Diario de los Debates

 

ORGANO OFICIAL DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Poder Legislativo Federal, LVIII Legislatura

Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio

DIRECTOR GENERAL DE
CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares

PRESIDENTE

Diputada Beatriz Elena Paredes Rangel.

DIRECTOR DEL
DIARIO DE LOS DEBATES

Norberto Reyes Ayala
AÑO III                         México, DF, jueves 14 de noviembre de 2002                  Sesión No. 25

S U M A R I O

       

ASISTENCIA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

11

ORDEN DEL DIA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

11

ACTA DE LA SESION ANTERIOR. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

17

DISTRITO FEDERAL

22

Invitación de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, a la ceremonia cívica conmemorativa del CLXXVIII aniversario de la expedición del decreto de creación del Distrito Federal. Se designa comisión para representar a la Cámara de Diputados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

22

REGISTRO DE ASISTENCIA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

23

ESTADO DE HIDALGO

23

Dos comunicaciones del Congreso estatal con las que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

23

ESTADO DE PUEBLA

23

Comunicación del Congreso estatal con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado. . .

23

MIGRANTES

24

Comunicación del Congreso del estado de Quintana Roo, con acuerdo por el que se adhiere a los acuerdos de los congresos de los estados Zacatecas, Coahuila y Guanajuato, mediante los que se pronuncian en contra de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos de América sobre los trabajadores mexicanos en situación migratoria irregular. Se turna a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Relaciones Exteriores. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

24

ESTADO DE QUINTANA ROO

26

Comunicación del Congreso estatal con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado. . . . .

26

CENTROS DE READAPTACION SOCIAL

26

Comunicación del Gobierno del Distrito Federal, con la que remite informe sobre las condiciones que guardan los centros de readaptación social. Remítase a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y Especial de Seguridad Pública, para su conocimiento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

26

Comunicación del Gobierno del estado de Querétaro, con el que comunica que en esa entidad no existen centros de readaptación social federales. Remítase a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y Especial de Seguridad Pública, para su conocimiento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

40

Comunicación del Gobierno del estado de Sonora, con la que remite informe sobre las condiciones que guardan los centros de readaptación social. Remítase a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y Especial de Seguridad Pública, para su conocimiento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

40

EDUCACION PREESCOLAR

42

Comunicación de la Presidenta de la Mesa Directiva, en relación con el punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a publicar en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adicionan los artículos 3o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De enterado y túrnese a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Educación Pública y Servicios Educativos y al promovente, para su conocimiento. . . . . . . . .

42

COMISIONES LEGISLATIVAS

43

Tres comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, por los que propone cambios en la integración de las mesas directivas de las comisiones: Especial para la Reforma del Estado, de Fomento Cooperativo y Economía Social, y de Seguridad Social. Aprobados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

43

Cuatro comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que informa de cambios en la integración de las comisiones de Juventud y Deporte, de Asuntos Indígenas, de Fomento Cooperativo y Economía Social, de Concordia y Pacificación, de Equidad y Género y del Distrito Federal. De enterado. . . . . . . . . . . .

44

CENTROS DE READAPTACION SOCIAL

45

Cuatro oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite copias de los informes de los gobiernos de los estados de Aguascalientes, Chihuahua, Tabasco y Tlaxcala, en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, sobre las condiciones que guardan los centros de readaptación social. Remítanse a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y Especial de Seguridad Pública, para su conocimiento. . . . . . . . .

45

MARIPOSA MONARCA

100

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite copia del oficio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2002, para la implementación de medidas de protección para salvaguardar la integridad de la mariposa monarca. Remítase a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

100

IPAB

101

Dos oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite copias de los oficios de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo y de la Procuraduría General de la República, en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del 5 de septiembre pasado, por el que se solicita información sobre el estado jurídico que guarda el asunto relativo al ex secretario adjunto jurídico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Remítanse a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento. . . . . . . . . . . . . .

101

HURACAN ISIDORE

103

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite copia del oficio de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 26 de septiembre de 2002, para solicitar se destinen recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales a los pescadores afectados por la tormenta “Julio” y el huracán “Isidore”, en los estados de Yucatán, Quintana Roo, Campeche, Chiapas, Tabasco, Veracruz y Tamaulipas. Remítase a la Comisión Especial encargada de vigilar que los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales y partidas extraordinarias que se autoricen se apliquen oportunamente, y a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, para su conocimiento. . . . . . . . .

103

IZTACCIHUATL-POPOCATEPETL

104

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite oficio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2002, para la implementación de programas que establezcan el equilibrio de la flora y fauna, y para el fomento de la cultura de la conservación de los recursos naturales en la región Izta-Popo de los estados de Puebla, México y Morelos. Remítase a las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

104

VOLUMEN II

107

ESTADO DE QUINTANA ROO

107

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite oficio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para que se declare área natural protegida la zona conocida como Xcacel-Xcacelito, bajo la categoría de santuario de la tortuga marina en el estado de Quintana Roo. Remítase a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.

107

LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

108

El diputado Marco Antonio Dávila Montesinos presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 12 y 31 de dicha ley. Se turna a la Comisión de Energía. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

108

LEY GENERAL DE SALUD

113

El diputado Fernando Pérez Noriega presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 324 y que deroga el artículo 325 y la fracción VI del ar- tículo 333 de la Ley General de Salud, en materia de donación y trasplante de órganos. Se turna a la Comisión de Salud. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

113

LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

119

La diputada Raquel Cortés López presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 10, 28, 38 y 39 de la mencionada ley, respecto a la prioridad de los grupos vulnerables en todas las acciones de protección civil. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública. .

119

LEY DE ASCENSOS Y RECOMPENSAS DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA NACIONALES

124

El diputado Alfredo Ochoa Toledo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de dicha ley. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

124

CUENTA PUBLICA

130

El diputado Jorge Carlos Berlín Montero presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo sexto de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el párrafo primero del artículo 8o. de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, respecto a adelantar la fecha límite de entrega de la Cuenta Pública. Se turna a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública.

130

CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

134

La diputada Gina Andrea Cruz Blackledge presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 185, 187, 189 y 190 de ese ordenamiento, referente a la propaganda electoral. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

134

LEY GENERAL DE SALUD

139

El diputado Francisco Salvador López Brito presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 41-bis a dicha ley, respecto a incorporar la obligación en los hospitales de los sectores público, privado y asistencial, con comités hospitalarios de bioética. Se turna a la Comisión de Salud. . . . . . . . . . . . . . .

139

CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

143

El diputado Tomás Torres Mercado presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 113 y 123 de dicho código, en referencia a que en los delitos que se persiguen de oficio baste el parte informativo de la policía para iniciar la averiguación previa. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. . . . . . . . . . . . .

143

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

146

La diputada Mónica Leticia Serrano Peña presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción I y el último párrafo del artículo 208 del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. . . . .

146

MEDALLA EDUARDO NERI

149

Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto para que la Cámara de Diputados extienda el plazo para la dictaminación y entrega de la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913". Es de primera lectura. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

149

LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

151

Dictamen de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial, con respecto a las franquicias. Es de primera lectura.

151

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO

156

Dictamen de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial con proyecto de decreto que adiciona el artículo 25 con un tercer párrafo y el artículo 31 con una fracción III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, respecto a la participación de personas morales o físicas en el procedimiento del Título Tercero de la misma ley, y demostrar que no tienen obligaciones financieras vencidas ante el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Es de primera lectura. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

156

PEDERASTIA

159

Segunda lectura a dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto por el que se reforma el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación, en materia de pederastia y pedofilia. . . . .

159

A nombre de la comisión fundamenta el dictamen y presenta una modificación al artículo 261 del Código Penal Federal, el diputado Roberto Zavala Echavarría. . .

165

Fijan la posición de su respectivo partido político o grupo parlamentario los diputados:

167

José Antonio Calderón Cardoso. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

167

Víctor Antonio García Dávila. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

168

Olga Patricia Chozas y Chozas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

169

David Augusto Sotelo Rosas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

170

María Guadalupe López Mares. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

170

Juan Manuel Sepúlveda Fayad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

172

Suficientemente discutido el proyecto de decreto en lo general, es aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

173

A discusión en lo particular, la Presidenta da lectura al artículo 261 del Código Penal Federal en los términos originales del dictamen y con la modificación aceptada por la comisión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

173

La Asamblea admite la modificación propuesta por la comisión. . . . . . . . . . . . . .

174

Para referirse al artículo 261 reservado se concede la palabra a los diputados:

174

José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón, quien propone modificaciones. . . .

174

Roberto Zavala Echavarría, por la comisión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

175

Se desechan las modificaciones propuestas por el diputado Vaca Betancourt Bretón.

176

La Secretaría da lectura al artículo 261 con la modificación aceptada, y sin discusión se aprueba en esos términos.

177

Para referirse al artículo 268-bis del Código Federal de Procedimientos Penales reservado se concede la palabra a los diputados:

177

José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón, quien propone modificaciones. . . .

177

Roberto Zavala Echavarría, por la comisión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

178

Contestan alusiones personales o rectifican hechos, los diputados:

178

José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

178

María Guadalupe López Mares. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

179

Propone modificaciones al artículo reservado, el diputado Tomás Torres Mercado.

180

RECESO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

180

PEDERASTIA

181

Continua la discusión en lo particular del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto por el que se reforma el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación, en materia de pederastia y pedofilia. .

181

Se concede la palabra al diputado Roberto Zavala Echavarría, quien a nombre de la comisión presenta una propuesta de modificación al artículo 268-bis reservado, recogiendo el planteamiento del diputado Torres Mercado. . . . . . . . . . . . . . . . . . .

181

Rectifica hechos el diputado Tomás Torres Mercado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

181

Desde su curul el diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón retira su propuesta de modificación al artículo reservado, en discusión, en apoyo a la de la comisión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

182

Se admite la modificación propuesta a nombre de la comisión por el diputado Roberto Zavala Echavarría y la Presidenta da lectura al artículo 26-bis reservado con la modificación aceptada; la Asamblea lo considera suficientemente discutido y se aprueba. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

182

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales. . . . . . . . .

183

LEY GENERAL DE EDUCACION

183

Desde sus curules diversos diputados hablan en relación con el dictamen de las comisiones unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, de Cultura, de Ciencia y Tecnología, y de Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 25 de la Ley General de Educación, sobre destinar un monto anual equivalente al 8% del Producto Interno Bruto del país al gasto público federal en educación. La Presidenta hace aclaraciones y observaciones al respecto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

183

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESAS

185

Dictamen de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con proyecto de dicha ley. Es de segunda lectura. . .

199

Fundamenta el dictamen y propone modificaciones a los artículos 10 y 18 del proyecto de ley, el diputado Rubén Benjamín Félix Hays a nombre de la csomisión.

199

Fijan la posición de su respectivo partido político o grupo parlamentario los diputados:

201

Norma Patricia Riojas Santana. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

201

José Narro Céspedes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

202

Francisco Agundis Arias. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

204

Rafael Servín Maldonado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

205

Jorge Urdapilleta Núñez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

206

Reyes Antonio Silva Beltrán. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

208

Suficientemente discutido el proyecto de ley en lo general. . . . . . . . . . . . . . . . . .

210

Se aprueba en lo general y en lo particular los artículos no impugnados. . . . . .

210

A discusión en lo particular, el diputado Gregorio Urías Germán, por la comisión propone modificaciones. Se admiten a discusión las modificaciones propuestas. .

211

Sin nadie que solicite hacer uso de la palabra, se aprueban los artículos reservados, con las modificaciones aceptadas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

212

Aprobado el proyecto de Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresas. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales. . . . . . . . . . .

212

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

213

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo a la comparecencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público para dar cuenta con la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003. Aprobado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

213

LEY ORGANICA DE LA ARMADA DE MEXICO

214

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta con proyecto de dicha ley. Se turna a la Comisión de Marina. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

214

REINO DE ESPAÑA

228

Dos oficios de la Cámara de Senadores, con los que remite minutas proyecto de decreto que conceden permisos a los ciudadanos: Santiago Creel Miranda y Jesús Enrique Jackson Ramírez, para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el Gobierno del Reino de España. Se turnan a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

228

ORDEN DEL DIA

229

De la próxima sesión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

229

CLAUSURA Y CITATORIO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

230

RESUMEN DE TRABAJOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

231

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION. . . . . . . . . . . . . .

233

DIARIO de los DEBATES

Diario de los Debates de la Cámara de Diputados                                Año III, Primer Periodo, 14 de noviembre de 2002

 


Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

 

ASISTENCIA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los diputados.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 334 diputados.

Por lo tanto, hay quórum.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel (a las 10:27 horas):

Se abre la sesión.

Proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día.

 

ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.—Tercer Año.— LVIII Legislatura.

Orden del día

Jueves 14 de noviembre de 2002.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, invita a la ceremonia cívica, que con motivo del CLXXVIII aniversario de la expedición del decreto de creación del Distrito Federal, tendrá lugar el 18 de noviembre a las 9:00 horas.

De los congresos de los estados de: Hidalgo, Puebla y Quintana Roo.

De los gobiernos del Distrito Federal y de los estados de Querétaro y Sonora, con los que remiten informe sobre las condiciones que guardan los Centros de Readaptación Social.

De la Mesa Directiva.

De la Junta de Coordinación Política.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Cuatro con los que remiten copias de los informes de los gobiernos de los estados de Aguascalientes, Chihuahua, Tabasco y Tlaxcala, en relación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, sobre las condiciones que guardan los Centros de Readaptación Social.

Con el que remite oficio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en relación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para la implementación de medidas de protección para salvaguardar la integridad de la mariposa monarca.

Dos con los que se remiten oficios de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo y de la Procuraduría General de la República, en relación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se solicita información sobre el estado jurídico en que se encuentra el asunto relativo al ex secretario adjunto jurídico del IPAB.

Con el que remite oficio de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en relación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en el que se solicita se destinen recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales a todos los pescadores afectados por el paso de la tormenta “Julio” y huracán “Isidore”, en los estados de Yucatán, Quintana Roo, Campeche, Chiapas, Tabasco, Veracruz y Tamaulipas.

Con el que remite oficio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en relación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a implementar programas que establezcan el equilibrio de la flora y fauna y se fomente la cultura de la conservación de los recursos naturales en la región Izta-Popo que abarca los estados de Puebla, México y Morelos.

Con el que remite oficio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en relación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para que se declare area natural protegida la zona conocida como Xcacel-Xcacelito bajo la categoría de Santuario de la Tortuga Marina en el estado de Quintana Roo.

Iniciativas de diputados

Que reforma los artículos 12 y 13 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Marco Antonio Dávila Montesinos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma la Ley General de Salud, en materia de donación y trasplante de órganos, a cargo del diputado Fernando Pérez Noriega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma la Ley General de Protección Civil, a cargo de la diputada Raquel Cortés López, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales, a cargo del diputado Alfredo Ochoa Toledo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Aduanera y la Ley de Comercio Exterior, a cargo del diputado César Alejandro Monraz Sustaita, a nombre de diversos grupos parlamentarios. (Turno a comisión.)

Que reforma la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Esteban Daniel Martínez Enríquez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 74 fracción IV párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 8o. de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, para adelantar la fecha límite de entrega de la Cuenta Pública, a cargo del diputado Jorge Carlos Berlín Montero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma diversas disposiciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de propaganda electoral, a cargo de la diputada Gina Andrea Cruz Blackledge, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 34 del Código Fiscal de la Federación, a cargo de la diputada Adela del Carmen Graniel Campos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que adiciona la Ley General de Salud, con un artículo 41-bis, para incorporar a obligación de contar en los hospitales del sector público, privado y asistencial, con comités hospitalarios de Bioética, a cargo del diputado Francisco Salvador López Brito, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 113 y 123 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Tomás Torres Mercado, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma la fracción I y el último párrafo del artículo 208 del Código Fiscal de la Federación, a cargo de la diputada Mónica Serrano Peña, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto para que la Cámara de Diputados extienda el plazo para la dictaminación y entrega de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”.

De la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.

De la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 25 con un tercer párrafo y el artículo 31 con una fracción III, de la Ley de Adquisiciones y Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto por el que se reforma el Código Penal Federal; el Código Federal de Procedimientos Penales; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación.

De la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con proyecto de Ley para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeña y Mediana Empresas.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para la revisión y solución inmediata de la problemática ambiental de la playa “Las Lupitas”, en la bahía de Teacapán, municipio de Escuinapa, Sinaloa.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Procuraduría de Protección al Ambiente reanude en forma inmediata el programa especial de verificación ambiental.

De las comisiones de Comercio y Fomento Industrial y de Energía, con puntos de acuerdo para exhortar al Poder Ejecutivo Federal, a la emisión de un decreto que amplíe la tarifa de verano en los estados de Campeche, Yucatán, Quintana Roo y Chiapas.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal contemple en el Presupuesto de Egresos la asignación de recursos suficientes para la atención de las personas infectadas por el VIH/SIDA.

De la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con puntos de acuerdo para que la Secretaría de Economía informe sobre las prácticas monopólicas de las cadenas comerciales.

Excitativas

A las comisiones de Cultura y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a cargo de la diputada Mónica Serrano Peña, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Junta de Coordinación Política, a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión del Distrito Federal, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Proposiciones

Con punto de acuerdo en relación a la propaganda electoral, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a las tarifas eléctricas, a cargo del diputado Alfredo Hernández Raigosa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la problemática agraria del estado de Guerrero, a cargo del diputado Félix Castellanos Hernández, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo a efecto de exhortar al Instituto Federal Electoral, así como a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales de la Procuraduría General de la República para que se realice una campaña permanente de difusión de los delitos electorales y su sanción correspondiente, a cargo del diputado Francisco Ezequiel Jurado Contreras, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presente junto con la Ley de Ingresos, la calendarización de los ingresos prioritarios, a cargo del diputado José Antonio Magallanes Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo Federal, en calidad de miembro no permanente del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y en el marco de un posible ataque de Estados Unidos de América a Irak, favorezca con su sentido de voto, aquella resolución que amplíe la probabilidad de alcanzar una solución pacífica al conflicto misma que contribuya a la causa de la paz y la seguridad mundial, a cargo de la diputada Heidi Storsberg Montes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al titular del Ejecutivo Federal para iniciar las negociaciones para proteger las ramas de producción agrícola y ganadera, a cargo del diputado Jaime Rodríguez López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se solicita declarar área natural protegida la zona “Cerro del Colihuic”, ubicado en Teziutlán Hueytamalco, Puebla, a cargo de la diputada Concepción González Molina, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al presupuesto de la UNAM para el año 2003, a cargo del diputado Alfredo Hernández Raigosa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al proceso de selección de los consejeros del Instituto Estatal Electoral del estado de Nuevo León, a cargo del diputado José Rodolfo Escudero Barrera, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados exprese su posición respecto a la reunión de la APEC, a cargo del diputado José Narro Céspedes, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación con los trabajos de Banrural, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que los municipios de Talpa de Allende, San Sebastián del Oeste y Mascota, del estado de Jalisco, sean declarados zona de desastre, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Auditoría Superior de la Federación investigue el posible desvío de recursos federales por parte de la fundación “Vamos México”, a cargo del diputado Elías Martínez Rufino, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la instalación de terminales de gas en las playas de Tijuana, a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo en relación al Poder Judicial del estado de Yucatán, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo, para que autoridades federales y locales se aboquen al saneamiento y reforestación del parque nacional Desierto de los Leones, a cargo del diputado Jorge Alberto Lara Rivera, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la aplicación del artículo decimosexto transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación del año 2002 y las partidas específicas para pueblos indios establecido en el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Genoveva Domínguez Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos para el año 2003, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo relacionado al proceso de entrega de concesiones de Ferrocarriles Nacionales de México, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para impulsar un programa vial de carreteras para el estado de México, a cargo del diputado Jaime Vázquez Castillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados exhorte al director general del IMSS, a que cumpla debidamente lo que establece el artículo vigesimoquinto transitorio del decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial el 20 de diciembre de 2001, a cargo del diputado Rafael Servín Maldonado, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar al Ejecutivo Federal, información sobre el estado que guardan algunas áreas de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado César Augusto Santiago Ramírez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo con relación a la agresión a reporteros de Tijuana por elementos de la Policía Judicial Federal, a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat para solicitar mayor vigilancia en las áreas naturales protegidas, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se declare el año 2003 como “Año de los Derechos Políticos de la Mujer Mexicana”, a cargo de la diputada Hilda Anderson Nevarez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la representación de México ante la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, solicite el respeto a los derechos humanos de los practicantes del Falun Dafa, a cargo del diputado Sergio Acosta Salazar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para otorgar recursos a los pescadores damnificados con motivo del huracán Kenna en los estados de Jalisco y Nayarit, a cargo del diputado José Manuel Quintanilla Rentería, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para solicitar una investigación a la Sagarpa en razón de no haber motivado y fundado correctamente el decreto del 3 de septiembre de 2001, mediante el cual el Gobierno Federal expropió 27 ingenios en el país, a cargo del diputado Arturo Herviz Reyes, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar la comparecencia del Secretario de Relaciones Exteriores, Jorge G. Castañeda, a cargo del diputado Víctor Emanuel Díaz Palacios, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al aumento anunciado a las tarifas eléctricas, a cargo del diputado Marco Antonio Dávila Montesinos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar a todas las estaciones de radio y televisión a celebrar el Día Internacional de la Radio y la Televisión a favor de los niños, promovido por la UNICEF, así como a la Secretaría de Gobernación para otorgar todas las facilidades, para dicha celebración, a cargo del diputado Gumercindo Alvarez Sotelo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la necesaria equidad en los medios de comunicación electrónicos en tiempos de campaña electoral, a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo en relación a la reunión entre el Ejecutivo Federal y los gobernadores de las entidades federativas, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar que la Semarnat promueva el decreto por medio del cual se constituya como área natural protegida “El Sistema de Cavernas”, localizado en la sierra de Huautla de Jiménez, Oaxaca, definiendo los programas de manejo y de ordenamiento ecológico que corresponden conforme a lo previsto en la ley de la materia, a cargo del diputado Pablo de Jesús Arnaud Carreño, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para la afiliación del programa antidrogas en el estado de Baja California, a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, realice las acciones pertinentes, a fin de reforzar la comercialización del frijol mexicano, a cargo del diputado José Carlos Luna Salas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para crear una comisión especial encargada de vigilar que no se desvíen recursos federales en el proceso electoral. del estado de México, a cargo del diputado Alejandro Gómez Olvera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la protección civil, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la problemática de seguridad en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Nelly Campos Quiroz, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para destinar recursos económicos en una partida específica a las universidades indígenas, a cargo del diputado Héctor Sánchez López, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para convocar a una convención fiscal nacional, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo en relación a la credencial de elector en el estado de Baja California, a cargo de la diputada Rosa Delia Cota Montaño, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la problemática de los derechos de las mujeres en el estado de Yucatán, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a los trabajos de la Sección Instructora, a cargo del diputado Luis Miguel Barbosa Huerta, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al presupuesto para el año 2003, a cargo del diputado José Narro Céspedes, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la situación actual del campo mexicano, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la seguridad pública, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la comunicación física del estado de Chiapas, a cargo del diputado César Augusto Santiago Ramírez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, realice las investigaciones pertinentes e informe las causas del retraso en la obra carretera “Cafetal-Bacalar” en el estado de Quintana Roo, a cargo del diputado Juan Carlos Pallares Bueno, del grupo parlamentario del Partido Acción. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la homologación del precio de la gasolina en la frontera norte, a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la entrada en vigor del capítulo agropecuario del TLCAN a partir del año 2003, a cargo del diputado José Narro Céspedes, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se solicita al titular del Poder Ejecutivo Federal, expedir el decreto que asegure el cabal cumplimiento de los propósitos y compromisos del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, conforme a las normas y objetivos consensuados por las autoridades educativas, suscrito por integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, a cargo del diputado Héctor Méndez Alarcón. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo sobre la educación en México, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores se sirva incluir en sus programas de apoyo a los migrantes, la enseñanza del idioma inglés, a cargo del diputado Ramón Mantilla y González de la Llave, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo mediante el cual la Cámara de Diputados exhorta a la Auditoría Superior de la Federación y a la Secodam, para auditar la gestión pública de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, durante los ejercicios fiscales 1996, 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001, a cargo del diputado José Antonio Magallanes Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a las atribuciones de las presidencias municipales auxiliares en el estado de Tlaxcala, a cargo del diputado José Narro Céspedes, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los poderes ejecutivos de cada Estado, para que a través de las procuradurías generales de los estados, ejerzan acción en contra de los que resulten responsables por el delito de fraude y otros, relacionado con los actos ilícitos cometidos por la organización llamada “Unión Campesina Independiente”, así como aplicar las sanciones correspondientes y la reparación del daño ocasionado, a cargo del diputado Miguel Angel Mantilla Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitarle a la Comisión Especial Sur-Sureste, realice un estudio y evaluación económico y social del proyecto de creación de un puerto de entrada (Honre Port) en el estado de Quintana Roo, a cargo del diputado Juan Carlos Pallares Bueno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno comisión.)

Agenda política

Sobre la integración del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, a cargo del diputado Luis Miguel Barbosa Huerta, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Sobre el presupuesto para 2003, a cargo del diputado José Narro Céspedes, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

Efemérides

Sobre el Día Mundial de los Sin Techo, a cargo de la diputada Raquel Cortés López, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Sobre las mujeres rurales en el marco del Día Mundial de la Mujer Rural, a cargo de las diputadas: Silvia América López Escoffie, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, Eréndira Olimpia Cova Brindis, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y Hortensia Aragón Castillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Sobre el Día Mundial de la Alimentación, a cargo de la diputada Beatriz Patricia Lorenzo Juárez, del Partido Alianza Social y del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

Sobre el aniversario del natalicio de Aquiles Serdán, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

Sobre el aniversario luctuoso de don Fernando Gutiérrez Barrios, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Sobre el aniversario de la UNESCO, a cargo del diputado Alfonso Vicente Díaz, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Sobre el aniversario de la Promulgación del Acta de Independencia por el Congreso de Chilpancingo, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

Sobre el CCCLI aniversario del natalicio de sor Juana Inés de la Cruz, a cargo de las diputadas: Esperanza Santillán Castillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y Hortensia Aragón Castillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Sobre la conmemoración de la gesta histórica de Jesús García Corona, “Héroe de Nacozari”, ocurrida el 7 de noviembre de 1907, a cargo del diputado Oscar Ochoa Patrón, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Sobre el aniversario del natalicio de don Felipe Carrillo Puerto, a cargo del diputado Jorge Carlos Berlín Montero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Está a consideración el orden del día.

Pasamos al siguiente punto. Le ruego a la Secretaría proceder a poner a discusión y votación de inmediato el acta de la sesión anterior.

 

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes doce de noviembre de dos mil dos, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Octava Legislatura.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

En el Palacio Legislativo en San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de doscientos setenta y seis diputados, a las diez horas con veintiún minutos del martes doce de noviembre de dos mil dos, la Presidenta declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día.

La Asamblea aprueba el acta de la sesión anterior en votación económica.

Comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Comunicaciones de los congresos de los estados de:

Baja California Sur, con acuerdo por el que solicita al Ejecutivo Federal modificar los criterios y reglas de operación del Fondo Nacional de Desastres Naturales. Se turna a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Chihuahua, con acuerdo relativo a las tarifas del servicio de energía eléctrica de la región norte del país. Se turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

Durango, con acuerdo por el que manifiesta su apoyo a la propuesta de la Confederación Nacional Ganadera, para que sea considerada dentro de la estrategia de blindaje agroalimentario anunciada por el Presidente de la República. Se turna a las comisiones de Comercio y Fomento Industrial, de Agricultura y Ganadería y Especial de Ganadería.

Nayarit, con acuerdo por el que solicita incluir en el análisis del dictamen del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de dos mil tres, recursos que permitan a la Universidad Autónoma de Nayarit cubrir su nómina laboral completa y las aportaciones para pensiones y jubilaciones de su personal. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

San Luis Potosí, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Sonora, con acuerdo relativo a la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-ciento treinta y nueve-ECOL-dos mil dos, emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

A solicitud de la Presidencia y de conformidad con el acuerdo relativo al sistema electrónico para el registro de asistencia, a las diez horas con treinta y un minutos la Secretaría informa del registro de trescientos cuarenta y cuatro diputados y ordena el cierre del sistema.

La Presidencia concede la palabra a la diputada Laura Hermelinda Pavón Jaramillo, para dar lectura a una comunicación relativa a la Cuarta Asamblea General de la Confederación Parlamentaria de las Américas, que habrá de realizarse del veinticuatro al veintisiete de noviembre de dos mil dos en Ixtapan de la Sal.

Comunicación del diputado Mauro Huerta Díaz, con la que informa de su separación del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional y su incorporación al del Partido Verde Ecologista de México. De enterado y tómense las medidas administrativas y reglamentarias que procedan.

Comunicación del diputado Gustavo César Buenrostro Díaz, con la que informa que se reincorpora a sus labores legislativas. De enterado y se le tiene por reincorporado.

Oficio del Auditor Superior de la Federación, relativo al proyecto de presupuesto de la Auditoría Superior de la Federación para el Ejercicio Fiscal de dos mil tres, aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados. Se turna a la Junta de Coordinación Política y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con opinión de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

Comunicación del gobernador del estado de Nuevo León, en relación con la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de Dos Mil Tres. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, con los anexos que contiene el documento.

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política:

Con acuerdo por el que invitan a los titulares del Ejecutivo de las entidades federativas, a realizar una reunión para tratar asuntos relacionados con la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de dos mil tres. De enterado y comuníquese a los gobernadores de los estados.

Con acuerdo por el que se designa al presidente del Comité de Información, Gestoría y Quejas. Se aprueba en votación económica.

Con acuerdo por el que se designa al presidente de la Comisión Especial para la Reforma del Estado. Se aprueba en votación económica.

Con la que informa de cambios en la integración de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social. De enterado.

El Congreso del estado de Jalisco remite dos iniciativas con proyectos de decreto por los que:

Se adiciona una fracción segunda al artículo octavo de la Ley Federal de Derechos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Se reforma la segunda parte de la fracción decimasexta del artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que informa de cambios en la integración de la Comisión de Defensa Nacional. De enterado.

Tres oficios de la Secretaría de Gobernación, por los que:

Remite copia del oficio suscrito por el titular de la Unidad de Vinculación Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social, en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente sobre las cuotas de recuperación de las prestaciones sociales que brinda ese instituto. Remítase copia al Senado de la República y al promovente.

Solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano José Luis Romero Hicks, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República Federativa de Brasil. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

Solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano José Antonio Pujals Fuentes, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República Federal de Alemania. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

El ciudadano Genaro David Góngora Pimentel, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración que le confieren los Reyes de España y el Gobierno del Reino de España.

La Asamblea, en votación económica, le dispensa todos los trámites a la solicitud y sin discusión se aprueba el proyecto de decreto correspondiente por trescientos cincuenta y cinco votos en pro, uno en contra y una abstención. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Presentan iniciativas con proyecto de decreto los diputados:

Nahum Ildefonso Zorrilla Cuevas, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona el párrafo quinto del artículo veintisiete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de bosques y selvas asentados en propiedad privada.

Presidencia del diputado Eric Eber Villanueva Mukul

Se turna a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Rogaciano Morales Reyes, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona la Ley del Impuesto al Valor Agregado y la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo.

Neftalí Salvador Escobedo Zoletto, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo doscientos cincuenta y ocho de la Ley General de Salud, en lo referente a la Farmacopea Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Salud.

Víctor Emanuel Díaz Palacios, del Partido Revolucionario Institucional, que expide la Ley Sobre los Derechos de los Migrantes. Se turna a las comisiones de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y de Relaciones Exteriores.

David Rodríguez Torres, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo sexto de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto por el que se reforma el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación. Es de primera lectura.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

Cuatro dictámenes de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con proyectos de decreto que conceden permiso a los ciudadanos:

Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar las condecoraciones que le confieren los gobiernos de la República de Francia y del Reino de España.

Martha Sahagún de Fox, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno del Reino de España.

Gustavo Carvajal Moreno, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República Federativa de Brasil.

Jorge Zermeño Infante, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República Federativa de Brasil.

Son de segunda lectura.

La Presidenta informa que se discutirán individualmente los proyectos de decreto y se votarán en conjunto y, desde su curul, el diputado Víctor Roberto Infante González solicita que sean votados individualmente. La Presidencia atiende la solicitud.

Sin discusión se aprueba el primer proyecto de decreto por trescientos treinta y dos votos en pro, cuarenta y cuatro en contra y treinta y dos abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

Sin que motive discusión se aprueba el segundo proyecto de decreto por doscientos cincuenta y seis votos en pro, ciento veintitrés en contra y veintisiete abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

No habiendo nadie que solicite hacer uso de la palabra, se aprueba el cuarto proyecto de decreto por trescientos setenta y nueve votos en pro, ninguno en contra y diez abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

Sin discusión se aprueba el tercer proyecto de decreto por doscientos noventa y cuatro votos en pro, ochenta y uno en contra y veintiún abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones contenidas en la Ley del Servicio de Administración Tributaria. Es de segunda lectura.

Para fundamentar el dictamen a nombre de la comisión, se concede la palabra al diputado Jorge Alejandro Chávez Presa, del Partido Revolucionario Institucional.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados: Víctor Antonio García Dávila, del Partido del Trabajo;

Presidencia del diputado Jaime Vázquez Castillo

Francisco Agundis Arias, del Partido Verde Ecologista de México; José Antonio Magallanes Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática; Julián Hernández Santillán, del Partido Acción Nacional; y Juan Manuel Carreras López, del Partido Revolucionario Institucional.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

Habla en pro del dictamen el diputado Martí Batres Guadarrama, del Partido de la Revolución Democrática.

En votación económica, la Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general.

La Presidenta informa que se reservan para su discusión en lo particular los artículos séptimo, veinte-A y veintisiete de la Ley del Sistema de Administración Tributaria.

La Secretaría recoge la votación nominal del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular de los artículos no reservados por cuatrocientos cinco votos en pro, ninguno en contra y una abstención.

La Presidenta informa que los diputados David Rodríguez Torres, Tomás Torres Mercado y Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta reservaron los artículos séptimo, veinte-A y veintisiete de la Ley del Sistema de Administración Tributaria, respectivamente.

Desde su curul el diputado David Rodríguez Torres declina la reserva del artículo séptimo.

Se refieren al artículo veinte-A reservado los diputados: Tomás Torres Mercado, del Partido de la Revolución Democrática, en contra y propone modificaciones; y por la comisión dictaminadora, Fernando Pérez Noriega, del Partido Acción Nacional, en pro.

Para rectificar hechos se concede la palabra al diputado Tomás Torres Mercado, del Partido de la Revolución Democrática.

La Asamblea considera suficientemente discutido el artículo veinte-A reservado, en votación económica, y de la misma manera desecha la propuesta del diputado Tomás Torres Mercado.

Hablan sobre el artículo veintisiete reservado los diputados: Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, del Partido de la Revolución Democrática, y propone una adición; y Jorge Alejandro Chávez Presa, del Partido Revolucionario Institucional, quien a nombre de la comisión acepta la adición propuesta.

La Asamblea considera suficientemente discutido el artículo veintisiete reservado en votación económica.

Desde su curul el diputado Abelardo Escobar Prieto hace una aclaración en relación con la propuesta de adición del diputado Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, a quien la Presidenta concede la palabra para darle lectura.

La Secretaría recoge la votación nominal del artículo veintisiete reservado, misma que resulta aprobatoria, con la adición propuesta, por cuatrocientos ocho votos en pro, ninguno en contra y una abstención. La Presidenta da lectura al artículo veintisiete en los términos aprobados.

Se recoge la votación nominal de los artículos séptimo y veinte-A reservados, misma que resulta aprobatoria, en los términos del dictamen, por trescientos cuarenta y un votos en pro, cuarenta y seis en contra y cinco abstenciones.

La Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones contenidas en la Ley del Servicio de Administración Tributaria. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

La Presidencia felicita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público por su espíritu incluyente y por haber enriquecido la iniciativa respectiva con las aportaciones de los legisladores y saluda la presencia en el recinto de parlamentarios y funcionarios del Congreso de la República de Perú.

La Asamblea dispensa la lectura, en votación económica, del dictamen de las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Asuntos Indígenas con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de Código Federal de Procedimientos Civiles. Es de segunda lectura.

A nombre de las comisiones dictaminadoras, habla el diputado Vicente Pacheco Castañeda, del Partido Acción Nacional, para fundamentar el dictamen.

Fijan la posición de su respectivo partido político o grupo parlamentario los diputados: Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista; Concepción Salazar González, del Partido Verde Ecologista de México;

Presidencia del diputado Jaime Vázquez Castillo

Héctor Sánchez López, del Partido de la Revolución Democrática; Carlos Raymundo Toledo, del Partido Acción Nacional; y Enrique Garza Tamez, del Partido Revolucionario Institucional.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, en votación económica la Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general y en lo particular.

La Presidencia informa que el presente dictamen está relacionado con el siguiente de las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Asuntos Indígenas, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas dispo- siciones de Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, y que las comisiones han notificado que éste sólo se fundamentará, por lo que solicita se autorice que ambos dictámenes sean votados en conjunto. La Asamblea, en votación económica, así lo autoriza.

Fundamenta el dictamen referido, a nombre de las comisiones, el diputado Juan Manuel Sepúlveda Fayad, del Partido Revolucionario Institucional.

La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general y en lo particular y la Presidencia informa que, en atención a una pertinente observación realizada por el diputado Armando Salinas Torre sobre el procedimiento de votación de ambos dictámenes, en el sentido de que, aunque se trata de materias similares, son leyes y articulados diferentes, y para no sentar un precedente que pueda ser reclamado en otro momento, se votarán por separado.

La Secretaría recoge la votación nominal del proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de Código Federal de Procedimientos Civiles, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por trescientos ochenta y dos votos en pro, ninguno en contra y dos abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

Se recoge la votación nominal del proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por trescientos ochenta y cuatro votos en pro, ninguno en contra y una abstención. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

Transcurrido el tiempo acordado para la duración de las sesiones, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y la Presidencia clausura la de hoy a las dieciséis horas con veintinueve minutos, citando para la próxima que tendrá lugar el jueves catorce de noviembre de dos mil dos, a las diez horas.»

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo...

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Aprobada el acta.

Adelante diputado Secretario con comunicaciones.

 

DISTRITO FEDERAL

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Diputada Beatriz Elena Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

La Secretaría de Cultura, ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del CLXXVIII aniversario de la expedición del decreto de creación del Distrito Federal, el próximo lunes 18 de noviembre a las 9:00 horas, en el patio poniente del palacio del ayuntamiento del Distrito Federal, delegación Cuauhtémoc.

Por tal motivo, me permito solicitar muy atentamente se sirva girar sus respetables instrucciones, a efecto de que un representante de esa Cámara de Diputados que usted preside, asista a la ceremonia de referencia.

Agradezco las atenciones que se sirva prestar a la presente y le reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente.

México, DF, a 14 de noviembre de 2002.— Enrique Semo, secretario.».

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Para asistir en representación de esta Cámara se designa a los siguientes diputados: Norma Enriqueta Bacilio Sotelo, Jorge Alberto Lara Rivera y Jesús Garibay García.

REGISTRO DE ASISTENCIA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Le ruego a la Secretaría proceder a cerrar el registro electrónico de asistencia.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

Se informa a la señora Presidenta que hay 383 diputados.

Ciérrese el registro electrónico de asistencia.

 

ESTADO DE HIDALGO

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo.— Poder Legislativo.— Gobierno del estado de Hidalgo.

Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Para su conocimiento y efectos, nos permitimos informar a ustedes que la diputación Permanente de la LVIII Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, clausuró los trabajos correspondientes al receso del primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio constitucional.

Al hacer de su conocimiento lo anterior, me es grato reiterarles las seguridades de mi atenta consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Pachuca, Hidalgo, a 25 de septiembre de 2002.— Jorge Luis López del Castillo, oficial mayor del honorable Congreso.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

De enterado.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo.— Poder Legislativo.— Gobierno del estado de Hidalgo.

Ciudadano general de brigada DEM Humberto Eduardo Antimo Miranda, comandante de la 18a. Zona Militar.— Presente.

Para su conocimiento y efectos, me estoy permitiendo informar a usted, que la LVIII Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, dio apertura al segundo periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio constitucional y eligió a los integrantes de la mesa directiva que fungirá durante el mes de octubre de 2002, recayendo dichos cargos en los diputados: Daniel Ludlow Kuri, presidente; Ignacio Trejo Ramírez, vicepresidente; María Estela Arellano Pérez, Manuel Hernández Badillo, secretarios propietarios; Alfonso Covarrubias Rubio y Hermenegildo Angeles Pérez, secretarios suplentes.

Al hacer de su conocimiento lo anterior, me es grato reiterarle las seguridades de mi atenta consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Pachuca, Hidalgo, a 1o. de octubre de 2002.— El oficial mayor del honorable Congreso, Jorge Luis López del Castillo.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

De enterado.

 

ESTADO DE PUEBLA

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo.— LV Legislatura.— Honorable Congreso del estado de Puebla.

Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— México.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 25 y 27 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, nos permitimos comunicar a usted que la LV Legislatura del honorable Congreso del estado, en junta preparatoria celebrada con esta fecha, se declaró constituida para funcionar durante el tercer periodo ordinario de sesiones correspondiente al primer año de ejercicio legal, comprendido del 15 de octubre al 15 de diciembre del año en curso. Asimismo se eligió a los diputados que integrarán la mesa directiva, quedando de la siguiente manera:

Adrián Víctor Hugo Islas Hernández, presidente; Juan Ramírez Ramírez, vicepresidente; José Gerardo Hilario Garcilazo Martínez y María Sara Camelia Chilaca Martínez, secretarios; . Odón Abad Sidar Fierro y Gustavo Díaz Ordaz Castañón, prosecretario.

Lo que hacemos de su conocimiento por disposición de esta legislatura para los efectos legales procedentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Heroica Puebla de Zaragoza, octubre 11 de 2002.— Diputados: José Gerardo Garcilazo Martínez, y María Sara Camelia Chilaca Martínez, secretarios.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

De enterado.

 

MIGRANTES

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, Ciudad Chetumal, Quintana Roo, México.

Ciudadanos diputados secretarios del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En sesión ordinaria celebrada en fecha 3 de octubre del año en curso, la X Legislatura del estado de Quintana Roo tuvo a bien aprobar el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Primero. Los diputados integrantes de la X Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo nos adherimos y apoyamos los acuerdos emitidos por las legislaturas de Zacatecas, de Coahuila de Zaragoza y de Guanajuato mediante los cuales se pronuncian en contra de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos de América, por considerarla discriminatoria y violatoria de los derechos humanos y laborales de los trabajadores mexicanos en situación migratoria irregular.

Segundo. Comuníquense la adhesión y el apoyo a las legislaturas locales solicitantes, al titular del Poder Ejecutivo Federal y a las cámaras del honorable Congreso de la Unión, así como a las demás legislaturas locales del país, para los efectos correspondientes.

Lo que nos permitimos transcribir a ustedes para su conocimiento y efectos conducentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad de Chetumal, Quintana Roo, 15 de octubre de 2002.— Diputados: María de Guadalupe Novelo Espadas, presidenta y Sergio M. López Villanueva, secretario.»

«Escudo.— Honorable Congreso del estado de Quintana Roo.— X Legislatura.

Punto de acuerdo mediante el cual la X Legislatura se pronuncia en contra de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos de América, con respecto a los trabajadores mexicanos en situación migratoria irregular.

Honorable pleno legislativo: los suscritos, diputados integrantes de las comisiones unidas de Justicia, de Derechos Humanos y de Asuntos Migratorios y Fronterizos de la honorable X Legislatura del estado, en referencia a los puntos de acuerdo aprobados y remitidos por la LVII Legislatura del estado de Zacatecas, la LV Legislatura del estado de Coahuila de Zaragoza y la LVIII Legislatura Constitucional del estado de Guanajuato, mediante los cuales se pronuncian en contra de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos de América, por considerarla discriminatoria y violatoria de los derechos humanos y laborales de los trabajadores mexicanos en situación migratoria irregular, en uso de las facultades que nos confieren los artículos 32, 35, 41, 107 y demás relativos aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como el numeral 38 de su Reglamento Interno y

CONSIDERANDO

Que la situación económica en nuestro país es mala para muchos mexicanos: algunos carecen de empleo, otros son subempleados. A final de cuentas, el ingreso económico no es suficiente para la efectiva manutención de sus familias, lo cual conlleva a que tomen la determinación de emigrar hacia los vecinos países del norte.

La migración en la frontera de México con los Estados Unidos existe desde hace muchos años. Tolerada en otra época, de necesidad de mano de obra barata, hoy es combatida sin ningún miramiento, violentando incluso los derechos humanos más elementales reconocidos internacionalmente.

Que las causas de la migración hacia los Estados Unidos son múltiples, diversas y complejas. Sin embargo, es un error intentar frenarla mediante la represión y no con políticas públicas eficientes que arraiguen al migrante a su país de origen. Un claro ejemplo es que, no obstante las medidas que han adoptado las autoridades estadounidenses para frenar la migración indocumentada, cada año ingresan cientos de miles de personas en ese país, utilizando algún punto de la extensa frontera norte de México.

Que las personas, tanto mujeres como hombres, que deciden correr la aventura de cruzar el río Bravo, con el fin de buscar otra alternativa de ingreso económico para el sustento de sus familiares, nos dice a todas luces que se requieren nuevas fuentes de empleo para la población que carece de uno, pero el problema no es sólo darles la oportunidad de trabajo sino que éste sea bien remunerado; esto es, que satisfaga las expectativas de desarrollo de una familia.

Que, durante años, los trabajadores mexicanos han contribuido a la economía estadounidense, mientras que las prácticas discriminatorias, por razones migratorias, se acentúan sin reconocer dicha contribución histórica. A grado tal, que los connacionales son sujetos de todo tipo de vejaciones, como robo, violaciones, extorsiones y detenciones arbitrarias de parte de esas autoridades.

Que las autoridades de los Estados Unidos de América resolvieron determinar, en perjuicio de los trabajadores mexicanos, la inexistencia de los derechos de nuestros connacionales que se encuentren en el citado país en una situación migratoria irregular, por medio de una resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia, la cual evidentemente es discriminatoria y violatoria de los derechos humanos y laborales.

Que, como representantes populares de nuestros conciudadanos, tenemos el deber y la obligación de velar y garantizar los derechos de todos los mexicanos, máxime en este particular caso.

Con base en las consideraciones expuestas, estimamos emitir los siguientes

puntos de ACUERDO

Primero. Los diputados integrantes de la X Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo nos adherimos y apoyamos los acuerdos emitidos por las legislaturas de Zacatecas, de Coahuila de Zaragoza y de Guanajuato mediante los cuales se pronuncian en contra de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos de América, por considerarla discriminatoria y violatoria de los derechos humanos y laborales de los trabajadores mexicanos en situación migratoria irregular.

Segundo. Comuníquense la adhesión y el apoyo a las honorables legislaturas locales solicitantes, al titular del Poder Ejecutivo Federal y a las cámaras del honorable Congreso de la Unión, así como a las demás legislaturas locales del país para los efectos correspondientes.

Sala de comisiones “Constituyentes de 1974” del Poder Legislativo, en la ciudad de Chetumal, Quintana Roo, a 26 de septiembre de 2002.— Comisión de Justicia, diputados: Carlos Gutiérrez García, Secundino Eladio Cab Iucab, Manuela del S. Godoy González, Rogelio Márquez Valdivia y María de Guadalupe Novelo Espadas; Comisión de Derechos Humanos, diputados: Rogelio Márquez Valdivia, María de Guadalupe Novelo Espadas, María Eugenia Córdoba Soler, Juan Manuel Herrera y Gildardo Palacios Herrera;Comisión de Asuntos Migratorios y Fronterizos, diputados: Héctor G. Ortega Contreras, Gildardo Palacios Herrera, Plácido Acosta García, Mildred C. Avila Vera y Secundino Eladio Cab Iucab.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Túrnese a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Relaciones Exteriores.

ESTADO DE QUINTANA ROO

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.— Ciudad Chetumal Quintana Roo.— México.

Ciudadanos diputados secretarios del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

La X Legislatura Constitucional del estado, en cumplimiento al artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se permite comunicar que en sesión ordinaria celebrada el día 17 de octubre del año en curso, se procedió a la elección del presidente y vicepresidente de la mesa directiva del segundo mes, del segundo periodo de sesiones ordinarias, correspondiente al primer año de ejercicio constitucional, misma que fungirá del 20 de octubre al 15 de diciembre de 2002, resultando electos por mayoría de votos los diputados: Juan Manuel Herrera, presidente; Landy Noemí Espinosa Suárez vicepresidenta.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles las seguridades de mi consideración distinguida.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad Chetumal, Quintana. Roo, a 18 de octubre de 2002.— Ingeniero Sergio Manuel López Villanueva, diputado secretario.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

De enterado.

 

CENTROS DE READAPTACION

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo.— Gobierno del Distrito Federal.— México.— La Ciudad de la Esperanza.

Diputados: Adela Cerezo Bautista, Rodolfo Dorador Pérez Gavilán, secretarios de la Mesa Directiva de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención al atento oficio (número D.G.P.L. 58-II-4-987) que se sirvieron dirigirle al licenciado Andrés Manuel López Obrador, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a través del cual solicitan información sobre las condiciones que guardan los Centros de Readaptación Social, a cargo del Gobierno del Distrito Federal, adjunto al presente el informe sobre las condiciones que guardan los centros de readaptación social del Distrito Federal, que elaboró la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Distrito Federal, en el cual se da respuesta puntual a su petición.

Aprovecho para saludarlos cordialmente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad de México, DF, a 5 de noviembre de 2002— Licenciado José Agustín Ortiz Pinchetti, secretario de Gobierno del Distrito Federal.»

«Informe sobre las condiciones que guardan los Centros de Readaptación Social del Distrito Federal.

INDICE

Criterios de clasificación de la  población penitenciaria             01-04

Procedimiento de la visita íntima.

Proyectos educativos.

Acciones para generar empleos al interior de los centros penitenciarios del DF.

Promedio de internos por dormitorio.

Fugas en los diferentes centros.

Número de internos por:

• Sexo

• Nivel escolar

• Ocupación en el exterior

• Delito

• Edad

• Situación jurídica.

Nivel socioeconómico.

Personal asignado y percepciones. (Anexo I)

Criterios de clasificación

Empezando por definir el concepto de clasificación, tenemos que significa ordenar, colocar bajo una cierta forma, acomodar un objeto entre otros de acuerdo con un criterio lógico de similitudes y diferencias. La clasificación penitenciaria obedece al procedimiento mediante el cual son asignados los internos de acuerdo a un orden y criterio lógico, a las distintas instituciones penitenciarias, reclusorios preventivos, hospitales y colonias penales o cualquier otra prevista por la ley, sean éstos de máxima, media o mínima seguridad; también se hace en las áreas de alojamiento y convivencia dentro de una institución penitenciaria, la que debe corresponder al conocimiento científico y técnico penitenciario.

Entendiendo lo anterior tenemos que, la clasificación es primordialmente un método que tiene como objetivo el desarrollo de un programa vital y práctico de readaptación y provee métodos para la coordinación y la continuidad del programa en lo que afecte al individuo privado de su libertad. Por tanto, la clasificación criminológica designa un proceso con el que el personal penitenciario trata de conseguir el objetivo de la readaptación social, utilizando el tratamiento individualizado.

Para el logro de tal propósito se toman en consideración factores y/o disposiciones tanto biológicas, cronológicas, legales y otras propias de la individualidad del sujeto dentro de su desarrollo biosicosocial.

Históricamente la primera clasificación que surgió fue la de los sexos, la segunda clasificación fue en función de la edad cronológica: los menores a la tutela y los mayores a las prisiones comunes, la tercera clasificación fue de naturaleza legal: la separación entre procesados y sentenciados.

El reglamento de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal establece lo siguiente:

Artículo 15.  Los reclusorios para indiciados y procesados serán distintos de los destinados a sentenciados y de aquellos en que deban cumplirse arrestos.

Las mujeres serán internadas en establecimientos diferentes de los destinados a los hombres.

Artículo 19. Para la clasificación de los internos, con el objeto de ubicarlos en el medio idóneo de convivencia para su tratamiento, y para evitar la transmisión y propagación de habilidades delictuosas, el centro de observación y clasificación, adoptará los criterios técnicos que estime convenientes de acuerdo a la situación concreta del interno y el tipo de reclusorio, sometiendo su diagnóstico a la aprobación del consejo técnico interdisciplinario de la institución respectiva.

Los indiciados, los de reciente ingreso y los que se encuentren en el centro de observación y clasificación, no podrán tener acceso a la población común, tampoco los internos a los que ya se ha asignado un dormitorio tendrán acceso al centro de observación y clasificación.

Por lo antes expuesto, se cuenta con centros penitenciarios para procesados, para sentenciados y exclusivos para población femenil y para población varonil. También, existen áreas específicas de acuerdo a la situación jurídica del individuo privado de su libertad. siendo las siguientes:

• Ingreso. Area exclusiva para individuos indiciados, esto es que aún no se le ha dictado su auto de formal prisión que lo acredite como presunto responsable sujeto a proceso penal. Esto indica que un indiciado no podrá estar más de 72 horas en esta área.

• Centro de observación y clasificación. Area exclusiva para individuos sujetos a proceso penal, donde serán observados y se les aplicará un estudio de personalidad individual, técnico y profesional de forma interdisciplinaria; llevado a cabo por un equipo técnico de profesionales en las disciplinas de trabajo social, pedagogía, sicología y criminología. De acuerdo a los estudios de personalidad practicados se elaborará un diagnóstico individual, de acuerdo al cual el interno será clasificado a un dormitorio correspondiente según sus características personales donde le será programado un tratamiento. La permanencia en está área no excederá más de 45 días.

• Dormitorios de población general. Areas de población regular, en donde son ubicados los internos de acuerdo a sus características individuales de personalidad, donde convivirán con individuos con características de personalidad similares.

La complejidad del fenómeno correspondiente a la diversidad social y cultural de un país moderno como México, y por ende del desarrollo biosicosocial de cada individuo, conlleva a que no necesariamente coincidan de manera perfecta los criterios utilizados. Pero las clasificaciones son precisamente para poner orden a la múltiple variedad de los fenómenos.

La clasificación criminológica de la población penitenciaria implica un método de regulación entre las relaciones interpersonales, basándose en buen porcentaje en la observación individual de cada sujeto. Con esto, las instituciones encargadas de la custodia de los internos sometidos a la tutela penal tratan de crear condiciones adecuadas para la vida de reclusión, procurando que la convivencia entre los individuos privados de su libertad sea lo menos desfavorable posible.

Mediante la clasificación se pretende inhibir la reproducción de conductas ilícitas dentro de la institución. Existen individuos o grupos de individuos que por características de personalidad pueden resultar fácilmente víctimas de aquellos que poseen jerarquías superiores basadas principalmente en la experiencia y en el ejercicio físico y simbólico de la violencia, la cual en la mayoría de las veces se observa de manera indirecta y subterránea como fenómeno paralelo a la vida en reclusión y que además provee de beneficios para quien se encuentra en la cima del ejercicio de este poder.

La clasificación adecuadamente realizada en cuanto a método y procedimientos técnicos puede contribuir a la prevención y disminución de conducta ilícitas dentro de las instituciones de custodia y con esto favorecer la planeación de estrategias de tratamiento. Siendo la clasificación el primer paso que se da mediante las áreas técnicas para el logro de la readaptación social.

Así pues, la clasificación no debe partir sólo de observar la práctica antecedente del individuo, debe también procurar el diseño de condiciones óptimas para la vida en el interior, no refiriéndonos con esto sólo al espacio físico, sino también a los espacios (en tiempo) para fortalecer los contactos con el exterior, donde el contacto familiar y comunitario se den de tal manera que al recobrar su libertad el sujeto se sienta lo menos extraño posible.

La clasificación esta basada en los siguientes criterios:

a) Preventivo. Deberá evitar la posible desadaptación social del sujeto procesado que se encuentra privado de su libertad.

b) Técnico. Deberá promover un tratamiento progresivo, técnico e individual basado en las diferentes áreas que conforman su integridad física y mental, para alcanzar su reinserción social del sujeto procesado y/o sentenciado; de esta manera se busca clasificar a los sujetos en un dormitorio según y respectivamente a sus características de personalidad.

c) Seguridad institucional. Para alcanzar un adecuado y óptimo desarrollo institucional en todas las áreas dentro del centro penitenciario, estará como prerrogativa la seguridad institucional dentro del penal por sobre las demás, ya que si no hay seguridad dentro del mismo no se puede garantizar el adecuado funcionamiento de todas las demás áreas.

Por todo lo anterior los criterios de clasificación aplicados en la dirección general de Prevención y Readaptación Social del Distrito Federal son los siguientes:

1. Sexo: femenino o masculino.

2. Situación jurídica: procesados y sentenciados.

3. Edad: para evitar conflictos generacionales en hábitos, gustos y costumbres.

4. Calidad delincuencial y criminológica: primodelincuentes y reincidentes o habituales.

5. Sentencia: aquí la importancia radica en el sentido de planeación del tiempo de reclusión del sujeto dentro de la institución y por consecuencia del tratamiento a seguir.

6. Escolaridad: influye en la capacidad de adaptación, refleja las expectativas de vida del sujeto, sus hábitos y sus costumbres.

7. Riesgo social e institucional (peligrosidad). Este concepto consiste en la cualidad de una persona en la que se aprecia la inclinación a que realice en la comunidad una acción socialmente dañina. Se basa en los factores de personalidad, en las más importantes manifestaciones temperamentales y caracteriológicas, y en el grado de adaptabilidad a las exigencias de la vida social, como lo es la capacidad de adaptación e integración social.

En el juicio de riesgo se delibera su apreciación cuando el sujeto presenta características, más o menos fuertes, sintomáticas de una disposición (influencia endógena y exógena) o predisposición (influencia exógena) a una conducta irregular antisocial y delictiva. Así, para la apreciación del riesgo se considera la ausencia o presencia de signos o indicadores de proclividad conductual para o antisocial, como lo son: toxicomanía, alcoholismo, pandillerismo, vagancia, malvivencia, violencia física y/o verbal, violencia intrafamiliar, tatuajes etcétera.

8. Antecedentes de conductas parasociales. Alcoholismo, cicatrices de relevancia criminológica, tatuajes, toxicomanías, riñas, reincidencias etcétera

9. Estructura arquitectónica.  Por otra parte y principalmente, se deben tener en cuenta los criterios de seguridad institucional, ya que la finalidad principal de la estructura arquitectónica de la institución es indiscutiblemente la de contención y seguridad, y por tal motivo se debe evaluar la vulnerabilidad de esta en referencia a la clasificación de la población penitenciaria. También aquí entra la particularidad de cada centro, dependiendo del tamaño de la institución, del número de dormitorios. del número de zonas de cada dormitorio, el número de estancias por zona y el numero de camas por cada estancia.

10. Población discapacitada o vulnerable.  Dentro de esta población se considera a los internos que por razón de su edad o su salud o discapacidad física, requieren de una atención diferenciada de la del resto de la población. Se consideran las siguientes características:

• Físicas: personas con disminución en la funcionalidad de su sistema músculo-esquelético o la ausencia de algún miembro, que le impida llevar una vida normal junto con la población general.

• Sensorial: sujeto con disfuncionalidad en los órganos de los sentidos y que les limite o impida llevar una vida adecuada con la población general.

• Seniles: sujetos que por su edad avanzada (60 años o más) y por su estado físico (deteriorado) ameriten la asignación a esta sección.

• Indígenas: personas que por diferencias en usos y costumbres, derivadas de su origen sociocultural, les pone en franca desventaja en la interacción colectiva ante sujetos con características para y antisociales, por tanto se considera población vulnerable.

Visita íntima

La visita íntima se concede únicamente al interno(a) que previamente lo solicita por escrito y que, tanto él como su visitante, hayan cumplido con los requisitos y disposiciones establecidas en el reglamento de reclusorios del Distrito Federal.

Requisitos

• Haber cumplido los trámites para el acceso a la visita familiar: obtener su credencial de visita familiar, misma que debe ser tramitada por la oficina de trabajo social cuando se hayan cubierto los requisitos preestablecidos (artículo 142 del reglamento de reclusorios y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal) y haya entregado 2 fotografías tamaño infantil de frente, comprobante de domicilio y original y copia de documento que lo identifique.

• Realizarse los siguientes estudios médicos, presentando los resultados.

• Certificado general de salud.

• Examen V.D.R.L., con resultado negativo, si éste fuera positivo, el visitante deberá someterse a tratamiento médico y presentar posteriormente nuevo estudio.

• Examen inmunológico VIH (SIDA); sólo cuando el médico considere que el visitante tiene factor de riesgo.

Con la finalidad de garantizar el control de manifestaciones de tipo venéreo el tiempo de vigencia de los estudios clínicos será de 6 meses. El término de la fecha de caducidad de los exámenes se hará del conocimiento de la pareja, con anterioridad, por parte del personal de la oficina de trabajo social.

El interno(a) y su pareja deberán renovar sus estudios y documentos que acreditan la vigencia de los análisis clínicos, de lo contrario se suspenderá temporalmente la autorización para llevar a cabo la visita íntima.

El personal de trabajo social de cada reclusorio, difundirá por escrito los lineamientos de conservación de la habitación y el respeto de turno y horario asignados; los cuales se colocarán en el lugar más visible dentro de la habitación y quedarán instalados permanentemente.

Visita íntima foránea

En caso de que la esposa(o) o concubina(o) radique fuera del Distrito Federal (sin considerar las zonas conurbadas), el director del centro o el funcionario de guardia podrán autorizar la visita foránea cuando ésta llegue inesperadamente o se trate de la primera vez.

Los turnos otorgados a la visita foránea serán con base al espacio temporal de asistencia y no excederán de dos turnos en una semana, observando que dicha autorización se efectúe dentro de la organización y demanda del establecimiento, así como de los planes de tratamiento y readaptación social.

Se fomentará que el interno haga del conocimiento de su pareja las disposiciones sobre la visita íntima foránea.

De la visita íntima en el módulo de alta seguridad.

El consejo técnico interdisciplinario deberá tener conocimiento previo del cumplimiento de los requisitos a efecto de estar en posibilidad de decidir la autorización de la visita íntima ordinaria, extraordinaria y foránea.

Es la oficina de trabajo social la que se encarga de determinar los turnos y horarios de acuerdo a la organización y operación institucional.

De la visita íntima interreclusorios

Para la autorización de la visita íntima interreclusorios, el interno(a), en conformidad con su pareja, deberán cubrir los requisitos mencionados en los rubros de la visita íntima y de la interreclusorios.

La visita interreclusorios quedará establecida en día lunes en sus tres turnos.

En caso de que la solicitud para visita íntima interreclusorios sea aprobada, se canalizará a los internos solicitantes al servicio médico para que les sean practicados los exámenes correspondientes.

En el caso de que por traslado del interno (a), a otro reclusorio se suspenda la visita íntima, se dará trámite de baja automáticamente y de alta si así lo solicita la pareja en el establecimiento de nuevo ingreso, tomando en consideración la documentación del reclusorio de origen.

Fuente: “Instructivo de Visita Familiar de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Distrito Federal.”

Proyectos educativos del sistema penitenciario del Distrito Federal

Subdirección de servicios educativos

La subdirección de servicios educativos tiene como objetivo promover la atención educativa y la capacitación para el trabajo, como parte del proceso de readaptación social de la población interna. Para cumplir con este objetivo se apoya en las unidades departamentales de supervisión a centros escolares y capacitación para el trabajo.

Conforme a lo establecido en el artículo 76 del Reglamento de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal, la educación se impartirá con fundamento en los planes y programas que autorice la Secretaría de Educación Pública para este tipo de establecimientos de reclusión. Por tal motivo los programas educativos que utilizamos en los centros escolares del Sistema Penitenciario del Distrito Federal son los siguientes:

Modelo de educación para la vida: a través del INEA la SEP, aplica este programa para atender la demanda de educación básica. (ver anexo).

Preparatoria abierta: a través de la dirección general del bachillerato y su dirección de sistemas abiertos. (ver anexo).

Universidad abierta: 8 internos del R.P.V. Oriente son alumnos del Colegio Superior de Ciencias jurídicas (Universidad Humanitas).

1. Programa de captación y capacitación de asesores educativos.

Introducción:

Para abatir la falta de profesores e instructores en los centros escolares de los reclusorios y centros de readaptación social del Distrito Federal, la subdirección de servicios educativos implementa el programa de captación y capacitación de asesores educativos que se integra por los siguientes subprogramas:

A) Subprograma de captación de asesores educativos.

a) Campaña de captación de internos y personal de la institución que cubra con los requisitos para desempeñarse como asesor educativo y/o instructor de capacitación para el trabajo en los centros escolares del Sistema Penitenciario del Distrito Federal.

Se han realizado avances para firmar un convenio de colaboración con la Escuela Normal de Especialización, a fin de establecer las vías para realización de servicio social y prácticas de los estudiantes de la licenciatura en educación para menores infractores e inadaptación social.

b) Plan de acción para la captación de profesores jubilados y pensionados del ISSSTE.

Con la finalidad de tratar la posibilidad de recibir el apoyo de los profesores jubilados, para cumplir servicios educativos en los centros escolares del Sistema Penitenciario del Distrito Federal, nos reunimos con la licenciada Olga Contreras Rangel, coordinadora del Sistema Integral a Jubilados y pensionados del ISSSTE quien se manifestó interesada en la propuesta  y nos solicitó el número de profesores y una propuesta de perfil para laborar en los centros penitenciarios, los lugares donde prestarían sus servicios y la forma en que se les apoyaría. En este último tema explicamos que no ha sido determinado el apoyo, pero existe la posibilidad de ofrecer algún incentivo económico.

Perfil del profesor

Edad: de 55 a 75 años.

Estado de salud: sin problemas físicos por su seguridad y en general buen estado de salud

Domicilio: preferentemente que vivan en la periferia de los reclusorios.

Horario: disponibilidad de por lo menos 4 horas diarias de lunes a viernes.

Turno: matutino y vespertino.

Sexo: indistinto.

Buena disposición para el trabajo de docencia en reclusorios y centros de readaptación social.

VER TABLA

Estos profesores prestarían sus servicios en los niveles de primaria, secundaria y preparatoria, (en las áreas de humanidades, físico-matemáticas y ciencias administrativas y sociales). Es importante señalar que estos profesores realizarán sus actividades en el turno matutino de 9:00 a 14:00 o de 15 a 20:00 horas, y será indispensable otorgarles un incentivo económico de 1 mil pesos mensuales.

A continuación nos permitimos presentarle la información necesaria para iniciar la captación de profesores jubilados del ISSSTE (SEP, IPN y UNAM).

B) Subprograma de capacitación y actualización docente.

Objetivo:

Ofrecer a los asesores del sistema penitenciario los contenidos, técnicos y estrategias educativas que les ayuden a mejorar la calidad de su trabajo en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Plan de acción:

• Este subprograma es responsabilidad de la subdirección de servicios educativos y de la jefatura de unidad departamental de supervisión a centros escolares y centros de de-sarrollo infantil. La Brigada de Apoyo Educativo (BAE.) realizará las actividades educativas que contempla este subprograma.

• Levantar un censo de profesores que prestan sus servicios en los centros escolares del sistema penitenciario, para ubicar: numero, centro, nivel y/o capacitación.

• Mediante diversos instrumentos detectar las necesidades de capacitación de la población docente que labora en los centros escolares.

• Planeación y programación, una vez detectadas las necesidades se planearán los cursos que cubran dichas necesidades, que podrán enmarcarse en: planeación educativa, formación de instructores y estrategias didácticas.

• Realización de cursos, pláticas y talleres de capacitación y actualización docente.

• Se promoverá la participación de instituciones educativas en la capacitación y profesionalización de los asesores educativos, a fin de lograr su certificación y reconocimiento oficial.

• La subdirección de servicios educativos en coordinación con los jefes de los centros escolares desarrollarán un sistema de evaluación y asesoría para mejorar el desempeño de las actividades docentes de los asesores educativos.

Cursos y talleres de capacitación y actualización docente.

1. Curso de formación de instructores.

2. Taller “programación de cursos”

3. Valores éticos para los asesores educativos.

4. Modelo de aprendizaje y estrategias de estudio, impartido por la Campaña Mexicana para Mejorar el Estudio y el Instituto Nacional de la Educación para los Adultos (INEA-­SEP).

2. Programa de mejoramiento de espacios educativos en el Sistema Penitenciario del Distrito Federal.

a) Bibliotecas y salas de lectura.

A la fecha para cubrir las carencias de material existentes en los 4 Centros  de Desarrollo Infantil (Cendi) y en los centros escolares con que cuenta la institución, se ha recurrido a distintas donaciones. Como son: 250 juguetes y dulces para el día del niño, 3 mil libros a nivel secundaria, de distintas materias, donados por una biblioteca pública; 350 del nivel medio superior donados por la editorial Trillas, 2 mil libros a nivel superior, de distintas áreas del conocimiento, donados por la FES Zaragoza; además de otras donaciones que están en curso.

Se implementa el programa de formación de salas de lectura para los Reclusorios y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal. Este programa contempla la promoción de la lectura en las áreas de ingreso, centro de observación y clasificación, módulos de seguridad y escolares de cada establecimiento de reclusión.

b) Mobiliario educativo para centros escolares:

Se obtuvo una donación de materiales y muebles por parte de la dirección general de patrimonio de la Universidad Nacional Autónoma de México.

3. Proyecto de educación por tutoría en los centros escolares del Sistema Penitenciario del Distrito Federal.

Objetivo General:

Proporcionar una opción educativa alternativa para los estudiantes internos que deseen obtener calidad y suficiencia de conocimientos para promover el estudio y la acreditación en los niveles escolares correspondientes, a través de la integración de “profesores-tutores” en el proceso de enseñanza-aprendizaje y readaptación social.

Estrategias y plan de acción:

• Este proyecto se nutrirá con profesores jubilados y pensionados del ISSTE y posiblemente con estudiantes que realicen de la UNAM y de la Universidad Humanitas, que realicen servicio social.

• Se establecen vínculos de colaboración con instituciones educativas, organizaciones civiles o sociales para apoyar este proyecto educativo.

• Se aplica el modelo educativo para la reincorporación social de la Subdirección de Servicios Educativos.

• Se aplicará en los ocho centros escolares del Sistema Penitenciario del Distrito Federale el jefe del centro escolar será responsable de la administración y desarrollo del proyecto.

• El INEA-SEP apoyará en la impartición de cursos de actualización a asesores internos y externos, así como a los tutores.

• Establecimiento de un sistema de supervisión y evaluación que permita identificar los logros y las debilidades del proyecto, a fin de implementar soluciones.

4. Programa de supervisión a centros escolares y Cendi.

Objetivo general: establecer acciones sistemáticas que contribuyan a mejorar las actividades académicas, de extensión educativa y de desarrollo infantil realizadas en los centros escolares y Cendi del Sistema Penitenciario del Distrito Federal.

Plan de acción:

• Observar el cumplimiento de la normatividad vigente del INEA, educación inicial y preescolar y la dirección general de bachillerato, así como los ordenamientos que emita la subdirección de servicios educativos de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social.

• Verificar que en los centros escolares, Cendi se lleven a cabo las actividades relacionadas con la atención y gestión para la educación de acuerdo a los programas centrales del INEA, la Dirección General de Educación Inicial y Preescolar y la Dirección General de Bachillerato.

• Constatar que el personal que labora en labores educativas cumpla con las disposiciones que establece la SEP y la Dirección General de Prevención y Readaptación Social.

• Verificar que las instalaciones de los Cendi, centros escolares y anexos educativos se encuentren en condiciones adecuadas para la prestación de servicio.

• La jefatura de la unidad departamental realiza de dos a tres supervisiones mensuales por centro escolar y Cendi.

5. Programa integral asistencial para hijos y madres internas en los centros preventivos de readaptación social del Distrito Federal.

Objetivo general: promover la educación integral en hijos y madres internas en los centros de prevención y readaptación social del Distrito Federal, a través de actividades formativas en los centros escolares y los centros de desarrollo infantil.

Plan de acción:

1. Sensibilización de madres internas.

2. Actividades complementarias de una educación integral.

3. Creación de un espacio educativo para hijos y madres internas en el centro escolar de cada establecimiento femenil de reclusión.

Nota: este programa se aplica en el Reclusorio Preventivo Femenil Norte, con la participación de INMUJER y la dirección de educación Inicial de SEP.

6. Programa de capacitación alternativa para los Reclusorios y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal.

Introducción.

Con la finalidad de avanzar en torno al objetivo inmediato de la educación y capacitación del interno a través de la formación de talleres con la participación de instituciones gubernamentales; iniciativa privada y organismos no gubernamentales la subdirección de servicios educativos propone el Programa de Capacitación Alternativa, que pretende la reincorporación productiva y la integración familiar por medio del desarrollo de modelos productivos y empresas en los reclusorios y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal.

A) Subprograma de formación de talleres para la autosuficiencia.

Objetivo general:

Desarrollo de modelos productivos que incorporen a los internos en prácticas productivo­-laborales en conformidad con lo establecido en el Reglamento de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal, a través de la capacitación y la formación de talleres tendientes hacia la autosuficiencia y mejoría en las condiciones de vida de los internos y sus familias.

Plan de acción:

Promoción de los cursos de tecnologías domésticas para la elaboración de productos de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Fases de capacitación:

Primera fase. Derechos del consumidor, pláticas de orientación del consumo, elaboración de producto de limpieza, elaboración de artículos de uso personal.

Duración: seis meses.

Segunda fase. Elaboración de lácteos y embutidos, elaboración de conservas y envasados.

Duración: seis meses.

Estos cursos se llevan a cabo en los siguientes centros de reclusión:

Reclusorio Preventivo Femenil Norte, Reclusorio Preventivo Varonil Norte, Centro Femenil de Readaptación Social Tepepan: complementaron la primera fase. Se encuentran en la segunda fase de capacitación.

Reclusorio Preventivo Varonil Oriente: se encuentra en la primera fase de capacitación.  Se produce cloro y pino para abastecer al reclusorio.  Se encuentra en formación el   taller de producción.

B) Subprograma de vinculación familiar y reincorporación productiva.

Propuesta general:

Las actividades propuestas por el subprograma de integración familiar y reincorporación productiva consisten en la promoción de la integración familiar a través de la capacitación y la orientación de los internos y sus familiares, durante un periodo de tiempo destinado a la visita y en el espacio denominado “sala de visita familiar”. Debido a las necesidades de capacitación y vinculación familiar de los internos que se encuentran próximos a obtener su libertad, inicialmente, este subprograma se desarrollará en apoyo al programa de rescate a jóvenes primodelincuentes del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente y posteriormente, se implementará en otros centros.

En la ejecución de este subprograma intervendrá:

a) La dirección técnica por medio de sus subdirecciones de apoyo técnico y servicios educativos.

b) El jefe de centro escolar y el personal que designe el subdirector técnico de cada centro penitenciario.

c) La Procuraduría Federal del Consumidor proporcionará los cursos de elaboración de productos básicos.

Objetivo general:

Promover la integración familiar y la reincorporación social a través de la participación del interno y sus familiares en los cursos de capacitación para el trabajo de la subdirección de servicios educativos y en los programas de integración familiar de la subdirección de servicios técnicos.

Plan de acción:

Este subprograma se aplica como estudio piloto en el Reclusorio Preventivo Varonil Oriente en la explanada de visita familiar, contando con la participación de internos y sus familias en los cursos de tecnologías domésticas para la elaboración de productos de consumo básico. Se han realizado tres sesiones y se cuenta con un promedio de 75 personas.

VER TABLA

Nota: los módulos alternativos pueden sustituir a los módulos básicos marcados con el mismo número: por ejemplo el módulo “números y cuentos para la vida” cubre los contenidos de los tres módulos básicos del mismo eje; “información y gráficas”, “fracciones y porcentajes” y “operaciones avanzadas”.

Para certificar el nivel primaria se deben acreditar los 10 módulos básicos y dos diversificados los que el adulto elija.

Para certificar el nivel secundaria se deben acreditar los ocho módulos básicos y cuatro diversificados, que en el caso de ser egresado de la primaria del MEV deben ser diferentes a los cursados en primaria, pero si es un nuevo usuario del MEV pueden ser elegidos sin restricción.

VER TABLA

Acciones para generar empleo al interior de los centros penitenciarios del Distrito Federal.

A) Proyectos autogenerados:

Se han sostenido reuniones con la Secretaría de Finanzas del GDF para lograr la autorización de las cuentas de autogenerados en los talleres que se rehabilitarán mediante el convenio IPN UPIICSA-DGPRS y con las artesanías que compramos en los reclusorios para su venta, el criterio de aprobación será:

1) En el caso de los productos industriales el costo de producción determinado por el precio por metro cuadrado  40 pesos, más el salario mínimo $42.15, por el número de trabajadores, las materias primas en cada caso y un 30% sobre el costo en comento.

2) Para las artesanías y objetos artísticos que se venden en la tienda será el costo de adquisición del producto más un 30%

Resultados:

Después de cuatro reuniones con las diversas instancias de esa Secretaría, recibimos la noticia de que la autorización será dada para estos talleres por género de producción y por centro.

Con estas acciones podremos:

Primero. Atender a los clientes institucionales, gobierno y particulares en los pedidos que nos hagan de productos industriales, papelería, costura, carpintería etcétera.

Segundo. Al autorizarse el cobro de un 30% sobre el costo de producción y de adquisición en el caso de artesanías podremos capitalizar la actividad industrial, ampliar la cobertura de compra de artesanías y sobre todo ampliar la oferta laboral y económica para otros internos, así como su capacitación. Cabe aclarar que los recursos obtenidos tendrán que ser reinvertidos en industria penitenciaria y sus actividades afines y que los recursos deberán ser gastados o reinvertidos en su totalidad, de lo contrario los excedentes tendrían que ser enterados a Tesorería General para otros proyectos y conceptos.

B) El Globo SA:

Se formó el comité ejecutivo para el proyecto, integrado por: la subdirección técnica del Reclusorio Preventivo Femenil Norte (proyecto piloto) UPIICSA y la doctora Panella Zanatta, directora del proyecto por parte del Globo, (anexo envió actividades del proyecto y responsables), las reuniones técnicas serán todos los lunes a las 11:00 am en el Reclusorio Preventivo Femenil Norte.

El tiempo para la puesta en marcha del proyecto es de dos meses y este piloto será replicable a todos los centros que tienen panadería.

En este proyecto destacan:

1) El compromiso de El Globo de contratar a todas las personas que egresen de los centros y que hayan estado en el programa.

2) El Globo proporcionará maquinaria y aditamentos complementarios para el adecuado funcionamiento del proyecto, nosotros reparamos algunos elementos de maquinaría existente que están contemplados en el convenio UPIICSA.

3) El proyecto inicia con 10 personas y aumentará a 20 por cada centro, más las que se vayan capacitando y empleando en el exterior por cada centro.

4) El primer paso del proyecto es el diseño y elaboración de pan con alto contenido de fibra para el autoconsumo en los centros, con una receta especial, diseñada para personas con una vida sedentaria como las personas en reclusión.

C) Reclusorio Preventivo Varonil Oriente módulos 1 y 2 (programa jóvenes primodelincuentes):

Proyecto: elaboración de marcos para serigrafía y tarimas para construcción.

La puesta en marcha de este proyecto será el día 15 de agosto y arranca con 20 internos en la elaboración de marcos para serigrafía, la capacitación de 50 internos en la elaboración de serigrafía y 20 internos para la elaboración de tarimas de construcción.

El espacio de trabajo se está terminando de acondicionar en los módulos 1 y 2 de esta manera se mantendrá a la población de estos módulos, separada del resto, aun en el aspecto laboral.

El número de internos a ocuparse en el programa podrá escalarse hasta 200 personas que equivalen a la tercera parte de los internos en los dormitorios uno y dos

D) Proyecto textil Tepepan camisas Víctor:

A solicitud del candidato a socio industrial se procedió a la selección de 80 internas para trabajar en la confección de camisas de calidad. Se llevaron a cabo dos pláticas de inducción por parte de esta subdirección con objeto de sensibilizar a las internas. Estamos en la espera de la respuesta por parte del socio doctor Guillermo Azali y su carta de confirmación.

E) Textiles Esoli SA de CV (Comercial Mexicana y Milano):

Se adjunta la carta compromiso firmada por el director administrativo y socio principal de la empresa.

Se fabricarán 50 mil pantalones de mezclilla y se ocupará a 150 internos en el reclusorio varonil norte, con una inversión en maquinaria y equipo, nómina y capacitación cercana a los 6 millones de pesos.

F) Gloria Vanderbilt David Sedahuy, Salomón Smolensky

Proyecto textil Reclusorio Preventivo Varonil Oriente:

Este proyecto busca combinar la maquinaria de costura que tenemos en industria penitenciaria 270 máquinas y 230 máquinas nuevas por parte de los socios industriales, además de lavanderías industriales, para las propias prendas y clientes institucionales, públicos y privados.

El objetivo es crear tres turnos de trabajo para ocupar a 700 trabajadores por turno y en total cubrir 2 mil 100 trabajadores en ese centro.

Total de nuevas fuentes de trabajo con los proyectos confirmados para el cierre del año:

Autogenerados   400 empleos

Socios industriales 2 mil 250 empleos

Total de empleos al cierre del año: 2 mil 650 empleos directos

Personas beneficiadas (5 por familia) 13 mil 250

Total de salarios al cierre del año: $ 40.211,100.00

Total de inversión al cierre del año: $ 25.500,000.00

Estos son los resultados tangibles hasta el momento, faltan las otras propuestas en cuanto a extinguidores, muebles de acero inoxidable, rehabilitación de muebles y fabricación de muebles de madera, mismas que se harán de conocimiento en cuanto se concreten las pláticas correspondientes.

VER TABLA

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La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Remítase a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y Especial de Seguridad Pública, para su conocimiento.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo.— Estado de Querétaro.— Poder Ejecutivo.— Secretaría de Gobierno.

Diputada Adela Cerezo Bautista, Secretaria de la Mesa Directiva.— LVIII Legislatura Federal— Presente.

En contestación a su escrito de fecha 12 de septiembre de 2002 con número de referencia DGPL 58-II-4-988 donde solicita información sobre las condiciones que guardan los centros de readaptación social a cargo de la Federación en esta entidad federativa, le comento que en el estado de Querétaro no hay a la fecha un centro de readaptación social a cargo de la autoridad federal, por lo que no es posible enviar la información solicitada.

Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

“Unidos por Querétaro”

Querétaro, Querétaro, a 24 de septiembre de 2002.— Licenciado Bernardo García Camino, secretario de Gobierno.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Remítase a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y Especial de Seguridad Pública, para su conocimiento.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo.— Gobierno del Estado de Sonora.— Secretaría de Gobierno.— Subsecretaría de Prevención y Readaptación Social.

Ciudadanos diputados: Adela Cerezo Bautista y Rodolfo Dorador Pérez Gavilán.— Secretarios de la Mesa Directiva.— LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención a su oficio número DGPL 58-II-4-988 de fecha 12 de septiembre de los corrientes, mediante el cual se ha hecho del conocimiento del gobernador del estado, licenciado Armando López Nogales, que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, acordó solicitar información sobre las condiciones que guardan los centros de readaptación a cargo de la Federación en el estado, me permito enviarle la información requerida en los siguientes términos:

1. Centros de readaptación social a cargo de la Federación. En Sonora no existen centros federales de readaptación social. Los centros penitenciarios del estado albergan y custodian a internos sentenciados por delitos federales, o bien a quienes estén a disposición de tribunales federales, contando con la cooperación económica de la Federación.

2. Personal penitenciario. Los centros de readaptación social del estado de Sonora, cuentan con el personal profesional, técnico y de custodia necesario para el cumplimiento de sus funciones, y que son nombrados por la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del estado, siendo sus percepciones económicas cubiertas por el gobierno del estado.

3. Clasificación de internos. En cuanto a los criterios de clasificación de los internos, éstos son distribuidos de acuerdo con el carácter del delito, esto es, a aquellos que están internos por la comisión de delitos federales se les ubica en lugar distinto a los del fuero común, y éstos a su vez, por la gravedad del delito, edad y estado de salud. Por el hacinamiento que existe dado el sobrecupo del 126%, ha resultado muy difícil hacer la clasificación más adecuada.

4. Criterios y cifras de otorgamiento de liberaciones, preliberacionales y demás beneficios de ley. Para el otorgamiento de libertades, se maneja una tabla para obtener el cómputo de los tiempos requeridos por la ley, la cual contempla tres tipos de beneficios preliberacionales, a saber:

a) Libertad preparatoria con remisión parcial de la pena.

b) Libertad preparatoria.

c) Libertad con remisión parcial de la pena.

Frecuentemente se revisan los expedientes de todos los internos, con el fin de ubicar a quienes han compurgado su condena, o están en condiciones de iniciar los trámites para que sean propuestos para el otorgamiento del tipo de libertad que les corresponda. Tratándose de sentenciados federales, cuando sus expedientes jurídico-administrativos están debidamente integrados, son enviados al órgano desconcentrado de Prevención y Readaptación Social dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública, en la Ciudad de México, oficina competente para analizar expedientes y conceder los beneficios de libertad anticipada a internos del fuero federal.

5. Número de internos por delito federal. Al día de hoy contamos con 5,178 internos por delitos federales, distribuidos en los 11 centros de readaptación social que tenemos en funcionamiento, siendo éstos los siguientes:

a) Centro de Hermosillo: 1,273 internos federales.

b) Centro de Ciudad Obregón: 881 internos federales.

c) Centro Nogales I: 774 internos federales.

d) Centro Nogales II: 1,601 internos federales.

e) Centro Nogales Femenil: 136 internas federales.

f) Centro de San Luis Río Colorado: 297 internos federales.

g) Centro de Guaymas: 86 internos federales.

h) Centro de H. Caborca: 95 internos federales.

i) Centro de Huatabampo: 17 internos federales.

j) Centro de Cananea: 20 internos federales.

k) Centro de Cumpas: 1 interno federal.

6) Número de procesados y sentenciados federales:

a) Procesados hasta el 15 de octubre de 2002: 1,485 hombres y 138 mujeres.

b) Sentenciados: 3,348 hombres y 210 mujeres.

7. Fugas de internos. No se han presentado fugas de internos federales.

8. Procedimientos de visitas conyugales. El control de las visitas conyugales lo tiene el Departamento de Trabajo Social y se realizan diariamente, solamente entre matrimonios debidamente acreditados con la documentación correspondiente y previa comprobación de que ambos gozan de buena salud, esto con el fin de que no haya ningún riesgo de contagio. Las visitas conyugales se realizan en cubículos higiénicos y debidamente acondicionados, todo esto, bajo la debida supervisión de custodios destinados para tal efecto.

9. Acciones para generar empleos en el interior de los centros penitenciarios del estado de Sonora. En los centros de readaptación social del estado contamos con varias opciones laborales, de entre las que destacan las siguientes:

a) Taller de mecánica general y pintura.

b) Taller de costura, en los que se elaboran prendas de vestir para ambos sexos.

c) Maquila de costales, de diversos tamaños, para el empaque de frutas y semillas.

d) Maquila de artículos deportivos tales como rodilleras, muñequeras, polainas etcétera.

e) Bloquera, donde se elaboran bloques de cemento para la construcción en general.

f) Elaboración de figuras de palofierro de distintos tamaños.

g) Elaboración de cintos piteados, carteras y varios productos elaborados en piel de vaqueta.

h) Fabricación de cuadros de madera, pinturas en lienzo y madera, dibujos y paisajes bloqueados.

i) Fabricación de pan en distintas clases.

j) Aseo de calzado.

10. Proyectos educativos.

Conscientes de la importancia de la educación en la vida de toda persona, actualmente en nuestros centros de readaptación social se cuenta con personal capacitado y supervisado por el Instituto Sonorense de Educación para los Adultos, a efecto de que participen en la impartición de estudios de primaria, secundaria y preparatoria, todo ello, con la finalidad de que al obtener los reclusos su libertad y, por ende, se incorporen a la sociedad, estén en condiciones de participar dignamente en las actividades productivas que el estado demande.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para saludarlos y para refrendarles mi especial consideración y respeto.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

“2002: Año de lucha contra el cáncer en la mujer.”

Hermosillo, Sonora, a 31 de octubre de 2002.— Licenciado Adolfo Hernández Muñoz, subsecretario de Prevención y Readaptación Social.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Remítase a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y Especial de Seguridad Pública, para su conocimiento.

EDUCACION PREESCOLAR

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Ciudadanos secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

En relación a la proposición con punto de acuerdo, presentada por el diputado Cutberto Cantorán Espinosa, para exhortar al Ejecutivo Federal, publique en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se adiciona el artículo 3o. en su párrafo primero, fracciones III, V y VI y el artículo 31 en su fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al respecto, la Presidencia de la Mesa Directiva informa que en uso de sus atribuciones, hizo las gestiones conducentes ante la Secretaría de Gobernación y se publicó el decreto que adiciona el artículo 3o., en su párrafo primero fracciones III, V y VI y el artículo 31 en su fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre del año en curso.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 13 de noviembre de 2002.— Diputada Beatriz Elena Paredes Rangel, Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

De enterado y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su conocimiento; de Educación, para su conocimiento y al promovente, Cutberto Cantorán.

COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de la siguiente comisión:

• Que la diputada María Teresa Gómez Mont y Urueta quede como secretaria de la Comisión Especial para la Reforma del Estado, para ocupar un lugar vacante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 13 de noviembre de 2002.— Diputado Martí Batres Guadarrama, presidente.»

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo...

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Aprobado.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Cuauthémoc Cardona Benavides, subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de la siguiente comisión:

• Que el diputado Francisco Esparza Hernández quede como secretario de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para ocupar un lugar vacante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 13 de noviembre de 2002.— Diputado Martí Batres Guadarrama, presidente.»

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo...

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Aprobado.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Cuauthémoc Cardona Benavides, subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de la siguiente comisión:

• Que el diputado Manuel Wistano Orozco Garza quede como secretario de la Comisión de Seguridad Social, para ocupar un lugar vacante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 13 de noviembre de 2002.— Diputado Martí Batres Guadarrama, presidente.»

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo...

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Aprobado.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Cuauthémoc Cardona Benavides, subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de las siguientes comisiones:

• Que el diputado Mauro Huerta Díaz salga de la Comisión de Juventud y Deporte.

• Que el diputado Mauro Huerta Díaz salga de la Comisión de Asuntos Indígenas.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 13 de noviembre de 2002.— Diputado Martí Batres Guadarrama, presidente.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

De enterado.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Bernardo de la Garza Herrera, coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de la siguiente co- misión:

• Que el diputado Mauro Huerta Díaz, sustituya al diputado Bernardo de la Garza Herrera, como integrante de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 13 de noviembre de 2002.— Diputado Martí Batres Guadarrama, presidente.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

De enterado.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a solicitud del diputado Bernardo de la Garza Herrera, coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de la siguiente comisión:

• Que el diputado Mauro Huerta Díaz, sustituya al diputado Concepción Salazar González, como integrante de la Comisión de Concordia y Pacificación.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 13 de noviembre de 2002.— Diputado Martí Batres Guadarrama, presidente.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

De enterado.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Elena Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de las siguientes comisiones:

Que la diputada Nelly Campos Quiroz, salga de la Comisión de Equidad y Género.

Que la diputada Nelly Campos Quiroz, sustituya al diputado Mauro Huerta Díaz, como integrante de la Comisión del Distrito Federal.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo.— México, DF, a 13 de noviembre de 2002.— Diputado Martí Batres Guadarrama, presidente.»

De enterado.

CENTROS DE READAPTACION

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención al oficio número DGPL 58-II-4-986 de fecha 12 de septiembre último, con el presente les acompaño copia del similar número 00030/2002, signado el 10 del mes en curso, por el ciudadano Héctor Alfredo Gómez Barrera, subsecretario de Seguridad Pública del gobierno del estado de Aguascalientes, así como la información en forma impresa y en medio magnético que en el mismo se cita, relativa al punto de acuerdo sobre las condiciones que guardan los centros de readaptación social, promovido por el diputado Alfredo Hernández Raigosa.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 30 de octubre de 2002.— El subsecretario de Enlace Legislativo, M. Humberto Aguilar Coronado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Ejecutivo.— Estado de Aguascalientes.

Licenciado M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de enlace de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En cumplimiento a las instrucciones del ciudadano Felipe González González; gobernador constitucional del estado y en atención a su oficio número SEL/519/02, de fecha 17 de septiembre del año en curso, mediante el cual solicita información sobre las condiciones que guardan los Centros de Reeducación Social del estado de Aguascalientes, anexo al presente le envío en forma impresa y en medio magnético lo solicitado.

Sin otro particular aprovecho el medio para enviarle un cordial saludo.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Aguascalientes, Aguascalientes, a 10 de octubre de 2002.— El subsecretario de Seguridad Pública, Héctor Alfredo Gómez Barrera.»

Gobierno del estado de Aguascalientes, Secretaría General de gobierno, subsecretaría de Seguridad Pública y Reeducación Social, dirección general de Reeducación Social.

Información solicitada por la subsecretaría de Enlace Legislativo en oficio número SEL/519/02 relativo al sistema penitenciario estatal.

Punto 1. En cuanto al personal asignado y percepciones, la dirección general de Reeducación Social del estado de Aguascalientes, responsable del Sistema Penitenciario Estatal, cuenta con cuatro centros:

VER TABLA

Punto 3. Los criterios para el otorgamiento de estímulos y beneficios de ley se encuentran contemplados en el artículo 26 de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad para el estado de Aguascalientes, siendo los siguientes:

VER TABLA

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I. Libertad de movimiento dentro del establecimiento.

II. Concesión extraordinaria de comunicaciones y visitas,

III. Exención de servicios manuales no retribuidos.

IV. Empleo de cargos o comisiones auxiliares de confianza,

V. Preliberación.

VI. Indulto.

• Del I al IV, son otorgados por el director del centro.

• El V, es otorgado por el director general de reeducación social.

• El VI, es otorgado discrecionalmente por el gobernador.

Siendo los requisitos para el otorgamiento de preliberación los siguientes:

I. Que sea la primera vez que ha delinquido;

II. Haber cumplido las tres quintas partes de la pena de prisión impuesta por comisión de delito grave y las dos quintas partes en caso de que no lo sea.

Nota: el texto que se señala se aplica retroactivamente a internos que ingresaron antes del 26 de diciembre de 2001, fecha en la cual entró en vigencia la reforma a esta fracción, quedando de la manera siguiente:

Il. Haber cumplido las tres quintas partes de la pena de prisión impuesta por comisión de delito que no sea considerado grave.

III. Haber observado durante su internamiento buena conducta. sin limitarse al simple cumplimiento de los reglamentos del centro, sino también a su mejoramiento cultural, perfeccionamiento en el servicio y superación en el trabajo y que ello revele un afán constante de readaptación social:

IV. Ofrecer dedicarse en un plazo que la resolución determine, a un oficio, arte, industria, profesión o cualquier otra actividad honesta para vivir y

V. Que se hayan reparado plenamente los daños y perjuicios causados.

En cuanto a la procedencia del indulto;

A juicio del gobernador, en los casos siguientes:

I. Criando el interno haya prestado importantes servicios a la nación o al Estado;

II. En lo que se refiere a hechos delictivos a que hace referencia el Título Decimoquinto, capítulos I, II y III del Libro Segundo del Código Penal.

III. Cuando el interno alcance su efectiva resocialización, cumpla con su trabajo y haya observado intachable conducta y participado en las actividades educativas que se organicen en el Centro de Prevención y Readaptación correspondiente, o

IV. Cuando el interno haya contraído una enfermedad infecciosa y mortal, que ya no pueda ser controlada médicamente y se encuentre en estado de senectud.

Punto 4. Se han otorgado en la presente administración que abarca del 1o. de diciembre de 1998 a la fecha:

Preliberaciones 149

Indultos 31

Punto 5. Del total de población general que es de 1 mil 143 internos el 80% corresponde al fuero común y el 20% al fuero federal.

El 57.70% se encuentra interno por delitos en contra de las personas en su patrimonio.

El 15.72% se encuentra interno por delitos contra la salud.

El 14.71% se encuentra interno por delitos en contra de la vida y la salud personales.

El 08.41% se encuentra interno por delitos contra la libertad sexual, seguridad sexual y normal, desarrollo sicosexual.

El 03.12% se encuentra interno por otros delitos.

El 0.34% se encuentra interno por delitos en contra de la libertad y seguridad de las personas.

Punto 6. Del total de 1 mil 143 internos:

En el rango de edad de 16 a 19 años el 19.11%

En el rango de edad de 20 a 30 años el 55.80%

En el rango de edad de 30 en adelante el 25.09%

Punto 7.­

Población interna de varones 1 mil 078

Población interna de mujeres 65

Punto 8. El nivel de estudios de la población interna es

Analfabetas l0.20%

Primaria 51.90%

Secundaria 27.91%

Preparatoria 07.61%

Profesional             02.38%

Punto 9. En cuanto al nivel socioeconómico:

Bajo 85.20%

Medio 14.l0%

Alto 00.70%

Puntos 10 y 11. Procesados y sentenciados:

Varones procesados del fuero común 267 y fuero federal 040

Varones sentenciados del fuero común 605 fuero federal 166

Total de varones 872 206 1078

Mujeres procesadas del fuero común 18 y fuero federal 02

Mujeres sentenciadas del fuero común 25 y fuero federal 20

Total de mujeres 43 22 65

Total general 915 228 1 mil 143

Punto 12. Fugas:

No hay en esta administración., la última se registró el 9 de abril de 1991.

Punto 13. Actualmente tenemos una capacidad instalada de 1 mil 232 espacios:

El número de internos por dormitorio es variable, según el centro y el número de espacios que cada dormitorio tiene, señalándose que actualmente tenemos una ocupación del 92.77%.

Punto 14. Procedimiento de visita conyugal.

De conformidad a lo señalado en el artículo 65 del Reglamento de los Centros de Readaptación, Prevención Social del estado de Aguascalientes vigente, el departamento de trabajo social deberá de reunir la siguiente documentación para el otorgamiento del permiso de visita íntima:

• Estudio socioeconómico

• Presentación de exámenes médicos y de laboratorio

• Acreditación del matrimonio o concubinato

• Identificación oficial

Punto 15. Acciones para generar empleos al interior de los centros:

• Con fecha 13 de noviembre de 2001 se firmó convenio de colaboración con la Coparmex para la instalación del Sistema Laboral Penitenciario dentro de los establecimientos penitenciarios, encontrándose incorporadas actualmente nueve empresas a este sistema. Se anexa convenio.

• Actualmente se encuentran laborando en los diferentes talleres 518 internos.

Punto 16. Proyectos educativos:

• Con fecha 31 de enero de 2000 se firmó convenio de colaboración interinstitucional para la implementación y operatividad del Sistema Estatal de Educación Penitenciaria. Se anexa convenio.

• Se encuentran inscritos 416 internos en los siguientes niveles:

• Alfabetización 56 internos

• Primaria 57 internos

• Secundaria 114 internos

• Preparatoria 176 internos

• Profesional 17 internos

Nota. Como beneficio adicional los internos que se encuentren inscritos en el Sistema Estatal de Educación Penitenciaria o en el Sistema Laboral Penitenciario, recibirán atención médica integral de I y II niveles con medicamentos incluidos, beneficio que también recibirán sus familiares directos.

Punto 17. Trato y facilidades brindados al personal de la CNDH y Organismos de Derechos Humanos.

El trato siempre ha sido y será de absoluto apoyo y respeto a éstas instancias de supervisión.

«Convenio de Colaboración Interinstitucional para la Implementación y Operatividad del Programa “Sistema Estatal de Educación Penitenciaria”`, que celebran la Secretaría General del Gobierno del estado Libre y Soberano de Aguascalientes, siendo su titular el licenciado Abelardo Reyes Sahagún y la Dirección General de Prevención y Readaptación Social, siendo su titular el licenciado José Luis Serna de Lara el instituto de educación de Aguascalientes, siendo su titular el doctor Miguel Angel Ochoa Sánchez y el Instituto para la Educación de las Personas Jóvenes y Adultas de Aguascalientes siendo su titular la licenciada Yolanda Ramírez Carballo.

CONSIDERANDOS

l. Que en el Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, la educación se ha convertido en política de Estado. La función del Estado al impartir educación es un medio por el cual tiende al desarrollo armónico del ser humano, fomentar el amor a la patria y conciencia de solidaridad, aprecio por la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción de interés general de la sociedad. Es el medio fundamental para la adquisición, transmisión y acrecentamiento de la cultura, es un proceso permanente que contribuye al desarrollo de capacidades, habilidades, aptitudes, formación de hábitos y valores.

2. EL Sistema Penitenciario Mexicano por mandato constitucional tiene como propósito entre otros la readapta- ción social del delincuente y/o infractor, organizado sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, instrumentando por medio de la capacitación laboral y cultural de la persona para su reintegración a la sociedad como una entidad biosicosocial.

3. El Plan Estatal de Desarrollo 1998-2904 para el estado de Aguascalientes en uno de los seis ejes de trabajo que se refiere a la Educación y Formación Integral, establece como objetivo estratégico enriquecer, impulsar y sostener un Sistema Estatal de Educación, Cultura y Deporte dando énfasis a la formación laboral, que sea capaz de brindar oportunidades de desarrollo integral a todos los ciudadanos, creando en ellos el compromiso de prepararse y crecer, tanto para su beneficio como el de la sociedad.

Dentro del eje tres llamado Estado de Derecho y Seguridad Pública, señala como objetivo estratégico garantizar el Estado de Derecho y la seguridad de las personas, las familias y sus bienes, por medio de !a justicia, la seguridad pública, la paz social y la participación plena de la sociedad. En cuanto a la mejora del sistema penitenciario establece como objetivo reorganizar, dirigir y administrar los centros de Prevención y Readaptación Social y el de Reeducación Social para Menores, a fin de reformar e integrar a la sociedad a los internos y disminuir la reincidencia.

4. El Programa de Desarrollo Educativo de Aguascalientes 1998-2004 retoma el principio de igualad de oportunidades, por lo tanto no puede ser excluido de los beneficios de la educación ningún sector de la sociedad. Integrar al Sistema Estatal de Educación a los centros de Readaptación y Prevención Social es indispensable para lograr la readaptación de los internos.

5. Por lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 3o. y 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o. y 11 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados; 42 de la Ley General de Educación; 4o. de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 3o., 6o., 11 y 23 fracciones VII y VIII de la Ley de Educación del estado de Aguascalientes; 11 y 12 de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad para el estado de Aguascalientes; 1o. y 29 del Reglamento de los Centros de Readaptación y Prevención Social del Estado de Aguascalientes, Ley del Consejo Tutelar y de Reeducación Social para Menores del Estado de Aguascalientes y demás disposiciones legales aplicables, las partes involucradas habrán de conjuntar en el ámbito de su competencia, acciones y recursos con el fin de dar cabal cumplimiento a los principios constitucionales, así como las condiciones necesarias para la formación de seres humanos más íntegros que constituyan a su vez una mejor sociedad.

DECLARACIONES

I. Declara la Secretaría General de gobierno del estado de Aguascalientes:

I.1. Ser el órgano encargado de conducir, por delegación del Ejecutivo, la política interna del estado y demás leyes. Que entre otras de sus atribuciones, le corresponde vigilar el establecimiento de instituciones y la aplicación de las normas preventivas tutelares de menores infractores; elaborar y ejecutar los programas de readaptación social para los infractores y la administración de los centros de Readaptación Social.

I.2 Que el licenciado Abelardo Reyes Sahagún fue designado como Secretario General de Gobierno por el ciudadano Felipe González González, gobernador constitucional del estado, recibiendo nombramiento en fecha 1o. de diciembre de 1998.

I.3. Que tiene facultades para celebrar el presente convenio.

I.4. Que señala como domicilio legal para efectos de este convenio, el ubicado en palacio de gobierno, planta alta, plaza de la patria, zona centro, en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes.

II. Declara la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del estado de Aguascalientes.

II.1. Ser una dependencia gubernamental auxiliar de la Secretaría General de gobierno, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes.

II.2. Que el licenciado José Luis Serna de Lara fue designado como director general por Felipe González González, gobernador constitucional del estado de Aguascalientes recibiendo nombramiento en fecha 2 de diciembre de 1998.

II.3 Que tiene facultades para celebrar el presente convenio.

II.4. Que señala como domicilio legal para efectos de este convenio, el ubicado en palacio de gobierno, planta baja, plaza de la Patria, zona centro, en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes.

III. Declara el Instituto de Educación de Aguascalientes:

III.1. Que es un organismo público descentralizado del gobierno del estado de Aguascalientes, con patrimonio y personalidad jurídica propios, de conformidad a la Ley que Crea el Instituto de Educación de Aguascalientes por decreto número 182, expedido por el gobernador del Estado, con fecha 7 de junio de 1992 y sus reformas contenidas en el decreto número 26 publicado el día 17 de enero de 1993, teniendo por objeto e! asumir la dirección de los servicios educativos en el estado.

III.2. Que el doctor Miguel Angel Ochoa Sánchez fue designado por parte del Consejo Interior del Instituto de Educación de Aguascalientes como director general del citado instituto, recibiendo el nombramiento por parte del gobernador constitucional del estado, Felipe González González en fecha 2 de diciembre de 1998.

III.3. Que tiene facultades para celebrar el presente convenio de conformidad con el artículo 10 de la Ley del Instituto de Educación de Aguascalientes; artículos 15 y 42 de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes.

III.4. Que señala como domicilio legal para efectos de este convenio, el ubicado en el kilómetro 2.5 de la carretera a San Luis Potosí, en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes.

IV. Declara el Instituto para la Educación de las Personas Jóvenes y Adultas de Aguascalientes:

IV.1. Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad a la Ley que crea el Instituto para la Educación de las Personas Jóvenes y Adultas de Aguascalientes por decreto número 42, expedido por el gobernador constitucional del estado, publicado en el periódico oficial en fecha 1o. de agosto de 1999; teniendo como objeto prestar los servicios de educación básica en el estado, la cual comprende, entre otras, la alfabetización, la educación primaria y la secundaria.

IV.2. Que la licenciada Yolanda Ramírez Carballo recibió nombramiento como directora general del Instituto para la Educación de las Personas Jóvenes y Adultas de Aguascalientes en fecha 3 de agosto de 1999, expedido en su favor por el doctor Miguel Angel Ochoa Sánchez, en su carácter de director general del Instituto de Educación de Aguascalientes.

IV.3 Que señala como domicilio legal de su parte el ubicado en Ecuador número 202, segundo piso, edificio Continental, Las Américas, CP 20230, en esta ciudad de Aguascalientes.

CLAUSULAS

Primera. Del objeto: Las partes convienen en que el objeto del presente convenio lo es la implementación y operatividad del programa “Sistema Estatal de Educación Penitenciaria, para formalizar una educación integral para el personal y los internos del Centro de Reeducación Social para Menores y los centros de Readaptación Social del Estado de Aguascalientes y sus familias, a través de la integración al Sistema Educativo Estatal.

Segunda. De los compromisos: Las instituciones participantes en este convenio de colaboración, se comprometen a cumplir con las obligaciones siguientes:

1. Instituto de Educación de Aguascalientes.

a) Fortalecer el servicio educativo en los niveles de educación básica y media superior en el Centro de Reeducación Social para Menores y los centros de Readaptación Social del estado de Aguascalientes.

b) Otorgar registro a los centros educativos a establecer en el Centro de Reeducación Social para Menores y los centros de Readaptación Social del estado de Aguascalientes, responsabilizándose de los mismos en cuanto a la prestación del servicio educativo, como planteles oficiales.

c) Prestar el servicio educativo de alfabetización, primaria, secundaria, bachillerato y superior a través de las instancias correspondientes.

d) Para la prestación del servicio educativo objeto del presente convenio, el Instituto de Educación de Aguascalientes seleccionará y comisionará al personal necesario para cumplir con los fines del presente convenio, mismos que deberán acreditar su preparación y destacado desempeño profesional, así como reunir las condiciones personales exigibles con la naturaleza de la labor a desempeñar, esto es, tener capacidad física, prestigio social y solvencia moral.

e) A través de la Dirección de Participación Social, el Instituto de Educación de Aguascalientes seleccionará y capacitará a los trabajadores idóneos para ser asignados a prestar el servicio educativo en el Centro de Reeducación Social para Menores y los Centros de Readaptación Social del estado de Aguascalientes.

f) Proporcionar los libros de texto y materiales didácticos editados por la Secretaría de Educación Pública y el instituto de Educación de Aguascalientes de conformidad con los criterios establecidos en las escuelas oficiales regulares.

g) La formación académica será de conformidad con los planes y programas establecidos por la Secretaría de Educación Pública; mismas que al igual que los programas especiales serán implementados y coordinados por la Dirección de Participación Social del Instituto de Educación de Aguascalientes.

h) La Dirección de Participación Social en coadyuvancia con el Instituto para la Educación de las Personas Jóvenes y Adultas de Aguascalientes, la Dirección de Educación Media y Superior del Instituto de Educación de Aguascalientes, adoptará las medidas conducentes a efecto de que la educación que se imparta en los centros escolares del Centro de Reeducación Social para Menores y de los centros de Readaptación Social del Estado, así como al personal de custodia de los centros penitenciarios, se ajustarán a las normas técnico-pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio y métodos educativos aprobados por las autoridades educativas correspondientes.

i) La Dirección de Participación Social será la responsable de organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación del servicio educativo en las modalidades de alfabetización, educación primaria, secundaria, bachillerato y superior, que se brindan en el Centro de Reeducación Social para Menores y los centros de Readaptación Social del Estado; lo anterior a través de las instancias y dependencias correspondientes y según sus posibilidades para otorgar cada modalidad de nivel.

j) Evaluar, validar y asesorar respecto a los contenidos y métodos educativos, criterios de evaluación y promoción escolar, así como normas técnico-pedagógicas a los programas de acción educativa propuestos por las partes firmantes del presente convenio, con fundamento en los li- neamientos establecidos por el Instituto de Educación de Aguascalientes.

k) La Dirección de Participación Social en coadyuvancia con la Dirección Media y Superior; será la responsable de organizar, operar, supervisar y evaluar los programas de capacitación para el trabajo, que permitan a los internos adquirir y desarrollar las capacidades, habilidades y potencialidades de conformidad con sus intereses y las necesidades productivas de la sociedad, así como realizar las gestiones necesarias para su vinculación con los sectores productivos del Estado.

l) Expedir los certificados de estudios y diplomas en la modalidad escolarizada o semiescolarizada que acrediten los estudios realizados en los centros educativos establecidos en los centros de Readaptación Social del Estado y en el Centro de Reeducación Social para Menores. En lo referente a alfabetización, primaria y secundaria se expedirán a través del Instituto para la Educación de las Personas Jóvenes y Adultas de Aguascalientes.

ll) Capacitar y sensibilizar a los directivos y personal administrativo de los centros de Reeducación Social para Menores y Readaptación Social en los objetivos y estrategias del “Sistema Estatal de Educación Penitenciaria”.

m) El Instituto de Educación de Aguascalientes, a través de la Dirección de Participación Social, podrá formar parte del Patronato de Preliberados, en el ámbito de su competencia y según sus posibilidades.

n) La Dirección de Participación Social será la autoridad educativa facultada para conocer y resolver en primera instancia los conflictos respecto del personal del Instituto de Educación comisionado en el Centro de Reeducación Social para Menores y los centros de Readaptación Social del Estado y turnar a la Dirección Jurídica del Instituto de Educación de Aguascalientes, aquellos que por su gravedad o naturaleza ameriten sanción conforme a la normatividad laboral vigente.

2. Dirección General de Prevención y Readaptación Social.

a) Proveer lo necesario a fin de garantizar la seguridad e integridad del personal del Instituto de Educación de Aguascalientes comisionado a cumplir con las acciones derivadas del presente convenio.

b) La Coordinación del Sistema Estatal de Educación Penitenciaria será la instancia facultada para llevar a cabo las acciones de comunicación, gestión, planteamientos y en general todos los actos que impliquen una vinculación, con la Dirección de Participación Social del Instituto de Educación de Aguascalientes, derivada del objeto del presente convenio.

c) Apoyar en las acciones de capacitación y sensibilización a los directivos y personal administrativo de los centros de Reeducación Social para Menores y Readaptación Social en los objetivos y estrategias del “Sistema Estatal de Educación Penitenciaria”.

d) Proporcionar la información necesaria para el cumplimiento del objeto del presente convenio a la Dirección de Participación Social del Instituto de Educación de Aguascalientes, así como a los participantes del “Sistema Estatal de Educación Penitenciaria” autorizados por la Dirección de Participación Social.

f) A través de la Coordinación del Sistema Estatal de Educación Penitenciaria reportar oportunamente a la Dirección de Participación Social del Instituto de Educación de los conflictos e irregularidades en la prestación del servicio, respecto del personal del Instituto de Educación comisionado en los centros de Readaptación Social del Estado y en el Centro de Reeducación Social para Menores.

II. Se crea la Coordinación del Sistema Estatal de Educación Penitenciaria con las siguientes facultades y atribuciones:

a) Será el encargado de acordar con la Dirección de Participación Social del Instituto de Educación de Aguascalientes lo necesario para la operación del programa.

b) Convocar a los directivos y personal administrativo y técnico de los centros para su capacitación, sensibilización y formación, así como gestionar los apoyos logísticos necesarios para su operación.

c) Coordinar la labor del área educativa del Centro de Reeducación Social para Menores y los centros de Readaptación Social, a fin de organizar, supervisar y evaluar la prestación del servicio educativo.

d) Gestionar la operatividad de los programas educativos, organización de grupos, calendarización, horarios e infraestructura.

e) Gestionar la vinculación interinstitucional que apoyen la labor del Sistema Estatal de la Educación Penitenciaria.

f) Gestionar los recursos financieros para la labor del Sistema Estatal de Educación Penitenciaria.

g) Dar seguimiento al registro de la clave del centro de trabajo para el Centro de Reeducación Social para Menores y los centros de Readaptación Social.

h) Proporcionar oportunamente la información necesaria para la planeación de los programas del Sistema Estatal de Educación Penitenciaria.

i) Reportar a la Dirección de Participación Social los conflictos e irregularidades en la prestación del servicio de educación en cada Centro de Readaptación Social y en el Centro de Reeducación Social para Menores.

j) Formar parte de la Comisión de evaluación y segui-miento.

k) Reunirse con la frecuencia necesaria con la Dirección de Participación Social y/o su personal técnico a efecto de evaluar periódicamente los avances.

3. Instituto para la Educación de las Personas Jóvenes y Adultas de Aguascalientes.

a) Atender las necesidades académicas de los internos de los centros de Readaptación Social y del Centro de Reeducación Social para Menores, en cuanto a alfabetización, primaria y secundaria, implicando sistematizar la información y registros escolares de los estudiantes.

b) La promoción de la acreditación y certificación en los niveles de alfabetización, primaria y secundaria en los centros de Readaptación Social y en el Centro de Reeducación Social para Menores.

c) La capacitación a los asesores en cuanto a la operación de los puntos de encuentro.

d) Comisionar personal a la Dirección de Participación Social para formar parte del Sistema Estatal de Educación Penitenciaria, en atención a los puntos de encuentro en los centros de Readaptación Social y el Centro de Reeducación Social para Menores.

e) Participar en la inducción y capacitaciones a las que sean convocados, con respecto a la operación del Sistema Estatal de Educación Penitenciaría.

f) Promover actitudes favorables, a través de las asignaturas, hacia el estudio, el trabajo, la higiene, el orden, etcétera.

g) Proporcionar los libros de texto y materiales didácticos necesarios para la impartición de los programas de alfabetización, primaria y secundaria.

4. Compromisos conjuntos.

a) Las partes se comprometen a proveer lo necesario dentro del ámbito de su potencia y capacidad de recursos presupuestales, a proveer y/o gestionar la dotación de infraestructura, recursos materiales, humanos, financieros y técnicos necesarios, a efecto de cumplir con los objetivos del Sistema Estatal de Educación Penitenciaria.

Tercera. De la forma de inicio: Las partes reconocen que por la naturaleza del presente convenio, del mismo se derivarán convenios y programas específicos, y se comprometen a proveer e implementar en cualquier momento las acciones originadas de los compromisos adquiridos por el presente instrumento así como a coordinar esfuerzos para el inicio formal del programa denominado “Sistema Estatal de Educación Penitenciaria”. Asimismo la Dirección de Participación Social del Instituto de Educación de Aguascalientes podrá gestionar ante las instancias públicas y privadas su inclusión y/o participación en los convenios y programas derivados del presente.

Cuarta. De la evaluación: Las partes se obligan a formar una “comisión” para efectos de evaluación, seguimiento y difusión de los objetivos y resultados del presente instrumento. Esta comisión estará integrada por el coordinador del Sistema Estatal de Educación Penitenciaria, los jefes del área educativa del Centro de Reeducación Social para Menores y de los centros de Readaptación Social del estado de Aguascalientes, la Dirección de Participación Social, el Instituto para la Educación de las Personas Jóvenes y Adultas de Aguascalientes y la Dirección de Educación Media y Superior del Instituto de Educación de Aguascalientes.

La “comisión” será presidida por la Dirección de Participación Social del Instituto de Educación de Aguascalientes, tendrá sesiones ordinarias trimestralmente convocadas por el Instituto de Educación de Aguascalientes; cuando así se requiera sesionará extraordinariamente a petición de cualquiera de las partes pero convocará el Instituto de Educación de Aguascalientes.

Atribuciones de la “comisión”:

a) Proponer, valorar y revisar los programas de trabajo derivados del presente convenio.

b) Evaluar los resultados y elaborar los informes derivados de los programas de trabajo.

c) Proponer las políticas educativas y unificar criterios respecto a los programas y acciones del Sistema Estatal de Educación Penitenciaria.

d) Las demás inherentes al cumplimiento del objeto del presente convenio y que sean de su competencia.

Quinta. Las partes reconocen que en las acciones derivadas del presente convenio, participan con personal contratado, comisionado o asignado por las mismas; por lo que la relación laboral con sus trabajadores será exclusiva de cada una de las partes, respondiendo de las obligaciones que en materia laboral pudieran generarse y excluyendo de responsabilidad a las demás.

Sexto. Del término. La vigencia del presente convenio será por tiempo indefinido y podrá modificarse o concluirse previo acuerdo de las partes.

Leído que fue el presente documento, enteradas las partes de su contenido y alcance, lo ratifican y firman de conformidad en tres tantos originales, mismos que constan de 22 fojas útiles en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes, a los 31 días del mes de enero de 2000.

Firmas: Por el Gobierno del Estado de Aguascalientes: licenciado Abelardo Reyes Sahagún, Secretario General de Gobierno; licenciado José Luis Serna de Lara, director general de prevención y readaptación social; por el Instituto de Educación de Aguascalientes: doctor Miguel Angel Ochoa Sánchez, director general; licenciada María Cristina Niño de la Selva, directora de participación social; por el Instituto para la Educación de la Personas Jóvenes y Adultas de Aguascalientes; licenciada Yolanda Ramírez Carballo, directora general.»

«Yo licenciado Enrique Martínez Macías. Notario Público número veinticuatro del Estado. Certifico: Que el presente legajo de copias fotostáticas que va en diez fojas utilizadas únicamente por el anverso, concuerda fielmente con su original que he tenido a la vista y el cual me remito, de donde coteje y compulse. Doy fe. De la presente certificación se tomó razón en mi protocolo a mi cargo número 8572 del volumen 154. Aguascalientes, Aguascalientes, a ocho de marzo del año dos mil.»

«Convenio de colaboración interinstitucional para la implementación y operatividad del programa “sistema laboral penitenciario” que celebran la Secretaría General de Gobierno del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes siendo titular de ella el licenciado Abelardo Reyes Sahagún; la Secretaría de Desarrollo Económico, representada por su titular, el ingeniero Rubén Camarillo Ortega; y la confederación patronal de la República Mexicana (Coparmex) representada en este instrumento por Marco Aurelio Hernández.

CONSIDERANDOS

1. Que en el Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, el trabajo, es el sustento necesario para la manutención de las familias. Es política del estado el promover las inversiones privadas a lo ancho y largo del estado para conseguir una situación de dignidad en la población, que ayude a crear certidumbre y seguridad en el futuro económico, como mejorar la productividad y creatividad de todos los aguascalentenses.

2. El Sistema Penitenciario Mexicano por mandato constitucional tiene como propósito entre otros la readaptación social del delincuente y/o infractor, organizado sobre la base de trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, instrumentando por medio de la capacitación laboral y el trabajo de la persona para su reintegración a la sociedad como una entidad biosicosocial.

3. El Plan. Estatal de Desarrollo 1998-2004 para el estado de Aguascalientes en uno de los seis ejes que se refiere: “al Estado de Derecho y seguridad pública” establece como objetivo estratégico el “implementar acciones tendientes a reformar a aquellas personas que son, sentenciadas a cumplir una pena privativa de liberad, así como otorgar protección a los menores infractores o en riesgo”.

Dentro del eje tres, en lo referente a la mejora del sistema penitenciario, en sus objetivos y estrategias, indica: el reorganizar, dirigir y administrar los centros de Prevención y Readaptación Socia; y de Reeducación Social Para Menores, a fin de reformar e integrar a la sociedad a los internos y así disminuir la reincidencia.

4. Dentro de los compromisos de Gobierno del mismo eje del plan estatal de desarrollo se establece “el promover actividades laborales y de capacitación, mediante convenios con la iniciativa privada que permitan la ocupación y formación de los internos y la obtención de salarios decorosos”, así como también la creación del patronato de apoyo posliberacional y la contratación de personal técnico para seguimiento de preliberados.

5. Por lo antes expuesto y con fundamento, en los artículos 18 constitucional; artículos 2o. y 10 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados: los artículos 10, 12 y 21 de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad para el estado de Aguascalientes y demás disposiciones legales aplicables, las partes involucradas habrán de conjuntar en el ámbito de su competencia, acciones y recursos con el fin de dar cabal cumplimiento a los principios constitucionales, así como las condiciones para la formación de seres humanos más íntegros que constituyan a su vez una mejor sociedad.

6. En virtud de lo expuesto, los comparecientes manifiestan que es su decisión celebrar un convenio el cual someten a las siguientes

DECLARACIONES

I. Declara la Secretaría General de Gobierno del estado de Aguascalientes:

a) Que su titular, el licenciado Abelardo Reyes Sahagún, recibió su nombramiento como Secretario general de Gobierno del ciudadano Felipe González González, gobernador constitucional del estado de Aguascalientes.

b) Que la Secretaría General de Gobierno es el órgano encargado de conducir, por delegación, del Ejecutivo del estado la política interna del mismo; y está facultado a través de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social a establecer los programas relativos de readaptación social de los internos en los centros de readaptación conforme al artículo 24 fracción XXI y a celebrar el presente convenio de acuerdo a los artículos 22 fracción I y 23 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del estado de Aguascalientes; y conforme a lo dispuesto por el artículo 48 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes.

II. Declara la Secretaría de Desarrollo Económico.

a) Que su titular, el ingeniero Rubén Camarillo Ortega, recibió su nombramiento como Secretario de Desarrollo Económico del ciudadano Felipe González González, gobernador constitucional del estado de Aguascalientes.

b) Que es el órgano encargado de coordinar, impulsar y fomentar el desarrollo económico del estado y promover y ejecutar programas y acciones en materia de producción que contribuyan al desarrollo de las actividades productivas y de bienestar social, por sí y en coordinación con las entidades de los sectores públicos, social y privado, de acuerdo con lo señalado en el artículo 37-bis fracción XV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y tener facultades para celebrar el presente convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 3o. y 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Económico.

III. Declara la Coparmex-Aguascalientes.

Declara la Confederación Patronal de la República Mexicana.

a) Que es un Sindicato Patronal legalmente constituido como consta en la escritura pública número 17543, volúmen CDXXXV, de fecha 18 de mayo de 2000, expedida por el licenciado Moisés Rodríguez Santillán, notario público número 28 de los del estado: con domicilio legal para oír y recibir toda clase de notificaciones, en el edificio marcado con el número 2013, segundo piso de la avenida Convención de 1914 poniente, colonia Miravalle de esta ciudad de Aguascalientes y que se encuentra al corriente del pago de sus impuestos.

b) El c.p Marco Aurelio Hernández Pérez fue nombrado presidente de Corpamex por asamblea de la misma confederación el 14 de marzo del año 2000 y consta en las escrituras descritas en este primer párrafo.

CLAUSULAS

Primera. Las partes se reconocen la personalidad con que comparecen.

Segunda. Objeto. Las partes convienen en crear y operar el Programa denominado “Sistema Laboral Penitenciario”, encaminado a lograr la efectiva readaptación de los internos en los Centros de Readaptación Social del estado de Aguascalientes, formalizando y estructurando la capacitación para el trabajo de los internos que participen en dicho programa y creando dentro de los propios Cereso, áreas de trabajo operadas por empresas del estado de Aguascalientes, con el fin de lograr que los procesos de producción alcancen niveles aceptables de calidad y lograr una adecuada comercialización de los productos fabricados por los internos, además de mejorar los niveles competitivos de trabajo y la correcta readaptación que les permita reintegrarse a la sociedad y al trabajo, en beneficio del propio interno y su familia.

Tercera. La Secretaría General de Gobierno a través de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social es la Autoridad facultada pare organizar, dirigir y administrar los Centros de Readaptación Social del estado y establece como autoridad de vinculación; para efectos del presente convenio a esta dependencia que en lo sucesivo se denominará la dirección general.

Cuarta. De los compromisos. Las instituciones participantes en este convenio de colaboración, se comprometen a cumplir las obligaciones siguientes:

1. Dirección General de Prevención y Readaptación Social.

a) Promover y facilitar lo necesario a fin de garantizar la seguridad e integridad del personal; comisionado de la Coparmex, como de empresarios y personal destinado a capacitar o supervisar el trabajo realizado dentro de los Centros de Readaptación Social para cumplir las acciones derivadas del presente convenio.

b) Custodiar y cuidar los elementos y herramientas de trabajo propiedad de las empresas instaladas dentro de los centros de trabajo de cada Centro de Readaptación Social.

c) Para el punto anterior, la dirección general a través de los directores de los centros y los representantes de las empresas, levantarán inventario de todos los bienes que se encuentren bajo su custodia y entregarán copia del mismo a cada una de las partes.

d) La Dirección General por sí o a través de la coordinación del sistema laboral penitenciario será la instancia facultada pare llevar a cabo las acciones de comunicación, gestión, planteamientos y en general todos los actos que impliquen una vinculación con la Coparmex, derivada del objeto del presente convenio.

e) Apoyar las acciones de promoción e información al personal interno y apoyo administrativo para la capacitación que persigue el sistema.

f) Proporcionar la información laboral y perfiles técnicos de los internos para hacer los estudios de asignación a actividades productivas; que permita determinar flujos de producción y crear círculos de calidad entre los mismos internos.

g) Canalizar y proporcionar información necesaria de liberados que sean canalizados al patronato de ayuda posliberacional.

h) Reportar oportunamente a la Coparmex y a los propios empresarios los conflictos e irregularidades en la prestación del servicio de las empresas en el cumplimiento del presente convenio.

I. Se crea la coordinación del sistema laboral penitenciario como instancia de la dirección general misma que sin menoscabo de las facultades de la propia dirección podrá:

a) Acordar con la Coparmex a través de su Comisión Laboral Penitenciaria lo necesario para la operación del programa.

b) Convocar a los directivos y personal administrativo de los centros penitenciarios y empresas para la sensibilización al sistema, así como gestionar los apoyos logísticos para su operación.

c) Coordinar las áreas de trabajo conjuntamente con los directores administrativos de los Centros de Readaptación Social del Estado y los representantes de las empresas participantes.

d) Gestionar la operatividad de los horarios laborales para que no perjudiquen el desempeño de los internos en el Sistema Estatal de Educación Penitenciaria.

e) Proporcionar oportunamente la información necesaria para la planeación de los programas del Sistema Laboral Penitenciario.

f) Ser miembro de la Comisión Laboral Penitenciaria de la Coparmex.

2.Confederación Patronal de la República Mexicana Aguascalientes (Coparmex).

l. Se crea la Comisión Laboral Penitenciaria, con la siguiente estructura:

a) La Comisión Laboral Penitenciaria estará formada por un Presidente designado por la Coparmex, un secretario que será siempre el coordinador del Sistema Laboral Penitenciario de la dirección general y por vocales que serán empresarios, representantes de entidades públicas o representantes de cámaras empresariales que Coparmex considere conveniente.

II. Son atribuciones de la Coparmex:

a) Establecer un sistema dentro de su organización que de manera conjunta con la dirección general permita y facilite la eficiente instalación y operación de empresas dentro de les Centros de Readaptación Social del Estado de Aguascalientes sobre la base de los recursos disponibles con que se cuenten;

b) Coordinarse con la Secretaría de Desarrollo Económico para la instalación de las empresas que se refiere el inciso anterior;

c) Analizar la viabilidad de los productos, procesos y volúmenes de producción de las empresas que desean instalarse dentro de los Centros de Readaptación Social;

d) Determinar con el empresario los recursos necesarios para la instalación y funcionamiento de las empresas o que se refiere el inciso anterior;

e) Definir junto con el empresario el sistema operativo, logístico, de producción, control de calidad, sobre la base de los requerimientos de producción y calidad de las empresas;

f) Realizar los estudios de factibilidad sobre la base de los espacios o instalaciones disponibles en cada centro y a las reglas y restricciones de seguridad interna;

g) Organizar planes de difusión entre los internos conjuntamente con la Dirección General y los directores de los centros de Readaptación Social detallando fechas y responsables;

h) Dar a conocer a los internos los beneficios de los programas en donde quedarán involucradas sus familias;

i) Establecer una política salarial a destajo conforme al marco laboral vigente en el mercado;

j) Difundir los beneficios económicos a las empresas con respecto a los internos trabajadores;

k) Celebrar convenios con comerciantes y con instituciones para encontrar espacies permanentes en los cuales se exhiban los productos elaborados o en el comercio general;

l) Contactar con posibles distribuidores de los productos;

m) Analizar precios de los productos elaborados en los Centros de Readaptación, haciendo una comparación con probuctos similares en calidad;

n) Coordinar entre los puntos de venta y los productos para la fabricación de nuevos productos siempre sobre la misma línea ya elaborada que requieran los clientes;

o) Capacitar a los internos para mejorar la calidad de los productos y crear nuevos procesos de calidad;

p) Conformar y operar el patronato de ayuda posíiberacional de Aguascalientes, mismo que dependerá directamente de la Comisión Laboral Penitenciaria con la finalidad principal de incorporar a internos que obtengan su libertad para trabajar en empresas del exterior;

q) Obtener información sobre personas liberadas a través de la dirección general, mismas que serán canalizadas al patronato de ayuda posliberacional;

r) Instalar oficinas y contratar personal capacitado para dar atención y seguimiento a las personas que atienda el patronato de ayuda posliberacional;

s) Aprobar el presupuesto del patronato y de sus fines;

t) Evaluar y supervisar el trabajo de los módulos integrantes del sistema y nombrar a supervisores permanentes para mejorar el funcionamiento del mismo.

3. Secretaría de Desarrollo Económico.

a) Difundir y promover entre las empresas que acudan directamente a las oficinas de la Secretaría el Programa del Sistema Laboral Penitenciario.

b) Publicar en el boletín mensual de apoyos a la micro y pequeña empresa el programa de la Comisión Laboral Penitenciaria para que así pueda difundirse de manera ágil y oportuna.

c) Visitar a empresas del ramo manufacturero, con el fin de elaborar un prediagnóstico que ayude a canalizar el programa de la Comisión Laboral y que ayude a resolver los problemas de las empresas por falta de personal.

d) Establecer comunicación con las empresas interesadas en recibir capacitación para la instalación y operación del Sistema Laboral Penitenciario.

e) Buscar canales de promoción a los productos que se fabriquen en los centros penitenciarios.

f) Estudiar los productos de magulla a elaborar, buscando que tengan el mejor nivel de calidad y de ingresos para los internos, considerando las limitantes que marca la reglamentación de los centros de readaptación.

g) Programar revisiones periódicas del tipo de magulla teniendo como base el análisis de características de la mano de obra y espacios disponibles para la producción en Centros de Readaptación Social.

h) Comunicarse constantemente con la Comisión Laboral Penitenciaria para coadyuvar en concretar la instalación de empresas en los Centros Penitenciarios y en la celebración de convenios para la producción y/o distribución de bienes específicos.

I) Facilitar ya sea en la organización o con diversos recursos a los programas de capacitación para el trabajo.

4. Compromisos conjuntos

Tanto la dirección general como Coparmex con la finalidad de cumplir los objetivos del Sistema Laboral Penitenciario crean dentro de sus respectivas estructuras a la coordinación y la Comisión Laboral Penitenciaria como órganos.

Las partes convienen en buscar en la medida de sus posibilidades los apoyos y beneficios que para el bienestar del interno y su familia sean necesarios además de buscar para las personas liberadas los mecanismos adecuados para la reinserción total en la sociedad de los mismos con la finalidad de disminuir la reincidencia delictiva.

Quinta. El Instituto de Educación de Aguascalientes conforme al convenio celebrado can la Secretaría General de Gobierno que constituye al Sistema Estatal de Educación Penitenciaria, asesorará y dará seguimiento educativo a las personas que gozan de un beneficio preliberacional a través del patronato de ayuda posliberacional.

Sexta. Coparmex, acordará con la Dirección General de Prevención y Readaptación Social y con el Instituto de Educación de Aguascalientes los horarios laborales y educativos de los centros, así como prioridades y estrategias a través de la coordinación entre las entidades.

Séptima. De la forma de inicio. Las partes reconocen que por la naturaleza del presente convenio, del mismo modo se derivarán convenios y programas específicos y se comprometen a proveer e implementar en cualquier momento las acciones originadas de los compromisos adquiridos por el presente instrumento; así como a coordinar esfuerzos para el inicio formal del programa denominado “Sistema Laboral Peniteniario”. Asimismo la Coparmex a través de la Comisión Laboral Penitenciaria podrá gestionar ante las instancias públicas y privadas su inclusión y/o participación en los convenios y programas derivados del presente.

Octava. Las partes reconocen que en las acciones derivadas del presente convenio, participan con personal contratado, comisionado o asignado por las mismas por lo que la relación con sus trabajadores será exclusiva de cada una de las partes o de las empresas que contraten personal para fines que ellos crean convenientes para su mejor funcionamiento dentro de los Centros de Readaptación Social, respondiendo de las obligaciones que en materia laboral pudieran generarse y excluyendo de responsabilidad a los demás.

Novena. Ambas partes convienen que en los casos de dudas y omisiones sobre la interpretación y aplicación de las cláusulas motivo del presente convenio que pudieran suscitarse se resolverán de común acuerdo y en case contrario, se nombrará una comisión que se encargará de resolverlo.

Décima. Término. La vigencia del presente convenio será por tiempo indefinido y podrá modificarse y concluirse previo acuerdo de las partes.

Leído que fue el presente convenio, y enterados los firmantes del contenido y alcance legal del presente documento, lo suscriben en la ciudad de Aguascalientes., Aguascalientes , a los 13 días del mes de noviembre del año 2000.— Testigo de honor señor Felipe González González, gobernador constitucional del estado de Aguascalientes, por la Secretaría General de Gobierno, licenciado Abelardo Reyes Sahún, Secretario General de Gobierno, por la Secretaría de Desarrollo Económico, licenciado Rubén Camarillo Ortega, Secretario de Desarrollo Económico y por la Coparmex, Marco Aurelio Hernández Pérez, Presidente de la Coparmex.»

«Convenio para la protección de la salud de los internos del sistema laboral penitenciario, que celebran la Secretaría General de Gobierno del estado de Aguascalientes representada en este acto por el licenciado Abelardo Reyes Sahún en su carácter de Secretario General de Gobierno. El Instituto de Salud del estado de Aguascalientes, representado en esta acto por el doctor Rubén Galaviz Tristán. En su carácter de director general. El Instituto de Educación del estado de Aguascalientes representado en este acto por el doctor Miguel Angel Ochoa Sánchez. En su carácter de director general, y por la confederación patronal de la República Mexicanos, representada en este acto por el señor Javier Buenrostro en su carácter de presidente a quienes en lo sucesivo se les denominará “La Secretaría”, “El ISEA” “El IEA” y “La Coparmex”, respectivamente.

DECLARACIONES

1. La “Secretaría” declara:

1.1 Ser el órgano encargado de conducir, por delegación del Ejecutivo, la política interna del estado y demás leyes. Que entre otra de sus atribuciones, le corresponde vigilar el establecimiento de instituciones y la aplicación de las normas preventivas tutelares de menores infractores, elaborar y ejecutar los programas de readaptación social para los infractores y la administración de los centros de readaptación social.

1.2. Que el licenciado Abelardo Reyes Sahagún fue designado como secretario general de gobierno por el ciudadano Felipe González González, gobernador constitucional del estado recibiendo el nombramiento en fecha 1o. de diciem-bre de 1998.

1.3. Que tiene facultades para celebrar el presente convenio.

1.4. Que señala como domicilio legal para efectos de este convenio, el ubicado en palacio de gobierno, planta alta, plaza de la patria, zona centro en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes.

2. “El ISEA” declara:

2.1. Ser un organismo público descentralizado de la administración pública del estado de Aguascalientes, con personalidad jurídica, patrimonio propio y funciones de autoridad y materia de salud, cuyos objetivos son de la prestación y realización de actividades de interrelación sistemática que en materia de salud efectúen el estado y la Federación. Como lo establece el artículo 13 de la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes, publicada en el periódico oficial de la fecha 6 de junio de 1999.

2.2. Que es el doctor Rubén Galaviz Tristán, su director general, quien tiene capacidad jurídica para representar a dicha institución en este acto, lo cual se acredita con el comunicado de designación en dicho cargo, de fecha 2 de diciembre de 1998, mismo que fue conferido por el gobernador constitucional del estado de Aguascalientes, señor Felipe González González. Así también con fundamento en las facultades jurídicas que para celebrar con tratos y convenios en su nombre y representación la devienen de lo dispuesto por el artículo 21 fracción VIII de la Ley Estatal de Salud.

2.3. Tener su domicilio legal ubicado en la calle Margil de Jesús número 1501, fraccionamiento “Las Arboledas”, Aguascalientes, Aguascalientes; teléfono 9107900, código postal 20020; RFC ISE880101-716.

3. “El IEA” declara.

3.1. Que es un organismo público descentralizado del Gobierno del estado de Aguascalientes, con patrimonio y personalidad jurídicos propios, de conformidad la ley que crea el Instituto de Educación de Aguascalientes por decreto número 182, expedido por el gobernador constitucional del estado con fecha 7 de junio de 1992, y sus reformas contenidas en el decreto número 26, publicado el día 17 de enero de 1993, teniendo por objeto el asumir la dirección de los servicios educativos en el estado.

3.2. Que el doctor Miguel Angel Ochoa Sánchez, fue asignado por el honorable Consejo Interior del Instituto de Educación de Aguascalientes, como director general del citado instituto, recibiendo el nombramiento por parte del gobernador constitucional del estado, ciudadano Felipe González González en fecha 2 de diciembre de 1998.

3.3. Que tiene facultades para celebrar el presente convenio de conformidad con el artículo 10 de la Ley del Instituto de Educación de Aguascalientes: artículos 15 y 42 de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes.

3.4. Que señala como domicilio legal para efectos de este convenio, el ubicado en el kilómetro 2.5 de la carretera a San Luis Potosí, en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes.

4. “La Coparmex”, declara:

4.1. Que es un sindicato patronal legalmente constituido como consta en la escritura pública número 17543, volumen CDXXXV, de fecha 28 de mayo de 2000, expedida por el licenciado Moisés Rodríguez Santillán, notario público número 28 de los del estado, con domicilio legal para oír y recibir toda clase de notificaciones, en el edificio marcado con el número 2013, segundo piso de la avenida convención de 1914 poniente, colonia Miravalle de esta ciudad de Aguascalientes y que se encuentra al corriente del pago de sus impuestos.

4.2. El licenciado Francisco Javier Buenrostro Gándara fue nombrado Presidente de la Coparmex por asamblea de la misma confederación el 20 de marzo de 2001 y consta en las escrituras descritas en este primer párrafo.

CLAUSULAS

Primera. Objeto. “El ISEA” expresa su conformidad en proporcionar atención médica integral de I y II nivel, programas de promoción de la salud y tratamiento médico con medicamentos incluidos en el cuadro básico de la Secretaría de Salud, a los reclusos de los Ceresos, que tengan actividad laboral o actividad educativa, así como a los ase- sores educativos del Sistema Estatal de Educación Penitenciaria, a fin de preservar su salud y la de sus familiares directos (cónyuge, hijos y padres) siempre y cuando no sean derechohabientes de otra institución de Salud (IMSS, ISSSTE, etcétera), la atención de alta especialidad, será analizada de manera particular y se dará respuesta de acuerdo con la normatividad y disponibilidad de recursos.

Segunda. “El ISEA” notificará a la Dirección del Cereso que corresponda, así como a las instituciones que firman el presente convenio. El resultado de las atenciones médicas presentadas y las recomendaciones correspondientes.

Tercera. “El ISEA” notificará a la dirección del Cereso correspondiente y a las instituciones que firman el presente convenio los casos de adicciones o toxicomanías a fin de que sea tratados por el Centro de Integración Juvenil (CIJ), en corresponsabilidad con “El ISEA”.

Cuarta. “El ISEA” proveerá los medicamentos e insumos necesarios que su propio presupuesto y normatividad le permita a fin de proteger a los reclusos, asesores educativos y sus respectivas familias (cónyuge, hijos y padres).

Quinta. Las instituciones que firman el presente convenio se obliga, a observar las normas penitenciarias y los lineamientos técnicos que determine el propio Centro de Readaptación Social.

Sexta. Los Ceresos contarán con área especifica para la atención médica y en los casos en que esta se lleve a cabo en los Ceresos, contarán con personal de custodia que resguarde la integridad física del personal de salud, estando presente durante todo el proceso de atención médica.

Séptima. La Comisión Laboral Penitenciaria y el “IEA” entregarán al “ISEA” por conducto de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social dependencia de la Secretaría General de Gobierno, con periocidad mensual el censo de los reclusos que trabajan y/o estudian, a fin de que tenga conocimiento de los beneficiarios del sistema y organice los servicios de atención médica.

Octava. Las instituciones firmantes del presente convenio acuerdan que en caso de dudas u omisiones sobre la interpretación y aplicación de las cláusulas motivo del presente convenio que pudieran suscitarse, se resolverán de común acuerdo y en caso contrario, se nombrará una comisión que se encargará de resolverlo.

Novena. El presente convenio tendrá una vigencia indefinida y comenzará a partir de la fecha de su suscripción y se podrá dar por terminado a petición de cualquiera de las partes, siempre y cuando notifique a las otras partes por escrito y con la anticipación de 30 días a la fecha en que se pretenda dar por terminado.

El presente convenio se firma a los 16 días del mes de junio de 2001.— El Llano, Aguascalientes.— Licenciado Abelardo Reyes Sahagún, secretario general de gobierno; doctor Rubén Galaviz Tristán, direcror general del Instituto de Salud del Estado de Aguascalientes; doctor Miguel Angel Ochoa Sánchez, director general del Instituto de Educación de Aguascalientes; licenciado Javier Buenrostro Gándara, presidente de la Corpamex; testigo de honor, Felipe González González, gobernador constitucional del estado de Aguascalientes.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención al oficio número DGPL 58-II-4-986 de fecha 12 de septiembre del presente año, con el presente les acompaño copia del similar número 13585, signado por el ciudadano Sergio Martínez Garza, secretario general de gobierno del estado de Chihuahua, con el que remite información relacionada con el punto de acuerdo sobre las condiciones que guardan los centros de readaptación social, promovido por el diputado Alfredo Hernández Raigosa.

Lo que hago de su conocimiento para los fines que estimen procedentes.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 30 de octubre de 2002.— El subsecretario de Enlace Legislativo, M. Humberto Aguilar Coronado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Estado Libre y Soberano de Chihuahua.

Licenciado M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— México.

En contestación a su oficio SEL/526/02 en el que solicita información sobre el estado que guarda el sistema penitenciario del estado de Chihuahua; me permito informarle lo siguiente.

En esta entidad federativa no existe ningún Ceferso ni reclusorio o cárcel que esté a cargo del Gobierno Federal, sino siete Ceresos y siete cárceles a cargo del gobierno del estado y los municipios; actualmente se cuenta con una población total penitenciaria de 7 mil 209 internos, conformada por 3 mil 171 que corresponden al fuero federal y 4 mil 038 al fuero común, en atención a que en el estado los juzgados de distrito se encuentran en las ciudades de Juárez y Chihuahua es que la gran mayoría de esta población federal penitenciaria se encuentra concentrada, primero en el penal de Ciudad Juárez, mismo que cuenta con una capacidad para 1 mil 950 internos y en el cual se encuentran hacinados 3 mil 415 reclusos de los cuales 1 mil 754 son del fuero federal, esto es el 51.3% de la población penitenciaria; en segundo lugar en los dos penales de la ciudad de Chihuahua, mismos que tienen una capacidad de 2 mil 340 espacios, se encuentra poblado con 2 mil 790 reclusos de los cuales 1 mil 348 corresponden al fuero federal y el resto al fuero común.

Por último en diversos penales del estado se encuentran también 69 internos del fuero federal, de lo que se advierte que la población penitenciaria federal, ha provocado la sobrepoblación en los penales de esta entidad originándose con esto un costo económico muy alto en detrimento del patrimonio del estado, toda vez que el llamado socorro de la ley que aporta la Federación al estado para la manutención, rehabilitación, cuidado y atención médica de los internos federales es por la cantidad de 18 pesos diarios por interno, cuando que el costo real por interno asciende aproximadamente a la cantidad de 200 pesos.

Asimismo esta sobrepoblación ha originado en este año el desarrollo de tres motines causados, dos en el penal de Ciudad Juárez y uno en el de esta capital, éstos con un costo de una vida humana y con el consecuente costo económico en la reparación de los daños causados por los internos en los mismos.

Es por esto que se le solicita en primer término que se le dé seguimiento a la petición formal que con antelación hizo el gobernador constitucional del estado, Patricio Martínez García a la ciudadana Gloria Brasdefer Hernández, secretaria ejecutiva del Sistema Nacional de Seguridad Pública, respecto a la creación de un Cefereso. en Ciudad Juárez, en segundo lugar se ordene el apoyo económico para la terminación del nuevo penal que actualmente se está construyendo en Ciudad Juárez y por último que el socorro de la ley que otorga la Federación, se ajuste a los costos reales que tiene que erogar el estado.

En virtud de que en el “Convenio tipo en materia de prevención y readaptación social, ejecución de sentencias, traslados de internos, procuración de justicia y tratamiento de menores, con los estados a través de la Secretaría de Seguridad Pública”, no se contempla la solución a lo anteriormente planteado, es que esta entidad federativa no ha firmado ni aceptado en sus términos el mismo.

Por lo anterior es que se le solicita que tomen en cuenta la gravedad del problema que causan los reos federales en el estado de Chihuahua y se tomen medidas a efecto de que se ordene a la Secretaría de Seguridad Pública que ejecute a la brevedad lo solicitado, para así lograr un desarrollo real y eficiente en el sistema penitenciario.

Le reitero a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Chihuahua, Chihuaha, a 14 de octubre de 2002.— El secretario general de gobierno, Sergio Martínez Garza.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención al oficio número DGPL 58-II-4-986 de fecha 12 de septiembre último, con el presente les acompaño para los fines que estimen procedentes, copia del similar número 136, signado el 14 del mes en curso, por el ciudadano Jaime H. Lastra Bastar, secretario de gobierno del estado de Tabasco, así como el original que en el mismo se cita, referente al punto de acuerdo sobre las condiciones que guardan los centros de readaptación social, promovido por el diputado Alfredo Hernández Raigosa.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 30 de octubre de 2002.— El subsecretario de Enlace Legislativo, M. Humberto Aguilar Coronado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

Licenciado M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Por acuerdo del licenciado Manuel Andrade Díaz, gobernador constitucional del estado, y con relación a su oficio número SEL/544/02, donde transmite el requerimiento que les hiciera la Comisión Especial de Seguridad Pública y para la Gobernación y Seguridad Pública de la Cámara de Diputados, adjunto al presente remito a usted oficio número DG/670/2002, de fecha 09 de octubre de año en curso, signado por el licenciado Gregorio Arias Pérez, director general de Prevención y Readaptación Social del estado, mediante el cual procura dar atención a dicho requeri-miento.

Sin otro particular aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, esperando que la información que se le remite, le sea de utilidad.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Villahermosa, Tabasco, a 14 de octubre de 2002.— El secretario, Jaime H. Lastra Bastar.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

Licenciado César Garza Luna, asesor de la Secretaría de Gobierno.— Presente.

Estimado señor licenciado:

Por medio del presente y en relación al oficio SEL/544/02 fechado el 17 de septiembre del presente año y firmado por el licenciado M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en el que solicita una serie de requisitos que a bien pudieron acordar los integrantes de la Comisión Especial de Seguridad Pública del órgano legislativo, al respecto me permito informar a usted lo siguiente:

En primer término quiero aclararle a usted que el estado de Tabasco no cuenta con ningún Centro de Readaptación Social que esté a cargo de la Federación, pues nuestro sistema penitenciario se compone de seis Centros de Readaptación Social y 12 cárceles públicas municipales, los cuales se encuentran ubicados en los siguientes municipios:

• Centro de Readaptación Social del Estado (Creset), Villahermosa, Tabasco.

• Centro de Readaptación Social, H. Cárdenas. Tabasco.

• Centro de Readaptación Social Comalcalco, Tabasco.

• Centro de Readaptación Social Macuspana, Tabasco.

• Centro de Readaptación Social Huimanguillo, Tabasco.

• Centro de Readaptación Social Tenosique, Tabasco.

Cárceles Públicas Municipales:

• Cárcel pública

• Cárcel pública municipal de Centla

• Cárcel pública municipal de Cunduacán

• Cárcel pública municipal de E. Zapata

• Cárcel pública municipal de Jalapa

• Cárcel pública municipal de Jalpa de Méndez

• Cárcel pública municipal de Jonuta

• Cárcel pública municipal de Nacajuca

• Cárcel pública municipal de Paraíso

• Cárcel pública municipal de Tacotalpa

• Cárcel pública municipal de Teapa

• Cárcel pública municipal de Villa la venta

Asimismo existe culminada la primera etapa operativa del Centro de Readaptación Social de Seguridad media, ubicado en Villa Estación Chontalpa, municipio de Huimanguillo, Tabasco, el cual a la presente fecha todavía no se ha puesto en funcionamiento, dado que se requieren los recursos para la contratación del personal administrativo y de seguridad para la operatividad de ese Centro de Readaptación Social más importante del estado.

Ahora bien en el sistema penitenciario del estado se encuentran bajo la tutela y el cuidado del Poder Ejecutivo, los internos procesados y sentenciados, así como los menores infractores del estado, por lo que en la actualidad nuestro sistema penitenciario está integrado con una población penitenciaria de la siguiente manera, en los cuales están contemplados los reos del fuero federal, común, procesados y sentenciados y que a continuación se explica en el cuadro que se exhibe:

VER TABLA

En cuanto a la petición que se hace en el sentido de que se informe el delito, edad, sexo, nivel de estudios y socioeconómico, este dato sólo puede ser proporcionado por el honorable Tribunal Superior de Justicia del estado, que es el encargado de llevar los datos estadísticos de cada una de las personas que ingresan a las cárceles públicas municipales y centros de readaptación social del estado y que se conocen desde el momento mismo en que se le toma la declaración preparatoria a quienes se les sigue procesos, por tal razón no me es posible proporcionar estos datos.

En cuanto a las fugas que se dan en las cárceles públicas municipales y centros de readaptación social, al respecto me permito informar a usted que en lo que va del año no hemos tenido afortunadamente ninguna fuga ni en cárceles públicas municipales ni en centros de readaptación social de internos que se encuentran a disposición del Ejecutivo del estado, ni procesados ni sentenciados.

En lo que respecta al número de internos por dormitorios, en la actualidad, dada las condiciones del sistema penitenciario en cada celda se encuentran siete internos en promedio, cuando lo lógico es que cada celda cuente con cinco internos para no considerarse que hay sobrepoblación o hacinamiento.

En lo que respecta a la visita conyugal ésta se lleva de acuerdo al control que se le tiene a cada interno, es decir, que se lleva perfectamente integrado un expediente para conocer cual es la persona que tiene derecho a las visitas conyugales, privilegiando siempre a la familia, desde luego se solicitan certificados médicos respectivos para llevar control sobre todo con respecto a las enfermedades venéreas, preocupación que compartimos los que trabajamos en el sistema penitenciario.

En lo que respecta a las preliberaciones que como beneficio se otorgan, los criterios que se realizan son los que para tal efecto señala el Consejo Técnico Interdisciplinario, adscrito a esta dirección general y que de acuerdo al grado de readaptación social es como se considera la concesión del beneficio, este criterio también se utiliza para las libertades preparatorias, ya que de no existir la opinión del consejo técnico no se puede conceder beneficios.

De igual manera quiero informar a usted que a la fecha en lo que va del año se han concedido las siguientes libertades.

No. de Internos                         Tipo de libertad

234                               Libertades preparatoria

126                               Libertades preliberacionales

360       Total

En lo que respecta al personal de la Comisión Nacional y Estatal de los Derechos Humanos que han acudido a los centros de readaptación social y cárceles municipales del estado a realizar revisiones y visitas, me permito aclarar a usted que siempre le hemos dado un trato amable, cordial, así como también la información que nos requieren e incluso los acompañamos a los recorridos que en fisiones nos solicitan, cuidando desde luego su integridad como parte de nuestras funciones en el sistema penitenciario.

Esperando que esta información le sea de gran utilidad, me permito quedar de usted, su atento y seguro servidor.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, DF., a 14 de noviembre de 2002.— El director general, Gregorio Arias Pérez.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención al oficio número DGPL 58-II-4-986 de fecha 12 de septiembre último, con el presente les acompaño copia del similar número 0867/2002, signado el 10 del mes en curso, por el ciudadano Juan Olmedo López, subsecretario de Seguridad Pública y Readaptación Social del gobierno del estado de Tlaxcala, por el que envía la información relativa al punto de acuerdo sobre las condiciones que guardan los centros de readaptación social, promovido por el diputado Alfredo Hernández Raigosa.

Por lo anterior les acompaño la información de referencia, para los fines que estimen procedentes.

Sin más por el momento les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, 21 de octubre de 2002.— El subsecretario M. Humberto Aguilar Coronado.»

«Escudo.— Gobierno del estado de Tlaxcala.— Secretaría de Gobierno.

Adela Cerezo Bautista y Rodolfo Dorador Pérez Gavilán, diputados secretarios de la Mesa Directiva.— Presentes.

En atención al oficio número D.G.P.L. 58-II-4-98 en el cual solicitan información sobre las condiciones que guardan los Centros de Readaptación Social en el estado, anexo al presente el documento informativo correspondiente.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Tlaxcala, Tlax., a 10 de octubre de 2002.— El subsecretario, Juan Olmedo López.»

VER TABLA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Remítase a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y Especial de Seguridad Pública para su conocimiento.

 

MARIPOSA MONARCA

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención a su oficio número DGPL 58-II-1-822, de fecha 29 de abril último, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número DGEP/337/2002, signado por la ciudadana Ana Silvia Arrocha, directora general de Enlace Parlamentario de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como del documento que en él se señala, en relación con el punto de acuerdo para la implantación de medidas de protección para salvaguardar la integridad de la mariposa monarca.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF., a 22 de octubre de 2002.— El subsecretario M. Humberto Aguilar Coronado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Licenciado M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me permito hacer referencia al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión relativo a la implantación de medidas de protección, en coordinación con los gobiernos de los estados de México y de Michoacán, para salvaguardar la integridad de la mariposa monarca.

Al respecto, anexo al presente sírvase encontrar copia del oficio número UAJ-104/02, emitido por la Comisión Nacional Forestal y recibido en esta oficina el 8 de octubre de 2002, en el cual se incluye la atención otorgada a dicho punto de acuerdo dentro del ámbito de competencia de esa comisión, con el fin de solicitarle de la manera más atenta se sirva hacer llegar dicha documentación a las instancias correspondientes del honorable Congreso de la Unión.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, DF, a 9 de octubre de 2002.— La directora general, Ana Silvia Arrocha.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Comisión Nacional Forestal.

Licenciado Roberto López Izquierdo, secretario técnico de la Semarnat.— Presente.

Por el presente acuso copia de recibido del volante referido al rubro, por el cual nos hace saber de los oficios en él señalados relativos al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en sesión del día 29 de abril de 2002, relativo a la implantación de medidas de protección, en coordinación con los gobiernos de los estados de México y de Michoacán, para salvaguardar la integridad de la mariposa monarca.

Sobre la materia de dicho punto de acuerdo, informamos que la Comisión Nacional Forestal ha implantado y tiene programado ejecutar las siguientes acciones:

Respecto al Plan de Manejo de las Areas Naturales Protegidas de los estados de México y de Michoacán en las que se encuentran asentados los santuarios de la mariposa monarca:

• Se han promovido acciones integrales, con la participación de diferentes dependencias federales, estatales y municipales, respetando las restricciones que presenta el decreto relativo a las zonas núcleo y para las de amortiguamiento.

• Para el presente año, la Conafor, por conducto de sus enlaces en los estados de Michoacán y de México, tiene programada una inversión por la cantidad de $15’651,185.00. Esta cantidad ascenderá una vez que se califiquen las solicitudes de Prodefor, Procymaf y Prodeplan.

Respecto a las actividades de regulación y ordenación de la actividad turística en los santuarios de Mariposa monarca, orientadas a evitar el deterioro del bosque de Oyamel:

• Se ha trabajado en coordinación con la dirección de reservas de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, respecto a los apoyos que se otorgan a los diversos núcleos ejidales y comunales de la región, a quienes se les financia con los programas mencionados con antelación.

• La participación que tenemos se circunscribe al otorgamiento de los apoyos económicos que el Prodefor destina a los titulares de aprovechamientos forestales para la elaboración de estudios de diversificación productiva. Además, se han presentando propuestas relacionadas con el tema de ecoturismo, misma que hoy día están en proceso de calificación, conforme a sus reglas de operación.

Con relación a las actividades de difusión de la información y señalizaciones destinadas a los visitantes de la reserva, hemos realizado las siguientes acciones:

• Aunque esta función es de la competencia de la dirección de la reserva de la Comisión Nacional de Areas Nacionales Protegidas, estamos coadyuvando con ésta mediante el aprovechamiento de espacios de prensa y radio para destacar la importancia de conservar estas áreas y que la gente siga las indicaciones que existen en la reserva.

Con relación al programa de inspección y vigilancia que implemento la Profepa en dicha área:

• Por lo que respecta a las actividades relacionadas con vigilancia (guardabosques, inspectores y casetas de vigilancia), y regulación y ordenación de la actividad turística en los santuarios de la Mariposa Monarca, a efecto de evitar el deterioro de los bosques de oyamel y pino, la Comisión Nacional Forestal carece de competencia para ejercerlas, por lo que tan sólo coadyuvamos, dentro de nuestras atribuciones legales, con las autoridades competentes para ello.

Sin otro particular, quedo de usted.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

 “2002, Año Internacional de las Montañas”

Zapopan, Jalisco, a 23 de mayo de 2002.— El jefe de la unidad de asuntos jurídicos, Mauricio Limón Aguirre.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Remítase a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.

 

IPAB

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Subsecretaría de Enlace Legislativo.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención a su oficio número DGPL 58-II-2-858, de fecha 5 de septiembre del año en curso, con el presente les acompaño copia del similar 6-747/R/428/2002, signado por el ciudadano Arturo Villaverde Lazo, titular del órgano interno de control en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, por el que da respuesta al apartado segundo del punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política, en el que se solicita se informe sobre el estado jurídico en que se encuentra el asunto relativo al ex secretario adjunto jurídico del IPAB.

Lo que hago de su conocimiento para los fines que estimen procedentes.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 23 de octubre de 2002.— M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

Licenciado M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo.— Secretaría de Gobernación.

Me refiero a su atento oficio número SEL/396/02, del 9 de septiembre próximo pasado, que dirigió al Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, Francisco Javier Barrio Terrazas, por medio del cual le envía copia del oficio DGPL 58-II-2-858, del 5 de septiembre del año en curso, suscrito por los secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, por el que comunican al titular de esa Secretaría los puntos de acuerdo aprobados en sesión de esa fecha, en cuyo apartado segundo solicitan se informe a la Cámara de Diputados sobre el estado jurídico en que actualmente se encuentra el asunto relativo al ex Secretario jurídico del IPAB. Lo anterior, para los fines que estime procedentes.

Sobre el particular, nos permitimos informarle que existe procedimiento disciplinario en etapa de investigación en contra del ciudadano Eugenio González Garza, ex secretario adjunto jurídico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, en este órgano interno de control, el cual aún no se concluye y de cuyo resultado se informará posteriormente.

Lo que se informa para los efectos legales a que haya lugar.

Atentamente.

México, DF, a 14 de octubre de 2002.— Arturo Villaverde Lazo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención al oficio número DGPL 58-II-2-858 de fecha 5 de septiembre del año en curso, con el presente les acompaño copia del similar número SPP-A/6205/2002, signado por el ciudadano Gilberto Higuera Bernal, subprocurador de procedimientos penales “A” de la Procuraduría General de la República, por el que da respuesta al punto de acuerdo en cuyo apartado segundo se solicita se informe el estado jurídico en que actualmente se encuentra el asunto relativo al ex secretario adjunto jurídico del IPAB, promovido por el diputado José Antonio Magallanes.

Lo que hago de su conocimiento para los fines que estimen procedentes.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 31 de octubre de 2002.— El subsecretario, licenciado M. Humberto Aguilar Coronado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría General de la República.

Ciudadano M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Estimado señor subsecretario:

En relación con su oficio SEL/396/02, tengo el agrado de informarle el estado jurídico en que actualmente se encuentra el procedimiento relativo al licenciado Eugenio González Sierra ex secretario adjunto jurídico del IPAB; es lo siguiente:

El 26 de diciembre de 2001, la averiguación previa PGR/UEDO/038/2001 se resolvió ejercitándose acción penal contra Eugenio González Sierra y León Alberto Schietekat Ballesteros, por la presunta comisión de los delitos de cohecho, operaciones con recursos de procedencia ilícita, enriquecimiento ilícito, abuso de autoridad, uso indebido de información sobre clientes y operaciones del sistema bancario, tráfico de influencias y extorsión.

El 27 de diciembre de 2001, en la causa penal 259/2001 del índice del Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Federales en el Distrito Federal, se dictó orden de aprehensión por la supuesta perpetración de los delitos de cohecho, operaciones con recursos de procedencia ilícita, enriquecimiento ilícito, abuso de autoridad, uso indebido de influencia sobre clientes y operaciones del sistema bancario y tráfico de influencias.

En la misma fecha el juez negó la orden de aprehensión en relación con el delito de extorsión, resolución que fue confirmada por el tribunal de alzada.

El 3 de enero de 2002 se dictó auto de formal prisión a los inculpados por los delitos de abuso de autoridad, uso indebido de información sobre clientes y operaciones del sistema bancario y tráfico de influencias, decretándose auto de libertad por falta de elementos para procesar respecto a los delitos de cohecho, operaciones con recursos de procedencia ilícita y enriquecimiento ilícito.

A la fecha la causa penal se encuentra en etapa de instrucción.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle mi más atenta y distinguida consideración.

Atentamente

México, DF, a 14 de octubre de 2002.— El subprocurador  de procedimientos penales “A”,    Gilberto Higuera Bernal.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría General de la República.

Memorandum

Al   ciudadano  Gilberto Higuera Bernal, subprocurador de procedimientos penales “A”.— Presente.

Distinguido licenciado:

Por instrucciones del  Procurador General de la República, me permito remitir a usted el documento que a continuación se indica:

Número y fecha: SEL/396/02, 9 de septiembre de 2002.

Origen: Secretaría de Gobernación.

Asunto: Solicitud de información sobre el estado jurídico en que se encuentra actualmente el caso relativo al ex secretario adjunto jurídico del IPAB.

Acuerdo: “subprocurador de Procedimientos Penales “A”. Para su conocimiento y efectos correspondientes”.

Agradeciéndole de antemano, la atención prestada al presente, informando a esta oficina sobre el trámite que se genere.

Respetuosamente.

México, DF, a 17 de septiembre de 2002.— El  secretario técnico del  procurador, Raúl Quintanilla González.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Remítase a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento.

 

HURACAN ISIDORE

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Subsecretaría de Enlace Legislativo.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención a su oficio número DGPL 58-II-5-1016, de fecha 26 de septiembre último, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número 400-373, signado por el ciudadano Antonio Ruiz García, subsecretario de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por el que da contestación al punto de acuerdo en el que se solicita se destinen recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales a todos los pescadores afectados por el paso de la tormenta tropical “Julio” y el huracán “Isidore”, del golfo de México, en los estados de Yucatán, Quintana Roo, Campeche, Chiapas, Tabasco, Veracruz y Tamaulipas, presentado por la diputada Patricia Aguilar García.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 28 de octubre de 2002.— M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.— Subsecretaría de Dasarrollo Social.

Licenciado M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo.— Secretaría de Gobernación.— Presente.

Hago referencia a su oficio SEL/300/668/02, a través del cual remite al ciudadano Javier Usabiaga Arroyo, secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el punto de acuerdo aprobado en la sesión celebrada el 26 de septiembre en el que se solicita se destinen recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales (Fonden) y del Programa de Empleo Temporal (PET) a la atención de los pescadores afectados por el paso de la tormenta tropical “Julio” y del huracán “Isidore” por diversas entidades del país.

Sobre el particular, por este conducto me permito comentar a usted que esta Secretaría destinó recursos por $6.600,000.00 del PET para el apoyo de los pescadores de los estados de Quintana Roo (2 mdp), de Yucatán (1.1 mdp) y de Tamaulipas (3.5 mdp).

Por otra parte, pero en el mismo contexto del PET, la Sedesol informó que, como consecuencia de los daños causados por los meteoros que nos ocupan, ha radicado a sus delegaciones estatales recursos por un total de 71 mdp, de los cuales 21 mdp se enviaron a Campeche y 50 mdp a Yucatán. Por el momento, no es factible precisar los montos que aplicarían en acciones de apoyo a pescadores, toda vez que los anexos técnicos correspondientes aún se encuentran en elaboración en dichas entidades.

Finalmente, comento a usted que los propios estados afectados desistieron de solicitar recursos del Fonden para la atención de los pescadores, optando por alternativas que consideraron más viables para ello.

En este sentido, para el estado de Yucatán se han destinado 6 mdp para la reactivación de la actividad pesquera, a través de proyectos productivos y de rehabilitación de lanchas y motores, con cargo a la Alianza para el Campo. En este mismo tenor, se aplican 9 mdp para el estado de Campeche. En Tamaulipas se desarrollan proyectos por un monto de 3.5 mdp que, una vez concluidos, podrán ser apoyados con cargo a recursos de la propia Alianza para el Campo.

Sin otro particular, reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, DF, a 17 de octubre de 2002.— Antonio Ruiz García, subsecretario..»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Remítase a las comisiones: Especial Encargada de Vigilar que los Recursos del Fonden y Partidas Extraordinarias se Apliquen Oportunamente y a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, para su conocimiento.

 

IZTACCIHUATL-POPOCATEPETL

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Subsecretaría de Enlace Legislativo.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención a su oficio número DGPL 58-II-5-913 de fecha 29 de abril último, con el presente les acompaño para los fines que estimen procedentes, copia del similar número DGEP/336/2002 signado por la ciudadana Ana Silvia Arrocha, directora general de Enlace Parlamentario de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como del documento que en el mismo se señala, en relación al punto de acuerdo relativo a implementar programas que establezcan el equilibrio de la flora y fauna, y se fomente la cultura de la conservación de los recursos naturales en la región Izta-Popo, que abarca los estados de Puebla, México y Morelos, presentado por el diputado Víctor León Castañeda.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, 24 de octubre de 2002.— El subsecretario M. Humberto Aguilar Coronado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.— Dirección General de Enlace Parlamentario.

Licenciado Humberto Aguilar Coronado, director general de Gobierno de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me permito hacer referencia al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, relativo a la implementación de programas que restablezcan el equilibrio de la flora y la fauna y el fomento a la cultura de conservación de los recursos naturales en la región Izta-Popo en los estados de Puebla, México y Morelos.

Al respecto, anexo al presente sírvase encontrar copia del oficio número UAJ-103/02 emitido por la Comisión Nacional Forestal, recibido en esta oficina el 8 de octubre de 2002 y en el cual se incluye la atención otorgada a dicho punto de acuerdo dentro del ámbito de competencia de esa comisión, con el fin de solicitarle de la manera más atenta, se sirva hacer llegar dicha documentación a las instancias correspondientes del honorable Congreso de la Unión.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, DF, a 9 de octubre de 2002.— Ana Silvia Arrocha, directora general de Enlace Parlamentario.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Comisión Nacional Forestal.

Ciudadano Roberto López Izquierdo, secretario técnico de la Semarnat.— Presente.

Por el presente acuso copia de recibido del volante referido al rubro, por el cual nos hace saber de los oficios en él señalados relativos al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en sesión del día 29 de abril de 2002, relativos a la implementación de programas que restablezcan el equilibrio de la flora y la fauna y el fomento a la cultura de conservación de los recursos naturales en la región Izta-Popo en los estados de Puebla, México y Morelos.

Respecto al Programa Integral de Manejo de los Recursos Naturales del Parque Nacional Iztaccíhuatl-Popocatépetl.

En dichos estados hemos trabajado con la Dirección del Parque Nacional desarrollando acciones para la ejecución de nuestros programas: Prodefor, Pronare y Prodeplan, además de restauración y mejoramiento de infraestructura.

En el estado de Puebla estamos participando en la conformación de los programas municipales forestales, en los que se conjuntan recursos del Conafor, Profepa y ayuntamientos del estado.

En la zona metropolitana, en colaboración con Profepa, se presentaron los programas de Conafor en la región.

En cuanto a las actividades y/o acciones orientadas a fomentar una cultura de conservación de los recursos naturales en los pobladores de dicha región, con las relacionadas con el fomento del ecoturismo, y con los planes para prevenir y mitigar incendios forestales en la zona, se tienen las siguientes:

En el estado de Puebla.

Con la participación de 365 personas, 12 cursos taller en 2002, relacionados con aspectos legales forestales, operación de empresas forestales, transformación forestal, elaboración de carbón, ecoturismo, prevención de incendios, prevención y tratamiento de plagas y enfermedades forestales y sobre tratamientos silvícolas, todo esto con una inversión de recursos económicos provenientes del gobierno del estado de Puebla y de Conafor, a través del Prodefor.

En 2002 se tienen solicitudes Prodefor para la realización de cuatro cursos taller a 135 personas en materia de incendios, documentación y tratamiento silvícola, un proyecto de transferencia de tecnología para la elaboración de carbón con tecnologías apropiadas, así como ocho proyectos en igual número de predios forestales para la limpia de desperdicios. Todo lo anterior tiene una solicitud de subsidios por más de 500 mil pesos.

Conjuntamente con el INIFAP se llevará a cabo el proyecto de investigación en el campo experimental de San Juan Tetla “Manejo de microcuencas forestales para la producción de agua” con una inversión prevista de 1.5 millones de pesos.

Para el presente año se reforestarán 950 hectáreas, de ellas 500 se localizan en el Parque Nacional.

En el estado de México.

Se llevó a cabo la presentación de los programas de Conafor.

En la región de Texcoco se hizo entrega de las órdenes de pago del Prodefor a los beneficiarios que cumplieron con los requisitos de las reglas de operación de dichos programas.

Para el Prodefor 2002, el pasado 26 de junio se lanzó la respectiva convocatoria, por lo que se espera que se presenten propuestas para estudios de ecoturismo y diversificación productiva.

En cuanto a las actividades de promoción de los programas de educación y capacitación a los pobladores de la región en materia de conservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de recursos forestales, así como de prevención, control y combate de incendios, plagas y enfermedades forestales, se tienen las siguientes:

En los estados de México y Morelos.

En cuanto a los programas de educación y capacitación se han realizado cursos para técnicos de la Semarnat, Probosque, Conafor y prestadores de servicios técnicos sobre manejo de viveros y germoplasma (en Jilotepec), de geomática y manejo de los GPS (Metepec), así como prácticas de reforestación para los militares.

En asuntos de prevención y combate de incendios no hemos participado por ser una actividad que apenas nos va a ser transferida y aún es competencia de la Semarnat.

En el estado de Puebla.

Se han llevado a cabo siete reuniones de promoción en igual número de localidades de la región de los volcanes con una participación de más de 100 personas, representantes de ayuntamientos, predios y comunidades forestales.

Promoción para el aprovechamiento de resina.

Se han diagnosticado cerca de 3 mil hectáreas y tratado 16 con plagas y enfermedades.

¿Cómo podemos incidir en el mejoramiento de las acciones y/o actividades necesarias para la óptima ejecución de este programa y qué estamos haciendo al respecto?

Coparticipando con las dependencias federales y con los gobiernos de los estados.

Incorporando al manejo forestal sustentable la superficie comprendida en el área natural protegida y su zona de influencia.

Participando con los tres niveles de Gobierno, mediante la formación de consejos forestales municipales y/o regionales.

Actualmente se está promoviendo la creación de la Unión de Ejidos Forestales del Izta-Popo.

Mediante la promoción de los mecanismos para que los dueños y propietarios de los recursos forestales asciendan a la categoría de productor, permitiéndoles aplicar un valor agregado a la madera.

Como la responsabilidad directa del manejo del Parque Nacional corresponde a la CNANP, la Comisión Nacional Forestal participa con aquellos programas que no vayan en contra de las restricciones que como parque tiene esa superficie. En las áreas periféricas participamos con los programas que tenemos bajo nuestra responsabilidad.

Sin otro particular, quedo de usted.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

“2002, Año Internacional de las Montañas”

Zapopan, Jalisco, a 23 de mayo de 2002.— El jefe de la unidad de asuntos jurídicos, Mauricio Limón Aguirre.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Remítase a las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

 

 

DIARIO de los DEBATES

Diario de los Debates de la Cámara de Diputados                                Año III, Primer Periodo, 14 de noviembre de 2002

 


VOLUMEN II


ESTADO DE QUINTANA ROO

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención al oficio número DGPL 58-II-4-594, de fecha 6 de diciembre de 2001, con el presente les acompaño copia del similar número FOO 1033, signado por el ciudadano Ernesto Enkerlin Hoeflich, presidente de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el que remite información relacionada con el punto de acuerdo para que se declare área natural protegida la zona conocida como “Xcacel-Xcacelito”, bajo la categoría de santuario de tortuga marina, en el estado de Quintana Roo, promovido por el diputado Bernardo de la Garza Herrera.

Lo que hago de su conocimiento para los fines que estimen procedentes.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 30 de octubre de 2002.— Licenciado M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.— Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas.

Licenciado Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo.— Secretaría de Gobernación.

Con relación al exhorto de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para declarar como área natural protegida la zona conocida como Xcacel-Xcacelito en Quintana Roo, bajo la categoría de santuario, me permito manifestarle lo siguiente:

El decreto de un área natural protegida federal bajo cualquiera de sus categorías requiere de la anuencia por escrito de los propietarios y legítimos poseedores de la tierra. En este caso, la tenencia de la tierra de la zona propuesta no cuenta con certidumbre jurídica dado que existe un problema legal entre el Gobierno del estado de Quintana Roo y propietarios privados, que escapa a las atribuciones y mandato de esta comisión.

Cabe señalar que el instrumento de decreto de un área natural protegida a nivel federal debe verse como la herramienta toral de conservación y como uno de los instrumentos más poderosos de la política ambiental, mas no como una solución a problemas de tenencia de la tierra, sobre todo en casos como el que actualmente nos concierne, donde existe ya un instrumento jurídico, es decir, un decreto estatal, para proteger a las tortugas de la zona. Más que decretar un amplio santuario federal, se sugiere se consolide y aplique el decreto estatal existente.

Sin más por el momento me despido de usted enviándole un saludo.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad de México, a 11 de octubre de 2002.— Ernesto Enkerlin Hoeflich, presidente.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Remítase a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su conocimiento.

LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Pasamos al capítulo de iniciativas de diputados.

Tiene la palabra el diputado Marco Antonio Dávila Montesinos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma los artículos 12 y 13 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

El diputado Marco Antonio Dávila Montesinos:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Los suscritos, diputados de la LVIII Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 70, 71, 73 fracción X todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa de decreto por la que se reforman los artículos 12 y 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Hemos señalado en diferentes foros la falta de equidad en la asignación de tarifas eléctricas por parte de la Junta de Gobierno, de Hacienda y de comisión, que toma como base la medida aritmética durante el día situación a todas luces injusta para ciudadanos de climas extremos y de humedad relativa para quienes lo correcto sería una media ponderada por el número de horas con temperaturas difíciles con que viven.

Asimismo se ha dicho con justicia que al carecer la Comisión Federal de Electricidad de los equipos necesarios para una adecuada medición de temperaturas, toma como base las mediciones que con agua y el CILA realizan como un trabajo adicional y distinto, para lo que son instalados y ubicados sus equipos de medición, ya que como todos sabemos en la mayoría de los casos, se ubican en ríos, presas y áreas arboladas, en razón de que es otra su función y que la temperatura que ellos registran varía en varios grados centígrados, la temperatura en la que viven los habitantes de las ciudades, con el lógico perjuicio para los habitantes que con esas temperaturas les impide tener acceso a otras tarifas con subsidio mayor pero de acuerdo a las condiciones climatológicas en la que viven.

Aunado esto y con la justificación de obtener mayores recursos para que las empresas públicas de energía eléctrica pudieran otorgar un servicio con más calidad y con eficiencia, así como para evitar seguir subsidiando usuarios, con mayor consumo de energía y proteger al 75% de la población por ser los de menor ingreso, el Ejecutivo publica un decreto del 7 de febrero, donde autorizan el ajuste, modificación y restructuración a las tarifas para su suministro de energía eléctrica reduciendo el subsidio a las mismas, amén de crear un tarifa nueva de alto consumo.

Las consideraciones de este acuerdo oficialmente elaborado de manera impecable, en cuanto a su orientación y objetivos, distó mucho de la realidad, ya que al analizar el articulado y contrastar las tarifas y rangos anteriores con los autorizados, confirman las enormes diferencias que hay y las consecuencias fácilmente predecibles en su operación, en la economía de los más amplios sectores de la población como oportunamente lo señalamos.

No conforme con lo anterior el Ejecutivo, según su dicho, atendiendo al marcado reclamo popular de las ciudades de climas húmedos y cálidos y extremosos, expide un nuevo decreto el 8 de abril creando la tarifa 1-F, faltando una vez más a la verdad, ya que dicha tarifa lo único que ofrece es restablecer el segundo rango intermedio de la tarifa 1-E, que tenía hasta antes del decreto del 7 de febrero y lo que este último acuerdo no resolvió en lo más mínimo el problema de los estados con temperaturas extremas, ya que surtió efecto para tres ciudades en todo el país.

Prueba de lo anterior es el alto rechazo popular a ambas medidas en todo el país, problema que ha ido creciendo y ya son preocupantes las acciones de inconformidad que a lo largo de la República se están realizando. La desesperación puede tomar causas incontrolables, como se observa en el norte y sur del país, donde han pasado ya de en lugar de protesta pacífica, a acciones de movilización. Hoy la realidad de los recibos hace estragos en las familias mexicanas que viven en climas extremosos y de humedad relativa, en donde el uso de la energía no es un privilegio tanto en el verano como en el invierno.

Ese recibo que no admite demagogia ni cifras manejadas, ha puesto a miles de familias en la disyuntiva de comer o pagar la luz, como en el caso de los jubilados y pensionados que con su irrisoria pensión deben de dejar de medio comer o correr el riesgo de que les corten la luz.

CONSIDERANDOS

Primero. Que en el caso de todos los habitantes de las ciudades de climas extremos es una necesidad el uso de la energía para contar con lo mínimo para tener una vida aceptable y digna, tanto en lo sofocante del verano y sobre todo en lo congelante del invierno, ahora el subsidio es menor.

Segundo. Que en el caso de estas regiones son inequitativas las reglas para la asignación de tarifas de uso doméstico por las condiciones climatológicas en que viven.

Tercero. Que los sistemas de medición de temperatura de la Conagua y la CILA no reflejan la realidad de las temperaturas en que se vive en las colonias.

Cuarto. Que como efecto de los consumos mayores por parte de las familias de clase socioeconómica media baja, media y alta, en realidad se ha pagado mucho más en proporción al consumo, lo que también ha repercutido en el pago de mayores proporciones de impuestos y derechos, ya que en casi la totalidad de las ciudades norteñas el pago del 15% del IVA más el 15% del DAP aumenta en un 20% la facturación, por lo tanto es muy cuestionable definir el esquema tarifario anterior como regresivo.

Quinto. Que en el caso de las ciudades con climas extremosos la afectación económica que sufrieron los habitantes, derivada del deslizamiento mensual a través del índice anualizado, representó el último año más del 14%, es decir, el triple de la inflación oficial de 2001 y muy superior a los incrementos salariales.

Sexto. Que en el caso de los consumidores de la nueva tarifa DAP son muchas las razones por las que se puede incluir como tales y no en todos los casos por ingresos altos, ya que en invierno en estas ciudades es casi el mismo consumo de energía en los hogares para mantener condiciones aceptables de vida ante el crudo invierno.

Séptimo. Que los acuerdos publicados el 7 de febrero y el 8 de abril han puesto en una situación difícil a las familias de menores ingresos y de las clases medias, por el incremento de las tarifas eléctricas, causándoles un gran impacto tanto económico como social en las regiones de climas extremosos y de humedad relativa, ya que el porcentaje del salario que destinan para el pago de luz es sustancialmente mayor al que se destina en otras regiones del país.

Octavo. Porque como parte importante de nuestra función es la de ser la Cámara de Diputados la auténtica representación popular responsable de cuidar los intereses de nuestros representados, proponemos a esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente:

DECRETO

Por el que se reforman los artículos 12 y 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Artículo primero. Se reforma el artículo 12 de la ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para quedar como sigue:

“VI Acordar el ajuste, modificación o reestructuración de las tarifas en los casos de emergencia previstos en el artículo 31.

VII. Aprobar y presentar oportunamente a la Cámara de Diputados la propuesta anual para la aplicación de las tarifas.”

Artículo segundo. Se reforma el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica para quedar como sigue: “el Congreso de la Unión fijará anualmente en la Ley de Ingresos, las tarifas aplicables a la prestación del Servicio Público de Energía Eléctrica, atendiendo a las necesidades de las empresas públicas que los prestan, a los requerimientos de la ampliación del servicio y a la raciona- lización del consumo de energía. Igualmente, establecerá los criterios y los rangos de las variaciones aplicables a dichas tarifas, por parte de la Comisión Federal de Electricidad para la prestación del servicio en horas de demanda máxima, mínima o las aplicables a una combinación de ambas”.

La Comisión Federal de Electricidad deberá presentar a la Cámara de Diputados su propuesta anual para el establecimiento de tarifas, a más tardar el 15 de noviembre de cada año, para la fijación definitiva de las tarifas. La comisión correspondiente de la Cámara de Diputados realizará las consultas necesarias con la Secretaría de Energía y con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La Comisión Federal de Electricidad deberá presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, una propuesta de las necesidades de subsidios al consumo de energía eléctrica para los consumidores domésticos que por razones de su situación económica o ubicación geográfica, lo requieran, esta propuesta deberá acompañarse al proyecto de establecimiento de tarifas que se presente ante la Cámara de Dipu- tados.

Con objeto de asignar las tarifas correctas y justas con el subsidio respectivo, la Comisión Federal de Electricidad y la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, deberán de tomar en cuenta las variaciones y diferencia de temperaturas que reconoce la Conagua y la CILA en climas extremosos, así como en climas de factor humedad relativa, registradas por sus aparatos de medición en sus lugares de ubicación con las temperaturas que se registran en las colonias y áreas donde residen los ciudadanos.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el proyecto de Egresos, deberá considerar las estimaciones necesarias para cubrir los subsidios indispensables en la prestación de este servicio con cargo al erario público y sin afectar las finanzas de la Comisión Federal de Electricidad, la Cámara de Diputados resolverá lo conducente.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Por única ocasión este decreto considera el 30 de noviembre de 2002, como fecha límite para la presentación al Congreso de las propuestas respectivas.

Tercero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto, cualesquiera menciones que aludan a la facultad que anteriormente se concedía a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para fijar las tarifas y reglamentos se extenderán referidas al Congreso de la Unión.

Cuarto. Quedan sin efecto los ajustes tarifarios efectuados durante el presente año y publicados en el Diario Oficial de la Federación de 7 de febrero y 8 de abril.

La Comisión Federal de Electricidad seguirá aplicando las tarifas que regían con anterioridad a dichos ajustes para que entren en vigor las nuevas tarifas dictaminadas en el presente decreto, por el Congreso de la Unión.

Presento esta iniciativa de decreto a nombre del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, suscribiéndolo todos los diputados integrantes del PRI, así como los integrantes del PRI de la Comisión de Energía.

Gracias.

«Iniciativa de decreto por el que se reforma los artículos 12 y 31 de la Ley del Servicio Público de Energía.

Ciudadana diputada Beatriz Elena Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Los suscritos, diputados de la LVIII Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 70, 71 y 73 fracción X, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sometemos a la consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa de decreto por el que se reforman los artículos 12 y 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Hemos señalado en diferentes foros la falta de equidad en la asignación de tarifas eléctricas por parte de la Junta de Gobierno que toma como base la media aritmética durante el día, situación a todas luces injusta para los ciudadanos de climas extremos y de humedad sofocante para quienes lo correcto sería una media ponderada por el número de horas con temperaturas calcinantes.

Asimismo, se ha dicho con justicia, que al carecer la Comisión Federal de Electricidad de los equipos necesarios para una adecuada medición de temperaturas toma como base las mediciones que la Conagua y la CILA realizan como un trabajo adicional y distinto para lo que son instalados y ubicados sus equipos de medición, ya que como todos sabemos, dichos equipos en la mayoría de los casos se ubican en los ríos, presas y áreas arboladas en razón de que es otra su función y que la temperatura que ellos registran, varía en varios grados centígrados la temperatura en que viven los habitantes de las ciudades, con el lógico perjuicio para los habitantes de que con esas temperaturas les impida tener acceso a otras tarifas con subsidio mayor pero de acuerdo a las condiciones climatológicas en que viven.

Aunado a todo esto y con la justificación de obtener mayores recursos, para que las empresas públicas de energía eléctrica pudieran otorgar un servicio de más calidad y con eficiencia, así como para evitar seguir subsidiando a usuarios con mayor consumo de energía y proteger al 75% de la población por ser los de menor ingreso publican un galimatías de decreto el 7 de febrero donde autorizan el ajuste, modificación y reestructuración a las tarifas para suministro de energía eléctrica reduciendo el subsidio a las mismas. Amén de crear una nueva tarifa de alto consumo.

Las consideraciones de este acuerdo oficialmente elaborado de manera impecable en cuanto a su orientación y objetivos, distan mucho de la realidad, ya que al analizar el articulado y contrastar las tarifas y rangos anteriores con los autorizados confirman las enormes diferencias que hay y las consecuencias fácilmente predecibles en su operación en la economía de los más amplios sectores de la población como oportunamente lo señalamos, no conforme con lo anterior, el Ejecutivo según su dicho, atendiendo al marcado reclamo popular de las ciudades de climas húmedos y cálidos extremosos expide un nuevo decreto el 8 de abril creando la tarifa 1-F, faltando una vez más a la verdad ya que dicha tarifa, lo único que ofrece es reestablecer el segundo rango intermedio de la tarifa 1-E que tenía hasta antes del decreto del 7 de febrero.

Por lo que este último acuerdo no resolvió en lo más mínimo el problema de los estados con temperaturas extremas, ya que surtió efecto para dos ciudades del país únicamente. Prueba de todo lo anterior, es el alto rechazo popular a ambas medidas en casi todo el país, problema que ha ido creciendo y ya son preocupantes las acciones de inconformidad que a lo largo del país se están realizando; la desesperación puede tomar cauces incontrolables, como puede observarse en el norte y sur del país donde han pasado ya en varios lugares, de la protesta pacífica a diversas acciones de movilización.

Hoy la realidad de los recibos hace estragos en las familias mexicanas que viven en climas extremosos, en donde el uso de la energía no es un privilegio tanto en el verano como en el invierno, ese recibo que no admite demagogia ni cifras manejadas, ha puesto a miles de familias en la disyuntiva de comer o pagar la luz como en el caso de los jubilados y pensionados que con su irrisoria pensión deben de dejar de medio comer o correr el riesgo de que les corten la luz.

CONSIDERANDOS

1. Que en el caso de todos los habitantes de las ciudades de climas extremos, es una necesidad el uso de la energía para contar con lo mínimo para tener una vida aceptable y digna, tanto en lo sofocante del verano y sobre todo en lo congelante del invierno, donde ahora el subsidio será todavía menor.

2. Que en el caso de estas regiones son inequitativas las reglas para la asignación de tarifas de uso doméstico por las condiciones climatológicas en que viven.

3. Que los sistemas de medición de temperaturas de la Conagua y la CILA, no reflejan la realidad de las temperaturas que se viven en las colonias.

4. Que como efecto de los consumos mayores por parte de las familias de clase socioeconómica media baja, media y alta, en realidad se ha pagado mucho más en proporción al consumo, lo que también ha repercutido en el pago de mayores proporciones de impuestos y derechos, ya que en casi la totalidad de las ciudades norteñas, el pago del 15% del IVA más el 5% de DAP, aumenta en un 20% la facturación por lo tanto es muy cuestionable definir el esquema tarifario anterior como regresivo.

5. Que en el caso de las ciudades con climas extremosos, la afectación económica que sufrieron los habitantes, derivada del deslizamiento mensual a través del índice anualizado representó durante el último año más del 14%, el triple de la inflación oficial de 2001 y muy superior a los incrementos salariales.

6. Que en el caso de los consumidores de la nueva tarifa DAC son muchas las razones por las que se les puede incluir como tales y no en todos los casos, por ingresos altos, ya que en el invierno, en estas ciudades es casi el mismo consumo de energía en los hogares para mantener condiciones aceptables de vida ante el crudo invierno.

7. Que los acuerdos publicados el 7 de febrero y el 8 de abril, han puesto en una situación difícil a las familias de menores ingresos y de las clases medias por el incremento de las tarifas eléctricas, causándoles un gran impacto tanto económico como social en las regiones de climas extremosos, ya que el porcentaje del salario que destinan para el pago de luz es sustancialmente mayor al que destinan en otras regiones del país.

8. Porque como parte importante de nuestra función es la de ser, la Cámara de Diputados, la auténtica representación popular, responsable de cuidar los intereses de nuestros representados, proponemos a esta de Cámara de Diputados, el siguiente:

Decreto

Por el que se reforman los artículos 12 y 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Artículo primero. Se reforma el artículo 12 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para quedar como sigue:

“La Junta de Gobierno deberá:

I a la V...

VI. Acordar el ajuste, modificación o reestructuración de las tarifas en los casos de emergencia previstos en el artículo 31.

VII. Aprobar y presentar oportunamente a la Cámara de Diputados la propuesta anual para la aplicación de las tarifas.”

Artículo segundo. Se reforma el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para quedar como sigue:

“El Congreso de la Unión fijará anualmente en la Ley de Ingresos las tarifas aplicables a la prestación del servicio público de energía eléctrica, atendiendo a las necesidades financieras de las empresas públicas que lo prestan; a los requerimientos de ampliación del servicio y a la racionalización del consumo de energía. Igualmente establecerá los criterios y los rangos de las variaciones aplicables a dichas tarifas por parte de la Comisión Federal de Electricidad para la prestación del servicio en horas de demanda máxima, demanda mínima o las aplicables a una combinación de ambas.

La Comisión Federal de Electricidad deberá presentar a la Cámara de Diputados su propuesta anual para el establecimiento de tarifas a más tardar el 15 de noviembre de cada año. Para la fijación definitiva de las tarifas la comisión correspondiente de la Cámara de Diputados realizará las consultas necesarias con la Secretaría de Energía y con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La Comisión Federal de Electricidad deberá presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público una propuesta de las necesidades de subsidios al consumo de energía eléctrica para los consumidores domésticos que por razones de su situación económica o ubicación geográfica lo requieran. Esta propuesta deberá acompañarse al proyecto de establecimiento de tarifas que se presente ante la Cámara de Diputados.

Con objeto de asignar las tarifas correctas con el subsidio respectivo, la Comisión Federal de Electricidad y la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, deberán tomar en cuenta las variaciones y diferencia de temperaturas que reconocen la Conagua y la CILA, así como el factor de humedad relativa, registradas por sus aparatos de medición en sus lugares de ubicación, con las temperaturas que se registran en las colonias y áreas rurales donde residen los ciudadanos.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el proyecto de Egresos, deberá considerar las estimaciones necesarias para cubrir los subsidios indispensables en la prestación de este servicio con cargo al erario público y sin afectar las finanzas de la Comisión Federal de Electricidad, la Cámara de Diputados resolverá lo conducente.

En casos excepcionales la Junta de Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad podrá acordar el ajuste, modificación o reestructuración de las tarifas que sean necesarios para atender la situación de emergencia, dando cuenta de inmediato a la Cámara de Diputados a fin de que determine lo conducente si se encuentra en sesiones o lo haga en el periodo ordinario inmediato siguiente acordando, en su caso, las modificaciones a la Ley de Ingresos que deben realizarse.”

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Por única ocasión, este decreto considera el 30 de noviembre de 2002 como fecha límite para la presentación al Congreso de las propuestas respectivas.

Tercero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto. Cualesquiera menciones que aludan a la facultad que anteriormente se concedía a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para fijar las tarifas se entenderán referidas al Congreso de la Unión.

Cuarto. Queda sin efecto los ajustes tarifarios efectuados durante el presente año y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero y el 8 de abril de 2002. La Comisión Federal de Electricidad seguirá aplicando las tarifas que regían con anterioridad a dichos ajustes hasta que entren en vigor las nuevas tarifas dictaminadas en los términos del presente decreto.

Palacio Legislativo, a 14 de noviembre de 2002.— Diputados: Marco Antonio Dávila Montesinos, Eduardo Andrade Sánchez, Armín José Valdés Torres, Jesús de la Rosa Godoy, Miguel Arizpe Jiménez, Marco Antonio Dávila Montesinos, Benjamín Ayala Velázquez, Francisco Cárdenas Elizondo, Rafael Rodríguez Barrera, Narciso Alberto Amador Leal, Andrés Carballo Bustamante, José Manuel Medellín Milán, Gustavo Adolfo González Balderas,Rafael López Hernández, Marcos Paulino López Mora, Luis Priego Ortiz, Carlos Antonio Romero Deschamps, Raúl Efrén Sicilia Salgado, José del Carmen Soberanis González, Jesús Adolfo Tarcena Martínez, Eduardo A. Leines Barrera, Víctor Manuel Gandarilla, Reyes, Antonio Silva B., Juan M. Martínez Nava, Miguel Vega P., Aarón Irizar López, Rubén García Farías, Roberto Zavala E., Lorena Beaurregard, Adrián Valdés Torres y Ramón Villar Martínez.»

Presidencia del diputado Eric Eber Villanueva Mukul

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Gracias, señor diputado.

Túrnese a la Comisión de Energía.

 

LEY GENERAL DE SALUD

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Tiene la palabra el diputado Fernando Pérez Noriega del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional para presentar una iniciativa que reforma la Ley General de Salud en materia de donación y transplantes de órganos.

El diputado Fernando Pérez Noriega:

Con el permiso de la Presidencia:

Siguiendo el acuerdo parlamentario, voy a hacer una síntesis de la iniciativa, pidiendo que en su momento la Presidencia instruya a quien corresponda para efecto de que se inserte en su totalidad en el Diario de los Debates.

Compañeras y compañeros diputados.

Diversas condiciones sociológicas, culturales, religiosas, políticas y jurídicas han sido obstáculos en la evolución de los transplantes de órganos. Es indispensable el fortalecimiento de una cultura que favorezca la donación de órganos y tejidos para en consecuencia mejorar la atención e incrementar las expectativas de salud de los pacientes que requieren de un transplante.

Los padecimientos crónico-degenerativos representan el 33% de la mortalidad en nuestro país, siendo susceptibles de atenderse mediante transplante alrededor de la mitad de esos casos.

La Ley General de Salud señala que el derecho a la protección de la salud tiene como finalidad, entre otras, la extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud.

Ciertos estamos de que es obligación de las autoridades prevenir la comercialización y tráfico de órganos, pero ello no se va a lograr coartando las posibilidades de efectuar un transplante entre vivos al restringirlo únicamente a la donación entre familiares. Ello es, en sí, un retroceso y un terrible inhibidor de la donación como un acto esencialmente altruista.

Es de señalarse que han sido debidamente tipificadas como delitos en la Ley General de Salud, las figuras relativas al tráfico internacional de órganos y la comercialización de éstos.

Por otro lado, lo transmitido por medios masivos de comunicación a este respecto, es en muchas veces inverosímil, en virtud de que la extracción de un órgano de manera ilícita, requiere de una infraestructura muy amplia y costosísima, además de una serie de análisis clínicos minuciosos, que permitan comprobar la compatibilidad entre donador y receptor, ya que de lo contrario, el órgano no serviría de nada a quien lo obtuviere.

No debemos perder de vista los beneficios que un transplante exitoso implica, el equipo médico cumple con la tarea de mejorar y prolongar la vida del paciente, el receptor ve incrementada y mejorada su calidad de vida y se incrementa el prestigio científico y técnico de nuestro Sistema Nacional de Salud, lo cual resulta en su conjunto y a todas luces, benéfico para nuestro país, toda vez que se incrementa el capital humano y el estado cumple con su obligación en materia de salud.

Para citar un ejemplo de la importancia de esta materia, debemos señalar que la incidencia de insuficiencia renal asciende al año a 100 casos nuevos por cada millón de habitantes y que la mitad de ellos son susceptibles de tratamiento por transplante, esto significa que es necesario realizar 5 mil transplantes renales al año.

El Registro Nacional de Trasplantes estimó que se requieren anualmente 10 mil córneas, 500 hígados, 500 corazones para ser transplantados. Estos datos sugieren promover la cultura de donación intervivos, incentivar la aceptación de donación de órganos de cadáveres, urge un esfuerzo conjunto de legisladores, autoridades, medios de comunicación y sociedad civil en pro de la cultura referida.

La obtención de órganos de cadáver en México es muy reducida, existen condiciones socioculturales de la población, que dificultan la aceptación de esta práctica, pero el mayor problema es la apatía de la gente, es nuestro deber trabajar, para que la oferta de órganos se acerque a la demanda, incrementar la oferta de órganos es una tarea que nos corresponde a todos.

Es relevante la participación de los líderes morales de las principales regiones de occidente, quienes se han sumado a este acto de fraternal solidaridad, como lo ha hecho el Papa Juan Pablo II, quien textualmente señaló, y lo cito: “los transplantes son la gran conquista de la ciencia al servicio del hombre y no son pocos los que en nuestros días sobreviven, gracias al transplante de un órgano.

Por esto en la carta encíclica Evangelium Vitae, recordé que entre los gestos que contribuyen a alimentar una auténtica cultura en la vida, merece especial reconocimiento la donación de órganos, realizada según criterios éticamente aceptables, para ofrecer una posibilidad de curación e incluso de vida a enfermos tal vez sin esperanzas”. Ahí termina la cita.

En este orden de ideas, debemos pugnar porque terceras personas, como lo son los familiares, no puedan contravenir lo dispuesto inclusive a través de la aceptación tácita por el disponente originario.

La aceptación tácita no implica que el Estado se convierta en propietario de los cadáveres, toda vez que la disposición está limitada. No sólo al destino señalado sino por el factor tiempo, ya que sólo se cuenta con unas cuantas horas, para obtener los órganos susceptibles a ser transplantados.

La reforma sugerida, no atenta contra el derecho que los familiares tienen para dar al cuerpo del occiso el culto posmortem, de acuerdo con sus costumbres sociológicas y religiosas.

La fórmula de la aceptación tácita o de la no constancia en la oposición expresa, exalta los principios de solidaridad y altruismo, y en consecuencia incentiva la cultura de la donación, con pleno respeto a la libertad de creencias y de culto.

En la medida en que se incremente la oferta de órganos, los familiares de personas enfermas menos necesidad tendrán de acudir a prácticas ilícitas para su obtención.

Se propone que la negativa de donación cadavérica, se plasme en la cédula de identidad ciudadana, misma que dará la certeza que la voluntad de quien no desee donar sus órganos con posterioridad a su defunción, será plenamente respetada, salvaguardándose con ello su derecho de objeción de conciencia.

El principal objetivo de la iniciativa que hoy sometemos al pleno, es la de facilitar la praxis de los trasplantes de órganos en sus dos hipótesis: intervivos y posmortem, para satisfacer la indiscutible necesidad de quienes requieren un órgano para seguir viviendo.

Es así que se propone la modificación del artículo 324 de la Ley General de Salud, que regula la aceptación tácita para eliminar el requisito de obtener el consentimiento de un tercero para que prevalezca la voluntad, ya sea expresa o tácita del donante.

Asimismo, se propone determinar y precisar que el documento público en el que deberá constar en su caso la negativa a donar, será la cédula de identidad ciudadana prevista en la Ley General de Población.

Por otro lado, se sugiere derogar el artículo 325, toda vez que en el texto sugerido por el artículo 324, se contempla tanto la condición de que se verifique la pérdida de la vida del donante para que opere el consentimiento tácito, como la de limitación del trasplante como único fin de la extracción de los órganos bajo esta hipótesis.

Asimismo, se sugiere derogar la fracción VI del artículo 333, eliminando con ello el requisito de parentesco para practicar la donación entre vivos por las razones ya expuestas.

Compañeras y compañeros legisladores: tenemos frente a nosotros una importante oportunidad para que el Estado cumpla con la impostergable obligación de satisfacer el derecho a la protección de la salud que tiene el pueblo de México.

Culmino esta exposición citando las palabras del doctor Lucio Shishione, quien de manera muy acertada señala que “con la donación de órganos, y lo cito, se dibuja un singular cruce entre muerte y vida; chispas de vida saltan al reino de la muerte, de un cadáver de quien es ahora muerte se extrae algo que a otros les permitirá prevalecer sobre la muerte ya inminente y continuar viviendo sanos. La muerte entonces ha cambiado de rostro”.

Muchas gracias por su atención.

 «Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley de Salud en materia de donación de órganos y trasplantes.

Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión.— Presente.

Los suscritos diputados, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley General de Salud, misma que se fundamenta y motiva en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Durante el transcurso del Siglo XX se dio una espectacular revolución científica y tecnológica en el campo de la biología y particularmente en el de la medicina, campo en el que surgieron diversas especialidades quirúrgicas, entre las que destacó, en la segunda mitad del siglo, la denominada medicina de trasplantes.

La ciencia jurídica ha procurado regular este quehacer humano, con la finalidad de evitar los conflictos que pudieran surgir de esta importante actividad, sin embargo, el avance de la bioética y de la ciencia jurídica, no ha sido tan rápido como el de la ciencia médica, por lo que subsisten tópicos susceptibles de perfeccionamiento legal con un sustento bioético.

En la historia de esta especialidad, se han tenido que enfrentar barreras de diversos tipos, como las técnicas, las cuales en su mayoría han sido resueltas, tales como la incompatibilidad inmunológica y el subsecuente rechazo a los tejidos implantados, situaciones que han sido salvadas gracias al descubrimiento de inmunosupresores; la preservación de los órganos a trasplantar; y la depuración de las técnicas quirúrgicas de extirpación e implantación, entre otras. Sin embargo, el problema más difícil de salvar ha sido el relativo a la dificultad que implica la obtención de órganos.

Aunado a lo anterior, diversas condiciones sociológicas, culturales, religiosas, políticas y jurídicas, han sido también obstáculos en la evolución de esta disciplina, circunstancias que también se han tenido que superar. La promoción de una cultura que favorezca la donación de órganos y tejidos en nuestro país, permitirá facilitar su obtención y, en consecuencia, mejorar la atención e incrementar las expectativas de salud de los pacientes que requieren de un trasplante.

El derecho que toda persona tiene a la protección de su salud, está previsto en el párrafo tercero del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, derecho que supone el acceso a los servicios de salud, para restaurar y mantener el bienestar biosicosocial.

En México se realizó el primer trasplante de córnea en 1958, en 1963 el primero de riñón, proveniente de donador fallecido y en 1967 se creó el Programa Nacional de Trasplantes en la entonces Secretaría de Salubridad y Asistencia en coordinación con el Instituto Nacional de la Nutrición, y posteriormente en este mismo instituto se inauguró la Unidad de Trasplantes. En el año de 1984 se publicó la Ley General de Salud, en donde por primera vez se legisló en materia de donación de órganos, medicina de trasplantes y muerte cerebral, en el Título XIV de la citada legislación, luego en 1985 tuvo lugar el primer trasplante de hígado; en 1987 se llevó a cabo el de páncreas y en 1988 el de corazón.

En el año de 1987, se reformó la Ley General de Salud y se sentaron las bases para la realización de trasplantes, se implementaron normas técnicas, se creó el Programa y el Registro Nacional de Trasplantes. La Norma Técnica 323 para la disposición de órganos y tejidos de seres humanos con fines terapéuticos de 1988 fue decretada con objeto de uniformar los criterios de operación de los integrantes del Sistema Nacional de Salud. Se sentaron bases de coordinación entre la Secretaría de Salud y la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (1989) y entre la primera y la Procuraduría General de la República (1991).

En 1991 se consolidaron los trasplantes altruistas como medio para disminuir la tasa de mortandad y se redujo de 12 a seis horas el periodo para comprobar los signos de muerte, con lo cual se estableció el término de muerte cerebral, previsión de suma importancia para el caso de donación cadavérica. En 1994 la Secretaría de Salud emitió la Norma Oficial Mexicana de Emergencia para la Disposición de Organos y Tejidos de Seres Humanos con Fines Terapéuticos.

Dentro de los esfuerzos normativos recientes en esta materia, destacan: la creación del Consejo Nacional de Trasplantes en enero de 1999 y la reforma a la Ley General de Salud, en su Título XIV, referente a la “donación, trasplantes y pérdida de la vida”, publicada el 26 de mayo del 2001 en el Diario Oficial de la Federación, que crea el Centro Nacional de Trasplantes, regula la donación de órganos y actualiza el marco jurídico para que las técnicas de medicina de trasplantes, beneficien a todos los mexicanos.

En esta breve síntesis se puede observar el creciente interés y avances científicos en materia de trasplantes en México, sin embargo la donación de órganos no ha tenido logros paralelos. Según establece el Programa de Acción de Trasplantes de la Secretaría de Salud, los padecimientos crónico-degenerativos representan el 33% de la mortalidad en nuestro país, siendo susceptibles de atenderse mediante trasplante alrededor de la mitad de estos casos.

Sin embargo, la reforma del 2000 insertó en la Ley General de Salud el parentesco entre donador y receptor como requisito para efectuar el trasplante (fracción VI del artículo 333). Restricción que, al coartar la posibilidad de efectuar un trasplante entre personas que no sean familiares aun cuando se satisficiere el requisito de compatibilidad se contrapone a lo previsto por la fracción IV del artículo 2o. de este mismo ordenamiento, en donde se señala que el derecho a la protección de la salud tiene como finalidad, entre otras, “la extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud”.

Aun cuando la intención del Ejecutivo Federal, autor de esta iniciativa, fue la de “evitar el comercio de órganos”, debemos entender, que este obstáculo para la donación no es la vía idónea para evitarlo. Ciertos estamos de que es obligación de las autoridades prevenir la comercialización y tráfico de órganos, pero ello no se va a lograr coartando las posibilidades de efectuar un trasplante entre vivos al restringirlo únicamente a la donación entre familiares, ello es, en sí, un retroceso y un terrible inhibidor de la donación como un acto esencialmente altruista.

En este orden de ideas, compete también a la ley prever y sancionar a quien cometa estas conductas que ya han sido debidamente tipificadas en el Capítulo VI del Título Decimoctavo de la propia Ley General de Salud, denominado delitos, en el que el artículo 461 prevé la sanción aplicable al tráfico internacional de órganos y el 462 las penas aplicables a quien realice alguna actividad ilícita relativa a la obtención de órganos, precepto que a la letra dice:

“Se impondrá de cuatro a 10 años de prisión y multa por el equivalente de 4 mil a 10 mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate:

I. Al que ilícitamente obtenga, conserve, utilice, prepare o suministre órganos, tejidos y sus componentes cadáveres o fetos de seres humanos;

II. Al que comercie o realice actos de simulación jurídica que tengan por objeto la intermediación onerosa de órganos, tejidos incluyendo la sangre, cadáveres, fetos o restos de seres humanos; y

III. Al que trasplante un órgano o tejido sin atender las preferencias y el orden establecido en las listas de espera a que se refiere el artículo 336 de esta ley.

Si intervinieran profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud, se les aplicará, además suspensión de uno a tres años en el ejercicio profesional, técnico o auxiliar y hasta cinco años más, en caso de reincidencia.”

En tal virtud, resulta totalmente innecesario el candado que la fracción VI del referido artículo 333 significa. No está por demás señalar que en nuestro país formalmente no existe el mercado de órganos y que lo transmitido por medios masivos de comunicación a este respecto, es en muchas ocasiones inverosímil, en virtud de que la extracción de un órgano de manera ilícita y en contra de la voluntad de la persona sería sumamente difícil, toda vez que, de acuerdo con lo manifestado por expertos en esta materia, se requiere de una infraestructura muy amplia (y por supuesto costosísima) que comprende cirujanos trasplantólogos, anestesiólogos, hospital, quirófano, terapia intensiva e, imprescindiblemente, una serie de análisis clínicos minuciosos que permitan comprobar la compatibilidad entre donador y receptor, ya que de lo contrario, el órgano no serviría de nada a quien lo obtuviere de forma ilícita y sin conocer los antecedentes del donador.

Por otro lado, no debemos perder de vista los beneficios que un trasplante exitoso implica: el equipo médico cumple con la tarea de mejorar y prolongar la vida del paciente; el receptor no sólo ve incrementada y mejorada su calidad de vida sino, además, su vida económicamente activa; al disminuir la dependencia externa en esta materia se incrementa el prestigio científico y técnico de nuestro sistema nacional de salud. Lo cual resulta, en su conjunto y a todas luces, benéfico para nuestro país, toda vez que se incrementa el capital humano y el estado cumple con su obligación en materia de salud.

Pese a tales ventajas, lo cierto es que el programa de trasplantes no ha sido tan eficaz y eficiente como debiera ser. Aun cuando la información estadística disponible no permite estimar con exactitud la demanda potencial de los diversos tipos de trasplantes, las principales causas de mortalidad en la población mexicana, proporciona una apreciación sobre la magnitud de tal demanda, ya que muchos de esos padecimientos pudieron haber sido resueltos mediante el trasplante de órganos o tejidos. Por ejemplo, sabemos que la incidencia de insuficiencia renal, asciende al año a 100 casos nuevos por cada millón de habitantes y que la mitad de ellos son susceptibles de tratamiento por trasplante, esto significa que es necesario realizar 5 mil trasplantes renales al año. Con esta metodología y con los datos disponibles de 1999, el Registro Nacional de Trasplantes, estimó que se requieren anualmente 7 mil riñones, 10 mil córneas, 500 hígados y 500 corazones, para ser trasplantados.

El Programa de Trasplantes reporta que, sin embargo, sólo el 30% de los casos de pacientes con insuficiencia renal, candidatos a trasplante, llegan a obtener el beneficio de este procedimiento, obteniéndose dos terceras partes del total de riñones de donantes vivos y sólo una tercera parte de donantes fallecidos.

Estos datos sugieren promover aún más y de manera decidida, la cultura de donación Inter-vivos e incentivar la aceptación de donación de órganos de cadáveres, ya que con lo que ahora se ha avanzado en medicina de trasplantes, muchos pacientes que esperan órganos podrían ser beneficiados.

Es indispensable, entonces, fomentar esta cultura para que las condiciones ideológicas faciliten la práctica de los trasplantes. Nuestra tarea como legisladores, es adecuar las disposiciones legales que incentiven la donación para beneficio de la población que ha visto menguada su salud. Urge un esfuerzo conjunto de legisladores, autoridades, medios de comunicación y sociedad civil en pro de la cultura referida.

Es relevante la participación de los líderes morales de las principales religiones de occidente, quienes se han sumado a este acto de fraternal solidaridad, como lo ha hecho el Papa Juan Pablo II, quien textualmente señaló que “los trasplantes son una gran conquista de la ciencia al servicio del hombre y no son pocos los que en nuestros días sobreviven gracias al trasplante de un órgano... Por esto, en la carta encíclica Evangelium Vitae recordé que, entre los gestos que contribuyen a alimentar una auténtica cultura de la vida merece especial reconocimiento la donación de órganos, realizada según criterios éticamente aceptables, para ofrecer una posibilidad de curación e incluso de vida, a enfermos tal vez sin esperanzas”.

Esta iniciativa respeta y promueve los principios de altruismo, solidaridad, gratuidad, información, consentimiento informado de los donantes vivos, comprobación de la no negación de los donadores fallecidos y la comprobación de la finalidad terapéutica, así como el respeto a la confidencialidad.

De acuerdo con la Ley General de Salud, se entiende por donación expresa la manifestación de la voluntad de la persona, con respecto de sus propios órganos, a través de un documento público o privado, en el que se podrá señalar, en su caso, si la donación se hace a persona determinada, así como las condiciones bajo las cuales se realizará, si las hubiere. Con esto se respeta cabalmente el derecho individual de libertad de disposición. Es éste un instrumento muy valioso para quien quiera dar un regalo de vida, acto que denota conciencia, altruismo y prevención, dado que todos estamos expuestos a sufrir algún accidente.

En cuanto a la donación tácita, el artículo 324 de la citada ley, actualmente señala que “Habrá consentimiento tácito del donante cuando no haya manifestado su negativa a que su cuerpo o componentes sean utilizados para trasplantes, siempre y cuando se obtenga también el consentimiento de alguna de las siguientes personas: el o la cónyuge, el concubinario, la concubina, los descendientes, los ascendientes, los hermanos, el adoptado o el adoptante; conforme a la prelación señalada.”

En países como España, Australia, Suecia, Suiza, Alemania, Francia y Dinamarca, se ha logrado que toda persona que fallezca se convierta automáticamente en donador, si no existe su disposición en contrario, sin que se requiera la autorización de familiares (disposición secundaria). En México, todavía es requisito la autorización de la familia para la donación cadavérica.

La obtención de órganos de cadáver en México es muy reducida, ya que para ser donador cadavérico es indispensable gozar de un perfecto estado de salud al momento de la muerte, lo cual evidentemente sólo es posible si el deceso se debe a un accidente y no a una enfermedad. Sólo una de cada 100 personas que fallecen puede ser considerada como donador idóneo.

Aunada a esta dificultad natural, existen condiciones socioculturales de la población que dificultan la aceptación de esta práctica; las fallas en la detección y tratamiento oportuno de los posibles candidatos; y quizás aún más, la apatía de la gente ante esta práctica cuando no la ha requerido para sí o para un familiar o persona cercana.

En México, los pacientes esperan un órgano para solucionar su padecimiento y mueren, en su mayoría, sin haberlo recibido, por lo que consideramos improrrogable toda instrumentación y adecuación legal tendiente a proveer a la solución de este problema: debemos procurar que la oferta de órganos se acerque a la demanda. Incrementar la oferta de órganos es una tarea que nos corresponde a todos.

De conformidad con el artículo 320 de la ley en comento “Toda persona es disponente de su cuerpo y podrá donarlo, total o parcialmente, para los fines y con los requisitos previstos en el presente título”, en virtud de lo cual, y puesto que las disposiciones vigentes de esta ley contemplan la aceptación tácita para la donación cadavérica, terceras personas, como lo son los familiares, no pueden contravenir lo dispuesto (incluso a través de la aceptación tácita) por el disponente originario.

La aceptación tácita no implica que el Estado se convierta en propietario de los cadáveres, toda vez que, como quedaría dispuesto por el artículo 324, únicamente podría disponerse de los órganos en cuestión, ex professo para trasplantes, disposición que está limitada no sólo por el destino señalado, sino por el factor tiempo, por lo que hace a los plazos (sumamente reducidos, de unas cuantas horas) para la obtención de los órganos susceptibles a ser trasplantados. Luego entonces, la reforma sugerida no atenta contra el derecho que los familiares tienen para dar al cuerpo del occiso el culto posmortem de acuerdo con sus costumbres sociológicas y religiosas.

La fórmula de la aceptación tácita o de la no constancia de la oposición expresa, exalta los principios de solidaridad y altruismo y, en consecuencia incentiva la cultura de la donación, con pleno respeto a la libertad de creencias y de culto. Ello nos debe llevar a considerar que en la medida en que se incremente la oferta de órganos, los familiares de personas enfermas menos necesidad tendrán de acudir, a prácticas ilícitas para su obtención.

Cabe destacar que la anotación relativa a la negativa de donación cadavérica en la cédula de identidad ciudadana daría la certeza de que la voluntad de quien no deseare donar sus órganos con posterioridad a su defunción, sería plenamente respetada, salvaguardándose con ello, su derecho de objeción de conciencia.

El principal objetivo de la iniciativa que hoy sometemos al pleno, es la de facilitar, como se asentó con antelación la donación y, en consecuencia, la praxis de los trasplantes de órganos, en sus dos hipótesis: Inter-vivos y posmortem. Con esta propuesta pretendemos adecuar la ley para estar en condiciones de satisfacer la indiscutible necesidad de quienes requieren un órgano para seguir viviendo.

En este orden de ideas se propone la modificación del artículo 324 de la Ley General de Salud que regula la aceptación tácita, para eliminar el requisito de obtener el consentimiento de un tercero para que prevalezca la voluntad (expresa o tácita) del donante. Asimismo, se proponen determinar y precisar que el documento público en el que deberá constar, en su caso, la negativa a donar, será la cédula de identidad ciudadana prevista en la Ley General de Población, artículos 104 y 105.

Por otro lado, se sugiere derogar el artículo 325, toda vez que en el texto sugerido para el artículo 324 se contempla, tanto la condición de que se verifique la pérdida de la vida del donante, para que opere el consentimiento tácito, como la delimitación del trasplante cómo único fin para la extracción de los órganos bajo esta hipótesis.

Finalmente, se sugiere derogar la fracción VI del artículo 333, eliminando con ello el requisito de parentesco para practicar la donación entre vivos, por las razones ya expuestas.

Compañeras y compañeros legisladores: tenemos frente a nosotros una importante oportunidad para que el Estado cumpla con la impostergable obligación de satisfacer el derecho a la protección de la salud, que tiene el pueblo de México. Es por ello que, conscientes de las bondades que contiene este proyecto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente

Iniciativa

Con proyecto de decreto por el que se adiciona y reforma la Ley General de Salud

Artículo primero. Se modifica el primer párrafo del artículo 324, para quedar como sigue:

“Artículo 324. Habrá consentimiento tácito del disponente cuando éste no haya manifestado su negativa a que, una vez que se confirme la pérdida de su vida, sus órganos, tejidos o componentes sean utilizados, exclusivamente, para fines de trasplantes.

La negativa expresa podrá constar en la cédula de identidad ciudadana prevista en la Ley General de Población. Las disposiciones reglamentarias determinarán la forma para hacer constar, en cualquier momento, esta negativa. En los casos en los que el interesado no manifieste su negativa a donar sus órganos, las autoridades tendrán por manifestada su aceptación.”

Artículo segundo. Se deroga el artículo 325 y la fracción VI del artículo 333 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

“Artículo 325. Derogado.

Artículo 333...

I a la V...

VI. Se deroga.”

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La modificación a los artículos 324 y 325 entrarán en vigor a los dos años de su publicación, plazo durante el cual, la Secretaría de Salud en coordinación con las autoridades competentes, deberá planear, normar, coordinar y ejecutar la transmisión de mensajes de concientización y promoción de la cultura de la donación, a través de los medios masivos de comunicación. Asimismo, durante el plazo de dos años antes referido, el Ejecutivo deberá proveer a la implementación del instrumento denominado cedula de identidad ciudadana, ya previsto en los artículos 104 y 105 de la Ley General de Población, en el que podrá constar, si así lo manifestare el interesado, la negativa expresa a donar sus órganos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 14 de noviembre de 2002.— Diputado Fernando Pérez Noriega.»

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Gracias, diputado.

Insértese íntegro en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria; asimismo túrnese a la Comisión de Salud.

 

LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Tiene la palabra la diputada Raquel Cortés López, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma la Ley General de Protección Civil, hasta por 10 minutos.

La diputada Raquel Cortés López:

Muchas gracias, señor Presidente:

Los suscritos diputadas y diputados a la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la Asamblea de esta Cámara la presente iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Protección Civil, con base en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

La iniciativa que traigo a esta soberanía, responde a la preocupación que como representantes populares y como mexicanos debemos tener para con los más vulnerables de nuestro pueblo: los adultos mayores, las personas con discapacidad y los niños ante cualquier desastre.

La tormenta tropical “Chantal”, los huracanes “Iries”, “Juliette”, “Isidore” y “Kenna”, las inundaciones en varios estados de la República, han dejado muchas secuelas sociales y económicas, pero estos fenómenos han golpeado a los que menos tienen y a los que menos se pueden defender.

La presente iniciativa tiene por objeto:

Primero. Ampliar el espectro de la protección civil establecida en el Sistema Nacional de Protección Civil y demás instrumentos gubernamentales en la materia a la integridad física de las personas, ya que la ley sólo habla de proteger la vida.

Segundo. Elevar a rango de ley la prioridad de los grupos vulnerables en todas las acciones de protección civil.

La guía de prevención de desastres editada por el Centro Nacional de Prevención de Desastres de la Secretaría de Gobernación, señala cito textualmente: “Cada desastre generalmente produce efectos perdurables y arroja un lamentable balance en cuanto a la pérdida de vidas humanas.” Este es el fin de la cita.

Datos tomadas de Atlas Nacional de Riesgos, indican que en el sismo de septiembre de 1999, en Oaxaca hubieron 35 muertos, más de 10 mil viviendas afectadas y daños estimados en 1 mil 424 millones de pesos.

Por las lluvias torrenciales en Puebla, Hidalgo, Tabasco y Oaxaca en octubre de 1999, el Atlas reporta 329 muertos, más de 295 mil damnificados. Hasta el momento sólo nos preocupamos por la vida; es decir, que nadie muera, pero ¿qué estamos haciendo por evitar que las personas no queden con una discapacidad el resto de sus vidas?

Ya hay estadísticas precisas sobre las secuencias que producen los desastres sobre la integridad física y mental de las personas. La discapacidad tiene uno de sus orígenes en los accidentes y de acuerdo con el glosario del XXII Censo General de Población y Vivienda, accidentes son situaciones fortuitas y de 7.7% de las personas con discapacidad encuentran su origen en los accidentes. En este rubro se encuentran todos los tipos de discapacidad: motriz, visual, auditivas y mentales. Tampoco tenemos estadísticas acerca de los impactos de los siniestros a los adultos mayores.

Por las anteriores razones es que promuevo reformar el artículo 10 de la Ley General de Protección Civil. Además de la reforma antes mencionada la presente iniciativa pretende actualizar los términos usados en el artículo 28 fracción II, personas minusválidas por personas con discapacidad; de tercera edad por adultos mayores y menores de edad por niñas y niños.

El término minusválido en nuestra legislación dejó de tener vigencia a partir de 1994, cuando se reformó y adicionó la Ley Aduanera que en su artículo 61 fracción XXV párrafo segundo, señalo cita: “se considera como persona con discapacidad la que debido a la pérdida o anormalidad de una estructura o función sicológica, fisiológica o anatómica, sufre la restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano”. Fin de la cita.

La palabra tercera edad, para definir a las personas mayores de 60 años, ha quedado fuera de uso ya que el pasado 25 de junio de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Ley Federal de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

Por lo que se refiere a la reforma del término de menores de edad, ésa se basa en la existencia de la Ley para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

En resumen, proponemos actualizar términos con base en nuevas leyes dirigidas a estos grupos vulnerables. Esta iniciativa pretende que los programas federales, estatales y municipales, consideren a los grupos vulnerables que hemos citado, en ella sean prioritarios, ya que existen un conjunto de factores que le impiden desarrollar plenamente los planes, programas de acciones de protección civil, en caso de desastre.

La lista sería enorme pero sólo mencionaremos los factores más importantes humanos. Velocidad, estos grupos por lo general son lentos. Agilidad, poca destreza por la edad o por la falta de algún miembro o facultad. Reflejos reducidos y lentos por edad avanzada. Los físicos, arquitectónicos, estructuras inaccesibles. Transporte, sin implementos mecánicos para el uso de grupos vulnerables.

Cabe desatacar que esta iniciativa es la respuesta para una de las líneas de acción que se ha propuesto realizar el Fondo de Desastres Naturales en materia de grupos vulnerables.

Finalmente, la iniciativa propone que en el artículo 39 se adicione una fracción III que obliga a las unidades estatales y municipales del Distrito Federal, a aplicar medidas de seguridad tendientes a identificar esos espacios físicos, a la población con alto grado de vulnerabilidad como son los adultos mayores, las personas con discapacidad y los demás que cita la fracción II del artículo 28 de esta ley, para que establezcan las medidas específicas en caso de riesgos inminentes.

Me refiero a que las unidades tendrán que contar con una radiografía de los grupos vulnerables: dónde están, cómo son, cuántos son, para saber qué hacer, cómo hacerlo y cuándo hacerlo.

Proponemos una protección civil en la que las más importantes sean las personas, su integridad física, en la que los grupos vulnerables sean prioridad en los programas y que éstos contemplen las características con alto grado de vulnerabilidad en caso de desastre.

Por lo antes expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente

iniciativa

De reformas y adiciones a la Ley General de Protección Civil.

Artículo primero. Se reforma el artículo 10, en su párrafo primero; el artículo 28 fracción II; el artículo 38 párrafo primero y se le adiciona un nuevo párrafo, así como la fracción III al artículo 39, para quedar como sigue:

“Ley General de Protección Civil

Artículo 10. El objetivo del sistema nacional es el de proteger a las personas en su integridad física y en su vida y a la sociedad ante la eventualidad de un desastre provocado por agentes naturales o humanos, a través de acciones que reduzcan o eliminen la pérdida de vidas, la afectación de la planta productiva, la destrucción de bienes materiales y el daño a la naturaleza, así como la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad.

Artículo 28. Se podrán elaborar programas especiales de protección civil cuando: fracción II, se trate de grupos específicos como personas con discapacidad, de adultos mayores, jóvenes, niñas y niños y grupos étnicos.

Artículo 38. En caso de riesgo eminente sin perjuicio de la declaratoria de emergencia y de lo que establezcan otras disposiciones, las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal ejecutarán las medidas de seguridad que les compete a fin de proteger la integridad física y la vida de la población y sus bienes, la planta productiva y el medio ambiente para garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.

La población objeto de los programas especiales previstos en el artículo 28, fracción II de esta ley serán objeto prioritario de todas las acciones de protección civil.

Artículo 39. Las unidades estatales, fracción III, identificación de la población con alto grado de vulnerabilidad y las medidas específicas en caso de riesgo inminente.”

ARTICULO TRANSITORIO

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

En virtud de lo anterior solicitamos que la presente iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Protección Civil sea turnada a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública de esta Cámara de Diputados.

Es cuanto. Muchísimas gracias.

«Los suscritos, diputados a la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la Asamblea de esta Cámara, la presente iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Protección Civil, con base en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

La iniciativa que traigo a está soberanía responde a la preocupación que como representantes populares y como mexicano debemos tener para con los más vulnerables de nuestro pueblo: los adultos mayores, las personas con discapacidad y los niños ante cualquier desastre. La tormenta tropical “Chantal”, los huracanes “Iris”, “Juliett”, “Isodore” y “Kenna”, las inundaciones en varios estados de la República han dejado muchas secuelas sociales y económicas; pero, estos fenómenos han golpeado a los que menos tienen y a los que menos se pueden defender.

La presente iniciativa tiene por objeto: primero, ampliar el espectro de la protección civil establecida en el Sistema Nacional de Protección Civil y demás instrumentos gubernamentales en la materia, a la integridad física de las personas, ya que la ley sólo habla de proteger la vida; y segundo elevar a rango de ley la prioridad de los grupos vulnerables en todas las acciones de protección civil.

La Guía de Prevención de Desastres editada por el centro nacional de prevención de desastres de la Secretaría de Gobernación, señala, cito textualmente: cada desastre generalmente produce efectos perdurables y arroja un lamentable balance en cuanto a la perdida de vidas humanas, fin de la cita.

Datos tomados del Atlas Nacional de Riesgos indican que en el sismo de septiembre de 1999 en Oaxaca hubieron 35 muertos, más de 10 mil viviendas afectadas y daños estimados en 1 mil 424 millones de pesos. En las lluvias torrenciales en Puebla, Hidalgo, Tabasco y Oaxaca en octubre de 1999 el Atlas reporta 329 muertos, más de 295 mil damnificados.

Hasta el momento sólo nos preocupamos por la vida, es decir que nadie muera. Pero, ¿qué estamos haciendo por evitar que las personas no queden con una discapacidad el resto de sus vidas? No hay estadísticas precisas sobre las consecuencias que producen los desastres sobre la integridad física y mental de las personas.

La discapacidad tiene uno de sus orígenes en los accidentes, y de acuerdo con el Glosario del XXII Censo General de Población y Vivienda: accidente son situaciones fortuitas. El 17.7% de las personas con discapacidad encuentran su origen en los accidentes. En este rubro se encuentran todos los tipos de discapacidad: motriz, visual, auditivas y mentales.

Tampoco tenemos estadísticas acerca de los impactos de los siniestros a los adultos mayores.

Por las anteriores razones es que promuevo reformar el artículo 10 de la Ley General de Protección Civil.

Además de la reforma antes mencionada la presente iniciativa pretende actualizar los términos usados en el artículo 28 fracción II: personas minusválidas por personas con discapacidad; de tercera edad por adultos mayores, y menores de edad por niñas y niños.

El término minusválido en nuestra legislación dejó de tener vigencia a partir de 1994 cuando se reforma y adiciona la Ley Aduanera, que en su artículo 61 fracción XXV párrafo segundo... señala, cito: “se considerará como persona con discapacidad la que debido a la pérdida o anormalidad de una estructura o función sicológica, fisiológica o anatómica, sufre la restricción o ausencia de la capacidad de rea-lizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano”, fin de la cita.

La palabra tercera edad para definir a las personas mayores de 60 años ha quedado fuera de uso, ya que el pasado 25 de junio de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

Por lo que se refiere a la reforma del termino menores de edad ésta se basa en la existencia de la Ley para la Protección de Niñas, Niños y Adolecentes.

En resumen: proponemos actualizar términos con base en nuevas leyes dirigidas a estos grupos vulnerables.

Esta iniciativa pretende que los programas federales, estatales y municipales consideren a los grupos vulnerables que hemos citado en ella sean prioritarios ya que existen un conjunto de factores que le impiden desarrollar plenamente los planes, programas y acciones de protección civil en caso de desastre.

La lista sería enorme, pero sólo mencionaremos los factores más importantes:

Humanos:

Velocidad: estos grupos, por lo general son lentos.

Agilidad: poca destreza por la edad o por la falta de algún miembro o facultad.

Reflejos: reducidos y lentos por edad avanzada.

Físicos:

Arquitectónicos. Estructuras inaccesibles.

Transporte: sin implementos mecánicos para el uso de grupos vulnerables.

Cabe destacar que esta iniciativa es la respuesta para una de las líneas de acción que se ha propuesto realizar el fondo de desastres naturales en materia de grupos vulnerables.

Finalmente, la iniciativa propone que en el artículo 39 se adicione una fracción III que obligara a las unidades estatales y municipales y del Distrito Federal aplicar medidas de seguridad tendientes a identificar en sus espacios físicos a la población con alto grado de vulnerabilidad como los son los adultos mayores, las personas con discapacidad y los demás que cita la fracción II del artículo 28 de esta ley para establecer las medidas específicas en caso de riesgo inminente.

Me refiero a que las unidades tendrán que contar con una radiografía de los grupos vulnerables: ¿Donde están? ¿Cómo son? ¿Cuántos son?, para saber que hacer, como hacerlo, cuando hacerlo.

Proponemos una protección civil en la que los más importante sean las personas, su integridad física; en la que los grupos vulnerables sean prioridad de los programas y que éstos contemplen las características de las personas con alto grado de vulnerabilidad en caso de desastre.

Por lo antes expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía, la siguiente

 INICIATIVA

De reformas y adiciones a la Ley General de Protección Civil:

Artículo único. Se reforma el artículo 10 en su párrafo primero; el artículo 28 fracción II; el artículo 38 párrafo primero y se le adiciona un nuevo párrafo; así como la fracción III al artículo 39, para quedar como sigue:

Ley General de Protección Civil

“Artículo 10. El objetivo del Sistema Nacional es el de proteger a las personas en su integridad física y en su vida y a la sociedad ante la eventualidad de un desastre, provocado por agentes naturales o humanos, a través de acciones que reduzcan o eliminen la pérdida de vidas, la afectación de la planta productiva, la destrucción de bienes materiales y el daño a la naturaleza, así como la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad.

. . .

Artículo 28. Se podrán elaborar programas especiales de protección civil cuando:

I...

II. Se trate de grupos específicos, como personas con discapacidad, de adultos mayores, jóvenes, niñas y niños y grupos étnicos.

Artículo 38. En caso de riesgo inminente, sin perjuicio de la emisión de la declaratoria de emergencia y de lo que establezcan otras disposiciones, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, estatal y municipal ejecutarán las medidas de seguridad que les competan, a fin de proteger la integridad física y la vida de la población y sus bienes, la planta productiva y el medio ambiente, para garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.

La población objeto de los programas especiales previstos en el artículo 28 fracción II de esta ley serán objetivos prioritarios de todas las acciones de protección civil.

Artículo 39. Las unidades estatales...

I y II...

III. Identificación de la población con alto grado de vulnerabilidad y las medidas específicas en caso de riesgo inminente y

IV...”

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En virtud de lo anterior, solicitamos que la presente iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Protección Civil sea turnada a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública de esta Cámara de Diputados.

México, DF., a 14 de noviembre de 2002.— Diputados: Raquel Cortes López, Miguel Barbosa, Magdalena García González y Luis Herrera Jiménez.»

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Gracias, diputada.

Insértese íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, como lo ha solicitado la ponente.

 

LEY DE ASCENSO Y RECOMPENSAS DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA NACIONALES

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Tiene la palabra el diputado Alfredo Ochoa Toledo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales, hasta por 10 minutos.

El diputado Alfredo Ochoa Toledo:

Señoras y señores legisladores:

Los legisladores que suscribimos la presente iniciativa, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por lo que establecen los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales.

El propósito fundamental que motiva la presente iniciativa, es el de actualizar su marco jurídico otorgando certeza legal a quienes deben su observancia.

Se busca evitar en la práctica cualquier situación que pudiera ser considerada de privilegio y que por consecuencia afecte negativamente la moral y disciplina del personal militar.

En su implementación destacan fundamentalmente los siguientes aspectos:

Primero. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 89 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 29 de la Ley de Ascensos establece que: “los ascensos a los grados de coronel, general brigadier o de grupo, general de brigada o de Ala y de división, serán conferidos por el Presidente de la República atendiendo preferentemente al mérito, aptitud y competencia profesionales, a juicio de dicho alto funcionario”.

Para evitar malos entendidos o que se interprete que los ascensos pudieran ser selectivos o discrecionales, a dicho artículo se le adiciona la facultad de nombrar un cuerpo colegiado integrado por generales y otros elementos de apoyos para constituir la Comisión de Evaluación para la Promoción Superior. Este organismo ya existe y ha venido funcionando con eficiencia y eficacia desde 1989.

Hoy por decimacuarta vez consecutiva ha aportado los elementos de juicio que permitirán al Presidente de la República decidir con transparencia quiénes serán los ascendidos en estos altos grados, el próximo 20 de noviembre.

En una segunda adición al propio artículo 29 se precisa que los aspirantes al ascenso deberán tener por lo menos cuatro años de antigüedad en el grado que ostenten y los tiempos mínimos de servicio siguientes:

Los tenientes coroneles, 23 años; los coroneles, 27 años; los generales brigadieres o de grupo, 31 años y los generales de brigada de Ala, 35 años.

Actualmente la Comisión de Evaluación está integrada por el subsecretario de la Defensa Nacional, quien actúa como presidente, el oficial mayor, el inspector y contralor general, el comandante de la Fuerza Aérea y el jefe de Estado Mayor de la Secretaría, actúan como vocales, siendo auxiliares de la misma los directores generales de las armas y de los servicios.

Segundo. Por lo que respecta a la promoción especial se modifica la antigüedad: los subtenientes egresados de las escuelas o cursos de formación de oficiales, podrán ser ascendidos al grado de teniente fuera de concurso al cumplir dos años de antigüedad en el grado, en lugar de los tres establecidos, además de cumplir con los requisitos señalados en el instructivo correspondiente.

Tercero. Por lo que se refiere al personal militar que se de-sempeña como profesores o instructores en planteles de educación militar, los ayudantes del Presidente de la República, del secretario, subsecretario u oficial mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional, y los encuadrados en los estados mayores y en los cuarteles generales de las grandes unidades, mencionados en los artículos 15 y 18 de la Ley de ascensos, se adiciona que se les compute por una sola vez su estancia en dichas comisiones como tiempo de servicio en unidades del activo en cuarteles para efectos de la promoción general, en el entendido que para participar en concurso de selección posteriores, deberán dar estricto cumplimiento a los artículos 15 y 17 de la Ley de Ascensos y Recompensas.

Con lo anterior se fortalece el ejercicio del mando y permite que éste se ejerza en todas las jerarquías que la ley señala. En resumen, el ejercicio del mando, la estancia en cuarteles y el contacto con las tropas, refuerzan el perfil profesional del militar.

Cuarto. En virtud de que la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos vigente ya no contempla la clasificación de ramas de la Fuerza Aérea, éstas quedan suprimidas en los artículos 4o., 10, 11, 15, 17 y 38 de la Ley de Ascensos, haciéndose las modificaciones correspondientes.

Quinto. Se actualiza el título segundo de la referida ley en relación a las recompensas militares, adicionando al artículo 45 tres condecoraciones:

La condecoración de Retiro que se otorga a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea que causen baja del servicio activo y que hayan prestado más de 45 años de servicios efectivos.

La condecoración al Mérito en la campaña contra el narcotráfico que se concede a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos o a civiles que en cumplimiento de su deber realicen actos de notoria trascendencia en la lucha contra los estupefacientes y en sus resultados, entregándose a la esposa o familiares en grado cercano en caso de muerte de aquéllos.

Y la condecoración de la Legión de Honor Mexicana que se otorga por el Estado mexicano a las personas que pertenecen o que en lo sucesivo ingresen a dicha institución.

Sexto. Finalmente esta iniciativa se propone derogar los artículos transitorios 2o. y 3o., en virtud de que ambos ya han cumplido con los propósitos previstos en cada uno de ellos. De igual forma se propone modificar la última parte del artículo sexto transitorio en razón a que la Armada de México ya dispone de una normatividad específica en materia de ascensos y recompensas.

Con el de la voz suscriben esta iniciativa los diputados que se mencionan: José Alvaro Vallarta Ceceña, del Partido Revolucionario Institucional; José Alfredo Botello Montes, del Partido Acción Nacional; César Horacio Duarte Jáquez, del Partido Revolucionario Institucional y Julieta Prieto Furhken, del Partido Verde Ecologista de México.

Es cuanto, señor Presidente.

«Ciudadano Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura.— Presente.

Los legisladores que suscribimos la presente iniciativa, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por lo que establecen los artículos 55 fracción II 56 y 62 del Reglamento par el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; presentamos a la consideración de esta honorable Asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales, al tenor de la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Ascenso en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, es el acto del mando mediante el cual se confiere al militar un grado superior en el orden jerárquico. Estos actos se confieren atendiendo conjuntamente a los requisitos que previene el artículo 7o. de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales.

El propósito fundamental que motiva la presente iniciativa de reformas y adiciones a la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales que data de 1955, es el de actualizar el marco jurídico otorgando certeza legal a quienes deben su observancia. Se busca evitar en la práctica, cualquier situación que pudiera considerarse de privilegio y que por tanto pudiera afectar la moral y disciplina del personal militar.

Por lo que se refiere al personal militar que se desempeña como ayudantes de altos funcionarios militares o como profesores o instructores en planteles de educación militar, se les compute por una sola vez, su estancia en dicha comisiones como tiempo de servicios en unidades del activo en cuarteles para efectos de promoción, en el entendido de que para participar en concursos de selección posteriores deberán dar estricto cumplimiento a los artículos 15 y 17 de la Ley de Ascensos y Recompensas.

Como elemento importante en la formación profesional del militar, se considera el hecho de que entre grado ejerza el mando de su arma o servicio en cuarteles por el término que señala la ley. En resumen el ejercicio del mando, la estancia en cuarteles y el contacto con las tropas refuerzan el perfil profesional del militar.

En la iniciativa, se propone reformar y adicionar el tercer párrafo del artículo 24, ya que el proceso de revisión de inconformidades en la promoción, no implica falta de ajuste a disposiciones legales o desestimación de constancias existentes, ya que estas acciones en un momento dado podrían constituirse en un delito.

La inclusión en la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales de la Comisión de Evaluación para la Promoción Superior, que ha venido operando con gran eficiencia y eficacia a partir de 1989. La comisión en mención, se encarga de aportar los elementos de juicio que permitan al mando supremo otorgar los ascensos a los grados de coronel, general brigadier o de grupo, de brigada o de ala y división, con certeza.

Este cuerpo colegiado, integrado por generales de división y otros elementos de apoyo, actualmente está formado por el subsecretario de la Defensa Nacional, quien actúa como presidente de la misma; el oficial mayor, el inspector y contralor general, el comandante de la Fuerza Aérea Mexicana y el jefe del Estado Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional, actúan como vocales; el jefe de la sección primera del Estado Mayor de la Defensa Nacional funge como secretario de la comisión y los directores generales de las armas y servicios son auxiliares de esta comisión.

En las adiciones al artículo 29 se precisan los tiempos mínimos de servicios para efectos de promoción, en las jerarquías de teniente coronel a general de brigada o de ala para evitar que militares con menor tiempo de servicios de los que marca la ley sean considerados para obtener un ascenso al grado inmediato superior; asimismo en el mencionado artículo se establece la facultad del Secretario de la Defensa Nacional para designar a los generales que integren la Comisión de Evaluación para la promoción superior como organismo dictaminador en la materia.

Se actualiza el Título Segundo de la ley en cuestión relativo a las recompensas militares por hechos meritorios instituyéndose las condecoraciones de retiro que se otorga a militares que por 45 años o más prestaron sus servicios al instituto armado en forma ininterrumpida y decorosa, la de la Legión de Honor, por haber servido en forma destacada y honorable por 30 años o más en el Instituto Armado y la condecoración en la Campaña de Lucha contra el Narcotráfico que se otorga a miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos o a civiles, quienes han demostrado su de-sempeño en esta actividad con honestidad y patriotismo y que realicen actos de notoria trascendencia que además motiven y sirvan de ejemplo a todos los mexicanos.

En virtud de que la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos vigente, ya no contempla la clasificación de ramas de la Fuerza Aérea, ésta queda suprimida en los artículos 4o., 10, 11, 15, 17 y 38 de la propia ley.

Finalmente, se propone derogar los artículos segundo y tercero transitorios, en virtud de que ambos han cumplido con los propósitos previstos en cada uno de ellos. De igual forma se propone modificar la última parte del artículo sexto transitorio, en razón a que la Armada de México cuenta ya con una normatividad específica en materia de ascensos y recompensas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, presentamos ante esta soberanía la siguiente

INICIATIVA

Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales.

Artículo primero. Se reforma y adiciona el párrafo segundo del artículo 4o.; se reforman los artículos 10 y 11; se reforman y adicionan las fracciones II, III apartado A letra a, apartado B letra a numeral 1 y 3, letra b numeral 3, apartado C letra a numeral 1 y 3, y letra b numeral 4 del artículo 15; se reforma el primer párrafo del artículo 16; se reforma y adiciona la fracción III apartado A letra a y c, apartado B letra d del artículo 17; se adiciona el artículo 18; se reforma y adiciona el párrafo tercero del artículo 24; se adiciona el artículo 29 y se agregan dos párrafos al mismo artículo; se adicionan las fracciones IX, X y XI al artículo 45; se reforma la fracción II del artículo 52, y se adicionan los artículos 52-bis-2 bis-3 y bis-4 y se reforma el artículo 63, para quedar como sigue:

Artículo 4o. . .

De cabo a coronel, el ascenso será conferido precisamente dentro de la misma arma o servicio. Desde general brigadier o de grupo a general de división, no se expresará la procedencia de los militares de arma, pero si su clasificación técnica, en caso de que cuenten con ella.

Artículo 10. Son requisitos indispensables para el ascenso de cabo a sargento segundo y de sargento segundo a sargento primero, que el interesado tenga una antigüedad mínima en el grado, de un año; haya servido durante ese tiempo encuadrado en unidades de su arma o en funciones militares propias de su especialidad los de servicio y apruebe el curso respectivo en la escuela de clases que corresponda

Artículo 11. Son requisitos indispensables para el ascenso de sargento primero a subteniente, que el interesado tenga una antigüedad mínima en el grado, de un año y haya servido durante ese tiempo encuadrado en las unidades de su Arma o en funciones militares propias de su especialidad los de Servicio, y que aprueben el curso respectivo en las escuelas de formación de oficiales.

Artículo 15. . .

I. . .

II. Tener como mínimo en el grado que ostenten, la antigüedad siguiente:

Subtenientes: dos años.

Tenientes: tres años.

Capitanes 2os: tres años.

Capitanes 1ros: tres años.

III. . .

A. . .

a. De Arma, en las unidades del activo en cuarteles, o en las unidades de vuelo los de Fuerza Aérea.

b. . .

B. . .

a. De Arma, tres años como mínimo en cualesquiera de las situaciones siguientes:

1. En las unidades del activo en cuarteles o en las unidades de vuelo los de Fuerza Aérea

2. . .

3. Como profesores o instructores, encuadrados en esos establecimientos; siempre y cuando no duren en esta situación más de tres años; y

4. . .

El resto del tiempo. . .

b. . .

1. . .

2. . .

3. Como profesores o instructores, encuadrados en esos establecimientos; siempre y cuando no duren en esta situación más de tres años; y

4. . .

El resto del tiempo. . .

C. . .

a) De arma, dos años como mínimo en cualesquiera de las situaciones siguientes:

1. En las unidades del activo en cuarteles o en las Unidades de Vuelo los de Fuerza Aérea;

2 . . .

3. Como profesores o instructores, encuadrados en esos establecimientos; siempre y cuando no duren en esta situación más de tres años; y

4. . .

El resto del tiempo . . .

b). . .

1 al 3. . .

4. Como profesores o instructores encuadrados en esos establecimientos; siempre y cuando no duren en esta situación más de tres años; y

5. . .

El resto del tiempo. . .

IV a VII. . .

Artículo 16. Los subtenientes egresados de las escuelas o cursos de formación de oficiales, podrán ser ascendidos al grado de teniente fuera de concurso al cumplir dos años de antigüedad en el grado, siempre que reúnan además los siguientes requisitos:

I a la VI. . .

Artículo 17. . .

I y II. . .

III. Haber prestado sus servicios. . .

A. De Arma, dos años como mínimo en cualesquiera de las situaciones siguientes:

a. En las unidades del activo en cuarteles o en las unidades de vuelo los de Fuerza Aérea

b. . .

c. Como profesores o instructores, encuadrados en esos establecimientos; siempre y cuando no duren en esta situación más de tres años; y

d. . .

B. . .

a) al c). . .

Como profesores o instructores, encuadrados en esos establecimientos; siempre y cuando no duren en esta situación más de tres años; y

e). . .

El resto del tiempo. . .

IV a VII. . .

Artículo 18. Los tenientes, capitanes y mayores que sean designados ayudantes del Presidente de la República o del secretario, subsecretario u Oficial Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional; los encuadrados en los estados mayores y en los cuarteles generales de las grandes unidades, tendrán derecho a participar en concurso de selección para el ascenso, computándoseles el tiempo que duren en esa situación, siempre y cuando no duren en esa comisión más de tres años, para los mismos efectos que establece la Fracción III de los artículos 15 y 17 de esta ley, siempre que también reúnan los otros requisitos señalados en las demás fracciones de dichos preceptos.

Artículo 24. Si el dictamen favorece. . .

Cuando el dictamen sea favorable. . .

Cuando a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional o lo solicite el afectado en caso de que el dictamen sea desfavorable, se ordenará su revisión por distinto jurado el que deberá analizar las observaciones formuladas y emitir un nuevo dictamen que tendrá el carácter de irrevocable.

Artículo 29. Los ascensos a los grados de coronel, general brigadier o de grupo, de brigada o de a la y de división, serán conferidos por el Presidente de la República atendiendo preferentemente al mérito, aptitud y competencia profesionales, calificados a juicio de dicho alto funcionario; debiendo para el efecto designar a los generales que integrarán la Comisión de Evaluación para la Promoción Superior.

Los aspirantes al ascenso deberán tener por lo menos cuatro años de antigüedad en el grado que ostenten, y los tiempos mínimos de servicios siguientes:

Tenientes coroneles: 23 años.

Coroneles: 27 años.

Generales brigadieres o de grupo: 31 años.

Generales de brigada o de Ala: 35 años.

Artículo 45. . .

I a la VIII. . .

IX. De retiro.

X. Méritos en la campaña contra el narcotráfico.

XI. Legión de Honor Mexicana.

Artículo 52. . .

Se pierde el derecho. . .

I. . .

II. Por gozar o haber gozado de licencia ilimitada o especial.

III a VI. . .

Artículo 52-bis-2. La condecoración de retiro se otorgará a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea que hayan prestado más de 45 años de servicios efectivos y que en lo sucesivo se retiren del activo.

Artículo 52-bis-3. La condecoración al mérito en la campaña contra el narcotráfico será de cuatro clases y se concederá a propuesta de la Secretaría de la Defensa Nacional, a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos o a civiles que, en cumplimiento de su deber, realicen actos de notoria trascendencia en la lucha contra los estupefacientes y en sus resultados, entregándose a la esposa o familiares en grado cercano en caso de muerte de aquéllos.

Artículo 52-bis-4. La condecoración de la Legión de Honor Mexicana se otorgará por el Estado mexicano, a las personas que pertenecen o que, en lo sucesivo, ingresen a dicha institución.

Artículo 63. A los individuos de tropa que al cumplir el tiempo de servicios que señala su contrato-filiación, deseen continuar en el servicio de las armas, al reengancharse se les otorgará una distinción expidiéndosele la constancia correspondiente.

Artículo segundo. Se derogan los artículos segundo y tercero transitorios; y se reforma el artículo sexto transitorio de la actual Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales, para quedar como sigue:

ARTICULOS TRANSITORIOS

Artículo primero...

Artículo segundo. Derogado

Artículo tercero. Derogado

Artículo cuarto...

Artículo quinto...

Artículo sexto. Se deroga la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales de 11 de marzo de 1926, así como todas las demás disposiciones en lo que se opongan a lo que previene esta ley.

Artículo séptimo. . .

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 14 de noviembre del 2002.— Diputados: Alfredo Ochoa Toledo, José Alvaro Vallarta Ceceña, José Alfredo Botello Montes, César Horacio Duarte Jáquez, Rufino Rodríguez Cabrera, Enrique Herrera y Julieta Prieto Fuhrken.»

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Gracias, señor diputado.

Túrnese a la Comisión de Defensa Nacional.

La iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Aduanera y de la Ley de Comercio Exterior propuesta para presentarse por el diputado César Alejandro Monraz Sustaita se pospone para otra sesión.

La iniciativa de reforma a la Ley de Coordinación Fiscal propuesta por el diputado Esteban Daniel Martínez Enríquez se pospone para una próxima sesión.

 

CUENTA PUBLICA

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Por lo tanto, tiene la palabra el diputado Jorge Carlos Berlín Montero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 74 fracción IV párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 8o. de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación para adelantar la fecha límite de entrega de la Cuenta Pública, hasta por 10 minutos.

El diputado Jorge Carlos Berlín Montero:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Los suscritos, diputados integrantes de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputado del honorable Congreso de la Unión, en uso de la facultad que nos confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa de reformas al artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Fiscalización Superior.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El 14 de julio de 1999, el Constituyente Permanente reformó los artículos 73, 74, 78 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de crear la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación, estableciendo nuevas bases que permiten a la Cámara de Diputados fiscalizar la gestión financiera de los poderes de la Unión y de las entidades federales.

En los artículos transitorios de este decreto se establecía que la Entidad de Fiscalización Superior iniciaría sus funciones el 1o. de enero del año 2000 y que la revisión de la Cuenta Pública y las funciones de fiscalización que se reformaban con este decreto se llevarían a cabo a partir de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente al año 2001.

En virtud de lo anterior y a efecto de reglamentar los artículos constitucionales reformados con fecha 14 de diciembre de 1999, las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública de este órgano legislativo, emitieron el dictamen correspondiente, siendo conocido y aprobado por el pleno de esta Cámara de Diputados en su calidad de Cámara de origen, el 15 del mes y año citados.

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó el dictamen indicado en el punto anterior y en virtud de las modificaciones contenidas en el mismo a la minuta remitida por la Cámara de origen, devolvió a esta Cámara de Diputados el expediente respectivo, mismo que contenía la minuta con proyecto de Ley de Fiscalización Superior de la Federación, la cual una vez revisada y dictaminada por las comisiones a la que fue turnada, fue aprobada por el pleno el 20 de diciembre de 2000.

En la actualidad e inclusive antes de estas reformas, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 74 párrafo VI del inciso cuarto, establece que la Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dentro de los 10 primeros días del mes de junio.

A su vez, la nueva Ley de Fiscalización Superior, en su artículo 8o. párrafo primero, señala que: la Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada por el Ejecutivo Federal a la Cámara y en sus recesos, si es el caso, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, dentro de los 10 primeros días del mes de junio.

Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la Cuenta Pública, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el Secretario del despacho correspondiente, a informar de las razones que lo motiven. En ningún caso la prórroga excederá de 45 días naturales.

En cumplimiento a estos ordenamientos, el Ejecutivo Federal entregó el pasado 10 de junio la Cuenta Pública correspondiente al año 2001 y la Auditoría Superior de la Federación deberá entregar el informe de resultados de su revisión a más tardar el 31 de marzo de 2003, plazo improrrogable, según el numeral 30 de la Ley Superior de Fiscalización y 79 de nuestra Carta Magna, es decir, el plazo para la entrega de la Cuenta Pública por parte del Ejecutivo sigue siendo el mismo, no sufrió ninguna modificación, a pesar de las reformas al artículo 74 constitucional del 14 de julio de 1999, mientras que el plazo de entrega del informe de los resultados de la Auditoría Superior de la Federación, que sí fue reformado, se acortó, quedando éste en 300 días después de la recepción de la Cuenta Pública por parte del Ejecutivo.

A mayor abundamiento, el Ejecutivo cuenta a partir de su cierre de ejercicio presupuestal anual, de hasta 160 días para la entrega de la Cuenta Pública y la Auditoría 300 días a partir de que la recibe la Cámara o la Comisión Permanente, un total de 460 días para conocer el informe de resultados de esta revisión.

Si bien es cierto que con las reformas constitucionales multicitadas se acortaron los tiempos hasta en 150 días cinco meses, esto fue a expensas del órgano técnico de la Cámara de Diputados, que antes de las reformas contaba hasta con 450 días que sumados a los 160 días con que ha contado el Ejecutivo para entregar la Cuenta Pública, daban un total de 610 días para poder conocer los resultados de la revisión.

Con la reforma que se propone, que consiste en adelantar la entrega de la Cuenta Pública por parte del Ejecutivo Federal a más tardar el 30 de abril del año siguiente al término del ejercicio presupuestal del año anterior, se ahorrarían un mínimo de 40 y un máximo de 50 días, lo que acortaría el conocimiento de los resultados de la revisión de la cuenta teniéndose éste en un total de 420 días calendario como máximo.

Este informe de resultados se tendría a principios del mes de marzo y no el último día del mes como actualmente se dispone.

Coincidimos con los grupos parlamentarios que aprobaron la Ley Superior de Fiscalización, en el sentido que esta ley facilita la operación de la institución encargada de la Fiscalización Superior de la Federación y que garantiza una adecuada y eficiente función, pero también coincidimos con ellos mismos en cuanto a su señalamiento en que como toda norma jurídica esta ley es susceptible de perfeccionarse y que una vez que esta entrara en vigor, se haría necesario una revisión puntual de la misma, todo en aras de hacer más expeditas las funciones de la Cámara de Diputados en materia de la revisión de la Cuenta Pública.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito poner a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente

iniciativa

De reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley de Fiscalización Superior

Artículo primero. Se reforma el artículo 4o. párrafo sexto del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

La Cuenta Pública del año anterior, deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dentro de los 10 últimos días del mes de abril.

Artículo segundo. Se reforma el párrafo primero del artículo 8o. de la Ley de Fiscalización Superior, para quedar como sigue:

La Cuenta Pública del año anterior, deberá ser presentada por el Ejecutivo Federal a la Cámara y en sus recesos, si es el caso, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, dentro de los 10 últimos días del mes de abril. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la Cuenta Pública cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso, el Secretario del Despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven. En ningún caso, la prórroga excederá de 45 días naturales.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.

Diputado Jorge Carlos G. Montero, su servidor.

Esta iniciativa la hago también, en nombre del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, del Partido Revolucionario Institucional.

Muchísimas gracias.

«Iniciativa de reformas al artículo 74 fracción IV párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 8o. párrafo primero, de la Ley de Fiscalización Superior, para adelantar la fecha límite de entrega de la Cuenta Pública, presentada por el diputado Jorge Carlos Berlín Montero, del grupo parlamentario del PRI, en sesión del jueves 14 de noviembre de 2002.

Los suscritos, diputados integrantes de la Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en uso de la facultad que nos confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55 del Reglamento para Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa de reformas al artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Fiscalización Superior.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El 14 de julio de 1999, el Constituyente Permanente reformó los artículos 73, 74, 78 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de crear la entidad de fiscalización superior de la Federación, estableciendo nuevas bases que permiten, a la Cámara de Diputados, fiscalizar la gestión financiera de los poderes de la Unión y de las entidades federales.

En los artículos transitorios de este decreto se establecía que la Entidad de Fiscalización Superior iniciaría sus funciones el 1o. de enero del año 2000 y que la revisión de la Cuenta Pública y las funciones de fiscalización que se reformaban con este decreto se llevarían a cabo a partir de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente al año 2001.

En virtud de lo anterior, y a efecto de reglamentar los artículos constitucionales reformados, con fecha 14 de diciembre de 1999, las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública de este órgano legislativo, emitieron el dictamen correspondiente, siendo conocido y aprobado por el pleno de esta Cámara de Diputados, en su calidad de Cámara de origen, el 15 del mes y año citados.

El pleno de la Cámara de Senadores, aprobó el dictamen indicado en el punto anterior y en virtud de las modificaciones contenidas en el mismo a la minuta remitida por la Cámara de origen, devolvió a esta Cámara de Diputados el expediente respectivo, mismo que contenía la minuta con proyecto de Ley de Fiscalización Superior de la Federación, la cual una vez revisada y dictaminada por las comisiones a la que fue turnada fue aprobada por el pleno el 20 de diciembre de 2000.

En la actualidad, e inclusive antes de estas reformas, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 74 párrafo sexto del inciso IV establece que la Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dentro de los 10 primeros días del mes de junio.

A su vez, la nueva Ley de Fiscalización Superior en su artículo 8o. párrafo primero, señala que “la Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada por el Ejecutivo Federal a la Cámara y en sus recesos, si es el caso, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, dentro de los 10 primeros días del mes de junio. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la Cuenta Pública, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el secretario del despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven. En ningún caso la prórroga excederá de 45 días naturales”.

En cumplimiento a estos ordenamientos, el Ejecutivo Federal entregó el pasado 10 de junio la Cuenta Pública correspondiente al año 2001 y la Auditoría Superior de la Federación deberá entregar el informe de resultados de su revisión a más tardar el 31 de marzo de 2003, plazo improrrogable según el numeral 30 de la Ley Superior de Fiscalización y 79 de nuestra Carta Magna.

Es decir, el plazo para la entrega de la Cuenta Pública por parte del Ejecutivo sigue siendo el mismo, no sufrió ninguna modificación, a pesar de las reformas al artículo 74 constitucional del 14 de julio de 1999, mientras que el plazo de entrega del informe de resultados de la Auditoría Superior de la Federación, que si fue reformado, se acortó, quedando éste en 300 días después de la recepción de la Cuenta Pública por parte del Ejecutivo.

A mayor abundamiento, el Ejecutivo cuenta, a partir de su cierre de ejercicio presupuestal anual, de hasta 160 días para la entrega de la Cuenta Pública y la Auditoría 300 días a partir de que la recibe la Cámara o la Comisión Permanente: un total de 460 días para conocer el informe de resultados de esta revisión. Si bien es cierto que con las reformas constitucionales multicitadas se acortaron los tiempos hasta en 150 días (5 meses), esto fue a expensas del órgano técnico de la Cámara de Diputados que antes de las reformas contaba hasta con 450 días, que sumados a los 160 días con que ha contado el Ejecutivo para entregar la Cuenta Pública daban un total de 610 días para conocer los resultados de la revisión.

Con la reforma que se propone, que consiste en adelantar la entrega de la Cuenta Pública por parte del Ejecutivo Federal a más tardar el 30 de abril del año siguiente al termino del ejercicio presupuestal del año anterior, se ahorrarían un mínimo de 40 y un máximo de 50 días, lo que acortaría el conocimiento de los resultados de la revisión de la cuenta, teniéndose éste en un total de 420 días calendario como máximo. Este informe de resultados se tendría a principios del mes de marzo y no el último día del mismo mes como actualmente se dispone.

Coincidimos con los grupos parlamentarios que aprobaron la Ley Superior de Fiscalización en el sentido que esta ley facilita la operación de la institución encargada de la Fiscalización Superior de la Federación y que garantiza una adecuada y eficiente función, pero también coincidimos con ellos mismos en cuanto a su señalamiento, en que como toda norma jurídica, esta ley es susceptible de perfeccionarse y que una vez que ésta entrara en vigor se haría necesaria una revisión puntual de la misma, todo en aras de hacer más expeditas las funciones de la Cámara de Diputados en materia de la revisión de la Cuenta Pública.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito poner a la consideración de esta Cámara de Diputados, la siguiente

Iniciativa

De reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley de Fiscalización Superior.

Primero. Se reforma la fracción IV párrafo sexto del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

“La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dentro de los 10 últimos días del mes de abril.”

Segundo. Se reforma el párrafo primero del artículo 8o. de la Ley de Fiscalización Superior, para quedar como sigue:

“La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada por el Ejecutivo Federal a la Cámara, y en sus recesos, si es el caso, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, dentro de los 10 últimos días del mes de abril. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la Cuenta Pública, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el secretario del despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven. En ningún caso la prórroga excederá de 45 días naturales.”

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo.— San Lázaro; a 14 de noviembre de 2002.— Diputado Jorge Berlín Montero.»

Nota: tres son antecedentes más importantes que se han presentado en este tenor:

1. PRD, 24 de abril 1997: “que la Cuenta Pública del año anterior sea presentada a la Cámara de Diputados dentro de los 10 primeros días del mes de abril”. (Formaba parte de la iniciativa de este partido cuando se reformaron los artículos 73, 74 y 79 constitucionales el 14 de julio de 1999)

2. PRI, diputado Raúl González Villalva, 3 de abril 2002: “Asimismo, en este ejercicio de transparencia presupuestaria con el fin de que las diputadas y diputados podamos revisar a fondo la forma en que se gastaron los recursos públicos, se propone adelantar a los últimos días del mes de mayo del año siguiente, el informe de la Cuenta Pública”.

3. PAN, diputado José María Núñez Murillo, 24 de abril 2002: “que la Cuenta Pública del año anterior se presente a esta Cámara de Diputados a más tardar el día 30 del mes de abril del año corriente y no los primeros 10 días del mes de junio como actualmente ocurre”.

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Gracias diputado.

Insértese íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria. Túrnese a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y de Seguridad Pública.

 

CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Tiene la palabra la diputada Gina Andrea Cruz Blackledge, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma diversas disposiciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, hasta por 10 minutos.

La diputada Gina Andrea Cruz Blackledge:

Señor Presidente, por obviedad de tiempo sólo me referiré a la exposición de motivos de la iniciativa, por lo que solicito se inserte el texto íntegro en el Diario de los Debates.

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

La suscrita, diputada federal de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión y a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, someto al pleno de esta honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 185, 187, 189 y 190 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de propaganda electoral, conforme a la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Las democracias modernas no pueden ser entendidas sin la existencia de los partidos políticos por las tareas fundamentales que dichas organizaciones cumplen en la integración de los cuerpos representativos de gobierno y en la vinculación del poder público con los grupos sociales de acuerdo a las ideologías, valores y metas que proponen.

Sin embargo, es un hecho cierto que hoy en día los partidos políticos enfrentan prácticamente en todo el mundo una crisis que cuestiona su actuación y el papel que tendrán ante los nuevos retos que enfrentan las sociedades.

En nuestro país, la Constitución define a los partidos políticos como entidades de interés público cuyo fin primordial es el de promover la participación del pueblo en la vida democrática; contribuir a la integración de la representación nacional y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal libre, secreto y directo.

Asimismo, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales es el instrumento jurídico que regula la organización, función y prerrogativas de los partidos políticos y las agrupaciones políticas; en tal sentido, en los artículos 24 y 25 se establecen los requisitos para que una organización pueda ser registrada como partido político nacional.

Dentro de estos requisitos está el presentar una declaratoria de principios que incluya invariablemente la obligación de observar la Constitución y de respetar las leyes e instituciones que de ella emanen.

Bajo esta tesis, el artículo 4o. de nuestro Carta Magna dispone que toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, por lo que los partidos políticos deben asumir su responsabilidad para que además de cumplir con las funciones delegadas por la máxima ley, participen con la sociedad para logra un país limpio, libre de contaminación en el que nuestros niños puedan crecer sanos.

En las campañas electorales que duran de dos meses y medio hasta cinco meses, dependiendo de la elección, los partidos políticos tienen permitido imprimir su propaganda sin ninguna restricción en cuanto al número y materiales utilizados en su elaboración; además no se establece de manera clara la obligación de conservar en buen estado los elementos de equipamiento urbano, generando con ello deterioro y maltrato al mismo, así como contaminación visual y basura no degradable.

Muchas veces reparamos en la contaminación del aire, suelo, agua, sin percatarnos de la contaminación visual ocasionado por el volumen indiscriminado de propaganda y anuncios dispersos en cualquier parte de las ciudades, en especial durante el desarrollo de las campañas electorales.

En un análisis realizado por expertos en materia de sicoanálisis se indica que nuestro cerebro tiene una determinada capacidad de absorción de datos que cuando una imagen supera el máximo de información que el cerebro pueda asimilar, se produce una especie de stres visual; el panorama perceptual se vuelve caótico y la lectura ordenada del paisaje se hace imposible. En ese tenor, el contenido visual de los mensajes publicitarios en rutas y calles también suele ser un importante factor degenerativo.

En materia electoral la contaminación visual es resultado de la excesiva propaganda política en campañas electorales largas y que además el material utilizado para dicho fin se convierte en basura no reciclable representando un alto costo social que asumen todos los mexicanos al tener que soportarla, injustificadamente, periodos tan prolongados de campañas y precampañas.

Lo anterior se agrava a consecuencia del volumen de desperdicio de plástico. En México, igual que en otros países, se ha incrementado en forma notable el uso de los plásticos sin embargo este material ha recibido críticas severas sobre el impacto que produce en el medio ambiente. El tema del reciclaje de los materiales utilizados para elaboración de la propaganda es otro problema que no debemos dejar de atender, sabemos que el reciclaje es un proceso que tiene por objeto la recuperación en forma directa o indirecta de los componentes que contienen los residuos cualquiera que sea el origen de los mismos.

El nivel de la cultura democrática de nuestro país no mejora a mayor número de propaganda política expuesto en la vía pública, por el contrario provoca descontento en la población.

Estudios en mercadotecnia política revelan que el impacto en los electores por la utilización de esta clase de propaganda oscila alrededor del 6% de la población, es decir su influencia sobre el electorado es casi nula.

Por otro lado, es menester reconocer que el presupuesto asignado a los partidos políticos para gastos de campaña y por ende de propaganda impresa, representa una significativa carga al erario público por lo que reducir el periodo de duración de las mismas permitiría ahorrar recursos que pueden ser destinados a otros rubros, además de contribuir con la preservación del medio ambiente.

Abundando en lo anterior hay quienes afirman que una campaña tan larga identifica ciertos problemas a saber: un fastidio electoral por parte de la ciudadanía; un excesivo costo en las campañas; un agotamiento físico y material de los candidatos y partidos políticos y como ya se apunto una contaminación del medio ambiente, considerable y preocupante. Una campaña electoral debe tener como fin concientizar e informar a la ciudadanía, respecto a las opciones que tiene para elegir a sus gobernantes y represen- tantes; no para hacer un derroche material, físico, cuyo costo beneficio resulte ser negativo respecto a la percepción ciudadana.

Por ello esta iniciativa, pretende reformar el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para establecer cinco propuestas fundamentales como son:

Que la propaganda impresa a que se refiere el primer párrafo del artículo 185, deberá estar fabricada con materiales reciclables y de reuso, que no contengan sustancias tóxicas ni materiales que representen un daño directo a la salud, que el incumplimiento de esta disposición por parte de algún partido político sea sancionado de conformidad con lo dispuesto en el mismo código.

Se prevé que la propaganda de los partidos políticos, coaliciones y los candidatos realicen en la vía pública por cualquier medio, se sujetará a lo previsto por el artículo 186, así como las disposiciones administrativas expedidas en materia de prevención de la contaminación, no sólo por ruido sino también el suelo y visual. Que no se podrá colgar, fijar o pintar ningún tipo de propaganda en elementos de equipamiento urbano, carretero o ferroviario ni en accidentes geográficos; que los consejos distritales, tendrán la obligación de vigilar que los partidos políticos, cumplan con las disposiciones establecidas en materia de propaganda impresa.

Finalmente, a efecto de acortar el tiempo de duración de las campañas federales, precisamente para evitar mayor contaminación visual, del suelo y por ruido se propone que las mismas, inicien a partir de los 15 días siguientes al de la sesión del registro de los candidatos y no al día siguiente como lo prevé el actual artículo 190.

Debemos tomar conciencia de que la política no debe ser reducida a los límites estrechos, episódicos o efímeros de un acontecimiento electoral, sino bien, debemos trabajar en la víspera de las elecciones, no podemos sacrificar el destino de la voluntad del pueblo por una simple acción de propaganda partidista. Es necesario que como entidades de interés público sumemos esfuerzos y acciones para demostrar a la sociedad en general que nos preocupamos por un desarrollo íntegro de nuestra nación.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a la consideración de esta soberanía, por conducto de la Cámara de Diputados reformar los artículos 185, 187, 189, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de propaganda electoral.

Es cuanto señor Presidente.

Nuevamente solicito se inserte el texto íntegro de mi iniciativa en el Diario de los Debates.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 185, 187, 189 y 190 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de propaganda electoral.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

La suscrita, diputada federal de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión y a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto al pleno de esta Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 185, 187,189 y 190 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de propaganda electoral, conforme a la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Las democracias modernas no pueden ser entendidas sin la existencia de los partidos políticos por las tareas fundamentales que dichas organizaciones cumplen en la integración de los cuerpos representativos de gobierno y en la vinculación del poder público con los grupos sociales, de acuerdo a las ideologías, valores y metas que proponen.

Sin embargo, es un hecho cierto que hoy en día los partidos políticos enfrentan, prácticamente en todo el mundo una dura crisis que cuestiona su actuación y el papel que tendrán ante los nuevos retos que enfrentan las sociedades.

En nuestro país, la Constitución Política define a los partidos políticos como entidades de interés público, cuyo fin primordial es el promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.

Asimismo, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, es el instrumento jurídico que regula la organización, función y prerrogativas de los partidos políticos y las agrupaciones políticas. En tal sentido, los artículos 24 y 25 se establecen los requisitos para que una organización pueda ser registrada como partido político nacional, dentro de estos requisitos, está el presentar una declaratoria de principios que incluya invariablemente la “obligación de observar la Constitución y de respetar las leyes e instituciones que de ella emanen”.

Bajo esta tesis, el artículo 4o. de nuestra Carta Magna dispone que toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

Por lo que, los partidos políticos deben asumir su responsabilidad para que además de cumplir con las funciones delegadas por la máxima ley, participen con la sociedad para lograr un país limpio, libre de contaminación, en el que nuestros niños puedan crecer sanos.

Ahora bien, el proceso electoral ordinario comprende, entre otras etapas, la de preparación a la elección y dentro de ella se encuentra; el registro de candidatos, las campañas electorales, los procedimientos para la integración y ubicación de las mesas directivas de casilla etcétera.

En las campañas electorales que duran de dos meses y medio hasta cinco meses y medio, dependiendo de la elección, los partidos políticos tienen permitido imprimir su propaganda sin ninguna restricción en cuanto al número y materiales utilizados en su elaboración. Además, no se establece de manera clara la obligación de conservar en buen estado los elementos del equipamiento urbano, generando con ello deterioro y maltrato al mismo, así como contaminación visual y de basura no degradable.

Muchas veces reparamos en la contaminación del aire, suelo, agua, sin percatamos de la contaminación visual ocasionada por el volumen indiscriminado de propaganda y anuncios dispersos en cualquier parte de las ciudades, en especial durante el desarrollo de las campañas electorales.

En un análisis realizado por expertos en materia de sicoanálisis, se indica que nuestro cerebro tiene una determinada capacidad de absorción de datos y que cuando una imagen supera el máximo de información que el cerebro puede asimilar, se produce una especie de stress visual, el panorama perceptual se vuelve caótico y la lectura ordenada del paisaje se hace imposible.

En ese tenor, el contenido visual de los mensajes publicitarios en rutas y calles también suele ser un importante factor degenerativo. En materia electoral, la contaminación visual es resultado de la excesiva propaganda política en campañas electorales largas y que además el material utilizado para dicho fin, se convierte en basura no reciclable, representando un alto costo social que asumen todos los mexicanos al tener que soportarla injustificadamente periodos tan prolongados de campaña y precampaña.

Es alarmante que en las pasadas elecciones federales se generaron, nada mas, ­en vías primarias del Distrito Federal, 32 toneladas de basura colgada y 10 toneladas más en vías secundarias, y en el ámbito nacional, se generaron alrededor de 400 toneladas de basura producto de la propaganda política colocada en vía pública como pendones, gallardetes, etcétera.

Lo anterior se agrava a consecuencia del volumen de desperdicio del plástico; en México, igual que en otros países, se ha incrementado en forma notable el uso de los plásticos. Sin embargo, este material ha recibido críticas severas sobre el impacto que produce en el medio ambiente.

El tema del reciclaje de los materiales utilizados para la elaboración de la propaganda, es otro problema que no debemos dejar de atender. Sabemos que el reciclaje es un proceso que tiene por objeto la recuperación, de forma directa o indirecta, de los componentes que contienen los residuos, cualquiera que sea el origen de los mismos.

El nivel de la cultura democrática de nuestro país no mejora a mayor número de propaganda política expuesta en la vía pública, por el contrario, provoca descontento en la población, incluso en los países con altos niveles democráticos, no se realizan campañas tan contaminantes, ni tan largas.

Estudios en mercadotecnia política revelan que el impacto en los electores por la utilización de esta clase de propaganda oscila alrededor del 6% de la población, es decir su influencia sobre el electorado es casi nula.

Por otro lado, es menester reconocer que el presupuesto asignado a los partidos políticos para gastos de campaña, y por ende de propaganda impresa, representa una significativa carga al erario público, por lo que reducir el periodo de duración de las mismas permitiría ahorrar recursos que pueden ser destinados a otros rubros, además de contribuir con la preservación del medio ambiente.

Abundando en lo anterior, hay quienes afirman que una campaña tan larga identifica ciertos problemas a saber: un fastidio electoral por parte de la ciudadanía; un excesivo costo de las campañas; un agotamiento físico y material de los candidatos y partidos políticos y, como ya se apuntó, una contaminación al medio ambiente considerable y preo-cupante.

Una campaña electoral debe tener como fin consientizar e informar a la ciudadanía respecto a las opciones que tiene para elegir a sus gobernantes y representantes, no para hacer un derroche material y físico cuyo costo-beneficio resulte ser negativo respecto a la percepción ciudadana.

Por ello esta iniciativa pretende reformar el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para establecer cinco propuestas fundamentales, como son:

• Que la propaganda impresa a que se refiere el primer párrafo del artículo 185 deberá estar fabricada con materiales reciclables o de rehuso, que no contengan sustancias tóxicas ni materiales que representen un daño directo para la salud.

• Que el incumplimiento a esta disposición por parte de algún partido político será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el mismo Código.

• Se prevé que la propaganda que los partidos políticos, coaliciones y los candidatos realicen en la vía pública por cualquier medio, se sujetará a lo previsto por el artículo 186, así como las disposiciones administrativas expedidas en materia de prevención de la contaminación no sólo por ruido, sino también del suelo y visual.

• Que no se podrá colgar, fijar o pintar ningún tipo de propaganda en elementos de equipamiento urbano, carretero o ferroviario, ni en accidentes geográficos;

• Que los consejos distritales tendrán la obligación de vigilar que los partidos políticos cumplan con las disposiciones establecidas en materia de propaganda impresa.

• Finalmente, a efecto de acortar el tiempo de duración de las campañas federales, precisamente para evitar mayor contaminación visual, de suelo y por ruido, se propone que las mismas inicien a partir de los 15 días siguientes al de la sesión de registro de candidatos y no al día siguiente, como lo prevé el actual artículo 190.

Debemos tomar consciencia de que la política no debe ser reducida a los límites estrechos, episódicos o efímeros de un acontecimiento electoral. Si bien debemos trabajar en la víspera de las elecciones, no podemos sacrificar el destino de la voluntad del pueblo por una simple acción de propaganda partidista. Es necesario que como entidades de interés público, sumemos esfuerzos y acciones para demostrar a la sociedad en general que nos preocupamos por un de-sarrollo íntegro de nuestra nación.

Hemos sostenido que la solución de los principales problemas, como es el del medio ambiente, se requiere de la actuación del gobierno. Sin embargo, no habrá una solución real ni tendremos un cambio favorable si no logramos generar una nueva cultura en donde aparte de incentivos y sanciones existan valores ambientales. Por lo que debemos poner el ejemplo en las elecciones por venir.

Es importante desarrollar una cultura de participación y de trabajo conjunto entre diferentes sectores. Si bien es cierto que el conocimiento sobre los problemas ambientales ha ido en aumento, no existe aún en la mayor parte de los ciudadanos, partidos y gobernantes la conciencia de que nuestras actividades cotidianas y productivas tienen que ver con los fenómenos de contaminación y deterioro del medio ambiente, por lo que una mayor educación ecológica nos dará un poder importante para mejorar nuestro hábitat.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a la consideración de esta soberanía, por conducto de la Cámara de Diputados, el siguiente

Decreto

Por el que se reforman los artículos 185, 187, 189 y 190 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de propaganda electoral.

Artículo único. Se adiciona un párrafo tercero al artículo 185; se reforman los primeros párrafos de los artículos 187 y 190 respectivamente; se reforman los incisos a y d, así como el tercer párrafo, y se adiciona un cuarto párrafo al artículo 189 para quedar redactados como sigue:

Artículo 185...

1 y 2...

3. La propaganda impresa a que se refiere el primer párrafo de este artículo deberá estar fabricada con materiales reciclables o de rehuso, que no contengan sustancias tóxicas ni materiales que representen un daño directo para la salud. El incumplimiento de esta disposición por parte de los partidos políticos o coaliciones será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el presente Código.

Artículo 187...

1. La propaganda que los partidos políticos, las coaliciones y los candidatos realicen en la vía pública a través de grabaciones, y en general , por cualquier otro medio, se sujetará a lo previsto por el artículo anterior, así como las disposiciones administrativas expedidas en materia de prevención de la contaminación.

Artículo 189...

1. En la colocación de propaganda electoral los partidos y candidatos observarán las reglas siguientes:

a) Podrá colgarse únicamente en puentes y postes del equipamiento urbano, bastidores y mamparas siempre que no se dañe dicho equipamiento, se impida la visibilidad de conductores de vehículos o se impida la circulación de pea-tones;

...

d) No se podrá colgar, fijar o pintar ningún tipo de propaganda en elementos del equipamiento urbano, carretero o ferroviario, ni en accidentes geográficos cualquiera que sea su régimen jurídico, salvo en lo establecido en el inciso a de este artículo; y

...

2...

3. Los consejos locales y distritales, dentro del ámbito de su competencia velarán por la observancia de estas disposiciones y adoptarán las medidas a que hubiere lugar con el fin de asegurar a partidos y candidatos el pleno ejercicio de sus derechos y obligaciones en la materia.

4. Asimismo, los consejos distritales tendrán la obligación de vigilar que los partidos políticos cumplan con las disposiciones. establecidas en materia de propaganda impresa.

Artículo 190...

1. Las campañas electorales de los partidos políticos se iniciarán al día siguiente de haber transcurrido 15 días siguientes al de la sesión de registro de candidaturas para la elección respectiva, debiendo concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al contenido del presente decreto.

México, DF., a 14 de noviembre de 2002.— Diputada Gina Andrea Cruz Blackledge.»

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Muchas gracias.

Insértese íntegro el texto de la presente iniciativa en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

La iniciativa que reforma el artículo 34 del Código Fiscal de la Federación, propuesta por la diputada Adela del Carmen Graniel Campos, se pospone para otra sesión.

 

LEY GENERAL DE SALUD

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Por lo tanto, tiene el uso de la palabra el diputado Francisco Salvador López Brito, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que adiciona la Ley General de Salud con un artículo 41-bis, para incorporar la obligación de contar en los hospitales del sector público, privado y asistencial, con comités hospitalarios de bioética.

Tiene el uso de la palabra hasta por 10 minutos.

El diputado Francisco Salvador López Brito:

Con el permiso de la Presidencia:

Los suscritos diputados del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 constitucional y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Cámara la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma y adiciona el artículo 41-bis de la Ley General de Salud, con la finalidad de crear en los hospitales públicos y privados, los comités hospitalarios de bioética, al tenor de lo siguiente:

El progreso y evolución de las ciencias biomédicas en el último siglo, aunado al desarrollo de tecnologías y técnicas de aplicación clínica, han provocado que los trabajadores de la salud, los investigadores, los usuarios de los servicios y en general toda la población en sus ámbitos de conocimiento y competencia, se replanteen tanto nuevas pautas del ejercicio profesional, como los alcances y aplicación de la ciencia, la técnica y la tecnología en la salud individual y colectiva.

Hemos presentado ante esta Cámara una serie de temas que modifican y adicionan la Ley General de Salud en materia de diversas técnicas, de diversas aplicaciones del conocimiento en materia biomédica que no están actualmente legislados, como son, y éstos se encuentran ya en la Comisión de Salud, como son los temas de clonación; genoma humano; reproducción asistida; donación de órganos y trasplantes que el día de hoy se presentó; la utilización y experimentación de nuevos fármacos, de nuevas técnicas de investigación diagnóstica y terapéutica; reproducción asistida; objeción de conciencia; voluntad anticipada; todos ellos temas de actualidad en los cuales debemos de participar en la regulación y en la normatividad, para que precisamente los usuarios y los trabajadores de la salud no se vean en un momento en situaciones delictivas precisamente por no contar un marco legal actualizado.

Celebro el hecho de que recientemente en la Asamblea del Distrito Federal se hayan aprobado ya algunos de estos temas de actualidad, como son la prohibición de la clonación y la prohibición también de manipulaciones anómalas en la materia de reproducción asistida.

Ante esta situación hay dos corrientes: una que pudiéramos llamar muy conservadora y otra muy radical al respecto, que no ve límites en los avances de la ciencia, sin embargo, tenemos que tener una postura en la cual seamos respetuosos con los principios de la vida humana, con la dignidad de la persona para que estos avances sean realmente aplicados con eficiencia, con calidad y con el máximo respeto a la dignidad de la persona humana.

Surge así una ciencia nueva, que es la bioética, ciencia que conjuga a la medicina, el derecho, la filosofía como expresión de médicos, investigadores, filósofos, juristas y legisladores que crearon una nueva metodología de análisis a problemas asistenciales, clínicos, quirúrgicos y de investigación, que se basa en el análisis pluriinterdisciplinario de los conflictos en una reflexión ética, plural y respetuosa de las creencias e ideologías de la otredad (sic).

La bioética surge así en el mundo dominado por el conocimiento técnico-científico en el cual los propios trabajadores de la salud se han visto superados por el uso y disposición de tecnologías a la que sus códigos éticos ideontólogicos no tienen respuesta inmediata, ante situaciones concretas que no están normadas y legisladas y que en ocasiones los líderes morales o ministros de culto se oponen sin pleno conocimiento y con un rigorismo idogmático (sic).

Entre estas dos posturas que pudiéramos considerar irreconciliables, aparece pues, en las sociedades democráticas contemporáneas una nueva alternativa donde se cuenta con nuevos factores que actúan como referencia a los proyectos y posiciones contradictorias en las cuales el primer interés es siempre el hombre, el ciudadano y sus derechos y donde el concepto de libertad y dignidad es clave omnipresente en toda expresión social y el quid del asunto no radica en que sea el gobierno o los científicos quienes pongan las normas sino los usuarios de los servicios y nosotros, los representantes populares, los legisladores.

Es preciso responder a las necesidades de la sociedad y establecer una regulación nacional para asistir al paciente y a sus familiares, sobre todo en el ámbito interhospitalario para lo cual proponemos la creación de comités hospitalarios de bioética integrados por grupos ínter y multidisciplinarios con una actitud ética pluralista que se ocupen de los problemas éticos de la atención a la salud, certificando que al paciente se le proporcione, no tan sólo la atención a los problemas de la salud, sino información veraz, ética y suficiente.

Lograr que los encargados de bioética participen activamente en la formación de estudiantes de medicina y posgrado y que participen en la discusión de los protocolos de investigación, en el área de su competencia, lo que equivale a asegurar la protección de la vida y los derechos de cada persona.

Por las consideraciones anteriormente expuestas y en ejercicio de nuestras facultades constitucionales, los suscritos diputados de la LVIII Legislatura de esta Cámara sometemos ante esa asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 41-bis de la Ley General de Salud.

Artículo 31-bis. En todos los centros hospitalarios, institutos nacionales públicos, privados o asistenciales del Sistema Nacional de Salud, deberá existir un comité hospitalario de bioética, el que tendrá funciones de consultoría, asesoramiento, estudio, docencia y supervisión de la investigación respecto a las cuestiones éticas que surjan de la praxis médica.

Los comités hospitalarios de bioética estarán integrados como equipos multi e interdisciplinarios integrados por médicos, abogados, filósofos, profesionales y técnicos de la salud, los cuales podrán ser o no trabajadores del hospital. Serán temas de análisis y opinión obligatoria de estos comités hospitalarios de bioética los siguientes: técnicas de reproducción asistida, experimentación en humanos, prolongación artificial de la vida, genética, transplantes de órganos, donación de órganos, salud mental, derechos de los pacientes, objeción de conciencia de los trabajadores de salud, objeción de conciencia de los usuarios, sigilo profesional, equidad y racionalidad en el uso de los recursos disponibles, eugenesia y voluntad anticipada.

A solicitud del paciente o sus familiares, podrán ser invitados a participar en el comité hospitalario de bioética para opinar sobre su caso en particular, un ministro de culto, un jurista o un bioeticista designado por el propio paciente o sus familiares.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En un lapso de hasta 90 días la Secretaría de Salud expedirá el Reglamento para la conformación de los comités de bioética hospitalarios y las características de los centros hospitalarios que deben de tenerlos.

Dado en el Palacio Legislativo en San Lázaro. Fecha 14 de noviembre del 2002.

Muchas gracias.

«Iniciativa de decreto que modifica la Ley General de Salud, creando un artículo 41-bis, para incorporar la obligación de contar en los hospitales del sector público, privado y asistencial, con comités hospitalarios de bioética.

Los suscritos, diputados del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 constitucional y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Cámara, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma y adiciona el artículo 41-bis de la Ley General de Salud, con la finalidad de crear en los hospitales públicos y privados, los comités hospitalarios de bioética, al tenor de la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

El progreso y evolución de las ciencias biomédicas en el último siglo, aunado al desarrollo de tecnologías y técnicas de aplicación clínica, han provocado que los trabajadores de salud, los investigadores, los usuarios de los servicios y en general toda la población, en sus ámbitos de conocimiento y competencia se replanteen, tanto nuevas pautas del ejercicio profesional, como los alcances y aplicaciones de la ciencia, la técnica y la tecnología en la salud individual y colectiva.

Asimismo, es preciso destacar que amplios sectores de la población, se encuentran atemorizados ante las expectativas de las supuestas agresiones y usos de que pueden ser objeto, por las nuevas tecnologías de la medicina, incertidumbre y miedo a los que han contribuido con diversas intenciones; el cine comercial, la literatura de ciencia ficción, el cientificismo y las declaraciones y denuncias infundadas, sobre todo de diversos actores ajenos a la medicina.

A todo lo anterior, se han sumado situaciones y hechos concretos y reales de agresión a la vida, la persona y la dignidad, entre los cuales como ejemplo señalaremos tan sólo, la investigación en humanos realizada por los nazis en sus campos de concentración y exterminio, las políticas de limpieza étnica en la ex Yugoslavia, las políticas eugenésicas de varias dictaduras, la disposición de embriones para experimentación, las pruebas en humanos de nuevos medicamentos sobre todo en países pobres del planeta, y el uso de la tecnología para el desarrollo de armas biológicas y de destrucción total.

Ante este escenario, la sociedad tiene temores, por diversas causas, reales o infundadas, por las posibles transgresiones de las que cree puede ser objeto, que generan desconfianza en los ciudadanos, hacia los servicios de salud y eventualmente de los mismos médicos.

Ante todo lo anterior surgió como alternativa y respuesta, una nueva disciplina, la bioética; ciencia que conjuga a la medicina, el derecho y la filosofía, como expresión de médicos, investigadores, filósofos, juristas y legisladores, que así crearon una nueva metodología de análisis a problemas asistenciales, clínicos, quirúrgicos y de investigación, que se basa en el análisis pluri e interdisciplinario de los conflictos, en una reflexión ética plural y respetuosa de las creencias e ideologías de la otredad.

La bioética surge así, en un mundo dominado por el conocimiento tecnocientífico, en el cual los propios trabajadores de la salud, se han visto superados por el uso y disposición de tecnologías, a los que sus códigos éticos y deontológicos no tienen respuesta inmediata, ante situaciones concretas que no están normadas y legisladas y que en ocasiones los líderes morales y ministros de culto se oponen sin pleno conocimiento y con un rigorismo dogmático.

La postura ante los dilemas éticos que plantea el nuevo ejercicio de la medicina y el desarrollo científico y de tecnologías, se ha visto confrontada al menos en dos posiciones radicalmente opuestas; por un lado se encuentra el argumento generalizado de algunos sectores de los científicos e investigadores que exigen el que no se detenga por motivos éticos o morales, la investigación y sus aplicaciones, ellos aducen en este sentido, una supuesta carencia de ideología de las ciencias y sus usos, y por supuesto quienes así piensan, esgrimen las libertades de pensamiento y ejercicio profesional.

Al respecto Jürgen Habermas, sostiene que el conocimiento se acompaña de intereses, y señala, que el imaginario paraíso del progreso, auspiciado por los avances de la ciencia, empuja a la identificación de valores técnicos y a interpretar la racionalidad técnica como única forma de racionalidad, para Habermas se detenta con engaño la supuesta neutralidad, como atributo de la ciencia, y señala que la categoría de progreso, es una herencia ideológica de la Ilustración.

La segunda postura es la que sostienen personas con un fuerte estamento moral, con fuertes convicciones religiosas, posiblemente también ambientalistas y a quienes les preocupan entre otras cosas, que con el advenimiento del conocimiento del genoma humano y la terapia génica, se vuelva a la recreación de las temidas políticas eugenésicas.

Entre estas dos posturas irreconciliables, aparece en las sociedades democráticas contemporáneas, una tercera alternativa, donde se cuenta con nuevos factores que actúan como referencias a los proyectos y posiciones contradictorias, en las cuales el primer interés es siempre, el ciudadano y sus derechos, y donde el concepto de libertad y dignidad es clave omnipresente en toda expresión social, y el quid del asunto no radica en que sea el gobierno o los científicos quienes pongan las normas, sino los usuarios de los servicios y sus representantes populares, los legisladores.

En este sentido, para Francis Fukuyama, los intereses de los científicos son muy a menudo de índole personal, sino es que, incluso son de ambición y pecuniarios, por lo que el control de la biotecnología corresponde exclusivamente a los legisladores, quienes son los únicos representantes electos, lo que le otorga soberanía a esta materia y la autoridad para controlar el ritmo y alcance del desarrollo tecnológico. Incluso, continúa Fukuyama, a pesar de los lobbing y cabildeos, son los diputados quienes pueden tener la mejor visión de la voluntad popular.

Es preciso responder rápidamente a las necesidades de la sociedad y establecer una regulación nacional para asistir al paciente y a sus familiares, sobre todo en el ámbito intra-hospitalario, para lo cual proponemos la creación de comités hospitalarios de bioética, integrados por grupos ínter y mutidisciplinarios, con una actitud ética pluralista, que se ocupen de los problemas éticos de la atención a la salud, certificando que al paciente le sea proporcionada no tan sólo la atención en sus problemas de salud, sino información veraz y suficiente.

Lograr que los encargados de bioética participen activamente en la formación de los estudiantes de medicina y los de posgrado, y que participen en la discusión de los protocolos de investigación, en el área de su competencia, lo que equivale a asegurar la protección de la vida y los derechos de cada persona.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, y en ejercicio de nuestras facultades constitucionales, los suscritos diputados a la LVIII legislatura de la Cámara de Diputados, sometemos ante esta asamblea la siguiente;

Iniciativa

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 41-bis de la Ley General de Salud.

Artículo 41-bis. En todos los centros hospitalarios y los institutos nacionales, públicos, privados o asistenciales, del Sistema Nacional de Salud, deberá existir un comité hospitalario de bioética, el que tendrá funciones de consultoría, asesoramiento, estudio, docencia y supervisión de la investigación, respecto a las cuestiones éticas que surjan de la praxis médica.

Los comités hospitalarios de bioética, estarán integrados como equipos multi e interdisciplinarios integrados por médicos, abogados, filósofos, profesionales y técnicos de la salud, los cuales podrán ser o no, trabajadores del hospital.

Serán temas de análisis y opinión obligatoria, del comité hospitalario de bioética, los siguientes: técnicas de reproducción asistida, experimentación en humanos, prolongación artificial de la vida, genética, trasplante de órganos, donación de órganos, salud mental, derechos de los pacientes, objeción de conciencia de los trabajadores de salud, objeción de conciencia de los usuarios, sigilo profesional, equidad y racionalidad en el uso de los recursos disponibles, eugenesia, voluntad anticipada.

A solicitud del paciente o sus familiares, podrá ser invitado a participar, en el comité hospitalario de bioética, para opinar sobre su caso en particular, un ministro de culto, un jurista o un bioeticista, designado por el propio paciente o sus familiares.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En un lapso de hasta 90 días, la Secretaría de Salud expedirá el reglamento para la conformación de los comités de bioética hospitalarios y las características de los centros hospitalarios que deben tenerlos.

Palacio Legislativo de San Lázaro.— Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 14 de noviembre del año 2002.— Diputados: Francisco Salvador López Brito, Arcelia Arredondo García, Alicia Concepción Ricalde Magaña, Clemente Silva Padilla, Carlos alberto Valenzuela Cabrales, Eugenio Bueno Campos, Eduardo Rivera Pérez, Felipe Olvera Nieto, Francisco J. Cantú Torres, Francisco R. Scheffield Padilla, Francisco S. López Brito, Gabriela Cuevas Barrón, Hilario Esquivel Martínez, José María Rivera Cabello, Juan Alcocer Flores, Juan Camilo Mouriño Terrazo, Juvenal Vidrio Rodríguez, Luis Alberto Villarreal, Luis Miguel Santibáñez García, María Eugenia Galván Antillon, Manuel W. Orozco Garza, María Isabel Velasco Ramos, Mario Sandoval Silvera, Mauro Huerta Díaz, Neftali S. Escobedo Zotteto, Pedro Pablo Cepeda Sierra, Rafael Orozco Martínez, Ramón Paniagua Jiménez, Rodolfo Ocampo Velásquez y Rómulo Garza Martínez.

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Gracias diputados.

Insértese íntegro el texto de la presente iniciativa en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Salud.

 

CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Tiene la palabra el diputado Tomás Torres Mercado, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma los artículos 113 y 123 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Tiene el uso de la palabra hasta por 10 minutos.

El diputado Tomás Torres Mercado:

Gracias vicepresidente en funciones de Presidente.

Le voy a solicitar que se inserte íntegramente el texto de la iniciativa que estoy planteando en el Diario de los Debates, para obviar la argumentación de la misma.

Tiene como propósito la iniciativa que traigo a la tribuna y a la consideración de las señoras y señores diputados, algo que parece sobre todo para los que tengan conocimiento y manejo de la técnica jurídica, que pudiera resultar contradictoria, es con objeto de que en los delitos que se persiguen de oficio, baste el parte informativo de la policía, para iniciar una averiguación previa, parece contradictora pero no es así.

En días pasados daban cuenta los medios electrónicos, específicamente la televisión, de un caso en donde teniendo una videofilmación precisa, concisa, clara, en donde un presunto responsable asalta al conductor de un vehículo automotor, con toda nitidez se observa el acto delictivo, la consumación del hecho y una autoridad investigatoria dice: no podemos proceder penalmente por virtud de que no hay una denuncia, ante la ausencia de la denuncia formal ante el Ministerio Público, no podemos desplegar la actividad investigatoria.

Y es que es cierto, miren, la Constitución Política en uno de los preceptos que contempla garantías de seguridad jurídica, garantías de libertad, establece que no se procederá al libramiento de una orden de aprehensión si no precede denuncia, acusación o querella.

Y es que para los términos del procedimiento, la denuncia es aquella que realiza cualquier persona, cualquiera que tenga conocimiento de la comisión de un delito ante el Ministerio Público, en cambio la querella es una relación de hechos, pero también el titular del bien jurídico afectado, tiene que expresar de modo contundente su interés jurídico, para que se proceda en contra del presunto responsable.

Y es que hay una contradicción, el Código Federal de Procedimientos Penales señala, que cualquier autoridad que tenga conocimiento de la comisión de un delito, está obligado a hacerlo del conocimiento del Ministerio Público, que es la autoridad en términos de lo que manda la Constitución Política, de integrar una averiguación previa y eventualmente remitirla, ejercitar acción penal ante un juez.

El planteamiento es hacer explícita esa obligación, cuántas veces en vías generales de comunicación, me refiero a una carretera federal, se comete un delito, pero el sujeto pasivo, el asaltado, el pasajero que va en el autobús, simplemente hasta por tiempo no formula la denuncia y la policía dice: no hay denuncia y por ende no podemos iniciar o continuar la averiguación previa, ése es el propósito de la iniciativa.

Es ya un lugar común afirmar en nuestro país, que padece este flagelo de la inseguridad pública. Tal parece que la delincuencia está rebasando a nuestras instituciones y a los esfuerzos ciudadanos para construir espacios de convivencia digna.

Es alarmante la cifra negra de los delitos cometidos que no se denuncian o que no se radican las averiguaciones previas. Soy en lo personal un convencido de que no es suficiente el fortalecimiento cuantitativo ni la inversión cuantitativa en seguridad pública y sobre todo, en cuerpos de seguridad pública. Tenemos ya Policía Federal Preventiva con la reforma a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, la Policía Federal Investigatoria, pero no hay cambios cualitativos en este rubro.

La propuesta que dejo a la consideración de ustedes, es adicionando el artículo 113 del Código Federal de Procedimientos Penales que señala en su primera parte que el Ministerio Público y sus auxiliares, de acuerdo con las órdenes de aquellos, es decir las policías son auxiliares del Ministerio Público, están obligados a proceder de oficio a la investigación de los delitos de que tengan noticias. La adición reza:

“Tratándose de delitos que deban perseguirse de oficio, bastará para el inicio de la averiguación el oficio, comunicación o parte informativo que rinda el agente de cualquier cuerpo de policía, en donde se haga del conocimiento de la autoridad investigadora hechos que pudieran ser delictivos, sin que deban reunirse los requisitos a que aluden los artículos 118, 119 y 120 de este ordenamiento. Al oficio, comunicación o parte informativo, se acompañarán los elementos de que disponga y que sean conducentes para la investigación. La averiguación previa, luego viene el apartado de que, no podrá iniciarse si no media la querella en aquellos delitos que requieren precisamente la queja de la parte ofendida”.

La adición al artículo 123 se limita a adicionar, repito, de que para los actos de investigación, para las prácticas de diligencias por parte del Ministerio Público, se observarán las reglas de la adición que propongo al numeral 113. Dicho de otra manera: quitémosle tanto formalismo a la denuncia cuando la autoridad policiaca tiene conocimiento de un hecho que pueda ser calificado como delito.

Espero la consideración de ustedes, seguramente esta adición al Código Federal de Procedimientos Penales tendría también que tocar manuales de procedimientos de las corporaciones policiacas, para ser un imperativo que cuando son testigos o forman parte del conocimiento de un hecho delictivo, lo hagan saber al Ministerio Público.

Les aprecio su atención y a la Presidencia, el curso de la iniciativa con la integridad del texto.

Muchas gracias.

«Iniciativa con proyecto de decreto que reforma a los artículos 113 y 123 del Código Federal de Procedimientos Penales, como el objeto de que en los delitos que se persiguen de oficio baste el parte informativo de la policía para iniciar la averiguación previa.

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario del PRD, con fundamento en lo establecido en el artículo 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, someto a consideración de esta honorable Asamblea una iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 113 y 123 del Código Federal de Procedimientos Penales, bajo la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

1. Es ya un lugar común afirmar que nuestro país padece el flagelo de la inseguridad pública. Tal parece que la delincuencia está rebasando a nuestras instituciones y a los esfuerzos ciudadanos para construir espacios de convivencia digna.

2. Es alarmante la cifra negra de delitos cometidos que no se denuncian o que no se radican en averiguaciones previas.

3. Uno de los impedimentos formales para iniciar la investigación de delitos consiste en el requisito de que sea la propia víctima o el ofendido, a alguien en su nombre, quien presente la denuncia ante la autoridad competente. El formalismo jurídico de nuestro sistema penal así lo exige para que pueda iniciarse la averiguación previa. De ahí que uno de los argumentos constantemente repetidos para negar el iniciar de la investigación es que no hay denuncia.

4. Existen delitos comunes como asalto en vías generales de comunicación, robo, homicidio, secuestro, en los cuales es frecuente que la maquinaria judicial se queda impedida de intervenir, bajo la limitación legal de que no existe denuncia por la persona facultada legalmente para ello.

5. Existen infinidad de casos relacionados con delitos que se persiguen de oficio y que por diversas razones la víctima u ofendido no presenta denuncia penal; sin embargo, en estos mismos casos existe parte informativo, comunicación u oficio que rinde algún integrante o determinado cuerpo policiaco. Sin embargo, hasta ahora, tal y como está establecido en el Código Federal de Procedimientos Penales, esta comunicación ofrecida por los agentes de la policía no surten los efectos de denuncia. Es inaudito que los partes informativos, en muchos casos, no puedan echar a andar el aparato judicial de este país, lo que en alguna forma contribuye a reforzar nuestra atávica cultura de impunidad.

6. De acuerdo con lo anterior, es preciso contribuir a quitar el exagerado peso formalista de nuestras instituciones jurídicas, en este caso, de la averiguación previa.

7. Proponemos que los oficios, partes informativos o comunicaciones formuladas ante la autoridad competente por los agentes de los diversos cuerpos de policía, sirvan de denuncia penal y constituyan un elemento que active el entramado jurídico y técnico de la investigación de los delitos y el castigo a los responsables.

8. No es suficiente la inversión cuantitativa en seguridad pública y cuerpos de seguridad pública. Es preciso encontrar alternativas multidireccionales que atiendan el complejo de la inseguridad y la creciente delincuencia. En nuestro caso, estamos haciendo un aporte desde el terreno netamente jurídico. Nuestro propósito es el de facilitar el inicio de la averiguación previa y propiciar que la policía esté en posibilidad de provocar el inicio de la averiguación previa.

Por lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en el artículo 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito poner a consideración de la Cámara de Diputados, la siguiente

Iniciativa

Con proyecto de decreto que reforma los artículos 113 y 123 del Código Federal de Procedimientos Penales

Artículo primero. Se reforma el artículo 113 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

“Artículo 113. El Ministerio Público y sus auxiliares, de acuerdo con las órdenes que tienen de aquellos, están obligados a proceder de oficio a la investigación de los delitos de que tengan noticia. Tratándose de delitos que deban perseguirse de oficio, bastará para el inicio de la averiguación, el oficio, comunicación o parte informativo que rinda el agente de cualquier cuerpo de policía, en donde se haga del conocimiento de la autoridad investigadora hechos que pudieran ser delictivos, sin que deban reunirse los requisitos a que aluden los artículos 118, 119 y 120 de este ordenamiento. Al oficio, comunicación o parte informativo se acompañarán los elementos de que se disponga y que sean conducentes para la investigación. La averiguación previa no podrá iniciarse de oficio en los casos siguientes:

I y II...

Artículo segundo. Se reforma el artículo 123 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

“Artículo 123. Inmediatamente de que el Ministerio Público Federal o los funcionarios encargados de practicar en su auxilio diligencias de averiguación previa tengan conocimiento de la probable existencia de un delito que deba perseguirse de oficio, dictarán todas las medidas y providencias necesarias para: proporcionar seguridad y auxilio a las víctimas; impedir que se pierdan, destruyan o alteren las huellas o vestigios del hecho delictuoso, los instrumentos o cosas objeto o efectos del mismo; saber qué personas fueron testigos; evitar que el delito se siga cometiendo y, en general impedir que se dificulte la averiguación procediendo a la detención de los que intervinieron en su comisión en los casos de delito flagrante, observándose las reglas establecidas en el artículo 113.

...

...”

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, DF, a 14 de noviembre de 2002.— Diputados: Tomás Torres Mercado, Víctor R. Infante, Magdalena Núñez.»

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Gracias, señor diputado.

Insértese íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria; asimismo túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

El diputado Víctor Roberto Infante González (desde su curul):

Señor Presidente.

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Activen el sonido en la curul del diputado.

El diputado Víctor Roberto Infante González (desde su curul):

Presidente, si lo autoriza el diputado Tomás Torres Mercado, me gustaría signar la iniciativa que presentó de adición al Código Federal de Procedimientos Penales.

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Activen el sonido en la curul del diputado Tomás Torres.

El diputado Tomás Torres Mercado(desde su curul):

No solamente lo autorizo, señor Presidente, sino que es un honor de que el diputado Víctor Roberto Infante González y otros, como la diputada Rosario Tapia, suscriban también la iniciativa.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Gracias, señor diputado.

Tome nota la Secretaría para la firma.

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Tiene la palabra la diputada Mónica Serrano Peña, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma la fracción I y el último párrafo del artículo 208 del Código Fiscal de la Federación. Tiene la palabra hasta por 10 minutos.

La diputada Mónica Leticia Serrano Peña:

Con su permiso, señor Presidente; honorable Asamblea:

La suscrita Mónica Leticia Serrano Peña, diputada federal integrante del grupo parlamentario Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable Asamblea, la presente iniciativa de decreto por la que se reforma el artículo 208 en su fracción I y el último párrafo del Código Fiscal de la Federación, bajo la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Todo proceso constituye un instrumento de solución de controversias que se desenvuelven por medio de una serie de actos procesales para la realización formal, especial y temporal; teniendo como objeto y fin último, llegar a una sentencia o resolución que soluciona el conflicto, con la posibilidad de que dicha sentencia o resolución pueda ser coercitivamente, en aquellos casos en que no se cumpla.

En materia fiscal el juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, es procedente con las resoluciones dictadas por la autoridad administrativa, que se consideren ilegales y por tanto que le sean impugnados. La acción la tiene tanto el particular como la propia autoridad administrativa.

Actualmente el juicio contencioso administrativo en el ámbito tributario, se regula por el título sexto del Código Fiscal de la Federación y en lo específico la demanda está contemplada en el capítulo cuarto.

Ahora bien, el 21 de diciembre de 2000, aprobamos en esta Cámara la reforma al Código Fiscal en su artículo 208, fracción I y una adición a su último párrafo. En ese entonces consideramos entre otras cosas en el dictamen respectivo, que las reformas eran encaminadas a agilizar el procedimiento de las controversias que se siguen ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, ya que con ella los particulares se ven beneficiados con las facilidades que otorga, a efecto de darles también mayor seguridad jurídica.

Con el tiempo hemos observado que esta modificación no ha cumplimentado las necesidades de los particulares, sino que por el contrario ha generado un entorpecimiento. Por ello, debemos de hacer la modificación correspondiente para que la materia de impartición de justicia dé una mayor precisión y claridad en lo que respecta al procedimiento.

Los procedimientos como señalamos deben ser prontos y expeditos, que posibiliten a los gobernadores el ejercicio de los medios de defensa que tienen a su alcance, tanto en el juicio de unidad ante el Tribunal Fiscal, como ante cualquier otro tribunal.

El Código Fiscal al establecer que la demanda debe indicar el nombre del demandante y su domicilio para oír y recibir notificaciones en la sede de la Sala Regional competente, ha ocasionado que esa disposición, desde su entrada en vigor, provoque gastos innecesarios a los contribuyentes que interponen el medio de defensa, toda vez que se encuentran obligados a señalar un domicilio en la sede de la sala regional, ya que muchos de ellos no habitan en dicha sede.

Es así como Acción Nacional considera que con objeto de seguir avanzando en la reducción de costos administrativos a favor de los contribuyentes, resulta necesario reformar la disposición antes referida para establecer simple y llanamente como uno de los requisitos que debe contener la demanda, que sea el domicilio del demandante donde se reciban notificaciones, para así liberarlo de la obligación que actualmente tiene de citar un domicilio cuando no está ni dentro de sus posibilidades económicas ni conoce a ninguna persona que pueda hacer uso de ese domicilio.

Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta Cámara de Diputados la presente

 iniciativa

De reforma de decreto por el que se reforma el artículo 208 del Código Fiscal de la Federación.

Artículo único. Se reforma el artículo 208 en la fracción I del Código Fiscal de la Federación y en su último párrafo, para quedar como sigue:

“Artículo 208, fracción I. El nombre del demandante y su domicilio para recibir notificaciones en el supuesto de que no se señale domicilio para recibir notificaciones del demandante o se desconozca el domicilio del tercero, las notificaciones relativas se efectuarán por lista autorizada que se fijará en sitio visible de la sala regional que corresponda.”

ARTICULO TRANSITORIO.

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Muchas gracias por su atención.

«Proyecto de iniciativa de decreto por el que se reforma el artículo 208 en su fracción I y en su último párrafo, del Código Fiscal de la Federación.

Honorable Asamblea: Mónica Leticia Serrano Peña, diputada federal e integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la presente iniciativa de decreto por el que se reforma el artículo 208 en su fracción I y último párrafo del Código Fiscal de la Federación, bajo la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Todo proceso constituye un instrumento de solución para controversias que se desenvuelve por medio de una serie de actos procesales de realización formal, espacial y temporal que constituyen el procedimiento; todo procedimiento tiene como objeto y fin último llegar a una sentencia o resolución que solucione el conflicto, con la posibilidad de que dicha sentencia o resolución pueda ser ejecutada coercitivamente para el caso de no ser cumplida voluntariamente por la parte condenada.

En materia fiscal el juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, es procedente contra las resoluciones dictadas por la autoridad administrativa que consideren ilegales, y por tanto, se desean impugnar, la acción la tienen tanto el particular como la propia autoridad administrativa.

Actualmente el juicio contencioso-administrativo, en el ámbito tributario, se regula por el Título VI del Código Fiscal de la Federación y en específico la demanda está contemplada en el capítulo IV; ahora bien, el 21 de diciembre de 2000, aprobamos en esta Cámara una reforma al Código Fiscal de la Federación, con relación al artículo 208 en su fracción I, y una adición a su último párrafo, en ese entonces consideramos entre otras cosas, en el dictamen respectivo, que las reformas eran “encaminadas a agilizar el procedimiento de las controversias que se siguen ante el Tribunal Fiscal de la Federación, ya que con ellas los particulares se ven beneficiados con facilidades que, además de otorgarles mayor seguridad jurídica, dan celeridad al desarrollo de algunas etapas del juicio contencioso-administrativo. Con base en lo anterior, se recomienda aprobar la reforma a través de la cual se establece como requisito del escrito de demanda del juicio contencioso-administrativo, el que el demandante indique un domicilio para recibir notificaciones ubicado dentro de la circunscripción territorial de la  sala regional que conozca de dicho juicio. En adición a lo anterior y con objeto de hacer congruente esta modificación con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 208 del Código Fiscal de la Federación, (...) se propone reformar dicho párrafo, para quedar como sigue:

“Artículo 208...

I. El nombre del demandante y su domicilio para recibir notificaciones en la sede de la sala regional competente.

En el supuesto de que no se señale domicilio para recibir notificaciones del demandante, en la jurisdicción de la sala regional que corresponda o se desconozca el domicilio del tercero, las notificaciones relativas se efectuarán por lista autorizada, que se fijará en el sitio visible de la propia sala.”

Ahora bien, al paso de casi dos años de haber aprobado dicha reforma, consideramos que la finalidad que se perseguía de dar mayor celeridad en el desarrollo del juicio contencioso-administrativo, en la práctica no se ha cumplido.

Por lo que consideramos que uno de los objetivos que en materia de impartición de justicia es el de regular con mayor precisión y claridad los aspectos relativos al procedimiento contencioso-administrativo.

Se deben establecer procedimientos prontos y expeditos, que posibiliten a los gobernados el ejercicio de los medios de defensa que tienen a su alcance, como lo es en el caso, el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

El Código Fiscal de la Federación al establecer que la demanda debe indicar el nombre del demandante y su domicilio para recibir notificaciones en la sede de la sala regional competente, ha ocasionado que esta disposición desde su entrada en vigor, provoquen gastos innecesarios a los contribuyentes que interponen algún medio de defensa, toda vez que se encuentran obligados a señalar domicilio en la sede de la sala regional que corresponda a un cuando dichos contribuyentes se encuentren domiciliados fuera de la localidad de la citada sala.

Es así como Acción Nacional considera que con objeto de seguir avanzando en la reducción de costos administrativos a favor de los contribuyentes, se considera necesario reformar la disposición antes referida para establecer simple y llanamente, como uno de los requisitos que debe contener la demanda, sea el domicilio del demandante para recibir notificaciones, para así liberarlo de la obligación que actualmente tienen de citar domicilio en la sede de la Sala Regional competente.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración ante esta Cámara de Diputados, la presente

 iniciativa

De decreto por el que se reforma el artículo 208 del Código Fiscal de la Federación.

Artículo único. Se reforma el artículo 208 fracción I del Código Fiscal de la Federación, y su último párrafo, para quedar como sigue:

Artículo 208...

I. El nombre del demandante y su domicilio para recibir notificaciones del demandante.

...

En el supuesto de que no se señale domicilio para recibir notificaciones del demandante o se desconozca el domicilio del tercero, las notificaciones relativas se efectuarán por lista autorizada, que se fijará en el sitio visible de la Sala Regional que corresponda.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 14 de noviembre de 2002. Diputada Mónica Leticia Serrano.»

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

Gracias, diputada.

Insértese íntegro el texto de la presente iniciativa en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

MEDALLA EDUARDO NERI

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto para que la Cámara de Diputados extienda el plazo para la dictaminación y entrega de la medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura.— Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en los artículos 77, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 40 numeral 2, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión somete a la consideración de la Asamblea el presente proyecto de Decreto para posponer la aprobación del dictamen y la entrega de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, de conformidad con los siguientes

ANTECEDENTES

1. El 20 de diciembre de 2000 se presentó ante la Cámara de Diputados la proposición con Punto de Acuerdo para que se reactive la entrega de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri”.

2. Dicha proposición fue turnada por la Mesa Directiva para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

3. La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias después de haber sostenido varias sesiones de trabajo presentó ante la Cámara de Diputados, el 25 de abril de 2001, el dictamen con proyecto de Decreto para que la Cámara de Diputados Instituya la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”. Dicho dictamen fue aprobado por el Pleno el mismo día.

4. Una vez instituida la Medalla, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en ejercicio de sus facultades, consideró apropiado proponer al Pleno el proyecto de Decreto que expide el Reglamento de la citada Meda- lla. Dicho Reglamento se presentó y fue aprobado por la Asamblea en Sesión Ordinaria el día 29 de abril de 2002.

5. Ambas disposiciones legales que norman la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913” disponen que dicha presea deberá ser entregada el 9 de octubre del último año de cada Legislatura, con la salvedad que establece el Reglamento en su Artículo Primero, párrafo segundo, en el sentido de que tal acto puede celebrarse en día distinto.

De acuerdo con lo antecedentes citados, esta Comisión presenta este proyecto de acuerdo con las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera. Se considera conveniente extender el plazo de dictamen y entrega de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, dada la importancia de que la Cámara de Diputados otorgue una presea de este rango al ciudadano que se haya distinguido por su aportación a la defensa de la República, a la vigencia del Estado de Derecho, al fortalecimiento de las instituciones o haya participado en movimientos políticos, cívicos o culturales, cuya obra debe ser evaluada, en cuanto a su aportación en la salvaguarda de la libertad y los valores superiores de la Nación, con serenidad y objetividad.

Segunda. Considerando que la difusión del decreto de creación de la Medalla y su convocatoria ha sido insuficiente para que la ciudadanía tenga pleno conocimiento del mismo, es conveniente ampliar el plazo de dictaminación y entrega debido a que se podría correr el riesgo de no hacer una auténtica consulta a las instituciones y organizaciones de la sociedad. Por ello, es favorable además de ampliar el plazo, que la Cámara de Diputados instrumente un programa efectivo de difusión que subsane el proceso.

Como resultado de los razonamientos antes expuestos, esta Comisión, en uso de sus facultades legales, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

DECRETO PARA QUE LA CAMARA DE DIPUTADOS EXTIENDA EL PLAZO PARA LA DICTAMINACION Y ENTREGA DE LA MEDALLA AL MERITO CIVICO “EDUARDO NERI, LEGISLADORES DE 1913”.

Artículo Primero.- Para los efectos de la entrega de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913” que corresponde a la LVIII Legislatura se extiende el plazo, de acuerdo con las siguientes bases

I. El plazo para que la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias presente el dictamen para otorgar la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913” se amplía hasta el día 15 de diciembre de 2002.

II. La entrega de la presea se realizará en Sesión Solemne de la Cámara de Diputados el día 1° de abril de 2003, con las modalidades previstas en el Decreto de Creación y el Reglamento de la Medalla.

Artículo Segundo.- Al día siguiente de la entrada en vigor del presente Decreto, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados instruirá a la Coordinación General de Comunicación Social y a las demás instancias que correspondan a que diseñen, implementen y den seguimiento a un programa de difusión mediática sobre el proceso de entrega de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”. La Coordinación General de Comunicación Social Coordinará sus acciones con la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

TRANSITORIOS

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Este Decretoterminará su vigencia una vez que se haya cumplido la entrega de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913” correspondiente a la LVIII Legislatura Federal.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, México D.F., a los cinco días del mes de noviembre de 2002.

Por la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias: diputados: Augusto Gómez Villanueva, Presidente (rúbrica); Manuel Medellín Milán, secretario (rúbrica); Sergio R. Vaca Betancourt Bretón, secretario (rúbrica); Miguel Angel Martínez Cruz, secretario (rúbrica); Cristina Moctezuma Lule, secretaria (rúbrica); Eduardo Andrade Sánchez (rúbrica); Manuel Garza González (rúbrica); Gustavo Nabor Ojeda Delgado (rúbrica); Juan Manuel Martínez Nava (rúbrica); Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica); Jesús Alí de la Torre; Francisco Javier Chico Goerne Cobián (rúbrica); Luis Villegas Montes (rúbrica); José de Jesús Hurtado Torres; José de Jesús López Sandoval (rúbrica); Lorenzo Rafael Hernández Estrada (rúbrica); Luis Miguel Jerónimo Barbosa Huerta; Ricardo Moreno Bastida (rúbrica).»

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de primera lectura.

 

LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

HONORABLE ASAMBLEA

A la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, correspondiente a la LVIII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, “la Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Propiedad Industrial”, presentada por el Diputado Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e) y 3 transitorio, fracción IV, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 58, 60, 88, cuarto párrafo y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el día 25 de marzo del año dos mil dos, la Presidencia de la Mesa Directiva dio cuenta al Pleno de la Iniciativa que se presentó por el Diputado Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere, del Partido Acción Nacional.

La Iniciativa de referencia, tiene por objeto que en la Ley de Propiedad Industrial vigente, se reforme el artículo 142, así como que se adicionen los artículos 142 BIS, 142 BIS 1, 142 BIS 2, 142 BIS 3, 142 BIS 4, 142 BIS 5, 142 BIS 6 y 142 BIS 7 y las fracciones XXVI y XXVII del artículo 213 de la Ley de Propiedad Industrial.

El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite “Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial”

SEGUNDO. Con fecha 31 de agosto de 1999, se derogó la anterior Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y por medio del Decreto de fecha 31 de diciembre de 1999 publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de septiembre de 1999, el H. Congreso de la Unión expidió la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, misma que en su artículo 3 Transitorio, fracción IV, inciso a) dispone la fusión de las Comisiones de Comercio, de Patrimonio y Fomento Industrial así como la de Artesanías, constituyéndose así la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la actual LVIII Legislatura.

TERCERO.- Que mediante oficio Nº CCFI/001266/ 2002, de fecha 25 de marzo del año 2002, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, de la Iniciativa referida con anterioridad.

CUARTO.- Los miembros integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, procedieron al estudio de la Iniciativa turnada y referida con anterioridad.

En razón de lo anterior, es importante partir de que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, es la autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, así como también que dicho organismo se rige por las disposiciones de la Ley de Propiedad Industrial, que para el caso que nos ocupa y que tiene por objeto, según lo dispone su artículo 20, fracción III, lo siguiente

“III.- Propiciar e impulsar el mejoramiento de la calidad de los bienes y servicios en la industria y en el comercio, conforme a los intereses de los consumidores”

Al tenor de dicha disposición, es importante señalar, que si bien es cierto en la actualidad, el marco jurídico mexicano que regula la figura de las franquicias, se encuentra contenido en el artículo 142 de la propia Ley de Propiedad Industrial, así como el artículo 65 de su Reglamento y que se ve complementada por el Código Civil, la Ley Federal de Competencia Económica, así como las leyes fiscales, también lo es que debe ser actualizada atendiendo al constante crecimiento tanto de las empresas como actividades comerciales debido al auge y desarrollo de diversas formas de comercialización y alianzas estratégicas dadas por el proceso de globalización económica que el país experimenta.

Si bien esta legislación en materia de franquicias es ligera, a partir de 1985, fecha en que dio inicio esta figura formalmente, ha permitido el desarrollo sustancial del sector, además de que con el tiempo éstas han evolucionado, lo que ha ocasionado una etapa más de desarrollo, en donde los empresarios mexicanos comienzan a generar franquicias de otros giros de negocios a los que detonaron la industria.

Por lo anterior, se hace indispensable que nuestro derecho mexicano contemple el otorgar certidumbre a quienes deciden utilizar estas formas contractuales como medios idóneos para canalizar sus inversiones, evitando con ello que se cometan abusos hacia las partes que pudiesen verse menos favorecidas por dicha relación jurídica, buscando incluso que las empresas puedan crecer sin tener que comprometer sus recursos propios.Adicionalmente, este sector ha sido capaz de incorporar a personas desempleadas en la medida en que algunas de éstas han visto en las franquicias una oportunidad de incursionar en los negocios al realizar una inversión propia.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. Que tal y como ya se ha mencionado en los antecedentes del presente dictamen, la Comisión de Comercio, de Patrimonio y Fomento Industrial, así como la de Artesanías correspondientes a la LVII Legislatura, con fecha 1 de septiembre de 2000, se fusionaron para conformar la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la actual LVIII Legislatura, por lo que ésta es competente para dictaminar la Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Propiedad Industrial en comento.

SEGUNDO. Que según lo establece el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la competencia de las Comisiones se corresponde con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, consecuentemente la competencia de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial es la otorgada, en lo conducente, a la Secretaría de Economía del Poder Ejecutivo Federal por el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

TERCERO. Para el análisis de la Iniciativa que se somete a dictamen de esta Unidad Legislativa, es indispensable señalar lo dispuesto por el artículo 142 de la Ley de Propiedad Industrial, disposición legal en virtud de la cual se establece textualmente lo siguiente:

“Existirá franquicia, cuando con la licencia de uso de una marca se transmitan conocimientos técnicos o se proporcione asistencia técnica, para que la persona a quien se le concede pueda producir o vender bienes o prestar servicios de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el titular de la marca, tendientes a mantener la calidad, prestigio e imagen de los productos o servicios a los que ésta distingue.

Quien conceda una franquicia deberá proporcionar a quien se la pretende conceder, previamente a la celebración del convenio respectivo, la información relativa sobre el estado que guarda su empresa, en los términos que establezca el reglamento de esta Ley.

Para la inscripción de la franquicia serán aplicables las disposiciones de este capítulo.”

Por su parte, el Reglamento de la misma Ley de Propiedad Industrial, en su artículo 65 establece la obligación del titular de la franquicia de proporcionar a los interesados previa celebración del convenio respectivo, por lo menos, información técnica, económica y financiera, señalando al efecto lo siguiente:

I.- Nombre, denominación o razón social, domicilio y nacionalidad del franquiciante;

II.- Descripción de la franquicia;

III.- Antigüedad de la empresa franquiciante de origen y, en su caso; franquiciante maestro en el negocio objeto de la franquicia;

IV.- Derechos de propiedad intelectual que involucra la franquicia;

V.- Montos y conceptos de los pagos que el firanquiciatario debe cubrir el franquiciante;

VI.- Tipos de asistencia técnica y servicios que el franquiciante debe proporcionar al franquiciatario;

VII.- Definición de la zona territorial de operación de la negociación que explote la franquicia;

VIII.- Derecho del franquiciatario a conceder o no subfranquicias a terceros y, en su caso, los requisitos que deba cubrir para hacerlo;

IX.- Obligaciones del franquiciatario respecto de la información de tipo confidencial que le proporcione el franquiciante, y

X.- En general las obligaciones y derechos del franquiciatario que deriven de la celebración del contrato de franquicia.

CUARTO. Es evidente que el proceso de regulación de tan importante sector impulsor de nuestra economía, se ha llevado a cabo de dos formas: mediante los contratos mismos y a través de la profesionalización.

Es por ello, que aún y cuando el reglamento establece requisitos importantes no debe ir más allá de lo que la propia ley establece, por lo que con el afán de evitar que la escasa regulación permita por un lado que los franquiciantes cometan diversas irregularidades o que otorguen franquicias de manera irregular basándose en contratos que no son del todo adecuados, dejando de lado la asistencia y el apoyo técnico; y por el otro lado, que los franquiciatarios no cumplan con sus obligaciones contractuales, se hace necesario una reforma que perfeccione el marco jurídico existente, sin caer en la sobre regulación, de forma tal que su objetivo es brindar seguridad jurídica a cada una de las partes firmantes.

QUINTO. Es así que atendiendo a la necesidad de actualizar la regulación prevista para las Franquicias, es que se ha denotado que la iniciativa que se dictamina mediante este acto, se realiza en función de los principios que a continuación se señalan:

1.- Reconocimiento de la libertad contractual.- Caso en el cual, sin bien se deben regular las principales actividades de las personas físicas y morales, en este caso, los comerciantes, deberán regirse por esta ley sin restringir o limitar en exceso la libertad con que cuentan para adaptar estas figuras a sus necesidades, de ahí que se considera conveniente que la norma establezca los requisitos y elementos mínimos para estos contratos, sin que en ningún momento se vea forzada tal regulación con algunos otros requisitos que solo las partes contratantes pueden prever en base a sus propias situaciones.

2.- Establecimiento de límites a estos contratos de franquicia.- En este sentido, se reconoce la necesidad de fijar restricciones a medidas o prácticas que a nuestros días han propiciado injusticias para alguna de las partes o que en su defecto suelen ser desventajosos, como lo es el hecho de que en muchas ocasiones el tener injerencia directa en los actos del franquiciatario que implican en ocasiones la fusión, escisión, transformación, transmisión o gravamen de partes sociales, ha ocasionado que alguna de las partes pierda el patrimonio invertido, sin dejarle además opción a iniciar un nuevo negocio.

Ciertamente la reforma que se propone, permite que el franquiciatario decida la organización y operación de la franquicia en forma libre y en la forma más conveniente a sus intereses, sin menoscabo de los propios intereses de su contraparte.

3.- Establecimiento de remedios a las terminaciones injustificadas o desplazamientos indebidos.- Los integrantes de esta Comisión de Comercio y Fomento Industrial, coinciden en que uno de los constantes abusos que se llegan a cometer en estos contratos, consiste en el establecimiento de cláusulas leoninas, o el aprovechamiento de la escasa legislación que en la materia existe, que han permitido en muchos casos, al empresario o franquiciante el dar por terminado en cualquier momento estos contratos, reiterando que muchas veces hasta antes de que la contraparte recupere su inversión y no digamos sus ganancias.

SEXTO. Por lo ya expuesto, esta Comisión dictaminadora considera necesario, contemplar en la Ley de Propiedad Industrial, los requisitos mínimos que deberán contener los contratos, así como también el hecho de que se contemplen formas de terminación anticipada o sanciones para el caso de que las mismas sean intempestivas en perjuicio de la otra parte, o bien cuando la información no sea la correcta, al momento de la celebración del contrato respectivo.

Sin dejar de reconocer que internacionalmente existe una tendencia de simplificación relativa a licencia de marcas y en consecuencia a su inscripción, por lo que a futuro pudiera resultar necesario efectuar adecuaciones en esta materia.

SEPTIMO.- De igual manera, esta Unidad Legislativa considera necesarias las adiciones propuestas al ordenamiento legal antes ya citado, en el sentido de que la autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, que es el Instituto de Propiedad Industrial, así como es el competente para sustanciar los procedimientos de nulidad, caducidad y cancelación de los derechos de propiedad industrial, formular resoluciones y emitir las declaraciones administrativas correspondientes, conforme lo dispone la Ley y su Reglamento y, en general, resolver las solicitudes que se susciten con motivo de la aplicación de la misma; definida como tal por el artículo 6º, fracción IV de dicho ordenamiento legal, deberá ser el organismo facultado que dé constancia de la existencia de marcas registradas materia de franquicias.

Además, de que ante esta dependencia deberá inscribirse el contrato a manera de verificar que se cumplan con los requisitos mínimos listados en ley, previendo con ello que se cometan actos ilícitos o irregularidades en perjuicio de alguna de las partes involucradas.

OCTAVO.- Por otra parte esta Unidad Legislativa, considera conveniente prever si las disposiciones relacionadas con el contrato de franquicia se regularán en el Código de Comercio, ya que se trata de un contrato mercantil cuyo objeto es “la licencia de una marca, materia sí de la Ley de Propiedad Industrial”.

Lo anterior en virtud de que el carácter de mercantil del contrato de franquicia se funda en las siguientes consideraciones:

1.- Existe un “propósito de especulación comercial” (art. 75-I del Código de Comercio) que anima a las partes a celebrar el convenio: el de el franquiciante y el de el franquiciatario quien busca la explotación comercial de los derechos a que se refiere el contrato.

2.- Así mismo, los actos de transmisión y posterior explotación son de empresas previstas en las fracciones V a XI del artículo 75 del Código de Comercio.

Por lo antes expuesto y fundado, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

RESUELVE

PRIMERO. En términos de los considerandos del presente dictamen, SE REFORMA EL ARTICULO 142, Y SE ADICIONAN LOS ARTICULOS 142 BIS, 142 BIS 1, 142 BIS 2, 142 BIS 3, 142 BIS 4, 142 BIS 5, 142 BIS 6 Y 142 BIS 7, ASI COMO LAS FRACCIONES XXVI Y XXVII DEL ARTICULO 213 DE LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, para quedar como sigue:

“ART.- 142.- Existirá franquicia cuando con la licencia de uso de marca se transmitan conocimientos técnicos o se proporcione asistencia técnica, para que la persona a quien se le concede, franquiciatario, pueda producir o vender bienes o prestar servicios de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el franquiciante (titular de la marca), tendientes a mantener la calidad, prestigio e imagen de los productos o servicios a los que esta designe.

El franquiciante deberá otorgar al franquiciatario, bajo pena de nulidad, y con por lo menos treinta días de anticipación a la firma del contrato de franquicia, la información técnica, económica y financiera a que se refiere el artículo 65 del Reglamento, la que se denominará Circular de Oferta de Franquicia.

La falta de veracidad en la Circular de Oferta de Franquicia dará derecho al franquiciatario, además de exigir la nulidad del contrato en los términos del párrafo anterior, a exigir del franquiciante el pago de los daños y perjuicios ocasionados. Este podrá ejercerlo el franquiciatario durante un año a partir de la celebración del contrato. Después de transcurrido este plazo sólo tendrá derecho a demandar la nulidad del contrato.

ART. 142 BIS.- El contrato de franquicia deberá constar por escrito y deberá inscribirse ante el Instituto para que pueda surtir efectos frente a terceros.

Cualquier controversia que pudiera suscitarse por el incumplimiento del contrato de franquicia deberá someterse a los Tribunales que para el caso sean competentes.

ART. 142 BIS 1.- Sólo podrán ser materia de franquicias las marcas registradas.

ART. 142 BIS 2.- El franquiciante no podrá tener injerencia en la organización y funcionamiento del franquiciatario, sino en la medida estrictamente necesaria para garantizar la observancia de los estándares de administración y de imagen de la franquicia.

No obstante lo anterior, el franquiciante no tendrá injerencia en los actos del franquiciatario que implique su fusión, escisión, transformación, modificación de estatutos, transmisión o gravamen de partes sociales, acciones, salvo que dichos actos impliquen la cesión de los derechos derivados del contrato de franquicia.

ART. 142 BIS 3.- El contrato de franquicia se podrá pactar con el carácter de exclusivo o no.

ART. 142 BIS 4.- Todo contrato de franquicia debe cumplir con por lo menos el siguiente contenido y características:

I.- El otorgamiento al franquiciatario del uso o explotación del sistema del franquiciante, así como los derechos de propiedad intelectual que determine el franquiciante para la correcta operación de la franquicia.

II.- Método o formas que utilizará el franquiciante para proporcionar asistencia técnica al franquiciatario;

III.- Derechos y obligaciones de cada una de las partes.

IV.- Operación de la franquicia, haciendo mención del derecho o no de subfranquiciar por parte del franquiciatario

V.- Las condiciones en que se llevará a cabo la publicidad del negocio franquiciado.

VI. - Vigencia del contrato de franquicia otorgado al franquiciatario.

VII.- El territorio o zona geográfica donde operará el franquiciatario

VIII.- Disposiciones relativas al suministro de mercancías y contratación con proveedores.

IX.- Obligaciones del franquiciatario de suministrar reportes, cuentas y datos del negocio otorgado en franquicia.

X.- Condiciones de supervisión y asesoría que realizará el franquiciante al negocio franquiciado.

XI.- Para el caso de que se establezca la prohibición para el franquiciatario de no dedicarse al término del contrato a una igual o similar al objeto de la franquicia, dicha prohibición no podrá exceder, del término de tres años a partir de la fecha de terminación o rescisión del contrato de franquicia.

XII.- No existirá obligación del franquiciatario de enajenar sus activos al franquiciante o a quien éste designe al término del contrato salvo pacto en contrario.

XIII. - No existirá obligación del franquiciatario de enajenar o transmitir al franquiciante en ningún momento las acciones de su empresa, o hacerlo socio de la misma salvo pacto en contrario.

ART. 142 BIS 5.- El firanquiciatario deberá guardar durante la vigencia del contrato, y una vez concluido éste la confidencialidad sobre los secretos industriales y en general sobre la información de carácter confidencial de los que hayan tenido conocimiento y que sean propiedad del franquiciante, así como de las operaciones y actividades celebradas al amparo del contrato.

ART. 142 BIS 6.- El franquiciante y el franquiciatario no podrán dar por terminado o rescindido unilateralmente el contrato, salvo que el mismo se haya pactado por tiempo indefinido, o bien, exista una causa justa para ello. Para que el franquiciatario o el franquiciante puedan dar por terminado anticipadamente el contrato, ya sea que esto suceda por mutuo acuerdo o por rescisión deberán ajustarse a las causas o procedimientos convenidas en el contrato.

La terminación anticipada que hagan franquiciante o franquiciatario dará lugar al pago de las penas convencionales que hubieron pactado en el contrato, o en su lugar a las indemnizaciones por los daños o perjuicios causados.

ART. 142 BIS 7.- El franquiciatario tendrá derecho a que en igualdad de condiciones sea preferido con respecto a terceros en la celebración de un nuevo contrato de franquicia en el territorio otorgado en exclusividad.

ART. 213.- Son infracciones administrativas:

XXVI.- No proporcionar el franquiciatario la información a que se refiere el artículo 65 del Reglamento de esta Ley.

XXVII.- Usar la combinación de signos distintivos, elementos operativos y de imagen, que en su conjunto, permitan identificar productos o servicios iguales o similares en grado de confusión a otros protegidos por esta ley y que por su uso causen o induzcan al público a confusión, error o engaño, por hacer creer o suponer la existencia de una relación entre el titular de los derechos protegidos y el usuario no autorizado.

TRANSITORIO

ARTICULO UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. “

SEGUNDO. Notifíquese a la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados para los efectos legales conducentes.

Palacio Legislativo, a 24 de abril de 2002.— Comisión de Comercio y Fomento Industrial: diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (rúbrica), Presidente; José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica), Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Reyes Antonio Silva Beltrán, Francisco Agundis Arias (rúbrica), secretarios; José Bañales Castro (rúbrica), Orlando Alfonso García Flores, Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), Jaime Salazar Silva, Francisco Javier Ortiz Esquivel (rúbrica), María Teresa Tapia Bahena (rúbrica), Jorge Urdapilleta Núñez (rúbrica), Carlos Nicolás Villegas Flores, Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica), Miguel Castro Sánchez (rúbrica), Elías Dip Rame, María Luisa Domínguez Ramírez, Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Jaime Hernández González (rúbrica), Julián Luzanilla Contreras (rúbrica), Hermilo Monroy Pérez (rúbrica), Manuel Payán Novoa, Roberto Ruiz Angeles (rúbrica), Jorge Schettino Pérez, Adolfo Zamora Cruz, Miroslava García Suárez (rúbrica), Rafael Servín Maldonado (rúbrica), Gregorio Urías Germán, Norma Patricia Riojas Santana (rúbrica).»

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de primera lectura.

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto que adiciona el artículo 25 con un tercer párrafo y el artículo 31 con una fracción III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LVIII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Iniciativa de Decreto que Reforma el Artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para que los participantes presenten constancia de no adeudo expedida por el IPAB, presentada por el C. Diputado José Antonio Arévalo González, a nombre de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Verde Ecologista de México, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y del Trabajo, el 13 de diciembre de 2001, que en ejercicio de la fracción II, del Artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en los Artículos 39 y 45, párrafo sexto, incisos d, e y f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los Artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa descrita, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el día 13 de diciembre de 2001, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al Pleno de la Iniciativa que presentó el C. Diputado José Antonio Arévalo González del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial”.

Segundo. Mediante oficio CCFI/001140/2001 de fecha 14 de febrero de 2002, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial del contenido de la mencionada Iniciativa.

Tercero. La iniciativa de Decreto considera modificar la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para que toda aquella persona que vaya a concursar en adquisiciones, arrendamientos o servicios dentro del Sector Público, deberá presentar un documento expedido por el IPAB que constate que no tiene ningún adeudo con ese organismo.

Cuarto. El legislador establece lo siguiente:

• En 1999 desaparece el Fondo Bancario de Protección al Ahorro y se crea el Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB), que tiene como objetivos principales establecer un sistema de protección al ahorro bancario, concluir los procesos de saneamiento de instituciones bancarias, así como administrar y vender los bienes a cargo del IPAB para obtener el máximo valor posible de recuperación.

• Esta situación fue consecuencia del mal uso que se le dio a la banca (autopréstamos, préstamos sin garantía, y demás acciones fuera de la ley), los bancos comenzaron a quebrar o intentar quebrar uno a uno. Por lo que el gobierno debió intervenir con el dinero de los contribuyentes, para salvar a los bancos y que los dueños no perdieran su capital.

• Ahora bien, los procedimientos de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público no son del todo apegados a la honestidad y transparencia que requieren presentar, esto ha traído como consecuencia que la ciudadanía no tenga la plena confianza en este tipo de procedimientos.

• En consecuencia, es necesario evitar que aquellos que han demostrado una nula capacidad para administrar financieramente los créditos que se les han otorgado, vuelvan a contraer deudas incobrables, en las que nuevamente saldría a financiarlas el pueblo de México.

• Por lo anterior, se requiere modificar la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para que tenga una mejor normatividad que garantice la transparencia y esclarezca los procedimientos para dar confiabilidad del uso de los recursos públicos.

Artículo Unico: Se reforma, el Artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, para quedar como sigue:

Artículo 25. ...

La participación de cualquier persona moral o persona física en el procedimiento de este Título Tercero, estará condicionada a que dichas personas presenten ante cualquier entidad del sector público correspondiente, documento original expedido por el Instituto de Protección al Ahorro Bancario, por virtud del cual conste que no tienen obligaciones financieras vencidas ante dicho organismo.

Transitorio

Unico. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Considerando

Primero. Con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

Segundo. Que es clara la necesidad de transparentar aún más las compras y adquisiciones que hace el gobierno a las empresas privadas.

Tercero. Que el sistema jurídico mexicano debe contemplar disposiciones jurídicas, que obliguen a las personas, tanto físicas como morales, a finalizar las obligaciones que tengan pendientes, con el IPAB, antes de poder contratar con el Gobierno, esto con el fin de evitar la propagación de fraudes de empresas de dudosa confiabilidad crediticia.

Cuarto. Por lo que hace a la propuesta que hace el legislador proponente, de reformar el artículo 25, la que dictamina considera que también es necesario adicionar un texto de referencia en el artículo 31 de esta Ley, mismo que establece los requisitos que deben cumplir aquellos interesados que deseen participar en los concursos efectuados por el Gobierno Federal, de esta manera se conservaría el orden propio de la ley en comento.

Resultando

PRIMERO. Por los considerandos anteriores, los integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, presentan a consideración, análisis, debate y, en su caso, aprobación, el siguiente

Decreto por el que se Adiciona al artículo 25 un tercer párrafo, y se adiciona al artículo 31 una fracción III, recorriendo la fracción III) a IV) y así sucesivamente de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

ARTICULO UNICO. Se adiciona al artículo 25 un tercer párrafo, y se adiciona al artículo 31 una fracción III, recorriendo la fracción III) a IV), y así sucesivamente de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:

Artículo 25. ...

La participación de cualquier persona moral o persona física en el procedimiento de este Título Tercero, estará condicionada a que dichas personas presenten ante cualquier entidad del sector público correspondiente, documento original expedido por el Instituto de Protección al Ahorro Bancario, por virtud del cual conste que no tienen obligaciones financieras que hubiesen significado un costo fiscal.

Artículo 31. ...

I. y II. ...

III. Presentar documento original expedido por el Instituto de Protección al Ahorro Bancario, que conste que no tienen obligaciones financieras que hubiesen significado un costo fiscal.

IV. Fecha, hora y lugar de la junta de aclaraciones a las bases de la licitación, siendo optativa la asistencia a las reuniones que, en su caso, se realicen; fecha, hora y lugar de celebración de las dos etapas del acto de presentación y apertura de proposiciones; comunicación del fallo y firma del contrato;

V. Señalamiento de que será causa de descalificación el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases de la licitación, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los bienes o servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes;

VI. Idioma o idiomas, además del español, en que podrán presentarse las proposiciones. Los anexos técnicos y folletos podrán presentarse en el idioma del país de origen de los bienes o servicios, acompañados de una traducción simple al español;

VII. Moneda en que se cotizará y efectuará el pago respectivo. En los casos de licitación internacional, en que la convocante determine efectuar los pagos a proveedores extranjeros en moneda extranjera, los licitantes nacionales podrán presentar sus proposiciones en la misma moneda extranjera que determine la convocante. No obstante, el pago que se realice en el territorio nacional deberá hacerse en moneda nacional y al tipo de cambio vigente en la fecha en que se haga dicho pago;

VIII. La indicación de que ninguna de las condiciones contenidas en las bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas;

IX. Criterios claros y detallados para la adjudicación de los contratos de conformidad a lo establecido por el artículo 36 de esta Ley;

X. Descripción completa de los bienes o servicios, o indicación de los sistemas empleados para identificación de los mismos; información específica que requieran respecto a mantenimiento, asistencia técnica y capacitación; relación de refacciones que deberán cotizarse cuando sean parte integrante del contrato; aplicación de normas a que se refiere la fracción VII del artículo 20 de esta Ley; dibujos; cantidades; muestras, y pruebas que se realizarán, así como método para ejecutarlas;

XI. Plazo y condiciones de entrega, así como la indicación del lugar, dentro del territorio nacional, donde deberán efectuarse las entregas;

XII. Requisitos que deberán cumplir quienes deseen participar, los cuales no deberán limitar la libre participación de los interesados;

XIII. Condiciones de precio y pago, señalando el momento en que se haga exigible el mismo. Tratándose de adquisiciones de bienes muebles, podrá establecerse que el pago se cubra parte en dinero y parte en especie, siempre y cuando el numerario sea mayor, sin perjuicio de las disposiciones relativas de la Ley General de Bienes Nacionales;

XIV. Datos sobre las garantías, así como la indicación de si se otorgará anticipo, en cuyo caso deberá señalarse el porcentaje respectivo y el momento en que se entregará, el que no podrá exceder del cincuenta por ciento del monto total del contrato;

XV. La indicación de si la totalidad de los bienes o servicios objeto de la licitación, o bien, de cada partida o concepto de los mismos, serán adjudicados a un solo proveedor, o si la adjudicación se hará mediante el procedimiento de abastecimiento simultáneo a que se refiere el artículo 39 de esta Ley, en cuyo caso deberá precisarse el número de fuentes de abastecimiento requeridas, los porcentajes que se asignarán a cada una y el porcentaje diferencial en precio que se considerará;

XVI. En el caso de contratos abiertos, la información a que alude el artículo 47 de este ordenamiento;

XVII. Penas convencionales por atraso en la entrega de los bienes o en la prestación de los servicios;

XVIII. La indicación de que el licitante que no firme el contrato por causas imputables al mismo será sancionado en los términos del artículo 60 de esta Ley, y

XIX. En su caso, términos y condiciones a que deberá ajustarse la participación de los licitantes cuando las proposiciones sean enviadas a través del servicio postal o de mensajería, o por medios remotos de comunicación electrónica. El que los licitantes opten por utilizar alguno de estos medios para enviar sus proposiciones no limita, en ningún caso, que asistan a los diferentes actos derivados de una licitación.

Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, arrendamientos o servicios no se le podrá exigir al particular requisitos distintos a los señalados por esta Ley.

Transitorio

Unico. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Notifíquese a la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados para los efectos legales conducentes.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de abril de 2002.— Diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (rúbrica), Presidente; José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica), Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Reyes Antonio Silva Beltrán, Francisco Agundis Arias (rúbrica), secretarios; José Bañales Castro (rúbrica), Orlando Alfonso García Flores (rúbrica), Sergio García Sepúlveda, Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), Jaime Salazar Silva (rúbrica), Francisco Javier Ortiz Esquivel, María Teresa Tapia Bahena (rúbrica), Jorge Urdapilleta Núñez (rúbrica), Carlos Nicolás Villegas Flores, Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica), Miguel Castro Sánchez, Elías Dip Rame (rúbrica), María Luisa Domínguez Ramírez, Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Jaime Hernández González, Julián Luzanilla Contreras, Hermilo Monroy Pérez (rúbrica), Manuel Payán Novoa, Roberto Ruiz Angeles, Jorge Schettino Pérez, Adolfo Zamora Cruz, Miroslava García Suárez (rúbrica), Rafael Servín Maldonado (rúbrica), Gregorio Urías Germán, Norma Patricia Riojas Santana (rúbrica).

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de primera lectura.

PEDERASTIA

El Presidente diputado Eric Eber Villanueva Mukul:

El siguiente punto del orden del día es la segunda lectura del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se le dispensa la lectura.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de las Comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Educación Pública y Servicios Educativos de la LVIII legislatura de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión, fue turnada para discusión y resolución constitucional, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 261, 266 y 266 bis del Código Penal Federal; reforma el 2° y crea un artículo 268 bis del Código Federal de Procedimientos Penales; reforma el numeral 30 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y adiciona una fracción XIV al artículo 33 de la Ley General de Educación, en materia de Pederastia y Pedefilia.

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con fundamento en lo establecido por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con las facultades que le otorgan los artículos 39 numeral 1 y 2 fracción XVIII; 45 párrafo 6 incisos f) y g); demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y las que se deriven al caso, como son las contenidas en los artículos 56, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen bajo la siguiente:

METODOLOGIA

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, encargada del análisis, estudio y dictamen de la iniciativa presentada, desarrolló su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe:

1.- En el capítulo "Antecedentes" se da cuenta del trámite de inicio del proceso legislativo, recibo, tuno para dictamen de la iniciativa de decreto y trabajos previos de la Comisión.

2.- En el rubro "Exposición de Motivos" se exponen la causa y alcances de las reformas propuestas al Código Penal Federal, Código Federal de Procedimientos Penales, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y Ley General de Educación, en materia de Pederastia y Pedefilia.

3.- En las "Consideraciones" los diputados integrantes de la Comisión, expresan argumentos de valoración de la iniciativa, y los motivos que sustentan la decisión de respaldarla en lo general.

4.- En el capitulo denominado "Cambios a la Iniciativa", los integrantes de esta Comisión encargada del dictamen, someten a consideración del Pleno de la Asamblea de esta Cámara de Diputados, diversas enmiendas a la iniciativa anteriormente señalada.

1.- ANTECEDENTES

PRIMERO.- Con fecha 29 de abril de 2002, el ciudadano diputado José Elías Romero Apis, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 261, 266 y 266 bis del Código Penal Federal; reforma el 2° y crea un artículo 268 bis del Código Federal de Procedimientos Penales; reforma el numeral 30 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se incorpora una fracción XIV al artículo 33 de la Ley General de Educación, en materia de Pederastia y Pedefilia.

SEGUNDO.- En sesión celebrada el 29 de abril de 2002, la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Honorable Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de las Comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Educación Pública y Servicios Educativos, a efecto de estudio y dictamen de la iniciativa en comento.

TERCERO.- Los ciudadanos diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, acordaron analizar los planteamientos expresados en la iniciativa, designando una Subcomisión de trabajo, la cual se abocó a celebrar reuniones a efecto de intercambiar puntos de vista y enriquecer su discusión, solicitando la opinión de las Comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Educación Pública y Servicios Educativos.

CUARTO.- Mediante oficios de 27 de agosto y 29 de octubre del año en curso, se solicitó a las Comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Educación Pública y Servicios Educativos, que manifestaran sus observaciones.

QUINTO.- Una vez expresados los puntos de vista de los diversos diputados, los integrantes de esta Comisión de Justicia y Derechos Humanos, en sesión celebrada el seis de noviembre de dos mil dos aprobaron por mayoría de votos el presente dictamen, mismo que someten a consideración de esta H. Asamblea, sobre la base de la siguiente.

2.- EXPOSICION DE MOTIVOS

El autor de la iniciativa en estudio, refiere que tratar el tema de la pederastia y de la pedefilia es abordar un tema fuerte, es recurrir a un tema que cala, que alarma, que duele y que indigna. Toda acción de arrebato sobre un niño nos mueve a furia, así se trate tan sólo de despojarlo de un juguete. Que no resulta cuando se trata del pederasta y del pedéfilo, que le arrebatan al niño mucho más que eso. En ocasiones, que le arrebatan todo.

El mundo de la agresión sexual al niño es un mundo muy complejo y, hasta hoy, muy desatendido. Se mueve en el espacio generado por tres vicios que anidan en el alma y en la conducta de los humanos: la perversión, la indolencia y el abuso de la confianza.

Es un fenómeno que se genera, a partir de las desviaciones que orillan, a algunos, a las prácticas sexuales semi-auto-complacientes. Pero a esto hay que agregar un ingrediente distintivo de alta complejidad para la ley. Se trata de una agresión casi siempre abusiva de las confianzas depositadas o supuestas.

Refiere que la gran mayoría de los delitos violentos se producen entre desconocidos. La víctima del asalto, del robo de vehículo, del secuestro en todas sus formas y de muchos más casi nunca conocía a su agresor. A diferencia de ello, el agresor sexual de niños casi siempre es conocido por el infante. Salvo contadas excepciones, el escenario habitual de estos crímenes está constituido por el centro recreativo, por el centro escolar y por el seno familiar. La depravada fauna de aficionados al sexo con menores, no sólo abarca a entrenadores, guardianes, profesores, prefectos y conserjes sino que alcanza -y en proporciones alarmantes y, quizá, mayoritarias- a padres, tíos, padrastros y otros familiares adultos que mal usan de su relación de convivencia para poder actuar y que en ella se cobijan para sortear la eventualidad del castigo.

Todo esto, aunado a una indolencia oficial que ha logrado la virtual inexistencia de programas de apoyo a los menores y de concientización a una sociedad civil que carece, no sólo de una cultura de prevención y de precaución, sino también -es cruel pero cierto- de credulidad hacia los menores y de confianza frente a sus incipientes solicitudes de auxilio.

Por otra parte, en el terreno de lo jurídico el asunto no podría estar más enrarecido. Refiere que quienes han tenido la obligación profesional de atender estos asuntos saben que es en la pederastia y en la pedefilia donde se llega a la cumbre de la repugnancia y de la indignancia.

Desde el primer interrogatorio los comportamientos contraponen a la naturaleza. El pederasta, normalmente instalado en el crimen. El niño, habitualmente sumergido en el terror. No se ha conocido criminal más descarado que el agresor de niños, ni víctima más asustada que el menor agredido. Frente a los primeros se tiene que hacer acopio de prudencia para no violentar los límites de la ley; frente al niño se tiene que escuchar la narración de detalles de la agresión sexual, de los engaños y amenazas, además de formular las preguntas y buscar datos.

Allí no acaba la averiguación previa, hay que proseguir con otros participantes; algunos, encubridores; otros, incluso, cómplices. Hay directores de escuela que defienden a su prefecto; juntas de condóminos que protegen a su conserje. Pero no sólo eso, hay, también, madres de niños agredidos que se ponen del lado del padrastro agresor; tías carnales que protegen a sus maridos, tíos políticos y primos mayores que se cubren entre todos ellos.

Luego vienen momentos más difíciles. El reporte y narración de los médicos. Las lesiones, los destrozos, los residuos. Los vestigios de la presión, de los amarres, de las sogas, de los golpes y los de una agresión sexual practicada sin ningún comedimento y sin ninguna defensa. Luego prosiguen las pláticas con los psicólogos. Establecer el perfil de veracidad de un niño. O también, la entidad de los daños psíquicos que lo llevan a una confusión entre la verdad y la mentira, entre su aceptación y su rechazo, y que pueden exponer todo el éxito jurídico del caso.

Para tratar de sostener, con éxito, la acción penal, la fiscalía cuenta, básicamente, con un niño que no sólo es niño sino que está confundido, asustado, en mucho abandonado, lastimado, agredido y debilitado. Frente a ello, un abogado defensor de cuarta categoría puede, con mínima habilidad, imponerse a un fiscal estrella. Entre las primeras reglas de la técnica de defensa está la de agredir y de confundir a la víctima. En este caso, a un niño.

Junto con el maltrato de menores, la pederastia se constituye en los dos principales orígenes del homicidio de niños. En el maltrato, porque a los criminales "se les pasó la mano". En la pederastia, para que a las víctimas no "se les pase la lengua".

Con las reformas propuestas se persigue:

Elevar la pena de prisión para pederastas y pedéfilos. No como instrumento disuasivo automático, sino en su eficacia como representación de los valores tutelados por la ley. No parece consecuente que una agresión sexual sobre menores sea normalmente distinta que una sobre adultos. Hay quienes dicen que sí y quienes dicen que no. Pero lo cierto es que si frente al delito ambas víctimas son moralmente iguales, frente al proceso, el menor es infinitamente más débil e indefenso. Por ello se propone una necesaria reclasificación de penas que hoy van de 8 a 14 años en su modalidad ordinaria y de 12 a 21 en su modalidad calificada para convertirse en una de 12 a 21 años en su modalidad ordinaria y de hasta 28 años en su modalidad de calificada, para los casos de pederastia.

Para el caso de pedefilia se propone que la actual de 2 a 5 años para su modalidad ordinaria y de 3 a 7.5 años para su modalidad calificada se convierta en una de 3 a 7 años para su modalidad ordinaria y de 4.5 a 10.5 años para su modalidad calificada.

Inhabilitación para el desempeño de profesión, cargo o empleo en el que se hubiese delinquido. Como muchos pederastas y pedéfilos cometen sus crímenes aprovechando las circunstancias en las que los coloca su empleo, cargo o profesión, sean estas públicas o privadas, y como se trata de un abuso de la confianza que le permitían dichas circunstancias, se propone que la inhabilitación no sea de tan sólo 5 años, como actualmente se dispone, sino de los mismos años que la pena de prisión impuesta, computada -desde luego- a partir de que se recupere la libertad.

Precisar en la ley las circunstancias en que la Constitución impide el careo con el delincuente. Lo dispuesto por el nuevo artículo 20 constitucional, en vigor desde el 22 de marzo del año 2001, obliga a una precisión establecida en la ley, mandato del que este Congreso ha hecho omisión y, ahora, se pretende que se cumpla.

Propiciar la investigación ministerial especializada, para impedir a la víctima un doble impacto emocional. Con esto se pretende que estos casos que requieren un tratamiento victimológico sui generis, no caigan en manos que podrían hacer tanto daño como el producido por el agresor, no sólo en cuanto a la interrelación fiscal-víctima, sino en cuanto a su aplicación para el éxito del proceso.

Establecer centros de atención a víctimas de pederastia y pedefilia. Esto también, con objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 20 apartado B, constitucional, en cuanto a atención médica y psicológica, a asesoría jurídica, a información procedimental, a coadyuvancia ministerial, a entroncamiento procesal, a reparación del daño y a seguridad personal.

Impulsar programas que estimulen la confianza del niño para solicitar auxilio y denunciar el abuso. Esto con el objeto de difundir, sobre todo hacia la población infantil, que no están solos, que deben buscar auxilio y que deben ubicar a la persona de más confianza.

Formular programas de prevención en el gobierno y en la sociedad civil. Establecer que éste es un asunto al que la autoridad preventiva debe aplicarse desde muchos frentes sin dilación.

Instalar programas educativos tendientes a lo anterior. Esto para asumir que debe ser una responsabilidad de la escuela, sobre todo pública, participar en el establecimiento de una cultura de prevención, de precaución y de seguridad.

Formular, con el ejemplo, una atenta invitación a las potestades locales para logros similares.

3.- CONSIDERACIONES

Los diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, una vez analizado el contenido de esta iniciativa que contempla reformas al Código Penal Federal, Código Federal de Procedimientos Penales, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley General de Educación, consideramos de suma importancia enfrentar de manera enérgica, con los instrumentos legales que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nos otorga, un tema hasta hoy desatendido: la agresión sexual a menores, problema que se ha incrementado de manera alarmante en el seno de nuestra sociedad y que está atacando directamente a nuestros niños, que son el futuro del país.

En lo general estamos convencidos que estas reformas que atinadamente propone el autor de la iniciativa, constituyen elementos no solo disuasivos para pederastas y pedéfilos, sino eficaces por la representación de los bienes jurídicos tutelados por la ley.

Consideramos acertado que además de incrementar las penas para los autores de estos ilícitos, se procure un apoyo íntegro, eficaz a las víctimas, así como precisar en la ley, que la Constitución impide el careo o confrontación con el delincuente, los que solo se realizarán sin que el indiciado coincida personalmente con la víctima. Que se debe propiciar la investigación ministerial especializada para impedir a la víctima un doble impacto emocional. Impulsar el establecimiento de centros de atención a víctimas de pederastia y pedefilia que implica atención médica, psicológica y asesoría jurídica; así como establecer que se implementen programas que estimulen la confianza del niño para solicitar auxilio y denunciar el abuso; la formulación de programas de prevención en el gobierno y en la sociedad civil, así como la inhabilitación para el desempeño de la profesión, cargo o empleo en el que se hubiese delinquido, no solo por cinco años, sino los mismos años que la pena de prisión impuesta, computada a partir de que se recupere la libertad absoluta, entendida cuando la pena de prisión haya sido extinguida.

Estamos ciertos que con estas medidas se logrará aminorar estos lamentables hechos, que alarman e indignan a la sociedad.

4.- CAMBIOS A LA INICIATIVA

Con el propósito de dar congruencia y eficacia a los planteamientos de la iniciativa propuesta, los suscritos integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos planteamos algunas modificaciones a los textos propuestos, haciendo una relación de los cambios que se plantean en referencia a preceptos específicos, proponiendo una nueva redacción en los artículos relativos.

AL CODIGO PENAL FEDERAL.

El Estado, a través del Derecho Penal, objetivamente considerado, tiene el deber -incuestionable- de proteger a los menores de edad e incapaces cuando se quebrante, dañe o ponga en peligro su libertad y seguridad sexuales -además, desde luego, de otros valores fundamentales que también es obligado tutelar-; personas que por su insuficiente desarrollo moral e intelectual, carecen de capacidad para encauzar libremente su comportamiento.

Advertimos en la iniciativa en estudio, un ferviente deseo por una mayor reacción del poder del Estado frente a tales conductas, al señalar una penalidad más severa imponible a quienes incurran en su comisión. Sin embargo, si bien es cierto que en la especie estamos de acuerdo en elevar las penas a los sujetos activos de estos injustos, concluimos en establecer una penalidad más atenuada que en la propuesta inicial, sin embargo agravadas, en relación con las vigentes, convencidos que el combate de estas conductas opuestas a la moral y al derecho, se debe dar por una parte, con sanciones mas severas, y por la otra, en contra de la impunidad. Por ello, realizamos modificaciones reflejadas en el primer párrafo del artículo 266 del Código Penal Federal.

En cuanto a la fracción III del artículo 266 bis, coincidimos plenamente con el autor de la iniciativa en el sentido que los sujetos activos de estos injustos, sean inhabilitados por un tiempo igual a la prisión impuesta. Sin embargo, observamos que computar el tiempo de esta inhabilitación a partir de que el responsable sea puesto en libertad podría causar confusiones en el procedimiento, toda vez que el Código Penal Federal establece diversas causas de libertad, por lo que para estar en armonía con lo establecido por el artículo 25 de este cuerpo normativo que en la parte conducente a la prisión dispone, ?" Se extinguirá en las colonias penitenciarias, establecimientos o lugares que al efecto señalen las leyes o la autoridad ejecutora de las penas, ajustándose a la resolución judicial respectiva". Por ello estimamos procedente cambiar la redacción de este artículo, estableciendo que la inhabilitación será computada a partir de que se haya extinguido la pena de prisión.

AL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

Para evitar confusiones en la ley, consideramos adecuado conservar la redacción vigente de la fracción X del artículo 2°, y por técnica legislativa, adicionamos la fracción X bis, con modificaciones en su redacción, ya que si bien es cierto que los diccionarios definen a la pederastia, "como la homosexualidad practicada con los niños", y que este término es conocido y entendido comúnmente, igualmente resulta cierto, que en el Código Penal Federal no existe el tipo penal de esta manera expresada.

En cuanto a la fracción XII del artículo 2° propuesto en la iniciativa, los integrantes de esta Comisión, en principio, estamos de acuerdo con lo que se intenta tutelar. Sin embargo consideramos suprimirlo ya que sus alcances deben estar plasmados en otra legislación, por lo que sin abandonar su espíritu, mediante una Proposición con Punto de Acuerdo, impulsaremos que las autoridades competentes desarrollen acciones generales para instalar una cultura de confianza que facilite la denuncia de parte de las víctimas de pederastia, pedefilia, abuso sexual, violación, secuestro, e incluso de la comisión de otras conductas típicas, como se propone en la iniciativa.

Los integrantes de esta Comisión estimamos necesario modificar la redacción del artículo 268 bis de la iniciativa, para que sin contradecir su contenido, cuente con un mayor alcance y seguridad jurídica en relación con el tipo penal.

DE LA LEY GENERAL DE EDUCACION.

Los integrantes de esta Comisión entendemos que la disminución y extinción de este tipo de delincuencia exige un esfuerzo continuo y en el que participen Instituciones Públicas, privadas y ciudadanos en general. Sólo así, las conductas que atacan uno de los aspectos más sensibles de nuestra estructura social como son los menores, podrán ser erradicadas.

Por ello, en este sentido, respaldamos la iniciativa de reformar la Ley General de Educación. Sin embargo, consideramos necesario adecuar la redacción propuesta para la fracción XIV del artículo 33, incorporando la implementación de programas y acciones que permitan a los menores de edad desarrollar su confianza para solicitar auxilio cuando sean víctimas de abusos o delitos sexuales.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, sometemos a consideración de esta H. Soberanía el siguiente:

DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL CODIGO PENAL FEDERAL; EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES; LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL Y LA LEY GENERAL DE EDUCACION.

ARTICULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 261, 266 primer párrafo y 266 bis fracción III del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 261. Al que sin el propósito de llegar a la cópula, ejercite un acto sexual en una persona menor de doce años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo se le aplicará una pena de tres a siete años de prisión.

............

Artículo 266. Se equipara a la violación y se impondrá prisión de diez a dieciocho años:

I.- a III.- ...

.............

Artículo 266 bis.- ...

I.- y II.- ...

III.- El delito fuere cometido por quien desempeñe un cargo o empleo público o ejerza su profesión o empleo, utilizando o valiéndose para ello de los medios o circunstancias que ellos le proporcionen. Además de la pena de prisión el condenado será destituido de su cargo o empleo público; o suspendido e inhabilitado para el desempeño de su profesión o tipo de empleo en el que delinquió, o cargo o empleo público por un tiempo igual a la prisión impuesta, computándose a partir que ésta se haya extinguido.

IV.- ...

ARTICULO SEGUNDO.- Se adicionan la fracción X bis al artículo 2º y el artículo 268 bis al Código Federal de Procedimientos Penales para quedar como sigue:

Artículo 2º.- ...

I.- a X.- ....

X bis.- Proveer el personal ministerial, pericial y auxiliar especializado, para la investigación de la comisión de delitos sexuales en contra de menores; y

XI.- Los demás que señalen las leyes.

Artículo 268 bis. En los términos de lo dispuesto por la fracción V del apartado B del artículo 20 constitucional, los careos en los que participen menores víctimas de los delitos a que se refiere el título décimo quinto del Código Penal Federal y secuestro, se practicarán de manera diferida con la intermediación del agente del Ministerio Público o del tribunal.

La confrontación y la reconstrucción de hechos en los delitos mencionados en el párrafo anterior se realizarán sin que el indiciado coincida personalmente con la víctima. En todo caso, el representante de esta podrá participar en la diligencia.

ARTICULO TERCERO.- Se reforman las fracciones VI y XVI del artículo 30 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para quedar como sigue:

Artículo 30 bis.- ...

I.- a V.- ..........

VI.- Proponer en el seno del Consejo Nacional de Seguridad Pública, políticas, acciones y estrategias de coordinación en materia de prevención del delito y política criminal para todo el territorio nacional, haciendo énfasis en lo que concierne a delitos contra menores de edad;

VII.- a XV.- ...

XVI.- Organizar, dirigir y administrar un servicio para la atención a las víctimas del delito y celebrar acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado para el mejor cumplimiento de esta atribución, sobre todo en lo que concierne a menores de edad;

XVII.- a XXVI.- ...

ARTICULO CUARTO.- Se adiciona la fracción XIV al artículo 33 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

Artículo 33.- ...

I.- a XIII.- ...

XIV.- Fomentarán la implementación de programas y acciones que permitan a los menores de edad desarrollar su confianza para solicitar auxilio cuando sean víctimas de abusos o delitos sexuales.

TRANSITORIOS

UNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil dos.

Comisión de Justicia y Derechos Humanos: Diputados: José Elías Romero Apis (rúbrica), Presidente; Roberto Zavala Echavarría (rúbrica), secretario; Fernando Pérez Noriega, secretario; Germán Arturo Pellegrini Pérez, secretario; David Augusto Sotelo Rosas (rúbrica), secretario; Eduardo Andrade Sánchez, Flor Añorve Ocampo (rúbrica), Francisco Cárdenas Elizondo, Manuel Galán Jiménez (rúbrica), Rubén García Farías (rúbrica), Ranulfo Márquez Hernández, José Manuel Medellín Milán, José de Jesús Reyna García, Juan Manuel Sepúlveda Fayad (rúbrica), Benjamín Avila Márquez (rúbrica), Enrique Garza Tamez (rúbrica), Gina Andrea Cruz Blackledge, Lucio Fernández González, Alejandro Enrique Gutiérrez Gutiérrez (rúbrica), Silvia América López Escoffie (rúbrica), María Guadalupe López Mares (rúbrica), Vicente Pacheco Castañeda, Nelly Campos Quiroz, Víctor Hugo Sondón Saavedra (rúbrica), Martha Ruth del Toro Gaytán, Genoveva Domínguez Rodríguez, Tomás Torres Mercado, José Manuel del Río Virgen (rúbrica), Arturo Escobar y Vega, Norma Patricia Riojas Santana (rúbrica), Enrique Priego Oropeza (rúbrica).»

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 del Reglamento Interior, se ofrece el uso de la palabra al diputado Roberto Zavala Echavarría.

El diputado Roberto Zavala Echavarría:

Gracias, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Vengo a esta tribuna para pedirles su apoyo en un dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con las opiniones correspondientes de las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Educación Pública y Servicios Educativos de esta Legislatura.

Este dictamen implica modificar cuatro ordenamientos jurídicos para efectos de proteger a los menores y de prevenir y castigar los abusos sexuales en contra de ellos.

También me voy a permitir proponerles una modificación al propio dictamen contenida en el artículo 261 del Código Penal Federal.

Este dictamen, compañeras y compañeros diputados, tiene por objeto modificar los artículos 261, 262, 266 y 266-bis del Código Penal Federal; reforma el artículo 2o., y adiciona y crea un nuevo artículo que es el 268-bis del Código Federal de Procedimientos Penales. Asimismo, reforma el artículo 30-bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y modifica el artículo 33 de la Ley General de Educación.

Todas estas modificaciones tienen como efecto principal, proteger a los menores contra abusos sexuales, pero sobre todo darle instrumento a las autoridades encargadas para efecto de que esta protección no solamente se concrete a un incremento en la penalidad, sino que también vaya acompañada de facultades a la Secretaría de Educación Pública, a la Secretaría de Seguridad Pública y al Ministerio Público de la Federación para que se le dé tratamiento diferente a los menores cuando han sido víctimas de los llamados “delitos de pederastia y pedofilia”.

Quiero también decirle a esta honorable Asamblea que estos delitos, aunque no están tipificados como tales en el Código Penal Federal, el tipo correspondiente a la acción delictiva está contenida incluso en los artículos que nos permitimos proponer a su consideración. Elementos hay de sobra para estos hechos abominables.

 El iniciador de este trabajo legislativo, fue el maestro Romero Apis, nuestro compañero diputado y Presidente de esta comisión, que en su exposición de motivos plantea con mucha claridad las razones por las cuales se proponen las modificaciones que he expuesto.

En primer término se eleva la pena de prisión de los pederastas y pedófilos. Discutimos ampliamente en la comisión, porque hay quienes sostienen que el sólo incremento de las penalidades no disminuye la comisión de los delitos. Sin embargo, también es conveniente que este incremento en la penalidad vaya acompañada de una serie de modificaciones procesales y de acciones que tendrá que realizar el Ministerio Público, la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Seguridad Pública Federal, para efecto de integralmente proteger a los menores.

¿Por qué esta protección y este análisis tan exhaustivo y este incremento de la penalidad y estas nuevas atribuciones de dependencias federales? ¿Por qué este delito no es un simple delito de abuso contra una persona, aún tratándose un menor? Es un delito que cuando conlleva el incesto generalmente termina en un crimen que muchas veces quedan impunes. Quedan impunes porque normalmente los hechos violentos tan abominables que tienen como respuesta o como efecto de la comisión delictiva, van más allá de la comprensión de las propias autoridades encargadas del caso y de las sociedad en lo general.

Muchas veces cuando un ascendiente atenta sexualmente contra un menor descendiente y que este hecho para que no se sepa esta conducta, se convierte en un delito que a veces llega hasta la muerte al menor y se presenta ante la autoridad correspondiente al autor del delito y señala que su hijo murió porque se cayó de la casa, porque se cayó de una escalera o porque sufrió un accidente de una naturaleza tal que le causó la muerte.

También tiene como efecto inhabilitar para el desempeño de la profesión, cargo, ocupación o empleo en el que se hubiese delinquido. Todos sabemos los casos públicos que hay recientemente en tratándose de este tipo de delitos.

Otra razón muy importante es que en las confrontaciones procesales, es decir, los careos entre el menor y el victimario normalmente atemorizan, lesionan, no sólo la sigue del menor sino también su propia personalidad y reduce muchas veces y afecta todo lo que es la personalidad del menor. Entonces estamos previniendo la circunstancia de que los llamados careos entre la víctima y el victimario, sean siempre ante la presencia del Ministerio Público Federal.

Luego también queremos que con esta modificación se propicie que en toda investigación para efecto de determinar la culpabilidad del indiciado y de establecer la sanción correspondiente, sean siempre Ministerios Públicos, peritos o personal especializado en la materia de abuso de menores, los que se encarguen de la investigación y de la consignación correspondiente. No es posible que un agente del Ministerio Público Federal que normalmente se encarga de otro tipo de delitos como el narcotráfico, lleve a cabo una investigación para integrar la averiguación previa en tratándose de abuso contra menores.

También resulta conveniente darle facultades a la Secretaría de Seguridad Pública para que a través del Consejo Nacional de Seguridad Pública establezca políticas de prevención de este delito, para que intente crearse toda una cultura en los menores y en los mayores que prevengan las comisiones de estas acciones delictivas.

También tiene en el artículo 20 constitucional, que a mi juicio indebidamente se modificó desde el 22 de marzo del año 2001, que obliga a una precisión establecida en la ley, mandato del que este Congreso ha hecho omisión y que ahora a través de estas modificaciones pretendemos que se cumpla.

Por último, compañeros diputados, si me permite la señora Presidenta, quiero decirles que la comisión hace suya la propuesta de nuestro compañero diputado David Rodríguez Torres para hacerle una adición más, con base en lo que está en el dictamen, al artículo 261, que si me permite la señora Presidenta voy a leerlo y les voy a decir cuál es la omisión. La propuesta en el dictamen dice lo siguiente:

“Artículo 261. Al que sin el propósito de llegar a la cópula ejercite un acto sexual en una persona menor de 12 años o en contra de persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo, se le aplicará una pena de tres a siete años de prisión.”

Así dice el dictamen. La propuesta en la que la comisión está de acuerdo y que fue hecha por el diputado Rodríguez Torres pretende añadir y nosotros y yo en lo personal estoy de acuerdo en que esta Cámara lo apruebe así, que la persona menor no sea de 12 años, sino que sea menor de 14 años y que además esté privada de razón, aun cuando mediare su consentimiento.

Consecuentemente, compañeros diputados, con base en el dictamen que ustedes tienen en sus manos, la modificación que propone la comisión es que el artículo 261 quede como sigue:

 “Al que sin propósito de llegar a la cópula ejercite un acto sexual en una persona menor de 14 años de edad o privada de razón, aun cuando mediare su consentimiento o en contra de persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo, se le aplicará una pena de tres a siete años de prisión.”

Compañeras y compañeros diputados: la Comisión de Justicia y Derechos Humanos discutió durante más de cinco horas el texto y la modificación reciente que hoy se propone y llegamos a la conclusión de que ésta es una medida que debe tomar el Congreso no solamente para prevenir y sancionar este delito, sino para proteger aún más a los menores que son víctimas de abuso sexual.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Muchas gracias, señor diputado.

En consecuencia, está a discusión en lo general.

Para fijar posiciones en esta iniciativa, se han inscrito los siguientes diputados: José Antonio Calderón Cardoso, del Partido de Alianza Social; Víctor Antonio García Dávila, del grupo parlamentario del PT; Olga Patricia Chozas y Chozas, del grupo parlamentario del PVEM; David Augusto Sotelo Rosas, del grupo parlamentario del PRD; María Guadalupe López Mares, del grupo parlamentario del PAN y Juan Manuel Sepúlveda Fayad, del grupo parlamentario del PRI.

Se ofrece el uso de la palabra al diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social, hasta por cinco minutos.

El diputado José Antonio Calderón Cardoso:

Gracias, señora Presidenta; amigas y amigos legisladores:

El abuso sexual contra niños constituye una de las conductas más aberrantes que puede darse en una sociedad, ya que no sólo atenta contra vidas que empiezan a vivir, sino que dejan huellas que de por vida marcarán esas existencias.

Mediante esta enferma conducta son violados tanto los derechos humanos como los derechos de los niños, en donde éstos últimos corren el riesgo de perder toda dignidad humana y convertirse en mercancías u objetos sexuales.

Los agresores normalmente racionalizan su conducta con argumentos que atentan contra la razón y la moral, asumiendo una posición en donde no existe el más mínimo rastro de arrepentimiento o vergüenza.

La pedofilia es un problema de salud pública con afectación física y sicológica de las víctimas y familiares. Desgraciadamente México es uno de los cinco países en América Latina en donde la prostitución infantil alcanza las mayores dimensiones.

Desgraciadamente este problema no sólo se da en las calles, sino que en el seno de las mismas familias esta conducta antinatural se comete en contra de seres indefensos, tanto física como mentalmente: los niños; en donde los mismos familiares en ocasiones son los criminales que con toda alevosía y ventaja hacen del poder algo aberrante.

Las relaciones se dispersan y penetran en todos los ámbitos de la sociedad y es en la institución de la familia en donde en ocasiones el ejercicio de esos poderes se manifiesta en condenables actos de violencia, como es la pedofilia, ya que se viola el derecho a la libertad a elegir y en ocasiones el derecho a la propia vida de los menores.

La explotación sexual de menores de edad en el ámbito mundial representa un negocio de millones de dólares en ganancias, representando en algunos países el equivalente al 50% de su PIB nacional.

La responsabilidad para dar fin a este cáncer social es de todos: padres de familia, servidores públicos, sector privado, organismos no gubernamentales etcétera. El problema no es coyuntural, es un problema que pone en riesgo la vida de millones de personas en el ámbito mundial, que hoy son niños, convirtiendo así que evitemos, combatamos y sancionemos ejemplarmente esta deshumana actuación en una responsabilidad impostergable.

El menor victimado no sólo carga sobre sus espaldas la agresión física y sicológica del ataque, sino que tiene que sobrellevar la amenaza de guardar silencio, llegando así a vivir un verdadero calvario al compartir en ocasiones en la misma vivienda con su agresor.

Desgraciadamente existe un alto porcentaje de probabilidad en cuanto a que una víctima de este tipo de agresión sexual se convierte en un futuro agresor, repitiendo con el tiempo esta aberrante conducta.

Por todo lo anterior las leyes destinadas a dar solución de fondo a este grave problema, no pueden ser permitibles, flexibles o dar lugar a su fácil tergiversación, por el contrario, deben ser leyes que promuevan un castigo ejemplar, que condenen al victimario a una pena directamente proporcional al daño físico y sicológico propiciado a la víctima. Un Estado de Derecho auténtico es aquel en donde las leyes se cumplen, donde el Poder Judicial hace cumplir la ley y no dar cabida a la impunidad o a la comisión.

Por todo lo anterior, amigas y amigos diputados, la representación política del Partido Alianza Social en el Congreso de la Unión, se suma a favor del dictamen presentado y puesto a discusión esperando que acciones legislativas como ésta, den a las víctimas del delito no sólo una retribución en la medida de lo posible, sino que den a los victimarios un castigo que inhiba la repetición del mismo delito por parte de otras personas.

Muchas gracias.

La Presidenta Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

Se ofrece el uso de la palabra al diputado Víctor Antonio García Dávila, del grupo parlamentario del PT hasta por 10 minutos.

El diputado Víctor Antonio García Dávila:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

El cambio en México ya nadie lo para, la reversa también es cambio. El grupo parlamentario del Partido del Trabajo acude a esta tribuna para fijar su posición acerca del dictamen que nos presenta la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Coincidimos plenamente tanto con el autor de la iniciativa como con la comisión que dictamina la necesidad de salvaguardar la integridad física y emocional de nuestros niños.

Desafortunadamente, se ha generalizado la nefasta conducta de abusar no sólo sicológica y físicamente de los niños, sino que ahora, en complemento a las dos conductas anteriores se ha dado una agresión sexual. No es esta un conducta que se dé en lo que va del presente siglo, es una conducta de abuso de poder que se ha dado desde hace mucho tiempo

Que antes no trascendía, no es sinónimo de que estas perversas conductas no se cometieran, tanto al interior de las organizaciones donde existe una relación jerárquica de su dedicación hacia un jefe como al interior de la propia familia la agresión sexual a los menores ha existido.

Sin embargo, es obligación nuestra, como legisladores, proveer a la sociedad de los mecanismos jurídicos que inhiban o desalienten estas conductas y a quienes las cometan se les sancione de manera ejemplar. Quien abusa de la fuerza para agredir sexualmente a un menor, sabe que en su favor opera el criterio de credibilidad ya que al menor agredido se le acusará de fantasear o simplemente de ser un niño mentiroso.

Por eso es pertinente que en el caso particular de las conductas de agresión sexual a menores, se provea de un entorno que garantice que quien sufrió a la fuerza una agresión, pueda ser sujeto de tratamiento médico, sicológico, etcétera, que le permitan superar este trauma.

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo, coincide con la propuesta de reformas a cuatro ordenamientos jurídicos, el primero en relación al Código Federal, Código Penal Federal que tiene como propósito: el incrementar las penalidades a los sujetos activos en la comisión de este delito, pero, además, propone la inhabilitación de quien valiéndose de su cargo, sea público, privado o religioso, pero en donde se encuentre en una situación de imponer su autoridad o su fuerza, no pueda ocupar en virtud de la inhabilitación, nuevamente ese cargo hasta que haya transcurrido un tiempo igual a la pena impuesta a partir de la extinción de la misma.

Se propone la adición al Código Federal de Procedimientos Penales para que el personal ministerial cuente con los elementos humanos especializados en la investigación de la comisión de delitos sexuales contra menores. Asimismo, en dicho ordenamiento se propone dar cumplimiento al apartado B del artículo 20 constitucional para que los ca- reos entre los menores sujetos pasivos de los delitos que se comentan se practique de manera diferida con la intermediación del Ministerio Público sin que coincidan el activo y el pasivo en la confrontación o reconstrucción de hechos.

En la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se plantea que en el seno del Consejo Nacional de Seguridad Pública se realicen acciones y estrategias de coordinación en materia de prevención del delito y política criminal en lo que concierne a delitos contra menores de edad. En la misma disposición legal se propone la creación de un servicio para la atención a las víctimas de estos delitos, particularmente en lo que concierne a los menores de edad.

Por último, se propone una adición a la Ley General de Educación en lo que concierne a la implementación de programas y acciones que permitan a los niños tener más confianza en sí mismos y hacer las denuncias correspondientes.

Compañeras y compañeros legisladores, cualquier medida legal que tomemos para salvaguardar la integridad y sano desarrollo de estos niños, siempre, siempre será poca. Por eso, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo votará en lo general y en lo particular a favor del dictamen que se nos presenta y sus modificaciones y congratula a la comisión que la presentó.

Es cuanto. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

Se ofrece el uso de la palabra a la diputada Olga Patricia Chozas y Chozas, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Olga Patricia Chozas y Chozas:

Con el permiso de la Presidencia; compañeros legisladores:

La etapa de formación más importante en un ser humano, la que determinará su personalidad; la que moldeará su temperamento; la que lo facultará para desempeñarse en su vida de manera sana para él y para los que lo rodean, transcurre durante sus primeros años de vida hasta la adolescencia. Así, todos los sucesos que viva durante esta etapa el menor, los va a integrar en su subconsciente y en ocasiones en su inconsciente constituyéndose así un individuo con valores, intereses, necesidades y carencias distintas.

La sexualidad es uno de los aspectos formativos más importantes porque atañe a la parte más íntima de una persona y que en su etapa adulta el individuo lo reflejará y condicionará su actuar y su confianza en sí mismo.

El menor que es objeto de un abuso sexual, cualquiera que sea su modalidad, es dañado no sólo en su fuero externo sino más importante aún, en el interno. Es una parte que aún no descubre ni está listo para descubrir por lo que le genera desconcierto y por lo mismo, ansiedad; es a todas luces, un ser indefenso ante un mundo dominado por adultos.

Al ser víctima de un abuso, el menor no tiene los recursos ni la fuerza física, ni la madurez mental para entender y de alguna manera afrontar una situación de tal naturaleza.

A este respecto, es importante señalar que a diferencia de otros delitos violentos, robo, asalto o secuestro, el agresor sexual de niños casi siempre es conocido por el infante.

Salvo contadas excepciones el escenario habitual de estos crímenes está constituido por el centro recreativo, por el centro escolar y por el seno familiar por lo que el niño ha otorgado su voto de confianza a estos entes encargados de su cuidado y formación.

En este sentido el infante se encuentra aún en mayor desventaja.

Tomando en cuenta que en el seno familiar es el escenario perfecto para la comisión de este tipo de delitos, el Estado debe velar por los individuos que formarán su propia sociedad, garantizando su seguridad y su bienestar físico y mental es por ello que a través del Poder Legislativo, haciendo uso de los instrumentos legales que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nos otorga, consideramos de suma importancia enfrentar de manera enérgica un tema hasta hoy desatendido: la agresión sexual a menores, problema que se ha incrementado de manera alarmante en el seno de nuestra sociedad y que está atacando directamente a nuestros niños. El marco legal fortalecerá la protección de los menores, nuestros menores que son, los que son el futuro del país.

En lo general estamos convencidos de que estas reformas que atinadamente propone el autor de la iniciativa, constituyen elementos no solo disuasivos para el pederasta, sino eficaces para la protección de los bienes jurídicos tutelados por la ley, por lo que el PVE, emitirá su voto a favor del presente dictamen.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señora diputada.

Tiene la palabra el diputado David Augusto Sotelo Rosas del grupo parlamentario del PRD.

El diputado David Augusto Sotelo Rosas:

Muchas gracias, señora Presidenta.

No ocuparé el tiempo destinado para esta intervención, solamente para reiterar y confirmar la postura de mi partido, el de la Revolución Democrática , en contra de las conductas de pedofilia y pederastia y que con esta reforma a la ley, pretendemos no solamente elevar la punibilidad y también elevar la edad del sujeto-pasivo, sino que se trata de dar un mensaje a los ciudadanos del país, porque los diputados y diputadas estamos preocupados por recientes conductas que se han hecho públicas de parte de criminales, que han hecho de esta conducta un modus vivendi.

Por eso el Partido de la Revolución Democrática se une a aprobar esta iniciativa, este dictamen y como lo ha mencionado Roberto Zavala, en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, nos llevó tiempo de análisis para poder establecer la edad que a mi juicio esgrimía el de la voz el que fuera no de 14 años, sino que fuese menor de edad. Finalmente los menores de edad son inimputables. Sin embargo, las razones ponderadas, las consideraciones justas, los argumentos jurídicos de parte de mis compañeros tanto del PAN como del PRI, me convencieron de que fuese la edad que ha quedado expresada en el dictamen para que esta conducta de ahora en adelante tenga una mayor punibilidad, una mayor condena, una exigencia social que se reitera y se hace manifiesta en la ley y que ninguno de los mexicanos y de las mexicanas bien nacidos queremos seguir tolerando.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, diputado Sotelo.

Se ofrece el uso de la palabra a la diputada María Guadalupe López Mares, del grupo parlamentario de Acción Nacional, para fijar su posición.

La diputada María Guadalupe López Mares:

Vengo a esta tribuna con la conciencia plena y el compromiso firme de que quien se está hablando es por la nación y muy especialmente por lo que constituye su mayor tesoro: la niñez mexicana.

Estoy aquí para fijar el posicionamiento de mi grupo parlamentario sobre el dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley General de Educación, relativas todas al sensible y complejo tema de la agresión sexual a menores.

Permítaseme comentar que en Acción Nacional creemos que toda persona por el hecho de ser persona tiene una dignidad que le viene de su origen y de su destino: origen divino y destino de trascendencia, que por esa dignidad humana el hombre y la mujer tienen el derecho a vivir, y a vivir siendo respetados.

Este principio que como verdad universal hace suyo Acción Nacional, se traduce en la praxis en la actividad de gobierno que entre sus diversas funciones está el fortalecer instituciones cuyo compromiso natural se encuentra en su raíz y en su destino, pero debe localizarse en su desem- peño.

El deber de la justicia no se limita a un solo órgano; su razón ética y jurídica alcanza a todas las instituciones en las que se expresa el Estado, las domina y conduce cuando el ser humano con su dignidad plena es justificación y destinatario del poder político que se cifra en el Estado. Entonces, las instituciones públicas nacen de un propósito humanista y son instrumentos del y para el humanismo.

Señores diputados: todo lo anterior lo señalo para establecer la importancia histórica de la función de elaborar leyes, de ejecutarlas con verdadera voluntad política y de dirimir controversias entre particulares cuando se afecta el orden social.

La sociedad mexicana está deseosa de actos que fortalezcan la procuración e impartición de justicia y el Estado de Derecho, en el que no queden impunes actos de corrupción, actos delictivos; en suma actos que se aparten de la legalidad. La sociedad aspira a una adecuada impartición de justicia, más aún si las víctimas son quienes por su calidad de infantes no pueden defenderse.

Coincidimos en el sentido de que las prácticas sexuales con niños o niñas resultan ser una conducta más grave que el abuso sexual a una persona que por su edad es libre de conducirse sexualmente y/o defenderse o impedir la conducta. Además, el daño al infante es mayor, porque por la circunstancia de su edad, permanece durante toda su vida la vivencia traumática, que por si fuera poco, se realiza muchas veces traicionando la confianza que el menor deposita en algún familiar, en el maestro, en la persona que lo cuida o hasta en alguno de sus progenitores y que al amparo de esa confidencialidad, los agresores confían en no ser denunciados.

Es cierto también, que durante la etapa investigadora o instructora el inculpado tiene derecho a defenderse y a ofrecer pruebas, entre ellos los careos con quien lo acusa, constituyendo este derecho del acusado un daño más para la víctima menor de edad, pues al recordar la experiencia negativa, el seguir viendo a su agresor, el asistir a pruebas periciales a reconstrucción de hechos, a crueles narraciones de lo sucedido aumenta el trauma sicológico que marca de por vida, creando sentimientos de inferioridad, de rencor, de impotencia y de venganza, circunstancias que se agravan cuando después de la conducta y después de volver a recordar en el proceso penal durante la fase de la instrucción, la madre del ofendido se ve obligada por necesidad o por negligencia muchas veces a otorgar el perdón a su cónyuge con la consecuencia inevitable de la convivencia cotidiana de agresor y agredido, en condiciones de peligro, de volver a sufrir la conducta depravada por lo menos de recordarla siempre.

Por todo lo expuesto, los diputados de Acción Nacional consideramos que:

Primero. Es necesario aumentar las penas en las conductas que se analizan y no porque aumentarlas sea suficiente para inhibir el delito en general, puesto que más que eso, se requiere que quien delinque sepa que son grandes las posibilidades de que el estado lo sancione.

Sin embargo, en el caso concreto, resulta necesario incrementar la pena, porque como se expone en el dictamen, si frente al delito ambas víctimas son moralmente iguales, frente al proceso el menor es infinitamente más débil e indefenso.

Segundo. Se destituya suspenda o inhabilite del cargo público, al que valiéndose de éste, abuse sexualmente de un menor de 14 años, sanción que será por un tiempo igual al de la prisión, computándose a partir de que ésta se haya extinguido.

Tercero. No será necesario que el menor, cuando es víctima, coincida en careos u otras pruebas con su agresor.

Cuarto. Se propongan políticas de coordinación en materia de prevención del delito, sobre todo en los que se cometan contra niñas o niños.

Quinto. Se fomenten programa educativos que den confianza a los menores para pedir auxilio cuando son víctimas.

Lo anterior, por sí solo no es suficiente, sensibles al tiempo que vivimos cuando la mirada a nuestro entorno nos produce desazón al advertir el deterioro de nuestras formas de convivencia, sentimos que requerimos la consistencia espiritual que dan los valores; los que ignoran o los que lo niegan, quedarán condenados a vivir en un mundo amorfo y sin relieve, como un ser indiferente, como una nada para la conciencia.

Los valores sociales son, por un lado, cualidades valiosas, pero también son bienes ideales que se realizan en los diversos aspectos de la convivencia humana, justicia, seguridad, bienestar, educación, solidaridad y libertad.

Por lo anterior, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, votará a favor del dictamen que se presenta y como en su momento Abel Viscencio Tovar dijo: “Si todos los días despertamos con el propósito de defendernos y defender a nuestros hijos y a nuestros vecinos de las arbitrariedades; si todos los días amanecemos con el deseo de servir y llenar de dones a nuestra comunidad, entonces no habrá vacío ciudadano, ni habrá tampoco la tentación de violencia; la violencia se convierte en tentación cuando un pueblo ha abandonado por muchos años el cumplimiento de su deber político”.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señora diputada.

Queremos saludar a un distinguido grupo de secretarios de Desarrollo Económico de diversas entidades federativas, del Distrito Federal, de Zacatecas, de Chihuahua, de Yucatán, de Chiapas, de Nuevo León, de Michoacán, de Guanajuato, de Jalisco, de Sinaloa, de Oaxaca, de Sonora, de Tabasco y de Puebla. Gracias por estar entre nosotros y aquí en el Congreso se respetan sus funciones en el ámbito del federalismo.

Se ofrece el uso de la palabra al diputado Juan Manuel Sepúlveda Fayad, a nombre del grupo parlamentario del PRI.

El diputado Juan Manuel Sepúlveda Fayad:

Con su permiso señora Presidenta; señoras y señores diputados:

Al presentar ante esta soberanía la iniciativa que hoy discutimos, la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional a través de su proveedente, señaló con claridad, que el hablar de pederestia y pedofilia, es abordar un tema fuerte, es recurrir a un tema que cala, que alarma, que duele y que indigna. Toda acción de arrebato sobre un niño, nos mueve a furia, así se trate tan sólo de despojarlo de un juguete, que no resulta cuando se trata del pederesta y el pedófilo, que le arrebatan al niño mucho más que eso, le arrebatan en muchos ocasiones, todo.

El mundo de la agresión sexual al niño, es un mundo muy complejo y hasta hoy muy desatendido. Se mueve en el espacio generado por tres vicios que anidan en el alma y en la conducta de los humanos: la perversión, la indolencia y el abuso de la confianza. Es un fenómeno que se genera a partir de las desviaciones que orillan a algunos, a las prácticas sexuales semiautocomplacientes.

Pero a esto hay que agregar un ingrediente distintivo de alta complejidad para la ley, se trata de una agresión casi siempre abusiva de las confianzas depositadas o supuestas. Refiere que la gran mayoría de los delitos violentos se producen entre desconocidos, la víctima del asalto, del robo de vehículo, del secuestro en todas sus formas y de muchos más, casi nunca conocía a su agresor, a diferencia de ello, el agresor sexual de niños, casi siempre es conocido por el infante.

Salvo contadas excepciones, el escenario habitual de estos crímenes, está constituido por el centro recreativo, por el centro escolar y por el seno familiar. La depravada fauna de aficionados al sexo con menores, no sólo abarca entrenadores, guardianes, profesores, prefectos y conserjes, sino que alcanza y en proporciones alarmantes y quizás mayoritarias, a padres, tíos, padrastros y otros familiares adultos, que mal uso de su relación de convivencia, para poder actuar y que en ellas se cobijan para sortear la eventualidad del castigo.

Por ello, a través de esta iniciativa, pretendemos elevar la pena de prisión, no sólo para tratar de inhibir la comisión de estos delitos, fundamentalmente para pronunciarle a la sociedad una señal de alarma, respecto de cómo los legisladores consideramos de grave esta conducta.

Pretendemos a través de esta iniciativa, precisar las circunstancias en que la Constitución impide el careo con el delincuente, para que no sean víctimas estos menores, después de la violencia generada por el delito, de una violencia más cruda y formal, que es la que se realiza en los órganos persecutores de los delitos, con el pretexto de la investigación.

Propiciar la investigación ministerial especializada, dado que ya se ha señalado aquí por varios de los oradores que me precedieron, que la complejidad de este delito requiere de formas especiales para su investigación, y sobre todo de un especial cuidado para no dañar más a los menores.

Establecer centros de atención a víctimas, para que no nos conformemos solamente con la persecución formal del delito y la aplicación de una pena, sino que también la víctima encuentre en el estado el apoyo necesario para paliar el grave daño causado por este delito.

Pretendemos en esta iniciativa, además, impulsar programas que estimulen la solicitud de ayuda por parte de la víctima y sobre todo, fortalecer la cultura de la denuncia. La limitante fundamental para la persecución de estos delitos básicamente es la falta de denuncia. Si tratamos de incluir en la ley la obligación de que se trabaje en programas que tiendan a eso, aseguraremos que haya una mayor persecución de estos delitos, al tiempo de no quedarnos en esta parte y formular programas de prevención específicos para este tipo de delitos tan graves.

Por ello, por todo ello la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional presentó esta iniciativa que, desde luego, fue enriquecida en gran medida por nuestros compañeros de las demás fracciones en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos; por ello la presentamos, por ello la votaremos a favor y estamos seguros que el voto de los demás compañeros diputados también será a favor.

Es cuanto, señora Presidenta.

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

Esta Presidencia abre el registro de oradores para la discusión en lo general.

En virtud de que no se han inscrito oradores en lo general, consulte la Secretaría a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, deseo informar a este pleno que la comisión reservó el artículo 261 del Código Penal Federal, recogiendo la propuesta del diputado David Rodríguez Torres.

Se consulta si adicionalmente hay la reserva de algún otro artículo en lo particular.

El diputado Vaca...

Activen el sonido en la curul del diputado Vaca.

El diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón (desde su curul):

Diputada Presidenta, me reservó también yo el 261 y el 268-bis del Código de Procedimientos Penales Federal.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Bien. ¿Hay alguna otra reserva?..

Correcto. Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

(Votación.)

A esta Secretaría no se reportó ninguna falla, por lo tanto se emitieron 401 votos en pro, cero en contra y cero abstenciones.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Aprobado en lo general y los artículos no impugnados, por 401 votos.

Pasamos a la discusión en lo particular. En lo particular, la comisión aceptó una adición al artículo 261.

El texto actual del artículo 261 es el siguiente: “...al que sin el propósito de llegar a la cópula, ejercite un acto sexual en una persona menor de 12 años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo, se le aplicará una pena de tres a siete años de prisión”.

La propuesta aceptada por la comisión, por lo que ya la vamos a someter a discusión, es la siguiente:

“Artículo 261. Al que sin el propósito de llegar a la cópula, ejercite un acto sexual en una persona menor de 14 años de edad o privada de razón, aun cuando mediare su conocimiento o en contra de persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo o lo obligue a ejecutarlo, se le aplicará una pena de tres a siete años de prisión.”

Como la comisión aceptó esta enmienda, esta presidencia la va a someter a discusión. La da por aceptada la propuesta.

Diputado Amador Rodríguez.

El diputado Amador Rodríguez Lozano (desde su curul):

Perdón, señora Presidenta.

Lo que pasa que una vez que el dictamen ya fue publicado de primera lectura, la propuesta que se está presentando y que usted nos informa que aceptó la Presidencia, perdón, la comisión, no puede darse ese trámite, sino tiene que seguir el trámite de las propuestas que se realizan en el momento de la discusión y debate. Es decir, preguntar a la asamblea si se acepta o no para su discusión. Porque como ya fue publicado el dictamen, la comisión si nos ilustra que hay acuerdo y hay consenso que no va a debate, pero que tiene que seguir otro trámite.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

No tengo ningún inconveniente diputado Amador Rodríguez.

Está claro el texto de la propuesta de la comisión, presentada originalmente por el diputado David Rodríguez Torres.

Consulte la Secretaría a la Asamblea, si se admite o se desecha la modificación propuesta por la comisión, al artículo 261.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por la comisión, al artículo 261.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señora Presidenta.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Sobre el mismo artículo 261, el diputado Vaca, había hecho un reserva.

Le ruego al diputado Vaca presentar su reserva sobre el artículo 261.

Sí, diputado Garza Taméz.

El diputado Enrique Garza Taméz (desde su curul):

En la precisión que la comisión acepta, escuché la palabra conocimiento, tengo la impresión de que es consentimiento.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Es consentimiento.

El diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón:

Con su autorización, señora Presidenta.

El artículo 261 del Código Penal Federal, en la reforma que se está discutiendo dice: “...Al que sin el propósito de llegar a la cópula...”. Con todo respeto para mis compañeros diputados, el propósito no se puede demostrar.

Propósito es sinónimo de intención.

Si estamos hablando de otras actividades de carácter sexual, que no son llegar a la cópula, evidentemente se configura otro ilícito que se llama abusos deshonestos. Tendría que haber agentes del Ministerio Público telépatas y jueces penales y magistrados penales que adivinaran el pensamiento.

Bastaría que el inculpado dijera “nunca tuve la intención”, porque no llegó a consumar la cópula, para que entonces no fuera violación en grado de tentativa, que en el Código Penal Federal existe la tentativa y además sería otro ilícito.

La propuesta concreta que hago es que se suprima “sin el propósito de”. El propósito solamente se castiga cuando es fallido; por eso hay homicidios en grado de tentativa y puede haber violación en grado de tentativa. No es el caso. Vamos a estar sujetos a que a quien se le impute la comisión del delito diga “no tuve el propósito” y entonces quién sabe qué va a pasar.

No sé, diputada Presidenta, si me deba yo referir al otro artículo que me reservé o paso en ocasión posterior. Traigo la propuesta por escrito.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

En ocasión posterior, señor diputado, porque estamos ahorita desahogando el 261.

El diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón:

Bueno, entonces insisto: si se aceptara la propuesta que presentaré oportunamente por escrito —ya la traigo, pero me la reservo para la siguiente intervención mía en tribuna—, haría que este artículo quedara así:

“Al que, sin llegar a la cópula, ejercite un acto sexual en una persona menor de 12 años o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo, se le aplicará una pena de tres a siete años de prisión.”

No cometamos el error de pretender tomar como una atenuante la intención, que solamente la sabe el que la tenía aquí, no en los hechos.

Gracias, señora diputada.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, diputado Vaca.

Por la comisión, el diputado Roberto Zavala.

El diputado Roberto Zavala Echavarría:

Gracias, señora Presidenta; compañeros diputados:

Creo que la propuesta del señor diputado Vaca no tiene sustento. Quizá tiene él alguna confusión sobre la tipicidad de este delito.

No puede encuadrarse en otro tipo delictivo cuando hay el propósito de llegar a la cópula. El tipo delictivo asentado en el artículo 261 trátase de aquellos que solamente van a tener cierto tipo o pretenden tener cierto tipo de contacto o actividad sexual con menores de edad.

No se trata, de ninguna manera, de buscar en la investigación la intencionalidad posterior o la no intencionalidad. Son los hechos los que se califican para determinar si hubo o no el propósito de llegar a la cópula con el menor.

Yo quiero recordarles a los señores diputados que tanto la pederastia como la pedofilia tienen tres penalidades diferentes, que están establecidas con toda claridad en este artículo, en los demás siguientes, pero particularmente el 266, que se modifica.

Primero, es cuando no hay comprobada la intención de llegar a la cópula y se sanciona de tres a siete años.

Cuando hay relación carnal, pero no media violencia, la sanción es de 10 a 18 años, pero habiendo la relación carnal, con violencia de cualquier tipo, moral o física, la sanción se eleva de 15 como mínimo, a 24 años de prisión como máximo.

Yo creo que sí es conveniente que en la redacción de este precepto se establezca que no hubo el propósito, porque la intención evidentemente está muy subyacente, que no hay el propósito evidente de llegar a la cópula cuando es simplemente contacto de otra naturaleza y que configura otros tipos delictivos.

Aquí quiero hacer la aclaración: las penalidades son muy diferentes en tratándose de acoso, de abuso sexual, de cualquier tipo de manifestación que constituya un delito sexual, en tratándose de mayores de edad o de mayores de 14 años...

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Diputado Zavala: ¿Autoriza usted una pregunta del diputado Vaca?

El diputado Roberto Zavala Echavarría:

Con mucho gusto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Adelante, diputado Vaca.

El diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón (desde su curul):

Le agradezco su atención, compañero diputado. Solamente le planteo este cuestionamiento: supongamos que nos encontramos con un menor de edad en un lugar aislado, que el victimario lo despojó de sus prendas íntimas, lo tiene boca abajo, en ese momento lo sorprenden los vecinos del lugar, él estaba listo, usted me entiende, para la cópula y en ese momento cuando lo detienen, porque no es tonto, ya lo ha cometido el ilícito otras veces, comienza a gritar: “Yo no tenía intención de violarlo, nada más le quería acariciar sus partes íntimas”. ¿Sería violación en grado de tentativa porque no se consumó por causas ajenas o cree usted que el agente del Ministerio Público investigador y el juez, adivinarán cuál fue la intención del fulano?

Gracias.

El diputado Roberto Zavala Echavarría:

Si me permite, señora Presidenta.

Evidentemente que la violación en grado de tentativa, quiere decir, significa que el propósito era violar a la persona, pero que por razones ajenas a su voluntad o por otro tipo de hechos, no pudo violarla; es como se tipifica cualquier delito en grado de tentativa. Hay muchas demostraciones pero creo que no vienen al caso.

Aquí, acuérdese usted, señor diputado Vaca, que esto es para menores de 14 años de edad. Y hay una distancia, son menores de edad se acordará usted, tanto penal como civilmente, aquellas personas que no han cumplido los 18 años de edad. Aquí hay una diferencia, en ese grado de tentativa entre los que tienen entre 14 y 17 años 11 meses 30 días de edad, es decir, que no han llegado a cumplir los 18.

Evidentemente en materia penal tenemos que ser muy precisos en la terminología. La precisión técnica en esta materia es sumamente importante, por eso la Constitución, repito lo que dije hace unas semanas, le dedica 11 artículos a la materia penal y como expresamente lo señala la misma, no se aceptan analogías. Entonces tenemos que darle elementos al juzgador y por supuesto al Ministerio Público integrador de la averiguación previa, para que en sus conclusiones determine si hay violación en grado de tentativa o si existe este tipo de delito, solamente una digresión sexual sin la intención de llegar a la cópula. A mi juicio es muy claro, compañeras y compañeros diputados, el mandato expreso y está muy bien expresado a mi juicio y creo que a juicio de la mayor parte de los miembros de la Comisión de Justicia que debe establecerse el que no haya el propósito de llegar al acto carnal propiamente dicho.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Continúe con su exposición, diputado Zavala.

El diputado Roberto Zavala Echavarría:

Creo que con la respuesta a esta pregunta, señora Presidenta, doy mi opinión sobre el apoyo al dictamen de la comisión y a la propuesta del diputado Rodríguez.

Gracias, señora Presidenta.

Esta claro para el pleno. Si les parece vamos a proceder de la siguiente manera: Vamos a votar primero la propuesta de modificación presentada por el diputado Rodríguez y con el respaldo de la comisión.

Quiero que la tengan clara, pero antes consulto, a través de la Secretaría, si la propuesta presentada por el diputado Vaca de retirar la expresión “propósito” es de aceptarse por el pleno o si se rechaza.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En votación económica se pregunta si se admite o se de- secha la modificación propuesta por el diputado Sergio Vaca Betancourt para sustituir sin el “propósito”.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Desechada.

En consecuencia se va a someter a votación el texto modificado con la propuesta de la comisión recogida de la sugerencia del diputado Rodríguez del artículo 261. Sírvase presentarlo.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Propuesta de modificación al artículo 261 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

“Artículo 261. Al que sin el propósito de llegar a la cópula ejercite un acto sexual en una persona menor de 14 años de edad o privada de razón, aun cuando mediare su consentimiento, o en contra de persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo, se le aplicará una pena de tres a siete años de prisión.”

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Se somete a discusión esta propuesta. Se pregunta si hay registro de oradores en pro o en contra.

No habiendo registro de oradores, consulte la Secretaría si se encuentra suficientemente discutida.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutida la modificación.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutida, Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación del artículo 261 tal y como lo leyó la Secretaría, incorporando la modificación sugerida por la comisión.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 171 del Reglamento Interior y ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación de la modificación al artículo 261.

(Votación.)

Se emitieron 373 votos en pro, uno en contra y 11 abstenciones.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Aprobado por 373 votos el texto del artículo 261, con las adiciones planteadas.

Pasamos a la discusión en lo particular del artículo 268-bis, reservado por el diputado Sergio Vaca Betancourt.

Tiene el uso de la palabra el diputado Vaca Betancourt.

El diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón:

Gracias, señora Presidenta; compañeros diputados:

El artículo que nos atañe, 268-bis del Código Federal de Procedimientos Penales, establece supuestamente, según las comisiones que dictaminan, que en términos del artículo 20 constitucional, los careos en los que participen menores víctimas de los delitos a que se refiere el Título Decimoquinto del Código Penal Federal y Secuestro, se practicarán de manera diferida, con la intermediación del agente del Ministerio Público o del Tribunal.

Ahora bien. ¿Qué es carear? No lo dice un diputado, lo dice el diccionario de la Lengua Española: “Carear es poner a una o varias personas en presencia de otra, en este momento, hoy, ahora u otras, para comprobar la veracidad de sus afirmaciones. Carear es ponerse uno enfrente a otro, cara a cara”.

Otra definición. “Careo es cotejar, confrontar, poner uno enfrente del otro, inculpado y víctima”.

Ahora bien. No se puede carear de manera diferida. Yo no me puedo carear con ninguno de los 499 diputados restantes, si yo digo aquí algo hoy y él me lo responde dentro de tres semanas; eso no es carear, no estamos enfrente uno del otro. Tiene dos aspectos: gramática y jurídico.

Por añadidura es falso que este dictamen dé cumplimiento al artículo 20 constitucional inciso b fracción V, y lo leo:

“Cuando la víctima o el ofendido sean menores de edad, no estarán obligados a carearse con el inculpado cuando se trate de los delitos de violación o secuestro. En estos casos se llevarán a cabo declaraciones en las condiciones que establezca la ley.”

Puntualizo: no es lo mismo declarar que carear. Nuestra Ley Fundamental, de la que todos hablamos y a la que debemos respetar, mayormente en la casa donde se hacen las leyes, no obliga a los menores a carearse con sus victimarios.

¿Por qué vamos a aprobar este mamotreto jurídico que no resiste un análisis gramatical ni legal? Se van a carear sin estar enfrente, se van a carear hoy el victimario y quizá dentro de seis meses la víctima.

Señora Presidenta, ojalá y no se dejen llevar por la corriente. México requiere, diputados, que piensen, no que reciban línea y van al dedazo.

Aquí entrego mi iniciativa.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Zavala, por las comisiones.

El diputado Roberto Zavala Echavarría:

Gracias, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Yo quisiera exhortar al señor diputado Vaca a que se comporte con más respeto para sus compañeros diputados en general. Eso de que no sepamos leer o que esto sea un mamotreto jurídico, yo le diría que él es un cabeza dura, porque no leyó el segundo párrafo del artículo 268-bis.

Evidentemente que en estrictos términos técnicos la Constitución mandata que nunca será obligatorio el careo entre la victimaria, la víctima con los testigos, en tratándose de menores o el secuestro, no será obligatorio, pero el mismo Código Federal establece que podrá hacerse y es precisamente para estos casos complementando el artículo 20 de la Constitución, perfeccionándolo, cuando existe el consentimiento de alguna de las partes para que haya careo sobre todo de los representantes del menor, este careo habrá de hacerse en forma diferida, que no es exactamente un término muy técnico hablar de careo, el propio artículo lo dice, en su artículo 2o. perdón en el párrafo segundo dice: “La confrontación… éste es el careo compañeras y compañeros diputados y la reconstrucción de hechos de los delitos mencionados en el párrafo anterior, se realizarán sin que el indiciado coincida personalmente con la víctima”, ahí no está diciendo que va a haber careo, pero no van a estar uno frente al otro y va a haber necesariamente la intermediación del Ministerio Público o del Tribunal.

Creo que esa insistencia del señor diputado Vaca para tacharnos a todos de tontos o a la mayoría de que hacemos mamotretos, es faltarle al respeto hasta a él mismo, señor diputado, yo le suplico que lea con más detenimiento este segundo párrafo, complementario del primero, artículo 168-bis, pero además, decía yo hace un rato que tenemos que hablar de precisión y ciertamente por eso hablamos ahora de confrontación, si la Constitución no lo prohibe, dice la Constitución, que no serán obligatorios y en este caso, aunque haya intermediación entre la víctima, el victimario y esté en medio el juez, su secretario o el Ministerio Público, yo no encuentro otro concepto que no sea el de careo o el de confrontación consultado con mis compañeros diputados y muy distinguidos abogados de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, en la cual estamos todos por unanimidad, de acuerdo.

Gracias, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

El diputado Vaca quiere hacer uso de la palabra para contestar alusiones personales.

El diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón:

Gracias, señor diputada.

Con franqueza reconozco que soy cabeza calva pero no creo ser cabeza dura. Usted dice, diputado, que ofendí a los compañeros, suyos y míos, cuando dije que no sabe leer ni escribir, jamás expresé eso, pero usted no sabe ni hablar, dijo que está mandatado y también con ánimo de no ofenderlo, total aquí el propósito no se toma en cuenta, no existe verbo mandatario, es el verbo mandar, nos han mandado, nos pueden conferir un mandato, pero lo invito, ahí están los dos diccionarios a su disposición de nuestra lengua, la suya y la mía, a que me enseñe dónde está el verbo mandatar y me explique cómo lo conjugo porque en mis 60 años no lo he aprendido, pero aparte, el tema fue porque me aludió.

El segundo párrafo, que sí lo leí, dice: “La confrontación y la reconstrucción de hechos en los delitos mencionados en el párrafo anterior, se realizarán sin que el indiciado coincida personalmente con la víctima. En todo caso, el representante de ésta podrá participar en la diligencia”.

Yo no veo en absoluto, discúlpenme, que aquí se esté diciendo algo distinto de lo que yo expresé simplemente digo que si carear es ponerse cara a cara uno frente a otro, todo esto no lo cumple y si la Constitución no lo obliga, a la víctima, yo quisiera que me explicara alguien cómo le van a decir al agraviado “el victimario pide carearse contigo pero en forma diferida, él se sostiene hoy y tú vienes hoy pero a las ocho de la noche”. Esto no tiene razón.

Gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado; compañeros:

Estamos discutiendo un tema donde la litis está muy clara y tengo la obligación de otorgar la palabra para rectificar hechos a quien nos la solicite, pero les rogaríamos que se circunscriban al tratamiento del tema que está a discusión.

La diputada López Mares ha solicitado la palabra para rectificar hechos.

La diputada María Guadalupe López Mares:

Muchas gracias, señora Presidenta:

Vengo con todo respeto a discrepar de uno de mis compañeros diputados y de uno de mis compañeros de Acción Nacional, con todo respeto Sergio.

Efectivamente, cuando se habla de careos se habla de cara a cara, estamos de acuerdo y estamos de acuerdo también en que el careo puede ser constitucional, el que señala el artículo 20 de la Constitución y “procesal” la prueba pero el primero y nos concretamos al constitucional, el careo es un derecho del acusado para que frente a frente y para que ante la víctima, el ofendido por la conducta del acusado, esté al pendiente y responda a la acusación realizada.

En este aspecto del careo constitucional se trata pues de un derecho del acusado, eso no lo queremos restringir. Acción Nacional a través de los diputados que pertenecen a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos y también los diputados de otras fuerzas parlamentarias unánimemente discutimos y decidimos que no se trata de restringir el derecho del acusado, pero sí queremos proteger a la víctima, al menor de 14 años que por un ataque sexual o violación ha sido atacado y que puede tener un careo diferido y, llámese aquí, por otros medios sea grabado, televisado, por otros medios, de tal suerte que no se le restrinja el derecho del acusado pero que sí se respete el derecho, la protección que por una manera especial queremos que quede plasmado con esa reforma al Código Penal.

En ese sentido, los careos diferidos por eso estamos pidiendo que para no restringir y sí tutelar a la víctima se acepte ese dictamen en el artículo que se ha reservado.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señora diputada.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite o se de-secha la modificación propuesta por el diputado… diputado Tomás Torres, para rectificar hechos. Para rectificar hechos el diputado Tomás Torres. Diputado Tomás Torres; yo quisiera rogarle a la Secretaría diera lectura al artículo 114 del Reglamento.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Artículo 114 del Reglamento para el Gobierno Interior: Antes de cerrarse en lo general la discusión de los proyectos de ley y en lo particular cada uno de sus artículos, podrán hablar seis individuos en pro y otros tantos en contra, además de los miembros de la comisión dictaminadora y de los funcionarios a que alude el artículo 53 de este Reglamento.

En los demás asuntos que sean económicos de cada Cámara bastará que hablen tres en cada sentido a no ser que ésta acuerde ampliar el debate.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Diputado Tomás Torres, no se si su intervención sea para hechos o sea en los términos del artículo 114. Sí diputado, en un momento diputado. El diputado Barbosa, con el mismo objeto del 114; diputado Tomás Torres en pro de la propuesta del diputado Vaca o en contra.

El diputado Tomás Torres: en pro de la propuesta.

En pro, de la propuesta del diputado Vaca, el diputado Tomás Torres ¿el diputado Barbosa? Bueno, el diputado Tomás Torres tiene el uso de la palabra.

El diputado Tomás Torres Mercado:

Seguramente, señora Presidenta y como ya lo señores diputados que me han precedido en el uso de la palabra refiere uno de ellos, que en la parte de las garantías individuales de la Constitución Federal una buena de ellas, se ocupa justamente del derecho de defensa, por lo particular, por lo especial, por lo relevante de la materia penal. Y desde esa perspectiva defendería de quien disienta con relación a una propuesta, incluso que haya sido votada al seno de una comisión.

Un servidor estima, señora Presidenta, incluso con independencia de la naturaleza del porqué se me da el uso de la voz si para el mismo tema o para hechos de que la ley cuando es inadecuada la expresión empleada en materia procesal, no la desnaturaliza.

Yo coincido con el señor diputado Vaca, coincido con los sustentantes del dictamen de que el tema en discusión, tiene un rango elevadísimo en la tutela de bienes jurídicos sobre todo lo que tiene que ver con la integridad sicofísica, con la libertad sexualidad y el sano desarrollo de los menores.

Yo creo que en cuanto a este punto nadie disiente, en absoluto. El planteamiento tiene que ver con la técnica legislativa y con los medios de prueba que el Código Federal de Procedimientos Penales recoge, como recogen otros ordenamientos; si la diligencia no es careo con independencia de aquí le denominemos así, no desnaturaliza.

El planteamiento es, entonces, si para salvaguardar, para salvaguardar la integridad sicofísica del menor hay que practicar una diligencia, dice aquí, diferida, lo que me parece es que la expresión no es adecuada. Incluso si el diputado Vaca lo permite en términos de buscar un punto de equilibrio, de que pudiera ser la propuesta una modificación a la redacción dice: “los careos en los que participen menores víctimas de los delitos a que se refiere el Título Decimoquinto del Código Penal Federal y secuestro, se practicarán”. La propuesta de un servidor es: “a través de medios que eviten la intimidación, el contacto o la agresión de la víctima”. Esa es la propuesta.

La naturaleza de las pruebas el código las refiere, su valor probatorio también. El tema, el eje de la discusión es cómo salvaguardar no sólo al sujeto pasivo del delito, sino cómo evitar trastocar su integridad sicofísica para que un proceso tenga el fin en sí mismo.

Eso sería, señora Presidenta, por la valoración de mis compañeros diputados y diputadas, muchas gracias, anteponiendo no la postura en contra, sino la jerarquía superior del bien jurídico tutelado de los menores.

Muchas gracias.

 

RECESO

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel (a las 14:16 horas):

Entiendo que el diputado Tomás Torres está presentando una propuesta distinta que ahorita está precisando con la Secretaría.

Voy a abrir un receso de tres minutos, para que el diputado Tomás Torres platique con la comisión, y le rogaría al diputado Vaca si quiere incorporarse.

Les ruego no salgamos del recinto.

(Receso.)

PEDERASTIA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel (a las 14:33 horas):

Diputados, nos están solicitando los miembros del pleno reanudemos la sesión. Se reanuda la sesión.

Le rogamos a la comisión, si tiene alguna reacción de los planteamientos presentados a partir de la propuesta del diputado Vaca.

Diputados de la comisión, por favor les solicitamos su presencia en la tribuna para explicar el acuerdo al que han llegado.

Diputados de la comisión, si no tenemos una propuesta de manera inmediata...Tiene el uso de la palabra el diputado Roberto Zavala.

El diputado Roberto Zavala Echavarría:

Gracias, señora Presidenta:

En primer término, compañeras y compañeros diputados, yo quiero hacer una aclaración pertinente a nombre de la comisión y de los grupos parlamentarios. Este artículo 268-bis, es del Código Federal de Procedimientos Penales, referido concretamente a los careos, la intención, el espíritu de la reforma propuesta es proteger a todos aquellos menores que han sido víctimas de agresiones sexuales o de secuestro para que no puedan, en caso de haber careos, enfrentarse directamente con su victimario.

En consecuencia, señora Presidenta si usted lo permite, la comisión ha acordado, con la intervención de los grupos parlamentarios, sustituir el primer párrafo del artículo 268-bis propuesto como nuevo, para que quede en los términos siguientes si ustedes lo aprueban. Y leo:

“Cuando se decreta un careo en el que deba participar un menor víctima de delitos sexuales o secuestro y éste es aceptado por el menor y su representante legal, se practicará aquél, a través de medios que eviten la intimidación o la confrontación directa con el menor.”

Creemos, a juicio de la comisión, que esto satisface tanto a algunas de las propuestas de los compañeros diputados como la intención original del iniciador de esta reforma y de la propia comisión, de proteger a los menores para que no sean víctimas de cualquier tipo de intimidación o confrontación directa con su agresor.

Gracias, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Roberto, nos hace usted favor de dejar el texto, por favor.

El diputado Tomás Torres Mercado (desde su curul):

Señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Sí, diputado Tomás Torres.

El diputado Tomás Torres Mercado (desde su curul):

Si me puede conceder, señora Presidenta el uso de la voz, para rectificar hechos.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Sí, diputado Tomás Torres, hasta por cinco minutos.

El diputado Tomás Torres Mercado:

Solamente, señora Presidenta, el tiempo que le doy a usted las gracias por otorgarme el uso de la palabra, igual reconocer la generosidad de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para, a partir de una adición propuesta por un servidor, que se haya conducido a asumir la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, la misma.

De igual manera, la generosidad del diputado Vaca a virtud de que un servidor no había hechos reserva de numeral alguno del proyecto de decreto que se está debatiendo en esta Asamblea.

Finalmente haré una reflexión de tipo general. Hay una garantía así de exacta aplicación de la ley en materia penal, pero se refiere al aspecto sustantivo, no se refiere al procedimiento o a reglas relativas a la valoración o a la naturaleza de las pruebas.

¿Por qué hago esta precisión, compañeros diputados? Porque si nosotros decimos que en la confrontación no debe coincidir víctima y confrontados, entonces no tendrá esa naturaleza la prueba.

El Código Federal de Procedimientos Penales es el único ordenamiento en el país que contempla la figura del careo supletorio, es decir, cuando el sometido a proceso en uso de su derecho, en uso de esa prerrogativa desea carearse pero no está presente el testigo, se recurre a esa figura procesal.

Por lo demás, si no reviste el carácter de careo desde la naturaleza de la prueba, será, compañeros, una declaración, un testimonio que es de naturaleza y de valor jurídico distinto al careo.

Por su atención, muchas gracias.

El diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón(desde su curul):

Señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias. El diputado Sergio Vaca.

Activen el sonido en la curul del diputado Vaca.

El diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón (desde su curul):

Gracias, diputada Presidenta.

Retiro mi propuesta, acepto plenamente la del diputado Tomás Torres Mercado y felicito a los que intervinieron en hacer esa adecuación, y vale la pena debatir, quedó muchísimo mejor. México nos lo va agradecer a todos.

Gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

Se somete a consideración y le ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea, si se admite o se desecha la modificación propuesta por el diputado Roberto Zavala al texto del artículo 268-bis, y resultado de las consultas hechas por la comisión a partir de la propuesta del diputado Vaca y del debate en donde participó el diputado Tomás Torres.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En votación económica, se pregunta si se admite o desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte la modificación, sírvanse manifestarlo.

Los diputados que estén porque se deseche la modificación, sírvanse manifestarlo... Se acepta señora Presi- denta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

El texto del artículo 268-bis que se somete a votación, es el siguiente:

Se sustituye el párrafo primero, y en lugar del párrafo primero, queda como sigue:

Artículo 268-bis. Cuando se decrete un careo en el que deba participar un menor víctima de cualquiera de los delitos a que se refiere el Título Quinto del Código Penal Federal y Secuestro, y sea aceptado por el menor y su representante legal, se practicará aquel a través de medios que eviten la intimidación del menor o su confrontación directa con el victimario.

Y el párrafo segundo queda como está en el dictamen.

Consulte la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 268-bis.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

En consecuencia, someta la Secretaría a votación hasta por cinco minutos el texto modificado del artículo 268-bis en su primer párrafo, tal y como lo leyó esta Presidencia y el párrafo segundo tal y como está en el dictamen.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Hágase los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico para proceder a la votación nominal del artículo 268-bis, tal cual dio lectura la presidencia a las modificaciones.

(Votación.)

Se emitieron 370 votos en pro, cero en contra y cero abstenciones.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Aprobado por 370 votos el artículo 268-bis, tal y como quedó establecido en este pleno con la modificación correspondiente.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación.

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

 

LEY GENERAL DE EDUCACION

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

El siguiente punto del orden del día, es la segunda lectura del dictamen...

El diputado Martí Batres Guadarrama (desde su curul):

Señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Sí, diputado Batres.

El diputado Martí Batres Guadarrama (desde su curul):

Señora Presidenta, sólo para hacerle esta atenta solicitud:

En virtud de que se incluyó un dictamen sobre el tema de la Ley de Educación y luego se excluyó del orden del día, sólo quiero pedirle que dicho dictamen, en función de lo que señala el artículo 88, sea incluido para la discusión de la próxima sesión, dado que el propio artículo 88 señala las características del dictamen, el artículo 88 del Reglamento, que es contar con la mayoría de las firmas de los integrantes y en virtud de que se cuenta con ello y si no, ustedes lo pueden verificar, le solicitamos se incluya en el orden del día de la próxima sesión.

En todo caso, nos parece que lo mejor sería tomar la publicación que aparece hoy como la primera lectura y en todo caso, podría ser para la próxima sesión en primera lectura, para la sesión del martes en primera lectura.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Tomo nota, diputado Batres y con gusto haré en un momento algún comentario.

¿El diputado Barbosa?

El diputado Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, (desde su curul):

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Diputado Batres, con todo gusto procesaremos su atenta solicitud, en reunión de la Mesa Directiva. Queda muy claro el interés de la Comisión de Educación y de los grupos parlamentarios para que se incorpore este dictamen en el próximo orden del día y este interés también lo recoge la Mesa Directiva.

Estamos verificando con los miembros de la Mesa Directiva de la Comisión de Educación tener la certeza de que toda la tramitación que fundamente la presentación del dictamen, esté debidamente cumplida. Hemos dirigido comunicación al presidente de la Comisión de Educación a ese respecto.

El diputado Enrique Meléndez.

Sonido en la curul del diputado Meléndez.

El diputado Enrique Meléndez Pérez  (desde su curul):

Presidenta, únicamente para informarle que hemos recibido la documentación que emite esa Presidencia a petición del coordinador de la fracción Felipe Calderón y del Presidente de la Comisión de Presupuesto, Luis Pasos y estamos en unos momentos para dar la contestación por escrito, con los documentos correspondientes que comprueban la totalidad del respeto de lo que debe ser en un trámite de comisiones unidas y estamos en la petición de que sea para el próximo martes en primera lectura para que podamos discutir este asunto.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Como no, diputado Meléndez.

Diputado Batres.

El diputado Martí Batres Guadarrama (desde su curul):

Sólo para solicitarle, diputada Presidenta, que se pueda leer el artículo 88 del Reglamento y que por otra parte, la propia Mesa Directiva verifique el número de las firmas que respaldan el dictamen que ha enviado a la propia Mesa Directiva la Comisión de Educación.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Con todo gusto.

Le ruego a la Secretaría dé lectura al artículo 88 del Reglamento.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Artículo 88 del Reglamento para el Gobierno Interior:

“Para que haya dictamen de comisión, deberá éste presentarse firmado por la mayoría de los individuos que la componen; si alguno o algunos de ellos disintiesen del parecer de dicha mayoría, podrá presentar voto particular por escrito.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias.

Sí, diputado.

Activen el sonido en la curul del diputado Eduardo Rivera.

El diputado Eduardo Rivera Pérez (desde su curul):

Gracias, señora Presidenta:

Yo nada más quisiera dejar constancia que respecto a este tema que se está tocando, no ha sesionado ni siquiera la Comisión de Educación para dictaminar este proyecto de iniciativa. Y que tampoco han sesionado las comisiones unidas para turnarlo a la misma Cámara de Diputados.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Compañeros diputado, yo le otorgué el uso de la palabra al diputado Martí Batres, por su condición de compañero legislador y de Presidente de la Junta de Coordinación Política y supuse que me iba a hacer algún planteamiento relacionado con la junta.

Yo le ruego al diputado Batres, para no abrir un debate en un área del orden del día, en que no corresponde, nos permita desahogar el orden del día. Le rogaría que hiciera alguna intervención para concluir esto.

El diputado Martí Batres Guadarrama (desde su curul):

Con todo gusto una intervención para concluir esto.

Sólo para señalar que en virtud de que hemos escuchado lo que señala el artículo 38 del Reglamento, lo que tiene que hacerse es verificar que el dictamen esté firmado por la mayoría de los individuos y la mayoría de quienes componen estas comisiones. Tal como nos han informado diputados de varias fracciones parlamentarias, ya han firmado dicho dictamen.

Como esto tenemos la certidumbre de que es así, por eso solicitábamos que pudiera verificarse. Pero nos han informado los compañeros, que este dictamen tiene la firma de la mayoría de los integrantes de las comisiones.

Por lo tanto, solicitamos simple y sencillamente, que se incorpore al orden del día de la sesión del martes en primera lectura.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias.

Como he comentado, la Presidencia ha solicitado al diputado Enrique Meléndez, nos proporcione los elementos que permitan a la Mesa Directiva en su caso, incorporar o proceder como corresponda legalmente, sobre este dictamen.

Yo les exhorto compañeros para que nos permitan continuar con el orden del día, dado que el diputado Meléndez, nos ha informado con oportunidad que satisfará el requerimiento de la Presidencia, para que podamos continuar con el desarrollo del orden del día.

Diputado Meléndez.

El diputado Enrique Meléndez Pérez (desde su curul):

Nada más para alusiones y con el propósito de contribuir al ejercicio del orden del día señora Presidenta, dejamos la discusión con los compañeros de las demás fracciones y de las demás comisiones. Pero hay pruebas y hay convocatorias hechas, en donde hemos, la Comisión de Educación ha dictaminado el procedimiento legal del dictamen correspondiente al 8%.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

En la Mesa Directiva están representados todos los grupos. Si hay algún compañero legislador que quiera analizar el tema puntualmente. Yo les pediré a los miembros de la Mesa Directiva que les comuniquen para que en la reunión de la Mesa Directiva donde se analicen los documentos, puedan estar presentes.

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Continuamos con el desahogo del orden del día y el siguiente punto del orden del día, es la segunda lectura del dictamen con proyecto de Ley para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeña y Mediana Empresas.

El diputado Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (desde su curul):

Pido la palabra.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Ya estoy en el siguiente punto del orden del día, diputado Barbosa.

Le ruego su comprensión. Nos pidieron alterar el orden del día. Fuimos comprensivos por ser un planteamiento del Presidente de la Junta de Coordinación Política. Está claro cuál es el procedimiento y con gusto incorporaremos a los diputados que lo deseen cuando la Mesa Directiva analice ese asunto.

Le ruego a la Secretaría consulte si se le dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa... Se le dispensa la lectura.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LVIII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la INICIATIVA DE LEY DE COORDINACION PARA EL FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, presentada el 11 de abril de 2002, por los CC. Diputados Rubén Benjamín Félix Hays, María Luisa Araceli Domínguez Ramírez, Jorge Urdapilleta Núñez y Gregorio Urías Germán a nombre de los Grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional y Partido de la Revolución Democrática, que en ejercicio de la fracción II, del Artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometieron a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en los Artículos 39 y 45 párrafo sexto incisos d, e y f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los Artículos 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el 11 de abril de 2002, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentaron los CC. Diputados Rubén Benjamín Félix Hays, María Luisa Araceli Domínguez Ramírez, Jorge Urdapilleta Núñez y Gregorio Urías Germán a nombre de los Grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional y Partido de la Revolución Democrática. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial”.

SEGUNDO. En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el 12 de junio de 2002, los CC. Secretarios de la misma comunicaron que se modificaba el trámite y turno de la Iniciativa que presentaron los CC. Diputados Rubén Benjamín Félix Hays, María Luisa Araceli Domínguez Ramírez, Jorge Urdapilleta Núñez y Gregorio Urías Germán. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a las Comisiones de Comercio y Fomento Industrial y de Hacienda y Crédito Público”.

TERCERO. La Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta H. Cámara de Diputados mediante oficio de fecha 30 de septiembre de 2002, solicitó a la Presidencia de la misma, la rectificación del turno, y por consiguiente, la declinación de la iniciativa de Ley de Coordinación para el Fomento de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Lo anterior, en virtud a que dicho proyecto ha superado los aspectos de política tributaria y de coordinación fiscal.

CUARTO. Mediante oficio CCFI/001 368/2002 de fecha 12 de abril de 2002, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial del contenido de la mencionada Iniciativa.

QUINTO. Los legisladores establecen lo siguiente:

Esta Iniciativa de Ley de Coordinación para el Fomento de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, tiene el objetivo de sumar y coordinar las capacidades institucionales y recursos públicos, privados, sociales y del sector conocimiento, para modificar las tendencias de la economía política de los últimos veinte años, hacia la construcción de un sistema de mejora continua de la competitividad de la nación y de cada una de sus empresas, ante la economía global, con base en la inversión, rentabilidad y competitividad de las cadenas productivas de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) nacionales, por sí o en asociación con grandes empresas nacionales o extranjeras.

Las MIPYMES mexicanas, como las de otros países, enfrentan un nuevo contexto de competencia internacional, en donde la apertura comercial, la incertidumbre financiera, la globalización productiva y especulativa, la integración regional, la dinámica y permanente transformación científica y tecnológica, las fusiones y alianzas estratégicas, así como el fortalecimiento de las grandes corporaciones y las crisis recurrentes, marcan el rumbo.

Ante estas realidades, solamente una política integral de Estado con visión de largo plazo, puede brindarles oportunidad de competir con posibilidades de éxito. Ello demanda con urgencia un marco jurídico que dé seguridad y continuidad a los esfuerzos; instituciones activas y promotores; una puntual defensa ante prácticas desleales; la coordinación de todos los agentes económicos para lograr una competitividad sistémica; la colaboración entre empresarios; los instrumentos que permitan la oportuna actualización e innovación tecnológica; la disponibilidad de recursos para el fomento y los mecanismos financieros y fiscales adecuados.

La nueva política y la legislación debe contemplar los siguientes criterios y requisitos para el fomento de las MIPYMES:

1.- Para evitar la incertidumbre y discrecionalidad, se debe buscar un marco institucional que dé coherencia, eficacia, transparencia y seguridad jurídica a los micro, pequeños y medianos empresarios;

2.- Se deben destinar recursos económicos, tecnológicos y de información significativos y crecientes para el desarrollo de la productividad y competitividad de las MIPYMES;

3.- Es necesario definir una visión estratégica nacional y regional de mediano y largo plazo, ajustada permanentemente a la dinámica económica nacional e internacional, que ponga el acento en la productividad, rentabilidad y competitividad de las empresas;

4.- Ante la existencia de multiplicidad de instrumentos entre dependencias, y sin controles, además de alcance limitado se requiere un conjunto sistemático de instrumentos de amplio alcance y cobertura;

5.- Comprometer una amplia y activa participación de gobierno, empresas, universidades, trabajadores y la sociedad civil, dentro de un esquema de organización ágil y no burocratizada, para ampliar la participación limitada y a veces desorganizada de los diversos agentes económicos.

6.- Considerar un enfoque integral, multisectorial e interdisciplinario de fomento y apoyo; con estrategias de corto, mediano y largo plazo para cada una de las cadenas productivas;

7.- En contraste con visiones centralizadas de fomento, se requiere un esquema sistémico, descentralizado, con una visión regional amplia y una participación y coordinación efectiva a nivel nacional, estatal y municipal.

8.- Instrumentar un esquema proactivo y de fomento que supere la pasividad ante la dinámica de las acciones de la economía internacional y las políticas de fomento de otras naciones.

9.- Un requisito fundamental es la asignación de recursos financieros suficientes para instrumentar la política de fomento a las MIPYMES; a través de la banca pública y privada, con un verdadero sentido de desarrollo.

10.- Establecer un sistema de información pública y de rendición de cuentas de instituciones y funcionarios sobre los recursos canalizados, los resultados alcanzados y la evolución permanente de la eficacia de los programas e instrumentos existentes.

11.- Coordinar esquemas de apoyos e incentivos para estimular a las empresas en lo individual, confiriendo también importancia a los apoyos dirigidos a organizaciones productivas, cámaras empresariales y sus confederaciones, así como a empresas e instituciones especializadas de fomento y servicio a las MIPYMES.

12.- Establecer una política de fomento que reconozca las asimetrías regionales y por tamaño de empresa, en el marco del federalismo y de las regiones que establece el Plan Nacional de Desarrollo. Las entidades federativas, los municipios y las microrregiones, deben interactuar en el marco del pacto federal, con la aplicación del principio de subsidiaridad, por el cual deberá actuar el nivel de gobierno que sea más eficiente para cada caso específico, sin apoyar proyectos que no tengan viabilidad o sean de naturaleza paternalista.

13.- Definir e instrumentar mecanismos para simplificar y descentralizar trámites a través de una ventanilla única que opere localmente, lo más cerca posible de la empresa, a efecto de reducir los costos administrativos y de transacción de las empresas.

14.- Establecer un marco normativo que más allá de proponer criterios, programas y apoyos a las MIPYMES, les otorgue de forma inmediata beneficios tangibles como la constitución de fondos de garantía, que permitan a las micro, pequeñas y medianas empresas acceder al financiamiento público y privado, a fin de que por ejemplo renueven su activo fijo, desarrollen nueva y mejor tecnología, compren más insumos y materia prima, contraten mayor personal, capaciten y profesionalicen a los que ya se tienen, todo ello con el objeto de generar las condiciones de competitividad necesaria que les permitan penetrar nuevos mercados nacionales y extranjeros con éxito. Sin la posibilidad de obtener créditos bancarios el crecimiento de nuestras empresas será prácticamente imposible, dado a que en otros países se observan políticas de estado a fin de fortalecer la columna vertebral de la industria y el comercio, como lo son precisamente las MIPYMES. Es por todo lo anterior, que los CC. Diputados que presentan esta iniciativa preocupados por brindar en esta nueva ley nuevos mecanismos, se dieron a la tarea de trabajar conjuntamente con la Secretaría de Economía, con el objeto de poder formar estos fondos dado que la mayoría de las MIPYMES no cuenta con propiedades o bienes suficientes que puedan fungir como garantías ante la contratación de líneas de crédito, razón por la cual se adicionaron nuevos numerales al texto original de la iniciativa.

15.- Históricamente, el rubro de las adquisiciones, arrendamientos de bienes y servicios, como de la obra pública en nuestro país ha sido dispuesta tanto en la normativa administrativa como en la práctica en grandes empresas, que en la gran mayoría son o cuentan con capital extranjero, haciendo nugatorios los beneficios que genera la derrama económica del gasto ejercido por las tres formas de gobierno, y en sus tres niveles. En tal virtud, la reflexión que se plantea en esta Iniciativa de ley es que precisamente toda esa derrama económica o al menos una parte importante tenga como destinatarios a las MIPYMES, de ahí que se tenga el reto de que a partir de la entrada en vigor de esta ley, las MIPYMES tengan un espacio que les permita ser proveedores de bienes y servicios al gobierno federal, estatal y municipal, claro está partiendo de un escenario que les permita afrontar gradualmente ese reto con oportunidad.

En este contexto, se ha previsto en adición al texto original de la iniciativa presentada ante esta Soberanía que en las asignaciones que con respecto de la totalidad de las adquisiciones y arrendamientos de bienes y servicios, así como de obra pública que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las MIPYMES, deberán sujetarse a los siguientes plazos y porcentajes como mínimo:

I. Se establece un plazo de dos años contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, a efecto de que se destine el 10% y;

II. Concluido el plazo señalado, la Secretaría de Economía revisará la gradualidad de referencia para los siguientes cuatro años, a fin de que fenecido este término se alcance el porcentaje de hasta el 35%.

De esta forma, la Ley dará sustento a un sistema de mejora continua de la competitividad nacional, con base en la participación organizada de los empresarios, a través de sus confederaciones y cámaras, en la definición, ejecución, seguimiento y actualización de estrategias de competitividad específicas para cada una de las cadenas productivas y para la competitividad nacional en su conjunto, que permita el fortalecimiento significativo del mercado interno y la generación de superávit comercial en el futuro.

SEXTO. Que desde la instalación de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la presente Legislatura, se estableció como tema prioritario el desarrollo de las MIPYMES, para ello el 18 de octubre de 2000, se constituyó la Subcomisión de Fomento Industrial y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, coordinada por el C. Diputado Rubén Benjamín Félix Hays del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

SEPTIMO. Que la Subcomisión de Fomento Industrial y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, como uno de sus principales objetivos fue la elaboración de una Iniciativa de Ley para impulsar el desarrollo de las MIPYMES. Así, entre los meses de agosto de 2001 a abril de 2002, se llevaron a cabo 38 reuniones de trabajo, donde participaron la Confederación de Cámaras Industriales, la Confederación Patronal de la República Mexicana, la Cámara Nacional de la Industria de Transformación, los Secretarios de Desarrollo Económico de las Entidades Federativas y la Universidad Iberoamericana.

OCTAVO. Que con la presentación de esta iniciativa ante el pleno de esta H. Cámara de Diputados, fue la culminación del trabajo y esfuerzo realizado por Diputados de las diferentes fracciones parlamentarias e integrantes de la Subcomisión de Fomento Industrial y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

NOVENO. Que con el objetivo de llevar un análisis profundo y exhaustivo, con la finalidad de emitir un ordenamiento claro, preciso, operativo y apegado a la realidad de los micro, pequeños y medianos empresarios, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial llevó a cabo 17 reuniones de trabajo para analizar y discutir la iniciativa de referencia, con la participación de Diputados, funcionarios y asesores que se listan a continuación:

• Dip. Fed. Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Presidente de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

• Dip. Fed. José Ramón Mantilla y González de la Llave del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Secretario de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

• Dip. Fed. Ildefonso Guajardo Villarreal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Secretario de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

• Dip. Fed. R. Antonio Silva Beltrán del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Secretario de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

• Dip. Fed. Jorge Urdapilleta Núñez del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;

• Dip. Fed. Rubén Benjamín Félix Hays del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;

• Dip. Fed. María Luisa Araceli Domínguez Ramírez del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;

• Dip. Fed. Gregorio Urías Germán del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:

• Lic. Luis Fernando Barbosa Sahagún, Secretario Técnico y Coordinador General de Asesores de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

• Lic. Roberto Rodríguez Ramírez Jr., Asesor de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

• Lic. Luis Eduardo Trejo Noguez, Asesor de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

• Lic. María Dolores Lozano Cárdenas, Asesora del Dip. Fed. Ildefonso Guajardo Villarreal;

• Lic. Juan Armando Camarillo Amaya, Asesor del Dip. Fed. R. Antonio Silva Beltrán;

• Lic. Javier Iván Carrión Valencia, Asesor del Dip. Fed. Francisco Agundis Arias del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, Secretario de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

• Lic. Alberto Montoya Martín del Campo, Asesor del Dip. Fed. Rubén Benjamín Félix Hays;

• Lic. Alvaro Castañeda Arredondo, Asesor del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática del área de política económica;

• Lic. Ariadna Berenice Velázquez Olivares, Asesora de la Dip. Fed. Norma Patricia Riojas Santana del Partido de la Sociedad Nacionalista;

• Lic. Arturo Torres Moreno, Coordinador General de Asesores de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Economía;

• Lic. Juan Diego Jasso Farías, Director General de Enlace de la Secretaría de Economía;

• Lic. Javier Barrera Peralta, Director de Relaciones interinstitucionales de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Economía;

• Lic. Nora Cariño Monsalvo, Directora de Enlace con el Congreso de la Secretaría de Economía;

• Lic. Paulina Olvera Cabrera, Asesora de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Economía;

• Lic. Alejandro Varela Arellano, Asesor de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Economía;

• Lic. Alfredo Gómez Aguirre, Director General de Banca de Desarrollo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

• Lic. José Alberto Balbuena Balbuena, Director General Técnico de Proyectos Normativos de la Procuraduría Fiscal de la Federación;

• Lic. Ricardo Villalobos Montalvo, Director General Adjunto de la Unidad de Legislación Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

• Lic. Alfonso Becerril Zarco, Director General Adjunto de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

• Lic. Alfonso Ascencio Triujeque, Director Jurídico del Sistema Financiero de Fomento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

• Lic. Carlos Bandala Serrano, Jefe de la Unidad de Enlace con el Congreso de la Unión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

• Lic. Mariana Palafox González-Cosío, Directora Técnica de Proyectos Normativos de la Procuraduría Fiscal de la Federación;

• Lic. Elsa Ancona Sánchez Zamora, Directora de Seguimiento Legislativo de la Cámara de Diputados de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

• Lic. Héctor Hugo Contreras Sierra, Subdirector de Legislación Bancaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y;

• Ing. Silvia González Adame, representante de los Secretarios de Desarrollo Económico de las Entidades Federativas.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

SEGUNDO. Que a nivel mundial las MIPYMES desempeñan un papel fundamental en el desarrollo económico de las naciones. En México, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), existen alrededor de 2 millones 844 mil unidades empresariales, de las cuales el 99.7% son MIPYMES, que en conjunto generan el 42% del Producto Interno Bruto (PIB) y el 64% del empleo del país. De esta forma, las MIPYMES cuentan con un gran potencial para conseguir un crecimiento económico sostenido a través de la creación de empleos, valor agregado y exportaciones.

TERCERO. Que el Ejecutivo Federal ha impulsado una serie de acciones para aumentar la competitividad y productividad de las empresa del país, para ello creó la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa dentro de la Secretaría de Economía, con la finalidad de fomentar y promover la calidad, competitividad, capacitación, desarrollo e innovación tecnológica y el desarrollo empresarial de la planta productiva, en especial de las MIPYMES, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública federal y organismos del sector público, privado, social y educativo competentes.

CUARTO. Que un objetivo rector del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 es “elevar y ampliar la competitividad del país”, así, se propone una política de competitividad industrial para la creación de las condiciones necesarias para extender la competitividad de los sectores y regiones, asimismo el desarrollo de las empresas, promoviendo la intensa participación de las Entidades Federativas, de los Municipios e instituciones educativas y de investigación, así como de los organismos empresariales, empresarios y emprendedores.

QUINTO. Que en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, la Secretaría de Economía elaboró el Programa de Desarrollo Empresarial 2001-2006, el cual se establece como un programa sectorial que articula el conjunto de políticas, estrategias, acciones e instrumentos que apoyan a las empresas y a los emprendedores, en particular de las MIPYMES.

SEXTO. Que para atender de manera adecuada, y responder a la problemática y necesidad específica de cada empresa, el Gobierno Federal ha implementado 151 programas e instrumentos para apoyar a las MIPYMES, tales como: apoyos y estímulos fiscales; capacitación, asesoría y consultoría; créditos y servicios financieros; sistemas de información; desarrollo regional y encadenamientos productivos; entre otros. Las dependencias y organismos encargados de su aplicación son las Secretarías de Economía, de Hacienda y Crédito Público, del Trabajo y Previsión Social, de Contraloría y Desarrollo Administrativo, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Desarrollo Social, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Educación Pública junto con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Nacional Financiera y el Banco Nacional de Comercio Exterior.

SEPTIMO. Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002, asigna a Programas de Desarrollo Empresarial de la Secretaría de Economía 2 mil 600 millones de pesos, lo cual representa el 40% del presupuesto total de esa dependencia. Dichas erogaciones serán canalizadas para financiamiento y fondos de apoyo para las MIPYMES; integración de cadenas productivas y centros de distribución; consultoría, capacitación y asesoría; el Programa Marcha Hacia el Sur; y otros establecidos en el artículo 64 de la misma Ley.

OCTAVO. Que dentro de la legislación vigente, no existe un ordenamiento que coordine todos los apoyos al sector empresarial, y que corresponda a las necesidades concretas que se requieren, por lo que se estima conveniente expedir una regulación que, adecuándose a las condiciones sociales y económicas existentes, siente las bases de un desarrollo sostenible que beneficie a los micro, pequeños y medianos empresarios del país.

NOVENO. Que esta Iniciativa pretende sumar y coordinar las actividades y capacidades institucionales, con la finalidad de construir un sistema competitivo a través de una política integral de Estado con visión de largo plazo, fomentando un entorno competitivo para el desarrollo de las empresas; acceso al financiamiento; formación empresarial para la competitividad; modernización, innovación y desarrollo tecnológico; articulación e integración económica regional y sectorial; y el fortalecimiento de los mercados.

DECIMO. Que la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, ha facilitado e incentivado la interacción y el consenso con las diferentes fracciones parlamentarias y Secretarías de Estado competentes de la iniciativa en comento. Adicionalmente, se recibieron diversas aportaciones y comentarios de legisladores, funcionarios públicos, académicos, organismos empresariales y de las Secretarías de Desarrollo Económico o su equivalente en los Estados y el Distrito Federal, los cuales fueron tomados en cuenta en el presente Dictamen.

DECIMO PRIMERO. Que la participación de CC. Diputados integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial en la Novena Reunión de Ministros Responsables de las Pequeñas y Medianas Empresas dentro del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC), celebrada en la ciudad de Acapulco, Gro., el 24 y 25 de agosto de 2002, significó el enriquecimiento del presente Dictamen, dado los temas tratados en dicho evento como: microfinanciamiento y mercados de capital; desarrollo de capacidades humanas; tecnologías y participación tecnológica; acceso a mercados; entorno político; mejoras regulatorias; y en general, la experiencia y el conocimiento de otros países en el manejo de las políticas y apoyos a las MIPYMES.

DECIMO SEGUNDO. Que después de varias reuniones de trabajo con los Diputados proponentes, las Secretarías de Economía y de Hacienda y Crédito Público y con los asesores de los Grupos Parlamentarios, se ha alcanzado un consenso en la dictaminación favorable de aquellas disposiciones que debe verdaderamente contener esta nueva Ley. De ahí que la Comisión que dictamina haya procedido hacer algunas precisiones al proyecto original, con el objeto de que este ordenamiento, dé un marco legal que condense, institucionalice y eleve a carácter de Ley Federal, las políticas públicas de corto, mediano y largo plazo para la atención y apoyo de las MIPYMES, evitando así, que los programas e instrumentos de apoyo existentes hasta el momento, queden a la discrecionalidad del Ejecutivo Federal.

DECIMO TERCERO. Que la iniciativa de Ley en estudio cumple en general con los propósitos de generar nuevos mecanismos de apoyo como lo son los denominados fondos de garantía, estos esquemas servirán para facilitar el acceso al financiamiento público y privado de las MIPYMES, ya que las mismas en muchas ocasiones no tienen el respaldo para garantizar la devolución de un crédito. Sin duda las bases están dadas por esta Soberanía al mandatar al Ejecutivo Federal que provea de estos esquemas de garantía, sin embargo se advierte que el reto será que la Secretaría de Economía sepa convencer e involucrar al sector financiero mexicano en ofrecer tasas de interés preferenciales con el objeto de acercar aún más el crédito a las nuevas empresas, éste es otro factor fundamental para que verdaderamente se genere un clima de competitividad país para nuestras MIPYMES.

DECIMO CUARTO. Que es fundamental fortalecer el mercado interno a través de la incursión a las actividades económicas del país de las MIPYMES, por lo que el hecho de contemplar en una norma legal que del total de las asignaciones de las adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública que ejerza el Gobierno Federal sea destinado un porcentaje de hasta el 35% a las MIPYMES, partiendo de una gradualidad que va del 10% en los dos primeros años hasta el 35% en los años sucesivos, se estima procedente como una forma de detonar el crecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas. Lo anterior, garantizará que la derrama económica que genera la atomización del gasto público a través de las diversas dependencias del Ejecutivo Federal y sus delegaciones en todo el país, así como de las empresas paraestatales, no beneficie solamente a las grandes empresas sino también a las MIPYMES en el porcentaje señalado, dado que son la base de la industria y el comercio de nuestro país, además de ser la fuente de ingresos y empleo de miles de personas.

DECIMO QUINTO. Que el Ejecutivo Federal ha tenido la visión de impulsar a las MIPYMES, ahora le corresponde al Poder Legislativo emitir una Ley que coadyuve a desarrollar y aumentar la competitividad y productividad de las empresas, para que éstas sean el detonador y el impulso del crecimiento de la economía nacional, mediante la reestructuración y creación de empresas que compitan a nivel internacional, que generen empleos con mejores salarios, establezcan encadenamientos productivos y regionales que permitan disminuir la dependencia de insumos importados, lo que incrementará el contenido nacional de las exportaciones.

En este sentido, para que las MIPYMES sean el futuro del país, es necesario trabajar en el presente, y el primer paso es la creación de una Ley, que dado los alcances como fines y objetivos que persigue la misma, los CC. Diputados integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial tomaron la determinación de denominarla oficialmente como Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en lugar del nombre propuesto originalmente en la iniciativa, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo que establece un rubro especial en esta materia.

RESULTANDO

PRIMERO. Que en razón de lo expuesto, a juicio de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial se aprueba la Iniciativa para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, presentada con fecha del 11 de abril del 2002.

SEGUNDO. Remítase el original del presente dictamen al Pleno de esta Honorable Asamblea para su discusión y en su caso aprobación, del siguiente Decreto por el que se crea la:

Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Capítulo Primero

Del Ambito de Aplicación y Objeto de la Ley

Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto promover el desarrollo económico nacional a través del fomento a la creación de micro, pequeñas y medianas empresas y el apoyo para su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad. Asimismo incrementar su participación en los mercados, en un marco de crecientes encadenamientos productivos que generen mayor valor agregado nacional.

Lo anterior, con la finalidad de fomentar el empleo y el bienestar social y económico de todos los participantes en la micro, pequeña y mediana empresa.

La Ley es de observancia general en toda la República y sus disposiciones son de orden público.

Artículo 2.- La autoridad encargada de la aplicación de esta Ley es la Secretaría de Economía quien, en el ámbito de su competencia, celebrará convenios para establecer los procedimientos de coordinación en materia de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa, entre las Autoridades Federales, Estatales, del Distrito Federal y Municipales, para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada Entidad Federativa, del Distrito Federal y de los Municipios, en congruencia con la planeación nacional.

La Secretaría de Economía en el ámbito de su competencia, podrá convenir con particulares para concertar las acciones necesarias para la coordinación en materia de apoyos a la micro, pequeña y mediana empresa.

Artículo 3.- Para los efectos de esta ley, se entiende por:

I. Ley: La Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa;

II. Secretaría: La Secretaría de Economía;

III. MIPYMES: Micro, pequeñas y medianas empresas, legalmente constituidas, con base en la estratificación establecida por la Secretaría, de común acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicada en el Diario Oficial de la Federación, partiendo de la siguiente:

Se incluyen productores agrícolas, ganaderos, forestales, pescadores, acuicultores, mineros, artesanos y prestadores de servicios turísticos;

IV. Competitividad. La calidad del ambiente económico e institucional para el desarrollo sostenible y sustentable de las actividades privadas y el aumento de la productividad; y a nivel empresa, la capacidad para mantener y fortalecer su rentabilidad y participación de las MIPYMES en los mercados, con base en ventajas asociadas a su productos o servicios, así como a las condiciones en que los ofrecen.

V. Sector Público: Dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, así como del Distrito Federal;

VI. Sectores: Los sectores privado, social y del conocimiento;

VII. Organizaciones Empresariales: Las Cámaras Empresariales y sus Confederaciones en su carácter de organismos de interés público; así como las asociaciones, instituciones y agrupamientos que representen a las MIPYMES como interlocutores ante la Federación, las Entidades Federativas, el Distrito Federal y los Municipios;

VIII. Cadenas Productivas: Sistemas productivos que integran conjuntos de empresas que añaden valor agregado a productos o servicios a través de las fases del proceso económico;

IX. Agrupamientos Empresariales: MIPYMES interconectadas, proveedores especializados y de servicios, así como instituciones asociadas dentro de una región del territorio nacional;

X. Consultoría: Servicio empresarial que consiste en la transferencia de conocimientos, metodologías y aplicaciones, con la finalidad de mejorar los procesos de la empresa que recibe la atención;

XI. Capacitación: Servicio empresarial que consiste en la impartición de cursos, talleres y metodologías, con la finalidad de mejorar las capacidades y habilidades de los recursos humanos de las empresas que reciben la atención;

XII. Programas: Esquemas para la ejecución de acciones y participación de la Federación, las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios;

XIII. Actividades de Fomento: Acciones económicas, jurídicas, sociales, comerciales, de Capacitación o tecnológicas, que contribuyen al desarrollo y competitividad de las MIPYMES, que establezca el Reglamento de esta Ley;

XIV. Sistema: El Sistema Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa;

XV. Consejo: El Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa;

XVI. Consejo Estatal: El Consejo que en cada Entidad Federativa o en el Distrito Federal se establezca para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y;

XVII. Reglamento: El Reglamento de esta Ley.

Artículo 4. Son objetivos de esta Ley:

I. Establecer:

a) Las bases para la planeación y ejecución de las actividades encaminadas al desarrollo de las MIPYMES en el marco de esta Ley;

b) Las bases para la participación de la Federación, de las Entidades Federativas, del Distrito Federal, de los Municipios y de los Sectores para el desarrollo de las MIPYMES;

c) Los instrumentos para la evaluación y actualización de las políticas, Programas, instrumentos y Actividades de Fomento para la productividad y competitividad de las MIPYMES, que proporcionen la información necesaria para la toma de decisiones en materia de apoyo empresarial y;

d) Las bases para que la Secretaría elabore las políticas con visión de largo plazo, para elevar la productividad y competitividad nacional e internacional de las MIPYMES.

II. Promover:

a) Un entorno favorable para que las MIPYMES sean competitivas en los mercados nacionales e internacionales;

b) La creación de una cultura empresarial y de procedimientos, prácticas y normas que contribuyan al avance de la calidad en los procesos de producción, distribución, mercadeo y servicio al cliente de las MIPYMES;

c) El acceso al financiamiento para las MIPYMES, la capitalización de las empresas, incremento de la producción, constitución de nuevas empresas y consolidación de las existentes;

d) Apoyos para el desarrollo de las MIPYMES en todo el territorio nacional, basados en la participación de los Sectores;

e) La compra de productos y servicios nacionales competitivos de las MIPYMES por parte del Sector Público, los consumidores mexicanos e inversionistas y compradores extranjeros, en el marco de la normativa aplicable;

f) Las condiciones para la creación y consolidación de las Cadenas Productivas;

g) Esquemas para la modernización, innovación y desarrollo tecnológico en las MIPYMES;

h) La creación y desarrollo de las MIPYMES sea en el marco de la normativa ecológica y que éstas contribuyan al desarrollo sustentable y equilibrado de largo plazo y;

i) La cooperación y asociación de las MIPYMES, a través de sus Organizaciones Empresariales en el ámbito nacional, estatal, regional y municipal, así como de sectores productivos y Cadenas Productivas.

Capítulo Segundo

Del Desarrollo para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Artículo 5. La Secretaría elaborará los programas sectoriales correspondientes en el marco de la normativa aplicable, tomando en cuenta los objetivos y criterios establecidos en la presente Ley, así como los acuerdos que tome el Consejo.

Artículo 6. La Secretaría en el ámbito de su competencia, promoverá la participación de los Sectores para facilitar a las MIPYMES el acceso a Programas previstos en la presente Ley.

Artículo 7. La Secretaría diseñará, fomentará y promoverá la creación de instrumentos y mecanismos de garantía, así como de otros esquemas que faciliten el acceso al financiamiento a las MIPYMES.

Artículo 8. Los esquemas a que se refiere el artículo anterior, podrán ser acordados con los Organismos Empresariales, los Gobiernos de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios, así como con entidades financieras.

Artículo 9. Los programas sectoriales referidos en el Artículo 5 de esta Ley, deberán contener, entre otros:

I. La definición de los sectores prioritarios para el desarrollo económico;

II. Las líneas estratégicas para el desarrollo empresarial;

III. Los mecanismos y esquemas mediante los cuales se ejecutarán las líneas estratégicas y;

lV. Los criterios, mecanismos y procedimientos para dar seguimiento, a la evolución y desempeño de los beneficios previstos en esta Ley.

Artículo 10. La planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las MIPYMES debe atender los siguientes criterios:

I. Propiciar la participación y toma de decisiones de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios, en un marco de federalismo económico;

II. Procurar esquemas de apoyo a las MIPYMES a través de la concurrencia de recursos de la Federación, de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios, así como de los Sectores;

III. Enfocar los esfuerzos de acuerdo con las necesidades, el potencial y las vocaciones regionales, estatales y municipales;

IV. Contener objetivos a corto, mediano y largo plazo;

V. Contener propuestas de mejora y simplificación normativa en materia de desarrollo y apoyo a las MIPYMES;

VI. Enfocar estrategias y proyectos de modernización, innovación y desarrollo tecnológico para las MIPYMES;

VII. Propiciar nuevos instrumentos de apoyo a las MIPYMES considerando las tendencias internacionales de los países con los que México tenga mayor interacción;

VIII. Contar con mecanismos de medición de avances para evaluar el impacto de las políticas de apoyo a las MIPYMES y;

IX. Promover que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y sus delegaciones en las Entidades Federativas y en el Distrito Federal realicen la planeación de sus adquisiciones de bienes, contratación de servicios y realización de obra pública para destinarlas a las MIPYMES de manera gradual, hasta alcanzar un mínimo del 35%, conforme a la normativa aplicable.

La participación de las Entidades Federativas, del Distrito Federal, de los Municipios y de los Sectores, se podrá realizar en el marco de los convenios que la Secretaría celebre con éstos.

Artículo 11. Para la ejecución de las políticas y acciones contenidas en el artículo anterior, deberán considerarse los siguientes Programas:

I. Capacitación y formación empresarial, así como de asesoría y Consultoría para las MIPYMES;

II. Fomento para la constitución de incubadoras de empresas y formación de emprendedores;

III. Formación, integración y apoyo a las Cadenas Productivas, Agrupamientos Empresariales y vocaciones productivas locales y regionales;

IV. Promover una cultura tecnológica en las MIPYMES; modernización, innovación y desarrollo tecnológico;

V. Desarrollo de proveedores y distribuidores con las MIPYMES;

VI. Consolidación de oferta exportable;

VII. Información general en materia económica acordes a las necesidades de las MIPYMES y;

VIII. Fomento para el desarrollo sustentable en el marco de la normativa ecológica aplicable.

Adicionalmente, la Secretaría promoverá esquemas para facilitar el acceso al financiamiento público y privado a las MIPYMES.

Artículo 12. La Secretaría tendrá en materia de coordinación y desarrollo de la competitividad de las MIPYMES, las siguientes responsabilidades:

I. La Secretaría promoverá ante las instancias competentes que los programas y apoyos previstos en esta Ley a favor de las MIPYMES, sean canalizados a las mismas, para lo cual tomará las medidas necesarias conforme al Reglamento;

II. Impulsar un entorno favorable para la creación, desarrollo y crecimiento con calidad de las MIPYMES;

III. Promover con las Entidades Federativas, el Distrito Federal y con los Municipios, la celebración de convenios para coordinar las acciones e instrumentos de apoyo a las MIPYMES de conformidad con los objetivos de la presente Ley;

IV. Evaluar de manera conjunta con las Entidades Federativas, el Distrito Federal y con los Municipios, los resultados de los convenios a que se refiere el inciso anterior para formular nuevas acciones. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de las autoridades competentes en la materia;

V. Evaluar anualmente el desempeño de la Competitividad nacional en relación al entorno internacional;

VI. Proponer la actualización de los Programas de manera continua para establecer objetivos en el corto, mediano y largo plazo;

VII. Realizar la función de coordinación a que se refiere la presente Ley, para el desarrollo de la competitividad de las MIPYMES;

VIII. Desarrollar a través de los instrumentos con que cuenta y los que genere, un sistema general de información y consulta para la planeación sobre los sectores productivos y Cadenas Productivas;

IX. Proponer a través de las instancias competentes, la homologación de la normativa y trámites, por lo que se refiera a la materia de la presente Ley y;

X. Diseñar un esquema de seguimiento e identificación de resultados de los Programas de apoyo establecidos por el Gobierno Federal.

Para tal efecto, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal proporcionarán la información que corresponda en términos de la normativa aplicable.

Artículo 13. La Secretaría promoverá la participación de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios, a través de los convenios que celebre para la consecución de los objetivos de la presente Ley, de acuerdo a lo siguiente:

I. Un entorno favorable para la creación, desarrollo y crecimiento con calidad de las MIPYMES considerando las necesidades, el potencial y vocación de cada región;

II. La celebración de acuerdos con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las Entidades Federativas, el Distrito Federal, los Municipios o grupos de Municipios, para una promoción coordinada de las acciones de fomento para la competitividad de las MIPYMES, que desarrollen las propuestas regionales y la concurrencia de Programas y proyectos;

III. Participar en el desarrollo de un sistema general de información y consulta para la planeación sobre los sectores productivos y Cadenas Productivas;

IV. El diseño de esquemas que fomenten el desarrollo de proveedores y distribuidores locales del sector público y de los Sectores y;

V. La generación de políticas y Programas de apoyo a las MIPYMES en sus respectivos ámbitos de competencia.

Artículo 14. La Secretaría promoverá la participación del Sector Público y de los Sectores para la consecución de los objetivos de esta Ley, a través de los convenios que celebre, de acuerdo a lo siguiente:

I. La formación de una cultura empresarial enfocada al desarrollo de la competitividad en las MIPYMES a través de la detección de necesidades en Capacitación, Asesoría y Consultoría;

II. El fomento a la constitución de incubadoras de empresas, y a la iniciativa y creatividad de los emprendedores;

III. La formación de especialistas en Consultoría y Capacitación;

IV. La certificación de especialistas que otorguen servicios de Consultoría y Capacitación a las MIPYMES;

V. La formación y capacitación de recursos humanos para el crecimiento con calidad;

VI. La investigación enfocada a las necesidades específicas de las MIPYMES;

VII. La integración y fortalecimiento de las Cadenas Productivas;

VIII. Los esquemas de asociación para el fortalecimiento de las MIPYMES;

IX. La modernización, innovación, desarrollo y fortalecimiento tecnológico de las MIPYMES;

X. El desarrollo de proveedores y distribuidores;

XI. La atracción de inversiones;

XII. El acceso a la información con el propósito de fortalecer las oportunidades de negocios de las MIPYMES y;

XIII. La ejecución y evaluación de una estrategia para generar las condiciones que permitan una oferta exportable.

Capítulo Tercero

Del Sistema Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Artículo 15. Para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley se establece el Sistema.

Artículo 16. El Sistema comprende el conjunto de acciones que realice el Sector Público y los Sectores que participen en los objetivos de esta Ley, para el desarrollo de las MIPYMES, considerando las opiniones del Consejo y coordinados por la Secretaría en el ámbito de su competencia.

Capítulo Cuarto

Del Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Artículo 17. El Consejo es la instancia que promueve, analiza y da seguimiento a los esquemas, Programas, instrumentos y acciones que deben desarrollarse en apoyo a las MIPYMES.

Artículo 18. El Consejo estará conformado por 31 integrantes:

I. El Secretario de Economía, quien lo presidirá;

II. El Secretario de Hacienda y Crédito Público;

III. El Secretario de Educación Pública;

IV. El Secretario del Trabajo y Previsión Social;

V. El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

VI. El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

VII. El Secretario de Energía;

VIII. El Secretario de Comunicaciones y Transportes;

IX. El Secretario de Turismo;

X. El Subsecretario para la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Economía;

XI. El Director General de Nacional Financiera, SNC;

XII. El Director General del Banco Nacional de Comercio Exterior, SNC;

XIII. El Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología;

XIV. Seis representantes de los Secretarios de Desarrollo Económico o su equivalente en el Distrito Federal y en las Entidades Federativas;

XV. El Presidente de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos;

XVI. El Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo;

XVII. El Presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana;

XVIII. El Presidente de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación;

XIX. El Presidente de la Cámara de la Industria de la Transformación de Nuevo León;

XX. El Presidente del Consejo de Cámaras Industriales de Jalisco y;

XXI. Seis miembros de los Sectores que incidan en el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, quienes serán designados por la Secretaría.

El Consejo podrá invitar a participar en las sesiones, con voz pero sin voto, a otras dependencias, entidades, miembros de los Consejos Estatales y especialistas en los temas a discusión.

Por cada uno de los miembros propietarios se deberá nombrar un suplente, en el caso de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, deberá tener al menos el nivel de director general o su equivalente.

En las ausencias del presidente del Consejo, el Subsecretario para la Pequeña y Mediana Empresa asumirá dichas funciones.

Artículo 19. El Consejo contará con un secretario técnico, a cargo de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa, quien dará seguimiento a los acuerdos que emanen de dicha instancia; informará semestralmente al Congreso de la Unión sobre la evolución de los Programas y los resultados alcanzados; y se coordinará con los Consejos Estatales en lo conducente.

Artículo 20. El Consejo se reunirá trimestralmente de manera ordinaria, de acuerdo con el calendario que se apruebe en la primera sesión ordinaria del ejercicio, pudiendo celebrar las reuniones extraordinarias que se requieran.

El Consejo sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros, siempre que se cuente con la asistencia del presidente o su suplente, y que la mayoría de los asistentes sean representantes de la Administración Pública Federal.

Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes, teniendo el presidente el voto de calidad en caso de empate.

El presidente, a través del secretario técnico, convocará a las sesiones ordinarias con un mínimo de cinco días hábiles de anticipación. En el caso de las extraordinarias, se convocará con tres días hábiles de anticipación.

Artículo 21. El domicilio del Consejo será en el Distrito Federal y sesionará en las instalaciones de la Secretaría, siempre que éste no acuerde una sede alterna.

Artículo 22. El Consejo tendrá por objeto:

I. Estudiar y proponer medidas de apoyo para el desarrollo de la competitividad de las MIPYMES a través del análisis de las propuestas surgidas del sector público y de los Sectores;

II. Desarrollar mecanismos para que las MIPYMES reciban Consultoría y Capacitación en las áreas de comercialización y mercadeo, tecnología y procesos de producción, diseño de producto y financiamiento, así como en materia de normalización y certificación;

III. Fomentar la constitución de incubadoras de empresas, y la iniciativa y creatividad de los emprendedores;

IV. Procurar la formación de especialistas en Consultoría y Capacitación;

V. Promover la certificación de especialistas que otorguen servicios de Consultoría y Capacitación a las MIPYMES;

VI. Facilitar la integración entre las MIPYMES;

VII. Impulsar la vinculación de las MIPYMES con la gran empresa;

VIII. Estimular la integración y eficiencia de las cadenas productivas, con la participación de los Sectores, con una visión de corto, mediano y largo plazo;

IX. Formular mecanismos y estrategias de promoción a la exportación directa e indirecta de las MIPYMES;

X. Impulsar esquemas que faciliten el acceso al financiamiento de las MIPYMES y;

XI. Instituir los premios nacionales que reconozcan la competitividad de las MIPYMES en los términos que él mismo determine.

Capítulo Quinto

De los Consejos Estatales para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Artículo 23. En cada Entidad Federativa y en el Distrito Federal se podrá conformar un Consejo Estatal para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, que estudiará y propondrá en el ámbito regional, estatal y municipal, medidas de apoyo para el desarrollo de la competitividad de las MIPYMES a través del análisis de las propuestas surgidas del sector público y de los Sectores.

El Consejo Estatal estará sujeto a los lineamientos que emita el Consejo.

Artículo 24. El Consejo Estatal será presidido por el secretario de desarrollo económico o su equivalente en cada Entidad Federativa o Distrito Federal, quien informará periódicamente al Consejo los resultados obtenidos en el desarrollo de sus actividades.

Para que sesione válidamente, el Consejo Estatal deberá contar con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros y siempre que se cuente con la asistencia del secretario técnico del Consejo Estatal, o su suplente. Dicho Consejo se reunirá trimestralmente de manera ordinaria, de acuerdo con el calendario que se apruebe en la primera sesión ordinaria del ejercicio, pudiendo celebrar las reuniones extraordinarias que se requieran.

El Consejo Estatal contará con un secretario técnico, que será el delegado de la Secretaría en el Distrito Federal o en la Entidad Federativa de que se trate, quien tendrá la función de dar seguimiento a los acuerdos que de él emanen, así como apoyar al secretario técnico del Consejo para coordinar acciones con el Consejo Estatal.

Por cada uno de los miembros propietarios se deberá nombrar un suplente, en el caso del Gobierno Estatal o del Distrito Federal, deberá tener al menos un nivel jerárquico inferior inmediato al del propietario.

Artículo 25. El Consejo Estatal deberá integrase por un número no mayor al establecido para el Consejo, debiendo estar representados cada uno de los Sectores y delegados en la Entidad Federativa de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que tengan Programas para las MIPYMES.

El Consejo Estatal podrá invitar a participar en las sesiones, con voz pero sin voto, a las distintas dependencias, entidades, Municipios, y en el caso del Distrito Federal a sus delegaciones, así como también a especialistas en los temas a discusión.

Artículo 26. El Consejo Estatal tendrá por objeto:

I. Evaluar y proponer medidas de apoyo para promover la competitividad de las Cadenas Productivas y de las MIPYMES;

II. Promover mecanismos para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley y;

III. Discutir y analizar las propuestas que realicen los Municipios, y en el caso del Distrito Federal sus delegaciones, y los Sectores para el desarrollo y cumplimiento de los objetivos de esta Ley.

Transitorios

Artículo Primero. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan a lo establecido en la misma.

Artículo Tercero. Dentro de los noventa días posteriores a la entrada en vigor de la presente Ley, deberá instalarse el Consejo a que se refiere el capítulo cuarto de la misma.

Artículo Cuarto. El Reglamento de esta Ley, deberá expedirse en un plazo no mayor a ciento ochenta días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

Artículo Quinto. Para efectos de lo dispuesto en la fracción IX del artículo 10 de esta Ley, la gradualidad en las asignaciones que con respecto de la totalidad de las adquisiciones y arrendamientos de bienes y servicios, así como de obra pública que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las MIPYMES, deberán sujetarse a los siguientes plazos y porcentajes como mínimo:

I. Se establece un plazo de dos años contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, a efecto de que se destine el 10% y;

II. Concluido el plazo a que se refiere la fracción I del presente artículo, la Secretaría revisará la gradualidad de referencia para los siguientes cuatro años, a fin de que fenecido este término se alcance el porcentaje del 35%.

Artículo Sexto. En las Entidades Federativas o en el caso del Distrito Federal, que exista algún consejo con características similares a un Consejo Estatal, podrán asumir el carácter de éstos llevando a cabo el objeto y las funciones establecidas en esta Ley, realizando las adecuaciones legales correspondientes.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de octubre de 2002.— Diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (rúbrica), Presidente; José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica), Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Reyes Antonio Silva Beltrán (rúbrica), Francisco Agundis Arias (rúbrica), secretarios; José Bañales Castro (rúbrica), Orlando Alfonso García Flores (rúbrica), Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), Jaime Salazar Silva (rúbrica), Francisco Javier Ortiz Esquivel (rúbrica), Francisco Luis Treviño Cabello (rúbrica), María Teresa Tapia Bahena (rúbrica), Jorge Urdapilleta Núñez (rúbrica), Carlos Nicolás Villegas Flores (rúbrica), Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica), Miguel Castro Sánchez, Elías Dip Rame (rúbrica), María Luisa Domínguez Ramírez (rúbrica), Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Jaime Hernández González (rúbrica), Julián Luzanilla Contreras (rúbrica), Hermilo Monroy Pérez (rúbrica), Manuel Payán Novoa (rúbrica), Roberto Ruiz Angeles (rúbrica), Jorge Schettino Pérez (rúbrica), Adolfo Zamora Cruz (rúbrica), Miroslava García Suárez, Rafael Servín Maldonado (rúbrica), Gregorio Urías Germán (rúbrica), Norma Patricia Riojas Santana (rúbrica).»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Tiene la palabra el diputado Rubén Félix Hays, para fundamentar el dictamen, a nombre de la comisión, en los términos del artículo 108 del Reglamento Interior.

El diputado Rubén Benjamín Félix Hays:

Con su permiso, señora Presidenta; Cámara de Diputados:

Por acuerdo de la comisión, consensado por todos los grupos parlamentarios representados en ella, tengo la encomienda de manifestar que se modifican los textos de los artículos 10 y 18 al dictamen, en los siguientes términos:

El artículo 10, en el párrafo final, sería quitar: “la participación de las entidades federativas, de los municipios y de los sectores se podrá realizar en el marco de los convenios que la Secretaría celebre con éstos”, y se agregaría lo siguiente: “con objeto de lograr la coordinación efectiva de los programas de fomento a las Mipymes y lograr una mayor efectividad en la aplicación de los recursos en las entidades federativas donde exista el consejo estatal, todos los convenios serán firmados por el gobierno estatal o del Distrito Federal. En donde no existan, la Secretaría podrá firmar los convenios de manera directa con los municipios y los sectores”.

El artículo 18, en su fracción XX, quedaría como sigue: “dos representantes del Congreso del Trabajo y un representante de la Unión Nacional de Trabajadores”... Perdón, en el inciso II “Seis miembros de los sectores que incidan en el cumplimiento de los objetivos de esta ley, quienes serán designados por la Secretaría”. Deberá decir: “Dos representantes del Congreso del Trabajo y un representante de la Unión Nacional de Trabajadores”.

En el artículo 21, “Tres miembros de los sectores que incidan en el cumplimiento de los objetivos de esta ley, quienes serán designados por la Secretaría.”

Respetables señoras y señores diputados: tengo el alto honor de presentar ante ustedes la posición de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial en relación al proyecto de Ley para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeña y Mediana empresas.

Es un hecho significativo para la nación que una iniciativa de esta importancia se presente a la consideración y votación de esta Cámara de Diputados. No puede ser mayor la importancia de esta ley ante la evidencia de que en el año 2001 se contrajo la economía mexicana, que en este año también se reducirá el producto per capita y que se estima un reducido crecimiento en 3% para el año 2003.

Con esta ley el Poder Legislativo da respuesta a los reclamos de la sociedad y las organizaciones empresariales sobre la necesidad de establecer un marco jurídico que fomente la construcción de la competitividad de la economía nacional, con la participación de todos los sectores y en particular de los micro, pequeños y medianos empresarios de todo el país.

Antes de poner a su consideración los elementos sustantivos de la ley, debo señalar que esta propuesta es el resultado de la participación de diputados de las distintas fracciones parlamentarias, que aportaron su trabajo y disposición para sumar y coincidir en un proyecto que beneficia al país.

Quiero agradecer, además, la valiosa participación de las cámaras de la industria, comercio, servicios y sus confederaciones, de expertos abogados y académicos, así como funcionarios de la secretarías de Economía y Hacienda y Crédito Público, que aportaron elementos sustantivos para que este proyecto respondiera a las necesidades de la economía nacional con una visión de futuro.

Los diputados de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de esta LVIII Legislatura coincidimos en la convicción de que México es una nación con dignidad, que debe afirmarse con seguridad ante su propio destino en el concierto de las naciones y que para ello es absolutamente necesario tener una economía poderosa y en crecimiento.

Con esta iniciativa el Poder Legislativo contribuye a ofrecer a la sociedad mexicana un nuevo rumbo para el desa-rrollo económico que modifique ausencias y errores de enfoque de las políticas seguidas en los últimos 20 años.

Justificación. Por qué se requiere esta ley. Durante los últimos 20 años México adoptó un modelo de desarrollo para responder a los requerimientos de la economía global y el agotamiento de anteriores esquemas, que se orientó al pago de la deuda externa, reducción del estado, apertura a la inversión extranjera y el comercio exterior y la privatización de empresas públicas.

A 20 años de distancia podemos afirmar que la vinculación de México con la economía global, sin un proyecto productivo nacional, es inviable e injusto.

México tiene una de las economías más abiertas del mundo y al mismo tiempo una de las menos competitivas, como resultado de haber abandonado la política industrial, tecnológica y de apoyo a nuestros productores agropecuarios.

Ante las acciones de las naciones más avanzadas que cuentan con leyes de fomento desde hace décadas y acciones que no tienen nada qué ver con el libre comercio como los subsidios agropecuarios en Estados Unidos.

Adicionalmente en los últimos 20 años se ha dado una reducción drástica de lo público que pone en riesgo la viabilidad del proyecto nacional pues el gasto público como proporción del PIB, se redujo del 52% del PIB en 1982 al 21% en el 2001, y se tiene gran dificultad para aumentar la recaudación, dadas las condiciones actuales de la economía y de la sociedad.

Además el poder adquisitivo del salario en el mercado interno, se ha reducido en los últimos 20 años porque la sociedad se ha orientado a la informalidad e incluso a la ilegalidad para poder subsistir.

En suma, una nación que no tiene un proyecto productivo propio, no es viable como nación.

Con ésta México puede unificar de manera ordenada, institucional, con sentido nacional, y patriótico, su modelo de desarrollo para concentrar su energía en la producción de riqueza, valor agregado, tecnologías e inversiones nacionales y revertir con ello el deterioro salarial, la descapitalización de las micro, pequeña y mediana empresas nacionales y el rezago fiscal del país.

¿Qué características tiene la ley que se propone a votación? Procedo con la venia de todos ustedes, a presentar las características más importantes de este proyecto de ley. Es una ley general que establece como principal preocupación la construcción sistemática y permanente de la competitividad de las micro, pequeña y mediana empresas. Esta ley se refiere prácticamente a todas las empresas, excepto 8 mil grandes empresas.

La ley establece la suma coordinada de capacidades y recursos tanto del mercado como del Estado en función de un proyecto nacional de desarrollo que es una tarea de todos los mexicanos y de todos los sectores.

La ley define el concepto de “competitividad” tanto como el resultado del desempeño general de la economía y de las políticas públicas, como de la competitividad de las empresas.

El mandato de ley es claro: el Gobierno se convierte en un aliado corresponsable de la competitividad del país para alcanzar las capacidades productivas que le permitan a México enfrentar las estrategias económicas de otras naciones y responder a nuestros problemas estructurales.

Para ello se definen formas de participación de los sectores público, privado, social y del conocimiento para producir los resultados que la nación requiere.

El futuro está en la promoción de la creación de riqueza socialmente distribuida y sustentable desde el punto de vista económico, ecológico, político y social. Para ello la Secretaría de Economía promoverá y coordinará esfuerzos en corresponsabilidad de todos los sectores.

La ley define responsabilidades específicas a la Secretaría de Economía y establece un consejo en el que participan todos los sectores, para que a través de este mecanismo se sumen el Gobierno Federal, los gobiernos estatales a través de los secretarios de desarrollo económico y todos los sectores para promover y coordinar acciones para la competitividad nacional.

También esta ley establece un marco que permitirá mejorar la coordinación, y esto es muy importante, de los 159 programas federales y 492 programas estatales para alcanzar la competitividad del país.

Los criterios específicos que establece esta ley se orientan a los siguientes objetivos:

Desarrollar mercado interno, promover la acumulación de capital de la economía nacional, consolidar las actuales empresas y desarrollar nuevas empresas nacionales, desa-rrollo de tecnologías propias, aumento de la productividad, salarios, ganancias, ahorro e impuestos, diseñar y poner en práctica una estrategia común para enfrentar las estrategias productivas de otras naciones, establecer un consejo para actuar cadena por cadena productiva en todas las regiones del país para alcanzar objetivos sectoriales y nacionales de competitividad; movilizar productivamente al país para alcanzar de manera sostenida altas tasas de crecimiento, establecer una evaluación de los resultados alcanzados como país y no sólo a nivel de instituciones públicas.

Destinar, al menos, un 35% de las compras de bienes y contratación de servicios a la Administración Pública Federal, a las micro, pequeña y mediana empresas.

Evaluación anual por la Secretaría de Economía.

CONCLUSION

La Comisión de Comercio y Fomento Industrial considera de una alta prioridad nacional la aprobación de esta ley y su vigencia en un plazo inmediato. México no puede seguir perdiendo el tiempo en la implementación de acciones urgentes para reactivar la economía nacional. Esta comisión, consciente de esta realidad, ofrece todo su apoyo para que se realicen los objetivos de esta ley e invita a las señoras y señores diputados a sumar esfuerzos para alcanzar un proyecto productivo que dé sustento a la micro, pequeña y mediana empresas como soporte fundamental de nuestro proyecto de nación a futuro.

Muchas gracias. Es cuanto.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado. Muchas gracias.

En consecuencia se abre la discusión en lo general.

Para fijar la posición a nombre de sus grupos parlamentarios y los partidos participantes en la Cámara, se han registrado las siguientes diputadas y diputados: Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista, hasta por cinco minutos; José Narro Céspedes, del grupo parlamentario del PT; Francisco Agundis Arias, del grupo parlamentario del PVEM; Rafael Servín Maldonado, del grupo parlamentario del PRD; Jorge Urdapilleta Núñez, del grupo parlamentario de Acción Nacional y  Reyes Antonio Silva Beltrán, del grupo parlamentario del PRI, hasta por 10 minutos cada uno.

Tiene la palabra la diputada Norma Patricia Riojas Santana.

La diputada Norma Patricia Riojas Santana:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

Los integrantes del Partido de la Sociedad Nacionalista en un ejercicio serio, responsable y comprometido con toda la sociedad mexicana hacemos uso de esta tribuna para dejar en claro nuestra posición política respecto al dictamen de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeña y Mediana Empresas.

Los nacionalistas, los del Partido de la Sociedad Nacionalista afirmamos que el Gobierno mexicano ha entendido tardíamente la importancia que representan las micro, pequeña y mediana empresas, ya que de acuerdo con la Secretaría de Economía de las 200 mil nuevas empresas que se establecen anualmente en el país, el 65% desaparece antes de dos años, principalmente por la ausencia de financiamiento y la falta de capacidad adecuada y oportuna. Pero a pesar de todos estos factores contribuyen con un 40% de la inversión y del Producto Interno Bruto, generando aproximadamente un 60% de los empleos nacionales.

Si bien es cierto que el Gobierno mexicano ha comenzado a desarrollar esquemas y programas para fomentar y promover la calidad, competitividad, capacitación y desarrollo empresarial de las Mipymes, también lo es que ante la creciente complejidad y exigencias del país las medidas gubernamentales han sido insuficientes, situación que quedó en evidencia durante la X Cumbre de Líderes del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, APEC, en donde nos dimos cuenta que nuestros socios comerciales como Japón y Taiwán promueven el desarrollo económico a través de la promoción y fomento de las Mipyme para proveer a las grandes empresas e incorporarlas a los procesos productivos, ayudándoles al acceso de financiamiento y tecnología. Todo regulado por entidades públicas.

La Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresas, la cual desempeña un instrumento de gran valía para articular y estructurar el conjunto de estrategias, acciones e instrumentos que apoyan a las empresas y a los emprendedores, en particular las Mipymes, constituyen el marco jurídico indispensable para promover el desarrollo económico nacional a través del fomento a la creación de las Mipyme, ya que se establecen los criterios y mecanismos para apoyarlas en cuanto a su vialidad, productividad y competitividad y sustentabilidad nacional e internacional, como bien lo establece el artículo 1o. de esta ley.

Por otro lado, extiende la competitividad de las Mipyme hacia todos los sectores económicos y las regiones del país, promoviendo la participación de las entidades federativas, del Distrito Federal, de los municipios, de las instituciones educativas de investigación, asimismo como los organismos empresariales, empresarios y emprendedores.

Los nacionalistas, los del Partido de la Sociedad Nacionalista reconocemos que somos un pueblo de raíces y costumbres nacionalistas, que los mexicanos somos excelentes microempresarios y sólo necesitamos los incentivos necesarios para incrementar y fortalecer la micro, pequeña y mediana empresas, y es con la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresas, que todos los mexicanos defenderemos a la industria nacional, fomentaremos la capacidad productiva y fortaleceremos nuestro mercado interno, ya que se establecen esquemas de apoyo, fomento y planeación a través de la concurrencia de recursos y acciones de la Federación, estados, Distrito Federal, municipios y sectores privado y social.

Por las razones expuestas, el Partido de la Sociedad Nacionalista, consciente de su responsabilidad frente a la sociedad, considera como compromiso inalienable impulsar a las micro, pequeña y mediana empresas y convertirlas en el motor de desarrollo que requiere la economía mexicana, por lo que nos manifestamos a favor del dictamen por el que se extiende la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresas, en lo general y en lo particular, incluyendo las modificaciones de los artículos 10 y 18 que comentaba el compañero, reiterándoles a todos los diputados que hoy es momento de compartir los riesgos que confronta la construcción de un México mejor.

Hoy es el tiempo para servir realmente a los intereses generales de los mexicanos y conformar el futuro de una perspectiva de progreso, bienestar y oportunidades para todas y todos los mexicanos.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señora diputada.

Tiene la palabra el diputado José Narro Céspedes, a nombre del grupo parlamentario del PT, hasta por 10 minutos.

El diputado José Narro Céspedes:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

En 1984 México se incorpora al GAT, al acuerdo de la Ronda de Uruguay y empezamos a vivir desde el inicio de la década de los ochenta todo un proceso de liberalización de nuestro mercado y de apertura también a la inversión extranjera, que se ve cristalizado fundamentalmente en una primera etapa con la entrada en ese año de 1984 al GAT y posteriormente con todas las reformas estructurales de primera generación que se hicieron durante 1989 hasta el año de 1994.

Todo esto arrojó miles de empresas pequeñas y medianas y de microempresas, las llevó prácticamente a la banca rota y a la ruina, llevando a miles de familias mexicanas al de-sempleo y a la pobreza.

Por eso, en 1994 se hablaba de 14 millones de mexicanos en extrema pobreza y de cerca de 27 millones de mexicanos en pobreza.

Ahora prácticamente ocho años después, hablamos de 65 millones de mexicanos en la pobreza y de 30 millones de mexicanos en extrema pobreza. Este es el resultado de esta política que se ha venido aplicando en nuestro país contraria a los intereses nacionales, contraria a una política de generación de empleo, una política que nos permite estructurar las cadenas productivas, una política industrial activa que no hemos visto en los últimos gobiernos ni en este Gobierno Federal, porque se han centrado fundamentalmente a privilegiar el capital usurero y el capital especulativo como parte de la política económica de este Gobierno.

Esta Ley de Coordinación para el Fomento de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresas es un paso importante para buscar revertir esta situación de bancarrota, de quiebra, en la que se encuentran muchas de estas empresas a nivel nacional.

Pero estamos seguros también que con la aprobación de esta ley no es suficiente si esto no se ve acompañado de una política de crédito, de apoyo y de fortalecimiento para estas micro, pequeña y medianas empresas a nivel nacional y de una serie de planteamientos estratégicos que permitan que estas empresas que generan el 40% del Producto Interno Bruto y que generan cerca del 60%, 70% del empleo en nuestro país, puedan seguir siendo, como lo han sido hasta ahora, uno de los pilares fundamentales para el desarrollo y para el bienestar del conjunto de los mexicanos, partiendo de la tesis de que no hay mejor política social o no hay mejor forma de darle bienestar al pueblo de México, que el que éste cuente con un empleo que les permita tener una retribución, un ingreso, que les dé condiciones para vivir en dignidad y en bienestar en compañía de su familia.

Para nadie resulta desconocido la importancia económica de las Mipymes, su importancia también radica en el de-sempeño económico que tiene ésta gran empresa capitalista, sin estas micro, pequeñas y medianas empresas no había posibilidades de consolidar el papel de las nuevas tecnologías de la informática y de la industria microelectrónica que crean las posibilidades de descentralizar a nivel mundial los procesos productivos de una nación a otra, de fragmentar estos procesos y de emplear cada vez más a las Mipymes mediante el esquema de subcontratación productiva y laboral, aquí es donde las Mipymes tienen una trascendencia considerable de contribución al desarrollo económico de nuestra nación.

Es importante señalar, que para arribar a la creación de una ley específica sobre este tema, fue necesario convencer a importantes sectores para vencer esas inercias y el peso de las concepciones neoliberales sobre el papel de estas empresas en el desarrollo económico nacional como parte de una visión estratégica en donde estas empresas pudieran estar incorporadas en una nueva visión para el desarrollo nacional y no excluidas.

No debemos olvidar que estas concepciones neoliberales del mundo prevalecieron y continúan prevaleciendo en el mundo y en nuestra nación, al dar mayor importancia a la gran empresa capitalista y a las grandes corporaciones transnacionales que han sido las únicas beneficiarias de la política económica que se ha venido aplicando en nuestro país.

Pese al hecho de que hoy estamos discutiendo la aprobación de un poderoso instrumento de regulación para el fomento de la competitividad de estas pequeñas empresas, quedarán varias asignaturas pendientes que debemos de ir solucionando de forma sistemática para apoyar realmente la subsistencia y la creación de más y mejores pequeñas y medianas empresas en todo lo largo y lo ancho de nuestro país.

Una de las asignaturas pendientes es el crédito porque como sabemos, estas empresas están prácticamente excluidas como sujetos de crédito para la banca comercial que sólo otorga financiamiento a las grandes empresas exportadoras que son quienes tienen capacidad real de flujo monetario para los préstamos; hacer real el acceso a los recursos tecnológicos y de acceso a la información para estas empresas, garantizando que los centros de educación superior se vinculen a las pequeñas y medianas empresas y se vuelva una cuestión de vital importancia en el contexto de la intensificación de la competencia económica entre las naciones.

Necesitamos garantizar con recursos reales la capacitación de quienes administran estos negocios para que se conviertan en empresarios bien informados, capacitados y profesionales por el bien de esas empresas y de México; sin ello, la presente ley será ley muerta.

El mundo empresarial moderno impone a las naciones modernizar y adecuar a las empresas a los cambios tecnológicos; las Mipymes necesitan enormes recursos para lograr esto último, no podemos aspirar a tener empresas competi- tivas de este nivel si no damos pasos necesarios para apoyarlas con recursos públicos suficientes y una estrategia de apoyo que permita fortalecerlas.

Tampoco podemos olvidar que la integración de cadenas productivas, tanto al productor como al comprador y la crea-ción de paquetes completos de estas cadenas se conviertan en un desafío para elevar la competitividad de las pequeña y mediana empresas que deberemos de incorporarlas en un futuro inmediato en el marco de esta nueva ley.

Es claro que en el desarrollo de las pequeña y de la mediana empresa, juegan un papel fundamental lo que son las empresas sociales de nuestro país y que tienen un papel estratégico que hay que revitalizarlas como siguen siendo el ejido, como siguen siendo las empresas sociales, las cooperativas que existen a lo largo y a lo ancho de nuestro país y que son uno de los sectores beneficiarios de esta ley que el día de hoy estamos discutiendo.

Por ello, el Gobierno Federal deberá de adquirir compromisos reales con estas empresas, partiendo por incorporar sus necesidades de abastecimiento también que tienen que ser atendidas y que tenemos que generar condiciones como país para que tengan respuesta.

Ante lo anteriormente expuesto, queremos comentar ante este pleno del Congreso de la Unión de la Cámara de Diputados el voto positivo en lo general y en lo particular de nuestra fracción parlamentaria, de la fracción parlamentaria del Partido del Trabajo.

Es cuanto, Presidenta. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Francisco Agundis Arias, del grupo parlamentario del PVEM.

El diputado Francisco Agundis Arias:

Con su permiso, señora Presidenta; señoras y señores diputados:

Durante estos más de dos años, el trabajo legislativo de esta soberanía ha estado enmarcado por una fuerte preocupación por consolidar los lineamientos del desarrollo para el futuro.

A pesar de que la sociedad mexicana ha reclamado incansablemente un verdadero ajuste en los ámbitos económicos, el modelo que rige a uno de los principales sectores como es el de las micro, pequeña y mediana empresas no sólo no ha permitido que se mejoren las condiciones en las que se prevalece sino que ha agudizado sus problemas.

Es por ello que ante la globalización mundial en donde las grandes corporaciones o holding parecen devorar cualquier opción de producción, distribución y comercialización de baja escala, surge una pregunta: ¿existe alguna alternativa para consolidar las casi tres millones de unidades empresariales en nuestro país, de las cuales el 99.7% son micro y pequeñas que generan el 42% del Producto Interno Bruto y el 64% del empleo en este país.

Sin duda la cooperación y coordinación de esfuerzo es el método que puede solucionar algunos problemas de subsistencia en las comunidades más pequeñas y aisladas del mundo del libre mercado.

Es por ello que se requiere de un proceso que traduzca las características económicas, sociales, políticas y culturales que reflejen la realidad de nuestro pueblo para unificar criterios y enfrentar el contexto mundial con unidad traducida en fuerza, fuerza que las micro, pequeña y mediana empresas han mostrado al participar en el mercado inter- nacional y comprobar que son capaces de enfrentar la competencia de productos de terceros países.

Por lo que consideramos que el dictamen que se encuentra hoy a discusión, representa un avance hacia la generación de un sistema que coordine efectivamente los recursos y capacidades destinadas al desarrollo del país.

Como sabemos el reconocimiento de la contribución de este sector a la economía a llevado a los diferentes órdenes de gobierno a buscar mecanismos de apoyo, sin embargo esto no ha sido suficiente para lograr crecimiento económico sustentado en una base sólida y tampoco se optimizado sus esfuerzos.

Por lo anterior el grupo parlamentario del Partido Verde, manifiesta su apoyo al presente dictamen toda vez que el apoyo hacía la modernización y fortalecimiento del sector de la pequeña y mediana empresa es clave para la actividad económica de nuestro país.

No debemos olvidar que todas las decisiones y acciones de la empresa, deben cimentarse en el análisis de la existencia de oportunidades de mercados, tanto de los actuales como los potenciales y para ello debemos contribuir para generarla.

Muchas gracias.

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Tiene la palabra el diputado Rafael Servín Maldonado del Partido de la Revolución Democrática, hasta por 10 minutos.

El diputado Rafael Servín Maldonado:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros:

Desde esta tribuna saludo a los secretarios de desarrollo económico que están presentes en la discusión de este importante dictamen.

Las micro, pequeñas y medianas empresas mexicanas, Mipyme, enfrentan un difícil reto ante la competencia internacional, la apertura comercial, la incertidumbre financiera, la globalización, la falta de transformación científica y tecnológica aunado al fortalecimiento de grandes corporaciones comerciales, reto que deberán enfrentar con una ley, como la que seguramente con la mayoría de los votos de las señoras y señores diputados aprobaremos el día de hoy.

En nuestro país el 99% de las empresas son micro, pequeñas y medianas, su participación en el empleo, en la actividad económica regional y su contribución en el Producto Interno Bruto es muy significativa, su participación potencial en el desarrollo económico y social de México es determinante. La política neoliberal en México, desde 1988, ha tenido un impacto significativo en las micro, pequeña y mediana empresas, que en muchos de los casos no han podido sobrevivir a las crisis económicas de las últimas décadas, la reducción del mercado interno y la competencia desleal por la importación indiscriminada de productos extranjeros.

Con los tratados y acuerdos internacionales quedó claramente manifiesta la vulnerabilidad de la economía nacional, cuando se le hace depender básicamente del mercado externo para crecer. Se dejó de atender y promover el mercado interno, más aún, cuando el mercado interno es la expresión real del nivel de vida de los mexicanos.

Los programas e instrumentos de fomento reflejan multiplicidad y duplicidad en las funciones del Gobierno Federal, en la de los gobiernos estatales y en la banca de desa-rrollo. Reflejan también insuficiencia en la coordinación de acciones y apoyos en materia de financiamiento, tecnología, capacitación y desarrollo empresarial de las micro, pequeñas y medianas empresas.

Es necesario ordenar y coordinar el trabajo de las instituciones responsables de instrumentar programas específicos ante los múltiples retos y desafíos que deben de enfrentar estas empresas. Se debe de estimular el desarrollo regional más equilibrado a nivel nacional y contribuir con una mayor descentralización de la vida económica del país, fortaleciendo a las entidades federativas, a los municipios e impulsando las micro regiones.

Es necesario establecer un nuevo marco legal para el fomento de las Mipymes, ordenar y coordinar el trabajo de las instituciones responsables de instrumentar programas específicos ante los múltiples retos y desafíos que deben de enfrentar estas empresas, ante las amenazas que provienen del entorno internacional y los rezagos estructurales de la pobreza de nuestra nación.

Con la actual política económica hay una incapacidad manifiesta de generar oportunidades para obtener empleos bien remunerados para la generación actual y las próximas generaciones.

En el mundo se reconoce que las empresas micro, pequeñas y medianas, en particular las industriales y de servicios, desempeñan un papel esencial en el desarrollo económico y social, por lo que muchos países han decidido establecer políticas y mecanismos institucionales que garanticen su adaptación y capacidad de competencia a través de nuevas leyes.

El proyecto de ley que hoy discutimos prevé un conjunto de estímulos y apoyos a las micro, pequeñas y medianas empresas para alcanzar sus diversos objetivos de fomento. Su aplicación es responsabilidad del Ejecutivo Federal, de los ejecutivos estatales, municipales y del Distrito Federal, pero también hay una corresponsabilidad de las confederaciones, cámaras empresariales e instituciones especializadas en el servicio a las micro y pequeñas empresas, mismas que, siguiendo las nuevas tendencias internacionales, serían beneficiarias de esta ley, sin perder de vista que el objetivo central es aumentar la competitividad de cada una de las empresas.

Su capacidad es crear nuevas inversiones, empleos y la generación de bienes, servicios e impuestos que beneficien a sus accionistas y trabajadores y a la sociedad en general. Esta ley crea un Consejo Nacional de Coordinación, que será la máxima autoridad del sistema y contará con un Comité Ejecutivo para diseñar y concensar las políticas específicas del fomento y los términos generales para la toma de decisiones. Se crearán comisiones de trabajo con la amplia participación pública y privada y también se invitará a la sociedad en general, buscando la concurrencia de todos los actores necesarios para fomentar la competitividad nacional.

Corresponderá a la Secretaría de Economía promover y celebrar convenios de coordinación con los estados, el Distrito Federal y a través de ellos, con los municipios, delegaciones que les correspondan para la articulación de las políticas e instrumentos que analicen recursos presupuestales necesarios para el desarrollo de esta empresa.

Quiero mencionar que este dictamen que votaremos hoy, ha sido respaldado por muchos ciudadanos y por nuestros compañeros del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, haciendo un trabajo arduo y concienzudo para sacarlo adelante.

Por estas razones expuestas solicito, compañeras y compañeros, su voto a favor de la Ley de Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeña y Mediana Empresas.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Jorge Urdapilleta Núñez del PAN, hasta por 10 minutos.

El diputado Jorge Urdapilleta Núñez:

Con el permiso de la Presidencia; honorable Asamblea:

A nombre de los diputados que integran el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, hago uso de la palabra ante este pleno para apoyar la creación de esta ley, que no es un ordenamiento que va a pasar desapercibido y sin impacto entre la población, por el contrario, esta ley, de aprobarse, será un verdadero apoyo para millones de personas que trabajan y subsisten de una empresa que por su tamaño, se considera micro, pequeña y mediana.

El suscrito, como miembro del Partido Acción Nacional y proponente de esta iniciativa, es para mí muy importante informar a esta soberanía, que sobre todo el trabajo que realizamos para la elaboración de esta nueva ley, que desde hace cerca de dos años venimos trabajando en ella, primeramente en el seno de la subcomisión de Micro y Pequeña Empresas, llevamos a cabo varias reuniones de trabajo donde participaron diputados de todas las fracciones parlamentarias, en donde acordamos hacer partícipe, desde el principio, a las cámaras empresariales, a los secretarios de desarrollo económico de los estados y a todos los que participan directamente en los sectores sociales y del conocimiento.

Dentro de las cámaras empresariales, destacamos la participación de la Confederación de Cámaras Industriales, la Confederación Patronal de la República Mexicana y la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación, sin dejar de reconocer las aportaciones de los secretarios de desa-rrollo económico, de las 32 entidades federativas que participaron muy activamente en el enriquecimiento de la propuesta de ley.

Una vez que fue presentada esta iniciativa, el 11 de abril de 2002, se turnó a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, en donde trabajamos los diputados proponentes, conjuntamente con los asesores de los grupos parlamentarios y de las secretarías de Economía y de Hacienda y Crédito Público en el análisis y discusión de las disposiciones que deberían de contener este nuevo ordenamiento, así después de más de seis meses de labor, el resultado es el dictamen que hoy estamos discutiendo, que consideramos, que sin duda será un gran apoyo para el desarrollo de las Mipymes.

Cabe mencionar, que nuestro país, el 99% de las empresas están estratificadas como Mipymes, las cuales contribuyen al 42% del Producto Interno Bruto sin dejar de valorar que el 64% del personal empleado trabaja en estas empresas. Por ello, es importante fortalecer estas unidades productivas para que logren un crecimiento sostenido con justicia social, de ahí que la creación de esta ley es trascendental para el desarrollo de la competitividad de las empresas y en general para México.

De esta manera, este Poder Legislativo y en particular el Partido Acción Nacional, no puede estar ajeno a los problemas que enfrentan los empresarios y emprendedores para su creación, desarrollo y consolidación. Es por esto, que la ley tiene por objeto promover el desarrollo económico nacional a través del fomento de la creación de las Mipymes y el apoyo para su viabilidad, productividad, concretividad y sustentabilidad.

Dentro de los objetivos de esta ley es establecer para el desarrollo de las Mipymes las bases para la planeación y ejecución de las actividades, la participación de la Federación en las entidades federativas y del Distrito Federal, de los municipios y de los sectores involucrados.

El establecer instrumentos para la evaluación y actualización de las políticas, programas y actividades de fomento, además de políticas condición de largo plazo.

Asimismo, esta nueva ley contempla promover para las Mipymes, un entorno favorable para los negocios, la creación de una cultura empresarial, el acceso al financiamiento público y privado, la compra de productos y servicios, por parte del sector público.

Las condiciones para la creación y consolidación de las cadenas productivas, esquemas para la modernización, innovación y desarrollo tecnológico, así como la cooperación y asociación de las Mipymes a través de sus organizaciones empresariales.

En lo relativo a las compras gubernamentales, Acción Nacional se pronuncia para que éstas sean hechos con reponsabilidad, esto es, que propicien el desarrollo a las Mipymes con competitividad, sin fomentar jamás el solapamiento y paternalismo, en perjuicio de todos los mexicanos ni tampoco contravenir nuestro marco jurídico.

De esta manera, la Secretaría de Economía, quien es la dependencia encargada de aplicar esta ley, tendrá que formular y destinar programas encaminados al desarrollo de la competitividad de las Mipymes, como capacitación y formación empresarial, asesoría y consultoría, fomento para la constitución de incubadoras de empresas, formación de emprendedores, establecimiento, integración y apoyo a cadenas productivas, agrupamientos empresariales y vocaciones productivas locales y regionales, promover la modernización, innovación y desarrollo tecnológico, la constitución y desarrollo de proveedores y distribuidores, la consolidación de oferta exportable, el fomento para el desarrollo sustentable, además de que la Secretaría de Economía, promoverá esquemas para facilitar el acceso al financiamiento público y privado de las Mipymes.

Sin embargo, es trascendental para la economía del país y para las empresas mexicanas, internarse en los mercados internacionales y aprovechar los tratados comerciales que nuestro país ha suscrito, y no sólo como maquiladoras, para eso se debe de impulsar el establecimiento, la integración y el apoyo de cadenas productivas.

Sólo con esto, México puede consolidar una oferta exportable suficiente con estándares de calidad internacional y con un porcentaje elevado de contenido nacional, esto no es ajeno al desarrollo de proveedores y distribuidores que las Mipymes puede jugar dentro de los encadenamientos productivos.

Pero para lograr todo lo anterior, se necesita la participación de todos los agentes económicos y sociales involucrados para el desarrollo y fortalecimiento de las Mipymes nacionales. En este sentido, dentro de esta ley se establece la constitución de un Consejo Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de las Mipymes, así como de consejos estatales en los diferentes estados y Distrito Federal.

Estos consejos a nivel federal y estatal, estarán integrados por funcionarios del sector público, de la iniciativa privada, del sector social y de representantes del sector del conocimiento.

Así esos consejos se constituirán como el foro de discusión y serán la instancia que promueva, analice y dé seguimiento a los esquemas, programas, instrumentos y acciones que se destinen para el apoyo de las Mipymes.

Es por todo lo anterior, que los diputados integrantes del grupo parlamentario de Acción Nacional, estamos a favor de la creación de esta nueva ley que, lejos de hacer más burocracia es un ordenamiento claro, preciso y apegado a la realidad mexicana, que puede ser aplicado por la Secretaría de Economía, y más específicamente por la subsecretaría para la pequeña y mediana empresas, que desde hace más de dos años y medio, encaminan todos sus esfuerzos en beneficios de los micropequeños empresarios.

Aprovecho para agradecer a las cámaras empresariales, a funcionarios de la Secretaría de Hacienda y de Economía, a los asesores parlamentarios y a los secretarios de desa-rrollo económico, por su participación y apoyo que, por cierto se encuentran en el recinto y que les presento mi reconocimiento.

Finalmente, les pido a las compañeras y compañeros diputados su voto a favor del dictamen.

Muchas gracias, es cuanto, señora Presidenta.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Reyes Antonio Silva Beltrán del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por 10 minutos.

El diputado Reyes Antonio Silva Beltrán:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

Acudo a esta tribuna en representación del grupo parlamentario del PRI para fijar la posición en relación al dictamen de Ley de Coordinación para el Fomento de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

La inserción de México en la economía global ha generado una estructura productiva dual, donde las grandes empresas tienen mejores condiciones para competir en una economía abierta, en tanto que las micro, pequeñas y medianas empresas nacionales se encuentran en desventaja en materia de financiamiento, tecnología y apoyos para la exportación.

Con esta ley se busca nivelar el terreno juego, donde las empresas mexicanas de menor tamaño puedan ampliar sus mercados, generar mayor valor agregado nacional, crear nuevos empleos, fortalecer el salario real y como resultado de todo esto, contribuir a la recaudación fiscal federal, estatal y municipal.

En nuestro país el 99% de las empresas pueden clasificarse como Pymes, reconociendo su importancia en el desa-rrollo nacional no sólo por contribuir con seis de cada 10 empleos o participar con el 42% de la producción nacional, sino por su potencial como fuente de oportunidades de crecimiento y de distribución del ingreso.

Una agenda pendiente de los cambios estructurales, es sin duda la definición de un proyecto productivo nacional con visión de largo plazo. México no puede depender para su desarrollo sólo de los flujos de inversión y comercio del exterior.

Para mi grupo parlamentario, la vocación productiva de nuestro país, forma parte de un proyecto de nación independiente con mayores libertades, oportunidades reales y sobre todo para crecer con justicia, para que la justicia social se sienta por fin en la mesa de los mexicanos.

Con esta ley se rompen viejos dogmas, se vuelve al pragmatismo, a hacer de la política económica el instrumento de redistribución que siempre debió haber sido. La política económica es el arte de responder con medidas adecuadas a los problemas cambiantes de la economía. No es ni puede ser una receta siempre fija como algunas autoridades suponen. Hoy está claro que no siempre funciona esa receta que dice: “estabilicemos la economía, dejemos que el mercado opere y todo lo demás vendrá por añadidura”. En el caso de México se ha seguido esa receta, pero todo lo demás como los empleos y los salarios mejor remunerados, no ha venido como añadidura.

Como lo señala la alternativa económica propuesta por mi partido, al final del día los gobiernos se califican no por cuántos puntos bajó la inflación, sino por cuántos puntos mejoró el índice de empleo y cuántos empleos permanentes se crearon; no por cuántas reservas tiene el gobierno en sus arcas, sino por cuántos recursos tienen los ciudadanos en sus cuentas de ahorro y cómo ha mejorado su nivel de vida.

Por ello apoyamos esta ley, porque permite descentralizar, ahorrar recursos públicos y que la mayoría de las empresas de nuestro país cuenten con un marco normativo cierto, que les dé oportunidades en el presente y sienta las bases para su desarrollo sostenido en el mediano y largo plazo.

Mi fracción parlamentaria considera que es indispensable establecer las bases institucionales y los mandatos específicos para que la Secretaría de Economía, así como todas las dependencias y entidades del Administración Pública Federal que contribuyen en cuestiones como financiamiento, desarrollo tecnológico, capacitación y política comercial, tengan un marco legal que articule sus recursos y capacidades para contribuir de manera organizada a la competitividad de todas las cadenas productivas en las que participan las micro, pequeñas y medianas empresas.

Por otra parte, la formación de un Consejo Nacional para la Competitividad de las Mipymes, que integre representantes de los sectores público, privado, social, del conocimiento y los trabajadores y que éste se convierta en un mecanismo de trabajo permanente y sistemático, establecido en una ley específica para el diseño, consenso, coordinación, ejecución y evaluación de las estrategias de desarrollo para todas las cadenas productivas.

Los legisladores promovemos la suma de gobierno y sociedad, para dar viabilidad a un proyecto productivo nacional. No pensamos en lo individual o en nuestros partidos políticos, pensamos y creemos en México.

Al establecerse la responsabilidad de la Secretaría de Economía en el diseño, ejecución, evaluación de las estrategias de competitividad, se tendrá una clara responsabilidad y marco de coordinación, para instituciones que en la actualidad tienen agendas y objetivos dispersos. Con ello se da respuesta a la demanda ciudadana por un marco institucional con responsabilidad específica de desarrollo de la competitividad nacional y a la vez tener un mecanismo legal para la coordinación de sus trabajos.

Debemos cambiar la mentalidad fatalista que condena injustamente amplios sectores de la economía y de la sociedad, a una competencia inequitativa con productores y productos que se generan en otras economías en los que se apoya a sus productores a través de múltiples mecanismos de los que no disponen nuestros empresarios.

Con esta decisión mandamos un fuerte mensaje a nuestros empresarios, trabajadores y a la juventud que tiene ímpetus emprendedores, de que ahora no se tendrá una actitud pasiva ante las fuerzas del mercado, en la que las alternativas sean de competir en desventaja o perecer, sino decidir y realizar de manera corresponsable, lo que se requiere hacer para alcanzar la competitividad de las empresas de los mexicanos.

Todos estamos comprometidos con el desarrollo y fortalecimiento del mercado interno, a la vez de competitividad de los mercados internacionales. México debe mirar a su propio mercado, lo que implica una mayor inversión de las empresas orientadas al mercado interno y un crecimiento del empleo, de la productividad y salarios de nuestros trabajadores; que es el camino que han seguido las mayores potencias económicas.

Así lo expresaron y lo han experimentado los representantes de las economías más importantes del mundo en la pasada reunión de líderes económicos del mecanismo de cooperación económica Asia-Pacífico.

Por esta razón mi grupo parlamentario ha impulsado y establece un mandato para que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, destinen de manera progresiva la adquisición de bienes y contratación de servicios, iniciando con un 10% el primer año e incrementándose a lo largo de cuatro años hasta alcanzar un mínimo de 35% de compras a las micro, pequeñas y medianas empresas.

Por otra parte, la ley prevé la suscripción de convenios entre la Secretaría de Economía con las entidades federativas, el Distrito Federal y con los municipios, para que en estos convenios se establezcan objetivos concretos, así como mecanismos para coordinar y sumar esfuerzos y recursos para alcanzar objetivos de desarrollo sectorial y regional y en las actividades económicas en la que cada una ellas tiene mayores oportunidades.

La ley es un marco general que permitirá establecer los convenios en función de objetivos nacionales y regionales, evitando así la discrecionalidad, así como también la dispersión de esfuerzos al suprimirse la suscripción de múltiples convenios entre la Federación, sus delegaciones, estados y municipios que han conducido a la falta de cohesión productiva en el pasado, generando economías de escala y asignación ineficiente de recursos.

Al aprobar este dictamen la distinguida, honorable asamblea, está cumpliendo con una de las grandes responsabilidades y corresponderá después al Ejecutivo Federal, destinar recursos económicos, tecnológicos y de información, significativos y crecientes, ya sea a través de sus programas e instituciones o por medio de la banca de desarrollo y la banca privada.

Por todo lo anterior, a nombre de mi grupo parlamentario, invito a esta honorable Asamblea, a votar a favor de este dictamen.

Es cuanto, señora Presidenta.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Muchas gracias, señor diputado.

En virtud de que no hemos recibido registro para la discusión en lo general ni en pro ni en contra, ruego a la Secretaría consulte si está suficientemente discutido en lo general.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

El diputado Gregorio Urías.

El diputado Gregorio Urías Germán (desde su curul):

Ciudadana Presidenta. Para reservar, en lo particular, el artículo 10 y el artículo 18 de la ley, a nombre de la comisión.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Muy bien.

A nombre de la comisión se reservan, en lo particular, el artículo 10, último párrafo, y el artículo 18, fracción XXI y adición de una fracción XXII, por las comisiones.

Se consulta si hay la reserva de algún otro artículo, en lo particular...

Se han reservado, para la discusión en lo particular exclusivamente, por parte de la comisión, el artículo 10, último párrafo, y el artículo 18, fracción XXI y adición de una fracción XXII.

El diputado Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere(desde su curul):

Solamente para aclarar que no es a nombre de la comisión, será a nombre personal de él.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Bien. A nombre del diputado Gregorio Urías y del diputado Rubén Félix Hays, se han reservado estos artículos.

¿Alguna otra reserva?.. De no ser así, le ruego a la secretaría se abra el sistema electrónico, por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

(Votación.)

Se emitieron 343 votos en pro, cero en contra y una abstención.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 343 votos.

Para referirse a las reservas a los artículos 10, último párrafo y 18 fracción XXI y la adición de una fracción XXII, tiene la palabra el diputado Gregorio Urías.

El diputado Gregorio Urías Germán:

Con su permiso, señora Presidenta.

Primero ofreciendo una disculpa y una aclaración a esta asamblea porque en la intervención del diputado Rubén Félix había expresado el sentido de estas modificaciones; hubo algunos problemas de comunicación entre nosotros, de tal suerte que son efectivamente de consenso y de la comisión.

Primero el artículo 10 se propone que se suprima la última parte de la fracción VIII de dicho artículo, la que a la letra dice:

La participación de las entidades federativas, de los municipios y de los sectores, se podrá realizar en el marco de los convenios que la Secretaría celebre con éstos.

Y se propone que se agregue en su lugar: “Con objeto de lograr la coordinación efectiva de los programas de fomento a las Mipymes y lograr una mayor efectividad en la aplicación de los recursos en las entidades federativas donde exista el consejo estatal. Todos los convenios serán firmados por el gobierno estatal, por el Distrito Federal en donde no existan.

La Secretaría podrá firmar los convenios de manera directa con los municipios y los sectores.

En lo relativo al artículo 18, se propone que se modifique primero la fracción XXI que dice, como viene en la iniciativa:

Seis miembros de los sectores que incidan en el cumplimiento de los objetivos de esta ley, quienes serán designados por la Secretaría.

Y se modifica quedando de la siguiente forma: fracción XXI: “tres miembros de los sectores que incidan en el cumplimiento de los objetivos de esta ley, quienes serán designados por la Secretaría”.

Y se adiciona la fracción XXII que a la letra dice: “dos representantes del Congreso del Trabajo y un representante de la Unión Nacional de trabajadores.”

Es cuando, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, diputado.

Le ruego deje con la Secretaría las propuestas específicas.

Entiendo que la propuesta relativa al artículo 10, último párrafo es suprimir el último párrafo, diputado Urías.

El diputado Gregorio Urías Germán:

Sí, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Y le rogaría a la Secretaría precise la propuesta vinculada con el artículo 18 fracción XXI y la adición de la fracción XXII.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

La propuesta hecha por el diputado a nombre de la comisión, como lo refirió, es el artículo 18 en la fracción XXI. Dice:

“Seis miembros de los sectores que incidan en el cumplimiento de los objetivos de esta ley, quienes serán designados por la Secretaría”.

La propuesta quedaría de la siguiente manera:

“Tres miembros de los sectores que incidan en el cumplimiento de los objetivos de esta ley, quienes serán designados por la Secretaría.”

Y la propuesta adiciona una fracción XXII que quedaría como sigue:

“Dos representantes del Congreso del Trabajo y un representante de la Unión Nacional de Trabajadores.”

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si son de aceptarse, si se admiten o se desechan las modificaciones propuestas por el diputado Urías a nombre de las comisiones.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si es de aprobarse la propuesta de modificación y adición hecha por el diputado...

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

No, señor Secretario. Si se admiten a discusión.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

En votación económica se consulta a la Asamblea si se admiten a discusión las propuestas hechas por el diputado Gregorio Urías, a nombre de la Comisión.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

En consecuencia, se abre el registro de oradores en pro o en contra...

No habiendo oradores ni en pro ni en contra, se va a proceder a la votación en un solo acto de las propuestas de modificaciones. En el artículo 10 la supresión del último párrafo y en el artículo 18 fracción XXI tal y como lo leyó la Secretaría y la adición de una fracción XXII tal y como la leyó la Secretaría.

Abrase el registro de votación hasta por cinco minutos para votar los artículos reservados.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Se pide se hagan los avisos correspondientes a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos para la votación de la propuesta referida.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Diputado Urías.

El diputado Gregorio Urías Germán (desde su curul):

Gracias, señora Presidenta:

Sólo para aclarar que se suprime el último párrafo pero se sustituye por otro que en lo personal dé lectura.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Por favor, precise la Secretaría. Del artículo 10.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Del artículo 10 se pide se suprima el párrafo que dice: “La participación de las entidades federativas de los municipios y de los sectores se podrá realizar en el marco de los convenios que la Secretaría celebre con estos” Y se pide se agregue el siguiente párrafo: “Con objeto de lograr la coordinación efectiva de los programas de fomento a las micro, pequeña y mediana empresas y lograr una mayor efectividad en la aplicación de los recursos en las entidades federativas donde exista el consejo estatal todos los convenios serán firmados por el gobierno estatal o del Distrito Federal en donde no existan la Secretaría podrá firmar los convenios de manera directa en los municipios y los sectores”.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Se modifica entonces el último párrafo por el párrafo al que se le dio lectura.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Se emitieron 330 votos en pro, cero en contra y cero abstenciones.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Aprobado el artículo 10 y el artículo 18 fracción XXI y adición de una fracción XXII con las adiciones propuestas por la Comisión y de las que dio registro la Secretaría.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeña y Mediana Empresas.

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Se va a dar lectura a una comunicación de la Junta de Coordinación Política.

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Beatriz Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso b de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por este conducto me permito remitirle el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo a la comparecencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público, para dar cuenta del paquete financiero para el año 2003; a fin de que sea presentado en la sesión del pleno del día de hoy.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 14 de noviembre de 2002.— Diputado Martí Batres Guadarrama, presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo a la comparecencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público, para dar cuenta de la iniciativa de Ley de Ingresos y Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2003.

La Junta de Coordinación Política, en los términos de los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y para dar cumplimiento al segundo párrafo de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que ordena la comparecencia del Secretario del despacho para dar cuenta de la iniciativa de Ley de Ingresos y Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, en este caso para el año 2003 y

CONSIDERANDO

1. Que el 5 de noviembre del año en curso, el Ejecutivo Federal remitió a esta soberanía, la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio 2003, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el mismo ejercicio y los Criterios de Política Económica.

2. A fin de fijar la fecha de comparecencia y el formato de la misma, es necesario que el pleno de la Cámara adopte un acuerdo.

3. Considerando que conforme a los preceptos de la Ley Orgánica del Congreso arriba citados, corresponde a este órgano de dirección política la adopción de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas, iniciativas o minutas que requieran su aprobación en el pleno, a fin de agilizar el trabajo legislativo, se somete a la consideración del pleno, el siguiente

ACUERDO

Primero. En la sesión ordinaria programada para el día 19 de noviembre del año en curso, que iniciará a las 10:00 horas, comparecerá el Secretario de Hacienda y Crédito Público, a fin de cumplir con lo que determinan los primeros dos párrafos de la fracción IV del artículo 74 constitucional. Dicha sesión se desarrollará de la siguiente forma:

I. En primer término, el funcionario compareciente expondrá el paquete económico hasta por 15 minutos.

II. A continuación, un representante de cada grupo parlamentario hablará hasta por 10 minutos, para establecer la posición del grupo respecto del tema.

III. A continuación, se dará inicio a una o dos rondas de preguntas y réplicas según el acuerdo que para cada comparecencia adopte la Junta de Coordinación Política, que se desarrollarán, cada una y, en su caso, sucesivamente de la forma siguiente:

a. Cada grupo parlamentario planteará al funcionario, por conducto de uno de sus diputados, una pregunta en un tiempo no mayor a tres minutos.

b. El funcionario responderá a cada pregunta lo conducente durante un lapso que no excederá de cinco minutos.

c. El grupo parlamentario en turno, tendrá derecho a una réplica de hasta tres minutos.

El orden de intervención de los diputados, tanto para el posicionamiento como para las preguntas y réplicas, será de manera ascendente, según el número de legisladores integrantes de cada grupo parlamentario.

IV. Concluida la etapa de preguntas, respuestas y réplicas, el funcionario dirigirá a la Asamblea un mensaje final de hasta ocho minutos.

V. El Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados concluirá la comparecencia con un mensaje institucional de no más de cinco minutos.

Segundo. Comuníquese el presente acuerdo a la Mesa Directiva de la Cámara para los efectos correspondientes y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Atentamente.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 14 de noviembre de 2002.— Diputados: Martí Batres Guadarrama, presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del grupo parlamentario del PRD; Rafael Rodríguez Barrera, coordinador del grupo parlamentario del PRI; Felipe Calderón Hinojosa, coordinador del grupo parlamentario del PAN; Bernardo de la Garza Herrera, coordinador del grupo parlamentario del PVEM y Alberto Anaya Gutiérrez coordinador del grupo parlamentario del PT.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Consulte la Secretaría en votación económica si se aprueba el acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se aprueba la comunicación de la Junta de Coordinación Política.

En votación económica los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Esta Presidencia acaba de recibir oficios de la Cámara de Senadores. Se ruega a la Secretaría dar cuenta con ellos.

 

LEY ORGANICA DE LA ARMADA DE MEXICO

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Senado de la República.— LVIII Legislatura.— Presidencia de la Mesa Directiva.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de Ley Orgánica de la Armada de México.

Atentamente

México, DF, a 26 de noviembre de 2002.- Senador Enrique Jackson Ramírez, Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, DF.

Minuta Proyecto de Ley Orgánica de la Armada de México

Capítulo Primero De la Misión, Atribuciones e Integración de la Armada de México

Artículo 1. La Armada de México es una institución militar nacional, de carácter permanente, cuya misión es emplear el poder naval de la Federación para la defensa exterior y coadyuvar en la seguridad interior del país.

Artículo 2. Son atribuciones de la Armada de México las siguientes:

I. Organizar, adiestrar, alistar, equipar y operar a las fuerzas que la constituyen para el cumplimiento de su misión y ejercicio de sus funciones;

II. Cooperar en el mantenimiento del orden constitucional del Estado mexicano;

III. Realizar acciones para salvaguardar la soberanía y defender la integridad del territorio nacional en el mar territorial, zona marítimo-terrestre, islas, cayos, arrecifes, zócalos y plataforma continental, así como en aguas interiores, lacustres y ríos en sus partes navegables, incluyendo los espacios aéreos correspondientes, así como vigilar los derechos de soberanía en la zona económica exclusiva;

IV. Proteger el tráfico marítimo, fluvial y lacustre en el área de jurisdicción federal y donde el Mando Supremo lo ordene y, en coordinación con otras autoridades competentes mediante convenios, establecer por instrucción del Mando Supremo las áreas de control al mismo, incluidos los respectivos espacios aéreos;

V. Salvaguardar la vida humana en la mar y en las aguas interiores, mediante operaciones de búsqueda, rescate y salvamento en las aguas marinas nacionales e internacionales y en todas aquellas en las que el Mando Supremo lo ordene;

VI. Proteger instalaciones estratégicas del país en su área de jurisdicción y donde el Mando Supremo lo ordene;

VII. Auxiliar a la población en los casos y zonas de desastre o emergencia, aplicando los planes institucionales de protección civil, en coordinación con otras autoridades;

VIII. Proteger los recursos marítimos, fluviales y lacustres nacionales;

IX. Garantizar el cumplimiento del orden jurídico en las zonas marinas mexicanas por sí o coadyuvando con las autoridades competentes en el combate del terrorismo, contrabando, piratería en el mar, robo de embarcaciones pesqueras, artes de pesca o productos de ésta, tráfico ilegal de personas, armas, estupefacientes y psicotrópicos, en los términos de la legislación aplicable;

X. Realizar actividades de investigación científica, oceanográfica, meteorológica, biológica y de los recursos marítimos, actuando por sí o en colaboración con otras instituciones nacionales o extranjeras, o en coordinación con dependencias del Ejecutivo;

XI. Intervenir, sin perjuicio de las atribuciones de las dependencias del Ejecutivo, en la prevención y control de la contaminación marítima, así como vigilar y proteger el medio marino dentro del área de su responsabilidad, actuando por sí o en colaboración con otras dependencias e instituciones nacionales o extranjeras;

XII. Fomentar y participar con las autoridades civiles en actividades socio-culturales y cívicas en aspectos relacionados con el medio marítimo;

XIII. Realizar levantamientos topográficos de los mares y costas nacionales y publicar la cartografía náutica, así como la información necesaria para la seguridad de la navegación; y participar y fomentar toda actividad relacionada con el desarrollo marítimo nacional;

XIV. Administrar y fomentar la educación naval en el país, y

XV. Las demás que le señalen las disposiciones aplicables y le encomiende el Mando Supremo.

Artículo 3. La Armada de México ejecutará sus atribuciones por sí o conjuntamente con el Ejército y Fuerza Aérea o en coadyuvancia con las dependencias del Ejecutivo federal, cuando lo ordene el Mando Supremo o cuando las circunstancias así lo requieran.

Artículo 4. La Armada de México está integrada por:

I. Recursos humanos, que se integran por el personal que presta sus servicios en la Armada, estando sujeto a las leyes, reglamentos y demás disposiciones de orden naval y militar;

II. Recursos materiales, constituidos por los bienes existentes y los que sean requeridos por la Armada para el cumplimiento de su misión y ejercicio de sus atribuciones, y

III. Recursos financieros, integrados por el presupuesto anual autorizado a la Armada de México.

Capítulo Segundo De la Organización

Artículo 5. La Armada de México, para el cumplimiento de su misión, ejercicio de sus atribuciones y desarrollo de sus operaciones navales, comprende los siguientes niveles de Mando:

I. Mando Supremo;

II. Alto Mando;

III. Mandos Superiores en Jefe;

IV. Mandos Superiores, y

V. Mandos Subordinados.

El Presidente de la República es el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas. Para efectos de esta ley, se le reconocerá como Mando Supremo de la Armada de México.

Artículo 6. Son atribuciones y obligaciones del Mando Supremo las siguientes:

I. Disponer de la totalidad de las fuerzas que constituyen la Armada de México en los términos de la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II. Designar al Alto Mando;

III. Designar a los Mandos Superiores en Jefe;

IV. Permitir la salida del país a los efectivos de la Armada de México, conforme al artículo 76, fracción III, constitucional;

V. Autorizar, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, la organización jurisdiccional de las regiones y zonas navales, y

VI. Las demás establecidas en esta ley y disposiciones aplicables.

Artículo 7. El Alto Mando lo ejercerá el secretario de Marina y será responsable ante el Mando Supremo del desempeño de las atribuciones siguientes:

I. Elaborar, determinar y ejecutar la política y estrategia naval, considerando las recomendaciones del Consejo del Almirantazgo;

II. Operar y administrar el poder naval de la Federación;

III. Participar en la formulación de los planes de seguridad nacional;

IV. Establecer, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, la organización jurisdiccional de sectores, subsectores y apostaderos navales que se requieran para el funcionamiento de la Armada, así como las áreas de control del tráfico marítimo en los términos asentados en la fracción IV del artículo 2 de esta ley;

V. Crear los establecimientos y unidades operativas necesarios para incrementar la eficiencia en la ejecución de las tareas de la Armada, con sujeción al presupuesto asignado;

VI. Proponer al Mando Supremo la designación de los Mandos Superiores en Jefe y designar al Jefe del Estado Mayor General de la Armada, así como a los mandos superiores y mandos subordinados;

VII. Presidir el Consejo del Almirantazgo, y

VIII. Las demás que establecen las leyes y reglamentos, así como las que le encomiende el Mando Supremo.

Artículo 8. El Alto Mando, para el cumplimiento de sus atribuciones, contará con:

I. Estado Mayor General de la Armada;

II. Fuerzas navales;

III. Regiones, zonas, sectores, subsectores y apostaderos navales;

IV. Organos colegiados;

V. Organos de disciplina y Junta Naval;

VI. Establecimientos, y

VII. Unidades operativas.

Asimismo, y para el despacho de los asuntos a que se refiere el artículo 2 de esta ley, el Alto Mando se auxiliará con el subsecretario, oficial mayor, contralor interno, directores generales, directores, agregados navales y demás servidores públicos que establezcan los reglamentos de esta ley, así como los órganos y unidades técnicos y administrativos, centrales o desconcentrados, que también establezcan dichos reglamentos, los cuales precisarán el número de ellos y las atribuciones que les correspondan.

Artículo 9. Son mandos:

I. Superiores en Jefe, los titulares de las fuerzas navales y los de las regiones navales; Superiores, los titulares de las zonas navales, y

II. Subordinados, los titulares de sectores, subsectores, bases aeronavales, flotillas, escuadrones aeronavales, unidades de superficie y de infantería de marina y otros que designe el Alto Mando.

Artículo 10. Los mandos pueden ser:

I. Titulares, los designados con este carácter por el Mando Supremo o Alto Mando y quienes lo ejerzan serán de la milicia permanente;

II. Interinos, los designados con este carácter por la autoridad correspondiente, en tanto se nombra al titular, y quienes lo ejerzan serán de la milicia permanente;

III. Accidentales, los que se ejercen por ausencia temporal del titular o interino que le impida desempeñarlo, en caso de enfermedad, licencias, vacaciones, comisiones fuera de la plaza u otros motivos, y

IV. Incidentales, los desempeñados en los casos imprevistos por ausencia momentánea del titular o interino, así como el que ejerce el Comandante más antiguo en reunión de fuerzas o unidades, cuando no exista un Mando previamente designado.

Artículo 11. En caso de ausencia temporal, el orden y sucesión de Mando se sujetarán a lo siguiente:

I. El Alto Mando será suplido por el subsecretario y, en ausencia de éste, por la autoridad naval que el Alto Mando designe;

II. Los Mandos Superiores en Jefe serán suplidos:

A. En las fuerzas navales, por el Jefe del Estado Mayor, y

B. En las regiones navales, por el comandante de zona más antiguo de su jurisdicción; y en la Región Naval Central, por el Jefe del Estado Mayor;

III. Los mandos superiores serán suplidos por sus Jefes de Estado Mayor, y

IV. Los mandos subordinados serán suplidos por los Jefes de Grupo de Comando, Segundos Comandantes o sus equivalentes.

En los casos a que se refieren las fracciones II a IV, las ausencias de quien deba suplir a los titulares serán cubiertas por el militar de mayor jerarquía perteneciente al mismo Cuerpo.

Artículo 12. El Estado Mayor General de la Armada es el órgano asesor del Alto Mando, a quien auxilia en la planeación, coordinación y supervisión de las operaciones requeridas para el cumplimiento de las atribuciones asignadas a la Armada, transformando sus decisiones en directivas, órdenes e instrucciones, supervisando su cumplimiento.

Estará integrado con personal Diplomado de Estado Mayor y el personal especialista que sea necesario para el cumplimiento de sus atribuciones. El titular será de la categoría de Almirante.

Artículo 13. Las fuerzas navales son el conjunto organizado de hombres, buques, aeronaves y unidades de infantería de marina capacitados para salvaguardar los intereses marítimos, conforme a las prescripciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las fuerzas navales se organizan, adiestran y operan con fuerzas de superficie, de reacción anfibia y especiales, así como con unidades aeronavales, submarinas, antisubmarinas de minado; de contraminado y de vigilancia marítima, mismas que recibirán apoyo logístico necesario por conducto de las direcciones generales de la Secretaría de Marina, así como de las regiones y sus establecimientos.

El Comandante de cada fuerza naval será de la jerarquía de Almirante del Cuerpo General.

Artículo 14. Las fuerzas de tarea son unidades orgánicas operativas que se constituyen en forma temporal, con los medios necesarios para cumplir una misión específica; el Mando de éstas será designado por el Alto Mando.

Artículo 15. Las regiones navales son áreas geoestratégicas que agrupan a zonas, sectores, subsectores y apostaderos navales. Serán determinadas por el Mando Supremo.

Existirá la Región Naval Central, en la Ciudad de México, misma que se integrará con las unidades operativas y con establecimientos navales en el área metropolitana.

Tienen a su cargo la concepción, preparación y conducción de las operaciones navales para la defensa marítima del territorio en su área jurisdiccional.

Los Mandos de las regiones serán de la categoría de Almirante y estarán subordinados directamente al Alto Mando.

Artículo 16. Las zonas navales son las áreas geográfico-marítimas determinadas por el Mando Supremo, que agrupan a sectores, subsectores y apostaderos navales, fuerzas adscritas, incorporadas y destacadas, así como unidades y establecimientos que se encuentran dentro de su jurisdicción.

Tienen a su cargo la concepción, preparación, conducción y apoyo logístico de las operaciones navales en su área de responsabilidad.

Los Comandantes de las zonas serán de la categoría de Almirante y estarán subordinados directamente al Comandante de la Región Naval correspondiente.

Artículo 17. Los sectores navales son las subdivisiones geográfico-marítimas, determinadas por el Alto Mando, que agrupan a subsectores, apostaderos, unidades y establecimientos navales.

Tienen a su cargo la concepción, preparación y conducción de las operaciones navales dentro de su jurisdicción. Asimismo, brindan apoyo logístico a las unidades adscritas, incorporadas y destacadas bajo su mando.

Los Comandantes serán de la categoría de Almirante del Cuerpo General y estarán subordinados al Mando de la región o zona naval que corresponda.

Artículo 18. Los subsectores navales son áreas determinadas por el Alto Mando, que agrupan a los apostaderos navales.

Tienen a su cargo la conducción de las operaciones tácticas, así como el otorgamiento del apoyo logístico a las operaciones navales que se desarrollen en su jurisdicción.

Están integrados por personal, unidades y establecimientos navales. Los Comandantes serán de la categoría de Capitán del Cuerpo General y estarán subordinados al Comandante de la zona o sector naval que corresponda.

Artículo 19. Los apostaderos navales son los establecimientos situados en puertos, bahías e islas nacionales, que cuentan con la infraestructura mínima necesaria para apoyar logísticamente a las unidades navales.

Pueden constituirse como bases para las operaciones tácticas que se desarrollen; no se les considerarán límites geográficos jurisdiccionales y su responsabilidad operativa en la zona marítima será de acuerdo con la capacidad de los medios de que dispongan.

Estarán a cargo de un Capitán u oficial destacamentado, subordinado al Comandante de zona, sector o subsector naval correspondiente.

Artículo 20. Las brigadas navales son las unidades operativas, pertenecientes a los mandos navales, responsables de proporcionar servicios de índole naval y logística destinados a satisfacer las necesidades de vida y operación de las unidades adscritas o incorporadas, establecimientos y apostaderos navales, a fin de coadyuvar al cumplimiento de la misión encomendada al Mando de quien dependan.

Estarán constituidas por personal de las diferentes jerarquías del Cuerpo General y de los servicios.

Artículo 21. Las unidades de superficie de la Armada de México, adscritas a los mandos navales jurisdiccionales, estarán organizadas en unidades de mar territorial y unidades oceánicas.

Artículo 22. Los agrupamientos de infantería de marina, adscritos a los mandos navales jurisdiccionales, se encargarán de proporcionar principalmente seguridad militar a las instalaciones estratégicas para el desarrollo nacional, ubicadas dentro de la jurisdicción de la Armada de México.

Artículo 23. Los establecimientos de educación naval tienen por objeto la capacitación, adiestramiento, formación y especialización del personal de la Armada de México y, en su caso, de los becarios, en los términos del Plan General de Educación Naval.

La Armada de México contará con los establecimientos educativos necesarios para preparar los recursos humanos que requiera a nivel técnico, técnico-profesional, profesional, especialización y postgrado, de acuerdo con los recursos financieros que le sean asignados.

Artículo 24. Los establecimientos de apoyo logístico tienen por objeto satisfacer las necesidades de personal, material y servicios que los mandos y unidades operativas requieran para el cumplimiento de sus funciones.

Entre éstos se consideran los centros de abastecimiento, de mantenimiento, de personal, de sanidad, de transporte y de instalaciones.

Artículo 25. El Alto Mando de la Armada de México contará con órganos asesores que le proporcionen elementos de juicio para la toma de decisiones, que serán los siguientes:

I. El Consejo del Almirantazgo, reducido y ampliado;

II. La Comisión Coordinadora para la Designación de Cargos, y

III. La Comisión Coordinadora para Ascensos.

Artículo 26. El Consejo del Almirantazgo es un órgano de análisis para la concertación, acuerdo y toma de decisiones sobre asuntos trascendentes para la Armada de México.

Funcionará y se integrará en las modalidades de reducido y ampliado, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias que emita el Presidente de la República. En ambos casos, será presidido por el Alto Mando.

Artículo 27. La Comisión Coordinadora para la Designación de Cargos es un órgano auxiliar que califica y selecciona al personal de las jerarquías, desde Oficiales hasta Capitanes de Fragata, para la asignación de cargos.

Estará integrada con personal de la categoría de Almirante y funcionará de acuerdo con su Manual de Normas y Procedimientos. La presidirá el Jefe del Estado Mayor General.

Artículo 28. La Comisión Coordinadora para Ascensos es un órgano auxiliar que califica y selecciona al personal, desde marineros hasta Capitanes de Corbeta, y los propone para ascenso, en términos de la legislación en materia de ascensos del personal de la Armada de México, al grado inmediato superior.

Estará integrada con personal de la categoría de Almirantes y Capitanes y funcionará de acuerdo con su Manual de Normas y Procedimientos. La presidirá el director general de Recursos Humanos.

Artículo 29. Los órganos disciplinarios se establecen para conocer, resolver y sancionar las faltas graves en contra de la disciplina militar en que incurra el personal de la Armada de México.

Artículo 30. Los órganos disciplinarios son la Junta de Almirantes y los Consejos de Honor superiores y ordinarios.

Tendrán como competencia calificar la conducta o actuación del personal, así como conocer y sancionar las faltas graves a la disciplina militar.

Funcionarán y se organizarán conforme a su reglamento, a la Ley de Disciplina del Personal de la Armada de México y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 31. Los órganos disciplinarios funcionarán con carácter permanente, sus resoluciones serán autónomas y aplicadas en tiempo y forma, sin que esto coarte la posibilidad de interponer el recurso de inconformidad ante el organismo disciplinario superior al que emitió el fallo.

Sus resoluciones podrán ser recurridas en un término de 15 días ante el organismo disciplinario superior al que emitió el fallo.

De igual forma, el Consejo del Almirantazgo reducido conocerá de las resoluciones que emita la Junta de Almirantes.

Artículo 32. La Junta Naval funcionará y se organizará conforme a su propio reglamento y demás disposiciones aplicables; será competente para conocer de las inconformidades que manifieste el personal respecto a:

I. Situaciones escalafonarias;

II. Antigüedad en el grado;

III. Exclusión en el concurso de selección para ascenso, y

IV. Postergas.

Artículo 33. Las resoluciones emitidas por la Junta Naval serán autónomas y obligatorias. En caso de inconformidad, deberán ser analizadas por el Consejo del Almirantazgo reducido.

Artículo 34. Las unidades operativas son los buques, aeronaves, fuerzas de infantería de marina, de reacción anfibia, especiales, de minado y contraminado, submarinas, de trabajos y comando submarino, de artillería, agrupamientos de infantería de marina, brigadas navales y otros recursos de la Armada de México, mediante las cuales se cumplimentan las funciones tácticas que se derivan de la misión y atribuciones de la propia Armada. Contarán con el personal del Cuerpo General y de los servicios.

Capítulo Tercero Del Personal

Artículo 35. Para su clasificación, el personal pertenece:

I. A la milicia permanente, o

II. A la milicia auxiliar.

Artículo 36. El personal de la milicia permanente se caracteriza por su estabilidad en el servicio y los que a ella pertenecen no pueden ser destituidos de su jerarquía sino por sentencia ejecutoriada del órgano de justicia competente.

Pertenecerá a la milicia permanente:

I. El egresado de las escuelas de formación a quien se expida el despacho de Guardiamarina o Primer Maestre;

II. El que, habiendo causado alta como marinero, obtenga por ascensos sucesivos la jerarquía de Primer Maestre o equivalente y haya cumplido ininterrumpidamente cuatro años de servicio;

III. El que haya ingresado como marinero o Clase deberá cumplir el requisito de temporalidad a que se refiere la fracción siguiente a partir de la fecha en que obtenga la jerarquía de oficial, y

IV. El que cause alta en la Armada como oficial de la milicia auxiliar, cuando sus servicios se consideren necesarios a juicio del Alto Mando y reúna sin interrupción el tiempo de servicio siguiente:

A. Primer Maestre o equivalente cuatro años;

B. Teniente de Corbeta cinco años;

C. Teniente de Fragata siete años;

D. Teniente de Navío nueve años.

Al personal mencionado que haya sido adecuado de grado por estudios efectuados se le computará el tiempo de servicios en cada una de las jerarquías que haya ostentado.

Además de lo anterior, el pase de la milicia auxiliar a la milicia permanente, previa solicitud del interesado, estará sujeto al cumplimiento de los requisitos de conducta, edad, aptitud física y profesional, conforme al reglamento respectivo.

Artículo 37. El personal que se contrate presentando carta de pasante de nivel licenciatura tendrá un plazo de un año, contado a partir de la fecha en que cause alta en el servicio activo de la Armada de México, para presentar el título y cédula profesional que corresponda. De no hacerlo, causará baja y no podrá ser reenganchado.

Artículo 38. El personal de la milicia permanente, núcleo o escala de los diferentes servicios podrá obtener las distintas jerarquías conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Ascensos o realizando estudios acordes con su profesión, por su cuenta y sin perjuicio del servicio, pudiendo obtener los grados de:

I. Teniente de Corbeta, con estudios de licenciatura;

II. Teniente de Fragata, con especialidad o maestría, y

III. Teniente de Navío, con subespecialidad o doctorado.

Lo anterior estará sujeto a que dichos estudios resulten de utilidad a la Armada, a juicio del Alto Mando, y a que exista vacante.

Artículo 39. El personal de la milicia auxiliar es el que presta sus servicios en forma temporal mediante contrato, así como los cadetes y alumnos de las escuelas de la Armada.

La estancia en el servicio activo de este personal estará sujeta a las disposiciones reglamentarias correspondientes.

Artículo 40. El personal de la milicia auxiliar podrá ascender por adecuación de grado al efectuar estudios acordes con su profesión, o de utilidad para la Armada, sin perjuicio del servicio, obteniendo un título o diploma y cédula profesional, según corresponda, siempre y cuando exista vacante.

Artículo 41. Se consideran becarios aquellas personas de nacionalidad extranjera que se encuentran realizando estudios en los establecimientos educativos de la Armada de México.

Los becarios no serán considerados como personal de la Armada de México, pero quedan sujetos a la reglamentación interna de los establecimientos educativos.

Artículo 42. Atendiendo a su formación y funciones, el personal se agrupa en Cuerpo General y servicios.

A su vez, el Cuerpo General y los servicios están constituidos por núcleos y escalas. Los núcleos agrupan al personal profesional, las escalas al técnico profesional y no profesional.

Artículo 43. El núcleo del Cuerpo General está constituido por personal egresado de la Heroica Escuela Naval Militar, quien podrá realizar las especialidades que resulten necesarias para la Armada de México, en los términos previstos en el Plan General de Educación Naval.

Los núcleos de los servicios están constituidos por personal profesional procedente de establecimientos educativos superiores de la Armada de México, o de otras instituciones de educación superior tanto nacionales como extranjeras. Los estudios de estas últimas, para su validez, deberán ser revalidados y reconocidos por la Secretaría de Educación Pública.

Artículo 44. La escala técnico profesional del Cuerpo General y de los servicios está integrada por el personal que haya realizado estudios en escuelas reconocidas por la Secretaría de Educación Pública, de nivel técnico profesional, con una duración mínima de tres años lectivos y que obtengan el título y la cédula correspondientes.

Artículo 45. La escala no profesional del Cuerpo General y de los servicios está integrada por todo el personal que no esté considerado en los artículos 42 y 43 de esta ley.

Artículo 46. Los servicios de la Armada de México son:

I. Administración e Intendencia Naval;

II. Comunicaciones Navales;

III. Del Medio Ambiente Marino;

IV. Docente Naval;

V. Electrónica Naval;

VI. Ingenieros de la Armada;

VII. Justicia Naval;

VIII. Meteorología Naval;

IX. Músicos Navales;

X. Sanidad Naval y

XI. Trabajo Social Naval.

Artículo 47. Para ingresar a la Armada de México se requiere:

I. Ser mexicano por nacimiento;

II. No adquirir otra nacionalidad;

III. Estar en pleno goce y ejercicio de los derechos civiles y políticos;

IV. No contar con antecedentes penales por delitos dolosos o intencionales; y

V. Reunir los requisitos de edad, aptitud física y académica, así como de conducta que establece el reglamento respectivo y demás disposiciones aplicables.

Artículo 48. El reclutamiento del personal de marinería se efectuará:

I. Por conscripción en los términos de la Ley del Servicio Militar; y

II. Por contrato de enganche voluntario, de acuerdo con las condiciones y términos establecidos en el mismo.

Artículo 49. El reclutamiento del personal de cadetes y alumnos se efectuará por contrato de enganche voluntario, de conformidad con las condiciones y términos establecidos en el mismo, así como del reglamento respectivo.

Artículo 50. El personal de la milicia auxiliar que no sea del Servicio Militar Nacional, se reclutará por contrato de enganche voluntario, según las condiciones y términos establecidos en el mismo. Podrá reengancharse o causar baja de acuerdo a lo contenido en la presente ley y los reglamentos correspondientes.

Artículo 51. La capacitación y desarrollo del personal tiene por objeto instruirlo con conocimientos y habilidades para el cumplimiento de sus funciones dentro de la Armada de México, en los términos del Plan General de Educación Naval.

Dicho plan, establecerá los requerimientos para cumplir los objetivos de:

I. Capacitación;

II. Adiestramiento;

III. Formación, y

IV. Especialización.

Estos objetivos, se llevarán a cabo en las unidades y en los establecimientos de la Armada, así como en otros centros educativos nacionales o extranjeros.

Artículo 52. El personal designado para efectuar cursos por cuenta de la Armada en centros educativos, nacionales o extranjeros, ajenos a la misma, se comprometerá a prestar sus servicios conforme a las siguientes reglas:

I. En planteles nacionales, un tiempo de servicios equivalente al que duren sus estudios, y

II. En planteles extranjeros, un tiempo de servicios de dos veces del tiempo que duren sus estudios.

Artículo 53. El personal seleccionado para efectuar cursos en establecimientos educativos de la Armada de México, deberá firmar un contrato en el que se establezca la obligación de servir en la misma por un término igual al de la duración de sus estudios.

La Armada de México expedirá el título profesional, diploma o constancia correspondiente a los nacionales o extranjeros que concluyan estudios en los establecimientos de educación naval, en los términos en que lo señalen las disposiciones aplicables.

Artículo 54. El personal desempeñará los cargos y comisiones acordes a su cuerpo, servicio y jerarquía establecidos en las planillas orgánicas de las unidades y establecimientos de la Armada de México, así como los que se le nombren por necesidades del servicio, de conformidad con lo establecido en esta ley y demás ordenamientos aplicables.

Los cargos y comisiones confieren al designado las atribuciones, obligaciones y responsabilidades que establecen las disposiciones aplicables.

Artículo 55. El personal que desempeñe un cargo o comisión, podrá ser nombrado o reasignado a otro distinto, sin más trámite que la orden de cambio emitida por el mando facultado para ello.

Artículo 56. Al personal del Cuerpo General le corresponden las funciones siguientes:

I. Ejercer el alto mando, así como el mando en regiones, fuerzas, zonas, sectores, subsectores, establecimientos, instalaciones, unidades aéreas, a flote, de infantería de marina y demás que le designen;

II. Operar y mantener las unidades aeronavales, de superficie y de infantería de marina, armas, armamento marinero, maquinaria naval y las que se requieran en la profesión naval, y

III. Desempeñar los cargos y comisiones que se requieran para el cumplimiento de la misión y ejercicio de las atribuciones de la Armada.

Artículo 57. El personal de los servicios desempeñará las funciones siguientes:

I. Ejercer los cargos y comisiones inherentes a su servicio o especialidad;

II. Realizar las actividades correspondientes a su profesión, especialidad u oficio, y

III. Desempeñar las comisiones de carácter militar que se les asigne.

Capítulo Cuarto Jerarquías y Escalafones

Artículo 58. Las jerarquías en el personal tienen por objeto el ejercicio de la autoridad, otorgando a su titular los derechos y consideraciones establecidos en las leyes y reglamentos respectivos, e imponiendo las obligaciones y deberes inherentes a la situación en que se encuentre.

Artículo 59. El personal, por su jerarquía se agrupará en las categorías siguientes:

I. Almirantes;

II. Capitanes;

III. Oficiales;

IV. Cadetes y alumnos;

V. Clases, y

VI. Marinería.

Artículo 60. Las distintas categorías tienen la siguiente escala jerárquica, cuyas equivalencias con las del Ejército y Fuerza Aérea son:

VER TABLA

Artículo 61. La categoría de Cadete corresponde al personal que se encuentra efectuando estudios en la Heroica Escuela Naval Militar, y la de alumno, al que efectúa estudios en las escuelas de formación de la Armada.

Tendrán las jerarquías que establezcan los reglamentos de los establecimientos educativos y estarán sujetos a la legislación militar con la jerarquía de Segundo Maestre.

Artículo 62. Los ascensos de Cabo hasta Capitán de Fragata, se otorgarán para cubrir vacantes mediante proceso de selección conforme a lo previsto en esta ley, en la Ley de Ascensos de la Armada de México y demás disposiciones reglamentarias.

Artículo 63. Los ascensos de Capitán de Navío hasta Almirante serán conferidos de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley de Ascensos de la Armada.

Para tal efecto, el Alto Mando propondrá al Mando Supremo el personal que reúna los requisitos para ascender, y le informará de las vacantes que existan para cada jerarquía.

Artículo 64. El grado tope es la máxima jerarquía que puede ostentar el personal de la Armada, del Cuerpo General y de los diferentes servicios.

Quien alcance el grado tope, en los términos en que lo establece esta ley o la Ley de Ascensos de la Armada de México, al cumplir cinco años en dicho grado percibirá una compensación mensual igual a la diferencia de percepciones que exista entre el grado que ostenta y el inmediato superior.

Cada cinco años dicha compensación será aumentada a las percepciones que correspondan al grado inmediato superior de los que perciba.

Artículo 65. Se consideran como grados tope los siguientes:

I. Para el Cuerpo General:

A. Núcleo: de Guardiamarina hasta Almirante, y

B. Escala: de Marinero hasta Teniente de Navío, y

II. Para los servicios:

A. Núcleo: de Primer Maestre hasta Vicealmirante,

B. Escala técnico profesional: de Tercer Maestre hasta Capitán de Corbeta, y

C. Escala no profesional: de Marinero hasta Teniente de Navío.

Los escalones jerárquicos se regirán por las disposiciones de la legislación en materia de ascensos aplicable al personal de la Armada.

Artículo 66. El escalafón de la Armada de México se formulará, agrupando al personal por Cuerpo y servicios en orden descendente, en razón de la jerarquía y antigüedad, señalando además las especialidades que ostenten.

Cada miembro de la Armada ocupará un solo lugar en el escalafón que le corresponda.

Artículo 67. El personal de la Armada de México, podrá ser cambiado de Cuerpo o servicio a petición del mismo, o por necesidades del servicio, sujetándose a las siguientes reglas:

I. No perderá la antigüedad en su grado, si el cambio es por necesidades del servicio, y

II. Perderá la antigüedad en su grado, ocupando el último lugar en el escalafón que le corresponda a su antigüedad, si es a solicitud del interesado; la nueva antigüedad contará a partir de la fecha del cambio.

Artículo 68. Al término de los estudios de formación el personal de cadetes de la Heroica Escuela Naval Militar será promovido a la jerarquía de Guardiamarina y los alumnos de las escuelas de formación egresarán con la jerarquía de Primer Maestre.

Artículo 69. El personal de clases del Cuerpo General y servicios que concluya satisfactoriamente algún curso en los Centros de Capacitación de la Armada de México, será candidato a ser promovido conforme a las vacantes que existan.

Artículo 70. Para los efectos de ratificación de los nombramientos de Capitán de Navío hasta Almirante, a que se refiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Alto Mando remitirá la documentación correspondiente a la Cámara de Senadores o a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, por conducto de la Secretaría de Gobernación.

Capítulo QuintoSituaciones del Personal

Artículo 71. El personal de la Armada de México podrá encontrarse en alguna de las situaciones siguientes:

I. Activo;

II. Reserva, o

III. Retiro.

Artículo 72. El personal se encuentra en servicio activo cuando está:

I. Prestando sus servicios en unidades y establecimientos navales, ya sea como voluntario o de acuerdo con lo establecido en la Ley del Servicio Militar Nacional;

II. A disposición;

III. En situación especial;

IV. En depósito, o

V. Con licencia.

Artículo 73. Se encuentra a disposición:

I. El personal en espera de órdenes para que le sea asignado cargo o comisión;

II. El personal que pase a esta situación por resolución de organismo disciplinario, en los términos en que dispone la Ley de Disciplina del Personal de la Armada de México;

III. El personal de Capitanes de Navío, Contralmirantes, Vicealmirantes y Almirantes que, como resultado del procedimiento de evaluación del Consejo del Almirantazgo, fundado y motivado, no haya sido seleccionado y resulte excedente para ocupar los cargos o comisiones que establezca la estructura orgánica autorizada para estas jerarquías, y

IV. El personal de las jerarquías de Oficial a Capitán de Fragata que, como resultado del procedimiento de evaluación de la Comisión Coordinadora para la Designación de Cargos, fundado y motivado, no haya sido seleccionado y resulte excedente para ocupar los cargos que establezca la estructura orgánica autorizada para estas jerarquías.

Artículo 74. El personal que se encuentre a disposición, estará sujeto a las normas siguientes:

I. Mientras permanezca en esta situación, de acuerdo a lo establecido en las fracciones II, III y IV del artículo anterior, no será propuesto para ascenso;

II. En el caso de la fracción II del artículo anterior, se le deducirá de la antigüedad en el grado que ostente, el tiempo que dure a disposición y pasará a ocupar el lugar que le corresponda del escalafón, y

III. El Alto Mando tendrá la facultad para suspender o cancelar la situación a disposición a todo aquel personal que se encuentre considerado en la fracción II del artículo anterior.

Artículo 75. Se encuentra en situación especial:

I. El que haya sido comisionado en otras dependencias e instituciones federales, estatales y municipales, y

II. El que esté sujeto a proceso y el que, cumpliendo condena, no haya sido destituido por sentencia.

Artículo 76. Se consideran en depósito los Almirantes y Capitanes de Navío que lo soliciten; siempre que se les conceda por el Alto Mando por un tiempo máximo de tres años ininterrumpidos o en fracciones.

El personal que se encuentre en esta situación permanecerá sin comisión en el lugar que señale, sin derecho a percibir sobrehaberes ni a ser propuesto para ascenso.

Artículo 77. Las licencias que se conceden al personal son las siguientes:

I. Menor;

II. Ordinaria;

III. Extraordinaria;

IV. Por enfermedad, y

V. Ilimitada.

Las licencias a que hace referencia este artículo estarán sujetas a lo que establezca el reglamento correspondiente.

Artículo 78. La licencia menor es la que se concede a solicitud del interesado, hasta por 15 días por año calendario; en periodos de 24 a 72 horas cada una, con la finalidad de resolver asuntos personales. A quien se le conceda percibirá haberes, sobrehaberes y demás percepciones económicas.

Artículo 79. La licencia ordinaria es aquella que se concede a partir de las 96 horas y hasta por seis meses, a solicitud del interesado, quedando sujeto a las siguientes normas:

I. Hasta por un mes, percibirá haberes, sobrehaberes y demás percepciones económicas;

II. Hasta por tres meses, percibirá únicamente haberes, y

III. En las licencias mayores de tres meses, no percibirá haberes, sobrehaberes, compensaciones, ni demás percepciones económicas.

Artículo 80. La licencia extraordinaria, es aquella que se concede al personal para separarse temporalmente del servicio por un periodo de seis meses y un día hasta un año, únicamente si es para asuntos particulares.

Esta misma licencia podrá otorgarse al personal por el tiempo que sea necesario, siempre y cuando sea para el desempeño de cargos de elección popular.

Quien solicite esta licencia no percibirá haberes, sobrehaberes, compensaciones, ni demás percepciones económicas, ni será ascendido mientras se encuentre gozando de la misma.

Artículo 81. La licencia por enfermedad se concederá de acuerdo al dictamen de la autoridad médica competente, hasta por seis meses.

Se dará por terminada cuando el interesado sea dado de alta o hasta que se expida el certificado de inutilidad permanente.

A quien se le conceda, únicamente percibirá haberes y sobrehaberes.

Artículo 82. La licencia ilimitada es la que se concede al personal para separarse del servicio activo por tiempo indefinido.

Al que se le conceda no percibirá haberes, sobrehaberes, compensaciones, ni demás percepciones económicas.

Artículo 83. Es facultad del Alto Mando otorgar, modificar o cancelar las licencias establecidas en la presente ley, conforme a lo dispuesto por el reglamento respectivo.

Artículo 84. El personal que se encuentre haciendo uso de licencia en cualquiera de sus modalidades se sujetará a lo establecido en la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, respecto del beneficio del servicio médico integral.

Artículo 85. Baja es la separación definitiva del servicio activo y procederá:

I. Por concretarse alguna de las circunstancias siguientes:

A. Defunción;

B. Sentencia ejecutoriada dictada por órgano de justicia competente;

C. Declarado prófugo de la justicia, tratándose de Almirantes, Capitanes y Oficiales de la milicia permanente, sin perjuicio del proceso que se les siga;

D. Por faltar injustificadamente tres días consecutivos el personal de la milicia auxiliar, sin perjuicio del proceso que se les siga, o

E. Cuando se adquiera otra nacionalidad.

II. Por acuerdo del Alto Mando en los casos siguientes:

A. Ausencia durante un periodo mayor de dos meses, comprobada mediante los partes oficiales y procedimientos judiciales; en caso de que apareciera y justifique su ausencia, podrá ser reincorporado al servicio activo a juicio del Alto Mando;

B. Solicitud del interesado que se considere procedente tratándose de Almirantes, Capitanes y Oficiales;

C. Recomendación de organismo disciplinario competente, para el personal de la milicia auxiliar;

D. Tratándose del personal de la milicia auxiliar, incapacidad para el cumplimiento de las obligaciones inherentes al servicio, en los casos siguientes:

1. Encontrarse procesado en el orden común o federal; de resultar absuelto podrá reingresar al servicio a juicio del Alto Mando;

2. Padecer, de acuerdo a dictamen de autoridad médica naval competente, una enfermedad contraída como consecuencia de actos ajenos al servicio y no contar a la fecha con más de cinco años de servicio en la Armada, o

E. Tratándose de personal de la milicia auxiliar, por terminación de su contrato o anticipadamente por no ser necesarios sus servicios, conforme a las cláusulas de su contrato y demás disposiciones legales. El afectado será escuchado en defensa dentro de los tres días siguientes a su notificación, y

III. Por acuerdo de los Mandos Superiores en Jefe y Mandos Superiores, al personal de clases y marinería encuadrados en unidades y establecimientos a su cargo, en los casos siguientes:

A. Solicitud del interesado cuando no exista causa comprobada que lo obligue a permanecer en el servicio;

B. Por observar mala conducta determinada por el Consejo de Honor de la unidad o dependencia a que pertenezca; por colocarse en situación de no poder cumplir con sus obligaciones militares por causa no imputable a la Armada de México; en ambos casos será escuchado en defensa, o

C. Por terminación de su contrato o anticipadamente cuando se detecten hechos de falsedad en declaraciones o documentación presentada para la acreditación de su situación y de sus derechohabientes. El afectado será escuchado en defensa dentro de los tres días siguientes a la notificación.

Artículo 86. No se concederá baja, licencia ilimitada, extraordinaria ni pase a depósito, por solicitud del interesado cuando el país se encuentre en estado de emergencia o por necesidades del servicio.

Artículo 87. Las reservas de la Armada son:

a) Primera reserva, y

b) Segunda reserva.

Artículo 88. La primera reserva se integra con personal físicamente apto de:

I. Almirantes, Capitanes y Oficiales en situación de retiro y los Oficiales que hayan causado baja del servicio activo por solicitarla;

II. Clases y marinería que hayan causado baja del activo por solicitarla, hasta la edad de 36 años;

III. Oficiales, clases y marinería del Servicio Militar Nacional, hasta las edades de 36, 33 y 30 años, respectivamente;

IV. Capitanes y Oficiales pertenecientes a la Marina Mercante Nacional;

V. El demás personal de la Marina Mercante Nacional hasta la edad de 36 años;

VI. Empleados civiles de la Secretaría de Marina;

VII. Personal de procedencia civil que tenga una profesión u oficio relacionado directamente con las actividades marítimas o portuarias, y

VIII. Ciudadanos mexicanos que así lo soliciten, quienes permanecerán en esta reserva hasta la edad de 30 años.

Artículo 89. La segunda reserva se integra con el personal proveniente de la primera en los casos siguientes:

I. El comprendido en la fracción II del artículo anterior hasta los 45 años;

II. El comprendido en la fracción III del artículo anterior, hasta las edades de 50, 45 y 40 años, respectivamente;

III. El personal de la Marina Mercante Nacional comprendido en la fracción V del artículo anterior hasta la edad de 50 años, y

IV. El comprendido en la fracción VIII del artículo precedente hasta la edad de 40 años.

Artículo 90. Las reservas serán movilizadas en los términos de la ley respectiva y serán empleadas en la forma que mejor convenga al servicio.

Se llevará y mantendrá actualizado un registro del personal que constituya cada una de las reservas.

El Alto Mando podrá llamar a la primera o segunda reserva, en su totalidad, en parte o conjuntamente para efectuar ejercicios o comprobar su existencia.

Artículo 91. El personal del activo pasará a situación de retiro de acuerdo con lo establecido en la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Artículo 92. Es facultad del Alto Mando ejercitar el derecho de retención en el activo al personal que se encuentre considerado en la causal de retiro por edad límite y sean necesarios sus servicios, en tanto no se hayan girado las órdenes de baja del servicio activo y alta en situación de retiro.

Capítulo Sexto Del Material

Artículo 93. El material podrá encontrarse en cualquiera de las situaciones siguientes:

I. En activo, aquel que está en condiciones operativas, determinadas por las disposiciones reglamentarias;

II. En reserva, aquel que puede ser activado para el servicio;

III. En fabricación, construcción o modernización. Se encuentra en fabricación o construcción el que está en este proceso para ser incorporado al servicio activo, y en modernización el material en proceso para recuperar o actualizar los estándares operativos, y

IV. En trámite de baja, el material que no es susceptible de recuperarse.

Artículos Transitorios

Primero. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La presente ley abroga la Ley Orgánica de la Armada de México, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y tres, así como su reforma del doce de diciembre de mil novecientos noventa y cinco.

Tercero. El personal de los Cuerpos General e Ingenieros Mecánicos Navales, creados por la Ley Orgánica de la Armada de México del treinta y uno de diciembre de mil novecientos cincuenta y uno, continuará prestando sus servicios conforme a las disposiciones de la presente ley hasta causar baja; estos Cuerpos quedarán en extinción.

Cuarto. El personal del Cuerpo de Aeronáutica Naval e Infantería de Marina a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Orgánica de la Armada de México del veintiséis de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro, continuará prestando sus servicios conforme a las disposiciones de la presente ley hasta causar baja; estos Cuerpos quedarán en extinción.

Quinto. El personal de la milicia permanente perteneciente a los servicios creados en la Ley Orgánica de la Armada de México del veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y tres, con reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial el doce de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, continuará prestando sus servicios conforme a las disposiciones de la presente ley, pudiendo pasar a situación de retiro o causar baja en los términos en que lo establecen las disposiciones aplicables.

Sexto. El personal de la milicia auxiliar que posea un grado superior al máximo especificado en esta ley, continuará prestando sus servicios y podrá pasar a la milicia permanente en los términos de la Ley Orgánica de la Armada de México del veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y tres, con sus reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el doce de diciembre de mil novecientos noventa y cinco.

Salón de sesiones del Senado de la República.— México, DF, a 7 de noviembre de 2002.— Senadores Enrique Jackson Ramírez, Presidente; Lydia Madero García, Secretaria.

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.— Arturo Garita, secretario general de Servicios Parlamentarios.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Túrnese a la Comisión de Marina.

REINO DE ESPAÑA

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Senado de la República.— LVIII Legislatura.— Presidencia de la Mesa Directiva.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Santiago Creel Miranda, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno del Reino de España.

Atentamente.

México, DF, a 12 de noviembre de 2002.— Senador Enrique Jackson Ramírez, Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Senado de la República.— México, DF.

Minuta proyecto deDECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Santiago Creel Miranda, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno del Reino de España.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores.— México, DF, a 12 de noviembre de 2002.— Senadores: Enrique Jackson Ramírez, Presidente, Sara I. Castellanos Cortés, Secretaria.

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.— México, DF, a 12 de noviembre de 2002.— El secretario general de servicios parlamentarios, Arturo Garita.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Senado de la República.— LVIII Legislatura.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Enrique Jackson Ramírez, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno del Reino de España.

México, DF, a 12 de noviembre de 2002.— Senador Carlos Chaurand Arzate, vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Senado de la República.— LVIII Legislatura.— México, DF.

Minuta proyecto de DECRETO

Articulo único. Se concede permiso al ciudadano senador Enrique Jackson Ramírez, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno del Reino de España.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores.— México, DF, a 12 de noviembre de 2002.— Senadores: Enrique Jackson Ramírez, Presidente, Sara Castellanos Cortés, Secretaria.

Se remite a la Cámara de Diputados, para los efectos constitucionales.— México, DF, a 12 de noviembre de 2002.— El secretario general de servicios parlamentarios, Arturo Garita.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

En virtud de que se ha agotado el tiempo previsto para la sesión, le ruego a la Secretaría dar cuenta con la orden del día de la próxima sesión y quisiera destacar y recordarles a los compañeros legisladores que el lunes habrá sesión de Congreso General y que vamos a convocar para las 12:30 horas.

El lunes sesión de Congreso General para recibir a los Reyes de España.

Adelante, señor Secretario.

 

ORDEN DEL DIA

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.— Tercer Año.— LVIII Legislatura.

Orden del día

Martes 19 de noviembre de 2002.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, invita a la ceremonia cívica, que con motivo del XCII aniversario del inicio de la Revolución Mexicana, tendrá lugar el 20 de noviembre a las 8:30 horas.

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, invita a la ceremonia cívica, que con motivo del LXXX aniversario luctuoso del licenciado Ricardo Flores Magón, tendrá lugar el 21 de noviembre a las 10:00 horas.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Con el que remite oficio de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en relación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, sobre las acciones dirigidas al apoyo del sector porcícola, nacional ante el incremento de las importaciones provenientes de los Estados Unidos de América.

Con el que remite oficio del director general del Fondo Nacional de Desastres Naturales, en relación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en declarar el municipio de Janos, del estado de Chihuahua, zona de desastre en virtud de la sequía que se presentó en esa entidad.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano José Luis Romero Hicks, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional de Cruzeiro do Soul, en grado de Gran Oficial, que le confiere el Gobierno de. la República Federativa de Brasil. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano José Antonio Pujals Fuentes, para aceptar y usar la condecoración de la Cruz de Caballero de la Orden del Mérito de la República Federal de Alemania, que le confiere el Gobierno de dicho país. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos: Adolfo Alberto Gutiérrez Félix, Raquel Herminia Rodríguez Brayda-Chapa, Graciela Torres González, José Heriberto Lugo Guajardo, Francis Michaelle Soto Macías, Gerardo Villareal Rivas, Emma Lorena Solano Noriega, Benjamín Antonio Ayala Morales, Julio César Sánchez Rojas, Diana Citlalli Granados Díaz, Guillermo Meléndez Castro, Suzanne Elizabeth Bond Ortiz de la Peña, Martha Graciela Pineda Trejo y Julio César García Aguilar, para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de Estados Unidos de América en México. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación.)

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto para que la Cámara de Diputados extienda el plazo para la dictaminación y entrega de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”.

De la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.

De la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 25 con un tercer párrafo y el artículo 31 con una fracción III, de la Ley de Adquisiciones y Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Comparecencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público licenciado Francisco Gil Díaz.

Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»

 

CLAUSURA Y CITATORIO

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel (a las 16:40 horas):

Se levanta la sesión y se cita a la sesión solemne de Congreso General el próximo lunes 18 de noviembre a las 12:30 horas, en la que se recibirá a los Reyes de España.

Se informa que el registro va a estar abierto desde las 11:00 de la mañana para los diputados que deseen registrarse.

 

 


RESUMEN DE TRABAJOS


• Tiempo de duración: 6 horas 8 minutos.
• Quórum a la apertura de sesión: 276 diputados.
• Asistencia al cierre de registro: 344 diputados.
• Diputado que cambia de grupo parlamentario: 1.
• Diputado que se reincorpora: 1.
• Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 3.
• Oradores en tribuna: 26
PRI-8; PAN-6; PRD-8; PVEM-2; PT-1; PSN-1.
Se recibió:
• 1 comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
• 6 comunicaciones de los congresos de los estados de: Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Nayarit, San Luis Potosí, Sonora;
• 1 oficio del Auditor Superior de la Federación;
• 1 comunicación del Gobernador del estado de Nuevo León;
• 2 comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que informa de cambios en la integración de comisiones;
• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación en relación a punto de acuerdo;
• 2 oficios de la Secretaría de Gobernación por los que se solicitan los permisos constitucionales necesarios para que dos ciudadanos puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros;
• 2 iniciativas del Congreso del estado de Jalisco;
• 2 iniciativas del PRI;
• 2 iniciativas del PAN;
• 1 iniciativa del PRD.


Se aprueba:
• 1 escrito del ciudadano Genaro David Góngora Pimentel, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración que le confieren los Reyes de España y el Gobierno del Reino de España
Dictámenes de primera lectura:
• 1 de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto por el que se reforma el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación .
Dictámenes aprobados:
• 1 de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública con proyecto de decreto que concede permiso al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para aceptar y usar las condecoraciones que le confieren los gobiernos de la República de Francia y del Reino de España;
• 1 de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Martha Sahagún de Fox, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno del Reino de España;
• 1 de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Gustavo Carvajal Moreno, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República Federativa de Brasil;
• 1 de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Jorge Zermeño Infante, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República Federativa de Brasil.
• 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones contenidas en la Ley del Servicio de Administración Tributaria;
• 1 de las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Asuntos Indígenas, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de Código Federal de Procedimientos Civiles;
• 1 de las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Asuntos Indígenas, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales;

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
( en orden alfabético )

• Agundis Arias, Francisco (PVEM). . . . . . . . . . . . . . . Ley del Servicio de Administración Tributaria: 137
• Barbosa Huerta, Luis Miguel Gerónimo (PRD) . . . . Ley del Servicio de Administración Tributaria: 148, 149
• Batres Guadarrama, Martí (PRD). . . . . . . . . . . . . . . . Ley del Servicio de Administración Tributaria: 142
• Carreras López, Juan Manuel (PRI). . . . . . . . . . . . . . Ley del Servicio de Administración Tributaria: 140
• Chávez Presa, Jorge Alejandro (PRI) . . . . . . . . . . . . . Ley del Servicio de Administración Tributaria: 133, 149
• Díaz Palacios, Víctor Emanuel (PRI) . . . . . . . . . . . . . Ley sobre los Derechos de los Migrantes: 83
• Escobedo Zoletto, Neftalí Salvador (PAN) . . . . . . . . . Ley General de Salud: 78
• García Dávila, Víctor Antonio (PT). . . . . . . . . . . . . . Ley del Servicio de Administración Tributaria: 136
• Garza Taméz, Enrique (PRI). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Indígenas: 162
• Hernández Santillán, Julián (PAN). . . . . . . . . . . . . . . Ley del Servicio de Administración Tributaria: 139
• Magallanes Rodríguez, José Antonio (PRD). . . . . . . . Ley del Servicio de Administración Tributaria: 137
• Morales Reyes, Rogaciano (PRD) . . . . . . . . . . . . . . . Federalismo Hacendario: 71
• Pacheco Castañeda, Vicente (PAN). . . . . . . . . . . . . . . Indígenas: 156
• Pavón Jaramillo, Laura Hermelinda (PRI). . . . . . . . . Confederación Parlamentaria de las Américas: 31
• Pérez Noriega, Fernando (PAN). . . . . . . . . . . . . . . . . Ley del Servicio de Administración Tributaria: 145
• Raymundo Toledo, Carlos (PAN). . . . . . . . . . . . . . . . Indígenas: 160
• Riojas Santana, Norma Patricia (PSN). . . . . . . . . . . . Indígenas: 157
• Rodríguez Torres, David (PAN). . . . . . . . . . . . . . . . . Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública: 89
• Salazar González, Concepción (PVEM). . . . . . . . . . . Indígenas: 158
• Sánchez López, Héctor (PRD). . . . . . . . . . . . . . . . . . Indígenas: 159
• Sepúlveda Fayad, Juan Manuel (PRI). . . . . . . . . . . . . Indígenas: 169
• Torres Mercado, Tomás (PRD). . . . . . . . . . . . . . . . . . Ley del Servicio de Administración Tributaria: 144, 146
• Zorrilla Cuevas, Nahum Ildefonso (PRI). . . . . . . . . . . Artículo 27 Constitucional: 65