Presidencia
de la diputada
Gloria Lavara Mejía |
ASISTENCIA
Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de
esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los diputados, para conocer si
existe el quorum reglamentario.
El
secretario Adalberto Antonio Balderrama Fernández: |
Se informa a la Presidencia que existen
registrados previamente 335 diputados. Por lo tanto, hay quorum, señorita Presidenta.
La Presidenta (a
las 11:10 horas): |
Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El secretario
Adalberto Antonio
Balderrama Fernández: |
Se va a dar lectura al orden del día.
«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.- Segundo
Año.- LVII Legislatura.
Orden del día
Martes 20 de octubre de 1988.
Lectura del acta de la sesión anterior.
El Congreso del Estado de Michoacán, invita a la
sesión solemne para conmemorar el CLXXXIV aniversario de la Promulgación del Decreto
Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, que tendrá lugar el próximo 22
de octubre de 1988.
Comunicaciones del Congreso del Estado de Querétaro.
(Publicadas en la Gaceta Parlamentaria el 19 de octubre.)
Iniciativas de diputados
Que adiciona a la Ley Federal de Protección al
Consumidor, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Publicada en la
Gaceta Parlamentaria el 19 de octubre. Turno a comisión.)
De reformas a la fracción VIII del artículo 8o. de
la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a cargo del diputado Jorge Silva
Morales, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Publicada en
la Gaceta Parlamentaria el 19 de octubre. Turno a comisión.)
De reformas al artículo 22 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Benito Mirón Lince, del
grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Publicada en la Gaceta
Parlamentaria el 19 de octubre. Turno a comisión.)
De reformas a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y al Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales, en materia de agrupaciones políticas nacionales, a cargo del diputado Jaime
Moreno Garavilla, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno
a comisión.)
Oficios de la Secretaría de Gobernación
Dos, con los que se remiten los informes de labores
de las secretarías de Gobernación y Comunicaciones y Transportes, correspondientes al
periodo 1997-1998. (Publicados en la Gaceta Parlamentaria el 19 de octubre. Turno a grupos
parlamentarios, para su conocimiento.)
Por el que se comunica que el ciudadano Fernando
Gómez Trujillo ha dejado de prestar servicios en el Consulado General de los Estados
Unidos de América en Guadalajara, Jalisco. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 19 de
octubre. Turno a comisión.)
Por el que se solicita el permiso constitucional
necesario para que los ciudadanos: Gabriela Sparrowe Pons, Ingeborg Sáinz Carrillo,
Andrea Martínez Ampudia, Javier Espino Rauda, María del Carmen Flores Vázquez, Rosa
Mónica Guadarrama Santa Cruz, María del Rocío Guerra Ordóñez, Juan Guevara Reyes,
María Guadalupe Huerta Osorio, Ignacio Linares Zavala, María Nieves Bertha Martínez
Villagómez, Martha Guadalupe Martínez Villagómez Erasmo Salvador Ornelas Guido, Lilian
Ramírez Rojas, Susana Sil Avilés, Abel Valdivia Toscano, Trinidad Vázquez Juárez,
Hortencia Vélez Vega, Rafael Avila Rosales, Efrén Hernández Contreras, Luz Mendoza
López, Claudia Elizabeth Niño Zierlein, José de Jesús Sánchez Pérez, Luis Bastida
Avila y Víctor Manuel Ochoa Bujanda, puedan prestar servicios a gobiernos extranjeros.
(Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 19 de octubre. Turno a comisión.)
Comunicaciones de la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política. (Publicadas en la Gaceta Parlamentaria el 19 de octubre.)
Dictámenes a discusión
Dos, de la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales, con proyectos de decreto que conceden permiso a los ciudadanos: María
Julia Carabias Lillo y Antonio Fernández Rodríguez, para aceptar y usar las
condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros. (Publicados en la Gaceta
Parlamentaria el 14 de octubre. Votación.)
De la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Luz María
Vértiz Cano, para prestar servicios como secretaria-bilingüe-traductora en la Embajada
de la República Islámica de Pakistán, en México. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria
el 14 de octubre. Votación.)
De la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Micaela
Patricia Orozco Reyes, para prestar servicios como secretaria-traductora, en la Embajada
de Suiza en México. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 14 de octubre. Votación.)
Dos, de la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales, con proyectos de decreto que conceden permiso a las ciudadanas: Laura
Patricia Jiménez Zapata y Norma Alicia Méndez Cárdenas, para prestar servicios como
asistentes, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Matamoros,
Tamaulipas. (Publicados en la Gaceta Parlamentaria el 14 de octubre. Votación.)
Comentarios sobre el Día Mundial de la Pobreza.
(Deliberativo.)
Comentarios sobre Sierra Blanca, Texas.
(Deliberativo.)
Comentarios sobre elecciones en el Estado de Tamaulipas, a
cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Debate
pactado.)
Comentarios sobre elecciones en el Estado de Sinaloa,
a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Debate pactado.)»
La mesa directiva informa que, en razón de la
solicitud dada a conocer por el grupo parlamentario del PRD, en el orden del día de esta
sesión no tiene considerado abordar el asunto sobre el acuerdo para garantizar la
difusión de la información de la Cámara de Diputados que la Comisión de Régimen
Interno y Concertación Política, publica en la Gaceta Parlamentaria el día de hoy,
martes 20 de octubre.
Este tema será abordado el próximo jueves.
ACTA DE LA
SESION ANTERIOR
El siguiente punto del orden del día es la
discusión del acta de la sesión anterior.
Ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le
dispensa la lectura al acta, tomando en consideración que ha sido entregada copia de la
misma a los coordinadores de los grupos parlamentarios, para sus observaciones y se
proceda a su votación.
La secretaria
Cecilia Eulalia López
Rodríguez : |
Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la
Asamblea si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en
consideración que ha sido entregada copia de la misma a los coordinadores de los grupos
parlamentarios para sus observaciones y se proceda a su votación.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse
manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse
manifestarlo... Se dispensa la lectura.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión, celebrada el jueves quince de octubre de mil novecientos noventa y
ocho, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de
Ejercicio de la Quincuagésima Séptima Legislatura.
Presidencia del
diputado
Joaquín Montaño Yamuni: |
En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, a las
diez cincuenta y nueve horas del jueves quince de octubre de mil novecientos noventa y
ocho, con una asistencia de doscientos sesenta y seis diputados, el Presidente declara
abierta la sesión.
La Secretaría da lectura al orden del día y la Asamblea
dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, que se aprueba en sus términos en
votación económica.
Diversas comunicaciones de los congresos de los estados de
Hidalgo y Guanajuato, con las que informan de actividades propias de sus legislaturas. De
enterado.
Otra de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con
la que solicita se incremente la partida correspondiente al subsidio al precio de la
harina de nixtamal. Se turna a las comisiones de Programación, Presupuesto y Cuenta
Pública y de Hacienda y Crédito Público.
Se concede el uso de la palabra a la diputada Verónica
Velasco Rodríguez, del Partido Verde Ecologista de México, quien presenta iniciativa de
reformas a las leyes General de Salud y Federal de Radio, Televisión y Cinematografía.
Se turna a las comisiones correspondientes.
Sube a la tribuna la diputada Patricia Espinosa Torres, del
Partido Acción Nacional, quien presenta iniciativa de reformas a las leyes Federal del
Trabajo y Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Se turnan a las comisiones
de Trabajo y Previsión Social y a la de Seguridad Social.
Seis minutas del Senado de la República, con proyectos de
decreto con los que se conceden los permisos constitucionales necesarios para que los
ciudadanos:
Ana Pricila Sosa Ferreira, pueda aceptar y usar la
condecoración que le confiere el gobierno de la República de Chile;
Carlos Hurtado López, pueda aceptar y usar la
condecoración que le confiere el gobierno de la República de Chile;
Antonio Ocaranza Fernández, pueda aceptar y usar la
condecoración que le confiere el gobierno de la República de Chile;
Sergio Iván Trujillo Bolio, pueda aceptar y usar la
condecoración que le confiere el gobierno de la República Francesa;
María Guadalupe Hernández González, pueda aceptar y
desempeñar el cargo de cónsul honorario de Colombia en Guadalajara, Jalisco y
Eloy Vallina Laguera, pueda aceptar y desempeñar el cargo
de cónsul honorario de Francia en Chihuahua, Chihuahua.
Se turnan a la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales.
Diversas comunicaciones de la Comisión de Régimen Interno
y Concertación Política, respecto a la integración de las comisiones legislativas. De
enterado.
Una proposición de la misma comisión, respecto a la
integración de la mesa directiva de la Comisión de Ciencia y Tecnología, de Comercio,
de Patrimonio y Fomento Industrial y la de Fomento Cooperativo. Se aprueba en votación
económica.
Se concede el uso de la palabra al diputado José de Jesús
Martín del Campo Castañeda, del Partido de la Revolución Democrática, quien solicita
excitativa a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, respecto a una
iniciativa de reformas constitucionales, respecto al acervo depositado en archivos
públicos, presentada por su grupo parlamentario, en la Quincuagésima Quinta Legislatura.
El Presidente hace lo conducente.
Para referirse al decimoctavo aniversario del Día Mundial
de la Alimentación, hacen uso de la palabra los diputados: Aurora Bazán López, del
Partido Verde Ecologista de México; Carlos Iñiguez Cervantes, del Partido Acción
Nacional; Clara Marina Brugada Molina, del Partido de la Revolución Democrática, y José
Luis Bárcena Trejo, del Partido Revolucionario Institucional.
Para rectificar hechos se concede el uso de la palabra a
los diputados: Miguel Angel Navarro Quintero, del Partido Revolucionario Institucional y
José Luis Gutiérrez Cureño, del Partido de la Revolución Democrática.
1245,1246,1247
En representación de la Comisión de Equidad y Género,
hace uso de la palabra la diputada Alma Angelina Vucovich Seele, quien se refiere al Día
Mundial de la Mujer Rural y da lectura a una declaratoria. Sobre el mismo tema, las
diputadas: María Elena Cruz Muñoz, del Partido Acción Nacional y María Guadalupe
Martínez Cruz, del Partido Revolucionario Institucional.
Expresan sus opiniones respecto al pentacentenario sexto
aniversario del descubrimiento del Nuevo Mundo, los diputados: Ricardo Cantú Garza, del
Partido del Trabajo; Julio Castrillón Valdés, del Partido Acción Nacional; Marcelino
Díaz de Jesús, del Partido de la Revolución Democrática, y Artemio Caamal Hernández,
del Partido Revolucionario Institucional.
Se da lectura a una minuta del Senado de la República, con
proyecto de decreto con el que se reforman diversas disposiciones del Código Civil para
el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de
Fuero Federal; del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y de la Ley
Federal de Protección al Consumidor.
Se turnan a las comisiones de Vivienda y del Distrito
Federal, para su dictamen inmediato.
Se otorga el uso de la palabra al diputado Enrique Tito
González Isunza, quien hace una proposición a nombre de la Comisión de Protección
Civil. Se aprueba en votación económica.
A las trece horas con cincuenta y siete minutos, se decreta
un
RECESO
A las catorce con veinticinco minutos se reanuda la sesión
y se da cuenta con el dictamen de las comisiones unidas de Vivienda y del Distrito
Federal, sobre la minuta enviada por el Senado, que reforma artículos transitorios del
Código Civil para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la
República en Materia de Fuero Federal; del Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal y de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
La Asamblea dispensa la segunda lectura y no habiendo quien
haga uso de la palabra, se recoge la votación nominal respectiva, misma que resulta
aprobatoria por trescientos sesenta y dos votos votos en pro y uno en contra. Se turna al
Poder Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales.
En el curso de la sesión, el Presidente dio la bienvenida
a estudiantes y líderes sociales de diversas escuelas y organizaciones, cuya relación se
describe en el Diario de los Debates.
Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura
al orden del día de la próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las catorce
horas con cincuenta y seis minutos, citando para la que tendrá lugar el martes veinte de
octubre de mil novecientos noventa y ocho, a las diez horas.»
Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de
la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse
manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse
manifestarlo... Aprobada, señora Presidenta.
ESTADO DE MICHOACAN
El
secretario Nicolás Jiménez Carrillo: |
«La LXVII Legislatura constitucional del Estado
Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.
Tiene el honor de invitar a usted a la sesión solemne para
conmemorar el CLXXXIV aniversario de la Promulgación del Decreto Constitucional para la
Libertad de la América Mexicana, que se celebrará en el auditorio de la escuela
preparatoria Adolfo Chávez de la ciudad de Apatzingán, habilitado como recinto oficial
del Poder Legislativo, el próximo jueves 22 de octubre a las 10:00 horas.
Morelia Michoacán, octubre de 1998.»
Para asistir, en representación de esta Cámara, se
designa a los siguientes diputados: por el grupo parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional, Jorge Canedo Vargas, Jaime Castro López, Daniel Díaz Díaz, María de los
Angeles Gaytán Contreras, Abraham González Negrete, Sabino Padilla Medina, Jacaranda
Pineda Chávez y Jorge Galo Medina Torres; por el grupo parlamentario del Partido de la
Revolución Democrática, Leopoldo Enrique Bautista Villegas, Lázaro Cárdenas Batel,
Gonzalo Augusto de la Cruz Elvira, María del Carmen Escobedo Pérez, Susana Esquivel
Farías, Julieta Ortencia Gallardo Mora, Antonio Lagunas Angel, Jesús Samuel Maldonado
Bautista, Santiago Padilla Arriaga, Cristina Portillo Ayala, Antonio Prats García,
Mariano Sánchez Farías, María Guadalupe Sánchez Martínez y Antonio Soto Sánchez; por
el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, Margarita Chávez Murguía, Germán
Martínez Cázares y Luis Guillermo Villanueva Valdovinos y por el grupo parlamentario del
Partido del Trabajo, el diputado Luis Patiño Pozas.
ESTADO DE QUERETARO
El secretario
Saúl Solano Castro: |
«Escudo.- Querétaro.- Poder Legislativo.- LII
Legislatura.
Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.
Atento a lo dispuesto por los artículos 30 y 31 de la
Constitución Política local, en relación con los numerales 33 y 35 de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo, comunicamos que con esta fecha han quedado clausurados los trabajos
de la Comisión Permanente de esta LII Legislatura, correspondiente al segundo periodo del
primer año de ejercicio constitucional.
Lo que comunicamos para los fines legales conducentes,
reiterándole las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Santiago de Querétaro, Querétaro, a 24 de septiembre de
1998.- Diputados: Eduardo T. Nava Bolaños, presidente; Jorge García Quiroz,
vicepresidente; José Luis Zepahua Hernández y Martín Mendoza Villa, secretarios.»
«Escudo.- Querétaro.- Poder Legislativo.- LII
Legislatura.
Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.
Atento a lo dispuesto por los artículos 33 y 35 de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo, comunicamos que la LII Legislatura, en junta preparatoria
celebrada el día de hoy, eligió la mesa directiva que presidirá los trabajos del 27 de
septiembre al 31 de octubre del año en curso, correspondiente al primer periodo de
sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio constitucional, quedando integrada de la
siguiente manera.
Diputados: Martín Rubén Galicia Medina, presidente;
Ramón Soto Reséndiz, vicepresidente; Fidel Flores Salazar, Jesús Martínez Gómez
Francisco Borbolla Alegría y María del Carmen Quintanar Jurado, secretarios.
Lo que comunicamos para los fines legales conducentes,
reiterándole las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Santiago de Querétaro, Querétaro, a 26 de septiembre de
1998.- Diputados: Carlos Sánchez Ferrusca, presidente; Salvador Rubio Valdez,
vicepresidente; Esteban Luján Vega y Fernando Zamora Gama, secretarios.»
«Escudo.- Querétaro.- Poder Legislativo.- LII
Legislatura.
Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30 y 31
de la Constitución Política local, 33 y 35 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,
comunicamos que la LII Legislatura, el día de hoy 27 de septiembre del año en curso,
inauguró los trabajos del primer periodo de sesiones ordinarias del segundo año de
ejercicio constitucional.
Lo que comunicamos para los fines legales conducentes,
reiterándole las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Santiago de Querétaro, Querétaro, a 27 de septiembre de
1998.- Diputados: Martín Rubén Galicia Medina, presidente; Ramón Soto Reséndiz,
vicepresidente; Fidel Flores Salazar y Jesús Martínez Gómez, secretarios.»
De enterado.
DIPUTADO ENFERMO
De conformidad con lo que establece el artículo 52
del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos, se designa en comisión para que visiten al diputado Jeffrey Jones e informen
sobre su estado de salud a esta Asamblea, a los siguientes diputados:
Por el Partido Acción Nacional, Francisco Javier Reynoso;
por el Partido de la Revolución Democrática, Juan Antonio Guajardo Anzaldúa y por el
Partido Revolucionario Institucional, Fidel Herrera Beltrán.
Han solicitado el uso de la palabra, para rectificar
hechos, los siguientes diputados:
Por el Partido Acción Nacional, Francisco Javier Reynoso,
por el Partido de la Revolución Democrática, Samuel Maldonado Bautista y por el Partido
Revolucionario Institucional, Francisco Gil Castañeda.
Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado
Francisco Javier Reynoso...
Tiene la palabra el diputado Samuel Maldonado Bautista...
Tiene la palabra el diputado Francisco Gil Castañeda,
hasta por cinco minutos...
LEY
FEDERAL DE PROTECCION
AL CONSUMIDOR
Tiene la palabra el diputado Juan García de Alba,
del grupo parlamentario del Partido Accion Nacional, para presentar una iniciativa que
adiciona a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
El diputado Juan
José García de Alba
Bustamante: |
Con el permiso de la Presidencia:
Quiero hacer una pequeña observación, no es una
iniciativa exclusiva del Partido Acción Nacional, es una iniciativa conformada con
diputados de varios partidos.
Es imprescindible adecuar nuestro actual marco legal de
protección al consumidor, por lo que hace a servicios adicionales dentro de los contratos
principales, a fin de brindar la seguridad jurídica y equidad necesarias en la
prestación de servicios al consumidor. Asimismo es conveniente introducir garantías y
prerrogativas al consumidor, a efecto de que manifieste de manera expresa su
consentimiento sobre los servicios adicionales y especiales que pudiere adquirir por
conducto y medio del servicio básico.
«EXPOSICION DE MOTIVOS
En el artículo 85 de la Ley Federal de Protección al
Consumidor vigente nos dice que el contrato de adhesión es el documento elaborado
unilateralmente por el proveedor, para establecer en formatos uniformes los términos y
condiciones aplicables a la adquisición de un producto o la prestación de un servicio.
Esta misma opinión reviste una modalidad especial, cuando
se sostiene que el contrato de adhesión en prestación de servicios, a diferencia del
civil supone una desigualdad jurídica de las partes contratantes, es decir, hablar en
estos términos significa que el proveedor se encuentra en ventaja respecto de su
consumidor, ya que puede imponer a éste las cláusulas del convenio, no dejando al
particular la posibilidad jurídica de discutirlas.
1248,1249,1250
En tales condiciones pensamos que se destruye la finalidad
misma del contrato, pues si las dos voluntades que en él deben intervenir no contribuyen
a su formación sino que sólo una de ellas lo impone y la otra se limita a aceptarlo por
no tener la posibilidad jurídica de discutirlo, entonces no existe la bilateralidad de
voluntades esenciales del acto contractual, pudiendo, entonces, decirse que:
"Si el contrato de adhesión de prestación de
servicios impone su voluntad por interés público, no contrata, manda."
En nuestro diccionario jurídico se define:
"Contrato de adhesión. Como aquél en que una de las
partes fija sus condiciones rígidas e inderogables (cláusulas) y se las impone a otras
que no hacen sino aceptarlas, adhiriéndose de esta manera al contrato. La aparición de
los mismos responde a la posibilidad de entrar en relación un industrial o comerciante
con cada uno de los miles de individuos con quienes contrata cada día, viéndose así
obligado a redactar de antemano el contrato que les ha de proponer. En la adhesión hay
dos voluntades: una constitutiva y la otra simplemente adhesiva; una se impone, la otra
acepta. Los tratadistas de derecho público niegan a esta operación el carácter
contractual y pretenden ver en ella actos unilaterales, porque falta la igualdad
económica; una de las partes emite una voluntad reglamentaria y se impone a la otra que
juega un papel pasivo. En la mayoría de las legislaciones, los contratos de adhesión no
están previstos, debido a su modernidad...".
En el principio el suministro de energía eléctrica, se
prestaba a través de un contrato privado; en la actualidad, la vida se paralizaría si
llegara a faltar por la sola voluntad de la que suministra el servicio, ese fluido. Cuando
Edison construyó su primera planta generadora de electricidad, podían los que deseaban,
discutir con él las condiciones del suministro y de la manera de prestarlo; hoy, no es
posible que ello se deje a la convención privada y una necesidad privada se ha trocado en
un servicio público sin el cual la vida moderna sería imposible.
Hace siglos el servicio de transporte de personas o cosas,
estaba al arbitrio de las partes y podían discutir las condiciones en que se debía
prestar; hoy las necesidades sociales, no permiten esa libertad, pues la vida del Estado,
del Gobierno mismo, depende en gran medida de la facilidad en las comunicaciones sobre su
territorio el servicio que originalmente era privado, evolucionó al público.
La naturaleza jurídica del contrato de adhesión es propia
y se trata de un acto que requiere como elementos de existencia, no sólo el
consentimiento y el objeto, sino que lleva un elemento más: la voluntad del Estado, pero
no en la forma de una sanción que otorgan las leyes generales, permanentes y abstractas y
que se ponen en movimiento por actos de los particulares; no, la voluntad del Estado
interviene como elemento esencial y definitivo, pues autoriza conforme a la ley, a los
particulares, para que proporcionen el servicio público que entraña todo guión
administrativo.
Tal como hoy se presenta, no puede faltar ninguno de estos
elementos personales; se requiere la aprobación del Estado al proveedor; la intervención
del proveedor no se agota con el hecho de dar esa autorización sino que, una vez completa
la relación entre proveedor y usuario, permanece la autoridad vigilando, cuidando que se
observen los términos del guión, evitando se causen daños al interés social e
interviniendo para exigir su cumplimiento, motu proprio, sin necesidad de solicitud de
parte interesada; la voluntad del Estado es alfa y omega en estos actos, el Estado da esas
normas para alcanzar un fin concreto: la satisfacción de las necesidades públicas; el
Estado quiere que en forma detallada, minuciosa y clara, se establezca una serie de
cláusulas para lograr esa meta.
Es por ello que pretendemos incrementar un beneficio justo
y sustentable para acreditar la vigilancia y rectoría que el Estado tiene como
obligación, en los servicios prestados al consumidor y con ello establecer mecanismos que
permitan que el contrato de adhesión sí sea un proceso garante para la prestación de
servicios públicos y particulares observando éstos, cláusulas que conlleven al
cumplimiento y satisfacción por parte del proveedor y consumidor.
I. Proponemos como primera instancia regular a los
proveedores que se encargan de prestar servicios públicos o particulares que por su
conducto y medio se llevan acabo otros servicios no requeridos por el consumidor;
II. También proponemos regular a los proveedores que se
encargan solamente de obtener su lucro muy fuera de lo que es el servicio y beneficio al
consumidor que, incluso, atenta contra la moral y las buenas costumbres. Desde luego
proponemos también que dichos proveedores puedan obtener su lucro, pero con las medidas
necesarias y pertinentes para quienes requieren sus servicios;
III. Con esto se respete la voluntad del consumidor al
establecer dentro del contrato, que servicios adicionales y especiales son de su utilidad
y provecho. Motivando a una real igualdad jurídica entre las partes sin que con esto
genere:
a) La no prestación de servicios públicos o particulares;
b) Incertidumbre y rebeldía por parte de los proveedores
que no se les requiere de sus servicios y
c) Daños y perjuicios al proveedor.
IV. Se propone incluir como regla general para la validez
en todo contrato de adhesión en prestación de servicios públicos o particulares, una
cláusula de tipo accidental que especifique qué servicios adicionales y especiales
surgen por el conducto y medio del servicio básico y así establecer opciones de
servicios que se pueden adicionar siempre y cuando se tenga la autorización expresa del
consumidor titular;
V. Crear e incluir en el servicio básico, una base
jurídica que sirva como garantía al consumidor al expresar su voluntad dentro del
contrato, sobre los servicios adicionales y especiales que desea adquirir y
VI. Adicionar un artículo a la Ley Federal de Protección
al Consumidor refiriendose especialmente a los contratos de adhesión en general, ya sea
para servicios públicos o particulares en donde los contratos previamente aceptados por
esta Procuraduría contengan una cláusula de tipo accidental que la ley misma prevé,
sobre los servicios adicionales y especiales que pueda adquirir el consumidor.
La cláusula accidental que se pretende implementar para
incrementar la confianza y el beneficio tanto para el consumidor, proveedor y para el
Estado, es indispensable entender porque se llama accidental.
En nuestra doctrina tradicional y clásica nos dice que son
elementos accidentales aquellos que no preceden a la formación del contrato, se deducen
por las partes y atañen no a su validez, mas sí a su eficacia. Puede ser constituido si
las partes le dan ese alcance al hacer depender la existencia del contrato, de ese
elemento.
De acuerdo con esta clausula proponemos para su efecto
establecer una estrategia, que asegure y garantice la voluntad del consumidor al
determinar qué servicios adicionales y especiales son de su preferencia o si nada más
requiere el servicio básico por parte del proveedor.
Conocemos muchas de las causas por las cuales el usuario
rehusa estos servicios adicionales o especiales, entre ellas encontramos:
1. Por atentar contra la moral y las buenas costumbres.
2. Por afectar su patrimonio.
3. Por causar daños y perjuicios.
4. Por no encontrarse dentro de sus planes o no le interesa
etcétera.
VII. Con respecto al principio que emana en el artículo 14
de nuestra Carta Magna y en el artículo 5o. de nuestro Código Civil del Distrito Federal
en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, que a la letra dice:
"A ninguna ley se dará efecto retroactivo en
perjuicio de persona alguna"... Proponemos que aquellos consumidores que ya
contrataron el servicio básico y con ello los servicios adicionales y especiales, en su
derecho de ejercer esta garantía podrán manifestar su voluntad por escrito sobre los
servicios adicionales y especiales, que desean adquirir y así podrán presentarlo al
proveedor y en su defecto deberá acatar esta disposición el proveedor.
Por lo anteriormente expuesto y en ejercicio de las
facultades que nos otorga el artículo 71 fracción I de nuestra Carta Magna, someto a la
consideración de esta soberanía el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
De adiciones a la Ley Federal de
Protección al Consumidor
Artículo único. Se adicionan los artículos 86-bis,
86-ter, 86-quater, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:
CAPITULO X
De los contratos de adhesión
Artículo 86-bis. En los contratos de adhesión en
prestación de un servicio se requerirá incluir por escrito, los servicios adicionales y
especiales que pueda solicitar el consumidor por conducto y medio del servicio básico.
Artículo 86-ter. Son prerrogativas del consumidor dentro
del contrato de adhesión:
I. Adquirir o no la prestación de servicios adicionales y
especiales;
II. Contratar con el proveedor que elija, los servicios
adicionales y especiales;
III. Dar por terminado el convenio de la prestación de
servicios adicionales o especiales en el momento que lo solicite, sin que por ello deje de
suministrársele el servicio básico; siempre que haya cumplido en su totalidad con el
pago de los servicios adicionales o especiales de los que haya hecho uso y
IV. Las demás garantías que la misma ley establece.
Artículo 86-quater. Para la prestación de servicios
adicionales y especiales, el proveedor deberá solicitar el consentimiento expreso del
consumidor titular.
ARTICULO TRANSITORIO
Unico.- La presente adición entrará en vigor al siguiente
día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente.
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 20 de
octubre de 1998.- Rúbricas.»
Túrnese a la Comision de Comercio.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE
TENENCIA
O USO DE VEHICULOS
Tiene la palabra el diputado Jorge Silva Morales, del
grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una
iniciativa de reforma a la fracción VIII del artículo 8o. de la Ley del Impuesto sobre
Tenencia o Uso de Vehículos.
El diputado
Jorge Silva Morales: |
Gracias, señora Presidenta:
Iniciativa de decreto que adiciona la fracción VIII del
artículo 8o. de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.
Ciudadana Presidenta y secretarios de la Cámara de
Diputados de la LVII Legislatura.
El suscrito diputado a la LVII Legislatura del Congreso de
la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática,
con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55 fracción II del Reglamento
para el Gobierno Interior del Congreso General, someto a la consideración de esta Cámara
de Diputados, la presente iniciativa que adiciona la fracción VIII al artículo 8o. de la
Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, con base en la siguiente
EXPOSICION DE MOTIVOS
Considerando lo expuesto en el Plan Nacional de Desarrollo
1995-2000, en su numeral 2, 3 y 6, donde señala que "una de las estrategias que el
plan contempla para la consolidación del estado de derecho es la provisión de las
medidas para ofrecer condiciones de seguridad jurídica que garanticen la propiedad y
posesión de los bienes y favorezcan la transparencia de las relaciones de los
particulares entre sí y de éstos con el Gobierno, a fin de promover la inversión
productiva e impulsar el desarrollo económico y social del país".
En este sentido y considerando que el autotransporte
público de carga, es una actividad estratégica para el desarrollo económico y social de
nuestro país y si tomamos en cuenta que por este medio se desplaza cerca del 90% de la
mercancía necesaria para cubrir los requerimientos de los diferentes mercados que existen
en nuestro territorio, además de generar 3 millones de empleos directos, se comprenderá
el interés de legislar sobre esta importante actividad.
1251,1252,1253
Sin embargo, el autotransporte público de carga sufre en
la actualidad uno de los problemas financieros más severos del que se tenga memoria. Esta
crisis del sector se debe a la descapitalización originada por los efectos de la crisis
de 1994.
En este año, se tenían contratados préstamos en
dólares, los cuales se obtuvieron con la finalidad de renovar la flota vehicular, pero al
modificarse el tipo de cambio, los montos de deuda se incrementaron, rebasando las
expectativas de pago.
Por otro lado, la creciente ola delictiva hacen inseguro el
sistema carretero, teniendo grandes pérdidas por robo, si a ello se le suman los altos
costos de peaje, llantas, diesel y refacciones, se hace necesario y prioritario apoyar
esta actividad, pues vemos que los costos del sector se elevan cada día más y más.
El autotransporte público de carga estuvo exento del pago
del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos hasta el año de 1989. Pero en la ley
vigente y a partir de 1990, se derogó esta exención, contemplada en el artículo 8o.
fracción IV. Esa reforma estableció una tarifa diferenciada por tipos de marca y unidad,
según el modelo, dando un golpe económico muy severo a este sector que aunado a lo
anterior han hecho poco rentable tan importante actividad.
Este impuesto es distintivo y discriminatorio, toda vez que
estos vehículos se utilizan similarmente a máquinas de trabajo. Entonces, si
argumentáramos que debemos sostenerlo, tendríamos que generalizarlo para aplicarlo a
bienes como las máquinas, las herramientas y otros de naturaleza análoga. Sin embargo,
sería inaceptable, en virtud de que esta situación generaría una doble tributación,
porque establece un gravamen adicional, en comparación con los demás sectores
productivos.
Como podemos observar, este gravamen puede descapitalizar
al sector del autotransporte público de carga, lo cual no coincide con lo estipulado en
el Plan Nacional de Desarrollo.
Considerando la analogía que existe entre este tipo de
vehículos y los que la ley en vigor exenta, por considerarlos instrumentos de trabajo,
como los denominados tractores no agrícolas tipo quinta rueda, las embarcaciones
dedicadas al transporte mercante o pesca comercial y las aeronaves con capacidad de más
de 20 pasajeros destinadas al aerotransporte del público en general, podemos concluir que
de no realizarse una modificación legislativa, la situación descrita puede incidir en la
desaparición de este servicio, con el consecuente deterioro de la economía nacional,
dada la importancia, dada la importancia que este sector tiene en el traslado de la carga
urbana y federal, además de que tras el razonamiento análogo antes descrito dicho
impuesto resulta no ser equitativo como lo dispone la ley.
Por las razones anteriormente expuestas y con el objetivo
de exentar del impuesto por la tenencia o uso de los vehículos al transporte público de
carga que requiera concesión o permiso federal o estatal para operar, se presenta el
siguiente
PROYECTO DE DECRETO
"Artículo primero. Se adiciona la fracción VIII al
artículo 8o. de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, para quedar como
sigue:
Artículo 8o. No se pagará el impuesto, en los términos
de este capítulo, por la tenencia o uso de los siguientes vehículos:
I a la VII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . .
VIII. Los de servicio público de autotransporte de carga
cuando requieran concesión o permiso federal o estatal para operar."
ARTICULO TRANSITORIO
Unico. La presente reforma entrará en vigor a partir del
1o. de enero de 1999. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente.
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, Partido de
la Revolución Democrática, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 1998.-
Diputado Jorge Silva Morales.»
Solicito por tal motivo a esta Presidencia turne esta
iniciativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Muchas gracias.
Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito
Público.
Esta Presidencia da la bienvenida a 15 estudiantes del
Instituto de Formación Política del CEN del PRD, invitados por la propia fracción. Así
como a siete estudiantes del Centro de Estudios Superiores de Educación Rural "Luis
Hidalgo Monroy", invitados por el diputado David Gálvez Gasca.
CONSTITUCION
POLITICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Tiene la palabra el diputado Benito Mirón Lince, del
grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una
iniciativa de reformas al artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
El diputado
Benito Mirón Lince: |
Con su permiso, señora Presidenta; ciudadanos
secretarios de la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del honorable Congreso de la
Unión:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71
fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por
los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los diputados de la fracción
parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, sometemos a la consideración de
la Cámara de Diputados, la presente iniciativa de reforma al artículo 22 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en razón de la siguiente
EXPOSICION DE MOTIVOS
Es la vida el patrimonio más valioso que tiene la
humanidad. El grado de civilización de las sociedades es directamente proporcional al
respeto que en ellas se tiene por la vida. Ningún ser humano puede tener el derecho de
disponer de la vida de un semejante. La vida es un bien que no tiene precio ni dueño;
ninguna mujer o hombre, institución o poder del Estado, tiene el derecho de interrumpir
ese fluido vital que deviene de un milenario proceso o de un origen divino, según la
concepción del mundo que cada quien tenga. Es por eso que nuestros códigos penales
señalan que comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro. Es pues, el
bien jurídico más valioso que el orden normativo debe proteger en cualquier Estado en
esta etapa de la humanidad.
El valor de la vida radica en sí misma, independientemente
del sujeto en que se manifieste y de su conducta exterior, objeto de la norma jurídica.
La pena de muerte es pues un homicidio cometido por el Estado, cuya inmoralidad no es
atenuada por su legalización.
Es cierto que el Estado debe garantizar a su población la
seguridad de sus bienes y la integridad y tranquilidad de las personas, castigando a
quienes con su conducta lesionan los legítimos intereses de los demás y es por ello que
en nuestros códigos se señalan gravísimas penas como son la privación de la libertad
por muy largos periodos, que en los casos más graves, ocasionan que el delincuente
difícilmente recobre su libertad. El rigor de una condena tal, es para nosotros
insuperable, ése es el límite que el Estado no puede transgredir, moralmente es
imposible que el Estado aspire a aumentar el rigor de las penas hasta el punto de disponer
de la vida humana.
Es la pena de muerte una terrible herencia a través de la
cual la sociedad y el estado moderno retroceden, con cada ejecución, a la edad de las
tinieblas; a los tiempos aquéllos en que los hebreos imponían la pena de muerte en los
casos de idolatría, homicidio, sodomía o incesto; en que las instituciones de Dracón y
Licurgo la imponían a los condenados en las celdas durante la noche; a los tiempos
inmemoriales de la Ley del Talión, que rigió en casi todos los pueblos de oriente; a la
época del sistema personalista introducido por los germanos en el que el poder
jurisdiccional quedaba delegado a los propios individuos; eran los tiempos de la
"venganza de sangre".
La pena de muerte, desde sus orígenes hasta nuestros
días, revela la confusión entre la venganza y la justicia. El hecho de que ahora sea el
estado moderno quien en forma exclusiva imponga la pena de muerte, sólo significa que es
el Estado el que consuma la venganza y no los familiares de la víctima. Sólo la venganza
explica la existencia de tan inhumano castigo. En efecto, la ineficacia de tal medida ha
quedado demostrada con el aumento en los índices delictivos en los países donde se
aplica y ahí tal medida pone de manifiesto que los efectos inhibitorios con los que se
pretende justificar son inexistentes.
En México no es el incremento del rigor de las penas a
niveles moralmente inadmisibles, la solución para que decrezca el índice delictivo. Para
ese propósito resultaría ser mucho más eficaz terminar absolutamente y de raíz con la
corrupción y la impunidad. En efecto, el delincuente sabe que en nuestro país, por
graves que sean las penas, se pueden evadir cuando se tienen los recursos necesarios para
sobornar a los funcionarios públicos encargados de la procuración, impartición y
administración de justicia o cuando se pertenece a verdaderas redes del crimen
organizado, fortalecidas por la participación en ellas de influyentes magnates o
funcionarios públicos de los más altos niveles del Gobierno.
Cuando en nuestro país exista la certeza de que quien
cometa un delito será ineludiblemente castigado, aunque posea enormes riquezas y goce de
relaciones en los más altos círculos del poder, cuando nuestra ciudadanía esté
absolutamente convencida de que ningún funcionario público recibirá un soborno para
dejar en libertad a ningún delincuente, entonces bajarán los índices delictivos; la
certeza de la sanción para quien delinca es la fórmula que producirá los efectos
inhibitorios que se desean y no el homicidio de Estado.
El atender y solucionar de fondo los grandes problemas
sociales y económicos como el desempleo, la miseria, la desnutrición, la pésima
educación que proporciona el Estado y la muy mala y carísima que ofrecen las escuelas y
universidades privadas, el enmendar el camino y avanzar hacia una justa distribución de
la riqueza, el invertir los recursos de la hacienda pública para combatir aquí sí con
todo rigor, la extrema pobreza en que viven más de 40 millones de mexicanos, esto es lo
que va a producir efectos inhibitorios respecto de la comisión de delitos y no la pena de
muerte.
Por otra parte, en nuestro país la división de poderes
aún no es una realidad, la independencia del Poder Judicial respecto del Ejecutivo ha
quedado en tela de juicio en diversas y sonadas ocasiones y la transición a la democracia
apenas se inicia y su futuro es incierto. En estas circunstancias, la pena de muerte
quizá podría convertirse en un instrumento "metaconstitucional" en manos del
Ejecutivo, podría ser una sanción impuesta no a los delincuentes más peligrosos, sino a
aquellos que no tuvieran los recursos suficientes para sobornar a los funcionarios
públicos o para sufragar los gastos de una costosa y bien planeada fuga o ser aplicada
con criterios selectivos, como sucedió en los Estados Unidos de América en el año de
1976, en que, según Amnistía Internacional, había 582 personas condenadas a la pena de
muerte, de ellas 300 eran negros, 260 blancos, 13 chicanos, ocho indios y un
puertorriqueño, lo que evidencia que dicha medida se aplicó más a la minoría negra que
a la inmensa mayoría blanca.
Por ello es que debemos comenzar por consolidar los
pequeños avances democráticos y adelantar en ese camino, por obtener la real e
indiscutible división de poderes y por desaparecer de la faz de nuestro territorio la
corrupción y la impunidad, antes de poder siquiera pensar en la cruel pena de muerte.
Cabe señalar que aun cuando en nuestros códigos penales
no se establece la pena de muerte, con excepción del Código de Justicia Militar, el
último párrafo del artículo 22 constitucional la previene como sanción al traidor a la
patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación o
ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de
delitos graves del orden militar; en consecuencia, bastaría una reforma a los códigos
penales para que presenciáramos en nuestro país el morboso espectáculo de las
ejecuciones y tal reforma podría consumarse por simple mayoría de votos de los
legisladores, toda vez que dicha pena ya se encuentra prevista en la Constitución. Si no
fuera así, se requeriría la reforma constitucional respectiva y, por tanto, el voto de
las dos terceras partes de los legisladores.
1254,1255,1256
Es por eso que, aun cuando el texto constitucional
respectivo no se aplica y en consecuencia es inútil, constituye la espada de Damocles,
pendiente de la cabeza de la moral social.
Vale señalar que todas las consideraciones vertidas con
antelación justifican sobradamente el enérgico rechazo al homicidio de Estado, aun
tratándose de seres humanos que hubiesen en realidad cometido un delito, pero ¿qué
podríamos añadir para el caso de que un inocente fuese condenado a la pena de muerte por
un delito que no cometió? Walter McMillan, trabajador maderero afroamericano de 52 años
de edad, fue condenado a la pena de muerte en 1998, acusado de haber matado a balazos a
una mujer blanca en el condado de Monroe en el Estado de Alabama; seis años después de
su arresto el caso fue sobreseído. En su declaración a la Comisión Judicial del Senado,
McMillan relata:
"Fui sentenciado a morir en la silla eléctrica y
pasé casi seis años en Alabama esperando que se cumpliera la sentencia de un asesinato
que no cometí, un asesinato del cual no sabía nada, un asesinato con el que no tuve nada
qué ver. Hoy, el Estado de Alabama ha reconocido que soy un hombre inocente y que fui
condenado erróneamente. Lo que a mí me pasó podría haberle pasado a usted o a
cualquier otra persona."
Tenemos también el caso del mexicano Ricardo Aldape
Guerra, que fue sentenciado a muerte y después de una larga lucha demostró su inocencia
y fue absuelto.
Seguramente muchos inocentes no tuvieron la oportunidad de
demostrar su inocencia; sencillamente la pena de muerte es una terrible, inmoral, inhumana
e ineficaz sanción, además de ser irreparable e irreversible. Es por ello que coincido
plenamente con Amnistía Internacional, de los derechos del hombre, en su objetivo de que
se legisle para que se proscriba la pena de muerte en todos los países que forman parte
del concierto mundial.
Finalmente, debo señalar la contradicción que existe
entre el último párrafo del artículo constitucional en cuestión que previene la pena
de muerte y el primero del mismo precepto, que establece: "quedan prohibidas las
penas... y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales". Es evidente que es
el primer párrafo el que debe de prevalecer y ser derogado el último, toda vez que no
hay pena más inusitada y trascendental que la pena de muerte.
Por todo lo anterior y en ejercicio de las facultades que
me otorga la representación ciudadana que ostento, con fundamento en lo dispuesto por la
fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto al honorable Congreso de la
Unión la presente
«INICIATIVA DE DECRETO
Por el que se reforma el artículo 22 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo primero. Se reforma el artículo 22 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que actualmente dice:
Artículo 22. Quedan prohibidas las penas de mutilación y
de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento del cualquier especie, la multa
excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y
trascendentales.
No se considerará confiscación de bienes la aplicación
total o parcial de los bienes de una persona hecha por la autoridad judicial, para el pago
de la responsabilidad civil resultante de la comisión de un delito o para el pago de
impuestos o multas. Tampoco se considerará confiscación el decomiso que ordene la
autoridad judicial, de los bienes, en su caso del enriquecimiento ilícito, en los
términos del artículo 109 ni el decomiso de los bienes propiedad del sentenciado, por
delitos de los previstos como de delincuencia organizada o el de aquéllos respecto de los
cuales éste se conduzca como dueño, si no acredita la legítima procedencia de dichos
bienes.
Queda también prohibida la pena de muerte por delitos
políticos y en cuanto a los demás, sólo podrá imponerse al traidor a la patria en
guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación o ventaja, al
incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos
graves del orden militar.
Para quedar como sigue:
TITULO PRIMERO
CAPITULO I
De las garantías individuales
Artículo 22. Quedan prohibidas las penas de mutilación y
de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa
excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y
trascendentales, así como la pena de muerte.
No se considerará confiscación de bienes la aplicación
total o parcial de los bienes de una persona hecha por la autoridad judicial, para el pago
de la responsabilidad civil resultante de la comisión de un delito o para el pago de
impuestos o multas. Tampoco se considerará confiscación el decomiso que ordene la
autoridad judicial, de los bienes, en caso del enriquecimiento ilícito, en los términos
del artículo 109 ni el decomiso de los bienes propiedad del sentenciado, por delitos de
los previstos como de delincuencia organizada o el de aquéllos respecto de los cuales
éste se conduzca como dueño, si no acredita la legítima procedencia de dichos bienes.
ARTICULO TRANSITORIO
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día
siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Por lo anteriormente expuesto, pido:
Unico. Se tenga por presentada la iniciativa de reforma al
artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, contenida en
este documento, en los términos propuestos y con fundamento en el artículo 71 fracción
II constitucional y 55 fracción Il del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, se turne como corresponde para su dictamen a las
comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Derechos Humanos de esta
Cámara.
Atentamente.
Palacio Legislativo, México, D.F., septiembre de 1998.-
Diputado Benito Mirón Lince.»
Túrnese de acuerdo a lo solicitado por el orador.
El diputado
Ramón María Nava González
(desde su curul): |
¡Señora Presidenta!
Que le proporcionen un micrófono al señor diputado.
¿Con qué objeto, señor diputado?
El diputado
Ramón María Nava González
(desde su curul): |
Para precisión de hechos, señora Presidenta, si me
lo permite.
Señor diputado, no puedo darle el uso de la palabra
ya que estamos en presentación de iniciativas y no se rectificarán hechos en la
presentación de iniciativas.
El diputado
Ramón María Nava González
(desde su curul): |
No es rectificación, dije "precisión" y
se refiere a la iniciativa.
Se podrá hacer la precisión de hechos en comisiones
o en su caso, hasta que estemos en la agenda política. En este momento estamos en la
presentación de iniciativas.
AGRUPACIONES
POLITICAS NACIONALES
Tiene la palabra el diputado Jaime Moreno Garavilla,
del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una
iniciativa de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de agrupaciones
políticas nacionales.
El
diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla: |
Con la venia de las compañeras diputadas aquí
presentes; compañera Presidenta; compañeros diputados:
Me dirijo a los ciudadanos secretarios de la Cámara de
Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
Con fundamento en el artículo 71 fracción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento
para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito
presentar al honorable Congreso de la Unión, iniciativa de decreto por el que se reforma
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Constitución en nuestro país garantiza la democracia
integral e indica que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la
Unión. Aunque se considera deseable contar con mecanismos de democracia participativa, el
hecho es que nuestra Constitución hasta el momento sigue un modelo clásico liberal
heredado del Siglo XIX y ahora, en nuestros tiempos, debe ser revisado para permitir que
los ciudadanos se involucren directamente en los asuntos públicos.
Así, después de la Segunda Guerra Mundial, los países
europeos y asiáticos que decidieron adoptar una nueva Constitución, como Alemania
Occidental, Francia y Japón, incorporaron, junto al mecanismo clásico de la democracia,
el sufragio libre, igual y secreto; así como mecanismos de participación ciudadana
directa, como el referendum, el plebiscito y la iniciativa popular.
Además, los países antes mencionados, en sus
ordenamientos constitucionales, establecieron la posibilidad de que la participación
política de los ciudadanos no tenía que ser forzosamente mediada por los partidos
políticos, sino que podía ser realizada a través de otro tipo de organizaciones
sociales.
De esta manera y desde que fueron elevados a rango
constitucional en México en 1977, los partidos políticos mexicanos han sido definidos
por la propia Constitución. Como entidades de interés público, es decir, los partidos
en México no son asociaciones privadas ni órganos del Estado, sino que son asociaciones
intermedias entre los ciudadanos y las instituciones públicas.
Ello se debe a los fines que desempeñan en las sociedades
contemporáneas y a su papel fundamental como correas de transmisión entre la sociedad y
el Estado.
Si en un principio los partidos políticos fueron
prohibidos y más tarde apenas tolerados, ello obedecía a que el pensamiento
individualista y liberal temía que el principio de disciplina partidista pudiera dar
lugar a que la voluntad mayoritaria de los miembros de un partido pudiera ser sustituida
por la voluntad de una minoría dirigente del partido.
Sin embargo, con el paso de los años, el proceso de
constitucionalización de los partidos políticos se vio alentado y vigorizado al amparo
de las siguientes consideraciones:
En primer término, el reconocimiento de que la persona no
es un ser aislado, sino miembro de un grupo social y en cuanto tal tiene, problemas y
aspiraciones comunes cuya solución y realización requiere sumar esfuerzos y
En segundo lugar, a la clasificación de que si bien la
democracia supone posiciones divergentes, también requiere que éstas se reduzcan a
través de los partidos políticos y sobre la base del sufragio universal, a proporciones
administrables a efecto de organizar la vida política, económica, social y cultural del
país.
Los partidos políticos tienen un papel de primera
importancia en el funcionamiento del sistema democrático, porque situados como están en
la zona intermedia entre el operar concreto del Gobierno y el quehacer disperso de la
sociedad, corresponde a ellos organizar a las multitudes, recoger sus aspiraciones, darles
forma, canalizarlas, enriquecerlas y presentarlas a consideración del poder político.
De otro lado, si bien los partidos se forman para la
conquista del poder, si bien el poder es su objetivo estratégico, no porque no alcancen
el poder dejan de tener importantes funciones que desempeñar en el Estado democrático.
Los partidos son también instrumentos de fiscalización y de control de la función
gubernativa, llamados a mantener una permanente actitud crítica sobre los actos del
Gobierno.
1257,1258,1259
Les corresponde, en este caso, no solamente vigilar el
comportamiento de las autoridades públicas, sino también analizar, en sus departamentos
técnicos y especializados, los problemas nacionales en todos los campos, a fin de
plantear soluciones alternativas a las que aplica el Gobierno.
Esto es particularmente importante hoy para los países
latinoamericanos, cuyo reto histórico fundamental es la superación del subdesarrollo.
Concluida ya la era de las lucubraciones ideológicas abstractas, vivimos la era del
desarrollo económico, por lo cual, en una sociedad dinámica, los partidos deben impulsar
el desarrollo: ser partidos del desarrollo económico y del cambio social.
La democracia requiere una didáctica. La democracia es
forma de Gobierno pero algo más es organización social; pero algo más: debe ser
conducta, debe ser comportamiento. Se debe inculcar al niño a que sea demócrata desde la
escuela, como se le enseña a ser limpio o a tener buenas costumbres y en esta tarea
pedagógica los partidos deben jugar un papel de primera importancia.
En el momento en que saturemos a la sociedad con hábitos
democráticos, en que difundamos la democracia por todos los poros del cuerpo social, más
nos acercaremos a mejores condiciones de convivencia social.
Por lo tanto y con base en las consideraciones anteriores
proponemos que la figura de agrupación política nacional sea elevada a rango
constitucional, mediante reforma al artículo 41 constitucional para que tanto los
partidos políticos como las agrupaciones políticas nacionales tengan como finalidades
las de promover la participación ciudadana en la vida democrática; contribuir a la
integración de la representación nacional y en el caso específico de los partidos
políticos, hacer posible el acceso de organizaciones de ciudadanos al ejercicio del poder
público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan, mediante el
sufragio universal, libre, secreto y directo.
La primera función: de promover la participación
ciudadana en la vida democrática, forma parte de las llamadas funciones sociales y cuenta
con distintas facetas, entre las que se pueden destacar: la socialización política, la
movilización de la opinión pública, la representación de intereses y la legitimación
del sistema político.
La socialización política supone el deber de los partidos
políticos y ahora de las agrupaciones políticas nacionales de educar a los ciudadanos en
la democracia, la segunda significa que los partidos políticos y las agrupaciones
políticas nacionales como se propone, estarán obligados a permitir que se expresen las
opiniones, pareceres y criterios de la sociedad civil y posteriormente dirigirlos a una
concreción eficaz al disponer de los medios materiales (acceso a los medios de
comunicación y financiamiento) y a las garantías de permanencia y continuidad.
La tercera faceta de esta primera función es la
representación de intereses, pues los partidos a pesar de la tendencia moderna de ocupar
el centro político, están siempre identificados con algún tipo de intereses, ya sea
ideológicos, sociales o económicos.
Por último, los partidos tienen un papel fundamental como
legitimadores del sistema político, es decir, los partidos deben promover el
establecimiento de procedimientos y de instituciones para garantizar los derechos
fundamentales de los ciudadanos y la división de poderes necesaria para lograr la
conformación de un sistema democrático.
La segunda función: contribuir a la integración nacional,
es de carácter institucional. Los partidos políticos y ahora las agrupaciones políticas
nacionales mediante su actuar organizan, componen e integran a los poderes públicos,
principalmente al Poder Legislativo y al Ejecutivo y respecto a los otros, influyen
indirectamente en su composición. Los candidatos triunfadores de los partidos políticos
integran las cámaras y conforman grupos parlamentarios, que igualmente ocupan distintas
comisiones y órganos de las asambleas legislativas.
En el caso del Poder Ejecutivo y más aún en aquellos
países en donde no existe un servicio civil de carrera, los partidos triunfantes llenan
casi en su totalidad los cargos públicos. Respecto al Poder Judicial los partidos, vía
Poder Ejecutivo y Legislativo, determinan quienes serán sus miembros máximos. Sobre el
resto de los órganos del Estado, como en el caso del órgano electoral, los partidos
influyen en su integración y por la vía legislativa en la estructura de los distintos
cuerpos de autoridad.
La última función: hacer posible el acceso de los
ciudadanos al ejercicio del poder público mediante el sufragio universal, libre, secreto
y directo implica que los partidos reclutan y seleccionan a los futuros gobernantes, sobre
todo en países como el nuestro, en que no se reconocen candidaturas independientes. Esta
función de reclutamiento y selección tiene necesariamente que darse a través del voto
de los ciudadanos y con las características que determina el artículo 41.
Nuestra Constitución, es muy clara cuando concede a los
partidos nacionales el derecho de intervenir en las elecciones estatales y municipales,
derecho que a contrario sensu no tienen los partidos estatales o municipales, cuando
existen, para participar en las elecciones federales.
Por su parte las agrupaciones políticas nacionales
resurgen con la reforma electoral de 1996 como una respuesta, aún insuficiente, a las
demandas ciudadanas que han exigido la plena vigencia de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, que garantiza el derecho de todos los ciudadanos a votar y ser
votados sin necesidad de pertenecer a un partido político.
Resulta inequitativo por otra parte que se coloque a las
agrupaciones políticas nacionales, para los efectos de sus obligaciones, en el mismo
rango de los partidos políticos, pero en un muy distinto por inferior, cuando de sus
prerrogativas se trata.
Además, las agrupaciones políticas nacionales, en tanto
que cuerpos intermedios que fijan los canales de participación de la ciudadanía
organizada, deberían ser objeto de una regulación constitucional ya que la estructura
fundamental de una nación, sus instituciones primarias y las normas principales de su
organización política, están dotadas, al contenerse en la Constitución, de una
superlegalidad que les proporciona majestad y jerarquía y a la vez les confiere cierto
grado de inmutabilidad y permanencia.
Finalmente es obvio que las agrupaciones políticas
nacionales podrían ser también el escalón obligado para constituir nuevos partidos
políticos, en la medida en que demostraran participación activa en procesos electorales,
constituyendo vías opcionales para el cambio político y paralelamente demostrando su
capacidad de convocatoria, membresía y aptitud de lucha para incorporarse al escenario
partidario, lográndose simultáneamente fortalecer su actuación democrática.
Por lo antes expuesto, me permito someter a la alta
consideración del honorable Congreso de la Unión, para los efectos del artículo 135 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente
«INICIATIVA DE DECRETO
Por el que se reforma el artículo 41 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo único. Se reforman los párrafos primero y
segundo de la fracción I, así como el primer párrafo de la fracción II del artículo
41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de
los poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos y por los de los
estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente
establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los estados, las
que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto federal.
La renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo se
realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, conforme a las
siguientes bases:
I. Los partidos políticos y las agrupaciones políticas
nacionales son entidades de interés público; la ley determinará las formas específicas
de su intervención en el proceso electoral. Los partidos políticos nacionales tienen
derecho a participar en las elecciones estatales y municipales.
Los partidos políticos y las agrupaciones políticas
nacionales tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática,
contribuir a la integración de la representación nacional y como organizaciones de
ciudadanos, los partidos políticos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del
poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante
el sufragio universal, libre, secreto y directo. Sólo los ciudadanos podrían afiliarse
libre e individualmente a los partidos políticos.
II. La ley garantizará que los partidos políticos
nacionales y las agrupaciones políticas nacionales cuenten de manera equitativa con
elementos para llevar a cabo sus actividades. Por tanto, tendrán derecho al uso en forma
permanente de los medios de comunicación social, de acuerdo con las formas y
procedimientos que establezca la misma. La ley señalará las reglas a que se sujetará el
financiamiento de los partidos políticos y sus campañas electorales, debiendo garantizar
que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado.
Atentamente.»
firma el diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla, esta
iniciativa de reforma al artículo 41 constitucional, sobre el que se finca a su vez una
segunda iniciativa para proceder a la reforma del Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales, que dirijo a los secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión, en los siguientes términos.
«Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
Con
fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar al honorable Congreso de la
Unión, la iniciativa de decreto por el que se reforma el Código Federal de Instituciones
y Procedimientos Electorales.
Después de la Segunda Guerra Mundial, los países europeos
y asiáticos que decidieron adoptar una nueva constitución, como Alemania Occidental,
Francia y Japón, incorporaron, junto al mecanismo clásico de la democracia, el sufragio
libre, igual y secreto; así como mecanismos de participación ciudadana directa como el
referendum, el plebiscito y la iniciativa popular.
Además, en sus ordenamientos constitucionales,
establecieron la posibilidad de que la participación política de los ciudadanos no
tenía que ser forzosamente mediada por los partidos políticos, sino que podía ser
realizada a través de otro tipo de organizaciones sociales.
Para los años sesenta, el planteamiento comienza a ser
rebasado y surgieron los llamados nuevos movimientos sociales, que respondían a demandas
específicas de la sociedad. En dichos grupos fue relevante la participación de mujeres y
jóvenes. Con el tiempo se formalizaron como actores políticos.
La adopción de mecanismos para la democracia integral y la
incorporación de nuevos actores políticos, son temas de reciente debate en nuestro
país.
Durante las sesiones públicas en que se delinearon los
contornos de la reforma política de 1977, se le hizo referencia al hecho de que la
reforma política debía no sólo contemplar el registro de partidos con capacidad para
actuar electoralmente, sino que debía evaluarse la posibilidad de sentar las bases para
configurar partidos de opinión, esto es, legalizar a grupos políticos que, sin derecho a
la participación electoral, tuvieran reconocimiento para intervenir en la discusión de
los problemas políticos del país.
En su oportunidad otros legisladores argumentaron que de lo
único que se trataba era de reconocer legalmente un fenómeno ya existente en nuestra
sociedad: las asociaciones civiles, que de todas formas participan en política.
Así, con el propósito de completar el sistema de partidos
políticos, incentivar la discusión de ideas, la difusión de ideologías y contribuir al
desarrollo de una opinión política mejor informada y con mayor densidad ideológica, la
Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales de 1977, facilitó que los
ciudadanos se agruparan en asociaciones políticas, susceptibles de transformarse conjunta
o separadamente en partidos políticos.
Una vez constituida una asociación política, ésta
podría solicitar su registro condicionado como partido político, en cuyo caso debería
acreditar que había funcionado con dicho carácter un año antes de la convocatoria
respectiva (artículo 32 de la LOPPE), lo que dio como resultado que las asociaciones
políticas se encontraran en una situación preferente con relación a las demás
agrupaciones políticas en caso de que quisieran tramitar su registro condicionado como
partido político, ya que las simples agrupaciones políticas que contaran con registro de
asociación deberían acreditar, entre otros requisitos, haber desarrollado una actividad
política en los cuatro años anteriores a la convocatoria, en tanto que las asociaciones
tan sólo requerían acreditar haber funcionado con este carácter un año antes.
1260,1261,1262
Cabe señalar que con base en las disposiciones de la LOPPE
de 1977, la Comisión Federal Electoral resolvió el 28 de noviembre de 1978, conferirle
registro a cuatro asociaciones políticas que obtuvieron su registro condicionado, como
partidos políticos mismo que perdieron posteriormente, por no haber alcanzado el 1.5% de
la votación en las elecciones para las cuales les fue otorgado dicho registro.
El Código Federal Electoral de 1987 ratificó y adopto el
régimen anterior y durante su vigencia otras agrupaciones políticas adquirieron el rango
de asociaciones políticas.
En su artículo 73, disponía que la Comisión Federal
Electoral estimularía el desarrollo de las asociaciones políticas y les conferiría las
siguientes prerrogativas: I) franquicias postales y telegráficas determinadas para los
partidos políticos y II) apoyos materiales para sus tareas editoriales.
Asimismo cabe destacar que de conformidad con el artículo
75, las asociaciones políticas nacionales, conservando su naturaleza jurídica, sólo
podían participar en las elecciones federales cuando hubieran obtenido su registro, por
lo menos, con seis meses de anticipación al día de la elección y previo convenio de
incorporación, celebrado con un partido político nacional registrado.
También es oportuno recordar que en el artículo 78, se
precisaba que los derechos que les correspondían a las asociaciones políticas nacionales
con motivo de su participación en elecciones federales, inclusive los relativos a
impugnaciones de los actos y acuerdos de los organismos electorales, debían hacerse valer
por conducto de los comisionados y representantes de los partidos políticos a los cuales
se hubieran incorporado.
Al abordarse en 1990 la iniciativa de ley electoral,
nuevamente se discutió la conveniencia de regular a las asociaciones políticas, pero en
esta ocasión prevalecieron los argumentos de sus detractores que sostuvieron que quienes
desearan participar en la actividad política lo debían hacer a través de los partidos
políticos.
En el dictamen que formuló la Comisión de Gobernación y
Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados sobre el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales, tan sólo se expresan las siguientes
consideraciones:
"Se debatió respecto a la posibilidad de conservar en
el nuevo código la figura de las asociaciones políticas nacionales como fórmula para
propiciar el desarrollo político. Contrariamente se expresó que tales asociaciones que
existieron en legislaciones electorales anteriores para estimular el surgimiento de nuevas
organizaciones políticas, no se justificaban en la evolución actual de nuestro derecho
institucional."
"En vista de que el Cofipe no regula a las
asociaciones políticas, las agrupaciones de este tipo que lo deseen pueden seguir
funcionando como asociaciones civiles, pero ya no podrán participar en las elecciones
federales como lo podían hacer al amparo del artículo 75 del Código de 1987, que para
ello tan sólo exigía la celebración de un convenio de incorporación celebrado con un
partido político."
"En nuestro concepto y con independencia de lo bien o
mal que hayan funcionado estas asociaciones políticas en el pasado reciente, la
supresión de esta figura no representa avance alguno y sí, en cambio, se precisa de una
institución idónea para incentivar la discusión de ideas y la difusión de ideologías
y con ello contribuir al desarrollo de una opinión política mejor informada y con mayor
densidad ideológica."
"De manera adicional se puede decir que con vista al
futuro se puede pensar que desde un punto de vista social e institucional resulta
preferible que una organización que aspire a contar con registro condicionado acredite su
actividad política, preferentemente a través de su actuación como asociación política
y no a través de la simple realización de marchas, mítines y plantones."
La adopción de mecanismos para la democracia integral y la
incorporación de nuevos actores políticos son temas de constante debate en la sociedad,
cuya discusión, análisis y decisión, formaron parte de las conclusiones del Seminario
para la Reforma político-electoral celebrado en enero de 1996 con la participación de
representantes de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la
Revolución Democrática y del Trabajo.
De dicho seminario emanaron 60 puntos de acuerdo. El
número 41 estableció: Que se introduzca la figura de las asociaciones políticas. Que se
les establezca como prerrogativas la exención fiscal y las franquicias postales y
telegráficas. Que solamente puedan participar en las elecciones federales, aliadas con
los partidos políticos nacionales, en cuyo caso deben sujetarse a las limitaciones que
establezca la ley en materia de prerrogativas y financiamiento. Que se establezca una
fundación para apoyarlas, que les financie proyectos y les tramite la deducibilidad de
los donativos que reciban. Que en la fundación se establezca un fideicomiso que recoja
recursos para apoyar a las asociaciones. Que en los comités técnicos de la fundación y
del fideicomiso participen los consejeros electorales y representantes de los partidos
políticos. Que se puedan organizar asociaciones políticas para apoyar a un partido o a
un candidato".
En este contexto surge la figura de agrupación política
nacional como una respuesta a las demandas ciudadanas que buscan la plena vigencia de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derechos políticos
de los ciudadanos.
Dada la negativa del régimen a las candidaturas
independientes, se buscó una salida lateral aceptando que hubiera grupos de ciudadanos
que pudieran asociarse y disfrutar del derecho de aliarse con algún partido político
para proponer candidatos a cargos de elección popular.
Al mismo tiempo se consideró que el propósito para su
asociación debería ser el contribuir al desarrollo de la vida democrática y de la
cultura política, así como a la creación de una opinión pública mejor informada. Esto
es positivo, pero obviamente insuficiente y plantea la necesidad de que las agrupaciones
políticas nacionales se inserten en una propuesta que realmente contribuya al desarrollo
democrático de México en la transición política que estamos viviendo.
El marco jurídico vigente, el insuficiente apoyo
financiero, las mínimas exenciones y prerrogativas, han convertido a las agrupaciones
políticas nacionales con registro, en escuelas de civismo, promotoras de investigaciones
socio-económicas y políticas y editoras de periódicos y revistas.
El cumplimiento de las funciones encomendadas a las
agrupaciones políticas, requiere, como es natural, de una dotación de elementos
materiales mayor a la que actualmente prevé la ley vigente, que le permita una efectiva
comunicación con sus asociados presentes y potenciales, para lo cual es menester contar
entre sus prerrogativas, con franquicias postales y telegráficas; con mayor
financiamiento público para que en condiciones mínimas de equidad, preservando sus
principios y programas de acción, participen en los procesos electorales, mediante la
celebración de convenios con partidos políticos.
Así, la iniciativa que se presenta propone que se dote a
las agrupaciones políticas con porcentajes de 4% y 6%, respectivamente del fondo anual
para actividades ordinarias correspondientes a los partidos políticos, para que estén en
condiciones de financiar sus actividades ordinarias permanentes, así como las
editoriales, de educación y capacitación política y de investigación socioeconómica y
política.
Sobre estas consideraciones, se reconoce que:
1. Las agrupaciones políticas nacionales son parte de las
fuerzas políticas emergentes surgidas de la insatisfacción ante la actual
representación política, las luchas de las organizaciones civiles por la
democratización del sistema político mexicano, el hartazgo social por la corrupción y
la violencia, así como por el deterioro de los niveles de vida de la población.
2. Es evidente también que las agrupaciones políticas
nacionales son producto de grupos sociales que buscan darle vida a un proyecto social y
político distinto a los existentes, donde la ciudadanía tenga una participación más
directa y más activa.
3. En ambos casos los distintos movimientos sociales
expresan la necesidad de consolidar la democracia integral, pero también la urgencia de
un replanteamiento de la relación entre la sociedad y el Estado, que haga posible arribar
a una participación ciudadana, que le garantice a la ciudadanía el respeto a su
libertad, a los derechos fundamentales y propicie la igualdad de oportunidades.
4. En este sentido, las agrupaciones políticas nacionales
son un gozne o bisagra que facilita las interacciones entre los partidos políticos y la
sociedad civil, así como entre las autoridades gubernamentales del Ejecutivo y el
Legislativo y la sociedad participativa. Coadyuvan a la modificación de las relaciones
entre sociedad y Estado. Se constituyen con los partidos políticos, en la garantía de la
vigencia de los derechos ciudadanos.
5. Es obvio que las agrupaciones políticas nacionales
pueden ser también escalón para constituir nuevos partidos políticos contribuyendo así
al fortalecimiento del sistema de partidos.
Por todo ello, con la finalidad de fortalecer esta forma de
participación tan importante y necesaria para lograr la democracia plena en nuestro
país, se somete a la consideración de esta honorable representación la presente
INICIATIVA DE DECRETO
Por el que se reforma y adiciona el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
Artículo único. Se reforman los artículos 33, 34 y 35 y
se adicionan los artículos 33-A, 33-B y 34-bis, todos del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:
Artículo 33. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . .
1. Las agrupaciones políticas nacionales son formas de
organización de participación ciudadana que promueven el movimiento social para el
desarrollo de la vida democrática y de la cultura política, así como la creación de
una opinión pública mejor informada. Son también una vía para el enriquecimiento del
sistema de partidos políticos nacionales expresando la pluralidad de la sociedad.
2. Las agrupaciones políticas nacionales tienen
personalidad jurídica propia, gozan de los derechos y prerrogativas y quedan sujetas a
las obligaciones que establece la Constitución y este código.
3. Las agrupaciones con registro deberán añadir a su
denominación agrupación política nacional.
Artículo 33-A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . .
1. Para obtener el registro como agrupación política
nacional, quien lo solicite deberá acreditar ante el Instituto Federal Electoral los
siguientes requisitos:
a) Contar con un mínimo de 7 mil asociados en el país y
con un órgano directivo de carácter nacional; además, tener delegaciones en cuando
menos 10 entidades federativas.
b) Disponer de documentos básicos tales como estatutos,
declaración de principios y programa de acción, así como una denominación, emblema y
colores distintos a cualquier agrupación o partido político.
2. La organización interesada presentará durante el mes
de enero del año anterior a la elección, junto con su solicitud de registro, la
documentación con la que acredite los requisitos anteriores.
3. El consejo general del Instituto Federal Electoral
dentro de un plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la fecha en que se
conozca de las solicitudes de registro, resolverá lo conducente.
4. Cuando proceda el registro, el consejo general del
Instituto Federal Electoral expedirá el certificado respectivo. En caso de negativa,
expresará las causas que la motivan y lo notificará a la organización interesada. La
resolución correspondiente deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
5. El registro de las agrupaciones políticas nacionales,
cuando hubiese procedido, surtirá sus efectos a partir del 1o. de agosto del año
anterior al de la elección.
Artículo 33-B. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . .
1. Las agrupaciones políticas nacionales perderán su
registro por las siguientes causas:
1263,1264,1265
a) Cuando se haya acordado su disolución por la mayoría
de sus miembros;
b) Por haberse dado las causas de disolución conforme a
sus documentos básicos;
c) Omitir rendir el informe anual del origen y aplicación
de sus recursos;
d) Por incumplir en forma reiterada con las disposiciones
contenidas en este código y
e) Las demás que establezca este código.
Artículo 34. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . .
Son obligaciones de las agrupaciones políticas nacionales:
a) Lo dispuesto en los artículos 38, 49-A y 49-B, así
como lo establecido en los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 49 de
este Código, en lo que le sean aplicables a las agrupaciones políticas nacionales;
b) Presentar los comprobantes de los gastos realizados
durante el ejercicio fiscal en curso, a más tardar el 31 de enero siguiente, a fin de
acreditar los mismos.
c) Presentar además, a la Comisión de Consejeros prevista
en el artículo 49 párrafo sexto de este código, un informe del ejercicio anterior sobre
el origen y destino de los recursos que reciban por cualquier modalidad, a más tardar
dentro de los 90 días siguientes al último día de diciembre del año del ejercicio que
se reporte.
Artículo 34-bis. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . .
1. Son derechos de las agrupaciones políticas nacionales:
a) Recibir el financiamiento público para sus actividades
ordinarias permanentes;
b) Para los efectos del inciso anterior se constituirá un
fondo equivalente al 4% del monto que anualmente reciben los partidos políticos para el
sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes;
c) De igual manera gozarán de financiamiento público para
el apoyo de sus actividades editoriales, de educación y capacitación política y de
investigación socioeconómica y política;
d) Para los efectos del inciso anterior se constituirá un
fondo equivalente al 6% del monto que anualmente reciben los partidos políticos para el
sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes;
e) Los fondos correspondientes a las agrupaciones
políticas nacionales se entregarán en una sola exhibición en forma anual durante el
primer bimestre del año del ejercicio que corresponda;
f) Para las resoluciones que emita el consejo general del
Instituto Federal Electoral por lo que hace al Reglamento para el Financiamiento Público
y demás relativos a las agrupaciones políticas nacionales, éstos se acordarán previa
consulta con las mismas;
g) Las agrupaciones políticas nacionales con registro,
gozarán del régimen fiscal previsto para los partidos políticos en los artículos 50,
51 y 52 de este código;
h) Las agrupaciones políticas nacionales con registro
disfrutarán de las franquicias postales y telegráficas, dentro del territorio nacional,
que sean necesarias para el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de sus
funciones. La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto
Federal Electoral, establecerá los lineamientos generales para su uso.
Artículo 35. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . .
1. Las agrupaciones políticas nacionales podrán
participar en procesos electorales federales mediante acuerdos de participación y
coaliciones con los partidos políticos. En la propaganda y campaña electoral, se deberá
mencionar a la agrupación política nacional participante, cuando ésta así lo solicite.
2. El acuerdo de participación y coalición a que se
refiere el párrafo anterior deberá presentarse para su registro ante el presidente del
Consejo General del Instituto Federal Electoral, en los plazos previstos por el Capítulo
II del Título IV de este Código.
Atentamente.
Diputado Jaime M. Moreno Garavilla.»
Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales.
LEY
FEDERAL DE PROTECCION
AL CONSUMIDOR (II)
Esta Presidencia informa que la iniciativa presentada
por el diputado Juan José García de Alba Bustamante, se turne a la Comisión de
Comercio, con opinión de la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y
Servicios.
SEGURIDAD PUBLICA
Para el asunto de inseguridad y para hechos sobre
este tema, harán uso de la palabra los siguientes diputados: por el PAN, Fernando
Castellanos Pacheco; por el PRD, Jesús Samuel Maldonado Bautista y por el PRI, Genaro
Alanís de la Fuente.
Tiene la palabra el diputado Fernando Castellanos Pacheco,
hasta por cinco minutos.
Esta Presidencia da la bienvenida a alumnos de la
Universidad La Salle de Morelos, invitados por el diputado Marco Antonio Adame Castillo.
Adelante, diputado Castellanos.
El diputado
Fernando Castellanos Pacheco: |
Con su venia, señorita Presidenta; señoras
diputadas y señores diputados:
En los últimos días esta Cámara de Diputados ha
lamentado hechos violentos, asaltos con armas de fuego de los que han sido víctimas dos
compañeros diputados. Un número considerable de miembros del Senado y de esta Cámara de
Diputados también han sido asaltados durante esta legislatura, por no mencionar la
cantidad elevadísima de ciudadanos, habitantes del Distrito Federal y del interior, que
han pasado por esta experiencia tan traumática.
Esto sirve para subrayar el grado de violencia a la que
está siendo expuesta la población en esta capital del país. Principalmente en el área
del Aeropuerto Internacional, en éste que es zona federal, existe además de la violencia
vinculada con los taxis en todas las zonas de la ciudad, un gran número de taxis piratas
que a vista y paciencia de las autoridades operan sin que nadie los moleste.
Quienes utilizamos frecuentemente los servicios del
aeropuerto conocemos estos métodos en los que se palpa una organización ajena a los
autorizados y que está al acecho de los pasajeros foráneos, principalmente aprovechando
su cansancio, su prisa o su desconocimiento del Distrito Federal.
Señores diputados: el Secretario de Gobernación ha
reconocido recientemente que el 94% de los delitos han quedado impunes, tal impunidad
sirve para incrementar la frecuencia de los crímenes, al sentirse los criminales libres
del peligro de ser castigados.
Del miércoles 7 al viernes 16 de octubre, en tan sólo 10
días hubo en esta ciudad 30 asesina tos; es ésta una de las cifras más altas de
homicidios en la historia, por lo que se le llama "La Decena Trágica del Valle de
México". En el país hay tres delitos por minuto o sea que cada día se realizan
más de 4 mil delitos y esto solamente se refiere a los denunciados, a ello hay que
aumentar los que no llegan a conocimiento de las autoridades por temor o por saber de
antemano que nadie va a hacer nada al respecto. Se han dado muchas explicaciones, pero
hasta el momento no existe ninguna respuesta efectiva. Lo más grave es que se han formado
verdaderas organizaciones criminales, en muchos casos promovidas y protegidas por
autoridades.
¿Será posible que no pueda haber un control de los taxis
que circulan por esta ciudad? ¿Por qué no se pueden combatir y castigar a los piratas
del transporte en esta ciudad? "Taxi seguro en la Ciudad de México"; ¡que
buena utopía!
Por eso, el Partido Acción Nacional reitera nuestra más
enérgica condena a la ola de violencia que se vive en esta capital y exigimos a la
Procuraduría de Justicia del Distrito Federal acabar de una vez por todas con la rampante
impunidad que impera y brindar mayor seguridad a las familias, para cuya protección se
supone que existe.
El acto violento del que fue víctima nuestro compañero,
ocurrido en la madrugada del sábado 17 de octubre, no debe quedar impune, exigimos a las
autoridades competentes su pronta solución y asimismo nos solidarizamos con los
capitalinos que demandan mayor seguridad para sus familias.
Tiene la palabra el diputado Jesús Samuel Maldonado
Bautista, hasta por cinco minutos, para el mismo tema.
El diputado
Jesús Samuel
Maldonado Bautista: |
Con su permiso, señora Presidenta:
La inseguridad en el país se ha ciertamente enseñoreado
con lamentables resultados para todos y no podemos de ninguna manera negar la gravedad de
la situación prevaleciente, pero hay que señalar que ésta no es privativa de nuestro
país ni mucho menos el Distrito Federal.
Ningún mexicano desconoce que durante las últimas dos
décadas las condiciones económicas del país se degradaron trayendo como consecuencia
mayor pobreza, desocupación, pérdida de la capacidad adquisitiva del salario, la
concentración de la riqueza en unas cuantas familias sobre todo aquellas cercanas al
círculo del poder político lo que ha conducido a la creación de un ambiente de
inseguridad que todos, absolutamente todos lamentamos.
El crecimiento de la criminalidad ha sido proporcional a
los índices de pobreza, de desocupación, de falta de oportunidades para todos y todo
como fruto de una aplicación de un sistema económico aplicado desde la época de Miguel
de la Madrid, que ha generado, según reportes del Banco de México, la disminución de
los ingresos de los mexicanos, mismos que se han desplomado, como lo informa la prensa
últimamente en un 83%.
Hay que mencionar que en las altas esferas del Gobierno y
en el primer círculo de amigos del Presidente de la República en turno, la
deshonestidad, la corrupción, las relaciones con el crimen y el narcotráfico sentaron
sus bases prostituyendo el ejercicio de la política. Basta ver las páginas de los
periódicos para darnos cuenta de la corrupción generalizada y del escándalo social, la
política económica y la deshonestidad política prevalecientes son, pues, elementos
impulsores de la depauperación de los mexicanos y del incremento del crimen.
Eliminemos las causas que generan éstas, corrijamos las
desviaciones político-económicas, generemos fuentes de empleo, abatamos la pobreza,
eduquemos a nuestro pueblo, castiguemos a los ladrones de cuello blanco y seguramente los
índices de inseguridad en el país disminuirán considerablemente.
A pesar de que conocemos de cuál es el origen de este
problema, hoy pensamos todavía en la implantación de la pena de muerte, no será con
más vigorosas leyes como podrá disminuir este problema, el crimen y la aplicación de
estas rigurosas leyes en las condiciones políticas prevalecientes fácilmente pudieran
dar oportunidad a que se aplicara la pena de muerte pero fundamentalmente a los disidentes
políticos como lo fueron el líder campesino Rubén Jaramillo o los de Luis Donaldo
Colosio, Francisco Ruiz Massieu, Ovando o GiI Heraldes, cuyas muertes fueron disfrazadas
de asesinatos comunes.
Si no disminuimos los índices de pobreza no vamos a bajar
éste y eliminar el problema social, no podemos distraer a la atención pública con
situaciones de esta naturaleza, encontremos a las verdaderas causas que han impulsado el
crimen y éstas podrán ser eliminadas de fondo.
Luis Donaldo Colosio, Javier Ovando, ciertamente no fueron
condenados por un juez pero fueron condenados por el poder político, solamente
castigando, eliminando los índices de pobreza, de desempleo, podremos abatir los índices
de inseguridad en nuestro país.
Señora Presidenta, si me permites una digresión quisiera
indicarles que ayer, 19 de octubre, se cumplió un año más de la desaparición del
general Lázaro Cárdenas, visionario mexicano siempre preocupado por el desarrollo de
nuestro país pero sustentado en la independencia y en la soberanía nacional. Su firme
convicción y honradez política en la defensa permanente... de los intereses
nacionales...
1266,1267,1268
Permítame el señor orador.
Esta Presidencia exhorta a todos los diputados a que
mantengan el orden durante la sesión.
El diputado
Jesús Samuel Maldonado
Bautista: |
Gracias...
¿Sí, diputado?.. Un momento... ¿Con que objeto,
diputado?..
El diputado
José Armando Jasso Silva
(desde su curul): |
Para hacer una pregunta al orador, señora
Presidenta.
Orador, ¿acepta usted la intervención del diputado?
El diputado
Jesús Samuel Maldonado
Bautista: |
Con todo gusto después de que termine este párrafo.
Su firme convicción -y me refiero a Lázaro Cárdenas-, y
su honradez política en la defensa permanente de los intereses nacionales, le ha dado un
lugar de respeto y admiración como uno de los mejores mexicanos de este siglo; su
doctrina es herencia para todos los que anhelamos un México más próspero e
independiente. Ojalá podamos seguir su ejemplo.
El diputado que pidió el uso de la palabra.
El diputado
José Armando Jasso Silva
(desde su curul): |
Diputado orador:
Este debate era en torno a la delincuencia que hay en la
Ciudad de México, ¿usted considera entonces que por los antecedentes que ya hubo en la
Ciudad de México, es imposible que el Gobierno actual pueda erradicar los índices de
violencia que suceden actualmente?
El diputado
Jesús Samuel Maldonado
Bautista: |
Me extraña que no tenga usted mismo una respuesta a
esto, compañero diputado.
Sí, aunque usted se ría. Hemos indicado y si quieren
recurrir a las estadísticas oficiales del Banco Nacional de México que tiene mucha
identificación con el Gobierno de la República, con el Partido Revolucionario
Institucional, se van a dar cuenta que hace 20 años la criminalidad en el país no estaba
en estas condiciones y que ha sido la pobreza uno de los factores elementales para que
esta incidencia se dé.
Si nosotros combatimos la pobreza, si eliminamos las causas
que dan origen a la miseria del pueblo mexicano, tenga usted la certeza de que el crimen
en el Distrito Federal, que no es privativo nada más de esta capital, se va a reducir...
Como ejemplo pudiera yo indicarle que hay dos capitales en
esta América Latina que son de más alto riesgo e inseguridad. Uno de ellos es Bogotá,
que tiene características muy semejantes al Distrito Federal y que en Colombia como en
nuestro país, estos índices son elevados, pero la miseria que reina en Colombia es
similar a la que reina en nuestro país. Los problemas sociales que ha generado la
pobreza, compañero diputado, han inducido en levantamientos armados y han incidido
también en la falta de seguridad nacional.
Vamos corrigiendo estos efectos, vamos cambiando una
política económica que le ha dañado sustancialmente al pueblo de México y entonces
veremos resultados que a todos nos dejarán complacidos. Ojalá que mi respuesta le
satisfaga.
Muchas gracias.
¿Con qué objeto, señor diputado Padilla?..
El diputado
Enrique Padilla Sánchez
(desde su curul): |
Para una pregunta al orador, señora Presidenta.
Señor orador, ¿acepta usted la pregunta del
diputado Padilla?
El diputado
Jesús Samuel Maldonado
Bautista: |
Adelante, compañero.
El diputado
Enrique Padilla Sánchez
(desde su curul): |
Gracias, señor orador.
Usted nos ha dicho aquí toda una serie de exposiciones, yo
tengo algunas dudas, quizá usted nos las pudiera resolver.
Primero, es cierto que en esa ciudad hay una pugna entre el
señor Hertz Manero y el señor Samuel del Villar. ¿Como afecta al resultado de la
justicia en esa ciudad?
El diputado
Jesús Samuel Maldonado
Bautista: |
Bueno, pues yo creo que su pregunta, compañero
diputado, está equivocada; debiera usted de preguntársela directamente a los
involucrados, ¿si?
A mí pregúnteme de acciones importantes; es decir, yo
creo que totalmente equivocada esta su pregunta.
Tiene la palabra el diputado Genaro Alanís de la
Fuente, para el mismo tema, hasta por cinco minutos.
El diputado
Genaro Alanís de la Fuente: |
Con su permiso, diputada Presidenta:
Los diputados del grupo parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional apoyamos el planteamiento hecho por el diputado Fernando
Castellanos Pacheco, del Partido Acción Nacional, en el sentido de proteger la integridad
física de la comunidad que trabajamos en estas instalaciones del honorable Congreso de la
Unión.
Es inaceptable que se cometan actos delictivos tan
reprochables como lo que le ocurrió al diputado Antonio Prats, del Partido de la
Revolución Democrática y lo sucedido el viernes por la noche al diputado Jeffrey Jones
Jones, del Partido Acción Nacional.
Estamos enclavados en una de las zonas más peligrosas de
la ya insegura Ciudad de México, demandamos desde esta tribuna a quienes tienen la
responsabilidad de darle seguridad a los titulares de los poderes públicos, que actúen
en consecuencia, porque no aceptarnos que trabajadores de la Cámara y diputados sigan
siendo víctimas de estos actos vandálicos que tienen en verdadera sicosis colectiva a
los habitantes de la Ciudad de México.
Muchas gracias.
Continúe la Secretaría.
INFORMES DE LABORES
El
secretario Saúl Solano Castro: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 93 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 23 de la Ley Orgánica de la
Administración Publica Federal, me permito enviar a ustedes el informe de labores de la
Secretaría de Gobernación, correspondiente al periodo 1997-1998.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y
distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 9 de octubre de 1998.- Por acuerdo del
Secretario.- El director general de gobierno, Sergio Orozco Aceves.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 93 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 23 de la Ley Orgánica de la
Administración Publica Federal, me permito enviar a ustedes, el informe de labores de la
Secretaría de Comunicación y Transportes, correspondiente al periodo 1997-1998.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y
distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 13 de octubre de 1998.- Por acuerdo del
Secretario.- El director general de gobierno, Sergio Orozco Aceves.»
Remítanse a los grupos parlamentarios para su
conocimiento.
ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA
El secretario
Luis David Gálvez Gasca: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a ésta
de Gobernación, a fin de solicitar la cancelación del permiso que le fuera concedido por
el honorable Congreso de la Unión, al ciudadano Fernando Gómez Trujillo, para prestar
sus servicios como asistente de beneficios federales, dentro del territorio nacional al
gobierno de los Estados Unidos de América, teniendo como lugar de trabajo el Consulado
General de ese país en Guadalajara, Jalisco.
Por lo anterior, me permito anexar copia de la carta del
interesado en que solicita se realice el trámite correspondiente.
Agradezco a ustedes su atención a la presente
reiterándoles la seguridad de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 12 de octubre de 1998.- Por acuerdo del
Secretario.- El director general de gobierno, Sergio Orozco Aceves.»
Recibo y túrnese a las comisiones de Gobernación y Puntos
Constitucionales de la Cámara de Diputados y de Puntos Constitucionales de la Cámara de
Senadores, para su conocimiento.
PRESTAR
SERVICIOS EN
REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS
La secretaria
Cecilia Eulalia López
Rodríguez: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a ésta
de Gobernación, a fin de solicitar se tramite ante el honorable Congreso de la Unión, el
permiso a que se refiere la fracción II apartado C, del artículo 37 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas que se citan a
continuación, puedan prestar sus servicios en los gobiernos extranjeros que se mencionan:
1269,1270,1271
Delegación de la Comisión Europea en México: Gabriela
Sparrowe Pons, contador; Ingeborg Sáinz Carrillo, secretaria; Andrea Martínez Ampudia,
adjunta al servicio de documentación e información.
Embajada de España en México: Javier Espino Rauda,
chofer-ordenanza; María del Carmen Flores Vázquez, empleada de servicio; Rosa Mónica
Guadarrama Santacruz, secretaria administrativa; María del Rocío Guerra Ordóñez,
secretaria social del embajador; Juan Guevara Reyes, bibliotecario y chofer; María
Guadalupe Huerta Osorio, auxiliar administrativo; Ignacio Linares Zavala, subalterno;
María Nieves Bertha Martínez Villagómez, secretaria del coordinador; Martha Guadalupe
Martínez Villagómez, auxiliar de becas; Erasmo Salvador Ornelas Guido, ordenanza-chofer;
Lilian Ramírez Rojas, auxiliar administrativo; Susana Sil Avilés, administradora; Avel
Valdivia Toscano, empleado de servicio; Trinidad Vázquez Juárez, cocinera; Hortencia
Vélez Vega, empleada de servicio; Rafael Avila Rosales, ordenanza-conductor; Efrén
Hernández Contreras, auxiliar administrativo; Luz Mendoza López, empleado de servicio;
Claudia Elizabeth Niño Zierlein, auxiliar administrativo y José de Jesús Sánchez
Pérez, conductor.
Consulado General de los Estados Unidos de América en
Tijuana, Baja California, Luis Bastida Avila, ingeniero en telecomunicaciones.
Consulado General de los Estados Unidos de América en
Ciudad Juárez, Chihuahua, Víctor Manuel Ochoa Bujanda, personal de limpieza.
Por lo anterior, me permito anexar copias certificadas de
las actas de nacimiento que acreditan la nacionalidad mexicana de dichas personas y los
escritos en que solicitan se realicen los trámites correspondientes.
Agradezco a ustedes su atención a la presente
reiterándoles la seguridad de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 13 de octubre de 1998.- Por acuerdo del
Secretario.- El director general de gobierno, Sergio Orozco Aceves.»
Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales.
COMISIONES DE
TRABAJO
El secretario
Nicolás Jiménez Carrillo: |
«Diputado Felipe de Jesús Preciado Coronado
presidente de la mesa directiva, de la Cámara de Diputados.- Presente.
Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 34, 27
incisos b y d y 45 fracciones I y VI de la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 21 fracción III del Reglamento para el
Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los
artículos 5o. y 9o. del Acuerdo Parlamentario Relativo a las Sesiones, Integración del
Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la
sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar
el siguiente documento signado por el diputado José de Jesús Martín del Campo,
vicecoordinador del grupo parlamentario del PRD, donde solicita cambios en comisiones, lo
anterior para que se le dé el trámite correspondiente.
Que el diputado Pedro Magaña Guerrero sustituya al
diputado Maximiano Barbosa Llamas en la Comisión de Agricultura.
Que el diputado Antonio Soto Sánchez sustituya al diputado
Maximiano Barbosa Llamas en la Comisión de Ganadería.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente.
Palacio Legislativo, México, D.F., a 16 de octubre de
1998.- Enrique León Martínez, secretario técnico de la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara
de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Felipe de Jesús Preciado Coronado, presidente de
la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.
Por este medio le solicita la alta del diputado Pedro
Magaña Guerrero, como miembro de la Comisión de Agricultura, en sustitución del
diputado Maximiano Barbosa Llamas, así como la inclusión del diputado antonio Soto
Sánchez como miembro de la Comisión de Ganadería, en sustitución igualmente del
diputado Barbosa Llamas, lo anterior para los efectos procedentes.
Agradeciendo de antemano su atención, aprovecho la
oportunidad para enviarle un muy cordial saludo.
Atentamente.
México, D.F., a 15 de octubre de 1998.- José de Jesús
Martín del Campo Castañeda, vicecoordinador de proceso legislativo.»
De enterado.
El secretario
Nicolás Jiménez Carrillo: |
«Diputado Felipe de Jesús Preciado Coronado,
presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.
Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 34, 27
incisos b y d y 45 fracciones I y VI de la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21 fracción III del Reglamento para
el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los
artículos 5o. y 9o. del Acuerdo Parlamentario Relativo a las Sesiones, Integración del
Orden del Día, los Debates y Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la
sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar
el siguiente documento signado por el diputado Francisco José Paoli y Bolio,
subcoordinador del grupo parlamentario del PAN, donde solicita cambios en comisiones, lo
anterior para que se le dé el trámite correspondinte.
Que el diputado Roberto Ramírez Villarreal, sustituye al
diputado Rogelio Sada Zambrano, en la Comisión de Hacienda.
Que el diputado Constancio Ríos Sánchez, sustituya al
diputado Roberto Ramírez Villarreal en la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor
de Hacienda.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente.
Palacio Legislativo, México, D.F., a 16 de octubre de
1998.- Enrique León Martínez, secretario técnico de la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara
de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Arturo Núñez Jiménez, presidente de la
Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.- Presente.
Ruego a usted gestionar los siguientes cambios de diputados
en comisiones de nuestro grupo parlamentario:
A Rogelio Sada Zambrano, de la Comisión de Hacienda lo
sustituye, Roberto Ramírez Villarreal.
A Roberto Ramírez Villarreal, de la Comisión de
Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, lo sustituye, Constancio Ríos Sánchez.
Le envío un cordial saludo.
México, D.F., a 16 de octubre de 1998.- Francisco José
Paoli y Bolio, subcoordinador del Partido Acción Nacional.»
De enterado.
REPUBLICA ARGENTINA
El siguiente punto del orden del día es la
discusión y votación del dictamen con proyecto de decreto que concede permiso a la
ciudadana María Julia Carabias Lillo, para aceptar y usar la condecoración que le
confiere el gobierno de la República Argentina.
En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta
Parlamentaria del 14 de octubre, está a discusión el proyecto de decreto.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con
minuta proyecto de decreto, que concede permiso a la ciudadana María Julia Carabias
Lillo, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Mayo al Mérito, en grado de
Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República Argentina.
La comisión considera cumplidos los requisitos legales
necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que
establece la fracción III del apartado C del artículo 37 constitucional, se permite
someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana María
Julia Carabias Lillo, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Mayo al
Mérito, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República Argentina.
Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable
Congreso de la Unión.- México, D.F., a 9 de octubre de 1998.- Diputados: Santiago Creel
Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quiroz Pérez, Alvaro Arceo
Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria,
Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Bernal Martínez, Marcos
Augusto Bucio Mújica, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García
de Quevedo Baeza, Juan Carlos Gómez Aranda, Pablo Gómez Alvarez, Enrique Tito González
Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Tulio Hernández Gómez,
Enrique Jackson Ramírez, José Luis Lamadrid Sauza, J. de Jesús Martín del Campo
Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Porfirio Muñoz Ledo, Armando Neyra Chávez, Rafael
Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José
Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»
No habiendo quien haga uso de la palabra, se pide a la
Secretaría se abra el sistema electrónico por 15 minutos para proceder a la votación
del proyecto de decreto.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que
se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por 15 minutos para tomar la
votación nominal del proyecto de decreto.
(Votación.)
¿Falta algún ciudadano diputado de emitir su voto?
Ciérrese el sistema de votación electrónico.
Se emitieron 341 votos en pro y 23 en contra.
Aprobado el proyecto de decreto por 341 votos.
El secretario
Saúl Solano Castro: |
Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
REINO DE ESPAÑA
El siguiente punto del orden del día es la
discusión y votación del dictamen con proyecto de decreto que concede permiso al
ciudadano Antonino Fernández Rodríguez, para aceptar y usar la condecoración que le
confiere el gobierno de España.
En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta
Parlamentaria del 14 de octubre, está a discusión el proyecto de decreto.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea: en escrito de fecha 24 de septiembre
del año en curso, el ciudadano Antonino Fernández Rodríguez, solicita el permiso
constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de la Encomienda de la
Orden de Isabel la Católica, que le confiere el gobierno de España.
1272,1273,1274
La comisión considera cumplidos los requisitos legales
necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que
establece la fracción III del apartado C del artículo 37 constitucional, se permite
someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Antonino
Fernández Rodríguez, para aceptar y usar la condecoración de la Encomienda de la Orden
de Isabel la Católica, que le confiere el gobierno de España.
Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable
Congreso de la Unión.- México, D.F., a 9 de octubre de 1998.- Diputados: Santiago Creel
Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quiroz Pérez, Alvaro Arceo
Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria,
Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Bernal Martínez, Marcos
Augusto Bucio Mújica, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García
de Quevedo Baeza, Juan Carlos Gómez Aranda, Pablo Gómez Alvarez, Enrique Tito González
Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Tulio Hernández Gómez,
Enrique Jackson Ramírez, José Luis Lamadrid Sauza, J. de Jesús Martín del Campo
Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Porfirio Muñoz Ledo, Armando Neyra Chávez, Rafael
Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José
Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»
No habiendo quien haga uso de la palabra, se pide a la
Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación
del proyecto de decreto.
El secretario
Luis David Gálvez Gasca: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que
se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar
la votación nominal del proyecto de decreto.
(Votación.)
¿Falta algún diputado de emitir su voto?
Ciérrese el sistema de votación electrónico.
Se emitieron 339 votos en pro y dos en contra.
Aprobado el proyecto de decreto por 339 votos.
El secretario
Luis David Gálvez Gasca: |
Pasa al Senado para los efectos constitucionales.
REPUBLICA
ISLAMICA DE PAKISTAN
El siguiente punto del orden del día es la
discusión y votación del dictamen con proyecto de decreto que concede permiso a la
ciudadana Luz María Vértiz Cano, para prestar servicios en la Embajada de la República
Islámica de Pakistán en México.
En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta
Parlamentaria del 14 de octubre, está a discusión el proyecto de decreto.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea: en oficio fechado el 1o. de octubre del
año en curso, la Cámara de Senadores remite el expediente con minuta proyecto de decreto
que concede permiso a la ciudadana Luz María Vértiz Cano, para prestar servicios como
secretaria-bilingüe-traductora, en la Embajada de la República Islámica de Pakistán en
México.
En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión el 8 de octubre, se turnó a la suscrita comisión para su
estudio y dictamen, el expediente relativo.
CONSIDERANDO
a) Que la peticionaria acredita su nacionalidad mexicana
con la copia certificada de su acta de nacimiento;
b) que los servicios que la propia interesada prestará en
la Embajada de la República Islámica de Pakistán en México, serán como
secretaria-bilingüe-traductora y
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la
fracción II del apartado C del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la
consideración de la honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Luz
María Vértiz Cano, para prestar servicios como secretaria-bilingüe-traductora, dentro
del territorio nacional al gobierno de la República Islámica de Pakistán, teniendo como
lugar de trabajo la Embajada de ese país en la Ciudad de México.
Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable
Congreso de la Unión.- México, D.F., a 9 de octubre de 1998.- Diputados: Santiago Creel
Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quiroz Pérez, Alvaro Arceo
Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria,
Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Bernal Martínez, Marcos
Augusto Bucio Mújica, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García
de Quevedo Baeza, Juan Carlos Gómez Aranda, Pablo Gómez Alvarez, Enrique Tito González
Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Tulio Hernández Gómez,
Enrique Jackson Ramírez, José Luis Lamadrid Sauza, J. de Jesús Martín del Campo
Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Porfirio Muñoz Ledo, Armando Neyra Chávez, Rafael
Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José
Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»
No habiendo quien haga uso de la palabra, se pide a la
Secretaría se abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la
votación del proyecto de decreto.
El secretario
Adalberto Antonio Balderrama Fernández: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que
se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
(Votación.)
¿Falta algún diputado de emitir su voto?
Ciérrese el sistema de votación electrónico.
Se emitieron 353 votos en pro y cero en contra.
Aprobado el proyecto de decreto por 353 votos.
El secretario
Adalberto Antonio Balderrama Fernández: |
Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
CONFEDERACION SUIZA
El siguiente punto del orden del día es la
discusión y votación del dictamen con proyecto de decreto que concede permiso a la
ciudadana Micaela Patricia Orozco Reyes, para prestar servicios en la Embajada de Suiza en
México.
En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta
Parlamentaria del 14 de octubre, está a discusión el proyecto de decreto.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea: en oficio fechado el 1o. de octubre del
año en curso, la Cámara de Senadores remite el expediente con minuta proyecto de decreto
que concede permiso a la ciudadana Micaela Patricia Orozco Reyes, para prestar servicios
como secretaria-traductora, en la Embajada de Suiza en México.
En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión, el 8 de octubre se turnó a la suscrita comisión para su
estudio y dictamen, el expediente relativo.
CONSIDERANDO
a) Que la peticionaria acredita su nacionalidad mexicana
con la copia certificada de su acta de nacimiento;
b) Que los servicios que la propia interesada prestará en
la Embajada de Suiza en México, serán como secretaria-traductora, y
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la
fracción II del apartado C del artículo 37 constitucional.
Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la
consideración de la honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Micaela
Patricia Orozco Reyes, para prestar servicios como secretaria-traductora, dentro del
territorio nacional al gobierno de Suiza, teniendo como lugar de trabajo la Embajada de
ese país en la Ciudad de México.
Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable
Congreso de la Unión.- México, D.F., a 9 de octubre de 1998.- Diputados: Santiago Creel
Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quiroz Pérez, Alvaro Arceo
Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria,
Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Bernal Martínez, Marcos
Augusto Bucio Mújica, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García
de Quevedo Baeza, Juan Carlos Gómez Aranda, Pablo Gómez Alvarez, Enrique Tito González
Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Tulio Hernández Gómez,
Enrique Jackson Ramírez, José Luis Lamadrid Sauza, J. de Jesús Martín del Campo
Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Porfirio Muñoz Ledo, Armando Neyra Chávez, Rafael
Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José
Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»
No habiendo quien haga uso de la palabra, se pide a la
Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación
del proyecto de decreto.
La secretaria
Cecilia Eulalia López
Rodríguez: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que
se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar
la votación nominal del proyecto de decreto.
(Votación.)
¿Falta algún diputado de emitir su voto?
Ciérrese el sistema de votación electrónico.
Se emitieron 355 votos en pro y cero en contra.
Aprobado el proyecto de decreto por 355 votos.
La
secretaria Cecilia Eulalia López
Rodríguez: |
Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA (II)
El siguiente punto del orden del día es la
discusión y votación del dictamen con proyecto de decreto que concede permiso a la
ciudadana Laura Patricia Jiménez Zapata, para prestar servicios en el Consulado General
de los Estados Unidos de América en Matamoros, Tamaulipas.
En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta
Parlamentaria del 14 de octubre, está a discusión el proyecto de decreto.
1275,1276,1277
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea: en oficio fechado el 1o. de octubre del
año en curso, la Cámara de Senadores remite el expediente con minuta proyecto de decreto
que concede permiso a la ciudadana Laura Patricia Jiménez Zapata, para prestar servicios
como asistente en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Matamoros,
Tamaulipas.
En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión, el 8 de octubre se turnó a la suscrita comisión para su
estudio y dictamen, el expediente relativo.
CONSIDERANDO
a) Que la peticionaria acredita su nacionalidad mexicana
con la copia certificada de su acta de nacimiento;
b) Que los servicios que la propia interesada prestará en
el Consulado General de los Estados Unidos de América en Matamoros, Tamaulipas, serán de
carácter administrativo y
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la
fracción II del apartado C del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la
consideración de la honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Laura
Patricia Jiménez Zapata, para prestar sus servicios como asistente dentro del territorio
nacional, al gobierno de los Estados Unidos de América, teniendo como lugar de trabajo el
consulado de ese país en Matamoros, Tamaulipas.
Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable
Congreso de la Unión.- México, D.F., a 9 de octubre de 1998.- Diputados: Santiago Creel
Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quiroz Pérez, Alvaro Arceo
Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria,
Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Bernal Martínez, Marcos
Augusto Bucio Mújica, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García
de Quevedo Baeza, Juan Carlos Gómez Aranda, Pablo Gómez Alvarez, Enrique Tito González
Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Tulio Hernández Gómez,
Enrique Jackson Ramírez, José Luis Lamadrid Sauza, J. de Jesús Martín del Campo
Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Porfirio Muñoz Ledo, Armando Neyra Chávez, Rafael
Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José
Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»
No habiendo quien haga uso de la palabra, se pide a la
Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la
votación del proyecto de decreto.
El
secretario Nicolás Jiménez Carrillo: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que
se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar
la votación nominal del proyecto de decreto.
(Votación.)
¿Falta algún diputado de emitir su voto?
Ciérrese el sistema de votación electrónico.
Se emitieron 351 votos en pro y cero en contra.
Aprobado el proyecto de decreto por 351 votos.
El secretario
Nicolás Jiménez Carrillo: |
Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
Esta Presidencia da la bienvenida a estudiantes del
Centro de Estudios Superiores de Educación Rural Luis Hidalgo Monroy, del municipio de
Aceseca Tantoyuca, Veracruz.
El siguiente punto del orden del día es la discusión y
votación del dictamen con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Norma
Alicia Méndez Cárdenas, para prestar servicios en el Consulado General de los Estados
Unidos de América en Matamoros, Tamaulipas.
En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta
Parlamentaria del 14 de octubre, está a discusión el proyecto de decreto.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea: en oficio fechado el 1o. de octubre del
año en curso, la Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de
decreto, que concede permiso a la ciudadana Norma Alicia Méndez Cárdenas, para prestar
servicios como asistente en el Consulado General de los Estados Unidos de América en
Matamoros, Tamaulipas.
En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión, el 8 de octubre se turnó a la suscrita comisión para su
estudio y dictamen, el expediente relativo.
CONSIDERANDO
a) Que la peticionaria acredita su nacionalidad mexicana
con la copia certificada de su acta de nacimiento;
b) Que los servicios que la propia interesada prestará en
el Consulado General de los Estados Unidos de América en Matamoros, Tamaulipas, serán
como asistente y
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la
fracción II del apartado C, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la
consideración de la honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Norma
Alicia Méndez Cárdenas, para prestar sus servicios como asistente dentro del territorio
nacional, al gobierno de los Estados Unidos de América, teniendo como lugar de trabajo el
Consulado de ese país en Matamoros, Tamaulipas.
Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable
Congreso de la Unión.- México, D.F., a 9 de octubre de 1998.- Diputados: Santiago Creel
Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quiroz Pérez, Alvaro Arceo
Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria,
Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Bernal Martínez, Marcos
Augusto Bucio Mújica, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García
de Quevedo Baeza, Juan Carlos Gómez Aranda, Pablo Gómez Alvarez, Enrique Tito González
Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Tulio Hernández Gómez,
Enrique Jackson Ramírez, José Luis Lamadrid Sauza, J. de Jesús Martín del Campo
Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Porfirio Muñoz Ledo, Armando Neyra Chávez, Rafael
Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José
Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»
No habiendo quien haga uso de la palabra, se pide a la
Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la
votación del proyecto de decreto.
El secretario
Mario Elías Moreno Navarro: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que
se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por cinco minutos, para
tomar la votación nominal del proyecto de decreto.
(Votación.)
¿Falta algún diputado de emitir su voto?
Ciérrese el sistema de votación electrónico.
Se emitieron 335 votos en pro y cero en contra.
Aprobado el proyecto de decreto por 335 votos.
El
secretario Mario Elías Moreno Navarro: |
Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
DIA INTERNACIONAL PARA
LA
ERRADICACION DE LA POBREZA
El siguiente punto del orden del día es el relativo
al Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza.
Tiene la palabra para ese tema, el diputado Juan Cruz
Martínez, del Partido del Trabajo.
El diputado Juan
José Cruz Martínez: |
Con la venia de la Presidencia; compañeras y
compañeros diputados:
Hace una semana exactamente, el martes 13 de octubre del
presente, la Academia Sueca entrego su Premio Nobel de Economía al investigador Amartya
Sen.
Es la primera vez que un economista que critica las
políticas ortodoxas imperantes o sea, las políticas neoliberales recibe un
reconocimiento de esta naturaleza. Los estudios de este investigador se han encauzado al
problema de desarrollo económico y la pobreza.
Algunos datos sobre este investigador son necesarios para
rendirle el homenaje que merece. Por ejemplo, Zent ganó el premio por sus contribuciones
a la investigación de temas fundamentales del bienestar, que ha permitido una mejor
comprensión sobre los mecanismos económicos que provocan hambruna y pobreza.
El párrafo anterior nos sirve para demostrar cómo una
grave realidad se ha apoderado de casi todas las esferas de la sociedad: "la
pobreza". Queremos expresar nuestras ideas al respecto.
En otras ocasiones se ha abordado este asunto en esta
soberanía, ya sea en la comparecencia del Secretario de Hacienda, en la comparecencia del
Secretario de Desarrollo Social o en debates pactados.
El hecho...
Esta Presidencia hace un llamado al orden a esta
Asamblea y pide que se desahoguen los pasillos y que todos los diputados pasen a ocupar
sus curules.
Continúe, señor orador.
El diputado Juan
José Cruz Martínez: |
En otras ocasiones se ha abordado este asuntos en
esta soberanía, ya sea en la comparecencia del Secretario de Hacienda, en la
comparecencia del Secretario de Desarrollo Social o en debates pactados.
El hecho es que no podemos escapar a esta realidad tan
lacerante que no sólo impera en nuestro país, sino que es un fenómeno de impacto
mundial y que crece día con día.
Y hoy que conmemoramos El Día Mundial de la Pobreza,
tenemos que ver como ha disminuido de manera grave el nivel de vida de los mexicanos a
partir del establecimiento de las políticas de corte liberal implantadas a partir de 1982
en México.
De acuerdo a la encuesta ingreso-gasto del INEGI de 1996,
el número de personas que su ingreso per capita es menor a la línea de pobreza, es de
72.2 millones. Si consideramos que el total de los habitantes de México es de 92. 6
millones, nos damos cuenta de una...
1278,1279,1280
Permítame el orador, permítame el orador.
RECESO
La
Presidenta (a las 14:20 horas): |
Se decreta un receso y se cita a la Comisión de
Régimen Interno y Concertación Política tras banderas.
(Receso.)
CLAUSURA Y CITATORIO
Presidencia del
diputado
Felipe de Jesús Preciada Coronado |
(A las 15:10 horas) Con fundamento en lo dispuesto
por el artículo 109 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, esta Presidencia clausura la sesión y se cita para el próximo
jueves 22 a las 10:00 horas.
RESUMEN DE TRABAJOS
*Tiempo de duración: 4 horas.
*Quorum a la apertura de sesión: 335 diputados.
*Comisiones reglamentarias y protocolarias: 2.
*Temas de agenda política: 2.
*Oradores en tribuna: 8
PRI-2; PRD-3; PAN-2; PT-1.
Se recibieron:
*3 oficios del Congreso del Estado de Querétaro;
*1 invitación del Congreso del Estado de Michoacán;
*1 iniciativa del PAN y PRD;
*2 iniciativas del PRD;
*2 iniciativas del PRI;
*2 informes de labores del periodo 1997-1998 de las
secretarías de Gobernación y de Comunicaciones y Transportes;
*1 oficio de la Secretaría de Gobernación, respecto a
ciudadano que dejó de prestar servicios en representación diplomática;
*1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que se
solicita que 25 ciudadanos puedan prestar servicios en representaciones diplomáticas;
*2 comunicaciones de la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política, sobre la integración de comisiones de trabajo.
Se aprobó:
*2 dictámenes con proyecto de decreto para aceptar y usar
condecoraciones que confieren los gobiernos de Argentina y España;
*4 dictámenes con proyectos de decreto que conceden los
permisos para que igual número de ciudadanos puedan prestar sus servicios en
representaciones diplomáticas.
NOTAS
Siglas y abreviaturas incluidas en esta edición: |
CEN |
Comité Ejecutivo Nacional |
D.F. |
Distrito Federal |
INEGI |
Instituto Nacional de Estadística, Geografía
e Informática |
LOPPE |
Ley de Organizaciones Políticas y
Procedimientos Electorales |
PAN |
Partido Acción Nacional |
PRD |
Partido de la Revolución Democrática |
PRI |
Partido Revolucionario Institucional |
1281,1282
|