Presidencia
del diputado:
Ricardo Francisco García Cervantes |
ASISTENCIA
Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta
Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los diputados.
El
secretario Bernardo Borbón Vilches: |
Señor Presidente, se le informa que el registro
electrónico de asistencia indica hasta este momento 281 diputados. Por lo tanto, hay
quorum, señor Presidente.
El Presidente (a
las 11:05 hrs.): |
Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El
secretario Bernardo Borbón Vilches: |
Se va a dar lectura al orden del día.
«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias. Primer Año. LVIII Legislatura.
Orden del día
Martes 10 de octubre de 2000.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones
De los congresos de los estados de Nayarit, Oaxaca y Zacatecas. (Turno a comisión.)
De la Cámara de Senadores.
Del señor Luis Téllez K., secretario de Energía. (Turno a comisión.)
De la Secretaría de Gobernación. (Turno a comisión.)
Oficios de la Secretaría Ejecutiva
del Instituto para la Protección
al Ahorro Bancario
Con el que remite informe sobre el monto de los pagos efectuados por las instituciones de
banca múltiple por concepto de cuotas ordinarias correspondientes al periodo comprendido
entre el 1o. de abril y el 30 de junio de 2000. (Turno a comisión.)
Con el que remite informe sobre los apoyos financieros otorgados a grupo financiero Serfin
con base en el programa de saneamiento por el periodo transcurrido de enero a julio de
2000, de conformidad con los artículos 28 y 84 de la Ley de Protección al Ahorro
Bancario. (Turno a comisión.)
Iniciativa de diputados
De reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en
materia de planeación nacional, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la
Revolución Democrática. (Turno a comisión.)
Proposiciones
Con punto de acuerdo sobre el horario de verano, a cargo del grupo parlamentario del
Partido de la Revolución Democrática (Turno a comisión.)
Con punto de acuerdo en relación a la Ley del ISSSTE, a cargo del diputado Alejandro
Gómez Olvera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno
a comisión.)
Con punto de acuerdo sobre el desarrollo turístico puerto Cancún, a cargo del grupo
parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)
Excitativa
A la Comisión de Puntos Constitucionales, a cargo del diputado Luis Herrera Jiménez, del
grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (Turno a comisión.)
Agenda política
Posicionamiento sobre el trato a los mexicanos por autoridades migratorias y de aduanas
norteamericanas, a cargo del grupo parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional.
Pronunciamiento en relación al Congreso Nacional de Mujeres, a cargo de la diputada
Hortensia Aragón Castillo, del grupo Parlamentario del Partido de la Revolución
Democrática.
Pronunciamiento en relación al incremento del monto de recursos federales destinados al
gasto en educación a cargo del diputado Ramón León Morales, del grupo parlamentario del
Partido de la Revolución Democrática.
Pronunciamiento en relación a la gira de Vicente Fox en Europa, a cargo del grupo
parlarmentario del Partido Revolucionario Institucional.
Pronunciamiento sobre el IPAB, a cargo del diputado Ramón León Morales, del grupo
parlamentario del Partido de la Revolución democrática.»
Gracias, señor Secretario.
ACTA DE LA SESION ANTERIOR
El siguiente punto del orden del día es la discusion
del acta de la sesión anterior.
Ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta,
tomando en consideracion que ha sido publicada en la Gaceta y que ha sido entregada copia
de la misma a los coordinadores de los grupos parlamentarios para sus observaciones y se
procede a su votación.
El
secretario Bernardo Borbón Vilches: |
Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la
Asamblea si se dispensa la lectura del acta, considerando que ha sido publicada en la
Gaceta y se ha entregado copia de ella a los coordinadores de los grupos parlamentarios.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacion
económica...
Los diputados que estén por la negativa, favor de manifestarlo en votación económica...
Se dispensa la lectura del acta, señor Presidente.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el
jueves cinco de octubre de dos mil, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones
Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Octava Legislatura.
Presidencia del
diputado
Ricardo Francisco García Cervantes: |
En el Palacio Legislativo de la Ciudad de México, a
las once horas con once minutos del jueves cinco de octubre de dos mil, con la asistencia
de doscientos setenta y tres diputados, el Presidente declara abierta la sesión.
La Secretaría da lectura al orden del día y la Asamblea aprueba el acta de la sesión
anterior en sus términos, en votación económica.
Comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con la que informa de la
elección de mesa directiva para el mes de octubre de dos mil. De enterado.
Comunicación de la Secretaría de Gobernación en relación con el oficio cincuenta y
ocho segundo-tres-cero-cero-siete y acompaña copia del similar signado por el licenciado
Santiago Sánchez Herrero, director general del Servicio de Administración de Bienes
Asegurados con información relativa al ciudadano José Cirilo Ocampo Verdugo. De enterado
y se turna a los coordinadores de los grupos parlamentarios.
Sube a la tribuna el diputado Ulises Ramírez Núñez, del Partido Acción Nacional, quien
propone un proyecto de punto de acuerdo con el fin de citar al director del Instituto
Nacional de Estadística, Geografía e Informática, ante la Comisión de Población,
Fronteras y Asuntos Migratorios. Se turna a la comisión solicitada.
La diputada Martha Bernardino Rojas, del Partido de la Revolución Democrática, propone
un proyecto de punto de acuerdo sobre la información de los municipios del Estado de
México, emitida por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y solicita la creación de una comisión
investigadora.
Sobre el mismo tema, habla el diputado Reyes Antonio Silva Beltrán, del Partido
Revolucionario Institucional.
Las proposiciones se turnan a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.
El Presidente comunica las reglas que se seguirán para el registro electrónico de
asistencia e informa que al cierre del mismo existen cuatrocientos veintidós diputados.
La diputada Norma Enriqueta Bacilio Sotelo, del Partido Revolucionario Institucional, hace
una proposición con proyecto de punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión manifieste su reconocimiento a la delegación mexicana que
participó en los juegos olímpicos de Sydney, Australia.
Para referirse al mismo tema, hablan los diputados: Juan Carlos Regis Adame, del Partido
del Trabajo, quien propone un proyecto de punto de acuerdo y Celita Trinidad Alamilla
Padrón, del Partido Acción Nacional.
Se turnan a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
La diputada Norma Reyes Terán, del Partido de la Revolución Democrática, propone un
proyecto de punto de acuerdo en relación con la Secretaría de la Defensa Nacional, a fin
de que el titular de dicha Secretaría comparezca de la misma forma en la que lo hicieron
otros secretarios de Estado. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional.
El diputado César Augusto Santiago Ramírez, del Partido Revolucionario Institucional,
presenta proyecto de punto de acuerdo para solicitar de manera oficial información
respecto de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dictada en el
expediente seiscientos noventa y ocho diagonal dos mil, en contra del contenido del
artículo trescientos once fracción catorce de la Ley de Concursos Mercantiles y se
organice un debate sobre el tema, al momento de contar con la información.
Para rectificar hechos, suben a la tribuna para abundar en el tema, los diputados:
Rosalía Peredo Aguilar, del Partido del Trabajo y Gustavo César Jesús Buenrostro Díaz,
del Partido Acción Nacional.
El Presidente informa que estará atento a la relación institucional de la Cámara de
Diputados y el Poder Judicial y para solicitar la información necesaria. Se turna a las
comisiones de Puntos Constitucionales y a la de Justicia y Derechos Humanos.
Proposición con proyecto de punto de acuerdo que presenta el diputado Jaime Arturo
Larrazábal Bretón, del Partido Revolucionario Institucional, sobre la problemática en
la ribera oaxaqueña con la pesca de atún. Se turna a la Comisión de Pesca.
Presidencia
de la diputada
María Elena Alvarez Bernal: |
El diputado Alfredo Hernández Raigosa, del Partido de
la Revolución Democrática, presenta proyecto de punto de acuerdo sobre los salarios del
equipo de transición del presidente electo, Vicente Fox Quesada. Se turna a la Comisión
de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda y sobre el mismo tema habla el diputado
José Narro Céspedes, del Partido del Trabajo.
Presidencia del
diputado
Ricardo Francisco García Cervantes: |
Rectifican hechos, los diputados: Rubén García Farías, del Partido Revolucionario
Institucional; Alejandro García Sainz Arena, del Partido Verde Ecologista de México;
María Eugenia Galván Antillón, del Partido Acción Nacional; Juan Manuel Martínez
Nava, del Partido Revolucionario Institucional; Alfredo Hernández Raigosa, del Partido de
la Revolución Democrática; José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social;
Bertha Alicia Simental García, del Partido de la Sociedad Nacionalista; Jorge Alberto
Lara Rivera, del Partido Acción Nacional, quien acepta una interpelación del diputado
José Gerardo de la Riva Pinal; y José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la
Democracia Partido Político Nacional.
1175,1176,1177
La Asamblea considera suficientemente discutido el tema.
Presenta proyecto de punto de acuerdo la diputada María Miroslava García Suárez, del
Partido de la Revolución Democrática, sobre Banca Unión. Se turna a la Comisión de
Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda.
Sobre el mismo asunto, expresa sus opiniones el diputado José Manuel Minjarez Jiménez,
del Partido Acción Nacional.
Solicita y se concede el uso de la palabra al diputado Gregorio Urías Germán, del
Partido de la Revolución Democrática, quien solicita que el Presidente de la mesa
directiva intervenga en la protección del fuero constitucional de la diputada Adela del
Carmen Graniel Campos, quien fue agredida en el Estado de Tabasco.
El Presidente obra en consecuencia
Presidencia del
diputado
Eloy Cantú Segovia |
Expresan las posiciones de sus respectivos grupos
parlamentarios, respecto de la olimpiada de discapacitados, los diputados: José Abraham
Cisneros Gómez, del Partido Acción Nacional; Bertha Alicia Simental García, a nombre de
los partidos de la Sociedad Nacionalista, Alianza Social y Convergencia por la Democracia;
Patricia Chozas y Chozas, del Partido Verde Ecologista de México; Raquel Cortés López,
del Partido de la Revolución Democrática y Laura Hermelinda Pavón Jaramillo, del
Partido Revolucionario Institucional.
Hablan sobre el turismo en México, los diputados: Mercedes Hernández Rojas, del Partido
Acción Nacional; Rosa Delia Cota Montaño, del Partido del Trabajo; María Cristina
Moctezuma Lule, del Partido Verde Ecologista de México; Rafael Servín Maldonado, del
Partido de la Revolución Democrática y Ernesto Higinio Rodríguez Escalona, del Partido
Revolucionario Institucional.
La diputada María Alejandra Barrales Magdaleno, del Partido de la Revolución
Democrática, expresa su opinión sobre la Corporación Internacional de Transporte
Aéreo.
Sobre el mismo tema, hablan los diputados Jaime Cervantes Rivera, del Partido del Trabajo;
Emilio Rafael José Goicoechea Luna, del Partido Acción Nacional y Jesús Orozco Alfaro,
del Partido Revolucionario Institucional.
Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la
próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las quince horas con treinta y cinco
minutos, citando para la que tendrá lugar el martes diez de octubre de dos mil, a las
diez horas.»
Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra en relación al
acta, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba.
Los diputados que estén por la afirmativa, favor de manifestarlo...
Los diputados que estén por la negativa, favor de manifestarlo... Se aprueba el acta,
señor Presidente.
Gracias, señor Secretario.
Continuemos con el siguiente punto del orden del día comunicaciones.
ESTADO DE NAYARIT
El secretario
José Manuel Medellín Milán: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.
Poder Legislativo. Nayarit. XXVI Legislatura.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable
Congreso de la Unión. Presentes.
De conformidad a lo previsto por los artículos 53 fracción III de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo y 27 inciso d del Reglamento de Gobierno Interior y del proceso
legislativo, los suscritos secretarios de la XXVI Legislatura, nos permitimos hacer de su
conocimiento lo siguiente:
En sesión pública ordinaria celebrada el día 19 de septiembre del presente año, la
Asamblea Legislativa aprobó el acuerdo relativo a la solicitud respetuosa a los
legisladores de esa Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que sea tomado en
cuenta en el presupuesto de egresos próximo a aprobarse, solicitando su apoyo para hacer
algunas reformas en materia laboral, de previsión y seguridad social, con la finalidad de
que se refleje en incremento a las pensiones de los trabajadores, de acuerdo a las
consideraciones y motivos señalados en el cuerpo del resolutivo que se anexa.
Aprovechamos la ocasión para reiterarle nuestro respeto.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Tepic, Nayarit, a 20 de septiembre de 2000. Diputados: N. Alonso Villaseñor Anguiano y
Filiberto Delgado Sandoval secretarios.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo. Nayarit. XXVI
Legislatura.
Comisiones uindas de Trabajo y Previsión Social y de Salud y Seguridad Social.
Dictamen y proyecto de acuerdo relativo a una solicitud de apoyo a la Cámara de Diputados
del Congreso de la Unión, para los pensionados y jubilados del Estado de Nayarit.
Honorable Asamblea legislativa: con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73
fracciones VII y VIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y los numerales 97 144
fracción III del Reglamento de Gobierno Interior y del proceso legislativo, los
integrantes de las comisiones legislativas que al rubro se indican, formulamos el presente
punto de acuerdo al tenor de las siguientes
CONSIDERACIONES
Primera. Ante esta representación popular se presentaron integrantes del movimiento
unificador de jubilados, pensionados y adultos mayores de Nayarit A.C., solicitando el
apoyo de los diputados integrantes de esta XXVI Legislatura y a su vez a exponer la
problemática salarial de que son objeto, manifestando que la gran mayoría subsisten con
pensiones de salarios mínimos que van de entre los 100 pesos hasta los 400 pesos
mensuales.
Segunda. La preocupación generalizada de los miembros de la asociación civil de
referencia, es que los integrantes de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, no
cuentan con la información necesaria de la realidad que prevalece. En razón de lo cual
los integrantes de la XXVI Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano
de Nayarit, persuadidos de que es preciso acompasar el anhelo legítimo de los
trabajadores en retiro, consideramos oportuno exhortar con el debido respeto institucional
a la LVIII Legislatura Federal de la Cámara de Diputados, a la búsqueda de mecanismos
que permitan de ser posible en el corto plazo, una mejoría sustancial en la ya de suya
precaria situación económica que enfrentan la mayoría de los pensionados y jubilados
abarcados por la protección del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos anteriormente señalados,
las comisiones dictaminadoras, sometemos a la respetable consideración de esta soberanía
el siguiente
ACUERDO
Unico. Se solicita respetuosamente a los legisladores de la Cámara de Diputados de la
LVIII Legislatura al honorable Congreso de la Unión, se tome en consideración el apoyo a
reformas significativas en materia laboral, de previsión y seguridad social, así como la
ampliación del Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal del
Año 2001, con la finalidad de que se refleje en el incremento de las pensiones de los
trabajadores.
ARTICULOS TRANSITORIOS
Primero. El presente acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación.
Segundo. Remítase el contenido del presente acuerdo a la Cámara de Diputados de la LVIII
Legislatura del Congreso de la Unión.
Sala de comisiones "general Esteban Baca Calderón". Tepic, Nayarit, a 18 de
septiembre de 2000. Comisión de Trabajo y Previsión Social; diputados: Feliciano Verdín
Hernández, presidente; Benigno Navarro Arambul, vicepresidente; Donaciano Robles
Ceniceros, secretario; Carlos Rodríguez Valdivia, vocal. Comisión de Salud y Seguridad
Social; diputados: Jorge Rubio Reynoso, presidente; José García López, vicepresidente;
Filiberto Delgado Sandoval, secretario, Javier Tovar Rodarte, vocal.»
Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta
Pública.
ESTADO DE OAXACA
El secretario
José Manuel Medellín Milán: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.
Gobierno Constitucional del Estado de Oaxaca. Poder Legislativo.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable
Congreso de la Unión. México, D.F.
Por instrucciones de los diputados secretarios, me permito comunicar a usted que la LVII
Legislatura constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en sesión ordinaria
celebrada el día de hoy, tuvo a bien aprobar el siguiente
ACUERDO
Unico. Se solicita a la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable
Congreso de la Unión, que con motivo de la discusión y aprobación del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Año 2001, sean considerados y asignados los recursos
pertinentes para atender, ejecutar y solucionar de manera definitiva los asuntos agrarios
suscitados en el territorio del Estado de Oaxaca y sometidos actualmente a la
consideración de las autoridades agrarias competentes.
Dado en el salón de sesiones. Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 30 de agosto de 2000.
Diputados: Alfredo Eligio Ramos Villalobos, presidente; David Villalobos López y Jorge
Luis Sosa Campos, secretarios; (rubricas).
Lo que me permito transcribir a ustedes para su conocimiento y efectos legales
consiguientes.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
"El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz"
Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 30 de agosto de 2000. El oficial mayor del Congreso del
Estado, doctor Sergio Segreste Ríos.»
Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta
Pública.
ESTADO DE ZACATECAS
El secretario
José Manuel Medellín Milán: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LVI
Legislatura. Zacatecas.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados. Honorable Congreso de la Unión.
México, D.F.
Adjunto tenemos el honor de remitir a ustedes, el acuerdo número 63 aprobado por la LVI
Legislatura del Estado, en sesión ordinaria de esta misma fecha, mediante el cual esta
representación popular, rechaza enérgicamente la importación de frijol que se propone
en la publicación del 14 de julio del presente año, en el Diario Oficial de la
Federación, mediante convocatoria expedida por la Secretaría de Comercio y Fomento
Industrial, porque tal acción afecta la economía de los productores nacionales y
particularmente la de los zacatecanos, por tal motivo, solicitamos su apoyo a este punto
de acuerdo, en beneficio de los agricultores de México.
Nos es grato reiterarles las seguridades de nuestra distinguida y especial consideración.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Zacatecas, Zacatecas, a 21 de septiembre de 2000. La LVI Legislatura del Estado. Diputados
Maribel Villalpando Haro y Francisco Sandoval Martínez, secretarios.
1878,1879,1880
Acuerdo No. 63
La LVI Legislatura del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.
Resultando primero. Con fecha 19 de septiembre de 2000, la diputada María Edith Ortega
González presentó en la oficialía mayor, un proyecto de punto de acuerdo por el que
propuso rechazar las medidas tendientes a la importación de frijol.
Resultando segundo. En sesión ordinaria del pleno celebrada el mismo día, se dio cuenta
de la recepción de dicho documento.
Considerando primero. A través de memorandum número 396/00, de la misma fecha y con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 54 fracción VII de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo; 63 y 70 del Reglamento Interior, el asunto fue turnado a la Comisión
de Régimen Interno y Concertación Política, para su trámite correspondiente.
Considerando segundo. Que la soberanía es un principio irrenunciable, que requiere una
política exterior orientada hacia la construcción de una comunidad internacional más
democrática y humanista, en oposición a una globalización regida por el capital
financiero y por criterios de mercado y de exclusión.
Considerando tercero. Que el 14 de julio de 2000, fue publicada en el Diario Oficial de la
Federación, una convocatoria expedida por la Secretaría de Comercio y Fomento
Industrial, que invita a los comercializadores y empacadores de granos básicos para la
importación de frijol de Nicaragua, los Estados Unidos de América y Canadá, por una
cantidad total de 45 mil 116 toneladas (licitación pública 038/2000, 039/2000 y
040/2000), amparandose en los tratados de libre comercio respectivos.
Por lo anterior, con fundamento en los artículos 61 fracción I, 63, 70, 97, 99 fracción
II y demás relativos del Reglamento Interior del Poder Legislativo, es de acordarse y se
acuerda:
Primero. La LVI Legislatura del Estado de Zacatecas rechaza enérgicamente la importación
de frijol que se propone en la publicación del 14 de julio de 2000, en el Diario Oficial
de la Federación, mediante convocatoria, expedida por la Secretaría de Comercio y
Fomento Industrial, que invita a los comercializadores y empacadores de granos básicos
para la importación de frijol de Nicaragua, los Estados Unidos de América y Canadá, por
una cantidad total de 45 mil 116 toneladas (licitación pública 038/2000, 039/2000 y
040/2000), porque con tal acción, se afecta gravemente la economía de los productores
nacionales y particularmente de los zacatecanos.
Segundo. Solicitar al doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos y a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, detener dichas
licitaciones, hasta en tanto se comercialicen las 120 mil toneladas que aún se encuentran
embodegadas en nuestro país.
Tercero. Solicitar a las legislaturas locales del país y al propio Congreso de la Unión,
su apoyo a este acuerdo en beneficio de los agricultores de México.
Dado en la sala de sesiones de la LVI Legislatura del Estado, a 21 de septiembre de 2000.
Diputados: Arturo Ramírez Bucio, presidente; Maribel Villalpando Haro y Francisco
Sandoval Martínez, secretarios.»
Túrnese a la Comisión de Comercio y
Fomento Industrial.
CAMARA DE SENADORES
El secretario
José Manuel Medellín Milán: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos
Mexicanos. Cámara de Senadores. México, D.F.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
Presentes.
Tengo el honor de comunicar a ustedes que en sesión ordinaria celebrada el día de hoy,
se dio cuenta con comunicaciones de la Secretaría General de Servicios Parlamentarios,
relativa a la constitución de los grupos parlamentarios, representados en esta Cámara de
Senadores como sigue:
Coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista
de México: senador Jorge Emilio González Martínez.
Coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática: senador
Jesús Ortega Martínez.
Coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional: senador Diego Fernández
de Cevallos Ramos y
Coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional: senador
Enrique Jackson Ramírez.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
México, D.F., a 5 de septiembre de 2000. Senador Enrique Jackson Ramírez, presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, D.F.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del
honorable Congreso de la Unión. Presentes.
Tengo el honor de comunicar a ustedes, que en sesión ordinaria celebrada en esta fecha,
se dio cuenta con una comunicación de los senadores integrantes de la Junta de
Coordinación Política, por la que informan de su constitución y del nombramiento del
senador Diego Fernández de Cevallos Ramos, como su Presidente.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
México, D.F., a 5 de septiembre de 2000. Senador Enrique Jackson Ramírez, presidente.»
De enterado.
El
secretario José Manuel Medellín Milán: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos
Mexicanos. Cámara de Senadores. México, D.F.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
Presentes.
Para conocimiento de la colegisladora, me permito transcribir a ustedes, debidamente
aprobado por esta Cámara, en sesión de esta fecha el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
Primero. El pleno del Senado de la República acuerda realizar sesiones plenarias para el
análisis del VI Informe de Gobierno.
Segundo. Las sesiones plenarias que lleve a cabo el Senado de la República para el
análisis del VI Informe de Gobierno, se harán conforme al siguiente calendario:
a) Política interior. Martes 5 de septiembre.
b) Política económica. Jueves 7 de septiembre.
c) Política social. Martes 12 de septiembre.
d) Política exterior. Jueves 14 de septiembre.
Tercero. En los casos en que se considere necesario el análisis de alguno de los rubros
mencionados en fechas adicionales a las señaladas en este acuerdo; dicho análisis podrá
realizarse en reuniones de comisiones.
Cuarto. El análisis del VI Informe de Gobierno, se sujetará al siguiente procedimiento
parlamentario:
a) Habrá una ronda de oradores en la que los senadores de la República fijarán la
posición de sus respectivos grupos parlamentarios, con una duración de 15 minutos para
cada intervención y se ordenarán de la siguiente forma: Partido Verde Ecologista de
México, Partido de la Revolución Democrática, Partido Acción Nacional y Partido
Revolucionario Institucional
b) Una vez agotadas las intervenciones señaladas en el punto cuarto de este acuerdo, los
senadores podrán solicitar el uso de la palabra en los términos del artículo 102 del
Reglamento para el Gobierno Interior.
c) Cada sesión de análisis del VI Informe de Gobierno concluirá hasta que se hubiesen
agotado todas las intervenciones solicitadas, conforme al inciso anterior.
Quinto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 7o. de
la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, el Presidente de la Cámara de Senadores remitirá al Presidente
de la República las versiones estenográficas de las sesiones en las que se analice el VI
Informe de Gobierno.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
México, D.F., a 5 de septiembre de 2000. Senador Enrique Jackson Ramírez, presidente.»
De enterado.
SECRETARIA DE ENERGIA
El secretario
José Manuel Medellín Milán: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos
Mexicanos. Secretaría de Energía.
Diputado Ricardo García Cervantes, presidente de la mesa directiva de la Cámara de
Diputados.
Con el propósito de dar respuesta a las inquietudes presentadas en la comparecencia que
se llevó a cabo en días pasados, la Secretaría de Energía extiende una cordial
invitación a un grupo de diputados que estén interesados en efectuar una visita a la
Refinería de Cadereyta, en el Estado de Nuevo León, con la finalidad de analizar los
trabajos de reconfiguración que se han llevado a cabo en dicha refinería.
Mucho le agradeceré, se sirva comunicarnos quienes serán los diputados designados para
la visita y las fechas en que ellos puedan efectuar el viaje, de preferencia durante el
mes de octubre, a efecto de coordinar al grupo de senadores y funcionarios que también
estén interesados.
Sin otro particular y agradeciendo de antemano la atención que se sirva prestar a la
presente.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 3 de octubre de 2000. Luis Téllez K.»
Túrnese a la Comisión de Energía.
CAJAS DE AHORRO
El secretario
José Manuel Medellín Milán: |
«Escudo Nacional de los Estados Unidos
Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
En relación a su oficio No. 58-II-3-007, de fecha 7 de septiembre último, con el
presente les acompaño copia del similar número 601-VI-DD/APM-94743/2000, signado por el
licenciado Octavio Sosa León, director general de Delitos y Sanciones de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores, con el que acompaña información relativa al señor José
Cirilo Ocampo Verdugo.
Lo anterior para los fines que estimen procedentes.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., 5 de octubre de 2000. Por acuerdo del Secretario. El director general
de gobierno, Sergio Orozco Aceves.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Licenciado Eduardo Fernández García, presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores.
Con el presente le acompaño copia del oficio número 5-II-3-007, suscrito por los
secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, por el que
comunican al titular de esta Secretaría el punto de acuerdo aprobado en sesión de fecha
7 del actual, en el que solicitan información relativa al señor José Cirilo Ocampo
Verdugo, así como de otros casos similares para la solución del problema de los
ahorradores de "cooperativas cajas populares".
Adjunto además con el presente el punto de acuerdo de referencia, para su conocimiento y
fines que estime procedentes.
1181,1182,1183
Reitero a usted, las seguridades de mi atenta y distinguida
consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Atentamente.
México, D.F., 13 de septiembre de 2000. Por acuerdo del Secretario.El director general de
gobierno, Sergio Orozco Aceves.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaria de Hacienda y Crédito
Público. Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Ciudadano Sergio Orozco Aceves, director general de gobierno de la Secretaría de
Gobernación.
En relación a su atento oficio citado en la referencia, mismo que fue recibido en este
organismo el 25 de septiembre pasado, por medio del cual manifiesta que los secretarios de
la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, informaron al titular de esa
Secretaría el punto de acuerdo aprobado en sesión de fecha 7 de septiembre último, en
el cual solicitan diversa información relativa a la problemática de las denominadas
"cooperativas cajas populares", administradas por el señor José Cirilo Ocampo
Verdugo, así como de otros casos similares con ahorradores de cajas populares y si se
están tomando las medidas prudenciales o preventivas para evitar futuros problemas de
esta índole.
Al respecto, nos permitimos hacer de su conocimiento que la Comisión Nacional Bancaria y
de Valores ha venido actuando en apoyo de las investigaciones efectuadas por la
Procuraduría General de la República, dentro de la averiguación previa que en su
momento inició en contra del señor José Cirilo Ocampo Verdugo, aportando los elementos
relativos a las cuentas bancarias en las que participó el señor Ocampo, para efectos de
integrar la indagatoria en comento; en tal virtud, le manifestamos que este organismo no
ha intervenido directamente en la instrumentación de la estrategia jurídica para la
distribución y pago de los recursos que fueron presuntamente defraudados por el
presidente de los consejos de administración de las sociedades cooperativas involucradas;
reiterando que de acuerdo a la ley que regula las actividades de esta comisión, en
relación con las leyes sustantivas que son aplicables en el Sistema Financiero Mexicano,
carecemos de atribuciones para intervenir en la inspección y vigilancia de las sociedades
cooperativas.
Por último, cabe señalar que la Sociedad de Ahorro y Préstamo denominada Crédito y
Ahorra del Noroeste, SAP, se encuentra actualmente en proceso judicial de quiebra,
habiéndose designado como síndico al Fideicomiso Liquidador de Instituciones y
Organizaciones Auxiliares de Crédito (Fideliq), por lo que este organismo no puede
aportar mayores datos sobre la situación actual de dicha organización auxiliar del
crédito.
Esperando que lo anterior sea de su conformidad le reitero las seguridades de mi atenta y
distinguida consideración.
Atentamente.
México, D.F., a 29 de septiembre de 2000. Licenciado Octavio Sosa León, director
general.»
De enterado y remítase a las comisiones
de Fomento Cooperativo y Economía Social y de Hacienda y Crédito Público, así como los
antecedentes.
INSTITUTO PARA LA PROTECCION
AL AHORRO BANCARIO
El secretario
José Manuel Medellín Milán: |
«Instituto para la Protección al Ahorro
Bancario. Secretaría Ejecutiva.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 20, 22, 26, 84 y cuarto transitorio de la Ley de
Protección al Ahorro Bancario y 9o., 18 y 23 del estatuto orgánico del Instituto para la
Protección al Ahorro Bancario y a las "disposiciones relativas a las cuotas
ordinarias que las instituciones de banca múltiple están obligadas a cubrir al Instituto
para la Protección al Ahorro Bancario", se acompaña copia del "informe sobre
el monto de los pagos efectuados por las instituciones de banca múltiple por concepto de
cuotas ordinarias correspondientes al periodo comprendido entre el 1o. de abril y el 30 de
junio de 2000", publicado el 7 de septiembre de 2000, en el Diario Oficial de la
Federación.
Asimismo, se anexan los estados financieros del instituto al 30 de junio de 2000,
auditados por Ruiz Urquiza y Compañía, SC, mismos que fueron debidamente aprobados en la
decimasexta sesión ordinaria de la junta de gobierno de este organismo público
descentralizado, celebrada el 30 de agosto del año en curso.
Sin otro particular, les reiteramos la seguridad de nuestra atenta y distinguida
consideración.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 8 de septiembre de 2000. Julio César Méndez Rubio, secretario
ejecutivo; Paulo Díez Gargari, secretario adjunto jurídico.»
«Monto de los pagos efectuados por las instituciones de banca múltiple por concepto de
cuotas ordinarias correspondientes al periodo comprendido entre el 1o. de abril y el 30 de
junio de 2000.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, con fundamento en los artículos 4o.
y 26 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, así como en los artículos 20
fracciones XIV, XXVII y XXIX y 30 fracciones I y IX del estatuto orgánico de este
instituto, pública el monto de los pagos efectuados por las instituciones de banca
múltiple por concepto de cuotas ordinarias correspondientes al periodo comprendido entre
el 1o. de abril y el 30 de junio de 2000.
Los importes de las cuotas cubiertas por las instituciones de
banca múltiple se calcularon conforme a las disposiciones relativas a las cuotas
ordinarias que las instituciones de banca múltiple están obligadas cubrir al Instituto
para la Protección al Ahorro Bancario, publicadas en el Diario Oficial de la Federación
el 31 de mayo de 1999.
* A los bancos intervenidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores se les
calcularon las cuotas correspondientes conforme al párrafo anterior, al igual que a los
no intervenidos.
** Antes First Chicago Bank (México),S.A.
Nota. Se deja de publicar información de Banpaís S.A. por su fusión con Banco Mercantil
del Norte S.A.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 30 de agosto de 2000. El secretario adjunto de Protección al Ahorro
Bancario, José Antonio Meade Kuribreña; el director general de finanzas del Instituto
para la Protección al Ahorro Bancario, Alfredo Vara Alonso. (Rúbricas.)»
«Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
Estados financieros al 30 de junio de 2000.
Expresados en millones de pesos con poder adquisitivo de esa fecha.
El informe de revisión limitada.
A la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, a la junta de gobierno del
Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
1184,1185,1186
Hemos llevado a cabo una revisión limitada del estado de activos y pasivos del Instituto
para la Protección al Ahorro Bancario (el instituto) al 30 de junio de 2000 y de los
estados de ingresos y egresos y de cambios en activos y pasivos, que le son relativos, por
el periodo comprendido del 1o. de enero al 30 de junio de 2000. Dichos estados financieros
son responsabilidad de la administración del instituto.
Previamente hemos examinado los estados financieros al 31 de diciembre de 1999 y por el
periodo comprendido del 20 de enero al 31 de diciembre de 1999, sobre los cuales emitimos
un dictamen sin salvedades el 15 de marzo de 2000, haciendo énfasis en lo siguiente:
El instituto se constituyó el 20 de enero de 1999 con base en lo dispuesto por la Ley de
Protección al Ahorro Bancario. Consecuentemente, el instituto asumió los derechos y
obligaciones contraídas por el Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) a la
fecha antes indicada, excepto por los programas de capitalización y compra de cartera,
los cuales serán asumidos cuando se cumplan las disposiciones establecidas en los
artículos transitorios de dicha ley y que se refieren principalmente a que se deslinden
las responsabilidades a que hubiere lugar, con base en la conclusión de las auditorías
ordenadas por la Cámara de Diputados y se cancelen las operaciones que diversas
instituciones de banca múltiple mantienen con el Fobaproa. En virtud de esta condición
impuesta en la ley mencionada, al 31 de diciembre de 1999 el instituto reconoció como un
pasivo denominado "reserva para programas de capitalización y compra de cartera
pendientes de asumir", la pérdida estimada que asumirá al finalizar los programas
de capitalización y compra de cartera, determinada con base en los valores de dichos
programas a esa fecha y que asciende a 86 mil 314 millones de pesos.
1192,1193,1194
Al 31 de diciembre de 1999 el instituto tiene cuentas por cobrar, derivadas de los
programas de saneamiento financiero de instituciones bancarias, por un importe de 127 mil
385 millones de pesos, las cuales representan el valor neto estimado de los derechos de
flujos a recibir a futuro afectados por las instituciones a favor del instituto,
determinado por éstas con base en las reglas de valuación de dichos activos, emitidas
por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. La administración del instituto ha
determinado al 31 de diciembre de 1999 una provisión preventiva para riesgos crediticios
adicional por un importe de 88 mil 521 millones de pesos, basada en estimaciones del valor
de recuperación de dichos activos, la cual por la incertidumbre que existe sobre las
condiciones de mercado en que se realizarán a futuro estos activos, pudiera no ser
suficiente o ser excesiva para asegurar la recuperabilidad de dichas cuentas por cobrar al
valor que se muestra en los estados financieros.
Nuestra revisión limitada consistió principalmente en la aplicación de procedimientos
de revisión analítica a los diferentes elementos de los estados financieros, en
entrevistas con los funcionarios del instituto que tienen responsabilidad sobre asuntos
financieros y contables, en la lectura de los acuerdos tomados en las juntas de gobierno y
en comprender el sistema establecido para la preparación de los estados financieros
intermedios.
En virtud de que esta revisión limitada tiene un alcance reducido y no constituye un
examen de estados financieros de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas,
no estamos en posibilidad de expresar una opinión sobre los estados financieros
intermedios.
Durante nuestra revisión limitada no tuvimos conocimiento de ninguna situación que
requiera modificar los estados financieros intermedios que se acompañan, a fin de que
estén presentados de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados,
aplicados sobre bases consistentes.
Ruiz, Urquiza y Cía., SC.
México, D.F., a 11 de agosto de 2000. CPC Jorge Tapia del Barrio.»
1. Marco Jurídico y disposiciones
de carácter general:
El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (el instituto) es un organismo
descentralizado de la Administración Publica Federal, con personalidad jurídica propia.
Su constitución, funcionamiento, operación, control y evaluación se rigen por lo
dispuesto en la Ley de Protección al Ahorro Bancario (la ley), publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 19 de enero de 1999, que entró en vigor a partir del 20 de
enero de 1999. El instituto tiene por objeto:
1. Proporcionar a las instituciones de banca múltiple, en beneficio de los intereses de
las personas que realicen operaciones garantizadas en términos de la ley, un sistema para
la protección del ahorro bancario que garantice (en forma subsidiaria y limitada) el pago
de las obligaciones a cargo de las instituciones de banca múltiple derivadas de dichas
operaciones.
2. Administrar, en términos de la ley, los programas de saneamiento financiero que
formule y ejecute en beneficio de los ahorradores y usuarios de las instituciones de banca
múltiple y en salvaguarda del sistema nacional de pagos.
El patrimonio del instituto se integra con las cuotas que cubran las instituciones de
banca múltiple, los productos, rendimientos y otros bienes derivados de las operaciones
que realice; los intereses, rentas, plusvalías y demás utilidades que obtenga de sus
inversiones; los recursos provenientes de financiamientos; los bienes muebles e inmuebles
que adquiera para el cumplimiento de su objeto; en su caso, los recursos que se autoricen
en los correspondientes presupuestos de Egresos de la Federación, para apoyar de manera
subsidiaria el cumplimiento de las obligaciones del instituto, así como para instrumentar
y administrar programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca y los demás
derechos y obligaciones que el instituto reciba, adquiera o contraiga, por cualquier
título legal, conforme a lo previsto en la ley.
El gobierno y administración del instituto están a cargo de una junta de gobierno la
cual tiene, entre otras, las facultades siguientes:
Resolver sobre la procedencia de que el instituto otorgue, en cada caso, los apoyos
previstos en la ley, así como sus términos y condiciones.
Declarar la administración cautelar en el supuesto previsto en el artículo 50 de la ley,
así como aprobar la liquidación a la solicitud para pedir la suspensión de pagos o
declaración de quiebra de las instituciones.
Aprobar las cuotas ordinarias que deban cubrir las
instituciones conforme a lo señalado en el artículo 22 de la ley, así como los
criterios para establecer cuotas diferenciadas conforme a lo previsto en el artículo 21
de la misma.
Aprobar, previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico (la Secretaría
de Hacienda), las cuotas extraordinarias que deban cubrir las instituciones conforme lo
señalado en el artículo 23 de la ley.
Establecer políticas y lineamientos para la administración, conservación y enajenación
de los bienes que conformen el patrimonio del instituto, así como establecer las bases
para la administración y enajenación de los bienes del instituto, observando lo
dispuesto en los artículos 61 a 66 de la ley.
Aprobar las reservas que sean necesarias para el buen funcionamiento del instituto.
Aprobar los programas de ingresos y egresos del instituto para cada año, así como las
operaciones mediante las cuales el propio instituto obtenga financiamiento.
En general, realizar todos aquellos actos y operaciones que fuesen necesarios para la
mejor administración del instituto.
Reserva para la protección
al ahorro bancario.
Con fundamento en los artículos 25, 68, 80 y décimo transitorio de la ley, el 14 de
diciembre de 1999 la junta de gobierno del instituto aprobó que con el 25% de las cuotas
pagadas por las instituciones de banca múltiple, después de sufragar los gastos de
administración y operación, se constituyan reservas para cubrir las obligaciones
garantizadas señaladas en la ley de conformidad con el "programa de reducción
gradual de cobertura", con objeto de proteger a los ahorradores, dichos recursos se
mantienen depositados en una cuenta en Nacional Financiera, SNC.
Obligaciones garantizadas.
Para efectos de la ley, se consideran obligaciones garantizadas (las obligaciones
garantizadas) los depósitos bancarios de dinero (a la vista, retirables en días
preestablecidos, de ahorro y a plazo o con previo aviso), así como los préstamos y
créditos aceptados por la institución.
Cuando se determine la liquidación, suspensión de pagos o quiebra de una institución de
banca múltiple, el instituto procederá al pago de las obligaciones garantizadas,
líquidas y exigibles, a cargo de dicha institución, con los límites y condiciones
previstas por la ley.
El instituto no garantizará las operaciones siguientes:
Las obligaciones a favor de entidades financieras, nacionales o extranjeras.
Las obligaciones a favor de cualquier sociedad que forme parte del grupo financiero al
cual, en su caso, pertenezca la institución.
Los pasivos documentados en títulos negociables, así como los títulos emitidos al
portador. Las obligaciones garantizadas, documentadas en títulos nominativos, quedarán
cubiertas en términos del artículo 6o. de la ley, siempre y cuando los títulos no hayan
sido negociados.
Las obligaciones o depósitos a favor de accionistas, miembros del consejo de
administración y de funcionarios de los dos primeros niveles jerárquicos de la
institución de que se trate, así como apoderados generales con facultades
administrativas y gerentes generales.
Las operaciones que no se hayan sujetado a las disposiciones legales, reglamentarias,
administrativas, así como a las sanas prácticas y usos bancarios, en las que exista mala
fe del titular y las relacionadas con actos u operaciones ilícitas que se ubiquen en los
supuestos del artículo 400-bis del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de
Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal.
El instituto pagará el saldo de las obligaciones garantizadas, considerando el monto del
principal y accesorios, hasta por una cantidad equivalente a 400 mil unidades de
inversión (Udis) por persona, física o moral, cualquiera que sea el número y clase de
dichas obligaciones a su favor y a cargo de una misma institución. De conformidad con lo
establecido en los artículos 6o. y decimoprimero transitorio de la ley, así como con el
programa por el que se dan a conocer las obligaciones garantizadas en el periodo de
transición por el instituto (el Programa de Reducción Gradual de la Cobertura),
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 1999, este régimen
entrará en vigor el 1o. de enero de 2005.
1190,1191,1192
De conformidad con el Programa de Reducción Gradual de la Cobertura, el instituto
reducirá las obligaciones cubiertas de acuerdo al siguiente calendario:
A partir del 1o. de enero de 2000. Las obligaciones que las instituciones adquieran por
operaciones financieras derivadas sobre acciones y metales.
A partir del 1o. de enero de 2001. Las obligaciones provenientes de operaciones
financieras derivadas realizadas en las bolsas reconocidas.
A partir del 1o. de enero de 2002. Las obligaciones provenientes de depósitos en
garantía, de recaudaciones de impuestos, de contribuciones a favor de la Tesorería de la
Federación y de cuentas liquidadoras de valores.
A partir del 1o. de enero de 2003. El importe máximo que pagará el instituto por las
obligaciones que no hayan quedado excluidas en las etapas anteriores, será el equivalente
a 10 millones de Udis por persona física o moral, cualquiera que sea el número y clase
de dichas obligaciones a su favor y a cargo de una misma institución.
A partir de enero de 2004 y hasta el 31 de diciembre de dicho año. Unicamente quedarán
garantizados los depósitos, préstamos y créditos a que se refieren las fracciones I y
II del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito, hasta por un importe
equivalente a 5 millones de Udis por persona física o moral, cualquiera que sea el
número y clase de dichas obligaciones a su favor y a cargo de una misma institución.
Cuotas recibidas de los bancos.
Las instituciones de banca múltiple estarán obligadas a pagar al instituto las cuotas
ordinarias y extraordinarias que establezca la junta de gobierno, la cual podrá
establecer cuotas ordinarias diferentes para las instituciones, en función del riesgo a
que se encuentren expuestas, con base en el nivel de capitalización de cada una de ellas
y de otros indicadores de carácter general. Las cuotas ordinarias se deberán cubrir
mensualmente y no podrán ser menores de cuatro al millar, sobre el importe de las
operaciones pasivas que tengan las instituciones. Cuando la junta de gobierno establezca
cuotas extraordinarias, éstas no podrán exceder en un año de tres al millar sobre el
importe de las operaciones pasivas que tengan las instituciones. Las cuotas ordinarias y
extraordinarias no podrán exceder, en un año, de ocho al millar sobre el importe total
de las operaciones pasivas de las instituciones.
De conformidad con lo establecido en el artículo décimo transitorio, con la finalidad de
concluir los programas de saneamiento financiero y la liquidación de las operaciones del
Fobaproa y del fideicomiso denominado Fondo de Apoyo al Mercado de Valores (Fameval), el
instituto dispondrá de las tres cuartas partes de las cuotas que por la prestación del
sistema de protección al ahorro paguen las instituciones de banca múltiple, así como de
los recursos provenientes de la recuperación de sus activos y aquellos derivados de los
costos que al efecto se haya convenido asuman las instituciones apoyadas.
Apoyos y programas para el saneamiento financiero de las instituciones de banca múltiple.
Excepcionalmente, el instituto, por sí o a solicitud de la Comisión Nacional Bancaria y
de Valores (la comisión), podrá otorgar apoyos financieros tendientes a proveer la
liquidez o el saneamiento de una institución. Los apoyos podrán otorgarse mediante
suscripción de acciones y obligaciones subordinadas, asunción de obligaciones,
otorgamiento de créditos o la adquisición de bienes, de acuerdo con lo previsto en la
ley.
Los apoyos financieros se darán únicamente con cargo a los recursos propios del
instituto y mediante los financiamientos que obtenga en los términos del artículo 46 de
la ley, los cuales en ningún caso excederán del 6% cada tres años de los pasivos
totales de las instituciones de banca múltiple que haya publicado la comisión en el mes
inmediato anterior. Para fines del límite a que se refiere el párrafo anterior, también
computarán las garantías que otorgue el instituto.
Los apoyos financieros que el instituto otorgue mediante
créditos, quedarán garantizados con las acciones con derecho a voto pleno,
representativas del capital social ordinario de la institución apoyada.
En caso de que las obligaciones derivadas de los apoyos financieros otorgados por el
instituto no fueran cumplidas, podrá adjudicarse la garantía. Si la institución
requiere ser capitalizada para recuperar su estabilidad, el instituto, en ejercicio de los
derechos corporativos de las acciones o una vez adjudicadas éstas, podrá efectuar las
aportaciones de capital necesarias de acuerdo a lo establecido en la ley.
En caso de que el instituto no se encuentre en condiciones de hacer frente a sus
obligaciones, el Congreso de la Unión dictará las medidas que juzgue convenientes para
el pago de las mismas. Esta garantía deberá hacerse constar de conformidad con la
legislación aplicable, en los títulos de crédito u otros instrumentos en que están
documentadas dichas obligaciones.
En la nota cuatro se describen los apoyos que al 30 de junio de 2000 ha otorgado el
instituto, los cuales se han apegado a los lineamientos de ley mencionados.
Recursos presupuestales.
Con fundamento en el artículo 47 de la ley y conforme a lo dispuesto por el artículo 74
fracción IV de la Constitución Política los Estados Unidos Mexicanos, la Cámara de
Diputados proveerá en un ramo específico del Presupuesto de Egresos de la Federación, a
propuesta del Ejecutivo Federal, la asignación presupuestaria correspondiente que, en su
caso, requiera el instituto para hacer frente a sus obligaciones.
Los financiamientos y los recursos autorizados en el Presupuesto de Egresos de la
Federación, que reciba el instituto en los términos del Título Cuarto de la ley, en
ningún caso podrán ser utilizados para un fin distinto al autorizado.
Operaciones asumidas del Fobaproa y del Fameval.
De conformidad con lo establecido en el artículo séptimo transitorio de la ley, el
instituto (sujeto a la condición mencionada más adelante, en protección de los derechos
de terceros de buena fe y para proveer a la más expedita recuperación de los bienes)
asumió la titularidad de las operaciones de los programas de saneamiento, diferentes a
aquellos de capitalización y compra de cartera, realizadas por el Fobaproa y el Fameval,
así como las correspondientes a las instituciones intervenidas por la comisión, salvo
las operaciones que fueron exceptuadas por acuerdo de los comités técnicos del Fobaproa
y el Fameval, a partir del 20 de enero de 1999. Lo anterior, sujeto a que se lleven a cabo
las auditorías correspondientes para el fincamiento de las responsabilidades jurídicas y
económicas que, en su caso procedan o a la transmisión a terceros de los mencionados
bienes.
En consecuencia y también por mandato expreso de la ley (artículo octavo transitorio), a
partir del 20 de enero de 1999 el instituto asumió los créditos otorgados por el Banco
de México al Fobaproa y al Fameval y fue hasta el 15 de marzo de 2000 cuando celebraron
un convenio donde el instituto reconoció un pasivo a esa fecha a favor del Banco de
México por 23 mil 987 millones 953 mil 287 Udis el cual no devenga intereses,
conviniéndose extinguir el saldo insoluto sin cargo al instituto en 30 anualidades,
vencidas y sucesivas, con fecha valor al último día hábil bancario de cada año. Al 30
de junio de 2000, el instituto no muestra en sus estados financieros este pasivo, ya que
de acuerdo a lo antes mencionado, no afectará sus resultados.
En el artículo quinto transitorio de la ley se establece que, una vez concluidas las
auditorias ordenadas por la Cámara de Diputados, las instituciones participantes en el
"Programa de Capitalización y Compra de Cartera del Fobaproa, podrán optar por dar
por terminados los contratos y cancelar las operaciones que mantenían con el Fobaproa,
para lo cual deberán regresarle los títulos de crédito que éste hubiera emitido en su
favor; por su parte, el instituto otorgará a los bancos una garantía o instrumento de
pago que cubrirá los derechos de cobro de la cartera objeto del programa en mención, de
conformidad con lo establecido en las reglas generales del nuevo programa a que se refiere
el artículo quinto transitorio de la ley (las reglas generales), publicadas en el Diario
Oficial de la Federación el 18 de junio de 1999.
En virtud de lo anterior, a partir de 1999, el instituto reconoció como un pasivo
denominado "reserva para programas de capitalización y compra de cartera pendientes
de asumir", la pérdida estimada que asumirá a formalizar los programas mencionados,
determinada con base en los valores de dichos programas a esa fecha.
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, las auditorías han
concluido, las instituciones han sido informadas de sus resultados y éstas han solicitado
al instituto su incorporación al nuevo programa, manifestando su conformidad con los
términos y condiciones del mismo; sin embargo, aún no se han concluido los procesos
legales para efectuar la cancelación de las operaciones con el Fobaproa, por lo que el
instituto reconoce el compromiso futuro de adquirir los activos y pasivos derivados de
este programa, registrando una reserva que refleje la estimación del valor que los mismos
tendrán al momento de que sean asumidos por el instituto.
Asimismo, el instituto devolverá a las instituciones los créditos que de conformidad con
los resultados de las auditorías, no satisfacen los criterios originales del Fobaproa y
respecto de los cuales no existe un acuerdo posterior entre la institución, el Fobaproa y
la comisión. En este caso, la institución deberá designar otros activos por un monto
equivalente al de los créditos devueltos a satisfacción del instituto, en caso
contrario, éste reducirá el monto de la garantía o instrumento de pago respectivo.
En el artículo decimonoveno transitorio se establece que las referencias hechas al
Fobaproa y al Fameval en leyes, reglamentos, resoluciones, oficios, inscripciones y
convenios referentes a la administración y funcionamiento de estos fideicomisos, se
entenderán hechos al instituto, quedando incluidas las relativas a programas de apoyo a
deudores. Tratándose de actos o convenios de las operaciones indicados en los artículos
quinto, séptimo y octavo transitorios, la referencia se entenderá hecha al instituto,
apegandose a los términos y condiciones de las auditorías indicadas en esos artículos,
por lo que en ningún caso se entenderá que el instituto es causahabiente universal del
Fobaproa y del Fameval.
El instituto deberá concluir los procesos de recuperación o delegación de la
administración de los bienes (definidos como tales en la ley) en un plazo máximo de
cinco años contados a partir del 20 de enero de 1999, con excepción de la venta o
delegación de la administración de los activos de las instituciones intervenidas por la
comisión, que sean objeto de proceso de liquidación, el cual deberá concluirse en un
plazo no mayor de tres años a partir de que empiece dicho proceso.
El instituto deberá llevar en una cuenta separada los recursos, ingresos y erogaciones
que se relacionen directa o indirectamente con la liquidación de los programas de
saneamiento financiero y así deberá revelarlo en sus estados financieros.
Obligaciones laborales.
Con respecto a los compromisos en materia de pensiones al retiro de los trabajadores, el
instituto se encuentra considerado dentro del apartado B del artículo 123 constitucional,
el cual establece que este compromiso será asumido por el Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
El 29 de marzo de 2000, la junta de gobierno del instituto aprobó las "condiciones
generales de trabajo para los trabajadores del Instituto de Protección al Ahorro
Bancario", mismas que fueron promovidas por el Tribunal Federal de Conciliación y
Arbitraje el 30 de mayo del mismo año, en las cuales se establecen obligaciones por
conceptos de indemnizaciones y primas de antigüedad pagaderas a empleados que dejen de
prestar sus servicios bajo ciertas circunstancias. Derivado de la reciente creación del
instituto, al 30 de junio el pasivo por estos conceptos no es relevante.
2. Principales políticas contables:
Las políticas contables que sigue el instituto están de acuerdo con principios de
contabilidad generalmente aceptados y se apegan a los principios básicos de contabilidad
gubernamental y las normas de carácter general emitidas por la unidad de contabilidad
gubernamental e informes sobre la gestión pública de la Secretaría de Hacienda.
Dichas políticas requieren que la administración del instituto efectúe ciertas
estimaciones y utilice diversos supuestos, para determinar la valuación de algunas de las
partidas incluidas en los estados financieros y para efectuar las revelaciones que se
requiere presentar en los mismos. Aun cuando pueden llegar a diferir de su efecto final,
la administración considera que las estimaciones y supuestos utilizados fueron los
adecuados en las circunstancias.
Las principales políticas contables que sigue el instituto son las siguientes:
Contabilidad por fondos.
Los estados financieros revelan en cuentas separadas, atendiendo las disposiciones
establecidas en la ley, los recursos, ingresos y erogaciones que se relacionen directa o
indirectamente con la liquidación de los programas de saneamiento financiero;
consecuentemente y para dar una mayor transparencia en los registros contables a esta
disposición de la ley, la administración adoptó la contabilidad por fondos que se
describe a continuación:
Fondo IPAB.
En las cuentas identificadas dentro del Fondo IPAB se registran las operaciones que el
instituto ha realizado por cuenta propia a partir del 20 de enero de 1999, de acuerdo con
las disposiciones establecidas en la ley.
Fondo Fobaproa.
En las cuentas identificadas dentro del Fondo Fobaproa se incluyen los derechos y
obligaciones asumidos o que asumira, según sea el caso, del Fobaproa y el Fameval por
disposición de la ley, así como todas las operaciones realizadas por el instituto para
la recuperación de los bienes asumidos, sujetándose a las disposiciones establecidas en
los artículos transitorios de la ley.
Los activos y pasivos de ambos fondos se registraron como sigue:
Reconocimiento de los efectos de
la inflación en la información financiera.
Para reconocer los efectos de la inflación en términos de poder adquisitivo de moneda de
cierre, se procedio como sigue:
En el estado de activos y pasivos:
El mobiliario y equipo se actualizan con un factor derivado del Indice Nacional de Precios
al Consumidor (INPC) desde su fecha de adquisición. La depreciación se registra con base
a la vida útil económica estimada de cada activo, sobre el valor actualizado.
En el estado de ingresos y egresos:
Los ingresos y gastos que afectan o provienen de una partida monetaria (inversiones en
valores, préstamos bancarios y de otras entidades, obligaciones etcétera) se actualizan
del mes en que ocurren hasta el cierre, utilizando factores derivados del INPC.
Como se indica anteriormente, la depreciación se calcula sobre el valor actualizado del
correspondiente mobiliario y equipo.
El resultado por posición monetaria, que representa la erosión de la inflación sobre el
poder adquisitivo de las partidas monetarias, se determina aplicando al activo o pasivo
neto al principio de cada mes el factor de inflación derivado del INPC y se actualiza al
cierre del ejercicio con el factor correspondiente.
Efectivo e inversiones en valores.
El saldo en efectivo e inversiones en valores, está representado principalmente por
valores gubernamentales, valuados a su valor de mercado y dólares americanos valuados al
tipo de cambio de 9.9538 pesos por dólar americano publicado por el Banco de México el
30 de junio de 2000.
Créditos otorgados a instituciones financieras.
Están representados principalmente por créditos simples otorgados a instituciones de
banca múltiple y casas de bolsa, para que éstas cumplan con las obligaciones a su cargo.
Estos créditos devengan intereses capitalizables periódicamente. Los intereses
moratorios se reconocen en resultados al momento de cobrarse. Dada la situación
financiera de esas instituciones, se ha registrado una estimación de cuentas incobrables.
Cabe resaltar que dichas instituciones se encuentran intervenidas por la comisión.
Inversiones temporales.
Las inversiones temporales se registran como sigue:
Obligaciones subordinadas convertibles obligatoriamente a
capital, valuadas a su valor de realización con base en el valor esperado de conversión.
Acciones de entidades financieras y otras empresas en donde el instituto mantiene
participación, se encuentran valuadas a su valor de realización o liquidación. El
instituto no consolida los estados financieros de las entidades en las que tiene una
participación mayoritaria, en virtud de que estas inversiones se consideran de carácter
temporal mientras se concluye el proceso de saneamiento de las mismas, para ponerlas en
condiciones favorables para su venta o bien llevar a cabo su liquidación.
Adicionalmente, se han reconocido como un pasivo a cargo del instituto las aportaciones
estimadas por las áreas técnicas del instituto que, en su caso, se estima se tendrán
que realizar en estas entidades, por pérdidas que se incurrirán en el periodo estimado
para su realización a través de su venta o liquidación. Este pasivo se muestra dentro
del rubro "reconocimiento de pérdidas de instituciones financieras".
Los últimos estados financieros no auditados disponibles de estas entidades, que en
ningún caso exceden seis meses de antigüedad, muestran en cuentas de orden en el rubro
"otras obligaciones contingentes", un saldo a valor nominal por 10 mil 44
millones de pesos, mismos que el instituto no ha reservado, de acuerdo con las prácticas
contables emitidas por la comisión para estas entidades, referente a pasivos
contingentes.
Programas de saneamiento.
Los programas de saneamiento se registran como sigue:
a) Programas de saneamiento financiero. Dentro de este rubro se registran los programas de
apoyo financiero implantados en función de las necesidades particulares de cada
institución de banca múltiple o casa de bolsa, conforme a lo aprobado por el comité
técnico del Fobaproa o el Fameval, respectivamente, los cuales han sido asumidos por el
instituto considerando las disposiciones del artículo séptimo transitorio de la ley. El
saldo de esta cuenta se encuentra representado por los siguientes conceptos:
Derechos fideicomisarios sobre activos tales como carteras de crédito, acciones, bonos de
deuda soberana, otros activos etcétera, que se encuentran afectos a fideicomisos
constituidos por los propios bancos que recibieron el apoyo financiero y en los que el
instituto es fideicomisario. Estos derechos están valuados con base en el valor
patrimonial de los fideicomisos y se actualizan con base en los incrementos o
disminuciones en el valor del patrimonio de los fideicomisos con cargo o crédito a la
cuenta de resultados "Programa de Saneamiento". Al 30 de junio de 2000, se
reconoció en los resultados un decremento por 17 mil 790 millones de pesos. Por otro
lado, el instituto reclasifica los ingresos recibidos en efectivo de dichos fideicomisos
para mostrarlos dentro de la cuenta "recuperación de derechos fideicomisarios".
Derechos fideicomisarios sobre los "flujos" que deriven de la administración,
recuperación y cobranza de diversos créditos de las carteras de las instituciones y de
bienes adjudicados o que se reciban en pago de tales créditos, que sean designados por
las propias instituciones en fideicomisos, en los que el instituto es fideicomisario.
Estos derechos de cobro se registran con base en la estimación que sobre dichos flujos
efectúan las instituciones que se encuentran administrando las carteras generadoras de
flujos y sus incrementos, derivados de los intereses generados por dichos activos menos
los gastos de operación correspondientes, se registran como ingresos. Cabe señalar que
las instituciones son los titulares de los créditos y bienes referidos.
Pasivos a cargo de dos fideicomisos derivados de la adquisición al instituto de cartera
de Banpaís, S.A. y Confía, S.A., los cuales serán cubiertos con la cobranza de dichos
créditos y devengan intereses capitalizables trimestral y mensual, respectivamente.
b) Programa de bienes inmuebles adjudicados o recibidos mediante dación en pago. Se
encuentran representados por créditos otorgados por el instituto a fideicomisos
constituidos por algunas instituciones de crédito en donde se afectaron bienes muebles e
inmuebles adjudicados o recibidos en pago por las propias instituciones. El instituto a su
vez recibió créditos por el mismo importe de las instituciones bancarias, por su propio
derecho, con las mismas características de plazo, monto y tasa de interés. Este programa
no representará costo para el instituto, en virtud de que cada institución de banca
múltiple faculta al instituto a liberarse de las obligaciones a su cargo y a favor de
instituciones, mediante la transmisión de los derechos de cobro que el instituto tiene
frente al fideicomiso.
1195,1196,1197
Provisiones preventivas.
a) En el caso de los créditos otorgados a instituciones de crédito, las reservas se
calculan en función de la posibilidad de recuperación de dichos créditos con base en la
posición financiera y capacidad de pago de los acreditados.
b) En el caso de los activos adquiridos como resultado de los programas de saneamiento
financiero, las instituciones de crédito encargadas de administrar dichos activos
determinan reservas sobre los mismos con base en las reglas establecidas que para tal
efecto emitió la comisión. Además, se han estimado reservas adicionales a las
reconocidas por las instituciones bancarias, de acuerdo con estimaciones efectuadas por el
instituto, con base en la información disponible de transacciones que se han realizado en
el mercado para llevar a cabo la venta de activos con condiciones similares a las de los
activos asumidos en estos programas o a información disponible sobre la condición de
estos activos proporcionada por las instituciones. Las estimaciones efectuadas arrojaron
un porcentaje promedio de recuperación sobre el valor de los activos de aproximadamente
un 20%, exceptuando el efectivo en bancos el cual se recuperará en su totalidad.
Al segundo trimestre de 2000, el efecto neto en el estado de ingresos y egresos de las
provisiones preventivas registradas, se analiza como sigue:
******FOTOCOPIAR CUADRO 61-
Programas de apoyo a los deudores de la banca.
De conformidad con lo establecido en el artículo decimonoveno transitorio de la ley, el
instituto asumió la titularidad de los siguientes programas de apoyo a deudores:
Beneficios Adicionales a los Deudores de Créditos de Vivienda.
Financiamiento del Sector Agropecuario y Pesquero (Finape).
Apoyo Financiero y Fomento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresas (Fopyme).
Programa de Apoyo Crediticio a la Planta Productiva Nacional.
Anexo Octavo del Acuerdo de Apoyo Inmediato a los Deudores de la Banca, relativos a
Créditos para la Vivienda tipo Fovi.
La administración de estos programas consiste en recibir mensualmente de Banco de México
la información sobre los apoyos generados por las instituciones de banca múltiple e
instruirlo a realizar los pagos correspondientes con cargo a las cuentas del instituto, de
conformidad con las cifras determinadas por el Banco de México. Tanto la normatividad de
los programas como la revisión de la información que proporcionan las instituciones de
banca múltiple son facultad de la Secretaría de Hacienda y de la comisión. Los estados
financieros muestran cómo una cuenta por cobrar al Gobierno Federal y cómo una cuenta
por pagar a las instituciones de banca múltiple los recursos destinados para estos
apoyos, de los cuales al 30 de junio de 2000 se han efectuado pagos a las instituciones de
banca múltiple por 1 mil 53 millones de pesos por concepto de intereses.
El 3 de abril de 2000, el Banco de México en su carácter de fiduciario en el Fobaproa,
comunicó al instituto que en referencia al convenio de extinción del Fobaproa, suscrito
con fecha 31 de marzo de 2000, en donde el Gobierno Federal, a través de la Secretaria de
Hacienda, señala que ha determinado que el "Acuerdo de Beneficios a los Deudores de
Créditos para Vivienda", el "Programa de Beneficios a los Deudores de Créditos
para el Sector Agropecuario y Pesquero" y el "Programa de Beneficios a los
Deudores de Créditos Empresariales" (los programas punto final), quedan incluidos
dentro de los programas de apoyo a deudores mencionados en el artículo decimonoveno
transitorio de la ley; en el entendido de que la Secretaría de Hacienda ejercerá y
proveerá al instituto, conforme al procedimiento que hasta ahora se ha seguido para con
los programas a que se refiere este transitorio, los recursos necesarios para la
aplicación de dichos programas con cargo a los montos que anualmente se hayan autorizado
en los Presupuestos de Egresos de la Federación para tales programas. A la fecha de
emisión de estos estados, no se han reconocido los fondos a ser asignados a los programas
punto final, debido a que es necesario que la junta de gobierno del instituto apruebe el
criterio determinado por la Secretaría de Hacienda en el convenio de extinción antes
mencionado, referente a que estos programas son considerados acuerdos modificatorios a los
esquemas de descuentos en los pagos establecidos en algunos de los programas asumidos por
el instituto, de conformidad con lo establecido en el artículo décimo-noveno transitorio
de la ley.
Recursos asignados y a ser asignados,
vía Presupuesto de Egresos de la
Federación, a corto y largo plazos,
respectivamente.
En los términos del artículo 45 de la ley, las partidas a ser asignadas por el Congreso
de la Unión, a petición del Gobierno Federal, en caso de que el instituto no se
encuentre en condiciones de hacer frente a sus obligaciones, se derivan principalmente de
la valuación de los activos asumidos del Fobaproa y el Fameval.
Esta estimación de recursos a ser asignados, derivada de las valuaciones efectuadas por
el instituto sobre el valor de recuperación de los activos asumidos del Fobaproa y el
Fameval, se convertirá en un requerimiento en el momento en que dichos activos se
realicen y el instituto tenga que hacer frente al pago de las obligaciones derivadas de
los programas de saneamiento financiero correspondientes. Esta estimación equivale al
exceso de egresos sobre ingresos que ha tenido el instituto hasta el 30 de junio de 2000.
Los recursos asignados dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación y que no han
sido ejercidos se muestran como una cuenta por cobrar a corto plazo.
Cuotas recibidas de los bancos.
El instituto recibe cuotas de las instituciones de banca múltiple las cuales son
determinadas por la comisión, de conformidad con lo establecido en las disposiciones
publicadas en el Diario Oficia de la Federación del 31 de mayo de 1999, relativas a las
cuotas ordinarias que las instituciones de banca múltiple están obligadas a cubrir al
instituto. Las cuotas se registran conforme se devengan. Las cuotas ordinarias recibidas
por el Instituto durante el periodo de seis meses terminado el 30 de junio de 2000
ascendieron a valor nominal a 2 mil 885 millones de pesos.
Resultado por asunción de la titularidad de operaciones del Fobaproa y el Fameval.
El instituto reconoció en los resultados del periodo la recepción y cancelación de
ciertos activos y pasivos, respectivamente, que se encontraban pendientes de reconocer en
el traspaso de operaciones del Fobaproa. Asimismo, en esta cuenta se incluye el incremento
al déficit que se estima que el instituto asumirá cuando se formalicen los traspasos de
los programas de capitalización y compra de cartera, el cual se reconoció como un pasivo
denominado "reserva para programas de capitalización y compra de cartera, pendientes
de asumir".
Subsidios y transferencias corrientes.
Los recursos que provienen del ramo general 34 "erogaciones por programas de apoyo a
ahorradores y deudores de la banca", se registran como subsidios y transferencias
corrientes en el estado de resultados en el momento en que se reciben.
**********INSERTAR TABLAS 63-64
1198,1199,1200
4. Operaciones de saneamiento financiero llevadas a
cabo:
Considerando las funciones a cargo del instituto en el Capítulo IV del Título Segundo de
la ley, se llevaron las siguientes operaciones de saneamiento financiero:
Grupo Financiero Serfin, S.A.
Con el propósito de proveer los recursos necesarios para el saneamiento financiero de
Banca Serfin, S.A., principal subsidiaria del Grupo Financiero Serfin, S.A. (GF Serfin),
el instituto llevó a cabo las siguientes operaciones durante 2000, las cuales fueron
aprobadas por su junta de gobierno una vez analizada la conveniencia de mantener a esta
institución como un negocio en marcha:
a) Tercera capitalización.
En resoluciones adoptatas el 14 de enero de 2000 por los accionistas de GF Serfin, fuera
de asamblea, se efectuó una capitalización, la cual ascendió a valor nominal de 3 mil
64 millones de pesos como monto adicional para cubrir faltantes de reservas crediticias,
fiscales y legales determinadas por auditores independientes.
b) Compra de activos grises.
En su décima sesión extraordinaria celebrada el 14 de diciembre de 1999, la junta de
gobierno del instituto autorizó la sustitución de activos improductivos "activos
grises". Por lo anterior el 28 de enero y el 11 y 22 de febrero de 2000, el instituto
celebró contratos en los cuales recibe activos improductivos por un valor bruto de 13 mil
323 millones de pesos, liquidando como contraprestación el valor neto de las reservas de
dichos activos por 2 mil 334 millones de pesos, 1 mil 504 millones de pesos y 1 mil 623
millones de pesos, los días 31 de enero, 18 y 24 de febrero de 2000.
A las fechas de celebración de los contratos mencionados en el párrafo anterior, Banca
Serfin se obligó a entregar a tres fideicomisos, en donde el instituto es fideicomisario,
los flujos que se reciban de la recuperación de los activos improductivos.
Derivado de la determinación del precio definitivo que llevó a cabo Banca Serfin en
cumplimiento a los contratos celebrados, se ajustó el precio de los activos
improductivos, por lo que el 3 y 10 de marzo de 2000, el instituto recibió un reembolso
por 5 millones de pesos y 11 millones de pesos, respectivamente.
c) Convenio modificatorio de bienes adjudicados.
El 11 de febrero de 2000, Banca Serfin y el instituto firmaron un convenio modificatorio
sobre el contrato de fideicomiso de bienes adjudicados, en donde se establece que Banca
Serfin, en su carácter de fideicomitente, renuncia a cualquier derecho de readquisición
con respecto a los bienes adjudicados, por lo que los mismos no serán revertidos a Banca
Serfin en el año 2001, tal como lo establecía el contrato original.
d) Seguros Serfin Lincoln, S.A.
El instituto pagó el 30 de marzo de 2000,100 millones 500 mil dólares americanos a
Lincoln National Corporation (Lincoln), a nombre y cuenta del GF Serfin, quien tenía la
obligación de realizar este pago para adquirir el 49% de las acciones de Seguros Serfin
Lincoln, S.A. como consecuencia del ejercicio de la opción que Lincoln tenía para llevar
a cabo esta operación.
La junta de gobierno del instituto autorizó el 9 de febrero de 2000 la capitalización de
la cuenta por pagar a cargo de GF Serfin y en favor del instituto, que se derivó de la
operación antes mencionada, contra la amortización de pérdidas acumuladas por el mismo
monto, con la intención de mantener inalterado el capital social de GF Serfin. Dicha
capitalización fue realizada el 31 de marzo de 2000, por lo que el instituto reconoció
en resultados el efecto de esta capitalización.
e) Compra de acciones representativas del capital social de GF Serfin.
De conformidad con la cláusula tercera del convenio celebrado entre HSBC Latín América,
BV (LABV) y el instituto el 7 de julio de 1999 y modificado el 1o. de marzo de 2000, el
instituto pagó el 22 de mayo a LABV 137 millones de dólares por la transmisión en
propiedad de las acciones representativas del capital social de GF Serfin que
representaban el 19.9% del capital de dicha institución.
f) Venta de Grupo Financiero Serfin, S.A.
El 8 de mayo de 2000 la junta de gobierno designo a Grupo Financiero Santander Mexicano,
S.A. de C.V. como ganador en términos de las bases de licitación para la adquisición de
hasta el 100% de las acciones de GF Serfin.
Como consecuencia el 23 de mayo de 2000, el instituto celebró un contrato de compraventa
del 100% de los títulos representativos del capital social de GF Serfin. El precio de las
acciones ascendió a 14 mil 650 millones de pesos. Estos recursos fueron utilizados para
amortizar el pasivo con Banca Serfin, S.A. mencionado en la nota 10, de conformidad a lo
establecido en dicho contrato de compraventa.
De conformidad con el contrato de compraventa el instituto se obliga a pagar a Grupo
Financiero Santander Mexicano, S.A. de C.V. como "ajuste al precio" de las
acciones de GF Serfin, el importe que resulte de los posibles activos inexistentes o
pasivos no registrados conforme a los términos establecidos en el mismo contrato, que
reduzcan el capital contable de GF Serfin en no menos de 25 millones de dólares
americanos. Este ajuste aún no ha sido determinado.
Asimismo, en dicho contrato el instituto se obliga a responder por pasivos contingentes
que surjan en GF y sus subsidiarias, incluyendo pasivos laborales, fiscales o derivados de
procedimientos administrativos o judiciales, por actos u omisiones verificados antes de la
fecha de transmisión de las acciones a Grupo Financiero Santander Mexicano, S A. de C.V.
Bancrecer, S.A.
Con fecha 3 de noviembre de 1999, el instituto solicitó al Banco de México un crédito
simple por 102 mil 200 millones de pesos, con objeto de contar con los recursos necesarios
para llevar a cabo la capitalización de Bancrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple,
Grupo Financiero Bancrecer. Con esta misma fecha, el Banco de México cedió a Bancrecer,
S.A. los derechos del contrato del crédito mencionado. El saldo insoluto se pagará el
1o. de noviembre del año 2004 y causará y pagará intereses trimestralmente, aplicando
la tasa que resulte mayor entre las siguientes:
Tasa de rendimiento anual expresada en términos decimales del promedio diario durante
cada periodo de interés de la tasa ponderada de fondeo bancario más 3.50 puntos
porcentuales, los cuales serán revisables trimestralmente.
El cambio porcentual en el valor de la unidad de inversión (Udis) durante cada periodo de
interés, multiplicado por 360 y dividido entre el número de días efectivamente
transcurridos en cada periodo de interés.
Con fecha 3 de noviembre de 1999, se celebraron las asambleas general ordinaria y
extraordinaria de accionistas, a las cuales asistieron los tenedores de acciones
ordinarias de Bancrecer, S.A. y representantes del instituto como invitados, en la cual
dentro de otros acuerdos se reconocieron pérdidas de la sociedad a valor nominal por 102
mil 834 millones de pesos según estados financieros de los ejercicios 1997,1998 y por el
periodo comprendido de enero a septiembre de 1999, y se aprobó aplicar partidas positivas
que conforman el capital contable por la cantidad a valor nominal de 2 mil 509 millones de
pesos, por lo que las pérdidas se redujeron a valor nominal a 100 mil 325 millones de
pesos, las cuales, se cubrieron como sigue:
Aplicación total del capital social a valor nominal por 2 mil 451 millones de pesos, con
lo que quedaría un capital contable negativo a valor nominal de 97 mil 874 millones de
pesos.
Se aumenta el capital social a valor nominal por 2 mil 344 millones de pesos, para lo cual
se adquieren 23 millones 435 mil 999 acciones ordinarias y nominativas de la serie
"O", las cuales, son suscritas y pagadas por el instituto cubriendo el pago
adicional de una prima en acciones a valor nominal de 99 mil 856 millones de pesos.
Se declaró la instalación de la administración cautelar por parte del Instituto en
Bancrecer, S.A.
Grupo Financiero Inverlat, S.A. de C.V.
El 26 de julio de 1996, Grupo Financiero Inverlat, S.A. de C.V., Banco Inverlat, S.A. y el
Fobaproa firmaron un convenio de "capitalización y liquidez", en el cual se
establece el compromiso del Fobaproa a cubrir los requerimientos de liquidez de Banco
Inverlat, S.A. hasta el 31 de marzo de 2000 y a mantener un índice de capitalización del
9% hasta el 31 de diciembre de 1999 y del 8% al 31 de marzo de 2000.
1201,1202,1203
En virtud de lo anterior, el Fobaproa adquirió obligaciones subordinadas convertibles
forzosamente en acciones del grupo financiero, quien a su vez adquirió obligaciones del
banco. Conforme a los acuerdos celebrados con The Bank of Nova Scotia, un grupo de
personas designado por este banco administra al grupo financiero y subsidiarias. El
esquema original (modelo A), acordado con The Bank of Nova Scotia establecía la
separación en un fideicomiso de la cartera de baja calidad crediticia. Para tal efecto,
con fecha 26 de julio de 1996 se firmó un convenio de separación de cartera y un
contrato de prestación de servicios de cobranza. Pese a lo anterior, las partes firmaron
con fecha 10 de julio de 1997 una carta mediante la cual se comprometieron a explorar la
posibilidad de aplicar un esquema de saneamiento que no implicara la transmisión de los
créditos a un fideicomiso de cobranza (modelo B).
Respecto al plazo para la separación de la cartera, las partes celebraron cartas convenio
para ampliar dicho plazo, con vencimiento en septiembre de 2000. Actualmente la
administración ha informado que las negociaciones respecto de este último esquema
continúan en curso, ahora con el instituto.
Con fecha 24 de marzo de 2000, The Bank of Nova Scotia y el instituto celebraron una carta
compromiso denominada Summary of Discussions por virtud de la cual se acordaron
modificaciones al "modelo B" y a varios de los contratos celebrados en 1996
contenidos bajo el esquema del "modelo A".
El 28 de octubre de 1999, en asamblea general extraordinaria de accionistas del Grupo
Financiero Inverlat, S.A. de C.V., se aprobó la emisión de obligaciones subordinadas de
conversión obligatoria en títulos representativos de capital social del grupo, hasta por
un monto a valor nominal de 7 mil pesos que fueron adquiridas por el instituto en
cumplimiento de obligaciones a su cargo originalmente contraídas por el Fobaproa. Los
recursos que se obtuvieron por dicha colocación, se utilizaron para que el grupo
adquiriera las obligaciones subordinadas de conversión obligatoria en títulos
representativos de capital social de Banco Inverlat, S. A. que emitió para fortalecer su
capital.
Mediante asamblea de accionistas general ordinaria y extraordinaria de Grupo Financiero
Inverlat, S.A. de C.V. celebrada el 7 de abril de 2000, se acordó lo siguiente:
La conversión anticipada de las obligaciones subordinadas propiedad del instituto,
aplicando para ello la fórmula de conversión establecida en la cláusula novena de las
actas de emisión de dichas obligaciones, por la cantidad necesaria para cubrir la
pérdidas de Grupo Financiero Inverlat, S.A de C.V.
Se reconoce el monto de las pérdidas acumuladas al 31 de diciembre de 1999 por 44 mil 185
millones de pesos, así como las pérdidas a la misma fecha, generadas por Banco Inverlat,
S.A. por 44 mil 872 millones de pesos.
Se aprueba la suscripción y pago del aumento de capital por el instituto por 44 mil 872
millones de pesos, en virtud de la conversión anticipada de las obligaciones
subordinadas, para la absorción de pérdidas por la misma cantidad, mediante la
reducción de capital, por lo que el capital social pagado no sufre modificación.
Se acuerda que los recursos obtenidos por la capitalización se apliquen para capitalizar
al Banco Inverlat, S.A.
Se aprueba que el remanente del monto de las obligaciones subordinadas del Instituto se
pueda convertir anticipadamente en un futuro cuando se conviertan las obligaciones serie
"A" y "B" emitidas en dólares y propiedad en su totalidad de The Bank
of Nova Scotia.
Se aprueba que los acuerdos tomados por estas asambleas surtan efectos con fecha valor al
1o. de enero de 2000.
En consecuencia de los acuerdos mencionados anteriormente, el remanente de las
obligaciones subordinadas en poder del instituto al 30 de junio de 2000, asciende a 767
mil millones de pesos, el cual incluye 61 mil millones de pesos de intereses capitalizados
a esa fecha. A esta misma fecha, dichas obligaciones se valuaron a cero, debido a que el
propósito de efectuar la conversión de las obligaciones en acciones del grupo
financiero, es capitalizar a su subsidiaria Banco Inverlat, S.A. y con el producto de la
capitalización serán absorbidas las pérdidas que el banco haya acumulado a la fecha de
amortización.
Banca Promex, S.A.
El 1o. de junio de 2000, Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V. (GFB) y Bancomer, S.A.
propusieron un esquema al instituto para concluir con las
negociaciones pendientes al saneamiento financiero de Banca Promex, S.A., de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo noveno transitorio de la ley. Dentro del saneamiento se
prevé que se modificarán los términos de las operaciones derivadas del programa de
capitalización y compra de cartera instrumentado por el Fobaproa, se cubrirán por parte
del instituto los faltantes de reserva y una vez aplicadas las partidas positivas se
restituirá el capital contable de Banca Promex, S.A., a un nivel del 8% de los activos en
riesgo.
Después de haber realizado el saneamiento previsto, el GFB y el instituto podrán
celebrar un contrato de compraventa por el que el instituto transmita en propiedad la
totalidad de las acciones representativas del capital social de Banca Promex, S.A.
De conformidad con el artículo noveno transitorio de la ley y con objeto de cubrir los
faltantes de reserva de Banca Promex, S.A., el instituto ha reservado al 30 de junio de
2000, 17 mil 488, mismos que se encuentran registrados en el rubro de "reconocimiento
de pérdidas de instituciones financieras".
5. Créditos otorgados a instituciones financieras, neto:
Los créditos otorgados al 30 de junio de 2000, con su correspondiente estimación de
cuentas incobrables, se muestran como sigue:
*******insertar tabla páginas 68-69*******
Conforme al acuerdo adoptado por la junta de
gobierno del instituto en su sesión celebrada el 5 de abril de 2000 y en razón de que
los créditos otorgados a instituciones financieras se encuentran vencidos, se aprobó
prorrogar los créditos correspondientes a Banco Unión, S.A., Banca Cremi, S.A. y Casa de
Bolsa Arka, S.A. de C.V., al 29 de septiembre de 2000 y suscribir un convenio de
reconocimiento de adeudo con Banco Interestatal, S.A., Banco Capital, S.A., Casa de Bolsa
Bursamex, S.A. de C.V., Casa de Bolsa Mexival Banpaís, S.A. de C.V., Casa de Bolsa
Estrategia Bursátil, S.A. de C.V. y grupo financiero Pronorte, S.A. y ejecutar las
garantías otorgadas con relación a dichos financiamientos. A la fecha de emisión de
estos estados no se ha concluido este proceso.
1204,1205,1206
6. Programas de saneamiento financiero:
Se integra como sigue:
*******insertar tabla paginas 69, 70, 71******
para el caso de las obligaciones en dólares americanos la tasa aplicable durante 2000 fue
de LIBOR más un punto.
Tales obligaciones vencen entre el 2005 y el 2007. En la fecha de vencimiento deberá
cubrirse el principal y los intereses respectivos. Lo anterior sin perjuicio de que tales
obligaciones deberán amortizarse con los flujos que se reciban por la recuperación de la
cartera y de que el propio instituto tiene facultad de amortizarlas en cualquier momento,
total o parcialmente.
En el mes de julio de 1999 fueron concluidas las auditorías al Fobaproa ordenadas por la
Cámara de Diputados y realizadas por el señor Michael Mackey, por lo que se procederá
en términos de lo dispuesto por los artículos quinto y séptimo transitorios de la Ley
de Protección al Ahorro Bancario.
Banco del Atlántico, S.A. y Banca Promex, S.A., que participaron en el programa de
capitalización y compra de cartera implantado por el Fobaproa, pasaron a ser considerados
dentro de los esquemas de saneamiento que el instituto evaluará, auditará y, en su caso,
concluirá, de conformidad con lo establecido en el artículo noveno transitorio de la
ley. Por esta razón, las cuentas por cobrar derivadas de las pérdidas compartidas en los
contratos de compra de cartera no han sido consideradas para determinar la reserva
mencionada anteriormente al 30 de junio de 2000.
En virtud de lo anterior, en las reglas generales no se mencionan a los bancos referidos
ni tampoco a Banco Bilbao Vizcaya-México, S.A., por lo que se refiere al tramo uno, por
ser considerado éste dentro de un esquema de saneamiento y no dentro del Programa de
Capitalización y Compra de Cartera.
8. Programa de bienes inmuebles adjudicados o recibidos mediante dación en pago:
Los créditos otorgados por el instituto a los fideicomisos y los créditos otorgados por
las instituciones al instituto, son a un plazo de cinco años que vence en julio de 2001 y
devengan una tasa de interés referenciada a la TIIE a 28 días, con capitalizaciones
mensuales. Tanto el principal como los intereses serán liquidados al vencimiento y en esa
misma fecha se extinguen los fideicomisos. Dichos créditos se documentaron a través de
una apertura de crédito simple.
Al 30 de junio de 2000 el activo y pasivo por este programa en cada institución, se
integra como sigue:
**********FOTOGRAFIAR CUADRO 72
El crédito que recibe el instituto tiene los mismos términos y condiciones que aquel que
el instituto otorga a los fideicomisos, por lo que al cubrirse el adeudo a cargo de los
fideicomisos, el instituto se liberará de sus obligaciones. Adicionalmente se pactó que
el instituto podrá cumplir las obligaciones a su cargo cediendo a las instituciones de
crédito, en su caso, los derechos que tenga contra los fideicomisos, por lo que el
programa no representará costo para el instituto.
Los recursos que obtenga cada fideicomiso por la administración y enajenación de bienes,
se deben destinar para amortizar el financiamiento del instituto y éste, a su vez, para
amortizar el crédito otorgado por la institución de crédito que transmitió los
inmuebles.
1207,1208,1209
artículo 2o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año
2000.
Banco del Centro, S.A.
La deuda con este banco es por 13 mil 363 millones de pesos moneda nacional y 240 millones
42 mil 729 dólares americanos, la cual se amortizará en siete pagos anuales a partir del
7 de noviembre de 2000, causando intereses capitalizables mensualmente pagaderos
trimestralmente, de conformidad con la fórmula señalada en el contrato de reconocimiento
de adeudo celebrado en marzo de 1997. Durante el primer semestre de 2000, las tasas
fluctuaron del 17.11% al 20.32% y del 7.22% al 8.63% para moneda nacional y para dólares
americanos, respectivamente.
Banca Cremi, S.A.
Pagaré, con el aval del Gobierno Federal, con vencimiento en enero de 2002, el cual causa
intereses capitalizables mensualmente, a una tasa referida a la de los Cetes a 28 días.
Banca Serfin, S.A.
Con fecha 6 de abril de 2000, el instituto celebró un convenio con Banca Serfin, S.A.,
mediante el cual acordaron dar por terminadas todas las obligaciones a cargo del
instituto, contenidas en contratos anteriormente suscritos y fijar nuevas obligaciones,
agrupándolas en un sólo instrumento. Por lo anterior, el instituto reconoce deber a esa
fecha 100 mil 84 millones de pesos, de los cuales, el instituto debería pagar de forma
anticipada 5 mil millones de pesos y 14 mil millones de pesos a más tardar el 30 de abril
y 31 de julio de 2000, respectivamente y la cantidad equivalente a lo que el instituto
reciba por la venta de las acciones representativas de GF Serfin dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la transmisión de la propiedad de dichas acciones.
Por la cantidad adeudada el instituto suscribió seis pagarés a favor de Banca Serfin,
con las siguientes características:
Cuatro pagarés por 17 mil 271 millones de pesos cada uno, que generan intereses pagaderos
en 39 periodos, el primero irregular y los subsecuentes de 28 días, a una tasa de TIIE a
28 días más 0.50 puntos porcentuales, el capital se liquidará el último día de los
periodos 6, 13, 20, 27, 34 y 39 por un monto igual al que resulte de dividir el saldo
insoluto entre los pagos pendientes.
Un pagaré por 15 mil millones de pesos, que genera intereses liquidables el primer día
hábil bancario de cada mes, a una tasa de TIIE a 28 días, el pago del principal se
liquidará el 7 de abril de 2003.
Un pagaré por 16 mil millones de pesos, que genera intereses liquidables el primer día
hábil de cada mes, a una tasa de TIIE a 28 días más 0.50 puntos porcentuales, el
capital se liquidará el primer día hábil bancario de cada semestre por un monto igual
al que resulte de dividir el saldo insoluto entre los pagos pendientes hasta el 6 de abril
de 2004.
De conformidad con el convenio de reestructuración de pasivos antes mencionado, el
instituto liquidó el 17 y 25 de abril y el 23 de mayo de 2000, 10 mil millones de pesos,
9 mil millones de pesos y 14 mil 650 millones de pesos, respectivamente, este último pago
representó el monto total de la venta de las acciones representativas de GF Serfin
mencionado en la nota cuatro.
El instituto podrá pagar anticipadamente total o parcialmente el saldo insoluto de los
adeudos, debiendo únicamente cubrir los intereses correspondientes a la fecha de
liquidación de que se trate, pudiendo proceder a la expedición de nuevos contratos.
Banpaís, S.A.
Pagarés a favor de Banpaís, S.A., suscritos el 2 y 17 de diciembre de 1997 como
resultado de las operaciones de capitalización, que generan intereses capitalizables
mensualmente a una tasa determinada conforme a la mecánica de cálculo establecida en el
contrato, las cuales durante el primer semestre de 2000 fueron en promedio de 16.81%. A
partir de la fecha de suscripción hasta noviembre de 1999, no se realizaron pagos y a
partir de diciembre de 1999 a la fecha de vencimiento, el interés se liquidará
trimestralmente. El saldo insoluto pendiente se liquidará en siete pagos anuales a partir
de diciembre de 2001.
Banco del Atlántico, S.A.
Conforme al esquema acordado por la Secretaría de Hacienda, la comisión, el Fobaproa y
Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V., para el saneamiento y venta de Banco del Atlántico,
S.A., con fecha 27 de marzo de 1998, en asambleas a las que fueron debidamente convocados
los accionistas de Banco del Atlántico, S.A., el Fobaproa realizó una aportación al
capital a valor nominal por 6 mil 600 millones de pesos, para absorber pérdidas
pendientes de pago y suscribir prácticamente la totalidad del nuevo capital social. En
esa misma fecha Banco del Atlántico, S.A., invirtió los recursos, derivados de la
capitalización, en dos pagarés a cargo del Fobaproa, con las siguientes ca
racterísticas:
Pagaré por 1mil 500, millones de pesos que genera intereses a la tasa TIIE más 0.5
puntos porcentuales capitalizables trimestralmente. El saldo insoluto será liquidable el
último día hábil bancario de marzo de 2003.
Pagaré por 5 mil 100 millones de pesos, que genera intereses a la tasa de Cetes a 91
días más dos puntos porcentuales capitalizables trimestralmente. El saldo insoluto sera
liquidable el último día hábil bancario de marzo de 2008.
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, los acuerdos incluidos en la
carta de intención de fecha 27 de diciembre de 1997, firmada por la Secretaría de
Hacienda, el Fobaproa, la comisión y el Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V., para llevar
a cabo la fusión de Banco del Atlántico, S.A., con esta última institución como
fusionante, no se han finalizado. Esta situación sera concluida por el instituto de
acuerdo con el artículo noveno transitorio de la ley.
Bancrecer, S.A.
Como se explica en la nota cuatro, el 3 de noviembre de 1999 el instituto solicitó un
crédito a Banco de México como resultado de la operación de capitalización realizada a
Bancrecer, S.A. y con esa misma fecha el Banco de México cedió a Bancrecer, S.A. los
derechos del citado crédito.
El 22 y 29 de junio de 2000 el instituto prepagó a Bancrecer, S.A. 24 mil 277 millones de
pesos, cabe hacer mención que en los contratos respectivos no existe cláusula de
penalización por prepagó.
Banco Nacional de México, S.A.
El 14 de abril de 2000, el instituto firmó un contrato de crédito con Banco Nacional de
México, S.A., por 30 mil millones de pesos, que serán destinados a canjear o refinanciar
sus obligaciones financieras.
El crédito devenga intereses pagaderos mensualmente sobre el saldo insoluto a una tasa de
TIIE a 28 días más 0.45 puntos porcentuales, el principal será liquidado en 14
amortizaciones semestrales, iguales y sucesivas el último día hábil de cada semestre a
partir de la fecha de la primera disposición del crédito.
Banco Inverlat, S.A.
El 28 de junio de 2000, el instituto firmó un contrato de crédito con Banco Inverlat,
S.A por 15 mil millones de pesos que será destinado a canjear o refinanciar sus
obligaciones financieras. Este crédito fue instrumentado en cuatro pagares firmados el 29
de junio por 3 mil 750 millones cada uno.
El crédito devenga intereses pagaderos en 52 periodos a una tasa de TIIE a 28 días más
0.3 puntos porcentuales, el principal de cada uno de los pagarés será liquidado en ocho
amortizaciones semestrales, iguales y sucesivas el 10, 17 y 24 de junio y el 1o. de julio
de 2004.
Nacional Financiera, SNC.
Con fecha 3 de enero de 2000, el instituto firmó un contrato de crédito con Nacional
Financiera SNC como agente financiero del Gobierno Federal (Nafinsa), por 505 millones de
dólares americanos, que le serán transferidos en su equivalente en moneda nacional
considerando el tipo de cambio que obtenga la tesorería de Nafinsa. Sin embargo, de
conformidad con el contrato de crédito, el instituto asume el riesgo cambiario. El
crédito está destinado al financiamiento parcial del proyecto de capitalización
bancaria, que será ejecutado en parte por el instituto y deberá ser totalmente
amortizado, incluyendo la comisión de apertura el 1o. de diciembre de 2009, pagando
intereses los días 1o. de junio y el 1o. de diciembre de cada año, comenzando en la
primera de estas fechas, inmediata siguiente al primer desembolso que se realice del
crédito.
El instituto pagará una comisión de compromiso sobre el saldo no dispuesto, la cual
iniciará en un 0.85% anual, hasta el 0.75% anual considerando los periodos establecidos
en el contrato y empezará a devengarse a los 60 días naturales contados a partir de la
fecha de firma del contrato, debiéndose realizar su pago en las mismas fechas de
vencimiento de los intereses. Asimismo, el instituto conviene en pagar a Nafinsa como
remuneración por todos sus servicios como agente financiero y hasta que se amortice la
totalidad del crédito, un margen de intermediación del 0.0625% anual, el cual se
calculará sobre los saldos insolutos del crédito y se pagará en las mismas fechas del
pago de intereses. Para garantizar el pago del crédito, se está a lo dispuesto en el
artículo 45 de la ley. En caso de mora, el instituto deberá pagar a Nafinsa las sumas no
erogadas y cubrirle intereses a las tasas que se indican en el contrato.
1210,1211,1212
Al 30 de junio de 2000, el instituto ha dispuesto 355 millones de dolares americanos.
Tesorería de la Federación.
El 31 de enero de 2000, el instituto solicitó recursos y suscribió un pagaré con la
Tesorería de la Federación por 8 mil 617 millones de pesos, el cual causa intereses
capitalizables mensualmente y pagaderos al vencimiento a una tasa promedio de Cetes a 28
días. La fecha de liquidación de este crédito es el 29 de septiembre de 2000.
11. Bonos de protección al ahorro:
De conformidad con el artículo 2o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el
Ejercicio Fiscal de 2000, se autorizó al instituto a emitir valores con el único objeto
de canjear o refinanciar sus obligaciones financieras a fin de hacer frente a sus
obligaciones de pago, otorgar liquidez a sus títulos y en general mejorar los términos y
condiciones de sus obligaciones financieras y se integran como sigue:
*******insertar tabla folios 76 y 77***
12. Régimen fiscal:
Mediante oficio número 330-SAT-IV-B-5779 del 5 de junio de 2000, la administración
general jurídica de grandes contribuyentes del servicio de administración tributaria,
confirmó el régimen fiscal correspondiente al impuesto sobre la renta, determinando que
el instituto no es contribuyente de dicho impuesto y no está obligado al pago del
impuesto al activo.
Para la consecución del objeto de la ley, las instituciones de banca múltiple están
obligadas a pagar al instituto cuotas ordinarias y extraordinarias que establece la junta
de gobierno del instituto, en virtud de lo establecido en el artículo 20 de la ley,
asimismo, el artículo 27 del mencionado ordenamiento, establece que las cuotas a favor
del instituto no tendrán carácter fiscal y toda vez que el instituto es un órgano
descentralizado de la Administración Pública Federal, encargado de la administración
del Sistema de Protección al Ahorro Bancario, las cuotas ordinarias o extraordinarias, no
se encuentran gravadas por la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Por otra parte, el
instituto no realiza la prestación de un servicio independiente, por lo que no encuadra
dentro de los supuestos establecidos en los artículos 10 y 14 de la Ley del Impuesto al
Valor Agregado. Este a criterio se encuentra pendiente de ser ratificado por la
administración general jurídica de grandes contribuyentes del servicio de
administración tributaria.
13. Garantías otorgadas:
Banco de Oriente, S.A.
De acuerdo con el esquema acordado por Banco de Oriente, S.A., Amresco México, S.A. de
C.V. y el Fobaproa, para que el segundo preste los servicios de cobranza y administración
de diversos créditos de la cartera de Banco de Oriente, S.A., con fecha 19 de junio de
1998, el Fobaproa constituyó fianza en favor de Amresco México, S.A. de C.V. hasta por
la cantidad de 80 pesos para el caso de que Banco de Oriente, S.A. no cumpliere con la
obligación de indemnización que resultare a su cargo en términos de la cláusula
decimacuarta del contrato de cesión de derechos y prestación de servicios de cobranza y
administración, celebrado por Banco de Oriente, S.A. y Amresco México, S.A. de C.V. en
la misma fecha citada.
La obligación contraída por el Fobaproa sólo sera exigible a éste por Amresco México,
S.A. de C.V. por los daños y perjuicios o gastos, derivados de los supuestos que se
señalan expresamente en la cláusula primera del contrato de fianza referido, con las
excepciones que también expresamente se indican en dicha cláusula.
Banco Obrero, S.A.
De acuerdo con el contrato celebrado el 14 de octubre de 1998 entre Banco Obrero, S.A., e
Inverprim, S. de R.L. de C.V. (Inverprim), con objeto de que Inverprim preste servicios de
cobranza y administración de diversos créditos de Banco Obrero, S.A., el Fobaproa
otorgó una fianza hasta por un monto de 74 pesos para cubrir cualquier contingencia por
incumplimiento de pago de los servicios de Inverprim por parte del Banco Obrero, S.A.
14. Eventos subsecuentes:
El 9 de agosto de 2000 la junta de gobierno aprobó los términos para el saneamiento de
Banca Promex, S.A., por lo que el instituto con fecha 10 de agosto de 2000, realizó los
actos necesarios para concluir el saneamiento financiero de dicha institución. En esta
misma fecha, el instituto celebró con Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V., el
contrato de compraventa del 99.99% de los títulos representativos del capital social de
Banca Promex, S.A. Los documentos que formalizan la operación se suscribieron con fecha
10 de agosto de 2000.
15. Contingencias:
Cuotas.
Durante 1999, Banco del Bajío, S.A., Banco Inbursa, S.A., Banco Invex, S.A., Citibank
México, S.A., Banco Interacciones, S.A., Banca Mifel, S.A. y Banco Regional de Monterrey,
S.A., promovieron un juicio de amparo en contra del instituto, en relación con los
dispuesto en el Título Segundo Capítulo III de la ley, en el cual se señala la
obligación del instituto de cobrar cuotas como mínimo de cuatro al millar sobre el
importe de las operaciones pasivas que registren dichas instituciones, así como la
posibilidad de que la junta de gobierno del instituto establezca cuotas ordinarias
diferentes para las instituciones, en función del riesgo al que se encuentran expuestas.
En opinión de los abogados externos del instituto, este amparo debe ser negado, por lo
que no procedería la devolución de las cuotas y pagadas por estas instituciones.
Litigios.
El instituto tiene pasivos contingentes derivados de algunos juicios y reclamos. La
administración del instituto estima que en caso de que sean resueltos en forma
desfavorable, no tendrán un efecto importante en los estados financieros.
Contadores públicos: Guillermo Téllez Gutiérrez Topete, director general de
administración; Alvaro Alberto Calderón Jiménez, director de contabilidad financiera.»
Túrnese a las comisiones de Hacienda y
Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública.
El
secretario José Manuel Medellín Milán: |
«Instituto para la Protección al Ahorro
Bancario. Secretaría Ejecutiva.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 28 y 84 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario y
9o., 18 y 23 del estatuto orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario,
se acompaña copia del "informe sobre los apoyos financieros otorgados a grupo
financiero Serfin con base en el programa de saneamiento por el periodo transcurrido de
enero a julio de 2000", publicado el 7 de septiembre de 2000 en el Diario Oficial de
la Federación, y del alcance al mismo.
Sin otro particular, les reiteramos la seguridad de nuestra atenta y distinguida
consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 8 de septiembre de 2000. Julio César Méndez Rubio, secretario ejecutivo
y Paulo Díez Gargari, secretario adjunto jurídico.»
«Al margen un logotipo que dice: Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
Informe sobre los apoyos financieros otorgados a grupo financiero Serfin, con base en el
programa de saneamiento por el periodo transcurrido de enero a julio de 2000.
En cumplimiento de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 28 de la Ley de
Protección al Ahorro Bancario, con relación a los apoyos otorgados a Banca Serfin, S.A.,
Institución de Banca Múltiple (Serfin), a través del Grupo Financiero Serfin, S.A.
(GFS), se remite al honorable Congreso de la Unión y al Ejecutivo Federal, por conducto
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el presente informe.
1. Capitalización y sustitución de activos grises.
Durante 1999 el IPAB otorgó apoyos financieros a GFS, tendientes a lograr el saneamiento
financiero de Serfin y proteger así a más de dos y medio millones de ahorradores.
A fin de dar seguimiento al programa de saneamiento instrumentado en Serfin, a través de
GFS, KPMG Cárdenas Dosal, SC (KPMG) y Ruiz Urquiza y Cía. SC, Arthur Andersen (AA),
llevaron a cabo auditorías a GFS, derivado de las cuales se determinó un faltante de
reservas crediticias por un monto de 5 mil 45 millones de pesos. Con objeto de constituir
el monto de reservas faltantes, la junta de gobierno del instituto en su décima sesión
extraordinaria, celebrada el 14 de diciembre de 1999, autorizó se implantara el esquema
de capitalización y financimiento que resultara más conveniente de conformidad con el
programa de saneamiento antes citado.
Para constituir las reservas faltantes, se realizaron los actos corporativos necesarios
que permitieron capitalizar, con fecha 14 de enero de 2000, a GFS y a Serfin por un total
de 3 mil 64 millones de pesos con recursos presupuestales. Adicionalmente, se
constituyeron reservas con los recursos liberados en virtud del convenio modificatorio al
fideicomiso de bienes adjudicados, los cuales ascendieron a 881 millones de pesos y con
parte de la utilidad generada por la venta de la participación social que Serfin
detentaba en Afore Garante a Citybank, por un monto de 1 mil 100 millones de pesos.
Por otra parte, Goldman, Sachs & Co (Goldman Sachs), agente financiero encargado de
diseñar preparar, ejecutar y promover la enajenación de GFS, como parte del saneamiento
del banco, propuso realizar la sustitución en el balance del banco de aquellos activos
que consideraba tenían poco valor estratégico o comercial (activos grises), en virtud de
que los potenciales compradores de GFS tenderían a valuarlos con un valor de cero y por
lo tanto tendrían que constituirse reservas adicionales por el valor de los mismos.
Asimismo y en opinión del agente financiero, este tipo de activos serían mejor valuados
por empresas dedicadas a la administración de los mismos, por lo que se alcanzaría un
mayor valor de recuperación al sustraer los activos grises fuera del banco y llevar a
cabo su venta en forma separada a la venta de GFS.
Derivado de la recomendación antes expuesta y previa autorización de la junta de
gobierno del IPAB, en los meses de enero y febrero de 2000, el instituto adquirió activos
grises, al valor neto de reservas propuesto por el estudio llevado a cabo para tales
efectos por KPMG, que incluyó bienes muebles, inmuebles y derechos, así como cartera
comercial e hipotecaria, mismos que serían sujetos a operaciones de compraventa
posteriores. Dicha transacción se realizó por un monto total de 5 mil 446 millones de
pesos.
2. Cumplimiento de obligaciones
preexistentes.
1213,1214,1215
2.1. Obligación contingente de pago.
El GFS sostenía con el instituto una obligación contingente de pago que se había
constituido a raíz de los compromisos contenidos tanto en el contrato de permuta y
protección al valor del mercado, de fecha 7 de octubre de 1997, suscrito entre el Banco
de México en su carácter de fiduciario del Fondo Bancario de Protección al Ahorro
(Fobaproa), HSBC Latín América BV (LABV), GFS y el Gobierno Federal por conducto de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con la comparecencia de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) como en un fideicomiso al cual Serfin se
comprometió a entregar los recursos y bienes que recibiera en relación a ciertos activos
crediticios.
Dicha obligación contingente se documentó mediante la suscripción de un contrato, de
fecha 7 de octubre de 1997, por GFS, Serfin, Fobaproa, con la comparecencia de la SHCP y
la CNBV, el cual estableció.
I. La obligación de Serfin de pagar al Fobaproa la cantidad que este último hubiera
pagado a LABV por concepto del contrato de permuta y protección al valor del mercado y
II. La obligación de Serfin de pagar al Fobaproa la cantidad de 466 millones de dólares,
derivada de la constitución del fideicomiso descrita anteriormente.
En este sentido, como consecuencia de la capitalización que realizó el IPAB en GFS a
partir del 8 de julio de 1999, mediante el cual se convirtió en accionista mayoritario de
dicho grupo y de conformidad con el programa de saneamiento de referencia, la junta de
gobierno aprobó la condonación de la obligación contingente de pago mediante la
terminación anticipada del contrato que documenta dicha obligación, a efecto de
extinguir todas las obligaciones derivadas del mismo a partir de esta fecha, quedando
pendiente de pago únicamente las cantidades, que en su caso, se hubieren generado por
concepto de dicha obligación por el periodo transcurrido del 1o. de enero de 1997 al 8 de
julio de 1999, mismas que fueron cubiertas por Serfin al instituto con fecha 18 de febrero
y 24 de mayo de 2000.
2.2. Seguros Serfin Lincoln.
El contrato de asociación suscrito el 14 de octubre de 1997 entre Lincoln National
Corporation (LNC) y GFS, otorgaba a LNC el derecho de vender a GFS la obligación de
comprar las acciones de LNC en Seguros Serfin Lincoln, en caso de que hubiere un cambio de
control de GFS. Derivado de la toma de control de GFS por el IPAB, LNC decidió ejercer su
derecho de venta.
En este sentido la junta de gobierno del instituto autorizó que en cumplimiento de la
obligación contractual:
I. El IPAB asumiera la obligación contractual de pago que GFS mantenía con LNC derivada
del ejercicio de la opción de venta acordada en el convenio de accionistas entre GFS y
LNC y
II. Que se realizaran los actos jurídicos necesarios para la capitalización de la cuenta
por pagar que, GFS registraría luego de la asunción de la obligación descrita en el
inciso I.
Con fecha 31 de marzo de 2000, el IPAB pagó a LNC la cantidad de 100 millones 500 mil
dólares de EUA, registrando GFS una cuenta por pagar a favor del IPAB. Sin embargo, para
evitar vender GFS con un pasivo a favor del instituto, se capitalizó dicha cuenta por
pagar por la cantidad de 923 millones de pesos, a la vez que se amortizaron pérdidas
acumuladas por el mismo monto, con objeto de mantener sin cambios el capital social de
GFS.
2.3 Pago a HSBC Latín América BV.
Derivado de acuerdos celebrados por el Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa)
y LABV, asumidos por el IPAB mediante contrato de fecha 7 de julio de 1999, en el cual se
contó con la comparecencia de la SHCP y GFS, de la tenencia accionaria que LABV detentaba
en GFS y como parte del programa de saneamiento de referencia, al no resultar HSBC Bank
USA ganador del proceso de venta y dado que dicho proceso comprendía el 100% de las
acciones representativas del capital social de GFS, el IPAB liquidó a LABV la totalidad
de su tenencia accionaria en GFS, mediante el pago de 137 millones de dólares de EUA y
LABV transmitió al IPAB la titularidad de las acciones correspondientes al 19.9% del
capital social de GFS, mismas que fueron posteriormente transmitidas como parte de la
venta del 100% del capital social de GFS a Grupo Financiero Santander Mexicano, S.A. de
C.V. (GFSM), el cual resultó ganador del proceso de venta antes citado.
3. Auditoría de compra y asunción
de obligaciones de pago por contingencias.
Tomando en consideración la practica común para este tipo de operaciones y de
conformidad con lo establecido en las bases de licitación y los términos del contrato de
compraventa de las acciones representativas del 100% del capital social de GFS, suscrito
entre el IPAB y GFSM, este último cuenta con 90 días naturales contados a partir del 23
de mayo de 2000 para realizar una auditoría de compra y, en su caso de encontrar activos
inexistentes o pasivos no registrados, podrá solicitar al instituto un ajuste al precio
pagado por la transmisión de las acciones de GFS, mismo que sólo será procedente en los
supuestos y condiciones señalados en el contrato de referencia.
Asimismo, en el contrato de compraventa citado, se estableció la obligación del
instituto de responder a GFSM, siempre y cuando se cumplan todos y cada uno de los
requisitos señalados en dicho contrato, por los importes que resulten de cualquier
obligación fiscal, laboral u otras cuya exigibilidad surja de procedimientos
administrativos, judiciales o arbitrales en contra de GFS o cualquiera de las entidades
financieras integrantes del mismo.
4. Conclusión del programa de
saneamiento.
Con los apoyos financieros aquí descritos, el IPAB concluyó el programa de saneamiento
que de conformidad con el artículo 28 de la LPAB llevó a cabo con la finalidad de que la
venta de GFS se realizara en las mejores condiciones que permitieran al IPAB obtener la
mayor recuperación posible.
Mediante el otorgamiento de estos apoyos, el IPAB dio seguridad a más de 2 millones 500
mil ahorradores de Banca Serfin, saneó al tercer grupo financiero del país, siguió una
estrategia tendiente a maximizar la recuperación al integrar activos de acuerdo con las
demandas del mercado y contribuyó al fortalecimiento y consolidación del sistema
financiero con la venta de GFS a través de un proceso treansparente en condiciones de
mercado en el cual se designó a GFSM como el ganador, al contener su propuesta las
mejores condiciones y la mayor oferta económica con 14 mil 650 millones de pesos, es
decir, el equivalente a 1.59 veces el capital contable de GFS.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F. a 31 de agosto de 2000. El secretario ejecutivo del Instituto para la
Protección al Ahorro Bancario, Vicente Corta Fernández. Rúbrica. El secretario adjunto
de Protección al Ahorro Bancario, José Antonio Meade Kuribreña. Rúbrica.»
Monto de los pagos efectuados por las instituciones de banca múltiple por conceptos de
cuotas ordinarias correspondientes al periodo comprendido entre el 1o. de abril y el 30 de
junio de 2000.
«Al margen un logotipo que dice: Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, con fundamento en los artículos 4o.
y 26 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, así como el artículo 20 fracciones
XIV, XXVII y XXIX; 30 fracciones I y IX del estatuto orgánico de este instituto, publica
el monto de los pagos efectuados por las instituciones de banca múltiple por concepto de
cuotas ordinarias correspondientes al periodo comprendido entre el 1o. de abril y el 30 de
junio de 2000.
************* TABLA, FOLIO 83
Informe sobre los apoyos financieros otorgados a grupo financiero Serfin con base en el
Programa de Saneamiento por el periodo transcurrido de enero a julio de 2000.
En cumplimiento de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 28 de la Ley de
Protección al Ahorro Bancario, con relación a los apoyos otorgados a Banca Serfin, S.A.,
Institución de Banca Múltiple ("Serfin"), a través de Grupo Financiero
Serfin, S.A. ("GFS"), se remite al honorable Congreso de la Unión y al
Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el
presente informe.
1. Capitalización y sustitución de activos grises.
Durante 1999 el IPAB otorgó apoyos financieros a GFS, tendientes a lograr el saneamiento
financiero de Serfin y proteger así a más de dos y medio millones de ahorradores.
A fin de dar seguimiento al programa de saneamiento instrumentado en Serfin, a través de
GFS, KPMG Cárdenas Dosal SC ("KPMG") y Ruiz Urquiza y Cía. SC Arthur Andersen
("AA") llevaron a cabo auditorías a GFS, derivado de las cuales, se determinó
un faltante de reservas crediticias por un monto de 5 mil 45 millones de pesos1. Con
objeto de constituir el monto de reservas faltantes, la junta de gobierno del instituto en
su décima sesión extraordinaria, celebrada el 14 de diciembre de 1999, autorizó se
implantara el esquema de capitalización y financiamiento que resultara más conveniente
de conformidad con el programa de saneamiento antes citado.
1. Monto actualizado por la generación de intereses y las actividades de recuperación y
cobranza.
Para constituir las reservas faltantes, se realizaron los actos corporativos necesarios
que permitieron capitalizar, con fecha 14 de enero de 2000, a GFS y a Serfin por un total
de 3 mil 64 millones de pesos con recursos presupuestales. Adicionalmente, se
constituyeron reservas con los recursos liberados en virtud del convenio modificatorio al
fideicomiso de bienes adjudicados, los cuales ascendieron a 881 millones de pesos y con
parte de la utilidad generada por la venta de la participación social que Serfin
detentaba en Afore Garante a Citybank, por un monto de 1 mil 100 millones de pesos.
Por otra parte, Goldman, Sachs & Co. ("Goldman Sachs"), agente financiero
encargado de diseñar, preparar, ejecutar y promover la enajenación de GFS, como parte
del saneamiento del banco, propuso realizar la sustitución en el balance del banco de
aquellos activos que consideraba tenían poco valor estratégico o comercial
("activos grises"), en virtud de que los potenciales compradores de GFS
tenderían a valuarlos con un valor de cero y por lo tanto tendrían que constituirse
reservas adicionales por el valor de los mismos.
Asimismo y en opinión del agente financiero, este tipo de activos serían mejor valuados
por empresas dedicadas a la administración de los mismos, por lo que se alcanzaría un
mayor valor de recuperación al sustraer los "activos grises" fuera del banco y
llevar a cabo su venta en forma separada a la venta de GFS.
Derivado de la recomendación antes expuesta y previa autorización de la junta de
gobierno del IPAB, en los meses de enero y febrero de 2000 el instituto adquirió
"activos grises", al valor neto de reservas propuesto por el estudio llevado a
cabo para tales efectos por KPMG, que incluyeron bienes muebles, inmuebles y derechos así
como cartera comercial e hipotecaria, mismos que serían sujetos a operaciones de
compraventa posteriores. Dicha transacción se realizó por un monto total de 5 mil 446
millones de pesos.
1216,1217,1218
2. Cumplimiento de obligaciones
preexistentes.
2.1. Obligación contingente de pago.
El GFS sostenía con el instituto una obligación contingente de pago que se había
constituido a raíz de los compromisos contenidos tanto en el contrato de permuta y
protección al valor de mercado de fecha 7 de octubre de 1997, suscrito entre el Banco de
México en su carácter de fiduciario del Fondo Bancario de Protección al Ahorro
(Fobaproa), HSBC Latin América BV (LABV), GFS y el Gobierno Federal por conducto de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con la comparecencia de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), como en un fideicomiso al cual Serfin se
comprometió a entregar los recursos y bienes que recibiera en relación a ciertos activos
crediticios.
Dicha obligación contingente se documentó mediante la suscripción de un contrato de
fecha 7 de octubre de 1997, por GFS, Serfin, Fobaproa, con la comparecencia de la SHCP y
la CNBV, el cual estableció:
I. La obligación de Serfin de pagar al Fobaproa la cantidad que este último hubiera
pagado a LABV por concepto del contrato de permuta y protección al valor de mercado y
II. La obligación de Serfin de pagar al Fobaproa la cantidad de 446 millones de dólares,
derivado de las constitución del fideicomiso descrita anteriormente.
En este sentido, como consecuencia de la capitalización que realizó el IPAB en GFS a
partir del 8 de julio de 1999, mediante el cual se convirtió en accionista mayoritario de
dicho grupo y de conformidad con el programa de saneamiento de referencia, la junta de
gobierno, aprobó la condonación de la obligación contingente de pago mediante la
terminación anticipada del contrato que documenta dicha obligación, a efecto de
extinguir todas las obligaciones derivadas del mismo a partir de esa fecha, quedando
pendiente de pago únicamente las cantidades, que en su caso, se hubieren generado por
concepto de dicha obligación por el periodo transcurrido del 1o. de enero de 1997 al 8 de
julio de 1999, mismas que fueron cubiertas por Serfin al instituto con fecha 18 de febrero
y 24 de mayo de 2000.
2.2. Seguros Serfin Lincoln.
El contrato de asociación suscrito el 14 de octubre de 1997 entre Lincoln National
Corporation (LNC) y GFS, otorgaba a LNC el derecho de vender y a GFS la obligación de
comprar las acciones de LNC en Seguros Serfin Lincoln, en caso de que hubiere un cambio de
control de GFS. Derivado de la toma de control de GFS por el IPAB, LNC decidió ejercer su
derecho de venta.
En este sentido la junta de gobierno del instituto autorizó que en cumplimiento de la
obligación contractual:
I. El IPAB asumiera la obligación contractual de pago que GFS mantenía con LNC derivada
del ejercicio de la opción de venta acordada en el convenio de accionistas entre GFS y
LNC y
II. Que se realizaran los actos jurídicos necesarios para la capitalización de la cuenta
por pagar que GFS registraría luego de la asunción de la obligación descrita en el
inciso I.
Con fecha 31 de marzo de 2000, el IPAB pagó a LNC la cantidad de 100 millones 500 mil
dólares de EUA, registrando GFS una cuenta por pagar a favor del IPAB. Sin embargo, para
evitar vender GFS con un pasivo a favor del instituto, se capitalizó dicha cuenta por
pagar por la cantidad de 923 millones de pesos, a la vez que se amortizaron pérdidas
acumuladas por el mismo monto, con objeto de mantener sin cambios el capital social de
GFS.
2.3. Pago a HSBC Latín América BV.
Derivado de acuerdos celebrados por el Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa)
y LABV, asumidos por el IPAB mediante contrato de fecha 7 de julio de 1999, en el cual se
contó con la comparecencia de la SHCP y GFS, de la tenencia accionaria que LABV detentaba
en GFS y como parte del programa de saneamiento de referencia, al no resultar HSBC Bank
USA ganador del proceso de venta y dado que dicho proceso comprendía el 100% de las
acciones representativas del capital social de GFS, el lPAB liquidó a LABV la totalidad
de su tenencia accionaria en GFS, mediante el pago de 137 millones de dólares de EUA y
LABV trasmitió al IPAB la titularidad de las acciones correspondientes al 19.9% del
capital social de GFS, mismas que fueron posteriormente transmitidas como parte de la
venta del 100% del capital social de GFS a Grupo Financiero Santander Mexicano, S.A. de
C.V. (GFSM), el cual resultó ganador del proceso de venta antes citado.
3. Auditoría de compra y asunción
de obligaciones de pago por contingencias.
Tomando en consideración la práctica común para este tipo de operaciones y de
conformidad con lo establecido en las bases de licitación y los términos del contrato de
compraventa de las acciones representativas del 100% del capital social de GFS, suscrito
entre el IPAB y GFSM, este último cuenta con 90 días naturales contados a partir del 23
de mayo de 2000 para realizar una auditoría de compra y, en caso de encontrar activos
inexistentes o pasivos no registrados, podrá solicitar al instituto un ajuste al precio
pagado por la transmisión de las acciones de GFS; mismo que sólo será procedente en los
supuestos y condiciones señalados en el contrato de referencia.
Asimismo, en el contrato de compraventa citado, se estableció la obligación del
instituto de responder a GFSM, siempre y cuando se cumplan todos y cada uno de los
requisitos señalados en dicho contrato, por los importes que resulten de cualquier
obligación fiscal, laboral u otras cuya exigibilidad surja de procedimientos
administrativos, judiciales o arbitrales en contra de GFS o cualquiera de las entidades
financieras integrantes del mismo.
4. Conclusión del programa
de saneamiento.
Con los apoyos financieros aquí descritos, el IPAB concluyó el programa de saneamiento
que de conformidad con el artículo 28 de la LPAB llevó a cabo con la finalidad de que la
venta de GFS se realizara en las mejores condiciones que permitieran al IPAB obtener la
mayor recuperación posible.
Mediante el otorgamiento de estos apoyos, el IPAB dio seguridad a más de 2 millones 500
mil ahorradores de Banca Serfin, saneo al tercer grupo financiero del país, siguió una
estrategia tendiente a maximizar la recuperación al integrar activos de acuerdo con las
demandas del mercado y contribuyó al fortalecimiento y consolidación del sistema
financiero con la venta de GFS, a través de un proceso transparente en condiciones de
mercado, en el cual se designó a GFSM como el ganador, al contener su propuesta las
mejores condiciones y la mayor oferta económica con 14 mil 650 millones de pesos, es
decir, el equivalente a 1.59 veces el capital contable de GFS.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F. a 31 de agosto de 2000. Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
Vicente Corta Fernández, secretario ejecutivo y José Antonio Meade Kuribreña,
secretario adjunto de protección al ahorro bancario.»
«Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
Alcance al informe sobre los apoyos financieros otorgados a grupo financiero Serfin con
base en el programa de saneamiento por el periodo transcurrido de enero a julio de 2000.
El presente documento se remite al Congreso de la Unión y al Ejecutivo Federal por
conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como alcance al informe que en
cumplimiento a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 28 de la Ley de
Protección al Ahorro Bancario y con relación a los apoyos otorgados por el Instituto de
Protección al Ahorro Bancario a Banca Serfin S.A., Institución de Banca Múltiple
(Serfin), a través de Grupo Financiero Serfin, S.A. (GFS), el instituto tiene la
obligación de publicar de conformidad con las disposiciones aplicables.
1. Antecedentes
La junta de gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) resolvió
en su tercera sesión extraordinaria, celebrada el 16 de junio de 1999, después de haber
revisado análisis elaborado por JP Morgan y contando con la opinión favorable de la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que el instituto otorgara apoyos
financieros tendientes a proveer el saneamiento de Serfin. En este sentido, el 20 de julio
de 1999, durante la cuarta sesión extraordinaria, se aprobó la ejecución del programa
de saneamiento propuesto para Serfin, a través de GFS.
Asimismo, la junta de gobierno en su octava sesión extraordinaria celebrada el 18 de
noviembre de 1999, se dio por enterada de la designación de Goldman, Sachs & Co.
(Goldman Sachs) como el agente financiero para diseñar, preparar, ejecutar y promover la
enajenación de GFS, situación que se le informó a dicho grupo para que realizara todos
los actos necesarios para la contratación de Goldman Sachs conforme a estándares
internacionales para este tipo de operaciones.
El programa de saneamiento aprobado por la junta de gobierno para Serfin, a través de
GFS, contemplaba, entre otros, la conveniencia de que auditores externos realizaran en
forma previa a la venta de GFS, una auditoría general de dicho grupo que comprendiera
aspectos legales, fiscales, laborales y de cartera, para determinar el nivel de reservas
crediticias de GFS.
Durante el semestre de reporte, se concluyó con el programa de saneamiento de Serfin, a
través de GFS, realizándose una tercera capitalización del grupo y de Serfin, además
de otras operaciones de saneamiento.
2. Capitalización y sustitución de activos grises.
2.1 Capitalización.
Derivado de la recomendación señalada en el programa de saneamiento de referencia y para
llevar a cabo las auditorías que en el mismo se mencionan, GFS contrató a:
I. KPMG Cárdenas Dosal SC (KPMG), para llevar a cabo una valuación de los activos de
Serfin;
II. Ruiz Urquiza y Cía, SC Arthur Andersen (AA), para determinar pasivos ocultos y/o
activos inexistentes en GFS, aplicando para tales efectos principios de contabilidad
generalmente aceptados en los Estados Unidos de América y
III. Franck, Galicia, Duclaud y Robles, SC, para llevar a cabo una evaluación de diversos
aspectos: legales, relacionados con la cartera de crédito de GFS.
El resultado de la auditoría realizada por KPMG arrojó la necesidad de constituir
reservas adicionales por un monto aproximado.......... 4,904,000,000 (cuatro mil
novecientos cuatro millones de pesos MN). Por su parte, AA identificó reservas faltantes
por un monto aproximado de 878,000,000 (ochocientos setenta y ocho millones de pesos MN).
Con objeto de constituir el monto de reservas faltantes, la junta de gobierno en su
décima sesión extraordinaria, celebrada el 14 de diciembre de 1999, tomó nota del
faltante de reservas crediticias de Serfin y autorizó se instrumentara el esquema de
capitalización y financiamiento que resultara más conveniente, de conformidad con el
programa de saneamiento.
En virtud de lo anterior, en primera instancia, se propuso utilizar los recursos
provenientes de las chequeras de los fideicomisos denominados como tramos I y II y del
esquema de créditos hipotecarios, del fideicomiso relativo a bienes adjudicados y de las
utilidades generadas por la venta de Afore garante.
Lo anterior, fue hecho del conocimiento de la junta de gobierno del instituto en su quinta
sesión ordinaria celebrada el 10 de enero de 2000, la cual aprobó la instrumentación
del tercer apoyo financiero en los términos autorizados en la décima sesión
extraordinaria, pudiendo ejercer, en su caso, recursos presupuestales para cubrir el monto
total de la operación de capitalización, en lugar de contratar financiamientos, de
conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley de Protección al Ahorro
Bancario (LPAB.)
Al 12 de enero de 2000, después de aplicar las actualizaciones e intereses, y
considerando las actividades de recuperación, el monto de reservas faltantes ascendía a:
1219,1220,1221
********FOTOCOPIAR CUADRO DEL FOLIO 90
2.1.1. Actos corporativos relacionados con la tercera capitalización.
Para constituir las reservas faltantes, se realizaron los actos corporativos necesarios
que permitieron capitalizar a GFS y a Serfin por un total de 3,064.471,000 (tres mil
sesenta y cuatro millones cuatrocientos setenta y un mil pesos, moneda nacional) con
recursos presupuestales, como se describe a continuación.
Resoluciones unánimes tomadas fuera de asamblea de GFS. Con fecha 14 de enero de 2000, se
tomaron por parte del HSBC Latin América BV (LABV) y el IPAB, en su carácter de
accionistas titulares de la totalidad del capital social de GFS, entre otras, las
siguientes resoluciones unánimes fuera de asamblea:
Se reconoció que GFS requería a esa fecha de $490.538,000 (cuatrocientos noventa
millones quinientos treinta y ocho mil pesos Moneda Nacional) para constituir reservas
propias adicionales y que Serfin a su vez, requería a esa fecha de 2,573.933,000 (dos mil
quinientos setenta y tres millones novecientos treinta y tres mil pesos, moneda nacional)
para constituir reservas adicionales, continuando así con el programa de saneamiento
instrumentado en Serfin, a través de GFS.
A efecto de constituir reservas propias adicionales, así
como realizar las aportaciones necesarias para que Serfin constituyera reservas
adicionales, se resolvió aumentar el capital social de GFS por 3,064.471,000 (tres mil
sesenta y cuatro millones cuatrocientos setenta y un mil pesos, moneda nacional) con la
aportación, que de conformidad con los acuerdos tomados por la junta de gobierno del IPAB
en su décima sesión extraordinaria de fecha 14 de diciembre de 1999, realizó el
instituto mediante la suscripción de 3 millones 064 mil 471 acciones de la serie
"O".
Se acordó que los recursos que derivaron del aumento de capital, fueran destinados
íntegramente para que GFS constituyera las reservas propias adicionales por la cantidad
de..... 490.538,000 (cuatrocientos noventa millones quinientos treinta y ocho mil pesos,
moneda nacional), así como para capitalizar a Serfin a efecto de que ésta constituyera
reservas adicionales por la cantidad de 2,573.933,000 (dos mil quinientos setenta y tres
millones novecientos treinta y tres mil pesos, moneda nacional).
Se acordó que, como consecuencia de la aplicación de recursos conforme al párrafo
anterior, en forma simultánea al aumento de capital de la sociedad, se redujera la cuenta
de capital social de la sociedad por la cantidad de 3,064.471,000 (tres mil sesenta y
cuatro millones cuatrocientos setenta y un mil pesos, moneda nacional), mediante la
cancelación de la totalidad de las acciones que suscribió el instituto.
Se reconoció que, como consecuencia del aumento y simultánea reducción del capital
social, no se modificó el capital social, manteniéndose éste en la cantidad
de........... 10,766.531,000 (diez mil setecientos sesenta y seis millones quinientos
treinta y un mil pesos, moneda nacional) y representado por........ 10 millones 766 mil
531 acciones ordinarias nominativas de la serie "O", con lo cual tampoco se
modificó la estructura y composición accionaria actual.
Se acordó que los asientos relativos a la constitución y registro de reservas, la
suscripción para el aumento del capital social de GFS, así como la reducción de dicho
capital, se registraran en la contabilidad del mismo en el mes de diciembre de 1999,
sujeto a la conformidad de la CNBV.
Resoluciones unánimes tomadas fuera de asamblea de Banca Serfin. Con fecha 14 de enero de
2000, se tomaron por parte de los accionistas titulares de la totalidad de las acciones
representativas del capital social de la sociedad, entre otras, las siguientes
resoluciones unánimes fuera de asamblea:
Se aceptó la aportación que realizó GFS por la cantidad de 2 mil 573 millones 933 mil
pesos para constituir reservas adicionales.
Se aumentó el capital .social en la cantidad de 2 mil 573 millones 933 mil pesos mediante
la aportación realizada por GFS, a través de la suscripción de 2 mil 573 millones de
acciones serie "O".
Se acordó que los recursos que deriven del aumento de capital social se apliquen
integramente para la constitución de reservas adicionales, por lo que en forma
simultánea al aumento de capital se redujo el mismo, mediante la cancelación de la
totalidad de las acciones que suscribió GFS.
Se reconoció que como consecuencia del aumento y simultánea reducción del capital
social, éste no se modificó manteniéndose en la cantidad de 9 mil 113 millones 883 mil
pesos representado por 9 mil 113 millones 883 acciones ordinarias de la serie
"O", por lo que tampoco se vio modificada la estructura y composición
accionaria actual.
Se acordó que los asientos relativos a la constitución y registro de reservas, así como
la suscripción para el aumento del capital social, se registraran en la contabilidad de
la misma en el mes de diciembre de 1999, sujeto a la conformidad de la CNBV.
2.1.2. Recursos propios de GFS y de Serfin utilizados para la constitución de reservas
crediticias faltantes.
Adicionalmente, con objeto de racionalizar los recursos presupuestales, se consideró
conveniente liberar reservas en Serfin modificando el contrato de fideicomiso de bienes
adjudicados, celebrado el 23 de octubre de 1996, mediante la firma de un convenio
modificatorio de fecha 11 de febrero de 2000. En dicho con venio modificatorio se
estableció que Serfin en su carácter de fideicomitente, renuncia a cualquier derecho de
readquisición con respecto a los bienes afectos al fideicomiso, razón por la cual éstos
no serán revertidos a Serfin en el año 2001, tal como lo establecía el contrato
original. Como resultado de lo anterior, Serfin liberó reservas por 881 millones de
pesos, mismas que fueron determinadas de conformidad con las bases para la venta
inicialmente establecidas por la CNBV.
Por otro lado, parte de la utilidad generada por la venta de la participación social de
Serfin en Afore Garante a Citybank también se utilizó para cubrir las reservas
crediticias faltantes determinadas en las auditorías practicadas a que se hace referencia
con anterioridad.
*****************Insertar tabla 93 **************
Es importante mencionar que el instituto obtuvo la titularidad de los saldos contables de
las chequeras, de los fideicomisos denominados tramos I y II, del esquema de créditos
hipotecarios y del fideicomiso de bienes adjudicados que al 31 de diciembre de 1999
ascendían a un total de 972 millones 853 mil 914 pesos MN. Asimismo, el instituto podrá
disponer de los recursos que se depositen en dichas chequeras, derivado de las actividades
de recuperación que se realicen con posterioridad al 31 de diciembre de 1999.
2.2. Compra-venta de activos grises.
Por otro lado, derivado de su análisis, Goldman Sachs consideró que, con objeto de
maximizar la recuperación para los activos del instituto, la mejor estrategia para la
venta de GFS incluía la sustitución en el balance del banco de aquellos activos que se
consideraba tenían poco valor estratégico o comercial ("activos grises"),
debido a que los potenciales compradores del banco tenderían a valuarios con un valor de
cero y por lo tanto tendrían que constituirse reservas adicionales por el valor de los
mismos.
Asimismo, y en opinión del agente financiero, este tipo de activos serían mejor valuados
por empresas dedicadas a la administración de los mismos, por lo que se alcanzaría un
mayor valor de recuperación al vender dichos activos fuera del banco. En seguimiento a
esta recomendación, la administración de GFS presentó al IPAB, una propuesta de
compra-venta de "activos grises".
A fin de procurar la mayor transparencia en la operación de compraventa de activos
grises, se determinó la conveniencia de crear, en primera instancia, las reservas
correspondientes a dichos activos; conforme a la estimación llevada a cabo por el auditor
externo KPMG, para posteriormente poder realizar la operación de compraventa de los
mismos a su valor neto de reservas.
1222,1223,1224
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