), por el Partido Acción Nacional y por el Partido de la Revolución
Democrática.
Si bien cada iniciativa difiere sustancialmente de los
planteamientos de las otras, una cosa es evidente: el órgano fiscalizador superior del
Gobierno Federal debe ser reformado para adecuarlo a las nuevas exigencias, a los reclamos
ciudadanos y a las circunstancias que prevalecen en el país.
Es relevante señalar que la iniciativa que presentó el
Ejecutivo Federal en el año de 1995, si bien loable, se ha visto superada por las
circunstancias que en la actualidad prevalecen dentro de la Administración Pública
Federal, centralizada o paraestatal; es decir, las actuales circunstancias no son las
mismas que las de hace tres años.
Hemos visto cómo se ha venido degradando la prestación de
lo que en género llamamos "servicio público", para hacer alusión al trabajo y
a la función que llevan a cabo los que de acuerdo con el artículo 108 constitucional se
denominan "servidores públicos".
Genera profunda alarma el hecho, innegable, de que se está
gestando en nuestra sociedad y está a punto de culminar la cultura de la corrupción y,
una vez que esto ocurra, el regreso es imposible o algo muy difícil de conseguir.
Señala una interesante obra (Derecho y Razón. Luigi
Ferrajoli. Editorial Trotta, Madrid, 1995) lo siguiente: "Las aludidas vicisitudes
italianas representan, desde luego, un caso límite y patológico. Pero apunta al mismo
tiempo un problema que es común a todas las democracias avanzadas; la creciente anomia
del estado contemporáneo, generada, de una parte por la masiva expansión de sus
funciones -y de los correlativos espacios de discrecionalidad- en la vida social y
económica y, de otra, por la reducción de la capacidad regulativa del derecho, la
inadecuación y la falta de efectividad de sus técnicas de garantía y por la tendencia
del poder político a liberarse de los controles jurídicos y a desplazarse a sedes
invisibles y extrainstitucionales".
Ahora más que nunca los órganos de control de legalidad
requieren de fortalecimiento y de transformación. El fenómeno de la ilegalidad y de la
corrupción tiene qué ver con muchos aspectos de nuestra vida, no solamente con el que se
refiere a recursos públicos de naturaleza patrimonial o económica; pero es sin duda el
ámbito público, uno de los rubros que con prioridad debe atenderse, si se estima que es
dentro de la administración pública federal, por el número de las personas que la
integran y por la magnitud de los recursos públicos que recaudan, manejan, custodian,
administran y aplican, donde existe el campo más amplio para la ilegalidad y corrupción,
por lo que debemos observar qué es lo que ocurre con su sistema de control.
De alguna manera lo último que se ha comentado encuentra
su reconocimiento dentro de la Constitución, dado que nuestro máximo ordenamiento pone
énfasis en la revisión de la cuenta pública anual que presenta el Ejecutivo Federal en
su calidad de titular de la administración pública y, con la finalidad de revisar esa
cuenta, constitucionalmente se prevé el órgano que conocemos como Contaduría Mayor de
Hacienda.
Asimismo, de alguna u otra forma, dentro de la misma
administración pública han existido y existen los órganos de control internos, en
contraposición al control externo que ejerce la Contaduría Mayor de Hacienda. Con apoyo
en la división de controles externos y controles internos, órganos de vigilancia
internos y órganos de vigilancia externos, hemos caído en una situación que, inclusive,
es aceptada casi de manera unánime: que el órgano de control interno vigile en todo
tiempo y que el órgano de control externo revise a partir de una cuenta que se presente;
es decir, que la Contaduría Mayor de Hacienda mire al pasado y nunca al presente.
Se ha dicho que la prevención es mejor que el remedio, lo
cual, llevado al campo del mal manejo de los fondos públicos, implica que es mejor
prevenir la desviación o mala utilización de los recursos públicos, que castigar el
hecho ya consumado. Nada más cierto.
Se estima que no necesariamente el control interno y el
control externo del gasto público en la Administración Pública Federal, deben
encontrarse en órganos diversos y que cada uno actúe en etapas o momentos diferentes. El
cuestionamiento, por otra parte, ha sido el porqué el órgano de control que en todo
momento puede actuar dentro de la Administración Pública Federal y sancionar las
infracciones, tiene que depender del mismo titular de ella. Si la finalidad, para todos
evidente, es que exista un órgano que cumpla con efectividad su función de vigilancia y
de castigo de las infracciones.
Hay una realidad que no se puede desconocer y es que,
dentro de la Administración Pública Federal se creó toda una Secretaría como garantía
de legalidad dentro del servicio público; que esa Secretaría se ha venido transformando
y cuenta con unidades en todas las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal. La referencia es concretamente a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo
Administrativo (antes Secretaría de la Contraloría General de la Federación); no
obstante, la ilegalidad continúa en el proceder de muchos servidores públicos federales.
62,63,64
El momento actual no es para mantener divisiones, sino
conjuntar esfuerzos, funciones y, por ello, se pretende unir las facultades de
verificación que tienen diversos órganos en uno sólo, que no dependa del mismo poder
que es materia de control. Concretamente, la propuesta es que el órgano superior de
fiscalización del Gobierno Federal (actualmente la Contaduría Mayor de Hacienda),
constitucionalmente posea naturaleza diversa a la que actualmente tiene de limitarse a
revisar la cuenta pública, sino que cuente con la atribución de vigilar el actuar de
cualquier servidor público dependiente de la administración pública y del mismo Poder
Legislativo Federal, que tenga facultades para iniciar procedimientos tendientes a la
investigación de infracciones administrativas y a la aplicación de las sanciones que
marca la ley, la de denunciar y querellarse por hechos que pudieran ser constitutivos de
algún delito cometido en contra del erario público o por cualquier servidor público
federal con motivo de sus funciones; que sus atribuciones de verificación se lleven a
cabo en relación a todo tipo de recursos con que cuenta el Gobierno de la nación, sean
muebles o inmuebles, en efectivo o en valores, materiales o inmateriales, en donde se
abarque el momento de su percepción, custodia, manejo, administración y aplicación, y
que sea un verdadero órgano de control de todas las obligaciones que la constitución y
sus leyes reglamentarias imponen a los servidores públicos. La finalidad es evidente:
prevenir y sancionar la corrupción.
No puede ni debe existir un poder más en la República que
el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, de ahí que una entidad de control deba estar
enlazada a uno de ellos y, si lo que se critica es la dependencia del mismo Poder
Ejecutivo, es claro que esa entidad de control tiene que depender del Poder Legislativo.
En algunos círculos se ha criticado que la Contaduría
Mayor de Hacienda tenga un titular único, cuando es sabido que un órgano colegiado
resulta de mayor garantía para efectos de legalidad, justicia, imparcialidad y equidad.
Es razonable, pues, que la entidad de control superior cuente con un órgano que de manera
colegiada sea su titular y que esté conformado con representantes de los tres poderes de
la Unión para evitar los vicios que las filiaciones políticas o partidistas puedan
generar.
Sobre esas bases se propone la creación de una entidad
superior de fiscalización que se denominaría "Colegio Federal de Supervisión y
Rendición de Cuentas de la Administración Gubernamental", cuyas principales
funciones podrían clasificarse de la siguiente manera:
a) De revisión de la cuenta pública anual presentada por
el Ejecutivo Federal.
b) De supervisión permanente del cumplimiento de las
obligaciones que por ley tienen los servidores públicos de la Federación.
c) De imposición de las sanciones que por infracciones
merecen los servidores públicos que hubieran incurrido en actos ilegales (con algunas
excepciones), y de promoción de instancias que desemboquen en el ejercicio de acciones
penales.
d) De fiscalización en la obtención, manejo,
administración, custodia y aplicación de los recursos públicos federales.
Propiamente, serían cuatro campos los que abarcaría este
colegio: revisión de la cuenta pública, vigilancia del cumplimiento de obligaciones
propias del servicio público, fiscalización de todo lo que se refiere a bienes y
recursos de la nación y aplicación de sanciones y promoción de instancias legales para
ello.
En el inciso c, se ha destacado bajo el término de
"algunas excepciones", el hecho de que el colegio tendría algunos límites en
su actuar. En efecto, se hace referencia a los servidores públicos que pertenecen al
Poder Judicial de la Federación y, la razón de ello es la siguiente: la idea que motiva
esta iniciativa es la de modificar, sólo en lo estrictamente necesario, el actual esquema
constitucional de la Contaduría Mayor de Hacienda y de Responsabilidades de los
Servidores Públicos, pero es preciso advertir que el espíritu constitucional es el de
que el Poder Judicial Federal cuente con su propio y exclusivo organismo de control
interno, que es el Consejo de la Judicatura Federal, para mantener la garantía de
autonomía que requiere dicho poder.
Constitucionalmente, por el contrario, no existe
disposición alguna en el sentido de que la supervisión del Ejecutivo Federal haya de
provenir de un órgano que dependa jerárquicamente de su titular, motivo por el cual se
puede afirmar que, las reformas constitucionales que se plantean no modifican algún
previo y especial pronunciamiento constitucional al respecto. De hecho, solamente se
amplían las funciones de la actual entidad de control y se establece como principio
constitucional que la vigilancia de los servidores públicos de la Administración
Pública Federal dependerá de una entidad que no tiene relación de jerarquía con el
titular de aquélla.
En este sentido, las intenciones del Ejecutivo Federal al
presentar en 1995 su iniciativa, son expresivas de respeto a las instituciones de
legalidad y democracia, en tanto que, de él mismo ha partido la idea de que el control de
los servidores públicos que pertenezcan al poder del cual es titular, pueda ser llevado a
cabo por una instancia diversa.
Ahora bien, se pretende que ese colegio tenga autonomía
técnica y operativa, lo cual no implica que no dependa de ningún poder. Para ello, se
propone que el personal del colegio sea designado por los consejeros que lo integren y
que, dicho colegio, sea vigilado a su vez por la Cámara de Diputados a través de la
comisión que al efecto ya existe.
Hacer realidad este planteamiento implica una serie de
reformas a diversos preceptos de nuestra Constitución Política y, desde luego, el
impacto normativo que tendrá que ver con las leyes secundarias, entre otras, la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos y la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal, por la necesaria desaparición de la actual Secretaría de Contraloría
y Desarrollo Administrativo y la determinación de cómo seguirán funcionando las
actuales contralorías internas de las dependencias y entidades o de qué manera serán
transformadas. No obstante, por principio de orden, deben abordarse las que se refieren a
nuestro ordenamiento máximo y que tienen qué ver con los artículos 73 fracción XXIV,
74, 76, 79, 89, 110, 111 y 113.
La finalidad de estas reformas es la siguiente: prever una
nueva entidad superior de fiscalización, la forma de integración y designación de su
órgano colegiado, el tiempo y garantías de permanencia de sus integrantes, las
atribuciones constitucionales que tendrá y las facultades del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos para emitir la respectiva Ley Orgánica.
Por las consideraciones apuntadas, se presenta la
siguiente:
INICIATIVA DE DECRETO
Que reforma los artículos 73 fracción XXIV, 74, 76, 79,
89, 110, 111 y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo primero. Se modifica la fracción XXIV del
artículo 73, para quedar como sigue:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
I a XXIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . .
XXIV. Para expedir la Ley Orgánica del Colegio Federal de
Supervisión y Rendición de Cuentas de la Administración Gubernamental, sobre las bases
siguientes:
1o. Al frente del Colegio Federal de Supervisión y
Rendición de Cuentas, estará un cuerpo colegiado, integrado por seis consejeros que
serán designados de la manera siguiente: dos por la Cámara de Diputados, dos por parte
del Ejecutivo Federal y dos por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La
designación deberá ser ratificada por el Senado de la República o, en su caso, por la
Comisión Permanente.
2o. Los consejeros deberán reunir los mismos requisitos
que para ser secretario de Estado, salvo el de la edad que será de 40 años como mínimo.
3o. Los consejeros durarán en su encargo ocho años y no
podrán ser removidos de su encargo, salvo el caso de juicio político.
4o. El Colegio Federal de Supervisión y Rendición de
Cuentas, tendrá las siguientes atribuciones:
a) Revisar la Cuenta Pública;
b) Vigilar el cumplimiento de las obligaciones que a los
servidores públicos impone esta Constitución y las leyes;
c) Instruir procedimiento administrativo y sancionar a los
servidores públicos que hubieren incurrido en cualquier infracción relacionada con su
cargo;
d) Verificar de manera especial, la correcta obtención,
manejo, custodia, administración y aplicación de los recursos públicos, sean éstos
muebles o inmuebles, efectivo, valores o de otra índole;
e) Promover todas las instancias legales para la
aplicación de las sanciones en todos aquellos casos que estime conveniente y
f) Las demás que le confiera esta Constitución y las
leyes que de ella emanen.
5o. El colegio contará con la estructura que determine su
Ley Orgánica, pero en todo caso, deberán existir las áreas correspondientes a:
a) Análisis de Cuenta Pública;
b) Verificación de cumplimiento de responsabilidades de
los servidores públicos;
c) Procedimientos y responsabilidades y
d) Bienes y recursos de propiedad federal XXV a XXX.
Artículo segundo. Se modifica la fracción II y se deroga
la fracción III del artículo 74 constitucional, para quedar como sigue:
"Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara
de Diputados:
I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . .
II. Vigilar, por medio de una comisión de su seno, el
exacto desempeño de las funciones del Colegio Federal de Supervisión y Rendición de
Cuentas de la Administración Gubernamental; y designar por parte del Poder Legislativo, a
dos consejeros para que lo integren.
III. Se deroga.
IV a VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . "
Artículo tercero. Se modifica la fracción X y se adiciona
la fracción XI al artículo 76 constitucional, para quedar como sigue:
"Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:
I a IX. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . .
X. Ratificar la designación que se haga de los consejeros
del Colegio Federal de Supervisión y Rendición de Cuentas de la Administración
Gubernamental.
XI. Las demás que esta Constitución le atribuye."
Artículo cuarto. Se adiciona la fracción IX al artículo
79 constitucional, para quedar como sigue:
"Artículo 79. La Comisión Permanente, además de las
atribuciones que expresamente le confiere esta Constitución, tendrá las siguientes:
I a VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . .
IX. Ratificar la designación que se haga de los consejeros
del Colegio Federal de Supervisión y Rendición de Cuentas de la Administración
Gubernamental."
Artículo quinto. Se adiciona la fracción XIX al artículo
89 constitucional, para quedar como sigue:
"Artículo 89. Las facultades y obligaciones del
Presidente son las siguientes:
I a XVIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . .
XIX. Designar a dos consejeros para el Colegio Federal de
Supervisión y Rendición de Cuentas de la Administración Gubernamental.
XX. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . ."
Artículo sexto. Se modifica el primer párrafo del
artículo 108 constitucional, para quedar como sigue:
"Artículo 108. Para los efectos de las
responsabilidades a que alude este título se reputarán como servidores públicos, a los
representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder
Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona
que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración
Pública Federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores del Instituto
Federal Electoral y del Colegio Federal de Supervisión y Rendición de Cuentas de la
Administración Gubernamental, quienes serán responsables por los actos u omisiones en
que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.
65,66,67
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . ."
Artículo séptimo. Se modifica el primer párrafo del
artículo 110 constitucional, para quedar como sigue:
"Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio
político los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios
de despacho, los jefes de departamento administrativo, los diputados a la Asamblea del
Distrito Federal, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la
República, el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, los magistrados de
circuito y jueces de distrito, los magistrados y jueces del Fuero Común del Distrito
Federal, los consejeros de la Judicatura del Distrito Federal, el consejero presidente,
los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Federal Electoral, los
consejeros del Colegio de Supervisión y Rendición de Cuentas de la Administración
Gubernamental, los directores generales y sus equivalentes de los organismos
descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y
asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . ."
Artículo octavo. Se reforma el primer párrafo del
artículo 111 constitucional, para quedar como sigue:
"Artículo 111. Para proceder penalmente contra los
diputados y senadores al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los
consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de despacho, los jefes de
departamento administrativo, los diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el Jefe de
Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República y el Procurador
General de Justicia del Distrito Federal, así como el consejero presidente, los
consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral y los
consejeros del Colegio Federal de Supervisión y Rendición de Cuentas de la
Administración Gubernamental, por la comisión de delitos durante el tiempo de su
encargo, la Cámara de Diputados declarará por mayoría absoluta de sus miembros
presentes en sesión, si ha o no lugar a proceder contra el inculpado.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . ."
Artículo noveno. Se reforma el artículo 113
constitucional, para quedar como sigue:
"Artículo 113. Las leyes sobre responsabilidades
administrativas de los servidores públicos, determinarán sus obligaciones, a fin de
salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño
de sus funciones, empleos, cargos o comisiones; las sanciones aplicables por los actos u
omisiones en que incurran, así como los procedimientos y las autoridades para aplicarlas.
En el ámbito federal, será el Colegio Federal de Supervisión y Rendición de Cuentas de
la Administración Gubernamental, la autoridad encargada de aplicarla en el ámbito de la
Administración Pública Federal. Las sanciones, además de las que señalen las leyes,
consistirán en suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones
económicas y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos obtenidos
por el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por los actos u
omisiones a que se refiere la fracción III del artículo 109, pero no podrán exceder de
tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños y perjuicios causados".
ARTICULOS TRANSITORIOS
Artículo primero. Este decreto entrará en vigor, el mismo
día en que inicie su vigencia la Ley Orgánica del Colegio Federal de Supervisión y
Rendición de Cuentas de la Administración Gubernamental, que emita el Congreso General
de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo segundo. Una vez que entre en vigor este decreto,
la designación de los consejeros que integren por primera vez el Colegio Federal de
Supervisión y Rendición de Cuentas de la Administración Gubernamental, se sujetará a
lo siguiente: uno de cada consejero designado por cada poder, durará en su encargo cuatro
años y el otro ocho años. En las designaciones que se hagan se hará el señalamiento
del periodo de que se trate.
Atentamente.
Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de
la Unión.- México, D.F., a 3 de septiembre de 1998.- Diputados: Francisco Javier
Santillán Oseguera, Héctor F. Castañeda Jiménez, Juan García de Quevedo Baeza,
Héctor González Machuca, Francisco Javier Morales Aceves, Teresa Núñez Casas y
Salvador Rizo Ayala.»
Señor Presidente, señores secretarios, con fundamento en
los artículos 27 inciso b y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos, solicitamos sea turnada esta iniciativa a las comisiones unidas de
Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia, con la opinión de las comisiones de
Hacienda y de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, para su estudio y dictamen.
Hago entrega, señor Secretario.
Túrnese a las comisiones unidas de Gobernación y
Puntos Constitucionales y de Justicia, con la opinión de las de Hacienda y Crédito
Público y de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda.
Se encuentran en el recinto de esta Cámara, subrayando el
interés de la sociedad en los trabajos de sus representantes, grupos que saludamos con
mucho respeto, en especial a la Comisión de la Alianza de Sitios de Automóviles del
Estado de Baja California Sur, que concurren a invitación del diputado Rufino Contreras
Velázquez, momento que aprovechamos para expresar la solidaridad de la representación
popular con los damnificados por el huracán "Isis" que azotó a esa entidad.
Saludamos igualmente a los maestros y estudiantes de la
Universidad Autónoma de Hidalgo.
La secretaria
Aracely Escalanta Jasso: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Estado de Baja California Sur.
Diputado Arturo Núñez Jiménez, presidente de la mesa
directiva del primer periodo de sesiones del segundo año de ejercicio de la Cámara de
Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presente.
Respetables diputados: por este conducto, estamos
presentando ante esa soberanía la iniciativa de decreto que adiciona la fracción
XVII-bis y mediante la cual se reforma el punto número dos de la fracción XXIX del
artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que
fuera aprobada el día 28 de mayo del año en curso en sesión ordinaria de la VIII
Legislatura de este honorable Congreso del Estado de Baja California Sur.
La propuesta que respetuosamente hacemos, tiene su origen
en un punto de acuerdo económico que solicitara la Comisión de Asuntos Pesqueros de esta
legislatura, con fecha 15 de mayo de 1997, para la realización de foros de consulta y
análisis en búsqueda de alternativas de solución a la problemática del sector pesquero
de nuestra entidad. Uno de los puntos resolutivos fue la convocatoria a un foro nacional
de análisis del sector pesquero, que se llevó a cabo en esta ciudad de La Paz, los días
22 y 23 de agosto de 1997, con la participación de la mayor parte de las legislaturas
cuyos estados tienen costas, en donde una de las conclusiones más importantes fue el
realizar una revisión cuidadosa de los ámbitos de competencia de los tres niveles de
gobierno en las actividades pesqueras, enmarcadas en el Plan Nacional de Desarrollo
1995-2000 y en su caso proponer reformas constitucionales para que estados y municipios
participemos en la transformación de nuestro sistema federal.
Considerando que nuestro planteamiento busca vigorizar el
equilibrio entre la Federación y las entidades federativas en su respectivo ámbito de
competencia en materia pesquera, en el marco del nuevo federalismo, entregamos esta
propuesta con la seguridad de que recibirá el tratamiento legislativo que con toda
justicia pueda determinar esa soberanía.
Atentamente.
La Paz, Baja California Sur, a 1o. de septiembre de 1998.-
Diputados: D. Valentín Castro Burgoin, presidente de la Gran Comisión; Paulino Molina
Romero, presidente de la diputación permanente y Jesús Redona Murillo, presidente de la
Comisión de Asuntos Pesqueros.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Estado
de Baja California Sur.- Honorable Congreso del Estado de Baja California Sur.- VIII
Legislatura.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En la actualidad nuestro país esta viviendo una crucial
etapa caracterizada por transformaciones profundas en el sistema político, en el
desarrollo económico y en la sociedad y la cultura nacional; se reconoce en el
centralismo económico y administrativo en la concentración demográfica y urbana y en
las desigualdades regionales, obstáculos a la democracia, a la modernización económicas
y el bienestar social.
Fortalecer el federalismo supone una acción deliberada
para combatir la centralización de atribuciones y decisiones en que ha incurrido la
administración pública y que ha provocado, a su vez, la burocratización, la excesiva
regulación, la desproporción de sus dimensiones, con consecuencias evidentes, lentitud
en las decisiones, engorrosos procedimientos, costos excesivos de operación, incapacidad
para captar y reaccionar con oportunidad a las demandas de la población, pérdida o
debilitamiento de los canales de comunicación entre gobernantes y gobernados.
Por ello, desde esta perspectiva, el federalismo pone el
acento en la fórmula para desconcentrar la administración, transferir el uso de
facultades, recursos y programas del nivel central o federal al local, estatal y
municipal; se vincula con el propósito de acercar las decisiones y la prestación de los
servicios al nivel de organización que por su escala optimice sus rendimientos, pero
también se relaciona con la desburocratización, la desregulación y la desincorporación
de funciones y actividades que se transfieren a los niveles locales o estatales, para que
éstos las desarrollen. De esta manera el Gobierno Federal transfiere al local o estatal,
facultades, recursos y ámbitos de actividad.
En esta óptica se inscribe el reclamo social y político
de las regiones, de los estados y de los municipios por una más decisiva participación
en la acción presente y en la previsión de su futuro.
Bajo estos objetivos, los suscritos diputados que
integramos la VIII Legislatura al Congreso del Estado de Baja California Sur, como
resultado de foros de consulta municipales y de los acuerdos emanados del I Foro Nacional
de Análisis del Sector Pesquero, ambos celebrados en nuestra entidad, hemos integrado la
presente iniciativa de reformas y adiciones al articulado de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, en relación a las facultades legislativas de los estados
con litoral en materia pesquera, de acuerdo a los siguientes postulados:
I. Consideraciones generales
La actividad pesquera en México es de trascendental
importancia debido a su capacidad para generar alimentos, empleo y divisas para el país,
así como por coadyuvar en el ejercicio de la soberanía nacional.
Dado que la pesca y la acuicultura son practicadas tanto en
litorales del Golfo de México y el Caribe, así como en el Pacífico mexicano, son en
consecuencia actividades en las que participan más de la mitad de los estados de la
República, ya que en éstos se presenta colindancia con litorales marítimos,
independientemente de la existencia de aguas interiores dentro de sus límites
geográficos.
La pesca y la acuicultura son actividades que se basan en
la utilización de recursos naturales renovables tanto de flora y fauna cuyo medio de vida
total o parcial es el agua, para conformar fundamentalmente una actividad económica y
social cuya viabilidad descansa en gran medida en el marco normativo en que se sustenta.
Es por lo anterior, que el marco normativo que rige las
actividades pesqueras y acuícolas, tiene para las entidades del país con litoral, un
alto significado para su desarrollo.
A través de los años, nuestro país ha contado con una
serie disposiciones jurídicas, contenidas en diversas normas de distinta jerarquía
legal, generalmente orientadas a promover prácticas pesqueras racionales que, además de
fomentar una actividad productiva, brinde oportunidades de empleo y haga de la pesca una
fuente de alimentos para nuestro pueblo.
Esta larga tradición normativa y legislativa relativa al
uso y conservación de recursos acuícolas comienza a mediados del siglo pasado, siguiendo
durante la primera parte del presente siglo. Sin embargo, es hasta 1923 que se expide el
primer Reglamento de Pesca Marítima y Fluvial de la República Mexicana, en donde se
señalaron como atribuciones de la entonces Secretaría de Agricultura y Fomento, aspectos
sobre la conservación y promoción de esta riqueza nacional, la autorización de permisos
y contratos, vedas, clasificación de la pesca, finalidades y aprovechamientos.
Es a partir de este primer cuerpo normativo en el que
habría de sustentarse la primera Ley de Pesca emitida en 1925; ley que articula de manera
más consistente la importancia que le es atribuida a la actividad pesquera y en
particular a la conservación y cuidado de esta riqueza nacional.
La nueva concepción social del trabajo que se estableció
en el país en los años treinta, trajo como consecuencia que la legislación pesquera
fuera modificada, ya que en 1932 entró en vigor una nueva Ley de Pesca y al final de esa
década se expidieron leyes relacionadas tanto con las aguas territoriales como con las
sociedades cooperativas, lo que consolidó un enfoque de aprovechamiento social de esta
riqueza natural.
Con la introducción de nuevos sistemas de pesca, de
conservación, industrialización y sistemas de trabajo, así como el aprovechamiento de
especies que antes no eran susceptibles de explotación, surgieron actividades comerciales
y de transformación industrial que no estaban previstas en el marco normativo de esa
época; por esta razón se hizo necesaria la actualización de la normatividad vigente.
Esta actualización se logró al concretarse una ley en materia pesquera en 1947.
Posteriormente vinieron modificaciones adicionales al marco
legal pesquero, en 1950 y 1951, años en que se vinculó la actividad pesquera como un
tema con estrecha relación a la alimentación popular.
Es hasta principios de los años setenta que se considera
necesario adecuar la regulación pesquera, al considerar que a la pesca se le reconoce una
más elevada posición en la vida económica del país. En 1972 fue sometida para su
análisis y aprobación ante el Congreso de la Unión, la Ley Federal para el Fomento de
la Pesca, la cual señalaba que los recursos pesqueros, a pesar de ser un renglón
importante para el país, no habían sido regulados adecuadamente en su explotación y
aprovechamiento.
Durante la segunda mitad de la década de los años setenta
y la primera de los años ochenta, se dieron transformaciones, innovaciones y
requerimientos en materia pesquera que obligaron de nueva cuenta a la adaptación del
marco legal correspondiente. Así, en 1986 fue aprobada la Ley Federal de Pesca.
Con el advenimiento de un enfoque de modernización en la
vida de México por parte del Ejecutivo Federal en turno, que fortaleciera la economía ya
no sólo a lo interno en un ámbito protegido sino con una nueva orientación que evitara
esquemas regulatorios que inhibieran la productividad y generen una sana competencia, se
sometió el Congreso de la Unión y fue aprobada la actual Ley de Pesca en 1992.
La pesca, al igual que las demás actividades productivas,
ha evolucionado y de manera consistente se ha tratado de adecuar sus leyes y reglamentos.
Esta adecuación debe ser consistente con el objetivo de ser congruentes con la nueva
realidad productiva y social que presenta el país en cada momento.
En relación al proceso legislativo es pertinente
puntualizar que la iniciativa es el primer paso de este proceso para la formación de una
ley o decreto y por lo tanto sin ella no hay función legislativa. A este respecto
conviene señalar que la fracción I del artículo 71 de nuestra Constitución Política
otorga la facultad de iniciar las leyes o decretos al Presidente de la República, a los
diputados y senadores al Congreso Federal y a las legislaturas de los estados.
La legislación pesquera en México y su continua
adecuación, ha sido promovida fundamentalmente por el titular del Poder Ejecutivo, no
obstante la importancia que este tema tiene para los estados de la República Mexicana que
poseen colindancia con aguas litorales, tanto por las posibilidades de desarrollo que
pueden darse con base en estos recursos como por la responsabilidad inherente a la
conservación de los mismos.
68,69,70
Respecto a la legislación correlativa, en la que se
involucra el aprovechamiento y conservación de recursos naturales a través de una
visión más genérica como la legislación sobre el medio ambiente, se observa que esta
presenta características de mayor articulación entre las facultades del Ejecutivo
Federal y las propias de los estados y municipios.
Es así que las más recientes reformas realizadas a la Ley
General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, se dieron en una etapa
revitalizada del federalismo mexicano, misma que supone una mayor participación de los
estados, así como un mayor compromiso y equilibrio de los poderes federales, base de un
federalismo legislativo, que garantiza la pluralidad y los espacios a todas las
expresiones e inquietudes de la comunidad nacional. Esta concepción del federalismo
identifica la articulación armónica y eficaz de la soberanía de los estados, la
libertad de los municipios y las facultades constitucionales del Gobierno Federal.
El fundamento constitucional de la citada Ley General de
Equilibrio Ecológico, está consignado en los artículos 27 y 73 fracción XXIX-G de
nuestra Carta Magna. Este último precepto faculta al Congreso de la Unión para
"expedir las leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los
gobiernos de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas
competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del
equilibrio ecológico".
De acuerdo con la iniciativa de esta ley, la función que
la Constitución asigna a la legislación que expida el Congreso de la Unión consiste,
por una parte, en establecer los mecanismos de coordinación entre los tres órdenes de
gobierno que hagan posible una gestión ambiental integral y, por otra parte, en precisar
el esquema de distribución de competencias en materia ambiental que deriva, de forma
explícita o implícita, de la propia Constitución.
El proceso de adecuación de la actual ley sobre el medio
ambiente, fue un claro ejemplo de modernidad legislativa, ya que en éste se dieron
sinnúmero de consultas a nivel nacional y se alcanzaron importantes consensos para
finalmente someter la iniciativa de ley, tanto por parte del Ejecutivo Federal como por
los diputados de diversas fracciones parlamentarias, integrantes de la respectiva
Comisión de Medio Ambiente.
Una de las grandes exigencias para la sociedad mexicana,
incluidas ya en el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, es llevar a cabo una profunda
redistribución de la autoridad, responsabilidades y recursos del Ejecutivo Federal hacia
los estados y municipios. Hay pues, plena conciencia de que es necesario hacer más
vigorosa la participación y concurrencia de los estados y municipios para hacer frente a
diversas decisiones administrativas, así como para legislar en ciertas materias
prioritarias.
Por otra parte, desde el punto de vista del concierto
internacional, se ha considerado que la pesca constituye para la humanidad una fuente
importante de alimentos que proporciona empleo y beneficios económicos a quienes se
dedican a esta actividad. Anteriormente se consideraba que la riqueza de los recursos
acuáticos eran ilimitados; sin embargo, el desarrollo y la evolución dinámica de las
pesquerías, particularmente después de la segunda Guerra Mundial, han hecho desaparecer
esta idea, ya que los recursos pesqueros aún siendo recursos renovables, son limitados y
tienen que ser sometidos a una ordenación adecuada si se pretende que sigan contribuyendo
al bienestar alimentario, económico y social de manera sostenida en un ámbito de
crecientes demandas.
Al establecerse la zona económica exclusiva, a mediados de
los años setentas, y su adopción por parte de los estados ribereños, se originó una
nueva circunstancia para un mejor ordenamiento de los recursos marinos.
Desde hace tiempo, las Naciones Unidas han desarrollado una
ardua labor encaminada a lograr un mejor y más eficaz desarrollo sostenible de la pesca.
Entre otras actividades destaca la Conferencia Internacional sobre la Pesca responsable
celebrada en Cancún, México, en 1992, en la que nuestro país tuvo una destacada
participación. De esta conferencia se derivó la petición a la organización mundial
para la alimentación (FAO), para que preparara un código internacional de conducta para
la pesca responsable, en donde se establecieran principios y normas aplicables a la
conservación, ordenamiento y desarrollo de las pesquerías, de tal manera que asegure una
explotación sostenible de los recursos acuáticos vivos, en consonancia con el medio
ambiente.
Si bien la aplicación de este código es voluntaria,
también es cierto que México está plenamente comprometido con su implementación y
cumplimiento. En uno de sus capítulos más importantes, el de ordenación pesquera, se
estipula que en las zonas bajo jurisdicción nacional, los estados deberían tratar de
determinar quienes son dentro del propio país, las partes pertinentes que tienen un
interés legítimo en la utilización y ordenación de los recursos pesqueros y establecer
medidas para mantener consultas con las mismas, a fin de contar con su colaboración para
lograr la pesca responsable.
El anterior planteamiento en la práctica puede ser
considerado como un esquema de comanejo en el aprovechamiento, administración y
conservación de los recursos naturales en el que participan activamente tanto la
autoridad pesquera como los interesados, situación que en el ámbito nacional es
plenamente compatible con el proceso de descentralización de la vida económica,
política y legislativa que se demanda en México y que ya se ha puesto en marcha, en
áreas como la relativa al medio ambiente.
Por otro lado se advierte en este instrumento sobre pesca
responsable que la base fundamental para la toma de decisiones en cuanto a la
administración de los recursos pesqueros debería hacerse siempre considerando la mejor
información científica disponible. Esta consideración puede ser plenamente atendible en
México, ya que en los diferentes estados con litoral se ha desarrollado una alta
capacidad de investigación institucional pesquera y acuícola que bien puede servir de
apoyo y contribuir a
este proceso de participación con la Federación en el
ámbito de sus respectivas atribuciones.
Continuando con las referencias internacionales, podemos
citar a los Estados Unidos de América, Australia y Canadá, entre otros, como países que
practican esquemas de participación no sólo federal sino estatal o regional en el
aprovechamiento, la administración y la conservación de sus recursos acuáticos vivos,
por lo que México podría inscribirse en una corriente internacional que toma en cuenta
de manera más amplia la participación de las regiones litorales en esquemas de manejo
pesquero y acuícola.
Por ello se hace necesario modificar nuestra Carta Magna,
con la intención de que los estados tengan una mayor participación en legislar en
materia de pesca, asimismo para imponer contribuciones en el aprovechamiento y
explotación de los recursos naturales contemplados en el artículo 27 párrafo V de la
Ley Suprema, para lograr un federalismo cooperativo, basado en principios de
corresponsabilidad, solidaridad y equidad, que no sólo incide en la relación entre los
poderes federales y locales para reforzar la estructura política de la Unión, sino
impacta en las bases materiales y sociales del progreso territorial, en la práctica del
Estado y en los beneficios para la sociedad.
II. Marco constitucional
Es una pretensión muy válida y más que justa, desde los
inicios de México como país independiente, en la historia política nacional, el
establecimiento de un sistema federal como forma de Estado para beneficio de todos los
mexicanos. El objetivo de este Estado Federal ha sido desde entonces y tendrá que seguir
siéndolo, "un justo equilibrio entre dos entes jurídicos que lo integran:
Federación más entidades federativas", ambos, en igualdad de jerarquía dentro de
sus respectivos ámbitos competenciales; junto a estos dos ordenamientos jurídicos, pero
en un grado jerárquico superior, la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, conteniendo las decisiones políticas fundamentales de todo un pueblo para
garantizar el logro de este justo equilibrio.
No obstante que en la Constitución de 1824 es decir, en
nuestro Pacto Federal, no se incluyera ni con precisión ni con claridad la adopción del
principio de enumerar las atribuciones de la Federación y la competencia residual quedara
para las entidades federativas, es de entenderse por la lectura a la misma, que se adopta
este principio por quienes firman este Pacto Federal, al señalarse en su artículo 50 las
facultades del Congreso General y no prescribirse en operación de contraste las de los
congresos de los estados; por consiguiente la competencia del Congreso General queda
expresamente establecida en la Constitución en su artículo 50.
71,72,73
En el mismo sentido se refiere la Constitución Política
de 1857 y su artículo 72, que prescribe las facultades del Congreso de la Unión variando
en relación con las facultades del Congreso General establecidas por la Constitución de
1824, pero que por provenir las mismas de un Congreso Constituyente, han sido muy válidas
dentro de nuestra historia constitucional.
El Congreso Constituyente de 1917, como resultado de un
movimiento revolucionario, dejó sin efecto la Constitución de 1857 y creó una nueva
Constitución, reuniendo en ésta, los requisitos de legalidad en el mismo sentido que las
dos anteriores constituciones.
El artículo 124 de esta nueva Constitución reproduce
fielmente el principio establecido en el artículo 117 de la Constitución de 1857 al
prescribir que: "las facultades que no están expresamente concedidas por esta
Constitución a los funcionarios federales se entienden reservadas a los estados". Se
otorga la competencia expresa para la Federación y competencia residua para las entidades
federativas.
En el artículo 73 de esta nueva Constitución de 1917 se
prescribe las facultades explícitas del Congreso General en sus 30 fracciones. En la
fracción XXXI, las facultades implícitas del mismo.
Del análisis de la evolución histórica de estas
facultades de estos congresos, de estas constituciones de México, en sus respectivos
artículos: 50, 72 y 73 más el análisis de las facultades del Ejecutivo de los
artículos 110 de la Constitución de 1824, artículo 85 de la Constitución de 1857 y
artículo 89 de la Constitución de 1917, se puede concluir, que el aumento constante del
ámbito competencial se ha dado en la evolución histórica constitucional para la
Federación, en detrimento de las entidades federativas.
En efecto, el centralismo del Gobierno Federal no solamente
fue el producto de la ampliación de atribuciones en merma de la esfera de competencia
local, sino con la dinámica propia que generó el Estado de permanecer propietario,
proveedor paternalista y absorbente, trajo consigo mayores rendimientos decrecientes,
ineficiencias, con un crecimiento desproporcionado y desordenado que lo condujo a su
debilidad.
Por lo anteriormente expuesto y teniendo como fin
primordial del Estado Federal el justo equilibrio, el dualismo de fuerzas recíprocas,
entre Federación y estados, buscando que una fuerza no tenga el monopolio de la acción
sobre la otra, la presente iniciativa se inscribe en esta lógica de reconocer la
capacidad de las entidades con litorales para concurrir en el desarrollo de la pesca.
III. Marco social
La justicia social implica dos componentes fundamentales:
la seguridad y la igualdad. Seguridad en el disfrute de las garantías individuales;
igualdad, entendida está no solo como equidad, sino la oferta de oportunidades para un
desarrollo social y equitativo.
Esto lleva tanto a la Federación como a los estados a
orientar acciones prioritariamente a la lucha contra la pobreza, ante lo cual se requiere
conjugación de esfuerzos basados en la dinámica de un nuevo federalismo.
La ubicación de los pobres en la sociedad y en la
economía posee un especial interés y cuidado por el mínimo respeto que merecen los
seres humanos por el solo hecho de serlo, así como por su dignidad.
La pobreza es una situación que tiene causas
estructurales. Su crecimiento surgió como un efecto no deseado del sistema económico de
libre mercado y es consecuencia de una prolongada crisis, por lo que en la estrategia de
superarla se realizan ajustes a la economía bajo principios de regulación, de
integración regional, sin olvidar el compromiso social del estado mexicano. Por eso es
responsabilidad inexcusable del Estado promover políticas de desarrollo social,
particularmente compensatorias de los desequilibrios sociales, ya que es evidente que la
economía de mercado por sí misma no las genera.
Es necesario también que la política macroeconómica
tenga en la más alta prioridad y consideración a las políticas sociales de superación
de la pobreza y tome en cuenta la vida social en sus valores y principios, en sus estados
y municipios.
Dentro del aspecto social para efectos de la presente
iniciativa, hemos tomado como punto de partida las políticas públicas de desarrollo
pesquero establecidas en el citado Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, al expresarse
que en el ámbito pesquero, su fomento se basa en un enfoque integral que atienda tanto
las necesidades de investigación, evaluación de los recursos, infraestructura básica,
flota pesquera, procesamiento, transportación y comercialización. Se aduce en este plan
que se promoverá también la diversificación y el desarrollo de nuevas pesquerías y de
recursos no aprovechados, así como la acuicultura industrial y rural; asimismo, se
establece que es necesario reordenar las pesquerías haciendo transparentes las
concesiones, las renovaciones y los permisos de pesca.
En estas políticas se aduce que para el presente sexenio
se privilegia la generación de empleos, el incremento de la oferta de alimentos de origen
pesquero destinado a mejorar la nutrición de los grupos mayoritarios de la población y
la obtención de divisas con el fomento a las exportaciones en lo que tenemos mayor
competitividad.
Por el potencial en litoral y en especies marinas de Baja
California Sur, partimos del hecho que no debe haber pobreza en aquellas comunidades donde
se cuente con el recurso pesquero racionalmente explotado.
Es justamente el reclamo de la sociedad, vertido en esta
iniciativa de ley, que puede lograrse una administración de los recursos desde sus
propios ámbitos espaciales, una administración accesible, conocedora, moderna,
eficiente, justa y equitativa, siempre que contemos jurídicamente con las facultades
constitucionales para ello. Por esta razón se propone que el Estado debe cambiar para
generar nuevas formas que incidan en la capacidad de la nación para crecer y que afecten
su capacidad económica.
Con el federalismo renovado y cooperativo que tiene
manifestaciones concretas como fórmula para ampliar la vida democrática, transformar el
ordenamiento territorial de la población, equilibrar el desarrollo de las regiones en
lograr mayor eficacia y calidad en la explotación de recursos pesqueros y en forma
particular impulsar la capacidad de las entidades federativas para propiciar su propio
desarrollo.
De esta manera podremos lograr un desarrollo social más
sólido y permanente cuando convergen democracia y economía para el logro del bienestar
social a través de la generación de empleos permanentes, bien remunerados, que
garanticen el acceso a la seguridad social, así como mejorar la calidad de vida mediante
el incremento en los ingresos de la población.
IV. Marco económico administrativo
El desarrollo adquirido en el ejercicio de gobierno y el
avance de la participación de la sociedad permite que busquemos un nuevo equilibrio entre
Federación y estados, para que la normatividad deje de ser puramente controlada y que en
contribución con los estados al legislar sus propias leyes, en materia de pesca, se
conviertan concurrentemente la Federación y las entidades federativas en promotoras de la
actividad de los particulares en el ámbito pesquero.
Nuestra iniciativa se fortalece con los postulados del Plan
Nacional de Desarrollo 1995-2000 en el que claramente se expresa que en respetuosa
consulta y coordinación con los gobiernos estatales y unicipales el Gobierno Federal
promoverá una descentralización administrativa profunda para favorecer el federalismo.
En este sentido, consideramos necesario evaluar las funciones que actualmente realiza la
Federación y determinar cuáles podrán desempeñarse de manera más eficiente con menos
costos por los gobiernos estatales y municipales y con la participación de los 17 estados
costeros del país que cuentan con el recurso pesquero como actividad productiva básica.
Pese al desarrollo del federalismo aún existen esquemas
centralizados que han impedido un desarrollo justo y equilibrado de las entidades
federativas y de las regiones que conforman a México y que dificultan el desarrollo
regional, estatal y de los municipios.
Por esta razón, se han venido perpetuando a lo largo de
nuestra historia, contrastes y rezagos de distinta índole que distorsionan nuestra
realidad como República Federal, pues se requiere en la actualidad una adecuada y eficaz
redistribución de competencias, recursos y oportunidades.
No obstante que contamos con la mencionada Ley Federal de
Pesca y la existencia de acuerdos y convenios de coordinación, resulta más eficaz a
nuestro juicio atender de manera concurrente las necesidades reales de la pesquería y los
requerimientos más apremiantes que aquejan al sector pesquero.
De esta manera consideramos debe favorecerse a los estados
y municipios con facultades cercanas a la región a efecto de que en la toma de decisiones
se privilegien las condiciones que derivan del propio entorno regional para que no se
frenen las potencialidades económicas de estas instancias del Gobierno.
El momento actual y los años venideros exigirán que
vivamos una descentralización administrativa más profunda, en donde la transferencia de
la administración pública a los ámbitos regionales, estatales o municipales sea real,
que les permita a las autoridades y comunidades locales ejercer atribuciones de poder
político, facultades y recursos, así como la ampliación de su autonomía y
democratización.
La sociedad ha evolucionado profundamente: los ciudadanos
mexicanos exigen democracia y justicia, justicia social, equidad económica y mayores
libertades. Es decir, se reafirma una vez más, la indiscutible voluntad de vivir en pleno
federalismo.
México con su forma de estado, con su fortalecimiento
progresivo de instituciones, es un país en vías de desarrollo, por lo que debemos los
mexicanos, todos, pugnar siempre por un auténtico desarrollo socioeconómico y político
en nuestro proyecto nacional; por un auténtico federalismo, que nos permita consolidar el
respeto necesario a normas y lineamientos de valores nacionales que beneficien siempre a
los destinatarios del poder, donde la descentralización sea un estímulo a las
libertades, a la creatividad y a las iniciativas.
La Federación se ha preocupado por establecer reformas al
Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, concebido así en el Plan Nacional de Desarrollo
1995-2000, al afirmar propuestas de "reformar el Sistema Nacional de Coordinación
Fiscal, con el propósito de otorgar simultáneamente mejores ingresos y atribuciones de
gastos a las entidades federativas, en correspondencia con sus responsabilidades
institucionales y sus funciones públicas".
Esta reforma se ha cumplido parcialmente vía los convenios
de coordinación fiscal suscritos entre la Federación y los estados, pensando que estos
convenios son supletorios a la facultad que tiene cada Estado para el cobro de
contribuciones, de acuerdo a sus niveles de competencia.
En los estados y municipios con recursos y vocación
pesquera como base de su economía, estamos convencidos que sólo lograremos un auténtico
desarrollo, cuando exista congruencia entre los objetivos económicos, sociales y
ambientales.
Las entidades federativas costeras del golfo de México:
Tamaulipas, Veracruz, Tabasco, Campeche y Yucatán; el Caribe: Quintana Roo; el Pacífico:
Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Michoacán, Colima, Jalisco y Nayarit y el Golfo de California:
Sinaloa, Sonora, California y Baja California Sur, desean un desarrollo pesquero integral,
donde prevalezca como política básica el desarrollo sustentable y en donde tenga
prioridad el consenso local para el establecimiento de nuestras propias leyes de pesca y
de ordenamiento ecológico, respetuosas de los fundamentos técnicos, los respaldos
jurídicos, económicos y fiscales, que dicte la Federación.
Se hace necesario que en los estados costeros, los tres
niveles de gobierno, con la participación del sector social y privado beneficiario de la
explotación de los recursos marinos, consoliden su infraestructura básica, vial,
portuaria e industrial, que sirva como oferta para canalizar más y mejores inversiones en
el sector pesquero.
El federalismo se renueva a través de actos positivos, de
determinaciones políticas orientadas a favorecer a las esferas de gobierno, procurar la
coordinación y la colaboración en interés mutuo y establecer con mayor equidad en la
distribución de los recursos públicos.
74,75,76
Sustancialmente es nuestro reclamo y por extensión del
pueblo al que representamos, que en todas las políticas y acciones del Gobierno Federal,
en el ámbito pesquero, la estrategia sea la descentralización administrativa, política
y económica. Estamos de paso al Siglo XXI, México es ya, un nuevo México, con más
conciencia nacional, republicana y federalista. En la capacidad y confiabilidad de los
habitantes de un Estado en lo particular, se basa la descentralización. La
descentralización es consustancial a nuestro federalismo, éste es el reclamo de los
habitantes de los estados con actividad pesquera.
Queremos una responsabilidad compartida entre Federación y
entidades federativas en el ámbito pesquero, como un legítimo derecho constitucional del
pueblo de México.
V. Marco juridico A y B
La Constitución mexicana expresa muy claramente en sus
normas una dimensión completa del hombre, que es tanto individual como social. El Estado
tendrá en todo momento la firme obligación de diseñar políticas de bienestar social,
prioritariamente para las zonas de marginación y pobreza hasta las no marginadas y no tan
pobres.
Para lograr este bienestar es necesario que la Federación
comparta estructuras de decisión con los estados y los estados a su vez con los
municipios dentro de sus respectivas competencias. Es necesario que juntos Federación y
estados, colaboren más ampliamente en la toma de decisiones políticas fundamentales en
el ámbito pesquero y que juntos las ejecuten a través de la legislación para el
fortalecimiento del Estado Federal, para el bien de la Federación y el progreso de cada
una de las entidades federativas.
Por lo anterior se propone adecuar el marco jurídico
constitucional en materia de pesca, vía las enmiendas a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 73, facultades del Congreso General; la adición
de una fracción XVII-bis, así como a sus leyes federales respectivas.
En el marco jurídico constitucional se propone la enmienda
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 73 "de
las facultades del Congreso". Adicionándose una fracción XVII-bis que refiera:
"Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los
gobiernos, de estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias,
en materia de pesca". Igualmente se hace necesario reformar el punto número 2o. de
la fracción XXIX del artículo en cita para decir:
"2o. Sobre el aprovechamiento y explotación de los
recursos naturales comprendidos en el párrafo cuarto del artículo 27 constitucional. En
lo relativo al párrafo quinto del artículo 27 constitucional, referido al
aprovechamiento y explotación de los recursos naturales, se procederá en coordinación
con las entidades federativas en el ámbito de sus respectivas competencias."
Igualmente se pretende modificar la facultad exclusiva del
Congreso de la Unión, para legislar en materia de pesca y distribuirse esta competencia
entre el Congreso General Federal y las legislaturas de los estados que tienen actividad
pesquera en el ámbito de sus respectivas competencias.
Con lo anterior, se establecería la concurrencia para
tomar las decisiones políticas fundamentales en relación a los recursos naturales que
consagra el párrafo quinto del artículo 27 constitucional, entre la Federación y las
entidades federativas en el ámbito de las finanzas públicas, al incorporarlas en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ello significaría dar validez plena a uno de los
principios ideológicos sustanciales del Estado Federal: el justo equilibrio entre la
Federación y las entidades federativas.
Con la propuesta de la enmienda al artículo 73 fracción
XXIX, en su punto número 2o. en el renglón para la imposición de las contribuciones, se
modificaría la competencia exclusiva a la Federación en este renglón de acuerdo al
párrafo quinto artículo 27, sobre la explotación de los recursos naturales,
otorgándose esta atribución a las entidades federativas en coordinación con la
Federación para imponer contribuciones, lo que es congruente con las políticas tomadas
en el actual Gobierno Federal, vía Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, al establecerse
en el mismo, que "se les otorgará todo el apoyo a las iniciativas de los estados
para estabilizar sus finanzas públicas y consolidar sus propias fuentes de riqueza".
En el marco de este "nuevo federalismo",
ideológicamente hablando, esta doble enmienda constitucional, es muy congruente con las
nuevas estrategias del Ejecutivo Federal, demostrando con ello a los destinatarios del
poder la gran congruencia entre el discurso y la acción por parte de quienes son
depositarios de la voluntad popular "Poder Ejecutivo y Poder Legislativo de la
Federación", para el beneficio de todos, para el beneficio de la clase trabajadora,
de la clase económicamente débil y de quienes de una forma u otra se dedican a la
actividad pesquera. Se lograría también a que los gobiernos estatales, donde se
desarrolla la actividad pesquera, se involucrasen de una manera más activa y con
capacidad de decisión en sus propios recursos, con el único propósito de una mejor
planeación en su actividad pesquera y lo que es mejor, el favorecimiento con su propia
actividad económica a sus pescadores, por estar las legislaturas de los estados, por
razón natural más cerca de su propia problemática.
Un mejor bienestar social para las comunidades de
pescadores ribereños y de alta mar, un mayor bienestar social para los acuicultores
ejidales y comunales y un progreso económico y social dentro de esta responsabilidad,
compartida para nuestras regiones pesqueras. Un progreso con justicia y equidad para
lograr un verdadero estado de derecho, que exige un esfuerzo colectivo y permanente,
"es tarea de todos, para el bien de todos".
Este nuevo federalismo para los nuevos mexicanos, es decir,
el fortalecimiento del federalismo prescrito en la Constitución mexicana desde 1824, para
los mexicanos de todos los tiempos deberá tener como grandes objetivos a la democracia
como sistema de vida y la consolidación del bienestar social, del impulso al desarrollo
regional para fortalecer el todo nacional.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en la
fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, por el digno conducto de ustedes, señores secretarios, nos permitimos someter
a la consideración del honorable Congreso General, la presente
INICIATIVA DE DECRETO
Se adiciona la fracción XVII-bis y se reforma el punto
número 2o. de la fracción XXIX del artículo 73, de las facultades del Congreso, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo único. Se adiciona la fracción XVII-bis y se
reforma el punto número 2o. de la fracción XXIX del artículo 73, de las facultades del
Congreso de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 73. El Congreso tiene la facultad:
Fracción I a XVII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . .
Fracción XVII-bis. Para expedir leyes que establezcan la
concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los estados y de los municipios, en
el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de pesca.
Fracción XVIII a XXVIII. . . . . . . . . . . . . . . . . .
Fracción XXIX. Para establecer contribuciones:
1o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . .
2o. Sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos
naturales comprendidos en el párrafo cuarto del artículo 27 constitucional. En lo
relativo al párrafo quinto del artículo 27 constitucional, referido al aprovechamiento y
explotación de los recursos naturales, se procederá en coordinación con las entidades
federativas en el ámbito de sus respectivas competencias.
ARTICULO TRANSITORIO
Unico. El presente decreto entrará en vigor al día
siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La Paz, Baja California Sur, a 31 de agosto de 1998.-
Diputados: Domingo Valentín Castro Burgoin, presidente de la Gran Comisión; Paulino
Molina Romero, presidente de la diputación permanente y Jorge Alberto Cachú Ruiz,
secretario de la diputación permanente.»
El Presidente:
Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales, con opinión de la de Fortalecimiento del Federalismo.
CAMARA DE SENADORES
El secretario
Enrique Padilla Sánchez: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Senadores.- México, D.F.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo que disponen los artículos 65 de la
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 16 y 24 del Reglamento
para el Gobierno Interior, nos permitimos comunicar a ustedes que en sesión previa
celebrada el día de hoy, la Cámara de Senadores de la LVII Legislatura del honorable
Congreso de la Unión, eligió la mesa directiva para el primer mes del primer periodo de
sesiones ordinarias de su segundo año de ejercicio constitucional, quedando integrada
como sigue:
Senadores: presidenta, Beatriz Paredes Rangel;
vicepresidentes: Ana Rosa Payán Cervera, Mario Saucedo Pérez; secretarios: Manuel Cadena
Morales, Luis Santos de la Garza, Alfredo Garcimarrero Ochoa, Raúl Juárez Valencia;
prosecretarios: Gilberto Gutiérrez Quiroz, María Elena Alvarez Bernal, Layda Elena
Sansores San Román y Guadalupe López Bretón.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y
distinguida consideración.
México, D.F., a 22 de agosto de 1998.- Senadores: Raúl
Juárez Valencia y Luis Santos de la Garza, secretarios.»
De enterado.
COMISIONES DE
TRABAJO
El secretario
José Luis López López: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.
Diputado Arturo Núñez Jiménez, presidente de la mesa
directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, fracción II, le turno
la petición del coordinador del grupo parlamentario del PRI, donde solicita cambios de
diputados pertenecientes a su grupo, quedando de la siguiente manera:
Que el diputado Jesús Gutiérrez Vargas, sustituya al
diputado Alfonso José Gómez Sandoval Hernández, en la Comisión de Justicia.
El diputado Jesús Gutiérrez Vargas, dejará de ser
integrante de la Comisión de Estudios Legislativos.
Que los diputados Enrique González Isunza, Juan Carlos
Gómez Aranda y Enrique Jackson Ramírez, se acrediten como integrantes de la Comisión de
Gobernación y Puntos Constitucionales, quienes sustituirán respectivamente a los
diputados Fidel Herrera Beltrán, Benjamín Antonio Manríquez Guluarte y Arturo Núñez
Jiménez.
El diputado Enrique González Isunza, deja de ser
integrante de la Comisión de Población y Desarrollo.
El diputado Enrique Jackson Ramírez, deja de ser
integrante de la Comisión de Marina.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente.
México, D.F., a 1o. de septiembre de 1998.- Enrique León
Martínez, secretario técnico.»
De enterado.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara
de Diputados.- LVII legislatura.
Diputado Arturo Núñez Jiménez, presidente de la
Comisión de Régimen Interno y Concertación Política de la Cámara de Diputados.-
Presente.
Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 45 fracción II de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos, me dirijo a sus finas atenciones, con el propósito de hacer de su conocimiento
que el grupo parlamentario del Partido del Trabajo ha determinado efectuar el siguiente
cambio en sus integrantes en las comisiones ordinarias de dictamen legislativo:
La diputada María Mercedes Maciel Ortiz, deja la Comisión
de Información, Gestoría y Quejas y se incorpora a la Comisión de Trabajo y Previsión
Social.
77,78,79
Sin más, le reitero la seguridad de mi atenta y
distinguida consideración.
Atentamente.
México, D.F., a 2 de septiembre de 1998.- Diputado Ricardo
Cantú Garza, coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.»
De enterado.
COMISION
INVESTIGADORA DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL
SEGURO SOCIAL
El secretario
Ricardo Arturo Ontiveros
y Romo: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Arturo Núñez Jiménez, presidente de la mesa
directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2o, 5o, y
6o. del acuerdo parlamentario relativo a las sesiones, integración del orden del día,
los debates y las votaciones de la Cámara de Diputados, le envío el siguiente documento
para su inclusión en el orden del día que corresponda:
Oficio signado por el diputado Arturo Núñez Jiménez,
coordinador del grupo parlamentario del PRI, donde solicita se someta a la consideración
del pleno de la Cámara de Diputados, las siguientes propuestas de sustitución de
diputados priístas en la integración de la Comisión Investigadora del Instituto
Mexicano del Seguro Social: Carlos Jiménez Macías sustituye a Charbel Jorge Estefan
Chidiac y Jaime Hugo Talancón Escobedo, sustituye a Alfredo Phillips Olmedo.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente.
«Palacio Legislativo, México, D.F., a 2 de septiembre de
1998.- Enrique León Martínez, secretario técnico.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.
Al Presidente de la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política de la Cámara de Diputados.- Presente.
Por este conducto y a fin de que se someta a la
consideración del pleno de la Cámara de Diputados, me permito hacer de su conocimiento
las siguientes propuestas de sustitución de diputados priístas en la integración de la
Comisión Investigadora del Instituto Mexicano del Seguro Social:
Carlos Jiménez Macías, sustituye a Charbel Jorge Estefan
Chidiac y Jaime Hugo Talancón Escobedo, sustituye a Alfredo Phillips Olmedo.
Sin otro particular, expreso a usted las seguridades de mi
más alta y distinguida consideración.
Atentamente.
Palacio Legislativo, a 2 de septiembre de 1998.-Diputado
Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional.»
En votación económica se pregunta si se aprueba.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse
manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse
manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.
ANALISIS DEL
IV INFORME DE GOBIERNO
La secretaria
Aracely Escalante Jasso: |
«Acuerdo parlamentario para llevar a cabo el
análisis del IV Informe de Gobierno.
De conformidad con el párrafo cuarto del artículo 8o. de
la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en ejercicio de
las atribuciones conferidas a la Cámara de Diputados en el segundo párrafo del artículo
93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el pleno de la Cámara
de Diputados, en sesión ordinaria celebrada en esta fecha,
ACUERDA
Primero. Citar al Secretario de Gobernación, al Procurador
General de la República, al Secretario de Hacienda y Crédito Público, al Secretario de
Desarrollo Social, al Secretario de Educación Pública, al Secretario de Comunicaciones y
Transportes, al Secretario de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, al Secretario de
Comunicaciones y Transportes, al Secretario de Energía, a la Secretaria de Medio
Ambiente, Recursos Naturales y Pesca y a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a que
acudan a esta Cámara, con el propósito de participar en la deliberación sobre el
contenido del IV Informe de Gobierno presentado por el Presidente de la República, el
pasado 1o. de septiembre, conforme al siguiente calendario:
Política interior
Martes 8: Secretario de Gobernación.
Martes 22: Procurador General de la República.
Política económica
Miércoles 9: Secretario de Hacienda y Crédito Público.
Viernes 18: Secretario de Comunicaciones y Transportes.
Lunes 21: Secretario de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Rural.
Jueves 24: Secretario de Energía.
Política social
Miércoles 23: Secretario de Educación Pública.
Jueves 17: Secretario de Desarrollo Social.
Viernes 25: Secretaria de Medio Ambiente, Recursos
Naturales y Pesca.
Política exterior
Jueves 10: Secretaria de Relaciones Exteriores.
Segundo. La deliberación se sujetará al siguiente
formato:
a) El servidor público citado hará uso de la palabra
inicialmente durante 15 minutos.
b) Hará uso de la palabra hasta por 10 minutos el diputado
del grupo parlamentario que corresponda en turno, de conformidad con el orden creciente en
razón del número de legisladores de cada uno.
c) El servidor público citado dispondrá de hasta 10
minutos para formular sus consideraciones.
d) El diputado que haya hecho uso de la palabra en los
términos del inciso b, podrá disponer de cinco minutos para exponer su réplica.
e) Al término del primer turno de intervenciones de los
diputados representantes de los grupos parlamentarios se hará un receso de 15 minutos
para continuar con un segundo turno en los términos descritos en los incisos b, c y d.
Tercero. Cualquier ajuste en la agenda será definido en el
seno de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.
Palacio Legislativo, a 3 de septiembre de 1998.- La
Comisión de Régimen Interno y Concertación Política: diputados: presidente Arturo
Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional; Carlos Medina Plascencia, coordinador del grupo parlamentario del Partido
Acción Nacional; Porfirio Muñoz Ledo, coordinador del grupo parlamentario del Partido de
la Revolución Democrática; Jorge Emilio González Martínez, coordinador del grupo
parlamentario del Partido Verde Ecologista y Ricardo Cantú Garza, coordinador del grupo
parlamentario del Partido del Trabajo.»
En votación económica se pregunta si se aprueba el
acuerdo parlamentario.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse
manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse
manifestarlo... Aprobado. Comuníquese.
ORDEN DEL DIA
El secretario
Luis Rojas Chávez: |
Señor Presidente, se han agotado los asuntos en
cartera de la sesión pública. Se va a dar lectura al orden del día de la próxima
sesión.
«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.- Segundo Año.-
LVII Legislatura.
Orden del día
Martes 8 de septiembre de 1998.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicación del Congreso del Estado de Querétaro.
Proposición de la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política.
Comparecencia del Secretario de Gobernación, para el
análisis del IV Informe de Gobierno.
Política Interior.»
CLAUSURA Y
CITATORIO
El Presidente (a
las 11:55 horas): |
Se levanta la sesión pública y se cita para la que
tendrá lugar el martes 8 de septiembre, a las 10:00 horas.
Se pasa a sesión secreta.
RESUMEN DE
TRABAJOS
* Tiempo de duración: 1 hora con 23 minutos.
* Quorum a la apertura de sesión: 350 diputados.
* Comisiones reglamentarias y protocolarias: 2.
* Diputado que opta por otro cargo: 1.
* Diputados que se declaran independientes: 2.
* Diputados suplentes que se incorporan: 6.
* Oradores en tribuna: 1PRI- 1.
Se recibieron:
* 19 oficios de la Comisión Permanente;
* 1 oficio del Congreso del Estado de Quintana Roo;
* 1 iniciativa del PRI;
* 1 iniciativa del Congreso del Estado de Baja California
Sur;
* 1 oficio de la Cámara de Senadores;
* 2 oficios de la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política, relativo a cambios en la integración de comisiones de trabajo
legislativo.
Se aprobó:
* Sustitución en la integración de la Comisión
Investigadora del Instituto Mexicano del Seguro Social;
* Acuerdo parlamentario para llevar a cabo el análisis del
IV Informe de Gobierno.
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