DIARIO de los DEBATES

ORGANO OFICIAL DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio

DIRECTOR GENERAL DE
CRONICA PARLAMENTARIA
Héctor de Antuñano y Lora

PRESIDENTE.

Diputado Francisco José Paoli  Bolio

DIRECTOR DEL
DIARIO DE LOS DEBATES

Norberto Reyes Ayala
AÑO III                  México, D.F., jueves 23 de septiembre de 1999             No.9

S U M A R I O



ASISTENCIA

Pág.

419

ORDEN DEL DIA

419
ACTA DE LA SESION ANTERIOR 420
INSTITUTO DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MEXICO

Invitación de dicho instituto, a la ceremonia cívica conmemorativa del CLXXVIII aniversario de la consumación de la Independencia. Se designa comisión para representar a la Cámara de Diputados.

422
ESTADO DE DURANGO

Comunicación del Congreso estatal, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

422
ESTADO DE JALISCO

Comunicación del Congreso estatal, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

423

ESTADO DE TAMAULIPAS

Dos comunicaciones del Congreso estatal, con las que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

423

ESTADO DE GUERRERO

Oficio del subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, informando de la sustitución de uno de los integrantes de la comisión especial encargada de vigilar que no se desvíen fondos federales en el proceso electoral en dicho Estado. De enterado.

424
ANALISIS DEL V INFORME DE GOBIERNO

Comunicación de la mesa directiva, con la que informa que se incluye a la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios en la reunión de análisis que se llevará a cabo con la asistencia del Secretario de Desarrollo Social. Aprobado.

424
COMISIONES DE TRABAJO

Tres oficios de la Junta de Coordinación Política, respecto a cambios en las mesas directivas de las comisiones de: Ciencia y Tecnología; Comercio y de Equidad y Género, con miembros de los partidos: Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática. Se aprueban en votación económica.

425
Seis oficios de la Junta de Coordinación Política, respecto a cambios en la integración de las comisiones de: Patrimonio y Fomento Industrial; Distrito Federal; Comunicaciones y Transportes; Programación, Presupuesto y Cuenta Pública; Justicia y de Información, Gestoría y Quejas, con miembros de los partidos: del Trabajo; Revolucionario Institucional y Acción Nacional. De enterado. 426
FOBAPROA

Oficio del comité técnico de seguimiento a las auditorías del Fondo Bancario de Protección al Ahorro, con el que remite el informe de resultados de la auditoría a dicho fondo, realizada por el señor Michael W. Mackey. De enterado.

429
VOLUMEN II 587
LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado Omar Alvarez Arronte presenta iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo en materia de discapacitados. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con la opinión de la de Comisión de Atención y Apoyo a Discapacitados.

587
CAMARA DE SENADORES

Oficio de la colegisladora, informando que el senador Héctor Sánchez López fue designado coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. De enterado.

594
PERMISO AL PRESIDENTE PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL

Oficio de la Cámara de Senadores, que remite minuta con proyecto de de- creto que concede el permiso constitucional necesario para que el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Ernesto Zedillo Ponce de León, pueda ausentarse del territorio nacional los días 5 y 6 de octubre del presente año, a fin de realizar una visita de trabajo a Canadá. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

594
ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de dicho ordenamiento, con respecto a los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales. Se considera de urgente resolución.

595
A discusión en lo general, expresan la opinión de sus respectivos grupos parlamentarios, los diputados:

Sandra Lucía Segura Rangel, del Partido Acción Nacional.

603
Alejandro Victoriano Ordorica Saavedra, del Partido de la Revolución Democrática. 605
Miguel Angel Quirós Pérez, del Partido Revolucionario Institucional. 607
Debaten, sobre el mismo tema, los diputados:

Tulio Hernández Gómez

609
David Ricardo Cervantes Peredo 611
Jaime Miguel Moreno Garavilla 612
Fauzi Hamdan Amad 614
Rectifican hechos, los diputados:

Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas Arreola

615
Guillermo Barnés García 616
Suficientemente discutido el dictamen, es aprobado. Se turna a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales. 617
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos: Fernando Rafael Pérez Espinosa, Joel Vicente Juárez Pardo, María Esther Patricia Guzmán, María Teresa Vanessa de la Cruz Alcalá y Yolanda Aragón Naranjo, puedan prestar sus servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México. Sin discusión se reserva para su votación nominal en conjunto.

618
Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos: Sergio Ambriz Hernández, Rosa María Arvizu Gutiérrez, Hebert Reyes Gómez y Amparo Jordán Pérez, puedan prestar sus servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco. Sin discusión se reserva para su votación nominal en conjunto. 619
Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos: María Esperanza Carlos Rodríguez, María Eugenia Luengo Alvarez, Hilda Torres Mendoza, Irma Gabriela Campos Dávila, Julián Alberto Alvarez Hernández, Patricia Delgado Vega, Carmen Becerra Ronquillo, Lorenzo Aureliano Chaparro Rubio y Silvia Mayela Alvidrez Silva, puedan prestar sus servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua. Sin discusión se reserva para su votación nominal en conjunto. 620
BELICE

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Ramón Martín Morales Orta, pueda prestar sus servicios en la Embajada de Belice en México. Sin discusión se reserva para su votación nominal en conjunto.

622
REINO DE DINAMARCA

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Eduardo Rafael Wenzel González, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Dinamarca en Veracruz, Veracruz. Sin discusión se reserva para su votación nominal en conjunto.

622
REINO DE LOS PAISES BAJOS

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Ramón Gómez Barquín, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de los Países Bajos en Veracruz, Veracruz. Sin discusión se reserva para su votación nominal en conjunto.

623
REPUBLICA DE FINLANDIA

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Gustavo González García, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Finlandia en Tampico, Tamaulipas. Sin discusión se reserva para su votación nominal en conjunto.

624
Aprobados los anteriores dictámenes. Se turnan al Senado de la República para los efectos constitucionales. 625
LEY NACIONAL DE ARCHIVOS

El diputado Isael Petronio Cantú Nájera solicita que se excite a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, a fin de que emita dictamen respecto a la iniciativa presentada el 28 de abril de 1998, en relación con dicha ley. El Presidente obra en consecuencia.

625
ESTADO DE CHIAPAS 626
Para comentar la situación política en esa entidad, hacen uso de la palabra los diputados: 626
Ricardo Cantú Garza 626
Carlos Orsoe Morales Vázquez 627
Felipe de Jesús Vicencio Alvarez 628
Juan Oscar Trinidad Palacios 630
Rectifican hechos o contestan alusiones personales, los diputados:

José Octavio Díaz Reyes

632
Arely Madrid Tovilla 633
Carlos Orsoe Morales Vázquez 635
Arely Madrid Tovilla 635
Julián Nazar Morales 636
AUTONOMIA SINDICAL

Punto de acuerdo de la mesa directiva de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para exhortar a diferentes dependencias y titulares la convivencia sindical, procurando las garantías de los trabajadores. Se considera de urgente resolución el asunto y se aprueba en votación económica.

637
ESTADO DE VERACRUZ 638
Para externar sus opiniones respecto a la iniciativa del gobernador del Estado de Veracruz, de reformas a la Constitución Política del Estado, hacen uso de la palabra los diputados: 638
Víctor Alejandro Vázquez Cuevas 638
Fidel Herrera Beltrán 640
Isael Petronio Cantú Nájera 642
Francisco Javier Loyo Ramos 644
Rectifican hechos o contestan alusiones personales, los diputados:

Juan José Rodríguez Prats

644
Jaime Miguel Moreno Garavilla 646
Juan José Rodríguez Prats 649
Gerardo Buganza Salmerón 650
Francisco Javier Loyo Ramos 652
Isael Petronio Cantú Nájera 653
Víctor Alejandro Vázquez Cuevas 654
ORDEN DEL DIA 654
De la próxima sesión. 654
CLAUSURA Y CITATORIO 655
RESUMEN DE TRABAJO. 655

DIARIO de los DEBATES

AÑO III    No.9        PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS    SEPTIEMBRE 23, 1999 

 

Presidencia del diputado
Jesús Enrique Jackson Ramírez

ASISTENCIA

El Presidente :

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia, el resultado del cómputo de asistencia de los diputados, para conocer si existe el quorum reglamentario.

La secretaria Francisca Haydee García
Acedo:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 292 diputados, por lo tanto, hay quorum, señor Presidente.

El Presidente (a las 11:12 horas):

Se abre la sesión.

ORDEN DEL DIA

La secretaria Leticia Robles Colín:

Se va a dar lectura al orden del día.

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias. Tercer Año. LVII Legislatura.

Orden del día

Jueves 23 de septiembre de 1999.

Lectura del acta de la sesión anterior.

El Instituto de Cultura de la Ciudad de México, invita a la ceremonia cívica que con motivo del CLXXVIII aniversario de la consumación de la Independencia nacional, tendrá lugar el 27 de septiembre a las 10:00 horas, en el jardín Hidalgo, frente a la Casa de Cultura, en la delegación Azcapotzalco.

Comunicaciones de los congresos de los estados de Durango, Jalisco y Tamaulipas.

Oficio del subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, comunicando la sustitución de integrante de la comisión especial, encargada de vigilar que no se desvíen recursos federales en el proceso electoral del Estado de Guerrero. (Votación.)

Comunicación de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.

Proposiciones de la Junta de Coordinación Política. (Cambios de integrantes de mesas directivas de comisiones.) (Votación.)

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política. (Cambios de integrantes de comisiones.)

El comité técnico de seguimiento a las auditorías al Fondo Bancario de Protección al Ahorro, remite el informe de resultados de la auditoría al Fobaproa, por el ciudadano Michael W. Mackey.

Iniciativa de diputados

De reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo, en materia de personas con discapacidad, a cargo del diputado Omar Alvarez Arronte, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Oficio de la Cámara de Senadores

Por el que se comunica la designación del senador Héctor Sánchez López, como coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Minuta

Proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional los días 5 y 6 de octubre de 1999, a efecto de que realice una visita de trabajo a Canadá. (Turno a comisión.)

Dictámenes

De la Comisión del Distrito Federal con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 22 de septiembre. Discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que con

cede permiso a los ciudadanos: Fernando Rafael Pérez Espinosa, Joel Vicente Juárez Pardo, María Esther Patricia Guzmán, María Teresa Vanessa de la Cruz Alcalá y Yolanda Aragón Naranjo, para prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos: Sergio Ambriz Hernández, Rosa María Arvizu Gutiérrez, Hebert Reyes Gómez y Amparo Jordán Pérez, para prestar servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos María Esperanza Carlos Rodríguez, María Eugenia Luengo Alvarez, Hilda Torres Mendoza, Irma Gabriela Campos Dávila, Julián Alberto Alvarez Hernández, Patricia Delgado Vega, Carmen Becerra Ronquillo, Lorenzo Aureliano Chaparro Rubio y Silvia Mayela Alvidrez Silva, para prestar servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Ramón Martín Morales Orta, para prestar servicios en la Embajada de Belice en México. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Eduardo Rafael Wenzel González, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Dinamarca en Veracruz, Veracruz. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación).

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Ramón Gómez Barquín, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de los Países Bajos con sede en Veracruz, Veracruz. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Gustavo González García, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Finlandia en Tampico, Tamaulipas. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre. Discusión y votación.)

Excitativa

A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, a cargo del diputado Isael Petronio Cantú Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Agenda política

Comentarios sobre la situación política en el Estado de Chiapas. (Debate pactado)

Comentarios sobre la iniciativa del gobernador de Veracruz de reformas a la Constitución del Estado. (Debate pactado)»

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día es la discusión del acta de la sesión anterior. Ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta, tomando en consideración que le ha sido entregada copia de la misma a los coordinadores de los grupos parlamentarios para sus observaciones y se proceda a su votación en su caso.

La secretaria Leticia Robles Colín:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que le ha sido entregada copia de la misma a los coordinadores de los grupos parlamentarios para sus observaciones y se procede a su votación.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes veintiuno de septiembre de mil novecientos noventa y nueve, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Séptima Legislatura.

Presidencia de la diputada
Gloria Lavara Mejía

En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, a las once horas con veinte minutos del martes veintiuno de septiembre de mil novecientos noventa y nueve, con la asistencia de trescientos veintisiete legisladores, la Presidenta declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día y la Asamblea aprueba el acta de la sesión anterior en sus términos, en votación económica.

Diversas comunicaciones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y de los congresos de los estados de Aguascalientes, Morelos y Yucatán, con las que informan de actividades propias de sus respectivas legislaturas. De enterado.

Solicita y se concede el uso de la palabra al diputado José Espina von Roehrich, del Partido Acción Nacional, quien presenta iniciativa de reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en materia de demarcaciones territoriales. Se turna a la Comisión del Distrito Federal.

A solicitud de la diputada Lenia Batres Guadarrama, se guarda un minuto de silencio en recuerdo de las víctimas del sismo del diecinueve de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco.

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que informa de cambios en la estructura de comisiones legislativas y otras de la misma junta, proponiendo cambios en las mesas directivas, a las que se da el trámite de enterado, por lo que se refiere a las primeras y las segundas se aprueban en votación económica.

Oficio del subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con el que informa de la sustitución de uno de los integrantes de la comisión especial encargada de vigilar que no se desvíen recursos federales en el proceso electoral del Estado de Coahuila. Se aprueba en votación económica.

Una comunicación de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos con la que informa del término de los trabajos de la comisión especial encargada de vigilar que no se desvíen fondos federales en el proceso electoral del Estado de Nayarit. De enterado.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público remite el informe semestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro, correspondiente a los meses de enero a junio de mil novecientos noventa y nueve, aprobado por la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Suben a la tribuna los diputados:

María Mercedes Maciel Ortiz, del Partido del Trabajo, quien solicita excitativa a la Comisión de Salud, respecto a la creación de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. Se turna a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y a la de Salud para que emitan el dictamen correspondiente.

José Luis Gutiérrez Cureño, del Partido de la Revolución Democrática, quien solicita excitativa a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para que emita el dictamen correspondiente en relación a la iniciativa de reformas a los artículos sesenta y cinco y sesenta y seis constitucionales, sobre la duración de los periodos de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión.

América Soto López, quien solicita excitativa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social y a la de Atención y Apoyo a Discapacitados, para que emitan el dictamen y la opinión correspondientes, sobre iniciativa de Ley Federal de Mexicanos con Discapacidad.

                                                                                                419,420 y 421

La Presidenta actúa en consecuencia en todos estos asuntos.

Para referirse al segundo informe del estado que guarda la administración pública en el Gobierno del Distrito Federal, hacen uso de la palabra los diputados: Guillermo Barnés García, del Partido Revolucionario Institucional; José Espina von Roehrich, del Partido Acción Nacional y Fernando Elías Hernández Mendoza, del Partido de la Revolución Democrática.

Comentan la situación sindical de Arco Mex, en el Estado de Tlaxcala y de Coca Cola en el Estado de Tabasco, hacen uso de la palabra los diputados Rosalío Hernández Beltrán, del Partido de la Revolución Democrática, quien propone un punto de acuerdo, respecto a coadyuvar en la conservación de la paz en la empresa Arco Mex; Ricardo Cantú Garza, del Partido del Trabajo, en dos ocasiones, la segunda para rectificar hechos, e Isaías González Cuevas, del Partido Revolucionario Institucional.

Solicita y se concede el uso de la palabra, para rectificar hechos, al diputado Rosalío Hernández Beltrán, del Partido de la Revolución Democrática, quien solicita la integración de una comisión especial que investigue los hechos; por las mismas razones sube a la tribuna el diputado Armando Neyra Chávez, del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y la Presidenta clausura la de hoy a las trece horas con cuarenta y cuatro minutos, citando para la que tendrá lugar el jueves veintitrés de septiembre de mil novecientos noventa y nueve, a las diez horas.»

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

INSTITUTO DE CULTURA
DE LA CIUDAD DE MEXICO

La secretaria Francisca Haydee García
Acedo:

«Ciudadano diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.

El Instituto de Cultura de la Ciudad de México, ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del CLXXVIII aniversario de la consumación de la Independencia nacional, que tendrá lugar en jardín Hidalgo, frente a la Casa de Cultura, ubicada en avenida Azcapotzalco, número 605, colonia Azcapotzalco, delegación Azcapotzalco, el día lunes 27 de septiembre a las 10:00 horas.

Por tal motivo, me permito solicitar muy atentamente se sirva girar sus respetables instrucciones a efecto de que un representante de esa Cámara que usted preside, asista a la ceremonia de referencia.

Agradezco las atenciones que se sirva prestar a la presente y le reitero con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 23 de septiembre de 1999.- Alejandro Aura, director general.»

El Presidente:

Para asistir al acto cívico que con motivo del CLXXVIII aniversario de la consumación de la Independencia nacional, que se llevará a cabo el próximo lunes 27, esta Cámara designa en su representación a los siguientes diputados: José María de los Reyes Torres, Antonio Palomino Rivera y José Espina von Roehrich.

ESTADO DE DURANGO

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Congreso del Estado de Durango.- LXI Legislatura.

Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.

En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 28 y 109 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Durango, la LXI Legislatura local, en sesión ordinaria verificada el día 1o. de septiembre del año en curso, abrió su primer periodo de sesiones ordinarias correspondiente al primer año de ejercicio constitucional; asimismo tuvo a bien designar presidente, vicepresidente, secretarios propietarios y suplentes, que fungirán del 1o. al 30 de septiembre quedando en la forma siguiente:

Diputados: Jaime Fernández Saracho, presidente; Mónico Rentería Medina, vicepresidente; Gabino Flores Torres, Juan de Dios Castro Muñoz, secretarios; Efraín de los Ríos Luna y Mario Alfonso Delgado Mendoza, secretarios suplentes.

Reiteramos a usted las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

"1999, centenario del natalicio de Silvestre Revueltas"

Victoria de Durango, Durango, a 1o. de septiembre de 1999.- Diputados secretarios: Gabino Flores Torres y Juan de Dios Castro Muñoz.»

De enterado.

ESTADO DE JALISCO

El secretario Jesús José Villalobos Sáenz:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Jalisco.- Poder Legislativo.

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F.

De conformidad a lo dispuesto por los artículos 16 y 18 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, me permito comunicar a ustedes, que en sesión de fecha 31 de agosto del presente año, la LV Legislatura del Estado Libre y Soberano de Jalisco, aprobó la forma de como quedó integrada la mesa directiva que fungirá durante el mes de septiembre del presente año, quedando de la siguiente manera:
Diputados: Samuel Romero Valle, presidente; Manuel Castelazo Mendoza, Jaime Hernández González, vicepresidentes; Juan Alberto Márquez de Anda, Carlos Enrique Urrea García, secretarios; Silviano Urzúa Ochoa y Vicente Vargas López, prosecretarios.

Lo que hago de su conocimiento, para los efectos legales procedentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Guadalajara, Jalisco, a 1o. de septiembre de 1999.- María Carmela Chávez Galindo, oficial mayor.»

De enterado.

ESTADO DE TAMAULIPAS

El secretario Francisco Vera González:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.

Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 de la Constitución Política local, 5o. de la Ley Orgánica y 71 del Reglamento para el Gobierno Interior de este honorable Congreso del Estado, nos permitimos comunicarles que en sesión pública y solemne celebrada, por el pleno legislativo en esta fecha, se declaró legalmente la apertura del segundo periodo de sesiones ordinarias correspondiente al primer año de ejercicio legal de la LVII Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas.

Sin otro particular, reiteramos a ustedes nuestra consideración atenta y distinguida.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 1o. de septiembre de 1999.- Diputados: Juan Genaro de la Portilla Narváez y Teresa Aguilar Gutiérrez, secretarios.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.

Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 32 fracción V del Reglamento Interior del Congreso del Estado, nos permitimos comunicarle que en sesión de junta previa convocada por la Diputación Permanente para esta fecha, fue electa la mesa directiva que dirigirá los trabajos del pleno legislativo, durante el mes de septiembre del actual, dentro del segundo periodo de sesiones ordinarias correspondiente al primer año de ejercicio legal de la LVII Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, quedando integrada de la siguiente manera:

Diputado: José Gudiño Cardiel, presidente; Juan Genaro de la Potilla Narváez, Teresa Aguilar Gutiérrez, secretarios y Guillermo Hurtado Cruz, suplente.

Sin otro particular, reiteramos a usted nuestra consideración atenta y distinguida.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 1o. de septiembre de 1999.- Diputación Permanente.- Diputados: Blanca Guadalupe Valles Rodríguez y José Ortiz Rosales, secretarios.»

De enterado.

ESTADO DE GUERRERO

El secretario Baldemar Dzul Noh:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.

Con fundamento en el párrafo segundo del artículo 44 de la Ley Orgánica del Congreso General, le solicito sirva girar sus apreciables instrucciones a fin de comunicar al pleno la sustitución de la diputada Sandra Segura Rangel, en la comisión especial encargada de vigilar que no se desvíen los recursos federales en el proceso electoral del Estado de Guerrero, asumiendo las funciones en representación de este grupo parlamentario el diputado Víctor Alejandro Vázquez Cuevas.

Reciba un cordial saludo.

México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Diputado Francisco José Paoli y Bolio, subcoordinador del PAN.»

De enterado.

ANALISIS DEL V INFORME DE GOBIERNO

La secretaria Leticia Robles Colín:

«Comunicación de la mesa directiva de la Cámara de Diputados sobre la realización de un ajuste a la agenda a que se refiere el acuerdo sobre el calendario y formato de comparecencias para el análisis del V Informe de Gobierno del Ejecutivo Federal, administración 1994-2000.

ANTECEDENTES

1. Con fecha 8 de septiembre de 1999, la Cámara de Diputados aprobó un acuerdo sobre el calendario de comparecencias para el análisis del V Informe de Gobierno del Ejecutivo Federal, administración 1994-2000, por medio del cual se determinaron el mecanismo y calendario de reuniones que el pleno de la propia Cámara y sus comisiones desarrollarían para cumplir con la función constitucional y legal de realizar el análisis del informe de gobierno que el Ejecutivo Federal rindió a esta soberanía el pasado 1o. de septiembre, sobre el estado que guarda la Administración Pública Federal.

2. En razón del acuerdo adoptado, se cursaron las invitaciones del caso a diversos servidores públicos para acudir ante el pleno de la Cámara o en comisiones, a fin de informar del estado que guardan sus respectivos ramos, así como para intercambiar opiniones y puntos de vista con los diputados en las respectivas materias.

3. Conforme al punto primero del acuerdo aprobado, corresponde al titular de la Secretaría de

                                                                                          422,423 y 424

Desarrollo Social asistir, el próximo día 27 de septiembre, a las comisiones unidas de Desarrollo Social, de Asentamientos Humanos y Obras Públicas y de Vivienda, para los efectos indicados en los puntos anteriores.

4. Que en la parte final del primer punto del acuerdo de referencia, se establece que cualquier ajuste en la agenda, será definido en el seno de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.

5. Que los diputados integrantes de la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios de la Cámara de Diputados, han manifestado su interés de participar conjuntamente con las comisiones unidas a que se refiere el punto tercero anterior, en la reunión de análisis que se llevará a efecto con la asistencia del Secretario de Desarrollo Social, a cuyo efecto, han solicitado a esta mesa directiva, en términos del acuerdo antes mencionado, que se ajuste la agenda aprobada y se considere a dicha comisión para participar en la reunión de referencia.

Con base en lo anterior y considerando la validez y pertinencia de la solicitud planteada por la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios y con fundamento en lo dispuesto por el párrafo final del punto primero del acuerdo sobre el calendario de comparecencias para el análisis del V Informe de Gobierno del Ejecutivo Federal, administración 1994-2000, esta mesa directiva ha estimado conveniente ajustarlo en los siguientes términos:

Unico. La asistencia del Secretario de Desarrollo Social, prevista para el día 27 de septiembre de 1999, a partir de las 11:00 horas, se realizará en los términos del acuerdo aprobado al efecto por el pleno de la Cámara de Diputados, ante las comisiones unidas de DesaTambién se debe hacer notar que si la cobranza real de la cartera excede de $1 mil, este exceso puede ser retenido por el banco. En dicho caso, la pérdida para el fideicomiso sería de cero.

Proceso para la finalización de las compras de cartera crediticia.

Proceso para la finalización de las compras de cartera crediticia.

El valor de los pagarés emitidos por el Fobaproa a la fecha de la operación fue diseñado para igualar el valor neto contable de la cartera. El valor neto originalmente fue definido como el valor de la cartera menos las reservas "preventivas" o pérdidas anticipadas. Las reservas serían determinadas por el banco de acuerdo con las reglas generales emitidas por las autoridades en 1991, para la calificación de la cartera crediticia y debían ser revisadas por un auditor externo. El Fobaproa y la CNBV llevaron a cabo un proceso de revisión y propusieron que, para la mayoría de los casos, los niveles de reserva fuesen más altos que aquellos determinados por el auditor externo. Sin embargo, en la mayoría de los casos, las reservas totales eran más bajas que las requeridas para reflejar el valor en el mercado. Este problema se trató a través de los acuerdos para compartir pérdidas por los créditos.

Las compras de cartera crediticia se llevaron a cabo en dos rondas. Las que entraron durante 1995 (la primera ronda) y las que entraron en 1996 (la segunda ronda). Debido a los retrasos en la finalización y el cierre de los convenios, ninguna de las compras fue finiquitada o cerrada hasta el verano de 1997. Los resultados de estas dos rondas varían.rrollo Social, de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, de Vivienda y de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios.

México, D.F., a 23 de septiembre de 1999.- Por la mesa directiva.- Diputado Carlos Me-dina Plascencia, presidente.»

En votación económica se consulta a la Asamblea si se aprueba lo siguiente.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

Presidencia del diputado
Sergio César Alejandro Jáuregui Robles

COMISIONES DE TRABAJO

La secretaria Francisca Haydee García
Acedo:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.

Con fundamento en el artículo 34, párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el diputado Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, donde solicita el siguiente cambio:

Que el diputado Heberto Sánchez Meraz sustituye en la secretaría de la Comisión de Ciencia y Tecnología al diputado Héctor Luna de la Vega.

Lo anterior, para los efectos conducentes.

Sin otro particular quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, D.F., 22 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación Política. Enrique León Martínez, secretario técnico.»

En votación económica se pregunta si se aprueba la proposición.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.

Con fundamento en el artículo 34, párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el diputado Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, donde solicita el siguiente cambio:

Que el diputado Arturo Quintanar sustituya en la secretaría de la Comisión de Comercio al diputado Manuel Cárdenas Fonseca, quien continuará siendo integrante de dicha comisión.

Lo anterior, para los efectos conducentes.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, D.F., a 22 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación Política.- Enrique León Martínez, secretario técnico.»

En votación económica, se pregunta si se aprueba la proposición.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

El secretario Jesús José Villalobos Sáenz:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.
Con fundamento en el artículo 34, párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el diputado José de Jesús Martín del Campo Castañeda, vicecoordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, donde solicita lo siguiente:

Que la diputada Cristina Portillo Ayala, sustituya como secretaria a la diputada Martha Dalia Gastelum Valenzuela, en la Comisión de Equidad y Género.

Lo anterior, para los efectos conducentes.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, D.F., a 22 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación Política.-Enrique León Martínez, secretario técnico.»

En votación económica, se pregunta si se aprueba la proposición.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada.

El secretario Francisco Vera González:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.

Con fundamento en el artículo 34, párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el diputado Ricardo Cantú Garza, coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, donde solicita el siguiente cambio:

Que el diputado José Adán Deniz Macías, deja la Comisión de Reforma Agraria y se incorpora

a la Comisión de Patrimonio y Fomento Industrial.

Lo anterior, para los efectos conducentes.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación Política.- Enrique León Martínez, secretario técnico.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Diputado Arturo Núñez Jiménez, presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados.- Presente.

Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me dirijo a sus finas atenciones con el propósito de hacer de su conocimiento que el grupo parlamentario del Partido del Trabajo ha determinado efectuar el siguiente cambio de sus integrantes en las comisiones ordinarias de dictamen legislativo.

El diputado José Adán Deniz Macías, deja la Comisión de Reforma Agraria y se incorpora a la Comisión de Patrimonio y Fomento Industrial.

Sin más, le reitero la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente.

México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación Política.- Diputado Ricardo Cantú Garza, coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.»

De enterado.

El secretario Baldemar Dzul Noh:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.
Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.

Con fundamento en el artículo 34, párrafo primero inciso c, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el diputado Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, donde solicita el siguiente cambio:

Que la diputada Blanca Rosa García Galván, sustituye al diputado Jaime Moreno Garavilla, en la Comisión del Distrito Federal.

Asimismo, la diputada Blanca Rosa García Galván deja de ser integrante de la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

Lo anterior, para los efectos conducentes.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación Política.- Enrique León Martínez, secretario técnico.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados.- Presente.

Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que en sustitución del diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla en la Comisión del Distrito Federal ingresará la diputada Blanca Rosa García Galván como miembro integrante por parte del grupo parlamentario del PRI. Asimismo la diputada García Galván dejará de pertenecer a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

Atentamente.

Palacio Legislativo, a 21 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación Política.- Diputado Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»

De enterado.
                                                                                         425,426 y 427

La secretaria Leticia Robles Colín:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.

Con fundamento en el artículo 34 párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el diputado Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, donde solicita el siguiente cambio en la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

Que el diputado Alfredo Phillips Olmedo sustituya al diputado Héctor Luna de la Vega.

Lo anterior, para los efectos conducentes.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación Política.- Enrique León Martínez, secretario técnico.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados.- Presente.

Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que en sustitución del diputado Héctor Luna de la Vega en la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, ingresará el diputado Alfredo Phillips Olmedo como miembro integrante por parte del grupo parlamentario del PRI.

Atentamente.

Palacio Legislativo, a 21 de septiembre de 1999.- Diputado Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»

De enterado.

La secretaria Francisca Haydee García
Acedo:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.

Con fundamento en el párrafo segundo del artículo 44 de la Ley Orgánica del Congreso General, le solicito sirva girar sus apreciables instrucciones a fin de comunicar al pleno la reincorporación del suscrito a la Comisión del Distrito Federal, en calidad de miembro representante de este grupo parlamentario.

Sin otro particular reciba un cordial saludo.

Atentamente.

México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Diputado Francisco José Paoli y Bolio, subcoordinador del PAN.»

De enterado.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.

Con fundamento en el párrafo segundo del artículo 44 de la Ley Orgánica del Congreso General, le solicito sirva girar sus apreciables instrucciones a fin de comunicar al pleno la sustitución del diputado Fauzi Hamdan Amad en la Comisión de Justicia, asumiendo las funciones en representación de este grupo parlamentario, el diputado Juan Carlos Gutiérrez Fragoso.

Le envío un cordial saludo.

México, D.F., a 22 de septiembre de 1999.- Diputado Francisco José Paoli y Bolio, subcoordinador del PAN.»

De enterado.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.

Con fundamento en el artículo 34 párrafo primero inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envío copia del oficio suscrito por el diputado Ricardo Cantú Garza, coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, donde solicita lo siguiente:

Que el diputado José Adán Deniz Macías se incorpora en la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

Lo anterior, para los efectos conducentes.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, D.F., a 22 de septiembre de 1999.- Junta de Coordinación Política.- Enrique León Martínez, secretario técnico.»

De enterado.

FOBAPROA

El secretario Baldemar Dzul Noh:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Ciudadano diputado Carlos Medina Plascencia, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presente.

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo decimoprimero de los puntos de acuerdo emitidos por la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política el día 27 de agosto de 1998, relativos a la organización y funcionamiento del comité técnico de seguimiento a las auditorías al Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa), solicitamos a su más pronta conveniencia, dar cuenta al pleno de esta Cámara de Diputados, del informe de resultados de la auditoría al Fobaproa por el ciudadano Michael W. Mackey, para cuyo efecto se adjunta un ejemplar de dicho informe.

Sin más por el momento, reiteramos a usted las seguridades de nuestra consideración más distinguida.

Atentamente.

México, D.F., a 31 de agosto de 1999.- El comité técnico de seguimiento a las auditorías al Fobaproa.- Diputados: Fauzi Hamdan Amad, Charbel Jorge Estefan Chidiac, Jorge Silva Morales, Gloria Lavara Mejía y Gustavo Santiago Pedro Cortés.»

De enterado.

«Informe de Michael W. Mackey en la evaluación integral de las operaciones y funciones del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) y la calidad de supervisión de los programas del Fobaproa de 1995 a 1998.

Prefacio


Quisiera agradecer a cada uno de los miembros del comité de contrataciones, los diputados: Fauzi Hamdan Amad, Jorge Estefan Chidiac, Jorge Silva Morales, Santiago Gustavo Pedro Cortés y Gloria Lavara Mejía, por su apoyo y dirección durante el proyecto.

Asimismo, quisiera agradecer a mis socios y a mi equipo de trabajo, en particular a David Murray, quien tuvo a su cargo la responsabilidad de la dirección del proyecto; a Stephen Hume, quien se encargó de la sección regulatoria; a Tony Power y a Susan Mingie, quienes desarrollaron la sección bancaria; a Rey González, por su coordinación y administración en áreas estratégicas; a Gary Moulton y a Bill Dovey, quienes conjuntamente trabajaron en la revisión especial contable de este proyecto.

Finalmente, tengo el placer de hacer extensivo mi agradecimiento a los despachos contratados que participaron en la revisión bancaria: Despacho Alfonso Ochoa Ravizé, Contadores Públicos y Consultores en Administración, SC, Galaz, Gómez Morfín, Chavero, Yamazaki, SC, Juan Antonio Cedillo y Compañía, SC, Leal y Martín, Contadores Públicos, SC y Lebrija, Alvarez y Compañía, SC/HLB.

Sin el entusiasmo y la dedicación incansable de todo el personal que participó en el proyecto, este informe nunca se hubiera completado oportunamente y en la forma profesional como se elaboró.

Michael W. Mackey.

Julio de 1999.

El informe de Michael W. Mackey sobre la evaluación integral de las operaciones y funciones del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) y la calidad de la supervisión de los programas del Fobaproa de 1995 a 1998 fue preparado originalmente en inglés. El presente documento es una traducción al español de la versión original.

INDICE

I. Introducción.

II. Términos para la designación.

III. Metodología.

1. Introducción
2. Evaluación de la actividad regulatoria
3. Evaluación de los bancos
4. Despachos (de contadores) contratados
5. Comunicación

IV. Bases para la evaluación.

1. Marco regulatorio
2. Fobaproa
3. Privatización
4. Crisis del peso
5. Programas de apoyo gubernamental

V. Evaluación.

1. Introducción
2. Marco regulatorio
3. CNBV
4. SHCP
5. Banco de México
6. Fobaproa
7. Programa de apoyos del Gobierno
VI. Costos fiscales.

VII. Transacciones reportables.

Resumen de definiciones y abreviaturas.

Costos fiscales suplemento.

I. Introducción

Antecedentes

El 7 de septiembre de 1998, el comité de contrataciones de las subcomisiones para el estudio del Fobaproa (comité de contrataciones), creado por el honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos (Congreso), contrató a Michael W. Mackey para examinar el Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa). En particular, se le solicitó al ciudadano Mackey evaluar el desempeño del Fobaproa en la rehabilitación de las instituciones financieras de México, así como evaluar el desempeño de las entidades encargadas de supervisar las actividades del Fobaproa, incluyendo a su comité técnico, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), al Banco de México y a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) por el periodo del 1o. de enero de 1995 al 30 de junio de 1998.

En algunos casos se ha proporcionado información adicional y se han vertido comentarios respecto a sucesos relevantes que ocurrieron después del 30 de junio de 1998, para que, en donde se consideró necesario, este informe estuviera actualizado.

La sección de este informe titulada "Metodología" contiene, entre otras cosas, una descripción de la documentación y de otra información que fue proporcionada, las cuales son la base de las conclusiones en este informe. Además, esta sección también describe las dificultades que se encontraron para obtener información y los obstáculos que fue necesario superar para garantizar que toda la información relevante estuviera disponible. No obstante las dificultades y limitaciones que generó la carencia de cierta información para la preparación de este informe, tenemos la seguridad de que la información que tuvimos disponible al final es suficiente para comprender y comentar sobre el uso y aplicación de los fondos por parte del
Fobaproa y el marco regulatorio y de supervisión en el cual operaba el Fobaproa.

                                                                                              428,429 y 430

Con posterioridad se incluye una descripción de los hechos relativos al establecimiento del Fobaproa, de sus operaciones (particularmente durante el periodo de 1995 a 1998), del marco regulatorio y del ambiente de supervisión en el que el Fobaproa operó, el informe contiene una evaluación del Fobaproa y del desempeño de aquéllos que participaron en su administración y supervisión. Posteriormente, el informe concluye con el examen de los costos fiscales relacionados con los programas en los que el Fobaproa intervino y un análisis de cierta transacciones reportables. Mientras que este informe identifica y explica algunos problemas que surgieron relativos al Fobaproa, la revisión conduce a la conclusión de que mientras la estructura del Fobaproa y los programas en los cuales intervino no están libres de crítica, el Fobaproa a un costo considerable, proporcionó protección a los ahorradores y una solución parcial (y quizá temporal) a los problemas ocasionados por un sistema bancario débil y subcapitalizado.

Antes de 1991, cuando inició la privatización de los bancos nacionalizados en México, aparentemente no había un reconocimiento de la necesidad de un sistema regulatorio independiente y sólido ni había reglas y procedimientos bien definidos relativos a los derechos de los acreedores, a las leyes de quiebra y a la protección de los ahorradores, para asegurar la supervivencia u operación del sistema bancario.

Cuando surgieron los nuevos bancos después del proceso de privatización, el marco regulatorio y legal que existía no estaba equipado y los organismos responsables no contaban con la suficiente autoridad y responsabilidad para tratar los numerosos asuntos y retos que representaba un sistema de banca privada. Debido a que muchos de estos nuevos bancos estuvieron subcapitalizados desde el principio y por ende frágiles, no estaban en una posición de manejar con facilidad los retos que planteaba la crisis del peso en 1994, ni el impacto que la inflación y las altas tasas de interés tenían sobre la calidad de sus carteras de crédito. Como resultado de dicha fragilidad y de los problemas ocasionados, en algunos casos, por actividades impropias de los nuevos propietarios y administraciones inexpertas, surgieron importantes cuestionamientos respecto a la viabilidad financiera de muchos de estos bancos y, de hecho, de todo el sistema financiero. Los programas de la banca y de deudores en los que participó el Fobaproa fueron, en retrospectiva, introducidos no para tratar asuntos individuales que enfrentaban uno o más bancos, sino que se requerían para tratar una industria bancaria que enfrentaba retos sistémicos que amenazaban su supervivencia.

A partir de 1994, los organismos reguladores y de supervisión llevaron a cabo mejoras en el diseño e implementación de procedimientos para supervisar más estrechamente los bancos y para que ello les permitiera detectar problemas y desarrollar soluciones. Los cambios efectuados y propuestos al marco regulatorio que afectan tanto a la industria bancaria como a su regulación, tendrán también un impacto considerable sobre la solidez y estabilidad del sistema bancario. En el informe, además de valuar la participación y operación del Fobaproa, hemos identificado muchas de dichas mejoras y explicado cómo han afectado al Fobaproa y cómo podrían afectar programas similares en el futuro.

En el análisis final se señala que, no obstante que México está disfrutando de un mejor clima económico, muchos de los bancos continúan con una subcapitalización muy importante y están sujetos a las presiones y riesgos que implican las carteras de crédito de baja calidad, la concentración de su propiedad en pocos accionistas, administraciones con poca experiencia y un marco regulatorio y de supervisión que no está preparado para permitir que bancos insolventes o altamente subsidiados fracasen. Hasta que el proceso de consolidación en el sector bancario quede concluido con objeto de apoyar la atracción de capital nuevo y hasta que el riesgo de pérdidas sea compartido tanto por el sector público como el privado, a través de un esquema de seguros de depósito funcional, México continuará enfrentando costos significativos para apoyar su sistema bancario.

Nota para el lector.

Este informe no deberá reproducirse ni distribuirse para ningún fin diferente al detallado en el mismo sin el consentimiento escrito de Michael W. Mackey o del comité de contratacio
nes en cada caso. No se asume responsabilidad ni obligación legal alguna por daños o perjuicios sufridos por persona alguna como resultado de la circulación, publicación, reproducción o uso indebido de este informe o contrario a las disposiciones de este párrafo.

Nos reservamos el derecho de revisar los cálculos y opiniones incluidas o referidas en este informe y de considerarlo necesario, de modificar nuestras conclusiones a la luz de cualquier información existente durante el periodo de valuación que se haga de nuestro conocimiento después de la fecha del informe.

Este informe y las evaluaciones que se han llevado a cabo no constituyen una auditoría financiera, sino una revisión y análisis basado en preguntas específicas previamente convenidas con el comité de contrataciones bajo requerimiento expreso. Por lo tanto, no deberá considerarse una auditoría, no expresamos opinión alguna sobre ninguno de los estados financieros o registros de la CNBV, del Fobaproa, de la SHCP, del Banco de México, de los bancos individuales o de los controles internos de estos organismos e instituciones. Como se señala en otra parte de este informe, los términos de referencia de esta revisión fueron diferentes a los de una auditoría financiera y no debe considerarse que proporcionan la misma información y nivel de seguridad que una auditoría financiera.

II. Términos para la designación

Puntos del sector bancario identificados por el Congreso que dan lugar al nombramiento

Durante 1998, el Poder Ejecutivo del Gobierno Federal solicitó al Congreso la aprobación del plan para reconocer la deuda del Fobaproa como deuda pública. El Congreso no estuvo dispuesto a aprobar dicho plan sin primero conducir una revisión de todos los componentes del monto en cuestión. Además, el Congreso deseaba tener la seguridad de que los programas de reestructuración que habían sido implementados estuvieran efectivamente diseñados para lograr sus objetivos; que los programas de deudores y los programas bancarios estuvieran supervisados apropiadamente y que el impacto de estos programas en lo bancos en lo individual y en el sistema financiero en su totalidad, se hubiere dado como originalmente se pretendió.

Seis bloques

Con objeto de cumplir con estos objetivos, el Congreso solicitó respuestas a una serie de cuestionamientos conocidos como bloques. Se creó un comité de contrataciones que asignó a Michael W. Mackey la tarea de responder a los seis bloques que se describen a continuación.

Bloque 1. Evaluación del desempeño y supervisión del Fobaproa y de las instituciones asignadas para la vigilancia y supervisión de sus operaciones

Esta parte de la revisión involucraba la evaluación de la forma en la cual los organismos que participaron en la supervisión del Fobaproa cumplieron con su mandato, y si cumplieron con la normatividad y supervisión, así como el nivel de eficiencia con el que se alcanzaron las metas de las políticas establecidas.

Bloque 2. Revisión del origen y uso general de los fondos y naturaleza de los pasivos a cargo del Fobaproa para la rehabilitación de las instituciones financieras mexicanas

Para los propósitos de esta revisión, la contabilidad de los fondos que el Fobaproa erogó durante el periodo de revisión fueron determinados haciendo una comparación entre: fuentes de las que el Fobaproa obtuvo los fondos; los mecanismos o instrumentos utilizados para obtenerlos y las condiciones de los acuerdos financieros. El uso de los fondos distribuidos durante la rehabilitación del sistema bancario también se identificó en cada uno de los diferentes programas y en cada institución bancaria receptora.

Bloque 3. Revisión de los costos fiscales

Para los propósitos de esta revisión, se llevó a cabo un análisis de la metodología utilizada por el Fobaproa para el cálculo de los costos fiscales de los programas implementados con fines de rehabilitación financiera, asimismo se efectuó una evaluación financiera de estos costos. Se identificó cada uno de los programas e instituciones receptoras; se han analizado las fuentes originadoras y las variaciones anuales registradas, así como la determinación de los costos de la adquisición de las carteras de crédito. En forma similar, se cuantificaron los costos financieros implícitos, incluyendo los honorarios por consultoría, los honorarios legales y las comisiones por avalúos.

Además, se han analizado los montos recuperados por el Fobaproa derivados de la venta de activos, se compararon con los valores de compra y las estimaciones iniciales de recuperación.

Se analizaron los activos físicos y financieros bajo control del Fobaproa y mediante una muestra se analizó el valor de los activos y su clasificación con respecto a la información reportada por el sistema de información financiera, así como por el fideicomiso mismo. Se ha proporcionado un análisis de las discrepancias entre los costos fiscales estimados por el Fobaproa y nuestra propia estimación de costos fiscales. Estas discrepancias se han discutido con el Fobaproa.

Además, se ha efectuado una comparación entre los montos recuperados por las ventas de activos, con los valores adquisición y con las estimaciones iniciales de recuperación.

Bloque 4. Evaluación de los programas bancarios para la capitalización, saneamiento financiero y de la vigilancia y supervisión efectuada por los organismos reguladores sobre los programas bancarios

El objetivo de este bloque fue evaluar los programas de capitalización y saneamiento financiero, así como la vigilancia y supervisión efectuado por la CNBV. Se revisó la situación promedio de los bancos y el clima económico en el cual operaban antes de la aparente necesidad de recapitalización, así como la actuación de la CNBV en sus funciones de vigilancia y supervisión durante el periodo establecido para esta revisión.

La evaluación incluyó la eficiencia de la función de auditoría de la CNBV en instituciones financieras dedicadas a operaciones de crédito, así como la calidad de la supervisión de los esfuerzos de recuperación realizados por los bancos respecto a los créditos dentro de los fideicomisos del Fobaproa.

Bloque 5. Evaluación de los programas de apoyo para los deudores de la banca

El propósito de este bloque fue clasificar específicamente el criterio y las condiciones para otorgar apoyo a los deudores de la banca, el origen de los fondos que fueron canalizados a los diversos programas; el costo fiscal que resulta de estos apoyos en relación con las metas y las estimaciones y los resultados de estos programas, en términos de cobertura, respecto a las metas propuestas, recursos aplicados y costo fiscal estimado. Adicionalmente, la revisión se enfocó a determinar si el programa se utilizó por los receptores de los mismos para los propósitos establecidos.

Asimismo, se analizó el cumplimiento a los acuerdos establecidos en relación a la proporción de los subsidios a deudores que obtuvieron los bancos, así como el nivel de cumplimiento por parte de los deudores con los programas de reestructuración.

Bloque 6. Análisis de los pasivos que pueden convertirse en obligaciones de deuda pública

El propósito de este bloque fue clasificar específicamente el monto de los pasivos inherentes a la operación del Fobaproa, así como sus costos directos e indirectos, que pueden ser convertidos en deuda a cargo del Gobierno Federal.

Para los propósitos de esta revisión se avaluó la elegibilidad de los pasivos que podrían convertirse en obligaciones de deuda del gobierno, identificando aquellas obligaciones con las instituciones de banca múltiple involucradas y las operaciones que las generaron. Más aún, se han identificado los receptores y condiciones bajo las cuales el Fobaproa otorgó el financiamiento. Adicionalmente, se han evaluado los pagarés que documentan las obligaciones del fondo.

La duda sobre en qué entidad del gobierno debieron recaer las obligaciones a cargo del Fobaproa, está más allá del alcance de esta evaluación.

                                                                                431,432 y 433

El uso y aplicación de los fondos distribuidos a través del Fobaproa y de los asuntos que en
frentaron aquellos organismos responsables de la supervisión de sus actividades, no se pueden entender adecuadamente sin el análisis el marco económico y regulatorio en el que operaban y las condiciones que afectaron a aquellos bancos que obtuvieron apoyo del Fobaproa. Por consiguiente, este informe explica las condiciones de los bancos después de su privatización en 1991 y el marco regulatorio y legal que existía en ese entonces, con el objeto de evaluar su impacto sobre el Fobaproa. Este informe también identifica muchos de los cambios y mejoras que se han realizado.

III Metodología

1. Introducción


Para apoyar la evaluación, se contrataron expertos en campos relativos a reestructuración de instituciones financieras, regulación de instituciones financieras, auditoría de instituciones financieras, legislación financiera, contabilidad de investigación, valuación de bienes raíces y economía. Para conducir la revisión se desarrolló una metodología para cubrir los seis bloques establecidos por el comité de contrataciones, que se describieron anteriormente. Esta metodología fue desarrollada en dos líneas diferentes pero relacionadas como se explica a continuación:

Objetivos: líneas de análisis del marco regulatorio

1. Documentar y analizar el marco regulatorio mexicano en el cual el Fobaproa y las autoridades financieras operan y definir los criterios a utilizarse en las evaluaciones.

2. Evaluar las medidas adoptadas por el Fobaproa, la CNBV, la SHCP y el Banco de México con relación a los bancos que participaron en los programas del Fobaproa.
3. Evaluar las prácticas de supervisión del Fobaproa, la CNBV, la SHCP y el Banco de México vigentes de 1995 a 1998.

4. Determinar las fuentes de los fondos, estimar los costos fiscales y los pasivos a cargo del Fobaproa.

5. Evaluar el marco económico en el cual los diversos organismos operaron durante el periodo de evaluación.

Objetivos de la línea de análisis bancaria

1. Analizar la información de los bancos para evaluar el cumplimiento con los programas y el impacto de los programas de rehabilitación y de deudores.

2. Analizar la información de los bancos para evaluar las prácticas de supervisión de los organismos regulatorios.

3. Evaluar el costo fiscal estimado de los programas en 25 bancos específicos para determinar su situación financiera ajustada al 30 de junio de 1998.

4. Identificar los costos potenciales de operaciones que hubieren sido consideradas como inusuales en un ámbito comercial. A éstas se les ha denominado "transacciones reportables".

Las dos líneas de análisis y los objetivos de cada una, se diseñaron para abordar los seis bloques.

Metodología

Interacción de líneas de análisis


Para asegurar que toda la información fuera compartida y que los esfuerzos de los profesionales que tuvieran a su cargo, las dos líneas de análisis estuvieran coordinados, las responsabilidades y el flujo de información se organizaron de la siguiente manera:


**********INSERTAR CUADRO PAGINA 10***********


(sic) bancario, los hallazgos de la revisión se pasan de una línea a la otra, que posteriormente compara esa información con la proporcionada por los bancos y los organismos gubernamentales. Esto ha permitido evaluar las acciones de los organismos gubernamentales frente a sus propios estándares y a los estándares internacionales.

Los criterios de avaluación se establecieron con base en el análisis (fase I señalada arriba) de documentos relativos al marco regulatorio. La fase II (señalada arriba) involucra una evaluación del desempeño de la actividad regulatoria, comparada contra estos criterios.

2. Evaluación de la actividad regulatoria

Para conducir las evaluaciones de la actividad regulatoria, el equipo asignado emprendió (inter alía) las siguientes tareas:

1. Documentó y analizó el marco regulatorio mexicano en el que el Fobaproa y las autoridades financieras operan y definió los criterios a ser utilizados en las evaluaciones.

- Documentó el marco regulatorio aplicable a partir de las leyes mexicanas, las circulares de la CNBV, SHCP, el Fobaproa y Banco de México, documentos internos, estudios externos y extensivas entrevistas. Adicionalmente, se realizaron entrevistas en los bancos.

- Revisó la historia bancaria mexicana desde el momento de la nacionalización de los bancos en 1982 y considerando el proceso de privatización hasta el 1o. de enero de 1995, fecha de inicio del periodo de revisión.

2. Evaluó las acciones adoptadas por el Fobaproa, CNBV, SHCP y Banco de México, en relación a la participación de los bancos en los programas del Fobaproa.

- Revisó las prácticas adoptadas por los organismos reguladores respecto a determinados bancos, para verificar si éstas habían sido oportunas, efectivas y consistentes con los objetivos establecidos por el sistema regulatorio como un todo.

- Revisó las actas del comité técnico que gobernaba al Fobaproa durante el periodo, así como las de los diversos subcomités.

- Determinó y evaluó los criterios utilizados en el proceso de intervención y los procesos de seguimiento por parte de los interventores.

- Revisó las reglas relacionadas con los programas de deudores, incluyendo el proceso involucrado en su implementación.

- Revisó el cumplimiento por parte del Fobaproa, de los acuerdos que implementaron los programas bancarios del Fobaproa.

- Revisó las transacciones entre partes relacionadas que se derivaron de los registros de los órganos reguladores.

3. Evaluó la actividad supervisora del Fobaproa, CNBV, SHCP y el Banco de México durante el periodo 1995-1998:

- Desarrolló el conocimiento de asuntos específicos de la banca mexicana incluyendo la protección de pasivos de la banca, la legislación en materia de quiebras, aspectos relacionados con la cobranza de créditos, normas de contabilidad, lineamientos de operación de negocios, reglas para necesidades de capital y reglas para grupos financieros.

- Adoptó medidas para comparar las acciones implementadas por los organismos reguladores dentro de los diversos estándares del marco regulatorio, legislativo y de regulación interna que rigen su conducta.

- Revisó la calidad y efectividad del personal de los organismos reguladores y su relación con los consultores externos, incluyendo los auditores externos.

4. Determinó la fuente de los fondos y estimó el costo fiscal y los pasivos a cargo del Fobaproa:

- Documentó y analizó el marco regulatorio en el cual operaba el Fobaproa y estableció los criterios a utilizarse en su evaluación.

- Identificó las fuentes del financiamiento para el Fobaproa.

- Determinó el método y evaluó el cálculo de los costos fiscales, asimismo verificó que esta metodología fuera apropiada.
- Estimó el costo fiscal total de la banca, de los programas de deudores y realizó un análisis de sensibilidad de los costos calculados, relativos al programa de deudores.

- Analizó los activos y pasivos reportados por el Fobaproa al 30 de junio de 1998.

- Identificó pasivos contingentes.

5. Evaluó el ambiente económico en el cual operaban las autoridades regulatorias durante el periodo de evaluación:

- Identificó el impacto que los ambientes económicos internacional y nacional pudieron haber tenido en el éxito y en los costos de los programas bancario y de deudores durante el periodo de evaluación.

- Identificó el impacto potencial que el ambiente económico futuro, tanto nacional como internacional pudieran tener sobre el éxito y costo fiscal de los programas de la banca y de deudores.

3. Evaluación de los bancos

El equipo a cargo de conducir las revisiones especiales de los bancos relacionados con el Fobaproa, incluyó coordinadores y despachos de contadores asignados a cada banco.

El equipo bancario también requirió otros expertos externos incluyendo valuadores locales de bienes raíces y consultores legales.

Para coordinar los diversos equipos, se estableció un proceso mediante el cual cada equipo recabaría, inicialmente, información en forma independiente y más adelante confirmaría y compartiría esta información con los otros equipos. Los hallazgos se compartieron y se analizaron utilizando el conocimiento combinado y las perspectivas de cada equipo. El siguiente diagrama expone este proceso:

                                                                                     434,435 y 436


------FOTOGRAFIAR CUADRO DE LA HOJA NUMERO 13------



4. Despachos (de contadores) contratados

El equipo de despachos (de contadores) contratados (RA) estuvo constituido por cinco despachos de contadores públicos mexicanos que fueron contratados por el comité de contrataciones después de un extenso proceso de selección en el que se confirmó que no existieran conflictos de intereses y se aseguró que contaran con la capacidad y habilidad necesaria.

Los despachos contratados estuvieron encargados de llevar a cabo los procedimientos previamente acordados (Agreed Upon Procedures "AUPs") en cada uno de los bancos participantes en los programas del Fobaproa. Estos AUPs fueron proporcionados a los despachos (de contadores) contratados mediante 44 programas de trabajo específicos e individuales, que incluyeron los procedimientos para alcanzar los siguientes objetivos:

1. Analizaron información de los bancos, en forma suficiente para poder evaluar el cumplimiento y el impacto de los programas de rehabilitación de los bancos y de apoyo a deudores:

- Evaluaron el cumplimiento de los bancos con los acuerdos y programas implementados.

- Proporcionaron comentarios con respecto a la efectividad y el impacto de los programas en los bancos.

2. Analizaron la información de los bancos, en forma suficiente para evaluar las acciones de supervisión de las autoridades reguladoras:

- Evaluaron la efectividad de los sistemas de información gerencial y la manera en que se relacionan con los activos y pasivos que son propiedad y están a cargo de los fideicomisos del Fobaproa, respectivamente.

- Proporcionaron observaciones relativas a la administración de los activos del Fobaproa, incluyendo activos sujetos a intervención.

- Analizaron informes preparados por consultores externos, incluyendo aquellos preparados por los auditores externos.

3. Evaluaron individualmente los cálculos para estimar el costo fiscal de los programas en los 25 bancos revisados y determinaron la situación financiera ajustada de dichos bancos al 30 de junio de 1998.

- Confirmaron las fuentes de fondeo para los programas del Fobaproa.

- Estimaron el valor de todos los activos del Fobaproa.

- Determinaron el nivel de pasivos.

- Efectuaron la revisión y análisis de todos los créditos mayores a 20 millones de pesos en moneda nacional y con un alcance de al menos el 50% de la cartera y efectuaron un muestreo estadístico por la población que incluía los créditos menores de 20 millones de pesos en moneda nacional.

- Identificaron los pasivos que estuvieran registrados en cuentas de orden.

- Identificaron otras alternativas para maximizar la recuperación de la cartera.

4. A partir de los procedimientos realizados por los despachos de contadores contratados y de los costos potenciales estimados de transacciones que serían consideradas como inusuales en el ámbito comercial:

- Identificaron las "transacciones reportables".

- Investigaron transacciones con partes relacionadas.

- Investigaron créditos selectos otorgados a acreditados comunes en los diferentes bancos.

5. Comunicación

Durante el periodo de evaluación (del 7 de septiembre de 1998 al 30 de junio de 1999), regularmente, se llevaron a cabo reuniones con el comité de contrataciones para mantener informados a sus miembros sobre el avance y hallazgos preliminares.
Durante el periodo de revisión, se sostuvo numerosas reuniones y pláticas con los principales funcionarios del Fobaproa, CNBV, SHCP, Banco de México y de los bancos que fueron revisados. Los hallazgos y las evaluaciones contenidos en este informe se han discutido con ellos.

Limitaciones al alcance

La elaboración de este informe nos fue encomendada el 7 de septiembre de 1998 y, en ese momento, se esperaba que el equipo informante gozaría de la total cooperación de todas las partes involucradas y en particular de las autoridades financieras y de los bancos.

No fue éste el caso. En un inicio, tanto la CNBV como el Fobaproa estaban muy renuentes a hablar con nosotros y se tuvieron retrasos considerables en septiembre, octubre y noviembre de 1998. Durante este periodo, el comité de contrataciones nos proporcionó varias cajas con documentación, sin embargo, nadie estaba disponible para proporcionarnos ningún contexto de los documentos o ni siquiera para explicar su importancia. Derivado de lo anterior, el proyecto tomó más tiempo del necesario para avanzar en las etapas preliminares.

Una vez que las directrices y el contexto de nuestra revisión se aclararon, las autoridades financieras expusieron asuntos relacionados con la legalidad de la revisión y la confidencialidad de la información que se requería para llevar a cabo nuestro mandato. Estos asuntos no se resolvieron en su totalidad sino hasta que el Congreso aprobó la nueva Ley de Protección al Ahorro Bancario en 1998, con objeto de aclarar los asuntos relacionados con el acceso a la información.

En enero de 1999 las mismas preocupaciones fueron expuestas por las autoridades financieras con respecto a los despachos (de contadores) contratados. Los banqueros también objetaron el permitir a los despachos (de contadores) contratados acceso a los expedientes de los clientes, siendo que el acceso a la información era fundamental para llevar a cabo nuestro mandato. Los asuntos relativos al acceso para los despachos (de contadores) contratados, quienes estaban comprometidos para realizar el trabajo de campo en los bancos, no fue resuelto sino hasta marzo de 1999. La combinación de estos retrasos tuvo como resultado que este proyecto continuara por un  periodo más largo de lo que razonablemente se podía haber anticipado.

Después de que estos, asuntos los cuales retrasaron la conclusión de nuestro reporte fueron solucionados, el nivel de cooperación de las partes involucradas mejoró. El apoyo de la CNBV y del Fobaproa ha sido muy útil y la mayoría de los bancos, aunque no todos, permitieron el acceso a los expedientes que se les solicitaron, a pesar de que existió un protocolo que consumió mucho tiempo y que inhibió el libre flujo de información y diálogo.

A pesar de que finalmente se logró el acceso a la información, debe hacerse notar que el mandato para realizar este informe incluyó un alcance específico y las restricciones al acceso deben divulgarse con objeto de que el lector comprenda en su totalidad los asuntos aquí analizados. El mandato se enfocaba en el Fobaproa y los programas en los que participaron los diversos bancos. Como resultado, no se nos dio autorización (ni la recibimos) para tener acceso a aquellas partes de los bancos que no tenía relación con el Fobaproa. Por ejemplo, si un banco participó en un programa de compra de cartera de créditos, se nos dio acceso sólo a las carteras de créditos en los que el Fobaproa tenía algún interés, pero no se nos daba acceso a otros activos (o pasivos) del banco.

Esta restricción, aparentemente razonable bajo las circunstancias, redujo la precisión con la que los comentarios pueden prepararse con relación al costo fiscal general de los programas. Además las pruebas de cumplimiento se vieron afectadas en las áreas seleccionadas; por ejemplo, los bancos estaban obligados a cobrar créditos del Fobaproa con la misma diligencia y esfuerzo que hubieran puesto en cobrar créditos de sus propias cuentas, pero no se nos permitió en los bancos el acceso a estos créditos para que pudiéramos ver cómo se les daba seguimiento.

Además, las limitaciones al alcance se tuvieron con los interventores de algunos bancos que fueron designados por la CNBV. En los casos en que los bancos habían sido intervenidos estaba claro que nuestro alcance se extendería a todo el banco, ya que el Fobaproa era responsable de todos los pasivos en el banco intervenido. En este contexto surgieron dos situaciones.

Primero, en los casos en donde solamente se emprendió de facto una intervención administrativa, los interventores tomaron la postura de que no había ocurrido ninguna intervención y se negó el acceso a todos los aspectos del banco, excepto a aquellos relacionados con los programas formales del Fobaproa.

Segundo, en los casos en donde sí se había emprendido una intervención gerencial, los interventores adoptaron la postura de que las cuentas de los fideicomisos en los bancos intervenidos no era parte de los bancos, resultando esto en que se negó acceso a la información relacionada con todas cuentas de los fideicomisos. Estas limitaciones de alcance se tuvieron no sólo con los interventores sino también con la CNBV y la SHCP; sin embargo, no se llegó a ninguna resolución sobre estos asuntos y como consecuencia este informe no contiene comentarios e información con respecto a ciertos asuntos que considerábamos que estaban incluidos en nuestro mandato.

Después de que la mayor parte de nuestro trabajo de campo estuvo terminado, se hizo evidente que las restricciones al acceso a la información fueron mucho más graves de lo que inicialmente creímos. Debido a la naturaleza sistémica de varios asuntos que fueron identificados, con objeto de evaluar la efectividad tanto del régimen regulatorio como del impacto de los programas bancarios, se nos debió haber dado acceso absoluto a todos los bancos que aceptaron fondos del Fobaproa y no sólo a aquellos que habían sido intervenidos.

Como se analiza más ampliamente en otras secciones de este informe, los bancos que formalmente han sido intervenidos, representan un costo fiscal definitivo para el Fobaproa. Si existen bancos que pronto serán intervenidos, también éstos representarán un costo fiscal definitivo para el Fobaproa. Tuvimos acceso a bancos formalmente intervenidos, pero los organismos reguladores restringieron severamente nuestro acceso a bancos intervenidos de facto. Tales bancos intervenidos de facto representan la mayor parte del sistema financiero (y de los costos potenciales) que la de los bancos formalmente intervenidos. Más aún, si bien identificamos algunos bancos intervenidos de facto, es posible que haya bancos adicionales que pronto serán intervenidos de facto. Como resultado, quizá hayamos subestimado el costo fiscal último y probable-mente llegamos a una conclusión demasiado generosa respecto a la efectividad del régimen regulatorio.

                                                                                                   437,438 y 439

Por último, fue un requisito de la CNBV que aceptáramos la inclusión de un consultor externo de dicha CNBV, en las reuniones de hallazgos de hechos y coordinarnos con éste para tener acceso a personas y documentos. La participación de un consultor externo se acordó en los procedimientos establecidos por el Congreso y por el ramo Ejecutivo; sin embargo, este proceso no nos proporcionó la seguridad de que hubiéramos recibido la información completa.

IV. Bases para la evaluación

1. Marco regulatorio


La siguiente sección proporciona información respecto a ciertos aspectos clave del marco regulatorio mexicano. Los aspectos seleccionados para la discusión son esenciales para poder comprender la evaluación de la regulación contenida en el resto de este informe.

Esta sección comienza con una breve descripción de aspectos significativos del sistema regulatorio, incluyendo aspectos relevantes del sistema judicial y también describe los organismos reguladores principales, sus obligaciones y el papel que cada uno juega dentro de la regulación y supervisión del sistema financiero durante el periodo revisado.

Antecedentes del marco regulatorio

En México existen tres autoridades financieras con influencia sobre el sistema bancario: Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y Banco de México.

La Secretaría de Hacienda es la máxima autoridad dentro del sistema financiero mexicano y se encarga de la planteación, coordinación, evaluación y supervisión del sistema bancario.

El Banco de México es el banco central. Es un organismo autónomo y su objetivo principal es asegurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, promover el sano desarrollo del sistema financiero y asegurar el funcionamiento adecuado del sistema de pagos.

La CNBV es un organismo de la SHCP. La CNBV, conjuntamente con la SHCP y el Banco de México, supervisa y regula a las entidades financieras con objeto de promover su estabilidad y de conducir en forma apropiada sus negocios, así como mantener e incrementar el desarrollo sano y estable del sistema financiero como un todo, mientras se protege el interés público.

Su objetivo es supervisar y regular a los individuos y entidades involucradas en actividades realizadas en el sistema financiero.

El Fobaproa no es una autoridad financiera. El Fobaproa es un fideicomiso constituido por el Gobierno Federal. El Banco de México actúa como fiduciario y un comité técnico se encarga de tomar las decisiones con relación al apoyo que se proporciona a los bancos. Cuando el término Fobaproa se utiliza en este informe, se refiere al fideicomiso, a menos que se especifique lo contrario. El fideicomiso Fobaproa se estableció para llevar a cabo operaciones preventivas con objeto de evitar problemas financieros que pudieran enfrentar las instituciones de banca múltiple, así como adoptar medidas para asegurar el cumplimiento de las operaciones derivadas de sus pasivos.

La siguiente serie de explicaciones y diagramas marcan las líneas de autoridad y reporte por parte del Fobaproa, su comité técnico y diversos organismos gubernamentales.

El Presidente de México nombra al gobernador del Banco de México, con la aprobación de la Cámara de Senadores. El Presidente también designa y destituye al titular de la SHCP.

El Secretario de Hacienda, una vez nombrado por el Presidente, designa al presidente de la CNBV. El comité técnico del Fobaproa se contituye con nueve miembros, de los cuales cuatro provienen de la SHCP, tres son del Banco de México y dos de la CNBV. El presidente del comité técnico es un funcionario de la SHCP y tiene voto de calidad.

Para cumplir con responsabilidad, el comité técnico aprueba las resoluciones que el Banco de México, como fiduciario, es responsable de ejecutar.

El siguiente diagrama define las relaciones del Fobaproa con el comité técnico.


---------INSERTAR CUADRO PAG.20-----------


Fobaproa y comité técnico

El siguiente diagrama presenta un panorama general de las relaciones para informar, la línea de autoridad, las responsabilidades de supervisión y otras interrelaciones entre las diversas autoridades regulatorias y el Fobaproa. La responsabilidad de la toma de decisiones respecto al fideicomiso del Fobaproa descansa en el comité técnico.

PANORAMA DEL AMBIENTE REGULATORIO MEXICANO
LEYENDA



*********Insertar diagrama de la página 21**********


Papel de los organismos regulatorios en los programas bancarios

Secretaría de Hacienda (SHCP)


La SHCP es el organismo con mayor cantidad de votos en el comité técnico del Fobaproa. cuatro miembros del comité técnico provienen de la SHCP, uno de los cuales es el presidente del comité técnico, quien tiene voto de calidad cuando es necesario. Si bien la implementación y diseño de cada programa bancario correspondían a los organismos reguladores, la SHCP era la principal instancia que tomó las decisiones y era responsable del concepto y asimismo llevó el liderazgo respecto de los financiamientos de los programas.

Banco de México

El Banco de México es el fiduciario del fideicomiso Fobaproa y es responsable de la ejecución de las resoluciones del comité técnico. El Banco de México participa en el proceso de la toma de decisiones como miembro del comité técnico. Como fiduciario del fideicomiso Fobaproa, el Banco de México es suscriptor de todos los acuerdos a través de los cuales se proporcionó apoyo financiero, proveniente del fideicomiso Fobaproa.

CNBV

Formalmente, todos los organismos regulatorios (CNBV, Secretaría de Hacienda y Banco de México) involucrados en los programas bancarios fueron parte en el proceso de toma de decisiones, ya fuera a través de sus representantes en el comité técnico o como suscriptores de diversos acuerdos o circulares conforme a o a través de la junta de gobierno de la CNBV. En la práctica, sin embargo, fue la CNBV la que jugó el papel central en el diseño e implementación del programa de capitalización y adquisición de las carteras de crédito, mientras que el Banco de México jugó el papel central en el diseño e implementación del programa de ventanilla de liquidez y el programa de capitalización temporal (Procapte).

El amplio mandato de la CNBV le permitió controlar el desarrollo e implementación de los programas, además la CNBV ha sido la única autoridad con acceso total a la información de la banca y por consiguiente ha tenido la mejor posición para elaborar juicios respecto a la necesidad de tomar, en cualquier caso en particular, medidas correctivas, incluyendo la intervención de los bancos.

Cuando la CNBV intervino, el Fobaproa tenía la obligación conforme a su mandato de apoyar financieramente a los bancos según fuera necesario. La forma en la cual se llevaron a cabo las intervenciones, así como el momento de éstas, tuvieron un impacto directo sobre los costos en los que el Fobaproa incurrió.

Una vez que los programas fueron establecidos, el acceso de la CNBV a la información bancaria le proporcionó mayor influencia en la toma de decisiones del comité técnico. Aunque la CNBV proporciona sólo dos miembros de los nueve miembros del comité técnico, es principalmente la CNBV, con apoyo de personal del Fobaproa, la que prepara la documentación técnica que sirve de base para muchas de las decisiones del comité técnico.

Papel de los organismos reguladores en los programas de deudores

SHCP


La Secretaría de Hacienda participó en forma activa en el diseño de los programas de deudores y emitió reglas operativas que la CNBV tuvo que supervisar y aplicar.

Banco de México

El Banco de México, en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal, diseñó y creó las reglas operativas para los diversos programas de deudores y también administra el proceso de pago de estos programas. Puesto que no tiene una obligación de supervisión directa (que recae sobre la CNBV), su papel ha sido muy limitado. Su participación en el fideicomiso Fobaproa con los programas de deudores fue insignificante puesto que sólo sirvió como un conducto para transferir subsidios del Gobierno a algunos bancos, para un número limitado de programas de deudores.

CNBV

La CNBV participó en forma activa en el diseño de los programas de deudores (conjuntamente

                                                                                        440,441 y 442

con la SHCP y la Asociación de Banqueros de México). La CNBV emitió reglas operativas, así como procedimientos para la implementación de estos programas. Además, la CNBV ha estado a cargo de la supervisión operativa de los programas de deudores, asegurando que los bancos cumplan con las reglas y lineamientos relativos a dichos programas.

Panorama general de formulación de reformas al marco regulatorio

La siguiente tabla presenta en orden cronológico los desarrollos importantes del marco regulatorio desde junio de 1998, inicio de la liberación financiera de México. El detalle de dichos desarrollos se describe en otras partes de este mismo informe.

Marco Regulatorio Mexicano - Cronología de Reformas Importantes

Fecha

Reforma

Junio de1988 Se establecieron reglas de diversificación de registro, se inicío la liberalización financiera
Julio de 1990 Se estableció la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras
Julio de 1990 Se estableció la Ley de Instituciones de Crédito ("LIC")
Octubre de 1990 Se constituye el FOBAPROA
Agosto de1991 Fue emitida por la CNBV la metodología para la calificación de la cartera de crédito
Junio de 1992 No autorización de la SHCP para la participación extranjera en los bancos y grupos financieros
Julio de 1993 Se les requirió a los bancos dictaminar anualmente su información financiera por auditores externos
Se crearon burós de crédito
Diciembre de 1993 Se establecieron restricciones para convertirse en subsidiaria extranjera
Se limitio la tenencia accionaria individual
Abril de 1994 Peritos valuadores regulados por la CNBV
Nobiembre de 1994 Auditores externos regulados por la CNBV
Febrero de  1995 Se relajaron las restricciones para convertirse en subsidiarias extranjeras
Se incrementaron las limitaciones de participación extranjera agregada
Se establecieron las reglas de los burós
Mayo de 1995 Fusión de la CNB y la CNV para convertirse en la CNBV
Facultades de la intervención gerencial y administrativas se otorgaron a la CNBV
Julio de 1995 Las reglas para el límite de créditos relacionados cambiaron
Noviembre de 1995 Se enmendaron las reglas de participación extranjera
Se establecieron las reglas para la prevención y deteccion de actividades penales
La CNBV decidió revisar las funciones
Diciembre de 1995 Se revisaron las reglas de contabilidad para hacerlas efectivas el 1o de enero de 1997
Abril de 1996 Se establecieron reglas de participación  accionarias para el FOBAPROA
Julio de 1996 Se establecieron reglas por parte de la SHCP sobre los requisistos de capitalización de las instituciones de banca múltiple
Marzo de 1997 La CNBV emitió los requerimientos de documentación e información para expedientes de crédito
La CNBV emitió requerimientos para el reporte de concentració de riesgos
Octubre de 1997 Se establecieron timpos de entrega para requerimiento adicionales hechos por la CNBV a los bancos
Febrero de 1998 Se establecieron los lineamientos para el otorgamiento de créditos emitidos por la CNBV y por el Banco de México
Octubre de 1998 Se establecio el requerimiento del 100% de reservas para créditos no revisados a través del buró de crédito
Enero de 1999 Se emitieron los lineamientos para la administración de riesgos
Enero de 1999 Se relajan las reglas de participació extranjera
Se creo el IPAB (que sustituye al FOBAPROA)


SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público)

Objetivos y responsabilidades

La SHCP, es una dependencia del Ejecutivo Federal y es el principal órgano regulador del sistema financiero mexicano, encargado de emitir las reglas administrativas señaladas por la Ley de Instituciones de Crédito y de regular los diversos aspectos relativos a la operación y estructura del sistema bancario mexicano.

El propósito de la Ley de Instituciones de Crédito es el de regular los servicios bancarios Y crediticios, supervisar la organización y operación de las instituciones de crédito y las actividades y operaciones que éstas efectúan; el desarrollo correcto y equilibrado de las instituciones de crédito, la protección de los intereses públicos; y las condiciones bajo las cuales el Estado puede ejercer supervisión sobre el sistema bancario mexicano.1 El Ejecutivo Federal a través de la SHCP puede interpretar, para fines administrativos, las disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito2 y la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.3 Al tomar decisiones respecto a la Ley de Instituciones de Crédito y a la Ley para la Regulación de grupos financieros, la SHCP considera las opiniones del Banco de México y de la CNBV.*

El artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal describe las responsabilidades de la SHCP. Entre estas responsabilidades están la planeación del desarrollo nacional, la estimación de los ingresos y egresos federales, la cobranza de impuestos y otros ingresos, la determinación de los montos de incentivos fiscales, el manejo de la deuda pública, la autorización para actividades relacionadas con banca comercial, la autorización del programa federal de gasto público y la supervisión de las disposiciones fiscales para asegurar su cumplimiento.4

Papel de la SHCP en la crisis bancaria

La SHCP en el papel de principal órgano regulador de México en materia financiera, fue responsable de la forma en que se implementó la privatización. La SHCP fue responsable del concepto de la privatización, de la transmisión de autorizaciones a bancos, del proceso de selección en la privatización y de la autorización de nuevos bancos.

El Gobierno de México, frente a una crisis del sistema y a un retiro masivo de dinero de los bancos, publicó durante diciembre de 1995 la confirmación de que el Gobierno respaldaría los pasivos a cargo de la banca y utilizaría recursos fiscales para lograr ese objetivo. La SHCP tomó la decisión de utilizar al Fobaproa para alcanzar este objetivo. El Fobaproa no fue diseñado para manejar una crisis de tales proporciones y sus recursos ya se habían agotado desde la intervención de 1994 en los bancos Unión y Cremi.

El financiamiento de los programas de deudores fue proporcionado directamente por la SHCP a través del presuesto federal. El financiamiento de los programas bancarios la proporcionó la SHCP a través del apoyo directo del Fobaproa.

Los objetivos establecidos que la SHCP intentó llevar a cabo durante la crisis bancaria pueden resumirse de la siguiente manera:

1. Reducir el riesgo de un retiro masivo de dinero del sistema de banca múltiple y el consecuente colapso del sistema financiero;

2. Proteger a los depositantes y acreedores bancarios;

3. Mantener la integridad del sistema de pagos;

4. Apoyar la solvencia y liquidez de las instituciones;

5. Promover una cultura de pago de los créditos al proporcionar apoyo a los deudores;

6. Reducir el impacto fiscal mediante su distribución en el tiempo y

7. Alentar la participación de bancos internacionales de primer nivel, con objeto de mejorar la competividad del sistema bancario.

Subsecretaría de Finanzas y Crédito Público y sus responsabilidades

La SHCP tiene una subsecretaría de Finanzas y Crédito Público que está organizada en seis direcciones generales, una de las cuales es la Dirección General de Banca y Ahorro responsable de efectuar la supervisión del sistema bancario. Las subdirecciones generales de Banca Múltiple, de Análisis Financiero y Políticas de Protección del Ahorro y de Sistemas de Ahorro para el Retiro, reportan a la Dirección General de Banca y Ahorro.

Las responsabilidades significativas de la Dirección General de Banca y Ahorro incluyen:

- Crear, para la aprobación de los niveles superiores, políticas para la promoción, regula
ción y supervisión de grupos financieros, instituciones de banca múltiple, compañías de información crediticia y compañías de ahorros y créditos. Además, participa en la evaluación de la operación y desempeño de estas entidades.

- Proporcionar, para aprobación de los niveles superiores, la recomendación para autorización y operar como grupos financieros, instituciones de banca múltiple, compañías de información crediticia y corporaciones de ahorro y crédito, así como elaborar recomendaciones para revocar las autorizaciones mencionadas.5

Una de las principales responsabilidades de la subdirección de banca múltiple, es participar en la creación de políticas y medidas para promover, regular y supervisar grupos financieros que participan en las instituciones de banca múltiple, instituciones financieras extranjeras filiales, administradores del fondo para el retiro, corporaciones de información crediticia y corporaciones de ahorro y crédito. Además, participa en la evaluación de la operación y desempeño de estas entidades.6

Las responsabilidades de la subdirección de Análisis Financiero y Políticas de Protección del Ahorro incluyen la participación en la evaluación de la operación y desempeño financiero de las entidades anteriormente mencionadas y las actividades bancarias y de ahorro, así como la introducción, diseño y coordinación para la aplicación de mecanismos de control gerencial en estas organizaciones.7

Leyes emitidas por la SHCP respecto a la supervisión del sistema bancario

La SHCP es responsable de emitir e implementar reglas relativas a la Ley de Instituciones de Crédito y a la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. A continuación se presenta el resumen de las secciones relevantes de esta legislación:

Carteras de crédito

La SHCP determina las bases para la evaluación de las carteras de crédito, de instituciones de crédito y la documentación que tales instituciones deben solicitar al momento de otorgar o renovar créditos. La metodología a seguir en la calificación de las carteras de crédito ha sido establecida por la CNBV y está documentada en la sección de la CNBV del marco regulatorio de este informe, titulado "Valuación y Calificación de Créditos".8

Acceso a información bancaria

La dirección general de Banca y Ahorro solicita información a las instituciones de crédito, con objeto de evaluar dichas instituciones y así obtener la información necesaria para llevar a cabo funciones reguladoras y de coordinación con relación al sistema bancario.

Requerimiento de capital

Las instituciones de banca múltiple requieren mantener reservas de capital mínimo tal como lo señala la Ley de Instituciones de Crédito promulgada en julio de 1990. El capital mínimo de cada institución de banca múltiple es de 0.12% de la cantidad de capital neto acumulado de las instituciones al 31 de diciembre del año inmediato anterior. Durante el primer trimestre de cada año, la CNBV publica el monto de capital mínimo que cada institución debe alcanzar en el último día de ese mismo año.

La institución de banca múltiple debe pagar el capital mínimo en su totalidad. Asimismo el capital social en exceso del mínimo requerido debe ser pagado al menos en un 50%. Las instituciones deben revelar su capital pagado al mismo tiempo que revelan su capital social.9

Conforme al artículo 49 de la Ley de Instituciones de Crédito, a las instituciones de banca múltiple se les requiere invertir los recursos que adquieren del público, en forma tal que les permita mantener suficiente liquidez y seguridad. La SHCP determina la clasificación de activos y operaciones que producen los activos contingentes. También determina los porcentajes máximos de pasivos exigibles y pasivos contingentes que pueden estar representados en diversos grupos de activos y operaciones que resultan de tales clasificaciones.10

La Ley de Instituciones de Crédito también establece un requerimiento mínimo para el capital neto. El artículo 50 establece que las instituciones de crédito deben mantener un capital neto mínimo del 6% multiplicado por la suma de sus activos y operaciones que producen pasivos contingentes. La SHCP también puede considerar operaciones que exponen a las instituciones a riesgos significativos y puede considerar prácticas bancarias internacionales con la relación a la determinación de la suficiencia de capital.11

443,444 y 445

Límites de inversión

La Ley de Instituciones de Crédito, establece límites sobre las inversiones que se cargan contra el capital pagado o el capital exhibido y las reservas de capital.12

Diversificación del riesgo

Activos


A partir del 1o. de junio de 1988, entraron en vigor las reglas para diversificar los riesgos en las operaciones activas emitidas por la SHCP. Estas reglas establecen que el:

- Financiamiento que la institución otorgue a un individuo, no puede exceder del 10% del capital neto de la institución o del 0.5% del capital neto de las instituciones financieras en su conjunto.

- Financiamiento que la institución otorgue a una persona moral no puede exceder del 30% del capital neto de la institución financiera o del 6% del capital neto de las instituciones financieras en su conjunto.

- El financiamiento otorgado entre instituciones de crédito puede llegar hasta el 100% del capital neto del acreditante.

- Los límites anteriores no se aplican a créditos otorgados o garantizados por el Gobierno Federal.

El Banco de México publica anualmente en el Diario Oficial de la Federación, los límites máximos de financiamiento a individuos y personas morales y se calculan utilizando el capital neto de todas las instituciones financieras.

Financiamientos otorgados por un grupo de individuos que tienen riesgos comunes debido a que su capital está relacionado, debe considerarse como una entidad individual y le aplicarán los límites abajo mencionados.

Grupos considerados como riesgos comunes, son los siguientes:

- Grupos formados por personas relacionadas a través de garantías o créditos que representan más del 50% del capital neto del obligado solidario o del acreditante.

- Grupos integrados por personas con nexos de capital en un 50% del capital con esas personas.

Pasivos

De acuerdo con el artículo 51 de la Ley de Instituciones de Crédito, las instituciones de banca múltiple requieren diversificar sus riesgos. La SHCP determina a través de la aplicación de reglas generales, el porcentaje máximo de pasivos de una institución que representan obligaciones para un sola persona o entidad y los límites máximos de los montos de pasivos directos o contingentes que representan el capital de esa misma persona o entidad. Estos límites pueden referirse también a entidades o segmentos del mercado que representen una concentración de riesgo.13

Un grupo separado de pasivos debe considerarse como pasivo único cuando el grupo de acreedores posee capital o relaciones de responsabilidad tales que la situación financiera o estabilidad de los pasivos por pagar a una parte, afectan la situación financiera o estabilidad de créditos por pagar a otras partes. Cuando estos pasivos se identifican se tratan como pasivos únicos y están sujetos a las limitaciones estipuladas anteriormente.14

Acuerdo de responsabilidad

De acuerdo con el artículo 28 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras en vigor a partir de julio de 1990, la compañía controladora y cada una de las entidades financieras que son miembros del grupo financiero debe celebrar un acuerdo a efecto de que:

1. La compañía controladora debe ser responsable, en forma secundaria y sin limitaciones, por el cumplimiento de las obligaciones incurridas por las entidades financieras que son parte del grupo.

2. La compañía controladora será responsable, sin limitaciones, de aquellas pérdidas de todas y cada una de tales entidades. En el caso que los activos de una compañía controladora no sean suficientes para satisfacer las obligaciones de dos o más entidades financieras que sean miembros del grupo, que estén en situación de necesidad de capital al mismo tiempo, tales obligaciones deberán ser pagadas sobre una base de prorrateo hasta que los activos de la compañía controladora se hayan agotado.

Las compañías controladoras de grupos financieros son responsables de los miembros del grupo financiero. Cada grupo financiero deberá tener un acuerdo de responsabilidad establecido, con objeto de formar un grupo financiero.

Las compañías controladoras de grupos financieros están sujetas a la inspección y supervisión de la comisión que supervisa la entidad financiera (v. gr. la Comisión de Seguros y Fianzas, la CNBV) que la Secretaría determina ser el miembro dominante del grupo.15

Dominio privado extranjero

La adquisición de acciones de los bancos comerciales mexicanos o las compañías controladoras de grupos financieros, por parte de instituciones financieras extranjeras, está regulada por el Tratado de Libre Comercio de América del Norte ("TLC") o los tratados o acuerdos internacionales aplicables, la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.16

Con la aprobación de la SHCP, las instituciones financieras extranjeras pueden adquirir una serie ilimitada de acciones con le propósito de convertir la compañía en una subsidiaria de propiedad extranjera.17 Al 18 de julio de 1990, la propiedad extranjera de capital con derecho a voto de grupos bancarios o financieros mexicanos, estaba limitada a un 30% acumulado.

El 23 de diciembre de 1993, la inversión extranjera individual se limitaba a una propiedad del 20% de acciones clase "C" de acciones ordinarias, siempre y cuando la institución extranjera e inversionista estuviera ampliamente controlada. Desde febrero 15 de 1995, el límite de propiedad extranjera acumulada en capital con derecho a voto de un banco mexicano o de un grupo financiero se incrementó al 49%.18

CNBV (Comisión Nacional Bancaria y de Valores)

La CNBV es el principal órgano responsable de la regulación de los bancos, casa de bolsa e instituciones auxiliares de crédito. El propósito de crear la CNBV fue consolidar la supervisión para, prácticamente, todas las compañías controladoras del sistema financiero, así como para los bancos y las casas de bolsa.

Historia de supervisión

En 1988 la liberalización financiera del sistema bancario mexicano inició con el levantamiento de las restricciones en tasas de interés para endeudamiento y créditos. Esto originó un periodo de crecimiento explosivo de las operaciones de crédito individuales y comerciales.

En 1990 el Congreso mexicano promulgó la legislación (la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras) que modificó el marco legal y regulatorio que gobernaba al sistema bancario y financiero, permitiendo la existencia de grupos financieros.19 Esta ley fue el inicio del proceso de regulación y supervisión de los grupos bancarios en México.

De acuerdo con la CNBV los mecanismos de supervisión y las facultades de la antigua CNB permanecieron iguales entre 1991 y 1994 (entre la participación estatal y privada).

En 1995 la fusión de la CNB (Comisión Nacional Bancaria) y la Comisión Nacional de Valores fue un paso importante en el proceso de fortalecimiento de la supervisión del sistema bancario.

El 26 de marzo de 1998 se presentó una nueva legislación al Congreso, que fortalecería la autonomía del Banco de México y permitiría mayor autonomía a la CNBV, así como facultades para la supervisión bancaria. La propuesta inicial fue cambiar la estructura de reporte de información de la CNBV, de estar subordinada de la SHCP, a ser un organismo descentralizado dentro del Banco de México. Sin embargo, esta propuesta sufrió algunos cambios y la propuesta vigente consiste en que la CNBV permanece subordinada a la SHCP pero gozará de mayor autonomía.

La nueva legislación claramente organiza las facultades de autoridad entre la CNBV, el Banco de México y la SHCP. Las atribuciones específicas que serían transferidas de la SHPC a la CNBV son la facultad para autorizar entidades financieras en México y la facultad para emitir regulación prudencial adicional (como lo es el índice de capitalización). En la actualidad la CNBV es la única facultada para emitir normas reguladoras relativas a los requisitos para la administración de riesgos y contabilidad.

En cumplimiento con la nueva legislación, el presidente de la CNBV será nombrado por el Presidente de México para ocupar el cargo por seis años, siempre y cuando lo autorice la Cámara de Senadores. En la actualidad el presidente de la CNBV es nombrado por el Secretario de Hacienda.

El espíritu de la nueva ley es proporcionar mayor independencia a la CNBV, asegurando que las acciones se basen en decisiones técnicas más que políticas.

Objetivos de la CNBV

El objetivo de la CNBV es supervisar y regular las entidades financieras con objeto de asegurar su estabilidad y adecuado desempeño; mantener y fortalecer la solidez y el desarrollo estable del sistema financiero como un todo, para la protección del interés público. Además, su objetivo es supervisar y regular la actividades de individuos y entidades vinculados con el sistema financiero. Para realizar esto de manera eficiente, la CNBV tiene autonomía técnica y poderes ejecutivos otorgados por su propia ley y otras leyes que regulan el sistema financiero, incluyendo la ley para regular las agrupaciones financieras, Ley de Instituciones de Crédito, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito, Ley del Mercado de Valores y Ley de Sociedades de Inversión.

La CNBV es responsable de inspeccionar y supervisar a las instituciones bancarias y asesorar e informar a la SHCP sobre dichos temas. Las obligaciones principales de la CNBV con respecto a los bancos incluyen la expedición de normas que rijan a los bancos, los supervisen, aprueben las reservas bancarias, aprobación de funcionarios de alto nivel propuestos por los accionistas, hacer recomendaciones a la SHCP e imposición de multas a instituciones bancarias que no cumplan con las leyes vigentes.

Relaciones de la CNBV con otras autoridades regulatorias

Las áreas de supervisión dentro de la CNBV se comunican con el Banco de México para tratar asuntos tales como transacciones en mercados de dinero y de cambios y sobre la liquidez y solidez de las instituciones financieras. Ambas autoridades han establecido recientemente mecanismos de coordinación a través de los cuales comparten la mayoría de la información estadística electrónica y/o impresa proporcionada por las entidades supervisadas, facilitándoles así el cumplimiento de los requerimientos de información que deben proporcionar.

El intercambio informal de información se origina a partir de la integración de la junta de gobierno de la CNBV.

Responsabilidades de la CNBV

La siguiente lista presenta una serie de responsabilidades importantes de la CNBV:

1. Autoriza o aprueba el nombramiento de auditores estatuarios, abogados, directores generales y funcionarios de los bancos;

2. Actúa como órgano consultor del Gobierno Federal sobre asuntos financieros;

3. Asegura que las operaciones y servicios llevados a cabo se realicen de una manera eficiente bajo los términos y condiciones acordadas;

4. Autoriza los requerimientos mínimos de capital que las instituciones deben mantener hasta el último día del año (dado a conocer durante el primer trimestre del año);

5. Determina o recomienda mantener en el puesto, suspender o destruir y en su caso, inhabilitar consejeros, directores, funcionarios, delegados fiduciarios, abogados y otros individuos que puedan obligar a las entidades;

6. Ordenar la suspensión de operaciones de ciertas entidades financieras de acuerdo con la ley;

7. Intervenir de manera administrativa o gerencial a las entidades, con el propósito de suspender, normalizar o resolver acciones que violan las leyes que las rigen, o las operaciones que pusieron su solvencia, estabilidad o liquidez en riesgo.

8. Investigar aquellos actos de individuos o entidades corporativas que realicen operaciones que violan las leyes que rigen a las entidades financieras y ordenar la inspección de entidades responsables.

                                                                                            446,447 y 448

9. Intervenir en los procedimientos de liquidación de las instituciones bajo los términos de la Ley de la CNBV.20

Inspección, supervisión e intervención

La CNBV también es la entidad encargada de inspeccionar y vigilar a las instituciones que conforman el sistema financiero en México. Dichas instituciones están sujetas a la Ley de Instituciones de Crédito, a la Ley del Mercado de Valores, a la Ley de Sociedades de Inversión y a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito y están sujetas a las facultades de inspección y vigilancia de la CNBV.21

La supervisión consiste en asegurar que las instituciones cumplan con las disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y aquellas que se derivan de estás y que cumplan con las recomendaciones y directrices de la CNBV que resultan de las visitas de inspección realizadas.22

Medidas correctivas bajo inspección
y supervisión


Cuando la CNBV considera que las operaciones de cualquier entidad, sujeta a inspección y vigilancia, no se llevan a cabo bajo los términos de las disposiciones aplicables o que hay irregularidades, el presidente de la CNBV, con el consentimiento de su junta de gobierno, definirá las medidas necesarias para normalizar la situación. Si la entidad no ha normalizado la situación dentro del periodo especificado, el presidente de la CNBV puede ordenar la suspensión de operaciones de la institución que ha violado la ley. De ser necesario, la junta de gobierno puede ordenar la intervención administrativa y gerencial de las entidades.

La junta de gobierno puede declarar la intervención administrativa de una sociedad controladora y nombrar al interventor para fines de suspensión, normalización o resolución de actos irregulares.24 Tal intervención administrativa debe llevarla a cabo directamente a través de un interventor, que llevará a cabo las acciones necesarias para cumplir con los objetivos indicados en la correspondiente orden y dentro de las reglas de inspección y reglamento interior de la CNBV.25

Además, fuimos informados por la CNBV que con la aprobación de la SHCP y el Banco de México puede llevar a cabo una intervención (de facto), en la cual la administración de primer nivel del banco es remplazada por administradores designados por la CNBV, quienes deben informar a la CNBV o el banco es administrado por otro banco con la aprobación de la CNBV.

La intervención gerencial es declarada cuando la CNBV descubre irregularidades que pueden afectar la estabilidad y solvencia de la institución y cuando los intereses del público o de los ahorradores estén amenazados. El propósito de la intervención es proteger los intereses de los depositantes y acreedores de la institución intervenida y normalizar sus operaciones. El presidente de la CNBV debe obtener el consentimiento de la junta de gobierno para proceder con la intervención gerencial y nombrar a la persona que administrará a la institución en calidad de interventor gerente.26

El interventor, en representación de la CNBV, administra los negocios y relaciones de la institución intervenida, en sustitución de su consejo directivo y de su director general. A partir de la fecha de la intervención gerencial y hasta el momento en que la CNBV la concluya, el consejo directivo de la institución financiera elegido no ejerce autoridad de control alguno sobre los negocios y relaciones de la institución, aun cuando pueda continuar reuniéndose para analizar los negocios o relaciones de la institución. El interventor gerente no está sujeto a la autoridad de los accionistas o del consejo directivo.

La CNBV podrá solicitar a los tribunales la suspensión de pagos o la declaración de quiebra de la institución.

Regulación prudencial

Conforme a lo dispuesto en la circular bancaria 1222 de la CNBV, los auditores externos están obligados a someter sus informes a la CNBV, además de los estados financieros anuales dictaminados. Estos informes incluyen comentarios por parte del auditor externo relativos a las irregularidades observadas en la revisión de la institución de banca múltiple que no se hayan corregido, que hayan originado salvedades en el dictamen. Es un requisito presentar una explicación de las variaciones en los estados financieros al 31 de diciembre entregados a la CNBV y aquéllos publicados por la institución de banca múltiple, respecto a los dictaminados por el auditor externo.27 El pro-pósito de la información adicional es obtener una opinión sobre temas específicos tales como el ajuste a valor mercado de los instrumentos financieros, el sistema de control interno para créditos, derivados, valores, cambio de divisas y riesgos de mercado, créditos otorgados para la adquisición de acciones, función de auditoría interna, e informes de sugerencias administrativas proporcionadas a la institución, como se detalla en la circular 1222, artículo 14. La información debe remitirse a la CNBV dentro de 60 días naturales a partir del cierre del año.28

Principios de contabilidad para instituciones de banca múltiple.

En diciembre de 1995, la CNBV expidió la circular 1343 que introdujo nuevas reglas de contabilidad con las que los bancos debieron cumplir a partir de 1997. Antes de diciembre de 1996, las reglas de contabilidad en vigor en el sistema financiero mexicano no se codificaban y no eran congruentes con los estándares emitidos por otros órganos contables nacionales o internacionales.

Evaluación y clasificación de créditos

La SHCP, considerando las opiniones tanto del Banco de México como de la CNBV, determina las reglas para la evaluación de las carteras de crédito de las instituciones de crédito y el nivel de reservas preventivas que se deben mantener por cada nivel de calificación de créditos. La SHCP también es responsable de determinar la documentación e información que las instituciones deben solicitar al momento del otorgamiento o renovación de los créditos, con o sin garantía, los requerimientos que debe contener la documentación y el periodo de tiempo en el que se debe obtener.29 La CNBV determina la metodología para la calificación de la cartera de créditos, vigila que la metodología se siga y hace recomendaciones conforme se requiera.30

Los resultados de la evaluación de la calidad de la cartera se someten a consideración de la CNBV, la cual determina si las reservas de la institución son adecuadas.31

Créditos a partes relacionadas

De acuerdo con el artículo 73 de la Ley de Instituciones de Crédito, las instituciones de banca múltiple requieren del consentimiento de la mayoría de los directores (nombrados por las series de acciones "A" o "F") para celebrar una operación por la cual las siguientes personas pudieran convertirse en deudoras de la institución:

1. Personas físicas o morales que directa o indirectamente sean propietarias del 1% o más del capital social en circulación del banco o de la sociedad controladora propietaria del banco;

2. Miembros propietarios o suplentes del consejo de administración de la institución;

3. Cónyuges o personas relacionadas con las personas por consanguinidad, afinidad o adopción civil;

4. Cualquier individuo distinto de directores del banco o empleados, que puedan obligar o comprometer a las instituciones con sus firmas;

5. La persona moral, así como sus directores y funcionarios, en los que la institución controla directa o indirectamente por lo menos el 10% de los instrumentos que representan capital;

6. La persona moral cuyos funcionarios y directores son los funcionarios y directores de la institución financiera y

7. Cualquier persona moral en la que cualquiera de las compañías antes mencionadas, así como los particulares y los empleados de los bancos, auditores estatutarios, auditores externos o sus parientes sean propietarios directa o indirectamente del 10% o más del capital social en circulación.32

Además de la aprobación por parte del consejo de administración, los créditos otorgados a las partes anteriormente mencionadas deben contar con la recomendación previa del comité o crédito de la institución. Si se otorga la autorización, la institución debe presentar a la CNBV una copia certificada de la resolución en la cual se menciona la aprobación por parte del consejo e informarle del otorgamiento o renovación, así como la manera de pago o cancelación de dichos créditos, dentro de los términos que la CNBV pudiera establecer. En el caso de los créditos otorgados a compañías arrendadoras   y de factoraje y cuyos miembros son los mismos que los de la sociedad controladora, la CNBV no considera dichos créditos como créditos a partes relacionadas.

Banco de México

Objetivo y organización

La autonomía del Banco de México se fortaleció el 1o. de abril de 1994.33 Previo a esto, el Banco de México era un organismo descentralizado del Gobierno Federal.34 El objetivo principal del Banco de México es asegurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, promover el desarrollo sólido del sistema financiero y asegurar el funcionamiento adecuado del sistema de pagos.35 El artículo 28 de la Constitución mexicana le agrega responsabilidad al Banco de México para asegurar que el desarrollo económico sea consistente con los objetivos del Estado.

El Banco de México tiene la facultad de emitir reglamentos para el objetivo único de controlar la actividad cambiaria, el desarrollo sólido del sistema financiero y el sistema de pagos o la protección del interés público y debe indicar sus razones para hacerlo.36

En diciembre de cada año desde 1992, el Banco de México, bajo instrucciones del comité técnico, ha publicado en el Diario Oficial de la Federación aquellas obligaciones que el Fobaproa pretende proteger.37

Autoridad y responsabilidades

Como se describe en la Ley del Banco de México, el Banco Central requiere, entre otras cosas, llevar a cabo las siguientes funciones:

- Regular la emisión y circulación de moneda, intercambio de divisa extranjera, intermediación financiera y servicios, así como sistema de pago y

- Operar como un banco de reserva y como último recursos de fondeo para las instituciones de crédito.38

Supervisión del sistema bancario

Las reglas emitidas por el Banco de México aplican en las operaciones en las que las instituciones de crédito se convierten en acreedoras o deudoras. Asimismo, las operaciones de servicio y otorgamiento de créditos, préstamos y operaciones de reporto llevados a cabo por intermediarios de la bolsa de valores deben sujetarse a estas disposiciones. Estas disposiciones también son aplicables a fideicomisos, mandatos y comisiones de los intermediarios de la bolsa, así como compañías aseguradoras y sociedades afianzadoras.39 Instituciones de crédito, corredores, casas de bolsa, casas de cambio y otros intermediarios que pertenezcan a un grupo financiero también están sujetos a las regulaciones emitidas por el Banco de México.40

Supervisión de los bancos

Las instituciones financieras deben proporcionar toda la información que requiera el Banco de México para llevar a cabo sus funciones de manera adecuada. Esto incluye el proporcionar información con respecto a las operaciones y datos suficientes para evaluar su situación financiera. A solicitud del Banco de México, las comisiones supervisoras del sistema financiero, tales como la CNBV, llevarán a cabo visitas a las instalaciones de la institución y la examinarán.41 El Banco de México podrá suspender todas o algunas de las operaciones de la institución que infrinjan la ley o las regulaciones resultantes.42

Las disposiciones específicas con respecto al secreto bancario se enuncian en el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito. Este artículo señala que la institución de crédito podría no proporcionar noticias e información que se relacione con los depósitos, servicios o cualquier otro tipo de operación, a excepción de las partes a las que pertenezca o cuando una autoridad judicial lo ordene. Sin embargo, esto no afecta la obligación de las instituciones de crédito de proporcionar a la CNBV la información y documentación con respecto a las operaciones llevadas a cabo y los servicios prestados por la institución de crédito que la CNBV requiere para ejercer sus deberes de inspección y vigilancia.43

Dirección del Fobaproa

El Banco de México es el fiduciario del fideicomiso Fobaproa y es responsable de la ejecución de las instrucciones del comité técnico y de la administración general del fideicomiso.

                                                                                   449,450 y 451

Fideicomiso Fobaproa

Leyes y estatutos acerca del Fobaproa


De acuerdo con el artículo 122 de la Ley de Instituciones de Crédito, el Banco de México deberá administrar un fideicomiso al que se llamará Fobaproa, cuyo propósito será llevar a cabo operaciones de naturaleza preventiva para evitar situaciones en donde el banco faltase a sus obligaciones financieras. La creación del fondo por parte del Gobierno Federal no le dará la autoridad de una entidad dentro de la Administración Pública Federal y, en consecuencia, no estará sujeto a las disposiciones aplicables de dichas entidades.44

Supervisión del Fobaproa

La regulación interna del Banco de México, establece la existencia de dos direcciones dentro del Banco de México con responsabilidades de supervisión del Fobaproa. La dirección general de análisis del sistema financiero era responsable de las actividades relacionadas con el desempeño del Fobaproa.45 Cuando la dirección general del Fobaproa se creó en abril de 1997, la responsabilidad del desempeño de Fobaproa dejó de ser de la dirección general de análisis del sistema financiero. La dirección de contraloría del Banco de México, es responsable de auditar las operaciones llevadas a cabo por los bancos, aun cuando actúe como fiduciario.46

Contrato de fideicomiso del Fobaproa

En el artículo 122 de la Ley de Instituciones de Crédito nombra al director del Banco de México como administrador del fideicomiso Fobaproa.47 El contrato de fideicomiso del Fobaproa destaca las responsabilidades del fiduciario con respecto a este fideicomiso.

El acuerdo del fideicomiso manifiesta que el fiduciario no tiene ninguna responsabilidad hacia el fideicomitente (SHCP) o a terceros en el caso de que las directrices establecidas en el acuerdo del fideicomiso o las instrucciones por escrito proporcionadas por el comité técnico se cumplan.48

El Banco de México y los programas de apoyo a deudores

Las reglas que operan para algunos de los programas de apoyo a deudores, fueron emitidas por el Banco de México. Los programas, los presupuestos para los programas y los parámetros de operación no están dentro de su competencia, ya que ésta no era la institución para implementar dichos programas.

Remuneración

El Banco de México en su carácter fiduciario, recibe una cuota de administración anual del 20% de los gastos operativos del fondo. Dicha cuota se pagará al fiduciario en enero del año siguiente en el cual prestará sus servicios.49

Leyes de quiebra (insolvencia)

Antecedentes


La Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos ("Ley de Quiebra") fue promulgada en 1943 y de manera subsecuente pasó por una reforma menor. En 1988, se reformó la Ley de Quiebras. Entre otros cambios, se crearon tribunales especiales para tratar sólo los casos de insolvencia y se establecieron reglas específicas para dos procedimientos por separado que se instrumentarían para resolver los conflictos de insolvencia: la suspensión de pagos y los procedimientos de quiebra. Ambos procedimientos son muy largos y complejos.

La insolvencia comercial cae dentro de la jurisdicción federal en México. Las quiebras de negocios las controla la Ley de Quiebras. Esta ley gobierna el proceso de insolvencia de las compañías y personas físicas involucradas en el comercio en México. La insolvencia de personas físicas y morales no comerciantes está fuera del alcance de esta ley y a su vez está regida por las disposiciones relevantes en el Código Civil del Estado.

Quiebra

Como resultado de sus necesidades diversas, se han creado reglas de quiebra específicas para los bancos, instituciones auxiliares de crédito, compañías aseguradoras, compañías públicas y sociedades afianzadoras. Se han creado varias leyes federales específicamente para tratar acerca de los procedimientos de quiebra de negocios, incluyendo los siguientes.50

- Ley Federal del Trabajo;

- Código Fiscal de la Federación;

- Ley de Instituciones de Crédito;

- Ley General de Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas y

- Nueva Ley Federal de Afianzadoras.

Las quiebras en México se categorizan, como inadvertidas, como el resultado de una mala administración o como el resultado de actividades fraudulentas. Las últimas dos categorías pueden tener como resultado el procesamiento penal para aquéllos responsables de la administración de la compañía correspondiente.

Suspensión de pagos

La suspensión de pagos es un procedimiento de la legislación mexicana para evitar la quiebra. Los deudores pueden solicitar a un juez ordenar una suspensión de pagos. El juez puede autorizar al deudor a suspender los pagos durante un periodo específico siempre y cuando el conjunto de acreedores esté de acuerdo con dicha decisión. De ser así, se le permite al deudor continuar con su negocio; sin embargo, esto se hace bajo la supervisión de un particular designado por el juzgado.

Acreedores

El principio de la división igualitaria de los activos entre los acredores de una naturaleza similar es importante en el proceso legal de la insolvencia. La Ley de Quiebras indica que los acreedores se deben categorizar como garantizados (aquellos que tienen garantías en su favor respecto de una deuda) y no garantizados. Existen disposiciones para pagos prioritarios a hacerse para los acreedores no garantizados en donde hayan fondos disponibles.

2 Fobaproa

fobaproa (Fondo Bancario de Protección al Ahorro)

Historia de la protección al ahorro bancario en México


La Ley Bancaria de 1897 estableció la posibilidad legal de quiebra de las instituciones de crédito. Hasta 1981, no había un mecanismo específico en vigor para proteger a los depositantes bajo las leyes mexicanas. Sin embargo, en la práctica, el Gobierno Federal otorgaba protección total a los ahorradores de los bancos a través del uso de fondos públicos ya sea tomando control de la institución o pagando todos sus pasivos.

El Fondo de Protección al Crédito se estableció en 1981. Esta organización recibiría fondos a través de aportaciones de las instituciones de banca múltiple para evitar la carga de proteger a los ahorradores bancarios a través del uso exclusivo de los fondos públicos. El fondo no se creó con la intención o los recursos para manejar una crisis sistemática, sino para contener problemas aislados de las instituciones de banca múltiple.

El 10 de noviembre de 1986, el Gobierno Federal formó el Fondo de Apoyo Preventivo para diversas instituciones bancarias (Fonapre). El Fonapre se creó en el periodo en que el sistema de banca múltiple estaba nacionalizado. El fondo recibió aportaciones de las instituciones de banca múltiple de acuerdo con la cláusula tercera del contrato de fideicomiso del Fonapre con fecha 10 de noviembre de 1986 y el artículo 77 de la Ley para Regular el Servicio Público de Banca y Crédito, publicado el 14 de enero de 1985. Los recursos del Fonapre debían estar disponibles para llevar a cabo operaciones financieras para apoyar la estabilidad financiera de las instituciones y para evitar circunstancias que podrían tener un impacto en el repago oportuno de sus obligaciones.

Durante 1990 y para remplazar al Fonapre, la Ley de Instituciones de Crédito estableció que todas las instituciones bancarias participarían en el régimen conocido como el Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa). El Fobaproa fue un fideicomiso establecido en 1990 por el Gobierno Federal y el Banco de México como fiduciario. El fondo estaba administrado por un comité técnico que comprendía a miembros de la SHCP, el Banco de México y la CNBV.

El documento, titulado, modificaciones al contrato del fideicomiso Fonapre, que creaba al Fobaproa, se firmó el 18 de octubre de 1990 51

Este acuerdo estableció al Banco de México como fiduciario y a la SHCP como fideicomitente del fondo.

En términos generales, el propósito del fideicomiso del Fobaproa era llevar a cabo operaciones preventivas para evitar problemas financieros que pudieren enfrentar las instituciones de banca múltiple, para así adoptar las medidas que aseguraran el cumplimiento de los bancos con sus obligaciones.52

Descripción general del Fobaproa

El fideicomiso del Fobaproa lo administra el Banco de México. Los representantes de la SHCP, la CNBV y el Banco de México se asignan dentro del comité técnico. El comité técnico pasa las resoluciones que gobiernan al fideicomiso y la dirección del Fobaproa dentro del Banco de México. En específico, el comité técnico del Fobaproa envía sus resoluciones al gobernador del Banco de México, el cual actúa en nombre del banco, en su carácter de fiduciario, como su representante legal y delegado fiduciario.53 El gobernador tiene a su disposición a la dirección de Fobaproa que lleva a acabo todas las resoluciones del comité técnico.54

Había dos comités principales que dirigían al fideicomiso del Fobaproa; el comité técnico y el subcomité operativo. La función principal del comité técnico era definir los términos y condiciones para el apoyo que daría el Fobaproa. La función del subcomité operativo fue determinada por el comité técnico. El subcomité operativo tenía amplia participación en la determinación de las características necesarias para proporcionar apoyo a los bancos. Cada decisión se presentaba al comité técnico.55

Responsabilidades del Fobaproa

Además del propósito del fideicomiso, como se destaca en el acuerdo del fideicomiso, el plan estratégico del Fobaproa documentado en el acta de la asamblea del comité técnico del 9 de octubre de 1996, incluye los siguientes objetivos:

- Determinar la estrategia y dar seguimiento a cada banco Fobaproa;

- Administrar adecuadamente los bancos Fobaproa, las carteras de fideicomisos y otros activos;
- Acelerar el proceso de reestructuración de créditos;

- Ayudar a determinar la mejor manera en la cual las compañías deudoras y aquéllas que el Fobaproa capitaliza, podrían ser intervenidas;

- Preparar la cartera de créditos y otros activos para la venta en coordinación con valuación y venta de activos ("VVA")56;

- Acelerar la venta de los bancos Fobaproa y

- Disminuir el costo de financiamiento del Fobaproa.

En la modificación al contrato del fideicomiso Fonapre del 18 de octubre de 1990, el antecedente II, el fondo del fideicomiso llamado Fonapre se cambió a Fobaproa. Dicho esto, las operaciones de apoyo del Fonapre, publicadas el 24 de diciembre de 1986, fueron adoptadas por el Fobaproa. La naturaleza de este apoyo que proporcionaría el Fonapre y por lo tanto el Fobaproa, eran como sigue:

- Proporcionar financiamiento a las instituciones bancarias a través del uso de depósitos, créditos o préstamos;

- Adquirir instrumentos de deuda subordinados emitidos por las instituciones;

- Adquirir acciones de serie B conforme a la ley;

- Adquirir créditos, valores y otros activos de las instituciones bancarias;

- Proporcionar aportaciones no recuperables cuando fuese estrictamente necesario, para cubrir desequilibrios financieros en las instituciones y

- Otras actividades similares relacionadas establecidas por el comité técnico de acuerdo al tipo de apoyo requerido.57

Las modificaciones al acuerdo del fideicomiso Fobaproa se hicieron el 3 de mayo de 1996, las cuales especificaban las operaciones que se

                                                          452,453 y 454

podrían tomar por parte de los fideicomisos y que son como sigue:

- Proporcionar financiamiento a las instituciones bancarias o a sus compañías controladoras, a través de créditos, líneas de crédito u otras operaciones establecidas en la legislación de mercados;

- Adquirir acciones, instrumentos de deuda subordinados u otros instrumentos de deuda emitidos por la institución o su compañía controladora;

- Adquirir y vender activos o títulos de propiedad para proporcionar mejoras financieras a las instituciones;

- Suscribir instrumentos de deuda, otorgar garantía y asumir pasivos a nombre de las instituciones;

- Participar en la propiedad de capital social de aquéllas entidades, lo cual asiste al Fobaproa a alcanzar sus objetivos, incluyendo las compañías que proporcionen servicios complementarios secundarios. Además, el fondo puede crear fideicomisos y establecer alianzas, que proporcionarán asistencia al fondo;

- Obtener financiamiento y

- Tener servicios complementarios o secundarios para llevar a cabo las operaciones del fondo.58

Estructura organizacional del Fobaproa

Comité técnico del Fobaproa


En el artículo 122 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito se prevé la creación de un comité técnico. Este comité técnico establecerá los términos y condiciones del apoyo otorgado por el fondo; las cantidades de los depósitos, créditos y otras obligaciones a proteger, los periodos de tiempo en los cuales las contribuciones ordinarias se harán, y otras facultades que se establezcan en el fideicomiso.59

Responsabilidades del comité técnico

En concordancia con el acuerdo del fideicomiso del 18 de octubre de 1990, el comité técnico ejerce las siguientes responsabilidades:

- Emite las reglas operativas que el fiduciario debe seguir;

- Determina los términos y condiciones del soporte proporcionado a las instituciones;

- Determina los depósitos, créditos y otras obligaciones, así como las cantidades que deben protegerse o apoyarse;

- Autoriza las cantidades, términos y condiciones de los programas de pago presupuestos por el subcomité operativo para proteger las obligaciones cubiertas por el Fobaproa y

- Aprueba los presupuestos y programas anuales, sus modificaciones y el balance general proporcionado por el fiduciario.60

Operaciones del comité técnico

El comité técnico generalmente sesionó una o dos veces al mes durante el periodo de 1994-1998. Los temas de discusión generalmente se dividían en dos tipos principales, asuntos relacionados específicamente con el fideicomiso Fobaproa en sí y asuntos relacionados con bancos específicos.

Los asuntos presentados al comité técnico relacionados con los resultados del fideicomiso incluían los estados financieros y resultados del fideicomiso, el presupuesto para la operación del fideicomiso Fobaproa por parte de la dirección del Fobaproa del Banco Central y asuntos organizacionales con respecto a la dirección del Fobaproa. El informe del fideicomiso al comité técnico se describe posteriormente bajo el tema de responsabilidad del Fobaproa.

Los asuntos revisados por el comité técnico con respecto a bancos específicos incluían prácticamente todos los aspectos de la participación de los bancos en el programa bancario a administrarse por la dirección del Fobaproa del Banco Central. Estos incluían problemas individuales de los bancos y solicitudes de ayuda, aspectos detallados de algún acuerdo, alternativas para o diferentes escenarios con respecto a un acuerdo, resultados de los informes de los auditores con respecto a los acuerdos de compra de cartera, aspectos de incumplimiento de un banco (por ejemplo, inclusión de créditos de partes relacionadas en la compra de cartera crediticia, la falta de inyección de capital), consideraciones legales y aprobaciones. La información que se presentó al comité técnico fue preparada por cualquier autoridad financiera que tenía acceso a ésta (generalmente la CNBV) con la ayuda de la dirección del Fobaproa). Mientras que cada decisión importante se presentó al comité técnico, la dirección del Fobaproa debía tomar algunas decisiones de naturaleza administrativa sin consultar al comité técnico. Las autoridades financieras acordaron firmar algunas cartas de intención con terceros (por ejemplo, respecto de la compra de bancos) que estaban sujetas a la aprobación del comité técnico.

Subcomité operativo del Fobaproa

Para ayudar al comité técnico en su deberes, se creó un subcomité operativo de ocho miembros el 18 de octubre de 1990, que consistía de tres miembros de la SHCP, tres miembros del Banco de México y dos miembros de la CNBV. Cada miembro del subcomité debe nombrar un sustituto. El subcomité operativo está encabezado por un miembro nombrado por la SHCP.61

El subcomité operativo propondrá los métodos para apoyar a las instituciones de crédito, sujeto a la confirmación de las resoluciones del comité técnico.62

Comité central de crédito

El comité central de crédito era un foro no oficial creado por el Fobaproa en octubre de 1996 para revisar y aprobar las reestructuración de créditos mayores a moneda nacional 50 millones de pesos adquiridos por o encontrados durante la intervención. El objetivo era asegurar la más alta tasa de retorno de los activos y autorizar los nuevos financiamientos para mejorar la capacidad de pago de los deudores.

El comité central de crédito supervisó y analizó los créditos. Esta función reemplazó al análisis que inicialmente llevaron a cabo los comités de crédito de los bancos que administraban los créditos. Este comité autorizaría las reestructuras institucionales cuando se otorgaran nuevos créditos a los deudores, si hubiera determinado que fuere adecuado para obtener la mayor recuperación de las deudas. Cada comité de crédito, de cada fideicomiso, de cada banco, consistía de ocho miembros (tres de la SHCP, uno de la CNBV, dos del banco en cuestión, uno del Fobaproa y uno de VVA) quienes se reunían de manera regular para tomar decisiones con respecto a los acreedores bajo la administración del banco al cual representaban.

La necesidad de un comité central de créditos surgió de los administradores de los bancos y la gerencia interventora de ellos que no deseaban asumir la responsabilidad de reestructurar y de tomar decisiones relacionadas. Además, existe la necesidad de generar la mejor estrategia para maximizar las recuperaciones. Este comité, a pesar de ser un foro para reestructurar créditos con la participación de las autoridades financieras, no era parte del comité técnico, no informaba formalmente al comité técnico y operaba de manera independiente a este comité.

Subcomité de recuperación del Fobaproa

El subcomité de recuperación se creó por acuerdo del comité técnico del Fobaproa el 29 de abril de 1997, para reemplazar al comité central de crédito del Fobaproa el 29 de abril de 1997, para reemplazar al comité central de crédito que nunca se había formalizado. El subcomité está comprendido por seis miembros nombrados: dos por la SHCP, dos por el Banco de México y dos por la CNBV. La prioridad del comité es maximizar la recuperación de dichos activos de las carteras que el Fobaproa ha adquirido a través del programa de compra de cartera o de la adquisición de las acciones en las instituciones. El subcomité establecerá las políticas a seguir con respecto a la administración, recuperación y cobranza de los créditos. La reestructuración de créditos con cantidades por encima de moneda nacional 50 millones de pesos se coordinará por medio del Fobaproa, con revisiones llevadas a cabo por medio del subcomité de recuperaciones, una vez que se ha aprobado la reestructuración por el comité de crédito de los bancos afectados. Además, en los casos en donde hay diversos bancos acreedores, el comité coordina la estrategia de cobranza a instrumentar para asegurar la recuperación total más alta. La participación de la CNBV en el comité le permite al subcomité considerar la recuperación de los activos en los bancos intervenidos.

Valuación y venta de activos 63

Valuación y venta de activos (VVA) es una subsidiaria del Fobaproa que se creó el 26 de abril de 1996 para administrar, valuar y vender los activos que el Fobaproa adquirió en sus negociaciones con los bancos. La venta de bienes adquiridos debía hacerse primero, previo al otorgamiento de cualquier nuevo apoyo al banco por parte del Fobaproa. El objetivo de la VVA era diseñar, negociar e instrumentar un mecanismo adecuado para vender, transferir o asignar propiedades o derechos de propiedad.

El mandato de la VVA era maximizar la realización a través de la venta de activos financieros, bienes muebles e inmuebles que el Fobaproa hubiere adquirido de diversos bancos; diseñar estrategias de venta que apoyaran la recuperación de entidades viables e impulsar el desarrollo de un mecanismo diseñado para vender deuda bancaria y otros activos en el mercado abierto.

Había varios obstáculos que impedían el desempeño de la VVA. En primer lugar, el Fobaproa no tenía derechos legales para cobrar los créditos de los bancos o los préstamos, debido a que sólo tenía interés en el flujo de efectivo no un interés en los créditos en sí. En segundo lugar, la transferencia de los activos de los bancos al Fobaproa tenían implicaciones fiscales adversas mínimas. Si los créditos se trasferían de los bancos, el Fobaproa hubiera sido requerido a registrar y pagar impuestos a las trasferencias.

En tercer lugar, México no tenía suficiente liquidez para un mercado secundario grande de créditos. Finalmente, bajo los términos del programa de compra de cartera, si el Fobaproa asumiere la propiedad de los créditos, los bancos ya no tendrían responsabilidad de compartir pérdidas.

Como resultado de dichos obstáculos, se le indicó a la VVA no llevar a cabo su mandato y ahora existe como un entidad fantasma, la cual existe únicamente de manera legal, pero no operacional. Los bancos son directamente responsables de vender sus propios activos, aunque los procedimientos relacionados con la venta de dichos activos se deben presentar al comité técnico si el Fobaproa tiene un interés en las ganancias.

Dirección del Fobaproa

El fideicomiso del Fobaproa se creó en 1990 y en 1993 se le asignaron 33 personas del Banco de México. Se considera este número como suficiente para administrar sus responsabilidades. En agosto de 1993 la estructura organizacional y el manual de operaciones para la dirección del Fobaproa fueron creados y aprobados, siendo éstos parte de la dirección de planeación monetaria y análisis del sistema financiero del Banco de México.

El primer organigrama se componía de tres subdirecciones, diagnóstico preventivo, evaluación técnica y operativa, cada uno con sus correspondientes gerentes. La subdirección de evaluación operativa era responsable de supervisar el estado de los intermediarios financieros, investigar sobre prototipos como los estándares y mejores prácticas emitidas por el Comité Basilea en supervisión bancaria, así como para mantenerse en contacto con las autoridades regulatorias. Sus demás responsabilidades primarias eran responder y por controlar las operaciones del fideicomiso Fobaproa y evaluar la eficiencia de todos los departamentos operativos de los bancos a través de información que recopilaba de la Asociación de Banqueros de México o a través de visitas directas.

La subdirección de evaluación técnica era responsable de participar cuando se le solicitara en las juntas del comité técnico. De otra manera sus funciones eran similares a la subdirección de evaluación operativa: evaluar la estrategia de la administración del banco para determinar si los flujos de entrada era suficientes para cubrir el capital mínimo y los requerimientos de reserva.

La subdirección de diagnóstico preventivo debía monitorear y prevenir los problemas en áreas de intermediarios financieros tales como: crédito, valores, operaciones internacionales, administración, rentabilidad de las sucursales, riesgos globales etcétera. Al hacer esto, compararía índices emitidos por la SHCP, la CNBV y el Banco de México, con cifras bancarias tales como la concentración de crédito, dispersión geográfica etcétera.

                                                                                  455,456 y 457

La subdirección de evaluación técnica y el departamento de diagnóstico preventivo eran responsabilidades que duplicaron otros organismos reguladores (por ejemplo, la CNBV). Estos departamentos no tenían los recursos o la autoridad legal para acceder a la información requerida para llevar a cabo dichas funciones. La subdirección de evaluación operativa y la subdirección de evaluación técnica también tenían responsabilidades similares entre sí.

La dirección del Fobaproa del Banco de México estaba conformada para administrar y responder por operaciones simples. Esto pudo haber sido suficiente durante los periodos normales cuando sólo era necesario responder por las cantidades derivadas de los seguros de depósito y los gasto administrativos corrientes. Sin embargo, la expansión del número y la complejidad de las operaciones creó dificultades a la dirección para controlar de manera efectiva sus operaciones.

Reestructura de la dirección del Fobaproa del Banco de México

En octubre de 1996 se presentó un plan estratégico al comité técnico que destacaba los asuntos y problemas que la dirección experimentaba, agregando objetivos al mandato del fideicomiso Fobaproa y proponiendo necesidades de recursos para lograr los nuevos objetivos. En abril de 1997, los cambios propuestos en los recursos se hicieron de manera sustancial de acuerdo al plan estratégico original. En un sentido amplio, esto involucraba un incremento de recursos humanos de la dirección del Fobaproa, sus recursos tecnológicos y el uso de consultores especializados donde fuere apropiado. La designación del director general reponsable de las operaciones del departamento intensificó la importancia de la dirección del Fobaproa. El director general del Fobaproa también supervisaría lo siguiente:

- Una función de contraloría (con dos áreas: control financiero y de procesos).

- Una dirección general de investigación y desarrollo (con áreas, estrategias e investigación y análisis) y

- Cuatro direcciones conocidas como:

* La dirección de operación (con seis áreas: apoyo a bancos y supervisión, de bancos intervenidos, supervisión de los fideicomisos, ventas de cartera, bienes, muebles y edificios, tesorería, valores y sistemas);

* La dirección de activos corporativos (con ocho áreas principales: evaluación, recuperación, bancos intervenidos, instituciones de banca múltiple, oficina de casos (es decir , situaciones/asuntos), oficina de las compañías, oficina de ventas y apoyo técnico);

* La dirección jurídica (con seis áreas: el apoyo al sistema financiero, litigación, fiduciario, bienes raices, activos corporativos y administración judicial interna) y

* La dirección de administración (con tres áreas principales: recursos humanos, contabilidad y presupuestos, servicios e instalación).

-La estructura se diseñó para alinear departamentos específicos con diversos tipos de activos bajo la supervisión del fideicomiso y las funciones para las cuales el fideicomiso era responsable. También proporcionaban infraestructura y soporte para las operaciones importantes del fideicomiso incluyendo:

* Administración de la cartera de créditos;

* La supervisión de instituciones intervenidas y no intervenidas en las cuales el fideicomiso Fobaproa era accionista;

* Bienes adjudicados y daciones en pago, incluyendo bienes raíces y otros bienes;

* Sistemas de información;

* Asuntos relacionados con la valuación;

* Requerimientos de acuerdo legal y

* Contabilidad, registro y funciones de contraloría.

Con esta estructura, la dirección del Fobaproa experimentó un crecimiento hasta aproximadamente 300 empleados. La estructura del Fobaproa se modificó dos veces más por lo menos, en septiembre y noviembre de 1998, para equipar a la institución con los recursos apropiados.

Proceso para solicitar apoyo del Fobaproa

Para que las instituciones de banca múltiple recibieran soporte a través del Fobapora, la institución debía garantizar el pago del apoyo por medio de acciones prendarias de la institución, valores gubernamentales u otros activos que el fiduciario creyera satisficieran la garantía requerida.64

Todas las limitaciones y restricciones de la participación en los programas del Fobaproa se determinaron caso por caso, en las juntas del comité técnico. No se formalizaron parámetros generales que proporcionaran las restricciones a la participación del programa.

Fondeo y gastos del Fobaproa

Financiamiento


En el artículo 7o. de la Ley del Banco de México, se permite que el Fobaproa reciba financiamiento del Banco de México. Los acuerdos del fideicomiso Fobaproa también facultan al Fobaproa para obtener financiamiento y no contienen restricciones.

Aportaciones bancarias

La fracción III del artículo 122 de la Ley de Instituciones de Crédito establece que las instituciones de banca múltiple son requeridas a pagar aportaciones, conforme determine la SHCP, las cuales deben de considerar la cantidad de pasivos y niveles de capitalización de cada institución.65

Obligaciones a proteger

El Banco de México publicará, en diciembre de cada año, la cantidad máxima de obligaciones a proteger por parte del fondo en el siguiente año de acuerdo con los acuerdos adoptados por el comité técnico.66 En la práctica, los extractos como el siguiente que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) no se refería a cifras, sino que era una declaración de la naturaleza de los pasivos a proteger como se indica abajo.

Cada año el DOF, publicó durante el mes de diciembre desde 1992 hasta 1997, extractos como el siguiente público en ausencia de una cantidad cierta que el fondo protegería, durante los años de 1993 a 1998.
Se publicó lo siguiente en 1993 y 1994:

"Con fundamento en la fracción IV del artículo 122 de la Ley de Instituciones de Crédito y considerando que ha sido tradición de las autoridades financieras mexicanas, procurar que los inversionistas no sufran quebranto en caso de resultar insolventes las instituciones de crédito, el comité técnico del Fobaproa ha resuelto continuar con dicha tradición, por lo que se ha acordado que el Fobaproa, con sus recursos, procure el cumplimientos de todas las obligaciones a cargo de las instituciones financieras que participen en el fondo, siempre y cuando se deriven de su operación propia, exceptuando exclusivamente los pasivos provenientes de obligaciones subordinadas, así como los que sean resultado de operaciones ilícitas, irregulares o de mala fe."67

A la publicación anterior se agregó lo siguiente de 1995 a 1997:

"Y los pasivos derivados de créditos otorgados entre instituciones bancarias que participen en los sistemas de transferencia de fondos administrados por el Banco de México, para respaldar las obligaciones a cargo del Banco de México, así como las obligaciones a favor de intermediarios que pertenecen al mismo grupo financiero que el banco."68

3. Privatización

En 1991, 10 años después de la nacionalización, el Gobierno mexicano inició la privatización del sistema de banca múltiple para promover una economía abierta.

Las autorizaciones de los bancos (los cuales incluían la aprobación para transferir las licencias o autorización para bancos existentes) se licitaron al mejor postor. Este proceso de licitación tuvo como resultado un ingreso para el Gobierno Federal de más de $38 mil millones de pesos MN (12 mil 500 millones de dólares) de acuerdo al tipo de cambio vigente a esa fecha que se utilizó principalmente para reducir la deuda pública. Se licitaron 18 bancos a grupos financieros que estaban representados por 11 casas de bolsa y siete grupos industriales o particulares. Las ofertas con una diferencia menor al 5% se consideraron una segunda vez, al mismo tiempo se consideraron otros atributos. Véase la tabla a continuación (tabla 1) para detalles de los precios pagados por los 18 bancos.

Privatización bancaria-resultados de la licitación

Banco Fecha de
licitación
Comprador Region Número de
acciones
licitadas
(miles)
Porcentaje de total de acciones del Banco Precio
por
acción
(pesos)
Peso total pegado (en miles de pesos) P/VL
Multiplo (veces) el valor en libros
P.
multiplo
ganancia
(veces)
Mercantil Junio 14-91 Probursa México D.F 66,800 66,00 9,15 611,200 2,66 8,54
Bampais Junio 21-91 Maxi vai México D.F y noreste 32,344 100,00 16,18 54,989 3,02 22,*
Cremi Junio 28-91 R. Gomez Guadalajara 41,496 66,70 18,03 748,291 3,40 17,32
Confia Agosto9-91 Abaco Monterrey 15,736 78,70 56,70 892,260 3,73  
Oriente Agosto16-91 G.Margen Norte y Centro 128,510 66,00 1,73 223,221 4,00 12,*
Bancrecer Agosto 23-91 R.Alcantara Toluca y León 28,380 100,00 14,97 425,131 2,53 13,*
Banamex Agosto 30-91 Accival México D.F 505,000 51,00 19,22 9,744,982 2,62 13,*
Bancomer Noviembre
8-91
G.F
Monterrey
Monterrey 2366,313 51,00 3,29 8,564,218 2,99 24,60
B.C.H Noviembre
18-91
C.Cabal Tabasco Campeche y Chiapas 55,202 100,00 15,19 878,360 2,67 13,*
Serfin Febrero 3-92 O.B.S Monterrey y México D.F 350,625 51,00 8,06 3,045,485 2,69  
Comermex Febrero 17-92 Inverlat México D.F 2,629,751 66,50 1,02 2,706,014 3,73 20,61
Somex Marzo 11-92 Invermexico México D.F 26,172 61,50 7,18 1,876,526 33,31 21,*
Atlático Abril 6-92 G.B.M México D.F 56,000 68,64 26,23 1,469,160 5,30 17,8
Promex Abril 13-92 Val Finamex Guadalajara 250,767 66,00 4,28 1,074,474 4,23 16,45
Banoro Abril 28-92 Estratejia B. Culiacan 367,500 68,83 3,09 1,137,811 3,96 11,*
Mercantil del norte Junio 22-92 Banorte Monterrey . . . 1,*75,779 4,25 .
Internacional Julio 6-92 Bital . . . . 1,486,916 2,95 .
Del Centro Julio 13-92 Multiva . . . . 869,381 4,65 .
Total ponderado (excluyendo del Norte
internacional y del Centro)
7,155,596 59,20 4,60 38,074,198 3,48 15,03
*Informacion no disponible

El porcentaje promedio de acciones vendidas propiedad del Gobierno fue aproximadamente del 59%, previo a la privatización ya se habían vendido algunas acciones de ciertos bancos. El Gobierno retuvo el 22.53% de Bancomer y el 15.9% de Serfin, dos de los tres bancos más grandes del sistema). El 100% de las acciones de BCH, Cremi y Banpais se vendieron. Los precios ponderados de Atlántico y Banco del centro fueron los mejores pagados a 5.3 y 4.65 veces su valor en libros, respectivamente.

Mientras se llevaba a cabo el proceso para asegurar que los antecedentes de los propietarios prospecto y de la alta gerencia de los bancos cumplieran con los requisitos de la nueva banca posteriormente, fue evidente que los procedimientos no fueron los adecuados. Las leyes dictan que la información de los accionistas potenciales debe ser obtenida por la SHCP. Sin embargo, las leyes no prevén cuestiones específicas sobre como los accionistas se deben evaluar y cuales son los criterios mínimos que se deben reunir.

Los compradores de los bancos mexicanos en el periodo de privatización de 1991-1992 estaban principalmente relacionados a grupos industriales, en donde las casas de bolsa transfirieron sus operaciones al grupo financiero y el grupo financiero compró el banco una excepción en las reglas de concentración se otorgó por un periodo de cinco años, creando la probabilidad de conflictos de interés. En la mayor parte de los casos, los accionistas controladores carecían de experiencia crediticia y el conocimiento técnico necesario de las prácticas bancarias prudentes, además no fueron capaces o no quisieron contratar una administración competente. Posteriormente, ya que los bancos no estaban ampliamente poseídos se creó un clima en donde era más fácil llevar a cabo operaciones irregulares. Además, el proceso de privatización se llevó a cabo en un ambiente de pobre supervisión bancaria. Como resultado de las licitaciones, un cierto número de bancos estuvieron concentrados en pocas manos y esto resultó en un entorno en el que los accionistas podían conducirse con menor supervisión que en aquellos bancos en donde el control accionario se había pulverizado.

En algunos casos, la mayor parte del precio de compra se financió con recursos prestados. Por ejemplo, en Inverlat y el recientemente constituido Banco Unión, la mayor parte del

                                                                                                 458,459 y 460

capital inicialmente se obtuvo a través de créditos con otras instituciones financieras mexicanas. Más aún, cuando cuestionamos a la administración actual de Banpais acerca del origen de los fondos utilizados para comprarle al grupo Banpais al gobierno mexicano en 1991, no se proporcionó información.

Aun cuando algunos procesos de due diligence se llevaron a cabo durante el proceso de privatización, los compradores detectaron problemas con respecto a la valuación de la cartera bancaria después del periodo de prueba de seis meses. En algunos casos (por ejemplo, Serfin), tras procesos adicionales de due diligence, se hizo evidente que la viabilidad del banco no estaba clara.

La SHCP tomó medidas inadecuadas para asegurar una transición libre de irregularidades de propiedad gubernamental a un ambiente privatizado. Algunas de las áreas que no se consideraron fueron; controles internos efectivos, departamentos de crédito bien estructurados, políticas documentadas, departamentos de auditoría interna objetivos e independientes, sistemas actualizados de información financiera dirigida a la gerencia.

Los banqueros heredaron personal no preparado, sistemas internos inadecuados de análisis de crédito y controles débiles resultantes de un largo periodo de propiedad gubernamental. La mayor parte de las instituciones privatizadas tenían sistemas inadecuados de control interno, separación insuficiente de deberes, procedimientos y políticas de crédito inexistentes y prácticas de riesgo de mercado inadecuadas. Más aún, los nuevos propietarios estaban bajo considerable presión para registrar altas ganancias, habiendo pagado múltiplos de tres y cuatro veces el valor en libros del capital contable.

Además, después se firmó el TLC, abriendo de manera efectiva al mercado bancario la competencia extranjera, un reto adicional que los banqueros tenían que enfrentar. El concepto de "riesgo moral" fue muy importante en el momento de la privatización. El riesgo moral ocurre cuando miembros del sistema financiero (vg la administración del banco o ahorradores) tomaron un riesgo mayor por las garantías que protegerán completa o parcialmente en caso de alguna pérdida. Este ambiente creó una atmósfera que era vulnerable a las malas prácticas bancarias.

4. Crisis del peso

Durante diciembre de 1994, se devaluó el peso trayendo como resultado un incremento de las tasas de interés a más de 100%. Los mercados internacionales inmediatamente recortaron la asignación de fondos a los bancos mexicanos. La liquidez se convirtió en un asunto urgente porque los bancos, ya con una situación financiera frágil, luchaban para encontrar fondos a corto plazo.

Las tasas de interés se incrementaron repentinamente en más de cinco veces a partir de la segunda semana de diciembre de 1994 (20% como se midió en la tasa promedio de interés interbancaria) a la tercera semana de marzo de 1995 (110%). Este incremento, el cual afectó todas las deudas de esa variable, inmediatamente redujo la capacidad de pago de los deudores en un ambiente de activos deteriorados y de decremento de los salarios reales. A partir de ahí, los pagos vencidos se incrementaron de manera importante. A su vez, se requirió a los bancos que incrementaran sus reservas para responder por el incremento de los créditos no pagados. Al mismo tiempo, el valor de los bienes raíces decreció. En consecuencia, los bancos se subcapitalizaron y en muchos casos se volvieron insolventes.

El impacto de la devaluación de la moneda

Como resultado de la reducción de los rendimientos financieros, la devaluación de la moneda y un ambiente de supervisión débil que prevalecían, hubo un importante impacto negativo en la situación financiera de los bancos mexicanos. Esto trajo como resultado las siguientes consecuencias.

Reservas inadecuadas

El incremento en el otorgamiento de préstamos en el periodo posterior a la privatización, no contó con el apoyo de una capacidad incrementada de análisis crediticio, lo cual llevó al declive en la calidad de los activos y un incremento en la exposición de riesgo y un incremento constante de los créditos vencidos. Además, había un éxodo de banqueros experimentados de la industria durante el periodo de nacionalización. En este ambiente, las reservas para pérdidas registradas por los bancos eran inadecuadas.

La rápida tasa de crecimiento de las carteras crediticias después de la privatización, conjuntamente con la cultura inadecuada del crédito de los bancos y los generalmente débiles parámetros y procedimientos de monitoreo, así como la supervisión ineficiente tuvo como resultado un importante deterioro en la calidad de la cartera de créditos. En general, los bancos mexicanos no habían asignado reservas suficientes para cubrir sus riesgos crediticios reales y potenciales. Aunque las reservas acumuladas para riesgos crediticios se incrementaron de 1991 a 1993, la proporción de reservas a créditos vencidos disminuyó.

Las proporciones no siempre reflejaban la situación real, especialmente cuando la proporción de los créditos vencidos contra los créditos brutos reflejaban el retraso en pagos en vez de la cantidad total de créditos vigentes afectados por pagos atrasados. Adicionalmente, las clasificaciones publicadas no representaban de manera exacta los perfiles reales de riesgo de las carteras crediticias de los bancos.

Deficiencias del capital

El rendimiento en el capital del sistema bancario cayó a 7.7% en 1994, del 26.8% en 1993 y 25.7% en 1992. El 7.7% en 1994 parecería haber sido sobrevaluado debido a una combinación de un aprovisionamiento inferior de los créditos y considerar como ingreso los ingresos por interés en créditos vencidos. Los índices de capitalización de los bancos estaban sobrestimados debido a esta sobrevaluación de las ganancias.

Otros factores que contribuyeron para erosionar la capitalización bancaria fueron nuevas provisiones crediticias importantes y un incremento en el costo de fondeo. En 1995, medido de acuerdo con las normas internacionales, el sistema bancario estaba severamente subcapitalizado.

Concentración

A diciembre de 1994, los activos de los 26 bancos (25 en este reporte debido a la fusión de Bancrecer-Banoro) representaban prácticamente a todos los activos del sistema bancario, el total de activos (en US $) del sistema financiero mexicano llegaron a su tope en 1993 y después cayeron durante todo 1994. De 1993 a 1994, el valor del peso mexicano se disminuyó significativamente; cayendo de aproximadamente de $3.1 pesos por dólar estadounidense a $8.96 pesos por dólar estadounidense en junio de 1998. De 1991 a 1998, los tres bancos principales en México (por total de activos) fueron Banamex, Bancomer y Serfin, representando aproximadamente a la mitad del sistema. A continuación se presenta una tabla para los años de 1991 a 1994.69

($millones de dlls.)         1991          1992           1993           1994

Banamex                       30,798         37,823       43,012       33,789
Bancomer                     30,076         33,156       36,134       28,466
Serfin                            22,198         20,989        21,390        19,849
Subtotal                        83,072         91,968    100,536        82,104
Bancos restantes         49,616          66,509     101,572         76,134
Total                           132,688        158,477      202,108      158,238

Los tres más grandes    66.6%         58.9%         40,8%         52,0%

Además, los 19 bancos más grandes constituían el 97% del sistema. Debido al alto nivel de concentración en el sistema, la insolvencia de cualquier banco mayor afectaba directamente los otros bancos.

Total de activos

El tamaño del sistema bancario también se redujo debido a la devaluación de la moneda. Los activos totales en dólares estadounidenses al final de 1994 eran de $158 mil 200 millones, que cayeron de $202 mil 100 millones en 1993. Sin embargo, en términos del peso, el total de activos reportados se incrementó a MN $842 mil 600 millones a finales de 1994 de MN $627 mil 700 millones al cierre de 1993.

De 1991 a 1994, el sector bancario mexicano experimentó un agudo incremento en el valor
en pesos de la cartera de crédito de las instituciones financieras mexicanas. Los amplios flujos de capital que entraron a México durante este periodo se combinaron con un incremento en la competencia entre los bancos mexicanos que llevó a dicho incremento en los créditos totales del sistema.


********INSERTAR TABLA PAG. 59



Varios factores contribuyeron a la nivelación del incremento de los créditos totales del sistema entre 1995 y 1997, como se indica en la gráfica anterior. Se requirieron reservas crediticias mayores, requerimientos contables más conservadores y un ambiente de otorgamiento de créditos más cautelosos que ayudó a disminuir el crecimiento en los créditos totales del sistema.

La gráfica siguiente ilustra que aunque el valor de los créditos otorgados excedió el valor de los depósitos (en pesos), las tasas de crecimiento fueron aproximadamente iguales desde diciembre de 1993 hasta diciembre de 1995. Sin embargo desde diciembre de 1995 el valor de los créditos permaneció constante mientras que los depósitos continuaron creciendo.


********INSERTAR GRAFICA PAG. 60



                                                                           4961,462 y 463
Deposito

El sistema bancario mexicano se puede caracterizar por haber sido "subbancario" desde el punto de vista del apalancamiento total en el sistema y la tasa de penetración, la cual es el porcentaje de población que tiene depósitos bancarios; esto es evidenciado por el hecho de que el 90% de los depósitos del sistema le pertenecen al 5% de la población.

Aunque la movilización de depósito se incrementó de manera importante antes de la crisis, la tasa de crecimiento de las carteras de crédito se elevó mucho más en comparación con la de los depósitos. En consecuencia, la diferencia entre créditos y depósitos se incrementó de manera estable, colocando a los bancos en una posición de margen financiero negativo con bajos niveles de liquidez. Esto ocasionó que las carteras de crédito fueran fondeadas ampliamente con préstamos interbancarios con mayores tasas de interés, principalmente de bancos extranjeros.

Sistema bancario subcapitalizado

El capital disminuyó en términos de dólares estadounidenses, a US $8 mil 400 millones en 1994 de $12 mil 700 millones en 1993.

Durante el periodo después de la privatización, el sistema bancario estaba operando a niveles de capitalización que estaban por debajo de los niveles sugeridos por los estándares internacionales. Los indicadores financieros revelaron que había problemas de capital y solvencia en la totalidad del sistema. Además, el capital de los bancos generalmente se financiaba por créditos del mismo banco u otros bancos dentro del sistema financiero mexicano.

5. Programas de apoyo gubernamental

1. Introducción


Como se mencionó anteriormente, con el inicio de la crisis financiera en diciembre de 1994, la SHCP determinó que a ningún banco se le permitiría incumplir con sus pasivos. Esta garantía fue reformulada y ampliada en diciembre de 1995. Se desarrollaron varios programas de apoyo para mantener la confianza del público y evitar un pánico generalizado entre los depositantes, lo que origina un retiro masivo (run on the banks). La situación que enfrentaban los bancos instó a la SHCP a decidir que el Fobaproa se utilizaría para proporcionar apoyo financiero a las instituciones que lo requieran.

Inicialmente, los bancos requirieron de asignación inmediata de fondeo de liquidez a corto plazo, necesidades para las que el programa de ventanilla de liquidez estaba diseñado para satisfacer. Conforme empeoró la crisis y se deterioraron las carteras crediticias, muchos bancos requirieron de capital adicional. Como resultado, los programas de liquidez y capitalización temporal se ofrecieron a aquellos bancos que desearan satisfacer ciertas condiciones. En algunos casos, los programas iniciales fueron insuficientes y se requirió del saneamiento de los bancos. La intención de los programas subsecuentes, fue facilitar la venta de los activos, la venta de las sucursales, la aportación de capital adicional por parte de terceros inversionistas, las fusiones de los bancos y las ventas de éstos.

Con su inicio en 1995, los diversos programas de apoyo a deudores se desarrollaron para ayudar e impulsar a los deudores a reparar sus créditos vigentes, a cambio de ayudar a los bancos y al sistema financiero en general. Lo siguiente es un examen de los diversos programas de apoyo gubernamental.

2. Programas bancarios

Programa de ventanilla de liquidez

Objetivo

Después de la devaluación del peso en diciembre de 1994, algunas instituciones de crédito comenzaron a experimentar problemas para renovar sus pasivos en moneda extranjera, principalmente para los tenedores de certificados de depósitos y líneas interbancarias de crédito contratadas en el extranjero. Para ayudar a los bancos mexicanos a satisfacer dichas obligaciones, se otorgaron créditos en dólares a corto plazo a las instituciones que lo requieran, comenzando apartir del 6 de enero de 1995. El objetivo del programa de liquidez en dólares era ayudar a los bancos a enfrentar sus pasivos denominados en moneda extranjera y en consecuencia, reducir la presión en el tipo de cambio. El Fobaproa utilizaría los recursos proporcionados por el Banco de México, para otorgar créditos en dólares estadounidenses a las instituciones financieras.

Características

El financiamiento al Fobaproa se otorgó en dos etapas:

Fase 1

El financiamiento en la fase I iniciado el 19 de enero de 1995, involucraba el otorgamiento de créditos simples por parte del Fobaproa por medio de una línea de crédito a las instituciones bancarias por un plazo de siete días.

Etapa 2

La segunda etapa de financiamiento se inicio el 19 de abril de 1995 y consistió en la apertura de una línea de crédito excedible con plazo de pago de 28 días. La tasa de interés para los créditos vigentes se otorgaban al 23% anual. Las instituciones que hacían pagos al principal a abril de 1995, recibían reducciones en las tasas de interés como se muestra a continuación:

- El saldo vigente del crédito, descontando el pago correspondiente, se dividió en dos partes;
* La primera parte del saldo vigente era igual a la diferencia entre el nuevo saldo y aquel registrado a abril de 1995. El monto estaba sujeto a una tasa anual de interés del 17.5%;

* La segunda parte era la cantidad restante debida, la cual estaba sujeta a una tasa de interés anual del 23% y

* Los intereses se pagaban semanalmente de acuerdo con un cálculo predeterminado.

El objetivo detrás de este cálculo de intereses era proporcionar un incentivo para que los bancos redujeran su deuda con el Fobaproa, al grado en el que pudieran obtener un financiamiento alternativo. El cálculo de intereses benefició a las instituciones que hacían pagos mayores en su principal con menores tasas de interés. Las instituciones financieras también proporcionaron una garantía para respaldar la línea de crédito, en forma del capital social de la institución, valores gubernamentales y/o instrumentos bancarios. Finalmente, todos los bancos pagaron todos los créditos.

En Banco de México (y la dirección del Fobaproa) llevaban el registro de los detalles administrativos como las cantidades de principal y el pago de intereses. El Banco de México, a través de su monitoreo de las posiciones cambiarias de compraventa de divisas de cada banco, tenían la capacidad de monitorear las necesidades de los bancos relacionados con este programa y ha indicado que fue muy activo con relación a esto.

Costo fiscal

No hubo costo fiscal puesto que los bancos pagaron totalmente los préstamos recibidos del Banco de México a septiembre de 1995. La tasa de interés era lo suficientemente alta para cubrir el fondeo de créditos del Banco de México, denominados en moneda extranjera. El apoyo total otorgado a los bancos bajo este programa fue $355 mil 108 millones moneda nacional , el cual fue pagado junto con sus intereses de MN $24 mil 0,91 millones.

Programa de capitalización temporal (Procapte)

Objetivo


El objetivo del Procapte fue capitalizar temporalmente el sistema de banca múltiple mientras que cada banco buscaba capital adicional, sin incurrir ningún costo fiscal. Cuando los requisitos de reservas aumentaron en marzo de 1995, muchos bancos no pudieron cumplir con los requisitos de capital revisados. Las autoridades financieras decidieron implementar un programa de "capitalización temporal", llamado Procapte, para aquellas instituciones que no podían cumplir con el requisito de capitalización del 8%. Este programa de capitalización temporal se estableció hasta que pudieran obtener capital adicional.

Para ayudar en el proceso de la recapitalización, el Congreso aprobó modificaciones a la Ley de Instituciones de Crédito en febrero de 1995, eliminando algunas restricciones legales para la inyección de capital a las instituciones de banca múltiple. El programa requería que todos los bancos con índices de capitalización menores al umbral del 8%, emitieran obligaciones subordinadas al Fobaproa.70 Estas obligaciones fueron adquiridas y administradas por el Fobaproa mientras utilizaran el financiamiento otorgado por el Banco de México.71

Características

La petición de unirse al programa debía completarse, por escrito, por las instituciones financieras interesadas. El Procapte debía durar un periodo de cinco años. Los accionistas de las instituciones participantes estaban obligados a adoptar las medidas necesarias para emitir obligaciones convertibles y los convenios para participar en el programa debían ser aprobados por los accionistas y otras autoridades.

Las obligaciones subordinadas fueron emitidas de acuerdo con el artículo 4o. de la Ley de Instituciones de Crédito. El Fobaproa adquirió estas obligaciones utilizando recursos obtenidos del Banco de México (Banco Central). 72 Las obligaciones subordinadas convertibles emitidas por los bancos eran obligatoriamente convertibles a capital después de cinco años. Hasta que se le pagara al Fobaproa, los bancos no podían emitir deuda de capital adicional, decretar divendos o emitir obligaciones subordinadas de conversión obligatoria adicionales, a menos que se emitieran junto con el programa.

El siguiente diagrama ilustra el mecanismo del Procapte.

El Procapte fue diseñado para que el Fobaproa tomara en cuenta la situación financiera de la institución, la cantidad de capital, los riesgos y el apego de la institución a los programas establecidos para la capitalización antes de ejecutar su opción de conversión. Si la situación financiera de la institución mostraba mejorías durante el curso del programa, la conversión no sería ejercida.73

El Fobaproa tenía la facultad de ejercer su derecho a una conversión anticipada si el capital

                                                                                        464,465 y 466

neto de la institución representaba menos del 2% de los activos sujetos a riesgo. El Fobaproa se reservaba el derecho de obligar a la institución, mediante notificación con un año de anticipación, a readquirir la totalidad o parte de los bonos cuando existieran condiciones favorables en los mercados de capital.74

El diseño del programa tenía la intención de reducir el riesgo moral. Los bancos recibieron la oportunidad y el incentivo de manejar sus deudas malas o como alternativa, arriesgarse a perder el control a manos del Gobierno.

Costo fiscal

Todas las disposiciones fueron pagadas, con excepción del fondeo otorgado a Banco Inverlat la suma de $1 mil 400 millones, moneda nacional, más intereses acumulados de $700 millones moneda nacional. Esto fue convertido en acciones del banco; sin embargo, el valor de esas acciones es cero y los importes fueron cargados a resultados y las pérdidas fueron reconocidas por el Fobaproa.

Programa de Capitalización y de Compra de Cartera de Créditos de Bancos

Objetivo

El Programa de Capitalización y "Compra" de Cartera de Bancos ("PCCC") se implementó para capitalizar a los bancos cuya situación financiera era solvente pero, debido al deterioro de sus activos crediticios, se arriesgaba a no cumplir con los requisitos mínimos de capital.

El programa de capitalización y "compra" de cartera fue diseñado para apoyar a los bancos que, debido a su importancia y alta concentración en la industria, hubieran puesto al sistema bancario mexicano en riesgo.

El Gobierno debería observar los siguientes principios durante la capitalización de instituciones:
Si era un  problema relacionado con:

La solución era:

-Irregularidades y falta de capital -Intervención,recuperación,venta y/o
liquidación
-Una reserva falta de capital -Reestauración y venta
-Falta de capital disponible de los
accionistas
-Compras de caracter

Características

Bajo el programa de capitalización y de compra de cartera del banco el Fobaproa adquirió derechos sobre los flujos de efectivo de una cartera seleccionada por el banco. El banco sería responsable por la cobranza y la administración de los créditos.

Los derechos sobre los flujos de efectivo fueron transferidos por el banco a un fideicomiso administrado por el mismo banco, cuyo beneficiario era el Fobaproa. A cambio de estos derechos en el fideicomiso, el Fobaproa emitiría pagarés pagaderos a 10 años a favor del banco. Dichos pagarés estaban respaldados por el Gobierno. Los pagarés devengaban intereses durante su vigencia pero eran liquidables al vencimiento.

A cambio de que el Fobaproa participara en la cartera de créditos designados, se requirió al banco inyectar capital nuevo. Esto se hizo generalmente sobre la base de que el banco aportaría un peso de capital nuevo por cada dos pesos de cartera seleccionada para el fideicomiso.

El siguiente diagrama establece el flujo de la transacción:

 

Los recursos cobrados de la cartera crediticia fueron mantenidos en el fideicomiso y serían utilizados para liquidar el pagaré. Cada banco tenía un acuerdo para compartir pérdidas con el Fobaproa, mediante el cual se comprometían a pagar el 25% de las pérdidas de la cartera crediticia. El acuerdo para compartir pérdidas reales entre el Fobaproa y los bancos varió levemente de una institución a otra. El costo de las pérdidas compartidas se reconoce al vencimiento de los pagarés, momento en el cual los bancos perdonan la pérdida compartiendo un porcentaje del pagaré emitido.

El siguiente ejemplo establece el efecto del acuerdo para compartir pérdidas sobre los bancos y el fideicomiso, para propósitos de este ejemplo, se asumen las siguientes condiciones:

* $1 mil 100 de cartera crediticia;

* $100 de reserva establecida por el banco para la cartera crediticia y

* Acuerdo para compartir pérdidas del 75% para el Fobaproa y el 25% para el banco.

                                                                                   Banco                       Fideicomiso

Trasferencia de la cantidad neta del banco al                   1,000                          1,000         
fideicomiso

El banco registra reservas para cubrir su 25%
de participación de la pérdida por el período                        250
de diez años

Asumir alternativa respecto a la cobranza real
de la cartera
                 (1)Recuperación NULA
                     Pédida registrada                                       250                             750

                 (ii)Recuperación de $100
                     Pérdida restringida
                         ($1,000-$100) por el porcentaje               225                             675
de repartición    de pérdidas (75% /25%)

                  (ii)Recuperación $750
                     Perdidas restringida                                     63                            187
                          ($1,000-$750) por el porsentaje
de repartición     de pérdidas (75% /25%)


También se debe hacer notar que si la cobranza real de la cartera excede de $1 mil, este exceso puede ser retenido por el banco. En dicho caso, la pérdida para el fideicomiso sería de cero.

Proceso para la finalización de las compras de cartera crediticia.

Proceso para la finalización de las compras de cartera crediticia.

El valor de los pagarés emitidos por el Fobaproa a la fecha de la operación fue diseñado para igualar el valor neto contable de la cartera. El valor neto originalmente fue definido como el valor de la cartera menos las reservas "preventivas" o pérdidas anticipadas. Las reservas serían determinadas por el banco de acuerdo con las reglas generales emitidas por las autoridades en 1991, para la calificación de la cartera crediticia y debían ser revisadas por un auditor externo. El Fobaproa y la CNBV llevaron a cabo un proceso de revisión y propusieron que, para la mayoría de los casos, los niveles de reserva fuesen más altos que aquellos determinados por el auditor externo. Sin embargo, en la mayoría de los casos, las reservas totales eran más bajas que las requeridas para reflejar el valor en el mercado. Este problema se trató a través de los acuerdos para compartir pérdidas por los créditos.

Las compras de cartera crediticia se llevaron a cabo en dos rondas. Las que entraron durante 1995 (la primera ronda) y las que entraron en 1996 (la segunda ronda). Debido a los retrasos en la finalización y el cierre de los convenios, ninguna de las compras fue finiquitada o cerrada hasta el verano de 1997. Los resultados de estas dos rondas varían.
Cuando se instituyó el primer programa, los siguientes préstamos no fueron aceptados en el programa de compra de cartera:

*Créditos calificados como "E" (créditos vencidos);

*Créditos en manos de compañías en quiebra o en suspensión de pagos;

*Créditos descontados con instituciones de desarrollo;

*Créditos denominados en unidades de inversión (Udis) y

*Créditos a partes relacionadas.

Conforme la situación del sistema de banca múltiple continuó deteriorándose, el comité técnico decidió ajustar los criterios para aceptar créditos que habían sido excluidos anteriormente.

La primera ronda de los convenios de compra de cartera crediticia llevó ciertas enmiendas y variaciones por negociación. Por consecuencia, hubo resultados que difieren en cada banco. Para evitar que esto volviera a ocurrir, se ajustó el proceso de la segunda ronda. El proceso de la negociación para establecer los valores de los créditos se simplificó y se tomaron cifras de auditores externos (principalmente con base en los criterios de la CNBV) como las reservas definitivas. En por lo menos dos bancos se evaluaron créditos hipotecarios al 65% de su valor nominal. Los auditores externos se enfocaron a verificar la existencia y validez de los créditos y no a su valuación.

Reservas crediticias insuficientes

La revisión realizada por las autoridades financieras del Fobaproa y la CNBV en la primera ronda de las compras de cartera indicó que los niveles de reserva requeridos eran más altos de los que podrían ser absorbidos por los bancos para al mismo tiempo mantener índices de capital que excedieran el 81%. Por consecuencia, el proceso y los criterios para evaluar los créditos se ajustó para que las garantías fueran consideradas en el proceso de evaluación. Esto resultó en reservas requeridas menores, a pesar de que en algunos casos dichas reservas seguían siendo demasiado altas para que los bancos las absorbieran. Las siguientes negociaciones entre los bancos, el Fobaproa y la CNBV resultaron en que los bancos añadieran o sustituyeran créditos adicionales, aumentando el porcentaje de repartición de pérdidas o participando en un acuerdo de incentivos. Los acuerdos de incentivos establecieron las responsabilidades que las instituciones debían cubrir, con el tiempo sobre cualquier falta de reservas. la cantidad que las instituciones debían cubrir se volvió una función de cobranza de créditos.

La creación de "reservas para pérdidas compartidas"

Para asegurar la creación de reservas suficientes para pagar los pasivos contingentes que resultaran de los acuerdos para compartir pérdidas, se emitió un comunicado oficial el 25 de febrero de 1998 para los bancos estableciendo sus obligaciones para crear reservas para pérdidas contingentes. Las instituciones tenían el derecho de seleccionar entre dos métodos para crear la reserva contingente para "compartir pérdidas". Ellos pudieron establecer sus reservas contingentes para "compartir pérdidas" sobre una base de línea recta en un periodo de ocho años a partir del 1o. de julio de 1998 o establecer dichas reservas durante un periodo de 10 años a partir del inicio de las operaciones.

Costo fiscal

El costo fiscal del programa PCCC dependerá de las recuperaciones efectuadas por los diferentes fideicomisos, la oportunidad de su arreglo y la parte que absorba el banco de la pérdida compartida. Las autoridades financieras han estimado este costo en moneda nacional de $97 mil millones de pesos MN representado por la diferencia del valor pendiente de pagarse y el valor de los créditos asociados del fideicomiso y la pérdida compartida con los bancos, junto con otros flujos asociados.

Programa de intervención y saneamiento

Orígenes del programa de "saneamiento"


El PCCC de compra de cartera no fue suficiente para salvar a los bancos de la crisis financiera. Cuando los accionistas no pudieron obtener el capital adicional, las autoridades financieras emprendieron el programa de saneamiento que consistía en una capitalización más para
                                                                                    
                                                                                          467,468 y 469
                      
los bancos y en una promoción activa con inversionistas tanto nacionales como extranjeros de los bancos con la esperanza de ayudar a sus recuperaciones. Saneamientos significa recuperación o cura. Este programa fue implementado en todos los bancos elegibles, incluyendo los bancos intervenidos. El programa de saneamientos sería implementado con la esperanza de salvar a los bancos de su liquidación. Las siguientes secciones explican el papel del Fobaproa en el programa de saneamiento.

Características

El programa de saneamiento se presentó en tres partes como se explica a continuación:

En la primera fase del proceso de saneamiento, el Fobaproa otorgó a la institución una línea de crédito que le permitía al banco cumplir con sus obligaciones con sus depositantes. Como garantía, el Fobaproa recibió y mantuvo acciones del banco y/o compañía tenedora a la que perteneciera el banco.  

           

En la segunda fase del proceso de saneamiento, el Fobaproa inyectó capital al capitalizar los créditos otorgados en la primera fase y/o proporcionar recursos adicionales. Este le permitió al banco continuar operando y cumplir con sus obligaciones con el público depositante.

La tercera fase del proceso de saneamiento involucraba dos cursos de acción posibles. Si el banco se consideraba como una empresa viable, entonces el Fobaproa podía vender las acciones que adquirió a una tercera parte elegible. El Fobaproa proporcionaría apoyo para la asignación de recursos y/o compra de las carteras de crédito y luego vendería la institución a bancos internacionales de prestigio o a instituciones bancarias mexicanas viables.

Si se consideraba que el banco no era una empresa viable, entonces las sucursales del banco serían ofertadas para su venta, habría una reducción de personal y los activos restantes de la institución serían liquidados. En el proceso de liquidación el banco adquirente asume todos los pasivos del banco vendido, en pesos. Para compensar al banco adquirente por asumir dichos pasivos, el banco en venta admite un paragé en pesos y asume una obligación contractual para pagar en dólares estadounidenses una cantidad igual a los pasivos asignados. En contraprestación, estas obligaciones fueron garantizados por el Fobaproa.

Progreso legal

La legalidad del Fobaproa de tomar posesión de los activos de las instituciones insolventes ha sido sujeta de un considerable escrutinio. La manera en la que el Fobaproa obtuvo las acciones de algunos bancos ha sido atacada como inconstitucional. A la fecha, los tribunales no han dado su veredicto final a este respecto.

Programa de saneamiento e intervenciones bancarias

La intervención de los bancos por parte de la CNBV tuvo la intención de proteger los intereses del público depositante, sin embargo, es una responsabilidad constante de la CNBV y no se le debe confundir con un "programa" creado como resultado de la crisis financiera de diciembre de 1994. Es la opinión de la CNBV que es sólo su responsabilidad asegurar que se intervengan aquéllos bancos en los que detecten "operaciones irregulares" que pudieran poner en peligro los depósitos del público. "Las operaciones irregulares" se definen como
cualquier operación, desde fraude hasta desviaciones de la ley bancaria, como el otorgamiento de autopréstamos o el incumplir con los requerimientos mínimos de capital y reservas.

Las intervenciones fueron conducidas por la CNBV quien determinó caso por caso qué banco debía ser intervenido y la forma en que dicha intervención tendría lugar. La CNBV diseñó programas individuales de acuerdo con las características de cada institución y con el ambiente al momento en que se realizó la intervención.

Durante las intervenciones, la CNBV tomó control de los bancos y suspendió los derechos de los accionistas, remplazo a la administración existente en la institución y designó a un interventor-gerente, el Fobaproa no tenía ninguna autoridad para iniciar intervenciones en los bancos y no era partícipe de la supervisión de los procesos de intervención. La única responsabilidad del Fobaproa con los bancos intervenidos era capitalizarlos, mientras la CNBV designaba a los interventores a cargo del proceso de saneamiento.

Participantes

La CNBV intervino los bancos comerciales con irregularidades operativas, severos problemas financieros o cuyos accionistas no podían cubrir los requisitos de capital de la institución entre 1994-1998. Para finales de 1996, ocho bancos habían sido intervenidos debido a las irregularidades detectadas en sus operaciones bancarias y de estos bancos, Banca Cremi y Banco Unión habían sido intervenidos antes de la devaluación del peso. Los otros bancos intervenidos mostraron una combinación de problemas financieros e irregularidades operativas.

A continuación se presenta una lista de los 12 bancos intervenidos hasta el 30 de junio, 1998:

Anahuác, Banca Cremi, Banco del Oriente, Banco Unión, Banpaís, Industrial, Confia, Banco Capital, Banco Interestatal, Banco Obrero, Banco del Sureste y Pronorte.

Para los bancos intervenidos, la CNBV ha indicado que sus responsabilidades de supervisión vigentes incluyen la supervisión del desempeño del interventor, lo mismo que revisar los sistemas administrativos, controles internos, operaciones en el mercado de dinero, capitalización y reservas de crédito deficientes. La recuperación de los créditos será revisada en una base global. La dirección del Fobaproa será responsable de la supervisión de las recuperaciones de estos créditos.

Revisión por terceras partes

Cuando el valor era un problema, se contrataba a una tercera parte para realizar varios análisis, incluyendo auditorías a los valores de las carteras en su preparación para la venta, revisiones operativas de las transacciones, estudios de viabilidad y valuaciones generales.

La intervención de facto

La CNBV creyó que al realizar una intervención de facto podría evitar la percepción negativa de las repercusiones de intervenciones anteriores (i.e. altos costos de liquidación, grandes pérdidas crediticias, pérdidas de los depósitos centrales y unos costos de captación más altos). Se esperaba que un acuerdo con la parte interesada en comprar al banco sería alcanzado hasta que la institución compradora actuaría como el interventor de facto y se finalizara la compra.

Banca Serfin, el tercer banco más grande de México en el tiempo de la crisis, presentó una situación única para las autoridades financieras. Había serias preocupaciones acerca de los efectos de una intervención en un banco de esa magnitud. Para tomar el control de las operaciones del banco, la CNBV inició una intervención de facto la cual incluyó el remplazo de la gerencia bancaria y negociaciones con terceras partes para invertir en/o adquirir a la institución en lugar de vender las sucursales y liquidar los activos. Inverlat también fue intervenido de facto.

Bancrecer es también un banco intervenido de facto y bajo una estricta supervisión y escrutinio de la CNBV. Bancrecer no ha comprado ningún banco o sucursales y ha tenido una revisión de sus acuerdos para la compra de cartera crediticia. El status de la viabilidad de este banco y del costo final requerido para la continuación de sus operaciones, es incierto en este momento, ya que será disposición del IPAB cómo resolver los problemas ya conocidos dentro de este banco.

Costo fiscal

El costo fiscal del programa de saneamiento será conocido cuando todos los activos remanentes, incluyendo los créditos, sean liquidados y las ventas pendientes que serán celebradas al valor actualizado cuando la transacción se realice. Es también incierto si los programas del Fobaproa hasta hoy han proporcionado el capital suficiente a los bancos para enfrentar las condiciones económicas adversas. Este asunto en general es comentado como parte de la evaluación de los programas de apoyo gubernamentales.

Los costos de saneamiento han sido reclasificados al costo de capitalización. El costo total estimado de estos programas al 30 de junio de 1998 es de $337 mil 800 millones de pesos MN.

3. Programas de apoyo a deudores

Definición y propósito de los programas de apoyo a deudores


Los programas de apoyo a deudores se crearon principalmente para los pequeños deudores, con objeto de ayudarlos en el pago de sus créditos vigentes. Los pequeños deudores sufrieron grandemente debido a la crisis financiera de 1994-1995 puesto que perdieron su poder adquisitivo como consecuencia de la alta inflación y de las volátiles tasas de interés. Era ampliamente aceptado que estos deudores no tenían un papel significativo en la crisis financiera y que no deberían sufrir en su totalidad la carga ocasionada por la crisis por lo tanto, se consideraba necesario que la Asociación de Banqueros de México ABM y las autoridades financieras crearan programas de apoyo que les dieran cierto alivio a dichos deudores. Los bancos también se beneficiaron de los programas debido a que por lo menos parte de los descuentos dados a los deudores los financiaba el Gobierno Federal.

Las principales directrices de los programas de apoyo a deudores eran:

* Evitar el riesgo sistemático;

* Promover la confianza y la credibilidad del público en el sistema bancario;

* Minimizar el impacto fiscal y monetario resultante de la crisis y
* Promover una cultura de pago de deudas bajo las condiciones existentes en el mercado.

El papel del Fobaproa

La participación del Fobaproa en los programas de apoyo a deudores fue mínima. Se limitó únicamente a servir como conducto para los pagos de apoyo entre el Gobierno Federal y los bancos. Hasta antes de agosto de 1998, el Fobaproa realizaba los pagos de apoyo a los bancos y después mandaba información a la CNBV para que se analizara y se confirmará la exacitud de la cantidad dada. Desde agosto de 1998, este acuerdo ha cambiado y los pagos del Fobaproa a los bancos ahora se hacen despues de que la CNBV los aprueba.

Evolución de los programas de apoyo
a deudores


Los programas de apoyo a deudores han evolucionado con el tiempo. Los primeros programas fueron creados a principios de 1995 y nuevos programas fueron añadidos gradualmente hasta finales de 1998. Esta evolución ocurrió en respuesta a las necesidades cambiantes de los deudores para quienes los programas intentaban ayudar y por el estado de la economía caracterizado por inflación y disminución de los salarios reales.

Proceso para la creación e implementación de los programas de apoyo a deudores

Los programas de apoyo a deudores estaban destinados a sectores específicos de la economía. En algunos casos, un programa tenía como objetivo más de un solo sector de deudores, mientras en otros casos el objetivo era únicamente un sector.

Programas con apoyo gubernamental
    
El desarrollo de los programas fue un esfuerzo combinado de la asociación de banqueros de México, el Banco de México, la CNBV y la SHCP. Los bancos identificaron los problemas relacionados con un sector en particular y a través de la Asociación de Banqueros en México los presentaron a las autoridades, en donde surgía un mecanismo para resolver los problemas. El costo de los programas que debía compartirse por los bancos y por el Gobierno fue estimado por la CNBV y presentado a la SHCP para su aprobación y financiamiento.l

                                                                      470,471 y 472

 

acuerdo fue seguido por una serie de circulares emitidas por la CNBV especificando las reglas operativas del programa. Entonces se les proporcionó a los bancos una explicación sobre los programas por medio de presentaciones y otras medidas de comunicación llevadas a cabo principalmente por la CNBV.

Los programas y sus beneficios

A principios de 1995 y hasta finales de 1998, se introdujeron una serie de diferentes programas de apoyo a deudores. Los más significativos son los que se presentan en la tabla a continuación. Los sectores a los que fueron enfocados estos programas fueron: la micro, pequeña y mediana empresas: Agricultura, Pesca, Ganadería y Forestal; los deudores hipotecarios de bajo y medio ingresos (Fovi); y personas con créditos personales y créditos para adquisición de bienes de consumo duradero y de tarjeta de crédito.

La siguiente tabla establece los diferentes programas de apoyo a deudores en los que el Fobaproa tuvo una participación.  
Ptograma de Apoyo a
Deudores
Fecha de
Firma del
Acuerdo
Fecha de
Vencimiento
Reestructura
en UDís con
una tasa de
interés fija
Descuento en
Tasa Interés
Descuento en
Pagos

Planta Productiva          abril 24-95    Hasta 12 años                      *
                                                          desde la
                                                      reestructuración
Hipotecario Residencíal junio 22-95   Hasta 30 años                      *
                                                          desde la
                                                       reestructuración
ADE                                                                                                                                                       *
ADE-FOVI                    agosto 23-95       Mayo 31-96
ADE-Residencial          agosto 23-95   12 meses desde la              *
                                                        reestructuración
ADE-Tarjeta de crédito  agosto 23-95  septiembre 30-96                  *                           *
ADE-Préstamos           agosto 23-95   septiembre 30-96                  *                           *
personales ypara el
consumo
ADE-Préstamos           agosto 23-95  septiembre 30-96                 *                           *                    
comerciales
ADE-Présentamos        agosto 23-95   Febrero 28-97                       *                           *

Beneficios Adicionales para Hipotecas Residenciales

Hipotecas para la           mayo 16-96     Diciembre 31-00                                                                                 *
vivienda tipo FOVI

Hipotecas residenciales de   mayo 16-96    Diciembre 31-05             *                                                              *
mediano tamaño

Pagos mínimos          mayo 16-96          6 años a partir de
                                                          los pagos de renta
                                                          con ocupación a
                                                          readquisición
FINAPE                      julio 23-96      10 Años desde la                     *                                                             *
                                                           Reestructura*
FOPYME                   agosto 16-96   10 Años desde la               *                                                  *                                                   Restructura *
                                                          

Punto final (evento siguiente)

Punto Final-Hipotecarios         diciembre 16-98   Hasta 30 años       *                                                              *
residenciales de tamaño                                           desde la
mediano                                                       reestructuración
Punto Final-Agrícola                diciembre 16-98  Diciembre 31-01         *                                                                                *
Punto Final-Comercial             diciembre 16-98   Diciembre 31-01       *                                                            *

Los deudores con créditos otorgados antes de una cierta fecha fueron elegibles para tres tipos de beneficios.
*Tasas de interés reducidas ofrecieron a los deudores alivio de las crecientes tasas de interés en el mercado durante la crisis.

*Los descuentos en los pagos le permitieron a los deudores realizar pagos reducidos de sus créditos y abonarlos a su saldo por la cantidad completa.

*La reestructuración de créditos en Udis protegió a los deudores de los efectos de las tasas de interés reales que se incrementaron más rápido que los salarios reales.

El tipo de apoyo ofrecido varió de acuerdo con el programa al que se hubiera adherido el deudor. Todos los tipos de apoyo estaban condicionados a que el deudor siguiera al corriente de sus pagos.

Beneficios adicionales ofrecidos por los bancos

Además de los beneficios ofrecidos en los programas de apoyo a deudores, los bancos también ofrecieron sus propios beneficios adicionales a los deudores. Algunos de estos fueron los beneficios estándar disponibles a todos los deudores y otros fueron negociados con los deudores individualmente. Debido a las dificultades involucradas en la adjudicación de garantías, los bancos estaban dispuestos a ofrecer descuentos adicionales a los deudores. Arreglar un crédito por una cantidad con descuento era más rápido y fácil que entrar en un proceso de litigio.

Udis

Una de las características principales y de los beneficios más importantes de los programas de apoyo a deudores era la oportunidad que se les daba a los deudores de reestructurar sus créditos en unidades de inversión o Udis, una moneda artificial que estaba aparejada con el índice de precios al consumidor. Bajo este programa, los créditos en pesos eran reestructurados y denominados en Udis a una tasa fija de intereses. Todas las amortizaciones de los créditos reestructurados también se determinaban en Udis. Debido a que las Udis eran una moneda artificial y no podía ser utilizada como un medio de pago, los deudores en cuestión hacían sus pagos en pesos, lo cual era computado al multiplicar la cantidad del pago en Udis por el tipo de cambio vigente entre Udis y pesos. Las Udis fueron diseñadas de tal forma que los deudores pagaban la tasa de interés real, mientras que el Gobierno cargaba con el costo de la diferencia entre la tasa nominal y la tasa real que está implícita en el acuerdo descrito en la siguiente sección de este reporte titulada reestructuración en Udis y mecanismo del fideicomiso.

La idea atrás de uso de las Udis era aliviar las presiones de liquidez que se ejercían sobre los deudores ocasionadas por las altas y volátiles tasas de interés, especialmente durante 1995 a 1996. Al hacer eso los flujos efectivos nominales vigentes eran reducidos inicialmente, conforme las tasas de interés fijas más bajas se aplicaron a los valores de los créditos. Sin embargo, con el paso de los años y la inflación, los flujos de efectivos futuros en términos nominales, en pesos, se elevaban conforme al valor de las Udis con respecto al peso.

El siguiente ejemplo demuestra la comparación de los pagos en pesos nominales entre un préstamo reestructurado en Udis y un préstamo en pesos. El diagrama indica que los pagos inicialmente denominados en Udis eran más bajos que aquellos denominados en pesos. Posteriormente, con la disminución de las tasas de interés sobre los créditos en pesos, la brecha entre los pagos mensuales entre estos dos créditos disminuía.


******INSERTAR CUADRO PAG 79


Reestructuración en Udis y el mecanismo del fideicomiso

Se creó un mecanismo por separado para un control efectivo de las transacciones resultantes del uso de las Udis. De esta forma, una vez que reestructuraban los créditos en Udis, eran transferidos junto con las reservas requeridas a un fideicomiso administrativo por los bancos. Este fideicomiso fue creado como un vehículo para el cambio de Udis a pesos entre el Gobierno y el banco, en una forma que el Gobierno aceptará el riesgo entre la tasa real y la tasa nominal de intereses.

Una vez que el crédito era transferido al fideicomiso, éste emitía valores fiduciarios en Udis para poder financiar la adquisición de dichos créditos, por una cantidad y plazo similares a las de los créditos transferidos. De forma alternativa, para financiar la adquisición del crédito transferido, el fideicomiso también podía haber obtenido créditos del Gobierno Federal en Udis. Si el fideicomiso emitía valores fiduciarios, el Gobierno adquiría dichos valores y los tomaba en cuenta en su contabilidad. Para financiar la compra de dichos valores fiduciarios, el Gobierno emitía unos Certificados de la Tesorería de la Federación denominados en pesos, conocidos como los "Cetes" a los bancos a la tasa de interés del costo porcentual promedio (CPP), equivalente a la cantidad y plazo de los valores fiduciarios. Cuando el Gobierno prestaba al fideicomiso, transfería la cantidad a través del fideicomiso al banco, quién a su vez adquiría los Cetes especiales a una tasa CPP por dicha cantidad. El siguiente diagrama ilustra el mecanismo del fideicomiso.

Cuando una exhibición del crédito era pagada por el deudor, el fideicomiso liquidaba la cantidad correspondiente del crédito y amortizaba los valores fiduciarios por la misma cantidad. Con la amortización de los valores fiduciarios, el Gobierno Federal a su vez amortizaba los Cetes especiales que emitía a los bancos. En los casos en los cuales los fideicomisos no habían emitido valores fiduciarios y en lugar habían pedido prestado del Gobierno para financiar la adquisición de los préstamos de deudores transferidos, el fideicomiso pagaba el crédito por la cantidad correspondiente al Gobierno, el cual a su vez iniciaba la liquidación de Cetes en manos del banco por una cantidad equivalente.

Este mecanismo aplicaba a todos los programas de apoyo en donde los créditos fueran reestructurados en Udis excepto en los casos de "pagos mínimos equivalente a renta", (los cuales tienen su propio mecanismo) y los programas de vivienda tipo Fovi.

Una vez que el crédito era reestructurado en Udis, las provisiones, junto con la cartera crediticia, eran transferidas al fideicomiso como una partida contable. Estas reservas eran trasferidas a un porcentaje mínimo prescrito de acuerdo con el programa (ejemplo hipotecas del 2.5%,5%).

                                                                                     473,474 y 475

Los programas de apoyo a deudores requerían una evaluación trimestral de las provisiones por parte de los bancos, para asegurarse de que hubiera suficientes reservas. De no ser así, el banco proporcionaba las reservas en efectivo, al fideicomiso. Estas reservas trasferidas en efectivo eran entonces invertidas por el fideicomiso en instrumentos financieros a una tasa equivalente a la tasa de los valores fiduciarios.

Riesgo crediticio y cobranza

Los bancos eran responsables de la cobranza de las deudas y del riesgo crediticio ya sea que los créditos fueran trasferidos al fideicomiso o no.

Tratamiento contable

Las circulares relativas a los programas de deudores proporcionaron requisitos contables detallados que debían seguir los bancos en su acreditación en la participación en el Programa del Apoyo a Deudores.

Pagos de apoyo a los bancos

El apoyo ofrecido a los deudores era compartido por los bancos y el Gobierno Federal, el Gobierno pagaba su proporción a los bancos a través del Banco de México (a costo de Udis) y del Fobaproa (descuento sobre pagos y tasa de interés). El apoyo a través del Banco de México era cubierto en la forma de bonos gubernamentales, el plazo de los cuales dependía de los términos de la reestructuración del crédito. El Fobaproa establecía su participación de los pagos de apoyo obteniendo un crédito de cinco años de los bancos.

Evolución de programas significativos

Los siguientes párrafos y diagramas ilustran la evolución de los programas significativos y beneficios proporcionados a los sectores clave de la economía.

Sector de la micro, pequeña y mediana empresas

Este sector recibió su primer beneficio con planta productiva en abril de 1995, el cual proporcionó la opción de reestructurar el crédito en pesos en Udis a una tasa de interés fija. Los que no reestructuraron bajo este programa, tenían la opción de reestructurar sus créditos en Udis bajo el programa ADE por el periodo y las tasas especificadas en el de planta productiva. Los deudores que aún deseaban pagar en pesos, recibían ayuda a través de tasas fijas de interés bajo el ADE, los deudores comerciales que tenían créditos en pesos, Udis y dólares estadounidenses, recibieron apoyo bajo el programa Fopyme mediante opciones de descuentos de pagos y reestructuración. Al Fopyme le siguió el programa final conocido como Punto Final, que ofrecía grandes descuentos sobre los pagos a partir de 1999. El siguiente diagrama establece el progreso de los programas en este sector:


Sector agrícola, ganadero, forestal y de pesca

Estos sectores recibieron esencialmente los mismos beneficios que se ofrecieron a los deudores comerciales, tanto del programa de planta productiva como el del ADE. Al ADE le siguió Finape el cual nuevamente les proporcionó la opción de reestructurar en Udis a aquellos que tuvieran préstamo en peso y proporcionó descuentos sobre los pagos para deudores que tuvieran préstamos en pesos, dólares o Udis. Posteriormente en 1999, los deudores de ese sector podían optar por el programa de punto final y gozar de los beneficios que éste proporcionaba.


Sector de vivienda

El Programa de Apoyo a Deudores se enfocó en dos tipos de hipotecas para la vivienda. El primer tipo eran hipotecas residenciales de tamaño mediano. Estas eran hipotecas tradicionales con base en valor del inmueble adquirido. El segundo tipo era la hipoteca para vivienda de bajos ingresos o del tipo Fovi. Estos créditos hipotecarios eran para los trabajadores que percibían el salario mínimo y se basaban en el ingreso de deudor y no en el valor de la vivienda. El siguiente diagrama muestra la evolución y los beneficios proporcionados por estos dos tipos de programas.

El primer programa de apoyo para los deudores residenciales medianos, se estableció en junio de 1995 y contenía la opción de reestructurar créditos en Udis a tasas de interés fijas. A éste le siguió el ADE, el cual concedió a los deudores la misma opción, pero a tasas de interés más bajas. Depues del ADE, el programa de beneficios adicionales ofreció descuentos en los pagos y opciones de reestructuración. Aquellos deudores quienes después de reestructurar sus créditos no tenían la capacidad de cumplir con sus compromisos podían optar por el programa de "rentas" bajo el cual se pagaba una renta mensual durante seis años con la opción de readquirir la vivienda al final de dicho periodo. La última oportunidad de ayuda llegó en la forma del Programa Punto Final, mediante el cual, hasta septiembre de 1999, los deudores podían enrolarse en dicho programa y obtener los beneficios de punto final.


Con respecto a las hipotecas de vivienda de tipo Fovi, el ADE ofreció bonos sobre cada pago por 12 meses a partir de febrero de 1996. Para junio de 1996, esto fue reemplazado por el Programa de Beneficios Adicionales, el cual ofrecía descuentos sobre los pagos hasta el año 2000. Como se muestra en el diagrama siguiente, los créditos para la vivienda tipo Fovi no recibieron beneficios del Programa Punto Final. De acuerdo con la CNBV, los deudores del Fovi ya se habían beneficiado con los subsidios de tasa de interés y con la anulación de los saldos pendientes del crédito al final del vencimiento del crédito.

Esto los puso en una mejor posición que a los deudores residenciales medios con los beneficios del Programa Punto Final. Por esta razón, se decidió no incluir a los deudores del Fovi en el Programa Punto Final.



                                                                                            476,477 Y 478

                                                                           
Individuos con créditos personales, créditos para bienes de consumo duradero y deudas de tarjetas de crédito


El programa ADE proporcionó ayuda a los deudores de tarjeta de crédito y de créditos de bienes de consumo duraderos y créditos personales, al ofrecer la opción de reestructurar en Udis con una tasa de interés fija. Si los deudores estaban al corriente y escogían permanecer en pesos, se beneficiaban de las tasas fijas de interés, del 1o. de septiembre de 1995 al 30 de septiembre del 1996.

Eventos subsecuentes

El último programa de apoyo a deudores, punto final, entró en vigor en enero de 1999 y remplazo a todos los programas anteriores para el sector agrícola, comercial y de vivienda mediana. Este programa tenía como objetivo resolver los problemas como la discrepancia entre los valores hipotecarios y los valores de los inmuebles y proporcionar una mayor motivación a los deudores para pagar sus créditos pendientes ofreciéndoles descuentos más altos que los programas anteriores. De acuerdo con la CNBV, el programa punto final fue presentado de tal manera que es evidente que este programa ofrecía descuentos "significativamente más altos" que los programas anteriores. Los deudores fueron informados que ésta era la última oportunidad para beneficiarse de los programas. Para incrementar la participación de los deudores de vivienda, el programa se abrió para los deudores con créditos en pesos.

El programa punto final no involucró un incremento significativo en el costo para el Gobierno Federal con respecto a los programas previos. La razón fue que punto final tiene un acuerdo para compartir costos (por descuento sobre los pagos) entre el Gobierno y los bancos, a diferencia de los programas residenciales anteriores en donde el costo era asumido únicamente por el Gobierno.

La CNBV establece que la introducción de descuentos más altos para los pagos adelantados y para las deudas vigentes bajo este programa resultó en un incremento significativo de la participación y el pago de las deudas.

Supervisión de los programas

El progreso y la implementación de todos los programas de apoyo a deudores fueron supervisados por la CNBV, con la excepción del programa de los estados y municipios, el cual fue administrado por la SHCP.

El objetivo de este proceso era:

Asegurar que los programas fueran implementados por los bancos de acuerdo con los acuerdos firmados y las circulares emitidas por la CNBV y la SHCP;

Confirmar la extensión en la cual estos programas habían alcanzado sus metas y

Determinar y verificar el costo para el Gobierno y los bancos.

La CNBV supervisó los programas de apoyo a deudores al:

Analizar la información recibida directamente de los bancos en los formatos prescritos;

Iniciar auditorías especiales de los bancos a través de auditores externos, realizadas conforme a procedimientos ya acordados y

Revisar los reportes de la auditoría anual de los bancos.

Análisis de la información recibida
de los bancos


La información recibida por la CNBV fue revisada para confirmar los costos del programa cargados por el banco al Gobierno Federal. Está información también sirvió para evaluar el impacto de los programas de apoyo a deudores a la fecha y proporcionó información para futuras mejoras en los programas con el objetivo de hacerlos más efectivos.

Los métodos para supervisar a los bancos se desarrollaron conforme los programas fueron evolucionando. Cuando se implementaron los programas por primera vez, la información relativa a dichos programas era enviada por los bancos vía fax a la CNBV. De acuerdo con la CNBV, la información no era presentada en un formato estándar y tenía que pasar por un proceso de depuración y agrupamiento antes de que se pudiera realizar el análisis.

Posteriormente, el proceso de mandar información vía fax cambió a hojas de cálculo electrónicas. La información era acomodada, clasificada y agrupada mes a mes por cada banco para que se llevara a cabo el análisis. Se utilizaron varias fórmulas de validación en las hojas de cálculo electrónicas para confirmar que las cantidades entregadas por los bancos
estuvieran de acuerdo con los convenios y las circulares.

Para agosto de 1998 el sistema de base de datos electrónico conocido como SAC era totalmente funcional y remplazó a las hojas de cálculo. El nuevo sistema redujo significativamente los recursos que se invertían en la compilación y arreglo de la información. De acuerdo con la CNBV, el sistema SAC fue diseñado para recibir la información relevante para su análisis de forma consistente y eficiente.

Cada banco ingresaba su información para el cálculo del subsidio en el sistema SAC. Las fórmulas de validación inherentes del SAC aseguraban la exactitud de los cálculos de tal forma que las cifras soporte que están mal calculadas, eran rechazadas por el sistema y no eran enviadas al banco. Sin embargo, existieron algunos casos en donde no se detectaron parámetros incorrectos, para los cuales la CNBV realizó una revisión específica de la información. Después de la validación de la información, ésta era analizada por la CNBV.

Se debe hacer notar que antes de la implementación del SAC, el Banco de México realizaba el pago a los bancos y luego mandaba la información a la CNBV para su análisis y confirmación de las cifras soporte. Cualquier ajuste recomendado por la CNBV para las cantidades soporte tendría lugar después de dicho proceso.

Con la implementación del SAC, el análisis de la CNBV se realizó mucho más pronto y las cantidades soporte fueron aprobadas y mandadas al Banco de México para su pago. Por lo tanto, el SAC aseguraba un proceso de pago mejorado por medio del cual la aprobación era dada antes de que el Banco de México realizara el pago.

Revisión especial por auditores externos

Desde 1998, los auditores externos de los bancos han estado realizado una revisión especial de la implementación de los programas de apoyo a deudores de acuerdo con el alcance del trabajo definido por la CNBV. La intención era asegurar a los reguladores que las instituciones bancarias llevaban a cabo correctamente la aplicación de los beneficios de los diferentes programas. El alcance de la auditoría cubrió lo siguiente:
Revisión del mecanismo de rastreo de los pagos que los bancos recibían de los deudores y revisión del cálculo de los descuentos y otros incentivos y

Análisis de los créditos individuales con base en un muestreo estadístico para determinar si los deudores que se beneficiaban de estos programas estaban al corriente en sus obligaciones.

Los auditores no estaban obligados a emitir una opinión sobre el impacto o el éxito de los programas de apoyo a deudores.

Auditorías generales a los bancos realizados por auditores externos

Los auditores externos de los bancos llevaban a cabo revisiones de los programas de apoyo a deudores como parte de su auditoría anual normal. La CNBV revisaba los informes emitidos por estos auditores para asegurarse de que no existiera un incumplimiento importante de los programas de apoyo a deudores.

Cumplimiento del programa

La CNBV, en su papel de supervisor, se encargó de asegurar que los bancos cumplieran con el marco estatutario que gobernaba los programas de apoyo a deudores.

De acuerdo con la CNBV, los bancos cumplieron en general con las regulaciones establecidas. Esta medida fue confirmada durante las pláticas que sostuvimos con los bancos y sus auditores. A pesar de que hubó pocos casos en los cuales el banco no se adhirió al marco regulatorio, dichas inconsistencias fueron reportadas al banco por la CNBV y fueron posteriormente rectificadas.

Un ejemplo de incumplimiento identificado por la CNBV fue el caso en el cual se descubrió que Banco Inverlat había mal interpretado las provisiones regulatorias relevantes, lo cual resultó en que el banco recibiera apoyo por más de 200 millones moneda nacional de Gobierno Federal. Esta cuestión fue detectada por la CNBV cuando descubrió que en mayo de 1998, Banco Inverlat reporto 48.6% de apoyo otorgado a esa fecha que era atribuible al programa de vivienda Fovi. Después de haber conducido una investigación y haber revisado los hallazgos con el banco, se estableció que Banco Inverlat había reportado a la CNBV los descuentos individuales que había establecido para la cartera  crediticia Fovi como prepagos realizados por deudores. Inverlat otorgó descuentos posteriores al tratar a los descuentos anteriores como prepagos, por una cantidad de 520.8 millones pesos moneda nacional de los cuales el costo fiscal fue de 209.4 millones de pesos moneda nacional. Posteriormente, Inverlat admitió que había mal interpretado la ley y reembolsó la cantidad con sus intereses. La CNBV le impuso una multa de 1 millón de pesos moneda nacional al Banco Inverlat por violar el estatuto.

Otro ejemplo de incumplimiento que fue determinado por la CNBV fue aquel relacionado con el Banco del Sureste, en el cual una cuenta fue utilizada para todos los deudores, en lugar de aplicar los beneficios de forma individual en las cuentas de los deudores. Como resultado, no era posible determinar si los deudores que recibían los beneficios estaban al corriente. La última auditoría reveló que el Banco del Sureste había remediado esta situación.

Los hallazgos de los despachos contratados confirman los hallazgos de la CNBV y de los otros auditores externos con respecto al cumplimiento.

Hallazgos en los programas de apoyo
a deudores


Los programas de apoyo a deudores fueron creados principalmente para ayudar a los deudores a pagar sus deudas al ofrecerles ciertos beneficios. La extensión en la cual este objetivo fue cumplido puede ser determinada al medir el efecto de los programas en las tasas moratorias, el número de deudores y el valor de las carteras. Otras mediciones, tales como la extensión de los beneficios proporcionados a los pequeños deudores y los nuevos préstamos otorgados, también se consideran como factores clave que afectaron la capacidad de pago de los deudores y los objetivos del programa de apoyo a deudores.

Estos hallazgos se basan en las pláticas sostenidas con la CNBV y en la información proporcionada por ésta, para los periodos que comenzaron y terminaron durante el tercer trimestre de 1996 y 1998 respectivamente. La revisión cubre únicamente varios programas significativos de apoyo a deudores para los sectores relativamente grandes.

Hallazgos generales

El impacto del programa de apoyo a deudores se resume en la gráfica que se presenta a continuación y establece el cambio porcentual acumulado en el número de deudores, valores de la cartera y tasas de morosidad para los sectores agrícola, empresarial y residencial, durante un periodo de dos años. El comportamiento de los indicadores claves se resume en la tabla que se presenta a continuación.

*******insertar grafica*******


Notas de la gráfica

El periodo cubierto por esta gráfica comienza en el tercer trimestre de 1996 y termina en el mismo trimestre de 1998.

La gráfica antes presentada incluye estadísticas para los deudores de los sectores agrícola, empresarial, residencial mediano y del tipo Fovi. Todos éstos en conjunto forman una proporción significativa de la deuda del sistema bancario para el cual se creó el programa de apoyo a deudores y por lo tanto puede utilizarse para evaluar el impacto de dichos programas.

                                                                         479,480 y 481

Los indicadores clave en la gráfica anterior están indexados con cifras de 1996 como base.

La participación de los deudores en el programa de pago mínimo equivalente a renta es relativamente muy baja y por lo tanto se excluye de lo arriba presentado.

El número de deudores, valor de la cartera y el índice de morosidad se presenta en su valor neto de la cartera transferida
al Fobaproa.

Los siguientes comentarios se realizan a raíz de la tabla anteriormente presentada:

Los beneficios ofrecidos por los programas incluyendo aquellos ofrecidos por los bancos para motivar a los deudores a que liquidarán sus carteras. Un resultado directo de la liquidación de las carteras fue la reducción en el número de deudores en comparación con el número que inicialmente entraba al programa.

La liquidación de las carteras y el pago parcial de las obligaciones por los deudores debido a los incentivos ofrecidos, ocasionó que la cartera total bajo estos programas disminuyera en su valor.

La disminución en el número de deudores en un porcentaje más alto en comparación con la disminución en el valor total de la cartera indica que un gran número de pequeños deudores liquidó su deuda. En consecuencia, los programas probablemente fueron de mayor beneficio para los pequeños deudores que para los grandes.

La gráfica ilustra que la tasa de morosidad que describe la proporción de las carteras vencidas en contraste con la cartera total, no varió significativamente. En otras palabras, la cartera vencida permanece en el mismo nivel relativo en el que estaba cuando los programas se iniciaron. Esto se debe en gran medida a los incentivos ofrecidos por los programas de apoyo a deudores que motivaban a que una proporción importante de los deudores se mantuviera al corriente.

Se debe hacer notar que la tasa de morosidad no incluye el efecto del cambio en la política contable que entró en vigor a partir de 1997. Bajo la nueva política contable, el valor completo de los créditos vencidos fuera transferido a una cartera vencida, mientras que, de acuerdo con la política anterior, sólo la porción vencida del crédito era considerada como morosa.

También se hace notar que la cartera transferida al Fobaproa no estaba incluida en la tabla anterior ni en los hallazgo resumidos en ella. De acuerdo con la CNBV, la mayor parte de la cartera transferida al Fobaproa era ya morosa antes del advenimiento de la crisis, y cualquier oferta de incentivos no hubiera aumentado la recuperación. Por lo tanto, se consideró apropiado no incluir dicha cantidad al evaluar el impacto de los programas de apoyo a deudores. Una parte importante de la cartera que calificaba para los beneficios del programa fueron créditos de categoría "E", que ya estaban vencidos con anterioridad a la crisis.

Era claro que estos deudores no tenían la intención de pagar aún con los estímulos ofrecidos. Consecuentemente, los programas de apoyo a deudores no afectaron esta categoría.

Los programas fueron diseñados también para proporcionar incentivos a los bancos para otorgar nuevos créditos. Los bancos recibían un cierto porcentaje de subsidio del Gobierno únicamente si otorgaban nuevos créditos para el desarrollo de sectores, especialmente del comercial y agrícola. En cierta medida, el desembolso de nuevos créditos puede ser atribuido por esta política. Esta cantidad de nuevos créditos fue de $30 mil 700 millones MN para el  sector agrícola y de $13 mil 591 millones MN para el sector comercial.

Con base en el desempeño de los programas de apoyo a deudores, la CNBV es de la opinión de que los programas alcanzaron sus objetivos, especialmente en lo relacionado con las carteras vencidas y el otorgamiento de nuevos créditos para el desarrollo de sectores críticos para la economía. Si el programa no hubiera sido implementado, hubieran existido incumplimientos significativamente más altos, aumentando el riesgo de un colapso del sistema bancario.

Hallazgo por sector

La tabla que se presenta a continuación presenta un resumen de las tendencias del programa clave por sector. Las notas de la tabla anterior de esta sección también se aplican a esta tabla.



Sector
Agricola
FINAPE

Sector
Empresarial
-FOPYME

Beneficios
adicionales
Programa de
vivienda recidencial
de un tamaño mediano

Beneficios
adicionales
sector de
vivienda tipo
FOVI-

No de deudores 1996 906-992 198.040 243.200 398.056
1998 458.145 112.038 261.186 346.993
Cartera (millones
pesos/UDís
1996 56.521 55.009 46.826 35.756
1998 42.420 42.098 45.984 37.687
Indice 1996 34.69% 44.10% 0.80% 4.73%
1998 34.76% 39.87% 12.81% 7.78%

A continuación se presentan los hallazgos clave con base en nuestro análisis y en la discusión con la CNBV:

Con base en el programa, la disminución en el número de deudores y en el valor de la cartera ha sido más alta para el Finape y el Fopyme en comparación con los programas residenciales de vivienda. Debe hacerse notar que los créditos residenciales son relativamente a largo plazo y por lo tanto, se espera que la disminución en el valor de la cartera y en el número de deudores sea más bajo que en otros sectores. En el caso de los créditos de vivienda del tipo Fovi, esta disminución se debe en parte a la transferencia de carteras morosas al Fobaproa.

En el caso del sector comercial, la tasa de morosidad real bajó de hecho mientras que aumentaba para el sector residencial. La morosidad general ha sido controlada. También se debe destacar que el efecto de la nueva política contable discutida anteriormente, es eliminada al determinar las tasas de morosidad arriba presentadas. Si se hubiera considerado el efecto de esa nueva política, las tasas de morosidad hubieran sido de 37.82%, 47.59%, 27.46% y 15.10% para los sectores agrícola, empresarial, residencial medio y de vivienda tipo Fovi, respectivamente.

El programa de pago mínimo equivalente a rentas no benefició a un número de deudores. Solo cinco bancos y menos del 3% de los deudores hipotecarios participaron en el programa.

Pagos por adelantado

Los pagos por adelantado, es decir, aquellos pagos recibidos por los bancos antes de su fecha de vencimiento, constituyeron una proporción significativa del acumulado de pagos, por lo tanto, contribuyeron al logro de los objetivos del programa. Por ejemplo, 22.70% de los pagos totales por el sector agrícola fueron pagos por adelantado. Esto se debió a que los programas ofrecieron incentivos sustanciales a los deudores para que hicieran sus pagos por adelantado. En algunos casos, estos beneficios o descuentos, eran equivalentes a los descuentos en los pagos mensuales regulares mientras que en otros casos eran incluso más altos.

Impacto de las Udis sobre los pagos

Las Udis dependían significativamente de un futuro crecimiento económico y de una inflación baja para poder mejorar la capacidad de los deudores de hacer sus pagos futuros. Los pagos iniciales de los créditos en Udis eran más bajos en comparación con los préstamos en pesos. Sin embargo, la tendencia de pagos futuros dependerá de la inflación y de la habilidad de los salarios de mantenerle el paso. Si los salarios nominales aumentaran al mismo ritmo o más rápido que la inflación, entonces los deudores tendrían la capacidad de pagar sus deudas y los objetivos de las Udis serían alcanzados. En la actualidad, el Gobierno Federal predice que la inflación será del 13% y 10% para 1999 y el 2000, respectivamente. El Consenso Mexicano de Pronóstico predice que será más alta para los mismos periodos, al 16.2% y 13.9%, respectivamente.

Resultados de los bancos

Como se discutió anteriormente, los programas de apoyo a deudores alentaron los pagos y contuvieron la tasa de morosidad. Esto llevó un impacto positivo en los bancos puesto que una proporción más grande de sus carteras se mantuvo al corriente. De acuerdo con la CNBV, sin los beneficios del programa, los deudores hubieran caído en un incumplimiento a gran escala, lo que hubiera requerido una ayuda adicional del Gobierno Federal para mantener el capital de los bancos.

Factores limitantes de los programas de apoyo a deudores

Los siguientes factores, entre otros, limitaron la capacidad de pago de deuda de los acreditados:

* Inflación y salarios;

* Valor de los bienes inmuebles en relación a los créditos;
* Sistema legal;

* Publicidad adversa;

* Factores en el entorno y

* Cartera de créditos "E".

El impacto de cada uno de los factores arriba presentados se describe a continuación.

Inflación y salarios

Desde la crisis del peso, la inflación en México ha sobrepasado el aumento de los salarios nominales, de tal forma que los salarios reales y el poder adquisitivo del consumidor han continuado disminuyendo. Los salarios reales declinaron 28% entre 1994 y 1998. Este declive ha tenido un efecto dañino en la capacidad de pago de la deuda de los acreditados ya existentes quienes se dieron cuenta que una proporción más grande de sus ingresos era requerida para pagar sus deudas, afectando el éxito de los programas. La siguiente tabla indica la tendencia a la alza y la brecha creciente entre la inflación y los salarios nominales:



******INSERTAR TABLA PAG. 95


El valor de los bienes inmuebles en relación a los créditos

Durante la crisis, hubo la suposición incorrecta de que los precios de las casas estaban aumentando debido a la alta inflación y al incremento en los costos de los materiales para construcción. La excesiva oferta de un gran inventario de bienes inmuebles y la correspondiente baja demandada ocasionó que el valor

                                                                              482,483 Y 484

real de los bienes inmuebles se colapsara en 1995, una tendencia que continuó durante los siguientes años. Sin embargo, al mismo tiempo, las hipotecas crecieron rápidamente debido a la alta inflación y a las altas tasas de interés ocasionando que el valor de la mayor parte de las hipotecas se elevará por arriba del valor de los bienes inmuebles hipotecados. Esta disparidad demostró a los deudores para que se mantuvieran al corriente en sus pagos y participarán en los programas de apoyo a deudores.

Sistema legal

La leyes de quiebra en México no apoyan los esfuerzos bancarios para ejecutar sus garantías. Las comunidades no apoyan los desalojos de casas y por lo tanto, hay muy pocas consecuencias del hecho de no pagar o negarse a pagar. Aquellos que estuvieron conscientes de las desventajas del sistema judicial, permanecieron en sus casas durante años sin realizar ningún pago.

Publicidad adversa

De acuerdo con la CNBV, hubo una considerable publicidad adversa relacionada con los programas de apoyo a deudores. Se formaron grupos que enrolaban a deudores como sus miembros y los motivan a no realizar los pagos adeudados, pues se les prometía protección y anulación de las consecuencias potenciales.

Factores ambientales

De acuerdo con la CNBV, el sector agrícola se vio afectado por sequías e incendios forestales en el norte, que destruyeron muchas cosechas en 1997 y 1998. Esto afecto la capacidad de pago de los deudores en aquellos sectores y finalmente constituyó un obstáculo para el éxito de los programas de apoyo a deudores.

Limitantes en la información

La información para los programas del ADE y de la planta productiva está consolidada de tal forma que no es posible hacer un análisis del impacto de dichos programas. De acuerdo con la CNBV, la SHCP auditó dichos programas y no encontró inconsistencias significativas.

Costo fiscable

La siguiente tabla presenta los cálculos de la CNBV por los tres componentes (a febrero de 1998) del costo fiscal de los programas a deudores. Estos valores representan el valor presente de los pagos anticipados de estos programas. Un análisis que se compara con nuestro estimado ha sido presentado en la sección del costo fiscal de nuestro informe.

Metodología utilizada para calcular los costos fiscales

Programa

Costo Fiscal estimado
(en miles de millones
de pesos)

Costos en UDís
Descuentos sobre pagos
Descuentos de tasa de Interés
TOTAL

35.2
78.3
6.2
119.7

V. Evaluación

1. Introducción


De conformidad con las preguntas hechas por el comité de contrataciones y en respuesta a
sus preocupaciones, esta sección del informe contiene una evaluación del marco regulatorio y las recomendaciones respecto al mismo, dentro del cual el Fobaproa existió y los reguladores supervisores individuales responsables, hasta cierto punto, de su operación. Posteriormente, el informe evalúa los programas bancarios y de apoyo a deudores que se financiaron a través del Fobaproa.

Con objeto de comprender los hallazgos contenidos en esta sección del informe, es necesario hacer algunos comentarios respecto a la propiedad de los bancos después de su privatización en 1991 y al ambiente de supervisión general que afectaba su seguridad financiera; esto permitirá explicar el impacto y retos que enfrentó el Fobaproa.

Propiedad de los bancos después de su privatización

Durante el periodo de privatización, que comenzó en 1991, el Gobierno mexicano recibió aproximadamente $38 mil millones MN ($12 mil 500 millones US) a cambio de su participación en los bancos sujetos a privatización. De 1992 a 1994, se crearon 16 nuevos bancos a través de otorgamientos de autorizaciones por parte del Gobierno.

Cuando comenzó el proceso de privatización, se impuso un límite con respecto a la posesión de acciones con derecho a voto de los bancos, así como para las sociedades financieras controladoras. Se restringió a las personas físicas y morales la titularidad de acciones en no más del 5% del total de acciones, esto estaba sujeto a un aumento de no más del 20%, bajo la aprobación de la SHCP. Estas restricciones no aplicaron, entre otros, a inversionistas institucionales a quienes se le permitió adquirir, de manera individual o colectiva, hasta un 20% del capital social de un banco en particular. Además, exenciones transitorias fueron otorgadas a los grupos financieros permitiéndoles adquirir más del 20%. Estos trajo como resultado el que la propiedad de varios bancos estuviera altamente concentrada y por lo tanto una influencia significativa se ejerció en estos bancos por parte de unos cuantos accionistas.

A pesar de que cierto número se bancos nuevos y privatizados se adquirieron por grupos que evidentemente tenían la intención de operarlos (y de hecho los operaron), de manera adecuada, hubo otros que vieron la propiedad de los bancos como un medio para obtener acceso a financiamiento bajo y condiciones favorables para compañías y empresas relacionadas.

El débil ambiente de supervisión en el cual se encontraban tanto los bancos nuevos como los privatizados, aunado a la garantía implícita otorgada por el Gobierno de que todas las obligaciones, incluyendo obligaciones o depositantes, se cumplirían, proporcionó a los bancos la oportunidad y probablemente, el incentivo de tomar riesgos excesivos y eliminó el incentivo para establecer estructuras administrativas apropiadas.
Las autoridades regulatorias concuerdan en retrospectiva que el proceso de privatización pudo y debió conducirse de una manera más prudente.

La concentración de propiedad accionaria en unas cuantas manos, la participación de grupos financieros en la estructura accionaria de los bancos, el uso de dichos bancos para llevar a cabo operaciones con partes relacionadas y la realización de transacciones no celebradas en términos de mercado, en muchos casos distorsionaron la condición financiera de los bancos. Además, la dependencia de grandes transacciones celebradas con compañías relacionadas en grupos financieros colocó a cierto número de bancos en riesgo sustancial como resultado de dicha exposición.

Al momento de la privatización y en parte, como resultado de la concentración de la posesión accionaria de los bancos entre unos cuantos grupos financieros, la estructura de capital de muchos de los bancos privatizados se debilitó y no estaban en posición de lidiar fácilmente con los cambios en el entorno económico. Los créditos a grupos de control para subsidiar las inyecciones de capital y la inclusión en capital de nivel I de los impuestos sobre la renta deferidos, sobrevaluaron sustancialmente el capital real de muchos de los bancos. Como se podrá ver, esta insuficiencia de capital contribuyó en el severo impacto de la crisis del peso en los bancos.

Para evaluar la exposición al riesgo de los bancos a los grupos financieros, para diversificar el riesgo crediticio y para entender el impacto que dichos grupos puedan tener en la condición financiera de los bancos en los cuales están involucrados, es esencial que los responsables de la supervisión de los bancos  esten informados regularmente sobre la existencia y naturaleza de dichas situaciones que representen exposiciones de riesgo y que también se les dé acceso, para efectos de evaluar la suficiencia de capital y asegurarse que todas las transacciones con miembros no regulados de los grupos de control se celebren en términos de mercado. Una consolidación de la supervisión y una diversificación de la propiedad y de los riesgos contribuirá a un ambiente bancario mucho más sano.

Conclusiones generales respecto
al ambiente de supervisión y regulatorio


Las débiles y de alguna manera mal enfocadas prácticas de supervisión vigentes en el momento en que dio inicio la privatización se pueden rastrear desde la nacionalización de los bancos que ocurrió en 1982. En ese entonces y durante los siguientes 10 años, la CNB no se consideraba como parte esencial para asegurar un régimen regulatorio fuerte y activo ya ésta era una agencia gubernamental supervisado a otra. Este periodo inhibió claramente el desarrollo de las agencias de supervisión mexicanas.

Una mejora en el ambiente regulatorio no acompañó, de manera inmediata, la privatización aun cuando la necesidad de una regulación estricta tenía mayor importancia en un ambiente privatizado. Inmediatamente después de la privatización, un periodo de optimismo general empañó la necesidad de una mejor supervisión y control. A las autoridades regulatorias no se les proporcionó la autoridad o autonomía suficiente para realizar una supervisión adecuada e imponer medidas correctivas, tampoco contaban con la experiencia ni los recursos para regular los bancos recién privatizados. El proceso de recolección de información realizado por la CNBV era obsoleto e implicaba un periodo de demora que muchas veces hizo que la información fuera redundante al momento en que se recibía. La falta de consistencia en la información proporcionada al público ocasionó que existiera incertidumbre en cuanto a los resultados financieros de los bancos. Debido a que no existía la capacidad de hacer comparaciones de la información proporcionada por cada una de las instituciones reportantes, los usuarios de los informes los interpretaban de manera diferente.

Debido a la combinación de una pobre supervisión por parte de la autoridad regulatoria, la concentración accionaria, la falta de ética de algunos accionistas y la falta de controles internos en los bancos recién privatizados, se llevaros a cabo algunas transacciones irregulares. De hecho, ésta fue la situación con respecto a los bancos Unión y Cremi, donde se presentaron cargos penales en contra de ciertos accionistas.

Después de la privatización de los bancos en 1991, sus activos continuaron creciendo sustancialmente durante los tres años subsecuentes, alcanzando niveles récord a finales de 1994. Ahora, es aparente que muchos de los bancos buscaban incrementar su participación en el mercado otorgando créditos de manera agresiva y en muchos casos, de manera imprudente. Esta expansión de créditos se dio en paralelo con la política del Banco de México que en 1993 y en 1994, trajo como resultado la expansión de créditos al sistema bancario a una creciente tasa. Los préstamos interbancarios a través de líneas de crédito con bancos extranjeros a grandes bancos nacionales financiaron el crecimiento de la cartera crediticia; trajeron como resultado, la mayoría de los préstamos interbancarios estaban denominados en divisa extranjera.

Como resultado de la fragilidad inherente de muchos de los bancos después de la privatización y de un rápido crecimiento a través del otorgamientos de créditos imprudentes, éstos no estaban equipados, gran parte, para lidiar con los retos derivados de la crisis del peso en 1994 y con el impacto que tanto la inflación como las altas tasa de interés tenían sobre la calidad de sus carteras crediticias. Además, la legislación que protegía los derechos de los deudores a expensas de los acreedores así como un sistema judicial que estaba mal equipado para apoyar a acreedores en busca de ejercer sus garantías de crédito, hizo que la posición de los bancos fuera aún más inestable.

En respuesta a la crisis del peso y como resultado de su determinación de utilizar recursos fiscales para proteger a los depositantes de los riesgos impuestos por el deterioro del capital dentro del sistema bancario, la SHCP adoptó los siguientes objetivos y decidió utilizar al Fobaproa para logarlos:

Reducir el riesgo de un retiro masivo de dinero por pánico en el sistema de banca múltiple, así como el desplome potencial del sistema financiero;

Proteger a los depositantes y a los acreedores bancarios;

Mantener la integridad del sistema de pagos;

Apoyar la solvencia y liquidez de las instituciones;

Apoyar al mayor número posible de familias y compañías promoviendo una cultura de pago;

Minimizar el impacto fiscal, distribuyéndolo a lo largo del tiempo y

Alentar la participación de bancos extranjeros de primer nivel para mejorar la competitividad y solvencia del sistema, así como reducir el riesgo del país.

                                                                    485,486 y 487

Aun y cuando la decisión tomada por la SHCP para subsidiar a los bancos que fueran insolventes o de los cuales su viabilidad estaba seriamente en duda, podría estar sujeta a críticas, cualquier evaluación de la función de las agencias regulatorias y supervisoras en el sistema bancario debe considerarse a la luz de dicha decisión. En el análisis final, la dirección que el Fobaproa debía tomar y los costos en los que incurriría eran el resultado de determinación hechas por la SHCP las cuales las otras dependencias gubernamentales estaban obligadas a respetar.

Como resultado de las prácticas y políticas de la SHCP previas y en el periodo de la privatización, México no tenía los recursos financieros para liquidar sus obligaciones con los acreedores, incluyendo a los ahorradores y para reestructurar el sistema bancario.

Cuando se iniciaron los programas bancarios administrados a través del Fobaproa, la solvencia y viabilidad de muchos de los bancos que obtuvieron asistencia a través de estos programas eran temas muy serios. La debilidad general en el ambiente de supervisión inherente al momento de la privatización, la renuencia por parte del Gobierno para permitir que los bancos insolventes quebraran y los retrasos que muy a menudo siguieron a la identificación por parte de los organismos supervisores de problemas significativos, se combinaron para aumentar sustancialmente los costos de los programas bancarios administrados a través del Fobaproa.

En nuestra opinión, si la CNBV hubiera actuado y se le hubiera permitido actuar de manera más decisiva con la información relacionada a la precaria condición financiera de muchos de los bancos, los costos en los que se ha incurrido desde entonces para mantener operando a las instituciones insolventes se hubieran visto sustancialmente reducidos. Para asegurar la industria bancaria sana, es esencial, desde nuestro punto de vista, que la SHCP permita que los bancos, una vez identificados como insolventes, sean liquidados. En un ambiente en donde todos los ahorradores están protegidos (que viene siendo el caso actual en México), el impacto potencial de la liquidación de operaciones de uno o más bancos sobre la viabilidad del sistema financiero a través de retiros masivos de depósitos no es una preocupación importante.

Para permitir que los organismos de supervisión respondan de manera más rápida a los problemas identificados en aquellos bancos a los cuales supervisan, y para lograr la credibilidad del público, las funciones de cada uno de los organismos deben definirse claramente y eliminar cualquier duplicación de funciones entre ellos. Si el mandato de cada uno de los organismos es claro, entonces cada uno de ellos será más capaz de manejar, de manera rápida, los problemas al momento en el que se presentan.

Finalmente, la consolidación de los bancos de México a través de la liquidación y disolución de aquellos que no son viables, una mejora en la capitalización (y el reconocimiento de insuficiencias actuales de capital), así como la mejora del marco legal para proteger mejor los derechos de los depositantes, contribuirán al crecimiento de un sistema bancario saludable y más estable.

2. Marco regulatorio

Alcance


Lo que se presenta a continuación es un análisis del marco regulatorio mexicano en relación al sector bancario antes y durante la crisis bancaria mexicana. El análisis se divide en las siguientes tres secciones:

I. Evaluación de la legislación y la normatividad de supervisión.

Quiebras y suspensión de pagos.

Política de salida.

Protección a los ahorradores.

Supervisión de grupos financieros.

Propiedad y

Burós de crédito.

II. Evaluación de los mandatos y facultades de los organismos regulatorios.

Duplicación de facultades.

Mandatos y responsabilidad.
III. Evaluación de la normatividad de supervisión.

Reglas de adecuación de capital para los bancos.

Principios de contabilidad mexicanos para los bancos.

Organos de decisión corporativos.

Diversificación crediticia.

Préstamos a partes relacionadas.

El enfoque de la revisión ha sido sobre las leyes y regulaciones en vigor en México con respecto a la supervisión y regulación de instituciones bancarias.

Se llevó a cabo una revisión de varias leyes, tal y como: la Ley de Instituciones de Crédito, Ley que Regula a las Agrupaciones Financieras, Ley Orgánica de la CNBV y las modificaciones a estas leyes desde 1990. Además, se llevó a cabo una revisión de reglamentos más específicos incluidos en varias reglas y circulares publicadas en el Diario Oficial de la Federación durante ese mismo periodo.

Se llevaron a cabo entrevistas con varios organismos regulatorios y se hicieron consultas con nuestros asesores legales y con varios profesionistas mexicanos, según se requería.

No se abarcaron todos los aspectos del marco regulatorio mexicano y los comentarios se limitan a aquellas áreas que han tenido el mayor impacto en el sistema financiero de México.

Evaluación de la legislación y normatividad de supervisión

Quiebra y suspensión de pagos


Se llevó a cabo una revisión de la legislación mexicana sobre quiebras y el siguiente análisis hará mención de las fortalezas y debilidades de esa legislación y que se observaron a lo largo de la revisión.

Cobranza y ejecución

Aun y cuando es importante tener cierto grado de imprecisión en la ley de quiebras para proporcionar la flexibilidad requerida para resolver de manera eficiente casos complejos y específicos, con base en la experiencia con la ley de quiebras internacionales, la ley mexicana parece ser demasiado imprecisa y, como tal, falla al proporcionar una guía adecuada, frecuentemente ocasionando que la ley sea mal interpretada y aplicada de manera inconsistente por los tribunales.

Un problema significativo enfrentado durante la crisis del peso fue la inadecuada infraestructura del propio sistema de justicia sobre quiebras, que resultó incapaz de manejar el número de demandas que se hicieron durante este periodo. Esto se debió al hecho de que existían pocos jueces en México que llevaran a cabo un juicio para procesos de quiebras, problema que continúa existiendo a la fecha.

Los jueces de quiebras están obligados a acordar resoluciones para cada objeción presentada ante ellos por parte de los deudores. Los deudores utilizaron esta debilidad, retrasando deliberadamente la recuperación de las garantías por parte de los acreedores aumentando las excepciones sin fundamento. Estas excepciones, a su vez, contribuyeron con la inhabilidad de los tribunales para atender rápidamente los asuntos que tenían frente a ellos. Existen varias organizaciones a lo largo de México cuyo objetivo es proteger a los deudores y que preparan y venden "libros de impugnación" que los deudores simplemente tienen que firmar y presentar en el tribunal.

Además de la legislación para quiebras, la recuperación por parte de los bancos se dificulta por las leyes que regulan la ejecución de la misma ley y las cobranzas. El proceso es tardado y engorroso, con retrasos sustanciales y, cuando se pronuncian sentencias favorables, éstas no siempre se llevan a cabo. Intentar recuperar un crédito a través de procesos legales a menudo se lleva de tres a siete años. Los deudores apelarían las decisiones con el conocimiento de que normalmente los bancos tratarán de llegar a un arreglo fuera del tribunal.

Proceso de rehabilitación para deudores

El procedimiento de suspensión de pagos es un proceso en el cual un deudor, en un intento de evitar la quiebra, puede solicitar a un tribunal y presentar una propuesta con el objetivo de reducir los pagos o bien de ganar tiempo y diferir los pagos. En dicha propuesta, el deudor identifica aquellos pagos que son necesarios para mantener el negocio.
El sistema está diseñado para proporcionarle al deudor cierto incentivo para que siga este proceso de rehabilitación por las siguientes razones:

La aprobación del proceso de suspensión de pagos tarda aproximadamente un año. Durante este tiempo, el deudor mantiene la administración del negocio.

Una vez que se inicia este proceso, los intereses dejan de acumularse en todos los créditos a excepción de créditos hipotecarios y créditos prendarios y la cantidad del crédito se congela. Mientras que esto es una práctica común entre otros países, en México el tiempo que se requiere para que este proceso se apruebe es mucho mayor que la de otros países. A lo largo de este periodo, se requiere que el deudor realice únicamente aquellos pagos necesarios para mantener su negocio como un negocio en marcha y no existe un límite de tiempo máximo obligatorio para la terminación de este proceso.

Una vez aprobado, el deudor únicamente tiene que cumplir con los pagos mínimos enumerados en la propuesta para cumplir con el acuerdo. Por lo tanto, el deudor tiene el control absoluto sobre cualquier exceso de efectivo que pudiera quedar después de haber pagado las cantidades mínimas requeridas.

En México no existe ningún derecho de compensación.

Derechos de los acreedores

Mientras que la Ley de Quiebras contiene disposiciones dirigidas a proteger los derechos de acreedores garantizados, permitiéndoles tomar posesión de activos, en la práctica dicha protección se ve minimizada debido a suspensiones automáticas sobre activos dados en garantía.

Debido a que los procesos son tardados e ineficientes, un acreedor normalmente recibe únicamente una pequeña parte del dinero que se le debe. Especialmente en el caso de los trabajadores se les pagará su sueldo, trabajen o no, durante el periodo en el que la entidad permanezca en el proceso de aprobación y hasta que el juez dicte sentencia. Además, sin importar la existencia de una garantía, los acreedores garantizados solamente tienen derecho a la cantidad residual después de haber pagado a los otros acreedores.

Debido a que actualmente los deudores se encuentran protegidos por el sistema legislativo y judicial, existe una tremenda resistencia pública a la reforma de quiebras. La última propuesta, de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, mantiene los procedimientos actuales, pero impone un límite máximo de tiempo de 180 días para que se llegue a un acuerdo. Una vez que haya transcurrido este tiempo, se puede declarar la quiebra y se puede vender una entidad ya sea como un negocio en marcha o en partes seleccionadas.

Los acreedores y los deudores pueden debatir sobre la distribución de los activos, de ser necesario, después de que se lleve a cabo la liquidación.75 Hasta la fecha estas reformas no se han concretado.

Los principales obstáculos para reformar la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos son de carácter social y político en su naturaleza:

Es difícil aprobar leyes durante una crisis debido a las ramificaciones desfavorables que podrían tenerse en el sistema financiero. México se ha encontrado dentro de diversas crisis desde 1976.

El número de negocios y personas físicas que podrían ser susceptibles a quiebras es muy grande, esto podría activar una recesión o depresión.

Como resultado, el Gobierno estaría sujeto a una intensa oposición política si éste propusiera una nueva legislación.

Otras debilidades

No se hace mención alguna de un proceso de otorgamiento de autorización para operar como fiduciario en el que se pueda medir la credibilidad. Unicamente los fiduciarios para instituciones financieras deberían calificar para actuar como síndicos.

Adicionalmente, a lo largo de la revisión se determinó que existían varias localidades donde se podía presentar información de quiebras (a nivel municipal, regional etcétera), dificultando la localización de un expediente en particular. En algunos casos de quiebras ya

                                                                                        488,489 y 490

conocidas, no pudimos encontrar el expediente.

Intentos de reformas

En 1995, se intentó hacer un proceso de reestructuración fuera de la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos, denominado "Unidad de Coordinación para Acuerdos Bancos Empresas (UCABE). La UCABE fue una organización informal que intentó establecer las bases para la reestructuración financiera de los créditos "sindicados" corporativos más grandes, por medio de negociaciones adicionales entre deudores y bancos para evitar la quiebra y para apresurar el proceso. Los créditos en México no son sindicados, pero en el caso de deudos común, UCABE trató de coordinar a todos los acreedores con objeto de maximizar la recuperación de la deuda. En 1997 se disolvió la UCABE.

Impacto en el sistema financiero

La falta de recursos judiciales adecuados, así como la existencia de leyes de quiebras deficientes han tenido un impacto significativo en el sistema financiero.

Pareciera que los bancos no estarían dispuestos a prestar debido a las dificultades que enfrentan al cobrar las garantías creando así un problema de escasez crediticia.

Las pérdidas crediticias bancarias y el costo de pedir prestado para empresas se han convertido en algo anormalmente alto.

La disciplina del mercado se ha visto minada y se está desarrollando una cultura de no pago de créditos, ampliando el problema de riesgo moral (el riesgo moral ocurre cuando los miembros del sistema financiero, por ejemplo, la gerencia del banco o los depositantes, toman un riesgo muy alto debido a que las garantías que estarán protegidas completa o parcialmente contra pérdidas).

Los bancos tienden a buscar arreglos con los deudores fuera de tribunales con grandes ventajas para estos últimos.

Conclusiones y recomendaciones

Los derechos de los acreedores requieren de mayor protección, de tal manera que en la práctica sean capaces de recuperar cantidades razonables sobre sus créditos garantizados. Si los derechos de los acreedores se fortalecen, se debe buscar un balance entre éstos y los derechos de los deudores, especialmente en el periodo de transición, para evitar así una epidemia de quiebras.

El número de tribunales y jueces de quiebras se debe aumentar para permitir que se procesen los de quiebras y suspensión de pagos de manera oportuna. Se deben establecer límites de tiempo sobre el periodo en el cual se le permite a un deudor suspender el pago de sus obligaciones, de tal manera que se faciliten las ejecuciones en caso necesario.

Se deben poner restricciones en cuanto al número de excepciones, impugnaciones y apelaciones que pueden presentar los deudores, para así reducir el impacto que dichas impugnaciones tienen en la decisión oportuna de los procesos judiciales. Se pueden poner restricciones adicionales en cuanto al uso de efectivo por parte de un deudor que se encuentra en suspensión de pagos.

Se puede establecer un proceso de otorgamiento de licencias a fiduciarios para mejorar la credibilidad de éstos frente a los tribunales. El número de localidades en donde se puede presentar información de quiebras debe reducirse para facilitar el acceso a los archivos de quiebras.

Además, en las leyes que regulan la propiedad extranjera sobre bancos se han suavizado en los años recientes, ocasionando un aumento en la participación de extranjeros. Por lo tanto, también deben considerarse temas de insolvencia internacional y su coordinación en otros países.

Política de salida

Uno de los obstáculos para contener los costos de la crisis financiera fue la incapacidad de liquidar y disolver de manera eficiente los bancos insolventes mientras se sostenía y apoyaba a los bancos sin liquidez pero solventes. Gran parte de esto se debió a los procedimientos de reorganización largos y costosos que resultaron de las leyes de quiebras ineficientes.

La política de salida es el cierre o liquidación de un banco ya sea voluntariamente o a través de la coacción de una autoridad regulatoria, a través de su liquidación. En México no existe
una política de liquidación voluntaria ni una política formal de salida para la disolución forzosa.

En México, el término liquidación se usa en más de una circunstancia, de la siguiente manera:

1) La liquidación se refiere a la venta de los activos por efectivo y no necesariamente se refiere a la liquidación de toda la entidad. La CNBV tiene la facultad de llevar a cabo este tipo de liquidaciones, según el artículo 40 de la Ley de la CNBV, a lo cual nos referimos como la liquidación de activos.

2) La liquidación se refiere a la completa liquidación y disolución, incluyendo la remoción de la licencia de la entidad para su operación. Esta forma de liquidación la llamaremos como "cierre" de un banco. La CNBV no está autorizada para llevar a cabo este tipo de liquidación. Sin embargo, la SHCP tiene la facultad de retirar la autorización de un banco.

Temas principales

Según el Fondo Monetario Internacional, una política de salida eficiente requiere de una autoridad de supervisión que tenga un marco legal adecuado y eficiente, así como la voluntad, autonomía y facultades para implantar una política estricta.

En México, el impedimento principal para llevar a cabo una política de salida eficiente es la renuncia por parte del Gobierno para permitir que los bancos quiebren. Además, a pesar de su facultad para liquidar activos y suspender las operaciones de una institución bajo intervención gerencial, la política de la CNBV era llevar a cabo una intervención gerencial solamente como el último recurso. Finalmente, México no tiene un marco judicial y legal efectivos con respecto a la quiebra de instituciones financieras, la quiebra en general y la suspensión de pagos.

Marco legal adecuado y efectivo

A la CNBV sólo se le permite solicitar la suspensión de pagos o quiebra a los juzgados de quiebras. No tiene la autoridad para forzar la quiebra de un institución sin el previo consentimiento de los tribunales. Aunque este proceso es la práctica común en países industrializados, el proceso de aprobación es largo en México y obstaculiza la capacidad de la CNBV para llevar a cabo procesos de quiebra de manera oportuna.

El Fobaproa se vio eficazmente limitado en cuanto a su capacidad de aprobar arreglos en cuanto a las deudas que los interventores gerenciales de ciertos bancos estaban tratando de cobrar. Esta autoridad se transfirió al IPAB antes de establecerse la junta de gobierno del IPAB. Esto dejó un periodo en el cual la capacidad de seguir con la cobranza de activos y con las estrategias de fusión desarrolladas se retrasó debido a una laguna en la ley. Esto contribuyó a que se prolongara el proceso de intervención gerencial y trajo como resultado que cierto número de bancos permanecieran en la indeterminación.

La ley no proporciona inmunidad a organismos gubernamentales o a personas físicas para continuar con sus funciones. Según la asesoría legal de la CNBV, se puede hacer individualmente responsables a los supervisores por daños y perjuicios que podrían surgir debido a la intervención del banco que no hayan garantizado la intervención gerencial. Se puede restringir a los superiores en cuanto a la naturaleza de las decisiones que quieran hacer, debido al miedo de repercusiones legales potenciales.

Política gubernamental

La SHCP ha declarado que apoya totalmente la política de no permitir que los bancos quiebren o entren en liquidación. Como resultado de esta política, no se forzó a bancos insolventes para que salieran del sistema. Se intentó la reestructuración y se utilizó la intervención gerencial como el último recurso. El proceso de reestructuración abarcó uno o más de los siguientes:

Capitalización por el Fobaproa;

Fusión con bancos solventes;

La venta de los bancos y/o sucursales a inversionistas extranjeros y

La reventa de los activos del banco.

Los reguladores apoyaron esta política gubernamental y vieron a las intervenciones gerenciales como la forma más costosa de apoyo.

Este punto de vista es el objeto de discusión en otras secciones de este informe.

Facultades de la CNBV

La CNBV tiene la facultad de:

Intervenir gerencialmente a cualquier institución y tomar el control de sus operaciones;

Liquidación de activos y

Suspensión de operaciones.

Esto implica que a pesar de la ausencia de una política formal de salida, la CNBV es capaz de liquidar un banco quitándole sus activos y pasivos.

Conclusión y recomendaciones

Como se mencionó anteriormente, el Fondo Monetario Internacional fue el punto de comparación para evaluar la política de salida. En su opinión, una política eficiente de salida debe tener un marco legal adecuado y eficaz además de autoridad supervisora con el deseo, la autonomía y las facultades para implementar un política estricta. También los supervisores deben tener la autoridad para poder actuar fuera de los procedimientos establecidos para quiebra, sin la necesidad de aprobación política en cada caso.

México no solamente tiene una política formal de salida insuficiente, sino que tampoco cuenta con los elementos que permitan la liquidación eficiente de instituciones en la ausencia de una legislación formal. La ausencia de una política adecuada de liquidación de los bancos ha tenido un impacto significativo en la salud y desarrollo del sistema financiero y es una de las razones por las que el marco regulatorio permanece deficiente a pesar de los procesos que se han hecho en las áreas de supervisión. Para que el marco regulatorio sea eficaz, se deben mejorar todos y cada uno de los componentes del sistema.

A pesar de los obstáculos externos mencionados, los cuales obstaculizaron la capacidad de la CNBV para llevar a cabo eficientemente un proceso de salida, la CNBV tiene la autoridad necesaria para tomar el control de la institución y proceder con la venta de activos y con la suspensión de sus operaciones.
La CNBV tiene la facultad de desarrollar una política de salida y debe asegurarse que se establezca para los bancos nacionales, considerando que se encuentra actualmente desarrollando una política de salida para las subsidiarias de bancos extranjeros. Esta política puede ser lo suficientemente flexible como para adaptarse a diferentes situaciones en particular, según se requiera, estableciendo lineamientos sobre la administración de cierres de operaciones.

El Fondo Monetario Internacional sugiere que los supervisores "no se hagan personalmente responsables de los daños ocasionados por acciones realizadas legítimamente en el desempeño de sus obligaciones" y no deben hacerse responsables por decisiones que obviamente no sean razonables y que sean perjudiciales. Se debe de buscar una legislación así.

Protección a los ahorradores

El mandato del Fobaproa era cubrir las obligaciones de los bancos y, por lo tanto, proteger a los depositantes. La cobertura de obligaciones por parte del Fobaproa ha sido muy amplia y, esencialmente, asegura la cobertura de todas las obligaciones bancarias a excepción de la deuda subordinada.

Este tipo de cobertura global pudo haber resultado en un aumento del riesgo moral en el sistema bancario. La presencia de riesgo moral reduce el efecto de las fuerzas de mercado que proporcionan incentivos para todos los miembros en el sistema financiero para evaluar los riesgos de las acciones que ellos toman.

Con el inicio de la crisis bancaria, el Gobierno mexicano presumiblemente no pudo retirar sus garantías en las obligaciones a la banca sin arriesgarse a un retiro masivo de dinero, debido al pánico de los ahorradores. Según el Banco Mundial, la experiencia del pasado muestra que contradecir las primeras declaraciones durante una crisis puede originar pánico y fuga de capital, dañando la recuperación económica y el desarrollo financiero. El Fondo Monetario Internacional sugiere extender la cobertura temporalmente durante una crisis.

Lo idóneo hubiera sido que el Gobierno mexicano tuviera un sistema de respaldo de depósito bancario limitado en vigor antes de iniciar la privatización. La introducción del IPAB

                                                                           491,492 y 493

introducción por fases del respaldo de depósito bancario limitado remediará, en el futuro, esta situación.

Nuevo sistema de respaldo de depósito bancario

En 1998, el Gobierno aprobó una nueva legislación para crear el IPAB (Instituto para la Protección del Ahorro Bancario). El objeto del IPAB es proporcionar a las instituciones financieras con un sistema para la protección de los ahorros bancarios y para administrar los programas de recuperación financiera. Esto indica que el Gobierno se está moviendo hacia la dirección de otras comunidades internacionales con respecto a los sistemas de respaldo de depósito bancario.

Los esquemas eficaces de respaldo de depósito bancario están dirigidos a proteger a los depositantes relativamente pequeños en contra de pérdidas. Las siguientes dos tablas ilustran las característica de un esquema eficaz de respaldo de depósito bancario durante épocas normales y en tiempo de crisis:
Prácticas Típicas para un Esquema Exitoso de Respaldo de Depósitos Bancarios bajo Condiciones  Normales76

Este esquema debe:
-Estar definido explícitamente en la ley y
reglamento
-Aydar rápidamente a las instituciones
depositarias en apuros
-Importante limitaciones en cuanto a la
cobertura
-Contar con una amplia base de miembros
Pagar los depósitos rápidamente
-Contar con adecuadas fuentes de fondeo
para enviar la insolvencia

-Ofrecer primeras ajustadas a riesgos (cundo los
riesgos se pueden medir de manera precisa)
-Tener información precisa y una revelación de la
condición financiera de un banco asegurado
-No otorgar la autoridad de toma de decisiones a
banqueros dentro del esquema de respaldo de
deposito bancario
-Tomar acciones correctivas prontas
-Tener una relación cercana con el prestamista de
último recurso y con el supervisor

 
Prácticas Típicas para un Esquema Exitoso de Seguro de Respaldo Bancario en Crisis Sistemática77
El esquema debe:
-Ampliar la cobertura temporalmente
-Obtener al apoyo del gobierno


A continuación se listan los rasgos más sobresalientes del nuevo organismo de seguro de depósito bancario de México comparado con el Fobaproa:

 
Istituto para la Protección del Ahorro Bancario
(IPAB)
FOBAPROA
El seguro cubre-Actualmente:todas las
obligacines bancarias a excepción de deudas
subordinadas y pasivos que deriven de operaciones
irregulares. La cobertura va disminuyendo por
etapas y el IPAB únicamente debe cubrir los
depósitos bancarios hasta fin de año 200478
El seguro abarca-todas las obligaciones  bancarias
con excepción de deudas subordinadas y obligaciones  derivadas de operacines irregulares.

Garantís limitadas a 400,000 UDís (en vigor al
2005)
Nohay ningún límite establecido.
Un marco para la quiebra y liquidación bancaria en
donde el IPAB asume los pagos de las obligaciones
garantizadas de la institución colapsada.

No existen disposiciones en la ley anterior que
proporcionen una guía en cuanto a la administración de un banco en quiebra.

 
Istituto para la protecció del Ahorro Bancario
(IPAB)                           (Continúa)

FOBAPROA
                                                (Continúa)

La contidad de financiamiento que el IPAB puede
obtener del Banco de México, en exceso de las
aportaciones bancarias, no debe exceder el 6%de
las obligacines totales de todos los bancos, cada
tres años. Cualquier financiamiento adicional por
parte del Bnco de México debe tener la aprobación
del gobierno.
No existen límites establecidos





Permite Primeras basadas en riesgos.


Las aportacines no deben exceder,
respectivamente,el 0.5% y el 0.7% anulmente
de la cantidad máxima de obligacines que el
fondo protegerá explícitamente.
Hay un límite de tiempo de doce meses en la reserva para el apoyo a la liquidez Se cobra a las
Instituciones derechos por inspección para que el
IPAB pueda asegurar que los fondos se utilicen
adecuadamente.
No se formalizaron límites con respecto al periodo de financiamiento bajo la antigua
legislación.

A cambio del  otorgamiento de apoyo,el IPAB
puede imponer condiciones,medidas y restricciones
operativas en el banco incluyendo la exigencia del
despido y contratación de funcionario y empleados.
Estas medidas podrán ser implentadas por la
CNBV durante la intervención gerencial, a
FOBAPROA no se le otorgó esta facultad.
El IPAB esresponsable del cumplimiento del apoyo
financiero,podrá solicitar información de los
bancos y podrá acompañar a la CNBV a
inspecciones en el propio banco
Los procedimientos para que el FOBAPROA
cumpliera su mandato de cumplimiento no era
claros.
El IPAB asume la propiedad de datos los bancos y
programas a deudores
El FOBAPROA mantiene la propiedad del
programa de compra de cartera
El IPAB y los bancos acordarán una fórmula que
obligará a los bancos a poner másatención a la
cobranza y el proceso administrativo de los créditos
en el fideicomiso.
Los incentivos para la cobranza de crédito no
eran suficientes

-  El IPAB puede obtener financiamiento de 3
   fuentes. en el siguiente orden:
1)se cobrará 4/1000 pesos por año a cada
   banco basándose en los depósitos;
2)El Banco Central podrá otorgar
   financiamiento hasta un 6% de las
   obligaciones bancarias,publicadas por la
   CNBV,una vez cada tres años;
3)En momentos de energia, el Congreso
   podrá aprobar una partida especial de
   presupuesto de gastos, para que el IPAB
   cumpla cun sus obligaciones
El FOBAPROA obtiene financiamiento de:
1)aportaciones iniciales,ordinarias y
   extraordinarias de instrucciones financieras y
2)el Banco de México según lo permitido por el
   Artículo 7 de la Ley del Banco de México.

el financiamiento de FOBAPROA de progarmas
bancarios no requería la aprobación por parte de la legislatura


Comparaciones internacionales

La siguiente tabla ilustra que existen varios límites de cobertura y esquema de fijación de precios para la implementación del respaldo de depósito bancario; la mayoría de éstos están limitados, protegiendo así a los depositores pequeños no sofisticados y dejando a los acreedores grandes en riesgo, permitiendo que prevalezcan las fuerzas del mercado. Según se indica en la tabla, muchos países han tenido esquemas de seguro de depósito bancario en vigor por décadas. Según el Fondo Monetario Internacional, un esquema formal de seguro de depósito bancario que ofrezca cobertura limitada puede reducir los desembolsos gubernamentales cuando consideraciones políticas obligarían, de lo contrario, a las autoridades a proteger a todos los depositantes de bancos en quiebra.79
País

Año
Establecido
Límite de
Cobertura del
seguro
Equivalente
en US $ (al1*.
de julio/93)
Esquema de Fijación de Precio de laPrimera
Canadá 1967 CS 60,000 48,806 10.por ciento de los depósitos asegurados
Dinamarca









1987









DKR250,000









38,075









Maximo de 0.2 por ciento del total de los depósitos; comenzados en 1989,la aportación anual total de todos
los miembros es de kr700 millones hasta que el fondo alcance las kr3 mll
millones
Francia 1980 FF400,000 69,512 Cobrado según se necesite:evaluaciones  basadas en los depósitos
Alemania




1966




30por ciento
del "capital
comprometido
por el Banco
de cada
depositante"
N/A




0.03 por ciento de total de los depósitos



Italia




1987




100 por ciento
de las primeras
200 mil liras
75 por ciento
de las
siguientes 800
mil liras
516,000




Arresglo sin fondo




Japón

1971

Y 10,000,000

93,370

0.012 por ciento del saldo de depósito cubiertos
México
1990









Depósitos,
créditos y préstamos
ilimitados






limitados









0.5% y 0.7% anuales de la cantidad máxima de obligaciones que el íondo protegerá explícitamente en un año especifico todas
las obligaciones bancarias, transacciones de mala fe y deuda subordinadas.
1999

400,000 UDI
al 2005
97,087

0.4% por cinto anual de cada banco basándose en los depósitos.
Noruga 1961 limitado limitado 0.05 por ciento del tal de activos
Suiza 1984 FS30,000 19,803 Arreglo sin fondo
Reino
Unido




1982




75 por ciento
el saldo del
depósoto hasta
20,000 L


22,373




El gravamen progresivo con la tasa
efectiva no excediendo el 0.3 por ciento de los depósitos nacionales en libras esterlinas
Estados
Unidos


1933



$100,000



100,000



0.23 por ciento de los
depósitos(y mayor dependiendo del
riesgo.hasta un
0.30 por ciento)


Conclusiones

Las nuevas leyes de respaldo de depósito bancario de México representan una reforma significativa y son pasos positivos hacia el logro de un marco regulatorio eficaz para la supervisión de las instituciones financieras. La protección se limitará una vez que las regulaciones del IPAB hayan sido introducidas completamente por fases en el sistema, creando una disciplina de mercado en los bancos. Resulta especialmente notorio la nueva reserva para primas basadas en riesgos de la ley de tal manera que los bancos con mayor riesgo tendrán que pagar mayores primas. La limitación del seguro de depósito bancario en 400 mil Udis para el año 2005 en un paso positivo y, de ser posible, la adopción anticipada de este sistema es recomendable. Sin embargo, el IPAB, mientras tanto, continúa protegiendo todas las obligaciones bancarias, a excepción de deuda subordinada y obligaciones derivadas de operaciones irregulares.

Supervisión de grupos financieros

La Ley para Regular Agrupaciones Financieras de 1990 introdujo la posibilidad de tener grupos financieros en México. En 1995, la CNB y la CNV se fusionaron en un intento para moverse hacia la supervisión consolidada. Con el advenimiento de grupos financieros en cualquier país, surgen ciertos problemas que deben manejarse por las autoridades supervisoras. El grupo tripartito (un grupo internacionalmente representado de supervisores y reguladores establecido al inicio de 1993, específicamente para considerar formas de mejorar la supervisión de grupos financieros), identificaron los problemas principales para consolidar la supervisión, algunos de los cuales se enumera a continuación:

Enfoque general para la supervisión de grupos financieros;

La evaluación de la suficiencia de capital;

                                                                                          494,495 y 496


Contagio, en particular el efecto de exposiciones de riesgo dentro de grupos;

Grandes exposiciones a riesgo a nivel de grupo;

Problemas en aplicar una prueba de adaptabilidad a los accionistas y una prueba de aptitud e ideonidad a los gerentes;

Transparencia de las estructuras de grupo y

Derechos a tener acceso a la información acerca de entidades no reguladas.

Enfoque global a la supervisión de grupos financieros

El grupo tripartito acordó que la supervisión de grupos financieros no podía ser efectiva si los componentes individuales de un grupo se supervisan en bases puramente individuales. La supervisión en base individual significa que el supervisor de la banca supervisa, por aislado, al banco dentro del grupo financiero, el supervisor de seguros supervisa, por aislado, a la compañía aseguradora dentro del grupo financiero etcétera. La CNB se fusionó en 1995 por la CNV para consolidar la supervisión de las industrias bancarias y de valores. La industria aseguradora aún está siendo supervisada por un organismo por separado.

Según el grupo tripartito, la supervisión consolidada se define de la siguiente manera:

La supervisión consolidada es un enfoque de supervisión que se centra en la compañía matriz o controladora; sin embargo, las entidades particulares pueden y deben seguir siendo supervisadas en una base individual según los requerimientos de capital de sus entidades reguladoras. Para determinar si el grupo en conjunto tiene un capital adecuado, los activos y pasivos de compañías individuales se consolidan y se aplica a los requerimientos de capital a la entidad consolidada a nivel de compañía matriz y el resultado neto se compara con el capital de la compañía matriz (o del grupo).

Según la Ley para Regular Agrupaciones Financieras, las compañías controladoras de grupos financieros están sujetas a la inspección y supervisión de la comisión que supervisa a la entidad financiera que, según la opinión de la SHCP, es el miembro dominante del grupo financiero. Actualmente, en México, la CNBV supervisa a todos los grupos que contienen un banco. La compañía controladora debe aceptar en sus propias instalaciones las visitas de la comisión y proporcionarle todos los reportes e información necesaria.

Derechos de acceso a la información acerca de entidades no reguladas

Un elemento importante para supervisar a grupos financieros es el acceso a miembros no regulados del grupo. Este acceso es importante para evaluar la suficiencia de capital del grupo como un todo y para asegurarse que las transacciones entre grupos se hagan con base a las disposiciones legales y en términos de mercado. En México, no existen compañías no reguladas permitidas en grupos financieros.

La evaluación de suficiencia de capital

México no requiere a los grupos financieros mantener una proporción o índice específico relativo a la suficiencia de capital; lo hacen únicamente sobre entidades individuales. Es importante que se supervise la suficiencia de capital del grupo financiero como un todo, ya que los problemas que enfrente un miembro pueden afectar a los demás miembros en el grupo.

Grandes exposiciones a nivel de grupo

A pesar de que México tiene reglas de diversificación de riesgos en vigor para instituciones financieras individuales, no existen reglas en vigor para evaluar las exposiciones elevadas de riesgo a nivel de grupo. Las situaciones de elevada exposición de riesgo a nivel de grupo pueden llevar a un contagio de problemas financieros en todo el grupo. Es esencial que los supervisores se mantengan informados de manera regular sobre la existencia y naturaleza de todas estas exposiciones. Un enfoque, según lo sugiere el grupo tripartito, sería el tener un regulador líder responsable de obtener la información necesaria para evaluar la exposición elevada de grupo e identificar puntos de preocupación adecuados que indicarán cuando iniciar pláticas entre varios organismos de supervisión. Sin embargo, a pesar de que puede haber un regulador líder, no se hace mención en las leyes sobre la manera en que los reguladores deben supervisar las situaciones

que representan una elevada exposición de riesgo a nivel de grupo.

Contagio, particularmente el efecto
de exposiciones intragrupo


El supervisor consolidado controla mejor las exposiciones intragrupo. La CNBV emitió una circular en 1997 que estableció la obligación de las instituciones de crédito para identificar a los grupos de personas físicas y morales que, debido a su capital o vínculos de responsabilidad, constituyen riesgos comunes. Cada institución financiera debe mantener un listado de todas las partes relacionadas identificadas y presentar la lista a la CNBV semestralmente.

Transparencia en las estructuras de grupo

La SHCP, a través de la Ley para Regular Agrupaciones Financieras, autoriza el establecimiento y organización, así como la fusión, adquisición y retiro de una entidad de un grupo financiero. La SHCP ha emitido reglas referentes a solicitudes para la autorización de grupos financieros, que incluyen información con respecto a estatutos, reglas para evitar conflictos de intereses, listas de accionistas, funcionarios y directores y otra documentación como según lo considere necesario la SHCP. Para 1999 cualquier persona que adquiera o transfiera más del 2% del capital social de una institución de banca múltiple o grupo financiero lo debe notificar a la SHCP.

Pruebas de idoneidad para accionistas
y pruebas de competencia y aptitud
para gerentes


Los accionistas que tengan influencia material sobre un grupo financiero deben cumplir con los criterios de idoneidad y adecuación, según lo determine la autoridad supervisora. Dichos estándares necesitarán información sobre la identidad, capacidad, profesiones, experiencia, competencia, honestidad, integridad y situación financiera personal de los accionistas. Esta información se deberá corroborar con otra información disponible en otros organismos gubernamentales, registros de tribunales, organismos crediticios y entrevistas con anteriores asociados de negocios. También deberá recolectarse información detallando las relaciones de negocios o personales entre directores, grandes accionistas y contrapartes del banco o grupo financiero. México no tiene estándares que los accionistas con participaciones importantes deban cumplir. Esta insuficiencia de estándares formales para la determinación de la aptitud de los accionistas contribuyó a los problemas que se crearon al momento de la privatización.

También deben aplicarse criterios de idoneidad y adecuación a la alta gerencia del banco a nivel del grupo y a nivel del banco. Al integrarse cada vez más los negocios bancarios, de seguros y de valores, es posible que el proceso de toma de decisiones pase de las entidades individuales reguladas a la compañía matriz, permitiendo así a los administradores de compañías no reguladas que tomen decisiones sobre la entidad regulada. Los supervisores deben, por lo tanto, tener acceso y estar evaluando a los gerentes que en realidad tomen las decisiones con respecto a la entidad regulada.

Conclusiones y recomendaciones

A pesar de que el marco regulatorio permitía la existencia de grupos financieros desde 1990, fue hasta el 1o. de mayo de 1995 cuando la CNB y la CNV se fusionaron creando así la CNBV. Aunque no se requiere una fusión de la autoridad supervisora para una cosolidación eficaz, la fusión de las comisiones facilita este proceso. Por lo tanto, la fusión de las autoridades supervisoras fue un paso hacia la supervisión de grupos financieros.

Las autoridades supervisoras mexicanas podrían considerar el establecer un sistema para supervisar los grupos financieros que conforman el sistema financiero mexicano de conformidad con los principios arriba mencionados. Si las leyes permiten que dichos grupos operen, los grupos deben estar adecuadamente supervisados. La CNBV ha estado consciente sobre la necesidad de una supervisión consolidada desde 1996. En ese año, la CNBV firmó una resolución del comité del presidente de la Iosco (Organización Internacional de Comisiones de Valores) acordando que ciertos principios deben formar las bases para la evaluación de riesgo de los grupos de financieros y se deben utilizar, en la medida de lo posible, para guiar el desarrollo de la práctica regulatoria y de la cooperación regulatoria en el área de grupos financieros.

Tenencia accionaria

Tenencia accionaria general

Durante el periodo desde la nacionalización (1982) a la privatización (1991), los bancos mexicanos continuaron operando con banca múltiple. Sin embargo, el crédito extendido al sector privado comenzó a declinar y durante el periodo desde 1985 a 1987, el Gobierno utilizaba a la banca múltiple principalmente para financiar el déficit del sector público. La supervisión de los bancos no era eficaz debido al poder que tenían los directivos de los bancos durante este tiempo.

El fondo monetario internacional recomienda que los bancos propiedad del Estado operen de acuerdo con los criterios comerciales y de conformidad con las mismas reglas de vigilancia que los bancos privados y transferir total y transparentemente todo su compromiso equivalente a la carga cuasifiscal, al presupuesto del Gobierno. Este no parece haber sido el caso durante el periodo de nacionalización. El sistema bancario probablemente hubiera estado más preparado para manejar las realidades de operar en un sistema bancario privatizado.

Inversión extranjera

Muchos sistemas bancarios están abiertos a la inversión extranjera y México ha abierto su sistema bancario gradualmente. Para julio de 1990, los inversionistas extranjeros como grupo podían adquirir hasta un 30% de las acciones con derecho a voto de un banco o grupo financiero comercial controlado por mexicanos. Reformas hechas en 1995 permitieron que personas físicas y morales extranjeras como grupo tuvieran hasta un 49% del capital con derecho a voto de un banco o un grupo financiero comercial controlado por mexicanos. Las restricciones sobre las acciones sin derecho a voto (elegibles para su adquisición tanto por extranjeros como por mexicanos) aumentaron del 30% del capital con derecho a voto de la institución al 40%.

Previo al TLC, para establecer una subsidiaria financiera extranjera, se requería que los inversionistas extranjeros invirtieran por lo menos el 99% en el capital accionario de la institución de banca múltiple. Como resultado del TLC, una institución financiera podría considerarse como subsidiaria financiera extranjera cuando al menos el 51% del capital accionario sea propiedad de una institución financiera extranjera.

Según un estudio hecho por el Banco de México, la participación global en el sistema bancario mexicano aumentó del 1.5% en 1993 al 25% en 1996.

La siguiente tabla muestra el componente extranjero de los sistemas bancarios de otros países, según lo publicado en el documento económico (Bank or International Settlements) bis número 46 de octubre de 1996.

            Porcentaje de Participación de los Bancos Extranjeros en los Activos Totales

País Porcentaje País Porcentaje País Porcentaje
India 7.3 Tailandia 7.1 Venezuela 1.2
Hong Kong 78.0* Federación Rusa 2.2 Israel 0.0
Corea 5.1 Argentina 21.7 Sudáfrica 3.3
Singapur 80.0 Brasil 9.4 Estados Unidos 22.0
Taíwan 4.7 Chile 21.4 Japón 1.8
Indonesia 3.7 Colombia 3.6 Alemania 3.9
Malasia 15.9        

*Se refiere a todas las instituciones constituidas en el extranjero autorizadas
Nota: Las cifras se refieren al último año disponible a octubre de 1996
Fuentes: OECD, Bancos Centrales y Secretaría de Finanzas

Con un 25% de propiedad extranjera en México a 1996, el porcentaje de propiedad de extranjeros en México es mayor que la mayoría de los países enumerados en esta muestra. El porcentaje de propiedad de extranjero en México parece ser consistente con el de los Estados Unidos y con el de países de América Latina tal como Argentina y Chile.

                                                                                           497,498 y 499

Conclusiones


Si los bancos nacionalizados hubieran operado más de conformidad con los criterios de la banca múltiple (por ejemplo: políticas adecuadas para el otorgamiento de créditos y vigilancia) durante el periodo de nacionalización, hubieran estado mejor preparados para la privatización y sus problemas de solvencia durante la crisis bancaria hubieran podido ser mitigados.

Con la excepción de los cinco años de gracia otorgados a las instituciones financieras que se transformaron en un grupo financiero y que compraron un banco, los límites máximos de propiedad en bancos y grupos financieros mexicanos, aunque eran suficientes para reducir la influencia indebida sobre la administración de los bancos, la aplicación de los límites se suspendió durante el tiempo en que los bancos se privatizaron. Una vez que la privatización terminó, los dueños no elegibles fueron protegidos por la SHCP cuando se retiró la suspensión.

Debido al sustancial aumento en inversión extranjera en México (del 1.5% al 25%), parece ser que los cambios a las reglas de propiedad de extranjeros han sido exitosas para el aumento de la participación extranjera en el sistema.

Burós de crédito

Las reformas que se hicieron en 1993 a la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras establecieron los lineamientos para la constitución de los burós de créditos. Su marco legal para facilitar la implementación y uso de los burós de crédito, no fue establecido si no hasta 1995 que la SHCP publicó en el Diario Oficial de la Federación, las "reglas generales que los burós de crédito deben seguir".

En 1996 y 1997 se pusieron en práctica sistemas de información más eficaces para ayudar a establecer el sistema de buró de créditos para las personas físicas. Estos burós registran toda la información de crédito relevante.

Recientemente, el 15 de octubre de 1998, la CNBV emitió una circular solicitando a las instituciones financieras a establecer reservas adicionales de crédito si la institución no logra tener acceso al buró de crédito para obtener el historial de crédito del acreedor. Los créditos en donde el historial de crédito del acreedor no es comprobable deben reservarse al 100%. Si la institución tiene acceso al buró de crédito y el acreedor tiene un registro de crédito pobre y no obstante se otorga el crédito, la institución también debe reservar el crédito al 100%. La emisión de esta circular pone en práctica un fuerte incentivo para las instituciones crediticias para utilizar los burós de crédito.

Los bancos han reportado que el establecimiento de los burós de crédito ha traído como resultado un mejoramiento significativo en su proceso de otorgamiento de créditos, ya que ahora cuentan con una fuente de información externa. Esto ha llevado a solicitudes de crédito imprecisas que los bancos están rechazando y, por lo tanto, es una adición efectiva a los procesos de administración de riesgos de crédito de los mismos.

Conclusiones

La utilización de burós de créditos en México se han desarrollado lentamente. La Ley para Regular las Agrupaciones Financieras se modificó en 1993, para el establecimiento de burós de crédito, las "reglas generales que deben seguir los burós de crédito", se emitieron hasta 1995 y se establecieron incentivos fuertes para el uso de burós de crédito hasta 1998.

Dada la eficacia de los burós de crédito según lo reportado por los bancos, su ausencia durante el periodo de rápida expansión en libros de los créditos, especialmente después de la privatización, ha contribuido a la falta general de calidad de crédito dentro del sistema.

Evaluación de los mandatos y facultades de los organismos

La siguiente tabla enumera responsabilidades legales de las autoridades financieras con respecto al sistema bancario. Son las bases para nuestro análisis de la superposición de facultades, así como de mandatos y de rendición de cuentas por parte de las autoridades financieras.

                          Sinopsis de Responsabilidades Legales de las Autoridades Federales que
                                 Constituyen el Marco Regulatorio para Instituciones Financieras

Responsabilidad CNBV
SHCP
Banco de
México
FOBAFROA
IPAB
Implementación de objetivos de políticas
Públicas
  • Protección al consumidor
  •  
  •  
  •  
  •  
  • Estabilidad,solidez y funcionamiento
    del sistema financiero
  •  
  •  
  • Competitividad del sistema financiero
  •  
  • Confianza pública en el sistema financiero
  •  
  •  
Mecanismos de coordinación:
  • Comité Técnico del FOBAPROA
  •  
  •  
  •  
  •  
  • Consejo Directivo del IPAB
  •  
  •  
  •  
  • Junta de Gobernacion de la CNBV
  •  
  •  
  •  
Supervisión de instituciones financieras
  • Creación de políticas/reglas de supervión
  •  
  • Examinaciones anuales internas y externas
  •  
  • Evaluación de instituciones financieras
  •  
  •  
  • Cumplimiento de las regulaciones
  •  
  •  
  • Monitoreo y evaluaciónes de los bancos para efectos de
   - Comunicar hallasgos para las autoridades
      regulatorias
  •  
  •  
   -Imponer multas y sanciones para ilicitos
administrativas y/o legales que se identifiquen
  •  
  •  
Manejo de instituciones en problemas:
  • Medidas Preventivas
  •  
  •  
  •  
  • Accines correctivas y proceso de recuperación
  •  
  •  
  •  
  • Cumplimiento de programas
  •  
  •  
  •  
  • Provisión para apoyo de liquidez
  •  
  •  
  •  
  • Liquidación-venta de activos y suspención de operacines
  •  
  • Liquidación-cierre de instituciones insolevnes
  •  
  • Intervenciones generales de instituciones
    insolevnes
  •  
  •  
  • Recuperació de activos de carteras adquiridas
  •  
  •  
  • Reportar sobre instituciones en problemas a la SHCP
  •  
Especifico para la crisis mexicana de 1994
  • Programas bancarios
  •  
  •  
  •  
  •  
  • Programas a deudores
  •  
  •  
  •  
  •  
Mejore prácticas administrativas en instituciones
financieras:
  • Emisión de regulacines de produncia
  •  
  •  
  • Promoción de estándares para negocios
    sanos y prácticas financieras
  •  
  • Linemiento y regulaciones para instituciones financieras (operativas y administrativas)
  •  
  •  
  •  
Nuevas licencias/funciones/entrada extranjera
  • Aprobación regulatoria
  •  
Sistema de pagos:
  • Vigilancia del sistema de compensación
    y liquidación
  •  
  • Emisión de regulaciones,
  •  
Otros
  • Emisión de políticas de seguros para depósitos bancarios
  •  
  •  
  •  
  • Recuperación de activos del organismo de seguros para depósito bancarios
  •  
  •  

Superposición de facultades

Observaciones generales y responsabilidades superpuestas


Como se puede evidenciar en la tabla anterior, existen numerosas áreas de superposición en cuanto a las responsabilidades de las autoridades regulatorias y organismos relacionados que integran el sistema financiero.

Coordinación y toma de decisiones entre los diferentes reguladores

Actualmente existen dos foros de coordinación entre las diferentes autoridades regulatorias.
El primer foro es el comité técnico del Fobaproa por medio del cual los miembros de la SHCP, CNBV y el Banco de México participan en las decisiones con respecto a la recuperación y apoyo de las instituciones financieras en problemas. Los representantes de la dirección del Fobaproa pueden asistir a dichas juntas, pero sin derecho a voto y, como resultado, tienen poca influencia sobre las decisiones relacionadas en el apoyo proporcionado a los bancos. Esto resalta el hecho de que la dirección del Fobaproa contrario a la percepción general, no participa en la toma formal de decisiones con respecto al apoyo proporcionado al sistema bancario.

El segundo foro es la junta de gobierno de la CNBV, en donde participan miembros de la CNBV, el Banco de México y la SHCP. En este foro el Banco de México y la SHCP tienen acceso a la información sobre las diversas instituciones financieras bajo la supervisión de la CNBV.

No obstante la existencia de varios convenios informales, hace falta un mecanismo prominente, por medio del cual las autoridades financieras puedan llegar a acuerdos sobre temas de macro y microeconomía, regulaciones del sistema financiero y desempeño del sistema en general.

Supervisión de instituciones financieras

La Ley de Instituciones de Crédito, establece la obligación para las instituciones de crédito de presentar información y documentación financiera según lo requiera la SHCP, el Banco de México y la CNBV. Los representantes de los bancos han indicado que históricamente han tenido una sobrecarga de solicitudes de información por parte de las diferentes autoridades. Como resultado de los informes de los despachos contratados, algunos bancos aún sienten esta carga. Parece ser que hay espacio para el mejoramiento en el área de compartir información entre los organismos regulatorios.

La base de datos SAF, iniciada en 1994, se completó sustancialmente para 1998. Esta es una mejora en esta área de coordinación en cuanto a recolección de información.

El Fobaproa tiene acceso en línea a la información financiera a través del uso de este sistema. Según la CNBV las otras autoridades regulatorias (SHCP y el Banco de México) también tienen acceso a la base de datos. Con el uso eficiente del SAF, las solicitudes de información por parte de las instituciones financieras disminuirán.

Medidas de cumplimiento

La CNBV y el comité técnico del Fobaproa actualmente son responsables de asegurar el cumplimiento de las medidas correctivas. En el futuro, el IPAB también realizará esta función.

La CNBV tiene autoridad legal para implementar y asegurar el cumplimiento de las medidas correctivas. Sus facultades incluyen el conducir exámenes especiales para evaluar la eficacia y logros de los programas correctivos recomendados, así como de las intervenciones administrativas o gerenciales de la entidad, en caso de incumplimiento. Las instituciones de crédito están obligadas legalmente a implementar las acciones correctivas en respuesta a las observaciones de la CNBV.

El Fobaproa era responsable de asegurar el cumplimiento con los programas correctivos desarrollados por las instituciones financieras, los cuales eran requeridos para recibir apoyo del Fobaproa. Sin embargo, no se establecen procedimientos específicos en la ley o en las actas del comité técnico y no está claro en cuanto a la manera en que el Fobaproa iba a cumplir con este mandato. El Fobaproa no tuvo los suficientes mecanismos y regulaciones para asegurar el cumplimiento a seguirse.

Bajo la nueva ley, el IPAB es responsable de asegurar el cumplimiento con las condiciones del apoyo financiero. Al IPAB se le otorga una autoridad legal y lineamientos detallados en cuanto a la manera en que esto se puede llevar a cabo, lo cual incluye el acceso a la información requerida por parte de los bancos y la ayuda por parte de la CNBV según se necesite para asegurar que el cumplimiento sea suficiente. El IPAB todavía no ha tenido la oportunidad de ejecutar ese mandato pero parece ser que tendrá la suficiente facultad legal para hacerlo.

Parece apropiado que tanto el IPAB como el asegurador y proveedor de fondos como la CNBV como supervisor, puedan evaluar el cumplimiento con los programas de apoyo. Sin embargo, para evitar la duplicación de funciones. El IPAB y la CNBV podrán tomar medidas para asegurarse que esta función se coordine de manera formal.

Intervención gerencial

La CNBV y actualmente el IPAB, tiene el mandato de realizar, para efectos prácticos, intervenciones generales en instituciones con problemas.

En el plan estratégico del Fobaproa establecido por el comité técnico, se le dio el mandato al Fobaproa de ayudar a determinar la mejor manera en que las compañías deudoras y aquellas capitalizadas por el Fobaproa pueden

                                                                           500,501 y 502

ser intervenidas. Sin embargo, por ley, se le otorgan facultades a la CNBV para la intervención gerencial y la resolución del comité técnico no puede pasar por alto un estatuto. Como resultado, el Fobaproa no tiene facultades gerenciales sobre la institución.

A diferencia del Fobaproa, la nueva ley que regula al IPAB, le proporciona la facultad de realizar una intervención gerencial en aquellas instituciones a las que les proporciona el apoyo monetario, mientras que la CNBV podrá intervenir gerencialmente a las instituciones en donde se hayan detectado operaciones irregulares. A pesar de esa distinción aparente, no existen regulaciones que estipulen qué organismo tiene el derecho a la prioridad para las intervenciones gerenciales, en caso de que tanto la CNBV como el IPAB sean elegibles (es decir, en caso de que las instituciones tengan tanto operaciones irregulares como la ayuda por parte del IPAB). Las autoridades regulatorias han indicado que en la práctica éste no es un problema debido a que quienes toman las decisiones en la junta de gobierno de la CNBV y aquellos del IPAB son las mismas personas. Por lo tanto, nunca existirá la situación en la cual existan dos interventores gerenciales. Además, han declarado que, en la práctica, la CNBV siempre tendrá prioridad sobre el IPAB en esta situación. Sin embargo, esto no está claramente establecido en la legislación vigente.

Emisión de regulación prudencial


Actualmente, tanto la SHCP como la CNBV tienen la autoridad para emitir la regulación prudencial. sin embargo, cada organismo es responsable de áreas específicas de regulación prudencial, de tal manera que sus responsabilidades no se superpongan. Por ley, la CNBV únicamente tiene derecho a emitir la regulación prudencial en las áreas de administración de riesgos y principios contables, la SHCP, por otra parte, es responsable de la emisión de todas las demás regulaciones prudenciales tales como los requerimientos de suficiencia de capital. La SHCP tiene muchas otras responsabilidades para el sistema financiero mexicano y, como tal, sería más eficaz el dejar la emisión de regulaciones prudenciales a la autoridad supervisora.

Parece ser que México está avanzando hacia esta dirección, ya que la legislación actualmente está pendiente sobre el hecho de darle a la CNBV la autoridad legal para emitir todas las regulaciones prudenciales.

Emisión de política de seguros
para depósitos bancarios

Aunque México no cuenta con un organismo real de seguros para depósitos bancarios, el Fobaproa tenía el mandato de proteger a los acreedores y depositantes de los bancos. La SHCP determinó la política pública de que no se permitirá a ningún banco que entre en insolvencia. El comité técnico determina cada año el alcance de cobertura para acreedores y depositantes y el Banco de México pública anualmente en el Diario Oficial de la Federación los límites de la cobertura.

Las facultades del comité técnico y de la SHCP se superpusieron en cuanto a su autoridad respectiva para determinar los montos y términos de las aportaciones iniciales pagadas por las instituciones. Sin embargo, no se hace mención en ninguno de sus estatutos o reglas operativas que la determinación de la política arriba mencionada se vaya a conducir como esfuerzo conjunto, tampoco existe una referencia cruzada hecha a la otra autoridad. Esta superposición de facultades es innecesaria y de hecho podría ocasionar discrepancias y confusión, haciendo que sea más difícil el rendimiento de cuentas de sus acciones.

Conclusiones y recomendaciones


Los problemas ocasionados por la superposición de responsabilidades son:

La creación de debilidades estructurales;

La falta de realización del rendimiento de cuentas;

Confusión en cuanto a las responsabilidades, originando que potencialmente se descuide la vigilancia de áreas importantes;

La utilización de recursos que podrían haberse utilizado para llevar a cabo otras funciones necesarias y

La carga para las instituciones financieras con requerimientos excesivos en cuanto a informes financieros.

Por otro lado, las facultades superpuestas pueden proporcionar verificaciones adicionales y de saldos, así como mejorar el análisis.

A pesar de que únicamente se escogieron las áreas más importantes para su discusión, debido al impacto de los aspectos negativos mencionados, se sugiere que todas las áreas super puestas identificadas se vuelvan a examinar para asegurar un marco regulatorio más eficiente y eficaz. Además se recomienda lo siguiente:

Se podría establecer un mecanismo prominente, en donde las autoridades financieras puedan convenir sobre temas de macro y microeconomía, regulaciones del sistema financiero y desempeño del sistema en general.

Se debe continuar con los esfuerzos para el mejoramiento del área de compartir información entre los organismos regulatorios.

Para evitar la duplicidad de funciones entre el IPAB y la CNBV con respecto a evaluar el cumplimiento con los programa de apoyo, se pueden tomar acciones para asegurar que esta función se coordine de manera formal.

En el futuro, las autoridades regulatorias podrían volver a revisar las facultades superpuestas de intervención gerencial del IPAB y de la CNBV y determinar si se justifica un mecanismo de coordinación.

La CNBV debe ser investida con la autoridad legal para emitir toda la regulación prudencial, tal como actualmente la CNBV está buscándola a través de la legislación pendiente de aprobación.

Mandatos y rendimientos de cuentas

Los mandatos con respecto a los objetivos de las políticas públicas son claros y concisos. Dos de las autoridades regulatorias incluyen en su mandato u objetivo el "mantener la confianza pública en el sistema" y la "promoción de estabilidad, solidez y funcionamiento del sistema financiero" en la legislación. Sin embargo, también es importante decir la manera en que esperan alcanzar estas metas.

Rendimiento de cuentas

La CNBV, el Banco de México y la SHCP dictan los términos, funcionamiento y operaciones de las instituciones financieras. Como resultado, tienen una influencia significativa tanto en las instituciones que regulan como en los usuarios y capitalistas de estas instituciones. Es debido a esta facultad por lo que los cuerpos regulatorios necesitan ser responsables de sus decisiones, acciones y omisiones.

De acuerdo con el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, existen dos características principales que se requieren en un sistema, para ayudar a asegurar que se logre el rendimiento de cuentas y éstas son las siguientes:

Claridad de las funciones y responsabilidades en la legislación aplicable.

Transparencia de la información para los usuarios e instituciones sujetos a dichas regulaciones.

Claridad de funciones

Una legislación claramente definida ayuda a asegurar que las autoridades regulatorias estén conscientes de sus responsabilidades y establezcan los procedimientos necesarios para ayudar a su cumplimiento. En México, los mandatos de las autoridades regulatorias son, en ocasiones, imprecisos y no tienen el soporte legal en cuanto a la manera en que se van a llevar a cabo estos mandatos. Un ejemplo de esto es el proceso de aprobación de transferencia bancario por medio del cual el señor Cabal, estando aparentemente bajo investigación en los Estados Unidos de América, pudo comprar a grupo financiero Cremi. Las leyes prevén que la SHCP debe obtener información sobre accionistas potenciales, pero no entra en detalles en cuanto a la manera en que se deben evaluar a los accionistas, así como los criterios mínimos que deben cumplir.

División de responsabilidades e incremento de transparencia

La transparencia promueve el rendimiento de cuentas al notificar al público y a las instituciones financieras sobre las facultades de las autoridades regulatorias y las medidas regulatorias que pueden tomarse al infringir las leyes regulatorias. La transparencia también ayuda en la evaluación de seguimiento del desempeño de los reguladores.

A menudo no existe una división clara de las responsabilidades entre las autoridades regulatorias en México. Como ejemplos se mencionan los siguientes:

La CNBV y el IPAB tienen ambos la responsabilidad de iniciar los procedimientos de quiebra y suspensión de pagos; y

La CNBV y el IPAB tienen ambos la responsabilidad de las intervenciones gerenciales.

Como tal, a menudo resulta difícil determinar quién es el responsable último de cierta acción o inactividad en particular.

Conclusiones y recomendaciones

La falta tanto de transparencia como de una legislación clara dificulta que se determine qué organismo regulatorio es el responsable de hechos específicos o inactividades y hasta qué grado son responsables. Como resultado, el público no puede cerciorarse de manera adecuada sí los organismos regulatorios están cumpliendo con sus mandatos requeridos y si dichos mandatos se están cumpliendo correctamente.

Se recomienda que se preste la atención necesaria para definir claramente funciones de las autoridades regulatorias y los procesos para su evaluación, así como también, proporcionar los detalles en cuanto a la manera en que se van a cumplir estos mandatos regulatorios.

De igual forma en las áreas donde las responsabilidades regulatorias continúan superponiéndose, se deben desarrollar marcos que establezcan las funciones indispensables de cada uno para mejorar el rendimiento de cuentas inherente dentro del marco general.

Evaluación de la regulación prudencial

Además de los comentarios que se mencionan más adelante con respecto a la suficiencia de capital, existen comentarios adicionales contenidos en la evaluación de la CNBV.

Reglas de suficiencia de capital para los bancos (CAPS)

La SHCP emitió reglas para calcular el capital neto de las instituciones en el sistema bancario mexicano, con el propósito de que estuvieran de conformidad con el estándar internacional establecido por el Acuerdo de Capital de Basilea. Sin embargo, las reglas tienen excepciones significativos, que comentaremos en esta evaluación.

La principal excepción entre los dos enfoques para calcular el capital netos se encuentran en los componentes del nivel I de capital. El Acuerdo de Basilea define el capital de nivel I como acciones ordinarias totalmente pagadas y en circulación, acciones preferentes perpetuas no acumulativas y reservas conocidas.81 México define el nivel I de capital como aquel que no devenga intereses y que tiene un valor estable para absorber pérdidas.

Según el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, se espera que el nivel I de capital sea la mayoría del capital ya que tiene como objetivo representar el capital de mayor calidad en una organización. El capital de alta calidad consiste de capital pagado, utilidades retenidas y reservas conocidas. El nivel II de capital generalmente incluye partidas de menor calidad pero aún mantiene aspectos de capital en su naturaleza. Este incluiría partes de emisiones de acciones preferentes, deuda subordinada y reservas para revaluación.

Al evaluar la adecuación de capital, se debe hacer énfasis en el nivel I de capital debido a lo siguiente. En primer lugar, es el elemento clave de capital común a los sistemas bancarios de todos los países. En segundo lugar, se puede ver directamente en estados financieros publicados y es la base sobre la cual se toman decisiones de mercado en cuanto a la adecuación de capital. Finalmente, tiene un efecto vital en cuanto a márgenes de utilidad y en cuanto a la capacidad del banco para competir.82

                                                                                   503,504 y 505
Sistema Bancario Mexicano Acuerdo de Basilea*3
Competentes básicos
del Nivel I de Capital
Capital pagado
Capital emitido y pagado y acciones preferentes no acumulativas,
Utilidades retenidas y reservas de capital
Reservas conocidas sobre utilidadesretenidas después de
impuestos
Deudas subordinada de conversión obligatoria (hasta 30% del Nivel 1 de Capital excluyendo estos instrumentos) Utilidades acumuladas y reservas de capital




Superávit por revaluación de inmuebles y de acciones de inmobiliaría bancarias
(80% en Nivel 1)
Componentes básicos
del Nivel II de Capital
Todas las reservas adicionales. Reservas no conocidas que han pasado por las cuentas de
resultados
Deuda subordinada (que no exceda 50% de Nivel 1 de Capital Deuda subordinada (que no exceda 50% de Nivel 1 de Capital
Superávit por revaluación de inmuebles y de acciones de inmobiliaría bancarias
(20% en Nivel II)
Reserva  de revaluación valuada
conservadoramente.
Pérdidas crediticias en crédito clasificados como B y C. Reservas generales para pérdidas
crediticias.
Duda subordinada de converción
forzosa no incluida en el Nivel 1
de Capital

Instrumentos de deuda hídridos disponibles para cubrir pérdidas sin propiciar la liquidación (incluye deuda subotdinada de conversiónes forzosa)
Nivel 1 de Capital debe ser igual a por lo menos 50% del Nivel II de Capital. Nivel 1 de Capital debe ser igual a por lo menos 50% del Nivel II de Capital.
Estándares Básicos El Capital neto mínimo requerido como porsentaje de activos ajustados a riesgo debe ser de 6% (sin embargo, la CNBV y los bancos utilizan el 8% como el mínimo).

El Capital neto mínimo requerido como porsentaje de activos ajustados a riesgo debe ser de 8%; sin embargo, podían ser apropiadas adaptaciones, incluyendo requerimientos mayores del porsentaje, dependiendo de las condiciones del mercado local.

Impacto de un capital bajo

El concepto de capital ajustado a riesgo sirve para asegurar que exista una protección adecuada para los depositantes y que la gerencia del banco no tome riesgos indebidos. Bajo el Acuerdo de Basilea, los índices mínimos sugeridos del nivel I del capital son del 8% y probablemtne podrían ser del 10% en países, en donde existe una baja tasa de ahorro del país, tal como lo es para el caso de México. Si el capital no es lo suficientemente alto o no es de buena calidad, entonces efectivamente existe mayor riesgo asumido por los depositantes. Este riesgo se transfiere potencialmente a las instituciones de seguros de depósitos bancarios o al Gobierno, en caso de existir un respaldo para los depósitos ilimitado.

Calidad y cantidad

Después de haber revisado el cómputo del capital neto de una muestra de bancos, se determinó que ciertos componentes de capital de baja calidad se incluyeron en los saldos de capital de dichos bancos. Estas cuentas de capital de baja calidad incluyeron impuestos sobre la renta diferidos, revaluaciones como resultado de la contabilidad inflacionaria e insuficiencias en reservas sobre créditos que no generen intereses. Además, en el nivel I de capital estaban incluidas las obligaciones subordinadas de conversión forzosa que, en el Acuerdo de Basilea, estarían incluidos en el nivel II de capital. Lo que se presenta a continuación detalla a los componentes que necesitan ajustarse para volver a calcular el capital neto y de esta forma hacer que los cálculos del índice de capitalización de los bancos mexicanos estén mayormente alineados con el Acuerdo de Basilea.

Impuesto sobre la renta diferido

Un componente significativo del nivel I de capital, en algunos bancos, consiste de impuestos diferidos, registrados como activos, que se integran en las utilidades retenidas. Los impuestos diferidos se pueden registrar como activos como resultado de dos tipos de diferencias en cuanto a tiempo.

a) Reservas para pérdidas: bajo la ley fiscal mexicana, la cantidad de reservas para pérdidas crediticias que sea deducible en cualquier año está restringida al 2.5% de la cartera crediticia promedio del año. Si las reservas reales son mayores al 2.5% entonces las perdidas crediticias pueden deducirse en próximos años. No existe un límite de tiempo para la utilización de estas pérdidas.

b) Pérdidas operativas diferentes a las reservas para pérdidas: si un banco incurre en pérdidas operativas, puede arrastrarlas a años futuros. Se pueden arrastrar cinco años si existe utilidad contable y perdida para efectos fiscales; y 10 años en caso de existir tanto pérdida contable como pérdida para efectos fiscales.

La CNBV ha adoptado el enfoque que permitirá registrar impuestos diferidos de esta manera para efectos de cálculo de capital siempre y cuando sea permitido para efectos contables y que se refleje en los estados financieros auditados. El Acuerdo de Basilea básicamente no menciona nada en el área impuestos diferidos, posiblemente debido a que los bancos redituables tienen normalmente impuestos diferidos pasivos, posiblemente debido a que los bancos rentables normalmente tienen créditos fiscales diferidos. No se ha puesto límite en cuanto a la cantidad de impuestos diferidos que se pueden incluir en el cálculo de capital. Sin embargo, la CNBV está preocupada acerca de la calidad de este tipo de capital y está buscando métodos para ponerle un límite.

La realización de impuestos diferidos se basa en la rentabilidad futura del banco, lo cual no es siempre seguro. Si el banco no es rentable, los impuestos diferidos activos no se realizarán y esa porción de capital no estará disponible para proteger a los depositantes. La rentabilidad futura de los bancos en México es incierta y el componente de impuestos diferidos que forman parte de capital es significativo, con un promedio del 32% en los bancos no intervenidos.

Revelación para reconocer los efectos de la inflación en la información financiera

Antes de la adopción de la contabilidad inflacionaria por parte de los bancos, se permitía que éstos revaluaran sus activos fijos con base en avalúos. Al 15 de julio de 1996, el 80% de las cuentas debidas por revaluaciones se incluyen en el nivel I y el 20% se incluyen en le nivel II. Según el Comité Basilea de supervisión bancaria, las cuentas debidas por revaluaciones sólo deben incluirse en el nivel II.

México es considerado como un país hiperinflacionario, por lo tanto, resulta razonable bajo PCGA que las instituciones financieras reconozcan los efectos de la inflación para efectos de estados financieros. Sin embargo, debido a que esto es capital de baja calidad, la calidad del capital podría ser engañosa si se incluye la parte del capital relacionada a las revaluaciones como parte del capital social total.

Además, según discutió con la CNBV, se determinó que la revaluación inicial de activos tangibles e intangibles podría haber estado sobrevaluado cuando las cuentas por inflación se volvieron obligatorias en enero de 1997. Sin embargo, la cantidad de sobrevaluación es difícil de determinar y por lo tanto, también lo es el efecto cuantitativo sobre el capital neto.

Créditos que no generan intereses

Una cantidad importante de créditos que no generan intereses no ha sido conservadoramente registrada y como resultado, el capital neto ha sido sobrevaluado. Los "créditos que no generan intereses", ya sea que estén dentro o fuera del balance general son activos improductivos que se incluyen como créditos productivos en los estados financieros. Cuando se vuelve a calcular el capital neto, las reservas suficientes estos créditos que no generan intereses deberán deducirse del capital neto.

Dichos activos incluyen lo siguiente:

Activos adjudicados: según las reglas de contabilidad para bancos, los activos embargados, dado que son improductivos, deben permanecer clasificados por separado hasta que éstos se recuperen.

Programa de rentas sobre hipoteca: los bancos podían transferir créditos hipotecarios improductivos a fideicomisos fuera del balance general, mientras los anteriores acreditados pagaban la renta de las casas en donde continuaban viviendo.

Fideicomisos crediticios del Fobaproa: los bancos son responsables de un porcentaje de los créditos, generalmente hasta un máximo del 25%-30% del saldo bruto de los pagarés del Fobaproa intercambiados por los activos. Este porcentaje de los pagarés se representa por los créditos improductivos. Se están creando reservas continuamente por periodos de ocho a 10 años a partir de julio de 1998.

Obligaciones subordinadas convertibles

Las obligaciones subordinadas de conversión forzosa deberían volverse a clasificar del nivel I de capital al nivel II de capital. De conformidad con el Acuerdo de Basilea, dichas obligaciones, que pueden cubrir pérdidas sin desencadenar la liquidación, se consideran como nivel II de capital, mientras que México ha incluido esto como capital básico. A pesar de que la reclasificación no va a cambiar la cantidad de capital neto, ésta ayudará a ilustrar la deficiencia en el nivel I de capital.

De conformidad tanto con las regulaciones mexicanas como el Acuerdo de Basilea, el nivel II de capital no debe exceder el 50% del nivel I aunque la mayor parte del nivel II de los bancos excedieron este porcentaje (antes de los efectos de las reclasificaciones arriba mencionadas, la proporción del nivel I con el nivel II de capital estaba entre 52-60%), este último sirve para ilustrar que tan bajo se encuentra el nivel I de capital en los bancos. Además, el Comité de Basilea está promoviendo que por lo menos el 70% de la cantidad de capital neto debe pertenecer al nivel I.

Conclusión

México permitió incluir como nivel I de capital los impuestos sobre la renta diferidos, revaluaciones por inflación y deuda subordinada de conversión forzosa. Además, se determinó que las reservas relacionadas a créditos "que no generan intereses" no estaban adecuadamente reservadas. Esto no cumplió con los criterios sugeridos por el Acuerdo Basilea e incluir estas partidas en el capital neto podría sobrevaluar significativamente el acuerdo de calidad y cantidad del capital de los bancos mexicanos.

Ha habido varios informes de bancos de inversión que también han identificado la necesidad de capital adicional en el Sistema Bancario Mexicano (esto es, por ejemplo, recientemente una casa de bolsa estadounidense reportó que tres bancos en conjunto requerían hasta US $887 millones de capital adicional). Representantes de la CNBV han confirmado que tanto la cantidad como la calidad del capital se debe mejorar. Sin embargo, ellos creen que esto puede ocurrir únicamente a través de la implementación gradual de más requerimientos y definiciones de capital más rigurosos. Esperan que estas condiciones mejoren durante los próximos cinco años pero únicamente si existe un crecimiento económico razonable. Con la ausencia de crecimiento económico y si continúan los niveles actuales de morosidades en créditos, existe una alta probabilidad de que se requiera mayor soporte al sistema bancario y protección a los depositantes por parte del IPAB.

Principios de contabilidad establecidos para la banca mexicana

Antes del 1o. de enero de 1997, los principios contables para los bancos mexicanos eran menos estrictos que las prácticas internacionales. Si los estándares contables adecuados hubieran estado en vigor antes de la crisis, el alcance de la pobre condición financiera de los bancos se hubiera descubierto mucho antes. Esto también llevó a problemas con la transparencia contable en el sistema bancario. El Banco Mundial recomienda a los países que adopten los principios de contabilidad internacionalmente aceptados, con objeto de mejorar el marco regulatorio y tener una mejor respuesta en caso de una crisis bancaria.

El 29 de diciembre de 1995 la CNBV emitió nuevos principios contables que las instituciones financieras mexicanas debían seguir. Las nuevas reglas debían reportarse internamente a la CNBV durante la segunda mitad de 1996 y adoptarse totalmente por los bancos a partir del 1o. de enero de 1997.

Las nuevas reglas contables son una mejora ampliamente necesitada para el marco regulatorio mexicano. Las mejoras significativas incluyen lo siguiente:

-Los grupos financieros deben consolidar la posición financiera y los resultados de operaciones;

-La acumulación de intereses cesará cuando el crédito se haya clasificado como vencido;

                                                                       506,507 y 508

-Los pagos de créditos vencidos y el principal correspondiente se clasificarán como vencidos;

-Se establecieron reglas más conservadoras con respecto al momento en que los créditos se conviertan en vencidos;

-Los créditos reestructurados se clasifican como vencidos hasta que se demuestre que son productivos;

-Los créditos interbancarios se agrupan por separado de los otros créditos;

-Los bienes raíces se registran al que resulte menor entre el valor neto de mercado estimado y el valor de adjudicación para la propiedad recibida en pago por el banco, esto deberá registrarse al que resulte menor entre el precio acordado o el valor de avalúo y

-Los valores deben valuarse a precio de mercado.

En las notas a los estados financieros, se debe revelar en forma sifuciente aunque, en ciertas instancias, se permitirán los diferimientos pero durante un periodo de transición prescrito, de la siguiente manera:

-Se proporciona a los bancos un periodo de transición de dos años para la contabilidad de créditos de vivienda en donde los créditos se ajustan al valor de las Udis mensualmente;

-Se permitió a los bancos un periodo de cinco años para ajustar a valor de mercado los bonos Brandy mexicanos recibidos como reestructuración de deuda y

-Las carteras hipotecarias vencidas se deben reservar a un mínimo de 35%. Sin embargo, únicamente 10% de las reservas para pérdidas crediticias se debe provisionar inmediatamente a través de reservas existentes o reservas nuevas y el restante amortizado durante un periodo de hasta ocho años.84 (Todos los bancos tienen reservas al 35%.)

Bajo US GAAP, la cartera crediticia se evalúa crédito por crédito o por grupo de créditos como el valor presente de pagos futuros. La práctica en México ha sido dictada por la circular 1128. Nuestra experiencia indicó que la aplicación de esta circular resultó en una costante sobrevaluación de los créditos. La CNBV está en proceso de reemplazar esta evaluación con clasificaciones más realistas que llevarán a valuaciones más apegadas a la realidad.

Conclusiones

La decisión de la CNBV de implementar nuevas reglas contables fue una respuesta apropiada a las lecciones aprendidas de la crisis bancaria. Sin embargo, algunos de los periodos de transición arriba mencionada duraron mucho, hasta ocho años, para establecer las reservas de perdidas sobre créditos hipotecarios. Además, si los principios contables adecuados se hubieran puesto en práctica antes de la crisis, la pobre condición financiera de los bancos hubiera podido detectar mucho antes.

Organos de decisión corporativos

Los órganos de decisión corporativos comprenden el sistema de principios y estructuras diseñadas para permitir al consejo de administración de una institución financiera llevar a cabo sus responsabilidades respecto al manejo del banco y el cumplimiento de los estándares regulatorios y legales.

Importancia de los órganos de decisión
corporativos


Para que los países cosechen los beneficios de los mercados globales de capital y atraigan capital extranjero de largo plazo, las políticas de los órganos de decisión corporativos deben estar en orden y ser creíbles y bien entendidas a través de las fronteras. Además, la adhesión a buenas prácticas de los órganos de decisión corporativos podrían mejorar la confianza de los inversionistas nacionales, reducir el costo del capital y atraer financiamiento sólido.85 La confianza de los inversionistas está directamente relacionada con la trasparencia. Mientras que en la medida en que los estándares de revelación han continuado mejorando a nivel internacional, así como en México, también lo han hecho las expectativas de los inversionistas. El mercado es cada vez más intolerante de revelaciones que son insuficientes para presentar un panorama completo y llano de la situación financiera de la empresa.

Las oportunidades para manipular la información financiera pueden surgir en ausencia de un consejo de administración o un comité de auditoría que supervise estrictamente el proceso de reporte de información financiera, los  controles de contabilidad interna y el personal de auditoría interna. Esto último ayuda a promover altos estándares éticos y el establecimiento de una cultura que promueva el control interno, mitigando así los riesgos de fraude.

Comparaciones internacionales

Los enfoques de los órganos de decisión corporativos por parte de los consejos bancarios difieren de país a país. En los Estados Unidos, los directores que tienen una responsabilidad subsidiaria ante los depositantes, son legalmente responsables de cualquier infracción a la ley o acto fraudulento. En Suiza, Alemania y Portugal, los consejos de los bancos juegan un papel directo en los asuntos corporativos; aprueban los créditos más importantes y con frecuencia tienen responsabilidad sobre funciones bancarias específicas. En Canadá, los consejos bancarios asumen responsabilidad gerencial y de control con respecto a la planeación estratégica, control de riesgos, planeación de la sucesión, comunicación e integridad de los sistemas de control. Las compañías constituidas en Canadá y que cotizan en la bolsa de valores de Toronto deben revelar sus políticas de gobierno corporativo particulares en su informe anual o en las circulares informativas relativas a los lineamientos prescritos. Si hay una discrepancia entre los sistemas de gobierno corporativo de la compañía y sus lineamientos o se debe dar una explicación.86

La situación en México

Existe poca evidencia que indique que las compañías mexicanas han demostrado un sano sistema de órganos de decisión corporativos, que alienten al establecimiento de comités de órganos de decisión corporativos y auditoría. Los directores en México no son personalmente responsables por las acciones de la institución, por consiguiente los incentivos para actuar y tomar decisiones en forma prudente y que estén en el mejor interés de la empresa y de los accionistas, está limitado. La responsabilidad sobre la quiebra de un banco no recae sobre los consejeros de la institución.

De acuerdo con la Ley de Instituciones de Crédito los consejos de administración de las instituciones financieras en México se eligen entre personas de alto reconocimiento y prestigio que posean suficientes conocimientos y experiencia en asuntos administrativos y financieros. La administración del banco no constituye más de un tercio de los miembros del consejo de administración. Existen restricciones con relación a las partes relacionadas. El nombramiento de directores de una institución financiera está sujeto a la aprobación de la CNBV; sin embargo, los criterios específicos que deban alcanzarse o que deban satisfacerse no están claramente definidos.

La CNBV puede suspender a miembros del consejo de administración si lo considera necesario o si considera o juzga que tales personas no poseen la suficiente capacidad técnica y moral para desempeñar sus funciones, no satisfacen los requerimientos establecidos o están involucrados en violaciones serias y repetitivas contra la ley o la regulación que surge de las leyes. Además, la CNBV puede prohibir a tales personas el desempeño de un trabajo o una posición dentro del sistema financiera mexicano por un periodo que va de seis meses a 10 años si se implementan o si se presentan los dos escenarios arriba mencionados.

Conclusiones

Mientras en México existen facultades coercitivas para sancionar a directivos por conducta irregular e incompetencia, en materia de responsabilidad el marco regulatorio es insuficiente. Las obligaciones y responsabilidades de los miembros del consejo de administración no están bien definidas ni los requerimientos de los subcomités específicos del consejo (i.e. comités de auditoría).

México posee un sistema de órganos de decisión corporativos deficiente. Se requiere un mecanismo que haga responsables explícitamente a directores y grupos financieros de la administración de la empresa. De acuerdo con la CNBV esto será difícil debido a la naturaleza del código penal. Los comités de auditoría se necesitan para proporcionar un enlace fundamental entre los auditores internos y externos y el consejo. Además, consejos fuertes e independientes proporcionarían una visión objetiva en la administración de las instituciones, en particular si los miembros poseen experiencia bancaria financiera internacional.

La emisión de la circular 1423 de la CNBV el 25 de enero de 1999, es un paso positivo hacia el conocimiento de los aspectos de administración de riesgos que constituyen una parte importante de órganos de decisión corporativos. Además, conforme a la CNBV, México ha creado un comité de órganos de decisión corporativos y publicó en junio de 1999 un código de mejores prácticas para las compañías mexicanas. Dicho comité ha obtenido asesoría para el desarrollo del gobierno corporativo de Inglaterra, España y los Estados Unidos de América.

Diversificación del crédito

La revisión de los límites de diversificación crediticia en México (emitida en 1988) indica que las reglas de diversificación de crédito para los bancos mexicanos son un tanto conservadoras comparadas con las mejores prácticas sostenidas por el Comité de Basilea y los límites establecidos por otros países. No se hace mención para la incorporación de garantías en los cálculos de manera que se presupone que México está tomando una posición conservadora con respecto a las garantías. Sin embargo, los riesgos de crédito no se miden a nivel de grupo financiero como se estableció previamente en esta sección bajo el subtítulo "supervisión de grupos financieros".

Los siguientes son los límites de diversificación crediticia tal como los presenta la SHCP en 1988:

-El límite para personas físicas o grupos de personas físicas relacionadas es el menor entre el 10% del capital neto o el 0.5% del capital total neto de todas las instituciones financieras.

-El límite para compañías es el menor entre el 30% del capital neto o el 6% del capital neto total de todas las instituciones financieras.

-El financiamiento entre instituciones financieras está limitado al 100% del capital neto del acreedor.

Diversificación de crédito-otras prácticas internacionales

El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (1991) recomienda un límite del 25% del capital regulatorio para riesgos a un acreditado único o grupos relacionados de acreditados tal y como lo hace la Unión Europea. La Unión Europea define un riesgo superior al 10% del capital regulatorio como un riesgo alto.

Los Estados Unidos de América han establecido un límite del 15% del capital regulatorio bancario para créditos quirografarios y un 10% adicional para créditos asegurados mediante garantías líquidas y específicas. La Unión Europea ha definido un límite para los riesgos acumulados en un 800% del capital de control. Los Estados Unidos de América no cuenta con límites acumulados para los riesgos más importantes.

Para que las reglas de concentración de riesgos sean efectivas, debe evaluarse el cumplimiento de ellas sobre una base consolidada, tomando en cuenta los riesgos en los que incurrieron las sucursales, subsidiarias y otras empresas relacionadas.87

Garantías

Los riesgos brutos, sin considerar la garantía, son una base conservadora para aplicar los límites de riesgo. Cuando una garantía se deduce, solamente una garantía bien asegurada, bajo control directo del banco y valuada en forma muy conservadora, debe deducirse.

Muchos supervisores definen estándares que pueden tomarse en cuenta para el porcentaje máximo del valor de la garantía.88

Conclusiones y recomendaciones

Existen reglas apropiadas para diversificación de crédito en México con la excepción de riesgos a nivel de grupos financieros. Puesto que el sistema financiero mexicano se conforma de muchos grupos financieros, se deben adoptar límites y regulaciones relativas a la exposición a nivel de grupos.

Préstamos a partes relacionadas

De acuerdo con el artículo 73 de la Ley de Instituciones de Crédito, las instituciones de banca múltiple requieren el consentimiento de la mayoría de los directores con objeto de otorgar crédito a partes relacionadas. La ley mexicana vigente posee una definición muy amplia de partes relacionadas. Una vez que un crédito es aprobado, debe notificarse a la CNBV de todos los detalles, así como las reno

                                                                          509,510 y 511

vaciones subsecuentes o la cancelación de dicho crédito. Los créditos pequeños a partes relacionadas no requieren aprobación del consejo. Por lo general, estos créditos pequeños no constituyen más del 0.2% del capital neto de las instituciones para créditos a personas físicas y no más del 1% del capital neto de la institución para créditos a empresas. Antes de 1995, el total de tales créditos no debía exceder del 20% de la cartera total de la institución. En 1995 estos límites totales se enmendaron de manera que el total de créditos a partes relacionadas no podía exceder el monto del capital neto de la institución.

En diversos países, los controles de préstamos relacionados varían de límites establecidos con base en un porcentaje del capital social del banco hasta prohibición de préstamos relacionados en su totalidad. En México, al igual que en Canadá, las restricciones de riesgos máximo para crédito de partes relacionadas es del 100% del capital neto de la institución de crédito. La ley bancaria de Chile específica revelaciones obligatorias de créditos a grupos industriales y comerciales relacionados y créditos a diferentes miembros de grupos deben considerarse.

Conclusiones

México se ha vuelto más riguroso en las reglas para el préstamo a partes relacionadas con los años. El riesgo acumulado de los créditos a partes relacionadas se ha reducido a una cantidad igual al capital neto de la institución financiera. Esta es una mejora en el marco regulatorio puesto que expone a la institución a menores riesgos que los que estaba expuesta con base en las reglas previas.

Debido a problemas con los créditos de partes relacionadas en el sistema bancario mexicano desde la privatización y el incremento en el riesgo que estos créditos plantean para los depositantes, las autoridades regulatorias deberían considerar y establecer criterios más estrictos para estas situaciones y llevar a cabo más revisiones respecto a los créditos a partes relacionadas. Debido a que los bancos están obligados a notificar a la CNBV cualquier crédito a parte relacionada de importancia, en ausencia de fraude o daño doloso por parte del banco, la autoridad supervisora estará al pendiente de tales situaciones.
Autorización de instituciones bancarias y grupos financieros

La SHCP puede otorgar autorizaciones bancarias y revocarlas según lo dicta la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

Las leyes señalan la información que debe enviarse a la SHCP junto con una solicitud de autorización para un banco o un grupo financiero. Aunque la información en los antecedentes de los accionistas propuestos sea recabada ni la ley ni los reguladores tienen o especifican en forma explícita que profundidad de due diligence debe llevarse a cabo.

Las nuevas organizaciones bancarias de banca múltiple deben cumplir con ciertos requerimientos mínimos de capital como lo determina la SHCP y se han puesto restricciones sobre dividendos y la aplicación de utilidades netas. No se especifica con precisión si estos requerimientos mínimos de capital deben o no ser más altos en los años de apertura cuando la institución enfrenta riesgos más altos de quiebra.

Para que la SHCP revoque la autorización a un banco éste debe estar bajo violación de una de las siete cláusulas específicas del artículo 28 de la Ley de Instituciones de Crédito. Para otras entidades, la SHCP, debe revertir la escritura constitutiva de la entidad. La revocación de una autorización da por resultado la liquidación de la entidad. Debido al complejo proceso legal requerido para salir del sistema en esta forma, la SHCP no ha utilizado esta facultad.

Conclusiones y recomendaciones

Los requerimientos de autorización para bancos y grupos financieros se definen explícitamente en la ley bancaria. Sin embargo, la profundidad de la revisión en estas solicitudes no está claramente definida previo a la autorización. Como resultado, las autoridades no están responsabilizadas de evaluar en forma adecuada los antecedentes de las personas que solicitan la autorización.

En la actualidad la autorización no la lleva a cabo el mismo organismo gubernamental; sin embargo, la nueva legislación propuesta transferiría las facultades de la autorización de la SHCP a la CNBV. Considerando la participación y experiencia de la CNBV en supervisión de instituciones financieras y grupos financieros, ésta debería poseer naturalmente una experiencia más adecuada y conocimiento para efectuar juicios para la autorización de la SHCP. Esta transferencia sugerida de poderes es un paso positivo hacia la mejora del marco regulatorio en México.

3. CNBV

Durante el desarrollo de nuestro trabajo, se nos permitió el acceso a toda la información de aquellos bancos que habían sido formalmente intervenidos. En relación a los bancos no intervenidos, nuestro acceso fue restringido a la información directamente relacionada con los programas del Fobaproa celebrados con dichos bancos. En aquellos bancos donde la CNBV había intervenido de facto, sólo tuvimos acceso limitado a la información financiera. Congruentemente, nuestros comentarios sobre el papel de supervisión desempeñado por la CNBV, están necesariamente limitados a aquellas acciones tomadas por la CNBV en los bancos formalmente intervenidos.

Al realizar esta evaluación, consideramos la oportunidad y efectividad de las acciones de supervisión llevadas a cabo por la CNB/CNBV a partir de 1991. Además, hemos evaluado las prácticas de supervisión de la CNBV vigentes desde 1995 a la fecha y en particular, hemos comentado sobre la evaluación de esas prácticas y como se comparan con los estándares y prácticas internacionales.

En la evaluación hemos expresado cierta preocupación respecto a la oportunidad y efectividad de las acciones de supervisión en algunos bancos; asimismo, las iniciativas de capitalización de los bancos también han sido discutidas.
También hemos analizado la evolución del proceso de supervisión de la CNBV y sus acciones a partir del periodo de la débil supervisión bancaria previo a la crisis del peso en 1994, hasta las prácticas de supervisión vigentes en la fecha de este informe. La CNBV ha logrado un avance significativo durante este período y han ocurrido mejoras de supervisión clave; sin embargo, se requieren mayores avances, en particular con relación al desarrollo de los criterios de intervención y medias de desempeño interno.

La evaluación toma en consideración tres periodos diferentes:

-1991-1994, el cual cubre el periodo entre la privatización del sistema bancario mexicano y el nombramiento de la nueva gerencia de la CNB;

-1994-1996, el cual cubre el periodo entre el nombramiento de la nueva gerencia de la CNB y el fin de la crisis del peso (a finales de 1996 el sistema bancario mexicano ya no se encontraba en peligro de colapso por los efectos de la crisis del peso) y

-1997-1999, el cual que cubre el periodo a partir del fin de la crisis del peso en México y junio de 1999 (fecha de preparación de este informe).

Cada uno de estos tres periodos es diferente en lo que se refiere al estado general del sistema bancario y la capacidad de supervisión de la CNB/CNBV en sus obligaciones de supervisión.

La siguiente tabla describe el estado de estos dos asuntos en cada periodo:

Período Estado del Sistema Bancario Capacidades de Supervisión de la
CNB/CNBV
1991-1994 Extremadamente débil Inefectivo
1994-1996 Crisis sist0matica debida a la crisis
del peso
En transición
1997-1999 Todavía díbil,a pesa de ciertas
mejoras
Capaz

Antecedentes

A continuación se proporciona el contexto de la evaluación de la CNB/CNBV que está dividido
en los tres distintos periodos que arriba se mencionan.

1991-1994

En el periodo anterior a la crisis del peso, el sistema bancario mexicano ya estaba muy débil. Una de las principales causas de esta debilidad fue el proceso de privatización de la banca en 1991, el cual contenía una serie de graves defectos.

Las autoridades mexicanas sostienen que los procedimientos seguidos en el proceso de la privatización bancaria fueron adecuados. Por ejemplo:

-Las autoridades financieras consultaron con un banco de inversión respecto al proceso y contrataron a dos despachos de consultoría para desarrollar un proceso de auditoría de compra en cada uno de los bancos;

-Cada ofertador potencial contrató a un banco de inversión para apoyarles en la auditoría de compra;

-La SHCP llevó a cabo un proceso de selección y

-Los bancos fueron vendidos al mejor postor.

Sin embargo, el proceso tuvo una serie de debilidades (algunas de las cuales fueron identificadas por un análisis retrospectivo). Nuevas autorizaciones para operar bancos fueron entregadas a individuos sin experiencia bancaria que al paso de tiempo mostraron ser propietarios inadecuados. Los bancos autorizados existentes fueron subastados al mejor postor. Los procesos para verificar los antecedentes de los dueños prospecto y los funcionarios de alto nivel de los bancos fueron inapropiados. Los mismos compradores tuvieron un alcance limitado para llevar a cabo una auditoría de compra razonable a las carteras de crédito que estaban comprando. Aunque hubo un periodo de seis meses para ajustar diferencias, los compradores en general no deteminaron los verdaderos valores de la cartera. Además, en 1994 bajo el TLC, el mercado bancario fue más competitivo, situación que los nuevos propietarios de los bancos no esperaban. El concepto de "riesgo de no pago" fue muy importante en ese momento. Lo mencionado anteriormente creó un ambiente más vulnerable al fraude.

La privatización de los bancos se llevó a cabo con un considerable optimismo y con altas expectativas de prosperidad económica. Este optimismo dio lugar a un incremento en el otorgamiento de créditos entre 1991 y 1994. Esta expansión crediticia, llevada a cabo principalmente por personal inexperto, provocó una disminución en la calidad de los activos, un incremento en la exposición al riesgo y un incremento constante en créditos vencidos. Como resultado de la inexperiencia, las reservas para créditos registradas por los bancos demostraron ser inadecuadas. Aunque de 1991 a 1993 hubo un incremento en las reservas para riesgos crediticios, el índice de reservas contra créditos vencidos disminuyó.

Durante el periodo posterior a la privatización, el sistema bancario operaba a niveles de capitalización que estaban por debajo de los niveles sugeridos por los estándares internacionales y muy por debajo de los niveles que serían apropiados considerando la calidad de los activos. Existía un alto requerimiento de provisiones en las carteras crediticias que al parecer los bancos no detectaban.

Además del deterioro en la calidad de los activos y el resultante incremento en deficiencias del capital como resultado de las crisis bancaria, un número significativo de actividades fraudulentas y otras operaciones irregulares fueron llevadas a cabo en muchos de los bancos.

Una combinación de algunos o de todos los factores arriba señalados podrían claramente haber causado problemas importantes en el sector bancario mexicano. Sin embargo, cuando se agregan supervisión e imposición de disposiciones bancarias inadecuadas y procedimientos y lineamientos de vigilancia débiles, las condiciones para que ocurriera una crisis bancaria en México estaban latentes.

La privatización a gran escala, que siguió al viejo régimen de bancos nacionalizados, no estaba sustentada por un apoyo complementario en las actividades de supervisión y regulación, que constituía una necesidad mucho mayor en un ambiente privatizado.

                                                                                        512,513 y 514

Los supervisores de la CNB no tenían la experiencia ni el juicio para normar los bancos recién privatizados. La recopilación de información por parte de la CNB no estaba actualizada, ocasionando con frecuencia que la información en la que se apoyaba fuera repetitiva. La validez y confiabilidad de dicha información era un problema adicional.

1994-1996

La crisis del peso ocurrió en un momento en que el sistema bancario ya era débil. Los efectos de la devaluación, las extremadamente elevadas tasas de interés, una drástica caída en los salarios reales y una contracción temporal de la economía, afectó a los bancos en dos formas: incrementando los créditos vencidos y reduciendo drásticamente los nuevos créditos.

Antes de la devaluación que ocurrió como resultado de la crisis del peso, la CNB estaba bajo un nueva administración que en ese entonces comenzó a investigar la situación real del sistema bancario. Sin embargo, la crisis del peso provocó la atención de las autoridades financieras quienes se empezaron a preocupar sobre la prevención de un quiebra completa del sistema bancario.

Durante la crisis bancaria, la CNBV estaba operando bajo un marco legal que dificultaba la aplicación efectiva de acciones regulatorias. El sistema legal en México no prohibía a los accionistas obtener créditos para la adquisición de acciones de los bancos y utilizando estas acciones como garantía del crédito. Los límites de préstamos a partes relacionadas con frecuencia excedían los límites legales establecidos y los créditos a partes relacionadas fueron frecuentemente utilizados para la compra de acciones. La obtención de las garantías de crédito eran inefectivas, históricamente las actividades bancarias irregulares muy pocas veces fueron penalizadas en México. Antes de que la CNBV tome control de un banco se solicita la aprobación de los accionistas para evitar problemas legales futuros, tal como ocurrió en Cremi y Unión. Sin embargo, en el caso de actividades irregulares, no se solicitó dicha autorización y en algunos casos se iniciaron procesos legales en contra de la administración y accionistas claves al momento de la intervención.

La legislación existente en México para ejercer la cobranza y el proceso de adjudicación es muy prolongado e impide a los acreedores ejercer las garantías de los créditos. Debido a que los bancos no pueden perseguir en forma efectiva a los deudores, aquellos créditos potenciales que pudieran ser cobrados se deterioran inevitablemente.

1997-1999

Durante este periodo se avanzó en la mejora del sistema bancario; como por ejemplo, a través de la reducción del número de bancos, la solución en general de incremento en el deterioro de los activos y el fortalecimiento de los principios contables.

Adicionalmente, la CNBV se está convirtiendo en un órgano de supervisión capaz. Se han implantado prácticas de supervisión aceptadas internacionalmente y sus sistemas de vigilancia y monitoreo son más modernos.

El sistema bancario es aún débil. Los principales problemas que ocasionan esta debilidad son: la calidad de sus activos, que se originó en el periodo 1991-1994, en el caso de la cartera hipotecaria fue con anterioridad, el cual no fue completamente corregido y la constante falta de capital, lo cual fue parcialmente corregido.

Parte de este problema se relaciona con los programas de apoyo a bancos y deudores que fueron introducidos durante la crisis del peso. Estos programas lograron detener el deterioro de activos en los bancos y parcialmente abordaron los asuntos de calidad de los activos a través de la eliminación de carteras de crédito malas de los registros financieros de los bancos. Sin embargo, algunos elementos de estas carteras de crédito requieren provisiones adicionales que los bancos aún atienden en forma adecuada. Estos elementos incluyen:

-Activos adjudicados;

-Compartir pérdidas por créditos sobre adquisición de carteras y

-Reestructuración en Udis de créditos hipotecarios.

Los mercados financieros internacionales reconocen el problema de calidad de los activos y continúan penalizando al sistema bancario mexicano con calificaciones bajas.

La debilidad del marco legal mexicano tampoco se ha resuelto. El sistema bancario continuará siendo afectado por estas debilidades hasta que los cambios legislativos y estructurales necesarios se lleven a cabo.

Acciones de supervisión llevadas a cabo por la CNBV como resultado de la crisis bancaria

Con objeto de presentar nuestros comentarios y reconocer las limitaciones de nuestra revisión, se ha efectuado el siguiente análisis sobre la importancia relativa de bancos intervenidos, bancos intervenidos de facto y bancos vendidos en el sistema bancario total, comparado con los costos fiscales totales del rescate bancario.

Con base en la información financiera al 31 de diciembre de 1994, los 12 bancos legalmente intervenidos representan aproximadamente el 12% del total de los activos del sistema bancario. El costo fiscalmente estimado al 30 de junio de 1998, asociado con estos bancos intervenidos, es de aproximadamente el 34% del total de los costos fiscales del Fobaproa.

Adicionalmente, hay cuatro bancos intervenidos de facto (Atlántico, Bancrecer, Promex y Serfin), que representan cerca del 23% del total de los activos del sistema bancario y un estimado del 38% de los costos fiscales. También existen cuatro bancos que, sin haber sido intervenidos (Bancen, Inverlat, Mexicano y Probursa), se vendieron y representan el 18% del total de los activos del sistema bancario. Estas ventas se realizaron a un estimado del 20% de los costos fiscales.

Medidas de supervisión preliminares

Además de su examen y actividades de supervisión normales, hubo una serie de otras medidas de supervisión disponibles a la CNB para tratar el impacto sobre los bancos mexicanos de la crisis del peso. La CNBV asumió una serie de acciones de supervisión sobre los bancos con problemas financieros antes de la intervención. Los pasos de supervisión tomados (excluyendo las acciones de intervención legal) incluyeron:

-Nombramiento de otro banco para tomar el control administrativo y fusionar operaciones;

-Supervisión permanente en los propios bancos;

-Estructura de línea de reporte de auditoría interna directamente a la CNBV;

-Nombramiento de un quasi-interventor para actuar como un segundo director general del banco;

-Sustitución de los directivos;

-Solicitud al banco para buscar un socio estratégico;

-Supervisión y/o suspensión de las actividades del mercado de dinero;

-Suspensión de la autorización de compañías de arrendamiento y factoraje;

-Requerimiento de la aprobación de la CNBV para transacciones de créditos;

-Asignación permanente de personal de la CNBV;

-Requerimientos de aprobación por parte de la CNBV para que los bancos decreten dividendos;

-Solicitud de la CNBV para acciones correctivas y

-Vigilancia estricta.

Intervenciones

Tipos de intervención

La Ley de Instituciones de Crédito estipula que la CNBV cuenta con la autoridad para realizar una intervención administrativa o una intervención a la administración.

Una intervención administrativa se realiza cuando la CNBV encuentra pruebas de que la institución financiera o la sociedad controladora ha cometido irregularidades graves en violación de la legislación financiera. La CNBV, puede ordenar primero que las operaciones se normalicen dentro de un periodo de tiempo dado. Sin embargo, si las operaciones no se normalizan, se designa a un interventor, manteniendo los accionistas el control administrativo del banco. El interventor es responsable de suspender, normalizar o resolver las actividades irregulares que se hayan detectado.

Se declara una intervención de la administración cuando se descubren irregularidades que puedan poner en riesgo la estabilidad y la solvencia de una institución; cuando ya no es posible para los accionistas cumplir con los requerimientos de capitalización o cuando se pone en peligro los intereses del público o de los acreedores. Los propósitos de una intervención de la administración son proteger los intereses de los depositantes y los de los acreedores de la institución, así como restaurar las operaciones a la normalidad y lograr que se cumpla con el propósito del banco. Se requiere de la aprobación de la junta de gobierno de la CNBV para proceder a una intervención de la administración y el presidente de la CNBV designa a un interventor, quien es el responsable de administrar la institución intervenida.

Adicionalmente, la CNBV nos informó que con el acuerdo de la SHCP y el Banco de México, pueden llevar a cabo una intervención informal (de facto), en donde los altos funcionarios del banco son sustituidos por administradores nombrados por la CNBV que reportan a la CNBV o el banco es administrado por otro banco con aprobación de la CNBV.

Papel de los interventores

-Los siguientes procesos han sido determinados por la CNBV, como importantes para lograr una intervención exitosa con base en su experiencia de los cinco años anteriores:

-Deben contratarse interventores profesionales, evitando utilizar al personal del mismo banco;

-Se debe pagar bien al interventor y se debe proponer un sistema adecuado de incentivos basados en el desempeño, que debe ser aprobado por las autoridades;

-Debería emplearse una junta de consejo formada por el interventor y ser usada para proporcionar los lineamientos y el control más que el interventor actúe como el administrador único;

-Los malos y buenos activos deben identificarse lo más pronto posible y

-La intervención debe concluirse dentro del plazo más corto posible.

Las tareas principales del interventor deben incluir:

-Desarrollar objetivos para lograr un banco viable;

-Transparentar las operaciones;

-Mejorar la eficiencia, reducir los costos operativos y el gasto administrativo;

-Evaluar de la viabilidad del banco en el largo plazo;

-Interrumpir de las transacciones irregulares, o transacciones que no cumplan con prácticas bancarias sanas;

-Desempeñar las funciones del consejo directivo del banco y del Presidente;

-Analizar los costos de liquidación o venta del banco o red de sucursales;

-Comprender y evaluar los problemas en el banco y diseño de medidas correctivas adecuadas y

-Lograr el resultado final para el banco (tal como la venta del banco, venta parcial de las sucursales o liquidación).

Con objeto de minimizar los costos de operación de las instituciones financieras, los procedimientos de intervención incluyen requerir al interventor que:

-Obtenga y verifique el balance general provisional a la fecha de la intervención;

-Tome el control de los sistemas de información administrativa y de los activos fácilmente negociables;

-Informe a los funcionarios de la institución sus responsabilidades;

-Evalúe y de ser necesario, revoque las facultades institucionales para tomar medidas relacionadas con la administración, procuración, litigio etcétera y

-Evalúe la calidad de la cartera, estableciendo su grado de solidez y liquidez y término

                                                                 515,516 y 517

estimado para recuperación, incluyendo flujos de efectivo.

Nombramiento de interventores

La selección de interventores es importante dado el nivel de responsabilidad, cuidado, habilidad, prudencia y diligencia requeridos para satisfacer los objetivos de esta posición. Los principales criterios para la selección lo constituyen su experiencia previa, desempeño, integridad y disponibilidad para llevar a cabo las funciones.

La CNBV se encamina a asegurar que el interventor nombrado no tenga en la actualidad o en el pasado relaciones con el banco intervenido y que sea independiente para realizar su papel de interventor en forma objetiva. Sin embargo, en los casos de industrial (la CNBV había cambiado la administración previamente) y obrero, los directores generales previos del banco fueron nombrados como interventores. De acuerdo con la CNBV, esto se llevó a cabo de esta manera, para mantener la continuidad en el banco. Sin embargo, esta práctica plantea un conflicto potencial. El reemplazo de la alta gerencia en todos los casos sería más apropiado.

Los interventores son pagados por los bancos a una cuota basada en el segundo nivel de administración bancaria, por ejemplo un nivel abajo del director general. Los costos del interventor son pagados por las instituciones intervenidas.

Criterios para la intervención

La política de la SHCP en el momento de la crisis era que no se permitiría que los bancos con problema financieros cerraran debido a la posibilidad de un daño sistémico y pérdida de la confianza de los inversionistas. Antes de la intervención, la CNBV necesitaban considerar las observaciones de la SHCP, el Banco de México, el Fobaproa y el Ejecutivo Federal. Además las autoridades financieras necesitaban tomar en consideración los mercados financieros y la economía en general.

La intervención en el momento de la crisis no se basaba en un criterio específico. De haberse utilizado los niveles de insolvencia mínimos (tales como la falta de capital) como disparadores de la intervención, todos los bancos hubieran sido intervenidos debido a los efectos de la crisis. De acuerdo con la CNBV, su experiencia sugiere que la intervención es la alternativa más costosa, de manera que una intervención amplia del sistema hubiera resultado en ineficiencias posteriores y deterioro del mercado, arrojando costos fiscales mucho más altos. Como resultado de esta visión, la CNBV utilizó la intervención como el último recurso en el proceso de resolución bancaria, en aras de la minimización de costos y la estabilidad del mercado. Sin embargo, no se ha presentado evidencia alguna que establezca que la intervención es la alternativa más costosa en todos los casos. Podría muy bien argumentarse que mantener bancos en mal estado durante algunos años es más costoso que el cierre inmediato.

Creemos que, en general, los costos de apoyar bancos en mal estado son mucho más altos que un cierre oportuno. El impacto de mantener costos de operación y deterioro de la cartera continuará drenando a los bancos en operación. Mientras estos costos podrían justificarse si los deudores rehusaran a cumplir con sus obligaciones en circunstancias en las que el Gobierno es propietario del banco. Tal experiencia no fue evidente en los casos de bancos intervenidos que hemos revisado. Además, en otros bancos intervenidos, los deudores dejaron de pagar previo a la intervención.

En el caso de un banco, contadores profesionales externos calcularon el costo de recapitalización del banco en alrededor de 11 mil millones de pesos MN en 1995. Considerando la inflación, esto sería aproximadamente 25 mil millones de pesos MN en términos actuales. Este banco no se cerró y el costo estimado actual para el Fobaproa para recapitalizar el banco es de más de 50 mil millones de pesos MN. La razón principal de este incremento en los costos de recapitalización es la continuación en los costos netos de operación y un deterioro posterior de la cartera de crédito de 1995. Esto sugiere que el permitir que los bancos deteriorados continúen, incrementa los costos de apoyo a los mismos. Más aún, en el caso de otro banco, el Fobaproa dio su apoyo aun y cuando el estudio de vialidad de la CNBV indicaba claramente que el banco ya no era viable bajo ninguna circunstancia.

La CNBV no tiene criterios específicos documentados de cuándo un banco debe ser intervenido, más que aquéllos criterios generales incluidos en la legislación. La CNBV (y la CNB antes de ella) debió haber desarrollado criterios de intervención específicos para promover la conciencia e incrementar la revelación de información en el sistema de intervención para los bancos que supervisa. Entre otros, los criterios deberían incluir los siguientes riesgos para la viabilidad financiera o solvencia de los bancos, los cuales podrían resultar en problemas graves de no atenderse con prontitud;

-Capacidad de cumplir con los requerimientos del capital;

-Deterioro en calidad o valor de los activos;

-Detección de actividades irregulares;

-Exposición indebida a riesgos fuera de balance general;

-Bajos ingresos o pérdidas de operación o reporte cuestionable de ingresos o gastos;

-Pobre administración de la liquidez o nivel bajo de liquidez accesible;

-Calidad administrativa insatisfactoria u

-Otros asuntos que surgen del rápido crecimiento, falta de cumplimiento con los requerimientos regulatorios, bajas en la calificación crediticia, asuntos sistémicos o un dueño financieramente débil o con problemas.

El objetivo del proceso de intervención debería identificar preocupaciones a tiempo e intervenir en forma efectiva para minimizar problemas y pérdidas adicionales a los depositantes y a otros acreedores del banco. La CNBV (y antes de ella la CNB) debería haber puesto en práctica procedimientos de vigilancia adecuados. Podría vincular sus calificaciones macros a acciones de intervención específicas. Diferentes fases de solidez institucional que fueran desde la ausencia de problemas hasta la inviabilidad, insolvencia inminente y el desarrollo de las medidas regulatorias apropiadas. En la actualidad, la CNBV ha impuesto una serie de procesos para asegurar que las medidas correctivas sean llevadas a cabo por los bancos. Esto podría incluirse en un código de medidas regulatorias para cada etapa de la intervención.

Al reconocer que los problemas de cada banco son únicos, los pasos de intervención deberían ser flexibles con objeto de permitir la divergencia, siempre y cuando estuviera justificada y adecuadamente documentada. Más aún un sistema que protegiera a todos los acreedores, tal como es el caso actual en México, requiere criterios de intervención flexibles. Las circunstancias podrían variar significativamente de caso en caso y el criterio desarrollado no debería limitar al alcance de acción que podría tomar la CNBV en el manejo de ciertos problemas específicos o instituciones. Es importante hacer notar que los criterios de intervención no son un régimen rígido bajo el cual cada institución o cada situación necesariamente se aborda con un paquete predeterminado de acciones.

Oportunidad y efectividad de las acciones de supervisión

Antes de 1994, surgieron problemas en muchos bancos que permanecieron sin detectarse por la CNB hasta que se fortaleció el régimen de supervisión. En ése entonces, la CNB tenía un sistema inadecuado de vigilancia que era incapaz de detectar problemas en forma oportuna. Como consecuencia, las fuentes principales de la identificación posterior de problemas por parte de la CNB eran los mercados financieros y rumores, aunque algunos asuntos fueron descubiertos durante las visitas de inspección in situ. Muchos problemas se derivaron de la falta de una supervisión del defectuoso proceso de privatización, supervisión débil y un ambiente regulatorio y legal relajado.

Este fracaso en la detección de problemas de una forma oportuna ha dado por resultado costos adicionales, pues en la mayoría de los casos las operaciones irregulares continuaron durante un periodo importante que dieron por resultado pérdidas finales mucho más altas de lo que hubieran sido si se hubieran detectado los problemas tempranamente (ejemplo: en el caso de diversos bancos tales como capital, Inverlat y Unión, se dieron casos de préstamos irregulares inmediatamente después del cambio de propietario).

Como se describió anteriormente, la CNBV asumió muchas acciones de supervisión sobre bancos con problemas financieros. En algunos casos, las medidas de supervisión preliminares fueron efectivas. Los problemas se resolvieron y se previno que los bancos empeoraran o se vendieran (ejemplo, Bancen, Mexicano y Probursa). Sin Embargo, en un número de casos, las medidas preventivas aplicadas, incluyendo compromisos de los accionistas, fallaron en materializarse por completo (ejemplo, Bancrecer, Capital, Confía y Promex). Las irregularidades detectadas por la CNB en Unión en julio de 1993 debieron haber impedido a sus accionistas la adquisición de Cremi a finales de 1993. En el caso de Obrero, los funcionarios bancarios señalaron que a pesar de la presencia permanente in situ de la CNBV entre 1992 y 1994, los dos supervisores no estaban participando en la administración del banco y en general tuvieron un impacto mínimo.

La posición de la CNBV es que la intervención debería constituir el último de los recursos. En los casos de Bancen, Inverlat, Mexicano y Probursa, se hicieron las ventas sin requerirse la intervención. En otros casos, la intervención se retrasó mientras se intentaba la venta, debido a la necesidad de obtener evidencia adecuada para la intervención mientras se hacían intentos para que los accionistas aumentaran el capital. Más aún, la CNBV estaba preocupada respecto a posibles demandas legales.

Problemas clave en los bancos que pudieron conducir a que la CNBV comenzara acciones de intervención fueron los siguientes:

Falta de cumplimiento con los requerimientos de capital neto:

-Préstamos cruzados y préstamos a partes relacionadas no clasificados como vencidos, dando lugar a reservas preventivas inadecuadas;

-Exceso en los límites de financiamiento máximo con respecto a los créditos relacionados;

-Falta de cumplimiento con las acciones correctivas requeridas;

-Créditos importantes vencidos;

-Altos costos de financiamiento;

-Falta de liquidez:

-Descenso en flujos de efectivo y ganancias;

-Actividades irregulares o fraudulentas y

-Un riesgo de contagio resultante de problemas identificados en la casa de bolsa asociada.

De los 24 bancos revisados, 22 carecían de capital y un número similar demostró una falta de reservas adecuadas para pérdidas por créditos. De éstos, 12 bancos estuvieron sujetos a intervención administrativa. En los 12 bancos no intervenidos, la CNBV identificó problemas similares; sin embargo, la CNBV creyó que los problemas eran de menor gravedad. En el caso de Serfin, parece que los factores decisivos contra la intervención fueron el tamaño del banco (éste era el tercer banco más grande dentro del sistema y había preocupación de que su intervención podría causar una crisis sistémica; además el tamaño del banco impedía su venta a inversionistas extranjeros) y la confianza de la CNBV de que la nueva administración del banco podría resolver los problemas. La prensa ha anunciado que el IPAB recapitalizará Serfin con aproximadamente $130 mil millones MN.

Los problemas comunes que se identificaron en los bancos no intervenidos fueron la falta de capital, reservas insuficientes para pérdidas por créditos, créditos a accionista no recuperables y deficiencias administrativas. De los 12 bancos no intervenidos, cuatro, fueron vendidos (Bancen, Inverlat, Probursa y Mexicano) dos están en espera de ser vendidos ( Atlántico y Promex), cuatro están operando en la actualidad (Banamex, Bancomer, Banorte y Bital) y dos permanecen con problemas importantes (Bancrecer y Serfin), Atlántico, Bancrecer, Promex y Serfin son sujetos de intervención de facto.

En Bancrecer y Serfin, después de 1996, la CNBV mantuvo una supervisión continua. A pesar de que se inyectó capital y de que las nuevas operaciones de préstamos cesaron básicamente en 1995 en estos dos bancos, debe hacerse notar que la condición financiera de ambos bancos se deterioró significativamente durante los últimos cuatros años.

                                                                  518,519 y 520

Cuando se observa en su totalidad y considerando el sistema bancario completo, dos factores mitigaron la toma de acción general preventiva; los bancos habían sido privatizados recientemente y las autoridades financieras percibían que la intervención masivas se consideraría como una renacionalización, lo que aparentemente no era una opinión deseable. La CNBV ha señalado que el Gobierno no tenía recursos financieros para respaldar a todos los bancos sin afectar la política fiscal de México. En nuestra opinión, la privatización no está necesariamente conectada con una renacionalización. Más aún, con respecto a los recursos financieros necesarios, parece ser que más de 600 mil millones de pesos MN de recursos han sido dedicados al sistema bancario.

Por consiguiente, se implementaron otras estrategias para apoyar al sistema bancario, incluyendo:

-Una supervisión mayor en cada banco;

-Se buscó una fusión o un cambio de control, como fue el caso de Probursa-BBV, Mexicano-Santander, Bancen-Banorte, Inverlat-Banco de Nueva Escocia, Promex-Bancomer y Atlántico-Bital;

-Se implantaron medidas correctivas;

-La capitalización de los bancos a través de los programas de compra de carteras de crédito y

-Implantación de programas de deudores.

Después de la intervención de Cremi y Unión, la CNBV consideró que la intervención era muy costosa. Al parecer, la razón de por qué la intervención fue muy costosa se debe principalmente a las prácticas corruptas en estos bancos más que a la política de intervención misma. Se decidió inicialmente que sólo aquellos bancos con actividades irregulares y aquéllos en donde los accionistas no tuvieran otra alternativa sino ceder los bancos debido a graves problemas de insolvencia, serían intervenidos formalmente o de facto. En aquellos bancos en donde el desempeño administrativo pareciera aceptable, dos estrategias para salvar al banco fueron consideradas: iniciativas de los accionistas para inyectar capital adicional y cambio en el control mientras continuaban en operación.

Durante la crisis, las casas de bolsa también presentaron problemas financieros graves, que tendieron a ser respaldados por el grupo en detrimento del banco asociado. Este fue el caso de Anahúac, que fue intervenido para evitar cualquier riesgo de contagio que resultara de las transacciones irregulares y demandas legales pendientes contra la casa de bolsa relacionada. Más aún, el grupo financiero al cual pertenecía Pronorte fue intervenido debido a irregularidades detectadas en su casa de bolsa. Entre otros factores, la intervención de este banco se llevó a cabo más tarde para establecer presencia legal en el banco, evitando así problemas con los accionistas minoritarios.

Hubo tres razones principales para la intervención de grupos financieros:

-Prevenir que los accionistas existentes disminuyeran el valor del grupo (Banpais, Cremi, Pronorte y Unión);

-Prevenir de los efectos del riesgo de contagio en el banco y

-Minimizar los créditos relacionados como medio de reducción de capital del grupo.

Puesto que no había criterios específicos de intervención, excepto aquellos provistos por la ley, dicha situación provocó que fuera más difícil explicar el proceso de intervención a otros órganos gubernamentales.

Como se muestra abajo, de los 12 bancos formalmente intervenidos, seis fueron intervenidos en menos de un año después de que los problemas fueran identificados por la CNB/CNBV. La intervención formal dentro de los 12 meses posteriores a la identificación del problema no es necesariamente un periodo poco razonable para que las autoridades regulatorias reúna evidencia suficiente con objeto de tomar las acciones legales necesarias. Los seis bancos restantes intervenidos tuvieron un periodo de intervención más prolongado.


*****INSERTAR CUADRO PAGA 153, 154, 155, 156.


*****INSERTAR CUADRO PAGA 153, 154, 155, 156.

                                                                                         521,522 y 523

Fecha de Intervención

Banco



Problemas
Identificados


Fecha de
Intervención


Tiempo
Trascurrido
(meses)

Resumen de Acciones de Supervisión
Aplicadas Antes de la Intervención

Sureste









Enc-95









may-96
(Gerencial)








16









Se detectaron problemas por primera vez en la casa de bolsa del grupo.FAMEVAL otorgó un crédito a la casa de bolsa que no pudo pagarse por las altas tasas de interés y las  multas por morosidad. El banco fueintervenido para evitarel riesgo  de contagio
Unión












Jul-93












Jul-94
(Admin)











12






14

 


La CNB detecto problemas por primera vez en julio de 1993.Se declaró una intervenció administrativa en julio de 1994. La CNB retrasó la intervención gerencial del grupo durante dos meses para recabar evidencias con objetos de comenzar la acción legal contra los accionistas mayoritarios y la alta gerencia del banco.
Total: 12

    Promedio:
17
Meses
El promedio se basa en la fecha de intervención más temprana
Fuente de información: CNBV

En muchas situaciones, no se identificaron soluciones para estos problemas oportunamente. Según la CNBV, la falta de intervención ha sido innecesariamente prolongada.

Esta indulgencia regulatoria por parte de la CNBV fue en parte una medida para mantener la confianza en el sistema financiero mexicano. Sin embargo, México debió haberse alejado mucho más pronto de la determinación de rescatar a todos los bancos con problemas financieros y cambiar a un enfoque más selectivo, que se hubiese concentrado en los bancos más viables para otorgar el futuro apoyo financiero. La CNBV debe continuar actuando en forma proactiva para alentar la liquidación, fusión, venta o participación extranjera en los bancos mexicanos.

Evaluación del desempeño de los interventores

Los interventores fueron nombrados por la CNBV, la cual es responsable de las acciones de éstos y por consiguiente, debe responder por su desempeño. Los interventores tenían poca autoridad para la toma de decisiones. En esta evaluación, por lo tanto, cualquier comentario que se relacione al desempeño de los interventores es un reflejo de la calidad de las actividades de vigilancia y supervisión de la CNBV.

La evaluación del desempeño de los interventores es difícil, principalmente debido a:

-Falta de objetivos de desempeño específicos;

-Naturaleza no cuantitiva del trabajo desempeñado y

-Problemas y circunstancias diversos en cada uno de los bancos, que requieren diferentes medidas correctivas.

Más aún, fue hasta después del periodo siguiente a la intervención y después que las operaciones de cada banco habían sido revisadas a profundidad que la magnitud de los problemas de cada banco se evidenció.

En algunos casos (Banpaís y Unión), el interventor hizo sus esfuerzos para mejorar los sistemas de control interno, incurriendo en costos (mientras los esfuerzos se hacían para vender la institución con problemas), aun cuando era evidente que el banco al final tendría que liquidarse o venderse.

A pesar que los interventores lograron reducir el personal en forma importante en algunos de los bancos que están en proceso de liquidación (Oriente 84% y Obrero 92%), en otros casos, permanecen empleados un gran número de trabajadores en aquellos bancos que están esperando liquidación. Por ejemplo, Pronorte tiene un cartera de únicamente 19 créditos, pero tiene 53 empleados que también están trabajando en la casa de bolsa. Cremi y Unión no tienen sucursales y tienen 1 mil 900 emplea
dos, pero comparten ciertas actividades con otros dos bancos intervenidos (Obrero y Oriente) y emplean aproximadamente a 90 auditores internos que se encargan de diversas funciones. Además, Bancrecer todavía tiene 7 mil empleados de los 9 mil originales y está esperando un resolución del IPAB.

Una de las razones por diversos interventores para prolongar la intervención fue la larga espera hasta que se estableció el IPAB.

En muchas situaciones, las resoluciones a los problemas identificados no fueron oportunas. Lo que dio por resultado resoluciones prolongadas a estos problemas. De acuerdo con la CNBV, ninguna intervención ha sido prolongada innecesariamente.

Si los bancos intervenidos tenían poco valor como negocio en marcha, las autoridades deberían ser mucho más proactivas en acciones de realización de créditos. Se ha mostrado que existen pocos planes de negocios formales para proceder a la realización de los créditos (ejemplo: Cremi, Obrero y Oriente). Es necesario un plan de negocios formal que defina claramente los objetivos para la realización de activos para apoyar este proceso. La administración de los bancos necesita objetivos, fechas límite e incentivos para promover esfuerzos de rápida recuperación, así como un marco legal apropiado.

Con base en las revisiones de los bancos, los bancos con problemas financieros no están siendo reducidos en forma efectiva (por ejemplo: los créditos se han liquidado con mucha lentitud). Parte de la razón de esta pobre recuperación en los bancos intervenidos se puede atribuir a la falta de dirección proporcionada para los interventores y al hecho que el Fobaproa no tiene acceso directo a los bancos intervenidos. Como resultado, el proceso de recuperación no está administrado.

En el caso de capital sólo 75 créditos se han recuperado de los 525 desde mayo de 1996. En algunos bancos los interventores fueron cambiados en diversas ocasiones como resultado de los cambios en la estrategia de la CNBV. Por ejemplo, Cremi, Obrero, Oriente y Unión compartieron al mismo interventor. Los interventores fueron cambiados en cuatro ocasiones y al final cada uno quedó con su propio interventor. Los constantes cambios en los interventores afectaron los esfuerzos de recuperación y dirección proporcionada a la administración del banco y al personal.

En los casos de Obrero, Oriente y Promex, las recuperaciones de créditos se incrementaron sustancialmente una vez que las actividades de los créditos se transcribieron a una entidad diferente. Esto demuestra la inefectividad y los costos por retrasar la resolución de los procesos de venta de activos.

Algunas medidas tomadas por los interventores han sido efectivas, incluyendo acciones relativas a la venta o fusión de algunos bancos y sucursales. Sin embargo, cuando se evalúan contra los objetivos claves de un interventor, que incluyen el logro de resultados finales para el banco y la conclusión del proceso de intervención dentro del menor tiempo posible, mejorar la eficiencia operacional y reducir costos de operación, la ejecución de las obligaciones del interventor pudo haber sido mejor. La CNBV considera que los interventores llevaron a cabo sus funciones en una forma eficiente y efectiva.

En algunos casos, había poco que pudiera hacer el interventor. La complejidad de los problemas involucrados y el fracaso de los dueños de los bancos para implantar ampliamente medidas correctivas para cumplir sus compromisos, en particular la inyección de capital nuevo, se combinaron para evitar que los interventores pudieran lograr sus objetivos clave. Más aún, había realmente una ausencia de interventores experimentados en México de los cuales pudiera elegir la CNBV. Interventores experimentados pueden reducir sustancialmente los costos de intervención. Los interventores no eran liquidadores profesionales; algunos recibieron sueldos o salarios inapropiados para sus responsabilidades y obligaciones; y no se proporcionó ninguna protección legal para las acciones del interventor, lo que pone a los interventores en riesgo financiero personal.

A pesar de que las circunstancias enfrentadas eran complejas, las acciones tomadas por los interventores pudieron haber sido más proactivas en la liquidación del resultado final para cada banco. Los bancos intervenidos que se consideraron como candidatos para su venta no tenían planes de contingencia por si las propuestas de negociación o acuerdos de compra no llegaran a concretarse. Para los bancos que todavía están en espera de resolución por parte del IPAB, los costos de operación en exceso a los ingresos continúan acumulándose (por ejemplo Bancrecer tiene actualmente costos totales mensuales de operación y financieros que alcanzan 2 mil 500 millones MN).

Venta de bancos y sucursales

La decisión para vender o liquidar bancos después de la intervención gerencial fue tomada por el comité técnico del Fobaproa. La CNBV, la SHCP y el Banco de México estuvieron involucrados proporcionando apoyo en la venta de los bancos intervenidos y otros bancos a instituciones bancarias extranjeras.

En algunos casos, los bancos extranjeros fueron rechazados porque los accionistas mayoritarios no querían renunciar al control del banco o el extranjero no tenía suficiente solidez económica.

La decisión de las autoridades financieras de vender las redes de sucursales a algunos bancos bajo los programas del Fobabproa se basó en los siguientes objetivos:

-Preservar la continuidad del sistema de pagos;

-Continuidad de los servicios bancarios;

-Evitar la acumulación de poder o participación de mercado;

-Evitar el recorte de personal en las sucursales vendidas;

-Reducir el personal y los costos en bancos con problemas financieros;

-Fortalecimiento de la competencia dentro del sector bancario;

-Prestación de servicios bancarios al sector privado y

-Consolidación y fortalecimiento de los bancos viables.

Las autoridades financieras tuvieron éxito en los arreglos para la venta de sucursales de bancos con problemas financieros a bancos en operación en tres ocasiones (BBV adquirió las sucursales de Cremi y Oriente y Afirme compró sucursales de Obrero). Sin embargo, en dos ocasiones las sucursales fueron vendidas a otros bancos con problemas (por ejemplo Promex compró las sucursales de Unión y Atlántico compró las sucursales de Interestatal). La venta de las sucursales de bancos con problemas financieros a otros bancos con problemas finalmente puede incrementar los costos de la crisis, puesto que los costos de operación de los bancos con problemas financieros se incrementarán sin generar necesariamente utilidades. Se ha observado que los gastos administrativos de la transacción Promex-Unión excedieron los ingresos generados por las sucursales. La CNBV y el Fobaproa señalaron que esta venta fue llevada a cabo para incrementar el tamaño de Promex, permitiendo así que fuera más vendible.

Estado de los bancos al 30 de junio de 1999

La siguiente tabla resume el estado actual de los 24 bancos cubiertos por la revisión.

Estado de los Bancos al 30 de junio de 1999

Banco
En
Operación
Intervención
Gerencial
Sucusales
Vedidas a
Banco
Administrado
por
Banco
Vendido a
Estado Actual
Anahuac
No
Nov-96
 
  En espera de liquidación
Atlántico







No



  Bital



  Operando con problemas, monitoreado estrechamentepor laCNBV, posible venta a Bital
Banamex

No
      Actualmente en operación
Bancen

No
    Banorte
Vendido a y operando como Banorte.
Bancomer

No
      Actualmente en operación
Bancrecer/
Banoro


No

      Operando con problemas,estrechamente monitoreado por la CNBV
Banorte

No
      Actualmente en operación
Bampaís

      Banorte Vendido a y operando como Banorte.
Bital







No



      Actualmente operando. Compra contingente de Sureste y Atlántico en espera de la resolución del IPAB.

                                                                                      524,525 y 526                                                                                                                                     

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Estado de los Bancos al 30 de junio de 1999
Banco


En
Operación


Intervención
Gerencial


Sucursales
Vndidas a

Banco
Administrativo
por

Banco
Vendido a

 

Estado Actual



Capital No May-96 En espera de liquidación
Cofia Ago-97 Citibak Vendido a y operando como
Citibak.
Cremi No Sep-94 BBV En espera de liquidación
Idustrial Feb-98 Operando con problemas,
estrechamente monitoreado
por la CNBV. Venta a Banorte
pendiente.
Iterestatal No Sep-95 Atlantico En espera de liquidació
Iverlat No Scotia bank Venta pendiente de interés
mayoritario a Scotia Bank.
Mercantil
Probusa
No BBV Vendido a y operando como
BBV.
Mexicano No Santander Vendido a y operando como
Santander.
Obrero No May-97 Afirme En espera de liquidación
Oriente No May-97 BBV En espera de liquidación
Promex No Bancomer Venta a Bancomer pendiente.
Pronorte No Sep-97 En espera de liquidació
Serfin No Operando con problemas,
estrechamente monitoreado
por la CNBV.El IPAB
determinará el plan de acción
para la resolución
Sureste May-96 Venta a Bital pendiente.
Unión No Sep-94 Promex En espera de liquidación
Total 24 16 12 5 2

*

15

Nota: Excluye interacciones
* Bancos en espera de que el IPAB decida su venta,liquidación o restructucturación

En resumen, el estado actual de los bancos mexicanos que originalmente cayeron dentro de los programas Fobaproa durante el periodo de crisis es (suponiendo que las fusiones propuestas se lleven a cabo bajo el IPAB), 11 bancos en operación, ocho bancos en proceso de ser liquidados y cinco que han sido efectivamente fusionados.

Capitalización

Alcance de inyecciones de capital

Desde 1991 y hasta el inicio de la crisis del peso, el índice de capitalización de los bancos mexicanos fue insuficiente y su calidad fue cuestionable debido en parte a la acumulación de interés en préstamos improductivos y a la reestructuración de préstamos que fueron tratados como préstamos nuevos. Durante el periodo de 1994-1996, los niveles de capital requeridos por la CNBV fueron mucho menores que los niveles de capital necesarios por los bancos, ya que sus carteras improductivas continuaron incrementándose y la necesidad para crear reservas para riesgos crediticios se intensificaron. Este fue un ejemplo claro de la condonación regulatoria bancaria otorgada por la CNBV. La CNBV declaró que las razones para no requerir inyecciones de capital durante el periodo de la crisis hasta por la totalidad de la reserva para pérdidas requeridas fueron como se muestra a continuación:

-Se hicieron avalúos de activos durante la crisis (avalúos conservadores) y se esperó que los valores se recuperaran en el corto plazo;

-El capital de los bancos mexicanos sería negativo (con la excepción de uno), si la totalidad de las provisiones de la CNBV se dieran a conocer y se registrarán;

-Las inyecciones de capital de los accionistas redujeron los costos fiscales que se originaron a raíz del fideicomiso Fobaproa y si se hubiera requerido inyecciones de capital mayores, los accionistas hubieran abandonado sus inversiones y

-La inspección conservadora que se adoptó en 1994 consideró la experiencia de pago y la fortaleza financiera resultando en deficiencia de capital en todos los bancos mexicanos; por tal motivo, la CNBV aplicó un enfoque dinámico, considerando los flujos de efectivo bajo diferentes escenarios y proporcionando una ventana de cinco años para corregir la deficiencia de capital.

En lo que se refiere a la evaluación de las garantías sobre préstamos, el uso de valores potenciales futuros de los activos no es un método realista ni tampoco generalmente aceptado para establecer reservas sobre riesgos crediticios o estimar requerimientos de capital.

En el caso de Confia el diagnóstico de revisión llevado a cabo por un despacho de contadores indicó que los requerimientos de capital eran de entre 4 y 5 mil millones de pesos. Sin embargo, los accionistas se comprometieron a una inyección de únicamente 1000 millones de pesos. Este monto fue acordado con la CNBV. Los criterios utilizados por el despacho de contadores fue más conservador que el de la CNBV y la CNBV no quiso que los accionistas abandonaran el banco. La CNBV consideró suficiente el monto comprometido para permitir al banco lograr un punto de equilibrio (base de capital cero) dentro de un periodo de cinco años.

En el caso de otro banco, las deficiencias de capital de 5 mil millones de pesos fueron identificadas en junio de 1997. Sin embargo, una inyección inmediata de únicamente mil millones de pesos era requerida por la CNBV, por las mismas razones mencionadas para Confia.

Fuente de los fondos

Antes de 1994, cuando se inyectó el capital, la fuente de los fondos de los accionistas no siempre era investigado por la CNBV o por auditores externos. Este fue el caso con Cremi y Unión, en donde los accionistas usaban recursos obtenidos por el banco a través de compañías canalizadoras. En caso del banco capital, existían deficiencias de capital desde la constitución del banco en 1993, que no fueron detectadas por la CNBV hasta que el banco pasó por una revisión regulatoria en 1994.

Prórrogas

En algunos casos, se otorgaron prórrogas a los dueños de los bancos para obtener financiamiento y/o cumplir con los requerimientos de capitalización, llevando a un eventual costo mayor en los bancos. Las prórrogas para obtener los niveles de capital requeridos no se otorgaron en una base consistente a través de todos los bancos. Además los accionistas de los bancos prolongaron el cumplimiento de las acciones correctivas de la CNBV al solicitar y recibir varias prórrogas de tiempo. En el caso de Banorte, por una porción de capital, los tiempos límite se extendieron hasta septiembre de 1997. En diciembre de 1996, los términos de capitalización de Promex se extendieron a marzo de 1997. En mayo, los términos se ampliaron por segunda vez hasta junio de 1997. El capital requerido nunca fue aportado por los accionistas y como resultado los accionistas están perdiendo el banco. En el caso Confia, la CNBV solicitó una inyección de capital en 1995. Los compromisos de los accionistas nunca se cumplieron completamente y finalmente el banco fue intervenido en agosto de 1997 y después vendido y fusionado con Citybank en 1998. Se debe reconocer que en aquellos casos en donde se llevaron a cabo inyecciones de capital estás redujeron los costos para el Fobaproa.

Calidad del capital

Antes de 1995, hubo requerimientos significativos de capital adicional menos que el aumento conocido requerido, la mayoría del capital eventualmente pagado a los bancos no fue necesariamente por nuevas contribuciones. En muchas situaciones fue capital provinente de préstamos del mismo banco o de otros bancos y créditos cruzados (por ejemplo: Banpaís, Cremi, Oriente y Unión antes de 1994). En efecto, muy poco capital estaba siendo inyectado al sistema financiero mexicano con relación a estos requerimientos. Además, el banco capital y banco interestatal fueron creados usando recursos obtenidos de otras instituciones financieras mexicanas antes de 1994.

A pesar de que las inyecciones de capital bajo los acuerdos a los que se refiere al programa de compra de carteras se cumplieron en términos de cantidad, el aspecto de calidad, en diferentes grados, no siempre fue cumplido. Sin embargo los acuerdos no requirieron inyecciones de capital fresco en todos los casos. De acuerdo con la CNBV, únicamente 52% de las inyecciones de capital fueron de capital nuevo, 32% fueron de obligaciones convertibles o de pasivos convertibles y el 11% fueron de pasivos no convertibles, 4% vino de fusiones con subsidiarias y 1% de los fondos vinieron de los fondos de otras subsidiarias dentro de los grupos financieros.

Cálculos para la suficiencia del capital

Como se escribió en la evaluación del marco regulatorio general, los cálculos para determinar la suficiencia del capital para los bancos muestran deficiencias. En muchos casos el capital se fortaleció por propósitos de capital básico para cumplir con los requerimientos regulatorios.

Debe notarse que la CNBV está considerando las siguientes medidas para mejorar la calidad de capital en los bancos mexicanos:

-Obtener avalúos independientes de activos fijos, principalmente terrenos y edificios para identificar cualquier sobreevaluación;

-Explorar maneras para reducir la habilidad de establecer impuestos diferidos;

-Explorar el uso de instrumentos financieros utilizados en otros países con propósitos de capitalización, como acciones preferenciales acumuladas y

-Legislar niveles de provisiones adicionales para préstamos.

Activos adjudicados

Muchos de los bancos (por ejemplo Atlántico, Banamex, Bancomer, BBV, Bital y Serfin) transfirieron activos recuperados al fideicomiso del Fobaproa. A cambio, el banco recibió pagarés. Este fideicomiso de activos tendrá una duración de cinco años y en este momento los activos no vendidos serán revertidos al banco y entonces el banco tomará todas las pérdidas. Por tal motivo el programa no tiene ningún costo fiscal. Sin embargo, el interés en los pagarés se incluyó en el ingreso y la revaluación de aquellos activos recuperados se incluyó directamente en el capital. Esta transferencia de activos por pagarés, en efecto creó ingreso virtual y como consecuencia capital, puesto que los activos seguían siendo efectivamente propiedad del banco, estaban siendo administrados y a la larga iban a ser vendidos por el banco. Aún más, en la mayor parte de los casos, el valor real de los activos recuperados era menor que el valor en libros. Estas pérdidas futuras potenciales son, en efecto, pasivos contingentes de los bancos. Este fue un ejemplo del disparo de niveles de capital nominal base de los bancos mexicanos que no fue apoyado por inyecciones de capital base. Los mercados internacionales han reconocido esto y generalmente descuentan capital de estos activos.

Autorización para emitir dividendos

Para el periodo inmediato siguiente a la crisis, no existían requerimientos para que los bancos buscarán la utilización de la CNBV para pagar dividendos ni de informar a la CNBV de dichas transacciones. Algunos bancos (Confia, Inverlat y Santander) pagaron dividendos cuando estaban bajo presión de resolver sus deficiencias de capital.

A partir de finales de 1996, se ha requerido que los bancos obtengan autorización de la CNBV antes de pagar dividendos. No se han otorgado estas aprobaciones. En el caso de Bancomer, donde dividendos no autorizados fueron pagados, una multa fue impuesta por parte de la CNBV.

Conclusión

Los bancos entraron a la crisis del peso con una base de capitalización débil que se deterioró aún más como resultado de la crisis. Durante el periodo de 1995 a 1998, aunque se inyectó más capital al sistema, se ha utilizado para absorber las pérdidas operativas y por préstamos. Al 30 de junio de 1999, el sistema bancario sigue estando significativamente subcapitalizado y parte de este capital tiene una calidad cuestionable, como se comentó en la evaluación del marco regulatorio. La CNBV no ha podido asegurar que el sistema bancario esté adecuadamente capitalizado. Principalmente debido a razones fuera de su control. Las razones para esto, incluyen la renuencia de los inversionistas para inyectar capital adicional al sistema bancario con un marco legal que protege los derechos de los acreditados, sobre todo en un entorno en donde el no pago de deudas es aceptable.

Evolución y evaluación de las prácticas
actuales de supervisión en la CNBV

Historia de la supervisión


En 1995, la fusión de la CNB y la Comisión Nacional de Valores para crear la CNBV fue un paso positivo hacia la supervisión del sistema bancario mexicano.

Durante el periodo de nacionalización, los directivos de los grandes bancos eran más poderosos que el presidente de la CNB y los supervisores de la CNB estaban desactualizados en lo que se refiere a prácticas de supervisión. Como consecuencia, varios pasos fueron implementados para incrementar la supervisión bancaria y fortalecer el marco regulatorio. En abril de 1994, después del nombramiento del nuevo presidente de la CNB, una reorganización sustancial ocurrió y se inició un programa de desarrollo institucional para asignar la responsabilidad para una supervisión en sitio y fuera de sitio y modernizar la capacitación de los examinadores y de otro personal.

                                                                                        527,528 y 529


La implementación del programa de desarrollo institucional también involucró el contratar un número sustancial de personal nuevo a nivel gerencial. Casi todo el equipo actual de la alta dirección en la CNBV fue contratado desde 1994.

Se adoptaron los principios base para una supervisión bancaria efectiva, preparados por el Comité de Basilea en la supervisión bancaria en septiembre de 1997, que se considera la mejor práctica adoptada por los reguladores de instituciones financieras en todo el mundo, así como las metodologías utilizadas por el consejo de la reserva federal de los Estados Unidos, por la oficina del contralor de la moneda de los Estados Unidos y por la corporación de depósitos de seguros federales de los Estados Unidos.

Antes de 1994 existe poca evidencia de que la supervisión bancaria en México tenía para la aplicación de metodologías formales establecidas o que existían provisiones efectivas que se iban a hacer valer. La CNBV indicó que la supervisión estaba principalmente enfocada en:

-Auditorías de contabilidad;

-Incumplimiento con límites regulatorios formales resultando en la imposición de penalizaciones o multas y análisis de cartera de préstamo;

-Las calificaciones basadas en las garantías, no en la solvencia de los acreditados o la calidad de la cartera y

-Revisiones enfocadas en la documentación que se encontró en los archivos de crédito.

No existían metodologías de investigación formales que pudieran proporcionar alertas tempranas sobre la solvencia de las instituciones financieras. En 1994, los departamentos de examinación de la CNB en sitio y fuera de sitio funcionaban de forma independiente unas de otras y existía muy poca comunicación entre ellos. No existían procedimientos de exámenes formales y los procesos de monitoreo eran inadecuados. Asimismo no se detectaron problemas de supervisión significativos como resultado de las inspecciones y la vigilancia que se llevaron a cabo antes de 1994.
Después del segundo trimestre de 1994, la supervisión se volvió más productiva. Además de los procedimientos arriba mencionados, los siguientes procesos de supervisión, entre otros, fueron implementados:

-Identificación y medición de las evaluaciones del riesgo, basados en las normas de riesgo de mercado de crédito y operativo;

-Revisión de controles internos;

-Evaluación de los procedimientos de manejo de información y transacciones;

-Supervisión consolidada;

-Adopción de mejores prácticas obtenidas de las agencias internacionales;

-El uso de procedimientos estándares y metodologías de examinación, similares a los utilizados por el consejo de reserva federal de los Estados Unidos y a la oficina del contralor de la moneda de los Estados Unidos y

-Revisión del desempeño de los auditores externos.

A partir de 1995, representantes del consejo de reserva federal de los Estados Unidos y otras agencias gubernamentales de los Estados Unidos ayudaron a la CNBV durante 18 meses para desarrollar los manuales regulatorios. Los procesos de supervisión de la CNBV durante los años recientes se han basado en estos manuales y sus actualizaciones. Aún más, la oficina del contralor de la moneda proporcionó a la CNBV procedimientos actualizados para llevar a cabo investigaciones in situ.

Recientemente el Banco Mundial proporcionó comentarios y recomendaciones sobre las metodologías de la supervisión y la administración de crisis de la CNBV. Un consultor internacional proporcionó asesoría sobre procedimientos de investigación in situ y ayudó a la CNBV, en el desarrollo una metodología de diagnóstico de riesgos. Un despacho de consultoría profesional proporcionó a la CNBV comentarios y procesos de supervisión de acuerdo con las normas internacionales, además de un diagnóstico de desempeño y de riesgo de las instituciones financieras.

Como resultado de la crisis bancaria, la CNBV reconoció la necesidad de desarrollar iniciativas de supervisión que de manera eficaz en   frentarán los retos de una crisis financiera, al mismo tiempo que proporcionarán una estructura de supervisión y prácticas futuras que cumplieran con los rigurosos estándares internacionales y a su vez ofrecieran mecanismos efectivos de protección y confianza para el sistema financiero mexicano y sus acreedores.

A pesar de que el periodo de 1994 a 1997 en México fue naturalmente una época de administración de crisis, los reguladores mexicanos pudieron modificar y mejorar las medidas para fortalecer los procedimientos regulatorios y la autorregulación. Se mejoró la revelación financiera para los bancos, la función y el alcance de los auditores externos se extendió, la actividad se veía favorecida y la formación y uso de burós de crédito se estaba alentando. El impacto de estos cambios se incrementó con el tiempo conforme las medidas se fueron implementando.

Recopilación de información y técnicas de vigilancia

Antes de 1994, la mayoría de la información financiera obtenida de los bancos estaba disponible únicamente en papel. Las bases de datos de las diferentes agencias no estaban centralizadas y se producían reportes duplicados, a menudo conteniendo información inconsistente. Parecería ser que se gastaba más tiempo en recopilar la información requerida que en su análisis. Sistemas de vigilancia y monitoreo para detectar problemas de manera oportuna fueron inadecuados durante este periodo.

A partir de la crisis, la CNBV hizo esfuerzos para que la recepción y procesamiento de la información fuera más eficiente. Actualmente el monitoreo y supervisión fuera de sitio se lleva a cabo utilizando un sistema de detección de alertas o de banderas rojas para realizar un análisis de la información financiera electrónica obtenida de los bancos al igual que de las operaciones foráneas o internacionales.

Las herramientas de recopilación de información desarrolladas por la CNBV incluyen la lista que se presenta a continuación:

El SAF (Sistema de Análisis Financiero)

Esta es una herramienta de supervisión y análisis institucional, cuyo desarrollo se inició a mediados de 1994. Este permite un uso eficiente de la base de datos de la CNBV para una mejor y más enfocada supervisión, análisis y seguimiento. Ese sistema lo comparte la SHCP, el Fobaproa y el Banco de México y sus usuarios tienen acceso a nivel global.

SITI (Sistema de Transferencia
de Información Interinstitucional)


El SITI permite la integración, extracción, elaboración y entrega de información a la CNBV. Esta información se recibe en tiempo real, aumentando su confiabilidad. Se espera que para el año 2000, la cobertura del SITI será totalmente operacional.

Enfoque de supervisión in situ

Durante el segundo trimestre de 1995, se implementó completamente el enfoque de supervisión "Macros". Este enfoque se basa en los "Camels" del Consejo de Reserva Federal de los Estados Unidos. Los enfoques usados para aplicar la metodología y Macros incluyen procesos de negocio, análisis cuantitativo, procesos contables y cumplimiento regulatorio.

La metodología de supervisión de Macros comprende los siguientes seis componentes.

1. Análisis de liquidez y sensibilidad.

2. Suficiencia del capital.

3. Calidad de los activos.

4. Calidad de las ganancias.

5. Estructura organizacional y administrativa.

6. PED.

Adicionalmente, se llevan a cabo las supervisiones e inspecciones especializadas necesarias con base en problemas o temas específicos (por ejemplo: crédito, mercados de capital, sistemas etcétera). Se lanzó una serie de inspecciones de Macros-Camels en cada una de las instituciones de banca múltiple a mediados de 1995. Se detectaron deficiencias globales en lo que se refiere a controles internos la suficiencia del análisis de crédito y la administración de la liquidez y el riesgo. Actualmente se llevan a cabo inspecciones in situ Macros por lo menos una vez al año.

La CNBV hoy día

Actualmente la CNBV es responsable de supervisar prácticamente todas las compañías financieras controladoras en México, así como los bancos, casas de bolsa y a otros intermediarios relacionados.

Los sistemas regulatorios no siempre pueden prevenir las fallas, pero la existencia de procesos bien estructurados y constantes puede detectar prácticas de negocios poco sanas que pudieran llevar a fallas y aumentos en los costos fiscales. Una supervisión efectiva requiere que los procedimientos de inspección integrales cubran todos los aspectos de la operación de los grupos financieros (supervisión consolidada) por personal altamente experimentado y capacitado. Mientras que los desarrollos de las metodologías de supervisión de la CNBV se están continuamente mejorando, se ha hecho un avance muy importante a la fecha.

En comparación con el periodo previo a 1994 de una supervisión ineficaz y herramientas de recuperación de datos insuficientes y no confiables, la CNBV actualmente se está transformando en una organización de supervisión capaz y efectiva que tiene establecidas herramientas de recopilación de información muy avanzadas.

Personal y capacitación

Como se mencionó anteriormente, la mayor parte del equipo de alta dirección de la CNBV fue contratado después de 1994.

La CNBV ha realizado grandes inversiones para mejorar sus procesos de supervisión e instrumentar las mejores prácticas de supervisión internacionales. La CNBV ha llevado a cabo medidas importantes para reclutar personal de calidad y desarrollar metodologías de supervisión, herramientas de monitoreo y sistemas y para capacitar a su personal.

El contar con el personal adecuado es crítico para el éxito de la CNBV. La habilidad de atraer y retener personal altamente calificado que comprenda a las instituciones que regulan y que estén actualizados con los desarrollos de la industria es muy importante conforme la industria continúa cambiando. El personal de la CNBV recibe capacitación de tres fuentes principales que cubren todas las áreas técnicas y académicas principales aplicables a las instituciones financieras. La CNBV tiene establecido un programa de desarrollo de personal efectivo que refleja los riesgos actuales que confronta el sector de servicios financieros.

Calidad de los procesos actuales
de revisión

Bancos nacionales


Las herramientas utilizadas en la supervisión de los bancos nacionales incluyen exámenes in situ, sistemas de supervisión y monitoreo remotos, auditorías externas y opiniones y autorizaciones específicas de los bancos. El resultado de la supervisión analítica desarrollado por la CNBV incluye reportes e información oportunos, diagnósticos de desempeño y riesgo, informes de examen final, de los cuales una copia se proporciona al presidente y al consejo de administración de la institución, así como programas correctivos. El reporte de examen final identifica a todos los hallazgos detectados durante un examen bajo cada una de las áreas Macros y asigna una calificación (uno a cinco) para cada área. También se incluyen comentarios de la gerencia del banco. Se proporciona un análisis de sensibilidad y escenario, así como la posición financiera de la institución en comparación con otros bancos de su grupo de competidores y en el sistema de banca múltiple mexicano. Estos procedimientos se aplican a todos los bancos sin importar su tamaño. Se proporcionan recomendaciones, así como se proponen programas correctivos. Se establecen fechas límite para implementar las recomendaciones y programas correctivos junto con la alta gerencia. La supervisión periódica de la CNBV asegura el cumplimiento con las medidas correctivas. Anteriormente, la CNBV era más tolerante de los retrasos en implementación, pero esto ha cambiado en la actualidad y las fechas límite se supervisan de manera más estricta.

Un área para revelación adicional posible se refiere al enfoque supervisor de la CNBV. Esto podría ser comunicado a las instituciones financieras, lo cual ayudaría a los bancos a cumplir con los requisitos regulatorios y a tomar las acciones correctivas antes de ser notificados o sancionados por las autoridades regulatorias. Un segundo objetivo sería el informar al público acerca de las metodologías supervisoras de la CNBV, lo que inspiraría confianza en sus capacidades supervisoras.

                                                                                                530,531 y 532

Con base en la revisión de ciertas secciones de los archivos de examen en sitio de 1997-1998 de Banamex, así como la fase de planeación del examen de 1999 de Banorte, se siguió un enfoque basado en riesgos y se lleva a cabo de manera efectiva el proceso de planeación. Además, se proporcionan documentaciones de soporte para apoyar la evidencia de los hallazgos de examen.

Supervisión consolidada

Las compañías controladas de los grupos financieros que incluyen a un banco están sujetas a la inspección y supervisión de la CNBV. Además, la CNBV está facultada para revisar al banco, así como a sus intermediarios relacionados, como la compañía arrendadora, de factoraje y la casa de cambio que formen parte del grupo financiero. Un departamento independiente dentro de la CNBV se encarga de la supervisión de las casas de bolsa. Ambos departamentos trabajan en conjunto para proporcionar una supervisión consolidada del grupo financiero. La superación de las casas de bolsa se lleva a cabo a través de un programa de inspección anual.

Conforme se mencionó en la evaluación del marco regulatorio, se requieren mejoras en las siguientes áreas de la supervisión consolidada:

-Se necesita desarrollar requisitos de suficiencia de capital para las compañías tenedoras;

-Se requieren regulaciones para limitar las exposiciones generales a nivel grupo y

-Se deben mejorar las pruebas de adecuación y corrección para los accionistas significativos y la gerencia de los grupos controladores.

Estas deficiencias limitaban la efectividad de la CNBV en el área de la supervisión consolidada. Sin embargo, las dificultades para calcular y aplicar los requisitos de suficiencia de capital han sido observadas con respecto a los grupos que incluyen las compañías aseguradoras y afianzadoras, debido a diferencias contables y a la falta de una supervisión autorizada de la CNBV sobre estas entidades.

Como se menciona en las bases para evaluar la Ley para el Regular Agrupaciones Financieras, la compañía controladora es responsable de las deudas de sus subsidiarias financieras. Si bien es cierto que hemos visto ejemplos en donde los fondos bancarios han sido utilizados ya sea directa o indirectamente para apoyar a compañías relacionadas, con la excepción de algunas consolidaciones de compañías de factoraje y arrendadores en los bancos, no se notaron casos en donde los fondos de las compañías relacionadas se utilizaran para apoyar a los bancos. No es claro si la CNBV ha agotado todas las posibilidades buscando que las compañías controladores se sujetan a esta ley de responsabilidades.

Cuando un banco ha prestado fondos a una compañía relacionada, ya sea de factoraje o de arrendamiento y que éstas compañías a su vez han prestado fondos a terceros, los préstamos a las compañía relacionadas no son considerados como tal por la CNBV. Estos créditos que están fuera del sistema bancario fueron otorgados con el seguro de depósitos del Fobaproa. Nosotros no estamos de acuerdo con la postura de la CNBV debido a que la decisión de otorgar créditos para terceros está fuera del control del banco y el banco quizá acuda a las compañías relacionadas para su pago y no al deudor final o a la garantía entregada.

Supervisión de las subsidiarias de bancos extranjeros

Con la entrada del TLC en 1994, los bancos extranjeros con operaciones en México fueron transformados en subsidiarias de bancos controlados desde el extranjero. La CNBV supervisa dichas subsidiarias de la misma forma que supervisa a los bancos nacionales. Se requiere que las subsidiarias cumplan con las regulaciones bancarias mexicanas. La CNBV realiza supervisiones in situ y remotas de estos bancos utilizando el mismo enfoque (Macros), que se utiliza en la revisión de los bancos nacionales. En algunos casos, los reportes derivados de la supervisión se comunican a la agencia regulatoria del país de origen de la institución. En algunos bancos, la CNBV realiza la inspección junto con los supervisores extranjeros. A la fecha, la CNBV ha participado en nueve inspecciones conjuntas de subsidiarias extranjeras. Esto proporciona a la CNBV la oportunidad de conocer las metodologías utilizadas por las agencias extranjeras.

Las subsidiarias bancarias extranjeras han encontrado muy difícil el mercado financiero mexicano y que es problemático lograr altos rendimientos. De esta forma, algunos bancos han expresado su deseo de salir del mercado mexicano. Sin embargo, no se han desarrollado requisitos de salida para los bancos extranjeros. La CNBV en la actualidad se encuentra desarrollando un proceso de salida para subsidiarios de bancos extranjeros.

Grupos de supervisión especializada

Hay tres grupos de supervisión especializada dentro de la CNBV que proporcionan apoyo a los equipos de inspección. Durante los últimos cinco años, la CNBV ha desarrollado grupos fuertes y efectivos de administración de riesgos de mercado y crédito, así como especialista de PED.

Riesgo de mercado

El grupo de riesgo de mercado de la CNBV se estableció a finales de 1994 con la responsabilidad adicional de supervisar las operaciones internacionales de los bancos mexicanos que operan fuera del país.

El grupo de riesgo de mercado desarrolla una evaluación continua de los estándares cualitativos y cuantitativos de las unidades de administración de riesgos en los bancos, con base en las mejores prácticas internacionales (por ejemplo: principios de Basilea, G-30 y el sistema del consejo de la reserva federal estadounidense). Debido a que los niveles de riesgo que asumen los bancos cambian frecuentemente, la CNBV mantiene un monitoreo de los niveles de riesgo de mercado de manera semanal.

Riesgo de crédito

El grupo de riesgo de crédito de la CNBV mantiene un monitoreo de las carteras de créditos de los bancos mexicanos. El grupo también tiene la responsabilidad de supervisar los burós de crédito en México. La CNBV está alentando a que todos los bancos desarrollen sus propios modelos de riesgo crediticio. La CNBV ha desarrollado sus propios modelos para probabilidad de incumplimiento, pérdida inesperada y predicción de insolvencia.

Sistema PED

El grupo de especialistas de PED se estableció en 1995 con un staff de dos personas (en la actualidad son siete). Los examinadores de PED certifican en cada examen bancario que la parte del equipo que generalmente incluye a cinco personas en proyectos de aproximadamente un mes. El grupo PED tiene sus propias calificaciones para su revisión de sistemas que ayudan a alimentar a los sistemas generales de calificación generales.

La participación del grupo PED en los exámenes bancarios terminó a finales de 1998 cuando se tomo la decisión de que el grupo se enfocara al problema del año 2000 durante todo 1999 y principios del año 2000. El Banco de México es responsable de la conversión del sistema financiero y la CNBV está representada en el comité. La CNBV también tiene su propio comité interno. El grupo PED ha estado siguiendo el progreso realizado por los bancos mexicanos en su preparación para el año 2000.

Control de calidad del proceso
de evaluación y análisis posmorten


El control de calidad es un aspecto esencial de un cuerpo supervisor. Esto permite que el proceso de evaluación mejore continuamente y provee la seguridad de que los estándares internos son cumplidos.

La CNBV debería considerar el desarrollo de revisiones de control de calidad posteriores a los exámenes bancarios para asegurase de que la metodología de supervisión se haya aplicado consistentemente para identificar las oportunidades de mejoría del proceso de evaluación.

Los supervisores tienen muchas lecciones que aprender de los errores en los bancos que pueden ser utilizadas en el futuro para mitigar situaciones similares.

La CNBV debería llevar a cabo análisis posmorten de las instituciones financieras que han fallado o que estuvieron sujetas a ventas de emergencia y utilizar dicha experiencia para mejorar las prácticas regulatorias.

Desarrollos recientes para la mejora de la actividad supervisora de la CNBV

Las autoridades financieras en México han emprendido pasos importantes para mejorar la revelación de información, la seguridad y la eficiencia del sistema financiero. La lógica que
respalda estas medidas es alcanzar un sistema autorregulado, completo y competitivo que promueve la inversión y el ahorro. Algunas de éstas iniciativas se discuten más adelante.

Legislación

El 26 de marzo de 1998, se presentó una nueva legislación ante el Congreso, la cual fortalecería la autonomía del Banco de México y otorgaría a la CNBV una mayor autonomía y poderes para la supervisión bancaria. La nueva legislación propuesta cambia la estructura de reporte de la CNBV, la cual en la actualidad es una rama semiautónoma de la SHCP.

La intención de la nueva ley es proporcionar más independencia a la CNBV, asegurándose de que sus acciones se basen en decisiones técnicas y no en decisiones políticas.

Principios de contabilidad para bancos
mexicanos


Algunos de los problemas más significativos con los principios contables bancarios mexicanos prescritos antes de 1997 fueron:

-Una acumulación continua de los intereses sobre saldos insolutos vencidos de los préstamos.

-Una contabilidad sólo para pagos de créditos vencidos como tales y, no considerando la cantidad del principal correspondiente;

-Los créditos reestructurados clasificados como si fueran créditos nuevos;

-La revaluación de los activos fijos con inflación basada en avalúos, con el superávit correspondiente incluido en el capital contable y

-No valuación de mercado de la cartera de inversión.

Estos factores resultaron en una sobrevaluación de las utilidades del banco y de su adecuación de capital. Los nuevos principios contables emitidos en 1997 mejoraron la revelación y las prácticas contables y representaron un paso positivo hacia principios contables más conservadores.

El resultado más significativo de los cambios de los principios contables relacionado con el reconocimiento de los ingresos de créditos vencidos y su registro contable. El cumplimiento con los nuevos estándares tuvo un impacto significativo en las reservas de crédito. De acuerdo con los principios contables vigentes en 1995, las reservas constituían un promedio de 43% de la cartera de crédito vencida. Con la implementación de los nuevos principios contables en 1997, las carteras crediticias vencidas aumentaron y las reservas remanentes declinaron aproximadamente a 17%. Como resultado, el sistema bancario requirió $16 mil 60 millones MN en reservas adicionales para cumplir con los estándares mínimos requeridos impuestos en 1995. Esto representó 27% del capital contable neto en el sistema y un aumento del 50% de las reservas existentes.

Las mejoras efectuadas a los principios de contabilidad bancarios mexicanos han mejorado la confiabilidad y la consistencia de los reportes de los bancos, pero se debe continuar con las acciones para desarrollar aún más principios contables adecuados que sean reconocidos internacionalmente (por ejemplo; información por segmentos.)

Auditorías externas

Hay muy poca evidencia de que los auditores externos de los bancos reportaran cualquier irregularidad o problemas de insolvencia antes de la crisis de 1994, a pesar de que se le requería al auditor externo reportar al presidente de la CNB de cualquier irregularidad que pudiera poner en peligro la estabilidad, liquidez o solvencia de un banco comercial. Usualmente, los auditores externos de los bancos fueron reemplazados al momento de la intervención. Los cambios a los requisitos de auditoría externa de los bancos en 1995, no fueron hechos para mejorar la calidad del trabajo realizado.

La circular 1222 establece que, además de los reportes de los auditores sobre los estados financieros, los auditores deben comentar sobre cualquier irregularidad observada en las revisiones de banca múltiple que no haya sido corregida. Además se requiere una descripción detallada de las variaciones entre los estados financieros de diciembre 31 proporcionadas por la CNBV y aquéllos publicados por las instituciones de banca múltiple, conforme a lo reportado por el auditor externo.

                                                                                    533,534 y 535

El propósito  de ésta información adicional es obtener una opinión sobre temas específicos, como la valuación al mercado de los instrumentos financieros, los sistemas de control interno de créditos, derivados, valores, riesgos cambiarios y de mercado, préstamos otorgados para la compra de capital contable, la función de la auditoría interna y las recomendaciones de gerencia proporcionados a la institución. Una vez que la CNBV recibe los reportes de los auditores externos, estos son revisados y comparados con otras fuentes de la CNBV. Si existieran discrepancias, el auditor debe aclarar dichas diferencias. La CNBV revisa la calidad de los reportes y el desempeño de los auditores externos es avaluado utilizando una escala de calificación de uno a cinco (satisfactoria a no satisfactoria). Si la CNBV tuviera cualquier pregunta relacionada con el trabajo realizado, tiene la autoridad de revisar los papeles de trabajo del auditor. La CNBV no tiene el poder de quitar el despacho de auditoría externa, sin embargo, puede sugerir cambios y puede requerir un cambio del socio líder.

La emisión de la circular 1222 fue un paso muy importante para mejorar la calidad del trabajo de los auditores externos de los bancos. Una revisión continua por parte de la CNBV del cumplimiento de los despachos de auditores con la circular ayudará a asegurar el mantenimiento de estándares de información y auditoría adecuados.

Circulares

La CNBV tiene la intención de emitir una circular a finales de éste año que contenga las características mínimas y atributos que deben seguir los directores del consejo de las instituciones financieras para poder fortalecer el desarrollo de los bancos. Se espera que dicha circular requiera que las instituciones financieras reporten los resultados del desempeño del consejo en el mercado. Recientemente, se publicó un código de las mejores prácticas para compañías mexicanas. El código se aplicará sólo a las compañías públicas. Además, no es obligatorio debido a que esto implicaría cambios legislativos. Una regulación comparativa sólida es importante para todos los bancos y la CNBV debe alentar la adopción temprana del código para todo el sistema.

Como se mencionó anteriormente en la evaluación del marco regulatorio general, se requiere mejoras en los procesos de regulación comparativa dentro de los bancos, que le permita a la CNBV enfocarse mejor en sus actividades de supervisión sobre los papeles y responsabilidades de la alta gerencia y del consejo de administración. Una regulación corporativa sólida es de vital importancia cuando hay concentración de accionistas.

Un despacho contable profesional está haciendo consultoría sobre la circular relacionada a la calificación de créditos comerciales y reservas, la cual cambia la clasificación a siete niveles en comparación con los cinco actuales. Esta circular reemplazará la 1128, que estableció la metodología para calificar la cartera crediticia en 1991.

De acuerdo con el grupo de riesgo crediticio de la CNBV, el límite del riesgo de los créditos grandes actualmente es considerado en una circular como un 30% del capital contable de la institución para créditos individuales. El límite propuesto parece ser razonable.

La circular sobre bases de datos institucionales compartidos incluirá a los burós de crédito, proporcionando mejor información crediticia y de préstamos acerca de partes relacionadas y mejor información para monitorear los límites de crédito.

Cabe destacar que la CNBV ha tenido una actuación proactiva en el desarrollo de circulares de supervisión.

Automatización de los procesos
de supervisión


La CNBV ha desarrollado, con la asistencia técnica de GE capital, el Sistema de Examinación Electrónica (EES). Ese sistema fue utilizado en los exámenes de la CNBV en octubre-noviembre de 1998 y estará operando totalmente en agosto de 1999. El EES facilita la utilización de información entre diferentes departamentos supervisores al centralizar la información en un depositario común.

Con base en las revisiones de la EES, su desarrollo es un paso positivo para tener un proceso totalmente automatizado de supervisión de la CNBV.

Análisis de la actividad de la CNBV

Como muchas otras agencias regulatorias, la CNBV no tiene parámetros de análisis de desempeño formalizados y generalmente reporta  el cumplimiento de sus objetivos a través de una comparación de sus gastos contra el presupuesto. Esto dificulta a la CNBV y a otros, juzgar que tan bien se están cumpliendo sus objetivos. El análisis de desempeño a través de la comparación del desempeño contra los objetivos hubiera resultado en un proceso más transparente. De acuerdo a lo anterior, la CNBV debe considerar el desarrollo de medidas de desempeño y responsabilidad, para que los organismos gubernamentales y el público, puedan utilizarlas para evaluar sus actividades en comparación con sus objetivos. Las medidas de desempeño claves se pueden utilizar para administrar el desempeño al comparar los resultados alcanzados con los esperados para cada objetivo estratégico de la CNBV.

Algunos ejemplos de medidas de desempeño efectivos que la CNBV debería considerar, incluyendo los siguientes:

-Medidas eficaces de intervención para monitorear la eficacia de la CNBV para identificar a la instituciones con problemas financieros e intervenir de manera oportuna para enfrentar las cuestiones regulatorias;

-Análisis de los servicios externos para evaluar la calidad de las actividades de respuesta a las solicitudes externas de servicios, reglamentos y autorizaciones fuera del proceso de supervisión general;

-Análisis de los servicios internos para evaluar la calidad de los servicios internos clave que apoyan las actividades regulatorias de supervisión de la CNBV y que sirven de punto de referencia en comparación con los estándares de la industria;

-El costo de las medidas de cumplimiento para evaluar el costo total del enfoque regulatorio de la CNBV sobre las industrias afectadas por las actividades y reglamentos de la CNBV y realizar comparaciones con otros órganos reguladores; y

-Análisis de costos internos para comparar los costos reales de los procesos regulatorios internos claves de la CNBV con los de otras jurisdicciones o estándares en la industria.

Las medidas de desempeño de la CNBV se podrían basar en las estrategias y objetivos presentados en el Programa Institucional para 1997-2000.

Comparación de las prácticas actuales de la CNBV con los estándares internacionales

Una fuerte y efectiva supervisión bancaria, así como regulaciones prudentes son la clave de un sistema financiero sano.

Como se describió anteriormente, la CNBV ha hecho mejoras significativas en sus prácticas de supervisión durante los últimos cinco años. Ha desarrollado metodologías y estándares con base en los principios centrales de Basilea 25 y de acuerdo con la CNBV, un estudio interno indicó que han cumplido sustancialmente con la implementación de dichos principios.

Con base en el análisis, la CNBV ha cumplido, en gran medida, con los requisitos de los principios de Basilea 25, excepto por los que a continuación se mencionan. Mientras que la CNBV cumple con algunos de los aspectos de los siguientes principios, únicamente se han descrito las excepciones. Asimismo, una revisión de las prácticas de la CNBV en comparación con el documento del Fondo Monetario Internacional "hacia un marco de estabilidad financiera" se ha observado que excepto por lo siguiente la CNBV tuvo un cumplimiento importante.

1. Un sistema de supervisión bancaria efectivo tendrá responsabilidades y objetivos claros para cada agencia involucrada en la supervisión de las organizaciones bancarias. Cada una de éstas agencias debe poseer una independencia operativa y los recursos suficientes. También es necesario un marco legal adecuado para la supervisión bancaria, incluyendo disposiciones en lo relativo con autorizaciones de las organizaciones bancarias y su supervisión continua; dirigido al cumplimiento de las leyes, así como de cuestiones de seguridad y solvencia y la protección legal de los supervisores. Se deben establecer acuerdos para compartir la información entre los supervisores y proteger su confidencialidad.

La CNBV no ha sido estructurada como una agencia autónoma, por lo que reporta a la SHCP, la que a su vez reporta el Ejecutivo Federal (el Presidente). Sin embargo, ya ha propuesto una legislación ante el Congreso  para proporcionarle a la CNBV una mayor autonomía y poderes adicionales.

Además, se observaron algunos casos en el marco legal mexicano relacionados con traslado de responsabilidades de las agencias regulatorias.

Los supervisores e interventores en México no tienen protección legal en relación con sus acciones y desempeño de sus deberes de supervisión o intervención. Esto podría resultar en el hecho de que los examinadores operaran con una indebida precaución, lo que pondría en riesgo la objetividad de sus funciones de inspección. Asimismo, pone en peligro la habilidad de los interventores para cumplir con sus objetivos.

6. Los supervisores bancarios deben establecer requisitos de adecuación de capital mínimo, apropiados y prudentes para todos los bancos. Dichos requisitos deben reflejar los riesgos que los bancos corren y deben definir los componentes de capital y tomar en cuenta su habilidad para absorber pérdidas. Al menos para los bancos internacionalmente activos, estos requisitos no deben ser menores de aquellos establecidos en el acuerdo del capital Basilea y sus modificaciones.

Como se describió en la evaluación del marco regulatorio, los requisitos de adecuación capital para todos los bancos establecidos por las autoridades no han sido del todo prudentes y deben continuar su mejora. Las deficiencias que pudimos observar incluyen:

-Una conclusión inapropiada e importante de impuesto sobre la renta diferido, revaluaciones por inflación y deudas subordinadas convertibles obligatoriamente como nivel I de capital;

-Los bancos no tienen provisiones suficientes y

-Esto resulta en una sobrevaluación significativa de la calidad y cantidad del capital bancario.

20. Un elemento esencial de la supervisión bancaria es la capacidad de los supervisores para vigilar al grupo bancario sobre una base consolidada.

Como ya se describió en la evaluación del marco regulatorio, la capacidad de la CNBV para supervisar los grupos bancarios en una forma consolidada se ve obstaculizada por las siguientes deficiencias;

-La falta de evaluación de la adecuación del capital a nivel grupo;

-La falta de regulación para limitar la exposición del grupo en general y

-La necesidad de incrementar la definición y el rigor sobre las pruebas de adecuación y cumplimientos para los accionistas significativos y la gerencia.

22. Los supervisores bancarios deben tener a su disposición las medidas supervisoras adecuadas para obtener acciones correctivas oportunas cuando los bancos fallen en el cumplimiento de los requisitos prudenciales (como las razones de suficiencia de capital mínimas), cuando existan violaciones regulatorias o cuando los depositantes se vean amenazados de cualquier otra manera. En caso extremos, esto debe incluir la capacidad de revocar la autorización bancaria o de recomendar su revocación.

A pesar de que la CNBV tiene los poderes necesarios para tomar las acciones correctivas oportunamente cuando el banco falle en el cumplimiento de los requerimientos prudenciales, en algunas ocasiones no ha podido resolver dichos problemas de manera oportuna debido a las razones que ya se han comentado anteriormente.

Adicionalmente, la CNBV no tiene criterios de intervención específicos y documentados, a parte de lo establecido por la ley. Por lo tanto, no es posible concluir si se sigue o no un enfoque de intervención consistente. La falta de criterios hace que el proceso de intervención sea más difícil de entender para otras partes.

La CNBV no tiene la habilidad de revocar las autorizaciones bancarias. Este poder es realizado por la SHCP.

Retos futuros que enfrentará la CNBV

El sector bancario mexicano aún es débil y dentro de su mismo ambiente, la CNBV enfrentará una serie de retos.

                                                          536,537 y 538


El paso del cambio se ha acelerado, estimulado por la globalización de la industria de servicios financieros y por el avance de la tecnología de comunicaciones e información.

La CNBV ha realizado esfuerzos importantes hasta la fecha para enfrentarse a los problemas del sector financiero y del sistema bancario. Los impactos de la tecnología presentan un riesgo significativo para todos los reguladores. Los nuevos productos como el Internet bancario y el aumento de la competencia de los participantes extranjeros, representan complejidades y retos adicionales. La CNBV debe de ser capaz de anticipar los retos futuros y de ajustar sus actividades para logarlos.

A pesar de que el marco regulatorio mexicano ha progresado significativamente desde la crisis, aún existen ciertos riegos en la industria bancaria que necesitan resolverse a corto plazo. Los niveles de capital y de reservas para perdidas de los créditos vencidos deben incrementarse y, de hecho, no se han mejorado significativamente desde 1994. De acuerdo con un informe de análisis reciente los bancos mexicanos deben tener un nivel de adecuación de capital uno del 10% como un nivel prudente. Para finales de 1998, Banamex y Banorte eran los únicos bancos mexicanos que estaban arriba del 10% con un indicio de una razón de adecuación del capital nivel uno del 11.1% y 12.5%, respectivamente.

Hacia el futuro, existe un requerimiento para una reestructuración enfocada de cada uno de los bancos en problemas. Probablemente ocurra una consolidación futura en la industria bancaria y los bancos con menos éxito no podrán sobrevivir. En el futuro, debe haber un esfuerzo sostenido para reducir el número de bancos a través de una consolidación que resultará en menos bancos, pero más fuertes. También existe la necesidad de introducir medidas para maximizar las recuperaciones de deudas y luchar contra la cultura de "no pago" existente en la actualidad. Esto se puede hacer mejorando el desempeño de los burós de crédito, estudiando las posibles enmiendas a la Ley de Quiebras de México. Algunos bancos (Banamex y Bancomer) están compartiendo su sinergia para poder reducir costos operacionales.

A pesar del progreso significativo que ha realizado la CNBV, hay una necesidad contínua de mejorar la calidad de la supervisión bancaria, con mayor énfasis en el uso sistemático de las auditorías de diagnóstico y un uso analítico más efectivo de la información en la base de datos disponible en la CNBV.

El aumento de bancos extranjeros que llegan a México requiere el correspondiente aumento en la operación con los reguladores extranjeros y la necesidad de una creciente habilidad para responder rápidamente a los cambios. La CNBV necesitará continuar evolucionando en respuesta a los cambios rápidamente crecientes en las industrias que regula, conforme los mercados se vuelven globales.

Conclusiones y recomendaciones

Hay muchos factores que contribuyeron a la crisis bancaria mexicana en 1994 y que finalmente llevaron al saneamiento de algunos bancos y a la intervención de otros. Una causa importante fue el resultado de la privatización de los bancos en 1991 y 1992, las semillas de lo cual se sembraron desde 1982 cuando la banca mexicana fue nacionalizada. Con una pobre supervisión bancaria al momento de privatización y una economía débil, el sistema bancario mexicano experimentó un deterioro.

Las razones para las débiles prácticas de supervisión se pueden rastrear hasta la época de la nacionalización de los bancos mexicanos en 1982. La CNB no tuvo un desempeño adecuado en cuanto a sus funciones de vigilancia de los bancos nacionalizados. De cualquier forma, la supervisión regulatoria no era considerada como esencial pues era un órgano gubernamental vigilando a otro. Era esencial que se estableciera una supervisión efectiva, a pesar de que los bancos habían sido nacionalizados. La supervisión y regulación bancaria no cambió con la privatización, a pesar del incremento en la necesidad de vigilancia en el ambiente privatizado. La privatización de los bancos fue subcapitalizada, con la tecnología y sistemas de administración inadecuados, con personal inadecuadamente capacitado y con una gran falta de cultura crediticia. Las indicaciones que mayores problemas estuvieron a punto de surgir en los bancos mexicanos estaban muy presentes en ese momento.

A pesar de que la crisis del peso se dio en 1994, fue evidente que una serie de bancos ya tenían problemas significativos, especialmente si los cambios prescritos en los estándares de contabilidad bancaria mexicana se hubieran aplicado durante el periodo que llevó a la crisis.

Debido a la falta de un sistema de vigilancia y supervisión regulatoria fuerte, en combinación con la protección implícita gubernamental de garantía hacia los depositantes, surgieron problemas en muchos de los bancos que permanecieron sin ser detectados por la CNB por un largo periodo de tiempo. Las fuentes de la CNB para la identificación de muchos problemas eran frecuentemente el mercado mismo o rumores, a pesar de que algunos problemas estaban al descubierto durante las visitas de inspección. La CNB no tenía sistemas de vigilancia establecidos que pudieran detectar los problemas en un tiempo oportuno.

La decisión de intervenir al primer banco la tomó la CNB poco tiempo después de la llegada del presidente de la CNB en abril de 1994. En esa época, la política gubernamental era que no se le permitiría a los bancos con problemas financieros caer en incumplimiento y que todos los depositantes y acreditados serían protegidos. El objetivo era evitar retiros masivos de los bancos en un tiempo futuro.

La intervención se llevó a cabo caso por caso. La CNBV no tenía criterios documentados específicos, acerca de cuando debía intervenirse un banco, aparte de lo previsto por la ley. Si el criterio de intervención hubieran sido los niveles de solvencia mínimos entonces esencialmente todos los bancos hubieran sido intervenidos. La mayor parte de las intervenciones se dio debido a operaciones irregulares, fraudes potenciales o insolvencia. Debido a que la CNBV no tenía criterios de intervención específicos, esta falta de criterio hizo al proceso de intervención menos claro e informativo para otras partes. Sería altamente deseable para la CNBV que desarrollara criterios específicos de intervención para promover conocimiento y mejorar la transparencia del sistema de intervención para los bancos que supervisa.

Como ya se mencionó anteriormente, las intervenciones ocurrieron tiempo después de que surgieran los primeros problemas en los bancos, pero por lo general debido al mismo problema que se detectó inicialmente. La CNBV llevó a cabo una serie de medidas supervisoras antes del proceso de intervención legal. Sin embargo, no hay evidencia que indique estas medidas de supervisión tomadas por la CNBV en todos los casos fueron efectivas (i.e. problemas identificados regularizados y que no hayan empeorado).

En nuestro punto de vista, el mantener a bancos con problemas e insolventes durante largos periodos de tiempo es más costoso que un cierre oportuno. En algunos casos, las resoluciones de los bancos con problemas financieros fueron muy lentas en materializarse y no se redujeron efectivamente. Se debieron utilizar recursos humanos con experiencia en recuperación, de ser necesario, a nivel internacional.

Al evaluar los interventores con los objetivos claves del interventor, pues incluían alcanzar los estados finales del banco y completar su intervención en el menor tiempo posible, mejorando la eficacia operacional y reduciendo los costos operativos, parece claro que los interventores no cumplieron con la ejecución de sus tareas en muchos casos.

Se descubrieron una serie de asuntos relacionados con la capitalización de los bancos en cuanto a cantidad, fuente, oportunidad y calidad de capital. La venta de las sucursales a bancos problemáticos dio lugar a muchas preocupaciones. También al 30 de junio de 1999, el sistema bancario sigue por debajo de los niveles mínimos de capitalización. La CNBV, por razones fuera de su control, no ha tenido éxito en asegurarse que el sistema bancario esté adecuadamente capitalizado.

Se requirieron cambios en el marco regulatorio para mitigar el potencial de una nueva gerencia de la crisis bancaria en México. Una serie de recientes desarrollos, ha mejorado la efectividad de supervisión de la CNBV, incluyeron la reforma legislativa, las mejoras a los estándares contables bancarios, las mejoras a las auditorías externas y el desarrollo de las circulares. Sin embargo, aún se requieren mayores cambios en las prácticas contables para cumplir con los estándares internacionales. La CNBV necesita desarrollar en forma más profunda los estándares de supervisión consolidados.

La CNBV debería considerar el desarrollo de procedimientos para la revisión de control de calidad (pos-examinación) para asegurarse que se haya aplicado constantemente las metodologías de supervisión y para identificar las oportunidades de mejora para el proceso de revisión.

Para mejorar las prácticas regulatorias se deben llevar a cabo análisis pos-mortem de los bancos en quiebra o que estuvieron sujetos a ventas de liquidación.

La CNBV cuenta con un personal competente y calificado y está poniendo gran énfasis en la función de supervisión. La CNBV ha desarrollado programas de capacitación para las áreas de supervisión clave. La CNBV debe desarrollar medidas contables y de desempeño que las agencias gubernamentales y el público en general puedan utilizar para evaluar su efectividad.

En México, los supervisores y los interventores no cuentan con la protección legal necesaria para llevar a cabo las acciones y del desempeño de sus tareas de supervisión o intervención. Esto tiene un impacto significativo en la habilidad de los supervisores e interventores para desempeñar sus funciones de responsabilidad en una forma más efectiva.

La CNBV ha tenido avances significativos al resolver los problemas del sector financiero. Sin embargo, aún hay un gran número de retos a futuro para la CNBV que debe enfrentar para que pueda mantener una vigilancia regulatoria y supervisión fuerte y efectiva del sistema bancario mexicano.

4. SHCP

Al conducir esta evaluación, primero nos enfocamos en evaluación de las acciones de supervisión tomadas por la SHCP, al otorgar las autorizaciones bancarias y en segundo lugar, la evaluación de las prácticas regulatorias y de supervisión de la SHCP del periodo 1994 a 1998.

Al examinar el papel de la SHCP con respecto al trámite de autorización, analizamos el proceso de privatización de la banca en 1991 y 1992 en el cual, aparentemente por motivos de transferencia al mejor postor obtuvo la autorización. Esto maximizó el precio de venta de los bancos, sin prestar la atención debida a otros problemas y objetivos importantes. Es evidente que como consecuencia de este enfoque surgieron ciertos problemas.

Se revisó la participación de la SHCP en la regulación y supervisión de los bancos para evaluar el papel regulatorio y de supervisión que jugó la SHCP. La supervisión del sistema financiero durante el periodo de 1994-1998 puede ser sujeta de críticas, aunque muchas de las dificultades que encontró el sistema bancario se pueden rastrear con el tiempo una ausencia de regulación y supervisión al momento de la privatización y durante la crisis del peso.

Autorizaciones bancarias

La SHCP, una división del ramo Ejecutivo Federal del Gobierno, es la autoridad principal del sistema financiero mexicano. Por lo tanto, es responsable, entre otras cosas, de aprobar las operaciones de las instituciones de banca múltiple y otorgar las autorizaciones para dichas entidades. Las facultades para autorizar a las instituciones de banca múltiple se establecen en la Ley de Instituciones de Crédito.

Desde la nacionalización en 1982, hasta la consolidación inmediatamente después y seguido de la privatización en 1991-1992, las políticas que gobernaban el sistema bancario mexicano han sufrido cambios importantes.

Nacionalización

El 1o. de septiembre de 1982, el presidente de los Estados Unidos Mexicanos decretó la nacionalización de los banco privados, excepto Citybank y Banco Obrero. Las instituciones de crédito nacionalizadas continuaron operando como instituciones de banca múltiple, pero con las características de una entidad controlada por el Gobierno. El periodo de nacionalización eliminó de manera efectiva, a través de la reducción natural del personal, la pericia bancaria, ya que se requería que los bancos se burocratizaran.

Durante el periodo de nacionalización, el sistema bancario mexicano tenía relativamente pocos depositantes en comparación con el total de su población. Los depósitos del sector privado se designaron principalmente a financiar déficit del Gobierno y la cultura de préstamos en los bancos estaba considerablemente

                                                                                     539,540 y 541

deprimida. En 1982, el sistema bancario consistía de algunas instituciones financieras grandes y relativamente modernas con acceso a economías de escala y la capacidad de otorgar nuevos servicios, así como muchos bancos pequeños y relativamente obsoletos con altos costos de operación y bajos niveles de rentabilidad.

En la primera etapa del periodo de nacionalización que ocurrió en 1982 y 1983, 11 bancos fueron liquidados, 20 se fusionaron y 29 permanecieron. Para 1986, el número total de instituciones había sido reducido a 18, de los 60 bancos nacionalizados originalmente. Estas 18 instituciones se clasificaron de cuerdo con la cobertura geográfica y la cantidad de sus activos en las siguientes tres categorías: seis bancos nacionales, siete bancos multiregionales y cinco bancos regionales. Durante el periodo de nacionalización bancaria, los programas financieros, operacionales e institucionales de las autoridades de supervisión se autorizaron por la SHCP.

Antes de 1988 los bancos enfrentaron límites en las tasas de intereses en sus actividades de otorgamiento de préstamos, limitando de manera efectiva sus márgenes financieros, Estos límites se eliminaron durante 1988. Esta liberación financiera fue el principio de un crecimiento explosivo de créditos en los sectores de créditos comerciales y de consumo, lo cual no fue acompañado de suficiente regulación y supervisión, así como banqueros con experiencia y finalmente esto contribuyó al débil estado de los bancos al momento de la privatización.

Privatización

Casi 10 años después de la nacionalización del sistema bancario y para promover una economía abierta, el Gobierno mexicano comenzó el proceso de privatización de los 18 bancos restantes en 1991. Como parte del proceso, se contrataron consejeros financieros externos para apoyar en el proceso y diseño de procesamientos de auditoría de compra en los bancos. Por cuestiones de transparencia las autorizaciones existentes esencialmente se subastaron al mejor postor, resultando en un ingreso para el Gobierno Federal de más de $38 mil millones MN (US $12 mil 500 millones). Esta cantidad se colocó en la tesorería pública y no se utilizó para recapitalizar el sistema bancario. Entendemos que la SHCP estaba completamente consciente de la falta de capital en el sistema en ése entonces.

Aunque había procesos establecidos la SHCP para asegurar que los antecedentes de los propietarios prospectos y la alta administración de los bancos cumplían con los nuevos requerimientos bancarios éstos han mostrado subsecuentemente haber sido inadecuadas. En la mayoría de los casos, los accionistas para las prácticas bancarias prudentes. Más aún, ya que la tendencia accionaria de los bancos estaba ampliamente concentrada, había una amplia oportunidad para los nuevos propietarios de llevar a cabo actividades bancarias que involucrarán operaciones irregulares y fraudulentas.

Un principio original establecido por la SHCP era evitar la concentración de propiedad del banco y crear un ambiente en el que la tendencia accionaria del banco estuviera ampliamente dividida. Para completar el proceso de privatización parece que se hicieron excepciones que permitían que los derechos de propiedad se concentraran, por un periodo de cinco años para instituciones financieras que se convirtieron en compañías controladoras.

Bancos nuevos

La SHCP responsable de emitir autorizaciones bancarias como lo dicta la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, tomando en cuenta las opiniones del Banco de México y la CNBV. En la práctica, los procedimientos de due diligence llevados a cabo al otorgar nuevas autorizaciones para bancos fueron limitados (por ejemplo el capital para crear banco capital no fue capital nuevo ya que lo proporcionaba el mismo banco a través de créditos a partes relacionadas). En México, las autorizaciones bancarias se otorgan a nivel nacional. Una vez otorgada, el banco tiene la opción de operar regional o nacionalmente.

Posteriormente a las licitaciones de privatización, se emitieron nuevas autorizaciones bancarias para algunos particulares sin experiencia en bancos (por ejemplo Anáhuac) y uniones de crédito (por ejemplo Interestatal): en el caso de Interestatal, existía un conflicto de intereses desde el inicio de este nuevo banco ya que todos los deudores se volvieron principales accionistas. Dos años despúes, este banco fue intervenido debido a la falta de
capital e irregularidades en los procedimientos de otorgamiento de crédito.

Desde 1992 y 1995, se emitieron 16 nuevas autorizaciones bancarias. El status de estos bancos se detalla a continuación (tabla 1). Como se puede observar, seis de los 16 nuevos bancos han sido intervenidos. La autorización para Anáhuac y Bansi fue de hecho, procesada y aprobada en 1994, sujeta a que los accionistas cumplieran con ciertas condiciones, que se cumplieron a principios de 1995. No se ha aprobado ninguna autorización para operar como una institución de banca múltiple en México desde 1995.

Banco Fecha de
autorización
Estatus
     
Afirme Nov.29-94 En operación
Anahuac Mar.30-95 Intervenido
Bajío Abr.5-94 En operación
Banregio Nov.19-93 En operación
Bansi Mar.30-95 En operación
Capital Jun.3-93 Intervenido
Industrial Jun.3-93 Intervenido
Inbursa Sep.6-93 En operación
Interacciones Jun.3-93 En operación
Interestatal Jun.3-93 Intervenido
Invex Nov.19-93 En operación
Ixe Abr.-5-94 En operación
Mifel Sep.6-93 En operación
Pronorte Sep.6-93 Intervenido
Quadrum Sep.6-93 En operación
Sureste Jun.3-93 Intervenido

En 1998 había 34 bancos en México, 12 de los cuales estaban intervenidos.

Burós de crédito

En 1993, los ajustes a la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras estableció la base para los burós de crédito. Sin embargo, "las reglas generales que deben seguir las compañías de crédito" no se publicaron por la SHCP hasta 1995. Los bancos previamente llevaron a cabo servicios proporcionados por los burós de créditos. Por lo tanto, eran las partes más interesadas en la creación de estos. En algunos casos, los bancos son accionistas de los burós de créditos. Por ley a los bancos se les permite tener hasta el 100% de las acciones de dichos burós. Esto podría provocar un conflicto de intereses ya que los principales accionistas podrían ejercer una influencia importante con respecto a la información proporcionada a su propio banco.

El impacto de la política del gobierno para evitar quiebras bancarias

Las políticas del gobierno para evitar cerrar los bancos en quiebra tuvo un impacto importante en el sistema financiero y el proceso de recuperación.

Previo a la crisis en 1994, se intervinieron dos bancos debido a la detección de operaciones irregulares (actividades fraudulentas). Se debió haber forzado a estos bancos a salir del sistema en éste momento por las siguientes razones:

-Los costos asociados con el cierre de bancos hubieran sido menores que mantener los bancos.

-Los depositantes de los bancos pudieron haber sido protegidos, sin importar la quiebra del banco.

-La disciplina del mercado se hubiese establecido y hubiese disminuido el riesgo moral.

-El sistema bancario no estaba en estado de crisis sistemática, por lo tanto, el permitir las quiebras no hubiera precipitado la fuga de capital en ese momento.

-Si los intereses de los depositantes estaban completamente protegidos en 1994, esto hubiera mitigado el temor de pérdidas de los depósitos en el futuro; por lo tanto, se hubiera reducido la posibilidad de pánico generalizado entre los ahorradores.

Debido a los factores anteriormente mencionados, hubiera sido más fácil cerrar los bancos durante la crisis sin causar una fuga de capital sistemática.

La política para evitar que cualquier banco quebrara promovió un sistema en el que había muchos acreedores en comparación con el número de acreditados legítimos. Esto perpetuó la deficiencia ya severa de préstamos prevaleciente en los bancos y al final incrementó los costos para el Fobaproa.

Al no forzar el cierre de los bancos, la SHCP ha creado un entorno en el que los bancos a los que se asistió durante la crisis continúan funcionando en malas condiciones y en el que futuras intervenciones se ven posibles. Como resultado, los bancos no viables se quedaron en el sistema y los programas bancarios, como el programa de compra de cartera, se aprobaron. El permitir que los bancos insolventes cerraran hubiera permitido que el mercado se estableciera, proporcionando una recuperación más oportuna a la vez que disminuía el costo total asumido por el Fobaproa.

Regulación y supervisión

Como se describe en la evaluación del marco regulatorio en general, la SHCP es la autoridad principal en el sistema financiero mexicano y su mandato es planear, coordinar, evaluar y supervisar al sistema bancario.

La facultad de supervisión ha sido delegada a la CNBV, por lo tanto, la SHCP no es directamente responsable de la supervisión de los bancos mexicanos. La SHCP tiene la responsabilidad de emitir ciertas reglas generales y regulaciones bajo los cuales los bancos y los grupos financieros tienen que operar (por ejemplo criterio de autorización, reglas generales para evaluar la cartera de créditos, requerimientos de reservas de capital mínimo, limites de inversión, etcétera.)

La participación de la SHCP en la supervisión de instituciones de banca múltiple se hace a través de su participación en la junta de gobernadores de la CNBV. Cinco miembros de la SHCP participan en la junta de gobernadolres de la CNBV. La única participación de la SHCP en el proceso de intervención y la eva luación del desempeño de la CNBV es a través de su participación en la junta de gobernadores de la CNBV. Por lo tanto, también debe hacerse referencia a la evaluación de la CNBV en éste reporte.

Conclusiones

Una causa subyacente en la crisis bancaria en México fue la privatización de los bancos en 1991 y 1992 la cual se enfocó en la maximización del precio más que en asegurar las operaciones bancarias viables fueran establecidas a largo plazo. Los fondos recibidos de la venta de los bancos no se inyectaron a su vez en el sistema bancario. De haber sido el valor neto en libros el precio pagado por los bancos (en lugar de aproximadamente más de tres veces dicha cantidad) y el superávit del precio de compra acordado hubiera sido aportado al capital del bancario, el sistema bancario hubiera sido más fuerte. Adicionalmente, varios bancos débiles con problemas de cartera de créditos se privatizaron por la SHCP y después se intervinieron por la CNBV.

No existían procesos adecuados para llevar a cabo un examen exhaustivo de los antecedentes y experiencia de los propietarios potenciales y los miembros de la alta dirección. Esto llevó a algunos bancos a que se vendieran particulares con poca experiencia bancaria. Ya que la banca es un negocio con responsabilidad fiduciaria, en la que hay una responsabilidad frente a los depositantes, es de incumbencia de la autoridad principal del sistema financiero el asegurar altos estándares en el momento de seleccionar en quien recaerá la responsabilidad. La SHCP no se aseguró que se cumplieran dichos estándares.

                                                        542,543 y 544


La viabilidad de varios de los bancos en el sistema no fue dirigida por la SHCP de manera oportuna. La SHCP se apegó al principio de que los bancos no podían quebrar y que las
operaciones del banco se "regularizarían más que liquidarían". Por lo tanto, cualquier evalua-ción de los órganos reguladores del sistema mexicano debe considerar éste principio y sus efectos en la posibilidad de tomar acciones adecuadas con las operaciones bancarias no viables. Esto provocó que los órganos reguladores no fueran capaces de lograr completamente sus mandatos. Aunque la consolidación en la industria ocurrió tardíamente, la oportunidad de ésta ha faltado.

Parece que la SHCP no reconoció las necesidades supervisoras y regulatorias de un sistema bancario privatizado, con el resultado de que, muy pocas e insuficientes acciones fueron tomados para prepararse para esto. Más aún, se tomaron muy pocos pasos hasta 1994 tiempo en el cual ya había ocurrido un crecimiento explosivo de los créditos y el sistema era vulnerable a las presiones externas.

Además, la SHCP en un punto de retrospectiva, estaba consciente de que el sistema carecía de capital al momento de la privatización. Para solucionar los asuntos de capitalización se adoptó con una visión optimista de la perspectiva de crecimiento económico. El conocimiento de una continua falta de capital se acentuó a la vez que la crisis del peso, pero no se solucionó fundamentalmente en este tiempo. De manera alternativa, la SHCP permitió que los reguladores implementaran programas que tenían objetivos que no se podía lograr completamente, debido a la vulnerabilidad de muchos de los bancos y el marco regulatorio en vigor de ese tiempo.

5. Banco de México

El Banco de México ha limitado su papel en la supervisión y control del fideicomiso del Fobaproa, fuera de la dirección del Fobaproa a su participación en el comité técnico. Como se menciona anteriormente, todos los asuntos operacionales y estratégicos relacionados al fideicomiso y sus operaciones fueron la responsabilidad del comité técnico y se han evaluado en otra sección de este reporte. Por lo tanto, la evaluación del Banco de México se enfocó en su relación con el comité técnico.

El gobernador del Banco de México y dos gobernadores diputados son miembros del comité técnico. Además, existen lazos de información muy estrechos entre la CNBV y la dirección del Fobaproa. En consecuencia, el Banco de México tuvo a sus más altos funcionarios suficientemente informados para llevar a cabo sus funciones en el comité técnico. Para fomentar su responsabilidad los representes del Banco de México en el comité técnico reportaban a la junta de gobernadores del Banco de México con respecto a los asuntos tratados por el comité técnico. Más aún, el Banco de México en su responsabilidad para informar al Congreso y al Ejecutivo Federal, periódicamente entre 1995 y 1998 les entregó reportes con relación al Fobaproa. De esta forma, el Banco de México ha cumplido con sus obligaciones de supervisión sobre el Fobaproa.

Además de su papel en el comité técnico, el Banco de México es el fiduciario del fideicomiso al Fobaproa y supervisar la dirección del Fobaproa dentro del Banco de México. Considerando las responsabilidades antes mencionadas el Banco de México debió haber entregado y responder antes a la aparente falta de recursos en la dirección del Fobaproa. El Banco de México tomó ciertas acciones durante 1995-1996 para pedir recursos de la CNBV y los bancos intervenidos; sin embargo, éstas acciones no fueron suficientes dada la magnitud del problema. Las acciones que el comité técnico tomó a éste respecto durante y después de 1996, se discuten en nuestro análisis del comité técnico más adelante en este informe.

La participación del Banco de México en acciones específicas y decisiones del Fobaproa se ha evaluado dentro del contexto de la dirección del Fobaproa y las secciones del comité técnico de este informe.

6. Fobaproa

En una publicación oficial de Gobierno, las autoridades financieras reconfirman anualmente que los ahorradores estarán protegidos y que ningún banco dejará de cumplir con sus pasivos. La institución de seguro para los depositantes Fobaproa fue escogida como el vehículo para respaldar a los bancos.

Una evaluación del Fobaproa incluye las evaluaciones del Banco de México, que actúa como fiduciario a través de su propia dirección del Fobaproa del comité técnico, que toma las decisiones del fideicomiso. Nuestro análisis cubrió diferentes periodos; el periodo anterior a la crisis del peso, el periodo desde la crisis del peso hasta abril de 1997 y el periodo desde abril de 1997 hasta la fecha de este informe. La estructura organizacional y los recursos disponibles para la dirección del Fobaproa, del Banco de México sufrieron cambios importantes que culminaron en 1997 con la llegada de un nuevo equipo de administración. Estos sucesos deben considerase en la evaluación general del cumplimiento con los objetivos del fideicomiso del Fobaproa.

El mandato general del fideicomiso del Fobaproa siempre fue el proteger a los ahorradores y mejorar las operaciones del sistema financiero89. En mayo de 1996 las modificaciones al contrato del fideicomiso del Fobaproa especificaron con más detalle las operaciones que el Fobaproa estaba autorizando a realizar, formalizando lo que el fideicomiso del Fobaproa estaba ya realizando en la práctica90. En octubre de 1996, como parte de su plan estratégico, este mandato fue ampliado para incluir objetivos adicionales que involucraban la administración y recuperación de los activos del fideicomiso Fobaproa, para coincidir con la expansión plateada del Fobaproa, los recursos de la dirección, para solucionar las preocupaciones de la habilidad de los fideicomisos del Fobaproa para cumplir sus objetivos.91

Historia

Antes de la crisis del peso (y de las intervenciones de Banca Cremi y Banca Unión), la dirección del Banco de México responsable del Fobaproa no condujo ninguna operación, excepto el registro contable de las contribuciones de seguros de los bancos por concepto de seguros. En el otoño de 1994, justo antes de la crisis, dos bancos fueron intervenidos, Banca Cremi y Banca Unión y el apoyo requerido para aumentar la confianza de los depositantes en el sistema bancario fue utilizado por primera vez. Desde el inicio de la crisis del peso, quedó muy en claro que el Fobaproa no podía enfrentar la crisis ni financiera y ni operativamente. Esa tarea fue emprendida por las autoridades financieras, la CNBV, la SHCP y el Banco de México, cada uno de los cuales estaba representado en el comité técnico del Fobaproa.
Operaciones del comité técnico

Durante el periodo de finales de 1994 a abril de 1997, varios asuntos urgentes que involucraban diferentes aspectos de la supervivencia bancaria y de la implementación de programas bancarios eran manejados y discutidos por el comité técnico. Se consideraba que el comité técnico tenía la participación y recibía la opinión de las autoridades financieras relevantes (cuatro representantes de la SHCP, tres del Banco de México y dos de la CNBV) de tal forma que cualquier problema importante o cuestión era discutido con la debida profundidad y la información adecuada. A su vez, instrucciones de apoyo financiero al fideicomiso del Fobaproa eran proporcionadas por el comité técnico. El comité técnico tenía la autoridad y el poder para la toma de decisiones, que ejerció, apoyándose en información que le proporcionaban las autoridades financieras. Las decisiones tomadas por el comité técnico incluyeron la aprobación de:

-Cambios en la estructura organizacional y en las responsabilidades del Fobaproa;

-Determinaciones y mejoras a las reglas de los programas bancarios;

-Determinaciones y mejoras a las operaciones de apoyo individual de los bancos;

-Apoyo requerido para la asistencia financiera del fideicomiso del Fobaproa;

-Acuerdos de venta de bancos y sucursales y

-La creación y determinación de la competencia de los subcomités.

Cualquier acción tomada por la dirección del Fobaproa tenía que ser aprobada por el comité técnico. Además, la dirección del Fobaproa debía seguir instrucciones sobre cualquier decisión tomada por el comité técnico.

La CNBV era el miembro más influyente del comité técnico. La influencia de la CNBV se origina de su mandato, ya que es la única agencia con acceso completo a toda información bancaria y es la más preparada, debido a sus mejoras técnicas recientes.

Pareciera que los recursos disponibles para el mantenimiento y administración de los programas bancarios mostradas en las minutas del comité técnico fueron extendidos durante 1996. El reconocimiento de los recursos requeridos fue finalmente presentado al comité técnico en octubre de 1996 y se implementó durante abril de 1997. Esta limitación de recursos ocasionó retrasos y dificultades en el cierre y ejecución de varios convenios de compra de cartera crediticia, entre otras razones. El Banco de México debió reconocer con mayor anticipación dichas limitaciones.

En general, el comité técnico del fideicomiso del Fobaproa parece operado siguiendo el proceso debido.

Mientras que la expansión y la reestructura la dirección del Fobaproa y la instalación de la nueva administración apresuró el cambio en las operaciones de esta dirección muchas decisiones y cursos de acciones ya habían sido tomadas. Esto limitó las opciones del Fobaproa, y éste tuvo que tratar de implementar efectivamente las decisiones e instrucciones tomadas previamente por el comité técnico. Un ejemplo de esto, fueron los convenios de compra de cartera crediticia, los cuales se habían establecido durante el periodo de 1995 a 1997, pero que finalmente no se concretaron. La administración se enfocó en primera instancia a cerrar y concretar dichos acuerdos, que llevaron años de negociación, de ejecución, de análisis y auditorías.

El monitoreo de la cartera de créditos se inició en 1998, después de que los sistemas de información fueron actualizados hasta un nivel confiable. El subcomité de recuperación se formó oficialmente para diseñar la metodología y uniformar los criterios de reestructuración. Los funcionarios del Fobaproa jugaron un papel importante en el análisis y presentación de opciones ante este comité. Adicionalmente, se inició un programa de administración de la cartera crediticia dirigida por una compañía independiente, el cual al completarse produjo una recuperación mayor en comparación con la obtenida anteriormente. En 1997 se realizó una auditoría efectuada por una firma externa, se formalizaron las políticas contables y se corrigieron los procedimientos de administración y de registro.

Recuperación de activos

Se ha observado que el Fobaproa no cuenta con una estrategia formal para la venta de los activos de los bancos intervenidos. Todas las partes coinciden en que el establecimiento de una estrategia reduciría los costos.

En abril de 1996, el Fobaproa realizó un esfuerzo importante para definir una estrategia de venta de activos, cuando constituyó la sociedad denominada Valuación y Venta de Activos ("VVA"). La VVA se creó para diseñar, negociar e implementar los mecanismos de venta y de transferencia de los derechos de propiedad de los bienes. Desafortunadamente, estas intenciones nunca se concretaron.

La VVA enfrentó dos problemas fundamentales, el primero relativo al pago de impuestos por enajenación de los bienes que debía absorber, con el consecuente incremento de los costos, sin generar ningún beneficio, el segundo generado por la propiedad de los derechos sobre los créditos que fue conservada por los bancos, ya que el Fobaproa adquirió únicamente los flujos de efectivo. En consecuencia la VVA no pudo negociar en forma directa las carteras de crédito en las que el Fobaproa tuvo un particular interés. Debido a estos obstáculos la VVA no tuvo éxito. Es importante señalar que se debieron identificar los obstáculos antes de la constitución de VVA.

Posteriormente, se formó con el mismo propósito el subcomité de recuperación del Fobaproa, para maximizar la recuperación de los créditos mayores a $50 millones MN. Esto se realizó a través de la presentación de políticas y recomendaciones para mejorar la cobranza. En apariencia las recomendaciones relativas a la reestructuración de créditos, propuestas por el subcomité, fueron adecuadamente reflexionadas por el comité central de crédito para su aceptación. Las sugerencias relativas a las auditorías de la capacidad y estructura administrativa de los bancos, problemas de recursos y de las deficiencias en sus sistemas de información no se acataron, ya que no hubo un seguimiento de forma oportuna.

Hasta la actualidad no existe una estrategia de venta de activos definida. Los activos de los bancos intervenidos están bajo la administración de los interventores, quienes reportan a la CNBV. Los recursos generados por la venta de dichos activos serán entregados al Fobaproa. Con el propósito de maximizar las ventas, la CNBV debe establecer un mecanismo para la consolidación de los activos de los bancos intervenidos con los activos que actualmente

                                                                                                545,546 y 547

son propiedad del Fobaproa, para diseñar una estrategia de venta conjunta. Dicha estrategia debe ser implementada por un asesor que esté orientado a la maximización de las recupera
ciones y que deben ser medidas sobre bases de valor presente.

Si se utilizara una compañía de administración de activos como un recurso mejorarían los resultados. Esto resultaría en que los activos estuvieran bajo el control de individuos con conocimientos sobre realización en lugar de bajo el control de administradores. A pesar de que estos espacios no se tomaron en el pasado, se deben realizar ahora para mejorar las recuperaciones futuras.

Responsabilidad del Fobaproa

Durante gran parte del periodo de 1994 a 1997, la única responsabilidad de reportar información sobre los presupuestos del Fobaproa, su posición financiera y sus resultados fue para con el comité técnico.

Durante 1997, poco tiempo después de la designación de la nueva administración, se tomó la decisión de realizar una auditoría al Fobaproa por primera vez. Este primer paso en el proceso incluyó una revisión de las operaciones del fideicomiso y de los criterios contables aplicados. Los auditores identificaron algunos temas, que fueron presentados a la dirección del Fobaproa en el segundo semestre de 1997, que se indican a continuación.

En algunos casos, la información financiera utilizada para preparar los estados financieros del Fobaproa estaba incompleta. Los bancos no habían revisado el valor de los créditos dentro de sus fideicomisos, a pesar de que se requería que lo hicieran trimestralmente. En algunos casos, los bancos no pusieron suficiente atención a los fideicomisos. En el segundo semestre de 1997, los bancos fueron instruidos por la CNBV para que eliminaran los créditos vendidos a los fideicomisos y los registraran nuevamente en sus estados financieros, para reflejar correctamente la naturaleza de la operación de venta de los flujos de efectivo. Sin embargo, no fue hasta febrero de 1998 cuando los bancos recibieron más instrucciones acerca de la forma de crear las reservas de los créditos y de cómo realizar el cálculo de la compartición de pérdidas. En consecuencia, los bancos no crearon reservas para dichos créditos y tampoco consideraron la compartición de pérdidas al 31 de diciembre de 1997, sin embargo se establecieron políticas en febrero y marzo de 1998. La razón que se proporcionó para solicitar la devolución de la cartera crediticia a los estados financieros de los bancos y para la creación de provisiones para la participación en pérdidas fue la intención de incrementar los incentivos para optimizar la administración de la cartera.

Algunos bancos no han proporcionado al Fobaproa la información financiera básica de forma consistente. No pudimos obtener en todos los casos los estados financieros auditados de las instituciones en las que el Fobaproa fue accionista.

Políticas contables inapropiadas

Contablemente los créditos eran valuados al costo, añadiendo a la cantidad de capital los intereses capitalizados. Dichos créditos no fueron clasificados de acuerdo a la institución de crédito de las cuales provinieron, controladas y no controladas, esto no debió haber sucedido. Se debieron crear provisiones para cuentas incobrables en la correspondiente cuenta contable complementaria. Esto no es consistente con las políticas de valuación actuales en México, a pesar de que puede ser consistente con las políticas de valuación estándares de otros países.

Comunicación insuficiente

El nivel de comunicación entre el departamento contable y legal del Fobaproa fue insuficiente. Esto fue muy evidente debido a que el departamento contable desconocía cierta información y a los retrasos para la ejecución de los acuerdos por parte del departamento legal y el registro contable de dichos acuerdos.

Mientras que el Fobaproa y la CNBV trabajaban juntos y compartían información diariamente de forma informal, hubo un nivel de comunicación insuficiente algunas veces entre la CNBV y la dirección del Fobaproa. Esto lo evidencia la información que llegara a tener la CNBV, importante la del fideicomiso del Fobaproa y que no fue compartida. (por ejemplo. La venta de activos embargados aprobada por la CNBV, que no era comunicada oportunamente al Fobaproa). Eso también resultó en que las transacciones no eran registradas o faltaban.

Información insuficiente

Hubo un nivel de información insuficiente relacionado con los activos adjudicados. En algunos casos, la venta de activos adjudicados se registraba por los bancos como una transferencia en 1996, cuando, de acuerdo con una circular emitida por la CNBV, el Fobaproa registró estas operaciones en diciembre de 1997 cuando la transacción era formalizada. El impacto de esta anomalía no se ha determinado y parece sólo afectar el registro de activos y pasivos. Después de cinco años, cualquier activo adjudicado remanente debe revertirse de nuevo a los bancos sin ningún costo para el Fobaproa.

Hasta abril de 1997 la dirección del Fobaproa no parecía tener suficiente información para establecer las reservas adecuadas para sus créditos y la información financiera utilizada por la dirección del Fobaproa para reparar sus estados financieros en algunos casos no estaba auditada. Esto fue corregido para poder finalizar los estados financieros auditados del Fobaproa a 1997.

Como resultado de la auditoría, se realizaron ajustes significativos a los activos, así como a otras partidas. Debido a su complejidad, y a los problemas que involucraron la auditoría del fideicomiso en la primera vez, la auditoría no fue terminada sino hasta julio de 1998. Durante julio de 1998 los estados financieros auditados fueron presentados ante el comité técnico, junto con un reporte formal de la gerencia sobre las operaciones (preparado por primera vez.)

Una cuestión que no fue tratada por los auditores externos fue la inclusión de pasivos contingentes en el balance y los costos para el fideicomiso del Fobaproa. Esta cuestión surgió porque ciertos bancos (por ejemplo Bancrecer, Promex, Atlántico) no pertenecen ni eran apoyados financieramente por el fideicomiso, sin embargo, el Fobaproa tarde o temprano les otorgó apoyo financiero. Sin embargo, debido a que no hay un acuerdo real, o un compromiso establecido con el fideicomiso, no se ha hecho ningún registro contable para estos pasivos por parte de la dirección del Fobaproa en los estados financieros del fideicomiso, a pesar de que una estimación de estos pasivos ha sido incluida en el reporte del Fobaproa presentado ante el Congreso. Esta parece ser una omisión de información financiera relevante al estado financiero del fideicomiso que debe ser rectificada.

Conclusiones de los reportes y
responsabilidad del Fobaproa


Antes y durante 1997, no existía un estado financiero que presentara exacta y apropiadamente la posición financiera del fideicomiso. Los problemas que encontraron los auditores externos subrayan este hecho. Además, los problemas de comunicación internos crearon situaciones en las que la información era emitida en los registros financieros. Mientras que ninguno de dichos casos es considerado como intencional, y la mayor parte de las correcciones y la implementación de las nuevas políticas contables ocurrieron antes de diciembre 31 de 1997, hasta este momento el comité técnico y, por lo tanto las autoridades financieras no requirieron la producción de información financiera relevante relativa a la situación financiera del fideicomiso. Además, los resultados financieros no se presentaron ante el comité técnico sino hasta julio de 1998. El retraso se debe a que no tenía disponible la información financiera de los bancos intervenidos ni de los fideicomisos para preparar los resultados de Fobaproa. La falta de una presentación oportuna de los resultados auditados se ha repetido en el ejercicio de 1998, ya que al 1o. de junio de 1999 los resultados auditados no han sido presentados al comité técnico. La coordinación con el nuevo esquema del IPAB y la pendiente liquidación del Fobaproa han contribuido a este retraso.

A partir de la falta de puntualidad en la presentación del informe, también existe el problema de incluir los pasivos contingentes en las cuentas del fideicomiso del Fobaproa. Los estados financieros del Fobaproa para 1997 se prepararon excluyendo los pasivos contingentes. Para asegurar que los informes sean completos y exactos, dichos informes futuros deberán presentar la información de los pasivos contingentes. El informe que fue enviado al Congreso en febrero de 1998 y posteriores, sí incluye los pasivos contingentes.

La reestructura de la dirección del Fobaproa en 1997 en el Banco de México parece haber resultado en varios desarrollos importantes. Además de iniciar la auditoría y de aceptar los problemas y las recomendaciones hechas por los auditores externos, la cartera crediticia comenzó a ser monitoreada, se empezaron a resolver los problemas de comunicación, las
deficiencias de información fueron corregidas y en general la calidad y la exactitud de la información financiera mejoró.

Evaluación del fideicomiso Fobaproa
y de la dirección del Fobaproa


Cuando las operaciones y actividades tanto del fideicomiso Fobaproa como las de su dirección sean evaluadas en el marco regulatorio dentro del cual operaron, hay pocas críticas que se pueden hacer de, ya sea las actividades de la dirección o del fideicomiso en cuanto a los recursos disponibles. Gran parte de las críticas se originan de la debilidad del sistema regulatorio en sí mismo. Por ejemplo, los mandatos que establecían el seguro depositante y proteger el bienestar del sistema financiero fueron rebasados y no fueron suficientes los recursos para alcanzar este mandato. El fideicomiso Fobaproa se estableció para proteger a los depositantes en situaciones en las que las instituciones fueran afectadas. La decisión de utilizar al fideicomiso Fobaproa como un vehículo para apoyar a las instituciones financieras y prevenir desastres bancarios y financieros no siguió una decisión conveniente de redefinir el mandato del fideicomiso Fobaproa y otorgarle los recursos necesarios para semejante labor.

Conclusión

En general, la evaluación del fideicomiso Fobaproa y las actividades de la dirección del Fobaproa aparentan ser apropiadas en general en lo concerniente al marco regulatorio existente. Sin embargo, las actividades emprendidas fueron insuficientes para la magnitud de la crisis debido a los recursos disponibles y asignados a la dirección por parte del comité técnico. Esta situación no fue remediada sino hasta abril de 1997. La dirección del Fobaproa operó como un vehículo para llevar a cabo las decisiones del comité técnico y no tuvo suficiente autoridad legal para poder cumplir con su propio mandato.

7. Programas de apoyo del Gobierno

Programas bancarios


Esta sección del informe presenta nuestro análisis y evaluación de los programas bancarios descritos en la sección IV.5.2 de este informe.

Existieron cuatro programas bancarios que fueron introducidos en respuesta a la crisis del peso para poder proporcionar apoyo a los bancos. Estos programas se diseñaron para alcanzar los objetivos específicos (y en cierta medida tuvieron éxito), pero los problemas fundamentales que enfrentaban los bancos no se resolvieron eficientemente.

El problema fue una falta de capitalización sistemática. Este problema ya era evidente al momento de la privatización y no fue tratado para finales de 1994. De los problemas bancarios que se discuten a continuación, sólo uno de los cuatro se dirigió específicamente a aumentar el capital bancario y tuvo un éxito limitado. El efecto neto es que a pesar de que los programas bancarios fueron implementados, la falta de capital en el sistema bancario sigue siendo un problema fundamental.

Los siguientes programas bancarios fueron evaluados:

-Programa de ventanilla de liquidez en dólares;

-Procapte;

-Programa de capitalización y de compra de la cartera crediticia del banco y

-Los programas de intervención y saneamiento.

-Los programas fueron evaluados utilizando los siguientes criterios:

* Diseño. Evaluar el grado en el cual el diseño del programa permitió su éxito;

* Cumplimiento. Evaluación de las actividades de las partes involucradas en contraste con las reglas y directrices establecidas;

* Supervisión. Evaluación de la supervisión del programa en contraste con las reglas y directrices establecidos e

* Impacto. Valuación del impacto de los programas en comparación con sus objetivos.

Mientras que este informe ha intentado evaluar los programas en contraste con los criterios

                                                                                        548,549 y 550

arriba descritos, es importante destacar que el éxito final de los programas frecuentemente dependía de otros factores. Este informe discutirá dichos factores cuando sea necesario.

Evaluación del diseño de los programas
bancarios

Programa de liquidez en dólares

Este programa tuvo un objetivo específico bien definido: el suministro de créditos denominados en moneda extranjera para pagar las obligaciones denominadas en moneda extranjera a corto plazo, a los bancos que no podían asegurar estos fondos de acreedores internacionales. El plan fue estructurado para cumplir con las necesidades de liquidez a corto plazo (siete días) y luego se expandió para enfrentar las necesidades mensuales (veintiocho días). La tasa de interés (por ejemplo el costo de los fondos) se estableció para que los pagos rápidos disminuyeran el costo para los bancos. Tanto las autoridades financieras como los bancos veían a este programa bien diseñado para cubrir sus objetivos.

La única regla de cumplimiento era que los bancos debían pagar los créditos. Esto lo hicieron todos los bancos.

La CNBV ha indicado que no realizó supervisión de este programa, pero que todas las cantidades fueron pagadas. Debido a los altos costos de estos créditos, la CNBV no vio la necesidad de revisar el uso de dichos fondos porque parecía que no había un incentivo para la administración de los bancos para pedir estos préstamos para otros propósitos. A pesar de esto, en una ocasión, a Banco Industrial se le negaron créditos bajo este programa y que el banco no debería tener ningún crédito denominado en dólares. La conclusión de la CNBV de que no se requería supervisión es inconsistente con el hecho que dos bancos han sido intervenidos recientemente y que existiera el conocimiento de que algunos bancos eran administrados por banqueros sin experiencia y algunos de los cuales habían emprendido prácticas bancarias imprudentes.

El objetivo del programa de ventanilla de liquidez en dólares era asegurar que los bancos mexicanos cumplieran con sus obligaciones en moneda extranjera a través de un financiamiento a corto plazo para evitar una crisis sistemática. El programa parece haber tenido éxito debido a lo siguiente:

* Los bancos pudieron regresar a los mercados financieros extranjeros y continuar pidiendo dinero en moneda extranjera para el verano de 1995 y

* Para diciembre de 1995, los bancos eran capaces de tener financiamiento a tasas similares a aquállos disponibles antes de la crisis del peso (diciembre de 1994).

Evaluación general

El marco del programa de ventanilla de liquidez era claro, con objetivos bien definidos y específicos dirigidos hacia la falta de fondos en moneda extranjera disponibles para cumplir con las obligaciones inmediatas y a corto plazo. En esencia, los bancos cumplieron con el programa. El proceso de supervisión fue ignorado para el programa de ventanilla de liquidez en dólares, éste fue efectivo dentro del contexto de sus definidos y limitado objetivos.

Procapte

Este programa temporal se estableció en febrero de 1995 para permitir a las instituciones participantes ganar tiempo en alcanzar los niveles suficientes de capitalización. En ese tiempo, el Procapte fue el único programa disponible para ayudar a la mejora de la capitalización; la mayor parte de los bancos lo necesitaron debido a que no podían cumplir con los requisitos de capitalización establecidos. Sin embargo, el programa fue diseñado con el estrecho objetivo de ser un vehículo de capitalización temporal el cual mandaría un claro mensaje a los mercados financieros que el gobierno apoyaría al sistema bancario. No fue diseñado para proporcionar capital nuevo y permanente por sí mismo, como fue en el caso del programa de capitalización de compra de cartera y el programa de intervención y saneamiento. En general, el diseño del programa cumple sus objetivos. Sin embargo, en el caso de Serfin la cantidad del Procapte fue convertida a capital permanente y posteriormente fue castigada.

Los bancos involucrados con el Procapte cumplieron con los requisitos de que tienen prohibido tomar deudas adicionales a plazo, emitir dividendos o emitir obligaciones subordinadas convertibles obligatoriamente, para salir del programa, los bancos tenían que inyectar nuevo capital. Algunos bancos lograron cumplir lo establecido bajo el Programa de Capitalización y de Compra de Cartera Bancaria, mientras   que los bancos que no tuvieron éxito fueron tomados por la dirección del Fobaproa y en algunos casos intervenidos por la CNBV.

No se identificaron problemas de supervisión. El principal aspecto de la supervisión en este programa fue el monitoreo y la facilitación de inyección de capital adicional. En por lo menos un caso (obrero), la participación en este programa fue negada puesto que era claro que los accionistas no podían inyectar capital adicional.

Mientras que estos programas mandaron un mensaje claro que el Gobierno estaba listo para apoyar al sistema bancario como un todo, el mercado no pareció percibir que la participación de bancos individuales en el Procapte fuera una medida positiva. El mercado consideró que esta participación era una señal de debilidad o era un preludio de intervención. Esta percepción causó que algunos bancos evitaron la participación en el programa por completo y que otros bancos terminaran su participación en el programa en un periodo más corto de lo esperado.

Debido a esta percepción negativa del público en cuanto a la participación en el Procapte, los bancos intentaron evitar la participación incrementando el capital por sí mismo. Sin embargo, muchos bancos no pudieron elevar el capital en este periodo. Como resultado se requirieron medidas adicionales a el Procapte.

Conclusión

El Procapte fue diseñado para proporcionar un alivio temporal al sistema bancario, no ofrecido en sí mismo una solución en término de proporcionar nuevo capital adicional. Mientras que el capital temporal no podía ser utilizado por los bancos puesto que los recursos procedentes de las obligaciones subordinadas debían ser depositadas en el Banco de México, dicho capital podía ser utilizado para absorber pérdidas (si así se requería), lo cual se consideraba importante en demostrar, especialmente a los extranjeros, que el Gobierno no retiraría su apoyo a los bancos. Los bancos cumplieron en esencia con el programa y la supervisión del programa fue adecuado. En general parece ser que el Procapte fue relativamente efectivo, si se compara con sus objetivos claramente definidos de mandar un mensaje claro al mercado de que el Gobierno respaldaría a los bancos.

Programa de capitalización y compra de cartera de los bancos

Este fue el primer programa que se diseñó para proporcionar a los bancos beneficios de capitalización prudentes. Sin embargo, las autoridades financieras no anticiparon completa mente la severidad de los problemas ni la duración de la crisis y la complejidad concerniente a la implementación de este programa. Como resultado, las autoridades se vieron forzadas a cambiar ciertos parámetros durante su implementación.

-Los problemas observados fueron los siguientes:

-Inicialmente los bancos no pudieron en algunas ocasiones cumplir con los requerimientos de información, ya que los sistemas de información de los bancos no podían proporcionar alguna información relevante;

-El marco del programa estipulaba que auditores externos, el Fobaproa y la CNBV tenían 90 días para volver y aceptar los créditos. Esto fue algo no realista debido al gran número de créditos en las carteras comparadas.

-Debido a los problemas arriba mencionados la finalización de la compra inicial de carteras tomó dos años. Puesto que la recuperación económica y del sistema bancario fue más lento de lo que se esperaba, el comité técnico del Fobaproa decidió modificar los lineamientos del programa que excluían ciertos tipos de créditos de las compras de cartera (por ejemplo los créditos: tipo "E" y los créditos a partes relacionadas.)

La decisión de modificar los criterios de restricción de créditos y ajustar el programa a términos más realistas para algunos de los bancos fue la respuesta de autoridades financieras al hecho de que el programa no fue instrumentado de manera eficiente y a que éste no solucionó el problema fundamental. La alternativa fue no negociar los convenios con los bancos, con el riesgo de que algunos bancos quebraran y de que la crisis empeorara, sin embargo, al final algunos nueve de los 13 programas puestos en marcha fueron reservados subsecuentemente.

La inclusión de créditos con partes relacionadas (Banamex, Atlántico, Promex, Bancomer) pudo haber creado una percepción de que aquellos deudores recibieron trato preferencial. La CNBV, la dirección del Fobaproa nos han dicho que ningún crédito de accionistas mayoritarios ha sido aceptado en la compra de cartera.

El programa de capitalización y compra de cartera de los bancos (PCCC) originalmente fue diseñado con criterios estandarizados de compra de cartera con el objetivo de comprar créditos a precios basados en criterios establecidos por la CNBV para la valuación de créditos con una evaluación del nivel de reservas apropiado (o valor de realización). Después de realizar la auditorías de las reservas requeridas, el comité técnico del Fobaproa decide modificar los criterios de aceptación de créditos. Esto redujo los aumentos requeridos en las reservas faltantes.92 Sin embargo, estas reservas no fueron inferiores a aquellas establecidas por los auditores externos. A cambio de convenir en reservas menores, acuerdos de participación en pérdidas, acuerdos de incentivos y valores bursátiles adicionales fueron negociados con los bancos. En vez de renegociar las compras de cartera con estos últimos acuerdos, el comité técnico aprobó los convenios con los créditos que los bancos habían armado inicialmente, pero se requirió que los bancos relevaran aquellos préstamos excluidos bajo las reglas originales.93

Los requerimientos para auditorías, revisiones por varios terceros y agencias y los términos negociados resultantes de los acuerdos hicieron que el cumplimiento con el límite de 30 días fuera impráctico (de la formalización de las operaciones) para la revisión por un auditor externo independiente y 60 días después para la revisión y aprobación de la CNBV. La ampliación de este plazo (hasta dos años) que se tardaron en finalizar los convenios, pudieron haber contribuido al deterioro en la calidad de los créditos de los bancos contenidos en los fideicomisos de la cartera de crédito.

Además, los requerimientos de inyección de capital no siempre se cumplieron en su totalidad, puesto que los accionistas no podían obtener los fondos para su inyección (o no de acuerdo con la fecha límite establecida) o las fuentes no eran aceptables de acuerdo con las reglas del programa.

Doce bancos participaron en el programa PCCC. La segunda vuelta de convenios de compra de cartera fue más consistente en lo que se refiere al porcentaje de participación en pérdidas, puesto que no existieron acuerdos de incentivos y las reservas se establecieron de acuerdo a lo determinado por los auditores externos y los bancos no tenían la habilidad para negociar estos acuerdos.

En general, se encontró que los bancos cumplieron con los compromisos de capitalización de acuerdo con el capital requerido legalmente tal y como se estableció en sus convenios. En aquellos casos en los que los compromisos no se cumplieron se otorgaron extensiones o en los casos de omisiones pequeñas, éstas se pasaron por alto tomando como base las condiciones del mercado de casos individuales. En casos en el que el programa de capitalización no se cumplió sustancialmente, los bancos fueron sujetos de intervención y del programa de saneamiento. Los créditos a ser excluidos o rebelados (bajo la primera vuelta de acuerdos) fueron excluidos o rebelados correctamente y en general, únicamente pequeñas diferencias en la determinación de las reservas fueron encontradas.

Los requerimientos de información para dar seguimiento y registrar los créditos incluidos en los convenios resultantes no estaban alineados con las capacidades de los sistemas de información existentes en los bancos. Esto hizo muy difícil inicialmente para algunos de los bancos poder cumplir con este aspecto de los convenios. En muchos casos, las auditorías de los fideicomisos de los bancos que contenían estos préstamos identificaron deficiencias en la administración de estos préstamos por parte de los bancos, incluyendo falta de precisión en los flujos de efectivo, una asignación de reservas inadecuada, información incompleta en lo que se refiere a bienes adjudicados y embargados. Parece ser que los bancos que permanecieron en los convenios de compra de cartera de préstamo han solucionado sus problemas de sus sistemas de información, ya que a estas fechas todos ellos están entregando reportes, proyecciones y resultados contra el plan de una manera oportuna a la dirección del Fobaproa.

                                                                                          551, 552 y 553

Los extensos retrasos experimentados en concretar los convenios (medido en años) también violaba a los términos originales. Sin embargo, la principal razón era que el marco del tiempo era demasiado corto y alejado de la realidad, en vez de las acciones por las partes relevantes.

Por lo general, los bancos cumplieron con los términos de los convenios en los que suscribieron. Sin embargo, esto sucedió hasta después de que los términos de los convenios habían sido cambiados y que los cambios habían sido aprobados por el comité técnico. Por lo general, sólo en algunas excepciones donde los compromisos de inyectar nuevo capital no se cumplieron en la fecha límite establecida, los convenios fueron cancelados y reservados. Los bancos tuvieron problemas para cumplir con los requerimientos de información de los acuerdos inicialmente, pero aparentemente se ocuparon de resolver este problema.

Durante el periodo de 1995 a 1996, cuando los convenios entraron en efecto por primera vez, la dirección del Fobaproa se enfocó en su mayoría a la auditoría de las carteras de crédito, que directamente involucraba una revisión de ciertos créditos.

Subsecuentemente, en donde se terminaron insuficiencias de la reserva, el personal del Fobaproa supervisó sustitución de ciertos préstamos y negoció, la participación en pérdidas o planes de incentivos. Durante esta época, la supervisión de recuperaciones de créditos bajo el programa del Fobaproa no pudo ponerse en efecto ya que estas compras no se finalizaron sino hasta mucho después, a mediados de 1997.

Los bancos tenían que rediseñar sus sistemas y crear un área de control y monitoreo específicamente para los préstamos del Fobaproa. Esto impidió al Fobaproa monitorear los créditos hasta principios de 1998, e incluso tiempo después para ciertos bancos. Este problema se volvió crítico cuando la información detallada era requerida para vender los activos.

Los acuerdos del PCCC contemplan requerimientos de información que incluyen un reporte escrito para el comité técnico en la administración del capital del fideicomiso sobre una base mensual, bimensual y trimestral. Sin embargo, muchos de estos reportes no estuvieron disponibles sino hasta que los convenios se cerraron en 1997. La formalización del monitoreo del Fobaproa de préstamos incluidos en el fideicomiso no comenzó si no hasta principios de 1998, aunque mucha de la información fue solicitada a los bancos a finales de la segunda mitad de 1997. Desde ese momento, la frecuencia, oportunidad y calidad de la información recibida por el Fobaproa y su uso han mejorado de manera considerable.

Por ejemplo, varias auditorías se llevaron a acabo en el periodo de 1997 a 1998:

-Auditoría de la cartera comprada en cada banco;

-Auditoría de la cuenta concentradora de cheques y

-Auditorías de los préstamos hipotecarios.

El impacto del programa del PCCC fue que el capital fue incrementando (ya que se requirió la inyección de nuevo capital). El requerimiento de que el capital fuera inyectado de varias fuentes promovió a la inversión extranjera. Los requerimientos de información para el monitoreo y la cobranza de los créditos malos forzaron la mejoría en calidad de los sistemas de información de los bancos. Los requerimientos para administrar y cobrar los créditos malos forzó a los bancos a enfocarse en actividades de cobranza y negociaciones para hacer reestructuraciones. La auditoría y revisión de créditos permitió un mayor conocimiento de la magnitud del problema de los créditos malos y forzó a los bancos a extraer, documentar e incluir toda la información relevante relacionada con la situación financiera del deudor. Sin embargo, los convenios iniciales no fueron suficientes, ya que casi todos los bancos pactaron un segundo o tercer contrato de compra de cartera. En muchos casos, la CNBV exigió o alentó a los bancos a seguir involucrados en el programa para inyectar al capital adicional (por ejemplo Bital, Serfin.)

Conclusión

Mientras que el PCCC fue diseñado para proporcionar incentivos para incrementar el capital en los bancos al mismo tiempo que les proporcionaba apoyo, no fue diseñado o inicialmente para una aplicación de esta magnitud, lo cual resultó en atrasos en su implementación. Los  bancos no fueron capaces de cumplir con el programa si no hasta que los términos fueron modificados para apoyarlos adecuadamente. Ciertos bancos no pudieron cumplir con los requerimientos administrativos de los convenios a pesar de que estos problemas parecían haber sido resueltos. El proceso de supervisión fue adecuado para el programa del PCCC. El PCCC parece haber tenido resultados distintos en varios bancos. Para cinco de los 12 bancos que participaron en este programa, el nivel adicional de capitalización fue suficiente, sin embargo, los siete bancos restantes continuaron necesitando o requiriendo reservas y capital adicionales, lo cual nos da como resultado que la efectividad de este programa fue limitada.

Intervención y programa de saneamiento

Los lineamientos de este programa se enfocaron en la capitalización y el saneamiento de los bancos. Por consecuencia, fue diseñado a la medida de cada banco de manera individual. Tomando en consideración la solución final del banco después de la capitalización hecha por la dirección del Fobaproa, existían tres alternativas para resolver el problema de insuficiencia de capital; los bancos se vendieron a accionistas extranjeros, los bancos se vendieron o se fusionaron con otro banco mexicano y en algunos bancos la red de sucursales fue vendida y actualmente el banco se está liquidando.

El cumplimiento no fue un problema en este programa, debido a que tenía que hacerse en forma individual para cada banco.

La supervisión de la intervención y el programa de saneamiento variaba de banco a banco. El análisis en este caso ha sido separado entre los bancos intervenidos y los bancos no intervenidos.

Bancos intervenidos

Para la evaluación de la supervisión de los bancos intervenidos ver la sección del reporte llamado "evaluación de la CNBV".

La dirección del Fobaproa tuvo una participación limitada únicamente al financiamiento de los bancos intervenidos y a participar en el subcomité de recuperación. Los monitoreos mensuales continuos de las recuperaciones parece residir con la CNBV.

Bancos no intervenidos

El enfoque de la CNBV para la supervisión de los bancos no intervenidos fue reconocer sus problemas y alentar a la administración del banco a considerar varias soluciones, incluyendo inyecciones de capital en vez de intervenirlos. En algunos casos, la CNBV y el Fobaproa fueron activos en impulsar soluciones a los problemas (por ejemplo Banorte compró Bancen y Bampais, Bancomer compró Promex, BBV compró Probursa, Santander compró Mexicano). En algunos de los casos a los bancos con problemas que no habían sido intervenidos se les permitió continuar operando. Algunos ejemplos son Atlántico y Promex donde la expansión de estos bancos a través de la compra de redes de sucursales de bancos en quiebra fue considerada como último recurso con el fin de fortalecer la situación financiera.

El impacto de intervención y el programa de saneamiento puede evaluarse únicamente en una base de banco por banco. En varios casos un banco con problemas fue vendido a un accionista extranjero o fue fusionado con otro banco mexicano. En aquellos casos en que los bancos no podían salvarse, la red de sucursales fue vendida a otro banco.

Algunas preocupaciones en lo que se refiere a la oportunidad de la resolución de los bancos con problemas se mencionan en la sección del reporte llamado "evaluación de la CNBV".

Conclusión

La intervención y el programa de saneamiento fueron ampliamente establecidos por lineamientos enfocados a la capitalización y saneamiento de los bancos. Por esa razón, cada caso estaba adaptado a las necesidades individuales de cada banco. Los programas por ende, tenían tal flexibilidad que no se puede afirmar la existencia de ningún marco real, a excepción de los lineamientos generales que siguieron las autoridades financieras (entre otras cosas minimizar el costo fiscal, evitar un riesgo sistémico, proteger a los ahorradores o a los depositantes y asegurar la continuidad del sistema de pagos.)

Debido a la falta de estructura y los problemas significativos encontrados en algunos de los

bancos con irregularidades, fraudes, préstamos con problemas etcétera, la efectividad de la intervención y el programa de saneamiento es difícil de evaluar (contra criterios consistentes) ya que la situación de cada banco fue diferente. Dado que muchas de las negociaciones han sido suspendidas debido al IPAB, el programa no se ha implementado de manera oportuna.

Evaluación general

El sistema bancario en general se ha mantenido en operación durante los últimos años después de la crisis del peso, a través de una serie de programas bancarios los cuales han diferido la solución del problema principal que es la falta de capital en el sistema.

Programa de apoyo a deudores

Durante el periodo de 1995 a 1998, se crearon varios programas para ayudar y alentar a los deudores a repagar sus créditos pendientes, lo cual a su vez ayudaría a los bancos a mejorar la calidad de su cartera y a mantener sus flujos de efectivo.

Marco de trabajo

Los mecanismos para los programas de apoyo a deudores se diseñaron con anterioridad a su implantación, en estos mecanismos, las autoridades financieras adoptaron un protocolo específico y la oportunidad aplicable a cada programa. Después de firmar el acuerdo, se emitieron las circulares que describían las reglas operativas que marcaban la instrumentación del programa. Sin embargo, debido a la compleja naturaleza de estos programas, los bancos requirieron de aclaraciones en ciertos puntos.

Un objetivo importante de los programas de apoyo a deudores era crear una cultura de repago entre los acreditados, la cual se había en su totalidad, como lo indicaban las altas tazas de morosidad a lo largo del periodo de los programas. Una de las razones fue que algunos deudores estaban conscientes de que los programas con mayores beneficios se ofrecerían en un periodo futuro de tiempo, lo cual los alentó a esperar para una mejor oferta, en vez de tomar ventaja de los beneficios primeramente ofrecidos. Este fenómeno fue más visible durante el periodo que comenzó con el anuncio de los nuevos programas y su instrumentación, cuando los deudores dejaron de pagar y por lo tanto provocaron que la morosidad incrementara.

El costo del apoyo ofrecido a los deudores lo compartían los bancos y el Gobierno Federal, el Gobierno pagó a los bancos su parte de apoyo vía el Banco de México (costo en Udis) y el Fobaproa (descuentos en intereses y pagos). El apoyo vía Banco de México se cubrió en forma de instrumentos del Gobierno, el plazo de éstos dependía del plazo del crédito reestructurado. El Fobaproa liquidó su participación en el apoyo al obtener una forma de créditos a cinco años, de los bancos. Algunos de los bancos expresaron preocupación acerca de la oportunidad con la que los pagos se efectuarían, en particular para los créditos a cinco años que estaban próximos a vencerse.

Supervisión

Inicialmente la supervisión de los programas de apoyo a deudores estaba comprometida por la manera en la que se recopilaron los datos. Los cálculos de apoyo del banco se enviaron por fax a la CNBV e ingresados en una aplicación de computadora para su análisis. Este proceso manual consumía mucho tiempo y tuvo como resultado que los bancos recibieran su soporte del Banco de México antes de que hubiera sido verificado. Hubo muy poco análisis de la efectividad del primer programa de apoyo a deudores debido a la falta o inconsistencia de los datos.

Los métodos para la transmisión de datos de los bancos a la CNBV mejoró considerablemente con la instrumentación del SAC, que fue desarrollado por la CNBV para este propósito. La información que soportaba los cálculos, se enviaron de manera electrónica de los bancos a la CNBV, haciendo este proceso más eficiente y permitiendo la corrección de errores de ingreso previo al análisis de la CNBV.

El análisis llevado a cabo en los cálculos de apoyo consistía en un análisis de variaciones que incluía la comparación de periodos previos

                                                                                              554,555 y 556



de información al periodo actual, comparando la información entre los bancos y de manera individual evaluando cada banco contra el sistema bancario en su conjunto. No se llevó a cabo un examen preliminar para verificar la   confiabilidad de dichos cálculos, aunque se utilizaron medios no estandarizados por parte de la CNBV para derivar cierta comodidad en la precisión de los datos. Parece que se debió a recursos inadecuados de la CNBV para completar dichas pruebas y sus recursos preocuparon con tareas que tomaban mucho tiempo para ingresar y sortear los datos, así como ayudar en el desarrollo de un nuevo sistema. Esto cambió en 1998 cuando los auditores externos de los bancos comenzaron a hacer pruebas de los créditos para verificar los cálculos, sin embargo, las auditorías especiales para asegurar el cumplimiento de los bancos de los programas de apoyo a deudores se iniciaron hasta finales de 1998, tres años después de la introducción de los programas de apoyo a deudores.

Cumplimiento

Los resultados de la revisión del despacho contratado y la supervisión de la CNBV, incluyendo la auditoría especial por parte de auditores externos, indicaron que, en general, el cumplimiento de los bancos con las reglas del programa de apoyo a deudores había sido aceptable. Se observaron diversas instancias importantes que incluían una gran infracción descubierta por la CNBV y una reportada por los despachos. Estas infracciones se remediaron posteriormente. La CNBV detectó infracciones menores y se le dio seguimiento con los bancos.

Impacto

Los programas de apoyo a deudores alentaron a casi un tercio de los deudores a liquidar su cartera y a muchos otros para pagar una parte de sus saldos pendientes, con esto, los programas ayudaron principalmente a los deudores pequeños, lo cual, era el objetivo principal. El índice de morosidad total se mantuvo estable como resultado de los incentivos ofrecidos por los programas, aunque dichos incentivos no eran suficientes para provocar una reducción importante en dicho índice.

Los programas pudieron haber beneficiado potencialmente a un porcentaje mayor de deudores con lo que hubieran tenido más éxito, pero las limitaciones externas a los programas y también aquellas inherentes al sistema financiero mexicano, tuvieron un impacto en la capacidad de los programas para lograr un mayor éxito. El riesgo moral se incrementó debido al periodo de vigencia de los programas. Debido a que muchos de los créditos estaban ya vencidos con anterioridad a la crisis; existía poca oportunidad de que los deudores pagaran. Los factores económicos, tales como, un mayor valor del crédito al de la garantía, desalentaron a los deudores para hacer pagos, mientras que la disminución de los salarios reales a efecto del poder adquisitivo de los deudores y por lo tanto su habilidad de dar servicio a la deuda.

La publicidad adversa contra los programas por parte de grupos de deudores desalentó a éstos para hacer sus pagos. Finalmente, el sistema legal dificultó que los bancos adjudicaran las garantías de los créditos, por lo que representaba un riesgo mínimo para los deudores el no cumplir con los pagos de sus créditos. Considerando los efectos perjudiciales de los factores antes mencionados, los programas de apoyo a deudores funcionaron bien para contener la proporción de créditos vencidos y evitar que la situación se empeorara. Sin embargo, si los salarios reales no se hubieran mantenido al ritmo de la inflación, hubiera ocurrido más quiebras, ya que la percepción del público era que los programas del gobierno estaban provocando que los pagos se incrementaran. Finalmente, el programa de Udis no se debe considerar como un éxito.

Programas individuales de apoyo
a deudores


Algunos programas fueron más exitosos que otros. El programa Finape alentó a un gran número de deudores a pagar totalmente sus créditos y a estabilizar la taza de morosidad de la cartera. A los deudores en este sector económico se les ofrecieron mayores descuentos comparados con los de otros sectores. Esto fue un beneficio para que aquéllos quienes sufrieron por factores, tales como las sequías en 1997 y 1998. El programa de Fopyme experimentó una importante cantidad de repagos totales y la contención de la taza de morosidad. Este programa fue exitoso en ayudar a cierta parte de los deudores a pagar sus créditos; sin embargo, la taza de morosidad para este programa era más elevada comparada con la de otros programas.

Estos dos programas alentaron a las instituciones financieras a otorgar nuevos créditos para el sector agrícola y comercial.

Con respecto a los programas de vivienda mediana, su naturaleza a largo plazo hace que evaluarlos el impacto en los créditos sea muy prematuro. A diferencia de los sectores agrícola y comercial, un gran número de deudores no liquidaron su cartera, principalmente debido al largo periodo y relativamente a la enorme cantidad del crédito (para un deudor individual), comparado con los sectores mencionados anteriormente. Se hizo esfuerzos para resolver problemas como la proporción del valor del crédito al ofrecer mayores descuentos, pero hubiera sido muy prematuro dar una opinión acerca del éxito o fracaso de estos programas. La tendencia de inflación y los salarios reales en el futuro también tendrán un impacto en la capacidad de los deudores para pagar y por lo tanto en el éxito de los programas.

Los pagos mínimos equivalentes al programa de rentas no fueron totalmente exitosos. Aunque el programa estaba bien diseñado para ayudar a los deudores con falta de liquidez, para mantener sus casas e hipotecas, menos del 3% de todos los deudores hipotecarios participaron en este programa. Esto puede deberse a la compleja naturaleza de los programas, que dificultaron que los bancos los vendieran a sus deudores. Los bancos tampoco supieron abordar este programa, ya que involucraba pagos de renta bajos y su participación en actividades como la cobranza de rentas.

Los créditos a casas tipo Fovi experimentaron un incremento en la taza de morosidad. Considerando que los pagos para este programa tenían su base en el salario mínimo, dependiendo del área geográfica, en vez del costo real de la casa, debieron haber tenido una tasa de morosidad baja para el Fovi. Sin embargo, en este programa también se alerto a los deudores que los bancos estaban limitados en su capacidad de adjudicar las viviendas.

No hay suficiente información disponible para determinar el éxito de los primeros programas de apoyo a deudores, como el de planta productiva y el ADE.

Conclusión

Los programas, al involucrar un costo para los bancos ayudó a algunos, aunque no a todos los deudores, a liquidar su cartera y permanecer vigentes. Como resultado se contuvo la morosidad y se evitó su diseminación, lo cual evitó que la situación financiera de los bancos empeorara. Además, el pago por parte del deudor ayudo a mantener o mejorar el tan necesitado flujo de efectivo de los bancos.

A los bancos se les proporcionó incentivos para otorgar nuevos créditos dentro de ciertos sectores débiles de la economía, teniendo como consecuencia que pocos deudores pagaran dichos créditos. Esta política parece ser contraproducente ya que debería ser aparente que desde el principio estos créditos no se pudieran pagar. De la misma manera, se incrementaron los costos del Fobaproa.

Muchos bancos ofrecieron beneficios adicionales a los deudores como incentivo para repagar en vez de proceder al litigio, un proceso costoso para los bancos. Esto facilitó las cobranzas adicionales para los bancos, que los beneficiaban sustancialmente, teniendo un costo importante para el Fobaproa. Si era la intención del Gobierno beneficiar a los deudores como política social, lo hubiera hecho sin utilizar al Fobaproa como el vehículo a un costo importante y hubiera proporcionado beneficios directos en efectivo a los deudores.

VI. Costo fiscal

Se nos ha solicitado evaluar el costo fiscal de los programas bancarios y de apoyo a deudores que fueron implementados después de la crisis del peso en diciembre de 1994. Además, se nos pidió incluir en nuestro resumen aquellos costos incurridos en relación al programa de carreteras de cuota a pesar de que este programa fue fondeado directamente por el Gobierno y el Fobaproa no tuvo nada qué ver en su implementación.

Para efectos de esta evaluación, primero revisamos la posición financiera del Fobaproa al 28 de febrero de 1998. Estos estados financieros fueron incluidos por el Fobaproa en su informe como respuesta a la petición del Congreso de que se le proporcionaran los costos reales y estimados en los que el Fobaproa había incurrido y esperaba incurrir para completar su fondeo de los programas bancarios de apoyo a deudores.
De acuerdo con nuestro mandato y para poder evaluar los costos de los diferentes programas al 30 de junio de 1998, hemos revisado los registros del Fobaproa y hemos obtenido sus comentarios en relación a los cambios en su  posición financiera por el periodo cubierto en el informe al Congreso. El Fobaproa no preparó un balance general consolidado al 30 de junio de 1998, sin embargo, sí ha elaborado un estado de los pasivos consolidados a esa fecha y ha declarado que los activos consolidados no cambiaron entre el 28 de febrero de 1998 y el 30 de junio del mismo año.

El Fobaproa prepara su balance general mensual de acuerdo con sus políticas contables normales, como se acordó con sus auditores externos. La preparación del balance general consolidado, el cual incluye los activos y pasivos en los libros de los bancos intervenidos, es un ejercicio especial requerido primordialmente para propósitos de calcular el costo fiscal total.

Para completar este aspecto de la evaluación, apoyamos nuestro trabajo en el realizado por los despachos contratados y en especial en los resultados de los procedimientos que fueron realizados en cada uno de los bancos que participó en los programas del Fobaproa. También llevamos a cabo pláticas e investigaciones independientes con las autoridades regulatorias como parte de esta revisión. Sin embargo, debido a las dificultades encontradas para obtener las cifras consolidadas, nos basamos en la información recibida y en los estados financieros auditados del Fobaproa con cifras al 31 de diciembre de 1997.
Para poder evaluar el costo fiscal, era necesario tener acceso a ciertos registros financieros de los bancos en los que las autoridades regulatorias han intervenido. Con respecto a los bancos intervenidos de facto, se restringió o se negó por completo el acceso a los registros financieros requeridos. Adicionalmente, en muchos casos, se nos negó el acceso a los análisis financieros preparados por los bancos en relación a los costos en que estiman incurrieron en relación con los programas bancarios y de apoyo a deudores. A pesar de que se dieron diferentes razones respecto a las restricciones a nuestra capacidad para obtener dicha información, esta limitación en el acceso impidió que pudiésemos verificar y confirmar parte de la información que normalmente sería revisada para poder cumplir con nuestro mandato. Asimismo, dicha restricción a la información pudo haber ocasionado que las estimaciones generales del costo fiscal de los programas del Fobaproa sean conservadoras.

Además del comentario siguiente existe un análisis adicional de los activos y pasivos del Fobaproa que se incluye al final de este informe.

Estimación del costo fiscal del Fobaproa
al 28 de febrero de 1998
y al 30 de junio de 1998.


Para los propósitos de este informe, todos los comentarios han sido basados en las cifras que se resumen a continuación. Esto incluye la adopción de la agrupación de varios activos y pasivos a rubros específicos, como se menciona en varias secciones.

  Costo estimado por
FOBAPROA
al 28 - Feb-98
MN$ Millones
Costo estimado por
FOBAPROA
al 360- Jun 98
MN$ Millones
Nuestra estimación
al 360- Jun 98
MN$ Millones

Pasivos del FOBAPROA                                    552,300                                           589,600                                          659,800
Activos del FOBAPROA                                   (218,700)                                        (238,100)                                        (251,600)
Pasivos neto del FOBAPROA                            333,600                                          (351,500)                                         408,200
Desembolsos neto pagados por                          80,600                                             85,400                                            85,400
FOBAPROA
Programas sin la participación                           414,200                                           436,900                                           493,600
de FOBAPROA
valor presente de los programas                       112,800                                           119,700                                           119,700
de Apoyo a Deudores
Valor presente de los programas                        18,800                                              20,000                                            20,000  
Carretaras de Cuota
                                                                            131,600                                            139,700                                           139,700
Costo fiscal total                                                 545,800                                            576,600                                          633,300


                                                            557,558 y 559

Los cálculos de valor presente para los programas sin participación del Fobaproa son preparados por las autoridades financieras relevantes y no por el Fobaproa. El Fobaproa ha esti
mado el costo fiscal al 28 de febrero de 1998 en 545 mil 800 millones de pesos MN. Esta cifra representa una sobreestimación de costos por 15 mil 700 millones de pesos MN debido a que no se registró una cuenta por cobrar relacionada con los programas a deudores. La cifra del Fobaproa se incrementó a 576 mil 600 millones de pesos MN el 30 de junio de 1998, debido principalmente a los intereses devengados de los pagarés emitidos con respecto de los programas de saneamiento y compra de cartera en varios bancos.

Basándonos en nuestra revisión de los costos y en una comparación con cifras comparables producidas por el Fobaproa sobre una base de banco por banco, nosotros estimamos 56 mil 700 millones de pesos MN adicionales de costo fiscal. Nuestra estimación total de 633 mil 300 millones de pesos MN por costos fiscales al 30 de junio de 1998, se integra por 493 mil 600 millones de pesos MN para programas de apoyo bancario y 139 mil 700 millones de pesos MN para carreteras de cuota y programas de apoyo a deudores.

Las estimaciones anteriores reflejan nuestros hallazgos de que los pasivos del Fobaproa son 70 mil 200 millones de pesos MN mayores a las propias estimaciones del Fobaproa, principalmente en relación a Serfin, Bancrecer, Atlántico y Promex. Sin embargo, esta subvaluación de pasivos se compensa parcialmente con una subvaluación de activos, en primer lugar por reservas en exceso del valor de la cartera de créditos. La subvaluación total de activos es de 13 mil 500 millones de pesos MN.

Los procedimientos realizados por los despachos contratados y el trabajo adicional que hemos efectuado mediante discusiones con el Fobaproa y la CNBV no son suficientes para considerarlos como una auditoría financiera del Fobaproa. Por lo tanto, no podemos expresar opinión alguna sobre los estados financieros del Fobaproa o sobre su situación financiera. Asimismo, como se comentó anteriormente, el Fobaproa no ha elaborado estados financieros consolidados al 30 de junio de 1998.

Debido a las limitaciones explicadas en varias partes de este informe y las incertidumbres relativas a algunas partidas como costos futuros, sólo proporcionamos una estimación de los pasivos netos del Fobaproa al 30 de junio de 1998.

Adicionalmente, a pesar de que el trabajo se enfocó a los costos fiscales al 30 de junio de 1998, debe observarse que algunos de los pasivos del Fobaproa son pagarés que generan intereses, de tal forma que los pasivos nominales del Fobaproa se incrementarán con el paso del tiempo al acumularse dichos intereses. Si estos pasivos representan un aumento o disminución en la participación del PIB, dependerá de la razón de los costos de financiamiento del Fobaproa (IPAB) y el crecimiento nominal del PIB.

Erogaciones hechas por el Fobaproa

Los costos fiscales estimados al 28 de febrero de 1998 incluían no sólo las partidas del balance general, sino también los costos erogados o financiamientos recibidos sin recurso y por lo tanto no registrados en el balance general. El Fobaproa nos ha proporcionado el valor presente de estas partidas, al 28 de febrero de 1998, por $80 mil 600 millones MN. El Fobaproa, ha confirmado que no hubo costos erogados posteriores a junio 30 de 1998. Parte del financiamiento recibido fue a través de la cancelación de deudas, en lugar de efectivo. El Fobaproa al traer los costos históricos a valor presente, está reconociendo costos de oportunidad respecto a su financiamiento. Esto debe distinguirse de los flujos de efectivo reales. Hemos usado este convencionalismo contable y actualizado los fondos desembolsados usando la tasa de Cetes. La estimación corregida del costo fiscal de los fondos desembolsados es de $85 mil 400 millones MN al 30 de junio de 1998.

Hemos evaluado el monto de los desembolsos examinando las cédulas obtenidas de parte del Fobaproa que muestran costos ya sea sobre la base de efectivo o de créditos. El egreso de efectivo neto coincide sustancialmente con el efectivo erogado, tal como lo señala el Fobaproa.

Con objeto de determinar los costos fiscales totales del Fobaproa, es apropiado sumar el monto de dichas erogaciones a los pasivos netos del Fobaproa.

Costo estimado de los programas de apoyo a deudores

Hemos revisado la más reciente evaluación integral del costo del programa de apoyo a deudores hecho por la CNBV. Como se explica más adelante, sólo una porción de los programas de apoyo a deudores se ha reflejado en los libros del Fobaproa. La evaluación de la CNBV implica el cálculo del valor presente de pagos futuros a los bancos en relación con cada uno de los programas de apoyo a deudores. Entre otras cosas, el cálculo requiere de supuestos respecto a tasas de interés futuras, inflación y al índice de participación continúa de los deudores sobre la vida de los programas (algunos de los cuales se establecieron por periodos de 30 años). La evaluación de la CNBV está fechada al 31 de diciembre de 1997 e indica un valor presente de 96 mil 300 millones de pesos MN. La CNBV ha actualizado la situación del 31 de diciembre de 1997 al 28 de febrero de 1998, sobre la base de incrementar el valor presente de las obligaciones con el valor de los Cetes, así como ajustes diversos por tasas de participación.

La CNBV no ha podido proporcionar detalles de este cálculo. Este estimado es lo más cercano al costo de los programas de apoyo a deudores al 28 de febrero de 1998. Esto tuvo un valor de 112 mil 800 millones de pesos MN.

La siguiente gráfica ilustra la proporción de costos fiscales a diciembre de 1997 de acuerdo con el tipo de costos.

 

---------INSERTAR GRAFICA PAGINA 212-------

 

 


Hemos revisado la metodología de la CNBV para la estimación de costos del programa de apoyo a deudores y encontramos que la metodología es lógica. Suponiendo que la CNBV ha recibido información precisa y completa por parte de los bancos, concluimos que al 31 de diciembre de 1997 la estimación es razonable.


Enfatizamos la volatilidad de estas cifras con dos variables clave: tasas de inflación y participación.
* Los flujos de efectivo proyectados involucrados en estos programas son enormes (cerca de 2 mil millones de pesos MN). Estos flujos de efectivo variarán con la inflación y las tasas de interés. Asimismo estos flujos de efectivo han sido descontados por un periodo de cerca de 30 años y algunos cambios en las tasas de interés e inflación podrían cambiar radicalmente el valor presente estimado.

* Los bancos han reportado que el número de acreditados que participan podría cambiar rápidamente, en particular como respuesta a los
signos de cambios o adiciones a los programas. Cualquier reducción en la participación de deudores reducirá los costos, pero también impactará a los bancos, puesto que surgiría la necesidad de provisionar deudas incobrables. En la mayoría de los programas, alrededor del 60%-75% de los participantes elegibles están pagando sus créditos. Esto significa que hay un considerable potencial para cambios en los costos si se presentan cambios en la economía o en los precios de las propiedades.

Para llevar los totales de febrero de 1998 a junio 1998, se aplicó una tasa mensual con base en las tasas de Cetes para los meses de marzo, abril, mayo y junio. Se obtuvo confirmación de que la CNBV utiliza tasas de Cetes a 91 días en el cálculo de los costos que se relacionan con los programas que se capitalizan trimestralmente. La tasa de Cetes a 91 días se aplicó a los descuentos en pagos y tasas de interés. La tasa CPP se utilizó para obtener la cifra de los costos de Udis al 30 de junio de 1998.


La decisión para calcular las estimaciones del costo fiscal al 30 de junio mediante la aplicación de estos factores a las cifras de febrero asume que no hubo cambios en las variables subyacentes. La siguiente tabla presenta los resultados del incremento de las cifras en febrero de 1998 para proporcionar un mejor estimado de los costos fiscales a junio 30 de 1998.
Programa

Costo Fiscal
Estimado (miles
de millones
Costo en UDís
Descuentos en el capital
Descuento en la tasa de interés

TOTAL

35.2
78.3
6.2

119.7

Con relación a las tendencias en los costos de los programas de apoyo a deudores, es particularmente complicado estimar el costo futuro de los créditos reestructurados en Udis. Tal estimación depende de las tasas de interés reales y de la participación continua de los deudores.

De igual forma, los deudores con créditos reestructurados en Udis gozan de un diferimiento temporal de pagos de la parte inflacionaria en la tasa de interés. Sin embargo, si la economía y en particular los salarios reales no mejoran para el momento en que incrementen los cargos por servicios de la deuda, algunos deudores no podrán continuar su participación en estos programas.

Desde principios de 1999, la mayor parte de los programas de apoyo a deudores que existían al 28 de febrero de 1998 (y junio 30 de 1998), han sido sustituidos por un nuevo programa, "punto final". Las estimaciones de la CNBV sobre los costos de todos los programas de apoyo a deudores al 1o. de junio de 1999 se espera estén disponibles en julio de 1999. Es probable que "punto final" incremente los costos de los programas de deudores, puesto que ofrece incentivos más altos para que deudores elegibles participen.

Estimación del costo fiscal del programa de carretera de cuota

Tal como se acordó con el comité contratante, este programa no se revisó como parte de nuestro trabajo. Sin embargo, con objeto de proporcionar una estimación de los costos fiscales consistentes con la recibida por el Congreso al 28 de febrero de 1998, hemos utilizado la cantidad de 18 mil 800 millones de pesos MN, proporcionada por la SHCP y se actualizó con la tasa de Cetes al 30 de junio de 1998 para llegar a un monto de 20 mil millones de pesos MN.

Evaluación de las fuentes y usos de los fondos del Fobaproa y pasivos respecto de los programas bancarios

La siguiente tabla presenta un resumen de las fuentes y usos de los fondos del Fobaproa de 1994 a 1998 (en millones de pesos).

***********insertar tabla 563

 

 


                                                            560,561 y 562
Fuentes de financiamiento

Durante este periodo, el 90% del financiamiento para la operación del Fobaproa fue proporcionado por tres fuentes primarias.

El Banco de México proporcionó aproximadamente 72% del financiamiento del Fobaproa de 1994 a diciembre de 1998 y el Gobierno Federal aportó aproximadamente un 7%. Además, cerca del 11% del financiamiento del Fobaproa provino de la recuperación de cantidades pagadas conforme a los programas bancarios del Fobaproa.

Usos de los fondos

Esta tabla confirma que los programas de apoyo al Fobaproa consumieron alrededor del 82% de las fuentes de financiamiento totales recibidas del 1o. de enero de 1994 al 31 de diciembre de 1998. Los costos por servicio de deuda y amortización de obligaciones representan aproximadamente 16% de los usos de fondos de 1994 a 1998. Los costos de la operación y administración representan menos del 1% de los usos totales.

Pasivos del Fobaproa que podrían
convertirse en deuda pública


Además de abordar los costos fiscales, se nos solicitó considerar el alcance de que los pasivos del Fobaproa fuesen apropiados para convertirse en deuda pública. No se nos solicitó determinar si los pasivos del Fobaproa deben convertirse en deuda pública.

En esta sección, analizamos en términos generales qué partidas dentro de los pasivos del Fobaproa podrían convertirse razonablemente en deuda pública si el Congreso lo determina apropiado. Asume que la conversión de los pagarés del Fobaproa en pagarés del IPAB representa un paso intermedio para cubrir esta cuestión.

En general, sólo los montos que han sido o pudieran emitirse como pagarés, serán sujetos de conversión en deuda pública. Los montos que no se hayan realizado aún o que dependan de hechos futuros (por ejemplo, el valor presente de pasivos de los programas de apoyo a deudores) no son fácilmente convertibles en instrumentos de deuda. Además, algunos pasivos pequeños de programas que se espera se reviertan en el corto plazo (tales como los programas de dación en pago) es probable que pudieran retirarse antes de que pudiera ponerse en práctica un esquema de conversión general.

A continuación se presentan los principales pasivos del Fobaproa que podrían ser convertidos en deuda pública.

1. La línea de crédito del Banco de México con respecto a Inverlat, que se espera tenga un saldo de alrededor de 40 mil millones de pesos MN para marzo del año 2000, se espera pueda

convertirse parcialmente en un documento por pagar a GFI. Este saldo es por consiguiente uno de los que podrían convertirse en deuda pública, pagadero a GFI, bajo términos que serían negociados.

2. Los pagarés de compra de cartera por 171 mil 600 millones de pesos MN, al 30 de junio de 1998 ya existen en forma de documentos por pagar y podrían ser convertidos en deuda pública. En este momento, podía ser apropiada la conversión de montos importantes en moneda extranjera a pesos y la determinación de una nueva fecha de pago. Los asuntos relativos a la estructura de cualquier nueva deuda pública se analizan más adelante en esta sección.

3. Con respecto a saneamiento, en este momento, sólo los documentos emitidos por 99 mil 100 millones de pesos MN, al 30 de junio de 1998 son apropiados de convertirse en deuda pública. Cualquier conversión puede utilizarse como una oportunidad para armonizar la moneda, plazo y tasa de interés de la deuda.

4. Con relación a la venta de sucursales, después de cubrir las formalidades legales necesarias para transferir los pasivos al Fobaproa, esta deuda está potencialmente disponible para convertirse en deuda pública.

5. Con relación a los pasivos existentes de las instituciones intervenidas , en la actualidad existen pasivos en una variedad de formas y divisas y por consiguiente no son de conversión inmediata a deuda pública. Varios de los acreedores bancarios consideran esto como recursos líquidos, sin embargo, la conversión a deuda pública podría ser acordada con dichos acreedores si tal deuda pudiese comercializarse a valor de emisión en un mercado líquido. Para lograr esto, podría ser necesario combinar diversos aspectos de lo antes mencionado en una forma común de deuda pública.

Análisis del tipo de instrumentos de deuda a ser remitidos para sustituir los pasivos del Fobaproa

La mezcla de pasivos que generan intereses y el diferencial entre las tasas de interés en dólares y en pesos producen un costo de fondeo promedio para el Fobaproa justo por debajo de los Cetes.

Existe un número de factores que deberían considerarse cuando se sustituyan los instrumentos del Fobaproa con instrumentos de deuda pública formales.
Una de las consideraciones es la necesidad de los tenedores actuales de los pagarés y pasivos del Fobaproa. En la actualidad, los tenedores de los pagarés del Fobaproa tienen activos no negociables que por lo general acumulan intereses y se pagan al vencimiento del pagaré. Esto está afectando en forma adversa la liquidez del sector bancario, incrementando costos e inhibiendo el crecimiento crediticio. Los tenedores necesitan una sustitución de pagarés para apoyarles a cubrir los requerimientos de liquidez.

La capacidad del Gobierno Federal para iniciar la nueva deuda pública también es un tema de discusión y los efectos de la adopción de obligaciones del Fobaproa como deuda pública también necesitan considerarse. Se espera que inicialmente los nuevos pagarés sólo serán sustituciones no negociables de los pagarés actuales, de manera que no surja un problema de financiamiento en el corto plazo. Además, la naturaleza pública del debate sobre el Fobaproa y los costos del rescate bancario ha preparado a los mercados de capital, tanto nacionales como extranjeros, para la probabilidad de que cierta porción de las obligaciones sean formalmente adoptadas por el Gobierno. Porciones significativas están ya garantizadas por el Gobierno.

Este informe señala que los costos finales podrían ser mayores que la estimación hecha al 30 de junio de 1998 debido a los intereses acumulados y al efecto de la inflación. En el ambiente actual de altas tasas de interés este incremento en los costos podría exceder el crecimiento en el PIB real. Además, la actual falta de capital mínimo requerido en el sector bancario todavía requiere ser solucionada. La colocación de todas estas obligaciones en el mercado podría tener un impacto adverso sobre los costos de financiamiento del Gobierno si la percepción de riesgos se incrementa. Aun cuando el Gobierno no tiene pensado ser un gran emisor neto de deuda en los próximos años mientras los déficits estén controlados enfrenta un considerable refinamiento de la deuda, pues la mayor parte de la deuda está en instrumentos de crédito, de relativo corto plazo la liberación de la deuda relacionada con el Fobaproa en este mercado necesitará por consiguiente ser gradual para evitar la desestabilización del mercado de deuda del Gobierno Federal. En particular, las fechas de vencimiento de cualquier documento, ya sea negociado públicamente o no, necesitará considerarse para asegurar que el Gobierno no se comprometa a obligaciones de pago poco realistas. Puesto que las amortizaciones de deuda pública se deben mantener relativamente constantes en un periodo, por lo menos hasta el año 2007, esto implica que se debe adoptar una amortización gradual de la deuda del Fobaproa. Esto significará, ya sea la emisión de pagarés con diferentes fechas de vencimientos o la emisión de pagarés redimibles a opción gubernamental sobre un periodo de tiempo determinado.

Los pagarés deben tener valor predecible siempre y cuando están autorizados para negociarse en los mercados públicos o de lo contrario la estabilidad del sector bancario, así como del mercado de financiamiento gubernamental podría estar amenazada. Esto sugiere que deben emitirse pagarés a los bancos que reflejen los instrumentos de deuda gubernamentales existentes ya en el mercado. También deberán emitirse en los términos que reflejen los pagarés existentes del Fobaproa para evitar poner presión sobre la rentabilidad bancaria u ofrecer rendimientos volátiles a los bancos.

Dado lo anterior, inicialmente el costo del financiamiento va a ser cercano a los términos de los pagarés del Fobaproa existentes. Sin embargo, al ajustar a valor mercado, en la medida en que los nuevos pagarés puedan llevar menos riesgo que los pagarés del Fobaproa, habrá cierta posibilidad para los bancos de obtener ganancias que resulten de riesgos menores.

VII. Transacciones reportables

Introducción

El propósito de esta sección es describir, resumir e identificar los costos potenciales relacionados con ciertas transacciones que celebraron los bancos que participaron en los programas del Fobaproa. La información relativa a estas transacciones se obtuvo primordialmente por los despachos contratados durante el curso de su revisión de los bancos.

Estas transacciones son de tres tipos:

a) Aquellos crédito que no satisficieron los criterios originales establecidos por el comité técnico para créditos que fueran a ser adquiridos por el Fobaproa a través del programa de capitalización y de compra de créditos (PCCC). En muchos casos, la CNBV y el Fobaproa modificaron los términos del acuerdo para aceptar estos créditos.

b) Aquellas transacciones en las que los bancos otorgaron financiamientos a partes con las que estaban relacionados o afiliados (y que por consiguiente, plantean cuestionamientos sobre la cobrabilidad de tales créditos) y

c) Aquellas transacciones que hayan sido revisadas o que estén siendo revisadas por la CNBV y/o ciertos bancos ya sea porque determinó que eran ilegales o porque pueden clasificarse como una violación a las leyes y reglamentos que afectan a las instituciones financieras mexicanas.

A estos tres tipos de transacciones se les refiere en forma colectiva como "transacciones reportables". De acuerdo con la tabla siguiente, las transacciones reportables suman aproximadamente $72 mil 700 millones MN, una porción significativa de las cuales generará costos adicionales importantes para el Fobaproa.
Resumen de las Transacciones Reportables
Identificadas                                                                                      MN$ Millones
A. Transacciones de crédito que no satisfasen los
     créditos originales establecidos para los créditos
     que debían ser adquiridos por el FOBAPROA a
     través del programa PCCC
     (a) Identoficados y acordados entre los bancos,la                                    24,000
          CNBV y el FOBAPROA
     (b) Identificados por Despachos Contratados                                                700
          que NO fueron acordados entre los bancos,                                        24,000
           la CNBV y el FOBAPROA
B. Transacciones en las que los bancos otorgaron                                         42,000
     fimanciamientos a partes con las que tenían alguna
     relación o afiliación
C. Las transacciones que haya sido revisadas o estén
    siendo revisadas por la CNBV y/o ciertos bancos,                                      6,000
    mismas que se determinó que eran ilegales o que
    pueden clasificarse como una violación a las leyes
    reglamentos que gobiernan a las instituciones
    financieras mexicanas.
 
TOTAL                                                                                                        72,700


                                                            563,564 y 565


Alcance y restricciones

Esta sección debe leerse junto con la parte de metodología de este informe titulada "comunicación". Además, en seguida se presentan otras limitaciones a nuestro alcance.

Los hallazgos en esta sección de nuestro informe se limitan a la información que obtuvimos de las siguientes fuentes:

-Pláticas con los despachos contratados y revisión de sus informes y papeles de trabajo,

-Pláticas con los interventores o funcionarios de los bancos que participan en los programas de apoyo del Fobaproa y revisión de ciertos documentos que nos fueron proporcionados y

-Pláticas con funcionarios de la CNBV y revisión de la información proporcionada respecto a transacciones específicas.

Debido a estos factores, no podemos asegurar que nuestros procedimientos hayan identificado todas las transacciones reportables que caigan dentro de los criterios específicos arriba señalados.

De igual forma, no podemos emitir opinión alguna en cuanto a si las transacciones reportables descritas en esta sección son ilegales, infringen las leyes mexicanas o los reglamentos bancarios o si necesariamente generarán costo para el Fobaproa. En este sentido, sin embargo, cabe hacer notar que se descubrió una proporción importante de las transacciones reportables después de la intervención por parte de los organismos regulatorios y que se determinó que muchas de estas transacciones eran incobrables. Por consiguiente, lo más probable es que el Fobaproa incurra en pérdidas derivadas de muchas de las transacciones reportables descritas.

A. Transacciones de créditos que no cumplieron con los criterios originales establecidos para créditos que debían ser adquiridos por el Fobaproa a través del PCCC

Los criterios establecidos para los créditos que debieran considerarse como elegibles para su adquisición a través del programa, excluían inicialmente a una serie de categorías diferentes de créditos. Se excluyeron estos créditos, en su mayor parte debido a que existía preocupación sobre su valor y cobrabilidad. A continuación se enlistan las categorías que fueron excluidas:

-Créditos "E";

-Créditos a partes relacionadas;

-Créditos descontados;

-Créditos por abajo de $ 200 mil MN;

-Créditos personales;

-Créditos para acreditados en quiebra;

-Créditos en suspensión de pagos;

-Créditos que requieren fondeo adicional y

-Udis.

Se efectuaron modificaciones posteriores al contrato, conforme a los términos bajo los cuales los bancos que participaron en el programa vendieron los flujos de efectivo de sus créditos al Fobaproa. Dichas reformas tuvieron el efecto de permitir que calificaran la mayoría de los créditos, incluyendo aquellos que inicialmente no calificaron de acuerdo con la lista de créditos excluidos, salvo que el Fobaproa específicamente los rechazará. El efecto de estos cambios fue permitir la venta de créditos de menor calidad y de dudoso valor al Fobaproa, depositando así una mayor carga financiera sobre el Fobaproa de la que hubiera sido depositada en caso contrario.

Hemos cuantificado las categorías de créditos (descritas en la página anterior) que no cumplieron con las calificaciones originales establecidas por el Fobaproa, pero que fueron posteriormente aceptadas, de la siguiente manera.

 

***************insertar tabla pag. 566

 

 


Los montos mencionados arriba se basan en el precio que el Fobaproa pagó cuando cambió sus criterios y adquirió un interés sobre los créditos. En algunos casos, los créditos se han repagado, no resultando en costo alguno para el Fobaproa. También notamos que algunas operaciones de compra de cartera se reversaron al 30 de junio de 1998 y los créditos se regresaron a los bancos. Estas reversiones se hicieron en los bancos intervenidos y representan sólo una reclasificación del costo del Fobaproa.

Asimismo, los despachos contratados identificaron otros créditos que fueron adquiridos por el Fobaproa y que no cumplían con ninguno de los criterios, pero que al parecer, no fueron identificados como tales por la CNBV, el Fobaproa u otros auditores designados. Estos créditos ascienden a 700 millones de pesos MN.

B. Transacciones con partes relacionadas

Se identificaron muchas transacciones de crédito que aun y cuando no participaron en el programa PCCC, constituyeron o eventualmente constituirían un costo para el Fobaproa a través del programa de rehabilitación. La CNBV ha identificado muchas de estas transacciones como tales. Bajo este programa, el Fobaproa ha absorbido todos los activos y pasivos de ciertos bancos. En la medida en que no existe la posibilidad de recuperar el monto total de las carteras de crédito en cuestión, se utilizarían recursos propios del Fobaproa para compensar la diferencia. Muchas de estas transacciones crediticias son transacciones con partes que tenían alguna relación con los bancos que les estaban prestando los fondos, ya fuera en virtud de ser accionistas o funcionarios, directores o asesores o compañías que fueran parte del grupo propiedad del banco. Muchos de estos créditos eran otorgados sin hacer ninguna investigación apropiada a la capacidad que tenía del deudor para repagarlos.

Créditos a accionistas

De nuestra revisión de los diversos bancos resultaron evidentes un gran número de créditos a accionistas efectuados con el fin de adquirir acciones. En la medida en que tales créditos se efectuaban sin recurso o en donde la única garantía eran las mismas acciones, surgen serias dudas respecto a su cobrabilidad.

Por ejemplo, en el caso de un banco en particular, conforme a la información recibida de la CNBV, en 1991 un grupo de compradores adquirió el 100% de las acciones del banco de manos del Gobierno Federal a un precio aproximadamente de 800 millones de pesos MN. Más tarde la CNBV determinó que los créditos que ascendían a aproximadamente 600 millones de pesos MN habían sido emitidos por el banco a 714 accionistas para la adquisición de las acciones del banco y que tales acciones eran dadas en prenda como garantía colateral para los créditos en cuestión. De acuerdo con la CNBV, ésta fue una práctica bancaria inadecuada que ahora está prohibida por la ley.

En 1993, un grupo de accionistas de este primer banco adquirió un bloque de acciones de manos de un grupo que era propietario de otro banco a un precio que se aproximaba a los 1 mil 600 millones de pesos MN. Los productos de la venta se aplicaron en su mayor parte contra los saldos de créditos pendientes por 1 mil 300 millones de pesos MN que los vendedores debían a ese banco en particular. Más adelante la CNBV determinó que los créditos otorgados por diversos bancos los utilizaba el grupo adquirente para financiar la adquisición de las acciones del grupo.

Créditos a directores, funcionarios,
asesores y compañías del grupo

Se identificaron en diversos bancos transacciones reportables que involucraban a directores, funcionarios y asesores.

Parecía que los créditos en esta categoría habían sido otorgados sobre la base de la relación de estos individuos con los bancos en cuestión y por lo general se otorgaban sin garantía alguna. No se encontraron en los expedientes estudios y análisis de crédito o de haberse elaborado dichos estudios, no contenían la información con que debían contar para apoyar el otorgamiento de los créditos.

Con frecuencia se capitalizaron en vez de pagarse los intereses acumulados en estos créditos. En algunos casos, se emitieron créditos adicionales a los acreditados, con objeto de pagar intereses sobre los créditos iniciales.

En varios casos, nunca se efectuaron pagos del capital o intereses. En algunos de estos casos la recuperación esperada por el Fobaproa es nula. En otros, los créditos fueron reestructurados. Si bien se obtuvieron garantías para una serie de créditos reestructurados, tales garantías con frecuencia eran inadecuadas para asegurarlos.

A continuación se da un ejemplo del grado y tipo de préstamos a partes relacionadas que tuvo lugar en un banco en particular. Después de que la CNBV intervino el banco en 1994, una investigación reveló que el banco había emitido créditos por un total de 14 mil millones de pesos MN a 59 acreditados que eran intermediarios o compañías "canalizadoras", bajo la influencia y dirección del director general o presidente del banco. Los créditos habían sido emitidos sin haberse realizado un estudio de crédito adecuado y los fondos se habían desviado en beneficio del presidente y de ciertas compañías que él controlaba. De acuerdo con la CNBV, la pérdida total en estas transacciones ascendió a 3 mil 700 millones de pesos MN.

Otro ejemplo de préstamos a partes relacionadas que generó una pérdida al banco y, por ende, al Fobaproa fue una transacción en la cual el presidente y un grupo de inversionistas, financiados principalmente por funcionarios del banco, adquirieron una empresa extranjera por aproximadamente 500 millones de dólares. Se crearon diversas compañías controladoras para controlar las acciones de la compañía adquirida, siendo el presidente en cuestión tenedor indirecto del 23% de estas compañías controladoras. La mayor parte de los créditos emitidos por el banco que se relacionaban con esta transacción son de dudosa cobrabilidad.

Otro ejemplo de importantes créditos a partes relacionadas con los bancos que ocasionaron pérdidas sustanciales al Fobaproa, tuvo lugar en un banco autorizado para iniciar operaciones en junio de 1993. Para mediados de 1995, la CNBV había identificado graves problemas que involucraban créditos excesivos a partes relacionadas, algunos de los cuales se utilizaron para financiar la compra de acciones del banco por parte de accionistas. La CNBV solicitó que los accionistas aportaran fondos para repagar estos créditos a partes relacionadas y cuando no se cumplió con este requisito la CNBV intervino al banco en mayo de 1996. La mayor parte del costo final al Fobaproa de esta intervención se debe a una aparente imposibilidad para cobrar los créditos a partes relacionadas.

En otro ejemplo, el banco prestó fondos a una compañía de factoraje que fue controlada por el mismo grupo que controlaba al banco en el periodo de 1993 a 1996. Todos los créditos se otorgaron sin garantía. No se espera la total recuperación, lo que resultaría en un costo potencial al Fobaproa sobre esta transacción de 1 mil 182 millones de pesos MN.

Entendemos que en México, un número relativamente pequeño de grupos económicos (aproximadamente 10 a 12) son responsables de una parte muy importante de la actividad económica. Estos grupos operan típicamente a través de varias compañías en diversos sectores, incluyendo el sector financiero. Estos grupos adeudan cantidades importantes a los bancos que participan en los programas del Fobaproa. muchos de estos grupos tienen o tuvieron participación accionaria en ciertos bancos revisados. En muchos casos, los despachos contratados han clasificado créditos otorgados a estos grupos como de dudosa credibilidad y, por lo tanto, es posible que ocasionen costos para el Fobaproa.

Por ejemplo, en un banco intervenido, se otorgaron créditos a grupos que a su vez eran accionistas del banco, incluyendo clientes de los grupos económicos mencionados arriba. Al 30 de junio de 1998, estos grupos le debían al banco varios miles de millones de pesos. Algunos de estos créditos, con objeto de comprar acciones del mismo banco. La mayoría de estos créditos se otorgaron entre 1992 y 1995 y no cuentan con garantía o éstas son insuficientes. Estos créditos incluyen créditos personales otorgados a miembros del grupo, así como créditos otorgados para financiar las operaciones de empresas del grupo.

Los créditos otorgados a ciertos grupos económicos se transfieren al Fobaproa por bancos participantes en sus programas. Asimismo, un número de bancos intervenidos también cuentan con créditos de dudosa credibilidad por parte de algunos grupos económicos.

Estamos conscientes de los argumentos planteados en la prensa popular y en entrevistas atribuidas a Carlos Cabal Peniche, en el sentido de que 25 millones de dólares se pusieron

                                                            566,567 y 568


a disposición de un partido político durante el periodo 1992-1994 por medio de ciertas cuentas fiduciarias en Banca Unión. Más aún, sabemos que se asevera que Banca Unión financió indirectamente estas cantidades mediante créditos que luego fueron cancelados.

En este sentido, recibimos de manos de terceros copias de reportes supuestamente preparados por Banca Unión a petición de la CNBV que describen dichas transacciones. No podemos confirmar ni negar en forma independiente la precisión de estos argumentos.

Hemos solicitado, pero se nos ha negado, acceso a todos los registros y en especial a los registros del fideicomiso relacionados con estos pagos, sobre la base de que las transacciones se encuentran actualmente bajo investigación penal.

Créditos ilegales

La CNBV y/o ciertos bancos han identificado algunas transacciones reportables como potencialmente ilegales. Los actos ilegales se describen en la Ley de Instituciones de Crédito y se relacionan con las actividades de empleados, funcionarios y deudores. La CNBV ha emitido opiniones penales en relación con estos actos. De acuerdo con la CNBV, los elementos requeridos para demostrar un delito son los siguientes:

a) Un acto ilegal;

b) Una pérdida para la institución de crédito que resulta de este acto y

c) Evidencia de que dicha institución ha tomado todas las medidas legales necesarias para recuperar sus pérdidas.

La naturaleza de las actividades ilegales descritas en la Ley de Instituciones de Crédito y el objeto de algunas de las opiniones criminales, incluyen:

a) Deudores que proporcionan información falsa a los bancos para obtener créditos. La información falsa por lo general incluyen estados financieros, avalúos y estados de activos;

b) Empleados y funcionarios que aceptan, de manera intencional, información falsa de deudores cuando le otorgan créditos o durante el proceso de reestructuración de créditos;
c) Empleados o funcionarios que autorizan transacciones sabiendo que éstas ocasionarán pérdidas a los bancos;

d) Deudores que no utilizaron los créditos para los fines acordados;

e) Alteración o falsificación de registros, incluyendo estados financieros, por parte de empleados y funcionarios y

f) Obtención de beneficios por parte de los empleados y directores por actuar en cierta forma o abstenerse de actuar de cierta manera.

La siguiente es una breve descripción de los tipos de actividades que llevaron a la CNBV a emitir opiniones penales criminales:

Un ex ejecutivo de un banco obtuvo un crédito quirografario por parte de dicho banco proporcionando datos falsos respecto a los montos de sus activos y pasivos e incluyó datos falsos en cuanto a que poseía bienes inmuebles. La pérdida para el banco excedió los 300 millones de pesos MN.

Dos funcionarios de un banco recomendaron al comité de crédito de dicho banco que autorizará créditos a una empresa prestadora de servicios. En su recomendación aceptaron una garantía del deudor sabiendo que era falso y de ningún valor para el banco. El deudor no cumplió con el pago del préstamo, generando con ello una pérdida al banco de más de $20 millones MN.

El director general de un banco autorizó una dación en pago de una parte relacionada con respecto a bienes valuados a un valor que excedía el valor real de los bienes. El deudor fue liberado de la obligación de crédito relacionada. El banco posteriormente obtuvo una pérdida sobre los activos de más de 150 millones de pesos MN.

Diversos ex funcionarios de un banco autorizaron créditos a una compañía que no tenía capacidad de repago. Se le permitió a la compañía desviar los fondos en beneficio de un ejecutivo bancario. La pérdida para el banco excedió los 300 millones de pesos MN. El Procurador General ha embargado propiedades de terceros y ha emitido una orden judicial de arresto. Si el Procurador General tiene éxito en el seguimiento de este asunto, el banco podría

recibir algunos de los bienes embargados como compensación.

Un ex funcionario de un banco, falsificó los estados financieros de dicho banco para ocultar pérdidas y una disminución significativa en el capital neto del banco. El banco fue intervenido seis meses después.

En total, hemos identificado aproximadamente 6 mil millones de pesos, MN por dichas transacciones.

RESUMEN DE DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
AMB Asociación de Banqueros de México
ADE Acuerdo de Apoyo inmediato para los Programas de Deudores de la Banca.
AUPs Prosedimientos previamente acordados.
A.T.M Cajero automáticos.
Adscrito ADRs(Recibos de depósito estadounidenses).
Quiebra Ley de Quiebra y Suspensión de Pagos.
BloqueS Término utilizado para describir las áreas de revisión que requiere el Comité Contrataciones a Makey.
BANOBRAS Banco Nacional de Obras y Servicios.
BARZON Organización de Protección a Deudores.
Banco de México Banco Central.
BIS Documento Económico #46 públicado por el Banco Internacional Finiquitos.
BBV Banco Bilvao Vizcaya.
Acuerdo de Capital de
Basilea
Documento Económico-Acuerdo de Capital de Basilea emitido por el Comité de Basilea sobre suspensión Bancaria.
Comité de Basilea Comité de Basilea sobre suspensión Bancaria.
Bono Brandy Deuda restructurada denominada en Dólares del Mercado emergente utilizada para sustituir créditos "E" dentro del Fideicomiso del Fobaproa.
CETES Certificados de la Tesorería de la Federación.
CLPP Programa de Captalización y Compra de Cartera de Créditos Bancarios .
CNB Comisión Nacional Bancaria.
CNSF Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
CNBV Comisión Nacional Bancaria y de Valores
CNV Comisión Nacional de Valores
CONDUSEF Comisión de Protección a los Usuarios de Servicios Financieros
CONSAR Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro
Concurso Proceso para resolver insolvensia Derivadas de Actividades no Empresariales
Banco Central Banco de México
Congrss Congreso de los Estados Unidos Mexicanos
CPP Costo Porcentual Promedio de Catación
Opinión Penal Reporte de Investigación elaborado por la CNBV para los tribunales en materia de preguntas actividades ilícitas
DAC Grupo de Administración de Activos Corporativos dentro del departamento FOBAPROA
DGDS Deparatamento del Director General de Banca y Ahorros
DOF Diario Oficial de la Federación
Defacto De hecho, pero no de forma legal.
Crédito "E" Créditos vencidos que requieren el 100% de reservas
FAMEVAL Fondo de Apoyo al Mercado de Valores
FDIC Corporación Federal de Seguros de Depósito
Ejecutivo Federal E presidente de los Estados Unidos Mexicanos
FINAPE Programa de Apoyo a Deudores del Sector Agropecuario Pesquero
FOBAPROA Fondo Bancario de Protección al Ahorro
FOGADE Fondo de Depósito en Garantía
FONAPRE Fondo de Apoyo Preventivo para Diversas Instituciones Bancarias
Sustituido por FOBAPROA
FOPYME Acuerdo de Apoyo Financiero y Fomento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
FOVI Fondo para la Vivienda
Grupo Financiero Conglomerado financiero que comprende dos o más entidades de servici
  financieros
Autoridades Financieras CNBV,SHCP y el Banco de México
GAAP Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados
PIB Producto Interno Bruto
Comité de Contrataciones Comité creado por el Congreso de México para contratar al Sr. Michael W. Makey para la evaluación y desempeño de FOBAPROA
FMI Fondo Monetario Internacional
Inter alia Entre otras cosas
Intervención Proceso para tomar el control de un banco
Interventor Persona externa por la CNBV para Administrar un Banco
IPAB Instituto para la Protección al Ahorro Bancario
Ley reglamentaria del servicio Público de Banaca y Crédito Ley reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, revocada en 1990
LIC Ley de Instituciones de Crédito
MACROS Categorías analizadas en un régimen de Supervición aprobada
ABM Asociación de Banqueros en México
MIS Sistema de Administración de Información
MN Nuevos Pesos Méxicanos
Daño moral Ocurre cuando los miembros del sistema financiero asumen un aumento en el riesgo debido a las garantías para proteger pérdidas
NAFIN/NAFINSA Banco de Fomento con el que los bancos comerciales descontaron sus créditos como parte de los programas de apoyo a deudores.(Nacional Financiera S.N.C.) 
TLC Tratado de Libre Comercio de América del Norte
PACEM Programa regional y estatal de apoyo a deudores
PIB Producto Interno Bruto
PROCAPTE Programa de Capacitación Temporal
Punto Final "Full Stop" Programa Final a Deudores
RA's Despachos de Contadores
Rentas Programa de Deudores de Rentas para Vivienda
SAC Sistema Autorizado de Captura, programa de bases de datos diseñados por la CNBV para resivir y administrar información de los bancos
SITI Sistema informático con el que los Bancos transmiten información a la CNBV
SAF Siatema de Análisis Financiero: Programa de Base de Datos diseñado por la CNBV
Saneamiento Recuperación, mejoramiento
SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público
SOCORES Sociedades de Coinversión de restructuración, Creacias para apoyar en la cobranza de Créditos
Síndico Fidusuario Administrador
TITE Tasa de interés interbancaria mexicana
TSE Casa de Bolsa de Toronto
Grupo tripartito Grupo de Supervisortes y Reguladores con representació internacional establecido en 1993 para tomar en cuenta formas de mejorar la supervición de los conglomerados financieros.
Comité Técnico Organismo de FOBAPROA que toma desisiones y contrata representantes de la SHCP, CNBV y el Banco de México
UCABE Unidad Coordinadora para Acuerdos de Banca Empresarial para Reestructurar Créditos Sindicados importantes
UDís Unidad de Inversión, Unidad asociada con el CPI
IVA Impuesto al Valor Agregado
VVA Valuación y Venta de Activos  Programas para recuperación de activos
Vivienda Programa de deudores de Hipotecas.

569,570 Y 571

Costo fiscal-suplemento

Análisis complementario de los activos y pasivos del Fobaproa

A continuación se muestra un análisis más detallado de los componentes del balance general del Fobaproa, el cual es la base para la determinación de sus pasivos netos incluidos en el costo fiscal. Por cada uno de los activos y pasivos, se proporciona una estimación del saldo y donde corresponda, un comentario para soportar nuestra estimación cuando ésta difiere de la del Fobaproa.

Pasivos estimados del Fobaproa

El pasivo total consolidado del Fobaproa de acuerdo con su estimación, al 28 de febrero de 1998, es de 552 mil 300 millones de pesos, MN. De acuerdo a la siguiente tabla, esta suma está constituida tanto de los pasivos directos del Fobaproa, como de los pasivos indirectos por los cuales puede ser responsable debido a sus obligaciones con las intervenciones bancarias. Se debe destacar con respecto a los pasivos e indirectos, los pasivos de Fameval, (una agencia paralela del Fobaproa que trata con casas de bolsa), han sido incluidos en el balance general consolidado del Fobaproa.


****************insertar tabla pag. 572

A. Pasivos directos

1. Banco de México

Los pasivos del Fobaproa al Banco de México mencionados anteriormente se pueden desglosar conforme se muestra en la siguiente tabla:

                                                   Costo estimado                 Costo estimado por            Nuestra estimación
                                                por el FOBAPROA                        FOBABROA                               al 30 jun 98   
                                                 MN$ Millones                        MN$ Millones                           MN$ Millones
 

Línea Crediticia en UDIS de FOBAPROA          15,000                                    15,900                                         15,900
Línea Crediticia de Recapitalización Inverlat    27,900                                    30,300                                          30,300
Línea Creditica en UDIS de FAMEVAL               3,600                                      3,700                                            3,700
BURSAMEX
Total                                                                   46,500                                   49,900                                         49,900

Al 28 de febrero de 1998, el Fobaproa tiene una deuda con el Banco de México por la cantidad de 46 mil 500 millones de pesos, MN, por los fondos obtenidos por las tres líneas crediticias.
La línea crediticia en Udis del Fobaproa se abrió en 1996 y se pagó en abril de 1998. Esta línea de crédito fue convertida a pesos posteriormente y fue utilizada como una cuenta general de fondeo.

La línea de créditos para la recapitalización Inverlat es un crédito con interese para Grupo Financiero Inverlat SA de CV mediante la adquisición de instrumentos de deuda subordinada conforme al acuerdo con Bank of Nova Scotia. El incremento representa un nuevo pagaré por 1 mil 200 millones de pesos MN, más interese devengados.

La línea de crédito de Fameval se relaciona con el rescate de Casa de Bolsa Bursamex, que es una compañía del mismo grupo financiero del sureste. Al ser una institución no bancaria, queda fuera del enfoque de nuestra revisión.


2. Nafin

Los pasivos del Fobaproa con relación a Nacional Financiera (Nafin) se presentan a continuación:
  Costo estimado
por FOBAPROA
al 28-Feb-98 MN$
Costo estimado
por FOBAPROA
al 30-jun-98
Nustra estructuración
al 30 jun 98
MN$ Millones
Línea de crédito del World
Bank/Banco Interamericano

8.000

8.500

8.500

Esta línea de crédito en Udis por una cantidad equivalente a 1 mil 750 millones de pesos, US, representa captación blanda para el Gobierno Federal de las instituciones bancarias internacionales para ayudar a México a aliviar los efectos de la crisis del peso. Esta línea de crédito tiene una tasa de interés del 4% y las Udis se revalúan de acuerdo con los cambios en el índice de precios al consumidor. La línea de crédito ha sido utilizada para fondeo general.

3. Cuentas por pagar: programa de capitalización

A continuación se presentan las cuentas por pagar que el Fobaproa emitió con respecto a este programa:

  Costo estimado por   Costo estimado por       Nuestra estimación
FOBAPROA                    FOBAPROA                         al 30 jun 98   
     al 28 Feb 98                 al 30 jun 98                       MN$ Millones
MN$ Millones                 MN$ Millones                                   
     

BBV                                                  11,900                              12,900                              12,900
Serfin                                                58,300                              62,100                              62,100
Banorte                                               5,500                                5,900                                 5,900
Banamex                                           34,600                             37,000                               37,000
Bancomer                                          36,600                             39,300                               38,300
Bital                                                    13,500            *(1)           14,400                              14,400
Total                                                  16,400                           171,600                             171,600

Estas cantidades son pagaderas por el Fobaproa a los bancos relacionados con los flujos de efectivo derivados de la compra de créditos que han sido transferidos a los fideicomisos del Fobaproa en los que éste es beneficiario, junto con los intereses acumulados desde la fecha de emisión. Por lo general, los pasivos del Fobaproa bajo el programa de capitalización se encuentran en la forma de pagarés a 10 años, denominados en pesos y dólares, emitidos principalmente en 1995 y 1996 y ofrecen tasas de interés ligadas con Cetes, TIIE o Libor.

El incremento al 30 de junio de 1998 representa principalmente intereses devengados adicionales.

El trabajo realizado por los despachos contratados con relación a estos pasivos ha incluido la confirmación de la existencia de pagarés y  la conciliación de las cantidades de principal con los valores de las carteras crediticias correspondientes. Con base en el trabajo realizado, el valor de estos pagarés parece estar presentado materialmente correcto por parte del Fobaproa.

4. Cuentas por pagar: saneamiento


Los pasivos del Fobaproa con relación a este programa se presentan en la siguiente tabla:




------------insertar cuadro pagina 232------------


El programa de saneamiento cubre un rango de actividades relacionadas con la recuperación financiera de los bancos. Gran parte de las actividades de saneamiento por parte del Fobaproa se fondean con pagarés, incluyendo:

- La creación de fideicomisos de cartera, similares al programa de capitalización, excepto que el propósito es normalmente adquirir deuda mala para limpiar el balance del banco en cuestión y no hay requisitos para que el banco aporte nuevo capital o comparta las pérdidas;

-La creación de fideicomisos no crediticios, también fondeados por pagarés;

- La compra de obligaciones u otros instrumentos de capital.

Los pagarés emitidos son pagaderos tanto en pesos como en dólares.

Los incrementos se deben principalmente al incremento en pasivos estimados para Serfin, Bancrecer, Inverlat, Atlántico y Promex y se refieren a los costos adicionales del programa de saneamiento.

5. Programa de daciones de pago

A continuación resumimos los pasivos del Fobaproa relacionados con este programa:
                         Costo estimado por         Costo estimado por       Nuestra estimación               
                                FOBAPROA                   FOBAPROA                     al 30-Jun 98
                                al 28-Feb-98                   al 30-Jun-98                   MNS Millones
                              MNS Millones                 MNS Millones
Varios bancos               12,900                             14,200                               14,200

                                                           572,573 y 574

Este programa fue muy poco usado. Le permitía a los banqueros vender activos adjudicados al Fobaproa en fideicomiso bajo acuerdos de recompra. El pasivo antes mencionado es un pagaré a cinco años emitido en 1995. Al final del periodo de cinco años se anticipa que los bancos rediman los pagarés y retomen posición de las propiedades.

El programa se refleja inversamente en los balances de los bancos y del Fobaproa. No se espera que este programa resulte en un costo fiscal.

6. Programas de apoyo a deudores

A continuación se encuentran los pasivos registrados en el balance del Fobaproa respecto a estos programas.

                             Costo estimado          Costo estimado                 Nuestra
                                      por                    por FOBAPROA                 estimación
                               FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
                               al 28-Feb-98             MN$ Millones                  MN$ Millones   
                               MN$ Millones

Varios programas           15,700                     18,100                       18,100

El papel del Fobaproa en los programas de apoyo a deudores consistía inicialmente como un conducto para pasar fondos del Gobierno a los bancos cuando se introdujeron por primera vez los programas de apoyo a deudores. Como resultado, a cualquier fecha del balance general, el Fobaproa se encuentra con una cuenta por pagar a los bancos sobre una base de programa por programa por el importe devengado de los fondos de los bancos bajos los diferentes esquemas y una cuenta por cobrar del Gobierno que compensa dicha cuenta por pagar. El resultado neto es que no debe haber costo fiscal para el Fobaproa con relación a los programas de apoyo a deudores. Esta situación se reflejaría mejor si las partidas fueran borradas del balance del Fobaproa.
Al 28 de febrero de 1998, el Fobaproa no registró en su activos las cuentas por cobrar del Gobierno, consecuentemente, el costo fiscal ha sido sobrevaluado por este pasivo registrado en conexión con los programas de apoyo a deudores. Posteriormente, el Fobaproa confirmó esta falla.

El costo fiscal de los programas de apoyo a deudores fue discutido en una sección posterior.

7. Otros pasivos

Los pasivos varios directos del Fobaproa se resumen a continuación:

Costo estimado          Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
              FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
                  al 28-Feb-98             MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                       

Varios                           1,900                          3,700                            3,700

Este importe incluye principalmente el fondeo directo e indirecto de BBV y Serfín a las fechas señaladas.

B. Pasivos indirectos

El Fobaproa responde por los pasivos de los seis bancos intervenidos de una forma similar a la que una compañía controladora produce informes consolidados con sus subsidiarias. Estos bancos en particular normalmente han recibido muy poco o ningún fondeo del Fobaproa y han obtenido su captación de otros mercados. El Fobaproa no aplica un criterio consistente en este registro contable, ya que algunos bancos similares como Anáhuac, son registrados bajo el esquema de saneamiento con únicamente el registro de sus pasivos netos en los libros del Fobaproa. Los estados financieros de estos bancos se consolidan con las cuentas del Fobaproa, eliminando las partidas que se compensan, como por ejemplo, los créditos entre el Fobaproa y los bancos intervenidos. No se nos entregó el detalle de los análisis para verificar los pasivos consolidados al 30 de junio de 1998. No se ha producido un estado consolida
do de activos a dicha fecha. Como se mencionó en la introducción de esta sección, normalmente no se prepara información consolidada.

1. Pagarés relacionados con la venta de sucursales

A continuación presentamos los pasivos del Fobaproa relacionados con la venta de la red de sucursales de los bancos intervenidos.

Costo estimado          Costo estimado                 Nuestra
               por                        por FOBAPROA                 estimación
              FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
                  al 28-Feb-98             MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                       

Cremi                                                               8,900                             9,000                            9,000
Oriente                                                            2,100                             2,000                            2,000
Unión                                                               6,800                             6,800                            6,800
Obrero                                                             1,800                             1,800                            1,800
Inerestatal                                                           500                                600                                600
Total de pagarés                                           20,100                            20,200                          20,300

En el caso de algunos bancos intervenidos, se determinó que las sucursales serían vendidas a otro banco. El banco vendedor emitió un pagaré neto por los pasivos asumidos, de los activos vendidos. Este pagaré estuvo garantizado por el Fobaproa.

Estas garantías representan un pasivo contingente para el Fobaproa; sin embargo, debido a que el banco vendedor no tenía solvencia al momento en que se dio la garantía, no existe duda alguna que los pagarés del banco vendedor son un pasivo real para el Fobaproa.

El trabajo realizado por los despachos incluyó una revisión de las existencias y el valor de los pagarés y del procedimiento de due diligence relacionado con la emisión del pagaré. No se identificó ningún error material en el valor de los pagarés.

2. Otros pasivos

La siguiente tabla establece, de forma consolidada, los pasivos de seis de los bancos intervenidos de los cuales el Fobaproa es responsable. Los seis bancos intervenidos son Unión, Cremi, Capital, Interestatal, Obrero y Anáhuac.

Costo estimado          Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
              FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
                  al 28-Feb-98             MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                       

Bancos diversos                                              76,300                        79,300                            79,300
Reservas para costos                                        6,000                           6,000                              6,000
de operación   
Total de otros pasivos                                     82,300                          85,300                           85,300

Los despachos contratados revisaron estas cantidades que se relacionan en gran medida con captación interbancaria debido a que generalmente son intereses o costos operativos.

3. Pasivos contingentes

Costo estimado          Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
              FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
                  al 28-Feb-98             MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                       

Bancos diversos                                            2,400                          2,000                                4,100

Los despachos de contadores revisaron estas pequeñas cantidades como parte de su estudio de los activos y pasivos de los bancos intervenidos. Esto representa reservas para litigios presentes y potenciales y por lo tanto no pueden ser verificados con exactitud.

Hemos acumulado 2 mil 100 millones de pesos moneda nacional adicionales por una estimación adicional de costos de operación relativos a la inestabilidad de los bancos intervenidos.

Existen pasivos contingentes adicionales aún desconocidos, inherentes al Fobaproa, como asegurador de depositantes. El Fobaproa es responsable potencialmente de apoyar a otros bancos en el sistema.

Valor estimado para los activos
del Fobaproa


Los activos consolidados totales del Fobaproa, de acuerdo con la estimación del 28 de febrero de 1998, fueron de 218 mil 700 millones de pesos moneda nacional. Como se discutió previamente, hay una cuenta por cobrar de 15 mil 700 millones de pesos moneda nacional del Gobierno Federal relacionada con los programas de apoyo a deudores que también debe añadirse a dichos activos. Esta parte del costo fiscal trata de los saldos al 28 de febrero de 1998 y de las variaciones al 30 de junio de 1998, con base en la comparación del costo fiscal por banco de acuerdo a información proporcionada por el Fobaproa.

La siguiente tabla muestra un resumen de dichos activos, distinguiendo los activos directos del Fobaproa y los activos indirectos, los cuales son los activos de las seis instituciones intervenidas los cuales se presentan de forma consolidada.

Como se mencionó anteriormente, el Fobaproa no produjo un estado consolidado de activos al 30 de junio de 1998. También hemos confiado en la confirmación del Fobaproa que, aparte de los flujos crediticios, solamente las excepciones significativas se han destacado relacionadas con la transacciones incompletas de saneamiento en Bancrecer, Atlántico y Promex, de las cuales el Fobaproa ha actualizado su estimación de pasivos y activos. Dicha actualización fue hecha usando la tasa TIIE de acuerdo con la ley.

También nos hemos apoyado en la reciente auditoría independiente al Fobaproa para asegurarnos de la información que nos fue proporcionada. Por eso, enfatizamos que éstas son estimaciones y que no se ha llevado a cabo una conciliación entre las diferentes categorías de activos.

A continuación se presentan los activos del Fobaproa:


-----------INSERTAR TABLA PAGINA 237---------





                                                                          575,576 y 577

A. Activos directos

A continuación se presentan los saldos de efectivo del Fobaproa

Costo estimado          Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
              FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
                  al 28-Feb-98             MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                       

Efctivos y similares                                         19,800                       19,800                            19,800

La mayor parte del efectivo a la fecha del balance general, ha sido asignado a los diferentes programas. El Fobaproa mantiene cuentas muy activas con débitos y créditos durante el periodo de diciembre desde 1994 en exceso a los $660,000 millones MN. Hemos revisado el estado del flujo de efectivos del Fobaproa y concordamos con la cantidad señalada.

2. Inversiones en acciones y valores

La tabla que se presenta a continuación resume diversas inversiones del Fobaproa. Estas surgieron como parte de las actividades del programa de saneamientos.

Costo estimado          Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
              FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
                  al 28-Feb-98             MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                       

Serfín                                                              3,300                          3,300                                3,300
Inverlat                                                            3,500                          3,500                                3,500
Banpais/Seguros Banpaís                                 200                              200                                   200
Bonos del Gobierno                                        1,200                           1,200                                1,200
Federal
Total de inversiones                                        8,200                          8,200                                8,200
diversas

Estas inversiones en acciones y valores principalmente se relacionan con las obligaciones y acciones adquiridas como parte del proceso de saneamiento. Las crónicas dificultades financieras de Serfin hacen poco probable que haya algún valor recuperable de estas acciones o su deuda subordinada.

El Fobaproa retendrá una inversión en Inverlat, después de la terminación de la venta diferida a Bank of Nova Scotia y parece que habrá un valor recuperable para el Fobaproa.

El valor de las acciones de Banpais ha sido confirmado por los despachos contratados.

Los par bonds del Gobierno Federal (Bonos Brady) han sido valuados al mercado. Estos bonos fueron adquiridos por Hong Kong & Shanghai Banking Corporation como una medida de apoyo a la liquidez. Posteriormente han sido utilizados para pagar los créditos de Nafin registrados como pasivos directos del Fobaproa.
El registro de cualquier costo adicional de Serfin e Inverlat es un asunto del Fobaproa. Hemos discutido estos costos como cuentas por pagar adicionales bajo el programa de saneamiento. En la propia contabilidad del Fobaproa se pueden reflejar dichos costos castigando los activos en lugar de o como un incremento en las cuentas por pagar. El efecto en los pasivos netos del Fobaproa será el mismo.


3. Préstamos a los bancos


El registro sobre costos adicionales por Serfin e Inverlat es asunto del Fobaproa. Hemos discutido estos costos considerándolos como cuentas por pagar adicionales de saneamiento. Dentro de su contabilidad, el Fobaproa puede reflejar dichos costos castigando los activos en vez de o también incrementar sus pasivos. El efecto de los pasivos netos del Fobaproa es el mismo.

Costo estimado          Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
              FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
                  al 28-Feb-98             MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                       

Banpaís/Banorte                                               400                          400                               400
ING con relación a Serfín                               4,100                       4,100                            4,100
Diversos                                                            600                          600                               600
Rerservas                                                    (2.100)                     2.100                         ( 2,100)
Total                                                                3.000                       3,000                             3000

Estas cantidades se relacionan con un crédito adelantado para apoyar la venta de Banpais a Banorte y con el financiamiento por parte del banco ING para Serfin. Esta categoría también contiene alrededor de $32 mil 334 millones MN de créditos de los bancos intervenidos, la cual ha sido provisionada y luego eliminada en la consolidación.


4. Créditos adquiridos a través
del Programa de Capitalización
y Compra de Crédito Bancarios.


La siguiente tabla resume los flujos de créditos netos de este programa




----------INSERTAR TABLA PAGINA 239-------



Como se ha descrito en la otra parte de este informe, el Fobaproa ha adquirido participación en los flujos de efectivo de las carteras vendidas en fideicomisos por los bancos participantes en el programa PCCC. El Fobaproa ha estimado el valor de recuperación de su participación utilizando una fórmula con base en el valor contable de los créditos de las carteras. En algunos casos, las carteras incluyen propiedades, acciones y otros activos adquiridos como resultado de las liquidaciones o litigios.

El Fobaproa conduce sus propias estimaciones "conservadoras" de valor, independientemente de las reservas que se establecieron en los fideicomisos.

Los despachos contratados han estimado los valores utilizando la siguiente metodología y los resultados de éstos es un incremento en la valuación de $10 mil 200 MN millones.

Realizamos extensas revisiones de estas carteras con la ayuda de los despachos contratados quienes realizaron los procedimientos en los bancos. La metodología para la revisión de créditos, la cual comprende la mayor parte de las carteras, es común para la revisión de todas las carteras, ya sea que fueran adquiridas por la capitalización, saneamiento o como resultado de la intervención. La metodología tenía las siguientes características:

- Se revisaron todos los préstamos mayores a 20 millones de pesos MN. Si existía información para que se agrupara a los créditos por acreditado o por grupo de acreditados, el límite de 20 millones de pesos MN aplicaba para dicho acreditado o grupo.

- Con base en una metodología aceptada en la industria bancaria, se seleccionó una muestra al azar para revisión de la cartera restante y los resultados de la revisión fueron extrapolados al universo de créditos.

- Los créditos revisados fueron examinados para verificar su cumplimiento con el acuerdo de compra de cartera, el cual normalmente reflejaba la normatividad contable mexicana. También se examinaron créditos tanto a la fecha de su transferencia al fideicomiso como al 30 de junio de 1998 para evaluar su probable valor de mercado. Para los créditos que no pertenecían a la compra de cartera, sólo se consideró la valuación al 30 de junio de 1998. La metodología desarrollada se adapta a las circunstancias en México, pero en términos generales, se producen resultados similares a los de PCGA en Estados Unidos.

- Los despachos contratados condujeron pruebas sobre metodologías específicas para la valuación de inmuebles para llegar a una estimación de su valor en el mercado. En algunos casos, los valores de mercado estimados eran significativamente más bajos que los valores utilizados por la administración de los bancos, éstos últimos frecuentemente reflejaban actualización mediante el uso de inflación en lugar del valor real de los activos.

- Otros aspectos de los expedientes crediticios fueron examinados para verificar si los créditos fueron otorgados correctamente y si se mantenían los registros adecuadamente, para poder llevar a cabo una evaluación de la calidad del proceso de otorgamiento de créditos y cobranzas en cada banco. También se revisó la suficiencia de dichos procedimientos mediante un examen a las actividades legales y de las negociaciones alcanzadas con los deudores.

Los resultados del cumplimiento y otros elementos de la revisión crediticia se presentan en la sección de valuación de los programas bancarios de este informe.

5. Participación de pérdidas en los
Programas de Capitalización
y Compra de Cartera.


Como ya se discutió en la evaluación del programa de capitalización y compra de cartera, los bancos que transfirieron las carteras a fideicomisos, normalmente acordaron compartir cualquier diferencia entre el valor de los pagarés emitidos por el Fobaproa y el valor de las recuperaciones, más los intereses acumulados. La participación de pérdidas se registra como un archivo en las cuentas del Fobaproa, como se muestra a continuación:






--------INSERTAR TABLA PAGINA 241----------




                                                                             578,579 y 580

El balance general al 28 de febrero también incluyó la cantidad de participación de pérdidas relacionadas con los créditos que ahora han sido tratados como créditos del programa de saneamiento.

Las obligaciones por participación de pérdidas compensarán los pasivos del Fobaproa respecto a los pagarés emitidos para proporcionar fondos para la compra de cada cartera, sin importar la condición financiera del banco en cuestión.

Cuando nuestro trabajo nos indicó que el banco requerirá una ayuda significativa en el futuro y que por lo tanto no podrá cubrir el costo de la participación de pérdidas, hemos incluido dicho monto como un posible pasivo futuro para el Fobaproa, en lugar de reducir la cuenta por cobrar de ese banco bajo el programa. Este es el caso de Serfin, Bancrecer, Promex y Atlántico.

6. Los activos en las instituciones
participantes en el programa de saneamientos.


Las actividades de saneamiento del Fobaproa han resultado de la administración de varios activos y derechos de cobro sobre flujos de efectivo de algunas carteras de crédito. En la siguiente tabla se presenta el valor estimado de los activos disponibles para el Fobaproa como resultado de la actividad del saneamiento:




---------INSERTAR TABLA PAGINA 242------------





Estos activos, "principalmente créditos", fueron adquiridos por lo general como parte de la creación del banco bueno y el banco malo en las instituciones intervenidas o como parte de la estrategia de venta o liquidación de aquellos bancos que han estado sujetos a una reestructura significativa. El valor de estos créditos ha sido estimado por el Fobaproa utilizando una fórmula similar a la utilizada para el programa de compra de créditos. La metodología utilizada para evaluar estos activos se presenta en la sección de capitalización y compra de créditos anteriormente descrita.

Con base en las condiciones actuales del mercado, el valor estimado de los créditos al 30 de junio de 1998 era de $3 mil 200 millones MN más alto que lo registrado por el Fobaproa.


7. Deudores por la venta de instituciones.

Costo estimado          Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
              FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
                  al 28-Feb-98             MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                       

Confía                                                             1,700                            1,700                             1,700
Atlántico                                                         1,800                            1,800                             1,800
Promex                                                           1,700                            1,700                              1,700
Total                                                                5,200                           5,200                               5,200

En el caso del Atlántico, Confía y Promex, hay cantidades pendientes o que se esperan serán cobradas. Los saldos pendientes del Atlántico y Promex están relacionados con transacciones incompletas y dichas cantidades seguían debiéndose al 30 de junio de 1999.

8. Programa de daciones en pago.

MN                              MN$                          MN$

Bancos                                                      12,900                          14,200                       14,200

Estos activos, especialmente los fijos, fueron adquiridos de los bancos en los acuerdos de compra de fideicomisos de cinco años. Se ha registrado el pasivo correspondiente y se espera que los fideicomisos sean liquidados al final del periodo de cinco años sin que se incurra ningún costo fiscal.

9. Otros activos

A continuación se presentan activos diversos propiedad directa del Fobaproa.

Costo estimado               Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
           FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
               al 28-Feb-98               MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                                

Estrella Blanca                                                   700                           700                                     700
Serfín                                                              4,500                         4,500                                 4,500
Diversos                                                          2,000                        2,000                                2,000
Total de activos                                              7,200                        7,200                             7,200


Estos activos y saldos diversos surgieron como resultado del Programa de Saneamiento. La cuenta por cobrar de Estrella Blanca fue recibida como pago por un crédito de Banco Obrero. La cuenta por cobrar de Serfin tiene un valor cuestionable, debido a los problemas financieros actuales del banco.

B. Activos indirectos

La contabilidad del Fobaproa para los bancos intervenidos se explica en detalle en la sección correspondiente de pasivos. Los bancos incluidos en esta sección de activos son Unión, Cremi, Capital, Interestatal, Obrero y Anáhuac.


1. Créditos

A continuación se resumen los créditos a instituciones no relacionadas con el Fobaproa de los bancos intervenidos.

Costo estimado               Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
           FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
               al 28-Feb-98               MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                                

Bancos diversos                                         26,100                            26,100                               28,400

La cartera bruta asciende a 70 mil 306 millones de pesos MN, pero ha sido reducida por las reservas de cuentas dudosas.

Los despachos contratados han adaptado la metodología de revisión estándar conforme a lo establecido en la sección de capitalización y compra de créditos anterior. Con base en su trabajo, se estima que el valor de estos activos es de 2 mil 300 millones de pesos MN más de lo establecido por el Fobaproa al 30 de junio de 1998.

2. Valores

A continuación se resumen las inversiones en valores de los bancos intervenidos:

Costo estimado               Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
           FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
               al 28-Feb-98               MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                                

Bancos diversos                                           5,000                            5,000                                 5,000

Estos activos representan el valor contable ajustado de los cambios de deuda por acciones, llevados a cabo por los bancos, para recuperar sus créditos. El valor bruto es de 21 mil 678 millones de pesos MN, pero esto ha sido reducido por la consolidación de las partidas y por una provisión mayor de 2 mil millones de pesos MN.

Estos activos han sido revisados por los des-pachos contratados en los bancos intervenidos y se ha evaluado su valor recuperable.

3. Otros activos

Costo estimado               Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
           FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
               al 28-Feb-98               MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                                

Bancos diversos                                           3,300                            3,300                                 3,300


Esta suma representa los bienes adjudicados y los activos fijos en los balances de los bancos intervenidos. El Fobaproa registró una provisión de 2 mil millones de pesos MN contra el valor contable de los activos conforme a lo reportado por los bancos.

Estos activos han sido revisados por los despachos contratados en los bancos intervenidos y evaluados en cuanto a su valor de recuperable. Los efectos de cualquier diferencia en la valuación en dólares estadounidenses al 30 de junio de 1998 han sido incorporados en los activos crediticios.

C. Programa de apoyo a deudores

Costo estimado               Costo estimado                 Nuestra
               por                    por FOBAPROA                 estimación
           FOBAPROA                al 30-Jun-98                    al 30 Jun-98
               al 28-Feb-98               MN$ Millones                  MN$ Millones
MN$ Millones                                                                

Gobierno Federal                                         15,700                            18,100                            18,100


Como ya se mencionó anteriormente en la revisión de los pasivos del Fobaproa, estas cuentas por cobrar deben mostrarse en el balance como un activo compensable igual al pasivo registrado relacionado con los programas de apoyo a deudores.

                                                                                       581,582 y 583


APENDICE

Notas sobre el informe del Fobaproa presentado por el señor Michael W. Mackey

1. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 1o.

2. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 5o.

3. Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, artículo 5o.

4. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, artículo 31.

5. Regulación Interna de la SHCP, artículo 27.

6. Regulación Interna de la SHCP, artículo 28.
7. Regulación Interna de la SHCP, artículo 29.
8. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 76.

9. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 19.

10. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 49.

11. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 50.

12. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 55.

13. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 51.

14. SHCP Circular número 101-467.

15. Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, artículo 30.

16. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 45-B y Ley para la Regulación las Agrupaciones Financieras, artículo 27-B.

17. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 17 sección VII y Ley para la Regulación las Agrupaciones Financieras, artículo 20 sección V.

18. Diario Oficial de la Federación, febrero 15, 1995, artículo 11 de la Ley de Instituciones de Crédito.

19. Anatomía del Sistema Bancario Mexicano después de la crisis del peso, Banco Mundial, diciembre de 1996.

20. Ley de la CNBV, 28 de abril de 1995, artículo 4o.
21. Regulación de la Comisión Nacional Bancaria sobre Asuntos de Inspección, Vigilancia y Contabilidad, 24 de noviembre de 1998, artículo 1o.

22. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 134.

23. Regulación de la Comisión Nacional Bancaria sobre Asuntos de Inspección, Vigilancia y Contabilidad, 24 de noviembre de 1998, artículo 10-42.

24. Ley para la Regulación las Agrupaciones Financieras, artículo 30-A y Ley de Instituciones de Crédito, artículo 138.

25. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 137.

26. Ley para la Regulación las Agrupaciones Financieras, artículo 30-B y Ley de Instituciones de Crédito, artículo 138.

27. Circular 1222 de la CNBV, 14 de noviembre de 1994, artículo 14.

28. Circular 1222 de la CNBV, 14 de noviembre de 1994, artículo 14.

29. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 76.

30. Reglas de calificación de la cartera crediticia, artículo 10 y 11.

31. Circular 1128 de la CNBV, 15 de agosto de 1991, artículo 12.

32. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 107.

33. Ley del Banco de México, artículo quinto transitorio.

34. Ley del Banco de México, artículo treceavo transitorio.

35. Ley del Banco de México, artículo 2o.

36. Ley del Banco de México, artículo 24.

37. Diario Oficial de la Federación del 26 de diciembre de 1997.

38. Ley del Banco de México, artículo 3o.

39. Ley del Banco de México, artículo 26.

40. Ley del Banco de México, artículo 32.

41. Ley del Banco de México, artículo 36.

42. Ley del Banco de México, artículo 37.

43. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 117.

44. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 122.

45. Reglamento interno del Banco de México, artículo 14.

46. Reglamento interno del Banco de México, artículo 27X.

47. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 122, sección I.

48. Modificaciones al Acuerdo del Fideicomiso Fonapre, 18 de octubre de 1990.

49. Modificaciones al Acuerdo del Fideicomiso Fonapre, 18 de octubre de 1990

50. Barrett, John A. "The Insolvency Process in México". Latin American Law and Business Report, World Trade Executives Inc. 1995.

51. Modificaciones al Acuerdo del Fideicomiso Fonapre, 18 de octubre de 1990.

52. Modificaciones al Acuerdo del Fideicomiso Fonapre, 18 de octubre de 1990.

53. Ley del Banco de México, artículo 47, secciones IV y X.

54. Reglamento Interno de Banco de México, artículo 14-bis.

55. Minutas de la Junta del Comité Técnico del 29 de abril de 1997.

56. La Valuación y Venta de Activos (VVA) es una subsidiaria del Fobaproa creada el 26 de abril de 1996 para administrar, valuar y vender los activos que el Fobaproa pudiera adquirir en sus negociaciones con los bancos.

57. Reglas cooperativas de Fonapre del 24 de diciembre de 1986.

58. Modificaciones al Acuerdo del Fideicomiso Fobaproa, 3 de mayo de 1996, cláusula 3.

59. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 122, IV.

60. Modificaciones al Acuerdo del Fideicomiso Fonapre, 18 de octubre de 1990.

61. Modificaciones al Acuerdo del Fideicomiso Fonapre, 18 de octubre de 1990.

62. Minutas de la Asamblea del Comité Técnico, 29 de abril de 1997.

63. Minutas de la Asamblea del Comité Técnico, 26 de abril de 1996 y 29 de abril de 1997.

64. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 122, II.

65. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 122, VI.

66. Modificaciones al Acuerdo del Fideicomiso de Fonapre, 18 de octubre de 1990, cláusula 5(c).

67. Publicaciones del Diario Oficial de la Federación del 29 de diciembre de 1993 y 28 de diciembre de 1994.

68. Publicaciones del Diario Oficial de la Federación del 26 de diciembre de 1997.

69. Morgan Stanley, Latin América Banking. Mexican Banks Fourth Quarter Results Point to a Bleak Future, March 24, 1995, page 3.

70. The Hidden Coses of Mexican Banking Reform, Jan 1, 1997, William P. Osterberg, Economic Commentary (Cleveland), Página 1, Copyright 1997 Federal Reserve Boerd of Cleveland, página 4.

71. Minutas de la Asamblea del Comité Técnico, 7 de abril de 1995.

72. Reporte anual del Banco de México de 1995.

73. Minutas de la Asamblea del Comité Técnico 6 de enero de 1995.

74. Minutas de la Asamblea del Comité Técnico, Junta 27.

75. Según el doctor Roberto del Cueto, director del Centro de Estudios Legales Privados en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).

76. Hacia un Marco de Estabilidad Financiera. Fondo Monetario Internacional. Enero de 1998.

77. Hacia un Marco de Estabilidad Financiera. Fondo Monetario Internacional. Enero de 1998.

78. La Protección de Ahorros Bancarios, Capítulo I. artículo 6o. Capítulo II. Artículo 11. Artículo transitorio 11.

79. Hacia un Marco de Estabilidad Financiera. Fondo Monetario Internacional. Enero de 1998.

80. Regulación Financiera y la Economía Global. Richard J. Herring y Robert E. Litan, 1995. Washington, D.C.

81. Acuerdo de Basilea, abril 1997.

82. Acuerdo de Basilea, abril 1997.

83. Acuerdo de Basilea. abril 1997.

84. Bancos Mexicanos, Nuevas Reglas Contables: Un poco más "Mex" que "Tex", 13 de enero, 1997. Goldman Sachs.

85. OECD Principios de Gobierno Corporativo. Ad Hoc Equipo de trabajo en Gobierno Corporativo.

86. CoCo Conferencia. El Camino menos transitado (The Road Less Travelled).

87. Hacia un Fondo de Estabilidad Financiera. Fondo Monetario Internacional, enero 1998.

88. Hacia un Fondo de Estabilidad Financiera. Fondo Monetario Internacional, enero 1998.

89. Ley de Instituciones de Crédito, artículo 12.

90. Modificaciones al contrato del Fobaproa, 3 de mayo de 1996 cláusula 3.

91. Actas del Comité Técnico, 9 de octubre de 1996.

92. Minutas de las reuniones del Comité Técnico, 9 de octubre de 1996.

93. Minutas de las reuniones del Comité Técnico, 16 de julio de 1997.

DIARIO de los DEBATES

  Año lll  No.9        PRIMER PERIODO SESIONES ORDINARIAS     SEPTIEMBRE 23, 1999 

 

VOLUMEN II

CONTINUACION DE LA SESION
DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 1999 DEL DIARIO No. 9

Presidencia del diputado
Jesús Enrique Jackson Ramíre

El diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés
(desde su curul):

¡Pido la palabra!

El Presidente:

¿Con qué objeto?

El diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés
(desde su curul):

Para solicitarle, señor Presidente, informe al pleno el tratamiento que se le va a dar al informe de las auditorías, en virtud de que el punto de acuerdo que establece el funcionamiento del comité, señala que este informe debe ser puesto a consideración del pleno y usted solamente está dando "de enterado" al pleno.

El Presidente:

Sí, diputado. Con mucho gusto le informo a usted y al pleno.

La mesa directiva ordenó la publicación en un anexo especial de la Gaceta Parlamentaria del informe que se rindió y se convino que en la reunión de la conferencia, que es el órgano responsable de la programación de los trabajos de las sesiones, el próximo lunes 27 se decidirá la inscripción del tema en el orden del día y el formato para el análisis del mismo informe.

Hoy solamente estamos rindiendo cuenta al pleno de que se ha recibido el informe, que será sujeto a discusión en posterior sesión. Es el acuerdo tomado por la mesa directiva hoy en la mañana.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Omar Alvarez Arronte, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo en materia de personas con discapacidad.

El diputado Omar Alvarez Arronte:

Con su permiso, señor Presidente; señoras y señores diputados:

«Con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 55, 56, 57, 58 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la presente iniciativa para reformar y adicionar los artículos 47 párrafo primero, 53 párrafo cuarto, 54, 56, 132 incisos 29 y 30, 133, 134 inciso 8o. y 10, 153-E-bis, 181-A, B y C, 472, 475-bis, 481, 482, 483, 504 párrafos primero y séptimo, 509, 511 párrafos primero y tercero, 512 inciso d y 994 inciso 6 de la Ley Federal del Trabajo, bajo la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

En últimas fechas, diversas organizaciones sociales y de personas con discapacidad de distintas naciones, han conformado un movimiento que lucha por mejores niveles de vida y los derechos de este sector social, la importancia y fuerza que ha cobrado la causa de quienes presentan una deficiencia física, mental o sensorial, ha creado la imperiosa necesidad de su reconocimiento, lo cual ha trascendido al ámbito internacional.

La discapacidad como concepto, comienza a cobrar importancia en la conciencia pública aunque de manera paulatina en diversos paíes, a partir del programa de acción mundial para las personas impedidas, aprobado por la Organización de las Naciones Unidas en el año de 1982.

Los ejes rectores de dicho programa son: "la equipación de oportunidades" y "el pleno goce de los derechos humanos". La primera se refiere al acceso a los servicios a los que tiene la comunidad en general y la segunda evitar por todos los medios la discriminación y preservar la dignidad de quienes presentan una discapacidad.

El mencionado programa, se señala que estas líneas de acción, tienen su antecedente en proporcionar a esta población el acceso a la salud en sus distintas vertientes, la prevención, la atención y la rehabilitación; la educación, la cultura, recreación y el deporte la capacitación y trabajo; ya que por razones de diversas índoles ha estado marginada del resto de la sociedad. Para lo cual es indispensable llevar a cabo una estrategia que permita que la legislación de cada estado miembro, garantice el ingreso a tales servicios.

Es innegable que la falta de un trabajo remunerado y estable, representa uno de los problemas más lacerantes que enfrentan las personas con discapacidad. Ello es así en virtud de una compleja situación social que ha generado equívocos de primer orden.

La discriminación que afrontan las personas con discapacidad, en el campo laboral estriba en el hecho de ser un grupo social vulnerable y por tal motivo resulta difícil en un país como el nuestro con un nivel de desempleo y subempleo considerable y la atención del Gobierno Federal para abatir la extrema pobreza, encontrar una promoción laboral y una ocupación rentable para las personas con discapacidad, lo que no es justificable. Por otra parte si bien, no contamos con cifras confiables que nos permitan cuantificar con certeza el fenómeno que enfrentamos, tampoco podemos soslayarlo. Por eso es de justicia social que los millones de mexicanos, con ésta condición, tengan acceso a ésta actividad humana.

Se ha demostrado que las personas con discapacidad son quienes aprecian mejor su trabajo, porque significa para ellas una fuente de dignificación personal, además de aliviar el problema económico. Aunado a lo anterior se ha patentizado que la discapacidad no es sinónimo de incapacidad para trabajar y en legislaciones como la nuestra, se consigna la prerrogativa de reponer en su empleo al trabajador que haya sufrido un riesgo de trabajo con tal de que esté capacitado para ello. Lo anterior se sustenta en la filosofía que supone el conocimiento y la confianza en las potencialidades de las personas con discapacidad, la que puede resumirse diciendo: "si hay capacidad, debe haber oportunidad".

Abrir el mercado laboral a la población con discapacidad, entraña un reto que es necesario asumir por todos los sectores de la sociedad. Difícil hemos dicho, pero posible. Sostenemos que un primer paso en este sentido es la reforma de la legislación laboral, sabemos que ello no conlleva a colocar en un empleo a las personas con discapacidad, pero si, una acción fundamental para lograrlo, teniendo en cuenta sus limitaciones. Toca al legislador realizar ésta noble tarea, que representa una auténtica lucha para poner en práctica el servicio a los demás.

Podemos afirmar que nuestra Ley Federal del Trabajo, reglamenta algunas cuestiones relativas a la discapacidad, al ocuparse de aquella que es adquirida por un accidente de trabajo y que está catalogada como una incapacidad permanente parcial. Es preciso ampliar los conceptos que sobre el particular se han elaborado y adecuarlos a la realidad actual.

En ese sentido se hace necesario remitirnos a las recomendaciones de carácter internacional, que tienen plena vigencia universal. Sin embargo, hay que subrayar que no está contemplado que las personas con discapacidad que no sea producida por un accidente de trabajo, tengan legalmente la oportunidad de emplearse.

Hemos considerado que la reforma a la Ley en Materia de Trabajo, deberá estar matizada de sencillez en su redacción y por sobre todo de viabilidad jurídica, sin apartarnos de los conceptos y definiciones contemporáneos que en ésta materia se han difundido. En ese contexto "el programa de acción mundial para personas con discapacidad", adoptó las definiciones elaboradas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), en el que se establece que la discapacidad constituye, la restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro de un margen que se considera normal para un ser humano, debido a una deficiencia. En ese orden de ideas la deficiencia comprende tanto la pérdida total, como la normalidad de una estructura o función sicológica, fisiológica y anatómica.

De igual manera, se precisa el verdadero significado de la minusvalía, estableciéndose que representa una situación desventajosa para un individuo determinado, como consecuencia de una deficiencia o una discapacidad, que limita o impide una actividad normal en su caso (en función de edad, sexo y factores culturales).

Con base en lo anterior, se determinó emplear el término persona con discapacidad para referirse a los titulares con derechos que pretenden proteger, por lo que habremos de conciliar lo que actualmente expresa nuestra Ley Federal de Trabajo con este concepto, que por su amplitud contempla las diversas discapacidades física, mental y sensorial.

Conviene destacar que nuestro estatuto laboral, sigue algunos lineamientos señalados en documentos internacionales, como es el caso de la recomendación 99 sobre la adaptación y la readaptación profesionales de los inválidos de 1955, de la organización internacional del trabajo, que pone especial énfasis para evitar la discriminación. Sin embargo falta incluir las normas más recientes, surgidas como consecuencia del citado programa de adaptación mundial, que sugieren su incorporación como parte de la política para la readaptación y el empleo de las personas con discapacidad.

De ahí que el Convenio 159 de la misma organización, del 1o. de junio de 1983, establezca que dicha política estará destinada a asegurar que existan medidas adecuadas de readaptación profesional al alcance de todas las categorías de personas con discapacidad y promover oportunidades de empleo e integrarlas al mercado regular.

Esta propuesta es producto de una permanente consulta con las organizaciones de personas con discapacidad, se funda en que los trabajadores con discapacidad reclaman igualdad de oportunidades y no de privilegios, por ello deberán contar con la capacitación que les permita colocarse en el empleo como cualquier otra persona y no quede al arbitrio del patrón su contratación a los trabajos que pueden desempeñar quienes tienen una discapacidad.

Lograr condiciones que permitan a estos compatriotas desarrollar a plenitud sus potencialidades. Ha sido y es una tarea que sólo puede fructificar sumando esfuerzos. Consecuentemente con esta convicción, la Comisión de Asistencia Social ha estado estrechamente vinculada con las organizaciones civiles de personas con discapacidad y que enriquecen las propuestas que vienen haciendo desde hace algunos años.

Concluida la amplia consulta nacional convocada por el Ejecutivo Federal sobre asistencia social, han sido incorporados en el plan nacional de desarrollo los anhelos, reclamos y prioridades que en este aspecto han expresado los mexicanos, así como el compromiso del presidente Ernesto Zedillo de combatir la marginación, mediante una estrategia renovada de integración social y productiva a fin de lograr, con la aplicación de políticas integrales de bienestar, un desarrollo más justo para todos los mexicanos.

La creación del programa nacional para el bienestar y la incorporación al desarrollo de las personas con discapacidad, señala los compromisos institucionales de cada una de las dependencias del sector público, compromisos que han empezado a cumplirse como por ejemplo con la apertura de la agencia del Ministerio Público Federal especializada en la atención de personas con discapacidad mental y la puesta en marcha del sistema nacional de información sobre población con discapacidad.

Atendiendo a tales recomendaciones, procede hacer un análisis exhaustivo y serio acerca de cuales deben ser los preceptos de la Ley Federal del Trabajo, que requieren ser reformados para asegurar la incorporación de este sector de la población y sentar las bases de las relaciones entre trabajadores y patrones que eviten la discriminación o minusvalía en los centros de trabajo a fin de que impere un espíritu de equidad que los coloque en similares circunstancias.

Se ha considerado que el artículo 3o. debe ser susceptible de una adición, tomando en cuenta que define el trabajo, destacando como premisas las libertades y la dignidad de quien los presta, por ello al señalar que no podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por las diversas razones de pertenencia, es conveniente agregar la condición que implica tener una discapacidad.

Como se ha apuntado en otra parte, el sector de las personas con discapacidad en muchos sentidos es un grupo vulnerable, que ha servido como medio de explotación de la conmiseración por quienes sin escrúpulos han hecho su modus vivendi y que repercute en


                                                                    587,588 y 589

forma negativa en la imagen de los que efectivamente    presentan una discapacidad, por eso se ha pensado que debe ser una causal de la recisión de la relación laboral a cargo del patrón, cuando se percate que un trabajador se ha ostentado con esa condición sin tenerla.

Es menester conciliar los conceptos de incapacidad prevista en la Ley Federal del Trabajo, con la discapacidad, por que en los artículos 53 fracción IV y 54 que corresponden al capítulo relativo a la terminación de las relaciones de trabajo que regulan la incapacidad como una de las causas que la originan, ésta tiene su antecedente en una discapacidad, la que constituye una restricción o inhabilidad para realizar las actividades laborales que venía desempañando; por ese motivo es imprescindible incluir el mencionado término para darle coherencia a ambos conceptos.

Con esta propuesta se define y legislan dos supuestos: uno, cuando el trabajador sin discapacidad sufre un accidente de trabajo en los términos que la ley establece y su consecuencia es la incapacidad que le permite continuar desempañando el trabajo para el cual fue contratado.

El otro supuesto es cuando el trabajador con discapacidad, sufre un accidente de trabajo ocasionándole otra discapacidad, que como en el caso anterior, tampoco le permite seguir desarrollando el trabajo para el cual fue contratado. Como se observa en el segunda caso, la incapacidad motivada por una discapacidad, sería el antecedente de terminación de la relación laboral asociada de la inhabilidad.

Por lo anterior, es necesario asociar los conceptos de discapacidad e incapacidad, por que ambos casos pueden dictaminarse por la autoridad competente la inhabilidad y como consecuencia de ésta, la terminación de la relación de trabajo. Por lo que se propone utilizar ambos conceptos a partir de las definiciones que establece el Título Quinto.

Se ha considerado que el artículo 56, es de enorme importancia al contener los principios de igualdad de los individuos para prestar sus servicios personales y la igualdad en las condiciones de trabajo; esto se traduce por una parte, en que no podrá hacerse distingos entre los trabajadores y que deberán establecerse condiciones iguales para aquellos trabajadores que desempeñen un trabajo circunstancialmente igual y por otra, el que no deber distinguirse a un trabajador por motivo de raza, nacionalidad, sexo, edad, credo religioso o filiación política a efecto de que no obstante está prestando un servicio igual, se pretenda discriminar e imponer condiciones de trabajo inferiores a las consignadas en la ley, en el contrato de trabajo o derivadas de su relación laboral.

Creemos que son tres aspectos que inspiraron esta disposición que dan origen a los motivos enunciados: la pertenencia a un determinado entorno social, la ideología individual y la condición personal del trabajador.

Por esto, dentro del último aspecto incluimos la palabra discapaciad en el artículo 56 de la ley que nos ocupa, como otro de los motivos por los que no podrá ser discriminado o diferenciado ningún trabajador, tanto por su condición personal ni tampoco en cuanto a las condiciones de trabajo, poniendo énfasis en el reconocimiento de la persona con discapacidad como sujeto de una relación obrero patronal.

Uno de los motivos de nuestra reflexión ha sido al encontrar los mecanismos que aseguren la apertura del mercado laboral, armonizándolo con el contexto de la ley, los cuales consisten en establecer los criterios basados en el número de trabajadores de una empresa, considerando que la incorporación de personas con discapacidad a esta actividad, es un proceso de sensibilización para el sector patronal, pero además que la planta productiva de nuestro país se encuentra en la pequeña y mediana empresas. En ese sentido se propone que se adicione al artículo 132 una fracción, dentro de las obligaciones del patrón, que prevé la contratación tanto de un número determinado de trabajadores y un porcentaje equivalente al 1%. En efecto, cuando el número de trabajadores es menor de 100 y mayor de 20, deberá de emplear a un trabajador con esta condición.

En ese tenor dentro de las obligaciones del patrón, también se encuentran las prohibiciones a cargo de éste contempladas en el artículo 133 fracción I, en la que se hace una enumeración similar a la de los artículos 3o. y 56, por tal motivo para hacerlo congruente se adicionaría un vocablo discapacidad, como una causa por la que el patrón no puede negarse a dar trabajo.

Dentro del contexto de la igualdad de oportunidades y que favorezca la integración de los trabajadores con discapacidad, se propone la creación del artículo 153-E-bis que establece, que los trabajadores con discapacidad recibirán la capacitación y el adiestramiento a que tiene derecho, en conjunto con sus compañeros y en similares condiciones acordes a su situación física, a fin de evitar en lo posible algún tipo de segregación en tan importantes enseñanzas.

Se propugna por una cultura de la discapacidad, el trabajo debe ser uno de los medios que la favorezcan, sin perder de vista la diferencia de quien la presenta y el mayor riesgo que tiene en los casos de siniestro, por lo que no solamente el patrón estará obligado a observar ciertas normas para este tipo de trabajadores, sino también sus compañeros, éstas son las razones para que en actos de verdadera solidaridad auxilien a las personas con discapacidad, como se propone en el artículo 134 fracción VIII.

Quien ha sido contratado con una discapacidad naturalmente debe tener la estabilidad en el empleo. Esa circunstancia tampoco debe representar una molestia ni mucho menos una causa para incapacitarlo y con ello dar por terminada la relación de trabajo, con el propósito de evitar cualquier riesgo, se adiciona a la fracción X del artículo 134 que establece que quedan exceptuadas las discapacidades conocidas por el patrón, ya que en dicha adición se consideran todo tipo de discapacidades.

Punto medular de la reforma es el Título Quinto y de los artículos 181-A, 181-B y 181-C que se proponen como nuevas normas a la Ley Federal del Trabajo y que regula el trabajo de las personas con discapacidad, en aspectos tan fundamentales como establecer una definición de ésta y de incapacidad, así como la prohibición de desarrollar trabajos perjudiciales a la salud y a su vida. Se sigue la sistematización de la ley optándose por abrir un capítulo que, junto a los ya existentes de mujeres y menores, regule el trabajo de las personas con discapacidad atendiendo a su condición personal, pues es evidente que quien tiene disminuidas sus potencialidades, debe ser equiparado frente a la ley y establecer condiciones que no lo expongan al peligro, en la realización de una actividad laboral.

Merece atención especial el Titulo Noveno, relativo a los riesgos de trabajo que define en primera instancia el riesgo de trabajo, como los accidentes y enfermedades a que estan expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. Dentro del primer concepto, el accidente se define como toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior o la muerte inclusive, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar en que se preste. Se incluyen en dicha definición los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar de trabajo de éste a aquél.

Debemos reiterar a la luz de las normas del trabajo una relación de género a especie, entendiendo la discapacidad como el género y la incapacidad como la especie. En este sentido una persona con discapacidad puede estar incapacitada para determinado trabajo, pero no para otro. Como también es posible que haya personas con discapacidad que tengan una incapacidad total para trabajar.

Queda claro que de acuerdo con las definiciones internacionales sobre la discapacidad, ésta tiene su origen no solamente en accidente o enfermedades de trabajo, habida cuenta que cuando la ley se refiere a la perturbación funcional posterior se está refiriendo a una discapacidad. En ese orden de ideas tanto las enfermedades, como todo género de lesiones pueden traer como consecuencia una incapacidad concepto estrictamente laboral, ya que de acuerdo con las definiciones previstas en los artículos 478 al 480 de la Ley Federal del Trabajo, se describen los diversos supuestos que pueden impedir la realización del trabajo.

No debe perderse de vista que una persona con discapacidad, también puede sufrir una enfermedad o un accidente de trabajo, la aportación en esta parte consiste en subrayar que las disposiciones que regulan los riesgos de trabajo serán aplicables a todas las relaciones de trabajo, incluyendo el de los trabajadores con discapacidad en el artículo 472 y en el 475-bis. Donde, se reitera que las definiciones de los accidentes y enfermedades deben hacerse extensivas a la condición de las personas con discapacidad.

En los artículos 481, 482, 483 se combinan los conceptos de incapacidad por discapacidad, de acuerdo con el principio de causa y efecto, pues se ha visto que la discapacidad puede incapacitar para un trabajo pero no para otro.
Uno de los elementos constantes de la reforma que se pretende es la integración plena de las personas con discapacidad, no solamente en  el trabajo como actividad, sino que participen en actividades de consulta, así como para prevenir la propia discapacidad como uno de los elementos de mayor importancia, en los centros de trabajo, siendo los lugares de mayor incidencia.

De ahí que se pone a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa, dando paso por fin a un conjunto de normas que pretende ser un instrumento de dignificación para quienes solicitan una oportunidad.

TITULO PRIMERO

Principios generales

CAPITULO IV


Rescisión de las relaciones de trabajo

Artículo 47. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón.

I. Engañarlo el trabajador o en su caso el sindicato que lo hubiere propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en las que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes de que carezcan o que tengan una discapacidad. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de 30 días de prestar sus servicios el trabajador.

CAPITULO V

Terminación de las relaciones
de trabajo

Artículo 53.
Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:

I a la III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. La incapacidad por discapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo.

Artículo 54. En el caso de la fracción IV del artículo anterior, si la incapacidad por discapacidad proviene de un riesgo no profesional, el trabajador tendrá derecho a que se le pague un mes de salario y 12 días por cada año de servicios o de ser posible, si así lo desea a que se le proporcione otro empleo compatible a sus aptitudes, independientemente de las prestaciones que correspondan de conformidad con las leyes.

TITULO TERCERO

Condiciones de trabajo

CAPITULO I


Disposiciones generales

Artículo 56. Las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta ley y deberán ser proporcionadas a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecer diferencias con motivo de raza, nacionalidad, sexo, edad, discapacidad, credo religioso o doctrina política, salvo las modalidades expresamente consignadas en esta ley.

TITULO CUARTO

Derechos y obligaciones de los
trabajadores y patrones

CAPITULO I


Obligaciones de los patrones

Artículo 132. Son obligaciones de los patrones:

I a la XXVIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XXIX. Dar empleo compatible a su condición personal a personas con discapacidad. Si el número de empleos de la empresa o establecimiento es mayor a 100 cuando menos, deberá de emplearse a un 1% cuando menos de personas con discapacidad del total de su planilla de trabajadores, si el número de trabajadores es menos de 100 y mayor de 20 deberá de emplear cuando menos a un trabajador con esta circunstancia.

XXX. Proporcionar los apoyos necesarios, a fin de que las personas con discapacidad cuenten con las medidas de accesibilidad, seguridad y libre desplazamiento para que realicen con mayor eficiencia su trabajo y garantizar un mayor grado de productividad.

 
                                                  590,591 y 592
                                                                               

Artículo 133.
Queda prohibido a los patrones:

I. Negarse a aceptar trabajadores por razón de edad, sexo o discapacidad, siempre que acrediten su capacidad para realizar el empleo que pretendan.

CAPITULO I

Obligaciones de los trabajadores

Artículo 134. Son obligaciones de los trabajadores:

I a la VII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VIII. Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses del patrón ayudando y poniendo a salvo a los trabajadores con discapacidad.

IX. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

X. Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padecen ninguna incapacidad o enfermedad de trabajo contagiosa o incurable, cuya transmisión tenga características de epidemia, quedando exceptuadas la discapacidad y aquellas conocidas por el patrón en el momento de la contratación.

CAPITULO III

De la capacitación y adiestramiento de los trabajadores

Artículo 153-E-bis. Tratándose de trabajadores con discapacidad a que se refiere el Título Quinto de esta ley, la capacitación y el adiestramiento la recibirán en lo posible conjuntamente con los demás trabajadores y en similares condiciones.

TITULO QUINTO

El trabajo de las personas con
discapacidad


Artículo 181-A. El presente capítulo regula el trabajo de las personas con discapacidad. Para los efectos de esta ley, se entiende por discapacidad a la restricción o ausencia debida a una deficiencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un trabajador.

Artículo 181-B. Se entiende por incapacidad a la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita, parcial o totalmente, a una persona para desempeñar su trabajo de manera temporal o permanente.

Artículo 181-C. Queda prohibido el trabajo de las personas con discapacidad, cuando éste ponga en peligro su vida o en detrimento de su salud física o mental.

TITULO NOVENO

Riesgo de trabajo

Artículo 472.
Las disposiciones de este título se aplican a todas las relaciones de trabajo, incluidos los trabajos especiales y el de los trabajadores con discapacidad.

Artículo 475-bis. En las definiciones a que se refieren los artículos anteriores, se deberá considerar la condición del trabajador con discapacidad.

Artículo 481. La existencia de estados anteriores como discapacidad física mental o sensorial, intoxicaciones o enfermedades crónicas anteriores, no es causa para disminuir el grado de incapacidad, ni las prestaciones que correspondan al trabajador.

Artículo 482. Las discapacidades posteriores a los riesgos de trabajo se tomarán en consideración para determinar el grado de la incapacidad.

Artículo 483. Las indemnizaciones por riesgo de trabajo que produzcan incapacidades se pagarán directamente al trabajador.

En los casos de incapacidad por discapacidad mental, comprobados ante la junta, la indemnización se pagará a la persona o personas, de las señaladas en el artículo 501, a cuyo cuidado quede; en los casos de muerte del trabajador, se observará lo dispuesto por el artículo 115.

Artículo 504. Los patrones tienen las obligaciones especiales siguientes:

I. Mantener en el lugar de trabajo los medicamentos y material de curación necesarios para primeros auxilios y adiestrar y capacitar al personal para que lo preste; así como la forma en
que pueden auxiliar al personal con discapacidad.

VII. Consultar a los trabajadores con discapacidad, en relación con los apoyos a que se refiere la fracción XXX del artículo 132 de esta ley.

Artículo 509. En cada empresa o establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad e higiene que se juzgue necesarias, compuestas por igual número de representantes de los trabajadores, incluyendo personas con discapacidad y del patrón, para investigar las causas de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan.

Artículo 511. Los inspectores del trabajo tienen las atribuciones y deberes especiales siguientes:

I. Vigilar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias sobre prevención de los riesgos de trabajo y seguridad de la vida, salud y discapacidad de los trabajadores.

II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Colaborar con los trabajadores y el patrón en la difusión de las normas sobre prevención de riesgos, higiene y discapacidad.

Artículo 512-D. Los patrones deberán efectuar las modificaciones que ordenen las autoridades del trabajo a fin de ajustar sus establecimientos, instalaciones o equipos a las disposiciones de esta ley, incluyendo aquéllas a que se refiere la fracción XXX del artículo 132.

TITULO DECIMOSEXTO

Responsabilidades y sanciones

Artículo 994.
Se impondrá multa, cuantificada a términos del artículo 992, por el equivalente:

I a la V. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VI. De 15 a 155 veces al salario mínimo general, al patrón que viole las prohibiciones contenidas en el artículo 133 fracciones I, II, IV, VI y VII.

Palacio Legislativo, a 23 de septiembre de 1999.- Diputado Omar Alvarez Arronte, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»

El Presidente:

Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la Comisión de Atención y Apoyo a Discapacitados.

Gracias, diputado Alvarez Arronte.


CAMARA DE SENADORES

El secretario Francisco Vera González:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, D.F.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.

Nos permitimos hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Héctor Sánchez López presentó comunicación por la que informa que ha sido designado como coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en sustitución del senador Ernesto Navarro González.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Senadores Guilebaldo Silva Cota y Evangelina Pérez Zaragoza, secretarios.»

De enterado.

PERMISO AL PRESIDENTE PARA
AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL

La secretaria Francisca Haydee García
Acedo:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, D.F.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional los días 5 y 6 de octubre de 1999, a efecto de que realice una visita de trabajo a Canadá.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Atentamente.

México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Senadores: Guilebaldo Silva Cota y Evangelina Pérez Zaragoza, secretarios.

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO


Artículo único. Se concede autorización al ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional los días 5 y 6 de octubre de 1999, a efecto de que realice una visita de trabajo a Canadá.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico.
El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores.- México, D.F., a 21 de septiembre de 1999.- Senadores: José Trinidad Lanz Cárdenas, presidente; Guilebaldo Silva Cota y Evangelina Pérez Zaragoza, secretarios.

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.- Adalberto Campuzano Rivera, oficial mayor.»

El Presidente:

Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores.

ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO
FEDERAL

El Presidente:

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria del día 22 de septiembre el dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le considera de urgente resolución y se somete a discusión y votación de inmediato.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea si se le considera de urgente resolución y se somete a discusión y votación de inmediato.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se le considera de urgente resolución, señor Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Comisión del Distrito Federal.

Honorable Asamblea: a la Comisión del Distrito Federal le fue turmada para su estudio y dictamen la iniciativa de reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, presentada a la Cámara de Diputados el 13 de septiembre de 1999 por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de conformidad con los artículos 122 apartado c base primera fracción IV inciso ñ, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 42 fracción VIII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 46 fracción II, 47, 48 fracción I, 50 y 52, segundo párrafo, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Asimismo, a la Comisión del Distrito Federal le fue turnada, el 21 de septiembre del año en curso, la iniciativa de reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal en materia de demarcaciones territoriales, presentada por el diputado José Espina von Roehrich.

I. Del estudio de las motivaciones que llevaron a la presentación de la iniciativa de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y del diputado

                                                                                                      593,594 y 595

José Espina von Roehrich se desprenden las siguientes consideraciones de carácter general:

1. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal tiene derecho a iniciar leyes ante el Congreso de la Unión, siempre que éstas versen sobre materias relativas al Distrito Federal.

2. La iniciativa presentada se refiere precisamente al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

3. José Espina von Roehrich es diputado a la LVII Legislatura del Congreso de la Unión y presentó su iniciativa de conformidad con la atribución que le confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. El Congreso de la Unión está facultado para expedir el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

5. La base tercera del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su fracción II, estipula que el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal "establecerá los órganos político-administrativos en cada una de las demarcaciones territoriales en que se divida el Distrito Federal" y añade en el párrafo siguiente: "asimismo, fijará los criterios para efectuar la división territorial del Distrito Federal, la competencia de los órganos político-administrativos correspondientes, la forma de integrarlos, su funcionamiento, así como las relaciones de dichos órganos con el jefe de gobierno del Distrito Federal". A continuación, el texto constitucional señala: "los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales serán electos en forma universal, libre, secreta y directa, según lo determine la ley".

6. El Estatuto de Gobierno vigente no incluye la existencia, integración y atribuciones de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales, sino que solamente considera que éstos serán las actuales delegaciones del gobierno de la ciudad que han venido funcionando con base en las disposiciones vigentes y cuyos titulares seguirán siendo los delegados, hasta el año 2000, como lo señala el transitorio cuarto del decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, publicado el 4 de diciembre de 1997.

7. Por tanto, para dar cumplimiento a las definiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sobre las demarcaciones territoriales y los órganos político-administrativos de las mismas, es indispensable una reforma del Estatuto de Gobierno.

II. Del análisis del contenido de la iniciativa se desprenden las siguientes

CONSIDERACIONES

1. El artículo 122 de la Constitución Política, en su base tercera, que se refiere a la organización de la administración pública local del Distrito Federal, contiene dos apartados, señalados sucesivamente con los numerales I y II. El primero de ellos se refiere a los órganos centrales, los desconcentrados y los descentralizados. A la luz del artículo 90 de la misma Constitución, se debe entender que los denominados centrales y los desconcentrados conforman la parte centralizada de la administración pública y los denominados descentralizados constituyen el sector paraestatal, definiéndose estos últimos por su capacidad de contar con patrimonio propio y personalidad jurídica, así como por órganos de gobierno integrados de conformidad con disposiciones propias, diferentes a las referidas a la administración pública centralizada. En cuanto al segundo de estos apartados, solamente se habla de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, como partes de la administración pública, pero diferentes a las señaladas en el apartado I.

2. De acuerdo con la consideración precedente, los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal no podrían ser considerados órganos desconcentrados ni entidades descentralizadas como lo propone la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sino como una figura específica, creada solamente para esta entidad del país por la fracción II de la base tercera del artículo 122 de la Constitución Política.

3. El imperativo constitucional de establecer los órganos político-administrativos, señalar su competencia, funcionamiento y forma de integrarlos, así como las relaciones de éstos con el jefe de gobierno del Distrito Federal, permite al legislador hacer un análisis de la situación política de la entidad con el propósito de encontrar una solución a las necesidades de promover la mejora de la administración pública y la prestación de los servicios, al tiempo que se admita una suficiente y plural participación en los asuntos políticos y administrativos de las demarcaciones territoriales de la capital del país.

4. Ambas iniciativas proponen la creación de concejos plurales, elegidos mediante el voto universal, libre, directo y secreto de los ciudadanos. En "relación con lo primero -la creación de dichos concejos- la Constitución permite que el legislador ordinario reconozca que los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales no deberían integrarse por un solo partido político, como ocurriría si acaso dichos órganos fueran dirigidos por una sola persona, sino por una pluralidad de partidos, de acuerdo con el peso electoral de cada uno de ellos. En relación con la forma de la elección, ésta ya se encuentra definida en la Constitución, justamente de la misma manera como lo hacen las iniciativas.

5. Las dos iniciativas proponen dotar a los órganos político-administrativos de capacidad jurídica y patrimonio propios. Parece de suyo necesario que tales órganos, además de la personalidad para ejercer actos de autoridad y actividades de carácter administrativo, cuenten con la capacidad para administrar el patrimonio que la ciudad ponga en sus manos.

Asimismo, se prevé que tales órganos rindan cuenta al jefe de gobierno y través de éste, a la Asamblea Legislativa, mediante la concentración de los informes en la Cuenta de la Hacienda Pública de la entidad.

6. Ambas iniciativas proponen denominar a los órganos político-administrativos como concejos de gobierno. Esta denominación no correspondería a sus funciones constitucionales. Según el artículo 122 de la Constitución, no existe ningún nivel de gobierno por debajo de la jefatura de gobierno de la entidad.

Además, el segundo párrafo del artículo 122 de la Constitución señala cuáles son las autoridades locales: la Asamblea Legislativa, el jefe de gobierno y el Tribunal Superior de Justicia. Cuando en la base tercera del mismo artículo 122 se crean los órganos político-administrativos, se ha de entender que éstos forman parte de la administración pública de la entidad, aunque con funciones exclusivamente dentro de los límites de cada demarcación territorial. Estos órganos de elección popular no son entidades de gobierno separadas, sino que forman parte de la misma administración pública.

No es la primera vez que esto ocurre en el sistema político mexicano, pues las ayudantías o comisarías municipales de elección popular forman parte de la administración pública municipal, con funciones de autoridad, sin que sus titulares sean miembros de los ayuntamientos. Es de admitirse, sin embargo, que el artículo 122 de la Constitución no está redactado de la mejor forma posible para que, aun dentro de las limitaciones políticas que se han impuesto a la Ciudad de México, quedara más claro el carácter de tales órganos político-administrativos.

7. La iniciativa de la Asamblea Legislativa propone que las demarcaciones se llamen alcaldías y la del diputado Espina propone la denominación de villas. A este respecto, parecería mucho más lógico que en la ley se determinara la nomenclatura de las demarcaciones territoriales, ya que en la Constitución esta expresión es de carácter genérico y no se pretende que las actuales delegaciones se llamen precisamente "demarcaciones".

8. En cuanto a la facultad que se propone en la iniciativa para los órganos político-administrativos de iniciar leyes ante la Asamblea Legislativa, ésta excedería las funciones enunciadas en la referida base tercera del artículo 122 de la Constitución, si se toma en cuenta que en el derecho constitucional mexicano esta facultad de iniciativa se encuentra siempre en la Carta Magna y en las constituciones de los estados. Además, al constreñir, como lo hace la iniciativa de la Asamblea Legislativa, la propuesta de facultad de iniciativa de leyes y decretos para los órganos político-administrativos, solamente a "lo relativo a la administración pública" de la demarcación correspondiente, se supone erróneamente que podría haber leyes exclusivas para una u otra demarcación.

9. En cuanto a los requisitos para ser miembro de los concejos político-administrativos de las demarcaciones territoriales, la comisión dictaminadora encuentra necesario agregar aquellos que forman parte de la tradición política, al   menos mientras no sea modificada la Constitución en este aspecto, tal como lo hace la iniciativa del diputado Espina.

La comisión considera, también, que la edad mínima de 21 años podría ser aceptable, toda vez que ésta es el requisito para ser diputado federal. En cuanto a las figuras de licencia temporal y licencia definitiva, la comisión considera que es necesario agregarlas, de tal manera que se encuentren cubiertos estos supuestos. Asimismo, es necesario precisar que la ausencia temporal o definitiva del presidente del concejo político-administrativo tendría que ser cubierta por la Asamblea Legislativa de entre los concejales en activo. Finalmente, la comisión considera que debe introducirse la prohibición de que los concejales asuman al mismo tiempo cualquier otro cargo de la Federación, el Distrito Federal o los estados, incluyendo las instituciones u organismos descentralizados.

10. En relación con la propuesta de reelección de los integrantes de los concejos, planteada en la iniciativa del diputado Espina, esta comisión considera que se trata de un tema que se encuentra en debate en el Congreso relacionada con los cargos representativos de elección popular y que, por tanto, sería conveniente esperar el desenlace de dicho debate para proceder, en su caso, a la modificación de las leyes.

11. Por lo demás, la comisión suprimió algunas modificaciones innecesarias al estatuto, incluidos en la iniciativa de la Asamblea Legislativa, toda vez que ha quedado claro que los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales no serán entidades descentralizadas. Asimismo, se realizaron algunas modificaciones al texto de las iniciativas buscando mejorar las expresiones.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, esta comisión dictaminadora presenta el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero.
Se reforma la fracción II del artículo 11 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

"II. La unidad geográfica y estructural de la Ciudad de México y su desarrollo integral en compatibilidad con las características de las demarcaciones territoriales, cuya denominación estará definida por la ley, que se establezcan en su interior para el mejor gobierno y atención de las necesidades públicas y"

III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo segundo. Se reforma la fracción III del artículo 12 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 12.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

"III. El establecimiento, en cada demarcación territorial, de un órgano político-administrativo."

IV a la XV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo tercero. Se reforma el artículo 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 87. La administración pública del Distrito Federal será centralizada y paraestatal, de conformidad con la ley que expida la Asamblea Legislativa, la cual distribuirá los asuntos del orden administrativo de la Ciudad de México que estarán a cargo de las secretarías y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del jefe de gobierno en su operación. Los órganos centrales y desconcentrados formarán parte de la administración centralizada; los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal mayoritaria, los fideicomisos públicos y demás, las entidades paraestatales formarán parte de la administración pública paraestatal.

Además, los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal formarán parte de la administración pública y tendrán a su cargo las funciones señaladas en el presente estatuto y en las leyes."

Artículo cuarto. Se reforma el artículo 91 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 91. Para la eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, el jefe de gobierno podrá constituir órganos

                                                                                         596,597 y 598

administrativos desconcentrados, que estarán jerárquicamente subordinados al propio jefe de gobierno del Distrito Federal o bien, a la dependencia que éste determine. Los titulares de estos órganos serán nombrados y removidos libremente por el jefe de gobierno."

Artículo quinto. Se adiciona un tercer párrafo al artículo 93 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 93. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

"Tomando en cuenta la mayor eficiencia en la prestación de los servicios públicos, el jefe de gobierno podrá celebrar convenios con los concejos político-administrativos de las demarcaciones territoriales, mediante los cuales se les delegue la capacidad de otorgar estas concesiones dentro del ámbito de su jurisdicción."

Artículo sexto. Se modifica el enunciado del Capítulo Il del Título Quinto del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

TITULO QUINTO

CAPITULO II


De las demarcaciones territoriales y
de los órganos político-administrativos

Artículo séptimo. Se reforma el artículo 104 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 104. Para la expedita y eficiente atención de las necesidades y demandas sociales; una más equitativa y eficaz prestación de los servicios públicos, sustentada en la rápida toma de decisiones; el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales y una adecuada distribución del gasto público, la administración pública contará con un órgano político-administrativo en cada demarcación territorial, con personalidad jurídica y patrimonios propios, al que se denominará concejo político-administrativo."

Artículo octavo. Se reforma el artículo 105 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 105. Los concejos político-administrativos de las demarcaciones territoriales serán elegidos en forma universal, libre, secreta y directa cada tres años, según lo determine la ley, la cual contendrá el principio de representación proporcional. El número de sus integrantes será fijado de acuerdo con la cantidad de ciudadanos residentes en cada demarcación, pero siempre será impar. Por cada concejal propietario habrá un suplente.

Cada concejo político-administrativo contará con un presidente, elegido como parte de dicho concejo en la misma elección, al cual se le denominará de la manera que la ley establezca.

Los concejos político-administrativos funcionarán como órganos colegiados y sus resoluciones y acuerdos se tomarán por mayoría. El Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate y le corresponderá representar al concejo y vigilar la ejecución de sus resoluciones y acuerdos."

Artículo noveno. Se adiciona un artículo 106 al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 106. Para ser integrante del concejo político-administrativo se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos;

II. Tener por lo menos 21 años cumplidos el día de la elección;

III. Ser originario del Distrito Federal o vecino de éste con residencia efectiva no menor de dos años al día de la elección;

IV. No haber sido condenado en sentencia ejecutoriada por delito doloso cualquiera que haya sido la pena;

V. No estar en servicio activo en el Ejército, Armada y Fuerza Aérea ni tener mando de policía en el Distrito Federal, cuando menos 90 días antes de la elección;

VI. No ser secretario de gobierno de la ciudad, secretario de despacho de la Federación, procurador de justicia, Procurador General de la  República ni juez, magistrado o ministro de la ciudad o la Federación, a menos de que se hubiera separado definitivamente de sus funciones cuando menos 90 días antes de la elección;

VII. No ser ministro de algún culto religioso.

Los integrantes de los concejos político-administrativos no podrán ser reelegidos para el periodo inmediato. Las personas que por nombramiento, designación o cualquier otro método hubieran desempeñado las funciones propias de tal cargo, cualquiera que fuera la denominación que se les otorgue, no podrán ser elegidas para el periodo inmediato. Dichos concejales, cuando tengan el carácter de propietarios, no podrán ser elegidos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes, pero los que hubieran sido suplentes podrán ser elegidos para el periodo inmediato como propietarios siempre que no hubieran estado en ejercicio.

Los integrantes de los concejos político-administrativos no podrán desempeñar ninguna otra comisión o empleo de la Federación, el Distrito Federal o los estados, incluyendo las instituciones públicas descentralizadas, por los cuales se disfrute un sueldo o remuneración de cualquier tipo, sin licencia previa del correspondiente concejo, pero entonces cesarán en sus funciones mientras dure la nueva ocupación. La infracción de esta disposición será sancionada con la pérdida del carácter de concejal."

Artículo décimo. Se adiciona un artículo 107 al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 107. La Asamblea Legislativa, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes presentes, podrá suspender a los concejos, declarar que éstos han desaparecido o suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley prevea, siempre que los inculpados hubieran tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su derecho convenga.

Los integrantes de los concejos político-administrativos podrán obtener licencia, por causa justificada, para separarse del cargo, siempre que así lo decida la mayoría del concejo correspondiente y sin que dicha licencia exceda los tres meses. Podrán también solicitar y obtener licencia definitiva, siempre que así lo conceda la mayoría del concejo.
En las ausencias temporales o definitivas será llamado a asumir el cargo vacante el suplente que corresponda a cada concejal, pero si éste no asumiera el cargo, el mismo se declarará vacante hasta la siguiente elección. La sustitución del presidente del concejo se realizará por designación de la Asamblea Legislativa, mediante mayoría absoluta de los diputados presentes, de entre los concejales de la demarcación correspondiente, ya sea para cubrir una ausencia temporal u otra definitiva; en los recesos de la Asamblea, tales nombramientos serán realizados por la diputación permanente mediante la misma mayoría."

Artículo decimoprimero. Se reforma el artículo 108 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 108. El número y los límites de las demarcaciones territoriales, así como el nombre de cada una de ellas, se establecerán en la ley."

Artículo decimosegundo. Se reforman las fracciones VII y IX del artículo 110 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 110. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a la VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VII. Número y extensión de colonias, barrios, pueblos o unidades habitacionales de las demarcaciones;

VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IX. Previsión de los redimensionamientos estructurales y funcionales de las demarcaciones.

X. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ."

Artículo decimotercero. Se reforma el artículo 112 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 112. Las demarcaciones territoriales contarán con asignaciones presupuestales para la realización de las actividades de sus dependencias, las cuales serán establecidas y
reguladas mediante la ley. Los concejos político-administrativos presentarán informe trimestral del gasto a ellos confiado, por la ley y el Presupuesto de Egresos, al jefe de gobierno del Distrito Federal y rendirán ante el mismo la cuenta anual, la cual se integrará a la Cuenta de la Hacienda Pública del Distrito Federal.

Los concejales recibirán una remuneración irrenunciable durante el desempeño de sus cargos determinada en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, la cual será igual para todos ellos.

Los concejales serán responsables del uso de los recursos públicos bajo su administración, de conformidad con la legislación aplicable."

Artículo decimocuarto. Se reforma el artículo 113 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 113. Los concejos político-administrativos, tendrán atribuciones, dentro de sus respectivas jurisdicciones, en las materias de: gobierno, administración, asuntos jurídicos, protección civil, obras, servicios, actividades sociales, de promoción económica, cultural y deportiva, establecimientos mercantiles y demás que señalen las leyes:

El ejercicio de tales atribuciones atenderá a las siguientes bases, siempre de conformidad con la legislación aplicable en cada materia:

a) Dirección de las actividades de la administración pública de la demarcación territorial;

b) Prestación de servicios públicos y realización de obras, asignados por la ley, dentro del marco de las definiciones presupuestales;

c) Participación en los sistemas de coordinación de la prestación de servicios o realización de obras con otras demarcaciones territoriales y el gobierno de la ciudad, de acuerdo con las disposiciones presupuestales y de carácter administrativo que expida el gobierno de la ciudad;

d) Opinar sobre la concesión de servicios públicos que tengan efectos en la demarcación y sobre los convenios que se suscriban entre el Distrito Federal y la Federación o los estados y municipios limítrofes que afecten directamente a la demarcación;

e) Otorgamiento y revocación de licencias, permisos y autorizaciones;
f) Imposición de sanciones administrativas por las infracciones a las leyes y reglamentos;

g) Formulación de los programas operativos y de presupuesto de la demarcación;

h) Las relativas a la protección civil;

i) Funcionamiento y tareas de seguridad pública en la demarcación;

j) En general, las funciones administrativas, de prestación de servicios públicos o al público y de obras dentro de la demarcación."

Artículo decimoquinto. Se reforma el artículo 114 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal para quedar como sigue:

"Artículo 114. Los integrantes de los concejos político-administrativos de las demarcaciones territoriales practicarán recorridos periódicos, de conformidad con los acuerdos tomados por los propios concejos, con el propósito de verificar la forma y las condiciones en que se presten los servicios públicos, así como el estado en que se encuentren los sitios, obras e instalaciones de la respectiva demarcación.

Asimismo, los concejos político-administrativos darán audiencia pública o realizarán sesión abierta a los ciudadanos participantes por lo menos dos veces por mes, sin menoscabo de la obligación del presidente del concejo de recibir también en audiencia pública, al menos dos veces por mes, a los vecinos que manifiesten su interés en plantear sus opiniones."

Artículo decimosexto. Se reforman las fracciones V y X del artículo 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 115. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a la IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Adquisición, administración y enajenación de bienes del patrimonio de la ciudad y fijación de lineamientos para su adquisición, uso y destino; tratándose del patrimonio inmobiliario, los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales deberán intervenir directamente cuando se trate de enajenar o adquirir inmuebles destinados o por destinarse al cumplimiento de sus funciones;

                                                                           599,600 y 601

VI a la IX. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

X. Determinación de los sistemas de coordinación y participación de los consejos político-administrativos de las demarcaciones territoriales respecto a la prestación de servicios públicos de carácter general, como suministro de agua potable, drenaje, tratamiento de aguas, recolección de desechos en vías primarias, transporte público de pasajeros y seguridad pública;"

Artículo decimoséptimo. Se reforma la fracción VII del artículo 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 115. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a la VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VII. Prestación de servicios públicos y planeación y ejecución de obras de impacto en el interior de una demarcación territorial cuando sean de alta especialidad técnica, de acuerdo con las clasificaciones que se hagan en las disposiciones aplicables; el jefe de gobierno podrá celebrar convenios mediante los cuales se delegue en una demarcación territorial la realización de estas obras, dentro de los límites de la misma."

Artículo decimoctavo. Se reforma la fracción IX del artículo 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 115. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a la VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IX. Dirección y coordinación de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tengan adscritos a sus respectivos ramos y de las entidades paraestatales que les sean sectorizadas, así como la coordinación con los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales, de conformidad con la legislación."

Artículo decimonoveno. Se reforma la fracción XI del artículo 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 115. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a la X. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XI. En general, las funciones de administración, planeación y ejecución de obras, prestación de servicios públicos y al público en general, actos de gobierno que incidan, se realicen o se relacionen con el conjunto de la ciudad o tengan impacto en dos o más demarcaciones territoriales."

Artículo vigésimo. Se reforma el artículo 116 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 116. Las atribuciones a que se refiere el artículo anterior, así como aquellas de carácter técnico operativo, podrán encomendarse a órganos desconcentrados, a efecto de lograr una administración eficiente, ágil y oportuna, basada en principios de simplificación, transparencia y racionalidad, en los términos del reglamento interior a que se refiere el artículo 88 de este estatuto."

Artículo vigesimopimero. Se deroga el artículo 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero.
El presente decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las disposiciones legales y reglamentarias que regulan hasta la fecha a las delegaciones políticas del Distrito Federal seguirán vigentes y se aplicarán a las demarcaciones territoriales, en lo que no se oponga al presente decreto, hasta que se realicen las reformas legales y reglamentarias y se constituyan los concejos político-administrativos.

Tercero. La primera elección de los concejos político-administrativos de las demarcaciones territoriales se llevará a cabo el primer domingo del mes de julio del año 2000, de conformidad con la ley de la materia, cuyos integrantes tomarán posesión de sus cargos el 5 de diciembre del mismo año.

Cuarto. El jefe de gobierno del Distrito Federal determinará, dentro de los primeros dos meses  a partir del 5 de diciembre del año 2000, en el marco del Estatuto de Gobierno y las leyes aplicables, los recursos materiales y financieros que habrán de transferirse para la conformación del patrimonio de cada una de las demarcaciones territoriales.

Quinto. Se respetarán los derechos laborales de los trabajadores que pasarán a formar parte del personal al servicio de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

Sala de comisiones del Palacio Legislativo, a 21 de septiembre de 1999.- Diputados: Sandra Segura Rangel, secretaria; Santiago Creel Miranda, Porfirio Durán Reveles, José Espina von Roehrich, Julio Faesler Carlisle, Francisco José Paoli y Bolio, Alejandro Ordorica Saavedra, presidentes; Martha Irene Luna Calvo, secretaria; Lenia Batres Guadarrama, Clara Marina Brugada Molina, David Cervantes Peredo, Francisco de Souza Mayo Machorro, David Miguel Noyola Martínez, Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva, Esperanza Villalobos Pérez; Enrique Jackson Ramírez, secretario; Esteban Miguel Angeles Cerón, José Luis Bárcena Trejo, Guillermo Barnés García, Marcos Augusto Bucio Mújica, José María de los Reyes Torres, Miguel Angel Godínez Bravo, Manuel González Espinoza, Guillermo González Martínez, Héctor Guevara Ramírez, Tulio Hernández Gómez, María Guadalupe Francisca Martínez Cruz, Jaime Moreno Garavilla y Humberto Serrano Pérez.»

El Presidente:

:Está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general y en lo particular y para fijar la posición de sus grupos parlamentarios, los siguientes oradores: Sandra Lucía Segura Rangel, Alejandro Ordorica Saavedra y Miguel Angel Quirós Pérez.

Tiene la palabra la diputada Sandra Lucía Segura Rangel, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

La diputada Sandra Lucía Segura Rangel:

Con el permiso de la Presidencia; compañeros diputados:
El dictamen aquí presentado recoge una serie de propuestas para el avance democrático y el avance administrativo para el Distrito Federal, que de no aprobarlo incurriríamos en una responsabilidad con millones de mexicanos que aquí habitamos, ya que de no modificar el actual estatuto y esto ha sido incluso reconocido por los propios priístas que conocen a cabalidad la administración pública del Distrito Federal, de esta ciudad, por haber ocupado cargos en ella, como es el caso del propio Secretario de la comisión, diputado Enrique Jackson y por eso insisto que de no haber modificación en los relativos órganos de gobierno, simple y sencillamente no podrían ejercer sus funciones y estaríamos incumpliendo nosotros un mandato constitucional contenido en el artículo décimo transitorio y en el 122 base tercera de la Constitución.

El presente dictamen plantea una doble descentralización, una de carácter político y una de carácter administrativo, ya que, por un lado, establece órganos electos democráticamente, con lo que consigue su autonomía en razón de su nombramiento, dejando ya atrás la terrible situación de dejar en manos de una persona y únicamente a capricho de ésta, la designación de quien tiene funciones y facultades tan importantes y que de manera directa afecta la vida de los capitalinos, como lo son los delegados políticos y por otro lado, se les otorga a estos órganos electos con esta iniciativa, autonomía funcional, con lo que se obtiene a la vez autonomía administrativa y una mayor eficiencia en la prestación de los servicios públicos.

Teniendo claro esto y por supuesto, entendiendo a diferencia de lo que en las reuniones de la comisión han sostenido quienes han firmado este dictamen en contra, tenemos presente que se trata de regular la estructura política y administrativa del Distrito Federal que ante todo es la sede de los poderes federales y capital de los Estados Unidos Mexicanos, como lo señala nuestra Carta Magna en su artículo 44 y eso la hace diferente a las demás entidades de la Federación, por lo que de esta obviedad se deriva que debemos ser muy cuidadosos, como lo hemos sido para presentar este dictamen, de respetar la correcta funcionalidad de los órganos de los poderes federales como razón de interés público.

En este dictamen estamos únicamente cumpliendo un mandato constitucional, ya que ésta señala que el Estatuto de Gobierno debe crear, señalar la forma de integración y la naturaleza de los órganos político-administrativos de este territorio. Con base en lo anterior advertimos que el Constituyente otorgó la facultad sustantiva de crear a los órganos, dotarlos de una estructura y señalar sus facultades y a la Asamblea Legislativa le corresponderá determinar la intervención de estos órganos dentro de la organización administrativa del Distrito Federal, sin modificar la estructura de los mismos.

Debido a la naturaleza singular de esta entidad federativa, coexisten en su territorio de hecho únicamente dos jurisdicciones: la federal y la local, concentrada esta última en el jefe de gobierno del Distrito Federal y los delegados políticos, existiendo en muchas facultades una confusión entre estos dos niveles.

Con este dictamen se pretende que coexistan tres jurisdicciones de manera real y de manera legal, como en cualquier otra entidad federativa, tres jurisdicciones bien definidas, sin crear un régimen de confusión de poderes. Habría una verdadera labor de coordinación en la distribución de facultades entre las distintas instancias de gobierno.

La integración de órganos político-administrativos tiene la finalidad de favorecer un doble objetivo: primero, el de la vinculación política entre el jefe de la demarcación y los que habitan en ella y, segundo, el de darle una auténtica funcionalidad administrativa. Es por ello que consideramos que en cada demarcación territorial debe existir una estructura propia de la descentralización administrativa, que se origina por razón de funcionalidad práctica, pero con un elemento fundamental político que se da a través de la elección de sus titulares.

En este dictamen que está por votarse, se salva un punto fundamental que ha sido comentado en la comisión y que ha sido debatido y que con insistencia se ha comentado por quienes firmaron en contra de este dictamen, argumento que es el de que se están creando estructuras municipales y argumentos que diremos que es totalmente falso.

Los órganos político-administrativos no pueden asimilarse a un municipio aun cuando históricamente el municipio ha existido como base de la organización política del D.F., si hubiera sido voluntad del Constituyente el que se establecieran municipios, así estaría prescrito.

La diferencia entre la descentralización de un órgano político-administrativo y un municipio, radica en que el ayuntamiento ejerce desde el punto de vista material funciones legislativas en materia de bandos, reglamentos y circulares de observancia general. Los órganos políticos tendrían funciones administrativas, son órganos políticos por su elección pero no tendrán facultades o funciones legislativas desde este punto de vista material, es decir, no tendrán la facultad reglamentaria y sólo podrán dictar o emitir disposiciones administrativas para la aplicación de una ley o un reglamento.

Desde el punto de vista administrativo, actualmente las delegaciones políticas son organismos desconcentrados por lo que no cuentan con personalidad jurídica propia, su actuación la hacen en representación del jefe de gobierno del Distrito Federal.

Si bien se trata de una desconcentración con una especial autonomía que corresponde a su peculiar cualidad política, el hecho de no tener reconocida personalidad jurídica limita enormemente su autonomía, tanto política como operativa.

El temor a otorgarles una excesiva autonomía pudiera provocar conflictos de gobierno que se subsanan en el presente dictamen, ya que se establecen mecanismos de control y vinculación entre los diversos órganos de gobierno. Un real contrapeso con pluralidad política que es lo que se propone en este dictamen.

Las razones que originaron la descentralización administrativa son las que justifican que esos órganos, que realizaron funciones administrativas deban tener personalidad jurídica propia.

Un punto de gran trascendencia del presente dictamen y que hemos sido sumamente cuidadosos de apegarnos a la Constitución, es el referente a la integración y la elección de los órganos político-administrativos. Esto hay que subrayarlo debido a que hay discrepancias en el interior de la comisión que ha suscitado un largo debate. Primero diríamos que la Constitución no señala de manera expresa si los órganos deben ser unipersonales o colegiados por lo que cabría cualquier opción.

                                                                                          602,603 y 604

Es de explorada doctrina que los órganos pueden ser simples o complejos siendo los primeros los que se forman por una sola voluntad y los segundos los que hacen intervenir varias voluntades para su realización de actos de su competencia.

En la Constitución se habla de elección de titulares y algunos lo han interpretado como una referencia a un modelo unipersonal, cuando en realidad también se puede hablar de titulares en los órganos colegiados, siendo titulares todos los que intervienen en la formación de un acto. En este sentido no se puede decir que ésta sea una razón fundamental para votar este dictamen en contra; por el contrario, incluso encontramos un indicio de que la voluntad del legislador es que se trate de órganos complejos ya que se establece en el propio estatuto que el propio estatuto definirá la forma de integrarlos y esto está contenido en el propio artículo 122 en la base tercera en su fracción II;

Segundo, en el caso del D.F., resulta urgente darle una estructura funcional y operativa a través de los órganos político-administrativos en las disposiciones del estatuto que deben prever estructuras que tengan una operatividad muy rápida, muy eficiente y simplificada.

En este aspecto nos parece que el presente dictamen recoge este sentido al no crear órganos numerosos y con facultades expresas y

Tercero, la Constitución establece que deben conformarse órganos político-administrativos, lo que implica que la estructura como la base que crea este dictamen, debe tener tres criterios: la representatividad, la vinculación con la ciudadanía y el control de poder.

Termino, señor Presidente. Se establece por otro lado la sustitución de autoridades y remoción de miembros por parte de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; esto es, también hay un control para que estos titulares sean sustituidos por la autoridad legislativa del Distrito Federal.

Por lo antes expuesto, quienes integramos el grupo parlamentario de Acción Nacional, votaremos a favor del presente dictamen, ya que consideramos cubre a cabalidad con el apego que debe tener hacia la Constitución y sobre todo porque esta reforma representa un gran avance de democratización y viabilidad administrativa para los que aquí vivimos.

Muchas gracias.

Presidencia del diputado
Sergio César Alejandro Jáuregui Robles

El Presidente:

A continuación tiene el uso de la palabra el diputado Alejandro Ordorica Saavedra, del Partido de la Revolución Democrática, hasta por 10 minutos.

El diputado Alejandro Victoriano Ordorica Saavedra:

Con su permiso.

Uno de los ejes centrales de la transición democrática y de la reforma del Estado, es justamente la reforma política del Distrito Federal que para nosotros, para el PRD, siempre ha sido un compromiso ineludible con la ciudadanía y que hemos trasladado incluso a nuestro ideario como un principio sustancial y una firme propuesta legislativa que hoy, una vez más, defenderemos.

Hemos recogido también las aspiraciones de muchas mujeres y hombres que se han pronunciado visionariamente en diversos momentos de nuestra historia para darle a la Ciudad de México el derecho a constituirse en un estado de la República sin modificar su condición privilegiada de ser la capital de los mexicanos y a la vez sede de los poderes federales.

Todavía hoy, a más de un siglo del Congreso Constituyente de 1856 y a 82 años de la Constitución de 1917, tales reformas no sólo no se han gestado, sino que parecen posponerse cada vez que se abre el debate y la gran oportunidad histórica de emprenderlas con el agravante además de que ahora, como parece ocurrir, se trata de hacer reformas que siendo muy importantes son de otra magnitud.

En efecto, situados en el presente, en el caso que ahora nos ocupa, el del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y destacadamente lo referente a los órganos político administrativos en las demarcaciones territoriales, parecen nuevamente trabarse.

Y se trata ahora de crear, estructurar y definir las facultades de estos órganos, que es una obligación como lo establece el artículo 122 constitucional, pero de nueva cuenta la reforma política del Distrito Federal corre el riesgo de posponerse soslayándose así las aspiraciones ciudadanas de que avance en la transición democrática y se igualen los derechos de los capitalinos, a los que gozan todos los mexicanos.

Una vez más, lo que ha sido una demanda clara y contundente de la ciudadanía, se niega recurrentemente ante esta oportunidad de emprender importantes cambios para la vida social, económica y política en la capital de la República y no se trata en este caso, como ya se dijo, de hacer las grandes reformas, que también son muy necesarias, como la conformación del Estado 32, la municipalización o la creación de poderes plenos en la Ciudad de México.

No, en esta ocasión lo que se discute no representa incluso reformas de carácter integral ni con la profundidad que exigen estos tiempo políticos, sino al menos establecer las bases de cambios elementales que apoyen otros de mayor trascendencia que podamos hacer juntos en un futuro inmediato; por otra parte, de mantenerse la decisión del PRI que ha mostrado en la Comisión del D.F., sería hoy contradictorio pues ellos suscribieron dos acuerdos importantes: uno en noviembre de 1997 y el otro apenas en abril de 1999, manifestando una intención política diferente a la que ahora sostiene.

Queremos entonces hoy, dar a la estructura de gobierno de las demarcaciones territoriales, un sentido de mayor participación ciudadana, de más equilibrio en el ejercicio del poder público, de conformar consensos más amplios en la toma de decisiones y de instrumentar mecanismos de cogobierno sustentados en criterios de legitimidad y representatividad.

Los avances conseguidos con las reformas de 1996 para elegir en el año 2000 a los delegados políticos o como se establece en el Estatuto de Gobierno, a los titulares de las demarcaciones territoriales, pueden verse frenados hoy una vez más con la negativa de crear estos órganos político-administrativos en forma colegiada, con facultades suficientes que generen las condiciones para un gobierno estable, eficiente y honesto.
Hacer esta reforma significa rectificar y remover constantes históricas que han distorsionado la forma de gobernar, sometida siempre a un centralismo asfixiante, férreo control político y bajo un presidencialismo anacrónico. De no existir estos consejos se carecería de los contrapesos institucionales necesarios que inspiran los fundamentos de nuestra propia Constitución Política y en contrapartida incluso lo que se daría en la práctica cotidiana sería una mayor concentración de facultades y funciones en un solo individuo y aun cuando ese titular fuera elegido democráticamente, sería inevitable la centralización del poder, que de suyo debiera distribuirse entre otros representantes de la propia ciudadanía.

Al igual, entre otros falsos argumentos que se esgrimen para estar en contra de la creación de estos consejos, es el de que podrían bloquearse las decisiones y las acciones del titular de la demarcación territorial y generar caos administrativo y hasta desestabilización, cuando es justamente la democracia la que al generar consensos y estos consensos mayoritarios, le dan legitimidad al ejercicio de gobierno y todavía sería más aberrante afirmar que los consejos puedan alterar la gobernabilidad, que es tanto como negar la figura del municipio, que es base de la estructura política-jurídica de nuestra nación.

Por ello, nuestra propuesta se sustenta básicamente en la base tercera del artículo 122, en los términos de que deben establecerse estos órganos político-administrativos en estas demarcaciones territoriales en que se divida el Distrito Federal y alcalde además que asimismo deberán fijarse los criterios para efectuar la división territorial del D.F., así como la competencia de los órganos político-administrativos, la forma de integrarlos y su funcionamiento.

Y consideramos además que no sólo debe realizarse la reforma del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal para dar el marco jurídico que establezca las bases de la elección de los titulares de estos órganos, sino también recoger y continuar en esta misma legislatura con las propuestas derivadas del proceso de reforma política del D.F., que resulten adecuadas a la realidad capitalina, a partir de un análisis y cambio a fondo del artículo 122 constitucional. Pero por el momento se aprecia entonces que estos cambios que pretendemos son factibles, necesarios y benéficos para que la ciudad sea más democrática y por ende funcione mejor y aún suponiendo sin conceder que en la Constitución no queda claro lo referente a que los órganos sean uninominales o colegiados, en todo caso se abre el espacio para ser o no democrático. Sólo así se entendería que algunos optarán por la interpretación de poderes unipersonales y no por la conformación de órganos colegiados. Esta ha sido una prueba en realidad o un examen democrático para quienes lo han reprobado en otros años y la oportunidad ahora de rectificar y enmendar el error.

Votar en contra e impedir estos cambios al Estatuto de Gobierno significa impedir el avance democrático, desatender los deseos del ciudadano, obstaculizar el buen funcionamiento de la ciudad e ir incluso en contra de la historia y el progreso colectivo, pues al querer darle un carácter eminentemente administrativo, carente de representación y contenido político, nos traen inevitablemente e ingratamente el recuerdo del dictador Díaz, que no se cansaba de aplicar en sus decisiones el criterio de "mucha administración y poca política".

Vayamos entonces juntos todos los partidos políticos sin excepción, hacia esta dinámica de cambios democráticos tan necesarios y urgentes.

Estamos a tiempo y a tiempo para fincar los nuevos cimientos de la Ciudad de México que aseguren su gobernabilidad, es decir, su presente y su futuro antes y después del año 2000.

Gracias.

Presidencia del diputado
Jesús Enrique Jackson Ramírez

El Presidente:

Gracias, diputado Ordorica.

Tiene la palabra, hasta por 10 minutos, el diputado Miguel Quirós Pérez.

El diputado Miguel Angel Quirós Pérez:

Con su permiso, señor Presidente; honorable Asamblea:

A nombre del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, expreso a ustedes las razones por las que habremos de votar en contra del dictamen que la Comisión del Distrito Federal somete a la consideración de este pleno, en relación a las iniciativas presentadas por la honorable Asamblea Legislativa del Distrito Federal el día 13 de los corrientes y por el señor diputado José Espina von Roehrich, en la última sesión de esta Cámara y que se refiere a modificaciones sustanciales al régimen de gobierno del Distrito Federal.

Desde luego, no deja de llamar la atención la forma que tiene el dictamen en cuestión, ya que, por una parte, al referirse a la iniciativa de la honorable Asamblea Legislativa del Distrito Federal, introduce importantes modificaciones a sus propuestas, como las relativas a la denominación de las demarcaciones territoriales, la naturaleza jurídica de los concejos de gobierno como formas descentralizadas en el desempeño de funciones, la denominación del funcionario que estaría al frente de los concejos de gobierno, el alcalde, las funciones de los concejos de gobierno propuestas.

En todas estas sobresalientes modificaciones, el dictamen no argumenta las razones de quienes lo alentaron para realizar cambios tan radicales, estimo por tanto que se incurrió en una inexcusable omisión.

Respecto a la iniciativa del señor diputado Espina, no obstante la documentada exposición de sus motivos y las modificaciones a distintas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal que hace, el dictamen que hoy se discute tampoco contiene argumentos que apoyen la conveniencia o inconveniencia de llevar a cabo las reformas propuestas por el señor diputado Espina y aun cuando en el fondo hay coincidencias en el cuerpo de decreto, muchos argumentos y propuestas del señor diputado proponente, fueron inexplicablemente ignoradas, yo diría desdeñadas, por quien o quienes elaboraron el dictamen y afirmo que esto no es justo. El mismo valor y la misma jerarquía tienen la iniciativa del diputado Espina y la iniciativa de la Asamblea Legislativa.

En el dictamen se debió haber hecho un estudio detallado y puntual de todas las propuestas y motivaciones para aceptarlas o desecharlas, en correspondencia al interés y al esfuerzo de nuestros compañeros. Esto es lo que provoca, compañeros diputados, legislar con tanta premura. compañeros diputados, legislar con tanta premura.

                                                                                             605,606 y 607

Por otra parte, también es digno de mencionar la técnica legislativa que desarrolla el proyecto de decreto contenido en el dictamen, de acuerdo a la práctica legislativa que ha venido observando el Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados.

Las modificaciones al texto de un cuerpo de disposiciones que impliquen reformas, adiciones o derogaciones, se contiene en uno o dos artículos que precisan tales modificaciones y las disposiciones objeto de las mismas y después siguiendo la enumeración ordinal, se detallan los textos de tales modificaciones.

En el proyecto de decreto cada modificación es referida por un artículo, llegando el cuerpo del decreto a 21 artículos que reproducen reformas, adiciones o derogaciones a otros tantos preceptos. Me referiré ahora a otros planteamientos que estimo de fondo.

La reforma constitucional de 1996, en relación al gobierno de la Ciudad de México, previo un órgano ejecutivo y un órgano legislativo electos de manera universal, directa y secreta y en las elecciones de 1997, se mostró, independientemente de los intereses partidistas en juego, lo positivo de dicha reforma con la elección e instalación de las nuevas autoridades locales del Distrito Federal.

La base tercera del apartado C, del artículo 122 de la Constitución, refiere que el Congreso de la Unión a través de un Estatuto de Gobierno, debe organizar una administración pública local de la que forman parte los órganos político-administrativos por demarcación interna, mismos que hasta ahora han venido siendo las delegaciones.

Desde la reforma constitucional y las modificaciones que ha sufrido la legislación en materia electoral del Distrito Federal, se previó la necesidad de legislar en relación a las disposiciones constitucionales relativas a los órganos político-administrativo, motivo de la reforma constitucional de 1996 y cuyos titulares deberán ser producto de elección popular con un nuevo ámbito de competencia y un nuevo régimen de relaciones con el órgano ejecutivo del Distrito Federal.

Es por eso que el PRI sostiene la necesidad a través de disposiciones de carácter reglamentario de darle una mayor precisión a lo dispuesto por el apartado C, base tercera del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que con base en ello la Asamblea Legislativa desarrolle su competencia en materia electoral.

La naturaleza jurídica del Distrito Federal, definida por el artículo 44 de la Constitución Política, permite afirmar que la Ciudad de México es al mismo tiempo Distrito Federal, sede de los poderes de la Unión y la capital de los Estados Unidos Mexicanos. Por su parte el texto del artículo 122 constitucional, ratifica esa importante decisión política y del texto de ese precepto, surge una entidad de perfiles singulares donde concurren con ámbitos de competencia bien definidos los poderes federales y las autoridades locales de acuerdo al régimen de división de poderes, el Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Para lograr el funcionamiento armónico de estos tres ámbitos de poder, el artículo 123 constitucional asigna competencias a cada uno de los órganos cuya actuación incide en el Distrito Federal, así se precisa las facultades que corresponden al Congreso de la Unión y al titular del Ejecutivo Federal. Al mismo tiempo se establecen las bases a las cuales debe sujetarse la expedición del Estatuto de Gobierno por el propio Congreso y se regula la organización y funcionamiento de las autoridades locales.

Debe destacarse que la reforma de 1996 al texto constitucional, además de preservar la naturaleza jurídico-política del Distrito Federal, asiento de los poderes de la Unión y capital de la República, permite garantizar el ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos en la conformación de las autoridades locales, jefe de gobierno del Distrito Federal con funciones ejecutivas y Asamblea Legislativa con funciones material y formalmente legislativas de carácter local.

Pero a la vez, reguló lo relativo a la organización de la administración pública local, partiendo de la distinción entre órganos centrales, desconcentrados y descentralizados; el establecimiento de órgano político-administrativo que no son otros que los que se corresponden a una descentralización política y administrativa, de acuerdo a la teoría sobre la materia y con el texto mismo de la iniciativa de la Asamblea Legislativa, en cada una de las demarcaciones territoriales en que se divida el Distrito Federal y desde luego la determinación de que los titulares de los órganos a cargo de esas demarcaciones, fueran de extracción popular.

Ahora bien, se ha venido señalando en forma reiterada la urgente necesidad, en congruencia con la normatividad constitucional, de llevar a cabo la correspondiente reforma al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal para que los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, al mismo tiempo que sean electos en forma universal, libre, secreta y directa, estén sujetos a un régimen expreso de facultades que les permita cumplir con las funciones básicas que corresponden a ese nivel de gobierno, con toda la legitimidad obtenida de una competencia electoral y toda la eficacia dirigida a un solo ámbito territorial con asignación de competencias, ejercicio presupuestal, rendición de cuentas y régimen de responsabilidades.

El asunto más controvertido es el relativo a la naturaleza de los órganos político-administrativos de cada demarcación territorial y al respecto sostenemos que la titularidad unipersonal de estos órganos se deriva de la lectura misma del último párrafo de la base tercera, apartado C del artículo 122 constitucional cuando expresa que: "los titulares de los órganos político administrativos de las demarcaciones territoriales serán electos en forma universal, libre, secreta y directa".

Que se refiere, desde luego, a un titular por cada órgano y no a la pluralidad de cierto número de titulares por cada uno de los órganos.

De ninguna forma puede suponerse que nuestra posición equivalga a una regresión ni al desconocimiento de un precepto de nuestra Constitución; pero no se puede admitir que por medio de una errónea interpretación del texto constitucional, se pretenda crear órganos cuya existencia no esté jurídicamente sustentada.

Compañeros diputados: hemos externado a los representantes de los demás grupos parlamentarios, que independientemente del destino que tenga el contenido del dictamen que hoy se discute, que estamos en la disposición, aún con la premura de los términos fatales, de discutir y llegar a un acuerdo que corresponda a las diferentes percepciones que sobre este asunto tienen los partidos políticos aquí representados.

Por lo pronto nuestro voto será en contra.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Quirós.

Ha concluido la fijación de posiciones de los grupos parlamentarios. Se abre un primer turno de oradores en contra y en pro del dictamen y se han inscrito en contra: diputados; Tulio Hernández Gómez y Jaime Moreno Garavilla. En pro: diputados; David Cervantes Peredo y Fauzi Hamdan Amad.

Tiene la palabra, hasta por 10 minutos, el diputado Tulio Hernández Gómez.

El diputado Tulio Hernández Gómez:

Gracias a la mesa directiva de esta sesión; compañeras y compañeros diputados:

Esto que se está tocando hoy, es una muestra más de la importancia que tiene el trabajo legislativo, sobre todo ligado a la actividad política y de gestión social y también ligado al cumplimiento de las normas fundamentales de nuestro Estado, que son las normas constitucionales y también la relación nuestra con la importancia histórica que tiene cada una de las partes de la República.

Estos comentarios son los primeros que hago, para que quede claro que no estamos simplemente anunciando nuestro voto en contra del dictamen, porque estemos en contra del propósito que ya se ha tocado aquí, de mejorar, renovar, fortalecer la estructura política y de gobierno de la capital de la República.

El no estar de acuerdo con una propuesta y con un dictamen, no implica de manera automática, simplemente oponerse a un asunto o tener como posición un voto negativo, sin entender las partes que actúan, el interés y el valor del tema a discusión.

Dicho de otra manera se ha tocado ya también aquí, de ambas fracciones o de los grupos que han propuesto una reforma y del grupo priísta que está en contra de este dictamen, que es muy importante lograr que se siga avanzando en algo que también se mencionó hoy, el Distrito Federal, es muy distinto de todo lo que ha vivido antes.

Pero no ha sido esto fruto de una pelea de gallos, de un pleito o de un asunto deportivo, sino ha sido fruto de las coincidencias, de los esfuerzos en que ha habido realmente transacciones y ha habido también el deseo de sumar esfuerzos, para que haya más vida democrática y mayor eficiencia en el gobierno de la capital de la República.

Comento esto, porque desgraciadamente a veces se piensa que las coincidencias y los votos que se suman en favor de ciertos temas, significan traición, servilismo o compra. Por desgracia con frecuencia se dice esto y también se llega al otro punto, que cuando no hay coincidencia, hay pleito o hay una posición negativa y dañina al avance y al progreso que requiere una sociedad.

Por todos estos comentarios y muchos más, la fracción priísta va a votar en contra de este dictamen, pero queremos también todos en esta tribuna y de manera directa en las comisiones y en el trato personal, insistir que hacer las reformas con base en nuestro artículo 122 de la Constitución y las reformas al estatuto, va a ser muy importante y vamos a poder coincidir, yo lo creo sinceramente.

Yo creo que debemos buscar coincidencias, dado el tiempo y el valor histórico que tiene el hacer una serie de reformas legislativas, para que se pueda avanzar más en el fortalecimiento de la capital de la nación.

Por eso se ha dicho ya aquí jurídicamente, cómo algunas cuestiones, además de carácter lingüístico, de carácter jurídico, hay que evitar que se realicen mal, hay que lograr que se realicen adecuadamente los cambios.

En la propuesta que hoy se discute en relación al dictamen presentado, hay una serie de datos que ya se comentaron aquí, como el nombre de concejo, la denominación de alcalde y muchas otras cuestiones que no están precisadas.

Por esto y además porque consideramos que es muy necesario hacer una reforma que también fortalezca el sistema federal y que no mezcle instituciones y asuntos de los estados y de los municipios, no quiere decir que estemos simplemente en una posición contraria en todo.

Es por eso importante subrayar cómo aquí hemos logrado hace unas semanas, una reforma al artículo 115 de la Constitución, dándole mayores facultades y mayores posibilidades a los municipios de nuestro país, para establecer incluso acuerdos y establecer suma de esfuerzos entre municipios que no siendo del mismo, van a poder seguir avanzando en esto que se llama la cédula democrática de nuestra nación, que es el municipio.

Pero si hemos logrado esto, también debemos lograr que no se confunda la importancia que tiene un avance en la capital, en donde es la sede, es el asiento de los supremos poderes de la Federación y no se puede pensar en aplicar una serie de mecanismos y de normas jurídicas sin dejar de respetar lo difícil, la naturaleza muy singular que tiene esta Ciudad de México, Distrito Federal.

Por eso y sin entrar en discusiones de más detalle, lo que queremos es dejar claro que nuestra votación va a ser en contra y nuestra posición porque se alcancen reformas inteligentes y adecuadas en favor de más vida democrática y mejor trabajo y más eficiencia en el gobierno del Distrito Federal siguen siendo el asunto básico de las mesas y de los trabajos por ejemplo de la Comisión del Distrito Federal.

Me parece que es muy importante insistir en esto, porque si no luego la información que se da hacia afuera, es que hay un pleito o hay divisiones que no tienen posibilidad de superarse y lo más importante también, creo que es valioso decirlo, es que nuestra legislatura no siga dando pie a una imagen negativa en que parece que lo único que hace esta legislatura es tener una falta de desarrollo legislativo y una posición de permanente lucha y pleito hasta pasional.

Por desgracia para muchas personas la información a veces los ha llevado a pensar en esto y debemos reconocer todos los esfuerzos que hemos logrado en reformas y en disposiciones legales que deben ser motivo de orgullo. Hagamos pues de este asunto, un asunto que nos permita encontrar nuevas opciones, encontrar

                                                                                                      608,609 y 610

 

nuevos asuntos y nuevas formas para apoyar el desarrollo del Distrito Federal, pero que quede muy claro que mucho de lo que se presentó en las dos iniciativas y en el dictamen, está señalando que no es conveniente aprobarlo, es el caso nuestro, de la fracción priísta, porque tienen muchas fallas, muchos defectos y podemos juntos lograr que se alcance un trabajo legislativo de mayor calidad.

El Presidente:

Gracias, diputado Tulio Hernández.

Para hablar en pro del dictamen tiene el uso de la palabra hasta por 10 minutos, el diputado David Cervantes.

El diputado David Ricardo Cervantes
Peredo:

Gracias, señor Presidente:

Con las reformas que hoy discutimos, no se trata como a veces parece quererlo hacer ver el PRI, de cumplir solamente con la formalidad de establecer las atribuciones y la forma de integración de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales, como lo señala la fracción II de la base tercera del artículo 122.

Creemos nosotros que se trata fundamentalmente de establecer el contenido que queremos dar a la continuación de la reforma política del Distrito Federal, de esa reforma política llevada a cabo en 1996 y que dejó en parte pendientes discusiones, para ser luego complementadas por este Poder Legislativo. Se trata entonces de posiciones respecto a cómo queremos que se gobierne la Ciudad de México, al carácter de ese gobierno de la Ciudad de México y de las posiciones que hemos conocido tanto en la comisión como en las discusiones entre los grupos parlamentarios y aquí mismo en esta tribuna, podemos observar claramente dos posiciones:

Una posición en la que se atiende al sentido y al espíritu de la reforma realizada en 1996, una propuesta que responde al carácter democrático y a la intención democrática de esa reforma.
Por otra parte, hemos visto y nos hemos confrontado con una posición, que con un criterio administrativista niega la posibilidad de establecer mecanismos democráticos para el gobierno local de la ciudad.

La primera posición expresada en el dictamen y que es la posición que defiende el PRD, no sólo la defendemos por una cuestión programática, sino porque esta propuesta en su esencia fue apoyada por la abrumadora mayoría de los ciudadanos a través de la votación de 1997; además porque la propuesta de crear órganos colegiados, responde al criterio general de nuestro sistema político-jurídico en el país sin dejar de reconocer las particularidades del Distrito Federal.

También la propuesta recoge lo fundamental de los acuerdos alcanzados en la mesa tres de la reforma política, en la que se discutieron temas fundamentales sobre la reforma política para la ciudad y en esos acuerdos coincidieron cuatro partidos políticos representados en la Asamblea, pero sobre todo estamos convencidos de esta propuesta porque fortalece y profundiza el proceso de democratización de la ciudad que expresa la necesidad de la pluralidad y el desarrollo de nuevos mecanismos democráticos de participación como lo ha reclamado la ciudadanía.

Por su parte, el PRI difiere de la propuesta del dictamen no sólo en cuanto a que los órganos político-administrativos sean de carácter unipersonal o un órgano colegiado; difiere también en la propuesta en cuanto al carácter que deben de tener estos órganos. El PRI mantiene de hecho en su posición, una propuesta en la que los órganos político-administrativos se mantendrían, fundamentalmente, como órganos desconcentrados, lo que los sujeta todavía, como las actuales delegaciones, fuertemente a la dependencia con respecto al jefe de gobierno y como ya decíamos, esta propuesta se defiende por un criterio fundamentalmente como lo han expresado en las discusiones administrativistas, en el sentido en el que dice el PRI que por el establecimiento de estos órganos político-administrativos, si fueran de carácter plural y tuvieran un funcionamiento colegiado, podrían generar dificultades y podrían incluso hasta paralizar el desarrollo de la administración y del gobierno local.

En suma, tenemos dos propuestas que tienen qué ver con formas distintas de ver y de resolver los problemas de gobierno en la Ciudad de México. La propuesta planteada por el PRI, como lo conocimos en las discusiones, en pocas palabras nos dice que en la medida en que el gobierno de una ciudad se hace más complejo por su desarrollo, por su amplitud, por la cantidad de sus habitantes, entonces hay que aplicar y hay que desarrollar instrumentos menos democráticos. Este criterio preocupa, porque si consideramos el desarrollo que están teniendo muchas otras ciudades en el país, desarrollos similares a los que ha tenido la Ciudad de México, esto querría decir, de acuerdo con el criterio del PRI, que entonces tendríamos que ir suprimiendo paulatinamente la organización municipal en otros estados para facilitar, dicen ellos, el gobierno de estas ciudades.

Creemos que esta posición del PRI refleja fundamentalmente lo que ha venido manifestando a lo largo de las distintas reformas políticas del Distrito Federal en las dos últimas décadas.

El PRI sigue rechazando y sigue oponiéndose a una visión de democracia, a una visión que permita avanzar en la democratización de la ciudad y del país, se opone al proceso que se ha venido desarrollando en la Ciudad de México avalado, apoyado por la ciudadanía y en el que ha reclamado fundamentalmente el poder gozar de plenos derechos igual que los demás ciudadanos de las otras entidades de nuestro país.

Con esta posición el PRI también se opone y esto es algo que nos preocupa profundamente, a una nueva realidad. El PRI con su posición quiere desconocer la nueva realidad de la Ciudad de México, en la que la mayoría de los ciudadanos abrumadoramente votaron a favor de la propuesta que recoge en lo esencial la propuesta del dictamen y se opone también a reconocer que los partidos políticos representados aquí en la Cámara de Diputados, que firmamos a favor de esta propuesta, representamos en la Ciudad de México a esa mayoría de ciudadanos que votaron a favor de una propuesta democrática.

Tiene en fin, el PRI, la responsabilidad en este momento, de coadyuvar y de sumarse a este proceso de democratización de la ciudad o como lo ha hecho en las anteriores reformas políticas, seguirla retrasando, seguirla entorpeciendo y seguir aplazando el derecho que tienen los ciudadanos a gozar de plenos derechos.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado David Cervantes.

Se encuentran en el recinto integrantes de la organización Presencia Ciudadana, acompañados por la ciudadana Martha Delgado Peralta.

Se encuentran estudiantes del Instituto Andes, de Puebla, acompañados por el ciudadano Luis Linares.

Se encuentran estudiantes de la preparatoria oficial numero 30, acompañados por la profesora María de los Angeles Fernández Rojas.

Y se encuentran invitados especiales del diputado José Pascual Grande Sánchez.

¡Sean todas y todos ustedes bienvenidos!

Para hablar en contra del dictamen tiene el uso de la palabra hasta por 10 minutos, el diputado Jaime Moreno Garavilla.

El diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla:

Con su venia, compañeras y compañeros diputados:

¡No! El Partido Revolucionario Institucional no está en contra del proceso democrático que vive hoy por hoy nuestro país.

El Partido Revolucionario Institucional promueve y va a la vanguardia de ese proceso y de esa apertura democrática que vive nuestro país, con sus costos, con sus riesgos. Hemos apostado por la democracia y prueba irrefutable de ello es el proceso que hoy por hoy vive nuestro partido, el Revolucionario Institucional.

Como ciudadanos advertimos y aplaudimos este proceso que cristaliza en 1996, con las reformas constitucionales.

Como ciudadanos advertimos y aplaudimos lo mismo en la academia que en la tribuna, que en las calles y las plazas, que ese status de capitis diminusio en que nos encontrábamos los ciudadanos del Distrito Federal, hubiese pasado a formar parte de la historia.

Ahora, los ciudadanos del Distrito Federal, a partir de 1996, por disposición constitucional estaremos en posibilidad de elegir a los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales, tal como lo preconiza el artículo 122 constitucional.

Si no estamos en contra de la democracia, estamos a favor de que la democracia por la vía del derecho y su respeto, nos lleve a la eficiencia y a la gobernabilidad

Estamos a favor de que haya órganos de gobierno estables, solidos, confiables, pero también con facultades reales de ejecución y de administración para atender las necesidades de los gobernados.

De qué nos habrá servido abrir todo un proceso democrático para elegir al encargado de ejecutar y administrar en una demarcación política, si después intentamos atarle las manos con un órgano colegiado, integrado pluralmente, que en un momento dado podrá, a partir de pasiones políticas y de partidos, retrasar la atención primaria de los servicios que han de recibir los usuarios en cada demarcación. Es decir, se podrá retrasar de esta forma el auténtico e ingente reto que tiene toda autoridad, que es el de mejor servir al ciudadano.

Pero al margen de estas consideraciones y por supuesto suscribiendo las que de mejor forma han realizado mis compañeros priístas desde el punto de vista técnico-jurídico y desde el punto de vista eminentemente político, yo quisiera advertir y someter a la mejor reflexión de todos ustedes, compañeros, que no es la forma adecuada de legislar respecto de un tema de gran trascendencia.

El reformar el Estatuto de Gobierno no puede estar sometido a un proceso expreso, expreso me refiero por la expeditez del mismo. No puede legislarse al vapor con una velocidad verdaderamente inusitada.

Cómo es posible que nosotros estemos en este momento conociendo un dictamen que propone la reforma al Estatuto de Gobierno en los términos en que lo preconiza el 122 constitucional, bajo la presión fatal de los 17 días que tenemos solamente por delante, para poder hacer prosperar esto que, desde 1996, estableció el Congreso de la Unión, vía la reforma constitucional.

¿Qué, independientemente de que habrá puntos de convergencia con seguridad, dejando al margen nuestros puntos de disidencia, qué, independientemente de ello, no somos capaces de dotar de normas eficientes y eficaces, tendientes a la integración sólida y eficaz de los órganos de gobierno del Distrito Federal, a los ciudadanos de ésta que es la capital de la nación?

Yo creo que debemos de estar muy atentos, en principio a reconocer que democracia y eficiencia son dos conceptos que de ninguna manera pueden estar enfrentados. No riñe democracia y eficacia y eficiencia.

Y segundo, que tenemos que legislar con responsabilidad es tener siempre de aliado al tiempo.

Las precipitaciones y la legislación al vapor no conducen a normas que sean respetables; no conducen a ensanchar la base de legitimación social que necesitamos darle a nuestro marco institucional.

La democracia es una forma de gobierno, todos lo sabemos. O sea, es una forma tendiente a poner en orden los asuntos públicos, a poner en orden las relaciones de la sociedad frente a los órganos primarios de gobierno y es una forma para poner en orden las relaciones de los ciudadanos entre sí. Pero es una forma para poner orden, es una forma de gobierno.

En consecuencia, tenemos que ser muy cautos para encontrar, sí, nuestras coincidencias, construir a partir de nuestras convergencias, dotarle a los ciudadanos del Distrito Federal de órganos político-administrativos, es decir, de órganos de gobierno capaces, eficientes, sólidos, pero también capaces, por ende, de ofrecer un ambiente de estabilidad y de gobernabilidad que no surge de la precipitación ni de la legislación al vapor.

Yo recuerdo en este momento, a propósito de las premuras, que el hombre, en medio de las
manos de piedra del tiempo, puede simplemente convertirse en arcilla. No nos convirtamos, compañeras y compañeros diputados, en arcilla, en ésa que utilizaron los romanos, para medir al tiempo, al tiempo que ha pasado y que sigue haciendo de las instituciones romanas instituciones eternas hasta nuestros días.

                                                                                                 611,612 y 613

Tomemos como aliado al tiempo, seamos responsables y por ende, como los priístas, votemos en contra, por lo pronto, este dictamen.

El Presidente:

Gracias, diputado Jaime Moreno Garavilla.

El diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas
Arreola (desde su curul):

Pido la palabra, señor Presidente.

El Presidente:

¿Con qué objeto, diputado Gonzalo Rojas?

El diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas
Arreola (desde su curul):

Para rectificación de hechos, por favor.

El Presidente:

Con mucho gusto, a usted y a la diputada Lenia Batres.

Para hablar en pro del dictamen, tiene el uso de la palabra el diputado Fauzi Hamdan.

El diputado Fauzi Hamdan Amad:

Con la venia de la Presidencia; honorable Asamblea:

Yo creo que en el fondo no hay discrepancias en la posición del PRI y es más, honestamente no veo argumentos para no estar de acuerdo con el dictamen.

En principio hablan de que desde luego están en favor de un proceso democrático. Bueno, el proceso democrático de elección de lo que serían los titulares de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, pues tiene su base en la elección que se hagan de esos titulares. Hasta ahí estamos de acuerdo.

El punto, el meollo de todo se centra: en que si los titulares serán unipersonales o serán colegiados. Eso es en lo que discrepamos en el fondo y aducen fundamentalmente que siendo colegiados trastocaría o sería un impedimento de gobernabilidad en esas demarcaciones. ¡Nada más falso que eso!

En primer lugar, creo que estamos de acuerdo en que desde el punto de vista constitucional, distinguidos constitucionalistas que me han precedido en la palabra, don Miguel Quirós y don Jaime Moreno, coinciden en que la Constitución permite que pueda haber titulares integrados por órganos colegiados.

Creo que ahí no discrepamos, no es un problema de base constitucional, entonces ya dimos un paso adelante.

El segundo, de que sea colegiado por el impedimento de gobernabilidad. ¿Cuál? El esquema planteado en las reformas y en el dictamen son muy puntuales. Hay que recordar que lo que ahora todavía son las delegaciones, constituyen unidades fundamentales y básicas de desarrollo político y social en una comunidad y ésta es por cierto en el Distrito Federal muy similar a un municipio y en una estructura municipal de verdadera representación regularmente es colegiado, el cabildo, el ayuntamiento, por su naturaleza es colegiado.

Y si vamos históricamente, desde las mismas pradias griegas, el origen del municipio, siempre tuvieron el carácter colegial de representación y pasaron por el municipio romano, por el municipio español y es de donde nosotros, en nuestra primera instancia la famosísima Villa Rica de la Veracruz, en 1919, se constituye y se integra como la primera unidad comunitaria autónoma e independiente.

De manera que estructuralmente las demarcaciones territoriales para el Distrito Federal, que es la ratio leguis de la reforma del artículo 96 al 122, quería que esas instituciones tuvieran esa autonomía funcional y orgánica a través de la elección de sus titulares y ya no que haya una relación de subordinación jerárquica de mando, permanente, con el jefe de gobierno. Algo similar como acontece con las entidades federativas, el gobernador unipersonal y los municipios integradores, sin menoscabo de la coordinación en las funciones.

Por lo tanto, la gobernabilidad del órgano colegiado en nada afecta la eficacia del desempeño de las actividades de estas demarcaciones, máxime que estas unidades colegiadas tendrán funciones muy propias de conducción, de dirección y de gobernación de esas demarcaciones en coordinación, repito, con lo que es el gobierno integral del Distrito Federal.

De modo que no entiendo las objeciones de fondo, porque coinciden en las funciones que van a tener estas demarcaciones territoriales en el ámbito de sus servicios, en la autonomía funcional, pero en lo que no están ustedes de acuerdo es que sea colegiado. Si es aduciendo razones económicas, que se va a ver una carga presupuestaria adicional para atender el pago, las remuneraciones de esos servidores públicos, creo que con creces paga, pero con creces, el que tengan el carácter colegiado. Si es en función de representación de la comunidad, con mayor razón tendríamos que abocarnos a aceptar esa representación colegiada y no unipersonal.

Y en el esquema planteado por nosotros, es un esquema de representación integral con una cabeza que sería el equivalente, incluso la denominación la habíamos propuesto ya el Partido Acción Nacional, de alcalde de ese concejo de gobierno y ya no quisimos mencionar nada en las reformas al estatuto, quizá la ley secundaria, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, es la que califique la denominación de esos titulares como la materia electoral en la Ley Electoral.

De modo que en el fondo, de verdad, no encuentro ningún argumento de peso, pese a los argumentos esgrimidos de manera tan general, que sustente el voto en contra del dictamen.

Yo creo que, los invito realmente a recapacitar y ustedes dieron la pauta, la apertura, de que no es definitiva finalmente su posición, de que, de que hay posibilidad de reflexión, de análisis nuevamente sobre el tema, pero el meollo, el punto clave es unipersonal o colegiado. Por esas mismas razones desde luego que nosotros estamos en que debe mantenerse la estructura orgánica colegiada de esas nuevas demarcaciones territoriales.

Pero además, déjenme comentar por último un argumento de contenido sociológico. Las delegaciones hoy en día en el Distrito Federal, aun cuando las conglomeraciones sean tan apretadas por la densidad de población que vivimos aquí en el Distrito Federal, siempre funcionan bajo un esquema de representación colegial.

Vean el antecedente de los concejos ciudadanos, vean ahora a los órganos de opinión que las mismas comunidades de vecinos tienen en cada demarcación territorial, que no sólo es más que el paso adicional para que esas unidades y comunidades vecinales tengan su auténtica representación en la demarcación territorial. Esa es la razzio legis y política que da sustento real y efectivo a que se incorpore el régimen de representación colegial en las demarcaciones territoriales.

Muchas gracias, señores.

El Presidente:

Gracias, diputado Fauzi Hamdan.

Para rectificación de hechos, tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos, el diputado Gonzalo Bárbaro Rojas Arreola.

El diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas
Arreola:

Muchas gracias, señor Presidente:

La primera rectificación que tengo que hacer es a usted señor Presidente. Mi nombre es Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas Arreola.

El Presidente:

Le agradezco mucho, señor diputado.

El diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas
Arreola:

Yo quisiera señalarles a los compañeros que han hecho uso de la palabra en contra de esta
propuesta de dictamen, con argumentos verdaderamente insostenibles, si observamos cómo se han comportado durante los años anteriores en que eran hegemónicos en esta Cámara de Diputados y en el Congreso, cuando hablan, por ejemplo, de que no se debe de legislar al vapor. Tendríamos ene ejemplos de como se ha legislado al vapor cuando esta Cámara era de dominio unipartidista. Podemos señalar muchos ejemplos.

Solamente diría, para muestra, dos. La iniciativa de reformas a la Ley del Seguro Social se hizo en 10 días, votada solamente con la aplanadora del PRI. ¿Eso que afectó a millones de trabajadores no es legislar al vapor? La iniciativa de reformas a la Policía Federal Preventiva, también impuesta en sólo 10 días. ¿Eso no es legislar al vapor?

Si es hasta hoy que se está presentando esta iniciativa, es porque los señores del PRI en la Asamblea de Representantes, en la Asamblea Legislativa, no quisieron participar en la comisión que se conformó para procesar los cambios necesarios para adecuarlos al mandato constitucional que desde 1996 facultaron la elección de estos órganos que hoy estamos debatiendo.

Esa comisión en la Asamblea Legislativa se conformó desde principios del año. No asistieron los señores del PRI y se procesó en su ausencia y hoy vienen a decir que se está presentando una iniciativa que se pretende legislar al vapor. ¡Congruencia, señores diputados del PRI!

Nos dicen aquí que las reformas que se han dado son producto de un proceso y de transacciones, dijo un diputado, excelso diputado del PRI, son acuerdos, son concertaciones, no transacciones, ésas son otra cosa. Pero yo quisiera recordarles que tienen un doble discurso, porque mientras aquí en la tribuna vienen a decir que respetan la democracia y que propugnan el avance de las instituciones democráticas, a la hora de los hechos atacan a las instituciones democráticas y ahí tenemos cuál es el embate que han emprendido en contra de una institución democrática surgida de la reforma electoral, de la reforma del Estado, que es el IFE, cómo han tratado ellos, los señores del PRI, de desprestigiarlo, de demeritarlo y de echar atrás ese avance democrático.

Podríamos seguir señalando otros ejemplos acerca del doble discurso, de incongruencia, pero nada más quisiera hacer una reflexión a ustedes, señores de la línea, de la consigna: mal están haciendo quedar a su Presidente, el ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León, que se comprometió, entre otras cosas, ya no digamos de bienestar para la familia, se comprometió a que el D.F. tendría órganos como los que hoy se están proponiendo, tendría cuasi cabildos, fueron sus palabras y hoy que se están proponiendo, que se están plasmando en esta iniciativa de ley, los señores del PRI simplemente vienen a decir que eso no lo van a apoyar, están haciendo quedar mal a su presidente Ernesto Zedillo Ponce de León en una más de las incongruencias y de las promesas que se hicieron en campaña.

Finalmente yo quisiera señalar que la preocupación de que se apruebe esta propuesta que hoy se presenta, está en función de los tiempos que se tienen por delante, se necesita que la Asamblea Legislativa realice las adecuaciones a la ley electoral por lo que, si no se aprueba con el tiempo suficiente, en los hechos por responsabilidad del PRI se estaría negando el avance democrático que necesita la capital del país.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas.

Para rectificación de hechos tiene el uso de la palabra el diputado Guillermo Barnés García hasta por cinco minutos.

El diputado Guillermo Barnés García:

Con su permiso y su venia, señor Presidente; honorable Asamblea:

Hemos escuchado recientemente por algunos representantes del PRD, en este sentido, sobre argumentos insostenibles sobre legislar al vapor, argumentos que hemos estado sosteniendo en forma seria y responsable, porque estoy convencido después de la reunión de la Comisión del Distrito Federal que ustedes son los primeros que tienen dudas sobre este tema, todos los diputados que estuvimos ahí tenemos dudas, nos preguntamos si realmente es la forma la que están ustedes planteando.

                                                                  614,615 Y 616

Le recuerdo a mi amigo el diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas, que una iniciativa que fue presentada en la sesión pasada a la consideración de esta Asamblea es legislar al vapor, 48 horas no son suficientes para legislar en forma seria.

No estamos de acuerdo con algunos defensores de oficio que oficiosos del jefe del gobierno del D.F., que piensa que esta ciudad ya es suya para siempre porque logró ganar una elección en 1997 y que afirman que ahora es poca administración y mucha política, como lo dijo o casi lo quiso decir el representante Ordorica.

Estamos en contra de este dictamen, porque tenemos todas las dudas sobre la violación del artículo 122; lo primero para gobernar bien es ser respetuosos de las leyes, del marco jurídico que es el que nos da base para poder llevar una convivencia democrática en orden, una convivencia democrática que se traduzca en beneficios directos para la población.

Por eso no estamos de acuerdo, por las dudas que ustedes aceptan también en corto tener sobre la violación al artículo 122 constitucional. Primero está el respeto a las leyes y primero está el pensar en nuestro marco jurídico y por eso afirmamos que están votando al vapor.

También considero que el legislador que me antecedió en el uso de la palabra, no tiene la menor autoridad moral para venir a decir aquí que esto no representa una transacción, un doble discurso y demás palabras que utilizó. Gracias al PRI se llevó a cabo la reforma de 1996, la reforma electoral y gracias al PRI, en un afán para que la oposición y el gobierno que actualmente gobierna la Ciudad de México, maduraran y lograran un proceso democrático.

Deberían de darle las gracias al PRI porque gracias a nosotros están donde están... y repito señores, como legisladores serios, tengamos cuidado con los apresuramientos, no queramos que por un accidente y por resultado de una ambición política, perdamos la reflexión y la seriedad como legisladores.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Guillermo Barnés.

Se encuentran presentes seis estudiantes de la Universidad de Nueva York invitados por el señor diputado Bernardo Bátiz Vázquez. ¡Sean bienvenidas y bienvenidos!

Para rectificación de hechos tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos, la diputada Lenia Batres Guadarrama... Declina la diputada Lenia Batres.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen en lo general y en lo particular.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de este dictamen en un solo acto.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación en lo general y en lo particular.

(Votación.)

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Se emitieron 211 votos en pro y 185 en contra.

El Presidente:

Aprobado en lo general y en lo particular por 211 votos. Es aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

El Presidente:

Los siguientes puntos del orden del día son los dictámenes relativos a las solicitudes de permiso para prestar servicios a gobiernos extranjeros, de los siguientes ciudadanos: Fernando Rafael Pérez Espinosa, Joel Vicente Juárez Pardo, María Esther Patricia Guzmán, María Teresa Vanessa de la Cruz Alcalá, Yolanda Aragón Naranjo, Sergio Ambriz Hernández, Rosa María Arvizu Gutiérrez, Hebert Reyes Gómez, Amparo Jordán Pérez, María Esperanza Carlos Rodríguez, María Eugenia Luengo Alvarez, Hilda Torres Mendoza, Irma Gabriela Campos Dávila, Julián Alberto Alvarez Hernández, Patricia Delgado Vega, Carmen Becerra Ronquillo, Lorenzo Aureliano Chaparro Rubio, Silvia Mayela Alvidrez Silva, Ramón Martín Morales Orta, Eduardo Rafael Wenzel González, Ramón Gómez Barquín y Gustavo González García.

En virtud de que los dictámenes se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria del día de hoy, consulte la Secretaría a la Asamblea si se les dispensa la lectura y se ponen a discusión y votación de inmediato.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

Se consulta a la Asamblea si se les dispensa la lectura a los dictámenes, en virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria y se ponen a discusión y votación de inmediato.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se les dispensa la lectura.

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio de fecha 2 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Fernando Rafael Pérez Espinosa, Joel Vicente Juárez Pardo, María Esther Patricia Guzmán, María Teresa Vanessa de la Cruz Alcalá y Yolanda Aragón Naranjo, puedan prestar servicios de carácter administrativo, en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el día 13 de septiembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México, serán de carácter administrativo y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al ciudadano Fernando Rafael Pérez Espinosa, para prestar servicios como auxiliar de contabilidad, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Artículo segundo. Se concede permiso al ciudadano Joel Vicente Juárez Pardo, para prestar servicios como empleado de mantenimiento, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Artículo tercero. Se concede permiso a la ciudadana María Esther Patricia Guzmán, para prestar servicios como técnico en contabilidad, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Artículo cuarto. Se concede permiso a la ciudadana María Teresa Vanessa de la Cruz Alcalá, para prestar servicios como operadora de teléfono, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Artículo quinto. Se concede permiso a la ciudadana Yolanda Aragón Naranjo, para prestar servicios como empleada de visas, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 14 de septiembre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quirós Pérez, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, Alfonso Gómez Sandoval, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

En consecuencia está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos: Fernando Rafael Pérez Espinosa, Joel Vicente Juárez Pardo, María Esther Patricia Guzmán, María Teresa Vanessa de la Cruz Alcalá y Yolanda Aragón Naranjo, para prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

El Presidente:

Está a discusión el dictamen en lo general... No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se reserva para su votación nominal en conjunto.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio fechado el 2 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Sergio Ambriz Hernández, Rosa María Arvizu Gutiérrez, Hebert Reyes Gómez y Amparo Jordán Pérez, puedan prestar sus servicios de carácter administrativo, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 13 de septiembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada de sus actas de nacimiento.

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco, serán de carácter administrativo.

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C, del artículo 37 constitucional.

                                                                                                617,618 y 619

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al ciudadano Sergio Ambriz Hernández, para prestar servicios como operador de sistemas, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.

Artículo segundo. Se concede permiso a la ciudadana Rosa María Arvizu Gutiérrez, para prestar servicios como auxiliar de personal, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.

Artículo tercero. Se concede permiso al ciudadano Hebert Reyes Gómez, para prestar servicios como auxiliar de correo, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.

Artículo cuarto. Se concede permiso a la ciudadana Amparo Jordán Pérez, para prestar servicios como agente de embarques y compras, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 14 de septiembre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quirós Pérez, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, Alfonso Gómez Sandoval, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos: Sergio Ambriz Hernández, Rosa María Arvizu Gutiérrez, Hebert Reyes Gómez y Amparo Jordán Pérez, para prestar servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.

El Presidente:

Está a discusión el dictamen en lo general... No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se reserva para su votación nominal en conjunto.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio fechado el 2 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos: María Esperanza Carlos Rodríguez, María Eugenia Luengo Alvarez, Hilda Torres Mendoza, Irma Gabriela Campos Dávila, Julian Alberto Alvarez Hernández, Patricia Delgado Vega, Carmen Becerra Ronquillo, Lorenzo Aureliano Chaparro Rubio y Silvia Mayela Alvidrez Silva, puedan prestar servicios administrativos, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 13 de septiembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento.

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua, serán administrativos y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C del artículo 37 constitucional.

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso a la ciudadana María Esperanza Carlos Rodríguez, para prestar servicios como personal de limpieza, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Artículo segundo. Se concede permiso a la ciudadana María Eugenia Luengo Alvarez, para prestar servicios como asistente de servicios consulares especiales, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Artículo tercero. Se concede permiso a la ciudadana Hilda Torres Mendoza, para prestar servicios como auxiliar de visas, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Artículo cuarto. Se concede permiso a la ciudadana Irma Gabriela Campos Dávila, para prestar servicios como auxiliar de visas, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Artículo quinto. Se concede permiso al ciudadano Julián Alberto Alvarez Hernández, para prestar servicios como auxiliar de visas, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Artículo sexto. Se concede permiso a la ciudadana Patricia Delgado Vega, para prestar servicios como auxiliar de visas, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Artículo séptimo. Se concede permiso a la ciudadana Carmen Becerra Ronquillo, para prestar servicios como subcajera consular, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Artículo octavo. Se concede permiso al ciudadano Lorenzo Aureliano Chaparro Rubio, para prestar servicios como personal de limpieza, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Artículo noveno. Se concede permiso a la ciudadana Silvia Mayela Alvidrez Silva, para prestar servicios como asistente de visas, en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 14 de septiembre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quirós Pérez, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, Alfonso Gómez Sandoval, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos: María Esperanza Carlos Rodríguez, María Eugenia Luengo Alvares, Hilda Torres Mendoza, Irma Gabriela Campos Dávila, Julián Alberto Alvarez Hernández, Patricia Delgado Vega, Carmen Becerra Ronquillo, Lorenzo Aureliano Chaparro Rubio y Silvia Mayela Alvidrez Silva, para prestar servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

El Presidente:

Está a discusión el dictamen en lo general... No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se reserva para su votación nominal en conjunto.

BELICE

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio fechado el 2 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Ramón Martín Morales Orta, pueda prestar servicios como chofer/mensajero, en la Embajada de Belice en México.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 13 de septiembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento.

b) Que los servicios que el propio interesado prestará en la Embajada de Belice, en México, serán como chofer/mensajero.

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado C del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Ramón Martín Morales Orta, para prestar servicios como chofer/ mensajero, en la Embajada de Belice, en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 14 de septiembre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quirós Pérez, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, Alfonso Gómez Sandoval, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Ramón Martín Morales Orta, para prestar servicios en la Embajada de Belice, en México...

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.


REINO DE DINAMARCA

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio fechado el 2 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Eduardo Rafael Wenzel González, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Dinamarca, en Veracruz, Veracruz.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día  
13 de septiembre se turnó a la comisión que suscribe para su estudio y dictamen el expediente relativo.

                                                                                        620,621 y 622

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento.

b) Que los servicios que el propio solicitante prestará al gobierno de Dinamarca, serán de carácter estrictamente consular y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado C del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Eduardo Rafael Wenzel González, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Dinamarca, en Veracruz, Veracruz.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 14 de septiembre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quirós Pérez, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, Alfonso Gómez Sandoval, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Eduardo Rafael Wenzel González, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Dinamarca, en Veracruz, Veracruz...

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

REINO DE LOS PAISES BAJOS

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio fechado el 2 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Ramón Góme Barquín, pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario de los Países Bajos, con sede en Veracruz, Veracruz.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 13 de septiembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento;

b) Que los servicios que el propio interesado prestará al gobierno de los Piases Bajos, con sede en Veracruz, Veracruz, serán de carácter estrictamente consular;

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado C del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Unico. Se concede permiso al ciudadano Ramón Gómez Barquín, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de los Países Bajos, con sede en Veracruz, Veracruz.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 14 de septiembre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, Alfonso Gómez Sandoval, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Ramón Gómez Barquín, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de los Países Bajos, con sede en Veracruz, Veracruz...

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.


REPUBLICA DE FINLANDIA

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio de fecha 2 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Gustavo González García, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Finlandia en Tampico, Tamaulipas.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 13 de septiembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que el propio interesado prestará al gobierno de Finlandia, serán de carácter estrictamente consular y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado C del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Unico. Se concede permiso al ciudadano Gustavo González García, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Finlandia en Tampico, Tamaulipas.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.-México, D.F., a 14 de septiembre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quirós Pérez, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, Alfonso Gómez Sandoval, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Gustavo González García, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Finlandia, en Tampico, Tamaulipas...      

No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de éste y los anteriormente reservados, en un solo acto.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación de los proyectos de decreto.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal de los proyectos de decreto.

(Votación.)

Se emitieron 369 votos en pro y uno en contra.

El Presidente:

Aprobados los proyectos de decreto por 369 votos.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

Pasan al Senado para los efectos constitucionales.

LEY NACIONAL DE ARCHIVOS

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Isael Petronio Cantú Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una excitativa a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

El diputado Isael Petronio Cantú Nájera:

Con su permiso, señor Presidente; diputadas y diputados; a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales:

Con fecha 28 de abril de 1998, se presentó ante este pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa de decreto para que se expidiera la Ley Nacional de Archivos. El Presidente la turnó a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen.

La Ley Nacional de Archivos propuesta, garantiza parte del derecho a la información a todos los ciudadanos mexicanos al permitir el acceso libre a los archivos de la nación. Pretende reglamentar el funcionamiento de los archivos de los poderes de la Unión y de los tres niveles de gobierno; define con precisión lo que se entiende por archivo, documento, sección y serie, así como los tipos de archivos y las edades de los documentos para que con un sentido racional y científico sepa el ciudadano cuál, por razones de seguridad de Estado, será desclasificado en un tiempo prudente y cuál no; norma también la responsabilidad de cada nivel de gobierno con respecto a los documentos y transferencia de los mismos.

La Ley Nacional de Archivos que se propone, crea la Comisión Nacional para el Desarrollo de la Ciencia Archivística, selección, dictaminación y expurgo que dicte las normas para el análisis, identificación, ordenación, clasificación, descripción, conservación, valoración, selección y eliminación de la documentación.

La ley implementa una serie de sanciones a quienes trafiquen, revelen, difundan, produzcan o intercambien o extraigan del país sin autorización de la autoridad competente documentos administrativos, históricos, fiscales, contables e informáticos. Igualmente plantea castigos ejemplares a quienes no entreguen los documentos a sus respectivos archivos y los retenga ilegalmente; de igual forma, a quienes inutilicen una red o sistema de información electrónico.

Toda vez que ha transcurrido sobradamente el periodo que refiere el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sin que haya habido ni dictamen o pronunciamiento alguno de la comisión responsable, con fundamento en lo que disponen las fracciones III y XVI del artículo 21, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, solicito a usted señor Presidente:

"Unico. Se sirva enviar una excitativa a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para que en la brevedad se aboque a la atención del referido asunto, presentando ante esta soberanía los resultados de su trabajo." 

                                                                                                      623,624 y 625   

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado Cantú Nájera,

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI, del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para que emita el dictamen correspondiente.

ESTADO DE CHIAPAS

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día es comentarios sobre la situación política en el Estado de Chiapas, conforme a la norma que regula los debates pactados.

Se han registrado para intervenir en este tema en una primera ronda, los siguientes diputados: Ricardo Cantú Garza, Felipe de Jesús Vicencio Alvarez, Carlos Morales Vázquez y Juan Oscar Trinidad Palacios.

Tiene el uso de la palabra hasta por 10 minutos, el diputado Ricardo Cantú Garza.

El diputado Ricardo Cantú Garza:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

En días pasados la Secretaría de Gobernación envió una propuesta al Ejército Zapatista de Liberación Nacional para retomar el camino del diálogo y la negociación ante el conflicto chiapaneco.

Ya hemos marcado nuestra postura en otra ocasión. Todo intento serio de diálogo debe de ser explorado y considerado; todos los mexicanos de buena fe queremos una salida decorosa al problema de los indígenas zapatistas. Sin embargo, debemos de tomar con cautela y precaución la iniciativa gubernamental.

Las intenciones no son del todo claras y a estas alturas de la confrontación social y política en Chiapas, no podemos ser ingenuos ni ilusos. Estamos en la recta final del actual gobierno y las prisas sexenales pueden empujar hacia una solución ficticia del problema en Chiapas. Seamos prudentes y veamos hasta dónde llegan los desplantes dialoguistas del actual régimen.

Ya no basta sólo con las palabras, los zapatistas han conocido de traiciones y de incumplimientos; es la parte más agraviada en el conflicto, lo han sido por cinco siglos y lo han sido en los últimos cinco años en que estalló la guerra en Chiapas. Han recibido agresiones y hostigamientos, han soportado una guerra de baja intensidad, han sufrido la penuria económica agravada en condiciones bélicas. No será fácil recuperar la confianza perdida.

Con las iniciativas políticas no se puede jugar ya como antes, ahora tenemos una sociedad civil más despierta que antes; ya no es fácil engañar una y otra vez, distraer una y otra vez; ya las políticas de dos caras no sirven. Ahora se necesitan hechos que convenzan y que restauren la credibilidad perdida. De ahí que la iniciativa gubernamental se ha quedado corta, puede acabar con la aspiral de confrontación que se veía venir; pero si queremos que sea de verdad un camino abierto hacia la apertura del diálogo y el acuerdo común, tiene que ir acompañada de acciones más enérgicas y decididas.

En principio parece pertinente esperar que el Ejército Zapatista dé una respuesta que pueda distender las cosas y abrir un camino hacia el encuentro de las partes; parece ser obvio. Pero la iniciativa gubernamental caerá en saco roto si los zapatistas han perdido toda expectativa de diálogo con este régimen.

El diálogo es entre dos y sólo se puede dar si existe un reconocimiento mutuo de llegar a compromisos y a acuerdos. De no ser así, la iniciativa naufraga en el desencuentro y en la incomunicación.

Todos nos preguntamos si tiene sentido crear expectativas sobre un diálogo que ya ha abortado por la insensibilidad y la ineptitud gubernamental, aunque existen puntos importantes  que ayudan a distender el conflicto como la libertad a los presos zapatistas. Es insostenible que todo el paquete para promover el diálogo se pretenda implementar mientras siguen en su lugar los mismos personeros del régimen.

El gobernador Albores, quien ha llevado a extremos inimaginables la arremetida contra los zapatistas, sigue en su sitio y nada indica que vaya a ser removido de su puesto.

Mientras figuras como éstas mantengan una presencia significativa del lado gubernamental, todo intento de diálogo puede resultar una burla.

Roberto Albores representa todo lo opuesto a lo que sería una salida al problema indígena. El gobernador chiapaneco debe ser sujeto de un juicio político por las violaciones a los derechos humanos y a las garantías individuales que se han dado durante su mandato. Esta sería una señal favorable para distender en serio el conflicto. Para crear condiciones de diálogo propicias que distiendan el conflicto, es preciso desactivar las células de la contrainsurgencia y eliminar de una vez por todas el hostigamiento y la persecución al Ejército Zapatista. Sólo así podremos caminar hacia una solución pacífica del conflicto y terminar de una vez por todas con las injusticias y agravios cometidos por muchos años en contra de los indígenas de Chiapas y México.

El Presidente:

Gracias, diputado Ricardo Cantú Garza.

Para hablar sobre el mismo tema tiene el uso de la palabra, hasta por 10 minutos, el diputado Jorge Gómez Mérida.

En ausencia del diputado Jorge Gómez Mérida tiene el uso de la palabra el diputado Carlos Morales Vázquez, hasta por 10 minutos.

El diputado Carlos Orsoe Morales Vázquez:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Un paso más para resolver el conflicto de Chiapas, seguramente esta iniciativa de Gobernación surge como consecuencia o respuesta a dos circunstancias políticas: la primera, la grave crítica que el Presidente de la República recibió en su contra por no haber abordado un tema de trascendencia nacional en su V Informe de Gobierno como es el conflicto chiapaneco; segundo, la grave descomposición política a la que el gobernador interino, Roberto Albores Guillén, nos ha llevado en Chiapas.

La respuesta a esta misiva no se ha hecho esperar y ha sido de desdén y de indiferencia por el EZLN, ya que esta propuesta es omisa en temas fundamentales como la militarización. Tampoco se ha cumplido y se está cumpliendo con esta misiva con los Acuerdos de San Andrés.

La misiva de Gobernación no ha logrado mejorar las condiciones del conflicto en Chiapas, están igual o peor que en 1997, cuando gobernaba Julio César Ruiz Ferro, convulsionada por una serie de acontecimientos y con un gobernante desgastado y sin presencia política en Chiapas.

Hoy, la situación política y social en Chiapas empeora, el conflicto ha generado más muertos y más desencanto entre las partes que están en el conflicto. Probablemente se vuelvan a repetir hechos que podrían llevar al Estado a una espiral de violencia incontrolable, con repercusiones de incalculable trascendencia, para la frágil estabilidad política y económica del país.

De esto será responsable quien impuso en Chiapas a este gobernador interino, es decir, Francisco Labastida Ochoa, por no prevenir las consecuencias de que Chiapas sea gobernada por una persona de perfil protagónico, egocéntrico y autoritario.

Albores ha iniciado acciones que han sido producto del derroche y de la insensibilidad política como son las siguientes: convocó a los chiapanecos a un acuerdo de paz y se hicieron consultas amañadas que intentaron movilizar a los sectores más duros del Estado contra los movimientos sociales y que lejos de procurar un acuerdo de paz, provocaron una política de enfrentamiento, sustentándola en manifiestos y marchas de apoyo al gobierno estatal con empleados del Gobierno, presionándolos para apoyar a un gobierno ilegítimo.

Propuso una iniciativa de Ley de Amnistía y Desarme de Grupos Civiles Armados para Chiapas, que se caracterizó por un gran derroche económico, en su difusión y en su culto a la personalidad del gobernador. Esta iniciativa contenía una serie de contradicciones y confusiones de lógica jurídica, pero está en el lugar que merece, en el olvido y sin ningún trámite legislativo que vaya a permitir su aprobación.

Se montó una escenografía con Albores a la cabeza, en la que supuestos exzapatistas deponían las armas a cambio de dádivas del gobierno, hecho que insulta la inteligencia de los mexicanos, porque no creemos que con la entrega de unas cuantas armas en manos de los tres poderes y al margen de la Ley de Concordia y Pacificación se pueda resolver el conflicto de Chiapas.

Eso fue una provocación que tensó la frágil tregua en la región. Inició el desmantelamiento de municipios autónomos, especialmente en San Andrés Larráinzar, lugar que fue sede de los diálogos de paz y con esta torpe decisión estuvieron a punto de provocarse hechos y acontecimientos en que se pudieron haber perdido la vida de indígenas que participaron en esas protestas.

En últimas fechas, el hasta ahora gobernador de Chiapas, se ha dedicado a provocar una serie de enfrentamientos que han causado víctimas en la región del conflicto. Tal es el caso del ejido Amador Hernández y San José de la Esperanza y que han provocado desestabilidad y bloqueos en esa región.

Por si esto fuera poco, ha caracterizado al gobierno que encabeza Albores Guillén en Chiapas, la amplia corrupción en el aparato administrativo de gobierno y la obra pública. Si a eso sumamos el uso de recursos públicos para favorecer la coptación a favor del PRI, en forma muy especial las grandes cantidades de recursos encaminadas a la campaña de Francisco Labastida Ochoa, que es quien impuso en Chiapas a este ilegítimo gobernador.

En este contexto político y social, es evidente que Albores Guillén no ha tenido la prudencia de procurar la unidad y el trabajo fecundo de los chiapanecos.

Compañeras diputadas y diputados: los partidos políticos presentes en esta Cámara, como ya lo han hecho en Chiapas los miembros de la naciente coalición opositora PRD, PAN, PT y Verde Ecologista, debemos exigir al Gobierno Federal la salida de Albores Guillén, en la misma forma en que lo impuso en Chiapas e instalar en Chiapas un gobierno de transición política que permita que en el año venidero, que es electoral, pueda haber un proceso limpio y transparente, que restablezca en Chiapas nuevamente el orden constitucional y que a los chiapanecos se nos devuelva el derecho para elegir a nuestras autoridades locales, preceptos consagrados en nuestra Constitución.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Carlos Morales Vázquez.

En sustitución del diputado Jorge Gómez Mérida, tiene el uso de la palabra el diputado Felipe de Jesús Vicencio, hasta por 10 minutos.

El diputado Felipe de Jesús Vicencio
Alvarez:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores:

Es realmente preocupante que en el transcurso de esta legislatura el tema de Chiapas haya sido una recurrencia en el debate parlamentario, sin que ello haya significado a cambio una transformación, ya no digamos significativa, sino apenas perceptible de las condiciones de este Estado de nuestra República y particularmente lo que se refiere al conflicto armado en esta entidad.

A despecho de nuestros discursos, de nuestras declaraciones, de nuestros pronunciamientos y tomas de posición, la terca realidad del Estado de Chiapas, con la cuota de miseria y de muerte cotidiana, nos sigue recordando que se trata de una asignatura pendiente y a estas alturas también nos confirma que la solución no vendrá naturalmente a través de los discursos, sino a través de las acciones.

Las condiciones se agravan progresivamente en contra de los habitantes más pobres de esa entidad y en el origen de todo ello, podemos reconocer claramente la irresponsabilidad.

                                                                                           626,627 y 628

Irresponsabilidad en primera instancia, del Gobierno Federal, que como hemos escuchado en esta tribuna, no permite que el pueblo del Estado de Chiapas disponga de su propio destino, que de manera autoritaria y en desprecio al sistema federal que rige en nuestro país, impone autoridades por encima de la voluntad de los habitantes de esa entidad.

Cinco años después del conflicto, cinco gobernadores y el desprecio persistente del centro que de manera autoritaria busca resolver algo que solamente la gente que vive, que sufre ahí, está en posibilidades de resolverlo.

Irresponsabilidad también de un gobierno que frente al conflicto no acepta que tiene una responsabilidad cualitativamente superior que su contraparte, porque es precisamente autoridad y como tal tiene un papel decisivo que jugar en la solución de este problema. Irresponsabilidad del Gobierno Federal y complicidad del gobierno local, que permiten la operación de grupos armados al margen de toda ley que dividen y fracturan a las comunidades; grupos paramilitares que asolan las regiones más diversas del Estado y a quienes no se les ha fincado ninguna responsabilidad de tipo penal.

Irresponsabilidad del Gobierno, que además sostiene, así como impuso, sostiene a un gobernador provocador, a un gobernador corrupto, irresponsable, bravucón, indigno de encabezar la responsabilidad de gobernar un Estado como el Estado de Chiapas. Irresponsable el Gobierno que estranguló a la mediación que estaba tratando de resolver el problema del conflicto armado.

Irresponsable el Gobierno que si bien es cierto sostiene a la Cocopa, la mantiene en un perfil bajo, buscando que no muera, pero también preocupado de que no se mueva.

Pero la irresponsabilidad no es sólo una atribución que pueda hacerse a la autoridad gubernamental, también en el conflicto armado en el Estado de Chiapas, el EZLN tiene su cuota de responsabilidad; ni el Gobierno ni el propio EZLN, han estado en posición de cumplirla y respetar ni la letra ni el espíritu de los Acuerdos de San Miguel que establecían como condiciones del diálogo el respeto, que establecía como condición el que este diálogo debería seguir por encima de cualquier diferencia por más grande que ésta fuera, a fin de lograr la consecución de un acuerdo que eventualmente pudiera llevar a la paz. El EZLN ha sido irresponsable al incumplir estos acuerdos.

También el EZLN, ha sido irresponsable y lo ha sido porque ha desestimado el papel que juega el Congreso por ley, como coadyuvante en la solución del conflicto y ésta no es una afrenta para los miembros de la Comisión de Concordia y Pacificación, sino para esta soberanía; es una actitud irresponsable que ha colaborado en alguna medida para que esto se haya complicado.

Irresponsabilidad del "zapatismo" también sin duda, al resistirse a transitar por el arduo camino del diálogo; irresponsabilidad porque se ha desistido en el discurso del uso de las armas, pero se resiste también a transitar este arduo camino del diálogo, que implica el encuentro con el adversario y porque es inaceptable la exigencia absurda de ir al diálogo sólo en la medida en que el adversario se transforme y deje de ser como es.

Ese es justamente el desafío de la vía democrática: el que a diario vivimos en esta Asamblea, el tener la posibilidad y la determinacion de sentarnos con el adversario sabiendo que es diferente de nosotros, pero convencidos de que la vía del diálogo, la vía democrática es la única que puede provocar los cambios realmente necesarios para nuestro país.

Cuando no se tiene esa convicción la determinación o el valor para transitar por esa vía, se está incurriendo en una grave responsabilidad.

Al obrar de esta manera irresponsable, las dos partes, el Gobierno y el EZLN, están despreciando lo que creo yo, convendrán conmigo, es el clamor de la mayoría del pueblo de México que exige una paz con justicia en esa entidad.

Y creo que frente a este reclamo nosotros como representación nacional no podemos permanecer indiferentes y que realmente nuestro desafío es ser voz y ser resonancia del clamor de la mayoría de los habitantes de este país, que no están contentos con la lógica de poder de las dos partes y que están exigiendo una solución justa y digna.

Nosotros tenemos que levantar la voz para denunciar esta irresponsabilidad. Nosotros como representantes de los mexicanos tenemos
  que plantear en esta tribuna una exigencia de rectificación a ambas partes, al Gobierno Federal para que cumpla en lo que le corresponde, con la letra y el espíritu de los Acuerdos de San Miguel, que hablaban de respeto y que hablaban de disposición de cumplir los acuerdos que se firmaran. Cambio de actitud al gobierno para que instrumente acciones concretas de distensión; porque no es con cartas abiertas cargadas de buenas intenciones, como podremos avanzar en esta ruta, sino con acciones concretas de distensión.

Al Gobierno Federal le exigimos también que considere la reiterada propuesta de la Cocopa, en el sentido de reducir la densidad militar en la zona de conflicto. Al Gobierno Federal le exigimos determinación para cumplir sin objeciones y sin reservas, los Acuerdos de San Andrés. Determinación para detener el accionar impune de los grupos paramilitares.Al EZLN le exigimos también asumir la responsabilidad que implica el diálogo con el adversario; le exigimos respetar en la letra y el espíritu de los Acuerdos de San Miguel. Respetar a esta soberanía y el papel que la ley le concede como instancia de coadyuvancia en el diálogo para la eventual solución del conflicto.

Compañeros legisladores: creo que México no espera menos y lamentablemente creo también que el pueblo de Chiapas, los indígenas, ya no aguantan más.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diptuado Felipe de Jesús Vicencio.

Para concluir este primer turno de intervenciones, tiene el uso de la palabra hasta por 10 minutos, el diputado Juan Oscar Trinidad Palacios.

El diputado Juan Oscar Trinidad Palacios:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Otra vez la legislación chiapaneca se ve en la necesidad de volver a la tribuna para hacer valer la voz de nuestros representados aquí en esta Cámara de Diputados.

Pasamos a la tribuna porque hemos vuelto, hemos vuelto a escuchar las ya muy conocidas voces que pretenden decidir desde el centro del país, el destino de nuestra entidad federativa; que ha comenzado de alguna forma a tomar sus propias decisiones y a resolver sus propios problemas; muchos de ellos gestados fuera de nuestro territorio o por protagonistas que llegan a Chiapas en plan de nuevas aventuras coloniales, aun cuando su lenguaje haya sido renovado.

Las mujeres y hombres de Chiapas, en su inmensa, definitiva y honesta mayoría, nos han hecho saber, de muy diversas maneras, que quieren vivir en paz y en el trabajo, nos han hecho saber, en diversos tonos, que ya estuvo bien de que se trate a los chiapanecos como incapaces de resolver sus propios problemas.

De manera irresponsable, con frecuencia, dentro o fuera de nuestro país, se ha tratado a los chiapanecos como si fueran culpables por acciones u omisiones; se ha tratado al gobierno, y de manera indirecta a todos los habitantes que lo apoyan, como agregado de rijosos y de intolerantes.

Por eso hoy hemos decidido pasar a esta tribuna, para decir que esas apreciaciones son, para decir lo menos, descabelladas e irresponsables. Las mujeres y hombres de Chiapas ya están cansados de vivir en zozobras artificiales, ya están hartos de recibir los impactos de intereses ajenos y lejanos, sobre todo porque estos factores externos se convierten en nuevas dificultades a la hora de hacer frente a los rezagos.

Los diferentes sectores sociales en todas y cada una de las regiones, junto con las instituciones estatales o federales, trabajan día a día para abatir los grandes problemas que un desarrollo histórico desigual nos heredó durante siglos.

La gestación de las contradicciones sociales del Estado exigen hoy un esfuerzo que no debe de frenarse por intereses externos ni mucho menos interrumpirse.

De esa manera, cada obstáculo generado para satisfacer apetitos de privilegios implica perder un tiempo vital para los chiapanecos.

Hay una historia profunda que requiere reflexión y buena fe. No es válido, por eso mismo, compañeros, reinventar historias maleables para ideologizar los acontecimientos.

Por Chiapas, por Chiapas ciertamente han pasado toda suerte de males, que van desde las obsidianas guerreras procedentes del valle de México, hasta la encomienda tardía e incluso el abandono.

Por eso nuestros problemas son complicados y nadie puede decirnos que se van a resolver de la noche a la mañana. Además, los chiapanecos de hoy haríamos un mal si, en vez de dedicarnos al trabajo, hiciéramos de nuestra vida un permanente reparto de culpas.

Eso lo saben bien los habitantes de todas nuestras regiones y en ese orden han rechazado la convocatoria a la violencia, que se pretende, sea reivindicatoria. En todos los rumbos de la entidad los oídos son cada vez menos receptivos a las prédicas de la utopía violenta.

Cada vez se hace menos caso a quienes promueven apuestas que son verdaderos despropósitos. En esas apuestas es esencial la desestabilización del gobierno del Estado. Se incluye vulnerar a un gobierno que ha conseguido la aprobación de la gran mayoría de los ciudadanos. Se promueven violencias y se descalifica a un gobierno que trabaja de manera permanente para fortalecer el clima de tolerancia, la convivencia pacífica que de manera urgente se requiere en el Estado.

Se pretende, con una pasión digna de mejores causas, restar fuerza a un gobierno que ha iniciado la remunicipalización en las regiones que así lo han requerido desde hace muchos años.

Contra un gobierno que ha enviado iniciativas de ley de desarme para dispensar el escenario y que en eso deberíamos estar ocupados, compañeros legisladores, para dispensar un escenario y sentando las bases para una mejor justicia con la participación de los propios grupos indígenas.

Se quiere vulnerar, y seguramente ahí está la esencia del problema, a un gobierno que ha propiciado el regreso de varias decenas de comunidades al marco de las leyes que norman la vida de todos los mexicanos.

Debemos señalar aquí que en la región supuestamente llamada de conflicto en Chiapas cada vez que el gobierno realiza una acción para el desarrollo social en las miles de comunidades que así lo demandan, surgen los problemas por parte de los disidentes.

El combate a la pobreza ha dejado ya de ser una bandera creíble y tal parece que la existencia de subregiones marginadas es útil unicamente, compañeros, para mantener viva la rentable causa de la discordia. Parece ser que la pobreza enriquece a quienes se han convertido en sus ángeles tutelares.

No vale, compañeros, no vale inmiscuirse en asuntos que son propios de los chiapanecos, sobre todo cuando los habitantes de nuestro Estado ya sabemos que desestabilizar al gobierno es hacerse cómplice del atraso, de la marginación y de añadir obstáculos que impiden a las mujeres y hombres de nuestro Estado decidir sobre el futuro que nos corresponde.

Hablan de corrupciones. Si tienen pruebas, procedan, compañeros. Si no, por favor, actúen con responsabilidad.

Tanto el gobierno estatal como el de la Federación han estado en la línea del diálogo y la política. La reciente propuesta del Gobierno Federal para reanudar el diálogo se inscribe en la decisión de resolver el conflicto, sin romper la unidad de la nación ni violentar las normas republicanas que deben regir la vida del país.

Esta convocatoria a reanudar el diálogo cuenta, una vez más, con el consenso de la gran mayoría de los chiapanecos, porque son ellos, somos nosotros, compañeros, quienes sentimos más de cerca los impactos de inestabilidad, que ciertamente ya ha cedido en la mayor parte del Estado. Solamente falta un acuerdo definitivo para que los intereses del país recobren la prioridad que deben tener en algunos puntos de la geografía chiapaneca.

En otro orden de ideas, se pretende también descalificar la presencia de las Fuerzas Armadas en la entidad y se pasa por alto que hace cuatro años hubo una declaratoria de guerra


                                                                       629,630 y 631

que todavía, compañeros, no ha sido retirada, a pesar de que cada día son menos los partidarios de la alternativa beligerante.

También se pasa por alto que al lado de algunas decenas de comuninades opuestas al gobierno hay miles, miles, compañeros, de similares que quieren la paz, la colaboración institucional y su pertenencia a un régimen de derecho. Cientos de estas comunidades piden la presencia permanente de las Fuerzas Armadas de la República para garantizar la seguridad de sus vidas.

Los grandes problemas del Estado no van a resolverse con la prédica violenta ni con las simples invocaciones a la justicia social. Se van a resolver con trabajo, con unidad, con la presencia de las instituciones y con un pleno respeto a las muy diversas culturas en la entidad.

Se trata de un mosaico étnico en donde predominan los grupos mestizos e indígenas, que tienen por supuesto muy diferentes proyectos de vida, que es vital conciliar de inmediato.

Mucho menos se van a resolver los problemas del Estado con una descalificación sumaria de las instituciones chiapanecas. La puesta contra el gobernador del Estado por eso mismo, es un fin en sí mismo y sus promotores tienen intereses de poder perfectamente claros. No se puede permitir en esa tesitura nuevos engaños y nuevas manipulaciones.

La fracción parlamentaria a la que represento aquí condena de manera unánime al protagonismo que apenas oculta la búsqueda de los reflectores universitarios. Rechazamos enérgicamente que se convierta la desgracia de los chiapanecos en un capital rentable y siniestro.

La diputación de Chiapas se suma a los ciudadanos de nuestro Estado que están en opción por la vida y por la libertad. Sin regateos apoyamos la propuesta nacional referente a los pueblos indígenas, resumidos por el Presidente Ernesto Zedillo en su V Informe. Compartimos plenamente la idea en el sentido de que el compromiso histórico del Estado mexicano con este importante sector de nuestra población, sólo será satisfecho mediante la superación efectiva de su ancestral rezago social y al garantizar un efectivo de sus derechos tanto individuales como colectivos.
Lo que es necesario transformar lo vamos a realizar dentro de las leyes, no jugando a los dados con el mensaje de la muerte. Los chiapanecos así lo esperan, los mexicanos así lo exigen.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Juan Oscar Trinidad Palacios.

Sobre el mismo tema se inicia una segunda ronda de intervenciones y para ello se han inscrito los siguientes diputados: María de la Soledad Baltazar Segura, José Octavio Díaz Reyes y Arely Madrid Tovilla.

Tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada María de la Soledad Baltazar Segura.

En ausencia de la diputada María de la Soledad Baltazar Segura, tiene el uso de la palabra el diputado José Octavio Díaz Reyes, hasta por cinco minutos.

El diputado José Octavio Díaz Reyes:

Con su venia, señor Presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados:

Vengo a hacer uso de la tribuna y a dar algunas respuesta puntuales a los señalamientos que el diputado Juan Oscar Trinidad Palacios presentó en breves minutos y creo que si somos consecuentes con la lógica de las apreciaciones que nos emitió aquí el compañero diputado, estaríamos en la lógica de que quien eligió a ese gobernador no fueron precisamente los chiapanecos; el actual gobernador que padecemos los chiapanecos no fue electo, fue impuesto desde el centro.

Si a eso se refiere, a la no intervención del centro en las decisiones de los chiapanecos, creo que estamos plenamente de acuerdo. Pero si se refiere a que únicamente aquellas medidas que pueden ser tomadas en detrimento de los intereses del grupo que hoy ostenta el poder en el Estado de Chiapas, entonces sí estamos en desacuerdo.


Coincidimos totalmente en que queremos vivir en paz, pero no una paz impuesta, no una paz artificial, en donde se pretende dividir a las comunidades indígenas, aduciendo que hay desprendimientos del Ejército Zapatista de Liberación Nacional.

Hemos visitado en diversas ocasiones y nadie nos lo cuenta, porque lamentablemente muchos compañeros diputados no conocen la zona de conflicto y sí hay una zona de conflicto, hay un escenario de guerra permanente, hay un despliegue del Ejército en posiciones de ofensiva. Esa es una situación de guerra, esa es una situación que se vive en la zona de conflicto.

Queremos la paz, pero no una paz impuesta, decía, no una paz que surja sobre la base de conculcar los derechos de los pueblos, no una paz que se base en las argucias de supuestos desprendimientos, no una paz que se base en la utilización de los recursos públicos para uniformar la miseria en que viven los chiapanecos.

Y le quiero recordar aquí al compañero también de que, efectivamente, muchos de los problemas chiapanecos los podemos resolver los chiapanecos, pero el problema indígena de Chiapas trasciende el ámbito local y se inscribe dentro de los grandes problemas nacionales. El surgimiento del Ejército Zapatista de Liberación Nacional en 1994 fue en Chiapas, efectivamente, pero trascendió las fronteras de nuestro Estado, porque implicaba toda una demanda histórica de los pueblos indios.

No creo que tratando de circunscribir y buscar que en el ámbito estrictamente local pretendamos resolver los problemas que hoy tenemos, con eso pretendamos evitar que se inserte esto como un gran tema nacional y cuya responsabilidad tenemos nosotros como diputados que tocar en el periodo de sesiones que estamos atravesando,

Juan Oscar se refirió, y perdón por mencionarlo reiteradamente, pero creo que es el referente que tenemos para comprender la concepción que el gobierno estatal tiene acerca del problema chiapaneco, que vivimos zozobras artificiales. Yo diría que los muertos de Palenque no son zozobras artificiales, compañero, el muerto en la comunidad de Amador Hernández tampoco son zozobras artificiales. Las zozobras artificiales las ha provocado el gobernador Albores Guillén y en particular cuando habla sobre el problema de la remunicipalización.

Se refiere a la remunicipalización que hizo de manera dolosa tratando de insertar dentro de las comunidades zapatistas un efecto más de división de las propias comunidades. No tomó en consideración muchas demandas que de remunicipalización se habían hecho en otras zonas y fue únicamente en la zona de conflicto donde se hizo esa remunicipalización, en una lógica seguida y dictada desde la Secretaría de Gobernación.

Cuando habla el compañero Juan Oscar de que hablemos con responsabilidad sobre los actos de corrupción, yo le recordaría que estuvo perfectamente documentado el problema de los desayunos escolares como muestra de la corrupción generalizada que priva en el actual gobierno del Estado de Chiapas.

Reiteramos desde esta tribuna, concluyendo, la petición que hemos hecho desde diferentes foros, en la salida del Ejército de las actuales posiciones que tiene en la montaña, en las comunidades zapatistas. Reiteramos que el gobierno cumpla responsablemente, cumpliendo con su responsabilidad, respetando los acuerdos de San Andrés Larráinzar.

Gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado José Octavio Díaz Reyes.

Para concluir esta segunda ronda sobre el tema de la situación en el Estado de Chiapas, tiene el uso de la palabra la diputada Arely Madrid Tovilla, hasta por cinco minutos.

La diputada Arely Madrid Tovilla:

Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Aquí se sigue hablando de Chiapas y creo que es oportuno puntualizar ciertas cosas.

Aquí mismo se ha hablado de la falta del cumplimiento de algunos acuerdos de San Andrés, se ha hablado también de la remunicipalización, se ha hablado también de la Ley Indígena,
se ha hablado y se ha ofendido aquí a un gobierno del Estado.

Yo quiero dejar y puntualizar algo y como abogada lo quiero hacer y como chiapaneca estoy obligada para que todo mundo lo sepa. El origen del problema que afloró violentamente al final de 1993 y en el principio de 1994, hay diversos factores de diversa naturaleza, entre ellos existen factores económicos y sociales que ni el Gobierno Federal ni el gobierno estatal los ha negado, incluso los ha subrayado en diversas oportunidades.

¿Pero cuál es el verdadero problema que ha provocado los enfrentamientos en esa zona de conflicto? ¿Cuál? Es que unilateralmente tratan de crear municipios autónomos sobre municipios legalmente constituidos, tratando de someter a sus propios hermanos, porque hay que decirlo claro, aquí no hay mestizos, son indígenas que fueron electos por usos y costumbres, son municipios legalmente constituidos sobre quienes quieren pasar.

Mienten, mienten cuando dicen que estos no han sido electos, yo quiero que me digan cuál de ellos no, todos fueron electos por usos y costumbres, pero además compañeros, quiero decir lo siguiente, en términos tradicionales se dice que el Estado, un Estado como forma de organización jurídica y política se integra por territorio, pueblo y gobierno, en tal virtud el Estado se define como una comunidad humana-pueblo, instalada en determinado espacio o territorio sobre el que se ejerce el poder- gobierno.

La afectación o destrucción, la afectación de algunos de estos elementos es una afectación o destrucción del Estado mismo; consecuentemente el Estado no puede ver con indiferencia lo que se hace con respecto a cualquiera de estos elementos que lo integran, sería tanto como no admitir su propia responsabilidad o de su propia existencia o incumplir el deber que tiene con el pueblo.

Los municipios autónomos significan una afectación en los tres elementos mencionados; por una parte, asumen una función de autoridad-gobierno que se expresa en determinado ámbito geográfico o territorio y que se ejerce sobre cierta comunidad-pueblo. La proliferación de sus municipios implica un principio de desarticulización y erosión del Estado, tanto del Estado de Chiapas como del Estado mexicano.

Al ocurrir el levantamiento de 1994 se optó por una solución de negociación, pero como lo decía aquí el compañero del PAN, este proceso de diálogo implica, compañeros, implica contactos, eso, para llegar a un acuerdo y para tomar soluciones o decisiones comunes, pero no han querido sentarse a la mesa y mientras tanto se lograba este diálogo y este acuerdo se dijo que se mantendrían las cosas en el statu quo vigente cuando cesó el conflicto.

Más sin embargo, se han creado unilateralmente mucho más municipios que han estado causando el enfrentamiento de estos mismos. El gobierno del Estado se halla plenamente consciente de este problema y por éso, por éso compañeros, acepto la posibilidad y conveniencia de realizar alguno de los puntos pedidos en el acuerdo, la propuesta de San Andrés.

Ya el Estado tiene una Ley Indígena aprobada y en su artículo 5o. habla de la autonomía, ya el Estado ha hecho una remunicipalización y con el consenso de los municipios y de los zapatistas que ahí están contra la voluntad de las cabezas y si no, señores, en Ocozingo inclusive el concejo lo encabezaba una persona del PRD y no del partido ni del PRI, estuvieron muy de acuerdo en eso.

Compañeros, aparte esos nuevos municipios que se han creado, creo que hay que concluir con lo siguiente:

La solución de fondo de este conflicto y de muchos problemas ancestrales o recientes que afronta el Estado, requiere que los factores se adviertan puntual y objetivamente y se atiendan con la movilización de los amplios recursos disponibles. No es posible restablecer la paz sin crear al mismo tiempo y con el mismo propósito las condiciones de justicia social y desarrollo económico que contribuyan al único cimiento firme de la paz.

Concreto, compañeros diputados que han intervenido acá, los convoco y los invito a sumarse en bien de Chiapas, dejen trabajar al gobernador del Estado que es tan legítimo como lo es el que sustituye a Fox y el que va a sustituir a Cuauhtémoc Cárdenas, déjenos trabajar, Chiapas requiere compañeros, los asuntos de Chiapas los definimos los chiapanecos,
  dejen Chiapas compañeros, los convoco que nos sumemos a este esfuerzo, sumémonos compañeros diputados.   

Muchas gracias.
                                                                                                            632,633 y 634

 

El Presidente:

Gracias, diputada Arely Madrid Tovilla.

¿Con qué objeto diputado Morales?

El diputado Carlos Orsoe Morales Vázquez
(desde su curul):

Para rectificación de hechos.

El Presidente:

Tiene el uso de la palabra el diputado Carlos Morales Vázquez hasta por cinco minutos, para rectificación de hechos y se ha inscrito también para rectificación de hechos el diputado Julián Nazar.

El diputado Carlos Orsoe Morales Vázquez:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

La diputada Arely, me pareció escuchar su informe de cuando era Secretaria de Gobierno; tiene razón, la justifico, fue parte de ese gobierno pero por otra parte no la comprendo, ella dejó de ser Secretaria de Gobierno porque no coincidió con las acciones de ese gobierno, ella fue conciliadora, respetuosa de la ley y por eso está nuevamente aquí en la Cámara como diputada y no justifico su defensa.

Por otra parte, se ha venido a traer como la gran panacea la municipalización; la municipalización tiene un vicio de origen en Chiapas: se le arrebató al Poder Legislativo y el trabajo de remunicipalización lo realizó el Poder Judicial Federal, con ello se violentaron los mandatos constitucionales y legales de Chiapas y que si a eso nos vienen a decir que dejemos trabajar al gobernador de Chiapas y que no lo critiquemos, estaremos dejando que viole permanentemente la ley, que provoque con sus discursos, con sus virulentas expresiones que a veces los hace en los mítines públicos de gente que acarrean, obligándolos porque si no pierden su trabajo en las oficinas de gobierno y que muchos de los que aquí vinieron a defender la posición del gobierno de Chiapas saben que es cierta, pero que es la forma de seguirse manteniendo en la vida política del Estado.

Compañeras y compañeros diputados: a Chiapas se le ha vulnerado su autonomía. De aquí se impuso, del centro del país, a Roberto Albores Guillén; lo hizo quien era Secretario de Gobernación, Francisco Labastida Ochoa; por ende, el Gobierno Federal tiene la obligación de ponerle una camisa de fuerza a este gobernador, de detenerlo porque puede, con sus actitudes y arrebatos, con sus discursos virulentos, con sus exabruptos y con su actitud irresponsable, provocar una nueva masacre en Chiapas y nosotros no estamos viniendo a crear zozobras irreales, compañeros.

Así sucedió en el bosque con el inicio de su gobierno, cuando mandó a la policía de seguridad pública a balacear a indígenas campesinos y después los devolvió, los cadáveres en estado de putrefacción, abiertos y en condiciones insalubres porque los retuvieron en el sol y abandonados en los caminos de Chiapas.

Compañeras y compañeros diputados: no podemos nosotros seguir permitiendo que un gobierno ilegítimo e impuesto en Chiapas siga actuando irresponsablemente y que corramos el riesgo de que por una espiral de violencia de Chiapas vayamos a contaminar la vida política del país.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Carlos Morales. ¿Con qué objeto, diputada Madrid?

Para contestar alusiones personales tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos, la diputada Arely Madrid Tovilla.

La diputada Arely Madrid Tovilla:

Sí, compañeros diputados. Unicamente señalar por lo que ha dicho el compañero que fui parte de un gobierno. Fui parte de un gobierno sí y siempre he sido congruente. Siempre he sido congruente con lo que hago y con lo que digo y en esa parte del gobierno en que servimos, usted lo sabe perfectamente, como los compañeros perredistas que están acá, que servimos sin distingo de partido.

Unicamente recordarle eso y decirle que en Chiapas vamos a seguir sirviendo pero sirviendo bien, sirviendo por buscar causas para lograr esa paz tan anhelada, esa paz tan buscada, ya no llevemos más y más leña a la hoguera compañeros. Sumémonos, insisto, sumémonos para lograr la paz en Chiapas.

Gracias.

El Presidente:

Gracias, diputada Arely Madrid Tovilla.

Para rectificación de hechos tiene el uso de la palabra el diputado Julián Nazar, hasta por cinco minutos.

El diputado Julián Nazar Morales:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Venimos a defender los cadáveres muertos, pero bueno. Yo siento que todos aquellos que hablen de Chiapas, que tengan la amabilidad de ilustrarse tantito de un Estado tan bello como es nuestro Estado de Chiapas.

Yo quiero decirles a aquellos que han subido hoy a hacer una serie de críticas sin bases y sin fundamentos, que en Chiapas se ha escrito la historia por muchos chiapanecos y hemos ido caminando en la construcción y en el rescate de la dignidad que hoy molesta a muchos, como es el que hoy hace Roberto Albores Guillén en el Estado.

¿Por qué rescatar la dignidad de Chiapas?, porque han llegado gente que en lugar de defender la soberanía del Estado, han permitido que gente de intereses muy ajenos al Estado vaya fincando sus decisiones y su forma de pensar, sin tomar en cuenta a los chiapanecos.
Hoy molesta a muchos que están aquí presentes en la Cámara de Diputados, que un gobierno con decisión, sin mirar si el día de mañana va a durar un mes o va a durar todo el periodo de elección, porque desgraciadamente se dan los cambios sin tomar en cuenta a los chiapanecos, como está sucediendo en Guanajuato con Fox, que fue sustituido por otro gobernador que no tiene presencia, pero que sí lo pusieron los compañeros del PAN y quiénes van a sustituir a Cuauhtémoc Cárdenas también en forma unilateral, pero que, bueno, es una sustitución a un gobierno.

Pero hablando de la problemática de Chiapas. En los Altos de Chiapas desde hace muchos años, desde 1978, han venido pidiendo las cañadas de Taniperlas, de Santo Domingo, una demanda muy sentida. Y quiero refrescarle la memoria a los compañeros: En los Altos de Chiapas están asentados en forma irregular los compañeros de Taniperlas y sin embargo, hoy se le ha dado la razón. Por eso yo quiero pedirles a aquellos que pasen y tomen la tribuna, que se lean un poquito la historia de Chiapas.

En Taniperlas invadieron todo lo que es la cañada de las Tacitas, lo que es la cañada de San Quintín, fue invadido desde hace muchos años en la zona lacandona. La zona lacandona fue dotada de 614 mil 321 hectáreas y sin embargo, después del movimiento de 1994 se les ha dado una oportunidad de legitimarse. Aquellos pedían la creación de caminos, de escuelas, de salud, y hoy con la llegada del Gobernador Roberto Albores les está permitiendo la creación de los caminos, la creación de escuelas, la creación de salud, pero veo aquí, de veras sorprendido, cómo con qué facilidad, las personas que llegan extraviadas de la mente, porque estarán empeyotadas o están tal vez lunáticas o trasnochadas, llegan buscando escenarios de veras de descalificación.

Yo siento que aquí la tribuna debe ser más seria y más responsable, no hacer eco, y se los pido a los compañeros que son más mesurados del PAN, porque los otros son protagonistas de por sí eternamente, hay compañeros que vienen y legitiman la información tan trasnochada que traen personas totalmente ajenas al terreno de Chiapas.

Yo siento que en vez de estar satanizando el proyecto de gobierno que hoy está dando resultados en Chiapas y que nosotros como dirigentes de base social estamos teniendo presencia y participación real. Nuestra gente está participando en los programas, están recibiendo los beneficios directos.

Yo siento y le pido aquí a los compañeros chiapanecos que por la modestia que nos caracteriza a nosotros los chiapanecos y los del Partido Revolucionario Institucional, no podemos pedir que se le haga un monumento a Roberto, pero ustedes pueden pedirlo y buscar el lugar donde hacerle un monumento por rescatar la dignidad de los chiapanecos, por darle una oportunidad de vida a aquellos que han mantenido silencio cuando nos han avasallado los del centro.

Yo así pido a los compañeros, tanto de diferentes partidos, que por favor nos acompañen en una propuesta, pero una propuesta que construya hacia la dignidad de Chiapas.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Julián Nazar.

En el transcurso de la sesión, esta Presidencia recibió una propuesta de la Junta Directiva de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Se ruega a la Secretaría dar cuenta de ella.

AUTONOMIA SINDICAL

El secretario Jesús José Villalobos Sáenz:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

La mesa directiva de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de esta Cámara de Diputados, preocupada para que se dé la armonía y unidad sindical dentro y fuera de los tribunales de trabajo por controversias obrero-patronales, ha considerado conveniente elevar nuestra voz para alentar el respeto a la autonomía sindical, estamos seguros que nuestra voz se escuchará si ustedes, compañeras diputadas y diputados, comparten nuestra preocupación.

Para el efecto los convocamos a suscribir el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Que esta soberanía exhorte a los titulares de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, a los ciudadanos gobernadores constitucionales, al Procurador General de la República y de las procuradurías generales de los estados, así como a los dirigentes sindicales, para que en uso de sus facultades legales y autoridad moral y política, hagan todo lo posible para alentar la convivencia sindical, procurando todas las garantías para los trabajadores.

Compañero Presidente: en virtud de lo expuesto y en nombre de la mesa directiva de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de esta Cámara de Diputados y con base a lo establecido en el artículo 5o., del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicitamos respetuosamente dar curso a nuestra propuesta y ponerla a consideración de la plenaria inmediatamente, por ser un caso de urgente y obvia resolución.

Atentamente.

México, D.F., a 23 de septiembre de 1999.- Diputados: Juan Moisés Calleja Castañón, presidente; Rosalío Hernández Beltrán, Javier Paz Zarza y Marco Antonio Fernández Rodríguez.»

El Presidente:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera esta propuesta de urgente resolución.

El secretario Jesús José Villalobos Sáenz:

En votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, si se considera de urgente resolución la proposición.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...  

                                                                                        635,636 y 637     

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se considera de urgente resolución.

El Presidente:

En consecuencia, está a discusión la propuesta.

No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba la propuesta.

El secretario Jesús José Villalobos Sáenz:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

El Presidente:

Se aprueba la propuesta de la directiva de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Se instruye a la Secretaría para que dé curso a los comunicados a que haya lugar
.

Presidencia del diputado
Sergio César Alejandro Jáuregui Robles


ESTADO DE VERACRUZ

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día son comentarios sobre la iniciativa de reformas a la Constitución del Estado de Veracruz.

Se han registrado para intervenir en este tema, los siguientes diputados: Víctor Alejandro Vázquez Cuevas, Fidel Herrera Beltrán, Isael Petronio Cantú Nájera y Francisco Javier Loo Ramos.

Tiene el uso de la palabra, hasta por 10 minutos, el diputado Víctor Alejandro Vázquez Cuevas.

El diputado Víctor Alejandro Vázquez
Cuevas:

Con el permiso de la Presidencia:

Mi Estado natal, Veracruz, se ha caracterizado por dar a la patria grandes juristas que han encontrado en el derecho la vía de convivencia que nos garantiza a encontrar en la ley a la justicia.

Siempre, pero sobre todo en los últimos tiempos se ha llegado a una frivolidad absoluta con la cual se intenta volver a las épocas imperiales, donde un solo hombre era generador de todo logro.

Los veracruzanos hemos vivido en los últimos meses un gobernador con delirio faraónico desde su toma de protesta, una verdadera obra a la egolatría, su gestión siguió con la compra y venta de helicópteros millonarios, que además de ser un procedimiento irregular y sin el menor respeto a las autoridades locales, pasó después por inventar una generación de empleos a todas luces inexistentes como uno más de sus autoelogios.

Estar ausente del Gobierno con vacaciones en Europa y hoy culmina su obra con el invento de una nueva Constitución que carece de la menor sensibilidad política, del desconocimiento absoluto de lo jurídico, razones que hacen ver al señor Miguel Alemán, como carente de absoluto sentido común en el servicio público.

Miguel Alemán, ante esta realidad, la de Veracruz, un Estado grande que lo supera con más de 200 municipios y diverso en su composición antológica y social en el que habitan más de 7 millones de pobladores, intenta sustituir la realidad de Veracruz por la demagogia jurídica.

Pasemos ahora a revisar el documento en cuestión, del que no hay dudas se trata de una nueva Constitución que cambia el texto de todos sus artículos, abroga y deroga sin ton ni son, disminuyendo la de 141 artículos a solamente 84 artículos. Por lo tanto, no hay duda, se trata de una nueva Carta Magna para Veracruz, incluso él mismo la ha denominado "reforma integral".

Lo anterior nos lleva a sostener que ante esta velada intención del gobernador de Veracruz, Acción Nacional debe dar un paso tajante para que la historia lo juzgue con todo el peso que
esto se merece. Cito a uno de los diputados locales de Veracruz, a Sergio Vaca, quien ha demostrado este tema en toda su plenitud, dice textualmente:

"Lo que les voy a comentar no es producto de un sentir partidista de Acción Nacional, sino investigación de carácter jurídico. Abrogar, es anular, significa supresión total de la vigencia y por lo tanto de la obligatoriedad de una ley, significa desaparecerla para que nunca exista o sustituirla completamente por otra; derogar, consiste en la anulación parcial de una ley." Estas definiciones se encuentran en la página 20 del diccionario Jurídico Mexicano, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México.

Este mismo diccionario, define la reforma constitucional y dice: "la Constitución Federal, igual que la de Veracruz, es de carácter rígido; hay dos clases de constituciones, rígidas y flexibles. Las flexibles se caracterizan por no ser escritas y pueden se modificadas en cualquier momento mediante el plebiscito y el referendum.

Nuestra Constitución consta por escrito y tiene un procedimiento especial para ser modificada, no la puede alterar un Poder Legislativo común y corriente, tiene que ser un poder constituyente y aquí vale la pena aclarar que es un poder constituyente.

Es un cuerpo legislativo que se convoca y elige ex profeso para redactar una nueva Constitución Federal o local, así lo hicieron en 1917, el Constituyente de Querétaro convocado ex profeso y así lo hicieron los legisladores de Córdoba, cuyos nombres están en letras doradas en el Palacio Legislativo. El 16 de septiembre de 1917 fueron convocados ambos órganos legislativos a sabiendas por el pueblo de que iban a ser un poder constituyente.

Esta legislatura, de la que me honro ser parte, -cita Vaca Bentacourt- forma parte de un poder constituido, no se eligió para hacer una nueva Constitución.

Con lo anterior queda claro que el gobernador no tiene idea de su creación jurídica y desde luego sus corifeos más cercanos le han hecho sentir que es tan grande el señor Alemán, que incluso lo hacen ser capaz de imaginar y de inventar el marco legal, la inspiración de la justicia como un acto osado o una simple ocurrencia.

Pero vamos ahora a revisar el bello texto que una noche inspiró el gobernador de Veracruz, donde se encuentran una serie de cambios que sin duda harían retroceder a ese bello Estado.

Por ejemplo: en cuestión de Cuenta Pública, la actual Constitución pone como plazo el mes de abril y la que él propone, lo traslada hasta el mes de mayo.

En materia de creación de consejos municipales, la actual Constitución manifiesta que sólo podrán ser dictaminados así, si las dos terceras partes así lo indican. La propuesta del gobernador es que sea sólo por mayoría simple.

Temas más grave como la actual Constitución, faculta a la legislatura para tomar cuentas al gobernador cada año o cuando le parezca oportuno, ya sea en materia de recaudación o inversión de los caudales públicos y su propuesta prácticamente desaparece y soslaya esa facultad.

Otro ejemplo es que actualmente las propuestas al Consejo de la Judicatura son nombradas por dos terceras partes de los diputados y en la Constitución que él propone, si bien es cierto deja que sea el Congreso quien finalmente los elija, se otorga a sí mismo la facultad de proponer magistrados.

Hay otra parte todavía más grave que raya en la aberración; cosas verdaderamente retrógradas como es la de sugerir que si un gobernador al día siguiente de su toma de posesión renuncia, pueda ser sustituido por quien el Congreso designe y pueda además concluir el periodo. La actual Constitución faculta al Congreso del Estado a que convoque a elecciones si la renuncia se da en los primeros dos años, con lo cual se demuestra que nuestro actual marco legal, es mucho más avanzado, democrático y moderno. Además de que este apartado en particular, tiene un doble velo. ¿Qué intenta decir y señalar el gobernador de Veracruz al proponerle al Congreso del Estado que después de unos cuantos meses, que son los que lleva, pueda abandonar el cargo y ser sustituido por alguien que sólo por la mayoría calificada del Congreso del estado pueda ser electo gobernador?

Esta parte, como dije, velada, al parecer se trata de una vieja y añeja intención. Sugiere que alguien que no puede ganar una elección por mayoría, que quiera de repente ser electo y dar un albazo para terminar así los más de cinco años que quedan en este periodo.

Así en materia, por ejemplo de magistrados, la actual Constitución establece inamovilidad para los magistrados y jueces cuando hayan sido ratificados después de durar tres años. La que él propone, le da una vigencia de 10 años improrrogables.

O en materia de ausencia del gobernador, la actual dice que éste no podrá salir del territorio sin licencia de la legislatura y la que él propone le otorga la facultad de ausentarse durante 30 días sin el menor aviso.

Es por esa razón por la que los anteriores ejemplos en materia jurídica y de políticas públicas demuestran que Acción Nacional tiene razón al considerar el proyecto del gobernador como carente de sensibilidad social y como un proyecto altamente inequitativo.

Finalmente, termino con un reconocimiento. La propuesta del señor gobernador finalmente contiene cosas rescatables, incluso delata sus apetitos y describe en la exposición de motivos donde en el capítulo de responsabilidades de los servidores públicos, dice el gobernador y cito a Miguel Alemán textualmente, artículo 76 a 79:

"Las responsabilidades de los servidores públicos son sin duda uno de los temas que más preocupan a la sociedad. La equivocada concepción de lo que es el servicio público, el mal uso de la protección constitucional que se otorga a servidores públicos de alta jerarquía, el crecimiento inexplicable e inmediato de riquezas y la ausencia de sanciones a quienes infringen la ley, son, entre otros, aspectos que han lacerado fuertemente el sentimiento popular y ello explica que los miembros de la sociedad civil estén interesados en que esta materia sea debida y claramente regulada."

Lo anterior dibuja al gobernador de cuerpo entero, ya que él ha sido testigo y beneficiario de esta iniquidad.

Muchas gracias.

Presidencia del diputado
Jesús Enrique Jackson Ramírez

El Presidente:

Gracias, diputado Vázquez Cuevas.

Sobre el mismo tema tiene el uso de la palabra el diputado Fidel Herrera Beltrán hasta por 10 minutos.

El diputado Fidel Herrera Beltrán:

Señor Presidente; honorable Asamblea:

Permítanme iniciar esta intervención contribuyendo a la información política del diputado Vaca, que me antecedió en el uso de la palabra, para señalarle que son 210 exactamente los municipios del Estado de Veracruz y que en todos ellos se vive a plenitud la decisión de transformación que ahora campea en nuestra entidad.

En la intervención vitriólica, sin fundamento y con juicios de descalificación, que no son propios ni de la conducta política ni de la atmósfera de trabajo, de creatividad, de armonía, de paz con la que se desarrolla la vida en nuestra entidad, hemos escuchado ahora una exposición incongruente pero que nos brinda una inmejorable oportunidad.

Incongruente porque los paladines del federalismo han venido ahora a criticar el ejercicio de los derechos y atribuciones legales y constitucionales que los poderes públicos de un estado ejercen.

Ha señalado por cierto en una exposición publicada en los medios de comunicación el Partido Acción Nacional en Veracruz o mejor dicho, sus seis diputados integrantes de la legislatura del Estado, que es ilegal la iniciativa de reformas a la Constitución, presentada el pasado 13 de septiembre por el jefe del Ejecutivo del Estado, desentendiéndose de su obligación constitucional y de su derecho de iniciar leyes en Veracruz, derecho y capacidad que por cierto tenemos también los legisladores federales electos en nuestro Estado. Veracruz tiene una de las pocas constituciones que recogen ya y que en el proyecto aun amplían al Poder Judicial y a los llamados organismos autónomos, a los que me referiré un poco después en mi exposición, la capacidad de iniciación de leyes para los legisladores federales.

                                                                                                  638,639 y 640

Hay pues legalidad absoluta en la presentación de la iniciativa de reformas y el cumplimiento estricto a una obligación política, moral y legal, construida, suscrita por un millón de veracruzanos que votaron en las pasadas elecciones para elegir gobernador de Veracruz por el cambio y ese reclamo al cambio, a la transformación, se expresa en la modernización de las instituciones jurídicas, para darle un jalón al Estado e incorporarlo a la modernidad e impulsarlo al desarrollo con justicia. Esta iniciativa le cumple a un millón de razones que votaron por el cambio en Veracruz.

Pero esta oportunidad que nos brinda la intervención del diputado Vaca Betancourt, sirve como una espléndida ocasión para pedirle a la Presidencia nos permita depositar en la Secretaría y pudiera en su oportunidad determinar lo conducente, para que el texto de la iniciativa en comento pudiera ser del conocimiento de los integrantes de esta soberanía, toda vez que aquellos otroras partidarios del federalismo en plenitud, han transportado un tema propio de los veracruzanos al conocimiento de esta soberanía.

Esta oportunidad pues nos brinda una inmejorable ocasión para prestigiar el esfuerzo realizado por los veracruzanos en la construcción de una iniciativa de reformas justa, pertinente, necesaria.

Reconoce una realidad ingente, un instrumento constitucional, la Constitución vigente de 1917, con sus casi 364 reformas o con sus exactamente 364 reformas, es un documento que ya no refleja las actuales condiciones y las necesidades del desarrollo de Veracruz, de suerte que un poder público constituido para servirle a la ciudadanía, desarrolla una amplia labor de consulta desde el momento en que protesta reformar la ley por la vía de la ley, se abre a la recomendación y al análisis sereno y juicioso de investigadores, expertos, legisladores, de los miembros de la legislatura y de las dirigencias de los partidos políticos de Veracruz, consulta al pueblo para proponer un documento del que podemos sentirnos legítimamente orgullosos, documento que contempla una decisión firme de fortalecer a los poderes públicos, al Poder Legislativo y Poder Judicial, al que ahora se dota de la capacidad de iniciar leyes para su ejercicio autónomo.

Una iniciativa de ley que reconoce formas de participación de democracia semidirecta, como el plebiscito, el referendum y la iniciativa popular que aún forma parte del debate nacional inconcluso; una promoción de nuevo ordenamiento que adopta decisiones para profundizar en la defensa de los derechos humanos y que consecuente con esa determinación propone un instrumento novedoso para garantizar la seguridad jurídica de los veracruzanos.

Un documento que incluye importantes aportaciones de materia de otorgamiento de acción popular a los individuos para la preservación, restauración y equilibrio del medio ambiente, que devuelve la plenitud del poder a la representación popular y resuelve el conflicto de la sobrerrepresentación tan discutida por las oposiciones políticas, planteando una fórmula de integración representativa que atiende a porcentajes y establece la determinación de nuevos distritos electorales para señalar que ninguna fuerza política podrá ocupar un número mayor de asientos en el Congreso del Estado a aquél que resulte del total de los distritos uninominales y que propone la integración del Congreso en proporción del 60% para mayoría y 40% de representación proporcional; una iniciativa que vaya a establecer lo que ahora se reconoce en materia de responsabilidad de funcionarios públicos y a incorporar los mandados y la decisión de los veracruzanos para promover el desarrollo, la creación de empleos y la justicia social en el territorio de Veracruz, que reconoce en un capítulo específico de carácter económico los derechos de los trabajadores y de los productores y de la sociedad veracruzana al empleo y a la ocupación productiva y que consagra de manera inequívoca y amplia los derechos de las comunidades indígenas y de nuestro origen plural, pluriétnico, cultural e histórico como sociedad libre.

Una iniciativa de ley que contempla algo así como 23 iniciativas, que por cierto aquí en esta soberanía se han escuchado propuestas por diputados del Partido Acción Nacional, que ahora por ignorancia o por interés político desconocen o no se reconocen, por no haber tenido la oportunidad de ser como en otros casos han reclamado los promotores o padres de las
transformaciones jurídicas de la sociedad veracruzana.

Hay pues un recuento amplio de innovaciones, de transformaciones; hay fundamentos legales indudables que garantizan que éste es el medio adecuado para realizar la transformación y todavía más, una razón política que ha dejado exhibido al Partido de Acción Nacional o mejor dicho a su grupo parlamentario en la Legislatura de Veracruz, cuando presupuso o midió mal que en el periodo extraordinario convocado para atender otros temas de la agenda y para recibir este proyecto de iniciativa y ponerlo a discusión de las fuerzas políticas de los veracruzanos y de toda la sociedad en su conjunto, no, no procedió a presentar un dictamen de las reformas, sino las remitió la legislatura del Estado a su próximo periodo de sesiones ordinarias.

Impecable el procedimiento, firme la convicción, inequívoca la decisión de respetar la voluntad de los veracruzanos, la iniciativa que ahora comentamos es un motivo de orgullo para la sociedad veracruzana.

Temerosos de que su oferta política sea soslayada por el electorado, algunos apuestan más al escándalo y a la violencia verbal como únicas armas de trabajo político. Mientras tanto el gobernador del Estado de Veracruz, Miguel Alemán, prefigura con su acción de gobierno el desarrollo económico, político y social de la entidad, en la coyuntura de la entrada al nuevo milenio.

Algunos sólo aciertan a programar su comportamiento de acuerdo a las horas que faltan para una contienda electoral, otros piensan en el presente y en el futuro de todos los veracruzanos. Esa es la diferencia entre los discursos que ahora hemos escuchado: el de baca Batancourt y el de la mayoría de los veracruzanos comprometidos con su Estado.

El Presidente:

Gracias, diputado Fidel Herrera.

Sobre el mismo tema, tiene el uso de la palabra por 10 minutos el diputado Isael Petronio Cantú Najera.

El diputado Isael Petronio Cantú Najera:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados que aún quedan en esta tardía sesión:

Para el Partido de la Revolución Democrática, que es una institución política de carácter nacional, constituida y creada por mexicanas y mexicanos y que libremente se han organizado a lo largo y ancho del país con el objetivo fundamental de que la sociedad constituya democráticamente el poder público al servicio de la propia sociedad.

Por medios pacíficos se busca el acceso al poder y la transformación del régimen político autoritario y corrupto, para sustituirlo por un régimen democrático que cuente con una auténtica división de poderes; un sistema de partidos fuerte y plural, reglas claras y equitativas para las contiendas electorales, un nuevo sistema federal que acote el centralismo y donde la sociedad encuentre causas de expresión a sus inquietudes y demandas.

Proponemos además, reorientar el modelo económico seguido hasta hoy que ha propiciado una fuerte concentración de la riqueza y una inequitativa distribución del ingreso.

En suma, perseguimos poner fin al grave deterioro social que se vive en distintas regiones del país, particularmente en el Estado de Veracruz, el cual ocupa el cuarto lugar nacional después de Oaxaca, Chiapas y Guerrero y donde el índice de marginación municipal y en donde la pobreza se encuentran extendidas en diversas poblaciones urbanas y rurales.

Conseguir lo anterior, implica un ejercicio importante de vigorización y refundación de nuestras instituciones públicas, federales, estatales y municipales en donde los poderes del Estado federales y locales juegan un papel de primera importancia.

Con estos objetivos políticos, nuestro partido fue a las elecciones en Veracruz, en las que el 2 de agosto de 1998 se renovaron la gubernatura y el Congreso de la entidad; en la plataforma electoral que ofrecimos a los veracruzanos, estaba contenida la formulación de una profunda reforma del Estado que sentaría las bases para un nuevo impulso a la transición democrática. Desde entonces, el PRD, postuló la necesidad de una reforma integral del Estado que permitiera la democratización de las instituciones, una efectiva planeación del desarrollo, la atención de los problemas más urgentes de la población, la descentralización administrativa, la reorientación del gasto público y la superacion de toda forma de exclusión de los ciudadanos en los asuntos públicos de la entidad.

Asimismo, se proponía erradicar la corrupción imperante y combatir el autoritarismo en el ejercicio público, acabar con la predominancia del Poder Ejecutivo del Estado sobre los otros dos poderes, eliminar las partidas secretas, restablecer la división de poderes, dignificar al Poder Legislativo y acotar las facultades extraordinarias del gobernador, así como independizar al Poder Judicial. Suprimir también la cláusula de gobernabilidad, instaurar un sistema de consulta popular previa a las reformas legislativas de fondo, la entrega de los proyectos de ley de ingresos y presupuestos federal y estatal con tres meses de anticipación.

En el plano electoral, se disponía promover una nueva reforma electoral que introdujera elementos de mayor equidad entre los contendientes, reglas claras para permitir la vigilancia ciudadana sobre el posible desvío de recursos públicos para las campañas políticas, así como fortalecer el sistema de partidos.

Los ámbitos de la reforma electoral propuesta consideraban cambios en los requisitos de elegibilidad en las organizaciones políticas, los órganos electorales, los procedimientos especiales, los sistemas y medios de impugnación en lo referido a los delitos electorales.

En el terreno de la participación ciudadana, la reforma democrática proponía la creación de nuevos mecanismos que permitieron un involucramiento directo de la sociedad veracruzana en las cuestiones de orden público.

En la perspectiva de democratizar el sistema político vigente en la entidad y devolver con ello al pueblo veracruzano algunas atribuciones que originalmente le pertenecen. Sin vulnerar nuestro régimen representativo propusimos la adopción del referendum, el plebiscito, la consulta popular y la iniciativa popular legislativa.

También lanzamos la propuesta de modernizar la administración pública; fortalecer el régimen municipal y alentar un desarrollo sustentable y equilibrado que garantizara un crecimiento sostenido de diversas actividades económicas tanto en el campo como en la ciudad, para desaparecer el deshonroso lugar, del cuarto a nivel nacional.

Como podrá apreciarse, éstas y otras iniciativas que no es posible detallar aquí, integraban una vasta propuesta de reforma de Estado, lo que suponía una profunda reforma constitucional y del marco normativo veracruzano.

Estas ideas centrales tenían la finalidad de orientar la actividad política de nuestros representantes populares.

El 14 de septiembre del año en curso, el licenciado Miguel Alemán Velasco, gobernador del Estado de Veracruz, presentó un proyecto integral de reformas a la Constitución de la entidad; una reforma de esta naturaleza que presupone un nuevo arreglo político entre los veracruzanos y las fuerzas que los representan en el Congreso local, no puede hacerse de manera que se haga legislación al vapor. Y sobre todo, en un clima de polarización donde nunca va a obtener las dos terceras partes para esta profunda reforma dentro de los diputados que conforman el Congreso local.

Reformar la Constitución con el alcance que propone Miguel Alemán, exige un análisis detallado y cuidadoso de los cambios y un respeto irrestricto a los tiempos que los legisladores veracruzanos y la propia sociedad necesitan para emitir un dictamen.

Por esta razón para el grupo parlamentario del PRD, se requiere el tiempo suficiente para examinar la constitucionalidad de esta iniciativa, así como los avances y los retrocesos que ella contiene.

En esta coyuntura abierta por la iniciativa del gobernador, estamos ante dos posibilidades: abortar el proyecto frente a las dudas que arroja su legalidad y ante la prisa por legislar sin tomar en cuenta ni reconocer otras propuestas e involucrar a todos los actores políticos de la entidad o bien encaminarnos hacia una verda

                                                                                            641,642 y 643

dera reforma del Estado en Veracruz, a su Constitucion Política, a sus instituciones, a su cuerpo normativo, sin excluir a nadie, con apego a la ley y sin que el proyecto sea el único ni el definitivo.

El nuevo pacto social y político que necesita Veracruz, no puede ser obra de una sola persona ni sujetarse a ambiciones políticas; debe de ser el resultado de todos los veracruzanos.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Cantú Najera.
Sobre el mismo tema, tiene el uso de la palabra el diputado Francisco Javier Loo Ramos, hasta por 10 minutos.

El diputado Francisco Javier Loo Ramos:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

He escuchado con mucha atención las intervenciones de nuestros compañeros y creo que, desde que se programó el orden del día, no encontraba yo la justificación para traer aquí a discusión un tema que compete exclusivamente a los veracruzanos.

Yo considero que aquí quedó planteado claramente por el compañero veracruzano, diputado Cantú, la necesidad que los veracruzanos tienen de reformar su marco jurídico fundamental. Sirva entonces la iniciativa de decreto de reformas a la Constitución que el gobernador del Estado, en uso de la facultad que le confiere el 130 de la Constitución, ha presentado a la legislatura de Veracruz para que se dé inicio a un proceso en donde, con la consulta de los veracruzanos representados en la legislatura y que obviamente después a la consulta de los ayuntamientos de nuestro Estado, podamos adecuar la norma al momento que vive Veracruz.

Por tal motivo, señor Presidente, estoy conforme y declino el tiempo que me corresponde, apoyando la intervención del diputado Cantú por querer que somos sólo los veracruzanos quienes, a detalle, tenemos que estudiar el contenido de tal proyecto de reformas.

Muchísimas gracias.

El diputado Juan José Rodríguez Prats
(desde su curul):

Pido la palabra, señor Presidente.

El Presidente:

¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Juan José Rodríguez Prats
(desde su curul):

Para rectificar hechos, señor Presidente.

El Presidente:

Tiene el uso de la palabra el diputado Rodríguez Prats, hasta por cinco minutos.

El diputado Juan José Rodríguez Prats

Con su permiso, señor Presidente:

Mis estimados amigos, y además coincidiendo en que somos egresados de la Universidad veracruzana, Fidel Herrera y Francisco Loo, cuando yo vi que estaban anotados pues bien, de Fidel Herrera, dado que hizo con tanta precipitación su carrera de derecho, no iba yo a esperar profundas reflexiones jurídicas. Del doctor Loo pues sí, quería yo tratar de ver si había alguna justificación para este atropello que hace Miguel Alemán a los conceptos fundamentales de derecho.

Desafortunadamente, Francisco Loo en realidad está dándole la razón a las críticas que se están formulando desde Veracruz, porque habló precisamente de que está de acuerdo con una reforma parcial, una reforma que puede irse perfeccionando, pero no un cambio integral, doctor Loo, para lo cual el señor gobernador no tiene facultades.

Y me voy a remitir a un seminario que hizo recientemente el Instituto de Investigaciones   Jurídicas porque también hay un gran debate, a nivel nacional, si debe hacerse una Constitución nueva para el país.

Y ahí voy a hacer breves citas. Por ejemplo, Jaime Cárdenas dice: "una Constitución puede surgir, una nueva Constitución, por muy variadas causas: una revolución, un golpe de Estado, una grave crisis económica, un proceso severo de deslegitimación de las autoridades, una crisis de gobernabilidad o ser el producto o el resultado de una transición a la democracia".

¿Cuáles son las características para que venga un nuevo proyecto jurídico, que sustituya una Constitución de 141 artículos a 84 artículos y que el mismo Miguel Alemán califica de reforma integral?

Pero la más grave aberración es que Miguel Alemán declara, señores, declara, que no prevé la Constitución local el Congreso Constituyente. Y hay un principio general de derecho que señala que la autoridad no puede hacer más que lo que la ley le autoriza expresamente. Entonces, si lo está diciendo, por qué se compromete en una reforma integral de la Constitución.

Jorge Madrazo, el procurador General de la República, dice sobre el particular: "la redacción del artículo 135, que equivale al 130, sólo despeja una duda en el sentido de que no puede darse una nueva reforma total de la Constitución".

Eduardo Andrade, el abogado, el jurista serio, el autor de varios libros, no el merolico que tuvimos aquí el 1o. de septiembre, decía en esta ponencia que leyó ahí en el Instituto de Investigaciones Jurídicas: "evidentemente hay una distinción entre una nueva constitucionalidad y una nueva Constitución. La constitucionalidad, dice el diccionario, es la calidad de constitucional. Requerimos una nueva constitucionalidad, pero no necesariamente una nueva Constitución".

Lo dice Eduardo Andrade, que fue procurador de justicia en el Estado, que es senador por Veracruz y que sabe perfectamente que esto tiene que ser reformas paulatinas.

¡Cómo es posible y ojalá y el diputado Fidel Herrera retorne a la tribuna, que está hablando por ejemplo de federalismo, cómo es posible si de acuerdo al 124 constitucional se dice que hay facultades explícitas e implícitas y en la Constitución las garantías individuales están protegidas por el juicio de amparo, esta Constitución de Miguel Alemán, hable del juicio de protección, para proteger precisamente los derechos individuales que se amplían en un capítulo de derechos humanos en esta aberración jurídica!

Ojalá y Jaime Moreno Garavilla, que ya veo que está orientando a Fidel Herrera, pues le diga que esto riñe con el actual 124. Usted lo sabe bien, licenciado Moreno Garavilla, ojalá y no se comprometa simplemente a defender lo indefendible por un compromiso político o por una supuesta solidaridad partidista.

Señores: yo creo que en México ha habido un problema, cuando el funcionario ve una realidad difícil de transformar hace demagogia con el derecho, como bien lo dijo Víctor Alejandro Vázquez, que fue el que habló aquí, diputado Herrera, respeto para su compañero aquí en esta Cámara, nunca vino el diputado local Vaca Betancourt a esta tribuna, vino el diputado Víctor Alejandro Vázquez, tiene su nombre. Cómo es posible, repito, que se quiera simple y llanamente, un hombre que no conocía Veracruz, encontrarse con una realidad complicada, con un Estado verdaderamente complejo, porque sin lugar a dudas Veracruz tiene enormes rezagos, tiene una enorme y compleja composición poblacional y entonces simplemente dice: "voy a hacer una nueva Constitución".

Esto desgraciadamente desprestigia al derecho, el derecho no se logra consolidando la conciencia jurídica, modificando y creando leyes, se logra prestigiar el derecho...

¡Ojalá vengan a la tribuna, hombre! No griten desde allá, vengan a la tribuna.

El Presidente:

Le ruego concluir su intervención, diputado.

El diputado Juan José Rodríguez Prats:

Sí, señor diputado. Si usted pone orden con sus compañeros, yo concluyo.  

El Presidente:

Le ruego que se dirija con todo comedimiento a la Presidencia, como yo lo hago con usted, señor diputado.

El diputado Juan José Rodríguez Prats:

Yo soy respetuoso, señor, le estoy pidiendo que ponga usted orden con su compañero.

Entonces, señores, el derecho se prestigia en su observancia, cuando se hace coincidir con conductas; no creando leyes ni haciendo demagogia ni queriendo ir a una posición simplemente de querer decir que a los veracruzanos les está realizando las viejas promesas de campaña, cuando lo que hay que modificar es la realidad.

Y tengo muchísimas cosas. ¡Ojalá y pudieran venir para que me den una oportunidad de responderle!

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Rodríguez Prats.

Para rectificación de hechos, tiene el uso de la palabra el diputado Jaime Moreno Garavilla.

El diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla:

Con la venia de las compañeras y compañeros aquí presentes:

No, compañero Rodríguez Prats. Respetuosamente le digo que la vehemencia no sustituye la ignorancia del derecho constitucional, quiero decirle que el paso por las aulas de las facultades y escuelas de derecho no dan sustento a los títulos ni a los grados académicos y mucho menos facultan a la tribuna para que alguien la ocupe, señalando que se es mercenario de mensajes, cuando se puede aludir realmente a quienes hablan lo mismo de Tabasco que de Veracruz que de la todología que crea, precisamente, el escepticismo sobre quien lo señala.
No se puede ser todologo. La todología no ofrece confiabilidad. Yo quiero rogar muy atentamente al señor Presidente de la Cámara, tenga la bondad de instruir a la Secretaría para ilustrar a quienes evidentemente necesitan ilustración en esta Asamblea, que dé lectura a los artículos 39 y 40 constitucionales, para recordar lo que es la soberanía, la superhomía, lo que está por encima de todo, y para recordar la calidad de libertad y de soberanía que se tiene en las entidades federativas.

Ruego atentamente, señor Presidente, que una vez que se descuente el tiempo de la intervención de su servidor, se pueda proceder a esta lectura.

El Presidente:

Detenga el reloj. La Secretaría dé lectura al artículo 39 y al artículo 40 constitucionales.

El secretario Carlos Jaime Rodríguez
Velasco:

"Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno."

"Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una Federación establecida según los principios de esta ley fundamental."

El Presidente:

Gracias, señor Secretario.

Continúe su intervención diputado Moreno Garavilla.

El diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla:

Muchas gracias, señor Presidente:

Es inalienable el derecho del pueblo alterar o modificar su forma de gobierno cuando el pueblo lo juzgue conveniente.
     

                                                                       644,645 y 646 
   
                                                               
He ahí precisamente la facultad histórica deontológica y teolígica, hablamos en términos académicos, para poder alterar la norma fundamental que habrá de organizar y estructurar en lo jurídico y en lo político a un pueblo determinado.

La gran pregunta que debimos hacer y que debió formular el señor diputado Rodríguez Prats, quien señala tener facultad moral y académica para hacerlo, es: ¿Por que se está discutiendo este tema en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión? ¡Este tema debe estarse discutiendo en el Congreso del Estado de Veracruz, es ahí justamente donde se tiene el ejercicio!

El diputado Juan José Rodríguez Prats
(desde su curul):

Señor Presidente, si me permite.

El Presidente:

Permítame el orador, por favor.

¿Con qué objeto, señor diputado Rodríguez Prats?

El diputado Juan José Rodríguez Prats
(desde su curul):

Para ver si me permite una interpelación el señor orador.

El Presidente:

¿Acepta la interpelación Moreno Garavilla?

El diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla:

Con mucho gusto diputado Rodríguez Prats.

El Presidente:

Adelante diputado Rodríguez Prats.

El diputado Juan José Rodríguez Prats
(desde su curul):

Diputado, usted es abogado, es jurista, yo sí le concedo estos méritos...

El diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla:

Gracias, igualmente.

El diputado Juan José Rodríguez Prats
(desde su curul):

Y le hago una pregunta específica. El 124 señala la regla de oro que se dice de los sistemas federales o sea, el criterio que se adopta para distribuir atribuciones y distribuir áreas de competencia entre el Gobierno Federal y las entidades federativas. El artículo 124 nuestro es una imitación de la enmienda 10 de la Constitución norteamericana, que dice que lo que no está expresamente concedido en la Constitución se considera reservado a los estados.

Usted se va al artículo 39 y 40 de soberanía, pero obviamente una Constitución de una entidad federativa tiene que respetar este artículo 124. Yo creo que en eso coincidimos, es el gran pacto federal. Habla usted del 39 y del 40 como la soberanía del Estado de Veracruz, pero unido a la Federación, por eso dice en todo "en su régimen interno", en lo que se refiere al artículo 40, unido al pacto federal. ¿No le parece una aberración jurídica que el proyecto de Miguel Alemán esté tratando de generar una similitud al juicio de amparo, ampliando los derechos humanos en este proyecto que él inicia? Su respuesta muy concreta yo se la agradecería señor diputado.

El Presidente:

Adelante, diputado Moreno Garavilla.

El diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla:

Pues, va a ser no tan concreta diputado Rodríguez Prats, porque ha incurrido usted en mi    concepto y lo digo con todo respeto, en varias impresiones en su exposición, entonces esto me obliga a ampliarme un poco.

El artículo 124 constitucional es un precepto que establece la distribución de competencias entre la Federación y los estados y obedece al principio genético de la Federación que, como sabemos, viene de la Constitución norteamericana de Filadelfia de 1987, que se promulga dos años después y en donde siguiendo el pensamiento russeauniano, se advierte la necesidad de que las partes se queden con sus facultades, entregando en favor de la voluntad general, que es la soberanía que se erige en favor del Estado Federal, el resto de las facultades, En este tenor el 124 es aplicable una vez que se ha constituido el orden jurídico fundamental.

En el Estado de Veracruz, desde 1917, se establece la última Constitución y permítame hacer aquí una digresión. De 1917 a la fecha se dice que hay más de 364 reformas y esto sin desagregarlas. Yo le preguntaría a usted, diputado Rodríguez Prats: ¿Qué objeto es susceptible de reforma más de 300 veces, sin que se pudiese alterar su esencia o sin que se advirtiese la imperiosa necesidad de homogeneizar su articulado respondiendo a un nuevo pacto social que demanda un pueblo como el veracruzano y que atiende con toda visión un estadista y un hombre visionario, repito, valga la tautología, como lo es Miguel Alemán Velasco?

No podemos engañarnos con preceptos surgidos de un modelo genético de la Federación. Habría que releer el acta del 31 de enero de 1824 que da pauta a la Constitución Federal y que crea al Estado Federal Mexicano para interpretar correctamente cuál es el criterio de distribución de competencias que hoy quiere darle a través del 124 a la Federación y a los Estados la propia Constitución.

No, aquí lo que tenemos que ver es por qué se está, por un lado, pugnando por el fortalecimiento del federalismo y por el otro lado, tratando de socavar la facultad soberana de un pueblo como el veracruzano. Si se quiere en un momento dado determinar que en Veracruz se requiere una nueva Constitución, sea el pueblo veracruzano el encargado de determinarlo, no seamos nosotros quienes intentemos inmiscuirnos en asuntos para los que seguramente pudiésemos tener opiniones, algunas más calificadas que otras pero que el prurito elemental, la responsabilidad que nos exige esta investidura nos lleva a determinar cuidados y prudencia.

Así como no se puede creer en la todología, así como se desconfía de los todólogos, así como no se puede saber de todo y opinar de todo porque eso atenta contra la facultad moral que debe investir a las personas en su actuación pública, así, con ese rigor de pensamiento y de actuación así debemos actuar ahora, siendo respetuosos de lo que el pueblo veracruzano está legitimando y, para concluir mi respuesta, con su venia señor Presidente, diré: no se venga a cuestionar algo que en su oportunidad fue inyectado con la suficiente dosis de legitimación por los partidos políticos representados en el Congreso veracruzano, que acudieron al llamado del Ejecutivo para poder conocer desde sus orígenes el proyecto de iniciativa que se presentó a su consideración.

No se venga a tratar en este momento de deslegitimar algo en lo que han participado ilustres juristas, algunos de ellos invocados en esta tribuna por el señor diputado que me antecedió y que obviamente tienen, salvo al primero al que aludió y con todo respeto yo no respeto, en lo académico, y me refiero a Jaime Cárdenas, pero al resto evidentemente son juristas dignos de crédito. Por qué se viene a tratar de deslegitimar un esfuerzo institucional y que además estuvo sometido al consenso de la población y que no sólo está respaldado por el millón de votos al que se refirió mi compañero Fidel Herrera sino que está respaldado también por la suscripción muy reciente de todos estos segmentos de la sociedad veracruzana.

Entonces, no, señor diputado Rodríguez Prats, la interpretación sistemática, es decir la hermenéutica jurídico-constitucional en esta ocasión no hace factible la aplicación del 124, pero sí nos obliga a interpretar con sindéresis el 39 y el 40 porque es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática y federal compuesta de estados libres y soberanos y la soberanía radica esencial y originalmente en el pueblo y el pueblo tiene esencialmente el derecho inalienable de alterar o modificar su forma de gobierno en cualquier momento.   

En consecuencia, esta facultad le asiste al pueblo de Veracruz en cualquier momento.

He terminado con mi respuesta, señor Presidente.

El Presidente:

Continúe señor diputado Moreno Garavilla.

El diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla:

Para concluir, yo quisiera advertir que tuve la fortuna y mantengo el honor de una vinculación por la vía académica con un distinguido egresado de la facultad de derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Debo decir, porque honor a quien honor merece, que Miguel Alemán Velasco es un hombre que siempre, que invariablemente ha respetado el estado de derecho desde cualquier posición que ha ocupado. Me consta, cómo distinguidos juristas fueron convocados en su oportunidad por Miguel Alemán, para en principio conocer la viabilidad técnico-jurídica de esto que él se comprometió desde el primer discurso oficial frente al pueblo de Veracruz, de ajustar el ordenamiento jurídico fundamental y supremo a las nuevas exigencias de un pueblo con una realidad diferente; a las exigencias de una sociedad compleja sí, dinámica sí, exigente también; a una sociedad a la que había que darle verdaderamente satisfacción a través fundamentalmente de un nuevo ordenamiento jurídico.

Y no caigamos en errores, no hay necesidad de convocar, como se dijo que en 1917 se convocó a un Congreso Constituyente para redactar nuestra actual Constitución. Baste recordar el Plan de Guadalupe y baste recordar la convocatoria del ilustre barón de Cuatro Ciénegas, el primer jefe del Ejército Constitucionalista, cuando advierte que se convoca a un Congreso para reformar a la Constitución de 1857.

Y finalmente, como todos lo sabemos, esa reforma fue tan integral que dio una nueva Constitución que legitimó el pueblo de México y esto mismo hay que aplicarlo precisamente por analogía a lo que ocurre en el pueblo de Veracruz.

El Presidente:

Gracias, diputado Moreno Garavilla.

Para contestar alusiones personales, tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos, el diputado Juan José Rodríguez Prats.

El diputado Juan José Rodríguez Prats:

Con su permiso, señor Presidente:

No, diputado Moreno Garavilla, no me siento experto en todos los temas pero yo le debo mucho a Veracruz, soy egresado de la Universidad veracruzana, conocí su rica tradición jurídica y por eso, al recibir el día de ayer la Constitución y la exposición de motivos, me puse a leer todo el documento, lo leí exhaustivamente y por eso le hice algunas precisiones a las que desafortunadamente no le dio usted respuesta.

Mi pregunta era muy concreta y le remito al Capítulo II de la Constitución, en donde habla de juicio de protección. Y repito, si usted vé el 124 y estudia usted el tema, porque se fue usted a la cita de Rousseau y se fue usted en un discurso en donde no se avocó a la respuesta específica en relación a la división de competencias de acuerdo al esquema vigente, en el cual yo no estoy de acuerdo pero es vigente, del 124.

Habla usted de una soberanía en el 39, 40, pero eso se complementa con el estado de derecho. El pueblo, desde luego en todo momento tiene el derecho de cambiar sus normas fundamentales, pero de acuerdo a un procedimiento y estamos totalmente de acuerdo en el propósito de Miguel Alemán de actualizar las normas y las normas fundamentales y ver cómo va evolucionando el Estado y que ya hay una nueva realidad. Inclusive encuentro, por ejemplo, que se quita el requisito de ser nacido en Veracruz para aspirar a la gubernatura. Eso me parece correcto, coincide con la Constitución General de la República en su artículo 116, pero paulatinamente, consensadas, discutidas, platicadas, no simple y llanamente en forma súbita, enviar un proyecto que es una reforma integral, como él mismo la califica y que conforme a todos los juristas y me voy a Tena Ramírez  y      

                                                                                                 647,648 y 649       

me voy a Gabino Fraga y me voy a Serra Rojas y me voy a Mario de la Cueva; todos ellos coinciden en que no es factible el proyecto de una nueva Constitución. Y precisamente lo que usted alude, de que con Carranza y que en el movimiento revolucionario sí hubo un escenario para que surgiera una nueva Constitución, lo decía yo en la cita de Jaime Cárdenas, y Miguel Alemán pretende justificarse diciendo que Teodoro Dehesa hizo lo mismo en 1902, que modificó las constituciones de Veracruz de 1871 y 1873, con dos previas de 1825 y el 1857, porque Veracruz va a tener, si es que impone su voluntad Miguel Alemán, la séptima Constitución.

Se pretende cobijar con Teodoro Dehesa, de que éste hizo lo mismo pero eso no es un argumento que está, repito, desechado por todos los juristas más connotados en nuestro mundo académico y que señalan expresamente que no es posible una modificación total de la Constitución.

Pero hay aquí también otro debate que cada vez que se toca una entidad federativa surge: surge con Chiapas, surge con Veracruz, de que no es éste el ámbito, sino que corresponde a los congresos locales.

Señores, éste es un Congreso de la Unión, aquí estamos para ventilar cosas, para denunciar, para deliberar. Deliberar quiere decir precisamente liberarse, que aflore la verdad y si allá está sucediendo algo y se viene y se discute aquí, ¿por qué no dar el debate también aquí?, o por qué decir los chiapanecos, si es un problema que tiene dimensión nacional y que está repercutiendo en todo el territorio. "No se metan con nosotros", "no toquen a Albores", "no toquen a Luis Ferro", "no toquen a las instituciones chiapanecas o a las instituciones veracruzanas". Señores, no tiene plena responsabilidad y plena conciencia del deber de ustedes.

Me estoy refiriendo al argumento de Moreno Garavilla y de Fidel Herrera, que esto se ventile en Veracruz; que se ventile en Veracruz y aquí. Si el proyecto es tan bueno, ¿por qué no lo defienden, por qué tienen miedo a discutirlo en esta tribuna, por qué no lo llevan a la UNAM y lo discuten en el Instituto de Investigaciones Jurídicas, si es tan sólido, si está tan fundamentado jurídicamente? ¿Por qué evadir que simplemente surja la verdad?
Miren ustedes, es tan demagógico este proyecto que miren este artículo: "con la finalidad de generar fuentes de trabajo, proporcionar seguridad social y promover el bienestar social, el gobierno fomentará la inversión pública, privada y social conforme a las leyes. Al desarrollo económico concurrirán responsablemente los sectores público, social y privado, los cuales apoyarán y adelantarán las actividades que tiendan al desarrollo social y comunitario y de asistencia pública y privada, con base en principios de justicia en la distribución del ingreso, equidad social e igualdad de oportunidades".

Señores, el derecho no es varita mágica, más respeto para la norma jurídica, más respeto para la tradición jurídica de Veracruz.

Yo estudié en Veracruz, allá hay maestros connotadísimos y platiqué con algunos de ellos, que están verdaderamente sintiéndose ofendidos por esta agresión a la más mínima preparación jurídica.

Veracruz tenía una Constitución típicamente rígida, una legislatura proponía y la siguiente modificaba. Así estaba hasta hace unos años y viene este aventurero y envía una iniciativa ni siquiera la ventila con los estudiantes de derecho, con los maestros de derecho.

Señores, por favor reflexionen, que no se imponga la disciplina abyecta al más elemental sentido común y deber como representantes populares.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Rodríguez Prats.

Se han inscrito para rectificación de hechos, los diputados: Gerardo Buganza y Francisco Javier Loo Ramos.

Tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Gerardo Buganza.

El diputado Gerardo Buganza Salmerón:


Con su permiso, señor Presidente; compañeros:

Cuando se para aquí el diputado Fidel Herrera nos dice que hay una armonía en el Estado, que va realmente el gobierno actual manejando políticamente, inmejorablemente y en toda ocasión, la política.

Yo nada más le voy a leer un desplegado que el día de ayer le mandé a Miguel Alemán y que salió en algunos medios de comunicación, que dice:

"Con un profundo desagrado, me he podido enterar de las declaraciones irresponsables del contralor general del Estado, quien sin ningún motivo pretende manchar la honorabilidad de la administración municipal, que tuvo a cargo Tomás Ríos y de paso adelantar los reflejos de la próxima actividad en la oficina regional de la Contraloría, habiendo sido escogida Córdoba como su sede.

Debiendo ser la seriedad, la carta, de la presentación de un órgano encargado de revisar el ejercicio de los recursos públicos, es denigrante que su titular lance acusaciones sin el nombre de su remitente, pero sí con el nombre y apellidos de su destinatario, atreviéndose a manifestar que ni siquiera se trata de un asunto de su incumbencia."

"Señor gobernador, es innegable que la Contraloría General del Estado tiene tareas mucho más importantes que atender quejas. Como ejemplos de casos relevantes, les cito los siguientes: la adquisición hasta ahora no aclarada de helicópteros con valor de varios millones de dólares por el gobierno del Estado...

Me voy a saltar para que me dé tiempo de contestarle, pero le voy a decir algunos otros, que dice aquí: la investigación sobre la expedición de más de 5 mil cheques irregulares de la Secretaría de Educación y Cultura; la persecución de los verdaderos responsables de los millonarios desvíos generados de la Secretaría de Salubridad y Asistencia; la venta sin licitación del equipo "Tiburones Rojos" de Veracruz...". En fin etcétera.

Simplemente esto no es una conducta adecuada, cuando el propio gobierno manda a sus ujieres a molestar y a infundir a mucha gente, que realmente dista mucho lo que el compañero Fidel Herrera viene a decir aquí.
Sin embargo, metiéndome al tema, creo que el señor Fidel Herrera no estaría orgulloso de desaparecer las facultades del Congreso a revisar las cuentas del Ejecutivo cada año o cuando así lo considere conveniente. Yo creo que eso tampoco procede aquí.

¿No se sentiría orgulloso de dejar todos estos cuestionamientos que le hago al señor Miguel Alemán? Dejarlos sin investigar y sin ver y sin perseguir si hay delitos.

Tampoco se puede sentir orgulloso de desaparecer la facultad del Congreso local para que en materia de recaudación o inversión también sea vigilada.

¿Orgulloso se siente de que el Consejo de la Judicatura, que ya no sea de dos terceras partes y sea mayoría simple, es decir, que se elija así a los magistrados?

¿Se sentirá orgulloso de que un gobernador electo podrá al otro día sustituirlo sin ni siquiera tomar más que un día el cargo, sin otra elección, para que sea designado por él mismo?

¿Orgulloso de facultar al Ejecutivo de ausentarse 30 días sin aviso?

El ha viajado mucho y ustedes lo saben y quisiera tener este candado abierto. Eso también se puede negociar y platicar.

¿Orgulloso de que el presupuesto ya no lo entreguen en los primeros días de noviembre, sino cualquier mes, cualquier día del mes de diciembre?

¿Les parecería que entregaran aquí el presupuesto un día antes de que se tendría que aprobar un presupuesto?

Esto es básicamente, en un repaso muy superficial, que hay muchas fallas en lo que él ha mandado.

Me quiero remitir al diputado Loo, así con la seriedad y con la tranquilidad que lo hizo, yo creo que lo que falta aquí, compañeros, es realmente el sentarse a discutirlo, ya sea aquí, ya sea en Veracruz.

Nosotros, como legisladores federales, porque nuestra Constitución local lo permite, podemos meter iniciativas, enriquecerla y realmente incorporar muchas de las cosas que nos preocupan.

Pero finalmente yo quisiera dejarles un mensaje a todos ustedes. Así como esta legislatura local, a mí juicio, se encuentra en pésimas condiciones de coordinación, puesto que hace apenas unos días están discutiendo el 115 constitucional, cuando Chihuahua ya lo había aprobado hacía 15 días y con esto habrá 16 estados.

¿Cuándo les parece a ustedes que este equipo de trabajo manda y puede mandar una iniciativa de éstas y aprobarla o quererla aprobar de un día para otro, sin discusión? Yo creo que es válido compañeros, que lo traigamos y que exijamos que esto se ventile en todos los foros y por qué no si es allá o acá para enriquecer y que realmente los veracruzanos tengamos cambios positivos en una Constitución que venga a enriquecer democrática, precisamente su vida, que la democracia realmente se ejerza de esa forma.

Entonces...

El Presidente:

Le ruego concluya su intervención.

El diputado Gerardo Buganza Salmerón:

Concluyo, señor Presidente:

Coincido con el diputado Loo, en que esto se puede discutir, consensar, construir y mejorar, pero no coincido con el diputado Fidel Herrera en descalificar y decir que todas las cosas están bien, porque si de una cosa ha carecido nuestro gobernador es de ese afán de construir conjuntamente y de tener consensos políticos que vengan a mejorar la vida de los veracruzanos.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, señor diputado Gerardo Buganza.

Para rectificación de hechos, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Francisco Javier Loo Ramos y se ha inscrito también para rectificación de hechos, el señor diputado Isael Cantú Nájera.

El diputado Francisco Javier Loo Romos:

Con su venia, señor Presidente:

Bien, contestando a mi compañero diputado Juan José Rodríguez Prats, el artículo 41 de la Constitución, en la parte final, habla de que después de el régimen interior de los estados, que tiene que respetarse su soberanía nacional y la autonomía estatal, las constituciones de los estados en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto federal. Eso es lo importante y lo toral y lo que hay que cuidar. Yo considero que del análisis serio del documento que nos ocupa no hay esa violación o contravención al pacto federal.

Sin embargo, vale la pena aclarar también que el concepto de revisión integral, ¿Y por qué hablaba de un proyecto que presentó el gobernador del Estado, haciendo una revisión integral del articulado de la Constitución?

Por la sistematización que requiere, pues esta práctica legislativa, porque todo documento jurídico tiene que tener esa sistematización. Al momento de fusionar artículos con una nueva redacción, bueno, pues se corrió el número de artículos, se quitaron algunos, se pusieron nuevos e insisto, esa facultad la tiene el Ejecutivo del Estado.

Yo no voy a discutir aquí el contenido de cada uno de los artículos del proyecto, porque, insisto, ése es motivo del órgano constituido legal y constitucionalmente en Veracruz que es la legislatura y los ayuntamientos.

Sin embargo, yo quiero que quede claro y aquí se ha expresado que hay un interés entre los diputados de Veracruz, de cualquier partido político en participar en éste gran proyecto del pueblo de Veracruz.

Quiero concluir simplemente para invitarlos, al compañero Buganza, al compañero Cantú, además hay otros compañeros aquí del PRD y del PAN que quisieran participar para que en forma conjuta con algunos diputados o todos los diputados veracruzanos del PRI, podamos redactar un documento, una iniciativa que tenemos

                                                                                             650,651 y 652
    

facultad para ello, para tratar de presentar nuestra ideas sobre algunos artículos de la Constitución vigente que se puedan fusionar en la Comisión de Gobernación, con el proyecto que presentó el gobernador, con las ideas y proyectos que presenten los diputados en el Estado de Veracruz y podamos todos contribuir a lograr un marco jurídico fundamental como lo necesitamos los veracruzanos.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, señor diputado Loo Ramos.

Tiene el uso de la palabra el diputado Isael Cantú Nájera, hasta por cinco minutos.

El diputado Isael Petronio Cantú Nájera:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

En mi intervención anterior aludía que la iniciativa del Ejecutivo del Estado en Veracruz, estaba dentro del marco legal, es un derecho que le atañe el presentar tal iniciativa para reformar o adicionar la constitución del Estado y particularmente yo puedo decir que para el Estado de Veracruz, por su complejidad, se requiere prácticamente entrar a realizar y a legislar una nueva constitución. Creo que ése es un principio fundamental del cual ninguno de los veracruzanos que pertenecemos a las distintas fracciones o grupos parlamentarios podríamos dejar de aceptar.

La forma y el contenido de esta reforma constitucional es lo que implica la capacidad política del gobernante, una capacidad para poder concitar el mayor número de opiniones diversas, plurales, democráticas para que un nuevo pacto social en su concepción más alta de contrato social, pudiese estar reflejando la diversidad y la riqueza política, económica y social que los veracruzanos tenemos.

Veo que el debate estriba en si esa facultad es posible en el Estado de Veracruz y quiero reconocer porque hemos estado ahí, de que hubo en el Estado de Veracruz una serie de foros preguntándole a los ciudadanos veracruzanos sobre esta iniciativa de ley presentada.

Me he comunicado con el grupo parlamentario de nosotros y sabemos que el día de hoy la iniciativa de ley ha pasado a comisiones, previendo y cumpliendo con todo el procedimiento legislativo para que esta reforma venga.

Va a haber tiempo y eso ténganlo ustedes por seguro, que el grupo parlamentario del PRD hará las puntualizaciones necesarias en todos aquellos temas que lejos de avanzar generando un fuerte Poder Legislativo, que haga un contrapeso a los poderes extraordinarios que el Ejecutivo tenga, tendrán que ser planteados y ratificados o por lo menos discutidos y debatidos en la legislatura de Veracruz.

También tengan por seguro que haremos una profunda defensa de la autonomía del municipio veracruzano para que cada día más los municipios de Veracruz puedan arribar a la modernidad del país.

En términos generales, el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática irá contando todas aquellas reformas que se planteen ahí, en donde lo que se pretende es hacer o echar atrás lo que nosotros hemos avanzado en el Estado de Veracruz.

Reconoceremos y eso sería honestidad política, de que todos aquellos avances que se planteen de parte del Ejecutivo o de cualquier otro grupo parlamentario o ciudadanos, van a ser votados por nuestro grupo.

Una última reflexión: me hubiese gustado y así hice el comentario, de que no solamente se detuviera la consulta de una nueva constitución en Veracruz a los foros realizados, de que se pudiesen haber creado más puentes de comunicación con la ciudadanía para que esta Constitución pudiese ser el reflejo de todos los veracruzanos, incluidos los diputados que estamos en esta LVII Legislatura.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Cantú Nájera.

Finalmente tiene el uso de la palabra el diputado Alejandro Vázquez Cuevas, hasta por cinco minutos.

El diputado Víctor Alejandro Vázquez
Cuevas:

Con el permiso de la Presidencia y agradeciéndole el uso de la palabra, esta intervención que precisamente ha suscitado un debate y una polémica en el Estado, es un debate precisamente porque hay cambios sustanciales en el órgano legal máximo de nuestro Estado y porque desde luego hay textos que hay que arreglar, que hay que acomodar y que sentimos insuficientes hasta el momento como se han suscitado las cosas.

Antes incluso de mi intervención, supe por medio del diputado Herrera Beltrán, que esto, pues ha sido ya trámite en el Congreso local y por lo tanto se ha pasado a las comisiones correspondientes para discutirse posteriormente.

Además, después de escuchar la exposición del diputado Loo Ramos, al Partido Acción Nacional le queda claro, que esta tarde y en el concurso de las ideas que aquí hemos esbozado los diferentes partidos políticos, lo que se manifiesta prácticamente como un acuerdo y al cual nos sumamos, es precisamente que con el concurso de los diputados federales de Veracruz de cualquier partido político, hagamos sugerencias a estas abrogaciones, derogaciones y cambios constitucionales que consideramos de fondo.

Entonces, en síntesis, es solamente sumarnos y agradecer este motivo y por lo tanto unir fuerzas, para tener en Veracruz una mejor Constitución y una mejor Carta Magna en el Estado.

El Presidente:

Gracias, señor diputado Alejandro Vázquez Cuevas.

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.


ORDEN DEL DIA

El secretario Francisco Vera González:

Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera. Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.
«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias-Tercer Año.- LVII Legislatura.

Orden del día

Martes 28 de septiembre de 1999.

Lectura del acta de la sesión anterior.

El Instituto de Cultura de la Ciudad de México invita a la ceremonia cívica que con motivo del CCXXXIV aniversario del natalicio del generalísimo José María Morelos y Pavón tendrá lugar el 30 de septiembre a las 10:00 horas, en el monumento erigido a su memoria.

Comunicación del Congreso del Estado de Chiapas.

Oficio de la Secretaría de Gobernación

Por el que solicita el permiso constitucional necesario para que varios ciudadanos mexicanos puedan prestar servicios de carácter administrativo al gobierno de los Estados Unidos de América, en su Embajada y consulados generales en México. (Turno a comisión.)

Minutas

Con proyectos de decreto que conceden permiso a los ciudadanos Adrián Franco Zevada y Ricardo Franco Guzmán, para prestar servicios como asesor jurídico, en la Embajada de Australia, en México. (Turno a comisión.)

Con proyecto de decreto que concede permiso a varios miembros del Ejército para aceptar y usar la condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el Gobierno de la República de Nicaragua. (Turno a comisión.)

Con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Gabriel Jara Pérez, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Honduras, con jurisdicción, en el Estado de Puebla. (Turno a comisión.)

Dictamen

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional los días

5 y 6 de octubre de 1999, a efecto de que realice una visita de trabajo a Canadá. (Discusión y votación.)

Excitativa

A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, a cargo de la diputada Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)
Y los demás asuntos con los que la mesa directiva dé cuenta.»


CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente (a las 16:25 horas):

Se levanta la sesión y se cita para la próxima que tendrá lugar el próximo martes 28 de septiembre a las 10:00 horas.

RESUMEN DE TRABAJOS

* Tiempo de duración: 5 horas 13 minutos.

* Quorum a la apertura de sesión: 292 diputados.

* Comisiones reglamentarias y protocolarias: 1.

* Excitativas a comisiones: 1.

* Punto de acuerdo: 1.

* Temas de agenda política: 3.

* Oradores en tribuna: 28
  PRI-12; PRD-8; PAN-7; PT-1.

Se recibió:

* 1 invitación del Instituto de Cultura de la Ciudad de México, a la ceremonia cívica conmemorativa del CLXXVIII aniversario de la consumación de la Independencia;

* 4 comunicaciones de los congresos de los estados de Durango; Jalisco y Tamaulipas;

* 1 oficio del subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, informando de la sustitución de uno de los integrantes de la comisión especial encargada de vigilar que no se desvíen fondos federales en el proceso electoral del Estado de Guerrero;

* 1
comunicación de la mesa directiva, con el que se informa que se incluye a la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios en la reunión de análisis que se llevará a cabo con la asistencia del Secretario de Desarrollo Social;

* 3 oficios de la Junta de Coordinación Política, respecto a cambios en las mesas directivas de las comisiones de: Ciencia y Tecnología; Comercio y de Equidad y Género, con miembros de los partidos: Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática;

* 6 oficios de la Junta de Coordinación Política, respecto a cambios en la integración de las comisiones de: Patrimonio y Fomento Industrial; Distrito Federal; Comunicaciones y Transportes; Programación, Presupuesto y Cuenta Pública; Justicia y de Información

                                                            653,654 y 655

Gestoría y Quejas, con miembros de los partidos: del Trabajo; Revolucionario Institucional y Acción Nacional;

* 1 oficio del comité técnico de seguimiento a las auditorías del Fondo Bancario de Protección al Ahorro. con el que remite el informe de resultados de la auditoría al Fobaproa, realizado por el señor Michael W. Mackey;

* 1 iniciativa del PRI a la Ley Federal del Trabajo, en materia de discapacitados;

* 1 oficio de la colegisladora, informando que el senador Héctor Sánchez López fue designado coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;

* 1 oficio de la Cámara de Senadores, que remite minuta con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Ernesto Zedillo Ponce de León, pueda ausentarse del territorio nacional los días 5 y 6 de octubre del presente año, a fin de realizar una visita de trabajo a Canadá.

Se aprobó:


* 1 dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, con respecto a los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales;

* 4 dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto que conceden los permisos constitucionales necesarios para que 19 ciudadanos puedan prestar sus servicios en representaciones diplomáticas;

* 3 dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto que conceden los permisos constitucionales necesarios para que tres ciudadanos, puedan aceptar y desempeñar los cargos de cónsules honorarios de Dinamarca en Veracruz, Veracruz; de los Países Bajos en Veracruz, Veracruz y de Finlandia en Tampico, Tamaulipas.

NOTAS

Siglas y abreviaturas incluidas en esta edición:

ABM               Asociación de Banqueros de México    
ADE Acuerdo de Apoyo inmediato a Deudores de la Banca
Banpaís     Banco del País
Banamex Banco Nacional de México. Sociedad Anónima
Bancen   Banco del Centro, Sociedad Nacional de Crédito
Bancomer  Banco de Comercio, Sociedad Anónima
Bancrecer  Banco de Crédito y Crecimiento, Sociedad Anónima
Banobras Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos. Sociedad Nacional de Crédito
BBV  Banco Bilbao Vizcaya
Banorte Banco Mercantil del Norte, Sociedad Anónima
BCH   Banco de Cédulas Hipotecarias
Bital   Banco Internacional
Cetes   Certificado de la Tesorería de la Federación
CLPP   Programa de Capitalización y Compra de Cartera de Créditos Bancarios
CNB   Comisión Nacional Bancaria
CNBV Comisión Nacional Bancaria y de Valores
CNSF Comisión Nacional de Seguros y Finanzas
CNV Comisión Nacional de Valores
Cocopa   Comisión de Concordia y Pacificación
Condusef  Comisión de Protección a los Usuarios de Servicios Financieros
Confia  Consorcio Financiero Abaco
Consar  Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro
Cremi         Banco de Crédito Minero, Sociedad Anónima
DAC Grupo de Administración de Activos Corporativos dentro del departamento Fobaproa
DF Distrito Federal
DGDS Departamento del Director General de Banca y Ahorros
DOF Diario Oficial de la Federación
EZLN  Ejercito Zapatista de Liberación Nacional
Fameval Fondo de Apoyo al Mercado de Valores
Finape  Programa de Apoyo a Deudores del Sector Agropecuario y Pesquero
FMI  Fondo Monetario Internacional
Fobaproa   Fondo Bancario de Protección al Ahorro
Fogade Fondo de Garantía de Depósitos
Fonapre  Fondo de Apoyo Preventivo para Diversas Instituciones Bancarias Sustituido por Fobaproa
Fopyme Acuerdo de Apoyo Financiero y Fomento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresas
Fovi  Fondo para la Vivienda
IFE Instituto Federal Electoral
Inverlat  Inversiones Latinoamericanas
IPAB Instituto de Protección al Ahorro Bancario
IVA    Impuestos al Valor Agregado
LIC Ley de Instituciones de Crédito
MN  Moneda nacional
Nafinsa Nacional Financiera, Sociedad Anónima
Pacem Programa Regional y Estatal de Apoyo a Deudores
PAN Partido Acción Nacional
PIB  Producto Interno Bruto
PRD  Partido de la Revolución Democrática
PRI  Partido Revolucionario Institucional
Probursa  Promoción Bursátil
Procapte  Programa de Capitalización Temporal
Promex  Banca de la Provincia Mexicana
S.C.   Sociedad de Crédito
SAC   Sistema Automatizado de Captura, Programas de bases de datos diseñados por la CNBV para recibir y administrar información de los bancos
SAF Sistema de Análisis Financiero: Programa de base de datos diseñado por la CNBV    
SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público
SITI  Sistema informático con el que los bancos transmiten información a la CNBV
Socores  Sociedades de Coinvesión de Reestructuración, creadas para apoyar en la cobranza de créditos
TITE   Tasa de Interés Interbancaria Mexicana
TLC Tratado de Libre Comercio
UCABE Unidad Coordinadora para Acuerdos de Bancos Empresariales para reestructurar créditos sindicatos   importantes
Udis    Unidades de inversión
UNAM  Universidad Nacional Autónoma de México
VVA    Valuación y Venta de Activos, programa para la recuperación de activos.