DIARIO de los DEBATES

ORGANO OFICIAL DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Extraordinarias del Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio

DIRECTOR GENERAL DE
CRONICA PARLAMENTARIA
Héctor de Antuñano y Lora

PRESIDENTE

Diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas

DIRECTOR DEL
DIARIO DE LOS DEBATES

Norberto Reyes Ayala
AÑO II                 México, D.F., martes 22 de junio de 1999.             No. 6

 


ASISTENCIA

Pág.
137
ORDEN DEL DÍA 137
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR 137
RECESO 139
LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL 139
Primera lectura del dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente a la Cámara de Diputados.  Se le dispensa la segunda lectura. 139
RECESO 175
El diputado Fidel Herrera Beltrán, a nombre de la comisión dictaminadora, presenta proposición de adiciones al dictamen. 175
Fijan las posiciones de sus respectivos grupos parlamentarios, los diputados: 181
Gloria Lavara Mejia, del Partido Verde Ecologista de México. 181
Ricardo Cantú Garza, del Partido del Trabajo. 183
Francisco José Paoli y Bolio, del Partido Acción Nacional. 185
Pablo Gómez Alvarez, del Partido de la Revolución Democrática. 187
Arturo Núñez Jiménez, del Partido Revolucionario Institucional. 189
A discusión en lo general intervienen, los diputados: 192
Luis Patiño Pozas 192
Francisco Agustín Arroyo Vieyra 194
Suficientemente discutido el dictamen en lo general, con las adiciones propuestas.  Aprobado en lo general. 196
Para debatir en torno a la discusión en lo particular, se concede el uso de la palabra a los diputados: 197
Mauricio Rossell Abitia, sobre el artículo 19. 197
Bernardo Bátiz Vázquez, quien se refiere a los artículos 21 y 39. 197
Francisco José Paoli y Bolio, en contra de las proposiciones del diputado Bátiz. 198
Bernado Bátiz Vázquez, para contestar alusiones personales. 200
La Asamblea considera suficientemente discutidos los artículos 19, 21 y 39. 202
Se aprueba en votación nominal, las modificaciones propuestas al artículo 19. 202
Se desechan en votación económica las propuestas del diputado Bátiz Vázquez, respecto a los artículos 21 y 39. 203
Aprobados en los términos del dictamen, los artículos 21 y 39. 203
Gloria Lavara Mejía, propone modificaciones al artículo 27. Se desechan. 203
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 27 205
Carolina O´Farril Tapia, se refiere a modificaciones a los artículos 31 y 40. 206
Se desecha la propuesta sobre el artículo 31. 207
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 31. 208
Gloria Lavara Mejía, propone modificaciones a los artículos 31 y 40. 208
Adolfo González Zamora, propone modificaciones al artículo 32. 210
Gil Rafael Oceguera Ramos, en pro de los artículos 32 y 40 del dictamen. 211
Se desechan las propuestas al artículo 32 213
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 32. 213
Lenia Batres Guadarrama, sobre el artículo 35. 213
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 35. 215
Victorio Rubén Montalvo Rojas, propone modificación al artículo 37. Se desecha. 215
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 37. 216
Justiniano Guzmán Reyna, propone modificación al artículo 38. Se desecha. 217
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 38. 218
Armando López Romero, propone modificaciones al artículo 40. 218
Victorio Rubén Montalvo Rojas, propone modificaciones al artículo 40. 219
Benito Mirón Lince, propone modificaciones a los artículos 40, 44 y 45. 220
María Estrella Vázquez Osorno, propone modificaciones al artículo 40. 221
Se desechan las propuestas presentadas al artículo 40. 222
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 40. 223
Lenia Batres Guadarrama, propone modificaciones al artículo 43.  Se desecha. 223
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 43. 224
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 44. 225
Victorio Rubén Montalvo Rojas, propone modificaciones al artículo 45. 225
Se desechan las propuestas presentadas al artículo 45. 226
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 45. 227
Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas Arreola, propone modificaciones al artículo 46. 227
Miguel Sadot Sánchez Carreño, propone modificaciones a los artículos 46, séptimo transitorio y la eliminación del párrafo duodécimo del Título de las Comisiones y Comités, del apartado de consideraciones del decreto. 227
Se desecha la propuesta al artículo 46 del diputado Rojas Arreola. 228
Es aprobado con las modificaciones propuestas por el diputado Sánchez Carreño, el artículo 46 229
Se declara aprobado, la modificación propuesta también por el diputado Sánchez Carreño, en lo que respecta al Título de las Comisiones y Comités, del apartado de consideraciones del decreto. 229
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 47. 230
Francisco de Souza Machorro, propone modificaciones al artículo 55.  Se desecha 230
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 55. 231
Rosalío Hernández Beltrán, propone modificaciones a los artículos 58 y decimoprimero transitorio. 231
Héctor Valdés Romo, en pro del dictamen. 232
Rosalío Hernández Beltrán, para contestar alusiones personales. 234
Luis Rojas Chávez, propone modificaciones al artículo 58. 234
Se desechan las propuestas presentadas. 235
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo 58 236
Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas Arreola, propone modificaciones al artículo sexto transitorio. Se desecha. 236
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo sexto transitorio. 237
Aprobado con las modificaciones propuestas por el diputado Sánchez Carreño, el artículo séptimo transitorio. 238
Aprobado en los términos del dictamen, el artículo decimoprimero transitorio. 239
Aprobado en lo general y en particular el dictamen presentado. Pasa al Senado de la República para los efectos constitucionales. 239
ORDEN DEL DÍA. 239
De la próxima sesión. 239
CLAUSURA Y CITATORIO 239
RESUMEN DE TRABAJOS 240

DIARIO de los DEBATES

                          Año lI  No.6      SEGUNDO  PERIODO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS      JUNIO 22, 1999.

 

Presidencia del diputado
Francisco Javier Reynoso Nuño:

ASISTENCIA

El Presidente :

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputados, para conocer si existe el quorum legal reglamentario.

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 351 diputados. Por lo tanto, hay quorum, señor Presidente.

El Presidente (a las 11:41 horas):

Se abre la sesión.

ORDEN DEL DIA

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

Se va a dar lectura al orden del día.

«Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias.- Segundo Receso.- Segundo Año.- LVII Legislatura.

Orden del día

Martes 22 de junio de 1999.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictamen a discusión

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. (Discusión en lo general y votación.)»

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día es la discusión del acta de la sesión anterior.

Ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta, tomando en consideración que le ha sido entregada copia de la misma a los coordinadores de los grupos parlamentarios, para sus observaciones y se procede a su votación.

El secretario Víctor Armando Galván
Gascón:

Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que le ha sido entregada copia de la misma a los coordinadores de los grupos parlamentarios, para sus observaciones y se procede a la votación.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves diecisiete de junio de mil novecientos noventa y nueve, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias del Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la Quincuagésima Séptima Legislatura.

Presidencia del diputado
Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas Arreola:

En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, a las once horas con cuarenta y un minutos del jueves diecisiete de junio de mil novecientos noventa y nueve, con la asistencia de trescientos noventa y dos diputados, el Presidente declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día y la Asamblea aprueba el acta de la sesión anterior en sus términos, en votación económica.

Se dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el artículo ciento quince de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se concede el uso de la palabra a la diputada Antonia Mónica García Velázquez, del Partido Revolucionario Institucional, quien propone modificaciones a los considerandos y al texto del proyecto de decreto.

Desde sus respectivas curules, hacen consideraciones los diputados Pablo Gómez Alvarez y Fidel Herrera Beltrán, así como el diputado Bátiz Vázquez, para solicitar se le conceda el uso de la palabra para proponer una adición al dictamen.

La Asamblea, en votación económica, considera la proposición de la diputada García Velázquez como de urgente resolución y el dictamen, con las modificaciones propuestas, se somete a discusión.

Nuevamente desde su curul, el diputado Bernardo Bátiz Vázquez, solicita el uso de la palabra, a fin de presentar una adición al dictamen.

El diputado Gutiérrez González, desde su curul, hace aclaraciones respecto a la forma en la que debe discutirse el dictamen y el Presidente concede el uso de la palabra al diputado Bernardo Bátiz Vázquez, del Partido de la Revolución Democrática, quien hace una proposición de reformas al texto del dictamen. La Asamblea la desecha por doscientos sesenta y ocho votos en contra y ciento treinta y dos en pro.

Sube a la tribuna diputado Juan José Cruz Martínez, del Partido del Trabajo, quien a su vez presenta proposiciones respecto al dictamen. Se desechan en votación económica.

Solicita y se concede el uso de la palabra a la diputada María de la Luz Núñez Ramos, del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proposiciones. Se desechan en votación económica.

Hace uso de la palabra el diputado José Luis Sánchez Campos, del Partido de la Revolución Democrática, quien hace una propuesta y el diputado Ramírez Pech, desde su curul, propone una moción de orden. Se desecha en votación económica.

Desde su curul, el diputado José del Carmen Enríquez Rosado, pide a la Presidencia aclaraciones respecto al sentido de los procedimientos y el Presidente hace las aclaraciones pertinentes.

Se somete a discusión en lo general y en lo particular el dictamen, con la adición aprobada por el pleno y para fundamentar el criterio de sus respectivos grupos parlamentarios, hacen uso de la palabra los diputados:

Aurora Bazán López, del Partido Verde Ecologista de México, en pro;

Presidencia de la diputada
Bertha Hernández Rodríguez:

Ricardo Cantú Garza, del Partido del Trabajo, en pro; Juan Marcos Gutiérrez González, del Partido Acción Nacional, en pro;

Presidencia del diputado
Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas Arreola:

José del Carmen Enríquez Rosado, del Partido de la Revolución Democrática, en pro y Martha Sofía Tamayo Morales, del Partido Revolucionario Institucional, en pro.

Hablan sobre el mismo dictamen, los diputados: José Luis Sánchez Campos, del Partido de la Revolución Democrática y José de Jesús Martín del Campo Castañeda, del mismo grupo parlamentario, quien hace diversas proposiciones, que se desechan en votación económica.

Debaten los diputados Baldemar Dzul Noh, del Partido del Trabajo, en contra y en pro, María Antonia Durán López, del Partido Acción Nacional; Miguel Antonio Rubiano Reyna, del Partido Revolucionario Institucional, en pro.

La Asamblea considera que el dictamen está suficientemente discutido en lo general y en lo particular, con las propuestas aceptadas.

Se procede a la votación del proyecto de decreto, mismo que se aprueba por trescientos ochenta y siete votos en pro y diecisiete en contra. Se turna al Senado de la República, para los efectos constitucionales.

Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las quince horas con veintidós minutos, citando para la que tendrá lugar el martes veintidós de junio de mil novecientos noventa y nueve, a las diez horas.»

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, señor Secretario.

RECESO

El Presidente (a 11:43 horas):

Esta Presidencia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 27 de la Ley Orgánica del Congreso General y el artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior y para el debido cumplimiento de los asuntos que integran el orden del día, decreta un receso hasta por 15 minutos. Se ruega a los diputados permanecer en el salón.

(Receso.)

(A las 14:12 horas) Se reanuda la sesión.

Vamos a dar inicio a la continuación de la sesión.

Le pedimos y se le instruye a la Secretaría para que se cierre el sistema electrónico de asistencia

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Se instruye a la Oficialía Mayor para que se cierre el sistema electrónico de asistencia.

LEY ORGANICA DEL CONGRESO
GENERAL DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria del día 20 de junio, consulte la Secretaría si se le dispensa la lectura al dictamen.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias fueron turnadas para su estudio y dictamen 13 iniciativas para reformar, adicionar o derogar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y otras disposiciones complementarias, las cuales se enuncian a continuación:

1. Iniciativa de reformas a los artículos 38 al 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 28 de abril de 1998 por el diputado Américo A. Ramírez Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

2. Iniciativa de reformas y adiciones a diversos artículos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 30 de abril de 1998 por los diputados Sergio César Jáuregui Robles y Pablo Gómez Alvarez, a nombre de los grupos parlamentarios de los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y del Trabajo.

137,138,139

3. Iniciativa de reformas a diversos artículos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 30 de abril de 1998 por la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, a nombre de diputadas y diputados de los grupos parlamentarios que integran la LVII Legislatura.

4. Iniciativa que adiciona un cuarto párrafo al artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; reforma los artículos 52 y 55 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; adiciona un Capítulo VI al Título Tercero de esa misma ley y adiciona un párrafo cuarto al artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, presentada el 29 de octubre de 1998 por los diputados Margarita Pérez Gavilán Torres y Abelardo Perales Meléndez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

5. Iniciativa de reformas a los artículos 29 inciso o y 72 inciso o de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 29 de octubre de 1998 por el diputado Juan José García de Alba Bustamante, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

6. Iniciativa de reformas a la fracción III del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y que deroga la fracción III del artículo 33 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 19 de noviembre de 1998 por el diputado Rubén Alfonso Fernández Aceves, a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

7. Iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 12 de diciembre de 1998 por la diputada Sara Velázquez Sánchez, a nombre de la Comisión de Equidad y Género.

8. Iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para la creación de una comisión ordinaria de protección civil, presentada el 14 de diciembre de 1998 por el diputado Enrique Tito González Isunza, a nombre de la Comisión de Protección Civil.

9. Iniciativa de reformas a la fracción ll del artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 7 de abril de 1999 por la diputada Gloria Lavara Mejía, a nombre del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

10. Iniciativa que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deroga el artículo 52 y adiciona una Sección Primera al Capítulo V del Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, denominado "De las comisiones investigadoras" (artículo 58 a 58J), presentada el 8 de abril de 1999 por el diputado Jorge Alejandro Jiménez Taboada, a nombre del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

11. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los títulos Primero y Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 22 de abril de 1999 por el diputado Sergio César Alejandro Jáuregui Robles, a nombre de integrantes de los grupos parlamentarios de los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática.

12. Iniciativa de adiciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 30 de abril de 1999 por el diputado Javier Corral Jurado, a nombre de integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

13. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 26 de mayo de 1999 por el diputado Rafael Oceguera Ramos, a nombre de diputados del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Las iniciativas anteriores constituyen una sólida muestra del interés que los diputados de esta legislatura han tenido en torno a muy diversos temas relacionados con la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito fundamental de adecuar las normas que rigen dichos supuestos a las condiciones y necesidades políticas del México actual.

El interés en esta reforma condujo, incluso, a que en esta misma comisión dictaminadora se formulara y aprobara el 7 de diciembre de 1998 el dictamen sobre reformas propuestas a los títulos Primero y Segundo de la Ley Orgánica del Congreso, que recogía la mayor parte de las propuestas que diputados de los grupos parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática, del Partido Acción Nacional y del Partido del Trabajo presentaron el 30 de abril de 1998. También, como es del conocimiento de esta Asamblea, se formuló un voto particular por parte de algunos diputados del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional que forman parte de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. El dictamen no obtuvo el voto aprobatorio de esta Asamblea y los proponentes del voto particular decidieron retirarlo.

Como es del conocimiento de este pleno, la citada Comisión Permanente convocó a un periodo de sesiones extraordinarias del Poder Legislativo Federal mediante el decreto que aparece publicado en el Diario Oficial de la Federación del 27 de mayo último y en cuyo artículo 2o. se establece, entre otros, como asunto a ventilarse, las reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Habiéndose abierto el presente periodo de sesiones extraordinarias del día 31 del mes de mayo anterior y con fundamento en lo previsto por los artículos 42; 43 fracción IV; 50 y 56 de la propia Ley Orgánica del Congreso, nos permitimos someter a la consideración de ustedes el presente dictamen, con base en los antecedentes y las consideraciones que exponemos a continuación:

Con fecha 6 de diciembre de 1977 se adicionó el artículo 70 de la Carta Magna, a fin de establecer que la normatividad sobre estructura y funcionamiento de las cámaras del Congreso de la Unión serían objeto de una ley, misma que conforme a una tradición de autonomía del Poder Legislativo no podría ser objeto de observaciones por parte del Presidente de la República ni requeriría de la promulgación de dicho servidor público de la Federación.

En atención a la nueva disposición constitucional, en 1979 se expidió la vigente Ley Orgánica del Congreso General, que contempló la ubicación de sus preceptos en cuatro títulos, relativos al Congreso de la Unión, a la Cámara de Diputados, al Senado de la República y a la Comisión Permanente, respectivamente. El ordenamiento fue objeto de una revisión y reforma integral en julio de 1994.

Es de señalarse que el ordenamiento aludido, así como las reformas mencionadas, respondieron al impulso de las determinaciones del Constituyente Permanente para la integración misma de las cámaras y, también, de las facultades que les competen. Es conocido que a partir de 1977 y aplicada por primera vez en 1979, la Cámara de Diputados ha debido su integración a un sistema electoral que combina el principio de la mayoría relativa y el principio de la representación proporcional; a su vez, es a partir de 1993 que en la Cámara de Senadores se combina, -para efectos de su integración-, el principio de mayoría relativa con el principio de la representación de la primera minoría en cada entidad federativa, a lo que a partir de 1996 se agregó también el principio de representación proporcional para elegir a la cuarta parte de los integrantes del Senado de la República.

Por decisiones sucesivas del Constituyente Permanente, nuestro sistema electoral garantiza la presencia en el Congreso de las opciones que, sin necesidad de alcanzar la mayoría relativa en un distrito uninominal o en una entidad federativa, cuentan con una representatividad suficiente para llevar su voz, opiniones y propuestas a los órganos legislativos de la Unión.

Es lógico que las adecuaciones normativas que conducen a una composición plural de las cámaras del Congreso de la Unión, hagan de la diversidad y el intercambio de planteamientos que implica, la génesis de propuestas para revisar la forma de organización y los modos de proceder de los cuerpos que integran el propio Poder Legislativo.

En particular, durante esta LVII Legislatura, los grupos parlamentarios conformados al interior de la Cámara de Diputados han sostenido un muy amplio y variado diálogo sobre las modificaciones que requiere la Ley Orgánica del Congreso y, en particular, el título que rige las actividades de este pleno, la constitución de los órganos a partir del mismo y los servicios de carácter técnico y administrativo que son indispensables para el cumplimiento de nuestras funciones constitucionales.

Luego de casi dos años de experiencias en esta legislatura federal, desde luego sin demérito de los compañeros diputados que cuentan con la actuación en legislaturas precedentes, podemos prácticamente afirmar que los preceptos contenidos en el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso acusan no sólo insuficiencias, sino también deficiencias para dar cauce a fenómenos de hoy en el desarrollo de las tareas que competen a la Cámara de Diputados.

Tan sólo por mencionar algunas de estas cuestiones, podemos destacar que en virtud de las reformas constitucionales en materia de declaración de validez de las elecciones de diputados llevadas a cabo en 1993, el colegio electoral de la Cámara que se constituía para dichos efectos pasó a la historia. Ello entonces nos obliga a reflexionar sobre la necesidad y conveniencia de sostener la comisión instaladora de la legislatura que culmina su mandato, cuando los integrantes de la que la renueva son ya diputados electos y están facultados para entrar plenamente en ejercicio al inicio del mandato constitucional correspondiente.

Si bien en su momento el principio de rotación mensual de la presidencia de la mesa directiva tendía a propiciar un desempeño imparcial de sus integrantes, sobre la base de que durante un periodo limitado de tiempo, la Cámara les pedía una actuación en ese sentido para asegurar que el debate, las deliberaciones y las votaciones se dieran en un ambiente propicio para ello, con la concepción de la elección de tanto vicepresidentes como grupos parlamentarios y la rotación por sesión de presidente y vicepresidentes para dirigir los procedimientos del pleno, se incurrió en situaciones donde la dirección parlamentaria tendía a defender más el interés partidario que el estrictamente derivado del orden constitucional, así como la enorme dificultad de adquirir experiencia en tan delicadas tareas, por actuaciones verdaderamente efímeras. Estas reflexiones propician no sólo la evolución de nuestros pensamientos hacia mecanismos que permitan consolidar principios de legalidad e imparcialidad para la conducción de las labores parlamentarias del pleno, sino también para impulsar una duración mayor en el desempeño de esas tareas.

Un tema que se manifestó desde el inicio de la legislatura como de urgente solución fue el relativo a los servicios de apoyo en la Cámara de Diputados. No sólo la regulación que contiene la Ley Orgánica del Congreso General se limita a mencionar indirectamente el establecimiento de ciertas oficinas encargadas de brindar servicios administrativos a la legislatura, sino que inclusive se carece de precisiones sobre la estructura u organización misma de esos servicios. Se recordará que en virtud de las atribuciones del órgano proponente de sus titulares, conocemos que la voluntad del legislador es de que exista una oficialía mayor y una tesorería general, cuyas líneas de dependencia y funciones, en gran parte, están ausentes y en parte son objeto de menciones realmente accesorias. Por otro lado, a partir de la reforma de 1994, se determinó que la mesa directiva contaría con un cuerpo técnico de apoyo, que suponemos atiende cuestiones relacionadas con la preparación y conducción de las sesiones. Sin embargo, la normatividad es laxa y no ha sido objeto de un desarrollo específico al interior de la Cámara.

Es necesario que en el ordenamiento se considere la expresión de los órganos encargados de brindar servicios técnicos y administrativos, las líneas de dependencia y vinculación con los órganos de legisladores y las funciones que deberán desarrollar para que la Cámara pueda dar cabal cumplimiento a sus funciones constitucionales.

Como se ha señalado en el proemio de este documento, se han presentado diversas iniciativas para modificar las disposiciones que rigen la organización de esta Cámara de Diputados, cuyas propuestas de articulado han guiado, dada su naturaleza integral con respecto al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso, el diálogo con los miembros de esta Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para formular el presente dictamen. Al hacer el análisis correspondiente, quienes suscribimos podemos concluir que existen importantes semejanzas y algunos planteamientos que prácticamente son coincidentes en la propuesta de soluciones a los problemas que presenta una normatividad que ha sido rebasada por el tiempo y las circunstancias mismas del desarrollo político del país.

140,141,142

Así, por ejemplo, en diversos proyectos anteriormente enunciados se plantea la introducción a nuestras instituciones parlamentarias de la llamada mesa de decanos, como órgano que tiene la tarea de conducir los procedimientos durante la sesión constitutiva de la nueva legislatura, a partir de considerar que la vigente comisión instaladora, integrada por diputados de la legislatura a punto de concluir sus funciones, ya no tiene razón de ser con el sistema vigente para declarar la validez de la elección de los diputados federales y la connotación de diputados electos que adquieren quienes obtienen su constancia de mayoría en cada distrito electoral uninominal o cuya incorporación al cuerpo colegiado está sustentada en la constancia de asignación de diputados de representación proporcional.

También es de destacarse que luego de la modificación hecha a la fracción I del artículo 74 constitucional y del nuevo texto del artículo 99 de la propia Carta Magna para incorporar la función del contencioso electoral al Poder Judicial de la Federación, resulta indispensable comprender el sentido estricto de la atribución de la Cámara de Diputados en la elección del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Por mucho tiempo correspondió a esta Asamblea llevar a cabo la calificación de los comicios para elegir al Ejecutivo de la Unión. Ahora que la función de formular la declaración de validez de la elección presidencial corresponde al Tribunal Electoral, a la Cámara de Diputados sólo le compete expedir el bando solemne que da publicidad formal a la declaratoria de presidente electo del órgano jurisdiccional aludido. Es notable que en algunos proyectos citados se plantea la atención de esta facultad como atribución del presidente de la Cámara, en un contexto de actuación expedita en el que el pleno no realiza una función deliberativa y mucho menos resolutiva.

También es de resaltarse la coincidencia que subyace en el propósito de revisar la estructura actual de comisiones ordinarias, a partir de la convicción de fortalecerlas como instancias de instrucción y preparación de las funciones que corresponden al pleno, mediante la consolidación de sus diversas tareas. En particular, se intenta superar una concepción deficiente del actual ordenamiento, al privilegiar la denominación de comisión y no la naturaleza de las funciones y ubicar a la vigente Comisión de Régimen Interno y Concertación Política como una comisión ordinaria y no como el órgano de dirección política que en realidad es. En este ámbito, el órgano a que se hace referencia pasa a ser, en el proyecto de decreto contenido en el presente dictamen, objeto de un capítulo específico, sin quedar subsumido en la enunciación de las demás instancias en que se divide el trabajo de preparación y propuesta de resoluciones para su discusión y votación en el pleno.

Si bien en las diversas iniciativas se formulan algunas propuestas para introducir nuevos supuestos o modificar artículos de otros títulos distintos al de la Cámara de Diputados en la Ley Orgánica del Congreso, como por ejemplo, disposiciones de disciplina de los legisladores o del canal parlamentario, en nuestra opinión y por tratarse de cuestiones que requieren del diálogo y la búsqueda de entendimientos no sólo entre grupos parlamentarios de una sola Cámara, sino entre esta Cámara de Diputados y el Senado de la República, se ha considerado pertinente que el presente esfuerzo para la concepción de este proyecto de decreto se concentre en el Título Segundo. Sin embargo, habrán de buscarse los entendimientos necesarios para que estas propuestas sean consideradas en una reforma integral a la Ley Orgánica del Congreso.

Asimismo, no pasa inadvertido a los integrantes de esta Asamblea que en el Senado de la República se han presentado iniciativas para modificar no sólo el Título Tercero de la Ley Orgánica del Congreso, correspondiente a la organización de ese órgano colegiado, sino que incluso se contempla la revisión integral del Título Primero, relativo al Congreso General; la revisión de los preceptos del Título Cuarto, referente a la Comisión Permanente; y la adición de una serie de preceptos que podrán clasificarse de la siguiente forma:

a) Procedimientos de las cámaras o formas de conocer y atender las cuestiones de su competencia;

b) Normas relacionadas con el estatuto personal de los legisladores y

c) Transferencias específicas de algunas de las disposiciones vigentes del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, como el ceremonial, el Diario de los Debates y de la Tesorería General.

Toda vez que las iniciativas que obran en la Cámara de Senadores contienen un mayor número de preceptos relacionados con el Congreso General, la Comisión Permanente o disposiciones aplicables en ambas cámaras, esta comisión dictaminadora ha establecido un intercambio formal de impresiones con la comisión homóloga del Senado de la República, habiéndose considerado la pertinencia de celebrar reuniones en conferencia que permitan el conocimiento puntual de las propuestas y opiniones que en cada Cámara merece la revisión de disposiciones o la emisión de preceptos que no se refieren exclusivamente a una de las cámaras.

A partir de las similitudes y de las coincidencias de las iniciativas presentadas a esta comisión y con el ánimo de aliviar y superar los problemas que para el funcionamiento de la Cámara presenta el ordenamiento vigente, en el seno de esta comisión dictaminadora se han realizado una serie de análisis y de propuestas tendientes a construir los entendimientos y acuerdos necesarios para la aprobación de nuevas normas destinadas a regir la organización de esta Cámara de Diputados.

De la sesión constitutiva

Hábida cuenta de la similitud de los planteamientos formulados en algunas de las iniciativas, para la integración y actuación de la llamada mesa de decanos, que sería encabezada por el diputado federal que habiendo sido antes legislador federal, tuviera la mayor antigüedad de entre los miembros de la nueva legislatura, se estimó que la naturaleza de sus funciones requería de la selección de sus integrantes con criterios independientes a la connotación de la filiación partidaria de cada diputado. Es decir, se ha establecido que impere el criterio de la antigüedad como legislador y, en caso de empate, el del mayor número de veces como miembro del Poder Legislativo; de no distinguirse aún a los integrantes, se propone como un tercer criterio el de la edad, para definir esa responsabilidad o la de cualquier otro integrante de la mesa de decanos. Cabe aclarar que este último criterio también serviría para determinar a los miembros de la propia mesa de decanos, en el caso de que ningún integrante de la legislatura se hubiere desempeñado previamente como diputado federal o senador de la República.

Por otra parte, se estimó que si los vicepresidentes de la mesa de decanos debieran seleccionarse a razón de un cierto número por grupo parlamentario, existiría el riesgo de que su función tomara un tinte de interés meramente partidista. Como la mesa de decanos cumple esencialmente una función de servicio al pleno y a los diputados electos que lo integran, sin demérito de que en la mesa de decanos procure reflejarse la pluralidad de la Cámara, el criterio para integrarla no debe basarse en las filiaciones de partido. La sesión constitutiva se celebraría el 29 de agosto del año correspondiente a la renovación de la Cámara de Diputados a partir de las 11:00 de la mañana, previa recepción e integración de la documentación que acredite a los diputados electos en los comicios de que se trate, en el ámbito de la Secretaría General de la Cámara.

De conformidad con los precedentes de nuestro derecho parlamentario, se trataría de una sesión de las llamadas de objeto preciso, toda vez que no se ha iniciado el mandato de los nuevos diputados y corresponde únicamente que lleven a cabo los pasos constitucionales y legales necesarios para dar inicio a la gestión para la que fueron electos. Así, en esta sesión, se acreditaría el quorum necesario para celebrarla; se establecería a quiénes corresponde fungir en la mesa de decanos; sus integrantes rendirían la protesta constitucional de rigor; se otorgaría la protesta constitucional por el resto de los integrantes de la legislatura; se elegiría a los miembros de la mesa directiva y se designarían las comisiones de cortesía para la sesión de Congreso General del 1o. de septiembre.

En este capítulo también se incluiría la previsión normativa de que corresponderá al presidente de la mesa directiva en funciones recibir la protesta constitucional de los diputados que con posterioridad a la sesión constitutiva sean llamados al ejercicio del cargo.

De la mesa directiva

En el proyecto de decreto contenido en el presente dictamen se propone una mesa directiva garante del imperio de la Constitución y de la ley, que oriente su actuación con estricto apego a los principios de imparcialidad y de objetividad. Se aspira a que el órgano de dirección parlamentaria pueda conducirse con una actitud que supere el interés estrictamente partidario y sirva por igual a todos los integrantes de la legislatura, sin distingo de filiación política o emblemas por los cuales ha resultado electo.

En un cuerpo colegiado integrado por pares, donde la igualdad de derechos y obligaciones es norma esencial de conducta y procederes, resulta particularmente relevante que en las tareas propias del trabajo en el pleno, a fin de otorgar el uso de la tribuna, dar trámite a una proposición u ordenar la forma de deliberar y de votar, respondan a criterios de certidumbre y seguridad jurídica para los propios integrantes del pleno. No es posible, dado lo intolerable que resultaría, que las premisas de actuación en esas hipótesis cambiaran o se alteraran en razón del interés que se representa o del grupo parlamentario al que se pertenece. Por ello, en el proyecto de decreto que contiene este dictamen se propone consolidar una mesa directiva colocada por encima de los intereses que legítimamente pueden tener los grupos parlamentarios a los que pertenece, para ubicarse como la garante del principio de legalidad.

En esta lógica, la presente comisión dictaminadora ha optado por proponer que en la integración de la mesa directiva no figure, por sí mismo o como elemento determinante para su composición, la filiación a un determinado partido político y, por ende, la pertenencia a un grupo parlamentario. Es sabido que hoy nuestra mesa directiva se integra por un presidente, tantos vicepresidentes como grupos parlamentarios existan en la Cámara, cuatro secretarios y cuatro prosecretarios. No se niega que de conformidad con la proporción que de la representación en este cuerpo colegiado tiene cada partido político, se alientan acuerdos entre grupos parlamentarios para normar el acceso proporcionado de todas las opciones políticas a los cargos del órgano de dirección parlamentaria. Hoy, independientemente de la racionalidad política de ese comportamiento, se ha pensado que un control implícito para la actuación de los integrantes de la mesa directiva es la presencia garantizada de los grupos parlamentarios en las funciones de la vicepresidencia.

Sin demérito de la experiencia acumulada, más que este mecanismo interno de equilibrio entre fuerzas políticas al interior de la mesa directiva, se desea que los integrantes de la propia mesa asuman su función como de servicio al pleno; como de aliento a la imparcialidad y a la objetividad, que se basa en el cumplimiento de la ley; y como legisladores que cuentan con la confianza de sus pares para, salvaguardando la legalidad, asegurar una conducción parlamentaria del pleno por encima de los intereses partidistas.

Se plantea en este dictamen, a partir del análisis de las propuestas formuladas, que la mesa directiva de la Cámara se integre por un presidente, tres vicepresidentes y tres secretarios. Para efectos de promover decididamente su actuación como órgano garante de la aplicación y cumplimiento estrictos de la Constitución y de las leyes que rigen la vida interna de la Cámara, se proponen tres elementos novedosos en el ámbito de nuestras instituciones parlamentarias:

a) Una duración mayor a la actual en el desempeño del encargo;

b) Un sistema de elección de sus integrantes mediante una lista que contenga los nombres del total de los siete diputados propuestos con sus respectivos cargos, con objeto de alentar desde el principio de la legislatura los esfuerzos de los grupos parlamentarios para alcanzar los consensos que contribuyan a fortalecer la autoridad de su propio órgano de dirección parlamentaria y

c) Una mayoría calificada de dos terceras partes para que el pleno confiera una responsabilidad de esta naturaleza.

Toda vez que la función primordial de la mesa directiva resultara de enorme trascendencia para que la Cámara pueda desarrollar cabalmente sus atribuciones, es preciso aspirar a una mayor estabilidad en el desempeño de los encargos correspondientes. De la hipótesis hoy vigente, donde en realidad el presidente de la mesa directiva sólo asume esa función en dos o tres de las sesiones del mes, transitar hacia otras hipótesis de duración de la mesa directiva implica valorar un amplio margen de posibilidades, que van desde la duración de un mes hasta la duración de toda la legislatura, considerándose como opciones intermedias la duración de un periodo de sesiones ordinarias y la duración de un año de ejercicio legislativo.

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Desde luego, hemos considerado que existe plena coincidencia en la necesidad de establecer un plazo mayor para el desempeño de la mesa directiva, inclinándonos por el planteamiento que establece la duración del mandato en un año legislativo, con la posibilidad de reelección de sus integrantes. Se establecería así un mecanismo que permitiría un lapso de tiempo adecuado para el desempeño de la mesa y la posibilidad de su renovación o de su reelección, dependiendo de la valoración que se haga de su actuación a la luz de los principios que la rigen.

Para efectos de renovar o reelegir a la mesa directiva en funciones al término del año de su mandato, se establece que habrá de celebrarse la correspondiente sesión preparatoria con anticipación al inicio del primer periodo de sesiones ordinarias del año de que se trate, a fin de llevar a cabo los procedimientos necesarios para hacer las designaciones de su competencia. Dicha sesión deberá celebrarse, a más tardar, el día anterior al comienzo de dicho periodo.

Por otro lado, como ya se mencionó, es importante establecer una mayoría calificada para la elección de los miembros de la mesa directiva, que proponemos sea de las dos terceras partes de los individuos presentes, como ocurre para el caso de la aprobación de decretos sobre adiciones o reformas a la Carta Magna en la Cámara, a fin de que los miembros de la mesa puedan contar con un amplio respaldo de sus pares en la gestión que están llamados a realizar.

Como es sabido, a la luz de lo previsto por la fracción IV del artículo 54 constitucional, ningún grupo parlamentario puede contar con más de 300 diputados, lo que equivale al 60% de los miembros del cuerpo colegiado. Es decir, por sí solo, ningún grupo parlamentario podría elegir a los integrantes de la mesa directiva. Se requiere necesariamente que al menos dos grupos parlamentarios concurran en la conformación de entendimientos necesarios.

No pasará inadvertido que si un grupo parlamentario cuenta con la mayoría absoluta de los integrantes de la legislatura, no podría culminar la elección de los miembros de la mesa directiva sin consolidar entendimientos con otras formaciones políticas, pero también que un grupo político, que por sí solo cuente con el 34% de los integrantes del pleno, es decir, 170 diputados, podría evitar la elección de miembros de la mesa directiva que a su juicio no tuvieran una actitud incluyente en la construcción de los entendimientos necesarios.

Las normas que proponemos para regir esta cuestión parten del supuesto común de todas las fuerzas políticas por arribar a la adopción de acuerdos mutuamente convenientes, pero no soslayan la posibilidad de que los entendimientos no puedan alcanzarse antes de la fecha en que necesariamente deberá abrirse el primer periodo de sesiones ordinarias de cada año legislativo.

Por ello, se plantea que en el caso de que a las 12:00 horas del día 31 de agosto del año de inicio de la legislatura no se hubiere electo a la mesa directiva, la mesa de decanos ejercerá las atribuciones y facultades de aquélla y su presidente citará a la sesión de instalación del Congreso. Sin embargo, la mesa de decanos no podrá ejercer dichas atribuciones más allá del 5 de septiembre. Para el segundo y tercer año de ejercicio, si no se alcanza la mayoría requerida, la mesa en funciones continuaría hasta el día cinco del siguiente mes, con el fin de que se logren los entendimientos necesarios.

En este proyecto contenido en el dictamen se han incorporado, además, causas de remoción de los integrantes de la mesa directiva, quienes sólo podrán ser separados de sus cargos si así lo decide el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes en la Cámara. Dichas causas son las de transgredir en forma grave o reiterada las disposiciones contenidas en la Constitución y en esta ley; incumplir los acuerdos del pleno, cuando se afecten las atribuciones constitucionales y legales de la Cámara y dejar de asistir, reiteradamente y sin causa justificada, a las sesiones de la Cámara o a las reuniones de la mesa directiva.

En el proyecto de decreto contenido en el presente dictamen se establece, por primera vez en nuestra historia parlamentaria, atribuciones que no corresponden a alguno de los integrantes de la mesa directiva, sino justamente a todos ellos en calidad de órgano colegiado. Entre otras, destacan las de asegurar el adecuado desarrollo de las sesiones; cuidar que los documentos que son objeto de conocimiento del pleno cumplan con las normas que regulan su formulación y presentación; realizar la interpretación de los ordenamientos rectores de la actividad parlamentaria, en lo relativo al cumplimiento de sus atribuciones y la conducción de las sesiones; elaborar el anteproyecto de la parte relativa al estatuto por el cual se normará el servicio de carrera parlamentaria, a efecto de que la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos lo considere para la redacción de dicho instrumento normativo.

Como órgano imparcial que se coloca por encima de los partidos, la mesa directiva tomará sus decisiones por consenso, sin demérito de que en caso de no alcanzarse éste, la cuestión se apruebe por la mayoría absoluta de sus integrantes y, en caso de empate, se resuelva con el voto de calidad del presidente de la mesa.

En la mesa directiva, corresponde a su presidente la expresión de la unidad de la Cámara, así como garantizar el fuero constitucional de los diputados y velar por la inviolabilidad del recinto legislativo. Le corresponde, además, conducir las relaciones institucionales con la Cámara de Senadores, con los otros dos poderes de la Unión, con los poderes de los estados y con las autoridades locales del Distrito Federal, al tiempo de tener la representación protocolaria de la Cámara en el ámbito de la diplomacia parlamentaria.

El presidente de la mesa directiva, al dirigir las sesiones del pleno, deberá velar por el equilibrio entre las libertades de los legisladores y los grupos parlamentarios y la eficacia en el cumplimiento de las funciones constitucionales de la Cámara. En caso de que el presidente de la mesa se aparte del cumplimiento de los principios que rigen su función, responderá de su actuación ante el pleno.

Entre las funciones de dirección parlamentaria que le corresponden, resaltan las siguientes: presidir las sesiones del Congreso General, las de la Comisión Permanente cuando esa función corresponda a la Cámara de Diputados y las reuniones de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos; conducir las sesiones del pleno, conceder el uso de la palabra y dirigir los debates, discusiones y deliberaciones, así como disponer lo necesario para que los diputados se conduzcan conforme a las normas que rigen el ejercicio de sus funciones, además de exigir orden al público asistente a las sesiones.

Aunadas a dichas atribuciones destacan las de tener la representación legal de la Cámara y de acordar con el titular de la Coordinación de Comunicación Social los asuntos que le competen. Finalmente, al presidente de la Cámara le corresponde disponer la elaboración inmediata del bando solemne por el cual se da a conocer la declaración de presidente electo de los Estados Unidos Mexicanos que hubiere hecho el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Los vicepresidentes asisten al presidente de la Cámara en el ejercicio de sus funciones; asimismo, pueden asumir las representaciones protocolarias de la Cámara si el presidente les nombra para tal efecto. Por su parte, a los secretarios de la mesa directiva les corresponde asistir al presidente de la Cámara en las funciones relacionadas con la conducción de las sesiones del pleno; comprobar el quorum; llevar el cómputo y registro de las votaciones; desahogar los trámites parlamentarios, y supervisar aquellos servicios parlamentarios relacionados exclusivamente con sus funciones.

De los grupos parlamentarios

A partir de la disposición del artículo 70 constitucional, en el proyecto de decreto contenido en este dictamen se contempla conceptualizar a los grupos parlamentarios como la agrupación de diputados según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas en la Cámara.

Con objeto de facilitar la formación de los mismos y con ello permitir la mayor pluralidad en el órgano de dirección política de la Cámara, se mantiene el mínimo de cinco diputados de un mismo partido político para constituir un grupo, así como el mandato imperativo de que sólo puede existir uno por cada partido político nacional representado, a través de sus legisladores, en el pleno.

Los grupos parlamentarios deben entregar a la Secretaría General de la Cámara los elementos para informar sobre su denominación, los nombres de los diputados electos que lo forman y el del coordinador.

De igual manera, se establece la obligación de que el coordinador del grupo parlamentario comunique a la mesa directiva las modificaciones que ocurran en la integración del grupo, de tal suerte que siempre se tenga actualizado el número de diputados que integra cada uno de ellos para todos los efectos, lo cual es particularmente importante para el sistema de voto ponderado que se adopta para la toma de decisiones en los órganos de legisladores donde los grupos parlamentarios están representados como tales.

El proyecto de decreto que contiene este dictamen pretende enriquecer la regulación hasta hoy vigente al establecer las funciones fundamentales de los grupos parlamentarios, a efecto de que se fortalezca el concepto de cohesión en la actuación de los mismos y en el cumplimiento de sus objetivos como representaciones ideológicas y políticas diferenciadas en la Cámara.

Asimismo, con las propuestas, se formalizaría en el texto de la ley la obligación de que el órgano político de la Cámara disponga una subvención mensual para cada grupo parlamentario que se distribuye en dos franjas, una de carácter general y fijo y otra variable en función del número de diputados que conforman cada uno de ellos, estableciendo la obligación expresa de que la cuenta anual de las subvenciones que se asignen, se incorporaría a la Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para efecto de las facultades de control que competen a la entidad de fiscalización superior de la Federación, sin demérito de remitir un ejemplar de dicha cuenta anual a la Contraloría Interna de la propia Cámara.

Atendiendo a la experiencia y a las nuevas realidades, el proyecto de decreto contenido en este dictamen propone que se establezca una norma conforme a la cual el presidente de la Cámara determinará la ocupación de los espacios y las curules en el salón de sesiones, tomando en consideración una distribución que permita que los diputados pertenecientes a un mismo grupo parlamentario queden ubicados en un área regular y continua.

Por último, se reconoce que los diputados que no formen parte de un grupo parlamentario, desde el inicio de la legislatura o por separación posterior, reciban el trato de diputados sin partido y apoyos en lo individual, conforme a las posibilidades de la Cámara.

De la junta de coordinación política

En relación con el órgano de dirección política de la Cámara de Diputados, se ha reconocido que el modelo actual, representado en la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, ha sido rebasado por la realidad política y la pluralidad en la conformación del órgano legislativo. Por ello, se propone que se sustituya por un órgano que sea capaz de hacer frente con mayor eficacia y capacidad resolutiva a esa nueva realidad y que, por tanto, se constituya en la instancia donde se exprese la pluralidad de la Cámara. Así, la propia ley la caracterizaría como el órgano colegiado en el que se impulsan los entendimientos y las convergencias políticas para alcanzar acuerdos que permitan el mejor y más eficaz funcionamiento de la Cámara, denominándola Junta de Coordinación Política, la cual quedará integrada con los coordinadores de cada grupo parlamentario registrado en la Cámara.

Para el caso de que un grupo parlamentario, por sí mismo, contase con la mayoría absoluta de la Cámara, su coordinador presidirá la junta por el término de la legislatura. En caso de no producirse este supuesto, la presidencia de este órgano tendrá una duración anual y será ocupada sucesivamente por los coordinadores de los grupos en orden decreciente del número de diputados que los integren.

Atendiendo a la condición de la junta como órgano político, se le atribuye la tarea de impulsar los entendimientos y las convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios, a fin de alcanzar los acuerdos para que el pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que le competen en términos de la Carta Magna y de las leyes.

Un aspecto de gran importancia, es el establecimiento expreso de las atribuciones de la Junta de Coordinación Política, entre ellas destacan.

Impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas e iniciativas o minutas que requieran de votación en el pleno; presentar a la mesa directiva y al pleno proyectos de puntos de acuerdo, pronunciamientos y declaraciones que entrañen una posición política de la Cámara; plantear al pleno la integración de las comisiones, con el señalamiento de la conformación de sus respectivas mesas directivas; designar las delegaciones para atender la celebración de reuniones interparlamentarias con órganos nacionales de representación popular de otros países o de carácter multilateral; presentar al pleno el anteproyecto de presupuesto anual para someterlo a su aprobación; elaborar y proponer a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos el anteproyecto de parte relativa del estatuto de los servicios administrativo y financiero, y asignar los recursos humanos, materiales, financieros, así como los locales que correspondan a los grupos parlamentarios.

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Asimismo, se proponen atribuciones específicas que corresponden al presidente de la Junta de Coordinación Política, entre las que resaltan: poner a consideración de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos criterios para la elaboración del programa de cada periodo de sesiones; el calendario para su desahogo y puntos del orden del día de las sesiones del pleno y disponer la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual de la Cámara.

En el proyecto de decreto del presente dictamen se establecen las normas mínimas para la instalación y funcionamiento de la junta. Este órgano quedaría instalado, a más tardar, en la segunda sesión ordinaria que celebre la Cámara al inicio de la legislatura correspondiente; deberá sesionar por lo menos una vez a la semana durante los periodos de sesiones; y adoptará sus decisiones por mayoría absoluta, mediante el sistema de voto ponderado. En el desempeño de su encargo, contará con el apoyo técnico y administrativo del secretario general.

De la Conferencia para la Dirección
Programación de los Trabajos
Legislativos


Durante los últimos años, las tareas que tiene a su cargo la Cámara de Diputados han sido cada vez mayores y más complejas. Ante ello, ha surgido una preocupación común en los legisladores por contar con mecanismos que promuevan la eficiencia en el desahogo de las obligaciones camarales en los periodos de sesiones, mediante la armonización de los temas, calendarios, órdenes del día y modalidades de tratamiento de los mismos en cada sesión.

Con el propósito de contar con la instancia adecuada para consolidar dichos factores que influyen en la eficiencia del desahogo de las tareas camarales, el proyecto de decreto que se presenta en este dictamen propone la creación de un órgano que se denomina Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

Como producto de los intercambios surgidos entre legisladores de los distintos grupos parlamentarios, se concluyó que la conferencia debía proponer, para su aprobación en el pleno, tanto al secretario general como al contralor. Dicha facultad se sustenta en el hecho de que ambos funcionarios, por la naturaleza de sus atribuciones, se encuentran vinculados con la organización integral de la Cámara, por lo que resulta conveniente que el órgano donde confluye tanto el presidente de la mesa directiva como los coordinadores de los grupos parlamentarios, sea el encargado de la función de proponer a los funcionarios aludidos.

La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos será el órgano en el cual se establecerá el programa legislativo de los periodos de sesiones, el calendario de los mismos, la conformación del orden del día de cada sesión y las modalidades que puedan adoptarse en los debates, discusiones y deliberaciones que hayan de producirse en la Cámara. Asimismo, propondrá al pleno el proyecto del estatuto que regirá la organización y funcionamiento de la Secretaría General, de las secretarías de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y Financieros y demás centros y unidades, así como lo relativo a los servicios de carrera. Además, esta conferencia impulsará el trabajo de las comisiones para la elaboración y el cumplimiento de los programas legislativos.

Esta conferencia se integra, como se ha adelantado, por el presidente de la mesa directiva y por los coordinadores de los grupos parlamentarios. A sus sesiones podrán ser convocados los presidentes de comisiones, cuando exista un asunto de su competencia. El secretario general de la Cámara fungiría como su secretario, quien asistiría con voz, pero sin voto.

El presidente de la Cámara presidirá y dirigirá las reuniones de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. Este órgano deberá integrarse una vez que se haya constituido la Junta de Coordinación Política. La conferencia se reunirá por lo menos cada 15 días durante los periodos de sesiones, a convocatoria de su presidente o a solicitud de los coordinadores de por lo menos tres grupos parlamentarios. La conferencia adoptará sus resoluciones por consenso; en su defecto, por mayoría absoluta mediante el sistema de voto ponderado de los coordinadores de los grupos parlamentarios. Al presidente de la conferencia se le ha concedido el voto de calidad en caso de empate.

De las comisiones y comités

Uno de los temas que reflejó gran interés y que provocó importantes intercambios de opiniones fue el relativo a las comisiones y los comités en la Cámara de Diputados.

Después de intensas sesiones de intercambio de puntos de vista, en el texto que presenta este dictamen se establece la distinción del objeto de las comisiones, al enunciar que éstas elaboran dictámenes, informes, opiniones o resoluciones para hacer posible que la Cámara desarrolle las funciones que le señalan la Constitución y las leyes. Sin mencionarlo en el articulado, las normas que se proponen precisan que a las comisiones de la Cámara, según el caso de la que se trate, pueden corresponderles alguna o algunas de las funciones siguientes: de dictamen sobre iniciativas de ley o decreto; de solicitud, recepción y análisis de información; de control de la administración pública; de dictamen para dar cumplimiento a la facultad de designar servidores públicos; de preparación de proyectos de ley y desahogo de consultas sobre los ordenamientos que rigen el funcionamiento de la Cámara; de coordinación con la entidad de fiscalización de las finanzas públicas; de conocimiento y resolución de denuncias por responsabilidad de servidores públicos y de investigación sobre el funcionamiento de las entidades de la Administración Pública Federal.

De esta manera, el número de comisiones ordinarias que funcionan de manera permanente, es decir, de legislatura a legislatura, se reduce a 27, de las cuales, 23 tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, información y control en el marco de la competencia que deriva de su denominación y en correspondencia, en lo general, con las atribuciones otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; éstas son: Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; Asuntos Indígenas; Atención a Grupos Vulnerables; Comercio y Fomento Industrial; Comunicaciones y Transportes; Defensa Nacional; Desarrollo Social y Vivienda; Educación Pública, Cultura y Ciencia y Tecnología; Energía; Equidad y Género; Fomento Cooperativo y Economía Social; Gobernación, Población y Seguridad Pública; Hacienda y Crédito Público; Justicia y Derechos Humanos; Marina; Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; Presupuesto y Cuenta Pública; Puntos Constitucionales y Sistema Federal; Reforma Agraria; Relaciones Exteriores; Salud y Seguridad Social; Trabajo y Previsión Social y Turismo.

El proyecto de decreto contempla también comisiones ordinarias que desarrollan tareas específicas que la propia ley les establece. Así, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se encargará de preparar proyectos de ley o de decreto para adecuar las normas que rigen las actividades camarales; de dictaminar las propuestas que se presenten en esta materia y de resolver las consultas que en el mismo ámbito decidan plantearle los órganos de legisladores constituidos en virtud de este ordenamiento e impulsará y realizará estudios que versen sobre normas, regímenes y prácticas parlamentarias. Esta comisión se integraría con 20 miembros de entre los diputados de mayor experiencia legislativa y todos los grupos parlamentarios estarán representados en la misma.

La Comisión del Distrito Federal también se encuentra ubicada en el presente proyecto de decreto dentro de aquellas comisiones ordinarias que realizan tareas específicas; así, esta comisión tiene a su cargo tareas de dictamen legislativo y de información para el ejercicio de las atribuciones de la Cámara previstas en el apartado A del artículo 122 constitucional. Finalmente, el proyecto de decreto introduce dentro del grupo de comisiones ordinarias con tareas específicas a la de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, así como la Jurisdiccional.

En nuestra constitución se regulan las comisiones de investigación. A partir de esta premisa, el presente proyecto de decreto reconoce su existencia y constitución con carácter transitorio para ejercer la facultad establecida en el párrafo tercero del artículo 93 de nuestra Carta Magna. Asimismo, en este proyecto se indica que el pleno podrá acordar la constitución de comisiones especiales, siempre y cuando se señale su objeto y el número de los integrantes que las conforman. Cumplido su objeto o cuando la legislatura concluya, estas comisiones se extinguirán; el secretario general de la Cámara informará a lo conducente a la conferencia, la cual hará la declaración de su extinción.

Del intercambio sostenido en relación con estos temas, se ha arribado a diversas conclusiones incluidas en este proyecto de decreto, tales como normas sobre la integración y organización de las comisiones. Respecto del primer tema, se establece que las comisiones ordinarias se habrán de constituir durante el primer mes de ejercicio de la legislatura con un número de hasta 30 diputados. Sus integrantes durarán por el término de la legislatura y ningún diputado podrá pertenecer a más de dos de ellas. En la integración de las comisiones, la junta de coordinación política tomará en cuenta la pluralidad de la Cámara, por lo que se cuidará respetar un principio de proporcionalidad entre la integración del pleno y la conformación de las comisiones.

Asimismo, la junta señalará en quiénes recaerá la responsabilidad de presidirlas y de fungir como secretarios y se cuidará la incorporación de diputados pertenecientes a los distintos grupos parlamentarios, de tal suerte que se refleje la proporción que representen en el pleno, tomando en cuenta los antecedentes y la experiencia legislativa de los diputados.

También en este caso se cuidará el principio de proporcionalidad respecto del pleno. Finalmente, con objeto de velar por el principio de imparcialidad de la mesa directiva, así como de evitar distracciones propias de su función de dirección parlamentaria, los integrantes de dicho órgano no formarán parte de las comisiones.

En el proyecto de decreto contenido en este dictamen se incluyen disposiciones complementarias para el funcionamiento de las comisiones. En ella se incluyen algunas normas importantes para garantizar un trabajo más ordenado, como por ejemplo, el hecho de que las comisiones deban dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnados a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la conferencia para la dirección y programación de los trabajos legislativos. Asimismo, se propone que las comisiones puedan establecer subcomisiones o grupos de trabajo.

Como disposición complementaria fundamental de la reforma que se propone está la de precisar los alcances que tiene las funciones de información de las comisiones. Al respecto, se propone que los presidentes de comisiones, por acuerdo de éstas, puedan solicitar información o documentación a las dependencias y entidades de Ejecutivo Federal cuando se trate un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos que las rigen. Esta solicitud no procede cuando la información que se requiera tenga el carácter de reservada conforme a las disposiciones aplicables. Respecto de esta información, se contempla que si no es remitida, la comisión puede dirigirse oficialmente en queja al titular de la dependencia o al señor Presidente de la República.

Otras normas propuestas para el cumplimiento de las funciones de información de las comisiones son las derivadas del estudio del informe a que se refiere el primer párrafo del artículo 93 constitucional, con la posibilidad de que la comisión pueda solicitar, por la importancia y trascendencia del asunto de que se trate, que el secretario del despacho o jefe del departamento administrativo correspondiente comparezca ante el pleno. Dicha solicitud se formularía al presidente de la conferencia.

Se propone, además, que las comisiones puedan dar opinión fundada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a más tardar el día 15 de octubre de cada año, sobre los programas presupuestales de los ramos correspondientes para que sean considerados en la revisión de la Cuenta Pública, así como en el dictamen de la iniciativa de Presupuesto de Egresos de la Federación que presente el Ejecutivo.

Finalmente, se contempla un conjunto de responsabilidades que tendrán las comisiones; al respecto, destacan la de rendir un informe semestral de sus actividades a la conferencia para la dirección y programación de los trabajos legislativos, así como dictaminar las iniciativas en los plazos que le señale el correspondiente programa legislativo.

En relación con los comités, el presente proyecto de decreto establece la posibilidad de su constitución, como órganos para auxiliar en actividades de la Cámara cuyas tareas sean de naturaleza distinta a las de las comisiones. Aunque por ahora se conformaría solamente el Comité de Información, Gestoría y Quejas, el presente proyecto no limita la posibilidad de constituir otros que acuerde el pleno, atendiendo en todo caso las disposiciones sobre integración, organización y funcionamiento de las comisiones.

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En el proyecto de decreto, materia de este dictamen se ha incluido también la posibilidad de constituir por el pleno, a propuesta de la Junta de Coordinación Política, "grupos de amistad" para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de países con los que nuestro país sostenga relaciones diplomáticas.

De la organización técnica y
administrativa


Otro de los aspectos novedosos y relevantes que propone este proyecto de decreto es el de la organización técnica y administrativa de la Cámara. Es así como se diseña una nueva estructura que pretende otorgar solidez y sistematización a las diversas tareas que ejecuta el personal de la Cámara. Por tanto, se proponen tres nuevos elementos:

a) La creación de una Secretaría General de la Cámara, que tiene bajo su mando a dos secretarías, la de servicios parlamentarios y la de servicios administrativos y financieros, conformándose estas últimas por personal de carrera;

b) La regulación de otros órganos técnicos de la Cámara, tales como la Contraloría Interna, la Coordinación de Comunicación Social y la Unidad de Capacitación y Formación Permanente de los funcionarios de carrera y

c) Las bases que se deberán desarrollar en un estatuto que establezca la organización y funcionamiento de los servicios de carrera, así como las normas y procedimientos para su conformación.

En primer término, la Secretaría General constituye el ámbito de coordinación y supervisión de los servicios de la Cámara de Diputados. Esta secretaría depende directamente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por conducto de su presidente, por lo que su titular será nombrado por las dos terceras partes del pleno de la Cámara, a propuesta que le formule la propia conferencia, para ejercer el cargo por el término de una legislatura, pudiendo ser reelecto. El secretario general se concibe como un funcionario que, por las tareas que desempeña, debe merecer la confianza de la Cámara; por ello, debe ser designado o reelecto al inicio de cada legislatura, cumpliendo los requisitos que se establecen en el proyecto de decreto del presente dictamen, que tienen por objeto garantizar su desempeño profesional e imparcial en el cargo.

Entre las funciones que quedan a cargo del secretario general revisten especial importancia las siguientes: preparar todos los elementos para que se celebre en tiempo y forma la sesión constitutiva de la Cámara; fungir como secretario de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos; dirigir los trabajos y supervisar a las secretarías de servicios parlamentarios y de servicios administrativos y financieros; ejecutar en el ámbito de su competencia, así como supervisar y vigilar que se cumplan las políticas, lineamientos y acuerdos de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos e informar trimestralmente a ésta sobre el desempeño en la prestación de los servicios parlamentarios, administrativos y financieros.

A la Secretaría de Servicios Parlamentarios le corresponde agrupar y dar unidad de acción a los servicios de: asistencia técnica a la presidencia de la mesa directiva; de la sesión; de las comisiones; del Diario de los Debates; del archivo y de bibliotecas. Cada uno de los servicios se constituiría una dirección, la cual se estructuraría con las oficinas que se requirieran. Asimismo, en el ámbito de esta secretaría se ubicarían los centros de estudios de las finanzas públicas, de estudios de derecho y de estudios sociales.

La Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros quedaría sujeta a un esquema similar de dependencia jerárquica, organización y funcionamiento que se ha descrito para la de servicios parlamentarios. En cuanto a los servicios que la misma agruparía y conferiría unidad de acción, se encontrarían los de: recursos humanos; tesorería; recursos materiales; servicios generales y de informática; servicios jurídicos; servicios de seguridad y servicios médicos y de atención a diputados.

El secretario de servicios parlamentarios vela por la imparcialidad de los servicios a su cargo y realiza la compilación y registro de los acuerdos, precedentes y prácticas parlamentarias. Además, asiste al secretario general en el cumplimiento de sus funciones, le suple cuando no pueda concurrir a las reuniones de la mesa directiva y dirige los trabajos de las áreas a él adscritas.

Por su parte, el secretario de Servicios Administrativos y Financieros vela por el eficiente funcionamiento de los servicios que le competen; asiste también al secretario general y le suple cuando no pueda concurrir a las reuniones de la junta de coordinación política.

Los nombramientos de los secretarios anteriormente mencionados se realiza de acuerdo a lo que disponga el estatuto.

La Cámara tendrá su propia Contraloría Interna, la cual se ubica en el ámbito de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. Este órgano lo propone al pleno, que a su vez le nombra por las dos terceras partes de los diputados presentes.

La coordinación de Comunicación Social difunde las actividades de la Cámara y sirve de enlace con los medios de comunicación; además, es responsable del programa de publicaciones. Es importante destacar que depende de la presidencia de la mesa directiva, aunque la designación de su titular se regiría por lo dispuesto en el estatuto.

La Unidad de Capacitación y Formación Permanente de los integrantes de los servicios parlamentario y administrativo y financiero de la Cámara de Diputados tendrá a su cargo una tarea vital para fortalecer el profesionalismo del personal de la Cámara, que consistiría en formar, actuar y especializar a los candidatos a ingresar, así como a los funcionarios de carrera. Su coordinador sería nombrado conforme lo disponga el estatuto.

Además de la estructura, la consolidación de un desempeño eficiente del personal de carrera obliga a contar con normas que regulen su función. Por lo tanto, este proyecto de decreto propone que haya un estatuto que establecería tanto la organización y funcionamiento de las secretarías y de los servicios de carrera, como las normas y los procedimientos para la conformación de dichos servicios. Sobre el primer aspecto, el estatuto habrá de señalar, por lo menos, la estructura de cada una de las secretarías, así como las tareas de las direcciones, oficinas, centros y unidades de la Cámara. Sobre las normas y procedimientos para la conformación de los servicios se introducirán las bases fundamentales de todo sistema de carrera, tales como la integración de sus cuerpos por niveles o rangos para permitir la promoción del personal, el cual estaría a su vez sujeto a acreditación de exámenes y de los programas de actualización, especialización y de resultados de una evaluación anual.

Finalmente, los miembros de los servicios de carrera serán considerados trabajadores de confianza y sus relaciones laborales se regirán conforme a lo establecido por la fracción XIV del apartado B del artículo 123 de la Constitución, por esta ley y por el estatuto. Sus prestaciones de seguridad social se otorgarían con base en los convenios que se celebren con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Régimen transitorio

Considerando que la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por disposición constitucional es un ordenamiento que no está sujeto a observaciones por parte del Ejecutivo Federal ni tampoco a promulgación por dicho funcionario, la primera disposición del régimen transitorio señala, con objeto de hacer del conocimiento público las reformas que se contienen en el presente dictamen, que una vez aprobado el decreto de reformas, se envíe directamente al Diario Oficial de la Federación para su publicación. Salvo lo previsto en el propio régimen transitorio, los preceptos contenidos en el proyecto de decreto señalados en el presente dictamen entrarían en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Se dispone que la mesa directiva de la Cámara a que se refiere el proyecto de decreto, se elija en la última sesión del mes de septiembre del primer periodo ordinario de sesiones del tercer año del ejercicio de la LVII Legislatura. Por su parte, la Junta de Coordinación Política se constituirá a más tardar en la segunda sesión de dicho periodo, mientras que la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos se instalará al día siguiente de que se constituya la Junta de Coordinación Política.

Los grupos parlamentarios de esta Cámara constituidos al inicio de la presente legislatura ejercerán los derechos y prerrogativas contenidos en este decreto; sin embargo, para efectos de incorporar a la Cuenta Pública de la Cámara de Diputados las subvenciones asignadas a los mismos, las disposiciones correspondientes entrarán en vigor para el ejercicio fiscal del año 2000.

Con objeto de salvaguardar los derechos generados a la luz de las disposiciones que se derogan en el proyecto de decreto de este dictamen, se ordena que la integración de comisiones y de comités se realice, conforme a la nueva normativa, a partir del 15 de marzo del año 2000, con la posibilidad de que ello se lleve a cabo con posterioridad, si por las tareas pendientes a cargo de alguna comisión o comité, así se considerase necesario. En caso de que se presenten controversias sobre la distribución de las competencias de las comisiones, la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos resolverá lo conducente. En todo caso, la LVIII Legislatura integrará las comisiones conforme lo dispone el proyecto de decreto del presente dictamen.

En virtud de que la generación de condiciones para que el personal de carrera adquiera experiencia es un elemento que se busca con esta reforma, el proyecto de decreto reconoce que se respetarán los derechos contractuales de los que hoy desempeñan las funciones de secretarios técnicos y demás personal de las comisiones. A su vez, serán adscritos por acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, de conformidad con la reestructuración de comisiones.

En el proyecto aquí descrito se establece que en tanto se expide y aplica el estatuto, la conferencia propondrá al pleno la designación de los secretarios de servicios parlamentarios y de servicios administrativos y financieros, así como del coordinador de comunicación social. Para alcanzar sólidos acuerdos, en relación con dichos nombramientos, se propone que los titulares de dichos órganos técnicos sean designados por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes en el pleno. Ninguno de los funcionarios permanecerá más allá de la LVII Legislatura, a menos que sean reelectos por la nueva legislatura.

De igual manera, el régimen transitorio establece las reglas a que, por única vez, se sujetarán los nombramientos de los secretarios de servicios parlamentarios y administrativos y financieros, por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes en el pleno, a propuesta de la conferencia.

Finalmente, se salvaguardan los derechos laborales del personal que actualmente colabora con la Cámara.

En virtud de lo expuesto a esta honorable Asamblea: los diputados que suscribimos el presente dictamen consideramos que las reformas que se contiene en el proyecto de decreto, concretan las legítimas aspiraciones manifestadas desde el principio de esta legislatura por las fuerzas políticas representadas en la Cámara de Diputados, en el sentido de reformar el marco jurídico que rige su organización y funcionamiento, a efecto de establecer una estructura orgánica y los procedimientos básicos que le permitan enfrentar sus tareas de manera eficaz.

Estimamos que con la presentación al pleno de este documento se estará en posibilidad de que el mismo conozca y analice una serie de propuestas que tienden a procurar soluciones para problemas que se han gestado en el crecimiento del número de los integrantes de este cuerpo colegiado, la repercusión del sistema electoral en la integración plural del mismo, la necesidad de profundizar en el ejercicio de las atribuciones que la Constitución General de la República nos concede, en la obsolescencia de muchas de las disposiciones expedidas para regir nuestros trabajos y en el olvido normativo de las estructuras de servicios técnicos y administrativos que requiere una asamblea con la dimensión y las tareas de nuestra Cámara de Diputados.

Sabemos que como cualquier obra humana, el resultado del esfuerzo que hemos realizado puede contener imperfecciones que podrán detectarse con base en el análisis acucioso de los representantes populares que deben aprobarla y que se regirán conforme a sus mandatos, así como por la experiencia que se extraiga de su aplicación misma. Sin demérito de lo anterior, sí nos atrevemos a afirmar que los preceptos del presente dictamen superan definitivamente las deficiencias e insuficiencias más notorias y graves de nuestra Ley Orgánica en vigor; asimismo, introducen en las instituciones parlamentarias mexicanas una serie de figuras que son producto del conocimiento y estudio de los precedentes históricos en la materia, de hechos recientes de nuestra coyuntura política y su desarrollo previsible, así como de la consideración de las instituciones y el derecho parlamentario de otros estados del mundo, particularmente aquéllos con cuerpos colegiados que integran a más de cuatro centenas de legisladores y a fuerzas políticas de sistemas multipartidistas.

152,153,154

En virtud de lo expuesto y argumentado, con fundamento en lo previsto por los artículos 50, 54 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General, y en los artículos 85, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Que reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo único. Se reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

TITULO SEGUNDO

De la organización y funcionamiento
de la Cámara de Diputados

CAPITULO I

De la sesión constitutiva de la Cámara

Artículo 15:

1. En el año de la elección para la renovación de la Cámara, el Secretario General de la misma:

a) Hará el inventario de las copias certificadas de las constancias de mayoría y validez que acrediten a los diputados electos por el principio de mayoría relativa y de las copias certificadas de las constancias de asignación proporcional, expedidas en los términos de la ley de la materia; así como de las notificaciones de las sentencias inatacables del órgano jurisdiccional electoral sobre los comicios de diputados;
b) Entregará, a partir del 20 y hasta el 28 de agosto, las credenciales de identificación y acceso de los diputados electos a la sesión constitutiva, con base en las constancias de mayoría y validez y de asignación proporcional, en los términos del inciso anterior;

c) Preparará la lista de los diputados electos a la nueva legislatura, para todos los efectos de la sesión constitutiva de la Cámara y

d) Elaborará la relación de los integrantes de la legislatura que con anterioridad hayan ocupado el cargo de legislador federal, distinguiéndolos por orden de antigüedad en el desempeño de esa función y señalando las legislaturas a las que hayan pertenecido, así como su edad.

2. Los diputados electos con motivo de los comicios federales ordinarios para la renovación de la Cámara que hayan recibido su constancia de mayoría y validez, así como los diputados electos que figuren en la constancia de asignación proporcional expedida a los partidos políticos, de conformidad con lo previsto en la ley de la materia, se reunirán en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados el día 29 de agosto de ese año, a las 11:00 horas, con objeto de celebrar la sesión constitutiva de la Cámara que iniciará sus funciones el día 1o. de septiembre.

3. El Secretario General de la Cámara notificará a los integrantes de la nueva legislatura, la fecha señalada en el párrafo anterior para la celebración de la sesión constitutiva, al momento de entregar las credenciales de identificación y acceso. A su vez, mandará publicar avisos en el Diario Oficial de la Federación y en los medios impresos de mayor circulación en la República en torno al contenido de dicha disposición.

4. En los términos de los supuestos previstos por esta ley para la conformación de los grupos parlamentarios, los partidos políticos cuyos candidatos hayan obtenido su constancia de mayoría y validez o que hubieren recibido constancia de asignación proporcional, comunicarán a la Cámara, por conducto de su secretario general, a más tardar el 28 de agosto del año de la elección, la integración de su grupo parlamentario, con los siguientes elementos:

a) La denominación del grupo parlamentario;

b) El documento en el que consten los nombres de los diputados electos que lo forman y

c) El nombre del coordinador del grupo parlamentario.

Artículo 16:

1. Para la conducción de la sesión constitutiva de la Cámara habrá una mesa de decanos, constituida por un presidente, tres vicepresidentes y tres secretarios.

2. La mesa de decanos se integra por los diputados electos presentes que hayan desempeñado con mayor antigüedad la responsabilidad de legislador federal. En caso de presentarse antigüedades iguales, la precedencia se establecerá en favor de quienes hayan pertenecido al mayor número de legislaturas y, en su caso, a los de mayor edad. El diputado electo que cuente con mayor antigüedad será el presidente de la mesa de decanos. Serán vicepresidentes los diputados electos que cuenten con las tres siguientes mayores antigüedades, procurando reflejar la pluralidad de la conformación de la Cámara. En calidad de secretarios les asistirán los siguientes tres diputados electos que cuenten con las sucesivas mayores antigüedades.

3. Presentes los diputados electos en el salón de sesiones para la celebración de la sesión constitutiva, el secretario general de la Cámara informará que cuenta con la documentación relativa a los diputados electos, las credenciales de identificación y acceso de los mismos, la lista completa de los legisladores que integrarán la Cámara y la identificación de la antigüedad en cargos de legislador federal de cada uno de ellos, y mencionará por su nombre a quienes corresponda integrar la mesa de decanos, solicitándoles que ocupen su lugar en el presidium.

4. El Presidente ordenará la comprobación del quorum y uno de los secretarios procederá a comprobarlo a efecto de celebrar la sesión constitutiva. Declarado éste, el presidente de la mesa de decanos abrirá la sesión. En seguida, se dará a conocer el orden del día, mismo que se ceñirá al cumplimiento de los siguientes puntos: declaración del quorum; protesta constitucional del presidente de la mesa de decanos; protesta constitucional de los diputados electos presentes; elección de los integrantes de la mesa directiva; declaración de la legal constitución de la Cámara; cita para sesión del Congreso General y designación de comisiones de cortesía para el ceremonial de esa sesión.

5. El presidente de la mesa de decanos se pondrá de pie y al efecto harán lo propio los demás integrantes de la Cámara. Aquél prestará la siguiente protesta con el brazo derecho extendido: "protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado a la (número ordinal) legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, que el pueblo me ha conferido, así como la responsabilidad de presidente de la mesa de decanos de la Cámara, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión. Si así no lo hago, que la nación me lo demande".

6. El resto de los integrantes de la Cámara permanecerá de pie y el presidente de la mesa de decanos les tomará la protesta siguiente: "¿Protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado a la (número ordinal) legislatura del Congreso de la Unión, que el pueblo les ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?" Los diputados electos responderán, con el brazo derecho extendido: "¡Sí, protesto!" El presidente de la mesa de decanos, a su vez, contestará: "Si no lo hacen así, que la nación se los demande".

7. Una vez que se hayan rendido las protestas constitucionales referidas en los dos párrafos anteriores, se procederá a la elección de la mesa directiva de la Cámara, de conformidad con lo dispuesto en esta ley.

8. Realizadas las votaciones y declarados los resultados para la elección de la mesa directiva de la Cámara, quienes hubieren resultado electos rendirán la protesta correspondiente ante el presidente de la mesa de decanos.

9. Puestos de pie los integrantes de la Cámara, el presidente de la mesa de decanos, quien permanecerá sentado, tomará protesta a los integrantes de la mesa directiva, conforme a la siguiente fórmula: "¿Protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente los cargos de presidente, vicepresidentes y secretarios de la (número ordinal) legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con que se les ha confiado, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?" Los miembros de la mesa directiva responderán, con el brazo derecho extendido: "¡Sí, protesto!" El presidente de la mesa de decanos contestará: "Si no lo hacen así, que la nación se los demande".

10. Rendida la protesta por la mesa directiva, el presidente de la mesa de decanos los invitará a que ocupen el lugar que les corresponde en el presidium y los miembros de ésta tomarán su sitio en el salón de sesiones.

11. La elección de la mesa directiva se le comunicará al Presidente de la República, a la Cámara de Senadores, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a los órganos legislativos de los estados y del Distrito Federal.

12. En el supuesto de que la mesa de decanos deba actuar como mesa directiva, en tanto se concretan los entendimientos necesarios para elegir ésta, se harán las comunicaciones pertinentes a que se refiere el párrafo anterior.

Artículo 17:

1. El presidente de la mesa directiva declarará constituida la Cámara de Diputados, mediante la siguiente fórmula: "la Cámara de Diputados del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, correspondiente a la (número ordinal) legislatura, se declara legalmente constituida para el desempeño de sus funciones".

2. En seguida, citará para la sesión de Congreso General correspondiente a la apertura del primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio legislativo, que deberá celebrarse a las 10:00 horas, del 1o. de septiembre del año que corresponda.

3. A su vez, hará la designación de las comisiones de cortesía que estime procedentes para el ceremonial de la sesión de Congreso General, tomando en cuenta el criterio de proporcionalidad en función de la integración del pleno.
4. Una vez constituida la Cámara y para la celebración de las sesiones de apertura de Congreso General, que se den con posterioridad a la de inicio de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio legislativo, el presidente de la mesa directiva formulará las citas correspondientes para las 10:00 horas de las fechas señaladas en los artículos 65 y 66 constitucionales.

5. Los diputados que se presenten o sean llamados al ejercicio del cargo, con posterioridad a la sesión constitutiva de la Cámara, rendirán la protesta constitucional ante el presidente de la mesa directiva en los términos de la fórmula prevista en esta ley.


CAPITULO II

De la mesa directiva

SECCION PRIMERA

De su integración, duración y elección

Artículo 18:

1. La mesa directiva de la Cámara de Diputados será electa por el pleno; se integrará con un presidente, tres vicepresidentes y tres secretarios; durarán en sus funciones un año y podrán ser reelectos.

2. La Cámara elegirá a la mesa directiva por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, mediante una lista que contenga los nombres de los propuestos con sus respectivos cargos.

3. La elección de los integrantes de la mesa directiva se hará por cédula o utilizando el sistema de votación electrónica.

4. Para la elección de la mesa directiva, los grupos parlamentarios postularán a quienes deban integrarla, conforme a los criterios establecidos en el artículo 19.

5. Los coordinadores de los grupos parlamentarios no podrán formar parte de la mesa directiva de la Cámara.

6. En el caso de que a las 12:00 horas del día 31 de agosto del año de inicio de legislatura no se hubiere electo a la mesa directiva conforme a lo dispuesto en los párrafos que anteceden, la mesa de decanos ejercerá las atribuciones y facultades que la ley otorga a aquélla y a sus integrantes, según correspond, y su presidente citará a la sesión de instalación de Congreso. La mesa de decanos no podrá ejercer dichas atribuciones más allá del 5 de septiembre.

155,156,157

7. La elección de los integrantes de la mesa directiva para el segundo y tercer año de ejercicio de la legislatura, se llevará a cabo durante la sesión preparatoria de la Cámara que inicia dichos periodos. El proceso será conducido por los integrantes de la mesa directiva que concluye su ejercicio. Si en dicha sesión no se alcanza la mayoría calificada requerida, esta mesa continuará en funciones hasta el día 5 del siguiente mes con el fin de que se logren los entendimientos necesarios.

Artículo 19:

1. En la formulación de la lista para la elección de los integrantes de la mesa directiva los grupos parlamentarios cuidarán que los candidatos cuenten con una trayectoria y comportamiento que acrediten prudencia, tolerancia y respeto en la convivencia política, así como experiencia en la conducción de asambleas.

Artículo 20:

1. En las ausencias temporales del presidente de la mesa directiva, los vicepresidentes lo sustituirán de conformidad con el orden de prelación establecido en la lista electa. De igual forma se procederá para cubrir las ausencias temporales de los demás integrantes de la directiva.

2. Si las ausencias del presidente fueren mayores a 21 días en periodos de sesiones o de 45 en periodos de receso, la mesa directiva acordará la designación del "vicepresidente en funciones de presidente" y se considerará vacante el cargo hasta la elección correspondiente, para cumplir con el periodo para el que fue elegida la mesa directiva. Asimismo y para tal efecto, las ausencias por dichos plazos de sus demás integrantes serán consideradas vacantes y se procederá a la elección respectiva.

3. Toda elección de integrante de la mesa se realizará mediante el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes en el pleno.
4. Los integrantes de la mesa directiva sólo podrán ser removidos con el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes de la Cámara, por las siguientes causas:

a) Transgredir en forma grave o reiterada las disposiciones contenidas en la Constitución y esta ley;

b) Incumplir los acuerdos del pleno, cuando se afecten las atribuciones constitucionales y legales de la Cámara y

c) Dejar de asistir, reiteradamente y sin causa justificada, a las sesiones de la Cámara o a las reuniones de la mesa directiva.

SECCION SEGUNDA

De sus atribuciones

Artículo 21:

1. La mesa directiva conduce las sesiones de la Cámara y asegura el debido desarrollo de los debates, discusiones y votaciones del pleno; garantiza que en los trabajos legislativos prevalezca lo dispuesto en la Constitución y la ley.

2. La mesa directiva observará en su actuación los principios de imparcialidad y objetividad y tendrá las siguientes atribuciones:

a) Asegurar el adecuado desarrollo de las sesiones del pleno de la Cámara;

b) Realizar la interpretación de las normas de esta ley y de los demás ordenamientos relativos a la actividad parlamentaria que se requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, así como para la adecuada conducción de la sesión;

c) Formular y cumplir el orden del día para las sesiones, el cual distinguirá claramente los asuntos que requieren votación de aquéllos otros solamente deliberativos o de trámite, conforme al calendario legislativo establecido por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;

d) Determinar durante las sesiones las modalidades que puedan adaptarse en los debates, discusiones y deliberaciones, tomando en cuenta las propuestas de los grupos parlamentarios;

e) Cuidar que los dictámenes, propuestas, mociones, comunicados y demás escritos, cumplan con las normas que regulan su formulación y presentación;

f) Determinar las sanciones con relación a las conductas que atenten contra la disciplina parlamentaria;

g) Designar las comisiones de cortesía que resulten pertinentes para cumplir con el ceremonial;

h) Elaborar el anteproyecto de la parte relativa del estatuto por el cual se normará el servicio de carrera parlamentaria, a efecto de que la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos lo considere para la redacción del proyecto de dicho instrumento normativo e

i) Las demás que le atribuye esta ley, los ordenamientos aplicables y los acuerdos de la Cámara.

Artículo 22:

1. La mesa directiva es dirigida y coordinada por el presidente; se reunirá por lo menos una vez a la semana durante los periodos de sesiones y con la periodicidad que acuerde durante los recesos.

2. Como órgano colegiado, la mesa directiva adoptará sus decisiones por consenso y, en caso de no lograrse el mismo, por la mayoría absoluta de sus integrantes. En caso de empate, el presidente de la mesa tendrá voto de calidad.

3. A las reuniones de la mesa concurrirá el secretario general de la Cámara, con voz pero sin voto, quien preparará los documentos necesarios para las reuniones, levantará el acta correspondiente y llevará el registro de los acuerdos que se adopten.

SECCION TERCERA

De su presidente

Artículo 23:

1. El presidente de la mesa directiva es el presidente de la Cámara de Diputados y expresa su unidad. Garantiza el fuero constitucional de los diputados y vela por la inviolabilidad del recinto legislativo.

2. El presidente conduce las relaciones institucionales con la Cámara de Senadores, con los otros dos poderes de la Unión, los poderes de los estados y las autoridades locales del Distrito Federal. Asimismo, tiene la representación protocolaria de la Cámara en el ámbito de la diplomacia parlamentaria.

3. El presidente, al dirigir las sesiones, velará por el equilibrio entre las libertades de los legisladores y de los grupos parlamentarios y la eficacia en el cumplimiento de las funciones constitucionales de la Cámara; asimismo, hará prevalecer el interés general de la Cámara por encima de los intereses particulares o de grupo.

4. El presidente responderá sólo ante el pleno cuando en el ejercicio de sus atribuciones se aparte de las disposiciones que las rigen.

Artículo 24:

1. Son atribuciones del presidente de la mesa directiva las siguientes:

a) Presidir las sesiones del Congreso General; las de la Comisión Permanente cuando esa función corresponda a la Cámara de Diputados y las reuniones de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;

b) Citar, abrir, prorrogar, suspender y levantar las sesiones del pleno; y aplazar la celebración de las mismas en los términos de la parte final del artículo 68 constitucional;

c) Conceder el uso de la palabra; dirigir los debates, discusiones y deliberaciones; ordenar se proceda a las votaciones y formular la declaratoria correspondiente;

d) Disponer lo necesario para que los diputados se conduzcan conforme a las normas que rigen el ejercicio de sus funciones;

e) Exigir orden al público asistente a las sesiones e imponerlo cuando hubiere motivo para ello;

f) Dar curso a los asuntos y negocios en términos de la normatividad aplicable y determinar los trámites que deban recaer sobre las cuestiones con que se dé cuenta a la Cámara;

g) Firmar, junto con uno de los secretarios y con el presidente y uno de los secretarios de la Cámara de Senadores, las leyes y decretos que expida el Congreso General; y suscribir, también con uno de los secretarios, los decretos, acuerdos y resoluciones de la Cámara;

h) Convocar a las reuniones de la mesa directiva de la Cámara, a las de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y cumplir las resoluciones que le correspondan;

i) Comunicar al secretario general de la Cámara las instrucciones, observaciones y propuestas que sobre las tareas a su cargo formule la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;

j) Firmar junto con el secretario general los acuerdos de la mesa directiva;

k) Firmar la correspondencia y demás comunicaciones de la Cámara;

l) Tener la representación legal de la Cámara y delegarla en la persona o personas que resulte necesario;

m) Acordar con el titular de la Coordinación de Comunicación Social los asuntos que le competen;

n) Requerir a los diputados que no asistan, a concurrir a las sesiones de la Cámara y comunicar al pleno, en su caso, las medidas o sanciones que correspondan con fundamento en los artículos 63 y 64 constitucionales;

o) Ordenar el auxilio de la fuerza pública en los casos que resulten necesarios y

p) Las demás que le atribuyan la Constitución General de la República, esta ley y los demás ordenamientos relativos a la actividad parlamentaria.

2. Asimismo, conforme a la declaración de presidente electo de los Estados Unidos Mexicanos que hubiere hecho el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, corresponde al presidente de la Cámara disponer la elaboración inmediata del bando solemne; darlo a conocer al pleno en la sesión más próxima; ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Federación; y tomar las medidas necesarias para que se difunda en los periódicos oficiales de las entidades federativas y se fije en las principales oficinas públicas de los estados, del Distrito Federal y de los municipios.

SECCION CUARTA

De los vicepresidentes y de los secretarios

Artículo 25:

1. Los vicepresidentes asisten al presidente de la Cámara en el ejercicio de sus funciones.

2. Las representaciones protocolarias de la Cámara podrán ser asumidas por uno de los vicepresidentes, quien será nombrado para tal efecto por el presidente.

Artículo 26:

1. Los secretarios de la mesa directiva de la Cámara tendrán las atribuciones siguientes:

a) Asistir al presidente de la Cámara en las funciones relacionadas con la conducción de las sesiones del pleno;

b) Comprobar el quorum de las sesiones del pleno, llevar a cabo el cómputo y registro de las votaciones y dar a conocer el resultado de éstas. Al efecto, tendrán a su cargo la supervisión del sistema electrónico de asistencia y votación;

c) Dar lectura a los documentos y desahogar los trámites parlamentarios, en los términos dispuestos por el presidente de la Cámara;

d) Supervisar los servicios parlamentarios relacionados con la celebración de las sesiones del pleno, a fin de que se impriman y distribuyan oportunamente entre los diputados las iniciativas y dictámenes; se elabore el acta de las sesiones y se ponga a la consideración del presidente de la Cámara; se lleve el registro de las actas en el libro correspondiente; se conformen y mantengan al día los expedientes de los asuntos competencia del pleno; se asienten y firmen los trámites correspondientes en dichos expedientes; se integren los libros de los registros cronológico y textual de las leyes y decretos que expida el Congreso General o de los decretos que expida la Cámara y se imprima y distribuya el Diario de los Debates;

158,159,160

e) Firmar junto con el presidente, las leyes y decretos expedidos por la Cámara y, en su caso, por el Congreso, así como los acuerdos y demás resoluciones de la propia Cámara;

f) Expedir las certificaciones que disponga el presidente de la Cámara y

g) Las demás que se deriven de esta ley y los ordenamientos relativos a la actividad parlamentaria o que les confiera el presidente de la Cámara.

2. La mesa directiva acordará el orden de actuación y desempeño de los secretarios en las sesiones del pleno.

CAPITULO III

De los grupos parlamentarios

Artículo 27:

1. En los términos del artículo 70 constitucional, el grupo parlamentario es el conjunto de diputados según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas en la Cámara.

2. El grupo parlamentario se integra por lo menos con cinco diputados y sólo podrá haber uno por cada partido político nacional representado en la Cámara.

3. En la primera sesión ordinaria de la legislatura, cada grupo parlamentario, de conformidad con lo que dispone esta ley, entregará a la Secretaría General la documentación siguiente:

a) Acta en la que conste la decisión de sus miembros de constituirse en grupo, con especificación del nombre del mismo y lista de sus integrantes;

b) Las normas acordadas por los miembros del grupo para su funcionamiento interno, en los términos de los estatutos del partido político en el que militen y

c) Nombre del diputado que haya sido designado como coordinador del grupo parlamentario y los nombres de quienes desempeñen otras actividades directivas.

4. El secretario general hará publicar los documentos constitutivos de los grupos parlamentarios.

Artículo 28:

1. El coordinador expresa la voluntad del grupo parlamentario; promueve los entendimientos necesarios para la elección de los integrantes de la mesa directiva y participa con voz y voto en la Junta de Coordinación Política y en la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

2. Durante el término de la legislatura, el coordinador del grupo parlamentario comunicará a la mesa directiva las modificaciones que ocurran en la integración de su grupo. Con base en las comunicaciones de los coordinadores de los grupos parlamentarios, el presidente de la Cámara llevará el registro del número de integrantes de cada uno de ellos y sus modificaciones. Dicho número será actualizado en forma permanente y servirá para los cómputos que se realizan por el sistema de voto ponderado.

Artículo 29:

1. Para el ejercicio de las funciones constitucionales de sus miembros, los grupos parlamentarios proporcionan información, otorgan asesoría y preparan los elementos necesarios para articular el trabajo parlamentario de aquéllos.

Artículo 30:

1. De conformidad con la representación de cada grupo parlamentario, la Junta de Coordinación Política acordará la asignación de recursos y locales adecuados a cada uno de ellos. Adicionalmente a esas asignaciones, la Junta de Coordinación Política dispondrá una subvención mensual para cada grupo parlamentario, integrada por una suma fija de carácter general y otra variable, en función del número de diputados que los conformen.

2. La cuenta anual de las subvenciones que se asignen a los grupos parlamentarios se incorporará a la Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para efectos de las facultades que competen al órgano de fiscalización previsto en el artículo 74 constitucional. De dicho documento se remitirá un ejemplar a la contraloría interna de la Cámara.

3. La ocupación de los espacios y las curules en el salón de sesiones se hará de forma que los integrantes de cada grupo parlamentario queden ubicados en un área regular y continua. La asignación definitiva de las áreas que correspondan a los grupos estará a cargo de la mesa directiva de la Cámara. Para ello, los coordinadores de los grupos formularán proposiciones de ubicación. En todo caso, la mesa directiva resolverá con base en la representatividad en orden decreciente de cada grupo, el número de grupos conformados y las características del salón de sesiones.

Artículo 31:

1. Los diputados que no se inscriban o dejen de pertenecer a un grupo parlamentario sin integrarse a otro existente, serán considerados como diputados sin partido, debiéndoseles guardar las mismas consideraciones que a todos los legisladores y apoyándolos en lo individual, conforme a las posibilidades de la Cámara, para que puedan desempeñar sus atribuciones de representación popular.

CAPITULO IV

De la Junta de Coordinación Política

SECCION PRIMERA

De su integración

Artículo 32:

1. La Junta de Coordinación Política se integra con los coordinadores de cada grupo parlamentario.

2. Será presidente de la junta, por el término de la legislatura, el coordinador de aquel grupo parlamentario que por sí mismo cuente con la mayoría absoluta en la Cámara.

3. En el caso de que ningún grupo parlamentario se encuentre en el supuesto señalado en el párrafo anterior, la responsabilidad de presidir la junta tendrá una duración anual. Esta encomienda se desempeñará sucesivamente por los coordinadores de los grupos, en orden decreciente del número de legisladores que los integren.

Artículo 33:

1. En caso de ausencia temporal o definitiva del presidente de la junta, el grupo parlamentario al que pertenezca informará de inmediato, tanto al presidente de la Cámara, como a la propia junta, el nombre del diputado que lo sustituirá.

2. Los integrantes de la junta podrán ser sustituidos temporalmente de conformidad con las reglas internas de cada grupo parlamentario.

SECCION SEGUNDA

De su naturaleza y atribuciones

Artículo 34:

1. La Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara; por tanto, es el órgano colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar acuerdos para que el pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden.

Artículo 35:

1. A la junta le corresponden las atribuciones siguientes:

a) Impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas, iniciativas o minutas que requieran de su votación en el pleno, a fin de agilizar el trabajo legislativo;

b) Presentar a la mesa directiva y al pleno proyectos de puntos de acuerdo, pronunciamientos y declaraciones de la Cámara que entrañen una posición política del órgano colegiado;

c) Proponer al pleno la integración de las comisiones, con el señalamiento de la conformación de sus respectivas mesas directivas, así como la designación de delegaciones para atender la celebración de reuniones interparlamentarias con órganos nacionales de representación popular de otros países o de carácter multilateral; con respecto a estas reuniones, en los recesos, la Junta de Coordinación Política podrá hacer la designación a propuesta de su presidente;

d) Presentar al pleno, para su aprobación, el anteproyecto de presupuesto anual de la Cámara;

e) Elaborar y proponer a la conferencia para la dirección y programación de los trabajos legislativos el anteproyecto de la parte relativa del estatuto por el cual se normará el servicio de carrera administrativo y financiero, a efecto de que lo considere para la redacción del proyecto de dicho instrumento normativo;

f) Asignar, en los términos de esta ley, los recursos humanos, materiales y financieros, así como los locales que correspondan a los grupos parlamentarios y

g) Las demás que le atribuyen esta ley o los ordenamientos relativos.

Artículos 36:

1. La junta deberá instalarse, a más tardar, en la segunda sesión ordinaria que celebre la Cámara al inicio de la legislatura. Sesionará por lo menos una vez a la semana durante los periodos de sesiones y con la periodicidad que acuerde durante los recesos. Adoptará sus decisiones por mayoría absoluta mediante el sistema de voto ponderado, en el cual los respectivos coordinadores representarán tantos votos como integrantes tenga su grupo parlamentario.

2. A las reuniones de la junta concurrirá el secretario general de la Cámara, con voz pero sin voto, quien preparará los documentos necesarios para las reuniones, levantará el acta correspondiente y llevará el registro de los acuerdos que se adopten.

SECCION TERCERA

Del presidente de la Junta de
Coordinación Política

Artículo 37:

1. Corresponden al presidente de la Junta de Coordinación Política las atribuciones siguientes:
a) Convocar y conducir las reuniones de trabajo que celebre;

b) Velar por el cumplimiento de las decisiones y acuerdos que se adopten;

c) Poner a consideración de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos criterios para la elaboración del programa de cada periodo de sesiones, el calendario para su desahogo y puntos del orden del día de las sesiones del pleno;

d) Disponer la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual y

e) Las demás que se deriven de esta ley o que le sean conferidos por la propia junta.

CAPITULO V

De la Conferencia para la Dirección
y Programación de los Trabajos
Legislativos

Artículo 38:

1. La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos se integra con el presidente de la Cámara y los miembros de la Junta de Coordinación Política. A sus reuniones podrán ser convocados los presidentes de comisiones, cuando exista un asunto de su competencia.

2. El presidente de la Cámara preside la conferencia y supervisa el cumplimiento de sus acuerdos por parte de la Secretaría General.

3. La conferencia deberá quedar integrada a más tardar al día siguiente de que se haya constituido la Junta de Coordinación Política. Se reunirá por lo menos cada 15 días en periodos de sesiones y cuando así lo determine durante los recesos; en ambos casos, a convocatoria de su presidente o a solicitud de los coordinadores de por lo menos tres grupos parlamentarios.

4. La conferencia adoptará sus resoluciones por consenso; en caso de no alcanzarse éste, se tomarán por mayoría absoluta mediante el sistema de voto ponderado de los coordinadores de los grupos parlamentarios. El presidente de la conferencia sólo votará en caso de empate.

161,162,163

5. Como secretario de la conferencia actuará el secretario general de la Cámara, quien asistirá a las reuniones con voz pero sin voto, preparará los documentos necesarios, levantará el acta correspondiente y llevará el registro de los acuerdos.

Artículo 39:

1. La conferencia tiene las siguientes atribuciones:

a) Establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones, el calendario para su desahogo, la integración de la propuesta de los órdenes del día de cada sesión, así como las modalidades que regirán los debates, discusiones y deliberaciones;

b) Proponer al pleno el proyecto de estatuto que regirá la organización y funcionamiento de la Secretaría General, de las secretarías de servicios parlamentarios y de servicios administrativos y financieros y demás centros y unidades, así como lo relativo a los servicios de carrera, en los términos previstos en esta ley;

c) Impulsar el trabajo de las comisiones para la elaboración y el cumplimiento de los programas legislativos;

d) Llevar al pleno, para su aprobación, los nombramientos de secretario general y de contralor de la Cámara, en los términos que señala esta ley y

e) Las demás que se derivan de esta ley y de los ordenamientos relativos.

CAPITULO VI

De las comisiones y los comités

SECCION PRIMERA

De las comisiones

Artículo 40:

1. Las comisiones son órganos constituidos por el pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.
2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura y son las siguientes:

I. Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural;

II. Asuntos Indígenas;

III. Atención a Grupos Vulnerables;

IV. Comercio y Fomento Industrial;

V. Comunicaciones y Transportes;

VI. Defensa Nacional;

VII. Desarrollo Social y Vivienda;

VIII. Educación Pública, Cultura y Ciencia y Tecnología;

IX. Energía;

X. Equidad y Género;

XI. Fomento Cooperativo y Economía Social;

XII. Gobernación, Población y Seguridad Pública;

XIII. Hacienda y Crédito Público;

XIV. Justicia y Derechos Humanos;

XV. Marina;

XVI. Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca;

XVII. Presupuesto y Cuenta Pública;

XVIII. Puntos Constitucionales y Sistema Federal;

XIX. Reforma Agraria;

XX. Relaciones Exteriores;

XXI. Salud y Seguridad Social;

XXII. Trabajo y Previsión Social y

XXIII. Turismo;

3. Las comisiones ordinarias establecidas en el párrafo anterior, tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Artículo 41:

1. Las comisiones ordinarias que se establecen en este artículo desarrollan las tareas específicas que en cada caso se señalan.

2. La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, se integra con 20 miembros de entre los diputados de mayor experiencia legislativa y todos los grupos parlamentarios estarán representados en la misma. Se encargará de:

a) Preparar proyectos de ley o de decreto para adecuar las normas que rigen las actividades camarales;

b) Dictaminar las propuestas que se presenten en esta materia y de resolver las consultas que en el mismo ámbito decidan plantearle los órganos de legisladores constituidos en virtud de este ordenamiento y

c) Impulsar y realizar los estudios que versen sobre disposiciones normativas, regímenes y prácticas parlamentarias.

3. La Comisión del Distrito Federal, tiene a su cargo tareas de dictamen legislativo y de información para el ejercicio de las atribuciones de la Cámara previstas en el apartado A del artículo 122 constitucional.

4. La Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda realiza las tareas que le marcan la Constitución y la correspondiente ley reglamentaria.

5. La Comisión Jurisdiccional se integrará por un mínimo de 12 diputados y un máximo de 16, a efecto de que entre ellos se designen a los que habrán de conformar, cuando así se requiera, la sección instructora encargada de las funciones a que se refiere la ley reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución en materia de responsabilidades de los servidores públicos.

Artículo 42:

1. Las comisiones de investigación se constituyen con carácter transitorio para el ejercicio de la facultad a que se refiere el párrafo tercero del artículo 93 constitucional.

Artículo 43:

1. El pleno podrá acordar la constitución de comisiones especiales cuando se estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico. El acuerdo que las establezca señalará su objeto, el número de los integrantes que las conformarán y el término para efectuar las tareas que se les hayan encomendado. Cumplido su objeto se extinguirán y, en todo caso, con el fin del mandato de la legislatura. En los supuestos en que se haya agotado el objeto de una comisión especial o al término de la legislatura, el secretario general de la Cámara informará lo conducente a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, la cual hará la declaración de su extinción.

SECCION SEGUNDA

De su integración

Artículo 44:

1. Las comisiones ordinarias se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la legislatura, tendrán hasta 30 miembros y el encargo de sus integrantes será por el término de la misma. Ningún diputado pertenecerá a más de dos de ellas; para estos efectos, no se computará la pertenencia a las comisiones jurisdiccional y a las de investigación.

2. Para la integración de las comisiones, la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y formulará las propuestas correspondientes, con base en el criterio de proporcionalidad entre la integración del pleno y la conformación de las comisiones.

3. Al proponer la integración de las comisiones, la junta señalará en quiénes recaerá la responsabilidad de presidirlas y de fungir como secretarios. Al hacerlo, cuidará que su propuesta incorpore a los diputados pertenecientes a los distintos grupos parlamentarios, de tal suerte que se refleje la proporción que representen en el pleno y tome en cuenta los antecedentes y la experiencia legislativa de los diputados.

4. En caso de que la dimensión de algún grupo parlamentario no permita la participación de sus integrantes como miembros de la totalidad de las comisiones, se dará preferencia a su inclusión en las que solicite el coordinador del grupo correspondiente.

5. Si un diputado se separa del grupo parlamentario al que pertenecía en el momento de conformarse las comisiones, el coordinador del propio grupo podrá solicitar su sustitución.

6. Los integrantes de la mesa directiva de la Cámara no formarán parte de las comisiones.

SECCION TERCERA

Disposiciones complementarias

Artículo 45:

1. Los miembros de las comisiones están obligados a acudir puntualmente a sus reuniones y sólo podrán faltar por causa justificada y debidamente comunicada.

2. El coordinador del grupo parlamentario al que pertenezcan los diputados miembros de las comisiones, podrá solicitar su sustitución temporal o definitiva.

3. Las comisiones contarán para el desempeño de sus tareas, con el espacio necesario para el trabajo de su mesa directiva y para la celebración de sus reuniones plenarias.

4. Para el despacho de las iniciativas que se les turnen y para formular los informes que les requiera el pleno, las comisiones podrán establecer subcomisiones o grupos de trabajo. En la constitución de las subcomisiones se buscará reflejar la pluralidad de los grupos parlamentarios representados en la comisión.

Artículo 46:

1. Los presidentes de comisiones, por acuerdo de éstas, podrán solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal cuando se trate un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos que las rigen.

2. No procederá la solicitud de información o documentación, cuando una u otra tengan el carácter de reservada conforme a las disposiciones aplicables.

3. El titular de la dependencia o entidad estará obligado a proporcionar la información en un plazo razonable; si la misma no fuere remitida, la comisión podrá dirigirse oficialmente en queja al titular de la dependencia o al señor Presidente de la República.

4. Las comisiones ordinarias cuya materia se corresponde con los ramos de la Administración Pública Federal harán el estudio del informe a que se refiere el primer párrafo del artículo 93 constitucional, según su competencia respectiva. Al efecto, formularán un documento en el que consten las conclusiones de su análisis. En su caso, podrán requerir mayor información del ramo o solicitar la comparecencia de un representante de la dependencia ante la propia comisión. En los casos en que de las conclusiones se desprendan situaciones que por su importancia o trascendencia requieran la presencia en la Cámara del titular de la dependencia, la comisión podrá solicitar al presidente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos que el secretario del despacho o jefe de departamento administrativo correspondiente comparezca ante el pleno.

5. Asimismo, las comisiones a que se refiere el párrafo anterior y de acuerdo a su competencia, darán opinión fundada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a más tardar el día 15 de octubre, sobre los programas presupuestales del o de los ramos correspondientes. La opinión fundada tendrá por objeto hacer aportaciones a dicha comisión sobre aspectos presupuestales específicos en relación al cumplimiento de los objetivos de los programas del correspondiente ramo de la Administración Pública Federal, para que sean considerados en la revisión de la Cuenta Pública y del dictamen de la iniciativa de Presupuesto de Egresos de la Federación que presente el Ejecutivo de la Unión.

6. Las comisiones tendrán las responsabilidades siguientes:

a) Elaborar su programa anual de trabajo;

b) Rendir un informe semestral de sus actividades a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;

164,165,166

c) Establecer y mantener un archivo de todos los asuntos que les sean turnados;

d) Sesionar cuando menos una vez al mes;

e) Resolver los asuntos que la mesa directiva de la Cámara les turne;

f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y

g) Realizar las actividades que se deriven de esta ley, de los ordenamientos aplicables, de los acuerdos tomados por el pleno de la Cámara y los que adopten por sí mismas con relación a la materia o materias de su competencia.

SECCION CUARTA

De los comités

Artículo 47:

1. Los comités son órganos para auxiliar en actividades de la Cámara que se constituyen por disposición del pleno, para realizar tareas diferentes a las de las comisiones. Tendrán la duración que señale el acuerdo de su creación.

2. Para la orientación informativa, así como para el conocimiento y atención de las peticiones que formulen los ciudadanos a la Cámara o a sus órganos, se formará el Comité de Información, Gestoría y Quejas.

3. A propuesta de la Junta de Coordinación Política, el pleno podrá constituir "grupos de amistad" para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de países con los que México sostenga relaciones diplomáticas. Su vigencia estará ligada a la de la legislatura en que se conformaron, pudiendo desde luego ser establecidos nuevamente por cada legislatura.

CAPITULO VII

De la organización técnica
y administrativa

Artículo 48:

1. Para la coordinación y ejecución de las tareas que permitan el mejor cumplimiento de las funciones legislativas y la atención eficiente de sus necesidades administrativas y financieras, la Cámara cuenta con una Secretaría General.

2. La Cámara tendrá una unidad de capacitación y formación permanente de los integrantes de los servicios parlamentarios, administrativos y financieros.

SECCION PRIMERA

De la Secretaría General de la Cámara

Artículo 49:

1. La Secretaría General observa en su actuación las disposiciones de la Constitución, de esta ley y de los ordenamientos, políticas y lineamientos respectivos y constituye el ámbito de coordinación y supervisión de los servicios de la Cámara de Diputados. La prestación de dichos servicios queda a cargo de la Secretaría de Servicios Parlamentarios y la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros.

2. El secretario general de la Cámara será nombrado por el pleno con el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, a propuesta de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el término de cada legislatura, pudiendo ser reelecto.

3. Para ser designado secretario general de la Cámara se requiere:

a) Ser mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad y estar en pleno goce de sus derechos;

b) Haber cumplido 30 años de edad;

c) Contar con título profesional legalmente expedido;

d) Acreditar conocimientos y experiencia para desempeñar el cargo;

e) No haber sido durante los últimos cinco años miembro de la dirigencia nacional, estatal o municipal de un partido político o candidato a un puesto de elección popular y

f) No haber sido condenado por delito intencional que haya ameritado pena de privación de la libertad.

4. El secretario general de la Cámara tiene las atribuciones siguientes:

a) Preparar los elementos necesarios para celebrar la sesión constitutiva de la Cámara, en los términos previstos por esta ley;

b) Fungir como secretario de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;

c) Dirigir los trabajos y supervisar el cumplimiento de las atribuciones y el correcto funcionamiento de las secretarías de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y Financieros;

d) Ejecutar en los casos que le corresponda, así como supervisar y vigilar que se cumplan las políticas, lineamientos y acuerdos de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, en la prestación de los servicios parlamentarios y administrativos y financieros;

e) Formular los programas anuales de naturaleza administrativa y financiera y

f) Informar trimestralmente a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, sobre el cumplimiento de las políticas, lineamientos y acuerdos adoptados por ésta y respecto al desempeño en la prestación de los servicios parlamentarios y administrativos y financieros.

SECCION SEGUNDA

De la Secretaría de Servicios
Parlamentarios

Artículo 50:

1. La Secretaría de Servicios Parlamentarios se integra con funcionarios de carrera y confiere unidad de acción a los servicios siguientes:

a) Servicios de asistencia técnica a la Presidencia de la mesa directiva, que comprende los de: comunicaciones y correspondencia; turnos y control de documentos; certificación y autentificación documental; instrumentos de identificación y diligencias relacionados con el fuero de los legisladores; registro biográfico de los integrantes de las legislaturas, y protocolo, ceremonial y relaciones públicas;

b) Servicios de la sesión, que comprende los de: preparación y desarrollo de los trabajos del pleno; registro y seguimiento de las iniciativas o minutas de ley o de decreto; distribución en el pleno de los documentos sujetos a su conocimiento; apoyo a los secretarios para verificar el quorum de asistencia; cómputo y registro de las votaciones; información y estadística de las actividades del pleno; elaboración, registro y publicación de las actas de las sesiones y registro de leyes y resoluciones que adopte el pleno;

c) Servicios de las comisiones, que comprende los de: organización y asistencia a cada una de ellas a través de su secretario técnico; registro de los integrantes de las mismas; seguimiento e información sobre el estado que guardan los asuntos turnados a comisiones y registro y elaboración del acta de sus reuniones;

d) Servicios del Diario de los Debates, que comprende los de: elaboración integral de la versión estenográfica; del Diario de los Debates, y de la Gaceta Parlamentaria;

e) Servicios del archivo, que comprende los de: formación, clasificación y custodia de expedientes del pleno y las comisiones y desahogo de las consultas y apoyo documental a los órganos de la Cámara y a los legisladores y

f) Servicios de bibliotecas, que comprende los de: acervo de libros; hemeroteca; videoteca; multimedia; museografía e informática parlamentaria.

2. Cada uno de los servicios establecidos en el párrafo anterior se constituye en una dirección, la cual se estructura con las oficinas que se requieran, conforme a lo que se disponga en el estatuto.

3. La Cámara contará también, en el ámbito de la Secretaría General y adscritos a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, con los Centros de Estudios de las Finanzas Públicas; de Estudios de Derecho, y de Estudios Sociales.

Artículo 51:

1. El secretario de servicios parlamentarios vela por la imparcialidad de los servicios a su cargo y realiza la compilación y registro de los acuerdos, precedentes y prácticas parlamentarias.

2. Al secretario le corresponde:

a) Asistir al secretario general en el cumplimiento de sus funciones; acordar con él los asuntos de su responsabilidad y suplirlo cuando no pueda concurrir a las reuniones de la mesa directiva;

b) Dirigir los trabajos de las áreas a él adscritas y acordar con los titulares de cada una de ellas los asuntos de su competencia;

c) Realizar estudios sobre la organización, el funcionamiento y los procedimientos de la Cámara, así como promover investigaciones de derecho parlamentario comparado y

d) Cumplir las demás funciones que le confieren esta ley y los ordenamientos relativos a la actividad parlamentaria.

SECCION TERCERA

De la Secretaría de Servicios
Administrativos y Financieros

Artículo 52:

1. La Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros se integra con funcionarios de carrera y confiere unidad de acción a los servicios siguientes:

a) Servicios de recursos humanos, que comprende los de: aspectos administrativos de los servicios de carrera; reclutamiento, promoción y evaluación permanente del personal externo a los servicios de carrera; nóminas; prestaciones sociales y expedientes laborales;

b) Servicios de tesorería, que comprende los de: programación y presupuesto; control presupuestal; contabilidad y cuenta pública; finanzas y formulación de manuales de organización y procedimientos administrativos;

c) Servicios de recursos materiales, que comprende los de: inventario, provisión y control de bienes muebles, materiales de oficina y papelería y adquisiciones de recursos materiales;

d) Servicios generales y de informática, que comprende los de: mantenimiento de bienes inmuebles; alimentación; servicios generales; apoyo técnico para adquisiciones de bienes informáticos; instalación y mantenimiento del equipo de cómputo, y asesoría y planificación informática;

e) Servicios jurídicos, que comprende los de: asesoría y atención de asuntos legales de la Cámara, en sus aspectos consultivo y contencioso;

f) Servicios de seguridad, que comprende los de: vigilancia y cuidado de bienes muebles e inmuebles; seguridad a personas y control de acceso externo e interno y

g) Servicios Médicos y de atención a diputados.

2. Cada uno de los servicios establecidos en el párrafo anterior se constituye en una dirección, la cual se estructura con las oficinas que se requieran, conforme a lo que se disponga en el estatuto.

Artículo 53:

1. El secretario de Servicios Administrativos y Financieros vela por el eficiente funcionamiento de los servicios que le competen.

2. Al Secretario le corresponde:

a) Asistir al secretario general en el cumplimiento de sus funciones; acordar con él los asuntos de su responsabilidad y suplirlo cuando no pueda concurrir a las reuniones de la Junta de Coordinación Política;

b) Dirigir los trabajos de las áreas a él adscritas y acordar con los titulares de cada una de ellas los asuntos de su competencia;

c) Realizar estudios de carácter administrativo y financiero de la Cámara y

d) Cumplir las demás funciones que le confieren esta ley y los ordenamientos relativos a la actividad administrativa y financiera.

167,168,169

SECCION CUARTA

De otros órganos técnicos
de la Cámara

Artículo 54:

1. La Cámara cuenta con su propia contraloría interna, la que tendrá a su cargo recibir quejas, realizar investigaciones, llevar a cabo auditorías y aplicar los procedimientos y sanciones inherentes a las responsabilidades administrativas de los servidores públicos de la misma. La contraloría se ubica en el ámbito de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y deberá presentar a ésta un informe trimestral sobre el cumplimiento de sus funciones. Su titular será nombrado a propuesta de dicha conferencia, por las dos terceras partes de los individuos presentes en el pleno.

Artículo 55:


1. La Coordinación de Comunicación Social tiene a su cargo la difusión de las actividades de la Cámara, sirve de enlace con los medios de comunicación y es responsable del programa de publicaciones. La coordinación depende de la presidencia de la mesa directiva. Su organización y funciones, así como la designación de su titular y del personal que la integre, se rige por lo dispuesto en el estatuto.

Artículo 56:

1. La unidad de capacitación y formación permanente de los integrantes de los servicios parlamentario, administrativo y financiero de la Cámara de Diputados es el órgano técnico responsable de la formación, actualización y especialización de los candidatos a ingresar y de los funcionarios de carrera en ambas ramas, de conformidad con el estatuto respectivo. La unidad está a cargo de un coordinador nombrado en los términos que establezca el estatuto del servicio de carrera y se estructura con las oficinas que se requieran.

SECCION QUINTA

Disposiciones generales

Artículo 57:

1. El estatuto para la Organización y Funcionamiento de las Secretarías y de los Servicios de Carrera, por lo menos deberá contener:
a) La estructura de cada una de las secretarías y sus relaciones de mando y supervisión y

b) Las tareas de las direcciones, oficinas, centros y unidades de la Cámara que integran los servicios de carrera.

Artículo 58:

1. Las normas y los procedimientos para la conformación de los servicios parlamentario, administrativo y financiero de carrera, se ajustarán a las siguientes bases:

a) Los cuerpos de la función legislativa y de la función administrativa se integran por niveles o rangos propios, diferenciados de los cargos y puestos de la estructura orgánica de la Cámara. Los niveles o rangos permiten la promoción de los miembros titulares de los cuerpos, en los cuales se desarrolla su carrera, de manera que puedan colaborar con la Cámara en su conjunto y no exclusiva ni permanentemente en algún cargo o puesto;

b) Para el ingreso a los cuerpos se deberán acreditar los requisitos que señale el estatuto y haber cumplido con los cursos que imparta la unidad de capacitación y formación permanente;

c) Los nombramientos de los titulares de los servicios parlamentario, administrativo y financiero en un nivel o rango de un cuerpo para ocupar un cargo o puesto, se regularán por las disposiciones del estatuto y

d) La permanencia y promoción de los funcionarios se sujetará a la acreditación de los exámenes de los programas de actualización y especialización que imparta la unidad, así como a los resultados de la evaluación anual que se realice en los términos que establezca el estatuto.

2. Las condiciones de trabajo y los sistemas de adscripción, movimientos a los cargos, compensaciones adicionales por el desempeño de un cargo y remociones, así como las demás disposiciones necesarias para la organización y adecuado desempeño de los servicios de carrera de la Cámara, se desarrollarán en el estatuto.

3. Los miembros de los dos servicios de carrera serán considerados trabajadores de confianza y sus relaciones laborales se regirán conforme a lo establecido por la fracción XIV del apartado B del artículo 123 de la Constitución, por esta ley y por el estatuto. A efecto de que reciban las prestaciones de seguridad social, se celebrarán los convenios pertinentes con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Salvo lo previsto específicamente en los demás artículos transitorios del presente decreto, sus preceptos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Tercero. Hasta la expedición de las disposiciones que corresponden al Congreso en materia de funcionamiento y procedimientos de las cámaras, se seguirá aplicando el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en lo que no se oponga a las disposiciones contenidas en el presente decreto.

Cuarto. La mesa directiva de la Cámara de Diputados a que se refiere el presente decreto será electa en la última sesión del mes de septiembre del primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LVII Legislatura. En su caso, se aplicará lo previsto en la parte final del párrafo séptimo del artículo 18 de esta ley. La Junta de Coordinación Política se constituirá a más tardar, en la segunda sesión de dicho periodo. La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos se instalará al día siguiente de que se constituya la Junta de Coordinación Política.

Quinto. Los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados constituidos al inicio de la LVII Legislatura ejercerán los derechos y prerrogativas que se contienen en el presente decreto. Lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 30 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos entrará en vigor para el ejercicio fiscal del año 2000.

Sexto. La integración de las comisiones previstas en los artículos 40 y 41, así como del comité a que se refiere el párrafo segundo del artículo 47 del ordenamiento que se reforma mediante el presente decreto, se hará a partir del 15 de marzo del año 2000. Para el caso de que se considere necesaria, por las tareas a su cargo, la permanencia de alguno o algunos de los comités o de las comisiones actualmente existentes, éstos continuarán funcionando hasta la fecha que determine la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. En todo caso, la LVIII Legislatura integrará las comisiones y el Comité de Información, Gestoría y Quejas, en los términos y plazos que se establecen en esta ley.

Séptimo. A partir del 15 de marzo del año 2000, los asuntos que hayan quedado pendientes de resolución en las comisiones de la Cámara de Diputados, serán distribuidos bajo los siguientes criterios:

a) Los asuntos a cargo de las comisiones ordinarias y especiales vigentes, así como de los comités se distribuirán de la siguiente forma:

Comisiones Vigentes

Nuevas comisiones o comités

Asuntos de la Frontera Sur                    Asuntos Fronterizos                               Gobernación y Puntos Constitucionales  Población y Desarrollo                          Protección Civil                                     Radio, Televisión y Cinematografía        Seguridad Pública

Gobernación, Población y Seguridad Pública.
Gobernación y Puntos Constitucionales (iniciativas de reforma constitucional) Fortalecimiento del Federalismo Fortalecimiento Municipal. Puntos Constitucionales y Sistema Federal.

Derechos Humanos                               Justicia

Justicia y Derechos Humanos
Relaciones Exteriores Relaciones Exteriores
Defensa Nacional Defensa Nacional
Marina Marina
Hacienda y Crédito Público Hacienda y Crédito Público
Desarrollo Regional y Apoyo a la Producción                                            Programación, Presupuesto y Cuenta Pública Presupuesto y Cuenta Pública
Asentamientos Humanos y Obras Públicas.                                  Desarrollo Social                        Vivienda Desarrollo Social y Vivienda
Asuntos Hidráulicos                      Bosques y Selvas                        Ecología y Medio Ambiente            Pesca Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca
Energéticos Energía
Artesanías                                             Comercio                                              Patrimonio y Fomento Industrial Comercio y Fomento Industrial.
Agricultura       Ganadería Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.
Comunicaciones y Transportes Comunicaciones y Transportes
Ciencia y Tecnología              
Corrección de Estilo                              
Cultura                                                   Deporte                                    Educación  
Educación Pública, Cultura y Ciencia y Tecnología
Pensionados y Jubilados                   
Salud                                                Seguridad Social
Salud y Seguridad Social
Trabajo y Previsión Social Trabajo y Previsión Social
Reforma Agraria Reforma Agraria
Turismo Turismo
Estudios Legislativos                  
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Distrito Federal Distrito Federal
Asuntos Indígenas Asuntos Indígenas
Equidad y Género Equidad y Género
Atención y Apoyo a Discapacitados Asuntos de la Juventud         Participación  Ciudadana Atención a Grupos Vulnerables
Fomento Cooperativo            Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios Fomento Cooperativo y Economía Social
Vigilancia de la Contaduría Mayora de Hacienda Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda
Comisión de Información, Gestoría y Quejas Comité de Información, Gestoría y Quejas.

170,171,172

b) Las iniciativas de reforma constitucional que se encuentren en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, serán turnadas a la Comisión de Puntos Constitucionales y Sistema Federal, así como a las otras comisiones ordinarias que corresponda. Los demás asuntos a cargo de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales se turnarán a la nueva Comisión de Gobernación, Población y Seguridad Pública.


c) En caso de que se presenten controversias sobre la distribución de las competencias de las comisiones establecidas en el inciso a, la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos resolverá lo conducente.

Octavo. Se respetarán los derechos contractuales de los actuales secretarios técnicos y demás personal de las comisiones. Serán adscritos por acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, de conformidad con la reestructuración de comisiones a que se refiere el artículo séptimo transitorio.

Noveno. En tanto se expide y aplica el estatuto a que refiere el artículo 57 de esta ley, la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos propondrá al pleno la designación tanto de los secretarios de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y Financieros, así como del coordinador de Comunicación Social. Las designaciones se harán dentro de los 30 días siguientes a la elección de la mesa directiva. En todo caso, la elección de los secretarios mencionados se hará por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes en el pleno.

Todos los funcionarios de la Cámara que conforme a la presente ley designe el pleno durante la LVII Legislatura, permanecerán en su encargo hasta el 31 de agosto del año 2000 y podrán ser reelectos por la nueva legislatura.

La expedición del estatuto se realizará a más tardar dentro del primer año de ejercicio de la LVIII Legislatura.

Los secretarios de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y Financieros deberán reunir los requisitos establecidos por esta ley para el secretario general. El primero de ellos, además, deberá contar con título de licenciado en derecho y acreditar experiencia en las tareas parlamentarias o conocimiento de derecho parlamentario por ejercicio profesional o docencia en ramas afines. El segundo deberá tener título profesional en alguna rama del conocimiento que resulte afín a las funciones de carácter administrativo y contar con experiencia en el servicio público.

Décimo. Las referencias que otros ordenamientos hagan de la Oficialía Mayor y de la Tesorería de la Cámara de Diputados, así como de sus respectivos titulares, se entenderán aplicables en lo conducente a la Secretaría General y a quien la encabece.

Decimoprimero. En tanto se expide el estatuto relativo a los servicios parlamentarios, administrativos y financieros, la designación de los directores, jefes de oficina y demás personal se hará conforme a los lineamientos que acuerde la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, tomando en cuenta de manera preferencial al personal que actualmente presta sus servicios en la Cámara de Diputados, siempre y cuando reúna los requisitos para el cargo. En igualdad de condiciones, se preferirá siempre al de mayor antigüedad.

El personal que actualmente colabora con la Cámara y que sea designado para ocupar cualquiera de los cargos de los servicios de carrera, tendrá derecho a que le sean reconocidos, para efectos de su retiro y el pago de todas las prestaciones que correspondan en los términos establecidos en el estatuto, la antigüedad efectiva computada desde la fecha de su primer ingreso a cualquiera de las dos cámaras del Congreso de la Unión.

Decimosegundo. Los derechos que la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional, otorga a los trabajadores de la Cámara de Diputados, no se verán afectados por el establecimiento de la nueva estructura de organización administrativa de la Cámara.

México, Distrito Federal, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de junio de 1999.- Por la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.- Diputados: Fidel Herrera Beltrán, presidente; Sergio César Alejandro Jáuregui Robles, Francisco Epigmenio Luna Kan, Jorge Canedo Vargas, secretarios; Francisco José Paoli y Bolio, Santiago Creel Miranda, Juan Miguel Alcántara Soria, Sandra Lucía Segura Rangel, Bernardo Bátiz Vázquez, Pablo Gómez Alvarez, Demetrio Javier Sodi de la Tijera, Francisco Agustín Arroyo Vieyra, José Luis Benjamín Lamadrid Sauza, Ignacio Mier Velasco, Gil Rafael Oceguera Ramos, Miguel Quiroz Pérez, Mauricio Alejandro Rossell Abitia, Miguel Sadot Sánchez Carreño, Luis Patiño Pozas y Jorge Emilio González Martínez.»

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Francisco Arroyo Vieyra, para presentar una propuesta de adiciones... Se retira la propuesta del diputado Francisco Arroyo, entiendo que la va a hacer el diputado Fidel Herrera Beltrán a nombre de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Proceda la Secretaría a dar lectura a la proposición... Abrase el micrófono al diputado Arroyo Vieyra.

El diputado Agustín Arroyo Vieyra
(desde su curul):

Señor Presidente, con todo respeto, en virtud de que los grupos parlamentarios están haciendo un esfuerzo por llegar a acuerdos todavía en algunos artículos, le ruego sea usted tan gentil de considerar, en base a las facultades que la ley le otorga, un nuevo receso. Esperamos que no sea muy largo.

Gracias.

El Presidente:

Le vamos a pedir a los señores coordinadores de los grupos parlamentarios que indiquen el estado de esta situación, si se autoriza o no el receso.

El diputado Francisco José Paoli y Bolio (desde su curul):

No están. Los coordinadores están precisamente en los acuerdos parlamentarios. En sus facultades, autorícelo, señor Presidente.

RECESO

El Presidente (a las 14:16 horas):

Bueno, con las facultades de esta Presidencia, declaramos un receso por 10 minutos para que continúen con las negociaciones de este dictamen.

173,174,175

(Receso.)

(A las 15:12 horas.) Queremos informar a los señores diputados que este receso continuará hasta las seis en punto de esta tarde y a esa hora continuaremos con los trabajos de Cámara.

Gracias.

(Receso.)

(A las 19:25 horas.) Continuando con esta sesión de la Cámara de Diputados, después de este receso se reanuda, tiene la palabra el diputado Fidel Herrera Beltrán, para presentar una propuesta de adiciones al dictamen, a nombre de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

El diputado Fidel Herrera Beltrán:

Señor Presidente de la Cámara; señores secretarios:

Como es de su conocimiento, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias ha procedido a la dictaminación de diversas iniciativas de reformas al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentadas por diputados de los distintos grupos parlamentarios de esta LVII Legislatura.

El dictamen presentado por esta comisión ha sido publicado en la Gaceta Parlamentaria el día 20 de los presentes, a efecto de realizar su análisis y discusión en la sesión del pleno conforme lo disponga esa Presidencia.

En una revisión final realizada por el conjunto de los integrantes de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias sobre el dictamen producido, se estimó conveniente y oportuno realizar algunas modificaciones respecto de la publicación hecha en la Gaceta Parlamentaria, con objeto de aclarar y precisar en su caso diversas expresiones y términos sobre el decreto que se propone, a cuyos efectos nos permitimos reseñarlas a continuación, a fin de que se aplique lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso y se pongan en conocimiento del pleno para los efectos correspondientes:

1. En razón de que en el acto de rendición de protesta de ley de los integrantes de la mesa directiva de la Cámara, que se desarrolla en los párrafos octavo, noveno y décimo del artículo 16 del proyecto de decreto de reformas al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, constituye un requerimiento innecesario dado que en forma previa todos los diputados de la legislatura habrían rendido la protesta correspondiente ante la presidencia de la mesa de decanos, se estima pertinente eliminar los párrafos noveno y décimo, de suerte que el párrafo octavo del citado artículo 16 quede de la siguiente forma:

"Octavo. Realizadas las votaciones y declarados los resultados para la elección de la mesa directiva de la Cámara, el presidente de la mesa de decanos invitará a sus integrantes a que ocupen el lugar que les corresponde en el presidium y los miembros de ésta tomarán su sitio en el salón de sesiones."

En razón de lo anterior, los actuales párrafos decimoprimero y decimosegundo del artículo 16 del proyecto de decreto se recorren en su orden para ser los párrafos noveno y décimo respectivamente.

En el párrafo décimo que corresponde a la nueva numeración, se recorre considerándose oportuno cambiar su parte inicial de la siguiente manera, a efecto de evitar en lo posible la reiterada utilización de la frase "en el supuesto".

"10. En la circunstancia de que la mesa de decanos deba actuar como mesa directiva en tanto se concretan los entendimientos necesarios para elegir ésta, se harán las comunicaciones pertinentes a que se refiere el párrafo anterior."

2. En el artículo 19 del proyecto de decreto se ha considerado prudente añadir una última frase al final de su único párrafo, a efecto de precisar con toda claridad la necesidad de que los grupos parlamentarios, una vez alcanzados los entendimientos necesarios para la formulación de la lista con los nombres y cargos de los integrantes de la mesa directiva, pudieran suscribirla de conformidad. En tal virtud, la redacción de dicho párrafo sería la siguiente:

"1. En la formulación de la lista para la elección de los integrantes de la mesa directiva de los grupos parlamentarios, cuidarán que los candidatos cuenten con una trayectoria y comportamiento que acrediten prudencia, tolerancia y respeto en la convivencia política, así como experiencia en la conducción de asambleas. La mencionada lista será suscrita por los grupos parlamentarios."

3. En el artículo 21 párrafo segundo inciso d se acordó sustituir el uso de la expresión "modalidades" por el de "formas", por técnica jurídica y mayor claridad en lo que se refiere a las atribuciones de la mesa directiva para determinar, durante las sesiones, lo relativo a los debates, discusiones y deliberaciones.

De esta suerte, la redacción del citado inciso d del párrafo segundo del artículo 21, queda en los siguientes términos:

"d) Determinar durante las sesiones las formas que puedan adoptarse en los debates, discusiones y deliberaciones, tomando en cuenta las propuestas de los grupos parlamentarios."

4. En el artículo 24, que se ocupa de las atribuciones del presidente de la mesa directiva en lo relativo al inciso a, se ha considerado necesario clarificar su redacción, de suerte que se precise de mejor manera su actuación en los diversos ámbitos de la actividad legislativa, en concordancia con el texto constitucional, así la redacción de este dispositivo es la siguiente:

"a) Presidir las sesiones del Congreso General, las de la Cámara y las de la Comisión Permanente, así como las reuniones de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

Cuando la Presidencia de la Comisión Permanente corresponda a la Cámara de Diputados, el presidente de la mesa directiva formará parte de la propuesta de diputados que deberán integrarla."

5. En el artículo 27 y con el mismo objetivo de evitar la utilización reiterada de algunas palabras, se propone utilizar en vez de la alocución "los términos", la siguiente:

"1. Conforme a lo dispuesto por el artículo 70 constitucional, el grupo parlamentario es el conjunto de diputados según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas en la Cámara."

En el párrafo segundo de este mismo artículo, con objeto de clarificar la adecuada naturaleza de los grupos parlamentarios, se ha decidido sustituir la palabra "representado", en relación con los mismos, para quedar como sigue:

"2. El grupo parlamentario se integra por lo menos con cinco diputados y sólo podrá haber uno por cada partido político nacional que cuente con diputados en la Cámara."

En el inciso b del párrafo tercero del citado artículo 27, como ya se ha razonado, se decidió sustituir la expresión "en los términos", de la siguiente manera:

"b) Las normas acordadas por los miembros del grupo para su funcionamiento interno, según dispongan los estatutos del partido político en el que militen."

6. En el artículo 28 párrafo segundo, se realiza también una sustitución de las palabras "el término" por las de "el ejercicio", de modo que dicho numeral quede redactado en los siguientes términos:

"2. Durante el ejercicio de la legislatura, el coordinador del grupo parlamentario comunicará a la mesa directiva las modificaciones que ocurran en la integración de su grupo, con base en las comunicaciones de los coordinadores de los grupos parlamentarios. El presidente de la Cámara llevará el registro del número de integrantes de cada uno de ellos y sus modificaciones. Dicho número será actualizado en forma permanente y servirá para los cómputos que se realizan por el sistema de voto ponderado."

7. En el artículo 31 párrafo primero y a efecto de que queden claramente determinados los mecanismos de apoyo a los diputados, considerados como sin partido por no haberse inscrito o dejado de pertenecer a un grupo parlamentario, se acordó modificar su redacción eliminando la frase "en lo individual" para quedar en los siguientes términos:

"1. Los diputados que no se inscriban o dejen de pertenecer a un grupo parlamentario, sin integrarse a otro existente, serán considerados como diputados sin partido, debiendóseles guardar las mismas consideraciones que a todos los legisladores y apoyándolos conforme a las posibilidades de la Cámara para que puedan desempeñar sus atribuciones de representación popular."

8. En el artículo 32 párrafo segundo y por la multicitada razón de corrección de estilo, se sustituye el uso de las palabras "el términos" por las de "la duración", por lo que este numeral queda como sigue:

"2. Será presidente de la junta por la duración de la legislatura, el coordinador de aquel grupo parlamentario que por sí mismo cuente con la mayoría absoluta en la Cámara."

9. En el artículo 39 en el inciso a párrafo primero, se decidió cambiar su redacción por una más acorde con las atribuciones de que se quiere dotar a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. Este inciso queda de la siguiente manera:

"a) Establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones, el calendario para su desahogo, la integración básica del orden del día de cada sesión, así como las formas que seguirán los debates, discusiones y deliberaciones."

10. En el artículo 40 párrafo tercero, se ha estimado procedente precisar el rango constitucional de las tareas de control que con carácter de evaluación realizan las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados, a cuyo fin dicho párrafo debe enunciarse de la siguiente forma:

"3. Las comisiones ordinarias establecidas en el párrafo anterior, tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio conforme a lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 93 constitucional, y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal."

En este orden de ideas, cabe precisar también la redacción del apartado de consideraciones en materia de las comisiones y los comités en su párrafo segundo, a cuyo efecto debe modificarse en la página 12, primera columna, el texto de la parte media del citado párrafo en los siguientes términos:

"Después de intensas sesiones de intercambio de puntos de vista, en el texto que presenta este dictamen, se establece la distinción del objeto de las comisiones al enunciar que éstas elaboran dictámenes, informes, opiniones o resoluciones para hacer posible que la Cámara desarrolle las funciones que le señalan la Constitución y la leyes."

176,177,178

Sin mencionarlo en el articulado, las normas que se proponen precisan que a las comisiones de la Cámara, según el caso de la que se trate, pueden corresponderle alguna o algunas de las funciones siguientes: de dictamen sobre iniciativas de ley o decreto; de solicitud, recepción y análisis de información; de control evaluatorio de la administración pública; de dictamen para dar cumplimiento a la facultad de designar servidores públicos; de preparación de proyectos de ley y desahogo de consultas sobre los ordenamientos que rigen el funcionamiento de la Cámara; de coordinación con la entidad de fiscalización de las finanzas públicas; de conocimiento y resolución de denuncias por responsabilidad de funcionarios públicos y de investigación sobre el funcionamiento de las entidades de la Administración Pública Federal.

11. En el artículo 43 párrafo primero y con el mismo objeto señalado en puntos anteriores, de lograr una mejor expresión y claridad en la norma que se propone, se ha revisado su redacción para quedar como a continuación se indica:

"1. El pleno podrá acordar la constitución de comisiones especiales, cuando se estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico. El acuerdo que las establezca señalará su objeto, el número de los integrantes que la conformarán y el plazo para efectuar las tareas que se les hayan encomendado."

Cumplido su objeto se extinguirán, cuando se haya agotado el objeto de una comisión especial o al final de la legislatura, el secretario general de la Cámara informará lo conducente a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, la cual hará la declaración de su extinción.

12. En el artículo 44 párrafo tercero, en lo que se refiere a la propuesta de integración de las comisiones que realice la Junta de Coordinación Política, se modifica su redacción a fin de que obedezca de mejor modo a la señalada atribución.

La redacción final a considerarse es la siguiente:
"3. Al proponer la integración de las comisiones, la junta postulará también a los diputados que deban presidirlas y fungir como secretarios. Al hacerlo cuidará que su propuesta incorpore a los diputados pertenecientes a los distintos grupos parlamentarios, de tal suerte que se refleje la proporción que representan en el pleno y tome en cuenta los antecedentes y la experiencia legislativa de los diputados."

13. En el artículo 45 párrafo cuarto, con objeto de precisar cuestiones que resultan importantes en cuanto al trabajo de las comisiones, para que puedan cumplir a plenitud sus atribuciones se estima prudente eliminar su parte inicial e incorporarla en el texto subsiguiente, con lo que dicho dispositivo queda de la siguiente manera:

"4. Las comisiones podrán establecer subcomisiones o grupos de trabajo para el cumplimiento de sus tareas.

En la constitución de las subcomisiones se buscará reflejar la pluralidad de los grupos parlamentarios representados en la comisión."

14. En el artículo 46, con la misma finalidad señalada en el punto anterior, se perfecciona la redacción de los párrafos primero, segundo, cuarto y sexto, de modo que estos numerales tengan la siguiente redacción:

"1. Los presidentes de las comisiones ordinarias, con el acuerdo de éstas, podrán solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal cuando se trate de un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos aplicables."

"2. No procederá la solicitud de información o documentación cuando una u otra tengan el carácter de reservada conforme a las disposiciones legales aplicables."

"4. Las comisiones ordinarias cuya materia se corresponde con los ramos de la Administración Pública Federal, harán el estudio del informe a que se refiere el primer párrafo del artículo 93 constitucional, según su competencia. Al efecto formularán un documento en el que consten las conclusiones de su análisis; en su caso podrán requerir mayor información del ramo o solicitar la comparecencia de servidores públicos de la dependencia ante la propia comisión."

"Si de las conclusiones se desprenden situaciones que por su importancia o trascendencia requieran la presencia en la Cámara del titular de la dependencia, la comisión podrá solicitar al presidente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, que el secretario del despacho o jefe de departamento administrativo correspondiente comparezca ante el pleno. Asimismo se estará a lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 93 constitucional."

"6. Las comisiones tendrán las tareas siguientes:

a) Elaborar su programa anual de trabajo;

b) Rendir un informe semestral de sus actividades a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;

c) Organizar y mantener un archivo de todos los asuntos que le sean turnados, que deberá ser entregado a la legislatura siguiente;

d) Sesionar cuando menos una vez al mes;

e) Resolver los asuntos que la mesa directiva de la Cámara les turne;

f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnados a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y

g) Realizar las actividades que se deriven de esta ley, de los ordenamientos aplicables, de los acuerdos tomados por el pleno de la Cámara y los que adopten por sí mismas con relación a la materia o materias de su competencia."

15. En el artículo 49 párrafo segundo, se ha estimado necesario realizar una adición en su parte final a efecto de hacer la previsión para que el secretario general que concluya su mandato, pueda continuar en sus funciones hasta la elección de quien lo sustituya, de modo que no se interrumpan las actividades de la estructura de apoyo a los trabajos de la Cámara. Así la redacción de este numeral es la siguiente:

"2. El secretario general de la Cámara será nombrado por el pleno con el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes a propuesta de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el término de cada legislatura, pudiendo ser reelecto. Continuará en sus funciones hasta la realización de la elección correspondiente."

16. En el artículo 50 párrafo tercero, se consideró prudente ampliar la caracterización de los centros de estudios de derecho y sociales creados en el ámbito de la Secretaría de Servicios Parlamentarios para que sus denominaciones sean como sigue:

"3. La Cámara contará también, en el ámbito de la Secretaría General y adscritos a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, con los centros de estudios de finanzas públicas, de estudios de derecho e investigaciones parlamentarias y de estudios sociales y de opinión pública."

17. En el artículo séptimo transitorio, en lo que se refiere a la redistribución de los asuntos a cargo de las comisiones ordinarias y especiales vigentes, así como de los comités y para la mejor comprensión de las reformas que se contienen en el decreto respectivo, se adiciona al final de la que se considera en este dispositivo una segunda tabla en la que se contengan en la primera columna los comités que actualmente funcionan en la Cámara y en una segunda columna, los órganos o áreas de servicios que asumirán sus funciones.

Comités vigentes

Organo o área que asume sus tareas

Administración. Junta de Coordinación Política.
Asuntos Editoriales. Coordinación de Comunicación Social.
Asuntos Internacionales. Comisión de Relaciones Exteriores.
Biblioteca e Informática. Servicios de  Bibliotecas
Comunicación Social. Coordinación de Comunicación Social.
Instituto de Investigaciones Legislativas Centro de Estudios y Derecho e Investigaciones Parlamentarias.

De igual forma y previa a la revisión detallada del dictamen publicado en la Gaceta Parlamentaria del 20 de los presentes mes y año a que se ha hecho referencia, se detectaron diversas erratas en el texto del mismo, las que se indican a continuación, señalándolas en negritas a fin de que se consideren en la versión definitiva del dictamen que se somete a votación del pleno.

Apartado de consideraciones del dictamen:

Página 13, segunda columna, segundo párrafo, penúltimo renglón.

Dice: ... en los plazos que le señale el correspondiente...

Debe decir: en los plazos que les señale el correspondiente...

Página 14, segunda columna, quinto párrafo, cuarto renglón.

Dice: Este órgano lo propone el pleno, que a su vez le nombra por las dos terceras partes.

Debe decir: Este órgano propone su titular al pleno, que a su vez le nombra por las dos terceras partes.

Texto del decreto: Página 20, artículo 21 párrafo 2 inciso i.

Dice: i) Las demás que le atribuye esta ley.

Debe decir: i) Las demás que le atribuyen esta ley.

Página 24, artículo 35 párrafo 1 inciso g.

Dice: g) Las demás que le atribuyen esta ley, o los ordenamientos relativos.

Debe decir: g) Las demás que le atribuyen esta ley o los ordenamientos relativos.

Página 25, artículo 37 párrafo 1 inciso e.

Dice: e) Las demás que se derivan de esta ley o que le sean conferidos por la propia junta.
Debe decir: e) Las demás que se deriven de esta ley o que le sean conferidas por la propia junta.

Página 28, artículo 46 párrafo 6 inciso f.

Dice: f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas.

Debe decir: f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnados a las mismas.

Página 33, artículo séptimo transitorio inciso a.

Dice: a) Los asuntos a cargo de las comisiones ordinarias especiales vigentes, así como de los comités se distribuirán de la siguiente forma.

Debe decir: a) Los asuntos a cargo de las comisiones ordinarias y especiales vigentes, así como de los comités, se distribuirán de la siguiente forma.

Página 33, artículo séptimo transitorio, cuadro de comisiones, primera columna, última fila.

Dice: Comisión Información, Gestoría y Quejas.

Debe decir: Información, Gestoría y Quejas.

Es todo, señor Presidente, hasta ahora en este debate.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Está a discusión en lo general el proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con las adiciones propuestas por la comisión.

Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general los siguientes oradores hasta por 15 minutos: Gloria Lavara Mejía, del Partido Verde Ecologista de México; Ricardo Cantú Garza, por el Partido del Trabajo; Francisco José Paoli y Bolio, por el Partido Acción Nacional; Pablo Gómez Alvarez, por el Partido de la Revolución Democrática y finalmente, el diputado Arturo Núñez Jiménez, por el Partido Revolucionario Institucional.

Tiene la palabra la diputada Gloria Lavara Mejía, del Partido Verde Ecologista de México.

El Presidente:

Por favor, le pedimos al equipo de apoyo encender el micrófono del diputado Cantú.

Adelante, diputado.

El diputado Ricardo Cantú Garza
(desde su curul):

Para recordarle al señor Presidente que no se ha aprobado ninguna dispensa de trámite. Desde ese punto de vista se debe primero de dar lectura al dictamen para que se ponga a consideración.

179,180,181

El Presidente:

Diputado, esta Presidencia le informa que antes del receso fue aprobada la dispensa del trámite a que usted se refiere.

Adelante, diputada Lavara.

La diputada Gloria Lavara Mejía:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

En la actualidad nadie puede poner en duda la necesidad de reformar la Ley Orgánica del Congreso de la Unión, mejorar su eficiencia y la rapidez para adoptar los consensos, así como agilizar la toma de decisiones parlamentarias; en un ámbito de debate político reflexivo dentro de la marcada pluralidad prevaleciente, deben ser su principal objetivo.

Tal afirmación es confirmada con la presentación de las iniciativas de reforma propuestas por los diversos grupos parlamentarios en esta Cámara, en la cual el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México no fue ajeno.

Hoy día la búsqueda de consensos entre los representantes de las diversas ideologías que dan sustento e identidad a cada partido político, pareciera dilatar o retrasar inútilmente el trabajo parlamentario, pero esto es derivado de una confusión a la que se ha inducido al grueso de la población. Antes bien, por el contrario, debido precisamente a la búsqueda de consenso, a la opinión del resto de los integrantes de los movimientos sociales con representación en los órganos legislativos federales, al diálogo que debe existir entre los diversos poderes de la Unión, junto con el intercambio de opiniones, se enriquece la participación y el trabajo parlamentario.

Los diversos aspectos de la reforma propuesta contenida en el dictamen que hoy se somete a votación, son considerados a continuación detalladamente por el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. Comencemos con lo más elemental.

La reforma de la Ley Orgánica, relativa a la sesión constitutiva de la Cámara luego de la elección de sus integrantes, parte de un nuevo órgano denominado mesa de decanos, la cual tiene por objeto el que los diputados con mayor experiencia parlamentaria, que no es sinónimo de antigüedad, aunque así lo hayan mencionado en el dictamen, tengan que conducir la sesión constitutiva de este órgano colegiado, situación que es benéfica a todas luces, dada la capacidad probada por los años en los que han participado como legisladores.

Confiaremos en el hecho de que se hayan desempeñado más tiempo como legisladores, debido a una sapiencia en la adecuada conducción de las sesión constitutiva de la Cámara, una de las más importantes para el desarrollo del posterior trabajo parlamentario.

La reforma a la Ley Orgánica responde a la aspiración de los diversos grupos parlamentarios por tratar de mejorar las condiciones de funcionalidad de la Cámara de Diputados y muestra la inquietud en la que se ven inmersos los diputados que los integran, por cuanto a los procedimientos, funcionamiento y organización de esta Cámara de Diputados.

Por lo que toca al proceso de elección de mesa directiva, el método encontrado no refleja totalmente la pluralidad con la que se pretende conducir los trabajos parlamentarios durante la legislatura. Al respecto llama la atención el que este órgano de dirección y conducción de las sesiones sea presidido durante el tiempo que dura un año legislativo por una sola persona, tal y como también sucede con la presidencia de la Junta de Coordinación Política, lo cual muestra la intención de excluir tanto del órgano de gobierno de la Cámara como de la mesa directiva, a las fuerzas políticas de reciente creación, entre las cuales se ubica por supuesto el Partido Verde Ecologista de México.

La exclusión obedece y se justifica sólo por dos razones: porque las actuales mayorías sienten amenazadas las prerrogativas que su representación política les brindan o porque temen que los representantes innovadores transformen las instituciones políticas, económicas y sociales del país en su perjuicio, no del pueblo de México.

La tendencia política de nuestro país, mira a la mayor participación de los partidos políticos de reciente creación, por lo que la integración sugerida de la presidencia de mesa directiva y de la Junta de Coordinación Política, sería excluyente.

El dictamen que se somete a votación no refleja las actuales condiciones de pluralidad democrática y el proceso de democratización en que se encuentra inmersa la sociedad mexicana, no responde a las aspiraciones del pueblo de México ni contribuye al fortalecimiento del Poder Legislativo frente a los demás poderes de la Unión; simplemente responde a los intereses creados de los grupos políticos representados a través de los partidos políticos mayoritarios que pretendan no sólo conservar sus actuales prerrogativas, sino incluso evitar el alcance de las nuevas fuerzas políticas nacionales marginándonos del análisis y discusión del dictamen que hoy debatimos.

Por todo ello, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, votará en contra en lo general, no sólo porque ve amenazada la posibilidad de crecimiento y de representatividad que la sociedad le confirió en las pasadas elecciones, sino que principalmente atenta contra la democracia y el estado de derecho.

Desperdiciar la oportunidad de la reforma planteada a la ley para dictaminar sólo una parte de las reformas hasta ahora presentadas, retrasa el trabajo parlamentario y refleja la tendencia con la que se conduce la comisión dictaminadora en relación con las reformas planteadas; así lo confirma el hecho de que en el dictamen no aparezca la menor alusión a la reforma presentada por el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en relación a las comisiones investigadoras, propuesta que por sí misma cubrirá una de las grandes lagunas de regulación de los órganos de la Cámara de Diputados.

Es mejor procurar una reforma integral a la ley que someter pequeñas reformas en las que no existe un consenso generalizado respecto de las mismas y que al mismo tiempo desaprovecha la oportunidad de llegar a otros consensos en otras iniciativas de reforma igualmente importantes. Falta mucho por hacer.

Presentar dictámenes parciales e incompletos que sólo abordan aspectos particulares del proceso democrático y que benefician sólo a las mayorías dominantes que lo propusieron y votaron internamente en la comisión, trata de sorprender el buen juicio del resto de los representantes de la nación; intenta arrebatar a las minorías los logros obtenidos con tanto esfuerzo y perjudica gravemente el progreso de la nación.

Respecto a la reducción en el número de comisiones que integran la Cámara de Diputados, si bien favorece en términos generales a agilizar el trabajo parlamentario en tanto que en algunas ocasiones son desperdiciados recursos y en otras son los mismos diputados los que no toman la debida atención a todas las comisiones en las que participan, esto no sucede en todos los casos; la Comisión de Asuntos de la Juventud es un claro ejemplo de ello, el trabajo desarrollado por ella, los logros al impulsar diversas iniciativas en beneficio de este amplio sector, por cierto el más grande de nuestro país, justifican su permanencia, pero en el proyecto no se considera de esta manera.

La conformación de este sector, la problemática que encierra la atención de sus circunstancias y de sus inquietudes, han sido parte de las campañas políticas presentadas por los diversos grupos políticos.

Ahora que existe la oportunidad de fijar un trabajo estable que ha dado frutos trascendentes en el transcurso de esta legislatura, de cumplir con sus promesas y de realizar los proyectos en el presente y futuro en torno a los jóvenes, se deja pasar de largo en detrimento del futuro del país.

Los jóvenes, como la economía y el desarrollo nacional, también merecen atención específica a través de un órgano legislativo que impulse y encauce las reformas de los textos legales para proporcionarles condiciones de bienestar, su desaparición los condena a un programa de gobierno y a un proyecto legislativo que no atienda de manera específica su problemática tan sólo para ser condenado al olvido. Los jóvenes deben formar parte de las agendas legislativas de cada partido, de cada entidad federativa y de cada órgano legislativo en lo particular; hacer específica su atención y la solución a sus dificultades, es un problema que a todos nos atañe.

Después de todo lo expuesto, los diputados del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, no nos oponemos a este ánimo renovador al que inexcusablemente deben someterse las instituciones políticas, sólo intentamos conducir estas reformas dentro de cauces de apertura y pluralidad, de inclusión y renovación.

Por eso, el dictamen que hoy se presenta para ser sometido a votación en lo general y en lo particular lo reprobamos reservándonos al respecto algunos puntos a discusión.

Los diputados que integramos el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, manifestamos nuestro voto negativo al presente dictamen en lo general y nos reservamos para su discusión en lo particular los artículos 27, 32 y 40.

Muchas gracias.

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Ricardo Cantú Garza, del Partido del Trabajo.

El diputado Ricardo Cantú Garza:

Con la venia de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:
El grupo parlamentario del Partido del Trabajo, acude a esta tribuna para fijar su postura acerca del dictamen de reforma a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos presentado por la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Este ordenamiento que regula la vida interna de las cámaras del Congreso de la Unión y de la Comisión Permanente, requiere una clara, amplia y profunda discusión para obtener los consensos que se requieren en su reforma.

Existe un dictamen formulado por la mayoría de la comisión, que a juicio del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, no ha sido discutido con la amplitud que se requiere, incluso no se convocó a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, no existe ningún registro en la Gaceta, de que se haya reunido esta comisión. Estuvieron solamente negociando el PRI y el PAN, excluyendo a los demás grupos parlamentarios que es el Partido Verde Ecologista, el Partido de la Revolución Democrática y el Partido del Trabajo.

Toda vez que fundamentalmente las iniciativas que se sirven de base al mismo fueron presentadas en abril pasado, además la comisión que suscribe el mismo no se reunió para dictaminar estas iniciativas.

Queremos recordar a las señoras y señores diputados que antes de la instalación de la LVII Legislatura, se suscribió un documento denominado: "acuerdo para el logro de la independencia, autonomía y gobierno democrático de la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos", en cuyo considerando sexto se establece que es necesario que la pluralidad política expresada en las urnas y reflejada en la nueva composición política de la Cámara se manifieste en la integración y funcionamiento de la legislatura.

De igual forma en la rectificación de dicho acuerdo realizada la noche del 29 de agosto de 1997 en el "Salón Verde" de esta Cámara, los diputados de los partidos del Trabajo, del Verde Ecologista, Acción Nacional y de la Revolución Democrática, con nuestra firma avalamos el acuerdo inicial, el cual contiene un acuerdo quinto que establece la integración de comisiones y comités, La integración de comisiones y comités deberá atender a la equidad, pluralidad y peso relativo con que cuenta cada partido en el pleno de la Cámara, por lo que ninguna fuerza política podrá tener la mitad o más miembros de una comisión o comité.

Las presidencias y secretarías de las comisiones y comités, serán distribuidas entre los grupos parlamentarios de acuerdo con su presidencia en el pleno. Sin embargo, ningún partido podrá tener menos de dos presidencias de comisiones ordinarias.

Las comisiones y comités deberán tener un tamaño que favorezca su eficaz funcionamiento y asimismo que atienda a la importancia relativa de las mismas.

Una vez instalada la LVII Legislatura el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el 4 de septiembre de 1997, el acuerdo parlamentario por el cual se propone la integración y funciones de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política de la Cámara de Diputados, en cuyo acuerdo segundo se establece que dicha comisión se integrará por los coordinadores que haya designado cada grupo parlamentario. Esto es, en dicha comisión encontramos una representación paritaria de todas las fuerzas políticas que integran esta Cámara.

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De la transcripción de los acuerdos anteriores encontramos que, como resultado de la voluntad política del pueblo de México de no dar mayoría absoluta a ningún partido político, se hizo necesaria la búsqueda de acuerdos políticos para el gobierno de esta Cámara, dando derechos a todos los grupos parlamentarios para formar parte del órgano de gobierno de la Cámara, así como a la presidencia de mesa directiva y de la presidencia de las distintas comisiones ordinarias especiales y de los comités.

Por primera vez en la historia contemporánea del país el pueblo de México nos dio la mayoría de esta Cámara a la oposición; por ello no debemos hacer, con la aprobación de este dictamen, un golpe de estado parlamentario a lo que los diputados de los cuatro partidos políticos de oposición aprobamos mediante acuerdos políticos al instalar esta Cámara y los cinco partidos al aprobar el acuerdo parlamentario, del 4 de septiembre de 1997.

Compañeras y compañeros diputados que apoyen el dictamen suscrito por la mayoría de la comisión: qué fácil es hablar de democracia y política incluyente cuando se es oposición, pero también qué fácil es cuando se puede ejercer el poder justificar propuestas antidemocráticas y excluyentes como las que ahora se formulan en el dictamen.

En esta supuesta reforma a la Ley Orgánica no hay más que una contrarreforma excluyente y antidemocrática que pretende concentrar el trabajo legislativo no sólo en unos cuantos grupos parlamentarios, sino también en unos cuantos diputados, marginando a la mayoría de los diputados, aun a los pertenecientes a los grupos parlamentarios numerosos.

En primer lugar, porque se reduce de manera considerable el número de comisiones, desapareciendo muchas que han realizado o están realizando trabajos importantísimos.

En segundo lugar, porque se reduce el número de diputados que podrán tener el honor de acceder a la presidencia de la mesa directiva, excluyendo a varios grupos parlamentarios.

En tercer lugar, porque se reduce el número de diputados que podrán ser presidentes de la Junta de Coordinadores, excluyendo también a varios grupos parlamentarios.

Con este dictamen se pisotea el espíritu del acuerdo para la gobernabilidad de la Cámara de Diputados. La firma que estamparon los coordinadores y los diputados de oposición hoy se pisotea y no se cumple.

La presidencia que tocaba al Partido del Trabajo de la CRICP, se soslaya para entregarle al PRI, por un año, la presidencia de la Junta de Coordinadores.

Cuando se pacta algo y sólo buscamos que se cumpla lo que a mi grupo le conviene, se carece de madurez y responsabilidad, se pierde autoridad moral y se cae en el cinismo y la sinvergüenzada.

Es por esto que hoy decimos que el Partido Acción Nacional de nuevo ha pactado con el PRI. Se consuma nuevamente el maridaje entre el PRI y el PAN, traicionando lo acordado para el gobierno de esta Cámara, traicionando a la oposición y al pueblo de México, aprobando una contrarreforma excluyente y antidemocrática.

Por ello nos reservamos para su discusión en lo particular, conforme al artículo 133 del Reglamento para el Gobierno Interior, el artículo 18 y 32, en relación con el artículo cuarto transitorio y el artículo 40 en relación con el artículo sexto transitorio del artículo 1o. del dictamen, así como los artículos 2o. y 8o.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado.

Tiene la palabra el señor diputado Francisco José Paoli y Bolio.

El diputado Francisco José Paoli y Bolio:

Con su venia, señor Presidente; señoras y señores diputados:

Las dos tareas centrales de todo parlamento o Congreso son: el control del Gobierno y la elaboración de las leyes. Normalmente se piensa en la segunda función, la elaboración de las leyes y muy pocas veces en la primera, el control del Gobierno; cuando en realidad en el surgimiento de esta institución parlamentaria estaba en primerísimo término la necesidad de establecer límites al poder absoluto.

En su famoso libro Consideraciones Sobre el Gobierno Representativo, John Stwart Mills decía hacia la mitad del siglo pasado: "que la organización propia del aparato administrativo de una asamblea legislativa es vigilar y controlar al Gobierno, echar la luz pública sobre sus actos, compeler la exposición plena y la justificación de todo lo que considere cuestionable y censurar lo que considere condenable. Además de eso -continua Stwart Mills- el parlamento tiene las instancias que le permiten ser, a la vez, el comité de las quejas de la nación y la reunión o congreso de opiniones".

Para que estas funciones sean cabalmente cumplidas requerimos en México una auténtica reforma del Estado que debe dar nuevos sustentos constitucionales al Congreso. Entre las modificaciones de gran envergadura que están pendientes para desarrollar debidamente al Congreso mexicano, es indispensable establecer la posibilidad de la reelección consecutiva de los legisladores... cambiando el artículo 59 de la Constitución, lo que dotaría a la ciudadanía, porque es un derecho democrático, de decidir si mantiene o no en sus puestos a los legisladores.

Modificar también a nivel constitucional las formas y plazos en que se procesa la aprobación del Presupuesto de Egresos y la Cuenta Pública, es decir, modificar el artículo 74.

Reforzar los medios de democracia semidirecta con el plebiscito, el referendum y la iniciativa popular.

Ampliar los periodos de sesiones, señores legisladores, para dejarlos en siete meses de sesiones ordinarias y no de cinco como ahora prescribe la Constitución en sus artículos 65 y 66. ¡Este periodo de sesiones extraordinarias es una muestra patente de que debemos ampliar el periodo ordinario de legislación, porque es ampliamente insuficiente este periodo de cinco meses! El periodo anterior realmente fue de cinco semanas, ya que al atravesarse la Semana Santa nos deja en posibilidades muy escasas de llegar a un conferimiento, a un trabajo de investigación y a la posibilidad de desarrollar nuestro trabajo como es debido.

No ha sido posible realizar estos cambios en esta legislatura, pero no podemos olvidarlo. Las condiciones políticas y la correlación de fuerzas existentes no permite modificaciones constitucionales que requieren de una mayoría calificada de dos terceras partes en ambas cámaras para lograr esas modificaciones.

Lo que se puede lograr en este momento, aprovechando los consensos posibles logrados, sobre todo en la Cámara de Diputados, por todas las fuerzas políticas importantes, por más que las fórmulas a las que hubiéramos arribado no sean plenamente satisfactorias para todos, es la transformación del Título Segundo de la Ley Orgánica que ahora nos ocupa.

El acento de los logros está en el valor que tiene el consenso y que nos permite agilizar, impulsar, difundir y organizar con mucho mejores formas la operación de la Cámara de Diputados. Las modificaciones al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos hay que ubicarlas en el marco de la transformación del Poder Legislativo, para hacerlo política y administrativamente más eficiente, con bases legales más precisas, para facilitar, agilizar y hacer transparente su operación. Para establecer los principios del servicio parlamentario de carrera y para incrementar la racionalidad y la publicidad con la que deben de funcionar sus principales órganos e instancias.

El contenido de las reformas al Título Segundo se organiza en siete núcleos temáticos principales. Ellos son:

La instalación de la Cámara de Diputados por medio de una mesa de decanos que genera certeza en el proceso de relevo de las legislaturas.

La integración de una mesa directiva con siete legisladores, elegidos por una mayoría calificada, con duración de un año en el encargo y con posibilidades de reelección y con mayores atribuciones para la conducción camaral que la impulsarán a ser cada día un órgano legislativo más profesional.

La conformación de grupos parlamentarios que ahora habrán de rendir cuentas ante la entidad superior de fiscalización y ante la contraloría interna.

La creación de la Junta de Coordinación Política, como espacio donde converge la pluralidad para la consecución del acuerdo político; el establecimiento de una conferencia para la dirección y programación de los trabajos legislativos; la creación de una Secretaría General que encabeza el servicio parlamentario de carrera, para darle apoyo y continuidad a la labor parlamentaria, y la reorganización del sistema de comisiones y comités mediante el aumento de sus atribuciones, para que realicen de manera más organizada y con mayores recursos las funciones de sus respectivas áreas y encomiendas.

Debe destacarse que en estas reformas están desapareciendo entidades que habían operado como órganos de control, gobierno y administración interno de la Cámara, como eran la Gran Comisión, la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, la Oficialía Mayor y la Tesorería. Con esto se da paso a órganos con una articulación orgánica que permiten unidad de mando parlamentario y administrativo, se otorga a los nuevos órganos instancias y procedimientos de la Cámara de fórmulas modernas de acción y de conducción que toman en cuenta en primer término las experiencias propias de nuestro país, los acuerdos parlamentarios a los que hemos llegado en esta misma Cámara y en esta legislatura, pero también se consideraron constantemente los referentes del derecho y las prácticas parlamentarias de diversos países.

Los trabajos, discusiones, preparación de fórmulas y estudios comparados han tomado un número muy amplio de diputados en la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, que es el seno en donde debe discutirse esta iniciativa y no en ningún otro, como decía equivocadamente algún diputado que me precedió, de todos los partidos políticos que han querido concurrir a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Se han llevado a cabo estos trabajos durante 18 meses. Si en alguna actividad no puede calificarse de que se ha obrado con premura o al vapor, como se dice en la jerga parlamentaria, es en este ámbito de la formulación de nuevas reglas, las reglas de esta casa.

Hay la más amplia disposición de permitir la participación y propuestas en lo particular de las diversas fórmulas que se han alcanzado en este dictamen. Todavía hace unas horas se han logrado captar un conjunto de complementaciones, modificaciones y enriquecimientos de las fórmulas alcanzadas.

Dentro de los límites planteados y a sabiendas de que la verdadera y profunda reforma del Poder Legislativo tiene que arraigarse de disposiciones constitucionales que aún no tenemos capacidad para lograr, es necesario reconocer que esta reforma al Título Segundo, que atañe sólo a la Cámara de Diputados, consigue el establecimiento de nuevas normas de la mayor trascendencia, mucho más actualizadas, mucho más ágiles, que promueven el trabajo legislativo para que él sea logrado con mayor expedición y sobre todo con mayor calidad.

Se han superado en el dictamen los planteamientos parciales, los intereses particulares que todavía parecen estar afectando mezquinamente a algunos, para dar paso al interés general de la Cámara de Diputados.
Por todo lo anterior, anuncio que el voto de mi grupo parlamentario, el de Acción Nacional, será aprobatorio del dictamen que ahora está en discusión.

Muchas gracias.

El Presidente:

Para fijar posición por parte del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, tiene la palabra el diputado Pablo Gómez Alvarez.

El diputado Pablo Gómez Alvarez:

Señoras y señores diputados:

Este proyecto que llega hoy en forma de un dictamen negociado y yo diría un tanto cuanto manoseado durante meses, era un compromiso hecho por todos los grupos parlamentarios cuando las primeras negociaciones para instalar la legislatura.

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La ley no da respuesta a la realidad, debe ser cambiada; las reformas anteriores de la Ley Orgánica fueron superficiales, adecuaciones simples para mantener la dictadura de la Gran Comisión.

Al aprobarse hoy este dictamen y después esperamos en el Senado, se habrá terminado el largo periodo del dominio de la Gran Comisión, instrumento del Poder Ejecutivo dentro del Congreso. Esperamos que el Senado haga lo propio y se ponga a la altura mínima de ciertos tiempos, de los tiempos actuales.

El primer proyecto que presentamos a la Cámara era más ambicioso que el actual, era mejor, era más democrático, más avanzado sin ser muy avanzado, porque cuando elaboramos el primer proyecto que sirvió de base para todo este proceso legislativo, no pudimos ir más lejos porque para ciertos pasos requeríamos modificar la Constitución.

La Constitución modificada por el señor Carranza, entonces encargado del Poder Ejecutivo y aceptada esta reforma por el Constituyente de Querétaro, en la que se redujeron los lazos de apertura del Congreso a cuatro meses, hoy muchas décadas después estamos en cinco meses, hemos avanzado 30 días en 80 años o en 75 años, a este paso no llegaremos muy lejos.

Tenemos serios problemas de control sobre el Ejecutivo, tenemos severos problemas para la respetabilidad del Congreso que no puede mandar a traer a un individuo, como muchos otros congresos lo hacen todos los días, tenemos todavía el veto que no ha sido usado porque no ha sido necesario, pero ahí está en la Constitución. Tenemos todavía una cantidad de instituciones presidencialistas que son parte de un diseño original, pero no original del Siglo XIX, sino original del Siglo XVII.

No podíamos entonces ir más lejos, sino modificando la Constitución. Presentamos entonces un proyecto modesto; hoy tenemos enfrente un proyecto más modesto, porque el grupo priísta representa al Ejecutivo, no representa a la ciudadanía, a la nación, sino al Ejecutivo y esto es lo que ha limitado más y hecho o causado que el proyecto original tuviera que modificarse.

Pero de todas maneras creo que se logran cosas muy importantes: además de que se acaba con la Gran Comisión en la ley, se le da cierta respetabilidad al Presidente de la Cámara, aunque ahí tendremos un problema de orden práctico cuando no haya dos tercios que elijan un Presidente. La ley es muy... en este proyecto es muy... técnicamente tiene ahí un problema que se puede convertir en un problema político de la Cámara.

Pero, además de eso y creo que es lo más importante de este proyecto, la función de revisión de cómo funcionan y qué alcance tienen y cómo están operando los programas presupuestales, ya no se le da a una sola comisión como ahora, que no tiene capacidad para poder hacer esa revisión, sino muy superficialmente; que nos entrega cada año un proyecto de dictamen sobre la Cuenta Pública que poco tomamos en cuenta y mucho menos el Ejecutivo, sin que los diputados, todos, durante todo el año estudien por necesidad y mandato de ley la estructura programática del presupuesto y opinen sobre como están funcionando los principales programas de la administración pública.

Este proyecto recoge esa función de programación, que es una función importante de control entendido, el control no como decisiones vinculatorias, la del Ejecutivo, sino como aquellas observaciones que son tan válidas como la opinión de la Cámara y que si no se toman en cuenta la Cámara entonces recurre al decreto, a la ley, a expedir una ley, una norma con fuerza obligatoria; se le va a dar a toda la Cámara, de tal manera que todos los diputados, los 500, en las comisiones, van a poder estudiar, van a poder recibir información que el Ejecutivo da, porque la Cámara no produce información propia, ninguna cámara en el mundo; toda la información básica la da el Poder Ejecutivo.

Lo que la Cámara debería poder es tener la capacidad de decirle al Ejecutivo cuánta y cómo quiere la información, porque se nos manda como el Ejecutivo quiere, ése es otro problema que habrá que resolver en otro momento, pero ya que las comisiones analicen los programas presupuestales y den una opinión turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta, es una revolución micro.

Porque también el Gobierno va a tener que respetar más a los diputados, porque sabrá cualquier Secretario de Estado, que la opinión de los diputados puede influir, no de los diputados que hemos sido miembros de la Comisión de Presupuesto, que nos... tratan muy bien, pero esos nada más son 30; yo hablo de los 500, que tenemos la misma dignidad, que somos pares, que debemos ser tratados igual por los gobernantes y que todos, todos los 500, debemos tener la información y dar opinión sobre el desempeño de los programas del gasto público de la Federación.

Esto se recoge en este dictamen y se recoge también, por primera vez en la historia, que ese ritual constitucional del primer párrafo del artículo 93 que consiste en que los secretarios del Estado informan al Congreso y que nadie lee aquí los informes, nadie, ahora sea obligación de las comisiones leerlos y opinar sobre el informe, porque así es como en una Cámara legislativa se van conformando los acuerdos, los consensos, las críticas, no en los conciliábulos de los grupos parlamentarios o de las burbujas, ¡no! En una Cámara de verdad, los coordinadores son portavoces, no son transadores y ¿qué es lo que genera la opinión de una Cámara?, el análisis de la conducta, comportamiento, nivel de cumplimiento de las metas señaladas en el presupuesto que la Cámara aprueba, del conjunto de la Cámara a través de sus comisiones.

Las comisiones de esta Cámara deberían trabajar en pleno como dice este proyecto que hoy vamos a votar aquí, permanentemente, como pequeños parlamentos, con sus órdenes del día, con seriedad, para el análisis de problemas y los diputados podrán llegar en las comisiones a poner puntos en el orden del día para tratar cualquier asunto que tenga qué ver con la administración pública y con la política que corresponda a la comisión respectiva. Así debería funcionar y cada comisión debería tener su propia sala de juntas para reunirse en cualquier momento, no en los restaurantes, menos en los cubículos amontonados, para que esta Cámara pueda analizar los problemas del país con la dignidad, el tiempo, la paciencia, la dedicación, el estudio, la responsabilidad que requiere un país como México.

Esto está recogido en este proyecto a pesar de todo lo que yo llamo el "manoseo" de que fue víctima el proyecto y por ello vamos a votar a favor en lo general, porque es una obra que nosotros hemos contribuido a hacer y aquí también reconozco la actividad y el esfuerzo de Jáuregui, de Cifuentes, de Leyva, también de uno, de un diputado...

Estoy hablando del proyecto, estoy hablando de los alcances del proyecto.

Yo sé bien quiénes hicieron esto y quiénes lo deshicieron, también sé. Eso ya lo mencionaron, no lo tengo que mencionar yo.

Todo lo que deshicieron lo vamos a volver a hacer. Tengo la plena seguridad de que la próxima legislatura dará un paso trascendental, verdaderamente trascendental, pero cuando lo haga también tengo la plena convicción de que los que sean entonces diputados leerán los proyectos originales, el proyecto original, verán cómo se fue manoseando, verán todas las consideraciones, retomarán todo lo que se ha dicho.

Quiero decir por último una cosa, algo que no se logró porque se defiende al Ejecutivo por parte del grupo priísta, es esto: cuando venga aquí un funcionario, un secretario de Estado, un servidor público, debería comparecer bajo protesta de decir verdad y si le dijera mentira al Congreso incurriría en un delito que está previsto en el Código Penal.

¿Por qué no se acepta eso?, porque no se protegen los intereses del pueblo, sino se están protegiendo los intereses de los servidores públicos. Cuando cambien éstos, también cambiará el Congreso y les pedirá a todos ellos que protesten decir verdad antes de dirigirse al Congreso, como garantía de respetabilidad y para que se conduzcan con verdad, como el pueblo mexicano se los ha encomendado.

Muchas gracias.

El Presidente:

Para fijar posición sobre el dictamen del día de hoy, por parte del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, tiene la palabra el diputado Arturo Núñez.

El diputado Arturo Núñez Jiménez:

Señor Presidente de la mesa directiva; compañeras y compañeros legisladores:

Desde el inicio de la LVII Legislatura, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados, señaló que los preceptos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos requerían una revisión profunda, a la luz tanto de la evolución de nuestro sistema electoral y el resultado de la aplicación de sus disposiciones, como de los cambios orgánicos, procedimentales y administrativos, requeridos para contribuir a hacer del Legislativo un poder con mayor eficacia en el cumplimiento de sus atribuciones, en el marco del estado de derecho, forjado por mujeres y hombres de muchas generaciones.

La transformación del orden jurídico aplicable a la estructuras y los procedimientos de las cámaras, que tienen la responsabilidad constitucional de expedir las leyes, entraña un reto político singular: reformar al órgano emisor de la norma. Por ello el Poder Legislativo es, al mismo tiempo, el sujeto y el objeto de su propia reforma.

Las modificaciones que plantea el dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso, que hoy se somete al pleno para su discusión, constituyen un paso adelante en el compromiso de revisar y actualizar, con sentido de responsabilidad, los órganos de legisladores y de servicios técnicos y administrativos de la Cámara de Diputados.

Representan un avance dentro de la dirección que nos propusimos, a fin de dotarnos y dotar a las próximas legislaturas de un conjunto de preceptos que respondieran mejor a las necesidades que hoy tiene este órgano de la representación nacional.

Junto con legisladores de los otros grupos parlamentarios, los diputados del PRI hemos trabajado a partir de tres consideraciones:

En primer lugar, del análisis histórico de los preceptos que han regido y rigen a la Cámara, lo que nos ha permitido advertir que existen no sólo insuficiencias, sino también deficiencias que es necesario atender; la debilidad de la mesa directiva y su presidente, entre otras causas, por tener una duración breve y, en el caso de este último, auténticamente efímera; la ausencia de disposiciones para explicar y dar contenido a las relaciones entre los integrantes de dicho órgano de dirección parlamentaria y la falta de preceptos suficientemente claros sobre la naturaleza y funciones de los órganos técnicos y administrativos, a cargo de brindar servicios a los legisladores para el cumplimiento de nuestras encomiendas constitucionales.

En segundo lugar, del estudio de la experiencia política comparada sobre otros órganos nacionales de representación popular, particularmente de aquéllos en los cuales su número de integrantes es similar al nuestro y el multipartidismo, es el signo distintivo de su desarrollo político.

En tercer lugar, de la reflexión sobre la coyuntura política, vinculada a la conformación de esta LVII Legislatura, en la cual la Gran Comisión, como órgano de gobierno de la Cámara, no pudo integrarse al no darse el supuesto de un grupo parlamentario que por sí solo tuviese la mayoría absoluta de los diputados, situación que fue superada por la vía de habilitar para tal efecto a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, lo que fue posible en virtud del acuerdo entre las formaciones políticas, a fin de actuar en lo que la norma no previó.

Este episodio acreditó por sí mismo que los preceptos en vigor requerían de un análisis renovado, a la luz de la nueva realidad política de México.

La previsión expresa del segundo párrafo del artículo 70 constitucional, en el sentido de que el Congreso expedirá la ley que regulará su estructura y funcionamiento internos, establece un mandato con doble objetivo; atender lo relativo a la estructura o parte orgánica y atender lo relativo al funcionamiento o procedimientos para la actuación de la cámaras en ejercicio de sus atribuciones.

El grupo parlamentario del PRI, afirma que la reforma al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso que hoy nos ocupa, revisa y transforma integralmente lo relacionado con los órganos de esta Cámara de Diputados, ciertamente es un movimiento en la dirección correcta.

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Sin embargo, es necesario que al interior de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se continúen los trabajos para elaborar las normas aplicables al funcionamiento de la Cámara, todavía vigentes por necesidad en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, que se complementa con las normas de varios acuerdos parlamentarios, adoptados por esta legislatura.

La modificación integral que se plantea al Título Segundo de la ley, implica una concepción diferente de los órganos de legisladores y de funcionarios con que debe contar la Cámara de Diputados, que se inspira en soluciones propias para la realidad política plural de nuestra Asamblea, en el cometido de asegurar su adecuado funcionamiento, a fin de que pueda cumplir las atribuciones que le encomienda la Carta Magna.

Desde el punto de vista de los órganos de legisladores, la propuesta sustantiva consiste en fortalecer la mesa directiva del pleno y consolidarla como la instancia de dirección parlamentaria.

Establecer la Junta de Coordinación Política con la participación directa de los coordinadores de los diferentes grupos parlamentarios.
Constituir una conferencia de enlace entre la mesa y la junta, para que la dirección y programación de los trabajos legislativos, cuente con la visión y el respaldo de quien encabeza las tareas de dirección parlamentaria y de quienes son responsables de los entendimientos políticos.

Y racionalizar el sistema de comisiones a fin de que a través de su actuación ágil, especializada y oportuna, puedan prepararse mejor las tareas de dictamen legislativo, de información, de control, de investigación y de aplicación en lo conducente del régimen de responsabilidades de los servidores públicos.

En el articulado cuya aprobación se propone por la comisión dictaminadora, cada órgano de los enunciados deberá actuar con base en determinados postulados políticos que en realidad vienen a ser el espíritu que rija y caracterice su actuación y desempeño.

Así, la mesa directiva expresa la unidad de la Cámara, a la que representa en sus relaciones de carácter institucional. Es garante de la Constitución y de las leyes en la conducción de las sesiones y se coloca por encima del interés partidario para evitar que la dirección parlamentaria se politice negativamente.

En síntesis, deberá ser una mesa que se comprometa con una actuación imparcial sustentada exclusivamente en la aplicación de las normas jurídicas que le competen.

Por su parte, la Junta de Coordinación Política expresa la pluralidad de la Cámara, constituyendo el espacio para el diálogo y la negociación, orientados a ser posibles los entendimientos políticos. La junta responde íntegramente al objetivo de que las diferencias se manifiesten para procesarlas con criterio democrático, enriqueciendo así la toma de decisiones de naturaleza política.

La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, es el ámbito de decisión sobre lo que compete abordar en los periodos de sesiones, el calendario para hacerlo y la planeación general del orden del día de cada sesión, habida cuenta de los legítimos intereses representados en la Junta de Coordinación Política y de las funciones de la mesa directiva. Este órgano, la conferencia, se integra para asegurar precisamente que la junta no asuma trabajos de dirección parlamentaria y que la mesa no adopte tareas de decisión política.

En la concepción de estos tres órganos, impera la noción de distinguir características propias y de buscar el mejor equilibrio posible para que cualquiera que sea la correlación de fuerzas entre las formaciones representadas en la Cámara, los derechos de todo grupo parlamentario y de todo legislador, se respeten a plenitud en los ámbitos de los procedimientos parlamentarios y de las decisiones políticas.

Con relación a las comisiones y comités, se propone una mayor conceptualización de sus funciones a partir de las materias que les corresponde, unas como la de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda y la Jurisdiccional, se relacionan estrictamente con las competencias que para ellas se desprende de la Constitución. Otras, denominadas en lo general en atención a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, sobre las que se ocuparán, cumplirán funciones de dictamen legislativo, de información y de control. Formaciones en las cuales se agrupan los diputados con una misma afiliación de partido, los grupos parlamentarios son caracterizados en la ley como los ámbitos de deliberación y de orientación política y parlamentaria que permiten la expresión ordenada de las corrientes ideológicas representadas al interior de la Cámara, constituyen instancias indispensables para la buena marcha de los procesos políticos implícitos en los procedimientos, las deliberaciones y las votaciones tanto del pleno como de las comisiones.

En el proyecto de decreto se propone, además, una institución del todo novedosa en nuestro derecho parlamentario: la mesa de decanos, a cargo de conducir los procedimientos para la sesión constitutiva de la nueva legislatura, superándose así la figura de la comisión instaladora de la legislatura precedente.

La inspira el hecho de que con el sistema de heterocalificación de los comicios para diputados, por parte del IFE y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuando hay alguna cuestión contenciosa, ya no es necesario que diputados en funciones provean a la instalación de los que ya son electos, como ocurría anteriormente con los presuntos legisladores que acudían al Colegio Electoral para la autocalificación de sus comicios.

Con relación a los órganos técnicos y administrativos, tres criterios ilustran lo que ahora se plantea a esta honorable Asamblea. La estructuración de dichos órganos en una Secretaría General con dos secretarías especializadas, una a cargo de los servicios parlamentarios y otra, de los servicios administrativos y financieros.

El establecimiento de una estructura de funcionarios de carrera en cada una de estas ramas de servicios, a fin de alentar la profesionalización con estabilidad, de los servidores públicos de la Cámara y la expedición de un estatuto para regir la organización y el funcionamiento del servicio de carrera previa aprobación del pleno.

En el régimen transitorio previsto en el decreto, se establecen las normas para una entrada en vigor ordenada y progresiva de las disposiciones que contiene.

Compañeras y compañeros diputados: en la democracia que venimos construyendo los mexicanos, en un clima de pluralidad política acentuada, el respeto, la tolerancia y la convivencia civilizada entre opciones distintas, se convierten no sólo en conductas de valor cívico, sino de ilustración y ejemplo para alentar entre todos un desarrollo político que permita conciliar óptimamente los principios de gobernabilidad y de representatividad.

Como órgano de conformación plural por excelencia, la Cámara de Diputados requiere normas que permitan y garanticen al mismo tiempo la expresión de lo diverso y la posibilidad de la acción eficaz a través del cumplimiento de las atribuciones constitucionales encomendadas. Hay que hacer síntesis de las libertades de propuesta y de deliberación política con la atención ordenada y puntual de responsabilidades ineludibles.

En opinión del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en esta Cámara, las normas que contiene el dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, entraña una aportación importante y útil para que a través de la conformación de los nuevos órganos de legisladores y de funcionarios, cada vez en mayor medida logremos hacer del trabajo legislativo un instrumento a favor de las mejores causas de México.

Es por ello que los diputados del Partido Revolucionario Institucional votaremos a favor del dictamen.

Muchas gracias.

El Presidente:

Esta Presidencia informa que se han registrado los siguientes oradores para el primer turno, hasta por 10 minutos:

En contra, el diputado Luis Patiño Pozas, del Partido del Trabajo; en pro, el diputado Francisco Arroyo Vieyra.

Tiene la palabra el diputado Luis Patiño Pozas, hasta por 10 minutos.

El diputado Luis Patiño Pozas:

Con su venia diputado Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El Partido del Trabajo ha profundizado y ampliado su análisis en relación a la reforma a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y con base en ello presentamos algunas consideraciones y reflexiones:

1. Se ha circunscrito la propuesta de reformas al ámbito y facultad que efectivamente sólo corresponden a una parte del Congreso de la Unión: la Cámara de Diputados. Presuponiendo que su colegisladora, la Cámara de Senadores realice lo propio en su oportunidad.

Casi dos años de experiencias directas de los actuales diputados y de diferencias e incongruencias evidentes de legislaturas anteriores, obliga a replantearse y actualizar permanentemente la estructura y funcionamiento interno, con objeto de cumplir con eficiencia sus responsabilidades, sin descuidar en ello subrayamos tal cual expresa el artículo 70 constitucional: "garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas representadas en la Cámara de Diputados".

A reserva de más adelante profundizar, por el momento apuntamos que nuestro interés es una reforma política integral de Estado, ello implica objetivos y metodología para abordarlos e incluye como uno de sus aspectos el Congreso de la Unión, como materialización del Poder Legislativo, una de las formas en que el pueblo ejerce su soberanía.

2. La propuesta realizada reune desde ángulos distintos de opinión, las opiniones de los partidos que hasta ahora son mayorías relativas. La duración de la mesa directiva es por un año, con posibilidades de rotación, ¿cómo se traduce un partido mayoritario para cada uno de los años? Esta es una lógica de reproducción y sostenimiento de los partidos que hoy son mayoría y de marginación de los partidos minoritarios actuales.

Por otra parte, el procedimiento de elección de la mesa directiva es por dos terceras partes de los diputados presentes, un diseño de procedimiento electoral interno y de duración ad hoc para los tres partidos mayoritarios, de tal suerte que los partidos en minoría no cuenten con opciones en su caso y que tampoco se propicien alianzas y/o coaliciones específicas entre los diputados.

3. La nueva correlación de fuerzas políticas y expresiones ideológicas que mandató el pueblo mexicano en 1997, le dio un giro y naturaleza diferente a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, generando una verdadera práctica institucional de pluralidad, práctica que en anteriores legislaturas no se había dado.

Sí, es fruto de una alianza para el gobierno de la Cámara, así como de una obligada relación para el partido mayoritario que no reunió mayoría absoluta, ahora se pretende denominar Junta de Coordinación Política, se acepta que se ha convertido en un órgano indispensable para el funcionamiento de la Cámara, pero además es una práctica de pluralidad política en un caso promovida y en otros casos tolerada. Esta debiera ser práctica común, la pluralidad entre todas las fuerzas políticas y en todos los ámbitos.

Desde nuestro punto de vista se sobreponen y confunden funciones con la mesa directiva, debido a que no se asume esta instancia como lo que verdaderamente realiza: gobernar pluralmente el proceso legislativo, desde luego depositando los diputados su consentimiento y en su caso revocando, sancionando, corrigiendo, acotando lo conducente por este pleno.

Esta práctica es común y ahora a diferencia del pasado es abierta, es institucional y es indispensable para conducir el proceso legislativo. No entró o en contra de tal o cual decisión, sino para que el proceso de decisión se realice en mejores condiciones.

Es aquí donde se condensa la pluralidad política e ideológica. Es aquí donde se atiende en primera instancia y con oportunidad la realidad cotidiana que diariamente vivimos.

Por ello es aquí donde debidamente representados todos los grupos parlamentarios y agrupaciones partidistas en su caso, se orientan al proceso legislativo sin restar la facultad de decisión del pleno o de las comisiones que correspondan. Entendido así la Cámara tiene al pleno como órgano máximo de decisión legislativa, la Junta de Coordinación Política como representación plural de conducción legislativa y la mesa directiva y las comisiones, como órganos de procesamiento legislativo. En esos dos últimos ámbitos, también debe sostenerse la representatividad alcanzada y el ejercicio de dicha representatividad. No puede ser atributo exclusivo de las mayorías, no puede contravenirse al artículo 70 constitucional.

191,192,193

Ello nos obliga, cuanto, en cuanto a la adecuación y reestructuración de las comisiones, consideramos que es necesaria. Si bien existe independencia relativa entre las cámaras de Diputados y Senadores, la realidad es que la conjunción de los criterios es indispensable, en la medida que es el Congreso de la Unión la expresión del Poder Legislativo. De no considerarse así, no se construiría un Poder Legislativo sólido que adquiera autonomía frente al Poder Legislativo que históricamente ha adquirido una preponderancia en cierta forma incontrolable hasta ahora. Ello nos obliga a ampliar el periodo de análisis y de reflexión al respecto.

Quinto y último punto: desde nuestra concepción política del Partido del Trabajo, las reformas propuestas carecen de un aspecto fundamental, vinculado al concepto de soberanía popular y división de poderes. Al Poder Legislativo, tal cual que ahora se ha interpretado y consagrado en la Constitución le falta cuerpo, esto es, el pueblo ejerce su soberanía una vez cada tres años para elegir al Poder Legislativo. El diputado que en lo particular quiera, mantiene vinculación con sus electores, queda a su estricta voluntad; no existe una obligación constitucional.

Además, el Poder Legislativo en su tareas no sólo de aprobar leyes, sino de difundirlas, verificar que se cumplan cabalmente, garantizar que los otros dos poderes, el Ejecutivo y el Judicial se apeguen a la legalidad, siempre se encuentra en desventaja. Aquéllos, por la naturaleza de sus funciones, mantienen una red de delegaciones diversas en todos los ámbitos y regiones del país, en cambio el Legislativo no tiene infraestructura hacia abajo, no tiene infraestructura hacia el pueblo, aun cuando de él dimana este poder.

Como anteriormente, el Congreso de la Unión devino en una máquina legislativa al gusto y disgusto del Ejecutivo en turno, su aval complaciente, su respaldo formal. No era necesario fortalecer su autonomía como Poder Legislativo que dimana del pueblo y para su beneficio, como se señala en la Constitución.

Para el Partido del Trabajo reflexionar y proponer una reforma de esta naturaleza, tiene más sentido que sólo la estructura y funcionamiento interno de la Cámara. Para nosotros es más importante cómo plantearnos, cómo reformar el Poder Legislativo en su conjunto, para dotarnos de una verdadera autonomía frente a los otros poderes de la Unión.

Es más importante cómo mantener la vinculación permanente y el crear mecanismos de consulta y decisión popular para problemas de la envergadura como el Fobaproa y su hijo el IPAB, la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos entre otras.

El Ejecutivo por ejemplo, mantiene una ofensiva de cerco ante la opinión pública y una campaña abierta por todo el país, para responsabilizarnos por no avalar sus actos arbitrarios, unilaterales y al margen de la Constitución.

De nuestra parte, es muy limitada nuestra capacidad de respuesta e información directa al pueblo, de las razones y argumentos para negarnos a aprobar sus decisiones equivocadas e injustas, por ello les proponemos abrir y ampliar la discusión fuera del ámbito de cómo nos desenvolvemos sólo en este edificio. Busquemos mecanismos para que el poder del pueblo se exprese en el Poder Legislativo y cuente con infraestructura y soporte social.

Muchas gracias.

El Presidente:

Para hablar en pro, tiene la palabra el diputado Francisco Arroyo Vieyra, hasta por 10 minutos.

El diputado Francisco Agustín Arroyo
Vieyra:

Las reformas a la Constitución, señor Presidente, compañeros diputados, de 1977, abrieron la puerta para que esta Cámara de Diputados tuviese en 1979, hace 20 años, una Ley Orgánica, una Ley Orgánica que tuvo pequeñas reformas en 1994 y que el día de hoy estamos tocando a profundidad en su Título Segundo.

Es por ello que cuando tocamos la Ley del Congreso, nuestra ley, la ley que norma nuestra actividad cotidiana, quisiera que me permitiera, señor Presidente, compañeros de mi grupo parlamentario y de los demás grupos parlamentarios, una pequeña libertad personal:

Quisiera, en el texto de esta intervención, rendir hoy, que estamos reformando a profundidad el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso, un pequeño pero sentido homenaje a la gente del servicio parlamentario, a la gente que con su trabajo cotidiano y con su altura de miras, hace posible el trabajo en este pleno de la Cámara: a María Elena Sánchez Algarín, a Héctor de Antuñano, a los Azcoytia, a Rubén Resillas, a Pedro Loredo, con todo cariño.

No encuentro litigio en lo que ha venido aquí a desahogar el orador diputado que me antecedió en el uso de la palabra; he dicho varias veces que estamos reformando el Título Segundo. Para nadie es un secreto que el Título Tercero, que rige la vida interna de la colegisladora; que el Título Primero, que rige la vida del Congreso; que el Título Cuarto, Quinto y demás que puedan reformarse, vendrá en un proceso parlamentario posterior al que estaremos atentos.
Las instituciones del Congreso y el derecho parlamentarios, están basadas y hechas básicamente para estimular la generación de los consensos. Aquí llegamos a uno muy adecuado por tres fuerzas políticas, no es casual que esas tres fuerzas políticas sean las que mayor número de diputados tengan en esta Cámara, no es si no un reconocimiento estricto a la voluntad del electorado, que finalmente es el que viene a diseñar la integración de esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Las instituciones que hoy se están generando, son instituciones novedosas, seguramente sí, basadas en la experiencia del derecho parlamentario; de lo dicho en la iniciativa PAN-PRD; de lo expuesto en la iniciativa de mi grupo parlamentario y del contenido de otras 12 iniciativas, es que llegamos al que considero, creo y califico como un excelente resumen, como un excelente dictamen.

Quiero dejar muy claro que en la construcción de estas instituciones, que en la construcción de los consensos y de los acuerdos, que en la creatividad del producto parlamentario que hoy le venimos a ofertar al pueblo de México para que rija la vida interna de esta Cámara de Diputados, tuvo mucho que ver la inteligencia y la sabiduría de nuestro amigo y compañero José Luis Lamadrid Sauza y aquí lo dejo para testimonio del Diario de los Debates y de todos nuestros compañeros.

Mejores métodos para la instalación del Congreso, una mesa directiva fortalecida, dotada de investidura moral de la representación protocolaria y jurídica; una mesa directiva que represente a la Cámara de Diputados con dignidad; una Junta de Coordinación Política que exprese la pluralidad y que estimule los acuerdos; una conferencia para la programación y dirección de los trabajos parlamentarios; una mejor normatividad para el trabajo en comisiones y para nuestra relación, ¿por qué no?, con el Ejecutivo Federal, son mecanismos que hoy vemos y que vamos a ver funcionar a partir de un serial de fechas que vienen muy bien clasificadas en transitorios.

Quiero decirles que estamos siendo fieles no sólo a nuestra responsabilidad como legisladores, que estamos reivindicando el día de hoy un producto de consenso, que claro que costó mucho trabajo en estos últimos momentos, inclusive todos fuimos testigos de cómo se hicieron los mejores esfuerzos para lograr las mejores redacciones y para acotar los textos de nuestra Ley Orgánica a lo mandado por la Carta Magna.

Reducimos el número de comisiones pero las fortalecemos, le damos al pleno la potestad soberana de generar, como ya dije, un mejor trabajo parlamentario.

No encontrando litigio con el orador que me antecedió en el uso de la palabra, quisiera reivindicar también su dicho y en sus expresiones algunas de las líneas generales de este dictamen que hoy, espero para bien de la nación, los diputados, sus representantes habremos de aprobar.

Por su voto y por su atención, muchas gracias.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general con las adiciones propuestas.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen en lo general, con las adiciones propuestas.

Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

El Presidente:

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se le pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular y de ser así solicito a la Secretaría su auxilio pertinente.

Solicitamos al personal de apoyo se le dé el uso del micrófono al diputado Martín del Campo.

Adelante, diputado Jesús Martín del Campo.

El diputado José de Jesús Martín del Campo Castañeda (desde su curul):

Voy a leer, señor Presidente, reservas que hace el grupo parlamentario del PRD, de varios artículos:

Artículo 21 inciso d, intervendrá el diputado Bernardo Bátiz.

Artículo 35, por los diputados Victorio Montalvo y Lenia Batres.

Artículo 37, diputado Victorio Montalvo.

Artículo 38, numerales 1 y 4, Justiniano Guzmán.

Artículo 39, numeral 1 inciso a, Bernardo Bátiz.

Artículo 40 fracción VIII, fracción XII, Victorio Montalvo y diputada Estrella Vázquez, fracción XIV, Benito Mirón Lince, XIV del 40.

Artículo 43, diputada Lenia Batres.

Artículo 44 fracción III, Benito Mirón.

Artículo 45 numerales 2 y 3, Victorio Montalvo y Benito Mirón.

Artículo 46 fracciones I y IV, Gonzalo Rojas Arreola.

Artículo 47, Angélica de la Peña.

Artículo 55, Francisco de Souza.

Artículo 58 numeral 3, Rosalío Hernández.

Artículo sexto transitorio, Gonzalo Rojas.

Artículo séptimo transitorio, Gonzalo Rojas.

Artículo decimoprimero transitorio, Rosalío Hernández.

En el 40 también Lenia Batres, aparte de los otros diputados que había mencionado para ese artículo.

Es todo, señor Presidente.

El Presidente:

La diputada Gloria Lavara está pidiendo el uso del micrófono, personal de apoyo.

La diputada Gloria Lavara Mejía
(desde su curul):

Gracias, señor Presidente:

Para notificar a la mesa directiva que el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México se reserva, para su discusión en lo particular, el artículo 32, el artículo 27 y el artículo 40.

El Presidente:

Gracias, señora diputada. Actívese el micrófono del diputado Arroyo Vieyra.

194,195,196

El diputado Francisco Agustín Arroyo
Vieyra (desde su curul):

En los mismos términos, señor Presidente, mi grupo parlamentario se reserva el artículo 19 que presentará a la consideración del pleno el diputado Mauricio Rosell y el artículo 46 párrafo quinto, que presentará a la consideración el diputado Sadot Sánchez Carreño.

El Presidente:

Muy bien, diputado. Actívese el micrófono diputada Noemí Guzmán.

La diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes
(desde su curul):

Señor Presidente, el artículo 40 párrafo segundo fracción XII.

El Presidente:

Gracias. La diputada Carolina O'Farrill, por favor, actívese su micrófono.

La diputada Carolina O'Farrill Tapia
(desde su curul):

El artículo 31 y el artículo 40.

El Presidente:

Esta Presidencia pregunta si no hay otro artículo reservado. De no ser así, se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico, hasta por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados, con las adiciones propuestas.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a los que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico, por 10 minutos, para tomar la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

(Votación.)

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Se emitieron 365 votos en pro y 18 en contra.

El Presidente:

Aprobado en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, con las adiciones propuestas, por 365 votos en pro y 18 en contra.

Se solicita auxilio a la Secretaría, a efecto que dé conocimiento de los artículos reservados.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

Artículos reservados por el Partido de la Revolución Democrática: 21 fracción d, 37; 38 numeral 1 y 4; 39 numeral 1 párrafo a; 40 numerales 8, 12 y 14; 44 fracción III inciso b; 45 numeral 1 y 3; 46 fracciones I y IV; 47; 55; 58 párrafo tercero y los transitorios sexto, séptimo y decimoprimero.

Artículos reservados por el Partido Verde Ecologista de México: 32; 27 y 40.

Artículos reservados por el Partido Revolucionario Institucional: 19 numeral 1; 46 numeral 50; 40 párrafo segundo fracción XII.

Y por la diputada Carolina O'Farrill: artículos 31 y 40.

El Presidente:

Faltó también por agregar el artículo 32, también por el diputado del PRD, Adolfo González Zamora.

En virtud de que se ha reservado el Partido Revolucionario Institucional el artículo 19, solicitamos que pase su diputado orador, que es el diputado Mauricio Rossell Abitia, hasta por cinco minutos.

El diputado Mauricio Alejandro Rossell
Abitia:

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 97 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el de la voz solicita la reserva y enmienda del artículo 19 párrafo primero, del proyecto de reformas al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para que quede como sigue:

"Artículo 19. Uno. En la formulación de la lista para la elección de integrantes de la mesa directiva, los grupos parlamentarios cuidarán que los candidatos cuenten con la trayectoria y comportamiento que acrediten prudencia, tolerancia y respeto en la convivencia, así como experiencia en la conducción de la Asamblea."

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

En ese mismo orden progresivo, tiene la palabra el diputado Bernardo Bátiz, para la reserva del artículo 21 inciso d.

El diputado Bernardo Bátiz Vázquez:

Señor Presidente:

Yo solicitaría su anuencia para tratar dos artículos que reserve, que son el inciso d de la fracción II del artículo 21 y el inciso a del punto primero del artículo 30, dado que básicamente son las mismas razones y los mismos argumentos que emplearé en los dos casos y para evitar venir dos veces a la tribuna.

El Presidente:

Adelante, diputado. Claro que sí.

El diputado Bernardo Bátiz Vázquez:

Señoras y señores diputados:

Con la venia de la mesa directiva, yo quisiera poner a consideración de ustedes lo siguiente:

En el artículo 21, punto número dos fracción d, se establece "que la mesa directiva tiene entre sus atribuciones la de, -escuchen por favor-, determinar durante las sesiones las formas que puedan adoptarse en los debates, discusiones y deliberaciones, tomando en cuenta las propuestas de los grupos parlamentarios".

A mí me parece que esto es un contrasentido en una correcta legislación parlamentaria. No pueden quedar al criterio de la mesa directiva las formas de los debates, discusiones y deliberaciones. Eso es motivo de un reglamento y eventualmente de un acuerdo parlamentario del pleno. No puede quedar al arbitrio de la mesa establecer las formalidades de los debates al momento de irse a dar el debate. No puede ser que exista una regla previa y que sea en el momento del debate cuando la gente diga cual va a ser la forma como se va a debatir la cuestión y quede además una facultad discrecional que no me parece aceptable.

Yo les propongo una redacción alternativa que debe decir:

"Inciso d. Como facultad de la mesa directiva aplicar durante las sesiones las disposiciones reglamentarias o los acuerdos del pleno que regulen los debates, discusiones y deliberaciones."

No creo que sea pertinente que sea la mesa la que nos diga en cada ocasión cómo se va a llevar a cabo el debate. Simplemente me parece contradictorio a un sistema parlamentario. En cada caso, en cada momento se va a establecer una regla distinta o la misma o diferente. Va a quedar al arbitrio de un pequeño órgano cómo se va a hacer un debate en la mesa. Pero por si esto fuera poco, en el artículo 39, en las facultades que tiene la conferencia, se le dan exactamente las mismas, se le da facultad de establecer las formas que regirán los debates, discusiones y deliberaciones. Entonces, hay una contradicción evidente. Tenemos que arreglar esto.

En mi opinión esta contradicción y este exceso de facultades tanto a la conferencia como a la mesa, se deriva del apresuramiento de último momento en que se ocuparon de discutir otros puntos de vista e hicieron a un lado las reuniones de la comisión, que tenía que haber seguido trabajando normalmente, como inició sus trabajos al principio y creo yo que esta contradicción debe ser corregida. Esa es mi opinión.

No debemos permitir nosotros como cuerpo colegiado, que sea la mesa la que nos diga cómo se va a llevar a cabo un debate, eso lo debe establecer una norma general aplicable para todos los casos o un acuerdo parlamentario; no la decisión de un pequeño grupo que es la mesa directiva. La mesa directiva debe de regirse, creo yo, en buena técnica legislativa debe de regirse por disposiciones que ella no establece, ella simplemente ejecuta y aplica la disposición que está ya rigiendo la manera de debatir.

Dejo en la Secretaría mi propuesta por escrito de ambos artículos. El inciso d, para que diga: "aplicar durante las sesiones las disposiciones reglamentarias o los acuerdos del pleno".

Y del artículo 39 yo creo que debemos de quitarle a la conferencia, puesto que en todo caso ya lo tendría la mesa, esa facultad que se duplica, hay una contradicción evidente, basta leerlo, que dice y propongo la siguiente redacción: "proponer al pleno el programa legislativo..."; creo yo que es el pleno el que debe de aprobar el programa legislativo y no la conferencia; "Proponer al pleno el programa legislativo de los periodos de sesiones, el calendario para su desahogo, la integración básica de la propuesta de los órdenes del día de cada sesión" y suprimir lo siguiente.

¿Por qué propongo que sea proponer al pleno y no tomar la decisión?, porque me parece que estamos ya experimentando, como hoy lo experimentamos, que un pequeño grupo de parlamentarios se va a deliberar y tenemos los demás que estar aguardando a ver en qué momento se les ocurre tomar una decisión.

Yo creo que el principio de que todos los legisladores somos iguales, que todos tenemos nuestro voto con el mismo valor que los demás, no es la conferencia la que debe de decidir los programas legislativos ni los periodos de sesiones ni el calendario; debe ser el pleno. Alguien debe proponerlo, efectivamente, pero que sea el pleno el que lo apruebe, que haya la posibilidad de que se objete, de que se debata si se requiere. No podemos quedar para todo cada vez disminuyendo las facultades individuales de los diputados y dándole a organismos directivos de la Cámara funciones que considero yo que deben ser plurales y de todo el colectivo de la Cámara de Diputados.

Dejo por aquí mis propuestas y muchas gracias.

El Presidente:

Tiene el uso de la palabra la diputada Gloria Lavara, para efectos de la reserva que ella hizo en nombre del Partido Verde Ecologista de México. Artículo ...

El diputado Francisco José Paoli y Bolio
(desde su curul):

No, fue en contra, ahora va una intervención a favor.

El Presidente:

Disculpen. Adelante, diputado. Vamos a darle la palabra al diputado Francisco José Paoli y Bolio.

El diputado Francisco José Paoli y Bolio:

Con su venia, señor Presidente; señoras y señores diputados:

Las dos propuestas de modificación que hace el diputado Bátiz, tienen, en efecto, el mismo propósito, que es dejar en el pleno de esta Cámara las resoluciones de ambos asuntos.

Queremos señalar en esta ocasión, que una de las prioridades que se buscaron al establecer una mesa directiva con fuerza, capacidad y decisión, era que pudiera ir dotando a la Cámara de una verdadera autoridad, que además está dada en el arranque, con la elección que se hace, habiendo obtenido necesariamente dos terceras partes de los votos que se trata de escoger a los mejores diputadas y diputados con experiencia, para ir modelando y modulando las necesidades de las sesiones y, desde luego, también la planeación que se refiere en el artículo 39, a la conferencia.

Pero en cada sesión se presentan distintos tipos de debates, distintas leyes, que van requiriendo una adaptación y una consideración de lo que el pleno efectivamente tiene, de lo que las discusiones en las comisiones han mostrado y que permiten a siete personas con amplia experiencia y respaldo de esta Cámara en su conjunto de ir tomando las formas en que el debate puede producirse.

197,198,199

Esto lo hemos experimentado ya...

El Presidente:

Señor diputado, Paoli ¿me permite por favor? Adelante, diputada.

Activen el micrófono de la diputada Violeta Vázquez.

La diputada Violeta Margarita Vázquez
Osorno (desde su curul):

Gracias, señor Presidente, solamente para ver si el orador me permite hacerle una pregunta.

El diputado Francisco José Paoli y Bolio:

Encantado.

El Presidente:

Esta Presidencia pregunta si el orador desea responder... adelante.

La diputada Violeta Margarita Vázquez
Osorno (desde su curul):

El diputado menciona que se elegiría al mejor o a los mejores diputados para que decidan estas cosas. Según su criterio, diputado, ¿quién elige y determina quiénes son los mejores para que decidan la agenda legislativa y la manera en que deben conducirse los debates cuando sabemos que puede estar perfectamente reglamentado, quién decide quiénes son y con qué criterio?

El diputado Francisco José Paoli y Bolio:

Bien, le agradezco su pregunta, porque me permite entrar al siguiente punto que de todas maneras iba yo a tocar.

En términos generales todos sabemos que es muy difícil llegar a acuerdos parlamentarios entre 500 diputados todos confiriendo, por eso se pretende que la elección de mesa directiva tenga un respaldo desde su elección por dos terceras partes votadas; estamos decidiendo quiénes son los mejores, eso sí, los 500 diputados que votamos para escoger a los mejores los cuales tienen la capacidad de estar pulsando las necesidades que cada debate en específico tiene y establecer la modalidad o la forma como se dijo, en la agenda que se agregó en este punto, la forma que tomaría el debate.

Es cierto que se está dando una atribución a la mesa directiva y con ella se le está dando también fuerza de autoridad de operación y se está dando camino a la profesionalización de la Cámara. Si cada acuerdo de las formas que debe tomar cada debate en lo particular lo deciden los 500 diputados, lo que estamos en el fondo es poniendo bloqueos, dificultades y mayor tiempo para lograr buenos acuerdos.

Por eso en la comisión llegamos al acuerdo de que ésta debería ser una facultad de la mesa directiva que tiene la posibilidad y la necesidad de elaborar los órdenes del día de cada sesión y al elaborar los órdenes del día mide la importancia, el peso, el tipo de discusiones que se están haciendo, cosa que no pueden hacer los 500 diputados de la misma manera.

Hay efectivamente una concentración de responsabilidad, pero por otra parte y paso a la objeción al artículo 39, se está dando a la conferencia la capacidad de dirigir los trabajos legislativos y de programarlos con el tiempo suficiente; lo que creo que el diputado Bátiz no ha entendido es que se trata de dos tiempos diferentes en los cuales se hace una planeación o una programación de tipo general por parte de la conferencia para grandes lapsos y se deja a la mesa directiva la formulación de los planes, de los órdenes del día para cada sesión.

Estas dos cosas se conjugan, la conferencia es donde están integrados todos los grupos parlamentarios y presididos por el de la mesa, por el presidente de la mesa, es la que hace la programación general y va dirigiendo los trabajos de esta Cámara y la mesa directiva mide las condiciones específicas de la sesión cuyo orden del día tiene que organizar para señalar cuál debe ser la forma en que el debate se produce.

Si hemos logrado tener una mesa directiva que tiene la confianza, que tiene el apoyo del conjunto de la Cámara, debemos dejarle que aplique sus criterios, debemos dejarle que tenga la capacidad de decisión en estas cuestiones que agilizan el trabajo de la Cámara y no dejar una elefantiasis en donde todo el pleno decide todas las cosas; sobre todo que no se trata de asuntos cruciales, sino se trata de formas en las cuales el debate se puede dirigir y conducir de la manera más pertinente.

Por estas razones, la comisión en principio sostiene los puntos tal como fueron planteados en el artículo 21 párrafo segundo inciso c y en el artículo 39.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias diputado.

El diputado Bátiz, le podemos activar su micrófono, por favor. Adelante diputado.

El diputado Bernardo Bátiz Vázquez
(desde su curul):

Quisiera pedir la palabra, señor Presidente, para contestar alusiones personales que hizo el orador respecto de mi punto de vista.

El Presidente:

Adelante, diputado.

El diputado Bernardo Bátiz Vázquez:

Con su permiso, señor Presidente:

Quisiera referirme a lo que el diputado Paoli y Bolio dice respecto de que no entendí yo que eran dos puntos y dos momentos diferentes; sí lo entendí, me parece que efectivamente son dos momentos y creo yo que de cualquier manera no se resuelve la contradicción que existe, le dan a la mesa, en el artículo 21, y a la conferencia, en el artículo 39, exactamente la misma función. Se tiene que aclarar cuál de las dos va a tener esa función, en último caso.

En el artículo 21 se dice que la mesa directiva tendrá las siguientes atribuciones: "determinar durante las sesiones las formas que pueden adoptarse en los debates"; y en el 39, a la conferencia, tiene las siguientes atribuciones: "establecer programas legislativos ...", ésa es la parte general, previa, de espacios, de tiempos más largos pero en la segunda parte de ese mismo párrafo dice: "...la integración básica de la propuesta de los órdenes del día de cada sesión, así como las formas que regirán los debates, discusiones y deliberaciones".

Hay una contradicción evidente, le dan exactamente la misma facultad en los dos casos, pero yo reiteraría mi argumento anterior. No podemos como pleno, como cuerpo colegiado, dejar una facultad discrecional a la mesa directiva simplemente porque tuvo la confianza nuestra, es cierto que la tendrá, que tendrá la confianza de los que voten por ella y de los que no voten les obligará el voto mayoritario pero no es para eso la mesa directiva, la mesa directiva no puede establecer reglas de funcionamiento de la Cámara; la mesa directiva debe aplicar las reglas ya existentes, es una disposición general aplicable para todos los casos, no para que se esté tomando en cada caso un acuerdo, que eso es lo que me atribuía el diputado Paoli y Bolio, que yo quería establecer un sistema que impida el funcionamiento de la Cámara. No es eso, al contrario, yo creo que debe funcionar o bien un reglamento aprobado, o bien un acuerdo parlamentario como el que está funcionando ahora, que no se tiene que tomar en cada ocasión, en cada momento, sino que existe ya para regular los debates.

Ahora, tal como está planteándose aquí, la mesa directiva va a poder escoger y sabemos como son susceptibles de ser moldeables y modificables las mesas directivas y presionables, van en cada caso, según el arbitrio de quien pueda tener el control, van a poder decidir si hay más tiempo a los oradores, menos tiempo, cuántos oradores. Yo opino que eso no podemos permitirlo, que debemos de establecer una regla general, aplicable a todos los casos y encargar a la mesa simplemente que cuide la correcta aplicación de la ley, de la norma general y no que sea ella la autora de la norma.

Gracias.

El Presidente:

Consulte la Secretaría si al artículo reservado por el diputado Bátiz ha sido suficientemente discutido, los artículos.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica se consulta si están suficientemente discutidos los artículos 21 y 39 de la Ley Orgánica del Congreso de la Unión.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutidos, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputada Secretaria.

Tiene el uso de la palabra ...

El diputado Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul):El Presidente:

Señor Presidente.

El Presidente:

Adelante, diputado Gómez.

Actívese el micrófono.

El diputado Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul):

Señor Presidente, si no se vota cada uno de los artículos reservados vamos a llegar a una situación en la cual al final de la discusión vamos a tener esto: se vota cada uno de ellos, uno detrás del otro, sin que ya nadie se acuerde ni siquiera qué fue lo que se discutió o se votan todos en conjunto, en cuyo caso el que su partido va a proponer también va a ser rechazado. El agregado me refiero.

Si se trata de votar contra todos los agregados propuestos por el PRD, no se va a poder cuando el PRI haga un agregado que el PAN quiera votar a favor, entonces ahí va a haber una confusión terrible, así que yo le sugiero que, como en esta Cámara las reglas escritas no se respetan, en esta ocasión excepcionalmente respételas y votemos cada artículo.

El Presidente:

Si los grupos parlamentarios están de acuerdo con esta posición, procedemos de inmediato a hacerlo, con mucho gusto.

Diputado Oceguera.

El diputado Gil Rafael Oceguera Ramos
(desde su curul):

Señor Presidente, para apoyar la petición del diputado Gómez, en el sentido de que toda vez discutido todos y cada uno de los artículos que fueron reservados en lo particular, los vayamos votando, pero propongo que por economía de tiempo y por mayor eficacia parlamentaria podamos votarlos de manera económica.

El Presidente:

Adelante, diputado Pablo Gómez.

El diputado Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul):

Solamente para el conocimiento del diputado Oceguera, le quiero comunicar que como todos, excepto él, en esta Cámara sabemos, desde 1823, las votaciones sobre textos de ley se toman de manera nominal, y así ha sido invariablemente desde entonces, incluyendo las dos veces que él fue diputado, aunque no haya aprendido gran cosa durante ese lapso.

El Presidente:

Bien. Vamos a abrir el sistema electrónico hasta por cinco minutos, para que se levante la votación nominal respecto de estos artículos impugnados, dos artículos impugnados.

Vamos a suplicar, son tres artículos, aunque también habrá que recordar que tuvimos anteriormente la modificación al artículo 19. Habrá que regresar pues entonces a la votación respecto de las modificaciones al artículo 19. Por lo tanto, esta Presidencia solicita se abra el sistema electrónico para la votación del artículo 19. Hasta por cinco minutos.

200,201,202

Consulte la Secretaría, permítame aclarar esto, a la Asamblea si se admite la modificación propuesta, me tengo que regresar al artículo 19, por el diputado Mauricio Rossell Abitia.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Es la modificación al 19, propuesta por el diputado Mauricio Rossell, del PRI.

El Presidente:

Ahora sí. Solicitamos se abra el sistema electrónico... por favor, le vamos a suplicar a la Secretaría informe a la Asamblea qué es lo que se está votando.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

La propuesta que, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 97 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en la voz de Mauricio Rossell, pide la reserva y enmienda del artículo 19, párrafo primero, del proyecto de reformas al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para que quede como sigue:

Artículo 19. En la formulación de la lista para la elección de los integrantes de la mesa directiva de los grupos parlamentarios, cuidarán que los candidatos cuenten con una trayectoria y comportamiento que acrediten prudencia, tolerancia y respeto en la convivencia, así como experiencia en la conducción de las asambleas.

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se admite la modificación.

El Presidente:

Hasta por cinco minutos solicitamos se abra el sistema electrónico, para efectos de la votación nominal del artículo hoy reservado o artículos reservados.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del artículo 19.

(Votación.)

Se emitieron 346 votos en pro y cuatro en contra.

El Presidente:

Aprobado el artículo 19 con las modificaciones que quedaron señaladas por el diputado Mauricio Rossell Abitia, por 346 votos.

Continuando con el procedimiento y toda vez de que el diputado Bernardo Bátiz hizo la reserva sobre el artículo 21, inciso d, y artículo 39, numeral 1, inciso a; consulte la Secretaría a la Asamblea si se admiten las modificaciones propuestas por el diputado Bátiz, atendiendo esta votación artículo por artículo, señor Secretario.

El secretario Gerardo Acosta Zavala:

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta al artículo 21.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha, señor Presidente.

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta al artículo 39.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha, señor Presidente.

El Presidente:

Se abre el sistema electrónico, hasta por cinco minutos, para efectos de la votación correspondiente. Se instruye a la Secretaría se sirva intervenir.

El secretario Gerardo Acosta Zavala:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por cinco minutos, para tomar la votación nominal del artículo 21 en sus términos.

(Votación.)

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

Señor Presidente, se emitieron 247 votos en pro y 97 en contra.

El Presidente:

Aprobado en los términos del dictamen el artículo 21 por 247 votos.

Abrase el sistema electrónico, para efectos de votación nominal del artículo reservado, el artículo 39, hasta por cinco minutos.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

Se ruega a la Oficialía Mayor, haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por cinco minutos, para tomar la votación nominal del artículo 39, en sus términos.

(Votación.)

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

Se emitieron 247 votos en pro y 90 en contra.

El Presidente:

Aprobado en los términos del dictamen el artículo 39, por 247 votos a favor.

Para referirse al artículo 27 del dictamen, tiene el uso de la palabra la diputada Gloria Lavara Mejía, del Partido Verde Ecologista, hasta por cinco minutos.

La diputada Gloria Lavara Mejía:

Con su venia, señor Presidente:

Respecto de la representación partidista en el artículo 27. De conformidad con las propuestas presentadas por los grupos parlamentarios de los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática de esta Cámara de Diputados, apoyados por el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, relativas a la creación de espacios políticos propicios para la inclusión de nuevos actores de reciente aparición, así como de la actualización política de las condiciones por las que atraviesa la cada vez más profunda y evidente reforma del Estado, en donde participa la sociedad civil entera de manera activa, se vislumbraba un mecanismo que sirviera para ubicar a esas fuerzas de las que venimos haciendo alusión dentro de una nueva figura parlamentaria: la representación partidista.

Nuestra posición al respecto ha sido desde el principio incluyente, debido, sobre todo, a que nosotros mismos, como una fuerza política emergente hemos padecido serias, graves y notables marginaciones para que pudiéramos participar y decidir en torno a los acontecimientos políticos y sociales que rodean toda la esfera de actuación de los mexicanos y principalmente aquellas que a los ecologistas nos preocupan con especial interés.

Es precisamente el artículo 27 el que menciona la conformación de los grupos parlamentarios y la exclusión de la posibilidad formulada por la auténtica oposición de formular agrupaciones partidistas distintas a los grupos parlamentarios. Al omitir dicho artículo, esa posibilidad disminuye la oferta política representativa y el futuro político de un país donde la sociedad civil es cada vez más interactiva con sus órganos de representación.

La causa ecologista, como otras, no ha sido fácil y por ello es que queremos propiciar las condiciones para que otras fuerzas políticas igualmente innovadoras a las que en la actualidad tenemos representación en el Congreso, enriquezcan con sus aportaciones no sólo el trabajo parlamentario que de suyo es importante, sino aún más, que contribuyan a forjar el destino de nuestro país.

La apertura democrática otrora bandera de diversos grupos parlamentarios en sus declaraciones o en sus promesas de campaña, parecen ahora claudicar ante la cerrazón y la exclusión de aquellos que también pueden ofrecer alternativas viables en la construcción de nuestro México, sea tal vez derivado del temor haber reducido su potencial político en los órganos de representación o por la pérdida de las prerrogativas que han gozado durante tanto tiempo.

La pluralidad que desde tiempo atrás se viene dando en nuestros órganos de representación política derivada de la organización de los diversos sectores que integran la sociedad civil, se ve cada día más evidente, sobre todo cuando la conformación de otras fuerzas están a la expectativa de participar en el panorama político con sus respectivas posiciones ideológicas.

El surgimiento de nuevas ideologías, de nuevos movimientos de apertura, producto del acomodamiento de los grupos sociales emergentes, justifican la creación de esta figura de vanguardia política al interior del Congreso de la Unión.

No necesariamente todas las fuerzas políticas emergentes se tienen que ver identificadas con las alternativas partidistas vigentes, lo que pretenden es proporcionar nuevas opciones de gobierno respaldadas en ideologías revisionistas que no tienen cabida en la oferta política actual.

La política debe ser aquel instrumento que encauce todas las inquietudes de todos los sectores nacionales, sean mayoritarios o minoritarios. Su importancia no radica en el número de participantes, sino en la calidad del trabajo aportado, en la eficiencia de sus funciones, pero, sobre todo, en la eficacia con que se dirijan sus esfuerzos en beneficio de un auténtico desarrollo nacional democratizante.

Consideramos aparte por su importancia, merece lo relativo a las prerrogativas que gozan los grupos parlamentarios. De acuerdo con el dictamen sometido a votación, éste no contempla en ninguno de sus preceptos el caso en el que llegasen a encontrar grupos parlamentarios, cuando varios de sus integrantes salen del mismo para formar parte de otro o declararse independientes, en virtud de que no resulta imputable al partido el hecho de que diputados que lo integran egresan de sus filas para perseguir fines particulares, debería de respetarse la conformación del grupo parlamentario.

Un solo requisito de cantidad no puede desmembrar la consolidación de la ideología de un partido representado en el Congreso, sobre todo cuando ese partido es de representación nacional, tiene muy bien precisados sus objetivos y originalmente cumplió con los requisitos establecidos por la ley.

Desaparecer los esfuerzos de diversas personas que lograron ganar su curul en campaña y la de aquellos que lucharon internamente por notar la propuesta de una propuesta política distinta, no merecen ser desacreditados ni marginados de la participación política nacional.

La consistencia del grupo parlamentario como tal se desvanece ante la propuesta de desintegrar al grupo cuando alguno de sus integrantes deciden abandonarlo. Si bien es válido que un diputado se declare independiente para proponer alternativas viales y distintas de las del grupo parlamentario al que anteriormente perteneció, también lo es que ese mismo grupo parlamentario del partido político que lo llevó al órgano legislativo, debe igualmente ser respetado, pues su oferta política fue la que en gran parte lo llevó a esa función pública representativa.

Por ello insisto, la desaparición del grupo parlamentario por el éxodo de algunos de sus integrantes, no justifican de manera alguna su desintegración, por tanto sugiero se adicione al dictamen, en especial al artículo 27 dos numerales 5 y 6, que quedarán respectivamente de la siguiente manera:

203,204,205

"5. Los grupos parlamentarios no perderán tal carácter aún y cuando disminuya el número de sus integrantes y

6. Cuando se trate de un número menor de diputados al establecido en el numeral 2 de este artículo, él o los diputados de un mismo partido político nacional podrán integrar una representación partidista. Las representaciones partidistas tendrán los mismos derechos y obligaciones que los grupos parlamentarios en proporción al número de sus integrantes, con excepción de su participación en las juntas de coordinación política y para la programación y dirección de los trabajos legislativos, donde sólo tendrán voz pero no voto."

Es cuanto.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 27, reservado por la diputada Gloria Lavara.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo reservado.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputada Secretaria.

Consulte la Secretaría a la Asamblea, si se admite la modificación propuesta por la diputada Gloria Lavara.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo 27 hoy impugnado.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por cinco minutos, para tomar la votación nominal del artículo 27 en sus términos.

(Votación.)

Se emitieron 295 votos en pro y 42 en contra, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputada Secretaria.

Aprobado en los términos del dictamen la reforma al artículo 27, por 295 votos a favor.

Para referirse al artículo 31, tiene el uso de la palabra la diputada Carolina O'Farrill Tapia, hasta por cinco minutos.

La diputada Carolina O'Farrill Tapia:

Señor Presidente, quisiera comentarle que en mi intervención se hará referencia a los dos artículos reservados, para que en una sola intervención se puedan desahogar los dos.

Muchas gracias, señor Presidente.

Se entiende que esta reforma se ha dado con la intención de buscar el mejor equilibrio posible para que la correlación de fuerzas entre las formas representadas en la Cámara y los derechos de todo grupo parlamentario y de todo legislador, se respeten en plenitud en los ámbitos de los procedimientos parlamentarios y en las decisiones políticas. Sin embargo, como representante independiente quisiera manifestar que el contenido de algunos de los artículos no responden a la actitud democrática que el pueblo mexicano expresó en las urnas en 1997.

¿Por qué? Porque esta reforma deja la idea de ser una reforma tripartita, de tres partidos solamente, que solamente tres partidos que tienen mayoría en este momento, son los que serán los que dirijan los tres grandes órganos que propone la iniciativa, que son la unidad de la Cámara en la mesa directiva, la Junta de Coordinación Política y la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos. En estas tres solamente quedarán contenidos los tres partidos que tengan mayor número de votos. Se excluye a los partidos llamados o mal llamados pequeños, pero también a los diputados independientes.

Se manifiesta que existen, seguimos existiendo, conforme al artículo 31 y en este artículo 31 se hace una modificación muy rara. Por un lado el domingo 20 de junio se establece un aumento que dicen guardar las mismas consideraciones y sin embargo en la modificación publicada el 22 desaparece la consideración que se les apoye en lo individual.

Yo quisiera que se incluyera en el artículo 31 nuevamente que el apoyo se le diera en lo individual a los diputados independientes.

¿Por qué esto? Porque miren ustedes: en este momento yo tengo que participar solamente en lo particular. Como diputados independientes no participamos en ninguno de los órganos de gobierno y queda una idea muy especial: no podemos participar, somos excluidos.

¿Por qué entonces se habla de tanta democracia? Democracia es inclusión, no es exclusión; democracia es saber que hay otros que piensan diferente y que tienen también que ser escuchados. Pero mucho más allá, prevalece la idea de partidocracia y no de democracia. Esta reforma es una reforma hecha solamente para tres partidos.

Y yo me pregunto: ¿por qué la ciudadanía no puede tener las otras opciones? ¿Por qué la ley orgánica, por que el Cofipe establece que existen otras opciones y finalmente éstas no son consideradas?

Una vez más no fuimos ni comunicados y consultados para realizar estas reformas. Se perdió la oportunidad de incluir a los diputados sin partido para poder participar en una representación diferente que se ha dado y lo sé, que han consultado varios de ustedes, en otros países existen diputados independientes y tienen otro tipo de participaciones. Aquí perdimos esa oportunidad.

Pero también están perdiendo los partidos pequeños o los mal llamados partidos pequeños, porque el Cofipe habla de partidos solamente y queda una idea muy especial: por un lado se busca la coalición con los partidos, con todos los partidos, coaliciones para candidaturas y en este caso ahí no son pequeños, ahí lo único que importan son los votos y ahí es, en ese momento si existen, pero se les cierra la participación dentro de la Cámara de Diputados. Esto me parece verdaderamente un absurdo.

Pero por otro lado, cuando se deja la idea de que la Cámara debe ser dirigida por un grupo de notables y los demás diputados sólo sirven para votar o aplaudir las decisiones que cuatro decidan, ¿por qué no le ahorramos 496 diputados al pueblo mexicano y que sólo sean cuatro las personas que...

El Presidente:

Le suplicamos a la diputada concluya con su intervención, por el tiempo.

La diputada Carolina O'Farrill Tapia:

Perdóneme, señor Presidente, pedí para los dos artículos.

El Presidente:

Perdón, diputada.

Yo quisiera pedir a todos los compañeros diputados, que podamos omitir esos chiflidos, que en principio causan una expectativa muy negativa hacia todos; ésta es una representatividad del pueblo de México y debemos de cuidarla así.

La diputada Carolina O'Farrill Tapia:

Le agradezco mucho, señor Presidente.

Nada más lo único que quería dejar, es que no quedó claro cómo en el artículo 40 se definieron las comisiones y hablo específicamente por la Comisión de Población, en virtud que de esta comisión surgieron tres comisiones más que sí prevalecen y ésta queda seguramente como una subcomisión que son la de Grupos Vulnerables, la de Asuntos Indígenas y la de Equidad y Género, surgieron de la Comisión de Población, ésa era la matriz hace muchos años y en este momento la Comisión de Población se inserta en este artículo, como parte de un criterio que establece que es una copia de las funciones del Ejecutivo en lo que se refiere a la Secretaría de Gobernación; sin embargo, en las otras comisiones no se siguió el mismo criterio.

Le agradezco mucho, señor Presidente y yo quisiera proponer en el artículo 40, solamente que se incluyera la Comisión de Población como matriz y que se insertara ahí quizá la de Grupos Vulnerables.

Muchas gracias y disculpen que haya provocado chiflidos, que me da mucha pena que mis compañeros los tengan así.

Gracias.

El Presidente:

En uso de la palabra el diputado Fidel Herrera, en pro del dictamen, respecto de este artículo reservado. Activen el micrófono del diputado Fidel Herrera, por favor.

El diputado Fidel Herrera Beltrán
(desde su curul):

Con expectativas muy positivas sobre la votación, declino mi intervención, señor Presidente.

El Presidente:

En virtud de que el artículo 40 habrá de votarse en forma progresiva y en su momento, únicamente se hará la votación respecto del artículo 31 reservado.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 31 reservado.

El secretario Librado Silva García:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 31 reservado.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado Secretario.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por la diputada Carolina O'Farrill.

El secretario Librado Silva García:

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado Secretario.

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo 31.

El secretario Librado Silva García:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del artículo 31, en sus términos.

(Votación.)

Informo a la Presidencia que se emitieron 264 votos en pro y 8 en contra, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado Secretario.

Aprobado el artículo 31 en los términos del dictamen por 264 votos.

El Presidente:

Para su discusión y para referirse al artículo 32, tiene el uso de la palabra la diputada Gloria Lavara Mejía, hasta por cinco minutos, del Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Gloria Lavara Mejía:

Solicito a la Presidencia me autorice en esta intervención a abordar los dos artículos restantes reservados por mi fracción.

Relativo a la presidencia de la junta de coordinadores. De acuerdo a lo establecido en el artículo 32 propuesto de las reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, contenida en el dictamen ahora presentado, se desprende que la presidencia de la Junta de Coordinación Política que sería el equivalente a una combinación entre la actual Comisión de Régimen Interno y Concertación Política y la Gran Comisión que hasta ahora la Ley Orgánica prevé, estaría encabezada por el coordinador del grupo parlamentario que haya obtenido por sí mismo, la mayoría absoluta de la Cámara o en su defecto por los coordinadores de los grupos parlamentarios establecidos por la misma junta de coordinadores en orden decreciente del número de legisladores que los integren.

La presidencia de tal junta, de acuerdo con el mismo artículo, tendría una duración de un año, de donde se deriva que si existen más de tres grupos parlamentarios en la Cámara, los demás restantes, aparte por supuesto de los que hayan obtenido el mayor número de escaños en la Cámara, quedarían excluidos de la oportunidad de participar en la presidencia de la Cámara, de aportar elementos para su buen gobierno y de realizar su proyecto político promovido en su plataforma electoral.

La oportunidad que proporciona presidir el órgano de gobierno de la Cámara no se equipara a la actuación en otros organismos de la misma, en tanto que las decisiones de carácter político trascienden no sólo para el buen gobierno de la Cámara, sino de toda la nación.

Antes bien, la votación, la democratización en la elección de presidencia del órgano de gobierno de la Cámara fomentaría una auténtica participación política de los partidos con representación y no la simple designación concertada entre tres grupos parlamentarios que obtendrían beneficios con sus concesiones.

No se trata de hacer valer unilaterlamente los puntos de vista de un organismo político como anteriormente se hacía y ahora se intenta hacer con tres partidos, sino de acordar con esa perspectiva que particulariza a cada uno de los acuerdos y los consensos en pro del desarrollo nacional.

Muestra de la falta de pluralidad de la que se alimenta el dictamen que hoy discutimos, son las palabras que en su intervención pronunció uno de los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, al establecer que dicho dictamen se realizó con el consenso de los partidos importantes, menospreciando así no a los partidos políticos con menor representación en esta Cámara, sino a los más de dos millones de ciudadanos mexicanos que votaron en las elecciones de 1997 por el Partido Verde Ecologista de México y por el Partido del Trabajo, al considerarlos ciudadanos sin importancia.

206,207,208

Parece extraño que luego de que se afianzara mediante el acuerdo celebrado el 4 de septiembre de 1997, por el que se establecía la forma en que se ocuparía la presidencia de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política durante esta legislatura, ahora se dé marcha atrás a ese acuerdo y se retroceda en el camino por la democracia.

Lo más adecuado, si lo que se pretende es la adoptación de la reforma de la Cámara de Diputados, es impulsar los consensos previamente adoptados por los coordinadores de los grupos parlamentarios identificados en el mencionado acuerdo, para continuar con el respeto por la pluralidad y así elevarlos a rango de formas legales.

Si la junta decidiese excluir a uno u otro grupo parlamentario, de la presidencia de la Junta de Coordinación Política sin base legítima para hacerlo, se estaría privando a ese grupo parlamentario que también contribuiría a la formación de decisiones políticas, del panorama del gobierno de la Cámara. Si ese hipotético grupo parlamentario pudiera resolver los problemas de manera más eficiente y con más creatividad que los demás, se desperdiciaría la oportunidad de incluir a aquellos que con iniciativas reales pudieran proporcionar soluciones oportunas a los problemas que padece la Cámara.

La actividad lenta y poco eficiente que ha caracterizado a los principales grupos políticos con representación en la Cámara parecen comprobar nuestras afirmaciones. El desempeño actual que el Partido Verde Ecologista de México ha tenido en la conducción de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, órgano de gobierno de la Cámara de Diputados, sin adelantar temerariamente juicios que podrán evaluarse hasta la lectura total del informe a presentar, no ha sido mala; antes bien, por el contrario, ha quedado demostrado que la presencia de nuevos e innovadores elementos en el escenario político han enriquecido la toma de decisiones no sólo en la conducción interna de la Cámara, sino incluso en la solución de problemas de gestoría, algunos de los cuales están en trámite y otros han quedado debidamente resueltos.
Si lo que se pretende es realmente dar cabida a las demás fuerzas partidistas, a concretizar un proyecto político auténticamente representativo del pueblo de México y no de élites y a considerar la democracia plena, no tenemos por qué acudir a instrumentos de exclusión y privación. La respuesta tal vez estaría en un órgano colegiado donde la presidencia se rote, al mismo tiempo que los resultados de cada administración tengan continuidad, de acuerdo a las aportaciones y resultados de cada uno.

Por lo anterior, sugiero la modificación del numeral 3 del artículo 32, para que quede en los siguientes términos: "en el caso de que ningún grupo parlamentario se encuentre en el supuesto del párrafo anterior, la presidencia tendrá una duración semestral, misma que será ocupada rotatoriamente por los coordinadores de todos los grupos parlamentarios representados en la Cámara y el orden será establecido por la junta".

En lo que se refiere al artículo 40, respecto a la desaparición de la Comisión de Asuntos de la Juventud, todos los partidos políticos, sin excepción alguna, prometieron en sus plataformas políticas la atención de uno de los grupos que, aunque no lo parezca, es vulnerable a las condiciones del sistema económico prevaleciente, donde han quedado desplazados de las fuentes de empleo y donde se suman cada vez más jóvenes sin oportunidades de desarrollo a nivel personal porque carecen de los medios que, por un lado ni el Estado les proporciona ni por otro, tampoco tienen la facilidad de adquirirlos para su formación personal.

Hoy se debate el futuro de los jóvenes, de su atención y del diseño de los programas que bien se podría hacer manteniendo una comisión ordinaria, tal y como se programó ante esta misma tribuna. Pero la falta de alternativas viables y creativas condena el diseño de la política...

El Presidente:

Perdón, diputada. Les voy a suplicar a los señores diputados que el tiempo lo lleva la Presidencia y vamos a darle en este momento un poquito de apoyo a la diputada, para que acabe bien su intervención.

Gracias.

La diputada Gloria Lavara Mejía:

Concluyo, señor Presidente. Aparte de estar haciendo alusión a dos artículos que anteriormente me autorizó.

Las iniciativas presentadas ante este pleno para que los jóvenes pudieran tener la oportunidad de acceder al desempeño de cargos públicos son sólo una prueba de los logros que esta comisión ha conseguido, pero falta todavía mucho por hacer.

La propuesta de desaparecer la Comisión de Asuntos de la Juventud, desaparece también las esperanzas que este sector tiene para el futuro y su atención por el Congreso de sus problemas.

Si antes no se ocupó de ellos sino hasta la creación de esta comisión, no veremos con certidumbre que las políticas de su atención se diseñen con efectividad como parte de una política en general.

El grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, conformado en su mayoría por jóvenes y que constituye el fiel de la balanza ante el temor de aquellos que, por permitir su participación, sólo reflejan miedo al futuro, incertidumbre de que conciencias sin perjuicios formulen críticas de su régimen y peor aún que participen con ánimo constructivo a contribuir con las soluciones que México solicita.

Por lo anterior, sugiero la adición de una fracción XXIV al artículo 40, para que quede en los siguientes términos: "artículo 40, fracción XXIV de asuntos de la juventud".

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputada.

Para hablar a favor del dictamen tenemos al diputado Rafael Oceguera, del Partido Revolucionario Institucional.

Activen el micrófono del diputado Oceguera.

El diputado Gil Rafael Oceguera Ramos
(desde su curul):

Señor Presidente, para sugerirle atentamente que le dé paso al orador que se ha inscrito en contra también, que tengo entendido que es el diputado Adolfo Zamora y yo respondería a nombre de la comisión a las posiciones de ambos oradores en una sola intervención, señor Presidente.

El Presidente:

Procede. Adelante, diputado Adolfo González Zamora, para efectos de que haga uso de su impugnación, hasta por cinco minutos.

Y se registra al diputado Rafael Oceguera, en nombre de la comisión, así es.

El diputado Adolfo González Zamora:

Obviamente la propuesta del diputado Oceguera representa una posición política añeja, caduca, que no quiere ver los avances democráticos de este país.

Compañeros diputados: les va a parecer extraño que un legislador del PRD esté planteando en contra este artículo del dictamen. Porque los diputados del PRD tenemos moral y principios... tenemos lucha social, tenemos objetivos históricos. ¡No hemos hecho concertaciones con nadie! ¡Hemos sido altamente consecuentes con nuestra política y la política del PRD es una política de democracia!

Y me extrañaba que un compañero panista hablara hace unas horas...

El Presidente:

Señores diputados: le voy a suplicar tanto al orador, como a la Asamblea podamos continuar con los trabajos, que lo hemos hecho muy bien. Y de referirnos al tema, diputado, por favor.

El diputado Adolfo González Zamora:

Sobre los elegidos. Y baste recordar que acá está el espíritu de Federico Nietzsche. ¿Y qué pasa cuando se quiere hablar de democracia formal en una economía de mercado? ¿Y qué pasa cuando se quiere hablar de democracia social en un modelo neoliberal? ¿Y qué pasa cuando en el artículo 32 se plantea un poder absoluto, un poder burocrático que quiere controlar nuevamente las decisiones de esta legislatura?

Pensamos nosotros que la pluralidad en este país no se ha ganado con lo que nos han dado los señores del PRI, se ha ganado por la continua lucha del pueblo mexicano en las votaciones. Y que si venimos aquí a la Cámara y le preguntan a los compañeros diputados del PAN que se debe al PRI esas concesiones, ese principio, yo diría que no. ¡El PRI quiere mantener el poder de esta Cámara de Diputados!

¡Quiere que regrese la Gran Comisión disfrazada de otra manera! ¡Quiere que...

El Presidente:

De nueva cuenta esta Presidencia hace la atenta recomendación a los señores diputados que conservemos el orden para continuar y le pedimos al diputado orador referirse al tema para continuar con estos trabajos.

El diputado Adolfo González Zamora:

Señor Presidente: es que no me he desviado del tema. Si los compañeros del PRI no quieren entender estas palabras, allá ellos.

Señalamos, los que pensábamos que la democracia se construye con el voto ciudadano, que los diputados de esta legislatura deben de estar acordes a lo que está pasando en el país y el país requiere estabilidad, requiere órganos que definan, no órganos de control.

Pensamos que la decisión del artículo 32 excluye a fuerzas importantes de México y le deja el poder a un tripartidismo que el PRD no quiere. ¡El PRD no está por un tripartidismo, está por la democracia plena de este país! Planteó que las tres principales fuerzas se doten el poder anualmente, va en contra de los principios democráticos. Plantea que si un partido tiene la mayoría absoluta tenga el control por tres años, es un control burocrático.
Nosotros, algunos diputados del PRD, planteamos lo siguiente:

Que se elimine la fracción II del artículo 32. Queremos y se propone lo siguiente y que quede de esta manera:

"La Presidencia de la junta será rotativa durante el periodo legislativo y será ajustado con los representantes de los grupos parlamentarios con presencia en esta Cámara de Diputados."

Compañeros diputados democráticos; compañeros diputados que siguen los intereses populares: ¡no se dejen engañar "con el canto de las sirenas"! ¡Los priístas son tramposos y van a ser tramposos toda la vida!

Compañeros del PAN: ¡no vayan a la cola del PRI, es el momento que modifiquen su situación y luchen por la democracia!

Muchas gracias, compañeros.

El Presidente:

En la misma discusión el diputado Rafael Oceguera Ramos, a favor del dictamen. Tiene cinco minutos.

El diputado Gil Rafael Oceguera Ramos:

Uno de los grandes retos, señor Presidente, que esta legislatura se impuso de cara a la dinámica y a la dialéctica social que la República vive, fue precisamente el de realizar una reforma del Poder Legislativo que hiciese posible que la Cámara de Diputados y que el Congreso de la Unión, pudiesen de manera más eficaz, de manera más efectiva, de manera más comprometida y de manera más puntual, coadyuvar por la vía de la reforma de las leyes, a la transformación social, económica y política del país.

Por eso, ahora, al discutir los contenidos del artículo 32, de lo que sería la nueva Ley Orgánica de esta Cámara de Diputados y de este Congreso de la Unión, la comisión y los diputados que formamos parte de la misma, consideramos importante dotar a esta Cámara de Diputados de órganos que estuviesen identificados precisamente por un carácter incluyente, por un carácter abierto, con una actitud de verdadera apertura, para que siendo el pleno quien con la mayoría de los votos resuelva las grandes cuestiones que atañen a este país, pudiésemos, a través de una Junta de Coordinación Política, con la presencia de todos los grupos parlamentarios, de todos los partidos políticos, poder procesar en un clima de equidad, de igualdad, inclusive recurriendo al voto ponderado, todos aquellos asuntos de carácter político que sea necesario procesar y someterlos a la consideración de otros órganos y particularmente someterlos a la votación y a la decisión del pleno.

209,210,211

Creo que la junta, como está concebida, señor Presidente, compañeros diputados, responde de manera efectiva, de manera puntual, a la necesidad de que esta Cámara de Diputados, por una parte cuente, como aquí se ha dicho, con una mesa directiva que garantice, en una actitud apolítica o apartidista más que apolítica, deliberaciones verdaderamente plurales, verdaderamente comprometidas con el interés de la nación.

Y por lo que hace al trabajo de la comisión o de la junta política, de lo que actualmente ha hecho, como aquí apuntaba la diputada Lavara, la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, y que sabemos que en buen grado ésta, como lo decimos aquí la comisión que produjo el dictamen, ha quedado rebasada por la realidad del país. Hoy estamos concibiendo, hemos diseñado la configuración de un órgano denominado "Junta de Coordinación Política", que, efectivamente, deberá ser presidida por el partido que obtenga en las elecciones federales o en las elecciones para formar legislatura, la mayoría absoluta de los votos.

Solamente en el caso de que ningún partido político cuente con la mayoría absoluta, se intentará en orden decreciente en cuanto a número de integrantes de cada grupo parlamentario, que durante un año cada grupo presida los trabajos de ese órgano nuevo que, insisto, será un órgano representado por todas las fuerzas y todas las fuerzas, todos los grupos políticos, todos los partidos políticos, podrán en esta mesa de negociaciones, en esta mesa que privilegiaria el diálogo, los acuerdos y buscarán los consensos suficientes para pasar asuntos al pleno, que el pleno deba conocer en términos de derecho constitucional o de compromiso constitucional.

No quisiera dejar de apuntar lo que aquí ha dicho la diputada Lavara. Efectivamente a todos preocupa una política de atención, de respaldo y de apoyo al desarrollo de los jóvenes, para eso está la Secretaría de Salud, para eso está la Secretaría de Educación Pública, para eso está la Secretaría del Trabajo, para eso están las distintas instancias de gobierno. La comisión consideró que las comisiones, 27, que se plantean en el dictamen, deben cumplir con sus trabajos de dictamen, sus trabajos específicos, mirando en todo por el desarrollo equilibrado y correcto del país, desde luego, sin dejar del lado a la gran mayoría de los mexicanos que son la población joven.

He dicho, señor Presidente. Muchas gracias.

Pido el voto en favor del 32 y del 40 en sus términos. Gracias.

El Presidente:

Tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Francisco Loyo, a favor.

El diputado Francisco Javier Loyo Ramos
(desde su curul):

Declino, señor Presidente.

El Presidente:

Declina. Correcto.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 32, hoy reservado.

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 32 reservado.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si admite la modificación propuesta por los diputados Gloria Lavara Mejía y Adolfo González Zamora, respecto al artículo 32.

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por los diputados Lavara y Zamora.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias.

En virtud de que son dos propuestas, tendrá que votarse cada una de ellas respecto del artículo 32, una propuesta hecha por la diputada Gloria Lavara y otra por el diputado Adolfo González Zamora. Por eso se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo 32 propuesto por la diputada Gloria Lavara Mejía, en sus términos.

Repetimos, se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo 32 en sus términos.

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por cinco minutos, para tomar la votación nominal del artículo 32 en sus términos.

(Votación.)

Se emitieron 270 votos en pro y 58 votos en contra, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputada Secretaria.

Aprobado el artículo 32 en los términos del dictamen por 270 votos.

Para su discusión y para referirse al artículo 35, tiene el uso de la palabra la diputada Lenia Batres Guadarrama, hasta por cinco minutos.

La diputada Lenia Batres Guadarrama:

Miren compañeros, en realidad este artículo, el artículo 35, habla de las atribuciones de la Junta de Coordinación Política, pero en realidad las atribuciones de la Junta de Coordinación Política están referidas en el artículo 30, en este 35, en el 39, en el 46, es una junta todopoderosa en esta Cámara; francamente no se explica esta exagerada centralización de las funciones en un órgano político que ahora se convierte en un órgano político administrativo, financiero, reglamentario.

Solita, a esta Junta de Coordinación Política, le van a corresponder las facultades que hasta ahora ha tenido el Comité de Administración, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, la mesa directiva de la Cámara, le quita, además, varias de las funciones de las comisiones ordinarias como la capacidad de hacer propuestas, iniciativas, minutas, por sí solos, dado que yo no sé si por algún error en el inciso a del numeral uno de este artículo, habla del impulso de la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas, iniciativas minutas, no con las propuestas, iniciativas y minutas; no va a acordar nada más como va a organizar el trabajo político sino también su contenido.

Es decir, esta Junta de Coordinación Política podrá hasta revisar las propuestas emanadas de las comisiones ordinarias de la Cámara. Compañeros, eso es un verdadero exceso.

Además, será la única porque no se menciona con una facultad de las comisiones, será la única con capacidad de emitir al pleno proyectos de puntos de acuerdo, pronunciamientos, declaraciones de la propia Cámara, eso es un verdadero exceso, compañeros.

Absorbe las funciones que ya tenía la CRICP pero absorbe muchas otras funciones de la Cámara; va a tener la capacidad de presentar el proyecto de presupuesto anual; va a tener la capacidad de aprobar al propio servicio de carrera administrativo y financiero; va a asignar recursos humanos, materiales y financieros... Yo no sé, compañeros, si hasta ahorita la propia CRICP no ha podido cumplir con sus funciones por el exceso de trabajo, es decir, de atribuciones que ya tenía, pues ha tenido que formar una sub CRlCP, no sé cuántas sub CRIP va a necesitar esta nueva junta para poder cumplir con sus facultades.

Y no sólo son estas facultades que estoy mencionando ahorita, de manera por demás curiosa, en realidad esta propia junta es lo mismo que la conferencia que está en el artículo 39, porque es la propia junta más el presidente de la mesa directiva, ni siquiera son los dos órganos en su conjunto, es una conferencia formada de una propia comisión de gobierno que esta junta, más el Presidente de la Cámara.

Es decir, la propia junta tendrá todas las atribuciones que se le ponen a la conferencia: establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones; calendario; proponer el estatuto, que ya estaba mencionado, efectivamente como comentaba el compañero Bátiz; impulsar el trabajo de comisiones... Yo no sé francamente si se pueda establecer un programa desde esa junta sin conocimiento de las iniciativas existentes en las propias comisiones; las comisiones hasta ahora han ido determinando su ritmo de trabajo, conforme hay comisiones en esta Cámara que trabajan y trabajan bastante y han ido determinando ese ritmo de trabajo conforme los avances de los consensos que tengan al interior de ellas.

Si es la junta la que va a determinar qué consensos o qué dictámenes debe programarse dentro de las comisiones, francamente le quita toda posibilidad de ritmo independiente a las comisiones mismas y por lo tanto hay un verdadero exceso de trabajo, verdadero exceso de funciones que lo que termina haciendo es limitar la propia capacidad e impulso creativo de manera cotidiana de los diputados al interior de las comisiones; no podrían proponer puntos de acuerdo si no es mediante la propia Junta de Coordinación Política

Compañeros, hay ahí una anulación del trabajo de 500 diputados y, efectivamente, como decía hace un rato una diputada, en realidad podríamos prescindir de 500 diputados y esta Cámara funcionaría perfectamente bien con el número de coordinadores de los grupos parlamentarios que hubiera en su momento...

El Presidente:

Diputada, le suplicamos termine por favor, su tiempo ha terminado.

La diputada Lenia Batres Guadarrama:

Termino.

En realidad absorbe totalmente las funciones de la Cámara de Diputados.

Compañeros, eso no es un órgano de gobierno, es un órgano legislativo en sí mismo. Por eso, en realidad no propongo modificación, porque en realidad habría que modificar todos estos artículos que plantean las funciones y simplemente quiero manifestar un voto de censura ante esta concentración de un reglamento que en origen se proponía democratizar la Cámara.

El Presidente:

En virtud de que la diputada Lenia Batres Guadarrama no hace una propuesta específica en contra, esta Presidencia considera que no debe de votarse.

Pasamos entonces...

El diputado Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul):

Señor Presidente.

El Presidente:

Adelante, diputado.

El diputado Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul):

Señor Presidente, solamente para decirle que si no votamos un artículo que ha sido reservado para su discusión en lo particular, como no ha sido aprobado cuando se votó en lo general, puesto que fue previamente reservado, entonces quedará sin ser aprobado...

212,213,214

El Presidente:

Bien, entonces . . .

El diputado Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul):

Espéreme tantito, señor Presidente, por favor. Entonces yo le recomiendo que si ésa es la decisión que usted quiere tomar, la cual yo aplaudiría, le suplico que le dé trámite a ese artículo para regresarlo a comisión, puesto que como no está aprobado y usted se niega a que se vote, se tiene que regresar a comisión. Ese sería el trámite correcto.

El Presidente:

Con objeto de llevar las cosas en el mismo camino en que hemos funcionado esta noche, voy a solicitar a la Secretaría consulte a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo a que hace alusión la diputada Batres, artículo 35.

El secretario Víctor Armando Galván
Gascón:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 35 reservado.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo hoy reservado.

El secretario Víctor Armando Galván
Gascón:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del artículo 35 en sus términos.

(Votación.)

Se emitieron 235 votos en pro y 83 en contra.

El Presidente:

Aprobado el artículo 35, en los términos del dictamen, por 235 votos.

Para referirse a la discusión del artículo 37, tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas, por el Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas:

Con su venia, señor Presidente; señoras y señores diputados:

El objetivo de mi intervención, a nombre de mi grupo parlamentario, el del Partido de la Revolución Democrática, es el de tratar de devolverle el carácter netamente parlamentario a la Junta de Coordinación Política propuesta, no sólo, efectivamente, en el artículo 37, sino en una serie de artículos en los cuales se enmarcan una serie de facultades que a nuestro juicio rebasan el carácter netamente parlamentario que este órgano debiera tener.

Desafortunadamente la Junta de Coordinación Política hereda los viejos vicios que tenía la Gran Comisión y la hoy vigente Comisión de Régimen Interno y Concertación Política. En esta junta, se reúnen una serie de facultades políticas legislativas y administrativas que a todas luces van en contra del trabajo netamente legislativo que debiera ser su objetivo.

Estas facultades concedidas tienen una injerencia en la vida de las comisiones muy cercanas al control, ya que sería prácticamente ese órgano de gobierno el encargado de elaborar en lo fundamental los programas legislativos. Consideramos que es muy superior el esquema de proyectos anteriores que hacía esta delicadísima función concurrente entre la junta y la mesa directiva, es muy superior y en consecuencia presentaremos la propuesta correspondiente.

Es indispensable remarcar lo siguiente: aún estamos a tiempo de enviar un buen proyecto al Senado, si acordamos modificaciones en lo particular, de no realizarse esta adecuación en un tema tan central como el gobierno mismo de la Cámara, nos expondríamos a un retroceso de consecuencias funestas para el proceso de democratización del Estado mexicano, ya que estaríamos cercenando las capacidades de representación efectiva de la máxima depositaria de la soberanía popular; se trataría de una auténtica contrarreforma autoritaria del Poder Legislativo Federal.

Hoy, de acuerdo a las facultades que tenemos en la Cámara, no interviene en este proceso legislativo el Ejecutivo, tal pareciera que no interviene, pero vemos en todo el proyecto y también en lo específico en la creación de esta Junta de Coordinación Política, la mano del presidencialismo, esa mano que no ha dejado al Poder Legislativo desempeñar a cabalidad las facultades que le otorga la Constitución.

En consecuencia propongo la modificación del artículo 37, suprimiendo los incisos c y d, por lo que el actual inciso e pasaría a ser modificado y renumerado como c, para quedar como sigue:

"Artículo 37. Corresponden al presidente de la Junta de Coordinación Política las atribuciones siguientes:

a) y b)...

c) Las demás que se deriven de esta ley, con los ordenamientos relativos."

Apelo a la conciencia de los legisladores para disminuir cabalmente las facultades que le otorga este artículo a esta Junta de Coordinación Política.

Muchas gracias.

El Presidente:

En virtud de que no existe ningún orador a favor, consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 37 reservado.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 37.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el diputado, relativa al artículo 37.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación del artículo 37.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del artículo 37, en sus términos.

Señor Presidente, se emitieron 242 votos en pro y 81 en contra.

El Presidente:

Aprobado en términos del dictamen el artículo 37 por 242 votos.

Para referirse al artículo 38 numerales 1 y 4, tiene el uso de la palabra en contra, el diputado Justiniano Guzmán Reyna, del grupo parlamentario del PRD, por cinco minutos.

El diputado Justiniano Guzmán Reyna:

Señoras diputadas y diputados:

Me permito proponer a esta honorable Asamblea la modificación a la propuesta del artículo 38 en sus numerales 1 y 4 para quedar como sigue:

Numeral 1. "La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, se integra con los miembros de la mesa directiva de la Cámara y de la Junta de Coordinación Política. A sus reuniones serán convocados con voz y voto los presidentes de comisiones que corresponda cuando se trate un asunto de su competencia".

Numeral 4. "La conferencia adoptará sus resoluciones por consenso; en caso de no alcanzarse ésta, lo hará por mayoría simple de sus miembros. El presidente de la conferencia sólo votará en caso de empate".

Basamos esta propuesta en las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera. La idea original de importar del derecho parlamentario francés un órgano especial para la función de programar los trabajos legislativos, es en sí misma excelente. Sin embargo en México, con una vida parlamentaria que no acaba de ser cabalmente democrática, es imprescindible hacer adecuaciones en el esquema que propone el dictamen.

La Conferencia para la Programación y Dirección de los Trabajos Legislativos, no es otra cosa que la Junta de Coordinación Política con otro nombre, ya que está compuesta por todos los miembros de esta última con la sola adición de "el presidente de la Cámara", que en este contexto no tiene más que un papel simbólico, ya que sólo puede votar en caso de empate.

Segunda. Lo anterior, además de agrandar a las ya de por sí importantes funciones de la junta, politiza en exceso una función que debe de tener un contrapeso institucional efectivo, si se admite como es correcto que la mesa directiva de la Cámara debe de salvaguardar los intereses constitucionales del Congreso. Entonces nosotros preguntamos: ¿no es parte de esos intereses constitucionales de imparcialidad, equidad política y soberanía del Congreso, la correcta programación de los trabajos legislativos?

Tercera. Por lo anterior, nos parece que es muy superior el esquema de proyectos anteriores, que hacía de esta delicadísima función una tarea concurrente entre la junta y la mesa directiva, por lo que recuperando lo mejor de ambas propuestas, proponemos que a la conferencia se integren los miembros de la mesa directiva, manteniendo las reglas que hacen al presidente de la Cámara también presidente de la conferencia, con capacidad para votar sólo en caso de empate.

Cuarta. En el mismo sentido se propone integrar a los presidentes de las comisiones como miembros eventuales de la conferencia con plenos derechos, es decir, serán miembros con voz y voto de este órgano, siempre que en su seno se trate algún asunto de la competencia de la comisión respectiva.

Lo anterior es tanto más natural por cuanto es indispensable incorporar en la programación de los trabajos legislativos a los factores fundamentales de éstos.

Las comisiones de dictamen, además el esquema actual del dictamen resulta humillante para los presidentes de las comisiones, los que podrían o no ser convocados para tener en la conferencia los mismos derechos de voz sin voto que un funcionario: el secretario general de la Cámara.

Es cuanto señor Presidente, gracias.

El Presidente:

En virtud de no haberse inscrito oradores en pro, consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 38 reservado por el diputado Justiniano Guzmán Reyna.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica se consulta a la Asamblea si se encuentra suficientemente el artículo 38 reservado.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

215,216,217

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

El Presidente:

Muchas gracias, diputada Secretaria.

Ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el diputado Justiniano Guzmán Reyna.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se desecha la propuesta.

El Presidente:

Sírvase la Secretaría solicitar la apertura del sistema electrónico de votación para proceder a la votación del artículo en cita, por cinco minutos.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos para hacer la votación nominal del artículo 38 en sus términos.

Se emitieron 233 votos en pro y 84 en contra.

El Presidente:

Aprobado el artículo 38 con sus numerales correspondientes en los términos del dictamen por 233 votos a favor.

Para referirse al artículo 40 tiene el uso de la palabra el diputado Armando López Romero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos. Es el artículo 40 fracción VIII.

El diputado Armando López Romero:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Para que se despierten un poco, sabemos que pues estamos ya en un diálogo prácticamente de sordos, donde pues, ya no hay ninguna intención del cambio ni siquiera de una coma, pero yo quisiera decirles, compañeros, que realmente deberíamos de tener muy claro, que cuando uno pasa aquí a la tribuna a verlos a todos ustedes lo emocionados que están, y vengo aquí a defender el trabajo que hemos hecho en la Comisión de Ciencia y Tecnología.

Una comisión, compañeros, que desde luego, pues ahí están los trabajos, hicimos el dictamen a una ley, fortalecimos al órgano que regula la política científica en este país, si los, mi querido Carlos, pues ahí está Mary Carmen, si no ha informado Francisco pues sería bueno preguntarle que se ha hecho.

Pero lo más importante, Francisco, es que parece ser que en lugar de avanzar en darle fortaleza al trabajo legislativo, por lo que se ha hecho es precisamente reducirlo. Es increíble, digo yo sé que allá es punto de cotorreo porque pues ya no va haber otras y sé que además se va a desechar, pero me da mucho gusto poderme dirigir aquí al pleno, porque pues desde que hablé con Francisco Paoli sabía la posición.

Pero quiero decir que insistiremos y aquí entregamos la propuesta del artículo 40 en su fracción VIII, primero para que la Comisión de Ciencia y Tecnología permanezca como una comisión ordinaria y de dictamen por la simple razón de la fortaleza en este renglón para el país y que a éstas del partido, yo creo que a muchos ya no les importa.

Pero también una cosa más en la misma fracción VIII: proponemos el cambio en donde dice en la misma fracción VIII: "la Comisión de Educación y Cultura", porque le pusieron Educación Pública. Yo no sé si hay alguien que tenga miedo de que nos metamos a ver lo que en el artículo 3o. fracción VI, los privados puedan brindar el servicio de educación.

Yo creo que aquí el debate, si es que hay, el comentario si bien vale la pena, es que la educación que la propia Constitución establece y nos faculta aquí a esta Cámara de Diputados, la reforma del 3o. constitucional, que ojalá algún día se haga, proponemos que quede simplemente como Comisión de Educación y Cultura y ahí está el fundamento, toda vez que el 3o. constitucional toca las dos formas de educación, tanto la privada como la pública y desde luego que apoyamos fundamentalmente la educación pública, pero creo que debemos de ser congruentes y dejar Comisión de Educación y Cultura.

Y un 8o.-bis o si quieren le aumentamos más a que no sean nada más 23, le ponemos la Comisión de Ciencia y Tecnología, porque el argumento de que para que estemos al tú por tú con la secretaría del Ejecutivo, sin menospreciar, hay aquí una serie de comisiones que no tienen su referente en el Ejecutivo, y que la Comisión de Ciencia y Tecnología entre sus proyectos está crear un órgano autónomo de Ciencia y Tecnología en este país.

Ojalá, lo cual lo veo muy difícil, ojalá podamos cambiar la redacción y nos apoyen compañeros Francisco, Carlos, compañeros todos, a que ojalá algún día demos chance de cambiar las cosas.

Muchas gracias.

El Presidente:

En virtud de que no está registrado ningún diputado en pro en relación al artículo 40 fracción VIII...

Le voy a pedir al diputado Machuca si nos permite por favor.

Para referirse al artículo 40 fracción XII, tiene el uso de la palabra el diputado Victorio Montalvo Rojas, del grupo parlamentario del PRD.

El diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas:

Compañeros diputados:

La propuesta que vengo a hacer a esta tribuna es en el sentido de mantener vigente a la Comisión de Seguridad Pública, adicionando al presente dictamen esta propuesta.

Desde que en esta legislatura nuestro grupo parlamentario, el Partido de la Revolución Democrática propuso la creación de la Comisión de Seguridad Pública, visualizábamos el gran problema que existe a nivel nacional en este trascendental tema. No son pocos los actores políticos, los ciudadanos, las organizaciones, la ciudadanía en general, los que se han referido al creciente incremento en el índice delictivo en nuestro país.

Hemos conocido de hechos lamentables a lo largo y ancho de nuestro país y lo cual motivó a que en la presente legislatura se propusiera la creación de esta comisión. Aún en esta legislatura, con la aprobación de este pleno, se creó la comisión con carácter de especial; sin embargo, al interior de la misma comisión, en muchas de las ocasiones planteamos la necesidad de que esta comisión tuviera un carácter de ordinaria, es decir de dictamen legislativo. No fue posible y ahora se presenta la oportunidad de que en esta discusión podamos darle la importancia que se merece, al incorporarla como una comisión de pleno derecho legislativo con un carácter ordinario y consecuentemente de dictamen legislativo.

Todos sabemos que la seguridad pública es una función constitucional que debe llevar a cabo el Estado mexicano con la concurrencia de los tres poderes de la Unión. La seguridad pública es un reclamo urgente de la sociedad que reclama el esfuerzo mejor organizado; la seguridad pública también es una función que por sí misma entraña una larga serie de actividades del Estado, que va desde la prevención de los delitos hasta la readaptación social del delincuente; pasando por la investigación, persecución y sanción de los ilícitos en el marco de las garantías individuales y los derechos humanos.

Por ello, la materia de la seguridad pública es más amplia aún que la sola procuración e impartición de justicia o que únicamente la vigilancia y protección de los derechos humanos.

Consecuentemente, vengo a proponer y les solicito su voto aprobatorio para que esta comisión, en términos del sexto transitorio, tenga en la futura legislatura, un papel predominante; que esta comisión, de acuerdo a lo que se pretende en el marco general de reforma de la Ley Orgánica, tenga una verdadera injerencia en la vigilancia de las actividades que realice sobre este tema el Poder Ejecutivo.

Les solicito su voto aprobatorio para que esta Cámara en lo futuro y lo que resta de ella, también podamos contar con mayor presencia en la vigilancia y consolidación de una política de seguridad pública que lleve a disminuir el creciente índice delictivo y el ánimo de la sociedad y la percepción de que no contribuimos a disminuirla.

Muchas gracias.

El Presidente:

En virtud de que no existe ningún diputado anotado para hablar en pro, continuamos con la fracción XIV del artículo 40 y para ello tiene el uso de la palabra el diputado Benito Mirón Lince, del grupo parlamentario del PRD.

El diputado Benito Mirón Lince:

Gracias, señor Presidente:

Quisiera mencionar que estoy anotado para tres artículos, voy a reducirlo a uno, les pediría si no tienen inconveniente, voy a tratar de ser breve, si me pasara un poco de mi tiempo, considerar que son tres artículos para no pasar en los demás.

Simple y sencillamente me quiero referir al artículo 44 que tiene relación con el 35, en cuanto al exceso de atribuciones que aquí se ha hablado mucho, pero se relaciona con el tema central que quiero tratar del artículo 40 en su fracción XIV y se refiere a las comisiones.

El artículo 44 en el numeral 2, señala que para la integración de las comisiones, la Junta de Coordinación Política formulará las propuestas correspondientes. Dice: "la junta señalará en quienes recaerá la responsabilidad de presidirlas, los antecedentes y la experiencia legislativa de los diputados". la junta evidentemente son los coordinadores, ahí está el centralismo que aquí tanto se ha hablado y que yo comparto ese criterio.

Y con esto nos está señalando simple y sencillamente compañeras y compañeros, que ningún diputado que venga por primera vez a esta legislatura podrá percibir una comisión, toda vez que debe de tomarse en cuenta la experiencia legislativa y yo creo que nadie que viene por primera vez tiene experiencia legislativa.

Pero no sólo eso, en relación al otro artículo que iba a tratar y que solamente lo menciono, también en el numeral 2 del 45, el coordinador del grupo parlamentario al que pertenezcan los diputados miembros de las comisiones podrán solicitar su sustitución temporal o definitiva. Creo que es inconcebible que se le den estas facultades a los coordinadores y discúlpenme pero aquí no tienen nada que ver los partidos, no estoy hablando como perredista ni mucho menos, no estoy haciendo una crítica a ninguno de los partidos, simplemente estoy diciendo que a ningún coordinador se le debería dar este nivel de facultades, de incluso solicitar la sustitución temporal o definitiva de un miembro de una comisión. Me parece absolutamente exagerado.

A lo que me quiero referir de manera especial compañeras y compañeros, realmente siento yo una gran tristeza que quiero expresar aquí, porque la Comisión de Derechos Humanos, los compañeros de los diferentes partidos que la integran y que aquí están con nosotros ahora, saben lo que hemos trabajado, saben el esfuerzo que se hizo y saben que hoy, gracias al trabajo de todos estos compañeros de todos los partidos logramos la autonomía en todos los sentidos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos incluyendo la autonomía presupuestaria y ahora ante todo esto que ha sido un tema que ha estado en boca de todas las organizaciones no gubernamentales, de la sociedad, organizaciones sociales, ha sido un tema de prensa de una importancia real en donde ayer se rindió el informe en Los Pinos ante el presidente Zedillo, el propio presidente Zedillo avaló y aplaudió esta reforma en el informe que dio también la doctora Roccati.

Resulta que hicimos un trabajo en esta comisión todos los diputados para lograr todo esto y hoy que tenemos una CNDH autónoma, hoy que tiene un presupuesto que va a manejar y que encuadra dentro de las facultades que las comisiones tienen en esto, me sorprende doble o triple que sencillamente se va la Comisión de Derechos Humanos y se funde con la de Justicia y Derechos Humanos, cuando no tiene nada que ver compañeras y compañeros, la impartición de la justicia con la materia de los derechos humanos. Hay mucho trabajo, en el ámbito jurisdiccional estoy hablando, que es lo

218,219,220

que viene siendo justicia y en la otra que es en los derechos humanos, una cosa totalmente diferente.

Pero quiero hacer referencia a una cosa, compañeros, en el periodo 1985-1988, compañeras del PAN, compañeros del PAN, un diputado de ustedes, el compañero Javier Paz Zarza, vino a esta tribuna a proponer que se creara la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara. En esta legislatura desgraciadamente solo anotada la propuesta del compañero Javier Paz Zarza, del PAN. No se aprobo, pero en la siguiente legislatura, compañeras y compañeros diputados del PRI, un diputado de ustedes vino a esta tribuna, retomo la propuesta y se aprobó y tenemos hoy Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara de Diputados.

Yo quiero hacerles un llamado a su conciencia, éste no es un asunto de partidos, este no es un asunto personal, nosotros, compañeras y compañeros, ya nos vamos...

El Presidente:

Diputado Mirón Lince, su tiempo ha terminado.

El diputado Benito Mirón Lince:

Aclaré que eran tres artículos. Termino para no venir ya.

Hago un llamado a la conciencia, no es un problema de partidos; yo quisiera que votáramos de veras con nuestra conciencia. Yo creo que a nadie le perjudica que se agregue una fracción más y la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara, persista. Yo quiero que pensemos todos, compañeros, en el costo político y muchos costos más que vamos a tener hacia afuera, no como PRD, no como Verde ni PT ni PAN ni PRI, como Poder Legislativo. En este momento que estamos festejando un logro importante, consiguiendo la autonomía de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en nuestra propia casa, hacemos a un lado y fundimos esa Comisión de Derechos Humanos. Ojalá, compañeras y compañeros, hoy sí, más allá de partidos y de colores, no den un voto contra su conciencia. Yo sé que todos los compañeros del PRI y todos los compañeros del PAN y de los otros partidos que hemos estado en estos trabajos, están convencidos de que la Comisión de Derechos Humanos, que no va a ser para nosotros porque ya no estaremos, debe de subsistir en esta Cámara de Diputados.

Ojalá y el voto sea de conciencia. Gracias y discúlpenme por el tiempo que me pasé.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea y se encuentra suficientemente discutido el artículo 40 con todas las fracciones presentadas por los diferentes diputados y hoy reservados.

La diputada María Estrella Vázquez Osorno
(desde su curul):

Falta un numeral.

El Presidente:

Diputada, no aparece registrada en los artículos reservados, ¿sí? Disculpe diputada, sí está reservada. Adelante.

La diputada María Estrella Vázquez Osorno:

Gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Esta LVII Legislatura ha iniciado una serie de tareas legislativas en la materia de protección civil.

No es necesario abundar en la importancia que este tema va cobrando en el país, de la severa intensidad con que hemos ido viviendo un conjunto de desastres que tienen que ver con el cambio climático global que se registra en intensas sequías, en mayor vulnerabilidad en cuanto a incendios, en un territorio como el mexicano que está expuesto también a la actividad volcánica, a problemas serios de sismicidad en distintas regiones del país.

Esta LVII Legislatura, decíamos, ha hecho un aporte importante al país, a la sociedad, al crear una Comisión de Protección Civil que se abocara al estudio y al análisis de todos los problemas relacionados con esta materia.

Cabe recordar que también el 9 de octubre se introdujo en esta legislatura, y se aprobó por unanimidad en esta Cámara el 30 de abril, una iniciativa de reforma constitucional que lo que hace es darle atribuciones al Congreso en materia de protección civil, es decir, legislar en estos temas que, como todos sabemos, no existía un marco constitucional y que la Comisión Permanente, el pasado 9 de junio, decretó ya esta reforma y con esto se arrancan, se inician una serie de trabajos fundamentales para lograr disminuir los desastres a los que está expuesta la sociedad mexicana.

En fecha muy próxima, como lo registra la Gaceta Parlamentaria de hoy, se va a iniciar una consulta pública con la intención de construir una Ley Federal en Materia de Protección Civil y poder contribuir, de esta manera, a que se diseñen políticas públicas, se doten de recursos las actividades y las acciones encaminadas, sobre todo a la prevención y a la atención de estos asuntos.

Consideramos que el esfuerzo de hacer una reducción de comisiones, de darle una organización mejor al trabajo legislativo de futuras legislaturas es un esfuerzo importante y, sin embargo, pensamos, y es una propuesta que comparten diputados de muchas fracciones, de todas las fracciones, que es muy importante que este tema realmente que empieza un camino largo en materia legislativa y desde luego en otras áreas del Gobierno, permanezca al menos enunciada en el área de gobernación, que es donde pensamos que podría caber.

Es una propuesta que presento yo, pero que sé que compartimos diputados de otras fracciones. La propuesta es la siguiente: que en el artículo 40 párrafo segundo fracción XII del dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General del los Estados Unidos Mexicanos, la denominación de la Comisión de Gobernación, Población y Seguridad Pública quede con una adición que sería como la Comisión de Gobernación, Población, Protección Civil y Seguridad Pública.

Por su atención, gracias.

El Presidente:

Ahora si consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 40 reservado, con todas sus fracciones y presentado por los diferentes diputados.

El secretario Librado Silva García:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 40 y sus fracciones VIII, XII y XIV de la iniciativa en comento.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutida, señor Presidente.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admiten las modificaciones propuestas por los diputados.

El secretario Librado Silva García:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se admite o se desecha la modificación propuesta por la diputada Gloria Lavara Mejía.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por el compañero diputado Armando López.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha, señor Presidente.

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por el diputado Victorio Montalvo Rojas.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha, señor Presidente.

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por la diputada Estrella Vázquez Osorno.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha, señor Presidente.

Es cuanto, señor Presidente.

El diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas
(desde su curul):

Faltó la del diputado Mirón Lince.

El secretario Librado Silva García:

No se encuentra en la Secretaría, señor Presidente. No la dejó. Pero es el 40 fracción XIV.

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se admite o se desecha la modificación propuesta por el compañero diputado Mirón Lince.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha, señor Presidente.

El Presidente:

Se anota la propuesta de la diputada Carolina O'Farrill, para efectos de la votación económica. Proceda, señor Secretario.

El secretario Librado Silva García:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se admite o se desecha la modificación propuesta por la compañera diputada Carolina O'Farrill.
Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico, hasta por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo 40 en todas sus fracciones invocadas por los diferentes diputados.

El secretario Librado Silva García:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos, para tomar la votación nominal del artículo 40 en sus términos.

(Votación.)

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Informo a la Presidencia que se emitieron 228 votos en pro y 75 en contra.

El Presidente:

Gracias, señor diputado Secretario.

Aprobado el artículo 40 en los términos del dictamen por 228 votos a favor.

Para referirse al artículo 43, tiene el uso de la palabra la diputada Lenia Batres Guadarrama, del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.

La diputada Lenia Batres Guadarrama:

Compañeras y compañeros:

Yo quiero hacer simplemente dos acotaciones que son muy técnicas, muy breves y que no quiero dejar de hacerlas, porque son tan obvias que se pueden plantear muy sencillamente.

En este artículo se comete lo mismo que en todo el Reglamento de error técnico, que es el poner los numerales en los párrafos. Se van a reformar una serie de artículos, van a quedar con una técnica legislativa unos y otros no y aquí en éstos hay varios que tienen el caso de que tienen número uno y no habiendo otros numerales se le deja el número uno; francamente es absurdo, dado que este dictamen lo presenta la Comisión de Reglamentos, que es nuestra actual comisión de decanos en esta Cámara. Si saben, tienen experiencia legislativa, debieron haber notado esta pequeña cuestión técnica.

221,222,223

Y hay otra cuestión técnica aquí que se refiere al establecimiento del plazo. Dice que el acuerdo que se establezca para formar las comisiones especiales, señalará su objeto, el número de integrantes que las conformarán y el plazo para efectuar las tareas. Yo no sé para qué se establece un plazo si aquí a continuación dice que cumplido su objeto se extinguirán y, en todo caso, al fin de la legislatura o sea, ¿para que se establece un plazo? En todo caso pongámosle: "cumplido su objeto o el plazo, se extinguirán y, en todo caso, al final de la legislatura". Si no, no tiene sentido que se establezca un plazo y ojalá al menos pudiéramos mandar la recomendación al Senado de que ellos corrijan este híbrido técnico de numerales, incisos, fracciones, artículos, como está planteado.

El Presidente:

En virtud de que no existe ningún diputado que venga a la tribuna para hablar a favor, consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 43 reservado.

El secretario Víctor Armando Galván
Gascón:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 43 reservado.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por la diputada Lenia Batres, en votación económica.

El secretario Víctor Armando Galván
Gascón:

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado Secretario.

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo reservado.

El secretario Víctor Armando Galván
Gascón:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del artículo 43 en sus términos.

(Votación.)

Se emitieron 226 votos en pro y 57 en contra.

El Presidente:

Aprobado el artículo 43 en los términos del dictamen por 226 votos a favor.

En virtud de que el diputado Benito Mirón Lince en su pasada intervención hizo su alusión y cuestionamiento al artículo 44 numeral 3 y en virtud de que también no existe ningún diputado que hable en pro de esta propuesta, consulte la Secretaría a la Asamblea si este artículo reservado se encuentra suficientemente discutido.

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 44 reservado.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el diputado Benito Mirón Lince respecto de este artículo reservado.

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo...Se desecha, señor Presidente.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por cinco minutos para proceder a la votación del artículo impugnado.

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del artículo 44 en sus términos.

(Votación.)

Se emitieron 226 votos en pro y 66 en contra, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputada Secretaria.

Aprobado el artículo 44 en los términos del dictamen por 226 votos.

Por acuerdo de esta mesa directiva queremos expresar que todos estamos en también de acuerdo, la Asamblea, la reducción en el tiempo de las votaciones, de cinco minutos a tres minutos, si están de acuerdo...

Gracias.

Para referirse al artículo 45 numeral 3, tiene el uso de la palabra el diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas, del grupo parlamentario del PRD, hasta por cinco minutos.

El diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas:

Trataré de ser breve, compañeros diputados:

Propongo a esta Asamblea la modificación del artículo 45 del dictamen a discusión, a fin de que su párrafo tercero sea adicionado para quedar como sigue:

"Artículo 45. Numeral 3. Las comisiones contarán para el desempeño de sus tareas, con el espacio necesario para el trabajo de su mesa directiva y para la celebración de sus reuniones plenarias. Adicionalmente a los servicios que reciban de la Secretaría de Servicios Parlamentarios, las comisiones contarán con los recursos materiales y de apoyo técnico y profesional permanente que requieran para el cumplimiento de sus funciones de dictamen, estudio y vigilancia de la administración pública."

Baso mi propuesta en las siguientes consideraciones:

Primera. La complejidad del trabajo legislativo moderno se centra fundamentalmente en las comisiones. Estas son: por su tamaño; por la agilidad de sus reuniones; por la especialización de sus miembros; pero sobre todo, por la naturaleza misma de las funciones de los parlamentos, los verdaderos talleres y laboratorios de todo Congreso, por lo que no puede escatimarse esfuerzo alguno para su fortalecimiento.

Segundo. La complejidad del trabajo de comisiones exige de suyo una gran capacidad de recopilación de datos; a menudo, en los sitios mismos donde se producen estudio, análisis y consulta pública, para lo cual es indispensable y estoy seguro de que así lo indica la experiencia de la inmensa mayoría de los legisladores que me escuchan, contar con el personal especializado, permanente y familiarizado con el trabajo de cada comisión.

El artículo 45 del dictamen a discusión, prácticamente desaparece los equipos de apoyo propios de las comisiones y pretende sustituirlos con los servicios que preste la Secretaría de Servicios Parlamentarios, establecida en el artículo 50 del proyecto de decreto.

Los servicios que prestaría a las comisiones la mencionada Secretaría, especificados en el inciso c del numeral uno del citado artículo, son los siguientes: organización y asistencia a cada una de ellas a través de su secretario técnico; registro de los integrantes de las mismas; seguimiento e información sobre el estado que guardan los asuntos turnados a comisiones y registro y elaboración del acta de sus reuniones.

Finalmente, nos parece del todo evidente que así concebidos y expresados, los servicios que nos ofrece el dictamen son por completo insuficientes, estamos convencidos de que los servicios que necesitan las comisiones son mucho más específicos que los citados.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado, por su tiempo otorgado.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 45, reservado por los señores diputados Benito Mirón Lince y Victorio Montalvo, del grupo parlamentario del PRD.

El secretario Ruperto Alvarado Gudiño:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 45 reservado.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admiten las modificaciones propuestas por los diputados Benito Mirón Lince y Victorio Montalvo.

El secretario Ruperto Alvarado Gudiño:

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por el diputado Mirón Lince.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El Presidente:

Continúe, señor Secretario.

El secretario Ruperto Alvarado Gudiño:

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por el diputado Victorio Montalvo.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

224,225,226

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por tres minutos, para proceder a la votación del artículo 45 reservado.

El secretario Ruperto Alvarado Gudiño:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del artículo 45 en sus términos.

(Votación.)

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Se emitieron 222 votos en pro, 62 en contra, señor Presidente.

El Presidente:

Aprobado el artículo 45 en los términos del dictamen, por 222 votos en pro.

Para referirse al artículo 46 numerales 1 y 4, tiene el uso de la palabra el diputado Gonzalo Rojas Arreola, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.

El diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas
Arreola:

Muchas gracias, señor Presidente:

En obsequio a la petición de mis compañeros, voy a reducir el tiempo de intervención al mínimo.

Solamente quisiera que se considerara la importancia que tiene, no solamente de darle más funciones a las comisiones que se está viendo con este dictamen, sino que también se agilizara su trabajo y en este sentido quiero proponer a ustedes que en el artículo 46, en la fracción I , en el numeral 1, se modifique su texto para que la petición de información que los presidentes de las comisiones hagan a los órganos del Ejecutivo por acuerdo de la comisión, se cambie y diga que los presidentes de las comisiones podrán solicitar información o documentación a los órganos de gobierno por acuerdo de la mesa directiva. De esa manera le daríamos más agilidad al trabajo de las comisiones y no le estaríamos restando funciones al pleno de las mismas.

Muchas gracias.

El Presidente:

Para referirse al mismo artículo 46, numeral 5, tiene el uso de la palabra el diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por cinco minutos.

El diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño:

Con su permiso, señor Presidente:

Las reformas que hoy estamos introduciendo a nuestro sistema jurídico reflejan indudablemente la voluntad de adecuar nuestras instituciones a la realidad política actual, de ello dan testimonio diversas reformas a artículos constitucionales que hemos aprobado. Por ello, para ser congruentes con estas reformas, miembros de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, proponemos la siguiente redacción del numeral 5 del artículo 46:

Textualmente sería la reforma en estos términos. "Asimismo, las comisiones a que se refiere el párrafo anterior y de acuerdo a su competencia, darán opinión fundada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con base en los informes que rindan el Poder Ejecutivo Federal y las demás entidades fiscalizadas en los términos del artículo 79, fracción I de la Constitución. Dichas opiniones deberán ser enviadas a más tardar 60 días después de la recepción de los informes. La opinión fundada tendrá por objeto hacer aportaciones a esa comisión sobre aspectos presupuestales específicos, en relación al cumplimiento de los objetivos de los programas del correspondiente ramo de la Administración Pública Federal y para que sean consideradas en la revisión de la Cuenta Pública".

De conformidad con lo anterior y toda vez que el decreto que aquí aprobamos y que reforma el artículo 79 de la Constitución, mediante la cual se crea la entidad de fiscalización superior de la Federación y que en este momento se encuentra sujeta al trámite de aprobación por las legislaturas locales, es necesario también realizar la previsión correspondiente en el régimen transitorio de este decreto, por lo cual también proponemos adicionar un segundo párrafo al artículo séptimo transitorio con el siguiente texto:

Artículo séptimo. Quedarían los incisos a, b y c como se encuentran redactados y el párrafo adicional sería el siguiente:

"La vigencia de lo dispuesto por el párrafo quinto del artículo 46 de esta ley, estará sujeta a que se concluya el proceso legislativo de la reforma del artículo 79 y demás relativos de la Constitución, en materia de la entidad de fiscalización superior de la Federación."

Por la misma razón y con el fin de ser consecuentes a la propuesta que se formula, resulta necesaria la eliminación del párrafo decimosegundo del título denominado, "de las comisiones y comités" del apartado de consideraciones del decreto de referencia.

Quienes suscriben esta propuesta son, miembros de la Comisión de Reglamentos, los diputados: Fidel Herrera Beltran, Jorge Canedo Vargas, Francisco José Paoli y Bolio, Santiago Creel Miranda, Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, José Luis Lamadrid, Rafael Oceguera, Miguel Quiroz Pérez, Mauricio Rossell y Sadot Sánchez Carreño.

Muchas gracias.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 46, en sus distintos numerales.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 46, numeral 1 y numeral 5.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admiten las modificaciones propuestas por los diputados, respecto a este artículo 46.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la propuesta de modificación del artículo 46, numeral 1.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha.

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta al artículo 46, numeral 5, del diputado Sadot Sánchez.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se acepta la modificación.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo 46, con la modificación ya votada y aceptada por esta Asamblea, presentada por el diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño, respecto al artículo 46, numeral 5.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del artículo 46, numeral 5.

(Votación.)

Señor Presidente, se emitieron 254 votos en pro, 29 en contra.

El Presidente:

Aprobado el artículo 46 con la modificación aceptada al numeral 5, por 254 votos.

Para referirse al artículo 47, tiene el uso de la palabra, en contra, la diputada Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del PRD hasta por cinco minutos.

La diputada Angélica de la Peña Gómez
(desde su curul):

Señor Presidente, quiero informarle que declino.

El Presidente:

Al diputado Sadot Sánchez, suplicamos se le active el micrófono.

El diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño
(desde su curul):

Señor Presidente, para solicitarle muy atentamente que ponga usted a votación la propuesta que también hice en el texto que me permití leer y que se refería a la eliminación del párrafo decimosegundo del título denominado "de las comisiones y comités", que aparece como consideración en el dictamen correspondiente.

El Presidente:

Esta Presidencia solicita a la Secretaría tenga a bien tomar la votación de manera económica, del diputado Sadot Sánchez.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo séptimo transitorio...

El Presidente:

Adelante, diputado Sadot Sánchez, para que aclare bien.

El diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño
(desde su curul):

Ya se encuentran contenidas en el escrito que se dejó en la Secretaría. Unicamente recordar que además de la propuesta que se hizo del numeral 5 del artículo 46, se presentó por ser congruente y derivada de esta reforma, la eliminación de los considerandos del párrafo decimosegundo que sería lo que se sometería en este momento a votación y en su momento, al abordar los transitorios, se sometería la reforma del artículo séptimo transitorio que es una consecuencia.

El Presidente:

De acuerdo. Proceda, señor Secretario.

Sí, diputado Rodríguez Prats.

El diputado Juan José Rodríguez Prats
(desde su curul):

No se requiere someter a votación, si se ha eliminado del articulado, obviamente la exposición de motivos también se elimina. Yo suplicaría que siguiéramos con los siguientes artículos y obviamente eso se da como lógico por descartado.

El Presidente:

El diputado Arroyo Vieyra.

El diputado Francisco Agustín Arroyo
Vieyra (desde su curul):

En tal caso, señor Presidente, con toda cortesía, le rogamos que lo declare formalmente, de tal suerte de que no de lugar a duda y de que se corrija en estilo.

El Presidente:

Haciendo las consideraciones a que se refiere el diputado Sadot Sánchez y las modificaciones correspondientes, se declara aprobado en sus términos.

La diputada Lenia Batres, por favor activar su micrófono.

227,228,229

La diputada Lenia Batres Guadarrama
(desde su curul):

Señor Presidente, nada más quiero manifestarle que yo había reservado el numeral 3 del mismo artículo 46, no se me dio el uso de la palabra, pero quiero dejar constancia por prudencia nada más que me manifiesto absolutamente en contra.

El Presidente:

Correcto. Hay un punto de vista de la mesa directiva, que habrá que votar el artículo 47 toda vez que fue reservada en todos sus términos, por lo tanto instruimos a la Secretaría para que se active el sistema electrónico hasta por tres minutos.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del artículo 47 en sus términos.

(Votación.)

Señor Presidente, se emitieron 217 votos en pro y 60 en contra.

El Presidente:

Gracias, diputado Secretario.

Aprobado el artículo 47 en los términos del dictamen, por 217 votos.

Para referirse al artículo 55 tiene el uso de la palabra en contra el diputado Francisco de Souza Machorro, por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.

El diputado Francisco de Souza
Machorro:

Señoras y señores diputados:

Propongo a esta Asamblea que el artículo 55 sea modificado y adicionado para quedar como sigue:
La Coordinación de Comunicación Social tiene a su cargo la difusión de las actividades de la Cámara, sirve de enlace con los medios de comunicación y aplica los criterios que define el Comité de Comunicación Social, organización y funciones, así como la designación de sus titulares, del personal que la integre se rige por lo dispuesto en esta ley y el estatuto, nos basamos en las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera. Es indispensable contar con una estructura de comité, que le permita a esta Cámara ejercer una vigilancia de supervisión superiores sobre las funciones de administración a efecto de que las mismas no queden concentradas en ningún órgano de gobierno o peor aún sean desempeñados por funcionarios sin control efectivo.

Segunda. La Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 6o. otorga a los mexicanos el derecho de recibir de los poderes constituidos, información verídica suficiente oportuna sobre sus actividades y por lo tanto, la Cámara de Diputados se encuentra constitucionalmente obligada a garantizar el ejercicio de este derecho en el ámbito que le corresponde.

Tercera. La población demanda cambios sustanciales en las formas de gobernar y por ende se requieren reglas claras entre las relaciones de los poderes del Estado y los medios de comunicación social, basadas en el respeto a las libertades democráticas, así como las normas jurídicas y acuerdos transparentes.

Cuarta. La función de la Comunicación Social de la Cámara de Diputados entraña por su naturaleza y especifidad, un grado de responsabilidad tal que no puede ser atribuida en sus aspectos esenciales a un órgano no parlamentario.

Quinta. La función de la comunicación social requiere de un órgano parlamentario especializado que en forma colegiada y plural contribuya al cumplimiento de las obligaciones constitucionales y políticas ya enunciadas.

Sexta. La presidencia de la mesa directiva, órgano parlamentario a que el dictamen en su forma actual atribuye un vínculo con la Coordinación de Comunicación Social, está mejor capacitada para sus condiciones, para vigilar las actividades de la Secretaría de Servicios Parlamentarios.

Muchas gracias.

El Presidente:

En virtud de no existir orador en pro, consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 55 reservado.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 55 reservado.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el diputado De Souza.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta en relación al artículo 55.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias. Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por tres minutos, para proceder a la votación del artículo 55 reservado.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por tres minutos, para tomar la votación nominal del artículo 55 en sus términos.

(Votación.)

Señor Presidente, se emitieron 225 votos en pro y 59 en contra.

El Presidente:

Gracias, diputada Secretaria.

Aprobado el artículo 55 en los términos del dictamen por 225 votos.

Para referirse al artículo 58 numeral 3, tiene el uso de la palabra el diputado Rosalío Hernández Beltrán, en contra, del grupo parlamentario del PRD, hasta por cinco minutos.

El diputado Rosalío Hernández Beltrán:

Si no tiene inconveniente, señor Presidente, usaré los cinco minutos para referirme también al artículo decimoprimero transitorio.

El Presidente:

Perfecto. Cómo no.

El diputado Rosalío Hernández Beltrán:

Compañeras y compañeros diputados:

Seguramente la mayoría de ustedes sabe que en este año la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido dos jurisprudencias relacionadas con los derechos de los trabajadores, demostrando que a veces el legislador emite algunos artículos en las leyes reglamentarias que no se ajustan de manera correcta, congruente a la propia Constitución de la República.

Estamos a punto, a mi juicio, de cometer otro desacierto si ustedes votan tal como está el numeral 3 del artículo 58, porque aquí se señala que todos los trabajadores que van a entrar dentro del esquema del servicio civil de carrera, van a ser considerados de confianza. Se les olvida a quienes diseñaron este dictamen, que el preámbulo del apartado B del artículo 123, señala que el apartado B, se refiere en la ley reglamentaria correspondiente, a normar las relaciones obrero-patronales de todos los trabajadores al servicio de los poderes de la Unión, al Gobierno del Distrito Federal y también en ese apartado B en la fracción XIV, se señala con toda precisión lo siguiente:

"La ley determinará los cargos que serán considerados de confianza" y ¿qué dice la ley reglamentaria, qué es lo que considera a los trabajadores de confianza? Ustedes lo pueden ver en el artículo 5o. de la ley burocrática y aquí hay diputados que saben muy bien esto, se señala lo siguiente en el artículo 5o. de la ley burocrática:

Son trabajadores de confianza, viene el inciso 1, que se refiere a los trabajadores del Poder Ejecutivo; viene el inciso 2, que se refiere al Poder Judicial y viene para los trabajadores del Poder Legislativo. Dice lo siguiente:

"Son trabajadores de confianza en el Poder Legislativo: el Oficial Mayor, el director general de departamento y oficina, el tesorero general, los cajeros de la tesorería, el director general de administración, el oficial mayor de la Gran Comisión, el director industrial de la imprenta y encuadernación y el director de la Biblioteca del Congreso; en la Contaduría Mayor de Hacienda también se considerarán de confianza el contador y el subcontador mayor, los directores y subdirectores, los jefes de departamento, los auditores, los asesores y los secretarios particulares de los funcionarios mencionados". Aquí está de manera muy clara a quienes se consideran trabajadores de confianza, de tal manera lo que se está señalando en este artículo es incongruente; pero además quiero decir que la Constitución señala en dónde debe establecerse quienes son los trabajadores de confianza y en ningún momento se dice que en la Ley Orgánica del Congreso de la Unión debemos señalar quienes son los trabajadores de confianza. Eso es totalmente incongruente con la Constitución Política de nuestro país.
Por eso proponemos lo siguiente en el numeral 3: los miembros de los servicios de carrera, se regirán conforme a lo establecido en la ley reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional por esta ley y por el estatuto en lo que no se oponga a la primera, a efecto de que reciban las prestaciones de seguridad social se celebrarán convenios pertinentes con el Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Por último y en congruencia con lo anterior, el artículo decimoprimero transitorio del proyecto de decreto, debe precisar en su primer párrafo que en tanto se expide el estatuto relativo a los servicios parlamentarios, administrativos y financieros, los nombramientos del personal se sujetarán a lo dispuesto en la ley reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional; por ello presentamos también una propuesta de modificación a dicho artículo transitorio: modernizar nuestro Congreso no riñe con el respeto a los derechos laborales; dar certeza jurídica a una labor profesional abona en un mejor desempeño de nuestros recursos humanos.

Dejo aquí las propuestas.

El Presidente:

Gracias, diputado.

En pro de la propuesta del dictamen, tiene el uso de la palabra el diputado Héctor Valdés Romo, del grupo parlamentario del PRI.

El diputado Héctor Valdés Romo:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

He escuchado con el más vivo interés la intervención de nuestro compañero diputado Rosalío Hernández, del PRD.

Debo decir que por cuanto se refiere a la tesis de jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo que se refiere al apartado B del artículo 123 constitucional, aquí en esta tribuna en el mes de abril tuvimos una intervención respecto de lo que la diputación priísta por mi conducto dejó en una iniciativa de reforma a la Constitución, en lo que hace al aspecto que él señala relativo a los trabajadores que van a prestar sus servicios en los, perdón por la redundancia, servicios de carrera tanto en la Secretaría de Servicios Parlamentarios, como en la de Servicios Administrativos y Financieros, queda preservada la seguridad jurídica de los trabajadores que van a prestar sus servicios ahí.

230,231,232

Y baste con leer el segundo párrafo del transitorio decimoprimero y el artículo transitorio decimosegundo, para que quede definitivamente demostrado que se preservan los derechos de los trabajadores.

Es muy importante que tengamos conciencia de que si en este siglo ha sido fundamental el lema de que en la unidad está la fuerza, en el caso de los trabajadores debemos empezar a tener conciencia de que en el siglo próximo el lema será: en el conocimiento está la fuerza.

Y es importante, es indiscutible e impostergable que hagamos todo cuanto esté de nuestra parte, por la capacitación de los trabajadores y quienes presten sus servicios en la Cámara de Diputados en cuanto se establezca la Unidad de Capacitación y Formación Permanente, para que a través de los cursos que imparta se capaciten, se estará dando un paso muy importante en esta materia.

Nada de cuanto esté aquí escrito en el artículo 58 numeral 3 y en los transitorios decimoprimero y decimosegundo sobra, como no sobra ninguna tarea para garantizar los derechos de los trabajadores.

Se está haciendo necesaria una disyuntiva en la conciencia no solamente de nosotros sino del pueblo de México: o mejoramos el servicio civil de carrera en la Cámara de Diputados, propiciando para ello la capacitación de trabajadores de base o habrán de contratarse los servicios de personal capacitado aunque no sea de base o aunque sea externo. No todos los trabajadores de la Cámara de Diputados son de base y sus derechos están garantizados.

Y por cuanto se refiere a este paso que habrá de darse en materia de servicio civil de carrera, creo que en un primer paso la unidad de Capacitación y Formación Permanente podrá impartir los primeros cursos de capacitación y adiestramiento y de ahí en adelante podrán hacerse periódicos esos cursos de capacitación.

El diputado Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul):

No sé si el diputado me permitiría hacer una pregunta...

El Presidente:

Le vamos a pedir que enciendan el micrófono del diputado Gómez, para escuchar.

El diputado Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul):

Es que estoy solicitándole a usted y al orador que me acepte una pregunta.

El Presidente:

Diputado, si usted acepta una pregunta del diputado Gómez.

El diputado Héctor Valdés Romo:

No, señor Presidente.

El Presidente:

Muy bien. Adelante, diputado Rosalío Hernández, activen su micrófono, por favor.

¿Con qué objeto quiere hacer uso de la palabra?

El diputado Rosalío Hernández Beltrán
(desde su curul):

Señor Presidente, para contestar alusiones personales.

El Presidente:

Adelante, diputado.

El diputado Rosalío Hernández Beltrán

Señor diputado que me aludió:

Si usted ve el artículo 52, donde se señala: "la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros se integra con funcionarios de carrera y confiere unidad de acción a los servicios siguientes...". Aquí están señalando que los trabajadores que van a desarrollar actos tales como los señala en el inciso c, dice: "servicios de recursos materiales que comprenden inventario, provisión y control de bienes muebles, materiales de oficina y papelería y adquisiciones de recursos materiales", está señalando las funciones que harán aquellos trabajadores que van a integrar la Secretaría de Servicios Administrativos y a quienes el numeral 3 señala que son trabajadores de confianza y le recuerdo a usted que el artículo 9o. de la Ley Federal del Trabajo señala que los trabajadores de confianza son aquéllos que hacen actividades de carácter general de fiscalización, de vigilancia, de inspección y de dirección, pero de carácter general.

Aquí, estos trabajadores no están haciendo trabajos ni de inspección ni de dirección ni de vigilancia de carácter general. Por eso no es conveniente que estos trabajadores que se señalan aquí, cuyas actividades desarrollan de acuerdo a este capítulo, considerarlos como trabajadores de confianza.

Eso es lo que yo vine a decir aquí y si aprobamos este numeral 3, es incongruente con la Constitución y con el artículo 9o. de la Ley Federal del Trabajo.

El Presidente:

En contra también se encuentra registrado el diputado Luis Rojas Chávez, respecto de este artículo hoy impugnado. Tiene cinco minutos, diputado.

El diputado Luis Rojas Chávez:

Con su permiso, compañero Presidente:

El compañero Rosalío ha sido muy preciso en señalar la contradicción que se da, es en la fracción III del artículo 58 propuesto, en donde se señala que los trabajadores de servicio civil de carrera serán de confianza, mientras que en el artículo 52 se especifica cuáles serían los trabajadores de servicio civil de carrera y es amplio, es basto, viene personal de todas las áreas.

Y esto contradice con el artículo 9o. de la propia Ley Federal del Trabajo que especifica cuál es un empleado de confianza.

Aquí lo único que nosotros estamos pidiendo es que se reflexione y que participen diputados que conozcan el tema y que no nos vengan a hablar que con la pura capacitación van a hacer los cambios para que se hagan empleados de confianza.

Lo que nosotros estamos señalando puntualmente qué es un empleado de confianza, no es lo que está señalando el proyecto y lo que se está marcando como el servicio civil de carrera y sobre todo lo que se señala en el artículo 52 y donde desglosan cuales serían los trabajadores que estarían comprendidos en esa área.

Aquí es donde estamos pidiendo a los compañeros diputados, sobre todo a los diputados que están en la Comisión de Trabajo, que revisen si es que la propuesta nuestra es errónea que la discutamos ampliamente, pero que no se vote nada más por salir del compromiso o salir de una propuesta que fue elaborada previamente, sin haberse analizado.

Es lo que nosotros estamos pidiendo, que se respete el artículo de la propia Ley Federal del Trabajo, el artículo 123. Que se respete el apartado B su fracción XIV y la parte quinta del propio Reglamento del apartado B, en donde se especifica cuales son las funciones de confianza y nos remitimos también al 9o. de la Ley Federal del Trabajo.

Muchas gracias.

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 58 numeral 3.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 58 reservado.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

El Presidente:

Pregunte la Secretaría a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el diputado Rosalío Hernández.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados...

El diputado Juan Marcos Gutiérrez
González (desde su curul):

Moción, señor Presidente.

El Presidente:

Activen el micrófono del diputado Juan Marcos Gutiérrez.

El diputado Juan Marcos Gutiérrez
González (desde su curul):

La solicitud que está haciendo esta Presidencia de votación es incorrecta. Se debe preguntar si se admite a discusión, no si se admite la propuesta. Si se admite a discusión entonces tendremos oportunidad de llevar a cabo el debate.

El Presidente:

Diputado Gutiérrez, ya se votó si se encuentra suficientemente discutido y se votó que era suficientemente discutido. Estamos ahorita en estos momentos en lo que se refiere a si se admite la modificación de la propuesta.

Adelante.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo impugnado.

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo...

El Presidente:

Permítame, señor Secretario.

A ver, diputado Martín del Campo.

Adelante, diputado, por favor.

El diputado José de Jesús Martín del Campo Castañeda (desde su curul):

La petición era de la votación nominal. Pero ya usted está dando curso a eso.

El Presidente:

Sí, así es. Estamos dando oportunidad a eso.

Proceda, señor Secretario.

233,234,235

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

Abrase el sistema electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del artículo 58 en sus términos.

El diputado Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul):

Señor Presidente, es la fracción III del 58 nada más.

El Presidente:

Así quedó.

El diputado Pablo Gómez Alvarez
(desde su curul):

Pero repítalo por favor.

El Presidente:

Tan sólo como ha quedado es la fracción numeral 3 del artículo 58.

Así es.

(Votación.)

El secretario Juan Carlos Espina von
Roehrich:

Ciérrese el sistema de votación electrónico. Se emitieron 178 votos a favor y 79 en contra.

El Presidente:

Aprobado el artículo 58 en los términos del dictamen por 178 votos.

Para referirse al artículo sexto transitorio, tiene el uso de la palabra, en contra, el diputado Gonzalo Rojas Arreola, del grupo parlamentario del PRD, hasta por cinco minutos.

El diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas
Arreola:

Muchas gracias, señor Presidente, con su venia:

En este artículo se concentran muchas de las inquietudes e inconformidades de un numeroso grupo de diputados de todas las fracciones parlamentarias, por lo que me parece que debiéramos verlo con cuidado, porque corremos el riesgo de violentar la Constitución en su artículo 14, que establece que ninguna norma puede ser aplicada de manera retroactiva en perjuicio de persona alguna; ninguna ley, y la aplicación retroactiva de la ley que hoy estamos aprobando no sería en perjuicio de diputados ni en perjuicio de la Cámara en principio, sino en perjuicio de los ciudadanos que en las comisiones actualmente constituidas tienen diversos asuntos en trámite, porque las comisiones actualmente constituidas tienen diversos dictámenes en trámite de solución, porque hay un sinnúmero de asuntos que están canalizados a las diversas instituciones en espera de resolución.

Y se puede caer en el riesgo de aprobar y aplicar de manera retroactiva esta ley, porque el artículo 44 de la Ley Orgánica señala que las comisiones constituidas en la Cámara de Diputados se eligen al principio de cada legislatura y durarán en su encargo hasta el término de la misma y en el artículo transitorio se señala que la integración de las comisiones previstas en los artículos 40 y 41, entrarán en vigor a partir del 1o. de marzo del año 2000. Ello, compañeras y compañeros, nos pone en el riesgo de estar violentando la Constitución.

Pero hay otra razón por la cual nosotros debiéramos de modificar este artículo y es la interpretación biunívoca que tiene, porque mientras por un lado dice que las comisiones entrarán en función a partir del 1o. de marzo del año 2000, por otro lado deja la posibilidad de que sigan funcionando comisiones sin establecer ningún criterio para ello.

¿Cuál va a ser el criterio para determinar qué comisiones pueden seguir funcionando y no sean modificadas a partir del 1o. de marzo del año 2000? ¿Cuáles son los criterios que se van a aplicar? ¿Volveremos al criterio de la cercanía con el líder para que una comisión pueda seguir funcionando? ¿Volveremos al criterio subjetivo de una comisión o de los órganos nuevos que se están aprobando, para que éstos determinen qué comisiones van a seguir funcionando? Esa es una interpretación biunívoca que no puede quedar establecida en un artículo transitorio que debe de ser terminante.

Por esta razón, compañeras y compañeros, nosotros debiéramos de establecer perfectamente claro, en referencia al artículo sexto transitorio, que la modificación a la estructura y a la composición y al número de las comisiones, deberá de fungir a partir del 1o. septiembre del año 2000, para no dar lugar a interpretaciones biunívocas, para no dar lugar a criterios subjetivos y para no entrar en una discusión acerca de la aplicación retroactiva de la ley.

Dejo en manos de la Secretaría la propuesta.

El Presidente:

En virtud de no encontrarse ningún orador a favor inscrito, consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo transitorio reservado.

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo sexto transitorio reservado.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el diputado Gonzalo Rojas.

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por el diputado Rojas al artículo sexto transitorio.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo reservado.

(Votación.)

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del artículo sexto transitorio en sus términos.

La secretaria María del Carmen Moreno
Contreras:

Se emitieron 215 votos a favor y 58 en contra, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias.

Aprobado el artículo sexto transitorio en los términos del dictamen por 215 votos.

Para referirse al artículo séptimo transitorio, tiene el uso de la palabra en contra el diputado Gonzalo Rojas Arreola, del PRD, hasta por cinco minutos.

El diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas
Arreola (desde su curul):

Dado que no hay voluntad para modificar artículos que son algunos de ellos de manera clara violatorios de algunas normas, declino mi intervención.

El Presidente:

En relación a que declina su intervención el diputado Gonzalo Rojas, se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo séptimo transitorio.

El Presidente:

El diputado Sadot Sánchez, adelante, por favor.

Activen el micrófono.

El diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño
(desde su curul):

Señor Presidente, para recordarle a usted atentamente que en la propuesta que hicimos se había presentado una modificación al artículo séptimo transitorio, que consistía en la adición de un último párrafo consecuente con la reforma que aprobamos del numeral 5 del artículo 46.

El Presidente:

Esta Presidencia anota su observación, diputado, con mucho gusto daremos cuenta de ello a la hora de que se realicen las votaciones respectivas.

Corrigiendo entonces, en virtud de que estaba reservada por la propuesta del diputado Gonzalo Rojas, haremos la votación respecto al diputado Gonzalo Rojas y posteriormente la del diputado Sadot Sánchez.

Bien, consulte la Secretaría si se admite la modificación propuesta por el diputado Sadot Sánchez.

El secretario Librado Silva García:

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por el diputado Sadot Sánchez Carreño.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor Presidente.

El Presidente:

Una vez aceptada la modificación propuesta por el diputado Sadot Sánchez, se somete a votación.

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo séptimo transitorio con la modificación hecha por el diputado Sadot Sánchez.

El secretario Librado Silva García:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del artículo séptimo transitorio, con la modificación aceptada.

(Votación.)

Informo a la Presidencia que se emitieron 213 votos en pro y 55 en contra.

El Presidente:

Aprobado el artículo séptimo transitorio, con la adición o modificación agregada en los términos ya señalados por el dictamen, por 213 votos.

En virtud de que el diputado Rosalío Hernández Beltrán en su última intervención se refirió al artículo undécimo transitorio, solicito a la Secretaría pregunte a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo undécimo transitorio reservado.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

El Presidente:

Consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el diputado Rosalío Hernández.

236,237,238

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Se desecha.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo impugnado.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por tres minutos para tomar la votación nominal del artículo undécimo transitorio en sus términos.

(Votación.)

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Se emitieron para este dictamen 216 votos en pro y 44 en contra.

El Presidente:

Aprobado el artículo undécimo transitorio, en los términos del dictamen, por 216 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
.

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

ORDEN DEL DIA

La secretaria María Elena Cruz Muñoz:

Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera. Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

«Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias.- Segundo Receso.- Segundo Año.- LVII Legislatura.

Orden del día

Jueves 1o. de julio de 1999.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Y los documentos relativos a la convocatoria de periodo extraordinario, con los que la Secretaría de cuenta.»

CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente (a las 2:46 horas del día 23 junio):

Se levanta la sesión y se cita para la próxima que tendrá lugar el jueves 1o. de julio a las 10:00 horas.

Muchas gracias.

RESUMEN DE TRABAJOS.

* Tiempo de duración: 15 horas 5 minutos

* (2  recesos: 7 horas con 38 minutos)

* Quorum a la apertura de sesión: 351 diputados.

* Ordores en tribuna: 34

           PRI-7; PRD-19; PAN-2; PT-2; PVEM-3; diputados independientes-1

*Dictamen de segunda lectura:

* 1 de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el Título Segundo de la Ley Orgánica del Congereso General de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente a la Cámara de Diputados. Aprobado, se turna a la Cámara de Senadores.

NOTAS
Siglas y abreviaturas incluidas en esta edición

CNDH Comisión Nacional de Derechos Humanos
Cofipe Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
CRICP Comisión de Régimen Interno y Concertación Política
Fobaproa Fondo Bancario de Protección al Ahorro
IFE Instituto Federal Electoral
IPAB Instituto de Protección al Ahorro Bancario
PAN Partido Acción Nacional
PRD Partido de la Revolución Democrática
PRI Partido Revolucionario Institucional
PT Partido del Trabajo

     239,240