DIARIO de los DEBATES

ORGANO OFICIAL DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio

DIRECTOR GENERAL DE
CRONICA PARLAMENTARIA
Héctor de Antuñano y Lora

PRESIDENTE

Diputado Francisco José Paoli  Bolio

DIRECTOR DEL
DIARIO DE LOS DEBATES

Norberto Reyes Ayala
AÑO III               México, D.F.,martes 12 de octubre de 1999              No.14

S U M A R I O

ASISTENCIA

1019

ORDEN DEL DIA

1019
DESASTRES NATURALES 1020
A solicitud del diputado Juan Carlos Espina von Roehrich, se guarda un minuto de silencio en memoria de quienes perdieron la vida en las catástrofes provocadas por las torrenciales lluvias en los estados de Puebla, Hidalgo y Veracruz. 1020
ACTA DE LA SESION ANTERIOR 1021
PERMISO PARA PRESTAR SERVICIOS
EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS
1024

En razón de que la sesión anterior se levantó por falta de quorum, se procede a recoger la votación nominal de los siguientes proyectos de decreto, de los seis dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y que conceden los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos: Raymundo Pérez Lancón, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Belice en Monterrey, Nuevo León; para que 25 ciudadanos puedan prestar sus servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México, así como en sus consulados en Nogales, Sonora; Mérida, Yucatán; Tijuana, Baja California; Monterrey, Nuevo León; Nuevo Laredo, Tamaulipas, y María Bárbara Carro Martínez, pueda prestar sus servicios en la Embajada de Suiza en México.

1024

Aprobados, pasan a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

1024
COMISIONES DE TRABAJO 1025
Oficio del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, donde solicita modificación en la integración de la Comisión del Distrito Federal. De enterado. 1025
Oficio del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con el que informa de integrante de la Comisión de Agricultura y su participación en el consejo consultivo de la subcoordinación de Campo y Recursos Naturales del mismo grupo parlamentario. Aprobado. 1025
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL 1025
Oficio de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con el que informa de actividades propias de su I Legislatura. De enterado. 1025
12 DE OCTUBRE 1025
Para expresar sus opiniones respecto a la celebración de dicha fecha, hacen uso de la palabra los diputados: 1025
Aurora Bazán López 1026
Ricardo Cantú Garza 1028
María Antonia Durán López 1029
Gilberto López y Rivas 1031
Efraín Zúñiga Galeana 1033
Para rectificar hechos, los diputados: 1034
Marcelino Díaz de Jesús 1034
Artemio Caamal Hernández 1036
ITALIA. REPUBLICA DE CHILE 1037
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que solicita los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos: María Concepción España Gómez; Guadalupe Grimaldo Cerón; Rogelio Solís Torres y Arturo Bejero Ramírez, puedan prestar sus servicios en las embajadas de dichas naciones en México, respectivamente. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. 1037
COMERCIO EXTERIOR 1038
El diputado Joaquín Montaño Yamuni presenta iniciativa de reformas al artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con respecto a la importación de mercancías, previa consulta a los productores nacionales. Se turna a las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Hacienda y Crédito Público. 1038
LEY DE COMERCIO EXTERIOR 1041
El diputado Joaquín Montaño Yamuni presenta iniciativa de reformas a dicha ley, respecto a la consulta a productores nacionales para la importación o exportación de mercancías. Se turna a las comisiones unidas de Comercio y de Hacienda y Crédito Público. 1041
LEY DE PREVENCION, ATENCION Y COMBATE A LA EXPLOTACION,
ABUSO, MALTRATO Y PROSTITUCION DE MENORES
1048
La diputada Gloria Lavara Mejía presenta iniciativa de dicha ley. Se turna a las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y a la de Justicia, con opinión de la de Asuntos de la Juventud. 1054
REPUBLICA DE NICARAGUA 1054
Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos: Ricardo Mendia Martínez; José Luis Romero González; Limberg Efrén Ortiz Trejo; Miguel Angel Baez Herrera; Juan Ricardo Callejas Ramírez; Donato Rivera Rios; Luis Alfonso Muñoz Sánchez; Cristóbal Adbel Hernández Arriazola; Sotero Rafael Ríos Cruz; Gustavo Montes de Oca Guerrero y José Gabriel Flores Gallegios, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de esa nación. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. 1054
Tres dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto con los que se conceden los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos: Jesús Huber González Jaime; José Luis Albarrán Rodríguez; María Blanca Estela Escalera León; Juvenal Mariano García; Víctor Hugo Salazar Arana; José Luis Cid Sánchez; Carlos Alberto Reyes San Miguel; Javier Martínez Guzmán; José Francisco Cano Pantoja; Franco Fonseca Balcázar; Sergio Cureño Mirafuentes; Lorenzo Ceballos González; Roberto Mendoza Rivera; Marco Antonio Alvarez Aguilera; Ulises Cázares Calvo; Mario Guerrero Saldívar; Noé Cristóbal Ramírez Rodríguez; Juan Sánchez García; Julián Carlos Calls Barbosa y Luis Vázquez Hernández, puedan aceptar y usar condecoraciones que les confiere el gobierno de esa nación. 1055
Se aprueban. Pasan al Poder Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales. 1059
AUSTRALIA. REPUBLICA DE HONDURAS 1060
Tres dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que conceden los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos: Ricardo Franco Guzmán; Adrián Franco Zevada y Gabriel Jara Pérez, puedan prestar sus servicios en la Embajada de Australia en México y para desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Honduras en el Estado de Puebla, respectivamente. 1060
Se aprueban. Pasan al Poder Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales. 1062
ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL 1062
Dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de dicho ordenamiento en lo referente a los órganos político-administrativos en cada demarcación territorial. Se considera de urgente resolución. 1062
Expresan sus opiniones al respecto los diputados: 1074
José Espina von Roehrich 1074
David Ricardo Cervantes Peredo 1076
Miguel Sadot Sánchez Carreño 1078
Suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Es aprobado y se turna al Poder Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales. 1081
PERMISO AL PRESIDENTE PARA AUSENTARSE
DEL TERRITORIO NACIONAL
1081
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que informa que el Presidente de la República ha tomado la decisión de permanecer en el país, no obstante el permiso que el Congreso de la Unión le otorgó para realizar visitas de trabajo al Reino de España y a la República Federal de Alemania, con el fin de poder coordinar los trabajos de urgencia que se presentan en razón de los fenómenos climáticos que han provocado diversas tragedias en algunos estados de la República. De enterado. 1081
LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR 1082
Dictamen de la Comisión de Comercio, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 86-bis, 86-ter y 86-quáter, de dicha ley, en lo referente a los principios que norman el funcionamiento de los contratos de adhesión. Se dispensa la lectura. 1082
Se aprueba. Pasa al Senado de la República para los efectos constitucionales. 1088
PROPAGANDA DEL EX JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL 1089
Se retira del orden del día el tema sobre la solicitud para que se retire la propaganda en radio y televisión del ex jefe del Departamento del Distrito Federal, Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano. Desde su curul, la diputada Lenia Batres Guadarrama, solicita que en razón de que el tema ya ha sido retirado en varias ocasiones, se le retire definitivamente. El Presidente informa que está retirado. 1089
FOBAPROA 1089
Comentan sobre las investigaciones realizadas al Fondo Bancario de Protección al Ahorro, los diputados: 1089
Maximiano Barbosa Llamas 1089
Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva 1090
ORDEN DEL DIA 1092
De la próxima sesión. 1092
CLAUSURA Y CITATORIO 1093
RESUMEN DE TRABAJOS 1093

DIARIO de los DEBATES

Año lll  No.14        PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS      OCTUBRE 12, 1999

 

Presidencia del diputado
Francisco José Paoli y Bolio

ASISTENCIA

El Presidente :

¡Muy buenos días, señores diputados!

Vamos a rogar a los señores miembros de los medios informativos, que ocupen los lugares que tienen destinados, para poder dar inicio a la sesión programada para el día de hoy.

Rogamos nuevamente a los señores representantes de los medios informativos, se sirvan ocupar sus lugares y solicitamos a las señoras diputadas y diputados hagan lo propio, para poder dar principio a esta sesión.

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los diputados, para conocer si existe el quorum reglamentario.

La secretaria María Guadalupe Sánchez
Martínez:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 307 diputados, por lo tanto hay quorum, señor Presidente.

El Presidente(a las 11:20 horas):

Se abre la sesión.

ORDEN DEL DIA

La secretaria María Guadalupe Sánchez
Martínez:

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.- Tercer Año.- LVII Legislatura.

Orden del día

Martes 12 de octubre de 1999.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones de la mesa directiva. (Cambio de integrantes de comisiones.)
Comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal I Legislatura.

Comentarios sobre el 12 de octubre.

Oficio de la Secretaría de Gobernación

Por el que solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos: María Concepción España Gómez, Guadalupe Grimaldo Cerón, Rogelio Solís Torres y Arturo Bejero Ramírez, puedan prestar servicios en las embajadas de Italia y de Chile en México, respectivamente. (Turno a comisión.)

Iniciativas de diputados

Que adiciona el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Joaquín Montaño Yamuni, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

De reformas y adiciones a diversos artículos de la Ley de Comercio Exterior, a cargo del diputado Joaquín Montaño Yamuni, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

De Ley de Prevención, Atención y Combate a la Explotación, Abuso, Maltrato y Prostitución de Menores, a cargo de la diputada Gloria Lavara Mejía, a nombre del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Minuta

Proyecto de decreto que concede permiso para aceptar y usar la condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el Gobierno de la República de Nicaragua a los ciudadanos: Ricardo Mendia Martínez, José Luis Romero González, Limberg Efrén Ortiz Trejo, Miguel Angel Báez Herrera, Juan Ricardo Callejas Ramírez, Donato Rivera Ríos, Luis Alfonso Muñoz Sánchez, Cristóbal Adbel Hernández Arriazola, Sotero Rafael Ríos Cruz, Gustavo Montes de Oca Guerrero y José Gabriel Flores Gallegos. (Turno a comisión.)

Dictámenes

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Jesús Huber González Jaime, José Luis Albarrán Rodríguez, María Blanca Estela Escalera León, Juvenal Mariano García, Víctor Hugo Salazar Arana, José Luis Cid Sánchez y Carlos Alberto Reyes San Miguel, para aceptar y usar la condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 1o. de octubre.)(Discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso para aceptar y usar la condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua a los ciudadanos Javier Martínez Guzmán, José Francisco Cano Pantoja y Franco Fonseca Balcazar. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 8 de octubre.) (Discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso para aceptar y usar la condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua a los ciudadanos Sergio Cureño Mirafuentes, Lorenzo Ceballos González, Roberto Mendoza Rivera, Marco Antonio Alvarez Aguilera, Ulises Cázares Calvo, Mario Guerrero Saldívar, Noé Cristóbal Ramírez Rodríguez, Juan Sánchez García, Julián Carlos Calls Barbosa y Luis Vázquez Hernández. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 8 de octubre.) (Discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Ricardo Franco Guzmán, para prestar servicios como asesor jurídico en la Embajada de Australia en México. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 1o. de octubre.) (Discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Adrián Franco Zevada, para prestar servicios como asesor jurídico en la Embajada de Australia en México. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 1o. de octubre.) (Discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Gabriel Jara Pérez, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Honduras, con jurisdicción en el Estado de Puebla. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 1o. de octubre.) (Discusión y votación.)

De la Comisión del Distrito Federal con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. (Urgente resolución, discusión y votación.)

De la Comisión de Comercio con proyecto de decreto que adiciona los artículos 86-bis, 86-ter y 86-quáter, de la Ley Federal de Protección al Consumidor. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 30 de septiembre. (Discusión y votación.)

Agenda política

Comentarios del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para que se retire la propaganda en radio y televisión del ex jefe de gobierno del Distrito Federal, ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano. (Debate pactado.)

Comentarios sobre irregularidades en el Fondo Bancario de Protección al Ahorro, a cargo del diputado Maximiano Barbosa Llamas, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Debate pactado.)»


DESASTRES NATURALES

El Presidente:

Gracias, señora Secretaria.

Quisiéramos preguntar a la Asamblea si existe alguna observación o propuesta...

Ya estamos iluminados de nuevo, señores diputados.

Quiero solicitar a la Asamblea si existe alguna observación relacionada con el orden del día.

Diputado Juan Carlos Espina.

El diputado Juan Carlos Espina von Roehrich (desde su curul):

Gracias, señor Presidente:

Para solicitarle atentamente que esta Cámara de Diputados guarde un minuto de silencio por las personas fallecidas a consecuencia de las lluvias torrenciales en los estados de Puebla, Hidalgo y Veracruz.

El Presidente:

Si la Asamblea no tiene inconveniente, lo pondremos como el primer punto del orden del día y rogamos a las señoras y señores diputados ponerse de pie para guardar un minuto de silencio por los difuntos producidos por las lluvias torrenciales en distintos estados de la República.

(Minuto de silencio.)

Muchas gracias, diputados.


ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día es la discusión del acta de la sesión anterior.

Ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta, tomando en consideración que le ha sido entregada copia de la misma a los coordinadores de los grupos parlamentarios para sus observaciones y se procede a su votación.

La secretaria María Guadalupe Sánchez
Martínez:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que le ha sido entregada copia de la misma a los coordinadores de los grupos parlamentarios para sus observaciones y se procede a su votación.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves siete de octubre de mil novecientos noventa y nueve, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Séptima Legislatura.

         Vicepresidencia de la diputada
María de las Mercedes Martha Juan López

SESION SOLEMNE

Con la asistencia suficiente, la vicepresidenta declara abierta la sesión solemne.

A fin de conmemorar el sesquicentenario luctuoso del ilustre jurista Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá, hacen uso de la palabra los diputados: Alberto Orlando Paredes Lara, del Partido Revolucionario Institucional, y Francisco Javier Reynoso Nuño, del Partido Acción Nacional.

SESION ORDINARIA

En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, a las once horas con cincuenta y ocho minutos del jueves siete de octubre de mil novecientos noventa y nueve, con la asistencia de cuatrocientos diputados, la vicepresidenta declara abierta la sesión ordinaria.

La Secretaría da lectura al orden del día y la vicepresidenta informa que habida cuenta de que la propuesta presentada para la elección para nombrar al secretario general de la Cámara de Diputados, está sujeta a acuerdos y consensos, se retira del orden del día.

La Asamblea aprueba el acta de la sesión anterior en sus términos, en votación económica.

A solicitud de los grupos parlamentarios, la vicepresidenta informa que se pasará de inmediato a la discusión y votación del dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con proyecto de decreto con el que se concede el permiso constitucional necesario para que el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Ernesto Zedillo Ponce de León, pueda ausentarse del territorio nacional del quince al veintidós de octubre de mil novecientos noventa y nueve, a fin de realizar visitas de trabajo al Reino de España y a la República Federal de Alemania.

La Asamblea considera el asunto como de urgente resolución y hacen uso de la palabra para expresar las opiniones de sus respectivos grupos parlamentarios, los diputados: Javier Algara Cossío, del Partido Acción Nacional;

1019,1020 y 1021

Carlos Antonio Heredia Zubieta, del Partido de la Revolución Democrática; e Ignacio García de la Cadena, del Partido Revolucionario Institucional.

Para rectificar hechos, se concede el uso de la palabra al diputado Samuel Maldonado Bautista, del Partido de la Revolución Democrática.

La Asamblea considera el asunto suficientemente discutido en lo general y en lo particular y la Secretaría recoge la votación nominal respectiva, misma que resulta aprobatoria por doscientos ochenta y un votos en pro y setenta y dos en contra.

Se turna al Poder Ejecutivo Federal, para los efectos constitucionales.

A solicitud de los coordinadores de los grupos parlamentarios, la vicepresidenta ordena, a las doce horas con cincuenta y cinco minutos, un

RECESO

A las trece horas con treinta y dos minutos, se reanuda la sesión.

Solicita y se concede el uso de la palabra al diputado Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas Arreola, del Partido de la Revolución Democrática, quien propone la remoción del Presidente de la mesa directiva.

Para aclarar las dudas que desde su curul expresa el diputado Pablo Gómez Alvarez, se da lectura al artículo veintidós del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el diputado Gómez Alvarez, del Partido de la Revolución Democrática, solicita que se lea el artículo noventa y ocho del mismo ordenamiento. Sin embargo, la vicepresidenta lo invita a que haga uso de la palabra en apoyo de la proposición y el legislador así lo hace.

Para hablar en contra, pasa a la tribuna el diputado Juan José Rodríguez Prats, del Partido Acción Nacional, quien acepta una interpelación del diputado Montalvo Rojas y otra del diputado López y Rivas.

Para responder alusiones personales, se concede el uso de la palabra a los diputados Pablo Gómez Alvarez, del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones, en la segunda acepta interpelación del diputado Rodríguez Prats; Gonzalo Pedro Bárbaro Rojas Arreola, del mismo partido; y Juan José Rodríguez Prats, del Partido Acción Nacional.

A fin de rectificar hechos, solicita y se concede el uso de la palabra al diputado Ricardo Cantú Garza, del Partido del Trabajo.

La Asamblea considera suflcientemente discutida la proposición y la rechaza por ciento nueve votos en pro y doscientos sesenta y ocho votos en contra.

Para presentar una proposición para requerir a la junta de gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario que presente un programa en el que se señalen los plazos y condiciones en los cuales se procesará la información producto de la auditoría al Fondo Bancario de Protección al Ahorro, se concede el uso de la palabra al diputado Rogelio Sada Zambrano, del Partido Acción Nacional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Una comunicación del diputado Pioquinto Damián Huato, informando que se reincorpora a sus labores legislativas. Se le da por reincorporado.

Una comunicación del Congreso del Estado de Chihuahua, con el que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Otra del Congreso del Estado de Coahuila, en la que solicita que la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, reciba su protesta por la creación de una comisión especial encargada de vigilar que no se desvíen fondos en el proceso electoral del mismo Estado. Se turna a la Junta de Coordinación Política que tiene los antecedentes.

Se da lectura a una proposición de la Junta de Coordinación Política, que modifica la integración de la directiva de una comisión legislativa. Se aprueba en votación económica.

Otra de la misma junta, con la que informa de modificaciones en la integración de una comisión legislativa. De enterado.

Para presentar diversas iniciativas, se concede el uso de la palabra a los diputados:

Joaquín Montaño Yamuni, del Partido Acción Nacional, de reformas a la Ley Federal de
Sanidad Animal. Se turna a la Comisión de Ganadería.

José Antonio Alvarez Hernández, del mismo partido, de reformas al artículo veintisiete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con la opinión de la de Ganadería.

Se recibe y se da trámite a un oficio de la colegisladora con el que remite minuta con proyecto de decreto de reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Se turna a la Comisión del Distrito Federal.

A solicitud del diputado Maldonado Bautista, la vicepresidenta ordena que se abra el registro de asistencia por diez minutos, para verificar el quorum. A las dieciséis horas con veinte minutos, se verifica el mismo y continúa la sesión.

La vicepresidenta otorga el uso de la palabra a la diputada María del Socorro Aubry Orozco, del Partido de la Revolución Democrática, quien presenta solicitud de excitativa a la Comisión de Seguridad Social, a fin de que dictamine la iniciativa de reformas a la Ley del Seguro Social, presentada el cinco de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. La vicepresidenta obra en consecuencia.

Un oficio de la Cámara de Senadores, con el que comunica de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Quince oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que se remiten los informes de labores correspondientes al periodo mil novecientos noventa y ocho-mil novecientos noventa y nueve, de otras tantas secretarías de Estado. Se turnan a las comisiones correspondientes.

Se da lectura a una minuta del Senado de la República, con proyecto de decreto con el que se conceden los permisos constitucionales necesarios para que ciudadanos mexicanos puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

  Vicepresidencia del diputadoLuis                 Meneses Murillo

Para presentar solicitudes de excitativas, se concede el uso de la palabra a los diputados:
Jorge Silva Morales, del Partido de la Revolución Democrática, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, en relación con el informe presentado por el señor Michael W. Mackey.

Jesús Samuel Maldonado Bautista, del mismo partido, a la Comisión de Justicia, en relación con iniciativa de reforma al Código Penal Federal, presentada el diecisiete de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

En ambos casos, el Presidente obra en consecuencia.

El diputado Pablo Sandoval Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática, propone punto de acuerdo suscrito por representantes de todos los grupos parlamentarios, respecto a hechos ocurridos en el Estado de Guerrero. Aprobado.

Para presentar punto de acuerdo, suscrito por la Junta de Coordinación Política y la Comisión de Protección Civil, referente a ayuda para los damnificados de los fenómenos naturales que han afectado a zonas del territorio nacional, se concede el uso de la palabra a la diputada Noemí Guzmán Lagunes, del Partido Revolucionario Institucional. Se considera de urgente resolución y es aprobado.

El diputado Pedro Magaña Guerrero, del Partido de la Revolución Democrática, presenta punto de acuerdo en referencia a la explosión sufrida en la ciudad de Celaya, Guanajuato. Aprobado.

          Vicepresidencia de la diputada
María de las Mercedes Martha Juan López

Seis dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto que conceden los permisos constitucionales necesarios para que ciudadanos mex0icanos puedan prestar sus servicios a gobiernos extranjeros. Se realiza la votación respectiva, dando por resultado doscientos cuarenta y seis votos en pro.

En razón de que la votación emitida no cumple con el quorum reglamentario, la vicepresidenta instruye pasar la misma para la próxima sesión y solicita a la Oficialía Mayor descontar en vía de dieta a los diputados que no cumplieron con su deber.

Desde su curul la diputada Adoración Martínez Torres, propone que los descuentos a efectuarse, sean enviados a los estados que se encuentran en desgracia por los fenómenos naturales. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y la vicepresidenta clausura la de hoy a las diecisiete horas con treinta y nueve minutos, citando para la que tendrá lugar el martes doce de octubre de mil novecientos noventa y nueve, a las diez horas.»

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.


PERMISO PARA PRESTAR SERVICIOS
EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

El Presidente:

En virtud de que se levantó la sesión anterior por falta de quorum, se va a proceder a recoger la votación nominal de los proyectos que fueron discutidos.

Pido a la Secretaría informe a la Asamblea.

La secretaria María Guadalupe Sánchez Martínez:

Se informa a la Asamblea que los dictámenes que se sometieron a discusión son los siguientes:

Con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos: Raymundo Pérez Lancón, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Belice en Monterrey, Nuevo León; Angel Adán Luna González, Gustavo Javier Ayala Melgoza, Gonzalo Enrique Meza Razo, Benito Bautista Cruz, Giovanni Escoto Navarro, Ana Wonchee Peña, Adalberto Enrique Fuentes Zurita, Víctor Manuel Rubín Solano, María Araceli Camacho Reyes, Fanny Elizabeth Huitrón Martínez, Oliver Fernando García Campos, María Villanueva Escudero, Raúl Juárez Vázquez, María Dolores Gutiérrez Gascón y Evelio Rojas Robles, para prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Luis Humberto Berriozábal Casas, J. Jesús Aguayo Páramo, Ana María Agustina Consuelo Garabana y Elisa Ledesma Martínez, para prestar servicios en los consulados generales de los Estados Unidos de América en Nogales, Sonora; Mérida, Yucatán y Tijuana, Baja California, respectivamente.

Mario Alberto Cañamar Iracheta, María del Rosario Salinas González y América García Delgadillo, para prestar servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León.

Israel Cantú González, Ricardo Núñez Ibarra y Mario Humberto Mata García, para prestar servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Nuevo Laredo, Tamaulipas y María Bárbara Carro Martínez, para prestar servicios en la Embajada de la Confederación Suiza en México.

El Presidente:

En consecuencia, se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación de los proyectos de decreto.

La secretaria María Guadalupe Sánchez Martínez:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por 10 minutos para tomar la votación nominal de los proyectos de decreto.

(Votación.)

Ciérrese el sistema de votación. Se emitieron 334 votos en pro, ninguno en contra.

El Presidente:

Aprobados los proyectos de decreto por 334 votos, de 337 diputados presentes.

La secretaria María Guadalupe Sánchez Martínez:

Pasan al Senado para los efectos constitucionales.

 

1022,1023 y 1024

 

COMISIONES DE TRABAJO

La secretaria María Guadalupe Sánchez Martínez:

Se va a dar lectura a varias comunicaciones.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Diputado Francisco José Paoli y Bolio, presidente de la mesa directiva.- Presente.

Por este conducto le solicito de la manera más atenta, se acredite al diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño, como miembro integrante del grupo parlamentario del PRI, en la Comisión del Distrito Federal, en sustitución del diputado Enrique Jackson Ramírez.

Atentamente.

México, D.F., a 7 de octubre de 1999.- Enrique León Martínez, secretario ejecutivo del grupo parlamentario del PRI.»

De enterado.

La secretaria María Guadalupe Sánchez Martínez:

«Diputado Francisco José Paoli y Bolio, presidente de la mesa directiva.- Presente.

Me permito informarle que el diputado José de Jesús García León, se encuentra adscrito como integrante de la Comisión de Agricultura y participa en el consejo consultivo de la subcoordinación de Campo y Recursos Naturales del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Lo anterior para los efectos administrativos a que haya lugar.

Sin otro particular quedo de usted.

Atentamente.

México, D.F., a 7 de octubre de 1999.- Diputado federal, Carlos Medina Plascencia, coordinador.»

La secretaria María Guadalupe Sánchez Martínez:

En votación económica, se pregunta si se aprueba.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado.


ASAMBLEA LEGISLATIVA
DEL DISTRITO FEDERAL

La secretaria María Guadalupe Sánchez Martínez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.- I Legislatura.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.

Por este conducto, me permito comunicar a ustedes que el pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, I Legislatura, en la sesión celebrada el día de hoy llevó a cabo la elección de mesa directiva que coordinará los trabajos de este órgano colegiado, durante el mes de octubre de 1999, la cual quedó integrada por los siguientes diputados:

Irma Islas León, presidente; Miguel Angel Peláez Gerardo, Fernando de Garay y Arenas, Esveida Bravo Martínez y David Sánchez Camacho, vicepresidentes; Rigoberto Nieto López y Arne Sidney Aus Den Ruthen Hagg, secretarios; Jesús Eduardo Toledano Landero y René Baldomero Ruiz, prosecretarios.

Sin otro particular, reitero a ustedes mi consideración atenta y distinguida.

Recinto Legislativo, a 30 de septiembre de 1999.- Por la mesa directiva.- Diputada Lenia Batres Guadarrama, presidenta.»

De enterado.

El Presidente:

Compañeras diputadas y compañeros diputados:

Están presentes en este salón, como invitados a nuestra sesión, 50 estudiantes de la Universidad del Valle de México, en su campus Tlalpan, invitados por el diputado Armando Aguirre Hervis; 20 estudiantes de la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM, acompañados por Alejandro González Jiménez; 50 estudiantes del Centro Universitario México, acompañados del ciudadano Angel Soriano Ibarra y cinco representantes de Presencia Ciudadana, acompañados por la ciudadana Martha Delgado Peralta.

A todos ellos les damos la más cordial bienvenida en nuestra sesión del día de hoy.

Quisiera avisarles que tenemos una información de la Comisión Federal de Electricidad, de que existe una falla en un distribuidor, según el informe del jefe de zona, ingeniero Enrique Villafranca. Están operando en este momento los servicios de urgencia del Palacio Legislativo y no hay ningún problema para el sistema electrónico de votación, que puede seguir operando. A fin de que ustedes tengan la información, la transmito.


12 DE OCTUBRE

El Presidente:

Pasamos al siguiente punto del orden del día. Han solicitado el uso de la palabra para hacer comentarios sobre el 12 de octubre, los siguientes diputados: Aurora Bazán López, del Partido Verde Ecologista; Ricardo Cantú Garza, del Partido del Trabajo; María Antonia Durán López, del Partido Acción Nacional; Gilberto López y Rivas, del Partido de la Revolución Democrática y Efraín Zúñiga Galeana, del PRI.

Está también apuntado para rectificar hechos, el diputado Marcelino Díaz de Jesús, del Partido de la Revolución Democrática, al terminar la primera ronda de posicionamiento en este punto.

Tiene la palabra la diputada Aurora Bazán López.

La diputada Aurora Bazán López:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Este día es muy especial para los pueblos indígenas. Es una fecha que rememora el exterminio de millones de poblaciones masacradas por defender sus territorios y familias: es una fecha de resistencia.

En los albores del Siglo XXI, después de aquel 12 de octubre de 1492, los descendientes directos y un importante número de habitantes del resultado del choque de aquellas dos sociedades, mantenemos firmemente nuestra resistencia como pueblos, con una gran riqueza cultural, lingüística, social e histórica, orgullo de ésta gran nación que es México.

Las pretendidas celebraciones en esta fecha debe avergonzar al Estado como tal por la negación de nuestros derechos específicos como pueblos indígenas, quienes, a pesar de ser los genuinos descendientes de aquellas gloriosas culturas, que tan pomposamente enarbolamos en el extranjero como orgullo de identidad nacional y se encuentran en condiciones de marginación y en riesgo de desaparecer.

Lo anterior es una prueba palpable del racismo, la discriminación, la intolerancia, la impunidad.

Es lamentable observar que sólo somos objeto de carne de cañón en procesos electorales, ofendiendo con estos hechos a nuestros pueblos, más aún al pretender insertarnos en una sociedad homogénea a todas luces inexistente.

La posición cada vez más evidente en la defensa de los derechos de los pueblos indígenas, dentro y fuera del país, obedece a la preocupación que comparten millones de habitantes en el planeta por la corriente globalizadora que los pone en grave riesgo de dejarles en el olvido, la marginidad y la miseria.

No basta acudir al discurso oficial con acento nacionalista en el que se exaltan los valores de nuestros ancestros, hay que empezar a respaldar decididamente las propuestas de desarrollo, de autonomía, de libre determinación de los pueblos indígenas vivos, fuera de cualquier tendencia partidista.

Los diputados del Partido Verde Ecologista de México, desde nuestros orígenes, hemos mostrado nuestro interés y respeto a los planteamientos indígenas y también expresada nuestra condena por las graves y sistemáticas violaciones de sus derechos.

En el mundo entero se reconocen los aportes, valiosas contribuciones de los pueblos indígenas en la conservación del medio ambiente y los recursos naturales. Con su sabiduría y conocimientos tradicionales, han permitido la armonía y el equilibrio del hombre con la naturaleza. Hasta ahora, en los territorios indígenas coexiste una amplia gama cultural lingüística que enriquece aún más a nuestro país.

Es lamentable el desaire del Gobierno de México a los pueblos indígenas la falta de atención a sus propuestas en tanto se siga por este camino, la nueva relación Estado mexicano con los pueblos indígenas, nunca se verá.

Antes que nada, el Gobierno de la República necesita dar muestras de respeto a la investidura indígena, requiere aceptar las formas de elección tradicional que tenemos en la designación de nuestras autoridades. De entrada, el Estado mexicano requiere ser más respetuoso, contar con la aprobación de la totalidad de las comunidades y pueblos indígenas de la región para instrumentar cualquier proyecto que nos involucre, en especial aquellos que tienden a depredar los recursos biológicos.

Para evitar el incremento de la inmigración indígena a las grandes urbes, se obliga a establecer proyectos de desarrollo en las que aquéllos sean parte fundamental en la delineación, implementación y ejecución de los mismos, de otra manera, nunca se dejará el discurso tan desgastado de justicia social.

La deuda histórica de la sociedad nacional con los pueblos indígenas no puede seguir, el Estado tiene la obligación de responder a las exigencias de nuestros pueblos, puede empezar por reconocer que somos una sociedad heterogénea, plural, lingüística, social y cultural, que tenemos derecho a la autonomía pero no autonomías de miseria.

Si es cierto que estamos orgullosos de nuestros orígenes, de nuestra mexicanidad, es importante recobrar la memoria histórica y por ende aceptar que en tanto no se dé a los pueblos indígenas un trato igualitario, difícilmente se logrará una armonía entre la sociedad y de ahí la obligación del Estado para dar muestras decididas, este 12 de octubre de plena disposición el reconocimiento indígena, empezando por considerar su postura en torno al conflicto del EZLN.
Aceptando la propuesta de la Comisión de Concordia y Pacificación, éste puede ser el inicio para superar la desconfianza sobre la situación en la región. Es necesario crear los instrumentos e instituciones para que los indígenas cuenten con facilidades para que mejoren sus condiciones de vida, garantizando la diversidad biológica y cultural de nuestro país, acatando los instrumentos internacionales signados por México.

Confío que los esfuerzos de la legislatura, como parte del Congreso de la Unión, sirvan para resolver los problemas que los indígenas tenemos y que en ocasiones han conducido a hechos violentos y desgracias lamentables.

Hoy, a más de 500 años de la ocupación genocida del territorio de las Américas por los pueblos europeos, debemos revalorar el sentido del 12 de octubre, a fin de restituir a los pueblos indígenas, no sólo el legítimo derecho a su bienestar material, sino a lo que es más importante, su dignidad, orgullo como seres humanos, reconociendo sus tradiciones, culturas, lenguas y demás elementos que los identifican y dan cohesión a sus diversas formas de organización social y política.

Por todo ello, compañeras y compañeros, los invito a conocer y a sumarse a la declaración indígena del milenio suscrita por los partidos verdes y organizaciones ecologistas, milenio verde de todo el mundo celebrada del 20 al 25 de septiembre de este año en la ciudad de Oaxaca.

Así pues, en concordancia con la declaración indígena del milenio y a nombre de la dirigencia nacional, de la militancia del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, me permito anunciar el retiro del apoyo de nuestro partido a la iniciativa sobre derecho y cultura indígena, promovida el día 24 de marzo de 1998, por los diputados de nuestra organización.

En tal sentido, solicito atentamente a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Asuntos Indígenas, tengan a bien emitir un dictamen mediante el cual se deseche dicha iniciativa.

Muchas gracias.

1025,1026 y 1027

 

El Presidente:

Muchas gracias a usted, diputada Bazán.

Tiene la palabra el diputado Ricardo Cantú Garza, del Partido del Trabajo.

El diputado Ricardo Cantú Garza:

Gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El 12 de octubre se celebra de una manera oficial el llamado Día de la Raza. Hace más de cinco siglos que Cristóbal Colón llegó a tierras americanas, eso permitió que se diera el encuentro y el choque entre dos civilizaciones: la hispánica y la mesoamericana.

Durante siglos el festejo fue denominado El Descubrimiento de América, como una manera de establecer que los europeos habían incorporado a la civilización occidental a los indígenas.

Las culturas descubiertas le debían un favor a los navegantes y aventureros italianos, portugueses, ingleses y españoles, que habían tenido la fortuna de llegar a estas tierras.

El europeísmo y el rechazo a las culturas indígenas ha estado presente desde ese entonces, en la manera como se ha entendido el festejo.

Ya en los últimos años grupos indígenas en todo el continente han hecho patente que aquel descubrimiento ha sido uno de los mayores despojos y latrocinios que se hayan realizado en la historia universal.

Es imposible dar marcha atrás. La cultura europea se integró a la vida americana, los idiomas europeos se han convertido en los idiomas de los pueblos americanos; las religiones occidentales se han convertido en las matrices culturales y místicas de las sociedades americanas; la influencia occidental ha dejado una honda huella en la formación de la conciencia americana.

Sin embargo, la presencia indígena sigue siendo negada, excluida, marginada; los indíge- nas, habitantes originales de estas regiones, perdieron su tierra, su cultura, sus costumbres, sus tradiciones, sus dioses; aprendieron a vivir y tuvieron que vivir como extraños y extranjeros en su propia tierra, menospreciados y ninguneados; los indígenas han sido negados por una conciencia americana neurótica que quiere eludir una parte de su ser.

México se ha preciado durante años de tener una política indigenista avanzada. Nada más falso. La rebelión de Chiapas dejó al descubierto el desamparo y los maltratos que se siguen cometiendo contra los indígenas mexicanos.

Es un acto de hipocresía moral hablar del Día de la Raza y referirnos a Colón y a la veta hispana de la cultura nacional, mientras olvidamos y abandonamos la raíz indígena.

México no podrá construir una identidad nacional firme y vigorosa si no logra reconciliarse con la raíz indígena negada, violentada y marginada; es parte de nuestro ser como nación.

De nada sirve tener museos excelentes sobre el pasado prehispánico mientras se mantiene un desprecio cotidiano a los indígenas de carne y hueso.

De poco sirve hablar con orgullo de nuestro folclor nacional cuando tenemos una actitud malinchista hacia el exterior, mientras somos implacables hacia las comunidades indígenas.

El 12 de octubre no debería de ser festejado como una conmemoración eurocentrista, sino como una reflexión colectiva sobre la deuda moral e histórica que tienen las sociedades y los gobiernos americanos con los grupos indígenas.

En esta fecha deberíamos de recordar la matanza y el exterminio de tantos indígenas que llevaron a la destrucción de otras formas de organización, convivencia y cultura humana.

El 12 de octubre puede ser ocasión para detenernos a pensar y ver que las naciones americanas deben ser plurales en lo cultural, lo étnico y lo racial. Es el destino de la raza americana.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado Cantú.

Tiene la palabra la diputada María Antonia Durán López, de Acción Nacional.

La diputada María Antonia Durán López:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Un hombre intrépido, Cristóbal Colón, tres embarcaciones, un presupuesto de dos millones de maravedises y alrededor de 90 hombres reclutados con la ayuda de los hermanos Martín Alonso y Vicente Yáñez Pinzón, formaron la flota descubridora más trascendental de la historia.

Durante 71 días de navegación y por fin, la noche del 11 al 12 de octubre de 1592, el marinero Rodrigo de Triana divisó tierra. Y con este acontecimiento cambió la concepción que se tenía del orbe de manera jamás imaginada ni siquiera por el propio navegante genovés.

Se inició el encuentro de dos mundos. Un grandioso acontecimiento que unió a toda la humanidad, que unió a los pueblos del mundo entero.

Pero curiosamente el encuentro con América fue en buena medida fruto del azar e incluso de errores.

Colón arriba al Caribe convencido de que podría llegar a oriente navegando hacia occidente. Pretendía llegar a las Indias, a las cuales pensó que había llegado cuando se encontraba con los naturales de los lugares visitados, con los signos de riqueza y con las manifestaciones de civilización que descubría. Todo ello sirvió para convencerlo de que se hallaba en Catay.

Hoy, punto de encuentro no de dos sino de varias naciones, curiosamente un genovés enviado por la Corona Española, y gracias a los conocimientos y estudios que durante siglos hicieron astrónomos, geógrafos y navegantes egipcios, fenicios, griegos e italianos, encuentra un camino que él creyera oriente y descubre un nuevo mundo, que curiosamente lleva ahora el nombre de un gran sabio florentino, Américo Vespucio y no el de su descubridor desde entonces el nuestro es un continente de paradojas.

Este glorioso encuentro permitió que América y nosotros los mexicanos, recibiéramos como legado toda la cultura, inventos y adelantos que existían no sólo en España sino, a través de ella, de todo los pueblos desde los tiempos remotos: la religión de los hebreos, el calendario de los babilonios, el alfabeto de los fenicios, la moneda de los libios, la filosofía de los hindúes.

Recibimos también el arte, las nociones de belleza y el concepto de democracia de los griegos y la riqueza del sistema jurídico de los romanos.

Tenemos en nuestra forma de gobierno algunas ideas de los antiguos britanos y teutones y hacemos uso de los descubrimientos científicos de los árabes en las matemáticas; de los italianos en la pintura y la escultura y nos hemos enriquecido de la lengua y la literatura de los españoles.

La llegada de Cristóbal Colón a nuestra América ha sido un acontecimiento grandioso, que permitió que las culturas se amalgamaran. Nosotros, los americanos, aportamos nuestra riqueza que aunque diferente, era también una gran cultura. Los europeos encontraron en nuestras tierras civilización definitivamente muy avanzada.

Los cronistas del Siglo XVI nos refieren cómo, con los recursos técnicos a su alcance, los antiguos habitantes de América eran capaces de crear los satisfactores para su vida social, religiosa y política.

El hombre de lo que se llamaría Nueva España, fue capaz de crear encajes y filigranas de piedra, con golpes de la misma piedra y construir pirámides y ciudades de extraordinaria belleza, como Teotihuacan, Chichén Itzá, Palenque o Tenochtitlan. De igual manera obras de infraestructura, como eran canales y acueductos.

Pudo crear esculturas y moldear el barro, dándole indudable belleza. Su ingenio le permitió utilizar las plumas de las aves para crear mosaicos y una gran policromía y ornamentar su cuerpo. Las telas de sus vestimentas eran realizadas en sencillos telares, que producían finos paños, atendiendo a las necesidades, no sólo de vestido, sino como una manifestación de arte auténtico.

Tuvimos grandes culturas como la maya, cuya observación del cielo estaba evidentemente avanzada y ha sido admirada hasta nuestros días.

Debemos celebrar esta fecha, 12 de octubre, lo que legó la humanidad entera a través de España y que junto con nuestra ricas culturas, permitió que nuestra vida sea la continuación de vidas anteriores.

Debemos celebrar que nuestra raza proviene de la fusión de razas pretéritas, que gracias a nuestros antepasados, somos lo que somos. Sobre todo hoy, que ha nacido en Sarajevo el habitante 6 mil millones, debemos de estar conscientes de que no existe un sólo pueblo con una cultura, ni un conquistador ni un conquistado, sino el hombre como tal, con todas sus manifestaciones que pasan de un pueblo a otro y de una cultura otra a través del tiempo y del espacio. Todos tenemos algo de todos.

Por ejemplo, cuando encendemos una luz eléctrica, le rendimos tributo al monje Francisco Rogerio Bacon o al gran inventor Tomás Alva Edison. Cuando miramos el reloj, nos sentimos en deuda con el italiano Galileo Galilei. Cuando sabemos de los astros y su movimiento, pensamos en el sabio polaco Copérnico o bien en nuestra maravillosa civilización maya.

En medicina, admiramos al griego Galeno o al gran francés Pasteur y cuando nos deleitamos en la lectura del Quijote de la Mancha, agradecemos esa majestuosa obra al español Miguel de Cervantes.

Cuando vestimos de seda, nuestra imaginación vuela hacia la milenaria China y evocamos las historias de los primeros misioneros, que llevaron a Europa los huevecillos de los gusanos de seda.

Cuando comemos nuestros tradicionales platillos mexicanos, no podemos olvidarnos que las especies que usamos para condimentarlos tienen su origen en el lejano oriente.

En algunas construcciones, junto al bellísimo tezontle nuestro, tenemos el cemento que también se ve en la cúpula del Partenón Romano construido hace 2 mil años y el ladrillo de nuestras casas, nos transporta a Nínive y Babilonia.

El mirar por nuestras ventanas nos hace pensar en los días de Tiro, en la costa oriental del Mediterráneo, donde se fabricó por primera vez el cristal.

Al abrir un libro, evocamos a los egipcios y su papiro, a los fenicios formando el alfabeto, a los chinos, los japoneses, los moros, fabricando el papel y al alemán Gutenberg sacando los primeros libros impresos.

Cuando aspiramos el aroma del tabaco, debemos recordar que Colón encontró a los aborígenes de lo que ahora es Cuba, aspirando el humo de hojas encendidas y enrolladas. Todo esto es el resultado de aquel encuentro del hombre con el hombre, a través de un gran navegante genovés, que arribó a San Salvador un 12 de octubre de 1492.

Somos un nuevo mundo, sí, pero tenemos la riqueza cultural que significa la fusión con el viejo mundo. Por nuestras venas corre la sangre del español conquistador, amalgama de varias razas y la sangre también del indio indómito.

Somos herederos de un gran pasado: el tronco fuerte de aztecas, mayas, chichimecas, yaquis, y el injerto español con su gran bagaje cultural.

México es ese majestuoso árbol. El fruto que produzca depende ahora de nosotros.

También somos América, sí, pero en el mundo globalizado del tercer milenio debemos esforzarnos para lograr el ideal de la América solidaria y unida que han soñado nuestros mejores hombres. Tenemos todo para hacerlo, la gran herencia que recibimos con la llegada de los europeos y la riqueza maravillosa que teníamos antes de este arribo.

No somos conquistadores y conquistados, descubridores y descubiertos; somos Latinoamérica. Nacimos en el mismo continente; somos hijos de una misma madre, somos hermanos. Hablamos el mismo idioma, defendemos una misma causa y somos llamados a iguales destinos: la solidaridad, el apoyo subsidiario, la justicia y el logro de armonía entre desiguales, la lucha por la democracia para la libertad.

1028,1029 y 1030

Eso, compañeras y compañeros diputados, es ahora América.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente:

Muchas gracias, diputada María Antonia Durán.

Tiene la palabra para el mismo tema, el diputado Gilberto López y Rivas, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Gilberto López y Rivas:

Hoy se cumplen 507 años de la llegada de Cristóbal Colón a tierras insulares del continente que, por azar, llevaría el nombre de América.

Como toda reflexión en torno a hechos históricos que involucran a millones de seres humanos y marcaron el destino de la formación de las naciones latinoamericanas, el así llamado "descubrimiento", "conquista", "encuentro de dos mundos", no puede ser analizado si no es a partir de nuestro propio presente.

En efecto, América, este inmenso continente invadido y ocupado por Europa, constituye en la actualidad un escaparate de hambruna e injusticias, en el que una minoría de notables puede deleitarse con las exquisiteces culturales originadas en las metrópolis de España, Portugal e Inglaterra y de aquellas excelencias surgidas en las civilizaciones mesoamericanas que son el patrimonio de unos cuantos estudiosos.

Bien, haría Silvio Zavala en contratacar la "ignorancia y el sectarismo" de los que, según él, hacen a un lado los valores de épocas pasadas si éstos fueran rescatados para usufructo de las mayorías y de una realidad en la que expoliación y masacre de indios fuesen ignominias de una historia transcurrida.

Para desgracia de los pueblos indios y para vergüenza de quienes pretenden olvidarlos en los festejos de la efemérides, aquéllos conforman, después de 507 años de acrecentar "riquezas culturales", los sectores más crudamente explotados y más arteramente reprimidos en lo que a condiciones de trabajo, vida, lengua y cultura se refiere; sin mencionar el ámbito referente a territorio, recursos naturales, derechos humanos y políticos en el interior de nuestras naciones.

A pesar de este hecho sociológico incontrovertible, algunos preclaros personajes de las élites intelectuales criollas, tan afectos como son a pensar en términos de "valores" y "legados culturales" en abstracto, se regodean con el espíritu festivo que el estado español y los gobiernos oligárquicos latinoamericanos pretenden imprimir cada año al acontecimiento y escriben sesudos documentos en los que exaltan, en buena prosa castellana, el triunfo del cristianismo sobre la idolatría, la redención de los paganos por occidente. Estas buenas conciencias, que se conmueven de las filigranas y delicadezas de su pasado hispano, consideran de mal gusto referirse a matanzas indiscriminadas, esclavitud, peonaje y a diversas formas de trabajo forzado, a concentración obligatoria de poblaciones, a evangelización a sangre y fuego, a las infinitas formas de violencia ejercidas por los colonizadores, a lo que, en suma, significó la conquista de millones de seres humanos, iniciada en 1492.

En todo caso, como sostiene Alfonso Sastre, la conmemoración de una fecha como ésa, "sólo podría hacerse en términos de acto expiatorio, pues, ante tamaña atrocidad, palidece el mundo de los bellos efectos culturales que se hayan producido en el proceso que por aquéllas fechas se inició. La llamada "cultura hispánica" es un bello efecto de una incalculable tragedia humana que, a poco sentido histórico que tengamos, no podemos olvidar".

No pretendemos con estos argumentos sumarnos a la llamada "leyenda negra" de la España colonial, misma que por cierto fue recreada y difundida por el expansionismo estadounidense durante los siglos XVIII y XIX con el propósito de quedarse una a una con las posesiones españolas en el continente; en todo caso, ninguna empresa de conquista tiene el monopolio del genocidio y la degradación humana. Con todo, no podemos, en aras de una supuesta objetividad histórica, asociarnos en la búsqueda del lado "hermoso" y "positivo" de tales empresas y cantar loas a la misión civilizadora de Europa y sus discípulos en América.

Al final de cuentas, esta conmemoración no es más que la lucha de la memoria contra el olvido, en palabras de Kundera. La recuperación de esta memoria histórica nos sirve para reconocer que los millones de indios que marchan por los caminos de nuestros campos y las calles de nuestras ciudades, siguen en resistencia.

Hoy como ayer, los nuevos cruzados del progreso quieren imponernos, a fuerza de balas y de propaganda, la civilización del "nuevo orden mundial" y de sus expresiones en el ámbito local y regional. Hoy como ayer, en nombre de la modernidad y la globalización hay quienes intentan justificar nuevas invasiones y conquistas. Ya no lo hacen con los arcabuces y las espadas de los primeros conquistadores. Ahora emplean los mecanismos impersonales de la invasión financiera, el endeudamiento de nuestras naciones y la imposición de medidas económicas que sangran la vida de las mayorías nacionales.

A pesar del intento de borrar conceptos incómodos como imperialismo y explotación de clase, es un hecho que las políticas social y financiera de las oligarquías gobernantes forman parte de un proceso planetario de transferencia de la riqueza socialmente producida a una minoría de la población.

Aún hay quienes justifican, como lo hicieron antes los adoradores del culto "encuentro de dos mundos", la movilización de tanques, tropas y artefactos de la parafernalia militar en las comunidades indias del sudeste del país. De acuerdo con esta visión, las tropas y los indios conviven en armonía y buscan juntos la paz y el bienestar. No importa que esas comunidades sufran un cerco de hambre y se cometan abusos y violaciones. No importa que se destruyan los cultivos y se tale la selva para el aterrizaje de helicópteros. No importan los vuelos rasantes. Los grupos de civiles armados, vaya ni siquiera valdría la pena mencionarlos. En esta perspectiva de pensamiento no cabe el uso de términos "políticamente inadecuados" como "guerra", "contrainsurgencia", "militarización", "paramilitares".

El Estado nacional, al igual que el régimen colonial, no ha dejado a los pueblos indios más opción que la resistencia social, política y cultural. El pensamiento oligárquico se mantiene igual al paso de los siglos, tratando de eliminar cualquier deseo de autonomía entre los pueblos indios y ofreciéndoles, a cambio, las cuentas de vidrio de la asistencia social, los proyectos de solidaridad, los bonos del Procampo, las cartas municipales de Acción Nacional las propuestas constitucionales de Zedillo.

Por ello, independientemente de las interpretaciones en torno del significado del 12 de octubre, esta discusión debiera encauzarse, con precisión, hacia la elaboración de un proyecto de rescate y transformación de la nación.

Las luchas actuales de todos nuestros pueblos y la tenaz resistencia de los pueblos indios y afroantillanos, determinan el curso de esta polémica y la direccionalidad de ese proyecto. Los pueblos todavía irredentos de la América Latina nos unimos en demandas similares de justicia, democracia y la forja de una patria para todos. Nos unimos respetando y reconociendo nuestra rica diversidad lingüística y cultural y negándonos a celebrar vasallajes y genocidios. En todo caso, como afirma Eduardo Galeano, "habría que celebrar a los vencidos, no a los vencedores. A los vencidos y a quienes con ellos se identificaron".

Dentro de ese proyecto popular de nación, la problemática de los pueblos indios cobra especial relieve con el reconocimiento de sus derechos históricos como pueblos; esto es, esencialmente, su derecho a la libre autodeterminación, el cual puede expresarse por diversas formas de autonomía que impliquen, entre otras cosas, autogobierno, territorio, uso y posesión de recursos naturales, manejo propio de educación, cultura e instituciones sociales y judiciales, así como el acceso a todos los niveles de representación gubernamental.

Todo lo anterior deberá formar parte integral de los textos constitucionales de nuestros respectivos países, en correspondencia con los alcances logrados, en este terreno, en el derecho internacional y en el caso particular de México, en los Acuerdos de San Andrés.

Así, nuestra perspectiva en torno al 12 de octubre se fundamenta en los problemas actuales y de urgente solución de los pueblos indios; también en una política de alianzas que fortalezca el movimiento democrático popular en su conjunto. Una política de alianzas que reconozca la especificidad de las demandas indias y combata por igual los prejuicios y las prácticas de exclusión que lleven inevitablemente al aislamiento y la atomización de ese movimiento. La idealización del pasado y de las entidades étnicas, puede ser tan dañina como el paternalismo y la discriminación.

En el proceso de lucha podemos ir dirimiendo nuestros diferendos, diluyendo sectarismos y aclarando dudas, pero, sobre todo, descubriendo afinidades. Sin duda, el 12 de octubre, más que absolución o anatema, más que épica o tragedia, se abre como un espacio para la reflexión en torno al pasado, al presente y al futuro de nuestros respectivos pueblos; en torno a cómo hacer realidad las utopías de 507 años de resistencia.

"El 12 de octubre de 1492: la memoria y los significados.- Gilberto Lòpez y Rivas."

El Presidente:

Gracias, diputado Gilberto López y Rivas.

Tiene la palabra para el mismo tema, el diputado Efraín Zúñiga Galeana, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Efraín Zúñiga Galeana:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El descubrimiento de América, fue un acontecimiento que cambió a la historia universal, que revolucionó la geografía y que abrió nuevos horizontes de comunicación entre todos los pueblos del mundo.

La hazaña de Colón, en busca de nuevas rutas marítimas, permitió conocer a un nuevo misterio majestuoso, con vida propia, con hombres y mujeres que trabajaban por impulsar su destino.

Desde ese tiempo, el hombre libre de América luchaba en sus espacios por lograr su redención humana. Luchaba en la placidez de sus valles o en el bronco perfil de sus tierras.
Después del descubrimiento vino el conquistador y con el llego la barbarie, el espadachín a sueldo, el presidiario, gente sin futuro, una estirpe llena de codicia que avasallaba a súbditos, que violaba a doncellas, hombres que despeñaron su epicureísmo vicioso y lascivo.

Cuando llegó el conquistador, nuestra raza no estaba postrada, había levantado ciudades asombrosas; tenían observatorios para medir el tiempo, avanzada astronomía, calendario, escritura, numeración, había una organización social y política, contaban con poetas fecundos y hábiles artistas. Disfrutaban de un sistema educativo y estaban preparados para el trabajo agrícola.

Frente al conquistador surgió Cuauhtémoc, el héroe epónimo, el que merece realmente el homenaje de hoy. Su figura indomable de guerrero sin reposo, emerge de la bruma sigilosa de la leyenda. Su nombre lo pronunciamos con palabras solemnes y amorosas, porque a pesar de haber sido víctima de la barbarie del conquistador, hoy lo vemos como vencedor del tiempo, gracias a su estirpe benemérita.

Elevado exponente de su raza, su vida se convirtió en símbolo de la grandeza de nuestra historia y su vida fue la más honda enseñanza de la patria y su martirio es el más alto lucero en nuestra nacionalidad.

Cuauhtémoc murió joven, como mueren los grandes; su vida fue una rápida ofrenda de luz y su heroísmo ampara a todos los indios en el presente. La conquista se consumó y el indio fue vencido en su defensa. Destruyeron sus templos, humillaron sus dioses y los sometieron a una explotación de siglos. Nos conquistaron a nombre de la civilización y de la cultura y por ella, por la cruz, así acabaron con lo que a la postre pudo haber sido la civilización mexicana.

Fray Bartolomé de las Casas, defensor y benefactor de los indígenas, condenó con vehemencia el exterminio, la explotación despiadada e inhumana, la rapiña insaciable, la crueldad aberrante. Los indios, los que quisieron mantenerse libres, los que defendieron la pureza de su raza, los que no quisieron ser esclavos, los que se negaron a ser sometidos se fueron a las regiones más inhóspitas, a las agrestes montañas, huyeron del encomendero español y ahí se mantienen limpiamente libres.

1031,1032 y 1033

Hoy, a 507 años del Descubrimiento de América, el indio vive rezagos centenarios; sufre la marginación, la pobreza y el racismo. De 10 millones de indígenas el 40% es analfabeto y el 60% de sus pueblos carecen de servicios, su salud está quebrantada, padecen diarreas y enfermedades respiratorias como consecuencia de la patología de la pobreza.

Cuando los miembros de la Comisión de Asuntos Indígenas de esta Cámara hemos recorrido las principales regiones indígenas del país, hemos expresado nuestra preocupación por la pobreza en que viven; hemos protestado porque la explotación forestal de la sierra Tarahumara o de la región de los chimalapas, nos sirva para enriquecer a unos cuantos y sólo deje depredación y miseria en la vida de los pueblos indios.

Nos duele que las tierras de los yaquis estén rentadas o estén vendidas y que en la sierra de Puebla sea difícil la comunicación. Cuando vemos caminar descalzos a los indígenas sobre las piedras de sus montañas, famélicos y sin esperanzas, decimos que es urgente que el Gobierno profundice su política social para dar una respuesta a las demandas de quienes por siglos han estado olvidados, engañados, reprimidos.

¡Ojalá que en el Senado de la República no se detenga más el dictamen de reformas constitucionales sobre derechos y cultura indígena! Hacemos votos porque pronto tengamos una respuesta en ese tema.

Aprobar nuevas reformas constitucionales no cambiara la situación de los indígenas de la noche a la mañana. Pero nos permitirá crear un nuevo orden jurídico que cambie sus condiciones de vida, un nuevo orden jurídico que cambie sus leyes agrarias, de salud, de educación. Tenemos que impulsar la remunicipalización del país con leyes más flexibles y más justas que propicien una vida democrática más sana.

Los indígenas reclaman sus municipios, ya no quieren ser gobernados por ladinos, por yoris o por chaboch. Quieren gobiernos auténticos en los territorios indígenas; quieren gobiernos indígenas.
Aquí hacemos votos porque esta Legislatura del Congreso de la Unión legisle en favor de los indígenas, por su estabilidad política, por la paz en las comunidades indígenas; que legislemos para abrirle a los indígenas de México nuevos caminos de esperanza.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Efraín Zúñiga Galeana.

Ha concluido el primer turno de posicionamiento de los grupos parlamentarios y tengo inscritos para hechos a los siguientes diputados: Marcelino Díaz de Jesús, del Partido de la Revolución Democrática; Artemio Caamal Hernández, del Partido Revolucionario Institucional y Cuauhtémoc Salgado Romero, del Partido Revolucionario Institucional.

Tiene la palabra el diputado Marcelino Díaz de Jesús.

El diputado Marcelino Díaz de Jesús:

(Teotlaki tohnihuan huehuetlatonanis, nikan nikuahki ce tlatohle tlen kitohua to yohlo.

¡Okihuihuitlake to tlakihlotl, okitehke to tlacotl mahuan, okitlahtike to cuahuzontetl, iwan xowel okimiktike to nehayolhuan!)*

¡Buenas tardes, hermanos diputados, señoras y señores de la gran palabra! Aquí traemos unas palabras que dice nuestro corazón:

¡Arrancaron nuestros frutos, cortaron nuestras ramas, quemaron nuestro tronco, pero no pudieron matar nuestras raíces!

Vengo ante esta tribuna, la más alta de la nación, a hacer escuchar la voz de los pueblos indígenas, organizados en la Asamblea Nacional Indígena Plural por la Autonomía, hoy Agrupación Política Nacional, que a su vez es miembro del Congreso Nacional Indígena, que hoy hacen escuchar su voz en el Zócalo de esta ciudad y en los próximos días tal vez los tendremos aquí afuera en el Congreso de la Unión.

Venimos aquí para decir que nosotros, los pueblos indígenas, que en este país aún seguimos esperando solución a nuestras añejas demandas, venimos a decir que la realidad es necia, ya que se niega a borrar nuestra existencia.

La historia es terca y persistente y contra todos aquellos que pretenden ocultar nuestra existencia en la actual realidad nacional, irremediablemente se dan cuenta que es imposible lograrlo, cuando existimos en este país más de 16 millones de indígenas herederos de las grandes culturas de nuestros ancestros, viviendo en extrema miseria.

Vivimos hoy arrinconados en nuestras montañas, en nuestros valles, en nuestros desiertos, en las selvas, a la orilla de nuestros ríos y nuestros lagos, ahí donde es difícil hacer florecer la vida, ahí donde sólo llegan las cámaras de televisión cuando se desgajan los cerros y desaparecen completos nuestros pueblos por las torrenciales lluvias. Ahí donde se nos vienen encima nuestras miserables casas por los recientes temblores. ¡Ahí donde, por cierto, no tenemos que venir a pedir un minuto de silencio por esos muertos, si venimos a exigir justicia!

Vivimos ahí o más bien estamos sobreviviendo ahí. Ahí donde no han podido destruir nuestras culturas a pesar de los intentos infructuosos de los invasores europeos desde hace más de 500 años.

Vivimos ahí, conservando nuestras lenguas, nuestras tradiciones, nuestras costumbres, nuestras formas de impartir justicia, con nuestra propia espiritualidad e identidad. Con nuestra cosmovisión indígena. Vivimos ahí, orgullosos y llenos de dignidad, desde donde venimos a gritar en esta tribuna, que a pesar de tanta masacre, de tanta marginación y olvido. ¡A 507 años después, aquí estamos, vivos; seguimos resistiendo!

Desde 1992 la historia ha cambiado para los pueblos indígenas de México. Nunca más será El día de la Raza, considerado así por la visión colonizadora. Valdría preguntarse entonces, ¿de cuál raza? Por el contrario, desde ese año hemos venido considerando este día como el día de la dignidad y la resistencia de los pueblos indios.

¡Nada tenemos que agradecer en este día, porque nada se nos ha dado gratis, cuando es que algo se nos ha dado!
Por el contrario, hoy venimos a reclamar desde esta tribuna la falta de reconocimiento a nuestros derechos y cultura indígena por tantos siglos negados. La lucha de nuestros pueblos por el reconocimiento pleno de nuestros derechos data desde hace muchísimos años.

El reconocimiento pleno al ejercicio de la libre determinación, expresada a través de la autonomía, es un imperativo que en diferentes formas la expresan nuestros pueblos y la ejercen de facto, a pesar de que con esas prácticas en los hechos vivimos al margen de la ley, dado que estos derechos aún no están reconocidos en nuestra Constitución, a pesar de tanta lucha de tanta sangre, de tanto sufrimiento, de tanto dolor y de tantos muertos entregados en los diferentes momentos históricos y en las diferentes trincheras, hasta culminar con el levantamiento indígena del 1o. de enero de 1994 en Chiapas.

Con ese levantamiento se logró colocar al movimiento indígena en el centro del debate político nacional y con ello se inició un diálogo que culminó con los Acuerdos de San Andrés, firmados por nuestro gobierno el 16 de febrero de 1996. En ellos, expresamente se acepta que dichos acuerdos serán enviados a las instancias legislativas para que de ellas emanen nuestros derechos reclamados en la mesa uno de los diálogos de paz en San Andrés Sacamchén de los pobres. Por ello, la Cocopa se abocó a elaborar la iniciativa de Ley sobre Derechos y Cultura Indígena, la cual hasta este momento no ha sido aprobada, dada la cerrazón del Gobierno mexicano, que ahora se desdice de su palabra y todavía más: de la firma estampada en los Acuerdos de San Andrés, y decide unilateralmente enviar al Senado de la República una contrapropuesta de iniciativa de Ley sobre Derechos y Cultura Indígena el 14 de marzo de 1998, iniciativa ésta que de ninguna manera traería aparejada la paz para nuestros pueblos indígenas, dado que ésta no obedece ni recoge el espíritu esencial de los Acuerdos de San Andrés.

Instamos, desde esta tribuna, a que en relación a los Acuerdos de San Andrés el Ejecutivo Federal se ciña a lo que en el derecho positivo internacional se conoce como el principio de pacta sun servanda, que dice: "lo que se firma, se cumple", señor Presidente. Exigimos al presidente Ernesto Zedillo Ponce de León que honre su palabra.

Por razones de tiempo, voy a decir solamente que la falta de desarrollo en nuestros pueblos, la pobreza extrema en la que se debaten nuestros pueblos, hace necesario que se destine un fondo especial a través de la creación del Fondo Nacional para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas, que podríamos poner un recurso de hasta un 10% del gasto destinado para el gasto de desarrollo social.

Señoras y señores diputados: también vengo hasta esta tribuna para denunciar que nuestros pueblos indígenas más apartados continúan bajo el acoso sistemático y persistente del Ejército mexicano, principalmente en las comunidades indígenas de los estados de Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Hidalgo y Veracruz, quienes viven en la zozobra permanente, dado que con la presencia militar viene aparejada la muerte, la violación a nuestras mujeres, la destrucción de nuestras cosechas y quema de nuestras casas en algunos lugares; tal es el caso de barrio Nuevo San José, donde el 20 y 21 de abril de este año el Ejército mexicano asesinó a una persona de 28 años y a un niño de 12 años, violó a una mujer de 33 años y a una abuela de 50 años.

¡Ahí estuvimos una comisión plural de diputados integrada por uno del PAN, otro del PRI y su servidor y ahí pudimos recoger el testimonio y pudimos darnos cuenta que el Ejército mexicano, argumentando el combate al narcotráfico, masacra a nuestros hermanos indígenas; ahí están las denuncias ya puestas en la Comisión Nacional de Derechos Humanos, ante las instancias correspondientes y no ha ocurrido nada; ahí están nuestros muertos, ahí están nuestras mujeres violadas; están esperando ahí! La pregunta es: ¿hasta dónde y hasta cuándo?

Gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Marcelino Díaz.

Tiene la palabra el diputado Artemio Caamal Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Artemio Caamal Hernández:

Con su permiso, señor Presidente; honorable Asamblea Legislativa:
¿Qué cuentas entregará esta legislatura a los indígenas de México al terminar su gestión?

Creo que todas las organizaciones políticas están comprometidas con el otro México, con el México del que todos hablan hoy día y que en la mayor de las veces nos utilizan como folclor en los actos políticos, sociales y culturales, para presumir de nuestra identidad.

¡Este México poco a poco, como gigante dormido, empieza a moverse, es el México indígena! ¡Por eso, en México, reitero, no hay pueblos indios, no hay indios, habremos mayas, tojolabales, zapotecos, yaquis, 56 grupos más! ¡Por eso, 12 de octubre no venimos a celebrar ni a dar festejos, nos recuerda una época de etnocidio, de ultrajes!

¡Venimos a hablar de los indígenas de México, no de los indios! ¡Es el México que lucha por construir un nuevo pacto social con los gobiernos en todos sus niveles; son las nacionalidades étnicas que con sus ricas experiencias sobreviven y luchan como todos los grupos sociales, pero con una profunda desigualdad de oportunidades por elevar los niveles de vida de su población en general, a fin de contrarrestar los dramáticos efectos de la pobreza! ¡Es el México indígena que ya está cansado de recibir dádivas, proyectos, programas indigenistas, pensados con una mentalidad occidental y que el tiempo ha demostrado que poco o en nada nos ha beneficiado!

¡Queremos, eso sí, demostrar que con nuestra acción, con la perseverancia que nos caracteriza, imprimir o participar en la nueva realidad o en el nuevo rumbo que el país necesita para seguir avanzando! ¡Nos alienta la sabia de nuestra propia historia y la identidad que nos distingue, construidos por ejemplos muchos de ellos ignorados, como los sacrificios de Moshcobó, de Jacinto Caneg y de Cecilio Chi, entre los mayas; de Cuauhtémoc, entre los aztecas; de Cajeme y Tatadiate entre los yaquis; todos ellos en esta tierra y por esta tierra nos enseñaron que todos y cada uno de nosotros, sin importar credos, ideologías o posición social, somos en mucho protagonistas de nuestro propio proyecto de nación!

Por esta razón convoco desde está tribuna para que al margen de la Comisión de Asuntos Indigenistas, así entre comillas, de esta legislatura, los diputados de las contadas etnias que

1034,1035 y 1036

forman parte de esta honorable Asamblea, que en la mayor de las veces hablamos el mismo lenguaje, pensamos en el mismo proyecto de nación que demandan nuestros pueblos, podemos unir voluntades para promover o impulsar toda iniciativa que beneficie a nuestros pueblos, en forma especial la de los derechos y cultura indígena.

Insistamos en promover una auténtica política indígena demandando la desaparición de políticas indigenistas que poco han hecho por nuestros pueblos, que los legisladores indígenas con la frente en alto, con la dignidad que aprendimos de nuestros pueblos, dentro del marco de la pluralidad y sin temor, sumemos voluntades para que la voz de las 56 etnias encuentren eco en este recinto.

Si este llamado no es atendido, estoy convencido que el eco traspasará estos muros y llegará a nuestros pueblos que en medio de su dolor entreabrirá los ojos y semiconscientes se moverá como una señal para recordarnos lo que un indígena zapoteco, el más grande desde entonces, nos dijera: "nadie hará por nosotros, lo que nosotros mismos no podamos hacer", Benito Juárez.

Reitero que los indígenas no queremos tratos preferenciales, vergonzantes o indignantes, la cruda situación del medio indígena no se resolverá por reclamos periodísticos, manipulaciones, imposiciones o con políticas ajenas a nuestra idiosincrasia.

Por esta razón, poco a poco las nacionalidades étnicas están haciendo a un lado la apatía, la indiferencia y nuestros pueblos están perdiendo el miedo que representa involucrarse en los cambios y en la vida democrática de esta gran República que no puede seguir ignorándonos.

¿Qué cuentas entregará esta legislatura a las 56 etnias y nosotros como legisladores indígenas qué les diremos? Las iniciativas a favor de nuestros pueblos no pueden ser solamente en el criterio o en la decisión de las cúpulas de cada fracción parlamentaria. Al final de otro sexenio y en vísperas del tercer milenio ¿cuál es el porvenir de las 56 etnias? Que la conciencia de cada legislador al mirar la marginación social de nuestros pueblos sea la que responda.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Artemio Caamal.

Tiene la palabra el diputado Cuauhtémoc Salgado Romero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Cuauhtémoc Salgado Romero   (desde su curul):

Declino, señor Presidente.

El Presidente:

Declina el diputado Cuauhtémoc Salgado Romero y entonces queda agotada la lista de oradores.

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.

ITALIA. REPUBLICA DE CHILE

La secretaria María Guadalupe Sánchez
Martínez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.-- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a ésta de Gobernación, solicitando se tramite ante el honorable Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere el artículo 37 inciso c párrafo II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas que se cita a continuación, puedan prestar sus servicios al gobierno extranjero que se menciona: María Concepción España Gómez, empleada administrativa en la Embajada de Italia en México; Guadalupe Grimaldo Cerón, auxiliar aseadora; Rogelio Solís Torres, encargado del centro de documentación; Arturo Bejero Ramírez, chofer y auxiliar de archivo, en la Embajada de Chile en México.

Por lo anterior, me permito anexar copias certificadas de las actas de nacimiento que acreditan la nacionalidad mexicana de dichas personas y los escritos en que solicitan se realicen los trámites correspondiente, curriculum vitae, así como las notas diplomáticas para el caso de los de la Embajada de Chile.

Agradezco a ustedes su atención a la presente reiterándoles las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 5 de octubre de 1999.- Por acuerdo del Secretario.- Por el director general de gobierno, Sergio Orozco Aceves.»

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.


COMERCIO EXTERIOR

El Presidente:

Concluido el punto del orden del día, pasaremos a la siguiente iniciativa de los diputados.

Tiene la palabra el diputado Joaquín Montaño Yamuni, del grupo parlamentario de Acción Nacional, para presentar una iniciativa que adiciona el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Joaquín Montaño Yamuni:

Con el permiso del señor Presidente; compañeros diputados; ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.

«El suscrito, diputado a la LVII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción II y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 55 fracción II, del Reglamento Interior del Congreso General, somete a la Cámara de Diputados, la iniciativa de decreto que reforma y adiciona el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de procurar un sano equilibrio entre los poderes de la Unión y fortalecer al Poder Legislativo Federal.


EXPOSICION DE MOTIVOS

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contiene principios fundamentales que definen nuestra forma de gobierno, entre los que destaca el relativo a la división de poderes. Sin embargo, tal división sólo ha estado, por regla general, escrita en la ley.

En abierta oposición con la realidad, el jefe del Poder Ejecutivo no cumple con la facultad que el Congreso de la Unión le otorgó para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación expedidas por el propio Congreso y para crear otras, así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional o de realizar cualquier otro propósito en beneficio de la nación.

El ejercicio de esta facultad constitucional del Congreso de la Unión, hoy día delegada al titular del Poder Ejecutivo Federal, se remonta a la Constitución de Cádiz de 1812 y hasta la de 1917, pasando por las diferentes versiones de norma fundamental, incluyendo el decreto de Apatzingán de 1814, la Constitución de 1824, la versión de 1836, los proyectos de 1842, las bases orgánicas de 1843, la de 1857 y finalmente, la vigente de 1917. En todos los diferentes textos de las diversas constituciones que han estado vigentes en nuestro país, las facultades para definir las regulaciones del comercio exterior, establecer aranceles y celebrar arreglos con potencias extranjeras sobre esta materia, ha sido facultad reservada a la representación popular (Congreso de la Unión) y no al gobierno, entendiendo por este último el que se deposita en el Poder Ejecutivo.

Tanto en las cortes, como en el Supremo Congreso, en el Congreso General o en el Congreso Federal, en todos los casos se consideró como facultad de los representantes populares integrantes del Poder Legislativo, la de fijar y expedir los aranceles que debían aplicarse al comercio exterior, encomendándose a la rama ejecutiva del gobierno la función de recaudar dichos impuestos.

Esta tradición constitucional fue recogida en 1917 al redactarse el texto definitivo de la vigente norma fundamental e incluyó el artículo 131, que en su versión original, textualmente señala:

Artículo 131. Es facultad privativa de la Federación gravar las mercancías que se importen o exporten o que pasen de tránsito por el territorio nacional, así como reglamentar en todo tiempo y aun prohibir, por motivos de seguridad o de policía, la circulación en el interior de la República de toda clase de efectos cualquiera que sea su procedencia; pero sin que la misma Federación pueda establecer ni dictar en el Distrito Federal los impuestos y leyes que expresan las fracciones VI y VII del artículo 117.

Como apoyo al Ejecutivo Federal para que pudiera impulsar "eficientemente" la política de sustitución de importaciones, en 1951 se adicionó al artículo 131 de la Constitución con un párrafo segundo que hasta el día de hoy forma parte de su texto.

La adición tuvo como objeto, permitir que el ejecutivo estuviera facultado por el Congreso para regular el comercio exterior, la economía del país, pero sobre todo la estabilidad de la producción nacional, en beneficio del país y modificar las medidas arancelarias y no arancelarias tendientes a la regulación del comercio exterior.

Dichas modificaciones pueden expresarse en aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio Congreso y para crear otras, así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos.

Si bien es cierto que la reforma constitucional de 1951 ratificó el principio de que originalmente la facultad de regular el comercio exterior del país mediante la utilización de las medidas arancelarias y no arancelarias, corresponde de manera exclusiva al Congreso de la Unión y sólo por excepción, cuando el órgano Legislativo lo estime conveniente, para los efectos previstos en el propio ordenamiento constitucional, podrá facultarse al Ejecutivo para que, cuando se estime urgente, sea él y no el Congreso quien defina el tratamiento arancelario y no arancelario que se dará a las operaciones de comercio exterior en nuestro país.
En todo caso, el Ejecutivo queda obligado a informar al Congreso anualmente sobre el uso que hubiese hecho de la facultad concedida y el Congreso debe calificar la actuación del Ejecutivo cerciorándose de que efectivamente se haya utilizado dicha facultad para enfrentar casos de urgencia debidamente justificados, sujetando, la autorización a renovación anual por la cual el Ejecutivo Federal únicamente puede hacer uso de la facultad extraordinaria que se le concedió, cuando se considere urgente y justificado.

Lo que consecuentemente obliga al Ejecutivo Federal a informar anualmente al Congreso de la Unión sobre el uso que hubiese hecho de la facultad concedida, para que este órgano Legislativo a revise el alcance de la autorización concedida y el uso que hubiese hecho de la misma y que con base en este conocimiento y previa su aprobación, el Congreso decida sobre la pertinencia de prorrogar la misma o simplemente no renovarla y reasumir para sí la facultad que originalmente le encomienda el propio artículo 131 constitucional. Por lo que:

CONSIDERANDO

1. Que el elemento urgencia en que debe justificarse y fundamentarse el ejercicio de la facultad concedida, se convierte en una obligación a cargo del Ejecutivo Federal en razón de que dicha obligación constitucional en cada ocasión en la que haga uso de la facultad extraordinaria concedida por el Congreso, modificando los aranceles y las medidas no arancelarias aplicables al comercio exterior, debe expresar los hechos y las razones por los que considera urgente adoptar una medida arancelaria o no rancelaria para regular el comercio exterior;

2. Que la adopción de una medida arancelaria o no arancelaria en la que el Ejecutivo Federal no exprese los hechos por los que considere que es urgente adoptar dicha medida, provoca que la medida así adoptada carece de fundamento constitucional, ya que el Ejecutivo está excediéndose en los límites de la facultad concedida por el Congreso;

3. Que es inaceptable el ejercicio de las funciones públicas, donde las decisiones se tomen en forma circunstancial y unilateralmente. Hoy, en cualquier estado moderno, es imperativo planear adecuadamente las líneas generales a que deba sujetarse la administración pública;

1037,1038 y 1039

4. Que considerando que estamos ante una oportunidad histórica para discutir y aprobar cambios de fondo, encaminados a democratizar al Estado mexicano, sus poderes e instituciones, para finalmente hacer que la letra y el espíritu de la ley sean armónicas con la realidad y las prácticas que nos conduzcan a un verdadero estado de derecho.

Consecuentemente presento:

INICIATIVA DE DECRETO

Por el que se adiciona el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo primero. Se adiciona el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su párrafo segundo para quedar como sigue:

Artículo 131. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Primer párrafo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Segundo párrafo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

El Ejecutivo podrá ser facultado por el Congreso de la Unión para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio Congreso y para crear otras, así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional o de realizar cualquier otro propósito, en beneficio del país. El propio Ejecutivo al enviar al Congreso el presupuesto fiscal de cada año, someterá a su aprobación el uso que hubiese hecho de la facultad concedida. Para lo cual el Congreso de la Unión podrá aprobar en dictámenes sectoriales de los productores nacionales, que contendrán un análisis de la repercusión del uso de la facultad delegada al Ejecutivo.

Artículo segundo. Se adiciona con un tercer párrafo al artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 131. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Primer párrafo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Segundo párrafo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Tercer párrafo. Al restringir, prohibir, autorizar o permitir importaciones y exportaciones, el Ejecutivo deberá consultar a los productores nacionales a través de las organizaciones que los agrupen y representen, con el fin de que se determine la necesidad y utilidad de la medida, con el fin de cuidar y evitar causar un daño a la producción nacional. Esta facultad, en ningún momento podrá ser utilizada con el fin de permitir la importación de mercancías, para abastecer al mercado nacional con mercancía cuyo abasto se encuentre suficientemente asegurado con la producción nacional.

ARTICULO TRANSITORIO

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Señores diputados: presento esta iniciativa de cara a la nación, utilizando los cauces constitucionales y privilegiando la instancia parlamentaria por ser precisamente en ella donde esperamos participar en un análisis y debate constructivo, asumiendo que de la pluralidad de este Congreso, puedan surgir otras ideas que enriquezcan esta propuesta.

Muchas gracias.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 septiembre de 1999.- Diputado Joaquín Montaño Yamuni.»

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado Montaño.

Podría entregarnos en la Secretaría la iniciativa.

Túrnese a las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Hacienda y Crédito Público.

LEY DE COMERCIO EXTERIOR

El Presidente:

Tiene la palabra el mismo diputado Joaquín Montaño Yamuni, del grupo parlamentario de Acción Nacional para presentar una iniciativa de reformas y adiciones a diversos artículos de la Ley de Comercio Exterior.

El diputado Joaquín Montaño Yamuni:

Gracias, señor Presidente:

Debido a que la iniciativa que reforma y adiciona la Ley de Comercio Exterior está publicada en la Gaceta Parlamentaria, voy a permitirme en forma breve puntualizar y precisar el articulado de dichas reformas y adiciones.

«Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.

El suscrito, diputado a la LVII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción II y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 55 fracción II, del Reglamento Interior del Congreso General somete a la Cámara de Diputados, la presente iniciativa de reforma y adiciones a diversos artículos de la Ley de Comercio Exterior.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Al revisar el artículo 4o. de la Ley de Comercio Exterior, en sus diferentes fracciones, se percata de que, al hacer uso de la posibilidad incorporada en el segundo párrafo del artículo 131 constitucional, se otorgó al Ejecutivo Federal facultades para crear, aumentar, disminuir y suprimir aranceles, mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido por el artículo 131 de la Constitución. Sin embargo, a pesar de la condición que se incorpora en el texto de la fracción I del artículo 4o. de la Ley de Comercio Exterior, al señalarse que la facultad concedida al Ejecutivo Federal debe de ejercitarse de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 131 constitucional; por lo que es evidente que no se incluyó expresamente la condición de.que en todo caso el ejercicio de esta facultad extraordinaria sólo se justifica constitucionalmente cuando se trate de casos de urgencia para alcanzar los objetivos señalados en el propio texto constitucional y no en todos los casos o en los casos ordinarios que no califican como urgentes.

Tan es así, que en la práctica, ninguno de los decretos expedidos por el Ejecutivo Federal, a través de los cuales se modifican los impuestos de importación o de exportación (aranceles), se ha invocado situaciones de urgencia que justifiquen la medida modificadora de los aranceles. Es decir, el Ejecutivo Federal ha dado por hecho que la modificación de aranceles puede llevarla a cabo en cualquier momento y no únicamente cuando lo estime urgente, violentando con esta conducta el sentido expreso del mandato constitucional.

Diferente situación se presenta en la fracción II del artículo 4o. de la Ley de Comercio Exterior, a través de la cual se faculta al Ejecutivo Federal para regular, restringir o prohibir la exportación, importación, circulación o transito de mercancías, cuando lo estime urgente, mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con el artículo 131 de la Constitución. Es decir, la condición que se introdujo en el segundo párrafo del artículo 131 constitucional, en lo relativo a la consideración de urgencia, únicamente es aplicable tratándose de las medidas de regulación, restricción y prohibición que se establezcan con relación a la exportación e importación de mercancías y no cuando se trate de modificaciones a los impuestos de importación.

Cabe preguntarse por que se consideró que las modificaciones a los impuestos de importación y exportación establecidos en las leyes correspondientes, podría llevarlas a cabo el Ejecutivo Federal sin tener prácticamente ninguna limitación y desde luego sin observar la condición de urgencia establecida en el segundo párrafo del artículo 131 constitucional y en cambio, tratándose del establecimiento de medidas para regular, restringir o prohibir la exportación, la importación, circulación o tránsito de mercancías, si se condicionó al Ejecutivo Federal a la consideración de urgencia.

Sin embargo, independientemente de la formula incorporada en el artículo 4o. fracción I de la Ley de Comercio Exterior, el Ejecutivo Federal está obligado por mandato de la Constitución (segundo párrafo del artículo 131), a señalar e invocar consideraciones de urgencia en cada ocasión en la que haga uso de la facultad de modificar los impuestos de importación o exportación, ya que la propia Constitución no distingue entre las facultades de modificación arancelaria y las facultades de regulación del comercio exterior en relación con la condición de que únicamente ejerza dichas facultades el Ejecutivo Federal, cuando lo estime urgente y no en otras condiciones.

Resulta aún más delicado el caso de la fracción III del artículo 4o. de la Ley de Comercio Exterior, la cual faculta nuevamente al Ejecutivo Federal para establecer medidas para regular o restringir la exportación o importación de mercancías a través de acuerdos expedidos por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial o, en su caso, conjuntamente con la autoridad competente y publicados en el Diario Oficial de la Federación. Como se puede observar, la facultad concedida en la fracción III del artículo 4o., resulta prácticamente la misma que la concedida en la fracción II del propio artículo 4o., específicamente por lo que se refiere a regular o restringir la exportación o la importación de mercancías. Sin embargo, en este último caso (fracción III), la facultad concedida puede ejercerla por conducto del Secretario de Comercio y Fomento Industrial y no necesariamente en forma directa el titular del Ejecutivo Federal, situación que contradice el mandato contenido en el artículo 80 constitucional, que expresamente dispone que: "el supremo Poder Ejecutivo de la Unión se deposita en un solo individuo que se denominará "Presidente de los Estados Unidos Mexicanos".

Adicionalmente, se observa que la facultad concedida al Secretario de Comercio y Fomento Industrial, independientemente de que carece de sustento constitucional, es más amplia que la que se concede al propio titular del Ejecutivo Federal, ya que mientras a éste funcionario se le limita el ejercicio de la facultad de regular o restringir las exportaciones y las importaciones a casos que se estimen de urgencia, tal como lo establece la fracción II del artículo 40 de la ley, al Secretario de Comercio y Fomento Industrial se le otorga la misma facultad que al Presidente de la República, sólo que al Secretario no se le limita el ejercicio de la misma a los casos que se estimen urgentes, sino que tal como está redactada la fracción III del propio artículo 4o., el Secretario de Comercio y Fomento Industrial puede ejercer la facultad de regular o restringir la importación y exportación de mercancías, siempre que lo considere conveniente u oportuno, aunque no necesariamente se trate de situaciones de urgencia.

Esta observación se refuerza con la lectura de la fracción III del artículo 5o. de la propia Ley de Comercio Exterior, a través de la cual se faculta expresamente al Secretario de Comercio y Fomento Industrial para: "estudiar, proyectar, establecer y modificar medidas de regulación y restricción no arancelaria a la exportación, importación, circulación y tránsito de mercancía. Es decir, para el Secretario de Comercio y Fomento Industrial prácticamente no existen límites para el ejercicio de una facultad que originalmente le corresponde al Congreso de la Unión y que por mandato constitucional es posible delegarla en el Ejecutivo Federal, con las limitaciones incorporadas en el propio texto constitucional. Parece evidente que la delegación de estas facultades en favor del Secretario de Comercio y Fomento Industrial, contenidas en las fracciones III del artículo 4o. y III del artículo 5o. de la Ley de Comercio Exterior, rebasan en mucho los límites que el Congreso de la Unión introdujo al adicionar el segundo párrafo al artículo 131.

El ejercicio de las facultades legislativas extraordinarias a que se refiere el segundo párrafo del artículo 131 constitucional, que el Congreso de la Unión puede otorgar al Ejecutivo Federal, mediante un acto legislativo ordinario que en el caso concreto lo es la Ley de Comercio Exterior, debe encomendarse exclusivamente al titular del Ejecutivo Federal y no deberían encomendarse al Secretario de Comercio y Fomento Industrial, ya que de la lectura de los artículos 49 y 131 de la propia Constitución se desprende que la intención fue la de permitir que el Congreso de la Unión autorizara al titular del Ejecutivo Federal para ejercer facultades típicamente legislativas, con objeto de que pudiera enfrentar casos de urgencia en el logro de los objetivos que la propia disposición constitucional establece.

En todo caso, cuando el Ejecutivo Federal haga uso de las facultades que le otorgue el Congreso de la Unión derivados del segundo párrafo del artículo 131 constitucional, debería expresar que se trata de enfrentar casos de urgencia necesarios para alcanzar los objetivos previstos en el propio texto constitucional.

1040,1041 y 1042

 

                       

Las fracciones terceras de los artículos 4o. y 5o., de la Ley de Comercio Exterior resultan contrarias al texto y al espíritu del segundo párrafo del artículo 31 de la Constitución, al otorgarle facultades de regulación y restricción de las importaciones y exportaciones al Secretario de Comercio y Fomento Industrial, inclusive en términos más favorables y liberales que las facultades que se le otorgan al titular del Ejecutivo Federal.

En este sentido y como consecuencia de lo anterior, someto ante esta Cámara de Diputados la siguientes adiciones y modificaciones al texto de la Ley de Comercio Exterior:

Para quedar como sigue: Artículo 4o. Dice:

El Ejecutivo Federal tendrá las siguientes facultades:

I. Crear, aumentar, disminuir o suprimir aranceles, mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II. Regular, restringir o prohibir la exportación, circulación o tránsito de mercancías, cuando lo estime urgente mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación, con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

III. Establecer medidas para regular o restringir la exportación o importación de mercancías a través de acuerdos expedidos por la Secretaría o, en su caso conjuntamente con la autoridad competente, y publicados en el Diario Oficial de la Federación;

IV. Establecer medidas para regular o restringir la circulación o tránsito de mercancías extranjeras por el territorio nacional procedentes del y destinadas al exterior a través de acuerdos expedidos por la autoridad competente y publicados en el Diario Oficial de la Federación;

V. Conducir negociaciones comerciales internacionales a través de la Secretaría, sin perjuicio de las facultades que correspondan a otras dependencias del Ejecutivo Federal y

VI. Coordinar, a través de la Secretaría, la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de los estados en las actividades de promoción de comercio exterior, así como concertar acciones en la materia con el sector privado.

Adición: I a la VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VII. Respecto de las fracciones II y III el Ejecutivo deberá de consultar a los productores nacionales por medio de las organizaciones representativas de los mismos, con el fin de que se determine antes de realizar cualquier acción, la necesidad y utilidad de permitir o restringir la entrada o salida de mercancías. La consulta a los productores deberá ser especialmente obligatoria en los casos en que se decida respecto de la ampliación de los montos de cupo negociados en los tratados internacionales de los que México sea parte.

Artículo 5o. Dice:

Son facultades de la Secretaría:

I. Estudiar, proyectar y proponer al Ejecutivo Federal modificaciones arancelarias;

II. Tramitar y resolver las investigaciones en materia de medidas de salvaguarda, así como proponer al Ejecutivo Federal las medidas que resulten de dichas investigaciones;

III. Estudiar, proyectar, establecer y modificar medidas de regulación y restricción no arancelarias a la exportación, importación, circulación y tránsito de mercancías;

IV. Establecer las reglas de origen;

V. Otorgar permisos previos y asignar cupos de exportación e importación;

VI. Establecer los requisitos de mercado de país de origen;

VII. Tramitar y resolver las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional, así como determinar las cuotas compensatorias que resulten de dichas investigaciones;

VIII. Asesorar a los exportadores mexicanos involucrados en investigaciones en el extranjero en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda;

IX. Coordinar las negociaciones comerciales internacionales con las dependencias competentes;

X. Expedir las disposiciones de carácter administrativo en cumplimiento de los tratados o convenios internacionales en materia comercial de los que México sea parte;

XI. Establecer mecanismos de promoción de las exportaciones y

XII. Las demás que le encomienden expresamente las leyes y los reglamentos.

Modificación:

I a la IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Otorgar permisos previos y asignar cupos de exportación e importación; en cuanto a los cupos, la Secretaría deberá consultar a los productores nacionales a fin de determinar, antes de asignar cupo alguno, la necesidad del mercado y la utilidad pública de otorgar cupos de importación o exportación que superen las cantidades negociadas en tratados de los que México sea parte.

Dice:

Artículo 6o. La Comisión de Comercio Exterior será órgano de consulta obligatoria de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en relación con las materias a que se refieren las fracciones I a la V del artículo 4o. de esta ley. Esta comisión estará encargada de emitir opinión en los asuntos de comercio exterior, de conformidad a lo establecido en la presente ley.

La Comisión de Comercio revisará periódicamente las medidas de regulación y restricción al comercio exterior que se encuentren vigentes, a fin de recomendar las modificaciones a que haya lugar. Además podrá celebrar audiencias públicas con los interesados.

Modificación al artículo 6o.:

Artículo 6o. La Comisión de Comercio Exterior será órgano de consulta obligatoria de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en relación con las materias a que se refieren las fracciones I a la V del artículo 4o. de esta ley. En cuanto a las fracciones II y III del artículo 4o. y respecto al artículo 23 de la presente ley, la comisión integrará comités sectoriales consultivos, integrados por las organizaciones que agrupen y representen a los productores nacionales que correspondan, dichos comités examinarán la necesidad y utilidad de las ampliaciones de los montos de los cupos de importación y de exportación a asignar. Esta comisión estará encargada de emitir opinión en los asuntos de comercio exterior de conformidad a lo establecido en la presente ley.

Dice:

Artículo 8o. La Presidencia y el secretariado técnico de ambas comisiones estarán a cargo de la Secretaría. El Ejecutivo Federal determinará dependencias, entidades y organismos que integrarán cada comisión y reglamentará su funcionamiento.

Modificación al artículo 8o.

Artículo 8o. La Presidencia y el secretariado técnico de ambas comisiones estarán a cargo de la Secretaría. El Ejecutivo Federal determinará dependencias, entidades y organismos que integrarán cada comisión y reglamentará su funcionamiento, siendo necesario que los comités sectoriales consultivos de dicha comisión sean integrados por organismos que agrupen y representen a la producción nacional.

Artículo 23. Dice:

Se entiende por cupo de exportación o importación el monto de una mercancía que podrá ser exportado o importado, ya sea máximo o dentro de un arancelcupo. La administración de los cupos se podrá hacer por medio de permisos previos.

La Secretaría especificará y publicará en el Diario Oficial de la Federación la cantidad volumen o valor total del cupo, los requisitos para la presentación de solicitudes, la vigencia del permiso correspondiente y el procedimiento para su asignación entre los exportadores o importadores interesados. La determinación, las modificaciones y los procedimientos de asignación de los cupos deberán someterse previamente a la opinión de la comisión.

Modificación.

Primer párrafo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Segundo párrafo. La Secretaría especificará y publicará en el Diario Oficial de la Federación la cantidad volumen o valor total del cupo, los requisitos para la presentación de solicitudes, la vigencia del permiso correspondiente y el procedimiento para su asignación entre los exportadores o importadores interesados. La determinación, las modificaciones y los procedimientos de asignación de los cupos deberán someterse a la opinión de la comisión, previa determinación junto con los productores nacionales a través de los comités consultivos sectoriales, de su necesidad y utilidad.

Artículo 24. Dice:

Los cupos se asignarán por medio de licitación pública, para lo cual se expedirá convocatoria con el fin de que cualquier persona física o moral presente proposiciones para adquirir parte o la totalidad del cupo asignado a determinada mercancía de exportación o importación.

Sin embargo, la Secretaría podrá optar de manera fundada y razonada, por otros procedimientos de asignación que promuevan la competitividad de las cadenas productivas y garanticen un acceso adecuado a nuevos solicitantes. Asimismo, los procedimientos de asignación de cupos se podrán determinar en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte.

En todo caso, la asignación de los cupos entre importadores o exportadores se hará conforme a procedimientos administrativos que no constituyan, por sí mismos, un obstáculo al comercio.

Modificación. Primer párrafo. . . . . . . . . . . . . .
Segundo párrafo. Sin embargo, la Secretaría podrá optar de manera fundada y razonada, por otros procedimientos de asignación que promuevan la competitividad de las cadenas productivas y garanticen un acceso adecuado a nuevos solicitantes, en estos casos las organizaciones de productores de mercancías similares e idénticas a asignar por medio de cupos, tendrán su administración y determinarán la necesidad de otorgar o no dichos cupos de acuerdo con los requerimientos de abasto al mercado de su sector, asignarán directamente los montos de cupo a cada solicitante analizando su situación específica y rendirán un informe semestral del uso de dicha facultad a la Secretaría. Asimismo, los procedimientos de asignación de cupos se podrán determinar en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte.

Muchas Gracias.

Palacio Legislativo, a 6 de septiembre de 1999.

El Presidente:

Muchas gracias, señor diputado.

Túrnese a las comisiones unidas de Comercio y de Hacienda y Crédito Público.

Antes de dar la palabra a la siguiente diputada que presentará una iniciativa, quisiéramos saludar a los estudiantes del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Hidalgo, invitados por el diputado Mauricio Rossell, aquí presentes.

Igualmente, a los estudiantes de la Universidad Autónoma del Estado de México, invitados por el diputado Enrique Santillán Viveros.


LEY DE PREVENCION, ATENCION
Y COMBATE A LA EXPLOTACION,
ABUSO, MALTRATO Y PROSTITUCION
DE MENORES

El Presidente:

34Tiene la palabra la diputada Gloria Lavara Mejía, para presentar una iniciativa de ley.

La diputada Gloria Lavara Mejía:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

1043,1044 y 1045

«Jorge Emilio González Martínez, Aurora Bazán López, Jorge Alejandro Jiménez Taboada, Gloria Lavara Mejía y Verónica Velasco Rodríguez, diputados de la LVII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos se turne a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para su dictamen y a la de Asuntos de la Juventud para que emita opinión, para que con posterioridad sea discutida ante el pleno de la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley

EXPOSICION DE MOTIVOS

La construcción de cualquier Estado se basa fundamentalmente en la satisfacción de las condiciones mínimas de vida y en el fomento de actividades a realizar por los sectores público, privado y social, orientadas al desarrollo de las personas que integran la comunidad que conforma al Estado.

Sólo en esa medida, al procurarle a las generaciones presentes y futuras esas condiciones de desarrollo, es como se podrá asegurar a la persona, en lo individual y como integrante de la sociedad en la que se desenvuelve, la posibilidad de concretizar las potencialidades de que está provisto.

De ahí, que la importancia que merezcan los recursos para las generaciones presentes, en relación con el disfrute que de los mismos tendrán las futuras, resulta para los ecologistas de gran trascendencia.

Por otra parte, los recursos, la calidad de vida y la posibilidad de disfrutar de un ambiente adecuado para su desarrollo, sólo puede entenderse si se parte de la premisa de que quien en última instancia puede y merece gozar, debido a su condición, de esos beneficios, es el ser humano.

Y será el Estado, como forma de organización social, el encargado de velar para que a ese ser humano se le puedan proporcionar tales condiciones materiales, ambientales y espirituales para poder vivir en armonía con los demás.

Una de las preocupaciones en el Partido Verde Ecologista de México, y que compartimos con el resto de la sociedad mexicana, consiste en fijar y asegurar las condiciones mínimas de convivencia en nuestro medio social, sobre todo, porque esto constituye un requisito esencial en la satisfacción de las necesidades mínimas para que los individuos puedan desarrollarse adecuadamente.

Como parte de esas preocupaciones que nuestra sociedad debe considerar se encuentra la atención prioritaria a los infantes, grupo vulnerable en el que se depositan las esperanzas del futuro de la especie humana en el planeta y para el desarrollo nacional. Al proporcionarles a ellos mejores condiciones de vida, no sólo en cuanto a lo que los recursos materiales se refiere, sino sobre todo, de un adecuado entorno social propicio para su crecimiento y desarrollo, cumpliremos con ese sector.

Actualmente a ese grupo en particular, se le sumerge en condiciones de indefensión tales que lo llevan a la muerte, a la lesión despiadada o, en el mejor de los casos, a la explotación inhumana.

El sufrimiento que ese grupo padece y que no es nada difícil contemplar al salir a las principales avenidas de nuestra ciudad, es por demás evidente; pero la mayor parte de su problemática la sufren silenciosamente.

A últimas fechas, se ha sabido de personas que abusando de su situación o condición, someten a menores al maltrato más cruel e inhumano que antes se haya conocido.

Así, ya no es raro encontrar en los noticieros reportajes que aluden a niños abandonados en las calles con tan sólo escasos minutos de nacidos; de familiares que maltratan a los menores llevándolos incluso hasta la muerte o bien exponiéndolos y arrojándolos a las calles para que traigan dinero mediante humillaciones o vejaciones; dinero que los menores ni disfrutan, pues se quedan con él sus explotadores y que han sido conseguido a un precio muy alto: el sacrificio de su dignidad como personas.

Lo anterior parece demostrarlo el hecho de que el 14 de septiembre pasado, Enrique Burgos, director del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, declaró al reunirse con miembros de la Comisión de Asistencia Social de la Cámara de Senadores, que en 100 de las principales ciudades del país, sin incluir al Distrito Federal, hay más de 114 mil niños en la calle o de la calle y 92% de ellos son explotados por sus padres u otros parientes, según se desprende del estudio que hicieron conjuntamente el DIF y la UNICEF.

La situación cada vez ha ido empeorando.

Los medios de comunicación, además de denunciar los maltratos a los que se expone a los menores, paradójicamente también han servido para difundir por todo el planeta toda clase de notas e imágenes que en muchas ocasiones escapan al control de las normas de los diversos países que conforman la comunidad internacional.

En tiendas de artículos sexuales en el extranjero y en algunas que se mantienen en la clandestinidad en nuestro país, se encuentran publicaciones, cintas, catálogos y directorios que involucran a menores mexicanos en la realización de actos sexuales que generalmente se realizan con un consentimiento forzado o sin él; incluso hasta en Internet se transmiten en vivo relaciones sexuales o violaciones a menores, sin que este grupo vulnerable pueda recibir atención oportuna por parte de las autoridades de nuestro país y sin que se pueda hacer algo para evitar ese tipo de transmisiones.

La finalidad para la que fueron otorgadas diversas concesiones por el Estado para la operación de medios masivos de comunicación, es muy distinta a la de aquéllas que en la actualidad operan de este modo; por consecuencia lógica, los permisos y concesiones otorgados que transmiten ese tipo de imágenes deberían ser necesariamente revocados o denegados.

La agresión contra los menores no se detiene ahí. En la frontera sur de nuestro país se ha venido registrando por diversos organismos no gubernamentales, nacionales y extranjeros, el comercio de infantes, generalmente realizado con la anuencia de sus padres.

Las bandas de delincuentes que operan en una intrincada red de traficantes de niños, se conectan con organizaciones similares que operan en Europa, Estados Unidos y Canadá, con el fin de realizar "compras" de niños indígenas, cuyo destino bien pudiera estar relacionado con adopciones ilegales, labores científicas o el tráfico de órganos. Los niños así extraídos de sus comunidades han sido reducidos a objetos y despojados de su condición humana.

La problemática que enfrentan los menores, como hemos visto hasta ahora, es múltiple y variada y desafortunadamente por la ausencia de una legislación oportuna que ataque de raíz los males que los aquejan, el trabajo de los encargados de procurar justicia se ha venido haciendo obsoleto. Al no haber delito qué perseguir o sanción qué aplicar en la legislación actual o simplemente por estar limitada a ciertas entidades, los criminales que atentan contra la seguridad de las generaciones futuras, que en última instancia se reflejará en el orden social de nuestro país en el futuro, quedarán impunes.

De no actuar oportunamente, como hasta ahora ha venido sucediendo, estamos condenando a las generaciones del futuro a actuar dentro de familias descompuestas anticipadamente y repitiendo los patrones de conducta que han operado con ellos. Simplemente estaríamos condenando a la sociedad mexicana a su claudicación y a la especie humana a un retroceso en su evolución cultural.

Los esfuerzos que el Gobierno Federal dedique a la atención de las necesidades mínimas de los menores, serán poco o nada si antes no se ha atacado los problemas antes relatados.

El Congreso de la Unión puede legislar en la materia en tanto que lo que se persigue con la expedición de ésta ley es, por una parte, procurar la satisfacción de las necesidades mínimas de los menores, entre las que se encuentran de manera primordial las relativas a su integridad y salud física y mental y por otra, la regulación de los medios masivos de comunicación en lo relativo a la difusión de imágenes que son lesivas para los menores, encontrando fundamento para ello en los artículos 4o. párrafo sexto y 73 fracción XVII de la Constitución General de la República, independientemente de que se apruebe la iniciativa de reformas a la fracción II del artículo 73 presentada por este grupo parlamentario relativa a la protección a grupos vulnerables.

Como diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, estamos conscientes del compromiso que hemos asumido con nuestros representados y por ello debemos evitar a toda costa que la apología de la violencia para con los menores, el abuso que se realiza en detrimento de ellos, su explotación y su muerte, sigan prevaleciendo como hasta hoy, debiéndonos fijar como meta que dichas conductas sean erradicadas por completo y sancionados con todo el rigor de la ley a aquellos que perjudican gravemente a nuestros menores.

De esta manera compartimos y nos sumamos a la inquietud vertida por el presidente de la República, Ernesto Zedillo, ante los medios de comunicación por la que solicitaba se legislara lo antes posible para actuar rápida y enérgicamente contra este tipo de delincuentes que perjudican tanto al futuro de nuestro país y en quienes depositamos nuestros esfuerzos y confianza en el futuro: nuestros niños.

De aprobarse la iniciativa propuesta con la colaboración de todas las demás fuerzas políticas, los niños de hoy, los hombres del mañana y la nación entera, nos quedarán profundamente agradecidos y nosotros estaremos contentos de haber cumplido con nuestro trabajo.

Por ello, sometemos a esta Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la presente

INICIATIVA DE DECRETO

Por el que se expide la Ley de Prevención, Atención y Combate a la Explotación, Abuso, Maltrato y Prostitución de Menores.

Artículo único. Se expide la Ley de Prevención, Atención y Combate a la Explotación, Abuso, Maltrato y Prostitución de Menores, para quedar como sigue:

LEY DE PREVENCION, ATENCION
Y COMBATE A LA EXPLOTACION,
ABUSO, MALTRATO Y PROSTITUCION
DE MENORES.

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1o. Las disposiciones contenidas en esta ley son de orden público e interés social y tienen por objeto prevenir, atender y combatir la explotación, abuso, maltrato y prostitución de menores, así como la prohibición de la difusión de imágenes en los medios masivos de comunicación que proyecten ese mismo tipo de conductas de violencia, maltrato y abuso de menores que conlleve a la apología de las mismas.

Artículo 2o. Para los efectos de esta ley, se entiende por:

I. Menor. Al individuo menor de 18 años.

II. DIF. Al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

III. Promenor. Procuraduría Federal de la Defensa de los Derechos del Menor.

IV. Injuve. El Instituto Mexicano de la Juventud.

Artículo 3o. El Estado mexicano tiene la obligación de asegurar al menor la protección y los cuidados necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos, deberes y posibilidades de sus padres, tutores u otras personas que sean responsables de él, así como garantizar que el menor sea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, tutores o familiares.

Para tal efecto, el Estado asegurará la participación de los sectores privado, público y social, en la existencia de instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado y la protección de los menores. Para ello emitirá disposiciones que regulen a estas instituciones, servicios y establecimientos en lo relativo a la seguridad, sanidad, capacidad de las instalaciones y del personal que labore en los mismos para que se cerciore que en dichas instalaciones efectivamente se proteja a los menores.

Artículo 4o. La aplicación de esta ley corresponde a la Procuraduría Federal de los Derechos del Menor (Promenor), al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y al Instituto Mexicano de la Juventud (Injuve) en los términos de lo dispuesto en esta ley.

1046,1047 y 1048

Artículo 5o. Se considera de interés público y social, que las autoridades de protección al menor publiquen, con anterioridad a su entrada en vigor, todos los proyectos de reglamento, decreto, acuerdo o demás actos administrativos de carácter general, en el Diario Oficial de la Federación o en el órgano de difusión oficial de los estados, según corresponda, con la finalidad de darle oportunidad a las universidades, instituciones, asociaciones y organizaciones públicas, privadas o sociales, federales o locales, relacionadas con la protección al menor y en general, a cualquier interesado que conozca de la materia o bien pudiera resultar afectado con la aplicación o entrada en vigor de los mismos, de formular las observaciones que consideren pertinentes a las medidas propuestas, dentro del término de 30 días siguientes al de su publicación.

Artículo 6o. En todas las medidas concernientes que adopten las autoridades competentes, deberán atender de manera primordial el interés superior del niño.

CAPITULO II

De los derechos del menor

Artículo 7o. El niño tiene los siguientes derechos:

I. A la vida, a la calidad de vida y a los elementos para posibilitar su desarrollo;

II. A un nombre, a adquirir una nacionalidad y en la medida de lo posible, a conocer a sus padres, a ser cuidado y a no ser separado de ellos, así como a mantener una relación interpersonal y de contacto directo, independientemente de que esté separado de uno o ambos padres, salvo cuando a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño.

El Estado deberá facilitar el contacto directo de los menores con sus padres cuando éstos se encuentren imposibilitados por estar privados de libertad o por la existencia de cualquier otra circunstancia que impida llevar a cabo esta finalidad, siempre que no se ponga en riesgo la integridad ni la salud de los menores.

Cuando un niño sea privado ilegalmente de algunos de los elementos de su identidad o de todos ellos, el DIF deberá prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad; para ello, avisará a la Promenor para que intervenga en dicho procedimiento;

III. A no ser objeto de maltrato o descuido;

IV. A no ser trasladado sin su consentimiento al extranjero ni retenido ilícitamente para privarlo del derecho de libertad de tránsito que lo afecte a él directamente o a sus padres, tutores o personas responsables;

V. Al derecho a disfrutar el más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud;

Para ello el Estado deberá proporcionar las condiciones para el cuidado de los menores en cualquiera de sus etapas de crecimiento y por lo tanto, deberá asegurar los servicios de atención sanitaria prenatal y posnatal apropiados para las madres, combatir las enfermedades, la malnutrición, los riesgos y peligros de contaminación del medio ambiente a los que esté expuesto y que perjudiquen su salud, así como al tratamiento médico, sicológico, funcional y de rehabilitación;

Si se tratara de menores discapacitados, el Estado deberá procurarles los medios necesarios para disfrutar de una vida plena en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan bastarse a sí mismo y faciliten la participación activa del niño en la comunidad;

VI. A la educación, a fin de que pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, estando obligado el Estado a proporcionarle la educación escolar primaria y secundaria.

Ese derecho a la educación, independientemente de lo dispuesto en la Constitución General de la República y en sus leyes reglamentarias, requiere de la participación del Estado en sus diferentes niveles de gobierno, mismo que:

a) Deberá procurar la educación en todos sus niveles incluso en los de tipo técnico y profesional;

b) Hará de la educación superior accesible a todos;

c) Fomentará la asistencia regular a las escuelas y la reducción de las tasas de deserción escolar;

d) Velar porque la disciplina escolar que se administre, sea compatible con la dignidad humana del menor e

e) Inculcar al menor el respeto por las demás personas así como por el medio ambiente y sus elementos, de los derechos humanos y las libertades fundamentales;

VII. A pertenecer a cualquier tipo de minoría étnica, religiosa o lingüística, en la que se respeten sus derechos fundamentales y el derecho a desarrollar su tipo de vida cultural, a profesar y practicar su propia religión o a emplear su propio idioma, sin que contravenga las disposiciones del orden público;

VIII. Al descanso, al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar en la vida cultural y en las artes;

IX. A estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso, o entorpecer su educación o afectar, su salud o su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social y

X. A todos los demás señalados en las demás leyes.

CAPITULO III

De los niños y de sus padres o tutores

Artículo 8o. El niño gozará del derecho de que sus padres o tutores sean quienes cuiden de él y sean responsables de su desarrollo integral, así como de que no sea separado de ellos salvo cuando se compruebe que la relación con éstos sea perjudicial para aquél.

El Estado prestará la asistencia apropiada a los padres o tutores para el desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza y cuidado de los menores. Para ello, facilitará y cuidará de la creación, organización y administración de las instituciones, instalaciones y servicios para el cuidado de los menores.

Para que los menores cuyos padres, tutores o personas responsables trabajan, el Estado procurará el derecho de los menores a beneficiarse de los servicios e instalaciones de guardia.

Artículo 9o. En caso de que sus padres o tutores no puedan cuidar del niño, velarán por su protección los tutores que al respecto hayan sido designados por la autoridad competente. Si no existiese persona alguna que se pudiere hacer responsable del menor, éste, de cualquier modo gozará de la protección y asistencia especiales que el Estado le proporcionen.

Entre esos cuidados están, la creación de hogares de guarda, la adopción o de ser necesario la colocación en instituciones adecuadas de protección de menores. Al considerar las soluciones, se prestará particular atención a la conveniencia de que haya continuidad en la educación y a su origen étnico, religioso cultural y lingüístico, atendiendo las opiniones que al respecto emitan el DIF y el Injuve.

Artículo 10. El DIF velará porque el niño no sea separado de sus padres, excepto cuando a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del menor. Esa determinación será necesaria cuando el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o el responsable del menor.

Artículo 11. Cuando los padres vulneren cualquiera de los derechos del menor enumerados en las fracciones I, III, IV, V y IX del artículo 7o. de esta ley, perderán sobre él, cualquier derecho que tengan con motivo de la filiación natural.

Si cualquier autoridad supiere de la realización de alguna de estas circunstancias, deberá notificarlo a la Promenor, para que ejercite las acciones tendientes a la defensa del menor y a la separación provisional o en su caso definitiva que la autoridad jurisdiccional competente dicte para la defensa de sus intereses.

Artículo 12. Ambos padres tienen el deber de contribuir a la crianza, educación y desarrollo de los menores. Dicha responsabilidad no podrá recaer solamente en uno de los dos cónyuges, salvo en el caso de que se encuentre imposibilitado física o jurídicamente para cumplir con sus obligaciones.

En caso de que no exista justificación válida alguna así considerada por la autoridad competente, se entenderá que se está incumpliendo con las obligaciones de cuidado del menor que esta ley establece.

Artículo 13. El Estado en colaboración con el DIF, deberán adoptar las medidas conducentes y apropiadas para abolir las prácticas tradicionales que sean perjudiciales para la salud e integridad de los menores.

Artículo 14. El Estado asegurará que los padres, tutores o personas responsables de los menores, les proporcionen los elementos necesarios para su desarrollo.

Ambos padres, aunque estén separados, deberán proporcionar al menor alimentos, medie o no sentencia por la que se le condene a esa prestación. El Estado, deberá comprobar que el deudor alimentario efectivamente proporciona alimentos al menor; si no los proporciona el deudor alimentario, el Estado podrá constreñirlo por coacción para que proporcione esa prestación incluso acudiendo a sanciones privativas de libertad, siempre que las disposiciones normativas penales de las entidades federativas así lo permitan.

CAPITULO IV

De la Procuraduría Federal de la
Defensa de los Derechos del Menor

Artículo 15. La Procuraduría Federal de la Defensa de los Derechos del Menor es un organismo público desconcentrado que tiene por objeto proteger a los menores de los actos u omisiones realizados por particulares o por las autoridades del orden federal que perjudiquen sus derechos fundamentales así como los mencionados en esta ley, salvo que las legislaciones locales establezcan la intervención específica de una autoridad similar que realice las mismas funciones para los mismos efectos.

Artículo 16. La Procuraduría tendrá las siguientes atribuciones:

I. Acudir en los juicios en los que se afecte al menor para su defensa;
II. Ejercitar las acciones conducentes para conservar los derechos del menor;

III. Solicitar ante los órganos jurisdiccionales la suspensión del derecho que tienen los padres, tutores o personas encargadas de los menores, de guardia, custodia o patria potestad cuando haya suficientes indicios de abuso sexual, física o mental, descuido o trato malo o negligente y explotación;

IV. Enterar y notificar al Ministerio Público respecto de aquellos casos donde se compruebe que existe el peligro de que se infrinja daños o lesiones realizadas en perjuicio de los menores, colaborando con éste en las investigaciones y en la consecución del procedimiento.

CAPITULO V

De la defensa del menor

Artículo 17. En cualquier procedimiento donde se afecten los derechos de los menores, deberá intervenir la Promenor y podrán participar todas las partes interesadas en la defensa del menor; para externar su opinión o aportar elementos circunstanciales de prueba, si directamente son conocedoras de los hechos o circunstancias que motiven el ejercicio de las acciones o la sustanciación de los procedimientos.

Artículo 18. En todo procedimiento donde se afecten los derechos del menor, deberán atenderse sus manifestaciones, si su condición y estado lo permiten. Estas manifestaciones deberán ser consideradas por la autoridad jurisdiccional o administrativa en sus resoluciones.

Artículo 19. Cuando los menores realicen actos u omisiones sancionados de acuerdo a las leyes penales, el Estado, el DIF y la Promenor, se cerciorarán que ningún menor sea sometido a malos tratos o a conductas crueles, inhumanas o degradantes o a pena de prisión por parte de las autoridades administrativas.

Para ello, al momento de ser remitido ante las autoridades administrativas que conozcan de las faltas cometidas por menores, deberá notificarse inmediatamente a la Promenor para que atienda el caso de inmediato.

1049,1050 y 1051

Artículo 20. El menor que sea privado de su libertad ilegal o arbitrariamente por una autoridad podrá acudir ante la Promenor para que lo asista y, en su caso, denuncie con su consentimiento ante las autoridades competentes la realización de los delitos que se están cometiendo en su perjuicio.

Artículo 21. Todo menor privado de la libertad deberá ser tratado con humanidad y el respeto que merece la dignidad inherente a su persona, atendiendo además a las circunstancias derivadas de su edad.

Artículo 22. Todo menor privado de libertad, deberá ser separado de los adultos, a menos que ello sea considerado en perjuicio del interés superior del menor y tendrá derecho a mantener contacto con su familia, salvo cuando así lo determine una autoridad jurisdiccional o desprendiéndose de las circunstancias del caso, sea estrictamente necesario.

El menor privado de libertad, tendrá derecho a un pronto acceso a la asistencia jurídica y a la asistencia adecuada, así como el derecho de impugnar la legalidad de la privación de su libertad ante las autoridades jurisdiccionales competentes y a una pronta resolución que recaiga a la acción o recurso intentado.

Artículo 23. El Estado, a través del DIF, adoptará las medidas conducentes para promover la recuperación física, sicológica y la reintegración social de todo menor víctima de cualquier forma de abandono, explotación o abuso; de tortura u otra forma de tratos crueles, inhumanos o degradantes o conflictos armados. Esa recuperación y reintegración se llevarán a cabo en un ambiente que fomente la salud, el respeto de sí mismo y la dignidad del menor.

Artículos 24. Todo menor tiene derecho a cumplir con las sanciones que le fueron impuestas y debe ser tratado con dignidad y el valor que fortalezca el respeto del menor por los derechos humanos, por las libertades fundamentales de terceros, así como de promover su reintegración para asumir una función constructiva en la sociedad.

CAPITULO VI

Del abuso y explotación del menor

Artículo 25. El Estado deberá evitar que los menores participen en la producción, uso, consumo, comercialización o transporte de estupefacientes y sustancias sicotrópicas dañinas para su salud.

Artículo 26. El Estado, a través de la Promenor, protegerá a los menores contra todas las formas de explotación y abusos sexuales; para tal efecto impedirá a toda costa la realización de cualquier acto u omisión que derive en lo siguiente:

a) La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual o genital;

b) La explotación del menor en la prostitución u otras prácticas sexuales;

c) La explotación del menor en espectáculos o de su participación en la realización, grabación o transmisión en vivo o de manera diferida en los medios de comunicación, en los canales o páginas de Internet o en los materiales videograbados, donde se muestre la realización de actos pornográficos o donde se demerite su condición humana.

Artículo 27. El Estado deberá también impedir el secuestro, la venta o la trata de menores en cualquier forma y para cualquier fin.

CAPITULO VII

De las sanciones

Artículo 28. Comete abuso del menor y será sancionado con pena privativa de libertad de cuatro años y multa equivalente a 500 días de salario mínimo, a aquel que por acto u omisión realiza las siguientes conductas:

I. Cuando se lesiona a un menor causándole daños que tarden en sanar máximo dos semanas;

II. Cuando se le expone en la calle con la finalidad de que pida limosna o, que con la realización de cualquier tipo de acto, obtenga un ingreso no lícito;

III. Cuando se le priva del derecho de educación mínima obligatoria señalada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y ésta ley y

IV. Cuando sin razón se le prive o se le dejen de suministrar alimentos habiendo sido así declarados por la autoridad jurisdiccional competente en forma precautoria o mediante sentencia que para tal efecto haya causado estado;

Artículo 29. Comete deshonra al menor y será sancionado con pena privativa de libertad de 10 años y multa equivalente a 1 mil días de salario mínimo, a aquel que por acto u omisión realiza las siguientes conductas.

I. Cuando se abandone al menor en la calle, sobre todo si el menor tiene menos de cinco años de edad;

II. Cuando se le extraiga del domicilio o se le prive de tener contacto con su familia aislándolo de su madre o padre sin justificación alguna;

III. Cuando con las lesiones se le ocasionen daños sicológicos y fisiológicos irreversibles y

IV. Cuando al lesionar a un menor se le dejen marcas o cicatrices permanentes.

Artículo 30. Al que prostituya a un menor o lo obligue a prostituirse, será sancionado con pena privativa de libertad entre 10 y 15 años y multa de 10 mil salarios mínimos, independientemente de la reparación del daño ocasionado al menor.

Al que difunda o transmita imágenes en cualquier medio de difusión o comunicación donde se muestre el dolor y sufrimiento de menores, así como su violación, lesión o maltrato, será sancionado con igual pena de prisión y multa señalada en el párrafo anterior.

Al que produzca, realice, colabore, comercialice o participe en la grabación de filmes, videocintas o cualquier medio de difusión donde intervengan menores y a éstos se les lesione, prostituya o se les infrinjan maltratos aun con su consentimiento, se le sancionará con pena de prisión entre cinco y 12 años y multa hasta por el equivalente a 5 mil días de salario mínimo.

Artículo 31. Igual sanción a la señalada en el primer párrafo del artículo anterior tendrán aquellos que en lo individual o de manera colectiva hayan violado o abusado sexualmente de los menores.
Los maestros y directores de los planteles donde se imparta la educación primaria y secundaria que tengan conocimiento del abuso o maltrato de menores, tendrán la obligación de notificarlo al agente del Ministerio Público en un término no mayor de 24 horas, bajo pena de ser destituidos del cargo y consignados ante al agente del Ministerio Público considerados como cómplices del delito. La misma obligación tendrán los que impartan cualquier tipo de enseñanza o aquellos que bajo su cuidado hayan sido depositado los menores.

La sanción se duplicará para el caso de que quien haya abusado de los menores sea un pariente, su tutor o personal de la confianza de los padres.

Artículo 32. Todas las demás conductas que por acto u omisión que infrinjan las disposiciones señaladas en la presente ley, deberán ser sancionadas con multa de 100 días de salario mínimo.

Artículo 33. Las radiodifusoras, retransmisoras, televisoras y en general cualquier medio de difusión o de comunicación masiva, tendrán la obligación de implementar campañas en su programación o publicación que tiendan a la protección y defensa de los menores.

Artículo 34. Igualmente todas aquellas radiodifusoras, retransmisoras, televisoras y en general cualquier medio de difusión o de comunicación masiva que hayan obtenido la concesión para la difusión de sus programas, mensajes o comerciales les será revocada en los términos de la ley de la materia por las autoridades competentes si fuese ésta utilizada para fines distintos de para los que fue otorgada o si por su uso, se transmiten o difieren imágenes o sonidos en los que se evidencia el maltrato, abuso o deshonra de los menores.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. La presente ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.

Segundo. Quedan derogadas todas las disposiciones que contravengan la presente ley.

Tercero. Para el efecto de que esta ley tenga la mayor difusión entre los menores a quienes
protege, la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito deberá publicar en la contraportada de éstos los artículos 7o. y 31 de esta ley.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de octubre de 1999.- Diputados: Jorge Emilio González Martínez, Verónica Velasco Rodríguez, Jorge Alejandro Jiménez Taboada, Gloria Lavara Mejía y Aurora Bazán López.»

Muchas gracias y hago entrega de la presente iniciativa a la mesa directiva.

El Presidente:

Muchas gracias, diputada Gloria Lavara.

Túrnese a las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia, con opinión de la Comisión de Asuntos de la Juventud.

REPUBLICA DE NICARAGUA

La secretaria María Guadalupe Sánchez Martínez:


Voy a dar lectura a un oficio enviado por la Cámara de Senadores.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, D.F.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permiso para aceptar y usar la condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua a los ciudadanos:

Subteniente intendente Ricardo Mendia Martínez, subteniente intendente José Luis Romero González, teniente de infantería Limberg Efrén Ortiz Trejo, capitán segundo de caballería Miguel Angel Báez Herrera, teniente conductor Juan Ricardo Callejas Ramírez, capitán segundo de infantería Donato Rivera Ríos, teniente de Fuerza Aérea especialista en mantenimiento aéreo Luis Alfonso Muñoz Sánchez, subteniente de intendencia Cristóbal Adbel Hernández Arriazola, capitán segundo de Fuerza Aérea controlador de vuelo Sotero Rafael Ríos Cruz, teniente de Fuerza Aérea piloto aviador Gustavo Montes de Oca Guerrero y teniente de sistematización de datos José Gabriel Flores Gallegos.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 5 de octubre de 1999.- Senadores: José Antonio Valdivia y Lizandro Lizama Garma, secretarios.

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al subteniente intendente Ricardo Mendia Martínez, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo segundo. Se concede permiso al subteniente intendente José Luis Romero González, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo tercero. Se concede permiso al teniente de infantería Limberg Efrén Ortiz Trejo, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo cuarto. Se concede permiso al capitán segundo de caballería Miguel Angel Báez Herrera, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo quinto. Se concede permiso al teniente conductor Juan Carlos Callejas Ramírez, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo sexto. Se concede permiso al capitán segundo de infantería Donato Rivera Ríos, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

1052,1053 y 1054


Artículo séptimo. Se concede permiso al teniente de Fuerza Aérea especialista en mantenimiento aéreo Luis Alfonso Muñoz Sánchez, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo octavo. Se concede permiso al subteniente de intendencia Cristóbal Adbel Hernández Arriazola, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo noveno. Se concede permiso al capitán segundo de Fuerza Aérea controlador de vuelo Sotero Rafael Ríos Cruz, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo décimo. Se concede permiso al teniente de Fuerza Aérea piloto aviador Gustavo Montes de Oca Guerrero, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo decimoprimero. Se concede permiso al teniente de sistematización de datos José Gabriel Flores Gallegos, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores.- México, D.F., a 5 de octubre de 1999.- Senadores: Cristóbal Arias Solís, presidente; José Antonio Valdivia y Lizandro Lizama Garma, secretarios.»

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.- Adalberto Campuzano Rivera, oficial mayor.»

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

El Presidente:

Los siguientes puntos del orden del día son los dictámenes relativos a las solicitudes de permiso de varios ciudadanos mexicanos para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

En virtud de que se encuentran publicados en las Gacetas Parlamentarias de los días 1o. y 8 de octubre, consulte la Secretaría a la Asamblea si se les dispensa la lectura y se ponen a discusión y votación de inmediato.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se les dispensa la lectura a los dictámenes, en virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria y se ponen a discusión y votación de inmediato.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto, que concede permiso a los ciudadanos: Jesús Huber González Jaime, José Luis Albarrán Rodríguez, María Blanca Estela Escalera León, Juvenal Mariano García, Víctor Hugo Salazar Arana, José Luis Cid Sánchez y Carlos Alberto Reyes San Miguel, para aceptar y usar la condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C del artículo 37 constitucional y el artículo 60. segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al mayor médico cirujano dentista Jesús Huber González Jaime, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo segundo. Se concede permiso al capitán primero ingeniero constructor José Luis Albarrán Rodríguez, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo tercero. Se concede permiso a la capitán primero enfermera pediatra María Blanca Estela Escalera León, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo cuarto. Se concede permiso al mayor de caballería Juvenal Mariano García, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo quinto. Se concede permiso al capitán primero ingeniero constructor Víctor Hugo Salazar Arana, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo sexto. Se concede permiso al capitán primero ingeniero constructor José Luis Cid Sánchez, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo séptimo. Se concede permiso al capitán primero ingeniero constructor Carlos Alberto Reyes San Miguel, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 29 de septiembre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quirós Pérez, Alvaro Arceo Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, Alfonso Gómez Sandoval, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Jesús Huber González Jaime, José Luis Albarrán Rodríguez, María Blanca Estela Escalera León, Juvenal Mariano García, Víctor Hugo Salazar Arana, José Luis Cid Sánchez y Carlos Alberto Reyes San Miguel, para aceptar y usar la condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

El Presidente:

Está a discusión el dictamen en lo general... No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se reserva para su votación nominal en conjunto.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Javier Martínez Guzmán, José Francisco Cano Pantoja y Franco Fonseca Balcázar, para aceptar y usar la condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C del artículo 37 constitucional y el artículo 60 segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al mayor de la Fuerza Aérea piloto aviador Diplomado de Estado Mayor aéreo Javier Martínez Guzmán, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo segundo. Se concede permiso al mayor cirujano dentista José Francisco Cano Pantoja, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo tercero. Se concede permiso al mayor cirujano dentista Franco Fonseca Balcázar, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 1o. de octubre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quirós Pérez, Alvaro Arceo Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, José Luis Lamadrid Sauza, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos mayor cirujano dentista Sergio Cureño Mirafuentes, mayor médico cirujano Lorenzo Ceballos González, mayor médico cirujano Roberto Mendoza Rivera, mayor intendente Marco Antonio Alvarez Aguilera, mayor médico cirujano Ulises Cázares Calvo, mayor de la Fuerza Aérea abastecedor de material aéreo Diplomado de Estado Mayor aéreo Mario Guerrero Saldívar, mayor de la Fuerza Aérea piloto aviador Diplomado de Estado Mayor aéreo Noé Cristóbal Ramírez Rodríguez, teniente coronel de infantería Juan Sánchez García, teniente coronel de la Fuerza Aérea piloto aviador Julián Carlos Calls Barbosa y teniente coronel de caballería Luis Vázquez Hernández, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

1055,1056 y 1057

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C del artículo 37 constitucional y el segundo párrafo del artículo 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al mayor cirujano dentista Sergio Cureño Mirafuentes, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo segundo. Se concede permiso al mayor médico cirujano Lorenzo Ceballos González, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo tercero. Se concede permiso al mayor médico cirujano Roberto Mendoza Rivera, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo cuarto. Se concede permiso al mayor intendente Marco Antonio Alvarez Aguilera, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo quinto. Se concede permiso al mayor médico cirujano Ulises Cázares Calvo, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo sexto. Se concede permiso al mayor de la Fuerza Aérea abastecedor de material aéreo Diplomado de Estado Mayor aéreo Mario Guerrero Saldivar, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo séptimo. Se concede permiso al mayor de la Fuerza Aérea piloto aviador Diplomado de Estado Mayor aéreo Noé Cristóbal Ramírez Rodríguez, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo octavo. Se concede permiso al teniente coronel de infantería Juan Sánchez García, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo noveno. Se concede permiso al teniente coronel de la Fuerza Aérea piloto aviador Julián Carlos Calls Barbosa, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Artículo décimo. Se concede permiso al teniente coronel de caballería Luis Vázquez Hernández, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 1o. de octubre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quirós Pérez, Alvaro Arceo Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, José Luis Lamadrid Sauza, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Javier Martínez Guzmán, José Francisco Cano Pantoja y Franco Fonseca Balcázar, para aceptar y usar la condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

El Presidente:

Está a discusión el dictamen en lo general... No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, de este proyecto de decreto y los anteriormente reservados, en un solo acto.

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación de los proyectos de decreto.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:


Se pide a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 16 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por 10 minutos, para tomar la votación nominal de los proyectos de decreto.

(Votación.)

Se emitieron 373 en pro y cero en contra.

El Presidente:

Aprobado por 373 votos a favor.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Pasan al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

El Presidente:

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del último de los proyectos leídos, en un solo acto.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Sírvase la Oficialía Mayor hacer los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para tomar la votación nominal del proyecto de decreto.

El diputado Pablo Gómez Alvarez         (desde su curul)

¿Cómo se llama el proyecto de decreto?

El Presidente:

Proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Sergio Cureño Mirafuentes, Lorenzo Ceballos González, Roberto Mendoza Rivera, Marco Antonio Alvarez Aguilera, Ulises Cázares Calvo, Mario Guerrero Saldívar, Noé Cristóbal Ramírez Rodríguez, Juan Sánchez García, Julián Carlos Calls Barbosa y Luis Vázquez Hernández, para aceptar y usar una condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Paria, que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua. Quedó pendiente de incluir en la votación anterior. Pasamos por cinco minutos a votarlo.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

(Votación.)

Señores diputados, se emitieron 322 votos en pro y cero en contra.

El Presidente:

Aprobado el proyecto de decreto por 322 votos.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

AUSTRALIA. REPUBLICA DE HONDURAS

El Presidente:

Los siguientes puntos del orden del día son los dictámenes relativos a las solicitudes de permiso de los ciudadanos Ricardo Franco Guzmán, Adrián Franco Zevada y Gabriel Jara Pérez, para prestar servicios a gobiernos extranjeros.

En virtud de que los dictámenes se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria del día 1o. de octubre, consulte a la Asamblea, la Secretaría, si se les dispensa la lectura y se ponen a discusión y votación de inmediato.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se les dispensa la lectura a los dictámenes, en virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria y se ponen a discusión y votación de inmediato.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se les dispensa la lectura, señor Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio fechado el 21 de septiembre del año en curso, la Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Ricardo Franco Guzmán, para prestar sus servicios como asesor jurídico, en la Embajada de Australia en México.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 28 de septiembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.
CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento;

b) Que los servicios que el propio interesado prestará en la embajada de Australia en México, serán de carácter como asesor jurídico y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado C del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Ricardo Franco Guzmán, para prestar sus servicios, como asesor jurídico, en la Embajada de Australia en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 29 de septiembre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quirós Pérez, Alvaro Arceo Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, Alfonso Gómez Sandoval, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

En consecuencia está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Ricardo Franco Guzmán, para prestar servicios como asesor jurídico, en la Embajada de Australia en México.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

1058,1059 y 1060

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio fechado el 21 de septiembre del año en curso, la Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Adrián Franco Zevada, para prestar servicios como asesor jurídico, en la Embajada de Australia en México.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 28 de septiembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que el propio interesado prestará en la Embajada de Australia, en México, serán como asesor jurídico y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II, del apartado C del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Adrián Franco Zevada, para prestar sus servicios como asesor jurídico en la Embajada de Australia en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 29 de septiembre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quirós Pérez, Alvaro Arceo Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, Alfonso Gómez Sandoval, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

En consecuencia esta a discusión el proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Adrián Franco Zevada, para prestar servicios como asesor jurídico, en la Embajada de Australia en México.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio fechado el 21 de septiembre del año en curso, la Cámara de Senadores, remite el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Gabriel Jara Pérez, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Honduras, con jurisdicción en el Estado de Puebla.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 28 de septiembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento;

b) Que los servicios que el propio interesado prestara al gobierno de la República de Honduras, serán de carácter estrictamente consular;

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado C del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Gabriel Jara Pérez, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Honduras, con jurisdicción en el Estado de Puebla.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 29 de septiembre de 1999.- Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Miguel A. Quiroz Pérez, Alvaro Arceo Corcuera y Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Eduardo Guadalupe Bernal Martínez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, Alfonso Gómez Sandoval, Enrique Tito González Isunza, Juana González Ortiz, José Luis Gutiérrez Cureño, Fidel Herrera Beltrán, Tulio Hernández Gómez, Juan Enrique Ibarra Pedroza, Enrique Jackson Ramírez, Alberto López Rosas, José de Jesús del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Arturo Núñez Jiménez, Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Sodi de la Tijera.»

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Gabriel Jara Pérez, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Honduras, con jurisdicción en el Estado de Puebla.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal de éste y los anteriormente reservados, en un solo acto.

El Presidente:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación de los proyectos de decreto.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Sírvase la Oficialía Mayor hacer los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por 10 minutos, para tomar la votación nominal de los proyectos de decreto.

(Votación.)

Se emitieron 361 votos en pro y uno en contra.

El Presidente:

Aprobados los proyectos de decreto por 361 votos.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Pasan al Ejecutivo para los efectos constitucionales.


ESTATUTO DE GOBIERNO
DEL DISTRITO FEDERAL

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día, es el dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria el día de hoy, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera de urgente y obvia resolución y se somete a discusión y votación de inmediato.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Señores diputados, por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea si se considera de urgente resolución y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se considera señor Presidente, de urgente resolución.

Honorable Asamblea: a esta comisión le fue turnada para su estudio y dictamen la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, remitida por la Cámara de Senadores.

En sesión celebrada el día 7 de octubre de 1999 por esta Cámara de Diputados, los ciudadanos secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal remitida por la colegisladora. La Presidenta de la mesa directiva acordó dar el siguiente trámite: "recibo y túrnese a la Comisión del Distrito Federal".

Esta comisión convocó a sus miembros a efecto de analizar la minuta en cuestión, misma que fue ampliamente discutida en el seno de la misma, acordándose en consecuencia el presente dictamen.

Esta comisión, con las facultades que le confieren los artículos 39.1 y 40.3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 65, 87, 88, 93, 94 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta Cámara el presente dictamen a la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

A continuación se da cuenta de los antecedentes, fundamentos y razonamientos generales y específicos que llevaron a esta comisión a proponer la aprobación de estas modificaciones legislativas.

I. Antecedentes y justificación
de la iniciativa

Los suscritos diputados integrantes de la Comisión del Distrito Federal consideramos que deben realizarse reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal a efecto de estar en posibilidades de llevar a cabo la renovación democrática de las demarcaciones territoriales en que se divide la capital de la República y proporcionar el marco jurídico en el que se fijaren los criterios para efectuar la división territorial del Distrito Federal, la competencia de los órganos político-administrativos correspondientes, la forma de integrarlos, su funcionamiento, así como regular las relaciones de dichos órganos con el jefe de gobierno del Distrito Federal.

En el Distrito Federal se ha presentado un constante movimiento político, caracterizado por la demanda de su ciudadanía de contar con un gobierno propio, donde se logre una armonía política entre los poderes federales residentes en dicha parte integrante de la Unión y los órganos de gobierno local. La reforma política de la Ciudad de México en el presente siglo, acelerada durante las dos últimas décadas, se puede calificar a partir de la intensa participación ciudadana, reflejada principalmente en los procesos electorales. Por ello se dotó al Distrito Federal de órganos locales de gobierno, provistos de naturaleza democrática, por los que se logre encaminar el desenvolvimiento político de la Ciudad de México.

Las reformas constitucionales de 1993 y de 1996 sobre el Distrito Federal destacaron la inconveniencia de dejar el gobierno de la ciudad exclusivamente en manos de los poderes de la Unión, en especial por lo que hace al Ejecutivo Federal, con lo cual se intensificó la propuesta de democratizar el entorno político de la sede de los poderes federales, incluso revivir la idea de transformar a la sede de dichos poderes en un nuevo estado de la Federación. Dicha propuesta política dio pie a la generación de gobierno local en convivencia con los poderes de la Unión, por lo que la reforma constitucional de octubre de 1993 instituyó, en el artículo 122, lo que la doctrina del derecho constitucional ha denominado como la "duplicidad legislativa" del Distrito Federal, además de atisbar elementos de corte republicano y democrático para la renovación de las autoridades locales.

La reforma constitucional de 1996, vigente en este momento, conservó la estructura de gobierno para el Distrito Federal, deslindando atribuciones para los poderes federales y para los órganos de gobierno local, con aplicación de la doctrina de la distribución de las funciones de gobierno: jefe de gobierno como órgano ejecutivo, Asamblea Legislativa (antiguamente de Representantes) con la función de expedir leyes para el ámbito local, en los términos del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y el Tribunal Superior de Justicia con la encomienda de impartir justicia en el fuero común. Las principales transformaciones constitucionales del Distrito Federal a raíz de la reforma de 1996, son la elección directa del jefe de gobierno y el acrecentamiento de la competencia de la Asamblea Legislativa para expedir leyes que regulen los procesos electorales del Distrito Federal, entre otras materias.

1061,1062 y 1063

En este encuadramiento constitucional para la Ciudad de México se crea el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal como el ordenamiento jurídico que definirá los límites del ejercicio del poder público en esta entidad federativa, en especial por lo que hace a los órganos de gobierno.

El Estatuto de Gobierno es una disposición de nivel secundario frente a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, expedido por el Congreso de la Unión, que funciona como "especie" de constitución local para el Distrito Federal, como lo ha destacado el eminente constitucionalista Elisur Arteaga Nava.

La elección del 6 de julio de 1997, además de ser un ejemplo de madurez cívica y política del electorado nacional y especialmente de la capital de la República, demostró indubitablemente el alcance de una antigüa aspiración política de la ciudadanía del Distrito Federal: la posibilidad de elegir democráticamente y de manera directa al titular del ejecutivo local.

Los nuevos órganos de gobierno locales derivados de la reforma política de 1996, jefe de gobierno y Asamblea Legislativa del Distrito Federal, están sujetos a lo previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno y las leyes emanadas de estos ordenamientos.

A efecto de hacer efectiva la idea del estado de derecho con la nueva configuración constitucional y la asunción de los nuevos órganos de gobierno locales del Distrito Federal, se debieron ajustar los diversos ordenamientos de la capital federal y crear otros que permitan hacer efectivo el gobierno local.

En atención a la nueva condición constitucional y política del Distrito Federal, las fuerzas políticas representadas en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en ejercicio de la facultad constitucional prevista en el inciso ñ de la fracción V de la base primera del apartado C del artículo 122 constitucional, aprobaron la iniciativa de reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, así como a las leyes Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, de Expropiación y Orgánica de la Administración Pública Federal, mismas que fueron aprobadas por esta Cámara de Diputados y turnadas a la consideración del Senado de la República, colegisladora que tuvo a bien aprobar el proyecto mismo, que sería publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de diciembre de 1997. Debe recordarse que en la Comisión del Distrito Federal de esta soberanía se dio un intenso y constructivo debate para mejorar la iniciativa, tomando como referente fundamental la expresión de la voluntad popular del 6 de julio de 1997.

En el proceso de dictaminación apareció la constante de establecer los mecanismos jurídico-políticos que permitiesen cumplir con el mandato constitucional de instituir la organización política de las demarcaciones territoriales que sustituirán a las delegaciones en que se divide el espacio geográfico del Distrito Federal. Se consideró que ésta era una cuestión que ameritaba un mayor debate, a efecto de lograr los consensos necesarios para establecer dicha organización de las demarcaciones territoriales y fijara los alcances de su regulación, en los términos que establece la fracción II de la base tercera del apartado C del artículo 122 constitucional, la cual prevé que una de las bases a que se sujetará el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal será:

"Base tercera. Respecto a la organización de la administración pública local en el Distrito Federal:

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Establecerá los órganos político-administrativos en cada una de las demarcaciones territoriales en que se divida el Distrito Federal.

Asimismo fijará los criterios para efectuar la división territorial del Distrito Federal, la competencia de los órganos político-administrativos correspondientes, la forma de integrarlos, su funcionamiento, así como las relaciones de dichos órganos con el jefe de gobierno del Distrito Federal.

Los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales serán elegidos en forma universal, libre, secreta y directa, según lo determine la ley.

La primera tarea a la que se abocó el gobierno democráticamente electo del Distrito Federal fue la convocatoria de un amplio debate sobre la reforma política del Distrito Federal", con presencia de los partidos políticos nacionales, cuyos trabajos fueron distribuidos en tres mesas de trabajo. Precisamente, la tercera mesa de trabajo estuvo dedicada a la organización jurídico-política del Distrito Federal.

En la agenda de dicha mesa, el tema uno estaba dedicado a la estructura político-administrativa de las demarcaciones territoriales, cuyas principales conclusiones fueron la necesidad de una legislación orgánica para las demarcaciones territoriales; la autonomía, personalidad jurídica y patrimonio de las demarcaciones territoriales; la fijación del número de las demarcaciones territoriales; la denominación de las demarcaciones territoriales como "demarcaciones municipales"; la elección del titular del órgano de gobierno de las demarcaciones territoriales, quien recibiría la denominación de "alcalde", mediante el voto directo, libre y secreto de la ciudadanía de la demarcación; la integración colegiada del órgano de gobierno de cada demarcación territorial, con base en el sistema de representación proporcional puro; la denominación de "cabildo" para el órgano de gobierno; la integración y registro de las planillas para elegir al cabildo, entre otras cuestiones.

Por ello, los diputados suscritos del presente dictamen consideramos que debe realizarse la reforma del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para dar el marco jurídico que establezca las bases de elección de los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales.

En el pasado mes de septiembre, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y el diputado José Espina von Roehrich, en nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron ante esta soberanía sendas iniciativas de reformas y adiciones de diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno, a efecto de adecuar dicho ordenamiento en materia de las demarcaciones territoriales, en las que se proponía que los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal no fuesen considerados órganos desconcentrados ni parte de la administración centralizada local, sino instituciones con características propias; la instauración de concejos de gobierno en las demarcaciones, elegidos por el voto universal, libre, secreto y directo de los ciudadanos; el otorgamiento de la personalidad jurídica y el patrimonio propio de los referidos órganos político administrativos; la ampliación de la competencia de los órganos político-administrativos y dejar la regulación de la materia y denominación de las de- marcaciones como competencia de la Asamblea Legislativa local.

Dichas iniciativas fueron objeto de estudio por esta comisión, encontrándose importantes coincidencias entre las opiniones de los grupos parlamentarios representados en ésta, así como los puntos de divergencia. La principal contradicción se ubicó en la definición de los titulares de los órganos político-administrativos, presentándose por una parte la posición del PRD y el PAN en el sentido de las propuestas contenidas en las iniciativas respecto a la elección de órganos colegiados y, por otra, la posición del PRI, en cuanto a la elección de un titular unipersonal.

En el primer caso se expusieron como consideraciones: la necesidad de conformar órganos que cumplieran la función de contrapeso institucional al responsable de la administración local atendiendo al criterio que ha sido base jurídico-política de la organización de los diferentes niveles de gobierno en el país, así como la necesidad de desarrollar instancias de participación democrática para la toma de decisiones sobre los asuntos fundamentales del desarrollo de las demarcaciones territoriales.

En cuanto a la propuesta del PRI, se expuso como consideración principal que con la conformación de órganos colegiados, con representación plural podrían generarse situaciones de parálisis en el financiamiento de la administración de las demarcaciones y provocar conflictos que pondrían en riesgo la gobernabilidad de la ciudad.

Por decisión mayoritaria de los miembros de la comisión, se aprobó el correspondiente dictamen conteniendo, para el caso de la titularidad de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales, las propuestas planteadas en las iniciativas, es decir, la elección de órganos colegiados.

Dicho dictamen fue presentado a esta Asamblea, misma que lo aprobó para remitirlo al Senado de la República.

Por su parte, en la colegisladora, el día 21 de septiembre del año en curso, los senadores Eduardo Andrade Sánchez, Héctor Ximénez González y Víctor Hugo Islas Hernández, pertenecientes al grupo parlamentario del partido Revolucionario Institucional, presentaron dos iniciativas relativas a las demarcaciones territoriales. La primera iniciativa proponía la reforma de los artículos 104, 105, 106, 107 y 108 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en la que determinaba que la administración pública local de la sede de los Poderes de la Unión contase con órganos político administrativos en cada una de las demarcaciones territoriales en que se divida el Distrito Federal, que al frente de los órganos político-administrativos estuviese un titular, unipersonal, elegido de forma universal, libre, secreta y directa, señalando duración, requisitos para ser titular, regulación de ausencias temporales y absolutas y separación del cargo.

La segunda iniciativa de los senadores del Partido Revolucionario Institucional tenía por objeto la reforma del Estatuto de Gobierno en lo concerniente a la competencia de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales, las facultades de los titulares de los órganos político administrativos, la responsabilidad de dichos titulares, el aspecto patrimonial de los órganos y la instauración del Consejo de Gobierno y Hacienda del Distrito Federal.

La minuta de la Cámara de Diputados y las iniciativas de los senadores fueron objeto de un dictamen elaborado por las comisiones unidas del Distrito Federal y Estudios Legislativos, Tercera, de la Cámara de Senadores.

En dicho dictamen, las comisiones del Senado, después de un proceso de análisis y discusión sobre los avances del proceso democrático en el Distrito Federal, detectaron coincidencias y divergencias en la minuta y las iniciativas, para concluir que "no es un asunto de agotada discusión, pero que quedan sentadas las bases para que las subsecuentes legislaturas complementen de la mejor manera posible la titularidad de dichos órganos, atendiendo desde luego a la opinión ciudadana, así como también del ajuste a la legislación correspondiente, atendiendo a las exigencias de gobernabilidad que la realidad de la Ciudad de México demanda".

Por ello, "se determinó que la titularidad unipersonal era la opción más factible para mantener la gobernabilidad de la ciudad y hacer posible de inmediato la elección de los titulares de los órganos, tomando en consideración el apremio de los tiempos en los procesos electorales del Distrito Federal; lo más importante fue impulsar la reforma y salvaguardar la elección de los titulares de los órganos político-administrativos, dando un paso importante al fortalecimiento de la democracia local del Distrito Federal, en la mira de que quien más gana es la ciudadanía".

La colegisladora aprobó el 7 del mes en curso el dictamen del decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, cuya minuta remitió a esta Cámara en los términos de las fracciones A y E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Fundamentos constitucionales
de la minuta

En la vigente estructura constitucional del Distrito Federal tenemos una duplicidad legislativa, en cuanto que el Congreso de la Unión y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberán legislar de acuerdo con la distribución de competencias que establece el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De acuerdo con la fracción II del apartado A de dicho artículo, al Congreso de la Unión corresponde expedir el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. En concordancia con el precepto citado, el apartado C del mismo dispositivo constitucional prevé el contenido del Estatuto de Gobierno y específicamente la fracción II de la base tercera de este apartado, establece que una de las bases a que se sujetará el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal será:

"Base tercera. Respecto a la organización de la administración pública local en el Distrito Federal:

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Establecerá los órganos político-administrativos en cada una de las demarcaciones territoriales en que se divida el Distrito Federal.

Asimismo fijará los criterios para efectuar la división territorial del Distrito Federal, la competencia de los órganos político-administrativos correspondientes, la forma de integrarlos, su funcionamiento, así como las relaciones de dichos órganos con el jefe de Gobierno del Distrito Federal.

1064,1065 y 1066

Los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales serán elegidos en forma universal, libre, secreta y directa, según lo determine la ley."

Por lo anterior, debe considerarse lo dispuesto en el artículo décimo transitorio del decreto de reformas a diversos artículos constitucionales, entre ellos el 122, de 21 de agosto de 1996, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 22 del mismo mes y año, que establece lo siguiente:

"Lo dispuesto en la fracción II de la base tercera del apartado C del artículo 122, que se refiere a la elección de los titulares de los órganos político-administrativos en las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, entrará en vigor el 1o. de enero del año 2000; en 1997, se elegirán en forma indirecta, en los términos que señale la ley."

La fracción E del artículo 72 constitucional prescribe:

"E. Si un proyecto de ley o decreto fuese desechado en parte o modificado o adicionado por la Cámara revisora, la nueva discusión de la Cámara de su origen versará únicamente sobre lo desechado o sobre las reformas o adiciones, sin poder alterarse en manera alguna los artículos aprobados. Si las adiciones o reformas hechas por la Cámara revisora fuesen aprobadas por la mayoría absoluta de los votos presentes en la Cámara de su origen, se pasará todo el proyecto al Ejecutivo, para los efectos de la fracción A. Si las adiciones o reformas hechas por la Cámara revisora fueren reprobadas por la mayoría de votos en la Cámara de su origen, volverán a aquélla para que tome en consideración las razones de ésta y si por mayoría absoluta de votos presentes se desecharen en esta segunda revisión dichas adiciones o reformas, el proyecto, en lo que haya sido aprobado por ambas cámaras, se pasará al Ejecutivo para los efectos de la fracción A.

Si la Cámara revisora insistiere, por la mayoría absoluta de votos presentes, en dichas adiciones o reformas, todo el proyecto no volverá a presentarse sino hasta el siguiente periodo de sesiones, a no ser que ambas cámaras acuerden, por la mayoría absoluta de sus miembros presentes, que se expida la ley o decreto sólo con los artículos aprobados y que se reserven los adicionados o reformados para su examen y votación en las sesiones siguientes."
Es necesario tomar en cuenta la prevención establecida en el párrafo cuarto de la fracción II del artículo 105 de la Constitución General de la República, que a la letra señala:

"Las leyes electorales federales y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos 90 días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse y durante el mismo no podía haber modificaciones legales fundamentales."

En atención a lo expuesto, es indispensable que esta soberanía se aboque prontamente al conocimiento del presente dictamen, a fin de establecer el marco normativo que permita la renovación de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

III. Contenido de la minuta

1. La reforma del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal hacia el año 2000.

Como ya fue expresado y de acuerdo con el contenido del vigente artículo 122 de la Constitución, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal es un ordenamiento jurídico de nivel secundario cuyo objeto es regular la estructura y el funcionamiento del poder político local de la capital de la República, dejando espacios de actuación limitados a la Cámara de Senadores, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión y al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

El Estatuto de Gobierno está subordinado a la Ley Suprema de toda la unión, en especial a su artículo 122, por lo que no puede rebasar el marco de la Ley Fundamental, así como tampoco puede estar disminuido, pues reduciría la capacidad de actuación de los órganos locales y no respondería plenamente a las expectativas de la ciudadanía capitalina.

Conforme a lo expuesto en el apartado I de este dictamen, debe actualizarse el contenido normativo del Estatuto de Gobierno al marco jurídico fijado en la fracción II de la base tercera del apartado C del artículo 122, que entrará en vigor el día 1o. de enero del año 2000, mismo que debería ser congruente con el imperativo del cuarto párrafo de la fracción II del artículo 105 de la Constitución, para efecto de dar los tiempos necesarios y desahogados a la Asamblea Legislativa, al Instituto Electoral, al Tribunal Electoral del Distrito Federal y si fuera el caso, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a fin de que, en el ámbito de sus respectivas competencias lleven a cabo la regulación e instrumentación del proceso electoral destinado a la conformación de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

2. Examen de la minuta.

Del análisis del contenido de la minuta de la Cámara de Senadores se desprenden las siguientes consideraciones particulares:

a) La minuta propone que la administración pública local del Distrito Federal contará con los órganos político-administrativos en cada una de las demarcaciones territoriales en que se divida el Distrito Federal, que tendrán las atribuciones señaladas en el Estatuto de Gobierno y en las leyes.

b) Que los órganos político-administrativos se denominarán "delegaciones", cuyo número, ámbito territorial e identificación nominativa será definida por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

c) Que frente de las delegaciones estará un titular, denominado genéricamente "jefe delegacional", electo en forma universal, libre, secreta y directa cada tres años, según lo determine la ley, que deberá satisfacer determinados requisitos. No habrá posibilidad de reelección inmediata para los jefes delegacionales, electos popularmente o de manera indirecta para dicho cargo por la Asamblea Legislativa.

d) La elección de los jefes delegacionales tendrá verificativo en la misma fecha en que sean elegidos los diputados a la Asamblea Legislativa; con participación exclusiva de los partidos políticos nacionales; el encargo de los jefes delegacionales iniciará el 1o. de octubre del año de elección y rendirán la protesta constitucional ante la Asamblea Legislativa.

e) En la minuta del Senado se específica el régimen de las ausencias del jefe delegacional.

f) También se determinan las causas graves y el procedimiento para remover a los jefes delegacionales, con respeto del derecho de audiencia a éstos.

g) Destacan disposiciones que regulan las relaciones entre los organos de la sede de los poderes federales y los jefes delegacionales, tales como que éstos deberán observar y hacer cumplir las resoluciones que emitan el jefe de gobierno, la Asamblea Legislativa, el Tribunal Superior de Justicia y las demás autoridades jurisdiccionales; que las controversias de carácter competencial administrativo entre las delegaciones y los demás órganos y dependencias de la administración pública local serán resueltas por el jefe de gobierno o que éste podrá dictar acuerdos mediante los cuales delegue en los titulares de los órganos político-administrativos la facultad de otorgar concesiones de servicios públicos que tengan repercusiones en el ámbito de las delegaciones, entre las más relevantes.

h) Se precisan los ámbitos de competencia material de las delegaciones.

i) De acuerdo con los transitorios de la minuta senatorial, el decreto entraría en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación en todo lo referido a la elección de los jefes delegacionales, mientras que las disposiciones concernientes a la estructura, competencias y funcionarios de los órganos político-administrativos entrarán en vigor el 1o. de octubre del año 2000; que se modifica el procedimiento de elección indirecta previsto en el artículo décimocuarto transitorio del decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 4 de diciembre de 1997 y que las menciones a los delegados en otras leyes y reglamentos se entenderán atribuidas a los jefes delegacionales.

En virtud de lo anterior, los diputados integrantes de la Comisión del Distrito Federal consideran que:

a) Es preciso continuar con el proceso de democratización del Distrito Federal.

b) La responsabilidad unipersonal de los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal no es un tema cuya discusión esté concluida.

c) Es necesario mantener la estabilidad y unidad de la Administración Pública del Distrito Federal y hacer posible la elección de los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales en el año 2000.

Esta definición no significa de modo alguno una renuncia a las propuestas que sobre este tema los partidos políticos han presentado en diversos momentos.

Por las razones expuestas y con base en la valoración que se realizó de la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, remitida por el Senado de la República, la Comisión del Distrito Federal somete a la consideración de esta Asamblea la aprobación del siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

Artículo único. Se reforman los artículos 11 fracción II, 12 fracción III, 72, 87, 91, 93, 104, 105, 108, 112, 113, 114, 115 fracciones III, V, VII, IX, X y XI, 116 y 117, se adiciona las fracciones XXVIII, XXIX y XXX y se recorre la actual fracción XXVII del artículo 42 y los artículos 106, 107 y se modifica el enunciado del Capítulo II del Título Quinto, todos del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. La unidad geográfica y estructural de la Ciudad de México y su desarrollo integral en compatibilidad con las características de las demarcaciones territoriales que se establezcan en su interior para el mejor gobierno y atención de las necesidades públicas y

III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 12. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. El establecimiento en cada demarcación territorial de un órgano político-administrativo, con autonomía funcional para ejercerlas competencias que les otorga este estatuto y las leyes.

IV a la XV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 42. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a la XXVI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XXVII. Remover a los jefes delegacionales, por las causas graves que establece el presente estatuto, con el voto de las dos terceras partes de los diputados que integren la legislatura.

La solicitud de remoción podrá ser presentada por el jefe de gobierno o por los diputados de la Asamblea Legislativa, en este caso se requerirá que la solicitud sea presentada, al menos, por un tercio de los integrantes de la legislatura. La solicitud de remoción deberá presentarse ante la Asamblea debidamente motivada y acompañarse de los elementos probatorios que permitan establecer la probable responsabilidad.

XXVIII. Designar, a propuesta del jefe de gobierno, por el voto de la mayoría absoluta de los diputados integrantes de la legislatura, a los sustitutos que concluyan el periodo del encargo en caso de ausencia definitiva de los jefes delegacionales;

XXIX. Recibir y analizar el informe anual de gestión que le presenten, por conducto del jefe de gobierno, los jefes delegacionales, los cuales podrán ser citados a comparecer ante comisiones.

XXX. Las demás que le otorgan la Constitución y este estatuto.

Artículo 72. En la coordinación metropolitana, por el Distrito Federal participarán los titulares de las dependencias o entidades paraestatales encargadas de las materias objeto del acuerdo, así como los titulares de los órganos político- administrativos de las demarcaciones territoriales limítrofes, conforme a las disposiciones que dicte el jefe de gobierno.

Artículo 87. La Administración Pública del Distrito Federal será centralizada, desconcertada y paraestatal, de conformidad con lo dispuesto en este estatuto y la Ley Orgánica que expida la Asamblea Legislativa, la cual distribuirá los asuntos del orden administrativo del Distrito Federal.

1067,1068 y 1069           

 

                      

La jefatura de gobierno del Distrito Federal y las secretarías, así como las demás dependencias que determine la ley, integran la administración pública centralizada.

Asimismo, la Administración Pública del Distrito Federal contará con órganos político-administrativos en cada una de las demarcaciones territoriales en que se divida el Distrito Federal; dichos órganos tendrán a su cargo las atribuciones señaladas en el presente estatuto y en las leyes.

Artículo 91. Para la eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, el jefe de gobierno del Distrito Federal podrá constituir órganos administrativos desconcentrados que estarán jerárquicamente subordinados al propio jefe de gobierno o bien, a la dependencia que éste determine. Los titulares de estos órganos serán nombrados y removidos libremente por el propio jefe de gobierno.

Artículo 93.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Tomando en cuenta la mayor eficiencia en la prestación de los servicios públicos, el jefe de gobierno podrá dictar acuerdos mediante los cuales delegue en los jefes delegacionales la facultad de otorgar concesiones de servicios públicos que tengan efecto dentro de la delegación.

CAPITULO II

De las demarcaciones territoriales
y de los órganos político-administrativos

Artículo 104. La administración pública del Distrito Federal contará con un órgano político-administrativo en cada demarcación territorial.

Para los efectos de este estatuto y las leyes, las demarcaciones territoriales y los órganos político-administrativos en cada una de ellas se denominarán genéricamente delegaciones.

La Asamblea Legislativa establecerá en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal el número de delegaciones, su ámbito territorial y su identificación nominativa.
Artículo 105. Cada delegación se integrará con un titular, al que se le denominará genéricamente jefe delegacional, electo en forma universal, libre, secreta y directa cada tres años, según lo determine la ley, así como con los funcionarios y demás servidores públicos que determinen la Ley Orgánica y el reglamento respectivos.

Para ser jefe de gobierno se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad, en pleno goce de sus derechos;

II. Tener por lo menos 25 años el día de la elección;

III. Ser originario del Distrito Federal con dos años de residencia efectiva inmediatamente anteriores al día de la elección, o vecino de él con residencia efectiva no menor de tres años inmediatamente anteriores al día de la elección;

IV. Cumplir los requisitos establecidos en las fracciones IV a la X del artículo 53 del presente estatuto.

Los jefes delegacionales electos popularmente no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Las personas que por designación de la Asamblea Legislativa desempeñen ese cargo, no podrán ser electas para el periodo inmediato.

Artículo 106. La elección de los jefes delegacionales se realizará en la misma fecha en que sean electos los diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Sólo los partidos políticos con registro nacional podrán registrar candidatos al cargo de jefe delegacional.

El encargo de los jefes delegacionales durará tres años, iniciando el 1o. de octubre del año de la elección.

Los jefes delegacionales rendirán protesta ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Artículo 107. Las ausencias del jefe delegacional de más de 15 días hasta por 90 días deberán ser autorizadas por el jefe de gobierno y serán cubiertas en términos de la Ley Orgánica respectiva.

En caso de ausencia por un periodo mayor de 90 días, cualquiera que sea la causa, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal designará, a propuesta, del jefe de gobierno y por mayoría absoluta de los diputados integrantes de la legislatura, al sustituto.

Si la elección demarcacional fuese declarada nula, en tanto se realiza la elección extraordinaria, la Asamblea procederá a designar al correspondiente jefe delegacional, conforme al procedimiento establecido en el párrafo anterior.

Si el jefe delegacional electo no se presenta a tomar posesión de su encargo, se procederá en los términos del segundo párrafo de este artículo.

Las personas que sean designadas por la Asamblea en los términos de los tres párrafos anteriores, deberán cumplir los requisitos establecidos en las fracciones I, II y III del artículo 105 y los contenidos en las fracciones V, VI y X del artículo 53, ambos de este estatuto.

Artículo 108. Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación sobre responsabilidades aplicable a los servidores públicos del Distrito Federal, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a propuesta del jefe de gobierno o de los diputados, podrá remover a los jefes delegacionales por las causas graves siguientes:

I. Por violaciones sistemáticas a la Constitución, al presente estatuto o a las leyes federales y del Distrito Federal;

II. Por contravenir de manera grave y sistemática los reglamentos, acuerdos y demás resoluciones del jefe de gobierno del Distrito Federal;

III. Por realizar cualquier acto o incurrir en omisiones que afecten gravemente el funcionamiento de la administración pública del Distrito Federal o el orden público en la entidad;

IV. Por desempeñar cualquier otro empleo, cargo o comisión en la Federación, estados, Distrito Federal o municipios, durante el tiempo que dure su encargo, excepto las actividades docentes, académicas y de investigación científica no renumeradas;

V. Por invadir de manera reiterada y sistemática la esfera de competencia de la administración pública central o paraestatal del Distrito Federal;

VI. Por cumplir reiterada y sistemáticamente las resoluciones de los órganos jurisdiccionales federales o del Distrito Federal;

VII. Por realizar actos que afecten gravemente las relaciones de la delegación con el jefe de gobierno del Distrito Federal y

VIII. Por realizar actos que afecten de manera grave las relaciones del jefe de gobierno con los poderes de la Unión.

La Asamblea Legislativa calificará la gravedad de la falta y resolverá en definitiva sobre la emoción, por el voto de las dos terceras partes de los miembros integrantes de la legislatura, siempre y cuando el jefe delegacional haya tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan. La resolución de la Asamblea será definitiva e inatacable y surtirá sus efectos de inmediato.

En caso de remoción del jefe delegacional, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal designará, a propuesta del jefe de gobierno, por mayoría absoluta de los integrantes de la legislatura, al sustituto para que termine el encargo.

En el caso de sentencia ejecutoria condenatoria por delito doloso en contra de un jefe delegacional, sin dilación alguna el juez dará cuenta a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para el solo efecto de que declare la destitución del cargo y nombre al sustituto, observando lo dispuesto en el párrafo anterior.

Las sanciones distintas a la remoción serán aplicadas conforme a las disposiciones conducentes de la ley de la materia.

Los jefes delegacionales deberán observar y hacer cumplir las resoluciones que emitan el jefe de gobierno, la Asamblea Legislativa, el Tribunal Superior de Justicia y las demás autoridades jurisdiccionales.

Las controversias de carácter competencial administrativo que se presentaren entre las delegaciones y los demás órganos y dependencias de la administración pública del Distrito Federal serán resueltas por el jefe de gobierno.

Artículo 112. En la iniciativa de decreto de presupuesto de egresos, el jefe de gobierno deberá proponer a la Asamblea Legislativa asignaciones presupuestales para que las delegaciones cumplan con el ejercicio de las actividades a su cargo, considerando criterios de población, marginación, infraestructura y equipamiento urbano. Las delegaciones informarán al jefe de gobierno del ejercicio de sus asignaciones presupuestarias para los efectos de la cuenta pública, de conformidad con lo que establece este estatuto y las leyes aplicables.

Las delegaciones ejercerán, con autonomía de gestión, sus presupuestos, observando las disposiciones legales y reglamentarias, así como los acuerdos administrativos de carácter general de la administración pública central. Las transferencias presupuestarias que no afecten programas prioritarios, serán decididas por el jefe delegacional, informando del ejercicio de esta atribución al jefe de gobierno de manera trimestral.

Artículo 113. Para el mejor desempeño de sus atribuciones, los jefes delegacionales realizarán recorridos periódicos dentro de su demarcación, a fin de verificar la forma y las condiciones en que se presten los servicios públicos así como el estado en que se encuentren los sitios, obras e instalaciones en los que la comunidad tenga interés.

Artículo 114. Los jefes delegacionales, de conformidad con las normas que resulten aplicables darán audiencia pública por lo menos dos veces al mes a los habitantes de la delegación, en la que éstos podrán proponer la adopción de determinados acuerdos, la realización de ciertos actos o recibir información sobre determinadas actuaciones, siempre que sean de la competencia de la administración pública del Distrito Federal.

La audiencia se realizará preferentemente en el lugar donde residan los habitantes interesados en ella, en forma verbal, en un solo acto y con la asistencia de vecinos de la demarcación y el jefe delegacional y en su caso servidores públicos de la administración pública del Distrito Federal vinculados de la audiencia pública.

Artículo 115. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Regulación interna sobre organización, funciones y procedimientos de la administración pública y dentro de ésta, la relativa a órganos desconcentrados constituidos por el jefe de gobierno;

IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Adquisición, administración y enajenación de bienes del patrimonio de la ciudad y fijación de lineamientos para su adquisición, uso y destino. Tratándose del patrimonio inmobiliario destinado a las delegaciones, los jefes delegacionales deberán ser consultados cuando se trate de enajenar o adquirir inmuebles destinados al cumplimiento de sus funciones;

VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VII. Prestación de servicios públicos y planeación y ejecución de obras de impacto en el interior de una delegación cuando sean de alta especialidad técnica, de acuerdo con las clasificaciones que se hagan en las disposiciones aplicables. El jefe de gobierno podrá dictar acuerdos mediante los cuales delegue a los jefes delegacionales la realización o contratación de estas obras, dentro de los límites de la respectiva demarcación;

VIII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IX. Dirección y coordinación de las unidades administrativas que tengan adscritas a sus respectivos ramos, de las entidades paraestatales que les sean sectorizadas y de órganos desconcentrados, conforme a las disposiciones aplicables;

X. Determinación de los sistemas de participación y coordinación de las delegaciones respecto a la prestación de servicios públicos de carácter general como suministro de agua potable, drenaje, tratamiento de aguas, recolección de desechos en vías primarias, transporte público de pasajeros, protección civil, seguridad pública, educación, salud y abasto;

XI. En general, las funciones de administración, planeación y ejecución de obras, prestación de servicios públicos y en general actos de gobierno que incidan, se realicen o se relacionen con el conjunto de la ciudad o tengan impacto en dos o más delegaciones;

1070,1071 y 1072

XII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 116. Las atribuciones a que se refiere el artículo anterior, así como aquellas de carácter técnico u operativo, podrán encomendarse a órganos desconcentrados, a efecto de lograr una administración eficiente, ágil y oportuna, basada en principios de simplificación, transparencia y racionalidad, en los términos del reglamento interior de la ley respectiva. En este supuesto, las delegaciones serán invariablemente consideradas para los efectos de la ejecución de obras, la prestación de los servicios públicos o la realización de los actos de gobierno que tengan impacto en la delegación respectiva.

Artículo 117. Las delegaciones tendrán competencia, dentro de sus respectivas jurisdicciones, en las materias de: gobierno, administración, asuntos jurídicos, obras, servicios, actividades sociales, protección civil, seguridad pública, promoción económica, cultural y deportiva y las demás que señalen las leyes.

El ejercicio de tales atribuciones se realizará siempre de conformidad con las leyes y demás disposiciones normativas aplicables en cada materia y respetando las asignaciones presupuestales.

Los jefes delegacionales tendrán bajo su responsabilidad las siguientes atribuciones:

I. Dirigir las actividades de la administración pública de la delegación;

II. Prestar los servicios públicos y realizar obras, atribuidos por la ley y demás disposiciones aplicables, dentro del marco de las asignaciones presupuestales;

III. Participar en la prestación de servicios o realización de obras con otras delegaciones y con el gobierno de la ciudad conforme las disposiciones presupuestales y de carácter administrativo aplicables;

IV. Opinar sobre la concesión de servicios públicos que tengan efectos en la delegación y sobre los convenios que se suscriban entre el Distrito Federal y la Federación o los estados o municipios limítrofes que afecten directamente a la delegación;

V. Otorgar y revocar, en su caso, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, observando las leyes y reglamentos aplicables;

VI. Imponer sanciones administrativas por infracciones a las leyes y reglamentos;

VII. Proponer al jefe de gobierno, los proyectos de programas operativos anuales y de presupuesto de la delegación, sujetándose a las estimaciones de ingresos para el Distrito Federal;

VIII. Coadyuvar con la dependencia de la administración pública del Distrito Federal que resulte competente, en las tareas de seguridad pública y protección civil en la delegación;

IX. Designar a los servidores públicos de la delegación, sujetándose a las disposiciones del servicio civil de carrera. En todo caso, los funcionarios de confianza, mandos medios y superiores, serán designados y removidos libremente por el jefe delegacional;

X. Establecer la estructura organizacional de la delegación conforme a las disposiciones aplicables y

XI. Las demás que les otorguen este estatuto, las leyes, los reglamentos y los acuerdos que expida el jefe de gobierno.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación en todo lo referido a la elección directa de los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales. Las disposiciones relativas a la estructura, competencias y funcionamiento de dichos órganos, entrarán en vigor el 1o. de octubre del año 2000.

Segundo. La elección indirecta de los titulares de las delegaciones del Distrito Federal, prevista en el artículo decimocuarto transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 4 de diciembre de 1997, se realizará, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, mediante la aprobación por el voto de la mayoría absoluta de los diputados integrantes de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, aplicándose en lo demás lo dispuesto por dicho artículo transitorio.

Tercero. Todas las menciones, atribuciones y facultades conferidas por el presente decreto, otras leyes y reglamentos a los delegados, se entenderán referidas a partir del 1o. de octubre del año 2000, a los jefes delegacionales.

Cuarto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 1999.- Diputados: Alejandro Ordorica Saavedra, presidente; Martha Irene Luna Calvo, secretaria; Lenia Batres Guadarrama; Clara Marina Brugada Molina, David Ricardo Cervantes Peredo, Francisco de Souza Machorro, David Miguel Noyola Martínez, Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva, Esperanza Villalobos Pérez, Esteban Miguel Angeles Cerón, José Luis Bárcena Trejo, José María de los Reyes Torres, Miguel Angel Godínez Bravo, Manuel González Espinoza, Guillermo González Martíne, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, Tulio Hernández Gómez, María Guadalupe Francisca Martínez Cruz, Jaime Moreno Garavilla, Rafael Oceguera Ramos, Martha Palafox Gutiérrez, Miguel Sadot Sánchez Carreño, Humberto Serrano Pérez, Sandra Segura Rangel, secretaria; Santiago Creel Miranda, Porfirio Durán Reveles, José Espina von Roehrich, Julio Faesler Carlisle y Francisco José Paoli y Bolio.»

El Presidente :

Gracias, señor Secretario.

Está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general y en lo particular, los siguientes diputados: José Espina von Roehrich, del Partido Acción Nacional; David Ricardo Cervantes Peredo, del grupo parlamentario de la Revolución Democrática y Miguel Sadot Sánchez Carreño, del grupo parlamentario del Revolucionario Institucional.
Tiene la palabra para fijar posición respecto de este dictamen, el diputado Jose Espina von Roehrich, por 10 minutos.

El diputado José Espina von Roehrich:

Con su permiso, señor Presidente; señoras y señores legisladores; invitados a esta sesión:

Con la discusión y en su caso aprobación de este dictamen que reforma el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, se pone fin a un capítulo más del largo y lento proceso encaminado a reconocer los derechos políticos plenos a los ciudadanos residentes en el Distrito Federal, así como avanzar en la democratización efectiva de sus instituciones político-administrativas.

Desde hace muchas décadas, Acción Nacional y sus grupos parlamentarios han planteado en diversas ocasiones, a través de iniciativas de reformas constitucionales y legales, la necesidad de establecer una nueva organización jurídico-política del Distrito Federal que posibilite una nueva relación entre la sociedad y sus gobiernos locales, a partir del reconocimiento de un derecho humano fundamental: la elección libre, secreta y universal de sus gobernantes.

Lo anterior, sin menoscabo del status jurídico-político de esta entidad como sede de los poderes federales y capital de los Estados Unidos Mexicanos, que exige el establecimiento a nivel constitucional y legal de mecanismos de coordinación y distribución de funciones, para garantizar la seguridad, funcionalidad y estabilidad de los poderes de la Unión y, a su vez, que posibilite la creación de los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, con atribuciones y responsabilidades exclusivas en todo lo concerniente al ámbito local de la Ciudad de México.

Afortunadamente, esta visión de Acción Nacional fue compartida y coincidente en su esencia con las visiones y propuestas de otras fuerzas políticas nacionales y por diversos sectores sociales, cuya aceptación en la opinión pública fue en aumento, hasta convertirse en una exigencia generalizada que no ha podido ser ignorada o minimizada por el Gobierno y su partido, con lo que se hicieron posibles las diversas reformas políticas que conocemos y que nos han conducido hasta la situación actual.

Los progresivos avances, meritorios sí, pero insuficientes, que en este proceso de reforma electoral y política del Distrito Federal se han conseguido, gracias a esta perseverante y congruente lucha de Acción Nacional y los partidos de oposición en su conjunto, han logrado doblegar paulatinamente las innumerables resistencias e incluso pretexto del régimen priísta para impedir o por lo menos retrasar lo más posible, la liberalización política, primero y la democratización plena después, del Distrito Federal.

Este proceso tortuoso que se ha vivido en la Ciudad de México, nos refleja de manera muy clara y evidente cómo ha sido el desarrollo político de nuestro país, desde que la Revolución fue desvirtuada para después ser institucionalizada, hace poco más de 70 años.

Un régimen político que se impuso por la fuerza de las armas y que se disfrazó de popular, nacionalista y revolucionario, con objeto de conservarse en el poder para dominar y doblegar al pueblo.

Ahí está como ejemplo inicial la desaparición por decreto presidencial del régimen municipal que existía en esta entidad, ordenada por el general Alvaro Obregón en 1928 a consecuencia de la derrota electoral que él sufrió en esta Ciudad de México.

No obstante, a 71 años de distancia, afortunadamente hemos avanzado en esta lucha.

La transformación que el sistema político mexicano ha experimentado durante este tiempo, nos permite hoy refrendar nuestra convicción de que estamos en el camino correcto.

En el Distrito Federal en 1988 se logró la creación de la Asamblea de Representantes como órgano plural de representación, con facultades sólo reglamentarias y de supervisión de la administración pública local. Después se consiguió el otorgamiento de algunas facultades legislativas de presupuestación y fiscalización, así como de participación en la ratificación de algunos funcionarios locales.

Sin embargo, el gobierno y el PRI no han permitido que los órganos de gobierno locales adquieran autonomía plena para el desarrollo cabal de sus funciones, a pesar de la decisión plural que hizo posible la elección del jefe de gobierno de esta entidad en 1997.

Y hoy, a propósito del presente dictamen que discutimos, nuevamente se ha impuesto la cerrazón del Gobierno y su partido para impedir el cumplimiento del mandato constitucional, el establecimiento de órganos político-administrativos colegiados que posibiliten una integración plural y representativa de los mismos en cada delegación del Distrito Federal, por una parte y el necesario equilibrio y contrapeso al interior de los mismos, por la otra.

La iniciativa que presentó el PAN, así como el dictamen que aprobó esta soberanía hace unos días, proponía una doble descentralización: una de carácter político y otra de carácter administrativo, ya que por un lado se buscaba establecer órganos electos democráticamente, lo que les daba autonomía en razón de su nombramiento y por otro lado, se le otorgaba a estos órganos colegiados electos popularmente, la autonomía funcional y en consecuencia autonomía administrativa con objeto de conseguir una mayor eficiencia en la prestación de los servicios públicos,

En nuestra propuesta se pretendía la coexistencia de tres jurisdicciones de manera real y de manera legal, como en cualquier otra entidad federativa, bien definidas y coordinadas, sin crear una situación de confusión de atribuciones y responsabilidades.

Sin embargo la cerrazón priísta, apoyada en su mayoría numérica en el Senado de la República, impidió nuevamente que se lograra un avance sustancial en este proceso de reforma política del Distrito Federal.

Conscientes de la validez de nuestros argumentos y de la responsabilidad política ante los ciudadanos del Distrito Federal, aceptamos participar junto con los representantes del PRI y del PRD, en el análisis y definición de una fórmula que permitiese cumplir con el mandato constitucional establecido en la fracción II de la base tercera del apartado C del artículo 122 Constitucional, para hacer efectiva la creación de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales y con ello hacer posible de inmediato la elección de sus respectivos titulares, tomando en consideración el apremio de los tiempos en los procesos electorales del Distrito Federal, sin afectar en modo alguno la estabilidad de la administración pública local.

1073,1074 y 1075

A pesar de todo lo anterior fue posible y así está contenido en el dictamen que hoy discutimos, el otorgamiento de mayores facultades a estos nuevos órganos, de las que hasta hoy han tenido las actuales delegaciones políticas y además se le otorgaron a la Asamblea Legislativa nuevas facultades que le permitirá ejercer la supervisión, fiscalización y contrapeso que se requiere respecto de estos órganos político-administrativos.

Concluyo, señor Presidente. Señoras y señores Diputados. Porque asumimos plenamente nuestra responsabilidad política y legislativa para con los habitantes del Distrito Federal, porque sabemos que la reforma política que concrete la transición democrática de México, no se consigue en un solo y único acto, sino que debe ser la consecuencia de un conjunto de decisiones y acciones políticas constantes.

Porque a pesar de los obstáculos y cerrazones del PRI-Gobierno seguimos avanzando, es que los diputados federales del PAN votaremos en favor de este dictamen.

Muchas gracias.

El Presidente :

Gracias, diputado José Espina.

Tiene la palabra para el mismo tema el diputado David Ricardo Cervantes Peredo, del grupo parlamentario de la Revolución Democrática.

El diputado David Ricardo Cervantes Peredo:

Gracias, compañero Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El dictamen que hoy se presenta el pleno, como sabemos, será votado a favor por todos los grupos parlamentarios en esta Cámara, así como lo fue en la Cámara de Senadores. Esto es resultado de la discusión y los acuerdos alcanzados entre los partidos políticos, aunque como se expresa en el dictamen, la discusión sobre el tema central de estas reformas, no es una discusión agotada y se mantienen diferencias sustanciales entre el Partido Revolucionario Institucional y los demás partidos.

Creemos que es importante señalarlo, no en demérito del acuerdo alcanzado, pero si en abono a la claridad con que debemos expresar ante el pleno y ante la ciudadanía, las posiciones y las decisiones que hemos asumido los partidos políticos.

En primer término, conviene señalar que el tema de las demarcaciones territoriales, es un solo tema de la reforma política del Distrito Federal, si bien tuvo que ser abordado en lo particular por razones de los tiempos establecidos para el proceso electoral que se llevará a cabo el próximo año en el Distrito Federal, no puede desvincularse del conjunto de temas que conlleva el debate sobre la reforma integral necesaria, para avanzar en la democratización de la ciudad.

Más aun es necesario reiterarlo para no perder de vista dos cuestiones: la primera, es que las discusiones de la mesa sobre la reforma política se habían alcanzado consensos importantes entre los partidos, incluido el PRI en algunos aspectos, mismos que no se reflejan en el dictamen que hoy aprobamos y la segunda, es el hecho de que hoy, esa reforma tendrá esos resultados, debido fundamentalmente a que se mantienen secuestrados buena parte de los derechos de los habitantes del Distrito Federal.

Si eso no fuera así, no tendríamos por qué estar discutiendo y decidiendo en esta Cámara, lo que correspondería decidir a los habitantes de la Ciudad de México a través de sus órganos de representación.

En segundo lugar, vale la pena compartir una reflexión sobre el asunto de la gobernabilidad, en relación con las reformas para democratizar el Distrito Federal, puesto que éste fue un punto central de la argumentación en la posición del PRI, posición que finalmente es la que prevaleció en el dictamen.

Con la reforma para elegir al jefe de gobierno que daría paso a la conformación de un gobierno propio del Distrito Federal, se temía que se presentara un conflicto en la convivencia entre el Ejecutivo Federal y el ejecutivo local y dicho temor se basaba en cálculos, que nunca consideraron siquiera como probable que el Gobierno de la ciudad fuera ganado por el PRD en la forma en la que sucedió en 1997; pero así sucedió, el PRD ganó la ciudad con una abrumadora mayoría y esto no ha significado el surgimiento de conflicto alguno con el Ejecutivo Federal.

También existía el temor y así se quiso hacer creer a la ciudadanía, de que habría caos si un partido de oposición quedaba al frente del Gobierno de la ciudad, cosa que a la fecha ha quedado más que desvirtuada.

Ahora, en los argumentos para defender la posición de que sólo se eligiera a un titular unipersonal de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales, se esgrimió nuevamente el asunto de la gobernabilidad. Ahora el PRI manifestó su temor o su preocupación en cuanto a que la constitución de titulares colectivos que funcionarán como órganos colegiados, podría generar situaciones de parálisis de la administración pública en las demarcaciones o podría dar pie a conflictos en la relación con el jefe de gobierno. Todo ello, basado en que dichos órganos tendrían una composición plural y considerando la gran probabilidad de que el partido que obtuviera la mayoría de votos en una demarcación podría ser distinto al que obtuviera la mayoría de votos para la jefatura de gobierno.

Hoy, este nuevo temor hizo que se mantuviera una posición inflexible por parte del PRI, que finalmente prevaleció en la decisión sobre la conformación de los órganos político-administrativos de las demarcaciones. Esta vez no podrá verificarse de inmediato que una vez más su temor no tiene fundamento.

Estamos convencidos que aún en el supuesto de que algún problema de esta naturaleza pudiera presentarse, dado que esto es posible no sólo en el Distrito Federal, sino en cualquier entidad del país, es a través de la ley, como también se hace en otras entidades, en donde se prevé la forma de resolverlos. Para eso también deben servir las leyes en un régimen democrático.

Si en el fondo realmente existiera una sincera preocupación por la gobernabilidad de la ciudad y de esa preocupación pudiéramos entender que se desprendería una voluntad para modificar o eliminar las disposiciones o las omisiones presentes en el marco jurídico actual del Distrito Federal y que representan en la práctica, no en un supuesto, problemas en el ejercicio de las funciones de los órganos de gobierno local, que pueden derivar en problemas de gobernabilidad, ¿por qué no han aceptado llevar a cabo las reformas que han sido propuestas por todos los partidos para, por ejemplo, darle al órgano legislativo local facultades plenas y convertirlo en un Poder Legislativo como en las demás entidades? ¿Acaso no es un problema real para el ejercicio de las funciones de este órgano y acaso no representa un problema político, sea cual sea el partido que tenga la mayoría, el hecho de que no se puedan elaborar leyes en las que se pueda desarrollar integralmente el marco jurídico sobre algunos aspectos fundamentales de la vida de la ciudad o acaso no es un problema que no contribuya la gobernabilidad el que constantemente se legislen algunos temas delicados, colocándose en el filo de la inconstitucionalidad por las diversas interpretaciones que se le dan a un artículo 122 constitucional, cuyas omisiones y contradicciones son cada vez más palpables?

¿Acaso no representa, como hoy lo estamos viviendo, un problema político innecesario, bajo la concepción de un régimen democrático, el hecho de que un partido minoritariamente representando en el órgano local decida, por el hecho de contar con una mayoría en el Senado de la República, algo que en cualquier otra entidad se discute y se decide en sus propios órganos a partir de la correlación de fuerzas que en ellos existen?

Más aún, la forma en que se ha dado este proceso de reforma política del Distrito Federal a cuentagotas, que ha significado la sobreposición de marcos normativos, la permanente adecuación de las leyes e incluso la existencia de normas que nunca se aplicaron, ¿no ha sido también un factor más que no contribuya a la gobernabilidad?

Si en realidad se trata de una intención por contribuir a la gobernabilidad democrática de la ciudad, ¿por qué entonces se han negado a llevar a cabo las reformas para convertir, por ejemplo, a la Asamblea Legislativa en un Poder Legislativo sin facultades acotadas? Y como es el caso de la función legislativa, se podrían poner otros ejemplos de la función ejecutiva y otros aspectos relacionados con el ejercicio de gobierno en la ciudad que no son exclusivos de esta gestión, pues igualmente se presentaron cuando el PRI era mayoría en la Asamblea y estaba al frente del Gobierno.

La respuesta en los hechos, más allá de lo que se ha dicho y pueda decirse en las discusiones, nos muestra claramente que se trata en el fondo de una concepción sobre el ejercicio de Gobierno y de una posición sobre la forma en la que se construye la democracia que no podemos compartir. La democracia no puede construirse si se tiene temor para construirla ni tampoco si las decisiones se basan en el ejercicio de una mayoría en el Senado que desconoce a la mayoría que por su propia decisión del PRI, no tiene posibilidades de decidir. Esas ideas no son hoy una base para construir la democracia.

Hoy, las bases para construir la democracia, rebasan la simple aplicación de mayorías numéricas en las cámaras, pues deben considerar la participación y el reconocimiento de todos actores políticos y fundamentalmente de las aspiraciones y el sentir de la ciudadanía.

Por lo tanto, debe quedar claro que la aprobación de este dictamen con el voto favorable de todos los partidos, no se da en lo que respecta al PRD, como resultado de la coincidencia en los planteamientos de fondo sobre el tema. Nuestro voto favorable, responde sí, a una coincidencia en la necesidad de dotar en este momento a la Asamblea Legislativa de bases jurídicas claras para adecuar la legislación electoral y para contribuir a dar certeza y seguridad jurídicas a los ciudadanos sobre la realización del proceso electoral que se llevará a cabo el próximo año.

De esta manera, ante la cerrazón y la inflexibilidad del PRI, hemos cedido hoy a la incorporación de nuestra posición en el contenido de las reformas que serán aprobadas, en aras de contribuir responsablemente a la materialización de un imperativo establecido en la Constitución, considerando que era indispensable eliminar cualquier duda o motivo que pudiera dar lugar a una impugnación de inconstitucionalidad contra el acto legislativo local o sobre el proceso electoral mismo.

Mantenemos nuestra convicción en que el establecimiento de órganos de gobierno plurales, con personalidad jurídica y patrimonio propio que ejerzan funciones de gobierno local como las que ejercen los ayuntamientos en las demás entidades federativas, es un elemento necesario para avanzar en la democratización de la ciudad.

Creemos firmemente en que la democracia se construye estableciendo instrumentos democráticos de gobierno que deben siempre estar sujetos a su evaluación y perfeccionamiento.

Concluyo. El propósito de lograr la eficiencia y la eficacia administrativa, no puede darse sobre la base de restringir el desarrollo de formas democráticas de gobierno y éstas jamás podrán desarrollarse si no se someten al inexorable juicio de la ciudadanía y de la historia.

Seguiremos trabajando para que llegue la hora en que el temor de algunos a la democracia, deje de ser el motivo para mantener secuestrados los derechos políticos de quienes habitamos en la Ciudad de México y los de todos los mexicanos.

Nos anima la expresión de la voluntad ciudadanía para seguir avanzando en este camino y la certeza de que esta hora llegará pronto.

Muchas gracias.

El Presidente :

Gracias, diputado Cervantes Peredo.

Tiene la palabra el diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño, del grupo parlamentario del Revolucionario Institucional.

El diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño:

Con su permiso, señor Presidente.

El Presidente :

Adelante.

El diputado Miguel Sadot Sánchez Carreño:

Señoras y señores diputados:

1076,1077 y 1078

El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional representado en esta Cámara, desea dejar constancia que, comprometido con la vocación democrática para impulsar las acciones que busquen fortalecer nuestras instituciones y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 122 constitucional, emitirá su voto aprobatorio por el dictamen que hoy se presenta y que busca ampliar la voluntad de los ciudadanos del D. F.

Con la reforma que aprobaremos el día de hoy, reivindicamos una larga y vehemente lucha de la ciudadanía del Distrito Federal para que su voluntad constituya la única fuente de poder de quienes son responsables de la conducción de los esfuerzos no sólo para la prestación y realización de obras, sino fundamentalmente para garantizar el libre y seguro ejercicio de sus derechos y promover el ascenso a mejores condiciones de vida y desarrollo.

El próximo 18 de noviembre se cumplen 175 años en que el Congreso de la Unión expidiera el decreto mediante el cual se creaba el Distrito Federal, derivado ello de la facultad que le otorgaba el artículo 50 de nuestra primera Constitución.

Se iniciaba para el Distrito Federal al igual que para nuestra nación, una larga historia de vicisitudes que les tocaría enfrentar y en este decurso de la historia quedó comprobado que siempre el Distrito Federal fue cobijado por el pensamiento y el esfuerzo de los gobiernos liberales y que fueron los conservadores, los que se empeñaron en enterrarlo.

En efecto, durante los regímenes centralistas de 1836 y 1843, el Departamento del Distrito Federal desapareció. Se restituye con gobiernos liberales de 1847 y la expresión de la voluntad luminosa del 1857. Pero nuevamente los gobernadores encabezados por Zuloaga, entierran este proyecto y es hasta Juárez, en 1861, que el Distrito Federal vuelve a tener este carácter.

Habría una interrupción más bajo el efímero imperio de Maximiliano, que desaparece con este carácter. Pero a la caída de este imperio, se restituye y ésta vez en forma definitiva.

La vida interna del Distrito Federal quedó consagrada en las disposiciones derivadas de las reformas constitucionales para que fuera el Congreso de la Unión, quien tuviera jurisdicción en el sentido político y jurídico, sobre esta entidad.

La Ley Orgánica de 1929 da la pauta para que surja la figura de la jefatura del Departamento del Distrito Federal, Pero es en esta época contemporánea, a partir de las reformas de 1996, que mi partido, el Revolucionario Institucional, también aprobó que el país abrió por vía de la ley, un amplio cauce a la corriente democrática que exigía una mayor participación de la ciudadanía en la conformación de los órganos de gobierno y a ello obedecen las reformas constitucionales mediante las cuales el gobierno del Distrito Federal queda exclusivamente en manos de la voluntad popular de los ciudadanos de esta capital.

En forma sucesiva pero invariable, estas reformas se han aplicado. En 1997 por vez primera la ciudadanía elige mediante el voto directo, universal y secreto, a sus autoridades ejecutiva y legislativa.

En este nuevo régimen de la entidad, se contempló la existencia de órganos político-administrativos y con base en el artículo 122 constitucional, se dispuso que el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, fijara la competencia de éstos, su integración, su funcionamiento, así como las relaciones de éstos con la jefatura de gobierno. Pero bajo ningún aspecto se asentó en estas disposiciones que los titulares de los órganos político-administrativos, fueran colegiados.

Esta fue la razón por la que mi grupo parlamentario, no suscribió el dictamen que fue presentado en esta Cámara el pasado 23 de septiembre, ya que consideramos que los alcances del mismo al instituir la forma colegiada de los titulares, rebasaba el marco constitucional que el artículo 122 señalaba y por tanto carecía de fundamento legal.

Sin embargo y con la intención de superar lo que hubiera podido ser el rechazo legítimo y legal a la minuta que envió esta Cámara a nuestra colegisladora, el Partido Revolucionario Institucional en el seno de la Cámara de Senadores presentó sendas iniciativas con el propósito de que con el análisis y la recuperación de las coincidencias que pudieran encontrarse en la minuta, pudiésemos lograr, como lo hicimos, un dictamen consensado. Dijimos no a la cerrazón y quien abrió la puerta fue la voluntad priísta en el Senado.

Superando estas divergencias la colegisladora aprobó, por unanimidad de las fuerzas representadas en esa Cámara, el dictamen que hoy se presenta.

Todos estuvimos de acuerdo en representar la voluntad de los ciudadanos y ningún partido desoyó esta voz responsable para instituir en el futuro este ensanchamiento a la vida democrática.

Son innegables los avances logrados en el dictamen. Destacamos entre ellos la autonomía funcional de los órganos político-administrativos, un régimen claro de sustituciones en que, por cierto, hoy se transforma la mayoría calificada de dos terceras partes que se requería, para que quede simplemente en una mayoría absoluta, a fin de que puedan agilizarse los trámites de las sustituciones.

Se establecen con claridad las obligaciones de los jefes delegacionales, que será el término con el que se van a denominar en lo futuro los titulares de estos órganos.

Y también, merece destacarse, se aprobó que a dichos jefes se les otorgara un piso presupuestario en la asignación de sus recursos. Y se señalaron en el Estatuto General de Gobierno criterios objetivos como el de población, marginación, infraestructura y equipamiento urbano.

Igualmente quedaron señaladas obligaciones para estos titulares. Se establece hoy que mediante recorridos y audiencias públicas los titulares presten la atención debida y no sea producto únicamente de un clientelismo político.

Con estas reformas, estamos seguros, restituimos hoy y para siempre a los ciudadanos de la capital del país lo que en justicia les debíamos y que en otras entidades federativas gozan de estos derechos los ciudadanos y es: el de elegir a quienes de manera cercana deben atender sus necesidades. Hoy los ciudadanos dejan el relegado lugar que tenían, para constituirse y ocuparse de manera directa de los asuntos que entraña su vida comunitaria.

"En política, decía Reyes Heroles, junto a la responsabilidad de las mayorías se da la responsabilidad de las minorías. Unas y otras puede escoger las puertas falsas, que no por cómodas dejan de ser falsas. Las primeras, creyendo que siempre tienen razón; pero las segundas, cayendo en la crítica contumaz de todo y para todo revelan incapacidad para reconocer aciertos. Se sitúan en la perspectiva del negativismo, tomando a beneficio de inventario la legalidad, hallando en el oportunismo la materia prima de la oposición y plegándose mediante transformismo a cualquier gusto, según sopla el viento. Olvidan que no hay viento favorable para un barco sin destino."

Gracias.

El Presidente :

Gracias, diputado Sánchez Carreño.

Se ha agotado el turno de oradores inscrito.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

El secretario Francisco Javier Loyo Ramos:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen en lo general y en lo particular.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo...Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente :

Gracias, señor Secretario.

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

El secretario Francisco Javier Loyo Ramos:

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para tomar la votación en lo general y en lo particular.

(Votación.)

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Se emitieron 353 votos en pro y cero en contra.

El Presidente :

Aprobado en lo general y en lo particular por 353 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

PERMISO AL PRESIDENTE PARA
AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL

El Presidente:

Ha llegado a esta mesa directiva un comunicado de la Presidencia de la República por conducto de la Secretaría de Gobernación. Quiero solicitar a la Secretaría le dé lectura para conocimiento de la Asamblea.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.

Diputado Francisco José Paoli y Bolio, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.-Presente.

Adjunto al presente le acompaño la comunicación de fecha 11 de octubre del año en curso, suscrita por el Presidente de la República. Ernesto Zedillo Ponce de León, por la que da aviso de que las visitas al Reino de España y a la República Federal de Alemania se posponen.
Lo que hago de su conocimiento para los fines procedentes.

Reitero a usted, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 12 de octubre de 1999.-Por acuerdo del secretario, el director general de gobierno, Sergio Orozco Aceves.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Ciudadano diputado Francisco José Paoli y Bolio, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presente.

Como es de su conocimiento, el honorable Congreso de la Unión aprobó el permiso para que pueda ausentarme del territorio nacional del 15 al 22 de octubre del presente año, con el fin de realizar visitas oficiales de trabajo al Reino de España y a la República Federal de Alemania.

No obstante, como consecuencia de los fenómenos naturales que tanto han afectado a la población de diversas entidades de la República, he tomado la decisión de permanecer en el país para seguir haciéndome cargo personalmente de la coordinación de las labores de auxilio a las poblaciones afectadas, así como de reconstrucción en las zonas dañadas por las inundaciones.

En el curso de la semana podría superarse la fase más aguda de la emergencia y de ser así, procedería iniciar las tareas de reconstrucción.

Por otra parte, la atención de esta emergencia me ha obligado a suspender giras de trabajo en otras entidades federativas, las cuales deseo realizar a la brevedad en lugar de efectuar las citadas visitas al extranjero.

El presidente Jose María Aznar se comunicó telefónicamente conmigo para expresar la consternación del gobierno español por las inundaciones en nuestro país y aproveché la oportunidad para manifestarle que la tragedia hacía necesaria mi presencia en México, por lo que convenimos posponer mi visita de trabajo a España.

1079,1080 y 1081

De igual forma, nuestra Embajada en Bonn ha realizado las gestiones diplomáticas para hacer del conocimiento de la oficina del presidente Johannes Rau y del canciller Scherhard Schroeder, la conveniencia de posponer la visita a esa nación.

Mucho agradeceré a usted hacer del conocimiento de esa Cámara de Diputados las consideraciones anteriores y aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México D.F., a, 11 de octubre de 1999.- El Presidente de los Estados unidos Mexicanos, Ernesto Zedillo Ponce de León.»

De enterado.

El Presidente :

Gracias, señor Secretario.


LEY FEDERAL DE PROTECCION
AL CONSUMIDOR

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día es el dictamen con proyecto de decreto que adiciona los artículos 86-bis, 86-ter y 86-quáter de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria del día 30 de septiembre del presente año, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen y se somete a discusión y votación de inmediato.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Se solicita y se pone a consideración de la Asamblea, si se le dispensa la lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen, señor Presidente.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LVII Legislatura.

Comisión de Comercio.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Comercio, correspondiente a la LVII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la iniciativa de adición de los artículos 86-bis, 86-ter y 86 quáter, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, presentada por el diputado Juan José García de Alba Bustamante, del Partido Acción Nacional, que en ejercicio de la fracción II del artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Comercio de la LVII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55, 56, 87, 88 y 94 cuarto párrafo, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa descrita, al tenor de los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. En sesión celebrada por esta Cámara de Diputados, el día 20 de octubre de 1998, los secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de la iniciativa que se ha descrito en el presente dictamen.

Segundo. El Presidente de la mesa directiva acordó dar el siguiente trámite: "túrnese a la Comisión de Comercio, con opinión de la Comisión de Distribución y Manejo de Consumo y Servicios".

Tercero. La Comisión de Comercio recibió la opinión correspondiente de la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios.

Cuarto. Los miembros integrantes de la Comisión de Comercio de la LVII Legislatura procedieron al estudio de la iniciativa aludida, habiendo efectuado múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en la iniciativa que se discute, en el siguiente sentido:

MOTIVACION

El legislador proponente manifestó en su iniciativa que la misma debía ser aprobada por esta Cámara en virtud de los siguientes razonamientos contenidos en la exposición de motivos al tenor de lo siguiente:

El legislador proponente destaca el enorme vacío jurídico existente en materia de prestación de servicios adicionales prestados por conducto y medio de servicios básicos que hubiesen sido contratados a través de contratos de adhesión. Al respecto, se manifiesta que es indispensable que los consumidores cuenten con garantías y prerrogativas para que en tratándose de contratos de adhesión, manifiesten de manera expresa su consentimiento sobre la prestación de servicios adicionales o conexos a la prestación del servicio básico.

Para fundamentar el anterior razonamiento, el legislador proponerte invocó los principios que norman el funcionamiento de los contratos de adhesión. Por una parte expone que el contrato de adhesión es un documento que es elaborado unilateralmente por el proveedor, a fin de establecer de manera uniforme para todos los contratos que celebra con los distintos consumidores, los términos y condiciones aplicables a la adquisición de un producto o a la prestación de un servicio. En este orden de ideas, se razona que existe una enorme desigualdad jurídica al no tener el consumidor la posibilidad jurídica de discutir el clausulado del contrato que celebra con el proveedor respectivo. Es decir, el proveedor impone condiciones rígidas e inderogables por parte del consumidor que no hace sino aceptarlas.

El legislador proponente destaca que los contratos en general tienen tres tipos de cláusulas. En primer lugar cuentan con las cláusulas esenciales, las cuales son consecuencia necesaria del contrato de que se trate, mismas que por su naturaleza son inderogables por las partes contratantes. En segundo lugar existen en los contratos las denominadas cláusulas naturales, las cuales pueden ser renunciables por las partes contratantes. En tercer lugar, según el contrato de que se trate, se pueden pactar ciertas determinadas cláusulas con consecuencias jurídicas específicas para el contrato que se celebre de acuerdo al caso concreto; estas cláusulas son conocidas como las cláusulas accidentales, las cuales para tener existencia requieren de pacto expreso por las partes contratantes.

En la iniciativa se destaca que la prestación de servicios adicionales o conexos al servicio básico hoy día sólo podría preverse de manera expresa a través de una cláusula accidental, en virtud de lo cual se propone que en lugar de prever la prestación de servicios adicionales o conexos a través de una cláusula accidental, se realice a través de una cláusula esencial.

Si la cláusula esencial que se propone en materia de prestación de servicios adicionales o conexos al servicio básico, se exigiese que para la prestación de los mismos, se contase de manera previa con el consentimiento expreso del consumidor, se estaría brindando certeza jurídica al consumidor al contar con una garantía específica de que estaría recibiendo única y exclusivamente lo que ha contratado.

Puede acontecer que los consumidores con frecuencia no tengan la intención de contratar servicios adicionales, conexos al servicio básico por múltiples motivos entre los que destacan razones morales, económicas o simplemente de planeación.

CONSIDERANDO

En el proceso de análisis de la iniciativa materia del presente dictamen, se recibieron importantes puntos de vista que resulta imprescindible mencionar:

La tecnología ha avanzado de manera exponencial y se ha propagado de manera vertiginosa la prestación de una infinidad de servicios adicionales a través del servicio básico de telefonía fundamentalmente. Es decir, los consumidores pueden contratar el servicio telefónico para efectuar llamadas desde su domicilio o su negocio; sin embargo, en virtud de contarse con una línea telefónica pueden prestarse varios servicios adicionales o conexos a través de la misma que probablemente no solicite el titular de la línea o las personas autorizadas por ésta; tal sería el caso de efectuar llamadas de larga distancia, la realización de llamadas con cargo a línea, la prestación de servicios de larga distancia con compañías distintas, los servicios de la red mundial por computadora.

Varias de las anteriores modalidades de servicios conexos al servicio básico de telefonía pueden ser solicitadas por cualquier persona aun sin el consentimiento del titular por el simple acceso a la línea de que se trate.

Teniendo en cuenta lo anterior, resulta indispensable que no sólo tratándose del servicio telefónico, sino de cualquier servicio en general y que se contrate a través de convenios de adhesión, es decir a través de cláusulas que no están sujetas a observaciones ni modificaciones por parte de los usuarios, se cuente con el consentimiento expreso del consumidor titular, el cual se puede otorgar por escrito o a través de una firma electrónica que previamente fuese pactada en el contrato de adhesión correspondiente entre el proveedor y el consumidor respectivos.

De este modo, en términos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 80, del Código de Comercio, cuando el consumidor o alguna persona por él autorizada tuviesen la intención de utilizar algún servicio adicional o conexo al servicio básico en cuestión, por el simple hecho de insertar la clave previamente pactada, el consumidor estaría dando su consentimiento expreso para la contratación de dicho servicio, aun y cuando el proveedor y consumidor correspondientes no estuvieren presentes en ese mismo acto.

Los contratos de suministro que por su naturaleza son de tracto sucesivo y que generalmente se celebran a través de contratos de adhesión, implican que por medio de los servicios básicos que se prestan puedan prestarse otros servicios básicos que en muchas ocasiones no son contratados ni solicitados por los consumidores. Ejemplos de contratos de suministro podrían ser la distribución de gas, de agua, la prestación de energía eléctrica o del servicio telefónico, entre otros.

Que de la opinión recibida de la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios, misma que se anexa y forma parte integrante de este dictamen, se deduce la coincidencia con esta Comisión en la necesidad de aprobar la iniciativa propuesta.

RESULTANDO

Que con frecuencia, a través de los servicios básicos contratados bajo el esquema de contratos de adhesión se prestan servicios adicionales y no indispensables para el funcionamiento y prestación del servicio básico en contra de la voluntad del consumidor titular.
Que conforme a nuestra legislación en vigor, para evitar este tipo de situaciones, sería necesaria la inserción de cláusulas accidentales o de pacto expreso por las partes contratantes.

Que es necesario que la prestación de este tipo de servicios sea prevista en los contratos de adhesión por medio de cláusulas esenciales o irrenunciables y no a través de cláusulas accidentales, en virtud de que estas últimas son inoperantes o inexistentes en los contratos de adhesión.

Que el texto que se propone en la iniciativa en comento es el siguiente:

"Artículo 86-bis. En los contratos de adhesión en prestación de un servicio se requerirá incluir por escrito, los servicios adicionales y especiales, que pueda solicitar el consumidor por conducto y medio del servicio básico.

Artículo 86-ter. Son prerrogativas del consumidor dentro del contrato de adhesión:

I. Adquirir o no la prestación de servicios adicionales y especiales.

II. Contratar con el proveedor que elija, los servicios adicionales y especiales.

III. Dar por terminado el convenio de la prestación de servicios adicionales o especiales en el momento que lo solicite, sin que por ello deje de suministrársele el servicio básico. Siempre que haya cumplido en su totalidad con el pago de los servicios adicionales o especiales de los que haya hecho uso y

IV. Las demás garantías que la misma ley establece.

Artículo 86-quáter. Para la prestación de servicios adicionales y especiales, el proveedor deberá solicitar el consentimiento expreso del consumidor titular.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. La presente adición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación."

Que habiendo efectuado un análisis del espíritu del texto propuesto, se concluye que la problemática derivada de la prestación de servicios adicionales o conexos al servicio básico no solicitados por los consumidores, sería correctamente solucionada con la iniciativa que se propone.

1082,1083 y 1084

Que se proponen algunas modificaciones semánticas y de concepto al tenor de lo siguiente:

"Artículo 86-bis. En los contratos de adhesión de prestación de servicios deben incluirse por escrito en caso de existir, los servicios adicionales, especiales o conexos que pueda solicitar el consumidor de forma opcional por conducto y medio del servicio básico.

Si el consumidor omitiera solicitar alguno de estos servicios, se entenderá que no podrá hacerlo, a menos que con posterioridad, exista una solicitud específica por escrito.

Artículo 86-ter. En los contratos de adhesión de prestación de servicios, el consumidor gozará de las siguientes prerrogativas:

I. Adquirir o no la prestación de servicios adicionales, especiales o conexos al servicio básico;

II. Contratar la prestación de los servicios adicionales, especiales o conexos con el proveedor que elija;

III. Dar por terminada la prestación de los servicios adicionales, especiales o conexos al servicio básico en el momento que lo manifieste de manera expresa al proveedor, sin que ello implique que proceda la suspensión o la cancelación de la prestación del servicio básico. El consumidor sólo podrá hacer uso de esta prerrogativa si se encontrare al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones contractuales y se hubiese vencido el plazo mínimo pactado y

IV. Las demás prerrogativas que señalen ésta y otras leyes o reglamentos.

El consumidor gozará de las anteriores prerrogativas aun cuando no hubieren sido incluidas de manera expresa en el clausulado del contrato de adhesión de que se trate.

Artículo 86-quáter. Cualquier diferencia entre el texto del contrato de adhesión registrado ante la Procuraduría Federal del Consumidor y el utilizado en perjuicio de los consumidores, se tendrá por no puesta.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación."

Que las anteriores modificaciones no contrarían el espíritu del legislador proponente y sí por el contrario complementan la iniciativa en estudio.

Que por los razonamientos expuestos por el legislador proponente, resulta apropiado aprobar la iniciativa de adición de los artículos 86-bis, 86-ter y 86-quáter, a la Ley Federal del Consumidor que hoy analizamos y discutimos, en los términos en que se ha acordado modificarla.

Que por los razonamientos expuestos por el legislador proponente, resulta apropiado aprobar la iniciativa de adición de los artículos 86-bis, 86-ter y 86-quáter, a la Ley Federal del Consumidor, que hoy analizamos y discutimos, en los términos en que se ha acordado modificarla, por lo que una vez que se ha analizado la iniciativa aludida, con fundamento en la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 39 y 40, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 87, 88, 93 y 94, del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros integrantes de la Comisión de Comercio, de la LVII Legislatura de la Cámara de diputados, emitimos el siguiente

DICTAMEN

Unico. En términos de los considerandos y resultados del presente dictamen, se aprueba la iniciativa de adición de los artículos 86-bis, 86-ter y 86-quáter, a la Ley Federal del Consumidor, presentada el 20 de octubre de 1998, ante el pleno de la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura, por el diputado Juan José García de Alba Bustamante, del Partido Acción Nacional, en ejercicio de la facultad otorgada por la fracción II del artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se adicionan los artículos 86-bis, 86-ter y 86-quáter a la ley Federal de Protección al Consumidor para quedar como sigue:


"Artículo 86-bis. En los contratos de adhesión de prestación de servicios deben incluirse por escrito en caso de existir, los servicios adicionales, especiales o conexos que pueda solicitar el consumidor de forma opcional por conducto y medio del servicio básico.

Si el consumidor omitiera solicitar alguno de estos servicios, se entenderá que no podrá hacerlo, a menos que con posterioridad, exista una solicitud específica por escrito.

Artículo 86-ter. En los contratos de adhesión de prestación de servicios, el consumidor gozará de las siguientes prerrogativas:

V. Adquirir o no la prestación de servicios adicionales, especiales o conexos al servicio básico;

VI. Contratar la prestación de los servicios adicionales, especiales o conexos con el proveedor que elija;

VII. Dar por terminada la prestación de los servicios adicionales, especiales o conexos al servicio básico en el momento que lo manifieste de manera expresa al proveedor, sin que ello implique que proceda la suspensión o la cancelación de la prestación del servicio básico. El consumidor sólo podrá hacer uso de esta prerrogativa si se encontrare al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones contractuales y se hubiese vencido el plazo mínimo pactado y

VIII. Las demás prerrogativas que señalen ésta y otras leyes o reglamentos.

El consumidor gozará de las anteriores prerrogativas aun cuando no hubieren sido incluidas de manera expresa en el clausulado de el contrato de adhesión de que se trate.

Artículo 86-quáter. Cualquier diferencia entre el texto del contrato de adhesión registrado ante la Procuraduría Federal del Consumidor y el utilizado en perjuicio de los consumidores, se tendrá por no puesta.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación."

El presente dictamen fue adoptado al tenor de la votación que se anexa y que forma parte del presente.

En la sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 21 días del mes de septiembre de 1999.- Diputados: Juan J. García de Alba Bustamante, presidente; José A. Herrán Cabrera, Antonio Prats García, Manuel Cárdenas Fonseca, Maximiano Barbosa Llamas, secretarios; Julio Faesler Carlisle, Benjamín Gallegos Soto, Juan Ignacio Fuentes Larios, Edgar Martín Ramírez Pech, Humberto Treviño Landois, Leopoldo Enrique Bautista Villegas, Juan José González Davar, Luis Meneses Murillo, Sergio Benito Osorio Romero, Leticia Robles Colín, Pedro Salcedo García, Martha Laura Carranza Aguayo, Fernando Castro Suárez, Ignacio García de la Cadena Romero, Arturo Jairo García Quintanar, Rigoberto Armando Garza Cantú, Víctor Manuel López Cruz, María Guadalupe Martínez Cruz, Gonzalo Morgado Huesca, Teresa Núñez Casas, Orlando Alberto Paredes Lara, Sara Estela Velázquez Sánchez, Domingo Yorio Saqui y José Gascón Mercado.»

PROYECTO

«Opinión de la iniciativa de adiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor

A) Antecedentes:

El 20 de octubre del 1998 en curso se presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, por parte del Partido de Acción Nacional, la iniciativa que adiciona los artículos 86-bis, 86-ter, 86-quáter a la Ley Federal de Protección al Consumidor, teniendo como eje central: los contratos de adhesión respecto a los servicios adicionales y especiales. Dicha iniciativa fue turnada a la Comisión de Comercio, con opinión de la de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios.

B) Iniciativa que adiciona a la Ley Federal de Protección al Consumidor los siguientes artículos:

Artículo 86-bis. En los contratos de adhesión en prestación de un servicio se requerirá incluir por escrito, los servicios adicionales y especiales, que pueda solicitar el consumidor por conducto y medio del servicio básico.

Artículo 86-ter. Son prerrogativas del consumidor dentro del contrato de adhesión:

I. Adquirir o no la prestación de servicios, adicionales y especiales.

II. Contratar con el proveedor que elija, los servicios adicionales y especiales.

III. Dar por terminado el convenio de la prestación de servicios adicionales o especiales en el momento que lo solicite, sin que por ello deje de suministrársele el servicio básico. Siempre que haya cumplido en su totalidad con el pago de los servicios adicionales o especiales de los que haya hecho uso y

IV. Las demás garantías que la misma ley establece.

Artículo 86-quáter. Para la prestación de los servicios adicionales y especiales, el proveedor deberá solicitar el consentimiento expreso del consumidor titular.

C) Considerandos:

a) La iniciativa pretende evitar el abuso de aquellos prestadores de servicios que cargan a los usuarios servicios adicionales al servicio principal, los cuales en muchas ocasiones no son ni solicitados ni deseados por el usuario del servicio.

b) Lo anterior se da por porque en los contratos de adhesión, el adherente sólo puede expresar su voluntad al aceptar o no dicho contrato y no puede negociar el contenido del mismo.

c) El contrato de adhesión no es tratado expresamente por el Código Civil para el Distrito Federal ni por el Código de Comercio, pero si se puede hacer uso de los artículos que se relacionan con las obligaciones en general, como es el artículo 1797 que específica la validez y el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.

La propuesta contribuye a cumplir de mejor manera el objetivo de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que es proteger a los consumidores de las injusticias y lograr una equidad entre consumidores y prestadores de servicios.

f) La Secretaría de Comercio, respecto de los contratos de adhesión, por medio de normas oficiales mexicanas, los puede someter a un registro previo ante la Procuraduría de sus términos y condiciones en que estén redactados.

g) Mediante el registro previo, la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor puede juzgar y dictaminar ciertos modelos de contratos y determinar que los mismos no contengan prestaciones desproporcionadas para el consumidor, como serían en su momento el contrato de adhesión.

D) Resultando:

Se sugiere en el artículo 86-bis establecer lo siguiente. Que en el contrato de adhesión del servicio principal se establezcan los servicios especiales y/o secundarios que se pueden contratar, asimismo se propone que cuando el consumidor solicite uno de esos servicios especiales y/o secundarios sea por medio de un contrato independiente al del servicio principal. Esto con el propósito de evitar que se condicione la prestación de un servicio como lo establece en su artículo 43 la Ley Federal de Protección al Consumidor, ya que la contratación o no contratación de servicios especiales y/o secundarios no tiene efecto alguno sobre la presentación del servicio básico o principal.

Se sugiere en el artículo 86-ter fracción II insertar la contracción gramatical "al" para mayor claridad de la disposición.

Y se sugiere que para la obtención del consentimiento expreso del consumidor para un servicio adicional sea necesaria la firma de un contrato independiente, texto éste que se propone adicionar en el artículo 86-quáter de la propuesta.

1085,1086 y 1087

 
Iniciativa Propuesta
Artículo 86-bis. En los contratos de adhesión en prestación de un servicio se requerirá incluir por escrito, los servicios adicionales y especiales, que pueda solicitar el consumidor por conducto y miedo del servicio básico.
Artículo 86-bis. En los contratos de adhesión en prestación de un servicio se requerirá incluir por escrito, los servicios adicionales y especiales, que pueda solicitar el consumidor por conducto y medio del servicio básico, asimismo cuando se desee contratar uno de estos servicios adicionales y/o especiales se requerirá la realización de un contrato independiente que establezca exclusivamente dichos servicios.
Artículo 86-ter. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Contratar con el proveedor que elija, los servicios adicionales y especiales.
Artículo 86-ter. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Contratar con el proveedor al que elija, los servicios adicionales y especiales.
Artículo 86-quáter. Para la prestación de los servicios adicionales y especiales, el proveedor deberá solicitar el consentimiento expreso del consumidor titular. Artículo 86-quáter. Para la prestación de los servicios adicionales y especiales, el proveedor deberá solicitar y obtener el consentimiento expreso del consumidor titular por medio del otro contrato independiente.

Atentamente.

Diputados: Víctor Manuel López Balbuena; Adalberto A. Balderrama Fernández, Antonio Lagunas Angel y José Luis Barcena Trejo.»

El Presidente:

Gracias, señor Secretario.

Está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona los artículos mencionados de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Sírvanse la Oficialía Mayor hacer los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Asimismo, se instruye para que se abra el sistema electrónico por 10 minutos, para tomar la votación en lo general y en lo particular.

(Votación.)

Se emitieron 344 votos en pro y cero en contra, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias, señor Secretario.

Aprobado en lo general y en lo particular por unanimidad de 344 votos de diputados presentes.

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal Martínez:

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

PROPAGANDA DEL EX JEFE DE GOBIERNO
DEL DISTRITO FEDERAL

El Presidente:

Ha sido retirado por el grupo parlamentario que lo introdujo, el tema sobre propaganda en radio y television del ex jefe de gobierno del D.F. Por tanto, pasamos al punto de la agenda política sobre irregularidades en el Fondo Bancario de Protección al Ahorro.

Activen el micrófono de la diputada Lenia Batres, por favor.

La diputada Lenia Batres Guadarrama (desde su curul):

Señor Presidente para solicitarle que en uso del criterio de la mesa directiva y de las atribuciones que tiene para hacer la agenda y el orden del día de esta Cámara, que proceda cuando como en este caso sea retirado un punto por el propio partido que lo introduce en esta vez por cuarta ocasión, yo creo que debe proceder a retirarlo para siempre; más aún en un tema en el que ya no hay materia a discusión.

El Presidente:

Gracias, diputada Lenia Batres. Está retirado el punto, muchas gracias.

FOBAPROA

El Presidente:

Sobre irregularidades en el Fondo Bancario de Protección al Ahorro, tiene la palabra el diputado Maximiano Barbosa LLamas, del Partido del Trabajo.

El diputado Maximiano Barbosa Llamas:

Con su permiso, señor Presidente; buenas tardes, compañeras y compañeros diputados:

El día de hoy les pido pongan mucha atención sobre esta intervención y al mismo tiempo me dirijo a la nación.

Quiero presentar el día de hoy un testimonio de uno de tantos casos que se encuentran en el Fobaproa; primero quisiera explicarles cómo se ha hecho una serie de negocios en México que hasta cierto punto son legales, cualquier empresario o cualquier mexicano que tenga deseos de invertir en México y que desee hacerlo comprando bonos de deuda externa mexicana, lo puede hacer en el mercado secundario en los Estados Unidos. Les voy a dar un ejemplo.

Si una persona desea comprar un paquete de 1 mil millones de dólares de bonos de deuda externa mexicana en una Casa de Bolsa de los Estados Unidos, la puede comprar en este momento al 40% de su valor o sea que con 400 millones de dólares compraría un paquete de 1 mil millones de dólares, esa persona que lo haga desea cambiarla en México en nuestro gobierno, nuestro gobierno se la compra al 900%; o sea, que una persona que invierte 400 millones de dólares compra un paquete de 1 mil millones de dólares de bonos de deuda externa en los Estados Unidos y nuestro Gobierno se la paga al 90%, con el compromiso de que serán pesos y será para que lo invierta en su empresa, esto es legal, así se construyó Cancún, Iztapa y se construyó gran parte de Acapulco.

Muchas empresas mexicanas han hecho este negocio, es un incentivo para los que quieran invertir en este país; lo que no es legal es que algunas empresas hagan esta operación con créditos del banco, tengan una utilidad de más de 100% y luego lo manden al Fobaproa y que el pueblo pague.

El día de hoy, quiero presentar un testimonio, el cual voy a dejar la copia de los contratos firmados por una empresa muy querida por todos los mexicanos, son varios contratos de varios créditos de diferentes bancos, voy a presentar el caso de uno; es un crédito y voy a dar lectura,... primeramente quiero informarles que se trata de la empresa Televisa.

ANTECEDENTES

«Con fecha 19 de diciembre de 1991, el garante junto con los señores José Antonio Cañedo White y Guillermo Cañedo White, celebró un convenio consecutivo de prenda para garantizar el pago suficiente y oportuno de diversos créditos otorgados a diversas personas físicas por un valor nominal de 176 millones 500 mil dólares, que se utilizó para la adquisición de bonos de deuda pública conocidos como "bonos Gurría".

Estos bonos, son pagaderos a 10 años; todos ustedes deben saber que la Constitución Política mexicana en su artículo 73 fracción X, nos dice que nuestro Gobierno puede contratar deuda externa siempre con la aprobación del Congreso; existe una gran cantidad de bonos de deuda, en este caso por "Gurría", que no han sido aprobados por este Congreso. Es importante que se abra una investigación sobre la legalidad primeramente constitucional de cómo y cuándo el Congreso aprobó que se contratará esta deuda externa.

Voy a dar seguimiento a este documento.

"Toda vez que los créditos garantizados con la prenda constituida el 19 de diciembre del 1991 han sido cedidos con autorización del banco, las partes están de acuerdo en otorgar el presente convenio modificatorio a efecto de establecer en él las condiciones que seguirán prevaleciendo para la garantía prendaria para los contratos de crédito simple que no fueron cedidos."

Este es un contrato de Banco Serfin, de una sucursal que se encuentra en Bahamas; es un contrato por 176 millones 500 mil dólares que compraron bonos por el valor de 450 millones de dólares en una casa de bolsa en los Estados Unidos y nuestro Gobierno mexicano le hizo buenos 405 millones de dólares; lo correcto sería que si hizo un gran negocio Televisa, que pague al banco los 180 millones de dólares de este contrato y quedaría con una utilidad de 225 millones de dólares.

Lo que no es correcto, compañeros, de que no le pague al banco y que pase al Fobaproa y que hoy la nación tenga que pagar este tipo de crédítos.

Existen más de 1 mil 200 casos como éste, yo invito a todos los diputados a que hagamos nuestra tarea: nos tocan de a 2.4 casos por diputado, que todos denunciemos este tipo de casos y que se abra una investigación en la Comisión de Hacienda de esta Cámara para que esta gente que no ha pagado pague y no tenga el pueblo que pagar por estos grandes negocios.

No es posible que tengamos una banca que haya tenido un costo inicial, cuando se vendieron, de 13 mil millones de dólares y al día de hoy ya tengamos una deuda de 120 mil millones de dólares que el pueblo no tiene ni puede pagar este tipo de créditos. Es una cantidad superior al presupuesto de la nación de todo un año y lo más grave, que no tenemos bancos, por eso invito a todos los diputados que somos representantes de la nación, que hagamos nuestra tarea y que vengamos con este tipo de testimonios a entregar, a denunciar y que pague esta gente que puede hacerlo y que no tiene porqué pagarlo el pueblo.

Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias diputado.

El diputado Maximiano Barbosa Llamas:

Dejo una copia dejo de este convenio y tengo por ahí otros más que voy a hacer llegar.

El Presidente:

Gracias, diputado Maximiano Barbosa.

Tiene la palabra para el mismo punto, el diputado Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva:

Compañeras y compañeros diputados:

La denuncia formulada por el diputado Maximiano Barbosa viene a evidenciar una vez más el por qué de la resistencia del Gobierno y de los diputados de su fracción parlamentaria, así como de algunos diputados de la fracción panista, para que se den a conocer los créditos reportados en el informe de Mackey.

La fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática en muchas ocasiones ha denunciado los manejos irregulares que se cometieron en el rescate bancario. Recordemos las diversas denuncias de los recursos canalizados al PRI a través de las operaciones trianguladas por el Banco Unión, Serfin etcétera, a lo cual se suman todas las operaciones relacionadas, los créditos otorgados sin garantías, los financiamientos ilegales y toda la discrecionalidad de la que hizo gala la Comisión Nacional Bancaria y el Fondo Bancario de Protección al Ahorro, particularmente con la banca intervenida. Cuando eran juez y parte no había absolutamente ninguna supervisión y pudieron hacer lo que les vino en gana.

1088,1089 Y 1090

Baste mencionar algunos casos que hemos venido señalando, como el caso de Unión Cremi, institución que al 30 de junio de 1994, antes de la intervención gerencial por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, ya reportaba grandes cantidades transferidas al mismo emporio financiero que encabezaba Cabal Peniche.

Los préstamos que otorgó a Banco Unión ascendían a 547 millones de pesos; Unión, división fiduciaria registraba un adeudo de 156 millones; factor BCH adeudaba 149 millones de pesos y así podríamos seguir con una serie de señalamientos de todas las irregularidades cometidas por este banco, que sería ocioso volver a repetir.

¿Qué podemos decir también de Banpaís?, donde los documentos permiten evidenciar préstamos otorgados a empresas del mismo grupo financiero, así como créditos cruzados, los cuales se encuentran registrados en cartera vencida al 31 de diciembre de 1996.

De igual manera, en el caso de Banco Capital los créditos relacionados ascendían a 2 mil 322. 8 millones de pesos a diciembre de 1997, correspondientes al Grupo Arrendador Capital por 1 mil 95 millones de pesos; servicios de capital, 39 millones de pesos y factoraje y capital por 1 mil 188 millones de pesos.

Banco de Oriente, en esta institución se detectaron créditos calificados con grado de riesgo E, considerados irrecuperables, con números al mes de abril de 1998, destacando el caso de la Bolsa Mexicana de Descuento con 18 millones de pesos, firma que pertenece al mismo grupo del Banco Obrero.

Otro aspecto que habría que destacar es el monto de recursos canalizados al rescate bancario, mismo que el IPAB estimó como costo fiscal al mes de junio de 1999, en 873 mil 100 millones de pesos, importe que de acuerdo a cifras alegres del instituto, estima reducir a 467 mil 400 millones de pesos a través de traspasar los créditos otorgados por Nafin y Banxico al Fobaproa, el costo del rescate carretero y parte del Programa de Apoyo a Deudores, así como recursos de los activos del fondo y el valor presente de las cuotas al IPAB de los próximos 30 años y por último los importes que se pretendan recuperar de las citadas operaciones reportables.

Todas estas situaciones irregulares y muchas más, explican la feroz resistencia que han mostrado las autoridades financieras escudados en el secreto bancario, para que se den a conocer la lista de los beneficiarios de los créditos reportables. Se pretende así que México siga siendo una ínsula en el concierto de las naciones civilizadas.

Quiero destacar que fui parte de la misión de diputados de esta Cámara de Diputados, que estuvo en la OCDE la semana pasada y cuál fue mi sorpresa al encontrarme que hay realmente toda una preocupación y una acción de los organismos financieros internacionales y de los países adelantados para hacerle frente a la corrupción, para castigar esta lacra y para promover que todos los actos de Gobierno sean transparentes.

Cuando nosotros manifestamos nuestra preocupación por la falta de transparencia de las acciones de gobierno en nuestro país, francamente había una actitud de sorpresa y de azoro.

Es inconcebible, en el concierto de las naciones, que simplemente se le niegue la información y menos que se le mienta a los parlamentos.

Aquí nosotros hemos tenido que estar librando, desde que se presentaron las iniciativas económicas y la propuesta para convertir los pasivos contingentes en deuda pública, hemos tenido que librar toda una batalla para poder obtener la información, no se diga para la realización de las supuestas auditorías que acabaron simplemente en un reporte de Mackey.

Ahora muchos compañeros de la fracción parlamentaria del PRI, dicen y se ostentan que ellos impulsaron y defendieron la idea de llevar a cabo estas auditorías. Nada más falso, compañeros. Quienes hemos estado en la pelea y en la batalla y en la trinchera por obtener la información y porque se esclarezcan todas las operaciones del rescate bancario, sabemos que permanentemente ha habido una feroz resistencia a que la información se proporcione, a que se transparenten las operaciones, a que se dé claridad a todos los actos que se ralizaron, con motivo del rescate bancario.

Esto, compañeros, representa un lastre muy pesado para nuestro país, no sólo porque compromete el futuro de las generaciones mexicanas, sino porque representa el envenenamiento de la vida pública; representa que México quede anclado en la falta de claridad de los actos de gobierno; que México siga viviendo las consecuencias de desastres naturales, que se ven acompañados con la secuela de corrupciones que han prevalecido en este país; de hospitales recientemente construidos que se caen; de construcciones recientemente hechas que prácticamente se desmoronan.

No es posible, compañeros, que nosotros sigamos como país viviendo en estas condiciones, arrastrando estos vicios. Esto tiene un costo económico muy elevado y tiene también un costo humano que se refleja en la pérdida de vidas humanas.

Por eso nuestro país tiene que clarificar los actos de gobierno; tiene que acostumbrarse en todos los niveles a ser transparentes, de manera tal que nosotros superemos esta situación.

Es por eso, compañeros, que una vez más, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, venimos a sumarnos a esta lucha que hemos librado, junto con otros compañeros de otras fracciones parlamentarias; para que haya claridad y transparencia en los actos de gobierno, para que todas las irregularidades que se han cometido en el rescate bancario trasciendan y se den a conocer; para que también, en el caso de los créditos reportables, la lista de los beneficiarios sea conocida.

Platicaba hoy en la mañana con algún compañero diputado de la fracción del PAN y me decía: "...se menciona mi nombre. Efectivamente. Yo he hecho algunas operaciones pero no tengo nada que ocultar. Y no me espanta de ninguna manera que se dé a conocer la lista de los créditos reportables porque yo no tengo nada que esconder..."

Compañeras y compañeros: necesitamos transparentar los actos de gobierno, el rescate bancario, los créditos reportables, por la salud de México, por la salud de la nación y por la necesidad de establecer prácticas que le permitan a México tener un lugar razonado y civilizado en el concierto internacional.

El Presidente:

Gracias, diputado Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva.

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.


ORDEN DEL DIA

El secretario Eduardo Guadalupe Bernal
Martínez:

Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera. Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.-Tercer Año.- LVII Legislatura.

Orden del día

Jueves 14 de octubre de 1999.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicación del Congreso del Estado de Sonora.

Iniciativa de diputados

De reformas y adiciones a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a cargo del diputado Joaquín Montaño Yamuni, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Del grupo parlamentario de Partido del Trabajo.

Y los demás asuntos con los que la mesa directiva dé cuenta.»
CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente(a las 15:19 horas):

Muchas gracias, señor Secretario.

Se levanta la sesión y se cita para la próxima que tendrá lugar el próximo jueves, 14 de octubre, a las 11:00 horas.

RESUMEN DE TRABAJOS

 

* Tiempo de duración: 3 horas 19 minutos.

* Quorum a la apertura de sesión: 307 diputados.

* Minuto de silencio: 1.

* Temas de agenda política: 2.

* Oradores en tribuna: 14
PRI-3; PRD-4; PAN-3; PT-2; PVEM-2.

Se recibió:

* 1 oficio del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, donde solicita modificación en la integración de la Comisión del Distrito Federal;

* 1 oficio del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con el que informa de integrante de la Comisión de Agricultura y su participación en el Consejo Consultivo de la subcoordinación de Campo y Recursos Naturales del mismo grupo parlamentario;

* 1 oficio de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con el que informa de actividades propias de su I Legislatura;

* 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que solicita los permisos constitucionales necesarios para que cuatro ciudadanos puedan prestar sus servicios en las embajadas de Italia y de la República de Chile, respectivamente;

* 2 iniciativas del PAN;

* 1 iniciativa del PVEM;

* 1 minuta con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que 11 ciudadanos puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua;

* 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que informa que el Presidente de la República ha tomado la decisión de permanecer en el país, no obstante el permiso que el Congreso de la Unión le otorgó para realizar visitas de trabajo al Reino de España y a la República Federal de Alemania, con el fin de poder coordinar los trabajos de urgencia que se presentan en razón de los fenómenos climáticos que han provocado diversas tragedias en algunos estados de la República.

Se aprobó:

* 6 dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que conceden los permisos constitucionales necesarios para que un ciudadano pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Belice en Monterrey, Nuevo León; 25 ciudadanos puedan prestar sus servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México, así como en sus consulados en Nogales, Sonora; Mérida, Yucatán; Tijuana, Baja California; Monterrey, Nuevo León; Nuevo Laredo, Tamaulipas, y una ciudadana pueda prestar sus servicios en la Embajada de Suiza en México;

* 3 dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto con los que se conceden los permisos constitucionales necesarios para que 20 ciudadanos puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua;

* 2 dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que conceden los permisos constitucionales necesarios para que dos ciudadanos puedan prestar sus servicios en la Embajada de Australia en México;

* 1 dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que un ciudadano pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Honduras en el Estado de Puebla;

* 1 dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;

* 1 dictamen de la Comisión de Comercio, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 86-bis, 86-ter y 86-quáter, de la Ley Federal de Proteccion al Consumidor.

NOTAS

Siglas y abreviaturas incluidas en esta edición:
Banpaís Banco del País
Banxico Banco de México
BCH Banco de Cédulas Hipotecarias
Cocopa Comisión de Concordia y Pacificación
Cremi Banco de Crédito Minero, Sociedad Anónima
DF Distrito Federal
DIF Desarrollo Integral de la Familia
EZLN Ejército Zapatista de Liberación Nacional
Fobaproa Fondo Bancario de Protección al Ahorro
Injuve Instituto Nacional de la Juventud
IPAB    Instituto de Protección al Ahorro Bano
Nafin Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito
OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
PAN Partido Acción Nacional
PRD Partido de la Revolución Democrática
PRI Partido Revolucionario Instituciona
Procampo Programa de Apoyos Directos al Campo
Promenor Procuraduría Federal de Defensa de los Derechos del Menor
UNICEF Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (por las siglas en inglés)

1091,1092,1093  y 1094