DIARIO de los DEBATES

 

ORGANO OFICIAL DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS


Correspondiente al Primer  Periodo Ordinario del Segundo Año de Ejercicio

DIRECTOR GENERAL DE
CRONICA PARLAMENTARIA
Héctor de Antuñano y Lora

PRESIDENTE

Diputada Beatriz Paredes Rangel

DIRECTOR DEL
DIARIO DE LOS DEBATES

Norberto Reyes Ayala
AÑO II                 México, D.F., jueves 18 de octubre del 2001       No. 17

S U M A R I O

ASISTENCIA

Pag.

1469

ORDEN DEL DIA

1469

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

1471

ESTADO DE MICHOACAN

1475

Comunicación del Congreso estatal con la que invita a sesión solemne para conmemorar el CLXXXVII aniversario de la expedición de la Constitución de 1814. Se designa comisión que represente a la Cámara de Diputados.

1475

ESTADO DE JALISCO

1476

Comunicación del Congreso estatal con la que remite acuerdo referente a la leche de vaca. Se turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

1476
Comunicación del Congreso estatal con la que remite acuerdo respecto a la Ley de Aeropuertos. Se turna a la Comisión de Comunicaciones. 1477

ESTADO DE MORELOS

1479

Comunicación del Congreso estatal con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

1479

COMISIONES LEGISLATIVAS

1479

Tres oficios de la Junta de Coordinación Política con los que informa de cambios en la integración de diversas comisiones legislativas. De enterado.

1479

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

1480

Informe de la Presidenta de la mesa directiva, diputada Beatriz Paredes Rangel, con motivo de la visita de Estado del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Vicente Fox Quesada a Estados Unidos de América del 4 al 7 de septiembre de 2001. Se turna a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y a la Comisión de Relaciones Exteriores.

1480

MATERIA TRIBUTARIA

1505

Oficio del Congreso del Estado de Veracruz con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 25, 73, 116 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a las comisiones de Puntos Constitucionales y a la de Hacienda y Crédito Público.

1505

DIPUTADO QUE CAMBIA DE PARTIDO POLITICO

1514

Se concede el uso de la palabra al diputado Juan Ignacio García Zalvidea, quien da lectura a comunicación con la que expresa su decisión de cambiar de partido político y la Asamblea le autoriza exponer las razones de su cambio de grupo parlamentario. De enterado.

1514

DISTRITO FEDERAL

1516

El diputado Alfredo Hernández Raigosa presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos: 44, 71, 73, 76, 108, 109, 110, 111, 119, 122, 123, 124, 127, 134 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

1516

LEY DE COORDINACION FISCAL

1524

El diputado Jaime Cleofas Martínez Veloz presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 37 de dicha ley, referente al federalismo hacendario. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Participación Ciudadana.

1524

EDUCACION PREESCOLAR

1530
El diputado Cutberto Cantorán Espinosa presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 3o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversos artículos de la Ley General de Educación. Se turna a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Educación Pública y Servicios Educativos. 1530

DISTRITO FEDERAL (II)

1544

Desde su curul, el diputado Martí Batres Guadarrama solicita retirar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Distrito Federal, presentada por el diputado Alfredo Hernández Raigosa, a nombre del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y la Presidenta expresa que, en virtud de que el trámite dado a esa iniciativa no se ha desahogado aún, no tiene inconveniente en dejar registrado en esta sesión, el retiro de la iniciativa de referencia.

1544

LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE

1545

El diputado José Tomás Lozano Pardinas presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de dicha ley, respecto a mantos acuíferos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

1545

ASISTENCIA (II)

1548

LEY GENERAL DE EDUCACION

1548

El diputado Ramón León Morales presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de dicha ley. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

1548

EDUCACION PREESCOLAR (II)

1558

El diputado Alberto Anaya Gutiérrez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer como obligatoria y a cargo del Estado la educación inicial y preescolar. Se turna a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Educación Pública y Servicios Educativos.

1558

PORNOGRAFIA INFANTIL

1561

La diputada Laura Hermelinda Pavón Jaramillo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 201-bis del Código Penal Federal, respecto al problema de pornografía infantil en Internet. Se turna a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Atención a Grupos Vulnerables.

1561

LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

1564
El diputado José María Rivera Cabello presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de dicha ley. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social y a la de Seguridad Social. 1564

VOLUMEN II

1571

DELITOS BANCARIOS

1571

El diputado Juan Carlos Regis Adame presenta iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 115 y 116-bis de la Ley de Instituciones de Crédito; deroga los párrafos IV y V del artículo 400-bis del Código Penal Fe-deral; y reforma la fracción VIII del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

1571

MATERIA ALIMENTARIA

1574

El diputado Narcizo Alberto Amador Leal presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho a la alimentación. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

1574

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

1582

El diputado José Narro Céspedes, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 80-A de dicha ley. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

1582

PODERES LEGISLATIVO Y EJECUTIVO

1584

El diputado José Soto Martínez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos: 52, 53, 54, 55, 56, 60, 77, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de integración del Congreso. Se turna a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública, para efectos de su dictamen, y a la Comisión Especial para la Reforma de Estado, para su conocimiento.

1584

SERVICIOS PORTUARIOS

1596

El diputado Roberto Preciado Cuevas presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversos ordenamientos de las leyes: de Puertos; de la Federal de Derechos; y de Coordinación Fiscal.

1596

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

1600
Queda de primera lectura dictamen de las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural, con proyecto de dicha ley. 1600

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

1644

Se le dispensa la segunda lectura a dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de dicha ley, respecto a cambio de nombre de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda por el de Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

1644

El diputado Augusto Gómez Villanueva, habla a nombre de la comisión para fundamentar el dictamen.

1646

Sin discusión, se aprueba el proyecto de decreto en lo general y en lo particular. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

1647

SERVICIOS PORTUARIOS (II)

1647

La Presidencia turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Comunicaciones, la iniciativa presentada por el diputado Preciado Cuevas.

1647

VOTO FEMENINO

1648

Hablan sobre el XLVIII aniversario del voto femenino, las diputadas:

1648

Beatriz Patricia Lorenzo Juárez

1648

Norma Patricia Riojas Santana

1649

Rosa Delia Cota Montaño

1650

María Teresa Campoy Ruy Sánchez

1651

María de los Angeles Sánchez Lira

1652

Victoria Ruth Sonia López Macías

1653

Olga Haydee Flores Velásquez

1654

DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER RURAL

1656

Sobre el III aniversario de dicha celebración, se concede el uso de la palabra a las diputadas:

1656

María Teodora Elba Arrieta Pérez

1656

Petra Santos Ortiz

1656
Celita Trinidad Alamilla Padrón 1658

DIA MUNDIAL DE LA SOBERANIA ALIMENTARIA

1659

Se refieren a dicha celebración conmemorada el 16 de octubre, los diputados:

1659

Juan Carlos Regis Adame

1659

Flor Añorve Ocampo

1660

María Isabel Velasco Ramos

1661

ORDEN DEL DIA

1662

De la próxima sesión.

1662
CLAUSURA Y CITATORIO 1663

RESUMEN DE TRABAJOS

1664
DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA PRESENTE SESION 1665

DIARIO de los DEBATES

Año lI  No. 17 VI.      PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS     18 DE OCTUBRE , 2001

 

Presidencia de la diputada
Beatriz Elena Paredes Rangel

ASISTENCIA

La Presidenta

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputados.

La secretaria Martha Silvia Sánchez González:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 293 diputados. Por lo tanto, hay quórum.

La Presidenta (a las 10:47 horas)

Se abre la sesión.

ORDEN DEL DIA

La secretaria Martha Silvia Sánchez González:

Se va a dar lectura al orden del día.

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.— Segundo Año.— LVIII Legislatura.

Orden del día

Jueves 18 de octubre de 2001.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

El Congreso del Estado de Michoacán invita a la sesión solemne para conmemorar el CLXXXVII aniversario de la expedición de la Constitución de 1814, que tendrá lugar el 22 de octubre a las 10:00 horas en el auditorio de la escuela preparatoria Adolfo Chávez de la ciudad de Apatzingán, Michoacán.

De los congresos de los estados de Jalisco y Morelos.

De la Junta de Coordinación Política.

Informe de la Presidencia de la mesa directiva, sobre la gira del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a Estados Unidos de América, realizada del 4 al 7 de septiembre.

Iniciativas de diputados

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alfredo Hernández Raigosa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

De reformas a la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

De reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley General de Educación y a la Ley de Profesiones, a cargo del diputado Cutberto Cantorán Espinosa, a nombre de los integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos. (Turno a comisión.)

Que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, a cargo del diputado José Tomás Lozano Pardinas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

De reformas a la Ley General de Educación, a cargo del diputado Ramón León Morales, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer como obligatoria y a cargo del Estado, la educación inicial y preescolar, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona el artículo 201-bis, del Código Penal Federal, en materia de pornografía infantil en Internet, a cargo de la diputada Laura Pavón Jaramillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 43 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

De reformas al artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Miguel Barbosa Huerta, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma el Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

De reformas al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a la alimentación, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 80-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

De reformas a diversas disposiciones: de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Soto Martínez, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

De reformas a diversos ordenamientos en materia de administraciones portuarias integrales, a cargo del diputado Roberto Preciado Cuevas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Dictamen a discusión

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Efemérides

Sobre el aniversario del voto femenino en México, a cargo de los partidos políticos representados en la Cámara de Diputados.

Sobre el Día Internacional de la Mujer Rural, a cargo de la diputada Teodora Elba Arrieta Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Sobre el Día Mundial de la Soberanía Alimentaria, a cargo de los grupos parlamentarios del Partido del Trabajo y del Partido Revolucionario Institucional.

Sobre el Día Mundial del Combate a la Pobreza, a cargo de la diputada Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista.

Excitativa

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a cargo del diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social. (Turno a comisión.)

Proposiciones

Con punto de acuerdo sobre los símbolos nacionales, a cargo del diputado Félix Salgado Macedonio, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la glosa del informe presidencial, a cargo del diputado Rafael Hernández Estrada, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público se dirija a la mayor brevedad posible a la junta de gobierno del IPAB, para solicitarle que sean contestadas las preguntas en relación al desarrollo del IPAB, que se anexan a este punto, y aquellas otras que los miembros de la propia comisión deseen realizar, a cargo del diputado César Augusto Santiago Ramírez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Dos, con puntos de acuerdo sobre la utilización indebida de los recursos públicos en las campañas electorales del Estado de Tlaxcala, a cargo de los grupos parlamentarios de los partidos Acción Nacional y del Trabajo, respectivamente. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre el concierto de Elton John, en el Castillo de Chapultepec, a cargo del diputado Elías Martínez Rufino, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo sobre una solicitud de información al IPAB, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo sobre la problemática agrícola de Acapulco, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre los problemas que enfrentan los aeropuertos de gran importancia de México, a cargo del diputado Alonso Ulloa Vélez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre el nuevo aeropuerto de la Ciudad de México, a cargo del diputado Francisco Patiño Cardona, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la ampliación a cuatro carriles del tramo carretero troncal de 32 kilómetros que va de San Miguel de Allende, Guanajuato, a la autopista 57 federal, a cargo del diputado Luis Alberto Villarreal García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre política exterior, a cargo del diputado Miguel Bortolini Castillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la junta de gobierno del IPAB, a cargo de la diputada Rosalinda López Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados solicite al Presidente de la República, en su carácter de jefe de Estado, proponga al pleno de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, se realice una cumbre mundial contra el terrorismo, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar se apruebe la donación de un día de dieta por parte de los diputados, para los damnificados por el huracán "Juliette", en el Estado de Baja California Sur, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo sobre Procuración de Justicia, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Agenda política

Comentarios sobre la atención que ha dado el Ejecutivo Federal a los afectados por el huracán "Juliette", a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Comentarios sobre el fuero de los legisladores y sus violaciones por parte de las autoridades, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Comentarios sobre el derecho de asociación sindical en el Estado de México, a cargo del diputado Lucio Fernández González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.»

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La Presidenta

Esta a consideración el orden del día.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del acta de la sesión anterior.

Pido a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria y copia de la misma, entregada a los coordinadores de los grupos parlamentarios para sus observaciones y, en su caso, se procede a su votación.

El secretario Adrián Rivera Pérez:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria y copia de la misma entregada a los coordinadores de los grupos parlamentarios para sus observaciones y se procede a su votación.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes dieciséis de octubre de dos mil uno, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Quincuagésima Octava Legislatura

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

En el Palacio Legislativo de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, a las diez horas con treinta y un minutos del martes dieciséis de octubre de dos mil uno, con la asistencia de doscientos sesenta y seis diputados, la Presidenta declara abierta la sesión.

1469,1470,1471

La Secretaría da lectura al orden del día.

La Asamblea aprueba en sus términos el acta de la sesión anterior, en votación económica.

Comunicaciones de los congresos de los estados de

Baja California, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Baja California, con acuerdo por el que apoyan la solicitud dirigida al titular del Poder Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, de que en tanto no se tengan los recursos económicos necesarios y el consenso de los trabajadores, no se transfieran los servicios de educación tecnológica a las entidades federativas. Se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Educación Pública y Servicios Educativos, para su conocimiento.

Durango, con acuerdo para solicitar al Congreso de la Unión mayores recursos para apoyar a los campesinos de esa entidad federativa, en el proceso de comercialización de granos, especialmente de frijol. Se turna a las comisiones de Agricultura y Ganadería, Desarrollo Rural y Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

Nuevo León, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Zacatecas, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Tres oficios de la Cámara de Senadores, con los que remite, para los efectos del artículo setenta y dos inciso h de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciativas con proyecto de decreto, de los senadores:

Addy Joaquín Coldwell, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona un artículo ocho-A a la Ley Federal de Derechos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Héctor Michel Camarena, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo ochenta-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

José Carlos Cota Osuna, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona una fracción novena al artículo nueve, un artículo nueve-bis y una fracción decimaséptima al artículo quince de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Se concede la palabra al diputado Tomás Torres Mercado, del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarenta de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Oficio de la Cámara de Senadores, por el que remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones y rubros de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Cuatro oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que solicita los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos mexicanos:

Enrique René Michel Santibáñez, Carlos Pascual Monsiváis y Manuel Rodríguez Arriaga, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los gobiernos de las repúblicas de Corea, de Chile y del Reino de Bélgica. Se turnan a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

Ivette María Carballo Fariñas, pueda prestar servicios en la Embajada del Reino Unido, en México. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

La Secretaría da lectura al dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarenta de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.

A las once horas con seis minutos, la Secretaría informa del registro de trescientos noventa diputados y ordena el cierre del sistema electrónico de asistencia y votación.

La Asamblea dispensa, en votación económica, la lectura a cinco dictámenes de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con proyectos de decreto por los que:

Se conceden permisos a ciudadanos mexicanos, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

Se concede permiso al ciudadano Rodrigo Solana Espósito, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de España en Hermosillo, con circunscripción consular en el Estado de Sonora.

Se concede permiso a ciudadanas mexicanas para prestar servicios en la Embajada de Costa Rica en México.

Son de primera lectura.

En votación económica, la Asamblea les dispensa a los cinco dictámenes la segunda lectura y sin discusión se aprueban, en lo general y en lo particular, por trescientos noventa votos en pro y uno en contra. Pasan al Senado y al Ejecutivo, según corresponda, para los efectos constitucionales.

Suben a la tribuna, para presentar excitativas, los diputados:

Ricardo Francisco García Cervantes, del Partido Acción Nacional, a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en relación con la iniciativa con proyecto de Ley del Congreso de la Unión, presentada en la Comisión Permanente el día veintidós de agosto de dos mil uno. La Presidenta hace la excitativa correspondiente.

Desde su curul, el diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón solicita la palabra para rectificar hechos y como secretario de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y, por su parte, el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín hace observaciones respecto al trámite dado a las excitativas. La Presidenta hace aclaraciones y solicita al diputado Vaca Betancourt Bretón que si la comisión desea rendir un informe sobre la materia, lo inscriba en la agenda de la próxima sesión. El diputado Vaca Betancourt Bretón acepta la indicación de la Presidencia.

Auldarico Hernández Gerónimo, del Partido de la Revolución Democrática, a la Comisión de Energía, en relación con una proposición con punto de acuerdo para citar a comparecer a los directores de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro y de la Comisión Federal de Electricidad, presentada en la Comisión Permanente el día quince de agosto de dos mil uno. La Presidencia solicita a la Junta de Coordinación Política revisar el punto y, en su caso, instruir a la Presidencia, si lo considera pertinente, para hacer la excitativa respectiva.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

El diputado Ricardo Tarcisio Navarrete Montes de Oca, del Partido Acción Nacional, presenta una proposición con punto de acuerdo sobre política exterior.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

La Presidenta concede la palabra al diputado Héctor Sánchez López, del Partido de la Revolución Democrática, quien a nombre de la Comisión de Asuntos Indígenas, presenta una proposición con punto de acuerdo relativo a los programas gubernamentales de apoyo a los pueblos indígenas y solicita trámite de urgente y obvia resolución.

La Asamblea considera el asunto de urgente y obvia resolución, en votación económica.

A discusión el punto de acuerdo, suben a la tribuna para hablar en pro, los diputados: Vitalico Cándido Coheto Martínez, del Partido Revolucionario Institucional y Nelly Campos Quiroz, del Partido Acción Nacional.

Suficientemente discutido el punto de acuerdo, la Asamblea lo aprueba por unanimidad en votación económica. Comuníquese.

Se concede la palabra a la diputada Adela del Carmen Graniel Campos, del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una proposición con punto de acuerdo sobre la información de los fideicomisos de Banca Unión que se remitió a la Cámara de Diputados, en acatamiento a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Se refieren al mismo tema, los diputados: Jaime Cervantes Rivera, del Partido del Trabajo y Manuel Galán Jiménez, del Partido Revolucionario Institucional, y como presidente de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda.

Suben a la tribuna, para rectificar hechos, los diputados: Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones; José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón, del Partido Acción Nacional y Rosalinda López Hernández, del Partido de la Revolución Democrática.

Se turna la proposición a la Junta de Coordinación Política.

Continúan rectificando hechos, los diputados: Manuel Galán Jiménez, del Partido Revolucionario Institucional y Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Miguel Bortolini Castillo, del Partido de la Revolución Democrática, presenta proposición con punto de acuerdo sobre detenidos y desaparecidos en México.

La Presidenta concede la palabra, para rectificar hechos, a los diputados: Ramón León Morales, del Partido de la Revolución Democrática y Lucio Fernández González, del Partido Acción Nacional.

La Presidenta instruye a la Secretaría a dar lectura al artículo veintidós de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; hace suya la propuesta del diputado Miguel Bortolini Castillo e informa que la transmitirá a la Presidencia de la República.

El diputado Juan Carlos Regis Adame, del Partido del Trabajo, presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se exige a las autoridades del Gobierno Federal hagan el pago del cien por ciento de los recursos del Programa de Apoyos Directos al Campo, a los beneficiarios del mismo en las zonas temporaleras del país y solicita trámite de urgente y obvia resolución.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

La Asamblea, en votación económica, considera el asunto de urgente y obvia resolución.

Hablan en pro del punto de acuerdo, los diputados: José Carlos Luna Salas, del Partido Acción Nacional y Timoteo Martínez Pérez, del Partido Revolucionario Institucional.

Suficientemente discutido el punto de acuerdo, la Asamblea lo aprueba en votación económica.

La Presidencia concede la palabra al diputado Pedro Miguel Rosaldo Salazar, del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una proposición con punto de acuerdo sobre el impacto del Tratado de Libre Comercio de América del Norte en la venta de productos farmacéuticos al sector público. Se turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

Se refieren al tema los diputados: Ernesto Saro Boardman, del Partido Acción Nacional, quien propone adiciones al punto de acuerdo que se turnan a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial y María de las Nieves García Fernández, del Partido Revolucionario Institucional, quien solicita turnar la proposición también a la Comisión de Salud y, en su oportunidad, se envíe al Senado de la República para que dentro de sus competencias, determine lo conducente. La Presidenta atiende las solicitudes de la diputada García Fernández.

La Presidenta concede la palabra al diputado Jaime Salazar Silva, del Partido Acción Nacional, para presentar una proposición con punto de acuerdo sobre el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Suben a la tribuna, para rectificar hechos, los diputados: Víctor Roberto Infante González, del Partido Revolucionario Institucional; José Antonio Magallanes Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática y José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional.

La diputada Petra Santos Ortiz, del Partido de la Revolución Democrática, presenta proposición con punto de acuerdo sobre violaciones a los derechos humanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Se concede la palabra al diputado Oscar Ochoa Patrón, del Partido Acción Nacional, para presentar una proposición con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados solicite al Poder Ejecutivo Federal, la inclusión en los planes y programas de educación primaria, de una asignatura que fomente los valores universales y de desarrollo humano integral y trascendente. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Para rectificar hechos o para contestar alusiones personales, se concede la palabra a los diputados: Oscar Romeo Maldonado Domínguez, del Partido Acción Nacional; Elías Martínez Rufino, del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones; Oscar Ochoa Patrón, del Partido Acción Nacional; José Manuel Correa Ceseña, del Partido Revolucionario Institucional;

1472,1473,1474

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

Luis Alberto Villarreal García, del Partido Acción Nacional; Miguel Bortolini Castillo, del Partido de la Revolución Democrática, y Enrique Meléndez Pérez, del Partido Revolucionario Institucional.

La Presidencia informa que ha transcurrido el tiempo acordado para la duración de las sesiones y la Asamblea desecha, en votación económica, prorrogar la presente sesión.

La Presidenta levanta la sesión a las quince horas con treinta y cinco minutos, citando para la que tendrá lugar el próximo jueves dieciocho de octubre de dos mil uno, a las diez horas.»

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

El Diputado David Rodríguez Torres

(desde su curul):

Señor Secretario...

La Presidenta

Señor Secretario...

¿Sí, diputado?

Activen el sonido en la curul del diputado.

El Diputado David Rodríguez Torres (desde su curul):

Es para proponer, señora Presidenta, que el asunto de efemérides se pase al último en el orden del día. Considero yo que son más importante algunos otros asuntos...

La Presidenta

Señor diputado, lamento que su propuesta haya sido extemporánea. Yo pregunté si había alguna observación sobre el orden del día, no recibimos en ese momento ningún planteamiento y en ese sentido ya estamos en el proceso de votación del acta.

Diputado, lamentablemente, como le digo, su observación fue extemporánea. En caso de que los grupos parlamentarios decidan que el orden del día se altere, yo esperaría una propuesta de todos los grupos parlamentarios para cambiar el orden del día.

Continúe con el procedimiento en torno al acta, señor, Secretario.

El secretario Adrián Rivera Pérez:

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada el acta, señora Presidenta.

La Presidenta

Pasamos al capítulo de comunicaciones.

Proceda la Secretaría a dar cuenta con la invitación del Congreso del Estado de Michoacán.

ESTADO DE MICHOACAN

El secretario Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo.— Morelia.

Ciudadana diputada Beatriz Paredes Rangel, presidenta de la mesa directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.—

Presente.

Los integrantes de la LXVIII Legislatura del honorable Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, nos permitimos invitar a usted a la sesión solemne que se llevará a cabo el día 22 del presente mes, a las 10:00 horas, en el auditorio de la escuela preparatoria Adolfo Chávez de la ciudad de Aptzingán, Michoacán, para conmemorar el CLXXXVII aniversario de la expedición de la Constitución de 1814.

Esperando vernos honrados con su presencia, le reiteramos nuestra consideración distinguida.

Atentamente.

Morelia, Michoacán, a 9 de octubre de 2001.— La Gran Comisión del honorable Congreso del Estado.— Diputados: Salvador Castillo Núñez, Salvador Hernández Mora, José Luis Espinosa Piña, Ildefonso Estrada Jacobo y profesor Enrique Juárez Trejo.»

La Presidenta

Para asistir en representación de esta Cámara, se designa a la siguiente comisión de diputados: Agustín Trujillo Iñiguez, Ramón Ponce Contreras, Cuauhtémoc Montero Esquivel y Julieta Prieto Fuhrken.

ESTADO DE JALISCO

El secretario Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Gobierno de Jalisco.— Poder Legislativo.— Secretaría del Congreso.

Cámara de Diputados al honorable Congreso de la Unión.— México, D.F.

La LVI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Jalisco, en sesión de fecha 20 de los corrientes, aprobó el acuerdo económico número 239/01 del que le anexo copia, para los efectos legales procedentes, mediante el cual se acordó girar a esa alta representación popular atento oficio para comunicarles el interés de esta legislatura para que el proyecto de norma oficial denominada "Leche de Vaca: denominación, especificaciones, información comercial y métodos de prueba", elaborada por el Consejo de Fomento de la Calidad de las Leches y sus Derivados, AC, sea tomada en cuenta por los secretarios de Economía y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de cualquier otra instancia involucrada, para que se elabore la norma oficial mexicana respectiva.

Lo que hago de su conocimiento en vía de notificación personal y por instrucciones de la directiva de esta honorable soberanía.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Guadalajara, Jalisco, 21 de septiembre de 2001.— Leonardo García Camarena, oficial mayor.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Gobierno de Jalisco.— Poder Legislativo.— Secretaría del Congreso.

Señores diputados: los que suscribimos, diputados José Trinidad Muñoz Pérez, Ramón González González y Ricardo Rodríguez Oropeza, haciendo uso de la facultad contenida en el artículo 28 fracción I, de la Constitución Política, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85, 88 y 90 tercer párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambos ordenamientos de esta entidad federativa, sometemos a la consideración del honorable Congreso del Estado, iniciativa de acuerdo económico, misma que presentamos con base en los siguientes

CONSIDERANDOS

I. Dentro de los productos básicos para una alimentación adecuada encaminada a la niñez y a los adultos pertenecientes a la tercera edad, se encuentra la leche de vaca, la cual, por su alto contenido nutricional, es un alimento indispensable para el desarrollo de la población. La característica anterior realza la importancia de contar con una adecuada legislación de este producto, de manera que los consumidores estén ciertos de que lo que están adquiriendo reúne la calidad y características requeridas para garantizar que su consumo no cause daño a la salud y que provea de las proteínas, vitaminas y minerales propios de su contenido, sin que hayan sido modificadas a través de los procesos de industrialización, tanto en su calidad como en su cantidad.

II. La falta de disposiciones claras y congruentes con la realidad del sector lechero de nuestro país ha propiciado situaciones en que el principal afectado es el consumidor, que recibe en muchas de las ocasiones un producto adulterado, de mala calidad y con elementos que no corresponden a la naturaleza de la leche de vaca entera. De la misma manera, el vacío existente en la normativa en vigor ocasiona prácticas de competencia desleal entre los recolectores, industrializadores y los encargados de la comercialización de la leche, circunstancias en que de nueva cuenta la población demandante de este producto es la más afectada, al recibir leche de baja calidad y a un costo superior por su bajo contenido lácteo.

III. Tomando en cuenta lo anterior, el Consejo para el Fomento de la Calidad de la Leche y sus Derivados, organismo cuya principal función es promover, verificar y certificar la calidad de la leche, se dio a la tarea de convocar a los productores, académicos y autoridades competentes involucradas en el sector lechero, a fin de elaborar un proyecto de norma oficial que contemple todos los aspectos del proceso por el que tiene que pasar la leche, para llegar hasta el consumidor final, a saber: producción, recolección, transporte, conservación, transformación, comercialización y distribución. Asimismo, la norma en comento establece con claridad las especificaciones físico-químicas que debe reunir la leche de vaca cruda o bronca, lo que ayudará a evitar que la industria adicione ingredientes ajenos al contenido de la leche, incluyendo además los métodos de prueba que permitan evaluar la pureza del producto.

Este proyecto señala también la competencia de autoridades como la Secretaría de Salud, la de Economía, la de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como de la Procuraduría Federal del Consumidor, de tal manera que no se dupliquen funciones y puedan cumplir de manera más eficiente las tareas de normalización, regulación y supervisión que les corresponden.

Es importante recalcar que la norma citada es el resultado de la experiencia de los implicados en el tema, lo que augura que la misma será acorde a las necesidades actuales del sector lechero.

IV. Nosotros, como legisladores y representantes de la zona de Los Altos de Jalisco, principal región productora de leche de vaca en nuestro Estado, hemos participado en innumerables reuniones de trabajo con los productores y representantes de la cadena productiva, en las cuales hemos recibido las inquietudes de este sector, donde se manifiesta la necesidad de la creación de una norma que represente los intereses en especial del sector productivo, además de la revisión, actualización y cumplimiento de las normas vigentes, con el propósito de dar solución a los problemas ya señalados.

Sabemos que este reclamo no sólo está restringido a Jalisco, sino que es eco de un fenómeno que sucede en los demás estados productores lecheros. Es por ello que consideramos que el proyecto de norma oficial mexicana denominada "Leche de Vaca: denominación, especificaciones, información comercial y métodos de prueba", constituye una propuesta más acorde a la realidad y a estos reclamos plenamente justificados del sector ganadero y proporciona los elementos suficientes para una regulación eficaz de la calidad de la leche y de las etapas que intervienen en su producción, donde el beneficiado será la población consumidora de la misma.

Creemos conveniente que las instancias federales que tienen injerencia en la elaboración de las normas oficiales para este producto, tomen en cuenta este proyecto, con el propósito de tener una reglamentación que se encuentre a la vanguardia en todo el país, que incluya en un solo cuerpo todos los aspectos concernientes a la normalización, calidad, regulación de la leche y que cumpla con las expectativas de los involucrados en este sector.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente iniciativa de

ACUERDO ECONOMICO

Primero. Gírese atento oficio al honorable Congreso de la Unión y al Ejecutivo Federal, mediante el cual se les comunique el interés de este honorable Congreso para que el proyecto de norma oficial denominada "Leche de Vaca: denominación, especificaciones, información comercial y métodos de prueba", elaborado por el Consejo para el Fomento de la Calidad de la Leche y sus Derivados, AC, sea tomado en cuenta por la Secretaría de Economía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de cualquier otra instancia involucrada, a efecto de elaborar la norma oficial mexicana respectiva.

Segundo. Gírese atento oficio a las legislaturas de las entidades federativas, mediante el cual se les comunique el contenido del presente acuerdo, a efecto de que si lo consideran conveniente, se sumen y enriquezcan la solicitud señalada en el mismo.

Atentamente.

Guadalajara, Jalisco, a 20 de septiembre de 2001.— Diputados: José Trinidad Muñoz Pérez, Ramón González González y Ricardo Rodríguez Oropeza.

La Presidenta

Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

El secretario Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Gobierno de Jalisco.— Poder Legislativo.— Secretaría del Congreso.

Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— México, D.F.

El honorable Congreso del Estado, en sesión de fecha 25 de los corrientes, aprobó el acuerdo económico número 255/01, del que le anexo copia para los efectos legales procedentes, mediante el cual se acordó girar a esa alta representación popular, atento oficio para que, por su conducto, el acuerdo de referencia sea turnado a las comisiones de Comunicaciones, y a la de Transportes de esa alta soberanía, en el que se les manifiesta por parte de esta legislatura, la insatisfacción general de los usuarios del aeropuerto internacional Miguel Hidalgo, en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, con relación al seguimiento y cumplimiento que no se ha dado a la Ley de Aeropuertos, de fecha 22 de diciembre de 1995.

1475,1476,1477

Con tal motivo solicitamos a esa soberanía nacional, por conducto de las comunicaciones antes citadas, que las acciones que tomen al respecto, tengan a bien informarlas a esta legislatura jalisciense, a fin de hacerlas del conocimiento de la ciudadanía en general.

Por instrucciones de la directiva de esta honorable soberanía jalisciense, hago de su conocimiento lo anterior en vía de notificación personal y para los efectos legales procedentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Guadalajara, Jalisco, 26 de septiembre de 2001.— Leonardo García Camarena, oficial mayor.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Gobierno de Jalisco.— Poder Legislativo.— Secretaría del Congreso.

Ciudadanos diputados: el suscrito diputado Salvador Sánchez Guerrero, presidente de la Comisión de Comunicaciones y Transportes de la LVI Legislatura del honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 28 fracción I de la Constitución Política, y 85, 88, 93, 94, 96 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambos ordenamientos del Estado de Jalisco, someto a la consideración de la Asamblea la siguiente iniciativa de acuerdo económico con base en los siguientes

CONSIDERANDOS

I. Que la Constitución Política del Estado de Jalisco establece en el artículo 28 fracción I: que la facultad de presentar iniciativas de leyes y decretos, corresponde a los diputados; asimismo, el artículo 85 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo señala que dichas iniciativas podrán ser de ley, de decreto o de acuerdo económico.

II. Que de conformidad con lo que establece la Ley de Aeropuertos publicada el 22 de diciembre de 1995 en el Diario Oficial de la Federación, introduce un nuevo marco regulatorio que permite la participación de la inversión privada en el sistema aeroportuario mexicano; asimismo, el 9 de febrero de 1998, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó en el referido diario, los lineamientos generales para la apertura a la inversión en el sistema aeroportuario mexicano, previendo estos lineamientos la conformación de cuatro grupos aeroportuarios regionales, entre los que se encuentra el Grupo Pacífico integrado por los aeropuertos de Guadalajara, Puerto Vallarta, Tijuana, San José del Cabo, Morelia, Hermosillo, La Paz, Bajío, Aguascalientes, Los Mochis, Mexicali y Manzanillo.

III. Que la primera fase del programa de inversiones del Grupo Aeroportuario del Pacífico para el presente año comprendió la remodelación de 984 asientos en las salas de última espera, la remoción de 30 sanitarios, la rehabilitación de 120 mostradores y la implementación de tecnología aplicable en aeropuertos europeos mediante un software desarrollado por la empresa de aeronáutica española Aena; sin embargo, los trabajos de remodelación en el aeropuerto Miguel Hidalgo de Guadalajara, han presentado un rezago de varios meses, ya que los mismos debieron haber concluido en marzo del presente año, a lo cual el director operativo del Grupo Aeroportuario del Pacífico ha otorgado un nuevo plazo para comenzar las obras en el mes de noviembre.

IV. Que de acuerdo con los aproximadamente 17 mil pasajeros que utilizan diariamente dicho aeropuerto, las incomodidades han ido en aumento, ya que no se cuenta con monitores que informen sobre el estado de los vuelos, los asientos que se prometieron instalar no han sido instalados, teniendo que esperar los usuarios de pie, asimismo, las instalaciones sanitarias continúan siendo deficientes y por demás obsoletas, creando un gran descontento y molestia entre los pasajeros y acompañantes.

Por las razones antes expuestas, someto a la elevada consideración de este Congreso, el siguiente

ACUERDO ECONOMICO

Primero. Gírese atento oficio al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de la Administración Pública Federal, a efecto de manifestarle, por parte de este honorable Congreso del Estado, la insatisfacción general de los usuarios con relación al buen servicio que debe brindar el aeropuerto internacional "Miguel Hidalgo" de Guadalajara y al incumplimiento en los términos y plazos propuestos para llevar a cabo la remodelación de dicho aeropuerto.

Segundo. Gírese atento oficio a las comisiones de Comunicaciones y Transportes del honorable Congreso de la Unión, a efecto de manifestarles, por parte de este honorable Congreso del Estado, la insatisfacción general de los usuarios con relación al seguimiento y cumplimiento que se ha dado a la Ley de Aeropuertos publicada el 22 de diciembre de 1995 en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.

Guadalajara, Jalisco, a 25 de septiembre de 2001.— Diputados: Salvador Sánchez Guerrero, presidente de la Comisión de Comunicaciones y Transportes de la LVI Legislatura del honorable Congreso del Estado; Felipe de Jesús Pulido García, Fernando Ruiz Castellanos, Agapito Isaac López y Jesús Gaytán González.»

La Presidenta

Túrnese a la Comisión de Comunicaciones.

ESTADO DE MORELOS

El secretario Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo.— Poder Legislativo.— XLVIII Legislatura.— 2000-2003.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10 del Reglamento Interior del Congreso del Estado de Morelos, tengo el honor de informar a ustedes que en la sesión ordinaria celebrada el día viernes 28 de septiembre del año en curso fueron electos los diputados: Diana Aurea Recio de Ramos y Nicolás Edmundo Venosa Peña, como presidenta y vicepresidente de la mesa directiva de este Congreso, respectivamente, por el mes de octubre del año en curso correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio constitucional.

Reitero a ustedes la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Cuernavaca, Morelos, a 1o. de octubre de 2001.— El oficial mayor del Congreso del Estado de Morelos, Armando Ramírez Saldívar.»

La Presidenta

De enterado.

COMISIONES LEGISLATIVAS

El secretario Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, presidenta de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.—Presente.

Con fundamento en el artículo 34 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador de Relaciones Internas del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted:

Que el diputado Jaime Salazar Silva, sale de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, D.F., a 17 de octubre de 2001.— Diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presidente.»

De enterado.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, presidenta de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador de Relaciones Internas del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted:

Que el diputado Manuel de Jesús Espino Barrientos sustituya al diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, como integrante en la Comisión de Energía.

Que el diputado Jaime Salazar Silva sustituya al diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, como integrante en la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Que el diputado Abelardo Escobar Prieto sustituya al diputado Alonso Ulloa Vélez, como integrante en la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, D.F., a 17 de octubre de 2001.— Diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presidente.»

De enterado.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, presidenta de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador de Relaciones Internas del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted:

Que el diputado José Ramón Mantilla y González de la Llave sustituya al diputado Juan Ignacio García Zalvidea, como integrante en la Comisión de Turismo.

Que el diputado Rafael Orozco Martínez sustituya al diputado Juan Ignacio García Zalvidea, como integrante en la Comisión de Pesca.

Que el diputado Moisés Alcalde Virgen sustituya al diputado Juan Ignacio García Zalvidea, como integrante en la Comisión de Transporte.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, D.F., a 18 de octubre de 2001.— Diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presidente.»

De enterado.

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

El secretario Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Informe de la presidenta de la Cámara de Diputados, Beatriz Paredes, con motivo de la visita de Estado del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, a Estados Unidos de América, del 4 al 7 de septiembre de 2001.

INDICE

Informe de la presidenta de la Cámara de Diputados, Beatriz Paredes, con motivo de la visita de Estado del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, a Estados Unidos de América ,del 4 al 7 de septiembre de 2001.

Versión estenográfica de las palabras del presidente Vicente Fox Quesada, al agradecer la bienvenida que le dio el excelentísimo George W. Bush, presidente de Estados Unidos de América, en los jardínes de la Casa Blanca. 5 de septiembre 2001.

Versión estenográfica de los mensajes de los presidentes George W. Bush y Vicente Fox Quesada, al término de la reunión ampliada de la Comisión Binacional México-Estados Unidos. 5 de septiembre 2001.

Versión estenográfica de las palabras del presidente Vicente Fox Quesada, durante el almuerzo que en su honor y en el de su esposa, señora Marta Sahagún de Fox, le ofrecieron el señor Colin L. Powell, secretario de Estado de Estados Unidos de América y su esposa Alma Vivian Powell. 5 de septiembre.

Versión estenográfica de las palabras del presidente Vicente Fox Quesada, durante la ceremonia en la que recibió el Premio de la National Endowment for Democracy (NED) en el Cannon Caucus Room del Capitolio. 5 de septiembre.

Versión estenográfica de las palabras del presidente Vicente Fox Quesada, durante la cena de Estado que les ofrecieron a él y a su esposa, señora Marta Sahagún de Fox, el presidente de los Estados Unidos de América, señor George W. Bush y su esposa Laura Welch de Bush. Casa Blanca. 5 de septiembre.

Versión estenográfica de las palabras del presidente Vicente Fox Quesada, durante el encuentro con el doctor Enrique Iglesias, presidente del Banco Interamericano de Desarrollo. 6 de septiembre.

Versión estenográfica de las palabras del presidente Vicente Fox Quesada, durante su participación en la sesión especial del Congreso de Estados Unidos de América. 6 de septiembre.

1478,1479,1480

Versión estenográfica de la conferencia de prensa que ofrecieron a los medios de comunicación, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fóx Quesada, y el señor George W. Bush, presidente de Estados Unidos de América. 6 de septiembre.

Versión estenográfica de las palabras del presidente Vicente Fox Quesada, durante el encuentro con la comunidad y líderes hispanos. 6 de septiembre

Versión estenográfica de las palabras del presidente Vicente Fox Quesada, durante la sesión del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos. 7 de septiembre.

Versión estenográfica de las palabras del presidente Vicente Fox Quesada durante el almuerzo que ofrecieron los Centros de Estudios Académicos. 7 de septiembre.»

«Informe de la presidenta de la Cámara de Diputados, Beatriz Paredes, con motivo de la visita de Estado del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, a Estados Unidos de América, del 4 al 7 de septiembre de 2001.

Honorable Asamblea: invitada en mi calidad de Presidenta de la Cámara de Diputados y como informé oportunamente en la sesión del 4 de septiembre del 2001, asistí a algunos de los eventos de la gira del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, con motivo de la visita de Estado que realizó a Estados Unidos de América, los días 4, 5, 6 y 7 de septiembre del 2001.

Con Estados Unidos de América, México comparte una extensa frontera y el país realiza más del 80% de sus intercambios comerciales con ellos. Millones de compatriotas han ido del otro lado del río Bravo en busca de mejor futuro para sus familias; muchos de ellos decidieron quedarse allá y hoy buscan los mecanismos para regularizar su situación migratoria. Es pues la relación bilateral México-Estados Unidos una de las más intensas —si no es que la más intensa—, que se conozca en el mundo. Por ello, los asuntos que en el marco de la visita de Estado se trataron son de la mayor importancia para el país.

Las visitas de trabajo parlamentarias contribuyen al fortalecimiento de las relaciones internacionales de México; fue de mi convicción política el que era pertinente la presencia de la Presidencia de la Cámara de Diputados en esta gira, habida cuenta de que era de mi conocimiento se iba a tratar el tema migratorio y dado el interés de los legisladores de diversas fracciones de la Cámara, de que exista un trato justo, respetuoso de los derechos humanos y de formalización de oportunidades para los trabajadores migratorios mexicanos.

Cabe destacar que durante la visita se firmaron los documentos que amparan dos préstamos del Banco Interamericano de Desarrollo para el Proyecto de Apoyo a Pequeños Agricultores a través del Procampo y el Programa de Financiamiento a la Vivienda, por 500 y 505 millones de dólares, respectivamente.

La Presidenta de la Cámara asistió exclusivamente a los siguientes eventos:

• Cena de Estado. 5 de septiembre del 2001.

• Acto formal en la sede del Banco Interamericano de Desarrollo. 6 de septiembre del 2001.

• Sesión especial del Congreso de Estados Unidos de América. 6 de septiembre del 2001.

• Reunión en la sede de la Organización de Estados Americanos (OEA) 7 de septiembre de 2001.

• Almuerzo que ofrecen los Centros de Estudios "Think Tanks", al presidente Vicente Fox Quesada. 7 de septiembre de 2001.

Con objeto de que esta Cámara tenga una visión de los alcances de la gira del presidente Fox Quesada, anexo al presente las intervenciones públicas que consideré más relevantes y que me fue posible obtener, tanto las que se pronunciaron en eventos en los que estuve presente, como en otros eventos a los que no asistí personalmente.

Atentamente.

México, D.F., a 18 de octubre de 2001.— Diputada Beatriz Elena Paredes Rangel, presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.»

«Palabras del presidente Vicente Fox Quesada, durante la bienvenida que le dio el Excelentísimo señor George W. Bush.

Washington, D.C., 5 de septiembre de 2001.

Versión estenográfica de las palabras del Presidente Vicente Fox Quesada al agradecer la bienvenida que esta mañana le dio el Excelentísimo señor George W. Bush, Presidente de los Estados Unidos de América, en los jardínes de la Casa Blanca, en esta ciudad.

Señor presidente George Bush; señora Laura Welch de Bush; señoras y señores; amigas y amigos:

Quiero expresar mi más sincero agradecimiento por esta cálida recepción y presentar a usted —señor Presidente— y al pueblo de los Estados Unidos, el saludo fraterno, cariñoso y solidario del pueblo de México. Es un gran honor para mí encontrarme de nuevo en esta gran nación y tener el privilegio de disfrutar de su hospitalidad.

Llego hoy a Washington como Presidente de un México democrático, de un México resuelto a transformarse en una Nación próspera, segura, abierta al mundo; una Nación pujante y dinámica que busca no sólo estrechar sus lazos de amistad con los demás países, sino que también está resuelta a jugar un papel más activo en la conformación de la nueva arquitectura internacional.

Con toda convicción he dicho, en varias ocasiones, que nuestras dos naciones viven actualmente una era única en la historia de nuestras relaciones: una era plena de retos —que debemos enfrentar unidos— y de oportunidades que podemos aprovechar juntos, pues sólo de esta manera seremos capaces de hacer realidad esa zona de prosperidad compartida que México y Estados Unidos están construyendo, junto con Canadá, en toda América del Norte.

Tenemos un comercio intenso. Hoy México compra a Estados Unidos más productos y servicios que España, Alemania, Francia e Italia juntos.

Compartimos la frontera más dinámica del mundo, los contactos entre las ciudades y los estados fronterizos son crecientes y diversos y nuestras sociedades mantienen vínculos cada vez más estrechos y amistosos.

Queremos partir de todo ello para afianzar nuestros vínculos económicos, dando solución duradera y mutuamente beneficiosa a los desafíos que de manera natural sobrevienen en una relación tan compleja y dinámica como la nuestra.

Queremos consolidar nuestro intercambio cultural y educativo, conscientes de la riqueza de nuestras tradiciones, dando especial importancia al intercambio científico, tecnológico e informático.

Por supuesto también deseamos fortalecer en todos sentidos nuestra cooperación y tarea en el combate al narcotráfico y al crimen organizado.

Queremos continuar avanzando hacia el establecimiento de un acuerdo migratorio que nos beneficie mutuamente, que reconozca antes que nada el valor de los migrantes como personas y como trabajadores, cuya ardua labor contribuye cotidianamente a la prosperidad de esta gran nación.

Ha llegado la hora de dar a los migrantes y a sus comunidades el lugar que les corresponde en la historia de nuestras relaciones bilaterales. Ambos países les debemos mucho.

Ambos podemos construir, trabajando juntos, nuevas condiciones de equidad para ellos, así como de desarrollo y prosperidad para nuestras dos naciones.

Por ello debemos y podemos llegar a un acuerdo migratorio antes de fin de este mismo año, que nos permita antes de que terminen nuestros mandatos, que no haya para entonces mexicanos indocumentados en Estados Unidos, y que aquellos mexicanos que ingresen a este gran país lo hagan con papeles.

Señor Presidente: los valores que compartimos y los intereses que nos vinculan, deben reafirmar nuestro empeño por hacer de la relación entre México y Estados Unidos, un ejemplo de prosperidad y entendimiento.

Y esto sólo será posible si estamos dispuestos a fortalecer la confianza entre nuestras naciones, pues sólo mediante la confianza, podremos alcanzar las metas que nos hemos trazado.

Defendamos juntos los valores de la democracia y del respeto a los derechos humanos en nuestra región y en el mundo, entendamos el libre comercio como motor del crecimiento económico y fuente de un mejor nivel de vida para nuestras poblaciones, concibamos el desarrollo con justicia como una forma incluyente de prosperidad, hagamos del derecho y del respeto a la ley el marco indispensable del que depende la libertad y la seguridad de nuestros ciudadanos.

Avancemos juntos por la senda de la prosperidad con paso seguro y firme, como socios, como amigos, recordando aquella sentencia de Benjamin Franklin: "Un hermano puede no ser un amigo, pero un amigo será siempre un hermano".

Señor Presidente, amigo mío: usted me hizo el honor de visitarme en mi casa, en México; hoy me siento muy honrado de ser recibido aquí, en la Casa Blanca.

Muchas gracias.»

«Mensajes al término de la Reunión Ampliada de la Comisión Binacional, México-Estados Unidos.

Washington, D.C., 5 de septiembre de 2001.

Versión estenográfíca de los mensajes de los Presidentes George W. Bush y Vicente Fox Quesada, al término de la Reunión Ampliada de la Comisión Binacional México-Estados Unidos, realizada en el Salón del Gabinete de la Casa Blanca, en esta ciudad.

(Interpretación del inglés al español.)

Presidente George W. Bush: "Señor Presidente, primero quiero presentarle a muchos de los miembros de la prensa: buenos americanos.

Hemos tenido una reunión extraordinaria. No solamente nos reunimos el Presidente y yo en la Oficina Oval para continuar hablando sobre asuntos sumamente importantes relacionados con nuestros dos países, sino que también tuvimos una Junta conjunta de Gabinete.

Pienso que ésta es la primera sesión conjunta entre el Gobierno Mexicano y el gobierno de Estados Unidos, o entre los gobiernos de cualquier país. En ella, hemos recibido informes de nuestros respectivos Gabinetes sobre cuestiones de la delincuencia, la energía, asuntos del agua, la migración, así como sobre política exterior dentro de la región.

Me he dado cuenta de que el espíritu de cooperación nunca ha sido más fuerte, pues no sólo el Presidente y yo nos consideramos amigos, sino que nuestros funcionarios de Gabinete ahora se conocen a nivel personal y el diálogo también es sumamente importante.

Nuestra relación con México es una relación increíblemente importante. Se trata de una relación donde hay mucha oportunidad, así como también muchos problemas y, para resolverlos y poder aprovechar estas oportunidades, es importante tener discusiones a todos niveles entre ambos Gobiernos. Esto es lo que hemos estado haciendo.

Presidente: me da mucho gusto que usted esté aquí, ésta es la primera Visita de Estado que tengo desde que soy Presidente. No puedo imaginarme de una mejor visita ni de una mejor forma de culminar esta mañana, que teniendo deliberaciones entre el muy hábil equipo que usted ha organizado y el hábil equipo que yo he organizado.

Muchas gracias.

Presidente Vicente Fox: Pienso que hay muchas expectativas de esta visita de Estado a Estados Unidos.

Nos sentimos muy complacidos y honrados de poder estar aquí, especialmente para poder presenciar los esfuerzos, la cantidad de trabajos y de logros que hemos tenido desde que usted estuvo en México.

Como se mencionó aquí, el ambiente es el correcto. Es un ambiente de profesionalismo, es un ambiente de discusiones francas y abiertas, es un ambiente de productividad el que tenemos aquí hoy.

Se mencionó que hoy tenemos un contacto cotidiano entre casi todos los equipos de trabajo que están haciendo el trabajo tras bambalinas, por así decirlo.

Me siento sumamente satisfecho por todo lo que hemos estado escuchando hoy sobre el trabajo que se ha estado haciendo en los últimos seis meses. Esto implica obviamente muchísimo avance y claramente un avance en la filosofía de confianza que ahora estamos consolidando y que está en todo el proceso y constituye también los cimientos para las acciones, las deliberaciones, las discusiones, las conclusiones y decisiones que se están tomando durante todo este proceso.

1481,1482,1483

Por lo tanto, hoy reafirmamos que esta amistad, esta fuerte relación construida entre México y Estados Unidos, ahora está llegando a ser muy productiva y sabemos que seguirá siendo así en cada uno de los temas que hemos discutido.

Muchas gracias, gracias a todos.

Presidente Vicente Fox: (Habló en español) Sólo comentar —En español, para la prensa mexicana— que hoy es un día de gran satisfacción por lo que vemos que se está construyendo y avanzando en esta relación entre Estados Unidos y México y entre sus respectivos equipos de Gobierno, hay mucho trabajo detrás que se ha realizado en los últimos seis meses. Hay un ambiente totalmente constructivo, profesional y serio para avanzar en esta relación.

Se ha mencionado aquí, inclusive, que ya se dan los contactos diariamente sobre las distintas materias entre las contrapartes en cualquiera de los temas. Así es que esto es un trabajo de equipo que avanza y que ya está dando frutos y resultados a estas alturas.

Yo hago votos porque sigan estas mismas condiciones en el resto del proceso que nos falta, en los muchos retos que tenemos por enfrente. Pero si éstos los enfrentamos a partir de confianza mutua y los enfrentamos con trabajo serio y profesional, iremos avanzando y entregando resultados a nuestros ciudadanos en ambos países, en las próximas semanas, meses y años.

Gracias.»

«Palabras de Vicente Fox, durante el almuerzo que en su honor y en el de su esposa, ofreció Colin L. Powell, Secretario de Estado de los Estados Unidos de América.

Washington, D.C., 5 de septiembre de 2001.

Versión estenográfica de las palabras del Presidente Vicente Fox Quesada durante el almuerzo que en su honor y en el de su esposa, señora Marta Sahagún de Fox, hoy les ofrecieron el señor Colin L. Powell, Secretario de Estado de los Estados Unidos de América y su esposa Alma Vivian Powell, en el salón "Benjamín Franklin", del Departamento de Estado, en esta ciudad.

Seremos breves, pero a la vez obligados a brindar junto con todos ustedes por las muchas cosas buenas que están ocurriendo.

Parece que fue ayer, hace sólo nueve meses que nos reunimos en el Rancho San Cristóbal, en Guanajuato, México, el Presidente Bush, su servidor, ambos con nuestros respectivos equipos de trabajo.

Dos administraciones nuevas en nuestros respectivos países, que hemos tenido que hacer nuestro gran esfuerzo para instalarnos en el Gobierno, para mantener activo y dinámico el Gobierno, para transitar en los cambios hacia el siglo XXI y hacia el futuro.

Y nos hemos dado tiempo para algo muy importante, muy estratégico, que es la relación entre los Estados Unidos y México y que es la visión estratégica de fortalecer al territorio de Norteamérica en esta asociación para el progreso y la prosperidad que hemos definido como el Driving Force, como la fuerza conductora de nuestra relación.

El ambiente y la confianza están en su más alto nivel, en la relación no sólo de país a país, no sólo de Presidente a Presidente, sino de equipo profesional de trabajo a equipo profesional de trabajo.

Los frutos ya están a la vista, pero además los frutos vendrán con mayor abundancia por lo que se está sembrando día con día. La relación es diaria, la relación es profunda, la relación es productiva.

Pero aquí vengo a hacer un reconocimiento personal, presidencial, y a nombre de todo México, al liderazgo del Secretario de Estado Colin Powell. Sin su energía, sin su visión, sin su dedicación, sin su pasión, no estarían sucediendo las cosas que están sucediendo, cosas muy especiales en esta relación.

Si el tema es migración, con quién mejor platicar, escuchar, comprometer el avance de este tema, que con un hijo de migrantes a este país.

Brindo por esta alianza, este compromiso por la prosperidad de nuestros pueblos, de nuestros países. Sé que este ejemplo no sólo servirá para que ambos países tengan éxito, sino que este ejemplo servirá para que esta fuerza humanista, esta fuerza de pasión y compromiso mueva también a otros países en el mundo hacia un futuro mejor en este siglo XXI.

Brindo por todos ustedes, brindo por Estados Unidos, brindo por México y que Dios los bendiga.»

«El Presidente Vicente Fox recibió el Premio National Endowment for Democracy.

Washington, D.C., 5 de septiembre de 2001.

Versión estenográfica de las palabras del Presidente Vicente Fox Quesada, durante la ceremonia en la que recibió el Premio de la National Endowment for Democracy (NED) en el Cannon Caucus Room del Capitolio, en esta ciudad.

Agradezco a la Fundación Nacional por la Democracia este honor inmerecido.

Para mí, este Premio es un tributo para el pueblo mexicano y no para el que lo recibe. El crédito por la transición pacífica de México hacia un régimen genuinamente democrático, que este Premio honra, solamente pertenece a los ciudadanos de México.

La democracia nace en la gente, la democracia le pertenece a la gente, la democracia empodera a la gente. Sin embargo, no sería justo si no reconociese que esa transición pacífica fue posible y ocurrió debido a la conducta democrática del Partido Revolucionario Institucional y su Presidente el 2 de julio, el Presidente Ernesto Zedillo.

Durante una gran parte de la historia como Nación independiente, México ha luchado para convertirse en una República estable y próspera, con base en principios democráticos y el Estado de Derecho. Esta meta fue difícil de lograr.

Durante el siglo XIX, muchas décadas se perdieron como resultado de disturbios civiles y políticos dentro del país. Debido a la incapacidad de gobiernos sucesivos de traer el orden y la civilidad al país, el progreso económico y aún la seguridad de México siguieron siendo frágiles y hemos pagado muy alto por esa situación.

Luego llegó una muy larga y dura dictadura que duró más de tres décadas, que promovió el progreso económico de México a expensas de su pueblo.

A este régimen autoritario solamente se le puso fin por la fuerza de las armas durante la Revolución Mexicana. De las cenizas de ese movimiento surgió una nueva clase política que buscó cambiar el destino de México, basándose en los ideales y reglas de un gobierno democrático.

Durante 70 años, un partido único fue el que ganaba, por cualquier medio, todas las elecciones presidenciales. La mayoría abrumadora de los escaños en ambas Cámaras del Congreso y casi todas las elecciones estatales y locales también eran ganadas por ese gobierno y por ese partido.

Y aunque yo no quisiera negar el progreso socio-económico que México logró durante esos años, el hecho es que la pobreza y la desigualdad se diseminaron, la injusticia y la corrupción se diseminaron y socavaron las raíces de nuestra sociedad.

Las elecciones del 2 de julio del año 2000 marcaron el fin de esa era y la transición de un régimen unipartidista hacia una forma democrática de Gobierno que depende de los pesos y contrapesos entre los diferentes Poderes del Gobierno, así como de elecciones libres y justas.

La nueva democracia mexicana fue un esfuerzo colectivo, no fue un logro individual. Se construyó a través de muchos años y por un sinnúmero de personas.

Sin duda alguna los partidos políticos tuvieron el papel principal en este proceso, pero también lo tuvieron los miembros de organizaciones no gubernamentáles, así como muchos otros individuos comprometidos con los ideales democráticos.

Los medios masivos de comunicación también fueron cruciales en la defensa de las libertades civiles y en la promoción de valores democráticos.

Y aún algunos miembros de administraciones anteriores, tuvieron una parte importante en el desarrollo de un nuevo sistema electoral que garantizase la justicia para todos.

Pero el crédito mayor debe ser para el pueblo de México, que en julio del año pasado, de forma tranquila, pacífica y entusiasta, abrazó una nueva visión en relación con la vida política de nuestro país.

Sin embargo, a pesar de su importancia, estas elecciones son solamente el primer paso en el proceso de fortalecer nuestras instituciones democráticas. La democracia mexicana es —a la vez— un logro, así como una meta de día a día para nuestra sociedad en general.

Ahora se requiere que no solamente profundicemos los valores que son parte integral de la democracia, sino que también promovamos una forma de desarrollo económico que sirva y beneficie a todos.

La pobreza, la distribución desigual del ingreso y la corrupción son una amenaza contra la democracia. Por tanto, el cambio político se debe traducir en progreso económico tangible, en Estado de Derecho, así como en capital humano.

Mi Gobierno está totalmente consciente de sus responsabilidades sociales y buscará cumplirlas dentro del marco de una gestión económica responsable.

Estamos trabajando para liquidar la corrupción y la impunidad en todo México, estamos conscientes del costo tremendo que estos males han tenido para nuestro país y dedicaremos todo el esfuerzo necesario para erradicarlos.

También deseamos crear las condiciones económicas correctas, con un enfoque humano en este modelo económico para que todo hombre, toda mujer y todo niño en México tenga una oportunidad de desarrollarse plenamente, para desarrollar sus capacidades y habilidades de escoger.

Señoras y señores; amigas, amigos: me siento muy agradecido por este honor que he aceptado a nombre del pueblo de México, una Nación que ha escogido la vía del gobierno democrático. Este es un logro que vale la pena celebrar.

Pero sólo cuando los valores y los beneficios del

Gobierno democrático hayan llegado a cada rincón de nuestro país, a cada persona y a cada familia, estaremos satisfechos de que la tarea se haya logrado adecuadamente.

No puede ser posible lograr este fin dentro de la vida de una sola administración. Sin embargo, se trata de una causa de satisfacción personal, así como de orgullo nacional el hecho de que nos hayamos embarcado en esta extraordinaria travesía.

Muchas gracias a todos por su presencia, muchas gracias a todas las personas, a las familias y ciudadanos de México puesto que ahora, en este principio de siglo, hemos entrado en el siglo XXI con el pie correcto y no tenemos duda alguna de que México escribirá la historia de éxito y de que México será un ganador exitoso en este siglo XXI.

Muchas gracias.»

«Palabras del Presidente Vicente Fox Quesada, durante la cena de Estado que le ofreció el Presidente de los Estados Unidos de América.

Washington, D.C., 5 de septiembre de 2001.

Versión estenográfica de las palabras del presidente Vicente Fox Quesada, durante la cena de Estado que les ofrecieron a él y a su esposa, Marta Sahagún de Fox, el Presidente de los Estados Unidos de América, George W. Bush, y su esposa, Laura Welch de Bush en el "State Dining Room" de la Casa Blanca, en esta ciudad.

(Interpretación del inglés al español.)

Esta noche tenía aquí unas palabras escritas, pero esto es tan caluroso, tan amistoso, tan inspirador que solamente quisiera hablar directamente al Presidente de Estados Unidos, a su esposa, a nuestros amigos.

Estaba recordando que hace cinco años, cuando nos reunimos en la oficina del Gobernador —en Texas—, me dio una pelota de béisbol. Eso no se me olvida. No sé cuál fue el propósito.

Quizá usted no veía un futuro para su amigo, por lo menos en la política, pero yo sí vi a una persona que está muy cerca de México, una persona que tiene en su corazón a los mexicanos, a las familias mexicanas y por supuesto, también tiene en su corazón a su propia gente, al pueblo de Estados Unidos.

Posteriormente tuvimos la oportunidad de volver a reunirnos en la Universidad de Texas y ahí hablamos de los planes, hablamos del futuro y una vez más el líder visionario apareció en esa conversación.

Eramos sólo los dos, juntos en esa Universidad; éramos los dos solos y para mí fue muy motivante y regresé a México a hacer mi trabajo, sabiendo que para ese entonces que tenía un amigo; y luego, volvimos a reunirnos en el Rancho San Cristóbal, el hogar de todos ustedes y el hogar donde una vez más hablamos sobre planes concretos, acciones que tomaríamos, responsabilidades que asumiríamos.

En esa ocasión, una vez más, tuve la certidumbre de que estábamos haciendo compromisos verdaderos, que estábamos trabajando juntos para mejorar la relación entre Estados Unidos y México, así como que estábamos hablando como amigos, como vecinos y como socios que buscan la prosperidad para sus dos naciones.

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Ahí también sentí que estaba hablando con un hombre que no sólo se estaba comprometiendo para hacer seguimiento en todo lo que estábamos hablando, sino que estaba hablando con un hombre de palabra y de acción porque de ahí en adelante se ha venido teniendo reunión tras reunión entre nuestros equipos de trabajo, así como comunicaciones y discusiones cotidianas; nuevas ideas presentadas todos los días, así como nuevos pensamientos sobre las familias de nuestras naciones. Todos los días construyendo para el futuro, pero también todos los días haciendo seguimiento para asegurarnos de que las cosas ocurran.

Por lo tanto, no sólo tenemos en común que ambos usamos botas, no sólo tenemos en común que nos gusta descansar en nuestros ranchos, sino que también tenemos en común que nos gusta ver que las cosas sucedan y he aprendido al Presidente Bush como un hombre de acción, como un hombre de palabra y como un hombre de resultados.

Esto es lo que me hace estar seguro, sentirme confiado de que vamos a construir un futuro, de que vamos a dar respuesta a la migración, de que vamos a dar respuesta para enfrentar el crimen organizado a nivel internacional.

Y estoy seguro de que ahora que vamos a desarrollarnos y crecer juntos, de que vamos a enriquecer a nuestras dos sociedades, de que vamos a avanzar exitosamente en el siglo XXI, escribiremos esta historia de éxito que ambos tenemos en nuestra mente, no sólo para Estados Unidos de América, no sólo para México, sino que soñamos extender esa historia de éxito en toda América Latina, combatiendo la pobreza, incluyendo a todos en el desarrollo, construyendo el capital humano.

Este es nuestro sueño, esto es algo que vamos a construir y en lo que hemos estado trabajando todos los días, desde que nos conocimos. Por tanto, me siento muy honrado de estar aquí, cerca de mi amigo Jorge. Te deseo lo mejor de lo mejor, te deseo éxito y que Dios los bendiga a todos.

Muchas gracias.»

«Encuentro con el Dr. Enrique Iglesias, presidente del Banco Interamericano de Desarrollo. 6 de septiembre de 2001.

Señor Enrique Iglesias, presidente del Banco Interamericano de Desarrollo. Señoras y señores:

Es para mi muy grato visitar una vez más el Banco Interamericano de Desarrollo, y saludar a mi amigo Enrique Iglesias y a las mexicanas y mexicanos, funcionarios de esta institución y demás invitados, para coronar los esfuerzos que han hecho posible estos dos créditos en áreas sociales prioritarias para mi Gobierno: campo y vivienda.

La reducción de la pobreza rural es una de las principales preocupaciones de mi administración. Cuando tomé posesión como Presidente, siendo yo mismo hombre de campo, me comprometí a buscar que los campesinos pudieran producir más para vivir mejor.

Es precisamente con este propósito que el Gobierno de México y el Banco Interamericano de Desarrollo han trabajado para fortalecer el Procampo, que es uno de los principales apoyos que se otorgan al sector rural.

Este programa busca contribuir a dar una solución al problema del campo al entregar los recursos en forma oportuna antes de la siembra, de esta forma el productor tendrá mayor liquidez para comprar semillas, preparar la tierra y estar en mejores condiciones para producir y mejorar el ingreso familiar .

El programa aprovecha la experiencia del BID en América Latina y el Caribe incluyendo un componente de asistencia técnica dirigido a mejorar el sistema de información geográfica utilizado para dar seguimiento al programa e incorpora medidas para mejorar la administración productiva de los recursos naturales de nuestro país.

Estoy cierto que este programa dará los resultados que el Gobierno de México y el BID esperan para mejorar las oportunidades de los pequeños agricultores, permitiéndoles acceder a mejores condiciones de vida.

El segundo préstamo que se ha firmado hoy, recoge la preocupación del Gobierno de México por tratar de asegurar que las familias mexicanas tengan la oportunidad de disfrutar una vivienda digna, es por ello que mi Gobierno ha buscado facilitar la expansión del financiamiento formal para vivienda a la población de menores ingresos, de forma tal que tengan acceso a recursos para adquirir o ampliar sus casas.

Con este fin, se conjuntan en esta operación nuevamente el talento, la experiencia y el compromiso del Gobierno y del bid, a fin de desarrollar un programa ambicioso e innovador que dará financiamiento a cerca de 60.000 familias de bajos ingresos, además el programa pretende fomentar el desarrollo de un mercado secundario de hipotecas para atender a un mayor número de mexicanos.

El programa también apoyará la transformación del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda (Fovi), dándole la solidez institucional que requiere para desarrollar el programa que nos hemos propuesto, el resultado será una nueva institución que brinde una atención permanente a las demandas de vivienda de las familias mexicanas de menores ingresos.

En estos meses, mi Gobierno se ha beneficiado también de la asistencia técnica del banco, lo que ha permitido poner en marcha proyectos semilla desde la Presidencia de la República, para reforzar el impacto de desarrollo y la efectividad de las políticas públicas; así como para crear un nuevo sistema de identificación y seguimiento de indicadores sociales, que nos permita una atención más puntual a las necesidades básicas de las comunidades en el diseño de los programas, estrategias y políticas nacionales.

Los prestamos que hoy suscribimos representan las primeras operaciones del Banco Interamericano de Desarrollo en apoyo a esta nueva administración, con lo cual reafirma una vez más su compromiso para desarrollar acciones que resulten en el mejoramiento del nivel de vida de la población preocupación central de mi administración.

En el futuro seguiremos trabajando con el bid en varias iniciativas: en el sector laboral, programas para fortalecer los proyectos de capacitación laborar como la Cimo y el Probecat; en la banca social, acciones para crear mecanismos novedosos para construir una verdadera banca popular, que permita canalizar los ahorros de los mexicanos en cualquier rincón del país y facilite el envío del dinero de nuestros paisanos radicados en el este, de Estados Unidos a sus familias en México. Ello también propiciara su utilización productiva en las comunidades de origen, además llevaremos a cabo esfuerzos para apoyar el desarrollo de los estados y municipios y algunas otras iniciativas que propondremos al bid para la atención de los sectores sociales.

Sin duda, el banco entiende bien a América Latina y el Caribe por lo que estoy seguro que continuará transformándose para atender mejor las prioridades y necesidades de los países de la región.

El bid tiene en su naturaleza la integración de América Latina y el Caribe. Ha sabido mantener encendidas las propuestas que ven en la integración una alternativa concreta para detonar el desarrollo sustentable y duradero en nuestros países. El banco ha estado dispuesto a aportar experiencias, recursos y capacidad de convocatoria para facilitar el desarrollo de lo que quizás es la negociación más ambiciosa y con mayores promesas de bienestar para los países del área de libre comercio de las américas.

Quién mejor que Enrique para entender el potencial de la integración. Por ello solicitamos su apoyo y experiencia para llevar a buen término el Plan Puebla-Panamá. Este plan representa para muchas comunidades una oportunidad real de acceder a mejores condiciones de vida.

Continuaremos trabajando con todos los medios posibles para que con base en un esfuerzo conjunto, corresponsable y que involucre a todos los niveles de gobierno se sienten bases firmes para lograr un combate frontal a la pobreza, generar más empleos y mejorar la competitividad de nuestra economía a fin de alcanzar un desarrollo sustentable en beneficio de todas las mexicanas y mexicanos.

Muchas gracias.»

«Participación del Presidente Fox en la Sesión Especial del Congreso de Estados Unidos de América.

Washington, D.C., 6 de septiembre de 2001.

Versión estenográfica de las palabras del Presidente Vicente Fox Quesada, durante su participación en la Sesión Especial del Congreso de Estados Unidos de América, en esta ciudad.

(Interpretación del inglés al español.)

"Muchas gracias. Estoy seguro de que este aplauso y esta bienvenida tan calurosa, han sido escuchados por cien millones de mexicanos, en cuyo nombre les agradezco a todos ustedes por ser tan amables con nosotros, con México.

(El Presidente dijo lo siguiente en español)

Honorables miembros del Congreso de Estados Unidos de América:

Tengo el alto honor de reunirme con ustedes en ésta, la más antigua Asamblea Legislativa del Continente Americano, cuyas deliberaciones tanta influencia han ejercido en la historia no sólo de este país, sino del mundo entero.

Este momento histórico entre nuestras naciones, en que los gobiernos de México y los Estados Unidos hemos resuelto iniciar una nueva era de amistad y cooperación en beneficio de nuestros pueblos.

México y Estados Unidos deseamos conciliar nuestros principios e intereses, así como nuestras tradiciones y aspiraciones. El encuentro entre nuestros países, en este amanecer de un nuevo siglo, puede significar el comienzo de los más prometedores episodios de nuestra historia común.

Mi presencia en este recinto es testimonio de esa voluntad de acercamiento entre nuestras naciones. Mexicanas, mexicanos, estadounidenses, hombres y mujeres deseamos con toda firmeza establecer una nueva relación, una relación madura, plena y equitativa, basada en la confianza mutua. ¡Confianza!, ¡trust!

(Interpretación del inglés al español)

Honorables miembros del Congreso de los Estados Unidos:

Vengo ante ustedes —hoy — con un mensaje sencillo: la confianza, que necesita ser el elemento clave de nuestra nueva relación.

Estoy consciente que para muchos estadounidenses, así como para muchos mexicanos, la idea de confiar en su vecino puede parecer riesgosa e incluso hasta poco sabia.

Estoy seguro de que muchos, en ambos lados de la frontera, preferirían apegarse al antiguo dicho de que un buen cerco equivale a un buen vecino.

Esas percepciones tienen profundas raíces en la historia. En México provienen de una añeja idea de sospecha y aprehensión sobre su poderoso vecino y en Estados Unidos provienen de experiencias anteriores, con un régimen político que gobernaba México, que en su gran mayoría era considerado como antidemocrático y desconfiable.

Por lo tanto, nuestros países se distanciaron cuidadosamente entre sí, para responder a este tipo de lógica. Pero las circunstancias han cambiado.

Ahora estamos cada vez más vinculados, ya sea en el comercio o en el turismo o por medio de lazos económicos o familiares; nuestros vínculos son innumerables y permanentemente crecientes. No existen dos naciones más importantes para su prosperidad inmediata y bienestar mutuos que México y Estados Unidos.

Es por eso que nuestras dos grandes naciones deben continuar adelante juntas, para establecer formas más amplias y más profundas de cooperación y de entendimiento. En esta tarea, la confianza será esencial para lograr nuestras metas.

Por lo tanto, debemos dejar atrás la sospecha y la indiferencia que tan frecuentemente, en el pasado, han sido el origen de malentendidos entre nuestros dos pueblos, puesto que es sólo comprometiéndonos más permanentemente como vecinos y socios, que podemos hacer una diferencia en nuestras sociedades., Y ahora, tenemos ante nosotros una oportunidad histórica para lograr este fin, que tan elusiva ha resultado ser en el pasado.

Pensamos ser rectos en nuestra amistad e infatigables en nuestro compromiso, pues como tan sencilla y verazmente dice Corintios: se requiere que aquéllos a los que se les ha confiado, comprueben ser fieles

La relación entre México y Estados Unidos ha cambiado en una forma fundamental. La verdadera democracia en México —durante décadas, un sueño sin realizar— ahora es una realidad.

Como resultado del voto del año pasado, México ahora tiene un liderazgo legítimo y verdaderamente democrático. Esto ha significado un cambio de Gobierno, pero también es un reflejo de un cambio profundo en los valores y las aspiraciones de la sociedad mexicana.

Por lo tanto estoy decidido a hacer de la democracia y la tolerancia los principios que guíen todas las acciones gubernamentales y garantizar que las instituciones públicas en México se conviertan en garantizantes de los derechos y las aspiraciones más elevadas de nuestros ciudadanos.

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También he prometido enfrentar los problemas más candentes que ahora enfrenta México, algunos de los cuales quizá no son intencionales pero —sin embargo— son el legado tangible de un pasado autoritario. Entre ellos se encuentra la pobreza y la desigualdad, que durante tantas décadas han condenado a millones de mexicanos a una vida de desventaja e inseguridad.

El flagelo de la corrupción, que ha tenido un efecto tan nocivo en la vida de nuestro país, así como la fragilidad y la debilidad en nuestro sistema judicial que en sí se debe reformar, al fin de poder poner fin a la impunidad, así como para consolidar el Estado de Derecho en todo el país.

Estoy convencido de que ha llegado el momento de actualizar a México en todos los frentes, tanto dentro como allende nuestras fronteras. También es tiempo de actualizar a México en sus relaciones con Estados Unidos. Ambas naciones ahora comparten sin calificación los valores fundamentales de la libertad y la democracia.

Gracias a los cambios democráticos inaugurados en México el pasado 2 de julio, ha llegado el momento para que México y Estados Unidos se tengan confianza; confianza sencilla, eso es lo que ha estado terriblemente ausente en nuestra relación en el pasado y eso es lo que se requiere para que nosotros fomentemos y consolidemos nuestra relación en los días, semanas y años venideros.

Fomentemos la confianza entre nuestras sociedades, construyamos la confianza a lo largo de nuestra frontera común, tomemos el camino menos cubierto y construyamos la confianza cada paso de ese camino. Solamente la confianza puede permitirnos constructivamente enfrentar los retos de nuestras dos naciones para poder construir una nueva asociación en Norteamérica.

Tomemos, por ejemplo, nuestra lucha común contra el flagelo de las drogas. Para ahora debe haber quedado claro que ningún gobierno podrá derrotar solo, independientemente de cuán poderoso sea, las fuerzas del crimen organizado transnacional, que están detrás del narcotráfico.

La cooperación intensa es lo que se requiere para enfrentar esta amenaza y la confianza es obviamente ciertamente, un pre rrequisito de cooperación.

Es por eso que desde que tomé posesión el año pasado, México ha mejorado su cooperación con las autoridades estadounidenses.

Hemos arrestado a importantes zares del narcotráfico y extraditado, también, a narcotraficantes buscados por la justicia estadounidense.

No obstante, se necesita hacer todavía mucho más. La confianza será crucial para mejorar la forma de compartir inteligencia, información entre ambos gobiernos.

Estamos comprometidos en convertirnos en un socio pleno con Estados Unidos en la lucha contra las drogas, pero la confianza requiere que un socio no sea juzgado unilateralmente por el otro.

Miembros de este honorable Congreso, denle una oportunidad a la confianza, denle a los dos gobiernos una oportunidad.

La iniciativa de suspender la certificación durante tres años —S.219— nos permitirá avanzar en la lucha contra las drogas. La cooperación no es una concesión, se trata de una necesidad.

Les pedimos que demuestren su confianza en nosotros, aprobando esta legislación como gesto de su fe y confianza en este nuevo país que tan arduamente estamos trabajando para construir.

También debemos tenernos confianza, para poder enfrentar exitosamente el asunto de la migración. En los últimos meses, el presidente George Bush y yo ya hemos demostrado nuestra voluntad de confiar uno en el otro, acordando deliberar sobre esta cuestión tan compleja.

Tal como la historia de este país lo demuestra, la migración siempre le ha ofrecido más beneficios económicos a Estados Unidos, que los costos que ésta implica.

No olvidemos que los migrantes invariablemente enriquecen la vida cultural de la tierra que los recibe.

Muchos —entre ustedes— tienen a un padre o un abuelo, que han venido a este país como inmigrantes de otras tierras. Por lo tanto, permítanme tomar esta oportunidad para rendir homenaje a aquellos valerosos hombres y mujeres, que en el pasado enfrentaron el reto de construir una nueva vida para sí mismos y para sus familias en este país.

Y permítanme también saludar a los migrantes mexicanos que viven en este país y decirles a todos ellos: ¡México los necesita! necesitamos su talento y también su espíritu empresarial; necesitamos que regresen a casa, algún día, para que tengan una parte importante en la construcción de un México fuerte.

Cuando ustedes regresen y cuando ustedes se jubilen, necesitamos que regresen a ayudarnos a convencer a otros mexicanos, que el futuro descansa en un México próspero y democrático."

(El Presidente dijo lo siguiente en español)

"Queridos paisanos:

México no los olvida, sabrá apoyarlos. No les fallaremos.

(El Presidente continuó hablando en inglés y la interpretación al español es la siguiente)

Hay un hecho crucial que no debemos perder de vista: los flujos migratorios responden para satisfacer profundos incentivos económicos subyacentes y que son todo, menos imposibles de detener y deben por otro lado ser regulados.

México, por lo tanto, está buscando un acuerdo que ofrezca mayor seguridad y orden a los flujos migratorios entre nuestros dos países.

Es por eso que la confianza al enfrentar la migración implica llegar a un terreno común para poder también enfrentar el status de emigrantes mexicanos que ya están trabajando y viviendo en Estados Unidos. De hecho ya está contribuyendo para enriquecer esta nación.

Permítanme ser claro en esto, la regularización no significa recompensar a aquellos que violan la ley; la regularización significa que les ofreceremos los medios legales para permitirles continuar contribuyendo a esta gran nación.

El acuerdo que buscamos establecería un tope más elevado para visas permanentes otorgadas a mexicanos que vienen a este país. También expandiría las oportunidades para que los trabajadores mexicanos obtuvieran visas de trabajo temporales para que puedan entrar a Estados Unidos de forma segura y legal.

Por otro lado, el acuerdo también requeriría que nosotros mejorásemos nuestros esfuerzos conjuntos para mejorar la seguridad en la frontera, salvar vidas y también atacar a las pandillas, contrabandistas, criminales o polleros.

Y finalmente demandaría que promoviésemos el crecimiento económico en México y sabemos que ésta es nuestra responsabilidad, es decir, promover oportunidades específicas para todos aquellos jóvenes, específicamente en aquellas regiones que son el origen de casi todos los migrantes.

El progreso en relación con la migración no será fácil, sin embargo, es esencial que conservemos nuestro compromiso para tener una discusión abierta y franca, a fin de que podamos encontrar una solución duradera que sea aceptable para ambos países.

Este tipo de discusión sólo puede darse en un clima de confianza. Tenemos que tomar una decisión fundamental, se trata de una decisión que nos ofrezca la oportunidad de lograr la aspiración más elevada que puede tener cualquier político, es decir, dejar un legado duradero de bienestar para su gente.

México y Estados Unidos deben trabajar también constructivamente para promover nuestros valores comunes dentro de nuestra región, al adoptar una posición clara y congruente, nuestros gobiernos pueden conjuntamente enfrentar algunos de los asuntos más pertinentes y candentes de nuestro hemisferio, como por ejemplo, la profundización de la democracia y la promoción de los derechos humanos.

Esta no debe ahora ser nuestra causa más noble en las américas, disculpen, ésta debe ser nuestra causa más noble en las Américas y en el resto del mundo.

En asuntos de preocupación común como por ejemplo la situación en Colombia, la promoción de desarrollo económico por todo Centroamérica, el establecimiento del Tratado de Libre Comercio de las Américas, la negociación de una carta democrática para la OEA o la meta compartida de fomentar estabilidad financiera y de desarmar las crisis financieras en toda la región.

Es vital que México y Estados Unidos trabajemos conjuntamente, cada uno como socio, en la construcción de la paz y la estabilidad en todas las Américas, basándonos en nuestros propios principios e intereses.

Evidentemente no siempre estaremos totalmente de acuerdo, pero ambos países deben transmitirse mutuamente con toda sinceridad y franqueza, sus respectivas percepciones sobre cuál es la mejor forma de enfrentar los problemas de preocupación común para el bienestar de nuestros pueblos. La confianza nos permitirá hacer esto ahora.

(El Presidente dijo lo siguiente en español.)

Señoras y señores del Congreso estadounidense:

Tenemos hoy la oportunidad de cambiar dramáticamente el signo de nuestra relación.

Este encuentro entre México y Estados Unidos es hoy el encuentro entre dos democracias dispuestas a construir un futuro mejor.

La relación entre México y Estados Unidos está ahora en nuestras manos. A nosotros nos toca abrir de par en par las ventanas de oportunidad que se nos presentan. Somos los arquitectos de nuestro destino común. Ello significa que debemos recrear la relación entre nuestras grandes naciones, de forma consciente y deliberada, avanzando paso a paso, con firmeza, sin dejar nada al azar.

Debemos compartir plenamente este compromiso para disfrutar después los frutos de nuestro esfuerzo común.

Evidentemente todos sabemos de sobra que no hay respuestas fáciles ni soluciones mágicas a los retos que enfrentamos México y Estados Unidos, pero sí existe un cambio por el que podemos avanzar con pasos firmes hacia su resolución: el camino de la confianza mutua; confianza en que nuestros Gobiernos actuarán siempre con integridad en su trato cotidiano, confianza en la fortaleza de nuestra relación como socios y como amigos, confianza en nuestro futuro de prosperidad compartida.

(Interpretación del inglés al español.)

Honorables Miembros del Congreso de Estados Unidos:

El cambio político que actualmente está teniendo lugar en México es la razón más poderosa por la que ahora podemos establecer nuevas formas de amistad y cooperación con Estados Unidos. Estamos listos para convertir este cambio en la semilla de un mejor futuro para nuestras dos naciones.

Espero que Estados Unidos haga suya esta oportunidad histórica para construir una nueva era de prosperidad y entendimiento entre nuestros pueblos, se requiere voluntad, así como visión para aprovechar este favorable cambio de siglo y forjar una nueva amistad entre mexicanos y estadounidenses.

Este organismo legislativo, junto con sus homólogos en México, puede tener un papel decisivo en la unión de nuestros países. Ustedes son un socio clave en el fomento de la confianza entre nuestros dos pueblos.

Hace años, el Congreso de Estados Unidos enfrentó una decisión difícil y decidió votar a favor de una mayor integración con México a través del Tratado de Libre Comercio para América del Norte.

El espíritu que hizo posible al TLCAN debe prevalecer una vez más, la sociedad entre México y Estados Unidos sigue siendo incompleta, hay muchos asuntos sin resolver que se tienen que enfrentar para lograr nuestras metas comunes como socios.

Y una de estas metas es un asunto que pronto se considerará y que implica una obligación importante bajo el TLCAN. Se trata del asunto de acceso a los camiones mexicanos a Estados Unidos, puesto que en éste, como en muchos otros asuntos de nuestra agenda común, necesitamos su confianza, la confianza que permitirá que ambos países cumplan responsablemente y de forma madura con sus obligaciones entre sí.

Por lo tanto, la cuestión más amplia no es si podemos darnos el lujo de confiar uno en el otro, sino si podemos darnos el lujo de no hacerlo.

La creciente convergencia de nuestras naciones puede llevar a una responsabilidad compartida, así como la prosperidad compartida y al fortalecimiento de aquellos valores que tenemos en común.

Empecemos de nuevo, como lo hicieron otrora aquellos que fundaron nuestras naciones modernas, recordando en ambos lados que no puede haber amistad sin confianza y no puede haber confianza sin un verdadero compromiso.

Cuando la historia llegue tocando a nuestras puertas, como lo ha hecho ahora, se requerirán decisiones contundentes. Tomemos una decisión hoy, decidamos confiar mutuamente.

John F. Kennedy creía en los nuevos inicios. Cuando aceptó el nombramiento de su partido como Presidente habló de una nueva frontera, cito: hoy nos encontramos, al borde de una nueva frontera, la nueva frontera de la cual hablo no es un conjunto de promesas, sino un conjunto de retos. Fin de cita. Eso fue en 1960.

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Hoy, en el amanecer de un nuevo siglo, nuestras dos grandes naciones enfrentan nuevos retos, pero los enfrentamos con nuevas oportunidades, inimaginables incluso hace algunos años. Nuestra nueva frontera se conquistará no por la confrontación, sino por medio de la cooperación; no por las amenazas, sino por las aspiraciones comunes; no por el temor, sino por la confianza.

(Interpretación del inglés al español)

Amigos; míos:

Comprometámonos hoy a crear una nueva sociedad especial entre Estados Unidos y México para el beneficio de nuestros dos grandes pueblos.

(Interpretación del inglés al español)

Señoras y señores:

¡Viva México!

¡Viva Estados Unidos!

¡Viva nuestro futuro en común!»

«Los presidentes Vicente Fox y George W. Bush ofrecieron una conferencia de prensa a los medios de comunicación.

Washington, DC, 6 de septiembre de 2001.

Versión estenográfica de la conferencia de prensa que este mediodía ofrecieron a los medios de comunicación el licenciado Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y el señor George W. Bush, Presidente de Estados Unidos de América, en el Jardín de las Rosas de la Casa Blanca.

(Interpretación del inglés al español.)

Presidente George W. Bush: Gracias. El Presidente y yo estamos por tomar el helicóptero Air Force One para viajar a Toledo, Ohio. Es decir, para estar en el corazón de Estados Unidos.

Ayer tuvimos un día muy exitoso aquí, tuvimos una excelente cena de Estado y tuvimos varias juntas que confirmaron nuestra muy cercana y estrecha relación, así como la consolidación de nuestra confianza.

Como dije, México es increíblemente importante para la política exterior de Estados Unidos. México es nuestra relación más importante puesto que es nuestro vecino y los vecinos deben trabajar conjuntamente. Eso es lo que nosotros hacemos.

Hemos hablado sobre muchas oportunidades y asuntos. En las últimas horas hemos hablado de la importancia del TLCAN no solamente entre México, Canadá y Estados Unidos, sino también del libre comercio en todo el Hemisferio.

También charlamos sobre una serie de asuntos relacionados con el comercio. El autotransporte es algo que hablamos mucho, para que los camiones mexicanos puedan entrar a Estados Unidos. Entonces, tenemos que quitar esa disposición de la llamada Iniciativa de Apropiación, si no, necesitamos otra iniciativa.

También hablamos sobre algunos asuntos relacionados con productos, del asunto del aguacate, por ejemplo. Aquéllos de ustedes que les encanta el aguacate, se sentirán complacidos de saber que hemos resuelto ese problema. El Presidente está muy complacido con el avance que hemos tenido.

Cuando se tiene este tipo de comercio como el nuestro, siempre surgirán problemas y tenemos que analizarlos, tenemos que resolverlos a través del respeto mutuo y un discurso honesto.

También quisiera decirles que hemos avanzado mucho en la cooperación sobre cuestiones climáticas.

Asimismo, el Presidente Fox también me ha hablado sobre delincuentes que han sido arrestados en México. El Presidente está comprometido para trabajar con los agentes de procuración de ley en ambo lados de la frontera, para poder detener a los coyotes o polleros, así como a los narcotraficantes.

Nuestra Congreso ha buscado cambiar el proceso de Certificación, pero opino que no hemos enviado la señal adecuada. Debo decir que no pienso que sea justo el Programa de Certificación Anual. No creo que sea justo para México.

Y, finalmente, un asunto muy importante que también ha recibido mucha atención, es el asunto de la migración.

Hemos hablado mucho sobre la migración, compartimos muchísimos principios al respecto, compartimos muchos principios y reconocemos cuán importante es la contribución de la migración para nuestra economía, es decir, la llegada de trabajadores mexicanos que deben ser tratados con respeto.

Asimismo, hablamos sobre responsabilidades compartidas para cumplir con todas las leyes fronterizas, para así respetar esas leyes y voy a mandar una iniciativa al Congreso, que tiene qué ver con trabajadores invitados, bajo ciertas normas de regularización.

Esto es muy importante y obviamente es el mensaje que hemos estado dando y es el mensaje que el Presidente Fox también ha traído. Es un mensaje con cierta urgencia y estamos comprometidos para también poder darle la urgencia que merece.

Señor Presidente: pienso que ésta es una continuación dentro de nuestro camino de respeto, de confianza y le quiero agradecer profundamente por venir aquí. Le agradezco mucho por traer a su bella esposa a Estados Unidos y ahora, vamos a viajar a Toledo y, por la noche, cenaremos en la Casa Blair con el Presidente.

Muchas gracias por estar aquí, Presidente Fox.»

«Presidente Vicente Fox: No tengo mucho más que agregar a este resumen de o que han sido estos dos días para nosotros, para nosotros como mexicanos.

Sin duda alguna, el factor de la confianza es clave y estos dos días han sido una gran oportunidad para poder avanzar en nuestras conversaciones, en nuestro hablar tan franco, con el objetivo de que podamos aumentar esta confianza.

Por otro lado, estoy totalmente honrado por esta recepción tan cálida que hemos tenido, así como por la oportunidad extendida de hablar y dialogar sobre diferentes asuntos y cuestiones con el Presidente Bush.

Si yo fuese a describir esto, diría que se trata de un proceso que inició allá en México, en nuestra primera reunión formal, un proceso que ha continuado cotidianamente, a través de nuestros equipos de trabajo. A esto yo le llamaría una estación, una primera estación dentro de esta primera visita a Estados Unidos, donde hemos tenido la oportunidad de revisar la forma de avanzar en cada uno de estos asuntos, así como de conservar nuestro compromiso de trabajar arduamente en los meses y años venideros.

Por lo tanto, esto es altamente satisfactorio para nosotros. Por otra parte, quiero agradecerle profundamente al pueblo estadounidense por esta calurosa bienvenida que nos ha dado. También quiero agradecerle específicamente al presidente Bush y a su Bella esposa por las atenciones que nos han dado.

Su calurosa hospitalidad es algo que ha rebasado todas las expectativas que tenemos.

(Enseguida el presidente Vicente Fox Quesada habló en español.)

Y ahora un poquito en español, sólo para decir que después de todo lo que acabamos de escuchar de parte del Presidente Bush, me queda poco que añadir, hay mucha información ya en manos de ustedes, detallada, de los distintos acuerdos, de los distintos temas que se han tocado.

El resumen es un avance importante, avance en cada uno de los temas. El resumen es un avance en la parte fundamental de esta relación, que es la confianza y, por tanto, avanzamos, pero a la vez nos llevamos tarea para seguirla realizando, sacamos muchos compromisos, asignamos muchas tareas a los equipos de trabajo, y esperamos, pues, que al paso de la semana, los meses, sigamos de esta manera, no sólo fortaleciendo la relación, sino dando resultados concretos a través de la relación.

Gracias.»

Pregunta: Aún con lo que ustedes han hablado sobre la migración, ¿cuán difícil será que este acuerdo se firme para fines de este año? ¿qué puede usted decir al respecto? Por ejemplo, ¿qué puede decir de los trabajadores que puedan llegar legalmente a Estados Unidos? (inaudible)...

Presidente George W. Bush: Usted acaba de identificar una de las complejidades del asunto de la migración y es algo que le expliqué al Presidente Fox, es decir, que hay millones de indocumentados en nuestro país y queremos asegurarnos que su mano de obra sea legal.

Entonces, parte del problema es cómo podemos juntar a un empleador dispuesto a dar trabajo a un trabajador que está dispuesto a trabajar.

Esta es una parte importante del proceso. Es ahí exactamente donde necesitamos pensar creativamente, para tener un programa de trabajadores. Eso es sumamente importante.

Sabemos que vienen muchos trabajadores, que están dispuestos a hacer trabajo que muchos estadounidenses no están dispuestos a hacer. Debemos darle la bienvenida a esos trabajadores. Obviamente, también el empleador quiere que ese trabajo se haga, pero a veces no encuentra a la persona en Estados Unidos que lo haga. Esto es parte de la complejidad.

La segunda parte de tu pregunta realmente tiene qué ver con otro problema que también tenemos que solucionar. Una de las cosas que le he dicho al Presidente, es que estoy dispuesto a considerar formas de que un trabajador invitado pueda recurrir al status de la llamada tarjeta verde o residencia permanente, puesto que hay personas que dicen que cumplirán las leyes de Estados Unidos y están dispuestas a hacerlo. Estamos tratando de encontrar una forma que no sancione a las personas que escogen esta ruta legal.

Este es un asunto terriblemente complejo, a tal grado que mi Administración va a tener que invertir mucho tiempo en la solución de este tipo de cuestión. Sin embargo, para complicar las cosas aún más, debo decirles que tenemos que trabajar con el Congreso y debemos presentar una solución que el Congreso pueda aceptar.

Ahora bien, entiendo totalmente el deseo del presidente Fox, de que nosotros agilicemos la solución, de hacer el proceso más expedito. Eso es lo que vamos a hacer.

Creo que una de las partes útiles de esta visita es que nos podamos ver cara a cara, "ojo a ojo" —como se dice en español—, para hablar sobre este asunto y sus complejidades. Esa es precisamente parte de este asunto tan complejo.

Pregunta: ¿Cree que lo lograrán en cuatro meses?

Presidente George W. Bush: Realmente no lo podemos decir. Lo que si les puedo decir es que trabajaremos lo más que podamos durante todo este año y el tiempo que sea necesario.

El presidente Fox tiene un papel muy importante en todo esto, puesto que es el vocero de nacionales mexicanos que están viviendo en este país. El está muy preocupado por su futuro y sus vidas. Puedo entender perfectamente esta situación y le puedo asegurar al Presidente y al pueblo mexicano, que hemos oído su llamado. El Presidente Fox es un líder muy convincente. Es un líder que está preocupado por la solución de este problema.

Pregunta: ¿Podría ser usted más específico? ¿Aparte de los valores y la complejidad de la migración, comparte usted que esto se haga para fines de este año..?

Presidente George W. Bush: Yo comparto la idea de trabajar lo más que podamos, pero disculpe porque interrumpí su pregunta... Realmente no siento haberlo interrumpido, realmente ya lo hice, es un truco que yo tengo...

Pregunta: .. Sí, me refería a la regularización de los indocumentados en Estados Unidos.

Presidente George W. Bush: pienso que debemos ver este asunto necesariamente como un asunto quid pro quo.

Independientemente de la respuesta mexicana, se trata de un asunto de empleo en Estados Unidos; es decir, tenemos empleadores que no pueden encontrar trabajadores y por tanto, emplean a trabajadores indocumentados. Bajo nuestra ley esto es ilegal y me parece entonces que debemos tener una evaluación directa de esta situación.

Estamos recibiendo lo que queremos de México, independientemente de los detalles de este asunto en particular, es decir, una colaboración muy fuerte y es lo único que podemos pedir.

El Presidente ha estado cooperando bastante en estos asuntos, incluyendo mejor procuración de la ley en la frontera y también persiguiendo a los coyotes que engañan a los ilegales y los están trayendo para lucrar con ellos en nuestro país.

No puedo pensar de una peor situación. Sin embargo, esta Administración está cooperando también con la Administración del presidente Fox para poder arrestar a aquellas personas que están abusando de gente inocente. Ese es el tipo de cooperación que esperamos tener y la estamos recibiendo.

...(inaudible) él está preguntando sobre las cuestiones legales. Durante la campaña y durante mi Administración lo he manifestado claramente. He hablado claramente sobre asuntos que tienen qué ver con demandas legales.

Asimismo espero que el Departamento de Justicia analice cuidadosamente el proceso. Por otro lado, quiero manifestar mi profundo respeto por nuestro Procurador General, así como por el trabajo que está haciendo y seguirá haciendo.

1493,1494,1495

 

Eso es todo lo que quiero decir al respecto. Yo creo que el Procurador General John Ashcroft está haciendo un trabajo excelente.

Pregunta: Alan Greenspan dijo que la economía norteamericana se podía recuperar para el año 2002. ¿Cuál será el impacto en la economía, habrá algún recorte presupuestal en México antes de esta recuperación? Por otra parte, si no se logra el acuerdo migratorio, ¿será eso un fracaso para su Administración?

(El Presidente Vicente Fox hablo en español.)

Presidente Vicente Fox: Primero sobre el futuro de la economía, tanto en Estados Unidos o a nivel global, al que se refería el señor Greenspan, pues es producto de una observación muy detallada de lo que está sucediendo y que él mismo aclaró ayer, que si bien él se inclina porque ése es el escenario que viene, a la vez también dijo que estaba sólo razonado en base a estimaciones casi personales, y aseguraba él que en este momento nadie puede predecir con exactitud cuándo es la recuperación.

Lo importante ahorita es que no profundice la desaceleración, y eso sí parece estarse obteniendo, que ya es una ventaja.

En cuanto al impacto que la economía global y la de Estados Unidos en particular tiene sobre la mexicana, pues es claro, es claro lo que ha pasado: cuándo se desacelera el crecimiento en otras economías, de inmediato se desacelera el crecimiento. En México hay una relación muy directa.

A mí me sorprende cómo todavía en varios países, cuando platico con otros presidentes, se le asigna la culpa individualmente a cada país por lo que en realidad está sucediendo a nivel global y mundial. Me parece que es muy importante que en cada país logremos salir un poco del bosque, ver el panorama global para tener diagnósticos y juicios correctos para que las soluciones entonces sean las acertadas.

Finalmente, sobre los asuntos de recorte: nosotros lo que tenemos es un compromiso con el déficit fiscal, que no pase del 0.65 por ciento en la economía mexicana y estaremos atentos a cumplir con eso.

Por el momento no se ven recortes a la vista —que no los ha habido— más que aquellos 3 mil millones de principio de año. Para lo demás, hemos logrado cubrir la falta de ingresos por la vía de ahorros, ahorros reales en el gasto de gobierno, lo cual permite que no sean afectados ni los ciudadanos ni los estados ni los municipios, sino que es sólo un esfuerzo del Gobierno Federal, por ahorrar este tipo de recursos y evitar que éstos impacten en la economía.

Pregunta: Señor Presidente, ¿sobre este mismo tema, cuando usted habló con los líderes republicanos esta mañana les prometió que cada centavo de seguridad social será protegido, esto implica que usted no va a firmar ninguna iniciativa de ley que vaya en contra de eso?

Presidente George W. Bush: Le dije a los líderes republicanos de la misma forma que le dije al señor Dashell y le diré al señor Gephart, podemos trabajar conjuntamente para proteger la seguridad social.

Repetidas veces, he dicho que la única vez que necesitó dinero del seguro social es en tiempos de guerra, en tiempos de emergencias y de urgencias y realmente así es, estoy hablando en serio.

Pienso, sin embargo, que debemos trabajar conjuntamente con los miembros del congreso, debemos empezar diciendo: trabajemos juntos para aseguramos que nuestro presupuesto no nos esté haciendo utilizar dineros de la seguridad social.

Por supuesto que siempre tengo, digamos, la forma final de que haya salud presupuestal a través del veto, pero bueno, lo que podemos hacer es también decir: podemos trabajar conjuntamente, hagámoslo.

Le quiero repetir al pueblo estadounidense, hay bastante dinero que está entrando al gobierno para poder financiar sus prioridades. Necesitamos, sin embargo, disciplina fiscal en Washington D.C.

Los recortes fiscales que acabamos de aprobar en el Congreso fueron una medida sumamente importante para aseguramos que nuestra economía empiece a volver a tener ímpetu y crecimiento.

Sabemos que cuando está enferma o lenta nuestra economía, cuando no está satisfaciendo nuestras expectativas se afecta nuestra vecindad.

¿Entonces que está sucediendo? Entonces nuestro plan de liberación de efectivo es un plan importante e insto al Congreso a que apruebe un paquete de energía para crear empleos, esto es parte de nuestra recuperación económica. Insto al Congreso a que también apruebe estas leyes.

Si a la gente le interesa que crezca nuestra economía, que se creen más trabajos, es decir, que haya más trabajos disponibles, tenemos que aprobar estos planes.

Este paquete de energía es sumamente importante para esta meta, es importante para el crecimiento. Debemos pensar en Washington D.C., sobre cómo podemos hacer que crezca la economía.

Yo lo sé, señor Presidente, a veces hay muchas dudas que tenemos en el proceso político y a veces parece que andamos jugando a las adivinanzas y la gente piensa que lo único que queremos es aumentar los impuestos en Washington, pero la gente pregunta también, ¿para qué es ese aumento? Bueno, los estamos aumentando, no los estamos aumentando por razones muy específicas.

¿Qué pasa con la economía? La mejor forma de continuar teniendo crecimiento económico es teniendo los planes correctos, así como la disciplina fiscal en Washington D.C.

Espero realmente poder trabajar muy bien con miembros de ambos partidos para insistir, implementar e instrumentar un paquete de disciplina fiscal. Estoy totalmente confiado que podemos logrado.

Pregunta: (inaudible)...

(El Presidente Vicente Fox habló en español.)

Presidente Vicente Fox: No te escuché muy bien la segunda parte. En esos temas, yo creo que el tema de energía sin que tenga ninguna relación con la visita porque después se hacen interpretaciones de que vinimos aquí a vender la energía de México, no hay tal.

Nuestra propuesta es paralela, la hemos hecho pública, se está trabajando con distintos diputados y senadores y, simple y sencillamente queremos asegurar que México cuente con la energía eléctrica, con energía de petróleo, con energía de gas natural para el futuro.

Y ciertamente —y como punto y aparte— en nuestras conversaciones acá, en lo bilateral con Estados Unidos, de lo que hablamos es de la importancia estratégica de una política sobre energía para todo lo que es NAFTA, todo lo que es el Acuerdo de Libre Comercio.

Me parece que vale la pena prevenir y trabajar juntos, para que a nadie en este territorio del Acuerdo de Libre Comercio nos falte energía, para que a nadie nos impida tener altas tasas de crecimiento. Vale la pena, entonces, estar trabajando en esa materia aquí.

También mencionaste los temas de corrupción y derechos humanos. Bueno, son temas propios de nuestra agenda dentro de México, los cuales estamos demostrando, paso a paso, de manera fehaciente, que nuestro compromiso es total para detener la corrupción y erradicarla, así como que nuestro compromiso es el respeto profundo a los derechos humanos dentro de México, para que así podamos también con autoridad moral extender esta promoción a otros países con los que tenemos relación.

Esta es nuestra posición demostrada en México y es parte, por supuesto, de los temas que tienen que ver con el exterior en materia de nuestro apoyo incondicional a democracia, apoyo incondicional a derechos humanos, respeto a los recursos naturales y a la promoción de economías humanistas y oportunidades para todo mundo.

Gracias, gracias.

«Encuentro con la comunidad y líderes hispanos en el gimnasio John F. Savage de la Universidad de Toledo.

Toledo, Ohio 6 de septiembre de 2001.

Versión estenográfica de las palabras del Presidente Vicente Fox Quesada, durante el encuentro con la comunidad y líderes hispanos en el gimnasio John F. Savage de la Universidad de Toledo.

Me la pone muy difícil mi amigo George Bush. Es un gran amigo de México, es un gran amigo de los mexicanos en los Estados Unidos; es un gran amigo de la verdad, del trabajo, del compromiso y la pasión por gobernar.

Día que pasa, día que siento más respeto por su liderazgo, por su visión, por su trabajo. Día que pasa, día que vamos logrando más entendimiento y más acuerdo.

Por eso doy gracias al amigo, al amigo que trabaja por su pueblo.

(Interpretación del inglés al español.)

Damas y caballeros, queridos amigos:

Puedo sentir el entusiasmo, la calurosa bienvenida que ustedes nos están dando.

(El Presidente dijo lo siguiente, en español.)

Su bienvenida me llena de emoción y me confirma que donde quiera que el destino pueda llevarnos, los mexicanos, las mexicanas permanecemos unidos por lazos muy profundos.

(Interpretación del inglés al español)

Es un gran placer estar aquí para visitar su universidad y estar acompañado por el Presidente George Bush, por el gobernador Taft y por recibir este honor, por habernos permitido visitar este estado, por visitar Estados Unidos durante esta administración.

También quisiera agradecer la invitación para venir a Ohio, porque me siento entre amigos.

Tuve el privilegio de sostener un diálogo con el Presidente Bush en las últimas 24 horas y esta mañana tuve el honor de hablar ante el Congreso de Estados Unidos y en ambos casos, he expuesto nuestra firme convicción de que la confianza debe ser el cimiento de nuestra relación; que la confianza será la piedra angular para enriquecer la relación entre Estados Unidos y México.

Con base en la confianza, podremos trabajar mejor para resolver con eficiencia y con talento los retos mutuos que enfrentamos en este siglo XXI.

(Interpretación del inglés al español)

Quiero decirles que en México no sólo no olvidamos a nuestros queridos paisanos, sino que también reconocemos con orgullo que hemos aprendido mucho de ustedes, de su valentía, de su determinación, de su perseverancia y de su coraje.

(Interpretación del inglés al español)

Y quiero decirles también no sólo que los amamos y los respetamos, sino que los necesitamos que regresen a México, que estaremos trabajando para que todos puedan regresar a México para promover el crecimiento de nuestra gran nación, así como para trabajar juntos en la construcción de un mejor futuro para nuestro país.

(El Presidente dijo lo siguiente, en español.)

Conozco de las experiencias nunca fáciles que han tenido nuestros queridos paisanos. He escuchado historias ejemplares de mujeres y hombres que nos inspiran profundamente, que nos llenan de orgullo.

Visitaremos el Centro Comunitario "Aurora González", que nos permite conocer la vida de quien fuera una incansable defensora de la solidaridad comunitaria aquí mismo, en la ciudad de Toledo.

He escuchado de la labor y tarea de muchos otros miembros de la comunidad que con gran generosidad encuentran tiempo para ayudar a quienes necesitan apoyo, orientación, posiblemente una palabra de aliento.

¡Cuántas historias podrían contarse sobre la vida de tantas mexicanas y mexicanos que un día decidieron dejar su patria para venir aquí, buscando nuevas oportunidades en esta gran nación! ¡Cuántas historias de trabajo y de sacrificio!

Una de ellas es la de Rosario Marín, mexicana ejemplar, que llegó a esta nación a los 14 años y quien fue recientemente nombrada Tesorera de Estados Unidos de América.

(Interpretación del inglés al español)

Estamos orgullosos de sus esfuerzos y de su éxito, así como estamos orgullosos de todas las mujeres mexicanas que trabajan día a día en este país y que contribuyen a su grandeza y a su éxito.

Esta tierra de oportunidad, los Estados Unidos, siempre ha conservado su puerta abierta a inmigrantes de diferentes países del mundo, en seguimiento a sus principios fundadores.

Permítanme citar los comentarios del presidente Bush, que recientemente dijo, que Estados Unidos tradicionalmente ha sido una sociedad hospitalaria, donde la emigración no es un problema a resolver, sino una señal de una nación segura de sí misma y exitosa. La historia apoya esa afirmación, pero incluso más importante, vemos prueba de eso en las innumerables contribuciones que los migrantes han hecho en los últimos dos siglos a la rica y variada cultura estadounidense.

Hoy no sólo somos vecinos, no sólo somos amigos, somos socios a través del compromiso que firmamos con el TLCAN. Somos socios y trabajamos conjuntamente construyendo un futuro mejor para ambas naciones.

1496,1497,1498

El TLCAN ha sido exitoso, ha creado empleos en México y ha creado empleos también en Estados Unidos. Hoy, como consecuencia del TLCAN, la balanza comercial entre México-Estados Unidos, tal como lo mencionó el presidente Bush, ha llegado a 250 mil millones de dólares estadounidenses.

Pero la parte más importante de todo esto es que compramos y vendemos y hoy México está comprando productos y servicios de Estados Unidos, más que Francia, Italia, España y Alemania, juntas. Eso es ser socios. Eso es crear empleos.

Este es un momento de compromiso y de trabajo duro, no tomemos a la ligera los sacrificios y esfuerzos ejemplares de tantos hombres y mujeres, que llamamos migrantes. Debemos encontrar la resolución, a fin de poder encontrar soluciones para este problema común.

Hemos tenido dos días excelentes aquí en Estados Unidos. Nos sentimos honrados y nos sentimos totalmente satisfechos por las conversaciones que hemos tenido y por las decisiones que hemos tomado. Indudablemente, juntos estamos construyendo un mejor futuro para nuestras dos naciones.

En el campo de la migración o en el combate del narcotráfico o contra el crimen organizado, hemos estado teniendo resultados extraordinarios.

Hemos extraditado a delincuentes que la justicia estadounidense estaba buscando, por lo que han hecho en el pasado.

Con esta confianza en la cooperación estamos ganando la batalla contra el crimen organizado y el narcotráfico. También hemos hecho lo mismo en el tema del desarrollo económico de la consolidación de oportunidades. México hoy, en los estados y ciudades fronterizos, tiene una tasa de desempleo de 1 por ciento y queremos que esto también suceda en el centro y sur de México.

Sabemos y entendemos muy bien nuestro compromiso, nuestra obligación: tratar de asegurar que cada familia, que cada persona dentro de México, tenga la oportunidad de tener un empleo decente con un ingreso digno.

Esa es nuestra obligación, asegurarnos que cada niño y joven en México tenga la oportunidad de ir a la escuela secundaria o a la universidad.

Es por eso que hemos creado un sistema de becas, a través del cual cada niño y joven en México tenga la garantía de alcanzar su proyecto educativo y hasta el nivel universitario y que pueda hacerlo aun si su problema es la falta de recursos económicos.

Todo niño que aproveche esta oportunidad, que vaya a la escuela y a la universidad en México, obviamente permanecerá con su familia y no se convertirá en migrante.

Entonces, queridos amigas y amigos, enfrentamos este desafío, que puede parecer formidable, pero también lo es nuestra determinación de superar nuestras diferencias y alcanzar terreno común y obtener un propósito común.

Este es un tiempo único en nuestra historia. Me siento privilegiado de pertenecer a este tiempo y de poder tener un papel en la construcción de una relación entre México y Estados Unidos.

Estamos en el amanecer de un nuevo siglo, lleno de posibilidades y de nuevos horizontes. Este puede ser el siglo de mayores logros para nuestras dos naciones. Este siglo XXI es un siglo de las Américas y, por supuesto, el siglo de Norteamérica, y sabemos, y quiero subrayar, que las comunidades mexicanas en Estados Unidos tendrán nuestro apoyo.

He venido a Toledo, Ohio, primero, puesto que el presidente Bush me hizo esta invitación, pero también porque quería conocer a nuestra gente aquí y quería decirle a mis paisanos en esta parte de Estados Unidos que mi amigo, el presidente Bush, y yo mismo, trabajaremos no sólo por su causa, sino también por la causa de Estados Unidos y la causa de México.

Regresaré a mi país muy motivado por la forma en que hemos sido recibidos, por la forma en que se nos ha escuchado y por los muchos logros, los muchos logros que hemos tenido en estos días que hemos estado en Estados Unidos.

Como nunca antes, tenemos la convicción de que trabajando juntos y teniendo la confianza, como nuestra filosofía, no hay límite en lo que podemos hacer.

Y es lo que se ha expresado aquí en Estados Unidos, la economía más grande del mundo, la nación más poderosa, que ha podido llegar a este nivel debido al trabajo, debido a la pasión, debido al intenso sacrificio que muchos, muchos millones de personas hacen todos los días, para hacer de ésta una gran nación.

Hoy, nosotros en México sabemos que tenemos amigos, que tenemos a un socio, así como que tenemos un mejor futuro para nosotros y para nuestro pueblo.

Muchísimas gracias a todos y que Dios los bendiga.»

«Sesión del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos.

Washington, D.C., 7 de septiembre de 2001.

Versión estenográfica de las palabras del Presidente Vicente Fox Quesada, durante la sesión del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos a la que asistió como invitado de honor, realizada esta mañana en el Salón de las Américas de la sede de la OEA, en esta ciudad.

Hola, amigas y amigos. Da gusto regresar a casa, a esta casa de la Organización de los Estados Americanos; donde estamos los hermanos, los primos, los tíos, los parientes; donde estamos todos los que somos parte de este gran continente; sin duda, el continente que va a escribir la primera historia de éxito en este siglo XXI. Es nuestro este siglo, que es el siglo de América.

Excelentísimo señor César Gaviria, secretario general de la Organización de Estados Americanos; Excelentísimo señor Enrique Iglesias, presidente del Banco Interamericano de Desarrollo; Excelentísimo señor George Alleyne, director de la Organización Panamericana de la Salud; Amigas y amigos:

Agradezco profundamente la ocasión que me brinda este importante foro para traer el mensaje fraterno del pueblo de México.

A lo largo de los años México ha demostrado su firme compromiso con la Organización de Estados Americanos, en la que invariablemente ha mantenido una presencia activa y constructiva.

Ahora que mi país atraviesa por un periodo de renovación política, resulta aún más significativo para mí dirigirme a ustedes en nombre de la nación mexicana.

Las mexicanas y los mexicanos estamos perfeccionando nuestra democracia con gran convicción y con el ánimo de construir un mejor país.

Queremos consolidar nuestro destino a partir del principio constitucional de que la democracia es inseparable del desarrollo.

Ese principio, guía nuestro esfuerzo para abatir los graves, gravísimos, rezagos sociales: la pobreza, la marginación, la ignorancia, la inclusión.

Queremos poner al día nuestro país, nuestro querido México, en todos los frentes: el desarrollo humano, el desarrollo económico, incluido el de nuestras relaciones internacionales.

El cambio que vive México conlleva el fortalecimiento de nuestra vocación latinoamericana. Deseamos estar más cerca de nuestros hermanos del continente, ya hemos dado pasos concretos para hacer posible este acercamiento.

De hecho, mis primeros viajes como Presidente electo, tuvieron como destino América Latina, con la que México quiere estrechar sus vínculos de amistad y cooperación.

Me encuentro con los presidentes de las naciones centroamericanas en el marco de una reunión extraordinaria de los mecanismos de Tuxtla, celebrada en San Salvador el pasado mes de junio.

Es también una evidencia de la voluntad de México para fortalecer sus relaciones con los países de Centroamérica.

El Plan Puebla-Panamá, las tres "P", ha iniciado con un impulso al desarrollo de la región que analizada en ese encuentro ha recibido el más amplio respaldo de los gobernantes centroamericanos.

El Plan Panamá-Puebla, obedece a una respuesta por la necesidad de desarrollo y de cerrar la brecha, particularmente en el desarrollo regional.

Planea un enorme reto que estamos enfrentando juntos 8 estados dentro de México, en el sur-sureste de México y las 7 naciones centroamericanas el reto del desarrollo humano, el reto del desarrollo económico.

Primero, poner la infraestructura y las condiciones necesarias para el despegue, etapa que ha sido terminada. Están definidos los proyectos de infraestructura: carreteras, ferrocarriles, puentes, aeropuertos, puertos, líneas de conducción de gas, líneas de conducción de energía eléctrica.

Está en marcha la segunda fase, enfrentada y apoyada por un gran liderazgo, el de don Enrique Iglesias, donde ya estamos poniendo en conjunto la ingeniería financiera, los recursos para el desarrollo de esa infraestructura; etapa que ya él nos anuncia que está a punto de terminar y que habrá de conjuntar recursos fiscales de cada uno de los municipios, los estados y los países; recursos privados para apoyar las inversiones en las obras y recursos de instituciones financieras de diversas partes del mundo.

Me parece que contra ese reto seguramente tendrá éxito en manos de don Enrique Iglesias y sigue arremangarnos la camisa y poner manos a la obra, para poner en marcha todas estas obras de infraestructura. Sin embargo, ésa es sólo una lámina muy básica, muy elemental y muy material del desarrollo al que aspiramos.

Ciertamente y en paralelo, viene el impulso al desarrollo económico, la atracción de inversiones, el impulso al crecimiento y —sobre todo— a llevar oportunidades concretas a cada familia y a cada persona.

Pero más allá: lo fundamental y la visión de largo plazo tiene que ver con la tercera lámina de este proyecto, que es el desarrollo humano; que es equipar a cada familia, a cada persona en la región, con las habilidades, con las capacidades, con los conocimientos, con los elevados niveles de educación para que por sí misma, cada familia y cada persona, pueda generar su propio ingreso y pueda —a través de ello— alcanzar sus metas en la vida.

Pero el Caribe también es crucial para nosotros.

Hace algunas semanas, tuve el privilegio de participar en la XXII Reunión de la Conferencia de Jefes de Gobierno de la Comunidad del Caribe, en donde reiteré la voluntad de México para fortalecer la cooperación técnica y científica entre mi país y la comunidad caribeña.

Debo destacar —en especial— la invitación mexicana para realizar una conferencia del Caribe sobre Delimitación Marítima, orientada a resolver antiguas disputas respecto de los límites marítimos de las naciones caribeñas.

De igual manera, estamos trabajando con el grupo de países del Caribe, para un proyecto y un plan de seguridad, y para enfrentar juntos el problema lacerante del crimen organizado y el narcotráfico.

La reciente Reunión Cumbre del Grupo de Río, celebrada en Santiago de Chile, ofreció una valiosa oportunidad para que las naciones de América Latina fortalezcamos nuestras convergencias.

Si lo logramos —y estamos en vías de hacerlo— nuestra influencia en equipo, en conjunto, en la conformación de una nueva arquitectura internacional, será mucho mayor pues tendremos, como lo acordamos en esta reunión, una sola voz firme y clara.

Nuestro reto es actuar unidos para contribuir a la construcción de un nuevo sistema internacional, acorde con nuestros intereses y anhelos.

Acudo a esta Sesión del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos para refrendar la confianza de México en que ese sentimiento de unidad habrá de convertir a nuestros países en un poderoso factor de influencia en la configuración del nuevo sistema internacional.

Son muchos los temas que exigen planteamientos novedosos, acordes con los nuevos tiempos. En dos de ellos —la consolidación de la democracia y el respeto a los derechos humanos— nuestros países han realizado avances sustantivos en años recientes, aunque aún queda mucho por hacer para fortalecer las instituciones y los principios democráticos en todo el Hemisferio.

Estos dos temas son fundamentales para lograr un crecimiento económico floreciente, que cierre la brecha entre las vanguardias del progreso y quienes se han quedado rezagados y olvidados en el desarrollo.

Reitero por ello mi convicción que la ruptura del orden democrático en alguno de nuestros estados, es un obstáculo para su participación en el proceso de la Cumbre de las Américas, así como en otros mecanismos de concertación regional.

Consecuentemente México se ha sumado al proceso encaminado a fortalecer y ampliar el proyecto de la Carta Democrática Interamericana, que será discutido para su aprobación final en Lima, dentro de pocos días.

Junto con la consolidación de la democracia, México tiene un renovado compromiso con el respeto a los derechos humanos, tanto dentro de nuestro país como en el exterior.

1499,1500,1501

De manera congruente con este principio, mi Gobierno pondrá a consideración del Congreso mexicano, 13 instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que no habían sido ratificados por nuestro país o que actualmente se encuentran condicionados con reservas de diversa índole. Entre ellos la ratificación del estatuto de la Corte Penal Internacional. Nuestro objetivo es fortalecer el marco legal y la observancia plena de derechos humanos en México.»

«Palabras del Presidente Fox durante el almuerzo ofrecido por los centros de estudios Académicos en el Instituto de Economía Internacional.

Washington, D.C., 7 de septiembre de 2001.

Versión estenográfica de las palabras del Presidente Vicente Fox Quesada, durante el almuerzo que este mediodía le ofrecieron los Centros de Estudios Académicos en el Instituto de Economía Internacional, en esta ciudad.

(Interpretación del inglés al español.)

"Microtouch", esta computadora. Me siento conmovido por las palabras extremadamente amables que se han dicho, por aquellos que hicieron la presentación. Tengo que hacer un gran esfuerzo para que mis botas se conserven sobre la tierra a fin de que no empiece yo a volar.

Hemos estado trabajando —y trabajando mucho— con un compromiso muy fuerte con México, con los mexicanos; ya sea que estén en nuestro territorio, ya sea que estén aquí en Estados Unidos o en cualquier otra parte del mundo.

Quiero ser muy breve porque pienso que es mucho más importante, en esta ocasión, que abramos un diálogo franco. Entonces quisiera empezar con México y luego pasar a la relación bilateral con Estados Unidos, para luego hablar sobre el TLCAN y, posteriormente, hablar sobre el continente. Pero quisiera ser muy breve en cada uno de estos temas.

Sí, México está pasando por una transición: por un lado, los claros y por otro lado, los oscuros. Los claros son que estamos pudiendo transitar de 71 años de régimen unipartidista en México a una democracia en plenitud.

Esto no es fácil de llevar a cabo, pero se ha hecho pacíficamente, sin violencia, se ha hecho sin ninguna crisis o sin ninguna devaluación mamut, como las teníamos en el pasado y se ha hecho —diría yo— con armonía.

Pero los problemas no están ausentes. Cada uno de nosotros —los protagonistas de esta transición— estamos teniendo un nuevo papel. Mi partido es nuevo en el Gobierno y debemos desarrollar y establecer una buena y saludable relación entre el partido y su Gobierno.

Somos nuevos como gobierno y cometemos errores, indudablemente y tenemos errores en la conducción de la Nación, pero aprendemos y nos adaptamos a las circunstancias de estos primeros nueve meses de Gobierno.

Nuestro espíritu, nuestra filosofía, nuestra visión no ha cambiado en lo absoluto. Ahí está. Lo que comprometimos con la gente de México está ahí, los objetivos y las propuestas que hicimos están ahí; estamos totalmente conscientes de eso y estamos trabajando en cada uno de los frentes, a fin de cumplir con las demandas del pueblo mexicano.

El PRI, el partido predominante en el pasado, ahora está en la oposición y también se está ajustando como partido, ajustando también su relación en la agenda política. Tenemos otros partidos que están haciendo exactamente lo mismo.

Tenemos un Congreso muy particular y muy especial, es este Congreso donde nadie tiene la mayoría de cinco importantes fuerzas políticas que están participando en el Congreso. Por tanto, tienen que hacer su propio trabajo, sus propios ajustes, a fin de llegar a ser productivos y eficientes para que el Congreso y el Poder Legislativo estén a la altura de los retos que enfrentamos conjuntamente, a la altura con el Poder Judicial, Legislativo y Ejecutivo.

No hay duda alguna de que tenemos un nuevo papel que adoptar en el Congreso y en el Gobierno y estamos experimentando, estamos aprendiendo, avanzando en este —debo decir— a veces difícil y conflictivo proceso.

Para mí es mucho lo que hemos logrado y lo que hemos hecho conjuntamente en estos nueve meses, nueve meses de transición, los cuales estamos aprovechando y yo diría que nos estamos acercando mucho a acuerdos nacionales, a pactos políticos y acuerdos políticos sobre los principios básicos y fundamentales sobre la visión y cómo compartir esa visión de la Nación, la nueva Nación que necesitamos para navegar exitosamente en este Siglo XXI. Ese es el paquete político.

Luego tenemos el paquete económico.

Allá por noviembre, por octubre del año pasado, todos nos despertamos con malas noticias y todo mundo trató de presentarlos no tan mal como están siendo ahora. Todo mundo dijo que iba a ser un cambio grande, que se reduciría el crecimiento y que durante un corto tiempo regresaríamos a un crecimiento extenso.

La desaceleración de la economía estadounidense. Cuando el motor que mueve las economías mundiales se detuvo, en un mes todos nos detuvimos. No conozco ningún país que esté sosteniendo sus objetivos originales en el crecimiento. Todo mundo ha tenido que reducir sus perspectivas en este rubro.

¿Qué estamos haciendo en México para enfrentar este reto?

En primer lugar, la disciplina, es decir, conservar nuestra disciplina en los principios fundamentales de la economía, para garantizar que nuestra economía muestre su fuerza ahora que tenemos turbulencia y que tenemos que navegar en esa turbulencia.

Entonces, nuestros principios fundamentales están fuertes y en línea. Tenemos las reservas más elevadas en dólares de toda la historia; tenemos el flujo más alto de ingreso extranjero directo que está llegando a México; tenemos las tasas de interés más bajas a nivel histórico; tenemos también una de las tasas inflacionarias más bajas.

Entonces, hasta cierto punto, estamos en el ciclo, estamos convergiendo con las economías canadiense y estadounidense, que son nuestros socios más cercanos, con los que tenemos 85% de nuestras actividades económicas.

Por otro lado, sí, nos preocupamos: nos preocupa el desempleo, nos preocupa no crecer y luego no crear los empleos que necesitamos cada año.

El reto es grande: 1 millón 350 mil nuevos empleos que necesitamos cada año en México. Estados Unidos, cuyo tamaño en comparación con México es de 2.5 a uno, necesita un millón de trabajos nuevos al año. Por lo tanto, tenemos un reto, tenemos que enfrentarlo y tenemos que trabajar para superarlo.

De la misma forma, el crecimiento es un deber en nuestras economías, porque si no, no podemos cumplir con las necesidades sociales, con las demandas sociales que son urgentes en nuestros países para combatir la pobreza, a fin de poder equipar a todo ciudadano y familia con conocimiento, capacidades y habilidades para generar su propio ingreso. Por ende, estamos enfrentando esos dos asuntos y estamos generando los trabajos y haciendo que la economía crezca.

Espero que podamos hacerlo, pero ciertamente sería necesario que el resto de las economías también empiecen a moverse.

Relación bilateral. Es claro que hay tres asuntos: uno tiene qué ver con la migración, otro con las drogas y el tercero tiene qué ver con el comercio, la inversión y el desarrollo.

¿Estamos tomando al toro por los cuernos?, como decimos en México y queremos enfrentar francamente estos tres asuntos que son claves en la relación bilateral.

Pensamos que no hay forma de que podamos superar estos retos si no colocamos un fuerte cimiento y ese cimiento es la confianza. Pienso que si nos tenemos confianza, tendremos la capacidad de responder a esos tres retos.

Ustedes saben, puesto que lo hemos explicado en estas 48 horas, exactamente dónde nos encontramos, en relación con cada uno de estos asuntos, entonces, en este momento no voy a comentar más al respecto, pero quizá sea sujeto de sus preguntas o de sus comentarios posteriores.

Número tres, TLCAN. El TLCAN fue una decisión visionaria y estratégica, tomada por muchas personas, aquellos que fueron los protagonistas y jugadores hace 10 años y tuvieron razón.

El TLCAN está funcionando y está funcionando para mejorar la situación de nuestros tres países, y el TLCAN tiene una base fundamental particular, pero todavía no veo que nos estemos acostumbrando a entender en éstos, qué significa ser socios y que la asociación es la clave para el éxito del TLCAN.

Debemos preocuparnos los unos por los otros; debemos unir nuestros recursos y talentos, debemos trabajar conjuntamente para ser competitivos; debemos ver el futuro con la misma visión. Eso es ser socios.

Eramos amigos, éramos vecinos, pero no éramos socios, hasta que decidimos serlo y se trata de un gran compromiso con todos nosotros.

Esta asociación nos va a hacer exitosos frente a los grandes retos, en el desarrollo económico, el comercio, así como en llevar prosperidad y riqueza a nuestras sociedades y podemos ver claramente cómo Europa se desintegró.

Los países originales ahora han invitado a muchos más a participar, y están en el proceso, y casi duplicarán su capacidad; también hay otros países que están esperando en la fila para poder unirse a la Unión Europea. Eso les dará fortaleza. Están trabajando con unidad, quieren ser competitivos, quieren unificar sus talentos y su energía, y lo están haciendo, y lo mismo está sucediendo en Asia.

Podemos ver que una fuerza, la fuerza económica creciente de China, amenaza a todo mundo en su capacidad de competir, tememos que no tengamos la respuesta, no individualmente; ningún país la tiene.

Pero si realmente somos socios, si somos socios verdaderos, si nosotros unimos nuestros recursos complementarios, si trabajamos en una política de energía para el TLCAN, si trabajamos en un programa educativo a través del TLCAN, si utilizamos todo nuestro talento, si utilizamos nuestra energía de trabajo que tenemos en México, pensando en la mano de obra, será la única forma de poder enfrentar el futuro.

Es la única forma en que realmente podremos tener éxito en este Siglo XXI y mejorar nuestra calidad de vida.

Pero México está en medio del sandwich, estamos exactamente en medio del sandwich. Entonces, vemos hacia el norte y queremos estar muy cerca de nuestros hermanos en América Latina.

Y si estamos hablando de vecindad con Estados Unidos, de amistad con Estados Unidos y estamos hablando de sociedad con Estados Unidos, queremos utilizar ese mismo camino hacia el sur.

Es ahí donde entra el Plan Puebla-Panamá y estamos tratando de promover desarrollo regional, puesto que como dije esta mañana, la economía estadounidense, Estados Unidos como país, tiene la capacidad de irradiar, irradiar no solamente principios y valores democráticos, no solamente irradiar tecnología y desarrollo humano, sino también irradiar desarrollo económico.

Vemos esa ola que está llegando a México. Nuestra frontera, nuestros estados del norte tienen mucho más desarrollo que nuestros estados sureños.

Por ejemplo, en niveles educativos, Baja California y Nuevo León, están alcanzando un promedio de nueve años de educación; en el Sur, en Chiapas, tenemos un promedio de tres años de escolaridad. El ingreso per cápita en el norte es de ocho mil dólares estadounidenses en esos estados, pero en el sur ni siquiera hemos llegado a 1 mil dólares per cápita de ingreso. Por ende, tenemos que estar muy conscientes de las diferencias regionales y trabajar en ellas.

Y es por eso que también queremos estar cerca de nuestros hermanos en el sur.

Pensamos que tenemos el concepto. Esto lo hemos hablado con ellos y hemos acordado, los cuatro presidentes de los países que tienen las cuatro principales economías, el Presidente Lagos de Chile, el Presidente Cardoso de Brasil, el Presidente De la Rúa en Argentina y México.

Esas son las cuatro economías, esas pueden ser las cuatro maquinarias para mover a América Latina, para levantar otros países en América Latina.

Entonces, si vamos paso a paso, juntando las piezas, los acuerdos regionales que tenemos, el G-3, el acuerdo de Centroamérica, el acuerdo del Caribe, el acuerdo del Mercosur, acuerdos regionales que son piezas que se están unificando.

Estamos asegurando y estamos totalmente convencidos de que debemos tener todo esto terminado en cuestión de cinco años, para tener una pieza, un continente. Asimismo, estamos convencidos de que tendremos la capacidad para competir, que tendremos la capacidad de ser solidarios, que tendremos la capacidad de trabajar por esos 220 millones de pobres que tenemos en América Latina y que tendremos la capacidad para mejorar nuestros niveles educativos y que tendremos la capacidad para ampliar los programas de salud en toda América Latina.

Es el acuerdo hemisférico que podemos visualizar dentro de cinco años y en el que todos estamos trabajando unidos, con consenso, para tratar de construir el mejor acuerdo comercial que podamos tener en el mundo y será éste que estoy mencionando, porque estamos tomando el tiempo, tenemos el compromiso.

1502,1503,1504

Todo mundo está participando con su talento, porque va a ser algo abierto, pues va a ir más allá, de sólo contar con la participación de políticos. Estará abierto para la participación de la sociedad, de organismos no gubernamentales, de académicos, abierto para las universidades, abierto para la participación de las familias indígenas en el continente, como también abierto a los sindicatos y a los trabajadores, abierto para los pobres, para que puedan también expresar cuáles son sus necesidades.

Por ende, esto se va a construir en un proceso totalmente abierto, que garantizará que es el tipo de acuerdo que este continente necesita. Con esto termino".

Muchas gracias.

(Del informe de la Presidencia de la mesa directiva, sobre la gira del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos a los Estados Unidos de América realizada del 4 al 7 de septiembre de 2001)

La Presidenta

Túrnese a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, para su archivo y a la Comisión de Relaciones Exteriores, para su conocimiento.

MATERIA TRIBUTARIA

El secretario Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo.— Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.

Ciudadanos diputados secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En ejercicio de la facultad que a las legislaturas de los estados le confiere el artículo 71 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos, Mexicanos, la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz-Llave, en sesión extraordinaria celebrada el día de hoy, acordó presentar iniciativa ante el Congreso de la Unión, para reformar y adicionar diversos artículos de la Constitución General de la República.

Anexamos para los efectos procedentes, un ejemplar del acuerdo correspondiente que contiene la mencionada iniciativa.

Sin otro particular, le reiteramos la seguridad de nuestras atentas y distinguidas consideraciones.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Xalapa, Veracruz, a 11 de octubre de 2001.— Diputados: Armando José Raúl Ramos Vicarte, presidente y José Luis Salas Torres, secretario.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo.— Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.

La LIX Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción III y 38 de la Constitución Política local; 18 fracción III y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo y en nombre del pueblo, expide la siguiente iniciativa ante el Congreso de la Unón.

Primero. Se aprueba presentar ante el honorable Congreso de la. Unión, a nombre de la LIX Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos siguientes:

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

La LIX Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz-Llave, en ejercicio de las atribuciones concedidas por los artículos 71 fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 38 de la Constitución Política del Estado de Veracruz y 47, segundo párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, somete a consideración de esa soberanía la presente propuesta de iniciativa de decreto que reforma los artículos 25, párrafos primero y segundo y 73 fracciones VII, X, XXIX y XXX; que adiciona los artículos 73 con una fracción XXIX-K y 116 con una fracción VIII y una fracción IX y deroga la fracción VIII del artículo 117; todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Lo anterior con base en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

I. La Constitución Federal establece, en su parte orgánica, los fundamentos de soberanía nacional y forma de Gobierno de la República Mexicana, que se constituye y organiza, por voluntad del pueblo, en forma representativa, democrática y federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, en su calidad de partes integrantes de la Federación. De este modo, los poderes de la Unión y los propios de los estados actúan, competencialmente, en los términos que establece nuestra Ley Superior.

Los principios fundamentales antes enunciados, como cualesquiera de los que fija la Constitución de la República, deben conectarse lógicamente con el contenido de otros preceptos de igual jerarquía, relacionados entre sí por cuanto al objeto específico de regulación, con el fin de procurar una interpretación armónica sobre la aplicación de normas constitucionales que, en el extremo, pudieren aparentar estar en oposición, bajo la premisa de considerar reglas especiales a las que representen una excepción de aquellas normas que establezcan principios o reglas generales.

En relación con la distribución de competencias entre la Federación y los estados, que nuestra Constitución consagra en el artículo 124, se adopta el criterio de que la Federación mexicana surge de un pacto o unión entre dichos estados, que convienen en ceder o delegar facultades a un Gobierno central, reservando para sí las que no se otorguen a éste.

Tal es el elemento de orden histórico, sociológico y jurídico, que diversos tratadistas invocan, generalmente, para calificar al sistema federal, en concordancia con la etimología del concepto "Federación", cuyo significado es el de alianza o unión.

Conforme al artículo 124, nuestra Constitución Federal prácticamente no establece facultades expresas para los estados, como sí lo hace para la Federación y los municipios, optando, en la especie, por el mecanismo de fijar condiciones y restricciones a dichas entidades.

Esto no parecería representar un problema, a la luz del origen de este precepto, que tuvo como referente indudable el artículo o enmienda X de la Constitución de los Estados Unidos de América, ratificada en 1791, cuyo contenido expresa que los poderes que la Constitución no delega a los Estados Unidos ni prohibe a los estados, quedan reservados a los estados respectivamente o al pueblo.

Conviene recordar que, en la historia del constitucionalismo mexicano, el establecimiento de esta prevención estuvo presente positivamente en el debate de los diversos proyectos de Constitución, desde los años de 1856 y 1857, cuando se incorporó el vocablo "expresamente" para acotar las facultades que se conferían al Gobierno Federal, con lo que el referido precepto asumió, propiamente, una condición de mayor limitación a los poderes de la Unión, si se le compara con el dispositivo homólogo previsto en la Constitución americana.

Así, por el establecimiento de esta disposición que el Constituyente de 1917 mantuvo, podría decirse que el ejercicio o ampliación de cualquier facultad que no estuviere concedida expresamente, desbordaría el marco constitucional.

II. En materia tributaría, el Gobierno Federal ejerce amplísimas facultades para el establecimiento de contribuciones, no obstante la regla general del artículo 124 constitucional, que señala: "las facultades que no estén expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales (léase Gobierno Federal) se entienden reservadas a los estados".

Al respecto, en la doctrina se ha externado el argumento de que al armonizar el texto original de los artículos 73 fracciones VII y XXX y 74 fracción IV, se desprende el otorgamiento de facultades ilimitadas a la Federación, en materia tributaria.

Recordemos que de estas disposiciones, la fracción VII del artículo 73 ha permanecido intacta desde 1917, señalando que el Congreso tiene facultad para imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto.

Por su parte, la fracción IV del artículo 74, originalmente establecía la facultad exclusiva de la Cámara de Diputados de: "aprobar el presupuesto anual de gastos, discutiendo primero las contribuciones que a su juicio deben decretarse para cubrir aquél".

A través de sucesivas reformas, ocurridas en los años de 1977, 1982, 1987, 1993 y 1999, el inicial párrafo único de esta fracción vio aumentado su texto, que actualmente se integra por siete párrafos, incorporando los infinitivos "examinar" y "discutir"; la facultad de aprobar los egresos del entonces Departamento del Distrito Federal (ahora suprimida); los plazos para que el Ejecutivo Federal haga llegar las iniciativas de Ley de Ingresos y proyecto de presupuesto; disponer que la Cámara de Diputados reciba la Cuenta Pública del año anterior y la creación de la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación, que apoya a la Cámara de Diputados en la revisión de la Cuenta Pública.

La primaria redacción de los preceptos antes comentados fue cuestionada, a partir de la reforma constitucional de 1942, que estableció un listado expreso de materias sobre las cuales se facultó a la Cámara de Diputados para imponer contribuciones; dando pie a considerar que, al haberse creado este listado de potestades tributarias para el Gobierno central, éste sólo podía ejercer, facultades en materias que estuvieren comprendidas en la limitativa enumeración aprobada.

Sin embargo, con base en las denominadas facultades implícitas que el Constituyente estableció en la original fracción XXXI del artículo 73, cuyo texto, por efecto de la reforma de 1942, fue reubicado, sin modificaciones, en la fracción XXX, es que se han reconocido facultades tributarias extensas a los poderes de la Unión.

Notable ha sido la interpretación de este dispositivo, no sin artificios, el que, al decir de Tena Ramírez, resulta en "... puerta de escape, por donde los poderes federales están en posibilidad de salir de su encierro para ejercer facultades que, según el rígido sistema del artículo 124, deben pertenecer en términos generales a los estados".

Fue así como en virtud del problema interpretativo, materializado en diversos juicios de amparo que demandaron la inconstitucionalidad de ciertos impuestos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por vía jurisprudencia, resolvió, a partir del análisis del artículo 73 fracciones VII, XXIX y XXX, la plena constitucionalidad de las amplias facultades de que hoy goza el Gobierno Federal para imponer contribuciones, con lo que se dejó a los estados en una posibilidad marginal o prácticamente nula para ejercer, a su vez, potestades propias en esta materia.

En efecto, la Corte ha resuelto que la Federación posee facultad exclusiva para imponer contribuciones, al tenor de la disposiciones previstas en la fracción XXIX del artículo 73, pero que esto no es una limitante de las facultades del Congreso de la Unión para expedir leyes impositivas, en rubros no señalados en esa fracción, en razón de que la fracción VII del mismo numeral lo autoriza, sin restricción alguna, para proceder a la imposición de cualquier contribución que juzgue necesaria a fin de cubrir el presupuesto; al tiempo que la fracción XXX le otorga la posibilidad de "expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras concedidas por esta Constitución a los poderes de la Unión".

Como se aprecia, lo anterior ha llevado a una merma casi absoluta de la soberanía tributaria de las entidades federativas, impidiéndoles la posibilidad de establecer, a través de sus respectivas legislaciones, la obligación a cargo de determinadas personas de contribuir para los gastos públicos.

En efecto, desde la mitad de la década de los años ochenta, el país emprendió un proceso de reforma estructural. Las principales transformaciones estuvieron orientadas a la apertura económica, el fortalecimiento de las ventajas competitivas mediante la firma de acuerdos de libre comercio con países de norte, centro y suramérica, así como Medio Oriente y, recientemente, la Unión Europea.

Adicionalmente, al interior de la administración pública se logró desvincular activos no prioritarios para la función pública, mediante un amplio proceso de privatización y reducción del tamaño de la administración pública, sustentada en un innovador modelo de desregulación de la actividad económica.

Otro elemento fundamental de este proceso consistió en el logro de los equilibrios y la estabilidad en las principales variables macroeconómicas, que permitieron observar una disciplina fiscal y monetaria, así como el saneamiento de las finanzas públicas. La reprivatización del sistema financiero requirió que, en complemento, se promoviera una reforma fundamental del sistema financiero que aún requiere avanzar en sus alcances y resultados.

Asimismo, se promovió una reforma al sistema de seguridad social, para introducir los sistemas individualizados de ahorro para el retiro.

Por otra parte, para fortalecer la actividad de las entidades federativas se inició un importante programa de descentralización pública de los servicios de educación y salud, entre otros.

1505,1506,1507

Estos elementos han permitido que el país logre alinearse de manera competitiva e institucional, a condiciones semejantes de sus principales socios comerciales.

Es evidente que este proceso debe continuar para impulsar una nueva etapa de crecimiento económico y de distribución social y regional de la riqueza.

Por ello, en las condiciones actuales el paso obligado es el fortalecimiento del federalismo hacendario, como base del proceso de reforma de Estado.

III. Quienes suscriben la presente iniciativa, conscientes de la aplicación e interpretación que han realizado el legislador y nuestro máximo tribunal, estimamos que el artículo 124 debe entenderse como el fundamento rector o regla general al que deben sujetarse las disposiciones constitucionales supracitadas.

Por ello, proponemos proceder a la reforma de los artículos constitucionales examinados, en armonía con otros preceptos sustantivos cuya reforma y adición también se plantea, como única forma para lograr el reconocimiento indudable de potestades que confieran a las entidades federativas una verdadera soberanía tributaria.

De esta manera, en conocimiento de las iniciativas que el titular del Ejecutivo Federal ha presentado al Congreso de la Unión, consideramos que una reforma fiscal de carácter verdaderamente redistributivo, para ser integral, debe superar el nivel de un esquema constitucional y legal que incide, únicamente, sobre aspectos relacionados con la elaboración, presentación y aprobación de las iniciativas de ingresos y egresos, proceso legislativo en materia presupuestaria y reconducción del presupuesto.

Si bien los anteriores son temas de obligado estudio, no incluyen consideraciones de orden jurídico sobre una nueva distribución de facultades tributarias entre los diversos órdenes de gobierno.

En abono a lo señalado, debe destacarse el hecho de que diversos legisladores, tanto diputados como senadores, han presentado iniciativas formales de reforma constitucional, coincidentes con el propósito que anima a la presente.

Convenimos en que el modelo tributario vigente debe rediseñarse, para modificar el excesivo centralismo en la imposición de contribuciones. A fin de lograrlo, es necesario permitir a los gobiernos locales la creación de contribuciones necesarias para el financiamiento de sus correspondientes gastos públicos y en consecuencia, fortalecer genuinamente el desarrollo de las economías regionales.

Es de admitirse el imperativo de generar mayores recursos; empero, el Congreso de Veracruz difiere de las fuentes de recaudación que se deben instaurar y sobre todo, considera que es necesario descentralizar las facultades impositivas para dar lugar a una nueva coordinación hacendaria entre el Gobierno central y los de las entidades federativas.

La presente iniciativa aporta nuevos elementos para impulsar un verdadero federalismo hacendario y conlleva el ánimo de contribuir al debate sobre una reforma que incluya aspectos de ingreso, gasto y deuda, pero mediante la incorporación de contenidos constitucionales que den certidumbre jurídica a las haciendas públicas locales, conforme a una delimitación clara de las facultades de cada orden de gobierno, para resolver la alta dependencia que padecen los gobiernos estatales respecto de recursos federales.

Por ello estimamos que cualquier propuesta de orden legal, relativa a los diversos impuestos regulados por leyes especiales, como es el caso del impuesto al valor agregado y del impuesto sobre la renta, debe sujetarse a una previa discusión sobre la revisión del marco constitucional que les da fundamento y garantizar los principios de equidad y proporcionalidad en las contribuciones.

IV. Durante los últimos meses, diputados, senadores, gobernadores, grupos y organizaciones políticas, se han reunido periódicamente para revisar no sólo las iniciativas del Ejecutivo Federal denominada "nueva hacienda pública" distributiva sino también las presentadas por legisladores en esta materia.

Por su parte, se han celebrado diversas reuniones de trabajo, derivado de lo cual surgieron acuerdos y principios que llevaron a la creación de un grupo jurídico que, en unión con los secretarios de finanzas o equivalentes de cada estado, procedieron al estudio de las diversas iniciativas presentadas para alcanzar una propuesta de reforma constitucional, conforme a las premisas siguientes:

• Plantear una nueva distribución de potestades recaudatorias y responsabilidades de gasto público entre los gobiernos Federal, estatales y municipales, para dejar atrás el modelo centralista que concentra en el Gobierno Federal los ingresos y gastos.

• Establecer reglas constitucionales para que, acorde con los nuevos ingresos que recibieren las entidades federativas y municipios, se normen responsabilidades en materia de gasto público.

• Preservar los principios constitucionales de equidad y proporcionalidad en materia tributaria.

• Reconocer a los estados la categoría de socios y no de subordinados en el pacto federal.

• Permitir a los estados contar con información sobre la forma en que el Gobierno Federal decide y ejerce los programas de política social y obra pública, basados en criterios de transparencia y de rendición de cuentas.

• Crear una comisión federal como espacio de coordinación de acciones sobre aspectos del desarrollo económico nacional.

• Normar que las entidades federativas puedan contratar, con oportunidad, financiamientos y empréstitos, sujetándose a reglas claras y precisas.

• Permitir que las entidades federativas puedan gravar el consumo de gasolinas, cerveza, bebidas alcohólicas, tabacos y energía eléctrica, sobre los premios que se obtengan por rifas, juegos y sorteos, así como sobre la actividad forestal y demás actividades que no sean de la exclusiva competencia de la Federación.

Con esta posición, los gobernadores de diversas entidades federativas suscribieron, el 10 de agosto de este año, en el Estado de Sinaloa, la declaración de Mazatlán y los acuerdos por los que se reconoce la necesidad de: impulsar la creación de espacios de consulta entre los gobiernos Federal y locales; modernizar las haciendas públicas Federal, estatales y municipales, sobre la base y premisa toral de la transferencia de potestades, atribuciones y responsabilidades a las entidades federativas en materia de ingresos, deuda y gasto público e impulsar también, a la brevedad posible, los trabajos necesarios para construir, de manera unificada, una nueva visión federalista de nación, que propicie un mayor equilibrio entre los tres órdenes de gobierno, reconociendo que toda decisión legislativa es formal y materialmente competencia del honorable Congreso de la Unión.

V. Con base en el estudio de las iniciativas presentadas por el Ejecutivo Federal, así como de las elaboradas por diputados federales y senadores de la República y en atención a la declaración que gobernadores de diferentes entidades federativas suscribieron, solicitando que los legisladores, en sus trabajos parlamentarios, tomen en consideración el sentir, las recomendaciones y consensos de los gobiernos estatales, se estudien las medidas para fortalecer las haciendas públicas de los tres órdenes de gobierno y que se instaure un renovado espíritu federalista en la Constitución General de la República, nos permitimos proponer reformas a nuestra Ley Fundamental, en los términos siguientes:

Artículo 25. Se propone adicionar su primer párrafo con la expresión "federal", a fin de establecer claramente un nivel de participación de las entidades federativas en el desarrollo nacional, lo que daría mayor aliento a la noción de que dicho desarrollo, de naturaleza integral y sustentable, tiene por objeto fortalecer la soberanía de la Federación y su régimen democrático.

La anterior adición, se complementa con la creación, en el párrafo segundo de este artículo, de una comisión federal de presupuesto, ingreso y gasto público, como espacio de consulta y participación en relación con la planeación, conducción, coordinación y orientación de la actividad económica nacional.

Para cumplir el propósito antes señalado, se propone que dicha comisión se integre por el Presidente de la República, quien la presidiría y por los titulares de los ejecutivos estatales, persiguiendo con ello reforzar el federalismo, para que en el marco de la rectoría del desarrollo nacional y regional, las decisiones en materia de presupuesto, ingreso y gasto, correspondan a las necesidades planteadas por las entidades federativas y la Federación, con base en proyectos y programas específicos que permitan el uso eficiente de los recursos públicos, propiciando así que su asignación responda a fórmulas y metodologías claras, que eliminen cualquier rasgo de discrecionalidad.

Artículo 73. El país requiere de una nueva distribución de potestades entre los gobiernos Federal, estatales y municipales, dejando atrás el modelo centralista vigente.

En consecuencia, con las modificaciones a este artículo, se busca fomentar y preservar los principios de equidad y proporcionalidad, para dar a las entidades federativas la categoría de socios, otorgándoles atribuciones y potestades tributarias que se comentan en el apartado correspondiente al artículo 116.

De este modo, la reforma supone definir clara y expresamente desde la norma constitucional, que el Congreso de la Unión, al aprobar el presupuesto (fracción VII), al legislar en diversas materias (fracción X) o en uso de sus facultades implícitas (fracción XXX), invariablemente deberá proceder con respeto y sin contravenir las facultades otorgadas a las entidades federativas y a los municipios.

Asimismo, se considera procedente proponer, en la fracción XXIX base segunda, que de las contribuciones sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales comprendidos en los párrafos cuarto y quinto del artículo 27, se deberá participar a las entidades federativas en los términos de las leyes aplicables.

También se propone, en la fracción XXIX, la reforma de su base tercera para señalar que la Federación podrá imponer contribuciones sobre las actividades relacionadas con las instituciones financieras y sociedades de seguros, con lo cual se actualiza la denominación y status jurídico de estas personas morales.

Respecto de los impuestos especiales previstos en la base quinta, fracción XXIX del artículo 73, se reserva a la Federación su facultad de imponer contribuciones, únicamente por cuanto hace a la producción de tabacos, eliminando la expresión "labrados", cerveza y bebidas alcohólicas.

En el último párrafo de la base quinta antes mencionada, se estima procedente fijar la previsión de que las entidades federativas serán informadas y participarán en el rendimiento de dichas contribuciones especiales, en la forma y proporción que la ley determine.

Se propone la adición de una fracción XXIX-K, con el propósito de que el Congreso de la Unión tenga facultades para expedir las leyes que establezcan la coincidencia del Gobierno Federal y de los gobiernos de los estados, en materia hacendaria, acorde con el establecimiento y delimitación de facultades expresas para ambos órdenes de gobierno, señalando, en su segundo párrafo, el objeto de tales leyes.

Finalmente, en la fracción XXX se estima conveniente adicionar el concepto de "coordinación hacendaria", en abono a la coincidencia de la Federación y los estados en la imposición y administración de los tributos, para dar pie a iniciar una nueva participación verdaderamente federal en materia tributaría.

Artículo 116. A fin de fijar, expresamente, genuinas potestades tributarias a las entidades federativas, se propone adicionar una fracción VIII, con objeto de otorgarles facultades para contratar financiamientos y empréstitos con sociedades nacionales o extranjeras legalmente constituidas, con la limitante de que: deberán contar con autorización de sus respectivas legislaturas, destinar los recursos que contraten a inversiones públicas y, en tratándose de sociedades extranjeras, sujetarse a las bases que establezca el Congreso de la Unión en una ley.

También se propone la adición de una fracción IX, que facultaría a las entidades federativas para establecer contribuciones a cargo de las personas físicas y morales residentes en su territorio; para fijar contribuciones relacionadas con ingresos por concepto de salarios y prestación de servicios profesionales y para establecer contribuciones especiales sobre el consumo de gasolinas, cerveza, bebidas alcohólicas, tabacos, energía eléctrica, sobre los premios que se obtengan por rifas, juegos y sorteos, sobre la actividad forestal y sobre las demás actividades que no sean de la exclusiva competencia de la Federación.

Lo anterior en virtud de que la potestad tributaría es consustancial a la función pública, pues se liga directamente con el objetivo de materializar el cumplimiento de la obligación de lograr el adecuado desarrollo de la sociedad, destinando los recursos humanos, financieros y materiales necesarios a tal fin.

La nueva fracción IX establecería, en un último párrafo, la posibilidad de que las entidades federativas convengan entre sí o con la Federación el cobro o administración de las contribuciones antes señaladas.

De este modo, la reforma del artículo 116 supone:

• Incluir el término "entidades federativas" para comprender no sólo a los estados, sino también al Distrito Federal.

• Reconocer la naturaleza jurídica de los organismos descentralizados y empresas públicas, como partes integrantes de las administraciones públicas de las entidades federativas y de los municipios.

• Establecer, por la adición de una nueva fracción VIII, la facultad de las entidades federativas de contratar financiamientos y empréstitos para destinarlos la inversión pública, previendo la limitación de que estas operaciones se realicen únicamente con sociedades nacionales y extranjeras, para efectos de asegurar la viabilidad de las operaciones en términos de la solvencia económica y moral de los contratantes.

• Añadir el concepto de residencia por cuanto al cobro de contribuciones que establezcan las entidades federativas, dando así vigencia a la previsión constitucional de la fracción IV del artículo 31 de nuestra Carta Magna.

• Agregar la posibilidad de gravar actos que, sin haberse realizado en las entidades, surtan sus efectos en ellas, precisando el sujeto de la obligación tributaria.

• Incluir la enajenación de bienes, la prestación de servicios, el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y la fijación de contribuciones en materia de salarios, como podrían ser las remuneraciones de los trabajadores y servidores públicos de los gobiernos Federal, estatales y municipales; rendimientos por anticipos; honorarios a miembros de consejos directivos; honorarios a quien preste servicios a un solo patrón; honorarios asimilados a salarios; remuneraciones que no son salarios; prestación de un servicio independiente; residentes en el extranjero con base fija en el territorio estatal, así como a la enajenación de obras de arte y a los autores de obras, entre otras.

1508,1509,1510

Artículo 117. En este artículo se propone únicamente la derogación de su fracción VIII, en virtud de su reubicación, como potestad, mas no como restricción, en la nueva fracción VIII del artículo 116.

VI. Como puede observarse, la presente iniciativa, de merecer inicialmente la aprobación del Congreso de la Unión, en su calidad de integrante del Constituyente Permanente, supondría la realización de adecuaciones jurídicas trascendentes a toda la legislación ordinaria en materia fiscal, tanto en los órdenes Federal como en los estatales y municipales.

En este sentido, consideramos que dicha legislación debe atender fundamentalmente los aspectos siguientes:

1. En materia de impuestos al valor agregado:

• Minimizar el impacto del IVA en las clases más desprotegidas.

• Mantener la tasa en un 15%, correspondiendo a la Federación el 12% y un 3% a los estados, sin afectar las participaciones federales.

• Establecer una tasa, en las franjas y regiones de las fronteras norte y sur, de 10%; correspondiendo 8% a la Federación y 2% a los estados fronterizos.

• Que el IVA, en los estados, sea participable a los municipios.

2. En materia del impuesto sobre la renta:

• Mantener las tasas actuales aplicables a personas morales y físicas.

• Que el ISR de servidores públicos, en estados y municipios, sea 100% participable para cada uno de estos órdenes de gobierno. Que las entidades federativas tengan facultades recaudatorias respecto de los pequeños contribuyentes.

• No gravar las prestaciones de previsión social, debidamente justificadas.

• Que las entidades federativas puedan gravar la enajenación de inmuebles de personas físicas, de lo que se participaría a los municipios, conforme a las disposiciones que expidan las legislaturas locales.

• Mantener el tratamiento preferencial a contribuyentes, que realicen actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas con ingresos anuales hasta de 4 millones de pesos.

3. En materia de coordinación, que la presente iniciativa propone llevar a la denominación de coordinación hacendaria, legislar para:

• Incrementar gradualmente el porcentaje del fondo general de participaciones.

• Incorporar a la recaudación federal participable, los derechos extraordinarios sobre la extracción del petróleo.

• Integrar, en una Ley de Coordinación Hacendaria, la regulación del actual Programa de Apoyo de Fortalecimiento de Entidades Federativas, como un fondo de aportaciones no etiquetado, refiriendo su monto a un porcentaje de la recaudación federal participable.

• Establecer un sistema de información oportuno y confiable de los recursos federales que correspondan a las entidades federativas.

4. En materia de tenencia:

• Otorgar estímulos a los contribuyentes cumplidos.

• Conferir a las entidades federativas, la facultad de establecer impuestos ecológicos a las emisiones y residuos contaminantes.

5. Permitir a las entidades federativas legislar en materia de loterías estatales.

6. Permitir a los gobiernos estatales y municipales participar en los consejos directivos de la banca de desarrollo y del Sistema de Administración Tributaria.

VII. Es nuestra convicción que, hoy por hoy, el tema del federalismo, en su vertiente hacendaria, se inscribe en la lógica superior de la reforma de Estado, que tiene como principio esencial la reforma de las leyes a partir de las propias leyes. Por ello, de conformidad con la motivación antes expuesta, nos permitimos someter a esta soberanía, la presente

Iniciativa

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo único. Se reforman los artículos 25 párrafos primero y segundo y 73 fracciones VII, X, XXIX y XXX; se adicionan los artículos 73 con una fracción XXIX-K y 116 con una fracción VIII y una fracción IX y se deroga la fracción VIII del artículo 117, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

"Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y federal, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, que permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.

El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional y llevará a cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución. Para tal efecto, el titular del Ejecutivo Federal tomará en cuenta la opinión de la Comisión Federal de Presupuesto, Ingreso y Gasto Público, integrada por el Presidente de la República, quien la presidirá y por los titulares de los ejecutivos de las entidades federativas, la que funcionará conforme a los lineamientos establecidos por el Congreso de la Unión.

. . .

. . .

. . .

. . .

. . .

. . .

Artículo 73. . .

I a la VI. . .

VII. Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto, sin contravenir las facultades tributarias reservadas para las entidades federativas y municipios;

VIII a la IX . . .

X. Para legislar en toda la República sobre producción y explotación de hidrocarburos, minería, energía eléctrica y nuclear, así como sobre comercio, industria cinematográfica, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123.

Esta facultad se ejercerá sin contravenir las atribuciones de las entidades federativas que, en materia tributaria, señala el artículo 116;

XI a la XXVIII. . .

XXIX. . .

1. . .

2. Sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales comprendidos en los párrafos cuarto y quinto del artículo 27, de las cuales participará a las entidades federativas en los términos de las leyes aplicables.

3. Sobre las actividades propias de las instituciones financieras y sociedades de seguros;

4. . .

5. .

a). . .

b) Producción de tabacos;

c) al (f. . .

g) Producción de cerveza y bebidas alcohólicas.

Las entidades federativas serán informadas y participarán en el rendimiento de estas contribuciones especiales, en la forma y proporción que la ley secundaria federal determine. Las legislaturas locales fijarán el porcentaje correspondiente a los municipios, en sus ingresos por concepto del impuesto sobre energía eléctrica.

XXIX-B a la XXIX-J . . .

XXIX-K. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal y de los gobiernos de los estados, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia hacendaria.

Serán objeto de tales leyes los aspectos relacionados con los sujetos, objetos y actividades, así como las tasas, tarifas y cuotas, en tratándose de contribuciones.

XXX. Para expedir las leyes en materia de coordinación hacendaria entre Federación y entidades federativas; las que sean necesarias para hacer efectivas las facultades anteriores y las demás que esta Constitución concede a los poderes de la Unión, sin contravenir las facultades otorgadas o reservadas a las entidades federativas y municipios.

Artículo 116. . .

I a la VII. . .

VIII. Las entidades federativas y los municipios, así como sus organismos descentralizados y empresas públicas, podrán, previa autorización de sus respectivas legislaturas, contratar financiamientos y empréstitos con sociedades nacionales o extranjeras legalmente constituidas, siempre y cuando se destinen a inversiones públicas. Cuando se trate de financiamientos y empréstitos con sociedades extranjeras, deberán, además, sujetarse a las bases que establezca el Congreso de la Unión;

IX. Las entidades federativas estarán facultadas para:

a) Establecer contribuciones a cargo de las personas físicas y morales residentes en su territorio y que dentro de él realicen o surtan efectos los actos o actividades siguientes:

1. Enajenación de bienes;

2. Prestación de servicios y

3. Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes;

b) Fijar contribuciones relacionadas con ingresos por:

1. Salarios y

2. Prestación de servicios profesionales.

Asimismo estarán facultadas para establecer contribuciones especiales sobre el consumo de gasolinas, cerveza, bebidas alcohólicas, tabacos y energía eléctrica, sobre los premios que se obtengan por rifas, juegos y sorteos, así como sobre la actividad forestal y demás actividades que no sean de la exclusiva competencia de la Federación.

Las entidades federativas, en ejercicio de las facultades que les confiere esta fracción, podrán convenir entre sí o con la Federación, el cobro o administración de estas contribuciones.

Artículo 117. . .

I a la VII. . .

VIII. Se deroga.

IX. . .

. . ."

Segundo. Remítase la presente resolución a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para los efectos legales conducentes.

Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano del gobierno del Estado.

Dada en el salón de sesiones de la LIX Legislatura del Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a 11 de octubre de 2001.— Diputados: Armando José Raúl Ramos Vicarte, presidente, y José Luis Salas Torres, secretario.»

1511,1512,1513

La Presidenta:

Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

DIPUTADO QUE CAMBIA DE PARTIDO POLITICO

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Juan Ignacio García Zalvidea, para dar lectura a una comunicación.

El diputado Juan Ignacio García Zalvidea:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeros y compañeras diputados:

Voy a hacer de su conocimiento una carta que mandé a la diputada Beatriz Paredes Rangel, en su carácter de Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

«Estimada, señora Presidenta:

Por medio de la presente informo a la mesa directiva que usted dignamente preside, que he decidido separarme del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, por así convenir a los intereses de mis representados, siendo diputado electo por mayoría en el distrito I de Quintana Roo, que incluye los municipios de Benito Juárez, Lázaro Cárdenas, Solidaridad, Cozumel e Isla Mujeres.

Congruente con los principios que me han motivado a participar en la vida política de mi país, con bondad de corazón, firmeza de carácter y solidaridad, tomo esta decisión trascendente, para que se me incluya en el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, pues he realizado campaña con ellos, con la misma plataforma política de alianza por el cambio y, veo en este trayecto político, la frescura que México necesita para su gente, sin soberbia ni omisiones, que nos alejan de los anhelos e ideales, por los que he trabajado, como es la búsqueda del bien común y considerando siempre a un partido como un medio y no un fin, siendo este último el ciudadano a quien nos debemos, para que podamos lograr todos la realización plena, tanto en lo material como en lo espiritual.

Sin otro particular, reitero a usted mi consideración más distinguida.

Diputado federal Juan Ignacio García Zalvidea.»

Si me permite, unas palabras más a esta comunicación.

La Presidenta:

Señor diputado, estamos recibiendo su comunicación es el capítulo de comunicaciones, en ese sentido le concedimos el uso de la palabra, pero ha concluido usted su comunicación, señor diputado.

El diputado Juan Ignacio García Zalvidea:

Los argumentos son necesarios, señora Presidenta.

La Presidenta:

Solicito a la Asamblea nos expresen de manera económica su opinión, a juicio de esta Presidencia, el señor diputado ha dado lectura a su comunicación.

Le ruego a la Secretaría haga la consulta.

El secretario Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, si se le otorga la palabra al diputado Juan Ignacio García Zalvidea.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señora Presidenta.

La Presidenta:

Hasta por cinco minutos, señor diputado y ojalá sea breve.

El diputado Juan Ignacio García Zalvidea:

Muchas gracias, señora Presidenta; muchas gracias compañeras diputadas y diputados.

El día de hoy he tomado una decisión muy importante y trascendente, no exenta de contradicción, tras un profundo análisis de los principios que rigen mi vida y atendiendo al llamado de miles de personas que confían en su representante, he notado que son afines a los principios del Partido Acción Nacional, principalmente con la búsqueda del bien común y la dignidad de la persona humana.

Sin embargo, a pesar de esta coincidencia, en la teoría, me separo hoy del Partido Acción Nacional, por no corresponder su manejo y su tamaño a las expectativas de la población.

En lo personal, he trabajado con una gran convicción y poniendo todo de mi parte: patrimonio, trabajo, inteligencia y corazón, para que el PAN gane y avance, no por el partido mismo, sino como un medio para que las personas se realicen mediante una gestión política eficaz.

Veo y conozco dentro del PAN, hombres y mujeres valiosos, a los que muchas veces no se les permite expresarse plenamente en el ejercicio de su labor y responsabilidad legislativa.

Recuerdo un curso de inducción al principio que se nos dio, en la que se nos pedía que nos olvidáramos de nuestro espíritu franciscano, renunciando con ello al compromiso que hemos adquirido con los ciudadanos que nos eligieron, haciendo a un lado el entusiasmo y la entrega que la gente espera de nosotros, todo en aras de un orden y de un parlamentarismo o más bien de algunas personas que detentan el poder.

Por lo menos ése, ha sido, ése mi sentir y si renunciamos a esos principios y a su práctica sobre todo, traicionamos la confianza ciudadana, considero que el PAN probablemente con tantos años se ha hecho viejo, con mucha experiencia, que ésa es una virtud, pero con muchas trabas y una burocracia en sus órganos internos que lo ahoga y no le permite reaccionar conforme a las necesidades de la gente.

Los líderes están aislados y parece ser insuficientemente informados, algunos jefes, que no verdaderos líderes, muestran sordera e insensibilidad a los nuevos liderazgos y al clamor popular. Como ejemplo, el caso de los ahorradores defraudados, en los que objetaba mucho una pronto solución o el caso de negarle la tribuna a los zapatistas, cuando si esa sola medida hubiese ahorrado sangre de mexicanos, yo pediría que se llevaran la propia tribuna que no deja de ser un mueble.

No hay más que mirar los asuntos relevantes en la Cámara por la falta de acuerdos que están paralizados por la falta de consensos, pero eso sí, todos entran al deporte nacional de moda, que es achacarle la responsabilidad de los problemas al presidente Fox.

En lo que mi humilde contribución pueda hacer, he hecho del conocimiento de mi coordinador, el señor Felipe Calderón Hinojosa, así como a dirigentes municipales, estatales y nacionales, anomalías que a mi juicio han impedido el avance del PAN en diferentes elecciones a pesar de haber obtenido el triunfo el 2 de julio de 2000.

Como ejemplo de esto, los procesos cerrados de afiliación y la manipulación local para seleccionar a los candidatos a los puestos de elección popular, siendo urgente que esto se modifique sobre todo porque la gente tiene confianza en la oferta panista.

Pero lo más grave, que aún con una historia tan larga y tan rica y siendo un partido tan grande, se pierda el contacto con la ciudadanía para resolver sus problemas más sentidos, pues parece ser que aún con tanto dinero y poder, se adormece la conciencia y algunos partidarios se dejan seducir por la comodidad y entonces se es omiso y se actúa con ineficiencia.

Yo vengo del Estado de Quintana Roo y me doy cuenta que los panistas principalmente, tienen una visión del norte y no conocen bien el sur-sureste mexicano ni a su gente.

El comité municipal de Benito Juárez y Solidaridad, se han manejado como un club de amigos y han permitido y solapado más allá de la miopía, yo diría que con perversidad que operen y se infiltren intereses ajenos al partido, principalmente grupos locales de poder económico y político.

Es ilógico que un diputado se salga del partido en el poder, pero yo tengo que ser oposición a la soberbia y a la omisión cuando tenemos un pueblo con tantas necesidades y tanta urgencia.

Yo sé que en mi Estado Quintana Roo y en mi país, existe gente valiosísima en el PAN con muy buenas intenciones, muy resistentes y preparadas para una brega de eternidad, pero que les da lo mismo que los cambios se den en dos años, en cinco, en 10 o que no se den nunca; pero nuestro pueblo ni tiene ese tiempo, nuestro pueblo tiene hambre, sufre pobreza e inseguridad.

A esos panistas les digo: arreglen el partido, yo los dejo con sus estatutos y reglamentos, pero me llevo los principios.

A la gente que me ha tenido confianza le digo que me encuentro en la lucha y en la búsqueda de un camino mejor para todos y en una profunda reflexión y como muchos mexicanos que estamos hartos de la partidocracia y de los partidos muy grandes y poderosos que no tienen la menor intención de ahorrar, he decidido integrarme al Partido Verde Ecologista de México por su frescura y porque representa una opción joven y a la vez madura para lograr los cambios que requiere México; crítico cuando es necesario y sin prejuicios para lograr los consensos que beneficien a todos los mexicanos.

En estos momentos pienso en las razones de ilustres panistas, ex panistas como don José González Torres, don Jesús González Schmall y el señor Bernardo Bátiz; con cuánta razón se oponían al subsidio gubernamental, que como ya mencioné...

La Presidenta:

Diputado, le ruego que concluya, por favor.

El diputado Juan Ignacio García Zalvidea:

Termino en un párrafo, señora Presidenta.

No me importa que me critiquen, yo soy un ciudadano libre y congruente con la gente que nos necesita, siendo la solidaridad un motor principal de mi actuar y para eso incursioné en la política, para realizar el cambio verdadero y dignificante.

México nos necesita y requiere de nuestro trabajo honrado ya.

Señores panistas; compañeras y compañeros panistas: aquí les dejo con profundo respeto y mucha tristeza, el emblema de su partido. Entiéndanlo panistas, no soy su enemigo y aquí les dejo esto que les he indicado.

A los del Verde Ecologista, les agradezco que me hayan aceptado y hay diputado Nacho para rato.

Muchas gracias.

La Presidenta:

De enterado y proceda la mesa directiva con el trámite correspondiente.

DISTRITO FEDERAL

La Presidenta:

Pasamos al capítulo de iniciativas de diputados.

Tiene la palabra el diputado Alfredo Hernández Raigosa del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Alfredo Hernández Raigosa:

Muchas gracias, señora Presidenta; compañeras y compañeros legisladores:

En ejercicio de lo dispuesto en el artículo 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 55 fracción II, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los que suscriben, diputados federales de la LVIII Legislatura, integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentamos a la consideración de esta Asamblea el decreto por el que se reforman los artículos 44; 73 fracción VIII; 71 fracción III; 76 fracciones V y IX; 108, párrafo cuarto; 109, primer párrafo; 110, primer y segundo párrafos; 111, primer y quinto párrafos; 119 primer párrafo; 122, en sus diversos párrafos y bases; 123 apartado B, primer párrafo; 124; 127, primer párrafo; 134, primer párrafo y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a los siguientes

ANTECEDENTES

El devenir de la Ciudad de México, esta íntimamente ligada con la historia del país.

Validamente se puede afirmar, sin temor a equivocarnos, que el centro político, económico, social e incluso militar del México prehispánico, colonial e independiente ha sido la Ciudad de México.

A lo largo de nuestra historia, desde el primer Constituyente del México independiente hasta aquel de la Constitución Política que nos rige, ha estado en el debate el tema de la reforma política de la capital de nuestra República.

1514,1515,1516

No es secreto para nadie, que cuando se consumó la independencia de México, los actores políticos de entonces buscaron modelos de organización en otros países, que permitieran constituir a este naciente país. Liberales e ilustrados formaron parte del primer Constituyente del México soberano y en 1824, con Ramos Arizpe a la cabeza y bajo la destellante luz de nuestro ya próspero vecino del norte, se consideró en el sistema federal la mejor forma para organizar esta nación.

En los Estados Unidos de América, con las características de haberse constituido precisamente en una federación por la real preexistencia de estados libres y soberanos, se creó un Distrito Federal para residencia de los poderes federales, en una extensión de terreno cedida por los estados de Maryland y de Virginia, denominado Distrito de Columbia, cuya extensión no es mayor a 62 millas cuadradas, es decir menor a 10 mil kilómetros cuadrados.

En México, se constituyó el Distrito Federal, pero con una extensión no mayor a dos leguas; suficiente para alojar la residencia de los poderes federales.

Así, las características jurídico-políticas de la organización del Distrito Federal, según la primera Constitución Federal, se pueden enumerar en:

1. El gobierno queda exclusivamente bajo la jurisdicción del Gobierno Federal, que la ejercerá a través de un gobernador nombrado por el titular del Gobierno Federal.

2. Los pueblos comprendidos en el distrito, tendrán como forma de organización política-administrativa, los ayuntamientos.

3. El Congreso General ejercerá en el Distrito Federal las atribuciones del Poder Legislativo de un estado.

4. Se mantendrán los tribunales que se comprenden en el distrito.

Dichas características persistieron a lo largo de toda la vida del México independiente, con algunos matices y, a partir de 1854, de modo por demás significativo, bajo la dictadura de Santa Anna, se le otorgó, prácticamente, el territorio que hoy tiene.

En 1857, a nivel constitucional, se establece como punto rector la facultad legislativa que tenía el Congreso con respecto al Distrito Federal, el que los ciudadanos eligieran popularmente a sus autoridades políticas, jurídicas y municipales, designándoles rentas para cubrir sus atenciones locales. Por otro lado, y como defensa al intento que prevaleció en dicho Constituyente de trasladar los poderes federales a la ciudad de Querétaro, e incluso a Aguascalientes, se estableció que el Estado del Valle de México se formaría del territorio que actualmente comprende el Distrito Federal, pero su erección sólo tendrá efecto cuando los supremos poderes federales se trasladasen a otro lugar.

En 1901 Porfirio Díaz, limitó hasta su más tenue existencia los ayuntamientos, despojándolos de personalidad jurídica propia, al crear la figura de los prefectos políticos, quienes en realidad se constituyen en las autoridades municipales y convierte a éstos en simples representaciones con facultades consultivas.

Para 1917, bajo la expresión de municipios libres, se restituyeron los ayuntamientos.

Es 1928 cuando se suprimen los ayuntamientos en el Distrito Federal, creando delegaciones y subdelegaciones políticas. Esta reforma ha operado durante más de 70 años.

Si nuestro propósito es hacer una radiografía de la historia organizativa de la Ciudad de México, éstas son las fechas más significativas. Estando en posibilidades de afirmar, que durante nuestra vida independiente existieron ayuntamientos electos mediante el voto directo de los ciudadanos; sin embargo, jamás se consideró a la capital de la República como un estado integrante de la Federación, por lo que los tres poderes han sido sui generis. La facultad para legislar fue encomendada siempre al Legislativo Federal. En cuanto al Poder Judicial, permanentemente ha tenido esta entidad una estructura propia e independiente, al nivel incluso de cualquier estado de la República, lo que parece paradójico, dada la sistemática argumentación de la imposibilidad de que subsistan en el mismo territorio los poderes federales y locales de la capital del país. Los ciudadanos de esta capital, hasta antes de 1928, elegían a sus gobernantes locales a nivel de ayuntamiento. El debate hasta ese año se centró en otorgar o no a esta metrópoli el carácter de estado integrante de la Federación, principalmente con la existencia de una Cámara de Diputados local.

Una constante ha sido que la Ciudad de México no ha contado hasta ahora con un poder legislativo propio; la reforma política del Distrito Federal, en buena medida, ha considerado la creación de figuras análogas a los ayuntamientos, lo que en estricto rigor significaría la restitución de derechos que ya gozaban los ciudadanos de la capital, pero lo que significará una novedad es la creación de un poder legislativo de la capital del país, que para considerarse como tal, tenga facultades originarias, como establece el principio consagrado en el artículo 124 constitucional.

El Distrito Federal no es la simple residencia de los poderes federales. A partir del decreto de 1854, ocupa un territorio de suyo extenso, con una concentración de población bastante significativa, misma que no reclama sólo una administración eficaz, sino, sobre todo, mayor participación política, con un gobierno propio y autónomo.

A la fecha, en el área metropolitana de la Ciudad de México se asienta el 22% de la población total del país; produce cerca del 42% del PIB nacional, de carácter no agrícola; absorbe el 48.5% de los ingresos brutos totales de la industria de la transformación, el 52.6% en la rama de servicios, el 45.5% en la comercial y el 60% en el sector de transporte; concentra el 68.3% del total del capital bancario exhibido; otorga el 73.3% de los préstamos hipotecarios nacionales y en ella se realizan el 72% de las inversiones en valores y bonos.

La Ciudad de México es el centro cultural universitario más importante del país, con más de 60 instituciones de educación superior; contiene los mejores servicios médicos y hospitalarios y concentra las mejores instalaciones de cultura, recreación y deporte en el país.

Todo esto ha empujado hacia la forma de organización que hoy tenemos.

La transformación democrática del Distrito Federal, aun con las resistencias políticas que esconden en sus argumentos un profundo espíritu autoritario, continuarán sin más límite que el que impongan los ciudadanos.

De esta manera, como una de las partes en las que se divide para su ejercicio el poder público local, la función ejecutiva estaría depositada en un solo individuo, que será el jefe de gobierno del Distrito Federal, quien entre otras facultades tendrá la obligación de proveer todo lo relacionado con la exacta observancia de la ley.

Por lo que hace al poder legislativo local, se propone modificar el actual régimen jurídico de excepción imperante en el Distrito Federal, por lo que se propone que la Asamblea Legislativa, entre otras, tendrá facultades para:

1. Legislar en todo lo referente al estatuto de gobierno del Distrito Federal.

2. Legislar plenamente en materia de seguridad pública, deuda pública y en todas las materias que se refieran al funcionamiento de la administración pública y el marco jurídico del Distrito Federal.

3. Ratificar los nombramientos de procurador de Justicia y de secretario de Seguridad Pública.

4. Participar como legislatura local en los procesos de reformas a la Constitución.

5. Legislar en materia de responsabilidades de los servidores públicos del D.F.

6. Emitir iniciativas de ley, igual que los congresos locales.

7. Revocar o suspender el fuero y/o mandato de los miembros de algún cabildo de una demarcación territorial.

8. Proceder a la desaparición de los poderes de algún cabildo, así como en la designación de los cabildos provisionales.

En este tenor se propone reformar el artículo 44 constitucional para trasladar la facultad del Congreso de la Unión, para dictar las disposiciones generales respecto a los poderes de la Unión, misma que se encontraba ubicada en el artículo 122 constitucional.

La definición de la Ciudad de México, como Distrito Federal, no se altera.

Con la reforma que se propone al artículo 71 constitucional se dota a la Asamblea de la facultad de iniciativa ante el Congreso de la Unión, elevándola al mismo nivel que cualquier otra legislatura local a este órgano.

Con la reforma al artículo 73 fracción VIII, se deroga la facultad del Congreso de la Unión de aprobar los montos de endeudamiento del Distrito Federal; trasladando correlativamente dicha facultad a la Asamblea, con la reforma propuesta al artículo 122 constitucional.

Se deroga la facultad del Senado de la República para nombrar y remover al Jefe de Gobierno del Distrito Federal y correspondientemente se le faculta para la desaparición de poderes en esta entidad, en la forma como se trata a los estados de la República.

Con la reforma al artículo 108 constitucional, se faculta a esta Asamblea para legislar en materia de responsabilidades de los servidores públicos de esta entidad.

La reforma al artículo 110 constitucional tiene por propósito extraer de la competencia del Congreso de la Unión la facultad de instaurar juicio político contra funcionarios locales de esta entidad, subsistiendo, como sucede para cualquier otra autoridad local de otro estado, la posibilidad de instaurar tal procedimiento, por violaciones a las leyes federales, con efectos declarativos.

En ese mismo capítulo, se reforma lo relativo a la declaración de procedencia que hace la Cámara de Diputados Federal, en su artículo 111 constitucional, subsistiendo únicamente para delitos federales y con efectos declarativos.

Tanto la facultad de instaurar juicio político como la declaración de procedencia en los procedimientos penales, contra los funcionarios que lo requieran, será facultad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

El artículo 119 constitucional se reforma, para considerar a las entidades no sólo los estados como sujetas de protección de los poderes de la Unión, así como para que la solicitud de protección en caso de sublevación o trastorno interior, pueda ser hecha por la Asamblea o por el jefe de gobierno, si ésta no estuviere reunida.

El artículo 122 constitucional se reforma para precisar que, únicamente, el gobierno del Distrito Federal está a cargo de sus poderes locales: Jefe de Gobierno, Asamblea Legislativa del Distrito Federal y Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Se elimina la cláusula de gobernabilidad o sobre representación en la integración de la Asamblea, dejando el desahogo de tal punto para cuando se haga la Ley Electoral del Distrito Federal.

La Asamblea Legislativa, como cualquier Congreso local, podrá legislar en todo lo relativo a su entidad, tal como lo correspondiente a seguridad pública, endeudamiento etcétera.

Se conservan las facultades de la Asamblea de revisar la Cuenta Pública.

Se le otorga a la Asamblea la facultad para ratificar los nombramientos del Procurador General de Justicia del Distrito Federal y del Secretario de Seguridad Pública. El primero con una mayoría calificada de dos terceras partes.

Igualmente, a nivel constitucional se faculta a la Asamblea para convocar a referendum, en los términos en que se establezca en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, así como al Jefe de Gobierno para convocar a plebiscito en los términos establecidos en la ley.

La Asamblea tendrá facultades para nombrar al Jefe de Gobierno interino o sustituto, según los casos especificados en la reforma que se propone y para convocar, dado el supuesto, a elecciones extraordinarias.

El Jefe de Gobierno, podrá nombrar y remover libremente a los servidores públicos del Distrito Federal y hacer las propuestas respectivas a la Asamblea de quienes ocuparán los cargos de Secretario de Seguridad Pública y de Procurador General de Justicia del Distrito Federal. Estamos seguros de que si no modificamos en artículo 115 constitucional fracción VII, salvamos la discusión del mando de la seguridad pública.

Las relaciones de trabajo entre el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expida la Asamblea Legislativa, para lo cual se reforma también el primer párrafo del apartado B, del artículo 123 constitucional.

El artículo 124 constitucional se reforma para darle coherencia a la naturaleza de la Ciudad de México, misma que no es sólo el asiento de los poderes federales, sino un conglomerado humano que reclama participación política y que preexistió a la conformación del régimen federal mexicano.

En las reformas al artículo 127 y 134, se omiten las referencias al Distrito Federal, siendo concordante con las autoridades propias y autónomas que se pretende que existan en esta ciudad.

Finalmente, precisamente bajo la perspectiva de dar facultades plenas a esta Asamblea, para asimilarla a un Congreso local, se reforma el artículo 135 constitucional para que los ciudadanos de esta Capital, a través de sus representantes populares, participen en las reformas y adiciones a la Constitución formando parte del Constituyente Permanente.

1517,1518,1519

Por lo anteriormente expuesto y fundado, así como por razones de orden público e interés social y en beneficio de más de 10 millones de capitalinos someto a esta soberanía la siguiente

Iniciativa

De decreto por el que se reforman los artículo 44; 73 fracción VIII; 71 fracción III; 76 fracciones V y IX; 108 párrafo cuarto; 109 primer párrafo; 110. primer y segundo párrafos; 111 primer y quinto párrafos; 119 primer párrafo; 122, en sus diversos párrafos y bases; 123 apartado B primer párrafo; 124; 127 primer párrafo; 134 primer párrafo y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

"Artículo 44. . .

Corresponde al Congreso de la Unión, dictar las disposiciones generales que aseguren el debido, oportuno y eficaz funcionamiento de los poderes de la Unión.

Artículo 71. . .

I y II. . .

III. A las legislaturas de los estados y del Distrito Federal.

. . .

Artículo 73. . .

I a la VII. . .

VIII. Para dar las bases sobre las cuales el Ejecutivo pueda celebrar empréstitos sobre el crédito de la nación, para aprobar esos mismos empréstitos y para reconocer y mandar pagar la deuda nacional. Ningún empréstito podrá celebrarse, sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, salvo los que se realicen con propósitos de regulación monetaria, las operaciones de conversión y los que se contraten durante alguna emergencia declarada por el Presidente de la República en los términos del artículo 29.

IX a la XXX. . .

Artículo 76. . .

I a la IV. . .

V. Declarar cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de un estado o del Distrito Federal, que es llegado el caso de nombrarle un gobernador provisional, quien convocará a elecciones conforme a las leyes constitucionales del mismo Estado. El nombramiento de gobernador o Jefe de Gobierno se hará por el Senado a propuesta en terna del Presidente de la República, con aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes, y en los recesos, por la Comisión Permanente, conforme a las mismas reglas. El funcionario así nombrado, no podrá ser electo gobernador constitucional o Jefe de Gobierno en las elecciones que se verifiquen en virtud de la convocatoria que él expidiere. Esta disposición regirá siempre que las constituciones locales y el Estatuto de Gobierno no prevean el caso;

VI a la VIII. . .

VIII. Se deroga.

X. . .

Artículo 108. . .

. . .

. . .

Las constituciones de los estados de la República y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal precisarán, en los mismos términos del primer párrafo de este artículo y para los efectos de sus responsabilidades, el carácter de servidores públicos de quienes desempeñen empleo, cargo o comisión en los estados y en los municipios.

Artículo 109. El Congreso de la Unión, las legislaturas de los estados y del Distrito Federal, dentro de los ámbitos de sus respectivas competencias, expedirán las leyes de responsabilidad de los servidores públicos y las demás normas conducentes a sancionar a quienes, teniendo este carácter, incurran en responsabilidad de conformidad con las siguientes prevenciones:

I a la III. . .

. . .

. . .

. . .

Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio político los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la judicatura federal, los secretarios de despacho, los jefes de departamento administrativo, el Procurador General de la República, los magistrados de circuito y jueces de distrito, el Consejero Presidente, los consejeros electorales y el Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los directores generales o sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.

Los gobernadores de los estados, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, diputados locales, magistrados de los tribunales superiores de justicia locales y, en su caso, los miembros de los consejos de las judicaturas locales, sólo podrán ser sujetos de juicio político en los términos de este título por violaciones graves a esta Constitución y a las leyes federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales, pero en este caso la resolución será únicamente declarativa y se comunicará a las legislaturas locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda.

. . .

. . .

. . .

. . .

Artículo 111. Para proceder penalmente contra los diputados y senadores al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de despacho, los jefes de departamento administrativo y el Procurador General de la República, así como el Consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por la comisión de delitos durante el tiempo de su encargo, la Cámara de Diputados declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si ha o no lugar a proceder contra el inculpado.

. . .

. . .

. . .

Para poder proceder penalmente por los delitos federales contra los gobernadores de los estados y del Distrito Federal, diputados locales, magistrados de los tribunales superiores de justicia locales y, en su caso, los miembros de los consejos de las judicaturas locales, se seguirá el mismo procedimiento establecido en este artículo, pero en este supuesto, la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las legislaturas locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda.

. . .

. . .

. . .

. . .

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Artículo 119. Los poderes de la Unión tienen el deber de proteger a las entidades contra toda invasión o violencia exterior. En cada caso de sublevación o trastorno interior, les prestarán igual protección, siempre que sean excitados por las legislaturas locales, por su Ejecutivo o jefe de Gobierno, si aquéllas no estuvieren reunidas.

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Artículo 122. El gobierno del Distrito Federal está a cargo de sus poderes locales, Jefe de Gobierno, Asamblea Legislativa del Distrito Federal y Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

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A. El Estatuto de Gobierno del Distrito Federal se sujetará a las siguientes bases:

Base primera. . .

I y II. . .

III. Se deroga.

IV y V. . .

a). . .

b) Legislar en todo lo relativo al Distrito Federal.

c) Examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos y la Ley de Ingresos, aprobando primero las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto.

La facultad de iniciativa respecto a la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos corresponde exclusivamente al Jefe de Gobierno del Distrito Federal. El plazo para su presentación concluye el 30 de noviembre, con excepción de los años en que ocurra la elección ordinaria del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en cuyo caso la fecha límite será el 20 de diciembre.

La Asamblea Legislativa formulará anualmente su proyecto de presupuesto y lo enviará oportunamente al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para que éste lo incluya en su iniciativa.

d) Aprobar los montos de endeudamiento que deberán incluirse en la Ley de Ingresos, que en su caso requiera el Gobierno del Distrito Federal y las entidades de su sector público, conforme a las bases de la ley correspondiente.

e) Revisar la Cuenta Pública del año anterior, por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa, conforme a los criterios establecidos en la fracción IV del artículo 74, en lo que sean aplicables;

La Cuenta Pública del año anterior deberá ser enviada a la Asamblea Legislativa dentro de los 10 primeros días del mes de junio. Este plazo, así como los establecidos para la presentación de las iniciativas de la Ley de Ingresos y del proyecto de presupuesto de egresos, solamente podrán ser ampliados cuando se formule una solicitud del Ejecutivo del Distrito Federal suficientemente justificada a juicio de la Asamblea;

f) Ratificar el nombramiento del Procurador General de Justicia del Distrito Federal y del servidor público que tenga a su cargo la fuerza pública en el Distrito Federal;

g) Conocer de la renuncia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal y nombrar a quien deba sustituirlo en los términos que establece la Constitución;

h) Sustanciar los procedimientos de juicio político y declaración de procedencia contra los servidores públicos del Distrito Federal, en los términos que señale la ley de la materia;

i) Convocar a los procesos de referendum en los términos que establezca el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y

j) Las demás que le confieran esta Constitución y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

Base segunda. . .

I. . .

. . .

En caso de renuncia absoluta del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, por renuncia o cualquier otra causa, ocurrida en los dos primeros años del periodo respectivo, la Asamblea Legislativa designará a un jefe de gobierno interino y en los 10 días siguientes emitirá una convocatoria para la elección de Jefe de Gobierno que deba concluir el periodo. Cuando la falta ocurriese dentro de los últimos cuatro años del periodo respectivo, la Asamblea Legislativa por mayoría calificada de sus integrantes, designará al Jefe de Gobierno sustituto que termine el cargo.

La renuncia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal sólo podrá aceptarse por causas graves. Las licencias al cargo se regularán en el propio Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

En caso de falta temporal, quedará encargado del despacho el servidor público que disponga el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

II. . .

a) Promulgar, publicar y ejecutar las leyes que expida la Asamblea Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia, mediante la expedición de reglamentos, decretos y acuerdos. Asimismo podrá hacer observaciones a las leyes que la Asamblea Legislativa le envíe para su promulgación, en un plazo no mayor de 10 días hábiles. Si el proyecto observado fuese confirmado por mayoría calificada de dos tercios de los diputados presentes, deberá ser promulgado por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal;

b) Presentar iniciativas de leyes o decretos ante la Asamblea Legislativa;

c) Nombrar y remover libremente a los servidores públicos dependientes del órgano ejecutivo local.

d) Enviar anualmente a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la propuesta de los montos de endeudamiento necesarios para el financiamiento del presupuesto de egresos del Distrito Federal.

f) Convocar al plebiscito y solicitar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal la realización de los procedimientos de referendum, en los términos que disponga el Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal.

g) Formular el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal.

h) Las demás que le confiera esta Constitución, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y las leyes.

Base tercera. . .

I. . .

II. . .

. . .

. . .

1520,1521,1522

III. Las relaciones de trabajo entre el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores se regirán por las leyes que expida la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con base en lo dispuesto por el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones reglamentarias.

IV. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal los diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia y los demás servidores públicos, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que será determinada anual y equitativamente en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal.

Base cuarta. . .

I a la VI. . .

Base quinta. . .

. . .

B. El Ministerio Público en el Distrito Federal será presidido por un Procurador General de justicia, que será nombrado por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con la ratificación de las dos terceras partes de los integrantes de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

C. La designación y remoción del servidor público que tenga a su cargo el mando directo de la fuerza pública se hará en los términos que señale el Estatuto de Gobierno.

D. Para la eficaz coordinación de las distintas jurisdicciones locales y municipales entre sí y de éstas con la Federación y el Distrito Federal en la planeación y ejecución de acciones en las zonas conurbanas limítrofes con el Distrito Federal, de acuerdo a lo establecido en el artículo 115 fracción VI de esta Constitución, en materia de asentamientos humanos; protección al ambiente; preservación y restauración del equilibrio ecológico; transporte; agua potable y drenaje; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos y seguridad pública, sus respectivos gobiernos podrán suscribir convenios para la creación de comisiones metropolitanas en las que concurran y participen con apego a sus leyes.

Las comisiones serán constituidas por acuerdo conjunto de los participantes. En el instrumento de creación se determinará la forma de integración, estructura y funciones.

A través de las comisiones se establecerán:

a ) Las bases para la celebración de convenios, en el seno de las comisiones conforme las cuales se acuerden los ámbitos territoriales y de funciones respecto a la ejecución y operación de obras, prestación de servicios públicos o realización de acciones en las materias indicadas en el primer párrafo de este apartado;

b) Las bases para establecer, coordinadamente por las partes integrantes de las comisiones, las funciones específicas en las materias referidas, así como para la aportación común de recursos materiales, humanos y financieros para su operación y

c) Las demás reglas para la regulación conjunta y coordinada del desarrollo de las zonas conurbanas, prestación de servicios y realización de acciones que acuerden los integrantes de las comisiones.

E. Las prohibiciones y limitaciones que esta constitución establece para los estados, se aplicarán para las autoridades del Distrito Federal.

Artículo 123. . .

. . .

A. . .

I a la XXXI. . .

B. Entre los poderes de la Unión y sus trabajadores:

I a la XIV. . . .

Artículo 124. Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los estados y al Distrito Federal.

Artículo 127. El Presidente de la República, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los diputados y senadores al Congreso de la Unión y los demás servidores públicos recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que será determinada anual y equitativamente en los Presupuestos de Egresos de la Federación o en los presupuestos de las entidades paraestatales, según corresponda.

Artículo 134. Los recursos económicos de que dispongan el Gobierno Federal; así como sus administraciones públicas paraestatales, se administrarán con eficiencia, eficacia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

. . .

. . .

. . .

. . .

Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas llaguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los estados y del Distrito Federal, el Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el cómputo de los votos de las legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Todas las disposiciones legales que se refieren a la organización jurídico -política del Distrito Federal, serán adecuadas a la presente reforma, en tanto no ocurra, dichas disposiciones sólo serán aplicables en tanto no la contradigan.

Firma la presente iniciativa, el diputado Alfredo Hernández Raigosa

La Presidenta:

Gracias, señor diputado.

Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

LEY DE COORDINACION FISCAL

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Jaime Martínez Veloz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de reformas a la Ley de Coordinación Fiscal.

El diputado Jaime Cleofas Martínez Veloz:

Con su venia, señora Presidenta; compañeras diputadas; compañeros diputados:

«EXPOSICION DE MOTIVOS

Uno de los temas centrales de la agenda política para la Reforma de Estado es la revisión a fondo del esquema federalista.

Actualmente, el federalismo no opera con la plenitud que necesitan los estados para acceder en el corto plazo a niveles superiores de desarrollo, situación que a su vez ocurre al interior de las entidades federativas, en donde, por regla general, los estados centralizan la toma de decisiones y recursos en relación a los municipios y éstos lo hacen con respecto a las demarcaciones que gobiernan.

Abundan los casos de instancias estatales que debiendo constituirse en normativas y reguladoras operan directamente recursos hacia las comunidades, en detrimento de la soberanía municipal, contraviniendo con ello el espíritu municipalista de la Constitución y el más elemental respeto a las formas políticas entre distintos órdenes de gobierno.

En el federalismo, la fortaleza de una nación se basa en la que tengan los estados que la conforman, misma que encuentra su sustento en el vigor de sus municipios. El que exista un municipio sólido y socialmente orientado, depende a su vez de la existencia de una sociedad altamente participativa, en la que los diversos sectores y las comunidades organizadas tengan movilidad e interlocución permanente con la autoridad municipal y participen, en esta forma, en las decisiones que habrán de permitir superar los niveles de calidad de vida prevalecientes.

Una de las formas que en mayor medida reflejan el espíritu federalista, es la coordinación fiscal que existe entre la Federación y los estados; mecanismo institucional en el que las partes manifiestan libremente su compromiso de colaboración entre sus respectivas autoridades fiscales y acuerdan la distribución de las participaciones que por ley les corresponden.

Los actuales esquemas de distribución de los recursos públicos privilegian a la Federación. El creciente incremento poblacional y la dinámica de la demanda de bienes socialmente necesarios, aunada a los rezagos prevalecientes en la infraestructura social y urbana, aportan elementos para valorar la necesidad de cambios en materia de coordinación fiscal, al menos en tres aspectos fundamentales:

Primero, en cuanto al incremento sustancial del fondo general de participaciones, en tal forma que la recaudación federal participable para estados y municipios se incremente gradualmente; también, en cuanto a que se revise la fórmula mediante la cual se distribuyen las participaciones, a fin de hacerla más representativa de la realidad nacional, tanto en la situación socioeconómica estatal y municipal, como en la estadística poblacional y, como un tercer aspecto, en cuanto a que los fondos de aportaciones federales que llegan a los estados y municipios se ejerzan con la participación de la sociedad.

Pese a los esfuerzos institucionales que por décadas se han realizado a lo largo y ancho del país, en muchas colonias y comunidades urbanas, rurales e indígenas persisten núcleos de población con altos niveles de marginación y pobreza. El aumento poblacional, que ocurre a un ritmo mayor que la capacidad institucional para resolver sus demandas de bienes y servicios de infraestructura social básica, es un factor que agrava los rezagos de las zonas más carenciadas. Esta situación obliga a la búsqueda de alternativas hasta ahora no contempladas, que puedan impedir que continúe agrandándose la brecha en la dotación de los servicios públicos y permitir avanzar a un paso más acelerado en la construcción de una sociedad más equitativa.

La irregularidad en la tenencia de la tierra, la carencia de vivienda adecuada, el hacinamiento, la falta de agua potable, de drenaje, de energía eléctrica, de pavimentación, la inexistencia de accesos adecuados a las comunidades, una infraestructura educativa insuficiente y deteriorada, el poco apoyo a proyectos productivos, la falta de transporte, de seguridad pública, áreas verdes y el deterioro del medio ambiente, entre otros aspectos, constituyen una compleja y diversa red de demandas y situaciones problemáticas a las que es necesario enfrentar en tal forma, que puedan ser resueltas en el corto y medio plazos. Aquí, la organización y la participación popular y la apertura institucional para que éstas ocurran, adquieren un papel fundamental.

Alcanzar con mayor eficiencia y eficacia el desarrollo de la sociedad, hace imprescindible que existan mecanismos que fortalezcan la plena equidad en la distribución de los servicios públicos y en la dotación de infraestructura urbana y social básica, que permitan a todos los mexicanos disfrutar niveles de calidad de vida superiores.

La magnitud de recursos que demanda esta empresa, implica conjugar varios aspectos: primero, que los estados y municipios cuenten con el acceso a participaciones federales crecientes que incrementen su capacidad de respuesta a las demandas y necesidades sociales; segundo, que los recursos que se reciban sean divulgados a la sociedad y la misma participe directamente en la determinación de las prioridades de atención; y tercero, que exista la voluntad política de los gobernantes para cumplir la ley y motivar la participación social, así como de las comunidades para aportar su tiempo, su trabajo y los recursos a su alcance y participar en los procesos de definición de prioridades y en la ejecución y supervisión de las obras a realizarse.

Con ello, el ejercicio del ramo 33 contará con bases que le permitan privilegiar con más recursos a aquellas comunidades que cuentan con un rezago social mayor y aplicarse por medio de estructuras horizontales, participativas y democráticas en la toma de decisiones.

Experiencias en el progreso de otras sociedades nacionales y en la nuestra, han permitido comprobar que mientras más participa y se compromete la ciudadanía, mientras más se encuentra organizada la sociedad y mientras más oportunidades de toma de decisiones estén al alcance de las comunidades, hay más posibilidades de sumar esfuerzos, voluntades y recursos para superar la pobreza y llevar a un mayor número de localidades los bienes y servicios necesarios para vivir mejor. En nuestro caso, la voluntad política para un mayor desarrollo social empieza en este recinto parlamentario.

La participación popular es el alma que mueve y transforma la vida de la nación. En la construcción de un estado democrático, la democracia debe llegar hasta la base misma de las instituciones, llegar hasta las propias comunidades, dejando a éstas la responsabilidad que brinda la libertad de decidir, bajo un marco de respeto, pluralidad y autonomía, cuales son las prioridades más relevantes que deben ser atendidas.

1523,1524,1525

Bajo una nueva visión de estado, los órganos de gobierno municipal, como instituciones republicanas que son, habrán de garantizar que existan procesos sociales que, legitimando su operación bajo el marco de la ley, coadyuven a que la sociedad cuente con suficientes alternativas para finiquitar paulatinamente las injustas desigualdades que denigran a quienes las padecen y afrentan la dignidad de la nación entera.

La iniciativa de modificación de la Ley de Coordinación Fiscal que hoy ponemos a consideración de esta soberanía, pretende renovar la vigencia del federalismo como vínculo entre nuestros órdenes de gobierno, desde la base misma de la organización social; contribuye a la expresión de la democracia a partir de los cimientos de la sociedad y permite la consolidación de la participación de las comunidades en la determinación del destino de los recursos públicos autorizados para el desarrollo.

Avanzar hacia un estado de derecho socialmente orientado, demandar estados y municipios fuertes que cuenten con una activa participación ciudadana capaz de orientar y dar transparencia al ejercicio del gasto público.

El complemento de la visión federalista del sistema republicano está constituido por el enfoque municipalista, que privilegia al municipio, en su carácter de orden de gobierno más cercano al ciudadano, como el rector de la vida y progreso comunitarios. También bajo esta óptica, el gobierno municipalista tiene su origen y fin en la sociedad misma. Por ello, es importante que el federalismo y el municipalismo se expresen desde la base misma de la sociedad, por medio de una intervención efectiva de la población en los asuntos públicos.

Sólo si existe una verdadera democracia económica, será posible una real democracia política. Sólo si la coordinación fiscal se procesa y se ejecuta con base en decisiones democráticas, cumplirá fielmente los objetivos que persigue; sólo si logra concretarse un nuevo federalismo, que impulse una nueva relación política, financiera y fiscal entre el Gobierno Federal y los gobiernos estatales, entre éstos y sus municipios y entre cada municipio con sus comunidades, podremos afirmar que están ocurriendo cambios de fondo en la forma de administrar los recursos de la nación.

La atención a las necesidades sociales no admite más demoras y así como los gobiernos municipales demandan mayores recursos y mayor autonomía para ejercerlos, ocurre lo propio con quienes, desde la sociedad, reclaman su derecho a participar conforme a lo dispuesto en la ley, en el destino, aplicación y vigilancia de los fondos de aportaciones federales, así como en la programación, ejecución, control, seguimiento y evaluación de las obras y acciones a realizarse.

Desde esta perspectiva, la participación popular en la toma de decisiones respecto de la canalización de los recursos públicos provenientes de los diversos fondos de aportaciones federales y los cuales forman parte del sistema de coordinación fiscal, se convierte en una herramienta extraordinaria para transparentar la acción pública conforme a las prioridades que las comunidades establezcan, lo que habrá de acelerar los cambios sociales que reclaman con urgencia los mexicanos para contar con los bienes y servicios que les permitan vivir con mayor dignidad.

Acercar el Gobierno a los ciudadanos tiene más beneficios que aspectos en contra, toda vez que una participación ciudadana activa fortalece, a través de la unidad popular, a la autoridad municipal, al incrementar la interlocución y el diálogo, pilares de la gobernabilidad en cualquier municipio.

La iniciativa de reforma de ley que hoy se presenta, también contribuye a hacer realidad algunos de los temas de la agenda del Acuerdo Político para el Desarrollo Nacional, recientemente firmado por el Presidente de la República y los presidentes de ocho partidos políticos nacionales, como son: reforzar la capacidad de la hacienda pública para atender las demandas sociales; avanzar en el federalismo hacendado mediante la redefinición de atribuciones, responsabilidades, aportaciones y transferencias; fortalecer e impulsar políticas de crecimiento, de distribución del ingreso y de la riqueza y asignar recursos a las zonas de mayor marginación con objeto de que las poblaciones tengan oportunidades de desarrollo en sus propias localidades.

Este acuerdo manifiesta la voluntad política que existe de trabajar hacia objetivos comunes, como lo es el desarrollo nacional. Ahora nos corresponde a los legisladores, sustentar y dar fuerza de ley a esas propuestas, para que no se queden en buenas intenciones. Si a ello sumamos los efectos multiplicadores de la solidaridad, la participación comunitaria y la iniciativa de los ciudadanos, estaremos, ahora sí, construyendo sobre bases firmes la sociedad más justa e igualitaria, más democrática, más generosa a la que todos aspiramos.

Dar oportunidad a las comunidades, a los habitantes de las colonias populares y de las áreas rurales, a decidir y priorizar lo que habrá de hacerse con los recursos provenientes de las participaciones federales, es potenciar la organización social y la energía de la población. En la medida que las instituciones permitan una participación social efectiva, se verán enriquecidas por la frescura, la energía y alegría sociales, de una población que está dispuesta a continuar construyendo su futuro con trabajo, con entrega, con la creatividad propia del pueblo mexicano.

Impulsar la participación de las comunidades en las decisiones públicas no debe ser visto desde la perspectiva equivocada y medrosa que ve en ello la posible pérdida del control político. Por el contrario, además de que es muestra de madurez institucional, fortalece a la autoridad municipal y, lo más importante, permite que al incorporarse la sociedad representada en sus colonias populares, barrios, unidades habitacionales, ejidos o comunidades indígenas, se lleven a la práctica procesos de planeación participativa, que se convierte así en un vínculo de interrelación entre la autoridad municipal y la sociedad, en un método de trabajo, en una especie de referendum para consensar la realización de ciertas obras o aplicar en tal o cual sentido los recursos.

La actual conformación de los poderes públicos es muestra fehaciente de que la sociedad mexicana es cada día más consciente de sus derechos y sus deberes y exige que las decisiones que afectan su vida ya no sean tomadas por las burocracias y que se garantice, por medio de la ley, que el programa de obras municipales se formule desde la base misma de la sociedad y sean directamente las comunidades las que planteen con libertad lo que necesitan, democratizando con ello el ejercicio del gasto social.

Gracias a distintos programas sociales tanto federales como estatales, existe una muy rica experiencia en materia de organización y participación popular, que hoy, más que nunca, cuando todo el país reclama un cambio efectivo, requiere ser retomada. Por ello, es imperativo hacer a un lado todo prejuicio en relación con programas que tienen como base de su recorrido social la participación colectiva y recuperar las experiencias exitosas a la luz de la nueva cultura política y cívica, que puede verse complementada con la cultura del mejor aprovechamiento de los recursos provenientes de los fondos federales en sus diversas modalidades.

Como nación, enfrentamos retos sin precedentes debido al trastoque de la economía mundial, cuya permanencia se pronostica por algún tiempo. Ante esta situación, cabe preguntarnos ¿en qué medida se afectan las expectativas de un real bienestar para la gente que vive sin servicios, con carencias elementales en materia de salud, de educación de vivienda? ¿Cuántas comunidades habrán de esperar años y quizá lustros o décadas para que llegue a ellas el tan ansiado desarrollo, el agua, la luz, el pavimento? ¿Cuántas familias continuarán viendo a sus hijos perderse en la delincuencia y la drogadicción porque carecen de los espacios de estudio o sana recreación?

Si bien creemos que son necesarios cambios estructurales para erradicar la pobreza en México, no por eso debemos dejar de actuar y tomar medidas que, en el corto plazo, permitan afrontar esta situación de coyuntura e ir creando condiciones para avanzar hacia el desarrollo integral, para transformar positivamente las condiciones de vida de la población. Ese es un reto que los diputados de la LVIII Legislatura estamos obligados a contribuir a resolver, a través de leyes que incorporen la fuerza vecinal a la ejecución de las obras socialmente necesarias. El desarrollo del Estado debe ser en todos los órdenes. No basta con tener indicadores económicos y financieros altamente favorables, si existe la incapacidad de avanzar como sociedad, si existen colonias sin servicios, si existen niños y jóvenes sin guarderías, sin escuelas, sin canchas deportivas.

Nuestro compromiso republicano, independientemente de los colores y banderas que defendamos, nos obliga a legislar ahora, para cambiar también desde ahora, las condiciones de vida de las comunidades marginadas del país y con ello, en el presente, sentar las bases para un futuro en que la población viva mejor, gracias a que participa en la toma de decisiones sobre las obras y acciones que las instancias gubernamentales realizan en el cumplimiento de sus atribuciones.

Queremos fomentar la participación popular en la administración de los fondos federales, para soportar sobre bases más sólidas al municipio, para fortalecer el tejido social municipal y darle a la relación entre gobernantes y gobernados una dimensión democrática sin precedente, que se caracterice por la óptima distribución de los recursos públicos. Con ello, la administración municipal estará más cerca del ciudadano, brindándole canales y espacios de decisión efectiva a partir de la selección de alternativas de inversión pública y del diseño de programas y proyectos de interés general.

Quienes nos movemos en el ámbito de los poderes públicos, no debemos escatimar a la sociedad su papel protagónico como actor social de primer orden ni tratar de impedir la organización de las fuerzas sociales que tienen legítimos derechos y aspiraciones. La fuerza de la unidad popular y su activa participación debemos verla como el agente de cambio que habrá de permitimos que como país potenciemos nuestra capacidad para resolver los problemas que más nos agobian y ser arquitectos de un destino común a la altura de nuestra historia.

Como representantes populares, el bienestar de la gente debe ser parte esencial de nuestra agenda legislativa. A nosotros nos compete, en forma irrenunciable, que el aprovechamiento del esfuerzo colectivo se formalice en la ley como elemento fundamental de la transición y se encamine hacia etapas superiores de bienestar social, en las que la ciudadanía organizada sea la principal protagonista de su proceso de desarrollo en el corto, mediano y largo plazos y establezca, conjuntamente con la autoridad municipal, los compromisos de trabajo y las metas hacia las cuales orientar las acciones.

Es lamentable que en gran parte de los municipios del país se incumpla la Ley de Coordinación Fiscal en cuanto al deber que tienen los municipios de hacer del conocimiento de sus habitantes los montos que reciben por concepto de participaciones federales. La población también desconoce qué obras y acciones se realizan, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiados. Esta situación facilita el manejo discrecional de los recursos provenientes de esta fuente, contribuyendo con ello a impedir el avance social y a que prevalezcan los intereses de la burocracia sobre los de la población a la cual sirve.

Al incorporar en la ley el derecho de las comunidades a participar en los procesos de aprobación y gestión de los fondos destinados a las obras y servicios de infraestructura social y urbana, se eliminarán voluntarismos y decisiones discrecionales en cuanto al uso de recursos públicos y sociales; y la sociedad podrá actuar con carácter de contraloría social, vigilando la honestidad, transparencia y equidad inherentes al Estado de Derecho. Al mismo tiempo, se podrán incluir criterios de rentabilidad social, entre los cuales habrán de privilegiarse el nivel de marginación de una comunidad, la urgencia en la satisfacción de la necesidad, la factibilidad técnica de las obras, el nivel de organización social de las comunidades y el número de los beneficiarios.

Considerando que toda institución es perfectible, con la iniciativa que aquí se presenta proponemos que la instancia municipal se adecúe a las nuevas realidades y se establezca con ello una nueva forma de gobernabilidad democrática, en donde la participación social sea en lo sucesivo, el elemento básico en la definición de las políticas públicas.

No todo, sin embargo, habrá de esperarse de la Federación. Los estados y municipios tendrán que hacer su parte en esta tarea. A fin de contar con mayores ingresos municipales sin incrementar los impuestos, deberán ampliarse la base de contribuyentes, actualizarse los padrones correspondientes y modernizar los sistemas de recaudación tributaria. También, fomentarse una cultura del pago de impuestos, concientizando a la ciudadanía de que es el medio mediante el cual el municipio obtiene recursos para las obras y servicios públicos que demanda la sociedad.

Asimismo, habrán de instrumentarse sistemas estatales de coordinación fiscal, conforme a los cuales también localmente exista la vinculación efectiva entre los gobiernos estatales y municipales.

Compañeras y compañeros legisladores: el México por el que aquí luchamos requiere en todos sus niveles gobiernos cercanos a la sociedad; gobiernos sensibles a las demandas de la gente; que conciban el poder como un ejercicio democrático y de servicio, legitimados socialmente y que trabajen efectivamente por resolver los problemas más urgentes. Replantear las relaciones que existen entre la sociedad y el Estado es bajo esta lógica una tarea que no debemos dejar pendiente por más tiempo.

Con esta iniciativa proponemos pasar a un concepto más avanzado de democracia. Pasar de la democracia representativa a la democracia participativa, en la que se revalore el papel del ciudadano y se reconozca el derecho de las organizaciones comunitarias a ser consultadas.

Les convoco a que garanticemos en la Ley de Coordinación Fiscal la participación social en la decisión del destino de los fondos federales, particularmente de los dirigidos al desarrollo social. Con ello, daremos a las comunidades los elementos para que fructifique su esperanza.

1526,1527,1528

 

Por lo anteriormente expuesto y

CONSIDERANDO

Primero. Que la Ley de Coordinación Fiscal estableció el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, que se destinará en forma exclusiva, según la propia ley, al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a los sectores de la población que se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema y el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios que se destinará exclusivamente a la satisfacción de requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes.

Segundo. Que para el ejercicio de dichos recursos federales, que contribuyen a que estados y municipios puedan asumir con mayor eficacia la responsabilidad de atender las necesidades sociales, los estados y municipios deben propiciar que exista la participación de las comunidades en el proceso de destino, aplicación y vigilancia de tales recursos.

Tercero. Que la Ley de Planeación, en su artículo 2o., señala que la planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral del país.

Cuarto. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 considera que en un gobierno democrático, la planeación participativa es un imperativo; que debe permitir la atención eficaz de las prioridades y que se integrará la opinión de la población mediante mecanismos de participación ciudadana para la elaboración y evaluación de planes y programas.

Quinto. Que uno de los principales retos a ser superados por la sociedad mexicana del Siglo XXI, es la persistencia en muchas comunidades populares y rurales, de condiciones de pobreza extrema, cuyos habitantes demandan la suma de todos los esfuerzos, la conjunción de todos los recursos, la unión de todas las voluntades a fin de que sean satisfechas sus necesidades a corto plazo, para tener una vida más digna y decorosa.

Sexto. Que entre los propósitos de un nuevo federalismo se encuentra el evitar la centralización excesiva de las decisiones; lo cual es aplicable tanto en el ámbito federal, como en los órdenes de gobierno estatal y municipal y que esto se logrará ampliando los derechos y libertades de la ciudadanía e incorporándola en forma progresiva a las instituciones y propiciando una mayor participación popular en las decisiones de las acciones de gobierno y en la determinación de las políticas públicas.

Séptimo. Que nuestro país es rico en la expresión práctica de una cultura solidaria, por lo que deben ser aprovechados los antecedentes exitosos y la experiencia popular en el trabajo colectivo, que han permitido avanzar en la superación del rezago social, a través de la construcción de una basta infraestructura de obras socialmente necesarias.

Con fundamento en los artículos 71 fracción II, 72 y 73 fracción XXIX-D de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56, 60, 63, 135, 138, 139, 140, 141, 165 y 168 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a su consideración, la siguiente

Iniciativa

De reforma a la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

"Artículo 33...

Las aportaciones federales que con cargo al fondo de aportaciones para la infraestructura social reciban los estados y los municipios, se destinaran exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a los sectores de su población que se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema...

...Respecto de dichas aportaciones, los estados y los municipios deberán:

I. Hacer del conocimiento de sus habitantes los montos que reciban por concepto de aportaciones federales.

II. Promover, a través de un consejo municipal de participación social integrado por un representante electo democráticamente de cada colonia, barrio, unidad habitacional, ejido, poblado y/o comunidad indígena que forme parte del municipio, la participación de las comunidades beneficiarias en el destino de las aportaciones, su aplicación y vigilancia, así como en la programación, ejecución, control, seguimiento y evaluación de las obras y acciones que se vayan a realizar.

III. Informar a sus habitantes, al inicio de cada ejercicio, las obras y acciones determinadas por el consejo municipal de participación social, así como el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios y al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados.

IV. . .

Artículo 37. . .

Las aportaciones federales que con cargo al fondo de aportaciones para el fortalecimiento de los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, reciban los municipios a través de los estados y las demarcaciones territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán exclusivamente a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes. Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al fondo a que se refiere este artículo, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal tendrán las mismas obligaciones a que se refieren las fracciones I, II y III del artículo 33 de esta ley."

Atentamente.

Palacio Legislativo, a 18 de octubre de 2001.— Diputado Jaime C. Martínez Veloz.»

La Presidenta:

Trámite Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público y de Participación Ciudadana.

EDUCACION PREESCOLAR

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Cutberto Cantorán Espinosa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y la Ley de Profesiones.

El diputado Cutberto Cantorán Espinosa:

Muchas gracias, señora Presidenta; compañeras diputadas; compañeros diputados; señoras y señores invitados; compañeras y compañeros del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación; compañeras educadoras:

Con el alto honor de formar parte de esta LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados y en representación de mi partido, el Partido Revolucionario Institucional, presento la iniciativa de adiciones a los artículos 3o, en su párrafo primero y fracciones III y VI y 31 en su fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 8o., 12, 13, 37, 48, 51, 53, 54, 55, 59, 66 y 77 de la Ley General de Educación, de conformidad a lo dispuesto en la fracción II del artículo 71, fracción IV del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, misma que sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea, con base en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

En la presente iniciativa partimos de considerar al proceso educativo como un elemento clave en el desarrollo de las sociedades, que promueve la eliminación de las condiciones de pobreza, insalubridad y analfabetismo y el logro de la dignidad del hombre.

El artículo 3o. constitucional, establece el papel de la educación en el desarrollo del país y de las personas. En su segundo párrafo señala que: "la educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentara en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia".

Agrega que la educación debe estar orientada de conformidad al progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

Falta mucho por lograr el cumplimiento de este mandato. Los niveles de rezago educativo reflejados en los niveles de escolaridad, el índice de analfabetismo, los niveles de deserción y del aprovechamiento escolar, además de sus efectos sociales en tasas de desempleo, niveles de drogadicción y delincuencia, así lo muestran.

Señala también que el Estado tiene la responsabilidad de impartir la educación preescolar, primaria y secundaria, considerándose sólo a estas dos últimas como obligatorias. La educación es factor fundamental del desarrollo humano. A través de ella, las personas tienen mayores oportunidades de acceso a la salud y al empleo.

Contribuye a promover la socialización de los educandos por medio de la transmisión de valores relacionados con la ciudadanía, la democracia, la solidaridad y la tolerancia. Constituye un elemento para facilitar la participación activa de todos los ciudadanos en la sociedad y para la integración de las personas excluidas de los beneficios del desarrollo.

El desarrollo humano, objeto de toda política que se precie de serlo, es un proceso que comprende tanto los cambios visibles y evidentes de los individuos, como los que subyacen en la personalidad, influenciados por la interacción de factores sociales, culturales, biológicos y ambientales, que transcurre en forma ordenada y predecible, pero es al mismo tiempo individual, pues cada persona es un ser único que se desarrolla a su propio ritmo.

En este proceso, algunos periodos críticos se caracterizan por etapas de equilibrio, desequilibrio y riesgos potenciales físicos y psicológicos, que pueden modificar el patrón de desarrollo. De esos periodos el prenatal, el neonatal, la infancia y la primera infancia (antes del nacimiento hasta los seis años aproximadamente) revisten especial importancia porque es en ellos donde se cimentan las bases del desarrollo futuro.

El niño, como sujeto activo de su propio desarrollo, construye conocimientos a partir de experiencias significativas que amplían y enriquecen su marco conceptual, capacitándole para enfrentarse con situaciones nuevas, de las cuales aprende.

Aprender es una cualidad inherente del ser humano, presente en todas las etapas del desarrollo; es dar sentido a la realidad que cada cual logra conformar a partir de vivencias que incluyen actitudes, valores, destrezas, habilidades, construcciones conceptuales y un lenguaje que facilita dicha construcción. Un proceso complejo, permanente y progresivo que requiere de un sistema de pensamiento, que cada persona desarrolla en la interacción con los contenidos culturales propios de cada experiencia. Se trata de una actividad comunal en la que se comparte la cultura, que es espontánea y natural.

A través del aprendizaje, en los primeros años de vida se conforman las bases sobre las cuales se estructura una serie de elementos de la vida futura; requiere de experiencias variadas en muchos niveles de complejidad.

Estos aprendizajes no son únicamente de índole cognoscitivo-lingüístico, sino también son sicomotrices y socioemocionales.

En esta edad, el juego constituye el principal instrumento de aprendizaje, por medio del cual, los niños experimentan la vida y comparten con otros. Jugar equivale a explorar, descubrir y experimentar, lo que les permite a los niños adquirir conocimientos e información del mundo que los rodea, utilizando para ello sus sentidos, inteligencia, emociones y creatividad. Es el espacio donde pueden ser más espontáneos, naturales y libres.

El proceso de aprendizaje no se da en el vacío, sino en un momento histórico y en el contexto de una cultura familiar, comunal, social y nacional, que requiere la participación oportuna y coordinada de padres de familia, educadores, miembros de la comunidad y la sociedad.

La educación formal como la acción consciente que se genera para propiciar aprendizajes, persigue el desarrollo del ser humano como parte de una colectividad y sólo puede llevarse a la práctica mediante una oferta educativa completa, que incorpore los conocimientos necesarios, los procedimientos para construirlos y la aplicación de esos conocimientos en el desarrollo de la persona y la sociedad.

La política educativa constituye el marco de referencia para que la educación promueva una formación en este sentido de las nuevas generaciones y que nos identifique y proyecte como factor del desarrollo.

En este marco, la educación preescolar en México ha sido, desde la penúltima década del Siglo XIX, preocupación permanente de gobiernos, sociedad y educadores. Al analizar su historia se encuentran líneas que le dan identidad: respeto a las características, intereses y necesidades de la población infantil; la aproximación concreta y gradual al aprendizaje; la necesidad de iniciar a los niños en la vida social fuera del hogar; de propiciar su expresión y participación; de ponerlos en contacto con nuevas y variadas experiencias que les permitan ampliar su conocimiento de sí mismos y del entorno y destacadamente, la importancia de vincularla con la educación familiar y la educación primaria.

De la idea de educación preescolar, se puede hablar, propiamente, a partir de que la pedagogía froebeliana expandió en el país la concepción de que "los niños son como plantas a las que hay que cultivar", e ideó una metodología de enseñanza integrada por juguetes y actividades a los que denominó "dones" y "ocupaciones" para que los niños "aprendieran haciendo".

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Bajo esta idea, los primeros "jardines" de niños, surgieron en 1883 para atender a la población entre tres y seis años de edad de las clases acomodadas. Se crearon con el objetivo de llenar el vacío de actividad que tenían los infantes, entre el hogar y la escuela primaria elemental, haciéndoles de mayor utilidad el periodo de vida entre los cuatro y los seis años de edad, facilitándoles el acceso a la primaria y encauzándolos en la vida social.

En aquel año Manuel Cervantes Imaz, en la Ciudad de México y Enrique Laubscher, en Jalapa, empezaron a promoverlos. Poco después el Gobierno Federal empezó a apoyar este movimiento educativo, al establecer como planteles anexos a las escuelas normales de profesores, escuelas de párvulos. A partir de entonces el crecimiento de su cobertura fue lento y prácticamente hasta la década de los años cincuenta del Siglo XX, no tuvo la validación social que merece su impacto educativo.

Algunos párrafos del Tratado Elemental de Pedagogía de Luis E. Ruiz, muestran que la idea al respecto era clara y fundamentada:

"Al llegar el niño a la escuela, previamente preparado en la de párvulos, no sólo no se perjudica sino que sus labores son más fáciles y sus resultados más provechosos y rápidos, pues sin haber asistido el tiempo necesario en el hogar, ya en la de párvulos se ha preparado convenientemente para principiar su instrucción propiamente dicha.

"La escuela de párvulos es el feliz consorcio entre lo que tiene de agradable, para el niño el hogar y lo que tiene de útil para los educandos la escuela elemental.

"En su hogar el niño ejercita principalmente su actividad física y moral y de un modo accesorio la intelectual. Aplicar incesantemente sus sentidos, moverse sin interrupción y en suma darle a todo el carácter de juego, simulando imperfectamente los actos de la vida de los mayores, es la ocupación que le embarga siempre. Todo lo empieza, nada concluye y la espontaneidad es el primer factor de todos sus movimientos.

"La escuela primaria por su carácter va a solicitar de preferencia la actividad intelectual del niño, poniendo a contribución para lograrlo su actividad física y moral. Ahí debe haber disciplina y todas las labores han de ser motivadas.

"Como se ve, hay rasgos de diferencia bien acentuados entre la existencia en el hogar y la vida en la escuela y armonizar las tendencias de uno con las aspiraciones de otro ha sido el gran triunfo de la escuela de Froebel. Este eminente pedagogo lo realizó de un modo casi perfecto con sólo disciplinar el juego. Al principio va quitando a éste la falta de finalidad que tiene en el niño, va haciendo sucesivamente la selección para que ponga en ejercicio las facultades físicas, intelectuales y morales, lo hace siempre cadencioso y cada vez más y más metódico y disciplinado.

"El lugar elegido por Froebel debe ser al mismo tiempo rigurosamente higiénico, ameno y agradable para los niños. La institución ha de estar a cargo de la mujer, cuyo carácter se aviene perfectamente con la delicadeza de los niños. Ahí deben asistir a la vez niñas y niños, esto es, párvulos, tanto esta circunstancia como la anterior dan similitud a esta escuela con el hogar.

"El programa en la escuela de párvulos consta de cinco partes: primera, juegos gimnásticos, para cultivar en buena forma las facultades físicas de los párvulos; segunda, dones juegos rigurosamente graduados; tercera, labores manuales, juegos destinados a ejercitar la mano, los sentidos y la inteligencia del niño y dotarlo de conocimientos; cuarta, pláticas al estilo moderno, con objeto de satisfacer las necesidades intelectuales y morales de los niños y quinta, canto, medio ingenioso cuyo fin es amenizar los trabajos, facilitar la disciplina y contribuir a perfeccionar el sentimiento estético".

En 1903, Estefanía Castañeda presentó a la Secretaría de Justicia e Instrucción Pública, un proyecto basado en el curso de los jardines de niños de Manhattan, que proponía establecer la educación de párvulos de acuerdo con su propia naturaleza física, moral e intelectual, a partir de la experiencia en el hogar, la comunidad y la relación con la naturaleza. En 1907 comenzó a editar una revista periódica llamada Kindergarten, que vino a impulsar el desarrollo de esta institución.

Para 1908 el Gobierno Federal tenía bajo sus auspicios algunos jardines de niños que, el 4 de mayo de ese año, Justo Sierra ante el Congreso de la Unión señaló que el ministerio de instrucción a su cargo no abandonaría y al contrario, pondría toda su solicitud en mejorarlos. Consecuentemente, implementó a través de Luis. E. Ruiz la cátedra de enseñanza de la pedagogía de los jardines de niños, como parte de un curso general de didáctica, en la Escuela Normal de Profesores, que en 1910 cedió a la profesora Bertha von Glumer.

Los intentos político-culturales del porfiriato, en este nivel educativo, apenas si fueron proyectados a una pequeña porción de la sociedad, pero no por eso hay que olvidar que estuvieron bien pensados y de tal modo planteados, que don Justo Sierra llegó a expresar: "no tenemos ningún empacho en presentar uno de estos establecimientos a los que conocen establecimientos de otros países, para que digan si se ha interpretado bien el glorioso pensamiento del fundador de estas instituciones".

A finales de la década de los años veinte, Rosaura Zapata presentó un proyecto de reformas al trabajo pedagógico, el cual contenía 12 puntos, entre ellos manifestaba la necesidad de propiciar el conocimiento de la patria y el amor hacia ella; atender principalmente la salud del educando, en un ambiente higiénico y pedagógicamente adecuado; realizar las actividades de acuerdo con el grado de desarrollo del párvulo y sus experiencias; respetar las manifestaciones de los niños; crear en el jardín de niños un ambiente de hogar, natural, sencillo y de confraternidad; realizar actividades ocasionalmente y no con un horario fijo y determinado; mantener una apariencia de belleza en el plantel y cuidar el bienestar de los educandos; atraer el hogar y la comunidad al jardín de niños para colaborar en el mejoramiento de la educación, así como por los beneficios que éste les aporta; vincular las actividades del jardín de niños con las de la escuela primaria; multiplicar la cantidad de jardines de niños, ya fueran independientes o anexos, para extender sus beneficios a toda la población y aceptar la denominación para desterrar el uso de vocablos extranjeros en la obra de nacionalización de la institución.

En 1942, se definieron tres grados en la educación preescolar y se incluyó en sus planes de trabajo para primero y segundo: lenguaje, actividades para adquirir medios de expresión, experiencias sociales, civismo, conocimiento de la naturaleza, cantos y juegos, expresión artística y actividad doméstica. Para tercer grado se agregó: iniciación a la aritmética y geometría, educación física e iniciación a la lectura. Los cambios en la pedagogía nacional influyeron en el trabajo de los jardines de niños; los centros de interés se convirtieron en el eje de la educación preescolar.

La educación preescolar de los años cincuenta propone un modelo que enfoca la enseñanza de acuerdo con los intereses concretos del niño y su reforma se fundamenta explícitamente en el artículo 3o. constitucional. El modelo propuso un enfoque globalizador, por lo cual las unidades de acción, es decir las situaciones, debían aprovecharse para el desarrollo de la percepción, destreza, lenguaje y conocimientos de los alumnos.

A pesar de que la vinculación con la educación primaria es un rasgo esencial de la educación preescolar, algunas opiniones manifestaron que el jardín de niños no debía considerarse un ciclo preparatorio para la escuela primaria y que debía responder a los intereses biosíquicos del alumno en su etapa de desarrollo. Además se expresó que no se debía enseñar a leer y escribir ni a realizar operaciones matemáticas, debido a que el alfabeto y el número eran abstracciones que el preescolar aún no podía realizar debido a sus características de pensamiento.

Un nuevo cambio metodológico de la educación preescolar se da en 1959. En éste se impulsó una nueva reforma del programa de educación preescolar, organizándolo en cinco áreas: salud; empleo y conservación de los recursos naturales regionales; incorporación al medio social; adiestramiento manual e intelectual y el estímulo a la capacidad de expresión y creatividad de los preescolares.

Como parte de la reforma educativa de 1970 a 1976 se estableció un nuevo programa de educación preescolar, que sustituyó el trabajo de las unidades de acción y de los centros de interés, por unidades básicas presentadas por grados, las cuales estaban referidas a los seres y fenómenos sociales y naturales cercanos al niño, para que él pudiera vivirlos, analizarlos y asimilarlos.

En 1979, se presentó un nuevo programa de educación preescolar, por objetivos, con un enfoque de la sicología conductista y basado en los estudios de los niveles de madurez infantil de Arnold Gessell. Este programa sometió al personal docente a un proceso de revisión de la práctica pedagógica a la luz de las características infantiles; sin embargo, exigía que la educadora observara y evaluara minuciosamente las conductas que presentaban sus alumnos, lo cual, por una parte le aportaba información sobre lo que su grupo sabía y podía hacer, pero, por la otra, le restaba tiempo para organizar el trabajo y fragmentaba la visión que obtenía del proceso enseñanza-aprendizaje y sus resultados.

En 1981, se implantó un nuevo programa de educación preescolar, que significó un cambio radical en la concepción teórica del desarrollo del niño, fundamentada en el enfoque sicogenético y en la estructuración de la afectividad y se concibió como un instrumento de trabajo de la educadora, para planear y orientar la práctica educativa.

Este programa asume que el niño es una persona con características propias, que necesita ser respetado y para quien debe crearse un medio que favorezca sus relaciones con otros niños, respete su ritmo de desarrollo individual, tanto emocional, como intelectual y le proporcione una organización didáctica que facilite su incorporación gradual a la vida social. El conocimiento progresivo del mundo sociocultural y natural debe desarrollarse en el jardín de niños a través de actividades que contribuyan a la construcción de su pensamiento, por lo que la educadora debe propiciar un conjunto, cada vez más rico, de oportunidades para que el niño pregunte y busque respuestas.

En 1992 se elaboró un nuevo programa de educación preescolar, fundado en la metodología de proyectos, la cual consiste en considerar la experiencia de la población infantil para propiciar la indagación, el planteamiento de hipótesis, la experimentación y el trabajo colectivo para lograr un fin común, con el propósito de generar aprendizajes significativos. Este programa pretende responder a la idiosincrasia del niño mexicano, facilitar la articulación con la educación primaria y ser aplicable en las distintas regiones del país.

A partir de este año, se introduce una nueva política educativa para el nivel, de acuerdo a la cual el énfasis se pone en un cambio en la política de cobertura, buscando universalizar un grado de educación preescolar para toda la población de cinco años de edad, previo al ingreso a primaria.

Este objetivo, de acuerdo a las estadísticas oficiales, ha avanzado de manera importante y visto así, los ideales de las viejas educadoras, son casi una realidad: después de 120 años, por lo que respecta a las zonas urbanas, existe la capacidad para ofrecer educación preescolar a la población infantil que solicita el servicio; su cobertura en el ámbito nacional es del 90% y los profesores de educación primaria perciben los beneficios de la educación preescolar recibida por la población infantil antes de ingresar a la escuela primaria.

Hoy día, las necesidades sociales obligan a procurar que los niños y jóvenes permanezcan en las escuelas, por lo menos durante 12 años para concluir sus estudios básicos.

Los niños están cada vez menos tiempo a cargo de sus madres, que cada día en mayor número se incorporan al mercado de trabajo, mientras aumenta el número de familias monoparentales encabezadas por mujeres u hombres, lo que obliga a buscar nuevas opciones de servicio que respondan a estas realidades. El incremento de los índices de pobreza obliga a buscar la pertinencia y la relevancia de los servicios educativos, que requieren más que nunca proporcionar herramientas que permitan enfrentar los retos del entorno y continuar su vida escolar con éxito.

Aunque casi siempre se consideró la importancia de vincular la educación preescolar con la educación primaria, no era posible debido a las características con las que se desarrollaba cada nivel educativo. No fue sino hasta la década de los ochenta que se realizaron los primeros intentos por vincular curricularmente ambos niveles, pero el intento no cristalizó en cambios estructurales ni modificaciones en los planes y programas de estudio.

La educación preescolar debe superar la visión escolarizada de nivel preparatorio para el primer grado y proyectarse como parte de un proceso formativo permanente, iniciado en la familia, que continúa en la escuela y cuyos efectos tendrán repercusiones a lo largo de la vida del individuo.

En el jardín de niños se obtienen experiencias que permiten trabajar con otros armónicamente; reconocerse como personas iguales y diferentes a la vez. En primaria estos aprendizajes permiten entender que todos tenemos los mismos derechos, que debemos tener las mismas oportunidades y responsabilizarnos de nuestras acciones; en la secundaria dan principio para respetar normas, diferencias y puntos de vista, establecer acuerdos y compromisos y convivir en un marco de tolerancia.

En el jardín de niños, se fomenta que tengan una actitud de búsqueda de explicaciones, de no conformarse y de conocer más. En la primaria esto propicia comprender causas y efectos de los fenómenos naturales y sociales y en secundaria fortalece el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos.

Si en preescolar se logra que los niños satisfagan por sí mismos algunas de sus necesidades básicas y realicen prácticas de autocuidado, se sentarán las bases para que en primaria sean capaces de preservar su integridad al enfrentar situaciones de riesgo y en secundaria adquirir conciencia sobre la preservación de la salud y el rechazo a las adicciones.

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Si en el jardín de niños se aprende a emplear el lenguaje como un medio para expresar ideas, sentimientos y experiencias, para comprender y ser comprendidos, en la primaria y la secundaria se podrán desarrollar con mayores probabilidades la capacidad de comunicación, de redactar textos, de experimentar el goce de la literatura, explicar y discutir puntos de vista.

Es necesario impulsar una concepción integral sobre la formación del niño en las primeras etapas de su desarrollo, dejando de lado las visiones reduccionistas e instrumentalistas que la han constreñido a la dimensión cognoscitiva-lingüística, para verla como un proceso integral que supone también las dimensiones socioemocional y sicomotriz, cada una con sus funciones e importancia.

El área cognoscitiva-lingüística, que comprende el conocimiento físico, lógico-matemático y social, en el nivel preescolar cobra su mayor relevancia en la adquisición del lenguaje, como un proceso creativo y autogenerado, integral, social y colaborativo, que se adquiere en interacciones significativas con adultos y otros niños. Es función de la educación preescolar en esta área, proporcionar al niño un ambiente rico y estimulante en experiencias que le permitan favorecer adecuadamente su desarrollo lingüístico.

En el área socioemocional, la calidad de las experiencias iniciales deja una marca determinante para la constitución de su personalidad y en gran medida determina la forma en que se relaciona con el mundo y los demás.

En este sentido, el rol de los padres como agentes de socialización es muy significativo, pues los estilos de crianza, interacción individual y cooperación sustentan el desarrollo social del niño que le permiten construir sentimientos de orgullo, valía, autoestima, identidad, status y generar nuevos valores; la relación con los hermanos permite aprender a cooperar, negociar, competir, compartir y entender que las necesidades y sentimientos de los demás son importantes; la convivencia con otros niños se convierte en un valioso mediador del proceso, mostrándole modelos de liderazgo, ofreciendo explicaciones, oportunidad de practicar nuevas destrezas y convirtiéndolos en copartícipes de los procesos de construcción de sus aprendizajes.

En esta área, la educación preescolar debe asegurar la promoción de un adecuado clima emocional en el aula, que facilite adecuadas relaciones interpersonales que redundarán en la salud mental de educandos y educadores.

La sicomotricidad conlleva tanto la actividad síquica como la motora e integra complejos procesos de movimiento, acción y organización psicológica. Por medio de los sentidos, de las sensaciones profundas del cuerpo y sus movimientos, los niños van construyendo el conocimiento de sí mismos. Lo que somos, nuestras emociones, sentimientos y actividad conceptual, son inseparables de nuestro cuerpo: lo actuado, vivido y sentido en el aspecto motor está integrado a lo emocional y mental.

Corresponde al nivel preescolar, en esta área, el desarrollo motor del niño por medio del conocimiento del cuerpo; la relación entre éste, el espacio y los objetos; entre sí mismo y los demás.

Cuando se analiza la función social de los jardines de niños en México, la discusión sobre el carácter obligatorio del nivel y sobre la necesidad de integrar un solo nivel educativo básico obligatorio de 12 años, no se agota en sí misma. Implica una reorientación del tipo de servicio ofrecido por estos centros educativos, en particular y por la educación preescolar en general, así como la revisión de la realidad social y educativa, dejando de lado los conductos idílicos surgidos de escritorios de especialistas en diagramas de flujo o en el de personas de la mejor voluntad, pero armada sólo con buenas intenciones.

Analizar la función social de la educación preescolar se inserta en el principio del artículo 3o. de la Constitución y Ley General de Educación, de promover un sistema de vida fundado tanto en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, como en la promoción de la justicia y de los derechos humanos.

De ahí que en el artículo 31 de la Ley General de Educación se afirme que las medidas educativas deberán estar dirigidas "de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrentan situaciones económicas o sociales de desventaja".

Para el caso de la educación preescolar, la preocupación por lo social siempre ha estado presente en los programas, con distintos énfasis y perspectiva. En el Programa de Educación Preescolar de 1992, la "dimensión social" y el "desarrollo de la comunidad" constituyeron una de las tareas sustantivas.

Esto resulta particularmente importante al considerar la trayectoria histórica de este nivel educativo, que plantea un conflicto no resuelto acerca de caracterizar el tipo de servicio del que se habla; un conflicto que se subsume en la estadística educativa al considerar bajo este solo rubro cualquier cosa que ocurre antes de la educación primaria.

Las direcciones generales de educación preescolar en el Distrito Federal y en los estados desarrollan un trabajo eminentemente educativo, en mayor medida en cursos de un año y constreñidos a un currículo oficial que, visto en perspectiva, se puede considerar muy pobre; otras instituciones se ocupan de los niños marginados poniendo el acento en aspectos asistenciales, a través de programas de los que se ocupan madres de familia que muchas veces en ese mismo proceso se alfabetizan; las escuelas privadas ofrecen servicios de uno a cuatro años, en los que se ofrecen servicios de valor agregado de muy alto costo.

El 58% de los planteles de educación preescolar son unitarios. En ellos las educadoras atienden en un solo grupo a alumnos de cuatro a cinco años con 11 meses, mientras cumplen funciones directivas y docentes.

En gran parte los jardines de niños urbanos atienden a niños de familias de migrantes campesinas e indígenas, que han constituido en las ciudades verdaderos mosaicos socioculturales y socioeconómicos.

A pesar de las múltiples necesidades de atención y de una demanda de alrededor de 5 millones de niños, este servicio no es aún obligatorio, lo cual se ha justificado con el argumento, cierto, de las múltiples dificultades y costos que implica proporcionarlo en todo el territorio nacional. Pero la atención a esta población es necesaria e ineludible. De acuerdo con el censo de población y vivienda del INEGI de 2000, de los más de 2 millones de niños en edad de asistir a preescolar 530 mil no lo hacen, o sea el 23% del total. Para este ciclo escolar se espera la participación en preescolar de aproximadamente 3 millones 500 mil.

Además, se encuentra latente la inexistencia de una demanda social efectiva. El logro del carácter obligatorio de la educación preescolar no garantiza, por sí mismo, la legitimidad del nivel, debido a la existencia de una discontinuidad entre oferta pedagógica y demanda social.

La oferta pedagógica se refiere a la calidad educativa de la opción curricular ofrecida y a sus efectos institucionales, sociales, económicos y culturales. Que la oferta pedagógica se asocie con la promoción escolar supone una utilidad implícita y relativa en cuanto a su incidencia mediata en el mejoramiento de las condiciones sociales y económicas de las familias.

En cuanto al vínculo con la comunidad, la educación preescolar ofrece trabajar en torno de los problemas comunitarios. Sin embargo, se restringe al desarrollo de actividades educativas, dirigidas tanto a la escuela como a la comunidad, que no resuelven otras demandas sociales mínimas de la población atendida y sus familias.

Otro factor que concurre se refiere a la poca atención otorgada a las demandas sociales de la población atendida. Esta demanda se refiere al conjunto de requerimientos y expectativas familiares inmediatas, como de las características del grupo de edad atendido. Esta demanda exige del servicio educativo respuestas prácticas y útiles para los usuarios; rebasa lo estrictamente educativo e involucra, por ejemplo, la necesidad de enfrentar problemas como el de la salud, la alimentación, la seguridad y el cuidado de los niños.

La urbanización, la modernización y la incorporación de la mujer en el mercado de trabajo se asocian con las transformaciones y los conflictos familiares. En zonas de alta migración, los jardines de niños cuentan con grupos numerosos que van de 40 a 45 niños. Sin embargo, los hijos de cero a cuatro años de quienes trabajan dentro del sector informal de la economía, no están contemplados por el sistema de guarderías y más tarde, aun cuando cuenten con jardines de niños en el lugar donde viven, sus madres carecen de tiempo para "dejarlos y recogerlos".

La demanda de servicios preescolares de corte asistencial va en aumento. No existe, sin embargo, relación entre el crecimiento de la natalidad y la apertura de estos servicios: las entidades que cuentan con un mayor número de guarderías son los que cuentan con las más bajas tasas de fecundidad y viceversa.

Los niños que tienen acceso al servicio de guarderías y causan baja por haber cumplido cuatro años, pasan a formar parte de la población demandante del jardín de niños, pero pasan de tener un servicio integral y horarios adecuados al de sus madres trabajadoras, a otro de tres horas y de corte pedagógico.

El estancamiento y la tendencia a la disminución en el crecimiento de la demanda es evidente en el sector público y parece deberse tanto a las políticas de tercerización del nivel, como al papel que se le atribuye como antecedente de la educación primaria. Mientras, la matrícula por grados es más estable en las instituciones bajo control particular, debido a que en los centros privados se abren posibilidades para ofrecer una atención más prolongada al niño que en los servicios públicos.

Ante todo ello, los responsables de la educación preescolar escolarizada en jardines de niños, argumentan que ese tipo de problema no corresponde resolverlos a los centros educativos que manejan, porque ellos "educan" y no son "guarderías". Por ello las propuestas, investigaciones y opiniones se enfocan hacia cuestiones como el análisis de los materiales o de la figura del maestro, mientras se ignoran estudios sobre el impacto social de los programas y las demandas sociales del contexto en el que se inserta el servicio.

Cuando las comunidades provocan la redefinición a través, por ejemplo, de los jardines de niños con servicio mixto, el servicio se considera "de excepción". En algunos casos, las educadoras optan por esta alternativa cuando el jardín de niños encuentra una crisis de consenso entre la población demandante y peligra su estabilidad laboral.

Al lograrlo, deben convertirse en gestoras de todo tipo de apoyos: "ayudas", "cooperaciones voluntarias", "donaciones" o "limosnas" que hagan realidad el servicio y multiplican sus funciones "normales" sin que la SEP ofrezca estímulo económico alguno.

Atrás quedaron los años en que bastaba, con que los jardines de niños cumplieran sólo una función de guardería.

Se ha ampliado la cobertura de centros preescolares. Sin embargo, esta proliferación de establecimientos no ha ido acompañada de equidad ni calidad, lo cual ha generado efectos perversos que es necesario revisar.

Se ha demostrado que hasta los 18 meses de vida, en promedio, todos los menores tienen el mismo coeficiente intelectual. Sin embargo, cuando llegan a la edad escolar, un 26% de los niños de estrato socioeconómico bajo tienen coeficientes inferiores a 80% mientras que en el nivel medio, sólo un 4% y el estrato alto, un 1%.

Investigaciones internacionales demuestran que esta situación puede revertirse con una buena educación preescolar, pero también que en muchos casos, el 10% de los niños que accede a ella empeora su rendimiento.

Es en la inequidad de los servicios donde se encuentran las razones de estas diferencias. Estudios sobre la efectividad de la estimulación cognitiva temprana y sobre la educación preescolar muestran que éstas tienen un impacto sobre la madurez escolar y que son las principales herramientas para disminuir la brecha educativa entre estratos socioeconómicos, pero también muestran la brecha que abre la iniquidad entre los niños de diferentes estratos sociales que las reciben.

Los resultados señalan que las intervenciones de preescolar en situaciones de pobreza, en muchos casos no son efectivas: no se encuentran diferencias significativas en el desarrollo cognitivo de los niños que asisten a preescolar y los que se quedan en casa y, por tanto, no hay diferencias entre aquellos niños que asisten por primera vez a la escuela a primaria y los que asisten a preescolar.

Los niños que asisten a educación preescolar en sectores de escasos recursos pueden no sólo no avanzar, sino que pueden experimentar un retraso en su desarrollo. Un 10% de los niños que empiezan con un adecuado desarrollo cognitivo, empeora su rendimiento.

Un estudio realizado por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, muestra que un 50% de los niños que tienen un rendimiento en el rango normal superior en las pruebas de desarrollo cognitivo tomadas al ingreso, bajan su rendimiento.

La investigación muestra que la asistencia a preescolar tuvo efectos positivos en la adaptación socioemocional de los niños al finalizar ese curso, en comparación con los niños que no asistieron. Sin embargo, los no asistentes se nivelaron al año siguiente y no se observaron diferencias entre los que habían asistido a preescolar y los que no lo habían hecho. De esto se desprende que la educación preescolar, a pesar de que las educadoras se esfuerzan por privilegiar el desarrollo de esta área, no logran un desarrollo diferencial con respecto a los niños que se quedan en su casa.

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El mismo estudio señala que el rendimiento alcanzado en educación básica en sectores de escasos recursos es deficiente. En las pruebas aplicadas se observa un escaso porcentaje de niños que logra sobre un 75% estándar exigido para aprobar curso en los colegios particulares de buen nivel. Sólo un 35% de los alumnos de segundo alcanza este nivel en lenguaje y tan sólo un 6% en matemáticas.

Teniendo en cuenta los resultados, el estudio señala que el énfasis hay que ponerlo en la educación inicial y permanente de los docentes, para que estén en mejores posibilidades de provocar el desarrollo congositivo de los niños, en el currículo de enseñanza y en la necesidad de realizar más estudios para generar una presión en cadena.

Por todo esto, es necesario que el muy deseable paso a la obligatoriedad del servicio educativo de preescolar, se funde en investigaciones que documenten lo que ocurre en las distintas comunidades, detecten la posibilidad de promover algunas opciones de servicio distintas de las actualmente ofrecidas y muestren la magnitud del problema.

En 1992, la idea de una nueva educación básica recibió la mayor atención entre las principales medidas de la modernización educativa, al incrementar la escolaridad constitucionalmente obligatoria a nueve años, incorporando el nivel de secundaria a la educación que todo mexicano debe alcanzar.

Se transformaron los planes y programas de estudio de preescolar, primaria y secundaria y se publicaron nuevos libros de texto gratuitos para primaria. Sin embargo, no se planteó una concepción articulada y sólida de la función social, los fines y objetivos de una educación básica más prolongada, a partir de un perfil del hombre que se busca formar. Más bien, el conjunto de transformaciones, la manera y los tiempos en que se han llevado a cabo dan como resultado incongruencia y desarticulación entre el proyecto, los planes y programas de cada nivel y entre los distintos niveles educativos.

El papel del preescolar en esta nueva concepción quedó con un alto grado de ambigüedad y la educación inicial prácticamente no fue mencionada, aunque quedó claro que las primeras experiencias y relaciones humanas estructuran la personalidad del niño, constituyen una influencia decisiva en su éxito escolar y en sus posibilidades de integrar aprendizajes futuros.

Dado el papel tan importante que el preescolar desempeña en el desarrollo educativo posterior de los alumnos, ha sido una reiterada demanda de los maestros el que se establezca la obligatoriedad de una atención a este nivel hasta por tres grados. Conscientes, sin embargo, de las dificultades reales de expansión y cobertura, en el corto plazo, que afectan a los grupos más desprotegidos del país, no se puede establecer de un tirón como prerrequisito de la primaria.

La escasa cobertura del nivel y la importancia que adquiere para la educación posterior han generado, por otra parte, segmentaciones internas en los planteles y entre los alumnos que sí cursaron la educación preescolar y quienes no lo hicieron.

Las características de la demanda social de educación preescolar se han modificado hasta hacer obsoletos la estructura y el modelo de atención con que hoy se cuenta. La composición demográfica y ocupacional de la sociedad actual hace que exista una gran diversidad de necesidades de los diferentes grupos y sectores sociales, urbanos y rurales, que demandan ser atendidas con modelos diferenciados.

Las acciones de la modernización de la educación básica, que han impactado a este nivel han adolecido de serias dificultades, más operativas que conceptuales, puesto que desde 1981 se intenta establecer un programa de preescolar que centre la atención en el desarrollo integral del niño: su inteligencia, creatividad y ludismo.

Los graves problemas del nivel preescolar involucran aspectos de desconocimiento de su función social y pedagógica, que se expresan en la escasa cobertura y la ambigüedad respecto de su obligatoriedad. La obligación a la que se comprometió el Estado, de atender sólo a quien demande, ha sido cubierta a partir de un crecimiento basado en jóvenes egresados de secundaria o bachillerato, en las "madres jardineras" o en auxiliares de educadoras, para los que no hay las oportunidades adecuadas y a veces ni siquiera las mínimas, de actualización, superación y derechos laborales.

Paradójicamente, los planes de estudio de las licenciaturas en preescolar no han incorporado los conocimientos y las actitudes necesarios para atender a los grupos de población que más lo requieren. Con respecto a los planes y programas de preescolar, no se ha podido avanzar en la actualización docente que permita generalizar estrategias de enseñanza y materiales de apoyo congruentes con el programa vigente.

En 1993 los maestros de México, como resultado del Primer Congreso Nacional de Educación del SNTE, propusimos a la sociedad definir y construir una nueva educación básica integrada, articulando los niveles que la componen en sus dimensiones organizativa, curricular, pedagógica y didáctica con base en los resultados de la investigación, la experimentación previa y la participación y consenso de maestros y sociedad.

Esta propuesta general se acompañó de otras más particulares y específicas que le dieran viabilidad como política pública, entre las que destacan:

• Comprometer la responsabilidad del Estado en la atención educativa y asistencial que requiere la población infantil de los cero a los seis años;

• Incluir en la Constitución General de la República la obligatoriedad de la educación preescolar y en Ley General de Educación a la educación preescolar como obligatoria en tres grados, antes del ingreso a la educación primaria, a través de varios mecanismos, como:

— Tender a la universalización de por lo menos un año de preescolar en el corto plazo, sin exigirlo como prerrequisito de la primaria antes de asegurar la atención de todos los niños; en el mediano plazo, incrementar Ias oportunidades para hacer efectiva la obligatoriedad del nivel preescolar a tres grados.

— Ampliar la cobertura a partir de las características socioculturales y las propias del grupo de edad; prestar especial atención a los niños de madres trabajadoras.

— Garantizar la distribución gratuita para todos los niños de materiales didácticos mínimos y de uso cotidiano durante el proceso educativo que realiza este nivel.

• Revisar la currículo con el fin de dar continuidad al enfoque sicológico y pedagógico que se ha venido desarrollando desde el Programa de Educación Preescolar 1981.

• Iniciar los estudios y experimentos necesarios que conduzcan a la integración de los niveles y grados de la educación básica:

— Establecer criterios de congruencia y continuidad entre planes, programas y libros de texto de los niveles de educación preescolar, primaria y secundaria.

— Articular la educación básica en forma clara y precisa desde el punto de vista de objetivos, lineamientos metodológicos y contenidos.

— Diseñar bloques integrados de preescolar y primero y segundo de primaria, así como de sexto de primaria y primero de secundaria.

— Generar una cultura de intercambio entre los maestros de todos los ciclos y niveles de la nueva educación básica, favorecida en los procesos de actualización, para que conozcan y compartan las particularidades y los objetivos de formación propuestos.

— Generar material didáctico que mantenga una línea de conducción desde preescolar hasta secundaria, en temas de desarrollo humano: autoestima, juicios valorativos, aprovechamiento del tiempo etcétera.

• Planificar las necesidades del nuevo modelo curricular en lo que refiere a estrategias de enseñanza, otros recursos pedagógicos, nuevas formas de gestión de las escuelas, mayor comunicación entre los profesores, trabajo colegiado remunerado y tiempo de preparación del trabajo docente, planeación, preparación de recursos didácticos y evaluación de los procesos de enseñanza y de aprendizaje.

• Articular los contenidos de formación de los nuevos maestros, de actualización, capacitación y superación profesional con los nuevos enfoques y contenidos de la educación básica, conforme a los lineamientos señalados para la integración de esta última.

Todo lo anterior permite concluir que la importancia de la educación preescolar plantea dos necesidades prioritarias:

Primera: otorgarle el rango constitucional de su obligatoriedad y por lo tanto la reforma del marco regulatorio secundario, que implica adicionar los artículos 3o y 31 constitucionales y las adiciones o reformas a los artículos 8o., 12, 13, 37, 48, 51, 53, 54, 55, 59, 66 y 77 de la Ley General de Educación y los correspondientes a la Ley de Profesiones.

Segunda: establecer políticas para dar cumplimiento cabal a dicha obligatoriedad, principalmente el de garantizar el acceso a toda la población de cuatro y cinco años a este nivel y la calidad del mismo.

La obligatoriedad de la educación preescolar establecería el compromiso del Estado para ampliar la cobertura, de tal forma que la población de cuatro y cinco años tuviera la oportunidad de acceder a este servicio garantizando su permanencia y la calidad. Dicha obligatoriedad se aplicaría también para los padres de familia. Al respecto, se plantea adicionar el artículo 31 de la Constitución para que los mexicanos tengan la obligación de hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas para cursar la educación preescolar, primaria y secundaria.

Dadas las diversas condiciones socioeconómicas y geográficas de las entidades federativas, situación que impide aplicar políticas uniformes, se considera necesario que sean éstas las que determinen, durante los próximos ciclos escolares, la posibilidad de atender a la población de tres años de edad.

Para este propósito y con el fin de evitar que se profundicen las desigualdades y desequilibrios regionales que ahora se observan entre las entidades federativas con distintos niveles de desarrollo económico y educativo, el Gobierno Federal, en cumplimiento de la función compensatoria que le reserva la legislación vigente en materia educativa, deberá apoyar de manera prioritaria a las entidades y regiones con mayores rezagos, con el fin de que en el menor tiempo posible lleguen al objetivo que se busca, en términos de cobertura, calidad y equidad.

Con base a este planteamiento, la educación preescolar se constituiría en un prerrequisito para ingresar a la educación primaria, situación que sería procedente una vez que las entidades federativas cuenten con la estructura y las condiciones necesarias para ofertar el servicio a toda la población en edad de cursar el nivel.

El hecho de que la educación preescolar se convierta en prerrequisito de la primaria, impone, con el fin de evitar que por educación preescolar se entienda arbitrariamente cualquier proceso que ocurra antes de la primaria, la necesidad de una definición clara de lo que este concepto significa, así como la necesidad de que esta definición se operacionalice para todo el país en términos curriculares. Esta circunstancia obligará también, a una revisión cuidadosa de la legislación vigente en materia de acreditación, revalidación y profesiones.

Uno de los argumentos utilizados para evitar la obligatoriedad de la educación preescolar se refiere a las múltiples dificultades y costos que representa proporcionar tal servicio en todo el territorio nacional. Asimismo, la desvalorización institucional y social de este nivel, tienden a reforzar dicha oposición. No obstante, los efectos, la ausencia de formación previa a la educación primaria se traduce en rezagos que a la larga resultan más costosos. Además, el planteamiento propuesto en la presente iniciativa es que se generalice inicialmente, en toda la República Mexicana, la incorporación de la población de cuatro y cinco años de edad para cursar dos grados de educación preescolar, dando oportunidad a aquellas entidades federativas que estén en condiciones de ofrecer un grado más de dicho nivel, para atender a la niñez de tres años.

Por otra parte, el mandato constitucional de la obligatoriedad de la educación preescolar exigiría de los responsables de conducir y aplicar las políticas educativas el diseño de estrategias para ampliar la cobertura y garantizar la calidad del servicio educativo. En esta última, la oferta pedagógica de la educación preescolar ha de estar en función de las características, condiciones e intereses de los diferentes sectores de la población a quien está dirigido dicho servicio (salud, alimentación, empleo, cuidado de los niños, entre otros) de lo contrario muchos padres de familia se mantendrán ajenos de mandar a sus hijos a los planteles de este nivel como ha ocurrido en diversas localidades de sectores rurales. Se precisa por tanto, hacer del Jardín de Niños un servicio útil para los diferentes sectores sociales y de esta manera generar la demanda que en algunos lugares no se da, a pesar de contar con población escolar de tres, cuatro y cinco años de edad.

La adición propuesta al segundo párrafo del artículo 3o. conlleva a adicionar las fracciones III y VI del mismo artículo. Para el caso de la fracción III, se establece con la presente iniciativa que el Estado asuma la responsabilidad de determinar los planes y programas de estudio, además de los de la educación primaria, secundaria y normal, los correspondientes a la educación preescolar.

Lo anterior plantea también, que la Secretaría de Educación Pública como responsable de la educación en el país, elabore y distribuya en todo el país los libros y materiales de apoyo para el mejor desarrollo del proceso educativo en el nivel.

1538,1539,1540

La adición a la fracción VI establece de acuerdo a la iniciativa, que los particulares que impartan educación preescolar también se sujeten a lo establecido en las fracciones II y III del artículo 3o. a fin de apegarse a los fines y criterios señalados y al cumplimiento de los planes y programas correspondientes.

En resumen, consideramos necesario que la educación preescolar adquiera el carácter obligatorio con el pleno sustento constitucional, por las siguientes razones:

• La educación preescolar, como lo muestran varios estudios, es un factor decisivo en el acceso y sobre todo en la permanencia de los alumnos que ingresan a la escuela primaria. Las deficiencias o limitaciones del contexto familiar para promover ambientes estimulantes a favor del desarrollo del niño, se ven compensadas en el Jardín de Niños, constituyéndose en una estrategia en pro de la equidad educativa.

• El desarrollo del niño se determina en los primeros años de vida, de ahí la importancia de la educación preescolar para promover ese desarrollo.

• El hecho de que existan en el país un 24% de la población de tres, cuatro y cinco años de edad, sin la oportunidad de acceder a la educación preescolar, evidencian políticas que han promovido el rezago y la iniquidad educativa.

• La educación preescolar forma parte de lo que se ha denominado educación básica y que en nuestro país, como lo establece la Constitución Política, sólo la educación primaria y la educación secundaria son obligatorias. Conceder el mismo carácter obligatorio a la educación preescolar es congruente con las tendencias que a nivel mundial se han establecido para avanzar en la universalización de la educación básica.

Por lo anterior, se pone a consideración de esta soberanía la siguiente

Iniciativa

Con proyecto de decreto que adiciona el artículo 3o. en su párrafo primero y fracciones III y VI y el artículo 31 en su fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 8o., 12, 13, 37, 48, 51, 53, 54, 55, 50, 66 y 77 de la Ley General de Educación.

Artículo primero. Se adiciona el artículo 3o para quedar como sigue:

Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado —federación, estados y municipios—, impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria son obligatorias.

. . .

I y II. . .

III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale.

IV. . .

VI. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán...

Artículo segundo. Se adiciona el artículo 31 para quedar como sigue

Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:

I. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria y secundaria y reciban la militar, en los términos que establezca la ley;

II a IV. . .

Artículo tercero. Se reforman los artículos 8o,12,13, 37, 48, 51, 53, 54, 55, 59, 66 y 77 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 8o. El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan, así como toda la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan, se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los perjuicios...

I a III. . .

Artículo 12. Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:

I. Determinar para toda la Republica los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, a cuyo efecto se considerará la opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación en los términos del articulo 48;

II. Establecer el calendario escolar aplicable en toda la Republica para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica;

III. . .

IV. Autorizar el uso de libros de texto y materiales para la educación preescolar, la primaria y la secundaria;

V. Fijar lineamientos generales para el uso de material educativo para la educación preescolar, la primaria y la secundaria;

VI. . .

VII. Fijar los requisitos pedagógicos para los agregados de los planes y programas de educación inicial y preescolar que, en su caso, formulen los particulares;

VIII a XIII. . .

Artículo 13. Corresponden de manera exclusiva a las autoridades educativas locales, en sus respectivas competencias, las atribuciones siguientes:

I. . .

II. Proponer a la Secretaría los contenidos regionales que hayan de incluirse en los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

III y IV. . .

V. Revalidar y otorgar equivalencias de estudios de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de acuerdo con los lineamientos generales que la Secretaría expida;

VI. Otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica y

VII. . .

Artículo 37. La educación de tipo básico está compuesta por el nivel preescolar, el de primaria y el de secundaria. La educación preescolar no constituirá requisito previo a la primaria, sino hasta que se cumplan los tiempos y condiciones señalados en los artículos octavo y noveno transitorios del decreto en que se aprueban las presentes reformas.

Artículo 48. La Secretaría determinará los planes y programas de estudio aplicables y obligatorios en toda la Republica, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

. . .

Artículo 51. La autoridad educativa federal determinará el calendario escolar aplicable en toda la Republica, para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, necesarios para cubrir los planes y programas aplicables. El calendario deberá contener 200 días de clase para los educandos.

. . .

Artículo 53. El calendario que la Secretaría determine para cada ciclo lectivo de educación preescolar, de primaria, de secundaria, de normal y demás para la formación de maestros de educación básica, se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

. . .

Artículo 54. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades.

Por lo que concierne a la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, deberán obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del Estado. Tratándose de estudios distintos de los antes mencionados, podrán obtener el reconocimiento de validez oficial de estudios.

. . .

Artículo 55. Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten:

I y II. . .

III. Con planes y programas de estudio que la autoridad otorgante considere procedentes, en el caso de educación distinta de la preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

Artículo 59. Los particulares que presten servicios por los que se impartan estudios sin reconocimiento de validez oficial, deberán mencionarlo en su correspondiente documentación y publicidad.

En el caso de educación inicial y de preescolar deberán, además, contar con personal que acredite con título profesional expedido por institución reconocida para expedirlo, la preparación adecuada para impartir educación; contar con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad educativa determine; cumplir los requisitos a que alude la fracción VII del artículo 12; tomar las medidas a que se refiere el artículo 42; así como facilitar la inspección y vigilancia de las autoridades competentes.

Artículo 66. Son obligaciones de quienes ejercen la patria potestad o la tutela:

I. Hacer que sus hijos o pupilos menores de edad, reciban la educación preescolar, la primaria, la secundaria;

II y III. . .

Artículo 77. Además de las previstas en el artículo 75, también son infracciones a esta ley:

I y II. . .

III. Impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, sin contar con la autorización correspondiente.

. . .

IV. Autorizar el uso de libros de texto y materiales para la educación preescolar, la primaria y la secundaria;

V. Fijar lineamientos generales para el uso del material educativo para la educación preescolar, la primaria y la secundaria;

VI. . .

VII. Fijar los requisitos pedagógicos para los agregados de los planes y programas de educación inicial y preescolar que, en su caso, formulen los particulares;

VIII a la XIII. . .

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las autoridades educativas del país deberán, a la entrada en vigor del presente decreto, instalar comisiones técnicas y de consulta que resulten pertinentes, para iniciar un proceso tendiente a la unificación estructural, curricular y laboral de los tres niveles constitucionales obligatorios, en un solo nivel de educación básica integrada.

Tercero. Las autoridades educativas del país deberán, a la entrada en vigor del presente decreto, instalar comisiones técnicas y de consulta que resulten pertinentes, para iniciar un proceso tendiente a la revisión de los planes, programas y materiales de estudio de preescolar, para establecer, en el ejercicio de sus funciones constitucionales, los planes y programas de estudio de la educación preescolar obligatoria para todo el país, así como los planes y programas de estudio para la formación inicial y permanente del personal docente y directivo de este nivel, de acuerdo a la nueva realidad educativa que surge de este decreto.

Cuarto. Con el objetivo de impulsar la equidad en la calidad de los servicios de educación preescolar en el país, la autoridad educativa deberá prever lo necesario para dar cumplimiento a lo que se dispone en la normatividad de profesiones, en el sentido de que la educación preescolar es una profesión que necesita título para su ejercicio y abstenerse de expedir nombramientos a personas que no cubran este requisito.

1541,1542,1543

Quinto. Para las personas que se encuentren prestando servicios docentes y directivos en el nivel preescolar y no cubran el requerimiento legal de poseer título profesional para ejercer sus funciones, la autoridad deberá proceder de inmediato a proveer lo necesario para implementar programas de capacitación que les permitan en un tiempo perentorio, obtener el título a que se refiere el artículo mencionado.

Sexto. Las autoridades educativas de todo el país deberán proceder a constatar que los servicios educativos que brindan los particulares en el nivel preescolar, sean atendidos por personal titulado, para garantizar la calidad del servicio que se brinda a quienes envían a sus hijos a estos planteles.

Séptimo. Los gobiernos Federal y estatales destinarán los recursos necesarios para la construcción, ampliación y equipamiento de la infraestructura necesaria para la cobertura de los servicios de educación preescolar obligatoria, así como programas de formación profesional y contratación de personal docente y para la dotación de materiales gratuitos para maestros y alumnos.

Octavo. En los lugares donde exista oferta de educación primaria, pero no exista una oferta garantizada de educación preescolar de calidad, ésta no será considerada prerrequisito para acceder a aquélla.

Noveno. A partir de tres años escolares contados a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, será prerrequisito para ingresar a primaria haber cursado al menos un año de educación preescolar y a partir del tercer año, haber cursado al menos dos.

Décimo. Los gobiernos estatales celebrarán con el Gobierno Federal convenios de colaboración que les permitan cumplir con la obligatoriedad de la educación preescolar en los plazos establecidos en el artículo anterior.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 11 de octubre de 2001.— Firman 81 diputados.»

Por último, señora Presidenta, solicito su autorización para que el documento que se entrega sea publicado en su totalidad, dado que no ha sido leído en los términos totales que contiene el documento.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Gracias, señor diputado.

Publíquese en la Gaceta Parlamentaria el texto íntegro de la iniciativa y túrnese a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Educación Pública y Servicios Educativos.

DISTRITO FEDERAL (II)

El diputado Martí Batres Guadarrama (desde su curul):

Pido la palabra.

La Presidenta:

Diputado Martí Batres.

Activen el sonido en la curul del diputado Martí Batres.

El diputado Martí Batres Guadarrama (desde su curul):

Sí, diputada Presidenta. Hemos... a través del diputado Alfredo Hernández Raigosa se ha presentado una iniciativa de reformas a la Constitución sobre temas relativos al Distrito Federal y quiero pedirle que se haga la siguiente reconsideración:

En virtud de que en el Distrito Federal el conjunto de fuerzas políticas ha venido trabajando un conjunto de acuerdos tendientes a una reforma consensada sobre el régimen político y jurídico de la capital y que el día de hoy están aproximando posiciones con objeto de anunciar los avances en este sentido, quiero pedirle que se retire la iniciativa que se ha presentado por parte de nuestro compañero Alfredo Hernández Raigosa, con el objetivo de que no se turne a comisiones, con el objetivo de que se coadyuve al trabajo que se está realizando en el Distrito Federal y posteriormente ya haremos nuestras propias aportaciones que tendremos que hacer en la esfera de la Cámara de Diputados. Pero con el objetivo de ayudar a que avance el proceso que se está llevando en la Ciudad de México entre los diversos partidos políticos, retiramos esta iniciativa y le solicitamos que no se turne a comisiones.

La Presidenta:

Gracias, diputado Martí Batres.

Esta Presidencia, dado que la iniciativa se presentó hace unos minutos y que el procedimiento formal del trámite por razones físicas es imposible se haya desahogado de manera tan inmediata, no tiene inconveniente en dejar registrado en esta misma sesión el retiro de la iniciativa de referencia.

LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado José Tomás Lozano Pardinas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

El diputado José Tomás Lozano Pardinas:

Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos que se turne a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su dictamen y posterior discusión en el pleno de la Cámara de diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Importancia del agua

Es un hecho histórico que los grandes o pequeños asentamientos humanos de México, igual que en el resto del mundo, se han establecido siempre contiguos o dentro de extensas regiones naturales

la vecindad de un río, una selva o como en el caso de nuestra gran Tenochtitlan, hoy Ciudad de México, en su origen una cuenca lacustre, la mejor y más grande del altiplano mexicano.

Hoy sabemos la estrecha y definitiva relación que existe entre agua y región natural. Sabemos también que las áreas y regiones naturales son fuentes permanentes de recarga de los acuíferos tanto superficiales como profundos.

Todo cuerpo de agua superficial o subterráneo depende en su origen y abastecimiento de la región natural de la que forma parte.

Es el agua el factor esencial en la conservación de la vida, tanto humana como animal o vegetal; ecosistemas enteros dependen de un mínimo de humedad en el ambiente tanto en el suelo como en el aire.

Contaminación urbana e industrial

La principal y más grande amenaza a nuestro medio ambiente, ecosistemas naturales y biodiversidad no proviene de los grandes efectos globales de destrucción del medio ambiente, tales como efecto invernadero, destrucción de la capa de ozono, lluvia ácida originada en zonas de alta incidencia industrial, calentamiento global, cambios en las corrientes eólicas marinas y pluviales entre otras, sino de la contaminación y destrucción de las áreas y regiones naturales próximas a las macrozonas urbanas y zonas industriales.

Es en la conservación de estas áreas y regiones naturales de México donde se está decidiendo el futuro ecológico de nuestra biodiversidad, de nuestro medio ambiente y aun de nuestro entorno climático, ya que a la desaparición de tales áreas sobreviene un proceso de desertización irreversible con el consiguiente calentamiento del entorno climático de las áreas urbanas e industriales próximas.

En México, la coexistencia entre centros urbanos-industriales y región natural, se da armoniosamente por lo menos hasta principios del siglo pasado. Conocemos por las crónicas, la armonía existente entre grandes urbes y cuencas lacustres, ríos o selvas. En la actualidad las áreas naturales próximas a las grandes urbes y zonas industriales de México, han sido convertidas en depósitos clandestinos de desechos urbanos e industriales, en el mejor de los casos, cuando no en tiraderos a cielo abierto municipales.

Expuestas estas áreas naturales a contaminantes físicos, químicos de origen urbano, detergentes, contaminantes químicos industriales tales como plomo, mercurio, arsénico y metales pesados entre otros.

En la inmensa mayoría de las veces, las soluciones que los municipios dan a sus aguas residuales, contribuyen a aumentar la contaminación.

En la anterior situación dichas áreas naturales están destinadas a su rápida e irreversible destrucción.

Es importante la conservación de estas áreas, ya que de no hacerse así, el agua les tendrá que llegar de regiones cada vez más lejanas, con un costo cada vez más elevado y la destrucción ecológica que las obras requeridas para traer tal servicio ocasione.

Abastecimiento de agua a macrozonas urbanas e industriales

Desde su origen hasta fines del Siglo XIX y principios del Siglo XX, la mayoría de nuestras ciudades, México incluido, tenían su abastecimiento de agua dentro de sus límites municipales.

Rara era la ciudad en la Republica que rebasaba tales límites para abastecerse de agua.

En la actualidad el abastecimiento de agua a grandes urbes y zonas industriales la más de las veces tiene su origen más allá de sus límites municipales y aun estatales, abastecimiento que muchas veces conlleva la oposición de la población local a ser despojada de un recurso: el agua, que al ser extraída dejará graves trastornos al medio ambiente local, destrucción del entorno ecológico y sus ecosistemas, alteración de la forma de vida tradicional, modus vivendi de la población y, por consecuencia, trae aparejada una disminución de la capacidad productiva agropecuaria.

Por otra parte, hemos visto que la extracción desmedida de grandes volúmenes de agua para satisfacer las necesidades de centros urbanos e industriales es solución temporal, pues a largo plazo tal extracción ocasionará el agotamiento de dichos acuíferos.

Tal situación se ha visto en la cuenca del Lerma, el abatimiento de los niveles del lago de Chapala, entre otros.

Por otra parte, la problemática que se presenta en el abastecimiento de agua a grandes centros urbanos e industriales comprende factores de:

1. Orden económico-costo-financiamiento.

2. De orden técnico-constructivo.

3. De orden energético: generalmente energía

eléctrica.

Tal problemática va en razón directa del volumen de agua a satisfacer, la distancia a recorrer, a veces más de 100 km y el desnivel a vencer, a veces cientos de metros, como en el caso de las ciudades del altiplano.

Siendo las áreas y regiones naturales la única fuente de conservación y recarga de los acuíferos de las grandes urbes y zonas industriales y por lo tanto, garantía de su autoabastecimiento de agua, es de interés nacional la protección y conservación de: las áreas y regiones naturales contiguas a las grandes urbes y zonas industriales.

Por lo tanto es necesario:

1. Garantizar el autoabastecimiento de agua.

2. Proteger y mejorar la calidad del aire.

3. Contribuir a evitar, en la medida de lo posible, entornos climáticos adversos que la destrucción de áreas o regiones naturales acarrean.

4. La conservación de la flora-fauna y ecosistemas nativos, patrimonio ecológico de todos los mexicanos.

5. Garantizar el aprovechamiento y desarrollo sustentable, así como la conservación y protección de dichas áreas o regiones naturales.

«Con base en lo anterior y en función del bienestar de los mexicanos, esta diputación panista se permite presentar a esta soberanía, Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de decreto que modifica, deroga y adiciona diversos artículos de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

1544,1545,1546

DECRETO

Primero. Se crea la figura jurídica de área nacional protegida bajo la forma y características de:

Reserva ecológica urbano-metropolitana de mantos acuíferos.

Segundo. Se modifican los siguientes artículos de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 46. Se consideran áreas naturales protegidas:

I. Reserva de la biosfera;

II. Reserva ecológica urbano-metropolitana de mantos acuíferos;

III. Parques nacionales;

IV. Monumentos naturales;

V. Se deroga;

VI. Areas de protección de recursos naturales;

VII. Areas de protección de flora y fauna;

VIII. Santuarios;

IX. Parques y reservas estatales y municipales y

X. Derogada.

Para efectos de lo establecido en el presente capítulo, son de competencia de la Federación las áreas naturales protegidas comprendidas en las fracciones I a la VIIl anteriormente señaladas.

Artículo 48. Las reservas de la biosfera se constituirán en áreas biogeográficas relevantes a nivel nacional, representativas de uno o más ecosistemas no alterados significativamente por la acción del ser humano o que requieran ser preservadas o restauradas, en las cuales habiten especies representativas de la biodiversidad nacional, incluyendo a las consideradas endémicas, amenazadas o en peligro de extinción.

Artículo 48-bis. Reserva ecológica urbano-metro-politana de mantos acuíferos se constituirá tal reserva en las áreas y regiones naturales, zonas forestales, silvícolas, bosques, ríos, lagunas, cuencas hidrográficas o cualquier otra área o región natural que estén en las cercanías de uno o más macrocentros urbano o industriales.

Con objeto de proteger:

1. Las zonas de recarga de mantos acuíferos superficiales y profundos, que se dan en dichas áreas y regiones naturales y que abastecen a dichas ciudades y zonas industriales evitando su agotamiento.

2. Proteger y mejorar la calidad del aire de dichos centros urbanos e industriales.

3. Proteger la flora, fauna y ecosistemas de estas áreas o regiones naturales.

4. Desarrollar los proyectos de turismo ecológico, desarrollo sustentable y repoblación de flora y fauna nativas.

Artículo 49. Se considera como zona núcleo de una área natural protegida, a la superficie o superficies mejor conservadas o no alteradas, que alojen ecosistemas o fenómenos naturales de especial importancia o que poseen especies de flora y fauna en peligro de extinción o que requieran de protección especial.

Se considera como zonas de amortiguamiento, a la superficie o superficies que protejan la zona núcleo del impacto exterior.

En las áreas naturales protegidas sólo podrán realizarse actividades productivas que por sus costumbres y tradiciones realicen las comunidades de los pueblos ahí asentados y las formas de desarrollo sustentable que ancestral y tradicionalmente hallan manejado los pobladores de tales regiones naturales.

A ellos se les dará la debida asesoría, capacitación y apoyo para que puedan llevar a cabo el desarrollo de su región natural.

tanto en las zonas núcleos de las áreas naturales protegidas como, en las zonas de amortiguamiento, de las mismas queda expresamente prohibido:

I. Verter o descargar contaminantes en el suelo, subsuelo y cualquier clase de cauce, vaso o acuífero, así como desarrollar cualquier actividad contaminante.

II. Interrumpir, rellenar, estacar o desviar los flujos hidráulicos.

III. Realizar actividades de cacería deportiva o de explotación y aprovechamiento de especies de flora y fauna nativas.

Artículo 56. Las autoridades de los estados, municipios y del Distrito Federal que conforme al artículo 46 fracción IX, establezcan áreas naturales protegidas podrán promover ante el Gobierno Federal los convenios de asesoría y capacitación correspondientes."

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. Esta ley entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 20 de marzo de 2001.»

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

La Presidenta:

Gracias, señor diputado.

Túrnese la iniciativa a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

ASISTENCIA (II)

La Presidenta:

Se instruye a la Secretaría dar cuenta del registro electrónico de asistencia y ordene su cierre.

El secretario Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

Se informa a la Presidencia que hasta el momento registra la asistencia de 443 diputados y un diputado que reporta falla en su lector biométrico.

Ciérrese el sistema biométrico.

LEY GENERAL DE EDUCACION

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Ramón León Morales, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa de reformas a la Ley General de Educación.

El diputado Ramón León Morales:

En mi carácter de diputado federal, de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad constitucional que me concede el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su correlativo 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a esta soberanía iniciativa de ley que reforma y adiciona al Capítulo I artículo 3o., artículo 4o., artículo 7o. fracción II artículo 8o., artículo 9o., artículo 10 fracción VII (adición); Capítulo II Sección Primera artículo 12 fracción I (adición) fracciones I, II, fracciones II (adición), III, IV, V, VI, VII (adición); VIll (adición) y XIII, artículo 13 fracción I (adición); fracciones I, II, III, IV, V, VI, artículo 14 primer párrafo, fracciones IV, VI, IX, XII (adición); Sección Segunda artículo 20 fracción I, artículo 21 segundo, tercero, quinto y sexto párrafos (adición); artículo 22 segundo párrafo (adición) tercer párrafo; Sección Tercera, artículo 25 primer párrafo, parrafo quinto (adición); artículo 29, artículo 31, Capitulo III, artículo 33 fracción XIV (adición); Capítulo IV, Sección Primera, artículo 37 primer párrafo; 38; artículo 39, artículo 41, artículo 43 y artículo 46 Sección Segunda, artículo 47 fracción IV-bis (adición); artículo 48 párrafos primero, tercero y quinto y artículo 50 primer párrafo; Capítulo V artículo 55 fracción I; 58 segundo párrafo; artículo 59 primer párrafo, artículo 59-bis (adición); Capítulo VII, Sección Tercera, artículo 74 de la Ley General de Educación, para lo cual me permito hacer la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

En esta época de acelerado desarrollo tecnológico y de profundas transformaciones de las relaciones sociales, políticas y económicas, el reto de fortalecer la educación nacional, de manera particular la pública, requiere de verdadera voluntad y compromiso de cambio de sociedad y Gobierno.

Considerada siempre en los discursos como la gran prioridad nacional, pero desdeñada en la práctica cotidiana, la educación es punto de partida y llegada de cualquier proyecto de futuro personal y colectivo para acceder a mejores condiciones de vida y trabajo para los mexicanos; es el eje fundamental para la construcción de una ciudadanía ética que aprecie y practique cotidianamente la democracia, el respeto a los derechos humanos, el ejercicio de la tolerancia, el reconocimiento a la diversidad lingüística, étnica, de genero, raza o credo.

Hacer realidad el mandato expresado en el artículo 3o. de nuestra Ley Suprema, elevando nuestros niveles educativos, incorporando en plenitud y equidad a millones de mexicanos que aún no tienen acceso a ella, integrar un sistema nacional bajo una dinámica realmente federalista, exige de los distintos actores de la educación, entre los cuales sobresale destacadamente esta soberanía, impulsar leyes, normas y prácticas que permitan a la educación mexicana cumplir con la formación del educando en y para la libertad; con el alto ideal de la solidaridad con sus semejantes por delante, bajo la guía del conocimiento científico emancipador.

El Partido de la Revolución Democrática ha tenido desde su fundación esta convicción y a través de diversos diputadas y diputados que han hablado desde esta tribuna, en ésta y otras legislaturas, hemos hecho propuestas concretas que han buscado mejorar esta función sustantiva para el proyecto nacional.

La iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Educación que presento a su consideración, compañeras diputadas y diputados, busca inscribirse en el cumplimiento de esos grandes objetivos, a través del enriquecimiento, actualización y mejoramiento de la dinámica educativa, mediante cuatro ejes fundamentales que aseguren:

1) La integralidad del sistema de educación básica.

2) El fortalecimiento del federalismo educativo, en términos de:

• El claro discernimiento de las atribuciones de la Federación y de las que corresponden a las entidades federativas.

• La responsabilidad en la integración de un sistema de formación y actualización docente que considere de manera sustancial la opinión de los maestros.

• Conformar un sistema nacional de evaluación y otro de investigación educativa.

3) La actualización de métodos didácticos y pedagógicos, en especial aquellos destinados a la educación especial, para garantizar la equidad en la educación.

4) La implementación de las figuras contraloría social y ombusdman de la función educativa nacional y del papel de los medios de comunicación masiva frente a ella.

1) La integralidad del sistema de educación básica.

En la Ley General de Educación vigente no existe la claridad necesaria para distinguir el alcance del derecho a la educación y la responsabilidad del Estado frente a esa obligación, pues al tiempo que se concibe a la educación como un derecho ciudadano se le considera un servicio, lo cual implica para los ciudadanos demandantes y beneficiarios confusiones de índole jurídica. Para evitar esta ambigüedad, se propone modificar el artículo 31 de la ley en cuestión, a fin de expresarse como derecho pleno, en concordancia con lo establecido constitucionalmente.

Con el fin de sentar mejores bases para desarrollar un sistema más integral, proponemos constituir al preescolar, primaria y secundaria en un solo ciclo, reorganizando a la educación básica tanto en su estructura curricular como en sus formas de gestión pedagógica y administrativa. El ciclo de educación básica obligatorio y gratuito para toda la población, contaría con certificación única al concluir el ciclo y evaluaciones parciales para cada uno de sus grados. Esta necesidad es ineludible, ya que a pesar de que desde 1992 se establece la obligatoriedad de la educación secundaria y de que en la anterior administración se impulsó la reforma a los planes y programas de primaria y secundaria, ello fue insuficiente para mejorar sustancialmente la gestión de la educación, ya que se siguen presentando una serie de repeticiones, traslapes de contenidos de un nivel a otro y sobrecargas de trabajo, particularmente en secundaria. Por ello proponemos modificar y adicionar los artículos 3o., 4o., 8o., 9o., 12 fracciones II y V, 13 fracciones I, II, V y VI, 14 fracción IV, 20, 21, 37, 38, 39, 59 y la adición de un 65-bis transitorio, referente a la certificación del ciclo.

2) El fortalecimiento del federalismo educativo.

Un aspecto de vital importancia es la nueva configuración del federalismo educativo que demandan las propias entidades federativas y el propio Ejecutivo Federal, en donde es necesario precisar las responsabilidades tanto de uno como de otro a fin de hacer más eficiente la gestión institucional.

En cuanto a la autoridad federal, es necesaria la especificación de las competencias para asumir la rectoría nacional de la educación por medio de líneas generales que la regulen y se expresen en la normatividad respectiva, que den cuenta de su función de supervisión y evaluación de la gestión y desarrollo del sistema escolar. Lo anterior implica que la Secretaría de Educación Pública elabore en tiempo y forma y presente al Congreso de la Unión, el Plan Nacional de Educación en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno Federal, considerando a la educación como una política pública del Estado y no como un planteamiento sexenal, definiendo claramente, entre otras cuestiones, los montos, criterios y distribución del financiamiento público a la educación, entre las distintas entidades y niveles educativos, así como los programas y proyectos de largo plazo tendientes a fortalecer la educación pública nacional.

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También proponemos que queden instituidas como atribuciones de la autoridad educativa federal, la definición de los días y horas de clase de la educación básica, las cuales proponemos ampliarlas a ocho horas de estudio, estableciéndose para ello las escuelas integradas y las de jornada completa, que ofrecerán en un solo ciclo la educación preescolar, primaria y secundaria.

En ese mismo sentido, proponemos integrar un sistema de formación y actualización que atienda las demandas de los maestros en servicio en todos sus tipos y modalidades, de educación inicial y de los adultos, considerando la diversidad lingüística, al tiempo que reglamente la acreditación de la licenciatura como requisito previo para el ejercicio en educación básica, como medio para asegurar mayor profesionalismo y eficiencia pedagógica en el sistema.

A ese respecto, vale la pena enfatizar un asunto clave para el fortalecimiento del sistema educativo nacional y que es lo referente al salario, prestaciones, estímulos y reconocimiento social a los maestros. Ya en el acuerdo de 1992, en una de sus líneas generales se pretendía concretar acciones para revalorar la función de los educadores; sin embargo, poco se ha avanzado. Para ello se propone definir con claridad el monto de un salario profesional de jornada completa que permita vivir a los maestros con decoro y dignidad, además de que cuenten con tiempo pagado para planear, organizar y evaluar los resultados del proceso escolar.

Es pertinente también legislar sobre un sistema permanente de estímulos que sirva para arraigar la docencia y reintegrarle su sentido y vocación a la profesión, estimular su interés por la actualización y desarrollo profesional; además de posibilitar que la conducción de la gestión escolar esté en manos de maestros con las capacidades y habilidades para dicha función y garantizar que cada escuela cuente con la infraestructura material y tecnológica para cumplir eficientemente con sus finalidades públicas. En cuanto a esto, se propone adicionar y reformar el artículo 21 en su tercer, quinto y sexto párrafos.

Otros rubros indispensables para fortalecer la operación del sistema escolar son, que la Secretaría defina los tiempos reales para la planeación, organización, evaluación acreditación y certificación de estudios, ya que a pesar de que en 1992 se determinaron 200 días efectivos de clases, se pierden infinidad de horas clase en un sin fin de actividades, tanto a principio como a final del año lectivo, como expresión de la persistencia de complejos procesos e inercias burocráticas, además de la cantidad de demandas extraescolares externas que se le plantean a la escuela por el conjunto de dependencias del Gobierno Federal, fenómenos referidos. En tal sentido se propone adicionar y modificar el artículo 22 en su segundo párrafo.

Con el objetivo de reforzar la capacidad de gestión de las autoridades educativas y a fin de contar con bases certeras y firmes para impulsar el desarrollo del sistema educativo, proponemos conformar un sistema nacional de evaluación y otro de investigación educativa, ambos con carácter descentralizado que den cuenta real del desenvolvimiento educativo de los mexicanos y de las prospectivas y necesidades del sistema en el futuro.

Con la intención de fortalecer la integralidad del sistema de educación básica, es importante contar con un currículo básico nacional en el cual se concreten con nitidez las finalidades educativas mínimas que expresen las competencias que los ciudadanos deben adquirir al concluir su educación básica. Para enriquecer ese currículo, las entidades deben contar con atribuciones y posibilidades para que elaboren contenidos adicionales, que den cuenta de su particularidad cultural e histórica y se encuentre apegada a las leyes y normas vigentes.

Con relación a los aspectos anteriores, se propone adicionar o modificar los siguientes artículos: el 12 en su fracción I. Adicionar las fracciones I-bis, II, adicionar la fracciones II-bis, III, IV, VI, VII, VIII y XIII, 13 fracción I y adicionar la fracciones I-bis, II, III, IV, V, VI, 14 fracciones VI, IX y XII, 20, 21 en su segundo y tercer párrafos, quinto y sexto párrafos. 25 en su primer párrafo; 29, 31, 38, 48, 50, 55, 58 y 65.

3) La actualización de métodos didácticos y pedagógicos, en especial aquellos destinados a garantizar la equidad en la educación.

La educación pública requiere de normas que fortalezcan atribuciones del Estado mexicano, con relación a aspectos clave del proceso educativo, como la revisión y evaluación de los libros de texto, el diseño de nuevos materiales de apoyo teórico y práctico para los maestros, al uso educativo y pedagógico y didáctico de las nuevas tecnologías relacionadas con la computación, la informática y la comunicación, para ampliar y facilitar el acceso a la educación. Se propone adicionar y modificar en su caso los siguientes artículos de la ley: artículo 10, artículo 12 fracciones IV y V, 14 fracciones VI y XII.

Asimismo es necesario llevar a cabo precisiones importantes en razón del tipo de facultades que han de favorecer la formación de los educandos, entre las cuales se encuentran aquellas relacionadas a la adquisición de conocimientos, pero también las que tienen qué ver con los valores y la comprensión del conocimiento científico con un sentido ético y cívico y con el desarrollo de competencias básicas que estimulen el aprender a aprender y el sentido social del aprendizaje; para esto se propone modificar el artículo 7o. en su fracción II.

Un tema de amplias implicaciones éticas, que debe delinear el perfil del sistema educativo que queremos, es el referido al de la ampliación de las oportunidades de estudio de aquellos individuos y grupos que han estado al margen de ella. Con relación a la educación especial que se imparte a los individuos con o sin discapacidad, se requiere precisar los criterios que orientan este tipo de educación, así como fortalecer la formación de quienes la imparten, cuestiones que ameritan la modificación de los artículos 8o. en su primer párrafo y el 9o., 12 fracción XIII, una adición de la fracción IX al artículo 14, artículos 39, 41 y 59.

4) La implementación de las figuras contraloría social y ombudsman de la función educativa nacional y del papel de los medios de comunicación masiva frente a dicha función.

A pesar de la existencia de una Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, persisten irregularidades y abusos, que se expresan de diversas maneras, como el autoritarismo, la discriminación e iniquidad educativa, el abuso y hostigamiento sexual, la prepotencia y la corrupción etcétera; cuestiones que quedan soterradas por autoridades o archivadas en dependencias oficiales sin solución o dictamen alguno.

Se propone establecer la figura del ombudsman educativo y la figura de la contraloría social de la educación, a fin de institucionalizar medidas conducentes a la erradicación de los fenómenos referidos. En tal sentido se propone adicionar y modificar los artículos 25 adicionando un quinto párrafo, 33, 47 y el 59-bis.

Por último es menester que los medios de comunicación apoyen el fortalecimiento del nivel educativo y cultural de los mexicanos; pero también, que contribuyan a que en sus emisiones se apeguen a los valores éticos y morales que marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo cual se propone la adición de una fracción VII al artículo 10 y la modificación del artículo 74 de la presente ley.

«En virtud de lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, se presenta la siguiente propuesta de reformas y adiciones a la

Ley General de Educación

Artículo primero. Se realizan reformas a: Capítulo I artículo 3o., artículo 4o., artículo 7o. fracción II, artículo 8o., artículo 9o., Capítulo II Sección Primera, artículo 12 fracciones I, II, III, IV, V, VI y XIII, artículo 13 fracciones I. II, III,, IV, V, VI, artículo 14 primer párrafo fracciones IV, V, IX Sección Segunda, artículo 20 fracción I, artículo 21 párrafos segundo, tercero y quinto; artículo 22 tercer párrafo; Sección Tercera, artículo 25 primer párrafo, artículo 29, artículo 31, Capítulo IV, Sección Primera, artículo 37 primer párrafo, 38, artículo 39, artículo 41, artículo 43, artículo 46, artículo 48 párrafos primero, tercero y quinto, artículo 50 primer párrafo, Capítulo V, artículo 55 fracción I; 58 segundo párrafo, artículo 59 primer párrafo, Capitulo VII, Sección Tercera, artículo 74.

Se realizan adiciones a los siguientes: artículo 10 fracción VII; artículo 12 fracciones I, II, VII y VIII; artículo 13 fracción I; artículo 14 fracción XII; artículo 21 párrafo sexto; artículo 22 segundo párrafo; artículo 25 quinto párrafo; Capitulo III, artículo 33 fracción XIV adición; Capítulo IV, Sección Segunda, artículo 47 fracción IV-bis; artículo 59-bis; para quedar como sigue:

"CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 3o.

El Estado está obligado a garantizar el cumplimiento del derecho a la educación para que toda la población pueda cursar la educación básica, la cual comprende la educación preescolar, la primaria y la secundaria en sus diferentes tipos y modalidades. Estos servicios se prestarán en el marco del federalismo y la concurrencia previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a la distribución de la función social educativa establecida en la presente ley.

Artículo 4o.

Todos los habitantes del país deben cursar la educación básica.

Es obligación de los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos menores de edad cursen la educación básica.

Artículo 7o.

II. Favorecer el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos, la formación y el desarrollo de competencias básicas, de valores y actitudes fundamentales, del aprendizaje comprensivo de los conocimientos científicos que ayuden a explicar la naturaleza y la sociedad, así como la capacidad de observación, análisis y reflexión críticos.

Artículo 8o.

El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan, así como toda la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, así como la educación básica de los adultos y los menores con necesidades educativas especiales que tengan o no discapacidad que los particulares impartan, se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. Además:..

Artículo 9o.

Además de impartir la educación básica, la educación media superior y superior, en todos sus tipos y modalidades, el Estado promoverá e impartirá, directamente, por medio de sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros o bien por cualquier otro medio, la educación básica de los adultos y de los individuos adultos con discapacidad y asimismo todos los tipos y modalidades educativas necesarias para el desarrollo de la nación; promoverá y apoyará la investigación científica y tecnológica y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.

Artículo 10.

VII. (Adición) El Estado garantizará la revisión, evaluación, actualización, edición y distribución permanente de los libros de texto gratuitos para la educación básica y modalidades afines; cuadernos de trabajo, material didáctico y de apoyo teórico y práctico para los maestros; el acceso al uso educativo y pedagógico de las nuevas tecnologías relacionadas con la computación, la informática y la comunicación; asimismo se asegurará de que la radio y la televisión y cualquier otro medio que se utilice para este fin, contribuyan a elevar y fortalecer el nivel cultural y educativo de los mexicanos apegados a los criterios y valores contenidos en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

CAPITULO Il

Del federalismo educativo

SECCION PRIMERA

De la distribución de la función

social educativa

Artículo 12.

La autoridad educativa federal, a través de la Secretaría de Educación Pública, tendrá a su cargo la rectoría del sistema educativo nacional por medio de la normatividad, supervisión y evaluación del mismo y en forma especial de la educación básica, la educación para los adultos y los individuos adultos con discapacidad, la educación normal y demás para la formación de maestros, para lo cual le corresponden de manera exclusiva las siguientes atribuciones:

I-bis. Elaborar el Plan Nacional de Educación en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno Federal, que considere las políticas públicas para el sector, así como los criterios de distribución del financiamiento de la educación pública y los programas y proyectos que aseguren el fortalecimiento de la educación pública nacional.

I. Determinar para toda la República el currículo básico para la educación básica, los planes y programas para la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, así como la educación de los adultos y los individuos con y sin discapacidad, a cuyo efecto se considerará la opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación en los términos del artículo 48;

II. Establecer el calendario escolar aplicable en toda la República para cada ciclo lectivo de la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica; el calendario escolar para la educación básica comprenderá como mínimo 210 días en cada ciclo lectivo;

II. (Adición) Se establecerán en la educación básica, escuelas integradas y de jornada completa; las integradas ofrecerán en un solo ciclo la educación preescolar, primaria y secundaria; las de jornada completa cubrirán un horario mínimo de ocho horas de estudio;

III. Elaborar y mantener actualizados los libros de texto gratuitos, en donde se incluyan contenidos y temáticas relacionadas con la no discriminación de género, etnia y persona con discapacidad, el uso o consumo indebido de drogas y su prevención, con objeto de desarrollar una cultura al respecto, mediante procedimientos que permitan la participación de los diversos sectores sociales involucrados en la educación;

1550,1551,1552

IV. Autorizar el uso de libros de texto para la educación básica;

V. Fijar lineamientos generales para el uso de material educativo para educación básica; así como el material didáctico para las necesidades educativas especiales de los alumnos con y sin discapacidad; asimismo se garantizará que las escuelas de educación básica cuenten con la infraestructura necesaria para que la comunidad educativa tenga acceso al uso pedagógico y educativo de las nuevas tecnologías relacionadas con la computación, la informática y la comunicación;

VI. Integrar y regular un sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros de educación básica, articulado interinstitucionalmente a través de convenios con instituciones de educación superior;

VII. (Adición). Integrar un Sistema Nacional de Evaluación de carácter descentralizado que dé cuenta del desarrollo de la educación básica y que sirva para la toma de decisiones relativas al fortalecimiento de la Educación Pública Nacional;

VIII. (Adición). Integrar un Sistema Nacional de Investigación de la educación básica, que dé cuenta de su desarrollo y aporte la información necesaria para la toma de decisiones permanentes en el Sistema Educativo Nacional;

XIII. Las necesarias para garantizar el carácter nacional de la educación básica, incluida la indígena y la especialmedia superior, la educación de los adultos, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, así como las demás que con tal carácter establezcan esta ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 13.

I. (Adición). Elaborar el Plan Educativo Estatal Anual en concordancia con el Plan Educativo Nacional de la Secretaría y con el Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno Federal;

I. Impartir los servicios de educación inicial, de educación básica, incluyendo la indígena y especial, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica;

II. Determinar los contenidos estatales adicionales al curriculum básico y proponer a la Secretaría, los contenidos regionales que hayan de incluirse en los planes y programas de estudio para la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica;

III. Ajustar el calendario escolar de acuerdo con sus condiciones geográficas, laborales climáticas y demás que se justifiquen, para cada ciclo lectivo de la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, con respecto al calendario fijado por la Secretaría, cumpliendo invariablemente con los días establecidos para cada ciclo escolar;

IV. Impartir los servicios de formación, actualización, capacitación y superación profesional para los maestros de educación básica, de conformidad con las disposiciones generales que la Secretaría determine;

V. Revalidar y otorgar equivalencias de estudio de la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de acuerdo con los lineamientos generales que la Secretaría de Educación expida;

VI. Otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica y

Artículo 14.

Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a que se refieren los artículos 12 y 13, corresponden a las autoridades educativa federal y locales, de manera conjunta y corresponsable, las atribuciones siguientes:

IV. Otorgar, negar y retirar el reconocimiento de validez oficial a estudios distintos de los de la educación básica, normal y demás para la formación de maestros de educación básica que impartan los particulares.

VI. Prestar servicios bibliotecarios a través de bibliotecas públicas, a fin de apoyar al sistema educativo nacional, a la innovación educativa y a la investigación científica, tecnológica y humanística; incluyendo los avances tecnológicos que den acceso al acervo bibliográfico a personas con discapacidad.

IX. Fomentar y difundir las actividades artísticas, culturales y físico-deportivas, incluido el deporte adaptado para los menores con discapacidad, en todas sus manifestaciones.

XII. (Adición). Promover y establecer servicios educativos que faciliten a los educadores la formación que les permita su constante perfeccionamiento enfocado hacia el autodidactismo, bibliotecas, bancos de datos, estudios vía Internet, señal satelital, servicios de investigación y prácticas experimentales.

SECCION SEGUNDA

De los servicios educativos

Artículo 20.

I. La formación, con nivel de licenciatura, de maestros de educación inicial, de educación básica y media incluyendo las de aquéllos para la atención de la educación indígena, especial, de educación física y la de la educación básica de adultos.

Actividades educativas y pedagógicas orientadas a asegurar el aprendizaje de los alumnos;

(Tercer párrafo). En las actividades de supervisión las autoridades educativas darán preferencia, respecto de los aspectos administrativos que no ocuparán más del 20% del tiempo total a los apoyos técnicos, didácticos que abarcarán el 80% de las actividades de supervisión y además para el adecuado desempeño de la función docente.

SECCION TERCERA

Del financiamiento a la educación

Artículo 25.

El Ejecutivo Federal y el gobierno de cada entidad federativa, con sujeción a las correspondientes disposiciones de ingreso y gasto público que resulten aplicables, concurrirán al financiamiento de los servicios educativos, el cuál en su monto anual no será menor al 8% del producto interno bruto del país;

(Párrafo quinto, adición). La Secretaría establecerá una contraloría social de la educación, que vigile, dé seguimiento y evaluación del ejercicio del gasto educativo anual. La contraloría se integrará de manera paritaria, con propuestas de la Secretaría y de las fracciones parlamentarias de la Cámara de Diputados, con personalidades de la sociedad civil y actores de reconocido prestigio moral e intelectual, vinculados con la investigación y la docencia y estará vigente durante los años de duración de cada legislatura.

Artículo 29.

Corresponde a la Secretaría la evaluación del sistema educativo nacional, sin perjuicio de la que las autoridades educativas locales realicen en sus respectivas competencias; para tal efecto, la Secretaría establecerá un sistema nacional de evaluación con carácter descentralizado con el propósito de garantizar el fortalecimiento del sistema educativo nacional.

Sus resultados serán la base de la toma de decisiones para que las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, adopten las medidas pertinentes.

Artículo 31.

Artículo 21.

(Segundo párrafo). Para ejercer la docencia en instituciones establecidas por el Estado, por sus organismos descentralizados y por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, los maestros de educación básica deberán poseer título profesional debidamente registrado y además satisfacer los requisitos que en su caso señalen las leyes y los reglamentos relativos o las autoridades competentes;

(Tercer párrafo). El Estado otorgará el salario profesional y de tiempo completo a los educadores de los planteles del propio Estado, de modo que el salario mínimo profesional constituya un ingreso real que les permita sostener un nivel de vida decoroso para el trabajador y su familia, que incluya habitación, alimentación, vestido, recreación, pago de los servicios complementarios indispensables. Además establecerán condiciones, en la distribución y valoración de su tiempo pagado, que le permita arraigarse en las comunidades, la preparación de clases, la evaluación general y personal de los alumnos, la revisión de los trabajos, la colaboración en las tareas de participación social, el espacio para sus reuniones académicas, así como su perfeccionamiento profesional;

(Párrafo quinto). Las autoridades educativas establecerán un sistema organizado de promoción y estímulos profesionales encaminados al arraigo en la docencia, a la superación de su rendimiento para evaluar la calidad de la educación; a su actualización y superación académica y a su participación en las actividades sociales, además otorgará reconocimiento y distinciones a los educadores que se destaquen en el ejercicio de su profesión;

Párrafo sexto (adición). Las autoridades educativas garantizarán que el personal directivo y de supervisión de educación básica, cuenten con las capacidades y habilidades pertinentes y necesarias para el ejercicio de la función y el desempeño del puesto; a las escuelas públicas se les garantizará la infraestructura y apoyos necesarios para asegurar una organización y gestión democrática de su proyecto escolar y la pertinente autonomía para cumplir con su finalidad pública.

Artículo 22.

Segundo párrafo (adición). Para tal efecto, la Secretaría determinará los tiempos para la planeación, organización, evaluación, acreditación y certificación de estudios, con el propósito de que los días establecidos en el calendario escolar se destinen de manera específica al desarrollo.

Las autoridades educativas darán a conocer a los maestros, alumnos, padres de familia a la sociedad en general, los resultados de las evaluaciones que realicen, así como la demás información global que permita medir y evaluar el desarrollo y los avances de la educación en cada entidad federativa.

CAPITULO III

De la equidad en la educación

Artículo 33.

Fracción XIV (adición). Se establecerá la función de ombudsman educativo, para conocer y hacer observaciones a las diferentes instancias administrativas y docentes, así como al ámbito de la patria potestad de los padres o tutores, para el acceso, permanencia y procuración de condiciones para el mejor desempeño de los educadores.

CAPITULO IV

Del proceso educativo

SECCION PRIMERA

De los tipos y modalidades de educación

Artículo 37.

La educación básica está compuesta por el nivel preescolar, el de primaria y el de secundaria. La educación preescolar no constituye requisito previo a la primaria, hasta en tanto no se universalice este nivel entre la población en edad de cursarlo.

El tipo medio superior comprende el nivel bachillerato, los demás niveles equivalentes a éste, así como la educación profesional que no requiere bachillerato o sus equivalentes.

El tipo superior es el que se imparte después del bachillerato o de sus equivalentes. Está compuesto por la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como para opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. Comprende la educación normal en todos sus niveles y especialidades.

Artículo 38.

La educación básica, en sus tres niveles, tendrá las adaptaciones curriculares y de certificación requeridas para responder a las características lingüísticas y culturales de cada uno de los diversos grupos indígenas del país, el de la población rural dispersa y grupos migratorios. Así como las adecuaciones curriculares para los alumnos con necesidades educativas especiales con o sin discapacidad.

Artículo 39.

En el sistema educativo nacional queda comprendida la educación inicial, la educación especial en sus modalidades de apoyo a la escuela de educación básica regular y sus servicios escolarizados de atención múltiple que imparten el mismo currículo de la educación básica y la educación para adultos.

De acuerdo con las necesidades educativas específicas de la población de inicial y adultos, también podrá impartirse educación con programas o contenidos complementarios para atender dichas necesidades. Para el caso de la educación especial podrá incorporar recursos adicionales o diferentes para satisfacer las necesidades educativas especiales que se generen frente al cumplimiento del currículo básico.

1553,1554,1555

Artículo 41.

La educación especial está destinada a alumnos con necesidades especiales, con o sin discapacidad, así como a aquéllos con aptitudes sobresalientes. Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, con equidad social.

Tratándose de menores con discapacidad, esta educación propiciará su integración a los planteles de educación básica regular de acuerdo al consentimiento fundado de sus familias. Para quienes no logren o no consientan esa integración, esta educación procurará la satisfacción de sus necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva en los servicios escolarizados de atención múltiple de educación especial.

Artículo 42.

En la imparticíón de educación para menores de edad se tomarán medidas que aseguren al educando la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, sicológica y social, para que la disciplina escolar, como resultado de la actividad educativa, tenga un carácter democrático y participativo, sea compatible con la edad, género, etnia, discapacidad y fortalezca la dignidad del educando.

Artículo 43.

La educación para adultos está destinada a individuos de 15 años o más, abarca todos los tipos y modalidades de la educación formal para lo cual adoptará los sistemas de educación continua, abierta, a distancia y para la autodidacta y para continuar con esta educación se apoyará en lo posible en la solidaridad social.

Artículo 46.

La educación a que se refiere la presente sección tendrá las modalidades de escolar, no escolarizada, semiescolarizada, de estudio-trabajo y mixta.

SECCION SEGUNDA

De los planes y programas de estudio

Artículo 47.

IV-bis (adición). Las autoridades educativas pondrán especial cuidado en que los contenidos de los planes y programas den a los educandos una nítida visión de concepto de igualdad de las personas, de equidad y respeto entre ambos géneros, etnias y personas con discapacidad y del significado e importancia de los derechos humanos.

Artículo 48.

(Primer párrafo). La Secretaría determinará el currículo básico, aplicable y obligatorios en toda la República, de la educación básica, los planes y programas para la educación normal, de la educación básica para adultos y demás para la formación de maestros de educación básica.

(Tercer párrafo). Las autoridades educativas locales podrán determinar contenidos estatales adicionales apegándose en todo momento a lo que establece el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y propondrán para consideración y, en su caso, autorización de la Secretaría, contenidos regionales que, sin mengua del carácter nacional de los planes y programas citados, permitan que los educandos adquieran un mejor conocimiento de la historia, la geografía, las costumbres, las tradiciones y demás aspectos propios de la entidad y municipio respectivos.

(Quinto párrafo). Los planes y programas y el currículo básico para la educación básica, que la Secretaría determine en cumplimiento del presente artículo, así como sus modificaciones, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano informativo oficial de cada entidad federativa

Artículo 50.

La evaluación del rendimiento escolar abarcará la medición y valoración, en lo individual, de los conocimientos, hábitos, habilidades intelectuales, físicas y éticas, las destrezas y en general, el logro de los propósitos en los planes y programas de estudio, respetando las adecuaciones pertinentes y equivalentes en las habilidades intelectuales y físicas de los menores con discapacidad.

SECCION TERCERA

Del calendario escolar más días, mayor jornada, ajuste de calendario estatal

CAPITULO V

De la educación que imparten los particulares

Artículo 55.

I. Con personal que acredite la preparación profesional adecuada para impartir educación y, en su caso, satisfaga los demás requisitos a que se refiere el artículo 21.

Artículo 58.

(Segundo párrafo). Para realizar una visita de supervisión las autoridades podrán realizar en todo momento las visitas de supervisión regular. Para las supervisiones especiales y para el desahogo de trámites relacionados con infracciones deberá mostrarse la orden correspondiente expedida por la autoridad competente. La visita se realizará en el lugar, fecha y sobre los asuntos específicos señalados en dicha orden. El encargado de la visita deberá identificarse adecuadamente.

Artículo 59.

Los particulares que presten servicios de educación básica, incluyendo la documentación especial, por los que se impartan estudios sin reconocimientos de validez oficial, deberán llevar la leyenda "estos estudios carecen de validez oficial" en su correspondiente documentación y publicidad.

Artículo 59-bis.

(Adición). Se establecerá, a iniciativa de la contraloría social de la educación, con el conocimiento del Secretario de Educación Pública y con la participación de la Procuraduría General del Consumidor y la Asociación Nacional de Padres de Familia, un consejo que tendrá a su cargo el estudio y autorización de las cuotas de inscripción o colegiaturas base, considerando los siguientes elementos:

1. Inversión y calidad de servicio.

2. Amplitud y eficiencia del servicio.

3. Costo real de operación del plantel.

4. Amortización de la inversión.

5. Utilidad moderada.

Las funciones y atribuciones del consejo se fijarán en el reglamento respectivo.

CAPITULO VII

De la participación social en la educación

SECCION TERCERA

De los medios de comunicación

Artículo 74.

Los medios de comunicación masiva como parte integral del sistema educativo nacional están ética y socialmente obligados a cuidar, en el desarrollo de sus actividades, de no destruir y por el contrario contribuir al logro de las finalidades previstas en el artículo 7o. y los fines señalados en el artículo 8o. de la presente ley. En tal sentido, las empresas de radio y televisión, concesionarios del espacio aéreo de la nación, ajustarán invariablemente el contenido de sus emisiones a los valores y principios consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos."

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las disposiciones contenidas en este decreto relativas al proceso de inscripción para los alumnos de preescolar, entrarán en vigor de conformidad con el calendario que establezca la Secretaría de Educación Pública para tal efecto, en acuerdo con las autoridades educativas de las entidades.

Tercero. Las disposiciones contenidas en este decreto relacionadas con la ampliación de los horarios para la educación básica, se programará en función del calendario que establezca la Secretaría de Educación Pública, en acuerdo con las autoridades educativas de las entidades.

Cuarto. La Secretaría comenzará a entregar el certificado de educación básica, que está compuesta por los niveles de preescolar, la primaria y la secundaria, como lo establece el artículo 3o. de la ley, a partir del año escolar 2001-2002, para lo cual tomará las medidas conducentes en toda la República Mexicana y de acuerdo con la normatividad establecida para tal efecto.

Por lo anteriormente expuesto solicito se turne a las comisiones correspondientes.

Atentamente.

México, D.F., 18 de octubre de 2001.— Ramón León Morales, diputado federal.»

Señora Presidenta: con la finalidad de no leerlos todos porque no me alcanzaría el tiempo, le solicito que sea publicada toda mi iniciativa en el diario correspondiente. Asimismo le solicito que por todo lo que he expuesto con anterioridad se turne este documento a la comisión correspondiente.

La Presidenta:

Gracias, señor diputado.

Con mucho gusto, de acuerdo a su petición, se pide a la Secretaría se inserte íntegro en el Diario de los Debates toda su propuesta.

Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

EDUCACION PREESCOLAR (II)

La Presidenta:

A continuación tiene la palabra el diputado Alberto Anaya Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer como obligatoria y a cargo del Estado la educación inicial preescolar.

El diputado Alberto Anaya Gutiérrez:

«Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Los suscritos, diputados federales a la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, la presente

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3o. primer párrafo, segundo párrafo fracciones III y VI y el artículo 31 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Desde el Constituyente de 1916-1917 se estableció como una obligación del Estado mexicano el proporcionar el servicio educativo, a cargo de los tres niveles de gobierno. Esta situación es reflejo del reconocimiento de que una sociedad sin educación carece de posibilidades de desarrollo, por tanto se establece expresamente el compromiso del Estado de proporcionar a sus habitantes un sistema educativo que permita la transformación del individuo y de la sociedad en su conjunto.

Actualmente el artículo 3o. de nuestra norma fundamental señala como obligación para el Estado mexicano de impartir la educación primaria y secundaria con carácter de obligatoriedad, estableciendo a través de la Ley General de Educación los mecanismos que permitan cumplir dicho objetivo.

Sin embargo, el desarrollo de la ciencia educativa establece que es necesario para contar con una sólida base educativa el que se amplíe el actual sistema educativo a niveles previos al de primaria; esto es, hacer obligatoria para el Estado la prestación del sistema educativo inicial y preescolar, lo cual, desde luego repercutirá en que las nuevas generaciones de mexicanos cuenten con un bagaje de conocimientos mucho más amplio del que contaban niños hace dos o tres generaciones de mexicanos.

Nos llama la atención y nos preocupa que en días recientes se haya dado a conocer la encuesta de la Asociación Internacional para la Evaluación del Logro Educativo que se efectuó en el año de 1995, pero más sorpresa nos causó la declaración del ex secretario de Educación Pública en el sexenio anterior, al señalar que no dio a conocer los resultados de la encuesta para "impulsar un ánimo general favorable". Nos preguntamos: ¿acaso ésa es la forma en la que vamos a resolver los problemas del país?

Es evidente que a la luz de los resultados de dicha encuesta, nuestro país queda en el fondo en materia educativa. Pero precisamente por eso era imprescindible actuar en consecuencia e imponer las adiciones y correctivos necesarios para mejorar la educación en México.

1556,1557,1558

Para nadie que esté medianamente atento a la marcha del país le sorprenderá que la educación es una asignatura pendiente. Las autoridades educativas y la dirigencia del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación son, sin duda, los dos grandes responsables de la situación educativa en México.

Tendremos que hacer un gran esfuerzo para superar esta situación que tanto afecta a los mexicanos. No podemos permitir que lo más rancio del corporativismo incida negativamente en el bienestar del pueblo. Urge una verdadera reforma educativa en México y para ello será preciso hacer una evaluación honesta y con alto nivel de calidad para apuntar a las soluciones que de manera presta permitan abatir el rezago educativo.

En esa orientación, el Partido del Trabajo reconoce que la educación es todo un proceso de adquisición de conocimientos que sirven para transformar las condiciones materiales de los individuos en sociedad, pero que todo este sistema educativo debe ser regido por el gobierno en aras de la uniformidad del proceso de trasmisión del conocimiento.

Con relación a la educación inicial las recientes investigaciones realizadas en diversos países han demostrado que en esa etapa de educación los educandos deben desarrollar un conjunto de habilidades, hábitos, actitudes y destrezas que le permitirán mejorar de manera notable su desarrollo sicomotriz, redundando ello en un niño más maduro y capaz de enfrentar su realidad cotidiana de mejor forma.

La UNICEF ha reconocido "que desde el nacimiento hasta los tres años, germinan en todos las semillas de la individualidad humana y de la nacionalidad. En ese periodo se multiplican vertiginosamente las sinapsis y se establecen las pautas que da la vida. En esos 36 meses asombrosos se produce el desarrollo del cerebro, los educandos adquieren la capacidad de pensar, hablar, aprender y razonar. Esas son las bases y las conductas sociales que tendrán cuando se convierten en adultos". Por lo anterior, la UNICEF sostiene que se debería prestar atención a un buen principio de vida.

Además se requiere que tanto los niños como los padres y todos los integrantes de la familia estén en una interrelación continua que les permita una sana convivencia social que redundará en una mayor seguridad en su vida en sociedad. Asimismo, los centros de atención temprana deberán impulsar esta parte afectiva y social que es fundamental para el equilibrio emocional del infante.

En México la educación preescolar no es obligatoria, por lo que a decisión o capacidad económica de los padres los niños asisten o no a estas escuelas; sin embargo, este ciclo educativo es importante en complemento al de educación inicial, ya que aquí en el educando se sientan las bases de la educación formal y se fortalece la convivencia social.

Máxime que el artículo 37 de la Ley General de Educación establece que la educación de tipo básico está compuesta por el nivel preescolar, el de primaria y el de secundaria. La educación preescolar no constituye requisito previo a la primaria.

En este sentido, encontramos la contradicción de que si bien es cierto se reconoce que el nivel preescolar forma parte de la educación de tipo básico, el estar en dicho nivel no es considerado requisito para el acceso a la primaria.

Debemos reconocer que la matrícula en este ciclo escolar ha crecido en los últimos años pero el nivel de cobertura, sobre todo en el primer año es limitado.

Además la educación preescolar ayuda a los educandos a desarrollarse en cuatro áreas fundamentales: lenguaje (idioma), cognositivo (conceptos mentales), terminales nerviosas y socialización (escuchar, compartir), además de la sicomotricidad y coordinación motriz.

Con la obligatoriedad de la educación inicial y preescolar materia de la presente iniciativa se logrará que los niños tengan acceso a los siguientes niveles educativos con un cúmulo de conocimientos que les permitirán desarrollar adecuadamente sus estudios logrando un educando que tenga el nivel necesario para comprender y entender la compleja realidad actual, poniendo el desarrollo tecnológico al servicio del hombre.

Con el avance de las denominadas neurociencias se ha logrado determinar que la capacidad de aprendizaje de los niños inicia prácticamente desde que se encuentran en el vientre materno, al nacer los bebés inician con el aprendizaje y conocimiento del mundo externo en el cual vivirán. Su inteligencia se desarrolla durante esta edad de manera rápida.

Para lograr la capacidad de aprendizaje de los bebés en esta etapa es necesario dotarlos de los nutrientes necesarios que permitan que su cerebro se fortalezca y desarrolle adecuadamente, para permitirle adquirir conocimientos y retenerlos, para que en las distintas etapas que van prácticamente desde que nace hasta que asiste a los centros de educación formal llegue con un desarrollo cerebral adecuado.

Queda claro entonces, que estamos proponiendo la creación de un sinnúmero de centros en los cuales las madres adquieren el alimento necesario para que los niños se desarrollen adecuadamente. Además, también será necesario que se instauren programas de capacitación para que adiestre a las madres y a los familiares para que el bebé se alimente adecuadamente.

La inversión que en este rubro debe hacerse es la más redituable que se pueda lograr ya que estaremos preparando a las generaciones futuras de mexicanos.

Compañeras y compañeros diputados: hace unos días la Secretaría de Educación Pública dio a conocer el Programa Nacional de Educación 2001-2006, en dicho documento se establecen los propósitos para lograr en la presente administración y se hace un diseño educativo al 2025. Sin embargo, en lo que corresponde al subprograma Sectorial de Educación Básica únicamente se hace referencia a los niveles preescolar, educación primaria y secundaria, soslayando lo referente a educación inicial, aspecto que en nuestra opinión es de gran trascendencia para el desarrollo del país.

Los autores de la presente iniciativa estamos ciertos de que no basta con la simple modificación de las leyes para transformar la realidad, en este caso la del sistema educativo, pero también sabemos que es sólo el primer paso el cual necesariamente deberá ir acompañado de una cuantiosa inversión pública en este sector.

La inversión que se hace en la educación a futuro necesariamente se traduce en contar con mujeres y hombres cada vez mejor preparados, por lo que en su oportunidad haremos propuestas de incremento de las partidas presupuestales a este importante sector.

Los autores de la presente iniciativa consideramos que de manera conjunta con las reformas al artículo 3o., también se debe reformar la fracción I del artículo 31 constitucional con el propósito de incluir entre las obligaciones a cargo de los mexicanos la de hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas para obtener la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria en los términos que establece la ley de la materia.

Con las propuestas anteriores se establecen dos obligaciones que entre sí se complementan: la primera, correspondiente al Estado en sus tres niveles de gobierno, de proporcionar de manera obligatoria la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria; la segunda, a cargo de los mexicanos de hacer que sus hijos concurran a las escuelas a recibir la educación antes citada.

Compañeras y compañeros diputados: por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente

Iniciativa

Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3o. primero y segundo párrafos, fracciones III y VI y el artículo 31 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo primero. Se reforman los artículos 3o. primer párrafo, fracciones III y VI y el 31 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como siguen:

"Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado-Federación, estados y municipios, impartirá educación inicial, preescolar, primaria y secundaria. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria son obligatorias.

. . .

I y II. . .

III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, . . .

IV y V. . .

VI. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán:

a) y b) . . .

VII y VIII. . .

Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:

I. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria . . .

II a la IV. . . "

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El establecimiento de la educación inicial y preescolar empezará a impartirse con el carácter de obligatorio a partir del ciclo escolar 2002-2003.

Atentamente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2001.— Por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo.— Diputados: Alberto Anaya Gutiérrez, coordinador y José Narro Céspedes, vicecoordinador, Rosalía Peredo Aguilar, Jaime Cervantes Rivera, Rosa Delia Cota Montaño, Félix Castellanos Hernández, Víctor Antonio García Dávila y Juan Carlos Regis Adame.»

La Presidenta:

Gracias, señor diputado.

La iniciativa que se acaba de presentar túrnese a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Educación Pública y Servicios Educativos.

PORNOGRAFIA INFANTIL

La Presidenta:

Tiene la palabra la diputada Laura Pavón Jaramillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona el artículo 201-bis, del Código Penal Federal, en materia de pornografía infantil en Internet.

La diputada Laura Hermelinda Pavón Jaramillo:

Muchas gracias, señora Presidenta; honorable Asamblea:

Nosotros, los que suscribimos, diputados a la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 55 fracción II, 56, 62 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos presentar la siguiente iniciativa de decreto por el cual se reforma y adiciona el artículo 201-bis del Código Penal Federal, con base en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

La explotación sexual comercial de niños es un fenómeno creciente que ocupa actualmente la atención de gobiernos, organizaciones sociales y de la comunidad en general.

Diversos son los factores asociados a la explotación sexual comercial de la infancia.

En general se citan la pobreza, la conducta sexual masculina irresponsable, la migración, el desempleo, la desintegración familiar, el creciente consumismo, violencia intrafamiliar y la desigualdad social como causantes y facilitadores de condiciones que la favorecen.

Por su condición de vulnerabilidad, son las niñas y los niños las principales víctimas de este tipo de explotación, al ser utilizados por adultos para sacar ventaja o provecho de carácter sexual y/o económico en base a una relación de poder y subordinación, considerándose explotador, tanto aquel que intermedia a un tercero, como el que mantiene la relación con el menor, no importando si ésta es frecuente, ocasional o permanente.

1559,1560,1561

Dentro de la explotación sexual comercial de menores existen diversas modalidades que se interrelacionan, reconociéndose las siguientes: prostitución infantil, pornografía infantil, turismo sexual y la venta o tráfico de niños.

Como una respuesta ante la magnitud alcanzada por estas reprobables prácticas, se celebró en agosto de 1996 en Estocolmo, Suecia, el Congreso Mundial contra la Explotación Sexual y Comercial de Niños, el cual movilizó a la opinión pública mundial y marcó un momento histórico en la lucha para enfrentar el problema.

De este congreso derivó una declaración y programa de acción en los que se exhortó a los países participantes a reconocer el creciente número de niños que son objeto de explotación y abuso sexual y a poner fin a este fenómeno mediante una acción local, nacional e internacional concertada a todos los niveles.

Lo anterior resultó un avance significativo porque no obstante que el artículo 34 de la Convención sobre los Derechos de los Niños adoptada por la Asamblea de la ONU en 1989 —instrumento internacional que ha alcanzado una ratificación casi universal, conmina a los estados parte a tomar medidas para proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexual—, la realidad es que en la mayoría de los países, incluyendo México, no se había cumplido con lo dispuesto en la convención, por lo que los compromisos asumidos en Estocolmo instaron a los diferentes gobiernos a retomar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, a fin de erradicar su explotación sexual comercial en todo el mundo.

Dentro de los compromisos contraídos cabe destacar de entre otros, el examen y revisión de la legislación, buscando desarrollar o reforzar y aplicar medidas legales nacionales para establecer la responsabilidad criminal de los proveedores de servicios, clientes e intermediarios en la prostitución, tráfico y pornografía infantil, comprendida la posesión de material pornográfico infantil y otras actividades sexuales ilegales.

Por su parte México, Estado parte de la Convención de los Derechos del Niño desde 1991 y que ha reflejado su preocupación por los fenómenos asociados estrechamente con la explotación sexual comercial, tales como la esclavitud, el trabajo forzado, el tráfico ilegal, los beneficios financieros obtenidos de la prostitución de otras personas y las publicaciones obscenas, mediante la ratificación de numerosos tratados, tales como: Convenio Internacional para la Represión de la Circulación y del Tráfico de Publicaciones Obscenas (1948), Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena (1949), Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), Convención sobre los Aspectos Civiles del Sistema Internacional de Menores (1901), Convención sobre la Protección de Menores y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional (1994), Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud (1956).

Asimismo, ha pugnado por incorporar a su derecho interno la Convención sobre los Derechos del Niño, al reformar el artículo 4o. constitucional y promulgar la Ley Nacional para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Con la finalidad de contar con disposiciones legales aplicables a la protección de los menores frente a la explotación sexual comercial, el 4 de enero de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal y Código Procesal Penal Federal.

De esta reforma es de especial interés mencionar la adición del artículo 201-bis al Código Penal Federal, que incorporó el tipo penal de pornografía infantil que contempla tanto la conducta de procurar y facilitar que los menores a 18 años realicen actos de exhibicionismo corporal, lascivos y sexuales con objeto y fin de fotografiarlos o exhibirlos mediante anuncios impresos o electrónicos, con o sin el fin de obtener un lucro, como la de fijar, grabar, imprimir actos de exhibicionismo corporal lascivos y sexuales con menores a 18 años y la de elaborar, reproducir, vender, arrendar, exponer, publicitar o transmitir el material pornográfico.

Para la primera conducta se fijó una pena de cinco a 10 años de prisión y de 1mil a 2 mil días de multa y para las siguientes, una pena de 14 años de prisión y de 500 a 3 mil días de salario

No obstante que con esta reforma se dio un paso significativo en la lucha en contra de una práctica tan deleznable como lo es la pornografía infantil, ésta no contempló otras conductas igualmente condenables, como la transmisión de los materiales pornográficos a través de Internet, así como la producción y la distribución de los mismos.

El Internet es un avance tecnológico de enorme potencial de beneficios en educación e información que puede ser utilizado con magníficos resultados, pero que desafortunadamente es utilizado también para promocionar la pornografía infantil.

El aumento vertiginoso de las computadoras y el uso de Internet plantea el desafío de contar con normas que sancionen como delito, la transmisión de pornografía infantil a través de Internet o de cualquier otro medio de archivo de datos, reconociendo que el desarrollo de nuevas tecnologías para la producción y transmisión de pornografía es muy rápido y que se podrán presentar otras formas más sofisticadas de transmisión.

Tomando en consideración lo anterior, propongo ante esta soberanía adicionar y reformar el artículo 201-bis del Código Penal Federal, a fin de sancionar el uso de un sistema de cómputo o de cualquier otro mecanismo de archivo de datos con la finalidad de exhibir a menores de edad realizando actos de exhibicionismo corporal, lascivos, agregándose el término pornográfico, por considerarse más aplicable.

Así también, propongo incorporar las conductas de elaboración, producción, ofrecimiento, distribución y de accesibilidad del material pornográfico a través de un sistema de cómputo o cualquier otro mecanismo de archivo de datos.

Por cuanto a las penas aplicables, se propone unificarlas, en virtud de que son igualmente graves las conductas.

Finalmente, se plantea una definición más amplia de pornografía que permita su plena identificación.

«Por las razones anteriormente expuestas ponemos en consideración el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Articulo primero. Se reforma y adiciona el artículo 201-bis del Código Penal Federal, para quedar de la siguiente manera:

"Artículo 201-bis. Al que procure o facilite por cualquier medio el que uno o más menores a 18 años, con o sin su consentimiento, lo o los obligue o induzca a realizar actos de exhibicionismo corporal, lascivos o pornográficos, con objeto y fin de videograbarlos, fotografiarlos o exhibirlos mediante medios impresos, electrónicos o de un sistema de datos a través de cómputo o de cualquier otro mecanismo de archivo de datos, con o sin el fin de obtener un lucro, se le impondrán de 10 a 14 años de prisión y de 500 a 3 mil días de multa.

Al que fije, grabe, imprima actos de exhibicionismo corporal, lascivos o pornográficos en que participen uno o más menores a 18 años, se le impondrá la pena de 10 a 14 años de prisión y de 500 a 3 mil días de multa. La misma pena se impondrá a quien con fines de lucro o sin él, elabore, produzca, reproduzca, ofrezca, venda, arriende, exponga, publicite, haga accesible, distribuya o transmita a través de un sistema de cómputo o cualquier otro mecanismo de archivo de datos, el material a que se refiere el presente artículo.

. . .

. . .

. . .

. .

Para los efectos de este artículo se entiende por pornografía infantil toda representación de un menor de edad dedicado a actividades explícitas reales o simuladas de carácter sexual, realizadas a través de escritos, objetos, medios audiovisuales, electrónicos, sistemas de cómputo o cualquier medio que pueda utilizarse para la comunicación y que tienda a excitar sexualmente a terceros, cuando esta representación no tenga valor artístico, literario, científico o pedagógico."

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, a 18 de octubre de 2001.— La diputada Laura Pavón Jaramillo y 17 rúbricas.»

La Presidenta:

Señora diputada, esta Presidencia le consulta a usted si además de que su iniciativa sea turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, ¿estaría usted de acuerdo en que se..?

La diputada Laura Hermelinda Pavón Jaramillo:

A Grupos Vulnerables.

La Presidenta:

¿Con opinión o turno a Grupos Vulnerables?

La diputada Laura Hermelinda Pavón Jaramillo:

Yo opino que sí, la misma debe enviarse a Grupos Vulnerables.

Gracias.

La Presidenta:

Bueno. Entonces, túrnese a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Grupos Vulnerables.

LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado José María Rivera Cabello, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 43 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

El diputado José María Rivera Cabello:

Con la venia de la Presidencia:

Los que suscriben, en su carácter de diputados federales de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, con fundamento en la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 55 fracción II; 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa de reforma al artículo 43 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, bajo la siguiente exposición de motivos, de la cual voy a leer solamente una parte en respeto del tiempo de los señores diputados, dado que tenemos una agenda cargada el día de hoy.

En la actualidad se ha presentado un incremento acelerado del número de pensionados en relación con el total de asegurados activos, motivo por el cual el Poder Legislativo aprobó la Ley del Seguro Social en diciembre de 1995, para introducir un nuevo esquema que transformara a la seguridad social en México.

El nuevo sistema de pensiones del Seguro Social surgió principalmente para evitar el creciente problema de falta de viabilidad financiera que el IMSS presentó en cuanto al pago de las jubilaciones. Adicionalmente favorecería el ahorro interno y las inversiones productivas a largo plazo, desarrollando un mecanismo financiero en el cual el pequeño ahorrador obtendría tasas más atractivas para su dinero, provocando que se incremente el monto de su pensión.

Asimismo, la reforma de pensiones del IMSS introdujo la posibilidad de ahorro voluntario, el cual ha demostrado ser prácticamente el único modo al alcance del trabajador, que le brinda rendimientos superiores a la inflación con una supervisión de primer nivel.

Aunado a lo anterior, por cuestiones equitativas este nuevo sistema evitó el hecho de que si un trabajador cotizaba durante una buena parte de su vida laboral y por alguna razón perdía su empleo antes de la edad requerida para jubilarse, perdía todo lo acumulado. De este modo en el sistema anterior existía un subsidio de quienes perdían sus empleos a quienes los conservaban, lo cual es socialmente nocivo.

Desde que se discutía el proyecto de iniciativa de la Ley del Seguro Social, se concluyó que lo mejor para ganar en claridad y sencillez, era regular en la ley aquellos aspectos relacionados con las obligaciones del patrón y los derechos del asegurado trabajador y remitir a otro instrumento legal lo vinculado con la inversión de los recursos acumulados en las cuentas individuales.

Así, desde el punto de vista estrictamente legal, las Afore surgieron en el decreto del presidente Ernesto Zedillo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 1996, bajo el título de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Este ordenamiento retomó los principios básicos previstos en la nueva Ley del Seguro Social y desarrolló las bases para la creación y el funcionamiento de un sistema de pensiones más justo y sustentable dirigido a estimular el ahorro de los trabajadores, al contemplarse la posibilidad de que tanto éstos como sus patrones puedan efectuar aportaciones voluntarias a las cuentas individuales.

Este sistema entró en vigor el 1o. de julio de 1997. Con esto podemos percibir que uno de los objetivos de la reforma a la seguridad social era trasladar parte de la responsabilidad del control del sistema pensionario al propio asegurado, quien al otorgarle la ley la propiedad de los recursos previsionales se convierte en copartícipe de la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones de seguridad social especialmente en materia de aportaciones al sistema.

1562,1563,1564

En cuanto a los trabajadores al servicio del Estado, aun cuando tienen su propio sistema del ahorro para el retiro previsto en la Ley del ISSSTE. Este es operado por instituciones de crédito y por el Banco de México, estas cuentas han obtenido rendimientos muy inferiores a lo que han recibido los asegurados del IMSS.

Ante esta problemática, el Presidente de la República ha enviado una iniciativa de reforma a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro para que los asegurados del ISSSTE puedan contar con la opción de invertir sus ahorros en sociedades de inversión que han pagado rendimientos más altos.

Los ahorros de los trabajadores afiliados al IMSS actualmente se destinan en un 90% a valores del Gobierno Federal, el uso que se da a estos recursos es el que ha determinado a la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación del año 2001, el resto está invertido en valores privados destacando los bancarios y los de empresas cuyo prestigio y resultados ofrecen a los trabajadores niveles de seguridad y rendimiento aceptables.

Tal es el caso de los títulos de Ford, de Cementos Mexicanos o de Televisa; cabe señalar que si bien el financiamiento al sector privado ha crecido desde el inicio del sistema. Este todavía es muy reducido, de hecho el sistema mexicano muestra uno de los grados de concentración más grandes en títulos del gobierno nacional respecto a lo que se observa en otros países.

No son pocos los especialistas como los de la CEPAL que señalan que una concentración elevada en este tipo de recursos tiene efectos negativos sobre la economía, el más famoso es el efecto de desplazamiento de la inversión privada, el cual puede apreciarse en el caso mexicano.

El endeudamiento del sector público, producto de su déficit, desplaza al sector privado como receptor de recursos del público. Por otra parte, la experiencia actual de Argentina ilustra que los bonos gubernamentales de ningún modo pueden ser considerados como instrumentos libres de riesgo, la recomendación que se encuentra en todos los países del orbe es la diversificación de inversiones como el mejor antídoto al riesgo de una inversión en particular.

La Secretaría de Energía ha publicado en varias ocasiones la estimación sobre las inversiones que en los próximos 10 años serán necesarias para garantizar el crecimiento de la oferta de electricidad de manera compatible con una economía que crezca, que dé empleo y que aumente el nivel de vida de la población. Estas estimaciones rondan los 40 mil millones de pesos anuales, cifra que depende, claro, de los supuestos de crecimiento de la demanda en que se empleen y de los rubros de inversión a considerar desde la generación hasta la entrega en el hogar de la electricidad.

Por otra parte, Petróleos Mexicanos es otra empresa pública sedienta de recursos para invertir con un horizonte de largo plazo, a fin de ampliar la exploración de campos, construir y dar mantenimiento a pozos, conservar y ampliar refinerías y modernizar sus complejos petroquímicos por sólo citar algunas de las actividades básicas, estas inversiones bien pueden rebasar lo que requiere el sector eléctrico, lo que exclusivamente para fines de energía presenta ante nosotros requerimientos de inversión para la próxima década que podrían sumar los 100 mil millones de pesos anuales, esta cifra puede ser equivalente cada año al 17% de la recaudación por impuestos conforme al régimen fiscal vigente.

Ya son muchas las voces que han señalado que los ahorros en las Afore son recursos disponibles para ser invertidos a largo plazo y que por lo tanto son compatibles con las necesidades de financiamiento de las empresas del sector de la energía.

Al cierre del mes de agosto de 2001 y según la Consar, lo acumulado en la subcuenta de retiro de todos los asegurados al IMSS rebasaba los 217 mil millones de pesos y, por otra parte, las aportaciones en los bimestres de pago al Seguro Social destinadas a estas subcuentas suman cerca de los 5 mil millones de pesos. Estas cifras, compañeros diputados, nos llevan a concluir dos cosas: la primera, que los recursos en las Afore son por sí solos insuficientes para cubrir las necesidades de financiamiento de las empresas de energía; luego de cuatro años de acumulación de operación de este nuevo sistema, hemos acumulado una cantidad que sólo permitiría financiar dos años de infraestructura de energía y por lo tanto no es suficiente para las necesidades de la próxima década, así, ni siquiera con una arriesgadísima concentración del 100% en este sector tenemos una solución de largo plazo para la nación.

La segunda conclusión es que los ahorros previsionales (sic) pues bien podrían contribuir a su financiamiento, pero si revisamos el artículo 43 de la Ley del SAR nos percataremos que las Afore no pueden adquirir para sus afiliados títulos emitidos por las empresas de energía ni por ningún tipo de paraestatal, puesto que tales títulos no necesariamente coinciden con aquellos que la ley autoriza a formar parte de la cartera de las Siefore.

El Partido Acción Nacional propone modificar la redacción de este artículo para permitir el financiamiento directo de los trabajadores a las empresas de energía pero siempre desde una perspectiva que les ofrezca un rendimiento atractivo y una seguridad aceptable dentro de la estrategia de diversificación de cartera.

Esto se haría añadiendo a la fracción II inciso c la mención de los títulos emitidos para entidades paraestatales.

Pero el sector de la energía no es el único que demanda recursos de largo plazo en México, lo mismo puede decirse de la construcción de infraestructura carretera o de las obras hidráulicas, podemos darnos cuenta además que este tipo de obras no es una responsabilidad exclusiva del Gobierno Federal, también las emprenden los gobiernos de los estados y de los municipios y esto frecuentemente se hace con financiamiento bancario.

En México no se ha desarrollado un mercado de financiamiento a estados y municipios por un conducto diferente a los préstamos bancarios en tanto que en otras naciones federales el mercado de títulos de deuda estatal o municipal es algo importante. Gracias a este mercado, en otros países, los estados y los municipios pueden obtener financiamiento del público inversionista a tasas de interés más bajas que las que suelen tener por vía de los bancos.

Con frecuencia los fondos de pensiones internacionalmente son inversionistas interesados en adquirir estas deudas de estados y municipios cuando corresponden a entidades sanas y con niveles de endeudamiento manejables. El tema del financiamiento a estados y municipios pues nos lleva a encontrar el mismo obstáculo que en lo referido a las empresas paraestatales.

El artículo 43 de la ley promulgada por el presidente Ernesto Zedillo tampoco admite que las Siefore cuenten en su cartera con este tipo de valores.

La presente iniciativa por lo tanto también es federalista, pues pretende eliminar esta grave omisión en la Ley del SAR por la vía de agregar al inciso II del citado artículo una fracción "g", que admita los títulos emitidos o avalados por entidades federativas o por municipios.

Debemos destacar que el financiamiento a estados o a paraestatales debe ser sujeto a análisis de riesgo; a calificación de la calidad de crédito del emisor; a la competencia por mejores rendimientos para los trabajadores y a una adecuada diversificación de las inversiones. No debemos olvidar que estamos hablando de dinero cuyos dueños tienen nombre y apellido; no debemos olvidar que como legisladores tenemos en nuestras manos la vejez de millones de mexicanos que trabajan duro diariamente.

Su aprobación producirá un doble beneficio: por una parte, los trabajadores podrían financiar directamente a Pemex, a la Comisión Federal de Electricidad, a estados y municipios provocando con esto la ampliación de la industria y el desarrollo regional; por la otra, los trabajadores estarían colocando una fracción de sus ahorros en actividades que pueden resultar muy redituables, los cuales los llevarán a una pensión más alta en su vejez.

Pero por este mismo motivo no podemos ordenar, como planificadores soviéticos, que el dinero se entregue a tal o cual empresa o Estado; la manera soviética de invertir las reservas de pensiones ya se probó en México y fracasó, así han quebrado los fondos de pensiones y así de míseras son las pensiones de los jubilados actuales.

Las paraestatales y los gobiernos de los estados deben pelear por ofrecer el mejor rendimiento y el mejor riesgo a los trabajadores. Nadie debe tener exclusividades, preferencias ni la tajada del león. La energía y el federalismo son objetivos importantes para el país, pero el único privilegio admisible en la seguridad social es la salvaguarda de la vejez de los trabajadores.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados firmantes presentamos la siguiente

INICIATIVA DE DECRETO

Que reforma el artículo 43 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Artículo único. Se reforma la fracción II del artículo 43 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, para quedar como sigue:

"Artículo 43, pasamos a la fracción II; inciso c: instrumento de deuda emitidos por empresas privadas o entidades paraestatales" —esto es lo que se agrega—, se agrega un inciso g: Instrumentos emitidos o avalados por los gobiernos de los estados, del Distrito Federal o por municipios.

Siguiente párrafo: los valores a que se refieren los incisos c, d, e y g —se agrega esta mención— en lo conducente deberán estar calificados cuando menos por una empresa calificadora de valores..., y continúa el texto vigente.

Pasando al siguiente párrafo: sin perjuicio del anterior, el Comité de Análisis de Riesgo podrá prohibir la adquisición de valores referidos en los incisos b, c, d, e, f y g —se agrega esta mención— cuando a su juicio representen riesgos excesivos para la cartera de las sociedades de inversión... y prosigue el texto vigente.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. Este decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2001.— Firman varios diputados del Partido Acción Nacional.

«Proyecto de iniciativa que reforma el artículo 43 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Los que suscriben, en su carácter de diputados federales de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, con fundamento en la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Cámara de Diputados la siguiente iniciativa que reforma el artículo 43 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, bajo la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

En la actualidad, se ha presentado un incremento acelerado del número de pensionados en relación con el total de asegurados activos, motivo por el cual el Poder Legislativo aprobó la Ley del Seguro Social en diciembre de 1995, para introducir un nuevo esquema que transformara la seguridad social en México. Desde que se discutía el proyecto de iniciativa de la Ley del Seguro Social, se concluyó que lo mejor, para ganar en claridad y sencillez, era regular en la ley aquellos aspectos relacionados con las obligaciones del patrón y los derechos del asegurado trabajador y remitir a otro instrumento legal lo vinculado con la inversión de los recursos acumulados en las cuentas individuales y la operación de éstas, así como la contratación de los seguros de renta vitalicia y de sobrevivencia. De esta forma, en varios artículos del entonces proyecto de iniciativa, se remite expresamente a la Ley para la Coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la cual regula:

1. El depósito de las cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez en la cuenta individual de cada trabajador.

2. La constitución y funcionamiento de la administración de fondos para el retiro.

3. Los mecanismos, procedimientos y términos, aplicables a los recursos acumulados en dichas cuentas, la unificación y traspaso de las mismas, las obligaciones de las Afore con el asegurado, entre otras materias.

Con esto podemos percibir que uno de los objetivos de la reforma a la seguridad social era trasladar parte de la responsabilidad del control del sistema pensionario al propio asegurado, quien, al otorgarle la ley la propiedad de los recursos previsionales, se convierte en copartícipe de la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones de seguridad social, especialmente en materia de aportaciones al sistema.

Desde el punto de vista estrictamente legal, las Afore surgieron en el decreto del Presidente Ernesto Zedillo Ponce de León publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 1996, bajo el título de "Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro".

Este ordenamiento retomó los principios básicos previstos en la nueva Ley del Seguro Social y desarrolló las bases para la creación y el funcionamiento de un sistema de pensiones más justo y sustentable dirigido a estimular el ahorro de los trabajadores al contemplarse la posibilidad de que tanto éstos como sus patrones puedan efectuar aportaciones voluntarias a las cuentas individuales. Este sistema entró en vigor el día 1o. de julio de 1997.

El ordenamiento en mención surge principalmente para evitar el creciente problema de falta de viabilidad financiera que el IMSS ha presentado en cuanto al pago de las jubilaciones, además se tenía por objeto fomentar el ahorro interno en nuestro país, a fin de mermar las cargas financieras que representa el endeudamiento externo, ya que a través de lo anterior se pueden realizar inversiones productivas y a largo plazo desarrollando un mecanismo financiero en el cual el pequeño ahorrador obtendría tasas más atractivas para su dinero, provocando que se incremente el monto de su pensión. Asimismo, la reforma de pensiones del IMSS introdujo la posibilidad de ahorro voluntario, el cual ha demostrado ser prácticamente el único modo al alcance del trabajador que le brinda rendimientos superiores a la inflación, con una supervisión de primer nivel.

1565,1566,1567

Por cuestiones operativas este sistema fue en su momento óptimo, dado que con esto se evitó una mayor erosión del sistema, pues los cimientos operativos del mismo se estaban derrumbando, ya que los recursos utilizados para el pago de las pensiones provenían exclusivamente de las cuotas que los trabajadores en activo aportaban; ya que al aumentar tanto el número como la esperanza de vida de los jubilados, dichas aportaciones dejaron de ser suficientes.

Aunado a lo anterior, por cuestiones equitativas, este nuevo sistema evitó el hecho de que si un trabajador cotizaba durante una buena parte de su vida laboral y por alguna razón perdía su empleo antes de la edad requerida para jubilarse, perdía todo lo acumulado. De este modo, existía un subsidio de quienes perdían sus empleos a los que los conservaban, lo cual es socialmente nocivo.

En cuanto a los trabajadores al servicio del Estado, aun cuando tienen su propio sistema de ahorro para el retiro previsto en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, éste es operado por instituciones de crédito y por el Banco de México. Estas cuentas han obtenido rendimientos muy inferiores a lo que han recibido los asegurados del IMSS. Ante esta problemática, el Presidente de la República ha enviado una iniciativa de reforma a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro para que los asegurados del ISSSTE puedan contar con la opción de invertir sus ahorros en sociedades de inversión que han pagado rendimientos más altos.

Los ahorros de los trabajadores actualmente se destinan en un 90% a valores del Gobierno Federal. El uso que se da a este fínanciamiento es el que ha determinado la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2001. El resto está invertido en valores privados, destacando los bancarios y los de empresas grandes cuyo prestigio y resultados ofrecen a los trabajadores niveles de seguridad y rendimiento aceptables. Tal es el caso de los títulos de Ford, Cementos Mexicanos o Televisa. Cabe señalar que si bien el financiamiento al sector privado ha crecido desde el inicio del sistema, éste todavía es muy reducido. De hecho, el sistema mexicano muestra uno de los grados de concentración más grandes en títulos del gobierno nacional, respecto a lo que se observa en otros países. No son pocos los trabajos de especialistas, como los de la CEPAL, que señalan que una concentración elevada en este tipo de recursos tiene efectos negativos sobre la economía. El más famoso, es el efecto desplazamiento de la inversión privada, el cual puede apreciarse en el caso mexicano. El endeudamiento del sector público, producto de su déficit, desplaza al sector privado como receptor de recursos del público. Por otra parte, la experiencia actual de Argentina ilustra que los bonos gubernamentales de ningún modo pueden ser considerados como instrumentos libres de riesgo. La recomendación que se encuentra en todos los países del orbe es la diversificación de inversiones, como el mejor antídoto al riesgo de una inversión en particular.

La Secretaría de Energía ha publicado en varias ocasiones las estimaciones sobre las inversiones que en los próximos 10 años serán necesarias para garantizar el crecimiento de la oferta de electricidad de manera compatible con una economía que genere empleos y que aumente el nivel de vida de la población. Estas estimaciones rondan los 40 mil millones de pesos anuales, cifra que depende de los supuestos de crecimiento de la demanda que se empleen y de los rubros de inversión a considerar desde la generación hasta la entrega en el hogar de la electricidad. Por otra parte, Petróleos Mexicanos es otra empresa pública sedienta de recursos para invertir con un horizonte de largo plazo, a fin de ampliar la exploración de campos, construir y dar mantenimiento a pozos, conservar y ampliar refinerías y modernizar sus complejos petroquímicos, por citar algunas actividades básicas. Estas inversiones bien pueden rebasar lo que requiere el sector eléctrico, lo que exclusivamente para fines de energía presenta ante nosotros requerimientos de inversión que podrían sumar los 100 mil millones de pesos anuales. Esta cifra puede ser equivalente cada año a 17% de la recaudación por impuestos conforme al régimen fiscal vigente.

Ya son muchas las voces que han señalado que los ahorros en las Afore son recursos disponibles para ser invertidos a largo plazo y que por lo tanto son compatibles con las necesidades de financiamiento de las empresas del sector de la energía. Al cierre del mes de agosto de 2001 y según la Consar, lo acumulado en la subcuenta de retiro de todos los asegurados al IMSS rebasaba los 217 mil millones de pesos y, por otra parte, las aportaciones en los bimestres de pago al Seguro Social destinadas a estas subcuentas suman cerca de 5 mil millones de pesos. Estas cifras llevan a concluir dos cosas:

La primera, que los recursos en las Afore son por sí solos insuficientes para cubrir las necesidades de financiamiento de las empresas de energía. Luego de cuatro años de acumulación, el saldo sólo permitiría financiar los próximos dos años de infraestructura de energía. Por tanto, ni siquiera una arriesgadísima concentración del 100% en este sector es una solución de largo plazo para la nación.

La segunda conclusión es que los ahorros previsionales bien podrían contribuir a su financiamiento. Si revisamos el artículo 43 de la Ley del SAR, nos percataremos que las Afore no pueden adquirir para sus afiliados títulos emitidos por las empresas de energía ni por ningún tipo de paraestatal, puesto que tales títulos no necesariamente coinciden con aquellos que la ley autoriza a formar parte de la cartera de las Siefore. El Partido Acción Nacional propone modificar la redacción de este artículo para permitir el financiamiento directo de los trabajadores a las empresas de energía, pero siempre desde la perspectiva de que se les ofrezca un rendimiento atractivo y una seguridad aceptable dentro de la estrategia de diversificación de la cartera. Esto se haría añadiendo a la fracción II inciso c, la mención de los títulos emitidos por entidades paraestatales.

El sector de la energía no es el único que demanda recursos de largo plazo, lo mismo puede decirse de la construcción de infraestructura carretera o de las obras hidráulicas. Podemos darnos cuenta que este tipo de obras no es responsabilidad exclusiva del Gobierno Federal. También las emprenden gobiernos estatales y municipales, frecuentemente con financiamiento bancario. En México no se ha desarrollado el financiamiento a estados y municipios por un conducto distinto al de los préstamos de la banca, en tanto que en otras naciones federales el mercado de títulos de deuda estatal o municipal es importante. Gracias a este mercado, los estados y los municipios pueden obtener financiamiento del público inversionista a tasas de interés más bajas de las que suelen ofrecer los bancos. Con frecuencia, los fondos de pensiones son inversionistas interesados en adquirir deuda de estados y municipios cuando ésta corresponde a entidades sanas y con niveles de endeudamiento manejables. En el tema del financiamiento a estados y municipios, nos encontramos con el mismo obstáculo que en lo referido a las empresas de energía. El artículo 43 de la ley promulgada por el presidente Ernesto Zedillo tampoco admite que las Siefore cuenten en su cartera con este tipo de valores. La presente iniciativa también es federalista, pues pretende eliminar esta grave omisión en la Ley del SAR, por la vía de agregar al inciso II del citado artículo una fracción g, que admita los títulos emitidos o avalados por entidades federativas o por municipios.

Debemos destacar que el financiamiento a estados o a paraestatales debe ser sujeta a análisis de riesgo, a calificación de la calidad de crédito del emisor, a la competencia por mejores rendimientos para los trabajadores y a una adecuada diversificación de las inversiones. No debemos olvidar que estamos hablando de dinero cuyos dueños tienen nombre y apellido; no debemos olvidar que como legisladores tenemos en nuestras manos la vejez de millones de mexicanos que trabajan duro diariamente.

Su aprobación produciría un doble beneficio: por una parte, los trabajadores podrían financiar directamente a Pemex, a la Comisión Federal de Electricidad, a estados y municipios, provocando con esto la ampliación de la industria y el desarrollo regional. Por la otra, los trabajadores estarían colocando una fracción de sus ahorros en actividades que pueden resultar muy redituables, lo cual los llevará a una pensión más alta en su vejez. Pero por este mismo motivo no podemos ordenar como planificadores soviéticos que el dinero se entregue a tal o cual empresa o Estado. La manera soviética de invertir las reservas de pensiones ya se probó en México y fracasó; así han quebrado los fondos de pensiones y así de míseras son las pensiones de los jubilados actuales.

Las paraestatales y los gobiernos de los estados deben pelear por ofrecer el mejor rendimiento y el mejor riesgo a los trabajadores. Nadie debe tener exclusividades, preferencias ni la tajada del león. La energía y el federalismo son objetivos importantes para el país, pero el único privilegio admisible en la seguridad social es la salvaguardia de la vejez de los trabajadores.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados firmantes presentamos la siguiente

Iniciativa

De decreto que reforma el artículo 43 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Artículo único. Se reforma la fracción II del artículo 43 de la Ley de los Sistemas de Ahorro, para quedar como sigue:

"Artículo 43. . .

a) al e). . .

I y II. . .

a) y b). . .

c) Instrumentos de deuda emitidos por empresas privadas o entidades paraestatales;

d) al f). . . .

g) Instrumentos emitidos o avalados por los gobiernos de los estados, del Distrito Federal o por municipios.

Los valores a que se refieren los incisos c, d, e y g en lo conducente, deberán estar calificados cuando menos por una empresa calificadora de valores. Tratándose de los valores a que se refiere el inciso b sólo podrán ser adquiridos por las sociedades de inversión, aquellos emitidos por empresas de reconocida solidez, solvencia y bursatilidad, de acuerdo con los criterios que a tal efecto expida el comité de nálisis de riesgos.

Sin perjuicio de lo anterior, el comité de análisis de riesgos podrá prohibir la adquisición de valores de los referidos en los incisos b, c, d, e, f y g, cuando a su juicio representen riesgos excesivos para la cartera de las sociedades de inversión. Asimismo, el comité de análisis de riesgos podrá emitir reglas para recomponer la cartera de las sociedades de inversión, cuando ciertos valores que las integren dejen de cumplir con los requisitos establecidos. El propio comité fijará el plazo en que las sociedades de inversión deben recomponer su cartera de valores. La comisión será la encargada de ejecutar los acuerdos del comité de análisis de riesgos, sobre la prohibición para adquirir ciertos valores o la recomposición de cartera a que se refiere este párrafo .

. . .

Asimismo, la comisión podrá establecer dentro del régimen de inversión los requisitos que deberán reunir los trabajadores para invertir en determinadas sociedades de inversión.

. . . "

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. Este decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2001.— Diputados: Juan Camilo Mouriño T. José María Rivera Cabello, Noé Navarrete González, Salvado Escobedo Z., Javier Castañeda P., Héctor González Reza, Mauricio Candiani Galaz, Ernesto Saro B., César Alejandro Monraz Sustaita, Rafael Orozco Martínez y Hugo Camacho Galván.»

La Presidenta.

Gracias, señor diputado.

Túrnese la iniciativa a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social.

El diputado José María Rivera Cabello:

Perdón, señora Presidenta. ¿Mencionó la Comisión de Trabajo y Previsión Social?

La Presidenta:

Seguridad Social.

El diputado José María Rivera Cabello:

Porque la iniciativa del Presidente de la República está turnada a estas tres comisiones. Lo congruente sería turnar esta iniciativa también a las tres que están analizando este tema: Trabajo, Seguridad Social y Hacienda.

La Presidenta:

De acuerdo. Hacienda, Trabajo y Previsión Social, y Seguridad Social.

Con mucho gusto.

La siguiente iniciativa agendada en el orden del día por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, fue retirada para próxima sesión.

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VOLUMEN II

CONTINUACION DE LA SESION

DELITOS BANCARIOS

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Juan Carlos Regis Adame, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar una iniciativa que reforma el Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales.

El diputado Juan Carlos Regis Adame:

Con su permiso, señora Presidenta; ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión.— presentes:

Los suscritos, diputados federales a la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan el párrafo primero del artículo 115 y el artículo 116-bis, ambos de la Ley de Instituciones de Crédito; se derogan los párrafos cuarto y quinto del artículo 400-bis del Código Penal Federal y se reforma la fracción VIII del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, con base en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

En el Congreso Constituyente de 1916-1917 se discutió ampliamente la propuesta de dotar al Ministerio Público, en su carácter de representante de la sociedad, del monopolio del ejercicio de la acción penal. Lo cual significa que sólo esta institución es la que se encuentra legitimada para solicitar a los órganos jurisdiccionales órdenes de aprehensión y consignación de expedientes y/o detenidos a través del conocimiento que tiene de la comisión de delitos, en la fase de averiguación previa.

El artículo 21 párrafo primero de nuestra Norma Fundamental establece: "la imposición de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial. La investigación y persecución de los delitos incumbe al Ministerio Público, el cual se auxiliará con una policía que estará bajo su autoridad y mando inmediato... " A su vez, el segundo párrafo del artículo 116 establece: "no podrá librarse orden de aprehensión, sino por la autoridad judicial y sin que proceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado cuando menos con pena privativa de libertad y existan datos que acrediten el cuerpo del delito y que hagan probable la responsabilidad del indiciado".

A su vez la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece que en la persecución de los delitos del orden federal, en su artículo 8o. numeral 1 inciso a se señala en la averiguación previa:

a) Recibir denuncias o querellas sobre acciones u omisiones que puedan constituir delito.

De igual forma el artículo 2o. del Código Federal de Procedimientos Penales establece que "compete al Ministerio Público Federal llevar a cabo la averiguación previa y ejercer, en su caso, la acción penal ante los tribunales.

En la averiguación previa corresponderá al Ministerio Público:

I. Recibir las denuncias o querellas que se le presenten en forma oral o por escrito sobre los hechos que puedan constituir delitos;

II. Practicar y ordenar la realización de todos los actos conducentes, a la acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del inculpado, así como la reparación del daño".

El término denuncia proviene del latín denuntiare, el cual significa "hacer saber", "remitir un mensaje" o de otra forma significa el acto a través del cual un particular hace del conocimiento del órgano persecutorio de los delitos, que se ha cometido una conducta probablemente constitutiva de delito, para que dicho órgano actúe.

A su vez, la querella como medio para iniciar la averiguación previa, al igual que la denuncia, es hacer del conocimiento del órgano persecutorio de los delitos, hechos presuntamente constitutivos de delito, realizada por persona determinada, pero que a diferencia de la denuncia, debe tratarse de un supuesto delito que se persigue a petición del ofendido y debe ser hecha por éste o por su representante legal.

Aunado a lo anterior el artículo 113 fracción I del propio Código adjetivo establece: "cuando se trate de delitos en los que solamente se pueda proceder por querella necesaria, si ésta no se ha presentado".

Y en el artículo 114 de dicho ordenamiento se señala: "es necesaria la querella del ofendido, solamente en los casos que así lo determine el Código Penal u otra ley".

Compañeras y compañeros legisladores: de las disposiciones constitucionales y legales antes citadas, se desprende claramente la facultad de la institución del Ministerio Público como órgano encargado de la persecución de los delitos y en su caso, del ejercicio del monopolio de la acción penal.

Sin embargo, en la actualidad hay una serie de disposiciones legales que supeditan la facultad del conocimiento y persecución de los delitos a un requisito de procedibilidad de previa querella por parte de otra autoridad pública, sin la cual el Ministerio Público no puede actuar.

Nos referimos específicamente a lo que se prevé en el artículo 115 primer párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito que señala: "en los casos previstos en los artículos 111 al 114 de esta ley, se procederá a petición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien escuchará la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; también se procederá a petición de la institución de crédito de que se trate o que tenga interés jurídico".

También en el artículo 116-bis de la ley antes citada se señala: "la acción penal en los casos previstos en esta ley perseguibles por petición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público..."

Por otra parte en la Ley de Instituciones de Crédito se establecen los denominados delitos bancarios, que por ser ésta una ley de carácter federal, la actualización de las hipótesis normativas que ahí se señalan, en tanto que delitos federales, son competencia del Ministerio Público de la Federación.

Sin embargo, la intervención de la representación social no puede darse de manera directa, sino que se requiere la intervención de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Procuraduría Fiscal de la Federación, la cual deberá presentar querella ante el Ministerio Público Federal.

Es pertinente destacar que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal otorga en su artículo 31 fracción VII, la facultad a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para: "planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país que comprende al Banco Central, a la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar el servicio de banca y crédito".

Sin embargo, esta facultad de vigilancia del sistema bancario nacional a cargo de esta dependencia del Ejecutivo Federal no se cumple de manera eficiente, razón por la cual al amparo de la deficiente vigilancia por parte de la Secretaría y la negligente, actuación de los funcionarios bancarios en la prestación de las operaciones activas a las que se refiere la ley de la materia, generaron junto con las erráticas políticas gubernamentales de las dos administraciones presidenciales anteriores la crisis del sistema bancario mexicano.

Esta situación que estuvo a punto de poner en riesgo el sistema nacional de pagos, tuvo que ser apoyada por el Gobierno mexicano al asumir los quebrantos bancarios a través del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa), mismos que se convirtieron indebidamente como deuda pública, a través de la firma de los pagarés correspondientes a cargo del Gobierno. Pero además nunca investigó a fondo las irregularidades cometidas bajo el argumento de que muchos banqueros habían quebrado.

En diciembre de 1998, los legisladores del PRI y el PAN aprobaron la denominada Ley del IPAB y como resultado del inicio en vigor de dicha ley, la Cámara de Diputados ordenó, a través de la contratación de un auditor externo, la realización de auditorías al fideicomiso antes señalado.

El auditor encontró severas fallas en la forma en la que los bancos otorgaron créditos, ya que existían muchos créditos cruzados o que no contaban con una garantía suficiente. El resultado de dichas deficiencias ha sido el enorme rescate bancario que el pueblo de México ha tenido que pagar y que ha endeudado a las futuras generaciones de mexicanos.

Los bancos son apoyados financieramente, son intervenidos o vendidos, pero en muy pocos casos se han logrado determinar responsabilidades de carácter penal, ya que, como lo hemos expuesto anteriormente, el Ministerio Público se encuentra supeditado en su actuación al cumplimiento del requisito de procedibilidad, consistente en la previa querella de las autoridades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La sociedad mexicana se ha enterado que prominentes banqueros o financieros obtienen rápidamente su libertad ante los tribunales federales bajo el argumento de que la Procuraduría Fiscal de la Federación no se querello oportunamente ante el Ministerio Público Federal para la debida persecución de estos delitos, razón por la cual los juzgadores dictan autos de libertad.

O bien, que se otorga por parte de los jueces de amparo la suspensión de los actos reclamados bajo la hipótesis de que no se está en el caso de delitos graves. Lo cual ocasiona que los mexicanos tengamos la firme convicción de que hay personas que cuentan con la capacidad económica para comprar la justicia, cuando de origen la autoridad administrativa es omisa o negligente en el cumplimiento de sus atribuciones legales.

Por esta situación los diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo sometemos a su consideración, la presente iniciativa que tiene como propósito, en primer lugar, derogar el párrafo primero del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, que establece actualmente el requisito de procedibilidad a favor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que ésta se querelle ante el Ministerio Público.

También proponemos derogar el artículo 116-bis que contiene reglas de prescripción de los delitos-bancarios que son diferentes y por supuesto menores a las que se establecen en el Titulo Quinto, Capítulo VI de los artículos 100 al 103 del Código Penal Federal. De este mismo ordenamiento proponemos que del artículo 400-bis se deroguen los párrafos cuarto y quinto que establece, también, el requisito de denuncia previa por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para poder investigar en tratándose de delitos con recursos de procedencia ilícita.

Además, proponemos que se reforme el artículo 194 en su fracción VIII del Código Federal de Procedimientos Penales para incluir todos los delitos previstos en la Ley de Instituciones de Crédito y que son los artículos 111, 112, 112-bis, 113, 113-bis, 113-bis-1, 113-bis-2, 113-bis-3 y 114.

«Compañeras y compañeros diputados: por las consideraciones antes expuestas, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo somete a su consideración la presente

Iniciativa

Con proyecto de decreto por el que se derogan el párrafo primero del artículo 115 y el artículo 116-bis, ambos de la Ley de Instituciones de Crédito; se derogan los párrafos cuarto y quinto del artículo 400-bis del Código Penal Federal y se reforma la fracción VIII del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo primero. Se derogan el párrafo primero del artículo 115 y el artículo 116-bis, ambos de la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como siguen:

"Artículo 115. Derogado.

Párrafos del segundo al sexto. . .

Artículo 116-bis. Derogado."

Artículo segundo. Se derogan los párrafos cuarto y quinto del artículo 400-bis del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 400-bis. . .

. . .

. . .

Derogado.

Derogado.

. . .

. . ."

1571,1572,1573

Artículo tercero. Se reforma la fracción VIII del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 194. . . .

. . .

I a la VII. . .

VIII. De la Ley de Instituciones de Crédito los previstos en los artículos 111, 112, 112-bis, 113, 113-bis, 113-bis-1, 113-bis-2, 113-bis-3 y 114.

IX. a la XV. . . "

ARTICULO TRANSITORIO

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2001.— Por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo.— Firman los diputados: Alberto Anaya Gutiérrez, coordinador; José Narro Céspedes, vicecoordinador; Rosalía Peredo Aguilar, Jaime Cervantes Rivera, Rosa Delia Cota Montaño, Félix Castellanos Hernández, Víctor Antonio García Dávila y Juan Carlos Regis Adame.»

La Presidenta:

Gracias, señor diputado.

Su iniciativa será turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

MATERIA ALIMENTARIA

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Narciso Alberto Amador Leal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de reformas al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a la alimentación.

El diputado Narciso Alberto Amador Leal:

Muchas gracias, señora Presidenta; compañeras, compañeros diputados:

Los suscritos, diputados integrantes de la fracción parlamentaria del PRI a la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción II del artículo 55 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 4o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derecho a la alimentación.

Al final de mi intervención, señora Presidenta, entregaré el documento completo y me voy a permitir hacer algunos comentarios de carácter general.

En enero de 1976 México firmó y ratificó el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, que en su artículo 11 fracción II se refiere específicamente al derecho a la alimentación y a la necesidad de que los países legislen localmente sobre este derecho.

A partir de ahí y hasta el inicio de los años 90, hubo tentativas valiosas de diversa índole.

En efecto, en octubre de 1992 la Comisión Permanente del Congreso aprobó por unanimidad la conmemoración del Día Mundial de la Alimentación, que a nivel internacional se celebra el 16 de octubre.

Esta decisión del Congreso, en su Comisión Permanente, sirvió para desplegar un proceso amplio de consulta y reflexión colectiva. Fue así que en julio de 1994, la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios de la LV Legislatura, presentó una iniciativa con el siguiente texto de reforma al 4o. constitucional.

"Todo ser humano tiene derecho a una alimentación suficiente en calidad y cantidad. El Estado mexicano, la sociedad y las familias, son responsables de garantizar la alimentación que permita la salud física y mental de cada miembro de la sociedad mexicana.

La ley establecerá las políticas, instrumentos y apoyos necesarios para que la Federación, las entidades federativas y municipios aseguren la satisfacción de una dieta asequible que contenga todos los nutrientes necesarios de los alimentos en calidad, cantidad y disponibilidad."

Tiempo después, en la Cumbre Mundial sobre Alimentación, celebrada en noviembre de 1996, México signó la Declaración de Roma sobre Seguridad Alimentaría Mundial, en la que reafirmó el derecho de toda persona a tener acceso a alimentos sanos y nutritivos en consonancia con el derecho a una alimentación apropiada y con el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre.

En octubre de 1997, abril del 2000 y septiembre de 2001, los diputados del Partido de la Revolución Democrática, Clara Brugada Molina, Luis Meneses Murillo y Pedro Miguel Rosaldo Salazar, presentaron sendas excitativas a las comisiones correspondientes para desahogar el tema presentado en 1994, como reforma al 4o. constitucional.

Por otro lado, en este largo periodo se han dado reformas al mismo artículo 4o. En lo que corresponde al derecho a la niñez, incluyendo el tema de la alimentación.

La Cámara de Diputados en su sesión de diciembre 15 de 1999, resolvió favorablemente sobre el dictamen aprobado por el Senado, así como respecto de las iniciativas presentadas por diputados de diversas fracciones parlamentarias el 12 de noviembre de 1996 y el 27 de octubre de 1998.

El texto finalmente aprobado por el poder revisor de la Constitución, es el siguiente:

"Las niñas y los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Los ascendientes, tutores y custodios, tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos. El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez."

La trascendencia de esta resolución, compañeras y compañeros diputados, no exenta por cierto de un debate álgido sobre aspectos formales y de fondo en las visiones diversas sobre el límite que deben tener las reformas constitucionales, radica, por un lado, en que reconoce por primera ocasión en la jerarquía constitucional el derecho a la alimentación, en este caso referida a las niñas y a los niños. Por otro, se establece el vínculo entre la alimentación, la educación y la salud como elementos determinantes del fenómeno estructural de la pobreza extrema y, por tanto, limitantes del bienestar y del desarrollo potencial de la niñez.

No obstante, el texto aprobado en el párrafo octavo del artículo 4o, que hemos leído, no garantiza el derecho de las niñas y los niños a la alimentación, sino como lo dice, simplemente otorga al Estado la obligación de propiciar el respeto de la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

También limita la posibilidad de otros sectores de la población, como son o más bien no incluye a otros sectores de la población, como son las madres lactantes, las personas mayores de 60 años, aquellas que no tienen acceso a un régimen de seguridad social o en general a las familias cuyos ingresos son insuficientes para obtener una dieta básica.

Por lo demás, compañeras, compañeros diputados, la ley reglamentaria de este apartado del artículo 4o, publicada el 24 de mayo del año 2000, tampoco hace alusión al capítulo de la alimentación de manera explícita, como era de esperarse, en una reglamentación de una ley secundaria de un artículo establecido, de un mandato establecido en la Carta Fundamental.

En el ámbito de la administración pública, a partir de 1997 el Presupuesto de Egresos y la Ley de Coordinación Fiscal por decisión de esta Cámara, han ampliado y consolidado tanto la estrategia de la superación de la pobreza, como la de descentralización de recursos a estados y municipios para fines sociales, productivos y de infraestructura.

A la vez las reglas generales de operación para el conjunto de dichos programas, incluyendo los de alimentación, han avanzado de manera sustantiva en la definición de la población beneficiada, de los subsidios que otorga el Estado, en la transparencia de los mismos y en las acciones concurrentes de los tres órdenes de gobierno.

El Programa de Educación, Salud y Alimentación, hoy día está integrado por un conjunto de apoyos para la salud y la nutrición, así como una transferencia monetaria, que incentiva la permanencia de los niños y las niñas en las escuelas.

También tiene un sentido de género al otorgar mayores estímulos a las permanencias de las niñas en el nivel secundario.

De acuerdo a las disposiciones de esta Cámara, al final del año deberán otorgarse subsidios monetarios y en especie, a 3 millones 200 mil familias, integradas por 17 millones de personas. Al mismo tiempo se mantiene, aunque en condiciones precarias, la red de abasto social en el campo, los programas subsidiados de leche, en 4 millones 300 mil raciones diarias, y de abasto de tortilla subsidiada en 1 millón 100 mil raciones diarias.

Por igual en cada una de las entidades federativas, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia ha realizado una labor encomiable, que ha sido apoyada por los presidentes municipales y muy destacadamente por las asociaciones de asistencia privada, que debemos reconocer e impulsar.

Pese a los esfuerzos realizados, cabe destacar que cerca de 2 millones 300 mil familias, que se consideran en condiciones de pobreza extrema, no tienen ingresos suficientes para adquirir la canasta básica y además, carecen de apoyos permanentes e integrales, como es el caso de los programas ya referidos de alimentación, educación y salud.

También, de acuerdo a los datos oficiales de 1999, la mortalidad por enfermedades nutricionales de la reproducción y transmisibles, es de 72.5 personas por cada 100 mil habitantes. El caso de los niños menores de cinco años, la mortalidad por deficiencias de nutrición, es de 13.9 niños por cada 100 mil niños de ese rango de edad.

Lo anterior, compañeras, compañeros diputados, deriva entre otras razones de la dispersión en el enorme número de programas e instituciones involucradas, particularmente en los programas de alimentación y abasto social, así como por la ausencia de un marco normativo que regule adecuadamente, por un lado el ejercicio de los derechos sociales en las leyes secundarias correspondientes y, por otro, que establezca con precisión las bases de coordinación de los tres órdenes de gobierno, en el propósito de superar la pobreza extrema.

El asunto cobra mayor relevancia, como lo hemos mantenido en esta tribuna, a propósito de la alternancia y la pluralidad política que hoy caracteriza a los gobiernos en toda la geografía nacional.

Por otra parte, el hecho de que una parte de la normatividad derive de disposiciones establecidas en el decreto del Presupuesto de Egresos o en reglas generales de operación, genera incertidumbre y discrecionalidad; esto finalmente afecta la continuidad y la coherencia de los programas, tanto como el grado de compromiso de los tres órdenes de gobierno.

De esta manera, por ejemplo, hubo recursos dirigidos al abasto social, que no se han ejercido en aras de restringir el circulante monetario o bien el caso de apoyos al consumo subsidiado de leche y el establecimiento de transferencias monetarias a los adultos, como los propuestos por el gobierno del Distrito Federal, que finalmente no fueron suscritos por el Gobierno de la República, no obstante su bondad en beneficio de la población.

Quizás uno de los obstáculos, compañeros diputados, para que esta reforma no se haya concretado, se refiere a las diferencias sobre la connotación del derecho a la alimentación reglamentado en los ordenamientos secundarios de diverso tipo y la delimitación de los contenidos y atribuciones de este derecho concebido como fundamental.

El debate se complica cuando se ha tratado de inducir, de incluir a toda la cadena productiva, en tanto que el tema de la producción y la comercialización están abordados con mayor amplitud en otros apartados de la Constitución y en leyes secundarias específicas.

En este sentido, la propuesta que se presenta tiene el propósito de ofrecer una alternativa para asegurar el derecho a la alimentación como responsabilidad compartida de la sociedad, la familia y el Estado, siendo obligación de este último garantizar los subsidios necesarios a la población que no cuente con el ingreso suficiente para adquirir la canasta básica de alimentos, asegurando enfáticamente dentro de este grupo de mexicanos las condiciones económicas, sociales y culturales para el desarrollo pleno de las niñas y los niños mexicanos.

Me parece que los principios de supremacía, generalidad de límites a la reformabilidad de permanencia, de integridad, de congruencia y de unicidad, más que ser un dique para la adecuación de la norma superior a la realidad social, nos impele a reformar la Constitución como marco esencial para desplegar otras iniciativas en los niveles normativos secundario y terciario relativos a un problema tan grave y lacerante, como el de la alimentación y nutrición que a todos nos preocupa.

La alimentación, siendo una necesidad vital de todo ser humano, adquiere la naturaleza de derecho tanto porque existen personas y familias que por los problemas estructurales del desarrollo no cuentan con los recursos suficientes para acceder a una alimentación de calidad, como porque los desequilibrios económicos y sociales impiden que por su propio esfuerzo resuelvan esta necesidad elemental.

1574,1575,1576

De ahí que el análisis constitucional comparado sobre el tema, resalte que este derecho está establecido en un sinnúmero de constituciones, sea como derecho fundamental, bien como una obligación del Estado o como una obligación de los padres de alimentar a sus hijos o también como un conjunto armónico de esa diversidad de modalidades.

La propuesta que hoy presentamos es parte de un conjunto de iniciativas, la mayoría de ellas compartidas por las fuerzas políticas aquí representadas; tal es el caso del proyecto de modificaciones presentado el día de hoy por nuestra fracción en torno a la obligatoriedad de la educación preescolar; será también complementada por la iniciativa de reformas a la Constitución que próximamente presentaremos, a efecto de establecer las bases que aseguren y fortalezcan la coordinación de los tres órdenes de gobierno en las acciones del desarrollo social para superar la pobreza extrema.

En consecuencia, con lo anterior proponemos a esta Asamblea, la siguiente

Iniciativa PROYECTO

DE DECRETO

Con que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo primero. Se adiciona después del tercer párrafo del artículo 4o. constitucional, un nuevo párrafo para quedar de la siguiente manera:

"El Estado mexicano, la sociedad, las familias y los individuos son responsables de procurar la alimentación que permita la salud física y mental de cada miembro de la sociedad mexicana. La ley establecerá los subsidios necesarios y los criterios de su asignación a las familias para que la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios apoyen la satisfacción de una dieta asequible que contenga todos los nutrientes necesarios de los alimentos en calidad, cantidad y disponibilidad."

Artículo segundo. Se modifica el séptimo párrafo del artículo 4o. para quedar de la siguiente forma:

"Los ascendientes, tutores y custodios, tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para garantizar el respeto de la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos."

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. La presente reforma entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Firman esta iniciativa: su servidor, los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín, José Ignacio Mendicuti Pavón, Manuel Añorve, José Socorro Velázquez Hernández, José Luis Romero Apis, Gustavo Carvajal Moreno, Víctor Díaz Palacios, Benito Vital Ramírez, Javier González García, Raúl Sicilia, Araceli Domínguez, Jaime Alcántara Silva, Irma Piñeiro, Oscar Alvarado Cook, Rubén García Farías, Agustín Trujillo Iñíguez, Eduardo Abraham Leines Barrera y Fernando Díaz.

Señora Presidenta; compañeras diputadas; compañeros: quiero por último comentar que el establecimiento del derecho a la alimentación en nuestra Constitución, más que una proclama o una aspiración populista o paternalista, debemos de asumirla como el punto de inflexión para desplegar un gran esfuerzo nacional que ordene y movilice a las instituciones de los tres órdenes de Gobierno; que armonice los ordenamientos legales secundarios y terciarios de diverso tipo y asimismo que asegure una asignación justa de recursos fiscales ahí donde el Estado tenga la obligación de canalizar subsidios monetarios o en especie a las familias y a los individuos que carezcan de condiciones o de la protección indispensable para una vida digna.

La otra opción, compañeros diputados, es quedarnos en la formalidad mientras la realidad social de muchas regiones de México nos rebasa y nos golpea la conciencia.

Muchas gracias.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.

Los suscritos, diputados, integrantes de la fracción parlamentaria del PRI, de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción II del artículo 55 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 4o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

EXPOSICION DE MOTIVOS

CONSIDERANDO

Que en enero de 1976, México firmó y ratificó el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, que en su artículo 11 fracción II, se refiere específicamente al derecho a la alimentación y a la necesidad de que los países legislen localmente sobre este derecho.

Que en octubre de 1992, la Comisión Permanente del Congreso aprobó por unanimidad la conmemoración del Día Mundial de la Alimentación que, a nivel internacional, se celebra el 16 de octubre. El acuerdo incluyó un pronunciamiento sobre la necesidad de garantizar la seguridad alimentaria de los mexicanos mediante la inclusión de ese derecho en el marco legal, el cual desató un amplio debate a nivel nacional.

Que en ese mismo mes, diversas organizaciones agrupadas en el frente por el derecho a la alimentación, presentaron una iniciativa de ley para incluir en el texto constitucional el derecho a la alimentación. Dicha iniciativa fue turnada a la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios.

Que dicha comisión organizó audiencias públicas entre octubre de 1992 y julio de 1994. En esta última fecha, fue presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados la iniciativa que adiciona el artículo 4o. constitucional en materia de derecho a la alimentación, misma que fue turnada a las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios. En la iniciativa, que fue suscrita por los diputados: Francisco J. Saucedo y Salvador Juárez García, del PRD; Alberto Jiménez Arroyo y Domingo Alapizco Jiménez, del PRI; José de Jesús Berospe Díaz y Alberto Carrillo, del PFCRN; Servando A. Hernández Camacho y Alfredo Castañeda Andrade, del PARM; Héctor Morquecho Rivera y Francisco Hernández, del PPS; Estanislao Pérez Hernández y Gonzalo Cedilla Valdés, Diputados Independientes; se propuso el siguiente texto:

"Todo ser humano tiene derecho a una alimentación suficiente en calidad y cantidad. El Estado mexicano, la sociedad y las familias son responsables de garantizar la alimentación que permita la salud física y mental de cada miembro de la sociedad mexicana. La ley establecerá las políticas, instrumentos y apoyos necesarios para que la Federación, las entidades federativas y municipios, aseguren la satisfacción de una dieta asequible, que contenga todos los nutrientes necesarios de los alimentos en calidad, cantidad y disponibilidad."

Que durante la Cumbre Mundial sobre Alimentación, celebrada en noviembre de 1996, México signó la Declaración de Roma sobre seguridad alimentaria mundial, en la que se reafirmó "el derecho de toda persona a tener acceso a alimentos sanos y nutritivos, en consonancia con el derecho a una alimentación apropiada y con el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre".

Que algunos de los compromisos adquiridos por México para garantizar la seguridad alimentaria fueron los siguientes: generar condiciones para erradicar la pobreza y la desigualdad; mejorar el acceso físico y económico de todos, en todo momento a alimentos suficientes, nutricionalmente adecuados e inocuos y su utilización efectiva; instrumentar acciones sustentables para la producción suficiente de alimentos; ajustar las políticas comerciales y de abasto para asegurar la provisión alimenticia; estar preparados para actuar frente a desastres naturales, e impulsar y optimizar la inversión pública y privada para fomentar el desarrollo rural, agrícola, pesquero y forestal.

Que en octubre de 1997, la diputada Clara Brugada Molina, del PRD, exhortó a las comisiones encargadas a que aceleraran el dictamen de la iniciativa turnada. Posteriormente, en diciembre de 1998 y en abril de 2000, el diputado Luis Meneses Murillo presentó sendas excitativas a las mismas comisiones para que el dictamen fuera presentado ante el pleno. Finalmente, el pasado 27 de septiembre de 2001, el diputado Pedro Miguel Rosaldo Salazar, de la fracción parlamentaria del PRD, solicitó a la Presidencia de la Cámara enviar una nueva excitativa a las comisiones encargadas, en cuyo poder obra el proyecto referido.

Que, por otro lado, se han dado reformas al mismo artículo 4o., en lo que corresponde al derecho de la niñez, incluyendo el tema de la alimentación.

Que a este efecto, el 12 de noviembre de 1996, la diputada Ofelia Casillas Ontiveros, a nombre de la Comisión de Información Gestoría y Quejas de la LVII, presentó una iniciativa de modificación al artículo 4o., de la Constitución, así como a diversos ordenamientos de la legislación secundaria, relativos en ambos casos a la mejor protección de los derechos de la infancia, incluyendo temas vinculados a salud, educación y nutrición.

Que el 27 octubre de 1998, los diputados Angélica de la Peña Gómez y Alvaro Arceo Corcuera presentaron una iniciativa para modificar el artículo 4o. constitucional, en relación a la protección de los derechos del menor, incluyendo la alimentación.

Que el 9 de diciembre de 1999, el Senado de la República aprobó el dictamen sobre la iniciativa propuesta con antelación, por el senador Alfonso Martínez Domínguez con "algunas modificaciones formales al texto propuesto, a fin de que por un lado se declaren los derechos fundamentales de los menores y se establezca la obligación de los ascendientes de preservar tales derechos".

Que la Cámara de Diputados, en su sesión de diciembre 15 de 1999, resolvió favorablemente sobre el dictamen aprobado por el Senado, así como, respecto de las iniciativas presentadas por los diputados mencionados el 12 de noviembre de 1996 y el 27 octubre de 1998. El texto, finalmente aprobado por el poder revisor de la Constitución, es el siguiente:

Artículo 4o. . .

Las niñas y los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario par propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

Que la trascendencia de esta resolución, no exenta de un debate álgido sobre aspectos formales y de fondo en las visiones diversas sobre el límite que deben tener las reformas constitucionales, radica en que, por un lado, se reconoce por primera ocasión, en la jerarquía constitucional, el derecho a la alimentación, en este caso referido a las niñas y los niños y, por otro, se establece el vínculo entre la alimentación, la educación y la salud como elementos determinantes del fenómeno estructural de la pobreza extrema y por tanto limitantes del bienestar y del desarrollo potencial de la niñez.

Que, no obstante, el texto aprobado en el párrafo octavo del artículo 4o., que a la letra dice: "los ascendientes, tutores y custodios tiene el deber de preservar estos derechos, el Estado proveerá lo necesario para el respeto de dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos"; es limitativo en cuanto a la obligatoriedad del Estado para crear condiciones materiales, sociales y culturales, adecuadas para el desarrollo pleno de la niñez. También limita la posibilidad de que otros sectores de la población como son: las madres lactantes, las personas mayores de 60 años que no tienen acceso a un régimen de seguridad social o en general, las familias, cuyos ingresos son insuficientes para obtener una dieta básica; se beneficien explícitamente del derecho a la alimentación suficiente y de calidad nutricional.

Que, simultáneamente, en los últimos 10 años se ha propiciado un conjunto de modificaciones trascendentes a las políticas públicas, en materia de desarrollo social y descentralización, que impactan significativamente los instrumentos para combatir la desnutrición y garantizar la alimentación, especialmente de los niños menores de cinco años y en edad escolar, de las madres en periodo de lactancia y de las familias en extrema pobreza. Al mismo tiempo, se ha avanzado en una concepción integral que reconoce que, para superar los problemas de marginación y pobreza, es indispensable un enfoque multidimensional que aborde, al mismo tiempo, los problemas de alimentación, salud y educación; de productividad e ingreso, y de acceso a los servicios de agua potable, electrificación, drenaje y vivienda digna.

Que, en efecto, en noviembre de 1996, como parte del Programa Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema, el Gobierno Federal sometió a consideración de esta soberanía, en el proyecto de decreto del presupuesto para el ejercicio de 1997, una estrategia de tres vertientes para superar la pobreza:

a) El Programa de Educación, Salud y Alimentación, como un esfuerzo para romper el círculo de la pobreza extrema, caracterizado por la desnutrición, los altos índices de mortalidad infantil, el abandono escolar y, en general, condiciones de vida insalubres.

b) La creación de oportunidades de empleo e ingreso y

c) La construcción de infraestructura social mediante la descentralización del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social.

1577,1578,1579

Que en el Presupuesto de Egresos y en la Ley de Coordinación Fiscal de los años subsecuentes, por decisión de esta Cámara, se han ampliado y consolidado, tanto la estrategia de la superación de la pobreza, como la de descentralización de recursos a estados y municipios. A la vez, las reglas de operación para el conjunto de programas sociales implicados en el presupuesto, incluyendo los de alimentación, han avanzado de manera sustantiva en la definición de la población beneficiaria de los subsidios, en la transparencia y en las acciones concurrentes de los tres órdenes de gobierno.

Que el Programa de Educación, Salud y Alimentación está integrado por un conjunto de apoyos para la salud y la nutrición, así como con una transferencia monetaria que incentiva la permanencia de las niñas y los niños en las escuelas. También tiene un sentido de género al otorgar mayores estímulos a la permanencia de las niñas en el nivel de secundaria. De acuerdo a las disposiciones de esta Cámara, al final del año deberán otorgarse subsidios y apoyos a 3 millones 200 mil familias, integradas por 17 millones de personas en más de 70 mil comunidades, habiéndose extendido los apoyos a los jóvenes inscritos en el nivel medio superior. Al mismo tiempo se mantiene, aunque en condiciones precarias, la red de abasto social en el campo, el programa de abasto social de leche que subsidia 4 millones 300 mil raciones y el de abasto social de tortilla que subsidia 1 millón 100 mil raciones diarias. Por igual, en cada una de las entidades federativas el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia ha realizado una labor encomiable que ha sido apoyada por los presidentes municipales y muy destacadamente por las asociaciones de asistencia privada, que debemos reconocer e impulsar.

Que pese a los esfuerzos realizados, cerca de 2 millones 300 mil familias que no tienen ingresos suficientes para adquirir la canasta básica, carecen de apoyos permanentes e integrales, como es el caso de los programas ya referidos de alimentación, educación y salud.

Que de acuerdo con los datos oficiales de 1999, la mortalidad por enfermedades nutricionales, de la reproducción y transmisibles, es de 72.5 personas por cada 100 mil habitantes. Además, en el caso de los niños menores de cinco años, la mortalidad por deficiencias de nutrición es de 13.9 niños por cada 100 mil niños de ese rango de edad.

Que lo anterior deriva, entre otras razones, de la dispersión en el enorme número de programas e instituciones involucradas, particularmente en los programas de alimentación y abasto social, así como por la ausencia de un marco normativo que regule adecuadamente, por un lado, el ejercicio de los derechos sociales en las leyes secundarias correspondientes y, por otro, que establezca con precisión las bases de coordinación de los tres órdenes de gobierno en el propósito de superar la pobreza extrema. Por otra parte, el hecho de que una parte importante de la normatividad derive de disposiciones establecidas en el decreto del Presupuesto de Egresos o en reglas de operación, genera incertidumbre y discrecionalidad que, finalmente, afectan la continuidad y la coherencia de los programas, tanto como el grado de compromiso de los tres órdenes de gobierno. De esta manera, por ejemplo, hubo recursos dirigidos al abasto social que no han sido ejercidos; o bien, el caso del gobierno del Distrito Federal, que decidió fortalecer los apoyos al consumo subsidiado de leche y establecer un sistema de transferencia monetaria a los adultos, no inscritos en algún sistema de seguridad social, sin que se haya dado el concurso del Gobierno Federal

Que no obstante que el Gobierno mexicano ha suscrito acuerdos internacionales en favor del derecho a la alimentación y que existe unidad y puntos convergentes de la mayoría de las fracciones parlamentarias sobre la pertinencia de ampliar los horizontes del marco jurídico sobre el tema, a la fecha no se tiene una propuesta acabada sobre las iniciativas de reforma al artículo 4o. constitucional en materia de alimentación.

Quizá uno de los obstáculos para esta reforma se refiere a las diferencias sobre la connotación del derecho a la alimentación reglamentado en ordenamientos secundarios y la delimitación de los contenidos y atribuciones de este derecho concebido como fundamental. El debate se ha complicado cuando se ha tratado de incluir a toda la cadena productiva, en tanto que el tema de la producción y la comercialización están abordados ampliamente en otro apartados de la Constitución y en leyes secundarias específicas.

Que en este contexto, es pertinente actualizar las propuestas de reforma al 4o., constitucional en materia de alimentación, en el marco del fortalecimiento de los derechos sociales y de las políticas públicas para favorecer el desarrollo de los sectores de la población que, material o físicamente, están en condición de desventaja extrema para elevar sus niveles de vida. En este sentido, la propuesta que se presenta tiene el propósito de ofrecer una alternativa para asegurar el derecho a la alimentación como responsabilidad compartida de la sociedad, la familia y el Estado, siendo obligación de este último garantizar los subsidios necesarios a la población que no cuente con el ingreso suficiente para adquirir la canasta básica de alimentos, asegurando enfáticamente, dentro de este grupo de mexicanos, las condiciones económicas, sociales y culturales para el desarrollo pleno de las niñas y los niños mexicanos.

Que, en suma, los principios de supremacía, generalidad, de límites a la reformabilidad, de permanencia, de integridad y congruencia y de identidad y unicidad, más que ser un dique para la actualización de la norma superior a la realidad social, obligan a las adecuaciones pertinentes a la Constitución, como marco esencial para desplegar otras iniciativas en los niveles normativos secundario y terciario, relativos a un problema tan grave y lacerante como el de la alimentación y nutrición que a todos nos preocupa.

Que, en efecto, la alimentación, siendo una necesidad vital de todo ser humano, adquiere la naturaleza de derecho, tanto porque existen personas y familias que por los problemas estructurales del desarrollo no cuentan con los suficientes ingresos para acceder a una alimentación suficiente y de calidad, como porque los desequilibrios económicos y sociales impiden que por su propio esfuerzo resuelvan esta necesidad elemental. De ahí que el análisis constitucional comparado sobre el tema resalte que este derecho está establecido en un sinnúmero de constituciones, sea como un derecho fundamental, bien como una obligación del Estado o como una obligación de los padres de alimentar a sus hijos o como un conjunto armónico de esta diversidad de modalidades.

Que el establecimiento del derecho a la alimentación en nuestra Constitución más que una proclama o una aspiración populista o paternalista, debemos de asumirla como el punto de inflexión para desplegar un gran esfuerzo nacional que ordene y movilice a las instituciones de los tres órdenes de gobierno, que armonice los ordenamientos legales secundarios y terciarios de diversos tipos y asimismo que asegure una asignación justa de recursos fiscales, ahí donde el Estado tenga la obligación de asignar subsidios, monetarios o en especie, a las familias y a los individuos que carezcan de condiciones o de la protección indispensable para una vida digna.

Que la propuesta que hoy presentamos es parte de un conjunto de iniciativas, la mayoría de ellas compartidas por las fuerzas políticas aquí representadas; tal es el caso del proyecto de modificaciones presentado el día de hoy por nuestra fracción en torno a la obligatoriedad de la educación preescolar. Será también complementada por la iniciativa de reformas a la Constitución que próximamente presentaremos a efecto de establecer las bases que aseguren y fortalezcan la coordinación de los tres órdenes de gobierno en las acciones de desarrollo social para superar la pobreza extrema.

En consecuencia de lo anterior, proponemos a esta Asamblea la siguiente

INICIATIVA

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 4o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Artículo primero. Se adiciona, después del tercer párrafo, del artículo 4o. constitucional, un nuevo párrafo, para quedar de la siguiente manera:

"Artículo 4o. . .

. . .

El Estado mexicano, la sociedad, las familias y los individuos, son responsables de procurar la alimentación que permita la salud física y mental de cada miembro de la sociedad mexicana. La ley establecerá los subsidios necesarios y los criterios de su asignación a las familias para que la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, puedan apoyar la satisfacción de una dieta asequible, que contenga todos los nutrientes necesarios de los alimentos en calidad, cantidad y disponibilidad."

Artículo segundo. Se modifica el 7o., párrafo del artículo 4o., para quedar de la siguiente forma:

"Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para garantizar el respeto de la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos."

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. Las presentes reformas entrarán en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2001.— Diputados: Alberto Amador Leal, Jorge Carlos Ramírez Marín, José Ignacio Mendicuti Pavón, Manuel Añorve B., José Socorro Velásquez Hernández, José Manuel Correa A., Efrén Leyva P., José Elías Romero Apis, Gustavo Carvajal Moreno, Víctor E. Díaz Palacios, Benito Vital Ramírez, Javier García González, Raúl Sicilia S., Araceli Domínguez R., Jaime Alcántara S., Irma Piñeyro Arias, Oscar Alvarado C., Rubén García Farías, Agustín Trujillo Iñiguez, Eduardo Abraham Leines Barrera y Fernando Díaz de la Vega.»

Presidencia del diputadoEric Eber Villanueva Mukul

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

La iniciativa del diputado Narciso Alberto Amador Leal, insértese íntegra en la Gaceta Parlamentaria.

Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado José Narro Céspedes, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 80-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

El diputado José Narro Céspedes:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Dice la Constitución en el artículo 123 apartado A fracción X: "El salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo con mercancías ni con vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda sustituir la moneda". Es sobre el salario, no sobre las prestaciones, sobre lo que se tienen que cobrar los impuestos.

Por eso presentamos la siguiente iniciativa de ley, ante este honorable Congreso de la Unión.

"Los suscritos, diputados federales a la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo que disponen los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento Para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 80-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con base en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Desde que nuestro partido obtuvo su registro en 1991, ha tenido entre sus principios fundamentales la defensa de los intereses del pueblo mexicano y en particular de los trabajadores del campo y la ciudad.

Y en ocasión de que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió el pasado 18 de mayo del año en curso la contradicción de tesis entre dos tribunales colegiados de circuito en materia administrativa de nuestra nación, en el sentido de que para determinar el subsidio acreditable contra el impuesto sobre la renta que derive del ingreso de los trabajadores, deben incorporarse a este concepto las cuotas que pagan los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social y las correspondientes al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores.

Ello, por tratarse de erogaciones que hace el patrón como contrapartida de las prestaciones de servicios personales subordinados que recibe del trabajador.

Esta decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación perjudica directamente a los asalariados que reciben los beneficios del subsidio acreditable y se contrapone al espíritu de nuestra Carta Magna que establece en su articulo 123 apartado A, la obligación del Estado mexicano de garantizar un salario remunerado y digno que permita al trabajador reproducirse en condiciones de vida aceptables.

Con esta decisión de la Suprema Corte, queda claro que la política salarial del Gobierno de este país es la de tratar por todos los medios de apoyar a los propietarios de los medios de producción para que a través de bajos salarios se eleven las ganancias de los empresarios. Además, debemos señalar la actitud de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de buscar a toda costa elevar la recaudación tributaria y disminuir el crédito fiscal a los asalariados que gozan de ese beneficio.

1580,1581,1582

Además, al asegurar la continuidad de una política presupuestal austera que impide al trabajador recibir el subsidio acreditable correspondiente, de acuerdo a lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que concibió en su origen a ese subsidio como un mecanismo fiscal de estímulo hacia los grupos de asalariados más ,deprimidos, se alienta la profundización de la pobreza.

Compañeras y compañeros diputados: como a todos nos consta, 1976 fue el último año en el que los salarios reales se elevaron sustancialmente, pero a partir de 1977 hasta nuestros días, los trabajadores mexicanos fueron sometidos a una política salarial restrictiva en aras de que las ganancias de las empresas se elevaran debido a la severa crisis de rentabilidad que padeció la economía mexicana hasta fines de los años ochenta del Siglo XX.

Sin embargo, pese a que el aparato productivo de nuestra nación logró recuperarse y las ganancias se elevaron considerablemente como lo muestran las que obtienen las propias empresas exportadoras que tenemos en la actualidad, los salarios reales en cambio tendieron a la baja hasta alcanzar actualmente un descenso vertiginoso que representa menos de una tercera parte del poder adquisitivo que tenían en 1976.

En repetidas ocasiones hemos señalado que tan sólo en el régimen de Ernesto Zedillo, los salarios reales tuvieron una caída de más del 50% y en lo que va del gobierno actual pese al control de la inflación del que hacen referencia los altos funcionarios federales no se ha visto que ello haya impactado significativamente en el poder de compra de nuestro pueblo.

El resultado de favorecer como política de Estado el crecimiento de las ganancias sin el correspondiente aumento en los salarios reales, ha sido la enorme concentración del ingreso en nuestro país, que incluso el INEGI ha documentado ampliamente a través de su encuesta de ingreso-gasto de las familias mexicanas donde se muestra que los últimos tres deciles, es decir, apenas el 30% de quienes perciben ingresos, concentran más del 60% de la riqueza que se produce anualmente en el territorio nacional.

Lo anterior se ha combinado con una política social austera que no permite el combate frontal a la pobreza extrema que se ha generado en México en el marco de la aplicación de una política neoliberal que pone enorme énfasis en la empresa privada y se olvida del pueblo.

En esas circunstancias, creemos que la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de establecer como criterio legal el considerar como parte de las percepciones de los trabajadores las cuotas que pagan los patrones al IMSS y al Infonavit para determinar el subsidio acreditable, rompe con el espíritu de buscar que quienes producen la riqueza en esta nación, que es el pueblo trabajador, logre mejores niveles de bienestar que le ha sido negado por sus propios gobernantes.

Y con el propósito de evitar diferentes interpretaciones a la redacción del articulo 80-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, hemos considerado conveniente proponer la reforma del párrafo quinto del citado artículo, para dejar claro que las aportaciones que realicen los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto Nacional del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores, así como la del Fondo de Vivienda de los Trabajadores al Servicio del Estado no deben considerarse como parte de las percepciones de los trabajadores para establecer el cálculo del subsidio acreditable.

La importancia de esta reforma estriba, en primer término, en evitar que en lo sucesivo ocurran interpretaciones a la norma en materia fiscal que den lugar a controversias, en segundo lugar, a restablecer el espíritu original que dio lugar al articulo 80-A, en el sentido de beneficiar a los trabajadores asalariados más desfavorecidos mediante estímulos fiscales que se traduzcan en subsidios al salario.

Dado que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación afecta a quienes ya realizaron el cálculo del subsidio acreditable tomando en cuenta las erogaciones señaladas, se hace necesario incorporar en esta reforma un artículo transitorio para las modificaciones al párrafo quinto del artículo en comento, se apliquen en beneficio de todos aquellos contribuyentes y obligados a la retención del impuesto sobre la renta, aún cuando hayan recibido resolución judicial en contra.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo que disponen los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento Para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos al pleno de la honorable Cámara de Diputados, la presente

Iniciativa

Con proyecto de decreto por el que se reforma el quinto párrafo del artículo 80-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Artículo único. Se reforma el párrafo quinto del artículo 80-A, para quedar como sigue:

"Artículo 80-A. . .

. . .

Tabla. . . .

. . .

Para determinar el monto del subsidio acreditable contra el impuesto que se deriva de los ingresos por los conceptos a que se refiere este capítulo, se tomará el subsidio que resulte conforme a la tabla, disminuido en el monto que se, obtenga de multiplicar dicho subsidio por el doble de la diferencia que exista entre la unidad y la proporción que determinen las personas que hagan los pagos por dichos conceptos. La proporción mencionada se calculará para todos los trabajadores del empleador dividiendo el monto total de los pagos efectuados en el ejercicio inmediato anterior que sirva de base para determinar el impuesto en los términos de este capítulo, entre el total de las erogaciones efectuadas en el mismo, por cualquier concepto relacionado con la prestación de servicios personales subordinados, incluyendo, entre otras, a las inversiones y gastos efectuados en relación con previsión social, exceptuando las aportaciones patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores y las aportaciones al Fondo de Vivienda para los Trabajadores al Servicio del Estado, servicios de comedor, comida y transporte proporcionado a los trabajadores, aun cuando no sean deducibles para el empleador ni el trabajador esté sujeto al pago del impuesto por el ingreso derivado de las mismas, sin incluir los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo que se refiere a la Ley Federal del Trabajo. Cuando la proporción determinada sea inferior al 50% no se tendrá derecho al subsidio."

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las reformas contenidas en esta propuesta, se aplicarán en beneficio de todos los contribuyentes y obligados a la retención del impuesto sobre la renta, aun cuando hayan recibido resolución judicial en contra.

Atentamente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2001.— Por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo.— Diputados: Alberto Anaya Gutiérrez, coordinador; José Narro Céspedes, vicecoordinador; Rosalía Peredo Aguilar, Jaime Cervantes Rivera, Rosa Delia Cota Montaño, Félix Castellanos Hernández, Víctor Antonio García Dávila, Juan Carlos Regis Adame, Víctor Roberto Infante, José Manuel Del Río, José Luis Ugalde, Tomás Torres, Jaime Martínez, Rodolfo G. González Guzmán, Carlos Aceves, Rafael López Hernández y Jorge Luis García Vera.»

Presidencia de la diputadaBeatriz Elena Paredes Rangel

La Presidenta:

Gracias, señor diputado.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

PODERES LEGISLATIVO Y EJECUTIVO

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado José Soto Martínez, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de reformas a diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado José Soto Martínez:

«Ciudadanos integrantes de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

El suscrito, diputado José Soto Martínez, integrante de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 41, 49, 50, 51 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción II del artículo 71 de nuestra Carta Magna y con apoyo además en el artículo 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante el pleno de esta Cámara de Diputados una iniciativa de decreto para reformar los artículos 52, 53. 54, 55, 56, 60, 77, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 8o., 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 82, 83, 84, 92, 105, 106, 107, 116, 117, 124, 173, 175, 177, 179, 205, 223, 229, 247, 249, 252, 253. 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262 y 263 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; artículos 50, 52, 54, 55, 56, 61, 62, 63, 65, 66, 69, 71, 72, 73 y 76 de la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral y artículos 14 y 58 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, basándome para ello en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

1. Considerando que la soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo; que todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste y, que el pueblo tiene, en todo tiempo, el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su Gobierno;

2. Considerando que, el supremo poder de la Federación, se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial y que el Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso General, que se dividirá en dos cámaras, una de Diputados y otra de Senadores;

3. Considerando que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos...

4. Considerando que, las elecciones son la forma pacífica y democrática de garantizar la participación de todos los ciudadanos en el ejercicio de la soberanía nacional y la toma de decisiones en la vida pública; que el voto, además de ser el mecanismo por medio del cual los ciudadanos ejercen la soberanía popular, renovando los órganos de gobierno y de representación, es una expresión personal de preferencias políticas que, sumada a las del resto de los ciudadanos, conforman una voluntad colectiva. Que sólo garantizando el respeto a este derecho se asegura la existencia de un sistema republicano, representativo y democrático, tal y como lo señala el artículo 40 de nuestra Constitución y que para que el gobierno del pueblo sea realidad, es indispensable la participación del propio pueblo. Sin ella la democracia es simplemente imposible;

5. Considerando además que, es necesario actualizar y perfeccionar, con base en la experiencia y la voluntad popular, la composición del Congreso mexicano; que es una tarea impostergable transformar a este cuerpo colegiado, en consonancia y a la altura de las expectativas y realidades del pueblo mexicano;

6. Considerando que, es menester agilizar y eficientar la tarea que el electorado, confirió a cada uno de los diputados y senadores. Que para ello es necesaria la reducción de miembros en ambas cámaras del Congreso, con el fin de facilitar las sesiones, debates, procedimientos de discusión y en general, todo su funcionamiento;

7. Considerando que, en el ajuste económico que requiere el país, los gobernantes debemos predicar con el ejemplo y en lugar de aumentar las cargas tributarias a los gobernados, debemos reducir el gasto público;

8. Considerando que, los diputados y senadores estamos obligados a velar por los derechos, no sólo de las mayorías que nos llevaron a ocupar el cargo, sino también de las minorías; por lo que, si bien es cierto que los diputados y senadores por el principio de representación proporcional, respondieron en su momento, a un determinado periodo histórico del país, el momento histórico que ahora vivimos, el cual nos obliga a pensar la política y la sociedad con un enfoque distinto;

9. Considerando que los diputados federales nos debemos a los intereses de la sociedad en tanto representantes de la misma...

1583,1584,1585

En mérito de lo anteriormente expuesto y con fundamento además en lo dispuesto por el artículo 70 de nuestra Carta Magna, se presenta la siguiente

Iniciativa

De decreto para que se reformen los artículos 52, 53, 54, 55, 56, 60, 77, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 8o., 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 82, 92, 105, 106, 116, 117, 124, 173, 175, 177, 179, 205, 223, 229, 247, 249, 252, 253, 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262 y 263 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; artículos 50, 52, 54, 55, 56, 61, 62, 63, 65, 66, 69, 71, 72, 73 y 76 de la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral y artículos 14 y 58 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos:

Artículo primero. Se reforman los artículos 52, 53, 54, 55, 56, 60, 77, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue

"TITULO TERCERO

CAPITULO II

Del Poder Legislativo

Artículo 50. . .

SECCION PRIMERA

De la elección e instalación del Congreso.

Artículo 51. . .

Artículo 52. La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales.

Artículo 53. La demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, sin que en ningún caso la representación de un estado pueda ser menor de dos diputados de mayoría.

Artículo 54. Se deroga.

Artículo 55. Para ser diputado se requieren los siguientes requisitos:

I y II. . .

III. Ser originario del estado en que se haga la elección o vecino de él con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ella.

La vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos públicos de elección popular.

IV a la VII. . .

Artículo 56. La Cámara de Senadores se integrara por 96 senadores, tres por cada Estado y tres por el Distrito Federal, electos según el principio de mayoría relativa. Para estos efectos los partidos políticos deberán registrar su fórmula.

La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años.

Artículo 57. . .

Artículo 58. . .

Artículo 59. . .

Artículo 60. El organismo público previsto en el artículo 41 de esta Constitución, de acuerdo con lo que disponga la ley, declarará la validez de las elecciones de diputados y senadores en cada uno de los distritos electorales uninominales y en cada una de las entidades federativas; otorgará las constancias respectivas a las fórmulas de candidatos que hubiesen obtenido mayoría de votos. Las determinaciones...

Las resoluciones...

SECCION TERCERA

De las facultades del Congreso

Artículo 77. Cada una de las cámaras puede, sin intervención de la otra:

I a la III. . .

IV. Expedir convocatoria para elecciones extraordinarias con el fin de cubrir las vacantes de sus respectivos miembros.

TITULO QUINTO

De los estados de la Federación y del Distrito Federal

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:

I a la VII. . .

VIII. Las relaciones de trabajo entre los municipios y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto en el artículo 123 de esta Constitución y sus disposiciones reglamentarias.

Artículo 116. El poder público de los estados...

Los poderes de los estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las siguientes normas:

I. . .

II. El número de representantes. . .

Los diputados a las legislaturas. . .

Las legislaturas de los estados se integrarán con diputados elegidos según el principio de mayoría relativa, en los términos que señalen sus leyes;

III a la VII. . .

Artículo 122. Definida por el artículo 44 de este...

Son autoridades locales...

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal se integrará con el número de diputados electos según el principio de mayoría relativa, en los términos que señalen esta Constitución y el Estatuto de Gobierno.

El jefe de Gobierno. . .

El Tribunal Superior de Justicia. . .

La distribución de competencias entre los poderes de la Unión y las autoridades locales del Distrito Federal se sujetarán a las siguientes disposiciones:

A. Corresponde al Congreso de la Unión:

I a la V. . .

B. Corresponde al presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

I a la V. . .

C. El Estatuto de Gobierno del Distrito Federal se sujetará a las siguientes bases:

Base primera. Respecta a la Asamblea Legislativa.

I y II. . .

III. Se deroga.

IV. . .

V. . .

Base segunda. . .

Base tercera. . .

Base cuarta. . .

Base quinta. . . "

Artículo segundo. Se reforman los artículos 8o., 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 82, 83, 84, 105, 106, 107, 116, 117, 124, 173, 175, 177, 179, 205, 223, 229, 247, 249, 252, 253, 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262 y 263 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

"LIBRO PRIMERO

De la integración de los poderes Legislativo

y Ejecutivo de la Unión

TITULO SEGUNDO

De la participación de los ciudadanos

en las elecciones

CAPITULO II

De los requisitos de elegibilidad

Artículo 7o.

Artículo 8o.

1.

2. Se deroga.

TITULO TERCERO

De la elección del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y de los integrantes

de la Cámara de Diputados y de la Cámara

de Senadores

CAPITULO I

De los sistemas electorales

Artículo 9o.

Artículo 10. . .

Artículo 11. . .

1. La Cámara de Diputados se integrará por 300 diputados electos según el principio de mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales.

2. La Cámara de Senadores se integrará por 96 senadores que serán electos según el principio de mayoria relativa.

3. Para cada entidad federativa y para el Distrito Federal los partidos políticos deberán registrar una fórmula con tres candidatos a senadores.

4. Se deroga.

CAPITULO II

De la representación proporcional para la integración de las cámaras de Diputados y Senadores y de las fórmulas de asignación

Artículo 12 al 18. Se derogan.

CAPITULO III

Disposiciones complementarias

Artículo 19.

Artículo 20.

1. . .

2. . .

3. Se deroga.

4. Se deroga.

LIBRO TERCERO

Del Instituto Federal Electoral

TITULO SEGUNDO

De los órganos centrales

CAPITULO II

De las atribuciones del consejo general

Artículo 82.

1. El consejo general tiene las siguientes atribuciones:

a) al k). . .

l) Se deroga.

ll) al ñ). . .

o) Registrar las candidaturas a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

p). . .

q) Se deroga.

r) Se deroga.

s) al z). . .

2. . .

CAPITULO III

De las atribuciones de la Presidencia

y del secretario del consejo

general

Artículo 83.

1. Corresponden al presidente del Consejo General las atribuciones siguientes:

a) al h). . .

i) Recibir de los partidos políticos nacionales las solicitudes de registro de candidatos a la Presidencia de la República y someterlas al consejo general para su registro;

j) y k). . .

l) Dar a conocer la estadística electoral, por sección, municipio, distrito y entidad federativa, una vez concluido el proceso electoral;

m) al p). . .

Artículo 84.

1. Corresponde al secretario del consejo general:

a) al k). . .

l) Se deroga.

m) Se deroga.

n) al q). . .

1586,1587,1588

CAPITULO VI

De las direcciones ejecutivas

Artículo 92.

1. La dirección ejecutiva del Registro Federal de Electores tiene las siguientes atribuciones:

a) al h). . .

i) Formular, con base en los estudios que realice, el proyecto de división del territorio nacional en 300 distritos electorales uninominales.

j) al o). . .

TITULO TERCERO

De los órganos en las delegaciones

CAPITULO III

De los consejos locales

Artículo 105.

1. Los consejos locales, dentro del ámbito de su competencia, tienen las siguientes atribuciones:

a) al i). . .

j) Se deroga.

k) al n). . .

Artículo 106. Se deroga.

CAPITULO IV

De las atribuciones de los presidentes

de los consejos locales

Artículo107.

1. Los presidentes de los consejos locales tienen las siguientes atribuciones:

a) al e). . .

f) Expedir la constancia de mayoría y validez de la elección a las fórmulas de candidatos a senadores que hubiesen obtenido la mayoría de votos e informar al consejo general;

g) al i). . .

TITULO CUARTO

De los órganos del instituto en los distritos electorales uninominales

CAPITULO III

De los consejos distritales

Artículo 116.

1. Los consejos distritales tienen, en el ámbito de su competencia, las siguientes atribuciones:

a) al h). . .

i) Efectuar los cómputos distritales y la declaración de validez de las elecciones de diputados, por el principio de mayoría relativa;

j) Realizar los cómputos distritales de las elecciones de senadores por el principio de mayoría relativa;

k) al m) . . .

CAPITULO IV

De las atribuciones de los presidentes

de los consejos distritales

Artículo 117.

1. Corresponde a los presidentes de los consejos distritales:

a) al g) . . .

h) Custodiar la documentación de las elecciones de diputados y de senadores por el principio de mayoría relativa y de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, hasta que concluya el proceso electoral correspondiente;

i) al l) . . .

TITULO QUINTO

De las mesas directivas de casilla

CAPITULO I

Artículo 124.

1. Son atribuciones de los escrutadores de las mesas directivas de casilla:

a). . .

b) Contar el número de votos emitidos a favor de cada candidato o fórmula;

c) y d). . .

LIBRO QUINTO

Del proceso electoral

TITULO PRIMERO

Disposiciones preliminares

Artículo 173.

1. . .

2. Previo a que se inicie el proceso electoral, el Consejo General del Instituto determinar a la demarcación territorial a que se refiere el artículo 53 de la Constitución.

TITULO SEGUNDO

De los actos preparatorios de la elección

CAPITULO I

Del procedimiento de registro de candidatos

Artículo 175.

1. . .

2. Las candidaturas a diputados y senadores a elegirse por el principio de mayoría relativa, se registrarán por fórmulas de candidatos compuestas cada una por un propietario y un suplente y serán consideradas, fórmulas y candidatos, separadamente, salvo para efecto de la votación.

3 y 4. . .

Artículo 176.

Artículo 177.

1. Los plazos y órganos competentes para el registro de las candidaturas en el año de la elección son los siguientes:

a) . . .

b) Se deroga.

c) . . .

d) Se deroga.

e). . .

2. . .

Artículo 178.

Artículo 179.

1 y 2. . .

3. Se deroga.

4 al 6. . .

7. Se deroga.

8. . .

CAPITULO V

De la documentación y el material electoral

Artículo 205.

1. . .

2. Las boletas para la elección del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, senadores y diputados, contendrán:

a) Entidad, distrito, municipio o delegación;

b) al e) . . .

f) En el caso de diputados por mayoría relativa, un solo espacio por cada partido político para comprender la fórmula de candidatos;

g) En el caso de la elección de senadores por mayoría relativa, un solo espacio para comprender las fórmulas de propietarios y suplentes postulados por cada partido político;

h) al j). . .

3 al 6. . .

TITULO TERCERO

De la jornada electoral

CAPITULO II

De la votación

Artículo 223.

1. . .

2. Una vez asentados los datos a que se refiere el inciso anterior, se observará lo siguiente:

a) Si el elector se encuentra fuera de su distrito, podrá votar para diputado, para senadores y para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El presidente de la mesa directiva de casilla le entregará las boletas correspondientes;

b) Si el elector se encuentra fuera de su distrito, pero dentro de su entidad federativa podrá votar para senadores y para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El presidente de la mesa directiva de casilla le entregará las boletas correspondientes.

c) Se deroga.

d) Si el elector se encuentra fuera de su distrito y de su entidad, pero dentro del territorio nacional, únicamente podrá votar por Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El presidente de la mesa directiva de casilla le entregará la boleta correspondientes.

3 y 4. . .

Artículo 229.

1 . . .

2. Se deroga.

TITULO CUARTO

De los actos posteriores a la elección

y los resultados electorales

CAPITULO III

De los cómputos distritales y de la

declaración de validez de las elecciones

de diputados de mayoría relativa

Artículo 247.

1. El cómputo distrital de la votación para diputados se sujetará al procedimiento siguiente:

a) al f). . .

g) Se deroga.

h) e i). . .

Artículo 249.

1. El cómputo distrital de la votación para senadores se sujetará al procedimiento siguiente:

a) al c) . . .

d) Se deroga.

e) . . .

Artículo 252. . .

1. El Presidente del consejo distrital deberá:

a) . . .

b) Se deroga.

c) . . .

d) Se deroga.

e) . . .

Artículo 253.

1. El presidente del consejo distrital, una vez integrados los expedientes se procederá a:

a) al c) . . .

d) Remitir al consejo local de la entidad el expediente de cómputo distrital que contiene las actas originales y documentación de la elección de senadores. De las actas y documentación contenida en dicho expediente enviará copia certificada al secretario ejecutivo del Instituto Federal Electoral;

e) Se deroga.

CAPITULO IV

De los cómputos de entidad federativa

y de la declaración de validez de la elección de senadores por el principio de mayoría relativa

Artículo 255.

1. . .

2. Se deroga.

Artículo 256.

1. El cómputo de entidad federativa es el procedimiento por el cual cada uno de los consejos locales determina, mediante la suma de los resultados anotados en las actas de cómputo distrital de la elección de senadores por el principio de mayoría relativa, la votación obtenida en esta elección en la entidad federativa. Este cómputo se sujetará a las reglas siguientes:

a) y b). . .

c) El consejo local verificará el cumplimiento de los requisitos formales de la elección y asimismo, que los candidatos de las fórmulas para senador que hubiesen obtenido el triunfo por el principio de mayoría relativa, cumplan con los requisitos de elegibilidad previstos en el artículo 7o. de este código;

2. Se deroga.

1589,1590,1591

1592,1593,1594

Artículo 257. . .

1. El presidente del consejo local deberá:

a) Expedir, al concluir la sesión de cómputo de entidad federativa y de declaración de validez de la elección de senadores de mayoría relativa, las constancias de mayoría y validez a las fórmulas para senador que hubiesen obtenido el triunfo;

b) Fijar en el exterior del local del consejo los resultados del cómputo de entidad federativa de esta elección;

c) Remitir a la Oficialia Mayor de la Cámara de Senadores, copia certificada de las constancias expedidas a las fórmulas para senador que hubiesen obtenido el triunfo de mayoría relativa; así como un informe de los medios de impugnación interpuestos;

d). . .

e) Remitir, una vez transcurrido el plazo para la interposición del medio de impugnación correspondiente, al Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, copia certificada del acta de cómputo de entidad, copia de los medios de impugnación interpuesto, del acta circunstanciada de la sesión y el informe del propio Presidente sobre el desarrollo del proceso electoral.

CAPITULO V

De los cómputos de representación proporcional en cada circunscripción

Artículo 258 a 261. Se deroga.

CAPITULO VI

De las constancias de asignación proporcional

Artículos 262 y 263. Se derogan."

Artículo tercero. Se reforman los artículos 50, 52, 54, 55, 56, 61, 62, 63, 65, 66, 69, 71, 72, 73 y 76 de la Ley General de Sistemas de Medio de Impugnación en Materia Electoral (sic), para quedar como sigue:

"LIBRO SEGUNDO

De los medios de impugnación y de las nulidades en materia electoral federal

TITULO CUARTO

Del juicio de inconformidad

CAPITULO I

De la procedencia

Artículo 50.

1. Son actos impugnables a través del juicio de inconformidad, en los términos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y la presente ley, los siguientes:

a) y b). . .

c) Se deroga.

d) En la elección de senadores por el principio de mayoría relativa:

I. Los resultados consignados en las actas de cómputo de entidad federativa, las declaraciones de validez de las elecciones y el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez, por nulidad de la votación recibida en una o varias casillas o por nulidad en la elección;

II. Las determinaciones sobre el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez y

III. . .

e) Se deroga.

Artículo 51.

Artículo 52.

1. . .

2. Se deroga.

3. Se deroga.

4. Se deroga.

Artículo 53.

Artículo 54.

1. . .

a). . .

b) Los candidatos, exclusivamente cuando por motivos de inelegibilidad la autoridad electoral correspondiente decida no otorgarles la constancia de mayoría. En todos los demás casos, sólo podrán intervenir como coadyuvantes en términos de lo establecido en el párrafo tercero del artículo 12 de la presente ley.

CAPITULO V

De los plazos y de los términos

Artículo 55.

1. . .

a). . .

b) Distritales de la elección de diputados, para impugnar los actos a que se refiere el inciso b del párrafo primero del artículo 50 de este ordenamiento y

c) De entidades federativas de la elección de senadores, para impugnar los actos a que se refiere el inciso d del párrafo primero del artículo 50 de este ordenamiento.

Artículo 56.

1. . .

a) al e). . .

f) Revocar la determinación sobre la declaración de validez u otorgamiento de constancias de mayoría y validez en las elecciones de diputados y senadores, según corresponda y

g). . .

TITULO QUINTO

Del recurso de reconsideración

CAPITULO I

De la procedencia

Artículo 61.

1. El recurso de reconsideración sólo procederá para impugnar las sentencias de fondo dictadas por las salas regionales en los juicios de inconformidad que se hayan promovido en contra de los resultados de las elecciones de diputados y senadores, siempre y cuando se cumplan los presupuestos y requisitos establecidos en este ordenamiento.

CAPITULO II

De los presupuestos

Artículo 62.

1. Para el recurso de reconsideración son presupuestos los siguientes:

a) Que la sentencia de la sala regional del tribunal:

I. . .

II. Haya otorgado indebidamente la constancia de mayoría y validez o

III. . .

b) Se deroga.

CAPITULO III

De los requisitos especiales del recurso

Artículo 63.

1. Además de los requisitos establecidos por el párrafo primero del artículo 9o. del presente ordenamiento, con excepción del previsto en el inciso f para la procedencia del recurso de reconsideración, se deberán cumplir los siguientes:

a) y b). . .

c) Expresar agravios por los que se aduzca que la sentencia puede modificar el resultado de la elección. Se entenderá que se modifica el resultado de una elección cuando el fallo pueda tener como efecto:

I a la III. . .

IV. Se deroga.

V. Se deroga.

2. . .

CAPITULO V

De la legitimación y de la personería

Artículo 65.

1. La interposición del recurso de reconsideración corresponde exclusivamente a los partidos políticos por conducto de:

a) al c). . .

d) Se deroga.

2 y 3. . .

CAPITULO VI

De los plazos y de los términos

Artículo 66.

1. El recurso de reconsideración deberá interponerse:

a). . .

b) Se deroga.

Capitulo VIII

De las sentencias

Artículo 69.

1. . .

2. Las sentencias que resuelvan el recurso de reconsideración serán definitivas e inatacables y podrán tener los efectos siguientes:

a) y b). . .

c) Se deroga.

TITULO SEXTO

De las nulidades

CAPITULO I

De las reglas generales

Artículo 71.

1. Las nulidades establecidas en este título podrán afectar la votación emitida en una o varias casillas y en consecuencia, los resultados del cómputo de la elección impugnada; o la elección en un distrito electoral uninominal para la fórmula de diputados de mayoría relativa.

2. . .

3. Los efectos de las nulidades decretadas por el Tribunal Electoral respecto de la votación emitida en una o varias casillas o de una elección en un distrito electoral uninominal o en una entidad federativa, se contraen exclusivamente a la votación o elección para la que expresamente se haya hecho valer el juicio de inconformidad.

Artículo 72.

1. Las elecciones cuyos cómputos, constancias de validez y mayoría no sean impugnadas en tiempo y forma, se considerarán válidas, definitivas e inatacables.

Artículo 73. Se deroga.

CAPITULO III

De la nulidad de la elección de

diputados o de senadores

Artículo 76.

1. Son causales de nulidad de una elección de diputado de mayoría relativa en un distrito electoral uninominal, cualesquiera de las siguientes:

a) y b). . .

c) Cuando los integrantes de la fórmula de candidatos que hubieren obtenido constancia de mayoría sean inelegibles."

Artículo cuarto. Se reforman los artículos 14 y 58 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

1592,1593,1594

TITULO SEGUNDO

De la organización y funcionamiento

de la Cámara de Diputados

CAPITULO I

De la sesión constitutiva de la Cámara

Artículo 14.

1. . .

2. Los diputados electos con motivos de los comicios federales ordinarios para la renovación de la Cámara que hayan recibido su constancia de mayoría y validez, se reunirán en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados el día 29 de agosto de ese año a las 11:00 horas, con objeto de celebrar la sesión constitutiva de la Cámara que iniciará sus funciones el día 1o. de septiembre.

3. . .

4. . .

En los términos de los supuestos previstos por esta ley para la conformación de los grupos parlamentarios, los partidos políticos cuyos candidatos hayan obtenido su constancia de mayoría y validez, comunicarán a la Cámara, por conducto de su secretaría general, a más tardar el 28 de agosto del año de la elección, la integración de su grupo parlamentario, con los siguientes elementos:

a) al c). . .

TITULO TERCERO

De la organización y funcionamiento

de la Cámara de Senadores

CAPITULO I

De la sesión constitutiva de la Cámara

Artículo 58.

1. En el año de la elección para la renovación del Senado de la República, el Secretario General de Servicios Parlamentarios:

a). . .

b) Entregará, a partir del 20 y hasta el 28 de agosto, las credenciales de identificación y acceso de los senadores electos a la sesión constitutiva, con base en las constancias de validez y de mayoría en los términos del inciso anterior y

c). . ."

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones legales y administrativas que se opongan a lo dispuesto por este decreto.

Tercero. Para los efectos del artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en relación al artículo primero del presente decreto, túrnese el mismo al Congreso de la Unión o a la Comisión Permanente, en su caso, para que hagan el cómputo de los votos de las legislaturas de los estados y la declaración de haber sido aprobadas las reformas a la Carta Magna.

Cuarto. El Congreso de la Unión, las legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, dispondrá de seis meses a partir de la publicación de este decreto, para realizar las reformas legales que se derivan del mismo.

Sala de sesiones de la Cámara de Diputados, México, D.F., a.18 de octubre de 2001.— Diputado Federal José Soto Martínez.»

Yo le suplico que se publique en el Diario de los Debates.

Hoy estoy cumpliendo con el mandato del pueblo que me dieron. Esta iniciativa queda en manos de todos nosotros. Tenemos la oportunidad de hacer una reforma de Estado.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La Presidenta:

Muchas gracias, señor diputado.

Túrnese a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública y túrnese, por otra parte, para su conocimiento, a la Comisión Especial de Reforma de Estado. Publíquese íntegramente esta iniciativa en la Gaceta Parlamentaria.

SERVICIOS PORTUARIOS

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Roberto Preciado Cuevas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de reformas a diversos ordenamientos en materia de las administraciones portuarias integrales.

El diputado Roberto Preciado Cuevas:

«Ciudadanos secretarios de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

El suscrito diputado federal integrante del grupo parlamentado del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 37 de la Ley de Puertos; un artículo 232-F a la Ley Federal de Derechos y con una fracción VIII al párrafo primero del artículo 25 y un artículo 45-bis ambos de la Ley de Coordinación Fiscal, con base en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

1. En los últimos años, se han logrado importantes avances en materia jurídica que han permitido fortalecer la autonomía de los municipios y ampliar su capacidad de acción para atender los requerimientos de bienes y servicios públicos de la comunidad; sin embargo, es necesario el establecimiento de instrumentos jurídicos, técnicos, económicos y financieros adicionales para tal propósito.

2. Como se reconoce en el Plan Nacional de Desarrollo, uno de los objetivos prioritarios de la sociedad mexicana es el de propiciar el desarrollo regional mediante el fortalecimiento de su economía, el aprovechamiento racional de los recursos y la creación de infraestructura y servicios, en condiciones sustentables, así como elevar la competitividad de los sectores económicos y elevar la productividad en general.

3. Para impulsar el desarrollo integral de las diversas regiones del país es conveniente promover una mayor participación de las entidades federativas y los municipios, avanzar en la descentralización de facultades, funciones, responsabilidades y recursos, a fin de lograr un mayor equilibrio en los programas y actividades de los distintos niveles de gobierno.

4. Durante los últimos años se ha observado un dinamismo acentuado en la actividad de los puertos sujetos al régimen de concesión integral, cuyo manejo y desarrollo, incluida la prestación de los servicios portuarios, se ha confiado a las Administraciones Portuarias Integrales (APIS) de conformidad con los artículos 20 fracción I y 38 de la Ley de Puertos: los volúmenes, de carga se han incrementado sustancialmente, a un ritmo superior al 5% anual durante el periodo 1995-2000; la capacidad instalada para el manejo de carga no petrolera se ha incrementado de manera muy importante gracias a las importantes inversiones públicas y privadas realizadas; y se han aumentado los niveles de productividad de forma significativa; el número de embarcaciones, trenes y vehículos de autotransporte atendidos en los puertos para la entrada y salida de las mercancías transportadas por esta vía ha crecido aceleradamente.

Las APIS son —salvo una sola excepción—, autosuficientes financieramente e invierten cuantiosos recursos en la modernización, ampliación y promoción de los puertos.

De acuerdo con la fracción II del artículo 20 de la Ley de Puertos, se han otorgado, fuera de las áreas asignadas a las APIS, concesiones singulares para la construcción, operación y explotación de terminales, marinas e instalaciones portuarias y se han conferido permisos para prestar servicios portuarios.

Los titulares de concesiones singulares, así como los prestadores de servicios portuarios, inmersos en un ambiente de sana competencia, han mejorado sus procedimientos de administración y operación y han incorporado la más avanzada tecnología, con lo que han logrado índices de mayor productividad, al tiempo que han creado nuevas fuentes de empleo.

5. Los concesionarios singulares, los permisionarios y señaladamente, las APIS cubren al fisco federal los impuestos sobre la renta, al valor agregado y sobre el activo generados con motivo de su actividad empresarial; enteran el impuesto sobre productos del trabajo y pagan las cuotas que corresponden al IMSS y al Infonavit.

Por lo que toca a las contribuciones por el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes de dominio público, las APIS, los concesionarios singulares y los prestadores de servicios están sujetos a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Puertos, que dice:

"Los administradores portuarios, así como los demás concesionarios, cubrirán al Gobierno Federal, como única contraprestación por el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes del dominio público y de los servicios concesionados, un aprovechamiento cuyas bases y periodicidad de pago se determinarán en los títulos de concesión respectivos tomando en consideración el valor comercial de dichos bienes. En el caso de las administraciones portuarias integrales, se considerará también la potencialidad económica del puerto o grupo de ellos y terminales y el plazo de la concesión. Estos aprovechamientos serán fijados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a propuesta de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

"Los permisionarios a que se refiere esta ley, pagarán, como única contraprestación, la que se fije en la Ley Federal de Derechos."

Por su parte, la Ley Federal de Derechos establece, en sus artículos 232 y 232-A, los que deben cubrir quienes usen, gocen o aprovechen bienes del dominio público de la Federación en los puertos, terminales e instalaciones portuarias o en la zona federal marítima, así como los que son a cargo de los permisionarios de servicios portuarios.

Sin embargo, en materia de impuesto sobre la propiedad raíz, el artículo 115 fracción IV, inciso c de la Constitución dispone que estarán exentos los bienes de dominio público de la Federación, de los estados o los municipios (salvo que dichos bienes se dediquen a fines administrativos o a propósitos distintos de los de su objeto público), por lo que las entidades federativas y los municipios en que se ubican puertos se hallan impedidos de obtener ingresos por ese concepto.

6. El crecimiento de las actividades marítimo portuarias ha provocado un importante incremento en el uso de la infraestructura urbana, particularmente la consistente en accesos y vialidades carreteras y férreas que comunican a los puertos con los lugares de origen o destino de los productos manejados, a la vez que ha determinado un aumento de la demanda de los servicios prestados por los municipios en los que operan puertos, entre los cuales destacan los de seguridad y vigilancia, de alumbrado público, de suministro de agua, de drenaje etcétera.

Los puertos y las empresas que operan en ellos utilizan directa e indirectamente servicios e infraestructura municipal sin contribuir suficientemente a cubrir los costos de operación e inversión, además de que generan tasas más elevadas de desgaste de la infraestructura, una mayor demanda de servicios urbanos y efectos negativos en la vida urbana como son congestionamientos viales y la contaminación ambiental.

No obstante las inversiones que se han realizado en los puertos del país, es necesario desarrollar nuevos programas que permitan su ampliación y modernización, así como garantizar, mediante la prestación eficiente de los servicios municipales antes indicados, la seguridad, la salud y el bienestar de los habitantes de las ciudades de ubicación de dichos puertos.

Para ello y habida cuenta de los requerimientos de inversión de las APIS en la ampliación y modernización de los puertos, que son permanentes y de monto cada vez mayor, es indispensable que los estados y municipios reciban parte de los ingresos fiscales federales derivados de las actividades portuarias, con lo cual se apoyará de manera muy importante a la realización de los programas de desarrollo y operación de la infraestructura urbana vinculada con las actividades marítimo portuarias; a la ampliación y mejoramiento de la oferta de servicios municipales; a lograr una relación puerto-ciudad más sana y armoniosa y al fortalecimiento del federalismo en beneficio de las comunidades asentadas en los litorales del país.

7. El artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos determina los que deben cubrir quienes usen, gocen o aprovechen las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar y, en su último párrafo, dispone que las entidades federativas y municipios que hayan celebrado convenios de colaboración administrativa en materia fiscal con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrán destinar los ingresos que perciban "a la vigilancia, administración, mantenimiento, preservación y limpieza de la zona federal marítimo terrestre, así como a la prestación de los servicios que requiera la misma".

1595,1596,1597

 

Por otro lado, el artículo 232-E de la misma ley faculta a las entidades federativas que estén adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal a celebrar convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, por conducto de sus municipios, ejerzan funciones operativas de administración sobre los ingresos que se obtengan por el uso, goce o aprovechamiento de los bienes nacionales comprendidos en los artículos 113 y 114 de la Ley de Aguas Nacionales distintos de los señalados en las fracciones IV y V del artículo 232 de aquel ordenamiento, así como sobre los que se perciban por el disfrute de los señalados en estas dos últimas fracciones y determina la distribución de tales ingresos y el destino de la porción de ellos que corresponda a los municipios.

Conforme al artículo 9o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2001 (cuyo texto se reproduce año tras año), la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico está facultada para fijar o modificar los aprovechamientos por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público, para lo cual debe tomar en cuenta criterios de eficiencia económica y saneamiento financiero. Entre estos aprovechamientos se incluyen los previstos en el artículo 37 de la Ley de Puertos, el cual ha quedado transcrito anteriormente.

La Ley de Coordinación Fiscal (artículo 1o.) tiene, entre otros propósitos, el de establecer la participación que corresponda a las haciendas públicas de los estados y municipios y, en su artículo 25, prevé la constitución de fondos cuyos recursos se hallan destinados a la consecución y cumplimiento de objetivos específicos.

Con fundamento, entre otros, en las leyes acabadas de mencionar, el Ejecutivo Federal ha celebrado acuerdos de coordinación para establecerla con diversos estados de la Unión en orden al aprovechamiento sustentable de las playas, zona federal marítimo, terrestre y terrenos ganados al mar (cláusula primera). Y, en un instrumento anexo a dichos acuerdos, se ha establecido (cláusula sexta) que, de los ingresos obtenidos, corresponderá el 10% al Estado signante y el 80% al municipio de que se trate.

8. Con el propósito de que los estados y municipios en cuyos territorios se ubican puertos, marinas o instalaciones portuarias obtengan parte de las contraprestaciones fiscales que los concesionarios singulares, los prestadores de servicios portuarios y en especial, las APIS, pagan al Gobierno Federal por el uso, aprovechamiento y explotación de bienes del dominio público federal y los destinen al desarrollo y mantenimiento de la infraestructura y los servicios urbanos, se proponen las siguientes adiciones:

a) Ley de Puertos, artículo 37 (último párrafo nuevo):

Los aprovechamientos a que se refiere este artículo se distribuirán entre la Federación, los estados y los municipios en donde se ubiquen los puertos, de acuerdo con lo que dispongan la Ley Federal de Derechos y la Ley de Coordinación Fiscal.

b) Ley Federal de Derechos (artículo 232-F nuevo):

Las entidades federativas que estén adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y en cuyos territorios se localicen puertos, terminales, marinas o instalaciones portuarias podrán celebrar convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, por conducto de sus municipios, ejerzan funciones operativas y de administración sobre los ingresos que se obtengan por el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes del dominio público y por la prestación de servicios portuarios a que se refieren los artículos 37 de la Ley de Puertos y 232 y 232-A de la Ley Federal de Derechos.

La distribución de los recursos así percibidos y la determinación de su destino específico se ajustarán a lo que disponga la Ley de Coordinación Fiscal. ;

c) Ley de Coordinación Fiscal (artículos 25, fracción VIII y 45-bis nuevos).

Artículo 25 VIII. Fondo para el desarrollo y mantenimiento de infraestructura y servicios urbanos en los municipios en que existan puertos, terminales, marinas o instalaciones portuarias.

Artículo 45-bis. El fondo para el desarrollo y mantenimiento de infraestructura y servicios urbanos a que se refiere la fracción VIII del artículo 25, se constituirá con las participaciones que correspondan a los estados y a los municipios en los derechos y aprovechamientos que se establecen en los artículos 37 de la Ley de Puertos y 232-F de la Ley Federal de Derechos, las cuales serán del 10% y del 80%, respectivamente.

Los recursos constitutivos del fondo se destinarán a apoyar los programas municipales de desarrollo y operación de la infraestructura urbana vinculada con las actividades marítimo portuarias, así como a brindar los servicios municipales que requiere la atención de las necesidades de los habitantes de las zonas colindantes con los puertos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de la Cámara de Diputados la siguiente

Iniciativa

Con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 37 de la Ley de Puertos; un articulo 232-f a la Ley Federal de Derechos y con una fracción VII al párrafo primero del artículo 25 y un artículo 45-bis, ambos de la Ley de Coordinación Fiscal.

Artículo primero. Se adiciona un último párrafo al artículo 37 de Ley de Puertos para quedar como sigue:

"Artículo 37.

. . .

. . .

Los aprovechamientos a que se refiere este artículo se distribuirán entre la Federación, los estados y los municipios en donde se ubiquen los puertos, de acuerdo con lo que dispongan la Ley Federal de Derechos y la Ley de Coordinación Fiscal."

Artículo segundo. Se adiciona un artículo 232-F a la Ley Federal de Derechos. para quedar como sigue:

"Artículo. 232-F. Las entidades federativas que estén adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y en cuyos territorios se localicen puertos, terminales marinas o instalaciones portuarias, podrán celebrar convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, por conducto de sus municipios, ejerzan funciones operativas y de administración sobre los ingresos que se obtengan por el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes de dominio público y por la prestación de servicios portuarios a que se refieren los artículos 37 de la Ley de Puertos y 232 y 232-A de la Ley Federal de Derechos.

La distribución de los recursos así percibidos y la determinación de su destino específico se ajustarán a lo que disponga la Ley de Coordinación Fiscal."

Artículo tercero. Se adiciona con una fracción VIII el párrafo primero del artículo 25, y un artículo 45-bis a la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

"Artículo 25 .

. . .

I a la VII. . .

VIII. Fondo para el desarrollo y mantenimiento de infraestructura y servicios urbanos en los municipios en que existan puertos, terminales marinas o instalaciones portuarias.

Artículo 45-bis. El fondo para el desarrollo y mantenimiento de infraestructura y servicios urbanos a que se refiere la fracción VIII del artículo 25 se constituirá con las participaciones que correspondan a los estados y a los municipios en los derechos y aprovechamientos que se establecen en los artículos 37 de la Ley de Puertos y 232-F de la Ley Federal de Derechos, las cuales serán de 10% y de 80%, respectivamente.

Los recursos constitutivos del fondo se destinarán a apoyar los programas municipales de desarrollo y operación de la infraestructura urbana vinculada con las actividades marítimo-portuarias, así como a brindar los servicios municipales que requiere la atención de las necesidades de los habitantes de las zonas colindantes con los puertos."

ARTICULO TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se deroga cualquier disposición que se oponga al presente decreto.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, D.F., a 18 octubre de 2001.— Diputados: Roberto Preciado Cuevas, Ramón León Morales, José Roberto Escudero Barrera, Jesús Orozco Alfaro, Rafael Rodríguez Barrera, Oscar Levín Coppel, Omar Fayad Meneses, Fernando Martínez, Raúl Cervantes Andrade, Manuel Galán Jiménez, César Duarte Jáquez y Martha Silvia Sánchez González.»

La Presidenta:

Gracias, señor diputado.

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

La Presidenta:

Esta Presidencia informa a nuestros colegas legisladores, que las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural, han entregado el dictamen con proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

En tal virtud, estamos instruyendo para que se publique en la Gaceta Parlamentaria y se distribuya y con ello quede de primera lectura.

El secretario Adrián Rivera Pérez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Agricultura y Ganadería. — Comisión de Desarrollo Rural.

Dictamen de Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Honorable Asamblea: a las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural, les fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la iniciativa de Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada el día 27 de abril del 2001, al pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por el diputado Edgar Consejo Flores Galván, a nombre de las fracciones parlamentarias de los partidos Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Alianza Social y Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional, con fundamento en los artículos 71 fracción II; 72 y 77 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55 fracción II y 90 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

De conformidad con los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 56, 60, 65, 87, 88, 89 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural, habiendo analizado el contenido de la iniciativa de referencia, someten a la consideración de los integrantes de esta honorable Asamblea, el presente dictamen, basándose en los siguientes

ANTECEDENTES

Con base en la necesidad de contar con un instrumento jurídico, que dé seguridad y protección al campo mexicano, el pasado 27 de abril del 2001 el diputado Edgar Consejo Flores Galván, a nombre de las fracciones parlamentarias de los partidos Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Alianza Social y Convergencia por la Democracia, con fundamento en los artículos 71 fracción II; 72 y 77 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55 fracción II y 90 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó la iniciativa de Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

El pleno de la Cámara de Diputados turnó la iniciativa de Ley de Desarrollo Rural Sustentable a la Comisión de Agricultura y Ganadería y, posteriormente, a solicitud de la Comisión de Desarrollo Rural, a través de su presidente, se amplió el turno a la misma, para que unidas y de común acuerdo, emprendieran un exhaustivo análisis del documento y un proceso de consulta con el Ejecutivo Federal, las comisiones homólogas del Senado de la República y con los diversos sectores de la sociedad rural, encaminados a mejorar la iniciativa y obtener el consenso de los sujetos involucrados en el tema. El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional se sumó a los esfuerzos de todos los partidos al análisis del proyecto de ley que permitiera el repunte de ese sector de la economía y por ende, contribuyera al mejoramiento de las condiciones de vida de la población del campo. Dicho proceso se desarrolló con la participación plural de todas las fracciones parlamentarias representadas en esta Cámara de Diputados, en un acto que consolida el carácter soberano del Poder Legislativo, hacia un equilibrio respetuoso y eficaz entre los poderes de la unión.

Se realizó una amplia distribución del proyecto de ley, con énfasis en la Cámara de Senadores, las legislaturas de las entidades de la Federación y los organismos representativos de los productores rurales de los sectores social y privado.

Se llevaron a cabo dos foros preliminares de consulta: el taller sobre desarrollo rural; contenidos y perspectivas, así como el Foro Nacional México hacia el Siglo XXI, en los cuales se vertieron valiosos conceptos sobre la materia.

Se estableció un mecanismo de consulta permanente para recibir propuestas y comentarios a través de los diferentes medios electrónicos y escritos.

1598,1599,1600

Se llevaron a cabo cinco sesiones de trabajo con el Ejecutivo Federal, coordinadas por la Secretaría de Gobernación, con la participación de las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Desarrollo Social y de la Reforma Agraria.

Se realizaron dos sesiones de audiencias públicas: una, con organizaciones del sector social y otra con organismos representativos del sector privado, instituciones académicas y organizaciones no gubernamentales.

Al interior de todas las fracciones parlamentarias representadas en la Cámara de Diputados, se llevaron a cabo reuniones de análisis para fundamentar sus observaciones y aportaciones a la iniciativa.

Con el conjunto de opiniones y propuestas, se integró el proyecto objeto del presente dictamen, el cual fue discutido y aprobado en la reunión de las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural, en su sesión del 18 de octubre del 2001.

Descripción de la iniciativa

1. El proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable satisface adecuadamente los mandatos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para reglamentar la fracción XX del artículo 27; asimismo, de manera respectiva, cumple los mandatos constitucionales de mantener y fortalecer la soberanía nacional y la rectoría del Estado, el reconocimiento de los sectores social y privado, así como el papel del Estado como factor de equilibrio entre ellos; la planeación participativa y el derecho a un medio ambiente adecuado, contenidos en el párrafo quinto del artículo 4o., así como los artículos 25 y 26 de la propia Constitución.

2. El proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable establece un sistema de estructuras e instrumentos de planeación para fortalecer el federalismo e incrementar la eficiencia y la eficacia de las acciones del desarrollo rural, sin generar nuevas cargas burocráticas, que encuentra su centro en el programa especial concurrente, el cual integra y concierta las propuestas sobre los muy diversos aspectos de un desarrollo auténticamente integral, por medio de la comisión intersecretarial; el consejo mexicano para el desarrollo sustentable; con expresiones correlativas en las entidades federativas; los distritos de desarrollo rural y los municipios, los sistemas-producto y los propios distritos de desarrollo rural como infraestructura operativa básica.

La disposición de establecer sistemas busca el mejoramiento y eficacia de la administración pública, así como evitar la dispersión de esfuerzos y recursos destinados al campo, estableciendo mecanismos de coordinación que no implican la creación de nuevas instituciones.

La inclusión en la ley de los sistemas nacionales de fomento a la empresa social rural; de lucha contra la desertificación y la degradación de los recursos naturales, y la de bienestar social rural, aunque no precisa sus contenidos, propicia su formación y definición, ya que actualmente se encuentran incipientemente desarrollados.

3. El proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable plantea la instrumentación de una auténtica política de Estado que, al trascender los cambios propios de una sociedad dinámica, proporciona mayores grados de certidumbre general, con los consecuentes beneficios en el mejoramiento de la vida rural. Destaca como un aspecto fundamental para estos propósitos, el establecimiento de las previsiones multianuales de presupuesto que, sin omitir la indispensable intervención de la Cámara en la autorización anual del Presupuesto de Egresos de la Federación ni la Ley de Gasto Público oriente de manera efectiva la planeación presupuestal y la continuidad de la aplicación de los programas previstos para la ejecución del programa especial concurrente.

4. Entre otros aspectos, destacan la clarificación de las formas de concurrencia de los órdenes de gobierno y la emisión de diversas disposiciones de carácter reglamentario, que el Ejecutivo deberá elaborar a la brevedad, una vez aprobado y promulgado como ley el presente proyecto, como son los reglamentos de los diversos órganos previstos en el mismo.

5. El proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable incorpora medidas efectivas para incrementar la productividad y la competitividad, con una gama coherente de disposiciones que incluye, entre otras, la asignación sustancial de recursos para revertir la descapitalización que sufre el campo; la generación y transferencia de tecnología mediante procedimientos de validación e información; el desarrollo de un mercado moderno con planeación de la producción y concertación con arbitraje entre los diferentes agentes a lo largo de las cadenas productivas; así como esquemas de financiamiento y administración de riesgos con el aprovechamiento sinérgico de las ventajas de la banca de fomento, la privada y la social.

6. El proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable hace énfasis particular en la construcción de capital social, considerando tanto la reconstrucción organizativa en las comunidades y ejidos, como la integración de la organización regional multiactiva y la infraestructura de organización necesaria para la concertación nacional y la formación de frentes comunes, ante los procesos de globalización.

7. El proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable proporciona medios para una efectiva conservación y mejoramiento de las tierras y de los servicios ambientales, al vincular la aplicación de apoyos a mejores prácticas, al establecer mecanismos adecuados para la validación y transferencia de tecnología, al hacer obligatorias las recomendaciones sobre carga animal, al defender el patrimonio de biodiversidad de las comunidades y ejidos y al promover el pago de servicios ambientales, así como el reconocimiento de los beneficios, para la sociedad en general, de la producción sustentable, incluyendo mecanismos de mercado, entre otras disposiciones.

8. El proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable no es la solución completa a las necesidades del campo, ni siquiera se puede considerar como la respuesta definitiva a los problemas de la producción agropecuaria, pero sí un avance significativo en un proceso de gran complejidad. Con esas limitaciones, la iniciativa se ubica en un terreno realista con objeto de desarrollar la institucionalidad necesaria para dar soporte a un proceso de diseño estratégico en el que los actores del campo sean los protagonistas principales. A la vez, aborda los problemas urgentes de la producción agropecuaria con una proyección de largo plazo, que obliga a emprender a la brevedad, un proyecto de mejora legislativa de gran amplitud.

CONSIDERANDOS

Que el campo se encuentra en evidente rezago económico, social y tecnológico; con una difícil situación en los mercados globalizados; una población mayoritaria en condiciones de pobreza y pobreza extrema, forzada a emigrar; sin que existan mejores alternativas de vida y desprovista de los más elementales servicios para el bienestar humano.

Que la degradación de los recursos naturales es inmensa y el ritmo de deterioro continúa, hasta alcanzar un costo mayor a la propia producción del sector.

Que conocemos también de nuestras fortalezas: una dotación extraordinaria de recursos naturales; una ubicación privilegiada en lo que se refiere a las oportunidades de mercados; una rica historia que deviene en activos de capital social que van desde las prácticas de autogestión de las comunidades y redes de solidaridad, hasta sólidas instituciones del Estado; conocimientos propios del lugar donde se inventó la agricultura, que van desde los profundos y sofisticados conocimientos tradicionales y sincréticos, hasta hallazgos de científicos de avanzada.

Que estos diagnósticos muestran un campo desigual: un conjunto inmensamente minoritario que se integra, cada día con mayor dificultad a la agricultura tecnificada; que concurre a los mercados y agrega valor a su producción, aunque no tiene todas las oportunidades para consolidarse; un gran sector de la población que ha sido declarada como no viable y que se debate entre cuatro opciones: arrastrar una vida cada vez más miserable; migrar en busca del cada vez más competido acomodo en el mercado de fuerza de trabajo de las ciudades, los campos comerciales y Estados Unidos; las actividades legales o finalmente, la rebelión.

Que la aportación del sector rural al producto interno bruto es menor al 10%, por lo que cada año es más insignificante y la inversión pública y privada para evitar esa caída persistente es desproporcionadamente decreciente; a la vez, los escasos recursos disponibles se ejercen de manera dispersa y discrecional, con altísimos costos de transacción para los productores.

Que sobre el campo mexicano existe una serie de vacíos legislativos para el desarrollo rural. A la vez el marco jurídico existente se encuentra descoordinado y desarticulado debido a la gran cantidad de decretos y normas específicas que han emitido las diferentes dependencias del Gobierno.

Que los cambios derivados de la globalización y la apertura comercial requieren que nuestro país emprenda una serie de reformas estructurales, con objeto de ordenar la participación estatal en el proceso productivo y definir los apoyos para fortalecer la competitividad y la eficiencia de los productores en el acceso a los mercados.

Que la realidad rural al término del Siglo XX muestra también grandes cambios estructurales: la edad de los campesinos es avanzada y existe ausentismo en los ejidos y comunidades; las mujeres encabezan la producción y la vida de las familias y los jóvenes buscan oportunidades en ámbitos fuera de la producción agropecuaria, que actualmente aporta menos del 60% del ingreso familiar, por lo que los enfoques de política ya no responden a esta nueva realidad rural.

Que el primero y más hondo de los problemas humanos y económicos de México es el problema del campo, por lo que se hace necesario emprender de manera efectiva una nueva etapa que permita la vinculación de las mujeres y los hombres del campo con su tierra, la organización libre y fecunda de los campesinos sin que tenga que estar sujeto a intereses políticos, que permita el crédito suficiente, el aprovechamiento técnico para la eficaz utilización de los recursos naturales y sobre todo el respeto y la seguridad jurídica que brinde justicia social para los campesinos mexicanos.

Que los grupos parlamentarios integrantes de las comisiones dictaminadoras consideran que la justicia social tiene por objeto promover el acceso de las mujeres y hombres del campo, particularmente de sus sectores más desvalidos, a los bienes materiales suficientes para que la comunidad viva de la manera más justa, equitativa y equilibrada que sea posible, con respeto a la libertad personal y la dignidad humana.

La situación del campo es insostenible y son inaplazables y urgentes las medidas que tenemos que tomar, no sólo al rescate de la población rural, sino en pos de la recuperación del sentido de justicia social y de nuestra viabilidad como nación independiente. Por lo que el proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable considera los siguientes títulos:

Título Primero. Define el objeto y aplicación de la ley; enmarca las obligaciones constitucionales del Estado mexicano en materia de políticas, programas y acciones agropecuarias, forestales y de desarrollo rural; prioriza la participación en las regiones marginadas y precisa los sujetos.

Título Segundo. Sobre la planeación y coordinación de la política para el desarrollo rural integral establece la formulación del programa sectorial de corto, mediano y largo plazos; por primera ocasión una ley contempla un programa concurrente mediante la participación de las dependencias y organizaciones de los tres órdenes de gobierno, responsables de la prestación de servicios y la construcción de la infraestructura básica; crea el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural y sus equivalentes en los órdenes estatal, municipal y el Distrito Federal; plantea los términos de la coordinación para el desarrollo rural integral; profundiza en la federalización y la descentralización de funciones, recursos y toma de decisiones, y adopta la demarcación de los distritos de desarrollo rural como base geográfica de atención gubernamental.

Título Tercero. Relativo al fomento agropecuario y el desarrollo rural, la ley expone los aspectos relacionados con el fomento a la producción, industrialización y comercialización; la investigación y la transferencia tecnológica; la capacitación y la asistencia técnica; el concepto de reconversión productiva; la capitalización rural; los apoyos al ingreso, las compensaciones y los pagos directos; la construcción de la infraestructura hidroagrícola, electrificación y caminos rurales; el impulso de la productividad y la formación y consolidación de empresas rurales; la sanidad agropecuaria; la política de comercialización; el sistema financiero rural; la administración de los riesgos; el sistema de información económica y productiva; la promoción de la organización económica; el bienestar social y la atención prioritaria a las zonas de mayor rezago económico; de sostenibilidad y sustentabilidad de la producción rural; en los criterios del servicio nacional de arbitraje de los productos ofertados por la sociedad rural y el concepto y regulación de la seguridad alimentaria como compromiso del Estado para garantizar a la población nacional el abasto suficiente de alimentos.

Título Cuarto. Precisa los criterios y los rubros de los apoyos económicos que con apego a esta ley, serán proporcionados por los tres órdenes de Gobierno.

1601,1602,1603

Por lo anteriormente expuesto, las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural, integradas de manera plural por miembros de los diferentes grupos parlamentarios de los partidos con representación en la LVIII Legislatura, se permiten someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

Proyecto de Ley de Desarrollo

Rural Sustentable

TITULO PRIMERO

Del objeto y aplicación de la ley

Artículo 1o. La presente ley es reglamentaria de la fracción XX del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y es de observancia general en toda la República.

Sus disposiciones son de orden público y están dirigidas a: promover el desarrollo rural sustentable del país, propiciar un medio ambiente adecuado, en los términos del párrafo quinto del artículo 4o. y garantizar la rectoría del Estado y su papel en la promoción de la equidad, en los términos del artículo 25 de la Constitución.

Se considera de interés público el desarrollo rural sustentable que incluye la planeación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización y de los demás bienes y servicios y todas aquellas acciones tendientes a la elevación de la calidad de vida de la población rural, según lo previsto en el artículo 26 de la Constitución, para lo que el Estado tendrá la participación que determina el presente ordenamiento, llevando a cabo su regulación y fomento en el marco de las libertades ciudadanas y obligaciones gubernamentales que establece la Constitución.

Artículo 2o. Son sujetos de esta ley los ejidos, comunidades y las organizaciones o asociaciones de carácter nacional, estatal, regional, distrital, municipal o comunitario de productores del medio rural, que se constituyan o estén constituidas de conformidad con las leyes vigentes y en general, toda persona física o moral que, de manera individual o colectiva, realice preponderantemente actividades en el medio rural.

Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

I. Actividades agropecuarias. Los procesos productivos primarios basados en recursos naturales renovables: agricultura, ganadería (incluye caza) silvicultura y acuacultura (incluye pesca).

II. Actividades económicas de la sociedad rural. Las actividades agropecuarias y otras actividades productivas, industriales, comerciales y de servicios.

III. Agentes de la sociedad rural. Personas físicas o morales de los sectores social y privado que integran a la sociedad rural.

IV. Agroforestal (uso). La combinación de agricultura y ganadería conjuntamente con el cultivo y aprovechamiento de especies forestales.

V. Alimentos básicos y estratégicos. Respectivamente aquellos así calificados por su importancia en la alimentación de la mayoría de la población o su importancia en la economía de los productores del campo o de la industria.

VI. Bienestar social. Satisfacción de las necesidades materiales y culturales de la población incluidas, entre otras: la seguridad social, vivienda, educación, salud e infraestructura básica.

VII. Comisión intersecretarial. La Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable.

VIII. Consejo distrital. El Consejo para el Desarrollo Rural Sustentable del Distrito de Desarrollo Rural.

IX. Consejo estatal. El Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable.

X. Consejo mexicano. El Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable.

XI. Consejo municipal. El Consejo Municipal para el Desarrollo Rural Sustentable.

XII. Constitución. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

XIII. Cosechas nacionales. El resultado de la producción agropecuaria del país.

XIV. Desarrollo rural sustentable. El mejoramiento integral del bienestar social de la población y de las actividades económicas en el territorio comprendido fuera de los núcleos considerados urbanos de acuerdo con las disposiciones aplicables, asegurando la conservación permanente de los recursos naturales, la biodiversidad y los servicios ambientales de dicho territorio.

XV. Desertificación. La pérdida de la capacidad productiva de las tierras, causada por el hombre, en cualquiera de los ecosistemas existentes en el territorio de la República Mexicana.

XVI. Entidades federativas. Los estados de la Federación y el Distrito Federal.

XVII. Estado. Los poderes de la Unión, de las entidades federativas y de los municipios.

XVIII. Estímulos fiscales. Los incentivos otorgados por el Estado a través de beneficios preferentes en el ejercicio de la tributación.

XIX. Marginalidad. La definida de acuerdo con los criterios dictados por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

XX. Ordenes de gobierno. Los gobiernos Federal, de las entidades federativas y de los municipios.

XXI. Organismos genéticamente modificados. Cualquier organismo que posea una combinación de material genético que se haya obtenido mediante la aplicación de biotecnología moderna.

XXII. Productos básicos y estratégicos. Aquellos alimentos que son parte de la dieta de la mayoría de la población en general o diferenciada por regiones y los productos agropecuarios cuyo proceso productivo se relaciona con segmentos significativos de la población rural u objetivos estratégicos nacionales.

XXIII. Programa Especial Concurrente. El Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, que incluye el conjunto de programas sectoriales relacionados con las materias motivo de esta ley.

XXIV. Programas sectoriales. Los programas específicos del Gobierno Federal que establecen las políticas, objetivos, presupuestos e instrumentos para cada uno de los ámbitos del desarrollo rural sustentable.

XXV. Recursos naturales. Todos aquellos bienes naturales renovables y no renovables susceptibles de aprovechamiento a través de los procesos productivos rurales y proveedores de servicios ambientales: tierras, bosques, recursos minerales, agua, comunidades vegetativas y animales y recursos genéticos.

XXVI. Secretaría. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

XXVII. Seguridad alimentaria. El abasto oportuno, suficiente e incluyente de alimentos a la población.

XXVIII. Servicio. Institución pública responsable de la ejecución de programas y acciones específicas en una materia.

XXIX. Servicios ambientales (sinónimo: beneficios ambientales. Los beneficios que obtiene la sociedad de los recursos naturales, tales como la provisión y calidad del agua, la captura de contaminantes, la mitigación del efecto de los fenómenos naturales adversos, el paisaje y la recreación, entre otros.

XXX. Sistema. Mecanismo de concurrencia y coordinación de las funciones de las diversas dependencias e instancias públicas y privadas, en donde cada una de ellas participa de acuerdo con sus atribuciones y competencia para lograr un determinado propósito.

XXXI. Sistema-producto. El conjunto de elementos y agentes concurrentes de los procesos productivos de productos agropecuarios, incluidos el abastecimiento de equipo técnico, insumos productivos, recursos financieros, la producción primaria, acopio, transformación, distribución y comercialización.

XXXII. Soberanía alimentaria. La libre determinación del país en materia de producción, abasto y acceso de alimentos a toda la población, basada fundamentalmente en la producción nacional.

Artículo 4o. Para lograr el desarrollo rural sustentable el Estado, con el concurso de los diversos agentes organizados, impulsará un proceso de transformación social y económica que reconozca la vulnerabilidad del sector y conduzca al mejoramiento sostenido y sustentable de las condiciones de vida de la población rural, a través del fomento de las actividades productivas y de desarrollo social que se realicen en el ámbito de las diversas regiones del medio rural, procurando el uso óptimo, la conservación y el mejoramiento de los recursos naturales y orientándose a la diversificación de la actividad productiva en el campo, incluida la no agrícola, a elevar la productividad, la rentabilidad, la competitividad, el ingreso y el empleo de la población rural.

Artículo 5o. En el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados a los siguientes objetivos:

I. Promover el bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo y en general, de los agentes de la sociedad rural, mediante la diversificación y la generación de empleo, incluyendo el no agropecuario en el medio rural, así como el incremento del ingreso;

II. Corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral del Estado que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable;

III. Contribuir a la soberanía y seguridad alimentaría de la nación mediante el impulso de la producción agropecuaria del país;

IV. Fomentar la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su aprovechamiento sustentable y

V. Valorar las diversas funciones económicas, ambientales, sociales y culturales de las diferentes manifestaciones de la agricultura nacional.

Artículo 6o. Tendrán carácter prioritario las acciones que el Estado, a través de los tres órdenes de gobierno y en los términos de las leyes aplicables, realice en el medio rural. En dichas acciones, que se efectuarán bajo los criterios de equidad social y de género, integralidad, productividad y sustentabilidad, podrán participar los sectores social y privado.

Los compromisos y responsabilidades que en materia de esta ley, el Gobierno Federal acuerde frente a los particulares y a los otros órdenes de gobierno, deberán quedar establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo y en los programas sectoriales y especiales aplicables y se atenderán en los términos que proponga el Ejecutivo Federal y apruebe la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

El Ejecutivo Federal considerará las adecuaciones presupuestales, en términos reales, que de manera progresiva se requieran en cada periodo para propiciar el cumplimiento de los objetivos y metas de mediano plazo; de desarrollo rural sustentable que establezca el Plan Nacional de Desarrollo.

Artículo 7o. Para impulsar el desarrollo rural sustentable, el Estado promoverá la capitalización del sector mediante obras de infraestructura básica y productiva y de servicios a la producción así como a través de apoyos directos a los productores, que les permitan realizar las inversiones necesarias para incrementar la eficiencia de sus unidades de producción, mejorar sus ingresos y fortalecer su competitividad.

El Estado fomentará la inversión en infraestructura a fin de alcanzar los siguientes objetivos:

I. Promover la eficiencia económica de las unidades de producción y del sector rural en su conjunto;

II. Mejorar las condiciones de los productores y demás agentes de la sociedad rural para enfrentar los retos comerciales y aprovechar las oportunidades de crecimiento derivadas de los acuerdos y tratados sobre la materia;

III. Incrementar, diversificar y reconvertir la producción para atender la demanda nacional, fortalecer y ampliar el mercado interno, así como mejorar los términos de intercambio comercial con el exterior;

IV. Aumentar la capacidad productiva para fortalecer la economía campesina, el autoabasto y el desarrollo de mercados regionales que mejoren el acceso de la población rural a la alimentación y los términos de intercambio;

V. Fomentar el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales productivos, que permitan aumentar y diversificar las fuentes de empleo e ingreso y

VI. Mejorar la cantidad y la calidad de los servicios a la población.

Artículo 8o. Las acciones de desarrollo rural sustentable que efectúe el Estado, atenderán de manera diferenciada y prioritaria a las regiones y zonas con mayor rezago social y económico, mediante el impulso a las actividades del medio rural, el incremento a la inversión productiva, el fomento a la diversificación de oportunidades de empleo e ingreso y la promoción de vínculos entre los ámbitos rural y urbano para facilitar a los agentes de la sociedad rural el acceso a los apoyos que requiere su actividad productiva, así como a los servicios para su bienestar.

Para lo anterior, el Estado promoverá lo necesario para formular y llevar a cabo programas de atención especial, con la concurrencia de los instrumentos de política de desarrollo social y de población a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, de las entidades federativas y los municipios.

1604,1605,1606

Artículo 9o. Los programas y acciones para el desarrollo rural sustentable que ejecute el Gobierno Federal, así como los convenidos entre éste y los gobiernos de las entidades federativas y municipales, especificarán y reconocerán la heterogeneidad socioeconómica y cultural de los sujetos de esta ley, por lo que su estrategia de orientación, impulso y atención deberá considerar tanto los aspectos de disponibilidad y calidad de los recursos naturales y productivos como los de carácter social, económico, cultural y ambiental. Dicha estrategia tomará en cuenta, asimismo, los distintos tipos de productores, en razón del tamaño de sus unidades de producción o bienes productivos, así como de la capacidad de producción para excedentes comercializables o para el autoconsumo.

Para el cumplimiento de lo anterior, la comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, establecerá una tipología de productores y sujetos del desarrollo rural sustentable, utilizando para ello la información y metodología disponibles en las dependencias y entidades públicas y privadas competentes.

Artículo 10. Para los propósitos de esta ley se crea la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable.

Artículo 11. Las acciones para el desarrollo rural sustentable mediante obras de infraestructura y de fomento de las actividades económicas y de generación de bienes y servicios dentro de todas las cadenas productivas en el medio rural, se realizarán conforme a criterios de preservación, restauración, aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la biodiversidad, así como prevención y mitigación del impacto ambiental.

TITULO SEGUNDO

De la planeación y coordinación

de la política para el desarrollo

rural sustentable

CAPITULO I

De la planeación del desarrollorural sustentable

Artículo 12. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional y la conducción de la política de desarrollo rural sustentable, las cuales se ejercerán por conducto de las dependencias y entidades del Gobierno Federal y mediante los convenios que éste celebre con los gobiernos de las entidades federativas y a través de éstos, con los gobiernos municipales según lo dispuesto por el artículo 25 de la Constitución.

Artículo 13. De conformidad con la Ley de Planeación y el Plan Nacional de Desarrollo, se formulará la programación sectorial de corto, mediano y largo plazos con los siguientes lineamientos:

I. La planeación del desarrollo rural sustentable, tendrá el carácter democrático que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes relativas. Participarán en ella el sector público por conducto del Gobierno Federal, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, en los términos del tercer párrafo del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los sectores social y privado a través de sus organizaciones sociales y económicas legalmente reconocidas y demás formas de participación que emanen de los diversos agentes de la sociedad rural;

II. En los programas sectoriales se coordinará y dará congruencia a las acciones y programas institucionales de desarrollo rural sustentable a cargo de los distintos órdenes de gobierno y de las dependencias y entidades del sector. El Ejecutivo Federal, en coordinación con los estados y los municipios, en su caso y a través de las dependencias que corresponda, de acuerdo con este ordenamiento, hará las previsiones necesarias para financiar y asignar recursos presupuéstales que cumplan con los programas, objetivos y acciones en la materia, durante el tiempo de vigencia de los mismos;

III. Los programas sectoriales constituirán el marco de mediano y largo plazos donde se establezca la temporalidad de las acciones a cargo de los diferentes órdenes de Gobierno, de manera que se proporcione a los productores mayor certidumbre en cuanto a las directrices de política y previsiones programáticas en apoyo del desenvolvimiento del sector y que aquéllos alcancen la productividad, rentabilidad y competitividad que les permita fortalecer su concurrencia en los mercados nacional e internacional;

IV. La comisión Intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, podrá establecer programas especiales, sectoriales y especiales concurrentes de emergencia si ocurrieran contingencias que así lo justifiquen;

V. A través de los distritos de desarrollo rural, se promoverá la formulación de programas a nivel municipal y regional o de cuencas, con la participación de las autoridades, los habitantes y los productores en ellos ubicados. Dichos programas deberán ser congruentes con los programas sectoriales y el Plan Nacional de Desarrollo;

VI. El programa sectorial que en el marco del federalismo apruebe el Ejecutivo Federal especificará los objetivos, prioridades, políticas, estimaciones de recursos presupuéstales, así como los mecanismos de su ejecución, descentralizando en el ámbito de las entidades federativas, municipios y regiones la determinación de sus prioridades, así como de los mecanismos de gestión y ejecución con los que se garantice la amplia participación de los agentes de la sociedad rural. De igual forma, dicho programa determinará la temporalidad de los programas institucionales, regionales y especiales en términos de los artículos 22, 23, y 40 de la Ley de Planeación y 19 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal;

VIl. La planeación nacional en la materia deberá propiciar la programación del desarrollo rural sustentable de cada entidad federativa y de los municipios y, su congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo;

VIII. Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley de Planeación, la participación social en la programación sectorial se realizará a través de las organizaciones nacionales integradas en el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, a que se refiere el articulo 17 de la presente ley y

IX. La programación para el desarrollo rural sustentable de mediano plazo deberá comprender tanto acciones de impulso a la productividad y competitividad, como medidas de apoyos tendientes a eliminar las asimetrías con respecto a otros países.

Artículo 14. En el marco del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales de las dependencias y entidades que la integren, la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable propondrá al Ejecutivo Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7o., 9o. y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 19 y 26 de la Ley de Planeación, el programa especial concurrente para el desarrollo rural sustentable que comprenderá las políticas públicas orientadas a la generación y diversificación de empleo y a garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a las poblaciones económica y socialmente débiles.

La comisión intersecretarial, en los términos del artículo 13 de este ordenamiento, considerará las propuestas de las organizaciones que concurren a las actividades del sector y del consejo mexicano, a fin de incorporarlas en el programa especial concurrente. Igualmente, incorporará los compromisos que conforme a los convenios respectivos asuman los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como establecerá las normas y mecanismos de evaluación y seguimiento a su aplicación.

La comisión intersecretarial, a petición del Ejecutivo Federal, hará las consideraciones necesarias para atender lo que dispone la fracción II del artículo 13 de esta ley.

Artículo 15. El programa especial concurrente al que se refiere el artículo anterior, fomentará acciones en las siguientes materias:

I. Actividades económicas de la sociedad rural;

II. Educación para el desarrollo rural sustentable;

III. La salud y la alimentación para el desarrollo rural sustentable;

IV. Planeación familiar;

V. Vivienda para el desarrollo rural sustentable;

VI. Infraestructura y el equipamiento comunitario y urbano para el desarrollo rural sustentable;

VIl. Combate a la pobreza y la marginación en el medio rural;

VIII. Política de población para el desarrollo rural sustentable;

IX. Cuidado al medio ambiente rural, la sustentabilidad de las actividades socioeconómicas en el campo y a la producción de servicios ambientales para la sociedad;

X. Equidad de género, la protección de la familia, el impulso a los programas de la mujer, los jóvenes, la protección de los grupos vulnerables, en especial niños, discapacitados, personas con enfermedades terminales y de la tercera edad en las comunidades rurales;

XI. Impulso a la educación cívica, a la cultura de la legalidad y combate efectivo a la ilegalidad en el medio rural;

XIl. Impulso a la cultura y al desarrollo de las formas específicas de organización social y capacidad productiva de los pueblos indígenas, particularmente para su integración al desarrollo rural sustentable de la nación;

XIII. Seguridad en la tenencia y disposición de la tierra;

XIV. Promoción del empleo productivo, incluyendo el impulso a la seguridad social y a la capacitación para el trabajo en las áreas agropecuaria, comercial, industrial y de servicios;

XV. Protección a los trabajadores rurales en general y a los jornaleros agrícolas y migratorios en particular;

XVI. Impulso a los programas de protección civil para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población rural en situaciones de desastre;

XVII. Impulso a los programas orientados a la paz social y

XVIII. Las demás que determine el Ejecutivo Federal.

Artículo 16. El Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable será aprobado por el Presidente de la República dentro de los seis meses posteriores a la expedición del Plan Nacional de Desarrollo, se publicará en el Diario Oficial de la Federación y se difundirá ampliamente entre la población rural del país. Dicho programa estará sujeto a las revisiones, evaluaciones y ajustes previstos por las leyes aplicables con la participación del consejo mexicano.

El Ejecutivo Federal establecerá las previsiones presupuestarias necesarias para la instrumentación del Programa Especial Concurrente, para lo cual la comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, formulará el presupuesto correspondiente, el cual contemplará al menos la vigencia temporal de los programas sectoriales relacionados con las materias de esta ley. Las previsiones presupuestales anuales para la ejecución del Programa Especial Concurrente serán integradas a los proyectos de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo 17. Se crea el consejo mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable como instancia consultiva del Gobierno Federal, con carácter incluyente y representativo de los intereses de los productores y agentes de la sociedad rural. Este consejo se integrará con los miembros de la comisión intersecretarial previstos en el artículo 21 de esta ley, representantes, debidamente acreditados, de las organizaciones nacionales del sector social y privado rural; de las organizaciones nacionales agroindustriales, de comercialización y por rama de producción agropecuaria y de los comités de los sistemas producto, instituciones de educación e investigación y organismos no gubernamentales, de acuerdo a los temas a tratar, en los términos de las leyes y las normas reglamentarias vigentes. Será presidido por el titular de la Secretaría y operará en los términos que disponga su reglamento interior.

La participación del consejo mexicano, junto con la comisión intersecretarial, consistirá en la emisión de opiniones y la coordinación de las actividades de difusión y promoción hacia los sectores sociales representados de los programas, acciones y normas relacionadas con el Programa Especial Concurrente, así como de los sistemas contemplados en la presente ley.

Artículo 18. El consejo mexicano y los demás organismos e instancias de representación de los diversos agentes y actores de la sociedad rural, serán los encargados de promover que en el ámbito de las entidades federativas, los municipios y regiones, se tenga la más amplia participación de las organizaciones y demás agentes y sujetos del sector, como bases de una acción descentralizada en la planeación, seguimiento, actualización y evaluación de los programas. de fomento agropecuario y de desarrollo rural sustentable a cargo del Gobierno Federal.

Para cumplir con sus funciones el consejo mexicano formará comisiones de trabajo en los temas sustantivos materia de la presente ley.

1607,1608,1609

CAPITULO II

De la coordinación para el desarrollorural sustentable

Artículo 19. Con objeto de que la gestión pública que se realice para cumplir esta ley constituya una acción integral del Estado en apoyo al desarrollo rural sustentable, el Ejecutivo Federal, por conducto de la comisión intersecretarial, coordinará las acciones y programas de las dependencias y entidades, relacionadas con el desarrollo rural sustentable.

El Ejecutivo Federal, mediante los convenios que al respecto celebre con los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, propiciará la concurrencia y promoverá la corresponsabilidad de los distintos órdenes de gobierno, en el marco del federalismo y la descentralización como criterios rectores de la acción del Estado en aquellas materias.

Artículo 20. La comisión intersecretarial será responsable de atender, coordinar y dar el seguimiento correspondiente a los programas sectoriales y especiales que tengan como propósito impulsar el desarrollo rural sustentable. Asimismo, será la responsable de promover y coordinar las acciones y la concertación de la asignación de responsabilidades a las dependencias y entidades federales competentes en las materias de la presente ley.

Artículo 21. La comisión intersecretarial estará integrada por los titulares de las siguientes dependencias del Ejecutivo Federal:

a) La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, cuyo titular la presidirá;

b) La Secretaría de Economía;

c) La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

d) La Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

e) La Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

f) La Secretaría de Salud;

g) La Secretaría de Desarrollo Social;

h) La Secretaría de la Reforma Agraria;

i) La Secretaría de Educación Pública y las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo que se consideren necesarias, de acuerdo con los temas de que se trate.

Cada uno de los integrantes de la comisión tendrá un suplente que, en el caso de las dependencias, será el subsecretario que tenga mayor relación con los asuntos del desarrollo rural.

La comisión intersecretarial, a través de su Presidente, podrá convocar a las sesiones a otras dependencias del Ejecutivo Federal y a entidades del sector público, con objeto de que informen de los asuntos de su competencia, relacionados con el desarrollo rural sustentable.

La comisión intersecretarial propondrá al Ejecutivo Federal las políticas y criterios para la formulación de programas y acciones de las dependencias y entidades del sector público y evaluará, periódicamente, los programas relacionados con el desarrollo rural sustentable. En su caso, la comisión intersecretarial someterá a la aprobación del Ejecutivo Federal nuevos programas de fomento agropecuario y de desarrollo rural sustentable para ser incluidos en el proyecto de Presupuesto de Egresos correspondiente.

Artículo 22. La comisión intersecretarial a través de las dependencias y entidades que la integran, ejecutará las acciones previstas en este título, de acuerdo con la competencia que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Planeación; en tal virtud contará con los órganos desconcentrados y demás estructuras que se determinen en su reglamento y otras disposiciones aplicables.

Asimismo, la comisión intersecretarial, mediante la concertación con las dependencias y entidades del sector público y con los sectores privado y social, aprovechará las capacidades institucionales de éstos y las propias de las estructuras administrativas que le asigna su reglamento, para integrar los siguientes sistemas y servicios especializados:

I. Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable;

II. Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral;

III. Sistema Nacional de Fomento a la Empresa Social Rural;

IV. Sistema Nacional de Lucha contra la Desertificación y la Degradación de los Recursos Naturales;

V. Sistema Nacional de Bienestar Social Rural;

VI. Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable;

VII. Sistema Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agropecuaria y Alimentaria;

VIII. Sistema Nacional de Financiamiento Rural;

IX. Sistema Nacional de apoyos a los programas inherentes a la política de fomento al desarrollo rural sustentable, en los siguientes aspectos:

a) Apoyos, compensaciones y pagos directos al productor;

b) Equipamiento rural;

c) Reconversión productiva y tecnológica;

d) Apoyos a la comercialización agropecuaria;

e) Asistencia técnica;

f) Apoyos y compensaciones por servicios ambientales;

g) Estímulos fiscales y recursos del ramo 33 para el desarrollo rural sustentable establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal;

h) Finanzas rurales;

i) Apoyos convergentes por contingencias y

j) Todos los necesarios para la aplicación del Programa Especial Concurrente en las materias especificadas en el artículo 15 de esta ley.

X. Servicio Nacional de Normalización e Inspección de Productos Agropecuarios y del Almacenamiento;

XI. Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agropecuaria y Alimentaria;

XII. Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas;

XIII. Servicio Nacional del Registro Agropecuario;

XIV. Servicio Nacional de Arbitraje del Sector Rural y

XV. Servicio Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral.

La comisión intersecretarial con la participación del consejo mexicano, determinará los lineamientos generales de operación y los integrantes de los sistemas y servicios previstos en este artículo, acorde con la normatividad constitucional y legal vigentes.

CAPITULO III

De la federalización y la descentralización

Artículo 23. El federalismo y la descentralización de la gestión pública serán criterios rectores para la puesta en práctica de los programas de apoyo para el desarrollo rural sustentable.

Los convenios que se celebren entre el Gobierno Federal, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, se ajustarán a dichos criterios y conforme a los mismos determinarán su corresponsabilidad en lo referente a la ejecución de las acciones vinculadas al desarrollo rural sustentable.

El plan nacional de desarrollo, constituirá el marco de referencia de los tres órdenes de gobierno a fin de que los criterios del federalismo y la descentralización en él establecidos, orienten sus acciones y programas para el desarrollo rural sustentable.

Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal darán curso a sus acciones con base en lo previsto igualmente en el plan nacional de desarrollo y el Programa Especial Concurrente con atención prioritaria a las zonas de mayor rezago económico y social, ajustándose a lo que ordena la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y demás ordenamientos legales vigentes.

Artículo 24. Con apego a los principios de federalización, se integrarán consejos para el desarrollo rural sustentable, homologados al consejo mexicano, en los municipios, en los distritos de desarrollo rural y en las entidades federativas. Los convenios que celebre la Secretaría con los gobiernos de las entidades federativas preverán la creación de estos consejos, los cuales serán además, instancias para la participación de los productores y demás agentes de la sociedad rural en la definición de prioridades regionales, la planeación y distribución de los recursos que la Federación, las entidades federativas y los municipios destinen al apoyo de las inversiones productivas y para el desarrollo rural sustentable conforme al presente ordenamiento

Los consejos estatales de varias entidades federativas que coincidan en una región común o cuenca hidrológica, podrán integrar consejos regionales interestatales en dichos territorios.

Artículo 25. Los consejos estatales podrán ser presididos por los gobernadores de las entidades federativas. Serán miembros permanentes de los consejos estatales los representantes de las dependencias estatales que los gobiernos de las entidades federativas determinen; los representantes de las dependencias y entidades que forman parte de la comisión intersecretarial y los representantes de cada uno de los distritos de desarrollo rural, así como los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y social del sector rural, en forma similar a la integración que se adopta para el consejo mexicano.

Serán miembros permanentes de los consejos distritales los representantes de las dependencias y entidades presentes en el área correspondiente, que forman parte de la comisión intersecretarial, los funcionarios de las entidades federativas que las mismas determinen y los representantes de cada uno de los consejos municipales, así como los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y social del sector rural, en forma similar a la integración que se adopta para el consejo mexicano.

Serán miembros permanentes de los consejos municipales: los presidentes municipales, quienes los podrán presidir; los representantes en el municipio correspondiente de las dependencias y de las entidades participantes, que formen parte de la comisión intersecretarial; los funcionarios de las entidades federativas que las mismas determinen y los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y social del sector rural en el municipio correspondiente, en forma similar a la integración que se adopta para el consejo mexicano.

La integración de los consejos estatales deberá ser representativa de la composición económica y social de la entidad y en ellos las legislaturas locales podrán participar en los términos en que sean convocadas a través de sus comisiones.

La organización y funcionamiento de los consejos estatales, distritales y municipales se regirán por los estatutos que al respecto se acuerden entre el Gobierno Federal y los de las entidades federativas, quedando a cargo del primero la expedición de reglas generales sobre la materia, para la atención de los asuntos de su competencia.

Artículo 26. En los consejos estatales se articularán los planteamientos, proyectos y solicitudes de las diversas regiones de la entidad, canalizados a través de los distritos de desarrollo rural. Los consejos municipales definirán la necesidad de convergencia de instrumentos y acciones provenientes de los diversos programas sectoriales, mismos que se integrarán al programa especial concurrente.

Artículo 27. El Gobierno Federal celebrará con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación de las consejos estatales correspondientes, los convenios necesarios para definir las responsabilidades de cada uno de los órdenes de gobierno en el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas sectoriales. En estos convenios se establecerá la responsabilidad de los gobiernos de las entidades federativas para promover la oportuna concurrencia en el ámbito estatal de otros programas sectoriales que, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sean responsabilidad de las diferentes dependencias y entidades federales.

Los convenios a que se refiere este capítulo establecerán los lineamientos conforme a los cuales las entidades federativas realizarán las actividades y dictarán las disposiciones necesarias para cumplir los objetivos y metas del programa sectorial.

1610,1611,1612

Dichos convenios establecerán las bases para determinar las formas de participación de ambos órdenes de gobierno, incluyendo, entre otras, las siguientes:

I. La intervención de las autoridades estatales en el ejercicio descentralizado de las atribuciones que asigna a la Secretaría la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en los términos de esta ley y de las disposiciones que regulan las materias consideradas en ella;

II. La programación de actividades que especifique las responsabilidades operativas y presupuestales en el cumplimiento de los objetivos y metas del programa sectorial y en el que deban aplicarse recursos federales y de la propia entidad;

III. El compromiso de las entidades federativas para promover regulaciones congruentes y acordes con la planeación y legislación nacional en materia de desarrollo rural sustentable;

IV. El compromiso de los gobiernos de las entidades federativas de hacer del conocimiento público los programas derivados de estos convenios, así como la aplicación, distribución y entrega de los recursos a nivel de beneficiario;

V. La adopción de la demarcación espacial de los distritos de desarrollo rural, como base geográfica para la cobertura territorial de atención a los productores del sector rural, así como para la operación y seguimiento de los programas productivos y de los servicios especializados definidos en la presente ley, sin detrimento de lo que acuerden en otros instrumentos jurídicos;

VI. La corresponsabilidad para la organización y desarrollo de medidas de inocuidad, sanidad vegetal y salud animal;

VII. La participación de las acciones del gobierno de la entidad federativa correspondiente en los programas de atención prioritaria a las regiones de mayor rezago económico y social, así como las de reconversión productiva;

VIII. La participación del gobierno de la entidad federativa en el desarrollo de infraestructura y el impulso a la organización de los productores para hacer más eficientes los procesos de producción, industrialización, servicios, acopio y comercialización que ellos desarrollen;

IX. La participación de los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios, tomando como base la demarcación territorial de los distritos de desarrollo rural u otras que se convengan, en la captación e integración de la información que requiera el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable. Asimismo, la participación de dichas autoridades en la difusión de la misma a las organizaciones sociales, con objeto de que dispongan de la mejor información para apoyar sus decisiones respecto de las actividades que realicen;

X. Los procedimientos mediante los cuales las entidades federativas solicitarán fundadamente al Gobierno Federal, que acuda con apoyos y programas especiales de atención por situaciones de emergencia, con objeto de mitigar los efectos de las contingencias, restablecer los servicios, las actividades productivas y reducir la vulnerabilidad de las regiones ante fenómenos naturales perturbadores u otros imprevistos, en términos de cosechas, ingresos, bienes patrimoniales y la vida de las familias y

XI. La participación de los gobiernos de las entidades federativas en la administración y coordinación del personal estatal y federal que se asigne a los distritos de desarrollo rural, en el equipamiento de los mismos y en la promoción de la participación de las organizaciones sociales y de la población en lo individual en el funcionamiento de los distritos, de tal manera que éstos constituyan la instancia inicial e inmediata de atención pública al sector.

Artículo 28. Los convenios que celebren las dependencias y entidades del sector público federal con los gobiernos de las entidades federativas, deberán prever la constitución de mecanismos y, en su caso, figuras asociativas para la administración de los recursos presupuestales que destine el Gobierno Federal a los programas de apoyo, en los que participen también los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como disposiciones para la entrega directa de los apoyos económicos a los beneficiarios, quienes serán los responsables de llevar a cabo la contratación o adquisición de los bienes y servicios que requieran para la realización de las inversiones objeto de los apoyos.

CAPITULO IV

De los distritos de desarrollo rural

Artículo 29. Los distritos de desarrollo rural serán la base de la organización territorial y administrativa de las dependencias de la Administración Pública Federal y descentralizada, para la realización de los programas operativos de la Administración Pública Federal que participan en el Programa Especial Concurrente y los programas sectoriales que de él derivan, así como con los gobiernos de las entidades federativas y municipales y para la concertación con las organizaciones de productores y los sectores social y privado.

Los distritos de desarrollo rural coadyuvarán en el fortalecimiento de la gestión municipal del desarrollo rural sustentable e impulsarán la creación de los consejos municipales en el área de su respectiva circunscripción y apoyarán la formulación y aplicación de programas concurrentes municipales del desarrollo rural sustentable.

Los distritos de desarrollo rural contarán con un consejo distrital formado por representantes de los consejos municipales.

La Secretaría definirá, con la participación de los consejos estatales, la demarcación territorial de los distritos de desarrollo rural y la ubicación de los centros de apoyo al desarrollo rural sustentable, con los que contará cada distrito de desarrollo rural, procurando la coincidencia con las cuencas hídricas.

En regiones rurales con población indígena significativa, los distritos se delimitarán considerando esta composición, con la finalidad de proteger y respetar los usos, costumbres y formas específicas de organización social indígena.

Los programas, metas, objetivos y lineamientos estratégicos de los distritos se integrarán además con los que en la materia se elaboren en los municipios y regiones que pertenezcan a cada uno de ellos.

Artículo 30. Cada distrito tendrá un órgano colegiado de dirección, en el que participarán la Secretaría, las dependencias y entidades competentes, los gobiernos de las entidades federativas y municipales que corresponda, así como la representación de los productores y organizaciones de los sectores social y privado de la demarcación, integrada por un representante por rama de producción y por cada consejo municipal, en la forma que determine el reglamento general de los mismos.

Igualmente contará con una unidad administrativa integrada conjuntamente por la Secretaría y los gobiernos de las entidades federativas en aplicación del reglamento general y de los criterios de federalización y descentralización administrativa desarrollados en los convenios que celebren las autoridades de ambos órdenes de gobierno.

El reglamento general de los distritos de desarrollo rural, tomando en cuenta a los consejos estatales, establecerá las facultades de sus autoridades en las materias a las que se refiere este capítulo.

Artículo 31. Los distritos de desarrollo rural coadyuvarán a la realización, entre otras, de las siguientes acciones:

I. Articular y dar coherencia regional a las políticas de desarrollo rural sustentable, tomando en consideración las acciones de dotación de infraestructura básica a cargo de las dependencias federales, estatales y municipales competentes;

II. Cumplir con las responsabilidades que se les asignen en los convenios que celebren el Gobierno Federal y los de las entidades federativas, para la operación de los sistemas y servicios enumerados en el artículo 22 de esta y a fin de acercar la acción estatal al ámbito rural;

III. Asesorar a los productores en las gestiones en materias de apoyo a la producción, organización, comercialización y, en general, en todas aquellas relacionadas con los aspectos productivos agropecuarios y no agropecuarios en el medio rural;

IV. Procurar la oportunidad en la prestación de los servicios a los productores y en los apoyos institucionales que sean destinados al medio rural;

V. Vigilar la aplicación de las normas de carácter fitozoosanitario;

VI. Evaluar los resultados de la aplicación de los programas federales y estatales e informar a los consejos estatales al respecto;

VII. Promover la participación activa de los agentes de la sociedad rural en las acciones institucionales y sectoriales;

VIII. Promover la coordinación de las acciones consideradas en los programas de desarrollo rural sustentable, con las de los sectores industrial, comercial y de servicios, con objeto de diversificar e incrementar el empleo en el campo;

IX. Proponer al consejo estatal, como resultado de las consultas respectivas, los programas que éste deba conocer en su seno y se consideren necesarios para el fomento de las actividades productivas y el desarrollo rural sustentable;

X. Realizar las consultas y acciones de concertación y consenso con los productores y sus organizaciones, para el cumplimiento de sus fines;

XI. Constituirse en la fuente principal de obtención y difusión de cifras y estadísticas en su ámbito territorial, para lo cual coadyuvarán en el levantamiento de censos y encuestas sobre el desempeño e impacto de los programas y para el cumplimiento de lo ordenado por la fracción X de este artículo;

XII. Apoyar la participación plena de los municipios en la planeación, definición de prioridades, operación y evaluación de las acciones del desarrollo rural sustentable y

XIII. Las demás que les asignen esta ley, los reglamentos de la misma y los convenios que conforme a dichos ordenamientos se celebren.

TITULO TERCERO

Del fomento agropecuario y de desarrollo

rural sustentable

CAPITULO I

Del fomento a las actividades económicas del desarrollo rural

Artículo 32. El Ejecutivo Federal, con la participación de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y los sectores social y privado del medio rural, impulsará las actividades económicas en el ámbito rural.

Las acciones y programas que se establezcan para tales propósitos se orientarán a incrementar la productividad y la competitividad en el ámbito rural, a fin de fortalecer el empleo y elevar el ingreso de los productores; a generar condiciones favorables para ampliar los mercados agropecuarios, a aumentar el capital natural para la producción y a la constitución y consolidación de empresas rurales.

Lo dispuesto en este precepto se propiciará mediante:

I. El impulso a la investigación y desarrollo tecnológico agropecuario, la apropiación tecnológica y su validación, así como la transferencia de tecnología a los productores, la inducción de prácticas sustentables y la producción de semillas mejoradas incluyendo las criollas;

II. El desarrollo de los recursos humanos, la asistencia técnica y el fomento a la organización económica y social de los agentes de la sociedad rural;

III. La inversión tanto pública como privada para la ampliación y mejoramiento de la infraestructura hidroagrícola, el mejoramiento de los recursos naturales en las cuencas hídricas, el almacenaje, la electrificación, la comunicación y los caminos rurales;

IV. El fomento de la inversión de los productores y demás agentes de la sociedad rural, para la capitalización, actualización tecnológica y reconversión sustentable de las unidades de producción y empresas rurales que permitan su constitución, incrementar su productividad y su mejora continua;

V. El fomento de la sanidad vegetal, la salud animal y la inocuidad de los productos;

VI. El fomento de la eficacia de los procesos de extracción o cosecha, acondicionamiento con grados de calidad del producto, empaque, acopio y comercialización;

VII. El fortalecimiento de los servicios de apoyo a la producción, en particular el financiamiento, el aseguramiento, el almacenamiento, el transporte, la producción y abasto de insumos y la información económica y productiva;

VIII. El fomento a los sistemas familiares de producción;

IX. El impulso a la industria, agroindustria y la integración de cadenas productivas, así como el desarrollo de la infraestructura industrial en el medio rural;

X. El impulso a las actividades económicas no agropecuarias en el que se desempeñan los diversos agentes de la sociedad rural;

XI. La creación de condiciones adecuadas para enfrentar el proceso de globalización;

XII. La valorización y pago de los servicios ambientales;

XIII. La conservación y mejoramiento de los suelos y demás recursos naturales y

XIV. Las demás que se deriven del cumplimiento de esta ley.

1613,1614,1615

CAPITULO II

De la investigación y la transferencia tecnológica

Artículo 33. La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, integrará la política nacional de investigación para el desarrollo rural sustentable, la cual será de carácter multidisciplinario e interinstitucional considerando las prioridades nacionales, estatales y regionales; asimismo llevará a cabo la programación y coordinación nacional en esta materia, con base en lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica y en el Plan Nacional de Desarrollo y en los demás ordenamientos aplicables, tomando en consideración las necesidades que planteen los productores y demás agentes de la sociedad rural.

La política nacional de investigación para el desarrollo rural sustentable, con base en las instituciones competentes y utilizando los recursos existentes, incluirá las medidas para disponer de una instancia con capacidad operativa, autonomía efectiva y autoridad moral para emitir los dictámenes y resoluciones arbitrales que se requieran; asimismo tenderá a contar con un adecuado diagnóstico permanente de los diferentes aspectos necesarios para la planeación del desarrollo rural sustentable y a la búsqueda de soluciones técnicas acordes a los objetivos soberanos de la producción nacional.

Artículo 34. Para impulsar la generación de investigación sobre el desarrollo rural sustentable y en particular el desarrollo tecnológico, su validación, transferencia y apropiación por parte de los productores y demás agentes, se establecerá el sistema nacional de investigación y transferencia tecnológica para el desarrollo rural sustentable, como una función del Estado que se cumple a través de sus instituciones y se induce y complementa a través de organismos privados y sociales dedicados a dicha actividad.

Se considera a la investigación y formación de recursos humanos como una inversión prioritaria para el desarrollo rural sustentable, por lo que se deberán establecer las previsiones presupuestarias para el fortalecimiento de las instituciones públicas responsables de la generación de dichos activos.

El sistema tiene como objetivo coordinar y concertar las acciones de instituciones públicas, organismos sociales y privados que promuevan y realicen actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico y validación y transferencia de conocimientos en la rama agropecuaria, tendientes a la identificación y atención tanto de los grandes problemas nacionales en la materia como de las necesidades inmediatas de los productores y demás agentes de la sociedad rural respecto de sus actividades agropecuarias.

Artículo 35. El Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable, será dirigido por la Secretaría e integrará los esfuerzos en la materia mediante la participación de:

I. Las instituciones públicas de investigación agropecuaria, federales y estatales;

II. Las instituciones públicas de educación que desarrollan actividades en la materia;

III. Las instituciones de investigación y educación privadas que desarrollen actividades en la materia;

IV. El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología;

V. El sistema nacional de investigadores en lo correspondiente;

VI. Los mecanismos de cooperación con instituciones internacionales de investigación y desarrollo tecnológico, agropecuario y agroindustrial;

VII. Las empresas nacionales e internacionales generadoras de tecnología agropecuaria y forestal, a través de los mecanismos pertinentes;

VIII. Las organizaciones y particulares, nacionales e internacionales, dedicados a la investigación agropecuaria, mediante los mecanismos de cooperación que correspondan;

IX. El Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable y los consejos estatales para el desarrollo rural sustentable y

X. Otros participantes que la comisión intersecretarial considere necesarios, para cumplir con los propósitos del fomento de la producción rural.

Artículo 36. En materia de investigación agropecuaria, el Gobierno Federal impulsará la investigación básica y el desarrollo tecnológico; con este propósito y con base en la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica y demás ordenamientos aplicables, la Secretaría tendrá a su cargo la coordinación de las instituciones de la Administración Pública Federal, cuya responsabilidad sea la investigación agropecuaria, socioeconómica y la relacionada con los recursos naturales del país, así como el apoyo a los particulares y empresas para la validación de la tecnología aplicable a las condiciones del país que se genere en el ámbito nacional e internacional, siempre que sean consistentes con los objetivos de sustentabilidad y protección del medio ambiente a que se refieren esta ley y demás disposiciones en la materia.

La secretaría, a través de las figuras asociativas creadas en cada entidad federativa a que se refiere la fracción I del artículo 27 y el artículo 28 de esta ley, apoyará la investigación aplicada y la apropiación y transferencia tecnológica en la entidad.

La secretaría, a través de las dependencias correspondientes, sancionará los convenios de cooperación para la investigación científico-tecnológica con las instituciones de investigación nacionales y con los organismos internacionales para la investigación y desarrollo tecnológico agropecuario y de desarrollo rural sustentable, relativos a los diferentes aspectos de las cadenas productivas del sector.

Artículo 37. El Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable deberá atender las demandas de los sectores social y privado en la materia, siendo sus propósitos fundamentales los siguientes:

I. Cubrir las necesidades de ciencia y tecnología de los productores y demás agentes de las cadenas productivas agropecuarias y agroindustriales y aquellas de carácter no agropecuario que se desarrollan en el medio rural;

II. Promover la generación, apropiación, validación y transferencia de tecnología agropecuaria;

III. Impulsar el desarrollo de la investigación básica y aplicada y el desarrollo tecnológico;

IV. Promover y fomentar la investigación socioeconómica del medio rural;

V. Propiciar la articulación de los sistemas de investigación para el desarrollo rural a escala nacional y al interior de cada entidad y la vinculación de éstos con el Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral;

VI. Propiciar la vinculación entre los centros de investigación y docencia agropecuarias y las instituciones de investigación;

VII. Establecer los mecanismos que propicien que los sectores social y privado y demás sujetos vinculados a la producción rural se beneficien y orienten las políticas relativas en la materia;

VIII. Proveer los medios para sustentar las decisiones administrativas y contenciosas que requieran dictamen y arbitraje;

IX. Fomentar la integración, administración y atualización pertinente de la información relativa a las actividades de investigación agropecuaria y de desarrollo rural sustentable;

X. Fortalecer las capacidades regionales y estatales, propiciando su acceso a los programas de investigación y transferencia de tecnología;

XI. Promover la productividad y rentabilidad de la investigación científica, así como el incremento de la aportación de recursos provenientes de los sectores agrícola e industrial, a fin de realizar investigaciones de interés para el avance tecnológico del medio rural;

XII. Promover la investigación colectiva y asociada, así como la colaboración de investigadores de diferentes instituciones, disciplinas y países;

XIII. Promover la investigación y el desarrollo tecnológico entre las universidades y centros de investigación públicos y privados que demuestren capacidad para llevar investigaciones en materia agropecuaria y de desarrollo rural sustentable;

XIV. Aprovechar la experiencia científica disponible para trabajar en proyectos de alta prioridad específica, incluyendo las materias de biotecnología, ingeniería genética, bioseguridad e inocuidad;

XV. Facilitar la reconversión productiva del sector hacia cultivos, variedades forestales y especies animales que eleven los ingresos de las familias rurales, proporcionen ventajas competitivas y favorezcan la producción de alto valor agregado;

XVI. Desarrollar formas de aprovechamiento y mejoramiento de los recursos naturales, que incrementen los servicios ambientales y la productividad de manera sustentable;

XVII. Propiciar información y criterios confiables sobre el estado de los recursos naturales y los procesos que lo determinan, así como las bases para la construcción de los indicadores correspondientes y

XVIII. Vincular de manera prioritaria la investigación científica y desarrollo tecnológico con los programas de reconversión productiva de las unidades económicas y las regiones para aumentar sus ventajas competitivas y mejorar los ingresos de las familias rurales.

Artículo 38. El Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable, en el marco de la federalización, promoverá en todas las entidades federativas la investigación y desarrollo tecnológico, los que podrán operar con esquemas de organización análogos. Para lo anterior, el programa especial concurrente incluirá en el presupuesto de egresos las previsiones necesarias para el cumplimiento de los propósitos del sistema, incluido un fondo para el apoyo a la investigación.

Artículo 39. La comisión intersecretarial coordinará el establecimiento y mantenimiento de los mecanismos para la evaluación y registro de las tecnologías aplicables a las diversas condiciones agroambientales y socioeconómicas de los productores, atendiendo a los méritos productivos, las implicaciones y restricciones de las tecnologías, la sustentabilidad y la bioseguridad.

Artículo 40. En relación con los organismos genéticamente modificados, el Gobierno Federal, a través del organismo especializado en dicha materia, promoverá y regulará la investigación y en su caso, será responsable del manejo y la utilización de tales materiales, con observancia estricta de los criterios de bioseguridad, inocuidad y protección de la salud que formule el Ejecutivo Federal con la participación de las dependencias y entidades competentes y de los productores agropecuarios en el marco de la legislación aplicable.

CAPITULO III

De la capacitación y asistenciatécnica

Artículo 41. Las acciones en materia de cultura, capacitación, investigación, asistencia técnica y transferencia de tecnología son fundamentales para el fomento agropecuario y el desarrollo rural sustentable y se consideran responsabilidad de los tres órdenes de gobierno y de los sectores productivos, mismas que se deberán cumplir en forma permanente y adecuada a los diferentes niveles de desarrollo y consolidación productiva y social. El Gobierno Federal desarrollará la política de capacitación a través del sistema nacional de capacitación y asistencia técnica rural Integral, atendiendo la demanda de la población rural y sus organizaciones.

Las acciones y programas en capacitación, asistencia y transferencia de tecnología se formularán y ejecutarán bajo criterios de sustentabilidad, integralidad, inclusión y participación. Se deberán vincular a todas las fases del proceso de desarrollo, desde el diagnóstico, la planeación, la producción, la organización, la transformación, la comercialización y el desarrollo humano; incorporando, en todos los casos, a los productores y a los diversos agentes del sector rural y atenderán con prioridad a aquellos que se encuentran en zonas con mayor rezago económico y social.

Artículo 42. El Gobierno Federal desarrollará la política de capacitación a través del Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, atendiendo la demanda de la población campesina y sus organizaciones.

La política de capacitación rural integral, tendrá como propósitos fundamentales los siguientes:

I. Desarrollar la capacidad de los productores para el mejor desempeño de sus actividades agropecuarias y de desarrollo rural sustentable;

II. Impulsar sus habilidades empresariales;

III. Posibilitar la acreditación de la capacitación de acuerdo con las normas de competencia laboral;

IV. Atender la capacitación en materia agraria;

V. Fortalecer la autonomía del productor y de los diversos agentes del sector, fomentando la creación de capacidades que le permitan apropiarse del proceso productivo y definir su papel en el proceso económico y social;

VI. Habilitar a los productores para el aprovechamiento de las oportunidades y el conocimiento y cumplimiento de la normatividad en materia ambiental y de bioseguridad;

VII. Promover y divulgar el conocimiento para el mejor aprovechamiento de los programas y apoyos institucionales que se ofrecen en esta materia;

VIII. Proporcionar a los productores y agentes de la sociedad rural conocimientos para acceder y participar activamente en los mecanismos relativos al crédito y al financiamiento;

IX. Habilitar a los productores para acceder a la información de mercados y mecanismos de acceso a los mismos y

X. Contribuir a elevar el nivel educativo y tecnológico en el medio rural.

1616,1617,1618

Artículo 43. Para el logro de los propósitos enunciados en el artículo anterior, se establece el Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, como una instancia de articulación, aprovechamiento y vinculación de las capacidades que en esta materia poseen las dependencias y entidades del sector público y los sectores social y privado.

Artículo 44. El Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral será coordinado por la Secretaría y se conformará por:

I. El consejo mexicano para el desarrollo rural sustentable;

II. Los consejos estatales para el desarrollo rural sustentable;

III. Los prestadores de servicios de capacitación certificados con base en normas de competencia laboral y de conformidad con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

IV. Los centros de capacitación en la materia, existentes en el país;

V. Las instancias de capacitación de las organizaciones de los productores;

VI. Los organismos evaluadores y certificadores de la competencia laboral;

VII. Los organismos de capacitación, extensión y asistencia técnica del sector público;

VIII. Los organismos de educación técnica y de capacitación de la Secretaría de Educación Pública y

IX. Los mecanismos y estructuras que se deberán establecer para este fin en los distritos de desarrollo rural.

Artículo 45. El Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, coordinará las siguientes acciones:

I. Elaborar y ejecutar el programa nacional de capacitación rural integral;

II. Articular los esfuerzos de capacitación de las diversas instancias del Gobierno Federal con las diversas entidades federativas, los municipios y las organizaciones de los sectores social y privado;

III. Mejorar la calidad y cobertura de los servicios de capacitación;

IV. Validar los programas de capacitación;

V. Realizar el seguimiento y evaluar los programas de capacitación que realicen las instituciones públicas y privadas;

VI. Apoyar el mejor aprovechamiento de las capacidades y recursos que en esta materia poseen las entidades de los sectores público, social y privado, orientando su ejercicio en correspondencia con el Programa Nacional de Capacitación Rural Integral;

VII. Integrar el Fondo Nacional de Recursos para la Capacitación Rural con los recursos de las entidades integrantes del Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral;

VIII. Apoyar con recursos para la capacitación a la población campesina y

IX. Las demás atribuciones necesarias para el cumplimiento de los propósitos que le determina esta ley.

Artículo 46. El Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral tendrá los siguientes propósitos:

I. Coordinar las acciones de las instituciones públicas y privadas relacionadas con la capacitación rural;

II. Potenciar con la suma de recursos la capacidad nacional para el logro de los propósitos de la política de capacitación de desarrollo rural integral;

III. Homologar y validar las acciones de los diferentes agentes que realizan actividades de capacitación para el desarrollo rural integral;

IV. Promover la aplicación de esquemas de certificación de competencia laboral y

V. Contribuir a la gestión de recursos financieros para la capacitación.

Artículo 47. El Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, establecerá el Servicio Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral como la instancia de dirección, programación y ejecución de las actividades de capacitación y asistencia técnica.

Artículo 48. El Servicio Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral estará dirigido por un consejo interno conformado por:

I. Los titulares de las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Educación Pública; Trabajo y Previsión Social; Desarrollo Social y Reforma Agraria;

II. Los organismos del sector agrario;

III. Un representante del consejo de certificación y normalización de competencia laboral;

IV. Un representante del consejo mexicano y otro de los consejos estatales;

V. Representantes de las organizaciones de campesinos y productores de los sectores social y privado, con representación nacional;

VI. Los presidentes de los comités de normalización de competencia laboral del sector agropecuario, de desarrollo rural sustentable, pesca y alimentación;

VII. Representantes de las instituciones educativas y de desarrollo tecnológico agropecuario, agroindustrial y forestal;

VIII. La representación de las autoridades agropecuarias y desarrollo rural de las entidades federativas y

IX. Las instituciones para el fomento de la investigación agropecuaria y forestal a que se refiere el Capítulo II de este Título Tercero.

Artículo 49. El Gobierno Federal deberá promover la capacitación vinculada a proyectos específicos y con base en necesidades locales precisas, considerando la participación y las necesidades de los productores de los sectores privado y social, sobre el uso sustentable de los recursos naturales, el manejo de tecnologías apropiadas, formas de organización con respeto a los valores culturales, el desarrollo de empresas rurales, las estrategias y búsquedas de mercados y el financiamiento rural.

Artículo 50. La comisión intersecretarial, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, impulsará el Servicio Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral en esquemas que establezcan una relación directa entre profesionales y técnicos con los productores, promoviendo así un mercado de servicios especializado en el sector y un trato preferencial y diferenciado de los productores ubicados en zonas de marginación rural.

Los programas que establezca la Secretaría en esta materia, impulsarán el desarrollo de un mercado de servicios de asistencia técnica mediante acciones inductoras de la relación entre particulares. Estos programas atenderán, también de manera diferenciada, a los diversos estratos de productores y de grupos por edad, etnia o género, en concordancia con lo señalado en el artículo 7o. de la presente ley.

El Servicio de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, establecerá un procedimiento de evaluación y registro permanente, público y accesible sobre los servicios técnicos disponibles.

Artículo 51. El Gobierno Federal fomentará la generación de capacidades de asistencia técnica entre las organizaciones de productores, mismos que podrán ser objeto de apoyo por parte del Estado.

Artículo 52. Serán materia de asistencia técnica y capacitación:

I. La transferencia de tecnología sustentable a los productores y demás agentes de la sociedad rural, tanto básica como avanzada;

II. La aplicación de un esquema que permita el desarrollo sostenido y eficiente de los servicios técnicos, con especial atención para aquellos sectores con mayor rezago;

III. El desarrollo de unidades de producción demostrativas como instrumentos de capacitación, inducción y administración de riesgos hacia el cambio tecnológico y

IV. La preservación y recuperación de las prácticas y los conocimientos tradicionales vinculados al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, su difusión, el intercambio de experiencias, la capacitación de campesino a campesino y entre los propios productores y agentes de la sociedad rural y las formas directas de aprovechar el conocimiento, respetando usos y costumbres, tradición y tecnologías en el caso de las comunidades indígenas.

CAPITULO IV

De la reconversión productiva sustentable

Artículo 53. Los gobiernos federal y estatales estimularán la reconversión, en términos de estructura productiva sustentable, incorporación de, cambios tecnológicos, y de procesos que contribuyan a la productividad y competitividad del sector agropecuario, a la seguridad y soberanía alimentarias y al óptimo uso de las tierras mediante apoyos e inversiones complementarias.

El Gobierno Federal, a través de la Secretaría competente, podrá suscribir con los productores, individualmente u organizados, contratos de aprovechamiento sustentable de tierras definidos regionalmente, con objeto de propiciar un aprovechamiento útil y sustentable de las tierras, buscando privilegiar la integración y la diversificación de las cadenas productivas, generar empleos, agregar valor a las materias primas, revertir el deterioro de los recursos naturales, producir bienes y servicios ambientales, proteger la biodiversidad y el paisaje, respetar la cultura, los usos y costumbres de la población, así como prevenir los desastres naturales. El Gobierno Federal, a su vez, cubrirá el pago convenido por los servicios establecidos en el contrato, evaluará los resultados y solicitará al Congreso de la Unión la autorización de los recursos presupuestales indispensables para su ejecución.

Artículo 54. El Estado creará los instrumentos de política que aseguren alternativas para las unidades de producción o las ramas del campo que vayan quedando rezagadas o excluidas del desarrollo. Para ello tendrán preferencia las actividades económicas que preserven el equilibrio de los agroecosistemas.

Artículo 55. Los apoyos para el cambio de la estructura productiva tendrán como propósitos:

I. Responder eficientemente a la demanda nacional de productos básicos y estratégicos para la planta industrial nacional;

II. Atender a las exigencias del mercado interno y externo, para aprovechar las oportunidades de producción que representen mejores opciones de capitalización e ingreso;

III. Fomentar el uso eficiente de las tierras de acuerdo con las condiciones agroambientales y disponibilidad de agua y otros elementos para la producción;

IV. Estimular la producción que implique un elevado potencial en la generación de empleos locales;

V. Reorientar el uso del suelo cuando existan niveles altos de erosión o impacto negativo sobre los ecosistemas;

VI. Promover la adopción de tecnologías que conserven y mejoren la productividad de las tierras, la biodiversidad y los servicios ambientales;

VII. Incrementar la productividad en regiones con limitantes naturales para la producción, pero con ventajas comparativas que justifiquen la producción bajo condiciones controladas;

VIII. Fomentar la producción hacia productos con oportunidades de exportación y generación de divisas, dando prioridad al abastecimiento nacional de productos considerados estratégicos y

IX. Fomentar la diversificación productiva y contribuir a las prácticas sustentables de las culturas tradicionales.

Artículo 56. Se apoyará a los productores y organizaciones económicas para incorporar cambios tecnológicos y de procesos tendientes a:

I. Mejorar los procesos de producción en el medio rural;

II. Desarrollar economías de escala;

III. Adoptar innovaciones tecnológicas;

IV. Conservar y manejar el medio ambiente;

V. Buscar la transformación tecnológica y la adaptación de tecnologías y procesos acordes a la cultura y los recursos naturales de los pueblos indígenas y las comunidades rurales;

VI. Reorganizar y mejorar la eficiencia en el trabajo;

VII. Mejorar la calidad de los productos para su comercialización;

VIII. Usar eficientemente los recursos económicos, naturales y productivos y

IX. Mejorar la estructura de costos.

Artículo 57. Los apoyos y la reconversión productiva se acompañarán de los estudios de factibilidad necesarios, procesos de capacitación, educación y fortalecimiento de las habilidades de gestión y organización de los actores sociales involucrados, con el propósito de contribuir en el cambio social y la concepción del uso y manejo sustentable de los recursos naturales.

En las tierras dictaminadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales como frágiles y preferentemente forestales, de acuerdo con lo establecido en la Ley Forestal y demás ordenamientos aplicables, los apoyos para la reconversión productiva deberán inducir el uso forestal o agroforestal de las tierras o en su caso, la aplicación de prácticas de restauración y conservación.

1619,1620,1621

Artículo 58. Para lograr una mayor eficacia en las acciones encaminadas a la reconversión productiva, se apoyarán prioritariamente proyectos que se integren en torno a programas de desarrollo regional y coordinen los esfuerzos de los tres órdenes de Gobierno y de los productores.

Artículo 59. Los apoyos a la reconversión productiva en la actividad agropecuaria y agroindustrial se orientarán a impulsar preferentemente:

I. La constitución de empresas de carácter colectivo y familiar o que generen empleos locales;

II. El establecimiento de convenios entre industrias y los productores primarios de la región para la adquisición de materias primas;

III. La adopción de tecnologías sustentables ahorradoras de energía y

IV. La modernización de infraestructura y equipo que eleve su competitividad.

CAPITULO V

De la capitalización rural, compensaciones y pagos directos

Artículo 60. El Gobierno Federal promoverá la capitalización de las actividades productivas y de servicios del sector rural, para lo cual establecerá en los programas sectoriales correspondientes y el Programa Especial Concurrente, instrumentos y mecanismos financieros que fomenten la inversión de los sectores público, privado y social.

Artículo 61. Los gobiernos federal, estatales y municipales, mediante los convenios que suscriban, promoverán la creación de obras de infraestructura que mejoren las condiciones productivas del campo; asimismo, estimularán y apoyarán a los productores y sus organizaciones económicas para la capitalización de sus unidades productivas, en las fases de producción, transformación y comercialización.

Artículo 62. Los apoyos para la capitalización fomentarán el desarrollo de procesos tendientes a elevar la productividad de los factores de la producción, la rentabilidad, la conservación y el manejo de los recursos naturales de las unidades productivas. Además, el Gobierno Federal otorgará estímulos complementarios para la adopción de tecnologías apropiadas, reconversión de procesos, consolidación de la organización económica e integración de las cadenas productivas.

Artículo 63. Los productores y organizaciones podrán hacer sus aportaciones mediante capital o con trabajo, equipo, infraestructura, insumos o uso de recursos naturales.

Artículo 64. El Ejecutivo Federal aportará recursos, de acuerdo al Presupuesto de Egresos de la Federación, que podrán ser complementados por los que asignen los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, los cuales tendrán por objeto:

I. Compartir el riesgo de la reconversión productiva y las inversiones de capitalización;

II. Concurrir con los apoyos adicionales que en cada caso requieran los productores para el debido cumplimiento de los proyectos o programas de fomento, especiales o de contingencia, con objeto de corregir faltantes de los productos básicos destinados a satisfacer necesidades nacionales y

III. Apoyar la realización de inversiones, obras o tareas que sean necesarias para lograr el incremento de la productividad del sector rural y los servicios ambientales.

Artículo 65. El Gobierno Federal en un marco de riesgo compartido, definirá un monto de recursos para apoyar temporalmente a los productores que participen en los proyectos de reconversión estratégica, en los términos establecidos en los contratos referidos en el artículo 53 de esta ley.

Las utilidades que hubiere, deducidos los costos y los gastos de administración, quedarán a favor de los productores.

Artículo 66. Sólo se compartirá el riesgo con productores que sean ejidatarios, comuneros, colonos o pequeños propietarios, hasta por una superficie de 20 hectáreas de riego o sus equivalentes, siempre que se obliguen a cumplir los programas de fomento a que se refiere esta ley, o acepten los compromisos de alcanzar los índices de productividad que expresamente autorice la comisión intersecretarial. Tendrán preferencia para recibir este apoyo, los productores con menos de 10 hectáreas de riego o su equivalente.

Artículo 67. El Gobierno Federal, apoyará la capitalización e inversión en el campo con acciones de inversión directa, financiamiento, capital de riesgo, integración de asociaciones en el medio rural y formación de directivos de las empresas sociales y las que contribuyan a la formación de capital humano, social y natural.

Artículo 68. El Gobierno Federal otorgará a los productores del campo apoyos definidos en una previsión de mediano plazo, en los términos que determine la comisión intersecretarial, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Constitución, el artículo 16 de esta ley y otras aplicables y de acuerdo con las disponibilidades presupuestales que autorice el legislativo anualmente.

Artículo 69. El titular del Ejecutivo Federal, al enviar al Congreso de la Unión la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el proyecto de decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación, para cada uno de los ejercicios fiscales en que se encuentre en vigor el presente ordenamiento, establecerá las previsiones de recursos y disponibilidades presupuestales que se requieran para dar cumplimiento a las disposiciones de esta ley.

Artículo 70. La proyección a mediano plazo de los recursos correspondientes, perseguirá los siguientes propósitos:

I. Proporcionar a los productores certidumbre de que recibirán los apoyos que les garanticen implementar los proyectos productivos que permitan entre otras cosas, incrementar la rentabilidad y competitividad de sus unidades productivas, además de una mayor capacidad de negociación al enfrentar los compromisos mercantiles y aprovechar las oportunidades de crecimiento derivadas de los acuerdos y tratados internacionales sobre la materia y

II. Que los productores estén en posibilidad de recibir por anticipado los recursos previstos en los programas de, apoyos respectivos, para capitalizar sus unidades de producción y poder desarrollar sus proyectos y acciones de modernización.

Artículo 71. Los apoyos que se otorguen deberán orientarse, entre otros propósitos, para:

I. Modernizar la infraestructura del productor y sus equipos;

II. El establecimiento de convenios entre industriales y productores primarios;

III. La constitución de empresas de carácter colectivo y familiar;

IV. La asociación de productores mediante la figura jurídica que más convenga a sus intereses, siempre que se sitúe en el marco legal vigente;

V. La inversión en restauración y mejoramiento de las tierras y servicios ambientales;

VI. La adopción de tecnologías sustentables ahorradoras de energía y

VII. Los demás que establezca la comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano.

Artículo 72. Las previsiones de recursos y disponibilidades presupuestales para un ejercicio fiscal y las proyectadas en un horizonte de mediano plazo, promoverán la producción de bienes y servicios que contribuyan a fortalecer la producción interna y la balanza comercial agroalimentaria, las adecuaciones estructurales a las cadenas productivas, el acceso a alimentos con menor precio, el mejoramiento de las tierras y los servicios ambientales y la reducción de las condiciones de desigualdad entre los productores, así como los mecanismos que permitan lograr su competitividad en el entorno de la globalización económica.

Artículo 73. Mediante la presente ley, se apoyará a los productores, a través de proyectos productivos financiera y técnicamente viables, a fin de propiciar que cada predio produzca de acuerdo con su aptitud natural y se desplegará una política de fomento al desarrollo rural sustentable que les permita tomar las decisiones de producción que mejor convengan a sus intereses.

Se establece la posibilidad de anticipar los apoyos multianuales cumpliendo los requisitos que se señalen para cada caso.

Artículo 74. El Gobierno Federal, en el ejercicio de sus atribuciones, deberá promover que los apoyos multianuales que se otorguen a los productores les permitan operar bajo las directrices siguientes:

I. Certidumbre de su temporalidad al fijar en esta ley la vigencia del programa y la posibilidad de solicitar por adelantado los recursos previstos en él;

ll. Precisión en cuanto a su naturaleza generalizada o diferenciada por tipo de productor, ubicación geográfica y nivel socioeconómico del beneficiario;

III. Oportunidad en su entrega, de acuerdo con las características de los proyectos correspondientes;

IV. Transparencia mediante la difusión de las reglas para su acceso y la publicación de los montos y el tipo de apoyo por beneficiario;

V. Responsabilidad de los beneficiarios respecto a la utilización de los apoyos y

VI. Posibilidad de evaluarlos para medir su eficiencia y administración, conforme a las reglas previstas.

Artículo 75. Los beneficiarios de los apoyos podrán destinar los recursos correspondientes para que sirvan como fuente de pago o bien como garantía de proyectos.

Artículo 76. La comisión intersecretarial, con sujeción a las disposiciones establecidas en la presente ley, propondrá orientaciones para otorgar los anticipos de mediano plazo a que se refiere este capítulo y cada dependencia competente aplicará e interpretará para efectos administrativos lo establecido en este ordenamiento.

Artículo 77. La operación, administración y control de la modalidad de anticipos de mediano plazo será normada por las dependencias y entidades competentes y se ejecutará conforme a los criterios de federalización y descentralización señalados en la presente ley.

Con tal propósito, la comisión intersecretarial propondrá los mecanismos de seguimiento y control sobre los recursos que en su caso se otorguen y verificará su correcta aplicación en los proyectos aprobados.

Artículo 78. La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, conocerá de las inconformidades que se presenten en la aplicación de la modalidad de anticipos de mediano y largo plazo previstos por esta ley y emitirá las opiniones correspondientes.

Artículo 79. El Gobierno Federal otorgará, de acuerdo con sus disponibilidades y con los compromisos internacionales adquiridos por el país, apoyos para compensar las desigualdades de los productores nacionales respecto de los productores de los países con los que existen tratados comerciales.

Los apoyos a la comercialización, que el Gobierno Federal canalice para compensar las desigualdades de los productores nacionales respecto de los países con los que existen tratados comerciales se otorgarán, mantendrán y actualizarán en la medida que contribuyan a la seguridad y soberanía alimentarias establecidas en los artículos 179 y 183 de la presente ley.

Artículo 80. El Gobierno Federal creará un programa de apoyo directo a los productores en condiciones de pobreza, que tendrá como objetivo mejorar el ingreso de los productores de autoconsumo, marginales y de subsistencia. El ser sujeto de los apoyos al ingreso no limita a los productores el acceso a los otros programas públicos.

CAPITULO VI

De la infraestructura hidroagrícola,

electrificación y caminos rurales

Artículo 81. El Gobierno Federal, en los términos del programa especial concurrente, impulsará la inversión y programará la expansión de la infraestructura hidroagrícola, su modernización y tecnificación, considerándola como instrumento fundamental para el impulso del desarrollo rural sustentable, mediante el aprovechamiento racional de los recursos hidráulicos del país.

Artículo 82. En la programación de la expansión y modernización de la infraestructura hidroagrícola y de tratamiento para reúso de agua, serán criterios rectores su contribución a incrementar la productividad y la seguridad alimentaria del país, a fortalecer la eficiencia y competitividad de los productores, a la reducción de los desequilibrios regionales, a la transformación económica de las regiones donde se realice y a la sustentabilidad del aprovechamiento de los recursos naturales.

Artículo 83. El Gobierno Federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, las organizaciones de usuarios y los propios productores, ejecutará y apoyará la ejecución de obras de conservación de suelos y aguas; asimismo, impulsará de manera prioritaria la modernización y tecnificación de la infraestructura hidroagrícola concesionada a los usuarios, así como obras de conservación de suelos y agua con un enfoque integral que permita avanzar conjuntamente en la racionalización del uso del agua y el incremento de la capacidad productiva del sector.

Asimismo impulsará y apoyará la construcción de infraestructura a nivel de predio a fin de conservar el balance de humedad, a favor de quienes aprovechen integralmente todas las fuentes disponibles de agua.

Para tal fin concertará con los gobiernos de las entidades federativas y las organizaciones de usuarios a cargo de los distritos y unidades de riego y de drenaje, la inversión destinada a la modernización de la infraestructura interparcelaria; promoverá la participación privada y social en las obras hidráulicas y apoyará técnica y económicamente a los productores que lo requieran para elevar la eficiencia del riego a nivel parcelario.

1622,1623,1624

Artículo 84. El Gobierno Federal, a través de las dependencias y entidades competentes y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, promoverá el desarrollo de la electrificación y los caminos rurales y obras de conservación de suelos y agua considerándolos como elementos básicos para el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes del medio rural y de la infraestructura productiva del campo.

La infraestructura de comunicación rural buscará abatir los rezagos de aislamiento, incomunicación y deficiencias que las regiones rurales tienen en relación con el resto del país. Para ello, se impulsarán la construcción y mantenimiento de caminos rurales, de sistemas de telecomunicaciones y telefonía rural, de sistemas rurales de transporte de personas y de productos.

Artículo 85. A fin de lograr la integralidad del desarrollo rural, la ampliación y modernización de la infraestructura hidroagrícola, electrificación y caminos rurales, se atenderán las necesidades de los ámbitos social y económico de las regiones y especialmente de las zonas con mayor rezago económico y social, en los términos del artículo 6o. y demás relativos de este ordenamiento.

CAPITULO VII

Del incremento de la productividad y la

formación y consolidaciónde empresas rurales

Artículo 86. Con objeto de impulsar la productividad de las unidades económicas, capitalizar las explotaciones e implantar medidas de mejoramiento tecnológico que hagan más eficientes, competitivas y sustentables las actividades económicas de los productores, el Gobierno Federal, en coordinación y con la participación de los gobiernos de las entidades de la Federación y por medio de éstos con la participación de los gobiernos municipales, atenderá con prioridad a aquellos productores y demás sujetos de la sociedad rural que, teniendo potencial productivo, carecen de condiciones para el desarrollo.

Artículo 87. Para impulsar la productividad rural, los apoyos a los productores se orientarán a complementar sus capacidades económicas a fin de realizar inversiones para la tecnificación del riego y la reparación y adquisición de equipos e implementos, así como la adquisición de material vegetativo mejorado para su utilización en la producción; la implantación de agricultura bajo condiciones controladas; el desarrollo de plantaciones; la implementación de normas sanitarias y de inocuidad y técnicas de control biológico; el impulso a la ganadería; la adopción de prácticas ecológicamente pertinentes y la conservación de los recursos naturales, así como la contratación de servicios de asistencia técnica y las demás que resulten necesarias para fomentar el desarrollo rural sustentable.

Artículo 88. Para impulsar la productividad de la ganadería, los apoyos a los que se refiere este capítulo complementarán la capacidad económica de los productores para realizar inversiones que permitan incrementar la disponibilidad de alimento para el ganado, mediante la rehabilitación y el establecimiento de pastizales y praderas, conservación de forrajes; la construcción, rehabilitación y modernización de infraestructura pecuaria; el mejoramiento genético del ganado, la conservación y elevación de la salud animal, la reparación y adquisición de equipos pecuarios, el equipamiento para la producción lechera; la tecnificación de sistemas de reproducción, la contratación de servicios y asistencia técnica, la tecnificación de las unidades productivas mediante la construcción de infraestructura para el manejo del ganado y del agua y las demás que resulten necesarias para fomentar el desarrollo pecuario.

Artículo 89. Para impulsar la formación y consolidación de empresas rurales, los apoyos a los que se refiere este capítulo complementarán la capacidad económica de los productores para realizar inversiones destinadas a la organización de productores y su constitución en figuras jurídicas, planeación estratégica, capacitación técnica y administrativa, formación y desarrollo empresarial, así como la compra de equipos y maquinaria, el mejoramiento continuo, la incorporación de criterios de calidad y la implantación de sistemas informáticos, entre otras.

Artículo 90. El Gobierno Federal, con la participación del consejo mexicano, establecerá la vigencia del apoyo al productor, previendo en sus reglas de operación, cuando menos:

I. Tiempo durante el cual se otorgará el apoyo;

II. Monto de los apoyos;

III. Límites de extensión u otros, para poder recibir el apoyo, así como los requisitos para acreditar lo anterior y

IV. Forma de resolver las controversias que se originen con motivo de los apoyos mediante la intervención de los distritos de desarrollo rural.

CAPITULO VIII

De la sanidad agropecuaria

Artículo 91. En materia de sanidad vegetal, salud animal y lo relativo a los organismos genéticamente modificados, la política se orientará a reducir los riesgos para la producción agropecuaria y la salud pública, fortalecer la productividad agropecuaria y facilitar la comercialización nacional e internacional de los productos.

Para tal efecto, las acciones y programas se dirigirán a regular la importación, tránsito y manejo de organismos genéticamente modificados, a evitar la entrada de plagas y enfermedades al país, en particular las de interés cuarentenario; a controlar y erradicar las existentes y a acreditar en el ámbito nacional e internacional la condición sanitaria de la producción agropecuaria nacional.

Las acciones y programas que llevarán a cabo las dependencias y entidades competentes se ajustarán a lo previsto por las leyes federales y las convenciones internacionales en la materia.

Artículo 92. El Gobierno Federal, con base en lo dispuesto por las leyes aplicables, establecerá el Sistema Nacional de Sanidad, lnocuidad y Calidad Agropecuaria y Alimentaría, el cual será coordinado por la Secretaria e integrado por las dependencias y entidades competentes.

Artículo 93. Con base en la información provista por el Sistema Nacional de Sanidad, lnocuidad y Calidad Agropecuaria y Alimentaría, la comisión intersecretarial fomentará la normalización, organizará y llevará a cabo las campañas de emergencia y las campañas fitozoosanitarias, e impulsará los programas para el fomento de la sanidad agropecuaria, mediante la concertación con los gobiernos de las entidades federativas y los productores.

Artículo 94. Mediante el Servicio Nacional de Sanidad, lnocuidad y Calidad Agropecuaria y Alimentaria se garantizará la inspección en puertos y fronteras, para la verificación del cumplimiento de las normas aplicables a los productos vegetales, animales, maderas, embalajes y en general, a cualquier bien de origen animal y vegetal que represente riesgos de interés cuarentenario, biológico o de salud pública. Adicionalmente intercambiará información y establecerá la coordinación necesaria con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para evitar el ingreso irregular de productos, dado el riesgo sanitario que representan.

La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, con objeto de regionalizar las acciones en materia de sanidad agropecuaria, definirá regiones fitozoosanitarias al interior de las cuales las acciones y programas de sanidad se orientarán a uniformizar la condición sanitaria de la producción, con objeto de facilitar la movilización intrarregional y acreditar las normas y sus avances de aplicación en el marco de las convenciones internacionales, con base en los criterios de regionalización previstos en ellos.

Para delimitar las regiones fitozoosanitarias y realizar la inspección de la movilización interregional de los animales, plantas, productos y subproductos agropecuarios, el Gobierno Federal llevará a cabo la instalación de la infraestructura necesaria y su equipamiento, que constituirán los cordones sanitarios de inspección federal.

Artículo 95. La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, propondrá, a la Secretaría de Relaciones Exteriores, la adhesión a los tratados e instrumentos internacionales que resulten necesarios en asuntos de sanidad agropecuaria y de organismos genéticamente modificados; asimismo, podrá promover acuerdos tendientes a la armonización y equivalencia internacional de las disposiciones fitozoosanitarias.

Artículo 96. El Estado, a través del Servicio Nacional de Sanidad, lnocuidad y Calidad Agropecuaria y Alimentaiía, participará en los organismos y foros internacionales rectores de los criterios cuarentenarios e impulsará la formulación de otros criterios pertinentes para su adopción en las convenciones internacionales; asimismo, promoverá las adecuaciones convenientes en los programas y regulaciones nacionales que permitan actuar con oportunidad en defensa de los intereses del comercio de los productos nacionales, ante la implantación en el ámbito internacional de criterios regulatorios relativos a la inocuidad alimentaria, la cual será objeto de acciones programáticas y regulaciones específicas a cargo del Gobierno Federal.

La comisión intersecretarial promoverá la concertación con las autoridades agropecuarias y de sanidad de países de la región, la realización de campañas fitozoosanitarias conjuntas, con el fin de proteger la sanidad de la producción agropecuaria nacional.

Artículo 97. Se consideran de interés público las medidas de prevención para que los organismos de origen animal y vegetal genéticamente modificados sean inocuos para la salud humana, por lo que el Gobierno Federal establecerá los mecanismos e instrumentos relativos a la bioseguridad y a la producción, importación, movilización, propagación, liberación, consumo y, en general uso y aprovechamiento de dichos organismos, sus productos y subproductos, con la información suficiente y oportuna a los consumidores.

En caso de presunción de riesgo fitozoosanitario o de efectos indeseados del uso de organismos genéticamente modificados, ante la insuficiencia de evidencias científicas adecuadas, las orientaciones y medidas correspondientes seguirán invariablemente el principio de precaución.

Esta materia se regulará por las leyes, reglamentos y normas específicas que al respecto aprueben el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal.

CAPITULO IX

De la normalización e inspección de los productos agropecuarios y del almacenamiento y de la inspección y certificación de semillas

Artículo 98. El Gobierno Federal establecerá el Servicio Nacional de Normalización e Inspección de Productos Agropecuarios y de Almacenamiento, en términos de lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y las disposiciones aplicables a los almacenes generales de depósito.

Artículo 99. El Servicio Nacional de Normalización e Inspección de Productos Agropecuarios y de Almacenamiento, promoverá la elaboración, observancia, inspección y certificación de normas sanitarias y de calidad en lo relativo a la recepción, manejo y almacenamiento de los productos agropecuarios. Además, promoverá la creación de una base de referencia que facilite las transacciones comerciales de físicos y la utilización de instrumentos de financiamiento de cosechas e inventarios.

Artículo 100. Este servicio promoverá ante las dependencias competentes de la Administración Pública Federal, la expedición de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas relativas a la inocuidad en el almacenamiento de los productos y subproductos agropecuarios; las medidas sanitarias que prevengan o erradiquen brotes de enfermedades o plagas, así como las especificaciones para la movilización y operación de redes de frío de los productos agropecuarios.

Artículo 101. El Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas será la instancia coordinadora de las actividades para la participación de los diversos sectores de la producción, certificación y comercio de semillas y estará a cargo de la Secretaría.

Artículo 102. El Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas tendrá los siguientes objetivos:

I. Establecer y en su caso proponer, conjuntamente con las demás dependencias e instituciones vinculadas, políticas, acciones y acuerdos internacionales sobre conservación, acceso, uso y manejo integral de los recursos fitogenéticos, derechos de protección de los obtentores y análisis de calidad de semillas;

II. Establecer lineamientos para la certificación y análisis de calidad de semillas;

III. Promover la participación de los diversos sectores involucrados en la protección de los derechos de los obtentores de variedades vegetales;

IV. Difundir los actos relativos a la protección de los derechos del obtentor de variedades vegetales e

V. Instrumentar las medidas de inspección y certificación para garantizar la inocuidad de los organismos genéticamente modificados, en los términos del artículo 97.

En el cumplimiento de las acciones incluidas en los objetivos que enumera este artículo se estará a las previsiones determinadas por la Ley Federal de Variedades Vegetales y su reglamento.

Artículo 103. Las disposiciones reglamentarias que expida el Ejecutivo Federal y las de orden administrativo que acuerde la comisión intersecretarial, así como los convenios que se celebren al respecto, determinarán los mecanismos institucionales de su participación y los convenios que deban celebrarse con las entidades federativas del país, en los términos de la legislación aplicable.

1625,1626,1627

CAPITULO X

De la comercialización

Artículo 104. Se promoverá y apoyará la comercialización agropecuaria y demás bienes y servicios que se realicen en el ámbito de las regiones rurales, mediante esquemas que permitan coordinar los esfuerzos de las diversas dependencias y entidades públicas, de los agentes de la sociedad rural y sus organizaciones económicas, con el fin de lograr una mejor integración de la producción primaria con los procesos de comercialización, acreditando la condición sanitaria, de calidad e inocuidad, el carácter orgánico o sustentable de los productos y procesos productivos y elevando la competitividad de las cadenas productivas, así como impulsar la formación y consolidación de las empresas comercializadoras y de los mercados que a su vez permitan asegurar el abasto interno y aumentar la competitividad del sector, en concordancia con las normas y tratados internacionales aplicables en la materia.

Artículo 105. La política de comercialización atenderá los siguientes propósitos:

I. Establecer e instrumentar reglas claras y equitativas para el intercambio de productos ofertados por la sociedad rural, tanto en el mercado interior como exterior;

II. Procurar una mayor articulación de la producción primaria con los procesos de comercialización y transformación, así como elevar la competitividad del sector rural y de las cadenas productivas del mismo;

III. Favorecer la relación de intercambio de los agentes de la sociedad rural;

IV. Dar certidumbre a los productores para reactivar la producción, estimular la productividad y estabilizar los ingresos;

V. Inducir la conformación de la estructura productiva y el sistema de comercialización que se requiere para garantizar el abasto alimentario, así como el suministro de materia prima a la industria nacional;

VI. Propiciar un mejor abasto de alimentos;

VII. Evitar las prácticas especulativas, la concentración y el acaparamiento de los productos agropecuarios en perjuicio de los productores y consumidores;

VIII. Estimular el fortalecimiento de las empresas comercializadoras y de servicios de acopio y almacenamiento de los sectores social y privado, así como la adquisición y venta de productos ofertados por los agentes de la sociedad rural;

IX. Inducir la formación de mecanismos de reconocimiento, en el mercado, de los costos incrementales de la producción sustentable y los servicios ambientales y

X. Fortalecer el mercado interno y la competitividad de la producción nacional.

Artículo 106. Para los efectos del artículo anterior, la comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano a través de los comités sistema-producto, elaborará el Programa Básico de Producción y Comercialización de Productos Ofertados por los agentes de la sociedad rural, así como los programas anuales correspondientes, los que serán incorporados a los programas sectoriales y los programas operativos anuales de las secretarías y dependencias correspondientes.

Artículo 107. El Programa Básico de Producción y Comercialización de Productos Ofertados por los agentes de la sociedad rural será un instrumento de coordinación de los servicios y apoyos institucionales en la materia y de referencia a la actividad productiva del sector rural y deberá establecer para cada ciclo agrícola, producto y región, el volumen estimado de apoyos a otorgar y los posibles mercados de consumidores, los cuales se incorporarán en el proyecto de presupuesto anual de apoyos a la comercialización.

Artículo 108. El Gobierno Federal promoverá entre los agentes económicos la celebración de convenios y esquemas de producción por contrato mediante la organización de los productores y la canalización de apoyos.

Artículo 109. El Estado, a través del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, integrará y difundirá la información de mercados regionales, nacionales e internacionales, relativos a la demanda y la oferta, inventarios existentes, expectativas de producción nacional e internacional y cotizaciones de precios por producto y calidad a fin de facilitar la comercialización.

Igualmente, mantendrá programas de apoyo y de capacitación para que las organizaciones de productores y comercializadores tengan acceso y desarrollen mercados de físicos y futuros para los productos agropecuarios y forestales.

Artículo 110. El Ejecutivo Federal aplicará las medidas que los comités sistema-producto específicos, le propongan a través de la comisión intersecretarial, previa su evaluación por parte de ésta, para la protección de la producción nacional por presupuesto anual, para equilibrar las políticas agropecuarias y comerciales del país con la de los países con los que se tienen tratados comerciales, tales como el establecimiento de pagos compensatorios, gravámenes, aranceles, cupos y salvaguardas, entre otros, y para contribuir a la formación eficiente de precios nacionales y reducir las distorsiones generadas por las políticas aplicadas en otros países.

La comisión intersecretarial instrumentará las medidas para evitar que las importaciones de productos con subsidios, obstaculicen el proceso de comercialización de la producción y perjudiquen a los productores nacionales. El Gobierno Federal, a solicitud de los comités de sistema-producto o, en su defecto, del consejo mexicano, emprenderá con la participación de los productores afectados, las demandas, controversias, excepciones, estudios y demás procedimientos de defensa de los productores nacionales en el ámbito internacional, coparticipando con los costos que ello involucre y tomando en cuenta la capacidad económica del grupo de productores de que se trate.

Artículo 111. La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano y en concordancia con los compromisos adquiridos por nuestro país, definirá los productos elegibles de apoyo que enfrenten dificultades en su comercialización, que afecten el ingreso de los productores, creando estímulos, incentivos, apoyos y compras preferenciales de gobierno, además de acciones que permitan acercar la ubicación de las empresas consumidoras a las zonas de producción.

Serán elegibles para recibir los apoyos para la comercialización, las cosechas nacionales que por su magnitud o localización conlleven costos que impidan al productor nacional acceder a ingresos competitivos. Estos apoyos deberán ser canalizados directamente a los productores o a las organizaciones comercializadoras que ellos mismos integren.

Los instrumentos de apoyo a la comercialización que promueva el Gobierno Federal, deberán ser concurrentes y complementarios de los apoyos para la reconversión y diversificación productiva, así como de aquellos relacionados con la regionalización de los mercados.

Los gobiernos de las entidades federativas podrán también canalizar recursos de manera concurrente a dichos fines, previo acuerdo con la comisión intersecretarial y con la participación del consejo mexicano.

La asignación y permanencia de los apoyos para comercialización estarán sujetas a procesos de evaluación, en términos de su contribución a mejorar el funcionamiento de los mercados, de fortalecer y dar mayor certidumbre y estabilidad al ingreso de los productores.

Artículo 112. El Gobierno Federal, a través de la Secretaría, determinará el monto y forma de asignar a los productores los apoyos directos, que previamente hayan sido considerados en el programa y presupuesto anual de egresos para el sector; los que, conjuntamente con los apoyos a la comercialización, buscarán la rentabilidad de las actividades agropecuarias y la permanente mejoría de la competitividad e ingreso de los productores.

Estos apoyos se otorgarán de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 188 de este ordenamiento.

Artículo 113. En coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y con la participación de los productores, la Secretaría fomentará las exportaciones de productos nacionales mediante el acreditamiento de la condición sanitaria, de calidad e inocuidad, su carácter orgánico o sustentable y la implantación de programas que estimulen y apoyen la producción y transformación de productos ofertados por los agentes de la sociedad rural para aprovechar las oportunidades de los mercados internacionales.

Artículo 114. Con base en lo previsto en los convenios internacionales y en términos de reciprocidad al tratamiento de las exportaciones de productos nacionales, el Gobierno Federal promoverá la suscripción de convenios de reconocimiento mutuo en materia de evaluación de la conformidad de productos agropecuarios sujetos a normalización sanitaria e inocuidad.

Artículo 115. El Gobierno Federal, promoverá la constitución, integración, consolidación y capitalización de las empresas comercializadoras de los sectores social y privado dedicadas al acopio y venta de productos ofertados por los agentes de la sociedad rural y en especial los procesos de acondicionamiento y transformación industrial que las mismas realicen.

Además, el Gobierno Federal apoyará la realización de estudios de mercado y la promoción de productos en los mercados nacional y extranjero. Asimismo, brindará a los productores rurales asistencia de asesoría y capacitación en operaciones de exportación, contratación, transportes y cobranza, entre otros aspectos.

CAPITULO XI

Del Sistema Nacional de Financiamiento Rural

Artículo 116. La política de financiamiento para el desarrollo rural sustentable se orientará a establecer un sistema financiero múltiple en sus modalidades, instrumentos, instituciones y agentes, que permita a los productores de todos los estratos y a sus organizaciones económicas y empresas sociales disponer de recursos financieros adaptados, suficientes, oportunos y accesibles para desarrollar exitosamente sus actividades económicas.

Tendrán preferencia los pequeños productores y agentes económicos con bajos ingresos, las zonas del país con menor desarrollo económico y social, los proyectos productivos rentables o los que sean altamente generadores de empleo, así como la integración y fortalecimiento de la banca social. Serán reconocidas como parte de la banca social, todas aquellas instituciones financieras no públicas que, sin fines de lucro, busquen satisfacer las necesidades de servicios financieros de los agentes de la sociedad rural, en los términos de la legislación aplicable.

La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, promoverá la integración del Sistema Nacional de Financiamiento Rural con la banca de desarrollo y la banca privada y social, las cuales desarrollarán sus actividades de manera concertada y coordinada.

Artículo 117. Las instituciones del Sistema Nacional de Financiamiento Rural serán autónomas en su gobierno y en sus decisiones respecto de sus políticas internas y establecerán clara y públicamente sus procedimientos y criterios operativos.

Las instituciones del Sistema Nacional de Financiamiento Rural presentarán anualmente sus informes y los pondrán a disposición del público a través del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable. Igualmente, entregarán trimestralmente al mismo la información sobre la gestión y otorgamiento de recursos financieros que establezca la comisión intersecretarial con participación del consejo mexicano.

Artículo 118. En la medida en que el Estado desarrolle y consolide el Sistema Nacional de Financiamiento Rural, limitará a lo indispensable su participación en la prestación de servicios financieros directos al público, concentrándose en actividades de fomento y prestación de servicios financieros a las instituciones del Sistema Nacional de Financiamiento Rural, evitando crear competencia a dichas instituciones. El Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable incluirá información oportuna sobre montos y mecanismos de financiamiento, de acuerdo con lo que establezca la comisión intersecretarial con la participación del consejo mexicano.

Los programas gubernamentales rurales con componentes financieros, establecerán su área de influencia; políticas financieras; criterios de equidad de género; apoyo a grupos vulnerables, personas de la tercera edad, población indígena y las demás que establezca la comisión intersecretarial con la participación del consejo mexicano.

El Gobierno Federal impulsará la participación de las instituciones del Sistema Nacional de Financiamiento Rural en la prestación de servicios de crédito, ahorro, seguros, transferencia de remesas, servicios de pagos y la aportación de capital de riesgo al sector, que podrán incluir, entre otras:

I. Fondos de avío y refaccionarios para la producción e inversión de capital en las actividades agropecuarias; para promover la agricultura por contrato; para el fomento de las asociaciones estratégicas, para la constitución y consolidación de empresas rurales, para el desarrollo de plantaciones frutícolas, industriales y forestales; para la agroindustria y las explotaciones pesqueras y acuícolas; así como para actividades que permitan diversificar las oportunidades de ingreso y empleo en él ámbito rural;

II. Inversión gubernamental en infraestructura de acopio y almacenamiento, fondos para la pignoración de cosechas y mantenimiento de inventarios;

III. Apoyo a la exportación de la producción nacional;

IV. Fondos para la inversión en infraestructura hidroagrícola y tecnificación de los sistemas de riego;

V. Fondos para la consolidación de la propiedad rural y la reconversión productiva;

VI. Inversión para el cumplimiento de regulaciones ambientales y las relativas a la inocuidad de los productos;

VII. Apoyos para innovaciones de procesos productivos en el medio rural, tales como cultivos, riegos, cosechas, transformación industrial y sus fases de comercialización y

VIII. Recursos para acciones colaterales que garanticen la recuperación de las inversiones.

1628,1629,1630

Artículo 119. La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, definirá mecanismos para favorecer la conexión de la banca social con los programas gubernamentales y las bancas de desarrollo y privada, con el fin de aprovechar tanto las ventajas de la inserción local de la banca social, como las economías de escala de la banca de fomento y la privada. Asimismo, establecerá apoyos especiales a iniciativas financieras locales viables que respondan a las características socioeconómicas y de organización de la población rural, incluyendo:

I. Apoyo con capital semilla;

II. Créditos de inversión de largo plazo;

III. Apoyo con asistencia técnica y programas de desarrollo de capital humano y social;

IV. Establecimiento y acceso a información;

V. Mecanismos de refinanciamiento y

VI. Preferencia en el acceso a programas gubernamentales.

Artículo 120. El Ejecutivo Federal impulsará en la banca mecanismos para complementar los programas de financiamiento al sector, con tasas de interés preferentes en la banca de desarrollo. En este sentido, tendrán preferencia los productores de productos básicos y estratégicos o con bajos ingresos.

Artículo 121. El Gobierno Federal a través de la comisión intersecretarial mediante mecanismos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, impulsará el desarrollo de esquemas locales de financiamiento rural, que amplíen la cobertura institucional, promoviendo y apoyando con recursos financieros el surgimiento y consolidación de iniciativas locales que respondan a las características socioeconómicas y de organización de la población rural, con base en criterios de viabilidad y autosuficiencia y favorecerá su conexión con los programas gubernamentales y las bancas de desarrollo privada y social.

Con tal fin, realizará las siguientes acciones:

I. Apoyar la emergencia y consolidación de proyectos locales de financiamiento, ahorro y seguro, bajo criterios de corresponsabilidad, garantía solidaria de los asociados y sostenibilidad financiera, que faciliten el acceso de los productores a tales servicios y a los esquemas institucionales de mayor cobertura;

II. Apoyar técnica y financieramente a organizaciones económicas de productores, para la creación de sistemas financieros autónomos y descentralizados;

III. Canalizar apoyos económicos para desarrollar el capital humano y social de los organismos de los productores que conformen esquemas de financiamiento complementarios de la cobertura del sistema financiero institucional y

IV. Normar y facilitar a los productores el uso financiero de los instrumentos de apoyo directo al ingreso, la productividad y la comercialización, para complementar los procesos de capitalización.

Artículo 122. La comisión intersecretarial, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con la colaboración de los gobiernos de las entidades federativas, podrá participar en el establecimiento de fondos a fin de apoyar:

I. La capitalización de iniciativas de inversión de las organizaciones económicas de los productores;

II. La formulación de proyectos y programas agropecuarios, forestales y de desarrollo rural de factibilidad técnica, económica y financiera;

III. El otorgamiento de garantías para respaldar proyectos de importancia estratégica regional y

IV. El cumplimiento de los programas y apoyos gubernamentales a que se refieren las fracciones anteriores.

Artículo 123. El Gobierno Federal realizará esfuerzos de coordinación en materia de financiamiento rural, entre la banca de desarrollo e instituciones del sector público especializadas; la banca comercial y organismos privados de financiamiento y la banca social y organismos financieros de los productores rurales, reconociéndolos en los términos de la legislación aplicable.

El Gobierno Federal establecerá las medidas para dar viabilidad al desarrollo de la banca social.

CAPITULO XII

De la administración de riesgos

Artículo 124. La comisión intersecretarial promoverá el cambio tecnológico impulsando esquemas de riesgo compartido con los productores y demás agentes del sector rural, para lo cual, a través de las dependencias competentes, procurará proveer los instrumentos y recursos públicos necesarios y además, promoverá un esquema diferenciado en apoyo a las zonas del país con menor desarrollo.

Artículo 125. El Gobierno Federal, en la administración de riesgos inherentes al cambio tecnológico en las actividades del sector rural, promoverá apoyos al productor que coadyuven a cubrir las primas del servicio de aseguramiento de riesgos y de mercado.

Los apoyos económicos se entregarán prioritariamente por conducto de las organizaciones mutualistas o fondos de aseguramiento de los productores y también de las empresas aseguradoras de los productores.

Artículo 126. El desarrollo de servicios privados y mutualistas de aseguramiento y cobertura de precios, será orientado por el Gobierno Federal al apoyo de los productores y demás agentes de la sociedad rural en la administración de los riesgos inherentes a las actividades agropecuarias que se realicen en el sector rural.

El servicio de aseguramiento procurará incluir los instrumentos para la cobertura de riesgos de producción y las contingencias climatológicas y sanitarias, además de complementarse con instrumentos para el manejo de riesgos de paridad cambiaria y de mercado y de pérdidas patrimoniales en caso de desastres naturales, a efecto de proporcionar a los productores mayor capacidad para administrar los riesgos relevantes en la actividad económica del sector.

Artículo 127. La comisión intersecretarial promoverá, con la participación de los gobiernos de las entidades federativas y de los sectores social y privado, la utilización de instrumentos para la administración de riesgos, tanto de producción como de mercado.

Con el fin de facilitar el acceso de los productores al servicio de aseguramiento y ampliar su cobertura institucional, la comisión intersecretarial promoverá que las organizaciones económicas de los productores, obtengan los apoyos conducentes, para la constitución y funcionamiento de fondos de aseguramiento y esquemas mutualistas; así como su involucramiento en fondos de financiamiento, inversión y la administración de otros riesgos.

De la misma manera, fomentará la utilización de coberturas de precios, incluyendo los tipos de cambio, en los mercados de futuros.

Artículo 128. La comisión intersecretarial promoverá un programa para la formación de organizaciones mutualistas y fondos de aseguramiento con funciones de autoaseguramiento en el marco de las leyes en la materia, con el fin de facilitar el acceso de los productores al servicio de aseguramiento y generalizar su cobertura. Asimismo, promoverá la creación de organismos especializados de los productores para la administración de coberturas de precios y la prestación de los servicios especializados inherentes.

Artículo 129. El Gobierno Federal, con la participación de las dependencias que considere necesarias el Presidente de la República, creará un fondo administrado y operado con criterios de equidad social, para atender a la población rural afectada por contingencias climatológicas.

Con base en los recursos de dicho fondo y con la participación de los gobiernos de las entidades federativas, se apoyará a los productores afectados a fin de atender los efectos negativos de las contingencias climatológicas y reincorporarlos a la actividad productiva.

A este fondo se sumarán recursos públicos del Gobierno Federal y de los estados, cuando así lo convengan, acompañados de los destinados a los programas de fomento.

Artículo 130. Con objeto de reducir los índices de siniestralidad y la vulnerabilidad de las unidades productivas ante contingencias climatológicas, la comisión intersecretarial, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, establecerá programas de reconversión productiva en las regiones de siniestralidad recurrente y baja productividad.

Artículo 131. El Gobierno Federal formulará y mantendrá actualizada una carta de riesgo en cuencas hídricas, a fin de establecer los programas de prevención de desastres, que incluyan obras de conservación de suelo, agua y manejo de avenidas.

Artículo 132. Estos apoyos se aplicarán únicamente en las regiones que requieran programas de reconversión productiva, en las que el consejo estatal determine, tomando en cuenta las alternativas sustentables probadas de cambio tecnológico o cambio de patrón de cultivos.

Los apoyos que se otorguen para la reconversión productiva deberán ser considerados en los planes de desarrollo estatal y distrital y deberán operar en forma coordinada y complementaria con los programas de los tres órdenes de Gobierno.

Artículo 133. El Gobierno Federal procurará apoyos, que tendrán como propósito compensar al productor y demás agentes de la sociedad rural por desastres naturales en regiones determinadas y eventuales contingencias de mercado, cuyas modalidades y mecanismos de apoyo serán definidos por las diferentes dependencias y órdenes de gobierno participantes del programa especial concurrente.

CAPITULO XIII

De la información económica y productiva

Artículo 134. Con objeto de proveer de información oportuna a los productores y agentes económicos que participan en la producción y en los mercados agropecuarios e industriales y de servicio, el Gobierno Federal implantará el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, con componentes económicos, de estadística agropecuaria, de recursos naturales, tecnología, servicios técnicos, industrial y de servicios del sector, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y con base en lo dispuesto por la Ley de Información, Estadística y Geográfica.

En el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable se integrará información internacional, nacional, estatal, municipal y de distrito de desarrollo rural relativa a los aspectos económicos relevantes de la actividad agropecuaria y el desarrollo rural; información de mercados en términos de oferta y demanda, disponibilidad de productos y calidades, expectativas de producción, precios; mercados de insumos y condiciones climatológicas prevalecientes y esperadas. Asimismo incluirá la información procedente del Sistema Nacional de Información Agraria y del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y otras fuentes.

Artículo 135. El Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable integrará los esfuerzos en la materia con la participación de:

I. Las instituciones públicas que generen información pertinente para el sector;

II. Las instituciones públicas de educación que desarrollan actividades en la materia;

III. Las instituciones de investigación y educación privadas que desarrollen actividades en la materia;

IV. El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología;

V. El sistema nacional de investigadores en lo correspondiente;

VI. Las instancias de cooperación internacionales de investigación y desarrollo tecnológico agropecuario y agroindustrial;

VII. Las empresas nacionales e internacionales generadoras de tecnología agropecuaria;

VIII. Las organizaciones y particulares, nacionales e internacionales, dedicados a la investigación agropecuaria;

IX. El consejo mexicano y

X. Otros participantes que la comisión intersecretarial considere necesarios, para cumplir con los propósitos del fomento de la producción rural.

Artículo 136. Será responsabilidad de la comisión intersecretarial coordinar los esfuerzos y acopiar y sistematizar información de las dependencias y entidades de los gobiernos Federal, estatales y municipales que integren el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, considerando la información proveniente de los siguientes tópicos:

I. La comercialización agropecuaria municipal, regional y estatal;

II. Los estudios agropecuarios;

lII. La comercialización agropecuaria nacional;

IV. La información de comercio internacional;

V. La información climatológica de los recursos naturales, áreas naturales protegidas e hidráulica;

VI. La información relativa al sector público en general;

VII. La información sobre las organizaciones e instituciones de los sectores social o privado y demás agentes de la sociedad rural;

VIII. Los sistemas oficiales de registro sobre tecnología, servicios técnicos y gestión y

IX. La información sobre los mecanismos de cooperación con instituciones y organismos públicos internacionales.

1631,1632,1633

Artículo 137. El Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable estará disponible a consulta abierta al público en general en todas las oficinas de las instituciones que integren el sistema en las entidades y en los distritos de desarrollo rural, así como por medios electrónicos y publicaciones idóneas.

El Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable difundirá la información en el nivel nacional, estatal, municipal, regional y de distritos de desarrollo rural, apoyándose en la infraestructura institucional de los gobiernos federal, estatales y municipales y de los organismos que integran el sistema para su difusión.

La Secretaría establecerá en cada distrito de desarrollo rural una unidad de información, para asegurar el acceso público a todos los interesados.

Artículo 138. La información que se integre se considera de interés público y es responsabilidad del Estado. Para ello integrará un paquete básico de información a los productores y demás agentes del sector rural, que les permita fortalecer su autonomía en la toma de decisiones.

Artículo 139. Para el impulso del cambio estructural propio del desarrollo rural sustentable, la reconversión productiva, la instrumentación de los programas institucionales y la vinculación con los mercados, la Secretaría, en coordinación con las dependencias y entidades de los gobiernos Federal, estatales y municipales que convergen para el efecto, definirán una regionalización, considerando las principales variables socioeconómicas, culturales, agronómicas, de infraestructura y servicios, de disponibilidad y de calidad de sus recursos naturales y productivos.

La regionalización comprenderá a las áreas geográficas de los distritos de desarrollo rural abarcando uno o más distritos o municipios según sea el caso, dentro del territorio de cada entidad federativa y podrá comprender una delimitación más allá de una entidad bajo convenio del gobierno de los estados de la Federación y municipios involucrados.

Artículo 140. El Gobierno Federal, en coordinación con las dependencias y entidades de los gobiernos de las entidades federativas y municipales que convergen para el cumplimiento de la presente ley, elaborará un padrón único de organizaciones y sujetos beneficiarios del sector rural, mediante la Clave Unica de Registro de Población (CURP) y en su caso, para las personas morales, con la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Este padrón deberá actualizarse cada año y será necesario estar inscrito en él para la operación de los programas e instrumentos de fomento que establece esta ley.

Artículo 141. El Gobierno Federal elaborará el padrón de tecnologías, prestadores de servicios, empresas agroalimentarias y distribuidores de insumos relacionados con el sector rural, así como un catálogo de investigadores e investigaciones rurales en proceso y sus resultados, de conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 50.

Artículo 142. La Secretaría, en coordinación con las dependencias y entidades de los gobiernos Federal, estatales y municipales que convergen para el efecto, brindará a los diversos agentes de la sociedad rural el apoyo para su inscripción en el padrón único de organizaciones y sujetos beneficiarios del sector rural, de acuerdo con el artículo anterior.

CAPITULO XIV

De la organización económica y los

sistemas-producto

Artículo 143. El Gobierno Federal, mediante mecanismos de coordinación, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, promoverá y fomentará el desarrollo del capital social en el medio rural a partir del impulso a la asociación y la organización económica y social de los productores y demás agentes de la sociedad rural, quienes tendrán el derecho de asociarse libre, voluntaria y democráticamente, procurando la promoción y articulación de las cadenas de producción-consumo para lograr una vinculación eficiente y equitativa entre los agentes del desarrollo rural sustentable. Lo anterior, dando prioridad a los sectores de población más débiles económica y socialmente y a sus organizaciones, a través de:

I. Habilitación de las organizaciones de la sociedad rural para la capacitación y difusión de los programas oficiales y otros instrumentos de política para el campo;

II. Capacitación de cuadros técnicos y directivos;

III. Promoción de la organización productiva y social en todos los órdenes de la sociedad rural;

IV. Constitución de figuras asociativas para la producción y desarrollo rural sustentable;

V. Fortalecimiento institucional de las organizaciones productivas y sociales;

VI. Fomento a la elevación de la capacidad de interlocución, gestión y negociación de las organizaciones del sector rural y

VII. Las que determine la comisión intersecretarial con la participación del consejo mexicano.

Artículo 144. La organización y asociación económica y social en el medio rural, tanto del sector privado como del social, tendrá las siguientes prioridades:

I. La participación de los agentes de la sociedad rural en la formulación, diseño e instrumentación de las políticas de fomento del desarrollo rural;

II. El establecimiento de mecanismos para la concertación y el consenso entre la sociedad rural y las órdenes de Gobierno Federal, estatal y municipal;

III. El fortalecimiento de la capacidad de autogestión, negociación y acceso de los productores a los mercados, a los procesos de agregación de valor, a los apoyos y subsidios y a la información económica y productiva;

IV. La promoción y articulación de las cadenas de producción-consumo, para lograr una vinculación eficiente y equitativa de la producción entre los agentes económicos participantes en ellas;

V. La reducción de los costos de intermediación, así como promover el acceso a los servicios, venta de productos y adquisición de insumos;

VI. El aumento de la cobertura y calidad de los procesos de capacitación productiva, laboral, tecnológica, empresarial y agraria, que estimule y apoye a los productores en el proceso de desarrollo rural, promoviendo la diversificación de las actividades económicas, la constitución y consolidación de empresas rurales y la generación de empleo;

VII. El impulso a la integración o compactación de unidades de producción rural, mediante programas de: reconversión productiva, de reagrupamiento de predios y parcelas de minifundio, atendiendo las disposiciones constitucionales y la legislación aplicable;

VIII. La promoción, mediante la participación y compromiso de las organizaciones sociales y económicas, del mejor uso y destino de los recursos naturales para preservar y mejorar el medio ambiente y atendiendo los criterios de sustentabilidad previstos en esta ley y

IX. El fortalecimiento de las unidades productivas familiares y grupos de trabajo de las mujeres y jóvenes rurales.

Artículo 145. Se reconocen como formas legales de organización económica y social, las reguladas por la Ley Agraria; las que se regulan en las leyes federales, estatales y del Distrito Federal vigentes, cualquiera que sea su materia.

Artículo 146. Los miembros de ejidos, comunidades y los pequeños propietarios rurales en condiciones de pobreza, quienes están considerados como integrantes de organizaciones económicas y sociales para los efectos de esta ley, serán sujetos de atención prioritaria de los programas de apoyo previstos en los términos de esta ley.

Para los efectos de lo dispuesto por la Ley de Planeación, la secretaría promoverá la participación de las organizaciones a que se refiere este capítulo, en las acciones correspondientes en el ámbito nacional, estatal, municipal y de distritos de desarrollo rural.

Artículo 147. La comisión intersecretarial establecerá el servicio nacional del registro agropecuario, al que tendrán derecho las organizaciones a que se refiere este capítulo. El registro generará efectos de fe pública, para los aspectos regulados por esta ley, los considerados en la Ley de Organizaciones Ganaderas y demás ordenamientos aplicables.

Artículo 148. El Gobierno Federal apoyará y promoverá la constitución, operación y consolidación de las organizaciones del sector social y privado que participen en las actividades económicas, proyectos productivos y de desarrollo social del medio rural, para lo cual incluirá las previsiones presupuestarias específicas-correspondientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Los apoyos mencionados se sujetarán a las siguientes disposiciones:

I. Se otorgarán a las organizaciones que estén vigentes y operando, conforme a la legislación aplicable;

II. Se otorgarán en función de los programas de actividades en sus proyectos productivos y de desarrollo social, evaluados por la instancia gubernamental que corresponda y

III. Las organizaciones en sus diferentes órdenes presentarán, para ser objeto de apoyo, necesidades específicas y programas de actividades en materia de promoción de la asociación de los productores, formación de cuadros técnicos, estudios estratégicos y fortalecimiento y consolidación institucional de la organización, entre otras.

La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, formulará las reglas de operación para el otorgamiento de los apoyos, las publicará, emitirá la convocatoria pública a las organizaciones interesadas y posteriormente, publicará los resultados de la convocatoria.

Artículo 149. La comisión intersecretarial promoverá la organización e integración de sistemas-producto, como comités del consejo mexicano, con la participación de los productores agropecuarios, agroindustriales y comercializadores y sus organizaciones, que tendrán por objeto:

I. Concertar los programas de producción agropecuaria del país;

II. Establecer los planes de expansión y repliegue estratégicos de los volúmenes y calidad de cada producto, de acuerdo con las tendencias de los mercados y las condiciones del país;

III. Establecer las alianzas estratégicas y acuerdos para la integración de las cadenas productivas de cada sistema;

IV. Establecer las medidas y acuerdos para la definición de normas y procedimientos aplicables en las transacciones comerciales y la celebración de contratos sin manejo de inventarios físicos;

V. Participar en la definición de aranceles, cupos y modalidades de importación y

VI. Generar mecanismos de concertación entre productores primarios, industriales y los diferentes órdenes de gobierno para definir las características y cantidades de los productos, precios, formas de pago y apoyos del Estado.

Los comités sistema-producto constituirán mecanismos de planeación, comunicación y concertación permanente entre los actores económicos que forman parte de las cadenas productivas.

La comisión intersecretarial promoverá el funcionamiento de los sistemas-producto para la concertación de programas agroindustriales y de desarrollo y expansión de mercados.

A través de los comités sistema-producto, el Gobierno Federal impulsará modalidades de producción por contrato y asociaciones estratégicas, mediante el desarrollo y adopción, por los participantes, de términos de contratación y convenios conforme a criterios de normalización de la calidad y cotizaciones de referencia.

Artículo 150. Se establecerá un comité nacional de sistema-producto por cada producto básico o estratégico, el cual llevará al consejo mexicano los acuerdos tomados en su seno.

Para cada sistema-producto se integrará un solo comité nacional, con un representante de la institución responsable del sistema-producto correspondiente, quien lo presidirá con los representantes de las instituciones públicas competentes en la materia; con representantes de las organizaciones de productores; con representantes de las cámaras industriales y de servicio que estén involucrados directamente en la cadena producción-consumo y por los demás representantes que de conformidad con su reglamento interno establezcan los miembros del comité.

Los comités de sistema-producto estarán representados en el consejo mexicano mediante su presidente y un miembro no gubernamental electo por el conjunto del comité para tal propósito.

Artículo 151. Se promoverá la creación de los comités regionales de sistema-producto, cuyo objetivo central es el de planear y organizar la producción, promover el mejoramiento de la producción, productividad y rentabilidad en el ámbito regional, en concordancia con lo establecido en los programas estatales y con los acuerdos del sistema-producto nacional.

Artículo 152. Los sistemas-producto en acuerdo con sus integrantes podrán convenir el establecimiento de medidas que, dentro de la normatividad vigente, sean aplicables para el mejor desarrollo de las cadenas productivas en que participan.

Artículo 153. La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, establecerá los lineamientos para el Programa Nacional de Fomento a la Organización Económica del Sector Rural.

1634,1635,1636

CAPITULO XV

Del bienestar social y la atención prioritaria

a las zonas de marginación

Artículo 154. Los programas del Gobierno Federal impulsarán una adecuada integración de los factores del bienestar social como son la salud, la seguridad social, la educación, la alimentación, la vivienda, la equidad de género, la atención a los jóvenes, personas de la tercera edad, grupos vulnerables, jornaleros agrícolas y migrantes, los derechos de los pueblos indígenas, la cultura y la recreación, mismos que deberán aplicarse con criterios de equidad.

Para el desarrollo de estos programas, el Ejecutivo Federal, mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas y a través de éstos con los municipales, fomentará el programa especial concurrente, conjuntamente con la organización social, para coadyuvar a superar la pobreza, estimular la solidaridad social, el mutualismo y la cooperación. Para los efectos del referido programa, de manera enunciativa y no restrictiva, de acuerdo con las disposiciones constitucionales y la legislación aplicable, se seguirán los lineamientos siguientes:

I. La autoridades municipales elaborarán con la periodicidad del caso, su catálogo de necesidades locales y regionales sobre educación, integrando, a través del consejo municipal, sus propuestas ante las instancias superiores de decisión. Los órganos locales presentarán proyectos educativos especiales.

Los proyectos para la atención a grupos marginados, mediante brigadas móviles, escuelas de concentración, internados y albergues regionales o cualesquiera otras modalidades de atención educativa formal y no formal, serán acordes a las circunstancias temporales y a las propias de su entorno y responderán a criterios de regionalización del medio rural, sus particularidades étnico-demográficas y condiciones ambientales, como sociales.

De igual manera, se instrumentarán programas extracurriculares para dar especial impulso a la educación cívica, la cultura de la legalidad y el combate efectivo de la ilegalidad y la delincuencia organizada en el medio rural.

II. Los programas de alimentación, nutrición y desayunos escolares que aplique el Ejecutivo Federal tendrán como prioridad atender a la población más necesitada, al mismo tiempo que organicen a los propios beneficiarios para la producción, preparación y distribución de dichos servicios.

Los consejos municipales, participarán en la detección de necesidades de profilaxis en salud, de brigadas móviles para la atención sistemática de endémicas y acciones eventuales contra epidemias, integrando el paquete de la región; estableciendo prioridades de clínicas rurales regionales, para su inclusión en el Programa Especial Concurrente.

III. El Ejecutivo Federal creará el Fondo Nacional de Vivienda Rural para fomentar y financiar acciones para reducir el déficit habitacional en el campo.

Para ello, se asignará este fondo la función de financiar la construcción, ampliación y mejormiento de viviendas en zonas rurales; asimismo su equipamiento y la construcción de servicios públicos, privilegiando el uso de materiales regionales y tecnologías apropiadas, el desarrollo de programas que generen empleo y se complemente con la actividad agropecuaria.

Especial atención deberá darse por el Ejecutivo Federal al apoyo de las inmobiliarias ejidales y la creación de reservas territoriales de ciudades medias y zonas metropolitanas.

IV. Para la atención de grupos vulnerables vinculados al sector agropecuario, específicamente etnias, jóvenes, mujeres, jornaleros y discapacitados, con o sin tierra, se formularán e instrumentarán programas enfocados a su propia problemática y posibilidades de superación, mediante actividades económicas conjuntando los instrumentos de impulso a la productividad con los de carácter asistencial y con la provisión de infraestructura básica a cargo de las dependencias competentes, así como con programas de empleo temporal que atiendan la estacionalidad de los ingresos de las familias campesinas.

V. Sin menoscabo de la libertad individual, los consejos de desarrollo rural sustentable, según sus respectivas competencias, coadyuvarán a las acciones de fomento a políticas de población en el medio rural, que instrumenten las autoridades de salud y educativas.

Estará dentro de su esfera de responsabilidad vigilar y confirmar que los programas de planeación familiar que se realicen en su demarcación territorial y administrativa, se lleven a cabo con absoluto respeto a la dignidad de las familias y se orienten a una regulación racional del crecimiento de la población y a la promoción de patrones de asentamiento que faciliten la prestación de servicios de calidad, a fin de conseguir un mejor aprovechamiento de los recursos del país y elevar las condiciones de vida de la población.

VI. Las comunidades rurales en general y especialmente aquéllas cuya ubicación presente el catálogo de eventualidades ubicado en el rango de alto riesgo, deberán tener representación y participación directa en las unidades municipales de protección civil para dar impulso a los programas de protección civil para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población rural en situaciones de desastre; lo mismo que proyectar y llevar a cabo la integración y entrenamiento de grupos voluntarios.

Artículo 155. En el marco del programa especial concurrente, el Estado promoverá apoyos con prioridad a los grupos vulnerables de las regiones de alta y muy alta marginación caracterizados por sus condiciones de pobreza extrema. El ser sujeto de estos apoyos no limita a los productores el acceso a los otros programas que forman parte del programa especial concurrente.

Artículo 156. En el marco de las disposiciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social, las organizaciones económicas y sociales del medio rural podrán otorgar seguridad social a sus miembros a través de los convenios de incorporación voluntaria que celebren con el Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual promoverá programas de incorporación para la población en pobreza extrema dentro del régimen de solidaridad social.

Artículo 157. El Instituto Mexicano del Seguro Social formulará programas permanentes de incorporación de indígenas trabajadores agrícolas, productores temporaleros de zonas de alta marginalidad y todas aquellas familias campesinas cuya condición económica se ubique en pobreza extrema, a los cuales la Ley del Seguro Social reconoce como derechohabientes de sus servicios dentro del régimen de solidaridad social.

Artículo 158. En el caso del régimen obligatorio para los trabajadores asalariados se estará a lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social.

Artículo 159. En cumplimiento de lo que ordena esta ley, la atención prioritaria a los productores y comunidades de los municipios de más alta marginación tendrá un enfoque productivo orientado en términos de justicia social y equidad y respetuoso de los valores culturales, usos y costumbres de los habitantes de dichas zonas.

El Programa Especial Concurrente, en el marco de las disposiciones del artículo 15 de esta ley, tomará en cuenta la pluriactividad distintiva de la economía campesina y de la composición de su ingreso, a fin de impulsar la diversificación de sus actividades, del empleo y la reducción de los costos de transacción que median entre los productores de dichas regiones y los mercados.

Artículo 160. La comisión intersecretarial, con base en indicadores y criterios que establezca para tal efecto, con la participación del consejo mexicano y de los gobiernos de las entidades federativas, definirá las regiones de atención prioritaria para el desarrollo rural, que como tales serán objeto de consideración preferente de los programas de la Administración Pública Federal en concordancia con el Programa Especial Concurrente.

Artículo 161. Los programas que formule el Gobierno Federal para la promoción de las zonas de atención prioritaria, dispondrán acciones e instrumentos orientados, entre otros, a los siguientes propósitos:

I. Impulsar la productividad mediante el acceso a activos, tales como insumos, equipos, implementos y especies pecuarias;

II. Otorgar apoyos que incrementen el patrimonio productivo de las familias que permitan aumentar la eficiencia del trabajo humano;

III. Aumentar el acceso a tecnologías productivas apropiadas a las condiciones agroecológicas y socioeconómicas de las unidades, a través del apoyo a la transferencia y adaptación tecnológica;

IV. Contribuir al aumento de la productividad de los recursos disponibles, en especial del capital social y humano, mediante la capacitación, incluyendo la laboral no agropecuaria, el extensionismo, en particular la necesaria para el manejo integral y sostenible de las unidades productivas y la asistencia técnica integral;

V. Mejorar la dieta y la economía familiar, mediante apoyos para el incremento y diversificación de la producción de traspatio y autoconsumo;

VI. Apoyar el establecimiento y desarrollo de empresas rurales para integrar procesos de industrialización, que permitan dar valor agregado a los productos;

VII. Mejorar la articulación de la cadena producción-consumo y diversificar las fuentes de ingreso;

VIII. Promover la diversificación económica con actividades y oportunidades no agropecuarias de carácter manufacturero y de servicios;

IX. El fortalecimiento de las instituciones sociales rurales, fundamentalmente aquellas fincadas en la cooperación y la asociación con fines productivos;

X. El acceso ágil y oportuno a los mercados financieros, de insumos, productos, laboral y de servicios;

XI. Promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales de uso colectivo y

XII. La producción y desarrollo de mercados para productos no tradicionales.

Artículo 162. Para la atención de grupos vulnerables vinculados al sector rural, específicamente etnias, jóvenes, mujeres, jornaleros, adultos mayores y discapacitados, con o sin tierra, se formularán e instrumentarán programas enfocados a su propia problemática y posibilidades de superación, conjuntando los instrumentos de impulso a la productividad con los de carácter asistencial y con la provisión de infraestructura básica, así como con programas de empleo temporal que atiendan la estacionalidad de los ingresos de las familias campesinas, en los términos del Programa Especial Concurrente.

Artículo 163. La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, propondrá programas especiales para la defensa de los derechos humanos y el apoyo a la población migrante, así como medidas tendientes a su arraigo en su lugar de origen.

CapItulo XVI

De la sustentabilidad de la producción rural

Artículo 164. La sustentabilidad será criterio rector en el fomento a las actividades productivas, a fin de lograr el uso racional de los recursos naturales, su preservación y mejoramiento, al igual que la viabilidad económica de la producción mediante procesos productivos socialmente aceptables.

Quienes hagan uso productivo de las tierras deberán seleccionar técnicas y cultivos que garanticen la conservación o incremento de la productividad, de acuerdo con la aptitud de las tierras y las condiciones socioeconómicas de los productores. En el caso del uso de tierras de pastoreo, se deberán observar las recomendaciones oficiales sobre carga animal o en su caso, justificar una dotación mayor de ganado.

Artículo 165. De conformidad con lo dispuesto por el artículo anterior, los gobiernos Federal, estatales y municipales, cuando así lo convengan, fomentarán el uso del suelo más pertinente de acuerdo con sus características y potencial productivo, así como los procesos de producción más adecuados para la conservación y mejoramiento de las tierras y el agua.

Artículo 166. La comisión intersecretarial, a través de las dependencias competentes y con la participación del consejo mexicano, establecerá las medidas de regulación y fomento conducentes a la asignación de la carga de ganado adecuada a la capacidad de las tierras de pastoreo y al incremento de su condición, de acuerdo con la tecnología disponible y las recomendaciones técnicas respectivas.

Artículo 167. Los programas de fomento productivo atenderán el objetivo de reducir los riesgos generados por el uso del fuego y la emisión de contaminantes, ofreciendo a los productores alternativas de producción de mayor potencial productivo y rentabilidad económica y ecológica.

Artículo 168. La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, promoverá un programa tendiente a la formación de una cultura del cuidado del agua.

Los programas para la tecnificación del riego que realicen los diferentes órdenes de gobierno darán atención prioritaria a las regiones en las que se registre sobreexplotación de los recursos hidráulicos subterráneos o degradación de la calidad de las aguas, en correspondencia con los compromisos de organizaciones y productores de ajustar la explotación de los recursos en términos que garanticen la sustentabilidad de la producción.

Artículo 169. El Gobierno Federal, a través de los programas de fomento estimulará a los productores de bienes y servicios para la adopción de tecnologías de producción que optimicen el uso del agua y la energía e incrementen la productividad sustentable, a través de los contratos previstos en el artículo 53 de esta ley.

1637,1638,1639

Artículo 170. La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, determinará zonas de reconversión productiva que deberá atender de manera prioritaria, cuando la fragilidad, la degradación o sobreutilización de los recursos naturales así lo amerite.

Artículo 171. El Gobierno Federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, apoyará de manera prioritaria a los productores de las zonas de reconversión y especialmente a las ubicadas en las partes altas de las cuencas, a fin de que lleven a cabo la transformación de sus actividades productivas con base en el óptimo uso del suelo y agua, mediante prácticas agrícolas, ganaderas y forestales, que permitan asegurar una producción sustentable, así como la reducción de los siniestros, la pérdida de vidas humanas y de bienes por desastres naturales.

Artículo 172. La política y programas de fomento a la producción atenderán prioritariamente el criterio de sustentabilidad en relación con el aprovechamiento de los recursos, ajustando las oportunidades de mercado, tomando en cuenta los planteamientos de los productores en cuanto a la aceptación de las prácticas y tecnologías para la producción.

De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales establecerá los procedimientos para señalar las tierras frágiles y preferentemente forestales, donde los apoyos y acciones del Estado estarán orientadas a la selección de cultivos y técnicas sustentables de manejo de las tierras, de acuerdo con lo establecido en los artículos 53 y 57 de esta ley.

Artículo 173. En atención al criterio de sustentabilidad, el Estado promoverá la reestructuración de unidades de producción rural en el marco previsto por la legislación agraria, con objeto de que el tamaño de las unidades productivas resultantes permita una explotación rentable mediante la utilización de técnicas productivas adecuadas a la conservación y uso de los recursos naturales, conforme a la aptitud de los suelos y a consideraciones de mercado.

Los propietarios rurales que opten por realizar lo conducente para la reestructuración de la propiedad agraria y adicionalmente participen en los programas de desarrollo rural, recibirán de manera prioritaria los apoyos previstos en esta ley dentro de los programas respectivos.

Artículo 174. En los procesos de reestructuración de las unidades productivas que se promuevan en cumplimiento de lo dispuesto en este capitulo, deberán atenderse las determinaciones establecidas en la regulación agraria relacionada con la organización de los núcleos agrarios y los derechos de preferencia y de tanto, en la normatividad de asentamientos humanos, equilibrio ecológico y en general en todo lo que sea aplicable.

Artículo 175. Los ejidatarios, comuneros, pueblos indígenas, propietarios o poseedores de los predios y demás población que detente o habite las áreas naturales protegidas en cualesquiera de sus categorías, tendrán prioridad para obtener los permisos, autorizaciones y concesiones para desarrollar obras o actividades económicas en los términos de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de Vida Silvestre, de las normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos aplicables.

El Gobierno Federal, prestará asesoría técnica y legal para que los interesados formulen sus proyectos y tengan acceso a los apoyos gubernamentales.

Artículo 176. Los núcleos agrarios, los pueblos indígenas y los propietarios podrán realizar las acciones que se admitan en los términos de la presente ley, de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Ley General de Vida Silvestre y de toda la normatividad aplicable sobre el uso, extracción, aprovechamiento y apropiación de la biodiversidad y los recursos genéticos.

La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, establecerá las medidas necesarias para garantizar la integridad del patrimonio de biodiversidad nacional, incluidos los organismos generados en condiciones naturales y bajo cultivo por los productores, así como la defensa de los derechos de propiedad intelectual de las comunidades indígenas y campesinos.

Artículo 177. Los contratos para los efectos del cuidado y la protección de la naturaleza, en los términos de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y Ley General de Vida Silvestre requerirán autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para tener validez legal.

CAPITULO XVII

De la seguridad y soberanía alimentaria

Artículo 178. El Estado establecerá las medidas para procurar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional.

Artículo 179. Se considerarán productos básicos y estratégicos, con las salvedades adiciones y modalidades que determine año con año o de manera extraordinaria, la comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano y los comités de los sistemas-producto correspondientes, los siguientes:

I. Maíz;

II. Caña de azúcar;

III. Frijol;

IV. Trigo;

V. Arroz;

VI. Sorgo;

VII. Café;

VIII. Huevo;

IX. Leche;

X. Carne de bovinos, porcinos, aves y

XI. Pescado.

Artículo 180. El Gobierno Federal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 de esta ley, deberá conducir su política agropecuaria a fin de que los programas y acciones para el fomento productivo y el desarrollo rural sustentable, así como los acuerdos y tratados internacionales propicien la inocuidad, seguridad y soberanía alimentaria, mediante la producción y abasto de los productos señalados en el artículo anterior.

Artículo 181. La comisión intersecretarial, con la participación activa de los consejos mexicano, estatales y regionales y demás agentes y sujetos intervinientes en el desarrollo rural sustentable, serán los responsables de evaluar el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior de esta ley.

Artículo 182. Las acciones para la soberanía y la seguridad alimentaria deberán abarcar a todos los productores y agentes intervinientes, impulsando la integración de las cadenas productivas de alimentos.

Artículo 183. Para cumplir con los requerimientos de la seguridad y soberanía alimentaria, el Gobierno Federal impulsará en las zonas productoras líneas de acción en los siguientes aspectos:

I. La identificación de la demanda interna de consumo de productos básicos y estratégicos y a partir de ello conducir los programas del sector para cubrir la demanda y determinar los posibles excedentes para exportación, así como las necesidades de importación.

II. La identificación de los factores de riesgo asociados con los alimentos, para la elaboración de diagnósticos que permitan establecer acciones en campo o comerciales para asegurar el abasto.

III. La definición de acciones de capacitación y asistencia técnica y el impulso a proyectos de investigación en las cadenas alimentarias.

IV. El impulso de acciones para mejorar y certificar la calidad de los alimentos y desarrollar su promoción comercial.

V. El establecimiento de compromisos de productividad y calidad por parte de los productores, dependiendo del tipo de productos de que se trate, sean los de la dieta básica o los destinados para el mercado internacional.

VI. La elaboración y difusión de guías sobre prácticas sustentables en las diferentes etapas de las cadenas agroalimentarias.

VII. La instrumentación de programas y acciones de protección del medio ambiente para la evaluación de los costos ambientales derivados de las actividades productivas del sector y

VIII. La aplicación de medidas de certidumbre económica, financiera y comercial que garanticen el cumplimiento de los programas productivos agroalimentarios referidos en el artículo 180.

CAPITULO XVIII

Del servicio nacional de arbitraje

de los productos ofertados por la

sociedad rural

Artículo 184. La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, promoverá el servicio nacional de arbitraje en el sector rural, que tendrá como objeto resolver las controversias que se presenten, dando certidumbre y confianza a las partes respecto de las transacciones a lo largo de las cadenas productivas y de mercado, en materia de calidad, cantidad y oportunidad de los productos en el mercado; servicios financieros; servicios técnicos; equipos; tecnología y bienes de producción.

Artículo 185. El servicio nacional de arbitraje del sector rural operará con la normatividad que formule el Gobierno Federal con la participación de las organizaciones y agentes económicos y el apoyo en la dictaminación, de las instituciones académicas competentes del país y tendrá los siguientes propósitos:

I. Promover entre productores de los sectores social y privado, un sistema arbitral voluntario de solución de controversias y reglas de comercio para productos procedentes del campo, en el mercado nacional e internacional y para los servicios técnicos y financieros y bienes de producción;

II. Actuar como agente mediador, para transmitir e intercambiar propuestas entre dos o más partes y asesorar en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil relacionada con el sector rural;

III. Actuar como árbitro y mediador, a solicitud de las partes, en la solución de controversias derivadas de actos, contratos, convenios de naturaleza mercantil dentro del ámbito rural, así como las que resulten entre proveedores, exportadores, importadores y consumidores, de acuerdo con las leyes de la materia;

IV. Asesorar jurídicamente a los participantes en los sistema-producto, en las actividades propias del comercio y resolver a solicitud de las partes las controversias que se susciten como resultado de las transacciones celebradas a lo largo de las cadenas productivas y de poscosecha;

V. Promover la creación de unidades de arbitraje para ser acreditadas conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y

VI. Las demás que determinen sus reglas.

Artículo 186. La comisión intersecretarial apoyará al servicio nacional de arbitraje del sector rural para que su cobertura alcance a las regiones con mayores necesidades del servicio y otorgará la aprobación de las unidades de arbitraje en los términos del marco normativo del servicio y de conformidad con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Igualmente podrán establecerse juntas permanentes de arbitraje para sistemas-producto en particular, siempre que los gastos que ello origine sean aportados por los intervinientes en la cadena productiva.

La comisión intersecretarial, a través de la instancia correspondiente según sea el caso, prestará el servicio de arbitraje para casos o productos específicos, mediante acuerdos que emita al respecto el titular del ramo.

TITULO CUARTO

De los apoyos económicos

Artículo 187. La comisión intersecretarial, con la participación del consejo mexicano, propondrá la asignación de estímulos fiscales a las acciones de producción, reconversión, industrialización e inversión que se realicen en el medio rural en el marco de las disposiciones, de la presente ley y la normatividad aplicable.

Artículo 188. Los apoyos económicos que proporcionen los tres órdenes de gobierno estarán sujetos a los criterios de generalidad, temporalidad y protección de las finanzas públicas, a que se refiere el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para el otorgamiento de subsidios, así como a los compromisos contraídos por el Gobierno mexicano en la suscripción de convenios y tratados internacionales.

Los programas que formulen la Secretaría y demás dependencias del Poder Ejecutivo Federal, así como los acordados entre éste y los demás órdenes de gobierno que concurren para lograr el desarrollo rural sustentable, definirán esquemas de apoyos, transferencias y estímulos para el fomento de las actividades agropecuarias y no agropecuarias, cuyos objetivos serán fortalecer la producción interna y la balanza comercial de alimentos, materias primas, productos manufacturados y servicios diversos que se realicen en las zonas rurales; promover las adecuaciones estructurales a las cadenas productivas y reducir las condiciones de desigualdad de los productores agropecuarios, forestales y de pesca y demás sujetos de la sociedad rural, así como lograr su rentabilidad y competitividad en el marco de la globalización económica.

Los diversos programas e instrumentos que se requieran para cumplir con los lineamientos definidos en el artículo 22 de esta ley, estarán previstos dentro del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. La normatividad para la operación de estos programas será propuesta por la comisión intersecretarial, por medio de la Secretaría y demás dependencias que concurren en el fomento agropecuario y en el desarrollo rural sustentable.

1640,1641,1642

 

Artículo 189. Los proyectos de Presupuesto de Egresos que formule el Ejecutivo Federal deberán ser congruentes, según lo dispone el artículo 40 de la Ley de Planeación, con los objetivos, las metas y las prioridades establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, los programas sectoriales correlacionados y el Programa Especial Concurrente, definidos para el corto y mediano plazos. En dichos proyectos e instrumentos, a iniciativa del Ejecutivo Federal, se tomará en cuenta la necesidad de coordinar las acciones de las distintas dependencias y entidades federales para impulsar el desarrollo rural sustentable.

Artículo 190. Para los efectos del artículo anterior y de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 4o. y 13 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, las previsiones presupuestales podrán comprender los siguientes rubros:

I. Apoyos para la adquisición de activos privados para la inversión e insumos en las unidades de los propios productores y pagos por empleo temporal aplicados al mejoramiento de sus activos; apoyos para el desarrollo forestal y de plantaciones; y, apoyos directos al campo, en los términos que definan los programas y de acuerdo a lo establecido en esta ley;

II. Apoyos a la comercialización y al financiamiento para cosechas elegibles con problemas de comercialización, a la cobertura de riesgos; para el otorgamiento de crédito por la banca de desarrollo y demás fondos; para el seguro agrícola; y fondos de apoyo a empresas sociales y fondos regionales gubernamentales y no gubernamentales para el combate a la pobreza;

III. Provisión de activos públicos productivos, incluyendo infraestructura básica e hidroagrícola, electrificación y caminos rurales; reforestación; conservación de suelos; rehabilitación de cuencas; así como para la investigación y transferencia de tecnología, programas de asistencia técnica y de sanidad agropecuaria;

IV. Apoyos a productores en zonas áridas, zonas de marginación y de reconversión, así como a los afectados por contingencias climatológicas y

V. Los estímulos económicos que se otorguen a los productores rurales que desarrollen sus actividades con tecnología de conservación y preservación de los recursos naturales.

Artículo 191. Los apoyos que se otorguen a los productores en cumplimiento a lo dispuesto por este ordenamiento, impulsarán la productividad y el desarrollo de actividades agropecuarias y la creación y consolidación de empresas rurales, a fin de fortalecer el ingreso de los productores, la generación de empleos y la competitividad del sector.

El otorgamiento de apoyo a los productores observará los siguientes criterios:

I. La certidumbre de su temporalidad sujeta a las reglas de operación que se determinen para los diferentes programas e instrumentos por parte de las dependencias del Gobierno Federal;

II. Su contribución a compensar los desequilibrios regionales e internacionales, derivados de la relaciones asimétricas en las estructuras productivas o de los mercados cuando la producción nacional sea afectada por la competencia desigual derivada de los acuerdos comerciales con el exterior o por políticas internas;

III. Precisión en cuanto a su naturaleza generalizada o diferenciada por tipo de productor, ubicación geográfica y nivel socioeconómico del beneficiario;

IV. Atención preferente a la demanda, considerando la inducción necesaria para impulsar el cambio propuesto en el marco de la planeación nacional del desarrollo;

V. La concurrencia de recursos federales, estatales y municipales y de los propios beneficiarios, a fin de asegurar la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad y multiplicar el efecto del gasto público;

VI. Transparencia; mediante la difusión de las reglas para su acceso y la publicación de los montos y tipo de apoyo por beneficiario;

VII. Evaluación y factibilidad en función de su impacto económico y social, la eficiencia en su administración y la pertinencia de las reglas para su otorgamiento y

VIII. Responsabilidad de los productores y de las instituciones respecto a la utilización de los apoyos, conforme al destino de los mismos y a las reglas para su otorgamiento.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente ordenamiento y continuarán vigentes los reglamentos del sector en lo que no se opongan a lo dispuesto por esta ley.

Tercero. Se abroga la Ley de Distritos de Desarrollo Rural, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988.

Cuarto. Se abroga la Ley de Fomento Agropecuario publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 1981. El fideicomiso de riesgo compartido mantendrá su estructura y funciones en los términos de las disposiciones hasta hoy vigentes, de sus normas constitutivas y las que establece este ordenamiento.

Quinto. El Ejecutivo Federal expedirá dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de esta ley los reglamentos que previene este cuerpo normativo y las demás disposiciones administrativas necesarias; asimismo, establecerá las adecuaciones de carácter orgánico, estructural y funcional para su debido cumplimiento.

Sexto. La constitución del consejo mexicano para el desarrollo rural sustentable y la integración de la comisión intersecretarial para el desarrollo rural Sustentable tendrá un plazo de seis meses a partir de la publicación de esta ley en el Diario Oficial de la Federación.

Séptimo. La constitución de los comités sistema producto tendrá un plazo de seis meses a partir de la publicación de esta ley en el Diario Oficial de la Federación.

Octavo. La constitución de los sistemas y servicios previstos en esta ley tendrá un plazo de seis meses a partir de la publicación de esta ley en el Diario Oficial de la Federación.

Noveno. El Presidente de la República dispone de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley para formular y publicar el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable correspondiente al periodo que concluye con el mandato constitucional de la actual administración federal.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— México, D.F., a 18 de octubre de 2001.— Por la Comisión de Desarrollo Rural, diputados: Jaime Rodríguez López, presidente; Miguel Ortiz Jonguitud, J. Jesús Dueñas Llerenas, Alfonso O. Elías Cardona y Ramón Ponce Contreras, secretarios; Oscar Alvarado Cook, José María Anaya Ochoa, Francisco Arano Montero, Feliciano Calzada Padrón, Francisco Castro González, Miguel Castro Sánchez, Arturo B. de la Garza Tijerina, José R. Escudero Barrera, Francisco Esparza Hernández, Francisco Javier Flores Chávez, José Luis González Aguilera, Santiago Guerrero Gutiérrez, Arturo Herviz Reyes, José de Jesús Hurtado Torres, José Jaimes García, Silverio López Magallanes, Juan Mandujano Ramírez, Martha Ofelia Meza Escalante, Martín G. Morales Barragán, María del Rosario Oroz Ibarra, Francisco Javier Ortiz Esquivel, Juan Carlos Regis Adame, Jaime Tomás Ríos Bernal, José Roque Rodríguez López y Petra Santos Ortiz.

Por la Comisión de Desarrollo Rural, diputados: Silvano Aureoles Conejo, presidente; J. Alejandro Cruz Gutiérrez, Edgar Consejo Flores Galván, Francisco J. Chico Goerne Cobian y Miguel Angel de J. Mantilla Martínez, secretarios; Rubén Aguirre Ponce, José Jaime Barrón Fonseca, Rafael Barrón Romero, Jorge Carlos Berlín Montero, Andrés Carballo Bustamante, Félix Castellanos Hernández, Maricruz Cruz Morales, José Manuel Díaz Medina, Gustavo Alfonso Donis García, Manuel Duarte Ramírez, Abelardo Escobar Prieto, María L. Arcelia Mendoza Cruz, J. Timoteo Martínez Pérez, J. Melitón Morales Sánchez, Rafael Ramírez Sánchez, Héctor Pineda Velásquez, Baldemar Romero Reyna, Juan Carlos Sáenz Lozano, Miguel Vega Pérez y Juvenal Vidrio Rodríguez.»

Es de primera lectura.

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta:

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura.

El secretario Adrián Rivera Pérez:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa. Se le dispensa la lectura.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados del Congreso General, fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:

• Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General, presentada por el diputado Raúl Martínez González a nombre de los integrantes de la Comisión de Vigilancia, el 27 de septiembre de 2001.

La iniciativa propone modificar el numeral 4 del artículo 40 de nuestra Ley Orgánica, referente a la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, para adecuar su nombre a la legislación vigente en la materia y cambiarlo por el de Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

Esta comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 70 último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable Asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES

En el mes de julio de 1999 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma a los artículos 73, 74, 78 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fiscalización superior.

Así, nuestra Ley Fundamental establece que corresponde a la Cámara de Diputados la facultad de coordinar y evaluar el desempeño de las funciones del órgano de fiscalización superior, en los términos que disponga la ley.

Consecuentemente, la disposición constitucional señala que para la revisión de la Cuenta Pública, la representación popular se apoyará en un órgano técnico denominado entidad de Fiscalización Superior de la Federación.

La Ley de Fiscalización Superior de la Federación que entró en vigor en diciembre del año 2000, señala que al órgano técnico de la Cámara de Diputados encargado de la revisión de la cuenta pública, se le denominará: Auditoría Superior de la Federación.

Con la denominación de Auditoría Superior de la Federación, se sustituye a la que se llamaba Contaduría Mayor de Hacienda. La Auditoría Superior es también la institución que menciona nuestra Constitución Política como entidad de Fiscalización Superior de la Federación.

Con base en los antecedentes citados, esta comisión dictaminadora expone las siguientes

CONSIDERACIONES

1. La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en la sección relativa a las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados, se refiere a la Comisión de Vigilancia, pero del órgano anteriormente llamado Contaduría Mayor de Hacienda.

2. La actividad de las comisiones ordinarias está relacionada con las diferentes ramas de la administración pública, con tareas específicas del Congreso, así como la atención de diversos asuntos del acontecer nacional; de ahí que la denominación de las mismas tenga concordancia con la nomenclatura de las actividades del Estado, sin que ello signifique menoscabo de la independencia de los poderes.

3. La coincidencia en la denominación propicia un mayor acercamiento y desarrollo de relaciones y vínculos entre los legisladores, funcionarios públicos y ciudadanía. Esto favorece la coordinación y la colaboración entre los poderes de la Unión, así como la atención de los problemas y necesidades de los mexicanos.

4. Esta comisión considera procedente la iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para adecuar la terminología de ésta a la que emplea la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

5. Es procedente que la comisión ordinaria encargada de las tareas antes mencionadas se denomine: "Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación".

1643,1644,1645

Como resultado de los razonamientos expuestos en el presente dictamen, esta Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se permite someter a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Que reforma el artículo 40 numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo único. Se reforma el artículo 40 numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

"Artículo 40.

1 al 3. . .

4. La Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación realiza las tareas que le marca la Constitución y la correspondiente ley reglamentaria."

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México D.F., a 10 de octubre de 2001.— Diputados: Augusto Gómez Villanueva, presidente; Jesús Alí de la Torre, Sergio R. Vaca Betancourt Bretón, Miguel Angel Martínez Cruz y Diego Cobo Terrazas, secretarios; Eduardo Andrade Sánchez, Manuel Garza González, Gustavo Nabor Ojeda Delgado, Juan Manuel Martínez Nava, Rafael Rodríguez Barrera, Omar Fayad Meneses, Francisco Javier Chico Gorne, Fanny Arellanes Cervantes, Jaime Salazar Silva, José de Jesús Hurtado Torres, José de Jesús López Sandoval, Edgar Eduardo Alvarado García, Lorenzo Rafael Hernández Estrada, Luis Miguel Jerónimo Barbosa Huerta y Ricardo Moreno Bastida.»

La Presidenta:

Es de segunda lectura.

En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.

Para fundamentar el dictamen, ha solicitado hacer uso de la palabra el diputado Augusto Gómez Villanueva, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Augusto Gómez Villanueva:

Señora Presidenta de la Cámara de Diputados; honorable Asamblea:

Acudo a esta tribuna a nombre de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para fundar el dictamen que reforma el artículo 40 numeral 4 de la Ley Orgánica del Congreso General, referente a la denominación de la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados, cuya iniciativa fue presentada por el diputado Raúl Martínez González, a nombre de la Comisión de Vigilancia el 27 de septiembre del año 2001.

En el mes de julio de 1999 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a los artículos 73, 74, 78 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de fiscalización superior. A raíz de esa modificación a nuestra Carta Magna, en el artículo 74 fracción II se establece que corresponde a la Cámara de Diputados la facultad de coordinar y evaluar el desempeño de las funciones del organo de Fiscalización Superior, en los términos que disponga la ley. De igual manera, la disposición constitucional señala que para la revisión de la Cuenta Pública, la representación popular se apoyará en un órgano técnico denominado Entidad de Fiscalización Superior de la Federación.

La Ley de Fiscalización Superior de la Federación, que entró en vigor en diciembre del año 2000, señala que al órgano técnico de la Cámara de Diputados encargado de la revisión de la Cuenta Pública, se le denominará Auditoría Superior de la Federación.

Ahora bien, con la denominación de Auditoría Superior de la Federación se sustituye a la Contaduría Mayor de Hacienda, que anteriormente se encargaba de revisar la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Para coordinar y vigilar las acciones de la entidad de fiscalización, dependiente de la Cámara de Diputados, antes Contaduría Mayor de Hacienda y ahora constituida como Auditoría Superior de la Federación, la Cámara Baja cuenta con una comisión ordinaria especializada en dicha materia, establecida en la Ley Orgánica del Congreso General.

La Comisión de Vigilancia tiene sustento y reconocimiento desde el texto constitucional y ha sido así desde 1836 y es la única comisión que cuenta con una normatividad específica, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

Ahora bien, nuestra comisión considera pertinente adecuar el texto de la Ley Orgánica del Congreso General con la normatividad sobre fiscalización para que se reconozca en la norma la realidad operante.

Entonces es fácil concluir que lo procedente... que lo procedente es modificar el artículo 40 numeral 4 de nuestra ley para que el nombre de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda sea sustituido por el de Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, como lo propone el dictamen que está a su consideración.

Por lo anterior solicito a ustedes, señores diputados, su voto aprobatorio para el dictamen que se somete a su atenta consideración.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Se abre el registro de oradores... en virtud de que no se han registrado oradores, solicito a la Secretaría abra el sistema electrónico hasta por 10 minutos para proceder a la votación del proyecto de decreto.

El secretario Adrián Rivera Pérez:

Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación del proyecto de decreto.

El secretario Adrián Rivera Pérez:

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

(Votación.)

Señora Presidenta, se emitieron 354 votos en pro y cero en contra.

La Presidenta:

Aprobado el proyecto de decreto por 354 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El secretario Adrián Rivera Pérez:

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

SERVICIOS PORTUARIOS (II)

La Presidenta:

Esta Presidencia precisa el trámite a la iniciativa de reformas a diversos ordenamientos en materia de las administraciones portuarias integrales, precisando que en consulta con el diputado proponente se determinó el turno a las comisiones de Hacienda y Comunicaciones.

VOTO FEMENINO

La Presidenta:

El siguiente punto del orden del día es la conmemoración del aniversario del voto femenino en México.

Han solicitado hacer uso de la palabra sobre el tema las diputadas: Beatriz Lorenzo Juárez, del PAS; Norma Patricia Riojas Santana, del PAS; Rosa Delia J. Montaño, del PT; María Teresa Campoy Ruy Sánchez, del PVEM; María de los Angeles Sánchez Lira, del PRD; Sonia López Macías, del PAN y Olga Haydee Flores Velásquez, del PRI.

Tiene el uso de la palabra por cinco minutos la diputada Beatriz Lorenzo Juárez, del Partido de la Alianza Social.

La diputada Beatriz Patricia Lorenzo Juárez:

Con el permiso de la Presidencia; señoras y señores legisladores:

El sufragio femenino es un derecho que pueden ejercer las mujeres mexicanas desde hace 48 años y que está plenamente reconocido por nuestra Carta Magna, pero la participación efectiva en los puestos públicos, de dirección, es una realidad débil debido no a la imperfección de las leyes que a fin de cuentas son perfectibles, sino a la no aplicación de las mismas.

El 17 de octubre de 1953, a iniciativa del presidente de México, licenciado Adolfo Ruiz Cortines y durante la XLII Legislatura federal, se reforman los artículos 34 y 35 de nuestra Constitución Política con lo cual se otorga a las mujeres mexicanas plenitud de derechos civiles y políticos como son votar, ser votadas en todos los puestos de elección popular y asociarse políticamente.

Así, en las legislaturas federales que han transcurrido de 1952 al año 2000, las mujeres han ocupado 547 escaños de los 5 mil 448 que se han elegido en la Cámara de Diputados, es decir poco más del 10% del total.

En esta legislatura, para el periodo 2000-2003, la presencia femenina ha sido del 14.2%. A pesar del otorgamiento de estos derechos civiles y políticos plenos a favor de las mujeres, su participación política ha sido mínima y limitada.

En 1893, Nueva Zelanda se convierte en el primer país en el ámbito mundial que reconoció a las mujeres el derecho al sufragio; en 1902 lo hace Australia; en 1917 la Unión Soviética; en 1920 los Estados Unidos de América; en 1931 España; en 1945 Francia; en 1946 Argentina; en 1949 la India; y en 1953 México.

A partir de entonces, el sufragio femenino ha permitido que las mujeres desarrollen su vocación política y su espíritu de servicio, así la participación de la mujer en política puede darse en dos formas y porcentajes: como votante y ser mayoría de sufragios o como candidato a un puesto de elección popular y ser minoría en los puestos designados.

¿Qué es lo que nos impide ser mayoría en ambas formas?

La participación política es una forma de propiciar el desarrollo humano pleno, ya sea de mujeres u hombres, así la misión del sufragio femenino es de potencial importancia para dar lugar a mayores protagonismos, obviamente también femeninos dentro de los puestos de dirección política ya que estos últimos son mínimos, lo que provoca una desvalorización de la mujer dentro de los partidos políticos y entidades de gobierno en los tres niveles.

Los factores socioculturales, el sistema patriarcal y la intolerancia de géneros son un gran abanico de frenos a la equidad política de las mujeres; los valores que se otorgan a cada uno de los géneros como adquiridos y deseables a lo largo de su vida son distintos, mientras que en la mujer son virtud, castidad, codicia y fecundidad, en el hombre son prudencia, razón, sabiduría y ambición.

En el Partido Alianza Social estamos convencidos que únicamente bajo un enfoque de género que implique el respeto a las mujeres y promueva la información adecuada, veraz y oportuna a su favor, será posible aspirar a dar origen a leyes y políticas públicas que destierren toda acción de exclusión o discriminación por el hecho de ser mujer.

La equidad de género hoy día, a razón de las condiciones sociales, económicas y políticas que vive el país no es un reclamo injustificado o una graciosa concesión, es un acto de justicia y una actitud moral correcta.

Para el Partido Alianza Social no importa si es hombre o mujer, lo que cuenta es tener la voluntad de hacer bien las cosas desde un principio en busca del bien común, lo importante es ser humanos al servicio de los semejantes; esto es la política. Argumento ideal, ingenuo o simplista si se quiere, pero al fin todos buscamos lo humano para seguir adelante, baste recordar el 11 de septiembre del presente año y lo ocurrido en la ciudad de Nueva York. Seamos seres humanos, seamos mexicanos todos antes de ser hombres o mujeres.

La equidad de género en los órganos de dirección tanto de partidos políticos, como de entidades gubernamentales en donde la mujer esté a la par del hombre, condición necesaria para aspirar a una auténtica democracia, es justicia ser hoy eco del papel que la mujer ha jugado, juega y jugará en la política nacional ya que el ciudadano busca una figura que concrete sus expectativas de cambio y le devuelva la confianza en la política.

¿Por qué negar a la mujer, al género femenino la posibilidad real de asumir el liderazgo político nacional? Un derecho sólo es real cuando se ejerce, sólo con una actividad política constante es posible incrementar la participación política efectiva; sólo con tolerancia de género y equidad de responsabilidades México podrá aspirar a ser lo que de raíz es: ¡una gran nación!

Muchas gracias.

1646,1647,1648

Presidencia del diputado Eloy Cantú Segovia

El Presidente:

Gracias a usted, diputada Beatriz Lorenzo Juárez.

Tiene la palabra la diputada Norma Patricia Riojas Santana, del Partido Sociedad Nacionalista, hasta por cinco minutos.

La diputada Norma Patricia Riojas Santana:

Con el permiso de la Presidencia:

Me permito iniciar mi participación citando el artículo 1o. de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están, de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente unos con otros".

Las mujeres mexicanas del país, celebramos el 17 de octubre un aniversario del derecho a ser reconocidas como ciudadanas, con capacidad de elegir y ser elegidas a cargos de elección popular.

En 1947 se adicionó el artículo 115 constitucional para otorgar el voto municipal a la mujer y con ello la posibilidad de ser votada únicamente en elecciones municipales.

El 17 de octubre de 1953 se reformaron los artículos 34 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, permitiendo así disminuir el trato inequitativo. Aún hoy, a más de un siglo, los mexicanos no entendemos que hombres y mujeres son iguales, que no debe existir confrontación y desigualdad, sino unidad para lograr un México mejor.

La mujer desde el inicio de la humanidad ha sido el bastión principal de la familia y de la sociedad, así como pieza fundamental en las luchas revolucionarias que han transformado la política de nuestro país y del mundo. Las mujeres se han integrado a la vida económica activa en nuestro país, lo que nos plantea la necesidad de adecuar el régimen legal para alcanzar una igualdad jurídica, entendida ésta como la eliminación de toda clase de discriminación o segregación causada por el sexo o género de una persona.

Desde 1993 se incorporó en el Código Federal de Procedimientos Electorales, Cofipe, en su artículo 175, la recomendación de que los partidos políticos promuevan una mayor participación de la mujer en la vida política del país a través de su postulación a cargos de elección popular, pero al no existir obligatoriedad en este artículo, la mujer es ignorada y rezagada en el ámbito político, ya que vemos que en la mayoría de los puestos de elección popular vamos como suplentes y no la mayoría como propietarias.

En el Partido de la Sociedad Nacionalista, la importancia de la presencia de la mujer en los comités, en las delegaciones y cargos de elección popular es manifestada con el 50% de mujeres, por ello, en el Partido de la Sociedad Nacionalista tienen cabida las mujeres sin importar edad, condición social, solamente requerimos su amor por México.

Actualmente el 52% del padrón electoral son mujeres, sin que esto se vea reflejado en el número de representantes de elección popular, siendo un factor decisivo en las pasadas elecciones.

No es el generar privilegios para un sector por su sexo, sino es el crear condiciones equitativas sin dejar a un lado las condiciones biológicas propias de la mujer. La presencia de la mujer ha trascendido más allá de las fronteras, instrumentos tales como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer.

Estos convenios establecen procurar e impulsar la igualdad entre los hombres y las mujeres en el trabajo, es un hecho que la discriminación directa o indirecta contra la mujer viola los principios de igualdad de derechos y de respeto a la dignidad humana. No seamos partícipes de actividades que impiden la superación de las mujeres, nos corresponde combatir todo tipo de segregación, aquella que varía de una región a otra por sus costumbres, por sus raíces. En nuestro país existen más de 56 grupos indígenas orgullosos de su identidad, de sus prácticas sociales, culturales y económicas.

Para el Partido de la Sociedad Nacionalista, la mujer es más que un género. Nos manifestamos por la participación abierta y total de las mujeres en todos los ámbitos, por defender sus derechos e impulsar su desarrollo e incorporarla equitativamente a todos los campos y sectores.

En este día, que reconocemos un derecho político de la mujer, hacemos un llamado para que hoy no dejemos en el olvido a la mujer rural, son ellas quien debido al fenómeno migratorio han sido sujeto de presiones, de violaciones y vejaciones.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente:

Muchas gracias, diputada Norma Patricia Riojas Santana.

Con el mismo tema tiene la palabra la diputada Rosa Delia Cota Montaño, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por 10 minutos.

La diputada Rosa Delia Cota Montaño:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

Ayer, 17 de octubre, celebramos un aniversario más de una de las más importante conquistas en la lucha de las mujeres por lograr la igualdad entre géneros.

Se cumple el XLVIII aniversario de la reforma constitucional, que otorgó a las mujeres mexicanas el derecho a ser reconocidas como ciudadanas, con el derecho a votar y ser votadas; es decir, participar en política.

Sin embargo, antes de esta fecha hubo mujeres que participaron durante el movimiento de 1910, que jugaron un papel determinante en la lucha política y revolucionaria del país. Esto, sin abandonar en ningún momento sus responsabilidades hogareñas ni sus actividades productivas y creadoras, tal es el caso de doña Carmen Serdán.

La reforma constitucional promulgada el 17 de octubre de 1953 en el Diario Oficial de la Federación, reformó los artículos 34 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, permitiendo así revertir parcialmente el trato inequitativo del cual la mujer había sido objeto en el ámbito político y social hasta entonces.

No podíamos seguir manteniendo esta inequidad cuando precisamente las mujeres hemos sido uno de los baluartes, de las gestas libertarias y democráticas de nuestro país. Este asunto por sí solo no ha sido indicativo de un cambio sustancial en la participación de las mujeres en la vida política.

A raíz de ello se ha buscado fortalecer nuestra participación en las actividades públicas. Las mujeres de ninguna manera nos hemos conformado con eso, seguimos pugnando porque sean plasmados nuestros derechos en los distintos ordenamientos legales que rigen nuestra nación.

La mujer es sujeto de derechos y obligaciones, un ser humano pensante y sensible, para ella no hay imposibles, da vida, no admite injusticias luchando por la equidad, trata siempre de salir adelante a pesar de las barreras que la misma sociedad le impone, no sólo por su número, sino fundamentalmente por su capacidad; la mujer se ha incorporado a las actividades productivas, académicas, de investigación, artísticas, deportivas y políticas. Por esa razón la mujer es el núcleo de la sociedad mexicana.

Sin embargo, vivimos en una sociedad que mantiene grandes tabúes, prejuicios y obstáculos que inhiben nuestra capacidad transformadora. La lucha por los derechos políticos y ciudadanos de la mujer da equidad e igualdad ciudadana a la vida de las organizaciones sociales y políticas.

Un ejemplo de esta situación, es la constante búsqueda de espacios y posiciones en los poderes de la Unión. Es el caso de esta soberanía, se había observado un crecimiento progresivo desde 1954, año en que Aurora Jiménez de Palacios rinde protesta como la primera legisladora en la Cámara de Diputados. Hasta 1991, año en que el número de diputadas era de 44, se registra una cifra notablemente menor a la de 1988, en donde las curules ocupadas por mujeres era de 59.

Cabe resaltar que esta caída se revierte en los últimos años. Para esta legislatura el número de diputadas es mayor, lo que representa aproximadamente el 16% del número total de diputados. Por ello es imprescindible lograr un equilibrio en la presencia de los géneros en la vida pública, en las actividades económicas, políticas, sociales y culturales.

Pero también nos interesa llevar una vida más equitativa en las relaciones interpersonales. La lucha por el reconocimiento de nuestros derechos políticos y ciudadanos, está vinculada a la lucha que damos por la defensa de una perspectiva de género, el mismo combate que damos por lograr que se amplíen los niveles de participación y representatividad de las mujeres en la vida política, lo damos por lograr cambiar los vínculos entre la mujer y el hombre para que sean más equitativos, justos y humanos.

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo considera que los derechos políticos de la mujer son una conquista invaluable en el anexo de democratizar aún más la sociedad de cara al nuevo milenio.

Todas las fuerzas políticas coincidimos en que deben de ser ampliados a todos los ámbitos de la vida pública y privada.

La izquierda democrática de la cual forma parte el Partido del Trabajo, cree firmemente que logrando una mayor presencia femenina en todas las instancias de la sociedad, garantiza que se pueda defender la perspectiva de género y con esto podremos dar un contenido más integral a la idea de las ciudadanas y los ciudadanos de nuestro país.

Saludamos entonces a todas las mujeres que con su lucha han logrado avances sustanciales para nuestro desarrollo político y social. Además refrendamos nuestro compromiso para avanzar con pasos sólidos en la reivindicación de la perspectiva de género en todos los ámbitos de la vida cotidiana.

Es cuanto.

El Presidente:

Muchas gracias, diputada Rosa Delia Cota Montaño.

Tiene la palabra la diputada María Teresa Campoy Ruy Sánchez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La diputada María Teresa Campoy Ruy Sánchez:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

Las mujeres siempre hemos ocupado un lugar importante en nuestro mundo y más aún en la actualidad. No obstante a ello, muchas mujeres aun hoy se encuentran injustamente sometidas a la pobreza, la marginación, la violencia y el abuso y la ignorancia.

Gracias a una lucha tenaz hemos ya accedido por méritos y derechos propios, a campos que aún en el pasado reciente nos estaban vedados: las artes, la política, las ciencias, la academía, la empresa, ahora son espacios a los que comúnmente no sin problemas accedemos y en los cuales hemos demostrado estar plenamente capacitadas para intervenir.

La conmemoración de una de nuestras grandes conquistas que llega casi a los 50 años, la del voto ciudadano que con resistencia fue arrebatado a la tendencia en aquel entonces dominante, muestra sólo una de las metas cumplidas pero falta todavía por hacer.

La preocupación por la atención a la mujer ha alcanzado el ámbito internacional. De ahí que diversos organismos internacionales hayan participado en la organización de diversos eventos tendientes a mejorar la condición de las mujeres en el mundo. Como resultado de esta lucha infatigable en pro de la defensa de los derechos de la mujer, se han celebrado diversas asambleas, congresos, convenciones y acuerdos internacionales a los que muchos países se han adherido. Basta mencionar la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 7 de julio de 1954 para darnos cuenta de la importancia de esos acuerdos internacionales en la protección de la mujer.

Nuestro país, al igual que el resto de la comunidad internacional, ha atravesado paulatinamente por un proceso democratizador incluyente, resultado de la mayor participación de la mujer en la política.

La presencia de los partidos políticos actuales, se justifica cuando se presentan como organismos respaldados en una ideología auténtica, propositiva y por supuesto congruente en la que a pesar de las negociaciones políticas éstas no infrinjan la equidad de género, la pluralidad incluyente ni afecten el destino de los mexicanos, tal es el caso del partido que represento.

La mujer mexicana, el ama de casa, la indígena, la trabajadora, la empresaria, la discapacitada, la maltratada, debe luchar por el respeto de su dignidad y condición como ser humano, por el reconocimiento de los espacios laborales y de participación de los que por tanto tiempo se nos privó, de los que todavía carecemos y de los que se nos quiere despojar.

1649,1650,1651

Es por ello, que el desafío por la reivindicación de la presencia femenil en los espacios laborales, educativos, culturales, políticos y de salud, es apremiante y debe conducirnos a la reinstalación de su presencia en el mundo contemporáneo, para ocupar el papel que merece, olvidando los prejuicios de antaño.

No podemos y no debemos olvidar que los artículos 1o. y 4o. de nuestra Constitución desde 1975, son categóricos al disponer de manera absoluta la igualdad entre todos los mexicanos, haciendo especial énfasis en la igualdad ante la ley, entre la mujer y el hombre. De ahí que toda marginación o discriminación basada en el género, no sólo carece de sustentación moral, sino también de fundamentación legal y hacen de nuestra lucha el medio idóneo y legítimo para establecer una sociedad más equitativa y justa para la mujer.

Muchas gracias.

Presidencia de la diputada

Beatriz Elena Paredes Rangel

La Presidenta:

Muchas gracias, señora diputada.

Para conocimiento de nuestros colegas legisladores, queremos informarles que recibimos en esta mesa directiva comunicación de los grupos parlamentarios, por medio de la cual acuerdan sugerir a esta mesa que la sesión continúe hasta las 17:00 horas.

Por lo que la sesión continuará hasta las 17:00 horas y desahogaremos hasta ese momento los puntos del orden del día hasta donde sea posible.

Tiene la palabra sobre el mismo tema, hasta por 10 minutos, la diputada María de los Angeles Sánchez Lira, del grupo parlamentario del PRD.

La diputada María de los Angeles Sánchez Lira:

Con su permiso, señora Presidenta; honorable Asamblea:

La historia mexicana está salpicada de hechos históricos de trascendencia y magnitud invaluable y siempre en ellos el denominador común es un largo proceso para su consumación y la magnificencia de su significado.

Es así que el 17 de octubre se conmemora el corolario de una larga y sinuosa lucha. El 17 de octubre de 1953, fue publicado en el Diario Oficial la reforma al artículo 34 constitucional, plasmándose en nuestra Ley Fundamental la ciudadanía, tanto de mujeres como de hombres, y por ende el derecho de las mujeres de acceder y ejercer el voto.

Como parteaguas de la lucha de las mujeres por el ejercicio pleno de sus derechos, el 17 de octubre de 1953, corona un proceso que ya no todos recuerdan. El movimiento feminista es en realidad una lucha revolucionaria, que en México ha nacido como tal, a la par de nuestra Revolución de 1910, conjuntando y defendiendo las enseñanzas y ejemplos de nuestra predecesora, que desde su lucha individual han abogado por el respeto e igualdad de las mujeres frente a los hombres.

Josefa Ortiz de Domínguez, Leona Vicario, sor Juana Inés de la Cruz, doña Francisca Flores, Josefa Caballero y contrario a lo que se cree, muchísimas que abonaron y fortificaron el pensamiento y sentir de las mujeres mexicanas, motivándolas a la búsqueda de su independencia e igualdad mujeres que dieron pie a la revolución de las féminas de México.

Desde el Primer Congreso Feminista en 1915 y con el reconocimiento de la igualdad, mujeres y hombres, en el seno de la familia en 1917, con la lucha por la educación incluyente de la mujer, la educación mixta y la educación sexual en 1923 y con el Congreso Nacional Feminista en 1923, con la participación activa de mujeres visionarias en procesos electorales, a partir de 1923, con la prohibición del sometimiento de las mujeres en razón de su sexo; el ejercicio libre y pleno de sus derechos familiares y patrimoniales; la libertad de emplearse sin necesidad de autorización expresa de su marido con los derechos establecidos por el Código Civil de 1928.

La formación de grupos políticos femeninos con amplia participación en las elecciones de 1934, 1937 y 1940, las mujeres nos encaminamos a una de las tantas cumbres que nos hemos fijado alcanzar el ejercicio del voto sin restricción alguna.

Resulta sorprendente para las nuevas generaciones, que la educación estuviera vetada para las mujeres; que tuviéramos que pedir permiso para trabajar, que las mujeres no pudiesen disponer de sus bienes, que las madres no pudieran decidir sobre las circunstancias de su vida familiar, que el voto se haya conquistado hace apenas 48 años; pero lamentablemente sigue siendo normal y natural el bajo número de mujeres que acceden a puestos con poder decisorio, el mínimo número de mujeres postuladas a candidaturas de elección popular, el alto índice de mujeres y niñas golpeadas y violentadas en el seno de su familia; persiste la ignorancia, la indolencia que segrega a las mujeres en los ámbitos laborales.

La pobreza extrema, la hacinación y la insalubridad aún es natural pensamiento que limita las oportunidades de crecimiento y desarrollo de las mujeres.

Es menester integrar a nuestra normatividad todas aquellas medidas afirmativas que permitan la aplicación real de la equidad con miras a la consecución de una verdadera igualdad.

Es necesario e impostergable derribar las fronteras que mantienen a las mujeres lejos de los cargos públicos y privados en los que las decisiones tienen incidencia en la vida de nuestro México. Nuestros derechos políticos son irrenunciables.

Señoras y señores legisladores: establecer la ciudadanía a las mujeres mexicanas, no fue un hecho gracioso ni gratuito; costó mucho sensibilizar a una sociedad dominada por una sola visión de género.

Desde 1937, el general Lázaro Cárdenas del Río propuso reconocer la ciudadanía a las mujeres y se aprobó la iniciativa en el Constituyente Permanente, pero nunca se hizo el cómputo respectivo quedando relegado ese reclamo por más de 10 años.

Cuando en México se reconoce la ciudadanía a la mujer, más de 57 países ya la reconocían y el 54% de la población de entonces, la componían las mujeres. El reconocimiento a la ciudadanía, ciertamente, fue un hecho tardío como también lo es el que en muchos terrenos apenas empecemos a discutir lo que en otros lugares ya es una realidad: el reconocimiento al trabajo doméstico como aportación económica del hogar, la eliminación de toda forma de violencia familiar, el acceso equitativo a la escuela, al trabajo, a los puestos de representación popular, la eliminación del hostigamiento sexual como una constante que agrede a las trabajadoras en su centro de trabajo, las mujeres que estamos llamadas más temprano que tarde a tomar lo que por siglos nos han negado y darle un rostro distinto a una sociedad que cada vez más depende de nosotras.

Hoy, cada vez más hogares son sostenidos por mujeres. Como ahora, hay partidos políticos dirigidos por mujeres; ahora conmemoramos, señoras y señores, la eliminación de una infamia donde ni siquiera éramos consideradas ciudadanas de este país.

Muchas gracias, diputadas y diputados.

La Presidenta:

Gracias, señora diputada.

Tiene la palabra la diputada Sonia López Macías, sobre el mismo tema hasta por 10 minutos, del Partido Acción Nacional.

La diputada Victoria Ruth Sonia López Macías:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

En esta fecha tan importante donde estamos conmemorando un aniversario más del voto femenino en México, a 48 años de este voto, hoy es motivo de satisfacción para las mujeres mexicanas.

Quiero recordar en este día que el privilegio que nosotras tenemos no es el mismo para las mujeres de otras partes del mundo, como nos lo muestra la lamentable situación en que viven las mujeres de Afganistán.

A lo largo de la historia de la humanidad, las mujeres y las niñas son objeto de innumerables actos de violencia durante los ataques, son motivos frecuentes para la huida de las mujeres y las personas a su cargo y la mayoría de los desplazados son niños y mujeres.

Violaciones, prostitución forzada, esclavitud sexual y embarazos forzados, son todos medios y métodos de guerra criminales, sobre lo que se ha centrado cada vez más la tensión en los últimos años, especialmente de la amplia información que se ha dado acerca de este tipo de violencia en recientes conflictos.

La violencia sexual contra las mujeres y las niñas ha existido siempre; en menor medida contra hombres y niños como forma de tortura para degradar, intimidar y finalmente derrotar a grupos específicos de población y provocar su huida. La violencia sexual es un acto brutal y aterrador, no sólo para las víctimas; sino para toda la comunidad; es una violación grave al derecho internacional humanitario.

No obstante esto, hoy somos testigos de un nuevo grado de violencia hacia las mujeres afganas, que las pone como objeto de una guerra. Esta situación, por más que se pretenda justificar en prácticas y creencias religiosas, es absolutamente inaceptable. Las mujeres de Afganistán se encuentran además en medio de un conflicto armado interno por la hegemonía en el mando del Estado. Pero también en medio de una lucha mundial contra el terrorismo, centrada en este país.

Las diputadas del grupo parlamentario de Acción Nacional no estamos, de ninguna manera, a favor de la guerra. Así también estamos totalmente en contra del terrorismo y en contra de la manera tan denigrante en que son tratadas las mujeres de Afganistán. Por esto, elevamos una amplia protesta para que la dignidad de la mujer sea reconocida mundialmente.

Gracias, compañeros.

La Presidenta:

Gracias, señora diputada.

Tiene la palabra la diputada Olga Haydee Flores Velásquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, sobre el mismo tema, hasta por 10 minutos.

La diputada Olga Haydee Flores Velásquez:

Acudo aquí a esta tribuna parlamentaria para conmemorar el 48 aniversario del sufragio femenino.

El 17 de octubre, sin duda significó, en 1953, la culminación de una suma de esfuerzos y nos planteó la necesidad no sólo de asumir la responsabilidad política, sino también de ser sujetos de la historia. Esta fecha es significativa para todas las mexicanas, ya que rememoramos el trabajo que comenzaron cientos de mujeres en las postrimerías de la Revolución Mexicana y que culminaron después de un duro proceso de luchas a lo largo de la primera mitad del Siglo XX.

Aquí, ahora, honro su memoria y reconozco su tenacidad y aportación a la historia. Desde entonces, la noción del ejercicio de la ciudadanía plena, aunque así no fuese conceptualizada, implicó además otro tipo de elementos que se enmarcaban en la construcción del México posrevolucionario.

Diputadas y diputados: el 17 de octubre de 1953 marca un hito en la historia de la participación de las mujeres. Esa fecha y esa historia nos señalan como llegamos al derecho ciudadano del sufragio y como logramos el derecho de votar y ser votadas. Aquí es donde aún estamos.

Sin embargo, la historia también nos enseña que su transcurso no es lineal, que no suceden los hechos históricos uno detrás del otro y que los avances en el continuo devenir del tiempo no irradian sus beneficios a todos los sectores sociales ni a las mujeres ni a los hombres por igual. Por ello la necesidad de iniciar y de incidir en la historia. Por ello la necesidad de los movimientos sociales. Por ello la necesidad de la organización y de la participación colectiva de las mujeres en las causas que nos son comunes.

Tuvieron que pasar dos décadas desde 1953, para que el texto constitucional en su artículo 4o. incorporara en el año de 1974 la igualdad de los hombres y las mujeres y a casi 30 años de ese entonces, recién es que estamos comprendiendo la naturaleza de las desventajas estructurales con las que concursamos en el desarrollo.

¿Por qué a pesar del texto del artículo 4o. constitucional las mujeres no logramos ser efectivamente iguales? Porque somos hijas del sincretismo de culturas milenarias nutridas de atavismo y discriminación que han sido fundamento de nuestra cultura y de toda la organización de la sociedad.

El Siglo XX nos mostró esa cara, cuando quisimos enfrentar los retos de la modernidad y asumir nuestra posibilidad de ser iguales. Lamentable, los rezagos se reprodujeron en la modernidad. Nos vimos en razón de la capacidad que tenemos de reproducción de la especie, increpadas por nuestros intentos y encaradas al menor propósito de acceso a los mínimos de bienestar.

No nos correspondía la igualdad de oportunidades para la educación, tampoco para la salud y la buena alimentación o para la capacitación laboral y la oportunidad de empleo. Tampoco para el salario igual a trabajo igual. Tampoco para el acceso al crédito y a los recursos productivos. Tampoco para la vivienda y la seguridad social. No éramos sujetos del desarrollo, mucho menos partícipes activas en la toma de decisiones.

1652,1653,1654

Existen, sí, ilustres excepciones en todos los campos del quehacer nacional, pero en la ciencia, en el arte, la academia, el desempeño profesional y la política existen también grandes márgenes de exclusión y de rezago entre los sectores más amplios de las mujeres.

Y al tiempo actual, entonces, ¿cuál es la reflexión que corresponde? Yo pienso que los aniversarios, las conmemoraciones, son ciertamente como lo dice la palabra: los momentos propicios para compartir la memoria y es a partir de esa memoria común que podemos entender también las circunstancias que vivimos y seguir trazando colectivamente nuestros derroteros.

Es apenas en 1993, con la reforma del artículo 175 de la fracción III del Código Federal de Instituciones y Procesos Electorales, que se insta a los partidos políticos para que promuevan una mayor participación de las mujeres en la vida política del país, a través de su postulación a cargos de elección popular.

Es en esa fecha que se asume por primera vez la necesidad de una recomendación legal a favor de las mujeres para compensar las desventajas de su participación, recomendación legal que no ha sido suficiente.

Ciertamente la reforma fue un avance en los enunciados de la responsabilidad pública. No obstante, las actuales diputadas, muchas diputadas de la LVIII Legislatura, hemos decidido impulsar una nueva reforma del Cofipe que contemple un mecanismo compensatorio que garantice el acceso de un mayor número de mujeres a candidaturas de elección popular y que garantice la participación equitativa de las mujeres en la política.

Amigas y amigos: otra reflexión, que yo comparto en esta conmemoración del otorgamiento del sufragio a las mujeres, consiste en llamarnos a ubicar las prioridades, a entendernos como parte de la coyuntura por la que atraviesa el país y que sepamos cual es la responsabilidad que nos compete. Eso significa ir al fondo de la cuestión.

Votar y ser votadas, ¿para qué? Votamos para decidir el estado que queremos las mujeres, que es uno que haga suya la responsabilidad de la igualdad de oportunidades y que en sus instituciones contemple las políticas públicas que favorezcan con un sentido de equidad a la participación de las mujeres en el desarrollo.

Las mujeres hemos de querer en todo momento la prevalencia de un estado laico, que es el que puede garantizarnos la condición para nuestro desempeño libre en la vida pública y privada.

Queremos un Estado que no nos querrá confinar al exclusivo ámbito de la familia y digamos que queremos ser votadas porque estamos dispuestas a representar los intereses más amplios de los sectores de la población, porque vamos a devolver, a través de nuestra gestión como representantes populares, acciones a favor del desarrollo de las mujeres.

Es posible que sólo así podamos tener la fuerza para impulsar leyes con capacidad de incidir en el diseño, coordinación, ejecución y valuación de políticas públicas. Es posible que así podamos avanzar con mayor equidad en las leyes electorales. Es posible que teniendo un amplio respaldo social, podamos lograr que se incremente el presupuesto de la Federación para las mujeres y las contemple en una línea transversal de sus partidas. Es posible que impulsemos leyes que eliminen la violencia y la discriminación para las mujeres. Es posible que si orientamos nuestros esfuerzos prioritarios a favorecer a las mujeres, podamos encontrar sentido a su voto. Es posible, en suma, que si entendemos nuestro compromiso con el conjunto de las mujeres mexicanas, para nosotras las mujeres de la política, tenga un sentido superior al protagonismo individual el ser votadas.

Es cuanto.

Presidencia de la diputada

María Elena Alvarez Bernal

La Presidenta:

Muchas gracias, señora diputada.

DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER RURAL

La Presidenta:

Continuando con el punto de efemérides, tiene la palabra la diputada Teodora Elba Arrieta Pérez, para referirse a la conmemoración sobre el Día Internacional de la Mujer Rural; es del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada María Teodora Elba Arrieta Pérez:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

Nunca faltan razones ni justificaciones para honrar a la mujer como género humano, como parte importante del desarrollo de la humanidad, como dadora de vida, como centro del universo; la mujer, siempre presente e importantísima en el devenir histórico de cualquier nación.

La mujer, cualquiera que sea su actividad, ha jugado y seguirá jugando siempre un rol trascendente en el curso de la vida misma, como intelectuales, como maestras, como obreras, como amas de casa etcétera. En cualquier actividad las mujeres realizan importantes funciones, participan como seres productivos en el proceso de la creación de la riqueza material y de los medios de satisfacción de las necesidades individuales y sociales y como instancia que cohesiona y articula la unidad familiar; como promotora de los valores éticos y morales del individuo ante la sociedad.

Sin embargo, hoy me corresponde con mucha honra enaltecer y elogiar en particular la labor que las mujeres desempeñan en el medio rural. A esas mujeres campesinas, casi siempre indígenas, siempre olvidadas, que tienen un fuerte sentimiento positivo hacia la familia, que muestran siempre un gran apego y respeto y amor a la tierra que las vio nacer y crecer y que seguramente las verá morir.

Hoy, en los tiempos de la globalización, cuando las mujeres que se realizan en el campo han pasado a segundo término, cuando la economía mundial ha sucumbido a lo industrial, a lo tecnológico, a lo urbano, a lo metropolitano y como consecuencia de ello el sector rural se encuentra en franca crisis, actualmente se ha deteriorado ostensiblemente el nivel de vida de los trabajadores dedicados a las labores agrícolas, el neoliberalismo rapaz ha generado las peores condiciones de subsistencia para los habitantes del campo.

Son condiciones de vida deplorables y precarias que han orillado a los campesinos a sembrar enervantes para no fallecer de hambre, junto con su familia y, sin embargo, a pesar de esas cuestiones tan negativas, surge con esplendor la figura de la mujer rural que con su trabajo, su esfuerzo y sacrificio de lucha en su hogar y en su entorno social y productivo mantienen como objetivo primordial la unión y los valores ancestrales del núcleo familiar.

Por eso considero el día de hoy, como uno de los más importantes y no sólo para honrar a la mujer rural a través de una efemérides y con palabras que de nada sirve, yo compañeras diputadas y compañeros diputados los conmino a que hagamos un compromiso para honrarla permanentemente, en particular a la mujer rural de nuestro país.

Propugnemos a través de esta instancia legislativa para que las mujeres campesinas reciban siempre los apoyos que requieran para que se superen y por consecuencia para que sigan ofreciendo y dedicando sus esfuerzos para la creación de una patria mejor.

Saldemos hoy el adeudo social, ancestral, que tenemos con ella.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Gracias, señora diputada.

Se concede el uso de la palabra a la diputada Petra Santos Ortiz, del grupo parlamentario de la Revolución Democrática para referirse a la misma conmemoración del Día Internacional de la Mujer Rural.

La diputada Petra Santos Ortiz:

Con su permiso, señora Presidenta:

En 1975, aquí en nuestro país a partir de la Conferencia Mundial sobre la Mujer se inició un movimiento para impulsar el reconocimiento y el apoyo de las mujeres de la vida rural.

Paradógica y lamentablemente es que en ese impulso se ha estancado en el puro y discutido reconocimiento de la importancia y relevancia de las mujeres en desarrollo rural de los países, es injustificable el doble discurso de actuales y anteriores gobiernos que en relación al agro mexicano se torna aún más claro y manifiesto.

Se les reconoce como elementos sustentados de la familia divididos por la migración, se les aplaude por su fortaleza física y de espíritu pero que únicamente se les toma en cuenta en campaña para la votación, pero siguen olvidadas ahí en sus áreas rurales.

Se les regatea la ayuda para la manutención de sus familias, se les ha burlado y engañado; hoy, con los famosos changarros que no acaban de llegar para que puedan vender chicles y tamales, la actual situación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales y el Programa de Desarrollo Productivo de la Mujer significa una disminución real de 162 mil millones 54 mil, ¿es así como se va a mejorar a la mujer rural?, no sólo se le quita su mejoralito que se les da y que les quiere dar el Gobierno, la marginación y la pobreza tienen rostro de mujer.

Es en el campo mexicano donde se encuentran los pobres entre los pobres de este país y particularmente la mujer es quien más padece las condiciones de esa situación.

Ahorita acaba de decirlo aquí una compañera cómo son tratadas las mujeres de Afganistán y nos sorprendemos de cómo se tratan en otras culturas a las mujeres, pero no nos vayamos tan lejos, también aquí en nuestro campo rural las mujeres son completamente discriminadas, marginadas, por eso no hacemos nada para revertir la iniquidad, la marginación y los abusos de que son objeto las mujeres en el campo. La mujer del campo es la que más trabaja y a la que más se le reconoce de su trabajo pero la que menos recibe.

Es en esta discriminación contra las mujeres, es un hecho que en nuestro país se observa y se vive a cada momento y en todo escenario pero en el mundo rural esta discriminación se torna más que infamante.

En México existen 12 millones 200 mil mujeres rurales de las cuales el 29% viven en situación de pobreza extrema y el 26% padecen pobreza extrema (sic); su tasa de fecundidad es de 4.7 hijos por mujer; de cada 10 niñas sólo seis van a la escuela; el 30% de estas mujeres son analfabetas.

Estos números para muchos no significan más que incomodidad pasajera, estos números no pueden ser por sí mismo, reflejar el nivel de vida que tiene el desdén gubernamental provocado por más de 12 millones de mujeres como resultado de políticas públicas mal planeadas y peor aplicadas. A esta realidad ha coadyuvado todo aquél que hasta la fecha ha tolerado la discriminación sistemática que se ejerce en detrimento de los derechos de las mujeres.

En las mujeres rurales nos hemos apoyado para alimentarnos y vestirnos pero somos incapaces de oponernos a la triple discriminación de la que son objeto.

La mujer rural y la indígena presentan las condiciones más críticas y agobiantes que pudiesen centrarse en la mujer; todas sus características la esclavizan en sus vidas y en sus condiciones.

En las tres condiciones discriminatorias: el de ser mujer indígena y pobre; con su triple jornada por carecer de los servicios como lo que es acarrear el agua, no cuentan con energía eléctrica, excesiva carga de trabajo, alto margen de fecundidad, atención prenatal deficiente, condiciones de vida de cotidiano insalubre, mayor porcentaje de mujeres rurales son analfabetas.

La pobreza del campo las ha obligado a trabajar de jornaleras agrícolas, maquiladoras, trabajo de domésticas, como consecuencia de la discriminación del ingreso familiar.

En esta fecha que conmemoramos su día, deberíamos hacer un compromiso real sin demagogia ni retórica para revertir las condiciones en que tenemos postradas a las mujeres en el campo mexicano. Hagamos los cambios legales que sean necesarios, canalicemos en el presupuesto de egresos recursos para el campo mexicano; trasmitamos a la población los valores de equidad, de género; impulsemos políticas públicas a favor de estos propósitos si no seguiremos haciendo recordatorios como meaculpa, vacías y sin compromisos.

La paz no sólo se obtiene cuando no hay guerra, la paz también es cuando nuestra mujer rural cuente con todas las condiciones de una vida mejor, sin pobreza, con justicia y por una vida digna. En esto es en lo que nosotros constantemente estamos diciendo que las condiciones del campo deben de mejorar; debemos de llevarle una vida mejor a nuestras mujeres del campo y que se acabe su triple jornada.

No podemos seguir permitiendo que sigan ellas siendo explotadas cada día más, no solamente en nuestro país sino como se dice, en "el Día Internacional de la Mujer Rural", lo que está sucediendo ahorita en el resto del mundo. Acabemos ya con esto y que no sirva nada más como fecha para venir a decirlo en esta tribuna, pues de otra forma si no le damos la paz a la mujer rural, a las familias del campo, estaríamos hablando como la paz de los sepulcros.

Muchas gracias.

1655,1656,1657

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

La Presidenta:

Tiene la palabra sobre el mismo tema, la diputada Celita Trinidad Alamilla Padrón, del grupo parlamentario de Acción Nacional.

La diputada Celita Trinidad Alamilla Padrón:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros legisladores:

Como hasta aquí hemos escuchado, en esta semana de octubre coincidieron dos celebraciones que se refieren a la mujer, eventos que no sería de justicia dejar pasar y que hoy nos une a las mujeres y a las compañeras diputadas, por el gran significado que cada uno de esos eventos ha tenido para el desenvolvimiento político y económico del país.

La primera es historia, porque se celebra que un día 17 de octubre, hace 48 años, la mujer de México ganó su derecho al voto, logro que no devino de una concesión gratuita y a la que compañeras diputadas que me precedieron ya se han referido. La otra celebración representa el homenaje y el reconocimiento a la mujer rural e indígena de nuestro país.

En Acción Nacional hemos sostenido una lucha permanente para hacer posible que la dignidad de las personas sea efectivamente respetada y de manera especial la de los grupos más desprotegidos de nuestra sociedad, como es el caso de la mujer rural campesina.

En esta alta tribuna de la nación me referiré a las mujeres del campo, como ya lo hacen en más de 50 países el día 15 de octubre, desde 1998, no sin antes decir y reconocer que lo hago con pena por las circunstancias históricas y las circunstancias actuales de su condición, pero a la vez con el reconocimiento, con el aliento y el apoyo a sus derechos y buscando que sus voces verdaderamente sean escuchadas.

En pleno Siglo XXI no podemos negar que la mujer rural en esta sociedad todavía está determinada por su capacidad procreadora y confinada al quehacer doméstico. Sufre además la discriminación étnica, de género y de clase. A su condición de mujer se suma la de marginada y campesina pobre, además de ser víctima central, junto con sus hijos, de la violencia familiar. Es en ella, debemos reconocerlo, donde recaen las formas de explotación más fuertes, además, su papel de trabajadora se descalifica, no se reconoce ni se toma en cuenta. El producto de su trabajo no es compensado y poco aparece en las estadísticas y en los informes mundiales y nacionales, lo que la convierte en la trabajadora invisible del orbe, a pesar que por siglos ha sido capaz de producir su comida y en muchos aspectos ha garantizado el abasto para su familia y de sus comunidades.

Hoy por hoy representa el 18% de la población femenina de México, 4 millones que contribuyen con otras mujeres de América Latina a producir el 40% de todos los alimentos cultivados de la región. Las mujeres rurales indígenas de México, como las de otros países en el mundo, son las heroínas de su propia historia de marginación, de discriminación y de rechazo. Frente a su pobreza han puesto su esfuerzo, sus aptitudes y los conocimientos provenientes de ricas herencias y tradiciones milenarias, familiares y comunitarias. Haciendo más con lo mismo y sin ser poseedoras de la tierra, ellas han sido quienes la trabajan, también la cultivan, la preparan y la cosechan a pequeña escala.

Siglo tras siglo ha tomado en sus espaldas la responsabilidad de criar y alimentar a sus hijos, de sostener un hogar en jornadas agotadoras de trabajo que la consumen de sol a sol.

Son mujeres que en número creciente sostienen el hogar y son cabeza de familia. Se hacen cargo de la formación de los hijos, como de la reproducción social ideológica y cultural de la comunidad a la que pertenecen y a la que la atan usos y costumbres ancestrales.

Su participación en la vida nacional es indispensable, madres, esposas, hermanas, hijas, conforman el universo productivo y cultural de fuerte presencia en las esferas económicas de producción agrícola. Es pues de justicia y de voluntad que a la mujer rural se le reconozca en su justa dimensión, junto con ello sus derechos al desarrollo, a la salud y a su propio bienestar y el de su familia. Asimismo, al de su propia dignidad de persona, derecho que se garantiza en la Declaración de los Derechos Humanos.

Vaya pues nuestro reconocimiento y apoyo a las mujeres rurales y campesinas de México, quienes demuestran cada día ser participantes activas, creativas y perseverantes del desarrollo de este país, una mujer que requiere de ser escuchada, de ser apoyada en sus legítimas demandas, a través de políticas públicas que le permitan el acceso a los recursos, a la educación y la capacitación, sobre todo al trabajo remunerado que le permita vivir con dignidad.

Invertir en programas de apoyo a la mujer está comprobado que produce los más altos rendimientos en términos de productividad y de resultados para un país, lo que no responde a una moda sino a un acto de justicia y de reconocimiento para este país.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Gracias, señora diputada.

DIA MUNDIAL DE LA SOBERANIA ALIMENTARIA

La Presidenta:

Pasamos a las efemérides en relación al Día Mundial de la Soberanía Alimentaria y se concede el uso de la palabra al diputado Juan Carlos Regis Adame, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

El diputado Juan Carlos Regis Adame:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Esta intervención está a nombre de nuestra fracción y de Convergencia por la Democracia.

En estos días en los que la inestabilidad mundial provocada por el terrorismo en todas sus manifestaciones, ya sea con sabotajes o directamente a través de la guerra, se hace preciso que los gobiernos de todas las naciones del mundo tomen conciencia de que con el 20% de lo que se gasta en estas acciones bélicas se podría resolver el problema del hambre que afecta actualmente a cerca de 900 millones de habitantes ubicados principalmente en los países pobres.

El día16 de octubre, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, celebra en todo el mundo el Día Mundial de la Alimentación, su lema de este año es: "combatir el hambre para reducir la pobreza".

Está íntimamente ligado no solamente a la posibilidad de que todos los países puedan producir los alimentos que requiera su población, sino que lo más importante es el ascenso que se tenga para adquirir los alimentos necesarios para preservar la especie.

"El hambre inseparable compañera de los pobres es hija de la desigual distribución de las riquezas y de las injusticias de este mundo", dijo el presidente de Cuba, Fidel Castro, en noviembre de 1996, durante su intervención en la Cumbre Mundial sobre la Alimentación de Naciones Unidas, que le valiera una ovación prolongada de la mayoría de las representaciones asistentes.

La utilización del hambre como factor de negociación política ha sido una de las armas favoritas utilizadas por los países ricos para presionar a las naciones independientes, no sólo de tecnología y capital, sino también de los alimentos más indispensables para su población.

Resulta lamentable que a pesar de los grandes avances tecnológicos logrados por las principales potencias industriales para producir alimentos, todavía existan cientos de millones de habitantes que no tienen capacidad para satisfacer sus necesidades más elementales de ésta.

En 1996, en la Cumbre Mundial de la Alimentación celebrada en Roma, se propuso como meta para el año 2015 reducir en un 50% la cantidad de habitantes que padecían hambre, situada en 800 millones de seres. Sin embargo, cada año mueren en el mundo millones de personas por carencia de alimentos o por desnutrición crónica.

¿Qué curas cosméticas vamos a aplicar para que dentro de 20 años haya 40 millones en vez de 800 millones de hambrientos?

"Estas metas son, por su sola modestia, una vergüenza" —dijo Fidel Castro—, en la reunión antes citada.

Por desgracia desde el año 2000 la propia FAO reconoció que esta meta no será cumplida, y lo peor, los afectados continúan aumentando, con lo que se prolongó hasta el año 2030 el cumplimiento de la meta propuesta en 1996.

Para el grupo parlamentario del Partido del Trabajo y Convergencia por la Democracia, queda claro que para resolver este flagelo de la humanidad lo que hace falta es voluntad política tanto a nivel mundial como hacia el interior de los países que sufren este terrible problema.

Los millones de pobres del orbe, pero sobre todo los que padecen hambre, se preguntan continuamente, ¿por qué el mundo se asusta y se conmueve cuando ocurren accidentes o catástrofes naturales o sociales que quitan la vida a cientos o miles de personas y, sin embargo, no se conmueven ni se asombran de la misma forma cuando se enteran de que millones de personas fenecen por hambre todos los días, lo que constituye un genocidio que pasa desapercibido?

En este momento la humanidad entera es actor y testigo de las contradicciones del capitalismo que estamos viviendo. Por una parte nos horrorizamos de los atentados a la principal potencia económica y política, mientras que por otra, vemos sin ningún cargo de conciencia los bombardeos ocurridos sobre la población civil de Afganistán.

Por otra parte vemos también el manejo que las empresas transnacionales hacen de los alimentos, especulando con sus precios y utilizándolos para presionar el intercambio desigual con los países de menores ingresos.

Vemos el manejo biotecnológico que hacen a través de la fabricación de alimentos transgénicos y observamos el embargo alimentario aplicado por algunos gobiernos a países considerados como sus enemigos.

Los diputados del Partido del Trabajo y Convergencia por la Democracia, tenemos la preocupación permanente acerca de la ausencia de voluntad política y ética de los gobernantes de las potencias industriales, de los directores de las empresas transnacionales y del esfuerzo supremo que requieren los organismos internacionales y regionales que combaten el hambre y la desnutrición.

Por todo lo anteriormente expuesto, conmemorar el Día Mundial de la Soberanía Alimentaria nos debe llevar a reflexionar sobre la necesidad de una mínima distribución equitativa de los recursos alimentarios, sin tomar en cuenta el nivel actual de ingresos de los países.

Existen los recursos naturales suficientes para satisfacer las necesidades más urgentes de alimentación de los más de 6 mil millones de personas que habitamos el planeta, que requerimos de una mejor distribución de la riqueza y de acceso a la alimentación básica.

Es cuanto.

La Presidenta:

Gracias, señora diputado.

Tiene la palabra la diputada Flor Añorve Ocampo, sobre el mismo tema.

La diputada Flor Añorve Ocampo:

Con su venia, señora Presidenta; compañeras y compañeros legisladores:

El pasado 16 de octubre celebramos el Día Mundial de la Alimentación. Lamentablemente lo hacemos en un contexto general poco alentador. Por un lado la comunidad mundial se encuentra estremecida por las acciones de guerra que vuelven mucho más crítica la situación alimentaria del Medio Oriente.

La Unicef ha declarado que al menos 100 mil niños afganos podrán morir este invierno a no ser que en las próximas semanas les llegue alimento en cantidad suficiente, recordando además que al menos 30 mil niños mueren en este territorio por causas que pudieron haberse evitado.

El panorama en nuestro país lamentablemente es igualmente preocupante, según datos oficiales, dos de cada tres mexicanos están desnutridos, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, incluirá a México en el Programa de Seguridad Alimentaria, proesa, que se aplica sólo a los países incapaces de brindar los nutrientes necesarios a sus habitantes.

En nuestro país 11 millones de personas están desnutridas, 18 millones viven en pobreza extrema y por ende están mal nutridas, y 40 millones no tienen acceso a un salario digno, que les permita una adecuada alimentación y nutrición. Es decir, que más de 70 millones de mexicanos, se enfrentan al grave problema de la desnutrición, a pesar de que en nuestra Ley Fundamental, en su artículo 4o. consagra el derecho a la alimentación, este mandato no ha sido suficiente para que los gobiernos implementen las acciones necesarias, que permitan a todos los mexicanos, sin distingo alguno, ejercitar de manera efectiva este derecho.

1658,1659,1660

Hoy, señoras y señores, es un día propicio para tomar medidas urgentes en materia alimentaria, porque ésta impacta desfavorablemente en la salud y la educación a todos los mexicanos.

El asunto en comento, por supuesto, que también está estrechamente relacionado con la cada vez más pobre y disminuida planta productiva nacional, en donde el sector agropecuario está siendo eliminado.

Desde aquí un llamado al Gobierno Federal para que se implementen auténticas políticas públicas, desde una óptica adecuada de planeación, para no sólo tratar de resolver la problemática con medidas coyunturales sino para prevenir la misma, en aras de que las generaciones venideras y futuras, gocen de una alimentación suficiente, que les permita desarrollar todas sus potencialidades y enfrentar con éxito los retos que el mundo moderno plantea.

Porque no debemos olvidar que en nuestro país más del 45% de la población, es menor de 19 años y en su inmensa mayoría está mal alimentada y, dentro de unos años se convertirá en una población envejeciente, que no sólo se enfrentará a graves problemas sociales, como son los servicios de salud, vivienda, pensiones, sino que además sus problemas se agudizarán mucho más debido a la desnutrición.

Por ello, compañeros, los invito para que en el próximo presupuesto, que será votado en las siguientes semanas por esta soberanía, contemple un aumento considerable en el rubro alimentario y en general en materia social.

Y para que no sólo sea por esta vía, mi grupo parlamentario presentó el día de hoy, la iniciativa que reforma al artículo 4o. de la Constitución en materia de derecho a la alimentación.

De igual forma, de manera respetuosa, hago un llamado al Gobierno del presidente Fox, para que los intereses macroeconómicos no sigan estando por encima de las necesidades más apremiantes de la comunidad nacional, porque nadie, nadie tiene derecho a gozar de lo superfluo mientras las mayorías carecen de lo indispensable.

En razón de ello, es que desde esta máxima tribuna nacional, hago un llamado para que el Gobierno reoriente el rumbo de esta nación, con una auténtica visión de Estado, porque el veto a la Ley de Desarrollo Rural, que el pretender gravar con el IVA a los alimentos, a las medicinas, a la educación, así como apoyar acciones bélicas, no son el camino para que nuestra nación se desarrolle.

Esa no es la senda de la democracia ni mucho menos el anhelo de millones de mexicanos.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Gracias, señora diputada.

Para concluir esta efemérides y cerrar la sesión el día de hoy, se concede el uso de la palabra a la diputada María Isabel Velasco Ramos del grupo parlamentario de Acción Nacional.

Inmediatamente después daremos lectura al orden del día de la próxima sesión.

La diputada María Isabel Velasco Ramos:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

La alimentación es una de las necesidades centrales inherentes al ser humano; a fin de llevar una vida sana y activa necesitamos disponer de alimentos en cantidad, calidad y variedad adecuadas para satisfacer nuestras necesidades de energía y nutrientes. Sin una nutrición adecuada los niños no pueden desarrollar su máximo potencial y los adultos tienen dificultad en mantenerlo o acrecentarlo.

El 16 de septiembre de cada año se celebra el Día Mundial de la Alimentación para conmemorar el establecimiento en 1945 de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (la FAO). El objetivo de este día es crear mayor conciencia de la difícil situación en que viven las personas que pasan hambre y están mal nutridas y promover en todo el mundo la participación de la población en la lucha contra el hambre. Más de 50 países celebran este evento todos los años.

En este marco, es importante mencionar que Acción Nacional lucha por un país donde no haya hambre ni mal nutrición y en el que todas las personas puedan estar seguras de que disponen de los alimentos necesarios para estar sanas y bien nutridas.

En México el porcentaje de desnutrición manifestado como bajo peso es de 7.5%, según datos de la encuesta nacional de nutrición de 1999, elaborada por la Secretaría de Salud, peor que Brasil que tiene 5.%. La desnutrición medida en bajo peso en los estados del norte es del 3.5%, en la parte central, incluido el D.F., entre 6 y 6.5%; pero en el sur-sureste es del 11.8%. Mientras que la desnutrición más permanente en la que un niño no crece y tiene baja talla, es del 17.7% que nos compara muy desfavorablemente con Argentina, que tiene un 4.7%, pero está mejor que Ecuador con un 34%.

Compañeras y compañeros diputados: el hambre y la mal nutrición constituyen un fenómeno de gran alcance en el mundo. Hoy día casi 800 millones de personas sufren de mal nutrición crónica y no pueden obtener alimentos suficientes para satisfacer siquiera necesidades energéticas mínimas. Aproximadamente 200 millones de niños menores de cinco años padecen síntomas de mal nutrición aguda o crónica, cifra que aumenta en los periodos de escasez estacional de alimentos y en épocas de hambre y de desórdenes sociales.

Según algunas estimaciones, la mal nutrición es un factor importante entre los que determinan cada año la muerte de aproximadamente 13 millones de niños menores de cinco años por enfermedades e infecciones evitables como sarampión, diarrea, neumonía y combinaciones de las mismas.

Compañeras y compañeros diputados: la contribución de cada uno de nosotros como legisladores, a través del impulso de la legislación que controle, regule y norme las actividades y programas de abasto social y alimentación, es absolutamente necesaria para garantizar el derecho fundamental de todos los ciudadanos a vivir en un país donde no haya hambre.

No desaprovechemos la oportunidad de contribuir a lograr una patria ordenada y más justa para todos.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Gracias.

Proceda la Secretaría a dar cuenta con el orden del día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DIA

La secretaria Martha Silvia Sánchez

González:

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.— Segundo Año.— LVIII Legislatura.

Orden del día

Martes 23 de octubre de 2001.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De los congresos de los estados de Chihuahua, Hidalgo y Morelos.

Oficio de la Cámara de Senadores

Con el que remite para los efectos del artículo 72 inciso h de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Ricardo Gerardo Higuera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con el que remite para los efectos del artículo 72 inciso h de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Demetrio Sodi de la Tijera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Iniciativa de diputados

De reformas al artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Miguel Barbosa Huerta, del grupo parlamentario del Partido del la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Dictamen a discusión

De las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural con proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Y los demás asuntos con los que la mesa directiva dé cuenta.»

CLAUSURA Y CITATORIO

La Presidenta (a las 17:04 horas):

Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes 23 de octubre a las 10:00 de la mañana.

1661,1662,1663

RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración: 6 horas 17 minutos.

Quorum a la apertura de sesión: 293 diputados.

• Asistencia al cierre de registro: 444.

• Comisiones reglamentarias y protocolarias: 1.

• Diputado que cambia de partido político: 1.

• Efemérides: 3.

• Oradores en tribuna: 28

PRI–10; PAN–5; PRD–4; PVEM–2; PT–5; PSN–1; PAS–1.

Se recibió:

• 4 comunicaciones de los congresos de los estados de: Michoacán, Jalisco y Morelos;

• 3 oficios de la Junta de Coordinación Política, con los que informa de cambios en la integración de diversas comisiones legislativas;

• 1 informe de la presidenta de la mesa directiva diputada Beatriz Paredes Rangel, con motivo de la visita de Estado del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Vicente Fox Quesada, a los Estados Unidos de América del 4 al 7 de septiembre de 2001;

• 1 iniciativa del Congreso del Estado de Veracruz;

• 6 iniciativas del PRI;

• 2 iniciativas del PAN;

• 1 iniciativa del PRD;

• 3 iniciativas del PT.

Dictámenes de primera lectura:

• 1 de las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural con proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Dictámenes aprobados:

• 1 de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA PRESENTE SESION

(en orden alfabético)

Diputado

• Alamilla Padrón, Celita Trinidad (PAN)

Tema

Día Internacional de la Mujer Rural, sobre el III aniversario de dicha celebración.

• Amador Leal, Narciso Alberto (PRI)

Materia alimentaria, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho a la alimentación.

• Anaya Gutiérrez, Alberto (PT)

Educación preescolar, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer como obligatoria y a cargo del Estado, la educación inicial y preescolar.

 • Añorve Ocampo, Flor (PRI)

Día Mundial de la Soberanía Alimentaria, sobre dicha celebración conmemorada el 16 de octubre.

• Arrieta Pérez, María Teodora Elba (PRI)

Día Internacional de la Mujer Rural, sobre el III aniversario de dicha celebración.

• Campoy Ruy Sánchez, María Teresa (PVEM)

Voto femenino, sobre el XLVIII aniversario del voto femenino.

• Cantorán Espinosa, Cutberto (PRI)

Educación preescolar, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 3o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversos artículos de la Ley General de Educación.

• Cota Montaño, Rosa Delia (PT)

Voto femenino, sobre el XLVIII aniversario del voto femenino.

 • Flores Velásquez, Olga Haydee (PRI)

Voto femenino, sobre el XLVIII aniversario del voto femenino.

 • García Zalvidea, Juan Ignacio (PVEM)

Diputado que cambia de partido político, da lectura a comunicación con la que expresa su decisión de cambiar de partido político y la Asamblea le autoriza exponer las razones de su cambio de grupo parlamentario.

• Gómez Villanueva, Augusto (PRI)

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, segunda lectura a dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de dicha ley, respecto a cambio de nombre de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda por el de Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación. A nombre de la comisión para fundamentar el dictamen.

• Hernández Raigosa, Alfredo (PRD)

Distrito Federal, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos: 44, 71, 73, 76, 108, 109, 110, 111, 119, 122, 123, 124, 127, 134 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

• León Morales, Ramón (PRD)

Ley General de Educación, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de esa ley.

• López Macías, Victoria Ruth Sonia (PAN)

Voto femenino, sobre el XLVIII aniversario del voto femenino.

• Lorenzo Juárez, Beatriz Patricia (PAS)

Voto femenino, sobre el XLVIII aniversario del voto femenino.

 • Lozano Pardinas, José Tomás (PAN)

Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de dicha ley, respecto a mantos acuíferos.

• Martínez Veloz, Jaime Cleofas (PRI)

Ley de Coordinación Fiscal, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 37 de dicha ley, referente al federalismo hacendario.

• Narro Céspedes, José (PT)

Ley del Impuesto sobre la Renta, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 80-A de dicha ley.

• Pavón Jaramillo, Laura Hermelinda (PRI)

Pornografia infantil, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 201-bis del Código Penal Federal, respecto al problema de pornografía infantil en Internet.

 • Preciado Cuevas, Roberto (PRI)

Servicios portuarios, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversos ordenamientos de las leyes: de Puertos; de la Federal de Derechos; y de la de Coordinación Fiscal.

 • Regis Adame, Juan Carlos (PT)

Delitos bancarios, presenta iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 115 y 116-bis de la Ley de Instituciones de Crédito; deroga los párrafos cuarto y quinto del artículo 400-bis del Código Penal Federal, y reforma la fracción VIII del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

• Regis Adame, Juan Carlos (PT)

Día Mundial de la Soberanía Alimentaria, sobre dicha celebración conmemorada el 16 de octubre.

• Riojas Santana, Norma Patricia (PSN)

Voto femenino, sobre el XLVIII aniversario del voto femenino.

• Rivera Cabello, José María (PAN)

Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de dicha ley.

  • Sánchez Lira, María de los Angeles (PRD)

Voto femenino, sobre el XLVIII aniversario del voto femenino.

• Santos Ortiz, Petra (PRD)

Día Internacional de la Mujer Rural, sobre el III aniversario de dicha celebración.

• Soto Martínez, José (PRI)

Poderes Legislativo y Ejecutivo, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos: 52, 53, 54, 55, 56, 60, 77, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de integración del Congreso.

• Velasco Ramos, María Isabel (PAN) Día Mundial de la Soberanía Alimentaria, sobre dicha celebración conmemorada el 16 de octubre.

NOTAS

Siglas y abreviaturas incluidas en esta edición:

AC

Asociación Civil

Afore

Administradora de fondos para el retiro

Apis

Administraciones Portuarias Integrales

BID

Banco Interamericano de Desarrollo

CEPAL

Comisión Económica para América Latina

Cofipe

Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Consar

Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro

D.F.

Distrito Federal

DC

Distrito de Columbia de EUA

FAO

Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (por las siglas en inglés)

IMSS

Instituto Mexicano del Seguro Social

INEGI

Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática

Infonavit

Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

IPAB

Instituto para la Protección al Ahorro Bancario

ISR

Impuesto sobre la renta

ISSSTE

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

IVA

Impuesto al valor agregado

Mercosur

Mercado Común de América del Sur

NAFTA

Tratado de Libre Comercio de América del Norte (por las siglas en inglés)

OEA

Organización de Estados Americanos

ONU

Organización de las Naciones Unidas

PAN

Partido Acción Nacional

PARM

Partido Auténtico de la Revolución Mexicana

PAS

Partido Alianza Social

Pemex

Petróleos Mexicanos

PFCRN

Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional

PIB

Producto interno bruto

PPS

Partido Popular Socialista

PRD

Partido de la Revolución Democrática

PRI

Partido Revolucionario Institucional

Procampo

Programa de Apoyos Directos al Campo

PT

Partido del Trabajo

PVEM

Partido Verde Ecologista de México

SAR

Sistema de Ahorro para el Retiro

SEP

Secretaría de Educación Pública

Siefore

Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos de Ahorro para el Retiro

SNTE

Sindicato Nacional de Tabajadores de la Educación

TLCAN

Tratado de Libre Comercio de América del Norte

UNICEF

Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (por las siglas en inglés)

1664,1665,1666,1667,1668