Diario de los Debates

 

ORGANO OFICIAL DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Poder Legislativo Federal, LVIII Legislatura

Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio

DIRECTOR GENERAL DE
CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares

PRESIDENTE

Diputado Armando Salinas Torre

DIRECTOR DEL
DIARIO DE LOS DEBATES

Norberto Reyes Ayala
AÑO III                  México, DF, lunes 14 de abril de 2003              Sesión No. 12

S U M A R I O

 

ASISTENCIA

15

ORDEN DEL DIA

15

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

21

ESTADO DE CAMPECHE

25

Cuatro comunicaciones del Congreso estatal con las que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

25

ESTADO DE MICHOACAN

26

Comunicación del Congreso estatal con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

26

LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

27

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta proyecto de decreto por el que se modifica la fracción I del artículo 26 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Se turna a la Comisión de Energía.

27

TARIFAS ELECTRICAS

27

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la fracción X del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; y se reforma la fracción I del artículo 3o. de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía. Se turna a las comisiones unidas de Gobernación y Seguridad Pública, de Hacienda y Crédito Público y de Energía, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

27

REPUBLICA DE NICARAGUA

34

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta proyecto de decreto por el que se concede permiso al ciudadano Francisco Guízar Vega, para aceptar y usar la medalla que le confiere el Gobierno de esa nación. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública

34

COMISIONES LEGISLATIVAS

34

Dos comunicaciones de la Junta de Coordinación Política con las que informa de cambios en la integración de las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Energía. De enterado.

34

CODIGO CIVIL

35

El diputado Martí Batres Guadarrama presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona los artículos 164-bis y 289-bis al Código Civil Federal, para que en caso de divorcio quien haya realizado labores domésticas pueda reclamar hasta 50% de los bienes del otro. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

35

GOBIERNO MUNICIPAL

37

La diputada Beatriz Patricia Lorenzo Juárez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma las leyes: de Información Estadística y Geográfica; de la Comisión Reguladora de Energía; de Premios Estímulos y Recompensas Civiles; de Vías Generales de Comunicación; del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; Federal de Radio y Televisión; y generales de: Educación; Protección Civil; y de Vida Silvestre, para dar cumplimiento al artículo segundo transitorio del decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1999. Se turna a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Fortalecimiento del Federalismo.

37

EDUCACION SUPERIOR

42

El diputado Jorge Luis García Vera presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona los artículos 12, 13, 26 y noveno transitorio de la Ley de Ciencia y Tecnología; y los artículos 26 y 27 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, sobre financiamiento a la educación superior y la investigación tecnológica. Se turna a las comisiones unidas de Ciencia y Tecnología y de Presupuesto y Cuenta Pública.

42

HIMNO NACIONAL

49

El diputado Manuel Wistano Orozco Garza presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 38 y 41 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para que éste pueda ser entonado en lenguas indígenas. Se turna a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Asuntos Indígenas.

49

PENA DE MUERTE

55

El diputado Martí Batres Guadarrama presenta iniciativa con proyecto de decreto, a nombre de diputados de diversos grupos parlamentarios, que reforma los artículos 14 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para abolir la pena de muerte y solicita trámite de urgente resolución.

55

REGISTRO DE ASISTENCIA

59

PENA DE MUERTE

60

No se considera de urgente resolución la iniciativa presentada por el diputado Batres Guadarrama, en virtud de no alcanzar la mayoría calificada requerida. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

60

GOBIERNOS MUNICIPALES

60

El diputado José Antonio Calderón Cardoso presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de rendición de cuentas de los gobiernos municipales por la administración de los fondos y recursos federales. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

60

LEY AGRARIA

65

El diputado Francisco Javier Ortiz Esquivel presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 75 y 100 de la Ley Agraria, para permitir la asociación entre ejidatarios y sociedades mercantiles o civiles. Se turna a la Comisión de Reforma Agraria.

65

COFIPE

67

El diputado Luis Miguel Santibáñez García presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona los artículos 42, 44, 69 y 96 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para que los partidos políticos difundan sus principios, programas y plataformas electorales en español y en lengua indígena. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

67

LEY ADUANERA

73

El diputado César Alejandro Monraz Sustaita presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera, para exentar del impuesto a la importación a las personas con discapacidad que importen vehículos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

73

LEY DE TRANSPARENCIA Y FOMENTO A LA COMPETENCIA EN EL CREDITO GARANTIZADO

78

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la mencionada ley, en relación a financiamientos. Es de primera lectura.

78

ARTICULO 72 CONSTITUCIONAL

81

La Presidencia informa que a solicitud de la Comisión de Puntos Constitucionales, el dictamen con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero y el inciso b) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto al procedimiento legislativo ante el veto del Presidente de la República a un proyecto de ley o decreto, será agendado para la próxima sesión.

81

LEY DEL DEPOSITO LEGAL

82

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Depósito Legal. Es de segunda lectura.

82

Intervienen desdes sus respectivas curules los diputados: Juan Alcocer Flores, Enrique Meléndez Pérez y Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, respecto al procedimiento para la fundamentación del dictamen.

88

Se concede la palabra al diputado Enrique Meléndez Pérez, para fundamentar el dictamen a nombre de la comisión.

88

El diputado Ramón León Morales, para presentar modificaciones a nombre de la Comisión al artículo 3o., inciso e), del proyecto de ley, a las que la Asamblea admite.

88

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados:

90

Juan Alcocer Flores.

91

Rosa Elena Baduy Isaac.

91

Suficientemente discutido el dictamen en lo general y en lo particular es aprobado.

92

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular, con las modificaciones admitidas, el proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Depósito Legal. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

93

LEY GENERAL DE EDUCACION

93

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 7o., y 8o., 31 y 56 de la Ley General de Educación. Es de segunda lectura.

93

A nombre de la comisión fundamenta el dictamen el diputado Oscar Ochoa Patrón.

96

Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, la Secretaría da lectura a fe de erratas de la comisión y se aprueba en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

97

DISCAPACITADOS VISUALES

98

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con punto de acuerdo para solicitar al Banco de México lleve a cabo las medidas necesarias para apoyar a las personas con discapacidad visual en el manejo de papel moneda, en respuesta a proposición presentada el 10 de octubre de 2002.

98

Por la comisión fundamenta el dictamen el diputado Gumercindo Alvarez Sotelo.

100

Suficientemente discutido el dictamen es aprobado. Comuníquese.

101

EDUCACION PRIMARIA

101

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública a que considere la inclusión en los planes y programas de educación primaria, de una asignatura que fomente los valores universales y de desarrollo humano integral y trascendente, en respuesta a proposición presentada el 16 de octubre de 2001.

101

Sin discusión se aprueba. Comuníquese.

103

LEY DEL DEPOSITO LEGAL

103

La Presidencia informa de la recepción del posicionamiento de la diputada María de los Angeles Sánchez Lira, del Partido de la Revolución Democrática, respecto al proyecto de Ley del Depósito Legal. Insértese.

103

EDUCACION PRIMARIA

104

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública a realizar una revisión de los métodos y materiales utilizados en la enseñanza de la lectura, en respuesta a proposición presentada el 19 de marzo de 2002.

104

Sin discusión se aprueba. Comuníquese.

106

VOLUMEN II

107

PROTECCION CIVIL

107

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con punto de acuerdo para que en los programas académicos de primaria y secundaria se incluya la materia de protección civil, en respuesta a proposición presentada el 28 de diciembre de 2000.

107

Sin discusión se aprueba. Comuníquese.

112

IPN

112

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con punto de acuerdo para que la Secretaría de Educación Pública, apoye con recursos presupuestarios la creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional, en respuesta a proposición presentada el 15 de diciembre de 2001.

112

Sin discusión se aprueba. Comuníquese.

117

COMPAÑIA HULERA EUZKADI

118

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social con puntos de acuerdo sobre el conflicto laboral en la Compañía Hulera Euzkadi, en respuesta a proposición presentada el 5 de marzo de 2003.

118

Sin discusión se aprueba. Comuníquese.

119

MEDIO AMBIENTE

120

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Comisión Nacional del Agua, a realizar acciones en torno a los daños ambientales ocasionados por las empresas: Química Central de México, SA de CV; y Suelas Winny, SA de CV, en respuesta a proposición presentada el 15 de diciembre de 2002.

120

Sin discusión se aprueba. Comuníquese.

123

COFIPE

123

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública con punto resolutivo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 175 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, presentada el 25 de marzo de 2002.

123

Sin nadie que solicite el uso de la palabra se aprueba. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

125

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS. CODIGO PENAL FEDERAL

125

Dictamen de las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación y Seguridad Pública con punto resolutivo por el que se desecha la minuta proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y el Código Penal Federal, recibida en la sesión del 5 de septiembre de 2000.

125
Sin discusión se aprueba. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido. 128

LEY FEDERAL DE LA JUVENTUD

128

Dictamen de la Comisión de Juventud y Deporte con puntos resolutivos por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que crea la Ley Federal de la Juventud y que abroga la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, presentada el 26 de diciembre de 2000.

128

Sin nadie que solicite el uso de la palabra se aprueba. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

130

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS

130

Dictamen de la Comisión de Defensa Nacional con punto resolutivo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 29, 152 y 155 y se adiciona un Capítulo IV, de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, presentada el 29 de abril de 1998.

130

Sin nadie que solicite el uso de la palabra se aprueba. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

137

LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

137

Dictamen de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial con punto resolutivo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 7o.-bis de la Ley de la Propiedad Industrial, presentada el 25 de abril de 2002.

137

Sin nadie que solicite el uso de la palabra se aprueba. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

141

LEY DE INVERSION EXTRANJERA

141

Dictamen de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial con puntos resolutivos por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera, presentada el 7 de marzo de 2001.

141

Sin nadie que solicite el uso de la palabra se aprueba. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

143

CAFE

143

Dictamen de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial con puntos resolutivos por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley sobre la Elaboración y Venta de Café Tostado, presentada el 14 de diciembre de 2001.

143

Sin nadie que solicite el uso de la palabra se aprueba. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

146

PETROLEO

147

Dictamen de las comisiones unidas de Energía y de Comercio y Fomento Industrial con puntos resolutivos por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 14 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el Ramo de Petróleo, presentada el 22 de diciembre de 2000. .

147

Sin nadie que solicite el uso de la palabra se aprueba. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

151
LEY GENERAL DE SALUD 151

Dictamen de la Comisión de Salud con punto resolutivo por el que se desecha la minuta proyecto de decreto que adiciona un artículo 282-bis-3 a la Ley General de Salud, recibida el 4 de abril de 2000.

151

Sin discusión se aprueba en votación económica. Devuélvase al Senado para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

156

IRAK

157

La Presidencia atiende solicitud hecha desde su curul por el diputado David Augusto Sotelo Rosas, y la Asamblea guarda un minuto de silencio en memoria de las víctimas de la guerra en Irak.

157

Hablan en relación con la guerra en Irak los diputados:

157

José Manuel del Río Virgen.

157

José Antonio Calderón Cardoso.

157

Bertha Alicia Simental García.

158

Félix Castellanos Hernández.

159

Olga Patricia Chozas y Chozas.

160

Angel Enrique Herrera y Bruquetas.

161

Ricardo Tarcisio Navarrete Montes de Oca.

161

Rodolfo Echeverría Ruiz.

162

LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

163

El diputado Miguel Angel de Jesús Mantilla Martínez solicita excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, presentada el 30 de octubre de 2001. La Presidencia hace la excitativa respectiva.

163

TRABAJO DOMESTICO

165

La diputada Josefina Hinojosa Herrera solicita excitativa a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, en relación con iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, presentada el 23 de abril de 2002. La Presidencia atiende la solicitud.

165

TRATADOS INTERNACIONALES

166

La diputada Norma Patricia Riojas Santana solicita excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 73, 76, 89 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 11 de abril de 2002.

166

La Presidencia formula la excitativa respectiva y en virtud de ser la segunda, fija a más tardar el 28 de abril de 2003 para que se presente el dictamen correspondiente.

168

ESTADO DE CHIAPAS

169

El diputado Santiago López Hernández solicita excitativa a la Comisión de Reforma Agraria, en relación con la proposición con punto de acuerdo para que la Secretaría de la Reforma Agraria constituya un fondo para la reubicación de los campesinos de la región de Montes Azules, presentada el 30 de abril de 2002. La Presidencia formula la excitativa que corresponde.

169

COFIPE

170

El diputado Miguel Angel de Jesús Mantilla Martínez solicita excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, presentada el 25 de octubre de 2001. La Presidencia hace la excitativa respectiva.

170

MATERIA LABORAL

171

El diputado Manuel Duarte Ramírez solicita excitativa a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74, 78, 102, 115, 116 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia laboral, presentada el 31 de octubre de 2002. La Presidencia formula la excitativa respectiva.

171

NARCOTRAFICO

172

La diputada María Teresa Campoy Ruy Sánchez solicita excitativa a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 2o. del Código Federal de Procedimientos Penales; el artículo 4o. de la Ley que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública y diversos artículos de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, presentada el 13 de diciembre de 2002. La Presidencia obsequia la solicitud.

172

LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION

174

El diputado Amado Olvera Castillo solicita excitativa a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, presentada el 15 de noviembre de 2001. La Presidencia formula la excitativa correspondiente.

174

LEY DE COORDINACION FISCAL

175

La diputada Araceli Domínguez Ramírez solicita excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 31 de la Ley de Coordinación Fiscal, presentada el 11 de diciembre de 2001. La Presidencia formula la excitativa correspondiente.

175

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

178

La diputada Mercedes Hernández Rojas solicita excitativa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, presentada el 19 de marzo de 2002. La Presidencia hace la excitativa respectiva.

178

PUERTO VALLARTA-BAHIA DE BANDERAS

179

El diputado Salvador Cosío Gaona solicita excitativa a la Comisión de Turismo, en relación con la proposición con punto de acuerdo para solicitar la comparecencia de los secretarios de Turismo y de Comunicaciones y Transportes, presentada el 20 de marzo de 2002. La Presidencia atiende lo solicitado.

179

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA-IRAK

181

El diputado Salvador Cosío Gaona solicita excitativa a la Comisión de Turismo, en relación con la proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Turismo información sobre las acciones que se tomarían ante un posible conflicto bélico entre los Estados Unidos de América e Irak, que afectaría al turismo internacional en México, presentada el 12 de marzo de 2003. La Presidencia atiende lo solicitado.

181

IMPUESTOS

182

El diputado Salvador Cosío Gaona solicita excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, en relación con tres iniciativas con proyecto de decreto por los que: se reforma el artículo 32 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; se reforman diversos artículos de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios; y se deroga el artículo tercero transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentadas los días 22 y 29 de enero y 26 de febrero de 2003, respectivamente.

182

La Presidencia obsequia la solicitud y en virtud de ser la segunda excitativa, fija a más tardar el 28 de abril de 2003 para que se presente el dictamen respectivo.

183

REGION LERMA-SANTIAGO-PACIFICO

184

El diputado Salvador Cosío Gaona solicita excitativa a las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Recursos Hidráulicos, en relación con la minuta proyecto de Ley Reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer zona de restauración ecológica y de reserva de aguas a la región Lerma-Santiago-Pacífico, recibida con fecha 5 de diciembre de 2002.

184

La Presidencia formula la excitativa que corresponde y, en virtud de ser la segunda, fija a más tardar el 28 de abril de 2003 para que se presente el dictamen respectivo.

185

HURACAN “KENNA”

185

El diputado Salvador Cosío Gaona solicita excitativa a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, en relación con la proposición con punto de acuerdo para solicitar una auditoría sobre la aplicación de recursos federales otorgados a los damnificados por el huracán “Kenna”, presentada el 19 de febrero de 2003. Se turna la solicitud de excitativa a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

185

LEY FEDERAL DE JUEGOS CON APUESTAS, SORTEOS Y CASINOS

186

El diputado Salvador Cosío Gaona solicita excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, en relación con la proposición con punto de acuerdo sobre el dictamen de la iniciativa con proyecto de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, presentada el 27 de marzo de 2003.

186

La Presidencia atiende lo solicitado y en virtud de ser la segunda excitativa, fija a más tardar el 28 de abril de 2003 para que se presente el dictamen respectivo.

191

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

191

El diputado Salvador Cosío Gaona solicita excitativa a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Justicia y Derechos Humanos, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, presentada el 12 de marzo de 2003. La Presidencia obsequia la solicitud.

191

LETRAS DE ORO

195

El diputado Salvador Cosío Gaona solicita excitativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba en letras de oro en los muros de honor de la Cámara de Diputados, el nombre de Mariano de la Bárcena y Ramos, presentada el 28 de noviembre de 2003.

195

La Presidencia formula la excitativa correspondiente y en virtud de ser la segunda, fija a más tardar el 28 de abril de 2003 para que se presente el dictamen respectivo.

196

LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

196

La diputada Josefina Hinojosa Herrera solicita excitativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, en relación con dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, presentadas los días 10 de abril de 2001 y 12 de diciembre de 2002, respectivamente.

196

La Presidencia obsequia lo solicitado y en virtud de ser la segunda excitativa, fija a más tardar el 28 de abril de 2003 para que se presente el dictamen correspondiente.

198

RELACIONES INTERPARLAMENTARIAS

198

La diputada Heidi Gertud Storsberg Montes solicita excitativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 94-bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 11 de abril de 2002. La Presidencia formula la excitativa correspondiente.

198

ORDEN DEL DIA

200

De la próxima sesión.

200

CLAUSURA Y CITATORIO

201

RESUMEN DE TRABAJOS

202

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION

205

 

DIARIO de los DEBATES

Diario de los Debates de la Cámara de Diputados                                Año III, Segundo Periodo,  14 de abril  de 2003

 

Presidencia del diputadoArmando Salinas Torre

ASISTENCIA

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los diputados.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 271 diputados.

Por lo tanto, hay quórum

El Presidente diputado Armando Salinas Torre (a las 10:15 horas):

Se abre la sesión.

Proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día.

ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias.— Tercer Año.— LVIII Legislatura.

Lunes 14 de abril de 2003.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De los congresos de los estados de Campeche y Michoacán.

De la Junta de Coordinación Política.

Minutas

Proyecto de decreto por el que se modifica la fracción I del artículo 26 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. (Turno a comisión.)

Proyecto de decreto que reforma y adiciona la fracción X, del artículo 31, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y reforma la fracción I del artículo 3o. de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía. (Turno a comisión.)

Proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Gral. Brig. I.T.M. Diplomado de Estado Mayor Francisco Guízar Vega, para aceptar y usar la Condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar “Soldado de la Patria”, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua. (Turno a comisión.)

Iniciativas de  diputados

Que reforma los artículos 14 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios. (Urgente resolución.)

Que reforma diversos ordenamientos legales, en materia de patrimonio, a cargo del diputado José Elías Romero Apis, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera, en apoyo a la importación de vehículos para discapacitados, a cargo del diputado César Alejandro Monraz Sustaita, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma diversas disposiciones del Código Civil Federal, a cargo del diputado Martí Batres Guadarrama, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma diversos ordenamientos legales para dar cumplimiento al artículo segundo transitorio del decreto que reforma al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1999, a cargo de la diputada Beatriz Patricia Lorenzo Juárez, del Partido Alianza Social. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 42 y 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la aprobación de la Ley Federal de Territorio Insular, a cargo del diputado Amador Rodríguez Lozano. (Turno a comisión.)

Que  adiciona los artículos 12 fracción IV, 13 fracción IV, 26 fracción IX y el artículo noveno transitorio de la Ley de Ciencia y Tecnología; así como el Capítulo III en sus artículos 26 y 27 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, a cargo del diputado Jorge Luis García Vera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Manuel Wistano Orozco Garza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incorporar el esquema de rendición de cuentas a los gobiernos municipales, a cargo del diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 75 y 100 de la Ley Agraria, a cargo del diputado, Francisco Javier Ortiz Esquivel, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que adiciona el artículo 42, el párrafo tercero del artículo 44; el inciso g) del artículo 69 y el inciso d) del artículo 96 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Luis Miguel Santibáñez García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero y el inciso b) del artículo 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Depósito Legal.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o., 8o., 31 y 56 de la Ley General de Educación.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo para solicitar al Banco de México lleve a cabo las medidas necesarias para apoyar a las personas con discapacidad visual en el manejo de papel moneda.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública a que considere la inclusión, en los programas de estudio de educación primaria, de una asignatura que fomente los valores universales, humanos y trascendentes.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública a realizar una revisión de los métodos y materiales utilizados en la enseñanza de la lectura.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con puntos de acuerdo para que en los programas académicos de primaria y secundaria se incluya la materia de protección civil.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo para que la Secretaría de Educación Pública, apoye con recursos presupuestales la creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo sobre el conflicto  laboral en la Compañía Hulera Euzkadi.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Comisión Nacional del Agua, a realizar acciones en torno a las empresas Química Central de México, SA de CV y Suelas Winny, SA de CV

Dictámenes negativos

De la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con punto resolutivo por el que no se aprueba la iniciativa de reformas al artículo 175 numeral 3 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

De las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación y Seguridad Pública, con punto resolutivo por el que no se aprueba la minuta proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y el Código Penal Federal.

De la Comisión de Juventud y Deporte, con puntos resolutivos por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de Ley Federal de la Juventud y abroga la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.         

De la Comisión de Defensa Nacional, con punto resolutivo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 29, 152 y 155 y se adiciona un Capítulo IV de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas.

De la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con punto resolutivo por el que  no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 7o.-bis de la Ley de Propiedad Industrial.

De la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con puntos resolutivos por los que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera.

De la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con puntos resolutivos por los que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Sobre Elaboración y Venta de Café Tostado.

De las comisiones unidas de Energía y de Comercio y Fomento Industrial, con puntos resolutivos por los que no se aprueba la iniciativa que reforma la fracción II del artículo 14 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el Ramo de Petróleo.

De la Comisión de Salud con punto resolutivo por el que no se aprueba la minuta proyecto de decreto que adiciona un artículo 282-bis-3 a la Ley General de Salud.

Posicionamiento

En relación a la guerra en Irak, a cargo de los grupos parlamentarios y partidos políticos representados en la Cámara de Diputados.

Excitativas

A la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, a cargo del diputado Miguel Angel Mantilla Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, a cargo de la diputada Josefina Hinojosa Herrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a cargo del diputado Amador Rodríguez Lozano.

A la Junta de Coordinación Política, a cargo del diputado Marco Antonio Dávila Montesinos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a cargo de la diputada Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista.

A la Comisión de Reforma Agraria, a cargo del diputado Santiago López Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, a cargo del diputado Miguel Angel Mantilla Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a cargo del diputado Manuel Duarte Ramírez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

A las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública, a cargo de la diputada María Teresa Campoy Ruy Sánchez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

 A las comisiones de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y de Gobernación y Seguridad Pública, a cargo del diputado Amado Olvera Castillo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Junta de Coordinación Política, a cargo del diputado Amador Rodríguez Lozano.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a cargo de la diputada Araceli Domínguez Ramírez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social, a cargo de la diputada Mercedes Hernández Rojas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Salud, a cargo del diputado Francisco Patiño Cardona, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

A la Comisión de Turismo, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Turismo, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.    

A las comisiones de Recursos Hidráulicos y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. 

A la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Justicia y Derechos Humanos, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a cargo de la diputado Josefina Hinojosa Herrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a cargo de la diputada Heidi Storsberg Montes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Efemérides

Sobre el aniversario luctuoso de Emiliano Zapata, a cargo de los grupos parlamentarios y partidos políticos representados en la Cámara de Diputados.

Proposiciones

Con punto de acuerdo para exhortar a todas las estaciones de radio y televisión a celebrar el Día Internacional de la Radio y la Televisión en favor de los niños, promovido por la UNICEF, a cargo del diputado   Gumercindo Alvarez Sotelo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para ratificar las reformas a la Ley del SAT que vetó el Ejecutivo Federal, a cargo de la diputada Miroslava García Suárez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se solicita que la Auditoría Superior de la Federación, realice una auditoría a la Semarnat, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que el Gobierno Federal encabece el manifiesto por la paz, emanado de la Conferencia Internacional por la Paz, a cargo del diputado Félix Castellanos Hernández, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para reasignar y entregar viviendas abandonadas, mediante un Censo Nacional de Viviendas, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar que se asignen recursos en el Presupuesto de Egresos de 2004 al tramo carretero Choix-San Rafael, que uniría los estados de Chihuahua y Sinaloa, a cargo del diputado Rubén Félix Hays, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la actuación de la Procuraduría General de Justicia en el estado de Yucatán, a cargo del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al servicio de energía eléctrica en el estado de Veracruz, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, realice las acciones pertinentes a fin de reforzar la comercialización del frijol mexicano, a cargo del diputado José Carlos Luna Salas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al esclarecimiento del asesinato del licenciado Manuel Ortega González, ocurrido en Zacatecas, a cargo de la diputada Magdalena Núñez Monreal, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al conflicto de  Bernalejo, Zacatecas, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al proselitismo político del Ejecutivo Federal, a cargo del diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar información a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, sobre el trámite realizado por diversas líneas aéreas en las que han solicitado autorización oficial para operar rutas nacionales e internacionales, desde, y hacia Puerto Vallarta, Jalisco, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se haga un plan maestro de reingeniería de procesos dentro del Congreso de la Unión, a fin de que se eficientice y profesionalice la labor legislativa, a cargo del diputado Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre el papel del Consejo de Seguridad de la ONU, a cargo del diputado Sergio Acosta Salazar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar a los congresos locales para que legislen sobre la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Elba Arrieta Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar respetuosamente a las legislaturas estatales, a crear una comisión encargada de atender los asuntos de la familia, a cargo del diputado Francisco Luis Treviño Cabello, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se homologue la legislación local con respecto a la federal para garantizar el ejercicio del derecho a decidir sobre un aborto en caso de violación y a creación de un mecanismo que prevea el auxilio subsidiario del Estado en estos casos, a cargo de la diputada Hortensia Aragón Castillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la deficiencia y falta de apoyo con las que opera actualmente la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que en los programas de estudio de medicina se incorpore la materia de geriatría, a cargo del diputado Gumercindo Alvarez Sotelo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados solicite a las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Salud, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y a la Comisión Nacional del Agua, se incrementen las acciones que permitan la sustentabilidad y frenen la detención del abatimiento de los mantos acuíferos en la región lagunera, a cargo del diputado Silvestre Enrique Faya Viesca, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para constituir una Comisión Especial Plural de diputadas y diputados para la revisión y transparencia en el manejo del presupuesto de la Cámara de Diputados para el presente ejercicio fiscal de 2003, suscrito por integrantes de diversos grupos parlamentarios. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo sobre el voto de México en Ginebra, Suiza, con relación a los derechos humanos en Cuba, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos estatales y municipales de las entidades federativas a que destinen partidas presupuestales específicas para la creación de albergues para víctimas de violencia intrafamiliar, a cargo de la diputada Griselda Ramírez Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados, a través de las comisiones de Comercio y Fomento Industrial y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, revisen el trabajo del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, dependiente de la Secretaría de Economía, a cargo del diputado Rubén Aguirre Ponce, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la Comisión Reguladora de Energía, a cargo de la diputada Rosario Tapia Medina, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la auditoría sobre los activos de la Fundación “Vamos México, AC”, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar al licenciado Rafael Macedo de la Concha, titular de la Procuraduría General de la República, la atracción de la investigación y resolución de los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo de la diputada Silvia América López Escoffie, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la implementación de una estructura tarifaria eléctrica preferencial en el estado de Veracruz, a cargo de la diputada Genoveva Domínguez Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre el conflicto de Corea del Norte con Estados Unidos de América, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se declare a la Mariposa Monarca, patrimonio de la humanidad, a cargo de la diputada María Cruz Martínez Colín, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para citar a comparecer al Secretario de Comunicaciones y Transportes, a cargo de la diputada Alejandra Barrales Magdaleno, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre los medios públicos de información, a cargo de la diputada Lorena Beaurregard de los Santos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para formular una petición a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que estudie las posibilidades de realizar a través de medidas administrativas y la NOM, a efecto de impedir el transporte de estupefacientes y sustancias psicotrópicas como una medida preventiva, a cargo del diputado Germán Pellegrini Pérez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la problemática agraria en México, a cargo del diputado César Duarte Jáquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para renegociar el capítulo agropecuario del TLC, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)       

Con punto de acuerdo para solicitar al Banco de México el diseño de billetes de fácil identificación para personas con discapacidad visual en el manejo de papel moneda, a cargo del diputado Gumercindo Alvarez Sotelo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados solicite al Ejecutivo Federal que la Procuraduría General de la República investigue el caso de las mujeres muertas en Sonora, a cargo de la diputada Petra Santos Ortiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a incrementar el presupuesto destinado a las instituciones que se dedican a la protección de la infancia, a cargo de la diputada Elba Arrieta Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para invitar al Banco Mundial y al Banco Interamericano de Desarrollo a dar prioridad dentro de sus políticas a los programas que otorgan microcréditos encaminados a combatir la pobreza, a cargo del diputado Luis Fernando Sánchez Nava, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que el Poder Ejecutivo Federal designe a un nuevo titular del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), a cargo de la diputada Julieta Prieto Furhken, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que los diputados de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión donen 10 libros a  las bibliotecas públicas del país, a cargo del diputado Gregorio Arturo Meza de la Rosa, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

 Agenda política

Comentarios sobre las mesas de trabajo para el campo, a cargo de la diputada Petra Santos Ortiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Comentarios sobre el estado del procedimiento de declaración de procedencia que se sigue en contra de los legisladores Carlos Romero Deschamps, Ricardo Aldana Prieto y Jesús Olvera Méndez y los trabajos de la Sección Instructora al respecto, a cargo del diputado Luis Miguel Barbosa Huerta, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Comentarios sobre el Poder Judicial de la Federación, a cargo de los diputados Luis Miguel Barbosa Huerta y Sergio Vaca Betancourt, de los grupos parlamentarios de la Revolución Democrática y Acción Nacional, respectivamente.

Efemérides

Comentarios sobre el aniversario de la Promulgación del Plan de Guadalupe, a cargo del diputado Jesús de la Rosa Godoy, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Comentarios sobre el Día Mundial de la Salud, a cargo de los grupos parlamentarios de Acción Nacional y Revolucionario Institucional.»

 

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Pido a la Secretaría consulte a la Asamblea, si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el día jueves 10 de abril de 2003, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Octava Legislatura.

Presidencia del diputadoArmando Salinas Torre

En el Palacio Legislativo en San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de doscientos setenta y dos diputados, a las diez horas con veintiséis minutos del jueves diez de abril de dos mil tres, el Presidente declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.

Comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Comunicación del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con la que informa que el diputado Rosalío González Nájera se incorpora a ese grupo parlamentario. De enterado.

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política:

• Una, con acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a fin de que instruya a su representante ante el quincuagésimo noveno periodo de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de Ginebra, para que se abstenga de votar cualquier resolución contra la República de Cuba. De enterado. Comuníquese.

• Cuatro, con las que informa de cambios en la integración del grupo de trabajo encargado de dar seguimiento a las tareas de la Contraloría Interna relativas a la auditoría económica-financiera y de gestión de la Cámara de Diputados y de las comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Atención a Grupos Vulnerables, Especial de Seguridad Pública, de Recursos Hidráulicos y de Comercio y Fomento Industrial. De enterado.

Desde su curul el diputado Martí Batres Guadarrama, del Partido de la Revolución Democrática, solicita información sobre el trámite de la  primera comunicación de la Junta de Coordinación Política y el Presidente hace las aclaraciones correspondientes.

• Seis, con las que informa de cambios en la integración de las comisiones de Comunicaciones, de Cultura, de Salud, de Seguridad Social y de Equidad y Género. De enterado.

Dos oficios de la Cámara de Senadores con los que remiten iniciativas con proyecto de decreto por los que:

• Se reforma el artículo doscientos treinta y uno de la Ley Federal de Derechos, suscrita por el senador José Antonio Aguilar Bodegas, del Partido Revolucionario Institucional.

• Se reforma el artículo doscientos veintidós de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el senador Ricardo Alaniz Posada, del Partido Acción Nacional.

Se turnan a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Oficios de la Secretaría de Gobernación:

• Con el que remite los resultados finales de evaluación de los  programas de la Secretaría de Economía. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Con el que solicita los permisos necesarios para que tres ciudadanos puedan prestar servicios y comunica que cuatro ciudadanos han dejado de prestarlos, en distintas representaciones diplomáticas de Estados Unidos de América en México. Por lo que se refiere a la solicitud de permisos, se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública y por lo que respecta a quienes han dejado de prestar servicios, se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública de la Cámara de Diputados y a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Senadores, para su conocimiento.

A las diez horas con cincuenta y un minutos la Secretaría informa del registro de trescientos setenta y dos diputados y ordena el cierre del sistema electrónico de asistencia y votación.

Presentan iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

• Jorge Alejandro Chávez Presa, del Partido Revolucionario Institucional, que expide la Ley Federal de Presupuesto Público y se deroga la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Juan Carlos Sainz Lozano, del Partido Acción Nacional, que adiciona el artículo segundo y reforma el artículo tercero de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

• Víctor Antonio García Dávila, del Partido del Trabajo, que deroga el párrafo tercero del artículo dieciocho de la Ley General de Deuda Pública y el párrafo segundo del artículo treinta de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

Presidencia del diputadoJaime Vázquez Castillo

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• José Antonio Magallanes Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo cuatrocientos-bis del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

• José Elías Romero Apis, del Partido Revolucionario Institucional, que expide la Ley Reglamentaria del artículo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos relativo al ejercicio de las profesiones, que se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, y que adiciona el artículo primero-bis a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

• Rafael Servín Maldonado, del Partido de la Revolución Democrática, que crea la Ley Federal de Fomento a la Actividad Artesanal. Se turna a la Comisión de Cultura.

• Humberto Muñoz Vargas, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos nueve, treinta y nueve y ochenta de la Ley de Sociedades de Inversión. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Francisco Javier Ortiz Esquivel, del Partido Acción Nacional, que adiciona el artículo cincuenta y seis-bis, deroga el artículo cincuenta y nueve y reforma el artículo setenta y cuatro de la Ley Agraria. Se turna a la Comisión de Reforma Agraria.

• Carlos Raymundo Toledo, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo dieciséis de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y adiciona los artículos trece y veinticinco de la Ley Federal de Radio y Televisión. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

• Ramón Ponce Contreras, del Partido Acción Nacional, que crea la Ley de Organizaciones Agrícolas. Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

• Manuel Arturo Narváez Narváez, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos setenta y cinco, ochenta y siete y noventa del Código Penal Federal y diversos artículos de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados. Se turna a las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación y Seguridad Pública.

• Francisco Ezequiel Jurado Contreras, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos mil noventa y dos y mil noventa y tres del Código de Comercio.

Presidencia del diputadoArmando Salinas Torre

Se turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

• José Tomás Lozano y Pardinas, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo treinta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Diputados de diversos grupos parlamentarios, que expide la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones. El Presidente informa de la recepción de la iniciativa referida y la turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

• Fernando Herrera Avila, del Partido Acción Nacional, a nombre de diputados integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, que crea la Ley General de Sociedades Cooperativas, reforma los artículos treinta y cuatro y cuarenta de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y abroga la Ley de Sociedades de Solidaridad Social. Se turna a la  Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

• Augusto Gómez Villanueva, del Partido Revolucionario Institucional, para inscribir en letras de oro en los muros de honor de la Cámara de Diputados, el nombre del doctor Alfonso García Robles. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Jaime Aceves Pérez, del Partido Acción Nacional, que crea la Ley Federal para las Personas con Discapacidad. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

• José Ramón Soto Reséndiz, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona los artículos cincuenta y dos, cincuenta y tres, cincuenta y cuatro y cincuenta y seis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para reducir el número de legisladores. Se turna a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública.

• Jorge Alejandro Chávez Presa, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos séptimo y veinte-A de la Ley del Servicio de Administración Tributaria. La Secretaría, por indicaciones de la Presidencia, da lectura a la comunicación del diputado proponente con la que remite la iniciativa de referencia. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero y el inciso b) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Depósito Legal. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos séptimo, octavo, treinta y uno y cincuenta y seis de la Ley General de Educación. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Es de primera lectura. En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen y, para fundamentarlo a nombre de la comisión, sube a la tribuna el diputado Germán Arturo Pellegrini Pérez, del Partido Acción Nacional.

Fijan la posición de su respectivo partido político o grupo parlamentario los diputados: José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional; Víctor Antonio García Dávila, del Partido del Trabajo; Hortensia Aragón Castillo, del Partido de la Revolución Democrática, Fernando Pérez Noriega, del Partido Acción Nacional, y Beatriz Elena Paredes Rangel, del Partido Revolucionario Institucional.

En votación económica, la Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general y sin que se reserven artículos para su discusión en lo particular, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por unanimidad de trescientos ochenta y cinco votos en pro. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

La Asamblea, en votación económica, dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso b) del artículo ochenta y cinco del Código Penal Federal. Es de segunda lectura.

A nombre de la comisión el diputado David Augusto Sotelo Rosas, del Partido de la Revolución Democrática, fundamenta el dictamen y propone modificaciones que la Asamblea admite en votación económica.

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados: Víctor Antonio García Dávila, del Partido del Trabajo; Hortensia Aragón Castillo, del Partido de la Revolución Democrática; Alejandro Enrique Gutiérrez Gutiérrez, del Partido Acción Nacional, y Víctor Manuel Gandarilla Carrasco, del Partido Revolucionario Institucional.

La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general y en lo particular en votación económica, y la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria con las modificaciones admitidas por trescientos sesenta y siete votos en pro y una abstención. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo para exhortar al titular del Poder Ejecutivo, a  que expida las normas reglamentarias para formalizar y asegurar el adecuado funcionamiento del Consejo Nacional de Autoridades Educativas. Sin discusión se aprueba en votación económica. Comuníquese.

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con puntos resolutivos por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos séptimo, fracción séptima; octavo, párrafo primero; y cuarenta y ocho, párrafo cuarto, de la Ley General de Educación. Sin nadie que solicite el uso de la palabra se aprueba en votación económica. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con puntos resolutivos por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo segundo de la Ley Reglamentaria del artículo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. Desde su curul el diputado Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, del Partido de la Revolución Democrática, hace comentarios sobre los dictámenes por los que se desechan iniciativas. Sin nadie más que solicite el uso de la palabra se aprueba el dictamen en votación económica. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Transcurrido el tiempo reglamentario establecido para la duración de las sesiones, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las quince horas con veintiocho minutos, citando para la que tendrá lugar el lunes catorce de abril de dos mil tres, a las diez horas.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Proceda la Secretaría poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobada el acta.

Continúe la Secretaría con las comunicaciones.

 

ESTADO DE CAMPECHE

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo.— Poder Legislativo.— LVII Legislatura.— Campeche.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.— México, DF.

La Diputación Permanente de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Campeche, comunica que a partir del día 8 de marzo del año en curso, la Gran Comisión quedó integrada de la siguiente manera:

Presidente: Dip. Vicente Castellot Castro; vicepresidenta: Dip. Yolanda Guadalupe Valladares Valle; Secretario: Dip. José del Carmen Gómez Casanova; Primer vocal: Dip. Martín de la Cruz Castillo Valenzuela;Segundo vocal: Dip. Rafael Teobaldo Pou Vera.

Lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para los fines conducentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Campeche, Campeche, a 7 de marzo de 2003.— Dip. Martín de la Cruz Castillo Valenzuela (rúbrica), Primer Secretario.»

«Escudo.— Poder Legislativo.— LVII Legislatura.— Campeche.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.— México, DF.

La Quincuagésima Séptima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Campeche, comunica la elección de la Directiva que fungirá durante el segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional, que comprende del 11 de abril al 30 de junio del año en curso, misma que se integró de la siguiente manera:

Presidente: Dip. José del Carmen Gómez Casanova; Primer vicepresidente: Dip. Enrique Alejandro Muñoz Herrera;Segundo vicepresidente: Dip. Edgar Esteban Richaud Lara; Primer secretario: Dip. Juan Antonio Martínez Delgado;Segunda secretaria: Dip. Ana Laura Alayola Vargas; Tercer secretario: Dip. Donaldo Obregón Pérez; Cuarto secretario: Dip. Celso Vera Talango.

Lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para los fines conducentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Campeche, Campeche, a 31 de marzo de 2003— E1 Dip. José del Carmen Gómez Casanova (rúbrica), Primer Secretario.»

«Escudo.— Poder Legislativo.— LVII Legislatura.— Campeche.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.— México, DF.

La Diputación Permanente de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Campeche, comunica que el día de hoy clausuró los trabajos correspondientes al primer periodo de receso del tercer año de ejercicio constitucional.

Lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para los fines conducentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Campeche, Campeche, a 31 de marzo de 2003.— Dip. José del Carmen Gómez Casanova (rúbrica), Primer Secretario.»

«Escudo.— Poder Legislativo.— LVII Legislatura.— Campeche.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.— México, DF.

La Quincuagésima Séptima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Campeche, comunica que en la sesión del día de hoy se realizó la apertura de los trabajos correspondientes al segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional, periodo que comprenderá del 11 de abril al 30 de junio del año en curso.

Lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para los fines conducentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Campeche, Campeche, a 1o. de abril de 2003.— Dip. Juan Antonio Martínez Delgado (rúbrica), Primer Secretario.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

De enterado.

 

ESTADO DE MICHOACAN

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo.— Morelia.— LXIXLegislatura.

CC. Secretarios de la  Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— México, DF.

Con fundamento en el artículo 25, fracción XXV, de la Ley Orgánica y Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, me permito informar a usted de la conformación de la Mesa Directiva que fungirá durante los meses de marzo, abril y mayo, quedando de la siguiente manera:

Presidente: Dip. J. Leonardo Vallejo Rojas; Primer secretario: Dip. Rafael Ramírez Sánchez; Segundo secretario: Dip. Gerardo Lara Vargas; Tercer secretario: Dip. Esteban Arroyo Blanco.

Aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi distinguida consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Morelia, Michoacán, a 14 de marzo de 2003.— Dip. J. Leonardo Vallejo Rojas (rúbrica), Presidente de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

De enterado.

LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Senado de la República.— LVIII Legislatura.— Presidencia de la Mesa Directiva.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se modifica la fracción I del artículo 26 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Atentamente.

México, DF, a 8 de abril de 2003.— Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

MINUTAPROYECTO DE DECRETO

Por el que se modifica la fracción I del artículo 26 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Artículo único. Se adicionan tres párrafos a la fracción I del artículo 26 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para quedar como sigue:

Artículo 26...

I...

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la Comisión Federal de Electricidad, tratándose de usuarios domésticos ubicados en zonas clasificadas tarifariamente como altamente extremas, podrá convenir con ellos el diferimiento, la prórroga o las parcialidades del pago de sus consumos de energía eléctrica que tengan en temporada de verano.

Sólo en el caso de incumplimiento parcial o total, del convenio imputable al deudor, la Comisión Federal de Electricidad procederá a la suspensión del servicio, observando las formalidades legales que correspondan.

El reglamento precisará quiénes se consideran como usuarios domésticos ubicados en zonas clasificadas, tarifariamente, como altamente extremas, y las demás disposiciones para la adecuada regulación de los convenios referidos en esta fracción.

II a VI...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores.— México, DF, a 8 de abril de 2003.— Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica), Presidente;Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica), Secretaria.

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.— Lic. Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Túrnese a la Comisión de Energía.

 

TARIFAS ELECTRICAS

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Senado de la República.— LVIII Legislatura.— Presidencia de la Mesa Directiva.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona la fracción X del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; y reforma la fracción I del artículo 3o. de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.

Atentamente.

México, DF, a 10 de abril de 2003.— Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

MinutaProyecto de decreto

Que reforma y adiciona la fracción X, del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica y reforma  la fracción I del artículo 3o.  de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.

ARTICULO PRIMERO.- Se reforma la fracción X, del Artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para quedar como sigue:

Artículo 31.- ...

I  a IX.- ...

 

X.- Establecer y revisar los precios de las tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de Economía y con la participación de las dependencias que corresponda; en tratándose de tarifas correspondientes al servicio de energía eléctrica, deberá estarse a lo dispuesto en la ley de la materia;

IX.- a XXV.- ...

ARTICULO SEGUNDO.- Se deroga la fracción VII, del artículo 12; se reforma el primer párrafo del artículo 30; se reforma el primer párrafo y se adiciona el segundo párrafo, y el segundo párrafo pasa a ser tercero del artículo 31; y se adiciona el artículo 32 Bis, todos de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica para quedar como sigue:

Artículo 12.-........

I. a VI . ......

VII. Se deroga.

VIII. a XII. ….”

Artículo 30.- La venta de energía eléctrica se regirá por los precios de las tarifas que apruebe la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

…..”

Artículo 31.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la participación de las Secretarías de Energía y Economía y a propuesta de la Comisión Federal de Electricidad, fijará los precios de las tarifas y sus ajustes, de una manera que, tiendan a cubrir las necesidades financieras, las de ampliación del servicio público que no sean satisfechas con los recursos asignados para tal efecto a la Comisión Federal de Electricidad en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Para ello tomará en cuenta la zona geográfica de que se trate, las condiciones climatológicas, así como la situación salarial, condiciones económicas y sociales, y estimulará el consumo racional y ahorro de energía.

Asimismo, y a través del procedimiento señalado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá fijar tarifas especiales en horas de demanda máxima, demanda mínima o en combinación de ambas.

Artículo 32 Bis.- A efecto de lo dispuesto en el artículo 31, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, fijará las tarifas para la venta de energía eléctrica de uso doméstico, conforme a la siguiente estructura:

Tarifa 1 Servicio Doméstico

Esta tarifa se aplicará a todos los servicios que destinen energía para uso exclusivamente doméstico, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda.

Para reflejar las diferentes necesidades de consumo en localidades con promedios de temperatura aparente o índice de calor de veinticinco grados centígrados (25ºC) o mayores, se establecerá la temporada de verano, durante el período que comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año. Dichas localidades recibirán un tratamiento preferencial, tomando en cuenta los reportes elaborados por la Comisión Nacional del Agua y detallados para cada tarifa, es decir, la 1-A, 1-B, 1-C, 1-D, 1-E y 1-F. Para el caso de aquellas regiones consideradas como de clima cálido extremo y húmedo, este periodo podrá extenderse hasta por dos meses más.

En la temporada de verano la clasificación se basará en los factores de temperatura y humedad, que determinan el índice de calor o temperatura aparente. Esta misma clasificación servirá para designar la temporada fuera de verano para cada tarifa.

Se considerará que durante la temporada de verano una localidad alcanzó el limite indicado de índice de calor, cuando en ésta se haya registrado ese límite durante dos, de los últimos tres años. Se considera que en un año se alcanzó el límite de índice de calor, cuando se hubiere registrado ese límite en dos meses consecutivos de temperatura aparente más elevada según los reportes elaborados por la Comisión Nacional del Agua.

La estructura tarifaria, con criterios de justicia y equidad orientados a favorecer el ahorro y uso racional de energía, permite a todos los usuarios pagar su consumo eléctrico de acuerdo con una escala de precios que, en cada una de las tarifas, inicia con el rango de consumo básico, para seguirle con los rangos de consumo Intermedio 1, Intermedio 2 y Excedente.

Tarifa 1 Servicio Doméstico.

Rangos de consumo aplicados mensualmente:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 75 (setenta y cinco) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 65 (sesenta y cinco) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 60 (sesenta) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Tarifa 1-A

Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 25º, 26º y 27º centígrados.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 100 (cien) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 50 (cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 100 (cien) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada Fuera de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 75 (setenta y cinco) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 75 (setenta y cinco) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 50 (cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Tarifa 1-B

Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 28º y 29º centígrados.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 125 (ciento veinticinco) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 100 (cien) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 75 (setenta y cinco) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada Fuera de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 100 (cien) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 80 (ochenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 60 (sesenta) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Tarifa 1-C

Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 30º centígrados.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 150 (ciento cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 150 (ciento cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 450 (cuatrocientos cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada Fuera de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 120 (ciento veinte) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 120 (ciento veinte) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 260 (doscientos sesenta) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Tarifa 1-D

Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 31º centígrados.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 175 (ciento setenta y cinco) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 225 (doscientos veinticinco) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 600 (seiscientos) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada Fuera de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 140 (ciento cuarenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 180 (ciento ochenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 380 (trescientos ochenta) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Tarifa 1-E

Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 32º centígrados.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 300 (trescientos) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 450 (cuatrocientos cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 750 ( setecientos cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada Fuera de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 240 (doscientos cuarenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 360 (trescientos sesenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 400 (cuatrocientos) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Tarifa 1-F

Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 330 centígrados o más.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 750 (setecientos cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 500 (quinientos) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 1250 (mil doscientos cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Rangos de consumo aplicables mensualmente en Temporada Fuera de Verano:

Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 240 (doscientos cuarenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 360 (trescientos sesenta) kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 900 (novecientos) kilowatts-hora.

Consumo Excedente. Para cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

Tarifa 1-PC Servicio doméstico. Determinado con base en el patrón de consumo (PC) en una área de consumo. El patrón de consumo es el listado total de usuarios (listograma) ordenados de menor a mayor, según la cantidad de kilowatts-hora consumidos mensualmente. Las áreas de consumo, son aquellas que se forman por localidades, municipios, zonas conurbadas, microrregiones o áreas metro- politanas.

Las localidades que, a solicitud expresa, desean que su tarifa sea determinada con base en los consumos del listograma reportado mensualmente por la Comisión Federal de Electricidad, podrán adherirse a la estructura de la tarifa 1-PC.

Rangos de consumo aplicables mensualmente durante todo el año.

Consumo Básico. Se determina en cada área de consumo, por el límite superior donde se ubique el 60% (sesenta por ciento) del número de usuarios de menores consumos en kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Se determina en cada área de consumo, por cada uno de los siguientes kilowatts-hora hasta el límite superior en donde se ubica el siguiente 20% (veinte por ciento) del número de usuarios. El consumo intermedio 1 está formado por el número de kilowatts-hora que consumen entre más del 60% (sesenta) y hasta el 80 (ochenta) por ciento de los usuarios.

Consumo Intermedio 2. Se determina en cada área de consumo, por cada uno de los siguientes kilowatts-hora hasta el límite superior en donde se ubica el siguiente 15 (quince) por ciento del número de usuarios. El consumo intermedio 2 está formado por el número de kilowatts-hora que consumen entre más del 80 (ochenta) y hasta el 95 (noventa y cinco) por ciento de los usuarios.

Consumo Excedente. Se determina en cada área de consumo, por cada uno de los siguientes kilowatts-hora adicionales a los del consumo intermedio 2.

Rangos de consumo aplicables mensualmente durante todo el año a las áreas de consumo ubicadas en las regiones y microrregiones determinadas por la Secretaría de Desarrollo Social como de extrema pobreza.

Consumo Básico. Se determina en cada área de consumo, con el límite superior donde se ubique el 75 (setenta y cinco) por ciento del número total de usuarios de menores consumos en kilowatts-hora.

Consumo Intermedio 1. Se determina en cada área de consumo, por cada uno de los siguientes kilowatts-hora hasta el límite superior en donde se ubica el siguiente 20 (veinte) por ciento del número de usuarios. El consumo intermedio 1 está formado por el número de kilowatts-hora que consumen entre más del 75 (setenta y cinco) y hasta el 95 (noventa y cinco) por ciento de los usuarios.

Consumo Intermedio 2. Se determina en cada área de consumo, por cada kilowatts-hora adicional a los anteriores del consumo intermedio 1.

Tarifa 1 PC-AG

Determinado con base en el patrón de consumo de las localidades o municipios, en los términos de la tarifa 1 PC. Esta se aplica en las localidades, municipios o regiones en donde están ubicadas las instalaciones de generación de energía eléctrica o muy cercanas a ellas, reflejando las cuotas de las tarifas unos precios más accesibles, determinados por los costos de generación de cada unidad, los ahorros en la conducción y en la distribución.

Tarifa 1 MT

Los usuarios que por sus altos niveles de consumo, a solicitud individual, podrán ser suministrados en media tensión (MT) con la tarifa horaria correspondiente.

ARTICULO TERCERO. Se reforma el artículo 3o. de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, para quedar como sigue:

“Artículo 3o.- ...

I. Participar en la propuesta de los precios y las tarifas para el suministro y venta de energía eléctrica;

II a XXII. ….”

Artículos Transitorios

Primero. El índice de calor es el parámetro que representa la temperatura que percibe el cuerpo humano bajo una determinada combinación de temperatura y humedad relativa. El índice de calor, que resulta de incorporar el factor de humedad a la temperatura en la temporada de verano, será el criterio utilizado para la nueva clasificación de las localidades.

El Ejecutivo Federal presentará la propuesta de la estructuración de las tarifas eléctricas del servicio doméstico usando el factor índice de calor, en un término de noventa días. Una vez dictaminado por el Congreso de la Unión, el factor índice de calor deberá incorporarse en el artículo 32-Bis de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica.

Para ello se deberán tomar en cuenta los índices de calor desarrollados por R G Steadman en 1979, cuyos indicadores son utilizados desde 1984 por el Servicio Nacional del Tiempo en Estados Unidos de América, para evaluar el impacto que tiene la combinación de la temperatura y la humedad ambientales sobre el confort, la salud y las actividades humanas.

Una vez aprobada la modificación propuesta, la Secretaría de Energía o de Economía deberá de revisar y expedir la Norma Oficial Mexicana, de conformidad con los artículos 29; 30, fracciones VI y X ; 38, fracciones I y II; 39, fracción V; 40, fracciones III, IV, VIII, y XI; 43 a 48 de la Ley Federal de Metrología y Normalización vigente.

Segundo. En tanto se cumplen los supuestos del Artículo Transitorio Primero y para atender el reclamo de las localidades y municipios en los que es mayor la urgencia de su reclasificación, la Comisión Federal de Electricidad utilizará provisionalmente los siguientes criterios:

Tarifa 1.- Localidades con una temperatura media mínima hasta con 24º C.

Tarifa l-A.- Localidades con una temperatura media mínima de 25º C, 26º C y 27º C.

Tarifa 1 B.- Localidades con una temperatura media mínima de 28º C y 29º C, así como localidades con una temperatura media mínima de 27º C y 60 por ciento o más de humedad promedio.

Tarifa 1-C. Localidades con una temperatura media mínima de 30º C, así como localidades con una temperatura media mínima de 29º C y 40 por ciento o más de humedad promedio.

Tarifa 1-D. Localidades con una temperatura media mínima de 31º C, así como localidades con una temperatura media mínima de 30º C y 35 por ciento o más de humedad promedio.

Tarifa 1-E. Localidades con una temperatura media mínima de 32º C, así como con una temperatura media mínima de 30º C y 45 por ciento o más de humedad promedio, y localidades con una temperatura media mínima de 31º C y 35 por ciento o más de humedad promedio.

Tarifa 1-F. Localidades con una temperatura media mínima de 33º C, así como con una temperatura media mínima de 31º C y 40 por ciento o más de humedad promedio y localidades con una temperatura media mínima de 32º C y del 35 por ciento o más de humedad promedio.

Tercero. La Comisión Nacional del Agua, adecuará sus sistemas de medición para poder calcular el índice de calor con el registro de la temperatura y de la humedad y determinar sus promedios diarios. Dicha información deberá publicarse en la página de Internet de la Comisión Nacional del Agua.

Las inconformidades de localidades respecto de la medición y/o la ubicación de las estaciones de medición de la Comisión Nacional del Agua, serán atendidas por la Comisión Federal de Electricidad, quien podrá, en su caso, valorar la información de otras fuentes confiables para resolver. Asimismo, la Comisión Federal de Electricidad podrá concertar la instalación de nuevas estaciones de medición que satisfagan la necesidad de una medición objetiva y confiable.

Cuarto. La tarifa 1 PC se aplicará a solicitud expresa de la autoridad municipal, cuando se trate de una ciudad y sus localidades y de manera conjunta, entre las autoridades municipales, tratándose de áreas de consumo, integradas por zonas conurbadas, microrregiones o áreas metropolitanas.

Quinto. Para establecer los rangos en la tarifa 1 PC, de los consumos básico, intermedio 1, intermedio 2 y excedente, se utilizarán como referencia los listogramas correspondientes al mismo mes del año inmediato anterior, hasta que se disponga con la información oportuna de la Comisión Federal de Electricidad para cada facturación.

Sexto. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Energía, presentará a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, como Cámara de origen, la propuesta de estructuración de la Tarifa 1 PC-AG que tiene como propósito ofrecer tarifas más accesibles a las localidades, muni- cipios o regiones en donde están ubicadas las unidades de generación de energía eléctrica, con objeto de reflejar en las tarifas domésticas, los ahorros que por concepto de generación y de conducción, para favorecer el desarrollo social y regional.

Séptimo. Cuando el usuario del servicio doméstico solicite la facturación mensual de sus consumos, en lugar de la facturación bimestral, la Comisión Federal de Electricidad deberá acceder sin que esto implique cargo alguno para el usuario.

Octavo. A los jubilados y pensionados se les otorgará un descuento del 20 (veinte) por ciento sobre el consumo facturado en su servicio doméstico, en los rangos básico e intermedio 1.

Noveno. No se aplicará la tarifa 2, de servicio comercial, a las casas-habitación que de manera accesoria son utilizadas como pequeños comercios familiares, tanto en las comunidades indígenas, como en las áreas rurales y en las colonias populares.

Décimo. Con objeto de incrementar la participación de energías renovables en la producción eléctrica, el Ejecutivo Federal establecerá programas opcionales para los usuarios que deseen incorporarse al uso de este tipo de fuentes.

Decimoprimero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Decimosegundo. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores.—  México, DF, a 10 de abril de 2003.— Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica), Presidente;Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica), Secretaria.

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.— Lic. Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Túrnese a las comisiones unidas de Gobernación y Seguridad Pública y de Energía y con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Crédito Público.

 

REPUBLICA DE NICARAGUA

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Senado de la República.— LVIIILegislatura.— Presidencia de la Mesa Directiva.

CC. Secretarios de la  Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano General Brigadier ITM DEM Francisco Guizar Vega, para aceptar y usar la Condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar “Soldado de la Patria”, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.

Atentamente.

México, DF, a 10 de abril de 2003.— Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

MinutaProyecto de Decreto

ARTÍCULO ÚNICO.- Se concede permiso al ciudadano Gral. Brig. I.T.M. DEM FRANCISCO GUIZAR VEGA par aceptar y usar la Condecoración de la Medalla Honor al Mérito Militar “Soldado de la Patria”, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.

Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores.—  México, DF, a 10 de abril de 2003.— Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica), Presidente;Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica), Secretaria.

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.— Lic. Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

 

COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador de relaciones internas del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de las siguientes comisiones:

• Que el diputado Arturo Urquidi Astorga sustituya al diputado José Carlos Borunda Zaragoza, como integrante de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Que el diputado José Carlos Borunda Zaragoza sustituya al diputado Juan Camilo Mouriño Terrazo, como integrante en la Comisión de Energía.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 11 de abril de 2003.— Diputado Martí Batres Guadarrama, Presidente.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

De enterado.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador de relaciones internas del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de las siguientes comisiones:

• Que el diputado Marcos Pérez Esquer, se integre a la Comisión de Energía, para ocupar un lugar vacante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 11 de abril de 2003.— Diputado Martí Batres Guadarrama, Presidente.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

De enterado.

CODIGO CIVIL

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El siguiente capítulo es el de iniciativa, y para presentar una iniciativa que propone reformar diversas disposiciones del Código Civil Federal, tiene el uso de la palabra hasta por 10 minutos el diputado Martí Batres Guadarrama.

El diputado Martí Batres Guadarrama:

Con su permiso, señor Presidente:

El suscrito diputado integrante del grupo parlamentario del PRD, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presento para su análisis y dictamen, la siguiente iniciativa de decreto que adiciona los artículos 164-bis y 289-bis del Código Civil del Distrito Federal al tenor de la siguiente:

164-bis y 289-bis del Código Civil Federal, corrijo.

EXPOSICION   DE  MOTIVOS

La mujer es el motor de la historia y sin embargo, de facto y de jure, la modernidad trajo aparejada una gran marginación de dicho género. En México fueron obligadas a servir a sus esposos y a sus hijos hasta hace relativamente poco tiempo y ni siquiera se les otorgó la ciudadanía, sino hasta después de la cuarta década del Siglo XX.

El Código Civil de 1928 fue, entre comillas, “un gran avance” para aquella época, pues permitió por primera vez a la mujer heredar, contratar y poseer bienes. Además se estableció en ese Código el régimen de bienes mancomunados como opción de los matrimonios, con lo que se benefició a la mujer que con su participación en el hogar, sin duda alguna aporta a la creación de los patrimonios de las familias.

Se estableció entonces con ese código la facultad a la mujer de poseer un domicilio propio y de facultades para poder, sin autorización marital, servir en un empleo, ejercer una profesión o industria o dedicarse al comercio con la condición —se señalaba—, de “no descuidar los trabajos del hogar” entre comillas, así como administrar libremente sus propios bienes y disponer de ellos.

Desapareció la incapacidad legal para que pudiera ser tutriz, fiadora, testigo en testamentos y para ejercer mandato; se consideraron efectos jurídicos al concubinato a favor de los hijos y la concubina; se estableció como innovación el divorcio administrativo, entre otros avances de aquellas épocas.  Es evidente que las realidades de entonces y las de ahora son diferentes, esos cambios fueron sin duda importantes en su tiempo, pero hoy son claramente insuficientes.

De la concesión graciosa debemos transitar al reconocimiento de una histórica lucha a favor del respeto a su integridad que han dado las mujeres a lo largo de muchos años, cuya principal guía es y ha sido considerarlas sujetos de derecho y no fundamentalmente objetos de la ley.

De aquel Código Civil de 1928 a esta época, se han producido cambios legales que corresponden ya a otra generación, se trata ahora de establecer en leyes no sólo la igualdad jurídica ante la ley, sino acciones afirmativas a favor de la equidad de los géneros.

Así podemos señalar que hay tres etapas en la condición jurídica de la mujer: aquella en la que estuvo discriminada legalmente y ausente de derechos y de ciudadanía, una segunda etapa en la que se establece la igualdad jurídica del hombre y la mujer, es decir la igualdad de ambos géneros ante la ley y la tercera etapa que se ha iniciado es la de la acción afirmativa que reconoce la desigualdad entre el hombre y la mujer y establece las condiciones jurídicas y normativas para alcanzar dicha igualdad.

La ciudadanía a la mujer, la creación de institutos públicos de mujeres, los presupuestos con perspectiva de género, los porcentajes mínimos en la legislación electoral para las candidaturas o leyes como la Ley para Prevenir y Sancionar la discriminación, de reciente aprobación en esta Cámara, forman parte de esas acciones afirmativas que buscan combatir la marginación femenina. Sin embargo, todavía falta mucho por hacer en este terreno.

La iniciativa que hoy presento se inscribe en ese esfuerzo de seguir avanzando en la erradicación de la desigualdad de oportunidad que todavía prevalece entre el hombre y la mujer.

Planteo adicionar dos artículos al Código Civil Federal, para que se reconozca de manera expresa el trabajo en el hogar o el cuidado de los hijos como contribución económica al sostenimiento del hogar.  Y para hacer eficaz esa disposición y que no sea sólo declarativa, planteo igualmente la posibilidad de que en la demanda de divorcio pueda demandar aquel cónyuge que se dedicó al hogar o al cuidado de los hijos y se casó por bienes separados y no tiene bienes propios, hasta el 50% de los bienes que se generaron por el otro cónyuge durante la duración del matrimonio.

Se trata de responder con leyes a una realidad que se vuelve tragedia cuando aquél que ayudó a la creación de la riqueza económica en el hogar al cuidar a los hijos y trabajar en la casa para que el otro cónyuge saliera a trabajar  a la  calle, ante un divorcio o una separación se queda en absoluto abandono.

No se necesita mucho pensar para saber que esta realidad indignante se presenta muchísimo más veces en las mujeres que en los hombres. Buscamos sin cortapisas equiparar hasta donde es posible, el trabajo en el hogar con el trabajo que se hace fuera de la casa y por los que se devenga un salario y se tienen prestaciones.

En el caso de las mujeres que trabajan en el hogar, mucho por cierto, no solo no perciben salario ni prestaciones ni reconocimiento a su tarea cotidiana, no tienen una jornada de 8 horas, no tienen aguinaldo ni prima vacacional ni otro tipo de prestaciones o vacaciones.  Trabajan sin descanso y ni siquiera cuentan con la seguridad de estar construyendo un patrimonio común, junto con su cónyuge.

Por ello planteamos que al menos tengan la seguridad de que su trabajo vale económicamente lo mismo que el que realiza su cónyuge y que no quedará desamparada si en algún momento se divorcia, pues lo que se construyó económicamente en el hogar, también es obra suya.

En algunas entidades de la República como el Distrito Federal, ya se ha avanzado en este terreno, reconociendo el valor económico del trabajo que se realiza en el hogar por alguno de los cónyuges particularmente por la mujer.

Sin embargo a nivel federal la legislación civil está más atrasada. Finalmente no escapa a nuestro conocimiento que a la par de los cambios legales que debemos hacer, debemos poner empeño en propiciar los cambios de los patrones culturales y esa es una tarea de todos los días. 

Por lo anteriormente expuesto y fundado presento la siguiente iniciativa de reformas al Código Civil Federal para quedar como sigue:

Iniciativa

De decreto por el que se adicionan los artículos 164-bis y 289-bis del Código Civil Federal.

Artículo primero.  Se adicionan los artículos 164-bis y 289-bis para quedar como sigue:  

Artículo 164-bis.  El desempeño del trabajo en el hogar o el cuidado de los hijos se estimará como contribución económica al sostenimiento del hogar.

Artículo 289-bis.  En la demanda de divorcio los cónyuges podrán demandar del otro hasta una indemnización de hasta el 50% del valor de los bienes que hubiere adquirido durante el matrimonio, siempre que:

I. Hubieran estado casados bajo el régimen de separación de bienes.

II. El demandante se haya dedicado en el lapso que duró el matrimonio, preponderantemente al desempeño del trabajo del hogar y en su caso al cuidado de los hijos y;

III.  Durante el matrimonio el demandante no haya adquirido bienes propios o habiéndolos adquirido sean notoriamente menores a los de la contraparte.

El juez de lo familiar en la sentencia de divorcio habrá de resolver atendiendo las circunstancias especiales del caso.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por la equidad de los géneros convocamos a todos los grupos parlamentarios a aprobar esta reforma que rige ya en algunos códigos civiles, como es el caso del Código Civil del Distrito Federal. 

Muchas gracias por su atención.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

GOBIERNO MUNICIPAL

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Para presentar una iniciativa que reforma diversos ordenamientos legales para dar cumplimiento al artículo segundo transitorio del decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 1999, tiene el uso de la palabra, hasta por 10 minutos, la diputada Beatriz Patricia  Lorenzo Juárez.

La  diputada Beatriz Patricia Lorenzo Juárez: 

Con el permiso de la Presidencia:

Honorable Asamblea: la suscrita, diputada federal de la representación parlamentaria del Partido Alianza Social, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II, 72 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica la Ley de Información Estadística y Geográfica, la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, la Ley de Vías Generales de Comunicación, la Ley del Diario Oficial de la Federación y gacetas gubernamentales, la Ley Federal de Radio y Televisión, la Ley General de Educación, la Ley General de Protección Civil, la Ley General de Vida Silvestre, al tenor de la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

El pasado 23 de diciembre de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reforma al artículo 115 Constitucional en cuyo artículo segundo transitorio se establece que los estados deberán adecuar sus constituciones y leyes conforme a lo dispuesto en este decreto a más tardar en un año, a partir de su entrada en vigor.

En su caso, el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones a las leyes federales correspondientes.

El mandato que establece este artículo segundo transitorio, en su primera parte, compete exclusivamente a las legislaturas estatales; sin embargo, en su segunda parte dicho artículo mandata la adecuación de la legislación federal secundaria que compete exclusivamente al honorable Congreso de la Unión.

La reforma constitucional al artículo 115, en 1999, representó sin duda un parteaguas para el federalismo mexicano, dado que el federalismo dual que inició a mediados del Siglo XIX y que se consolidó durante casi todo el Siglo XX con la reforma, tuvo que dar paso al federalismo tripartita, que surgió paralelamente en el inicio del Siglo XXI.

Dado que este federalismo dual tuvo una vigencia de más de un siglo en la historia de México, la legislación federal secundaria se fue construyendo de acuerdo a un esquema de participación de las dos instancias de Gobierno reconocidas constitucionalmente. Es decir, durante mucho tiempo se diseñaron reglas para un juego de dos.

Sin embargo, con la reforma al 115 constitucional, en 1999, se reconoció al municipio como instancia de gobierno y, por lo tanto, se tendrán que rediseñar estas reglas del juego, pero ahora para un juego de tres actores.

Grande es el reto si en verdad se quiere seguir avanzando hacia un verdadero federalismo en México, dado que lo estipulado en este artículo segundo transitorio va más allá de una simple adecuación conceptual al insertar textualmente el término de “gobierno municipal” en las leyes federales porque en él se puede visualizar la oportunidad para realizar una reingeniería a la legislación secundaria federal que dé paso al nuevo esquema de relaciones intergubernamentales entre el municipio, la entidad federativa y el Gobierno Federal.

Hoy, tenemos que asumir nuestra responsabilidad como Poder Legislativo Federal al dar cumplimiento pleno al mandato que se especifica en este artículo segundo transitorio del derecho de reforma al artículo 115 constitucional, sin importar que esto se suscriba a una adecuación sólo del término del gobierno municipal, porque para avanzar en la nueva arquitectura del federalismo mexicano es necesario primeramente establecer los cimientos de dicha arquitectura al reconocer de inicio al municipio como gobierno en esta legislación secundaria, al igual que se reconoce la fracción I del artículo 115 constitucional al estipular que el municipio será gobernado por un ayuntamiento.

Es importante enfatizar que para enfatizar donde faltaba incorporar la figura del gobierno municipal se analizó en su totalidad la legislación federal secundaria y se identificaron un total de nueve leyes federales que aún no incorporan esta figura de gobierno que estipula el decreto de reforma de 1999.

Por lo anteriormente expuesto y con el fin de subsanar este mandato en cuanto a su terminología, me permito someter a la consideración de esta honorable Asamblea el presente

proyecto

De decreto de reformas y adiciones a la Ley de Información Estadística y Geográfica en sus artículos 2o. primer párrafo fracción III, 6o. segundo párrafo, 14 primer párrafo, 25 primer párrafo, etcétera.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. Las presentes reformas y adiciones estarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y

Segundo. Quedan sin efecto las disposiciones que al entrar en vigor del presente contravengan las disposiciones del mismo.

Palacio Legislativo.— San Lázaro a 14 de abril de 2003.— Suscriben la presente iniciativa el diputado José Antonio Calderón Cardoso y una servidora, Beatriz Lorenzo Juárez, y los dos integrantes del Partido Alianza Social. Y por obviedad de tiempo solicitaré a la Presidencia que se inserte íntegra la presente iniciativa en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Túrnese a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Fortalecimiento del Federalismo.

«CC. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LVIIILegislatura Federal.— Presentes.

La suscrita diputada federal de la representación parlamentaria del Partido Alianza Social, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, 72  y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica la Ley de Información Estadística y Geográfica; la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles; la Ley de Vías Generales de Comunicación; la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; la Ley Federal de Radio y Televisión; la Ley General de Educación; la Ley General de Protección Civil, y la Ley General de Vida Silvestre, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El pasado 23 de diciembre de 1999, se publico en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto de Reforma al Artículo 115 Constitucional; en cuyo artículo segundo transitorio se establece que los Estados deberán adecuar sus constituciones y leyes conforme a lo dispuesto en este decreto a más tardar en un año a partir de su entrada en vigor. En su caso, el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones a las leyes federales correspondientes.

El mandato que establece este artículo segundo transitorio en su primera parte, compete exclusivamente a las Legislaturas estatales; sin embargo, en su segunda parte dicho artículo, mandata la adecuación de la legislación federal secundaria, que compete exclusivamente al H. Congreso de la Unión.

La  reforma   constitucional  al artículo  115  en  1999,  representó   sin duda un parteaguas para el federalismo mexicano; dado que el federalismo dual que inicio a mediados del siglo XIX, y que se consolido durante casi todo el siglo XX, con la reforma tuvo que dar paso al federalismo tripartita que surgió paralelamente con el inicio del siglo XXI.

Dado que este federalismo dual, tuvo una vigencia de más de un siglo en la historia de México; la legislación federal secundaria se fue construyendo de acuerdo a un esquema de participación de las dos instancias de gobierno,  reconocidas constitucionalmente. Es decir, durante mucho tiempo se diseñaron reglas para un juego de dos; sin embargo, con la reforma al 115 constitucional en 1999, se reconoció al municipio como instancia de gobierno y por lo tanto se tendrán que rediseñar estas reglas del juego, pero ahora para un juego de tres actores.

Grande es el reto si en verdad se quiere seguir avanzando hacia un verdadero federalismo en México, dado que lo estipulado en este artículo segundo transitorio, va más allá de una simple adecuación conceptual, al insertar textualmente el término de gobierno municipal en las leyes federales; por que en él, se puede visualizar la oportunidad para realizar una reingeniería a la legislación secundaria federal que dé paso al nuevo esquema de relaciones intergubernamentales entre el municipio, la entidad federativa y el gobierno federal.

Hoy tenemos que asumir nuestra responsabilidad como Poder Legislativo Federal al dar cumplimiento pleno al mandato que se especifica en este artículo segundo transitorio del Decreto de Reforma al Artículo 115 Constitucional, sin importar que esto se suscriba a una adecuación sólo del término de Gobierno Municipal, por que para avanzar en la nueva arquitectura del federalismo mexicano, es necesario primeramente establecer los cimientos de dicha arquitectura al reconocer de inicio al municipio, como gobierno en esta legislación secundaria, al igual que se reconoce en la fracción I, del artículo 115 constitucional al estipular que el municipio será gobernado por un ayuntamiento.

Es importante enfatizar que para identificar donde faltaba incorporar la figura del gobierno municipal, se analizó en su totalidad la legislación federal secundaria y se identificaron un total de nueve leyes federales que aún no incorporan esta figura de gobierno que estipula el decreto de reforma de 1999.

Por lo anteriormente expuesto; y con el fin de subsanar este mandato, en cuanto a su terminología, me permito someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente:

Proyecto de decreto de reformas y adiciones a la Ley de Información Estadística y Geográfica en sus artículos 2, primer párrafo, fracción III; 6, segundo párrafo; 14, primer párrafo; 25, primer párrafo, fracción IV; 30, primer párrafo, fracción II; 32, primer párrafo, fracción III, y 35, primer párrafo; a la Ley de la Comisión Reguladora de Energía en su artículo 3, primer párrafo, fracción II; a la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles en su artículo 38, primer párrafo; a la Ley de Vías Generales de Comunicación en su artículo 44, primer párrafo; a la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales en su artículo 8, primer párrafo; a la Ley Federal de Radio y Televisión en su artículo 55, primer párrafo, fracción I; a la Ley General de Educación en sus artículos 1, cuarto párrafo, fracción III; 15, primer párrafo; 15, segundo párrafo, y 15, tercer párrafo; a la Ley General de Protección Civil en su artículo 5, primer párrafo, y la Ley General de Vida Silvestre en sus artículos 1, primer párrafo; 6, primer párrafo, y 8, primer párrafo.

Artículo Primero: Se reforma por modificación, la fracción III, del primer  párrafo, del artículo 2; el segundo párrafo, del artículo 6; el primer párrafo, del artículo 14; la fracción IV, del primer párrafo, del artículo 25; la fracción II, del primer párrafo, del artículo 30; la fracción III, del primer párrafo, del artículo 32, y el primer párrafo, del artículo 35, de la Ley de Información Estadística y Geográfica, para quedar como sigue:

Artículo 2.- ...

I.- ...

II.- ...

III.- Fijar las bases para coordinar la participación y colaboración que corresponda a los gobiernos de las entidades federativas y a los gobiernos municipales, así como para promover, cuando se requiera, la colaboración de los particulares y de los grupos sociales interesados, a efecto de mejorar el funcionamiento de los servicios mencionados en la fracción anterior;

Artículo 6.- ...

En los términos del párrafo anterior, los gobiernos de los Estados y los gobiernos de los municipios proveerán, en la esfera de sus respectivas competencias, a la observancia de esta Ley y coadyuvarán a la consecución de los objetivos propuestos para su cumplimiento.

Artículo 14.- La ordenación y regulación de las actividades necesarias para la debida integración de los sistemas nacionales se llevará a cabo a través de los programas nacional, sectoriales y regionales de desarrollo de estadística y de información geográfica. La elaboración y revisión de éstos, a través de los procedimientos participativos establecidos por esta Ley, serán responsabilidad, respectivamente, de la Secretaría, de las dependencias que funjan como coordinadoras de sector en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y de los gobiernos de las entidades federativas y de los gobiernos de los municipios . El Ejecutivo Federal, conjuntamente con dichos gobiernos, convendrán los procedimientos para elaborar los programas regionales, así como los demás que se requieran para su adecuada ejecución y para la observancia de las normas y disposiciones de carácter general que dicte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría, en los términos de esta Ley.

Artículo 25.- ...

I.- ...

II.- ...

III.- ...

IV.- La colaboración de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de los gobiernos de los estados y de los gobiernos de los municipios, y demás usuarios en la captación, procesamiento y presentación de la información estadística y geográfica.

Artículo 30.- ...

I.- ...

II.- Solicitar de las dependencias y entidades, de los poderes y de las demás instituciones públicas, así como convenir con los gobiernos de los Estados y con los gobiernos de los municipios la formación de estadísticas especiales, básicas o derivadas;

Artículo 32.- ...

I.- ...

II.- ...

III.- Los gobiernos de los Estados y los gobiernos de los municipios, conforme a los convenios relativos;

Artículo 35.- Para los fines de la presente Ley, son usuarios de los sistemas nacionales, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los gobiernos de las entidades federativas, los gobiernos de los municipios, los poderes e instituciones sociales y privadas, así como los particulares que utilicen el servicio público de información estadística y geográfica.

Artículo Segundo: Se reforma por modificación, la fracción II, del primer  párrafo, del artículo 3, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, para quedar como sigue:

Artículo 3.- Para el cumplimiento de su objeto, la Comisión tendrá las atribuciones siguientes:

I.- ...;

II.- Aprobar los criterios y las bases para determinar el monto de las aportaciones de los gobiernos de las entidades federativas, de los gobiernos de los municipios y beneficiarios del servicio público de energía eléctrica, para la realización de obras específicas, ampliaciones o modificaciones de las existentes, solicitadas por aquellos para el suministro de energía eléctrica;

Artículo Tercero: Se reforma por modificación, el primer  párrafo, del artículo 38, de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, para quedar como sigue:

Artículo 38.- El otorgamiento de la Condecoración Miguel Hidalgo no está sujeto a periodicidad, ni a convocatoria, ni a límite de beneficiarios. Podrá promoverse en cualquier tiempo y por cualquier persona física o moral; pero merecerán preferente atención las promociones de los Gobiernos de las Entidades Federativas, de los Gobiernos de los Municipios, de las Universidades y Centros de Enseñanza Superior y de las Instituciones y Asociaciones de Servicio Social.

Artículo Cuarto: Se reforma por modificación, el primer  párrafo, del artículo 44, de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para quedar como sigue:

Artículo 44.- En ningún caso se permitirá la construcción de edificios, líneas de transmisión eléctrica, postes, cercas y demás obras que pudieran entorpecer el tránsito de las vías generales de comunicación. El que con cualquiera obra o trabajo invada una vía de comunicación, está obligado a demoler la obra ejecutada en la parte invadida, y a hacer las reparaciones que se requieran en la misma. La Secretaría o el concesionario, con autorización de ésta, procederá a ejecutar ambas cosas con cargo de cuenta para el invasor, sea éste un particular, gobierno municipal o gobierno estatal.

Artículo Quinto: Se reforma por modificación, el primer  párrafo, del artículo 8, de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, para quedar como sigue:

Artículo 8.- El Diario Oficial de la Federación será distribuido gratuitamente a los tres Poderes de la Unión. Los gobernadores de los estados recibirán una cantidad suficiente de ejemplares del Diario Oficial de la Federación, de tal manera que en forma oportuna lo hagan llegar a los demás Poderes Locales y a los gobiernos municipales, para estar en posibilidad de cumplir y hacer cumplir las leyes federales.

Artículo Sexto: Se reforma por modificación, la fracción I, del primer  párrafo, del artículo 55, de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue:

Artículo 55.- Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior:

I.- Los convenios celebrados por las difusoras, con el Gobierno Federal, con los gobiernos estatales, con los gobiernos municipales y organismos públicos, en interés de la Sociedad o de un servicio público;

Artículo Séptimo: Se reforma por modificación, la fracción III, del cuarto  párrafo, del artículo 1; el primer párrafo, del artículo 15; el segundo párrafo, del artículo 15 y el tercer párrafo, del artículo 15, de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 1.- ...

Esta ley ...

La función social...

La aplicación...

Para efectos de la presente ley, se entenderá por:

III.- Autoridad educativa al gobierno de cada municipio

Artículo 15.- El gobierno de cada municipio podrá, sin perjuicio de la concurrencia de las autoridades educativas federal y locales, promover y prestar servicios educativos de cualquier tipo o modalidad. También podrá realizar actividades de las enumeradas en las fracciones V a VIII del Artículo 14.

El gobierno de cada entidad federativa promoverá la participación directa de los gobiernos municipales para dar mantenimiento y proveer de equipo básico a las escuelas públicas estatales y municipales.

El gobierno de cada entidad federativa y los gobiernos municipales podrán celebrar convenios para coordinar o unificar sus actividades educativas y cumplir de mejor manera las responsabilidades a su cargo.

Artículo Octavo: Se reforma por modificación, el primer  párrafo, del artículo 5, de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:

Artículo 1.- Los Poderes Legislativo y Judicial de la Unión, los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y los gobiernos de los municipios, así como la población que colabora con las dependencias del Ejecutivo Federal, se podrán sumar para que las acciones de protección civil se realicen en forma coordinada y eficaz.

Artículo Noveno: Se reforma por modificación, el primer  párrafo, del artículo 1; el primer párrafo, del artículo 6 y el primer párrafo, del artículo 8, de la Ley General de Vida Silvestre, para quedar como sigue:

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público y de interés social, reglamentaria del párrafo tercero del artículo 27 y de la fracción XXIX, inciso G del artículo 73 constitucionales. Su objeto es establecer la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los gobiernos de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, relativa a la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República Mexicana y en las zonas en donde la Nación ejerce su jurisdicción .

Artículo 6.- El diseño y la aplicación de la política nacional en materia de vida silvestre y su hábitat corresponderá, en sus respectivos ámbitos de competencia, a los gobiernos de los municipios, a los gobiernos de los Estados y del Distrito Federal, así como al Gobierno Federal.

Artículo 8.- Los gobiernos de los municipios, los gobiernos de los Estados y del Distrito Federal, así como el Gobierno Federal ejercerán sus atribuciones en materia de conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre, de conformidad con lo previsto en los siguientes artículos.

Transitorios

Primero. Las presentes reformas y adiciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Quedan sin efecto las disposiciones que a la entrada en vigor del presente, contravengan las disposiciones del mismo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de  abril del  2003.— Diputados: Beatriz  P. Lorenzo Juárez, José A. Calderón Cardoso (rúbricas).»

 

EDUCACION SUPERIOR

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra para presentar una iniciativa que adiciona los artículos 14 fracción IV, 13 fracción IV y 26 fracción IX y el artículo noveno transitorio de la Ley de Ciencia y Tecnología, así como el Capítulo III en sus artículos 26 y 27 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, el diputado Jorge Luis García Vera.

El diputado Jorge Luis García Vera:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El financiamiento de la educación es un tema complejo que incluye aspectos de política fiscal y un amplio espectro de política micro que impactan tanto a la equidad como a la posibilidad de la calidad en los resultados.

Desde las primeras décadas del siglo pasado México hizo esfuerzos significativos para construir un sistema educativo nacional sólido y financiarlo adecuadamente y desde finales de los años setenta comenzó a financiar también a la investigación científica-tecnológica.

Los resultados en términos generales fueron positivos, ampliación de la cobertura de un sistema educativo que en su momento fue objeto de amplio reconocimiento internacional y ensanchamiento de la capacidad de innovación del país. Sin embargo, el esfuerzo no fue ni ha sido suficiente ni equitativo.

En las últimas décadas, lo sabemos todos se ha observado una caída y estancamiento sostenido del financiamiento fiscal a la educación, con las consecuencias también de todos conocidas. Entre otras muchas cosas se provocan graves tolerancias de infraestructura adecuada, equipamiento moderno y materiales necesarios en los planteles para enfrentar la acelerada transformación del conocimiento científico-tecnológico que caracteriza a nuestros tiempos.

Desde la reunión en México de los ministros de Educación de América Latina y El Caribe de 1976, la UNESCO estima que debe dedicarse del 7% al 8% del PIB a la inversión pública de educación y del 1% al 1.5% a la investigación e innovación científica-tecnológica

Siguiendo estas recomendaciones en esta Cámara de Diputados tomamos acciones para llevar la inversión pública de educación al 8% del Producto Interno Bruto, en la actualidad alcanza el promedio del 5.2% para Educación y apenas el 0.1% para Ciencia y Tecnología.

Para el problema del financiamiento no se reduce sólo a su monto, se requieren asimismo de reformas en los mecanismos de financiamiento y control de los recursos presupuestarios que permitan que los usuarios finales de los servicios educativos optimicen su ejercicio.

La insuficiencia de recursos se agrava con las deficiencias en los mecanismos, formas y oportunidades con que se distribuyen y obligan a que, además del financiamiento fiscal, las familias y comunidades se vean obligadas a aportar recursos para solventar las deficiencias de las formas y mecanismos de financiamiento para el sostenimiento y operación de los planteles.

Estas deficiencias obligan a realizar importantes esfuerzos en gastos asociados a la asistencia a la escuela, cuotas para cubrir costos de operación, aportaciones en la construcción, mantenimiento y equipamiento y, en algunos casos, para la subsistencia de los maestros.

Por todo esto, hay que añadir la irregularidad en la liberación del financiamiento durante el año fiscal a las instituciones educativas y la investigación que recibe el subsidio dejándolas la mayor parte del año sin recursos para operar y en situaciones de muy alta fragilidad financiera que provocan incertidumbre en la posibilidad de mantener el ritmo de las actividades programadas y círculos viciosos que obligan en la mayoría de los casos a cancelar programas y proyectos.

Por estas razones y en ejercicio de las facultades que me otorga la Constitución Política, la Ley Orgánica y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a proponer a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa de decreto para hacer adiciones a la Ley de Ciencia y Tecnología en sus artículos 12 fracción XIV, 13 fracción IV, 26 fracción IX y noveno transitorio así como la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, Capítulo III del Ejercicio del Gasto Público general en sus artículos 26 y 27 para quedar como sigue:

Ley de Ciencia y Tecnología, Capítulo III. Principios orientadores del apoyo a la actividad científica-tecnológica.

Artículo 12, fracción XIV. Los apoyos a las actividades científicas y tecnológicas deberán ser oportunos y suficientes para garantizar la continuidad de las investigaciones en beneficio de sus resultados, mismos que deberán ser evaluados.

Los recursos destinados a las instituciones de Educación Superior por concepto de subsidio para el financiamiento de sus actividades, se harán en ministraciones mensuales adelantadas, sobre la base de la programación de sus necesidades de gasto corriente, de operación y de inversión. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público transferirá estos recursos a las instituciones dentro de las dos primeras semanas de cada mes.

Para garantizar la oportuna ministración de recursos, se estará en lo conducente a lo dispuesto en el párrafo tercero de la fracción X del artículo 59 de esta ley.

Capítulo IV

Instrumentos de apoyo a la investigación científico  tecnológica.

Disposiciones generales

Artículo 3o., fracción IV. Los recursos federales que se otorgan dentro del Presupuesto Anual de Egresos de la Federación a las Instituciones de Educación Superior Pública y que conforme a sus programas y normas internas, destinan para la realización de actividades de investigación científica y tecnológica para el cálculo y determinación de los presupuestos de estas instituciones, se estará en lo conducente a lo dispuesto en la fracción VI del artículo 50 de esta ley.

Sección Cuarta

Fondos

Artículo 26, fracción IX. Los recursos de origen fiscal autogenerados de terceros o cualquier otros que ingresen a los fondos que se establezcan conforme a lo dispuesto en esta ley, no se revertirán en ningún caso al Gobierno Federal y a la terminación del contrato del fideicomiso por cualquier causa legal o contractual, los recursos que se encuentren en el mismo pasarán al patrimonio del fideicomitente.

Los órganos desconcentrados y organismos descentralizados, así como los planteles y centros de investigación de las dependencias que presten servicios de educación básica, media superior, superior de posgrado y de investigación que generen recursos propios que recauden por prestación de servicios, venta de bienes derivados de sus actividades sustantivas o por cualquier otra vía diversa de los recursos presupuestarios, podrán disponer de ellos directamente para ser aplicados a gastos relacionados con sus objetivos y programas institucionales, sin tener que concentrarlos previamente a la Tesorería de la Federación.

Para el cálculo y determinación de los presupuestos de estas instituciones de los ejercicios posteriores, se estará en lo conducente a lo dispuesto en la fracción VI del artículo 50.

En la determinación del destino y aplicación de estos recursos se estará en lo conducente, a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53 de esta ley.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero a octavo. Como quedan.

Noveno. Solamente en lo previsto por esta ley, se aplicará en forma supletoria a la Ley de Presupuesto, Contabilidad, Gasto Público Federal y sus disposiciones reglamentarias.

En ningún caso podrán aplicarse como supletorias de las aquí establecidas, otras disposiciones contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

Capítulo III

Del ejercicio del Gasto Público Federal

Artículo 25. Los recursos que se destinan al gasto de mantenimiento y conservación del edificio, anexos, equipo de laboratorio, talleres y auxiliares didácticos, materiales de consumo y para adquisición de material didáctico para planteles educativos en todos sus niveles y centros de investigación, le serán transferidos para su aplicación y administración directa por las direcciones de los mismos, con participación de sus consejos técnicos.

El ejercicio, control y evaluación de estos recursos se realizará conforme a la normatividad que al efecto dicten las respectivas coordinaciones sectoriales y direcciones generales con criterios de equidad, calidad, eficiencia, transparencia y oportunidad.

Artículo 26. La administración de los fondos correspondientes será autorizada en todos los casos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado por la Cámara de Diputados.

En lo concerniente a los recursos destinados a las instituciones de educación superior por concepto de subsidio para el financiamiento de sus actividades, se estará a lo dispuesto en la fracción XIV del artículo 12 de la Ley de Ciencia y Tecnología, en ningún caso podrá aplicarse como supletorios de esta disposición, disposiciones contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, México DF, a 14 de abril de 2003.— Y firman la presente iniciativa, un servidor diputado Jorge Luis García Vera y el diputado Enrique Meléndez Pérez.

Muchísimas gracias.

Ruego al Presidente, en obvio de tiempo se anexe tal y como lo presentamos.

Gracias.

«Con la venia de la Presidencia:

Uno de los rasgos que ha caracterizado a la Cámara de Diputados en la presente Legislatura ha sido su preocupación por la educación, compartida por todos los grupos parlamentarios.

Más allá de las legítimas diferencias que como grupos parlamentarios identifican nuestras maneras de concebir la educación, el sistema y el servicio educativo, en la Comisión de Educación hemos trabajado a partir de acuerdos básicos respecto a la función social de la educación y a las políticas necesarias para alcanzar mayor equidad y eficiencia.

Tenemos claro que la educación es elemento central de cualquier modelo de desarrollo, y que cada proyecto nacional se apoya en un proyecto educativo para ser viable.

Conocemos la influencia que, como fenómeno acumulativo, tiene la educación en el desarrollo de las naciones: por un lado, el incremento de la escolaridad es factor determinante para el incremento del Producto Interno Bruto y la productividad. Es también factor determinante en el desarrollo de las capacidades ciudadanas para la justicia social, la democracia, la tolerancia y la solidaridad.

Sabemos que sus beneficios son mayores en países pobres, como México. A pesar de las dudas que pudiera suscitar en algunos el hecho de pertenecer al selecto club de los países ricos y tener una elite cuyos miembros se encuentran entre las personas más acaudaladas del mundo.

Ha estado fuera de discusión la necesidad de elevar la inversión pública en este renglón, y ha prevalecido el convencimiento de que la mejor formación de cada persona es un bien en sí mismo, y no debe reducirse a su dimensión económica ni a utilidad social de corto plazo.

La importancia que el tema educativo tiene para la actual Legislatura la demuestra el hecho de que en algo más dos años la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, que me honro en presidir, ha recibido  iniciativas de reformas constitucionales,  de reformas a diversos ordenamientos legales, y puntos de acuerdo.

De estas iniciativas hemos emitido un total de dictámenes. Todos estos han sido aprobados por este Pleno en el sentido que fueron dictaminados por la Comisión.

Los dictámenes emitidos atienden asuntos tan variados como las reformas legales sobre derechos de autor, sobre los derechos lingüísticos de las etnias, sobre la admisión en planteles regulares de personas con discapacidades.

Algunos de los asuntos aprobados tienen un significado histórico. En su correcta aplicación por el Ejecutivo, pueden constituir verdaderos parteaguas para el desarrollo educativo y del país.

Este es el caso de la reforma constitucional que hace de preescolar un nivel educativo constitucionalmente obligatorio.

Lo es también la reforma legal que establece en un mínimo de 8% del Producto Interno Bruto el financiamiento federal que año con año debe dedicarse al renglón educativo, del cual el 1% debe destinarse al desarrollo de la ciencia y la tecnología.

Compañeras y compañeros diputados:

El financiamiento de la educación es un tema complejo, que incluye aspectos de política fiscal, y un amplio espectro de políticas micro que impactan tanto a la equidad como a la posibilidad de calidad en los resultados.

Desde las primeras décadas del siglo pasado, México hizo esfuerzos significativos para construir un sistema educativo nacional sólido y financiarlo adecuadamente; y desde finales de los años setenta comenzó a financiar también a la investigación científico-tecnológica.

Los resultados, en términos generales fueron positivos: ampliación de la cobertura de un sistema educativo que en su momento fue objeto de amplio reconocimiento internacional, y ensanchamiento de la capacidad de innovación del país. Sin embargo, el esfuerzo no fue ni ha sido suficiente ni equitativo.

En las últimas décadas, lo sabemos todos, se ha observado un caída y estancamiento sostenidos del financiamiento fiscal a la educación, con las consecuencias también de todos conocidas.

Entre otras muchas cosas, se provocaron graves falencias de infraestructura adecuada, equipamiento moderno y materiales necesarios en los planteles, para enfrentar la acelerada transformación del conocimiento científico-tecnológico que caracteriza nuestros tiempos.

Desde la reunión en México de los Ministros de Educación de América Latina y el Caribe, de 1976, la UNESCO estima que debe dedicarse del 7 al 8% del PIB a la inversión pública en educación y del 1 al 1.5% a investigación e innovación científico-tecnológica.

Siguiendo estas recomendaciones, en esta Cámara de Diputados tomamos acciones para llevar la inversión pública en educación al 8% del Producto Interno Bruto. En la actualidad alcanza en promedio sólo 5.2% para educación y apenas 0.1% para ciencia y tecnología.

Pero el problema del financiamiento no se reduce sólo a su monto. Se requieren asimismo de reformas en los mecanismos de financiamiento y control de los recursos presupuestarios, que permitan que los usuarios finales de los servicios educativos optimicen su ejercicio.

Además de la recomendación sobre el monto del financiamiento, que hemos atendido en esta Cámara, no sin resistencias, en la reunión de ministros de Kingston, Jamaica, de 1996, éstos emitieron una nueva recomendación, que han venido reiterando, en el sentido de que

“...a pesar de que los gobiernos han aumentado el presupuesto asignado a educación, éste sigue siendo insuficiente al ser considerado en relación con el lugar que la educación ocupa en el desarrollo de los países. Por ello, es necesario continuar incrementando los recursos para el cambio educativo y mejorar al mismo tiempo la eficiencia de su utilización, tanto al nivel de la institución escolar como del sistema en su conjunto... mejorar la capacidad de gestión: mayor protagonismo de la comunidad educativa local y un papel más estratégico de la administración central...”.

Esta es una recomendación que se refiere a un conjunto muy complejo de asuntos que afectan la vida cotidiana del sistema educativo, tocan intereses concretos y políticamente son poco lucidoras. Quizás por ello todos los actores educativos esta recomendación la hemos atendido menos, la sacamos poco a relucir y le hemos dado un lugar secundario.

Sin embargo, son temas muy potentes que remiten a políticas que afectan directamente la equidad y las posibilidades de calidad en los resultados de los servicios. En un país tan diverso y con desigualdades tan marcadas como el nuestro, no atender estos aspectos resulta inadmisible.

Entre estas políticas destacan, muy señaladamente, las que se refieren a los aportes de las familias y las comunidades al gasto directo y a los gastos remanentes de la gratuidad educativa, y las que se refieren a las formas en que se distribuyen, ejercen y fiscalizan los recursos que se asignan como gasto corriente para que los planteles puedan funcionar adecuadamente y en condiciones dignas.

La insuficiencia de recursos se agrava con las deficiencias en los mecanismos, formas y oportunidad con que se distribuyen y obligan a que, además del financiamiento fiscal, las familias y comunidades se vean obligadas a aportar recursos para solventar las deficiencias de las formas y mecanismos de financiamiento para el sostenimiento y operación de los planteles.

Estas deficiencias obligan a realizar importantes esfuerzos en gastos asociados a la asistencia a la escuela, cuotas para cubrir costos de operación, aportaciones en la construcción, mantenimiento y equipamiento, y en algunos casos, para la subsistencia de los maestros.

Aportaciones que resultan, peso a peso, más onerosas en la medida en que familias y comunidades son más pobres. Aun así, hemos escuchado voces que pretenden que estos gastos sean computados para el cálculo del financiamiento educativo en términos de PIB.

La eficiencia en el uso y control de los recursos incide de manera significativa en reducir costos, incrementar la calidad de los servicios y reducir las cargas económicas de gastos remanentes de las familias y comunidades.

Por el lado de los costos existe una larga lista de factores que se deben revisar para evitar despilfarros y mal uso de recursos, sin afectar calidad y cobertura. Sobresale el desperdicio de recursos que deriva de la excesiva centralización, que provoca asignaciones y ejercicios inadecuados sin que las comunidades educativas tengan posibilidad de opinión, y menos aún de decisión.

Por el lado del control los esfuerzos, en términos generales, han resultado estériles, a tal punto que el proceso de control resulta más oneroso que el gasto o la inversión presuntamente controlados.

La experiencia muestra que la eficiencia del control varía según se trate de la ejecución financiera o de la naturaleza del gasto: se controla la ejecución presupuestaria, de tal modo que se pueden determinar los montos gastados y los organismos de ejecución; pero se ignora la índole real de lo ejercido.

Confundir “control” y “fiscalización” con tramitología y burocratitis, ha resultado en medidas tan poco racionales como impedir la transferencia de recursos de gasto de operación a los planteles, ocasionando que su ejercicio se haya convertido en un laberinto de restricciones, regulaciones, controles y ministraciones fuera de tiempo.

Muy a pesar de las intenciones reiteradas cotidianamente en los discursos, e incluso en contra de disposiciones legales vigentes, a los planteles educativos y centros de investigación que generan recursos propios a través de sus actividades sustantivas o por aportaciones de particulares, su eficiencia se la revertimos en castigo.

Los recursos autogenerados por las instituciones educativas y centros de investigación, no resultan de la nada, sino del trabajo de las comunidades de los planteles, aplicando los recursos fiscales que se les dedican a programas aprobados, cuya dinámica y desarrollo no depende de la voluntad burocrático-administrativa.

Los resultados de estos programas de formación e investigación, se vierten en el corto y largo plazos a la sociedad: no tienen un sentido endogámico, centrado el crecimiento de las instituciones por su crecimiento mismo. Como sí lo tienen las dependencias burocráticas, por definición consumidoras netas de recursos que no generan, que obstaculizan su crecimiento.

A pesar de ello –y en contra de lo que se dispone en la fracción VI del artículo 50, en el segundo párrafo del artículo 53 y en el artículo noveno transitorio de la Ley de Ciencia y Tecnología– en los términos del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación que en esta Cámara hemos aprobado en los últimos años, los recursos autogenerados por las instituciones educativas y de investigación deben concentrarse en la Tesorería de la Federación, con el fin de ser aplicados a deuda, a disminuir déficit y este año también a cubrir el programa de retiro voluntario propuesto por el Ejecutivo.

A todo esto hay que añadir la irregularidad en la liberación del financiamiento durante el año fiscal a las instituciones educativas y de investigación que reciben subsidio, dejándolas la mayor parte del año sin recursos para operar y en una situación de muy alta fragilidad financiera, que provoca incertidumbres en la posibilidad de mantener el ritmo de las actividades programadas y círculos viciosos que obligan en la mayoría de los casos a cancelar programas y proyectos.

Por estas razones, y en ejercicio de las facultades que me otorgan la Constitución Política, la Ley Orgánica y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a proponer a la consideración de esta soberanía la presente

Iniciativa de decreto para hacer adiciones a la Ley de Ciencia y Tecnología en sus artículos 12, fracción XIV, 13, fracción IV 26, fracción IX, y transitorio noveno, así como la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, Capítulo III “Del Ejercicio del Gasto Público General”, en sus  artículos 26 y 27, para quedar como sigue:

Ley de Ciencia y Tecnología

Capítulo III

Principios Orientadores del Apoyo a la Actividad Científica y Tecnológica

Artículo 12.

...

I. a XIII. ...

XIV. Los apoyos a las actividades científicas y tecnológicas deberán ser oportunos y suficientes para garantizar la continuidad de las investigaciones en beneficio de sus resultados, mismos que deberán ser evaluados.

Los recursos destinados a las instituciones de educación superior por concepto de subsidio para el financiamiento de sus actividades, se harán en ministraciones mensuales adelantadas, sobre la base de la programación de sus necesidades de gasto corriente, de operación y de inversión. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público transferirá estos recursos a las instituciones, dentro de las dos primeras semanas de cada mes.

Para garantizar la oportuna ministración de recursos se estará, en lo conducente, a lo dispuesto en el párrafo tercero de la fracción X del artículo 59 de esta ley.

Capítulo IV

Instrumentos de Apoyo a la Investigación Científica y Tecnológica

Sección I

Disposiciones Generales

Artículo 13.

...

I. a III. ...

IV. Los recursos federales que se otorguen dentro del Presupuesto Anual de Egresos de la Federación a las instituciones de educación superior públicas y que conforme a sus programas y normas internas destinen para la realización de actividades de investigación científica y tecnológica. Para el cálculo y determinación de los presupuestos de estas instituciones, se estará en lo conducente a lo dispuesto en la fracción VI del artículo 50 de esta ley.

V. a VIII. ...

 

Sección IV

Fondos

Artículo 26.

...

I. a VIII. ...

IX. Los recursos de origen fiscal, autogenerados, de terceros o cualesquiera otros, que ingresen a los fondos que se establezcan conforme a lo dispuesto en esta ley no se revertirán en ningún caso al Gobierno Federal; y a la terminación del contrato de fideicomiso por cualquier causa legal o contractual, los recursos que se encuentren en el mismo pasarán al patrimonio del fideicomitente.

Los órganos desconcentrados y organismos descentralizados, así como los planteles y centros de investigación de las dependencias que prestan servicios de educación básica, media superior, superior, superior, de postgrado y de investigación que generen recursos propios que recauden por prestación de servicios, venta de bienes derivados de sus actividades sustantivas, o por cualquier otra vía diversa de los recursos presupuestarios, podrán disponer de ellos directamente para ser aplicados a gastos relacionados con sus objetivos y programas institucionales, sin tener que concentrarlos previamente a la Tesorería de la Federación.

Para el cálculo y determinación de los presupuestos de estas instituciones en los ejercicios posteriores, se estará en lo conducente a lo dispuesto en la fracción VI del artículo 50.

En la determinación del destino y aplicación de estos recursos se estará, en lo conducente a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53 de esta ley.

Transitorios

Artículos primero al octavo. ...

Artículo Noveno. Solamente en lo no previsto por esta ley, se aplicará en forma supletoria la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y sus disposiciones reglamentarias. En ningún caso podrán aplicarse como supletorias de las aquí establecidas otras disposiciones contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal

Capítulo III

Del Ejercicio del Gasto Público Federal

Artículo 25.

...

...

...

Los recursos que se destinan al gasto de mantenimiento y conservación de edificios, anexos, equipos de laboratorio, talleres y auxiliares didácticos, materiales de consumo y para adquisición de material didáctico para planteles educativos en todos sus niveles y centros de investigación, les serán transferidos para su aplicación y administración directa por las direcciones de los mismos, con participación de sus consejos técnicos. El ejercicio, control y evaluación de estos recursos se realizarán conforme a la normatividad que al efecto dicten las respectivas coordinaciones sectoriales y direcciones generales, con criterios de equidad, calidad, eficiencia, transparencia y oportunidad.

Artículo 26.

...

...

La ministración de los fondos correspondientes será autorizada en todos los casos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado por la Cámara de Diputados.

En lo concerniente a los recursos destinados a las instituciones de educación superior por concepto de subsidio para el financiamiento de sus actividades, se estará a lo dispuesto en la fracción XIV del artículo 72 de la Ley de Ciencia y Tecnología. En ningún caso podrán aplicarse como supletorias de esta disposición, disposiciones contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación.”

Palacio Legislativo, México, DF, a 15 de abril de 2003.— Diputados: Jorge Luis García Vera, Enrique Meléndez Pérez (rúbricas).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Insértese en el Diario de los Debates, como si a la letra se hubiese pronunciado en la tribuna el texto íntegro de la iniciativa y túrnese a las comisiones unidas de Ciencia y Tecnología y de Presupuesto y Cuenta Pública.

 

HIMNO NACIONAL

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra para presentar una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, el diputado Manuel Orozco Garza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, hasta por 10 minutos.

El diputado Manuel Wistano Orozco Garza:

Gracias, señor Presidente.

Le ruego se inserte en su totalidad la iniciativa, ya que haré un breve resumen de la misma.

Compañeras y compañeros diputados: esta Legislatura será recordada por sus aportaciones en materia de derechos y cultura de los pueblos indígenas.

Durante este periodo se han presentando múltiples iniciativas que buscan reivindicar la dignidad de todos estos mexicanos que son concientes de su identidad indígena. De estas iniciativas la de mayor envergadura fue la presentada por el Presidente de la República, Vicente Fox Quesada y que motivó a que este Congreso y los congresos de nuestros estados, dictaminaran modificando la Constitución Mexicana en su artículo 2o.

La fracción IV del inciso a) de este artículo 2o. manda:

“Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y en consecuencia a la autonomía para... y en su fracción IV dice: preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyen su cultura e identidad.”

En su fracción en el inciso b) manda este mismo artículo:

“La Federación, los estados y los municipios para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de los pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos. Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas dichas autoridades tienen la obligación de, dice en su fracción II: garantizar e incrementar los niveles de escolaridad favoreciendo la educación bilingüe e intercultural.”

Presentamos miembros de este Congreso, una iniciativa de lenguas para proteger, promover y preservar, desarrollar las lenguas indígenas del país. Esta iniciativa presentada por el PAN, junto a otra presentada por el PRD y con el trabajo insistente de nuestros compañeros del PRI y del resto de los partidos, dio origen al dictamen que aprobó el pleno de la Cámara de Diputados y de Senadores, llamada: “Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas”.

La lengua y la cultura son los elementos que sustentan la identidad de los pueblos indígenas, fortalecen los lazos de unidad y pueden ser elementos clave en la búsqueda de su desarrollo. Creemos que las condiciones de marginación y pobreza en que se encuentran los pueblos que dieron origen a la nación mexicana, no podrán ser superados sin que primero se fortalezcan los lazos de fraternidad y solidaridad, pertenecía e identidad, los cuales pueden ser reforzados con el uso de su lengua nativa y del español.

En el año 1984 el entonces Presidente de la República, Miguel de la Madrid Hurtado, presenta iniciativa de Ley Sobre la Bandera, el Escudo e Himno Nacionales. En su exposición de motivos se dicta entre otros: la iniciativa aspira a que los símbolos patrios sean respetados, pero deja un ámbito reservado a la adhesión espontánea de los mexicanos. Es una iniciativa de ley para convocar al consenso; hemos de confiar en el poder conciliador de los símbolos —dice—, también, preservando el pluralismo que garantiza las divergencias en la libertad, podemos también alcanzar la convergencia que alienta nuestra solidaridad.

Esta iniciativa a raíz de la ley actual expresa reiteradamente la importancia de las afecciones personales en la veneración de los símbolos patrios y textualmente reconoce la pluralidad de nuestro pueblo; sin embargo, no considera que parte fundamental de las culturas de nuestro país son las lenguas y que por tanto los sentimientos al cantar el Himno Nacional no serán los mismos para aquellos niños y jóvenes que canten este poema patrio en su lengua materna, español, que para los pequeños mexicanos indígenas que cantarán sin entender o con necesidad de traducir. Para estos últimos la música, que es universal, será propia, pero la letra, el poema será siempre ajeno, lejano, seco y evidentemente pierde este símbolo su poder conciliador.

Son 10 millones aproximadamente los mexicanos que nacen y crecen escuchando y hablando una lengua distinta al español, que no por ser eso deja de ser nacional e igualmente digna y son estos 10 millones de mexicanos que al ingresar a preescolar o primaria deberán recibir educación bilingüe, en su lengua indígena y en español y es ahí donde semana a semana podrían ir haciendo los lunes por la mañana realmente propio este símbolo, cantándolo en la versión oficial de su lengua indígena y en el español, que es lengua de unidad, que es lengua nacional.

¿Qué no es México una palabra de origen prehispánico y que no entonces mexicanos, primera palabra de nuestro himno, es aceptada como expresión náhuatl y del español? Permitamos pues que nuestro Himno Nacional, himno de todos y cada uno de los mexicanos, sea cantado en español que nos une y por quienes hablen una lengua oficial indígena mexicana, en ésa otra lengua, tan digna como la primera, tan mexicana. Será muestra de comprensión a la diversidad lingüística que en nada afecta a la unidad, al contrario, la engrandece.

Esta iniciativa está sustentada además en que fue presentada como una propuesta en los foros que se realizaron en la consulta a los indígenas antes de aprobar la ahora Ley General de Derechos Lingüísticos. Cabe mencionar que de hecho el Himno Nacional es cantado además en español y en lengua indígena por niños y jóvenes en muchos puntos de nuestro país.

Es espíritu de esta iniciativa el reforzar la idea de que el respeto y el aprecio de las diversas manifestaciones de pluriculturalidad incrementan y dignifican la unidad nacional, es por eso que proponemos manifestaciones de bilingüismo, español y lengua indígena. Sería un terrible error pensar en que el español no es lengua de todos y para todos los mexicanos, por lo que insistimos en que esta iniciativa contempla cantar el Himno Nacional en ambas lenguas. Es de trascendental importancia que esta propuesta tenga orden, por lo que se proponen tres artículos transitorios.

Por los argumentos expuestos, someto a la consideración de esta Asamblea esta iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

Artículo 38. “El canto, ejecución, reproducción y circulación del Himno Nacional se apegarán a la letra y música de la versión establecida en la presente ley. En los municipios y centros educativos en donde exista una mayoría de hablantes de lengua indígena, el canto podrá realizarse posteriormente en la versión de lengua indígena establecida en esta ley. La interpretación del himno se hará siempre de manera respetuosa y en un ámbito que permita observar la debida solemnidad”.

Artículo 41. Se agrega: “En las frecuencias de radio y canales de televisión dirigidas a población hablante de lengua indígena, el Himno Nacional se podrá ejecutar posteriormente en la versión oficial de lengua indígena correspondiente”.

Y aquí los artículos transitorios que creo que dan orden a esta propuesta:

Artículo 2o. “A partir de la entrada en vigor de este decreto se abrirá un plazo de 24 meses para que los gobiernos de los estados, previa aprobación de sus congresos, propongan a la Secretaría de Educación Pública y Gobernación, la versión del Himno Nacional en las lenguas indígenas que se hablen en su territorio y que sean reconocidas por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

Y artículo tercero, las secretarías de Educación Pública y de Gobernación, validarán las versiones oficiales del Himno Nacional en la lengua indígena, las cuales se irán incorporando en el capítulo especial de esta ley, asegurando que exista una sola versión por cada lengua indígena.

Por su atención, muchas gracias.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Manuel Wistano Orozco Garza, en su carácter de diputado federal de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, y los demás diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, someten a consideración de esta soberanía iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, la cual se sustenta en la siguiente

Exposición de Motivos

La LVIII legislatura será recordada por sus aportaciones en materia de derechos y cultura de los pueblos indígenas. Durante este periodo se han presentado múltiples iniciativas que buscan reivindicar la dignidad de todos estos mexicanos que son concientes de su identidad india.

De todas estas iniciativas, la de mayor envergadura fue la presentada por el Presidente de la República, Vicente Fox Quesada y que motivo a que el Congreso dictaminara modificando la Constitución Mexicana en su Artículo 2º.

La fracción IV del inciso A de este artículo 2º manda:

A. Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia a la autonomía para:

...

IV. Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyen su cultura e identidad.

La fracción II del inciso B de este artículo 2º manda:

B. La Federación, los estados y los municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerás las instituciones y determinaran las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y

El desarrollo integral de los pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.

Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas autoridades tienen la obligación de:

...

II. Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural...

La valoración y el rescate de las lenguas indígenas del país es una tarea impostergable en la que los integrantes del Partido Acción Nacional hemos puesto particular interés.

Presentamos una iniciativa de lenguas para proteger, promover, preservar y desarrollar las lenguas indígenas del país. Esta iniciativa junto otra presentada por el PRD dio origen al dictamen que aprobó el Pleno de la Cámara de Diputados y la de senadores llamada Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

Poco tiempo después, sometimos a su consideración una serie de reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión, ya que para nosotros es fundamental apoyar el uso de la lengua a través de los medios de comunicación.

La lengua y la cultura son los elementos que sustentan la identidad de los pueblos indígenas, fortalecen los lazos de unidad y pueden ser un elemento clave en la búsqueda de su desarrollo.

En este contexto, es fundamental el papel que desempeñan los medios de comunicación como el camino que permite el conocimiento, la difusión y la preservación de la cultura y lenguas indígenas.

Creemos que las condiciones de marginación y pobreza en que se encuentran los pueblos que dieron origen a la nación mexicana no podrán ser superadas sin que primero se fortalezcan los lazos de fraternidad y solidaridad, pertenencia e identidad, los cuales pueden ser reforzados con el uso de su lengua nativa y del español.

En ese sentido, hemos sido congruentes con ese postulado. Así lo demuestran las iniciativas que se han presentado por mi partido en esa impostergable tarea. El rescate y fortalecimiento de la lengua indígena como un valioso instrumento para el desarrollo.

En esta ocasión, presentamos a consideración de Ustedes, una propuesta que viene a contribuir a dignificar el uso de las lenguas.

La iniciativa en comento pretende modificar el texto de los artículos 38 y 41 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, agregando dos transitorios, y tiene como fin principal que nuestro Himno Nacional pueda ser entonado en las lenguas indígenas que son nacionales según la Ley de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

Actualmente nuestra legislación permite y obliga que el Himno Nacional sea entonado en la versión oficial que está escrita en español.

De nuestros símbolos patrios, el Himno es uno de ellos. Estos símbolos representan (o hacen tangible, audible o visible) lo más nuestro, que nos une y enorgullece.

Después de obtener su independencia, México requería un canto patriótico que unificara las conciencias de los ciudadanos. Fue en el año de 1854, un 16 de septiembre en que se estrenaba nuestro Himno Nacional compuesto con letra del poeta potosino Don Francisco González Bocanegra y música del catalán Jaime Nuñó, desde entonces y solo con escuetas modificaciones se siguen cantando las estrofas de este símbolo patrio.

En el año de 1984 el entonces presidente de la República Miguel de la Madrid Hurtado presenta iniciativa de Ley Sobre la Bandera, Escudo e Himno Nacionales. En la exposición de motivos se dicta:

... es menester precisar que al respeto de nuestros símbolos patrios todos estamos obligados; pero la veneración que por ellos profesemos no puede ser resultado de nuestra propia afección por los valores de nuestra patria. Ningún mandato de autoridad es bastante para forzar a la devoción por algo o por alguien...

La iniciativa aspira... a que los símbolos patrios sean respetados; pero deja un ámbito reservado a la adhesión espontánea de los mexicanos... es una iniciativa de ley para convocar el consenso. Hemos de confiar en el poder conciliador de los símbolos.

Preservando el pluralismo que garantiza las divergencias en la libertad, podemos también alcanzar la convergencia que alienta nuestra solidaridad.

... se propone que los mexicanos todos, y en cualquier momento, puedan identificarse con sus símbolos sin, por ello incurrir en contravenciones legales.

La iniciativa prevé la incorporación de la letra y música del Himno Nacional para garantizar precisión y uniformidad.

Esta iniciativa raíz de la ley actual expresa reiteradamente la importancia de las afecciones personales en la veneración a los símbolos patrios y textualmente reconoce la pluralidad de nuestro pueblo. Sin embargo no considera que parte fundamental de las culturas de nuestro país son las lenguas y que por tanto los sentimientos al cantar el himno nacional no serán los mismos para aquellos niños y jóvenes que canten este poema patrio en su lengua materna español que para los pequeños mexicanos indígenas que cantarán sin entender o con necesidad de traducir.

Para estos últimos, la música (que es universal) será propia, pero la letra, el poema será siempre ajeno, lejano, seco y evidentemente pierde este símbolo su poder conciliador.

Son 10 millones aproximadamente los mexicanos que nacen y crecen escuchando y hablando una lengua distinta al español, que no por eso deja de ser nacional e igualmente digna.

Y son estos 10 millones que al ingresar en preescolar o primaria deberán recibir educación bilingüe (en su lengua indígena y en español), y es ahí donde semana a semana irán haciendo los lunes por la mañana realmente propio este símbolo cantándolo en la versión oficial en su lengua indígena y en español, que es lengua de unidad.

¿Qué, no es México una palabra de origen prehispánico? (‘ombligo de la Tierra’)

¿Y qué no, entonces, mexicanos, primera palabra de nuestro himno, es aceptada como expresión náhuatl y del español?

Permitamos pues que nuestro Himno Nacional, Himno de todos y cada uno de los mexicanos sea cantado en español que nos une y por quienes hablan una lengua oficial indígena mexicana en esa otra lengua tan digna como la primera, tan mexicana. Será muestra de comprensión a la diversidad lingüística que en nada afecta la unidad, al contrario la engrandece.

¡Sólo así se podrá razonar sin necesidad de traducir la letra!

¡Sólo así podremos sentir la misma sensación de mexicanidad o pertenencia a la nacionalidad mexicana!

¡Sólo así cantaremos todos los mexicanos con el mismo orgullo nuestro Himno Nacional!

El Escudo Nacional que representa el relato en que un grupo de mexicas internándose en la laguna donde encontrarían al águila posada en un nopal y devorando a una serpiente ( lugar del Anáhuac donde se construiría la gran México-Tenochtitlan) es otro de los símbolos patrios y es visto por todos los mexicanos de la misma manera, con la misma sensación de pertenencia no importando la lengua (español, maya, mixteco, náhuatl, etcétera).

Piénsese lo mismo para nuestra bandera.

Nadie podría refutar que el sonido por la campana de Dolores suena igual en todas y cada una de las lenguas que se hablan en el territorio nacional.

La Constitución Mexicana, símbolo oficial también en México, podría ser traducida oficialmente a varias de las lenguas mexicanas distintas del español produciendo los mismos derechos y obligaciones.

Se plasman algunos pensamientos que avalan esta iniciativa:

“Es con el corazón como vemos correctamente; lo esencial es invisible a los ojos”: Antoine de Saint-Exupery, El Principito.

De Daniel Goleman, en su libro Inteligencia emocional:

-Se necesita sentir lo importante de esta vida, no sólo razonarlo, que sería tanto como traducirlo.

-Los prejuicios (la intolerancia) son una especie de aprendizaje emocional que tienen lugar en las primeras etapas de la vida, haciendo que estas reacciones sean difíciles de erradicar por completo.

-El no decir o no hacer nada contra la intolerancia la promueve.

-En la medida en que la gente llegue a comprender el dolor de aquellos que se sienten discriminados, tienen más probabilidades de expresarse contra esto.

“La esperanza principal de una nación radica en la educación adecuada de su juventud”: Erasmo.

Esta iniciativa esta sustentada además en que fue presentada como una propuesta en los Foros que se realizaron en la consulta a los indígenas antes de aprobar la ahora Ley General de Derechos Lingüísticos.

Cabe mencionar que de hecho el Himno Nacional es cantado además de en español en lengua indígena por niños y jóvenes en muchos puntos de nuestro país.

Es espíritu de esta iniciativa el reforzar la idea de que el respeto y el aprecio a las diversas manifestaciones de pluriculturalidad acrecientan y dignifican la unidad nacional. Por eso proponemos manifestaciones de bilingüismo: español y lengua indígena. Sería un terrible error pensar en que el español no es lengua de todos y para todos los mexicanos, por lo que insistimos en que la iniciativa contempla cantar el himno en ambas lenguas.

Es de trascendental importancia que esta propuesta tenga orden, para lo que se proponen tres artículos transitorios.

El segundo exige que sean los gobiernos de las entidades federativas quienes con la aprobación de su Congreso presenten a las Secretarias de Educación Pública y Gobernación sus propuestas de Himno Nacional en cualquiera de las lenguas indígenas que se hablen en su territorio y que se encuentren reconocidas por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, para lo que se da un plazo de 24 meses.

El tercero ordena que el Ejecutivo federal decidirá sobre una sola versión de cada lengua indígena propuesta por los estados.

Estos dos transitorios favorecerán la estandarización de las lenguas, proceso fundamental de cualquier lengua que se quiera mantener viva.

Por los argumentos expuestos, someto a consideración de la H. asamblea, esta

Iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

Artículo 38

El canto, ejecución, reproducción y circulación del Himno Nacional, se apegarán a la letra y música de la versión establecida en la presente ley. En los municipios y centros educativos en donde exista una mayoría de hablantes de lengua indígena, el canto podrá realizarse posteriormente en la versión de lengua indígena establecida en esta ley. La interpretación del Himno se hará siempre de manera respetuosa y en un ámbito que permita observar la debida solemnidad.

Artículo 41

Del tiempo que por ley corresponde al Estado en las frecuencias de la radio y en los canales de televisión, en los términos legales de la materia, se incluirá en su programación diaria al inicio y cierre de las transmisiones la ejecución del Himno Nacional y en el caso de la televisión, simultáneamente la imagen de la Bandera Nacional. En las frecuencias de radio y canales de televisión dirigidas a población hablante de lengua indígena, el Himno Nacional se podrá ejecutar posteriormente en la versión oficial de lengua indígena correspondiente. El número de estrofas que deberá ser entonado será definido por la Secretaría de Gobernación.

Artículos Transitorios

Artículo Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. A partir de la entrada en vigor de este decreto, se abrirá un plazo de 24 meses para que los gobiernos de los estados, previa aprobación de sus congresos, propongan a las Secretarías de Educación Pública y de Gobernación la versión del Himno Nacional en las lenguas indígenas que se hablen en su territorio y que sean reconocidas por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

Artículo Tercero. Las Secretarías de Educación Pública y de Gobernación validarán las versiones oficiales del Himno Nacional en lengua indígena, las cuales se irán incorporando en el capítulo especial de esta Ley, asegurando que exista una sola versión por cada lengua indígena.

México, DF, a 14 de abril de 2003.— Diputados: Manuel Wistano Orozco Garza (rúbrica), Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (rúbrica), Gumercindo Alvarez Sotelo (rúbrica), Celita Trinidad Alamilla Padrón, Pablo de Jesús Arnaud Carreño (rúbrica), Amado Benjamín Avila Márquez, José Bañales Castro, Nelly Campos Quiroz, Pedro Pablo Cepeda Sierra, José Abraham Cisneros Gómez, María Elena Lourdes Chávez Palacios, María Eugenia Galván Antillón, Beatriz Guadalupe Grande López, Miguel Gutiérrez Hernández, Mauro Huerta Díaz, Francisco Ezequiel Jurado Contreras (rúbrica), Julio César Lizárraga López, Silvia América López Escoffie, Martha Patricia López Macías, María Guadalupe López Mares, Miguel A. de Jesús Mantilla Martínez, María Cruz Martínez Colín, Raúl Martínez González, Alba Leonila Méndez Herrera, Gregorio Arturo Meza de la Rosa, José Benjamín Muciño Pérez, Juan Carlos Pallares Bueno, Rafael Ramírez Agama, Griselda Ramírez Guzmán (rúbrica), Carlos Raymundo Toledo (rúbrica), Jaime Tomás Ríos Bernal, María Teresa de J. Romo Castillón, Luis Miguel Santibáñez García (rúbrica), María Teresa Tapia Bahena, Enrique Adolfo Villa Preciado, Luis Alberto Villarreal García, Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Insértese en el Diario de los Debates el texto íntegro de la iniciativa, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Asuntos Indígenas.

PENA DE MUERTE

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra, para presentar una iniciativa de reforma a los artículos 14 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hasta por 10 minutos, el diputado Martí Batres Guadarrama.

El diputado Martí Batres Guadarrama:

Con su permiso, señor Presidente:

Presentamos esta iniciativa de decreto que reforma los artículos 14 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La pena de muerte es uno de los peores despropósitos del sistema penal, abolirla se ha constituido como una lucha de las organizaciones, países e individuos más lúcidos en el campo de los derechos humanos y la ciencia penal.

A la indignación social que se produce por un crimen, no hay justificación para responder con la misma proporción por parte del Estado, dado que los instrumentos de unos y de otros no son los mismos.

En México, abolir la pena de muerte de nuestro máximo ordenamiento, es un pendiente más en el terreno de los derechos humanos y a eso va abocada la iniciativa que presentamos en esta ocasión.

En México, cuando se abordan los derechos humanos encontramos tres vertientes de apariencia antagónica:

1. Ausencia de legislación que reivindique el tema.

2. Existencia de legislación pero no aplicación o no actualización en la realidad y

3. Existencia de legislación contraria a los principios inherentes a los derechos humanos.

Se trata de menciones o dispositivos jurídicos que van contra las garantías de integridad corporal, libertad, igualdad, propiedad y seguridad jurídica.

Este es el caso del segundo párrafo del artículo 14 y primero y último párrafos del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Su permanencia en el orden jurídico nacional, aún y cuando no se actualice en la práctica, genera confusiones y abre la puerta a discusiones que debemos superar definitivamente.

En la materia penal, se encuentra el termómetro de los derechos humanos de un país. Ahí es donde las sanciones se definen como corporales, dado que se actualizan de manera material y gráfica en contra del gobernado, su libertad.

Respetar el debido proceso legal, evitar penas infamantes, inusitadas, degradantes, tormentos y azotes y el respeto a la integridad psicofísica de quien delinque, distinguen a un gobierno de otro y son rasgos de civilidad.

La pena de muerte atenta contra la dignidad humana de quien la recibe y de quienes la ejecutan o permiten. Aún y cuando nuestro país es considerado como abolicionista de hecho en este terreno, por el tiempo que lleva de no aplicar la pena de muerte, no es menor que nos planteemos la abolición de Jure de esa sanción como algo posible en nuestro sistema normativo.

Pensamos que ni como posibilidad cabe una mención del tipo de permitir la pena de muerte en nuestro máximo ordenamiento. Ciertamente los estadios de desarrollo del Estado moderno, han transitado de momentos en donde su propia existencia dependió de la imposición de su fuerza legítima, legal, pero igual de violenta y descarnada que la de otros poderes, a fin de constituir los estados nacionales, a aquéllos en donde a partir de las revolucione de los siglos XVII y XVIII, el centro del Estado no fue el poder, sino el gobernado o mejor aún el poder del gobernado.

El último eslabón de la cadena evolutiva del Estado, es el llamado Estado de Derecho, cuyas características son la distribución y control del poder político, división de poderes, donde se considera la supremacía de la Constitución. Existe un control judicial de los actos de autoridad y un respeto por parte de éste a las garantías individuales.

México desafortunadamente no ha llegado a este nivel de desarrollo, México aspira a ser un Estado de Derecho. Si entendemos a la Constitución como los límites al poder público, el tema de la pena de muerte es un tema abarcado por el concepto del Estado de Derecho, consideramos que si un estado como límite a su poder la vida de sus gobernantes, no es un Estado de Derecho y en sentido inverso.

Por ello, no debe mantenerse en la Constitución, aun como posibilidad remota la pena de muerte para ciertos delitos, se trata del mayor acto de disposición que un gobierno puede tener para sus gobernados, con el propósito de ubicar adecuadamente el tema en el desarrollo del país, es conveniente recordar que ya en la Constitución liberal de 1857, se estableció que la pena de muerte era una sanción establecida de manera transitoria y sólo para algunos delitos y que por lo tanto debía ser abolida, cuando la autoridad administrativa estableciera el régimen penitenciario ausente para algunos estados del país.

En los debates de aquel Constituyente, se rechazó expresamente que la pena de muerte fuera una medida permanente y se llegó a considerar un plazo, que se pensó adecuado de cinco años para llegar a desaparecer esta ignominia.

Situación que no ocurrió dadas las invasiones extranjeras que sufrió nuestro país en esa segunda mitad del Siglo XIX y la sucesión de gobiernos que operó en aquellas fechas.

También es adecuado recordar que fue durante el gobierno de Porfirio Díaz en 1901, cuando se eliminó esa temporalidad, dejando la pena de muerte para ciertos delitos de manera permanente y que nuestro Constituyente de 1917, por inercia tomó el texto de 1901 y no el de 1857 y no se abolió entonces la pena de muerte en la Constitución.

No fue sino hasta 1929 cuando se omitió como sanción en la legislación sustantiva la pena de muerte, aun y cuando hasta el día hoy subsiste la norma castrense o militar para un sin de violaciones a sus leyes.

En la actualidad la legislación internacional está abocada a exigir su desaparición, incluso el propio Estatuto de la Corte Penal Internacional, adoptado en 1988, excluye la pena de muerte como castigo para los que son indudablemente los delitos más graves: el genocidio, crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra y esto significa que si la pena de muerte no debe usarse para los delitos más graves posibles en el mundo, menos aun para los que son más leves que éstos, en otras palabras no debe usarse.

Consideramos que no es suficiente que México sea considerado como un país abolicionista de hecho, sino que se debe proscribir en definitiva de todos sus ordenamientos legales, pues se trata de reminiscencias que no corresponden a un Estado de Derecho moderno.

La aplicación de la pena de muerte, como sanción del Estado, es el envilecimiento colectivo de una sociedad frente a si misma. Se trata, además, de una medida que contradice a la Constitución, pues atenta contra el propio sistema penal establecido en la Carta Magna, ya que con esta sanción evidentemente no se busca la readaptación social del delincuente, a través del trabajo y la capacitación para el mismo y la educación, sino acaso sólo la representación burda de una venganza en un espectáculo público.

No queremos ni la sola mención en nuestra Constitución de la pena de muerte, su abolición de jure sin duda contribuirá a elevar la dignidad humana y a desarrollar los derechos humanos.

Por ello, en este Congreso de la Unión, han coincidido las diversas fuerzas políticas en plantear la derogación de la mención que se hace de la pena de muerte en la Constitución, así en febrero del año 2002 el grupo parlamentario del PRD propuso reformar el artículo 22 constitucional para eliminar esta mención a la pena de muerte.

En marzo del mismo año, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional también propuso establecer estas reformas y en agosto de 2002, el grupo parlamentario del PRI en voz del diputado Manuel Añorve, presentó una iniciativa del diputado Angel Artemio Meixueiro González, para reformar el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, justo en los momentos en los que en Estados Unidos se disponía a aplicar la pena de muerte en contra del mexicano Javier Suárez Medina.

Por ello, porque es un punto de amplio consenso de las diversas fuerzas y de la sociedad mexicana, proponemos reformar el actual texto del segundo párrafo del artículo 14, así como adicionar el primer párrafo del artículo 22 y derogar su último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de tal forma que el artículo 14 diga: “...nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho” y para que el artículo 22 señale: “...queda prohibida la pena de muerte, así como las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas o trascendentales”.

Suscriben esta iniciativa los diputados Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados; Alejandro Zapata Perogordo, coordinador del Partido Acción Nacional en la Cámara; Tarcisio Navarrete integrante del grupo parlamentario del PAN, Esteban Daniel Martínez integrante del grupo parlamentario del PRD, Petra Santos integrante del grupo parlamentario del PRD, Enrique Herrera del grupo parlamentario del PRD, José Manuel del Río Virgen de Convergencia, José Antonio Calderón del PAS, Beatriz Lorenzo del PAS y Bertha Alicia Simental del Partido de la Sociedad Nacionalista.

En virtud, señor Presidente, de que esta iniciativa se ha presentado por cinco ocasiones de manera consecutiva y en cuatro de ellas ha sido pospuesta esperando la dictaminación de la comisión correspondiente, es que en esta ocasión solicitamos a usted que el trámite sea de obvia y urgente resolución, para que pueda votarse en este pleno el día de hoy esta reforma que consideramos histórica en la humanización de nuestro constitucionalismo y de nuestro sistema penal y judicial.

Muchas gracias por su atención.

«Iniciativa de decreto que reforma los artículos 14, 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

CC. Secretarios de la Mesa Directiva:

Los suscritos, diputados integrantes de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa de decreto que reforma los artículos 14 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La pena de muerte es uno de los peores despropósitos del sistema penal. Abolirla ha constituido una lucha de las organizaciones, países e individuos más lúcidos en el campo de los derechos humanos, y la ciencia penal.

A la indignación social que se produce por un crimen, no hay justificación racional para responder con la misma proporción y crueldad, por parte del Estado, dado que los instrumentos de unos y de otros no son los mismos.

En México, abolir la pena de muerte de nuestro máximo ordenamiento es un pendiente más en el terreno de los derechos humanos y a eso va abocada la iniciativa que presento ante esta soberanía.

En México, cuando se abordan los derechos humanos, encontramos tres vertientes de apariencia antagónica:

1.- Ausencia de legislación que reivindique el tema.

2.- Existencia de legislación, pero no aplicación o no actualización en la realidad; y

3.- Existencia de legislación contraria a los principios inherentes a los derechos humanos.

Se trata de menciones o dispositivos jurídicos que van contra las garantías de integridad corporal, libertad, igualdad, propiedad y seguridad jurídica.

Este es el caso del segundo párrafo del artículo 14 y primero y último párrafos del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Su permanencia en el orden jurídico nacional, aún y cuando no se actualiza en la práctica, genera confusiones y abre la puerta a discusiones que debemos superar definitivamente.

En la materia penal se encuentra el termómetro de los derechos humanos de un país. Ahí es donde las sanciones se definen como corporales, dado que se actualizan de manera material y gráfica en contra del gobernado: su libertad.

Respetar el debido proceso legal, evitar penas infamantes, inusitadas, degradantes, tormentos y azotes; y el respeto a la integridad psicofísica de quien delinque, distinguen a un gobierno de otro, y son rasgos de civilidad.

La pena de muerte atenta contra la dignidad humana, de quien la recibe y de quienes la ejecutan o permiten.

Aún y cuando, nuestro país es considerado como “abolicionista de hecho” en este terreno, por el tiempo que lleva de no aplicar la pena de muerte, no es menor que nos planteemos la abolición de iure de esa sanción, como algo posible en nuestro sistema normativo.

Pensamos que ni como posibilidad cabe una mención del tipo de permitir la pena de muerte, en nuestro máximo ordenamiento.

Ciertamente, los estadios de desarrollo del Estado moderno han transitado de momentos en donde su propia existencia dependió de la imposición de su fuerza –legítima, legal, pero igual de violenta y descarnada que la de los otros poderes– a fin de constituir los Estados nacionales; a aquellos en donde a partir de las revoluciones de los siglos XVII y XVIII el centro del Estado no fue el poder, sino el gobernado, o mejor el poder del gobernado.

El último eslabón de la cadena evolutiva del Estado, es el llamado Estado de derecho, cuyas características son la distribución y control del poder político (división de poderes), donde se considera la supremacía de la Constitución, existe un control judicial eficaz de los actos de autoridad y un respeto por parte de éste a las garantías individuales.

México, desafortunadamente, no ha llegado a ese nivel de desarrollo. México aspira a ser un Estado de derecho.

Si entendemos la Constitución como los límites al poder público, el tema de la pena de muerte es un tema abarcado por el concepto del Estado de derecho.

Consideramos que si un Estado no tiene como límite de su poder la vida de sus gobernantes, no es un Estado de derecho y en sentido inverso.

Por ello no debe mantenerse en la Constitución, aun como posibilidad únicamente, la pena de muerte para ciertos delitos.

Se trata del mayor acto de disposición que un gobierno puede tener para con su gobernado.

Con el propósito de ubicar adecuadamente el tema en el desarrollo del país, es conveniente recordar que ya en la Constitución liberal de 1857 se estableció que la pena de muerte era una sanción establecida de manera transitoria y sólo para algunos delitos y que por lo tanto debía ser abolida cuando la autoridad administrativa estableciera el régimen penitenciario, ausente para algunos Estados del país.

En los debates de aquél constituyente se rechazó expresamente que la pena de muerte fuera una medida permanente y se llegó a considerar un plazo, que se pensó adecuado, de cinco años para llegar a desaparecer esta ignominia.

Situación que no ocurrió dadas las invasiones extranjeras que sufrió nuestro país en esa segunda mitad del siglo XIX y la sucesión de gobiernos que operó en aquellas fechas.

También es adecuado recordar que fue durante el gobierno de Porfirio Díaz, en 1901, cuando se eliminó esa temporalidad, dejando la pena de muerte para ciertos delitos de manera permanente; y que nuestro Constituyente de 1917,  por inercia, tomó el texto de 1901 y no el de 1857, y no se abolió entonces la pena de muerte.

No fue sino hasta 1929 cuando se omitió como sanción en la legislación sustantiva la pena de muerte, aún y cuando hasta el día de hoy subsiste en la norma castrense o militar para un sinfín de violaciones a sus leyes.

En la actualidad la legislación internacional está abocada a exigir su desaparición. Incluso el propio Estatuto de la Corte Penal Internacional adoptado en 1998 excluye la pena de muerte como castigo para los que son indudablemente los delitos más graves: el genocidio, crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra; y esto significa que si la pena de muerte no debe usarse para los delitos más graves posibles, menos aún para los que son más leves. En otras palabras, no debe usarse nunca.

Consideramos que no es suficiente que México sea considerado como un país “abolicionista de hecho”, sino que se debe proscribir en definitiva de todos sus ordenamientos legales, pues se trata de reminiscencias que no corresponden a un Estado de derecho.

La aplicación de la pena de muerte como sanción del Estado es el envilecimiento colectivo de una sociedad frente a si misma.

Se trata además de una medida anticonstitucional, pues atenta contra el propio sistema penal establecido en la Carta Magna, ya que con esta sanción evidentemente no se busca la readaptación social del delincuente, a través del trabajo y la capacitación para el mismo y la educación; sino acaso sólo la representación burda de una venganza, en un espectáculo público, para hacer del terror estatal un instrumento disuasivo, por lo demás inútil.

No queremos ni la sola mención en nuestra Constitución de la pena de muerte, su abolición de iure sin duda contribuirá a elevar la dignidad humana y desarrollar más los derechos humanos.

Por ello, proponemos reformar el actual texto del segundo párrafo del artículo 14, así como adicionar el primer párrafo del artículo 22 y derogar su último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior, sometemos ante el pleno como de urgente y obvia resolución, la siguiente reforma constitucional:

Artículo Unico.- Se reforman los artículos 14 y 22 Constitucional, para quedar como sigue:

Artículo 14.- ...

Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

...

...

Artículo 22.- Queda prohibida la pena de muerte, así como las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas o trascendentales.

...

...

... Derogado.

Artículo Transitorio

Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2003.— Diputados: Gustavo Buenrostro Díaz, Silvia López Escoffie, Esteban Daniel Martínez Enríquez, Alejandro Zapata Perogordo, Tarciso Navarrete Montes de Oca, Martí Batres Guadarrama, José Manuel del Río Virgen, José A. Calderón Cardoso, Berta Alicia  Simental García, Petra Santos Ortiz, Enrique Herrera y Bruquetas (rúbricas).»

REGISTRO DE ASISTENCIA

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 1o. del acuerdo relativo al sistema electrónico de registro de asistencia, pido a la Secretaría dar cuenta del mismo e instruya su cierre.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

Se informa a la Presidencia que hasta el momento el sistema registra la asistencia de 397 diputados.

Ciérrese el sistema electrónico.

 

PENA DE MUERTE

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En virtud de que se han recibido sendas comunicaciones por las que solicitan que la votación respecto al trámite de la iniciativa de reformas a los artículos 14 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sea nominal a través del tablero electrónico, solicito a la Secretaría haga los avisos necesarios y abra el sistema electrónico hasta por cinco minutos.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Permítame diputado Secretario.

La votación que señala el Reglamento es una votación económica, en virtud de que el procesamiento de la misma es para identificar, y así está sustentado, que no haya confusión por parte de los secretarios, hemos sustentado que cinco minutos serían suficientes para una votación económica.

Activen el sonido en la curul del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín.

El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (desde su curul):

Señor Presidente, tratándose de una votación calificada a pesar de que se trata efectivamente de un trámite que podría ser desahogado de manera económica, muy atentamente le pedimos a la Mesa y a la Presidencia de usted, otorgue los 10 minutos que hemos estado otorgando inclusive para otros temas menos importantes.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Se concede la solicitud de que sean 10 minutos. Solicito a la Secretaría abra el sistema electrónico hasta por 10 minutos.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación y consultar si se le dispensan todos los trámites y se pone a discusión y votación de inmediato.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Para mejor precisar me permito informar al pleno que el voto en sentido positivo es el de dispensar todos los trámites a la iniciativa de reforma constitucional de los artículos 14 y 22 presentada por el diputado Martí Batres.

Si el sentido de la votación es negativo se entiende que no se acepta la dispensa de trámites y en consecuencia se turnaría a comisión.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

Ciérrese el sistema electrónico.

Se emitieron 226 votos en pro, 157 en contra y una abstención.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

La votación emitida no refleja la votación aprobatoria de las dos terceras partes de los presentes para que se dispensen todos los trámites.

En consecuencia, túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

 

GOBIERNOS MUNICIPALES

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra para presentar una iniciativa de reforma a los artículos 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incorporar el esquema de rendición de cuentas a los gobiernos municipales, el diputado José Antonio Calderón Cardoso, del partido Alianza Social, hasta por 10 minutos.

El diputado José Antonio Calderón Cardoso:

Con el permiso de la Presidencia; señoras y señores diputados:

El suscrito diputado de la representación parlamentaria de Alianza Social, el PAS, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción II, 72 y 135 de la Constitución y en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior, someto a la consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa de decreto que reforma los artículos 108 párrafo tercero, 110 párrafo segundo y 111 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de rendición de cuentas de los gobiernos municipales por la administración de los fondos y recursos federales al tenor de la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

La acción del Estado se instrumentó con la función pública del gobierno, dado que en éste converge la administración de los derechos y las obligaciones del gobernado. Es por ello que al gobierno se le visualiza como el tenedor legítimo del poder público y que la sociedad ha depositado en éste.

Sin embargo, esta función pública no se lograría ejercer si no se cuenta con los recursos económicos suficientes para la instrumentación de dicha función. Debido a esto en cada servidor público la sociedad deposita su confianza para que aplique y ejerza de manera eficaz, eficiente, económica y transparente estos recursos.

El éxito para el control del ejercicio de la función pública se sustenta en un eficaz esquema de responsabilidad de los servidores públicos, dado que en dicho esquema la eficacia del marco normativo fundamenta los principios de democracia, Estado de Derecho y, sobre todo, la autodeterminación del pueblo.

La responsabilidad social en que incurren los gobiernos, cuando en el desempeño de sus funciones desatienden las normas que determinan su competencia y sus atribuciones, es producto de la ignorancia, descuido o aún más grave, de la corrupción en que incurren los servidores públicos, derivando de lo anterior un daño a la sociedad.

Esto ofende y provoca un sentimiento de desconfianza total a la función pública del Estado.

El fenómeno de la corrupción, del que ningún Estado está exento, es inherente natural de la interacción social, que se da específicamente en el ejercicio de la función pública y de la aplicación de los recursos económicos porque en ambos se relacionan, directa o indirectamente, los gobernantes con los gobernados.

Como consecuencia de esto, la sociedad demanda mecanismo de control eficaces y como en la actualidad la sociedad es más atenta y participativa en los asuntos públicos, exige mayor transparencia y rendición de cuentas de la gestión de los gobiernos.

Las sociedades han creado, para la vigilancia de la función pública, mecanismos de control y auditoría a priori, durante y a posteriori del ejercicio público, ya sea de manera externa, interna o ambas.

En México este mecanismo de control y auditoría se da a posteriori y de manera externa mediante la revisión de las cuentas públicas, que es facultad del Poder Legislativo Federal y de los poderes legislativos estatales y, de manera interna, mediante las contralorías que dependen de los ejecutivos Federal y estatal.

El accionar de la función pública en nuestro país se enmarca en la normatividad que finca responsabilidades de los artículos 109 y 113 constitucionales, donde se regula la responsabilidad administrativa, determinando que todo servidor público incurra en ésta cuando en su conducta se dan actos u omisiones que afectan la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben observarse en el desempeño de los empleos, cargos o comisiones; además, determinan que las sanciones consisten en la suspensión, destitución o inhabilitación del cargo, independientemente de las acciones económicas que procedan y que deben establecerse en proporción con los beneficios económicos obtenidos por el responsable y con los daños y perjuicios que causó con su conducta.

Este artículo 108 constitucional establece una amplia cobertura sobre los sujetos que pueden incurrir en responsabilidades por la violación a la Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales.

Sin embargo, en este último elemento de responsabilidad que atiende la gestión de los recursos no se incorpora al gobierno municipal, siendo que éstos también son receptores de recursos federales.

La omisión que el artículo 108 presenta no resultó tan grave dado que hasta antes de 1999 el municipio fungió como instancia administrativa de los estados; sin embargo, con el decreto que reforma el 23 de diciembre de 1999, el municipio se constituyó como orden de gobierno y, por lo tanto, esta omisión ahora sí resulta grave dado que, si atendemos lo mencionado en párrafos anteriores, el municipio, en el momento mismo que se reconoció como instancia de gobierno, adquirió una responsabilidad social con sus gobernados locales por ser ésta la instancia de gobierno más cercana a la gente.

Dentro de la teoría de presupuestación y control se establece que el auditor más honesto y responsable es el ciudadano, dado que en éste recae el efecto y la causa de la acción del servidor público.

Por ende, la presente iniciativa de reforma la guían dos directrices: primero, que en el marco de un Estado de Derecho y autodeterminación del pueblo, la rendición de cuentas se suscriba para todos los órdenes de gobierno de nuestro país, sobre todo en el uso y manejo de recursos económicos; como ya se mencionó, es precisamente donde surge y nace el fenómeno de la corrupción.

Segundo, que al ser nuestra Carta Magna el referente inmediato de los derechos que como gobernados tienen los mexicanos y las obligaciones que como gobernantes tienen los gobiernos, plasmar en ésta la responsabilidad en que incurren estos tres órdenes por el manejo indebido de fondos y recursos federales, derivando con ello el tener no sólo 33 ó 66 instancias de control y auditoría en la gestión de los recursos, sino 100 millones de auditores que día con día observan y analizan la función pública de sus gobiernos.

Estas dos directrices contribuirán en gran medida al fin último de la presente iniciativa, que es el de involucrar en mayor medida a la sociedad mexicana en la toma de decisiones e implementación de las políticas públicas y entonces sí matizar una verdadera cultura de la participación ciudadana en nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto y con el fin de promover una verdadera revisión de cuentas por la administración de los recursos económicos que los tres órdenes de gobierno realizan, me permito someter a la consideración de esta honorable soberanía, el presente proyecto de decreto de reformas y adiciones a los artículos 108, 110 y 111 del Título Cuarto de la Responsabilidad de los Servidores Públicos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Unico. Se reforma el párrafo tercero y se adiciona un párrafo al artículo 108, se reforma el párrafo segundo y se adiciona un párrafo al artículo 110 y se reforma el párrafo quinto del artículo 111, todos ellos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Y pido para aprovechar y en obvio de tiempo, solicitar que el texto íntegro de la propuesta que aquí se presentó, se inserte en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Suscriben la presente iniciativa, la diputada Beatriz Lorenzo Juárez y el suscrito; ambos del Partido Alianza Social.

Por su atención muchas gracias.

«CC. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LVIIILegislatura.— Presentes.

Honorable Asamblea:

El suscrito diputado federal de la representación parlamentaria del Partido Alianza Social, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II , 72  y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; someto a la consideración del Honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa de decreto que reforma a los artículos 108 párrafo tercero, 110 párrafo segundo y 111 párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de rendición de cuentas de los gobiernos municipales por la administración de los fondos y recursos federales, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La acción del Estado se instrumenta con la función pública del gobierno, dado que en éste converge la administración de los derechos y las obligaciones del gobernado, es por ello, que al gobierno se le visualiza como el tenedor legítimo del poder público, y que la sociedad ha depositado en éste; sin embargo, esta función pública no se lograría ejercer sino se cuenta con los recursos económicos suficientes para la instrumentación de dicha función. Debido a esto, en cada servidor público, la sociedad deposita su confianza para que aplique y ejerza de manera eficaz, eficiente, económica y transparente estos recursos.

El éxito para el control del ejercicio de la función pública, se sustenta en un eficaz esquema de responsabilidad de los servidores públicos, dado que en dicho esquema la eficacia del marco normativo fundamenta los principios de democracia, Estado de derecho y sobre todo la autodeterminación del pueblo.

La responsabilidad social en que incurren los gobiernos, cuando en el desempeño de sus funciones, desatienden las normas que determinan su competencia y sus atribuciones;  es producto de la ignorancia, descuido o aún más grave de la corrupción en que incurren los servidores públicos; derivando lo anterior en un daño a la sociedad, esto ofende y provoca un sentimiento de desconfianza total a la función pública del Estado.

El fenómeno de la corrupción del que ningún Estado está exento, es un inherente natural de la interacción social, que se da específicamente en el ejercicio de la función pública y de la aplicación de los recursos económicos; porque, en ambos se relacionan directa o indirectamente los gobernantes con los gobernados. Como consecuencia de esto, la sociedad demanda mecanismos de control eficaces, y como en la actualidad la sociedad  es más atenta y participativa en los asuntos públicos, exige mayor transparencia y rendición de cuentas de la gestión de los gobiernos.

Las sociedades han creado para la vigilancia de la función pública,  mecanismos de control y auditoria a priori, durante y a posteriori del ejercicio público; ya sea de manera externa, interna o ambas. En México, este mecanismo de control y auditoria se da a posteriori y de manera externa, mediante la revisión de las cuentas públicas, que es facultad del Poder Legislativo Federal y de los Poderes Legislativos Estatales; y de manera interna, mediante las contralorías que dependen de los Ejecutivos Federal y Estatal.

El accionar de la función pública en nuestro país, se enmarca en la normatividad que finca responsabilidades en los artículos 109 y 113 Constitucionales, donde se regula la responsabilidad administrativa, determinando que todo servidor público incurre en ésta, cuando en su conducta se dan actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben observarse en el desempeño de los empleos, cargos o comisiones. Además, determinan que las sanciones consisten en la suspensión, destitución e inhabilitación del cargo; independientemente, de las sanciones económicas que procedan y que deben establecerse en proporción con los beneficios económicos, obtenidos por el responsable y con los daños y perjuicios que causo con su conducta.

Este artículo 108 Constitucional, establece una amplia cobertura sobre los sujetos que pueden incurrir en responsabilidad, por la violación a la Constitución y las Leyes Federales; así como, por el manejo indebido de fondos y recursos federales. Sin embargo, en este último elemento de responsabilidad que atiende la gestión de los recursos económicos, no se incorpora al Gobierno Municipal; siendo que éstos, también son receptores de recursos federales.

La omisión que el artículo 108 Constitucional presenta, no resultó tan grave, dado que hasta antes de 1999, el municipio fungió como instancia administrativa de los Estados. Sin embargo, con el decreto de reforma del 23 de diciembre de 1999, el municipio se constituyo como orden de gobierno, y por lo tanto, esta omisión ahora si resulta grave; dado que, si atendemos lo mencionado en párrafos anteriores, el municipio en el momento mismo que se reconoció como instancia de gobierno, adquirió una responsabilidad social con sus gobernados locales, por ser éste la instancia de gobierno más cercana a la gente.

Dentro de la teoría de presupuestación y control, se establece que el auditor mas honesto y responsable es el ciudadano, dado que en éste recae el efecto y la causa de la acción del servidor público; por ende la presente iniciativa de reforma la guían dos directrices:

• Primero, que en el marco de un Estado de derecho y autodeterminación del pueblo, la rendición de cuentas se suscriba para todos los ordenes de gobierno de nuestro país, sobre todo en el uso y manejo de los recursos económicos que como ya se menciono es precisamente donde surge y nace el fenómeno de corrupción.

• Segundo, que al ser nuestra Carta Magna, el referente inmediato de los derechos que como gobernados tienen los mexicanos, y las obligaciones que como gobernantes tienen los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, plasmar en ésta, la responsabilidad en que incurren estos gobiernos, por el manejo indebido de fondos y recursos federales, derivando con ello, el tener no sólo 33 o 66 instancias de control y auditoria en la gestión los recursos económicos, sino 100 millones de auditores que día con día observan y analizan la función pública de sus gobiernos.

Estas dos directrices, contribuirán en gran medida al fin último de la presente iniciativa, que es el de involucrar en mayor medida a la sociedad mexicana en la toma de decisiones e implementación de las políticas públicas; y entonces sí, matizar una verdadera cultura de participación ciudadana en nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto, y con el fin de promover una verdadera rendición de cuentas, por la administración de los recursos económicos que los tres ordenes de gobierno realizan, me permito someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente

Proyecto de decreto de reformas y adiciones a los artículos 108, 110 y 111 del Título Cuarto “De la Responsabilidad de los Servidores Públicos”,  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Unico. Se reforma el párrafo tercero y se adiciona un párrafo al artículo 108; se reforma el párrafo segundo y se adiciona un párrafo al artículo 110, y se reforma el párrafo quinto al artículo 111, todos ellos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 108. ...

...

Los gobernadores de las Entidades Federativas, los diputados a las legislaturas locales, los magistrados de los tribunales superiores de justicia locales y, en su caso los miembros de las judicaturas locales, serán responsables por violaciones a esta Constitución y a las leyes federales.

Los gobernadores de las Entidades Federativas, los diputados a las legislaturas locales, los magistrados de los tribunales superiores de justicia locales, los miembros de las judicaturas locales, los presidentes municipales, los regidores de los Ayuntamientos y los síndicos municipales, serán responsables por la administración indebida de los fondos y recursos federales.

...

Artículo 110. ...

Los gobernadores de las Entidades Federativas, diputados locales, magistrados de los tribunales superiores de justicia locales y, en su caso los miembros de las judicaturas locales, sólo podrán ser sujetos de juicio político en los términos de este titulo por violaciones graves a esta Constitución y a las leyes federales que de ella emanen, así como por la administración indebida de los fondos y recursos federales, pero en este caso la declaración será únicamente declarativa y se comunicará a las legislaturas locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda.

Los presidentes, regidores y síndicos municipales, sólo podrán ser sujetos de juicio político en los términos de este titulo por la administración indebida de los fondos y recursos federales, pero en este caso la declaración será únicamente declarativa y se comunicará a las legislaturas locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda.

...

...

...

...

Artículo 111. ...

...

...

...

Para proceder penalmente por delitos federales contra los gobernadores de las Entidades Federativas, diputados locales, magistrados de los tribunales superiores de justicia de los estados, miembros de los consejos de las judicaturas locales, presidentes municipales, regidores de Ayuntamiento y síndicos municipales, se seguirá el mismo procedimiento establecido en este artículo, pero en este supuesto, la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las legislaturas locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda.

...

...

...

...

...

Transitorios

Primero. Las presentes reformas y adiciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el diario oficial de la federación.

Segundo. Quedan sin efecto las disposiciones que a la entrada en vigor del presente, contravengan las disposiciones del mismo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril del  2003.— Diputados: José Antonio Calderón Cardoso, Beatriz P. Lorenzo Juárez (rúbricas).»

Presidencia del diputadoJaime Vázquez Castillo

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias, señor diputado José Antonio Calderón Cardoso.

Tal como lo ha solicitado el diputado, insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y dictamen.

LEY AGRARIA

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Tiene la palabra hasta por 10 minutos, el señor diputado Francisco Javier Ortiz Esquivel, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa de reforma a los artículos 75 y 100 de la Ley Agraria.

El diputado Francisco Javier Ortiz Esquivel:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

El suscrito diputado federal de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión y en nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 75 y 100 de la Ley Agraria, conforme a la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Nuestro sector agropecuario, nuestro sector rural, padece un grave rezago que es notorio no sólo al compararlo con el de nuestros principales socios comerciales, sino también al realizar una comparación interna, al contrastarlo con los otros sectores de nuestra economía, cuyo desempeño a todas luces es mucho mejor.

Esta aplastante realidad no es fortuita, sino que obedece claramente a políticas públicas equivocadas que en buena medida han pasado por este Congreso.

Es sabido que las inversiones son el detonante de cualquier proyecto de crecimiento económico vigoroso y éstas en nuestro campo han sido notoriamente insuficientes, entre otras cosas porque en el pasado se les ahuyentó con políticas públicas sesgadas y mal implementadas y aún hoy es día que no contamos con el marco legal adecuado que las incentive.

Ciertamente las reformas de 1992 han ayudado a garantizar mejor los derechos de propiedad pero son insuficientes en muchos sentidos. Prueba de ello es que con todo y dichas reformas las inversiones en el sector siguen siendo claramente insuficientes. Y ciertamente con inversiones del sector público o se va a cubrir el enorme hueco pues éstas no pueden ser sino complementarias de las que realizan mayoritariamente los distintos actores del medio rural.

La presente iniciativa tiene por objeto precisamente eliminar a uno de esos obstáculos que menguan la inversión al dificultar la asociación entre ejidatarios y sociedades mercantiles.

Me refiero a los artículos 75 y 100 de la Ley Agraria, en donde se circunscribe la transmisión del dominio de tierras de uso común a sociedades mercantiles o civiles en las que participe en el ejido los ejidatarios, la comunidad o los comuneros a los casos de manifiesta utilidad para el núcleo.

Tal paternalista limitación es una ofensa a la inteligencia y sentido común de los ejidatarios, quienes por supuesto que saben cuando una asociación les conviene y cuando no. Además de que al eliminar dicha restricción, por cierto muy subjetiva para su determinación, no se excluye que los ejidatarios sean asesorados por las autoridades respectivas antes de recibir su participación en el proyecto, como se asienta en la fracción II del mismo artículo 75.

Por todo lo anterior, se propone reformar los artículos 75 y 100 de la Ley Agraria , a fin de suprimir el requisito de la comprobación de la manifiesta utilidad pública en los casos mencionados.

Iniciativa

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 75 y 100 de la Ley Agraria.

Unico. Se reforman los artículos 75 y 100 para quedar redactados en lo sucesivo de la siguiente manera:

Artículo 75. La asamblea ejidal podrá transmitir el dominio de tierras de uso común a sociedades mercantiles o civiles en las que participen el ejido o los ejidatarios, conforme al siguiente procedimiento.

Incisos del 1 al 5 quedan como están.

Artículo 100. La comunidad determinará el uso de sus tierras, su división en distintas porciones según distintas finalidades y la organización para el aprovechamiento de sus bienes. Podrá constituir sociedades civiles o mercantiles, asociarse con terceros, encargar la administración o ceder temporalmente el uso y disfrute de sus bienes para su mejor aprovechamiento.

La Asamblea con los requisitos de asistencia y votación previstos en la fracción IX del artículo 23 podrá decidir y transmitir el dominio de áreas de uso común a estas sociedades, en los términos previstos en el artículo 75.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al contenido del presente decreto.

Es cuanto, señor Presidente.

«Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 75 y 100 de la Ley Agraria.

Con el permiso de la Presidencia;   compañeras y compañeros legisladores:

El suscrito, diputado federal de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, y en nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 75 y 100 de la Ley Agraria, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

Nuestro sector agropecuario, nuestro sector rural, padece un grave rezago que es notorio no sólo al compararlo con el de nuestros principales socios comerciales, sino también al realizar una comparación interna, al contrastarlo con los otros sectores de nuestra economía cuyo desempeño a todas luces es mucho mejor. Esta aplastante realidad no es fortuita sino que obedece claramente a políticas públicas equivocadas que en buena medida han pasado por este Congreso.

Es sabido que las inversiones son el detonante de cualquier proyecto de crecimiento económico vigoroso. Y éstas, en nuestro campo, han sido notoriamente insuficientes, entre otras cosas porque en el pasado se las ahuyentó con políticas públicas sesgadas y mal implementadas y aún hoy es día que no contamos con el marco legal adecuado que las incentive. Ciertamente, las reformas del 92 han ayudado al garantizar mejor los derechos de propiedad, pero son insuficientes en muchos sentidos. Prueba de ello es que, con todo y dichas reformas, las inversiones en el sector siguen siendo claramente insuficientes. Y ciertamente con inversiones del sector público no se va a cubrir el enorme hueco pues éstas no pueden ser sino complementarias de las que realicen mayoritariamente los distintos actores del medio rural.

La presente iniciativa tiene por objeto precisamente eliminar a uno de esos obstáculos que menguan la inversión al dificultar la asociación entre ejidatarios y sociedades mercantiles.

Me refiero a los artículos 75 y 100 de la Ley Agraria, en donde se circunscribe la transmisión del dominio de tierras de uso común a sociedades mercantiles o civiles en las que participen el ejido, los ejidatarios, la comunidad o los comuneros, a los casos de manifiesta utilidad para el núcleo.

Tal paternalista limitación es una ofensa a la inteligencia y sentido común de los ejidatarios, quienes por supuesto que saben cuándo una asociación les conviene y cuándo no. Además, al eliminar dicha restricción, por cierto muy subjetiva para su determinación, no se excluye que los ejidatarios sean asesorados por las autoridades respectivas antes de decidir su participación en el proyecto, como se asienta en la fracción II del mismo artículo 75.

Por todo lo anterior, se propone reformar los artículos 75 y 100 de la Ley Agraria, a fin de suprimir el requisito de la comprobación de la manifiesta utilidad pública en los casos mencionados.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 100 de la Ley Agraria.

Artículo Unico. Se reforman los artículos 75 y 100, para quedar redactados en lo sucesivo de la siguiente manera:

Artículo 75.

La asamblea ejidal podrá transmitir el dominio de tierras de uso común a sociedades mercantiles o civiles en las que participen el ejido o los ejidatarios conforme al siguiente procedimiento:

I. a V. ...

...

...

...

Artículo 100.

La comunidad determinará el uso de sus tierras, su división en distintas porciones según distintas finalidades y la organización para el aprovechamiento de sus bienes. Podrá constituir sociedades civiles o mercantiles, asociarse con terceros, encargar la administración o ceder temporalmente el uso y disfrute de sus bienes para su mejor aprovechamiento. La asamblea, con los requisitos de asistencia y votación previstos para la fracción IX del artículo 23 podrá decidir transmitir el dominio de áreas de uso común a estas sociedades en los términos previstos por el artículo 75.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al contenido del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2003.— Dip. Francisco Javier Ortiz Esquivel (rúbrica).»

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Túrnese a la Comisión de la Reforma Agraria. Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

COFIPE

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Tiene el uso de la palabra, hasta por 10 minutos, el diputado Luis Miguel Santibáñez García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa de adición al artículo 42, del artículo 44, del artículo 69 y del artículo 96 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El diputado Luis Miguel Santibáñez García:

Gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Como diputado federal, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable Asamblea iniciativa que adiciona diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales al tenor de la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Nuestra Carta Magna en su artículo 1o. deja asentado que en los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y las condiciones que ella misma establece. Asimismo prohíbe todo tipo de discriminación de origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Por otro lado, el artículo 35 constitucional establece como una de las prerrogativas del ciudadano votar en las elecciones populares y poder ser votado para todos los cargos de elección popular y nombrado para cualquier otro empleo y comisión, teniendo las calidades que establezca la ley en la materia.

Conscientes de que nuestro país es producto de la unión de pueblos y culturas diferentes, en donde la unidad nacional no puede sustentarse en la imposición de una cultura sobre las demás, sino que debe ser el resultado de la colaboración fraterna entre los distintos pueblos y comunidades que integran nuestra nación, el Constituyente Permanente estableció en el artículo 2o. de nuestra Ley Fundamental, derivado de la reforma constitucional en materia de derechos y cultura indígena, por primera vez en la historia del constitucionalismo mexicano, un artículo especial para salvaguardar los derechos de los pueblos y las comunidades indígenas, así como para establecer las obligaciones del Estado en esta materia.

Dicha acción legislativa se encontró principalmente motivada por la desigualdad, marginación, falta de identidad plena, falta de educación y oportunidades de desarrollo y demás actos de naturaleza discriminatoria que sufren nuestros indígenas. Eso ha llegado a representar, sin lugar a dudas, un gran avance en el reconocimiento constitucional de los derechos indígenas, así como el afianzamiento del principio de igualdad por ley y ante la ley, que debe existir entre todas las personas.

Los pueblos indígenas de nuestro país representan casi el 10% de la población total y aportan a la diversidad de esta nación más de 60 lenguas distintas al español. La lengua es instrumento del pensamiento y de la acción y el medio más importante de comunicación entre los miembros de la comunidad y con las otras comunidades y de éstos y éstas con sus autoridades, por lo cual se requiere de las medidas que potencien su uso y faciliten el ejercicio del derecho al voto por parte de los ciudadanos indígenas mexicanos.

Los indígenas se han visto limitados en el ejercicio de esta prerrogativa o en su caso requieren de la ayuda de otra persona, afectando su derecho de elegir a sus representantes de acuerdo a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y en términos de las características del voto, de forma universal, libre, secreta, directa, personal e intransferible.

Muchas veces los indígenas, particularmente los monolingües, no conocen las plataformas de los partidos, por lo cual no se garantiza la obligación de los partidos políticos de dar a conocer su oferta política, responsabilidad establecida en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. De ahí la necesidad de comunicar las ideas y los planteamientos de cada agrupación política de acuerdo a la condición de estos grupos sociales.

La lengua indígena no debe constituirse en un obstáculo para el ejercicio pleno del voto, menos aún cuando nuestra propia Constitución Política reconoce y busca garantizar el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas para preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad.

Recordemos además que la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, que tiene por objeto regular el reconocimiento y protección de los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de los pueblos y comunidades indígenas, así como la promoción del uso y desarrollo de las lenguas indígenas, dicta en el artículo 7o. que las lenguas indígenas serán válidas al igual que el español para cualquier otro asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública.

Dentro de los esfuerzos del Estado mexicano destaca también la instalación a lo largo del territorio nacional de 24 radiodifusoras indígenas que cubren cerca de 928 territorios municipales de un total de 2 mil 315 municipios hablantes de lenguas indígenas, abarcando así el 40% del total. De esto se deduce que hay esferas que debemos fortalecer para hacer efectivo uno de los presupuestos básicos que definen a la democracia: la extensión del sufragio popular a todos los ciudadanos, con independencia en sus condiciones culturales, sociales, políticas y económicas.

Dados los logros alcanzados en el Concierto de Naciones, no debemos pensar en los pueblos indígenas como grupos víctimas o en atraso, sino como entes sociales en diversidad cultural, costumbres, lenguas, identidad y con deseos de participar en la vida política, social y económica del país.

Como medida establece la Carta Magna de nuestra nación que los partidos políticos son entidades de interés público y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, hacer posible el acceso de los ciudadanos al ejercicio del poder público.

Es por ello que proponemos que los partidos políticos y la autoridad electoral tengan la obligación de difundir sus plataformas en lengua indígena. Dados los tiempos de nuestro país se requiere el establecimiento de mecanismos que permitan lograr el conocimiento, la promoción y difusión de la cultura electoral y llegar a los ciudadanos indígenas.

En el marco de los trabajos realizados por esta soberanía, tales como las reformas constitucionales en materia de derecho y cultura indígena buscando la igualdad y la eliminación de toda práctica discriminatoria.

Esa iniciativa plasma el respeto en la conciencia nacional a la diversidad cultural buscando la correlación entre individuos y grupos diferentes al hacer posible el conocimiento de ideas y proyectos de los partidos políticos en las lenguas propias de cada familia étnica.

De esta soberanía partirá la oportunidad de garantizar a los indígenas las acciones dictadas por la Constitución para preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan cultura e identidad, proveyendo así a los mexicanos indígenas de la ocasión de analizar plataformas, principios y valores de cada partido político que se acerque en busca de favor del voto.

Dado lo anterior, se busca establecer que desde el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en su carácter de norma electoral tanto el Instituto Federal Electoral como los partidos políticos utilicen las lenguas indígenas para dar a conocer las campañas de participación ciudadana y de información partidista, así como las plataformas políticas de las campañas para la orientación del voto.

Para Acción Nacional la búsqueda de la participación de los ciudadanos de la política no ha sido moda pasajera, sino modo de vida institucional en nuestros más de 70 años de existencia, por lo que se hace impostergable la apertura de los partidos políticos a la nación, ya que como bien expresó nuestro fundador don Manuel Gómez Morín en 1954, llevamos largos años viviendo en un ambiente cerrado, de resecciones, de monopolio, de estatismo, de temor, de desconfianza, de confusión, necesitamos renovar este ambiente, abrir las puertas a la reforma y a la libertad, suscitar y encauzar responsablemente discrepancias enriquecedoras, necesitamos en suma, proclamar nuestra mayoría de edad y adquirir la conciencia de lo que somos, lo que poseemos y del riesgo de dejar de serlo, de la responsabilidad de hacer frente a este riesgo.

Proponemos estas reformas, conscientes de la necesidad de establecer dentro del ámbito de nuestra competencia los mecanismos jurídicos necesarios para complementar los antecedentes legislativos en materia de lenguas indígenas y en lo que se refiere a los derechos políticos específicamente y en lo que corresponda al derecho de votar.

El objetivo en concreto es éste, que los mexicanos indígenas conozcan los ofrecimientos de los distintos partidos políticos para saber si en ellos puedan elegir las alternativas que más convenga a sus intereses. Pero remarcamos que esta iniciativa tiene una ventaja original además de buscar garantizar los derechos políticos de los pueblos y comunidades indígenas promoverá y valorará el uso de la lengua indígena.

Como consecuencia de estos argumentos y en uso de las atribuciones a los que he hecho referencia y en aras del desarrollo democrático de nuestro país me permito presentar y someter a esta honorable Asamblea la siguiente

Iniciativa

Con proyecto de decreto que adiciona diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Artículo único. Se adiciona en el artículo 42, el párrafo tercero, del artículo 44 del inciso g), del artículo 69 y el inciso b) del artículo 96, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

“Artículo 42. Los partidos políticos al ejercer progresiva hacendaria y de división deberán difundir sus principios ideológicos, programas de difusión y plataformas electorales en idioma español y en lengua indígena por lo menos en aquellos distritos donde existe una mayoría de habitantes indígenas.

Ya termino, señor Presidente.

Artículo 44, párrafo 3o. Los partidos políticos utilizarán por lo menos la mitad del tiempo que les corresponda durante los procesos electorales para difundir en el contenido de sus plataformas electorales en idioma español y de ser el caso en lengua indígena de conformidad con el artículo 42 de este código.

Artículo 69. Son fines del instituto, inciso g), llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la cultura democrática en idioma español y en las lenguas indígenas representativas de la República Mexicana conocidas por el INEGI.

Artículo 96. La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y de Educación Cívica tiene las siguientes atribuciones.

d) Orientar a los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones político-electorales en idioma español y en las lenguas indígenas representativas de la República Mexicana reconocidas por el INEGI.”

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Muchas gracias.

«C. Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.— Presente.

Luis Miguel Santibáñez García, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 2º y la fracción II del artículo 71, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto que Adiciona el Artículo 42, el Párrafo 3º del Artículo 44, el Inciso g) del Artículo 69 y el Inciso d) del Artículo 96, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Nuestra Carta Magna en su artículo primero deja asentado que, en los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece. Asimismo, prohibe todo tipo de discriminación por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Por otro lado, el artículo 35 constitucional establece como unas de las prerrogativas del ciudadano votar en las elecciones populares y poder ser votado para todos los cargos de elección popular, y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley en la materia.

El ejercicio de la ciudadanía es la base de sustentación del poder del Estado ya que otorga la capacidad a quien ostenta dicha categoría jurídica de participar en los asuntos públicos del país: básicamente en el proceso democrático de designación de autoridades públicas y representantes populares, así como en el ejercicio de las atribuciones fundamentales de los órganos del Estado.

Si en los Estados democráticos las leyes que establecen el derecho al voto son fundamentales, igualmente deben ser los actos que dan vida a tales preceptos. El sufragio en nuestro país se ha consolidado como un derecho y una obligación para cada ciudadano, quien con ello debe elegir libremente a sus representantes.

La diversidad de razas, culturas, lenguas, costumbres, religiones, condiciones y capacidades existentes en nuestro país nos obliga a pensar y ejercer la inclusión y el disfrute real de los derechos constitucionales, de acuerdo a las condiciones particulares de los grupos sociales que conforman nuestra diversidad nacional, de ser el caso, con la distinción única que en su beneficio dicte la Constitución mexicana.

Al respecto, no cabe duda que estamos avanzado hacia una sociedad incluyente y democrática, prueba de ello es la ratificación de nuestro país de diversos convenios y tratados internacionales, los cambios en la legislación actual y creación de nuevas leyes, así como las políticas públicas instrumentadas.

Consciente de que nuestro país es producto de la unión de pueblos y culturas diferentes, en donde la unidad nacional no puede sustentarse en la imposición de una cultura sobre las demás, sino que debe ser el resultado de la colaboración fraterna entre los distintos pueblos  y comunidades que integran nuestra Nación, el Constituyente Permanente estableció en el artículo 2º de nuestra Ley Fundamental, derivado de la reforma constitucional en materia de derechos y cultura indígena, por primera vez en la historia del constitucionalismo mexicano, un artículo especial para salvaguardar los derechos de los pueblos y las comunidades indígenas, así como para establecer las obligaciones del Estado en esta materia.

Dicha acción legislativa se encontró principalmente motivada por la desigualdad, marginación, falta de identidad plena, falta de educación y oportunidades de desarrollo y demás actos de naturaleza discriminatoria que sufren nuestros indígenas. Eso ha llegado a representar, sin lugar a dudas, un gran avance en el reconocimiento constitucional de los derechos indígenas, así como el afianzamiento del principio de igualdad por la Ley y  ante la Ley, que debe existir entre todas las personas.

Los pueblos indígenas en nuestro país representan casi el 10 por ciento de la población total y aportan a la diversidad de esta Nación más de sesenta lenguas distintas al español.

La lengua es instrumento del pensamiento y de la acción y el medio más importante de comunicación entre los miembros de la comunidad, con las otras comunidades, y de estos y estas con sus autoridades, por lo cual se requiere de las medidas que potencien su uso y faciliten el ejercicio del derecho al voto por parte de los ciudadanos indígenas mexicanos.

Los indígenas se han visto limitados en el ejercicio de esta prerrogativa, o en su caso, requieren de la ayuda de otra persona, afectando su derecho de elegir a sus representantes de acuerdo a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y en términos de las características del voto: de forma universal, libre, secreta, directa, personal e intransferible.

Muchas veces los indígenas, particularmente los monolingües, no conocen las plataformas de los partidos, por lo cual no se garantiza la obligación de los partidos políticos de dar a conocer su oferta política, responsabilidad establecida en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. De allí la necesidad de comunicar las ideas y los planteamientos de cada agrupación política de acuerdo a la cosmovisión de estos grupos sociales.

La lengua indígena no debe constituir un obstáculo para el ejercicio pleno del voto, menos aún cuando nuestra propia Constitución Política reconoce y busca garantizar el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas para preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad.

Recordemos además que la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, que tiene por objeto regular el reconocimiento y protección de los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de los pueblos y comunidades indígenas, así como la promoción del uso y desarrollo de las lenguas indígenas, dicta en el artículo 7 que las lenguas indígenas serán válidas, al igual que el español, para cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública.

Dentro de los esfuerzos del Estado mexicano destaca también la instalación, a lo largo del territorio nacional, de veinticuatro radiodifusoras indígenas que cubren cerca de 928 territorios municipales, de un total de 2,315 municipios hablantes de lenguas indígenas, abarcando así al 40 por ciento del total.

Por otra parte, si bien es cierto que México ha modernizado su marco constitucional en materia de igualdad de derechos, particularmente al establecer como una prerrogativa del ciudadano el votar en las elecciones populares, no debemos soslayar, como ya se dijo, que determinadas circunstancias impiden la realización plena de dicha prerrogativa constitucional, y una de ellas es la escasez de disposiciones legales que garanticen de manera eficaz la igualdad de derechos que debe prevalecer entre todos los gobernados sin distinción alguna.

De esto se deduce que hay esferas que debemos fortalecer para hacer efectivo uno de los presupuestos básicos que define a la democracia: la extensión del sufragio popular a todos los ciudadanos con independencia de sus condiciones culturales, sociales, políticas y económicas.

Dados los logros alcanzados en el concierto de naciones, no debemos pensar en los pueblos indígenas como grupos víctimas o en atraso, sino como entes sociales en diversidad cultural, costumbres, lenguas, identidad y con deseos de participar en la vida política, social y económica del país.

Como bien establece la Carta Magna de nuestra Nación, los partidos políticos son entidades de interés público y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, hacer posible el acceso de los ciudadanos al ejercicio del poder público. Es por ello que proponemos que los partidos políticos y la autoridad electoral tengan la obligación de difundir sus plataformas en lengua indígena.

Dados los tiempos de nuestro país, se requiere el establecimiento de mecanismos que permitan lograr el conocimiento, la promoción y difusión de la cultura electoral y llegar a los ciudadanos indígenas, en el marco de los trabajos realizados por esta Soberanía, tales como las reformas constitucionales en materia de derechos y cultura indígena, buscando la igualdad y la eliminación de toda práctica discriminatoria.

Esta iniciativa plasma el respeto en la conciencia nacional a la diversidad cultural, buscando la correlación entre individuos y grupos diferentes al hacer posible el conocimiento de ideas y proyectos de los partidos políticos en las lenguas propias de cada familia étnica.

De esta Soberanía partirá la oportunidad de garantizar a los indígenas las acciones dictadas por la Constitución para “preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad”, proveyendo así a los mexicanos indígenas la ocasión de analizar plataformas, principios y valores de cada partido político que se acerque en busca del favor del voto.

Dado lo anterior, se busca establecer que desde el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su carácter de norma electoral, tanto el Instituto Federal Electoral como los partidos políticos utilicen las lenguas indígenas para dar a conocer las campañas de participación ciudadana y de información partidista, así como las plataformas políticas y las campañas para la orientación del voto.

Para Acción Nacional la búsqueda de la participación de los ciudadanos en la política no ha sido moda pasajera, sino modo de vida institucional en nuestros más de 60 años de existencia por lo que se hace impostergable la apertura de los Partidos Políticos a la Nación, ya que, como bien expresó nuestro fundador, Don Manuel Gómez Morín en 1954: “llevamos largos años viviendo en un ambiente cerrado, de restricciones, de monopolio, de estatismo, de temor, de desconfianza, de confusión: necesitamos renovar este ambiente, abrir  las puertas a la reforma y a la libertad, suscitar y encauzar responsablemente discrepancias enriquecedoras… necesitamos, en suma, proclamar nuestra mayoría de edad y adquirir la conciencia de lo que somos, de lo que poseemos y del riesgo de dejar de serlo, de la responsabilidad de hacer frente a este riesgo”

El reconocimiento jurídico para participar en la política mexicana por parte de los ciudadanos mexicanos indígenas, requiere que los partidos políticos y las autoridades en materia electoral implementen los instrumentos que les permita participar de manera informada y en igualdad de condiciones en las elecciones.

Por el compromiso que como legisladores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, tenemos con los pueblos indígenas del país no podemos dejar pasar la oportunidad de ofrecer a esta Soberanía una alternativa más para buscar la igualdad real de derechos y de oportunidades para los pueblos indígenas del país.

Proponemos esta reforma conscientes de la necesidad de establecer dentro del ámbito de nuestra competencia, los mecanismos jurídicos necesarios, para complementar los antecedentes legislativos en materia de lenguas indígenas y en lo que se refiere a los derechos políticos, específicamente en lo que corresponde al derecho a votar.

El objetivo concreto es ése: que los mexicanos indígenas conozcan los ofrecimientos de los distintos partidos políticos, para que con base en ello, puedan elegir la alternativa que más convenga a sus intereses, pero remarcamos que esta iniciativa tiene una ventaja adicional además de buscar garantizar los derechos políticos de los pueblos y comunidades indígenas, promoverá y valorará el uso de la lengua indígena.

Como consecuencia de estos argumentos, en uso de las atribuciones a las que he hecho referencia y en aras del desarrollo democrático de nuestro, me permito presentar y someter a esta Honorable Asamblea la siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 42, el párrafo 3º del artículo 44, el inciso g) del artículo 69 y el inciso d) del artículo 96, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Artículo Unico. Se adicionan el artículo 42, el párrafo 3º del artículo 44, el inciso g) del artículo 69 y el inciso d) del artículo 96, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

Artículo 42

Los partidos políticos, al ejercer sus prerrogativas en radio y televisión deberán, difundir sus principios ideológicos, programas de acción y plataformas electorales en idioma español, y en lengua indígena por lo menos en aquellos distritos donde exista una mayoría de hablantes indígenas.

Artículo 44

1…

2…

3. Los partidos políticos utilizarán, por lo menos, la mitad del tiempo que les corresponda durante los procesos electorales para difundir el contenido de sus plataformas electorales, en idioma español y, de ser el caso, en lengua indígena, de conformidad con el artículo 42 de este Código.

Artículo 69

1. Son fines del Instituto:

a) …

b) …

c) …

d) …

e) …

f) …

g) Llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la cultura democrática en idioma español y en las lenguas indígenas representativas de la República Mexicana reconocidas por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

Artículo 96

1. La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica tiene las siguientes atribuciones:

a)

b)

c)

d) Orientar a los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones político-electorales en idioma español y en las lenguas indígenas representativas de la República Mexicana reconocidas por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática;

Artículo Transitorio

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, DF, a 14 de abril de 2003.— Diputados: Luis Miguel Santibáñez García, Pablo Arnaud Carreño, José de Jesús López Sandoval, Oscar Cano Garza, Manuel Orozco Garza, José María Tejeda Vázquez, Carlos Raymundo Toledo (rúbricas).»

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias señor diputado Miguel Santibáñez García.

Túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

La iniciativa que sería presentada por el señor diputado José Elías Romero Apis, se pospone a solicitud del propio diputado Romero Apis.

 

LEY ADUANERA

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

En consecuencia, tiene la palabra el señor diputado César Alejandro Monraz Sustaita, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera, hasta por 10 minutos.

El diputado César Alejandro Monraz Sustaita:

Con su permiso, señor Presidente; señoras y señores diputados de esta LVIII Legislatura.

El día de hoy me presento ante ustedes para presentar una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera, para exentar del impuesto a la importación a las personas con discapacidad que importen vehículos.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 en su fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, el suscrito, diputado federal de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Acción Nacional, someto a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa bajo la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

El acceso a los servicios de salud se reconoce como un derecho fundamental para todos los mexicanos por igual, sin importar su condición social, raza o sexo; asimismo exige el diseño y la creación de mecanismos que permitan facilitar la utilización y uso para toda la población. Así, es necesario compartir la responsabilidad de la atención de los grupos más vulnerables, así como solidarizarse con los que menos tienen buscándose que la sociedad contribuya y ayude a las personas que más lo requieren.

Las necesidades del ser humano de convivir en sociedad y relacionarse con todo aquello que lo rodea, obligan tanto a las autoridades como a la sociedad, a tomar conciencia de que las personas con discapacidad y sus familias no son diferentes ni ajenas a la vida cotidiana.

Las personas con discapacidad requieren muchas veces de accesorios y aparatos con características especiales, ya que las condiciones físicas, intelectuales o sensoriales de estas personas les impiden llevar una vida como la de las personas que no requieren de una atención específica.

En materia fiscal, la legislación actual contempla la exención del Impuesto al Comercio Exterior en la importación de vehículos especiales o adaptados para uso personal de las personas con discapacidad motriz, además de permitir que las personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles en el Impuesto Sobre la Renta que tengan con la actividad la atención de dichas personas, importen mercancías siempre que se trate de artículos que por sus características suplan o disminuyan su discapacidad; permitan que en dichas personas su desarrollo físico, educativo, profesional o social se utilicen exclusiva y permanentemente para las mismas para esos fines y cuenten con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Toda vez que la Ley Aduanera establece en el segundo párrafo de la fracción XV del artículo 61, que en la actualidad dice: “para los efectos de lo dispuesto en esta fracción, se considera como persona con discapacidad la que debido a la pérdida o anormalidad de una estructura o función sicológica, fisiológica o anatómica sufra la restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano y acredite dicha circunstancia con una constancia expedida por alguna institución de salud con autorización oficial.”

Sin embargo, en la práctica sólo se autoriza la importación de vehículos a personas con discapacidad motriz dejando fuera de otro tipo de discapacidades que no requieren accesorios especiales en el vehículo y a los cuales no se contempla ninguna exención en la importación de vehículos para su uso personal o a través de terceros.

Esto contradice lo que en la misma ley se considera como persona con discapacidad; lo anterior discrimina a un cierto grupo de personas que cuentan con una discapacidad distinta a las que sufren otros grupos de personas, en este caso la motriz.

Para que una persona con discapacidad diferente a la motriz pueda gozar de la exención mencionada, se presenta a través de esta iniciativa la ampliación de este beneficio, ya existente en ley. En este sentido debe brindarse la oportunidad y el acceso por igual a todas las personas que cuenten con una discapacidad, debido a la pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica y que sufra la restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano, sin importar cual sea ésta, a una exención fiscal ya existente, a fin de darles un trato equitativo y justo la cual ayudará a tener una vida más digna.

Es por ello que propongo se contemple la exención del impuesto a la importación a los vehículos que sean destinados exclusivamente para el transporte de personas con discapacidad, debido a la pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica y que sufra la restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano, siempre y cuando el vehículo se facture a nombre de la persona que sufre dichas discapacidades, se presente el certificado médico correspondiente y se sujete a las reglas de carácter general, que expida al respecto el Servicio de Administración Tributaria.

Es así, que la iniciativa que somete a su consideración plantea la adición de un tercer párrafo y la modificación al último párrafo de la fracción XV, además de realizar modificaciones al último párrafo de la fracción XVII, todos del artículo 61 de la Ley Aduanera. Al llevar a cabo dicha reforma se permitirá eliminar la discriminación que contra los discapacitados existe, respecto a la aplicación de la exención del impuesto a la importación.

Existen dos caminos para que una persona con un impedimento o con una discapacidad pueda mitigar su desventaja, el primero es emplear todos los accesorios para este tipo de personas y el segundo adoptar una actitud constructiva y realista. Si bien es cierto que durante los últimos años se ha ido construyendo un marco legal institucional, para apoyar a las personas con discapacidad, la realidad es que existe poca comprensión de las autoridades prevaleciendo aún rezagos y carencias. Se requiere entonces de un avance de fondo en las disposiciones legales y no sólo fiscales, que permitan realmente a la población con discapacidad, cualquiera que sea ésta, un mejor desarrollo e integración social.

Estamos en condiciones de brindar el apoyo para que las personas con discapacidad y sus familias, se integren plenamente en un marco de igualdad y dignidad como ciudadanos y más importe aún como mexicanos, con las mismas oportunidades en todos los sentidos. Debemos eliminar las barreras físicas y urbanas, así como poner a su disposición todos los elementos disponibles con el fin de lograr que estas personas se integren plenamente a la sociedad.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente

 iniciativa

Con proyecto de decreto, que reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera para exentar del impuesto a la importación a las personas con discapacidad que importen vehículos.

Artículo único. Se reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

“Artículo 61 fracción V, penúltimo párrafo. Los vehículos destinados exclusivamente al transporte de personas con discapacidad, siempre y cuando el vehículo se facture a nombre de la persona que sufre dichas discapacidades, se presente el certificado médico correspondiente avalado por una institución de salud y se sujete a las reglas de carácter general que al efecto expida el Servicio de Administración Tributaria.

Tratándose de vehículos destinados exclusivamente al transporte de personas con discapacidad, así como aquellos especiales o adaptados, las personas con discapacidad podrán importar sólo un vehículo para uso personal cada cuatro años, siempre que cuenten con un engomado oficial que lo acredite.

Las personas morales a que se refiere el primer párrafo de esta fracción, podrán importar hasta tres vehículos cada cuatro años de carácter de transporte colectivo. En ambos casos el importador no podrá enajenar dichos vehículos sino después de cuatro años de haberlos importado. En caso contrario que se proceda a la enajenación se pagará el impuesto correspondiente. Esta condición deberá constar en el pedimento de importación correspondiente.

Fracción XVII, último párrafo. Para los efectos de las fracciones XV, tratándose de vehículos destinados exclusivamente al transporte de personas con discapacidad, así como de aquellos especialmente adaptados para personas con discapacidad, así como de la fracción XVII, tratándose de los donativos en materia de alimentación y vestido en caso de desastre natural o condición de extrema pobreza, únicamente podrán ser realizados en términos de las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.”

Artículo transitorio. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al que el Servicio de Administración Tributaria expida las reglas generales a las que se hace referencia. Dicho plazo no será mayor a 60 días naturales posteriores de su publicación del presente decreto.

Atentamente, un servidor.

Muchísimas gracias.

«Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo  61 de la Ley Aduanera para Exentar del Impuesto a la Importación a las Personas con Discapacidad que Importen Vehículos.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito, diputado federal de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, someto a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera, para exentar del Impuesto a la Importación a las personas con discapacidad que importen vehículos, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El acceso a los servicios de salud se reconoce como un derecho fundamental para todos los mexicanos por igual, sin importar su condición social, raza o sexo. Asimismo, exige el diseño y la creación de mecanismos que permitan facilitar su utilización y uso por toda la población.

Así, es necesario compartir la responsabilidad de la atención de los grupos más vulnerables, así como solidarizarse con los que menos tienen, buscándose que la sociedad contribuya y ayude a las personas que más lo requieren.

Las necesidades del ser humano de convivir en sociedad y relacionarse con todo lo que lo rodea obligan tanto a las autoridades como a la sociedad a tomar conciencia de que las personas con discapacidad y sus familias no son diferentes ni ajenas a la vida cotidiana.

Las personas con discapacidad requieren muchas veces accesorios y aparatos con características especiales, ya que sus condiciones físicas, intelectuales o sensoriales les impiden llevar una vida como la de quienes no requieren atención específica.

En materia fiscal, la legislación actual considera la exención de los impuestos al comercio exterior en la importación de vehículos especiales o adaptados para uso personal de las personas con discapacidad, además de permitir que las personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles en el Impuesto Sobre la Renta que tengan como actividad la atención de dichas personas importen mercancías siempre que se trate de artículos que, por sus características, suplan o disminuyan su discapacidad; permitan a dichas personas su desarrollo físico, educativo, profesional o social; se utilicen exclusiva y permanentemente por ellas para esos fines; y cuenten con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Toda vez que la Ley Aduanera establece en el segundo párrafo de la fracción XV del artículo 61 que:

Para los efectos de lo dispuesto en esta fracción, se considerará como persona con discapacidad la que debido a la pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica, sufre la restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano, y acredite dicha circunstancia con una constancia expedida por alguna institución de salud con autorización oficial.

Sin embargo, en la práctica sólo se autoriza la importación de vehículos a personas con discapacidad motriz, dejando fuera otro tipo de discapacitados que no requieren accesorios especiales en el vehículo y a quienes no se considera ninguna exención en la importación de vehículos para su uso personal o a través de terceros. Esto contradice lo que en la misma ley se considera como personas con discapacidad. Lo anterior discrimina a cierto grupo de personas que cuentan con una discapacidad distinta de la que sufren otros grupos de personas.

Para que una persona con discapacidad diferente de la motriz pueda gozar de la exención mencionada se presenta, a través de esta iniciativa, la ampliación de este beneficio ya existente en ley.

En este sentido, deben brindarse la oportunidad y el acceso por igual a todas las personas que cuenten con una discapacidad debido a la pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica, y que sufre la restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano, sin importar cuál sea ésta, a una exención fiscal ya existente, a fin de darles un trato equitativo y justo, lo cual les ayudará a tener una vida más digna.

Por ello propongo que se considere la exención del impuesto a la importación de vehículos que sean destinados exclusivamente para el transporte de personas con discapacidad debido a la pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica, y que sufre la restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano, siempre que el vehículo se facture a nombre de la persona que sufre dichas discapacidades, se presente el certificado médico correspondiente y se sujete a las reglas de carácter general que expida al respecto el Servicio de Administración Tributaria.

Así, la iniciativa que someto a su consideración plantea la adición de un tercer párrafo y la modificación del último de la fracción XV, además de realizar modificaciones al último párrafo de la fracción XVII del artículo 61 de la Ley Aduanera. Al llevar a cabo dichas reformas, se permitirá eliminar la discriminación que contra los discapacitados existe respecto a la aplicación de la exención del impuesto a la importación.

Existen dos caminos para que una persona con un impedimento o con discapacidad pueda mitigar su desventaja. El primero es emplear todos los accesorios para este tipo de personas; y el segundo, adoptar una actitud constructiva y realista.

Si bien durante los últimos años se ha ido construyendo un marco legal e institucional para apoyar a las personas discapacitadas, la realidad es que existe poca comprensión de las autoridades, prevaleciendo aún rezagos y carencias.

Se requieren entonces avances de fondo en las disposiciones legales y no sólo fiscales, que permitan realmente a la población con discapacidad, cualquiera que ésta sea, un mejor desarrollo e integración social.

Estamos en condiciones de brindar apoyo para que las personas discapacitadas y sus familias se integren plenamente, en un marco de igualdad y dignidad, como ciudadanos y, más importante aún, como mexicanos, con las mismas oportunidades en todos los sentidos.

Debemos, pues, eliminar las barreras físicas y urbanas, así como poner a su disposición todos los elementos disponibles, a fin de lograr que estas personas se integren plenamente a la sociedad.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera, para exentar del impuesto a la importación a las personas con discapacidad que importen vehículos.

Artículo Unico. Se reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

Artículo 61. …

...

XV. …

Los vehículos destinados exclusivamente al transporte de personas con discapacidad, siempre y cuando el vehículo se facture a nombre de la persona que sufre dichas discapacidades, se presente el certificado médico correspondiente avalado por una institución de salud y se sujete a las reglas de carácter general que al efecto expida el Servicio de Administración Tributaria.

Tratándose de vehículos destinados exclusivamente al transporte de personas con discapacidad, así como los especiales o adaptados, las personas con discapacidad podrán importar sólo un vehículo para su uso personal cada cuatro años, siempre que cuenten con un engomado oficial que lo acredite. Las personas morales a que se refiere el primer párrafo de esta fracción podrán importar hasta tres vehículos de transporte colectivo cada cuatro años. En ambos casos, el importador no podrá enajenar dichos vehículos sino después de cuatro años de haberlos importado; en caso contrario, se cargará el impuesto correspondiente. Esta condición deberá constar en el pedimento de importación correspondiente.

XVII. …

Para los efectos de las fracciones XV, tratándose de vehículos destinados exclusivamente al transporte de personas con discapacidad, así como los especialmente adaptados para personas con discapacidad, así como la de la XVII, tratándose de los donativos en materia de alimentación y vestido en caso de desastre natural o condiciones de extrema pobreza, únicamente podrán ser realizados en términos de las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.

Transitorio

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de que el Servicio de Administración Tributaria expida las reglas generales a que se hace referencia. Dicho plazo no será mayor de 60 días naturales posteriores a su publicación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2003.— Dip. César Alejandro Monraz Sustaita (rúbrica).»

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias, señor diputado César Alejandro Monraz.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen, insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

La iniciativa que sería presentada por el señor diputado Amador Rodríguez Lozano, de reforma a los artículos 42 y 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se pospone a petición del propio diputado Rodríguez Lozano.

 

LEY DE TRANSPARENCIA Y FOMENTO A LA COMPETENCIA EN EL CREDITO GARANTIZADO

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Pasamos al capítulo de dictámenes de primera lectura. El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Comisión de Hacienda y Crédito Público.

HONORABLE ASAMBLEA

A la Comisión que suscribe, le fue turnada para su estudio y dictamen la “Iniciativa de Reformas a la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado”, presentada por el Diputado Juan Manuel Carrera López, a nombre de diversos legisladores del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 55, fracción II, 56, 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la cual fue presentada al Pleno de la Asamblea el pasado 8 de abril de 2003 y turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público al día siguiente, para los efectos correspondientes.

Los CC. Diputados integrantes de esta Comisión realizaron diversos trabajos, a efecto de revisar y analizar detalladamente el contenido del Proyecto en cuestión, con el objeto de deliberar sobre la procedencia del mismo e integrar el presente Dictamen.

Con base en las referidas actividades y de conformidad en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Hacienda y Crédito Público presenta a esta Honorable Asamblea el siguiente

DICTAMEN

DESCRIPCION DE LA INICIATIVA

Señala la Iniciativa que el 30 de diciembre de 2002 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, entrando en vigor a partir del día primero del presente año.

Se indica que esta nueva Ley tiene el propósito fundamental de transparentar la información que se entrega al público, relacionada con los créditos que las distintas instituciones otorgan, brindando de esta forma mayor certidumbre jurídica e información más clara y precisa respecto de los términos y condiciones de las ofertas de crédito, situación que también permitirá generar una mayor competencia entre los distintos participantes que otorgan financiamiento.

A través de esta mayor competencia, se espera promover una reducción en las tasas de interés, así como mejorar en lo general las condiciones de contratación del financiamiento.

No obstante este propósito, se hace necesario realizar algunas precisiones a efecto de que puedan cumplirse de mejor forma los objetivos de esta nueva Ley. En tal virtud, la Iniciativa propone modificar la fracción I del artículo 3 de la Ley en comento, de manera que se integren en el cálculo del Costo Anual Total los seguros que las Entidades exigen contratar y que en algunos casos aumentan sensiblemente los gastos a cargo de los clientes.

Adicionalmente propone excluir a los sistemas de autofinanciamiento de la fracción II del mismo artículo 3, dado que la mejora en la regulación de dichos sistemas se debe atender en la Ley Federal de Protección al Consumidor, ordenamiento encargado por excelencia de garantizar la seguridad jurídica de los consumidores.

En virtud de que la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado abarca diversas sociedades mercantiles, que sin ser entidades financieras pueden otorgar financiamiento,   la Iniciativa también propone prever en el artículo 10 la intervención de la Secretaría de Economía, con el fin de que, de conformidad con sus atribuciones, pueda definir los componentes, metodología de cálculo y periodicidad del Costo Anual Total, lo cual resulta además congruente con el contenido del artículo 16 de la misma disposición en estudio.

De otra parte, la Iniciativa también tiene el propósito de precisar algunas cuestiones con relación a la subrogación de deudor con la finalidad de hacerla más operativa y coherente con la legislación civil y financiera. En tal virtud, se propone aclarar que lo señalado en el artículo 6 de la Ley son aplicables al supuesto de subrogación de deudor, con el fin de requerir la emisión de ofertas vinculantes en estos casos, permitiendo a los bancos cumplir con lo establecido en el artículo 65 de la Ley de Instituciones de Crédito relativo al proceso de evaluación de crédito. También plantea aclarar que la subrogación de deudor es una opción que puede ejercer el comprador y no una obligación como pareciera inferirse de la redacción actual del artículo 13, uniformándolo con el contenido del artículo 14.

En virtud de este cambio, se propone adecuar el artículo Primero Transitorio, a efecto de despejar toda duda en cuanto a que la Ley no aplica a créditos que hayan sido contratados con anterioridad a la entrada en vigor de la misma.

Finalmente, la Iniciativa estima necesario sustituir en el artículo Segundo Transitorio la mención a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores por la de la Sociedad Hipotecaria Federal, toda vez que es esta última la institución que tiene la obligación de emitir reglas en los términos del artículo 7 de la propia Ley. De igual forma, se precisa que las reglas a que se refiere el segundo enunciado del citado artículo transitorio son la que debe emitir la Sociedad Hipotecaria Federal.

CONSIDERACIONES DE LA COMISION

La que Dictamina considera de suma importancia las propuestas de reforma que contiene la Iniciativa objeto de estudio, toda vez que resultan ser oportunas y necesarias en función a que la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado lleva escasos cuatro meses de vigencia. Asimismo, estima que estos cambios permitirán una más adecuada y eficaz aplicación de la misma, al precisarse algunos mecanismos y supuestos que el ordenamiento establece.

En este sentido, la Comisión de Hacienda conviene en apoyar la propuesta de reformas a las fracciones I y II del artículo 3 de la Ley en comento, toda vez que en el primer caso, al integrarse en el cálculo del Costo Anual Total los seguros que las Entidades exigen contratar, lo cual además trae aparejado un incremento significativo en gastos, se permitirá que el público pueda estar en condiciones de comparar de forma más clara y efectiva los diferentes servicios que ofrecen las distintas entidades existentes en el mercado. 

Es decir, estarán en condiciones de ejercer la opción que más les convenga con un mayor conocimiento.

Del mismo modo, se considera que al referir a la Ley Federal de Protección al Consumidor, y no en la Ley que nos ocupa, el caso de los sistemas de autofinanciamiento, se podrá forzar a que se establezcan disposiciones que obliguen a los Proveedores a divulgar la información relevante que permita a los potenciales clientes de autofinanciamiento una adecuada toma de decisiones.

En cuanto a la propuesta de modificar la redacción del artículo 10 de la Ley en comento a fin de precisar la intervención de la Secretaría de Economía, se estima que tal recomendación es congruente y además coincidente con el texto actual del artículo 16, donde se delimita la participación de esta Dependencia en el ámbito de su competencia.

En opinión de esta Dictaminadora, los ajustes que se hacen al artículo 6 de este ordenamiento son fundamentales para precisar que lo que ahí se establece es aplicable al supuesto de la subrogación de deudor, con lo cual también se prevé el requisito de la emisión de ofertas vinculantes en todos estos casos.

Los cambios que se proponen realizar a los artículos 13 y 14, si bien son menores, se estima que permitirán aclarar que la subrogación de deudor es una opción que puede ejercer el comprador, más no una obligación como pareciera inferirse de la redacción actual del primero de los artículos citados.

Esta Comisión considera adecuada la adición que se está realizado al artículo Primero Transitorio, ya con ello se subraya el principio de irretroactividad de la Ley, situación que dará mayor claridad en cuanto al alcance de aplicación de este nuevo ordenamiento, así como también permitirá evitar posibles conflictos que pudieran surgir en cuanto a su aplicabilidad.

Por último, la sustitución de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores por Sociedad Hipotecaria Federal que se recomienda realizar en el artículo Segundo Transitorio, resulta ser congruente con las atribuciones y responsabilidades de cada uno de ellas, por lo que debe ser aceptada tal propuesta, ya que es la Hipotecaria la obligada a emitir las reglas para la valuación de los bienes inmuebles.

En consideración a lo anteriormente expuesto y dado que estas reformas constituyen un elemento importante para hacer una más adecuada y efectiva aplicación de la Ley en comento, la Comisión de Hacienda y Crédito Público somete a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputados, el siguiente

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y FOMENTO A LA COMPETENCIA EN EL CRÉDITO GARANTIZADO

ARTÍCULO UNICO.- Se reforman el artículo 3, en sus fracciones I y II, el artículo 6, en su fracción V, y los artículos 10, 13 y 14, y los Transitorios Primero y Segundo de la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, para quedar como sigue:

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entiende por:

I. Costo Anual Total. El que, para efectos informativos, anualiza la totalidad de   los costos directos inherentes al Crédito Garantizado que otorguen las Entidades, incluyendo los seguros que dichas Entidades exijan contratar y excluyendo las contribuciones federales y locales, así como los costos correspondientes a trámites y servicios prestados por terceros.

II. Crédito Garantizado. El crédito que otorguen las Entidades con garantía real, ya sea a través de hipoteca, prenda, caución bursátil, fideicomiso de garantía o de cualquier otra forma, destinado a la adquisición, construcción, remodelación o refinanciamiento relativo a bienes inmuebles. Para efectos de esta definición, las operaciones que realicen las Entidades sujetas a la modalidad de compraventa con reserva de dominio, arrendamiento con opción de compra, compraventa en abonos, se equiparan al Crédito Garantizado y tendrán el mismo tratamiento que otorga la presente Ley.

III. a VIII. …

Artículo 6.

I a  IV. …

V. Aceptación expresa por parte de la Entidad que otorga el crédito, de que recibirá el pago adelantado del mismo por parte de cualquiera otra Entidad y le cederá todos sus derechos derivados del contrato correspondiente, así como la aceptación expresa de que admitirá la sustitución de deudor, en términos de los artículos 13 y 14 de la presente Ley;

VI a VIII. …

Artículo 10. Con el objeto de que los solicitantes de un crédito puedan llevar a cabo la comparación de las características y conocer los costos directos inherentes a los Créditos Garantizados a la Vivienda, las Entidades deberán incluir dentro de la información previa y en la oferta vinculante un Costo Anual Total para fines de información exclusivamente. El Banco de México y la Secretaría de Economía, actuando para estos efectos como órganos técnicos en el ámbito de sus respectivas competencias, darán a conocer en el Diario Oficial de la Federación, los componentes, metodología de cálculo y periodicidad de Costo Anual Total, los que tendrán carácter informativo para las personas que contraten crédito con las Entidades. Al efecto, dichas Entidades colaborarán proporcionando la información que el Banco de México, y en su caso la Secretaría de Economía, les soliciten.

Artículo 13. Cuando se celebre la compraventa de un bien inmueble sobre la que recaiga un Crédito Garantizado que aún no haya sido amortizado en su totalidad, el comprador se podrá subrogar en los derechos y obligaciones del Deudor, sin necesidad de que se constituya una nueva garantía, con el fin de evitar que se dupliquen los gastos inherentes al Crédito, en perjuicio del adquirente. Lo anterior, siempre y cuando el comprador presente a la Entidad, una solicitud de crédito y se cumplan con los demás requisitos y obligaciones que establece el artículo 6 de la presente Ley.

Artículo 14. Cuando exista un Crédito Garantizado a un Desarrollador Inmobiliario con el fin de que éste construya bienes inmuebles para su posterior comercialización, los compradores podrán subrogarse en los derechos y obligaciones del Desarrollador Inmobiliario, individualizándose dicho crédito en la parte proporcional del mismo que corresponda a la parte o inmueble adquirido, sin necesidad de que se constituya una nueva garantía, con el propósito de que no se repercutan nuevos gastos en perjuicio del comprador. Lo anterior, siempre y cuando el comprador presente a la Entidad, una solicitud de crédito y se cumpla con los demás requisitos y obligaciones que establece el artículo 6 de la presente Ley.

PRIMERO. La presente Ley entrará en vigor el 1° de enero de 2003. Lo dispuesto en la Ley no aplicará a los créditos contratados con anterioridad a su entrada en vigor.

SEGUNDO. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Economía, el Banco de México y la Sociedad Hipotecaria Federal deberán publicar, en un término que no exceda de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, las disposiciones que a cada una corresponda expedir. En tanto la Sociedad Hipotecaria Federal publica las reglas a que se refiere el artículo 7 de esta Ley, las Entidades deberán ofrecer un listado de valuadores al acreditado, con el objeto de que éste se encuentre en posibilidad de elegir un perito valuador.

Artículo Transitorio

Artículo Unico.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la cámara de diputados.— México DF, a 10 de abril de 2003.— Diputados: Enrique Alonso Aguilar Borrego (rúbrica), Francisco Agundis Arias, Manuel Añorve Baños, Miguel Arizpe Jiménez (rúbrica), Julio Castellanos Ramírez, Florentino Castro López, Jorge Alejandro Chávez Presa (rúbrica), Enrique Octavio de la Madrid Cordero, Francisco de Jesús de Silva Ruiz (rúbrica), Abelardo Escobar Prieto (rúbrica), Roberto Javier Fuentes Domínguez (rúbrica), Francisco Javier García Cabeza de Vaca (rúbrica), Miroslava García Suárez, Julián Hernández Santillán, Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (rúbrica), Guillermo Hopkins Gámez (rúbrica), Oscar Guillermo Levín Coppel (rúbrica), Rosalinda López Hernández, José Antonio Magallanes Rodríguez (rúbrica), José Manuel Minjares Jiménez (rúbrica), César Alejandro Monraz Sustaita (rúbrica), Humberto Muñoz Vargas (rúbrica), José Narro Céspedes, Luis Alberto Pazos de la Torre (rúbrica), Gustavo Riojas Santana, Salvador Rocha Díaz (rúbrica), Arturo San Miguel Cantú (rúbrica), Reyes Antonio Silva Beltrán (rúbrica), José Luis Ugalde Montes (rúbrica), José Francisco Yunes Zorrilla (rúbrica), Hugo Adriel Zepeda Berrelleza (rúbrica).»

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de primera lectura.

 

ARTICULO 72 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

La Comisión de Puntos Constitucionales ha solicitado a esta Mesa Directiva que la discusión agendada para esta sesión, en relación con el dictamen de reforma al primer párrafo y al inciso b) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sea agendada, para la sesión del día de mañana.

 

LEY DEL DEPOSITO LEGAL

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

En consecuencia, el siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Depósito Legal.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si es de dispensarse la lectura del dictamen.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Se dispensa la lectura.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados se turnó para su discusión y resolución constitucional, la Iniciativa de Ley de Depósito Legal, presentada el 26 de septiembre del año 2002 por el Diputado Federal Juan Alcocer Flores.

Los integrantes de esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con fundamento en lo establecido por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con las facultades que le otorgan los artículos 39, párrafos 1 y 2, fracción VII; 45 párrafo 6, incisos f) y g) y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y las que se deriven al caso, como son las contenidas en los artículos 56, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del propio Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, encargada del análisis, estudio y dictamen de la iniciativa presentada, desarrolló su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe:

1. El 26 de septiembre del año en curso, la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos la iniciativa de ley que nos ocupa a efecto de que se elaborara el dictamen correspondiente.

2. El 2 de Abril de 2003, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos se reunió para llevar a cabo el análisis y discusión de la Iniciativa de ley en comento.

A partir de estos antecedentes, los integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos que suscriben el presente Dictamen, presentamos la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

El conocimiento cada vez toma más importancia en la vida cotidiana del ser humano; está comprobado que en una buena parte de los países desarrollados el nivel escolar y cultural de sus poblaciones es bastante elevado y el interés por la lectura es promovido desde la niñez.

A través de los años se ha demostrado fehacientemente el poder que otorga la información a aquél que cuenta con ella. La toma correcta de decisiones, el desarrollo militar, los beneficios de la seguridad social, la conservación del ambiente y la fauna, así como otros aspectos importantes en la vida de los países se han basado en la posesión del saber genérico y específico y en una conscientización del ser humano; la que existe gracias al empirismo, pero también al constante estudio y análisis de diversos acontecimientos por medio de las publicaciones escritas y tecnológicas; y esta Iniciativa de Ley tiene precisamente como meta lograr que el acervo intelectual de nuestro país sea asegurado definitivamente para el servicio de todo mexicano y para la memoria colectiva nacional.

Al conservarse las publicaciones realizadas en México se permite que el pensamiento nacional esté abierto a la población en general, lo que traerá como consecuencia mantener la secuencia de la vida en el país y así no perder su devenir al paso de los años.

Por otra parte, un objetivo a cumplir con la entrada en vigor de la ley en comento es el robustecimiento en publicaciones de las bibliotecas legislativas; que redundará en un mejor trabajo de los congresistas mexicanos; pues al tener la mayor información posible las iniciativas de ley y el debate tendrán mucho mayor calidad; y que por ende, se verá reflejado en un mejor trabajo del Congreso de la Unión y a su vez en el beneficio de la población.

En adición, al tener acceso a las publicaciones realizadas en México, la población mexicana tendrá una mayor oportunidad de conocer la realidad nacional e internacional y así tener un más elevado desempeño en sus labores profesionales, académicas, personales, etcétera. Lo anterior también conllevaría como resultado la crítica social objetiva a las decisiones gubernamentales, que a la vez daría pie a un equilibrio entre el gobierno y la población civil.

La iniciativa de ley propone una ampliación de las publicaciones objeto de Depósito Legal; a efecto de abarcar su mayor cantidad posible, sean escritas o de carácter tecnológico; esto se motiva en el hecho de que la divulgación del conocimiento ha encontrado nuevos medios para ser llevada a cabo. Los textos en papel siguen siendo vigentes pero también han observado un notable desarrollo la transmisión de la información por medio de diskettes, discos compactos, libros electrónicos, entre otros; que ha originado la necesidad de crear una regulación más completa y actualizada.

Otro punto que toca la Iniciativa de Ley es el relativo a los depositantes; el documento legal en comento incluye como depositantes a todas las instituciones públicas, personas morales y físicas susceptibles de emitir publicaciones; lo que permite cubrir sino a todos, si a la gran mayoría de autores que publiquen en México.

El proyecto de Iniciativa de Ley establece también un procedimiento para la realización del Depósito Legal, definiendo las atribuciones de las Bibliotecas del Congreso, de la Biblioteca Nacional y del Instituto Nacional del Derecho de Autor y las sanciones a aplicar si el Depósito Legal no fuere cumplido; lo que evidentemente brinda mayor certeza jurídica a la relación entre los depositantes y los depositarios.

CONSIDERACIONES

1.- La Iniciativa de Ley en comento prevé más publicaciones que deben cumplir con el Depósito Legal, lo que se logrará mediante un procedimiento específico y coordinado entre las Bibliotecas Depositarias. Esta disposición tiene como objetivo que dichas Bibliotecas dispongan de acervos más completos, que contengan la gran mayoría de publicaciones realizadas en territorio nacional; lo que estaría dando pie al cumplimiento del artículo 1 del mismo proyecto de ley.

2.- La Iniciativa de Ley menciona los sujetos obligados a cumplir con el Depósito Legal, la lista es extensa y abarca en su totalidad a las personas físicas y morales susceptibles de crear publicaciones en territorio mexicano. Con tal enumeración de depositantes, se está abarcando en el Depósito Legal a los más relevantes emisores de publicaciones en el país; lo que contribuye fehacientemente a conservar la memoria colectiva nacional.

3.- Respecto al número de ejemplares, los que se solicitan a los diferentes depositantes no se considera una carga muy pesada; sobre todo si se reflexiona en los objetivos de la Ley de Depósito Legal.

Del concienzudo estudio del presente proyecto de ley puede determinarse que la Iniciativa de mérito tiene apropiada técnica legislativa y al ser aprobada deberá resolver una necesidad nacional, que a su vez aportará un enorme beneficio al desarrollo de la República Mexicana; por ello los integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos concluimos que la Iniciativa de Ley de Depósito Legal cubre los requisitos necesarios para ser aprobada.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos nos permitimos someter a la consideración del Pleno de esta Honorable Asamblea el siguiente:  

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE DEPOSITO LEGAL.

Artículo Unico.- Se expide la Ley de Depósito Legal para quedar en los siguientes términos:

Ley de Depósito Legal

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1

La presente Ley es de observancia general en toda la República; sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto:

I. Registrar, enriquecer y preservar el Acervo Bibliohemerográfico y Documental de la Nación mediante el Depósito Legal, así como promover su difusión;

II. La defensa y preservación de la memoria nacional,

III. La elaboración y publicación de la bibliografía nacional, y

IV. El establecimiento de estadísticas de las ediciones nacionales.

Artículo 2

Para efectos de esta ley se entiende por:

Bibliotecas Depositarias. La Biblioteca Nacional y el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.

Depositante. Persona física o moral que edite o produzca material intelectual, obligada a depositar ejemplares de éste a las Bibliotecas Depositarias.

Depósito Legal. Obligación de entregar al Estado dos ejemplares de toda publicación que se edite en el territorio nacional y dos ejemplares de las nuevas ediciones que hayan sido actualizadas por su autor.

Editor. Persona o entidad que produce un documento para ponerlo a disposición del público por venta, donación o cualquier otro medio fuera del dominio privado.

Publicación. Toda obra o producción intelectual que constituya expresión literaria, educativa, científica, cultural, artística o técnica, cuyo fin sea la venta el alquiler o la simple distribución sin costo, contenida en soportes materiales resultantes de cualquier procedimiento técnico de producción o que esté disponible al público mediante de sistemas de transmisión de información electrónica, digital o cualquier otro medio, producto de las tecnologías de la información.

Sistema. El Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.

Software. Conjunto de programas, instrucciones y reglas informáticas para ejecutar ciertas tareas en una computadora (Real Academia Española).

Software=Soporte Lógico. Conjunto de aplicaciones y programas que constituyen un sistema de desarrollo informático denominado técnicamente software. Utiliza los recursos del soporte físico o hardware para generar procesos de tratamiento de información lógicos y acordes con las necesidades de los usuarios (Enciclopedia Hispánica).

Capítulo II

Del Depósito Legal

Artículo 3

Las publicaciones que estarán sujetas al depósito legal enunciativa y no limitativamente, son:

a) Libros, tanto de su primera edición como de las siguientes ediciones en sus diferentes presentaciones, siempre que estás contengan modificaciones respecto de la primera, exceptuándose, en consecuencia, las simples reimpresiones,

b) Publicaciones periódicas,

c) Mapas y/o planos cartográficos, que contengan especificaciones, señalizaciones o relieves que signifiquen interés para uso legislativo, jurídico, académico, técnico, de investigación o de interés cultural,

d) Partituras,

e) Diario Oficial de la Federación y publicaciones de los tres niveles de gobierno y sus equivalentes en el Distrito Federal,

f) Micropelículas,

g) Audio, videocasetes, DVDs o cualquier otro tipo de grabaciones de audio o video realizadas por cualquier procedimiento o sistema empleado en la actualidad o en el futuro,

h) Diapositivas,

i) Material iconográfico publicado: carteles, tarjetas postales, grabados, fotografías destinadas a la venta, etcétera,

j) Disquetes, cintas Dat, DVDs, discos compactos o cintas magnéticas, que contengan información cultural, científica o técnica y/o dispositivos magnéticos, digitales, electrónicos o cualquier otro soporte presente y futuro que registre estos tipos de información, que se edite o grabe con cualquier sistema o modalidad destinado a la venta o que simplemente se publique,

k) Las publicaciones electrónicas, digitales o bases de datos que se hagan públicos por medio de sistemas de transmisión de información a distancia, cuando el origen de la transmisión sea el territorio nacional, y

l) Folletos y otros materiales impresos de contenido cultural, científico y técnico.

Capítulo III

De los Depositarios

Artículo 4

Se cumple con el Depósito Legal con la entrega del número requerido de ejemplares de las publicaciones que se editen en todo el país, para integrarlos a las colecciones de la Biblioteca Nacional y del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, en los términos señalados en esta ley.

Capítulo IV

De los Depositantes

Artículo 5

Están obligados a contribuir a la integración del Acervo Bibliohemerográfico y Documental de la Nación:

a) Los editores y productores nacionales y extranjeros que editen y produzcan dentro del territorio nacional, materiales bibliográficos, documentales, fonográficos, fotográficos, videográficos, audiovisuales, electrónicos y digitales,

b) Los propietarios de los sistemas de transmisión de información a distancia que se ubiquen en el territorio nacional,

c) Los Poderes de la Unión,

d) Los Entes Públicos Federales,

e) Los Gobiernos Locales y Municipales,

f) Las Organizaciones no Gubernamentales,

g) Las universidades públicas y privadas, así como los Centros de Investigación,

h) Asociaciones y colegios profesionales, cámaras, sindicatos, y

i) Cualquier otra persona moral y/o física que edite y/o produzca una o más publicaciones previstas en esta ley.

Capítulo V

Del Número de Ejemplares

Artículo 6

Los Depositantes entregarán los siguientes materiales para cada una de las Bibliotecas Depositarias, según lo dispuesto en el artículo 8 de esta ley:

I. Dos ejemplares de cada una de las publicaciones que se editen en México.

Tratándose de libros, solamente estarán obligados sus editores a entregar dos ejemplares de la primer edición y de las nuevas ediciones que contengan modificaciones hechas por el autor, para actualizar su obra.

No son objeto del Depósito Legal las reimpresiones de una determinada obra.

Los materiales indicados en el artículo tres de este ordenamiento legal o deberán garantizar el libre acceso a los sistemas mencionados en los incisos j) y k) del mismo artículo sin costo alguno.

Capítulo VI

Del Procedimiento

Artículo 7

Los editores y productores deberán consignar en la carátula o en un lugar visible de toda obra impresa, producida o grabada, la frase “Hecho el Depósito Legal”.

Artículo 8

Los materiales citados se entregarán a las Bibliotecas Depositarias dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de su edición o producción, con excepción de las publicaciones periódicas que deberán ser entregadas tan pronto sean puestas en circulación.

Artículo 9

El material importado que se distribuya en el territorio nacional no se incluye en el Depósito Legal, por lo tanto, no tendrá la obligación de incluir la frase prevista en el artículo siete.

Artículo 10

La Biblioteca Nacional deberá:

I. Recibir los materiales a que hace referencia el artículo ocho de esta ley;

II. Expedir constancias que acrediten la recepción del material de que se trate y conservar asiento de aquélla; III. Custodiar, preservar y mantener en buen estado físico los materiales que constituyan su acervo,

IV. Establecer las medidas que sean necesarias para la debida organización de sus materiales, la prestación de sus servicios bibliotecarios y de consulta pública,

V. Publicar anualmente la información estadística de sus materiales recibidos,

VI. Formar y publicar la Bibliografía Nacional,

VII. Realizar la selección de sus materiales, y

VIII. Descartar los materiales que no deban formar parte de sus colecciones.

Artículo 11

La Biblioteca Nacional también podrá celebrar convenios que coadyuven a realizar los objetivos materia de la presente ley.

Artículo 12

El Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión deberá:

I. Recibir los materiales a que hace referencia el artículo ocho de esta ley;

II. Expedir constancias que acrediten la recepción del material de que se trate y conservar asiento de aquélla;

III. Custodiar, preservar y mantener en buen estado físico los materiales que constituyan su acervo,

IV. Establecer las medidas que sean necesarias para la debida organización de sus materiales, la prestación de sus servicios bibliotecarios y de consulta pública,

V. Publicar anualmente la información estadística de sus materiales recibidos,

VI. Realizar la selección de sus materiales; y

VII. Descartar los materiales que no deban formar parte de sus colecciones.

Artículo 13

En el caso de que los depositantes no entreguen los materiales en los términos de los artículos tercero y octavo de la presente Ley, las Bibliotecas Depositarias solicitarán a los responsables el cumplimiento de su obligación en un plazo de diez días naturales siguientes a la recepción de la petición.

En caso de que en dicho término no se cumpla con la referida obligación, las Bibliotecas Depositarias lo comunicarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a efecto de que esta Dependencia aplique las sanciones que correspondan conforme a las disposiciones legales aplicables.

Artículo 14

Para los efectos del artículo 12, fracción IV, VI y VII de esta ley, el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión nombrará un Consejo de Selección de materiales que elaborará los lineamientos para seleccionar los materiales que deberán ser integrados a las colecciones respectivas.

Este Consejo estará integrado por cinco personas de reconocida capacidad en materia de manejo de información.

Artículo 15

El Consejo elaborará los lineamientos de selección y los revisará, para ser entregados en el mes de febrero de cada año.

Artículo 16

El Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión podrá ofrecer y donar para su difusión los ejemplares depositados que sean descartados o desincorporados de sus colecciones a otros institutos, centros, bibliotecas o personas morales públicas que hayan manifestado su intención de obtenerlo.

El Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión especificará a los Depositantes, señalados en el artículo cinco de esta Ley, los materiales objeto de Depósito Legal que serán susceptibles de recibirse en sus instalaciones.

Artículo 17

De no existir interés alguno en la adquisición de los materiales mencionados en el artículo anterior el Sistema podrá disponer libremente de ellos para su reciclaje.

Artículo 18

El Sistema deberá llevar el control del material que sea descartado, desincorporado, donado o reciclado y dar cuenta de esto al Consejo, con el fin de que éste verifique la correcta aplicación de los lineamientos establecidos.

Capítulo VII

De las Sanciones

Artículo 19

Los editores y productores del país que no cumplan con la obligación consignada en los artículos tercero, cuarto, quinto y octavo de esta ley, se harán acreedores a una multa equivalente a cinco veces el precio de venta al público de los materiales no entregados.

Para las obras de distribución gratuita la multa será por una cantidad no menor de diez ni mayor de veinte días del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la Dependencia Federal facultada para aplicar las sanciones correspondientes establecidas en esta Ley.

La aplicación de la sanción no excusa al infractor de cumplir con la entrega de los materiales.

Artículo 20

El monto de las multas aplicadas conforme a la presente ley será transferido con sus accesorios legales por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público directamente a las Bibliotecas Depositarias, con el fin de que éstas lo destinen a la adquisición de materiales bibliográficos y documentales que enriquezcan su acervo.

Capítulo VIII

De las Constancias

Artículo 21

La constancia que expidan las Bibliotecas Depositarias deberá contener los datos básicos que permitan la identificación del o los depositantes y de los materiales recibidos, a saber:

I. Nombre o razón social del depositante,

II. Domicilio,

III. Título de la obra,

IV. Autor,

V. Número de edición,

VI. ISBN o ISSSN, y

VII. Fecha.

Capítulo IX

De la verificación del cumplimiento

Artículo 22

Las Bibliotecas Depositarias realizarán trimestralmente una relación de las obras que hayan sido objeto de Depósito Legal y de toda la información necesaria para verificar el cumplimiento de la obligación prevista en esta Ley.

En caso de detectar alguna anomalía las Bibliotecas Depositarias tomarán las medidas conducentes a que haya lugar, siempre en observancia de lo estipulado en esta Ley.

En el supuesto de incumplimiento atribuible a algún servidor público se aplicará la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO.- Esta Ley entrará en vigor a los sesenta días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTICULO SEGUNDO.- Se deroga el Decreto de fecha 8 de julio de 1991, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de julio del mismo año, así como todas las demás disposiciones, que se opongan a esta ley.

ARTICULO TERCERO.- El Ejecutivo Federal reglamentará esta ley en lo relativo a las atribuciones y deberes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

México, DF, a 10 de abril de 2003.— Diputados: Enrique Meléndez Pérez, Presidente (rúbrica); Jorge Luis García Vera (rúbrica), secretario (rúbrica); Alfonso Vicente Díaz, secretario (rúbrica); Oscar Ochoa Patrón (rúbrica), secretario; Miguel Bortolini Castillo, secretario (rúbrica); Rosa Elena Baduy Isaac (rúbrica), Juan Nicolás Callejas Arroyo (rúbrica), Cutberto Cantorán Espinosa (rúbrica), José del Carmen Soberanis González (rúbrica), Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica), Miguel Angel Moreno Tello, Nahúm Ildefonso Zorrilla Cuevas, Norma Enriqueta Basilio Sotelo (rúbrica), José Manuel Correa Ceseña, José Ramírez Gamero, Gerardo Sosa Castelán, Celita Trinidad Alamilla Padrón (rúbrica), Luis Artemio Aldana Burgos (rúbrica), Silvia Alvarez Bruneliere (rúbrica), José Carlos Luna Salas (rúbrica), Héctor Méndez Alarcón (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Rodolfo G. Ocampo Velásquez, José María Tejeda Vázquez, Fernando Ugalde Cardona (rúbrica), María Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Ramón León Morales, Alberto Anaya Gutiérrez, María Cristina Moctezuma Lule, Bertha Alicia Simental García

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias, diputada secretaria.

Tiene el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la comisión y en términos del artículo 108 del Reglamento Interior, el señor diputado Alfonso Vicente Díaz...

Iba a hablar en nombre de la comisión. ¿Habrá algún otro integrante de la comisión que fundamente el dictamen?

Activen el sonido en la curul del diputado, por favor.

El diputado Juan Alcocer Flores (desde su curul):

Señor Presidente, en lo que llega algún integrante de la Comisión de Educación me gustaría fundamentar el dictamen como proponente de la iniciativa de ley y presidente de la comisión bicamaral.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

En términos del 108, quien debe fundamentar el dictamen es la comisión, señor diputado. Entiendo que el señor diputado Ramón León Morales tenía también la intención de participar, pero no es con la fundamentación del dictamen; quien debe fundamentarlo en todo caso es alguno de los integrantes de la comisión.

Diputado Enrique Meléndez.

Activen el sonido en su curul, por favor.

El diputado Enrique Meléndez Pérez (desde su curul):

Para solicitar que se omita la fundamentación y se proceda a lo conducente con las demás fracciones, en el sentido de que ya lo hemos discutido, en un acuerdo general de todas las fracciones.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

De acuerdo, señor diputado.

El diputado Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (desde su curul):

Señor Presidente.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Diputado Barbosa.

Activen el sonido en la curul del diputado Miguel Barbosa.

El diputado Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (desde su curul):

Señor Presidente, el Reglamento es claro.

Si algún miembro de la Cámara solicita que se fundamente, se debe de hacer por parte de la comisión; yo solicite que se fundamente, es un acto de responsabilidad.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

El diputado Barbosa, solicita que se fundamente.

Tiene el uso de la palabra el diputado Enrique Meléndez, presidente de la comisión.

El diputado Enrique Meléndez Pérez:

Gracias, señor Presidente; compañeros legisladores:

A nombre de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, me permito fundamentar el dictamen en sentido positivo, a la iniciativa de depósito legal, presentada por el diputado Juan Alcocer Flores, integrante parlamentario del Partido Acción Nacional, con la finalidad de establecer bibliotecas depositarias de acervos publicados en el territorio nacional.

Ahora y siempre, los mexicanos hemos reconocido a la poesía, la literatura, el arte y la ciencia, como los instrumentos que nos hacen seres capaces de transformar nuestro planeta y de entender a nuestros congéneres.

La posibilidad de acceder como país, a formarse como una sociedad de la información y del conocimiento, se sustenta en el acceso que nuestra población tenga a los materiales de la memoria colectiva nacional.

Sin embargo, en un país como el nuestro, en donde los niveles de consumo de libros per capita, llega a ser anualmente de 2.8 libros, mientras que las recomendaciones de la UNESCO hablan de 4 per capita, se hacen necesarias políticas que permitan la conservación e integración de acervos literarios, científicos y tecnológicos y sustancialmente establecer los mecanismos de acceso de la población a los mismos.

La necesidad de establecer mecanismos eficaces que permitan el acceso de nuestra población a los materiales educativos, científicos, artísticos y literarios, resulta indispensable por los costos de los libros, publicaciones periódicas y en general de materiales necesarios para los procesos formativos y de culturización, toda vez que no resultan asequibles para nuestras familias mexicanas.

En el presente y según datos de la Cámara Nacional de la Industria Mexicana, una editorial de nivel de bachillerato deberá, para la adquisición de menos de 10 textos de una biblioteca personal, desembolsar un promedio de 2 mil 20 pesos, de igual forma para un estudiante de la carrera de medicina y para un número igual de textos, deberá desembolsar un aproximado de 6 mil 150 pesos.

Así, con escasas posibilidades económicas para acceder a los acervos, aunado a las bibliotecas con acervos no actualizados, ni con todos los ejemplares que salen al mercado, no es posible que aspiremos a tener un pueblo lector, haciéndose necesario el garantizar el acceso de la población mexicana al libro, a resarcir el rezago educativo y fomentar la lectura entre la población.

La ley que hoy se presenta a su consideración, pretende subsanar en gran medida dicha problemática, estableciendo bibliotecas depositarias a las cuales deberán enviarse dos ejemplares de toda publicación que se edite en el territorio nacional y dos ejemplares de las nuevas ediciones que hayan sido actualizadas por su autor.

Con la creación de la Ley de Depósito Legal, se posibilita el acceso de la población en general, a las publicaciones tales como libros, publicaciones periódicas, mapas y/o planos cartográficos, partituras, micropelículas, audio, videocasete, dispositivos de material iconográfico, carteles, tarjetas postales, grabados, fotografías, cintas, discos compactos o cintas magnéticas, publicaciones electrónicas, digitales o bases de datos así como folletos y otros materiales impresos de contenido cultural, científico y técnico.

Por los beneficios a favor del fomento a la lectura, el acceso a la cultura y el apoyo a los procesos de formación de nuestra población, que la aprobación de la Ley de Depósito Legal implica, la Comisión de Educación Pública y Servicios Públicos, aprobó por unanimidad la iniciativa del diputado Alcocer Flores, y me corresponde desde esta tribuna solicitar su apoyo, para que ésta tenga el beneficio de su aprobación.

Muchísimas gracias.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias, diputado Enrique Meléndez.

Ha sido atendida por el presidente de la comisión, la solicitud que en términos del artículo 108 del Reglamento formuló el señor diputado Miguel Barbosa en su oportunidad.

En consecuencia, está a discusión en lo general.

Sí, diputado Ramón León.

El diputado Ramón León Morales (desde su curul):

Señor Presidente para presentar una modificación a nombre de la Comisión de Educación y Servicios Educativos al proyecto de decreto que estamos discutiendo.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Le consulto al señor presidente de la comisión, si es a nombre de la comisión la modificación que será propuesta.

El diputado Enrique Meléndez Pérez (desde su curul):

Completamente de acuerdo.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Adelante señor diputado

El diputado Ramón León Morales:

Muchas gracias señor Presidente; compañeras y compañeros:

La Comisión de Educación y Servicios Educativos tuvo a bien analizar una propuesta que se hace para reformar el artículo 3o. inciso e) del decreto, en los términos que está presentado en la Gaceta, dice de esta manera: es el artículo 3o. inciso e) Diario Oficial de la Federación y publicaciones de los tres niveles de gobierno y sus equivalentes en el Distrito Federal.

La modificación que proponemos es la siguiente:

Artículo 3o. inciso e). Diario Oficial de la Federación, Gaceta Parlamentaria, publicaciones de los tres niveles de gobierno y sus equivalentes en el Distrito Federal así como el Diario de los Debates de las cámaras del Congreso de la Unión.

Esta es la modificación que a nombre de la comisión estoy haciendo y que esperamos sea incorporada y votada favorablemente en el conjunto del decreto.

Gracias.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias, señor diputado Ramón León Morales.

Se trata efectivamente de una modificación al inciso e) del artículo 3o. y básicamente es la incorporación al texto de: la Gaceta Parlamentaria así como el Diario de los Debates de las cámaras, tanto de Senadores como de Diputados del Congreso de la Unión.

En consecuencia, ruego a la diputada Secretaria, consultar a la Asamblea si se acepta la modificación propuesta por la comisión.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si se acepta la modificación propuesta por el diputado a nombre de la comisión.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Se acepta la propuesta de modificación, en consecuencia está a discusión en lo general con la modificación propuesta por la comisión y aceptada por la Asamblea.

Se han inscrito para fijar posición en nombre de sus grupos parlamentarios, el señor diputado Juan Alcocer Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional y la diputada Rosa Elena Baduy Isaac, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Sí, diputada.

Activen el sonido en la curul de la diputada María de los Angeles Sánchez Lira.

La diputada María de los Angeles Sánchez Lira (desde su curul):

Diputado, para fundamentar también a nombre de mi grupo parlamentario.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias, diputada.

Para fijar la posición del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se ha inscrito la diputada María de los Angeles Sánchez Lira.

En consecuencia, la diputada Sánchez Lira tiene el uso de la palabra hasta por 10 minutos, para fijar la posición de su grupo parlamentario. Diputada Sánchez Lira, tiene usted el uso de la palabra.

Activen el sonido en la curul de la diputada Sánchez Lira.

La diputada María de los Angeles Sánchez Lira (desde su curul):

Diputado señor Presidente, declino mi participación.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias, señora diputada.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado Juan Alcocer Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, hasta por 10 minutos, para fijar la posición de su grupo parlamentario.

El diputado Juan Alcocer Flores:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputadas y diputados:

Muy brevemente. Esta iniciativa de ley pretende actualizar el actual decreto de depósito legal, llevándolo a ser más eficiente.

Como ustedes saben, actualmente la industria editorial mexicana entrega dos ejemplares de cada folleto, revista, libro que produce, a la Biblioteca Nacional y al Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, esto con objeto de enriquecer el acervo, primaria y secundariamente poder tener el suficiente acervo para que aquí en el Congreso de la Unión, diputados y senadores tengan la información necesaria, toda la requerida para hacer un mejor quehacer legislativo, sin embargo esta iniciativa pretende, precisamente, actualizar algunas cosas que estaban por ahí rezagadas.

Esta nueva ley contiene una detallada descripción de los entes obligados a entregar publicaciones con motivo de depósito legal. También se incorporan publicaciones electrónicas, digitales o bases de datos que hagan públicos, por medio de sistemas de transmisión de información a distancia, cuando el origen sea el territorio nacional. También entre otras cosas establece un procedimiento para la realización de este depósito legal y se definen atribuciones de las Bibliotecas del Congreso y la Biblioteca Nacional.

Asimismo, se faculta a las bibliotecas depositarias descartar los materiales que no deban formar parte de sus colecciones bibliográficas mediante políticas que determine un consejo de selección integrado por especialistas en la materia mediante lineamientos específicos y finalmente se fortalecen las sanciones para quienes no den cumplimiento con este depósito legal. Estas son las líneas generales, las modificaciones que sufre el actual marco jurídico.

Sin embargo, quisiera también agregar que en base a esta iniciativa de ley, a este dictamen que les solicito aprueben a favor, se abren nuevas expectativas en el país, expectativas tales como formar una “Fonoteca Nacional” que guarde el audio que se produce en el país. Actualmente, tal y como está este depósito legal, podría darse la interpretación y exigirles a los productores de audios que hagan ya este depósito.

Sin embargo no existe aún la institución beneficiaria, por lo que se ha estado consensando con diferentes dependencias del Ejecutivo Federal la necesidad de que se forme una institución intitulada “Fonoteca Nacional” que sería la encargada de guardar, preservar y conservar este patrimonio que a diario se forma en el país.

Es por eso que esperamos que en la próxima legislatura se amplíe a más este ordenamiento legal para el cual hoy les solicito su aprobación.

Por su atención, muchísimas gracias.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias, señor diputado Alcocer Flores.

Tiene el uso de la palabra la diputada Rosa Elena Baduy Isaac, para fijar la posición del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada Rosa Elena Baduy Isaac:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Discutimos hoy en esta soberanía el dictamen con proyecto de decreto por el que se crea la Ley del Depósito Legal. Este proyecto de decreto tiene como objetivo fundamental establecer el marco normativo para que se establezcan bibliotecas depositarias que posibiliten el acceso de nuestra población a los acervos documentales que permitan promover la lectura de libros y el incremento de la cultura.

Para nadie es desconocido que la única forma que tiene el ser humano para poder potenciar y desarrollar su inteligencia es a través de la lectura y del razonamiento de lo que se lee y en ese ejercicio intelectual la posibilidad de consultar los acervos de libros, publicaciones periódicas y en general de todos aquellos materiales publicados en nuestro país, es requisito determinante.

Lo anterior se sustenta en la estadística nacional que nos indica que cada mexicano lee en promedio 2.8 libros, mientras que en países desarrollados esta cifra asciende a 20 y la UNESCO recomienda mínimo cuatro libros. En una lista de 108 países, elaborada por dicho organismo, nos indica que México ocupa el penúltimo lugar.

Sin embargo, para acceder a la cultura se requiere necesariamente contar con recursos económicos suficientes para la adquisición de libros y material necesario en los procesos de aprendizaje.

Por lo tanto, es básico la creación de bibliotecas depositarias que cuenten con dos ejemplares como lo significa la iniciativa, de cada uno de los materiales publicados, por lo que apoyamos de manera directa el acceso de nuestra población académica, científica y en general, a continuar con su formación intelectual a través de estos depósitos legales.

Sin duda alguna para el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional este dictamen constituye un paso fundamental para elevar el nivel educativo, cultural, científico y de difusión de la cultura en nuestro país y coadyuva al progreso de la vida social y cultural del México moderno.

De tal forma exhortamos a los compañeros integrantes de todas las fracciones representadas en esta Cámara de Diputados, a favor con su voto, de la iniciativa de Ley de Depósito Legal.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias a usted diputada Rosa Elena Baduy Isaac.

No habiendo inscritos más oradores en lo general le ruego a la diputada Secretaria consultar a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general, con las modificaciones propuestas por la comisión y aceptadas por la Asamblea.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Suficientemente discutido.

Para los efectos señalados en el artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se pregunta a las señoras diputadas y a los señores diputados, si van a reservar algún artículo en lo particular para su discusión.

No habiendo quien haga reserva alguna sobre el contenido del decreto, ruego a la Secretaría ordene la apertura del sistema electrónico, hasta por 10 minutos, a fin de proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto, con las modificaciones propuestas por la comisión y aceptadas por la Asamblea.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Háganse los avisos a los que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación.)

Se emitieron 389 votos en pro, cero en contra y una abstención.

Presidencia del diputadoArmando Salinas Torre

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, con las modificaciones propuestas, por 389 votos a favor.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Depósito Legal. Pasa al Senado de la República para los efectos constitucionales.

 

LEY GENERAL DE EDUCACION

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o., 8o., 31 y 56 de la Ley General de Educación.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Se dispensa la lectura.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos somete a la consideración de esta Soberanía el presente proyecto de decreto que adiciona los artículos 7, 8, 31, 56 de la Ley General de Educación, con base en los siguientes:

I. Antecedentes

1. Con fecha del 29 de noviembre de 2001, en la sesión ordinaria celebrada por la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, el Dip. Miguel Bortolini Castillo, a nombre del Grupo Parlamentario del PRD, presentó ante el pleno la Iniciativa que reforma la Ley General de Educación en el Capítulo II, sección cuarta, artículo 31.

2. En la misma fecha, la iniciativa fue turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen correspondiente.

3. Con fecha del 4 de abril de 2002, en la sesión ordinaria celebrada por la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, el Dip. Oscar Ochoa Patrón, a nombre del Grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la Iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

4. En la misma fecha, la iniciativa fue turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen correspondiente.

II. Consideraciones de las iniciativas

Primero. De manera complementaria, en la exposición de motivos, cada una de las iniciativas expone argumentos que sustentan la necesidad e importancia de la difusión transparente, oportuna y eficiente de los resultados de las evaluaciones que se hacen al Sistema Educativo Nacional para mejorar la calidad educativa.

Segundo. Ambas iniciativas se complementan en el objetivo de que la sociedad en su conjunto, conozca la información de manera oportuna, veraz y permanente referente a los resultados de las evaluaciones educativas internas y externas con relación a las metas y objetivos aprobados, ya que hoy en día no se sabe con precisión aspectos clave para iniciar la transformación de la educación mexicana. Entre estos aspectos se pueden mencionar, el nivel de comprensión de los contenidos educativos que desarrollan los educandos; las actitudes, aptitudes y valores que adquieren; la disposición de los docentes frente al cambio; el nivel de eficiencia de la mecánica institucional; las condiciones para el mejor aprovechamiento de la infraestructura; el impacto de las nuevas tecnologías en el proceso enseñanza aprendizaje; el tipo de investigación educativa que se realiza en nuestro país y su vinculación con los problemas que enfrenta el sistema, entre otros.

Aunado a lo anterior, es importante mencionar que existe mucha información que resulta de evaluaciones que se hacen por iniciativa de algunos actores de la educación, o incluso aquellas que realizan agentes externos, a la cual no tiene acceso la sociedad en general.

Un elemento adicional que presenta una de las iniciativas, es la propuesta de que la autoridad educativa federal debe enviar al Congreso de la Unión el resultado de las evaluaciones que se realicen al sistema educativo. Lo anterior vendría a facilitar insumos para el mejoramiento y actualización de las leyes que regulan el sistema educativo. Además, le permitiría a la Cámara de Diputados tener los elementos suficientes para aprobar el presupuesto del sector educativo, con base en los resultados presentados.

Tercero. Por su parte en la iniciativa presentada por el Dip. Oscar Ochoa, se propone incluir como uno de los fines de la educación que imparte el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares, promover valores indispensables en la formación cívica de los educandos, como la tolerancia, la honestidad y la responsabilidad.

Asimismo, la iniciativa propone promover una cultura de calidad permanente en los procesos educativos en la fracción IV del artículo 8 sobre los criterios que asientan la educación del Estado. Bajo el fundamento de incidir en escuelas eficaces, en donde la gestión y sus sistemas de aprendizaje, contribuyan a que los conocimientos logrados por los alumnos sean satisfactorios.

Debido a la importancia del acceso a la información, y de la transparencia en la acción gubernamental, la Iniciativa propone que se publique el motivo por el cual se otorga, revoca o se retira la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios a las instituciones educativas.

III. Valoración de las iniciativas

Primero. Esta Comisión determina su aprobación con relación a la modificación del artículo 31 de la Ley General de Educación que proponen las dos iniciativas, ya que es absolutamente necesaria la difusión de información educativa oportuna, objetiva y permanente, y es de gran importancia que la sociedad en su conjunto, conozca los resultados de las evaluaciones que realicen las autoridades educativas.

Segundo. Asimismo, es necesario considerar que hoy en día la función evaluativa del sistema educativo no cumple con los requisitos básicos que en la ley se establecen. Por ello, se reconoce en el Programa Nacional de Educación 2001-2006 que no existe una cultura de la evaluación entre los actores de la educación, lo que entre otros aspectos ha generado un manejo poco transparente de los resultados de las mismas.

Tercero. En ese sentido, la propuesta de las iniciativas de adicionar el artículo 31 de la Ley General de Educación con objeto de hacer más transparente, oportuna y eficiente la difusión de los resultados de las evaluaciones que se hacen al Sistema Educativo Nacional, está contribuyendo con lo establecido por el Ejecutivo a través de la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, para conformar un Sistema Nacional de Evaluación Educativa, y cumplir con la rendición de cuentas en lo que se refiere a la difusión de resultados. Aspectos que redundarán decididamente en el mejoramiento de todo el proceso educativo, tanto en lo programático y presupuestal como en leyes más acordes a la realidad educativa.

Cuarto. Por otra parte y en referencia a la adición de la fracción VI del artículo 7o. de la Ley General de Educación, es patente la necesidad de formar valores como la tolerancia, la honestidad y la responsabilidad en las áreas cívica y ética en los estudiantes, ya que solamente con la aplicación de valores se puede lograr una convivencia armónica, así como una disminución de los problemas de corrupción e ilegalidad.

Quinto. En cuanto a la propuesta de adición de la fracción IV del artículo 8o., la cual señala que uno de los criterios que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan, debe promover la generación de una cultura de calidad permanente en los procesos educativos, es indudable que uno de los retos actuales de la educación en el país es elevar su calidad para propiciar mejores condiciones que contribuyan al desarrollo de los ciudadanos, así como fomentar las capacidades de los estudiantes para progresar en la vida social. En ese sentido, esta disposición viene a reforzar el compromiso que se hace en el Programa Nacional de Educación 2001-2006, por una educación de buena calidad para todos.

Sexto. Respecto a la adición del artículo 56, la iniciativa propone como un elemento más para el seguimiento y rendición de cuentas, complementar la obligación de las autoridades educativas a informar a los ciudadanos sobre el otorgamiento, la revocación y el retiro de autorizaciones y reconocimientos de validez oficial de las instituciones educativas, agregando la disposición de solicitar una breve referencia del motivo por el cual se otorga, se revoca o se retira dicha autorización o reconocimiento. Lo anterior vendría a complementar una de las principales acciones del México de hoy, que es la transparencia y rendición de cuentas de todos los procesos que realizan las instituciones públicas y privadas. Aspecto fundamental en la concepción democrática del funcionamiento del Sistema Educativo Nacional.

Séptimo. Con base en la argumentación expuesta, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos somete a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de

DECRETO

Se reforman los siguientes artículos de la Ley General de Educación, para quedar como siguen:

Artículo 7. La educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

I al V...

VI. Promover el valor de la justicia, la tolerancia, la honestidad, la responsabilidad, de la observancia de la Ley y de la igualdad de los individuos ante ésta, así como propiciar el conocimiento de los derechos humanos y el respeto a los mismos.

Artículo 8. El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan -así como toda la educación primaria, secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan-, se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. Además:

I. al III. ......

IV. Promoverá la generación de una cultura de calidad permanente en los procesos educativos.

Artículo 31. Las autoridades educativas darán a conocer con oportunidad a través del Diario Oficial de la Federación, a los maestros, alumnos, padres de familia y a la sociedad en general los resultados de las evaluaciones que realicen, tanto instancias internas como externas al propio sistema educativo nacional, así como la demás información global que permita medir el desarrollo y los avances de la educación a nivel federal y en cada entidad federativa, con el propósito de:

- Lograr una apreciación objetiva, constante y permanente de los niveles de conocimientos, aptitudes o capacidades de los alumnos de todos los tipos y niveles, utilizando para esto las técnicas matemáticas y estadísticas más avanzadas en la materia.

- Presentar datos precisos a través de indicadores, sobre los principales programas señalados para su ejecución por parte de las dependencias y entidades de la administración relacionadas con la educación, para dar a conocer, el impacto de los resultados con relación a las metas y los objetivos aprobados.

De manera particular, la Secretaría enviará periódicamente a las Comisiones de Educación del Congreso de la Unión el resultado de tales evaluaciones, a fin de que sirvan como insumo para el mejoramiento y actualización de las Leyes y normas que regulan al Sistema Educativo Nacional.

Artículo 56. Las autoridades educativas publicarán, en el órgano informativo oficial correspondiente, una relación de las instituciones a las que hayan concedido autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. Asimismo publicarán, oportunamente y en cada caso, la inclusión o la supresión en dicha lista de las instituciones a las que otorguen, revoquen o retiren las autorizaciones o reconocimientos respectivos, así como una breve referencia del motivo por el cual se otorga, se revoca o se retira dicha autorización o reconocimiento.

TRANSITORIOS

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las disposiciones contenidas en este Decreto, relativas al envío al Congreso de la Unión de las evaluaciones realizadas al Sistema Educativo Nacional, considerarán aquellas que se realizaron durante la administración presidencial anterior, las cuales se remitirán en un plazo no mayor a los 30 días naturales, a la fecha de publicación del Decreto.

Tercero. La Secretaría de Educación Pública, deberá realizar las modificaciones necesarias a las disposiciones reglamentarias, a más tardar a los sesenta días siguientes a la fecha de entrada en vigor de este Decreto.

Cuarto. Los resultados de las evaluaciones más importantes que se efectúen, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, a los diez días hábiles después de haberse realizado.

Quinto. El presente Decreto, deroga todas las disposiciones jurídicas que se opongan al mismo.

Palacio Legislativo, México, DF, a 2 de abril de 2003.— Diputados: Enrique Meléndez Pérez (rúbrica), Presidente; Jorge Luis García Vera (rúbrica), Alfonso Vicente Díaz (rúbrica), Oscar Ochoa Patrón (rúbrica), Miguel Bortolini Castillo (rúbrica), secretarios; Rosa Elena Baduy Isaac (rúbrica), Norma Enriqueta Basilio Sotelo (rúbrica), Juan Nicolás Callejas Arroyo (rúbrica), Cutberto Cantorán Espinosa (rúbrica), José Manuel Correa Ceseña, Miguel Angel Moreno Tello, José Ramírez Gamero, Gerardo Sosa Castelán (rúbrica), Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica), Celita Trinidad Alamilla Padrón (rúbrica), Luis Artemio Aldana Burgos (rúbrica), Silvia Alvarez Bruneliere (rúbrica), José Carlos Luna Salas (rúbrica), Héctor Méndez Alarcón (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Rodolfo Ocampo Velázquez, José María Tejeda Vázquez, Fernando Ugalde Cardona (rúbrica), María Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Ramón León Morales (rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, José del Carmen Soberanis González (rúbrica), María Cristina Moctezuma Lule, Nahúm Ildefonso Zorrilla Cuevas, Bertha Alicia Simental García

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene la palabra el diputado Oscar Ochoa Patrón, por la comisión, para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.

El diputado Oscar Ochoa Patrón:

Con la venia, señor Presidente; compañeros legisladores:

A nombre de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, me permito fundamentar el dictamen en el sentido positivo a la iniciativa que reforma el artículo 7o., 8o., 31 y 56 de la Ley General de Educación.

La iniciativas se complementan en el objetivo de que la sociedad en su conjunto conozca la información de manera oportuna, veraz y permanente referente a los resultados de las evaluaciones educativas internas y externas con relación a las metas y objetivos aprobados, ya que hoy día no se sabe con precisión aspectos claves para iniciar la transformación de la educación mexicana.

Otro aspecto que contempla las reformas son los referentes al nivel de comprensión de los contenidos educativos que desarrollan los educandos, las actitudes, aptitudes y valores que adquieren, la disposición de los docentes frente al cambio, el nivel de eficiencia de la mecánica institucional, las condiciones para el mejor aprovechamiento de la infraestructura, el impacto de las nuevas tecnologías en el proceso de enseñanza-aprendizaje, el tipo de investigación educativa que se realiza en nuestro país y su vinculación con los problemas que enfrenta en el sistema, entre otros.

Para tales fines, el dictamen propone incluir, como uno de los fines de la educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares, promover valores indispensables en la formación cívica de los educandos, como la tolerancia, la honestidad y la responsabilidad.

1o. Promover una cultura de calidad permanente en el proceso educativo con la finalidad de procurar que la gestión que los sistemas de aprendizaje contribuyan a que los conocimientos logrados por los alumnos sean satisfactorios.

2o. Que las autoridades educativas federales deberán enviar al Congreso de la Unión el resultado de las evaluaciones que se realicen en el sistema educativo.

Lo anterior vendría a facilitar que los insumos para el mejoramiento y la actualización de las leyes que regulan el sistema educativo y además le permitiría a la Cámara de Diputados tener los elementos suficientes para aprobar el presupuesto del sector educativo con base en los resultados presentados.

3o. Facilitar el acceso a la información, así como fomentar la transparencia en la acción gubernamental para lo cual se propone que se publique el motivo por el cual se otorga, revoca o se retira la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios de las instituciones educativas.

De tal manera la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, quien ha manifestado en distinto espacios por fomentar una cultura que permita una mejor convivencia social, así como establecer las medidas que desde el Poder Legislativo puedan realizarse con la finalidad de promover la educación de calidad que nuestro país merece, hemos aprobado por unanimidad las reformas a la Ley General de Educación presentadas hoy ante este pleno.

Por tal motivo y como secretario de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, los conmino a emitir su voto en sentido favorable al dictamen presentado.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión en lo general... No se han registrado para fijar posiciones ninguno de los grupos parlamentarios.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La Secretaria diputada María de las Nieves GarcíaFernández:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si está suficientemente discutido en lo general.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Solicito a la Secretaría dé lectura al oficio recibido por la comisión donde comunica al pleno una fe de erratas del dictamen que estamos discutiendo.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos. Palacio Legislativo en San Lázaro, a 14 de abril de 2003. Diputado Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

“Con atención a los secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

En referencia al dictamen que reforma y adiciona los artículos 7o. fracción VI; 8o., fracción IV; 31 y 56 de la Ley General de Educación, me permito solicitar se realice la siguiente fe de erratas:

Dice: “Decreto. se reforman los siguientes artículos de la Ley General de Educación, para quedar como siguen...”

Debe decir: “Decreto. Artículo único. Se reforman y adicionan los artículos 7o., fracción VI; 8o., fracción IV; 31 y 56 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue...”

“Sin otro particular aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de nuestra más atentas consideraciones.

Atentamente: diputado Enrique Meléndez Pérez, Presidente.”.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

No habiendo quien haga uso de la palabra para reservar artículo alguno, se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del dictamen a discusión, en un solo acto.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Abrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados del dictamen.

(Votación.)

Se emitieron 385 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 385 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma los artículos 7o., 8o., 31 y 56 de la Ley General de Educación. Pasa al Senado de la República para los efectos constitucionales.

 

DISCAPACITADOS VISUALES

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El siguiente punto del orden del día son los dictámenes a discusión con punto de acuerdo.

En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos resolutivos de los mismos.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos resolutivos.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. .. Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Se autoriza.

Continúe la Secretaría con el primer dictamen de punto de acuerdo, por favor.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.

Con Punto de Acuerdo que presenta la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para solicitar al Banco de México lleve a cabo las medidas necesarias para apoyar a las personas con discapacidad visual en el manejo de papel moneda.

En sesión celebrada el pasado jueves 10 de abril del presente año, los Diputados miembros de esta Comisión, al analizar la “Iniciativa que reforma el artículo 5 de la Ley del Banco de México para beneficiar a las personas con discapacidad visual en el manejo de papel moneda”, presentada en la sesión ordinaria del 10 de octubre de 2002 por el Diputado Gumersindo Alvarez Sotelo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, resolvieron poner a la consideración y aprobación del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

ANTECEDENTES

En todas partes del mundo y en toda sociedad hay personas con discapacidad que requieren de condiciones jurídicas, sociales y económicas que les permitan acceder a una igualdad de oportunidades y no ser objeto de ninguna discriminación.

Las organizaciones internacionales informan sobre el significativo número de personas con discapacidad en el mundo; tan sólo en México y de acuerdo al XII Censo General de Población y Vivienda 2000, existen cerca de 1.8 millones de personas con algún tipo de discapacidad permanente o de largo plazo. De este total, el 26.1% sufre discapacidad visual, el segundo tipo después de la discapacidad motriz.

En tal virtud, se hace necesario apoyar a las personas con discapacidad visual, facilitándoles el manejo e identificación del papel moneda, aspecto de trascendencia que se enfrentan día con día.

En efecto, se reconoce que el sentido del tacto es uno de los que más contribuyen al desarrollo de las personas con discapacidad visual, sin embargo se requiere de otras medidas que faciliten el uso de este sentido y que les ayuden a enfrentar los problemas cotidianos, como en caso de la identificación del valor monetario de los billetes.

Actualmente, los elementos más sobresalientes del papel moneda mexicano son un hilo de seguridad, un registro perfecto, microimpresión, código de bloques, fibrillas de colores, tinta fluorescente, papel no fluorescente e impresión intaglio. Sin embargo, la mayoría de estas características de tipo visual, han tenido como propósito fundamental el de evitar su falsificación y facilitar el manejo por bancos y cajeros automáticos, pero no han considerado un beneficio para los discapacitados visuales.

Por ejemplo, si bien es cierto que la impresión intaglio supone perceptibilidad al tacto en los números que indican la denominación de los billetes, esta perceptibilidad es menos posible para las personas con deficiencias visuales, sobre todo cuando los billetes ya han tenido un uso excesivo, por lo que se considera necesario que el Banco de México sea quien determine las técnicas a utilizar para superar este tipo de limitaciones, tal cual como sucede en la Unión Europea y el Japón.

En efecto, en el caso de la Unión Europea y con el objeto de que los invidentes puedan identificar cada uno de los billetes, se han diseñado siete tamaños diferentes según su valor.  Asimismo, los billetes de 200 y 500 Euros son fáciles de reconocer por medio de las marcas táctiles que llevan situadas en el borde. La elección de los colores diferentes para cada valor nominal y el empleo de cifras de gran tamaño impresas en tinta más oscura están pensados, entre otras cosas, para ayudar a que las personas con problemas de visión reconozcan mejor los billetes.

Por lo anterior, es importante destacar que la formalización de estos elementos en el presente Punto de Acuerdo no sólo tienen un carácter simbólico, sino que motivará al Banco de México a que realice los cambios necesarios en las nuevas emisiones de billetes, que consideren precisamente las necesidades de los discapacitados visualmente, quienes también hacen uso día con día de la moneda para realizar sus operaciones mercantiles. 

Por ello y de conformidad con los artículos 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58 y 60 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público han resuelto proponer este Punto de Acuerdo tendiente a que el Instituto Central realce las modificaciones necesarias que permitan que las personas con discapacidad visual puedan disponer de elementos que les den mayor seguridad, tranquilidad y facilidad en el uso del papel moneda, en los siguientes términos:

Punto de Acuerdo

Artículo Único.- El pleno de esta soberanía requiere al Banco de México que realice las acciones conducentes para la emisión de papel moneda que sea fácilmente identificable por personas con discapacidad visual.

Para cumplir con el propósito anterior, esta Soberanía recomienda que Banco Central lleve a cabo diversas investigaciones sobre las técnicas a utilizar, realizar pruebas de eficiencia con personas invidentes, determinar las mejores opciones y costearlas, así como efectuar todas las fases que involucra el proceso integral de emisión y sustitución de billetes, incluyendo la utilización previa de los inventarios existentes en su momento, hasta su agotamiento.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2003.— Diputados: Enrique Alonso Aguilar Borrego (rúbrica), Francisco Agundis Arias, Manuel Añorve Baños, Miguel Arizpe Jiménez (rúbrica), Julio Castellanos Ramírez, Florentino Castro López, Jorge Alejandro Chávez Presa (rúbrica), Enrique Octavio de la Madrid Cordero, Francisco de Jesús de Silva Ruiz (rúbrica), Abelardo Escobar Prieto (rúbrica), Roberto Javier Fuentes Domínguez (rúbrica), Francisco Javier García Cabeza de Vaca (rúbrica), Miroslava García Suárez, Julián Hernández Santillán, Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (rúbrica), Guillermo Hopkins Gámez (rúbrica), Oscar Guillermo Levín Coppel (rúbrica), Rosalinda López Hernández, José Antonio Magallanes Rodríguez (rúbrica), José Manuel Minjares Jiménez (rúbrica), César Alejandro Monraz Sustaita (rúbrica), Humberto Muñoz Vargas (rúbrica), José Narro Céspedes, Luis Alberto Pazos de la Torre (rúbrica), Gustavo Riojas Santana, Salvador Rocha Díaz (rúbrica), Arturo San Miguel Cantú (rúbrica), Reyes Antonio Silva Beltrán (rúbrica), José Luis Ugalde Montes (rúbrica), José Francisco Yunes Zorrilla (rúbrica), Hugo Adriel Zepeda Berrelleza (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión el punto de acuerdo.

Por la comisión para fundamentar el dictamen ha solicitado el uso de la palabra el diputado Gumercindo Alvarez Sotelo y se le concede hasta por 10 minutos.

El diputado Gumercindo Alvarez Sotelo:

Muchas gracias, señor Presidente; estimadas compañeras diputadas y diputados:

En nombre de las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Atención a Grupos Vulnerables me permito poner a consideración de ustedes el dictamen que emiten estas comisiones:

En sesión celebrada el pasado jueves 10 de abril del presente año, los diputados miembros de esta comisión al analizar la iniciativa que reforma el artículo 5o. de la Ley del Banco de México para beneficiar a las personas con discapacidad visual en el manejo del papel moneda, presentada en la sesión ordinaria del día 10 de octubre de 2002 por el de la voz, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, resolvieron poner a la consideración y aprobación del pleno de esta Cámara de Diputados, el siguiente punto de acuerdo

Antecedentes

En todas partes del mundo y en toda sociedad hay personas con discapacidad que requieren de condiciones jurídicas sociales y económicas que les permitan acceder a una igualdad de oportunidades y no ser objeto de ninguna discriminación. Las organizaciones internacionales informan sobre el significativo número de personas con discapacidad en el mundo. Tan sólo en México y de acuerdo con el Censo General de Población y Vivienda de 2000 existe un número importante de personas con discapacidad visual, de los cuales el 26% sufre este problema de discapacidad visual o algún otro tipo de lo mismo.

En tal virtud se hace necesario apoyar a las personas con discapacidad visual, facilitándoles el manejo e identificación del papel moneda, aspecto de trascendencia que se enfrentan día con día.

En efecto, se reconoce que el sentido del tacto es uno de los que más contribuyen al desarrollo de las personas con discapacidad visual. Sin embargo, se requiere de otras medidas que faciliten el uso de ese sentido y que les ayuden a enfrentar los problemas cotidianos, como en el caso de la identificación del valor monetario de los billetes.

Actualmente los elementos más sobresalientes del papel moneda mexicano son un hilo de seguridad, un registro perfecto, micro impresión, código de bloques, fibrillas de colores, cinta fluorescente, papel no fluorescente e impresión intaglio. Sin embargo, la mayoría de estas características de tipo visual han tenido como propósito fundamental el de evitar su falsificación y facilitar el manejo por bancos y cajeros automáticos. Pero no han considerado un beneficio para los discapacitados visuales. Por ejemplo, si bien es cierto que la impresión intaglio supone perceptibilidad al tacto, en los números que indican la denominación de los billetes esta perceptibilidad es menos posible para las personas con deficiencias visuales, sobre todo cuando los billetes ya han tenido un uso excesivo, por lo que se considera necesario que el Banco de México sea quien determine las técnicas a utilizar para superar este tipo de limitaciones, tal como sucede en la Unión Europea y el Japón.

En efecto, en el caso de la Unión Europea y con objeto de que los invidentes puedan identificar cada uno de los billetes, se han diseñado siete tamaños diferentes según su valor. Asimismo, los billetes de 200 y 500 euros, son fáciles de reconocer por medio de las marcas táctiles que llevan situadas en el borde, la elección de los colores diferentes para cada valor nominal, el empleo de cifras de gran tamaño impresas en tinta más obscuras, están pensados entre otras cosas para ayudar a que las personas con problemas de visión reconozcan mejor los billetes.

Por lo anterior, es importante destacar que la formalización de estos elementos en el presente punto de acuerdo, no sólo tienen un carácter simbólico sino que motivará al Banco de México a que realice los cambios necesarios en las nuevas emisiones de billetes, que consideren precisamente las necesidades de los discapacitados visuales, quienes también hacen uso día con día de la moneda para realizar sus operaciones mercantiles.

Por ello y de conformidad con los artículos 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 58 y 60 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público y de Grupos Vulnerables, han resuelto proponer este punto de acuerdo tendiente a que el instituto central realice las modificaciones necesarias que permitan que las personas con discapacidad visual puedan disponer de elementos que les den mayor seguridad, tranquilidad y facilidad en el uso del papel moneda, por lo cual, estimados compañeras y compañeros, les pedimos su apoyo a favor de todas las personas que sufren alguna discapacidad visual o quienes tienen ya alguna debilidad visual.

Recuerden que éste es un asunto que nos beneficia realmente a todos. Los aquí presentes podemos llegar algún momento a requerir de estos mecanismos que nos permitan identificar y manejar adecuadamente el papel moneda.

Muchísimas gracias por su atención.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En virtud de no haberse registrado ningún otro orador, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

Solicito a la Secretaría consultar a la Asamblea si es de aprobarse el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En votación económica se consulta a la Asamblea si se aprueba el punto de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado, comuníquese.

EDUCACION PRIMARIA

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Continúe la Secretaría con el siguiente punto del orden del día.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Educación  Pública y Servicios educativos.

Dictamen

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativo presenta el Dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo para solicitar a la Secretaría de Educación Pública, se considere en los planes y programas de estudio de educación primaria, una asignatura que conforme los valores universales y los demás que contemple la Ley General de Educación, presentado por el Dip. Oscar Ochoa Patrón el día 16 de octubre de 2001.

I.- ANTECEDENTES

PRIMERO.- En sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día 16 de octubre de 2001, el Diputado Oscar Ochoa Patrón, presentó el Punto de Acuerdo para solicitar a la Secretaría de Educación Pública, se considere en los planes y programas de estudio de educación primaria, una asignatura que conforme los valores universales y los demás que contemple la Ley General de Educación.

SEGUNDO.- En la fecha de presentación del Punto de Acuerdo, la Mesa Directiva de la Cámara turnó el mismo a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen.

TERCERO.- Para el análisis y dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo, la Mesa Directiva de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos creó la Subcomisión correspondiente.

II.- CONSIDERACIONES

PRIMERA.- La proposición indica que ante la internacionalización de algunos conceptos e ideas, resultante de la interacción global de razas, culturas, formas de pensamiento, estilos de vida y formas de trabajar, nuestra población esta expuesta a problemáticas tales como: la constante proyección de la violencia, la xenofobia o discriminación, así como a valores que inciden en la perdida de nuestra identidad nacional.

SEGUNDA.- Como una medida para subsanar la problemática antes expuesta, el Punto de Acuerdo solicita la inclusión en los programas de estudio de educación primaria, una signatura que fomente los valores universales, humanos y trascendentes, como: la libertad, el respeto, la tolerancia, la honestidad, la responsabilidad, la defensa de la paz, la apreciación por el trabajo, la identidad y la dignidad de los pueblos y los demás que contempla la Ley General de Educación y los referidos en el Programa Nacional de Educación 2001-2006.

TERCERA.- Para sustentar la solicitud expresa en el párrafo anterior, el Punto de Acuerdo refiere lo establecido en el artículo 3º fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la cual se señala que corresponde al Poder Ejecutivo Federal, determinar los planes y programas de estudio de la educación primaria, considerando la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y de los diversos sectores involucrados en la educación.

CUARTA.- De igual forma, el Punto de Acuerdo menciona que en el Plan Nacional de Desarrollo, se establece como objetivos rectores los siguientes:

Objetivo Rector No. 1.- “Mejorar los niveles de educación y bienestar de los mexicanos”, para lo cual “el gobierno propone como estrategia que la política educativa debe lograr que los mexicanos adquieran los conocimientos, competencias y destrezas, así como las actitudes y valores necesarios para el pleno desarrollo y para el mejoramiento de la nación”.

Objetivo Rector No. 4.- Para el “Fortalecirniento de la cohesión y capital sociales”, es necesario “el desarrollo de formas de solidaridad que refuercen los vínculos de identidad, que den un sentido de pertinencia a partir de los valores, orientaciones comunes y relaciones de confianza”.

III.- VALORACIÓN

PRIMERO.- La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos se pronuncia por reconocer los valores que la educación nacional tiene establecidos en el artículo 3º Constitucional.

SEGUNDO.- La propuesta se sustenta jurídicamente de conformidad por lo dispuesto en:

Ley General de Educación

Artículo 12, fracción 1ª Es responsabilidad exclusiva de la Secretaría de Educación Pública, el determinar para toda la República los planes y programas de estudio para la educación primaria, la secundaria, la normal.

Plan Nacional de Educación

1.2.2 Objetivos estratégicos de la Educación Básica Nacional

“Garantizar que todos los niños y jóvenes que cursen la educación básica adquieran conocimientos fundamentales, desarrollen las habilidades intelectuales, los valores y las actitudes necesarios para alcanzar una vida personal y familiar plena, ejercer una ciudadanía competente y comprometida, participar en el trabajo productivo y continuar aprendiendo a lo largo de la vida”.

Política de educación intercultural para todos

Objetivo particular 4, Línea de acción B:

“Desarrollar formas pertinentes de educación en valores que orienten al educando a descubrir autónomamente que el respeto a la dignidad de la persona, incluyendo a los diferentes, es un valor fundamental”.

TERCERO.- La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos reconoce que es necesario inculcar en nuestros educandos valores que permitan una mejor convivencia social y la prevención de problemáticas sociales, tales como la violencia, delincuencia, discriminación y perdida de la identidad nacional.

Por lo antes expuesto, el pleno de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos acuerda el siguiente:

Resolutivo

ÚNICO.- Se exhorta a la Secretaría de Educación Pública, para que considere la inclusión en los programas de estudio de educación primaria, una asignatura que fomente los valores universales, humanos y trascendentes, como: la libertad, el respeto, la tolerancia, la honestidad, la responsabilidad, la defensa de la paz, la apreciación por el trabajo, la identidad y la dignidad de los pueblos y los demás que contempla la Ley General de Educación y los referidos en el Programa Nacional de Educación 2001-2006.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2003.— Diputados: Enrique Meléndez Pérez, Presidente (rúbrica); Jorge Luis García Vera, secretario (rúbrica); Alfonso Vicente Díaz, secretario (rúbrica); Oscar Ochoa Patrón, secretario (rúbrica); Miguel Bortolini Castillo, secretario (rúbrica); Rosa Elena Baduy Isaac (rúbrica), Norma Enriqueta Basilio Sotelo (rúbrica), Juan Nicolás Callejas Arrollo (rúbrica), Cutberto Cantorán Espinoza (rúbrica), José Manuel Correa Ceseña, Miguel Angel Moreno Tello, José Ramírez Gamero, Gerardo Sosa Castelán (rúbrica), Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica), Celita Trinidad Alamilla Padrón (rúbrica), Luis Artemio Aldana Burgos (rúbrica), Silvia Alvarez Bruneliere (rúbrica), José Carlos Luna Salas (rúbrica), Héctor Méndez Alarcón (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Rodolfo Ocampo Velázquez, José María Tejeda Vázquez, Fernando Ugalde Cardona (rúbrica), María Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Ramón León Morales, Alberto Anaya Gutiérrez, José del Carmen Soberanis González (rúbrica), María Cristina Moctezuma Lule, Nahúm Ildefonso Zorrilla Cuevas, Bertha Alicia Simental García

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión el punto de acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el punto de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado. Comuníquese.

 

LEY DEL DEPOSITO LEGAL

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

A solicitud, si me permite la Secretaría, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, esta Presidencia instruye que sea insertada en el Diario de los Debates el posicionamiento formulado por escrito por la diputada María de los Angeles Sánchez Lira en relación a la Ley del Depósito Legal, asunto recién concluido.

«Comentarios al decreto de proyecto por el que se expide la Ley de Depósito Legal.

Esta iniciativa de ley, constituye básicamente la continuación de una serie de decretos que han existido desde el siglo XIX e inicialmente se depositaron sólo en la Biblioteca Nacional y a partir de el año de 1937, se sumó como bibliotecaria depositante la Biblioteca del Congreso de la Unión, misma que la actual Ley Orgánica del Congreso, establece y reconoce como Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.

El beneficio de esta ley, está en función de que ambas bibliotecas, tanto la Biblioteca Nacional de nuestro país como el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, continúen viéndose favorecidas con los beneficios que otorga esta iniciativa de ley, ya que ello permitirá como atinadamente lo menciona el artículo 1o.: registrar, enriquecer y preservar el acervo bibliohemerográfico y documental de la Nación, así como la defensa y preservación de la memoria documental y tal y como lo establece la UNESCO, elaborar la bibliografía nacional, además de generar las estadísticas de las ediciones nacionales de todos los materiales que se editan y producen en el país.

En caso de resultar aprobada esta iniciativa de ley, el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, tendrán mayores facultades para seleccionar y organizar el material bibliohemerográfico y documental que recibe y así estar en capacidad de continuar ofreciendo servicios de información bibliográfica y documental como hasta ahora lo ha hecho.

Otro de los beneficios de esta iniciativa de ley, es el hecho de que habrá un seguimiento más atinado de todo el material que se ha editado y producido en el país y de esta forma tendremos la seguridad de tener una memoria documental exacta de todos las materiales bibliohemerográficos producidos, además de tener una certeza de que los mismos estarán disponibles para su consulta.

México, DF, a 14 de abril de 2003.— Diputada María de los Angeles Sánchez Lira.»  

Continúe la Secretaría.

 

EDUCACION PRIMARIA

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Educación  Pública y Servicios Educativos.

DICTAMEN

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativo presenta el Dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo para solicitar a la autoridad educativa federal determine las acciones pertinentes que garanticen las habilidades y actitudes indispensables que permitan la comprensión afectiva de conocimientos para generaciones que se inician en la escuela primaria, presentado, a nombre de distintos grupos parlamentarios, por la Dip. Celita Alamilla Padrón, con base en los siguientes:

I.- ANTECEDENTES

PRIMERO.- En sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día 19 de marzo de 2002, la Diputada Celita Alamilla Padrón, presentó el punto de acuerdo por el cual solicita a la autoridad educativa federal determine las acciones pertinentes que garanticen las habilidades y actitudes indispensables que permitan la comprensión afectiva de conocimientos para generaciones que se inician en la escuela primaria.

SEGUNDO.- En la fecha de presentación del Punto de Acuerdo, la Mesa Directiva de la Cámara turnó el mismo a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen.

TERCERO.- Para el análisis y dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo, la Mesa Directiva de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos creó la Subcomisión correspondiente.

II.- CONSIDERACIONES

PRIMERA.- El Punto de Acuerdo señala que el bajo promedio de lectura per capita existente en México, es un problema que incide en los altos indicadores de analfabetismo funcional existentes, toda vez que el promedio de lectura nacional no alcanza ni siquiera dos libros por año, en comparación con otros países considerados lectores, donde se leen hasta 45 libros sin contar los de texto.

SEGUNDA.- El Punto de Acuerdo menciona que según los resultados más recientes de las evaluaciones de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), reportan que si bien nuestros jóvenes saben leer, no entienden lo que leen, lo cual indica que nuestros estudiantes presentan serias incapacidades para analizar, razonar, evaluar y construir ideas e hipótesis.

TERCERA.- En tal sentido expone que la escuela primaria en sus primeros años tiene como objetivo primordial enseñar a leer y a escribir, sin embargo dicha enseñanza ha privilegiado la identificación de formas de lenguaje como son letras, sílabas y palabras, así como la repetición y memorización de lo escrito, lo cual no es suficiente para dar solución al problema del analfabetismo funcional, porque la identificación literal y mecánica de formas es únicamente el primer paso para la comprensión de las ideas: llámese de ciencia, de matemáticas o de literatura y que es necesario impulsar la creatividad del estudiante para operar e interactuar sobre el texto, con el fin de invitar al alumno a ser partícipes de las ideas del autor y de esta forma consolidar las capacidades lingüísticas e incrementar su vocabulario.

CUARTA.- Ante tan grave circunstancia por la que se encuentran nuestros estudiantes en dicha materia, el Punto de Acuerdo valora la propuesta del Ejecutivo Federal para desarrollar e impulsar el Programa “Hacia un País de Lectores”, señalando que es necesario revisar los métodos de enseñanza que han estado vigentes, ya que la inversión en libros y bibliotecas será inútil sin lectores que garanticen su uso y que la lectura sea significativa y además productiva.

QUINTA.- La proposición indica que con la finalidad de identificar las soluciones de la problemática antes expuesta, es necesario que la Secretaría de Educación Pública realice, a la brevedad posible, una revisión de los programas básicos en materia de enseñanza de la lectura, integrando las acciones resultantes de dicha revisión, en la currícula impartida en la educación nacional y de esta forma garantizar que los alumnos que inician la educación básica, adquieran las habilidades y aptitudes indispensables y necesarias para la comprensión efectiva de la lectura.

III.- VALORACIÓN

PRIMERO.- La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos reconoce que los bajos índices de lectura en nuestro país, son una causa grave para el desarrollo educativo y cultural de la población mexicana.

SEGUNDO.- De igual forma, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos  valora la implementación del “Programa Hacia un País de Lectores”, emprendida por el Ejecutivo Federal en la presente administración, señalando que es necesario implementar acciones complementarias que permitan el desarrollo fructífero de dicho programa.

TERCERO.- A la luz de los resultados de las evaluaciones realizadas a nuestro sistema educativo en la materia, los cuales indican una grave problemática que retrasa el proceso enseñanza-aprendizaje de nuestros educandos en todas las materias, señalamos la necesaria revisión de los métodos de enseñanza de la lectura que se implementan en nuestro sistema educativo.

CUARTO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, fracción 1ª de la Ley General de Educación, es responsabilidad exclusiva de la Secretaría de Educación Pública, el determinar para toda la República los planes y programas de estudio para la educación primaria, la secundaria, la normal.

Por lo antes expuesto, el pleno de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos acuerda el siguiente:

Resolutivo

PRIMERO.- Con el fin de garantizar que los alumnos que inician la educación básica, adquieran las habilidades y aptitudes indispensables y necesarias para la comprensión efectiva de la lectura, se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a realizar una revisión de los métodos y materiales utilizados en la enseñanza de la lectura, integrando las acciones resultantes de dicha revisión, a los planes y programas que se desarrollan en la educación nacional.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2003.— Diputados: Enrique Meléndez Pérez, Presidente (rúbrica); Jorge Luis García Vera, secretario (rúbrica); Alfonso Vicente Díaz, secretario (rúbrica); Oscar Ochoa Patrón, secretario (rúbrica); Miguel Bortolini Castillo, secretario (rúbrica); Rosa Elena Baduy Isaac (rúbrica), Norma Enriqueta Basilio Sotelo (rúbrica), Juan Nicolás Callejas Arrollo (rúbrica), Cutberto Cantorán Espinoza (rúbrica), José Manuel Correa Ceseña, Miguel Angel Moreno Tello, José Ramírez Gamero, Gerardo Sosa Castelán (rúbrica), Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica), Celita Trinidad Alamilla Padrón (rúbrica), Luis Artemio Aldana Burgos (rúbrica), Silvia Alvarez Bruneliere (rúbrica), José Carlos Luna Salas (rúbrica), Héctor Méndez Alarcón (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Rodolfo Ocampo Velázquez, José María Tejeda Vázquez, Fernando Ugalde Cardona (rúbrica), María Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Ramón León Morales, Alberto Anaya Gutiérrez, José del Carmen Soberanis González (rúbrica), María Cristina Moctezuma Lule, Nahúm Ildefonso Zorrilla Cuevas, Bertha Alicia Simental García.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión el punto de acuerdo... No habiendo quien solicite el uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por lo tanto en votación económica, se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado. Comuníquese.

VOLUMEN II

PROTECCION CIVIL

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Educación  Pública y Servicios Educativos.

DICTAMEN

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativo presenta el DICTAMEN A LA PROPOSICIÓN CON   PUNTO DE ACUERDO PARA QUE EN LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA SE INCLUYA LA MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL EN LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA, presentado por el Dip. Jaime Larrazabal Bretón, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- En sesión de la LVIII Legislatura, realizada el día 28 de diciembre de 2000, el C. Diputado Jaime Larrazabal Bretón presentó al pleno de la Cámara de Diputados, una proposición con Punto de Acuerdo para que se incluya la materia de protección civil en programas académicos de educación primaria y secundaria.

SEGUNDO.- Con fecha 28 de diciembre de 2000 el Punto de Acuerdo, fue turnado por la Mesa Directiva a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio análisis y dictaminen correspondiente.

TERCERO.- Para el análisis y dictamen de esta iniciativa, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos creó una Subcomisión, de conformidad con lo que establece el Artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

CUARTO.- Con fecha 21 de noviembre, la Subcomisión se reunió con funcionarios de la Dirección General de Métodos y Materiales Educativos de la SEP, para recopilar los elementos técnico-jurídicos de análisis para ponderar la factibilidad de que se incluya la materia de protección civil en los programas de educación básica a nivel nacional.

CONSIDERACIONES

PRIMERA.- El Punto de Acuerdo señala que en nuestro país la reparación de desastres naturales durante el 1999 y 2000, ascendió a 12 mil millones de pesos, presupuesto equivalente a tres veces el presupuesto aprobado para el año 2000, para cada una de las Secretarías de Desarrollo Social y de Gobernación.

SEGUNDA.- El Punto de Acuerdo apunta que la República mexicana es particularmente sensible a la sismicidad, debido a su ubicación dentro del Cinturón de Fuego del Pacífico, en donde los deslizamientos de las placas son frecuentes, provocando un promedio anual de 460 movimientos súbitos e impredecibles de la tierra, con las trágicas consecuencias conocidas.

TERCERA.- En referencia a la recurrencia de ciclones en nuestro territorio, el Punto de Acuerdo manifiesta que tan sólo en 1997, dos de ellos denominados “Paulina” y “Rick” golpearon estados mexicanos y que durante 1999 se presentaron cuatro ondas tropicales que provocaron inundaciones, deslaves y muertes debido al reblandecimiento del terreno en zonas con asentamientos humanos.

CUARTA.- De igual forma, el punto de acuerdo afirma que 197 municipios oaxaqueños se encuentran ubicados en la zona de alto riesgo sísmico determinada por la Secretaría de Gobernación, lo que significa que alrededor de tres millones de personas viven en constante peligro por este tipo de eventos, y por otra parte 122 municipios son señalados como vulnerables a ciclones tropicales.

QUINTA.- En referencia al marco jurídico sobre protección civil, el Punto de Acuerdo manifiesta que con fecha 3 de mayo de 2000 se promulgó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Protección Civil, misma que en su Articulo 10 dispone que “Es propósito primordial del Sistema Nacional (de protección civil) promover la educación para la autoprotección que convoque y sume el interés de la población en general, así como su participación individual y colectiva. Con la finalidad de impulsar la educación en la prevención y en la protección civil, las dependencias e instituciones del sector público, con la participación de organizaciones e instituciones del sector social, privado y académico, promoverán: ... fracción VI.- El Establecimiento de programas educativos y de difusión dirigidos a toda la población, que les permita conocer los mecanismos de ayuda en caso de emergencia, así como la manera en que pueden colaborar en estas actividades.

De igual forma se señala que en el Artículo 12º  de la misma Ley se establece lo siguiente: “La coordinación ejecutiva del Sistema Nacional recaerá en la Secretaría de Gobernación, la cual tiene las atribuciones siguientes en materia de protección civil: ...fracción XXVII. Gestionar ante las autoridades correspondientes, la incorporación de la materia de protección civil en el sistema educativo nacional.”

SEXTA.- Ante tales obligaciones que establece la Ley General de Protección Civil, el grupo de legisladores que presentan esta proposición, refieren que es necesario dar el seguimiento correspondiente a cada una de los ordenamientos y que las instancias del Ejecutivo Federal que concurren en materia de protección civil, cumplan con sus correspondientes obligaciones marcadas en la citada Ley.

SÉPTIMA.- Por otra parte y con la finalidad de acrecentar la cultura de la autoprotección, proponen que esta sea inculcada desde la educación básica, ya que es desde este nivel, se inicia la formación del individuo y constituye el espacio ideal para fomentar las actitudes de solidaridad y participación.

OCTAVA.- El grupo de legisladores refiere que actualmente los libros de texto de primaria contienen 182 citas relacionadas con el tema de protección civil, las cuales se encuentran esparcidas entre todas las materias de los seis diferentes grados de educación primaria, afirmando que existe en la currícula de los planes y programas, insuficiencia de contenido, así como falta de secuencia y congruencia.

NOVENA.- El punto de acuerdo propone que cada entidad federativa pudiera educar a sus habitantes para que sean capaces de reaccionar rápida y efectivamente en caso de emergencia.

DECIMA.- La Proposición con Punto de Acuerdo solicita que las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y la de Gobernación y Seguridad Pública urjan al Gobierno Federal para que, a través de las instancias correspondientes, se incluya la materia de protección civil en programas académicos de primaria y secundaria, dando cumplimiento, así, de lo dispuesto por la Ley General de Protección civil vigente en el ámbito federal.

UNDÉCIMA.- Para el logro de lo propuesto en el párrafo anterior se refiere que es necesario incorporar en los Libros de Texto Gratuitos de forma articulada, gradual y sistemática, contenidos básicos relativos a la materia de Protección Civil.

VALORACIÓN

Primero.- La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos reconoce que en razón de las particulares características tectónicas, volcánicas, orográficas y litorales que definen el territorio nacional, amplio sectores de la población se encuentran expuestas a desastres naturales, los cuales ponen en riesgo la vida y el patrimonio de miles de mexicanos a lo largo y ancho del país, por lo que emprender acciones que permitan la prevención por sobre todo la perdida de vidas humanas y por otra parte, la erogación de cuantiosos recursos a través de la federación y los estados, para aliviar las condiciones de indefensión en la que se queda la población cuando este tipo de eventualidades ocurre.

Segundo.- En la Ley General de Protección Civil se establece que en el Sistema Nacional de Protección Civil se encuentran integradas las dependencias de la Administración Pública Federal, por lo que la Secretaría de Educación Pública tiene responsabilidades concurrentes en esta materia, y ante la solicitud expresa de los legisladores para que se incluya la materia de protección civil en la currícula que se desarrolla en la educación básica nacional, es necesario hacer una revisión del marco jurídico para establecer estos contenidos en la Ley General de Educación, misma que a continuación se presenta.

Ley General de Educación

En la Ley General de Educación se señala en el Articulo 12, fracción III, que corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal la responsabilidad de elaborar y mantener actualizados los libros de texto gratuitos, mediante procedimientos que permitan la participación de los diversos sectores sociales involucrados en la educación; y en el Artículo 13, fracciones II y IV, se precisa que corresponden de manera exclusiva a las autoridades educativas locales, en sus respectivas competencias, el proponer a la Secretaría (de Educación Pública) los contenidos regionales que hayan de incluirse en los planes y programas de estudio para la educación primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, así como prestar los servicios de formación, actualización, capacitación y superación profesional para los maestros de educación básica, de conformidad con las disposiciones generales que la Secretaría determine.

En referencia a la responsabilidad sobre la definición de la pertinencia regional de los contenidos para cada entidad federativa, la Ley General de Educación en su Articulo 48, determina que serán las autoridades educativas locales las que propondrán para consideración y, en su caso, autorización de la Secretaría, contenidos regionales que -sin mengua del carácter nacional de los planes y programas citados- permitan que los educandos adquieran un mejor conocimiento de la historia, la geografía, las costumbres, las tradiciones y demás aspectos propios de la entidad y municipios respectivos.

Por tanto, como lo expresa esta Ley, corresponde a la Secretaría de Educación Pública y a las autoridades educativas estatales, establecer la currícula necesaria para educar al pueblo de México en materia de protección civil, por lo que se solicitó, a la Dirección General de Métodos y Materiales Educativos de la SEP, unidad encargada del diseño de los planes y programas que se imparten en los niveles de educación básica en el país, una presentación documentada de la planeación curricular para instruir a nuestros educandos en materia de protección civil.

A continuación presentaremos algunos datos expuestos en la presentación antes citada:

Contenidos curriculares relacionados con protección civil de primero a sexto grado en las asignaturas de Ciencias Naturales, Geografía y Educación Cívica.

Tercero.- Del análisis de esta información, podemos afirmar que en materia de protección civil esta contenida transversalmente en los planes y programas de estudio de la educación básica que se imparte en el país, e incrementar el número de asignaturas que se ofrecen en la educación básica nacional, para incluir una asignatura específica en materia de protección civil, afectaría la consecución de los objetivos y tiempos que un educando debe cumplir en su preparación académica.

Cuarto.- En el ánimo de establecer medidas que permitan incrementar la cultura en materia de protección civil, y con base en las acciones que establece la Ley General de Protección Civil en su Artículo 10, fracción III que indica que deberán formularse y promoverse campañas de difusión masiva y de comunicación social, con temas específicos y relativos a cada ámbito geográfico al que vayan dirigidos, debiendo hacerse en los ámbitos federal, estatal y municipal; así como en su fracción IV, que establece que deberán realizarse, con la participación y cooperación de los distintos medios de difusión masiva, campañas de divulgación sobre temas de protección civil, medidas de prevención, autocuidado y autoprotección, que contribuyan en el avance de la educación de la protección civil, así como a fortalecer la disposición de la sociedad para participar activamente en estas cuestiones, se recomienda que mediante el uso de los tiempos oficiales de la Secretaría de Gobernación, de la Secretaría de Educación Pública, así como de los gobiernos estatales, se desarrollen campañas nacionales de difusión en los medios de comunicación masiva, que permitan desarrollar en la población mexicana una cultura nacional de protección civil.

Por lo expuesto anteriormente, esta Comisión determina el siguiente:

CONLCUSIONES

PRIMERA.- Que en la planeación y en la aplicación de los programas nacionales que se imparten en la educación básica, ya se contemplan de forma transversal la materia de protección civil.

SEGUNDA.- Incrementar el número de asignaturas que se ofrecen en la educación básica nacional, para incluir una asignatura específica en materia de protección civil, afectaría la consecución de los objetivos y tiempos que un educando debe cumplir en su preparación académica.

TERCERA.- Que la Ley General de Protección Civil establece las acciones para que la población en general, y no sólo la población que asiste a la educación básica, sea educada en materia de protección civil.

RESOLUTIVO

PRIMERO.- Se exhorta a la Secretaria de Educación Pública y a la Secretaria de Gobernación establecer en coordinación con el Centro Nacional de Prevención de Desastres y el Consejo Estatal de Protección Civil en cada entidad federativa, campañas de información y difusión en los medios masivos de comunicación que permitan promover la cultura de protección civil entre la población mexicana.

SEGUNDO.- Se exhorta a las Secretarías de Educación Pública y de Gobernación, así como a los gobiernos de las entidades federativas, a utilizar el tiempo oficial del que dispone en medios de comunicación, para la realización de las campañas señaladas en el anterior resolutivo.

Diputados: Enrique Meléndez Pérez, Presidente (rúbrica); Jorge Luis García Vera, secretario (rúbrica); Alfonso Vicente Díaz, secretario (rúbrica); Oscar Ochoa Patrón, secretario (rúbrica); Miguel Bortolini Castillo, secretario (rúbrica); Rosa Elena Baduy Isaac, Norma Enriqueta Basilio Sotelo (rúbrica), Juan Nicolás Callejas Arrollo (rúbrica), Cutberto Cantorán Espinoza (rúbrica), José Manuel Correa Ceseña, Miguel Angel Moreno Tello (rúbrica), José Ramírez Gamero (rúbrica), Gerardo Sosa Castelán (rúbrica), Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica), Celita Trinidad Alamilla Padrón (rúbrica), Luis Artemio Aldana Burgos (rúbrica), Silvia Alvarez Bruneliere (rúbrica), José Carlos Luna Salas (rúbrica), Héctor Méndez Alarcón (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Rodolfo Ocampo Velázquez (rúbrica), José María Tejeda Vázquez, Fernando Ugalde Cardona (rúbrica), María Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Ramón León Morales (rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica), José del Carmen Soberanis González (rúbrica), María Cristina Moctezuma Lule, Nahúm Ildefonso Zorrilla Cuevas (rúbrica), Bertha Alicia Simental García (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia están a discusión los puntos de acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea. Si se consideran suficientemente discutidos los puntos de acuerdo.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se consideran suficientemente discutidos los puntos de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutidos.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En votación económica, se pregunta si se aprueban los puntos de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobados. Comuníquese.

 

IPN

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Educación  Pública y Servicios Educativos.

DICTAMEN

De la Comisión de Educaciín Pública y Servicios Educativos al Punto de acuerdo para la Creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativo presenta el dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo para que la Secretaria de Educación Publica apoye la Creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional, con base en los siguientes:

I. ANTECEDENTES

Primero.- En sesión de la LVIII Legislatura, realizada el día 15 de diciembre de 2001, el C. Diputado Juan Camilo Mouriño Terrazas, Presidente de la Comisión de Energía de esta Cámara e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó al pleno de la Cámara de Diputados, una proposición con Punto de Acuerdo para que la Secretaria de Educación Publica apoye la creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional.

Segundo.- Con fecha 15 de diciembre de 2001, el Punto de Acuerdo fue turnado por la Mesa Directiva a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio análisis y dictaminen correspondiente.

Tercero.- Para el análisis y dictamen de esta iniciativa, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos creó una Subcomisión, de conformidad con  lo que establece el Artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Cuarto.- Por lo establecido en el artículo 21 fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva de esta Cámara ha dictado tres excitativas a esta Comisión: la primera, con fecha del 15 de octubre de 2002, presentada por el Dip. Miguel Bortolini Castillo, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; la segunda, con fecha 17 de octubre de 2002, presentada por la Dip. María del Rosario Tapia Medina a nombre de la Mesa Directiva de la Comisión de Energía; y la tercera presentada el día 28 de noviembre de 2002, presentada por el Dip. José Manual del Río Virgen del partido Convergencia Democrática a nombre de distintos diputados.

Quinto.- Derivado de la tercera excitativa presentada ante el pleno de esta Cámara de Diputados el día 28 de noviembre de 2002, la Mesa Directiva de la misma estableció el día 10 de diciembre de 2002, como fecha última para la emisión del dictamen correspondiente.

Ante tal circunstancia, la Mesa Directiva de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, solicitó a la Presidencia de la Cámara de Diputados, una extensión del plazo, con objeto de recopilar los elementos técnico-jurídicos que permitan dictaminar el punto de acuerdo, sin afectar el marco jurídico del Instituto Politécnico Nacional.

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, obsequió el plazo.

II. CONSIDERACIONES DEL PUNTO DE ACUERDO

Primera.- El punto de acuerdo señala que es consecuencia de la formación de profesionales orientados hacia la exploración, aprovechamiento y administración de los recursos geológicos nacionales en instituciones de educación pública superior, que el sector energético del país ha tenido un amplio desarrollo.

Segunda.- Resalta la tarea de formación de profesionales realizada por el Instituto Politécnico Nacional (IPN), quien por más de 60 años ha formado especialistas que atienden empresas y organismos rectores y administradores y operantes del sector energético, tales como la Secretaría de Energía, Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de Electricidad y el Instituto Mexicano del Petróleo entre otros.

Tercera.- Indica que desde la década de los 80, en el Instituto Politécnico Nacional, se ha venido impartiendo la Maestría en Geología con especialidades en: Petrolera, Minera y Riesgo Geológico, así como la Maestría en Administración, Planeación y Economía de los Hidrocarburos, ambas actualmente adscritas a la Escuela Superior de Ingeniería y Arquitectura de la Unidad Zacatenco.

Cuarta.- Expone que a pesar de las precarias condiciones en las cuales se han desarrollado dichas maestrías, sus egresados representan la vinculación académica con la industria petrolera nacional, vinculación que contribuye al desarrollo de tecnología para la exploración, extracción y administración de nuestros recursos energéticos.

Quinta.- Objeta que a pesar de los notorios beneficios que el país obtiene al formar especialistas en materia energética, las maestrías en comento, presentan una serie de limitaciones administrativas y presupuestales, toda vez que académicamente dependen de la Coordinación General de Estudios de Posgrado e Investigación del IPN y administrativamente están supeditadas a la Dirección de la Escuela Superior de Ingeniería y Arquitectura, Unidad Ticomán.

Sexta.- Señala que dicha falta de autonomía impide atender de manera eficaz la fuerte demanda de cursos por parte de profesionales interesados en especializarse, y cancela la oportunidad de brindar servicios de asesoría solicitados por la industria petrolera nacional.

Séptima.- Considera que ante la necesidad de continuar preparando especialistas e investigadores que dan viabilidad al desarrollo de la industria energética nacional, es necesario modificar el estatuto administrativo actual del posgrado de la Escuela Superior de Ingeniería y Arquitectura, para crear el Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional, el cual sería la institución nacional académica rectora que prepare recursos humanos de alta especialización en las disciplinas de ciencias de la tierra ( geología petrolera, minera y riesgo geológico) y en la administración y economía de los energéticos.

III.- VALORACIÓN

Con la finalidad de establecer la viabilidad normativa para la creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional, esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos compiló las facultades que el marco jurídico vigente establece al Ejecutivo Federal, a la Secretaría de Educación Pública y al Instituto Politécnico Nacional, para el apoyo de la ciencia y la tecnología, mismas que se presentan a continuación:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 3º, Fracción V.- “... el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos -incluyendo la educación superior- necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la investigación científica y tecnológica...”

Ley General de Educación

Artículo 8.- El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan -así como toda la educación primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan-, se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los perjuicios. Además:

Fracción II.- Será nacional, en cuanto -sin hostilidades ni exclusivismos - atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura, y

Artículo 9.- Además de impartir la educación preescolar, la primaria y la secundaria, el Estado promoverá y atenderá -directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.

Artículo 14.- Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a que se refieren los Artículos 12 y 13, corresponden a las autoridades educativas federal y locales, de manera concurrente, las atribuciones siguientes:

Fracción VIII.- Impulsar el desarrollo de la enseñanza tecnológica y de la investigación científica y tecnológica;

Ley de Ciencia y Tecnología

Artículo 2.- Se establecen como bases de una política de Estado que sustente la integración del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, las siguientes:

Fracción I.- Incrementar la capacidad científica, tecnológica y la formación de investigadores para resolver problemas nacionales fundamentales, que contribuyan al desarrollo del país y a elevar el bienestar de la población en todos sus aspectos;

Fracción II.- Promover el desarrollo y la vinculación de la ciencia básica y la innovación tecnológica asociadas a la actualización y mejoramiento de la calidad de la educación y la expansión de las fronteras del conocimiento, así como convertir a la ciencia y la tecnología en un elemento fundamental de la cultura general de la sociedad;

Fracción III.- Incorporar el desarrollo y la innovación tecnológica a los procesos productivos para incrementar la productividad y la competitividad que requiere el aparato productivo nacional;

Fracción IV.- Integrar esfuerzos de los diversos sectores, tanto de los generadores como de los usuarios del conocimiento científico y tecnológico, para impulsar áreas de conocimiento estratégicas para el desarrollo del país;

Artículo 12.- Los principios que regirán el apoyo que el Gobierno Federal está obligado a otorgar para fomentar, desarrollar y fortalecer en general la investigación científica y tecnológica, así como en particular las actividades de investigación que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, serán los siguientes:

Fracción V.- Las políticas, instrumentos y criterios con los que el Gobierno Federal fomente y apoye la investigación científica y tecnológica deberán buscar el mayor efecto benéfico, de estas actividades, en la enseñanza y el aprendizaje de la ciencia y la tecnología, en la calidad de la educación, particularmente de la educación superior, así como incentivando la participación y desarrollo de las nuevas generaciones de investigadores;

Fracción XIII.- La actividad de investigación y desarrollo tecnológico que realicen directamente las dependencias y entidades del sector público se orientará preferentemente a procurar la identificación y solución de problemas y retos de interés general, contribuir significativamente a avanzar la frontera del conocimiento, permitir mejorar la calidad de vida de la población y del medio ambiente, y apoyar la formación de personal especializado en ciencia y tecnología;

Fracción XVII.- Se promoverá la conservación, consolidación, actualización y desarrollo de la infraestructura de investigación nacional existente;

Artículo 27.- Las entidades paraestatales que no sean reconocidas como centros públicos de investigación, los órganos desconcentrados y las instituciones de educación superior públicas reconocidas como tales por la Secretaría de Educación Pública, que no gocen de autonomía en los términos de la fracción VII del artículo 3 de la Constitución, que realicen investigación científica o presten servicios de desarrollo tecnológico, podrán constituir fondos de investigación científica y desarrollo tecnológico en los términos de lo dispuesto por el artículo 50 de esta Ley. La dependencia a la que corresponda la coordinación de la entidad, órgano desconcentrado o institución y el CONACyT dictaminarán el procedimiento de la creación de dichos Fondos en los cuales podrá ser fideicomitente la propia entidad, órgano desconcentrado o institución.

Artículo 40.- Para la creación y la operación de los instrumentos de fomento a que se refiere esta Ley, se concederá prioridad a los proyectos cuyo propósito sea promover la modernización, la innovación y el desarrollo tecnológicos que estén vinculados con empresas o entidades usuarias de la tecnología, en especial con la pequeña y mediana empresa.

De igual forma serán prioritarios los proyectos que se propongan lograr un uso racional, más eficiente y ecológicamente sustentable de los recursos naturales, así como las asociaciones cuyo propósito sea la creación y funcionamiento de redes científicas y tecnológicas.

Artículo 42.- El Gobierno Federal apoyará la investigación científica y tecnológica que contribuya significativamente a desarrollar un sistema de educación, formación y consolidación de recursos humanos de alta calidad.

La Secretaría de Educación Pública y el CONACyT establecerán los mecanismos de coordinación y colaboración necesarios para apoyar conjuntamente los estudios de posgrado, poniendo atención especial al incremento de su calidad; la formación y consolidación de grupos académicos de investigación, y la investigación científica básica en todas las áreas del conocimiento y el desarrollo tecnológico. Estos mecanismos se aplicarán tanto en las instituciones de educación superior como en la Red Nacional de Grupos y Centros de Investigación.

Ley para la Coordinación de la Educación Superior

Artículo 12.- Sin perjuicio de la concurrencia de los Estados y Municipios, para proveer a la coordinación a que se refiere el Artículo anterior, la Federación realizará las funciones siguientes:

Fracción I.- Promover, fomentar y coordinar acciones programáticas que vinculen la planeación institucional e interinstitucional de la educación superior con los objetivos, lineamientos y prioridades que demande el desarrollo integral del país;

Fracción IV.- Apoyar la educación superior mediante la asignación de recursos públicos federales, y.

Artículo 21.- La Federación, dentro de sus posibilidades presupuestales y en vista de las necesidades de docencia, investigación y difusión de la cultura de las instituciones públicas de educación superior, les asignará recursos conforme a esta Ley para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 26.- Cuando las instituciones requieran desarrollar proyectos adicionales de superación institucional y carezcan de fondos para ello, el Ejecutivo Federal podrá apoyarlas con recursos específicos, previa celebración del convenio respectivo y, en su caso, atendiendo al desarrollo de los convenios anteriormente celebrados.

Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional

Artículo 1º.- “El Instituto Politécnico Nacional es la Institución Educativa del Estado, creada para consolidar, a través de la educación, la Independencia Económica, Científica, Tecnológica, Cultural y Política para alcanzar el progreso social de la Nación...”.

Artículo 3º .- Son finalidades del Instituto:

Fracción III.- “Realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales”

Fracción IV.- “Formar profesionales e investigadores en los diversos campos de la ciencia y la tecnología, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico, político y social del país”.

Artículo 4º.- Para el Cumplimiento de sus finalidades, el Instituto Politécnico Nacional tendrá las siguientes atribuciones:

Fracción III.- Impartir educación de tipo medio superior, de licenciatura, maestría y doctorado, cursos de capacitación técnica y de actualización, especialización y superación académicas, en sus modalidades escolar y extraescolar...”

Fracción VIII.- Prestar servicios de asesoría a los sectores público, social y privado, Estados y Municipios que lo soliciten, en la elaboración y desarrollo de planes y programas de investigación científica y tecnológica para la capacitación del personal de dichos sectores y entidades, así como para la solución de problemas específicos relacionados con los mismos y a los problemas concretos de la actividad tecnológica en lo general.

Fracción XVII.- Promover el intercambio científico, tecnológico y cultural con instituciones educativas y organismos nacionales, extranjeros e internacionales.

Artículo 14.- Son facultades y obligaciones del Director General:

Fracción IV.- Establecer las escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación y las dependencias administrativas que requiera el instituto para el cumplimiento de sus finalidades, previo acuerdo del Consejo General Consultivo.

Fracción VI.- Someter a la consideración del Secretario de Educación Pública, del Subsecretario de Educación e Investigación Tecnológica o de ambos, los asuntos que así lo requieran.

Fracción XIV.- Celebrar convenios de cooperación tecnológica, asesoría técnica, prestación de servicios y de intercambios de experiencias, con otros centros educativos, dependencias del gobierno federal, entidades federativas, municipios y en general, con organismos de los sectores público, social y privado.

Del análisis al marco jurídico que daría la viabilidad a la creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional, establecemos lo siguiente:

Primero.- Es responsabilidad del Estado, el promover el desarrollo de la investigación científica y tecnológica, así lo establece nuestra Carta Magna, la Ley General de Educación y la Ley de Ciencia y Tecnología, siendo esta última la que expresa que dicha actividad es una política de Estado.

Segundo.- La creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional, la cual se realizaría con el fin de preparar recursos humanos de alta especialización en las disciplinas de ciencias de la tierra (geología petrolera, minera y riesgo geológico) y en la administración y economía de los energéticos, puede sustentarse normativamente, toda vez que el objetivo al cual se orientará dicho centro, incide en el aprovechamiento racional, eficiente y ecológicamente sustentable de nuestros recursos naturales, tal y como lo establece la Ley General de Educación (artículos 8º y 9º), la Ley de Ciencia y Tecnología (artículo 12º, fracción XIII y artículo 40, párrafo segundo) y la propia Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional (artículo 1º, fracción III).

Tercero.- Siendo la industria petrolera nacional una de las ramas estratégicas de la economía nacional, es necesario forjar nuevas generaciones que se especialicen en dicha rama, así como continuar con el desarrollo académico de los funcionarios técnicos y administrativos que en ella laboran, por lo que crear el Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional, es necesario y factible desde el punto de vista presupuestal, en el entendido que por lo establecido en la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, es obligación de la Federación el promover y fomentar acciones que vinculen la planeación de la educación superior, con lo objetivos, lineamientos y prioridades que demande el desarrollo integral del país, para lo cual, establece la misma Ley, la Federación apoyara mediante la asignación de recursos públicos federales.

Aun y considerando las condiciones económicas que privan actualmente en el Instituto Politécnico Nacional y siendo este un órgano desconcentrado de la Secretaria de Educación Pública, es posible la creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos, la cual puede realizarse mediante la constitución de un fondo de investigación científica y desarrollo tecnológico, tal y cual lo ordena el artículo 27 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Dicho planteamiento, se sustentaría si se establece que el Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional es un proyecto de alta prioridad, y apegándose a lo dispuesto en el artículo 40 de la misma Ley de Ciencia y Tecnología, el cual dice “serán prioritarios los proyectos que se propongan lograr un uso racional, más eficiente y ecológicamente sustentables de los recursos naturales”.

Cuarto.- De lo anterior, y una vez establecido el Centro en comentó el Instituto generaría recursos propios, toda vez que se estaría en condiciones de celebrar convenios, nacionales e internacionales de asesoría técnica a instituciones públicas y privadas, en concordancia con el artículo 4º, Fracción VIII y artículo 14, fracción XIV de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional.

IV. – CONCLUSIONES

Primera.- El desarrollo de la ciencia y la tecnología nacionales ha sido y es interés demostrado por los legisladores que integran esta Legislatura, por tanto, el promover esquemas que fortalezcan las instituciones públicas que las llevan al cabo, es tarea fundamental para el trabajo legislativo que realizamos.

Segunda.- Reconocemos que ha sido en las universidades publicas del país en donde se han formado los profesionistas que estructuraron una de las industrias públicas más nobles y sustento hasta la fecha de la economía y desarrollo nacional.

Tercera.- Exaltamos en esta tarea, la labor realizada por el Instituto Politécnico Nacional, alma mater de innumerables profesionales técnicos en distintas especialidades y renombrada institución a nivel internacional por sus excelsos investigadores en el campo de la energía.

Cuarta.- El marco legal vigente, nos demuestra las facultades y obligaciones del Ejecutivo para responsabilizarse de ejecutar una política de estado en materia de ciencia y tecnología y específicamente en materia energética, por lo que el desarrollo de centros como el que propone el Punto de Acuerdo, no solo es necesario, sino indispensable para fortalecer la economía del país.

Quinta.- De igual forma, el marco legal vigente, posibilita administrativa y presupuestalmente la creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional.

Ante tal situación, esta Comisión ha determinado dictaminar positivamente el Punto de Acuerdo propuesto para quedar como sigue:

Punto de Acuerdo

Primero.- Se exhorta al director general del Instituto Politécnico Nacional, para que en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 14, fracciones IV y VI, de la Ley Orgánica de esa casa de estudios, gestione, dentro de los procesos institucionales y jurídicos necesarios, la creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos; dotándolo para este efecto de los recursos presupuestales necesarios.

Diputados: Enrique Meléndez Pérez, Presidente (rúbrica); Jorge Luis García Vera, secretario (rúbrica); Alfonso Vicente Díaz, secretario (rúbrica); Oscar Ochoa Patrón, secretario (rúbrica); Miguel Bortolini Castillo, secretario (rúbrica); Rosa Elena Baduy Isaac (rúbrica), Norma Enriqueta Basilio Sotelo (rúbrica), Juan Nicolás Callejas Arrollo (rúbrica), Cutberto Cantorán Espinoza (rúbrica), José Manuel Correa Ceseña, Miguel Angel Moreno Tello, José Ramírez Gamero, Gerardo Sosa Castelán (rúbrica), Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica), Celita Trinidad Alamilla Padrón (rúbrica), Luis Artemio Aldana Burgos (rúbrica), Silvia Alvarez Bruneliere (rúbrica), José Carlos Luna Salas (rúbrica), Héctor Méndez Alarcón (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Rodolfo Ocampo Velázquez, José María Tejeda Vázquez, Fernando Ugalde Cardona (rúbrica), María Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Ramón León Morales, Alberto Anaya Gutiérrez, María Cristina Moctezuma Lule, Nahúm Ildefonso Zorrilla Cuevas, Bertha Alicia Simental García (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión el punto de acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado. Comuníquese.

COMPAÑIA HULERA EUZKADI

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Trabajo y Previsión Social.

DICTAMEN

Punto de acuerdo sobre el conflicto laboral en la compañia Hulera Euzkadi presentado por el Dip. Ramón León Morales del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática,

ANTECEDENTES

I. Con fecha del 05 de marzo del 2003, el Dip. Ramón León Morales presentó ante el Pleno de la Comisión Permanente el Punto de Acuerdo sobre el conflicto laboral en la Compañía Hulera Euzkadi, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

II. Con la misma fecha, la Presidencia de la Comisión Permanente dictó el siguiente trámite:

“Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social”.

III. Consideraciones:

• El 16 de diciembre de 2001, los trabajadores del último turno de la Compañía Hulera Euzkadi, ubicada en El Salto, Jalisco, se encontraron con un comunicado donde se anunciaba la determinación empresarial de dar por terminadas sus operaciones en el país y poniendo a disposición de loas operarios su liquidación.

• Ante el cierre, los trabajadores agremiados al independiente Sindicato Nacional Revolucionario de Trabajadores de Euzkadi, fundado en 1935, deciden dar lucha por reabrir su centro de trabajo, rechazar las indemnizaciones ofrecidas y emplazar a huelga por la violación del Contrato Ley que rige la Industria del Hule, dado que el cierre de la empresa suspendió todas las obligaciones contractuales del patrón.

• La huelga estalla el 22 de enero de 2002, la empresa, solicitó la improcedencia del movimiento, sin embargo, al cumplir los trabajadores con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo la huelga es considerada existente para todos los efectos legales en los términos del artículo 929 de la ley.

• El 22 de marzo del año pasado, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje emitió una resolución considerando inviable jurídicamente el emplazamiento a huelga, ya que la empresa estaba cerrada al estallar la misma. La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, calificó de “improcedente” el movimiento huelguístico argumentando que al estar cerrada la empresa no había suspensión de labores y por tanto, a los trabajadores sólo les quedaba recoger una liquidación.

• La figura de “improcedencia” de una huelga, no existe legalmente de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, la calificación de la huelga sólo admite tres supuesto: 1) Que la huelga, sea ilícita por darse uno de los supuestos del artículo 445; 2) Que la huelga sea legalmente inexistente, por darse algunas de las hipótesis contempladas en el artículo 459 y 3) Que la huelga sea considerada legalmente existente.

• El Sindicato interpuso una demanda de garantías ante el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo de Distrito Federal.

• El 5 de julio, el Juzgado decide, por unanimidad, conceder el amparo y protección de la justicia federal a los trabajadores en huelga, ordenando a la autoridad laboral señalar una audiencia en que se cite a las partes para ofrecer y rendir pruebas.

• La audiencia se realiza el 22 de octubre y el 19 de febrero de 2003. La autoridad laboral sencillamente reitera que debe archivarse el expediente por resultar “improcedente” el movimiento.

• De inmediato, los afectados solicitaron de nuevo al Poder Judicial el amparo y protección de la justicia federal en contra de los actos de la autoridad responsable, solicitando la suspensión de la resolución invocada.

• Al momento, existe el riesgo de que la empresa sustraiga por la fuerza los bienes que garantizan el derecho y los créditos de los huelguistas.

• Ha prevalecido la unidad sindical y la organización se mantiene firmemente decidida a defender su fuente de trabajo.

CONSIDERANDOS

PRIMERO.- Que con base en los antecedentes indicados, los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, de acuerdo al turno dado por la Presidencia de la Cámara de Diputados, se abocaron a analizar el Punto de Acuerdo presentado el Dip. Ramón León Morales.

SEGUNDO.- Que la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LVIII Legislatura, con fundamento en la fracción XXX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en el artículo 39 y el artículo 45 párrafo sexto incisos d) e) f) y en el Tercero Transitorio fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y, en los artículos 60, 88, 93 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó a dictaminar el Punto de Acuerdo descrito, desarrollando los siguientes:

RESULTANDOS

UNICO.- Con fundamento en los considerándoos vertidos en el presente dictamen, los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social decretamos:

PRIMERO.-Se exhorta a los ciudadanos Carlos Abascal Carranza, Secretario del Trabajo y Previsión Social, y a Virgilio Mena Becerra, Presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, para que cumplen estrictamente con lo dispuesto en el articulo 123 de la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo.

SEGUNDO.- Se insta a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y a las autoridades civiles correspondientes a hacer respetar las garantías de los huelguistas, dándoles las garantías necesarias, en los términos de la legislación vigente.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril del 2003.— Diputados: José Ramírez Gamero (rúbrica), Presidente; Hugo Camacho Galván (rúbrica), José Antonio Gloria Morales (rúbrica), Roberto Ruiz Angeles (rúbrica), Manuel Duarte Ramírez (rúbrica), secretarios; Carlos Alberto Aceves del Olmo, Jaime Aceves Pérez (rúbrica), Enrique Alonso Aguilar Borrego, Hilda Josefina A. Anderson Nevárez, Manuel Castro y del Valle (rúbrica), Jaime Cervantes Rivera, Alejandro Gómez Olvera, Rodolfo Gerardo González Guzmán, Roque Joaquín Gracia Sánchez (rúbrica), Francisco Javier López González, Rafael López Hernández, Sergio Maldonado Aguilar (rúbrica), Martha Patricia Martínez Macías (rúbrica), Héctor Méndez Alarcón, José Luis Novales Arellano, Ramón Paniagua Jiménez (rúbrica), Francisco Ramírez Cabrera (rúbrica), Enrique Ramos Rodríguez, Carlos Antonio Romero Deschamps, María Teresa Romo Castillón (rúbrica), Concepción Salazar González (rúbrica), Alfonso Sánchez Rodríguez (rúbrica), Rosario Tapia Medina (rúbrica), Jorge Urdapilleta Núñez (rúbrica), Benito Vital Ramírez

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia, está a discusión el punto de acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si está suficientemente discutido el dictamen.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se consideran suficientemente discutidos los puntos de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaría diputada María de las Nieves García Fernández:

En votación económica se pregunta si se aprueban los puntos de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado. Comuníquese.

MEDIO AMBIENTE

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Medio Ambiente yrecursos Naturales.

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Punto de Acuerdo para que las Empresas Quimica Central de México, SA de CV, y Suelas Winny SA CV, rindan un informe a las autoridades correspondientes y realicén acciones encaminadas a la restauración del Medio Ambiente.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales correspondiente a la LVIII legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, fue turnada para su dictaminación, la proposición con punto de acuerdo relativo a:

“Que las empresas Química Central de México, S.A. de C.V. y Suelas Winny, S.A. de C.V, rindan un informe a las autoridades correspondientes y realicen acciones encaminadas a la restauración del medio ambiente”.

La Presidencia de este H. Organo Legislativo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, turnó a esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales la proposición con Punto de Acuerdo descrita anteriormente, la cual ha sido suficientemente analizada y discutida.

Con fundamento en los artículos 39, párrafo 1; 45, párrafo 6, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los diversos numerales 60, 87, 88 y 89 y demás relativos aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión se abocó al estudio y análisis de la propuesta con Punto de Acuerdo motivo del presente estudio, labor de la que se da cuenta, de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES

1. En sesión celebrada el 15 de diciembre de 2002 en la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el Diputado Juan Carlos Sáinz Lozano, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una proposición con Punto de Acuerdo, para que las empresas Química Central de México, S. A. de C. V. y Suelas Winny, S.A. de C.V, rindan un informe a las autoridades correspondientes y realicen acciones encaminadas a la restauración del medio ambiente.

2. En dicha proposición con Punto de Acuerdo quedó establecida la requisición a efecto de que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales realice una auditoria ambiental a la empresa Química Central de México, S.A. de C.V.

3. Asimismo, se requirió de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) así como de la Comisión Nacional del Agua la realización de los estudios necesarios para determinar el grado de contaminación por cromo y azufre de los pozos ubicados San Francisco del Rincón y, en su caso, el establecimiento de medidas tendientes a la reparación del deterioro ambiental.

4. Los días 6 y 7 de junio de 2002, los integrantes de esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales realizaron una visita a San Francisco del Rincón en el estado de Guanajuato, con el objeto de inspeccionar y constatar el posible deterioro ambiental.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales que dictamina, formula las siguientes:

CONSIDERACIONES

1. México genera aproximadamente el 4% de la producción mundial de piel, lo cual lo sitúa entre los diez mayores productores de piel a nivel internacional.

2. A nivel nacional, el estado de Guanajuato genera alrededor del 65% del curtido y acabado de cuero. Tan sólo en la Ciudad de León existen más de 500 tenerías y constituye la principal actividad económica del estado.

3. El impacto ambiental que dicha actividad genera, se ha incrementado de manera paulatina en los últimos tiempos, debido al manejo inadecuado de los desechos que se generan. Ello aunado a que los sistemas de control y monitoreo de la contaminación, se han visto fuertemente obstaculizados por las condiciones sociales y económicas que prevalecen en la zona.

4. La empresa Química Central de México, inició sus operaciones en el año de 1971. Su giro principal radica en la elaboración de productos químicos utilizados por la industria curtidora, entre los que destacan la producción de sales de cromo.

5. Durante los últimos 20 años, la matriz que contenía dicho elemento se ha ido acumulando en los patios de la empresa, lo que ha ocasionado la contaminación del suelo, subsuelo y acuífero de la zona, generando con ello, un pasivo de mas de 350,000 toneladas de residuos con cierto contenido de cromo.

6. En 1993, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), realizó una auditoria en las instalaciones de la empresa Química Central de México de la cual surgieron diversas recomendaciones tendientes al saneamiento del sitio.

7. La Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología adscrita a San Francisco del Rincón, Guanajuato, recibió una denuncia en relación a la empresa Química Central de México, misma que fue turnada a la PROFEPA por tratarse de un asunto de su competencia.

8. El giro principal de la empresa “Suelas Wyny” es la fabricación de suelas, cuya materia prima principal la constituye el cuero; el proceso de su producción es semejante al proceso de curtido de pieles, donde la etapa inicial, llamada etapa de “Ribera”, se caracteriza por ser altamente contaminante.

9. La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en su artículo 117, fracción III, establece lo siguiente: “El aprovechamiento del agua en actividades productivas susceptibles de producir su contaminación, conlleva la responsabilidad del tratamiento de las descargas, para reintegrarla en condiciones adecuadas para su utilización en otras actividades y mantener el equilibrio de los ecosistemas...”.

10. En cuanto a la contaminación de suelos, el artículo 134, fracción V de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, establece lo siguiente: “En los suelos contaminados por la presencia de materiales o residuos peligrosos, deberán llevarse a cabo las acciones necesarias para recuperar o restablecer sus condiciones, de tal manera que puedan ser utilizados en cualquier tipo de actividad prevista por el programa de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que resulte aplicable”.

11. La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales realizó una gira de trabajo con los Diputados integrantes de la misma, los días 6 y 7 de junio de 2002 en San Francisco del Rincón. Durante esa gira de trabajo se visitó el vaso de la presa de San Germán, lugar a donde se envían los desechos sólidos de la curtiduría “Winny”. Se observó un cúmulo de material sólido mezclado con aguas residuales sin tratar y con muy mal olor, que se percibía a distancia.

Asimismo, se observó un canal rústico de agua sin tratar, mismas que son arrojadas a los vasos receptores de la presa de San Germán por la empresa Winny, situación que impregna de muy mal olor el ambiente, además de contaminar las aguas de la presa mencionada.

Es importante mencionar, que hasta el día de la visita de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, las empresas mencionadas no habían realizado ninguna acción tendiente a la reparación del deterioro ambiental así como tampoco al saneamiento del lugar.

12. Se visitaron también los alrededores de la empresa “Química Central de México” y se observaron cerros de residuos que contenían, entre otros

13. elementos, cromo, de acuerdo a la información proporcionada por personal de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología de San Francisco del Rincón. Dichos elementos se encontraban totalmente al aire libre.

14. En la visita al ejido de Buena Vista se pudo constatar que se había cancelado un pozo por estar contaminado de cromo y arsénico. El Río Turbio, a su vez, se encuentra altamente contaminado, según estudios llevados a cabo en la cuenca del mismo.

Cabe señalar que los estudios epidemiológicos realizados en humanos han detectado alrededor de treinta agentes capaces de inducir cáncer, de los cuales veinte se encuentran dentro del ambiente ocupacional y laboral. Los estudios realizados en animales de experimentación han permitido identificar como cancerígenos potenciales a cerca de 700 compuestos químicos. Dentro de estos agentes reconocidos como cancerígenos podemos encontrar el cromo que produce cáncer en el pulmón cuando se trabaja con sales de cromo. (Doll R y Peto R (1981) The causes of cancer: quantitative estimates of avoidable risk of cancer in the United States. Today Journal of the National Cancer Institute. Vol. 66, pp 194-308).

Esto, aunado al hecho de que el cáncer constituye una de las principales causas de muerte en los países desarrollados, y segunda causa de muerte en nuestro país enfatiza la atención que debe prestarse a la prevención y remediación por contaminación producida por estos elementos químicos.

Por lo anterior, los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales encontramos que las actividades industriales que realizan las empresas “Wyny” y “Química Central de México S.A de C.V”, son violatorias de los artículos 117 y 134 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, con gran afectación al medio ambiente y a la salud humana que requiere de inmediata atención por parte de las autoridades.

Por lo expuesto y fundado anteriormente, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales que dictamina, somete a la consideración de pleno de la H. Cámara de Diputados el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO: Se exhorta a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales a efecto de que realice una auditoria ambiental a la empresa Química Central de México, S.A, de C.V ubicada en carretera León- San Francisco del Rincón, km.13.5 en San Francisco del Rincón Guanajuato, así como a la empresa Suelas Winny, S.A, de C.V ubicada en carretera León - San Francisco del Rincón, km. 12-A, en San Francisco del Rincón, Guanajuato, auditoria que deberá incluir la verificación del pasivo ambiental acumulado.

SEGUNDO: Se exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Comisión Nacional del Agua a efecto de realizar los estudios necesarios para determinar si los pozos descritos en este documento se encuentran contaminados por cromo y azufre, y, en su caso, determinar el grado de contaminación que presentan.

TERCERO: Se exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Comisión Nacional del Agua, a efecto de realizar las acciones necesarias, en el ámbito de sus competencias, para detener y reparar los daños que han sido ocasionados por las empresas en comento.

Sala de Comisiones, a 8 de abril de 2003.— Diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), Presidente; Miguel Angel Gutiérrez Machado (rúbrica), Gustavo Lugo Espinoza, José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Jesús de la Rosa Godoy (rúbrica), secretarios; Ramón Ponce Contreras (rúbrica), José María Tejeda Vázquez (rúbrica), Juan Carlos Sainz Lozano (rúbrica), Raúl Gracia Guzmán, Francisco Arano Montero (rúbrica), Sergio García Sepúlveda (rúbrica), Rómulo Garza Martínez (rúbrica), Juan Carlos Pallares Bueno (rúbrica), Rafael Ramírez Agama, Rafael Ramírez Sánchez (rúbrica), Miguel Angel Torrijos Mendoza, Librado Treviño Gutiérrez (rúbrica), Elizabeth Rosas López, Pedro Manterola Sainz, José Jacobo Nazar Morales, José Manuel Díaz Medina, Héctor Pineda Velázquez, Miguel Bortolini Castillo (rúbrica), Rosa Delia Cota Montaño, Jaime Rodríguez López (rúbrica), Juan José Nogueda Ruiz (rúbrica), Julio César Vidal Pérez, Manuel Garza González (rúbrica), Donaldo Ortiz Colín, Vitálico Cándido Coheto Martínez, Raúl Efrén Sicilia Salgado (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia, está a discusión el punto de acuerdo... No habiendo quien solicite el uso de la palabra, solicito a la Secretaría consulte a la Asamblea si esta suficientemente discutido el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado. Comuníquese.

Continúe la Secretaría con el siguiente punto del orden del día.

 

COFIPE

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.—   Comisión de Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa presentada por el C. Diputado Rufino Rodríguez Cabrera integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados, que propone reformar el artículo 175 numeral 3 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 40 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los numerales 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Gobernación y Seguridad Pública somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, a partir de los siguientes:

ANTECEDENTES

1. El 25 de marzo de 2002, el Diputado referido en el proemio de este dictamen, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados, una iniciativa que reforma el artículo 175 numeral 3 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la turnó para su estudio y dictamen a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

2. El iniciador considera que “la búsqueda de la simetría de oportunidades para varones y mujeres, así como la aspiración en garantizar un ejercicio pleno de todos los derechos para unos y otros, hace necesaria por un lado la adopción de políticas encaminadas a tal efecto, así como la adecuación de nuestro marco legal”.

El iniciador señala que, en atención a ello, debe valorarse la conveniencia la impulsar diferentes modificaciones a la legislación en la materia, que avalen para hombres y mujeres la existencia de un escenario de salvaguardas de sus garantías constitucionales.

Por ello, la iniciativa propone adecuaciones a la normatividad electoral que permita establecer para varones y mujeres, condiciones de equidad plena en la postulación de candidaturas a cargos legislativos de elección popular, para lo cual propone reformar el artículo 175 numeral 3 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

De acuerdo con los antecedentes anteriores esta Comisión que dictamina expone las siguientes:

CONSIDERACIONES

I. Coincidimos con el iniciador en que para la concreción del desarrollo equitativo y democrático del conjunto social, se requiere de la eliminación de todas las formas de discriminación, y en el caso que nos ocupa, establecer condiciones que favorezcan a la incorporación de las mujeres en los diversos espacios de participación política para el desarrollo de sus aptitudes y capacidades.

II. Acorde con esta posición, en la Cámara de Diputados se discutió en el segundo periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la actual Legislatura, una iniciativa que se aprobó en ambas Cámaras y el pasado 24 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adicionan un artículo 175-A, un artículo 175-B y un artículo 175-C; se adicionan dos incisos al párrafo 1 y se reforma el párrafo 3 del artículo 269 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Con esta reforma se garantiza la participación de las mujeres en los cargos de elección popular y en la toma de decisiones en las oportunidades políticas ya que en ningún caso incluirán más del setenta por ciento de candidatos propietarios de un mismo género.

III. En aquella ocasión, los dictaminadores estuvieron de acuerdo en que con una mayor participación de las mujeres en la vida política del país requiere de la adecuación de las normas, así como de su inclusión de manera equitativa en todos los escenarios en los que se fragua la vida política del país, y promoción que contribuyeran a la búsqueda de una auténtica equiparación de oportunidades para hombres y mujeres.

En este sentido, los legisladores y las legisladoras avanzamos en la creación de normas jurídicas, que permitieron dar un paso más en la búsqueda de la equidad entre los géneros, asumiendo que toda acción afirmativa parte del reconocimiento de la desigualdad de género y debe lograr no sólo la nivelación entre los sexos, sino además, desembocar en el bien común, al ser una medida generativa de mayor justicia social.

Así entonces, en la reforma al COPIFE antes mencionada, ya se encuentra incorporada la finalidad de la presente iniciativa.

IV. Por último, conforme al artículo 105 constitucional, las leyes electorales federales y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos 90 días antes de que inicie el proceso electoral y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales.

Así, el proceso electoral inició en el mes de octubre del año pasado, conforme al artículo 174 del COFIPE.

Como resultado de lo anterior, los miembros de esta Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, resolvemos:

ÚNICO.- No es de aprobarse la iniciativa presentada el 25 de marzo del 2002, motivo del presente dictamen. Archívese el expediente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, a los trece días del mes de marzo de dos mil tres.— Diputados: Armando Salinas Torre (rúbrica), Presidente; José Hernández Fraguas (rúbrica), secretario; Víctor M. Ganadarilla Carrasco (rúbrica), secretario; Tomás Coronado Olmos (rúbrica), secretario; Luis Miguel G. Barbosa Huerta (rúbrica), secretario, Manuel Añorve Baños (rúbrica), José Francisco Blake Mora (rúbrica), Jaime Mantecón Rojo, Omar Fayad Meneses, Arturo Escobar y Vega, Federico Granja Ricalde, Lorenso Rafael Hernández Estrada (rúbrica), Efrén Nicolas Leyva Acevedo, Miguel Angel Martínez Cruz, Rodrigo David Mireles Pérez, José Narro Céspedes, Roberto Zavala Echavarría, Ricardo A. Ocampo Fernández, María Teresa Goméz Mont y Urueta, Germán Arturo Pellegrini Pérez (rúbrica), José Jesús Reyna García, Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Jorge Esteban Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago Ramírez, David Augusto Sotelo Rosas (rúbrica), Ricardo Torres Origel (rúbrica), Néstor Villarreal Castro (rúbrica), María Guadalupe López Mares (rúbrica), Beatriz Paredes Rangel (rúbrica; abstención).

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Me permito hacer una precisión a la Asamblea: que nos encontramos ante la discusión y están puestos a consideración de la Asamblea los dictámenes en sentido negativo. Al haberse dispensado la lectura y habiendo sido publicados en su totalidad los dictámenes, lo que estamos poniendo en consideración es el resolutivo del dictamen que desecha la iniciativa o el punto de acuerdo planteado.

En consecuencia está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En consecuencia en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado el dictamen. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS. CODIGO PENAL FEDERAL

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación y Seguridad Pública.

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Gobernación y Seguridad Pública y de Justicia y Derechos Humanos, se turnó el pasado 5 de septiembre de 2000, el expediente remitido por la Cámara de Senadores con la Minuta Proyecto de Decreto que reforma la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y el Código Penal Federal.

Los integrantes de estas Comisiones Unidas de Gobernación y Seguridad Pública y de Justicia y Derechos Humanos, con fundamento en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 numeral 6 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente Dictamen de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES

1.- El 2 de octubre de 1997, la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia, la iniciativa para adicionar los artículos 80, fracción IX con un párrafo segundo y 81 fracción III, un párrafo cuarto, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y el artículo 247 con una fracción VI, del Código Penal para el Distrito Federal en materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, presentada en esa misma fecha, por la Diputada María Mercedes Maciel Ortiz, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

2.- Las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia presentaron su dictamen a la Iniciativa el 22 de abril de 1999, mismo que fue aprobado por el Pleno de esta Cámara el 30 de abril de 1999, remitiéndolo al Senado de la República para su discusión y en su caso aprobación.

3.- Recibida la Minuta por la Cámara de Senadores, como Cámara Revisora, en sesión plenaria del 8 de septiembre de 1999, la Mesa Directiva turnó la Minuta para su estudio y análisis a las Comisiones Unidas de Gobernación, Primera; de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera. Dichas Comisiones aprobaron el dictamen respectivo el 29 de abril de 2000, turnándolo al Pleno de la Cámara de Senadores.

4.- En Sesión Plenaria de la Cámara de Senadores del día 29 de abril de 2000, se aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas, devolviéndose el expediente a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5.- El 5 de septiembre de 2000, la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y Seguridad Pública y de Justicia y Derechos Humanos, la Minuta que nos ocupa para su dictamen, reuniéndose esta Comisión el 24 de octubre del presente año para abocarse al análisis y discusión del expediente que nos ocupa.

6.- El contenido central de la iniciativa que nos ocupa consiste en dar mayor transparencia al ejercicio de la función pública y, además, contribuir a evitar que en el desempeño de la misma ocurran conductas ilícitas. Para ello, plantea que las declaraciones de situación patrimonial sean públicas y auditables, con el fin de que los ciudadanos puedan conocer el monto total del patrimonio con que cuenta cada servidor público, durante y a la terminación de su encargo. También se busca sancionar penalmente al servidor público que presente datos falsos en su declaración de situación patrimonial, mediante la tipificación de dicha conducta como delito en el Código Penal de aplicación federal.

7.- En el dictamen aprobado por la Cámara de Diputados se estimó inadecuado que para que los habitantes de la República tengan la posibilidad de conocer el monto total del patrimonio de los servidores públicos sea necesario hacer público el contenido a detalle de las declaraciones de situación patrimonial, toda vez que es indispensable conciliar el derecho que tienen los habitantes de la República a conocer y evaluar la situación patrimonial de sus servidores públicos, con el derecho que tienen todas las personas al respeto a su vida privada.

En cambio se consideró favorable que el conocimiento del monto total del patrimonio de los servidores públicos, sería un medio adecuado para asegurar la transparencia en el ejercicio del servicio público. Por lo que esa información debería estar disponible, para todos los ciudadanos mexicanos que lo soliciten, siempre y cuando manifiesten por escrito, bajo su más estricta responsabilidad y protesta de decir verdad, que darán un uso lícito a la información que reciban en virtud del interés propio y legítimo que los motive, entendiéndose como tal, la consecución de un fin permitido por el orden jurídico mexicano y, para salvaguardar los derechos de los servidores públicos, propuso sancionar a aquellas personas que hagan mal uso de la información proporcionada, con multa de seiscientos a mil días de salario mínimo, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal, que corresponda.

8.- Analizada la Minuta por el Senado de la República éste señaló que establecer mecanismos que permitan a cualquier individuo, por las motivaciones que sean, acceder a información sobre la situación patrimonial de un servidor público, es negar a éste el derecho a su privacidad. Si se crean instrumentos para que la información patrimonial de los servidores públicos pueda ser conocida por entes ajenos a la institución, que por ley, es la encargada de recoger y controlar dicha información, entonces se está negando en los hechos a los ciudadanos su derecho a la privacidad.

Por lo tanto, la Cámara de Senadores, suprimió la posibilidad de que cualquier ciudadano, obtenga información sobre la situación patrimonial de los servidores públicos, aún bajo protesta de decir verdad, de que dará uso lícito a la información que le fuera proporcionada, y utilizarla exclusivamente para el fin que la solicitó y, con la advertencia que en caso de contravención a tal principio se le sancionaría con multa, llegando a esa conclusión dado que la declaración patrimonial tienen el carácter de confidencial.

Por lo que se refiere a la reforma en materia penal, la colegisladora modificó el Artículo Segundo del Decreto aprobado por la Cámara de Diputados, en cuanto a la referencia al Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, debido a que la denominación actual es Código Penal Federal, en virtud de que fue hasta el 31 de diciembre de 1998, cuando el Congreso de la Unión se encontró facultado para legislar en materias civil y penal para el Distrito Federal, debido a que en el artículo Undécimo Transitorio del decreto por el que se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 22 de agosto de 1996 en el Diario Oficial de la Federación se establece que dicha facultad pasa a ser de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, según lo indica el propio inciso h), Base Primera del apartado C del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Como consecuencia de lo anterior, el Congreso de la Unión realizó reformas a diversas disposiciones en materia penal, las cuales se publicaron el 18 de mayo de 1999. En ellas se cambia de denominación al Código Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común y para toda la República en Materia del Fuero Federal por el de Código Penal Federal, señalando claramente que su aplicación sería en toda la República y sólo para delitos federales.

De conformidad con los antecedentes manifestados, los miembros de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública y, de Justicia y Derechos Humanos que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

CONSIDERACIONES

I.- Como ha sido precisado en el capítulo de Antecedentes, la iniciativa que dio origen a la Minuta fue presentada el 2 de octubre de 1997 y, aprobado el dictamen correspondiente por el Pleno de esta Cámara de Diputados hasta el 30 de abril de 1999. A su vez, el dictamen respectivo en la Cámara de Senadores se discutió y aprobó hasta el 29 de abril de 2000.

El 13 de marzo de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, misma que en su artículo Segundo Transitorio establece “Se derogan los Títulos Primero, por lo que se refiere a la materia de responsabilidades administrativas, Tercero y Cuarto de la Ley Federal de Responsabilidades de dos Servidores Públicos, únicamente por lo que respecta al ámbito federal”. Quedando vigente solamente lo relativo al Título Segundo de esa ley, referente a Procedimientos ante el Congreso de la Unión en materia de Juicio Político y Declaración de Procedencia.

Consecuentemente, es imposible realizar reformas a la ley en cita, en virtud de que se encuentra derogada.

Así las cosas, el artículo 80 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, establecía a los sujetos que tenían la obligación de rendir declaración, hoy esos sujetos se rigen por una ley distinta.

A ello debe agregarse que la nueva Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los servidores Públicos ya recoge la propuesta de la Iniciativa; en su artículo 37, regula la declaración de situación patrimonial estableciendo los plazos en que deberá presentarse, dice en su parte final: “El servidor público que en su declaración de situación patrimonial deliberadamente faltare a la verdad en relación con lo que es obligatorio manifestar en términos de la Ley, previa sustanciación del procedimiento a que se refiere el artículo 21, será suspendido de su empleo, cargo o comisión por un período no menor de tres días ni mayor de tres meses, y cuando por su importancia lo amerite, destituido e inhabilitado de uno a cinco años, sin perjuicio de que la Secretaría formule la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público para los efectos legales procedentes.”

Se incluye la posibilidad de recurrir al Ministerio Público cuando el servidor público faltara deliberadamente a la verdad, con lo que también se recoge la inquietud original de la iniciadora para reformar la legislación penal aplicable.

Con base en lo expuesto, los integrantes de estas Comisiones Unidas, una vez analizado el expediente que ha sido devuelto por la Cámara Revisora, encontramos que el mismo no puede ser aprobado en razón de que ha quedado sin materia, por lo que nos permitimos someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

RESOLUTIVO

ÚNICO.- Toda vez que el presente expediente carece de materia de conformidad con las consideraciones expuestas, se acuerda archivar el asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, a los 24 días del mes de octubre de dos mil dos.— Por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos: Diputados: José Elías Romero Apis (rúbrica), Presidente; Roberto Zavala Echavarría (rúbrica), Fernando Pérez Noriega (rúbrica), Germán Arturo Pellegrini Pérez (rúbrica), David Augusto Sotelo Rosas (rúbrica), secretarios; Eduardo Andrade Sánchez, Flor Añorve Ocampo (rúbrica), Francisco Cárdenas Elizondo (rúbrica), Manuel Galán Jiménez, Rubén García Farías, Ranulfo Márquez Hernández (rúbrica), José Manuel Medellín Milán (rúbrica), Enrique Garza Tamez (rúbrica), José Jesús Reyna García, Juan Manuel Sepúlveda Fayad, Benjamín Avila Márquez, Gina Andrea Cruz Blackledge (rúbrica), Lucio Fernández González (rúbrica), Alejandro Gutiérrez Gutiérrez, Silva América López Escoffie (rúbrica), Arturo Escobar y Vega, María Guadalupe López Mares (rúbrica), Vicente Pacheco Castañeda, Nelly Campos Quiroz (rúbrica), Víctor Hugo Sondón Saavedra (rúbrica), Martha Ruth del Toro Gaytán (rúbrica), Genoveva Domínguez Rodríguez, Tomás Torres Mercado, José Manuel del Río Virgen (rúbrica), Norma Patricia Riojas Santana (rúbrica), Enrique Priego Oropeza (rúbrica).

Por la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública

Diputados: Armando Salinas Torre (rúbrica), Presidente; José Antonio Hernández Fraguas (rúbrica), Víctor Manuel Gandarilla Carrasco (rúbrica), Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, secretarios; Manuel Añorve Baños (rúbrica), José Francisco Blake Mora (rúbrica), Tomás Coronado Olmos (rúbrica), Gina Andrea Cruz Blakledge (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica), Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), María Teresa Gómez Mont y Urueta (rúbrica), Federico Granja Ricalde (rúbrica), Lorenso Rafael Hernández Estrada, Efrén Nicolás Leyva Acevedo, Jaime Mantecón Rojo, Miguel Angel Martínez Cruz, Rodrigo David Mireles Pérez, José Narro Céspedes, Ricardo Augusto Ocampo Fernández, Germán Arturo Pellegrini Pérez (rúbrica), José Jesús Reyna García, Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Jorge Esteban Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago Ramírez, David Augusto Sotelo Rosas, Ricardo Torres Origel (rúbrica), Néstor Villarreal Castro (rúbrica), Roberto Zavala Echavarría (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En consecuencia en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado el dictamen. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

 

LEY FEDERAL DE LA JUVENTUD

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Juventud y Deporte.

HONORABLE ASAMBLEA:

Para su estudio y dictamen, se turnó a esta Comisión de Juventud y Deporte la iniciativa con Proyecto de Ley Federal de la Juventud, presentada el 26 de diciembre del dos mil, por el C. Diputado Jaime C. Martínez Veloz del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en ejercicio de la facultad que le confiere la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta Comisión, de conformidad con las facultades que le otorgan el Artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los Artículos 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea, el presente Dictamen, de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES

I. En sesión celebrada el 26 de diciembre del dos mil, la Mesa Directiva de esta H. Cámara de Diputados turnó la presente Iniciativa a esta Comisión de Juventud y Deporte.

II. La Mesa Directiva de esta Comisión en reunión celebrada el 16 de enero del presente, acordó que la ya constituida Subcomisión de juventud a cargo del C. Dip. Mario Sandoval Silvera se abocará al estudio y presentación del anteproyecto de dictamen respectivo.

III. Según se desprende de la exposición de motivos, el objetivo fundamental de ésta, es la abrogación de la actual Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y la creación de una nueva Ley Federal de Juventud con el objeto de proponer una estrategia integral para atender a los jóvenes de nuestro país, a través de la participación de todas las instancias con competencia en la materia. Pretende definir una política coherente con las necesidades juveniles y que garantice que toda y todo joven mexicano cuente con las alternativas para desarrollarse dentro de la sociedad.

IV. Se proponen reformas al Instituto Mexicano de la Juventud, para lograr que éste se convierta en el órgano ejecutor de las estrategias, políticas, programas y acciones que acuerde con un Consejo Nacional de la Juventud, cuya creación también se prevé en la presente Iniciativa.

Los miembros de esta Comisión de Juventud y Deporte estimamos necesario hacer referencia a los antecedentes señalados, a fin de dejar establecida su improcedencia bajo las siguientes:

CONSIDERACIONES

PRIMERA. La iniciativa se fundamentó en el artículo 73 fracción XXIX-D, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sin embargo es de reconocerse que no existe una referencia Constitucional expresa, sino solamente indirecta o implícita.

SEGUNDA. Pretende la creación de una Ley Federal de la Juventud, lo cual pudiera ser discutible si nos apegamos al análisis del considerando anterior y a lo establecido en el Artículo 124 de nuestra Constitución que al no ser una facultad expresa a los funcionarios federales, deberá entenderse reservada a los estados. Más aún si consideramos que actualmente 17 estados ya cuentan con un marco normativo en la materia, lo que podría motivar un conflicto en el ámbito del federalismo.

TERCERA. Dentro de su articulado en busca de una implementación de políticas públicas acorde a las necesidades y expectativas a favor de la juventud en temas como educación, salud, vivienda, seguridad pública y justicia entre otros; contraviene a lo dispuesto en diversas Leyes específicas en la materia, tanto federales como locales.

Una vez expuestas las consideraciones de esta Comisión de Juventud y Deporte, estimamos oportuno exponer las siguientes:

CONCLUSIONES

I. Esta Comisión reconoce la plena preocupación del Diputado Jaime C. Martínez Veloz por la juventud mexicana.

II. La propuesta de Iniciativa presentada por el C. Dip. Jaime C. Martínez Veloz es extensa. Sin embargo, dada su amplitud invade atribuciones y contraviene en numerosas ocasiones diversos ordenamientos jurídicos, lo cual la hace improcedente.

III. Los miembros de esta Comisión coincidimos en la necesidad de reformar la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, de manera que permita fortalecer el marco jurídico ya existente en la materia, ampliando las facultades de dicho Instituto a fin de satisfacer las necesidades propias de la juventud, para lo cual esta Comisión de Juventud y Deporte se abocará a la realización de los trabajos necesarios con objeto de recoger las opiniones de las entidades federativas respecto al tema y elaborar un anteproyecto de reformas y adiciones a la actual Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y/o de los ordenamientos jurídicos de que sean objeto.

IV. Asimismo, la iniciativa en estudio ha sido considerada no favorable por los miembros de la Comisión que Dictamina, con base en los siguientes razonamientos:

a) No existe una referencia Constitucional expresa que faculte a esta soberanía legislar en la materia.

b) Contraviene la autonomía estatal y las leyes en materia de cada entidad;

c) Establece derechos que contravienen a lo dispuesto en otros ordenamientos jurídicos;

d) Infringe e invade atribuciones conferidas en otras leyes;

Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión se permite someter. a la consideración de esta asamblea, el siguiente

DICTAMEN

Primero. No es de aprobarse la iniciativa con proyecto de Ley Federal de la Juventud y abrogar la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, propuesta por el C. Diputado Jaime C. Martínez Veloz.

Segundo. La Cámara de Diputados . a través de la Comisión de Juventud y Deporte, realizará los trabajos y consultas necesarias que permitan retomar y enriquecer la esencia de la iniciativa presentada por el C. Diputado Jaime C. Martínez Veloz; para la elaboración de un anteproyecto de reformas y adiciones a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y/o de los ordenamientos jurídicos de que sean objeto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2002.— Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Enriqueta Basilio Sotelo (rúbrica), Olga Patricia Chozas y Chozas (rúbrica), Mario Sandoval Silvera (rúbrica), Beatriz Cervantes Mandujano (rúbrica), Benjamín Ayala Velázquez, José Manuel Correa Ceseña, Víctor R. Infante González (rúbrica), Arturo León Lerma (rúbrica), J. Timoteo Martínez Pérez (rúbrica), Rarnulfo Márquez Hernández (rúbrica), Angel Meixueiro González (rúbrica), M. Del Rosario Oroz Ibarra, Francisco Ríos Alarcón, Maricela Sánchez Cortez, Agustín Trujillo Iñiguez (rúbrica), Esteban Daniel Martínez Enríquez (rúbrica), Roberto E. Bueno Campos (rúbrica), Pedro Pablo Cepeda Sierra, Gabriela Cuevas Barrón, Rómulo Garza Martínez (rúbrica), Mauro Huerta Díaz, Juan C. Mouriño Terrazo, Rodolfo Guadalupe Ocampo Velázquez, Clemente Padilla Silva (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), M. Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Luis A. Villarreal García (rúbrica), Raquel Cortés López (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión el dictamen... No habiendo quien solicite el uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado el dictamen. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Defensa Nacional.

HONORABLE ASAMBLEA:

A las Comisiones de Seguridad Social y de Defensa Nacional les fue turnada para su estudio y dictamen correspondiente, por la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados, la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se establecen reformas y adiciones a los artículos 29, 152 y 155, y se adiciona un capítulo cuarto de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas. La iniciativa fue presentada ante el Pleno de la Cámara de Diputados el día 29 de abril de 1998, por el ciudadano Diputado Samuel Lara Villa, a nombre de Diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, de la LVII Legislatura, en ejercicio de la facultad que le confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las Comisiones en comento, de conformidad con las facultades que nos confieren los artículos 39, 40 y 45 numeral 6 incisos e y f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de los artículos 60, 65, 87 Y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta Honorable Asamblea, el presente Dictamen, de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES

I.- Con fecha 29 de abril de 1998, mediante expediente con número 458, Indice “A”, Foja 40, Libro V, de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados, se turnó a las Comisiones de Seguridad Social y de Defensa Nacional, la Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 29, 152 y 155, y se adiciona un capítulo cuarto de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, presentada por el ciudadano Diputado Samuel Lara Villa, a nombre de Diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

II.- En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dispuso el turno de la iniciativa de Ley a las Comisiones de Seguridad Social y de Defensa Nacional, para los efectos correspondientes.

III.- En reunión Plenaria de trabajo de la Comisión de Defensa Nacional, de fecha 22 de marzo del presente año, la Presidencia dio cuenta del Acuerdo que envió la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el que se Autoriza a las Comisiones el envío de Asuntos no resueltos al archivo, de fecha 27 de febrero del año 2001.

IV.- Por acuerdo del Pleno de esta Comisión con esa misma fecha, se turnó a la Subcomisión número 3, para su correspondiente estudio y elaboración del proyecto de dictamen.

V.- La Subcomisión responsable del estudio y análisis de la presente iniciativa de Ley, presentó ante el Pleno de esta Comisión de Defensa Nacional un proyecto de dictamen para su discusión y en su caso aprobación.

VI.- En cuanto a la Comisión de Defensa Nacional en reunión de trabajo de fecha 30 de abril del año 2002, y de acuerdo con los antecedentes citados, expuso las siguientes:

CONSIDERACIONES

1.- La iniciativa de reformas a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, solicita que se otorgue al personal de las Fuerzas Armadas en situación de retiro y pensionados, un sobrehaber regional por vida cara, igual al que se proporciona al personal en servicio activo.

2.- La iniciativa plantea, que el personal de las Fuerzas Armadas en situación de retiro y pensionados, tenga acceso a atención médica concesionada cuando en la plaza en que resida no haya servicios hospitalarios militares de primer nivel.

3.- El documento que se analiza, argumenta que, sea obligatorio proporcionar gratuitamente los medicamentos, terapias y prótesis necesarias al personal en la situación antes citada, por farmacias o instituciones concesionados, cuando estos no existan en las instalaciones de las Fuerzas Armadas.

4.- La iniciativa del Dip. Samuel Lara Villa, solicita que se cancele a nivel nacional, el pago de impuestos al personal en tal categoría, según su situación económica individual.

5.- El documento en cuestión, menciona que el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, gestione ante quien corresponda el pago del 50% de los servicios básicos indispensables como son, energía eléctrica, agua, gas, transporte y teléfono dicho personal.

6.- Finalmente, la iniciativa que ahora dictaminamos, pretende adicionar para calcular el monto de los haberes de retiro, además de las asignaciones ya consideradas de carácter técnico y de especialidad, las de niveles académicos de licenciatura, maestría y doctorado alcanzados en instituciones militares y en cualquier otra del sistema nacional docente.

7.- En relación a la iniciativa de reformas y adiciones a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, este cuerpo colegiado se permite hacer algunas consideraciones a la luz de la legislación vigente del Instituto, que señala sus facultades y obligaciones, así como de los recursos que conforman el patrimonio del mismo, considerando la situación económica del país, y sin perder de vista en ningún momento el espíritu con que fue creado este organismo de seguridad social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y sus derechohabientes.

Estas Comisiones están conscientes de la preocupación manifiesta en las propuestas citadas, basadas en las necesidades del personal militar retirado, sus derechohabientes, y pensionistas, así como en la importancia de otorgarles las prestaciones a que tengan derecho con oportunidad y con los recursos económicos disponibles para el efecto.

8.- Para ilustrar el juicio de la Asamblea, esta Comisiones se permite incluir el texto del artículo 29 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para la Fuerzas Armadas Mexicanas, motivo de reformas en la iniciativa que se dictaminan, el cual en su parte correspondiente cita:

“Para calcular el monto de los haberes de retiro, de las compensaciones o de las pensiones, se sumaran al haber del grado con el que vayan a ser retirados o les hubiere correspondido en caso de retiro, las primas complementarias de ese haber por condecoraciones de perseverancia ya otorgadas, así como las asignaciones de técnico de vuelo o las especiales de los paracaidistas, cuando las estén percibiendo los militares en el momento en que ocurra alguna de las causales de retiro señaladas en las fracciones I, II, III y IV del artículo 22, o bien al cumplirse el plazo a que se refiere la fracción V, o a la fecha en que se formuló la solicitud mencionada en la fracción VI del mismo precepto o el fallecimiento. A los militares que pasen a situación de retiro con mas de cuarenta y cinco años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro que ya se indicó en este párrafo, aumentado en un diez por ciento”.

“Para los efectos del párrafo anterior, los haberes y las asignaciones que deban servir de base en el cálculo, serán los fijados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, vigente en la fecha en que el militar cause baja en el activo.

Las pensiones a familiares de militares muertos en situación de retiro, serán iguales en su cuantía al haber de retiro percibido en el momento del fallecimiento”.

Por su parte, la propuesta del ciudadano Diputado Samuel Lara Villa, para modificar el siguiente artículo, esta dado en los siguientes términos:

“...para calcular el monto de los haberes de retiro, de las compensaciones o de las pensiones, se sumarán al haber del grado con el que vayan a ser retirados, o les hubiere correspondido en caso de retiro, el sobrehaber regional para el personal en activo, vigente en el lugar donde vayan a residir, las primas complementarias de ese haber por condecoraciones de perseverancia ya otorgadas, además las asignaciones de técnico, las de los niveles académicos de licenciatura, maestría y doctorado, así como las de técnico de vuelo y las especiales de los paracaidistas, cuando las estén percibiendo los integrantes de las Fuerzas Armadas en el momento que ocurra alguna de las causales de retiro.

Para los efectos del párrafo anterior los haberes, las primas, y las asignaciones que deban servir de base en el cálculo, serán los fijados en el presupuesto de egresos de la federación, vigente en la fecha en que el militar cause baja en el activo, modificándose en la misma proporción en el momento en que se autoricen incrementos para el personal militar en servicio activo; debiendo en todos los casos entregar al beneficiario copia del recibo de pago desglosado por conceptos.”

Sobre el particular las Comisiones Unidas consideran que

a.- Referente al sobrehaber, la fracción III del artículo 61 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, prevé esta percepción únicamente el personal civil y militar integrantes de las Fuerzas Aéreas, con motivo del desempeño de comisiones en cumplimiento de ordenes recibidas, considerando las características de las diferentes zonas geográficas, por lo que, con base en el citado ordenamiento, se estima difícil la factibilidad de incluir este beneficio para la integración de los haberes de retiro; ello que, el personal jubilado de otras instituciones de la Administración Pública Federal tampoco cuenta con esta prestación, y que el militar al pasar a situación de retiro, de acuerdo a sus capacidades económicas y sus propios intereses, elige el lugar de su residencia, al no estar sujeto al cumplimiento de ordenes relativas al servicio.

Sin embargo, y sin estar contemplado en la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a partir del 1º. de enero de 1998, se otorgó en forma vitalicia el beneficio de ayuda para militares retirados, que en esencia, es el equivalente al sobrehaber mínimo vigente para los miembros de las Fuerzas Armadas en el activo. A la fecha corresponde al 60%, del haber del activo, siendo otorgado con el propósito de lograr a favor del personal militar retirado, un beneficio que le ayudara a solventar sus necesidades mas apremiantes en forma proporcional al tiempo de servicios prestados y a la jerarquía reconocida para efectos de retiro. Ello fue resultado de un análisis que ha permitido incrementar las prestaciones de seguridad social para los miembros de las Fuerzas Armadas, acorde con la situación económica del país y medios disponibles. Ahora bien, en relación a la posibilidad de hacer extensivo este beneficio a los derechohabientes al fallecimiento del militar, para poder absorber y prolongar este beneficio.

b.- En cuanto a la asignación de técnico, la fracción IV del artículo 61 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal dispone:

“las asignaciones de mando, de técnico, de técnico especial, de vuelo, de comisiones especiales, serán concedidas a los integrantes de las fuerzas armadas que satisfagan los requisitos previstos en las disposiciones que al efecto dicten las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina”.

Asimismo la fracción II del numeral citado señala:

“Las modificaciones al importe de haberes, sobrehaberes y asignaciones correspondientes a los miembros de las fuerzas armadas, durante el ejercicio presupuestal, salvo disposición expresa del Ejecutivo Federal, requerirán de la conformidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico.”

De acuerdo con las disposiciones legales antes transcritas, se pone de manifiesto que para estar en posibilidad de reconocer y otorgar cualquier tipo de asignación es necesario que los militares en activo satisfagan los requisitos que para tal efecto hayan emitido las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina. Por este motivo, el texto vigente del artículo 29 de la ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, prevé que, para sumar al haber de retiro las asignaciones de técnico, es requiere que el militar las venga percibiendo al darse la causal de retiro. En virtud de que el artículo en mención, no es limitativo en cuanto a especificar las causas por las cuales se otorga la asignación de técnico, se considera que para modificar el texto vigente, en un principio se tendría que beneficiar con ello al personal del activo, y después, considerar la posibilidad de incluir en esta perrogativa al personal que pase a situación de retiro. Por otra parte, y por norma, únicamente se puede autorizar una sola asignación al personal militar, ya que las organizaciones no son acumulativas; en el concepto de que actualmente se otorga la de técnico únicamente a nivel licenciatura, sin que a la fecha exista otra asignación por nivel superior de estudios

9.- Con respecto a la propuesta de reforma en el sentido de que se disponga que los conceptos que integran el haber de retiro se modifiquen en la misma proporción, en el momento en que se autoricen incrementos para el personal militar en servicio activo, el artículo 21 de la ley de la materia señala que los haberes de retiro, así como las pensiones, se incrementaran al mismo tiempo y en igual proporción en que aumenten los haberes de los militares en activo.

Es necesario hacer notar que los incrementos se aplican sobre el beneficio otorgado y no por cada uno de los conceptos que se tomaron en cuenta para su cálculo, ya que dichas percepciones se integran en un solo concepto que se denomina haber de retiro. Al respecto, cabe invocar el contenido de la fracción II del artículo 61 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, en el que se señala que las modificaciones al haber, sobrehaber y asignaciones durante el ejercicio presupuestal requieren la conformidad de la Secretaría de Hacienda, es decir que el personal militar en situación de retiro no se encuentra comprendido en el ejercicio presupuestal de las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, ya que los haberes de retiro son con cargo al erario federal.

Sin embargo, los incrementos autorizados al haber del militar en activo se aplican también a los retirados, repercutiendo en la misma proporción sobre el haber de retiro ya globalizado sin considerar los conceptos que sirvieron para la integración del haber de retiro.

En cuanto al recibo de pago desglosado por conceptos, no se especifican los porcentajes y cantidades de cada uno de ellos que se tomaron en cuenta para calcular el haber de retiro, sin embargo, en los recibos de pago que se entregan se encuentran especificados, de acuerdo a las percepciones que reciben los militares en situación de retiro, tales como:

a).- haber de retiro

b).- ayuda para militares retirados

c).- previsión social múltiple

d).- gratificación de fin de año (cuando proceda).

10.- El articulo siguiente que se propone modificar, es el artículo 99, en cuya parte correspondiente dice lo siguiente:

“A fin de atender las necesidades de habitación familiar del militar, el instituto de seguridad social para las fuerzas armadas deberá:

I.- Administrar el fondo de la vivienda para los militares en activo.

II.- Establecer y operar con ese fondo un sistema de financiamiento para permitir a los militares en activo obtener crédito barato y suficiente para:

a). Adquirir en propiedad habitaciones incluyendo las sujetas al régimen de condominio.

b). Construir; reparar, ampliar o mejorar sus habitaciones.

c). Pagar los pasivos que tengan por los conceptos anteriores.

III. Coordinar y financiar con el propio fondo, programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los miembros del activo del ejército, fuerza aérea y armada.

IV. Administrar, conservar, mejorar y, en su caso ampliar con casas adicionales, las unidades habitacionales que tenía la dirección de pensiones militares.

V. Adquirir y construir con recursos diversos al fondo de vivienda militar, casas habitación para ser vendidas a precios módicos a militares en situación de retiro.

VI. Construir unidades habitacionales en plazas importantes del país para ser rentadas a generales, jefes y oficiales en situación de retiro y otras de tipo económico para individuos de tropa en la misma situación.

VII. Construir unidades habitacionales en lugares próximos a los campos militares, bases navales y aéreas y cuarteles de las fuerzas armadas para ser rentadas a los generales, jefes y oficiales en servicio activo y otras de tipo económico para los individuos de tropa.”

La propuesta consiste en agregar al artículo de referencia una fracción VIII con el siguiente texto:

VIII.- “Convenir con los gobiernos federal, estatales y municipales, la exención de impuestos y derechos de la compra, construcción y usufructo de bienes inmuebles de interés social, y de los servicios con este relacionados”

Sobre este artículo, las Comisiones Unidas en comento consideran:

Que el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas por disposición constitucional y con respeto a la soberanía de cada entidad federativa, está impedido para realizar convenios con los gobiernos federal, estatales y municipales, para que se autoricen a favor del personal militar retirado exenciones de impuestos de cualquier naturaleza, toda vez que el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que:

“En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las practicas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes...”

Asimismo es conveniente señalar que la fracción IV del artículo 31 del invocado ordenamiento jurídico prevé como obligación del mexicano:

“contribuir para los gastos públicos asi de la federación como del distrito federal o del estado o municipio donde resida de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”

Por otra parte cabe mencionar que el artículo 115 Constitucional señala en su parte correspondiente lo siguiente:

“IV. Los municipios administraran libremente su hacienda, la cual se formará con los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor y en todo caso:

a.) Percibirán las contribuciones incluyendo tasas adicionales, que establezcan los estados sobre la propiedad inmobiliaria de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora, así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.

...

c.) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.

Las leyes federales no limitarán la facultad de los Estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en relación con las mismas. Las leyes locales no establecerán exenciones o subsidios respecto de las mencionadas contribuciones, en favor de personas físicas o morales, ni de instituciones oficiales o privadas. solo los bienes del dominio publico de la federación, de los estados o de los municipios, estarán exentos de dichas contribuciones.”

Dentro de las contribuciones a las que se refiere el inciso a) se encuentran las que se establezcan en los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora, así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.

Como puede observarse, el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas ajustándose a derecho, no cuenta con facultades para gestionar ante las diversas estructuras de gobierno la exención del pago de obligaciones fiscales relacionadas con bienes inmuebles.

En lo que se refiere a la conciliación del pago de impuestos a nivel nacional al personal indicado, de acuerdo a la situación económica individual, cabe poner de manifiesto que a los militares retirados y pensionados no se les hace ninguna deducción por concepto de impuesto sobre la renta con respecto a otro tipo de impuestos, se considera que es competencia de las dependencias gubernamentales federales, estatales y municipales su otorgamiento, aun cuando en forma unilateral, algunas entidades otorgan descuentos a los jubilados.

11.- El tercer artículo, motivo de propuesta de reforma es el 141, el cual a la letra dice:

“Se establecerán en las unidades habitacionales, centros de servicios económicos de lavandería, planchado, costura, peluquería, baños y otros según lo exija el número y las necesidades de sus moradores”.

Sobre este artículo, el Partido de la Revolución Democrática propone se adicione el artículo 141 bis, con la siguiente redacción:

“El instituto celebrará convenios con las empresas y dependencias públicas y privadas proveedoras de los servicios de suministro de agua, energía eléctrica, gas doméstico, teléfono y de transporte urbano y foráneo dentro del territorio nacional, para que se otorgue obligatoriamente un descuento del 50% en el precio de estos servicios a los miembros de las fuerzas armadas que se encuentren en situación de retiro y pensionados, cubriendo en su caso los costos respectivos”.

Sobre esta propuesta, las Comisiones Unidas dictaminadoras consideran:

Que primeramente es necesario diferenciar a cargo de quién se encuentra la prestación de los servicios en cuestión.

Por cuanto se refiere al servicio del agua, de acuerdo a lo previsto en la fracción III del artículo 115 Constitucional, dicho servicio está a cargo de los municipios, y los ingresos que se obtengan de la prestación del servicio, conformarán su hacienda, por tal motivo los estados tienen la facultad de establecer la contribución que resulte de este acto, y por mandato constitucional tiene la prohibición de conceder exenciones con respecto a dichas contribuciones.

Con respecto a los descuentos en el pago de los servicios que se enuncian en la propuesta en comento, tales como luz eléctrica, teléfono, gas, y otros, se encuentran a cargo de empresas paraestatales o en su caso concesionados a particulares, de lo cual resulta difícil convenir con dichos prestadores de servicios un descuento obligatorio del 50% como se señala en la propuesta, a favor de los miembros de las fuerzas armadas:

Además, al considerar que se establezca en la ley, como un imperativo, el establecimiento de convenios con los prestadores de servicios públicos o privados, sólo se celebrarían si las partes que intervienen manifiestan su voluntad de llevarlo a cabo, y de obligarse en los términos del mismo, y no tan sólo porque sea obligatorio concederlo para el Instituto, toda vez que el convenio es un instrumento en el que se manifiestan voluntades.

12.- El cuarto artículo motivo de propuesta de modificación es el 152, el cual en su parte correspondiente dice lo siguiente:

“La atención médica-quirúrgica es el sistema por el cual se trata de conservar la salud de las personas, entendiéndose por este concepto no solo la ausencia de enfermedades, sino también el bienestar físico y mental.

La atención médico-quirúrgica a los militar es con haber de retiro y a los familiares de los militares que perciban haberes y haber de retiro, se prestara por el instituto en sus propias instalaciones o como servicio subrogado, con base a la aportación del gobierno federal especificada en el artículo 229 de esta ley”.

...

La Propuesta motivo del presente análisis pretende su modificación en los siguientes términos:

“La atención médica-quirúrgica a los militares con haber de retiro y a los familiares de los militares que perciban haberes y haber de retiro, se prestará por el instituto en sus propias instalaciones o como servicio subrogado o concesionado, en los casos que no existan estas instalaciones propias en el lugar, o que la urgencia o la importancia de la atención médica lo amerite, con base en la aportación del Gobierno Federal especificada en el artículo 229 de esta Ley”

13.- El ultimo artículo propuesto para su modificación es el 155, el cual a la letra dice:

“La atención médica-quirúrgica incluye además, la asistencia hospitalaria y farmacéutica necesaria y, en su caso, obstétrica, prótesis y ortopedia y rehabilitación de los incapacitados, así como la medicina preventiva y social y la educación higiénica.”

La propuesta de modificación de la iniciativa en comento, es en los siguientes términos:

“La atención médico-quirúrgica será en todos los casos, inmediata y obligatoria e incluye además, la asistencia hospitalaria y farmacéutica necesaria y, en su caso, obstétrica, prótesis y ortopedia y rehabilitación de los incapacitados, así como de la medicina preventiva y social y la educación higiénica.”

Sobre la propuesta de modificación a los dos artículos anteriores, estas Comisiones estima lo siguiente:

En virtud, de que las propuestas de reforma a los artículos 152 y 155 de la ley de la materia, tienen como finalidad regular la atención médica quirúrgica a los miembros de las Fuerzas Armadas y sus derechohabientes, es posible realizar su análisis en forma conjunta.

El artículo 164 de la ley vigente dispone:

“Se faculta al Instituto para celebrar convenios con las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, así como con los Institutos de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y Mexicano del Seguro Social, a efecto de prestar el servicio médico subrogado, que comprenderá: asistencia médica-quirúrgica, obstétrica, farmacéutica y hospitalaria, así como los aparatos de prótesis y ortopedia que sean necesarios”.

En ejercicio de la facultad que la ley le confiere al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas y, ante la falta de una infraestructura integral, dicho organismo ha celebrado con las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, convenios para la prestación del servicio médico integral subrogado dentro de los cuales, ambas se han obligado a proporcionar al personal retirado del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México y a sus derechohabientes, atención médica en todos sus escalones sanitarios y en el caso de que algún beneficiario requiera atención especializada y el escalón sanitario, no cuente con ella, con autorización expresa de las Secretarías, podrán acudir a instituciones públicas o privadas nacionales que cuenten con los medios necesarios en cuyo caso dichas Secretarías cubrirán los gastos previa justificación. Asimismo para la atención de los beneficiarios las Secretarías, estas proporcionarán las prótesis internas o externas, medicamentos y suministros médicos que sean necesarios.

En este sentido, no sería necesario adicionar la ley en estudio bajo los lineamientos que se plantean en la propuesta de reforma, ya que de hecho, existe un instrumento legal que prevé y regula todos y cada uno de los términos en la prestación del servicio médico integral, el cual a la fecha se está proporcionando de manera completa y eficiente.

Por lo anteriormente expuesto, las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Defensa Nacional, presentan a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

ÚNICO.- En términos de los considerandos y conclusiones del presente dictamen, la iniciativa que pretende modificar la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, se considera que no es el medio idóneo para los fines pretendidos, en tal sentido, archívese el expediente como un asunto total y definitivamente concluido.

ATENTAMENTE.

Por la Comisión de Defensa Nacional

Diputados: Alfredo Ochoa Toledo (rúbrica), Presidente; José Alvaro Vallarta Ceceña (rúbrica), Francisco de Jesús de Silva Ruiz (rúbrica), José Benjamín Muciño Pérez (rúbrica), Enrique Herrera y Bruquetas (rúbrica), secretarios; Jaime Alcántara Silva (rúbrica), Oscar Alvarado Cook (rúbrica), Oscar Alfonso del Real Muñoz (rúbrica), César Horacio Duarte Jáquez (rúbrica), Guillermo Díaz Gea, Manuel Garza González (rúbrica), Miguel Ortiz Jonguitud (rúbrica), Laura Pavón Jaramillo, Carlos Rodolfo Soto Monzón (rúbrica), Marcelo García Morales, José Antonio Hernández Fraguas (rúbrica), José A. Botello Montes (rúbrica), Gustavo C. Jesús Buenrostro Díaz, Alfonso Guillermo Bravo y Mier (rúbrica), Manuel B. Martínez Ramírez, Rodrigo David Mireles Pérez, Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Javier Rodríguez Ferrusca (rúbrica), Mauricio Enrique Candiani Galaz (rúbrica), Néstor Villarreal Castro (rúbrica), Vicente Pacheco Castañeda (rúbrica), Félix Salgado Macedonio, Rufino Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julieta Prieto Fuhrken (rúbrica), Gustavo Riojas Santana (rúbrica).

Por la Comisión de Seguridad Social

Diputados: Cuauhtémoc Rafael Montero Esquivel (rúbrica), Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Francisco Javier López González (rúbrica), José María Rivera Cabello (rúbrica), Carlos Humberto Aceves del Olmo, Rosa Elena Baduy Isaac (rúbrica), Rubén García Farías (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rodolfo Gerardo González Guzmán (rúbrica), Víctor Roberto Infante González, Albino Mendieta Cuapio (rúbrica), José del Carmen Soberanis González (rúbrica), Juan Manuel Sepúlveda Fayad, Benito Vital Ramírez (rúbrica), José Manuel Quintanilla Rentería (rúbrica), Arcelia Arredondo García (rúbrica), Hilario Esquivel Martínez (rúbrica), Felipe Olvera Nieto (rúbrica), Manuel Wistano Orozco Garza (rúbrica), Rafael Orozco Martínez (rúbrica), Ramón Paniagua Jiménez, Alicia Concepción Ricalde Magaña, Verónica Sada Pérez (rúbrica), Francisco Ricardo Sheffield Padilla (rúbrica), Carlos Alberto Valenzuela Cabrales, Pedro Miguel Rosaldo Salazar (rúbrica), Rosalía Peredo Aguilar, Olga Patricia Chozas y Chozas (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia, está a discusión el dictamen... No habiendo quien solicite el uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

En votación económica, se consulta si se considera suficientemente discutido el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

Continúe la Secretaría a consultar a la Asamblea si es de aprobarse.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

En votación económica, se pregunta si se aprueba el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado el dictamen. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

 

LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Comercio y Femento Industrial.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, correspondiente a la LVIII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, “LA INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 7 BIS DE LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL”, presentada por el Diputado Jorge Marcos Aguilar Moreno, y Diputados Federales del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, quien en ejercicio de la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió tal iniciativa a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), así como en el tercero transitorio, fracción IV, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el día 25 de abril del año 2002, la Presidencia de la Mesa Directiva dio cuenta al Pleno de la Iniciativa que se presentó por el Diputado Jorge Marcos Aguilar Moreno, y Diputados Federales del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La Iniciativa de referencia, tiene por objeto la reforma y adición al artículo 7 Bis de la Ley de Propiedad Industrial vigente, a efecto de que, se permita que la Junta de Gobierno a que se refiere el numeral objeto del presente dictamen sea integrada por dos representantes más que son: Uno por parte de la Asociación Nacional de Inventores Industriales, A.C. y otro de la Federación Nacional de Inventores, A. C.

Lo anterior, partiendo de la regulación que en materia de patentes se encuentra a cargo de la Ley de Propiedad Industrial y cuya responsabilidad de que sea ejecutada corresponde al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Para tal efecto, el principal argumento que justifica la reforma y adición que se sometió al pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, es “contribuir al mejoramiento en la generación de tecnología más acorde con las necesidades actuales”.

El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite “Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial”.

SEGUNDO. Que mediante oficio N° CCFI/001458/2001, de fecha 29 de abril de mayo del año 2001, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, de la Iniciativa referida con anterioridad.

TERCERO.- Los miembros integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, procedieron al estudio de la Iniciativa turnada y referida con anterioridad.

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, es la autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual tendrá entre otras facultades, según lo dispone el artículo 6° de la Ley de Propiedad Industrial:

I. Coordinarse con las unidades administrativas de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, así como con las diversas instituciones públicas y privadas, nacionales, extranjeras e internacionales, que tengan por objeto el fomento y protección de los derechos de propiedad industrial, la transferencia de tecnología, el estudio y promoción del desarrollo tecnológico, la innovación, la diferenciación de productos, así como proporcionar la información y la cooperación técnica que le sea requerida por las autoridades competentes, conforme a las normas y políticas establecidas al efecto;

...

III. Tramitar y, en su caso, otorgar patentes de invención, y registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, y avisos comerciales, emitir declaratorias de protección a denominaciones de origen, autorizar el uso de las mismas; la publicación de nombres comerciales, así como la inscripción de sus renovaciones, transmisiones o licencias de uso y explotación, y las demás que le otorga esta Ley y su reglamento, para el reconocimiento y conservación de los derechos de propiedad industrial;

...

XII. Promover la creación de invenciones de aplicación industrial, apoyar su desarrollo y explotación en la industria y el comercio, e impulsar la transferencia de tecnología mediante:

a) La divulgación de acervos documentales sobre invenciones publicadas en el país o en el extranjero y la asesoría sobre su consulta y aprovechamiento;

b) La elaboración, actualización y difusión de directorios de personas físicas y morales dedicadas a la generación de invenciones y actividades de investigación tecnológica;

c) La realización de concursos, certámenes o exposiciones y el otorgamiento de premios y reconocimientos que estimulen la actividad inventiva y la creatividad en el diseño y la presentación de productos;

d) La asesoría a empresas o a intermediarios financieros para emprender o financiarla construcción de prototipos y para el desarrollo industrial o comercial de determinadas invenciones;

e) La difusión entre las personas, grupos, asociaciones o instituciones de investigación, enseñanza superior o de asistencia técnica, del conocimiento y alcance de las disposiciones de esta Ley, que faciliten sus actividades en la generación de invenciones y en su desarrollo industrial y comercial subsecuente, y

f) La celebración de convenios de cooperación, coordinación y concertación, con los gobiernos de las entidades federativas, así como con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para promover y fomentar las invenciones y creaciones de aplicación industrial y comercial;

CONSIDERANDOS

PRIMERO. Que según lo establece el articulo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la competencia de las Comisiones se corresponde con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; consecuentemente la competencia de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial es la otorgada, en lo conducente, a la Secretaría de Economía del Poder Ejecutivo Federal por el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

SEGUNDO. Para el análisis de la Iniciativa que se somete a dictamen de esta Unidad Legislativa, es necesario partir de que su finalidad es para que participen un representante de la Asociación Nacional de Inventores Industriales, A.C. y uno de la Federación Nacional de Inventores, AC. en la Junta de Gobierno.

La Junta de Gobierno, según lo enuncia el artículo 7 de la referida Ley, es uno de los órganos de administración del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), además de su Director General, y quienes según se establece, “tendrán las facultades previstas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y en el ordenamiento legal de su creación, sin perjuicio de lo previsto en los artículos 6 y 7 bis de esta Ley”.

Actualmente la Junta de Gobierno está integrada por el Secretario de Economía, que la preside, un representante de dicha Secretaría, dos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; un representante de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; uno de la Secretaría de Educación Pública; uno de la Secretaría de Salubridad y Asistencia; uno del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y otro del Centro Nacional de Metrología.

TERCERO. Para tal efecto, es necesario remitirnos a la Ley Federal de las Entidades Paraestales y que en su capítulo segundo se titula “De los Organismos Descentralizados”, Sección Primera “Constitución, Organización y Funcionamiento”.

Esto, partiendo de la base que tal como se señaló anteriormente, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, es un organismo descentralizado.

CUARTO. Consecuentemente se referirá lo dispuesto por el artículo 19, fracción III, de la Ley de Propiedad Industrial y que prevé a la letra lo siguiente:

Art. 19. En ningún caso podrán ser miembros del órgano de gobierno:

...

III. Las personas que tengan litigios pendientes con el organismo de que se trate;

QUINTO. Es de destacar, que no existe impedimento legal para que representantes del sector privado, puedan fungir como miembros del órgano de gobierno del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, fracción IV del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, que a la letra establece lo siguiente:

Artículo 17. Serán miembros del órgano de gobierno:

...

IV. También podrán fungir como miembros del órgano de gobierno, representantes de los sectores privado o social que por su experiencia vinculada con la producción de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la entidad; puedan contribuir al logro de los objetivos de la misma. En tales casos éstos constituirán una minoría significativa en el seno del órgano de gobierno.

Por otra parte, la participación de particulares en la Junta de Gobierno podría ocasionar controversias de tipo jurídico como en el caso a que se refiere el artículo 19 fracción III de la Ley Federal de Entidades Paraestatales ya antes señalado, que impide a quien participe en un órgano de gobierno de los organismos descentralizados, que tengan algún litigio pendiente con dicho organismo, situación en la que podrían ubicarse los representantes de los inventores.

En este sentido, la participación de instituciones privadas requiere un análisis pormenorizado, en el que se debe considerar y asegurar la representatividad de los sujetos de la Ley de Propiedad Industrial.

SEXTO. Es importante resaltar, que actualmente existe la Federación Nacional de Inventores Siglo XXI, creada en 1992 por un grupo de inventores que no pertenecen a grandes corporativos o instituciones de educación superior y que no se tiene certeza de la existencia de la Asociación Nacional de Inventores Industriales, A.C., ni la Federación Nacional de Inventores, A.C.

SEPTIMO. Por lo anterior, esta Comisión considera que la propuesta no responde a los fines señalados en la exposición de motivos, ya que la participación de los inventores en la Junta de Gobierno no significa la agilización y simplificación de los procedimientos de promoción y creación de invenciones de aplicación industrial, ni un medio para que el inventor divulgue sus conocimientos en beneficio del país en su conjunto.

Por otra parte, según se enunció al inicio del estudio, las facultades del Instituto se encuentran debidamente precisadas en el numeral correspondiente, de tal manera que los objetivos de promoción, fomento y difusión de las invenciones de aplicación industrial que busca la Iniciativa en comento, están previstos y salvaguardados por la Ley de Propiedad Industrial 1.

Adicionalmente, la difusión de las patentes de invención, diseños industriales, marcas, avisos comerciales y modelos de utilidad es una actividad que por mandato de Ley, realiza el IMPI, independientemente de quien integre su órgano de gobierno. De hecho, todas las patentes se publican y están a disposición de cualquier interesado para todo tipo de consultas y promociones.

Por lo antes expuesto y fundado, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, emite los siguientes:

RESULTANDOS

PRIMERO. En términos de los considerandos del presente dictamen, SE RECHAZA LA INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 7 BIS DE LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, presentada por el Diputado Jorge Marcos Aguilar Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

SEGUNDO. Notifíquese a la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados.

TERCERO. Procédase al archivo del presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los diecinueve días del mes de junio de 2002.— Diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (rúbrica), Presidente; José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica), secretario; Ildefonso Guajardo Villarreal, secretario, R. Antonio Silva Beltrán, secretario; Francisco Agundis Arias, secretario: José Bañales Castro (rúbrica), Orlando Alfonso García Flores (rúbrica), Moisés Alcalde Virgen, Jaime Salazar Silva (rúbrica), Francisco Javier Ortiz Esquivel (rúbrica), María Teresa Tapia Bahena (rúbrica), Jorge Urdapilleta Núñez (rúbrica), Carlos Nicolás Villegas Flores (rúbrica), Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica), Miguel Castro Sánchez, Elías Dip Rame, María Luisa Domínguez Ramírez (rúbrica), Rubén Benjamín Félix Hays, Jaime Hernández González, Julián Luzanilla Contreras, Hermilo Monroy Pérez, Manuel Payán Novoa, Roberto Ruiz Angeles (rúbrica), Jorge Schettino Pérez, Adolfo Zamora Cruz, Miroslava García Suárez, Rafael Servín Maldonado (rúbrica), Gregorio Urías Germán (rúbrica), Norma Patricia Riojas Santana (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia, está a discusión el dictamen... No habiendo quien solicite el uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado el dictamen. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

 

LEY DE INVERSION EXTRANJERA

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LVIII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Iniciativa de Decreto que Reforma y Adiciona Diversas Disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera, presentada el 7 de marzo de 2001, por el C. Diputado Amador Rodríguez Lozano del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que en ejercicio de la fracción II, del Artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en los Artículos 39 y 45 párrafo sexto incisos d, e y f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los Artículos 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES:

PRIMERO. En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el día 7 de marzo de 2001, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó el C. Diputado Amador Rodríguez Lozano del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite “Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial”.

SEGUNDO. Mediante oficio CCFI/000218/2001 de fecha 9 de marzo de 2001, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial del contenido de la mencionada Iniciativa.

TERCERO. La iniciativa de Decreto considera modificar la Ley de Inversión Extranjera para que se abra a la inversión extranjera la distribución de Gas Licuado de Petróleo (LP).

CUARTO. El legislador establece lo siguiente:

• No se debe permitir que sean los grupos económicamente vulnerables quienes paguen los más altos precios por un producto indispensable como lo es el Gas LP.

• De acuerdo a datos de la Procuraduría Federal del Consumidor, el precio del kilo de Gas LP en la zona metropolitana aumentó de enero a diciembre de 2000, en un 29.05%.

• No obstante lo anterior, existen una serie de prácticas ilegales en la distribución del gas. A partir de la liberación del mercado, las compañías distribuidoras de gas fijan el precio y lo que se suponía debería alentar la competencia y beneficiar a los consumidores, resultó contraproducente y con constantes incrementos en el precio del Gas LP.

• Que con el propósito de contribuir a la solución de esta problemática, propone la apertura a la inversión extranjera en la distribución del gas doméstico. Con esta alternativa, se puede asegurar la libre competencia y en consecuencia la modernización en la calidad del servicio de la distribución de tan importante energético.

ARTICULO UNICO. Se reforma el artículo 6, fracción II, y se adiciona un inciso y) a la fracción III del artículo 7, de la Ley de Inversión Extranjera, para quedar como sigue:

Artículo 6. Las actividades económicas y sociedades que se mencionan a continuación, están reservadas de manera exclusiva a mexicanos o a sociedades mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros:

I. ...

II. Comercio al por menor de gasolina;

III. a VI. ...

...

Artículo 7. En las actividades económicas y sociedades que se mencionan a continuación la inversión extranjera podrá participar en los porcentajes siguientes:

I. a II. ...

III. Hasta el 49% en:

a) a x) ...

y) Distribución de gas licuado de petróleo.

IV. ...

...

TRANSITORIO

UNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

CONSIDERANDO:

PRIMERO. Con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

SEGUNDO. Que la apertura a la inversión extranjera en la distribución de Gas LP, no es ni debe ser la primera ni la única alternativa de solución para dar respuesta al problema de distribución de gas doméstico, ya que deben concretarse acciones para el impulso de la inversión nacional, garantizar la libre competencia, implementar un efectivos esquemas de supervisión comercial y de evitar prácticas monopólicas.

TERCERO. Que necesario que las dependencias del Ejecutivo Federal con atribuciones en el mercado de distribución de Gas LP, analicen junto con este Poder Legislativo mejores y más efectivas formas de regulación del sector, a fin de evitar que se presenten prácticas que afecten los intereses de la población usuaria.

CUARTO. Que es importante considerar el efecto de la reforma bajo el marco jurídico comercial internacional, ya que de conformidad con los Tratados Internacionales que México tiene celebrados con otros países, de aprobarse la reforma propuesta por este H. Congreso de la Unión, no puede revertirse el régimen de apertura que establezcan las leyes mexicanas.

QUINTO. Que se estima que por la importancia del tema, ésta iniciativa debería ser considerada con la Secretaría de Energía, con el objeto de que pueda ser consistente con la política energética del país y con una posible reforma del sector energético.

SEXTO. Los miembros integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial que dictaminan, reconocen y concluyen que la apertura a la inversión extranjera en el mercado de Gas LP no garantiza el desarrollo, la modernización y la competencia efectiva de la Industria.

RESULTANDO:

PRIMERO. Por lo argumentado en los considerandos que anteceden, se desecha la Iniciativa de Decreto que Reforma y Adiciona Diversas Disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera.

SEGUNDO. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de abril de 2002.— Diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (rúbrica), Presidente; José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica), Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), R. Antonio Silva Beltrán (rúbrica), Francisco Agundis Arias (rúbrica), secretarios; José Bañales Castro (rúbrica), Orlando Alfonso García Flores (rúbrica), Sergio García Sepúlveda, Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), Jaime Salazar Silva (rúbrica), Francisco Javier Ortiz Esquivel (rúbrica en contra), María Teresa Tapia Bahena (rúbrica), Jorge Urdapilleta Núñez (rúbrica), Carlos Nicolás Villegas Flores (rúbrica), Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica), Miguel Castro Sánchez, Elías Dip Rame (rúbrica), Araceli Domínguez Ramírez (rúbrica), Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Jaime Hernández González, Julián Luzanilla Contreras (rúbrica), Hermilo Monroy Pérez (rúbrica), Manuel Payán Novoa, Roberto Ruiz Angeles, Jorge Schettino Pérez, Adolfo Zamora Cruz, Miroslava García Suárez (rúbrica), Rafael Servín Maldonado (rúbrica), Gregorio Urías Germán, Norma Patricia Riojas Santana (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión el dictamen... No habiendo quien solicite el uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el mismo.

La Secretaria diputada María de las Nieves GarcíaFernández:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado el dictamen, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

CAFE

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, de la H. Cámara de Diputados, correspondientes a la LVIII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY SOBRE ELABORACIÓN Y VENTA DE CAFÉ TOSTADO, presentada el 14 de diciembre de 2001, por el C. Diputado Ramón Ponce Contreras del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, que en ejercicio de la fracción II, del artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en los artículos 39 y 45 párrafo sexto incisos d, e y f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el día 14 de Diciembre de 2001, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó por el C. Diputado Ramón Ponce Contreras del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

SEGUNDO. El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial”.

TERCERO. Mediante oficio CCFI/001140/2002, con fecha 14 de febrero de 2002, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial del contenido de la mencionada Iniciativa.

CUARTO. La Iniciativa en comento delimita lo que se debe considerar como café cien por cierto puro, buscando evitar que las mezclas del café sean adulteradas con sucedáneos, es decir, con todo aquel elemento sólido o líquido diferente al producto de las semillas de especies botánicas del genero Coffea L, familia de las Rubiáceas, con excepción de los aditivos necesarios para su conservación.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. Con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

SEGUNDO. México ocupa el quinto lugar a nivel mundial como productor de café, después de Brasil, Colombia, Indonesia y Vietnam, de esta manera y conciente de la problemática internacional del café, el Gobierno Federal impulsó programas de apoyo para el sector cafetalero, como la Alianza para el Campo, el Programa de Promoción de Mercados, el Programa de Retiro de Café de Calidades Inferiores y el Censo Nacional, que en conjunto con el Fondo de Estabilización del Café, integran la Política Cafetalera Nacional.

TERCERO. El 13 de diciembre de 2001, la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) expidió el decreto por el cual se crea el “Programa de Retiro de Café de Calidades Inferiores”. Publicando en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de dicho programa el día 28 de marzo de 2002, con los siguientes objetivos:

• Retirar del mercado el 5% de las exportaciones de café provenientes de cafés de calidades inferiores.

• Mejorar la calidad y la promoción del consumo de café a nivel mundial.

• Promover el consumo en el mercado interno nacional de café con calidad a fin de que se permita obtener un estándar con las características inherentes al sabor natural del aromático.

• SAGARPA aportará los recursos necesarios para la ejecución del programa, con cargo a su presupuesto.

Para la ejecución del programa de retiro, el Consejo Mexicano de Café actuó como agente técnico, en coadyuvancia con SAGARPA.

CUARTO. El día 25 de febrero de 2002, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Fondo de Estabilización del Café en donde señala: “El Fondo de Estabilización del Café constituye un mecanismo permanente de promoción y apoyo sin precedentes a los productores de café durante los ciclos cafetaleros en que el precio internacional del café se mantenga por debajo de los niveles de referencia contenidos en estas reglas, mediante la entrega de recursos económicos a los productores, recuperables en las épocas en que el precio del aromático alcance niveles que permitan rentabilidad suficiente para que éstos puedan a su vez reintegren el fondo mediante sistemas financieros que permiten un manejo confiable y transparente con el uso de los mecanismos previstos en los artículos 17 fracción IV y 18 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002.”

El programa operará en las 12 entidades federativas del país que produce el aromático y esta dirigido a todos los productores de café inscritos en el Padrón Cafetalero del 2001-2002. Adicionalmente, se realizará la promoción de una cultura de consumo de café de calidad aunado a los diversos programas y apoyos a la cafeticultura, que opera SAGARPA por sí y con la Participación del Consejo Mexicano del Café, contribuirán a la recuperación gradual del precio del aromático, así como de su calidad.

QUINTO. Que México forma parte de la Organización Internacional del Café desde su fundación en 1962 y ha firmado diversos Convenios con objeto de contribuir a mejorar las relaciones políticas, económicas y comerciales entre las naciones productoras e importadoras del aromático.

SEXTO. Que el 19 de agosto de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Decreto Promulgatorio del Convenio Internacional del Café de 2001, adoptado mediante resolución No. 393 del Consejo Internacional del Café, el veintiocho de septiembre de dos mil”, ratificado por la Cámara de Senadores, el 29 de abril de 2002, persiguiendo los siguientes objetivos:

• Promover la cooperación internacional en cuestiones cafetaleras.

• Facilitar la expansión y transparencia del comercio internacional del café.

• Promover, alentar y acrecer el consumo de café.

• Fomentar la calidad.

SÉPTIMO. Que en el artículo 36 del Convenio Internacional del Café de 2001, se exhorta a las naciones participantes a prohibir la publicidad y venta con el nombre de café, de productos que contengan como materia prima básica menos del equivalente de un 95% de café verde.

Lo anterior, puede ser interpretado bajo la lógica de incrementar el porcentaje del café, sin impedir que se realice la mezcla del café con otros productos dentro del parámetro señalado.

OCTAVO. Que el día 5 de abril de 2002, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, recibió los comentarios del Consejo Mexicano del Café, respecto a la iniciativa en comento, anexando al documento las observaciones y comentarios de la Asociación Nacional de la Industria del Café, representante del sector industrial en nuestro país, conformada por quince empresas actualmente dedicadas a la elaboración y venta de café tostado y molido, café soluble y café verde y descafeinado, y quienes se manifiestan por el rechazo de la Iniciativa a partir de los problemas y distorsiones que se generarían en el mercado.

NOVENO. Que la Asociación Nacional de la Industria del Café señala que no tiene como práctica comercial la adulteración de sus productos, refiriéndose a los dos estudios de calidad que publicó la Procuraduría Federal del Consumidor en los números 251 y 289, referentes a café soluble y tostado respectivamente.

DÉCIMO. Que el sector considera que el establecimiento de una ley restrictiva limitaría la competitividad, ubicándola en una situación de desventaja con respecto a la competencia que representa el ingreso de productos de importación, ya que por sus características y trato preferencial dentro del Tratado de Libre Comercio, los productos importados no serían objeto de la aplicación de esta Ley. Asimismo, se resalta al gusto y preferencia del consumidor mexicano, quien tiene la oportunidad de demandar un producto 100% puro ó el mezclado con azúcar.

DÉCIMO PRIMERO. Que se considera que por el hecho de reducir el porcentaje en el contenido de azúcar en el café mezclado, no se incrementará proporcionalmente el consumo de café tostado o soluble, ya que por decreto no se puede modificar un gusto característico de ese mercado consumidor.

DÉCIMO SEGUNDO. Que de acuerdo a la industria de café mezclado con azúcar, se consume alrededor de 144 mil sacos de café promedio anual, equivalente al 10% del consumo nacional, además de 3 mil toneladas de azúcar en forma de piloncillo, lo que a su vez equivale al 15% del consumo nacional.

DÉCIMO TERCERO. Que los precios promedio de café son de acuerdo a su categoría.

Café puro soluble                                      $74.0/kg.

Café puro tostado y molido              $81.0/kg

Café mezclado con azúcar                    $50.0/kg

DÉCIMO CUARTO. Que el consumo de café mezclado es realizado por consumidores de bajos ingresos, y que de aprobarse la medida, el impacto afectaría el ingreso de 19 mil familias en forma directa.

DECIMO QUINTO. Por lo anterior, los miembros integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial que dictaminan, reconocen y concluyen que el gusto del consumidor mexicano, no puede ser modificado por Ley, dada la heterogeneidad del consumidor en preferencias e ingresos.

DECIMO SEXTO. Ad cautelam, esta Comisión considera que a fin de atender el espíritu de la propuesta del Diputado Ramón Ponce Contreras, el problema expuesto puede ser resuelto mediante la implementación de una Norma Oficial Mexicana (NOM) que establezca con claridad las especificaciones del producto.

Cabe aclarar que existe una norma no obligatoria NMX-F-013-S-2000 “Café puro tostado en grano ó molido sin descafeinar o descafeinado. Especificaciones y método de prueba”, expedida por la Secretaría de Economía y publicada en el Diario Oficial de la Federación del 28 de agosto de 2000, sin embargo es únicamente de carácter voluntario y opcional para el productor.

Por otra parte, es de destacar la existencia de la NOM-051-SCFI-1994, “Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas”, de carácter general y obligatoria sin hacer puntualización para productos que contengan café.

De esta manera, se considera conveniente evaluar la elaboración de una NOM específicamente para el etiquetado de productos que contengan café en cualquiera de sus presentaciones, ya que se han detectado productos en el mercado de procedencia extranjera que se ofertan como bebidas de café sin que en el etiquetado especifique el contenido del insumo.

Así, se acuerda solicitar a la Secretaria de Economía, analizar y observar la viabilidad de una NOM de etiquetado para el café, en donde se especifique contenidos, porcentajes y demás señalamientos, a partir de las NOM ya existentes, con objeto de que el consumidor tenga. conocimiento y la certeza del producto a obtener.

RESULTANDOS

PRIMERO. Con base a los considerandos anteriores, se considera que la INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY SOBRE ELABORACIÓN Y VENTA DE CAFÉ TOSTADO del Diputado Ramón Ponce Contreras, se rechaza en virtud de las implicaciones que se generarían en el mercado.

SEGUNDO. Se solicita a la Secretaría de Economía consultar con el sector cafetalero la viabilidad de emitir una NOM de etiquetado para el café de carácter obligatoria, que establezca con claridad todas las especificaciones, porcentajes, categorías y modalidades del producto.

TERCERO. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de febrero de 2003.— Diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (rúbrica), Presidente; José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica), secretario, en contra; Ildefonso Guajardo Villarreal, secretario; R. Antonio Silva Beltrán (rúbrica), secretario; Francisco Agundis Arias, secretario; José Bañales Castro (rúbrica), Orlando Alfonso García Flores (rúbrica), Moisés Alcalde Virgen, Jaime Salazar Silva (rúbrica), Francisco Javier Ortiz Esquivel (rúbrica), Francisco Luis Treviño Cabello (rúbrica), Dip. María Teresa Tapia Bahena (rúbrica), Jorge Urdapilleta Núñez (rúbrica), Carlos Nicolás Villegas Flores (rúbrica), Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica), Miguel Castro Sánchez (rúbrica), Elías Dip Rame, Araceli Domínguez Ramírez (rúbrica), Rubén Benjamín Félix Hays, Jaime Hernández González, Julián Luzanilla Contreras (rúbrica), Hermilo Monroy Pérez (rúbrica), Manuel Payán Novoa (rúbrica), Roberto Ruiz Angeles (rúbrica), Jorge Schettino Pérez (rúbrica), Adolfo Zamora Cruz, Miroslava García Suárez, Rafael Servín Maldonado, Gregorio Urías Germán (rúbrica), Norma Patricia Riojas Santana (rúbrica).

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión el dictamen... No habiendo ninguna diputada o diputado que solicite el uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

En votación económica se pregunta a la Asamblea, si se considera suficientemente discutido el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si es de aprobarse el punto de acuerdo.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

En votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado el dictamen, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

PETROLEO

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Poder Legislativo Federal.—Cámara de Diputados.— Comisiones Unidas de Energía y de Comercio y Fomento Industrial.

HONORABLE ASAMBLEA:

A las Comisiones de Energía y de Comercio y Fomento Industrial, de la H. Cámara de Diputados, correspondientes a la LVIII Legislatura, les fue turnada para su estudio y dictamen, la Iniciativa de Decreto que Reforma la fracción II del Artículo 14 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el Ramo de Petróleo, presentada el 22 de diciembre de 2000, por el C. Diputado Amador Rodríguez Lozano del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que en ejercicio de la fracción II, del Artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

Las Comisiones de Energía y de Comercio y Fomento Industrial de la LVIII Legislatura, con fundamento en los Artículos 39 y 45 párrafo sexto incisos d, e y f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los Artículos 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocaron al estudio y análisis de la iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES:

PRIMERO. En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el día 22 de diciembre de 2000, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó el C. Diputado Amador Rodríguez Lozano del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite “Túrnese a las Comisiones de Energía y de Comercio y Fomento Industrial”.

SEGUNDO. Mediante sus propios conductos, las Comisiones de Energía y de Comercio y Fomento Industrial, dieron cuenta a sus integrantes del contenido de la mencionada Iniciativa.

TERCERO. La iniciativa de Decreto considera modificar la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, para que se regule el precio del gas licuado de petróleo (LP) sin necesidad de la intervención de la Comisión Federal de Competencia.

CUARTO. El legislador establece lo siguiente:

• Que el libre mercado, sin el contrapeso y el control del Estado, lleva al monopolio y a que los productores o comerciantes de gran peso, determinen unilateralmente el valor de determinado bien y con ello sometan a su arbitrio a los consumidores.

• Que desde la liberación del precio del Gas LP, esto solamente ha provocado que los precios de este vital producto se disparen. En el año 2000, el precio del Gas LP tuvo un incremento del 29% y ello ha tenido repercusiones muy graves para las familias de escasos recursos.

• Que por otra parte, la liberación del Gas LP no ha creado una amplia oferta, ni tampoco una competencia real entre los distribuidores, pues si bien existen cientos de empresas registradas, lo real es que unos cuantos grupos han monopolizado el mercado.

• Que el Estado Mexicano es quien constitucionalmente debe regular, orientar y vigilar el proceso económico. Por ello, el Estado Mexicano no puede estar al margen de las llamadas fuerzas del mercado, y tiene la obligación de intervenir para evitar que el interés de unos pocos, devenga en abuso a las grandes mayorías.

• Que tan no ha funcionado el libre mercado en el caso del Gas LP, que la Secretaría de Energía interpuso una queja ante la Comisión Federal de Competencia, donde solicitaba una investigación para determinar las posibles prácticas monopólicas en la fijación del precio en la distribución del Gas LP.

• Que concretamente, el C. Diputado Amador Rodríguez Lozano propone el proyecto de iniciativa de decreto que reforma la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, para que se regule el precio del Gas LP sin esperar que la Comisión Federal de Competencia determine esta disposición.

ARTICULO UNICO: Se reforma la fracción II del artículo 14 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, para quedar como sigue:

Artículo 14. La regulación de las actividades a que se refiere el artículo 4, segundo párrafo, y de las ventas de primera mano de gas tendrá por objeto asegurar su suministro eficiente y comprenderá:

I. ...

II. La determinación de precios y tarifas aplicables.

III. a VI. ...

 

TRANSITORIO

UNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

CONSIDERANDO:

PRIMERO. Con base en los antecedentes indicados, las Comisiones de Energía y de Comercio y Fomento Industrial, con las atribuciones antes señaladas se abocaron a dictaminar la iniciativa de referencia.

SEGUNDO. Que a nivel mundial, México ocupa el primer lugar como consumidor de Gas LP para uso doméstico, esto debido a que más del 80% de los hogares mexicanos utilizan este combustible.

TERCERO. Que la Secretaría de Energía mediante oficio 301.602/2000, de fecha 31 de agosto de 2000, dirigido a la Presidencia de la Comisión Federal de Competencia, advirtió que a partir de la supresión de los precios máximos al usuario final, se observaron incrementos en los precios al público en porcentajes que superaban ampliamente los aumentos de la facturación de Petróleos Mexicanos Gas y Petroquímica Básica. Este incremento excesivo en el precio del combustible, lo confirman los datos del Banco de México (Banxico), ya que durante el 2000, el precio tuvo una alza del 42.9%.1

CUARTO. Que tal situación, presupuso la existencia de un acuerdo colusorio entre los distribuidores de Gas LP, mediante el cual controlaban el mercado, determinando los precios y las zonas de distribución, y en consecuencia, no permitían que funcione el libre mercado bajo sus propias condiciones, esto en perjuicio del consumidor final.

QUINTO. Que el Artículo 28 Constitucional indica que quedan prohibidas las prácticas monopólicas, y en consecuencia, la ley castigará severamente y las autoridades perseguirán toda concentración o acaparamiento de artículos de consumo necesario, y a todos aquellos que de cualquier manera hagan para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí, y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados. Además, señala que se podrán fijar precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones lesivas provoquen desabasto y alza en precios.

SEXTO. Que la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) es la Ley Reglamentaria del Artículo 28 Constitucional (Art. 1), y tiene por objeto proteger el proceso de competencia y libre concurrencia, mediante la prevención y eliminación de monopolios, practicas monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios (Art. 2).

SEPTIMO. Que la Comisión Federal de Competencia, es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía, dotado de autonomía técnica y operativa para dictar sus propias resoluciones, con atribuciones para prevenir, investigar y combatir monopolios, prácticas monopólicas y concentraciones prohibidas en los términos de la Ley en la materia (Art. 23 de la LFCE).

OCTAVO. Que precisamente el Artículo 14 fracción 11 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, establece la determinación de los precios y tarifas aplicables al Gas LP cuando no existan condiciones de competencia efectiva, a juicio de la Comisión Federal de Competencia.

NOVENO. Que el Reglamento de Gas LP contiene disposiciones para proteger la competencia en ese mercado; el Artículo 5 hace referencia a la prohibición de las prácticas monopólicas, mientras que el Artículo 7, dicta sobre la regulación de precios y tarifas aplicables al transporte, almacenamiento y distribución de Gas LP cuando a juicio de la Comisión Federal de Competencia no existan condiciones de competencia efectiva.

DECIMO. Que con base en los considerandos anteriores, la Comisión Federal de Competencia inició la investigación por prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la distribución y comercialización de Gas LP, (Diario Oficial de la Federación del 31 de octubre de 2000). Los primeros resultados de la investigación, permitieron sustentar la existencia de las prácticas en 18 de los 19 Estados analizados, por lo que se determinó emplazar a diversas distribuidoras de Gas LP.

DECIMO PRIMERO. Que con fecha 6 de febrero de 2001, la Comisión Federal de Competencia inició de oficio el procedimiento administrativo identificado bajo el expediente DC-02-2001, a fin de determinar la existencia de condiciones de competencia efectiva en la distribución de Gas LP.

DECIMO SEGUNDO. Que el Artículo 7 de la LFCE dispone, que la imposición de precios máximos a los productos y servicios que sean de consumo popular es facultad exclusiva del Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Economía.

DECIMO TERCERO. Que con fundamento en las disposiciones jurídicas en comento, y dadas las circunstancias que imperaban en el mercado del Gas LP, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación del 12 de marzo de 2001, el Decreto por el que se determinó que el Gas LP quedaría sujeto a un precio máximo de venta a usuarios finales que fijara la Secretaría de Economía con vigencia de seis meses.

DECIMO CUARTO. Que las medidas de regulación de precios en sectores específicos obedecen y corrigen los efectos de la inexistencia de condiciones de competencia efectiva. Buscan eliminar los abusos así como reestablecer dichas condiciones, a fin de elevar la eficiencia económica.

DECIMO QUINTO. Que con fecha 6 de abril de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución de la Comisión Federal de Competencia donde se acuerda iniciar la investigación por concentraciones prohibidas o el incumplimiento de notificar concentraciones en el mercado de distribución de Gas LP.

DECIMO SEXTO. Que con fecha 6 de julio de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Dictamen Preliminar de la Comisión Federal de Competencia por el cual determina que no existen condiciones de competencia efectiva en la distribución de Gas LP en los mercados relevantes de Guerrero Interior, Veracruz Sur, Chihuahua Sur, San Luis Potosí, Yucatán, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Jalisco, Chiapas, Oaxaca, Baja California y San Luis Río Colorado de Sonora, Durango y La Laguna, Morelos, Baja California Sur, Campeche, Colima, Nayarit y Quintana Roo.

DECIMO SEPTIMO. Que con fecha 5 de septiembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación que en virtud de que las circunstancias que motivaron la expedición del Decreto del 12 de marzo de 2001, no habían variado, se consideró necesario seguir manteniendo sujeto el precio máximo de venta a usuario final de Gas LP por lo que se expidió, el Decreto por el que se determina que el Gas LP quedará sujeto a un precio máximo de venta a usuarios finales que fije la Secretaría de Economía con vigencia hasta el 31 de agosto de 2002.

DECIMO OCTAVO. Que con fecha 19 de septiembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación que existían procedimientos de oficio pendientes ante la Comisión Federal de Competencia tendientes a determinar la inexistencia de competencia efectiva en la distribución de Gas LP, radicado bajo el número de expediente DC-02-2001.

DECIMO NOVENO. Que a partir de la intervención de la Secretaría de Economía en el mercado de Gas LP, a través de la fijación del precio máximo, los precios han descendido de marzo de 2001 a febrero de 2002, entre un 12% a 24% dependiendo de la región2. Esta disminución la confirman los datos del Banxico, pues de marzo de 2001 a marzo de 2002, el precio de este energético bajo en un 24.18%, con una tasa promedio mensual negativa del 2.28%3.

VIGESIMO. Que con base en lo anterior, se acentúa que la Comisión Federal de Competencia ha tenido una actitud responsable al proteger el proceso de competencia y libre concurrencia en el mercado de Gas LP, y el Ejecutivo Federal ha intervenido en ese mercado fijando el precio máximo por región, lo que ha sido de gran beneficio para la sociedad.

Cabe mencionar además, que la intervención del Ejecutivo Federal a través de la Secretaria de Economía para fijar los precios al consumidor final de Gas LP, fue necesaria a juicio de la Comisión Federal de Competencia, por no existir condiciones de competencia efectiva y por una serie de prácticas monopólicas en la distribución de Gas LP que fueron detectadas después de practicarse la investigación a través de los procedimientos administrativos relativos.

VIGESIMO PRIMERO. Los miembros integrantes de las Comisiones de Energía y de Comercio y Fomento Industrial que dictaminan, reconocen y concluyen que la intervención de la Comisión Federal de Competencia para el caso del Gas LP, establecida en la fracción II del artículo 14, de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo de Petróleo, resulta necesaria.

Además, existen ordenamientos claros y concisos en nuestro sistema jurídico, como el Artículo 28 Constitucional que confieren facultades para que el Ejecutivo Federal fije precios máximos a los artículos, materias o productos que sean de consumo popular y así, evitar las distorsiones que se presenten en los mercados de bienes y servicios de consumo popular.

Asimismo, el mecanismo de precios y tarifas oficiales (controlados), han demostrado históricamente generar mayores distorsiones en los mercados, en este sentido, el libre mercado y sus propias condiciones deben determinar los precios y cantidades que atiendan los intereses de los oferentes y demandantes.

RESULTANDO:

PRIMERO. Por lo argumentado en los considerandos que anteceden, se desecha la Iniciativa de reforma a la fracción II del artículo 14 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.

SEGUNDO. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de abril de 2002.— Comisión de Comercio y Fomento Industrial.— Diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (rúbrica), Presidente; José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica), secretario; Ildefonso Guajardo Villareal (rúbrica), secretario; R. Antonio Silva Beltrán (rúbrica), secretario; Francisco Agundis Arias (rúbrica), secretario; José Bañales Castro (rúbrica), Orlando Alfonso García Flores (rúbrica), Sergio García Sepúlveda, Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), Jaime Salazar Silva (rúbrica), Francisco Javier Ortiz Esquivel (rúbrica), María Teresa Tapia Bahena (rúbrica), Jorge Urdapilleta Núñez (rúbrica), Carlos Nicolás Villegas Flores (rúbrica), Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica), Miguel Castro Sánchez, Elías Dip Rame (rúbrica), María Luisa Domínguez Ramírez (rúbrica), Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Jaime Hernández González, Julián Luzanilla Contreras (rúbrica), Hermilo Monroy Pérez (rúbrica), Manuel Payán Novoa, Roberto Ruiz Angeles, Jorge Schettino Pérez, Adolfo Zamora Cruz, Miroslava García Suárez (rúbrica), Rafael Servín Maldonado (rúbrica), Gregorio Urías Germán, Norma Patricia Riojas Santana (rúbrica).

Comisión de Energía

Diputados: Juan Camilo Mouriño Terrazo (rúbrica), Roque Joaquín Gracia Sánchez (rúbrica), Marco Antonio Dávila Montesinos (rúbrica), Noé Navarrete González (rúbrica), Rosario Tapia Medina (rúbrica), Jaime Aceves Pérez (rúbrica), Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Manuel de Jesús Espino Barrientos (rúbrica), Mauricio Enrique Candiani Galaz (rúbrica), Andrés Carballo Bustamante (rúbrica), Javier Julián Castañeda Pomposo (rúbrica), Juan Manuel Duarte Dávila, Manuel Medellín Milán, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Orlando Alfonso García Flores (rúbrica), Jesús Garibay García (rúbrica), Gustavo Adolfo González Balderas (rúbrica), Héctor González Reza (rúbrica), Humberto Mayans Canabal, Rafael López Hernández, Marcos Paulino López Mora (rúbrica), Luis Priego Ortiz, José María Rivera Cabello (rúbrica), Carlos Antonio Romero Deschamps, Raúl Efrén Sicilia Salgado (rúbrica), José del Carmen Soberanis González (rúbrica), Héctor Taboada Contreras (rúbrica), Jesús Adelfo Taracena Martínez, Rosalía Peredo Aguilar, Francisco Raúl Ramírez Avila.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión el dictamen... No habiendo quien solicite el uso de la palabra, consulte la Secretaría si está suficientemente discutido el dictamen.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado el dictamen, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

 

LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—  Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Salud.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Salud le fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta Proyecto de Decreto que adiciona un artículo 282 bis 3 a la Ley General de Salud, presentada a esta H. Cámara el 4 de abril del año 2000.

Esta Comisión, de conformidad con las atribuciones que le otorgan los artículos 39 numerales 1º y 3º; 44 y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Honorable soberanía el siguiente Dictamen de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES

A. Con fecha 4 de abril de 2000, ante el Pleno de la H. Cámara de Diputados, se recibió del Senado de la República, Minuta Proyecto de Decreto que adiciona el articulo 282 bis 3 a la Ley General de Salud, aprobado por esa colegisladora.

B. Con fecha 12 de octubre del presente se presentó excitativa por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para que se dictamine la Minuta recibida el 4 de abril del año 2000.

CONSIDERACIONES

1.- La iniciativa que se analiza tiene como propósito, el cumplimiento de las disposiciones constitucionales en relación al derecho a la información y al derecho a la protección de la salud de los consumidores de alimentos genéticamente modificados o transgénicos, así como de los alimentos elaborados con producto transgénico.

Al respecto, el Senado de la República aprobó el siguiente texto: “Artículo 282 bis 3.- En el caso de los alimentos genéticamente modificados o transgénicos, deberá de añadirse de forma clara y a la vista de los consumidores la leyenda “alimento transgénico”, debiendo además señalarse que tipo de gen le ha sido añadido al producto. Asimismo, en el caso de alimentos elaborados que contengan, entre otros ingredientes, productos transgénicos, deberá insertarse la leyenda “alimento elaborado con producto transgénico”, además de señalar cuál es el transgénico y el tipo de gen que se le añadió”.

Los grandes avances en la biotecnología de los últimos 10 años, especialmente los producidos por la biología molecular y por la ingeniería genética permiten por vez primera crear combinaciones nuevas de genes logrando producir plantas y animales modificados por la ciencia a los que se les conoce comúnmente como Organismos Genéticamente Modificados (OGM).

Estos organismos tienen características nuevas, con las que no habíamos convivido en la naturaleza. La intención de modificar a estos organismos debe ser el beneficio a la humanidad. Deben por tanto favorecer a la agricultura, al comercio en sus precios y transacciones, sin dañar a la salud humana y animal y con control del impacto al medio ambiente.

Esta Comisión en esta LVIII Legislatura organizó y sus miembros participaron desde el inicio de un gran número de reuniones de trabajos, foros, consultas nacionales e internacionales, visitas de trabajo a los Estados Unidos de América y Europa, y finalmente con las autoridades sanitarias encargadas del etiquetado de alimentos, de los cuales se enuncian los principales eventos:

a) Visita de trabajo a la Ciudad de París Francia de un grupo pluripartidista de Diputados integrantes de la Comisión de Salud, a la Conferencia Internacional denominada: “Las Leyes y Las Políticas de los Organismos Genéticamente Modificados (OGM), Biotecnología y Seguridad Alimentaria”, resultado de la invitación por parte The International Bar Assocation (IBA).

b) Visita de trabajo al Reino Unido de otro grupo pluripartidista de Diputados integrantes de la Comisión de Salud, con el fin de conocer el Sistema de Salud Británico, su marco jurídico en materia de Salud, los sistemas de aseguramiento médico, público y privado y los mecanismos de control sobre medicamentos utilizados en ese país.

c) Visita de trabajo de un grupo de Diputados a la sede de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en la ciudad de Ginebra Suiza, los objetivos del viaje se centraron en conocer las estrategias de promoción de la Salud; advertir la eficacia de la políticas y los programas de la OMS; inquirir acerca de proyectos de salud y desarrollo, en particular de los que aspiran a mejorar la salud y calidad de vida de las personas que viven en circunstancias adversas; así como el intercambio de experiencias con legisladores Suizos en materia de biotecnología, principalmente la relacionada a los alimentos biotecnológicos.

d) Visita de trabajo de diputados integrantes de la Comisión de Salud a la Ciudad de Washington, D.C., con la finalidad de conocer información acerca de la Biotecnología en la Agricultura, así como de los Organismos Modificados Genéticamente (OGM) observada desde la perspectiva de ese Gobierno.

2.- A pesar de ser ya más de 10 años que la Organización Mundial de la Salud, así como la FAO y FDA, la OCD y al Codex Alimentarius y numerosos trabajos reportados en el Index Medicus, han evaluado y están evaluando los pros y los contras de los alimentos transgénicos, a la fecha estas organizaciones e investigaciones no han llegado a evidencia que demuestre que los organismos genéticamente modificados o productos transgénicos representan riesgo alguno para la salud de la población en general.

Se reconoce pues, que los productos transgénicos apoyan la producción de la cadena alimenticia y que no han alterado la salud humana, sin embargo se consideran los posibles riesgos de alergias e inmunidad a ciertos antibióticos. Por este motivo a nivel nacional e internacional se ha prohibido   la producción de OGM que contengan genes de reconocida alergenicidad y se están suprimiendo los marcadores antibióticos en el proceso de los mismos.

Es de la mayor importancia tomar en cuenta la situación que a nivel mundial se presenta en estos momentos para el etiquetado de los OGM. Organizaciones internacionales como el Codex Alimentarium, la OCD,  LA FAO y Convenciones como la de “Cartagena” no han podido unificar criterios al respecto.

Los Estados Unidos de América han determinado a la fecha no etiquetar a los alimentos por su proceso de elaboración e informar en caso de que el alimento no fuera substancialmente equivalente al tradicional o si ofreciera alguna ventaja o desventaja nutricional o a la salud. La investigación y producción de  OGM amerita notificación obligatoria para autorizar su comercialización  y se prevé una norma de etiquetado voluntario.

Canadá no apoya el etiquetado obligatorio de OGM, ni etiqueta el método de producción de ningún alimento y apoya un etiquetado voluntario.

En Europa, hay naciones donde el etiquetado es obligatorio como en el Reino Unido, sin embargo en la misma etiqueta se presenta ya información adjunta que detalla beneficios que ofrecen estos alimentos. En Francia no se observan en los comercios etiquetas en los alimentos con referencia a OGM.

En México se debe obligatoriamente notificar de todos los productos biotecnológicos que se destinen al uso o consumo humano, así como de su movilización dentro del territorio mexicano, importación, liberación y evaluación en el medio ambiente o de cualquier prueba experimental que se realice. En nuestra patria se decide individualmente sobre la etiqueta que debe mostrar cada alimento para el consumo humano y para los productos obtenidos mediante biotecnología habrá requisitos adicionales obligatorios cuando el alimento no es equivalente en composición o valor nutricional al alimento tradicional, cuando su uso se modifique o su modo de preparación sea diferente y cuando se transfiera al alimento cualquier alérgeno.

La Secretaría de Salud opina que establecer una leyenda tal y como se propone, sin mayor información, NO ayudaría al consumidor ni le proporcionaría una idea clara sobre si el “alimento transgénico” es  BUENO O MALO, por lo que no sería de utilidad incluir una leyenda de tal naturaleza y por el contrario es conveniente y necesario establecer una evaluación caso por caso tal y como sucede en México y en otros países, sobre la información que deberá contener la etiqueta, para que con base en ella, el consumidor pueda tomar una decisión sobre si consume o no el producto sin que le cause aversión esta información.

Es importante mencionar que de acuerdo a estudios y encuestas realizadas por el Instituto Nacional de la Nutrición, los consumidores desconocen o malinterpretan, términos como modificación genética o biotecnología, por lo que se recomienda que la información sea simple, sencilla de fácil comprensión acerca de sus beneficios o perjuicios a la salud.

3.- La Comisión que dictamina, analizó como requisito inmediato el marco jurídico vigente relacionando la salud con los alimentos genéticamente modificados o productos transgénicos, así como su respectivo etiquetado, mismo que a continuación se menciona:

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.- Artículo 4, 27 y 73 fracciones XVI y XIX.

• Ley General de Salud.- Capítulo 12 bis, Productos biotecnológicos, artículo 282 bis, 282 bis 1 y 282 bis 2.

• Ley Federal de Sanidad Vegetal.- Artículo 5 y 43.

• Ley de Sanidad Animal.

• Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas.- Artículos 3 fracción VII, 5, 16 fracción IV.

• Ley Federal de Variedades Vegetales.- Artículos 2, fracción IV, V, 4, fracción I y II, 5 fracción I.

• Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.- Artículos 3 y 28.

• Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.- Artículos 1 fracción XVI, 164, 165, 166 y 167.

• Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y protección al Ambiente en Materia de evaluación e Impacto Ambiental.- Artículo 5.

• Reglamento de la Ley sobre Producción y Comercio de Semillas.

• Norma Oficial Mexicana.- NOM-056-FITO-1995, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de julio de 1996.

• Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad.- Artículo 70 y 71.

Es esencial mencionar algunos de los ordenamientos que específicamente existen sobre la materia del etiquetado de los productos transgénicos:

• Diario Oficial de la Federación del 7 de febrero de 1984. Texto vigente última reforma aplicada el 31 de mayo de 2000.

Ley General de Salud

CAPITULO XII BIS

Productos Biotecnológicos

Artículo 282 bis

Para los efectos de esta Ley, se consideran productos biotecnológicos, aquellos alimentos, ingredientes, aditivos, materias primas, insumos para la salud, plaguicidas, sustancias tóxicas o peligrosas y sus desechos, en cuyo proceso intervengan organismos vivos o parte de ellos modificados por técnica tradicional o ingeniería genética.

Artículo 282 bis 1

Se deberá notificar a la Secretaría de Salud, de todos aquellos productos biotecnológicos o de los derivados de éstos, que se destinen al uso o consumo humano.

Artículo 282 bis 2

Las disposiciones y especificaciones relacionadas con el proceso características y etiquetas de los productos objeto de este capítulo, se establecerán en las Norma Oficiales Mexicanas correspondiente.

• Diario Oficial de la Federación del 11 de julio de 1996.- NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-056-FITO-1995. “Por la que se establecen los requisitos fitosanitarios para la movilización nacional, importación y establecimiento de pruebas de campo de organismos manipulados mediante la aplicación de ingeniería genética.

1. “Objetivo y campo de aplicación”.- Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto, establecer el control de la movilización dentro del territorio nacional, importación liberación y evaluación en el medio ambiente o pruebas experimentales de organismos manipulados por Ingeniería Genética para usos agrícolas, y respecto del etiquetado establece:

3.5 “Del mercado e identificación”

3.5.1 “Cualquier producto manipulado a ser movilizado, importado y/o liberado debe poseer clara y correctamente la siguiente información adherida al envase o empaque”

• Naturaleza general y cantidad del contenido.

• País y/o localidad donde el producto fue colectado, desarrollado, manufacturado, cultivado o reproducido.

• Nombre y dirección del transportista y de la persona que lo envía

• Nombre, dirección y teléfono del consignatario.

• Número del certificado fitosanitario de liberación y/o importación.

• Esta etiqueta debe ser visible exteriormente”.

• El Reglamento expedido por el Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 9 de agosto de 1999 sobre el Control Sanitario de Productos y Servicios, establece lo siguiente:

Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto la regulación, control y fomento sanitario del proceso, importación y exportación, así como de las actividades, servicios y establecimientos, relacionados con los productos siguientes:

...

XVI.- Los biotecnológicos.

Artículo 25 Para efectos del etiquetado de los productos objeto de este Reglamento se considera como información sanitaria general la siguiente:

I. La denominación genérica o específica del producto;

II. La declaración de ingredientes;

III. La identificación y domicilio del fabricante, importador, envasador, maquilador o distribuidor nacional o extranjero; según sea el caso;

IV. Las instrucciones para su conservación, uso, preparación y consumo;

V. El o los componentes que pudieran representar un riesgo mediato o inmediato para la salud de los consumidores, ya sea por ingestión, aplicación o manipulación del producto;

VI. El aporte nutrimental:

VII. La fecha de caducidad;

VIII. La identificación del lote;

IX. La condición de procesamiento a que ha sido el producto, cuando éste se asocie a riesgos potenciales;

X. Las leyendas precautorias, y

XI. Las leyendas de advertencia.

Las normas correspondientes cada tipo de producto determinarán la información sanitaria general que deberá contener la etiqueta o la específica cuando, por el tamaño del empaque o envase o por las condiciones del proceso, no pueda aparecer toda la información que requiera.

Cuando se trate de productos de importación envasados de origen, la información que contengan las etiquetas deberá aparecer escrita en idioma español, previamente a su comercialización, en los términos de la norma correspondiente.

• El Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 4 de mayo de 2000, establece lo siguiente:

TITULO DÉCIMOPublicidad de productos biotecnológicos

Capítulo Único

Artículo 70. La publicidad de los productos biotecnológicos no podrá:

I. Atribuir a los productos propiedades distintas a aquellas con las cuales fueron evaluados técnicamente por la Secretaría;

II. Presentarlos como indispensables para la vida humana, y

III. Emplear calificativos que los presenten como superiores a los productos convencionales o a los productos similares no obtenidos biotecnológicamente.

Artículo 71. La Secretaría mediante acuerdo determinará, en su caso, la información y las Leyendas precautorias o de advertencia que deberá incluir la publicidad de los productos a que se refiere el presente capítulo.

TÍTULO DÉCIMO OCTAVOProductos biotecnológicos.

Capítulo Único.

Articulo 164. Los productos biotecnológicos que quedan sujetos al control sanitario de este Reglamento son los alimentos, ingrediente, aditivos o materias primas para uso o consumo humano de forma directa o indirecta, que deriven o en su proceso intervengan organismo o parte de ellos y que hayan sufrido cualquier manipulación genética.

Artículo 166. Las etiquetas de los productos a que se refiere este título deberán contener información respecto de sus características y del riesgo que éstos representen para la salud, conforme a los que disponga y especifique la Secretaría para el caso.

Artículo 167. En las normas se establecerán, según corresponda, los lineamientos o especificaciones sanitarias sobre las actividades, establecimientos, productos y servicios relativos a este título.

4.- Con el objeto de coordinar las políticas de la Administración Pública Federal relativas a la bioseguridad y a la producción, importación, exportación, movilización, propagación, liberación, consumo y, en general, uso y aprovechamiento de organismos genéticamente modificados, sus productos y subproductos, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos expidió el 5 de noviembre de 1999, Acuerdo por el que se crea la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM), la cual se integra por los titulares de las Secretarías de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; Salud; Hacienda y Crédito Público; Comercio y Fomento Industrial, y Educación Pública, así como  del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

Los integrantes de esta Comisión en atención a l oficio número 2395 de fecha 28 de noviembre del año en curso signado por la Secretaría de Medio Ambiente Recursos Naturales y Pesca, considera oportuno y pertinente tomar en cuenta las manifestaciones que se hacen valer en el mismo, en el sentido de que la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM) manifiesta que no se requiere adicionar la leyenda “Alimento Transgénico” dado que la Ley General de Salud contempla el etiquetado de productos biotecnológicos para uso y consumo humano y dispone que las especificaciones respectivas deberán establecerse en las Normas Oficiales Mexicanas.

Los integrantes de la Comisión de Salud reconocen la valiosa misión científica y tecnológica, y la competencia jurídica que tiene la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados, como son entre otras, proponer la actualización y mejoramiento del marco jurídico en las materias de su competencia; presentar a la Comisión Nacional de Normalización propuestas de normas oficiales mexicanas relativas entre otras el aspecto comercial, semicomercial, consumo humano y animal de organismos que se consideren genéticamente modificados, sus productos y subproductos; recomendar, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los criterios que deberán observarse en la reglamentación correspondiente,  a efecto de hacer del conocimiento público los beneficios y probables riesgos del uso o consumo de organismos genéticamente modificados que se liberen a los ámbitos comercial y semicomercial, de acuerdo con la información técnica y científica disponible; promover mecanismos de monitoreo y evaluación del impacto al medio ambiente, a la salud humana y animal derivados de la liberación, producción y consumo de dichos organismos, sus productos y subproductos.

Con fundamento en las consideraciones jurídicas y opiniones vertidas anteriormente, esta Comisión concluye lo siguiente:

I. La salud es un requisito esencial de vida para toda la población consagrada en el artículo 4º constitucional como una garantía individual.

II. No se han demostrado científica y tecnológicamente efectos dañinos para la salud por el consumo de productos genéticamente modificados.

III. Con las disposiciones legales vigentes en nuestro sistema jurídico respecto a los organismos genéticamente modificados, el derecho a la salud  está debidamente garantizado.

Por lo expuesto, y con fundamento en los artículos 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Salud emiten el siguiente:

RESOLUTIVO

ÚNICO.- Se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto que adiciona un artículo 282 bis 3 a la Ley General de Salud.

Es importante mencionar que el etiquetado de los alimentos genéticamente modificados o transgénicos, deberá incluirse en la Legislación correspondiente.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados, a 10 de Julio del año 2002.— Diputados: María Eugenia Galván Antillón (rúbrica), Presidenta; Eduardo A. Leines Barrera (rúbrica), Rafael Orozco Martínez (rúbrica), Adela del Carmen Graniel Campos (rúbrica), Héctor Esquiliano Solís (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís, Juan Alcocer Flores (rúbrica), Francisco J. Cantú Torres, Celia Martínez Bárcenas, María Luisa Araceli Domínguez Ramírez (rúbrica), Neftalí S. Escobedo Zoletto (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Federico Granja Ricalde, Policarpo Infante Fierro (rúbrica), Arturo León Lerma (rúbrica), Francisco S. López Brito (rúbrica), Santiago López Hernández, Enrique Meléndez Pérez, Magdalena Núñez Monreal (rúbrica), Felipe Olvera Nieto, Manuel Wistano Orozco Garza (rúbrica), Julieta Prieto Fuhrken (rúbrica), Víctor Antonio García Dávila, Pedro Miguel Rosaldo Salazar, Luis Miguel Santibáñez García, Ernesto Saro Boardman, Olga M. Uriarte Rico, Carlos A. Valenzuela Cabrales (rúbrica), José S. Velázquez Hernández (rúbrica), Juvenal Vidrio Rodríguez

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión el dictamen... No habiendo quien solicite el uso de la palabra, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el mismo.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Suficientemente discutido.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobado el dictamen.

Se devuelve al Senado el expediente para los efectos constitucionales.

IRAK

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El siguiente punto del orden del día es el referente al posicionamiento en relación a la guerra en Irak, a cargo de los grupos parlamentarios de los partidos políticos representados en la Cámara de Diputados.

En consecuencia, tiene el uso de la palabra hasta por tres minutos.

Activen el sonido en la curul del diputado David Sotelo Rosas.

El diputado David Augusto Sotelo Rosas (desde su curul):

Señor Presidente, en virtud del punto que se va abordar de los posicionamientos de los partidos políticos sobre la guerra en Irak, le solicito muy atenta y respetuosamente consultar con los señores diputados, guardar un minuto de silencio en memoria de las víctimas inocentes de esta masacre en Irak, si lo tiene a bien señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Esta Presidencia coincide con su planteamiento y solicito a los presentes y guardar un minuto de silencio por las víctimas inocentes de los acontecimientos de la guerra en Irak.

(La Asamblea guarda un minuto de silencio)

Muchas gracias.

Tiene el uso de la palabra hasta por tres minutos, el diputado José Manuel del Río Virgen.

El diputado José Manuel del Río Virgen:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros:

Los resultados de una invasión imperialista, más que tratarse de una guerra por lo desigual de los ejércitos, en complicidad con José María Aznar y Tony Blair, Bush ha pisoteado a la conciencia internacional.

Compañeras y compañeros diputados, es inadmisible y avergüenza al mundo en su conjunto, ver las imágenes de muertos, mutilados y heridos por doquier, donde sobresalen las caras de niños, mujeres y ancianos, además de la gran violación sistemática que se realizó y se sigue realizando de los derechos fundamentales del hombre por parte de los soldados norteamericanos, de Gran Bretaña y de España.

Sin ningún recato, compañeras y compañeros, ultrajaron la dignidad de los iraquíes y también ultrajaron la dignidad de todos los ciudadanos conscientes del mundo. Los norteamericanos se han aprovechado de que manejan las comunicaciones internacionales, para crear una gran desinformación, para invadir los medios electrónicos de las imágenes que ellos quieren que todos los pueblos del mundo vean.

Es lamentable que se haya usado la fuerza tan sólo con el fin de obtener el petróleo, es más lamentable que todavía se le siga permitiendo que se violen los derechos humanos y se les vaya a permitir que impongan un gobierno que solamente sirva a sus intereses.

Desde esta tribuna, compañeras y compañeros, verdaderamente lamentamos con profunda pena y tristeza el horror de la invasión norteamericana; lamentamos que los norteamericanos se hayan vuelto el soldado del mundo y lamentamos que hayan pisoteado la dignidad de todos los humanos. En mismo Norteamérica esto no se acepta.

Gracias, compañeras y compañeros.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra hasta por tres minutos, el diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social.

El diputado José Antonio Calderón Caldoso:

Con la venia de la Presidencia; señoras y señores diputados:

La ocupación de Estados Unidos en Irak empezó mal y está terminando peor, empezó mal porque privilegió la salida armada y violenta por sobre la vía pacífica y diplomática. Con esta decisión la Unión Americana socavó los principios de derechos internacional que rigen la relación entre las naciones y propinó un severo golpe a la ONU como mecanismo multilateral garante de la paz y seguridad nacionales.

Inició una guerra que sin el aval del Consejo de Seguridad adolecía de legitimidad alguna y por ello toda acción es imputable y de la exclusiva responsabilidad histórica de los Estados Unidos, pero lo que se preveía sucedió: no hay evidencia de que Irak tenga armas de destrucción masiva y sí en cambio, el mundo es testigo de la brutalidad con la que civiles iraquíes, mujeres y niños están siendo mutilados, cercenados y asesinados; pero si esas muertes de inocentes no fueran suficientes, el imperialismo yanqui ha atentado contra la libertad de expresión e información: ha impuesto la censura de los medios de comunicación y hay voces más generalizadas que acusan directamente a los pretorianos norteamericanos de atentar contra el hotel Palestina, donde murieron varios periodistas y es que como decía George Brandest, lo más terrible de la guerra es que mata todo amor a la verdad.

Si el gobierno de los Estados Unidos abrigaba la esperanza de que la opinión pública mundial se le uniera y le dieran el aval moral, lo único que ha conseguido es el repudio a ese ataque ilegal, ilegítimo y brutal. Antes nos opusimos a esa conflagración, hoy exigimos el cese inmediato de la guerra.

Decía Jefferson: “..he visto lo bastante de una guerra para no desear volver a verla ahora”.

Sin embargo, amigas y amigos diputados, la comunidad internacional debe pasar del repudio a la acción directa y decidida. Por lo pronto debemos restaurar el orden y la paz internacionales exigiendo el cese armado al fuego criminal.

Segundo. Tomar las medidas para que la ONU sea la que encabece la reconstrucción de Irak y no los Estados Unidos e Inglaterra, ellos irían solamente por la protección de sus intereses petroleros y no por la ayuda humanitaria a Irak.

Tercero. Debemos y México tiene una gran responsabilidad en ello, trabajar por reorganizar la Organización de las Naciones Unidas.

Queremos terminar con una reflexión: decía Thomas Hobbes en el Leviatán que el ser humano tenía el privilegio de la razón, pero que con frecuencia el privilegio de la razón venía acompañado con el privilegio del absurdo. Hoy, por desgracia, el absurdo se está sobreponiendo a la razón.

Muchas gracias.

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra la diputada Bertha Alicia Simental García, hasta por tres minutos.

La diputada Bertha Alicia Simental García:

Con el permiso de la Presidencia:

Para los nacionalistas, los del Partido de la Sociedad Nacionalista, el que la semana pasada en base en su poderío militar, Bagdad esté ocupada por las fuerzas armadas de una coalición de países ricos y poderosos a los que no les importó violar leyes internacionales ni desacatar la autoridad de organismos que ellos mismos crearon para preservar la paz y el orden mundial, resulta vergonzoso.

La destrucción del pueblo iraquí representa para los nacionalistas el primer genocidio de este milenio. Esta guerra absurda, absurda por ser guerra, absurda porque una vez más vemos impotentes cómo estos países llamados del primer mundo, privilegian sus intereses económicos, sus cotos de poder, por encima de vidas humanas; por encima de la vida de civiles, de hombres, mujeres y niños indefensos, gente que no pidió la guerra, gente que sólo tuvo la mala suerte de nacer en un país con grandes reservas petroleras que despertaron la ambición de terceros.

Los nacionalistas no somos antigringos; consideramos que Estados Unidos es uno de los países más nacionalistas que existen, bueno, no, no, Cuba está en primer lugar. Y precisamente porque sabemos cómo gobiernos estadounidenses defienden a su gente y sus productos en cualquier parte del mundo aunque para ello violen tratados comerciales, cuando esto daña su economía, su campo, su industria. Para ellos primero están ellos.

Es por eso que no podemos comprender cómo un gobierno tan democrático promueve guerras quitando la vida a gente inocente, enarbolándose paladín de la democracia, sólo para repartir las riquezas del país tomado a la fuerza como si una nación fuera un pastel que se puede repartir en rebanadas.

Los nacionalistas estamos a favor de la paz, de la justicia y de la democracia y no debemos dejar que nuestro no a la guerra sea silenciado; no debemos dejar que ningún país por medio de la intimidación, el soborno o el chantaje, obtengan apoyo que legitime acciones bélicas absurdas.

Los nacionalistas estamos a favor de una política exterior democrática basada en el respeto a la soberanía de los estados-nación. Que México haya dicho no, a la guerra, sin duda alguna fue la decisión correcta porque para los nacionalistas Irak es de los iraquíes, porque para el Partido de la Sociedad Nacionalista México es para los mexicanos.

Y hay que recordar compañeros, hay que recordar mexicanos, que nuestro país también tiene petróleo.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señora diputada.

Tiene la palabra el diputado Félix Castellanos Hernández, del Partido del Trabajo, hasta por cinco minutos.

El diputado Félix Castellanos Hernández:

Muchas gracias, con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

Una invasión y una masacre más ha sido perpetrada. en su tiempo fue Panamá. En su tiempo fue República Dominicana, Granada, Corea, Camboya, Vietnam y ahora de la manera más cínica Irak.

Una vez más la viabilidad de la ONU, de sus organismos regionales y sectoriales, han sido cuestionados. Una vez más el Consejo de Seguridad de la ONU ha sido pisoteado y se hace necesario una refundación.

Hace algunos días una delegación de legisladores, de diputadas y diputados y senadoras y senadores estuvimos en Nueva York en el Consejo de Seguridad y discutíamos ahí con la representación mexicana que se hace necesario refundar y redimensionar el Consejo de Seguridad.

Es importante hacer una revisión de la estructura y del funcionamiento del Consejo de Seguridad. No puede ser posible que cinco miembros sean permanentes y tengan derecho a veto. No puede ser posible que 10 invitados sean temporales y rotativos cada dos años sin ninguna determinación importante. No puede ser posible que bajo el pretexto del veto se escude una serie de iniciativas que atentan contra la humanidad.

En el Consejo de Seguridad nosotros consideramos que debe haber una relación igualitaria, una relación entre estados y países. No hay estados pequeños y estados grandes. Debe conformarse y construirse una relación equitativa e igualitaria de respeto en el Consejo de Seguridad.

Nosotros, los mexicanos, nos hemos dado cuenta que el Consejo de Seguridad sanciona a aquellos estados y a aquellos países que no cumplen y no acatan las resoluciones de la ONU. Pero ahora nos preguntamos ¿el Consejo de Seguridad va a sancionar a Estados Unidos, a Inglaterra y a España por no acatar cabalmente la resolución 1441? ¿Algún integrante del Consejo de Seguridad tendrá el valor y la capacidad para presentar una iniciativa ante el pleno del Consejo de Seguridad, como lo hicieron ya los países árabes, a través de su presidente de la Liga de Países Arabes, para pedir una sanción a la violación de las resoluciones del Consejo de Seguridad?

Ante esta situación, compañeras y compañeros legisladores, el Partido del Trabajo y su fracción parlamentaria considera que la Presidencia que México tiene, que esta altísima responsabilidad que México tiene en el Consejo de Seguridad no puede ser desaprovechada.

Por eso nosotros exhortamos al Gobierno Federal para que, a través de sus instancias y nuestro embajador ante el Consejo de Seguridad, México pueda construir una iniciativa que pueda ser conformada y concluida en una resolución que contemple cuando menos los tres siguientes aspectos:

Primero, respeto a la soberanía y al territorio de Irak y un respeto absoluto a la explotación y al aprovechamiento de los recursos naturales, incluido por supuesto el petróleo.

Segundo, conformar un gobierno de transición exclusivamente con las fuerzas políticas y regionales existentes en Irak. Ninguna invasión, ninguna injerencia exterior en ese país.

Tercero, generar una iniciativa de aplicación del derecho internacional humanitario.

Se hace necesario que los organismos internacionales imparciales, en este caso la Cruz Roja Internacional, en este caso la ONU, sean las que se responsabilicen de la aplicación y de la instrumentación de los programas humanitarios y no sea el ejército norteamericano quien se encargue de aplicar, de distribuir la ayuda humanitaria que los organismos internacionales y que los países de diferentes partes del planeta están canalizando para Irak.

Y una cuestión más. Consideramos que todo el patrimonio universal que han generado y que han legado los antiguos babilónicos, los hoy iraquís, y que han heredado a los seres humanos del planeta tiene que ser preservado. Se hace necesario, se hace obligatorio que las fuerzas que ocuparon y que invadieron el territorio de Iraq ahora también salvaguarden el patrimonio que le corresponde a todos los seres humanos de este planeta.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra la diputada Olga Patricia Chozas y Chozas, del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos.

La diputada Olga Patricia Chozas y Chozas:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeros legisladores:

Hoy, ante el eventual dominio militar de Estados Unidos de América sobre Irak, no lo podemos hacer sin recordar y reflexionar que existen millones de personas de las diversas comunidades de ese país árabe que están amenazadas por algunos problemas cruciales como lo son la desigualdad, la pobreza y los conflictos interétnicos.

El grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México manifiesta desde esta tribuna la falta de una verdadera política de respeto entre las naciones y acciones concretas en defensa de los principios que motivaron la creación del órgano internacional que hoy pudiera ser uno de los grandes actores de este conflicto. Me refiero a la Organización de las Naciones Unidas, particularmente a su Consejo de Seguridad, en el cual actualmente nuestro país tiene capacidad de estancia y voto.

Las acciones de esta administración dentro del Consejo de Seguridad, con la representación del embajador Adolfo Aguilar Zinser y la Presidencia que detenta nuestro país, deben de mostrar sin lugar a dudas, que la actitud de este gobierno es la aplicación real del mandato constitucional establecido en su artículo 89, fracción X.

La autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la solución pacífica de las controversias, la proscripción de las amenazas o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales, la igualdad jurídica de los estados, la cooperación internacional para el desarrollo y la lucha por la paz y la seguridad internacionales, deben hacer eco en las Naciones Unidas esta doctrina histórica que ha dado reconocimiento a nuestro país.

Es necesario que el Consejo de las Naciones Unidas sea un instrumento para un auténtico respeto de los derechos fundamentales del hombre, que utilice su fuerza y poder para que sean respetadas las naciones por igual y de esta manera aseguremos con medidas progresivas de carácter internacional, el establecimiento de un orden mundial sin favoritismos ni cortapisas, con un derecho internacional con reconocimiento de aplicación universal y efectivo.

México necesita ser todo lo humano posible para que nunca más se recurra a la guerra como instrumento para la solución de controversias.

La errónea interpretación por parte de Estados Unidos, Reino Unido y España, de la resolución 1441 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, es una reminiscencia de un pasado expansionista y colonizador.

Por lo que la lucha enarbolada por la llamada coalición, no sólo carece de toda legitimidad, sino incluso es totalmente injusta.

Abusando del estado que guardaba la gestión política en el Consejo de Seguridad, nos encontramos en una guerra indefectible que podría tener consecuencias muy graves en la estabilidad y futuro del orden mundial.

La conciencia de México está incólume; nuestra postura como nación es el mejor elemento para definir y orientar nuestras acciones, que aunque en ocasiones contravengan las percepciones de nuestros socios vecinos, deberán de ser siempre eje de nuestro sentir nacional.

Está Cámara de Diputados sobre estas premisas puede crear las condiciones que efectivamente contribuyan a la unidad mundial y profundizar las bases de la convivencia entre todos los seres humanos.

Por ello el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México apoya a todas y cada una de las medidas que pudieran aligerar la tragedia que se cierne sobre la humanidad y que son afines al derecho internacional.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señora diputada.

Tiene la palabra el diputado Enrique Herrera y Bruquetas, del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.

El diputado Angel Enrique Herrera y Bruquetas:

Con su venia, señora Presidenta, compañeras y compañeros diputados:

Tiempos de luto, tiempos de desvergüenza, de miseria y de lágrimas; tiempos de crepúsculo, no de aurora.

La guerra preventiva y la guerra de invasión en la que se ventila la hegemonía universal de una sola nación, no se justifica bajo ningún pretexto.

Hacerla a nombre de Dios, de la razón de Estado, de la geopolítica del petróleo o de esa democracia plutocrática que ya ni siquiera alcahueta respetuosa es, significa un nuevo y gigantesco holocausto para la humanidad.

El grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática hace suyas las tesis expuestas por el comité ejecutivo nacional del PRD sobre el conflicto de Irak que interpretan el sentir de decenas de miles de perredistas y seguramente el de millones de mexicanas y de mexicanos. En forma resumida son las siguientes:

1o. Ante los últimos acontecimientos de la guerra contra Irak derivado del ingreso a Bagdad de los invasores norteamericanos, el problema humanitario se agrava ante la falta de recursos de atención y por la inseguridad debido al caos imperante que deja el vacío del poder.

Ante ello el PRD exige que la ONU garantice las condiciones para atender inmediatamente y sin discriminación a la población afectada. La distribución de la ayuda humanitaria debe estar bajo la dirección y coordinación del Comité Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y la prioridad deben ser los niños.

2o. El PRD le demanda al Gobierno mexicano promover, a través de su representación en la Presidencia del Consejo de Seguridad, la convocatoria a la Asamblea General de la ONU para que se exija el cese inmediato al fuego y la retirada de las fuerzas invasoras y pueda llegar la ayuda humanitaria.

3o. Para el PRD es inaceptable, legal y moralmente el reconocimiento de gobiernos impuestos por la fuerza de las armas invasoras en cualquier parte del mundo.

4o. Exigimos el respeto irrestricto de los derechos humanos, civiles, económicos, sociales y culturales de toda la población iraquí, incluyendo a los combatientes.

5o. La administración de cualquier modalidad de transición política corresponde a la ONU en todos los aspectos, incluyendo los sociales y económicos.

6o. El PRD exige una evaluación exhaustiva, imparcial e independiente de todos los daños provocados por la guerra y en especial de los bombardeos y del uso del nuevo tipo de armas prohibidas y demandamos el enjuiciamiento y castigo de los responsables de crímenes de guerra y de lesa humanidad.

Compañeras y compañeros diputados:

El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en París la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, derechos hoy aplastados sumariamente en nombre de la guerra. No hay igualdad jurídica de los estados, no hay respeto ni justicia para la fuerza imperial.

¡Se nos muere entre las manos la Organización de las Naciones Unidas! ¡Ojalá que no estemos asistiendo a sus funerales!

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra el diputado Tarcisio Navarrete Montes de Oca, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, hasta por cinco minutos

El diputado Tarcisio Navarrete Montes de oca:

Con su permiso, señora Presidenta.

Las evidencias recogidas y documentadas por la prensa y televisión internacionales, por la Cruz Roja Internacional, organismos humanitarios, dan cuenta de una gran cantidad de muertos y heridos de la población civil iraquí, así como cuantiosos daños en sus propiedades urgentes y graves carencias en materia de atención médica y hospitalaria. Hay alarmante escasez de alimentos, agua, vivienda y otros bienes y servicios fundamentales que requiere la población, así como la necesaria reconstrucción de toda la infraestructura.

Esperamos la solidaridad internacional para hacer frente a esta necesidad. Han surgido también brotes de anarquía, saqueo e ingobernabilidad en varias ciudades. Se han constatado muertes y heridas sufridas por periodistas internacionales acreditados en Irak y nos solidarizamos con el luto del gremio y esperamos se esclarezcan las circunstancias en que se dio el ataque al hotel donde estaban hospedados.

Como hemos manifestado anteriormente, exigimos que las fuerzas de la coalición aliada respete en los términos de la Convención de Ginebra de 1949, relativa a la protección de civiles en tiempos de guerra.

Nos sumamos a la exigencia de la comunidad internacional, que demanda la protección de los derechos humanos de la población civil que se encuentra en Irak. Exigimos respeto a los derechos humanos en Irak.

Y en este momento aprovecho también para condenar otras violaciones a derechos humanos por las ejecuciones que han ocurrido en estos días en Cuba. Condenamos esos juicios al vapor y nos preguntamos a qué le teme el régimen de Castro, que reprime a un movimiento democrático.

Y quiero decir que precisamente es grave, con distintas consecuencias por supuesto, despreciar el papel del Consejo de Seguridad en el caso de la guerra de Irak, pero también es preocupante en otra escala, despreciar las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos en Ginebra.

Se ve en Ginebra venir un voto crítico, responsable, de México. Pero ¿qué esperaba el gobierno de Castro? ¿Que lo felicitáramos por estas ejecuciones? No señores. Y por eso hoy queremos que lo mismo en Irak que en Estados Unidos, que en Europa, que en Cuba, se respeten los derechos humanos, que en México se respeten los derechos humanos.

No tenemos distinciones nosotros por la sencilla razón de que no hay fronteras para la defensa de los derechos humanos y esperamos y exhortamos a todas las naciones a rea-lizar esfuerzos necesarios a fin de restablecer la autoridad y eficacia de la Organización de las Naciones Unidas en materia de mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, así como en las múltiples tareas para la reconstrucción de Irak y su retorno a la normalidad institucional, a la paz y a la gobernabilidad.

Demandamos a las fuerzas de la coalición respetar y proteger la integridad física y profesional de los periodistas acreditados en Irak.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Rodolfo Echeverría Ruiz, del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos.

El diputado Rodolfo Antonio Echeverría Ruiz:

Señora diputada Presidenta de nuestra Cámara; señoras diputadas; señores diputados:

Hay guerras legales y hay guerras ilegales. Las primeras se avienen a las convenciones internacionales, al derecho, a la razón, al buen juicio, al patriotismo y al honor y a la moral militares. Lo que el mundo ha presenciado durante las últimas semanas no es una guerra legal, es una invasión que como las de la Edad Media supone una auténtica guerra de conquista.

Desde que se amenazó al mundo con la nefanda teoría del destino manifiesto hasta las ejecuciones inmisericordes de la Doctrina Monroe, hemos padecido una cadena interminable de guerras de invasión. Es una invasión contra el pueblo de Irak, no sólo contra Sadam Hussein, el injerencismo belicista norteamericano ha creado a sus propios monstruos, creó, armó, dirigió a Osama Bin Laden, a la Fuerza Talibán en Afganistán, a Noriega en Panamá y luego hicieron la guerra para terminar con ellos.

Nada más alejado de mis palabras que la de emprender una impresentable defensa de un sátrapa liberticida como Sadam, pero nadie tiene derecho a liberar a un pueblo arrollándolo, matándolo, bombardeándolo, aniquilándolo y apoderándose de sus riquezas petroleras.

Los soldados invasores, muchos a costa de sus vidas han destruido a Irak para que ahora los grandes capitales nor-teamericanos de la industria de la construcción vayan a reconstruirlo: negocio redondo.

“Líbrame Señor de mis libertadores —de mis liberadores dejó escrito Gibran Jalil—, que de mis tiranos me libro yo. ”

Pido que se suspenda el conteo del tiempo, señora Presidenta, que parece que hay una alarma sísmica, ¿no es así?

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Continúe señor diputado, están investigando.

El diputado Rodolfo Antonio Echeverría Ruiz:

México es el país del mundo que probablemente ha padecido mayor número de invasiones, García Cantú las tiene documentadas en un libro memorable que apenas acaba de reeditar nuestra Secretaría de la Defensa Nacional. Son 286 acciones hostiles contra México, invasiones, amagos, mutilaciones, mutilaciones territoriales, amenazas y bloqueos, el saldo: California, Nevada, Utah, Arizona, Colorado, Nuevo México, Oklahoma y Texas.

En 1846 es invadido México, Guillermo Prieto se ocupó en sus memorias de describir cómo durante 10 meses la bandera norteamericana estuvo izada en el asta de Palacio Nacional e inclusive los días 15 y 16 de septiembre de 1848, en 1859 Juárez desde Veracruz tiene que resistir el acoso de las cañoneras norteamericanas Surtas en la costa veracruzana, Surtas frente a la costa veracruzana, en 1862 la Invasión francesa, nuestro 5 de mayo, en 1814 otra vez Veracruz y su heroica defensa y la inmolación de los heroicos cadetes de la Escuela Naval.

En 1916 Pershing ingresa a territorio mexicano para buscar a Francisco Villa y en 1918 en la Conferencia de Paz de Parías, vuelven a insistir en una nueva versión del destino. Manifiesto: América para los americanos y es precisamente uno de los padres de nuestra política exterior, Venustiano Carranza el que nunca, nunca reconoció la doctrina Monroe.

Señores diputados, la política exterior mexicana —ya termino— la política exterior mexicana es hija del dolor, de la sangre, de la invasión y de la mutilación territorial, lenguaje de palomas si se quiere, pero antiintervencionista y antibélico.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Pasamos al capítulo de excitativas en el orden del día y tiene la palabra el diputado Miguel Angel Mancilla Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

El diputado Miguel Angel de Jesús Mantilla Martínez:

Con su permiso, señora Presidenta:

Miguel Angel Mantilla Martínez, en mi calidad de diputado federal de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del grupo parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en lo que establece en los artículos 22 fracciones III y XVI, 87 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del propio Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente de esta Presidencia, tenga a bien formular excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, a efecto de que proceda al análisis, discusión y dictamen de las reformas al artículo 7o., de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, al tenor de los siguientes

ANTECEDENTES

El 30 de octubre de 2001, el diputado Germán Arturo Pellegrini Pérez, del grupo parlamentario de Acción Nacional, presentó una iniciativa de reformas al artículo 7o., de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

Con las reformas se proponía… la iniciativa se prohibía estrictamente que cualquier corriente, partido o agrupación política haga uso de la combinación de los colores de la bandera nacional, de sus emblemas o propaganda.

Toda vez que aún no se emite el dictamen correspondiente, los diputados de Acción Nacional, quienes siempre nos hemos mantenido respetuosos de los símbolos patrios, insistimos y hacemos énfasis en la necesidad de impulsar reformas que garanticen que no se haga un uso deshonesto de los símbolos patrios al tenor de las siguientes

CONSIDERACIONES

En 1984, se expidió la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, con el propósito de velar por el respeto y veneración de nuestros símbolos patrios que están inspirados por el poder consolidador de nuestra bandera, escudo e himno en las acciones nacionalistas y patrióticas que impulsan, que han sido, son y serán transmisibles a todos los ámbitos de la vida nacional.

Esta ley otorga el marco legal de las manifestaciones sociales que se producen para honrarlos. En esta ley se establece que previa autorización de la Secretaría de Gobernación, las autoridades, las instituciones o agrupaciones y los planteles educativos, podrán inscribir en la Bandera Nacional sus denominaciones siempre que esto contribuya al culto de los símbolos patrios.

Sin embargo, se ha consentido principalmente a partidos y agrupaciones políticas utilizar los colores distintivos de la Bandera Nacional con fines distintos a los que señala la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales evidenciando una violación a lo mismo.

Los diputados de Acción Nacional, siempre nos hemos mostrado respetuosos de los símbolos patrios y nos hemos sumado a los argumentos de otros legisladores, en el sentido de que los símbolos patrios deben preservarse de mistificaciones y alteraciones para que puedan afirmar definitivamente su respetabilidad y permanencia.

Hoy más que nunca, en aras de una real y auténtica democracia, consideramos nuestro deber pugnar por crear condiciones legales y justas para evitar la confusión entre los emblemas o signos partidistas con los símbolos patrios, los cuales de ninguna manera deben identificar a un solo sector o parte de la población, sino a toda la nación y por ende a todos los mexicanos.

Todo ello ha sido planteado con anterioridad en la LVIII Legislatura, cuando se propuso adicionar un párrafo al artículo 7o., de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, con objeto de prohibir a todo partido político la utilización en cualquier forma, de la combinación de los colores de la bandera, de sus emblemas y propagandas, así como hacer cualquier otra inscripción en la Bandera Nacional, iniciativa que pasó a ser competencia de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

Por todo lo anterior, expreso lo siguiente

CONSIDERACIONES DE DERECHO

Dado que aún no se dictamina la iniciativa en mención, con fundamento en el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito respetuosamente presenta esta solicitud para el Presidente de la Cámara de Diputados, a fin de que formule excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con el propósito que dictamine a la brevedad posible, respecto a la iniciativa de reforma al artículo 7o., de la Ley Sobre el  Escudo la Bandera y el Himno Nacionales.

Por lo antes expuesto y fundado ante usted, señora Presidenta, atentamente pido:

Unico. Tenga por presentada esta solicitud de excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para que presente su dictamen respecto de la iniciativa de reformas al artículo 7 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, presentada por el diputado Germán Arturo Pellegrini Pérez en la presente Legislatura.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 14 días del mes de abril de 2003.— Dip. Miguel Angel Mantilla Martínez (rúbrica).»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

De conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para que emita el dictamen correspondiente.

TRABAJO DOMESTICO

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra la diputada Josefina Hinojosa Herrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una excitativa a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

La diputada Josefina Hinojosa Herrera:

Con su permiso, señora Presidenta:

De conformidad a los artículos 87 y 21 del Reglamento de esta Cámara y en virtud de la aprobación que el pasado jueves hizo este honorable pleno, de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación, le solicito excitar a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para que dictaminen la iniciativa de reformas que en esta materia presenté.

Lo anterior, señora Presidenta; compañeras y compañeros en virtud de las siguientes consideraciones:

Primero. En sesión de esta honorable Asamblea el martes 23 de abril del 2002, presenté la iniciativa de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social en materia de trabajo doméstico, misma que fue turnada a las comisiones mencionadas para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el que a casi un año de iniciado el procedimiento constitucional de reforma de leyes, no ha sido presentada.

Segundo. Mediante la propuesta de reformas a los artículos 331, 335, la adición de una fracción IV al artículo 337 y la derogación del artículo 338 de la Ley Federal del Trabajo, así como la derogación de la fracción II del artículo 3o., de la Ley del Seguro Social, se pretende que los y las trabajadoras domésticas sean parte de la seguridad social obligatoria, a fin de evitar esa diferenciación inútil que se hace de éste con el trabajador ordinario, como si el trabajo del hogar no generara ningún beneficio.

Tercero. La importancia de aprobar la iniciativa la establezco en relación a lo siguiente:

Dada una legislación incompleta y la inexistencia de una cultura de respeto a las trabajadoras domésticas, la discriminación, el racismo, el abuso sexual, las violaciones, los bajos salarios y las jornadas por más de ocho horas continúan.

En la iniciativa se argumentó que el trabajo doméstico es una verdadera relación jurídica de trabajo, de naturaleza contractual y cuyo contenido se traduce en la prestación de servicios de carácter doméstico; no podemos seguir actuando como si no existieran, porque no son sujetas de derechos y casi no se hablan de ellas en la ley. Por eso se debe proceder a la reforma.

En el trabajo doméstico lo esencial no es la actividad, sino la naturaleza del lugar en que se realiza y la finalidad que se persigue. Según los datos de la Encuesta Nacional de Empleo son trabajadoras domésticas, más de 1 mil 700 mil mujeres, entre 15 y 70 años de edad, representando el 89% del total de ocupados en estas labores.

Este trabajo ha aumentado constantemente. Hoy las trabajadores domésticas representan más del 12% de la población ocupada y están en el mercado personas generalmente analfabetas y semianalfabetas. El ingreso de las mujeres en el trabajo doméstico corresponde a sólo el 23% del ingreso de los trabajadores del sector formal. De igual manera de las mujeres que trabajan en el servicio doméstico, sólo el 16.2% cotiza en algún sistema de seguridad social.

Como ya lo mencioné en esta situación laboral existen una serie de perjuicios de toda clase y actitudes discriminatorias enraizadas en nuestra sociedad, que traen como consecuencia que tanto la empleada del hogar como su trabajo sean subvalorados sistemáticamente. Es por ello que esta Cámara deberá trabajar con empeño para que las personas dedicadas a estos trabajos fortalezcan sus derechos laborales, para proveerlas de seguridad social y se desarrolle una cultura del valor que representa su trabajo para que tanto los empleadores como la sociedad y el Estado se responsabilicen de su cumplimiento.

Por lo anteriormente expuesto y fundado a usted. diputado Presidente de esta asamblea, atentamente pido:

Unico. Excite y envíe el presente documento a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social para que a la brevedad posible presenten el dictamen correspondiente a la iniciativa de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social en materia de trabajo doméstico, presentada el 23 de abril de 2002.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2003.— Dip. Josefina Hinojosa Herrera (rúbrica).

Es cuanto, señora Presidenta.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señora diputada.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social para que emitan el dictamen correspondiente.

Tiene la palabra el diputado Amador Rodríguez Lozano. No se encuentra en el salón, se pospone para el final de este apartado.

 

TRATADOS INTERNACIONALES

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

La siguiente excitativa agendada por el diputado Marco Antonio Dávila Montesinos, a petición del mismo diputado se pospone para próxima sesión.

Tiene la palabra la diputada Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista, para presentar una excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales.

La diputada Norma Patricia Riojas Santana:

Con el permiso de la Presidencia:

A nombre de los integrantes del Partido de la Sociedad Nacionalista, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, hago uso de esta tribuna para solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, formule una segunda excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales para que a la brevedad posible presente al pleno de esta soberanía el dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 73, 76 fracción I, 89 fracción X y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta iniciativa es de gran importancia porque dotaría al Congreso de la Unión la facultad de analizar, revisar y evaluar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal, además de aprobar los tratados y convenciones internacionales que celebre el Ejecutivo de la Unión.

En obviedad del tiempo sólo haré algunas consideraciones, por lo que solicito que el texto íntegro de la excitativa se inscriba en el Diario de los Debates.

Compañeras y compañeros legisladores. A los nacionalistas, a los del Partido de la Sociedad Nacionalista, nos resulta incongruente y si reiteradamente declaramos que el Poder Legislativo está cumpliendo cabalmente su labor, existe un sinfín de iniciativas que aún se encuentran durmiendo el sueño de los justos. No es posible que las comisiones de la Cámara de Diputados hagan caso omiso a los términos y trámites que nuestro marco jurídico nos establece. Qué absurdo es que aquí, donde se hacen las leyes, los legisladores seamos los que principalmente violemos las normas.

A los legisladores nacionalistas nos resulta penoso tener que estar haciendo uso de esta tribuna para presentar una excitativa tras otra, para pedirles a las comisiones a que estudien, analicen y dictaminen las iniciativas que les son turnadas, en pocas palabras: para que realicen su trabajo.

El tiempo que ocupamos en la presentación de excitativas debería ser un tiempo destinado a discutir, dialogar sobre los grandes problemas nacionales. Si las comisiones cumplieran en un término perentorio su labor de dictamen, no tendríamos por qué estar presentando tantas excitativas.

Los legisladores nacionalistas no nos explicamos la razón por la cual la Comisión de Puntos Constitucionales no ha dictaminado en un solo documento, la iniciativa de reformas que presenté hace casi un año y las diversas iniciativas que se han presentado posteriormente sobre el mismo tema.

Es por ello que ante este caso omiso que hizo la Comisión de Puntos Constitucionales a la primera excitativa formulada por la Presidencia de esta Mesa Directiva, hoy nuevamente solicito a esta Presidencia, se sirva excitar e instruir día y hora determinado para que la Comisión de Puntos Constitucionales presente en este periodo de sesiones, el dictamen que corresponde a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 73, 76 fracción I, 89 fracción X y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Es cuanto, señora Presidenta.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Dip. Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Los suscritos diputados federales a la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del Partido de la Sociedad Nacionalista, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos de esta Presidencia tenga a bien formular una segunda excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales para que a la brevedad posible dictamine para su presentación en el Pleno de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 73; 76, fracción I; 89, fracción X; y 133, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de los siguientes

Antecedentes

El 11 de abril de 2002, la que suscribe presentó a nombre de los diputados integrantes del Partido de la Sociedad Nacionalista, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 73; 76, fracción I; 89, fracción X; y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de otorgar al Congreso de la Unión la facultad de analizar, revisar y evaluar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo federal; además de aprobar los tratados internacionales y convenciones que celebre el Ejecutivo de la Unión.

El 8 de octubre del año próximo pasado presenté excitativa para que se dictaminara dicha iniciativa por haber transcurrido en exceso el término de cinco días que tienen las comisiones para que dictaminen los asuntos que se les turnan, de conformidad con el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso.

En razón de lo anterior se expresan las siguientes

Consideraciones

Primero. Que la ley es definida como el acto emanado de un órgano legislativo, resultado de un proceso descrito en la Constitución Federal o local, en el cual se regulan situaciones jurídicas para el futuro y sus características son: ser abstracta, impersonal, general y de observancia general, que contiene una sanción directa o indirecta en caso de inobservancia.

Segundo. Que existen actos materialmente legislativos, pero formalmente ejecutivos como lo es la suscripción por parte del Ejecutivo federal de los tratados y convenciones internacionales, sin embargo a pesar de que estos concordatos tienen las características de una ley no siguen para su aprobación el mismo procedimiento de creación de leyes.

Tercero. Que el 11 de mayo de 1999, el pleno de la Suprema Corte de Justicia, por unanimidad de 10 votos, resolvió el amparo en revisión 1475/98, en el cual establecen el criterio de considerar a los tratados internacionales como jerárquicamente superiores a las normas federales, por lo que aumenta la importancia de los tratados como elementos jurídicos internos.

Cuarto. Que tanto dentro de la doctrina como de la interpretación jurisprudencia, la Constitución está en la cúspide y en segundo plano se encuentran todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, asimismo el artículo 133 constitucional señala que éstos tratados serán la “Ley Suprema de toda la Unión”.

Quinto. Que con fundamento en la fracción I del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es facultad exclusiva del Senado de la República aprobar los tratados internacionales y las convenciones diplomáticas que suscriba el Ejecutivo federal en uso de la facultad otorgada en la fracción X del artículo 89 constitucional.

Sexto. Que los tratados internacionales tienen su origen en la voluntad soberana del pueblo que está expresada en la Constitución y precisamente en ella residen los fundamentos de los Estados para la adhesión a los tratados internacionales.

Séptimo. Que los tratados internacionales se definen como el acuerdo de voluntades de dos o más Estados, por medio del cual se crean, modifican y se otorgan derechos e imponen obligaciones a las partes contratantes, establecen reglas de conducta a los participantes, produciendo efectos en su régimen jurídico, que impactan en las políticas económicas y sociales y modifican la vida de todos los mexicanos.

Octavo. Que la suscripción y aprobación de los tratados internacionales y convenciones diplomáticas no sólo obligan al Ejecutivo de la Unión y al Senado de la República a su observancia, por el contrario recae sobre la población mexicana en su totalidad y es la Cámara de Diputados quien representa a la nación fundamentalmente en su aspecto popular.

Noveno. Que en virtud de que la Cámara de Diputados es quien representa a la nación resulta obvio, necesario y congruente con los principios constitucionales que rigen el Estado de derecho mexicano, que sea el Congreso de la Unión el facultado en aprobar los tratados internacionales y evaluar la política exterior realizada por el Ejecutivo, es decir, que los tratados internacionales y las convenciones diplomáticas se sujeten a un proceso bicamaral de aprobación, para lograr una verdadera representatividad de toda la población mexicana en la toma decisiones del poder público. Si bien la posición de la Cámara de Senadores es significativa no es suficiente, pues no se logra un equilibrio entre los órganos que intervienen en la elaboración de las normas en cuestión.

Décimo. Que con fundamento en la resolución en comento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se debe de tener mucho cuidado en la revisión de los tratados internacionales, a estas alturas del desarrollo político de México no es suficiente que el Senado apruebe los tratados internacionales, sino que ésta debe de ser una función del Congreso, así lo exige la necesidad de un mayor cuidado en la celebración de compromisos internacionales.

Décimo primero. Que en el contexto de globalización que hoy vive el Estado mexicano, no sólo el Ejecutivo federal y los agentes del mercado tienen derecho a influir en la política internacional del país, también los ciudadanos a través de sus representantes populares tanto senadores como diputados. Que es el Congreso de la Unión en su integridad el que debe de participar en la evaluación de la política cuya dirección y ejecución corresponde al Ejecutivo.

Décimo segundo. Que toda vez que la Comisión de Puntos Constitucionales no ha cumplido con la labor que constitucional y legalmente tiene encomendada, y que haciendo caso omiso de la primera excitativa que le formuló la Presidencia de esta Cámara de Diputados, hoy acudo ante esta honorable asamblea invocando el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para que la Presidencia de esta Mesa Directiva excite a la comisión antes mencionada a efecto de que dictamine la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 73; 76, fracción I; 89, fracción X; y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto y fundado, a usted, Presidente de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, muy atentamente solicito se sirva:

Unico. En los términos de los antecedentes y consideraciones expuestas, así como de conformidad con los preceptos legales invocados, se sirva excitar e instruir día y hora determinado, para que la Comisión de Puntos Constitucionales presente en este periodo de sesiones el dictamen que corresponde a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 73; 76, fracción I; 89, fracción X; y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dado en el Palacio Legislativo, el día 14 de abril de 2003.— Diputados: Gustavo Riojas Santana, Bertha Alicia Simental García, Norma Patricia Riojas Santana (rúbricas).»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señora diputada.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Puntos Constitucionales para que emita el dictamen correspondiente.

Y en virtud de que es la segunda excitativa, se fija el día 28 de abril para que se presente dicho dictamen a la Asamblea.

 

ESTADO DE CHIAPAS

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra el diputado Santiago López Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una excitativa a la Comisión de la Reforma Agraria.

El diputado Santiago López Hernández:

El que suscribe, Santiago López Hernández, en mi calidad de diputado de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, se sirva excitar a la Comisión de Reforma Agraria para que proceda al análisis y presentación del dictamen el asunto que me permito presentar, al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones:

Con fecha 30 de abril del 2002, el suscrito presentó una proposición con punto de acuerdo para que la Secretaría de Reforma Agraria constituya un Fondo para la Reubicación de los Campesinos de la Región de Montes Azules, la cual fue turnada por el Presidente de la Mesa Directiva en esta misma fecha para su análisis y dictamen de la Comisión de la Reforma Agraria.

CONSIDERACIONES

La Secretaría de la Reforma Agraria ha estado trabajando en la integración del censo de los centros de población de los municipios que conforman la región de Montes Azules.

El proyecto de reacomodo es una propuesta, sin embargo puede haber otras alternativas, puede transformarse realmente una reserva con todas las garantías y reserva de ley que procure mantener al margen de discusiones que sigan afectando la ya de por sí deteriorada reserva.

En ambos casos se requiere de un recurso especial si se optara por lo segundo, que es más viable que tendríamos que aprovechar la materia prima que son los recursos humanos capacitando a los presuntos invasores para que éstos sean quienes resguarden dicho bien.

Desde luego que no estamos de acuerdo con ningún desa-lojo si no se nos ofrece algo digno. Pero tampoco aprobamos que arbitrariamente cualquier grupo en nombre de cualquier bandera o tendencia se posesionan de un bien nacional, porque la solución a la pobreza no radica en el reparto de este bien común ni seguir extendiéndose las invasiones que se da ésta hoy en Ocosingo, como una segunda etapa después de las invasiones que surgieron en el 1994.

Ante la incapacidad y falta de gobernabilidad de un estado que con su silencio legitima acciones que violente el Estado de Derecho, creando un polvorín que amenaza con estallar en esta zona, insisto, la pobreza no se va a resolver invadiendo todo Montes Azules ni todos los predios de Chiapas y que la parecer puede suceder la excesiva tolerancia, puede tener dos implicaciones que puede desatar posteriormente una cacería que puede tener implicaciones sociales más graves.

La solución a la pobreza es otorgando más recursos al campo, tecnificando el proceso de producción.

Todo lo anterior ha sido ya planteado a través de la proposición con punto de acuerdo mencionado en el capítulo de antecedentes, no obstante que ha vencido el término que indica el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y al no existir dictamen sobre dichos asuntos, me permito presentar esta excitativa, por lo que vengo a solicitar respetuosamente a la Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, se sirva efectuar la excitativa propuesta en los términos siguientes:

Unico. Se excite a la Comisión de Reforma Agraria a efecto de que se analice y proceda a presentar dicho dictamen ante el pleno de esta Cámara en relación a la proposición con punto de acuerdo, para que la Secretaría de la Reforma Agraria, constituya un fondo para la rehabilitación de los campesinos indígenas de la región de Montes Azules.

Atentamente.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 8 de abril 2003.— Diputado Santiago López Hernández.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Reforma Agraria para que emita el dictamen correspondiente.

COFIPE

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra el diputado Miguel Angel Mantilla Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

El diputado Miguel Angel de Jesús Mantilla Martínez:

Gracias, con su permiso señora Presidenta.:

Miguel Angel Mantilla con todos los fundamentos de ley, solicito respetuosamente de esta Presidencia, tenga a bien formular excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública a efecto de que proceda al análisis, discusión y dictamen de la iniciativa de reformas a diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para establecer de manera clara y precisa la prohibición a cualquier corriente política de utilizar nuestros símbolos patrios a tenor de los siguientes antecedentes:

Con fecha 25 de octubre de 2001 el diputado Ricardo Sheffield Padilla del grupo parlamentario de Acción Nacional, presentó ante esta honorable Asamblea una iniciativa de reformas a los artículos 5o, 27 y 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Con las reformas presentadas en la iniciativa en comento, quedaría finalmente regulado por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de utilizar la prohibición para cualquier partido o agrupación política, de utilizar los símbolos patrios, ya sea en el Escudo Nacional, los colores o la combinación de colores de la Bandera Nacional en cualquier forma, así como la letra o música del Himno Nacional Mexicano, toda vez que aun no se emite el dictamen correspondiente a dicha iniciativa, los diputados de Acción Nacional, insistimos y hacemos énfasis en la necesidad de impulsar las reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, por las siguientes

CONSIDERACIONES

En la mayoría de las legislaciones electorales iberoamericanas, se establece que si los emblemas o distintivos ya se encuentran registrados a un partido político o representa en similitud gráfica o fonética con algún emblema electoral o gubernamental ya existente, no podrán ser aceptados hasta que no se modifiquen para lograr su aprobación definitiva por parte del organismo electoral, que tiene a su cargo la aceptación o rechazo de la formación de un partido.

Así también en estas legislaciones se prohíbe el registro de emblemas o logotipos, tales como cualquier símbolo patrio, nombres de personas naturales o lo que atenten contra la moral y buenas costumbres del país.

Esto se debe, entre otras cosas, a que en la gran mayoría de las ocasiones, las aceptaciones de entidades públicas o las acepciones de entidades públicas o programas, dependen en gran medida de representatividad, que tengan sus distintivos y del impacto social que logren, al ser relacionados con aspectos emocionalmente significativos para la población, de ahí la tendencia a utilizar símbolos y figuras íntimamente ligadas con la historia o la trascendencia en el desarrollo nacional.

En nuestro país se ha permitido a programas, organismos gubernamentales y partidos políticos, tener emblemas y logotipos que permitan a los gobernadores y a los gobernados y al electorado distinguirlos o identificarlos con emblemas, símbolos patrios o instituciones públicas y ello ha sido de gran importancia en el manejo de campañas publicitarias, pues como es lógico, la propaganda que se usa es fácilmente identificable para los distintos sectores sociales.

El proceso democratizador que está viviendo el país exige el respeto por parte de todos los actores políticos de los símbolos patrios que identifican la unidad de todos los mexicanos y que han sido producto de una lucha librada a través de los siglos para lograr la consolidación de una nación como la nuestra.

El que ciudadanos, partidos o agrupaciones políticas utilicen nuestra Bandera, Escudo e Himno Nacionales o reutilicen los emblemas o logotipos que se identifican con programas o instituciones públicas vigentes o ya desapa- recidas es totalmente deshonesto.

Reformar nuestros marcos jurídicos electorales para establecer de manera clara y precisa la prohibición a cualquier corriente política de utilizar símbolos patrios y en cualquier forma, así como los emblemas o distintivos ya existentes de cualquier dependencia o programa gubernamental para evitar así desventajas entre candidatos o partidos y confusión entre los electores, es una demanda de la población que ha sido llevada hasta esta honorable tribuna durante esta legislatura por el diputado Ricardo Sheffield y turnada para su análisis, discusión y dictamen de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

Por lo anterior y dado que ha transcurrido más tiempo del establecido para dictaminar una iniciativa quiero establecer, además, las siguientes consideraciones de derecho:

Dadas las consideraciones anteriores y en virtud de que a la fecha no se ha dictaminado la iniciativa presentada el 25 de octubre de 2001, hoy concurro ante esta honorable Cámara invocando el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, solicitando a la Presidencia de esta Mesa Directiva formule la excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, a efecto de que dictamine a la brevedad posible respecto a la iniciativa de reformas a diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Por lo antes expuesto y fundado, a usted, C. Presidente de la H. Cámara de Diputados en turno, atentamente solicito:

Unico. Tenga por presentada esta solicitud de excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para que presente su dictamen respecto de la iniciativa de reformas a diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para establecer de manera clara y precisa la prohibición a cualquier corriente política de utilizar nuestros símbolos patrios, presentada por el diputado Ricardo Sheffield Padilla, del grupo parlamentario del PAN, en esta LVIII Legislatura.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Sede de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 14 días del mes de abril del 2003.— Dip. Miguel Angel Mantilla Martínez (rúbrica).»

Gracias.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, para que emita el dictamen correspondiente.

MATERIA LABORAL

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra el diputado Manuel Duarte Ramírez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales.

El diputado Manuel Duarte Ramírez:

Con el permiso de la Presidencia:

Antecedentes y consideraciones

El 31 de octubre de 2002, el diputado Víctor Manuel Ochoa Camposeco presentó a nombre del grupo parlamentario del PRD y de diputados del Partido del Trabajo, del Partido Revolucionario Institucional, del Partido Acción Nacional y del Partido Convergencia por la Democracia, la iniciativa de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de los artículos 74, 78, 102, 115, 116 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos referidos a temas del trabajo.

En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: “túrnese a las comisiones de Puntos Constitucionales y del Trabajo y Previsión Social”.

En la iniciativa de reformas constitucionales referida se propone reformar el marco constitucional para derogar el apartado B del artículo 123 de la Carta Fundamental y erradicar con ello la discriminación de los trabajadores entre quienes tienen derechos plenos y quienes no lo tienen, otorgando derechos colectivos hasta los hoy negados a los servidores públicos de nivel federal, asimismo para incluir en dicho precepto a los Trabajadores al Servicio del Estado y de los municipios, lo que implica reformar los artículos 115 y 116 del mismo ordenamiento.

Se propone elevar a rango constitucional la libertad positiva de afiliación sindical, así como el derecho a la contratación colectiva, se crea el Registro Público Nacional de Organizaciones Sindicales y Contratos Colectivos de Trabajo, que junto con el Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades, que sustituye a la inoperante Comisión de Salarios Mínimos, son instituciones ideales para encarar con mayor éxito el reto de la democracia en la formación de sindicatos y la firma de contratos, así como elevar el ingreso de los trabajadores.

Un cambio fundamental entre otros que contiene la iniciativa es la sustitución de las juntas de Conciliación y Arbitraje por jueces laborales dependientes del Poder Judicial de la Federación o local, según su competencia. Para no-sotros la justicia laboral requiere de tribunales imparciales, eficaces e independientes. condiciones que las actuales juntas de conciliación no garantizan.

Finalmente se propone facultar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para conocer de los asuntos laborales, atribución que se hace extensiva a las comisiones estatales de Derechos Humanos, lo que implica reformar el artículo 102 constitucional.

Para acometer la reforma laboral se han instalado cinco grupos de trabajo en donde participan senadores y diputados. Los trabajos en conferencia permitirán a las dos cámaras del Congreso conocer desde un principio los argumentos que sostienen las 52 iniciativas de reforma a la Ley Federal del Trabajo en dictamen.

Posibilitará además que senadores y diputados conozcan íntegramente el contenido tan vasto del trabajo. Sin embargo, no se han considerado las iniciativas de reforma constitucional presentadas tanto por el Partido de la Revolución Democrática como por el Partido Alianza Social. Con ello se omite que buena parte del contenido de ambas iniciativas de reforma constitucional, que se plasman en las iniciativas de reforma a la Ley Reglamentaria.

La pulcritud del proceso legislativo así como la práctica parlamentaria exigen que antes de dictaminar las iniciativas de reforma a la Ley Federal del Trabajo, se dictaminen las iniciativas de reforma constitucional en la materia, sobre todo si éstas se han presentado en forma integral y sucesiva.

Por tal razón urge que la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, en coordinación con la del Trabajo y Previsión Social, presenten el dictamen respectivo antes de que se produzca el dictamen sobre las reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo en discusión, máxime cuando el proceso legislativo que sigue una reforma constitucional, de conformidad con el artículo 135 de nuestra Carta Magna, es distinto al que sigue una reforma a la legislación reglamentaria.

La propia Constitución Política exige que las reformas constitucionales sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los estados, en atención al principio de la jerarquía de leyes.

Una vez aprobadas las reformas constitucionales, podrán adoptarse reformas a la legislación laboral secundaria que impliquen reformas constitucionales como lo propone el PRD y otros grupos parlamentarios.

Por lo antes expuesto y en virtud de que ha transcurrido en exceso el plazo previsto en el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en el artículo 21 fracción XVI del mismo ordenamiento, solicito a la Presidencia:

Unico. Envíe excitativa a las comisiones de Puntos Constitucionales y del Trabajo y Previsión Social de esta Cámara, para que dictaminen la iniciativa de decreto por la que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de los artículos 74, 78, 102, 115, 116 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Victor Manuel Ochoa Camposeco, el 31 de octubre de 2002.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social, para que emitan el dictamen correspondiente.

 

NARCOTRAFICO

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra la diputada María Teresa Campoy Ruy Sánchez.

La diputada María Teresa Campoy Ruy Sánchez:

Con su permiso, señora Presidenta; honorable Asamblea:

En mi calidad de integrante de la Mesa Directiva de la Comisión Especial para el Seguimiento de las Investigaciones de los homicidios de Mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua, de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, vengo a manifestar que, con fundamento en el artículo 21, fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, promoviendo ante esta soberanía la presente excitativa al tenor de los siguientes

ANTECEDENTES

Desde su creación, en noviembre de 2001, esta Comisión ha buscado acercamiento con todas las instancias posibles, sosteniendo reuniones y visitas de trabajo, siendo el objetivo y prioridad de la Comisión Especial coadyuvar al esclarecimiento y cese de los homicidios perpetrados contra las mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Es la Procuraduría General de la República la instancia encargada de la investigación y persecución de los delitos federales, entre ellos el narcotráfico, sin ser la única de las instituciones federales que intervienen en la lucha contra éste, ya que también están involucradas en esta lucha la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, la Armada de México, la Policía Federal Preventiva, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Relaciones Exteriores. Pero a pesar de que se reconoce la necesidad de operaciones conjuntas, esta coparticipación se mantiene en el ámbito federal.

La dimensión del problema resulta muy superior al esfuerzo del Gobierno Federal, siendo necesario que se combinen los trabajos de los tres niveles de Gobierno para la verdadera consecución del desmantelamiento de estas organizaciones delictivas, así como para impedir la comisión de otros delitos diferentes, pero inherentes a la actividad de la producción y comercialización de drogas.

En un altísimo número los feminicidios en Ciudad Juárez se encuentran empantanados en sus investigaciones por no existir una óptima concurrencia, coordinación y cooperación entre las autoridades federales y estatales.

CONSIDERACIONES

Primero. La diputada Hortensia Aragón Castillo, en su calidad en ese entonces de presidenta en turno de la Comisión, presentó ante este pleno, en la sesión del viernes 13 de diciembre del año 2002, la iniciativa que reforma el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 2o. del Código Federal de Procedimientos Penales y el artículo 4o. de la Ley que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública y modificación de diversos artículos de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, iniciativa que fue turnada el día 13 de diciembre de ese año a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública, sin que hayamos obtenido a la fecha de la presente excitativa el dictamen correspondiente por parte de las citadas comisiones, en contravención al plazo que señala el artículo 87 del Reglamento invocado.

Segundo. Es procedente que el Presidente de la Cámara de Diputados, en cumplimiento de su obligación expresada en el artículo que nos fundamentamos, excite a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública a fin de que emitan el dictamen correspondiente.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, solicito muy atentamente a esta Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión se sirva:

Unico. Remita la presente excitativa para que se haga llegar a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública para que dictaminen la iniciativa ya precisada en el cuerpo de este documento y cumpla con lo dispuesto en los preceptos legales antes invocados, tomando en consideración que el asunto de las mujeres asesinadas en Ciudad Juárez, Chihuahua, desde 1993 a la fecha es un asunto que ya no puede esperar más. La sociedad así lo reclama.

Palacio Legislativo en San Lázaro, México, DF, a 14 de abril de 2003.— Diputada María Teresa Campoy Ruy Sánchez.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias a usted, señora diputada.

De conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública para que emitan el dictamen correspondiente.

LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra el diputado Amado Olvera Castillo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una excitativa a las comisiones de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y de Gobernación y Seguridad Pública.

El diputado Amado Olvera Castillo:

Honorable Asamblea:

Antes de dar lectura a la excitativa objeto de mi presencia en esta tribuna, solicito su consideración a las siguientes observaciones:

Si la credibilidad y la confianza ciudadanas en las instituciones depende del avance de la rendición de cuentas y de la actuación transparente de los servidores públicos, entonces no se puede desestimar dictaminar las reformas y adiciones a la Ley de Fiscalización Superior propuestas por el de la voz en fecha anterior.

Asimismo y si bajo el criterio de transparencia internacional y otros organismos, se asegura que el índice de corrupción en México es equivalente al 10% del Producto Interno Bruto y que por el contrario la capacidad auditada, según el órgano fiscalizador de la Cámara es del 1.8%, mientras que en otros países se alcanza hasta un 10%, entonces resulta todavía más urgente e indispensable llevar a cabo las reformas y adiciones que se proponen para así alcanzar las metas en materia de fiscalización.

Es éste el tiempo oportuno de demostrar que existe voluntad política de impulsar leyes anticorrupción. Así la rendición de cuentas no será un mito más de nuestra cultura y además evitaremos que se siga cebando la sentencia de aquel ex presidente que dijo: “la corrupción somos todos”.

En virtud de lo anterior el suscrito, diputado integrante de la LVIII Legislatura de este honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 fracción XVI, 87 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos, me permito solicitar de esta Presidencia tenga a bien formular una excitativa a las comisiones de Vigilancia y de la Auditoría Superior de la Federación y de Gobernación y Seguridad Pública, para que la primera emita su opinión y la segunda dictamine la iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones:

El 15 de noviembre del año 2001, el suscrito diputado del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de esta soberanía la iniciativa que propone 59 reformas y 27 adiciones a la actual Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

El objeto de estas reformas es aclarar aquellos rubros que resultaron restrictivos, siendo indispensable robustecer a la Auditoría Superior de la Federación, precisando con mayor amplitud sus facultades y suprimiendo las limitaciones excesivas dispuestas en la propia ley.

No obstante el tiempo transcurrido, las comisiones de Vigilancia y de la Auditoría Superior de la Federación y de Gobernación y Seguridad Pública, no han emitido opinión ni dictamen correspondiente.

Consideraciones

En diciembre del año 2000, con la creación de la Entidad de Fiscalización Superior y aprobación de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, quedó mostrada la voluntad política y clara visión democrática de la LVII Legislatura y LVIII del honorable Congreso de la Unión, para fortalecer el marco de vigilancia para el ejercicio correcto del gasto público, exigencia primordial de la sociedad.

Este hecho histórico representa un gran avance en la rendición de cuentas y el combate a la corrupción.

Sin embargo tanto la rendición de cuentas como el proceso de fiscalización suponen conceptos presupuestales aún en proceso de asimilación cultural en nuestro país, no obstante su importancia para evaluar el cumplimiento y alcance de las metas programadas.

Entre otras reformas y adiciones se propone que la Auditoría Superior de la Federación remita a la Cámara de Diputados aquellas auditorías que realice dentro de un plazo no mayor al de los 15 días posteriores a su conclusión, con objeto de que esta soberanía no quede en espera hasta el mes de septiembre de cada año para recibir el denso informe de la Cuenta Pública.

Con objeto de sanear vacíos o lagunas existentes que impiden o dificultan la correcta interpretación de los procesos concluidos, a los poderes de la Unión y a los entes públicos federales, como indica la fracción X del artículo 2o., de la ley, se precisa con más amplitud el significado de un proceso concluido, esto para generar mayor flujo de información en la revisión de la gestión financiera presentada por el Ejecutivo con relación a las operaciones del primer semestre del ejercicio que corresponda.

Para terminar, en la iniciativa se propone además que la Auditoría Superior de la Federación junto con los estados y municipios se acuerde la capacidad del órgano técnico de fiscalización de esta soberanía de auditar aquellos recursos de carácter público de procedencia federal.

Adicionalmente se propone que en lugar de celebrar convenios entre los estados y municipios se establezcan procedimientos de colaboración. Asimismo que los servidores públicos que intervienen en el rubro de Ingresos y Egresos de la Federación rindan cuentas sobre el ejercicio de sus funciones.

Por lo anteriormente expuesto y fundado a usted, señora Presidenta de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, muy atentamente pido.

Unico. Se sirva excitar a las comisiones de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, así como a la de Gobernación y Seguridad Pública, para que la primera de las señaladas emita su opinión y la segunda presente el dictamen correspondiente a la iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, presentada por el suscrito, con fecha 15 de noviembre del año 2001.

Palacio Legislativo, 14 de abril de 2003. Atentamente, diputado Amado Olvera.

Hago entrega del documento.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para que emitan el dictamen correspondiente.

La siguiente iniciativa, agendada por el diputado Amador Rodríguez Lozano, se pospone a petición de él mismo.

 

LEY DE COORDINACION FISCAL

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra la diputada Araceli Domínguez Ramírez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La diputada Araceli Domínguez Ramírez:

Con su permiso, señora Presidenta; diputadas y diputados:

El 27 de septiembre del año 2001, respaldada por un grupo plural de legisladores, presenté un punto de acuerdo ante esta soberanía referente a los problemas de iniquidad presupuestal en materia de salud que sufren los estados de Chiapas, Chihuahua, México, Guerrero, Guanajuato, Michoacán, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.

Estos estados presentan los mayores niveles de marginación y rezago social en nuestro país, por lo que se estableció que la Comisión de Salud convocara a los servidores públicos del sector salud involucrados tanto a nivel federal como estatal, a efecto de analizar la dimensión y los factores que están originando la iniquidad presupuestal.

Transcurrido el tiempo sin que se realizara acción alguna, percatándonos de la dimensión del problema, el 11 de diciembre de 2001, los legisladores firmantes del punto de acuerdo, a través de la que habla, sometió a consideración de esta soberanía una iniciativa de decreto que reforma y adiciona el artículo 31 de la Ley de Coordinación Fiscal.

La iniciativa que considera que el Programa Nacional de Salud 2001-2006 reconoce explícitamente que existen importantes desigualdades a la distribución de los recursos para la salud no sólo en instituciones, sino sobre todo entre los grupos de población, niveles de atención y estados.

Constatamos que en términos generales el desequilibrio presupuestal se refleja en grandes problemas en el abasto de medicamentos y déficit de personal médico y paramédico.

Por lo anteriormente expresado propusimos que se creara un fondo compensatorio de aportaciones para los servicios de salud, estipulándolo en la Ley de Coordinación Fiscal.

Los legisladores que suscribimos el presente documento, derivado de una serie de reuniones de trabajo con diversos organismos del sector salud, con el mismo Consejo Nacional de Salud y después de un profundo y minucioso análisis elaboramos una nueva propuesta para adecuar la Ley de Coordinación Fiscal con el fin de mejorar el mecanismo de asignación presupuestal ya existente y vinculado de manera más explícita con los objetivos del Programa Nacional de Salud.

La propuesta enriquecida fue entregada en forma simultánea con la excitativa el 1o. de octubre de 2002 que realizó la Presidencia de la mesa directiva de esta soberanía a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para que se emitiera su dictamen al respecto, es decir, un año después de que se aprobó el punto de acuerdo inicial, mediante los nuevos lineamientos los suscritos propusimos las modificaciones de los artículos 29, 30 y 31 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Como ventajas de nuestra nueva propuesta, fueron: que el cálculo de las asignaciones presupuestales convenga hacia una distribución más equitativa; al excluir la inversión de incertidumbre, se podrá vincular el crecimiento por inversión con los componentes de necesidades, esfuerzos y de-sempeño.

En resumen, no podemos permitir que existan mexicanas o mexicanos de primera y de segunda. Con esta nueva propuesta aseguramos a todos el derecho a la salud, tal y como lo establece nuestra Carta Magna en su artículo 4o.

Señora Presidenta: por lo expuesto en esta tribuna solicito a usted que con base en las facultades que le otorga esta soberanía, emita una segunda excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para que a la brevedad posible someta a consideración de este pleno el dictamen correspondiente para el caso que nos ocupa, previa consideración de los nuevos elementos que desde seis meses atrás aportamos para distribuir equitativamente los recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud en las Entidades.

Es cuanto, señora Presidenta.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Dip. Armando Salinas Torre, PResident de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la fracción II del artículo 55, los artículos 62, 87 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la de la voz, Araceli Domínguez Ramírez, solicita se emita una excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, en materia de salud, para que presente ante este Pleno su dictamen, al tenor de los siguientes

Antecedentes

El 27 de septiembre del año 2001, respaldada por un grupo plural de legisladores, presenté un punto de acuerdo ante esta soberanía, referente a los problemas de inequidad presupuestal en materia de salud, que sufren los estados de Chiapas, Chihuahua, México, Guerrero, Guanajuato, Michoacán, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.

Adicional a lo expresado, varios de estos estados presentan los mayores niveles de marginación y rezago social en nuestro país, por lo que se estableció que la Comisión de Salud convocara a los servidores públicos del sector salud involucrados tanto a nivel federal como estatal, a efecto de analizar la dimensión y los factores que están originando la inequidad presupuestal.

Transcurrido el tiempo, sin que se tomara acción alguna, percatándonos de la dimensión del problema y observando que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2002, en lo que se refiere a los recursos destinados expresamente a promover la equidad en los servicios de salud, sólo contemplaba la distribución del remanente, el 11 de diciembre del año 2001, los legisladores firmantes del punto de acuerdo, a través de la que habla, sometieron a consideración de esta soberanía una iniciativa de decreto que reforma y adiciona el artículo 31 de la Ley de Coordinación Fiscal.

En dicha iniciativa se considera que el Programa Nacional de Salud 2001-2006, reconoce explícitamente que existen importantes desigualdades en la distribución de los recursos para la salud entre instituciones, pero sobre todo entre grupos de población, niveles de atención y estados, se reconocen no sólo las limitaciones metodológicas de los mecanismos de distribución de los recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (Fassa), sino también las que contiene la fórmula de distribución de los recursos, misma que se basa en criterios contables más que sociales.

Como lo apuntamos en la iniciativa presentada, durante 1999 el gasto per cápita en el sector salud en el Distrito Federal fue de $4,314; en Baja California Sur, de $2,292; Colima, $1,579; Nuevo León, $1,465; Baja California, $1,302; y el gasto per cápita promedio a nivel nacional es de $1,214.8; mientras que entre los 10 estados con mayor inequidad estuvo entre $604 y $804, tendencia inequitativa que a la fecha continúa.

También constatamos que en términos generales, el desequilibrio presupuestal se refleja en graves problemas en el abasto de medicamentos y déficit de personal médico y paramédico.

Por todo lo anterior, las modificaciones que propuse a la Ley de Coordinación Fiscal, en la parte correspondiente a la distribución de los recursos del Fassa, consisten básicamente en:

1. Crear un fondo compensatorio de aportaciones para los servicios de salud.

2. Los recursos del fondo equivaldrían al 50% de los recursos remanentes del Fassa, establecidos en la fracción IV del artículo 30 de la Ley de Coordinación Fiscal.

3. Los recursos del fondo compensatorio serían adicionales a los asignados en la ley vigente, distribuyéndose a las entidades cuyo gasto per cápita del año inmediato anterior haya sido menor a 900 pesos.

Ha pasado el tiempo y los legisladores que suscribimos el presente documento hemos tenido reuniones de trabajo con diversos grupos sociales, organismos del sector salud, con el mismo Consejo Nacional de Salud, y después de un profundo y minucioso análisis, elaboramos una nueva propuesta para adecuar la Ley de Coordinación Fiscal, con el fin de mejorar el mecanismo de asignación presupuestal ya existente y vincularlo de manera más explícita con los objetivos del Programa Nacional de Salud.

Dicha propuesta enriquecida fue entregada en forma simultánea con la excitativa del 1° de octubre del 2002 que realizó la Presidencia de la Mesa Directiva de esta soberanía a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que emitiera su dictamen al respecto, es decir, un año después de que se aprobó el punto de acuerdo inicial.

En nuestra nueva propuesta, el presupuesto Fassa se constituye por un “irreductible” y un “remanente”.

El irreductible se estima a partir del presupuesto del año anterior, excluyendo inversión, pero considerando el ajuste por incremento salarial e inflación, para garantizar el servicio de salud prestado durante el último ejercicio. El remanente se compone de tres elementos:

a) Una asignación según el esfuerzo estatal, misma que apoya en mayor medida a las entidades que más invierten en salud.

b) Una asignación para cubrir las necesidades de atención de salud y medicina preventiva de las entidades.

c) Una asignación con base en la evaluación del desempeño de cada una de las entidades.

Mediante los nuevos lineamientos, los suscritos proponemos la modificación de los artículos 29, 30 y 31 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Como ventajas de nuestra nueva propuesta les puedo decir:

• Que el mecanismo para el cálculo de las asignaciones presupuestales converge hacia una distribución más equitativa.

• Al excluir inversión del irreductible, se podrá vincular el crecimiento por inversión con los componentes de necesidades, esfuerzo y desempeño.

• Se hacen explícitos los criterios para determinar el irreductible y los porcentajes del remanente que se destinarán a cada componente.

En resumen, no podemos permitir que existan mexicanas o mexicanos de primera y de segunda, con esta nueva propuesta aseguramos a todos el derecho a la salud, tal y como lo establece nuestra Carta Magna, en su artículo 4º.

Por lo expuesto en esta tribuna, solicito a usted que con base en las facultades que le otorga esta soberanía, emita una segunda excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que a la brevedad someta a consideración de este Pleno el dictamen correspondiente para el caso que nos ocupa, previa consideración de los nuevos elementos que desde seis meses atrás aportamos, para distribuir equitativamente los recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud en las entidades.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2003.— Diputados: Jaime Alcántara Silva (rúbrica), Araceli Domínguez Ramírez (rúbrica), Maricela Meza Cabrera (rúbrica), Cutberto Cantorán Espinosa (rúbrica), Melitón Morales Sánchez (rúbrica), Benito Vital Ramírez (rúbrica), Manuel Pozos Cruz (rúbrica), Concepción González Molina, Adela Cerezo Bautista.»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias señora diputada.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para que emita a la brevedad posible el dictamen correspondiente.

 

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra la diputada Mercedes Hernández Rojas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una excitativa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

La diputada Mercedes Hernández Rojas:

Con su permiso, señora Presidenta; diputadas y diputados:

Los que suscriben, diputados integrantes de la LVIII Legislatura de este honorable Congreso de la Unión, representantes de diferentes grupos parlamentarios de la Comisión de Turismo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 fracción XVI, 86 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del propio Congreso, solicitamos respetuosamente de esta Presidencia tenga a bien formular una excitativa a la Comisión de Trabajo, a efecto de que se dictamine a la brevedad para su presentación al pleno, la iniciativa de decreto que adiciona tres párrafos al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de los siguientes

Antecedentes y Consideraciones

El 19 de marzo del año pasado el diputado Gumercindo Alvarez Sotelo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una iniciativa de reforma al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, con el propósito de fomentar el turismo mediante los denominados fines de semana largos y es a la fecha en que no se ha emitido el dictamen correspondiente.

El turismo es uno de los sectores más importantes para el desarrollo de la economía mexicana. Actualmente contribuye con más del 8% del Producto Interno Bruto y emplea alrededor del 6% del personal ocupado a nivel nacional.

Anualmente recibimos a más del 3% del turismo internacional, lo que nos coloca en el octavo lugar mundial por el número de visitantes foráneos y del doceavo por el monto de divisas captadas. Además, el desempeño del sector turístico ha repercutido favorablemente en el saldo de la balanza de pagos y ha permitido prevenir y contrarrestar en cierta medidas las condiciones adversas que el contexto internacional pudiera generar en la economía.

No obstante, los acontecimientos internacionales nos han hecho palpable la necesidad de prevenir y contrarrestar en cierta medida las condiciones adversas en el sector turístico y en la economía nacional. Una medida significativa para lograrlo es el fortalecimiento del turismo nacional a través del fomento de la demanda doméstica por destinos mexicanos.

La Ley Federal de Turismo determina los mecanismos necesarios para la creación, conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, así como la promoción del turismo social.

En este tenor, la propuesta llamada fines de semanas largos, es una medida que sin duda fomentará y reactivará el turismo nacional. Esta propuesta consiste en mover al lunes siguiente el disfrute y goce de ciertos días de descanso obligatorio señalados por la Ley Federal del Trabajo, incentivando el turismo nacional, principalmente el social y propiciando una derrama económica en las localidades turísticas.

Además, esta reforma a la Ley Federal del Trabajo permitiría combatir las ausencias injustificadas a las fuentes de trabajo por parte de los trabajadores. En este sentido, el trabajo sería más productivo en días hábiles existentes entre el día festivo y los fines de semana pues se disminuirían considerablemente las probabilidades de realizar los 10 conocidos puentes vacacionales.

Esto sin duda alguna favorece al trabajador mediante el incentivo de goce de un fin de semana largo y favorece al empresario al no tener que disminuir su capacidad productiva.

La medida tiene otras ventajas ya que también fomenta el conocimiento y disfrute de sitios turísticos en donde la cultura, las tradiciones y las costumbres mexicanas están presentes, fortalece la actividad de toda la cadena de distribución de servicios turísticos, ya que se desarrollan paquetes turísticos por más alternativas al alcance de todas las personas.

Es fundamental recalcar que el disfrute del día se realizaría el lunes siguiente, pero la celebración o conmemoración no cambia de día, eso sin duda permite que las personas sobre todo los niños entiendan verdaderamente el espíritu de la celebración.

En el ámbito internacional, el común denominador de los países que han incorporado esta práctica en su legislación, es que algunas celebraciones o festividades permanecen inamovibles por su solemnidad y otras cambian a un lunes predeterminado.

Esto es lo que sugiere hacerse en México y es lo que actualmente sucede en Colombia, Argentina, Canadá, Irlanda, Chile, Estados Unidos y Ecuador.

«Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted señora Presidenta de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, muy atentamente pido se sirva:

Unico. En los términos de los antecedentes y consideraciones expuestas, así como de conformidad con los preceptos legales invocados, se sirva excitar a la Comisión del Trabajo para que presente el dictamen que corresponda a la iniciativa de decreto por el que se adicionan tres párrafos al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, presentada el 19 de marzo de 2002 y turnada a dicha comisión.

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 14 de abril de 2003.— Diputados: Flor Añorve Ocampo, Mercedes Hernández Rojas, María Cruz Martínez Colín, Rafael Servín Maldonado, Ismael Estrada Colín, Federico Granja Ricalde, Victoria Ruth López Macías (rúbricas).»

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señora Diputada.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para que emita el dictamen correspondiente.

La siguiente excitativa agendada por el diputado Francisco Patiño Cardona se pospone e igualmente la agendada por el Partido del Trabajo.

 

PUERTO VALLARTA-BAHIA DE BANDERAS

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

El diputado Salvador Cosío Gaona tiene la palabra, para presentar una excitativa a la Comisión de Turismo y tiene agendadas seis excitativas, les rogamos permanezca en la tribuna e iremos turnando cada una de sus excitativas.

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Con su venia, diputada Presidenta:

El suscrito, con fecha 20 de marzo, a nombre propio y en representación de legisladores por Jalisco, sometí una propuesta de punto de acuerdo, con objeto de solicitar la comparecencia de la Secretaria de Turismo, Leticia Navarro y el Secretario de Comunicaciones y Transportes, Pedro Cerisola, a fin de que informaran y explicaran la falta de respaldo al esfuerzo del Gobierno local y la comunidad de Puerto Vallarta así como los municipios de Bahía de Banderas en cuanto a la necesidad de la aclaración como zona turística proletaria de dicha región.

Fue turnada para su análisis a la Comisión de Turismo, es fecha que ha transcurrido ya en exceso, el tiempo, los días que marca nuestro Reglamento, la Ley Orgánica y por lo tanto es que solicito se den por presentadas estas excitativas, a efecto de que se pida a la Comisión de Turismo que someta de inmediato el dictamen correspondiente a este pleno.

«Excitativa que presenta el Dip. Salvador Cosío Gaona para solicitar sea presentado ante el pleno de la Cámara de Diputados, el dictamen correspondiente a la proposición con punto de acuerdo para que proceda la solicitud de comparecencia de la Secretaría deTurismo, Leticia Navarro Ochoa y el Secretrio de Comunicaciones y Transportes, Pedro Cerisola y Weber.

Dip. Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

El que suscribe, Salvador Cosío Gaona, en su calidad de diputado de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, viene a solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados que se sirva excitar a la Comisión de Turismo para que proceda a la presentación del dictamen del asunto que se permite presentar, al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones.

Antecedentes

1. Con fecha 20 de marzo de 2002, el suscrito, en nombre propio y en representación de diversos legisladores por el estado de Jalisco, presentó ante esta honorable asamblea una proposición con punto de acuerdo para que se procediera a la solicitud de comparecencia de los secretarios de Turismo, Leticia Navarro Ochoa; y de Comunicaciones y Transportes, Pedro Cerisola y Weber, a fin de que informaran y explicaran sobre la falta de respaldo al esfuerzo del gobierno local y de la comunidad de Puerto Vallarta y de los municipios que forman la Bahía de Banderas, en Jalisco y Nayarit, especialmente en cuanto a la declaración oficial de zona turística prioritaria y al avance real de los proyectos y programas de promoción y construcción de infraestructura en comunicaciones, la cual fue turnada para su análisis y dictamen a la Comisión de Turismo.

Consideraciones

Todo lo anterior ha sido planteado y fundamentado en el punto de acuerdo presentado el 20 de marzo del año en curso. Como han vencido los términos que indica el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por no existir dictamen sobre dicho asunto, me permito presentar esta excitativa.

Vengo a solicitar respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados que se sirva efectuar la excitativa propuesta en los términos siguientes:

Unico. Se excite a la Comisión de Turismo, fijando fecha para que se proceda a presentar dictamen ante el Pleno de esta Cámara en relación con la solicitud de comparecencia de los secretarios de Turismo, Leticia Navarro Ochoa; y de Comunicaciones y Transportes, Pedro Cerisola y Weber, a fin de que informen y expliquen sobre la falta de respaldo al esfuerzo del gobierno local y de la comunidad de Puerto Vallarta y de los municipios que forman la Bahía de Banderas, en Jalisco y Nayarit, especialmente en cuanto a la declaración oficial de zona turística prioritaria y al avance real de los proyectos y programas de promoción y construcción de infraestructura en comunicaciones.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2003.— Dip. Salvador Cosío Gaona.»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

De conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Turismo para que emita el dictamen correspondiente.

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA-IRAK

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Continúe diputado Cosío Gaona con la excitativa que hará a la Comisión de Turismo también.

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Muchas gracias.

Con su venia, señora Presidenta.

En los mismos términos, el 12 de marzo presenté un punto de acuerdo en el que se solicitó a la Secretaría de Turismo información sobre las acciones que se tomarían ante un eventual conflicto bélico, ahora ya surgido y en franco de-sarrollo, en relación con la merma de turismo hacia nuestro país, especialmente el que proviene del vecino país del norte y que nos está afectando en Puerto Vallarta.

Es fecha que han pasado en forma excesiva los días que marca nuestra Ley Orgánica, el Reglamento Interior, sin que la Comisión de Turismo haya dictaminado al respecto y por tanto solicito se realice la excitativa correspondiente.

Solicito, señora Presidenta, en relación con el punto anterior y con éste, se pudiera disponer la inserción del texto íntegro en la Gaceta y en el Diario de los Debates.

«Dip. Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva d ela Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

El que suscribe, Salvador Cosío Gaona, en mi calidad de diputado de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, se sirva excitar a la Comisión de Turismo para que solicite a la Secretaría de Turismo información sobre acciones que se tomarán ante un eventual conflicto bélico que afectaría al turismo de nuestro país para que proceda a la presentación del dictamen del asunto que me permito presentar al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones:

Antecedentes

1.- Con fecha 12 de marzo del actual presenté punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Turismo información sobre acciones que se tomarán ante un eventual conflicto bélico que afectaría al turismo de nuestro país, la cual fue turnada por el Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente en esa misma fecha para su análisis y dictamen a la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados.

Consideraciones

Es de todos conocido que el gobierno del vecino país del norte, Estados Unidos de América, realiza acciones bélicas en contra de Irak, por los supuestos motivos que son del dominio público y que no viene al caso mencionar. Con la experiencia histórica de otras conflagraciones internacionales, así como la más reciente, los ataques que sufrió dicho país vecino el 11 de septiembre del año 2001, es de prever la actitud de muchos ciudadanos de dicha nación, que además, alentados por su gobierno, se inhibirán sustancialmente para realizar traslados con motivo turístico a otros países, en este caso México sería de los más afectados, pues es patente que nuestro principal mercado turístico es el que representan los habitantes del país vecino, quienes, al contraer su traslado turístico al exterior afectarán muy sensiblemente la economía mexicana, principalmente la de aquellos destinos cuya vocación económica está fundamentalmente ligada a los ingresos por los servicios turísticos en general.

Ante ello, y sin que esto sea privativo de esta región de mi natal Jalisco, los prestadores de servicios turísticos, tanto de hospedaje como gastronómicos, de transportación, entretenimiento y otros similares y conexos, de Puerto Vallarta y de la gran región de Bahía de Banderas en Jalisco y Nayarit, me han solicitado expresar la gran preocupación que existe por este inminente hecho y los efectos negativos para México, además de tratar de obtener la información más urgente y oportuna posible, en relación con las estrategias y programas emergentes que el Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Turismo, tenga ya establecidos en la búsqueda de nuevos mercados turísticos, de ciudadanos de diversos países del orbe, para paliar las inclemencias que motivará el deterioro económico por el menoscabo del número de turistas provenientes de nuestro vecino del norte con motivo de la tensa situación que ya se presenta, y de la inminencia de la posibilidad de una conflagración bélica de orden mundial.

No hace muchos días, la secretaria de Turismo, Leticia Navarro, anunció que ya contaban con planes emergentes para enfrentar la situación que puede presentarse con motivo de la guerra, pero a la fecha se desconoce todo lo relativo a dicho programa, por lo que, confiando en que éste existe y que contiene elementos interesantes, es que se plantea solicitar dicha información para así poder coadyuvar y participarle a los interesados lo relativo, a fin que puedan sumarse y cooperar con ello.

Ante ello, una vez vencidos los términos que indique el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y al no existir dictamen sobre mi proposición me permito presentar excitativa en los términos siguientes:

Unico.- Se excite a la Comisión de Turismo para que se proceda a presentar dictamen ante el Pleno de esta Cámara para que solicite a la Secretaría de Turismo información sobre acciones que se tomarán ante un eventual conflicto bélico que afectaría al turismo de nuestro país.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, siendo el día 14 mes de abril de 2003.— Dip. Salvador Cosío Gaona (rúbrica).»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Señor diputado. Insértese el texto íntegro de la excitativa en el Diario de los Debates y de conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las comisiones de Turismo y de Comunicaciones para que emitan el dictamen correspondiente.

 

IMPUESTOS

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Continúe con la siguiente excitativa diputado Salvador Cosío.

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Con su venia, señora Presidenta.

Es una segunda excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público en relación con tres iniciativas que se presentaron ante la Comisión Permanente y que tienen qué ver con correcciones impositivas a sanciones fiscales.

El 22 de enero, se presentó iniciativa en relación a una reforma al artículo 32 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para incrementar el porcentaje deducible en el pago de gravamen por consumo en restaurantes que fue turnada en esa misma fecha a la Comisión de Hacienda.

En sesión de la Comisión Permanente del día 29 de enero del año en curso, presenté iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, IEPS, para eliminar el impuesto especial a las aguas minerales y naturales gasificadas, mismas que aún se encuentran en análisis y dictamen en la Comisión de Hacienda.

Y con fecha 26 de febrero del propio año en curso, igualmente ante la Comisión Permanente presenté iniciativa para derogar el artículo tercero transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, relativo al Impuesto de Crédito al Salario para reducirlo al 3%, igualmente se turnó a la Comisión de Hacienda.

Con fecha 1o. de abril del año en curso, presenté la primera excitativa para que la Comisión de Hacienda sometiera, en relación con las tres iniciativas de referencia, el dictamen relativo al pleno; a la fecha ya transcurrió el tiempo que marca el Reglamento sin que esto se haya realizado, por lo tanto solicito se le excite en los términos de ley; se publique esta segunda iniciativa en la Gaceta Parlamentaria y se inserte íntegro en el Diario de los Debates y se fije fecha para la presentación de los dictámenes correspondientes.

«Segunda excitativa a la Comsión de Hacienda y Crédito Público, presentada por el diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para solicitar sea fijada fecha de presentación de dictámenes ante el pleno, de las iniciativas de reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, Ley del Impuesto Sobre la Renta relativo al Impuesto Sustitutivo de Crédito al Salario.

El que suscribe, Salvador Cosío Gaona, en mi calidad de diputado de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, se sirva excitar a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que proceda al análisis, discusión y, en su caso, aprobación de los dictámenes de los asuntos que me permito presentar al tenor de los siguiente antecedentes y consideraciones.

Antecedentes

1. Con fecha 22 de enero de 2003, el suscrito presentó ante la Comisión Permanente una iniciativa de reforma al artículo 32 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para incrementar el porcentaje deducible en el pago del gravamen por consumos en restaurantes, la cual fue turnada en esa misma fecha para su análisis y dictamen a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

2. En sesión de la Comisión Permanente, de fecha 29 de enero de 2003, un servidor presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios para eliminar el impuesto especial a las aguas minerales y naturales gasificadas, misma que aún se encuentra en análisis y dictamen en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

3. Con fecha 26 de febrero de 2003, ante la Comisión Permanente presenté una iniciativa que deroga el artículo tercero transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, relativo al Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario, para reducir su tasa a 3%, la cual fue turnada en ese misma fecha a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su análisis y dictamen.

4. En sesión ordinaria de fecha 1o. de abril de 2003, el suscrito presentó la primera excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público en relación con el asunto mencionado en el numeral anterior.

Consideraciones

Es por ello que una vez vencidos los términos que indica el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y al no existir dictamen sobre ellos ni solicitud de prórroga, me permito presentar esta segunda excitativa, por lo que vengo a solicitar respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados, se sirva efectuar la segunda excitativa propuesta en los términos siguientes:

Primero. Se excite por segunda vez a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la honorable Cámara de Diputados para que proceda a realizar el análisis, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen correspondiente a la iniciativa de reforma al artículo 32 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para incrementar el porcentaje deducible en el pago del gravamen por consumos en restaurantes, la cual fue turnada en esa misma fecha para su análisis y dictamen a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, presentada el 22 de enero de 2003.

Segundo. Se excite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la honorable Cámara de Diputados por segunda vez para que dictamine la iniciativa de reforma de diversos artículos de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios para eliminar el impuesto especial a las aguas minerales y naturales gasificadas, propuesta el día 29 de enero de 2003.

Tercero. Se excite por segunda vez a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la honorable Cámara de Diputados para que dictamine la iniciativa que deroga el artículo tercero transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, relativo al Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario, para reducir su tasa a 3%, presentada el 26 de febrero de 2003.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2003.— Dip. Salvador Cosío Gaona (rúbrica).»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Sí, de acuerdo como lo ha pedido el diputado: insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates; publíquese en la Gaceta Parlamentaria y de conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que emita el dictamen correspondiente y en virtud de que es la segunda excitativa, se fija el día 28 de abril para que se presente ante esta Asamblea.

REGION LERMA-SANTIAGO-PACIFICO

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Continúe señor diputado Salvador Cosío Gaona

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Muchas gracias. Con su venia.

La siguiente participación es una segunda excitativa a las comisiones de Recursos Hidráulicos y de Medio Ambiente de esta Cámara, para solicitar sea fijada fecha de presentación de dictamen ante el pleno de esta Cámara en relación con la minuta del Senado de la República, que contiene el proyecto de Ley Reglamentaria del artículo 27 de nuestra Carta Magna para establecer zona de restauración ecológica y reserva de aguas a la región Lerma-Santiago-Pacífico y se fije fecha para que estas dos comisiones emitan su dictamen.

En noviembre del año 2002, fue turnada a las comisiones legislativas de Recursos Hidráulicos y de Medio Ambiente de esta Cámara dicha minuta, aprobada por el Senado en sesión ordinaria de fecha 1o. de abril de 2003, el suscrito presentó excitativa en primer término a dichas comisiones sin que a la fecha se haya turnado el dictamen correspondiente al pleno y ya han transcurrido los días que marca el Reglamento Interior.

Para los jaliscienses es muy importante que este dictamen se presente al pleno, se pueda discutir y se pueda decretar zona de reserva ecológica y reservas de aguas a la Cuenca Lerma-Chapala, Santiago-Pacífico. Por lo tanto solicito se le fije fecha para el dictamen, se inserte el texto íntegro en el Diario de los Debates y se publique en la Gaceta Parlamentaria.

Muchas gracias.

«Segunda excitativa a las comisiones de Recursos Hidráulicos y Medio Ambiente, presentada por el diputado Salvador Cosío Gaona, grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar sea fijada fecha de presentación de dictamen ante el pleno de la minuta del Senado   de la República que contiene proyecto de Ley Reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer zona de restauración ecológica y de reserva de aguas a la región Lerma-Santiago-Pacífico y se fije fecha conforme al Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El que suscribe, Salvador Cosío Gaona, en su calidad de diputado de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, viene a solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados que se sirva excitar por segunda vez a las Comisiones de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que procedan a la presentación del dictamen del asunto que se permite presentar, al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones.

Antecedentes

1. En noviembre de 2002 fue turnada a las Comisiones de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta Cámara de Diputados para su estudio y dictamen la minuta del Senado de la República que contiene proyecto de Ley Reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer como zona de restauración ecológica y de reserva de aguas la región Lerma-Santiago-Pacífico.

2. En sesión ordinaria de fecha 1o. de abril de 2003, un servidor presentó la primera excitativa a las Comisiones de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales en relación con el asunto mencionado en el numeral anterior.

Consideraciones

Por ello, una vez vencidos los términos que indica el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por no existir dictamen sobre ellos ni solicitud de prórroga, me permito presentar esta segunda excitativa.

Vengo a solicitar respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados que se sirva efectuar la excitativa propuesta, en los términos siguientes:

Unico. Se excite por segunda vez a las Comisiones de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la honorable Cámara de Diputados para que se dictamine la minuta del Senado de la República que contiene proyecto de Ley Reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer como zona de restauración ecológica y de reserva de aguas la región Lerma-Santiago-Pacífico y se fije fecha conforme al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2003.— Dip. Salvador Cosío Gaona (rúbrica).»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Insértese el texto íntegro de la excitativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y de conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las comisiones de Recursos Hidráulicos y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que emitan el dictamen correspondiente.

Y en virtud de que es la segunda excitativa se fija el día 28 de abril para que se presente a esta Asamblea.

 

HURACAN “KENNA”

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Continúe señor diputado Salvador Cosío Gaona.

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Muchas gracias, señora Presidenta.

Con su venia.

La siguiente participación se refiere a excitativa a la Comisión de Vigilancia de Auditoría Superior de la Federación, respecto a la proposición para solicitar auditoría urgente sobre la aplicación de los recursos federales otorgados para damnificados por el huracán “Kenna” en el estado de Jalisco con el siguiente antecedente.

El 12 de marzo pasado en la sesión de la Comisión Permanente presenté iniciativa al respecto, solicitando a la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, proporcionar toda la información y documentación relativa, respecto a la administración de los recursos federales otorgados a Jalisco, en el caso de efectos del huracán “Kenna”. Se otorgara esta información a los legisladores interesados y se turnara formalmente a la Comisión de Vigilancia, para efecto de determinar una auditoría urgente extraordinaria y si hubiera omisiones como se presumen, se proceda a cubrirles a los afectados.

Dicho punto de acuerdo fue aprobado por la Comisión Permanente y se turnó a la Comisión de Gobernación para solicitar la información y dar cause a este planteamiento. Es fecha que ha transcurrido los días que marca nuestra Ley Orgánica, nuestro Reglamento Interior, no hay la acción de la comisión correspondiente y por eso solicito de usted, tenga a bien fijar la fecha, tenga a bien excitar a dicha Comisión de Vigilancia para que actúe en consecuencia, se inserte el texto íntegro de esta iniciativa en el Diario de los Debates y se publique en la Gaceta Parlamentaria.

«Excitativa a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, respecto a la proposición para solicitar auditoría urgente sobre la aplicación de los recursos federales otorgados a los damnificados por el huracán Kena en el estado de Jalisco, que presenta el diputado Salvador Cosío Gaona del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la Cámara de Diputados.

El suscrito, en su carácter de diputado federal a la LVIII Legislatura del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en uso de las facultades que le otorgan los artículos 21, 87 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante este honorable Congreso de la Unión la siguiente excitativa.

El 12 de marzo, en la sesión de la Comisión Permanente, previa iniciativa del suscrito respecto a la proposición para solicitar auditoría urgente sobre la aplicación de los recursos federales otorgados a los damnificados por el huracán Kenna en el estado de Jalisco, se presentó el siguiente punto de acuerdo:

Unico. Se solicita a la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación que proporcione toda la información y documentación relativas a la administración de los recursos federales otorgados a los afectados por el huracán Kenna en el estado de Jalisco. Se otorgue a los legisladores interesados y se turne formalmente ésta a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, a fin de que analice y considere la necesidad de realizar una auditoría especial en cuanto a la adecuada aplicación de dichos fondos federales, propiciando en su caso que se clarifique si existen omisiones en la entrega de recursos de apoyo a afectados y, de ser así, se exhorte a su inmediata liquidación.

Por todo lo anterior y con fundamento en los artículos 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito presenta esta solicitud para que la Presidencia de la Cámara de Diputados formule excitativa a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación a efecto de que dictamine la iniciativa mencionada.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara Diputados del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 14 de abril de 2003.— Dip. Salvador Cosío Gaona (rúbrica).»

Presidencia del diputado Armando Salinas Torre

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Insértese el texto íntegro de la solicitud en el Diario de los Debates.

Y me permito comunicarle e instruir al promovente e instruir a la Secretaría, entregue copia del resolutivo que entrega la comisión, de la Comisión Permanente al trámite que se le había dado, habiéndolo enviado a la Secretaría de Gobernación. De la misma manera, túrnese el documento, remítase el documento que se presenta a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Una moción, señor Presidente. No escuché dentro de su respuesta, si acordaba la excitativa correspondiente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

La excitativa que hace referencia del documento presentado en la Comisión Permanente, fue turnado a la Comisión en la Permanente, ésta lo dictaminó y remitió su resolutivo y su expediente final. De eso instruí que se saque copia se le entregue a usted y de todas maneras el documento que presenta ahorita, se inserte en el texto íntegro de la solicitud en el Diario de los Debates y se turna a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, de la Cámara de Diputados.

 

LEY FEDERAL DE JUEGOS CON APUESTAS, SORTEOS Y CASINOS

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Por favor, diputado Salvador Cosío Gaona tiene usted el uso de la palabra para presentar una nueva excitativa.

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Es una segunda excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, para requerir sea presentado el dictamen correspondiente de la proposición con punto de acuerdo en el que solicitó requerir consejo legal en el proceso legislativo relativo al dictamen de iniciativa de nueva Ley de Juegos, con Apuestas y Sorteos y solicitar a la Secretaría de Gobernación la información oficial sobre los negocios establecidos en México ofertando entretenimiento a base de juegos con apuestas y la condición legal en que operan.

Con fecha 8 de abril sometí primera excitativa sobre el tema en cuestión, con base al transcurso del lapso que marca nuestro Reglamento Interior es que solicito se determine la fecha a la Comisión de Gobernación, a efecto que someta al pleno el dictamen correspondiente. Tiene por objeto dos cuestiones:

Primero. Determinar, dictaminar el apego legal al trámite parlamentario, toda vez que dicho dictamen demérito ha presentado, aprobado unilateralmente por la Comisión de Gobernación el día 13 de diciembre, sometido a primera lectura fue presentado sin la participación de la coodictaminadora, en este caso la Comisión de Turismo, quien a la vez acorde a sendas excitativas presentadas por un servidor, dicha Comisión de Turismo, ha sido excitada en tiempo y forma para presentar su dictamen el próximo día 25, por lo tanto lo que yo solicito en esta excitativa segunda, señor Presidente, siendo ésta así, se fije fecha a la Comisión de Gobernación para que dictamine mi punto de acuerdo en el que le pido apego legal al respecto y además se solicite al Poder Ejecutivo Federal para que a través de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Procuraduría General de la República, proporcione de inmediato a las comisiones legislativas de Gobernación y Seguridad Pública y de Turismo, toda la información oficial que posean en relación a los negocios que en México oferten entretenimiento a base de juegos con apuestas, especificando en detalle la ubicación, giro específico, el nombre de sus propietarios y sus operadores, así como la condición legal bajo la que operan, citando a comparecer a funcionarios de las dependencias federales citadas que sea necesario, para atender y otorgar respuesta a las inquietudes, consideraciones y cuestionamientos que sobre dicha información oficial tengan a bien requerir los legisladores integrantes de dichas comisiones legislativas, así como aquellos legisladores que quieran hacer uso de sus derechos.

Este punto de acuerdo, señor Presidente, especialmente en lo que respecta al dictamen que la Comisión de Gobernación debe dar de su propio manejo legal, solicito sea fijado en lo posible antes de que se venza el plazo que la Presidencia misma a su cargo determinó a la Comisión de Turismo para presentar al pleno el dictamen que le corresponde en este mismo asunto, en virtud de que hay además de ello, una promoción suspensiva al respecto y lo pendiente relacionado, solicito dicha fecha sea designada.

Igualmente, que el texto íntegro de este documento se inserte en el Diario de los Debates y se publique íntegro en la Gaceta Parlamentaria.

«Segunda excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para requerir sea presentado el dictamen correspondiente de la proposición con punto de acuerdo en el que se solicitó requerir apego legal en el proceso legislativo relativo al dictamen de la iniciativa de Nueva Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos y solicitar a la Secretaría de Gobernación la información oficial sobre los negocios establecidos en México, ofertando entretenimiento, a base de juegos con apuestas y la condición legal bajo la que operan.

Dip. Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Salvador Cosío Gaona, diputado federal por el 05 distrito de Jalisco, con cabecera en Puerto Vallarta, y con fundamento en lo dispuesto  por los artículos 39 y 45, párrafo sexto, inciso e), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente a esta Presidencia tenga a bien formular una excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública a efecto de requerir que sea presentado el dictamen correspondiente de la proposición con punto de acuerdo en el que se solicitó requerir apego legal en el proceso legislativo relativo al dictamen de la iniciativa de nueva Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos, y solicitar a la Secretaría de Gobernación la información oficial sobre los negocios establecidos en México ofertando entretenimiento a base de juegos con apuestas y la condición legal bajo la que operan.

Antecedentes

1.- Con fecha 25 de marzo en sesión ordinaria presenté ante el Pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo para requerir apego legal en el proceso legislativo relativo al dictamen de la iniciativa de nueva Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos, y solicitar a la Secretaría de Gobernación la información oficial sobre los negocios establecidos en México ofertando entretenimiento a base de juegos con apuestas y la condición legal bajo la que operan; en el que la Presidencia de la Mesa Directiva dictó el trámite siguiente: “Túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para su dictamen”.

En la propuesta parlamentaria dije (cita textual):

“El 3 de marzo de 1999 el entonces diputado Isaías González Cuevas, en representación de un grupo plural de legisladores de la LVII Legislatura, presentó ante la Comisión Permanente una iniciativa para crear una nueva Ley Federal de Juegos con Apuesta y Sorteos y Casinos. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente dictó el siguiente trámite: ‘Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Turismo de la honorable Cámara de Diputados’.”

No existe duda, es una atribución muy clara de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente dar curso a los asuntos y negocios así como determinar los trámites que deban recaer sobre las cuestiones con que se dé cuenta a la Cámara, así lo establece la Ley Orgánica del Congreso General, en el artículo 23, numeral 1, inciso f). Luego entonces, el dictado de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Permanente implica, contundentemente, que ambas comisiones legislativas de la Cámara de Diputados deben conocer el asunto, estudiarlo y dictaminarlo.

Así pues, es muy claro lo que establece el artículo 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, que dice: para que haya dictamen de Comisión, deberá éste presentarse firmado por la mayoría de los individuos que la componen. Si alguno o algunos de ellos disintiesen del parecer de dicha mayoría, podrá presentar voto particular por escrito.

Por las reformas realizadas a partir del 15 de marzo de 2002, todos los asuntos pendientes de resolución en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales serían competencia de la nueva Comisión de Gobernación, Población y Seguridad Pública; de igual forma se confirma que los asuntos turnados a la Comisión de Turismo serán resueltos precisamente por ésta.

Así las cosas, ambas comisiones legislativas de esta Cámara de Diputados, la de Gobernación y Seguridad Pública, y la de Turismo, gozan de la competencia, así como de la obligación de atender la oportuna dictaminación de la iniciativa en comento y, por ello, al inicio de esta Legislatura, la de Turismo retomó su discusión al seno de la misma realizando trabajos de captación de opinión especializada así como de la sociedad en general, mediante foros y reuniones que contaron con la participación de autoridades del ámbito federal, así como del estatal y del municipal, además de organizaciones educativas, empresariales, sindicales, de padres de familia y hasta clericales.

Por su parte, ya en el año 2001, a partir del impulso que al debate sobre el tema propició el mismo Poder Ejecutivo federal por conducto del propio Presidente Vicente Fox y de diversos secretarios de su gabinete, la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública de esta Cámara, encabezada por el diputado Armando Salinas Torre, empezó a asumir su responsabilidad, como comisión codictaminadora, proponiendo a la de Turismo la integración de un grupo de trabajo conjunto para realizar tareas de discusión y preparación de un proyecto de dictamen, que debería ser sometido en su momento a la aprobación conjunta de ambas comisiones legislativas, lo que finalmente, nunca ocurrió.

Fue así como el 13 de diciembre del año 2002, la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública aprobó unilateralmente y sin la intervención legal de la Comisión de Turismo, un dictamen que sometió ya, ilegalmente, a consideración del Pleno de esta honorable Cámara de Diputados, y se le otorgó la primera lectura.

Estando pendiente desahogar la segunda lectura del dictamen en comento, así como su posterior discusión, es oportuno pues, solicitar formalmente la suspensión inmediata de dichos trámites por violar expresa y claramente la normativa aplicable al proceso parlamentario.

El fundamento es muy claro porque, como ha quedado señalado, el estudio y dictamen de la iniciativa que nos ocupa corresponde a dos comisiones legislativas conjuntas, la de Gobernación y Seguridad Pública, y la de Turismo y, como queda claro en el propio texto publicado en la Gaceta Parlamentaria el 13 de diciembre del año pasado, el dictamen sometido al Pleno es producto de la exclusiva deliberación de una sola comisión, la de Gobernación y Seguridad Pública, con la consiguiente exclusión de la de Turismo, la que por determinación legal debe participar también en el proceso de análisis, estudio y dictamen correspondiente.

Así las cosas, es obvio, es claro y es contundente: el dictamen en comento carece de toda validez, pues no se atendió a la determinación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente; en cuanto al turno ordenado y, por tanto, dicho dictamen ilegal no debe ser presentado en segunda lectura y no debe ser discutido, debe ser retornado a la comisión emisora, a fin que proceda a permitir la participación legal que corresponde a la Comisión de Turismo, que tiene todo el derecho a participar en su elaboración y a deliberar y, en su momento, votar la aprobación respectiva.

Por otra parte, por si acaso no fuera importante cumplir con la ley, antes de someter a aprobación del Pleno un dictamen, sobre todo cuando se trata de un tema tan importante para la nación, vale la pena destacar algunas peculiaridades del ilegal dictamen que están empecinados en imponer al pueblo de México algunos diputados, con el auspicio de funcionarios de la Secretaría de Gobernación y que, de hacerse así, estarían cometiendo un gravísimo agravio a la nación muy difícil subsanar, por ejemplo:

1.- Propone una Comisión Federal de Juegos y Sorteos conformada con escasa presencia de la sociedad, sin permitir que este Poder Legislativo intervenga en la designación o ratificación de los comisionados ciudadanos, vamos, ni siquiera se otorga derecho a emitir observaciones en cuanto a quiénes serán los responsables del control de juego en México. Además, se busca otorgar demasiada discrecionalidad a las determinaciones de la Comisión, lo que resulta inadmisible.

2.- Prohíbe la instalación y operación de casinos establecidos, por considerar que es un momento inoportuno para la nación y que existen muchos riesgos en materia de seguridad, incertidumbre e impacto negativo a la sociedad; pero por otra parte propone la operación de casinos temporales flotantes en cada feria municipal y regional, con un procedimiento poco claro para otorgar los permisos.

Esto, me parece aberrante, ya que sin ningún argumento ni fundamento lógicos impiden la autorización de casinos, como establecimientos de calidad para funcionar exitosamente en algunas plazas adecuadas para ello, que provocarían consolidación de la actividad económica y la atracción turística, generando además muchos miles de empleos directos e indirectos mediante grandes inversiones, propiciando ampliación de infraestructura y equipamiento urbano y regional incrementando la tributación fiscal otorgando recursos adicionales a los municipios, entidades federativas y el propio Gobierno Federal, con lo que podrían combatir los grandes rezagos que aún existen en materia de salud, educación, mejoramiento del ambiente, fomento educativo y cultural entre otros temas, apoyando a la población con beneficios directos.

Es decir, dicen no, injustificadamente, a los establecimientos de juego regulado, controlado, que podría evitar al máximo los riesgos, vigilando estrictamente el origen lícito de los recursos financieros y la solvencia de posibles inversionistas y operadores, generando inversión y desarrollo y, por otra parte, dicen sí, absurdamente, a la proliferación de casinos móviles, que no requerirán de inversión, no propiciarán empleos ni desarrollo económico alguno ni mucho menos condiciones de certidumbre y control en cuanto a la operación legal del juego, estimulando inseguridad violencia, tráfico, adicciones y, sobre todo, evasión fiscal.

Como es fácil deducir, lo que se pretende es absurdo y no se puede permitir.

3.- Se propone regularizar en forma inmediata y automática a los negocios de entretenimiento a base de juegos de números y apuestas remotas que actualmente existen operando, toleradas ilegalmente en México, en condiciones sospechosas por su fácil acceso, además de propiciar la posibilidad de fortalecerlos con la operación legalizada de diversos juegos con apuesta y otros servicios, que los convierte prácticamente en verdaderos casinos, sin que otorguen ninguna ventaja a la población y sí muchas desventajas y riesgos, beneficiando sólo unos cuantos, enriqueciéndolos aún más y perjudicando a la sociedad.

Lo adecuado es que se formulen regulaciones muy claras y estrictas para que se puedan abrir este tipo de establecimientos a base de juego con apuesta y que los negocios ya establecidos no sean legalizados fast-track, ni mucho menos se les fortalezca, sino que participen y soliciten la autorización en igualdad de condiciones a quienes deseen invertir al amparo de la legalidad que brinde la nueva legislación.

Es necesario eliminar cualquier sospecha, porque, por supuesto que hay sospechas fundadas en cuanto a que en la formulación del dictamen que se pretende aprobar a rajatabla existe intervención de personas ligadas a intereses económicos específicos que pretenden beneficiarse, y al respecto expreso un dato concreto:

Desde el inicio de la discusión del posible dictamen al seno del Grupo de Trabajo integrado por diputados de las Comisiones de Gobernación, y de Turismo, por conducto de la Comisión de Gobernación, se facilitó la participación, muy activa por cierto, del Sr. Guillermo Flores Muñoz, a quien se nos presentó formalmente como asesor del ciudadano secretario de Gobernación y que además de dicho cargo oficial, hemos conocido que el citado influyente personaje ostenta además la personalidad como “presidente de la Asociación Mexicana de Intermediarios Bancarios”, que es un organismo reconocido por la Secretaría de Hacienda, conformado por personas que se dedican a colocar capitales de inversión. Dicho personaje, presidente de los gestores de dinero para inversión y a la vez asesor especial del secretario de Gobernación, asiste con regularidad en forma abierta a las sesiones informales y oficiales de la Comisión de Gobernación y, seguramente se preocupa por vigilar los intereses de inversionistas al mismo tiempo que es encargado de expresar las recomendaciones del Poder Ejecutivo federal, específicamente, de la secretaría de Estado que es responsable de la vigilancia federal de juegos y sorteos. Como podrá advertirse, el asunto es claro y es delicado.

Igualmente y ante el conocimiento público de la existencia y operación de cientos o quizá miles de establecimientos de entretenimiento a base de juegos con apuestas y sorteos que operan tolerados por autoridades de los tres ámbitos de gobierno en diversos lugares del país es necesario conocer formalmente de ello, solicitando a la Secretaría de Gobernación la información oficial que posea en cuanto a cuáles son, quiénes y dónde los operan y, específicamente, cuál es su condición legal.

Es muy conocida la existencia de miles de casinos clandestinos, así como la operación de cientos de instalaciones para efectuar carreras de caballos y cientos de establecimientos permanentes o temporales, algunos totalmente insalubres e inseguros, donde se efectúan peleas de gallos. Como ejemplo concreto, en la ciudad de Puerto Vallarta opera regularmente, casi todos los días de año, un palenque, con la complicidad de las autoridades municipal, estatal y federal.

Muy interesante será conocer esta información, para contrastarla con lo que es la realidad que muchos legisladores conocemos que existe en cada ciudad así como en las rancherías de nuestros distritos y de nuestros estados, a fin de solicitar que se pueda aplicar la ley.

Es por estas razones que se someten a la consideración de esta honorable asamblea los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero.- En virtud de carecer de la participación de la Comisión de Turismo, a quien corresponde participar legalmente en la aprobación del dictamen en calidad de codictaminadora en conjunto con la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, se instruye regresar a dicha Comisión legislativa el dictamen publicado en la Gaceta Parlamentaria y sometido al Pleno de la H. Cámara de Diputados en primera lectura el día 13 de diciembre de 2002, relativo a la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuesta, Sorteos y Casinos presentada el 3 de marzo de 1999 por el entonces diputado Isaías González Cuevas a nombre propio y de otros legisladores de la LVII Legislatura, a efecto que se realice el dictamen con la participación de las Comisiones de Gobernación y Seguridad Pública, y de Turismo, con estricto apego a lo que establecen Ley Orgánica del Congreso General y el Reglamento para el Gobierno Interior del mismo.

Segundo.- Se solicita al Poder Ejecutivo federal, que a través de la Secretaría de Gobernación, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de la Procuraduría General de la República, proporcione de inmediato a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Seguridad Pública, y de Turismo, toda la información oficial que posean en relación a los negocios que en México ofertan entretenimiento a base de juegos con apuestas, especificando a detalle la ubicación, giro específico, el nombre de sus propietarios y operadores así como la condición legal bajo la que operan, citando a comparecer a los funcionarios de las dependencias federales citadas que sean necesarios para atender y otorgar respuesta a las inquietudes, consideraciones y cuestionamientos que sobre dicha información oficial tengan a bien requerir los legisladores integrantes de dichas comisiones, así como todos aquellos que deseen hacer uso de sus prerrogativas. (Hasta aquí la cita textual)

2.- Dado que ya se agotó el tiempo reglamentario que se le otorga a las comisiones legislativas para dictaminar los asuntos de su competencia es que presento esta excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, a fin de que a la brevedad posible presente el dictamen correspondiente ante el Pleno de la Cámara de Diputados relativo al asunto antes referido.

Por todo lo anterior y con fundamento en los artículos 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito presenta esta solicitud para que esta Presidencia de la Cámara de Diputados formule excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública a efecto de que presente dictamen a la brevedad posible respecto a la proposición con puntos de acuerdo anteriormente referida.

Por lo antes expuesto, a usted, C. Presidente de la Cámara de Diputados, atentamente solicito:

Unico.- Tenga por presentada esta solicitud de excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para que dentro del plazo legal que indica el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos sea presentado el dictamen correspondiente de la proposición con punto de acuerdo para requerir apego legal en el proceso legislativo relativo al dictamen de la iniciativa de nueva Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos, y solicitar a la Secretaría de Gobernación la información oficial sobre los negocios establecidos en México ofertando entretenimiento a base de juegos con apuestas y la condición legal bajo la que operan.

Atentamente.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 14 días del mes de abril de 2003.— Dip. Salvador Cosío Gaona (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Insértese el texto íntegro de la solicitud en el Diario de los Debates y se excita a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, para que presente el dictamen del punto de acuerdo a más tardar el 28 de abril del corriente.

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Una moción, señor Presidente.

Precisamente le solicitaba que la fecha que tenga a bien usted acordar sea previa al 25 de abril, en razón de que la Comisión de Turismo fue ya debidamente excitada por la Presidencia de esta Cámara para presentar el 25 de abril el dictamen que le corresponde y usted me está acordando al 28 de abril, días después, el dictamen de la Comisión de Gobernación que tiene qué ver con dictaminar si está en apego legal el dictamen que presentó previamente. Entonces creo que aquí hay una incongruencia y me gustaría que me obsequiara la solicitud en términos como lo solicité.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Sí, diputado. Agradezco y fue puntualmente escuchada su solicitud. El criterio de la Mesa Directiva es muy puntual, ante una segunda excitativa se da el plazo de 15 días, si usted, concluidos los 15 días gusta presentar una tercera, se quita de la comisión a la que fue turnada la solicitud, la iniciativa o el documento en cuestión, para turnarlo a una distinta. Ese es el procedimiento parlamentario; entiendo el fundamento de su solicitud y pido respete la facultad y obligación de la Presidencia para hacer el turno respectivo a la solicitud planteada.

Muchas gracias.

Continúe, en los términos planteados con sus demás excitativas.

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Me permite una moción.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene usted el uso de la palabra.

El diputado Salvador Cosío Gaona:

En relación con este planteamiento que usted señala, lo solicito, estrictamente dentro del marco y el plazo que establece nuestro Reglamento Interior, específicamente la fracción XVI del artículo 21, que habla de excitar a cualquiera de las comisiones a nombre de la Cámara, a que presente dictamen si han transcurrido cinco días después de aquél en que fue turnado el asunto y si no fuere suficiente, lo emplazará para el día determinado y si ni así, entonces propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Le solicitaría en todo caso, yo le fundamentaba mi planteamiento, fuera tan amable de fundamentarme la respuesta de la Presidencia.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

¿Ha concluido diputado?

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Así es señor.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El turno ha sido dado en los términos previstos, se excita a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para que presente el dictamen del punto de acuerdo el cual ha sido excitado previo, hasta el día 28 de abril en los términos y criterios que se han planteado por esta Presidencia y toda la Mesa Directiva.

 

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene usted el uso de la palabra para las demás excitativas que guste plantear, con el antecedente de que lo que había registrado su grupo parlamentario y venía de la Junta de Coordinación Política era, una excitativa respecto de inscribir en letras de oro en los muros de honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados de este honorable Congreso de la Unión, el nombre de don Mariano de la Bárcena y Ramos.

Tiene usted el uso de la palabra para esos efectos.

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Solicitando quede asentado, que no fue fundamentada la petición.

Efectivamente tengo agendadas dos iniciativas más, están anunciadas en el orden del día, aprobadas, la que sigue es en referencia a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Justicia y Derechos Humanos, a efecto de que dictamine una iniciativa que tuve a bien presentar el 12 de marzo, para reformar los artículos 1o., 2o., 7o., 8o., 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21 al 25, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a fin de establecer y normar actividades oficiales a cargo del cónyuge, el Presidente de la República.

Esta iniciativa fue turnada a dichas comisiones, sin que a la fecha se hayan todavía reunido las comisiones para dictaminar, tiene que ver con la normativa, con cambios necesarios a nuestra legislación, a nuestra Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para efecto de acotar la facultad discrecional que existe al Presidente de la República para designar suprasecretarías, supraasesores, supracoordinaciones, que como se sabe, a la fecha, se han designado en forma discrecional y que han resultado muy onerosas y poco productivas para México.

Igualmente, tiene que ver con la determinación, con el acotamiento a los titulares de las secretarías de Estado, para efecto de que solamente puedan designar en los cargos de las secretarías correspondientes a aquellos funcionarios que precisamente marca el Presupuesto de Egresos de la Federación, al igual que el caso de la Presidencia de la República.

Y tiene que ver especialmente con el acotamiento de las facultades que tiene el cónyuge o la cónyuge del Presidente de la República, porque en los hechos vemos cómo se despacha con la cuchara grande, tienen, en este caso quien los ocupa facultades no establecidas que ejercen presupuesto que a través de auxiliares, guardaespaldas, secretarios, hujieres, jefes de prensa y demás personal, no están debidamente establecidos en ninguna normativa, y tiene que ver con la creación de una instancia que estaría a cargo del cónyuge o la cónyuge del Ejecutivo Federal, que tendría establecidas las facultades, y también la obligación de rendir cuentas de los recursos que tuviera a su cargo.

Sería ésta la única encomienda pública federal, que el Presidente de la República pudiera designar a su cónyuge sin incurrir en ilegalidad, y podría designar a tercera persona sin que hubiera declinación, como fue el caso de la actual cónyuge que declinó, seguramente porque le pareció poco, le pareció un campo de acción muy limitado el cargo de Presidenta del Sistema DIF Nacional.

Tiene que ver con esos cambios necesarios a la ley, tiene que ver con terminar con la impersonalidad, tiene que ver con dejar claro que actualmente la esposa del Presidente de la República, sólo tiene acreditados como atribuciones, por ser esposa del Ejecutivo Federal, el vivir en la casa presidencial, el disfrutar de los alimentos de que es objeto dicha residencia, pero no tiene, salvo que tenga un cargo, posibilidad alguna de contar con mayor personal que no sea la seguridad de su persona o de su familia.

Este asunto es un tema que se ha venido señalando, esta iniciativa es muy importante, por hoy presentamos esta excitativa a la Comisión de Gobernación para que la dictamine de inmediato, consideramos que será en bien de México y será para un precedente necesario.

Por eso solicito que se inscriba el texto íntegro en el Diario de los Debates, se publique en la Gaceta Parlamentaria y se excite a la comisión correspondiente.

«Dip. Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputaos del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

El que suscribe, Salvador Cosío Gaona, en mi calidad de diputado de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, se sirva excitar a las Comisiones de Gobernación y Seguridad Pública, y de Justicia y Derechos Humanos, a fin de establecer y normar las actividades oficiales a cargo del cónyuge del ciudadano Presidente de la República, acotando expresamente la integración de la estructura orgánica del Poder Ejecutivo federal, para que proceda a la presentación del dictamen del asunto que me permito presentar al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones.

Antecedentes

1. Con fecha 12 de marzo del actual, presenté la iniciativa que reforma los artículos 1, 2, 7, 8, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 23, 24 y 25, y el título de los Capítulos 1 y 2, y deroga los artículos 10 y 15, todos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a fin de establecer y normar actividades oficiales a cargo del cónyuge del ciudadano Presidente de la República, acotando expresamente la integración de la estructura orgánica del Poder Ejecutivo federal; la cual fue turnada por el Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente en esa misma fecha para su análisis y dictamen a las Comisiones de Gobernación y Seguridad Pública, y de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.

Consideraciones

En ocasión de exponer la presente excitativa menciono nuevamente la forma discrecional como se han efectuado diversas actividades en el ámbito de la Administración Pública Federal durante la administración de Vicente Fox.

Así fue la creación de las diversas supercoordinaciones del gabinete Presidencial y las numerosas oficinas temáticas especiales de tareas de apoyo a las responsabilidades presidenciales, la mayoría de ellas sin una razón lógica de existir ni mucho menos una tarea clara y definida a realizar, y otras con funciones y facultades señaladas en contradicción o duplica a las que la ley vigente otorga ya a diversas instituciones públicas federales legalmente constituidas anteriormente.

Todas ellas han sido cuestionadas severamente en cuanto a la poca eficiencia que demuestran sus magros resultados, en contraste con lo oneroso de su funcionamiento.

Esto se ha originado por el simple deseo caprichoso de cumplir el compromiso de otorgarle empleo bien remunerado a un numeroso grupo de amigos del Presidente Fox, gratificando así los servicios personales y diversos apoyos financieros otorgados en la previa campaña electoral.

Aunque algunas de estas oficinas presidenciales y supercoordinaciones ya han desaparecido, esto ha sido por la presión de muchos actores políticos, sociales o de agentes de opinión publica, al cuestionárseles severamente, pero otras simplemente fueron eliminadas porque a sus “titulares” se les encontró ya un mejor acomodo en el organigrama oficial. No obstante, muchas de estas oficinas aún existen, bajo escasa o nula actividad y provocando las confusiones y falta de adecuada claridad en el desempeño de ciertas atribuciones y responsabilidades del Ejecutivo federal, y sobre todo generando una millonaria sangría por las erogaciones cuantiosas al erario público federal.

Pero existe una situación que nos hace reflexionar, aún más, sobre la necesaria exacta aplicación de la ley.

Es el caso de la exagerada discrecionalidad con la que se presume se ha manejado el respaldo financiero a actividades privadas, abusando, al margen de la ley, de fondos federales, sin existir el soporte presupuestal correspondiente, utilizando recursos económicos asignados para su ejercicio por dependencias específicas del Ejecutivo federal y que en lugar de ser erogados por éstas se han utilizado para sufragar gastos con motivos de actividades privadas de la ciudadana Martha Sahagún de Fox y de la asociación civil denominada “Fundación Vamos México”, que ella misma encabeza.

Asimismo, resulta mucho muy cuestionable la legalidad como se ha delegado la representación oficial del ciudadano Presidente de la República, sea en eventos oficiales en territorio nacional o en el extranjero, al haberse  otorgado, sin fundamento jurídico alguno, a quien carece de personalidad oficial y/o cargo determinado en la estructura orgánica de la propia Administración Pública Federal.

En relación a los apoyos económicos y materiales provenientes del erario publico federal para sufragar las actividades privadas de la esposa del ciudadano Presidente de la República, debe quedar claro que a ella sólo le correspondería, acaso, recibir los respaldos inherentes a las actividades oficiales si ocupare la Presidencia del Patronato del Sistema DIF Nacional, cargo que, no obstante su carácter de honorífico y por tanto sin la posibilidad legal de recibir salario alguno, requiere para su adecuado desempeño de algunos apoyos administrativos por medio de recursos humanos, materiales y financieros suficientes para tal caso.

Pero, en los hechos, la señora Martha Sahagún Jiménez de Fox no ocupa siquiera dicho cargo, mismo que al parecer rechazó le fuera otorgado, por considerarle de poca relevancia político-administrativa o de escaso campo de acción o de mínima influencia funcional en la esfera orgánica del Poder Ejecutivo federal. Cabe recordar que dicho organismo gubernamental, que constituye el eje de la labor asistencial del Gobierno Federal, fue constituido desde hace muchos años, y es respetado por el pueblo mexicano y no fue creado a capricho del presidente en turno, y mucho menos para beneficiar a algún partido político.

Por lo anterior, es clara y contundente la conclusión en cuanto a que la mencionada ciudadana Martha Sahagún de Fox no tiene carácter legal alguno para ser proveída presupuestalmente, salvo en lo conducente a la prerrogativa personal como moradora de la residencia oficial de Los Pinos, que es exclusivamente en cuanto a habitación y subsistencia alimentaria y de necesidades básicas humanas cotidianas, lo que, además debe ser revisado y en su caso acotado debidamente y no, nunca jamás, en la forma como es público y notorio se le respalda desde el inicio de la actual Administración Pública Federal y hasta la fecha, porque es un hecho indubitable que a la señora Sahagún de Fox se le otorgan recursos fuera del parámetro normal que merece en su calidad de cónyuge del ciudadano Presidente de la República, dado que, como antes se afirma, ella no ostenta o desempeña cargo público alguno, pues, es sabido, que ella cuenta con una estructura oficial de apoyo administrativo a sus actividades personales, que incluye un numeroso grupo de servidores públicos, como son secretarios particular y privado, jefe de ayudantes, secretarios técnicos, asesores, analistas, personal de soporte técnico e informático, personal de apoyo secretarial, y auxiliares administrativos diversos, así como jefes de difusión y   de relaciones públicas , y otros muchos funcionarios y empleados públicos más, sin dejar de advertir los cuantiosos recursos materiales y financieros que se derivan de ello.

Actuar en contravención a esta máxima legal, es incurrir en un manejo ilegal de los recursos públicos correspondientes y esta tipificado y penalizado en la ley.

Además, es muy claro que sólo puede acudir a representar al ciudadano Presidente de la República en algún evento oficial, alguien que detente formalmente una responsabilidad pública y no es ese el caso actual de la señora Sahagún de Fox, quien, es sabido, ha acudido a representar al titular del Poder Ejecutivo federal careciendo de legalidad, y al efecto, también se han canalizado cuantiosos recursos públicos para que la citada ciudadana cumpla dichas espurias encomiendas oficiales.

Por otra parte, ha sido muy difundido y criticado el respaldo oficial inadecuado, en cuanto a recursos humanos, materiales y financieros, que se le ha venido otorgando, en forma por demás discrecional, a la Asociación Civil denominada “Fundación Vamos México,” sin que hasta ahora se conozca el monto real y el justificado origen presupuestal de dichos recursos públicos, lo que contraviene a la más elemental norma de aplicación y administración de los fondos públicos de la Federación y vulnera, además, el principio de justicia y equidad en la distribución de los mismos, y aún cuando éstos sean supuestamente destinados a actividades de beneficio social, su ejercicio debe ceñirse a la legislación aplicable, por lo que es necesario solicitar la transparencia y el soporte legal en cuanto al manejo de los mismos.

Por ello, es evidente que resulta muy necesario adecuar el marco legal de la Administración Pública Federal, para acotar la existencia legal de las estructuras funcionales del Poder Ejecutivo, e institucionalizar las actividades del cónyuge del ciudadano Presidente de la República, con la finalidad de llenar el vacío jurídico que al respecto existe, otorgando tanto facultades expresamente conferidas, como las responsabilidades ante el ejercicio de su cargo y de cualquier recurso publico que al efecto sea manejado.

Por todo lo anterior, ha sido planteado en primer lugar a través de la iniciativa mencionada reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para determinar con claridad las dependencias oficiales que la conforman, eliminando cualquier mención inadecuada que exista, y   establecer que la Presidencia de la República sólo podrá contar con las unidades que expresamente establezca el presupuesto federal asignado, aprobado por el Poder Legislativo y de esta forma incluir con funciones claras y objetivas la figura de la Coordinación General de Asistencia Social de la Presidencia de la República, cuya titularidad podrá ser conferida sin contravención legal alguna al cónyuge del Ejecutivo federal, normando los objetivos y prevaleciendo en todo momento la asistencia social.

Ante ello, una vez vencidos los términos que indique el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y al no existir dictamen sobre la misma me permito presentar excitativa en los términos siguientes:

Solicito respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados se sirva a efectuar la excitativa propuesta.

Unico. Se excite a las Comisiones de Gobernación y Seguridad Pública, y de Justicia y Derechos Humanos para que se proceda a presentar dictamen ante el Pleno de esta Cámara en relación a la aprobación de decreto que reforma los artículos 1, 2, 7, 8, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 23, 24, 25 y el Título de los Capítulos 1 y 2, y deroga los artículos 10 y 15, todos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a fin de establecer y normar actividades oficiales a cargo del cónyuge del ciudadano Presidente de la República, acotando expresamente la integración de la estructura orgánica del Poder Ejecutivo federal.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, siendo el día 14 del mes de abril de 2003.— Dip. Salvador Cosío Gaona (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Insértese el texto íntegro de la solicitud en el Diario de los Debates y de conformidad con lo que señala el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Justicia y Derechos Humanos para que emitan el dictamen correspondiente.

 

LETRAS DE ORO

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra, diputado Cosio Gaona, para presentar el otro asunto que agendó.

El diputado Salvador Cosío Gaona:

Bien, con su venia señor Presidente:

La excitativa que presento tiene que ver con la necesidad de que la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias dictamine y se ha fijado fecha para ello por la Presidencia del pleno a su cargo, iniciativa que presenté desde el 16 de noviembre de 2002, en relación con la inscripción en letras de oro en este muro del recinto parlamentario del nombre del ilustre mexicano y jalisciense Mariano de la Bárcena y Ramos.

Transcurrió ya el plazo establecido por nuestra Ley Orgánica del Gobierno Interior, ya he presentado previamente la primera excitativa, sin que se haya dictado el dictamen correspondiente presentado al pleno, y por ser conducente le solicito se excite a la comisión de referencia para que se le fije fecha y presente al pleno el dictamen correspondiente.

Quedo de usted sea tan amable de ordenar se inscriba el texto íntegro de esta excitativa en el Diario de los Debates y se publique íntegro en la Gaceta Parlamentaria. Es cuanto.

«Dip. Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

El que suscribe, Salvador Cosío Gaona, en mi calidad de diputado de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, se sirva excitar a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para que proceda a la presentación del dictamen del asunto que me permito presentar al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones

Antecedentes

1. Con fecha 28 de noviembre de 2002, el suscrito a nombre propio y en representación de diversos legisladores por el estado de Jalisco, presentó ante esta honorable asamblea una iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba en letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados, el nombre de Don Mariano de la Bárcena y Ramos, la cual fue turnada por el Presidente de la Mesa Directiva en esa misma fecha para su análisis y dictamen a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2. En sesión de la Comisión Permanente de fecha 12 de marzo de 2003, un servidor presentó la primera excitativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con relación al asunto mencionado en el numeral anterior.

Consideraciones

Una vez más me honra presentar en tribuna el nombre de Don Mariano de la Bárcena y Ramos, pero más honroso resultaría para tan ilustre personaje mexicano el que permanezca su nombre con letras de oro en el Muro de Honor de esta honorable Cámara como un homenaje permanente a quien con su aportación y esfuerzo en las distintas actividades de la sociedad ha contribuido en la consolidación de nuestra nación, tal es el caso de este sabio erudito que supo desplegar una impresionante versatilidad, incursionando con talento en la ciencia, la plástica, literatura, humanismo, así como también en la función pública.

Dada la importancia de la vida de este ilustre jaliscien-se, que dejó profunda huella en la República y trascendió inconmensurablemente las fronteras de México, considero importante que la Comisión de referencia, a la cual hago referencia por segunda ocasión, se sirva en presentar el dictamen correspondiente con el objeto de otorgar el lugar tan merecido que Don Mariano de la Bárcena y Ramos debe ocupar en los muros de este recinto.

Ya han sido mencionados aquí los ámbitos en los que este personaje destacó ampliamente, no tan sólo a nivel nacional sino mundial, tal como fue en su aspecto de científico, autor de diversos textos sobre ciencia, biología, paleontología, historia, botánica, geografía y estadística, y qué decir de sus relevantes obras sobre la historia de México, los elementos acerca de los restos humanos del Valle de México y el hombre del peñón, y es una muy larga lista de obras editadas que tuvieron una gran difusión a nivel nacional y mundial en su época en los siglos pasados.

Además de ello, De la Bárcena y Ramos fue un respetable servidor público, que llegó a ser gobernador del estado de Jalisco en 1889, ocupando posteriormente el cargo de senador.

Tomando en consideración lo expresado por su biógrafo Palomino Cañedo: “pocos mexicanos han dado tanta gloria a su patria y han sido honrados con tantas preeminencias en el extranjero como el ilustre Don Mariano de la Bárcena”, como fue el caso del decreto del 31 de julio de 1895, como Comendador de la Real Orden de Isabel la Católica, y no dejando de lado que el Congreso del estado de Jalisco lo ha nombrado Benemérito del Estado en Grado Heroico, trasladando sus restos mortales a la Plaza de la Rotonda jalisciense de los Hombres Ilustres de la ciudad de Guadalajara, motivos por los cuales, compañeras y compañeros diputados, en la calidad de integrantes del H. Congreso de la Unión demos pleno reconocimiento a tan destacado jalisciense.

Todo lo anterior ha sido ya planteado en primer lugar a través de la iniciativa mencionada en el capítulo de antecedentes, no obstante que fue presentada ya una excitativa en el mismo sentido, y una vez vencidos los términos que indica el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y al no existir dictamen sobre dicho asunto, me permito presentar esta segunda excitativa, por lo que vengo a solicitar respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, se sirva efectuar la excitativa propuesta en los términos siguientes:

Unico. Se excite a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, fijando fecha para que se proceda a presentar dictamen ante el Pleno de esta Cámara con relación a la aprobación del decreto por el que se ordene la inscripción en letras de oro en el Muro de Honor el nombre de Don Mariano de la Bárcena y Ramos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, siendo el día 14 del mes de abril de 2003.— Dip. Salvador Cosío Gaona (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Insértese el texto íntegro de las solicitudes en el Diario de los Debates y de conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para que emita el dictamen correspondiente a más tardar el día 28 de abril de los corrientes.

 

LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene la palabra la diputada Josefina Hinojosa Herrera del grupo parlamentario del Partido del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una excitativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos hasta por cinco minutos.

La diputada Josefina Hinojosa Herrera:

Con su venia, señor Presidente. En razón de haber transcurrido el plazo que tienen las comisiones para dictaminar los asuntos de su competencia y de conformidad a lo que establece el artículo 87 y 21 del Reglamento Interior de esta Cámara, le solicito volver a excitar a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para que dictamine las iniciativas de reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Las iniciativas de reforma a esta ley fueron presentadas por su servidora el pasado 10 de abril de 2001 y el 12 de diciembre, el diputado José Alvaro Vallarta Ceceña nuevamente presentó una iniciativa en esta materia que propuso fuera de urgente y obvia resolución y el pasado 1o. de abril presenté una excitativa para que se dictaminaran las iniciativas en comento.

Vuelvo a llamar su atención, señor Presidente y señores compañeros diputados y diputadas, dado el impacto negativo que ha tenido en diversos estados de la República, las penas impuestas a las personas portadoras o poseedoras de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, porque es necesario adecuar el marco normativo de esta ley. Esta propuesta de reformas a esta ley ha sido respaldada ya por muchas diputadas y diputados en esta Legislatura, entre otros los compañeros diputados: Amador Rodríguez Lozano, Samuel Aguilar Solís, Manuel Díaz, José Narro Céspedes, Néstor Villarreal, Manuel Medellín, José Manuel del Río Virgen, José Manuel Regis, entre muchos otros compañeros que de manera solidaria, abierta y franca, me han expresado a mí y al diputado General Vallarta, la necesidad de que esta iniciativa sea dictaminada.

Así pues, compañeros legisladores, las voces de inconformidad por las penas prevalecientes en la mencionada ley, mismas que han privado de libertad a miles de personas con un reconocido modo honesto de vivir, me conducen a insistir ante esta honorable Asamblea sobre la pertinencia de que la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, presente a discusión y en su caso aprobación, el dictamen correspondiente a las iniciativas señaladas líneas arriba.

La oportunidad de corregir errores del pasado no sólo han afectado a miles de familias, sino que ponen en entredicho la legitimidad de los representantes populares; es entonces, compañeros legisladores, una oportunidad que tenemos frente a sí los diputados de esta Legislatura. Admitir sin duda que los propósitos de una norma no son aquellos que se esperaban, es una labor que cotidianamente se realiza en todos los parlamentos.

Con la finalidad de ofrecer un mejor esquema de convivencia social se modifican los ordenamientos que en su momento fueron considerados efectivos para los objetivos planteados. En este sentido, es responsabilidad, compañeros legisladores, le solicito, señor Presidente, considerar oportunamente las reformas a la ley en comento.

Por ello adecuar las normas en cuanto se modifique su ineficacia, así pues, no podemos permitir que se sigan llenando, compañeros, las cárceles de gente que no son perniciosos para la sociedad, por el contrario, es nuestra obligación en lo inmediato, enmendar este tipo de errores.

Por ello, señor Presidente, le solicito volver a excitar a esta comisión para que en lo inmediato y antes de que termine el período de sesiones, sea dictaminada y puesta a consideración de todos nosotros aquí en el pleno y por supuesto en la comisión conducente, el dictamen que refiere a las reformas de ley que he solicitado.

Muchas gracias, es cuanto.

«Escudo Naciona de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Dip. Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara deDiputados.

Honorable Asamblea:

En razón de haber transcurrido el plazo que tienen las comisiones para dictaminar los asuntos de su competencia, y de conformidad a lo que establecen los artículos 87 y 21 del Reglamento Interior de esta Cámara, le solicito volver a excitar a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para que dictamine la iniciativa de reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales.

La iniciativa de reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos fue presentada a este Pleno el pasado 10 de abril de 2001 por su servidora, y el 12 de diciembre de 2002 el diputado José Alvaro Vallarta Ceceña presentó otra iniciativa en la misma materia, y no obstante que las iniciativas fueron declaradas de urgente y obvia resolución el pasado 12 de diciembre de 2002, no han sido dictaminadas, por lo que es preciso llamar nuevamente su atención para establecer lo siguiente:

1. Mediante la propuesta de reformas a los artículos 81, 83, fracciones II y III, y 83 ter, fracciones II y III, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y la derogación del numeral 1, fracción III, del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, se pretende sean revisadas las penas impuestas a las personas que portan o poseen armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

2. Dado el impacto negativo que han tenido en diversos estados de la República las penas impuestas a las personas portadoras o poseedoras de armas de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, las propuestas para adecuar el marco normativo de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, han sido respaldadas por los diputados Amador Rodríguez Lozano, Samuel Aguilar Solís, Roberto Zavala Echavarría, José Manuel Díaz Medina, José Narro Céspedes, Néstor Villarreal Castro, José Manuel Medellín Milán, José Manuel del Río Virgen, Juan Carlos Regis Adame, Agustín Trujillo Iñiguez, Jaime Rodríguez López, Jaime Vázquez Castillo y Manuel Garza González, entre muchos más compañeros y compañeras legisladores.

3. Las voces de inconformidad por las penas prevalecientes de la mencionada ley, mismas que han privado de la libertad a miles de personas con un reconocido modo honesto de vivir, me conduce a insistir ante esta honorable asamblea sobre la pertinencia de que la Comisión de Justicia y Derechos Humanos presente a discusión y, en su caso, aprobación el dictamen correspondiente de las iniciativas señaladas párrafos arriba.

4. La oportunidad de corregir los errores del pasado, que no sólo han afectado a familias enteras, sino que ponen en entredicho la legitimidad de los representantes populares, es una oportunidad histórica que tenemos frente a nosotros los diputados y senadores de esta LVIII Legislatura.

Admitir que los propósitos de una norma no son aquellos que se esperaban, es una labor que cotidianamente realizan los Parlamentos del mundo. Con la única finalidad de ofrecer un mejor esquema de convivencia social, se modifican los ordenamientos que en su momento fueron considerados efectivos para los objetivos planteados; en este sentido, es responsabilidad de este órgano colegiado adecuar las normas en cuanto se verifique su ineficacia; no podemos permitir que se sigan llenando las cárceles de gente que no es perniciosa para la sociedad; por el contrario, es nuestra obligación como legisladores enmendar este tipo de errores.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted, diputado Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, atentamente pido:

Unico.- Excite y envié el presente documento a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para que a la brevedad posible presente el dictamen correspondiente a la iniciativa de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales en materia de portación y posesión de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, presentada el 10 de abril de 2001.

México, DF, a 14 de abril de 2003.— Dip. Josefina Hinojosa Herrera (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para que emita el dictamen correspondiente y en virtud de que es la segunda excitativa, se fija el día 28 de abril para que se presente a la Asamblea.

 

RELACIONES INTERPARLAMENTARIAS

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene la palabra la diputada Heidi Storsberg Montes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una excitativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

La diputada Heidi Gertud Storsberg Montes:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Con fecha del 11 de abril del año pasado, la suscrita diputada presentó a esta soberanía un proyecto de decreto que adiciona el artículo 94-bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, misma que fue turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Dos. Que conforme a lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 46 de la Ley Orgánica de los Estados Unidos Mexicanos, el pleno tiene la facultad de constituir grupos de amistad para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de países con los que México sostiene relaciones diplomáticas.

Tres. Que la conveniencia de mantener reuniones con diversos parlamentos a través de los grupos de amistad, constituye un instrumento valioso de diálogo y de enlace con los órganos legislativos de aquellos países que han jugado un rol estratégico en las relaciones exteriores de México.

Cuatro. Que en la iniciativa de decreto se precisa la motivación que anima adoptar un marco completo para la constitución y funcionamiento de los grupos de amistad, así como los mecanismos para fomentar el intercambio periódico de información y el trabajo continuo sobre materiales legislativos.

Cinco. Que el ámbito de la diplomacia parlamentaria requiere ser expresamente regulado a efecto de conocer con oportunidad la conformación, funciones, atribuciones y obligaciones de las diputadas o diputados integrantes de los grupos de amistad en su calidad de presidentes, secretarios o vocales.

Seis. Que la posibilidad de dictaminar en su caso votar la iniciativa en comento, permitiría combatir la falta de información, discrecionalidad y negligencia para la rendición de cuentas.

Siete. Que la necesidad de reglamentar la actividad internacional que están realizando constantemente los legisladores, contribuiría a fortalecer el trabajo y el prestigio de la Cámara de Diputados y a admirar la imagen de turismo parlamentario que algunos sectores de la sociedad perciben y cuestionan.

Ocho. Que aun cuando es de nuestro conocimiento que se está trabajando en una reforma integral de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en el marco de la Reforma del Estado e independientemente del ritmo propio de ésta, consideramos oportuno proceder a enviar la presente excitativa en los términos reglamentarios a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con la finalidad de que emitan su dictamen a la mayor brevedad posible en virtud de que ha transcurrido notoriamente el plazo establecido por el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted señor Presidente de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, atentamente solicito tenga por presentada esta solicitud de excitativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para que de inmediato presente su dictamen respecto de la iniciativa de decreto que adiciona el artículo 94-bis, al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Compañeras y compañeros legisladoras: no nos vayamos de esta LVIII Legislatura sin reglamentar los grupos de amistad, son muy importantes estos intercambios legislativos con otros parlamentos de otras partes del mundo, por lo que deben quedar perfectamente reglamentados a fin de que no se malinterpreten y se asuman como turismo parlamentario.

Yo les pido de verdad compañeros que velemos todos por una imagen clara, una imagen objetiva de esta Cámara de Diputados y de todas sus diputadas y diputados que estamos aquí trabajando.

Muchísimas gracias.

«La suscrita diputada, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LVIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21, fracción XVI, 87 y demás relativos al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente a esta Presidencia, tenga a bien formular una excitativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a efecto de que dictamine a la brevedad la iniciativa de decreto que adiciona el artículo 94-bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1) Que con fecha 11 de abril de 2002, la suscrita diputada presentó ante esta soberanía un proyecto de decreto que adiciona el artículo 94 bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, misma que fue turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2) Que conforme a lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Pleno tiene la facultad de constituir “grupos de amistad” para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de países con los que México sostiene relaciones diplomáticas.

3) Que la conveniencia de mantener reuniones con diversos parlamentos a través de los grupos de amistad, constituye un instrumento valioso de diálogo y de enlace con los órganos legislativos de aquellos países que han jugado un rol estratégico en las relaciones exteriores de México.

4) Que en la iniciativa de decreto se precisa la motivación que anima a adoptar un marco completo para la constitución y funcionamiento de los grupos de amistad, así como los mecanismos para fomentar el intercambio periódico de información y el trabajo continuo sobre materias legislativas.

5) Que el ámbito de la diplomacia parlamentaria requiere ser expresamente regulado, a efecto de conocer con oportunidad la conformación, funciones, atribuciones y obligaciones de los ciudadanos diputados o diputadas integrantes de los grupos de amistad en su calidad de presidentes, secretarios o vocales.

6) Que la posibilidad de dictaminar y, en su caso, votar la iniciativa en comento, permitiría combatir la falta de información, discrecionalidad y negligencia para la rendición de cuentas.

7) Que la necesidad de reglamentar la actividad internacional que están realizando constantemente los legisladores, contribuiría a fortalecer el trabajo y el prestigio de la H. Cámara de Diputados y a minar la imagen del “turismo parlamentario”, que algunos sectores de la sociedad perciben y cuestionan.

8) Que aun cuando es de nuestro conocimiento que se está trabajando en una reforma integral a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en el marco de la “Reforma del Estado” e independiente del ritmo propio de ésta, consideramos oportuno proceder a enviar la presente excitativa en los términos reglamentarios a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con la finalidad de que emita su dictamen a la mayor brevedad posible, en virtud de que ha transcurrido notoriamente el plazo establecido por el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted Presidente de Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados, atentamente solicitamos:

Unico. Tenga por presentada esta solicitud de excitativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para que de inmediato presente su dictamen respecto de la iniciativa de decreto que adiciona el artículo 94 bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la diputada Heidi Storsberg Montes, el pasado 11 de abril de 2002.

Palacio Legislativo, a los 14 días de abril de 2003.— Dip. Heidi Storsberg Montes (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para que emita el dictamen correspondiente.

En virtud de que ha transcurrido el tiempo correspondiente a la presente sesión que dispone el artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

 

ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

«Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.— Tercer Año.— LVIII Legislatura.

Orden del día

Martes 15 de abril de 2003.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictamen de primera lectura

De la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Edgar Ramírez Vela, Yazmín Rojas Mustafá y Alejandro Hernández Juárez, para que puedan prestar servicios en el consulado y departamento de Agricultura de Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León y Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero y el inciso b) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado.

Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé Cuenta.»

CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado Armando Salinas Torre (a las 16:03 horas):

Se levanta la sesión y se cita para la próxima el día de mañana 15 de abril a las 10:00 horas.

 

 

RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración: 5 horas 48 minutos.
• Quórum a la apertura de sesión: 271 diputados.
• Asistencia al cierre de registro: 397 diputados.
• Minuto de silencio: 1.
• Excitativas a comisiones: 20.
• Oradores en tribuna: 43.
PRI-16; PAN-13; PRD-5; PVEM-2; PT-1; PAS-3; PSN-2; CDPPN-1.
Se recibió:
• 5 comunicaciones de los congresos de los estados de Campeche y Michoacán;
• 2 comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que se informa de cambios en la integración de comisiones legislativas;
• 1 minuta proyecto de decreto por el que se concede permiso a ciudadano para aceptar y usar la medalla que le confiere Gobierno extranjero;
• 2 minutas de ley;
• 1 iniciativa del PRI;
• 4 iniciativas del PAN;
• 2 iniciativas del PRD;
• 2 iniciativas del PAS
Dictámenes de Primera Lectura:
• 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado
Dictámenes aprobados:
• 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Depósito Legal;
• 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 7o., 8o., 31 y 56 de la Ley General de Educación;
• 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo para solicitar al Banco de México lleve a cabo las medidas necesarias para apoyar a las personas con discapacidad visual en el manejo de papel moneda;
• 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública a que considere la inclusión en los planes y programas de educación primaria, de una asignatura que fomente los valores universales y de desarrollo humano integral y trascendente;
• 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública a realizar una revisión de los métodos y materiales utilizados en la enseñanza de la lectura;
• 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo para que en los programas académicos de primaria y secundaria se incluya la materia de protección civil;
• 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo para que la Secretaría de Educación Pública, apoye con recursos presupuestarios la creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos del Instituto Politécnico Nacional;
• 1 de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo sobre el conflicto laboral en la Compañía Hulera Euzkadi;
• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Comisión Nacional del Agua, a realizar acciones en torno a los daños ambientales ocasionados por las empresas: Química Central de México, SA de CV; y Suelas Winny, SA de CV;
• 1 de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con punto resolutivo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 175 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales;
• 1 de las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación y Seguridad Pública, con punto resolutivo por el que se desecha la minuta proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y el Código Penal Federal;
• 1 de la Comisión de Juventud y Deporte, con puntos resolutivos por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que crea la Ley Federal de la Juventud y que abroga la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud;
• 1 de la Comisión de Defensa Nacional, con punto resolutivo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 29, 152 y 155 y se adiciona un Capítulo IV, de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas;
• 1 de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con punto resolutivo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 7o.-bis de la Ley de la Propiedad Industrial;
• 1 de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con puntos resolutivos por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera;
• 1 de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con puntos resolutivos por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Sobre la Elaboración y Venta de Café Tostado;
• 1 de las comisiones unidas de Energía y de Comercio y Fomento Industrial, con puntos resolutivos por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 14 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el Ramo de Petróleo;
• 1 de la Comisión de Salud, con punto resolutivo por el que se desecha la minuta proyecto de decreto que adiciona un artículo 282-bis-3 a la Ley General de Salud

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
( en orden alfabético )

• Alcocer Flores, Juan (PAN). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ley del Depósito Legal: 91
• Alvarez Sotelo, Gumercindo (PAN). . . . . . . . . . . . . . Discapacitados Visuales: 100
• Baduy Isaac, Rosa Elena (PRI). . . . . . . . . . . . . . . . . . Ley del Depósito Legal: 91
• Batres Guadarrama, Martí (PRD) . . . . . . . . . . . . . . . Código Civil: 35
• Batres Guadarrama, Martí (PRD) . . . . . . . . . . . . . . . Pena de Muerte: 55
• Calderón Cardoso, José Antonio (PAS) . . . . . . . . . . . Gobiernos Municipales: 60
• Calderón Cardoso, José Antonio (PAS). . . . . . . . . . . . Irak: 157
• Campoy Ruy Sánchez, María Teresa (PVEM) . . . . . . Narcotráfico: 172
• Castellanos Hernández, Félix (PT). . . . . . . . . . . . . . . Irak: 159
• Chozas y Chozas, Olga Patricia (PVEM). . . . . . . . . . Irak: 160
• Cosío Gaona, Salvador (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Puerto Vallarta-Bahía de Banderas: 179
• Cosío Gaona, Salvador (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estados Unidos de América-Irak: 181
• Cosío Gaona, Salvador (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Impuestos: 182
• Cosío Gaona, Salvador (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Región Lerma-Santiago-Pacífico: 184
• Cosío Gaona, Salvador (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Huracán “Kenna”: 185
• Cosío Gaona, Salvador (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos: 186
• Cosío Gaona, Salvador (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: 191
• Cosío Gaona, Salvador (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Letras de Oro: 195
• Del Río Virgen, José Manuel (CDPPN). . . . . . . . . . . Irak: 157
• Domínguez Ramírez, Araceli (PRI) . . . . . . . . . . . . . . Ley de Coordinación Fiscal: 175
• Duarte Ramírez, Manuel (PRD) . . . . . . . . . . . . . . . . . Materia Laboral: 171
• Echeverría Ruiz, Rodolfo (PRI). . . . . . . . . . . . . . . . . Irak: 162
• García Vera, Jorge Luis (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . . . Educación Superior: 42
• Hernández Rojas, Mercedes (PAN) . . . . . . . . . . . . . . Ley Federal del Trabajo: 178
• Herrera y Bruquetas, Angel Enrique (PRD). . . . . . . . Irak: 161
• Hinojosa Herrera, Josefina (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . Trabajo Doméstico: 165
• Hinojosa Herrera, Josefina (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos: 196
• León Morales, Ramón (PRD) . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ley del Depósito Legal: 90
• López Hernández, Santiago (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . Estado de Chiapas: 169
• Lorenzo Juárez, Beatriz Patricia (PAS) . . . . . . . . . . . Gobierno Municipal: 37
• Mantilla Martínez, Miguel Angel de Jesús (PAN) . . . Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales: 163
• Mantilla Martínez, Miguel Angel de Jesús (PAN) . . . Cofipe: 170
• Meléndez Pérez, Enrique (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . . Ley del Depósito Legal: 88
• Monraz Sustaita, César Alejandro (PAN). . . . . . . . . . Ley Aduanera: 73
• Navarrete Montes de Oca, Ricardo Tarcisio (PAN). . . Irak: 161
• Ochoa Patrón, Oscar (PAN). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ley General de Educación: 96
• Olvera Castillo, Amado (PAN) . . . . . . . . . . . . . . . . . Ley de Fiscalización Superior de la Federación: 174
• Orozco Garza, Manuel Wistano (PAN) . . . . . . . . . . . Himno Nacional: 49
• Ortiz Esquivel, Francisco Javier (PAN) . . . . . . . . . . . Ley Agraria: 65
• Riojas Santana, Norma Patricia (PSN) . . . . . . . . . . . . Tratados Internacionales: 166
• Santibáñez García, Luis Miguel (PAN) . . . . . . . . . . . Cofipe: 67
• Simental García, Bertha Alicia (PSN). . . . . . . . . . . . . Irak: 158
• Storsberg Montes, Heidi Gertud (PAN). . . . . . . . . . . . Relaciones Interparlamentarias: 198