Presidencia
del diputado
Francisco Javier Reynoso Nuño: |
ASISTENCIA
Ruego a la Secretaría haga del
conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputados,
para conocer si existe el quorum legal reglamentario.
La secretaria
María del Carmen Moreno
Contreras: |
Se informa a la Presidencia que existen
registrados previamente 351 diputados. Por lo tanto, hay quorum, señor Presidente.
El Presidente (a las 11:41 horas):
Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
La secretaria
María del Carmen Moreno
Contreras: |
Se va a dar lectura al orden del día.
«Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias.- Segundo Receso.- Segundo Año.- LVII
Legislatura.
Orden del día
Martes 22 de junio de 1999.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Dictamen a discusión
De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que
reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos. (Discusión en lo general y votación.)»
ACTA
DE LA SESION ANTERIOR
El siguiente punto del orden del día es
la discusión del acta de la sesión anterior.
Ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta,
tomando en consideración que le ha sido entregada copia de la misma a los coordinadores
de los grupos parlamentarios, para sus observaciones y se procede a su votación.
El secretario
Víctor Armando Galván
Gascón: |
Por instrucciones de la Presidencia se
consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior,
tomando en consideración que le ha sido entregada copia de la misma a los coordinadores
de los grupos parlamentarios, para sus observaciones y se procede a la votación.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la
lectura.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el
jueves diecisiete de junio de mil novecientos noventa y nueve, correspondiente al Primer
Periodo de Sesiones Extraordinarias del Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la
Quincuagésima Séptima Legislatura.
Presidencia del
diputado
Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas Arreola: |
En la capital de los Estados Unidos
Mexicanos, a las once horas con cuarenta y un minutos del jueves diecisiete de junio de
mil novecientos noventa y nueve, con la asistencia de trescientos noventa y dos diputados,
el Presidente declara abierta la sesión.
La Secretaría da lectura al orden del día y
la Asamblea aprueba el acta de la sesión anterior en sus términos, en votación
económica.
Se dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el artículo ciento quince de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se concede el uso de la palabra
a la diputada Antonia Mónica García Velázquez, del Partido Revolucionario
Institucional, quien propone modificaciones a los considerandos y al texto del proyecto de
decreto.
Desde sus respectivas curules, hacen consideraciones los diputados Pablo Gómez Alvarez y
Fidel Herrera Beltrán, así como el diputado Bátiz Vázquez, para solicitar se le
conceda el uso de la palabra para proponer una adición al dictamen.
La Asamblea, en votación económica, considera la proposición de la diputada García
Velázquez como de urgente resolución y el dictamen, con las modificaciones propuestas,
se somete a discusión.
Nuevamente desde su curul, el diputado Bernardo Bátiz Vázquez, solicita el uso de la
palabra, a fin de presentar una adición al dictamen.
El diputado Gutiérrez González, desde su curul, hace aclaraciones respecto a la forma en
la que debe discutirse el dictamen y el Presidente concede el uso de la palabra al
diputado Bernardo Bátiz Vázquez, del Partido de la Revolución Democrática, quien hace
una proposición de reformas al texto del dictamen. La Asamblea la desecha por doscientos
sesenta y ocho votos en contra y ciento treinta y dos en pro.
Sube a la tribuna diputado Juan José Cruz Martínez, del Partido del Trabajo, quien a su
vez presenta proposiciones respecto al dictamen. Se desechan en votación económica.
Solicita y se concede el uso de la palabra a la diputada María de la Luz Núñez Ramos,
del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proposiciones. Se desechan en
votación económica.
Hace uso de la palabra el diputado José Luis Sánchez Campos, del Partido de la
Revolución Democrática, quien hace una propuesta y el diputado Ramírez Pech, desde su
curul, propone una moción de orden. Se desecha en votación económica.
Desde su curul, el diputado José del Carmen Enríquez Rosado, pide a la Presidencia
aclaraciones respecto al sentido de los procedimientos y el Presidente hace las
aclaraciones pertinentes.
Se somete a discusión en lo general y en lo particular el dictamen, con la adición
aprobada por el pleno y para fundamentar el criterio de sus respectivos grupos
parlamentarios, hacen uso de la palabra los diputados:
Aurora Bazán López, del Partido Verde Ecologista de México, en pro;
Presidencia de
la diputada
Bertha Hernández Rodríguez: |
Ricardo Cantú Garza, del Partido del
Trabajo, en pro; Juan Marcos Gutiérrez González, del Partido Acción Nacional, en pro;
Presidencia del
diputado
Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas Arreola: |
José del Carmen Enríquez Rosado, del
Partido de la Revolución Democrática, en pro y Martha Sofía Tamayo Morales, del Partido
Revolucionario Institucional, en pro.
Hablan sobre el mismo dictamen, los diputados: José Luis Sánchez Campos, del Partido de
la Revolución Democrática y José de Jesús Martín del Campo Castañeda, del mismo
grupo parlamentario, quien hace diversas proposiciones, que se desechan en votación
económica.
Debaten los diputados Baldemar Dzul Noh, del Partido del Trabajo, en contra y en pro,
María Antonia Durán López, del Partido Acción Nacional; Miguel Antonio Rubiano Reyna,
del Partido Revolucionario Institucional, en pro.
La Asamblea considera que el dictamen está suficientemente discutido en lo general y en
lo particular, con las propuestas aceptadas.
Se procede a la votación del proyecto de decreto, mismo que se aprueba por trescientos
ochenta y siete votos en pro y diecisiete en contra. Se turna al Senado de la República,
para los efectos constitucionales.
Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la
próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las quince horas con veintidós
minutos, citando para la que tendrá lugar el martes veintidós de junio de mil
novecientos noventa y nueve, a las diez horas.»
Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación
económica se pregunta si se aprueba.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada,
señor Presidente.
Gracias, señor Secretario.
RECESO
El Presidente (a
11:43 horas): |
Esta Presidencia, en uso de las
facultades que le confiere el artículo 27 de la Ley Orgánica del Congreso General y el
artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior y para el debido cumplimiento de los
asuntos que integran el orden del día, decreta un receso hasta por 15 minutos. Se ruega a
los diputados permanecer en el salón.
(Receso.)
(A las 14:12 horas) Se reanuda la sesión.
Vamos a dar inicio a la continuación de la sesión.
Le pedimos y se le instruye a la Secretaría para que se cierre el sistema electrónico de
asistencia
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
Se instruye a la Oficialía Mayor para
que se cierre el sistema electrónico de asistencia.
LEY
ORGANICA DEL CONGRESO
GENERAL DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS
El siguiente punto del orden del día es
la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. En virtud de que se
encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria del día 20 de junio, consulte la
Secretaría si se le dispensa la lectura al dictamen.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la
lectura al dictamen.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de
Diputados.
Honorable Asamblea: a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias fueron
turnadas para su estudio y dictamen 13 iniciativas para reformar, adicionar o derogar
diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos y otras disposiciones complementarias, las cuales se enuncian a continuación:
1. Iniciativa de reformas a los artículos 38 al 45 de la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 28 de abril de 1998 por el diputado
Américo A. Ramírez Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
2. Iniciativa de reformas y adiciones a diversos artículos de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 30 de abril de 1998 por
los diputados Sergio César Jáuregui Robles y Pablo Gómez Alvarez, a nombre de los
grupos parlamentarios de los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y
del Trabajo.
137,138,139
3. Iniciativa de reformas a diversos
artículos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos,
presentada el 30 de abril de 1998 por la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, a nombre
de diputadas y diputados de los grupos parlamentarios que integran la LVII Legislatura.
4. Iniciativa que adiciona un cuarto párrafo al artículo 93 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; reforma los artículos 52 y 55 de la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; adiciona un Capítulo VI
al Título Tercero de esa misma ley y adiciona un párrafo cuarto al artículo 16 del
Código Federal de Procedimientos Penales, presentada el 29 de octubre de 1998 por los
diputados Margarita Pérez Gavilán Torres y Abelardo Perales Meléndez, del grupo
parlamentario del Partido Acción Nacional.
5. Iniciativa de reformas a los artículos 29 inciso o y 72 inciso o de la Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 29 de octubre de 1998
por el diputado Juan José García de Alba Bustamante, del grupo parlamentario del Partido
Acción Nacional.
6. Iniciativa de reformas a la fracción III del artículo 45 de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y que deroga la fracción III del
artículo 33 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos, presentada el 19 de noviembre de 1998 por el diputado Rubén Alfonso
Fernández Aceves, a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
7. Iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, presentada el 12 de diciembre de 1998 por la diputada Sara
Velázquez Sánchez, a nombre de la Comisión de Equidad y Género.
8. Iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, para la creación de una comisión ordinaria de protección
civil, presentada el 14 de diciembre de 1998 por el diputado Enrique Tito González
Isunza, a nombre de la Comisión de Protección Civil.
9. Iniciativa de reformas a la fracción ll
del artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos,
presentada el 7 de abril de 1999 por la diputada Gloria Lavara Mejía, a nombre del grupo
parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
10. Iniciativa que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, deroga el artículo 52 y adiciona una Sección Primera al Capítulo V
del Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos, denominado "De las comisiones investigadoras" (artículo 58 a 58J),
presentada el 8 de abril de 1999 por el diputado Jorge Alejandro Jiménez Taboada, a
nombre del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
11. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de los títulos Primero y Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General
de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 22 de abril de 1999 por el diputado Sergio
César Alejandro Jáuregui Robles, a nombre de integrantes de los grupos parlamentarios de
los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática.
12. Iniciativa de adiciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos, presentada el 30 de abril de 1999 por el diputado Javier Corral Jurado, a
nombre de integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
13. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 26 de mayo de 1999 por
el diputado Rafael Oceguera Ramos, a nombre de diputados del grupo parlamentario del
Partido Revolucionario Institucional.
Las iniciativas anteriores constituyen una sólida muestra del interés que los diputados
de esta legislatura han tenido en torno a muy diversos temas relacionados con la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito
fundamental de adecuar las normas que rigen dichos supuestos a las condiciones y
necesidades políticas del México actual.
El interés en esta reforma condujo, incluso,
a que en esta misma comisión dictaminadora se formulara y aprobara el 7 de diciembre de
1998 el dictamen sobre reformas propuestas a los títulos Primero y Segundo de la Ley
Orgánica del Congreso, que recogía la mayor parte de las propuestas que diputados de los
grupos parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática, del Partido Acción
Nacional y del Partido del Trabajo presentaron el 30 de abril de 1998. También, como es
del conocimiento de esta Asamblea, se formuló un voto particular por parte de algunos
diputados del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional que forman
parte de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. El dictamen no obtuvo el
voto aprobatorio de esta Asamblea y los proponentes del voto particular decidieron
retirarlo.
Como es del conocimiento de este pleno, la citada Comisión Permanente convocó a un
periodo de sesiones extraordinarias del Poder Legislativo Federal mediante el decreto que
aparece publicado en el Diario Oficial de la Federación del 27 de mayo último y en cuyo
artículo 2o. se establece, entre otros, como asunto a ventilarse, las reformas a la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Habiéndose abierto el presente periodo de sesiones extraordinarias del día 31 del mes de
mayo anterior y con fundamento en lo previsto por los artículos 42; 43 fracción IV; 50 y
56 de la propia Ley Orgánica del Congreso, nos permitimos someter a la consideración de
ustedes el presente dictamen, con base en los antecedentes y las consideraciones que
exponemos a continuación:
Con fecha 6 de diciembre de 1977 se adicionó el artículo 70 de la Carta Magna, a fin de
establecer que la normatividad sobre estructura y funcionamiento de las cámaras del
Congreso de la Unión serían objeto de una ley, misma que conforme a una tradición de
autonomía del Poder Legislativo no podría ser objeto de observaciones por parte del
Presidente de la República ni requeriría de la promulgación de dicho servidor público
de la Federación.
En atención a la nueva disposición constitucional, en 1979 se expidió la vigente Ley
Orgánica del Congreso General, que contempló la ubicación de sus preceptos en cuatro
títulos, relativos al Congreso de la Unión, a la Cámara de Diputados, al Senado de la
República y a la Comisión Permanente, respectivamente. El ordenamiento fue objeto de una
revisión y reforma integral en julio de 1994.
Es de señalarse que el ordenamiento aludido, así como las reformas mencionadas,
respondieron al impulso de las determinaciones del Constituyente Permanente para la
integración misma de las cámaras y, también, de las facultades que les competen. Es
conocido que a partir de 1977 y aplicada por primera vez en 1979, la Cámara de Diputados
ha debido su integración a un sistema electoral que combina el principio de la mayoría
relativa y el principio de la representación proporcional; a su vez, es a partir de 1993
que en la Cámara de Senadores se combina, -para efectos de su integración-, el principio
de mayoría relativa con el principio de la representación de la primera minoría en cada
entidad federativa, a lo que a partir de 1996 se agregó también el principio de
representación proporcional para elegir a la cuarta parte de los integrantes del Senado
de la República.
Por decisiones sucesivas del Constituyente Permanente, nuestro sistema electoral garantiza
la presencia en el Congreso de las opciones que, sin necesidad de alcanzar la mayoría
relativa en un distrito uninominal o en una entidad federativa, cuentan con una
representatividad suficiente para llevar su voz, opiniones y propuestas a los órganos
legislativos de la Unión.
Es lógico que las adecuaciones normativas que conducen a una composición plural de las
cámaras del Congreso de la Unión, hagan de la diversidad y el intercambio de
planteamientos que implica, la génesis de propuestas para revisar la forma de
organización y los modos de proceder de los cuerpos que integran el propio Poder
Legislativo.
En particular, durante esta LVII Legislatura, los grupos parlamentarios conformados al
interior de la Cámara de Diputados han sostenido un muy amplio y variado diálogo sobre
las modificaciones que requiere la Ley Orgánica del Congreso y, en particular, el título
que rige las actividades de este pleno, la constitución de los órganos a partir del
mismo y los servicios de carácter técnico y administrativo que son indispensables para
el cumplimiento de nuestras funciones constitucionales.
Luego de casi dos años de experiencias en
esta legislatura federal, desde luego sin demérito de los compañeros diputados que
cuentan con la actuación en legislaturas precedentes, podemos prácticamente afirmar que
los preceptos contenidos en el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso acusan no
sólo insuficiencias, sino también deficiencias para dar cauce a fenómenos de hoy en el
desarrollo de las tareas que competen a la Cámara de Diputados.
Tan sólo por mencionar algunas de estas cuestiones, podemos destacar que en virtud de las
reformas constitucionales en materia de declaración de validez de las elecciones de
diputados llevadas a cabo en 1993, el colegio electoral de la Cámara que se constituía
para dichos efectos pasó a la historia. Ello entonces nos obliga a reflexionar sobre la
necesidad y conveniencia de sostener la comisión instaladora de la legislatura que
culmina su mandato, cuando los integrantes de la que la renueva son ya diputados electos y
están facultados para entrar plenamente en ejercicio al inicio del mandato constitucional
correspondiente.
Si bien en su momento el principio de rotación mensual de la presidencia de la mesa
directiva tendía a propiciar un desempeño imparcial de sus integrantes, sobre la base de
que durante un periodo limitado de tiempo, la Cámara les pedía una actuación en ese
sentido para asegurar que el debate, las deliberaciones y las votaciones se dieran en un
ambiente propicio para ello, con la concepción de la elección de tanto vicepresidentes
como grupos parlamentarios y la rotación por sesión de presidente y vicepresidentes para
dirigir los procedimientos del pleno, se incurrió en situaciones donde la dirección
parlamentaria tendía a defender más el interés partidario que el estrictamente derivado
del orden constitucional, así como la enorme dificultad de adquirir experiencia en tan
delicadas tareas, por actuaciones verdaderamente efímeras. Estas reflexiones propician no
sólo la evolución de nuestros pensamientos hacia mecanismos que permitan consolidar
principios de legalidad e imparcialidad para la conducción de las labores parlamentarias
del pleno, sino también para impulsar una duración mayor en el desempeño de esas
tareas.
Un tema que se manifestó desde el inicio de la legislatura como de urgente solución fue
el relativo a los servicios de apoyo en la Cámara de Diputados. No sólo la regulación
que contiene la Ley Orgánica del Congreso General se limita a mencionar indirectamente el
establecimiento de ciertas oficinas encargadas de brindar servicios administrativos a la
legislatura, sino que inclusive se carece de precisiones sobre la estructura u
organización misma de esos servicios. Se recordará que en virtud de las atribuciones del
órgano proponente de sus titulares, conocemos que la voluntad del legislador es de que
exista una oficialía mayor y una tesorería general, cuyas líneas de dependencia y
funciones, en gran parte, están ausentes y en parte son objeto de menciones realmente
accesorias. Por otro lado, a partir de la reforma de 1994, se determinó que la mesa
directiva contaría con un cuerpo técnico de apoyo, que suponemos atiende cuestiones
relacionadas con la preparación y conducción de las sesiones. Sin embargo, la
normatividad es laxa y no ha sido objeto de un desarrollo específico al interior de la
Cámara.
Es necesario que en el ordenamiento se considere la expresión de los órganos encargados
de brindar servicios técnicos y administrativos, las líneas de dependencia y
vinculación con los órganos de legisladores y las funciones que deberán desarrollar
para que la Cámara pueda dar cabal cumplimiento a sus funciones constitucionales.
Como se ha señalado en el proemio de este documento, se han presentado diversas
iniciativas para modificar las disposiciones que rigen la organización de esta Cámara de
Diputados, cuyas propuestas de articulado han guiado, dada su naturaleza integral con
respecto al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso, el diálogo con los miembros
de esta Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para formular el presente
dictamen. Al hacer el análisis correspondiente, quienes suscribimos podemos concluir que
existen importantes semejanzas y algunos planteamientos que prácticamente son
coincidentes en la propuesta de soluciones a los problemas que presenta una normatividad
que ha sido rebasada por el tiempo y las circunstancias mismas del desarrollo político
del país.
140,141,142
Así, por ejemplo, en diversos proyectos
anteriormente enunciados se plantea la introducción a nuestras instituciones
parlamentarias de la llamada mesa de decanos, como órgano que tiene la tarea de conducir
los procedimientos durante la sesión constitutiva de la nueva legislatura, a partir de
considerar que la vigente comisión instaladora, integrada por diputados de la legislatura
a punto de concluir sus funciones, ya no tiene razón de ser con el sistema vigente para
declarar la validez de la elección de los diputados federales y la connotación de
diputados electos que adquieren quienes obtienen su constancia de mayoría en cada
distrito electoral uninominal o cuya incorporación al cuerpo colegiado está sustentada
en la constancia de asignación de diputados de representación proporcional.
También es de destacarse que luego de la modificación hecha a la fracción I del
artículo 74 constitucional y del nuevo texto del artículo 99 de la propia Carta Magna
para incorporar la función del contencioso electoral al Poder Judicial de la Federación,
resulta indispensable comprender el sentido estricto de la atribución de la Cámara de
Diputados en la elección del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Por mucho tiempo
correspondió a esta Asamblea llevar a cabo la calificación de los comicios para elegir
al Ejecutivo de la Unión. Ahora que la función de formular la declaración de validez de
la elección presidencial corresponde al Tribunal Electoral, a la Cámara de Diputados
sólo le compete expedir el bando solemne que da publicidad formal a la declaratoria de
presidente electo del órgano jurisdiccional aludido. Es notable que en algunos proyectos
citados se plantea la atención de esta facultad como atribución del presidente de la
Cámara, en un contexto de actuación expedita en el que el pleno no realiza una función
deliberativa y mucho menos resolutiva.
También es de resaltarse la coincidencia que subyace en el propósito de revisar la
estructura actual de comisiones ordinarias, a partir de la convicción de fortalecerlas
como instancias de instrucción y preparación de las funciones que corresponden al pleno,
mediante la consolidación de sus diversas tareas. En particular, se intenta superar una
concepción deficiente del actual ordenamiento, al privilegiar la denominación de
comisión y no la naturaleza de las funciones y ubicar a la vigente Comisión de Régimen
Interno y Concertación Política como una comisión ordinaria y no como el órgano de
dirección política que en realidad es. En este ámbito, el órgano a que se hace
referencia pasa a ser, en el proyecto de decreto contenido en el presente dictamen, objeto
de un capítulo específico, sin quedar subsumido en la enunciación de las demás
instancias en que se divide el trabajo de preparación y propuesta de resoluciones para su
discusión y votación en el pleno.
Si bien en las diversas iniciativas se formulan algunas propuestas para introducir nuevos
supuestos o modificar artículos de otros títulos distintos al de la Cámara de Diputados
en la Ley Orgánica del Congreso, como por ejemplo, disposiciones de disciplina de los
legisladores o del canal parlamentario, en nuestra opinión y por tratarse de cuestiones
que requieren del diálogo y la búsqueda de entendimientos no sólo entre grupos
parlamentarios de una sola Cámara, sino entre esta Cámara de Diputados y el Senado de la
República, se ha considerado pertinente que el presente esfuerzo para la concepción de
este proyecto de decreto se concentre en el Título Segundo. Sin embargo, habrán de
buscarse los entendimientos necesarios para que estas propuestas sean consideradas en una
reforma integral a la Ley Orgánica del Congreso.
Asimismo, no pasa inadvertido a los integrantes de esta Asamblea que en el Senado de la
República se han presentado iniciativas para modificar no sólo el Título Tercero de la
Ley Orgánica del Congreso, correspondiente a la organización de ese órgano colegiado,
sino que incluso se contempla la revisión integral del Título Primero, relativo al
Congreso General; la revisión de los preceptos del Título Cuarto, referente a la
Comisión Permanente; y la adición de una serie de preceptos que podrán clasificarse de
la siguiente forma:
a) Procedimientos de las cámaras o formas de conocer y atender las cuestiones de su
competencia;
b) Normas relacionadas con el estatuto personal de los legisladores y
c) Transferencias específicas de algunas de las disposiciones vigentes del Reglamento
para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, como el
ceremonial, el Diario de los Debates y de la Tesorería General.
Toda vez que las iniciativas que obran en la Cámara de Senadores contienen un mayor
número de preceptos relacionados con el Congreso General, la Comisión Permanente o
disposiciones aplicables en ambas cámaras, esta comisión dictaminadora ha establecido un
intercambio formal de impresiones con la comisión homóloga del Senado de la República,
habiéndose considerado la pertinencia de celebrar reuniones en conferencia que permitan
el conocimiento puntual de las propuestas y opiniones que en cada Cámara merece la
revisión de disposiciones o la emisión de preceptos que no se refieren exclusivamente a
una de las cámaras.
A partir de las similitudes y de las coincidencias de las iniciativas presentadas a esta
comisión y con el ánimo de aliviar y superar los problemas que para el funcionamiento de
la Cámara presenta el ordenamiento vigente, en el seno de esta comisión dictaminadora se
han realizado una serie de análisis y de propuestas tendientes a construir los
entendimientos y acuerdos necesarios para la aprobación de nuevas normas destinadas a
regir la organización de esta Cámara de Diputados.
De la sesión constitutiva
Hábida cuenta de la similitud de los planteamientos formulados en algunas de las
iniciativas, para la integración y actuación de la llamada mesa de decanos, que sería
encabezada por el diputado federal que habiendo sido antes legislador federal, tuviera la
mayor antigüedad de entre los miembros de la nueva legislatura, se estimó que la
naturaleza de sus funciones requería de la selección de sus integrantes con criterios
independientes a la connotación de la filiación partidaria de cada diputado. Es decir,
se ha establecido que impere el criterio de la antigüedad como legislador y, en caso de
empate, el del mayor número de veces como miembro del Poder Legislativo; de no
distinguirse aún a los integrantes, se propone como un tercer criterio el de la edad,
para definir esa responsabilidad o la de cualquier otro integrante de la mesa de decanos.
Cabe aclarar que este último criterio también serviría para determinar a los miembros
de la propia mesa de decanos, en el caso de que ningún integrante de la legislatura se
hubiere desempeñado previamente como diputado federal o senador de la República.
Por otra parte, se estimó que si los vicepresidentes de la mesa de decanos debieran
seleccionarse a razón de un cierto número por grupo parlamentario, existiría el riesgo
de que su función tomara un tinte de interés meramente partidista. Como la mesa de
decanos cumple esencialmente una función de servicio al pleno y a los diputados electos
que lo integran, sin demérito de que en la mesa de decanos procure reflejarse la
pluralidad de la Cámara, el criterio para integrarla no debe basarse en las filiaciones
de partido. La sesión constitutiva se celebraría el 29 de agosto del año
correspondiente a la renovación de la Cámara de Diputados a partir de las 11:00 de la
mañana, previa recepción e integración de la documentación que acredite a los
diputados electos en los comicios de que se trate, en el ámbito de la Secretaría General
de la Cámara.
De conformidad con los precedentes de nuestro derecho parlamentario, se trataría de una
sesión de las llamadas de objeto preciso, toda vez que no se ha iniciado el mandato de
los nuevos diputados y corresponde únicamente que lleven a cabo los pasos
constitucionales y legales necesarios para dar inicio a la gestión para la que fueron
electos. Así, en esta sesión, se acreditaría el quorum necesario para celebrarla; se
establecería a quiénes corresponde fungir en la mesa de decanos; sus integrantes
rendirían la protesta constitucional de rigor; se otorgaría la protesta constitucional
por el resto de los integrantes de la legislatura; se elegiría a los miembros de la mesa
directiva y se designarían las comisiones de cortesía para la sesión de Congreso
General del 1o. de septiembre.
En este capítulo también se incluiría la previsión normativa de que corresponderá al
presidente de la mesa directiva en funciones recibir la protesta constitucional de los
diputados que con posterioridad a la sesión constitutiva sean llamados al ejercicio del
cargo.
De la mesa directiva
En el proyecto de decreto contenido en el presente dictamen se propone una mesa directiva
garante del imperio de la Constitución y de la ley, que oriente su actuación con
estricto apego a los principios de imparcialidad y de objetividad. Se aspira a que el
órgano de dirección parlamentaria pueda conducirse con una actitud que supere el
interés estrictamente partidario y sirva por igual a todos los integrantes de la
legislatura, sin distingo de filiación política o emblemas por los cuales ha resultado
electo.
En un cuerpo colegiado integrado por pares, donde la igualdad de derechos y obligaciones
es norma esencial de conducta y procederes, resulta particularmente relevante que en las
tareas propias del trabajo en el pleno, a fin de otorgar el uso de la tribuna, dar
trámite a una proposición u ordenar la forma de deliberar y de votar, respondan a
criterios de certidumbre y seguridad jurídica para los propios integrantes del pleno. No
es posible, dado lo intolerable que resultaría, que las premisas de actuación en esas
hipótesis cambiaran o se alteraran en razón del interés que se representa o del grupo
parlamentario al que se pertenece. Por ello, en el proyecto de decreto que contiene este
dictamen se propone consolidar una mesa directiva colocada por encima de los intereses que
legítimamente pueden tener los grupos parlamentarios a los que pertenece, para ubicarse
como la garante del principio de legalidad.
En esta lógica, la presente comisión dictaminadora ha optado por proponer que en la
integración de la mesa directiva no figure, por sí mismo o como elemento determinante
para su composición, la filiación a un determinado partido político y, por ende, la
pertenencia a un grupo parlamentario. Es sabido que hoy nuestra mesa directiva se integra
por un presidente, tantos vicepresidentes como grupos parlamentarios existan en la
Cámara, cuatro secretarios y cuatro prosecretarios. No se niega que de conformidad con la
proporción que de la representación en este cuerpo colegiado tiene cada partido
político, se alientan acuerdos entre grupos parlamentarios para normar el acceso
proporcionado de todas las opciones políticas a los cargos del órgano de dirección
parlamentaria. Hoy, independientemente de la racionalidad política de ese comportamiento,
se ha pensado que un control implícito para la actuación de los integrantes de la mesa
directiva es la presencia garantizada de los grupos parlamentarios en las funciones de la
vicepresidencia.
Sin demérito de la experiencia acumulada, más que este mecanismo interno de equilibrio
entre fuerzas políticas al interior de la mesa directiva, se desea que los integrantes de
la propia mesa asuman su función como de servicio al pleno; como de aliento a la
imparcialidad y a la objetividad, que se basa en el cumplimiento de la ley; y como
legisladores que cuentan con la confianza de sus pares para, salvaguardando la legalidad,
asegurar una conducción parlamentaria del pleno por encima de los intereses partidistas.
Se plantea en este dictamen, a partir del análisis de las propuestas formuladas, que la
mesa directiva de la Cámara se integre por un presidente, tres vicepresidentes y tres
secretarios. Para efectos de promover decididamente su actuación como órgano garante de
la aplicación y cumplimiento estrictos de la Constitución y de las leyes que rigen la
vida interna de la Cámara, se proponen tres elementos novedosos en el ámbito de nuestras
instituciones parlamentarias:
a) Una duración mayor a la actual en el desempeño del encargo;
b) Un sistema de elección de sus integrantes mediante una lista que contenga los nombres
del total de los siete diputados propuestos con sus respectivos cargos, con objeto de
alentar desde el principio de la legislatura los esfuerzos de los grupos parlamentarios
para alcanzar los consensos que contribuyan a fortalecer la autoridad de su propio órgano
de dirección parlamentaria y
c) Una mayoría calificada de dos terceras partes para que el pleno confiera una
responsabilidad de esta naturaleza.
Toda vez que la función primordial de la mesa directiva resultara de enorme trascendencia
para que la Cámara pueda desarrollar cabalmente sus atribuciones, es preciso aspirar a
una mayor estabilidad en el desempeño de los encargos correspondientes. De la hipótesis
hoy vigente, donde en realidad el presidente de la mesa directiva sólo asume esa función
en dos o tres de las sesiones del mes, transitar hacia otras hipótesis de duración de la
mesa directiva implica valorar un amplio margen de posibilidades, que van desde la
duración de un mes hasta la duración de toda la legislatura, considerándose como
opciones intermedias la duración de un periodo de sesiones ordinarias y la duración de
un año de ejercicio legislativo.
143,144,145
Desde luego, hemos considerado que existe
plena coincidencia en la necesidad de establecer un plazo mayor para el desempeño de la
mesa directiva, inclinándonos por el planteamiento que establece la duración del mandato
en un año legislativo, con la posibilidad de reelección de sus integrantes. Se
establecería así un mecanismo que permitiría un lapso de tiempo adecuado para el
desempeño de la mesa y la posibilidad de su renovación o de su reelección, dependiendo
de la valoración que se haga de su actuación a la luz de los principios que la rigen.
Para efectos de renovar o reelegir a la mesa directiva en funciones al término del año
de su mandato, se establece que habrá de celebrarse la correspondiente sesión
preparatoria con anticipación al inicio del primer periodo de sesiones ordinarias del
año de que se trate, a fin de llevar a cabo los procedimientos necesarios para hacer las
designaciones de su competencia. Dicha sesión deberá celebrarse, a más tardar, el día
anterior al comienzo de dicho periodo.
Por otro lado, como ya se mencionó, es importante establecer una mayoría calificada para
la elección de los miembros de la mesa directiva, que proponemos sea de las dos terceras
partes de los individuos presentes, como ocurre para el caso de la aprobación de decretos
sobre adiciones o reformas a la Carta Magna en la Cámara, a fin de que los miembros de la
mesa puedan contar con un amplio respaldo de sus pares en la gestión que están llamados
a realizar.
Como es sabido, a la luz de lo previsto por la fracción IV del artículo 54
constitucional, ningún grupo parlamentario puede contar con más de 300 diputados, lo que
equivale al 60% de los miembros del cuerpo colegiado. Es decir, por sí solo, ningún
grupo parlamentario podría elegir a los integrantes de la mesa directiva. Se requiere
necesariamente que al menos dos grupos parlamentarios concurran en la conformación de
entendimientos necesarios.
No pasará inadvertido que si un grupo parlamentario cuenta con la mayoría absoluta de
los integrantes de la legislatura, no podría culminar la elección de los miembros de la
mesa directiva sin consolidar entendimientos con otras formaciones políticas, pero
también que un grupo político, que por sí solo cuente con el 34% de los integrantes del
pleno, es decir, 170 diputados, podría evitar la elección de miembros de la mesa
directiva que a su juicio no tuvieran una actitud incluyente en la construcción de los
entendimientos necesarios.
Las normas que proponemos para regir esta cuestión parten del supuesto común de todas
las fuerzas políticas por arribar a la adopción de acuerdos mutuamente convenientes,
pero no soslayan la posibilidad de que los entendimientos no puedan alcanzarse antes de la
fecha en que necesariamente deberá abrirse el primer periodo de sesiones ordinarias de
cada año legislativo.
Por ello, se plantea que en el caso de que a las 12:00 horas del día 31 de agosto del
año de inicio de la legislatura no se hubiere electo a la mesa directiva, la mesa de
decanos ejercerá las atribuciones y facultades de aquélla y su presidente citará a la
sesión de instalación del Congreso. Sin embargo, la mesa de decanos no podrá ejercer
dichas atribuciones más allá del 5 de septiembre. Para el segundo y tercer año de
ejercicio, si no se alcanza la mayoría requerida, la mesa en funciones continuaría hasta
el día cinco del siguiente mes, con el fin de que se logren los entendimientos
necesarios.
En este proyecto contenido en el dictamen se han incorporado, además, causas de remoción
de los integrantes de la mesa directiva, quienes sólo podrán ser separados de sus cargos
si así lo decide el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes en la
Cámara. Dichas causas son las de transgredir en forma grave o reiterada las disposiciones
contenidas en la Constitución y en esta ley; incumplir los acuerdos del pleno, cuando se
afecten las atribuciones constitucionales y legales de la Cámara y dejar de asistir,
reiteradamente y sin causa justificada, a las sesiones de la Cámara o a las reuniones de
la mesa directiva.
En el proyecto de decreto contenido en el presente dictamen se establece, por primera vez
en nuestra historia parlamentaria, atribuciones que no corresponden a alguno de los
integrantes de la mesa directiva, sino justamente a todos ellos en calidad de órgano
colegiado. Entre otras, destacan las de asegurar el adecuado desarrollo de las sesiones;
cuidar que los documentos que son objeto de conocimiento del pleno cumplan con las normas
que regulan su formulación y presentación; realizar la interpretación de los
ordenamientos rectores de la actividad parlamentaria, en lo relativo al cumplimiento de
sus atribuciones y la conducción de las sesiones; elaborar el anteproyecto de la parte
relativa al estatuto por el cual se normará el servicio de carrera parlamentaria, a
efecto de que la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos
Legislativos lo considere para la redacción de dicho instrumento normativo.
Como órgano imparcial que se coloca por encima de los partidos, la mesa directiva tomará
sus decisiones por consenso, sin demérito de que en caso de no alcanzarse éste, la
cuestión se apruebe por la mayoría absoluta de sus integrantes y, en caso de empate, se
resuelva con el voto de calidad del presidente de la mesa.
En la mesa directiva, corresponde a su presidente la expresión de la unidad de la
Cámara, así como garantizar el fuero constitucional de los diputados y velar por la
inviolabilidad del recinto legislativo. Le corresponde, además, conducir las relaciones
institucionales con la Cámara de Senadores, con los otros dos poderes de la Unión, con
los poderes de los estados y con las autoridades locales del Distrito Federal, al tiempo
de tener la representación protocolaria de la Cámara en el ámbito de la diplomacia
parlamentaria.
El presidente de la mesa directiva, al dirigir las sesiones del pleno, deberá velar por
el equilibrio entre las libertades de los legisladores y los grupos parlamentarios y la
eficacia en el cumplimiento de las funciones constitucionales de la Cámara. En caso de
que el presidente de la mesa se aparte del cumplimiento de los principios que rigen su
función, responderá de su actuación ante el pleno.
Entre las funciones de dirección parlamentaria que le corresponden, resaltan las
siguientes: presidir las sesiones del Congreso General, las de la Comisión Permanente
cuando esa función corresponda a la Cámara de Diputados y las reuniones de la
Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos; conducir las
sesiones del pleno, conceder el uso de la palabra y dirigir los debates, discusiones y
deliberaciones, así como disponer lo necesario para que los diputados se conduzcan
conforme a las normas que rigen el ejercicio de sus funciones, además de exigir orden al
público asistente a las sesiones.
Aunadas a dichas atribuciones destacan las de tener la representación legal de la Cámara
y de acordar con el titular de la Coordinación de Comunicación Social los asuntos que le
competen. Finalmente, al presidente de la Cámara le corresponde disponer la elaboración
inmediata del bando solemne por el cual se da a conocer la declaración de presidente
electo de los Estados Unidos Mexicanos que hubiere hecho el Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación.
Los vicepresidentes asisten al presidente de la Cámara en el ejercicio de sus funciones;
asimismo, pueden asumir las representaciones protocolarias de la Cámara si el presidente
les nombra para tal efecto. Por su parte, a los secretarios de la mesa directiva les
corresponde asistir al presidente de la Cámara en las funciones relacionadas con la
conducción de las sesiones del pleno; comprobar el quorum; llevar el cómputo y registro
de las votaciones; desahogar los trámites parlamentarios, y supervisar aquellos servicios
parlamentarios relacionados exclusivamente con sus funciones.
De los grupos parlamentarios
A partir de la disposición del artículo 70 constitucional, en el proyecto de decreto
contenido en este dictamen se contempla conceptualizar a los grupos parlamentarios como la
agrupación de diputados según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre
expresión de las corrientes ideológicas en la Cámara.
Con objeto de facilitar la formación de los mismos y con ello permitir la mayor
pluralidad en el órgano de dirección política de la Cámara, se mantiene el mínimo de
cinco diputados de un mismo partido político para constituir un grupo, así como el
mandato imperativo de que sólo puede existir uno por cada partido político nacional
representado, a través de sus legisladores, en el pleno.
Los grupos parlamentarios deben entregar a la Secretaría General de la Cámara los
elementos para informar sobre su denominación, los nombres de los diputados electos que
lo forman y el del coordinador.
De igual manera, se establece la obligación de que el coordinador del grupo parlamentario
comunique a la mesa directiva las modificaciones que ocurran en la integración del grupo,
de tal suerte que siempre se tenga actualizado el número de diputados que integra cada
uno de ellos para todos los efectos, lo cual es particularmente importante para el sistema
de voto ponderado que se adopta para la toma de decisiones en los órganos de legisladores
donde los grupos parlamentarios están representados como tales.
El proyecto de decreto que contiene este
dictamen pretende enriquecer la regulación hasta hoy vigente al establecer las funciones
fundamentales de los grupos parlamentarios, a efecto de que se fortalezca el concepto de
cohesión en la actuación de los mismos y en el cumplimiento de sus objetivos como
representaciones ideológicas y políticas diferenciadas en la Cámara.
Asimismo, con las propuestas, se formalizaría en el texto de la ley la obligación de que
el órgano político de la Cámara disponga una subvención mensual para cada grupo
parlamentario que se distribuye en dos franjas, una de carácter general y fijo y otra
variable en función del número de diputados que conforman cada uno de ellos,
estableciendo la obligación expresa de que la cuenta anual de las subvenciones que se
asignen, se incorporaría a la Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para efecto de
las facultades de control que competen a la entidad de fiscalización superior de la
Federación, sin demérito de remitir un ejemplar de dicha cuenta anual a la Contraloría
Interna de la propia Cámara.
Atendiendo a la experiencia y a las nuevas realidades, el proyecto de decreto contenido en
este dictamen propone que se establezca una norma conforme a la cual el presidente de la
Cámara determinará la ocupación de los espacios y las curules en el salón de sesiones,
tomando en consideración una distribución que permita que los diputados pertenecientes a
un mismo grupo parlamentario queden ubicados en un área regular y continua.
Por último, se reconoce que los diputados que no formen parte de un grupo parlamentario,
desde el inicio de la legislatura o por separación posterior, reciban el trato de
diputados sin partido y apoyos en lo individual, conforme a las posibilidades de la
Cámara.
De la junta de coordinación política
En relación con el órgano de dirección política de la Cámara de Diputados, se ha
reconocido que el modelo actual, representado en la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política, ha sido rebasado por la realidad política y la pluralidad en la
conformación del órgano legislativo. Por ello, se propone que se sustituya por un
órgano que sea capaz de hacer frente con mayor eficacia y capacidad resolutiva a esa
nueva realidad y que, por tanto, se constituya en la instancia donde se exprese la
pluralidad de la Cámara. Así, la propia ley la caracterizaría como el órgano colegiado
en el que se impulsan los entendimientos y las convergencias políticas para alcanzar
acuerdos que permitan el mejor y más eficaz funcionamiento de la Cámara, denominándola
Junta de Coordinación Política, la cual quedará integrada con los coordinadores de cada
grupo parlamentario registrado en la Cámara.
Para el caso de que un grupo parlamentario, por sí mismo, contase con la mayoría
absoluta de la Cámara, su coordinador presidirá la junta por el término de la
legislatura. En caso de no producirse este supuesto, la presidencia de este órgano
tendrá una duración anual y será ocupada sucesivamente por los coordinadores de los
grupos en orden decreciente del número de diputados que los integren.
Atendiendo a la condición de la junta como órgano político, se le atribuye la tarea de
impulsar los entendimientos y las convergencias políticas con las instancias y órganos
que resulten necesarios, a fin de alcanzar los acuerdos para que el pleno esté en
condiciones de adoptar las decisiones que le competen en términos de la Carta Magna y de
las leyes.
Un aspecto de gran importancia, es el establecimiento expreso de las atribuciones de la
Junta de Coordinación Política, entre ellas destacan.
Impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas e
iniciativas o minutas que requieran de votación en el pleno; presentar a la mesa
directiva y al pleno proyectos de puntos de acuerdo, pronunciamientos y declaraciones que
entrañen una posición política de la Cámara; plantear al pleno la integración de las
comisiones, con el señalamiento de la conformación de sus respectivas mesas directivas;
designar las delegaciones para atender la celebración de reuniones interparlamentarias
con órganos nacionales de representación popular de otros países o de carácter
multilateral; presentar al pleno el anteproyecto de presupuesto anual para someterlo a su
aprobación; elaborar y proponer a la Conferencia para la Dirección y Programación de
los Trabajos Legislativos el anteproyecto de parte relativa del estatuto de los servicios
administrativo y financiero, y asignar los recursos humanos, materiales, financieros, así
como los locales que correspondan a los grupos parlamentarios.
146,147,148
Asimismo, se proponen atribuciones
específicas que corresponden al presidente de la Junta de Coordinación Política, entre
las que resaltan: poner a consideración de la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos criterios para la elaboración del programa de
cada periodo de sesiones; el calendario para su desahogo y puntos del orden del día de
las sesiones del pleno y disponer la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual de
la Cámara.
En el proyecto de decreto del presente dictamen se establecen las normas mínimas para la
instalación y funcionamiento de la junta. Este órgano quedaría instalado, a más
tardar, en la segunda sesión ordinaria que celebre la Cámara al inicio de la legislatura
correspondiente; deberá sesionar por lo menos una vez a la semana durante los periodos de
sesiones; y adoptará sus decisiones por mayoría absoluta, mediante el sistema de voto
ponderado. En el desempeño de su encargo, contará con el apoyo técnico y administrativo
del secretario general.
De la Conferencia para la Dirección
Programación de los Trabajos
Legislativos
Durante los últimos años, las tareas que tiene a su cargo la Cámara de Diputados han
sido cada vez mayores y más complejas. Ante ello, ha surgido una preocupación común en
los legisladores por contar con mecanismos que promuevan la eficiencia en el desahogo de
las obligaciones camarales en los periodos de sesiones, mediante la armonización de los
temas, calendarios, órdenes del día y modalidades de tratamiento de los mismos en cada
sesión.
Con el propósito de contar con la instancia adecuada para consolidar dichos factores que
influyen en la eficiencia del desahogo de las tareas camarales, el proyecto de decreto que
se presenta en este dictamen propone la creación de un órgano que se denomina
Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.
Como producto de los intercambios surgidos entre legisladores de los distintos grupos
parlamentarios, se concluyó que la conferencia debía proponer, para su aprobación en el
pleno, tanto al secretario general como al contralor. Dicha facultad se sustenta en el
hecho de que ambos funcionarios, por la naturaleza de sus atribuciones, se encuentran
vinculados con la organización integral de la Cámara, por lo que resulta conveniente que
el órgano donde confluye tanto el presidente de la mesa directiva como los coordinadores
de los grupos parlamentarios, sea el encargado de la función de proponer a los
funcionarios aludidos.
La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos será el
órgano en el cual se establecerá el programa legislativo de los periodos de sesiones, el
calendario de los mismos, la conformación del orden del día de cada sesión y las
modalidades que puedan adoptarse en los debates, discusiones y deliberaciones que hayan de
producirse en la Cámara. Asimismo, propondrá al pleno el proyecto del estatuto que
regirá la organización y funcionamiento de la Secretaría General, de las secretarías
de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y Financieros y demás centros
y unidades, así como lo relativo a los servicios de carrera. Además, esta conferencia
impulsará el trabajo de las comisiones para la elaboración y el cumplimiento de los
programas legislativos.
Esta conferencia se integra, como se ha adelantado, por el presidente de la mesa directiva
y por los coordinadores de los grupos parlamentarios. A sus sesiones podrán ser
convocados los presidentes de comisiones, cuando exista un asunto de su competencia. El
secretario general de la Cámara fungiría como su secretario, quien asistiría con voz,
pero sin voto.
El presidente de la Cámara presidirá y dirigirá las reuniones de la Conferencia para la
Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. Este órgano deberá integrarse
una vez que se haya constituido la Junta de Coordinación Política. La conferencia se
reunirá por lo menos cada 15 días durante los periodos de sesiones, a convocatoria de su
presidente o a solicitud de los coordinadores de por lo menos tres grupos parlamentarios.
La conferencia adoptará sus resoluciones por consenso; en su defecto, por mayoría
absoluta mediante el sistema de voto ponderado de los coordinadores de los grupos
parlamentarios. Al presidente de la conferencia se le ha concedido el voto de calidad en
caso de empate.
De las comisiones y comités
Uno de los temas que reflejó gran interés y que provocó importantes intercambios de
opiniones fue el relativo a las comisiones y los comités en la Cámara de Diputados.
Después de intensas sesiones de intercambio de puntos de vista, en el texto que presenta
este dictamen se establece la distinción del objeto de las comisiones, al enunciar que
éstas elaboran dictámenes, informes, opiniones o resoluciones para hacer posible que la
Cámara desarrolle las funciones que le señalan la Constitución y las leyes. Sin
mencionarlo en el articulado, las normas que se proponen precisan que a las comisiones de
la Cámara, según el caso de la que se trate, pueden corresponderles alguna o algunas de
las funciones siguientes: de dictamen sobre iniciativas de ley o decreto; de solicitud,
recepción y análisis de información; de control de la administración pública; de
dictamen para dar cumplimiento a la facultad de designar servidores públicos; de
preparación de proyectos de ley y desahogo de consultas sobre los ordenamientos que rigen
el funcionamiento de la Cámara; de coordinación con la entidad de fiscalización de las
finanzas públicas; de conocimiento y resolución de denuncias por responsabilidad de
servidores públicos y de investigación sobre el funcionamiento de las entidades de la
Administración Pública Federal.
De esta manera, el número de comisiones ordinarias que funcionan de manera permanente, es
decir, de legislatura a legislatura, se reduce a 27, de las cuales, 23 tienen a su cargo
tareas de dictamen legislativo, información y control en el marco de la competencia que
deriva de su denominación y en correspondencia, en lo general, con las atribuciones
otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; éstas
son: Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; Asuntos Indígenas; Atención a Grupos
Vulnerables; Comercio y Fomento Industrial; Comunicaciones y Transportes; Defensa
Nacional; Desarrollo Social y Vivienda; Educación Pública, Cultura y Ciencia y
Tecnología; Energía; Equidad y Género; Fomento Cooperativo y Economía Social;
Gobernación, Población y Seguridad Pública; Hacienda y Crédito Público; Justicia y
Derechos Humanos; Marina; Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; Presupuesto y Cuenta
Pública; Puntos Constitucionales y Sistema Federal; Reforma Agraria; Relaciones
Exteriores; Salud y Seguridad Social; Trabajo y Previsión Social y Turismo.
El proyecto de decreto contempla también comisiones ordinarias que desarrollan tareas
específicas que la propia ley les establece. Así, la Comisión de Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias se encargará de preparar proyectos de ley o de decreto para
adecuar las normas que rigen las actividades camarales; de dictaminar las propuestas que
se presenten en esta materia y de resolver las consultas que en el mismo ámbito decidan
plantearle los órganos de legisladores constituidos en virtud de este ordenamiento e
impulsará y realizará estudios que versen sobre normas, regímenes y prácticas
parlamentarias. Esta comisión se integraría con 20 miembros de entre los diputados de
mayor experiencia legislativa y todos los grupos parlamentarios estarán representados en
la misma.
La Comisión del Distrito Federal también se encuentra ubicada en el presente proyecto de
decreto dentro de aquellas comisiones ordinarias que realizan tareas específicas; así,
esta comisión tiene a su cargo tareas de dictamen legislativo y de información para el
ejercicio de las atribuciones de la Cámara previstas en el apartado A del artículo 122
constitucional. Finalmente, el proyecto de decreto introduce dentro del grupo de
comisiones ordinarias con tareas específicas a la de Vigilancia de la Contaduría Mayor
de Hacienda, así como la Jurisdiccional.
En nuestra constitución se regulan las comisiones de investigación. A partir de esta
premisa, el presente proyecto de decreto reconoce su existencia y constitución con
carácter transitorio para ejercer la facultad establecida en el párrafo tercero del
artículo 93 de nuestra Carta Magna. Asimismo, en este proyecto se indica que el pleno
podrá acordar la constitución de comisiones especiales, siempre y cuando se señale su
objeto y el número de los integrantes que las conforman. Cumplido su objeto o cuando la
legislatura concluya, estas comisiones se extinguirán; el secretario general de la
Cámara informará a lo conducente a la conferencia, la cual hará la declaración de su
extinción.
Del intercambio sostenido en relación con estos temas, se ha arribado a diversas
conclusiones incluidas en este proyecto de decreto, tales como normas sobre la
integración y organización de las comisiones. Respecto del primer tema, se establece que
las comisiones ordinarias se habrán de constituir durante el primer mes de ejercicio de
la legislatura con un número de hasta 30 diputados. Sus integrantes durarán por el
término de la legislatura y ningún diputado podrá pertenecer a más de dos de ellas. En
la integración de las comisiones, la junta de coordinación política tomará en cuenta
la pluralidad de la Cámara, por lo que se cuidará respetar un principio de
proporcionalidad entre la integración del pleno y la conformación de las comisiones.
Asimismo, la junta señalará en quiénes recaerá la responsabilidad de presidirlas y de
fungir como secretarios y se cuidará la incorporación de diputados pertenecientes a los
distintos grupos parlamentarios, de tal suerte que se refleje la proporción que
representen en el pleno, tomando en cuenta los antecedentes y la experiencia legislativa
de los diputados.
También en este caso se cuidará el principio de proporcionalidad respecto del pleno.
Finalmente, con objeto de velar por el principio de imparcialidad de la mesa directiva,
así como de evitar distracciones propias de su función de dirección parlamentaria, los
integrantes de dicho órgano no formarán parte de las comisiones.
En el proyecto de decreto contenido en este dictamen se incluyen disposiciones
complementarias para el funcionamiento de las comisiones. En ella se incluyen algunas
normas importantes para garantizar un trabajo más ordenado, como por ejemplo, el hecho de
que las comisiones deban dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y
proposiciones turnados a las mismas en los términos de los programas legislativos
acordados por la conferencia para la dirección y programación de los trabajos
legislativos. Asimismo, se propone que las comisiones puedan establecer subcomisiones o
grupos de trabajo.
Como disposición complementaria fundamental de la reforma que se propone está la de
precisar los alcances que tiene las funciones de información de las comisiones. Al
respecto, se propone que los presidentes de comisiones, por acuerdo de éstas, puedan
solicitar información o documentación a las dependencias y entidades de Ejecutivo
Federal cuando se trate un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las
materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos que las rigen. Esta
solicitud no procede cuando la información que se requiera tenga el carácter de
reservada conforme a las disposiciones aplicables. Respecto de esta información, se
contempla que si no es remitida, la comisión puede dirigirse oficialmente en queja al
titular de la dependencia o al señor Presidente de la República.
Otras normas propuestas para el cumplimiento de las funciones de información de las
comisiones son las derivadas del estudio del informe a que se refiere el primer párrafo
del artículo 93 constitucional, con la posibilidad de que la comisión pueda solicitar,
por la importancia y trascendencia del asunto de que se trate, que el secretario del
despacho o jefe del departamento administrativo correspondiente comparezca ante el pleno.
Dicha solicitud se formularía al presidente de la conferencia.
Se propone, además, que las comisiones puedan dar opinión fundada a la Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública, a más tardar el día 15 de octubre de cada año, sobre los
programas presupuestales de los ramos correspondientes para que sean considerados en la
revisión de la Cuenta Pública, así como en el dictamen de la iniciativa de Presupuesto
de Egresos de la Federación que presente el Ejecutivo.
Finalmente, se contempla un conjunto de responsabilidades que tendrán las comisiones; al
respecto, destacan la de rendir un informe semestral de sus actividades a la conferencia
para la dirección y programación de los trabajos legislativos, así como dictaminar las
iniciativas en los plazos que le señale el correspondiente programa legislativo.
En relación con los comités, el presente proyecto de decreto establece la posibilidad de
su constitución, como órganos para auxiliar en actividades de la Cámara cuyas tareas
sean de naturaleza distinta a las de las comisiones. Aunque por ahora se conformaría
solamente el Comité de Información, Gestoría y Quejas, el presente proyecto no limita
la posibilidad de constituir otros que acuerde el pleno, atendiendo en todo caso las
disposiciones sobre integración, organización y funcionamiento de las comisiones.
149,150,151
En el proyecto de decreto, materia de este
dictamen se ha incluido también la posibilidad de constituir por el pleno, a propuesta de
la Junta de Coordinación Política, "grupos de amistad" para la atención y
seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de
países con los que nuestro país sostenga relaciones diplomáticas.
De la organización técnica y
administrativa
Otro de los aspectos novedosos y relevantes que propone este proyecto de decreto es el de
la organización técnica y administrativa de la Cámara. Es así como se diseña una
nueva estructura que pretende otorgar solidez y sistematización a las diversas tareas que
ejecuta el personal de la Cámara. Por tanto, se proponen tres nuevos elementos:
a) La creación de una Secretaría General de la Cámara, que tiene bajo su mando a dos
secretarías, la de servicios parlamentarios y la de servicios administrativos y
financieros, conformándose estas últimas por personal de carrera;
b) La regulación de otros órganos técnicos de la Cámara, tales como la Contraloría
Interna, la Coordinación de Comunicación Social y la Unidad de Capacitación y
Formación Permanente de los funcionarios de carrera y
c) Las bases que se deberán desarrollar en un estatuto que establezca la organización y
funcionamiento de los servicios de carrera, así como las normas y procedimientos para su
conformación.
En primer término, la Secretaría General constituye el ámbito de coordinación y
supervisión de los servicios de la Cámara de Diputados. Esta secretaría depende
directamente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos
Legislativos, por conducto de su presidente, por lo que su titular será nombrado por las
dos terceras partes del pleno de la Cámara, a propuesta que le formule la propia
conferencia, para ejercer el cargo por el término de una legislatura, pudiendo ser
reelecto. El secretario general se concibe como un funcionario que, por las tareas que
desempeña, debe merecer la confianza de la Cámara; por ello, debe ser designado o
reelecto al inicio de cada legislatura, cumpliendo los requisitos que se establecen en el
proyecto de decreto del presente dictamen, que tienen por objeto garantizar su desempeño
profesional e imparcial en el cargo.
Entre las funciones que quedan a cargo del secretario general revisten especial
importancia las siguientes: preparar todos los elementos para que se celebre en tiempo y
forma la sesión constitutiva de la Cámara; fungir como secretario de la Conferencia para
la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos; dirigir los trabajos y
supervisar a las secretarías de servicios parlamentarios y de servicios administrativos y
financieros; ejecutar en el ámbito de su competencia, así como supervisar y vigilar que
se cumplan las políticas, lineamientos y acuerdos de la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos e informar trimestralmente a ésta sobre el
desempeño en la prestación de los servicios parlamentarios, administrativos y
financieros.
A la Secretaría de Servicios Parlamentarios le corresponde agrupar y dar unidad de
acción a los servicios de: asistencia técnica a la presidencia de la mesa directiva; de
la sesión; de las comisiones; del Diario de los Debates; del archivo y de bibliotecas.
Cada uno de los servicios se constituiría una dirección, la cual se estructuraría con
las oficinas que se requirieran. Asimismo, en el ámbito de esta secretaría se ubicarían
los centros de estudios de las finanzas públicas, de estudios de derecho y de estudios
sociales.
La Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros quedaría sujeta a un esquema
similar de dependencia jerárquica, organización y funcionamiento que se ha descrito para
la de servicios parlamentarios. En cuanto a los servicios que la misma agruparía y
conferiría unidad de acción, se encontrarían los de: recursos humanos; tesorería;
recursos materiales; servicios generales y de informática; servicios jurídicos;
servicios de seguridad y servicios médicos y de atención a diputados.
El secretario de servicios parlamentarios vela por la imparcialidad de los servicios a su
cargo y realiza la compilación y registro de los acuerdos, precedentes y prácticas
parlamentarias. Además, asiste al secretario general en el cumplimiento de sus funciones,
le suple cuando no pueda concurrir a las reuniones de la mesa directiva y dirige los
trabajos de las áreas a él adscritas.
Por su parte, el secretario de Servicios Administrativos y Financieros vela por el
eficiente funcionamiento de los servicios que le competen; asiste también al secretario
general y le suple cuando no pueda concurrir a las reuniones de la junta de coordinación
política.
Los nombramientos de los secretarios anteriormente mencionados se realiza de acuerdo a lo
que disponga el estatuto.
La Cámara tendrá su propia Contraloría Interna, la cual se ubica en el ámbito de la
Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. Este órgano
lo propone al pleno, que a su vez le nombra por las dos terceras partes de los diputados
presentes.
La coordinación de Comunicación Social difunde las actividades de la Cámara y sirve de
enlace con los medios de comunicación; además, es responsable del programa de
publicaciones. Es importante destacar que depende de la presidencia de la mesa directiva,
aunque la designación de su titular se regiría por lo dispuesto en el estatuto.
La Unidad de Capacitación y Formación Permanente de los integrantes de los servicios
parlamentario y administrativo y financiero de la Cámara de Diputados tendrá a su cargo
una tarea vital para fortalecer el profesionalismo del personal de la Cámara, que
consistiría en formar, actuar y especializar a los candidatos a ingresar, así como a los
funcionarios de carrera. Su coordinador sería nombrado conforme lo disponga el estatuto.
Además de la estructura, la consolidación de un desempeño eficiente del personal de
carrera obliga a contar con normas que regulen su función. Por lo tanto, este proyecto de
decreto propone que haya un estatuto que establecería tanto la organización y
funcionamiento de las secretarías y de los servicios de carrera, como las normas y los
procedimientos para la conformación de dichos servicios. Sobre el primer aspecto, el
estatuto habrá de señalar, por lo menos, la estructura de cada una de las secretarías,
así como las tareas de las direcciones, oficinas, centros y unidades de la Cámara. Sobre
las normas y procedimientos para la conformación de los servicios se introducirán las
bases fundamentales de todo sistema de carrera, tales como la integración de sus cuerpos
por niveles o rangos para permitir la promoción del personal, el cual estaría a su vez
sujeto a acreditación de exámenes y de los programas de actualización, especialización
y de resultados de una evaluación anual.
Finalmente, los miembros de los servicios de carrera serán considerados trabajadores de
confianza y sus relaciones laborales se regirán conforme a lo establecido por la
fracción XIV del apartado B del artículo 123 de la Constitución, por esta ley y por el
estatuto. Sus prestaciones de seguridad social se otorgarían con base en los convenios
que se celebren con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado.
Régimen transitorio
Considerando que la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos,
por disposición constitucional es un ordenamiento que no está sujeto a observaciones por
parte del Ejecutivo Federal ni tampoco a promulgación por dicho funcionario, la primera
disposición del régimen transitorio señala, con objeto de hacer del conocimiento
público las reformas que se contienen en el presente dictamen, que una vez aprobado el
decreto de reformas, se envíe directamente al Diario Oficial de la Federación para su
publicación. Salvo lo previsto en el propio régimen transitorio, los preceptos
contenidos en el proyecto de decreto señalados en el presente dictamen entrarían en
vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Se dispone que la mesa directiva de la Cámara a que se refiere el proyecto de decreto, se
elija en la última sesión del mes de septiembre del primer periodo ordinario de sesiones
del tercer año del ejercicio de la LVII Legislatura. Por su parte, la Junta de
Coordinación Política se constituirá a más tardar en la segunda sesión de dicho
periodo, mientras que la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos
Legislativos se instalará al día siguiente de que se constituya la Junta de
Coordinación Política.
Los grupos parlamentarios de esta Cámara constituidos al inicio de la presente
legislatura ejercerán los derechos y prerrogativas contenidos en este decreto; sin
embargo, para efectos de incorporar a la Cuenta Pública de la Cámara de Diputados las
subvenciones asignadas a los mismos, las disposiciones correspondientes entrarán en vigor
para el ejercicio fiscal del año 2000.
Con objeto de salvaguardar los derechos generados a la luz de las disposiciones que se
derogan en el proyecto de decreto de este dictamen, se ordena que la integración de
comisiones y de comités se realice, conforme a la nueva normativa, a partir del 15 de
marzo del año 2000, con la posibilidad de que ello se lleve a cabo con posterioridad, si
por las tareas pendientes a cargo de alguna comisión o comité, así se considerase
necesario. En caso de que se presenten controversias sobre la distribución de las
competencias de las comisiones, la Conferencia para la Dirección y Programación de los
Trabajos Legislativos resolverá lo conducente. En todo caso, la LVIII Legislatura
integrará las comisiones conforme lo dispone el proyecto de decreto del presente
dictamen.
En virtud de que la generación de condiciones para que el personal de carrera adquiera
experiencia es un elemento que se busca con esta reforma, el proyecto de decreto reconoce
que se respetarán los derechos contractuales de los que hoy desempeñan las funciones de
secretarios técnicos y demás personal de las comisiones. A su vez, serán adscritos por
acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos,
de conformidad con la reestructuración de comisiones.
En el proyecto aquí descrito se establece que en tanto se expide y aplica el estatuto, la
conferencia propondrá al pleno la designación de los secretarios de servicios
parlamentarios y de servicios administrativos y financieros, así como del coordinador de
comunicación social. Para alcanzar sólidos acuerdos, en relación con dichos
nombramientos, se propone que los titulares de dichos órganos técnicos sean designados
por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes en el pleno. Ninguno de
los funcionarios permanecerá más allá de la LVII Legislatura, a menos que sean
reelectos por la nueva legislatura.
De igual manera, el régimen transitorio establece las reglas a que, por única vez, se
sujetarán los nombramientos de los secretarios de servicios parlamentarios y
administrativos y financieros, por el voto de las dos terceras partes de los diputados
presentes en el pleno, a propuesta de la conferencia.
Finalmente, se salvaguardan los derechos laborales del personal que actualmente colabora
con la Cámara.
En virtud de lo expuesto a esta honorable Asamblea: los diputados que suscribimos el
presente dictamen consideramos que las reformas que se contiene en el proyecto de decreto,
concretan las legítimas aspiraciones manifestadas desde el principio de esta legislatura
por las fuerzas políticas representadas en la Cámara de Diputados, en el sentido de
reformar el marco jurídico que rige su organización y funcionamiento, a efecto de
establecer una estructura orgánica y los procedimientos básicos que le permitan
enfrentar sus tareas de manera eficaz.
Estimamos que con la presentación al pleno de este documento se estará en posibilidad de
que el mismo conozca y analice una serie de propuestas que tienden a procurar soluciones
para problemas que se han gestado en el crecimiento del número de los integrantes de este
cuerpo colegiado, la repercusión del sistema electoral en la integración plural del
mismo, la necesidad de profundizar en el ejercicio de las atribuciones que la
Constitución General de la República nos concede, en la obsolescencia de muchas de las
disposiciones expedidas para regir nuestros trabajos y en el olvido normativo de las
estructuras de servicios técnicos y administrativos que requiere una asamblea con la
dimensión y las tareas de nuestra Cámara de Diputados.
Sabemos que como cualquier obra humana, el resultado del esfuerzo que hemos realizado
puede contener imperfecciones que podrán detectarse con base en el análisis acucioso de
los representantes populares que deben aprobarla y que se regirán conforme a sus
mandatos, así como por la experiencia que se extraiga de su aplicación misma. Sin
demérito de lo anterior, sí nos atrevemos a afirmar que los preceptos del presente
dictamen superan definitivamente las deficiencias e insuficiencias más notorias y graves
de nuestra Ley Orgánica en vigor; asimismo, introducen en las instituciones
parlamentarias mexicanas una serie de figuras que son producto del conocimiento y estudio
de los precedentes históricos en la materia, de hechos recientes de nuestra coyuntura
política y su desarrollo previsible, así como de la consideración de las instituciones
y el derecho parlamentario de otros estados del mundo, particularmente aquéllos con
cuerpos colegiados que integran a más de cuatro centenas de legisladores y a fuerzas
políticas de sistemas multipartidistas.
152,153,154
En virtud de lo expuesto y argumentado, con
fundamento en lo previsto por los artículos 50, 54 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso
General, y en los artículos 85, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior
del Congreso General, nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, el
siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Que reforma el Título Segundo de la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo único. Se reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
TITULO SEGUNDO
De la organización y funcionamiento
de la Cámara de Diputados
CAPITULO I
De la sesión constitutiva de la
Cámara
Artículo 15:
1. En el año de la elección para la renovación de la Cámara, el Secretario General de
la misma:
a) Hará el inventario de las copias certificadas de las constancias de mayoría y validez
que acrediten a los diputados electos por el principio de mayoría relativa y de las
copias certificadas de las constancias de asignación proporcional, expedidas en los
términos de la ley de la materia; así como de las notificaciones de las sentencias
inatacables del órgano jurisdiccional electoral sobre los comicios de diputados;
b) Entregará, a partir del 20 y hasta el 28 de agosto, las credenciales de
identificación y acceso de los diputados electos a la sesión constitutiva, con base en
las constancias de mayoría y validez y de asignación proporcional, en los términos del
inciso anterior;
c) Preparará la lista de los diputados electos a la nueva legislatura, para todos los
efectos de la sesión constitutiva de la Cámara y
d) Elaborará la relación de los integrantes de la legislatura que con anterioridad hayan
ocupado el cargo de legislador federal, distinguiéndolos por orden de antigüedad en el
desempeño de esa función y señalando las legislaturas a las que hayan pertenecido, así
como su edad.
2. Los diputados electos con motivo de los comicios federales ordinarios para la
renovación de la Cámara que hayan recibido su constancia de mayoría y validez, así
como los diputados electos que figuren en la constancia de asignación proporcional
expedida a los partidos políticos, de conformidad con lo previsto en la ley de la
materia, se reunirán en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados el día 29 de
agosto de ese año, a las 11:00 horas, con objeto de celebrar la sesión constitutiva de
la Cámara que iniciará sus funciones el día 1o. de septiembre.
3. El Secretario General de la Cámara notificará a los integrantes de la nueva
legislatura, la fecha señalada en el párrafo anterior para la celebración de la sesión
constitutiva, al momento de entregar las credenciales de identificación y acceso. A su
vez, mandará publicar avisos en el Diario Oficial de la Federación y en los medios
impresos de mayor circulación en la República en torno al contenido de dicha
disposición.
4. En los términos de los supuestos previstos por esta ley para la conformación de los
grupos parlamentarios, los partidos políticos cuyos candidatos hayan obtenido su
constancia de mayoría y validez o que hubieren recibido constancia de asignación
proporcional, comunicarán a la Cámara, por conducto de su secretario general, a más
tardar el 28 de agosto del año de la elección, la integración de su grupo
parlamentario, con los siguientes elementos:
a) La denominación del grupo parlamentario;
b) El documento en el que consten los nombres de los diputados electos que lo forman y
c) El nombre del coordinador del grupo parlamentario.
Artículo 16:
1. Para la conducción de la sesión constitutiva de la Cámara habrá una mesa de
decanos, constituida por un presidente, tres vicepresidentes y tres secretarios.
2. La mesa de decanos se integra por los diputados electos presentes que hayan
desempeñado con mayor antigüedad la responsabilidad de legislador federal. En caso de
presentarse antigüedades iguales, la precedencia se establecerá en favor de quienes
hayan pertenecido al mayor número de legislaturas y, en su caso, a los de mayor edad. El
diputado electo que cuente con mayor antigüedad será el presidente de la mesa de
decanos. Serán vicepresidentes los diputados electos que cuenten con las tres siguientes
mayores antigüedades, procurando reflejar la pluralidad de la conformación de la
Cámara. En calidad de secretarios les asistirán los siguientes tres diputados electos
que cuenten con las sucesivas mayores antigüedades.
3. Presentes los diputados electos en el salón de sesiones para la celebración de la
sesión constitutiva, el secretario general de la Cámara informará que cuenta con la
documentación relativa a los diputados electos, las credenciales de identificación y
acceso de los mismos, la lista completa de los legisladores que integrarán la Cámara y
la identificación de la antigüedad en cargos de legislador federal de cada uno de ellos,
y mencionará por su nombre a quienes corresponda integrar la mesa de decanos,
solicitándoles que ocupen su lugar en el presidium.
4. El Presidente ordenará la comprobación del quorum y uno de los secretarios procederá
a comprobarlo a efecto de celebrar la sesión constitutiva. Declarado éste, el presidente
de la mesa de decanos abrirá la sesión. En seguida, se dará a conocer el orden del
día, mismo que se ceñirá al cumplimiento de los siguientes puntos: declaración del
quorum; protesta constitucional del presidente de la mesa de decanos; protesta
constitucional de los diputados electos presentes; elección de los integrantes de la mesa
directiva; declaración de la legal constitución de la Cámara; cita para sesión del
Congreso General y designación de comisiones de cortesía para el ceremonial de esa
sesión.
5. El presidente de la mesa de decanos se pondrá de pie y al efecto harán lo propio los
demás integrantes de la Cámara. Aquél prestará la siguiente protesta con el brazo
derecho extendido: "protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y
patrióticamente el cargo de diputado a la (número ordinal) legislatura de la Cámara de
Diputados del Congreso de la Unión, que el pueblo me ha conferido, así como la
responsabilidad de presidente de la mesa de decanos de la Cámara, mirando en todo por el
bien y prosperidad de la Unión. Si así no lo hago, que la nación me lo demande".
6. El resto de los integrantes de la Cámara permanecerá de pie y el presidente de la
mesa de decanos les tomará la protesta siguiente: "¿Protestan guardar y hacer
guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella
emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado a la (número ordinal)
legislatura del Congreso de la Unión, que el pueblo les ha conferido, mirando en todo por
el bien y prosperidad de la Unión?" Los diputados electos responderán, con el brazo
derecho extendido: "¡Sí, protesto!" El presidente de la mesa de decanos, a su
vez, contestará: "Si no lo hacen así, que la nación se los demande".
7. Una vez que se hayan rendido las protestas constitucionales referidas en los dos
párrafos anteriores, se procederá a la elección de la mesa directiva de la Cámara, de
conformidad con lo dispuesto en esta ley.
8. Realizadas las votaciones y declarados los resultados para la elección de la mesa
directiva de la Cámara, quienes hubieren resultado electos rendirán la protesta
correspondiente ante el presidente de la mesa de decanos.
9. Puestos de pie los integrantes de la Cámara, el presidente de la mesa de decanos,
quien permanecerá sentado, tomará protesta a los integrantes de la mesa directiva,
conforme a la siguiente fórmula: "¿Protestan guardar y hacer guardar la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y
desempeñar leal y patrióticamente los cargos de presidente, vicepresidentes y
secretarios de la (número ordinal) legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de
la Unión, con que se les ha confiado, mirando en todo por el bien y prosperidad de la
Unión?" Los miembros de la mesa directiva responderán, con el brazo derecho
extendido: "¡Sí, protesto!" El presidente de la mesa de decanos contestará:
"Si no lo hacen así, que la nación se los demande".
10. Rendida la protesta por la mesa directiva, el presidente de la mesa de decanos los
invitará a que ocupen el lugar que les corresponde en el presidium y los miembros de
ésta tomarán su sitio en el salón de sesiones.
11. La elección de la mesa directiva se le comunicará al Presidente de la República, a
la Cámara de Senadores, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a los órganos
legislativos de los estados y del Distrito Federal.
12. En el supuesto de que la mesa de decanos deba actuar como mesa directiva, en tanto se
concretan los entendimientos necesarios para elegir ésta, se harán las comunicaciones
pertinentes a que se refiere el párrafo anterior.
Artículo 17:
1. El presidente de la mesa directiva declarará constituida la Cámara de Diputados,
mediante la siguiente fórmula: "la Cámara de Diputados del Congreso de los Estados
Unidos Mexicanos, correspondiente a la (número ordinal) legislatura, se declara
legalmente constituida para el desempeño de sus funciones".
2. En seguida, citará para la sesión de Congreso General correspondiente a la apertura
del primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio legislativo, que
deberá celebrarse a las 10:00 horas, del 1o. de septiembre del año que corresponda.
3. A su vez, hará la designación de las comisiones de cortesía que estime procedentes
para el ceremonial de la sesión de Congreso General, tomando en cuenta el criterio de
proporcionalidad en función de la integración del pleno.
4. Una vez constituida la Cámara y para la celebración de las sesiones de apertura de
Congreso General, que se den con posterioridad a la de inicio de sesiones ordinarias del
primer año de ejercicio legislativo, el presidente de la mesa directiva formulará las
citas correspondientes para las 10:00 horas de las fechas señaladas en los artículos 65
y 66 constitucionales.
5. Los diputados que se presenten o sean llamados al ejercicio del cargo, con
posterioridad a la sesión constitutiva de la Cámara, rendirán la protesta
constitucional ante el presidente de la mesa directiva en los términos de la fórmula
prevista en esta ley.
CAPITULO II
De la mesa directiva
SECCION PRIMERA
De su integración, duración y elección
Artículo 18:
1. La mesa directiva de la Cámara de Diputados será electa por el pleno; se integrará
con un presidente, tres vicepresidentes y tres secretarios; durarán en sus funciones un
año y podrán ser reelectos.
2. La Cámara elegirá a la mesa directiva por el voto de las dos terceras partes de los
diputados presentes, mediante una lista que contenga los nombres de los propuestos con sus
respectivos cargos.
3. La elección de los integrantes de la mesa directiva se hará por cédula o utilizando
el sistema de votación electrónica.
4. Para la elección de la mesa directiva, los grupos parlamentarios postularán a quienes
deban integrarla, conforme a los criterios establecidos en el artículo 19.
5. Los coordinadores de los grupos parlamentarios no podrán formar parte de la mesa
directiva de la Cámara.
6. En el caso de que a las 12:00 horas del día 31 de agosto del año de inicio de
legislatura no se hubiere electo a la mesa directiva conforme a lo dispuesto en los
párrafos que anteceden, la mesa de decanos ejercerá las atribuciones y facultades que la
ley otorga a aquélla y a sus integrantes, según correspond, y su presidente citará a la
sesión de instalación de Congreso. La mesa de decanos no podrá ejercer dichas
atribuciones más allá del 5 de septiembre.
155,156,157
7. La elección de los integrantes de la mesa
directiva para el segundo y tercer año de ejercicio de la legislatura, se llevará a cabo
durante la sesión preparatoria de la Cámara que inicia dichos periodos. El proceso será
conducido por los integrantes de la mesa directiva que concluye su ejercicio. Si en dicha
sesión no se alcanza la mayoría calificada requerida, esta mesa continuará en funciones
hasta el día 5 del siguiente mes con el fin de que se logren los entendimientos
necesarios.
Artículo 19:
1. En la formulación de la lista para la elección de los integrantes de la mesa
directiva los grupos parlamentarios cuidarán que los candidatos cuenten con una
trayectoria y comportamiento que acrediten prudencia, tolerancia y respeto en la
convivencia política, así como experiencia en la conducción de asambleas.
Artículo 20:
1. En las ausencias temporales del presidente de la mesa directiva, los vicepresidentes lo
sustituirán de conformidad con el orden de prelación establecido en la lista electa. De
igual forma se procederá para cubrir las ausencias temporales de los demás integrantes
de la directiva.
2. Si las ausencias del presidente fueren mayores a 21 días en periodos de sesiones o de
45 en periodos de receso, la mesa directiva acordará la designación del
"vicepresidente en funciones de presidente" y se considerará vacante el cargo
hasta la elección correspondiente, para cumplir con el periodo para el que fue elegida la
mesa directiva. Asimismo y para tal efecto, las ausencias por dichos plazos de sus demás
integrantes serán consideradas vacantes y se procederá a la elección respectiva.
3. Toda elección de integrante de la mesa se realizará mediante el voto de las dos
terceras partes de los diputados presentes en el pleno.
4. Los integrantes de la mesa directiva sólo podrán ser removidos con el voto de las dos
terceras partes de los individuos presentes de la Cámara, por las siguientes causas:
a) Transgredir en forma grave o reiterada las disposiciones contenidas en la Constitución
y esta ley;
b) Incumplir los acuerdos del pleno, cuando se afecten las atribuciones constitucionales y
legales de la Cámara y
c) Dejar de asistir, reiteradamente y sin causa justificada, a las sesiones de la Cámara
o a las reuniones de la mesa directiva.
SECCION SEGUNDA
De sus atribuciones
Artículo 21:
1. La mesa directiva conduce las sesiones de la Cámara y asegura el debido desarrollo de
los debates, discusiones y votaciones del pleno; garantiza que en los trabajos
legislativos prevalezca lo dispuesto en la Constitución y la ley.
2. La mesa directiva observará en su actuación los principios de imparcialidad y
objetividad y tendrá las siguientes atribuciones:
a) Asegurar el adecuado desarrollo de las sesiones del pleno de la Cámara;
b) Realizar la interpretación de las normas de esta ley y de los demás ordenamientos
relativos a la actividad parlamentaria que se requiera para el cumplimiento de sus
atribuciones, así como para la adecuada conducción de la sesión;
c) Formular y cumplir el orden del día para las sesiones, el cual distinguirá claramente
los asuntos que requieren votación de aquéllos otros solamente deliberativos o de
trámite, conforme al calendario legislativo establecido por la Conferencia para la
Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;
d) Determinar durante las sesiones las modalidades que puedan adaptarse en los debates,
discusiones y deliberaciones, tomando en cuenta las propuestas de los grupos
parlamentarios;
e) Cuidar que los dictámenes, propuestas,
mociones, comunicados y demás escritos, cumplan con las normas que regulan su
formulación y presentación;
f) Determinar las sanciones con relación a las conductas que atenten contra la disciplina
parlamentaria;
g) Designar las comisiones de cortesía que resulten pertinentes para cumplir con el
ceremonial;
h) Elaborar el anteproyecto de la parte relativa del estatuto por el cual se normará el
servicio de carrera parlamentaria, a efecto de que la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos lo considere para la redacción del proyecto de
dicho instrumento normativo e
i) Las demás que le atribuye esta ley, los ordenamientos aplicables y los acuerdos de la
Cámara.
Artículo 22:
1. La mesa directiva es dirigida y coordinada por el presidente; se reunirá por lo menos
una vez a la semana durante los periodos de sesiones y con la periodicidad que acuerde
durante los recesos.
2. Como órgano colegiado, la mesa directiva adoptará sus decisiones por consenso y, en
caso de no lograrse el mismo, por la mayoría absoluta de sus integrantes. En caso de
empate, el presidente de la mesa tendrá voto de calidad.
3. A las reuniones de la mesa concurrirá el secretario general de la Cámara, con voz
pero sin voto, quien preparará los documentos necesarios para las reuniones, levantará
el acta correspondiente y llevará el registro de los acuerdos que se adopten.
SECCION TERCERA
De su presidente
Artículo 23:
1. El presidente de la mesa directiva es el presidente de la Cámara de Diputados y
expresa su unidad. Garantiza el fuero constitucional de los diputados y vela por la
inviolabilidad del recinto legislativo.
2. El presidente conduce las relaciones institucionales con la Cámara de Senadores, con
los otros dos poderes de la Unión, los poderes de los estados y las autoridades locales
del Distrito Federal. Asimismo, tiene la representación protocolaria de la Cámara en el
ámbito de la diplomacia parlamentaria.
3. El presidente, al dirigir las sesiones, velará por el equilibrio entre las libertades
de los legisladores y de los grupos parlamentarios y la eficacia en el cumplimiento de las
funciones constitucionales de la Cámara; asimismo, hará prevalecer el interés general
de la Cámara por encima de los intereses particulares o de grupo.
4. El presidente responderá sólo ante el pleno cuando en el ejercicio de sus
atribuciones se aparte de las disposiciones que las rigen.
Artículo 24:
1. Son atribuciones del presidente de la mesa directiva las siguientes:
a) Presidir las sesiones del Congreso General; las de la Comisión Permanente cuando esa
función corresponda a la Cámara de Diputados y las reuniones de la Conferencia para la
Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;
b) Citar, abrir, prorrogar, suspender y levantar las sesiones del pleno; y aplazar la
celebración de las mismas en los términos de la parte final del artículo 68
constitucional;
c) Conceder el uso de la palabra; dirigir los debates, discusiones y deliberaciones;
ordenar se proceda a las votaciones y formular la declaratoria correspondiente;
d) Disponer lo necesario para que los diputados se conduzcan conforme a las normas que
rigen el ejercicio de sus funciones;
e) Exigir orden al público asistente a las sesiones e imponerlo cuando hubiere motivo
para ello;
f) Dar curso a los asuntos y negocios en términos de la normatividad aplicable y
determinar los trámites que deban recaer sobre las cuestiones con que se dé cuenta a la
Cámara;
g) Firmar, junto con uno de los secretarios y con el presidente y uno de los secretarios
de la Cámara de Senadores, las leyes y decretos que expida el Congreso General; y
suscribir, también con uno de los secretarios, los decretos, acuerdos y resoluciones de
la Cámara;
h) Convocar a las reuniones de la mesa directiva de la Cámara, a las de la Conferencia
para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y cumplir las resoluciones
que le correspondan;
i) Comunicar al secretario general de la Cámara las instrucciones, observaciones y
propuestas que sobre las tareas a su cargo formule la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos;
j) Firmar junto con el secretario general los acuerdos de la mesa directiva;
k) Firmar la correspondencia y demás comunicaciones de la Cámara;
l) Tener la representación legal de la Cámara y delegarla en la persona o personas que
resulte necesario;
m) Acordar con el titular de la Coordinación de Comunicación Social los asuntos que le
competen;
n) Requerir a los diputados que no asistan, a concurrir a las sesiones de la Cámara y
comunicar al pleno, en su caso, las medidas o sanciones que correspondan con fundamento en
los artículos 63 y 64 constitucionales;
o) Ordenar el auxilio de la fuerza pública en los casos que resulten necesarios y
p) Las demás que le atribuyan la Constitución General de la República, esta ley y los
demás ordenamientos relativos a la actividad parlamentaria.
2. Asimismo, conforme a la declaración de presidente electo de los Estados Unidos
Mexicanos que hubiere hecho el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,
corresponde al presidente de la Cámara disponer la elaboración inmediata del bando
solemne; darlo a conocer al pleno en la sesión más próxima; ordenar su publicación en
el Diario Oficial de la Federación; y tomar las medidas necesarias para que se difunda en
los periódicos oficiales de las entidades federativas y se fije en las principales
oficinas públicas de los estados, del Distrito Federal y de los municipios.
SECCION CUARTA
De los vicepresidentes y de los
secretarios
Artículo 25:
1. Los vicepresidentes asisten al presidente de la Cámara en el ejercicio de sus
funciones.
2. Las representaciones protocolarias de la Cámara podrán ser asumidas por uno de los
vicepresidentes, quien será nombrado para tal efecto por el presidente.
Artículo 26:
1. Los secretarios de la mesa directiva de la Cámara tendrán las atribuciones
siguientes:
a) Asistir al presidente de la Cámara en las funciones relacionadas con la conducción de
las sesiones del pleno;
b) Comprobar el quorum de las sesiones del pleno, llevar a cabo el cómputo y registro de
las votaciones y dar a conocer el resultado de éstas. Al efecto, tendrán a su cargo la
supervisión del sistema electrónico de asistencia y votación;
c) Dar lectura a los documentos y desahogar los trámites parlamentarios, en los términos
dispuestos por el presidente de la Cámara;
d) Supervisar los servicios parlamentarios relacionados con la celebración de las
sesiones del pleno, a fin de que se impriman y distribuyan oportunamente entre los
diputados las iniciativas y dictámenes; se elabore el acta de las sesiones y se ponga a
la consideración del presidente de la Cámara; se lleve el registro de las actas en el
libro correspondiente; se conformen y mantengan al día los expedientes de los asuntos
competencia del pleno; se asienten y firmen los trámites correspondientes en dichos
expedientes; se integren los libros de los registros cronológico y textual de las leyes y
decretos que expida el Congreso General o de los decretos que expida la Cámara y se
imprima y distribuya el Diario de los Debates;
158,159,160
e) Firmar junto con el presidente, las leyes y
decretos expedidos por la Cámara y, en su caso, por el Congreso, así como los acuerdos y
demás resoluciones de la propia Cámara;
f) Expedir las certificaciones que disponga el presidente de la Cámara y
g) Las demás que se deriven de esta ley y los ordenamientos relativos a la actividad
parlamentaria o que les confiera el presidente de la Cámara.
2. La mesa directiva acordará el orden de actuación y desempeño de los secretarios en
las sesiones del pleno.
CAPITULO III
De los grupos parlamentarios
Artículo 27:
1. En los términos del artículo 70 constitucional, el grupo parlamentario es el conjunto
de diputados según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión
de las corrientes ideológicas en la Cámara.
2. El grupo parlamentario se integra por lo menos con cinco diputados y sólo podrá haber
uno por cada partido político nacional representado en la Cámara.
3. En la primera sesión ordinaria de la legislatura, cada grupo parlamentario, de
conformidad con lo que dispone esta ley, entregará a la Secretaría General la
documentación siguiente:
a) Acta en la que conste la decisión de sus miembros de constituirse en grupo, con
especificación del nombre del mismo y lista de sus integrantes;
b) Las normas acordadas por los miembros del grupo para su funcionamiento interno, en los
términos de los estatutos del partido político en el que militen y
c) Nombre del diputado que haya sido designado como coordinador del grupo parlamentario y
los nombres de quienes desempeñen otras actividades directivas.
4. El secretario general hará publicar los documentos constitutivos de los grupos
parlamentarios.
Artículo 28:
1. El coordinador expresa la voluntad del grupo parlamentario; promueve los entendimientos
necesarios para la elección de los integrantes de la mesa directiva y participa con voz y
voto en la Junta de Coordinación Política y en la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos.
2. Durante el término de la legislatura, el coordinador del grupo parlamentario
comunicará a la mesa directiva las modificaciones que ocurran en la integración de su
grupo. Con base en las comunicaciones de los coordinadores de los grupos parlamentarios,
el presidente de la Cámara llevará el registro del número de integrantes de cada uno de
ellos y sus modificaciones. Dicho número será actualizado en forma permanente y servirá
para los cómputos que se realizan por el sistema de voto ponderado.
Artículo 29:
1. Para el ejercicio de las funciones constitucionales de sus miembros, los grupos
parlamentarios proporcionan información, otorgan asesoría y preparan los elementos
necesarios para articular el trabajo parlamentario de aquéllos.
Artículo 30:
1. De conformidad con la representación de cada grupo parlamentario, la Junta de
Coordinación Política acordará la asignación de recursos y locales adecuados a cada
uno de ellos. Adicionalmente a esas asignaciones, la Junta de Coordinación Política
dispondrá una subvención mensual para cada grupo parlamentario, integrada por una suma
fija de carácter general y otra variable, en función del número de diputados que los
conformen.
2. La cuenta anual de las subvenciones que se asignen a los grupos parlamentarios se
incorporará a la Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para efectos de las
facultades que competen al órgano de fiscalización previsto en el artículo 74
constitucional. De dicho documento se remitirá un ejemplar a la contraloría interna de
la Cámara.
3. La ocupación de los espacios y las curules en el salón de sesiones se hará de forma
que los integrantes de cada grupo parlamentario queden ubicados en un área regular y
continua. La asignación definitiva de las áreas que correspondan a los grupos estará a
cargo de la mesa directiva de la Cámara. Para ello, los coordinadores de los grupos
formularán proposiciones de ubicación. En todo caso, la mesa directiva resolverá con
base en la representatividad en orden decreciente de cada grupo, el número de grupos
conformados y las características del salón de sesiones.
Artículo 31:
1. Los diputados que no se inscriban o dejen de pertenecer a un grupo parlamentario sin
integrarse a otro existente, serán considerados como diputados sin partido,
debiéndoseles guardar las mismas consideraciones que a todos los legisladores y
apoyándolos en lo individual, conforme a las posibilidades de la Cámara, para que puedan
desempeñar sus atribuciones de representación popular.
CAPITULO IV
De la Junta de Coordinación
Política
SECCION PRIMERA
De su integración
Artículo 32:
1. La Junta de Coordinación Política se integra con los coordinadores de cada grupo
parlamentario.
2. Será presidente de la junta, por el término de la legislatura, el coordinador de
aquel grupo parlamentario que por sí mismo cuente con la mayoría absoluta en la Cámara.
3. En el caso de que ningún grupo parlamentario se encuentre en el supuesto señalado en
el párrafo anterior, la responsabilidad de presidir la junta tendrá una duración anual.
Esta encomienda se desempeñará sucesivamente por los coordinadores de los grupos, en
orden decreciente del número de legisladores que los integren.
Artículo 33:
1. En caso de ausencia temporal o definitiva del presidente de la junta, el grupo
parlamentario al que pertenezca informará de inmediato, tanto al presidente de la
Cámara, como a la propia junta, el nombre del diputado que lo sustituirá.
2. Los integrantes de la junta podrán ser sustituidos temporalmente de conformidad con
las reglas internas de cada grupo parlamentario.
SECCION SEGUNDA
De su naturaleza y atribuciones
Artículo 34:
1. La Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara;
por tanto, es el órgano colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias
políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar
acuerdos para que el pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que
constitucional y legalmente le corresponden.
Artículo 35:
1. A la junta le corresponden las atribuciones siguientes:
a) Impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas,
iniciativas o minutas que requieran de su votación en el pleno, a fin de agilizar el
trabajo legislativo;
b) Presentar a la mesa directiva y al pleno proyectos de puntos de acuerdo,
pronunciamientos y declaraciones de la Cámara que entrañen una posición política del
órgano colegiado;
c) Proponer al pleno la integración de las comisiones, con el señalamiento de la
conformación de sus respectivas mesas directivas, así como la designación de
delegaciones para atender la celebración de reuniones interparlamentarias con órganos
nacionales de representación popular de otros países o de carácter multilateral; con
respecto a estas reuniones, en los recesos, la Junta de Coordinación Política podrá
hacer la designación a propuesta de su presidente;
d) Presentar al pleno, para su aprobación, el anteproyecto de presupuesto anual de la
Cámara;
e) Elaborar y proponer a la conferencia para la dirección y programación de los trabajos
legislativos el anteproyecto de la parte relativa del estatuto por el cual se normará el
servicio de carrera administrativo y financiero, a efecto de que lo considere para la
redacción del proyecto de dicho instrumento normativo;
f) Asignar, en los términos de esta ley, los recursos humanos, materiales y financieros,
así como los locales que correspondan a los grupos parlamentarios y
g) Las demás que le atribuyen esta ley o los ordenamientos relativos.
Artículos 36:
1. La junta deberá instalarse, a más tardar, en la segunda sesión ordinaria que celebre
la Cámara al inicio de la legislatura. Sesionará por lo menos una vez a la semana
durante los periodos de sesiones y con la periodicidad que acuerde durante los recesos.
Adoptará sus decisiones por mayoría absoluta mediante el sistema de voto ponderado, en
el cual los respectivos coordinadores representarán tantos votos como integrantes tenga
su grupo parlamentario.
2. A las reuniones de la junta concurrirá el secretario general de la Cámara, con voz
pero sin voto, quien preparará los documentos necesarios para las reuniones, levantará
el acta correspondiente y llevará el registro de los acuerdos que se adopten.
SECCION TERCERA
Del presidente de la Junta de
Coordinación Política
Artículo 37:
1. Corresponden al presidente de la Junta de Coordinación Política las atribuciones
siguientes:
a) Convocar y conducir las reuniones de trabajo que celebre;
b) Velar por el cumplimiento de las decisiones y acuerdos que se adopten;
c) Poner a consideración de la Conferencia para la Dirección y Programación de los
Trabajos Legislativos criterios para la elaboración del programa de cada periodo de
sesiones, el calendario para su desahogo y puntos del orden del día de las sesiones del
pleno;
d) Disponer la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual y
e) Las demás que se deriven de esta ley o que le sean conferidos por la propia junta.
CAPITULO V
De la Conferencia para la Dirección
y Programación de los Trabajos
Legislativos
Artículo 38:
1. La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos se
integra con el presidente de la Cámara y los miembros de la Junta de Coordinación
Política. A sus reuniones podrán ser convocados los presidentes de comisiones, cuando
exista un asunto de su competencia.
2. El presidente de la Cámara preside la conferencia y supervisa el cumplimiento de sus
acuerdos por parte de la Secretaría General.
3. La conferencia deberá quedar integrada a más tardar al día siguiente de que se haya
constituido la Junta de Coordinación Política. Se reunirá por lo menos cada 15 días en
periodos de sesiones y cuando así lo determine durante los recesos; en ambos casos, a
convocatoria de su presidente o a solicitud de los coordinadores de por lo menos tres
grupos parlamentarios.
4. La conferencia adoptará sus resoluciones por consenso; en caso de no alcanzarse éste,
se tomarán por mayoría absoluta mediante el sistema de voto ponderado de los
coordinadores de los grupos parlamentarios. El presidente de la conferencia sólo votará
en caso de empate.
161,162,163
5. Como secretario de la conferencia actuará
el secretario general de la Cámara, quien asistirá a las reuniones con voz pero sin
voto, preparará los documentos necesarios, levantará el acta correspondiente y llevará
el registro de los acuerdos.
Artículo 39:
1. La conferencia tiene las siguientes atribuciones:
a) Establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones, el calendario para su
desahogo, la integración de la propuesta de los órdenes del día de cada sesión, así
como las modalidades que regirán los debates, discusiones y deliberaciones;
b) Proponer al pleno el proyecto de estatuto que regirá la organización y funcionamiento
de la Secretaría General, de las secretarías de servicios parlamentarios y de servicios
administrativos y financieros y demás centros y unidades, así como lo relativo a los
servicios de carrera, en los términos previstos en esta ley;
c) Impulsar el trabajo de las comisiones para la elaboración y el cumplimiento de los
programas legislativos;
d) Llevar al pleno, para su aprobación, los nombramientos de secretario general y de
contralor de la Cámara, en los términos que señala esta ley y
e) Las demás que se derivan de esta ley y de los ordenamientos relativos.
CAPITULO VI
De las comisiones y los comités
SECCION PRIMERA
De las comisiones
Artículo 40:
1. Las comisiones son órganos constituidos por el pleno, que a través de la elaboración
de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla
sus atribuciones constitucionales y legales.
2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de
legislatura a legislatura y son las siguientes:
I. Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural;
II. Asuntos Indígenas;
III. Atención a Grupos Vulnerables;
IV. Comercio y Fomento Industrial;
V. Comunicaciones y Transportes;
VI. Defensa Nacional;
VII. Desarrollo Social y Vivienda;
VIII. Educación Pública, Cultura y Ciencia y Tecnología;
IX. Energía;
X. Equidad y Género;
XI. Fomento Cooperativo y Economía Social;
XII. Gobernación, Población y Seguridad Pública;
XIII. Hacienda y Crédito Público;
XIV. Justicia y Derechos Humanos;
XV. Marina;
XVI. Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca;
XVII. Presupuesto y Cuenta Pública;
XVIII. Puntos Constitucionales y Sistema Federal;
XIX. Reforma Agraria;
XX. Relaciones Exteriores;
XXI. Salud y Seguridad Social;
XXII. Trabajo y Previsión Social y
XXIII. Turismo;
3. Las comisiones ordinarias establecidas en el párrafo anterior, tienen a su cargo
tareas de dictamen legislativo, de información y de control y su competencia se
corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal.
Artículo 41:
1. Las comisiones ordinarias que se establecen en este artículo desarrollan las tareas
específicas que en cada caso se señalan.
2. La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, se integra con 20 miembros de
entre los diputados de mayor experiencia legislativa y todos los grupos parlamentarios
estarán representados en la misma. Se encargará de:
a) Preparar proyectos de ley o de decreto para adecuar las normas que rigen las
actividades camarales;
b) Dictaminar las propuestas que se presenten en esta materia y de resolver las consultas
que en el mismo ámbito decidan plantearle los órganos de legisladores constituidos en
virtud de este ordenamiento y
c) Impulsar y realizar los estudios que versen sobre disposiciones normativas, regímenes
y prácticas parlamentarias.
3. La Comisión del Distrito Federal, tiene a su cargo tareas de dictamen legislativo y de
información para el ejercicio de las atribuciones de la Cámara previstas en el apartado
A del artículo 122 constitucional.
4. La Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda realiza las tareas que
le marcan la Constitución y la correspondiente ley reglamentaria.
5. La Comisión Jurisdiccional se integrará por un mínimo de 12 diputados y un máximo
de 16, a efecto de que entre ellos se designen a los que habrán de conformar, cuando así
se requiera, la sección instructora encargada de las funciones a que se refiere la ley
reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución en materia de responsabilidades de
los servidores públicos.
Artículo 42:
1. Las comisiones de investigación se constituyen con carácter transitorio para el
ejercicio de la facultad a que se refiere el párrafo tercero del artículo 93
constitucional.
Artículo 43:
1. El pleno podrá acordar la constitución de comisiones especiales cuando se estimen
necesarias para hacerse cargo de un asunto específico. El acuerdo que las establezca
señalará su objeto, el número de los integrantes que las conformarán y el término
para efectuar las tareas que se les hayan encomendado. Cumplido su objeto se extinguirán
y, en todo caso, con el fin del mandato de la legislatura. En los supuestos en que se haya
agotado el objeto de una comisión especial o al término de la legislatura, el secretario
general de la Cámara informará lo conducente a la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos, la cual hará la declaración de su
extinción.
SECCION SEGUNDA
De su integración
Artículo 44:
1. Las comisiones ordinarias se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la
legislatura, tendrán hasta 30 miembros y el encargo de sus integrantes será por el
término de la misma. Ningún diputado pertenecerá a más de dos de ellas; para estos
efectos, no se computará la pertenencia a las comisiones jurisdiccional y a las de
investigación.
2. Para la integración de las comisiones, la Junta de Coordinación Política tomará en
cuenta la pluralidad representada en la Cámara y formulará las propuestas
correspondientes, con base en el criterio de proporcionalidad entre la integración del
pleno y la conformación de las comisiones.
3. Al proponer la integración de las comisiones, la junta señalará en quiénes recaerá
la responsabilidad de presidirlas y de fungir como secretarios. Al hacerlo, cuidará que
su propuesta incorpore a los diputados pertenecientes a los distintos grupos
parlamentarios, de tal suerte que se refleje la proporción que representen en el pleno y
tome en cuenta los antecedentes y la experiencia legislativa de los diputados.
4. En caso de que la dimensión de algún
grupo parlamentario no permita la participación de sus integrantes como miembros de la
totalidad de las comisiones, se dará preferencia a su inclusión en las que solicite el
coordinador del grupo correspondiente.
5. Si un diputado se separa del grupo parlamentario al que pertenecía en el momento de
conformarse las comisiones, el coordinador del propio grupo podrá solicitar su
sustitución.
6. Los integrantes de la mesa directiva de la Cámara no formarán parte de las
comisiones.
SECCION TERCERA
Disposiciones complementarias
Artículo 45:
1. Los miembros de las comisiones están obligados a acudir puntualmente a sus reuniones y
sólo podrán faltar por causa justificada y debidamente comunicada.
2. El coordinador del grupo parlamentario al que pertenezcan los diputados miembros de las
comisiones, podrá solicitar su sustitución temporal o definitiva.
3. Las comisiones contarán para el desempeño de sus tareas, con el espacio necesario
para el trabajo de su mesa directiva y para la celebración de sus reuniones plenarias.
4. Para el despacho de las iniciativas que se les turnen y para formular los informes que
les requiera el pleno, las comisiones podrán establecer subcomisiones o grupos de
trabajo. En la constitución de las subcomisiones se buscará reflejar la pluralidad de
los grupos parlamentarios representados en la comisión.
Artículo 46:
1. Los presidentes de comisiones, por acuerdo de éstas, podrán solicitar información o
documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal cuando se trate un
asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias que les
corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos que las rigen.
2. No procederá la solicitud de información o documentación, cuando una u otra tengan
el carácter de reservada conforme a las disposiciones aplicables.
3. El titular de la dependencia o entidad estará obligado a proporcionar la información
en un plazo razonable; si la misma no fuere remitida, la comisión podrá dirigirse
oficialmente en queja al titular de la dependencia o al señor Presidente de la
República.
4. Las comisiones ordinarias cuya materia se corresponde con los ramos de la
Administración Pública Federal harán el estudio del informe a que se refiere el primer
párrafo del artículo 93 constitucional, según su competencia respectiva. Al efecto,
formularán un documento en el que consten las conclusiones de su análisis. En su caso,
podrán requerir mayor información del ramo o solicitar la comparecencia de un
representante de la dependencia ante la propia comisión. En los casos en que de las
conclusiones se desprendan situaciones que por su importancia o trascendencia requieran la
presencia en la Cámara del titular de la dependencia, la comisión podrá solicitar al
presidente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos
Legislativos que el secretario del despacho o jefe de departamento administrativo
correspondiente comparezca ante el pleno.
5. Asimismo, las comisiones a que se refiere el párrafo anterior y de acuerdo a su
competencia, darán opinión fundada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a
más tardar el día 15 de octubre, sobre los programas presupuestales del o de los ramos
correspondientes. La opinión fundada tendrá por objeto hacer aportaciones a dicha
comisión sobre aspectos presupuestales específicos en relación al cumplimiento de los
objetivos de los programas del correspondiente ramo de la Administración Pública
Federal, para que sean considerados en la revisión de la Cuenta Pública y del dictamen
de la iniciativa de Presupuesto de Egresos de la Federación que presente el Ejecutivo de
la Unión.
6. Las comisiones tendrán las responsabilidades siguientes:
a) Elaborar su programa anual de trabajo;
b) Rendir un informe semestral de sus actividades a la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos;
164,165,166
c) Establecer y mantener un archivo de todos
los asuntos que les sean turnados;
d) Sesionar cuando menos una vez al mes;
e) Resolver los asuntos que la mesa directiva de la Cámara les turne;
f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a
las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia
para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y
g) Realizar las actividades que se deriven de esta ley, de los ordenamientos aplicables,
de los acuerdos tomados por el pleno de la Cámara y los que adopten por sí mismas con
relación a la materia o materias de su competencia.
SECCION CUARTA
De los comités
Artículo 47:
1. Los comités son órganos para auxiliar en actividades de la Cámara que se constituyen
por disposición del pleno, para realizar tareas diferentes a las de las comisiones.
Tendrán la duración que señale el acuerdo de su creación.
2. Para la orientación informativa, así como para el conocimiento y atención de las
peticiones que formulen los ciudadanos a la Cámara o a sus órganos, se formará el
Comité de Información, Gestoría y Quejas.
3. A propuesta de la Junta de Coordinación Política, el pleno podrá constituir
"grupos de amistad" para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales
con órganos de representación popular de países con los que México sostenga relaciones
diplomáticas. Su vigencia estará ligada a la de la legislatura en que se conformaron,
pudiendo desde luego ser establecidos nuevamente por cada legislatura.
CAPITULO VII
De la organización técnica
y administrativa
Artículo 48:
1. Para la coordinación y ejecución de las tareas que permitan el mejor cumplimiento de
las funciones legislativas y la atención eficiente de sus necesidades administrativas y
financieras, la Cámara cuenta con una Secretaría General.
2. La Cámara tendrá una unidad de capacitación y formación permanente de los
integrantes de los servicios parlamentarios, administrativos y financieros.
SECCION PRIMERA
De la Secretaría General de la
Cámara
Artículo 49:
1. La Secretaría General observa en su actuación las disposiciones de la Constitución,
de esta ley y de los ordenamientos, políticas y lineamientos respectivos y constituye el
ámbito de coordinación y supervisión de los servicios de la Cámara de Diputados. La
prestación de dichos servicios queda a cargo de la Secretaría de Servicios
Parlamentarios y la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros.
2. El secretario general de la Cámara será nombrado por el pleno con el voto de las dos
terceras partes de los diputados presentes, a propuesta de la Conferencia para la
Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el término de cada
legislatura, pudiendo ser reelecto.
3. Para ser designado secretario general de la Cámara se requiere:
a) Ser mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad y estar en pleno goce de sus
derechos;
b) Haber cumplido 30 años de edad;
c) Contar con título profesional legalmente expedido;
d) Acreditar conocimientos y experiencia para desempeñar el cargo;
e) No haber sido durante los últimos cinco años miembro de la dirigencia nacional,
estatal o municipal de un partido político o candidato a un puesto de elección popular y
f) No haber sido condenado por delito intencional que haya ameritado pena de privación de
la libertad.
4. El secretario general de la Cámara tiene
las atribuciones siguientes:
a) Preparar los elementos necesarios para celebrar la sesión constitutiva de la Cámara,
en los términos previstos por esta ley;
b) Fungir como secretario de la Conferencia para la Dirección y Programación de los
Trabajos Legislativos;
c) Dirigir los trabajos y supervisar el cumplimiento de las atribuciones y el correcto
funcionamiento de las secretarías de Servicios Parlamentarios y de Servicios
Administrativos y Financieros;
d) Ejecutar en los casos que le corresponda, así como supervisar y vigilar que se cumplan
las políticas, lineamientos y acuerdos de la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos, en la prestación de los servicios
parlamentarios y administrativos y financieros;
e) Formular los programas anuales de naturaleza administrativa y financiera y
f) Informar trimestralmente a la Conferencia para la Dirección y Programación de los
Trabajos Legislativos, sobre el cumplimiento de las políticas, lineamientos y acuerdos
adoptados por ésta y respecto al desempeño en la prestación de los servicios
parlamentarios y administrativos y financieros.
SECCION SEGUNDA
De la Secretaría de Servicios
Parlamentarios
Artículo 50:
1. La Secretaría de Servicios Parlamentarios se integra con funcionarios de carrera y
confiere unidad de acción a los servicios siguientes:
a) Servicios de asistencia técnica a la Presidencia de la mesa directiva, que comprende
los de: comunicaciones y correspondencia; turnos y control de documentos; certificación y
autentificación documental; instrumentos de identificación y diligencias relacionados
con el fuero de los legisladores; registro biográfico de los integrantes de las
legislaturas, y protocolo, ceremonial y relaciones públicas;
b) Servicios de la sesión, que comprende los de: preparación y desarrollo de los
trabajos del pleno; registro y seguimiento de las iniciativas o minutas de ley o de
decreto; distribución en el pleno de los documentos sujetos a su conocimiento; apoyo a
los secretarios para verificar el quorum de asistencia; cómputo y registro de las
votaciones; información y estadística de las actividades del pleno; elaboración,
registro y publicación de las actas de las sesiones y registro de leyes y resoluciones
que adopte el pleno;
c) Servicios de las comisiones, que comprende los de: organización y asistencia a cada
una de ellas a través de su secretario técnico; registro de los integrantes de las
mismas; seguimiento e información sobre el estado que guardan los asuntos turnados a
comisiones y registro y elaboración del acta de sus reuniones;
d) Servicios del Diario de los Debates, que comprende los de:
elaboración integral de la versión estenográfica; del Diario de los Debates,
y de la Gaceta Parlamentaria;
e) Servicios del archivo, que comprende los de: formación, clasificación y custodia de
expedientes del pleno y las comisiones y desahogo de las consultas y apoyo documental a
los órganos de la Cámara y a los legisladores y
f) Servicios de bibliotecas, que comprende los de: acervo de libros; hemeroteca;
videoteca; multimedia; museografía e informática parlamentaria.
2. Cada uno de los servicios establecidos en el párrafo anterior se constituye en una
dirección, la cual se estructura con las oficinas que se requieran, conforme a lo que se
disponga en el estatuto.
3. La Cámara contará también, en el ámbito de la Secretaría General y adscritos a la
Secretaría de Servicios Parlamentarios, con los Centros de Estudios de las Finanzas
Públicas; de Estudios de Derecho, y de Estudios Sociales.
Artículo 51:
1. El secretario de servicios parlamentarios vela por la imparcialidad de los servicios a
su cargo y realiza la compilación y registro de los acuerdos, precedentes y prácticas
parlamentarias.
2. Al secretario le corresponde:
a) Asistir al secretario general en el cumplimiento de sus funciones; acordar con él los
asuntos de su responsabilidad y suplirlo cuando no pueda concurrir a las reuniones de la
mesa directiva;
b) Dirigir los trabajos de las áreas a él adscritas y acordar con los titulares de cada
una de ellas los asuntos de su competencia;
c) Realizar estudios sobre la organización, el funcionamiento y los procedimientos de la
Cámara, así como promover investigaciones de derecho parlamentario comparado y
d) Cumplir las demás funciones que le confieren esta ley y los ordenamientos relativos a
la actividad parlamentaria.
SECCION TERCERA
De la Secretaría de Servicios
Administrativos y Financieros
Artículo 52:
1. La Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros se integra con funcionarios
de carrera y confiere unidad de acción a los servicios siguientes:
a) Servicios de recursos humanos, que comprende los de: aspectos administrativos de los
servicios de carrera; reclutamiento, promoción y evaluación permanente del personal
externo a los servicios de carrera; nóminas; prestaciones sociales y expedientes
laborales;
b) Servicios de tesorería, que comprende los de: programación y presupuesto; control
presupuestal; contabilidad y cuenta pública; finanzas y formulación de manuales de
organización y procedimientos administrativos;
c) Servicios de recursos materiales, que comprende los de: inventario, provisión y
control de bienes muebles, materiales de oficina y papelería y adquisiciones de recursos
materiales;
d) Servicios generales y de informática, que comprende los de: mantenimiento de bienes
inmuebles; alimentación; servicios generales; apoyo técnico para adquisiciones de bienes
informáticos; instalación y mantenimiento del equipo de cómputo, y asesoría y
planificación informática;
e) Servicios jurídicos, que comprende los de: asesoría y atención de asuntos legales de
la Cámara, en sus aspectos consultivo y contencioso;
f) Servicios de seguridad, que comprende los de: vigilancia y cuidado de bienes muebles e
inmuebles; seguridad a personas y control de acceso externo e interno y
g) Servicios Médicos y de atención a diputados.
2. Cada uno de los servicios establecidos en el párrafo anterior se constituye en una
dirección, la cual se estructura con las oficinas que se requieran, conforme a lo que se
disponga en el estatuto.
Artículo 53:
1. El secretario de Servicios Administrativos y Financieros vela por el eficiente
funcionamiento de los servicios que le competen.
2. Al Secretario le corresponde:
a) Asistir al secretario general en el cumplimiento de sus funciones; acordar con él los
asuntos de su responsabilidad y suplirlo cuando no pueda concurrir a las reuniones de la
Junta de Coordinación Política;
b) Dirigir los trabajos de las áreas a él adscritas y acordar con los titulares de cada
una de ellas los asuntos de su competencia;
c) Realizar estudios de carácter administrativo y financiero de la Cámara y
d) Cumplir las demás funciones que le confieren esta ley y los ordenamientos relativos a
la actividad administrativa y financiera.
167,168,169
SECCION CUARTA
De otros órganos técnicos
de la Cámara
Artículo 54:
1. La Cámara cuenta con su propia contraloría interna, la que tendrá a su cargo recibir
quejas, realizar investigaciones, llevar a cabo auditorías y aplicar los procedimientos y
sanciones inherentes a las responsabilidades administrativas de los servidores públicos
de la misma. La contraloría se ubica en el ámbito de la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos y deberá presentar a ésta un informe
trimestral sobre el cumplimiento de sus funciones. Su titular será nombrado a propuesta
de dicha conferencia, por las dos terceras partes de los individuos presentes en el pleno.
Artículo 55:
1. La Coordinación de Comunicación Social tiene a su cargo la difusión de las
actividades de la Cámara, sirve de enlace con los medios de comunicación y es
responsable del programa de publicaciones. La coordinación depende de la presidencia de
la mesa directiva. Su organización y funciones, así como la designación de su titular y
del personal que la integre, se rige por lo dispuesto en el estatuto.
Artículo 56:
1. La unidad de capacitación y formación permanente de los integrantes de los servicios
parlamentario, administrativo y financiero de la Cámara de Diputados es el órgano
técnico responsable de la formación, actualización y especialización de los candidatos
a ingresar y de los funcionarios de carrera en ambas ramas, de conformidad con el estatuto
respectivo. La unidad está a cargo de un coordinador nombrado en los términos que
establezca el estatuto del servicio de carrera y se estructura con las oficinas que se
requieran.
SECCION QUINTA
Disposiciones generales
Artículo 57:
1. El estatuto para la Organización y Funcionamiento de las Secretarías y de los
Servicios de Carrera, por lo menos deberá contener:
a) La estructura de cada una de las secretarías y sus relaciones de mando y supervisión
y
b) Las tareas de las direcciones, oficinas, centros y unidades de la Cámara que integran
los servicios de carrera.
Artículo 58:
1. Las normas y los procedimientos para la conformación de los servicios parlamentario,
administrativo y financiero de carrera, se ajustarán a las siguientes bases:
a) Los cuerpos de la función legislativa y de la función administrativa se integran por
niveles o rangos propios, diferenciados de los cargos y puestos de la estructura orgánica
de la Cámara. Los niveles o rangos permiten la promoción de los miembros titulares de
los cuerpos, en los cuales se desarrolla su carrera, de manera que puedan colaborar con la
Cámara en su conjunto y no exclusiva ni permanentemente en algún cargo o puesto;
b) Para el ingreso a los cuerpos se deberán acreditar los requisitos que señale el
estatuto y haber cumplido con los cursos que imparta la unidad de capacitación y
formación permanente;
c) Los nombramientos de los titulares de los servicios parlamentario, administrativo y
financiero en un nivel o rango de un cuerpo para ocupar un cargo o puesto, se regularán
por las disposiciones del estatuto y
d) La permanencia y promoción de los funcionarios se sujetará a la acreditación de los
exámenes de los programas de actualización y especialización que imparta la unidad,
así como a los resultados de la evaluación anual que se realice en los términos que
establezca el estatuto.
2. Las condiciones de trabajo y los sistemas de adscripción, movimientos a los cargos,
compensaciones adicionales por el desempeño de un cargo y remociones, así como las
demás disposiciones necesarias para la organización y adecuado desempeño de los
servicios de carrera de la Cámara, se desarrollarán en el estatuto.
3. Los miembros de los dos servicios de carrera serán considerados trabajadores de
confianza y sus relaciones laborales se regirán conforme a lo establecido por la
fracción XIV del apartado B del artículo 123 de la Constitución, por esta ley y por el
estatuto. A efecto de que reciban las prestaciones de seguridad social, se celebrarán los
convenios pertinentes con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado.
ARTICULOS TRANSITORIOS
Primero. Publíquese el
presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Salvo lo previsto específicamente en los demás artículos
transitorios del presente decreto, sus preceptos entrarán en vigor al día siguiente de
su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Tercero. Hasta la expedición de las disposiciones que corresponden al
Congreso en materia de funcionamiento y procedimientos de las cámaras, se seguirá
aplicando el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos, en lo que no se oponga a las disposiciones contenidas en el presente
decreto.
Cuarto. La mesa directiva de la Cámara de Diputados a que se refiere el
presente decreto será electa en la última sesión del mes de septiembre del primer
periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LVII Legislatura. En su
caso, se aplicará lo previsto en la parte final del párrafo séptimo del artículo 18 de
esta ley. La Junta de Coordinación Política se constituirá a más tardar, en la segunda
sesión de dicho periodo. La Conferencia para la Dirección y Programación de los
Trabajos Legislativos se instalará al día siguiente de que se constituya la Junta de
Coordinación Política.
Quinto. Los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados constituidos
al inicio de la LVII Legislatura ejercerán los derechos y prerrogativas que se contienen
en el presente decreto. Lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 30 de la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos entrará en vigor para el
ejercicio fiscal del año 2000.
Sexto. La integración de las comisiones previstas en los artículos 40 y
41, así como del comité a que se refiere el párrafo segundo del artículo 47 del
ordenamiento que se reforma mediante el presente decreto, se hará a partir del 15 de
marzo del año 2000. Para el caso de que se considere necesaria, por las tareas a su
cargo, la permanencia de alguno o algunos de los comités o de las comisiones actualmente
existentes, éstos continuarán funcionando hasta la fecha que determine la Conferencia
para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. En todo caso, la LVIII
Legislatura integrará las comisiones y el Comité de Información, Gestoría y Quejas, en
los términos y plazos que se establecen en esta ley.
Séptimo. A partir del 15 de marzo del año 2000, los asuntos que hayan
quedado pendientes de resolución en las comisiones de la Cámara de Diputados, serán
distribuidos bajo los siguientes criterios:
a) Los asuntos a cargo de las comisiones ordinarias y especiales vigentes, así como de
los comités se distribuirán de la siguiente forma:
Comisiones
Vigentes |
Nuevas
comisiones o comités |
Asuntos de la
Frontera Sur
Asuntos Fronterizos
Gobernación
y Puntos Constitucionales Población y Desarrollo
Protección Civil
Radio,
Televisión y Cinematografía Seguridad Pública |
Gobernación, Población y
Seguridad Pública. |
Gobernación y Puntos
Constitucionales (iniciativas de reforma constitucional) Fortalecimiento del Federalismo
Fortalecimiento Municipal. |
Puntos Constitucionales y Sistema
Federal. |
Derechos Humanos
Justicia |
Justicia y Derechos Humanos |
Relaciones Exteriores |
Relaciones Exteriores |
Defensa Nacional |
Defensa Nacional |
Marina |
Marina |
Hacienda y Crédito Público |
Hacienda y Crédito Público |
Desarrollo Regional y Apoyo a la
Producción
Programación, Presupuesto y Cuenta Pública |
Presupuesto y Cuenta Pública |
Asentamientos Humanos y Obras
Públicas.
Desarrollo Social
Vivienda |
Desarrollo Social y Vivienda |
Asuntos Hidráulicos
Bosques y Selvas
Ecología y Medio
Ambiente Pesca |
Medio Ambiente, Recursos
Naturales y Pesca |
Energéticos |
Energía |
Artesanías
Comercio
Patrimonio
y Fomento Industrial |
Comercio y Fomento Industrial. |
Agricultura
Ganadería |
Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Rural. |
Comunicaciones y Transportes |
Comunicaciones y Transportes |
Ciencia y Tecnología
Corrección de Estilo
Cultura
Deporte
Educación |
Educación Pública, Cultura y
Ciencia y Tecnología |
Pensionados y Jubilados
Salud
Seguridad Social |
Salud y Seguridad Social |
Trabajo y Previsión Social |
Trabajo y Previsión Social |
Reforma Agraria |
Reforma Agraria |
Turismo |
Turismo |
Estudios Legislativos
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias |
Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias |
Distrito Federal |
Distrito Federal |
Asuntos Indígenas |
Asuntos Indígenas |
Equidad y Género |
Equidad y Género |
Atención y Apoyo a
Discapacitados Asuntos de la Juventud
Participación Ciudadana |
Atención a Grupos Vulnerables |
Fomento Cooperativo
Distribución y Manejo de
Bienes de Consumo y Servicios |
Fomento Cooperativo y Economía
Social |
Vigilancia de la Contaduría
Mayora de Hacienda |
Vigilancia de la Contaduría
Mayor de Hacienda |
Comisión de Información,
Gestoría y Quejas |
Comité de Información,
Gestoría y Quejas. |
170,171,172
b) Las iniciativas de reforma constitucional
que se encuentren en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, serán
turnadas a la Comisión de Puntos Constitucionales y Sistema Federal, así como a las
otras comisiones ordinarias que corresponda. Los demás asuntos a cargo de la Comisión de
Gobernación y Puntos Constitucionales se turnarán a la nueva Comisión de Gobernación,
Población y Seguridad Pública.
c) En caso de que se presenten controversias sobre la distribución de las competencias de
las comisiones establecidas en el inciso a, la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos resolverá lo conducente.
Octavo. Se respetarán los derechos contractuales de los actuales
secretarios técnicos y demás personal de las comisiones. Serán adscritos por acuerdo de
la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, de
conformidad con la reestructuración de comisiones a que se refiere el artículo séptimo
transitorio.
Noveno. En tanto se expide y aplica el estatuto a que refiere el
artículo 57 de esta ley, la Conferencia para la Dirección y Programación de los
Trabajos Legislativos propondrá al pleno la designación tanto de los secretarios de
Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y Financieros, así como del
coordinador de Comunicación Social. Las designaciones se harán dentro de los 30 días
siguientes a la elección de la mesa directiva. En todo caso, la elección de los
secretarios mencionados se hará por el voto de las dos terceras partes de los diputados
presentes en el pleno.
Todos los funcionarios de la Cámara que conforme a la presente ley designe el pleno
durante la LVII Legislatura, permanecerán en su encargo hasta el 31 de agosto del año
2000 y podrán ser reelectos por la nueva legislatura.
La expedición del estatuto se realizará a más tardar dentro del primer año de
ejercicio de la LVIII Legislatura.
Los secretarios de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y Financieros
deberán reunir los requisitos establecidos por esta ley para el secretario general. El
primero de ellos, además, deberá contar con título de licenciado en derecho y acreditar
experiencia en las tareas parlamentarias o conocimiento de derecho parlamentario por
ejercicio profesional o docencia en ramas afines. El segundo deberá tener título
profesional en alguna rama del conocimiento que resulte afín a las funciones de carácter
administrativo y contar con experiencia en el servicio público.
Décimo. Las referencias que otros ordenamientos hagan de la Oficialía
Mayor y de la Tesorería de la Cámara de Diputados, así como de sus respectivos
titulares, se entenderán aplicables en lo conducente a la Secretaría General y a quien
la encabece.
Decimoprimero. En tanto se expide el estatuto relativo a los servicios
parlamentarios, administrativos y financieros, la designación de los directores, jefes de
oficina y demás personal se hará conforme a los lineamientos que acuerde la Conferencia
para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, tomando en cuenta de
manera preferencial al personal que actualmente presta sus servicios en la Cámara de
Diputados, siempre y cuando reúna los requisitos para el cargo. En igualdad de
condiciones, se preferirá siempre al de mayor antigüedad.
El personal que actualmente colabora con la Cámara y que sea designado para ocupar
cualquiera de los cargos de los servicios de carrera, tendrá derecho a que le sean
reconocidos, para efectos de su retiro y el pago de todas las prestaciones que
correspondan en los términos establecidos en el estatuto, la antigüedad efectiva
computada desde la fecha de su primer ingreso a cualquiera de las dos cámaras del
Congreso de la Unión.
Decimosegundo. Los derechos que la Ley Federal de los Trabajadores al
Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional, otorga
a los trabajadores de la Cámara de Diputados, no se verán afectados por el
establecimiento de la nueva estructura de organización administrativa de la Cámara.
México, Distrito Federal, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de junio de 1999.- Por
la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.- Diputados: Fidel Herrera
Beltrán, presidente; Sergio César Alejandro Jáuregui Robles, Francisco Epigmenio Luna
Kan, Jorge Canedo Vargas, secretarios; Francisco José Paoli y Bolio, Santiago Creel
Miranda, Juan Miguel Alcántara Soria, Sandra Lucía Segura Rangel, Bernardo Bátiz
Vázquez, Pablo Gómez Alvarez, Demetrio Javier Sodi de la Tijera, Francisco Agustín
Arroyo Vieyra, José Luis Benjamín Lamadrid Sauza, Ignacio Mier Velasco, Gil Rafael
Oceguera Ramos, Miguel Quiroz Pérez, Mauricio Alejandro Rossell Abitia, Miguel Sadot
Sánchez Carreño, Luis Patiño Pozas y Jorge Emilio González Martínez.»
Tiene la palabra el diputado Francisco
Arroyo Vieyra, para presentar una propuesta de adiciones... Se retira la propuesta del
diputado Francisco Arroyo, entiendo que la va a hacer el diputado Fidel Herrera Beltrán a
nombre de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Proceda la Secretaría a dar lectura a la proposición... Abrase el micrófono al diputado
Arroyo Vieyra.
El diputado
Agustín Arroyo Vieyra
(desde su curul): |
Señor Presidente, con todo respeto, en
virtud de que los grupos parlamentarios están haciendo un esfuerzo por llegar a acuerdos
todavía en algunos artículos, le ruego sea usted tan gentil de considerar, en base a las
facultades que la ley le otorga, un nuevo receso. Esperamos que no sea muy largo.
Gracias.
Le vamos a pedir a los señores
coordinadores de los grupos parlamentarios que indiquen el estado de esta situación, si
se autoriza o no el receso.
El diputado
Francisco José Paoli y Bolio (desde su curul): |
No están. Los coordinadores están
precisamente en los acuerdos parlamentarios. En sus facultades, autorícelo, señor
Presidente.
RECESO
El Presidente (a
las 14:16 horas): |
Bueno, con las facultades de esta
Presidencia, declaramos un receso por 10 minutos para que continúen con las negociaciones
de este dictamen.
173,174,175
(Receso.)
(A las 15:12 horas.) Queremos informar a los
señores diputados que este receso continuará hasta las seis en punto de esta tarde y a
esa hora continuaremos con los trabajos de Cámara.
Gracias.
(Receso.)
(A las 19:25 horas.) Continuando con esta sesión de la Cámara de Diputados, después de
este receso se reanuda, tiene la palabra el diputado Fidel Herrera Beltrán, para
presentar una propuesta de adiciones al dictamen, a nombre de la Comisión de Reglamentos
y Prácticas Parlamentarias.
El diputado
Fidel Herrera Beltrán: |
Señor Presidente de la Cámara;
señores secretarios:
Como es de su conocimiento, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias ha
procedido a la dictaminación de diversas iniciativas de reformas al Título Segundo de la
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentadas por
diputados de los distintos grupos parlamentarios de esta LVII Legislatura.
El dictamen presentado por esta comisión ha sido publicado en la Gaceta Parlamentaria el
día 20 de los presentes, a efecto de realizar su análisis y discusión en la sesión del
pleno conforme lo disponga esa Presidencia.
En una revisión final realizada por el conjunto de los integrantes de la Comisión de
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias sobre el dictamen producido, se estimó
conveniente y oportuno realizar algunas modificaciones respecto de la publicación hecha
en la Gaceta Parlamentaria, con objeto de aclarar y precisar en su caso diversas
expresiones y términos sobre el decreto que se propone, a cuyos efectos nos permitimos
reseñarlas a continuación, a fin de que se aplique lo dispuesto en el artículo 124 del
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso y se pongan en conocimiento del pleno
para los efectos correspondientes:
1. En razón de que en el acto de rendición
de protesta de ley de los integrantes de la mesa directiva de la Cámara, que se
desarrolla en los párrafos octavo, noveno y décimo del artículo 16 del proyecto de
decreto de reformas al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, constituye un requerimiento innecesario dado que en forma previa
todos los diputados de la legislatura habrían rendido la protesta correspondiente ante la
presidencia de la mesa de decanos, se estima pertinente eliminar los párrafos noveno y
décimo, de suerte que el párrafo octavo del citado artículo 16 quede de la siguiente
forma:
"Octavo. Realizadas las votaciones y declarados los resultados para la elección de
la mesa directiva de la Cámara, el presidente de la mesa de decanos invitará a sus
integrantes a que ocupen el lugar que les corresponde en el presidium y los miembros de
ésta tomarán su sitio en el salón de sesiones."
En razón de lo anterior, los actuales párrafos decimoprimero y decimosegundo del
artículo 16 del proyecto de decreto se recorren en su orden para ser los párrafos noveno
y décimo respectivamente.
En el párrafo décimo que corresponde a la nueva numeración, se recorre considerándose
oportuno cambiar su parte inicial de la siguiente manera, a efecto de evitar en lo posible
la reiterada utilización de la frase "en el supuesto".
"10. En la circunstancia de que la mesa de decanos deba actuar como mesa directiva en
tanto se concretan los entendimientos necesarios para elegir ésta, se harán las
comunicaciones pertinentes a que se refiere el párrafo anterior."
2. En el artículo 19 del proyecto de decreto se ha considerado prudente añadir una
última frase al final de su único párrafo, a efecto de precisar con toda claridad la
necesidad de que los grupos parlamentarios, una vez alcanzados los entendimientos
necesarios para la formulación de la lista con los nombres y cargos de los integrantes de
la mesa directiva, pudieran suscribirla de conformidad. En tal virtud, la redacción de
dicho párrafo sería la siguiente:
"1. En la formulación de la lista para la elección de los integrantes de la mesa
directiva de los grupos parlamentarios, cuidarán que los candidatos cuenten con una
trayectoria y comportamiento que acrediten prudencia, tolerancia y respeto en la
convivencia política, así como experiencia en la conducción de asambleas. La mencionada
lista será suscrita por los grupos parlamentarios."
3. En el artículo 21 párrafo segundo inciso d se acordó sustituir el uso de la
expresión "modalidades" por el de "formas", por técnica jurídica y
mayor claridad en lo que se refiere a las atribuciones de la mesa directiva para
determinar, durante las sesiones, lo relativo a los debates, discusiones y deliberaciones.
De esta suerte, la redacción del citado inciso d del párrafo segundo del artículo 21,
queda en los siguientes términos:
"d) Determinar durante las sesiones las formas que puedan adoptarse en los debates,
discusiones y deliberaciones, tomando en cuenta las propuestas de los grupos
parlamentarios."
4. En el artículo 24, que se ocupa de las atribuciones del presidente de la mesa
directiva en lo relativo al inciso a, se ha considerado necesario clarificar su
redacción, de suerte que se precise de mejor manera su actuación en los diversos
ámbitos de la actividad legislativa, en concordancia con el texto constitucional, así la
redacción de este dispositivo es la siguiente:
"a) Presidir las sesiones del Congreso General, las de la Cámara y las de la
Comisión Permanente, así como las reuniones de la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos.
Cuando la Presidencia de la Comisión Permanente corresponda a la Cámara de Diputados, el
presidente de la mesa directiva formará parte de la propuesta de diputados que deberán
integrarla."
5. En el artículo 27 y con el mismo objetivo de evitar la utilización reiterada de
algunas palabras, se propone utilizar en vez de la alocución "los términos",
la siguiente:
"1. Conforme a lo dispuesto por el artículo 70 constitucional, el grupo
parlamentario es el conjunto de diputados según su afiliación de partido, a efecto de
garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas en la Cámara."
En el párrafo segundo de este mismo
artículo, con objeto de clarificar la adecuada naturaleza de los grupos parlamentarios,
se ha decidido sustituir la palabra "representado", en relación con los mismos,
para quedar como sigue:
"2. El grupo parlamentario se integra por lo menos con cinco diputados y sólo podrá
haber uno por cada partido político nacional que cuente con diputados en la
Cámara."
En el inciso b del párrafo tercero del citado artículo 27, como ya se ha razonado, se
decidió sustituir la expresión "en los términos", de la siguiente manera:
"b) Las normas acordadas por los miembros del grupo para su funcionamiento interno,
según dispongan los estatutos del partido político en el que militen."
6. En el artículo 28 párrafo segundo, se realiza también una sustitución de las
palabras "el término" por las de "el ejercicio", de modo que dicho
numeral quede redactado en los siguientes términos:
"2. Durante el ejercicio de la legislatura, el coordinador del grupo parlamentario
comunicará a la mesa directiva las modificaciones que ocurran en la integración de su
grupo, con base en las comunicaciones de los coordinadores de los grupos parlamentarios.
El presidente de la Cámara llevará el registro del número de integrantes de cada uno de
ellos y sus modificaciones. Dicho número será actualizado en forma permanente y servirá
para los cómputos que se realizan por el sistema de voto ponderado."
7. En el artículo 31 párrafo primero y a efecto de que queden claramente determinados
los mecanismos de apoyo a los diputados, considerados como sin partido por no haberse
inscrito o dejado de pertenecer a un grupo parlamentario, se acordó modificar su
redacción eliminando la frase "en lo individual" para quedar en los siguientes
términos:
"1. Los diputados que no se inscriban o dejen de pertenecer a un grupo parlamentario,
sin integrarse a otro existente, serán considerados como diputados sin partido,
debiendóseles guardar las mismas consideraciones que a todos los legisladores y
apoyándolos conforme a las posibilidades de la Cámara para que puedan desempeñar sus
atribuciones de representación popular."
8. En el artículo 32 párrafo segundo y por la multicitada razón de corrección de
estilo, se sustituye el uso de las palabras "el términos" por las de "la
duración", por lo que este numeral queda como sigue:
"2. Será presidente de la junta por la duración de la legislatura, el coordinador
de aquel grupo parlamentario que por sí mismo cuente con la mayoría absoluta en la
Cámara."
9. En el artículo 39 en el inciso a párrafo primero, se decidió cambiar su redacción
por una más acorde con las atribuciones de que se quiere dotar a la Conferencia para la
Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. Este inciso queda de la siguiente
manera:
"a) Establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones, el calendario
para su desahogo, la integración básica del orden del día de cada sesión, así como
las formas que seguirán los debates, discusiones y deliberaciones."
10. En el artículo 40 párrafo tercero, se ha estimado procedente precisar el rango
constitucional de las tareas de control que con carácter de evaluación realizan las
comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados, a cuyo fin dicho párrafo debe
enunciarse de la siguiente forma:
"3. Las comisiones ordinarias establecidas en el párrafo anterior, tienen a su cargo
tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio conforme a lo
dispuesto por el párrafo segundo del artículo 93 constitucional, y su competencia se
corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal."
En este orden de ideas, cabe precisar también la redacción del apartado de
consideraciones en materia de las comisiones y los comités en su párrafo segundo, a cuyo
efecto debe modificarse en la página 12, primera columna, el texto de la parte media del
citado párrafo en los siguientes términos:
"Después de intensas sesiones de intercambio de puntos de vista, en el texto que
presenta este dictamen, se establece la distinción del objeto de las comisiones al
enunciar que éstas elaboran dictámenes, informes, opiniones o resoluciones para hacer
posible que la Cámara desarrolle las funciones que le señalan la Constitución y la
leyes."
176,177,178
Sin mencionarlo en el articulado, las normas
que se proponen precisan que a las comisiones de la Cámara, según el caso de la que se
trate, pueden corresponderle alguna o algunas de las funciones siguientes: de dictamen
sobre iniciativas de ley o decreto; de solicitud, recepción y análisis de información;
de control evaluatorio de la administración pública; de dictamen para dar cumplimiento a
la facultad de designar servidores públicos; de preparación de proyectos de ley y
desahogo de consultas sobre los ordenamientos que rigen el funcionamiento de la Cámara;
de coordinación con la entidad de fiscalización de las finanzas públicas; de
conocimiento y resolución de denuncias por responsabilidad de funcionarios públicos y de
investigación sobre el funcionamiento de las entidades de la Administración Pública
Federal.
11. En el artículo 43 párrafo primero y con el mismo objeto señalado en puntos
anteriores, de lograr una mejor expresión y claridad en la norma que se propone, se ha
revisado su redacción para quedar como a continuación se indica:
"1. El pleno podrá acordar la constitución de comisiones especiales, cuando se
estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico. El acuerdo que las
establezca señalará su objeto, el número de los integrantes que la conformarán y el
plazo para efectuar las tareas que se les hayan encomendado."
Cumplido su objeto se extinguirán, cuando se haya agotado el objeto de una comisión
especial o al final de la legislatura, el secretario general de la Cámara informará lo
conducente a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos
Legislativos, la cual hará la declaración de su extinción.
12. En el artículo 44 párrafo tercero, en lo que se refiere a la propuesta de
integración de las comisiones que realice la Junta de Coordinación Política, se
modifica su redacción a fin de que obedezca de mejor modo a la señalada atribución.
La redacción final a considerarse es la siguiente:
"3. Al proponer la integración de las comisiones, la junta postulará también a los
diputados que deban presidirlas y fungir como secretarios. Al hacerlo cuidará que su
propuesta incorpore a los diputados pertenecientes a los distintos grupos parlamentarios,
de tal suerte que se refleje la proporción que representan en el pleno y tome en cuenta
los antecedentes y la experiencia legislativa de los diputados."
13. En el artículo 45 párrafo cuarto, con objeto de precisar cuestiones que resultan
importantes en cuanto al trabajo de las comisiones, para que puedan cumplir a plenitud sus
atribuciones se estima prudente eliminar su parte inicial e incorporarla en el texto
subsiguiente, con lo que dicho dispositivo queda de la siguiente manera:
"4. Las comisiones podrán establecer subcomisiones o grupos de trabajo para el
cumplimiento de sus tareas.
En la constitución de las subcomisiones se buscará reflejar la pluralidad de los grupos
parlamentarios representados en la comisión."
14. En el artículo 46, con la misma finalidad señalada en el punto anterior, se
perfecciona la redacción de los párrafos primero, segundo, cuarto y sexto, de modo que
estos numerales tengan la siguiente redacción:
"1. Los presidentes de las comisiones ordinarias, con el acuerdo de éstas, podrán
solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo
Federal cuando se trate de un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a
las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos
aplicables."
"2. No procederá la solicitud de información o documentación cuando una u otra
tengan el carácter de reservada conforme a las disposiciones legales aplicables."
"4. Las comisiones ordinarias cuya materia se corresponde con los ramos de la
Administración Pública Federal, harán el estudio del informe a que se refiere el primer
párrafo del artículo 93 constitucional, según su competencia. Al efecto formularán un
documento en el que consten las conclusiones de su análisis; en su caso podrán requerir
mayor información del ramo o solicitar la comparecencia de servidores públicos de la
dependencia ante la propia comisión."
"Si de las conclusiones se desprenden situaciones que por su importancia o
trascendencia requieran la presencia en la Cámara del titular de la dependencia, la
comisión podrá solicitar al presidente de la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos, que el secretario del despacho o jefe de
departamento administrativo correspondiente comparezca ante el pleno. Asimismo se estará
a lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 93 constitucional."
"6. Las comisiones tendrán las tareas siguientes:
a) Elaborar su programa anual de trabajo;
b) Rendir un informe semestral de sus actividades a la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos;
c) Organizar y mantener un archivo de todos los asuntos que le sean turnados, que deberá
ser entregado a la legislatura siguiente;
d) Sesionar cuando menos una vez al mes;
e) Resolver los asuntos que la mesa directiva de la Cámara les turne;
f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnados a
las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia
para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y
g) Realizar las actividades que se deriven de esta ley, de los ordenamientos aplicables,
de los acuerdos tomados por el pleno de la Cámara y los que adopten por sí mismas con
relación a la materia o materias de su competencia."
15. En el artículo 49 párrafo segundo, se ha estimado necesario realizar una adición en
su parte final a efecto de hacer la previsión para que el secretario general que concluya
su mandato, pueda continuar en sus funciones hasta la elección de quien lo sustituya, de
modo que no se interrumpan las actividades de la estructura de apoyo a los trabajos de la
Cámara. Así la redacción de este numeral es la siguiente:
"2. El secretario general de la Cámara será nombrado por el pleno con el voto de
las dos terceras partes de los diputados presentes a propuesta de la Conferencia para la
Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el término de cada
legislatura, pudiendo ser reelecto. Continuará en sus funciones hasta la realización de
la elección correspondiente."
16. En el artículo 50 párrafo tercero, se consideró prudente ampliar la
caracterización de los centros de estudios de derecho y sociales creados en el ámbito de
la Secretaría de Servicios Parlamentarios para que sus denominaciones sean como sigue:
"3. La Cámara contará también, en el ámbito de la Secretaría General y adscritos
a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, con los centros de estudios de finanzas
públicas, de estudios de derecho e investigaciones parlamentarias y de estudios sociales
y de opinión pública."
17. En el artículo séptimo transitorio, en lo que se refiere a la redistribución de los
asuntos a cargo de las comisiones ordinarias y especiales vigentes, así como de los
comités y para la mejor comprensión de las reformas que se contienen en el decreto
respectivo, se adiciona al final de la que se considera en este dispositivo una segunda
tabla en la que se contengan en la primera columna los comités que actualmente funcionan
en la Cámara y en una segunda columna, los órganos o áreas de servicios que asumirán
sus funciones.
Comités vigentes |
Organo o área que
asume sus tareas |
Administración. |
Junta de Coordinación Política. |
Asuntos Editoriales. |
Coordinación de Comunicación Social. |
Asuntos Internacionales. |
Comisión de Relaciones Exteriores. |
Biblioteca e Informática. |
Servicios de Bibliotecas |
Comunicación Social. |
Coordinación de Comunicación Social. |
Instituto de Investigaciones Legislativas |
Centro de Estudios y Derecho e Investigaciones
Parlamentarias. |
De igual forma y previa a la
revisión detallada del dictamen publicado en la Gaceta Parlamentaria del 20 de los
presentes mes y año a que se ha hecho referencia, se detectaron diversas erratas en el
texto del mismo, las que se indican a continuación, señalándolas en negritas a fin de
que se consideren en la versión definitiva del dictamen que se somete a votación del
pleno.
Apartado de consideraciones del dictamen:
Página 13, segunda columna, segundo párrafo, penúltimo renglón.
Dice: ... en los plazos que le señale el correspondiente...
Debe decir: en los plazos que les señale el correspondiente...
Página 14, segunda columna, quinto párrafo, cuarto renglón.
Dice: Este órgano lo propone el pleno, que a su vez le nombra por las dos terceras
partes.
Debe decir: Este órgano propone su titular al
pleno, que a su vez le nombra por las dos terceras partes.
Texto del decreto: Página 20, artículo 21 párrafo 2 inciso i.
Dice: i) Las demás que le atribuye esta ley.
Debe decir: i) Las demás que le atribuyen esta ley.
Página 24, artículo 35 párrafo 1 inciso g.
Dice: g) Las demás que le atribuyen esta ley, o los ordenamientos relativos.
Debe decir: g) Las demás que le atribuyen esta ley o los ordenamientos relativos.
Página 25, artículo 37 párrafo 1 inciso e.
Dice: e) Las demás que se derivan de esta ley o que le sean conferidos por la propia
junta.
Debe decir: e) Las demás que se deriven de esta ley o que le sean conferidas por la
propia junta.
Página 28, artículo 46 párrafo 6 inciso f.
Dice: f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones
turnadas a las mismas.
Debe decir: f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones
turnados a las mismas.
Página 33, artículo séptimo transitorio inciso a.
Dice: a) Los asuntos a cargo de las comisiones ordinarias especiales vigentes, así como
de los comités se distribuirán de la siguiente forma.
Debe decir: a) Los asuntos a cargo de las comisiones ordinarias y especiales vigentes,
así como de los comités, se distribuirán de la siguiente forma.
Página 33, artículo séptimo transitorio, cuadro de comisiones, primera columna, última
fila.
Dice: Comisión Información, Gestoría y Quejas.
Debe decir: Información, Gestoría y Quejas.
Es todo, señor Presidente, hasta ahora en este debate.
Gracias, señor diputado.
Está a discusión en lo general el proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de
la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con las adiciones
propuestas por la comisión.
Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general los
siguientes oradores hasta por 15 minutos: Gloria Lavara Mejía, del Partido Verde
Ecologista de México; Ricardo Cantú Garza, por el Partido del Trabajo; Francisco José
Paoli y Bolio, por el Partido Acción Nacional; Pablo Gómez Alvarez, por el Partido de la
Revolución Democrática y finalmente, el diputado Arturo Núñez Jiménez, por el Partido
Revolucionario Institucional.
Tiene la palabra la diputada Gloria Lavara Mejía, del Partido Verde Ecologista de
México.
Por favor, le pedimos al equipo de apoyo
encender el micrófono del diputado Cantú.
Adelante, diputado.
El diputado
Ricardo Cantú Garza
(desde su curul): |
Para recordarle al señor Presidente que
no se ha aprobado ninguna dispensa de trámite. Desde ese punto de vista se debe primero
de dar lectura al dictamen para que se ponga a consideración.
179,180,181
Diputado, esta Presidencia le informa
que antes del receso fue aprobada la dispensa del trámite a que usted se refiere.
Adelante, diputada Lavara.
La diputada Gloria Lavara Mejía: |
Con su permiso, señor Presidente;
compañeras y compañeros diputados:
En la actualidad nadie puede poner en duda la necesidad de reformar la Ley Orgánica del
Congreso de la Unión, mejorar su eficiencia y la rapidez para adoptar los consensos, así
como agilizar la toma de decisiones parlamentarias; en un ámbito de debate político
reflexivo dentro de la marcada pluralidad prevaleciente, deben ser su principal objetivo.
Tal afirmación es confirmada con la presentación de las iniciativas de reforma
propuestas por los diversos grupos parlamentarios en esta Cámara, en la cual el grupo
parlamentario del Partido Verde Ecologista de México no fue ajeno.
Hoy día la búsqueda de consensos entre los
representantes de las diversas ideologías que dan sustento e identidad a cada partido
político, pareciera dilatar o retrasar inútilmente el trabajo parlamentario, pero esto
es derivado de una confusión a la que se ha inducido al grueso de la población. Antes
bien, por el contrario, debido precisamente a la búsqueda de consenso, a la opinión del
resto de los integrantes de los movimientos sociales con representación en los órganos
legislativos federales, al diálogo que debe existir entre los diversos poderes de la
Unión, junto con el intercambio de opiniones, se enriquece la participación y el trabajo
parlamentario.
Los diversos aspectos de la reforma propuesta contenida en el dictamen que hoy se somete a
votación, son considerados a continuación detalladamente por el grupo parlamentario del
Partido Verde Ecologista de México. Comencemos con lo más elemental.
La reforma de la Ley Orgánica, relativa a la sesión constitutiva de la Cámara luego de
la elección de sus integrantes, parte de un nuevo órgano denominado mesa de decanos, la
cual tiene por objeto el que los diputados con mayor experiencia parlamentaria, que no es
sinónimo de antigüedad, aunque así lo hayan mencionado en el dictamen, tengan que
conducir la sesión constitutiva de este órgano colegiado, situación que es benéfica a
todas luces, dada la capacidad probada por los años en los que han participado como
legisladores.
Confiaremos en el hecho de que se hayan desempeñado más tiempo como legisladores, debido
a una sapiencia en la adecuada conducción de las sesión constitutiva de la Cámara, una
de las más importantes para el desarrollo del posterior trabajo parlamentario.
La reforma a la Ley Orgánica responde a la aspiración de los diversos grupos
parlamentarios por tratar de mejorar las condiciones de funcionalidad de la Cámara de
Diputados y muestra la inquietud en la que se ven inmersos los diputados que los integran,
por cuanto a los procedimientos, funcionamiento y organización de esta Cámara de
Diputados.
Por lo que toca al proceso de elección de mesa directiva, el método encontrado no
refleja totalmente la pluralidad con la que se pretende conducir los trabajos
parlamentarios durante la legislatura. Al respecto llama la atención el que este órgano
de dirección y conducción de las sesiones sea presidido durante el tiempo que dura un
año legislativo por una sola persona, tal y como también sucede con la presidencia de la
Junta de Coordinación Política, lo cual muestra la intención de excluir tanto del
órgano de gobierno de la Cámara como de la mesa directiva, a las fuerzas políticas de
reciente creación, entre las cuales se ubica por supuesto el Partido Verde Ecologista de
México.
La exclusión obedece y se justifica sólo por dos razones: porque las actuales mayorías
sienten amenazadas las prerrogativas que su representación política les brindan o porque
temen que los representantes innovadores transformen las instituciones políticas,
económicas y sociales del país en su perjuicio, no del pueblo de México.
La tendencia política de nuestro país, mira a la mayor participación de los partidos
políticos de reciente creación, por lo que la integración sugerida de la presidencia de
mesa directiva y de la Junta de Coordinación Política, sería excluyente.
El dictamen que se somete a votación no
refleja las actuales condiciones de pluralidad democrática y el proceso de
democratización en que se encuentra inmersa la sociedad mexicana, no responde a las
aspiraciones del pueblo de México ni contribuye al fortalecimiento del Poder Legislativo
frente a los demás poderes de la Unión; simplemente responde a los intereses creados de
los grupos políticos representados a través de los partidos políticos mayoritarios que
pretendan no sólo conservar sus actuales prerrogativas, sino incluso evitar el alcance de
las nuevas fuerzas políticas nacionales marginándonos del análisis y discusión del
dictamen que hoy debatimos.
Por todo ello, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, votará en
contra en lo general, no sólo porque ve amenazada la posibilidad de crecimiento y de
representatividad que la sociedad le confirió en las pasadas elecciones, sino que
principalmente atenta contra la democracia y el estado de derecho.
Desperdiciar la oportunidad de la reforma planteada a la ley para dictaminar sólo una
parte de las reformas hasta ahora presentadas, retrasa el trabajo parlamentario y refleja
la tendencia con la que se conduce la comisión dictaminadora en relación con las
reformas planteadas; así lo confirma el hecho de que en el dictamen no aparezca la menor
alusión a la reforma presentada por el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista
de México, en relación a las comisiones investigadoras, propuesta que por sí misma
cubrirá una de las grandes lagunas de regulación de los órganos de la Cámara de
Diputados.
Es mejor procurar una reforma integral a la ley que someter pequeñas reformas en las que
no existe un consenso generalizado respecto de las mismas y que al mismo tiempo
desaprovecha la oportunidad de llegar a otros consensos en otras iniciativas de reforma
igualmente importantes. Falta mucho por hacer.
Presentar dictámenes parciales e incompletos que sólo abordan aspectos particulares del
proceso democrático y que benefician sólo a las mayorías dominantes que lo propusieron
y votaron internamente en la comisión, trata de sorprender el buen juicio del resto de
los representantes de la nación; intenta arrebatar a las minorías los logros obtenidos
con tanto esfuerzo y perjudica gravemente el progreso de la nación.
Respecto a la reducción en el número de comisiones que integran la Cámara de Diputados,
si bien favorece en términos generales a agilizar el trabajo parlamentario en tanto que
en algunas ocasiones son desperdiciados recursos y en otras son los mismos diputados los
que no toman la debida atención a todas las comisiones en las que participan, esto no
sucede en todos los casos; la Comisión de Asuntos de la Juventud es un claro ejemplo de
ello, el trabajo desarrollado por ella, los logros al impulsar diversas iniciativas en
beneficio de este amplio sector, por cierto el más grande de nuestro país, justifican su
permanencia, pero en el proyecto no se considera de esta manera.
La conformación de este sector, la problemática que encierra la atención de sus
circunstancias y de sus inquietudes, han sido parte de las campañas políticas
presentadas por los diversos grupos políticos.
Ahora que existe la oportunidad de fijar un trabajo estable que ha dado frutos
trascendentes en el transcurso de esta legislatura, de cumplir con sus promesas y de
realizar los proyectos en el presente y futuro en torno a los jóvenes, se deja pasar de
largo en detrimento del futuro del país.
Los jóvenes, como la economía y el desarrollo nacional, también merecen atención
específica a través de un órgano legislativo que impulse y encauce las reformas de los
textos legales para proporcionarles condiciones de bienestar, su desaparición los condena
a un programa de gobierno y a un proyecto legislativo que no atienda de manera específica
su problemática tan sólo para ser condenado al olvido. Los jóvenes deben formar parte
de las agendas legislativas de cada partido, de cada entidad federativa y de cada órgano
legislativo en lo particular; hacer específica su atención y la solución a sus
dificultades, es un problema que a todos nos atañe.
Después de todo lo expuesto, los diputados del grupo parlamentario del Partido Verde
Ecologista de México, no nos oponemos a este ánimo renovador al que inexcusablemente
deben someterse las instituciones políticas, sólo intentamos conducir estas reformas
dentro de cauces de apertura y pluralidad, de inclusión y renovación.
Por eso, el dictamen que hoy se presenta para ser sometido a votación en lo general y en
lo particular lo reprobamos reservándonos al respecto algunos puntos a discusión.
Los diputados que integramos el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de
México, manifestamos nuestro voto negativo al presente dictamen en lo general y nos
reservamos para su discusión en lo particular los artículos 27, 32 y 40.
Muchas gracias.
Tiene la palabra el diputado Ricardo
Cantú Garza, del Partido del Trabajo.
El diputado Ricardo Cantú Garza: |
Con la venia de la Presidencia;
compañeras y compañeros diputados:
El grupo parlamentario del Partido del Trabajo, acude a esta tribuna para fijar su postura
acerca del dictamen de reforma a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos presentado por la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Este ordenamiento que regula la vida interna de las cámaras del Congreso de la Unión y
de la Comisión Permanente, requiere una clara, amplia y profunda discusión para obtener
los consensos que se requieren en su reforma.
Existe un dictamen formulado por la mayoría de la comisión, que a juicio del grupo
parlamentario del Partido del Trabajo, no ha sido discutido con la amplitud que se
requiere, incluso no se convocó a la Comisión de Régimen Interno y Concertación
Política, no existe ningún registro en la Gaceta, de que se haya reunido esta comisión.
Estuvieron solamente negociando el PRI y el PAN, excluyendo a los demás grupos
parlamentarios que es el Partido Verde Ecologista, el Partido de la Revolución
Democrática y el Partido del Trabajo.
Toda vez que fundamentalmente las iniciativas que se sirven de base al mismo fueron
presentadas en abril pasado, además la comisión que suscribe el mismo no se reunió para
dictaminar estas iniciativas.
Queremos recordar a las señoras y señores diputados que antes de la instalación de la
LVII Legislatura, se suscribió un documento denominado: "acuerdo para el logro de la
independencia, autonomía y gobierno democrático de la Cámara de Diputados de la LVII
Legislatura del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos", en cuyo considerando sexto
se establece que es necesario que la pluralidad política expresada en las urnas y
reflejada en la nueva composición política de la Cámara se manifieste en la
integración y funcionamiento de la legislatura.
De igual forma en la rectificación de dicho acuerdo realizada la noche del 29 de agosto
de 1997 en el "Salón Verde" de esta Cámara, los diputados de los partidos del
Trabajo, del Verde Ecologista, Acción Nacional y de la Revolución Democrática, con
nuestra firma avalamos el acuerdo inicial, el cual contiene un acuerdo quinto que
establece la integración de comisiones y comités, La integración de comisiones y
comités deberá atender a la equidad, pluralidad y peso relativo con que cuenta cada
partido en el pleno de la Cámara, por lo que ninguna fuerza política podrá tener la
mitad o más miembros de una comisión o comité.
Las presidencias y secretarías de las comisiones y comités, serán distribuidas entre
los grupos parlamentarios de acuerdo con su presidencia en el pleno. Sin embargo, ningún
partido podrá tener menos de dos presidencias de comisiones ordinarias.
Las comisiones y comités deberán tener un tamaño que favorezca su eficaz funcionamiento
y asimismo que atienda a la importancia relativa de las mismas.
Una vez instalada la LVII Legislatura el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el 4 de
septiembre de 1997, el acuerdo parlamentario por el cual se propone la integración y
funciones de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política de la Cámara de
Diputados, en cuyo acuerdo segundo se establece que dicha comisión se integrará por los
coordinadores que haya designado cada grupo parlamentario. Esto es, en dicha comisión
encontramos una representación paritaria de todas las fuerzas políticas que integran
esta Cámara.
182,183,184
De la transcripción de los acuerdos
anteriores encontramos que, como resultado de la voluntad política del pueblo de México
de no dar mayoría absoluta a ningún partido político, se hizo necesaria la búsqueda de
acuerdos políticos para el gobierno de esta Cámara, dando derechos a todos los grupos
parlamentarios para formar parte del órgano de gobierno de la Cámara, así como a la
presidencia de mesa directiva y de la presidencia de las distintas comisiones ordinarias
especiales y de los comités.
Por primera vez en la historia contemporánea del país el pueblo de México nos dio la
mayoría de esta Cámara a la oposición; por ello no debemos hacer, con la aprobación de
este dictamen, un golpe de estado parlamentario a lo que los diputados de los cuatro
partidos políticos de oposición aprobamos mediante acuerdos políticos al instalar esta
Cámara y los cinco partidos al aprobar el acuerdo parlamentario, del 4 de septiembre de
1997.
Compañeras y compañeros diputados que apoyen el dictamen suscrito por la mayoría de la
comisión: qué fácil es hablar de democracia y política incluyente cuando se es
oposición, pero también qué fácil es cuando se puede ejercer el poder justificar
propuestas antidemocráticas y excluyentes como las que ahora se formulan en el dictamen.
En esta supuesta reforma a la Ley Orgánica no hay más que una contrarreforma excluyente
y antidemocrática que pretende concentrar el trabajo legislativo no sólo en unos cuantos
grupos parlamentarios, sino también en unos cuantos diputados, marginando a la mayoría
de los diputados, aun a los pertenecientes a los grupos parlamentarios numerosos.
En primer lugar, porque se reduce de manera considerable el número de comisiones,
desapareciendo muchas que han realizado o están realizando trabajos importantísimos.
En segundo lugar, porque se reduce el número de diputados que podrán tener el honor de
acceder a la presidencia de la mesa directiva, excluyendo a varios grupos parlamentarios.
En tercer lugar, porque se reduce el número de diputados que podrán ser presidentes de
la Junta de Coordinadores, excluyendo también a varios grupos parlamentarios.
Con este dictamen se pisotea el espíritu del acuerdo para la gobernabilidad de la Cámara
de Diputados. La firma que estamparon los coordinadores y los diputados de oposición hoy
se pisotea y no se cumple.
La presidencia que tocaba al Partido del Trabajo de la CRICP, se soslaya para entregarle
al PRI, por un año, la presidencia de la Junta de Coordinadores.
Cuando se pacta algo y sólo buscamos que se cumpla lo que a mi grupo le conviene, se
carece de madurez y responsabilidad, se pierde autoridad moral y se cae en el cinismo y la
sinvergüenzada.
Es por esto que hoy decimos que el Partido Acción Nacional de nuevo ha pactado con el
PRI. Se consuma nuevamente el maridaje entre el PRI y el PAN, traicionando lo acordado
para el gobierno de esta Cámara, traicionando a la oposición y al pueblo de México,
aprobando una contrarreforma excluyente y antidemocrática.
Por ello nos reservamos para su discusión en
lo particular, conforme al artículo 133 del Reglamento para el Gobierno Interior, el
artículo 18 y 32, en relación con el artículo cuarto transitorio y el artículo 40 en
relación con el artículo sexto transitorio del artículo 1o. del dictamen, así como los
artículos 2o. y 8o.
Es cuanto, señor Presidente.
Gracias, diputado.
Tiene la palabra el señor diputado Francisco José Paoli y Bolio.
El diputado Francisco José Paoli y Bolio: |
Con su venia, señor Presidente;
señoras y señores diputados:
Las dos tareas centrales de todo parlamento o Congreso son: el control del Gobierno y la
elaboración de las leyes. Normalmente se piensa en la segunda función, la elaboración
de las leyes y muy pocas veces en la primera, el control del Gobierno; cuando en realidad
en el surgimiento de esta institución parlamentaria estaba en primerísimo término la
necesidad de establecer límites al poder absoluto.
En su famoso libro Consideraciones Sobre el Gobierno Representativo, John Stwart Mills
decía hacia la mitad del siglo pasado: "que la organización propia del aparato
administrativo de una asamblea legislativa es vigilar y controlar al Gobierno, echar la
luz pública sobre sus actos, compeler la exposición plena y la justificación de todo lo
que considere cuestionable y censurar lo que considere condenable. Además de eso
-continua Stwart Mills- el parlamento tiene las instancias que le permiten ser, a la vez,
el comité de las quejas de la nación y la reunión o congreso de opiniones".
Para que estas funciones sean cabalmente cumplidas requerimos en México una auténtica
reforma del Estado que debe dar nuevos sustentos constitucionales al Congreso. Entre las
modificaciones de gran envergadura que están pendientes para desarrollar debidamente al
Congreso mexicano, es indispensable establecer la posibilidad de la reelección
consecutiva de los legisladores... cambiando el artículo 59 de la Constitución, lo que
dotaría a la ciudadanía, porque es un derecho democrático, de decidir si mantiene o no
en sus puestos a los legisladores.
Modificar también a nivel constitucional las formas y plazos en que se procesa la
aprobación del Presupuesto de Egresos y la Cuenta Pública, es decir, modificar el
artículo 74.
Reforzar los medios de democracia semidirecta con el plebiscito, el referendum y la
iniciativa popular.
Ampliar los periodos de sesiones, señores legisladores, para dejarlos en siete meses de
sesiones ordinarias y no de cinco como ahora prescribe la Constitución en sus artículos
65 y 66. ¡Este periodo de sesiones extraordinarias es una muestra patente de que debemos
ampliar el periodo ordinario de legislación, porque es ampliamente insuficiente este
periodo de cinco meses! El periodo anterior realmente fue de cinco semanas, ya que al
atravesarse la Semana Santa nos deja en posibilidades muy escasas de llegar a un
conferimiento, a un trabajo de investigación y a la posibilidad de desarrollar nuestro
trabajo como es debido.
No ha sido posible realizar estos cambios en esta legislatura, pero no podemos olvidarlo.
Las condiciones políticas y la correlación de fuerzas existentes no permite
modificaciones constitucionales que requieren de una mayoría calificada de dos terceras
partes en ambas cámaras para lograr esas modificaciones.
Lo que se puede lograr en este momento, aprovechando los consensos posibles logrados,
sobre todo en la Cámara de Diputados, por todas las fuerzas políticas importantes, por
más que las fórmulas a las que hubiéramos arribado no sean plenamente satisfactorias
para todos, es la transformación del Título Segundo de la Ley Orgánica que ahora nos
ocupa.
El acento de los logros está en el valor que tiene el consenso y que nos permite
agilizar, impulsar, difundir y organizar con mucho mejores formas la operación de la
Cámara de Diputados. Las modificaciones al Título Segundo de la Ley Orgánica del
Congreso de los Estados Unidos Mexicanos hay que ubicarlas en el marco de la
transformación del Poder Legislativo, para hacerlo política y administrativamente más
eficiente, con bases legales más precisas, para facilitar, agilizar y hacer transparente
su operación. Para establecer los principios del servicio parlamentario de carrera y para
incrementar la racionalidad y la publicidad con la que deben de funcionar sus principales
órganos e instancias.
El contenido de las reformas al Título Segundo se organiza en siete núcleos temáticos
principales. Ellos son:
La instalación de la Cámara de Diputados por medio de una mesa de decanos que genera
certeza en el proceso de relevo de las legislaturas.
La integración de una mesa directiva con siete legisladores, elegidos por una mayoría
calificada, con duración de un año en el encargo y con posibilidades de reelección y
con mayores atribuciones para la conducción camaral que la impulsarán a ser cada día un
órgano legislativo más profesional.
La conformación de grupos parlamentarios que
ahora habrán de rendir cuentas ante la entidad superior de fiscalización y ante la
contraloría interna.
La creación de la Junta de Coordinación Política, como espacio donde converge la
pluralidad para la consecución del acuerdo político; el establecimiento de una
conferencia para la dirección y programación de los trabajos legislativos; la creación
de una Secretaría General que encabeza el servicio parlamentario de carrera, para darle
apoyo y continuidad a la labor parlamentaria, y la reorganización del sistema de
comisiones y comités mediante el aumento de sus atribuciones, para que realicen de manera
más organizada y con mayores recursos las funciones de sus respectivas áreas y
encomiendas.
Debe destacarse que en estas reformas están desapareciendo entidades que habían operado
como órganos de control, gobierno y administración interno de la Cámara, como eran la
Gran Comisión, la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, la Oficialía
Mayor y la Tesorería. Con esto se da paso a órganos con una articulación orgánica que
permiten unidad de mando parlamentario y administrativo, se otorga a los nuevos órganos
instancias y procedimientos de la Cámara de fórmulas modernas de acción y de
conducción que toman en cuenta en primer término las experiencias propias de nuestro
país, los acuerdos parlamentarios a los que hemos llegado en esta misma Cámara y en esta
legislatura, pero también se consideraron constantemente los referentes del derecho y las
prácticas parlamentarias de diversos países.
Los trabajos, discusiones, preparación de fórmulas y estudios comparados han tomado un
número muy amplio de diputados en la Comisión de Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, que es el seno en donde debe discutirse esta iniciativa y no en ningún
otro, como decía equivocadamente algún diputado que me precedió, de todos los partidos
políticos que han querido concurrir a la Comisión de Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias.
Se han llevado a cabo estos trabajos durante 18 meses. Si en alguna actividad no puede
calificarse de que se ha obrado con premura o al vapor, como se dice en la jerga
parlamentaria, es en este ámbito de la formulación de nuevas reglas, las reglas de esta
casa.
Hay la más amplia disposición de permitir la participación y propuestas en lo
particular de las diversas fórmulas que se han alcanzado en este dictamen. Todavía hace
unas horas se han logrado captar un conjunto de complementaciones, modificaciones y
enriquecimientos de las fórmulas alcanzadas.
Dentro de los límites planteados y a sabiendas de que la verdadera y profunda reforma del
Poder Legislativo tiene que arraigarse de disposiciones constitucionales que aún no
tenemos capacidad para lograr, es necesario reconocer que esta reforma al Título Segundo,
que atañe sólo a la Cámara de Diputados, consigue el establecimiento de nuevas normas
de la mayor trascendencia, mucho más actualizadas, mucho más ágiles, que promueven el
trabajo legislativo para que él sea logrado con mayor expedición y sobre todo con mayor
calidad.
Se han superado en el dictamen los planteamientos parciales, los intereses particulares
que todavía parecen estar afectando mezquinamente a algunos, para dar paso al interés
general de la Cámara de Diputados.
Por todo lo anterior, anuncio que el voto de mi grupo parlamentario, el de Acción
Nacional, será aprobatorio del dictamen que ahora está en discusión.
Muchas gracias.
Para fijar posición por parte del grupo
parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, tiene la palabra el diputado
Pablo Gómez Alvarez.
El diputado Pablo Gómez Alvarez: |
Señoras y señores diputados:
Este proyecto que llega hoy en forma de un dictamen negociado y yo diría un tanto cuanto
manoseado durante meses, era un compromiso hecho por todos los grupos parlamentarios
cuando las primeras negociaciones para instalar la legislatura.
185,186,187
La ley no da respuesta a la realidad, debe ser
cambiada; las reformas anteriores de la Ley Orgánica fueron superficiales, adecuaciones
simples para mantener la dictadura de la Gran Comisión.
Al aprobarse hoy este dictamen y después esperamos en el Senado, se habrá terminado el
largo periodo del dominio de la Gran Comisión, instrumento del Poder Ejecutivo dentro del
Congreso. Esperamos que el Senado haga lo propio y se ponga a la altura mínima de ciertos
tiempos, de los tiempos actuales.
El primer proyecto que presentamos a la Cámara era más ambicioso que el actual, era
mejor, era más democrático, más avanzado sin ser muy avanzado, porque cuando elaboramos
el primer proyecto que sirvió de base para todo este proceso legislativo, no pudimos ir
más lejos porque para ciertos pasos requeríamos modificar la Constitución.
La Constitución modificada por el señor Carranza, entonces encargado del Poder Ejecutivo
y aceptada esta reforma por el Constituyente de Querétaro, en la que se redujeron los
lazos de apertura del Congreso a cuatro meses, hoy muchas décadas después estamos en
cinco meses, hemos avanzado 30 días en 80 años o en 75 años, a este paso no llegaremos
muy lejos.
Tenemos serios problemas de control sobre el Ejecutivo, tenemos severos problemas para la
respetabilidad del Congreso que no puede mandar a traer a un individuo, como muchos otros
congresos lo hacen todos los días, tenemos todavía el veto que no ha sido usado porque
no ha sido necesario, pero ahí está en la Constitución. Tenemos todavía una cantidad
de instituciones presidencialistas que son parte de un diseño original, pero no original
del Siglo XIX, sino original del Siglo XVII.
No podíamos entonces ir más lejos, sino modificando la Constitución. Presentamos
entonces un proyecto modesto; hoy tenemos enfrente un proyecto más modesto, porque el
grupo priísta representa al Ejecutivo, no representa a la ciudadanía, a la nación, sino
al Ejecutivo y esto es lo que ha limitado más y hecho o causado que el proyecto original
tuviera que modificarse.
Pero de todas maneras creo que se logran cosas muy importantes: además de que se acaba
con la Gran Comisión en la ley, se le da cierta respetabilidad al Presidente de la
Cámara, aunque ahí tendremos un problema de orden práctico cuando no haya dos tercios
que elijan un Presidente. La ley es muy... en este proyecto es muy... técnicamente tiene
ahí un problema que se puede convertir en un problema político de la Cámara.
Pero, además de eso y creo que es lo más importante de este proyecto, la función de
revisión de cómo funcionan y qué alcance tienen y cómo están operando los programas
presupuestales, ya no se le da a una sola comisión como ahora, que no tiene capacidad
para poder hacer esa revisión, sino muy superficialmente; que nos entrega cada año un
proyecto de dictamen sobre la Cuenta Pública que poco tomamos en cuenta y mucho menos el
Ejecutivo, sin que los diputados, todos, durante todo el año estudien por necesidad y
mandato de ley la estructura programática del presupuesto y opinen sobre como están
funcionando los principales programas de la administración pública.
Este proyecto recoge esa función de programación, que es una función importante de
control entendido, el control no como decisiones vinculatorias, la del Ejecutivo, sino
como aquellas observaciones que son tan válidas como la opinión de la Cámara y que si
no se toman en cuenta la Cámara entonces recurre al decreto, a la ley, a expedir una ley,
una norma con fuerza obligatoria; se le va a dar a toda la Cámara, de tal manera que
todos los diputados, los 500, en las comisiones, van a poder estudiar, van a poder recibir
información que el Ejecutivo da, porque la Cámara no produce información propia,
ninguna cámara en el mundo; toda la información básica la da el Poder Ejecutivo.
Lo que la Cámara debería poder es tener la capacidad de decirle al Ejecutivo cuánta y
cómo quiere la información, porque se nos manda como el Ejecutivo quiere, ése es otro
problema que habrá que resolver en otro momento, pero ya que las comisiones analicen los
programas presupuestales y den una opinión turnada a la Comisión de Presupuesto y
Cuenta, es una revolución micro.
Porque también el Gobierno va a tener que respetar más a los diputados, porque sabrá
cualquier Secretario de Estado, que la opinión de los diputados puede influir, no de los
diputados que hemos sido miembros de la Comisión de Presupuesto, que nos... tratan muy
bien, pero esos nada más son 30; yo hablo de los 500, que tenemos la misma dignidad, que
somos pares, que debemos ser tratados igual por los gobernantes y que todos, todos los
500, debemos tener la información y dar opinión sobre el desempeño de los programas del
gasto público de la Federación.
Esto se recoge en este dictamen y se recoge también, por primera vez en la historia, que
ese ritual constitucional del primer párrafo del artículo 93 que consiste en que los
secretarios del Estado informan al Congreso y que nadie lee aquí los informes, nadie,
ahora sea obligación de las comisiones leerlos y opinar sobre el informe, porque así es
como en una Cámara legislativa se van conformando los acuerdos, los consensos, las
críticas, no en los conciliábulos de los grupos parlamentarios o de las burbujas, ¡no!
En una Cámara de verdad, los coordinadores son portavoces, no son transadores y ¿qué es
lo que genera la opinión de una Cámara?, el análisis de la conducta, comportamiento,
nivel de cumplimiento de las metas señaladas en el presupuesto que la Cámara aprueba,
del conjunto de la Cámara a través de sus comisiones.
Las comisiones de esta Cámara deberían trabajar en pleno como dice este proyecto que hoy
vamos a votar aquí, permanentemente, como pequeños parlamentos, con sus órdenes del
día, con seriedad, para el análisis de problemas y los diputados podrán llegar en las
comisiones a poner puntos en el orden del día para tratar cualquier asunto que tenga qué
ver con la administración pública y con la política que corresponda a la comisión
respectiva. Así debería funcionar y cada comisión debería tener su propia sala de
juntas para reunirse en cualquier momento, no en los restaurantes, menos en los cubículos
amontonados, para que esta Cámara pueda analizar los problemas del país con la dignidad,
el tiempo, la paciencia, la dedicación, el estudio, la responsabilidad que requiere un
país como México.
Esto está recogido en este proyecto a pesar de todo lo que yo llamo el
"manoseo" de que fue víctima el proyecto y por ello vamos a votar a favor en lo
general, porque es una obra que nosotros hemos contribuido a hacer y aquí también
reconozco la actividad y el esfuerzo de Jáuregui, de Cifuentes, de Leyva, también de
uno, de un diputado...
Estoy hablando del proyecto, estoy hablando de los alcances del proyecto.
Yo sé bien quiénes hicieron esto y quiénes lo deshicieron, también sé. Eso ya lo
mencionaron, no lo tengo que mencionar yo.
Todo lo que deshicieron lo vamos a volver a hacer. Tengo la plena seguridad de que la
próxima legislatura dará un paso trascendental, verdaderamente trascendental, pero
cuando lo haga también tengo la plena convicción de que los que sean entonces diputados
leerán los proyectos originales, el proyecto original, verán cómo se fue manoseando,
verán todas las consideraciones, retomarán todo lo que se ha dicho.
Quiero decir por último una cosa, algo que no se logró porque se defiende al Ejecutivo
por parte del grupo priísta, es esto: cuando venga aquí un funcionario, un secretario de
Estado, un servidor público, debería comparecer bajo protesta de decir verdad y si le
dijera mentira al Congreso incurriría en un delito que está previsto en el Código
Penal.
¿Por qué no se acepta eso?, porque no se protegen los intereses del pueblo, sino se
están protegiendo los intereses de los servidores públicos. Cuando cambien éstos,
también cambiará el Congreso y les pedirá a todos ellos que protesten decir verdad
antes de dirigirse al Congreso, como garantía de respetabilidad y para que se conduzcan
con verdad, como el pueblo mexicano se los ha encomendado.
Muchas gracias.
Para fijar posición sobre el dictamen
del día de hoy, por parte del grupo parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional, tiene la palabra el diputado Arturo Núñez.
El diputado Arturo Núñez Jiménez: |
Señor Presidente de la mesa directiva;
compañeras y compañeros legisladores:
Desde el inicio de la LVII Legislatura, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional en la Cámara de Diputados, señaló que los preceptos de la Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos requerían una revisión profunda, a
la luz tanto de la evolución de nuestro sistema electoral y el resultado de la
aplicación de sus disposiciones, como de los cambios orgánicos, procedimentales y
administrativos, requeridos para contribuir a hacer del Legislativo un poder con mayor
eficacia en el cumplimiento de sus atribuciones, en el marco del estado de derecho,
forjado por mujeres y hombres de muchas generaciones.
La transformación del orden jurídico aplicable a la estructuras y los procedimientos de
las cámaras, que tienen la responsabilidad constitucional de expedir las leyes, entraña
un reto político singular: reformar al órgano emisor de la norma. Por ello el Poder
Legislativo es, al mismo tiempo, el sujeto y el objeto de su propia reforma.
Las modificaciones que plantea el dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso, que hoy se somete al
pleno para su discusión, constituyen un paso adelante en el compromiso de revisar y
actualizar, con sentido de responsabilidad, los órganos de legisladores y de servicios
técnicos y administrativos de la Cámara de Diputados.
Representan un avance dentro de la dirección que nos propusimos, a fin de dotarnos y
dotar a las próximas legislaturas de un conjunto de preceptos que respondieran mejor a
las necesidades que hoy tiene este órgano de la representación nacional.
Junto con legisladores de los otros grupos parlamentarios, los diputados del PRI hemos
trabajado a partir de tres consideraciones:
En primer lugar, del análisis histórico de los preceptos que han regido y rigen a la
Cámara, lo que nos ha permitido advertir que existen no sólo insuficiencias, sino
también deficiencias que es necesario atender; la debilidad de la mesa directiva y su
presidente, entre otras causas, por tener una duración breve y, en el caso de este
último, auténticamente efímera; la ausencia de disposiciones para explicar y dar
contenido a las relaciones entre los integrantes de dicho órgano de dirección
parlamentaria y la falta de preceptos suficientemente claros sobre la naturaleza y
funciones de los órganos técnicos y administrativos, a cargo de brindar servicios a los
legisladores para el cumplimiento de nuestras encomiendas constitucionales.
En segundo lugar, del estudio de la experiencia política comparada sobre otros órganos
nacionales de representación popular, particularmente de aquéllos en los cuales su
número de integrantes es similar al nuestro y el multipartidismo, es el signo distintivo
de su desarrollo político.
En tercer lugar, de la reflexión sobre la coyuntura política, vinculada a la
conformación de esta LVII Legislatura, en la cual la Gran Comisión, como órgano de
gobierno de la Cámara, no pudo integrarse al no darse el supuesto de un grupo
parlamentario que por sí solo tuviese la mayoría absoluta de los diputados, situación
que fue superada por la vía de habilitar para tal efecto a la Comisión de Régimen
Interno y Concertación Política, lo que fue posible en virtud del acuerdo entre las
formaciones políticas, a fin de actuar en lo que la norma no previó.
Este episodio acreditó por sí mismo que los preceptos en vigor requerían de un
análisis renovado, a la luz de la nueva realidad política de México.
La previsión expresa del segundo párrafo del artículo 70 constitucional, en el sentido
de que el Congreso expedirá la ley que regulará su estructura y funcionamiento internos,
establece un mandato con doble objetivo; atender lo relativo a la estructura o parte
orgánica y atender lo relativo al funcionamiento o procedimientos para la actuación de
la cámaras en ejercicio de sus atribuciones.
El grupo parlamentario del PRI, afirma que la reforma al Título Segundo de la Ley
Orgánica del Congreso que hoy nos ocupa, revisa y transforma integralmente lo relacionado
con los órganos de esta Cámara de Diputados, ciertamente es un movimiento en la
dirección correcta.
188,189,190
Sin embargo, es necesario que al interior de
la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se continúen los trabajos para
elaborar las normas aplicables al funcionamiento de la Cámara, todavía vigentes por
necesidad en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, que se complementa con
las normas de varios acuerdos parlamentarios, adoptados por esta legislatura.
La modificación integral que se plantea al Título Segundo de la ley, implica una
concepción diferente de los órganos de legisladores y de funcionarios con que debe
contar la Cámara de Diputados, que se inspira en soluciones propias para la realidad
política plural de nuestra Asamblea, en el cometido de asegurar su adecuado
funcionamiento, a fin de que pueda cumplir las atribuciones que le encomienda la Carta
Magna.
Desde el punto de vista de los órganos de legisladores, la propuesta sustantiva consiste
en fortalecer la mesa directiva del pleno y consolidarla como la instancia de dirección
parlamentaria.
Establecer la Junta de Coordinación Política con la participación directa de los
coordinadores de los diferentes grupos parlamentarios.
Constituir una conferencia de enlace entre la mesa y la junta, para que la dirección y
programación de los trabajos legislativos, cuente con la visión y el respaldo de quien
encabeza las tareas de dirección parlamentaria y de quienes son responsables de los
entendimientos políticos.
Y racionalizar el sistema de comisiones a fin de que a través de su actuación ágil,
especializada y oportuna, puedan prepararse mejor las tareas de dictamen legislativo, de
información, de control, de investigación y de aplicación en lo conducente del régimen
de responsabilidades de los servidores públicos.
En el articulado cuya aprobación se propone por la comisión dictaminadora, cada órgano
de los enunciados deberá actuar con base en determinados postulados políticos que en
realidad vienen a ser el espíritu que rija y caracterice su actuación y desempeño.
Así, la mesa directiva expresa la unidad de la Cámara, a la que representa en sus
relaciones de carácter institucional. Es garante de la Constitución y de las leyes en la
conducción de las sesiones y se coloca por encima del interés partidario para evitar que
la dirección parlamentaria se politice negativamente.
En síntesis, deberá ser una mesa que se comprometa con una actuación imparcial
sustentada exclusivamente en la aplicación de las normas jurídicas que le competen.
Por su parte, la Junta de Coordinación Política expresa la pluralidad de la Cámara,
constituyendo el espacio para el diálogo y la negociación, orientados a ser posibles los
entendimientos políticos. La junta responde íntegramente al objetivo de que las
diferencias se manifiesten para procesarlas con criterio democrático, enriqueciendo así
la toma de decisiones de naturaleza política.
La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, es el
ámbito de decisión sobre lo que compete abordar en los periodos de sesiones, el
calendario para hacerlo y la planeación general del orden del día de cada sesión,
habida cuenta de los legítimos intereses representados en la Junta de Coordinación
Política y de las funciones de la mesa directiva. Este órgano, la conferencia, se
integra para asegurar precisamente que la junta no asuma trabajos de dirección
parlamentaria y que la mesa no adopte tareas de decisión política.
En la concepción de estos tres órganos, impera la noción de distinguir características
propias y de buscar el mejor equilibrio posible para que cualquiera que sea la
correlación de fuerzas entre las formaciones representadas en la Cámara, los derechos de
todo grupo parlamentario y de todo legislador, se respeten a plenitud en los ámbitos de
los procedimientos parlamentarios y de las decisiones políticas.
Con relación a las comisiones y comités, se propone una mayor conceptualización de sus
funciones a partir de las materias que les corresponde, unas como la de Vigilancia de la
Contaduría Mayor de Hacienda y la Jurisdiccional, se relacionan estrictamente con las
competencias que para ellas se desprende de la Constitución. Otras, denominadas en lo
general en atención a las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, sobre las que se ocuparán, cumplirán funciones de dictamen legislativo, de
información y de control. Formaciones en las cuales se agrupan los diputados con una
misma afiliación de partido, los grupos parlamentarios son caracterizados en la ley como
los ámbitos de deliberación y de orientación política y parlamentaria que permiten la
expresión ordenada de las corrientes ideológicas representadas al interior de la
Cámara, constituyen instancias indispensables para la buena marcha de los procesos
políticos implícitos en los procedimientos, las deliberaciones y las votaciones tanto
del pleno como de las comisiones.
En el proyecto de decreto se propone, además, una institución del todo novedosa en
nuestro derecho parlamentario: la mesa de decanos, a cargo de conducir los procedimientos
para la sesión constitutiva de la nueva legislatura, superándose así la figura de la
comisión instaladora de la legislatura precedente.
La inspira el hecho de que con el sistema de heterocalificación de los comicios para
diputados, por parte del IFE y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, cuando hay alguna cuestión contenciosa, ya no es necesario que diputados en
funciones provean a la instalación de los que ya son electos, como ocurría anteriormente
con los presuntos legisladores que acudían al Colegio Electoral para la autocalificación
de sus comicios.
Con relación a los órganos técnicos y administrativos, tres criterios ilustran lo que
ahora se plantea a esta honorable Asamblea. La estructuración de dichos órganos en una
Secretaría General con dos secretarías especializadas, una a cargo de los servicios
parlamentarios y otra, de los servicios administrativos y financieros.
El establecimiento de una estructura de funcionarios de carrera en cada una de estas ramas
de servicios, a fin de alentar la profesionalización con estabilidad, de los servidores
públicos de la Cámara y la expedición de un estatuto para regir la organización y el
funcionamiento del servicio de carrera previa aprobación del pleno.
En el régimen transitorio previsto en el decreto, se establecen las normas para una
entrada en vigor ordenada y progresiva de las disposiciones que contiene.
Compañeras y compañeros diputados: en la democracia que venimos construyendo los
mexicanos, en un clima de pluralidad política acentuada, el respeto, la tolerancia y la
convivencia civilizada entre opciones distintas, se convierten no sólo en conductas de
valor cívico, sino de ilustración y ejemplo para alentar entre todos un desarrollo
político que permita conciliar óptimamente los principios de gobernabilidad y de
representatividad.
Como órgano de conformación plural por excelencia, la Cámara de Diputados requiere
normas que permitan y garanticen al mismo tiempo la expresión de lo diverso y la
posibilidad de la acción eficaz a través del cumplimiento de las atribuciones
constitucionales encomendadas. Hay que hacer síntesis de las libertades de propuesta y de
deliberación política con la atención ordenada y puntual de responsabilidades
ineludibles.
En opinión del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en esta
Cámara, las normas que contiene el dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, entraña una aportación importante y útil para que a través de la
conformación de los nuevos órganos de legisladores y de funcionarios, cada vez en mayor
medida logremos hacer del trabajo legislativo un instrumento a favor de las mejores causas
de México.
Es por ello que los diputados del Partido Revolucionario Institucional votaremos a favor
del dictamen.
Muchas gracias.
Esta Presidencia informa que se han
registrado los siguientes oradores para el primer turno, hasta por 10 minutos:
En contra, el diputado Luis Patiño Pozas, del Partido del Trabajo; en pro, el diputado
Francisco Arroyo Vieyra.
Tiene la palabra el diputado Luis Patiño Pozas, hasta por 10 minutos.
El diputado Luis Patiño Pozas: |
Con su venia diputado Presidente;
compañeras y compañeros diputados:
El Partido del Trabajo ha profundizado y ampliado su análisis en relación a la reforma a
la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y con base en ello
presentamos algunas consideraciones y reflexiones:
1. Se ha circunscrito la propuesta de reformas
al ámbito y facultad que efectivamente sólo corresponden a una parte del Congreso de la
Unión: la Cámara de Diputados. Presuponiendo que su colegisladora, la Cámara de
Senadores realice lo propio en su oportunidad.
Casi dos años de experiencias directas de los actuales diputados y de diferencias e
incongruencias evidentes de legislaturas anteriores, obliga a replantearse y actualizar
permanentemente la estructura y funcionamiento interno, con objeto de cumplir con
eficiencia sus responsabilidades, sin descuidar en ello subrayamos tal cual expresa el
artículo 70 constitucional: "garantizar la libre expresión de las corrientes
ideológicas representadas en la Cámara de Diputados".
A reserva de más adelante profundizar, por el momento apuntamos que nuestro interés es
una reforma política integral de Estado, ello implica objetivos y metodología para
abordarlos e incluye como uno de sus aspectos el Congreso de la Unión, como
materialización del Poder Legislativo, una de las formas en que el pueblo ejerce su
soberanía.
2. La propuesta realizada reune desde ángulos distintos de opinión, las opiniones de los
partidos que hasta ahora son mayorías relativas. La duración de la mesa directiva es por
un año, con posibilidades de rotación, ¿cómo se traduce un partido mayoritario para
cada uno de los años? Esta es una lógica de reproducción y sostenimiento de los
partidos que hoy son mayoría y de marginación de los partidos minoritarios actuales.
Por otra parte, el procedimiento de elección de la mesa directiva es por dos terceras
partes de los diputados presentes, un diseño de procedimiento electoral interno y de
duración ad hoc para los tres partidos mayoritarios, de tal suerte que los partidos en
minoría no cuenten con opciones en su caso y que tampoco se propicien alianzas y/o
coaliciones específicas entre los diputados.
3. La nueva correlación de fuerzas políticas y expresiones ideológicas que mandató el
pueblo mexicano en 1997, le dio un giro y naturaleza diferente a la Comisión de Régimen
Interno y Concertación Política, generando una verdadera práctica institucional de
pluralidad, práctica que en anteriores legislaturas no se había dado.
Sí, es fruto de una alianza para el gobierno de la Cámara, así como de una obligada
relación para el partido mayoritario que no reunió mayoría absoluta, ahora se pretende
denominar Junta de Coordinación Política, se acepta que se ha convertido en un órgano
indispensable para el funcionamiento de la Cámara, pero además es una práctica de
pluralidad política en un caso promovida y en otros casos tolerada. Esta debiera ser
práctica común, la pluralidad entre todas las fuerzas políticas y en todos los
ámbitos.
Desde nuestro punto de vista se sobreponen y confunden funciones con la mesa directiva,
debido a que no se asume esta instancia como lo que verdaderamente realiza: gobernar
pluralmente el proceso legislativo, desde luego depositando los diputados su
consentimiento y en su caso revocando, sancionando, corrigiendo, acotando lo conducente
por este pleno.
Esta práctica es común y ahora a diferencia del pasado es abierta, es institucional y es
indispensable para conducir el proceso legislativo. No entró o en contra de tal o cual
decisión, sino para que el proceso de decisión se realice en mejores condiciones.
Es aquí donde se condensa la pluralidad política e ideológica. Es aquí donde se
atiende en primera instancia y con oportunidad la realidad cotidiana que diariamente
vivimos.
Por ello es aquí donde debidamente representados todos los grupos parlamentarios y
agrupaciones partidistas en su caso, se orientan al proceso legislativo sin restar la
facultad de decisión del pleno o de las comisiones que correspondan. Entendido así la
Cámara tiene al pleno como órgano máximo de decisión legislativa, la Junta de
Coordinación Política como representación plural de conducción legislativa y la mesa
directiva y las comisiones, como órganos de procesamiento legislativo. En esos dos
últimos ámbitos, también debe sostenerse la representatividad alcanzada y el ejercicio
de dicha representatividad. No puede ser atributo exclusivo de las mayorías, no puede
contravenirse al artículo 70 constitucional.
191,192,193
Ello nos obliga, cuanto, en cuanto a la
adecuación y reestructuración de las comisiones, consideramos que es necesaria. Si bien
existe independencia relativa entre las cámaras de Diputados y Senadores, la realidad es
que la conjunción de los criterios es indispensable, en la medida que es el Congreso de
la Unión la expresión del Poder Legislativo. De no considerarse así, no se construiría
un Poder Legislativo sólido que adquiera autonomía frente al Poder Legislativo que
históricamente ha adquirido una preponderancia en cierta forma incontrolable hasta ahora.
Ello nos obliga a ampliar el periodo de análisis y de reflexión al respecto.
Quinto y último punto: desde nuestra concepción política del Partido del Trabajo, las
reformas propuestas carecen de un aspecto fundamental, vinculado al concepto de soberanía
popular y división de poderes. Al Poder Legislativo, tal cual que ahora se ha
interpretado y consagrado en la Constitución le falta cuerpo, esto es, el pueblo ejerce
su soberanía una vez cada tres años para elegir al Poder Legislativo. El diputado que en
lo particular quiera, mantiene vinculación con sus electores, queda a su estricta
voluntad; no existe una obligación constitucional.
Además, el Poder Legislativo en su tareas no sólo de aprobar leyes, sino de difundirlas,
verificar que se cumplan cabalmente, garantizar que los otros dos poderes, el Ejecutivo y
el Judicial se apeguen a la legalidad, siempre se encuentra en desventaja. Aquéllos, por
la naturaleza de sus funciones, mantienen una red de delegaciones diversas en todos los
ámbitos y regiones del país, en cambio el Legislativo no tiene infraestructura hacia
abajo, no tiene infraestructura hacia el pueblo, aun cuando de él dimana este poder.
Como anteriormente, el Congreso de la Unión devino en una máquina legislativa al gusto y
disgusto del Ejecutivo en turno, su aval complaciente, su respaldo formal. No era
necesario fortalecer su autonomía como Poder Legislativo que dimana del pueblo y para su
beneficio, como se señala en la Constitución.
Para el Partido del Trabajo reflexionar y proponer una reforma de esta naturaleza, tiene
más sentido que sólo la estructura y funcionamiento interno de la Cámara. Para nosotros
es más importante cómo plantearnos, cómo reformar el Poder Legislativo en su conjunto,
para dotarnos de una verdadera autonomía frente a los otros poderes de la Unión.
Es más importante cómo mantener la vinculación permanente y el crear mecanismos de
consulta y decisión popular para problemas de la envergadura como el Fobaproa y su hijo
el IPAB, la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos entre otras.
El Ejecutivo por ejemplo, mantiene una ofensiva de cerco ante la opinión pública y una
campaña abierta por todo el país, para responsabilizarnos por no avalar sus actos
arbitrarios, unilaterales y al margen de la Constitución.
De nuestra parte, es muy limitada nuestra capacidad de respuesta e información directa al
pueblo, de las razones y argumentos para negarnos a aprobar sus decisiones equivocadas e
injustas, por ello les proponemos abrir y ampliar la discusión fuera del ámbito de cómo
nos desenvolvemos sólo en este edificio. Busquemos mecanismos para que el poder del
pueblo se exprese en el Poder Legislativo y cuente con infraestructura y soporte social.
Muchas gracias.
Para hablar en pro, tiene la palabra el
diputado Francisco Arroyo Vieyra, hasta por 10 minutos.
El diputado Francisco Agustín Arroyo
Vieyra: |
Las reformas a la Constitución, señor
Presidente, compañeros diputados, de 1977, abrieron la puerta para que esta Cámara de
Diputados tuviese en 1979, hace 20 años, una Ley Orgánica, una Ley Orgánica que tuvo
pequeñas reformas en 1994 y que el día de hoy estamos tocando a profundidad en su
Título Segundo.
Es por ello que cuando tocamos la Ley del Congreso, nuestra ley, la ley que norma nuestra
actividad cotidiana, quisiera que me permitiera, señor Presidente, compañeros de mi
grupo parlamentario y de los demás grupos parlamentarios, una pequeña libertad personal:
Quisiera, en el texto de esta intervención, rendir hoy, que estamos reformando a
profundidad el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso, un pequeño pero sentido
homenaje a la gente del servicio parlamentario, a la gente que con su trabajo cotidiano y
con su altura de miras, hace posible el trabajo en este pleno de la Cámara: a María
Elena Sánchez Algarín, a Héctor de Antuñano, a los Azcoytia, a Rubén Resillas, a
Pedro Loredo, con todo cariño.
No encuentro litigio en lo que ha venido aquí a desahogar el orador diputado que me
antecedió en el uso de la palabra; he dicho varias veces que estamos reformando el
Título Segundo. Para nadie es un secreto que el Título Tercero, que rige la vida interna
de la colegisladora; que el Título Primero, que rige la vida del Congreso; que el Título
Cuarto, Quinto y demás que puedan reformarse, vendrá en un proceso parlamentario
posterior al que estaremos atentos.
Las instituciones del Congreso y el derecho parlamentarios, están basadas y hechas
básicamente para estimular la generación de los consensos. Aquí llegamos a uno muy
adecuado por tres fuerzas políticas, no es casual que esas tres fuerzas políticas sean
las que mayor número de diputados tengan en esta Cámara, no es si no un reconocimiento
estricto a la voluntad del electorado, que finalmente es el que viene a diseñar la
integración de esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Las instituciones que hoy se están generando, son instituciones novedosas, seguramente
sí, basadas en la experiencia del derecho parlamentario; de lo dicho en la iniciativa
PAN-PRD; de lo expuesto en la iniciativa de mi grupo parlamentario y del contenido de
otras 12 iniciativas, es que llegamos al que considero, creo y califico como un excelente
resumen, como un excelente dictamen.
Quiero dejar muy claro que en la construcción de estas instituciones, que en la
construcción de los consensos y de los acuerdos, que en la creatividad del producto
parlamentario que hoy le venimos a ofertar al pueblo de México para que rija la vida
interna de esta Cámara de Diputados, tuvo mucho que ver la inteligencia y la sabiduría
de nuestro amigo y compañero José Luis Lamadrid Sauza y aquí lo dejo para testimonio
del Diario de los Debates y de todos nuestros compañeros.
Mejores métodos para la instalación del Congreso, una mesa directiva fortalecida, dotada
de investidura moral de la representación protocolaria y jurídica; una mesa directiva
que represente a la Cámara de Diputados con dignidad; una Junta de Coordinación
Política que exprese la pluralidad y que estimule los acuerdos; una conferencia para la
programación y dirección de los trabajos parlamentarios; una mejor normatividad para el
trabajo en comisiones y para nuestra relación, ¿por qué no?, con el Ejecutivo Federal,
son mecanismos que hoy vemos y que vamos a ver funcionar a partir de un serial de fechas
que vienen muy bien clasificadas en transitorios.
Quiero decirles que estamos siendo fieles no sólo a nuestra responsabilidad como
legisladores, que estamos reivindicando el día de hoy un producto de consenso, que claro
que costó mucho trabajo en estos últimos momentos, inclusive todos fuimos testigos de
cómo se hicieron los mejores esfuerzos para lograr las mejores redacciones y para acotar
los textos de nuestra Ley Orgánica a lo mandado por la Carta Magna.
Reducimos el número de comisiones pero las fortalecemos, le damos al pleno la potestad
soberana de generar, como ya dije, un mejor trabajo parlamentario.
No encontrando litigio con el orador que me antecedió en el uso de la palabra, quisiera
reivindicar también su dicho y en sus expresiones algunas de las líneas generales de
este dictamen que hoy, espero para bien de la nación, los diputados, sus representantes
habremos de aprobar.
Por su voto y por su atención, muchas gracias.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si
el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general con las adiciones
propuestas.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen en lo general, con las
adiciones propuestas.
Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido.
Para los efectos del artículo 134 del
Reglamento Interior del Congreso General, se le pregunta a la Asamblea si se va a reservar
algún artículo para discutirlo en lo particular y de ser así solicito a la Secretaría
su auxilio pertinente.
Solicitamos al personal de apoyo se le dé el uso del micrófono al diputado Martín del
Campo.
Adelante, diputado Jesús Martín del Campo.
El diputado
José de Jesús Martín del Campo Castañeda (desde su curul): |
Voy a leer, señor Presidente, reservas
que hace el grupo parlamentario del PRD, de varios artículos:
Artículo 21 inciso d, intervendrá el diputado Bernardo Bátiz.
Artículo 35, por los diputados Victorio Montalvo y Lenia Batres.
Artículo 37, diputado Victorio Montalvo.
Artículo 38, numerales 1 y 4, Justiniano Guzmán.
Artículo 39, numeral 1 inciso a, Bernardo Bátiz.
Artículo 40 fracción VIII, fracción XII, Victorio Montalvo y diputada Estrella
Vázquez, fracción XIV, Benito Mirón Lince, XIV del 40.
Artículo 43, diputada Lenia Batres.
Artículo 44 fracción III, Benito Mirón.
Artículo 45 numerales 2 y 3, Victorio Montalvo y Benito Mirón.
Artículo 46 fracciones I y IV, Gonzalo Rojas Arreola.
Artículo 47, Angélica de la Peña.
Artículo 55, Francisco de Souza.
Artículo 58 numeral 3, Rosalío Hernández.
Artículo sexto transitorio, Gonzalo Rojas.
Artículo séptimo transitorio, Gonzalo Rojas.
Artículo decimoprimero transitorio, Rosalío Hernández.
En el 40 también Lenia Batres, aparte de los otros diputados que había mencionado para
ese artículo.
Es todo, señor Presidente.
La diputada Gloria Lavara está pidiendo
el uso del micrófono, personal de apoyo.
La diputada
Gloria Lavara Mejía
(desde su curul): |
Gracias, señor Presidente:
Para notificar a la mesa directiva que el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista
de México se reserva, para su discusión en lo particular, el artículo 32, el artículo
27 y el artículo 40.
Gracias, señora diputada. Actívese el
micrófono del diputado Arroyo Vieyra.
194,195,196
El diputado
Francisco Agustín Arroyo
Vieyra (desde su curul): |
En los mismos términos, señor
Presidente, mi grupo parlamentario se reserva el artículo 19 que presentará a la
consideración del pleno el diputado Mauricio Rosell y el artículo 46 párrafo quinto,
que presentará a la consideración el diputado Sadot Sánchez Carreño.
Muy bien, diputado. Actívese el
micrófono diputada Noemí Guzmán.
La diputada
Noemí Zoila Guzmán Lagunes
(desde su curul): |
Señor Presidente, el artículo 40
párrafo segundo fracción XII.
Gracias. La diputada Carolina O'Farrill,
por favor, actívese su micrófono.
La diputada
Carolina O'Farrill Tapia
(desde su curul): |
El artículo 31 y el artículo 40.
Esta Presidencia pregunta si no hay otro
artículo reservado. De no ser así, se pide a la Secretaría se abra el sistema
electrónico, hasta por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo
particular de los artículos no impugnados, con las adiciones propuestas.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a los que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico, por 10 minutos, para tomar la votación en lo general y en
lo particular de los artículos no impugnados.
(Votación.)
La secretaria María Elena Cruz Muñoz:
Se emitieron 365 votos en pro y 18 en contra.
Aprobado en lo general y en lo
particular de los artículos no reservados, con las adiciones propuestas, por 365 votos en
pro y 18 en contra.
Se solicita auxilio a la Secretaría, a efecto que dé conocimiento de los artículos
reservados.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
Artículos reservados por el Partido de
la Revolución Democrática: 21 fracción d, 37; 38 numeral 1 y 4; 39 numeral 1 párrafo
a; 40 numerales 8, 12 y 14; 44 fracción III inciso b; 45 numeral 1 y 3; 46 fracciones I y
IV; 47; 55; 58 párrafo tercero y los transitorios sexto, séptimo y decimoprimero.
Artículos reservados por el Partido Verde Ecologista de México: 32; 27 y 40.
Artículos reservados por el Partido Revolucionario Institucional: 19 numeral 1; 46
numeral 50; 40 párrafo segundo fracción XII.
Y por la diputada Carolina O'Farrill: artículos 31 y 40.
Faltó también por agregar el artículo
32, también por el diputado del PRD, Adolfo González Zamora.
En virtud de que se ha reservado el Partido Revolucionario Institucional el artículo 19,
solicitamos que pase su diputado orador, que es el diputado Mauricio Rossell Abitia, hasta
por cinco minutos.
El diputado Mauricio Alejandro Rossell
Abitia: |
Con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 97 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, el de la voz solicita la reserva y enmienda del
artículo 19 párrafo primero, del proyecto de reformas al Título Segundo de la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para que quede como sigue:
"Artículo 19. Uno. En la formulación de la lista para la elección de integrantes
de la mesa directiva, los grupos parlamentarios cuidarán que los candidatos cuenten con
la trayectoria y comportamiento que acrediten prudencia, tolerancia y respeto en la
convivencia, así como experiencia en la conducción de la Asamblea."
Es cuanto, señor Presidente.
Gracias, señor diputado.
En ese mismo orden progresivo, tiene la palabra el diputado Bernardo Bátiz, para la
reserva del artículo 21 inciso d.
El diputado Bernardo Bátiz Vázquez: |
Señor Presidente:
Yo solicitaría su anuencia para tratar dos artículos que reserve, que son el inciso d de
la fracción II del artículo 21 y el inciso a del punto primero del artículo 30, dado
que básicamente son las mismas razones y los mismos argumentos que emplearé en los dos
casos y para evitar venir dos veces a la tribuna.
Adelante, diputado. Claro que sí.
El diputado
Bernardo Bátiz Vázquez: |
Señoras y señores diputados:
Con la venia de la mesa directiva, yo quisiera poner a consideración de ustedes lo
siguiente:
En el artículo 21, punto número dos fracción d, se establece "que la mesa
directiva tiene entre sus atribuciones la de, -escuchen por favor-, determinar durante las
sesiones las formas que puedan adoptarse en los debates, discusiones y deliberaciones,
tomando en cuenta las propuestas de los grupos parlamentarios".
A mí me parece que esto es un contrasentido en una correcta legislación parlamentaria.
No pueden quedar al criterio de la mesa directiva las formas de los debates, discusiones y
deliberaciones. Eso es motivo de un reglamento y eventualmente de un acuerdo parlamentario
del pleno. No puede quedar al arbitrio de la mesa establecer las formalidades de los
debates al momento de irse a dar el debate. No puede ser que exista una regla previa y que
sea en el momento del debate cuando la gente diga cual va a ser la forma como se va a
debatir la cuestión y quede además una facultad discrecional que no me parece aceptable.
Yo les propongo una redacción alternativa que debe decir:
"Inciso d. Como facultad de la mesa directiva aplicar durante las sesiones las
disposiciones reglamentarias o los acuerdos del pleno que regulen los debates, discusiones
y deliberaciones."
No creo que sea pertinente que sea la mesa la que nos diga en cada ocasión cómo se va a
llevar a cabo el debate. Simplemente me parece contradictorio a un sistema parlamentario.
En cada caso, en cada momento se va a establecer una regla distinta o la misma o
diferente. Va a quedar al arbitrio de un pequeño órgano cómo se va a hacer un debate en
la mesa. Pero por si esto fuera poco, en el artículo 39, en las facultades que tiene la
conferencia, se le dan exactamente las mismas, se le da facultad de establecer las formas
que regirán los debates, discusiones y deliberaciones. Entonces, hay una contradicción
evidente. Tenemos que arreglar esto.
En mi opinión esta contradicción y este exceso de facultades tanto a la conferencia como
a la mesa, se deriva del apresuramiento de último momento en que se ocuparon de discutir
otros puntos de vista e hicieron a un lado las reuniones de la comisión, que tenía que
haber seguido trabajando normalmente, como inició sus trabajos al principio y creo yo que
esta contradicción debe ser corregida. Esa es mi opinión.
No debemos permitir nosotros como cuerpo
colegiado, que sea la mesa la que nos diga cómo se va a llevar a cabo un debate, eso lo
debe establecer una norma general aplicable para todos los casos o un acuerdo
parlamentario; no la decisión de un pequeño grupo que es la mesa directiva. La mesa
directiva debe de regirse, creo yo, en buena técnica legislativa debe de regirse por
disposiciones que ella no establece, ella simplemente ejecuta y aplica la disposición que
está ya rigiendo la manera de debatir.
Dejo en la Secretaría mi propuesta por escrito de ambos artículos. El inciso d, para que
diga: "aplicar durante las sesiones las disposiciones reglamentarias o los acuerdos
del pleno".
Y del artículo 39 yo creo que debemos de quitarle a la conferencia, puesto que en todo
caso ya lo tendría la mesa, esa facultad que se duplica, hay una contradicción evidente,
basta leerlo, que dice y propongo la siguiente redacción: "proponer al pleno el
programa legislativo..."; creo yo que es el pleno el que debe de aprobar el programa
legislativo y no la conferencia; "Proponer al pleno el programa legislativo de los
periodos de sesiones, el calendario para su desahogo, la integración básica de la
propuesta de los órdenes del día de cada sesión" y suprimir lo siguiente.
¿Por qué propongo que sea proponer al pleno y no tomar la decisión?, porque me parece
que estamos ya experimentando, como hoy lo experimentamos, que un pequeño grupo de
parlamentarios se va a deliberar y tenemos los demás que estar aguardando a ver en qué
momento se les ocurre tomar una decisión.
Yo creo que el principio de que todos los legisladores somos iguales, que todos tenemos
nuestro voto con el mismo valor que los demás, no es la conferencia la que debe de
decidir los programas legislativos ni los periodos de sesiones ni el calendario; debe ser
el pleno. Alguien debe proponerlo, efectivamente, pero que sea el pleno el que lo apruebe,
que haya la posibilidad de que se objete, de que se debata si se requiere. No podemos
quedar para todo cada vez disminuyendo las facultades individuales de los diputados y
dándole a organismos directivos de la Cámara funciones que considero yo que deben ser
plurales y de todo el colectivo de la Cámara de Diputados.
Dejo por aquí mis propuestas y muchas gracias.
Tiene el uso de la palabra la diputada
Gloria Lavara, para efectos de la reserva que ella hizo en nombre del Partido Verde
Ecologista de México. Artículo ...
El diputado Francisco José Paoli y Bolio
(desde su curul): |
No, fue en contra, ahora va una
intervención a favor.
Disculpen. Adelante, diputado. Vamos a
darle la palabra al diputado Francisco José Paoli y Bolio.
El diputado
Francisco José Paoli y Bolio: |
Con su venia, señor Presidente;
señoras y señores diputados:
Las dos propuestas de modificación que hace el diputado Bátiz, tienen, en efecto, el
mismo propósito, que es dejar en el pleno de esta Cámara las resoluciones de ambos
asuntos.
Queremos señalar en esta ocasión, que una de
las prioridades que se buscaron al establecer una mesa directiva con fuerza, capacidad y
decisión, era que pudiera ir dotando a la Cámara de una verdadera autoridad, que además
está dada en el arranque, con la elección que se hace, habiendo obtenido necesariamente
dos terceras partes de los votos que se trata de escoger a los mejores diputadas y
diputados con experiencia, para ir modelando y modulando las necesidades de las sesiones
y, desde luego, también la planeación que se refiere en el artículo 39, a la
conferencia.
Pero en cada sesión se presentan distintos tipos de debates, distintas leyes, que van
requiriendo una adaptación y una consideración de lo que el pleno efectivamente tiene,
de lo que las discusiones en las comisiones han mostrado y que permiten a siete personas
con amplia experiencia y respaldo de esta Cámara en su conjunto de ir tomando las formas
en que el debate puede producirse.
197,198,199
Esto lo hemos experimentado ya...
Señor diputado, Paoli ¿me permite por
favor? Adelante, diputada.
Activen el micrófono de la diputada Violeta Vázquez.
La diputada
Violeta Margarita Vázquez
Osorno (desde su curul): |
Gracias, señor Presidente, solamente
para ver si el orador me permite hacerle una pregunta.
El diputado
Francisco José Paoli y Bolio: |
Encantado.
Esta Presidencia pregunta si el orador
desea responder... adelante.
La diputada
Violeta Margarita Vázquez
Osorno (desde su curul): |
El diputado menciona que se elegiría al
mejor o a los mejores diputados para que decidan estas cosas. Según su criterio,
diputado, ¿quién elige y determina quiénes son los mejores para que decidan la agenda
legislativa y la manera en que deben conducirse los debates cuando sabemos que puede estar
perfectamente reglamentado, quién decide quiénes son y con qué criterio?
El diputado
Francisco José Paoli y Bolio: |
Bien, le agradezco su pregunta, porque
me permite entrar al siguiente punto que de todas maneras iba yo a tocar.
En términos generales todos sabemos que es muy difícil llegar a acuerdos parlamentarios
entre 500 diputados todos confiriendo, por eso se pretende que la elección de mesa
directiva tenga un respaldo desde su elección por dos terceras partes votadas; estamos
decidiendo quiénes son los mejores, eso sí, los 500 diputados que votamos para escoger a
los mejores los cuales tienen la capacidad de estar pulsando las necesidades que cada
debate en específico tiene y establecer la modalidad o la forma como se dijo, en la
agenda que se agregó en este punto, la forma que tomaría el debate.
Es cierto que se está dando una atribución a la mesa directiva y con ella se le está
dando también fuerza de autoridad de operación y se está dando camino a la
profesionalización de la Cámara. Si cada acuerdo de las formas que debe tomar cada
debate en lo particular lo deciden los 500 diputados, lo que estamos en el fondo es
poniendo bloqueos, dificultades y mayor tiempo para lograr buenos acuerdos.
Por eso en la comisión llegamos al acuerdo de que ésta debería ser una facultad de la
mesa directiva que tiene la posibilidad y la necesidad de elaborar los órdenes del día
de cada sesión y al elaborar los órdenes del día mide la importancia, el peso, el tipo
de discusiones que se están haciendo, cosa que no pueden hacer los 500 diputados de la
misma manera.
Hay efectivamente una concentración de responsabilidad, pero por otra parte y paso a la
objeción al artículo 39, se está dando a la conferencia la capacidad de dirigir los
trabajos legislativos y de programarlos con el tiempo suficiente; lo que creo que el
diputado Bátiz no ha entendido es que se trata de dos tiempos diferentes en los cuales se
hace una planeación o una programación de tipo general por parte de la conferencia para
grandes lapsos y se deja a la mesa directiva la formulación de los planes, de los
órdenes del día para cada sesión.
Estas dos cosas se conjugan, la conferencia es donde están integrados todos los grupos
parlamentarios y presididos por el de la mesa, por el presidente de la mesa, es la que
hace la programación general y va dirigiendo los trabajos de esta Cámara y la mesa
directiva mide las condiciones específicas de la sesión cuyo orden del día tiene que
organizar para señalar cuál debe ser la forma en que el debate se produce.
Si hemos logrado tener una mesa directiva que
tiene la confianza, que tiene el apoyo del conjunto de la Cámara, debemos dejarle que
aplique sus criterios, debemos dejarle que tenga la capacidad de decisión en estas
cuestiones que agilizan el trabajo de la Cámara y no dejar una elefantiasis en donde todo
el pleno decide todas las cosas; sobre todo que no se trata de asuntos cruciales, sino se
trata de formas en las cuales el debate se puede dirigir y conducir de la manera más
pertinente.
Por estas razones, la comisión en principio sostiene los puntos tal como fueron
planteados en el artículo 21 párrafo segundo inciso c y en el artículo 39.
Muchas gracias.
Gracias diputado.
El diputado Bátiz, le podemos activar su micrófono, por favor. Adelante diputado.
El diputado Bernardo Bátiz Vázquez
(desde su curul): |
Quisiera pedir la palabra, señor
Presidente, para contestar alusiones personales que hizo el orador respecto de mi punto de
vista.
Adelante, diputado.
El diputado
Bernardo Bátiz Vázquez: |
Con su permiso, señor Presidente:
Quisiera referirme a lo que el diputado Paoli y Bolio dice respecto de que no entendí yo
que eran dos puntos y dos momentos diferentes; sí lo entendí, me parece que
efectivamente son dos momentos y creo yo que de cualquier manera no se resuelve la
contradicción que existe, le dan a la mesa, en el artículo 21, y a la conferencia, en el
artículo 39, exactamente la misma función. Se tiene que aclarar cuál de las dos va a
tener esa función, en último caso.
En el artículo 21 se dice que la mesa directiva tendrá las siguientes atribuciones:
"determinar durante las sesiones las formas que pueden adoptarse en los
debates"; y en el 39, a la conferencia, tiene las siguientes atribuciones:
"establecer programas legislativos ...", ésa es la parte general, previa, de
espacios, de tiempos más largos pero en la segunda parte de ese mismo párrafo dice:
"...la integración básica de la propuesta de los órdenes del día de cada sesión,
así como las formas que regirán los debates, discusiones y deliberaciones".
Hay una contradicción evidente, le dan exactamente la misma facultad en los dos casos,
pero yo reiteraría mi argumento anterior. No podemos como pleno, como cuerpo colegiado,
dejar una facultad discrecional a la mesa directiva simplemente porque tuvo la confianza
nuestra, es cierto que la tendrá, que tendrá la confianza de los que voten por ella y de
los que no voten les obligará el voto mayoritario pero no es para eso la mesa directiva,
la mesa directiva no puede establecer reglas de funcionamiento de la Cámara; la mesa
directiva debe aplicar las reglas ya existentes, es una disposición general aplicable
para todos los casos, no para que se esté tomando en cada caso un acuerdo, que eso es lo
que me atribuía el diputado Paoli y Bolio, que yo quería establecer un sistema que
impida el funcionamiento de la Cámara. No es eso, al contrario, yo creo que debe
funcionar o bien un reglamento aprobado, o bien un acuerdo parlamentario como el que está
funcionando ahora, que no se tiene que tomar en cada ocasión, en cada momento, sino que
existe ya para regular los debates.
Ahora, tal como está planteándose aquí, la mesa directiva va a poder escoger y sabemos
como son susceptibles de ser moldeables y modificables las mesas directivas y
presionables, van en cada caso, según el arbitrio de quien pueda tener el control, van a
poder decidir si hay más tiempo a los oradores, menos tiempo, cuántos oradores. Yo opino
que eso no podemos permitirlo, que debemos de establecer una regla general, aplicable a
todos los casos y encargar a la mesa simplemente que cuide la correcta aplicación de la
ley, de la norma general y no que sea ella la autora de la norma.
Gracias.
Consulte la Secretaría si al artículo
reservado por el diputado Bátiz ha sido suficientemente discutido, los artículos.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica se consulta si
están suficientemente discutidos los artículos 21 y 39 de la Ley Orgánica del Congreso
de la Unión.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutidos, señor Presidente.
Gracias, diputada Secretaria.
Tiene el uso de la palabra ...
El diputado
Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul):El Presidente: |
Señor Presidente.
Adelante, diputado Gómez.
Actívese el micrófono.
El diputado
Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul): |
Señor Presidente, si no se vota cada
uno de los artículos reservados vamos a llegar a una situación en la cual al final de la
discusión vamos a tener esto: se vota cada uno de ellos, uno detrás del otro, sin que ya
nadie se acuerde ni siquiera qué fue lo que se discutió o se votan todos en conjunto, en
cuyo caso el que su partido va a proponer también va a ser rechazado. El agregado me
refiero.
Si se trata de votar contra todos los agregados propuestos por el PRD, no se va a poder
cuando el PRI haga un agregado que el PAN quiera votar a favor, entonces ahí va a haber
una confusión terrible, así que yo le sugiero que, como en esta Cámara las reglas
escritas no se respetan, en esta ocasión excepcionalmente respételas y votemos cada
artículo.
Si los grupos parlamentarios están de
acuerdo con esta posición, procedemos de inmediato a hacerlo, con mucho gusto.
Diputado Oceguera.
El diputado Gil
Rafael Oceguera Ramos
(desde su curul): |
Señor Presidente, para apoyar la
petición del diputado Gómez, en el sentido de que toda vez discutido todos y cada uno de
los artículos que fueron reservados en lo particular, los vayamos votando, pero propongo
que por economía de tiempo y por mayor eficacia parlamentaria podamos votarlos de manera
económica.
Adelante, diputado Pablo Gómez.
El diputado
Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul): |
Solamente para el conocimiento del
diputado Oceguera, le quiero comunicar que como todos, excepto él, en esta Cámara
sabemos, desde 1823, las votaciones sobre textos de ley se toman de manera nominal, y así
ha sido invariablemente desde entonces, incluyendo las dos veces que él fue diputado,
aunque no haya aprendido gran cosa durante ese lapso.
Bien. Vamos a abrir el sistema
electrónico hasta por cinco minutos, para que se levante la votación nominal respecto de
estos artículos impugnados, dos artículos impugnados.
Vamos a suplicar, son tres artículos, aunque también habrá que recordar que tuvimos
anteriormente la modificación al artículo 19. Habrá que regresar pues entonces a la
votación respecto de las modificaciones al artículo 19. Por lo tanto, esta Presidencia
solicita se abra el sistema electrónico para la votación del artículo 19. Hasta por
cinco minutos.
200,201,202
Consulte la Secretaría, permítame aclarar
esto, a la Asamblea si se admite la modificación propuesta, me tengo que regresar al
artículo 19, por el diputado Mauricio Rossell Abitia.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica, se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Es la modificación al 19, propuesta por el diputado Mauricio Rossell, del PRI.
Ahora sí. Solicitamos se abra el
sistema electrónico... por favor, le vamos a suplicar a la Secretaría informe a la
Asamblea qué es lo que se está votando.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
La propuesta que, con fundamento en lo
dispuesto por el artículo 97 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior
del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en la voz de Mauricio Rossell, pide
la reserva y enmienda del artículo 19, párrafo primero, del proyecto de reformas al
Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos,
para que quede como sigue:
Artículo 19. En la formulación de la lista para la elección de los
integrantes de la mesa directiva de los grupos parlamentarios, cuidarán que los
candidatos cuenten con una trayectoria y comportamiento que acrediten prudencia,
tolerancia y respeto en la convivencia, así como experiencia en la conducción de las
asambleas.
En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se admite la
modificación.
Hasta por cinco minutos solicitamos se
abra el sistema electrónico, para efectos de la votación nominal del artículo hoy
reservado o artículos reservados.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del
artículo 19.
(Votación.)
Se emitieron 346 votos en pro y cuatro en contra.
Aprobado el artículo 19 con las
modificaciones que quedaron señaladas por el diputado Mauricio Rossell Abitia, por 346
votos.
Continuando con el procedimiento y toda vez de que el diputado Bernardo Bátiz hizo la
reserva sobre el artículo 21, inciso d, y artículo 39, numeral 1, inciso a; consulte la
Secretaría a la Asamblea si se admiten las modificaciones propuestas por el diputado
Bátiz, atendiendo esta votación artículo por artículo, señor Secretario.
El secretario Gerardo Acosta Zavala: |
En votación económica se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta al artículo 21.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha,
señor Presidente.
En votación económica se pregunta si se
admite o se desecha la modificación propuesta al artículo 39.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha,
señor Presidente.
Se abre el sistema electrónico, hasta
por cinco minutos, para efectos de la votación correspondiente. Se instruye a la
Secretaría se sirva intervenir.
El secretario
Gerardo Acosta Zavala: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema
electrónico por cinco minutos, para tomar la votación nominal del artículo 21 en sus
términos.
(Votación.)
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
Señor Presidente, se emitieron 247
votos en pro y 97 en contra.
Aprobado en los términos del dictamen
el artículo 21 por 247 votos.
Abrase el sistema electrónico, para efectos
de votación nominal del artículo reservado, el artículo 39, hasta por cinco minutos.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
Se ruega a la Oficialía Mayor, haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema
electrónico por cinco minutos, para tomar la votación nominal del artículo 39, en sus
términos.
(Votación.)
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
Se emitieron 247 votos en pro y 90 en
contra.
Aprobado en los términos del
dictamen el artículo 39, por 247 votos a favor.
Para referirse al artículo 27 del dictamen, tiene el uso de la palabra la diputada Gloria
Lavara Mejía, del Partido Verde Ecologista, hasta por cinco minutos.
La diputada
Gloria Lavara Mejía: |
Con su venia, señor Presidente:
Respecto de la representación partidista en el artículo 27. De conformidad con las
propuestas presentadas por los grupos parlamentarios de los partidos Acción Nacional y de
la Revolución Democrática de esta Cámara de Diputados, apoyados por el grupo
parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, relativas a la creación de
espacios políticos propicios para la inclusión de nuevos actores de reciente aparición,
así como de la actualización política de las condiciones por las que atraviesa la cada
vez más profunda y evidente reforma del Estado, en donde participa la sociedad civil
entera de manera activa, se vislumbraba un mecanismo que sirviera para ubicar a esas
fuerzas de las que venimos haciendo alusión dentro de una nueva figura parlamentaria: la
representación partidista.
Nuestra posición al respecto ha sido desde el
principio incluyente, debido, sobre todo, a que nosotros mismos, como una fuerza política
emergente hemos padecido serias, graves y notables marginaciones para que pudiéramos
participar y decidir en torno a los acontecimientos políticos y sociales que rodean toda
la esfera de actuación de los mexicanos y principalmente aquellas que a los ecologistas
nos preocupan con especial interés.
Es precisamente el artículo 27 el que menciona la conformación de los grupos
parlamentarios y la exclusión de la posibilidad formulada por la auténtica oposición de
formular agrupaciones partidistas distintas a los grupos parlamentarios. Al omitir dicho
artículo, esa posibilidad disminuye la oferta política representativa y el futuro
político de un país donde la sociedad civil es cada vez más interactiva con sus
órganos de representación.
La causa ecologista, como otras, no ha sido fácil y por ello es que queremos propiciar
las condiciones para que otras fuerzas políticas igualmente innovadoras a las que en la
actualidad tenemos representación en el Congreso, enriquezcan con sus aportaciones no
sólo el trabajo parlamentario que de suyo es importante, sino aún más, que contribuyan
a forjar el destino de nuestro país.
La apertura democrática otrora bandera de diversos grupos parlamentarios en sus
declaraciones o en sus promesas de campaña, parecen ahora claudicar ante la cerrazón y
la exclusión de aquellos que también pueden ofrecer alternativas viables en la
construcción de nuestro México, sea tal vez derivado del temor haber reducido su
potencial político en los órganos de representación o por la pérdida de las
prerrogativas que han gozado durante tanto tiempo.
La pluralidad que desde tiempo atrás se viene dando en nuestros órganos de
representación política derivada de la organización de los diversos sectores que
integran la sociedad civil, se ve cada día más evidente, sobre todo cuando la
conformación de otras fuerzas están a la expectativa de participar en el panorama
político con sus respectivas posiciones ideológicas.
El surgimiento de nuevas ideologías, de nuevos movimientos de apertura, producto del
acomodamiento de los grupos sociales emergentes, justifican la creación de esta figura de
vanguardia política al interior del Congreso de la Unión.
No necesariamente todas las fuerzas políticas emergentes se tienen que ver identificadas
con las alternativas partidistas vigentes, lo que pretenden es proporcionar nuevas
opciones de gobierno respaldadas en ideologías revisionistas que no tienen cabida en la
oferta política actual.
La política debe ser aquel instrumento que encauce todas las inquietudes de todos los
sectores nacionales, sean mayoritarios o minoritarios. Su importancia no radica en el
número de participantes, sino en la calidad del trabajo aportado, en la eficiencia de sus
funciones, pero, sobre todo, en la eficacia con que se dirijan sus esfuerzos en beneficio
de un auténtico desarrollo nacional democratizante.
Consideramos aparte por su importancia, merece lo relativo a las prerrogativas que gozan
los grupos parlamentarios. De acuerdo con el dictamen sometido a votación, éste no
contempla en ninguno de sus preceptos el caso en el que llegasen a encontrar grupos
parlamentarios, cuando varios de sus integrantes salen del mismo para formar parte de otro
o declararse independientes, en virtud de que no resulta imputable al partido el hecho de
que diputados que lo integran egresan de sus filas para perseguir fines particulares,
debería de respetarse la conformación del grupo parlamentario.
Un solo requisito de cantidad no puede desmembrar la consolidación de la ideología de un
partido representado en el Congreso, sobre todo cuando ese partido es de representación
nacional, tiene muy bien precisados sus objetivos y originalmente cumplió con los
requisitos establecidos por la ley.
Desaparecer los esfuerzos de diversas personas que lograron ganar su curul en campaña y
la de aquellos que lucharon internamente por notar la propuesta de una propuesta política
distinta, no merecen ser desacreditados ni marginados de la participación política
nacional.
La consistencia del grupo parlamentario como tal se desvanece ante la propuesta de
desintegrar al grupo cuando alguno de sus integrantes deciden abandonarlo. Si bien es
válido que un diputado se declare independiente para proponer alternativas viales y
distintas de las del grupo parlamentario al que anteriormente perteneció, también lo es
que ese mismo grupo parlamentario del partido político que lo llevó al órgano
legislativo, debe igualmente ser respetado, pues su oferta política fue la que en gran
parte lo llevó a esa función pública representativa.
Por ello insisto, la desaparición del grupo parlamentario por el éxodo de algunos de sus
integrantes, no justifican de manera alguna su desintegración, por tanto sugiero se
adicione al dictamen, en especial al artículo 27 dos numerales 5 y 6, que quedarán
respectivamente de la siguiente manera:
203,204,205
"5. Los grupos parlamentarios no
perderán tal carácter aún y cuando disminuya el número de sus integrantes y
6. Cuando se trate de un número menor de diputados al establecido en el numeral 2 de este
artículo, él o los diputados de un mismo partido político nacional podrán integrar una
representación partidista. Las representaciones partidistas tendrán los mismos derechos
y obligaciones que los grupos parlamentarios en proporción al número de sus integrantes,
con excepción de su participación en las juntas de coordinación política y para la
programación y dirección de los trabajos legislativos, donde sólo tendrán voz pero no
voto."
Es cuanto.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si
se encuentra suficientemente discutido el artículo 27, reservado por la diputada Gloria
Lavara.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
Por instrucciones de la Presidencia, se
consulta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo reservado.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido, señor Presidente.
Gracias, diputada Secretaria.
Consulte la Secretaría a la Asamblea, si se admite la modificación propuesta por la
diputada Gloria Lavara.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada,
señor Presidente.
Se pide a la Secretaría se abra el
sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo 27 hoy
impugnado.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema
electrónico por cinco minutos, para tomar la votación nominal del artículo 27 en sus
términos.
(Votación.)
Se emitieron 295 votos en pro y 42 en contra, señor Presidente.
Gracias, diputada Secretaria.
Aprobado en los términos del dictamen la reforma al artículo 27, por 295 votos a
favor.
Para referirse al artículo 31, tiene el uso de la palabra la diputada Carolina O'Farrill
Tapia, hasta por cinco minutos.
La diputada Carolina O'Farrill Tapia: |
Señor Presidente, quisiera comentarle
que en mi intervención se hará referencia a los dos artículos reservados, para que en
una sola intervención se puedan desahogar los dos.
Muchas gracias, señor Presidente.
Se entiende que esta reforma se ha dado con la intención de buscar el mejor equilibrio
posible para que la correlación de fuerzas entre las formas representadas en la Cámara y
los derechos de todo grupo parlamentario y de todo legislador, se respeten en plenitud en
los ámbitos de los procedimientos parlamentarios y en las decisiones políticas. Sin
embargo, como representante independiente quisiera manifestar que el contenido de algunos
de los artículos no responden a la actitud democrática que el pueblo mexicano expresó
en las urnas en 1997.
¿Por qué? Porque esta reforma deja la idea de ser una reforma tripartita, de tres
partidos solamente, que solamente tres partidos que tienen mayoría en este momento, son
los que serán los que dirijan los tres grandes órganos que propone la iniciativa, que
son la unidad de la Cámara en la mesa directiva, la Junta de Coordinación Política y la
Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos. En estas tres solamente
quedarán contenidos los tres partidos que tengan mayor número de votos. Se excluye a los
partidos llamados o mal llamados pequeños, pero también a los diputados independientes.
Se manifiesta que existen, seguimos existiendo, conforme al artículo 31 y en este
artículo 31 se hace una modificación muy rara. Por un lado el domingo 20 de junio se
establece un aumento que dicen guardar las mismas consideraciones y sin embargo en la
modificación publicada el 22 desaparece la consideración que se les apoye en lo
individual.
Yo quisiera que se incluyera en el artículo 31 nuevamente que el apoyo se le diera en lo
individual a los diputados independientes.
¿Por qué esto? Porque miren ustedes: en este momento yo tengo que participar solamente
en lo particular. Como diputados independientes no participamos en ninguno de los órganos
de gobierno y queda una idea muy especial: no podemos participar, somos excluidos.
¿Por qué entonces se habla de tanta democracia? Democracia es inclusión, no es
exclusión; democracia es saber que hay otros que piensan diferente y que tienen también
que ser escuchados. Pero mucho más allá, prevalece la idea de partidocracia y no de
democracia. Esta reforma es una reforma hecha solamente para tres partidos.
Y yo me pregunto: ¿por qué la ciudadanía no puede tener las otras opciones? ¿Por qué
la ley orgánica, por que el Cofipe establece que existen otras opciones y finalmente
éstas no son consideradas?
Una vez más no fuimos ni comunicados y consultados para realizar estas reformas. Se
perdió la oportunidad de incluir a los diputados sin partido para poder participar en una
representación diferente que se ha dado y lo sé, que han consultado varios de ustedes,
en otros países existen diputados independientes y tienen otro tipo de participaciones.
Aquí perdimos esa oportunidad.
Pero también están perdiendo los partidos pequeños o los mal llamados partidos
pequeños, porque el Cofipe habla de partidos solamente y queda una idea muy especial: por
un lado se busca la coalición con los partidos, con todos los partidos, coaliciones para
candidaturas y en este caso ahí no son pequeños, ahí lo único que importan son los
votos y ahí es, en ese momento si existen, pero se les cierra la participación dentro de
la Cámara de Diputados. Esto me parece verdaderamente un absurdo.
Pero por otro lado, cuando se deja la idea de que la Cámara debe ser dirigida por un
grupo de notables y los demás diputados sólo sirven para votar o aplaudir las decisiones
que cuatro decidan, ¿por qué no le ahorramos 496 diputados al pueblo mexicano y que
sólo sean cuatro las personas que...
Le suplicamos a la diputada concluya con
su intervención, por el tiempo.
La diputada
Carolina O'Farrill Tapia: |
Perdóneme, señor Presidente, pedí
para los dos artículos.
Perdón, diputada.
Yo quisiera pedir a todos los compañeros diputados, que podamos omitir esos chiflidos,
que en principio causan una expectativa muy negativa hacia todos; ésta es una
representatividad del pueblo de México y debemos de cuidarla así.
La diputada
Carolina O'Farrill Tapia: |
Le agradezco mucho, señor Presidente.
Nada más lo único que quería dejar, es que no quedó claro cómo en el artículo 40 se
definieron las comisiones y hablo específicamente por la Comisión de Población, en
virtud que de esta comisión surgieron tres comisiones más que sí prevalecen y ésta
queda seguramente como una subcomisión que son la de Grupos Vulnerables, la de Asuntos
Indígenas y la de Equidad y Género, surgieron de la Comisión de Población, ésa era la
matriz hace muchos años y en este momento la Comisión de Población se inserta en este
artículo, como parte de un criterio que establece que es una copia de las funciones del
Ejecutivo en lo que se refiere a la Secretaría de Gobernación; sin embargo, en las otras
comisiones no se siguió el mismo criterio.
Le agradezco mucho, señor Presidente y yo quisiera proponer en el artículo 40, solamente
que se incluyera la Comisión de Población como matriz y que se insertara ahí quizá la
de Grupos Vulnerables.
Muchas gracias y disculpen que haya provocado chiflidos, que me da mucha pena que mis
compañeros los tengan así.
Gracias.
En uso de la palabra el diputado Fidel
Herrera, en pro del dictamen, respecto de este artículo reservado. Activen el micrófono
del diputado Fidel Herrera, por favor.
El diputado
Fidel Herrera Beltrán
(desde su curul): |
Con expectativas muy positivas sobre la
votación, declino mi intervención, señor Presidente.
En virtud de que el artículo 40 habrá
de votarse en forma progresiva y en su momento, únicamente se hará la votación respecto
del artículo 31 reservado.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el
artículo 31 reservado.
El secretario Librado Silva García: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 31 reservado.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido, señor Presidente.
Gracias, diputado Secretario.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por la
diputada Carolina O'Farrill.
El secretario
Librado Silva García: |
En votación económica se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada,
señor Presidente.
Gracias, diputado Secretario.
Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder
a la votación del artículo 31.
El secretario
Librado Silva García: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del
artículo 31, en sus términos.
(Votación.)
Informo a la Presidencia que se emitieron 264 votos en pro y 8 en contra, señor
Presidente.
Gracias, diputado Secretario.
Aprobado el artículo 31 en los términos del dictamen por 264 votos.
Para su discusión y para referirse al
artículo 32, tiene el uso de la palabra la diputada Gloria Lavara Mejía, hasta por cinco
minutos, del Partido Verde Ecologista de México.
La diputada Gloria Lavara Mejía: |
Solicito a la Presidencia me autorice en
esta intervención a abordar los dos artículos restantes reservados por mi fracción.
Relativo a la presidencia de la junta de coordinadores. De acuerdo a lo establecido en el
artículo 32 propuesto de las reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, contenida en el dictamen ahora presentado, se desprende que la
presidencia de la Junta de Coordinación Política que sería el equivalente a una
combinación entre la actual Comisión de Régimen Interno y Concertación Política y la
Gran Comisión que hasta ahora la Ley Orgánica prevé, estaría encabezada por el
coordinador del grupo parlamentario que haya obtenido por sí mismo, la mayoría absoluta
de la Cámara o en su defecto por los coordinadores de los grupos parlamentarios
establecidos por la misma junta de coordinadores en orden decreciente del número de
legisladores que los integren.
La presidencia de tal junta, de acuerdo con el mismo artículo, tendría una duración de
un año, de donde se deriva que si existen más de tres grupos parlamentarios en la
Cámara, los demás restantes, aparte por supuesto de los que hayan obtenido el mayor
número de escaños en la Cámara, quedarían excluidos de la oportunidad de participar en
la presidencia de la Cámara, de aportar elementos para su buen gobierno y de realizar su
proyecto político promovido en su plataforma electoral.
La oportunidad que proporciona presidir el órgano de gobierno de la Cámara no se
equipara a la actuación en otros organismos de la misma, en tanto que las decisiones de
carácter político trascienden no sólo para el buen gobierno de la Cámara, sino de toda
la nación.
Antes bien, la votación, la democratización en la elección de presidencia del órgano
de gobierno de la Cámara fomentaría una auténtica participación política de los
partidos con representación y no la simple designación concertada entre tres grupos
parlamentarios que obtendrían beneficios con sus concesiones.
No se trata de hacer valer unilaterlamente los puntos de vista de un organismo político
como anteriormente se hacía y ahora se intenta hacer con tres partidos, sino de acordar
con esa perspectiva que particulariza a cada uno de los acuerdos y los consensos en pro
del desarrollo nacional.
Muestra de la falta de pluralidad de la que se alimenta el dictamen que hoy discutimos,
son las palabras que en su intervención pronunció uno de los diputados que me
antecedieron en el uso de la palabra, al establecer que dicho dictamen se realizó con el
consenso de los partidos importantes, menospreciando así no a los partidos políticos con
menor representación en esta Cámara, sino a los más de dos millones de ciudadanos
mexicanos que votaron en las elecciones de 1997 por el Partido Verde Ecologista de México
y por el Partido del Trabajo, al considerarlos ciudadanos sin importancia.
206,207,208
Parece extraño que luego de que se afianzara
mediante el acuerdo celebrado el 4 de septiembre de 1997, por el que se establecía la
forma en que se ocuparía la presidencia de la Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política durante esta legislatura, ahora se dé marcha atrás a ese acuerdo
y se retroceda en el camino por la democracia.
Lo más adecuado, si lo que se pretende es la adoptación de la reforma de la Cámara de
Diputados, es impulsar los consensos previamente adoptados por los coordinadores de los
grupos parlamentarios identificados en el mencionado acuerdo, para continuar con el
respeto por la pluralidad y así elevarlos a rango de formas legales.
Si la junta decidiese excluir a uno u otro grupo parlamentario, de la presidencia de la
Junta de Coordinación Política sin base legítima para hacerlo, se estaría privando a
ese grupo parlamentario que también contribuiría a la formación de decisiones
políticas, del panorama del gobierno de la Cámara. Si ese hipotético grupo
parlamentario pudiera resolver los problemas de manera más eficiente y con más
creatividad que los demás, se desperdiciaría la oportunidad de incluir a aquellos que
con iniciativas reales pudieran proporcionar soluciones oportunas a los problemas que
padece la Cámara.
La actividad lenta y poco eficiente que ha caracterizado a los principales grupos
políticos con representación en la Cámara parecen comprobar nuestras afirmaciones. El
desempeño actual que el Partido Verde Ecologista de México ha tenido en la conducción
de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, órgano de gobierno de la
Cámara de Diputados, sin adelantar temerariamente juicios que podrán evaluarse hasta la
lectura total del informe a presentar, no ha sido mala; antes bien, por el contrario, ha
quedado demostrado que la presencia de nuevos e innovadores elementos en el escenario
político han enriquecido la toma de decisiones no sólo en la conducción interna de la
Cámara, sino incluso en la solución de problemas de gestoría, algunos de los cuales
están en trámite y otros han quedado debidamente resueltos.
Si lo que se pretende es realmente dar cabida a las demás fuerzas partidistas, a
concretizar un proyecto político auténticamente representativo del pueblo de México y
no de élites y a considerar la democracia plena, no tenemos por qué acudir a
instrumentos de exclusión y privación. La respuesta tal vez estaría en un órgano
colegiado donde la presidencia se rote, al mismo tiempo que los resultados de cada
administración tengan continuidad, de acuerdo a las aportaciones y resultados de cada
uno.
Por lo anterior, sugiero la modificación del numeral 3 del artículo 32, para que quede
en los siguientes términos: "en el caso de que ningún grupo parlamentario se
encuentre en el supuesto del párrafo anterior, la presidencia tendrá una duración
semestral, misma que será ocupada rotatoriamente por los coordinadores de todos los
grupos parlamentarios representados en la Cámara y el orden será establecido por la
junta".
En lo que se refiere al artículo 40, respecto a la desaparición de la Comisión de
Asuntos de la Juventud, todos los partidos políticos, sin excepción alguna, prometieron
en sus plataformas políticas la atención de uno de los grupos que, aunque no lo parezca,
es vulnerable a las condiciones del sistema económico prevaleciente, donde han quedado
desplazados de las fuentes de empleo y donde se suman cada vez más jóvenes sin
oportunidades de desarrollo a nivel personal porque carecen de los medios que, por un lado
ni el Estado les proporciona ni por otro, tampoco tienen la facilidad de adquirirlos para
su formación personal.
Hoy se debate el futuro de los jóvenes, de su atención y del diseño de los programas
que bien se podría hacer manteniendo una comisión ordinaria, tal y como se programó
ante esta misma tribuna. Pero la falta de alternativas viables y creativas condena el
diseño de la política...
Perdón, diputada. Les voy a suplicar a
los señores diputados que el tiempo lo lleva la Presidencia y vamos a darle en este
momento un poquito de apoyo a la diputada, para que acabe bien su intervención.
Gracias.
La diputada
Gloria Lavara Mejía: |
Concluyo, señor Presidente. Aparte de
estar haciendo alusión a dos artículos que anteriormente me autorizó.
Las iniciativas presentadas ante este pleno para que los jóvenes pudieran tener la
oportunidad de acceder al desempeño de cargos públicos son sólo una prueba de los
logros que esta comisión ha conseguido, pero falta todavía mucho por hacer.
La propuesta de desaparecer la Comisión de Asuntos de la Juventud, desaparece también
las esperanzas que este sector tiene para el futuro y su atención por el Congreso de sus
problemas.
Si antes no se ocupó de ellos sino hasta la creación de esta comisión, no veremos con
certidumbre que las políticas de su atención se diseñen con efectividad como parte de
una política en general.
El grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, conformado en su mayoría
por jóvenes y que constituye el fiel de la balanza ante el temor de aquellos que, por
permitir su participación, sólo reflejan miedo al futuro, incertidumbre de que
conciencias sin perjuicios formulen críticas de su régimen y peor aún que participen
con ánimo constructivo a contribuir con las soluciones que México solicita.
Por lo anterior, sugiero la adición de una fracción XXIV al artículo 40, para que quede
en los siguientes términos: "artículo 40, fracción XXIV de asuntos de la
juventud".
Es cuanto, señor Presidente.
Gracias, diputada.
Para hablar a favor del dictamen tenemos al diputado Rafael Oceguera, del Partido
Revolucionario Institucional.
Activen el micrófono del diputado Oceguera.
El diputado Gil
Rafael Oceguera Ramos
(desde su curul): |
Señor Presidente, para sugerirle
atentamente que le dé paso al orador que se ha inscrito en contra también, que tengo
entendido que es el diputado Adolfo Zamora y yo respondería a nombre de la comisión a
las posiciones de ambos oradores en una sola intervención, señor Presidente.
Procede. Adelante, diputado Adolfo
González Zamora, para efectos de que haga uso de su impugnación, hasta por cinco
minutos.
Y se registra al diputado Rafael Oceguera, en nombre de la comisión, así es.
El diputado Adolfo González Zamora: |
Obviamente la propuesta del diputado
Oceguera representa una posición política añeja, caduca, que no quiere ver los avances
democráticos de este país.
Compañeros diputados: les va a parecer extraño que un legislador del PRD esté
planteando en contra este artículo del dictamen. Porque los diputados del PRD tenemos
moral y principios... tenemos lucha social, tenemos objetivos históricos. ¡No hemos
hecho concertaciones con nadie! ¡Hemos sido altamente consecuentes con nuestra política
y la política del PRD es una política de democracia!
Y me extrañaba que un compañero panista hablara hace unas horas...
Señores diputados: le voy a suplicar
tanto al orador, como a la Asamblea podamos continuar con los trabajos, que lo hemos hecho
muy bien. Y de referirnos al tema, diputado, por favor.
El diputado
Adolfo González Zamora: |
Sobre los elegidos. Y baste recordar que
acá está el espíritu de Federico Nietzsche. ¿Y qué pasa cuando se quiere hablar de
democracia formal en una economía de mercado? ¿Y qué pasa cuando se quiere hablar de
democracia social en un modelo neoliberal? ¿Y qué pasa cuando en el artículo 32 se
plantea un poder absoluto, un poder burocrático que quiere controlar nuevamente las
decisiones de esta legislatura?
Pensamos nosotros que la pluralidad en este país no se ha ganado con lo que nos han dado
los señores del PRI, se ha ganado por la continua lucha del pueblo mexicano en las
votaciones. Y que si venimos aquí a la Cámara y le preguntan a los compañeros diputados
del PAN que se debe al PRI esas concesiones, ese principio, yo diría que no. ¡El PRI
quiere mantener el poder de esta Cámara de Diputados!
¡Quiere que regrese la Gran Comisión disfrazada de otra manera! ¡Quiere que...
De nueva cuenta esta Presidencia hace la
atenta recomendación a los señores diputados que conservemos el orden para continuar y
le pedimos al diputado orador referirse al tema para continuar con estos trabajos.
El diputado
Adolfo González Zamora: |
Señor Presidente: es que no me he
desviado del tema. Si los compañeros del PRI no quieren entender estas palabras, allá
ellos.
Señalamos, los que pensábamos que la democracia se construye con el voto ciudadano, que
los diputados de esta legislatura deben de estar acordes a lo que está pasando en el
país y el país requiere estabilidad, requiere órganos que definan, no órganos de
control.
Pensamos que la decisión del artículo 32 excluye a fuerzas importantes de México y le
deja el poder a un tripartidismo que el PRD no quiere. ¡El PRD no está por un
tripartidismo, está por la democracia plena de este país! Planteó que las tres
principales fuerzas se doten el poder anualmente, va en contra de los principios
democráticos. Plantea que si un partido tiene la mayoría absoluta tenga el control por
tres años, es un control burocrático.
Nosotros, algunos diputados del PRD, planteamos lo siguiente:
Que se elimine la fracción II del artículo 32. Queremos y se propone lo siguiente y que
quede de esta manera:
"La Presidencia de la junta será rotativa durante el periodo legislativo y será
ajustado con los representantes de los grupos parlamentarios con presencia en esta Cámara
de Diputados."
Compañeros diputados democráticos; compañeros diputados que siguen los intereses
populares: ¡no se dejen engañar "con el canto de las sirenas"! ¡Los priístas
son tramposos y van a ser tramposos toda la vida!
Compañeros del PAN: ¡no vayan a la cola del PRI, es el momento que modifiquen su
situación y luchen por la democracia!
Muchas gracias, compañeros.
En la misma discusión el diputado
Rafael Oceguera Ramos, a favor del dictamen. Tiene cinco minutos.
El diputado Gil Rafael Oceguera Ramos: |
Uno de los grandes retos, señor
Presidente, que esta legislatura se impuso de cara a la dinámica y a la dialéctica
social que la República vive, fue precisamente el de realizar una reforma del Poder
Legislativo que hiciese posible que la Cámara de Diputados y que el Congreso de la
Unión, pudiesen de manera más eficaz, de manera más efectiva, de manera más
comprometida y de manera más puntual, coadyuvar por la vía de la reforma de las leyes, a
la transformación social, económica y política del país.
Por eso, ahora, al discutir los contenidos del artículo 32, de lo que sería la nueva Ley
Orgánica de esta Cámara de Diputados y de este Congreso de la Unión, la comisión y los
diputados que formamos parte de la misma, consideramos importante dotar a esta Cámara de
Diputados de órganos que estuviesen identificados precisamente por un carácter
incluyente, por un carácter abierto, con una actitud de verdadera apertura, para que
siendo el pleno quien con la mayoría de los votos resuelva las grandes cuestiones que
atañen a este país, pudiésemos, a través de una Junta de Coordinación Política, con
la presencia de todos los grupos parlamentarios, de todos los partidos políticos, poder
procesar en un clima de equidad, de igualdad, inclusive recurriendo al voto ponderado,
todos aquellos asuntos de carácter político que sea necesario procesar y someterlos a la
consideración de otros órganos y particularmente someterlos a la votación y a la
decisión del pleno.
209,210,211
Creo que la junta, como está concebida,
señor Presidente, compañeros diputados, responde de manera efectiva, de manera puntual,
a la necesidad de que esta Cámara de Diputados, por una parte cuente, como aquí se ha
dicho, con una mesa directiva que garantice, en una actitud apolítica o apartidista más
que apolítica, deliberaciones verdaderamente plurales, verdaderamente comprometidas con
el interés de la nación.
Y por lo que hace al trabajo de la comisión o de la junta política, de lo que
actualmente ha hecho, como aquí apuntaba la diputada Lavara, la Comisión de Régimen
Interno y Concertación Política, y que sabemos que en buen grado ésta, como lo decimos
aquí la comisión que produjo el dictamen, ha quedado rebasada por la realidad del país.
Hoy estamos concibiendo, hemos diseñado la configuración de un órgano denominado
"Junta de Coordinación Política", que, efectivamente, deberá ser presidida
por el partido que obtenga en las elecciones federales o en las elecciones para formar
legislatura, la mayoría absoluta de los votos.
Solamente en el caso de que ningún partido político cuente con la mayoría absoluta, se
intentará en orden decreciente en cuanto a número de integrantes de cada grupo
parlamentario, que durante un año cada grupo presida los trabajos de ese órgano nuevo
que, insisto, será un órgano representado por todas las fuerzas y todas las fuerzas,
todos los grupos políticos, todos los partidos políticos, podrán en esta mesa de
negociaciones, en esta mesa que privilegiaria el diálogo, los acuerdos y buscarán los
consensos suficientes para pasar asuntos al pleno, que el pleno deba conocer en términos
de derecho constitucional o de compromiso constitucional.
No quisiera dejar de apuntar lo que aquí ha dicho la diputada Lavara. Efectivamente a
todos preocupa una política de atención, de respaldo y de apoyo al desarrollo de los
jóvenes, para eso está la Secretaría de Salud, para eso está la Secretaría de
Educación Pública, para eso está la Secretaría del Trabajo, para eso están las
distintas instancias de gobierno. La comisión consideró que las comisiones, 27, que se
plantean en el dictamen, deben cumplir con sus trabajos de dictamen, sus trabajos
específicos, mirando en todo por el desarrollo equilibrado y correcto del país, desde
luego, sin dejar del lado a la gran mayoría de los mexicanos que son la población joven.
He dicho, señor Presidente. Muchas gracias.
Pido el voto en favor del 32 y del 40 en sus términos. Gracias.
Tiene el uso de la palabra, hasta por
cinco minutos, el diputado Francisco Loyo, a favor.
El diputado
Francisco Javier Loyo Ramos
(desde su curul): |
Declino, señor Presidente.
Declina. Correcto.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el
artículo 32, hoy reservado.
La secretaria
María del Carmen Moreno
Contreras: |
En votación económica se pregunta a la
Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 32 reservado.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido, señor Presidente.
Gracias.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si admite la modificación propuesta por los
diputados Gloria Lavara Mejía y Adolfo González Zamora, respecto al artículo 32.
La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras: |
En votación económica se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta por los diputados Lavara y Zamora.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada,
señor Presidente.
Gracias.
En virtud de que son dos propuestas, tendrá que votarse cada una de ellas respecto del
artículo 32, una propuesta hecha por la diputada Gloria Lavara y otra por el diputado
Adolfo González Zamora. Por eso se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico
por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo 32 propuesto por la diputada
Gloria Lavara Mejía, en sus términos.
Repetimos, se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos,
para proceder a la votación del artículo 32 en sus términos.
La secretaria
María del Carmen Moreno
Contreras: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema
electrónico por cinco minutos, para tomar la votación nominal del artículo 32 en sus
términos.
(Votación.)
Se emitieron 270 votos en pro y 58 votos en contra, señor Presidente.
Gracias, diputada Secretaria.
Aprobado el artículo 32 en los términos del dictamen por 270 votos.
Para su discusión y para referirse al artículo 35, tiene el uso de la palabra la
diputada Lenia Batres Guadarrama, hasta por cinco minutos.
La diputada Lenia Batres Guadarrama: |
Miren compañeros, en realidad este
artículo, el artículo 35, habla de las atribuciones de la Junta de Coordinación
Política, pero en realidad las atribuciones de la Junta de Coordinación Política están
referidas en el artículo 30, en este 35, en el 39, en el 46, es una junta todopoderosa en
esta Cámara; francamente no se explica esta exagerada centralización de las funciones en
un órgano político que ahora se convierte en un órgano político administrativo,
financiero, reglamentario.
Solita, a esta Junta de Coordinación Política, le van a corresponder las facultades que
hasta ahora ha tenido el Comité de Administración, la Comisión de Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias, la mesa directiva de la Cámara, le quita, además, varias de
las funciones de las comisiones ordinarias como la capacidad de hacer propuestas,
iniciativas, minutas, por sí solos, dado que yo no sé si por algún error en el inciso a
del numeral uno de este artículo, habla del impulso de la conformación de acuerdos
relacionados con el contenido de las propuestas, iniciativas minutas, no con las
propuestas, iniciativas y minutas; no va a acordar nada más como va a organizar el
trabajo político sino también su contenido.
Es decir, esta Junta de Coordinación Política podrá hasta revisar las propuestas
emanadas de las comisiones ordinarias de la Cámara. Compañeros, eso es un verdadero
exceso.
Además, será la única porque no se menciona con una facultad de las comisiones, será
la única con capacidad de emitir al pleno proyectos de puntos de acuerdo,
pronunciamientos, declaraciones de la propia Cámara, eso es un verdadero exceso,
compañeros.
Absorbe las funciones que ya tenía la CRICP
pero absorbe muchas otras funciones de la Cámara; va a tener la capacidad de presentar el
proyecto de presupuesto anual; va a tener la capacidad de aprobar al propio servicio de
carrera administrativo y financiero; va a asignar recursos humanos, materiales y
financieros... Yo no sé, compañeros, si hasta ahorita la propia CRICP no ha podido
cumplir con sus funciones por el exceso de trabajo, es decir, de atribuciones que ya
tenía, pues ha tenido que formar una sub CRlCP, no sé cuántas sub CRIP va a necesitar
esta nueva junta para poder cumplir con sus facultades.
Y no sólo son estas facultades que estoy mencionando ahorita, de manera por demás
curiosa, en realidad esta propia junta es lo mismo que la conferencia que está en el
artículo 39, porque es la propia junta más el presidente de la mesa directiva, ni
siquiera son los dos órganos en su conjunto, es una conferencia formada de una propia
comisión de gobierno que esta junta, más el Presidente de la Cámara.
Es decir, la propia junta tendrá todas las atribuciones que se le ponen a la conferencia:
establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones; calendario; proponer el
estatuto, que ya estaba mencionado, efectivamente como comentaba el compañero Bátiz;
impulsar el trabajo de comisiones... Yo no sé francamente si se pueda establecer un
programa desde esa junta sin conocimiento de las iniciativas existentes en las propias
comisiones; las comisiones hasta ahora han ido determinando su ritmo de trabajo, conforme
hay comisiones en esta Cámara que trabajan y trabajan bastante y han ido determinando ese
ritmo de trabajo conforme los avances de los consensos que tengan al interior de ellas.
Si es la junta la que va a determinar qué consensos o qué dictámenes debe programarse
dentro de las comisiones, francamente le quita toda posibilidad de ritmo independiente a
las comisiones mismas y por lo tanto hay un verdadero exceso de trabajo, verdadero exceso
de funciones que lo que termina haciendo es limitar la propia capacidad e impulso creativo
de manera cotidiana de los diputados al interior de las comisiones; no podrían proponer
puntos de acuerdo si no es mediante la propia Junta de Coordinación Política
Compañeros, hay ahí una anulación del trabajo de 500 diputados y, efectivamente, como
decía hace un rato una diputada, en realidad podríamos prescindir de 500 diputados y
esta Cámara funcionaría perfectamente bien con el número de coordinadores de los grupos
parlamentarios que hubiera en su momento...
Diputada, le suplicamos termine por
favor, su tiempo ha terminado.
La diputada
Lenia Batres Guadarrama: |
Termino.
En realidad absorbe totalmente las funciones de la Cámara de Diputados.
Compañeros, eso no es un órgano de gobierno, es un órgano legislativo en sí mismo. Por
eso, en realidad no propongo modificación, porque en realidad habría que modificar todos
estos artículos que plantean las funciones y simplemente quiero manifestar un voto de
censura ante esta concentración de un reglamento que en origen se proponía democratizar
la Cámara.
En virtud de que la diputada Lenia
Batres Guadarrama no hace una propuesta específica en contra, esta Presidencia considera
que no debe de votarse.
Pasamos entonces...
El diputado
Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul): |
Señor Presidente.
Adelante, diputado.
El diputado
Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul): |
Señor Presidente, solamente para
decirle que si no votamos un artículo que ha sido reservado para su discusión en lo
particular, como no ha sido aprobado cuando se votó en lo general, puesto que fue
previamente reservado, entonces quedará sin ser aprobado...
212,213,214
Bien, entonces . . .
El diputado
Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul): |
Espéreme tantito, señor Presidente,
por favor. Entonces yo le recomiendo que si ésa es la decisión que usted quiere tomar,
la cual yo aplaudiría, le suplico que le dé trámite a ese artículo para regresarlo a
comisión, puesto que como no está aprobado y usted se niega a que se vote, se tiene que
regresar a comisión. Ese sería el trámite correcto.
Con objeto de llevar las cosas en el
mismo camino en que hemos funcionado esta noche, voy a solicitar a la Secretaría consulte
a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo a que hace alusión
la diputada Batres, artículo 35.
El secretario Víctor Armando Galván
Gascón: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 35 reservado.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido.
Se pide a la Secretaría se abra el
sistema electrónico hasta por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo
hoy reservado.
El secretario
Víctor Armando Galván
Gascón: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por cinco
minutos para tomar la votación nominal del artículo 35 en sus términos.
(Votación.)
Se emitieron 235 votos en pro y 83 en contra.
Aprobado el artículo 35, en los
términos del dictamen, por 235 votos.
Para referirse a la discusión del artículo 37, tiene la palabra hasta por cinco minutos
el diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas, por el Partido de la Revolución Democrática.
El diputado
Victorio Rubén Montalvo Rojas: |
Con su venia, señor Presidente;
señoras y señores diputados:
El objetivo de mi intervención, a nombre de mi grupo parlamentario, el del Partido de la
Revolución Democrática, es el de tratar de devolverle el carácter netamente
parlamentario a la Junta de Coordinación Política propuesta, no sólo, efectivamente, en
el artículo 37, sino en una serie de artículos en los cuales se enmarcan una serie de
facultades que a nuestro juicio rebasan el carácter netamente parlamentario que este
órgano debiera tener.
Desafortunadamente la Junta de Coordinación Política hereda los viejos vicios que tenía
la Gran Comisión y la hoy vigente Comisión de Régimen Interno y Concertación
Política. En esta junta, se reúnen una serie de facultades políticas legislativas y
administrativas que a todas luces van en contra del trabajo netamente legislativo que
debiera ser su objetivo.
Estas facultades concedidas tienen una injerencia en la vida de las comisiones muy
cercanas al control, ya que sería prácticamente ese órgano de gobierno el encargado de
elaborar en lo fundamental los programas legislativos. Consideramos que es muy superior el
esquema de proyectos anteriores que hacía esta delicadísima función concurrente entre
la junta y la mesa directiva, es muy superior y en consecuencia presentaremos la propuesta
correspondiente.
Es indispensable remarcar lo siguiente: aún
estamos a tiempo de enviar un buen proyecto al Senado, si acordamos modificaciones en lo
particular, de no realizarse esta adecuación en un tema tan central como el gobierno
mismo de la Cámara, nos expondríamos a un retroceso de consecuencias funestas para el
proceso de democratización del Estado mexicano, ya que estaríamos cercenando las
capacidades de representación efectiva de la máxima depositaria de la soberanía
popular; se trataría de una auténtica contrarreforma autoritaria del Poder Legislativo
Federal.
Hoy, de acuerdo a las facultades que tenemos en la Cámara, no interviene en este proceso
legislativo el Ejecutivo, tal pareciera que no interviene, pero vemos en todo el proyecto
y también en lo específico en la creación de esta Junta de Coordinación Política, la
mano del presidencialismo, esa mano que no ha dejado al Poder Legislativo desempeñar a
cabalidad las facultades que le otorga la Constitución.
En consecuencia propongo la modificación del artículo 37, suprimiendo los incisos c y d,
por lo que el actual inciso e pasaría a ser modificado y renumerado como c, para quedar
como sigue:
"Artículo 37. Corresponden al presidente de la Junta de
Coordinación Política las atribuciones siguientes:
a) y b)...
c) Las demás que se deriven de esta ley, con los ordenamientos relativos."
Apelo a la conciencia de los legisladores para disminuir cabalmente las facultades que le
otorga este artículo a esta Junta de Coordinación Política.
Muchas gracias.
En virtud de que no existe ningún
orador a favor, consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente
discutido el artículo 37 reservado.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
En votación económica se pregunta a la
Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 37.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido, señor Presidente.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si
se admite la modificación propuesta por el diputado, relativa al artículo 37.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
En votación económica se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada,
señor Presidente.
Se pide a la Secretaría se abra el
sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación del artículo 37.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del
artículo 37, en sus términos.
Señor Presidente, se emitieron 242 votos en pro y 81 en contra.
Aprobado en términos del dictamen el
artículo 37 por 242 votos.
Para referirse al artículo 38 numerales 1 y 4, tiene el uso de la palabra en contra, el
diputado Justiniano Guzmán Reyna, del grupo parlamentario del PRD, por cinco minutos.
El diputado Justiniano Guzmán Reyna: |
Señoras diputadas y diputados:
Me permito proponer a esta honorable Asamblea la modificación a la propuesta del
artículo 38 en sus numerales 1 y 4 para quedar como sigue:
Numeral 1. "La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos
Legislativos, se integra con los miembros de la mesa directiva de la Cámara y de la Junta
de Coordinación Política. A sus reuniones serán convocados con voz y voto los
presidentes de comisiones que corresponda cuando se trate un asunto de su
competencia".
Numeral 4. "La conferencia adoptará sus resoluciones por consenso; en caso de no
alcanzarse ésta, lo hará por mayoría simple de sus miembros. El presidente de la
conferencia sólo votará en caso de empate".
Basamos esta propuesta en las siguientes
CONSIDERACIONES
Primera. La idea original de importar del
derecho parlamentario francés un órgano especial para la función de programar los
trabajos legislativos, es en sí misma excelente. Sin embargo en México, con una vida
parlamentaria que no acaba de ser cabalmente democrática, es imprescindible hacer
adecuaciones en el esquema que propone el dictamen.
La Conferencia para la Programación y Dirección de los Trabajos Legislativos, no es otra
cosa que la Junta de Coordinación Política con otro nombre, ya que está compuesta por
todos los miembros de esta última con la sola adición de "el presidente de la
Cámara", que en este contexto no tiene más que un papel simbólico, ya que sólo
puede votar en caso de empate.
Segunda. Lo anterior, además de agrandar a las ya de por sí importantes funciones de la
junta, politiza en exceso una función que debe de tener un contrapeso institucional
efectivo, si se admite como es correcto que la mesa directiva de la Cámara debe de
salvaguardar los intereses constitucionales del Congreso. Entonces nosotros preguntamos:
¿no es parte de esos intereses constitucionales de imparcialidad, equidad política y
soberanía del Congreso, la correcta programación de los trabajos legislativos?
Tercera. Por lo anterior, nos parece que es muy superior el esquema de proyectos
anteriores, que hacía de esta delicadísima función una tarea concurrente entre la junta
y la mesa directiva, por lo que recuperando lo mejor de ambas propuestas, proponemos que a
la conferencia se integren los miembros de la mesa directiva, manteniendo las reglas que
hacen al presidente de la Cámara también presidente de la conferencia, con capacidad
para votar sólo en caso de empate.
Cuarta. En el mismo sentido se propone integrar a los presidentes de las comisiones como
miembros eventuales de la conferencia con plenos derechos, es decir, serán miembros con
voz y voto de este órgano, siempre que en su seno se trate algún asunto de la
competencia de la comisión respectiva.
Lo anterior es tanto más natural por cuanto es indispensable incorporar en la
programación de los trabajos legislativos a los factores fundamentales de éstos.
Las comisiones de dictamen, además el esquema actual del dictamen resulta humillante para
los presidentes de las comisiones, los que podrían o no ser convocados para tener en la
conferencia los mismos derechos de voz sin voto que un funcionario: el secretario general
de la Cámara.
Es cuanto señor Presidente, gracias.
En virtud de no haberse inscrito
oradores en pro, consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente
discutido el artículo 38 reservado por el diputado Justiniano Guzmán Reyna.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica se consulta a la
Asamblea si se encuentra suficientemente el artículo 38 reservado.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
215,216,217
Los diputados que estén por la negativa,
sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.
Muchas gracias, diputada Secretaria.
Ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por
el diputado Justiniano Guzmán Reyna.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se desecha la
propuesta.
Sírvase la Secretaría solicitar la
apertura del sistema electrónico de votación para proceder a la votación del artículo
en cita, por cinco minutos.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos para hacer la
votación nominal del artículo 38 en sus términos.
Se emitieron 233 votos en pro y 84 en contra.
Aprobado el artículo 38 con sus
numerales correspondientes en los términos del dictamen por 233 votos a favor.
Para referirse al artículo 40 tiene el uso de la palabra el diputado Armando López
Romero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, hasta por
cinco minutos. Es el artículo 40 fracción VIII.
El diputado Armando López Romero: |
Con su permiso, señor Presidente;
compañeras y compañeros diputados:
Para que se despierten un poco, sabemos que pues estamos ya en un diálogo prácticamente
de sordos, donde pues, ya no hay ninguna intención del cambio ni siquiera de una coma,
pero yo quisiera decirles, compañeros, que realmente deberíamos de tener muy claro, que
cuando uno pasa aquí a la tribuna a verlos a todos ustedes lo emocionados que están, y
vengo aquí a defender el trabajo que hemos hecho en la Comisión de Ciencia y
Tecnología.
Una comisión, compañeros, que desde luego, pues ahí están los trabajos, hicimos el
dictamen a una ley, fortalecimos al órgano que regula la política científica en este
país, si los, mi querido Carlos, pues ahí está Mary Carmen, si no ha informado
Francisco pues sería bueno preguntarle que se ha hecho.
Pero lo más importante, Francisco, es que parece ser que en lugar de avanzar en darle
fortaleza al trabajo legislativo, por lo que se ha hecho es precisamente reducirlo. Es
increíble, digo yo sé que allá es punto de cotorreo porque pues ya no va haber otras y
sé que además se va a desechar, pero me da mucho gusto poderme dirigir aquí al pleno,
porque pues desde que hablé con Francisco Paoli sabía la posición.
Pero quiero decir que insistiremos y aquí entregamos la propuesta del artículo 40 en su
fracción VIII, primero para que la Comisión de Ciencia y Tecnología permanezca como una
comisión ordinaria y de dictamen por la simple razón de la fortaleza en este renglón
para el país y que a éstas del partido, yo creo que a muchos ya no les importa.
Pero también una cosa más en la misma fracción VIII: proponemos el cambio en donde dice
en la misma fracción VIII: "la Comisión de Educación y Cultura", porque le
pusieron Educación Pública. Yo no sé si hay alguien que tenga miedo de que nos metamos
a ver lo que en el artículo 3o. fracción VI, los privados puedan brindar el servicio de
educación.
Yo creo que aquí el debate, si es que hay, el comentario si bien vale la pena, es que la
educación que la propia Constitución establece y nos faculta aquí a esta Cámara de
Diputados, la reforma del 3o. constitucional, que ojalá algún día se haga, proponemos
que quede simplemente como Comisión de Educación y Cultura y ahí está el fundamento,
toda vez que el 3o. constitucional toca las dos formas de educación, tanto la privada
como la pública y desde luego que apoyamos fundamentalmente la educación pública, pero
creo que debemos de ser congruentes y dejar Comisión de Educación y Cultura.
Y un 8o.-bis o si quieren le aumentamos más a que no sean nada más 23, le ponemos la
Comisión de Ciencia y Tecnología, porque el argumento de que para que estemos al tú por
tú con la secretaría del Ejecutivo, sin menospreciar, hay aquí una serie de comisiones
que no tienen su referente en el Ejecutivo, y que la Comisión de Ciencia y Tecnología
entre sus proyectos está crear un órgano autónomo de Ciencia y Tecnología en este
país.
Ojalá, lo cual lo veo muy difícil, ojalá podamos cambiar la redacción y nos apoyen
compañeros Francisco, Carlos, compañeros todos, a que ojalá algún día demos chance de
cambiar las cosas.
Muchas gracias.
En virtud de que no está registrado
ningún diputado en pro en relación al artículo 40 fracción VIII...
Le voy a pedir al diputado Machuca si nos permite por favor.
Para referirse al artículo 40 fracción XII, tiene el uso de la palabra el diputado
Victorio Montalvo Rojas, del grupo parlamentario del PRD.
El diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas: |
Compañeros diputados:
La propuesta que vengo a hacer a esta tribuna es en el sentido de mantener vigente a la
Comisión de Seguridad Pública, adicionando al presente dictamen esta propuesta.
Desde que en esta legislatura nuestro grupo parlamentario, el Partido de la Revolución
Democrática propuso la creación de la Comisión de Seguridad Pública, visualizábamos
el gran problema que existe a nivel nacional en este trascendental tema. No son pocos los
actores políticos, los ciudadanos, las organizaciones, la ciudadanía en general, los que
se han referido al creciente incremento en el índice delictivo en nuestro país.
Hemos conocido de hechos lamentables a lo largo y ancho de nuestro país y lo cual motivó
a que en la presente legislatura se propusiera la creación de esta comisión. Aún en
esta legislatura, con la aprobación de este pleno, se creó la comisión con carácter de
especial; sin embargo, al interior de la misma comisión, en muchas de las ocasiones
planteamos la necesidad de que esta comisión tuviera un carácter de ordinaria, es decir
de dictamen legislativo. No fue posible y ahora se presenta la oportunidad de que en esta
discusión podamos darle la importancia que se merece, al incorporarla como una comisión
de pleno derecho legislativo con un carácter ordinario y consecuentemente de dictamen
legislativo.
Todos sabemos que la seguridad pública es una función constitucional que debe llevar a
cabo el Estado mexicano con la concurrencia de los tres poderes de la Unión. La seguridad
pública es un reclamo urgente de la sociedad que reclama el esfuerzo mejor organizado; la
seguridad pública también es una función que por sí misma entraña una larga serie de
actividades del Estado, que va desde la prevención de los delitos hasta la readaptación
social del delincuente; pasando por la investigación, persecución y sanción de los
ilícitos en el marco de las garantías individuales y los derechos humanos.
Por ello, la materia de la seguridad pública es más amplia aún que la sola procuración
e impartición de justicia o que únicamente la vigilancia y protección de los derechos
humanos.
Consecuentemente, vengo a proponer y les solicito su voto aprobatorio para que esta
comisión, en términos del sexto transitorio, tenga en la futura legislatura, un papel
predominante; que esta comisión, de acuerdo a lo que se pretende en el marco general de
reforma de la Ley Orgánica, tenga una verdadera injerencia en la vigilancia de las
actividades que realice sobre este tema el Poder Ejecutivo.
Les solicito su voto aprobatorio para que esta
Cámara en lo futuro y lo que resta de ella, también podamos contar con mayor presencia
en la vigilancia y consolidación de una política de seguridad pública que lleve a
disminuir el creciente índice delictivo y el ánimo de la sociedad y la percepción de
que no contribuimos a disminuirla.
Muchas gracias.
En virtud de que no existe ningún
diputado anotado para hablar en pro, continuamos con la fracción XIV del artículo 40 y
para ello tiene el uso de la palabra el diputado Benito Mirón Lince, del grupo
parlamentario del PRD.
El diputado Benito Mirón Lince: |
Gracias, señor Presidente:
Quisiera mencionar que estoy anotado para tres artículos, voy a reducirlo a uno, les
pediría si no tienen inconveniente, voy a tratar de ser breve, si me pasara un poco de mi
tiempo, considerar que son tres artículos para no pasar en los demás.
Simple y sencillamente me quiero referir al artículo 44 que tiene relación con el 35, en
cuanto al exceso de atribuciones que aquí se ha hablado mucho, pero se relaciona con el
tema central que quiero tratar del artículo 40 en su fracción XIV y se refiere a las
comisiones.
El artículo 44 en el numeral 2, señala que para la integración de las comisiones, la
Junta de Coordinación Política formulará las propuestas correspondientes. Dice:
"la junta señalará en quienes recaerá la responsabilidad de presidirlas, los
antecedentes y la experiencia legislativa de los diputados". la junta evidentemente
son los coordinadores, ahí está el centralismo que aquí tanto se ha hablado y que yo
comparto ese criterio.
Y con esto nos está señalando simple y sencillamente compañeras y compañeros, que
ningún diputado que venga por primera vez a esta legislatura podrá percibir una
comisión, toda vez que debe de tomarse en cuenta la experiencia legislativa y yo creo que
nadie que viene por primera vez tiene experiencia legislativa.
Pero no sólo eso, en relación al otro artículo que iba a tratar y que solamente lo
menciono, también en el numeral 2 del 45, el coordinador del grupo parlamentario al que
pertenezcan los diputados miembros de las comisiones podrán solicitar su sustitución
temporal o definitiva. Creo que es inconcebible que se le den estas facultades a los
coordinadores y discúlpenme pero aquí no tienen nada que ver los partidos, no estoy
hablando como perredista ni mucho menos, no estoy haciendo una crítica a ninguno de los
partidos, simplemente estoy diciendo que a ningún coordinador se le debería dar este
nivel de facultades, de incluso solicitar la sustitución temporal o definitiva de un
miembro de una comisión. Me parece absolutamente exagerado.
A lo que me quiero referir de manera especial compañeras y compañeros, realmente siento
yo una gran tristeza que quiero expresar aquí, porque la Comisión de Derechos Humanos,
los compañeros de los diferentes partidos que la integran y que aquí están con nosotros
ahora, saben lo que hemos trabajado, saben el esfuerzo que se hizo y saben que hoy,
gracias al trabajo de todos estos compañeros de todos los partidos logramos la autonomía
en todos los sentidos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos incluyendo la
autonomía presupuestaria y ahora ante todo esto que ha sido un tema que ha estado en boca
de todas las organizaciones no gubernamentales, de la sociedad, organizaciones sociales,
ha sido un tema de prensa de una importancia real en donde ayer se rindió el informe en
Los Pinos ante el presidente Zedillo, el propio presidente Zedillo avaló y aplaudió esta
reforma en el informe que dio también la doctora Roccati.
Resulta que hicimos un trabajo en esta comisión todos los diputados para lograr todo esto
y hoy que tenemos una CNDH autónoma, hoy que tiene un presupuesto que va a manejar y que
encuadra dentro de las facultades que las comisiones tienen en esto, me sorprende doble o
triple que sencillamente se va la Comisión de Derechos Humanos y se funde con la de
Justicia y Derechos Humanos, cuando no tiene nada que ver compañeras y compañeros, la
impartición de la justicia con la materia de los derechos humanos. Hay mucho trabajo, en
el ámbito jurisdiccional estoy hablando, que es lo
218,219,220
que viene siendo justicia y en la otra que es
en los derechos humanos, una cosa totalmente diferente.
Pero quiero hacer referencia a una cosa, compañeros, en el periodo 1985-1988, compañeras
del PAN, compañeros del PAN, un diputado de ustedes, el compañero Javier Paz Zarza, vino
a esta tribuna a proponer que se creara la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara.
En esta legislatura desgraciadamente solo anotada la propuesta del compañero Javier Paz
Zarza, del PAN. No se aprobo, pero en la siguiente legislatura, compañeras y compañeros
diputados del PRI, un diputado de ustedes vino a esta tribuna, retomo la propuesta y se
aprobó y tenemos hoy Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara de Diputados.
Yo quiero hacerles un llamado a su conciencia, éste no es un asunto de partidos, este no
es un asunto personal, nosotros, compañeras y compañeros, ya nos vamos...
Diputado Mirón Lince, su tiempo ha
terminado.
El diputado
Benito Mirón Lince: |
Aclaré que eran tres artículos.
Termino para no venir ya.
Hago un llamado a la conciencia, no es un problema de partidos; yo quisiera que votáramos
de veras con nuestra conciencia. Yo creo que a nadie le perjudica que se agregue una
fracción más y la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara, persista. Yo quiero que
pensemos todos, compañeros, en el costo político y muchos costos más que vamos a tener
hacia afuera, no como PRD, no como Verde ni PT ni PAN ni PRI, como Poder Legislativo. En
este momento que estamos festejando un logro importante, consiguiendo la autonomía de la
Comisión Nacional de Derechos Humanos, en nuestra propia casa, hacemos a un lado y
fundimos esa Comisión de Derechos Humanos. Ojalá, compañeras y compañeros, hoy sí,
más allá de partidos y de colores, no den un voto contra su conciencia. Yo sé que todos
los compañeros del PRI y todos los compañeros del PAN y de los otros partidos que hemos
estado en estos trabajos, están convencidos de que la Comisión de Derechos Humanos, que
no va a ser para nosotros porque ya no estaremos, debe de subsistir en esta Cámara de
Diputados.
Ojalá y el voto sea de conciencia. Gracias y discúlpenme por el tiempo que me pasé.
Consulte la Secretaría a la Asamblea y
se encuentra suficientemente discutido el artículo 40 con todas las fracciones
presentadas por los diferentes diputados y hoy reservados.
La diputada María Estrella Vázquez Osorno
(desde su curul): |
Falta un numeral.
Diputada, no aparece registrada en los
artículos reservados, ¿sí? Disculpe diputada, sí está reservada. Adelante.
La diputada
María Estrella Vázquez Osorno: |
Gracias, señor Presidente; compañeras
y compañeros diputados:
Esta LVII Legislatura ha iniciado una serie de tareas legislativas en la materia de
protección civil.
No es necesario abundar en la importancia que este tema va cobrando en el país, de la
severa intensidad con que hemos ido viviendo un conjunto de desastres que tienen que ver
con el cambio climático global que se registra en intensas sequías, en mayor
vulnerabilidad en cuanto a incendios, en un territorio como el mexicano que está expuesto
también a la actividad volcánica, a problemas serios de sismicidad en distintas regiones
del país.
Esta LVII Legislatura, decíamos, ha hecho un aporte importante al país, a la sociedad,
al crear una Comisión de Protección Civil que se abocara al estudio y al análisis de
todos los problemas relacionados con esta materia.
Cabe recordar que también el 9 de octubre se
introdujo en esta legislatura, y se aprobó por unanimidad en esta Cámara el 30 de abril,
una iniciativa de reforma constitucional que lo que hace es darle atribuciones al Congreso
en materia de protección civil, es decir, legislar en estos temas que, como todos
sabemos, no existía un marco constitucional y que la Comisión Permanente, el pasado 9 de
junio, decretó ya esta reforma y con esto se arrancan, se inician una serie de trabajos
fundamentales para lograr disminuir los desastres a los que está expuesta la sociedad
mexicana.
En fecha muy próxima, como lo registra la Gaceta Parlamentaria de hoy, se va a iniciar
una consulta pública con la intención de construir una Ley Federal en Materia de
Protección Civil y poder contribuir, de esta manera, a que se diseñen políticas
públicas, se doten de recursos las actividades y las acciones encaminadas, sobre todo a
la prevención y a la atención de estos asuntos.
Consideramos que el esfuerzo de hacer una reducción de comisiones, de darle una
organización mejor al trabajo legislativo de futuras legislaturas es un esfuerzo
importante y, sin embargo, pensamos, y es una propuesta que comparten diputados de muchas
fracciones, de todas las fracciones, que es muy importante que este tema realmente que
empieza un camino largo en materia legislativa y desde luego en otras áreas del Gobierno,
permanezca al menos enunciada en el área de gobernación, que es donde pensamos que
podría caber.
Es una propuesta que presento yo, pero que sé que compartimos diputados de otras
fracciones. La propuesta es la siguiente: que en el artículo 40 párrafo segundo
fracción XII del dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con
proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso
General del los Estados Unidos Mexicanos, la denominación de la Comisión de
Gobernación, Población y Seguridad Pública quede con una adición que sería como la
Comisión de Gobernación, Población, Protección Civil y Seguridad Pública.
Por su atención, gracias.
Ahora si consulte la Secretaría a la
Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 40 reservado, con todas
sus fracciones y presentado por los diferentes diputados.
El secretario
Librado Silva García: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 40 y sus fracciones
VIII, XII y XIV de la iniciativa en comento.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutida, señor Presidente.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si
se admiten las modificaciones propuestas por los diputados.
El secretario
Librado Silva García: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se admite o se desecha la modificación propuesta por la diputada Gloria
Lavara Mejía.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada,
señor Presidente.
En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta
por el compañero diputado Armando López.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha,
señor Presidente.
En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta
por el diputado Victorio Montalvo Rojas.
Los diputados que estén porque se acepte,
sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha,
señor Presidente.
En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta
por la diputada Estrella Vázquez Osorno.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha,
señor Presidente.
Es cuanto, señor Presidente.
El diputado
Victorio Rubén Montalvo Rojas
(desde su curul): |
Faltó la del diputado Mirón Lince.
El secretario
Librado Silva García: |
No se encuentra en la Secretaría,
señor Presidente. No la dejó. Pero es el 40 fracción XIV.
En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se admite o se desecha la
modificación propuesta por el compañero diputado Mirón Lince.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha,
señor Presidente.
Se anota la propuesta de la diputada
Carolina O'Farrill, para efectos de la votación económica. Proceda, señor Secretario.
El secretario
Librado Silva García: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se admite o se desecha la modificación propuesta por la compañera
diputada Carolina O'Farrill.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada,
señor Presidente.
Se pide a la Secretaría se abra el
sistema electrónico, hasta por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo
40 en todas sus fracciones invocadas por los diferentes diputados.
El secretario
Librado Silva García: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por cinco minutos, para tomar la votación nominal del
artículo 40 en sus términos.
(Votación.)
Ciérrese el sistema de votación electrónico.
Informo a la Presidencia que se emitieron 228 votos en pro y 75 en contra.
Gracias, señor diputado Secretario.
Aprobado el artículo 40 en los términos del dictamen por 228 votos a favor.
Para referirse al artículo 43, tiene el uso de la palabra la diputada Lenia Batres
Guadarrama, del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.
La diputada Lenia Batres Guadarrama: |
Compañeras y compañeros:
Yo quiero hacer simplemente dos acotaciones que son muy técnicas, muy breves y que no
quiero dejar de hacerlas, porque son tan obvias que se pueden plantear muy sencillamente.
En este artículo se comete lo mismo que en todo el Reglamento de error técnico, que es
el poner los numerales en los párrafos. Se van a reformar una serie de artículos, van a
quedar con una técnica legislativa unos y otros no y aquí en éstos hay varios que
tienen el caso de que tienen número uno y no habiendo otros numerales se le deja el
número uno; francamente es absurdo, dado que este dictamen lo presenta la Comisión de
Reglamentos, que es nuestra actual comisión de decanos en esta Cámara. Si saben, tienen
experiencia legislativa, debieron haber notado esta pequeña cuestión técnica.
221,222,223
Y hay otra cuestión técnica aquí que se
refiere al establecimiento del plazo. Dice que el acuerdo que se establezca para formar
las comisiones especiales, señalará su objeto, el número de integrantes que las
conformarán y el plazo para efectuar las tareas. Yo no sé para qué se establece un
plazo si aquí a continuación dice que cumplido su objeto se extinguirán y, en todo
caso, al fin de la legislatura o sea, ¿para que se establece un plazo? En todo caso
pongámosle: "cumplido su objeto o el plazo, se extinguirán y, en todo caso, al
final de la legislatura". Si no, no tiene sentido que se establezca un plazo y ojalá
al menos pudiéramos mandar la recomendación al Senado de que ellos corrijan este
híbrido técnico de numerales, incisos, fracciones, artículos, como está planteado.
En virtud de que no existe ningún
diputado que venga a la tribuna para hablar a favor, consulte la Secretaría a la Asamblea
si se encuentra suficientemente discutido el artículo 43 reservado.
El secretario
Víctor Armando Galván
Gascón: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 43 reservado.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido, señor Presidente.
Gracias.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por la
diputada Lenia Batres, en votación económica.
El secretario
Víctor Armando Galván
Gascón: |
En votación económica, se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha,
señor Presidente.
Gracias, diputado Secretario.
Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder
a la votación del artículo reservado.
El secretario
Víctor Armando Galván
Gascón: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del
artículo 43 en sus términos.
(Votación.)
Se emitieron 226 votos en pro y 57 en contra.
Aprobado el artículo 43 en los
términos del dictamen por 226 votos a favor.
En virtud de que el diputado Benito Mirón Lince en su pasada intervención hizo su
alusión y cuestionamiento al artículo 44 numeral 3 y en virtud de que también no existe
ningún diputado que hable en pro de esta propuesta, consulte la Secretaría a la Asamblea
si este artículo reservado se encuentra suficientemente discutido.
La secretaria
María del Carmen Moreno
Contreras: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 44 reservado.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido, señor Presidente.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si
se admite la modificación propuesta por el diputado Benito Mirón Lince respecto de este
artículo reservado.
La secretaria
María del Carmen Moreno
Contreras: |
En votación económica, se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo...Se desecha,
señor Presidente.
Se pide a la Secretaría se abra el
sistema electrónico hasta por cinco minutos para proceder a la votación del artículo
impugnado.
La secretaria
María del Carmen Moreno
Contreras: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema
electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del artículo 44 en sus
términos.
(Votación.)
Se emitieron 226 votos en pro y 66 en contra, señor Presidente.
Gracias, diputada Secretaria.
Aprobado el artículo 44 en los términos del dictamen por 226 votos.
Por acuerdo de esta mesa directiva queremos expresar que todos estamos en también de
acuerdo, la Asamblea, la reducción en el tiempo de las votaciones, de cinco minutos a
tres minutos, si están de acuerdo...
Gracias.
Para referirse al artículo 45 numeral 3, tiene el uso de la palabra el diputado Victorio
Rubén Montalvo Rojas, del grupo parlamentario del PRD, hasta por cinco minutos.
El diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas: |
Trataré de ser breve, compañeros
diputados:
Propongo a esta Asamblea la modificación del artículo 45 del dictamen a discusión, a
fin de que su párrafo tercero sea adicionado para quedar como sigue:
"Artículo 45. Numeral 3. Las comisiones contarán para el desempeño de sus tareas,
con el espacio necesario para el trabajo de su mesa directiva y para la celebración de
sus reuniones plenarias. Adicionalmente a los servicios que reciban de la Secretaría de
Servicios Parlamentarios, las comisiones contarán con los recursos materiales y de apoyo
técnico y profesional permanente que requieran para el cumplimiento de sus funciones de
dictamen, estudio y vigilancia de la administración pública."
Baso mi propuesta en las siguientes consideraciones:
Primera. La complejidad del trabajo
legislativo moderno se centra fundamentalmente en las comisiones. Estas son: por su
tamaño; por la agilidad de sus reuniones; por la especialización de sus miembros; pero
sobre todo, por la naturaleza misma de las funciones de los parlamentos, los verdaderos
talleres y laboratorios de todo Congreso, por lo que no puede escatimarse esfuerzo alguno
para su fortalecimiento.
Segundo. La complejidad del trabajo de comisiones exige de suyo una gran capacidad de
recopilación de datos; a menudo, en los sitios mismos donde se producen estudio,
análisis y consulta pública, para lo cual es indispensable y estoy seguro de que así lo
indica la experiencia de la inmensa mayoría de los legisladores que me escuchan, contar
con el personal especializado, permanente y familiarizado con el trabajo de cada
comisión.
El artículo 45 del dictamen a discusión, prácticamente desaparece los equipos de apoyo
propios de las comisiones y pretende sustituirlos con los servicios que preste la
Secretaría de Servicios Parlamentarios, establecida en el artículo 50 del proyecto de
decreto.
Los servicios que prestaría a las comisiones la mencionada Secretaría, especificados en
el inciso c del numeral uno del citado artículo, son los siguientes: organización y
asistencia a cada una de ellas a través de su secretario técnico; registro de los
integrantes de las mismas; seguimiento e información sobre el estado que guardan los
asuntos turnados a comisiones y registro y elaboración del acta de sus reuniones.
Finalmente, nos parece del todo evidente que así concebidos y expresados, los servicios
que nos ofrece el dictamen son por completo insuficientes, estamos convencidos de que los
servicios que necesitan las comisiones son mucho más específicos que los citados.
Muchas gracias.
Gracias, diputado, por su tiempo
otorgado.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el
artículo 45, reservado por los señores diputados Benito Mirón Lince y Victorio
Montalvo, del grupo parlamentario del PRD.
El secretario
Ruperto Alvarado Gudiño: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 45 reservado.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si
se admiten las modificaciones propuestas por los diputados Benito Mirón Lince y Victorio
Montalvo.
El secretario
Ruperto Alvarado Gudiño: |
En votación económica, se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta por el diputado Mirón Lince.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada,
señor Presidente.
Continúe, señor Secretario.
El secretario
Ruperto Alvarado Gudiño: |
En votación económica, se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta por el diputado Victorio Montalvo.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada,
señor Presidente.
224,225,226
Se pide a la Secretaría se abra el
sistema electrónico hasta por tres minutos, para proceder a la votación del artículo 45
reservado.
El secretario
Ruperto Alvarado Gudiño: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del
artículo 45 en sus términos.
(Votación.)
Ciérrese el sistema de votación electrónico.
Se emitieron 222 votos en pro, 62 en contra, señor Presidente.
Aprobado el artículo 45 en los
términos del dictamen, por 222 votos en pro.
Para referirse al artículo 46 numerales 1 y 4, tiene el uso de la palabra el diputado
Gonzalo Rojas Arreola, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática,
hasta por cinco minutos.
El diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas
Arreola: |
Muchas gracias, señor Presidente:
En obsequio a la petición de mis compañeros, voy a reducir el tiempo de intervención al
mínimo.
Solamente quisiera que se considerara la importancia que tiene, no solamente de darle más
funciones a las comisiones que se está viendo con este dictamen, sino que también se
agilizara su trabajo y en este sentido quiero proponer a ustedes que en el artículo 46,
en la fracción I , en el numeral 1, se modifique su texto para que la petición de
información que los presidentes de las comisiones hagan a los órganos del Ejecutivo por
acuerdo de la comisión, se cambie y diga que los presidentes de las comisiones podrán
solicitar información o documentación a los órganos de gobierno por acuerdo de la mesa
directiva. De esa manera le daríamos más agilidad al trabajo de las comisiones y no le
estaríamos restando funciones al pleno de las mismas.
Muchas gracias.
Para referirse al mismo artículo 46,
numeral 5, tiene el uso de la palabra el diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño, del
grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por cinco minutos.
El diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño: |
Con su permiso, señor Presidente:
Las reformas que hoy estamos introduciendo a nuestro sistema jurídico reflejan
indudablemente la voluntad de adecuar nuestras instituciones a la realidad política
actual, de ello dan testimonio diversas reformas a artículos constitucionales que hemos
aprobado. Por ello, para ser congruentes con estas reformas, miembros de la Comisión de
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, proponemos la siguiente redacción del numeral 5
del artículo 46:
Textualmente sería la reforma en estos términos. "Asimismo, las comisiones a que se
refiere el párrafo anterior y de acuerdo a su competencia, darán opinión fundada a la
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con base en los informes que rindan el Poder
Ejecutivo Federal y las demás entidades fiscalizadas en los términos del artículo 79,
fracción I de la Constitución. Dichas opiniones deberán ser enviadas a más tardar 60
días después de la recepción de los informes. La opinión fundada tendrá por objeto
hacer aportaciones a esa comisión sobre aspectos presupuestales específicos, en
relación al cumplimiento de los objetivos de los programas del correspondiente ramo de la
Administración Pública Federal y para que sean consideradas en la revisión de la Cuenta
Pública".
De conformidad con lo anterior y toda vez que el decreto que aquí aprobamos y que reforma
el artículo 79 de la Constitución, mediante la cual se crea la entidad de fiscalización
superior de la Federación y que en este momento se encuentra sujeta al trámite de
aprobación por las legislaturas locales, es necesario también realizar la previsión
correspondiente en el régimen transitorio de este decreto, por lo cual también
proponemos adicionar un segundo párrafo al artículo séptimo transitorio con el
siguiente texto:
Artículo séptimo. Quedarían los incisos a, b y c como se encuentran redactados y el
párrafo adicional sería el siguiente:
"La vigencia de lo dispuesto por el párrafo quinto del artículo 46 de esta ley,
estará sujeta a que se concluya el proceso legislativo de la reforma del artículo 79 y
demás relativos de la Constitución, en materia de la entidad de fiscalización superior
de la Federación."
Por la misma razón y con el fin de ser consecuentes a la propuesta que se formula,
resulta necesaria la eliminación del párrafo decimosegundo del título denominado,
"de las comisiones y comités" del apartado de consideraciones del decreto de
referencia.
Quienes suscriben esta propuesta son, miembros de la Comisión de Reglamentos, los
diputados: Fidel Herrera Beltran, Jorge Canedo Vargas, Francisco José Paoli y Bolio,
Santiago Creel Miranda, Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, José Luis
Lamadrid, Rafael Oceguera, Miguel Quiroz Pérez, Mauricio Rossell y Sadot Sánchez
Carreño.
Muchas gracias.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si
se encuentra suficientemente discutido el artículo 46, en sus distintos numerales.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica se pregunta a la
Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 46, numeral 1 y numeral 5.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si
se admiten las modificaciones propuestas por los diputados, respecto a este artículo 46.
La secretaria María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica, se pregunta si
se admite o se desecha la propuesta de modificación del artículo 46, numeral 1.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha.
En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta
al artículo 46, numeral 5, del diputado Sadot Sánchez.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se acepta la
modificación.
Se pide a la Secretaría se abra el
sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo 46,
con la modificación ya votada y aceptada por esta Asamblea, presentada por el diputado
Miguel Sadot Sánchez Carreño, respecto al artículo 46, numeral 5.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema
electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del artículo 46, numeral 5.
(Votación.)
Señor Presidente, se emitieron 254 votos en
pro, 29 en contra.
Aprobado el artículo 46 con la
modificación aceptada al numeral 5, por 254 votos.
Para referirse al artículo 47, tiene el uso de la palabra, en contra, la diputada
Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del PRD hasta por cinco minutos.
La diputada
Angélica de la Peña Gómez
(desde su curul): |
Señor Presidente, quiero informarle que
declino.
Al diputado Sadot Sánchez, suplicamos
se le active el micrófono.
El diputado
Miguel Sadot Sánchez Carreño
(desde su curul): |
Señor Presidente, para solicitarle muy
atentamente que ponga usted a votación la propuesta que también hice en el texto que me
permití leer y que se refería a la eliminación del párrafo decimosegundo del título
denominado "de las comisiones y comités", que aparece como consideración en el
dictamen correspondiente.
Esta Presidencia solicita a la
Secretaría tenga a bien tomar la votación de manera económica, del diputado Sadot
Sánchez.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
En votación económica se pregunta a la
Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo séptimo transitorio...
Adelante, diputado Sadot Sánchez, para
que aclare bien.
El diputado
Miguel Sadot Sánchez Carreño
(desde su curul): |
Ya se encuentran contenidas en el
escrito que se dejó en la Secretaría. Unicamente recordar que además de la propuesta
que se hizo del numeral 5 del artículo 46, se presentó por ser congruente y derivada de
esta reforma, la eliminación de los considerandos del párrafo decimosegundo que sería
lo que se sometería en este momento a votación y en su momento, al abordar los
transitorios, se sometería la reforma del artículo séptimo transitorio que es una
consecuencia.
De acuerdo. Proceda, señor Secretario.
Sí, diputado Rodríguez Prats.
El diputado Juan
José Rodríguez Prats
(desde su curul): |
No se requiere someter a votación, si
se ha eliminado del articulado, obviamente la exposición de motivos también se elimina.
Yo suplicaría que siguiéramos con los siguientes artículos y obviamente eso se da como
lógico por descartado.
El diputado Arroyo Vieyra.
El diputado
Francisco Agustín Arroyo
Vieyra (desde su curul): |
En tal caso, señor Presidente, con toda
cortesía, le rogamos que lo declare formalmente, de tal suerte de que no de lugar a duda
y de que se corrija en estilo.
Haciendo las consideraciones a que se
refiere el diputado Sadot Sánchez y las modificaciones correspondientes, se declara
aprobado en sus términos.
La diputada Lenia Batres, por favor activar su micrófono.
227,228,229
La diputada
Lenia Batres Guadarrama
(desde su curul): |
Señor Presidente, nada más quiero
manifestarle que yo había reservado el numeral 3 del mismo artículo 46, no se me dio el
uso de la palabra, pero quiero dejar constancia por prudencia nada más que me manifiesto
absolutamente en contra.
Correcto. Hay un punto de vista de la
mesa directiva, que habrá que votar el artículo 47 toda vez que fue reservada en todos
sus términos, por lo tanto instruimos a la Secretaría para que se active el sistema
electrónico hasta por tres minutos.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema
electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del artículo 47 en sus
términos.
(Votación.)
Señor Presidente, se emitieron 217 votos en pro y 60 en contra.
Gracias, diputado Secretario.
Aprobado el artículo 47 en los términos del dictamen, por 217 votos.
Para referirse al artículo 55 tiene el uso de la palabra en contra el diputado Francisco
de Souza Machorro, por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática,
hasta por cinco minutos.
El diputado Francisco de Souza
Machorro: |
Señoras y señores diputados:
Propongo a esta Asamblea que el artículo 55 sea modificado y adicionado para quedar como
sigue:
La Coordinación de Comunicación Social tiene a su cargo la difusión de las actividades
de la Cámara, sirve de enlace con los medios de comunicación y aplica los criterios que
define el Comité de Comunicación Social, organización y funciones, así como la
designación de sus titulares, del personal que la integre se rige por lo dispuesto en
esta ley y el estatuto, nos basamos en las siguientes
CONSIDERACIONES
Primera. Es indispensable contar con una
estructura de comité, que le permita a esta Cámara ejercer una vigilancia de
supervisión superiores sobre las funciones de administración a efecto de que las mismas
no queden concentradas en ningún órgano de gobierno o peor aún sean desempeñados por
funcionarios sin control efectivo.
Segunda. La Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 6o.
otorga a los mexicanos el derecho de recibir de los poderes constituidos, información
verídica suficiente oportuna sobre sus actividades y por lo tanto, la Cámara de
Diputados se encuentra constitucionalmente obligada a garantizar el ejercicio de este
derecho en el ámbito que le corresponde.
Tercera. La población demanda cambios sustanciales en las formas de gobernar y por ende
se requieren reglas claras entre las relaciones de los poderes del Estado y los medios de
comunicación social, basadas en el respeto a las libertades democráticas, así como las
normas jurídicas y acuerdos transparentes.
Cuarta. La función de la Comunicación Social de la Cámara de Diputados entraña por su
naturaleza y especifidad, un grado de responsabilidad tal que no puede ser atribuida en
sus aspectos esenciales a un órgano no parlamentario.
Quinta. La función de la comunicación social requiere de un órgano parlamentario
especializado que en forma colegiada y plural contribuya al cumplimiento de las
obligaciones constitucionales y políticas ya enunciadas.
Sexta. La presidencia de la mesa directiva, órgano parlamentario a que el dictamen en su
forma actual atribuye un vínculo con la Coordinación de Comunicación Social, está
mejor capacitada para sus condiciones, para vigilar las actividades de la Secretaría de
Servicios Parlamentarios.
Muchas gracias.
En virtud de no existir orador en pro,
consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el
artículo 55 reservado.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 55 reservado.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si
se admite la modificación propuesta por el diputado De Souza.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica, se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta en relación al artículo 55.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha,
señor Presidente.
Gracias. Se pide a la Secretaría se
abra el sistema electrónico hasta por tres minutos, para proceder a la votación del
artículo 55 reservado.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por tres minutos, para tomar la votación nominal del
artículo 55 en sus términos.
(Votación.)
Señor Presidente, se emitieron 225 votos en pro y 59 en contra.
Gracias, diputada Secretaria.
Aprobado el artículo 55 en los términos del dictamen por 225 votos.
Para referirse al artículo 58 numeral 3, tiene el uso de la palabra el diputado Rosalío
Hernández Beltrán, en contra, del grupo parlamentario del PRD, hasta por cinco minutos.
El diputado Rosalío Hernández Beltrán: |
Si no tiene inconveniente, señor
Presidente, usaré los cinco minutos para referirme también al artículo decimoprimero
transitorio.
Perfecto. Cómo no.
El diputado
Rosalío Hernández Beltrán: |
Compañeras y compañeros diputados:
Seguramente la mayoría de ustedes sabe que en este año la Suprema Corte de Justicia de
la Nación ha emitido dos jurisprudencias relacionadas con los derechos de los
trabajadores, demostrando que a veces el legislador emite algunos artículos en las leyes
reglamentarias que no se ajustan de manera correcta, congruente a la propia Constitución
de la República.
Estamos a punto, a mi juicio, de cometer otro
desacierto si ustedes votan tal como está el numeral 3 del artículo 58, porque aquí se
señala que todos los trabajadores que van a entrar dentro del esquema del servicio civil
de carrera, van a ser considerados de confianza. Se les olvida a quienes diseñaron este
dictamen, que el preámbulo del apartado B del artículo 123, señala que el apartado B,
se refiere en la ley reglamentaria correspondiente, a normar las relaciones
obrero-patronales de todos los trabajadores al servicio de los poderes de la Unión, al
Gobierno del Distrito Federal y también en ese apartado B en la fracción XIV, se señala
con toda precisión lo siguiente:
"La ley determinará los cargos que serán considerados de confianza" y ¿qué
dice la ley reglamentaria, qué es lo que considera a los trabajadores de confianza?
Ustedes lo pueden ver en el artículo 5o. de la ley burocrática y aquí hay diputados que
saben muy bien esto, se señala lo siguiente en el artículo 5o. de la ley burocrática:
Son trabajadores de confianza, viene el inciso 1, que se refiere a los trabajadores del
Poder Ejecutivo; viene el inciso 2, que se refiere al Poder Judicial y viene para los
trabajadores del Poder Legislativo. Dice lo siguiente:
"Son trabajadores de confianza en el Poder Legislativo: el Oficial Mayor, el director
general de departamento y oficina, el tesorero general, los cajeros de la tesorería, el
director general de administración, el oficial mayor de la Gran Comisión, el director
industrial de la imprenta y encuadernación y el director de la Biblioteca del Congreso;
en la Contaduría Mayor de Hacienda también se considerarán de confianza el contador y
el subcontador mayor, los directores y subdirectores, los jefes de departamento, los
auditores, los asesores y los secretarios particulares de los funcionarios
mencionados". Aquí está de manera muy clara a quienes se consideran trabajadores de
confianza, de tal manera lo que se está señalando en este artículo es incongruente;
pero además quiero decir que la Constitución señala en dónde debe establecerse quienes
son los trabajadores de confianza y en ningún momento se dice que en la Ley Orgánica del
Congreso de la Unión debemos señalar quienes son los trabajadores de confianza. Eso es
totalmente incongruente con la Constitución Política de nuestro país.
Por eso proponemos lo siguiente en el numeral 3: los miembros de los servicios de carrera,
se regirán conforme a lo establecido en la ley reglamentaria del apartado B del artículo
123 constitucional por esta ley y por el estatuto en lo que no se oponga a la primera, a
efecto de que reciban las prestaciones de seguridad social se celebrarán convenios
pertinentes con el Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores
del Estado.
Por último y en congruencia con lo anterior, el artículo decimoprimero transitorio del
proyecto de decreto, debe precisar en su primer párrafo que en tanto se expide el
estatuto relativo a los servicios parlamentarios, administrativos y financieros, los
nombramientos del personal se sujetarán a lo dispuesto en la ley reglamentaria del
apartado B del artículo 123 constitucional; por ello presentamos también una propuesta
de modificación a dicho artículo transitorio: modernizar nuestro Congreso no riñe con
el respeto a los derechos laborales; dar certeza jurídica a una labor profesional abona
en un mejor desempeño de nuestros recursos humanos.
Dejo aquí las propuestas.
Gracias, diputado.
En pro de la propuesta del dictamen, tiene el uso de la palabra el diputado Héctor
Valdés Romo, del grupo parlamentario del PRI.
El diputado Héctor Valdés Romo: |
Con su venia, señor Presidente;
compañeras y compañeros diputados:
He escuchado con el más vivo interés la intervención de nuestro compañero diputado
Rosalío Hernández, del PRD.
Debo decir que por cuanto se refiere a la tesis de jurisprudencia de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, en lo que se refiere al apartado B del artículo 123
constitucional, aquí en esta tribuna en el mes de abril tuvimos una intervención
respecto de lo que la diputación priísta por mi conducto dejó en una iniciativa de
reforma a la Constitución, en lo que hace al aspecto que él señala relativo a los
trabajadores que van a prestar sus servicios en los, perdón por la redundancia, servicios
de carrera tanto en la Secretaría de Servicios Parlamentarios, como en la de Servicios
Administrativos y Financieros, queda preservada la seguridad jurídica de los trabajadores
que van a prestar sus servicios ahí.
230,231,232
Y baste con leer el segundo párrafo del
transitorio decimoprimero y el artículo transitorio decimosegundo, para que quede
definitivamente demostrado que se preservan los derechos de los trabajadores.
Es muy importante que tengamos conciencia de que si en este siglo ha sido fundamental el
lema de que en la unidad está la fuerza, en el caso de los trabajadores debemos empezar a
tener conciencia de que en el siglo próximo el lema será: en el conocimiento está la
fuerza.
Y es importante, es indiscutible e impostergable que hagamos todo cuanto esté de nuestra
parte, por la capacitación de los trabajadores y quienes presten sus servicios en la
Cámara de Diputados en cuanto se establezca la Unidad de Capacitación y Formación
Permanente, para que a través de los cursos que imparta se capaciten, se estará dando un
paso muy importante en esta materia.
Nada de cuanto esté aquí escrito en el artículo 58 numeral 3 y en los transitorios
decimoprimero y decimosegundo sobra, como no sobra ninguna tarea para garantizar los
derechos de los trabajadores.
Se está haciendo necesaria una disyuntiva en la conciencia no solamente de nosotros sino
del pueblo de México: o mejoramos el servicio civil de carrera en la Cámara de
Diputados, propiciando para ello la capacitación de trabajadores de base o habrán de
contratarse los servicios de personal capacitado aunque no sea de base o aunque sea
externo. No todos los trabajadores de la Cámara de Diputados son de base y sus derechos
están garantizados.
Y por cuanto se refiere a este paso que habrá de darse en materia de servicio civil de
carrera, creo que en un primer paso la unidad de Capacitación y Formación Permanente
podrá impartir los primeros cursos de capacitación y adiestramiento y de ahí en
adelante podrán hacerse periódicos esos cursos de capacitación.
El diputado
Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul): |
No sé si el diputado me permitiría
hacer una pregunta...
Le vamos a pedir que enciendan el
micrófono del diputado Gómez, para escuchar.
El diputado
Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul): |
Es que estoy solicitándole a usted y al
orador que me acepte una pregunta.
Diputado, si usted acepta una pregunta
del diputado Gómez.
El diputado
Héctor Valdés Romo: |
No, señor Presidente.
Muy bien. Adelante, diputado Rosalío
Hernández, activen su micrófono, por favor.
¿Con qué objeto quiere hacer uso de la palabra?
El diputado
Rosalío Hernández Beltrán
(desde su curul): |
Señor Presidente, para contestar
alusiones personales.
Adelante, diputado.
El diputado Rosalío Hernández Beltrán |
Señor diputado que me aludió:
Si usted ve el artículo 52, donde se señala: "la Secretaría de Servicios
Administrativos y Financieros se integra con funcionarios de carrera y confiere unidad de
acción a los servicios siguientes...". Aquí están señalando que los trabajadores
que van a desarrollar actos tales como los señala en el inciso c, dice: "servicios
de recursos materiales que comprenden inventario, provisión y control de bienes muebles,
materiales de oficina y papelería y adquisiciones de recursos materiales", está
señalando las funciones que harán aquellos trabajadores que van a integrar la
Secretaría de Servicios Administrativos y a quienes el numeral 3 señala que son
trabajadores de confianza y le recuerdo a usted que el artículo 9o. de la Ley Federal del
Trabajo señala que los trabajadores de confianza son aquéllos que hacen actividades de
carácter general de fiscalización, de vigilancia, de inspección y de dirección, pero
de carácter general.
Aquí, estos trabajadores no están haciendo trabajos ni de inspección ni de dirección
ni de vigilancia de carácter general. Por eso no es conveniente que estos trabajadores
que se señalan aquí, cuyas actividades desarrollan de acuerdo a este capítulo,
considerarlos como trabajadores de confianza.
Eso es lo que yo vine a decir aquí y si aprobamos este numeral 3, es incongruente con la
Constitución y con el artículo 9o. de la Ley Federal del Trabajo.
En contra también se encuentra
registrado el diputado Luis Rojas Chávez, respecto de este artículo hoy impugnado. Tiene
cinco minutos, diputado.
El diputado Luis Rojas Chávez: |
Con su permiso, compañero Presidente:
El compañero Rosalío ha sido muy preciso en señalar la contradicción que se da, es en
la fracción III del artículo 58 propuesto, en donde se señala que los trabajadores de
servicio civil de carrera serán de confianza, mientras que en el artículo 52 se
especifica cuáles serían los trabajadores de servicio civil de carrera y es amplio, es
basto, viene personal de todas las áreas.
Y esto contradice con el artículo 9o. de la propia Ley Federal del Trabajo que especifica
cuál es un empleado de confianza.
Aquí lo único que nosotros estamos pidiendo es que se reflexione y que participen
diputados que conozcan el tema y que no nos vengan a hablar que con la pura capacitación
van a hacer los cambios para que se hagan empleados de confianza.
Lo que nosotros estamos señalando puntualmente qué es un empleado de confianza, no es lo
que está señalando el proyecto y lo que se está marcando como el servicio civil de
carrera y sobre todo lo que se señala en el artículo 52 y donde desglosan cuales serían
los trabajadores que estarían comprendidos en esa área.
Aquí es donde estamos pidiendo a los compañeros diputados, sobre todo a los diputados
que están en la Comisión de Trabajo, que revisen si es que la propuesta nuestra es
errónea que la discutamos ampliamente, pero que no se vote nada más por salir del
compromiso o salir de una propuesta que fue elaborada previamente, sin haberse analizado.
Es lo que nosotros estamos pidiendo, que se respete el artículo de la propia Ley Federal
del Trabajo, el artículo 123. Que se respete el apartado B su fracción XIV y la parte
quinta del propio Reglamento del apartado B, en donde se especifica cuales son las
funciones de confianza y nos remitimos también al 9o. de la Ley Federal del Trabajo.
Muchas gracias.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si
se encuentra suficientemente discutido el artículo 58 numeral 3.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 58 reservado.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido.
Pregunte la Secretaría a la Asamblea si
se admite la modificación propuesta por el diputado Rosalío Hernández.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
En votación económica, se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los diputados...
El diputado Juan
Marcos Gutiérrez
González (desde su curul): |
Moción, señor Presidente.
Activen el micrófono del diputado Juan
Marcos Gutiérrez.
El diputado Juan
Marcos Gutiérrez
González (desde su curul): |
La solicitud que está haciendo esta
Presidencia de votación es incorrecta. Se debe preguntar si se admite a discusión, no si
se admite la propuesta. Si se admite a discusión entonces tendremos oportunidad de llevar
a cabo el debate.
Diputado Gutiérrez, ya se votó si se
encuentra suficientemente discutido y se votó que era suficientemente discutido. Estamos
ahorita en estos momentos en lo que se refiere a si se admite la modificación de la
propuesta.
Adelante.
El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
En votación económica, se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada,
señor Presidente.
Se pide a la Secretaría se abra el
sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo
impugnado.
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo...
Permítame, señor Secretario.
A ver, diputado Martín del Campo.
Adelante, diputado, por favor.
El diputado
José de Jesús Martín del Campo Castañeda (desde su curul): |
La petición era de la votación
nominal. Pero ya usted está dando curso a eso.
Sí, así es. Estamos dando oportunidad
a eso.
Proceda, señor Secretario.
233,234,235
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
Abrase el sistema electrónico por tres
minutos para tomar la votación nominal del artículo 58 en sus términos.
El diputado
Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul): |
Señor Presidente, es la fracción III
del 58 nada más.
Así quedó.
El diputado
Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul): |
Pero repítalo por favor.
Tan sólo como ha quedado es la
fracción numeral 3 del artículo 58.
Así es.
(Votación.)
El secretario
Juan Carlos Espina von
Roehrich: |
Ciérrese el sistema de votación
electrónico. Se emitieron 178 votos a favor y 79 en contra.
Aprobado el artículo 58 en los
términos del dictamen por 178 votos.
Para referirse al artículo sexto transitorio, tiene el uso de la palabra, en contra, el
diputado Gonzalo Rojas Arreola, del grupo parlamentario del PRD, hasta por cinco minutos.
El diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas
Arreola: |
Muchas gracias, señor Presidente, con
su venia:
En este artículo se concentran muchas de las inquietudes e inconformidades de un numeroso
grupo de diputados de todas las fracciones parlamentarias, por lo que me parece que
debiéramos verlo con cuidado, porque corremos el riesgo de violentar la Constitución en
su artículo 14, que establece que ninguna norma puede ser aplicada de manera retroactiva
en perjuicio de persona alguna; ninguna ley, y la aplicación retroactiva de la ley que
hoy estamos aprobando no sería en perjuicio de diputados ni en perjuicio de la Cámara en
principio, sino en perjuicio de los ciudadanos que en las comisiones actualmente
constituidas tienen diversos asuntos en trámite, porque las comisiones actualmente
constituidas tienen diversos dictámenes en trámite de solución, porque hay un
sinnúmero de asuntos que están canalizados a las diversas instituciones en espera de
resolución.
Y se puede caer en el riesgo de aprobar y aplicar de manera retroactiva esta ley, porque
el artículo 44 de la Ley Orgánica señala que las comisiones constituidas en la Cámara
de Diputados se eligen al principio de cada legislatura y durarán en su encargo hasta el
término de la misma y en el artículo transitorio se señala que la integración de las
comisiones previstas en los artículos 40 y 41, entrarán en vigor a partir del 1o. de
marzo del año 2000. Ello, compañeras y compañeros, nos pone en el riesgo de estar
violentando la Constitución.
Pero hay otra razón por la cual nosotros debiéramos de modificar este artículo y es la
interpretación biunívoca que tiene, porque mientras por un lado dice que las comisiones
entrarán en función a partir del 1o. de marzo del año 2000, por otro lado deja la
posibilidad de que sigan funcionando comisiones sin establecer ningún criterio para ello.
¿Cuál va a ser el criterio para determinar qué comisiones pueden seguir funcionando y
no sean modificadas a partir del 1o. de marzo del año 2000? ¿Cuáles son los criterios
que se van a aplicar? ¿Volveremos al criterio de la cercanía con el líder para que una
comisión pueda seguir funcionando? ¿Volveremos al criterio subjetivo de una comisión o
de los órganos nuevos que se están aprobando, para que éstos determinen qué comisiones
van a seguir funcionando? Esa es una interpretación biunívoca que no puede quedar
establecida en un artículo transitorio que debe de ser terminante.
Por esta razón, compañeras y compañeros, nosotros debiéramos de establecer
perfectamente claro, en referencia al artículo sexto transitorio, que la modificación a
la estructura y a la composición y al número de las comisiones, deberá de fungir a
partir del 1o. septiembre del año 2000, para no dar lugar a interpretaciones biunívocas,
para no dar lugar a criterios subjetivos y para no entrar en una discusión acerca de la
aplicación retroactiva de la ley.
Dejo en manos de la Secretaría la propuesta.
En virtud de no encontrarse ningún
orador a favor inscrito, consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra
suficientemente discutido el artículo transitorio reservado.
La secretaria
María del Carmen Moreno
Contreras: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo sexto transitorio
reservado.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido, señor Presidente.
Gracias.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el
diputado Gonzalo Rojas.
La secretaria
María del Carmen Moreno
Contreras: |
En votación económica se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta por el diputado Rojas al artículo sexto
transitorio.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada,
señor Presidente.
Se pide a la Secretaría se abra el
sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo
reservado.
(Votación.)
La secretaria
María del Carmen Moreno
Contreras: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del
artículo sexto transitorio en sus términos.
La secretaria
María del Carmen Moreno
Contreras: |
Se emitieron 215 votos a favor y 58 en
contra, señor Presidente.
Gracias.
Aprobado el artículo sexto transitorio en los términos del dictamen por 215
votos.
Para referirse al artículo séptimo transitorio, tiene el uso de la palabra en contra el
diputado Gonzalo Rojas Arreola, del PRD, hasta por cinco minutos.
El diputado
Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas
Arreola (desde su curul): |
Dado que no hay voluntad para modificar
artículos que son algunos de ellos de manera clara violatorios de algunas normas, declino
mi intervención.
En relación a que declina su
intervención el diputado Gonzalo Rojas, se pide a la Secretaría se abra el sistema
electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo séptimo
transitorio.
El diputado Sadot Sánchez, adelante,
por favor.
Activen el micrófono.
El diputado
Miguel Sadot Sánchez Carreño
(desde su curul): |
Señor Presidente, para recordarle a
usted atentamente que en la propuesta que hicimos se había presentado una modificación
al artículo séptimo transitorio, que consistía en la adición de un último párrafo
consecuente con la reforma que aprobamos del numeral 5 del artículo 46.
Esta Presidencia anota su observación,
diputado, con mucho gusto daremos cuenta de ello a la hora de que se realicen las
votaciones respectivas.
Corrigiendo entonces, en virtud de que estaba reservada por la propuesta del diputado
Gonzalo Rojas, haremos la votación respecto al diputado Gonzalo Rojas y posteriormente la
del diputado Sadot Sánchez.
Bien, consulte la Secretaría si se admite la modificación propuesta por el diputado
Sadot Sánchez.
El secretario
Librado Silva García: |
En votación económica, se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta por el diputado Sadot Sánchez Carreño.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada,
señor Presidente.
Una vez aceptada la modificación
propuesta por el diputado Sadot Sánchez, se somete a votación.
Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por tres minutos para
proceder a la votación del artículo séptimo transitorio con la modificación hecha por
el diputado Sadot Sánchez.
El secretario
Librado Silva García: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema
electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del artículo séptimo
transitorio, con la modificación aceptada.
(Votación.)
Informo a la Presidencia que se emitieron 213 votos en pro y 55 en contra.
Aprobado el artículo séptimo
transitorio, con la adición o modificación agregada en los términos ya señalados por
el dictamen, por 213 votos.
En virtud de que el diputado Rosalío Hernández Beltrán en su última intervención se
refirió al artículo undécimo transitorio, solicito a la Secretaría pregunte a la
Asamblea si se encuentra suficientemente discutido.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica, se pregunta a
la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo undécimo transitorio
reservado.
Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente
discutido.
Consulte a la Asamblea si se admite la
modificación propuesta por el diputado Rosalío Hernández.
236,237,238
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
En votación económica, se pregunta si
se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...
Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha.
Se pide a la Secretaría se abra el
sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo
impugnado.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los
avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema
electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del artículo undécimo
transitorio en sus términos.
(Votación.)
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
Se emitieron para este dictamen 216
votos en pro y 44 en contra.
Aprobado el artículo undécimo
transitorio, en los términos del dictamen, por 216 votos.
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el Título
Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
Pasa al Senado para los efectos
constitucionales.
ORDEN
DEL DIA
La secretaria
María Elena Cruz Muñoz: |
Señor Presidente, se han agotado los
asuntos en cartera. Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.
«Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias.- Segundo Receso.- Segundo Año.- LVII
Legislatura.
Orden del día
Jueves 1o. de julio de 1999.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Y los documentos relativos a la convocatoria de periodo extraordinario, con los que la
Secretaría de cuenta.»
CLAUSURA Y CITATORIO
El Presidente (a
las 2:46 horas del día 23 junio): |
Se levanta la sesión y se cita para la
próxima que tendrá lugar el jueves 1o. de julio a las 10:00 horas.
Muchas gracias.
RESUMEN
DE TRABAJOS.
* Tiempo de duración: 15 horas 5 minutos
* (2 recesos: 7 horas con 38 minutos)
* Quorum a la apertura de sesión: 351
diputados.
* Ordores en tribuna: 34
PRI-7; PRD-19; PAN-2; PT-2; PVEM-3; diputados independientes-1
*Dictamen de segunda lectura:
* 1 de la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la Ley
Orgánica del Congereso General de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente a la
Cámara de Diputados. Aprobado, se turna a la Cámara de Senadores.
NOTAS
Siglas y abreviaturas incluidas en esta edición |
CNDH |
Comisión Nacional de Derechos
Humanos |
Cofipe |
Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales. |
CRICP |
Comisión de Régimen Interno y
Concertación Política |
Fobaproa |
Fondo Bancario de Protección al
Ahorro |
IFE |
Instituto Federal Electoral |
IPAB |
Instituto de Protección al Ahorro
Bancario |
PAN |
Partido Acción Nacional |
PRD |
Partido de la Revolución
Democrática |
PRI |
Partido Revolucionario
Institucional |
PT |
Partido del Trabajo |
239,240
|