Presidencia
del diputado
Jesús Enrique Jackson Ramírez |
ASISTENCIA
Ruego a la Secretaría haga del
conocimiento de esta Presidencia, el resultado del cómputo de asistencia de los
diputados, para conocer si existe el quorum reglamentario.
La secretaria
Francisca Haydee García
Acedo: |
Se informa a la Presidencia que existen
registrados previamente 292 diputados, por lo tanto, hay quorum, señor Presidente.
El Presidente (a
las 11:12 horas): |
Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
La secretaria
Leticia Robles Colín: |
Se va a dar lectura al orden del día.
«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias. Tercer Año. LVII Legislatura.
Orden del día
Jueves 23 de septiembre de 1999.
Lectura del acta de la sesión anterior.
El Instituto de Cultura de la Ciudad de México, invita a la ceremonia cívica que con
motivo del CLXXVIII aniversario de la consumación de la Independencia nacional, tendrá
lugar el 27 de septiembre a las 10:00 horas, en el jardín Hidalgo, frente a la Casa de
Cultura, en la delegación Azcapotzalco.
Comunicaciones de los congresos de los estados de Durango, Jalisco y Tamaulipas.
Oficio del subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional,
comunicando la sustitución de integrante de la comisión especial, encargada de vigilar
que no se desvíen recursos federales en el proceso electoral del Estado de Guerrero.
(Votación.)
Comunicación de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.
Proposiciones de la Junta de Coordinación Política. (Cambios de integrantes de mesas
directivas de comisiones.) (Votación.)
Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política. (Cambios de integrantes de
comisiones.)
El comité técnico de seguimiento a las auditorías al Fondo Bancario de Protección al
Ahorro, remite el informe de resultados de la auditoría al Fobaproa, por el ciudadano
Michael W. Mackey.
Iniciativa de diputados
De reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo, en materia de personas con
discapacidad, a cargo del diputado Omar Alvarez Arronte, del grupo parlamentario del
Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)
Oficio de la Cámara de Senadores
Por el que se comunica la designación del senador Héctor Sánchez López, como
coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Minuta
Proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León,
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional los
días 5 y 6 de octubre de 1999, a efecto de que realice una visita de trabajo a Canadá.
(Turno a comisión.)
Dictámenes
De la Comisión del Distrito Federal con proyecto de decreto que reforma diversas
disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. (Publicado en la Gaceta
Parlamentaria el 22 de septiembre. Discusión y votación.)
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que con
cede permiso a los ciudadanos: Fernando Rafael Pérez Espinosa, Joel Vicente Juárez
Pardo, María Esther Patricia Guzmán, María Teresa Vanessa de la Cruz Alcalá y Yolanda
Aragón Naranjo, para prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América
en México. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y
votación.)
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que
concede permiso a los ciudadanos: Sergio Ambriz Hernández, Rosa María Arvizu Gutiérrez,
Hebert Reyes Gómez y Amparo Jordán Pérez, para prestar servicios en el Consulado
General de los Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco. (Publicado en la Gaceta
Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación.)
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que
concede permiso a los ciudadanos María Esperanza Carlos Rodríguez, María Eugenia Luengo
Alvarez, Hilda Torres Mendoza, Irma Gabriela Campos Dávila, Julián Alberto Alvarez
Hernández, Patricia Delgado Vega, Carmen Becerra Ronquillo, Lorenzo Aureliano Chaparro
Rubio y Silvia Mayela Alvidrez Silva, para prestar servicios en el Consulado General de
los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua. (Publicado en la Gaceta
Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación.)
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que
concede permiso al ciudadano Ramón Martín Morales Orta, para prestar servicios en la
Embajada de Belice en México. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre.
Discusión y votación.)
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que
concede permiso al ciudadano Eduardo Rafael Wenzel González, para aceptar y desempeñar
el cargo de cónsul honorario de Dinamarca en Veracruz, Veracruz. (Publicado en la Gaceta
Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación).
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que
concede permiso al ciudadano Ramón Gómez Barquín, para aceptar y desempeñar el cargo
de cónsul honorario de los Países Bajos con sede en Veracruz, Veracruz. (Publicado en la
Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación.)
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que
concede permiso al ciudadano Gustavo González García, para aceptar y desempeñar el
cargo de cónsul honorario de Finlandia en Tampico, Tamaulipas. (Publicado en la Gaceta
Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación.)
Excitativa
A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, a cargo del diputado Isael
Petronio Cantú Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución
Democrática. (Turno a comisión.)
Agenda política
Comentarios sobre la situación política en el Estado de Chiapas. (Debate pactado)
Comentarios sobre la iniciativa del gobernador de Veracruz de reformas a la Constitución
del Estado. (Debate pactado)»
ACTA
DE LA SESION ANTERIOR
El siguiente punto del orden del día es
la discusión del acta de la sesión anterior. Ruego a la Secretaría consulte a la
Asamblea si se le dispensa la lectura al acta, tomando en consideración que le ha sido
entregada copia de la misma a los coordinadores de los grupos parlamentarios para sus
observaciones y se proceda a su votación en su caso.
La secretaria
Leticia Robles Colín: |
Por instrucciones de la Presidencia, se
consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior,
tomando en consideración que le ha sido entregada copia de la misma a los coordinadores
de los grupos parlamentarios para sus observaciones y se procede a su votación.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la
lectura.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el
martes veintiuno de septiembre de mil novecientos noventa y nueve, correspondiente al
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima
Séptima Legislatura.
Presidencia
de la diputada
Gloria Lavara Mejía |
En la capital de los Estados Unidos
Mexicanos, a las once horas con veinte minutos del martes veintiuno de septiembre de mil
novecientos noventa y nueve, con la asistencia de trescientos veintisiete legisladores, la
Presidenta declara abierta la sesión.
La Secretaría da lectura al orden del día y la Asamblea aprueba el acta de la sesión
anterior en sus términos, en votación económica.
Diversas comunicaciones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y de los congresos
de los estados de Aguascalientes, Morelos y Yucatán, con las que informan de actividades
propias de sus respectivas legislaturas. De enterado.
Solicita y se concede el uso de la palabra al diputado José Espina von Roehrich, del
Partido Acción Nacional, quien presenta iniciativa de reformas al Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal, en materia de demarcaciones territoriales. Se turna a la Comisión
del Distrito Federal.
A solicitud de la diputada Lenia Batres Guadarrama, se guarda un minuto de silencio en
recuerdo de las víctimas del sismo del diecinueve de septiembre de mil novecientos
ochenta y cinco.
Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que informa de cambios en
la estructura de comisiones legislativas y otras de la misma junta, proponiendo cambios en
las mesas directivas, a las que se da el trámite de enterado, por lo que se refiere a las
primeras y las segundas se aprueban en votación económica.
Oficio del subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con el que
informa de la sustitución de uno de los integrantes de la comisión especial encargada de
vigilar que no se desvíen recursos federales en el proceso electoral del Estado de
Coahuila. Se aprueba en votación económica.
Una comunicación de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos
Legislativos con la que informa del término de los trabajos de la comisión especial
encargada de vigilar que no se desvíen fondos federales en el proceso electoral del
Estado de Nayarit. De enterado.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público remite el informe semestral sobre la
situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro, correspondiente a los meses
de enero a junio de mil novecientos noventa y nueve, aprobado por la Comisión Nacional de
los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión
Social.
Suben a la tribuna los diputados:
María Mercedes Maciel Ortiz, del Partido del Trabajo, quien solicita excitativa a la
Comisión de Salud, respecto a la creación de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico.
Se turna a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y a la de Salud para
que emitan el dictamen correspondiente.
José Luis Gutiérrez Cureño, del Partido de la Revolución Democrática, quien solicita
excitativa a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para que emita el
dictamen correspondiente en relación a la iniciativa de reformas a los artículos sesenta
y cinco y sesenta y seis constitucionales, sobre la duración de los periodos de sesiones
ordinarias del Congreso de la Unión.
América Soto López, quien solicita excitativa a la Comisión de Trabajo y Previsión
Social y a la de Atención y Apoyo a Discapacitados, para que emitan el dictamen y la
opinión correspondientes, sobre iniciativa de Ley Federal de Mexicanos con Discapacidad.
419,420 y 421
La Presidenta actúa en consecuencia en todos estos asuntos.
Para referirse al segundo informe del estado que guarda la administración pública en el
Gobierno del Distrito Federal, hacen uso de la palabra los diputados: Guillermo Barnés
García, del Partido Revolucionario Institucional; José Espina von Roehrich, del Partido
Acción Nacional y Fernando Elías Hernández Mendoza, del Partido de la Revolución
Democrática.
Comentan la situación sindical de Arco Mex, en el Estado de Tlaxcala y de Coca Cola en el
Estado de Tabasco, hacen uso de la palabra los diputados Rosalío Hernández Beltrán, del
Partido de la Revolución Democrática, quien propone un punto de acuerdo, respecto a
coadyuvar en la conservación de la paz en la empresa Arco Mex; Ricardo Cantú Garza, del
Partido del Trabajo, en dos ocasiones, la segunda para rectificar hechos, e Isaías
González Cuevas, del Partido Revolucionario Institucional.
Solicita y se concede el uso de la palabra, para rectificar hechos, al diputado Rosalío
Hernández Beltrán, del Partido de la Revolución Democrática, quien solicita la
integración de una comisión especial que investigue los hechos; por las mismas razones
sube a la tribuna el diputado Armando Neyra Chávez, del Partido Revolucionario
Institucional.
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la
próxima sesión y la Presidenta clausura la de hoy a las trece horas con cuarenta y
cuatro minutos, citando para la que tendrá lugar el jueves veintitrés de septiembre de
mil novecientos noventa y nueve, a las diez horas.»
Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación
económica se pregunta si se aprueba.
Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada,
señor Presidente.
INSTITUTO DE CULTURA
DE LA CIUDAD DE MEXICO
La
secretaria Francisca Haydee García
Acedo: |
«Ciudadano diputado Carlos Medina
Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.
El Instituto de Cultura de la Ciudad de México, ha programado la ceremonia cívica
conmemorativa del CLXXVIII aniversario de la consumación de la Independencia nacional,
que tendrá lugar en jardín Hidalgo, frente a la Casa de Cultura, ubicada en avenida
Azcapotzalco, número 605, colonia Azcapotzalco, delegación Azcapotzalco, el día lunes
27 de septiembre a las 10:00 horas.
Por tal motivo, me permito solicitar muy atentamente se sirva girar sus respetables
instrucciones a efecto de que un representante de esa Cámara que usted preside, asista a
la ceremonia de referencia.
Agradezco las atenciones que se sirva prestar a la presente y le reitero con mi
reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 23 de septiembre de 1999.- Alejandro Aura, director general.»
Para asistir al acto cívico que con
motivo del CLXXVIII aniversario de la consumación de la Independencia nacional, que se
llevará a cabo el próximo lunes 27, esta Cámara designa en su representación a los
siguientes diputados: José María de los Reyes Torres, Antonio Palomino Rivera y José
Espina von Roehrich.
ESTADO DE DURANGO
El
secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos
Mexicanos.- Congreso del Estado de Durango.- LXI Legislatura.
Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.-
México, D.F.
En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 28 y 109 de la Ley Orgánica del Congreso
del Estado de Durango, la LXI Legislatura local, en sesión ordinaria verificada el día
1o. de septiembre del año en curso, abrió su primer periodo de sesiones ordinarias
correspondiente al primer año de ejercicio constitucional; asimismo tuvo a bien designar
presidente, vicepresidente, secretarios propietarios y suplentes, que fungirán del 1o. al
30 de septiembre quedando en la forma siguiente:
Diputados: Jaime Fernández Saracho, presidente; Mónico Rentería Medina, vicepresidente;
Gabino Flores Torres, Juan de Dios Castro Muñoz, secretarios; Efraín de los Ríos Luna y
Mario Alfonso Delgado Mendoza, secretarios suplentes.
Reiteramos a usted las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
"1999, centenario del natalicio de Silvestre Revueltas"
Victoria de Durango, Durango, a 1o. de septiembre de 1999.- Diputados secretarios: Gabino
Flores Torres y Juan de Dios Castro Muñoz.»
De enterado.
ESTADO
DE JALISCO
El
secretario Jesús José Villalobos Sáenz: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos
Mexicanos.- Gobierno de Jalisco.- Poder Legislativo.
Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F.
De conformidad a lo dispuesto por los artículos 16 y 18 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado de Jalisco, me permito comunicar a ustedes, que en sesión de fecha
31 de agosto del presente año, la LV Legislatura del Estado Libre y Soberano de Jalisco,
aprobó la forma de como quedó integrada la mesa directiva que fungirá durante el mes de
septiembre del presente año, quedando de la siguiente manera:
Diputados: Samuel Romero Valle, presidente; Manuel Castelazo Mendoza, Jaime Hernández
González, vicepresidentes; Juan Alberto Márquez de Anda, Carlos Enrique Urrea García,
secretarios; Silviano Urzúa Ochoa y Vicente Vargas López, prosecretarios.
Lo que hago de su conocimiento, para los efectos legales procedentes.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Guadalajara, Jalisco, a 1o. de septiembre de 1999.- María Carmela Chávez Galindo,
oficial mayor.»
De enterado.
ESTADO
DE TAMAULIPAS
El
secretario Francisco Vera González: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos
Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.-
México, D.F.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 de la Constitución Política local,
5o. de la Ley Orgánica y 71 del Reglamento para el Gobierno Interior de este honorable
Congreso del Estado, nos permitimos comunicarles que en sesión pública y solemne
celebrada, por el pleno legislativo en esta fecha, se declaró legalmente la apertura del
segundo periodo de sesiones ordinarias correspondiente al primer año de ejercicio legal
de la LVII Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de
Tamaulipas.
Sin otro particular, reiteramos a ustedes nuestra consideración atenta y distinguida.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 1o. de septiembre de 1999.- Diputados: Juan Genaro de la
Portilla Narváez y Teresa Aguilar Gutiérrez, secretarios.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.-
México, D.F.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 32 fracción V del Reglamento Interior del
Congreso del Estado, nos permitimos comunicarle que en sesión de junta previa convocada
por la Diputación Permanente para esta fecha, fue electa la mesa directiva que dirigirá
los trabajos del pleno legislativo, durante el mes de septiembre del actual, dentro del
segundo periodo de sesiones ordinarias correspondiente al primer año de ejercicio legal
de la LVII Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de
Tamaulipas, quedando integrada de la siguiente manera:
Diputado: José Gudiño Cardiel, presidente; Juan Genaro de la Potilla Narváez, Teresa
Aguilar Gutiérrez, secretarios y Guillermo Hurtado Cruz, suplente.
Sin otro particular, reiteramos a usted nuestra consideración atenta y distinguida.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 1o. de septiembre de 1999.- Diputación Permanente.-
Diputados: Blanca Guadalupe Valles Rodríguez y José Ortiz Rosales, secretarios.»
De enterado.
ESTADO DE GUERRERO
El
secretario Baldemar Dzul Noh: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados.- Presente.
Con fundamento en el párrafo segundo del artículo 44 de la Ley Orgánica del Congreso
General, le solicito sirva girar sus apreciables instrucciones a fin de comunicar al pleno
la sustitución de la diputada Sandra Segura Rangel, en la comisión especial encargada de
vigilar que no se desvíen los recursos federales en el proceso electoral del Estado de
Guerrero, asumiendo las funciones en representación de este grupo parlamentario el
diputado Víctor Alejandro Vázquez Cuevas.
Reciba un cordial saludo.
México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Diputado Francisco José Paoli y Bolio,
subcoordinador del PAN.»
De enterado.
ANALISIS DEL V INFORME DE
GOBIERNO
La
secretaria Leticia Robles Colín: |
«Comunicación de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados sobre la realización de un ajuste a la agenda a que se refiere el acuerdo sobre
el calendario y formato de comparecencias para el análisis del V Informe de Gobierno del
Ejecutivo Federal, administración 1994-2000.
ANTECEDENTES
1. Con fecha 8 de septiembre de 1999, la Cámara de Diputados aprobó un acuerdo sobre el
calendario de comparecencias para el análisis del V Informe de Gobierno del Ejecutivo
Federal, administración 1994-2000, por medio del cual se determinaron el mecanismo y
calendario de reuniones que el pleno de la propia Cámara y sus comisiones desarrollarían
para cumplir con la función constitucional y legal de realizar el análisis del informe
de gobierno que el Ejecutivo Federal rindió a esta soberanía el pasado 1o. de
septiembre, sobre el estado que guarda la Administración Pública Federal.
2. En razón del acuerdo adoptado, se cursaron las invitaciones del caso a diversos
servidores públicos para acudir ante el pleno de la Cámara o en comisiones, a fin de
informar del estado que guardan sus respectivos ramos, así como para intercambiar
opiniones y puntos de vista con los diputados en las respectivas materias.
3. Conforme al punto primero del acuerdo aprobado, corresponde al titular de la
Secretaría de
422,423 y 424
Desarrollo Social asistir, el próximo día 27 de septiembre, a las comisiones
unidas de Desarrollo Social, de Asentamientos Humanos y Obras Públicas y de Vivienda,
para los efectos indicados en los puntos anteriores.
4. Que en la parte final del primer punto del acuerdo de referencia, se establece que
cualquier ajuste en la agenda, será definido en el seno de la mesa directiva de la
Cámara de Diputados.
5. Que los diputados integrantes de la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de
Consumo y Servicios de la Cámara de Diputados, han manifestado su interés de participar
conjuntamente con las comisiones unidas a que se refiere el punto tercero anterior, en la
reunión de análisis que se llevará a efecto con la asistencia del Secretario de
Desarrollo Social, a cuyo efecto, han solicitado a esta mesa directiva, en términos del
acuerdo antes mencionado, que se ajuste la agenda aprobada y se considere a dicha
comisión para participar en la reunión de referencia.
Con base en lo anterior y considerando la validez y pertinencia de la solicitud planteada
por la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios y con
fundamento en lo dispuesto por el párrafo final del punto primero del acuerdo sobre el
calendario de comparecencias para el análisis del V Informe de Gobierno del Ejecutivo
Federal, administración 1994-2000, esta mesa directiva ha estimado conveniente ajustarlo
en los siguientes términos:
Unico. La asistencia del Secretario de Desarrollo Social, prevista para el día 27 de
septiembre de 1999, a partir de las 11:00 horas, se realizará en los términos del
acuerdo aprobado al efecto por el pleno de la Cámara de Diputados, ante las comisiones
unidas de DesaTambién se debe hacer notar que si la cobranza real de la cartera excede de
$1 mil, este exceso puede ser retenido por el banco. En dicho caso, la pérdida para el
fideicomiso sería de cero.
Proceso para la finalización de las compras de cartera crediticia.
Proceso para la finalización de las compras de cartera crediticia.
El valor de los pagarés emitidos por el Fobaproa a la fecha de la operación fue
diseñado para igualar el valor neto contable de la cartera. El valor neto originalmente
fue definido como el valor de la cartera menos las reservas "preventivas" o
pérdidas anticipadas. Las reservas serían determinadas por el banco de acuerdo con las
reglas generales emitidas por las autoridades en 1991, para la calificación de la cartera
crediticia y debían ser revisadas por un auditor externo. El Fobaproa y la CNBV llevaron
a cabo un proceso de revisión y propusieron que, para la mayoría de los casos, los
niveles de reserva fuesen más altos que aquellos determinados por el auditor externo. Sin
embargo, en la mayoría de los casos, las reservas totales eran más bajas que las
requeridas para reflejar el valor en el mercado. Este problema se trató a través de los
acuerdos para compartir pérdidas por los créditos.
Las compras de cartera crediticia se llevaron a cabo en dos rondas. Las que entraron
durante 1995 (la primera ronda) y las que entraron en 1996 (la segunda ronda). Debido a
los retrasos en la finalización y el cierre de los convenios, ninguna de las compras fue
finiquitada o cerrada hasta el verano de 1997. Los resultados de estas dos rondas
varían.rrollo Social, de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, de Vivienda y de
Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios.
México, D.F., a 23 de septiembre de 1999.- Por la mesa directiva.- Diputado Carlos
Me-dina Plascencia, presidente.»
En votación económica se consulta a la Asamblea si se aprueba lo siguiente.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada,
señor Presidente.
Presidencia
del diputado
Sergio César Alejandro Jáuregui Robles |
COMISIONES
DE TRABAJO
La
secretaria Francisca Haydee García
Acedo: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados.- Presente.
Con fundamento en el artículo 34, párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el
diputado Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional, donde solicita el siguiente cambio:
Que el diputado Heberto Sánchez Meraz sustituye en la secretaría de la Comisión de
Ciencia y Tecnología al diputado Héctor Luna de la Vega.
Lo anterior, para los efectos conducentes.
Sin otro particular quedo de usted.
Atentamente.
Palacio Legislativo, México, D.F., 22 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación
Política. Enrique León Martínez, secretario técnico.»
En votación económica se pregunta si se aprueba la proposición.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada,
señor Presidente.
El
secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados.- Presente.
Con fundamento en el artículo 34, párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el
diputado Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional, donde solicita el siguiente cambio:
Que el diputado Arturo Quintanar sustituya en la secretaría de la Comisión de Comercio
al diputado Manuel Cárdenas Fonseca, quien continuará siendo integrante de dicha
comisión.
Lo anterior, para los efectos conducentes.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente.
Palacio Legislativo, México, D.F., a 22 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación
Política.- Enrique León Martínez, secretario técnico.»
En votación económica, se pregunta si se aprueba la proposición.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada,
señor Presidente.
El
secretario Jesús José Villalobos Sáenz: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados.- Presente.
Con fundamento en el artículo 34, párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el
diputado José de Jesús Martín del Campo Castañeda, vicecoordinador del grupo
parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, donde solicita lo siguiente:
Que la diputada Cristina Portillo Ayala, sustituya como secretaria a la diputada Martha
Dalia Gastelum Valenzuela, en la Comisión de Equidad y Género.
Lo anterior, para los efectos conducentes.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente.
Palacio Legislativo, México, D.F., a 22 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación
Política.-Enrique León Martínez, secretario técnico.»
En votación económica, se pregunta si se aprueba la proposición.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada.
El
secretario Francisco Vera González: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados.- Presente.
Con fundamento en el artículo 34, párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el
diputado Ricardo Cantú Garza, coordinador del grupo parlamentario del Partido del
Trabajo, donde solicita el siguiente cambio:
Que el diputado José Adán Deniz Macías, deja la Comisión de Reforma Agraria y se
incorpora
a la Comisión de Patrimonio y Fomento Industrial.
Lo anterior, para los efectos conducentes.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente.
Palacio Legislativo, México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación
Política.- Enrique León Martínez, secretario técnico.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII
Legislatura.
Diputado Arturo Núñez Jiménez, presidente de la Junta de Coordinación Política de la
Cámara de Diputados.- Presente.
Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c, de la
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me dirijo a sus finas
atenciones con el propósito de hacer de su conocimiento que el grupo parlamentario del
Partido del Trabajo ha determinado efectuar el siguiente cambio de sus integrantes en las
comisiones ordinarias de dictamen legislativo.
El diputado José Adán Deniz Macías, deja la Comisión de Reforma Agraria y se incorpora
a la Comisión de Patrimonio y Fomento Industrial.
Sin más, le reitero la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente.
México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación Política.- Diputado
Ricardo Cantú Garza, coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.»
De enterado.
El
secretario Baldemar Dzul Noh: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados.- Presente.
Con fundamento en el artículo 34, párrafo primero inciso c, de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el
diputado Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional, donde solicita el siguiente cambio:
Que la diputada Blanca Rosa García Galván, sustituye al diputado Jaime Moreno Garavilla,
en la Comisión del Distrito Federal.
Asimismo, la diputada Blanca Rosa García Galván deja de ser integrante de la Comisión
de Comunicaciones y Transportes.
Lo anterior, para los efectos conducentes.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente.
Palacio Legislativo, México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación
Política.- Enrique León Martínez, secretario técnico.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII
Legislatura.
Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados.- Presente.
Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que en sustitución del diputado
Jaime Miguel Moreno Garavilla en la Comisión del Distrito Federal ingresará la diputada
Blanca Rosa García Galván como miembro integrante por parte del grupo parlamentario del
PRI. Asimismo la diputada García Galván dejará de pertenecer a la Comisión de
Comunicaciones y Transportes.
Atentamente.
Palacio Legislativo, a 21 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación Política.-
Diputado Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional.»
De enterado.
425,426 y 427
La
secretaria Leticia Robles Colín: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados.- Presente.
Con fundamento en el artículo 34 párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el
diputado Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional, donde solicita el siguiente cambio en la Comisión de
Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.
Que el diputado Alfredo Phillips Olmedo sustituya al diputado Héctor Luna de la Vega.
Lo anterior, para los efectos conducentes.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente.
Palacio Legislativo, México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación
Política.- Enrique León Martínez, secretario técnico.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII
Legislatura.
Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados.- Presente.
Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que en sustitución del diputado
Héctor Luna de la Vega en la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública,
ingresará el diputado Alfredo Phillips Olmedo como miembro integrante por parte del grupo
parlamentario del PRI.
Atentamente.
Palacio Legislativo, a 21 de septiembre de 1999.- Diputado Arturo Núñez Jiménez,
coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»
De enterado.
La
secretaria Francisca Haydee García
Acedo: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados.- Presente.
Con fundamento en el párrafo segundo del artículo 44 de la Ley Orgánica del Congreso
General, le solicito sirva girar sus apreciables instrucciones a fin de comunicar al pleno
la reincorporación del suscrito a la Comisión del Distrito Federal, en calidad de
miembro representante de este grupo parlamentario.
Sin otro particular reciba un cordial saludo.
Atentamente.
México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Diputado Francisco José Paoli y Bolio,
subcoordinador del PAN.»
De enterado.
El
secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados.- Presente.
Con fundamento en el párrafo segundo del artículo 44 de la Ley Orgánica del Congreso
General, le solicito sirva girar sus apreciables instrucciones a fin de comunicar al pleno
la sustitución del diputado Fauzi Hamdan Amad en la Comisión de Justicia, asumiendo las
funciones en representación de este grupo parlamentario, el diputado Juan Carlos
Gutiérrez Fragoso.
Le envío un cordial saludo.
México, D.F., a 22 de septiembre de 1999.- Diputado Francisco José Paoli y Bolio,
subcoordinador del PAN.»
De enterado.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara
de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados.- Presente.
Con fundamento en el artículo 34 párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el
diputado Ricardo Cantú Garza, coordinador del grupo parlamentario del Partido del
Trabajo, donde solicita lo siguiente:
Que el diputado José Adán Deniz Macías se incorpora en la Comisión de Información,
Gestoría y Quejas.
Lo anterior, para los efectos conducentes.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente.
Palacio Legislativo, México, D.F., a 22 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación
Política.- Enrique León Martínez, secretario técnico.»
De enterado.
FOBAPROA
El
secretario Baldemar Dzul Noh: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-
Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Ciudadano diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara
de Diputados.- Presente.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo decimoprimero de los puntos de acuerdo
emitidos por la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política el día 27 de
agosto de 1998, relativos a la organización y funcionamiento del comité técnico de
seguimiento a las auditorías al Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa),
solicitamos a su más pronta conveniencia, dar cuenta al pleno de esta Cámara de
Diputados, del informe de resultados de la auditoría al Fobaproa por el ciudadano Michael
W. Mackey, para cuyo efecto se adjunta un ejemplar de dicho informe.
Sin más por el momento, reiteramos a usted las seguridades de nuestra consideración más
distinguida.
Atentamente.
México, D.F., a 31 de agosto de 1999.- El comité técnico de seguimiento a las
auditorías al Fobaproa.- Diputados: Fauzi Hamdan Amad, Charbel Jorge Estefan Chidiac,
Jorge Silva Morales, Gloria Lavara Mejía y Gustavo Santiago Pedro Cortés.»
De enterado.
«Informe de Michael W. Mackey en la evaluación integral de las operaciones y funciones
del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) y la calidad de supervisión de los
programas del Fobaproa de 1995 a 1998.
Prefacio
Quisiera agradecer a cada uno de los miembros del comité de contrataciones, los
diputados: Fauzi Hamdan Amad, Jorge Estefan Chidiac, Jorge Silva Morales, Santiago Gustavo
Pedro Cortés y Gloria Lavara Mejía, por su apoyo y dirección durante el proyecto.
Asimismo, quisiera agradecer a mis socios y a mi equipo de trabajo, en particular a David
Murray, quien tuvo a su cargo la responsabilidad de la dirección del proyecto; a Stephen
Hume, quien se encargó de la sección regulatoria; a Tony Power y a Susan Mingie, quienes
desarrollaron la sección bancaria; a Rey González, por su coordinación y
administración en áreas estratégicas; a Gary Moulton y a Bill Dovey, quienes
conjuntamente trabajaron en la revisión especial contable de este proyecto.
Finalmente, tengo el placer de hacer extensivo mi agradecimiento a los despachos
contratados que participaron en la revisión bancaria: Despacho Alfonso Ochoa Ravizé,
Contadores Públicos y Consultores en Administración, SC, Galaz, Gómez Morfín, Chavero,
Yamazaki, SC, Juan Antonio Cedillo y Compañía, SC, Leal y Martín, Contadores Públicos,
SC y Lebrija, Alvarez y Compañía, SC/HLB.
Sin el entusiasmo y la dedicación incansable de todo el personal que participó en el
proyecto, este informe nunca se hubiera completado oportunamente y en la forma profesional
como se elaboró.
Michael W. Mackey.
Julio de 1999.
El informe de Michael W. Mackey sobre la evaluación integral de las operaciones y
funciones del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) y la calidad de la
supervisión de los programas del Fobaproa de 1995 a 1998 fue preparado originalmente en
inglés. El presente documento es una traducción al español de la versión original.
INDICE
I. Introducción.
II. Términos para la designación.
III. Metodología.
1. Introducción
2. Evaluación de la actividad regulatoria
3. Evaluación de los bancos
4. Despachos (de contadores) contratados
5. Comunicación
IV. Bases para la evaluación.
1. Marco regulatorio
2. Fobaproa
3. Privatización
4. Crisis del peso
5. Programas de apoyo gubernamental
V. Evaluación.
1. Introducción
2. Marco regulatorio
3. CNBV
4. SHCP
5. Banco de México
6. Fobaproa
7. Programa de apoyos del Gobierno
VI. Costos fiscales.
VII. Transacciones reportables.
Resumen de definiciones y abreviaturas.
Costos fiscales suplemento.
I. Introducción
Antecedentes
El 7 de septiembre de 1998, el comité de contrataciones de las subcomisiones para el
estudio del Fobaproa (comité de contrataciones), creado por el honorable Congreso de la
Unión de los Estados Unidos Mexicanos (Congreso), contrató a Michael W. Mackey para
examinar el Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa). En particular, se le
solicitó al ciudadano Mackey evaluar el desempeño del Fobaproa en la rehabilitación de
las instituciones financieras de México, así como evaluar el desempeño de las entidades
encargadas de supervisar las actividades del Fobaproa, incluyendo a su comité técnico, a
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), al Banco de México y a la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) por el periodo del 1o. de enero de 1995 al
30 de junio de 1998.
En algunos casos se ha proporcionado información adicional y se han vertido comentarios
respecto a sucesos relevantes que ocurrieron después del 30 de junio de 1998, para que,
en donde se consideró necesario, este informe estuviera actualizado.
La sección de este informe titulada "Metodología" contiene, entre otras cosas,
una descripción de la documentación y de otra información que fue proporcionada, las
cuales son la base de las conclusiones en este informe. Además, esta sección también
describe las dificultades que se encontraron para obtener información y los obstáculos
que fue necesario superar para garantizar que toda la información relevante estuviera
disponible. No obstante las dificultades y limitaciones que generó la carencia de cierta
información para la preparación de este informe, tenemos la seguridad de que la
información que tuvimos disponible al final es suficiente para comprender y comentar
sobre el uso y aplicación de los fondos por parte del
Fobaproa y el marco regulatorio y de supervisión en el cual operaba el Fobaproa.
428,429 y 430
Con posterioridad se incluye una descripción de los hechos relativos al
establecimiento del Fobaproa, de sus operaciones (particularmente durante el periodo de
1995 a 1998), del marco regulatorio y del ambiente de supervisión en el que el Fobaproa
operó, el informe contiene una evaluación del Fobaproa y del desempeño de aquéllos que
participaron en su administración y supervisión. Posteriormente, el informe concluye con
el examen de los costos fiscales relacionados con los programas en los que el Fobaproa
intervino y un análisis de cierta transacciones reportables. Mientras que este informe
identifica y explica algunos problemas que surgieron relativos al Fobaproa, la revisión
conduce a la conclusión de que mientras la estructura del Fobaproa y los programas en los
cuales intervino no están libres de crítica, el Fobaproa a un costo considerable,
proporcionó protección a los ahorradores y una solución parcial (y quizá temporal) a
los problemas ocasionados por un sistema bancario débil y subcapitalizado.
Antes de 1991, cuando inició la privatización de los bancos nacionalizados en México,
aparentemente no había un reconocimiento de la necesidad de un sistema regulatorio
independiente y sólido ni había reglas y procedimientos bien definidos relativos a los
derechos de los acreedores, a las leyes de quiebra y a la protección de los ahorradores,
para asegurar la supervivencia u operación del sistema bancario.
Cuando surgieron los nuevos bancos después del proceso de privatización, el marco
regulatorio y legal que existía no estaba equipado y los organismos responsables no
contaban con la suficiente autoridad y responsabilidad para tratar los numerosos asuntos y
retos que representaba un sistema de banca privada. Debido a que muchos de estos nuevos
bancos estuvieron subcapitalizados desde el principio y por ende frágiles, no estaban en
una posición de manejar con facilidad los retos que planteaba la crisis del peso en 1994,
ni el impacto que la inflación y las altas tasas de interés tenían sobre la calidad de
sus carteras de crédito. Como resultado de dicha fragilidad y de los problemas
ocasionados, en algunos casos, por actividades impropias de los nuevos propietarios y
administraciones inexpertas, surgieron importantes cuestionamientos respecto a la
viabilidad financiera de muchos de estos bancos y, de hecho, de todo el sistema
financiero. Los programas de la banca y de deudores en los que participó el Fobaproa
fueron, en retrospectiva, introducidos no para tratar asuntos individuales que enfrentaban
uno o más bancos, sino que se requerían para tratar una industria bancaria que
enfrentaba retos sistémicos que amenazaban su supervivencia.
A partir de 1994, los organismos reguladores y de supervisión llevaron a cabo mejoras en
el diseño e implementación de procedimientos para supervisar más estrechamente los
bancos y para que ello les permitiera detectar problemas y desarrollar soluciones. Los
cambios efectuados y propuestos al marco regulatorio que afectan tanto a la industria
bancaria como a su regulación, tendrán también un impacto considerable sobre la solidez
y estabilidad del sistema bancario. En el informe, además de valuar la participación y
operación del Fobaproa, hemos identificado muchas de dichas mejoras y explicado cómo han
afectado al Fobaproa y cómo podrían afectar programas similares en el futuro.
En el análisis final se señala que, no obstante que México está disfrutando de un
mejor clima económico, muchos de los bancos continúan con una subcapitalización muy
importante y están sujetos a las presiones y riesgos que implican las carteras de
crédito de baja calidad, la concentración de su propiedad en pocos accionistas,
administraciones con poca experiencia y un marco regulatorio y de supervisión que no
está preparado para permitir que bancos insolventes o altamente subsidiados fracasen.
Hasta que el proceso de consolidación en el sector bancario quede concluido con objeto de
apoyar la atracción de capital nuevo y hasta que el riesgo de pérdidas sea compartido
tanto por el sector público como el privado, a través de un esquema de seguros de
depósito funcional, México continuará enfrentando costos significativos para apoyar su
sistema bancario.
Nota para el lector.
Este informe no deberá reproducirse ni distribuirse para ningún fin diferente al
detallado en el mismo sin el consentimiento escrito de Michael W. Mackey o del comité de
contratacio
nes en cada caso. No se asume responsabilidad ni obligación legal alguna por
daños o perjuicios sufridos por persona alguna como resultado de la circulación,
publicación, reproducción o uso indebido de este informe o contrario a las disposiciones
de este párrafo.
Nos reservamos el derecho de revisar los cálculos y opiniones incluidas o referidas en
este informe y de considerarlo necesario, de modificar nuestras conclusiones a la luz de
cualquier información existente durante el periodo de valuación que se haga de nuestro
conocimiento después de la fecha del informe.
Este informe y las evaluaciones que se han llevado a cabo no constituyen una auditoría
financiera, sino una revisión y análisis basado en preguntas específicas previamente
convenidas con el comité de contrataciones bajo requerimiento expreso. Por lo tanto, no
deberá considerarse una auditoría, no expresamos opinión alguna sobre ninguno de los
estados financieros o registros de la CNBV, del Fobaproa, de la SHCP, del Banco de
México, de los bancos individuales o de los controles internos de estos organismos e
instituciones. Como se señala en otra parte de este informe, los términos de referencia
de esta revisión fueron diferentes a los de una auditoría financiera y no debe
considerarse que proporcionan la misma información y nivel de seguridad que una
auditoría financiera.
II. Términos para la designación
Puntos del sector bancario identificados por el Congreso que dan lugar al nombramiento
Durante 1998, el Poder Ejecutivo del Gobierno Federal solicitó al Congreso la aprobación
del plan para reconocer la deuda del Fobaproa como deuda pública. El Congreso no estuvo
dispuesto a aprobar dicho plan sin primero conducir una revisión de todos los componentes
del monto en cuestión. Además, el Congreso deseaba tener la seguridad de que los
programas de reestructuración que habían sido implementados estuvieran efectivamente
diseñados para lograr sus objetivos; que los programas de deudores y los programas
bancarios estuvieran supervisados apropiadamente y que el impacto de estos programas en lo
bancos en lo individual y en el sistema financiero en su totalidad, se hubiere dado como
originalmente se pretendió.
Seis bloques
Con objeto de cumplir con estos objetivos, el Congreso solicitó respuestas a una serie de
cuestionamientos conocidos como bloques. Se creó un comité de contrataciones que asignó
a Michael W. Mackey la tarea de responder a los seis bloques que se describen a
continuación.
Bloque 1. Evaluación del desempeño y supervisión del Fobaproa y de las
instituciones asignadas para la vigilancia y supervisión de sus operaciones
Esta parte de la revisión involucraba la evaluación de la forma en la cual los
organismos que participaron en la supervisión del Fobaproa cumplieron con su mandato, y
si cumplieron con la normatividad y supervisión, así como el nivel de eficiencia con el
que se alcanzaron las metas de las políticas establecidas.
Bloque 2. Revisión del origen y uso general de los fondos y naturaleza de los
pasivos a cargo del Fobaproa para la rehabilitación de las instituciones financieras
mexicanas
Para los propósitos de esta revisión, la contabilidad de los fondos que el Fobaproa
erogó durante el periodo de revisión fueron determinados haciendo una comparación
entre: fuentes de las que el Fobaproa obtuvo los fondos; los mecanismos o instrumentos
utilizados para obtenerlos y las condiciones de los acuerdos financieros. El uso de los
fondos distribuidos durante la rehabilitación del sistema bancario también se
identificó en cada uno de los diferentes programas y en cada institución bancaria
receptora.
Bloque 3. Revisión de los costos fiscales
Para los propósitos de esta revisión, se llevó a cabo un análisis de la metodología
utilizada por el Fobaproa para el cálculo de los costos fiscales de los programas
implementados con fines de rehabilitación financiera, asimismo se efectuó una
evaluación financiera de estos costos. Se identificó cada uno de los programas e
instituciones receptoras; se han analizado las fuentes originadoras y las variaciones
anuales registradas, así como la determinación de los costos de la adquisición de las
carteras de crédito. En forma similar, se cuantificaron los costos financieros
implícitos, incluyendo los honorarios por consultoría, los honorarios legales y las
comisiones por avalúos.
Además, se han analizado los montos recuperados por el Fobaproa derivados de la venta de
activos, se compararon con los valores de compra y las estimaciones iniciales de
recuperación.
Se analizaron los activos físicos y financieros bajo control del Fobaproa y mediante una
muestra se analizó el valor de los activos y su clasificación con respecto a la
información reportada por el sistema de información financiera, así como por el
fideicomiso mismo. Se ha proporcionado un análisis de las discrepancias entre los costos
fiscales estimados por el Fobaproa y nuestra propia estimación de costos fiscales. Estas
discrepancias se han discutido con el Fobaproa.
Además, se ha efectuado una comparación entre los montos recuperados por las ventas de
activos, con los valores adquisición y con las estimaciones iniciales de recuperación.
Bloque 4. Evaluación de los programas bancarios para la capitalización,
saneamiento financiero y de la vigilancia y supervisión efectuada por los organismos
reguladores sobre los programas bancarios
El objetivo de este bloque fue evaluar los programas de capitalización y saneamiento
financiero, así como la vigilancia y supervisión efectuado por la CNBV. Se revisó la
situación promedio de los bancos y el clima económico en el cual operaban antes de la
aparente necesidad de recapitalización, así como la actuación de la CNBV en sus
funciones de vigilancia y supervisión durante el periodo establecido para esta revisión.
La evaluación incluyó la eficiencia de la función de auditoría de la CNBV en
instituciones financieras dedicadas a operaciones de crédito, así como la calidad de la
supervisión de los esfuerzos de recuperación realizados por los bancos respecto a los
créditos dentro de los fideicomisos del Fobaproa.
Bloque 5. Evaluación de los programas de apoyo para los deudores de la banca
El propósito de este bloque fue clasificar específicamente el criterio y las condiciones
para otorgar apoyo a los deudores de la banca, el origen de los fondos que fueron
canalizados a los diversos programas; el costo fiscal que resulta de estos apoyos en
relación con las metas y las estimaciones y los resultados de estos programas, en
términos de cobertura, respecto a las metas propuestas, recursos aplicados y costo fiscal
estimado. Adicionalmente, la revisión se enfocó a determinar si el programa se utilizó
por los receptores de los mismos para los propósitos establecidos.
Asimismo, se analizó el cumplimiento a los acuerdos establecidos en relación a la
proporción de los subsidios a deudores que obtuvieron los bancos, así como el nivel de
cumplimiento por parte de los deudores con los programas de reestructuración.
Bloque 6. Análisis de los pasivos que pueden convertirse en obligaciones de deuda
pública
El propósito de este bloque fue clasificar específicamente el monto de los pasivos
inherentes a la operación del Fobaproa, así como sus costos directos e indirectos, que
pueden ser convertidos en deuda a cargo del Gobierno Federal.
Para los propósitos de esta revisión se avaluó la elegibilidad de los pasivos que
podrían convertirse en obligaciones de deuda del gobierno, identificando aquellas
obligaciones con las instituciones de banca múltiple involucradas y las operaciones que
las generaron. Más aún, se han identificado los receptores y condiciones bajo las cuales
el Fobaproa otorgó el financiamiento. Adicionalmente, se han evaluado los pagarés que
documentan las obligaciones del fondo.
La duda sobre en qué entidad del gobierno debieron recaer las obligaciones a cargo del
Fobaproa, está más allá del alcance de esta evaluación.
431,432 y 433
El uso y aplicación de los fondos distribuidos a través del Fobaproa y de los
asuntos que en
frentaron aquellos organismos responsables de la supervisión de sus actividades,
no se pueden entender adecuadamente sin el análisis el marco económico y regulatorio en
el que operaban y las condiciones que afectaron a aquellos bancos que obtuvieron apoyo del
Fobaproa. Por consiguiente, este informe explica las condiciones de los bancos después de
su privatización en 1991 y el marco regulatorio y legal que existía en ese entonces, con
el objeto de evaluar su impacto sobre el Fobaproa. Este informe también identifica muchos
de los cambios y mejoras que se han realizado.
III Metodología
1. Introducción
Para apoyar la evaluación, se contrataron expertos en campos relativos a
reestructuración de instituciones financieras, regulación de instituciones financieras,
auditoría de instituciones financieras, legislación financiera, contabilidad de
investigación, valuación de bienes raíces y economía. Para conducir la revisión se
desarrolló una metodología para cubrir los seis bloques establecidos por el comité de
contrataciones, que se describieron anteriormente. Esta metodología fue desarrollada en
dos líneas diferentes pero relacionadas como se explica a continuación:
Objetivos: líneas de análisis del marco regulatorio
1. Documentar y analizar el marco regulatorio mexicano en el cual el Fobaproa y las
autoridades financieras operan y definir los criterios a utilizarse en las evaluaciones.
2. Evaluar las medidas adoptadas por el Fobaproa, la CNBV, la SHCP y el Banco de México
con relación a los bancos que participaron en los programas del Fobaproa.
3. Evaluar las prácticas de supervisión del Fobaproa, la CNBV, la SHCP y el Banco de
México vigentes de 1995 a 1998.
4. Determinar las fuentes de los fondos, estimar los costos fiscales y los pasivos a cargo
del Fobaproa.
5. Evaluar el marco económico en el cual los diversos organismos operaron durante el
periodo de evaluación.
Objetivos de la línea de análisis bancaria
1. Analizar la información de los bancos para evaluar el cumplimiento con los programas y
el impacto de los programas de rehabilitación y de deudores.
2. Analizar la información de los bancos para evaluar las prácticas de supervisión de
los organismos regulatorios.
3. Evaluar el costo fiscal estimado de los programas en 25 bancos específicos para
determinar su situación financiera ajustada al 30 de junio de 1998.
4. Identificar los costos potenciales de operaciones que hubieren sido consideradas como
inusuales en un ámbito comercial. A éstas se les ha denominado "transacciones
reportables".
Las dos líneas de análisis y los objetivos de cada una, se diseñaron para abordar los
seis bloques.
Metodología
Interacción de líneas de análisis
Para asegurar que toda la información fuera compartida y que los esfuerzos de los
profesionales que tuvieran a su cargo, las dos líneas de análisis estuvieran
coordinados, las responsabilidades y el flujo de información se organizaron de la
siguiente manera:
**********INSERTAR CUADRO PAGINA 10***********
(sic) bancario, los hallazgos de la revisión se pasan de una línea a la otra, que
posteriormente compara esa información con la proporcionada por los bancos y los
organismos gubernamentales. Esto ha permitido evaluar las acciones de los organismos
gubernamentales frente a sus propios estándares y a los estándares internacionales.
Los criterios de avaluación se establecieron con base en el análisis (fase I señalada
arriba) de documentos relativos al marco regulatorio. La fase II (señalada arriba)
involucra una evaluación del desempeño de la actividad regulatoria, comparada contra
estos criterios.
2. Evaluación de la actividad regulatoria
Para conducir las evaluaciones de la actividad regulatoria, el equipo asignado emprendió
(inter alía) las siguientes tareas:
1. Documentó y analizó el marco regulatorio mexicano en el que el Fobaproa y las
autoridades financieras operan y definió los criterios a ser utilizados en las
evaluaciones.
- Documentó el marco regulatorio aplicable a partir de las leyes mexicanas, las
circulares de la CNBV, SHCP, el Fobaproa y Banco de México, documentos internos, estudios
externos y extensivas entrevistas. Adicionalmente, se realizaron entrevistas en los
bancos.
- Revisó la historia bancaria mexicana desde el momento de la nacionalización de los
bancos en 1982 y considerando el proceso de privatización hasta el 1o. de enero de 1995,
fecha de inicio del periodo de revisión.
2. Evaluó las acciones adoptadas por el Fobaproa, CNBV, SHCP y Banco de México, en
relación a la participación de los bancos en los programas del Fobaproa.
- Revisó las prácticas adoptadas por los organismos reguladores respecto a determinados
bancos, para verificar si éstas habían sido oportunas, efectivas y consistentes con los
objetivos establecidos por el sistema regulatorio como un todo.
- Revisó las actas del comité técnico que gobernaba al Fobaproa durante el periodo,
así como las de los diversos subcomités.
- Determinó y evaluó los criterios utilizados en el proceso de intervención y los
procesos de seguimiento por parte de los interventores.
- Revisó las reglas relacionadas con los programas de
deudores, incluyendo el proceso involucrado en su implementación.
- Revisó el cumplimiento por parte del Fobaproa, de los acuerdos que implementaron los
programas bancarios del Fobaproa.
- Revisó las transacciones entre partes relacionadas que se derivaron de los registros de
los órganos reguladores.
3. Evaluó la actividad supervisora del Fobaproa, CNBV, SHCP y el Banco de México durante
el periodo 1995-1998:
- Desarrolló el conocimiento de asuntos específicos de la banca mexicana incluyendo la
protección de pasivos de la banca, la legislación en materia de quiebras, aspectos
relacionados con la cobranza de créditos, normas de contabilidad, lineamientos de
operación de negocios, reglas para necesidades de capital y reglas para grupos
financieros.
- Adoptó medidas para comparar las acciones implementadas por los organismos reguladores
dentro de los diversos estándares del marco regulatorio, legislativo y de regulación
interna que rigen su conducta.
- Revisó la calidad y efectividad del personal de los organismos reguladores y su
relación con los consultores externos, incluyendo los auditores externos.
4. Determinó la fuente de los fondos y estimó el costo fiscal y los pasivos a cargo del
Fobaproa:
- Documentó y analizó el marco regulatorio en el cual operaba el Fobaproa y estableció
los criterios a utilizarse en su evaluación.
- Identificó las fuentes del financiamiento para el Fobaproa.
- Determinó el método y evaluó el cálculo de los costos fiscales, asimismo verificó
que esta metodología fuera apropiada.
- Estimó el costo fiscal total de la banca, de los programas de deudores y realizó un
análisis de sensibilidad de los costos calculados, relativos al programa de deudores.
- Analizó los activos y pasivos reportados por el Fobaproa al 30 de junio de 1998.
- Identificó pasivos contingentes.
5. Evaluó el ambiente económico en el cual operaban las autoridades regulatorias durante
el periodo de evaluación:
- Identificó el impacto que los ambientes económicos internacional y nacional pudieron
haber tenido en el éxito y en los costos de los programas bancario y de deudores durante
el periodo de evaluación.
- Identificó el impacto potencial que el ambiente económico futuro, tanto nacional como
internacional pudieran tener sobre el éxito y costo fiscal de los programas de la banca y
de deudores.
3. Evaluación de los bancos
El equipo a cargo de conducir las revisiones especiales de los bancos relacionados con el
Fobaproa, incluyó coordinadores y despachos de contadores asignados a cada banco.
El equipo bancario también requirió otros expertos externos incluyendo valuadores
locales de bienes raíces y consultores legales.
Para coordinar los diversos equipos, se estableció un proceso mediante el cual cada
equipo recabaría, inicialmente, información en forma independiente y más adelante
confirmaría y compartiría esta información con los otros equipos. Los hallazgos se
compartieron y se analizaron utilizando el conocimiento combinado y las perspectivas de
cada equipo. El siguiente diagrama expone este proceso:
434,435 y 436
------FOTOGRAFIAR CUADRO DE LA HOJA NUMERO 13------
4. Despachos (de contadores) contratados
El equipo de despachos (de contadores) contratados (RA) estuvo constituido por cinco
despachos de contadores públicos mexicanos que fueron contratados por el comité de
contrataciones después de un extenso proceso de selección en el que se confirmó que no
existieran conflictos de intereses y se aseguró que contaran con la capacidad y habilidad
necesaria.
Los despachos contratados estuvieron encargados de llevar a cabo los procedimientos
previamente acordados (Agreed Upon Procedures "AUPs") en cada uno de los bancos
participantes en los programas del Fobaproa. Estos AUPs fueron proporcionados a los
despachos (de contadores) contratados mediante 44 programas de trabajo específicos e
individuales, que incluyeron los procedimientos para alcanzar los siguientes objetivos:
1. Analizaron información de los bancos, en forma suficiente para poder evaluar el
cumplimiento y el impacto de los programas de rehabilitación de los bancos y de apoyo a
deudores:
- Evaluaron el cumplimiento de los bancos con los acuerdos y programas implementados.
- Proporcionaron comentarios con respecto a la efectividad y el impacto de los programas
en los bancos.
2. Analizaron la información de los bancos, en forma suficiente para evaluar las acciones
de supervisión de las autoridades reguladoras:
- Evaluaron la efectividad de los sistemas de información gerencial y la manera en que se
relacionan con los activos y pasivos que son propiedad y están a cargo de los
fideicomisos del Fobaproa, respectivamente.
- Proporcionaron observaciones relativas a la administración de los activos del Fobaproa,
incluyendo activos sujetos a intervención.
- Analizaron informes preparados por consultores externos, incluyendo aquellos preparados
por los auditores externos.
3. Evaluaron individualmente los cálculos para estimar el costo fiscal de los programas
en los 25 bancos revisados y determinaron la situación financiera ajustada de dichos
bancos al 30 de junio de 1998.
- Confirmaron las fuentes de fondeo para los programas del Fobaproa.
- Estimaron el valor de todos los activos del Fobaproa.
- Determinaron el nivel de pasivos.
- Efectuaron la revisión y análisis de todos los créditos mayores a 20 millones de
pesos en moneda nacional y con un alcance de al menos el 50% de la cartera y efectuaron un
muestreo estadístico por la población que incluía los créditos menores de 20 millones
de pesos en moneda nacional.
- Identificaron los pasivos que estuvieran registrados en cuentas de orden.
- Identificaron otras alternativas para maximizar la recuperación de la cartera.
4. A partir de los procedimientos realizados por los despachos de contadores contratados y
de los costos potenciales estimados de transacciones que serían consideradas como
inusuales en el ámbito comercial:
- Identificaron las "transacciones reportables".
- Investigaron transacciones con partes relacionadas.
- Investigaron créditos selectos otorgados a acreditados comunes en los diferentes
bancos.
5. Comunicación
Durante el periodo de evaluación (del 7 de septiembre de 1998 al 30 de junio de 1999),
regularmente, se llevaron a cabo reuniones con el comité de contrataciones para mantener
informados a sus miembros sobre el avance y hallazgos preliminares.
Durante el periodo de revisión, se sostuvo numerosas reuniones y pláticas con los
principales funcionarios del Fobaproa, CNBV, SHCP, Banco de México y de los bancos que
fueron revisados. Los hallazgos y las evaluaciones contenidos en este informe se han
discutido con ellos.
Limitaciones al alcance
La elaboración de este informe nos fue encomendada el 7 de septiembre de 1998 y, en ese
momento, se esperaba que el equipo informante gozaría de la total cooperación de todas
las partes involucradas y en particular de las autoridades financieras y de los bancos.
No fue éste el caso. En un inicio, tanto la CNBV como el Fobaproa estaban muy renuentes a
hablar con nosotros y se tuvieron retrasos considerables en septiembre, octubre y
noviembre de 1998. Durante este periodo, el comité de contrataciones nos proporcionó
varias cajas con documentación, sin embargo, nadie estaba disponible para proporcionarnos
ningún contexto de los documentos o ni siquiera para explicar su importancia. Derivado de
lo anterior, el proyecto tomó más tiempo del necesario para avanzar en las etapas
preliminares.
Una vez que las directrices y el contexto de nuestra revisión se aclararon, las
autoridades financieras expusieron asuntos relacionados con la legalidad de la revisión y
la confidencialidad de la información que se requería para llevar a cabo nuestro
mandato. Estos asuntos no se resolvieron en su totalidad sino hasta que el Congreso
aprobó la nueva Ley de Protección al Ahorro Bancario en 1998, con objeto de aclarar los
asuntos relacionados con el acceso a la información.
En enero de 1999 las mismas preocupaciones fueron expuestas por las autoridades
financieras con respecto a los despachos (de contadores) contratados. Los banqueros
también objetaron el permitir a los despachos (de contadores) contratados acceso a los
expedientes de los clientes, siendo que el acceso a la información era fundamental para
llevar a cabo nuestro mandato. Los asuntos relativos al acceso para los despachos (de
contadores) contratados, quienes estaban comprometidos para realizar el trabajo de campo
en los bancos, no fue resuelto sino hasta marzo de 1999. La combinación de estos retrasos
tuvo como resultado que este proyecto continuara por un periodo más largo de lo que
razonablemente se podía haber anticipado.
Después de que estos, asuntos los cuales retrasaron la conclusión de nuestro reporte
fueron solucionados, el nivel de cooperación de las partes involucradas mejoró. El apoyo
de la CNBV y del Fobaproa ha sido muy útil y la mayoría de los bancos, aunque no todos,
permitieron el acceso a los expedientes que se les solicitaron, a pesar de que existió un
protocolo que consumió mucho tiempo y que inhibió el libre flujo de información y
diálogo.
A pesar de que finalmente se logró el acceso a la información, debe hacerse notar que el
mandato para realizar este informe incluyó un alcance específico y las restricciones al
acceso deben divulgarse con objeto de que el lector comprenda en su totalidad los asuntos
aquí analizados. El mandato se enfocaba en el Fobaproa y los programas en los que
participaron los diversos bancos. Como resultado, no se nos dio autorización (ni la
recibimos) para tener acceso a aquellas partes de los bancos que no tenía relación con
el Fobaproa. Por ejemplo, si un banco participó en un programa de compra de cartera de
créditos, se nos dio acceso sólo a las carteras de créditos en los que el Fobaproa
tenía algún interés, pero no se nos daba acceso a otros activos (o pasivos) del banco.
Esta restricción, aparentemente razonable bajo las circunstancias, redujo la precisión
con la que los comentarios pueden prepararse con relación al costo fiscal general de los
programas. Además las pruebas de cumplimiento se vieron afectadas en las áreas
seleccionadas; por ejemplo, los bancos estaban obligados a cobrar créditos del Fobaproa
con la misma diligencia y esfuerzo que hubieran puesto en cobrar créditos de sus propias
cuentas, pero no se nos permitió en los bancos el acceso a estos créditos para que
pudiéramos ver cómo se les daba seguimiento.
Además, las limitaciones al alcance se tuvieron con los interventores de algunos bancos
que fueron designados por la CNBV. En los casos en que los bancos habían sido
intervenidos estaba claro que nuestro alcance se extendería a todo el banco, ya que el
Fobaproa era responsable de todos los pasivos en el banco intervenido. En este contexto
surgieron dos situaciones.
Primero, en los casos en donde solamente se emprendió de facto una intervención
administrativa, los interventores tomaron la postura de que no había ocurrido ninguna
intervención y se negó el acceso a todos los aspectos del banco, excepto a aquellos
relacionados con los programas formales del Fobaproa.
Segundo, en los casos en donde sí se había emprendido una intervención gerencial, los
interventores adoptaron la postura de que las cuentas de los fideicomisos en los bancos
intervenidos no era parte de los bancos, resultando esto en que se negó acceso a la
información relacionada con todas cuentas de los fideicomisos. Estas limitaciones de
alcance se tuvieron no sólo con los interventores sino también con la CNBV y la SHCP;
sin embargo, no se llegó a ninguna resolución sobre estos asuntos y como consecuencia
este informe no contiene comentarios e información con respecto a ciertos asuntos que
considerábamos que estaban incluidos en nuestro mandato.
Después de que la mayor parte de nuestro trabajo de campo estuvo terminado, se hizo
evidente que las restricciones al acceso a la información fueron mucho más graves de lo
que inicialmente creímos. Debido a la naturaleza sistémica de varios asuntos que fueron
identificados, con objeto de evaluar la efectividad tanto del régimen regulatorio como
del impacto de los programas bancarios, se nos debió haber dado acceso absoluto a todos
los bancos que aceptaron fondos del Fobaproa y no sólo a aquellos que habían sido
intervenidos.
Como se analiza más ampliamente en otras secciones de este informe, los bancos que
formalmente han sido intervenidos, representan un costo fiscal definitivo para el
Fobaproa. Si existen bancos que pronto serán intervenidos, también éstos representarán
un costo fiscal definitivo para el Fobaproa. Tuvimos acceso a bancos formalmente
intervenidos, pero los organismos reguladores restringieron severamente nuestro acceso a
bancos intervenidos de facto. Tales bancos intervenidos de facto representan la mayor
parte del sistema financiero (y de los costos potenciales) que la de los bancos
formalmente intervenidos. Más aún, si bien identificamos algunos bancos intervenidos de
facto, es posible que haya bancos adicionales que pronto serán intervenidos de facto.
Como resultado, quizá hayamos subestimado el costo fiscal último y probable-mente
llegamos a una conclusión demasiado generosa respecto a la efectividad del régimen
regulatorio.
437,438 y 439
Por último, fue un requisito de la CNBV que aceptáramos la inclusión de un consultor
externo de dicha CNBV, en las reuniones de hallazgos de hechos y coordinarnos con éste
para tener acceso a personas y documentos. La participación de un consultor externo se
acordó en los procedimientos establecidos por el Congreso y por el ramo Ejecutivo; sin
embargo, este proceso no nos proporcionó la seguridad de que hubiéramos recibido la
información completa.
IV. Bases para la evaluación
1. Marco regulatorio
La siguiente sección proporciona información respecto a ciertos aspectos clave del marco
regulatorio mexicano. Los aspectos seleccionados para la discusión son esenciales para
poder comprender la evaluación de la regulación contenida en el resto de este informe.
Esta sección comienza con una breve descripción de aspectos significativos del sistema
regulatorio, incluyendo aspectos relevantes del sistema judicial y también describe los
organismos reguladores principales, sus obligaciones y el papel que cada uno juega dentro
de la regulación y supervisión del sistema financiero durante el periodo revisado.
Antecedentes del marco regulatorio
En México existen tres autoridades financieras con influencia sobre el sistema bancario:
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Comisión Nacional Bancaria y de
Valores (CNBV) y Banco de México.
La Secretaría de Hacienda es la máxima autoridad dentro del sistema financiero mexicano
y se encarga de la planteación, coordinación, evaluación y supervisión del sistema
bancario.
El Banco de México es el banco central. Es un organismo autónomo y su objetivo principal
es asegurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, promover el sano
desarrollo del sistema financiero y asegurar el funcionamiento adecuado del sistema de
pagos.
La CNBV es un organismo de la SHCP. La CNBV, conjuntamente con la SHCP y el Banco de
México, supervisa y regula a las entidades financieras con objeto de promover su
estabilidad y de conducir en forma apropiada sus negocios, así como mantener e
incrementar el desarrollo sano y estable del sistema financiero como un todo, mientras se
protege el interés público.
Su objetivo es supervisar y regular a los individuos y entidades involucradas en
actividades realizadas en el sistema financiero.
El Fobaproa no es una autoridad financiera. El Fobaproa es un fideicomiso constituido por
el Gobierno Federal. El Banco de México actúa como fiduciario y un comité técnico se
encarga de tomar las decisiones con relación al apoyo que se proporciona a los bancos.
Cuando el término Fobaproa se utiliza en este informe, se refiere al fideicomiso, a menos
que se especifique lo contrario. El fideicomiso Fobaproa se estableció para llevar a cabo
operaciones preventivas con objeto de evitar problemas financieros que pudieran enfrentar
las instituciones de banca múltiple, así como adoptar medidas para asegurar el
cumplimiento de las operaciones derivadas de sus pasivos.
La siguiente serie de explicaciones y diagramas marcan las líneas de autoridad y reporte
por parte del Fobaproa, su comité técnico y diversos organismos gubernamentales.
El Presidente de México nombra al gobernador del Banco de México, con la aprobación de
la Cámara de Senadores. El Presidente también designa y destituye al titular de la SHCP.
El Secretario de Hacienda, una vez nombrado por el Presidente, designa al presidente de la
CNBV. El comité técnico del Fobaproa se contituye con nueve miembros, de los cuales
cuatro provienen de la SHCP, tres son del Banco de México y dos de la CNBV. El presidente
del comité técnico es un funcionario de la SHCP y tiene voto de calidad.
Para cumplir con responsabilidad, el comité técnico aprueba las resoluciones que el
Banco de México, como fiduciario, es responsable de ejecutar.
El siguiente diagrama define las relaciones del Fobaproa con el comité técnico.
---------INSERTAR CUADRO PAG.20-----------
Fobaproa y comité técnico
El siguiente diagrama presenta un panorama general de las relaciones para informar, la
línea de autoridad, las responsabilidades de supervisión y otras interrelaciones entre
las diversas autoridades regulatorias y el Fobaproa. La responsabilidad de la toma de
decisiones respecto al fideicomiso del Fobaproa descansa en el comité técnico.
PANORAMA DEL AMBIENTE REGULATORIO MEXICANO
LEYENDA
*********Insertar diagrama de la página 21**********
Papel de los organismos regulatorios en los programas bancarios
Secretaría de Hacienda (SHCP)
La SHCP es el organismo con mayor cantidad de votos en el comité técnico del Fobaproa.
cuatro miembros del comité técnico provienen de la SHCP, uno de los cuales es el
presidente del comité técnico, quien tiene voto de calidad cuando es necesario. Si bien
la implementación y diseño de cada programa bancario correspondían a los organismos
reguladores, la SHCP era la principal instancia que tomó las decisiones y era responsable
del concepto y asimismo llevó el liderazgo respecto de los financiamientos de los
programas.
Banco de México
El Banco de México es el fiduciario del fideicomiso Fobaproa y es responsable de la
ejecución de las resoluciones del comité técnico. El Banco de México participa en el
proceso de la toma de decisiones como miembro del comité técnico. Como fiduciario del
fideicomiso Fobaproa, el Banco de México es suscriptor de todos los acuerdos a través de
los cuales se proporcionó apoyo financiero, proveniente del fideicomiso Fobaproa.
CNBV
Formalmente, todos los organismos regulatorios (CNBV, Secretaría de Hacienda y Banco de
México) involucrados en los programas bancarios fueron parte en el proceso de toma de
decisiones, ya fuera a través de sus representantes en el comité técnico o como
suscriptores de diversos acuerdos o circulares conforme a o a través de la junta de
gobierno de la CNBV. En la práctica, sin embargo, fue la CNBV la que jugó el papel
central en el diseño e implementación del programa de capitalización y adquisición de
las carteras de crédito, mientras que el Banco de México jugó el papel central en el
diseño e implementación del programa de ventanilla de liquidez y el programa de
capitalización temporal (Procapte).
El amplio mandato de la CNBV le permitió controlar el desarrollo e implementación de los
programas, además la CNBV ha sido la única autoridad con acceso total a la información
de la banca y por consiguiente ha tenido la mejor posición para elaborar juicios respecto
a la necesidad de tomar, en cualquier caso en particular, medidas correctivas, incluyendo
la intervención de los bancos.
Cuando la CNBV intervino, el Fobaproa tenía la obligación conforme a su mandato de
apoyar financieramente a los bancos según fuera necesario. La forma en la cual se
llevaron a cabo las intervenciones, así como el momento de éstas, tuvieron un impacto
directo sobre los costos en los que el Fobaproa incurrió.
Una vez que los programas fueron establecidos, el acceso de la CNBV a la información
bancaria le proporcionó mayor influencia en la toma de decisiones del comité técnico.
Aunque la CNBV proporciona sólo dos miembros de los nueve miembros del comité técnico,
es principalmente la CNBV, con apoyo de personal del Fobaproa, la que prepara la
documentación técnica que sirve de base para muchas de las decisiones del comité
técnico.
Papel de los organismos reguladores en los programas de deudores
SHCP
La Secretaría de Hacienda participó en forma activa en el diseño de los programas de
deudores y emitió reglas operativas que la CNBV tuvo que supervisar y aplicar.
Banco de México
El Banco de México, en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal, diseñó y
creó las reglas operativas para los diversos programas de deudores y también administra
el proceso de pago de estos programas. Puesto que no tiene una obligación de supervisión
directa (que recae sobre la CNBV), su papel ha sido muy limitado. Su participación en el
fideicomiso Fobaproa con los programas de deudores fue insignificante puesto que sólo
sirvió como un conducto para transferir subsidios del Gobierno a algunos bancos, para un
número limitado de programas de deudores.
CNBV
La CNBV participó en forma activa en el diseño de los programas de deudores
(conjuntamente
440,441 y 442
con la SHCP y la Asociación de Banqueros de México). La
CNBV emitió reglas operativas, así como procedimientos para la implementación de estos
programas. Además, la CNBV ha estado a cargo de la supervisión operativa de los
programas de deudores, asegurando que los bancos cumplan con las reglas y lineamientos
relativos a dichos programas.
Panorama general de formulación de reformas al
marco regulatorio
La siguiente tabla presenta en orden cronológico los desarrollos importantes del marco
regulatorio desde junio de 1998, inicio de la liberación financiera de México. El
detalle de dichos desarrollos se describe en otras partes de este mismo informe.
Marco
Regulatorio Mexicano - Cronología de Reformas Importantes |
Fecha |
Reforma |
Junio de1988 |
Se establecieron reglas de
diversificación de registro, se inicío la liberalización financiera |
Julio de 1990 |
Se estableció la Ley para Regular
las Agrupaciones Financieras |
Julio de 1990 |
Se estableció la Ley de
Instituciones de Crédito ("LIC") |
Octubre de 1990 |
Se constituye el FOBAPROA |
Agosto de1991 |
Fue emitida por la CNBV la
metodología para la calificación de la cartera de crédito |
Junio de 1992 |
No autorización de la SHCP para
la participación extranjera en los bancos y grupos financieros |
Julio de 1993 |
Se les requirió a los bancos
dictaminar anualmente su información financiera por auditores externos |
Se crearon burós de crédito |
Diciembre de 1993 |
Se establecieron restricciones
para convertirse en subsidiaria extranjera |
Se limitio la tenencia accionaria
individual |
Abril de 1994 |
Peritos valuadores regulados por
la CNBV |
Nobiembre de 1994 |
Auditores externos regulados por
la CNBV |
Febrero de 1995 |
Se relajaron las restricciones
para convertirse en subsidiarias extranjeras |
Se incrementaron las limitaciones
de participación extranjera agregada |
Se establecieron las reglas de los
burós |
Mayo de 1995 |
Fusión de la CNB y la CNV para
convertirse en la CNBV |
Facultades de la intervención
gerencial y administrativas se otorgaron a la CNBV |
Julio de 1995 |
Las reglas para el límite de
créditos relacionados cambiaron |
Noviembre de 1995 |
Se enmendaron las reglas de
participación extranjera |
Se establecieron las reglas para
la prevención y deteccion de actividades penales |
La CNBV decidió revisar las
funciones |
Diciembre de 1995 |
Se revisaron las reglas de
contabilidad para hacerlas efectivas el 1o de enero de 1997 |
Abril de 1996 |
Se establecieron reglas de
participación accionarias para el FOBAPROA |
Julio de 1996 |
Se establecieron reglas por parte
de la SHCP sobre los requisistos de capitalización de las instituciones de banca
múltiple |
Marzo de 1997 |
La CNBV emitió los requerimientos
de documentación e información para expedientes de crédito |
La CNBV emitió requerimientos
para el reporte de concentració de riesgos |
Octubre de 1997 |
Se establecieron timpos de entrega
para requerimiento adicionales hechos por la CNBV a los bancos |
Febrero de 1998 |
Se establecieron los lineamientos
para el otorgamiento de créditos emitidos por la CNBV y por el Banco de México |
Octubre de 1998 |
Se establecio el requerimiento del
100% de reservas para créditos no revisados a través del buró de crédito |
Enero de 1999 |
Se emitieron los lineamientos para
la administración de riesgos |
Enero de 1999 |
Se relajan las reglas de
participació extranjera |
Se creo el IPAB (que sustituye al
FOBAPROA) |
SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público)
Objetivos y responsabilidades
La SHCP, es una dependencia del Ejecutivo Federal y es el principal órgano regulador del
sistema financiero mexicano, encargado de emitir las reglas administrativas señaladas por
la Ley de Instituciones de Crédito y de regular los diversos aspectos relativos a la
operación y estructura del sistema bancario mexicano.
El propósito de la Ley de Instituciones de Crédito es el de regular los servicios
bancarios Y crediticios, supervisar la organización y operación de las instituciones de
crédito y las actividades y operaciones que éstas efectúan; el desarrollo correcto y
equilibrado de las instituciones de crédito, la protección de los intereses públicos; y
las condiciones bajo las cuales el Estado puede ejercer supervisión sobre el sistema
bancario mexicano.1 El Ejecutivo Federal a través de la SHCP puede
interpretar, para fines administrativos, las disposiciones de la Ley de Instituciones de
Crédito2 y la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.3 Al
tomar decisiones respecto a la Ley de Instituciones de Crédito y a la Ley para la
Regulación de grupos financieros, la SHCP considera las opiniones del Banco de México y
de la CNBV.*
El artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal describe las
responsabilidades de la SHCP. Entre estas responsabilidades están la planeación del
desarrollo nacional, la estimación de los ingresos y egresos federales, la cobranza de
impuestos y otros ingresos, la determinación de los montos de incentivos fiscales, el
manejo de la deuda pública, la autorización para actividades relacionadas con banca
comercial, la autorización del programa federal de gasto público y la supervisión de
las disposiciones fiscales para asegurar su cumplimiento.4
Papel de la SHCP en la crisis bancaria
La SHCP en el papel de principal órgano regulador de México en materia financiera, fue
responsable de la forma en que se implementó la privatización. La SHCP fue responsable
del concepto de la privatización, de la transmisión de autorizaciones a bancos, del
proceso de selección en la privatización y de la autorización de nuevos bancos.
El Gobierno de México, frente a una crisis del sistema y a un retiro masivo de dinero de
los bancos, publicó durante diciembre de 1995 la confirmación de que el Gobierno
respaldaría los pasivos a cargo de la banca y utilizaría recursos fiscales para lograr
ese objetivo. La SHCP tomó la decisión de utilizar al Fobaproa para alcanzar este
objetivo. El Fobaproa no fue diseñado para manejar una crisis de tales proporciones y sus
recursos ya se habían agotado desde la intervención de 1994 en los bancos Unión y
Cremi.
El financiamiento de los programas de deudores fue proporcionado directamente por la SHCP
a través del presuesto federal. El financiamiento de los programas bancarios la
proporcionó la SHCP a través del apoyo directo del Fobaproa.
Los objetivos establecidos que la SHCP intentó llevar a cabo durante la crisis bancaria
pueden resumirse de la siguiente manera:
1. Reducir el riesgo de un retiro masivo de dinero del sistema de banca múltiple y el
consecuente colapso del sistema financiero;
2. Proteger a los depositantes y acreedores bancarios;
3. Mantener la integridad del sistema de pagos;
4. Apoyar la solvencia y liquidez de las instituciones;
5. Promover una cultura de pago de los créditos al proporcionar apoyo a los deudores;
6. Reducir el impacto fiscal mediante su distribución en el tiempo y
7. Alentar la participación de bancos internacionales de primer nivel, con objeto de
mejorar la competividad del sistema bancario.
Subsecretaría de Finanzas y Crédito Público y sus responsabilidades
La SHCP tiene una subsecretaría de Finanzas y Crédito Público que está organizada en
seis direcciones generales, una de las cuales es la Dirección General de Banca y Ahorro
responsable de efectuar la supervisión del sistema bancario. Las subdirecciones generales
de Banca Múltiple, de Análisis Financiero y Políticas de Protección del Ahorro y de
Sistemas de Ahorro para el Retiro, reportan a la Dirección General de Banca y Ahorro.
Las responsabilidades significativas de la Dirección General de Banca y Ahorro incluyen:
- Crear, para la aprobación de los niveles superiores, políticas para la promoción,
regula
ción y supervisión de grupos financieros, instituciones de banca múltiple, compañías
de información crediticia y compañías de ahorros y créditos. Además, participa en la
evaluación de la operación y desempeño de estas entidades.
- Proporcionar, para aprobación de los niveles superiores, la recomendación para
autorización y operar como grupos financieros, instituciones de banca múltiple,
compañías de información crediticia y corporaciones de ahorro y crédito, así como
elaborar recomendaciones para revocar las autorizaciones mencionadas.5
Una de las principales responsabilidades de la subdirección de banca múltiple, es
participar en la creación de políticas y medidas para promover, regular y supervisar
grupos financieros que participan en las instituciones de banca múltiple, instituciones
financieras extranjeras filiales, administradores del fondo para el retiro, corporaciones
de información crediticia y corporaciones de ahorro y crédito. Además, participa en la
evaluación de la operación y desempeño de estas entidades.6
Las responsabilidades de la subdirección de Análisis Financiero y Políticas de
Protección del Ahorro incluyen la participación en la evaluación de la operación y
desempeño financiero de las entidades anteriormente mencionadas y las actividades
bancarias y de ahorro, así como la introducción, diseño y coordinación para la
aplicación de mecanismos de control gerencial en estas organizaciones.7
Leyes emitidas por la SHCP respecto a la supervisión del sistema bancario
La SHCP es responsable de emitir e implementar reglas relativas a la Ley de Instituciones
de Crédito y a la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. A continuación se
presenta el resumen de las secciones relevantes de esta legislación:
Carteras de crédito
La SHCP determina las bases para la evaluación de las carteras de crédito, de
instituciones de crédito y la documentación que tales instituciones deben solicitar al
momento de otorgar o renovar créditos. La metodología a seguir en la calificación de
las carteras de crédito ha sido establecida por la CNBV y está documentada en la
sección de la CNBV del marco regulatorio de este informe, titulado "Valuación y
Calificación de Créditos".8
Acceso a información bancaria
La dirección general de Banca y Ahorro solicita información a las instituciones de
crédito, con objeto de evaluar dichas instituciones y así obtener la información
necesaria para llevar a cabo funciones reguladoras y de coordinación con relación al
sistema bancario.
Requerimiento de capital
Las instituciones de banca múltiple requieren mantener reservas de capital mínimo tal
como lo señala la Ley de Instituciones de Crédito promulgada en julio de 1990. El
capital mínimo de cada institución de banca múltiple es de 0.12% de la cantidad de
capital neto acumulado de las instituciones al 31 de diciembre del año inmediato
anterior. Durante el primer trimestre de cada año, la CNBV publica el monto de capital
mínimo que cada institución debe alcanzar en el último día de ese mismo año.
La institución de banca múltiple debe pagar el capital mínimo en su totalidad. Asimismo
el capital social en exceso del mínimo requerido debe ser pagado al menos en un 50%. Las
instituciones deben revelar su capital pagado al mismo tiempo que revelan su capital
social.9
Conforme al artículo 49 de la Ley de Instituciones de Crédito, a las instituciones de
banca múltiple se les requiere invertir los recursos que adquieren del público, en forma
tal que les permita mantener suficiente liquidez y seguridad. La SHCP determina la
clasificación de activos y operaciones que producen los activos contingentes. También
determina los porcentajes máximos de pasivos exigibles y pasivos contingentes que pueden
estar representados en diversos grupos de activos y operaciones que resultan de tales
clasificaciones.10
La Ley de Instituciones de Crédito también establece un requerimiento mínimo para el
capital neto. El artículo 50 establece que las instituciones de crédito deben mantener
un capital neto mínimo del 6% multiplicado por la suma de sus activos y operaciones que
producen pasivos contingentes. La SHCP también puede considerar operaciones que exponen a
las instituciones a riesgos significativos y puede considerar prácticas bancarias
internacionales con la relación a la determinación de la suficiencia de capital.11
443,444 y 445
Límites de inversión
La Ley de Instituciones de Crédito, establece límites sobre las inversiones que se
cargan contra el capital pagado o el capital exhibido y las reservas de capital.12
Diversificación del riesgo
Activos
A partir del 1o. de junio de 1988, entraron en vigor las reglas para diversificar los
riesgos en las operaciones activas emitidas por la SHCP. Estas reglas establecen que el:
- Financiamiento que la institución otorgue a un individuo, no puede exceder del 10% del
capital neto de la institución o del 0.5% del capital neto de las instituciones
financieras en su conjunto.
- Financiamiento que la institución otorgue a una persona moral no puede exceder del 30%
del capital neto de la institución financiera o del 6% del capital neto de las
instituciones financieras en su conjunto.
- El financiamiento otorgado entre instituciones de crédito puede llegar hasta el 100%
del capital neto del acreditante.
- Los límites anteriores no se aplican a créditos otorgados o garantizados por el
Gobierno Federal.
El Banco de México publica anualmente en el Diario Oficial de la Federación, los
límites máximos de financiamiento a individuos y personas morales y se calculan
utilizando el capital neto de todas las instituciones financieras.
Financiamientos otorgados por un grupo de individuos que tienen riesgos comunes debido a
que su capital está relacionado, debe considerarse como una entidad individual y le
aplicarán los límites abajo mencionados.
Grupos considerados como riesgos comunes, son los siguientes:
- Grupos formados por personas relacionadas a través de garantías o créditos que
representan más del 50% del capital neto del obligado solidario o del acreditante.
- Grupos integrados por personas con nexos de capital en un 50% del capital con esas
personas.
Pasivos
De acuerdo con el artículo 51 de la Ley de Instituciones de Crédito, las instituciones
de banca múltiple requieren diversificar sus riesgos. La SHCP determina a través de la
aplicación de reglas generales, el porcentaje máximo de pasivos de una institución que
representan obligaciones para un sola persona o entidad y los límites máximos de los
montos de pasivos directos o contingentes que representan el capital de esa misma persona
o entidad. Estos límites pueden referirse también a entidades o segmentos del mercado
que representen una concentración de riesgo.13
Un grupo separado de pasivos debe considerarse como pasivo único cuando el grupo de
acreedores posee capital o relaciones de responsabilidad tales que la situación
financiera o estabilidad de los pasivos por pagar a una parte, afectan la situación
financiera o estabilidad de créditos por pagar a otras partes. Cuando estos pasivos se
identifican se tratan como pasivos únicos y están sujetos a las limitaciones estipuladas
anteriormente.14
Acuerdo de responsabilidad
De acuerdo con el artículo 28 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras en
vigor a partir de julio de 1990, la compañía controladora y cada una de las entidades
financieras que son miembros del grupo financiero debe celebrar un acuerdo a efecto de
que:
1. La compañía controladora debe ser responsable, en forma secundaria y sin
limitaciones, por el cumplimiento de las obligaciones incurridas por las entidades
financieras que son parte del grupo.
2. La compañía controladora será responsable, sin limitaciones, de aquellas pérdidas
de todas y cada una de tales entidades. En el caso que los activos de una compañía
controladora no sean suficientes para satisfacer las obligaciones de dos o más entidades
financieras que sean miembros del grupo, que estén en situación de necesidad de capital
al mismo tiempo, tales obligaciones deberán ser pagadas sobre una base de prorrateo hasta
que los activos de la compañía controladora se hayan agotado.
Las compañías controladoras de grupos financieros son responsables de los miembros del
grupo financiero. Cada grupo financiero deberá tener un acuerdo de responsabilidad
establecido, con objeto de formar un grupo financiero.
Las compañías controladoras de grupos financieros están sujetas a la inspección y
supervisión de la comisión que supervisa la entidad financiera (v. gr. la Comisión de
Seguros y Fianzas, la CNBV) que la Secretaría determina ser el miembro dominante del
grupo.15
Dominio privado extranjero
La adquisición de acciones de los bancos comerciales mexicanos o las compañías
controladoras de grupos financieros, por parte de instituciones financieras extranjeras,
está regulada por el Tratado de Libre Comercio de América del Norte ("TLC") o
los tratados o acuerdos internacionales aplicables, la Ley de Instituciones de Crédito y
la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.16
Con la aprobación de la SHCP, las instituciones financieras extranjeras pueden adquirir
una serie ilimitada de acciones con le propósito de convertir la compañía en una
subsidiaria de propiedad extranjera.17 Al 18 de julio de 1990, la propiedad
extranjera de capital con derecho a voto de grupos bancarios o financieros mexicanos,
estaba limitada a un 30% acumulado.
El 23 de diciembre de 1993, la inversión extranjera individual se limitaba a una
propiedad del 20% de acciones clase "C" de acciones ordinarias, siempre y cuando
la institución extranjera e inversionista estuviera ampliamente controlada. Desde febrero
15 de 1995, el límite de propiedad extranjera acumulada en capital con derecho a voto de
un banco mexicano o de un grupo financiero se incrementó al 49%.18
CNBV (Comisión Nacional Bancaria y de Valores)
La CNBV es el principal órgano responsable de la regulación de los bancos, casa de bolsa
e instituciones auxiliares de crédito. El propósito de crear la CNBV fue consolidar la
supervisión para, prácticamente, todas las compañías controladoras del sistema
financiero, así como para los bancos y las casas de bolsa.
Historia de supervisión
En 1988 la liberalización financiera del sistema bancario mexicano inició con el
levantamiento de las restricciones en tasas de interés para endeudamiento y créditos.
Esto originó un periodo de crecimiento explosivo de las operaciones de crédito
individuales y comerciales.
En 1990 el Congreso mexicano promulgó la legislación (la Ley para Regular las
Agrupaciones Financieras) que modificó el marco legal y regulatorio que gobernaba al
sistema bancario y financiero, permitiendo la existencia de grupos financieros.19
Esta ley fue el inicio del proceso de regulación y supervisión de los grupos bancarios
en México.
De acuerdo con la CNBV los mecanismos de supervisión y las facultades de la antigua CNB
permanecieron iguales entre 1991 y 1994 (entre la participación estatal y privada).
En 1995 la fusión de la CNB (Comisión Nacional Bancaria) y la Comisión Nacional de
Valores fue un paso importante en el proceso de fortalecimiento de la supervisión del
sistema bancario.
El 26 de marzo de 1998 se presentó una nueva legislación al Congreso, que fortalecería
la autonomía del Banco de México y permitiría mayor autonomía a la CNBV, así como
facultades para la supervisión bancaria. La propuesta inicial fue cambiar la estructura
de reporte de información de la CNBV, de estar subordinada de la SHCP, a ser un organismo
descentralizado dentro del Banco de México. Sin embargo, esta propuesta sufrió algunos
cambios y la propuesta vigente consiste en que la CNBV permanece subordinada a la SHCP
pero gozará de mayor autonomía.
La nueva legislación claramente organiza las facultades de autoridad entre la CNBV, el
Banco de México y la SHCP. Las atribuciones específicas que serían transferidas de la
SHPC a la CNBV son la facultad para autorizar entidades financieras en México y la
facultad para emitir regulación prudencial adicional (como lo es el índice de
capitalización). En la actualidad la CNBV es la única facultada para emitir normas
reguladoras relativas a los requisitos para la administración de riesgos y contabilidad.
En cumplimiento con la nueva legislación, el presidente de la CNBV será nombrado por el
Presidente de México para ocupar el cargo por seis años, siempre y cuando lo autorice la
Cámara de Senadores. En la actualidad el presidente de la CNBV es nombrado por el
Secretario de Hacienda.
El espíritu de la nueva ley es proporcionar mayor independencia a la CNBV, asegurando que
las acciones se basen en decisiones técnicas más que políticas.
Objetivos de la CNBV
El objetivo de la CNBV es supervisar y regular las entidades financieras con objeto de
asegurar su estabilidad y adecuado desempeño; mantener y fortalecer la solidez y el
desarrollo estable del sistema financiero como un todo, para la protección del interés
público. Además, su objetivo es supervisar y regular la actividades de individuos y
entidades vinculados con el sistema financiero. Para realizar esto de manera eficiente, la
CNBV tiene autonomía técnica y poderes ejecutivos otorgados por su propia ley y otras
leyes que regulan el sistema financiero, incluyendo la ley para regular las agrupaciones
financieras, Ley de Instituciones de Crédito, Ley General de Organizaciones y Actividades
Auxiliares de Crédito, Ley del Mercado de Valores y Ley de Sociedades de Inversión.
La CNBV es responsable de inspeccionar y supervisar a las instituciones bancarias y
asesorar e informar a la SHCP sobre dichos temas. Las obligaciones principales de la CNBV
con respecto a los bancos incluyen la expedición de normas que rijan a los bancos, los
supervisen, aprueben las reservas bancarias, aprobación de funcionarios de alto nivel
propuestos por los accionistas, hacer recomendaciones a la SHCP e imposición de multas a
instituciones bancarias que no cumplan con las leyes vigentes.
Relaciones de la CNBV con otras autoridades regulatorias
Las áreas de supervisión dentro de la CNBV se comunican con el Banco de México para
tratar asuntos tales como transacciones en mercados de dinero y de cambios y sobre la
liquidez y solidez de las instituciones financieras. Ambas autoridades han establecido
recientemente mecanismos de coordinación a través de los cuales comparten la mayoría de
la información estadística electrónica y/o impresa proporcionada por las entidades
supervisadas, facilitándoles así el cumplimiento de los requerimientos de información
que deben proporcionar.
El intercambio informal de información se origina a partir de la integración de la junta
de gobierno de la CNBV.
Responsabilidades de la CNBV
La siguiente lista presenta una serie de responsabilidades importantes de la CNBV:
1. Autoriza o aprueba el nombramiento de auditores estatuarios, abogados, directores
generales y funcionarios de los bancos;
2. Actúa como órgano consultor del Gobierno Federal sobre asuntos financieros;
3. Asegura que las operaciones y servicios llevados a cabo se realicen de una manera
eficiente bajo los términos y condiciones acordadas;
4. Autoriza los requerimientos mínimos de capital que las instituciones deben mantener
hasta el último día del año (dado a conocer durante el primer trimestre del año);
5. Determina o recomienda mantener en el puesto, suspender o destruir y en su caso,
inhabilitar consejeros, directores, funcionarios, delegados fiduciarios, abogados y otros
individuos que puedan obligar a las entidades;
6. Ordenar la suspensión de operaciones de ciertas entidades financieras de acuerdo con
la ley;
7. Intervenir de manera administrativa o gerencial a las entidades, con el propósito de
suspender, normalizar o resolver acciones que violan las leyes que las rigen, o las
operaciones que pusieron su solvencia, estabilidad o liquidez en riesgo.
8. Investigar aquellos actos de individuos o entidades corporativas que realicen
operaciones que violan las leyes que rigen a las entidades financieras y ordenar la
inspección de entidades responsables.
446,447 y 448
9. Intervenir en los procedimientos de
liquidación de las instituciones bajo los términos de la Ley de la CNBV.20
Inspección, supervisión e intervención
La CNBV también es la entidad encargada de inspeccionar y vigilar a las
instituciones que conforman el sistema financiero en México. Dichas instituciones están
sujetas a la Ley de Instituciones de Crédito, a la Ley del Mercado de Valores, a la Ley
de Sociedades de Inversión y a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares
de Crédito y están sujetas a las facultades de inspección y vigilancia de la CNBV.21
La supervisión consiste en asegurar que las instituciones cumplan con las disposiciones
de la Ley de Instituciones de Crédito y aquellas que se derivan de estás y que cumplan
con las recomendaciones y directrices de la CNBV que resultan de las visitas de
inspección realizadas.22
Medidas correctivas bajo inspección
y supervisión
Cuando la CNBV considera que las operaciones de cualquier entidad, sujeta a inspección y
vigilancia, no se llevan a cabo bajo los términos de las disposiciones aplicables o que
hay irregularidades, el presidente de la CNBV, con el consentimiento de su junta de
gobierno, definirá las medidas necesarias para normalizar la situación. Si la entidad no
ha normalizado la situación dentro del periodo especificado, el presidente de la CNBV
puede ordenar la suspensión de operaciones de la institución que ha violado la ley. De
ser necesario, la junta de gobierno puede ordenar la intervención administrativa y
gerencial de las entidades.
La junta de gobierno puede declarar la intervención administrativa de una sociedad
controladora y nombrar al interventor para fines de suspensión, normalización o
resolución de actos irregulares.24 Tal intervención administrativa debe
llevarla a cabo directamente a través de un interventor, que llevará a cabo las acciones
necesarias para cumplir con los objetivos indicados en la correspondiente orden y dentro
de las reglas de inspección y reglamento interior de la CNBV.25
Además, fuimos informados por la CNBV que con la aprobación de la SHCP y el Banco de
México puede llevar a cabo una intervención (de facto), en la cual la administración de
primer nivel del banco es remplazada por administradores designados por la CNBV, quienes
deben informar a la CNBV o el banco es administrado por otro banco con la aprobación de
la CNBV.
La intervención gerencial es declarada cuando la CNBV descubre irregularidades que pueden
afectar la estabilidad y solvencia de la institución y cuando los intereses del público
o de los ahorradores estén amenazados. El propósito de la intervención es proteger los
intereses de los depositantes y acreedores de la institución intervenida y normalizar sus
operaciones. El presidente de la CNBV debe obtener el consentimiento de la junta de
gobierno para proceder con la intervención gerencial y nombrar a la persona que
administrará a la institución en calidad de interventor gerente.26
El interventor, en representación de la CNBV, administra los negocios y relaciones de la
institución intervenida, en sustitución de su consejo directivo y de su director
general. A partir de la fecha de la intervención gerencial y hasta el momento en que la
CNBV la concluya, el consejo directivo de la institución financiera elegido no ejerce
autoridad de control alguno sobre los negocios y relaciones de la institución, aun cuando
pueda continuar reuniéndose para analizar los negocios o relaciones de la institución.
El interventor gerente no está sujeto a la autoridad de los accionistas o del consejo
directivo.
La CNBV podrá solicitar a los tribunales la suspensión de pagos o la declaración de
quiebra de la institución.
Regulación prudencial
Conforme a lo dispuesto en la circular bancaria 1222 de la CNBV, los auditores externos
están obligados a someter sus informes a la CNBV, además de los estados financieros
anuales dictaminados. Estos informes incluyen comentarios por parte del auditor externo
relativos a las irregularidades observadas en la revisión de la institución de banca
múltiple que no se hayan corregido, que hayan originado salvedades en el dictamen. Es un
requisito presentar una explicación de las variaciones en los estados financieros al 31
de diciembre entregados a la CNBV y aquéllos publicados por la institución de banca
múltiple, respecto a los dictaminados por el auditor externo.27 El pro-pósito
de la información adicional es obtener una opinión sobre temas específicos tales como
el ajuste a valor mercado de los instrumentos financieros, el sistema de control interno
para créditos, derivados, valores, cambio de divisas y riesgos de mercado, créditos
otorgados para la adquisición de acciones, función de auditoría interna, e informes de
sugerencias administrativas proporcionadas a la institución, como se detalla en la
circular 1222, artículo 14. La información debe remitirse a la CNBV dentro de 60 días
naturales a partir del cierre del año.28
Principios de contabilidad para instituciones de banca múltiple.
En diciembre de 1995, la CNBV expidió la circular 1343 que introdujo nuevas reglas de
contabilidad con las que los bancos debieron cumplir a partir de 1997. Antes de diciembre
de 1996, las reglas de contabilidad en vigor en el sistema financiero mexicano no se
codificaban y no eran congruentes con los estándares emitidos por otros órganos
contables nacionales o internacionales.
Evaluación y clasificación de créditos
La SHCP, considerando las opiniones tanto del Banco de México como de la CNBV, determina
las reglas para la evaluación de las carteras de crédito de las instituciones de
crédito y el nivel de reservas preventivas que se deben mantener por cada nivel de
calificación de créditos. La SHCP también es responsable de determinar la
documentación e información que las instituciones deben solicitar al momento del
otorgamiento o renovación de los créditos, con o sin garantía, los requerimientos que
debe contener la documentación y el periodo de tiempo en el que se debe obtener.29
La CNBV determina la metodología para la calificación de la cartera de créditos, vigila
que la metodología se siga y hace recomendaciones conforme se requiera.30
Los resultados de la evaluación de la calidad de la cartera se someten a consideración
de la CNBV, la cual determina si las reservas de la institución son adecuadas.31
Créditos a partes relacionadas
De acuerdo con el artículo 73 de la Ley de Instituciones de Crédito, las instituciones
de banca múltiple requieren del consentimiento de la mayoría de los directores
(nombrados por las series de acciones "A" o "F") para celebrar una
operación por la cual las siguientes personas pudieran convertirse en deudoras de la
institución:
1. Personas físicas o morales que directa o indirectamente sean propietarias del 1% o
más del capital social en circulación del banco o de la sociedad controladora
propietaria del banco;
2. Miembros propietarios o suplentes del consejo de administración de la institución;
3. Cónyuges o personas relacionadas con las personas por consanguinidad, afinidad o
adopción civil;
4. Cualquier individuo distinto de directores del banco o empleados, que puedan obligar o
comprometer a las instituciones con sus firmas;
5. La persona moral, así como sus directores y funcionarios, en los que la institución
controla directa o indirectamente por lo menos el 10% de los instrumentos que representan
capital;
6. La persona moral cuyos funcionarios y directores son los funcionarios y directores de
la institución financiera y
7. Cualquier persona moral en la que cualquiera de las compañías antes mencionadas, así
como los particulares y los empleados de los bancos, auditores estatutarios, auditores
externos o sus parientes sean propietarios directa o indirectamente del 10% o más del
capital social en circulación.32
Además de la aprobación por parte del consejo de administración, los créditos
otorgados a las partes anteriormente mencionadas deben contar con la recomendación previa
del comité o crédito de la institución. Si se otorga la autorización, la institución
debe presentar a la CNBV una copia certificada de la resolución en la cual se menciona la
aprobación por parte del consejo e informarle del otorgamiento o renovación, así como
la manera de pago o cancelación de dichos créditos, dentro de los términos que la CNBV
pudiera establecer. En el caso de los créditos otorgados a compañías arrendadoras
y de factoraje y cuyos miembros son los mismos que los de la sociedad controladora,
la CNBV no considera dichos créditos como créditos a partes relacionadas.
Banco de México
Objetivo y organización
La autonomía del Banco de México se fortaleció el 1o. de abril de 1994.33
Previo a esto, el Banco de México era un organismo descentralizado del Gobierno Federal.34
El objetivo principal del Banco de México es asegurar la estabilidad del poder
adquisitivo de la moneda nacional, promover el desarrollo sólido del sistema financiero y
asegurar el funcionamiento adecuado del sistema de pagos.35 El artículo 28 de
la Constitución mexicana le agrega responsabilidad al Banco de México para asegurar que
el desarrollo económico sea consistente con los objetivos del Estado.
El Banco de México tiene la facultad de emitir reglamentos para el objetivo único de
controlar la actividad cambiaria, el desarrollo sólido del sistema financiero y el
sistema de pagos o la protección del interés público y debe indicar sus razones para
hacerlo.36
En diciembre de cada año desde 1992, el Banco de México, bajo instrucciones del comité
técnico, ha publicado en el Diario Oficial de la Federación aquellas obligaciones que el
Fobaproa pretende proteger.37
Autoridad y responsabilidades
Como se describe en la Ley del Banco de México, el Banco Central requiere, entre otras
cosas, llevar a cabo las siguientes funciones:
- Regular la emisión y circulación de moneda, intercambio de divisa extranjera,
intermediación financiera y servicios, así como sistema de pago y
- Operar como un banco de reserva y como último recursos de fondeo para las instituciones
de crédito.38
Supervisión del sistema bancario
Las reglas emitidas por el Banco de México aplican en las operaciones en las que las
instituciones de crédito se convierten en acreedoras o deudoras. Asimismo, las
operaciones de servicio y otorgamiento de créditos, préstamos y operaciones de reporto
llevados a cabo por intermediarios de la bolsa de valores deben sujetarse a estas
disposiciones. Estas disposiciones también son aplicables a fideicomisos, mandatos y
comisiones de los intermediarios de la bolsa, así como compañías aseguradoras y
sociedades afianzadoras.39 Instituciones de crédito, corredores, casas de
bolsa, casas de cambio y otros intermediarios que pertenezcan a un grupo financiero
también están sujetos a las regulaciones emitidas por el Banco de México.40
Supervisión de los bancos
Las instituciones financieras deben proporcionar toda la información que requiera el
Banco de México para llevar a cabo sus funciones de manera adecuada. Esto incluye el
proporcionar información con respecto a las operaciones y datos suficientes para evaluar
su situación financiera. A solicitud del Banco de México, las comisiones supervisoras
del sistema financiero, tales como la CNBV, llevarán a cabo visitas a las instalaciones
de la institución y la examinarán.41 El Banco de México podrá suspender
todas o algunas de las operaciones de la institución que infrinjan la ley o las
regulaciones resultantes.42
Las disposiciones específicas con respecto al secreto bancario se enuncian en el
artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito. Este artículo señala que la
institución de crédito podría no proporcionar noticias e información que se relacione
con los depósitos, servicios o cualquier otro tipo de operación, a excepción de las
partes a las que pertenezca o cuando una autoridad judicial lo ordene. Sin embargo, esto
no afecta la obligación de las instituciones de crédito de proporcionar a la CNBV la
información y documentación con respecto a las operaciones llevadas a cabo y los
servicios prestados por la institución de crédito que la CNBV requiere para ejercer sus
deberes de inspección y vigilancia.43
Dirección del Fobaproa
El Banco de México es el fiduciario del fideicomiso Fobaproa y es responsable de la
ejecución de las instrucciones del comité técnico y de la administración general del
fideicomiso.
449,450 y 451
Fideicomiso Fobaproa
Leyes y estatutos acerca del Fobaproa
De acuerdo con el artículo 122 de la Ley de Instituciones de Crédito, el Banco de
México deberá administrar un fideicomiso al que se llamará Fobaproa, cuyo propósito
será llevar a cabo operaciones de naturaleza preventiva para evitar situaciones en donde
el banco faltase a sus obligaciones financieras. La creación del fondo por parte del
Gobierno Federal no le dará la autoridad de una entidad dentro de la Administración
Pública Federal y, en consecuencia, no estará sujeto a las disposiciones aplicables de
dichas entidades.44
Supervisión del Fobaproa
La regulación interna del Banco de México, establece la existencia de dos direcciones
dentro del Banco de México con responsabilidades de supervisión del Fobaproa. La
dirección general de análisis del sistema financiero era responsable de las actividades
relacionadas con el desempeño del Fobaproa.45 Cuando la dirección general del
Fobaproa se creó en abril de 1997, la responsabilidad del desempeño de Fobaproa dejó de
ser de la dirección general de análisis del sistema financiero. La dirección de
contraloría del Banco de México, es responsable de auditar las operaciones llevadas a
cabo por los bancos, aun cuando actúe como fiduciario.46
Contrato de fideicomiso del Fobaproa
En el artículo 122 de la Ley de Instituciones de Crédito nombra al director del Banco de
México como administrador del fideicomiso Fobaproa.47 El contrato de
fideicomiso del Fobaproa destaca las responsabilidades del fiduciario con respecto a este
fideicomiso.
El acuerdo del fideicomiso manifiesta que el fiduciario no tiene ninguna responsabilidad
hacia el fideicomitente (SHCP) o a terceros en el caso de que las directrices establecidas
en el acuerdo del fideicomiso o las instrucciones por escrito proporcionadas por el
comité técnico se cumplan.48
El Banco de México y los programas de apoyo a deudores
Las reglas que operan para algunos de los programas de apoyo a deudores, fueron emitidas
por el Banco de México. Los programas, los presupuestos para los programas y los
parámetros de operación no están dentro de su competencia, ya que ésta no era la
institución para implementar dichos programas.
Remuneración
El Banco de México en su carácter fiduciario, recibe una cuota de administración anual
del 20% de los gastos operativos del fondo. Dicha cuota se pagará al fiduciario en enero
del año siguiente en el cual prestará sus servicios.49
Leyes de quiebra (insolvencia)
Antecedentes
La Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos ("Ley de Quiebra") fue promulgada en
1943 y de manera subsecuente pasó por una reforma menor. En 1988, se reformó la Ley de
Quiebras. Entre otros cambios, se crearon tribunales especiales para tratar sólo los
casos de insolvencia y se establecieron reglas específicas para dos procedimientos por
separado que se instrumentarían para resolver los conflictos de insolvencia: la
suspensión de pagos y los procedimientos de quiebra. Ambos procedimientos son muy largos
y complejos.
La insolvencia comercial cae dentro de la jurisdicción federal en México. Las quiebras
de negocios las controla la Ley de Quiebras. Esta ley gobierna el proceso de insolvencia
de las compañías y personas físicas involucradas en el comercio en México. La
insolvencia de personas físicas y morales no comerciantes está fuera del alcance de esta
ley y a su vez está regida por las disposiciones relevantes en el Código Civil del
Estado.
Quiebra
Como resultado de sus necesidades diversas, se han creado reglas de quiebra específicas
para los bancos, instituciones auxiliares de crédito, compañías aseguradoras,
compañías públicas y sociedades afianzadoras. Se han creado varias leyes federales
específicamente para tratar acerca de los procedimientos de quiebra de negocios,
incluyendo los siguientes.50
- Ley Federal del Trabajo;
- Código Fiscal de la Federación;
- Ley de Instituciones de Crédito;
- Ley General de Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas y
- Nueva Ley Federal de Afianzadoras.
Las quiebras en México se categorizan, como inadvertidas, como el resultado de una mala
administración o como el resultado de actividades fraudulentas. Las últimas dos
categorías pueden tener como resultado el procesamiento penal para aquéllos responsables
de la administración de la compañía correspondiente.
Suspensión de pagos
La suspensión de pagos es un procedimiento de la legislación mexicana para evitar la
quiebra. Los deudores pueden solicitar a un juez ordenar una suspensión de pagos. El juez
puede autorizar al deudor a suspender los pagos durante un periodo específico siempre y
cuando el conjunto de acreedores esté de acuerdo con dicha decisión. De ser así, se le
permite al deudor continuar con su negocio; sin embargo, esto se hace bajo la supervisión
de un particular designado por el juzgado.
Acreedores
El principio de la división igualitaria de los activos entre los acredores de una
naturaleza similar es importante en el proceso legal de la insolvencia. La Ley de Quiebras
indica que los acreedores se deben categorizar como garantizados (aquellos que tienen
garantías en su favor respecto de una deuda) y no garantizados. Existen disposiciones
para pagos prioritarios a hacerse para los acreedores no garantizados en donde hayan
fondos disponibles.
2 Fobaproa
fobaproa (Fondo Bancario de Protección al Ahorro)
Historia de la protección al ahorro bancario en México
La Ley Bancaria de 1897 estableció la posibilidad legal de quiebra de las instituciones
de crédito. Hasta 1981, no había un mecanismo específico en vigor para proteger a los
depositantes bajo las leyes mexicanas. Sin embargo, en la práctica, el Gobierno Federal
otorgaba protección total a los ahorradores de los bancos a través del uso de fondos
públicos ya sea tomando control de la institución o pagando todos sus pasivos.
El Fondo de Protección al Crédito se estableció en 1981. Esta organización recibiría
fondos a través de aportaciones de las instituciones de banca múltiple para evitar la
carga de proteger a los ahorradores bancarios a través del uso exclusivo de los fondos
públicos. El fondo no se creó con la intención o los recursos para manejar una crisis
sistemática, sino para contener problemas aislados de las instituciones de banca
múltiple.
El 10 de noviembre de 1986, el Gobierno Federal formó el Fondo de Apoyo Preventivo para
diversas instituciones bancarias (Fonapre). El Fonapre se creó en el periodo en que el
sistema de banca múltiple estaba nacionalizado. El fondo recibió aportaciones de las
instituciones de banca múltiple de acuerdo con la cláusula tercera del contrato de
fideicomiso del Fonapre con fecha 10 de noviembre de 1986 y el artículo 77 de la Ley para
Regular el Servicio Público de Banca y Crédito, publicado el 14 de enero de 1985. Los
recursos del Fonapre debían estar disponibles para llevar a cabo operaciones financieras
para apoyar la estabilidad financiera de las instituciones y para evitar circunstancias
que podrían tener un impacto en el repago oportuno de sus obligaciones.
Durante 1990 y para remplazar al Fonapre, la Ley de Instituciones de Crédito estableció
que todas las instituciones bancarias participarían en el régimen conocido como el Fondo
Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa). El Fobaproa fue un fideicomiso establecido
en 1990 por el Gobierno Federal y el Banco de México como fiduciario. El fondo estaba
administrado por un comité técnico que comprendía a miembros de la SHCP, el Banco de
México y la CNBV.
El documento, titulado, modificaciones al contrato del fideicomiso Fonapre, que creaba al
Fobaproa, se firmó el 18 de octubre de 1990 51
Este acuerdo estableció al Banco de México como fiduciario y a la SHCP como
fideicomitente del fondo.
En términos generales, el propósito del fideicomiso del Fobaproa era llevar a cabo
operaciones preventivas para evitar problemas financieros que pudieren enfrentar las
instituciones de banca múltiple, para así adoptar las medidas que aseguraran el
cumplimiento de los bancos con sus obligaciones.52
Descripción general del Fobaproa
El fideicomiso del Fobaproa lo administra el Banco de México. Los representantes de la
SHCP, la CNBV y el Banco de México se asignan dentro del comité técnico. El comité
técnico pasa las resoluciones que gobiernan al fideicomiso y la dirección del Fobaproa
dentro del Banco de México. En específico, el comité técnico del Fobaproa envía sus
resoluciones al gobernador del Banco de México, el cual actúa en nombre del banco, en su
carácter de fiduciario, como su representante legal y delegado fiduciario.53
El gobernador tiene a su disposición a la dirección de Fobaproa que lleva a acabo todas
las resoluciones del comité técnico.54
Había dos comités principales que dirigían al fideicomiso del Fobaproa; el comité
técnico y el subcomité operativo. La función principal del comité técnico era definir
los términos y condiciones para el apoyo que daría el Fobaproa. La función del
subcomité operativo fue determinada por el comité técnico. El subcomité operativo
tenía amplia participación en la determinación de las características necesarias para
proporcionar apoyo a los bancos. Cada decisión se presentaba al comité técnico.55
Responsabilidades del Fobaproa
Además del propósito del fideicomiso, como se destaca en el acuerdo del fideicomiso, el
plan estratégico del Fobaproa documentado en el acta de la asamblea del comité técnico
del 9 de octubre de 1996, incluye los siguientes objetivos:
- Determinar la estrategia y dar seguimiento a cada banco Fobaproa;
- Administrar adecuadamente los bancos Fobaproa, las carteras de fideicomisos y otros
activos;
- Acelerar el proceso de reestructuración de créditos;
- Ayudar a determinar la mejor manera en la cual las compañías deudoras y aquéllas que
el Fobaproa capitaliza, podrían ser intervenidas;
- Preparar la cartera de créditos y otros activos para la venta en coordinación con
valuación y venta de activos ("VVA")56;
- Acelerar la venta de los bancos Fobaproa y
- Disminuir el costo de financiamiento del Fobaproa.
En la modificación al contrato del fideicomiso Fonapre del 18 de octubre de 1990, el
antecedente II, el fondo del fideicomiso llamado Fonapre se cambió a Fobaproa. Dicho
esto, las operaciones de apoyo del Fonapre, publicadas el 24 de diciembre de 1986, fueron
adoptadas por el Fobaproa. La naturaleza de este apoyo que proporcionaría el Fonapre y
por lo tanto el Fobaproa, eran como sigue:
- Proporcionar financiamiento a las instituciones bancarias a través del uso de
depósitos, créditos o préstamos;
- Adquirir instrumentos de deuda subordinados emitidos por las instituciones;
- Adquirir acciones de serie B conforme a la ley;
- Adquirir créditos, valores y otros activos de las instituciones bancarias;
- Proporcionar aportaciones no recuperables cuando fuese estrictamente necesario, para
cubrir desequilibrios financieros en las instituciones y
- Otras actividades similares relacionadas establecidas por el comité técnico de acuerdo
al tipo de apoyo requerido.57
Las modificaciones al acuerdo del fideicomiso Fobaproa se hicieron el 3 de mayo de 1996,
las cuales especificaban las operaciones que se
452,453 y 454
podrían tomar por parte de los fideicomisos y
que son como sigue:
- Proporcionar financiamiento a las instituciones bancarias o a sus compañías
controladoras, a través de créditos, líneas de crédito u otras operaciones
establecidas en la legislación de mercados;
- Adquirir acciones, instrumentos de deuda subordinados u otros instrumentos de deuda
emitidos por la institución o su compañía controladora;
- Adquirir y vender activos o títulos de propiedad para proporcionar mejoras financieras
a las instituciones;
- Suscribir instrumentos de deuda, otorgar garantía y asumir pasivos a nombre de las
instituciones;
- Participar en la propiedad de capital social de aquéllas entidades, lo cual asiste al
Fobaproa a alcanzar sus objetivos, incluyendo las compañías que proporcionen servicios
complementarios secundarios. Además, el fondo puede crear fideicomisos y establecer
alianzas, que proporcionarán asistencia al fondo;
- Obtener financiamiento y
- Tener servicios complementarios o secundarios para llevar a cabo las operaciones del
fondo.58
Estructura organizacional del Fobaproa
Comité técnico del Fobaproa
En el artículo 122 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito se prevé la
creación de un comité técnico. Este comité técnico establecerá los términos y
condiciones del apoyo otorgado por el fondo; las cantidades de los depósitos, créditos y
otras obligaciones a proteger, los periodos de tiempo en los cuales las contribuciones
ordinarias se harán, y otras facultades que se establezcan en el fideicomiso.59
Responsabilidades del comité técnico
En concordancia con el acuerdo del fideicomiso del 18 de octubre de 1990, el comité
técnico ejerce las siguientes responsabilidades:
- Emite las reglas operativas que el fiduciario debe seguir;
- Determina los términos y condiciones del soporte proporcionado a las instituciones;
- Determina los depósitos, créditos y otras obligaciones, así como las cantidades que
deben protegerse o apoyarse;
- Autoriza las cantidades, términos y condiciones de los programas de pago presupuestos
por el subcomité operativo para proteger las obligaciones cubiertas por el Fobaproa y
- Aprueba los presupuestos y programas anuales, sus modificaciones y el balance general
proporcionado por el fiduciario.60
Operaciones del comité técnico
El comité técnico generalmente sesionó una o dos veces al mes durante el periodo de
1994-1998. Los temas de discusión generalmente se dividían en dos tipos principales,
asuntos relacionados específicamente con el fideicomiso Fobaproa en sí y asuntos
relacionados con bancos específicos.
Los asuntos presentados al comité técnico relacionados con los resultados del
fideicomiso incluían los estados financieros y resultados del fideicomiso, el presupuesto
para la operación del fideicomiso Fobaproa por parte de la dirección del Fobaproa del
Banco Central y asuntos organizacionales con respecto a la dirección del Fobaproa. El
informe del fideicomiso al comité técnico se describe posteriormente bajo el tema de
responsabilidad del Fobaproa.
Los asuntos revisados por el comité técnico con respecto a bancos específicos incluían
prácticamente todos los aspectos de la participación de los bancos en el programa
bancario a administrarse por la dirección del Fobaproa del Banco Central. Estos incluían
problemas individuales de los bancos y solicitudes de ayuda, aspectos detallados de algún
acuerdo, alternativas para o diferentes escenarios con respecto a un acuerdo, resultados
de los informes de los auditores con respecto a los acuerdos de compra de cartera,
aspectos de incumplimiento de un banco (por ejemplo, inclusión de créditos de partes
relacionadas en la compra de cartera crediticia, la falta de inyección de capital),
consideraciones legales y aprobaciones. La información que se presentó al comité
técnico fue preparada por cualquier autoridad financiera que tenía acceso a ésta
(generalmente la CNBV) con la ayuda de la dirección del Fobaproa). Mientras que cada
decisión importante se presentó al comité técnico, la dirección del Fobaproa debía
tomar algunas decisiones de naturaleza administrativa sin consultar al comité técnico.
Las autoridades financieras acordaron firmar algunas cartas de intención con terceros
(por ejemplo, respecto de la compra de bancos) que estaban sujetas a la aprobación del
comité técnico.
Subcomité operativo del Fobaproa
Para ayudar al comité técnico en su deberes, se creó un subcomité operativo de ocho
miembros el 18 de octubre de 1990, que consistía de tres miembros de la SHCP, tres
miembros del Banco de México y dos miembros de la CNBV. Cada miembro del subcomité debe
nombrar un sustituto. El subcomité operativo está encabezado por un miembro nombrado por
la SHCP.61
El subcomité operativo propondrá los métodos para apoyar a las instituciones de
crédito, sujeto a la confirmación de las resoluciones del comité técnico.62
Comité central de crédito
El comité central de crédito era un foro no oficial creado por el Fobaproa en octubre de
1996 para revisar y aprobar las reestructuración de créditos mayores a moneda nacional
50 millones de pesos adquiridos por o encontrados durante la intervención. El objetivo
era asegurar la más alta tasa de retorno de los activos y autorizar los nuevos
financiamientos para mejorar la capacidad de pago de los deudores.
El comité central de crédito supervisó y analizó los créditos. Esta función
reemplazó al análisis que inicialmente llevaron a cabo los comités de crédito de los
bancos que administraban los créditos. Este comité autorizaría las reestructuras
institucionales cuando se otorgaran nuevos créditos a los deudores, si hubiera
determinado que fuere adecuado para obtener la mayor recuperación de las deudas. Cada
comité de crédito, de cada fideicomiso, de cada banco, consistía de ocho miembros (tres
de la SHCP, uno de la CNBV, dos del banco en cuestión, uno del Fobaproa y uno de VVA)
quienes se reunían de manera regular para tomar decisiones con respecto a los acreedores
bajo la administración del banco al cual representaban.
La necesidad de un comité central de créditos surgió de los administradores de los
bancos y la gerencia interventora de ellos que no deseaban asumir la responsabilidad de
reestructurar y de tomar decisiones relacionadas. Además, existe la necesidad de generar
la mejor estrategia para maximizar las recuperaciones. Este comité, a pesar de ser un
foro para reestructurar créditos con la participación de las autoridades financieras, no
era parte del comité técnico, no informaba formalmente al comité técnico y operaba de
manera independiente a este comité.
Subcomité de recuperación del Fobaproa
El subcomité de recuperación se creó por acuerdo del comité técnico del Fobaproa el
29 de abril de 1997, para reemplazar al comité central de crédito del Fobaproa el 29 de
abril de 1997, para reemplazar al comité central de crédito que nunca se había
formalizado. El subcomité está comprendido por seis miembros nombrados: dos por la SHCP,
dos por el Banco de México y dos por la CNBV. La prioridad del comité es maximizar la
recuperación de dichos activos de las carteras que el Fobaproa ha adquirido a través del
programa de compra de cartera o de la adquisición de las acciones en las instituciones.
El subcomité establecerá las políticas a seguir con respecto a la administración,
recuperación y cobranza de los créditos. La reestructuración de créditos con
cantidades por encima de moneda nacional 50 millones de pesos se coordinará por medio del
Fobaproa, con revisiones llevadas a cabo por medio del subcomité de recuperaciones, una
vez que se ha aprobado la reestructuración por el comité de crédito de los bancos
afectados. Además, en los casos en donde hay diversos bancos acreedores, el comité
coordina la estrategia de cobranza a instrumentar para asegurar la recuperación total
más alta. La participación de la CNBV en el comité le permite al subcomité considerar
la recuperación de los activos en los bancos intervenidos.
Valuación y venta de activos 63
Valuación y venta de activos (VVA) es una subsidiaria del Fobaproa que se creó el 26 de
abril de 1996 para administrar, valuar y vender los activos que el Fobaproa adquirió en
sus negociaciones con los bancos. La venta de bienes adquiridos debía hacerse primero,
previo al otorgamiento de cualquier nuevo apoyo al banco por parte del Fobaproa. El
objetivo de la VVA era diseñar, negociar e instrumentar un mecanismo adecuado para
vender, transferir o asignar propiedades o derechos de propiedad.
El mandato de la VVA era maximizar la realización a través de la venta de activos
financieros, bienes muebles e inmuebles que el Fobaproa hubiere adquirido de diversos
bancos; diseñar estrategias de venta que apoyaran la recuperación de entidades viables e
impulsar el desarrollo de un mecanismo diseñado para vender deuda bancaria y otros
activos en el mercado abierto.
Había varios obstáculos que impedían el desempeño de la VVA. En primer lugar, el
Fobaproa no tenía derechos legales para cobrar los créditos de los bancos o los
préstamos, debido a que sólo tenía interés en el flujo de efectivo no un interés en
los créditos en sí. En segundo lugar, la transferencia de los activos de los bancos al
Fobaproa tenían implicaciones fiscales adversas mínimas. Si los créditos se trasferían
de los bancos, el Fobaproa hubiera sido requerido a registrar y pagar impuestos a las
trasferencias.
En tercer lugar, México no tenía suficiente liquidez para un mercado secundario grande
de créditos. Finalmente, bajo los términos del programa de compra de cartera, si el
Fobaproa asumiere la propiedad de los créditos, los bancos ya no tendrían
responsabilidad de compartir pérdidas.
Como resultado de dichos obstáculos, se le indicó a la VVA no llevar a cabo su mandato y
ahora existe como un entidad fantasma, la cual existe únicamente de manera legal, pero no
operacional. Los bancos son directamente responsables de vender sus propios activos,
aunque los procedimientos relacionados con la venta de dichos activos se deben presentar
al comité técnico si el Fobaproa tiene un interés en las ganancias.
Dirección del Fobaproa
El fideicomiso del Fobaproa se creó en 1990 y en 1993 se le asignaron 33 personas del
Banco de México. Se considera este número como suficiente para administrar sus
responsabilidades. En agosto de 1993 la estructura organizacional y el manual de
operaciones para la dirección del Fobaproa fueron creados y aprobados, siendo éstos
parte de la dirección de planeación monetaria y análisis del sistema financiero del
Banco de México.
El primer organigrama se componía de tres subdirecciones, diagnóstico preventivo,
evaluación técnica y operativa, cada uno con sus correspondientes gerentes. La
subdirección de evaluación operativa era responsable de supervisar el estado de los
intermediarios financieros, investigar sobre prototipos como los estándares y mejores
prácticas emitidas por el Comité Basilea en supervisión bancaria, así como para
mantenerse en contacto con las autoridades regulatorias. Sus demás responsabilidades
primarias eran responder y por controlar las operaciones del fideicomiso Fobaproa y
evaluar la eficiencia de todos los departamentos operativos de los bancos a través de
información que recopilaba de la Asociación de Banqueros de México o a través de
visitas directas.
La subdirección de evaluación técnica era responsable de participar cuando se le
solicitara en las juntas del comité técnico. De otra manera sus funciones eran similares
a la subdirección de evaluación operativa: evaluar la estrategia de la administración
del banco para determinar si los flujos de entrada era suficientes para cubrir el capital
mínimo y los requerimientos de reserva.
La subdirección de diagnóstico preventivo debía monitorear y prevenir los problemas en
áreas de intermediarios financieros tales como: crédito, valores, operaciones
internacionales, administración, rentabilidad de las sucursales, riesgos globales
etcétera. Al hacer esto, compararía índices emitidos por la SHCP, la CNBV y el Banco de
México, con cifras bancarias tales como la concentración de crédito, dispersión
geográfica etcétera.
455,456 y 457
La subdirección de evaluación técnica y el departamento
de diagnóstico preventivo eran responsabilidades que duplicaron otros organismos
reguladores (por ejemplo, la CNBV). Estos departamentos no tenían los recursos o la
autoridad legal para acceder a la información requerida para llevar a cabo dichas
funciones. La subdirección de evaluación operativa y la subdirección de evaluación
técnica también tenían responsabilidades similares entre sí.
La dirección del Fobaproa del Banco de México estaba conformada para administrar y
responder por operaciones simples. Esto pudo haber sido suficiente durante los periodos
normales cuando sólo era necesario responder por las cantidades derivadas de los seguros
de depósito y los gasto administrativos corrientes. Sin embargo, la expansión del
número y la complejidad de las operaciones creó dificultades a la dirección para
controlar de manera efectiva sus operaciones.
Reestructura de la dirección del Fobaproa del Banco de México
En octubre de 1996 se presentó un plan estratégico al comité técnico que destacaba los
asuntos y problemas que la dirección experimentaba, agregando objetivos al mandato del
fideicomiso Fobaproa y proponiendo necesidades de recursos para lograr los nuevos
objetivos. En abril de 1997, los cambios propuestos en los recursos se hicieron de manera
sustancial de acuerdo al plan estratégico original. En un sentido amplio, esto
involucraba un incremento de recursos humanos de la dirección del Fobaproa, sus recursos
tecnológicos y el uso de consultores especializados donde fuere apropiado. La
designación del director general reponsable de las operaciones del departamento
intensificó la importancia de la dirección del Fobaproa. El director general del
Fobaproa también supervisaría lo siguiente:
- Una función de contraloría (con dos áreas: control financiero y de procesos).
- Una dirección general de investigación y desarrollo (con áreas, estrategias e
investigación y análisis) y
- Cuatro direcciones conocidas como:
* La dirección de operación (con seis áreas: apoyo a bancos y supervisión, de bancos
intervenidos, supervisión de los fideicomisos, ventas de cartera, bienes, muebles y
edificios, tesorería, valores y sistemas);
* La dirección de activos corporativos (con ocho áreas principales: evaluación,
recuperación, bancos intervenidos, instituciones de banca múltiple, oficina de casos (es
decir , situaciones/asuntos), oficina de las compañías, oficina de ventas y apoyo
técnico);
* La dirección jurídica (con seis áreas: el apoyo al sistema financiero, litigación,
fiduciario, bienes raices, activos corporativos y administración judicial interna) y
* La dirección de administración (con tres áreas principales: recursos humanos,
contabilidad y presupuestos, servicios e instalación).
-La estructura se diseñó para alinear departamentos específicos con diversos tipos de
activos bajo la supervisión del fideicomiso y las funciones para las cuales el
fideicomiso era responsable. También proporcionaban infraestructura y soporte para las
operaciones importantes del fideicomiso incluyendo:
* Administración de la cartera de créditos;
* La supervisión de instituciones intervenidas y no intervenidas en las cuales el
fideicomiso Fobaproa era accionista;
* Bienes adjudicados y daciones en pago, incluyendo bienes raíces y otros bienes;
* Sistemas de información;
* Asuntos relacionados con la valuación;
* Requerimientos de acuerdo legal y
* Contabilidad, registro y funciones de contraloría.
Con esta estructura, la dirección del Fobaproa experimentó un crecimiento hasta
aproximadamente 300 empleados. La estructura del Fobaproa se modificó dos veces más por
lo menos, en septiembre y noviembre de 1998, para equipar a la institución con los
recursos apropiados.
Proceso para solicitar apoyo del Fobaproa
Para que las instituciones de banca múltiple recibieran soporte a través del Fobapora,
la institución debía garantizar el pago del apoyo por medio de acciones prendarias de la
institución, valores gubernamentales u otros activos que el fiduciario creyera
satisficieran la garantía requerida.64
Todas las limitaciones y restricciones de la participación en los programas del Fobaproa
se determinaron caso por caso, en las juntas del comité técnico. No se formalizaron
parámetros generales que proporcionaran las restricciones a la participación del
programa.
Fondeo y gastos del Fobaproa
Financiamiento
En el artículo 7o. de la Ley del Banco de México, se permite que el Fobaproa reciba
financiamiento del Banco de México. Los acuerdos del fideicomiso Fobaproa también
facultan al Fobaproa para obtener financiamiento y no contienen restricciones.
Aportaciones bancarias
La fracción III del artículo 122 de la Ley de Instituciones de Crédito establece que
las instituciones de banca múltiple son requeridas a pagar aportaciones, conforme
determine la SHCP, las cuales deben de considerar la cantidad de pasivos y niveles de
capitalización de cada institución.65
Obligaciones a proteger
El Banco de México publicará, en diciembre de cada año, la cantidad máxima de
obligaciones a proteger por parte del fondo en el siguiente año de acuerdo con los
acuerdos adoptados por el comité técnico.66 En la práctica, los extractos
como el siguiente que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) no se
refería a cifras, sino que era una declaración de la naturaleza de los pasivos a
proteger como se indica abajo.
Cada año el DOF, publicó durante el mes de diciembre desde 1992 hasta 1997, extractos
como el siguiente público en ausencia de una cantidad cierta que el fondo protegería,
durante los años de 1993 a 1998.
Se publicó lo siguiente en 1993 y 1994:
"Con fundamento en la fracción IV del artículo 122 de la Ley de Instituciones de
Crédito y considerando que ha sido tradición de las autoridades financieras mexicanas,
procurar que los inversionistas no sufran quebranto en caso de resultar insolventes las
instituciones de crédito, el comité técnico del Fobaproa ha resuelto continuar con
dicha tradición, por lo que se ha acordado que el Fobaproa, con sus recursos, procure el
cumplimientos de todas las obligaciones a cargo de las instituciones financieras que
participen en el fondo, siempre y cuando se deriven de su operación propia, exceptuando
exclusivamente los pasivos provenientes de obligaciones subordinadas, así como los que
sean resultado de operaciones ilícitas, irregulares o de mala fe."67
A la publicación anterior se agregó lo siguiente de 1995 a 1997:
"Y los pasivos derivados de créditos otorgados entre instituciones bancarias que
participen en los sistemas de transferencia de fondos administrados por el Banco de
México, para respaldar las obligaciones a cargo del Banco de México, así como las
obligaciones a favor de intermediarios que pertenecen al mismo grupo financiero que el
banco."68
3. Privatización
En 1991, 10 años después de la nacionalización, el Gobierno mexicano inició la
privatización del sistema de banca múltiple para promover una economía abierta.
Las autorizaciones de los bancos (los cuales incluían la aprobación para transferir las
licencias o autorización para bancos existentes) se licitaron al mejor postor. Este
proceso de licitación tuvo como resultado un ingreso para el Gobierno Federal de más de
$38 mil millones de pesos MN (12 mil 500 millones de dólares) de acuerdo al tipo de
cambio vigente a esa fecha que se utilizó principalmente para reducir la deuda pública.
Se licitaron 18 bancos a grupos financieros que estaban representados por 11 casas de
bolsa y siete grupos industriales o particulares. Las ofertas con una diferencia menor al
5% se consideraron una segunda vez, al mismo tiempo se consideraron otros atributos.
Véase la tabla a continuación (tabla 1) para detalles de los precios pagados por los 18
bancos.
Privatización
bancaria-resultados de la licitación |
Banco |
Fecha de
licitación |
Comprador |
Region |
Número de
acciones
licitadas
(miles) |
Porcentaje de total de acciones del Banco |
Precio
por
acción
(pesos) |
Peso total pegado (en miles de pesos) |
P/VL
Multiplo (veces) el valor en libros |
P.
multiplo
ganancia
(veces) |
Mercantil |
Junio 14-91 |
Probursa |
México D.F |
66,800 |
66,00 |
9,15 |
611,200 |
2,66 |
8,54 |
Bampais |
Junio 21-91 |
Maxi vai |
México D.F y noreste |
32,344 |
100,00 |
16,18 |
54,989 |
3,02 |
22,* |
Cremi |
Junio 28-91 |
R. Gomez |
Guadalajara |
41,496 |
66,70 |
18,03 |
748,291 |
3,40 |
17,32 |
Confia |
Agosto9-91 |
Abaco |
Monterrey |
15,736 |
78,70 |
56,70 |
892,260 |
3,73 |
|
Oriente |
Agosto16-91 |
G.Margen |
Norte y Centro |
128,510 |
66,00 |
1,73 |
223,221 |
4,00 |
12,* |
Bancrecer |
Agosto 23-91 |
R.Alcantara |
Toluca y León |
28,380 |
100,00 |
14,97 |
425,131 |
2,53 |
13,* |
Banamex |
Agosto 30-91 |
Accival |
México D.F |
505,000 |
51,00 |
19,22 |
9,744,982 |
2,62 |
13,* |
Bancomer |
Noviembre
8-91 |
G.F
Monterrey |
Monterrey |
2366,313 |
51,00 |
3,29 |
8,564,218 |
2,99 |
24,60 |
B.C.H |
Noviembre
18-91 |
C.Cabal |
Tabasco Campeche y Chiapas |
55,202 |
100,00 |
15,19 |
878,360 |
2,67 |
13,* |
Serfin |
Febrero 3-92 |
O.B.S |
Monterrey y México D.F |
350,625 |
51,00 |
8,06 |
3,045,485 |
2,69 |
|
Comermex |
Febrero 17-92 |
Inverlat |
México D.F |
2,629,751 |
66,50 |
1,02 |
2,706,014 |
3,73 |
20,61 |
Somex |
Marzo 11-92 |
Invermexico |
México D.F |
26,172 |
61,50 |
7,18 |
1,876,526 |
33,31 |
21,* |
Atlático |
Abril 6-92 |
G.B.M |
México D.F |
56,000 |
68,64 |
26,23 |
1,469,160 |
5,30 |
17,8 |
Promex |
Abril 13-92 |
Val Finamex |
Guadalajara |
250,767 |
66,00 |
4,28 |
1,074,474 |
4,23 |
16,45 |
Banoro |
Abril 28-92 |
Estratejia B. |
Culiacan |
367,500 |
68,83 |
3,09 |
1,137,811 |
3,96 |
11,* |
Mercantil del norte |
Junio 22-92 |
Banorte |
Monterrey |
. |
. |
. |
1,*75,779 |
4,25 |
. |
Internacional |
Julio 6-92 |
Bital |
. |
. |
. |
. |
1,486,916 |
2,95 |
. |
Del Centro |
Julio 13-92 |
Multiva |
. |
. |
. |
. |
869,381 |
4,65 |
. |
Total ponderado (excluyendo del
Norte
internacional y del Centro) |
7,155,596 |
59,20 |
4,60 |
38,074,198 |
3,48 |
15,03 |
*Informacion no disponible |
El porcentaje promedio de acciones vendidas
propiedad del Gobierno fue aproximadamente del 59%, previo a la privatización ya se
habían vendido algunas acciones de ciertos bancos. El Gobierno retuvo el 22.53% de
Bancomer y el 15.9% de Serfin, dos de los tres bancos más grandes del sistema). El 100%
de las acciones de BCH, Cremi y Banpais se vendieron. Los precios ponderados de Atlántico
y Banco del centro fueron los mejores pagados a 5.3 y 4.65 veces su valor en libros,
respectivamente.
Mientras se llevaba a cabo el proceso para asegurar que los antecedentes de los
propietarios prospecto y de la alta gerencia de los bancos cumplieran con los requisitos
de la nueva banca posteriormente, fue evidente que los procedimientos no fueron los
adecuados. Las leyes dictan que la información de los accionistas potenciales debe ser
obtenida por la SHCP. Sin embargo, las leyes no prevén cuestiones específicas sobre como
los accionistas se deben evaluar y cuales son los criterios mínimos que se deben reunir.
Los compradores de los bancos mexicanos en el periodo de privatización de 1991-1992
estaban principalmente relacionados a grupos industriales, en donde las casas de bolsa
transfirieron sus operaciones al grupo financiero y el grupo financiero compró el banco
una excepción en las reglas de concentración se otorgó por un periodo de cinco años,
creando la probabilidad de conflictos de interés. En la mayor parte de los casos, los
accionistas controladores carecían de experiencia crediticia y el conocimiento técnico
necesario de las prácticas bancarias prudentes, además no fueron capaces o no quisieron
contratar una administración competente. Posteriormente, ya que los bancos no estaban
ampliamente poseídos se creó un clima en donde era más fácil llevar a cabo operaciones
irregulares. Además, el proceso de privatización se llevó a cabo en un ambiente de
pobre supervisión bancaria. Como resultado de las licitaciones, un cierto número de
bancos estuvieron concentrados en pocas manos y esto resultó en un entorno en el que los
accionistas podían conducirse con menor supervisión que en aquellos bancos en donde el
control accionario se había pulverizado.
En algunos casos, la mayor parte del precio de compra se financió con recursos prestados.
Por ejemplo, en Inverlat y el recientemente constituido Banco Unión, la mayor parte del
458,459 y 460
capital inicialmente se obtuvo a través de
créditos con otras instituciones financieras mexicanas. Más aún, cuando cuestionamos a
la administración actual de Banpais acerca del origen de los fondos utilizados para
comprarle al grupo Banpais al gobierno mexicano en 1991, no se proporcionó información.
Aun cuando algunos procesos de due diligence se llevaron a cabo durante el proceso de
privatización, los compradores detectaron problemas con respecto a la valuación de la
cartera bancaria después del periodo de prueba de seis meses. En algunos casos (por
ejemplo, Serfin), tras procesos adicionales de due diligence, se hizo evidente que la
viabilidad del banco no estaba clara.
La SHCP tomó medidas inadecuadas para asegurar una transición libre de irregularidades
de propiedad gubernamental a un ambiente privatizado. Algunas de las áreas que no se
consideraron fueron; controles internos efectivos, departamentos de crédito bien
estructurados, políticas documentadas, departamentos de auditoría interna objetivos e
independientes, sistemas actualizados de información financiera dirigida a la gerencia.
Los banqueros heredaron personal no preparado, sistemas internos inadecuados de análisis
de crédito y controles débiles resultantes de un largo periodo de propiedad
gubernamental. La mayor parte de las instituciones privatizadas tenían sistemas
inadecuados de control interno, separación insuficiente de deberes, procedimientos y
políticas de crédito inexistentes y prácticas de riesgo de mercado inadecuadas. Más
aún, los nuevos propietarios estaban bajo considerable presión para registrar altas
ganancias, habiendo pagado múltiplos de tres y cuatro veces el valor en libros del
capital contable.
Además, después se firmó el TLC, abriendo de manera efectiva al mercado bancario la
competencia extranjera, un reto adicional que los banqueros tenían que enfrentar. El
concepto de "riesgo moral" fue muy importante en el momento de la
privatización. El riesgo moral ocurre cuando miembros del sistema financiero (vg la
administración del banco o ahorradores) tomaron un riesgo mayor por las garantías que
protegerán completa o parcialmente en caso de alguna pérdida. Este ambiente creó una
atmósfera que era vulnerable a las malas prácticas bancarias.
4. Crisis del peso
Durante diciembre de 1994, se devaluó el peso trayendo como resultado un incremento de
las tasas de interés a más de 100%. Los mercados internacionales inmediatamente
recortaron la asignación de fondos a los bancos mexicanos. La liquidez se convirtió en
un asunto urgente porque los bancos, ya con una situación financiera frágil, luchaban
para encontrar fondos a corto plazo.
Las tasas de interés se incrementaron repentinamente en más de cinco veces a partir de
la segunda semana de diciembre de 1994 (20% como se midió en la tasa promedio de interés
interbancaria) a la tercera semana de marzo de 1995 (110%). Este incremento, el cual
afectó todas las deudas de esa variable, inmediatamente redujo la capacidad de pago de
los deudores en un ambiente de activos deteriorados y de decremento de los salarios
reales. A partir de ahí, los pagos vencidos se incrementaron de manera importante. A su
vez, se requirió a los bancos que incrementaran sus reservas para responder por el
incremento de los créditos no pagados. Al mismo tiempo, el valor de los bienes raíces
decreció. En consecuencia, los bancos se subcapitalizaron y en muchos casos se volvieron
insolventes.
El impacto de la devaluación de la moneda
Como resultado de la reducción de los rendimientos financieros, la devaluación de la
moneda y un ambiente de supervisión débil que prevalecían, hubo un importante impacto
negativo en la situación financiera de los bancos mexicanos. Esto trajo como resultado
las siguientes consecuencias.
Reservas inadecuadas
El incremento en el otorgamiento de préstamos en el periodo posterior a la
privatización, no contó con el apoyo de una capacidad incrementada de análisis
crediticio, lo cual llevó al declive en la calidad de los activos y un incremento en la
exposición de riesgo y un incremento constante de los créditos vencidos. Además, había
un éxodo de banqueros experimentados de la industria durante el periodo de
nacionalización. En este ambiente, las reservas para pérdidas registradas por los bancos
eran inadecuadas.
La rápida tasa de crecimiento de las carteras crediticias después de la privatización,
conjuntamente con la cultura inadecuada del crédito de los bancos y los generalmente
débiles parámetros y procedimientos de monitoreo, así como la supervisión ineficiente
tuvo como resultado un importante deterioro en la calidad de la cartera de créditos. En
general, los bancos mexicanos no habían asignado reservas suficientes para cubrir sus
riesgos crediticios reales y potenciales. Aunque las reservas acumuladas para riesgos
crediticios se incrementaron de 1991 a 1993, la proporción de reservas a créditos
vencidos disminuyó.
Las proporciones no siempre reflejaban la situación real, especialmente cuando la
proporción de los créditos vencidos contra los créditos brutos reflejaban el retraso en
pagos en vez de la cantidad total de créditos vigentes afectados por pagos atrasados.
Adicionalmente, las clasificaciones publicadas no representaban de manera exacta los
perfiles reales de riesgo de las carteras crediticias de los bancos.
Deficiencias del capital
El rendimiento en el capital del sistema bancario cayó a 7.7% en 1994, del 26.8% en 1993
y 25.7% en 1992. El 7.7% en 1994 parecería haber sido sobrevaluado debido a una
combinación de un aprovisionamiento inferior de los créditos y considerar como ingreso
los ingresos por interés en créditos vencidos. Los índices de capitalización de los
bancos estaban sobrestimados debido a esta sobrevaluación de las ganancias.
Otros factores que contribuyeron para erosionar la capitalización bancaria fueron nuevas
provisiones crediticias importantes y un incremento en el costo de fondeo. En 1995, medido
de acuerdo con las normas internacionales, el sistema bancario estaba severamente
subcapitalizado.
Concentración
A diciembre de 1994, los activos de los 26 bancos (25 en este reporte debido a la fusión
de Bancrecer-Banoro) representaban prácticamente a todos los activos del sistema
bancario, el total de activos (en US $) del sistema financiero mexicano llegaron a su tope
en 1993 y después cayeron durante todo 1994. De 1993 a 1994, el valor del peso mexicano
se disminuyó significativamente; cayendo de aproximadamente de $3.1 pesos por dólar
estadounidense a $8.96 pesos por dólar estadounidense en junio de 1998. De 1991 a 1998,
los tres bancos principales en México (por total de activos) fueron Banamex, Bancomer y
Serfin, representando aproximadamente a la mitad del sistema. A continuación se presenta
una tabla para los años de 1991 a 1994.69
($millones de dlls.) 1991
1992 1993
1994
Banamex
30,798 37,823
43,012 33,789
Bancomer
30,076 33,156
36,134 28,466
Serfin
22,198 20,989
21,390 19,849
Subtotal
83,072 91,968
100,536 82,104
Bancos restantes 49,616
66,509 101,572
76,134
Total
132,688 158,477
202,108 158,238
Los tres más grandes 66.6%
58.9%
40,8%
52,0%
Además, los 19 bancos más grandes
constituían el 97% del sistema. Debido al alto nivel de concentración en el sistema, la
insolvencia de cualquier banco mayor afectaba directamente los otros bancos.
Total de activos
El tamaño del sistema bancario también se redujo debido a la devaluación de la moneda.
Los activos totales en dólares estadounidenses al final de 1994 eran de $158 mil 200
millones, que cayeron de $202 mil 100 millones en 1993. Sin embargo, en términos del
peso, el total de activos reportados se incrementó a MN $842 mil 600 millones a finales
de 1994 de MN $627 mil 700 millones al cierre de 1993.
De 1991 a 1994, el sector bancario mexicano experimentó un agudo incremento en el valor
en pesos de la cartera de crédito de las instituciones financieras mexicanas. Los amplios
flujos de capital que entraron a México durante este periodo se combinaron con un
incremento en la competencia entre los bancos mexicanos que llevó a dicho incremento en
los créditos totales del sistema.
********INSERTAR TABLA PAG. 59
Varios factores contribuyeron a la nivelación del incremento de los créditos totales del
sistema entre 1995 y 1997, como se indica en la gráfica anterior. Se requirieron reservas
crediticias mayores, requerimientos contables más conservadores y un ambiente de
otorgamiento de créditos más cautelosos que ayudó a disminuir el crecimiento en los
créditos totales del sistema.
La gráfica siguiente ilustra que aunque el valor de los créditos otorgados excedió el
valor de los depósitos (en pesos), las tasas de crecimiento fueron aproximadamente
iguales desde diciembre de 1993 hasta diciembre de 1995. Sin embargo desde diciembre de
1995 el valor de los créditos permaneció constante mientras que los depósitos
continuaron creciendo.
********INSERTAR GRAFICA PAG. 60
4961,462 y 463
Deposito
El sistema bancario mexicano se puede caracterizar por haber sido
"subbancario" desde el punto de vista del apalancamiento total en el sistema y
la tasa de penetración, la cual es el porcentaje de población que tiene depósitos
bancarios; esto es evidenciado por el hecho de que el 90% de los depósitos del sistema le
pertenecen al 5% de la población.
Aunque la movilización de depósito se incrementó de manera importante antes de la
crisis, la tasa de crecimiento de las carteras de crédito se elevó mucho más en
comparación con la de los depósitos. En consecuencia, la diferencia entre créditos y
depósitos se incrementó de manera estable, colocando a los bancos en una posición de
margen financiero negativo con bajos niveles de liquidez. Esto ocasionó que las carteras
de crédito fueran fondeadas ampliamente con préstamos interbancarios con mayores tasas
de interés, principalmente de bancos extranjeros.
Sistema bancario subcapitalizado
El capital disminuyó en términos de dólares estadounidenses, a US $8 mil 400 millones
en 1994 de $12 mil 700 millones en 1993.
Durante el periodo después de la privatización, el sistema bancario estaba operando a
niveles de capitalización que estaban por debajo de los niveles sugeridos por los
estándares internacionales. Los indicadores financieros revelaron que había problemas de
capital y solvencia en la totalidad del sistema. Además, el capital de los bancos
generalmente se financiaba por créditos del mismo banco u otros bancos dentro del sistema
financiero mexicano.
5. Programas de apoyo gubernamental
1. Introducción
Como se mencionó anteriormente, con el inicio de la crisis financiera en diciembre de
1994, la SHCP determinó que a ningún banco se le permitiría incumplir con sus pasivos.
Esta garantía fue reformulada y ampliada en diciembre de 1995. Se desarrollaron varios
programas de apoyo para mantener la confianza del público y evitar un pánico
generalizado entre los depositantes, lo que origina un retiro masivo (run on the banks).
La situación que enfrentaban los bancos instó a la SHCP a decidir que el Fobaproa se
utilizaría para proporcionar apoyo financiero a las instituciones que lo requieran.
Inicialmente, los bancos requirieron de asignación inmediata de fondeo de liquidez a
corto plazo, necesidades para las que el programa de ventanilla de liquidez estaba
diseñado para satisfacer. Conforme empeoró la crisis y se deterioraron las carteras
crediticias, muchos bancos requirieron de capital adicional. Como resultado, los programas
de liquidez y capitalización temporal se ofrecieron a aquellos bancos que desearan
satisfacer ciertas condiciones. En algunos casos, los programas iniciales fueron
insuficientes y se requirió del saneamiento de los bancos. La intención de los programas
subsecuentes, fue facilitar la venta de los activos, la venta de las sucursales, la
aportación de capital adicional por parte de terceros inversionistas, las fusiones de los
bancos y las ventas de éstos.
Con su inicio en 1995, los diversos programas de apoyo a deudores se desarrollaron para
ayudar e impulsar a los deudores a reparar sus créditos vigentes, a cambio de ayudar a
los bancos y al sistema financiero en general. Lo siguiente es un examen de los diversos
programas de apoyo gubernamental.
2. Programas bancarios
Programa de ventanilla de liquidez
Objetivo
Después de la devaluación del peso en diciembre de 1994, algunas instituciones de
crédito comenzaron a experimentar problemas para renovar sus pasivos en moneda
extranjera, principalmente para los tenedores de certificados de depósitos y líneas
interbancarias de crédito contratadas en el extranjero. Para ayudar a los bancos
mexicanos a satisfacer dichas obligaciones, se otorgaron créditos en dólares a corto
plazo a las instituciones que lo requieran, comenzando apartir del 6 de enero de 1995. El
objetivo del programa de liquidez en dólares era ayudar a los bancos a enfrentar sus
pasivos denominados en moneda extranjera y en consecuencia, reducir la presión en el tipo
de cambio. El Fobaproa utilizaría los recursos proporcionados por el Banco de México,
para otorgar créditos en dólares estadounidenses a las instituciones financieras.
Características
El financiamiento al Fobaproa se otorgó en dos etapas:
Fase 1
El financiamiento en la fase I iniciado el 19 de enero de 1995, involucraba el
otorgamiento de créditos simples por parte del Fobaproa por medio de una línea de
crédito a las instituciones bancarias por un plazo de siete días.
Etapa 2
La segunda etapa de financiamiento se inicio el 19 de abril de 1995 y consistió en la
apertura de una línea de crédito excedible con plazo de pago de 28 días. La tasa de
interés para los créditos vigentes se otorgaban al 23% anual. Las instituciones que
hacían pagos al principal a abril de 1995, recibían reducciones en las tasas de interés
como se muestra a continuación:
- El saldo vigente del crédito, descontando el pago correspondiente, se dividió en dos
partes;
* La primera parte del saldo vigente era igual a la diferencia entre el nuevo saldo y
aquel registrado a abril de 1995. El monto estaba sujeto a una tasa anual de interés del
17.5%;
* La segunda parte era la cantidad restante debida, la cual estaba sujeta a una tasa de
interés anual del 23% y
* Los intereses se pagaban semanalmente de acuerdo con un cálculo predeterminado.
El objetivo detrás de este cálculo de intereses era proporcionar un incentivo para que
los bancos redujeran su deuda con el Fobaproa, al grado en el que pudieran obtener un
financiamiento alternativo. El cálculo de intereses benefició a las instituciones que
hacían pagos mayores en su principal con menores tasas de interés. Las instituciones
financieras también proporcionaron una garantía para respaldar la línea de crédito, en
forma del capital social de la institución, valores gubernamentales y/o instrumentos
bancarios. Finalmente, todos los bancos pagaron todos los créditos.
En Banco de México (y la dirección del Fobaproa) llevaban
el registro de los detalles administrativos como las cantidades de principal y el pago de
intereses. El Banco de México, a través de su monitoreo de las posiciones cambiarias de
compraventa de divisas de cada banco, tenían la capacidad de monitorear las necesidades
de los bancos relacionados con este programa y ha indicado que fue muy activo con
relación a esto.
Costo fiscal
No hubo costo fiscal puesto que los bancos pagaron totalmente los préstamos recibidos del
Banco de México a septiembre de 1995. La tasa de interés era lo suficientemente alta
para cubrir el fondeo de créditos del Banco de México, denominados en moneda extranjera.
El apoyo total otorgado a los bancos bajo este programa fue $355 mil 108 millones moneda
nacional , el cual fue pagado junto con sus intereses de MN $24 mil 0,91 millones.
Programa de capitalización temporal (Procapte)
Objetivo
El objetivo del Procapte fue capitalizar temporalmente el sistema de banca múltiple
mientras que cada banco buscaba capital adicional, sin incurrir ningún costo fiscal.
Cuando los requisitos de reservas aumentaron en marzo de 1995, muchos bancos no pudieron
cumplir con los requisitos de capital revisados. Las autoridades financieras decidieron
implementar un programa de "capitalización temporal", llamado Procapte, para
aquellas instituciones que no podían cumplir con el requisito de capitalización del 8%.
Este programa de capitalización temporal se estableció hasta que pudieran obtener
capital adicional.
Para ayudar en el proceso de la recapitalización, el Congreso aprobó modificaciones a la
Ley de Instituciones de Crédito en febrero de 1995, eliminando algunas restricciones
legales para la inyección de capital a las instituciones de banca múltiple. El programa
requería que todos los bancos con índices de capitalización menores al umbral del 8%,
emitieran obligaciones subordinadas al Fobaproa.70 Estas obligaciones fueron
adquiridas y administradas por el Fobaproa mientras utilizaran el financiamiento otorgado
por el Banco de México.71
Características
La petición de unirse al programa debía completarse, por escrito, por las instituciones
financieras interesadas. El Procapte debía durar un periodo de cinco años. Los
accionistas de las instituciones participantes estaban obligados a adoptar las medidas
necesarias para emitir obligaciones convertibles y los convenios para participar en el
programa debían ser aprobados por los accionistas y otras autoridades.
Las obligaciones subordinadas fueron emitidas de acuerdo con el artículo 4o. de la Ley de
Instituciones de Crédito. El Fobaproa adquirió estas obligaciones utilizando recursos
obtenidos del Banco de México (Banco Central). 72 Las obligaciones subordinadas
convertibles emitidas por los bancos eran obligatoriamente convertibles a capital después
de cinco años. Hasta que se le pagara al Fobaproa, los bancos no podían emitir deuda de
capital adicional, decretar divendos o emitir obligaciones subordinadas de conversión
obligatoria adicionales, a menos que se emitieran junto con el programa.
El siguiente diagrama ilustra el mecanismo del Procapte.
El Procapte fue diseñado para que el Fobaproa tomara en
cuenta la situación financiera de la institución, la cantidad de capital, los riesgos y
el apego de la institución a los programas establecidos para la capitalización antes de
ejecutar su opción de conversión. Si la situación financiera de la institución
mostraba mejorías durante el curso del programa, la conversión no sería ejercida.73
El Fobaproa tenía la facultad de ejercer su derecho a una conversión anticipada si el
capital
464,465 y 466
neto de la institución representaba menos del 2% de los
activos sujetos a riesgo. El Fobaproa se reservaba el derecho de obligar a la
institución, mediante notificación con un año de anticipación, a readquirir la
totalidad o parte de los bonos cuando existieran condiciones favorables en los mercados de
capital.74
El diseño del programa tenía la intención de reducir el riesgo moral. Los bancos
recibieron la oportunidad y el incentivo de manejar sus deudas malas o como alternativa,
arriesgarse a perder el control a manos del Gobierno.
Costo fiscal
Todas las disposiciones fueron pagadas, con excepción del fondeo otorgado a Banco
Inverlat la suma de $1 mil 400 millones, moneda nacional, más intereses acumulados de
$700 millones moneda nacional. Esto fue convertido en acciones del banco; sin embargo, el
valor de esas acciones es cero y los importes fueron cargados a resultados y las pérdidas
fueron reconocidas por el Fobaproa.
Programa de Capitalización y de Compra de Cartera de Créditos de Bancos
Objetivo
El Programa de Capitalización y "Compra" de Cartera de Bancos
("PCCC") se implementó para capitalizar a los bancos cuya situación financiera
era solvente pero, debido al deterioro de sus activos crediticios, se arriesgaba a no
cumplir con los requisitos mínimos de capital.
El programa de capitalización y "compra" de cartera fue diseñado para apoyar a
los bancos que, debido a su importancia y alta concentración en la industria, hubieran
puesto al sistema bancario mexicano en riesgo.
El Gobierno debería observar los siguientes principios durante la capitalización de
instituciones:
Si era un problema relacionado con: |
La solución era: |
-Irregularidades y falta de capital |
-Intervención,recuperación,venta y/o
liquidación |
-Una reserva falta de capital |
-Reestauración y venta |
-Falta de capital disponible de los
accionistas |
-Compras de caracter |
Características
Bajo el programa de capitalización y de compra de cartera del banco el Fobaproa adquirió
derechos sobre los flujos de efectivo de una cartera seleccionada por el banco. El banco
sería responsable por la cobranza y la administración de los créditos.
Los derechos sobre los flujos de efectivo fueron transferidos por el banco a un
fideicomiso administrado por el mismo banco, cuyo beneficiario era el Fobaproa. A cambio
de estos derechos en el fideicomiso, el Fobaproa emitiría pagarés pagaderos a 10 años a
favor del banco. Dichos pagarés estaban respaldados por el Gobierno. Los pagarés
devengaban intereses durante su vigencia pero eran liquidables al vencimiento.
A cambio de que el Fobaproa participara en la cartera de créditos designados, se
requirió al banco inyectar capital nuevo. Esto se hizo generalmente sobre la base de que
el banco aportaría un peso de capital nuevo por cada dos pesos de cartera seleccionada
para el fideicomiso.
El siguiente diagrama establece el flujo de la transacción:
Los recursos cobrados de la cartera crediticia fueron
mantenidos en el fideicomiso y serían utilizados para liquidar el pagaré. Cada banco
tenía un acuerdo para compartir pérdidas con el Fobaproa, mediante el cual se
comprometían a pagar el 25% de las pérdidas de la cartera crediticia. El acuerdo para
compartir pérdidas reales entre el Fobaproa y los bancos varió levemente de una
institución a otra. El costo de las pérdidas compartidas se reconoce al vencimiento de
los pagarés, momento en el cual los bancos perdonan la pérdida compartiendo un
porcentaje del pagaré emitido.
El siguiente ejemplo establece el efecto del acuerdo para compartir pérdidas sobre los
bancos y el fideicomiso, para propósitos de este ejemplo, se asumen las siguientes
condiciones:
* $1 mil 100 de cartera crediticia;
* $100 de reserva establecida por el banco para la cartera crediticia y
* Acuerdo para compartir pérdidas del 75% para el Fobaproa y el 25% para el banco.
Banco
Fideicomiso
Trasferencia de la cantidad neta del banco al
1,000
1,000
fideicomiso
El banco registra reservas para cubrir su 25%
de participación de la pérdida por el período
250
de diez años
Asumir alternativa respecto a la cobranza real
de la cartera
(1)Recuperación NULA
Pédida registrada
250
750
(ii)Recuperación de $100
Pérdida restringida
($1,000-$100) por el porcentaje
225
675
de repartición de pérdidas (75% /25%)
(ii)Recuperación $750
Perdidas restringida
63
187
($1,000-$750) por el porsentaje
de repartición de pérdidas (75% /25%)
También se debe hacer notar que si la cobranza real de la cartera excede de $1 mil, este
exceso puede ser retenido por el banco. En dicho caso, la pérdida para el fideicomiso
sería de cero.
Proceso para la finalización de las compras de cartera crediticia.
Proceso para la finalización de las compras de cartera crediticia.
El valor de los pagarés emitidos por el Fobaproa a la fecha de la operación fue
diseñado para igualar el valor neto contable de la cartera. El valor neto originalmente
fue definido como el valor de la cartera menos las reservas "preventivas" o
pérdidas anticipadas. Las reservas serían determinadas por el banco de acuerdo con las
reglas generales emitidas por las autoridades en 1991, para la calificación de la cartera
crediticia y debían ser revisadas por un auditor externo. El Fobaproa y la CNBV llevaron
a cabo un proceso de revisión y propusieron que, para la mayoría de los casos, los
niveles de reserva fuesen más altos que aquellos determinados por el auditor externo. Sin
embargo, en la mayoría de los casos, las reservas totales eran más bajas que las
requeridas para reflejar el valor en el mercado. Este problema se trató a través de los
acuerdos para compartir pérdidas por los créditos.
Las compras de cartera crediticia se llevaron a cabo en dos rondas. Las que entraron
durante 1995 (la primera ronda) y las que entraron en 1996 (la segunda ronda). Debido a
los retrasos en la finalización y el cierre de los convenios, ninguna de las compras fue
finiquitada o cerrada hasta el verano de 1997. Los resultados de estas dos rondas varían.
Cuando se instituyó el primer programa, los siguientes préstamos no fueron aceptados en
el programa de compra de cartera:
*Créditos calificados como "E" (créditos vencidos);
*Créditos en manos de compañías en quiebra o en suspensión de pagos;
*Créditos descontados con instituciones de desarrollo;
*Créditos denominados en unidades de inversión (Udis) y
*Créditos a partes relacionadas.
Conforme la situación del sistema de banca múltiple continuó deteriorándose, el
comité técnico decidió ajustar los criterios para aceptar créditos que habían sido
excluidos anteriormente.
La primera ronda de los convenios de compra de cartera crediticia llevó ciertas enmiendas
y variaciones por negociación. Por consecuencia, hubo resultados que difieren en cada
banco. Para evitar que esto volviera a ocurrir, se ajustó el proceso de la segunda ronda.
El proceso de la negociación para establecer los valores de los créditos se simplificó
y se tomaron cifras de auditores externos (principalmente con base en los criterios de la
CNBV) como las reservas definitivas. En por lo menos dos bancos se evaluaron créditos
hipotecarios al 65% de su valor nominal. Los auditores externos se enfocaron a verificar
la existencia y validez de los créditos y no a su valuación.
Reservas crediticias insuficientes
La revisión realizada por las autoridades financieras del Fobaproa y la CNBV en la
primera ronda de las compras de cartera indicó que los niveles de reserva requeridos eran
más altos de los que podrían ser absorbidos por los bancos para al mismo tiempo mantener
índices de capital que excedieran el 81%. Por consecuencia, el proceso y los criterios
para evaluar los créditos se ajustó para que las garantías fueran consideradas en el
proceso de evaluación. Esto resultó en reservas requeridas menores, a pesar de que en
algunos casos dichas reservas seguían siendo demasiado altas para que los bancos las
absorbieran. Las siguientes negociaciones entre los bancos, el Fobaproa y la CNBV
resultaron en que los bancos añadieran o sustituyeran créditos adicionales, aumentando
el porcentaje de repartición de pérdidas o participando en un acuerdo de incentivos. Los
acuerdos de incentivos establecieron las responsabilidades que las instituciones debían
cubrir, con el tiempo sobre cualquier falta de reservas. la cantidad que las instituciones
debían cubrir se volvió una función de cobranza de créditos.
La creación de "reservas para pérdidas compartidas"
Para asegurar la creación de reservas suficientes para pagar los pasivos contingentes que
resultaran de los acuerdos para compartir pérdidas, se emitió un comunicado oficial el
25 de febrero de 1998 para los bancos estableciendo sus obligaciones para crear reservas
para pérdidas contingentes. Las instituciones tenían el derecho de seleccionar entre dos
métodos para crear la reserva contingente para "compartir pérdidas". Ellos
pudieron establecer sus reservas contingentes para "compartir pérdidas" sobre
una base de línea recta en un periodo de ocho años a partir del 1o. de julio de 1998 o
establecer dichas reservas durante un periodo de 10 años a partir del inicio de las
operaciones.
Costo fiscal
El costo fiscal del programa PCCC dependerá de las recuperaciones efectuadas por los
diferentes fideicomisos, la oportunidad de su arreglo y la parte que absorba el banco de
la pérdida compartida. Las autoridades financieras han estimado este costo en moneda
nacional de $97 mil millones de pesos MN representado por la diferencia del valor
pendiente de pagarse y el valor de los créditos asociados del fideicomiso y la pérdida
compartida con los bancos, junto con otros flujos asociados.
Programa de intervención y saneamiento
Orígenes del programa de "saneamiento"
El PCCC de compra de cartera no fue suficiente para salvar a los bancos de la crisis
financiera. Cuando los accionistas no pudieron obtener el capital adicional, las
autoridades financieras emprendieron el programa de saneamiento que consistía en una
capitalización más para
467,468 y 469
los bancos y en una promoción activa con inversionistas tanto nacionales como extranjeros
de los bancos con la esperanza de ayudar a sus recuperaciones. Saneamientos significa
recuperación o cura. Este programa fue implementado en todos los bancos elegibles,
incluyendo los bancos intervenidos. El programa de saneamientos sería implementado con la
esperanza de salvar a los bancos de su liquidación. Las siguientes secciones explican el
papel del Fobaproa en el programa de saneamiento.
Características
El programa de saneamiento se presentó en tres partes como se explica a continuación:
En la primera fase del proceso de saneamiento, el Fobaproa otorgó a la institución una
línea de crédito que le permitía al banco cumplir con sus obligaciones con sus
depositantes. Como garantía, el Fobaproa recibió y mantuvo acciones del banco y/o
compañía tenedora a la que perteneciera el banco.
En la segunda fase del proceso de saneamiento, el Fobaproa inyectó capital al capitalizar
los créditos otorgados en la primera fase y/o proporcionar recursos adicionales. Este le
permitió al banco continuar operando y cumplir con sus obligaciones con el público
depositante.
La tercera fase del proceso de saneamiento involucraba dos cursos de acción posibles. Si
el banco se consideraba como una empresa viable, entonces el Fobaproa podía vender las
acciones que adquirió a una tercera parte elegible. El Fobaproa proporcionaría apoyo
para la asignación de recursos y/o compra de las carteras de crédito y luego vendería
la institución a bancos internacionales de prestigio o a instituciones bancarias
mexicanas viables.
Si se consideraba que el banco no era una empresa viable, entonces las sucursales del
banco serían ofertadas para su venta, habría una reducción de personal y los activos
restantes de la institución serían liquidados. En el proceso de liquidación el banco
adquirente asume todos los pasivos del banco vendido, en pesos. Para compensar al banco
adquirente por asumir dichos pasivos, el banco en venta admite un paragé en pesos y asume
una obligación contractual para pagar en dólares estadounidenses una cantidad igual a
los pasivos asignados. En contraprestación, estas obligaciones fueron garantizados por el
Fobaproa.
Progreso legal
La legalidad del Fobaproa de tomar posesión de los activos de las instituciones
insolventes ha sido sujeta de un considerable escrutinio. La manera en la que el Fobaproa
obtuvo las acciones de algunos bancos ha sido atacada como inconstitucional. A la fecha,
los tribunales no han dado su veredicto final a este respecto.
Programa de saneamiento e intervenciones bancarias
La intervención de los bancos por parte de la CNBV tuvo la intención de proteger los
intereses del público depositante, sin embargo, es una responsabilidad constante de la
CNBV y no se le debe confundir con un "programa" creado como resultado de la
crisis financiera de diciembre de 1994. Es la opinión de la CNBV que es sólo su
responsabilidad asegurar que se intervengan aquéllos bancos en los que detecten
"operaciones irregulares" que pudieran poner en peligro los depósitos del
público. "Las operaciones irregulares" se definen como
cualquier operación, desde fraude hasta desviaciones de la ley bancaria, como el
otorgamiento de autopréstamos o el incumplir con los requerimientos mínimos de capital y
reservas.
Las intervenciones fueron conducidas por la CNBV quien determinó caso por caso qué banco
debía ser intervenido y la forma en que dicha intervención tendría lugar. La CNBV
diseñó programas individuales de acuerdo con las características de cada institución y
con el ambiente al momento en que se realizó la intervención.
Durante las intervenciones, la CNBV tomó control de los bancos y suspendió los derechos
de los accionistas, remplazo a la administración existente en la institución y designó
a un interventor-gerente, el Fobaproa no tenía ninguna autoridad para iniciar
intervenciones en los bancos y no era partícipe de la supervisión de los procesos de
intervención. La única responsabilidad del Fobaproa con los bancos intervenidos era
capitalizarlos, mientras la CNBV designaba a los interventores a cargo del proceso de
saneamiento.
Participantes
La CNBV intervino los bancos comerciales con irregularidades operativas, severos problemas
financieros o cuyos accionistas no podían cubrir los requisitos de capital de la
institución entre 1994-1998. Para finales de 1996, ocho bancos habían sido intervenidos
debido a las irregularidades detectadas en sus operaciones bancarias y de estos bancos,
Banca Cremi y Banco Unión habían sido intervenidos antes de la devaluación del peso.
Los otros bancos intervenidos mostraron una combinación de problemas financieros e
irregularidades operativas.
A continuación se presenta una lista de los 12 bancos intervenidos hasta el 30 de junio,
1998:
Anahuác, Banca Cremi, Banco del Oriente, Banco Unión, Banpaís, Industrial, Confia,
Banco Capital, Banco Interestatal, Banco Obrero, Banco del Sureste y Pronorte.
Para los bancos intervenidos, la CNBV ha indicado que sus responsabilidades de
supervisión vigentes incluyen la supervisión del desempeño del interventor, lo mismo
que revisar los sistemas administrativos, controles internos, operaciones en el mercado de
dinero, capitalización y reservas de crédito deficientes. La recuperación de los
créditos será revisada en una base global. La dirección del Fobaproa será responsable
de la supervisión de las recuperaciones de estos créditos.
Revisión por terceras partes
Cuando el valor era un problema, se contrataba a una tercera parte para realizar varios
análisis, incluyendo auditorías a los valores de las carteras en su preparación para la
venta, revisiones operativas de las transacciones, estudios de viabilidad y valuaciones
generales.
La intervención de facto
La CNBV creyó que al realizar una intervención de facto podría evitar la percepción
negativa de las repercusiones de intervenciones anteriores (i.e. altos costos de
liquidación, grandes pérdidas crediticias, pérdidas de los depósitos centrales y unos
costos de captación más altos). Se esperaba que un acuerdo con la parte interesada en
comprar al banco sería alcanzado hasta que la institución compradora actuaría como el
interventor de facto y se finalizara la compra.
Banca Serfin, el tercer banco más grande de México en el tiempo de la crisis, presentó
una situación única para las autoridades financieras. Había serias preocupaciones
acerca de los efectos de una intervención en un banco de esa magnitud. Para tomar el
control de las operaciones del banco, la CNBV inició una intervención de facto la cual
incluyó el remplazo de la gerencia bancaria y negociaciones con terceras partes para
invertir en/o adquirir a la institución en lugar de vender las sucursales y liquidar los
activos. Inverlat también fue intervenido de facto.
Bancrecer es también un banco intervenido de facto y bajo una estricta supervisión y
escrutinio de la CNBV. Bancrecer no ha comprado ningún banco o sucursales y ha tenido una
revisión de sus acuerdos para la compra de cartera crediticia. El status de la viabilidad
de este banco y del costo final requerido para la continuación de sus operaciones, es
incierto en este momento, ya que será disposición del IPAB cómo resolver los problemas
ya conocidos dentro de este banco.
Costo fiscal
El costo fiscal del programa de saneamiento será conocido cuando todos los activos
remanentes, incluyendo los créditos, sean liquidados y las ventas pendientes que serán
celebradas al valor actualizado cuando la transacción se realice. Es también incierto si
los programas del Fobaproa hasta hoy han proporcionado el capital suficiente a los bancos
para enfrentar las condiciones económicas adversas. Este asunto en general es comentado
como parte de la evaluación de los programas de apoyo gubernamentales.
Los costos de saneamiento han sido reclasificados al costo de capitalización. El costo
total estimado de estos programas al 30 de junio de 1998 es de $337 mil 800 millones de
pesos MN.
3. Programas de apoyo a deudores
Definición y propósito de los programas de apoyo a deudores
Los programas de apoyo a deudores se crearon principalmente para los pequeños deudores,
con objeto de ayudarlos en el pago de sus créditos vigentes. Los pequeños deudores
sufrieron grandemente debido a la crisis financiera de 1994-1995 puesto que perdieron su
poder adquisitivo como consecuencia de la alta inflación y de las volátiles tasas de
interés. Era ampliamente aceptado que estos deudores no tenían un papel significativo en
la crisis financiera y que no deberían sufrir en su totalidad la carga ocasionada por la
crisis por lo tanto, se consideraba necesario que la Asociación de Banqueros de México
ABM y las autoridades financieras crearan programas de apoyo que les dieran cierto alivio
a dichos deudores. Los bancos también se beneficiaron de los programas debido a que por
lo menos parte de los descuentos dados a los deudores los financiaba el Gobierno Federal.
Las principales directrices de los programas de apoyo a deudores eran:
* Evitar el riesgo sistemático;
* Promover la confianza y la credibilidad del público en el sistema bancario;
* Minimizar el impacto fiscal y monetario resultante de la crisis y
* Promover una cultura de pago de deudas bajo las condiciones existentes en el mercado.
El papel del Fobaproa
La participación del Fobaproa en los programas de apoyo a deudores fue mínima. Se
limitó únicamente a servir como conducto para los pagos de apoyo entre el Gobierno
Federal y los bancos. Hasta antes de agosto de 1998, el Fobaproa realizaba los pagos de
apoyo a los bancos y después mandaba información a la CNBV para que se analizara y se
confirmará la exacitud de la cantidad dada. Desde agosto de 1998, este acuerdo ha
cambiado y los pagos del Fobaproa a los bancos ahora se hacen despues de que la CNBV los
aprueba.
Evolución de los programas de apoyo
a deudores
Los programas de apoyo a deudores han evolucionado con el tiempo. Los primeros programas
fueron creados a principios de 1995 y nuevos programas fueron añadidos gradualmente hasta
finales de 1998. Esta evolución ocurrió en respuesta a las necesidades cambiantes de los
deudores para quienes los programas intentaban ayudar y por el estado de la economía
caracterizado por inflación y disminución de los salarios reales.
Proceso para la creación e implementación de los programas de apoyo a deudores
Los programas de apoyo a deudores estaban destinados a sectores específicos de la
economía. En algunos casos, un programa tenía como objetivo más de un solo sector de
deudores, mientras en otros casos el objetivo era únicamente un sector.
Programas con apoyo gubernamental
El desarrollo de los programas fue un esfuerzo combinado de la asociación de banqueros de
México, el Banco de México, la CNBV y la SHCP. Los bancos identificaron los problemas
relacionados con un sector en particular y a través de la Asociación de Banqueros en
México los presentaron a las autoridades, en donde surgía un mecanismo para resolver los
problemas. El costo de los programas que debía compartirse por los bancos y por el
Gobierno fue estimado por la CNBV y presentado a la SHCP para su aprobación y
financiamiento.l
470,471 y 472
|