Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LIX Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio
DIRECTOR GENERAL DE CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares
PRESIDENTE
Diputado Juan de Dios Castro Lozano
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Norberto Reyes Ayala
AÑO IMéxico, DF, 23 de marzo de 2004 Sesión No. 4
ESTADO DE CHIHUAHUA

Comunicación del Congreso estatal con la que informa de actividades propias de su respectiva legislatura. De enterado

ESTADO DE COAHUILA

Comunicación del Congreso estatal con la que informa de actividades propias de su respectiva legislatura. De enterado

ESTADO DE QUINTANA ROO

Comunicación del Congreso estatal con la que informa de actividades propias de su respectiva legislatura. De enterado

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Comunicaciones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal:

Por la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado

Con acuerdo relativo a la instalación del Consejo de Información Pública del Distrito Federal y a la designación de su presidente. De enterado

FORO SOCIAL MUNDIAL

Comunicación del diputado Juan José García Ochoa con la que remite informe de su participación en el Foro Social Mundial y en el Foro Parlamentario Mundial, en Mumbia, India. Se turna a las comisiones de Desarrollo Social y de Relaciones Exteriores, para su conocimiento

COMISION PERMANENTE

Oficio de la Comisión Permanente con el que remite seis expedientes que contienen las siguientes proposiciones con puntos de acuerdo pendientes de resolver en la Tercera Comisión:

En relación con las asignaciones presupuestarias al campo. Se turna a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Agricultura y Ganadería

Para solicitar la comparecencia de la titular de la Lotería Nacional, a fin de que informe sobre la creación del fideicomiso Transforma México y el uso y destino de los recursos excedentes de esa institución. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

En relación con la exportación de melón mexicano a los Estados Unidos de América. Se turna a la Comisión de Economía

Para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, reforme el acuerdo que autoriza la modificación y reestructuración a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica, del 9 de agosto de 2003. Se turna a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía

Para que la Secretaría de Desarrollo Social ejerza directamente los recursos presupuestarios del Programa de Vivienda Rural. Se turna a la Comisión de Vivienda

En relación con el Programa de Apoyos Directos al Campo. Se turna a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Agricultura y Ganadería

COMISIONES LEGISLATIVAS

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política:

Con la que informa que la diputada Socorro Díaz Palacios, es secretaria de la Comisión Especial para la Reforma del Estado. Se aprueba

Con la que informa de cambios en la integración de la Comisión Jurisdiccional. De enterado

Desde su curul, el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza reclama el trámite de la Presidencia

Para hablar en pro de la reclamación, se concede la palabra al diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, y durante su intervención solicita que la Secretaría haga precisiones sobre la firma de la comunicación de referencia y el Presidente instruye se obsequie la solicitud

El Presidente consulta si se ratifica el contenido de la comunicación y desde su curul, el Presidente de la Junta de Coordinación Política así lo hace

En pro de la reclamación habla el diputado Miguel Angel Yunes Linares

Contesta alusiones personales el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza

El Presidente fundamenta el trámite dictado

Desde su curul, el diputado Miguel Angel Yunes Linares solicita aclaraciones de procedimiento

Hablan desde su curul, los diputados:

Pablo Gómez Alvarez

Leonardo Alvarez Romo

Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza

No se admite la reclamación de trámite del diputado Gutiérrez de la Garza

Para alusiones personales se concede la palabra al diputado Miguel Angel Yunes Linares

DIPUTADA SUPLENTE QUE SE INCORPORA

El Presidente designa comisión que acompañe a la ciudadana Lilia Isabel Aragón del Rivero, electa como diputada federal suplente en la cuarta circunscripción plurinominal, en el acto de rendir su protesta de ley

ESTADO DE CHIHUAHUA

Oficio de la Secretaría de Gobernación por el que remite copia de la contestación del Presidente de la Comisión Reguladora de Energía, al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados aprobado el 15 de diciembre de 2003, por el que solicita un subsidio al gas licuado de petróleo y gas natural en el estado de Chihuahua. Se turna a las comisiones de Energía, de Economía, de Hacienda y Crédito Público y al promovente, para su conocimiento

TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE

Oficio de la Secretaría de Gobernación por el que remite copia de la contestación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente el 7 de enero pasado, relativo a la enfermedad denominada de las vacas locas, que se turna a las comisiones de Agricultura y Ganadería, de Salud y de Economía, así como al promovente

PEMEX

Oficio de la Secretaría de Gobernación por el que remite copia de la contestación de la Dirección General de Petróleos Mexicanos Explotación y Producción, a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente el 25 de febrero del presente año, relativo a los contratos de servicios múltiples firmados hasta la fecha por la empresa Petróleos Mexicanos, que se turna a la Comisión de Energía y al promovente, para su conocimiento

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Oficio de la Secretaría de Gobernación por el que solicita el permiso necesario para que dos ciudadanos puedan prestar servicios y comunica que un ciudadano ha dejado de prestarlos, en diversas representaciones diplomáticas de los Estados Unidos de América en México. Por lo que se refiere a la solicitud de permisos, se turna a la Comisión de Gobernación, y por lo que respecta a quien ha dejado de prestar servicios, se turna a las comisiones de Gobernación de las Cámaras de Diputados y de Senadores, para su conocimiento

CONSUL HONORARIO

Oficio de la Secretaría de Gobernación por el que solicita el permiso necesario para que el ciudadano Luis Carlos Astiazarán Orcí, pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Finlandia en la ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el estado de Baja California. Se turna a la Comisión de Gobernación

PROCESOS ELECTORALES

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite iniciativa con proyecto de decreto del Ejecutivo que reforma y adiciona los artículos: 41, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión Especial para la Reforma del Estado

CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite iniciativa con proyecto de decreto del Ejecutivo que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la comisiones unidas de Gobernación y de Participación Ciudadana, con opinión de la Comisión Especial para la Reforma del Estado

LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFIA

El diputado Francisco Javier Bravo Carbajal presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un artículo 21 bis a la Ley Federal de Cinematografía, respecto a la publicidad en la transmisión de películas. Se turna a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía

MADRES TRABAJADORAS

La diputada María del Carmen Mendoza Flores presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y adiciona la fracción II del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, sobre la flexibilización del periodo del preparto de las madres trabajadoras. Se turna a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social

ARTICULOS 41 Y 116 CONSTITUCIONALES

El diputado José Alberto Aguilar Iñárritu a nombre propio y de los diputados Víctor Manuel Camacho Solís y Emilio Zebadúa González, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto al financiamiento de partidos políticos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

El diputado Manuel Velasco Coello presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 22, 22 bis y 38 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

El diputado Pedro Vázquez González presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 2º y reforma el artículo 3º de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

SERVIDORES PUBLICOS

El diputado José Porfirio Alarcón Hernández presenta iniciativa con proyecto de decreto, que deroga la fracción II del artículo 222 y reforma los artículos 222, 222 bis, 223 y 224 del Código Penal Federal y adiciona el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

MADRES TRABAJADORAS

La diputada Patricia Flores Fuentes presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y adiciona la fracción VIII del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, sobre la flexibilización del periodo del preparto o de adopción de hijos por parte de las madres trabajadoras. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social

PROCESOS ELECTORALES

El diputado Víctor Manuel Camacho Solís a nombre propio y de los diputados: Emilio Zebadúa González y José Alberto Aguilar Iñárritu, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y adiciona el Código Fiscal de la Federación y la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación y de Participación Ciudadana, con opinión de la Comisión Especial para la Reforma del Estado

DELITOS EN MATERIA DE DERECHO DE AUTOR

El diputado Javier Orozco Gómez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 424 bis y 424 ter y adiciona el artículo 429 del Código Penal Federal y reforma y adiciona el artículo 2º de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

VOLUMEN II
ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL

El diputado Federico Barbosa Gutiérrez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto al patrimonio cultural mexicano. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

La diputada Irma Sinforina Figueroa Romero presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma la fracción XX del artículo 32 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, sobre los consumos en restaurantes. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

PROCESOS ELECTORALES

El diputado Luis Antonio Ramírez Pineda presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral; reforma la Ley de Instituciones de Crédito y adiciona el Código Fiscal de la Federación. Se turna a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación y de Participación Ciudadana, con opinión de la Comisión Especial para la Reforma del Estado

COMISIONES LEGISLATIVAS

Cuatro comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, por las que informa de cambios en la integración de las comisiones de Fomento Cooperativo y Economía Social; de Juventud y Deporte; de Fortalecimiento del Federalismo; de Radio, Televisión y Cinematografía; Especial Lerma-Chapala; Especial encargada de coadyuvar y dar seguimiento a los programas y proyectos de desarrollo regional del Sur-Sureste de México; de Pesca; de Defensa Nacional; y de Cultura. De enterado

LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA

El Presidente informa de la recepción de solicitud del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para que se incluya en el orden del día un minuto de silencio por el X aniversario luctuoso de Luis Donaldo Colosio Murrieta, se aprueba la solicitud y acto seguido guarda el minuto de silencio

LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES

Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de Ley General de Bienes Nacionales. Es de segunda lectura

A nombre de la comisión, fundamenta el dictamen el diputado Julián Angulo Góngora

Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, se aprueba. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales

LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo 32; el párrafo segundo del artículo 33 y el artículo 36; y adiciona los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto, recorriendo el orden de los subsiguientes del artículo 32 de la Ley General de Protección Civil. Es de segunda lectura

El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, fundamenta el dictamen a nombre de la comisión

Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, se aprueba. Se devuelve al Senado para los efectos de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL

Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que deroga la fracción I del artículo 22 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Es de segunda lectura

Fundamenta el dictamen a nombre de la comisión la diputada María Sara Rocha Medina

Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, se aprueba. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales

LEY DE PREMIOS, ESTIMULOS Y RECOMPENSAS CIVILES

Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. Es de segunda lectura

Fundamenta el dictamen a nombre de la comisión el diputado Luis Eduardo Espinoza Pérez

Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, se aprueba. Se devuelve al Senado para los efectos de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

ESTADO DE JALISCO

El diputado Quintín Vázquez García presenta proposición con punto de acuerdo, para solicitar a las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Salud, elaboren un diagnóstico de las condiciones del vertedero de desechos sólidos de Matatlán, municipio de Tonalá, Jalisco. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

El diputado Jorge Triana Tena presenta proposición con punto de acuerdo, para solicitar a la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, exponga las acciones que está realizando en relación con los actos de corrupción de diversos servidores públicos del Gobierno de la Ciudad de México y de las delegaciones. Se turna a la Comisión del Distrito Federal

EDUCACION PREESCOLAR

El diputado Iván García Solís presenta proposición con punto de acuerdo, para solicitar información a la Secretaría de Educación Pública, sobre los avances para dar cumplimiento a la reforma constitucional que hace obligatoria la educación preescolar. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

COMPAÑIA DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO

El diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández presenta proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Energía, a que implemente un programa de modernización, productividad y eficiencia en la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, con el fin de homologar indicadores de la industria eléctrica paraestatal. Se turna a la Comisión de Energía

REPUBLICA DE CUBA

El diputado Luis Maldonado Venegas presenta proposición con punto de acuerdo, en relación con las medidas de bloqueo del Gobierno de los Estados Unidos de América a la comunicad científica de Cuba. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión

LISTA DE ASISTENCIA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS, CORRESPONDIENTE A LA PRESENTE SESION

Presidencia del diputado Juan de Dios Castro Lozano

ASISTENCIA
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia, el resultado del cómputo de asistencia de diputados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 312 diputadas y diputados.

Por lo tanto, hay quórum, señor Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano (a las 11: 21 horas):

Se abre la sesión.


ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Consulte la Secretaría a la Asamblea, si se le dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura al orden del día.

Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor...

Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Se dispensa la lectura.

«Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Primer Año.--- LIX Legislatura.

Orden de día

Martes 23 de marzo de 2004.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De los congresos de los estados de Chihuahua, de Coahuila y de Quintana Roo.

De la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, III Legislatura.

Del diputado Juan José García Ochoa, con que remite informe de su participación en el Foro Social Mundial y el Foro Parlamentario Mundial celebrados en Mumbia, India, del 16 al 21 de enero de 2004.

De la Comisión Permanente.

De la Junta de Coordinación Política.

Protesta de diputados.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de que se autorice un subsidio al gas natural de uso doméstico para el periodo invernal diciembre de 2003-marzo de 2004 en el estado de Chihuahua. (Turno a comisión.)

Con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, a fin de solicitar información sobre las medidas que se están tomando para evitar abusos y encarecimientos que puedan afectar los intereses de los consumidores nacionales, sobre la enfermedad de las vacas locas. (Turno a comisión.)

Con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, para solicitar al Ejecutivo Federal que envíe copias de los contratos de servicios múltiples que han sido firmados por Pemex hasta la fecha. (Turno a comisión.)

Por el que solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Juan Pablo Santana Valdez y Alicia Margarita de la Fuente Cruz, puedan prestar servicios en los consulados de Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua y en Monterrey, Nuevo León, respectivamente; y se comunica que el ciudadano Andrés Antonio Torres Scott, ha dejado de prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México. (Turno a comisión.)

Por el que solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Luis Carlos Astiazarán Orcí, pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Finlandia en la ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el estado de Baja California. (Turno a comisión.)

Iniciativas del Ejecutivo

De decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a comisión.)

De decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. (Turno a comisión.)

Iniciativas de diputados

Que adiciona el artículo 21-bis a la Ley Federal de Cinematografía, a cargo del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona la fracción II del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, para modificar los periodos pre y posnatal a efecto de que las madres disfruten de mayor tiempo con sus hijos recién nacidos, a cargo de la diputada María del Carmen Mendoza Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Manuel Camacho Solís y Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y José Alberto Aguilar Iñárritu, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 22, 22-bis y 38 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Que deroga la fracción II del artículo 222; reforma los artículos 222, 222-bis, 223 y 224 del Código Penal Federal; y adiciona el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado José Alarcón Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona la fracción VIII del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer un periodo de descanso a las trabajadoras que adopten a menores de edad, a cargo de la diputada Patricia Flores Fuentes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; y adiciona el Código Fiscal de la Federación y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Manuel Camacho Solís, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Federico Barbosa Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma la fracción XX del artículo 32 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Irma S. Figueroa Romero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; adiciona diversas disposiciones a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; reforma la Ley de Instituciones de Crédito y adiciona el Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Luis Antonio Ramírez Pineda, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de Ley General de Bienes Nacionales.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se reforman el primer párrafo del artículo 32, el segundo párrafo del artículo 33 y el artículo 36; y se adicionan los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto, recorriéndose el orden de los subsecuentes, del artículo 32 de la Ley General de Protección Civil.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se deroga la fracción I del artículo 22 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Proposiciones

Con punto de acuerdo para garantizar la aplicación de las normas ecológicas de la Semarnat en el plan de abandono y cierre del vertedero de desechos sólidos de Matatlán, municipio de Tonalá, Jalisco, a cargo del diputado Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal que exponga ante el pleno de la Comisión del Distrito Federal de la honorable Cámara de Diputados las acciones que está realizando con relación a los actos de corrupción en que han incurrido diversos servidores públicos del Gobierno de la ciudad y de las delegaciones, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar información a la Secretaría de Educación Pública respecto de los cambios que están operando en la educación preescolar como consecuencia de la reforma constitucional de mayo de 2002 que hace obligatorio ese nivel educativo, a cargo del diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Energía del Poder Ejecutivo Federal a implantar, con la Junta de Gobierno del organismo público Luz y Fuerza del Centro, un programa que establezca metas concretas de productividad y eficiencia con la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, a fin de homologar indicadores de la industria eléctrica paraestatal, a cargo del diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo a fin de expresar el rechazo a las medidas de bloqueo implantadas por el gobierno de Estados Unidos de América a la comunidad científica para impedir el libre intercambio y difusión de investigaciones desarrolladas por científicos cubanos o a participar en foros de ese carácter que tengan sede en territorio de Cuba, a cargo del diputado Luis Maldonado Venegas, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para hacer un atento exhorto al gobernador constitucional del Estado Libre y Soberano de Sonora, respetando su autonomía, a dejar sin efecto el decreto que reforma el Consejo Estatal de Concertación para la Obra Pública, publicados el 15 de enero y el 11 de febrero de 2004, que violenta la autonomía municipal, a cargo del diputado Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo por el que se saluda al pueblo español, particularmente a su presidente electo, señor José Luis Rodríguez Zapatero, y al Partido Socialista Obrero Español, por su triunfo en los comicios del 14 de marzo, a cargo del diputado Jorge Martínez Ramos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a informar a la sociedad acerca del estado de contaminación que guardan las playas mexicanas, así como de las medidas de contingencia que se aplicarán durante el próximo periodo vacacional de Semana Santa, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para solicitar al gobierno de México que se abstenga de votar contra una resolución en materia de derechos humanos en Cuba, a cargo del grupo parlamentario de Convergencia. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para que se exhorte a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a llevar a cabo las verificaciones necesarias al aeropuerto internacional de Guadalajara Miguel Hidalgo y, de no cumplir el grupo concesionario las obligaciones de conservación y mantenimiento en esa central aérea, se le sancione o, en su caso, revoque la concesión conforme a derecho, a cargo de la diputada Marisol Urrea Camarena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo a fin de crear la comisión especial para los festejos del bicentenario del natalicio de don Benito Juárez, a cargo del diputado Santiago Cortés Sandoval, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo, para recomendar a las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Hacienda y Crédito Público que, mediante sus órganos desconcentrados, exista mayor coordinación en el diseño y propuesta de instrumentos económicos, fiscales, financieros y del mercado destinados a apoyar la internalización de daños ambientales, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Junta de Coordinación Política que integre una comisión especial que dé seguimiento al caso del cardenal Posadas Ocampo, a cargo del diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a retirar las reservas impuestas al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, a cargo de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a dar trámite y respuesta a la petición de las comisiones relacionadas con el campo sobre la reasignación de 10 mil 800 millones de pesos de presupuesto para dicho sector, suscrita por integrantes de diversas comisiones de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado J. Miguel Luna Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que, de los ingresos netos de Pronósticos Deportivos que se enteran a la Tesorería de la Federación, el 8% se destine al fomento del deporte en los municipios del país, a cargo del diputado José Manuel Carrillo Rubio, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para ordenar a la Auditoría Superior de la Federación que fiscalice los fondos federalizados asignados al estado de Colima, con objeto de transparentar el ejercicio de su gasto y en especial a los destinados al pago electrónico de la nómina, suscrita por los diputados Antonio Morales de la Peña y Jorge Luis Preciado Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, así como a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que investiguen e informen a esta soberanía acerca de la continuación del Programa de Deportación Lateral, puesto en marcha por el gobierno de Estados Unidos de América, que es violatorio de los derechos humanos de los migrantes mexicanos, a cargo de la diputada María Guadalupe Morales Rubio, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Secretaría de Energía a establecer, mediante la Comisión Reguladora, de acuerdo con sus facultades, mecanismos de coordinación para prevenir accidentes en las compañías que tienen a su cargo la concesión de la distribución de gas natural en el Distrito Federal, a cargo del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al titular del Poder Ejecutivo a instruir a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Energía, así como a la Comisión Federal de Electricidad y a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, para establecer nuevas tarifas al suministro y venta de electricidad a los productores agropecuarios del estado de Chihuahua y crear una tarifa preferencial para uso agrícola y otra para uso ganadero en la misma entidad federativa, a cargo del diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para hacer un atento exhorto a las secretarías de la Función Pública, y de Comunicaciones y Transportes, así como a la Procuraduría General de la República, a investigar, en el ámbito de su competencia, el Servicio Postal Mexicano por el presunto robo de cheques enviados por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos de América a migrantes mexicanos por concepto de pensión y devolución de impuestos, a cargo del diputado José Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al pleno de la Cámara de Diputados a honrar la memoria de las víctimas de los atentados de Madrid y de la invasión de Irak; y al titular del Ejecutivo Federal, a adoptar una política exterior activa que contribuya al fin de la ocupación estadounidense y evite las guerras en el mundo, a cargo del diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Auditoría Superior de la Federación que practique una auditoría técnica y de desempeño a la investigación desarrollada por la Fiscalía Especial de la Procuraduría General de la República del caso Colosio, a cargo del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la instalación de plantas regasificadoras en Baja California, a cargo del diputado Raúl Pompa Victoria, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal y a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados, a que se destinen los recursos necesarios para que se realicen los proyectos de riego de San Vicente Boquerón y Los Zapotes, en el estado de Puebla, a cargo de la diputada María Angélica Ramírez Luna, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Secretario de Hacienda y Crédito Público a cumplir plena y oportunamente diversos aspectos del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2004, a cargo del diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a que, mediante las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, investigue y proceda legalmente en el caso de importación de azúcar al país, imponiendo las sanciones aplicables, a cargo del diputado Lázaro Arias Martínez, en nombre de diputados integrantes de la Comisión de Agricultura y Ganadería. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a las autoridades educativas federales y a las locales que verifiquen que los centros educativos que imparten el nivel de preescolar cumplan la normatividad establecida en la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María del Carmen Mendoza Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Dirección General de Pemex a no deshacerse de capital humano y técnico con el argumento de la aplicación de los criterios de austeridad contenidos en el artículo 30 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2004; y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a informar oportunamente de los recursos a que se refiere el artículo 7, fracción XI, de la Ley de Ingresos, a cargo del diputado Francisco Javier Carrillo Soberón, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a todos los partidos políticos representados en la Cámara de Diputados a suscribir un acuerdo nacional contra la corrupción y a trabajar con sujeción a su declaración de principios, a cargo del diputado José Manuel Carrillo Rubio, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo a fin de solicitar a la Comisión de Transportes la realización de un foro nacional de consulta, análisis y discusión sobre el sector de los transportes, a fin de contar con elementos suficientes para la generación de una iniciativa de ley que rija en el sector, a cargo del diputado José Julián Sacramento Garza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la Ley Federal de Juegos y Sorteos, a cargo del diputado Arturo Nahle García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a los gobiernos Federal, del estado de Tamaulipas y del municipio de Altamira, a coordinarse a fin de impulsar el proyecto Fénix en esta demarcación, a cargo del diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Congreso del estado de Guerrero a aprobar la propuesta de Ley de Desaparición Forzada de Personas, presentada por la sociedad civil, a cargo de la diputada Eliana García Laguna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo mediante el cual la Cámara de Diputados acuerda la comparecencia de las autoridades de la Secretaría de Educación Pública para explicar clara y puntualmente sus acciones frente a los casos de discriminación de que fueron objeto niñas y niños que viven con VIH/SIDA en escuelas de nivel básico, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Excitativas

A las comisiones unidas de Gobernación y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, a solicitud del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las comisiones de Salud, de Seguridad Social, de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos, Segunda, de la Cámara de Senadores, a solicitud de la diputada Magdalena Adriana González Furlong, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Carlos Blackaller Ayala, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, a solicitud del diputado Omar Ortega Alvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del diputado Carlos Blackaller Ayala, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, a solicitud del diputado Omar Ortega Alvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del diputado Rubén Figueroa Smutny, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Salud, a solicitud del diputado Omar Ortega Alvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A las comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del diputado Omar Ortega Alvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Salud, a solicitud del diputado Omar Ortega Alvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del diputado Omar Ortega Alvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Omar Ortega Alvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Gobernación, a solicitud de la diputada Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Agenda política

Sobre la persistencia de feminicidios en Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo de la diputada María Marcela Lagarde y de los Ríos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Sobre los resultados de la reunión de la CEPAL, que conmemora los 10 años de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo realizada en Santiago de Chile, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Efemérides

Sobre el LXVI aniversario de la Expropiación Petrolera, a cargo de los grupos parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática y de Convergencia.

Sobre el aniversario del natalicio de don Benito Juárez, a cargo de los grupos parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional y de Convergencia.

Sobre el X aniversario luctuoso del licenciado Luis Donaldo Colosio Murrieta, a cargo del diputado Fermín Trujillo Fuentes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»


ACTA DE LA SESION ANTERIOR
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Pido a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor...

Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves dieciocho de marzo de dos mil cuatro, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Presidencia del diputado Juan de Dios Castro Lozano

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a las diez horas con treinta y cuatro minutos del jueves dieciocho de marzo de dos mil cuatro, con la asistencia de doscientos noventa y ocho diputadas y diputados, el Presidente declara abierta la sesión.

El Presidente informa del sensible fallecimiento del profesor Enrique Olivares Santana, diputado en la Cuadragésima Cuarta Legislatura y senador de la República en la Cuadragésima Octava y Cuadragésima Novena Legislaturas por el estado de Aguascalientes y Presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, y la Asamblea guarda un minuto de silencio en su memoria.

La Asamblea, en votación económica, dispensa la lectura del orden del día.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma manera la aprueba.

La Secretaría de Cultura del gobierno del Distrito Federal invita a la ceremonia cívica conmemorativa del centésimo nonagésimo octavo aniversario del natalicio del licenciado Benito Juárez García. Se designa comisión para representar a la Cámara de Diputados.

Comunicación de la diputada Elba Esther Gordillo Morales por la que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse del cargo de diputada federal electa en la cuarta circunscripción plurinominal. La Secretaría da lectura a los puntos de acuerdo por los que se concede la licencia solicitada y se llama al suplente y la Asamblea los aprueba en votación económica.

Comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal con la que informa de actividades propias de su Legislatura. De enterado.

Comunicación de la Cámara de Senadores con la que informa del inicio de su Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura. De enterado.

Oficios de la Secretaría de Gobernación:

  • Nueve, con los que remite contestaciones de las secretarías de Economía, Hacienda y Crédito Público y de Salud del estado de Nuevo León en relación con los siguientes puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados: relativo al posicionamiento de México en materia de agricultura durante la Conferencia Ministerial de Cancún de la Organización Mundial de Comercio, que se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Economía y al promovente, para su conocimiento; para llevar a cabo una revisión de la política de generación de empleos, que se turna a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Economía y al promovente, para su conocimiento; sobre la problemática de los productores de frijol, que se turna a las comisiones de Agricultura y Ganadería, de Desarrollo Rural y de Economía y al promovente, para su conocimiento; relativo a la reclasificación de las tarifas eléctricas en el estado de Guerrero, dos, que se turnan a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Economía y de Energía y al promovente, para su conocimiento; sobre el Area de Libre Comercio de las Américas, que se turna a la Comisión de Economía y al promovente, para su conocimiento; en relación con las disposiciones del gobierno de Estados Unidos de América que deben cumplir los transportistas mexicanos, que se turna a la Comisión de Economía y al promovente, para su conocimiento; sobre prácticas desleales que afectan la porcicultura nacional, que se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público y al promovente para su conocimiento; y sobre los brotes de conjuntivitis en el país, que se turna a la Comisión de Salud y al promovente para su conocimiento.

  • Dos, con los que remite contestaciones de la Procuraduría Federal del Consumidor y de la Secretaría de Economía en relación con puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente relativos a la enfermedad denominada de las vacas locas, que se turna a las comisiones de Salud, de Agricultura y Ganadería y de Economía y al promovente, para su conocimiento, y sobre la importación de automóviles usados en la franja fronteriza norte, que se turna a la Comisión de Economía y al promovente, para su conocimiento.

    Presentan iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

  • Roberto Antonio Marrufo Torres, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo trescientos ochenta y siete del Código Federal de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Miguel Angel Toscano Velasco, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo doscientos diecinueve de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud.

  • Eliana García Laguna, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma la denominación del Capítulo Primero del Título Primero y los artículos veintinueve, ochenta y nueve y ciento tres, y adiciona los artículos primero, diecisiete, ciento trece y ciento treinta y tres, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Manuel Velasco Coello, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo quince de la Ley de Capitalización del Procampo. Se turna a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural.

  • Roberto Antonio Marrufo Torres, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona el artículo doscientos cuarenta y siete del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • José Antonio Cabello Gil, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos mil ciento sesenta y uno y mil novecientos treinta y cuatro del Código Civil Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo treinta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que abroga la Ley de Subsidios para Empresas de Aviación. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    A las once horas con cuarenta y ocho minutos la Secretaría informa del registro de cuatrocientos catorce diputadas y diputados y ordena el cierre del sistema electrónico de asistencia.

  • Juan Manuel Vega Rayet, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo cuarenta y uno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación.

  • María Guadalupe Suárez Ponce, del Partido Acción Nacional, que reforma y deroga diversos artículos de la Ley General de Población; reforma el artículo segundo de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; adiciona un Título Vigésimo Séptimo denominado Delitos en Materia Migratoria y diversos artículos al Código Penal Federal; y adiciona la fracción primera y deroga la fracción quinta del artículo ciento noventa y cuatro del Código Federal de Procedimientos Penales. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

  • Angélica de la Peña Gómez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo catorce; reforma el párrafo primero y deroga el párrafo segundo de la fracción vigésima primera del artículo setenta y tres y adiciona el artículo ciento dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Patricia Garduño Morales, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo ciento veintidós de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo cuarenta y dos del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para facultar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a legislar en materia de seguridad pública. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y del Distrito Federal.

  • Gilberto Ensástiga Santiago, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo trece de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y deroga la fracción segunda y el último párrafo del artículo cincuenta y siete del Código de Justicia Militar. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Defensa Nacional.

  • Abdallán Guzmán Cruz, del Partido de la Revolución Democrática, que expide la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Desaparición Forzada de Personas; reforma el artículo doscientos quince - A y deroga los artículos doscientos quince - B, doscientos quince - C y doscientos quince - D del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

    El Presidente informa de la recepción de una solicitud de los coordinadores de los grupos parlamentarios, para incorporar en el orden del día un pronunciamiento sobre los acontecimientos en el estado de Oaxaca y el atentado contra el gobernador de esa entidad federativa y la Asamblea autoriza su incorporación en votación económica. Para presentarlo, se concede la palabra al diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, del Partido Revolucionario Institucional.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de Ley General de Bienes Nacionales. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo treinta y dos; el párrafo segundo del artículo treinta y tres y el artículo treinta y seis; y adiciona los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto, recorriendo el orden de los subsiguientes del artículo treinta y dos de la Ley General de Protección Civil. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que deroga la fracción primera del artículo veintidós de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. Es de primera lectura.

    En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Salud con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Salud, en materia de adicciones. Es de segunda lectura. A nombre de la Comisión fundamenta el dictamen el diputado José Ángel Córdova Villalobos, del Partido Acción Nacional.

    Presidencia del diputado Antonio Morales de la Peña

    Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados: Jesús Porfirio González Schmal, de Convergencia; Irma Sinforina Figueroa Romero, del Partido de la Revolución Democrática; Gisela Juliana Lara Saldaña, del Partido Acción Nacional; y Hugo Rodríguez Díaz, del Partido Revolucionario Institucional.

    La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general y sin reserva de artículos para su discusión en lo particular, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por cuatrocientos seis votos en pro, ninguno en contra y una abstención. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

    La Asamblea dispensa, en votación económica, la lectura del dictamen de la Comisión de Salud con proyecto de decreto que adiciona los artículos doscientos sesenta y ocho bis y doscientos sesenta y ocho bis uno y reforma el artículo cuatrocientos diecinueve de la Ley General de Salud, para regular la elaboración de tatuajes permanentes, la micropigmentación y las perforaciones. Es de segunda lectura. Fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión el diputado José Angel Córdova Villalobos, del Partido Acción Nacional.

    Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados: Jesús Porfirio González Schmal, de Convergencia; Jazmín Elena Zepeda Burgos, del Partido de la Revolución Democrática; Lucio Galileo Lastra Marín, del Partido Acción Nacional; y Pablo Anaya Rivera, del Partido Revolucionario Institucional.

    En votación económica la Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general.

    Presidencia del diputado Juan de Dios Castro Lozano

    Sin que se reserven artículos para discutirlos en lo particular, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por trescientos ochenta y cuatro votos en pro, ninguno en contra y dieciséis abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

    La Asamblea, en votación económica, dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de declaratoria que adiciona una fracción vigesimanovena-M al artículo setenta y tres y reforma la fracción sexta del artículo ochenta y nueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de segunda lectura. La Secretaría da lectura al proyecto de declaratoria y sin nadie que solicite el uso de la palabra, la Asamblea lo aprueba en votación económica. El Presidente hace la declaratoria respectiva. Pasa al Ejecutivo para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política:

  • Con acuerdo por el que propone a los diputados que se integrarán a la Comisión de Concordia y Pacificación. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo por el que propone a los diputados que se integrarán a las comisiones bicamarales del Canal de Televisión del Congreso y del Sistema de Bibliotecas. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la integración del Comité de Información, Gestoría y Quejas. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la integración de los comités de los centros de estudios de las Finanzas Públicas, Sociales y de Opinión Pública, y de Derecho e Investigaciones Parlamentarias. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la constitución e integración del Comité de Comunicación Social. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la creación e integración de la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana y a la procuración de justicia vinculada. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la creación e integración de la Comisión Especial encargada de coadyuvar y dar seguimiento a los programas y proyectos de desarrollo regional de Sur-Sureste de México. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la creación e integración de la Comisión Especial para analizar los problemas de la agroindustria mexicana de la caña de azúcar. En virtud de dudas de la Secretaría sobre el resultado de dos votaciones económicas, el Presidente instruye se recoja votación nominal y por doscientos cincuenta y siete votos en pro, ciento veinticuatro en contra y doce abstenciones, se aprueba.

  • Con acuerdo relativo a la creación e integración de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la creación e integración de la Comisión Especial para el Campo. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la creación e integración de la Comisión Especial para la Reforma del Estado. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la creación e integración de la Comisión Especial de Ganadería. Desde su curul el diputado Francisco Guízar Macías, del Partido Revolucionario Institucional, a nombre de su grupo parlamentario, informa de cambios en la propuesta de integración. Se aprueba con los cambios en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la creación e integración de la Comisión Especial para dar seguimiento a los fondos de los trabajadores mexicanos braceros. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la creación e integración de la Comisión Especial del Café. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la creación e integración de la Comisión Especial para analizar la situación en la Cuenca Lerma-Chapala. Se aprueba en votación económica.

  • Con acuerdo relativo a la creación e integración de la Comisión de Investigación sobre el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Se aprueba en votación económica.

    Transcurrido el tiempo acordado para la duración de las sesiones, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión.

    El Presidente informa que la última votación nominal servirá para el registro final de diputadas y diputados y levanta la sesión a las quince horas con cincuenta y dos minutos, citando para la que tendrá lugar el martes veintitrés de marzo de dos mil cuatro, a las once horas.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Aprobada el acta.

    Continúe la Secretaría.


    ESTADO DE CHIHUAHUA
    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Congreso del Estado de Chihuahua.--- Secretaría.

    C. Dip. Presidente de la H. Cámara de Diputados.--- Av. Congreso de la Unión s/n.--- México, DF.--- Presente.

    Por este conducto, nos permitimos hacer de su conocimiento que con esta fecha la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del estado de Chihuahua desarrolló los trabajos correspondientes al duodécimo periodo extraordinario de sesiones dentro del tercer año de ejercicio constitucional, quedando integrada su Mesa Directiva de la siguiente forma:

    Presidente: Dip. Manuel Acosta Lar, Vicepresidente: Dip. Rubén Aguilar Jiménez, Vicepresidente: Dip. Jesús Roberto Corral Ordóñez; Primer secretario: Dip. Miguel Rubio Castillo, Segundo secretario: Dip. Jorge Arellanes Moreno, Prosecretario: Dip. Jesús Alfredo Velarde Guzmán, Prosecretario: Dip. Oswaldo Blancas Fernández.

    Sin más por el momento, reitero a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Chihuahua, Chih., a 24 de febrero de 2004.--- Dip. Manuel Acosta Lara (rúbrica), Presidente del Duodécimo Periodo Extraordinario.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:De enterado.
    ESTADO DE COAHUILA
    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    «Escudo.--- Coahuila de Zaragoza.--- Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza.

    C. Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Comisión Permanente de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión.--- México, DF.

    El pleno del H. Congreso del estado de Coahuila de Zaragoza, en sesión celebrada el día 13 de enero del año 2004, aprobó por votación unánime de sus integrantes el siguiente

    Acuerdo

    Primero.- El Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, abrió el día de hoy, 13 de enero del año 2004, el primer periodo extraordinario de sesiones, correspondiente al segundo año de ejercicio constitucional de la Quincuagésima Sexta Legislatura.

    Segundo.- Comuníquese lo anterior a los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado, así como a los Poderes de la Federación y a los de las Entidades Federativas, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley Orgánica del Congreso.

    Tercero.- Publíquese este acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

    Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley Orgánica del Congreso, se hace de su conocimiento este acuerdo, para la consideración y los efectos que se estimen procedentes.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Saltillo, Coahuila, a 14 de enero del año 2004.--- Lic. Prof. Alfonso Martínez Pimentel (rúbrica), Oficial Mayor del Congreso.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:De enterado.
    ESTADO DE QUINTANA ROO
    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.--- Ciudad Chetumal, Quintana Roo, México.

    CC. Diputados Secretarios del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    La honorable X Legislatura constitucional del estado se permite comunicar que, en sesión extraordinaria celebrada el 28 de febrero del presente año, declaró clausurado su primer periodo extraordinario de sesiones, correspondiente al segundo año de ejercicio constitucional.

    Sin otro particular por el momento, hago propicia la ocasión para enviarles un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Ciudad Chetumal, Q. Roo, a 28 de febrero de 2004.--- Dip. Ing. Pablo de Jesús Rivero Arceo (rúbrica), Secretario.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:De enterado.
    ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    CC. Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

    Por este conducto me permito comunicar a ustedes que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal celebró el día de hoy el segundo periodo de sesiones extraordinarias del primer receso del primer año de ejercicio de la Tercera Legislatura. La Mesa Directiva que coordinó los trabajos de este órgano colegiado durante el mismo quedó integrada por los siguientes diputados:

    Presidente: Dip. Pablo Trejo Pérez, Vicepresidente: Dip. Rafael Hernández Nava, Vicepresidenta: Dip. Mónica Leticia Serrano Peña, Vicepresidenta: Dip. María Claudia Esqueda Llanes, Vicepresidente: Dip. Juan Manuel González Maltos, Secretario: Dip. Emilio Fernández Allende, Secretario: Dip. José de Jesús López Sandoval, Prosecretario: Dip. Rigoberto Fidencio Nieto López, Prosecretaria: Dip. Aleida Alavez Ruiz

    Sin otro particular, reitero a ustedes mi consideración distinguida.

    Atentamente.

    Recinto Legislativo, a 2 de marzo de 2004.--- Dip. Lorena Villavicencio Ayala (rúbrica), Presidenta.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    De enterado.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    CC. Secretarios de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42, fracción XXV, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción XXI, y 36, fracción V, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me dirijo a usted con el propósito de hacer de su conocimiento que en la sesión extraordinaria del Pleno de este órgano legislativo, celebrada en esta fecha, se aprobaron los siguientes:

    Acuerdos

  • De la Comisión de Gobierno, por el que se designa al C. Gustavo Velásquez de la Fuente como Presidente del Consejo de Información Pública del Distrito Federal.

  • De la Comisión de Gobierno, relativo a la instalación del Consejo de Información Pública del Distrito Federal, llevada a cabo en la sesión del día de hoy.

    Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

    Atentamente.

    Recinto Legislativo, a 2 de marzo de 2004.--- Dip. Pablo Trejo Pérez (rúbrica), Presidente.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:De enterado.
    FORO SOCIAL MUNDIAL
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Esta Presidencia recibió del diputado Juan José García Ochoa, informe de su participación en el Foro Social Mundial y en el Foro Parlamentario Mundial, celebrados en Mumbia, India, del 16 al 21 de enero del año 2004.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Comunicación del diputado Juan José García Ochoa, con el que remite Informe de su Participación en el Foro Social Mundial y el Foro Parlamentario Mundial celebrados en Mumbai, India, del 16 al 21 de enero de 2004.

    La reciente reunión del Foro Parlamentario Mundial en el marco del Social Mundial (FSM) celebrado por cuarta ocasión, ahora en Mumbai, India, entre el 16 y el 21 de enero de 2004, fue un gran paso hacia el fortalecimiento constante de ese mecanismo. En cinco años se ha convertido en un actor importante en el escenario mundial.

    Historia

    Hay tres momentos de origen de esa experiencia. El primero fueron las protestas masivas durante la reunión de la Organización Mundial de Comercio (OMC) en Seattle, en noviembre de 1999. Un gran número de manifestantes, principalmente estadounidenses -una coalición sorpresiva de sindicalistas del AFL-CIO, militantes ambientalistas y anarquistas- logró echar a pique la reunión. Dos meses después, en enero de 2000, en Davos, un grupo de unos 50 intelectuales de todo el mundo intentaron una táctica diferente y organizaron un ``Antidavos en Davos'', buscando que se difundieran en la prensa mundial una serie de argumentaciones antineoliberales. En febrero de 2000, dos dirigentes brasileños de movimientos populares, Chico Whitaker y Oded Grajew, fueron a París a hablar con Bernard Cassen, director de Le Monde Diplomatique y presidente de Attac-France. Le sugirieron unir fuerzas para lanzar un encuentro mundial que combinara la protesta masiva y el análisis intelectual. Convinieron que esto ocurriera en Porto Alegre, Brasil, en 2001, al tiempo en que en Davos se realizaba la reunión del Foro Económico Mundial. Le llamaron a esto Foro Social Mundial, y Cassen declaró que el objetivo era ``hundir Davos''. Porto Alegre 2001 esperaba recibir a mil 500 participantes. Arribaron unos 10 mil. El grueso de ellos provenía de América Latina, Francia e Italia. Los principios básicos del FSM fueron que sería ``un punto de reunión abierto'' para ``grupos y movimientos de la sociedad civil que se oponían al neoliberalismo y a la dominación del mundo por el capital o por cualquier forma de imperialismo''. Su lema era ``otro mundo es posible''. Era un ``proceso'', no una organización. No tomaría posiciones, ni haría propuestas de acción, pero generaría posiciones y propuestas de algunos o todos los que tomaran parte en el FSM. Era ``plural, diverso, no confesional, no gubernamental y no partidista'', y actuaría de ``modo descentralizado''. En resumen, no habría jerarquías ni disciplina organizativa. La fórmula era original y muy diferente de los movimientos contra el sistema, incluidos el comunista o las internacionales. Y prendió fuego.

    La segunda reunión en Porto Alegre atrajo a 40 mil participantes, incluyendo ahora a un enorme grupo de América del Norte. En esta ocasión, un grupo de parlamentarios de todo el mundo, especialmente latinoamericanos y europeos, que participaron como observadores del FSM, decidieron conformarse en una red solidaria al FSM y dialogante con el movimiento social participante en él, a fin de nutrirse de sus críticas, demandas y propuestas, para enriquecer las acciones legislativas en sus respectivos países. Surge así la Red Parlamentaria Mundial, que convoca a un Foro Parlamentario Mundial, a realizarse en el marco del tercer FSM, un año después.

    La tercera edición del FSM, en 2003, juntó entre 70 mil y 80 mil personas. Estuvieron ahí toda suerte imaginable de movimientos, reformistas o revolucionarios, cada una de las variedades de personas oprimidas o marginadas, la vieja izquierda y la nueva, los movimientos sociales y las organizaciones no gubernamentales (ONG) y, por primera vez, esta red parlamentaria, convocada en el Foro Parlamentario Mundial.

    Desde el primer FSM se manifestaron algunos problemas, como fueron la tensión entre quienes insistían en mantener la fórmula de un foro abierto y aquellos que buscaban que el FSM se volviera un ``movimiento de movimientos'', tal vez, algún día, otra ``internacional; la poca participación de Asia, Africa y Europa central y del este; los debates por la estructura interna y el financiamiento del FSM, qué tan independiente y democrática era su estructura. Los tres problemas se pusieron aprueba en la reunión de Mumbai, la primera en efectuarse fuera de Porto Alegre.

    El concepto de foro abierto es considerado por sus fundadores originales como elemento clave para impulsar la fuerza del foro. Argumentan que cualquier desviación de esta fórmula llevará a exclusiones y lo convertirá en un movimiento sectario más. Para garantizar la apertura del FSM, los principios frenaban la ``representación de partidos'' y las ``organizaciones militares''. Algo difícil de lograr, pues tanto los partidos como los movimientos guerrilleros fueron de todos modos, mediante organizaciones asociadas, e incluso en el caso de los partidos a través de espacios paralelos y solidarios como el Foro Parlamentario Mundial. El asunto ha sido muy controvertido, pues muchos participantes no ven razón en bloquear a las estructuras partidistas (en tanto ninguna de ellas tenía una posición de control).

    El Foro Social Mundial de Mumbai

    Cuando el foro se fue de Brasil a India, es decir de un país donde casi todos los movimientos habían apoyado al Partido de los Trabajadores y como tal no necesitaban su presencia formal en el FSM, a un país donde los movimientos estaban repartidos en muchas organizaciones políticas y donde los partidos clave eran de masa, el comité organizador de India diluyó la reticencia contra los partidos. No obstante, la proscripción de la violencia condujo a divisiones entre los participantes de India. Un pequeño movimiento maoísta organizó un contra foro, denominado Resistencia Mumbai 2004, en terrenos cercanos a los del FSM. Los participantes de este espacio denunciaron al FSM como una combinación de trotskistas, socialdemócratas, organizaciones de masas reformistas y ONG financiados por trasnacionales, en suma, un ``arrogante caballo del inmovilismo y la contrarrevolución''.

    En especial atacaron el concepto de foro abierto (es sólo un talk show, dijeron) y la consigna (no ``otro mundo'', sino el socialismo como objetivo), y el financiamiento del FSM (por el hecho de que algún dinero fluyó de la Fundación Ford). Pero Resistencia Mumbai fue en realidad un evento colateral, que estimuló buenas discusiones en el FSM pero que atrajo tan sólo dos por ciento de quienes asistieron al encuentro.

    En cuanto a la acción del FSM, muchos resaltaron el hecho de que las manifestaciones mundiales contra la guerra de Irak, llevadas a cabo el 15 de febrero de 2003, las habían inspirado y organizado participantes del FSM. Así que, al final, todo mundo pareció concordar en que el FSM debía mantener su carácter abierto pero tal vez buscar la manera de aceptar e institucionalizar a los grupos que desearan participar en acciones comunes. Existe ya una asamblea de movimientos, que se reúne en los foros y que acuerda puntos y propone acciones concretas. El deseo de expandir el espectro geográfico del FSM fue uno de los objetivos perseguidos al cambiar de sede a Mumbai, y fue un éxito espectacular. En 2002, según el organizador principal en India, no había 200 personas que hubieran oído hablar del foro. Para 2004, cientos de organizaciones y más de 100 mil personas de India asistieron, procedentes de todos los grupos sociales imaginables, por lo menos 30 mil dalits (intocables) adivasis (pueblos tribales) y mujeres por todas partes. Es más, contradiciendo toda la cultura política de India, representaban un amplio espectro de puntos de vista políticos, trabajando juntos.

    En cuanto al Foro Parlamentario Mundial, contó con la presencia de unos 150 parlamentarios de todos los continentes, pero especialmente de la India y Pakistán (de todas las tendencias políticas), así como de Europa (del Grupo de los Socialistas Europeos, de la Izquierda Unitaria y Verde Nórdica, así como de los Verdes, todos representados en el Parlamento Europeo) y de América Latina (participantes casi todos del Foro de Sao Paulo (izquierda latinoamericana). Sin embargo, hay que resaltar que el caso de México, se logró la participación de parlamentarios del PRD, PRI y PAN, tanto diputados como senadores, que lograron darle a la delegación mexicana un matiz plenamente plural y nacional.

    En el Foro Parlamentario tuvo un momento cúspide cuando se logró la redacción y la firma de una declaración conjunta entre los parlamentarios de India y Pakistán a favor de la Paz y el diálogo entre ambos países para resolver sus añejas controversias. Un paso sin duda trascendental a favor de la estabilidad y la paz en la región.

    La declaración final del Foro Parlamentario resaltó la solidaridad con los movimientos sociales participantes en el FSM, así como con muchos otros que, sin haber podido participar estaban representados en el mismo. De la misma manera, nos manifestamos preocupados por los grandes problemas sociales de nuestros pueblos como la pobreza, el hambre, la discriminación, la explotación y la exclusión, así como por el unilateralismo, el militarismo y los modelos económicos y comerciales injustos imperantes en la política internacional. Por supuesto los parlamentarios asumimos el compromiso de mantener el diálogo con los movimientos sociales y de construir con ellos alternativas nacionales y globales con el optimismo de la consigna del FSM: ``otro mundo es posible''.

    Perspectivas

    El FSM retornará a Porto Alegre en 2005, pero planea desplazarse a Africa en 2006. La estructura del FSM, que fue un punto debatido abiertamente, continúa en discusión. En 2002 se fundó un consejo internacional, en el que participan 150 miembros, todos nombrados. Es ampliamente representativo pero ciertamente no fueron elegidos ampliamente. Si fueran elegidos, el FSM se tornaría una estructura jerárquica. Pero, ¿es ``democrática''? El consejo internacional es el que toma las decisiones reales, dónde serán las juntas, quién hablará en las plenarias (las ``estrellas'') y quién puede o no ser excluido de asistir.

    Es cierto que la mayor parte de las sesiones se organiza de abajo para arriba. En Mumbai, hubo unos 50 o más ``seminarios'' simultáneos en todo momento, y para todo efecto, autónomos. En las sesiones para analizar la estructura del FSM, se pujó por mayor apertura en la toma de decisiones, buscando formas para que todos los participantes tuvieran algo qué ver en las decisiones. Y todo esto, sin convertir el foro en una estructura jerárquica. Cosa nada fácil pero al menos sujeta a debate abierto.

    Tampoco debemos dejar de lado la evolución de los énfasis temáticos. En Seattle, la tendencia era frenar a la OMC. Después de Cancún-2003, dejó de considerarse esa organización como la amenaza principal. De hecho, aunque el FSM sigue luchando contra el neoliberalismo, el sentido es que el foro inaugura una diferencia real: que si Brasil o India impulsan ahora políticas diferentes, por ejemplo, se debe en gran medida a la presencia del FSM.

    En cuanto al Foro Parlamentario Mundial, considero que es un espacio que hay que fortalecer y para ello hago una invitación a todos aquellos legisladores que sigan siendo optimistas y que crean que puede construirse un mundo y un país diferente, justo, democrático, solidario y libre a que se integren a esta Red Parlamentaria Mundial.

    Declaración del Foro Parlamentario Mundial

    Mumbai, India, 19 de enero de 2004.

    1. Durante los últimos tres años, las reuniones periódicas del Fondo Parlamentario Mundial (FPM) se han celebrado en Porto Alegre, Brasil. En enero de 2004, simultáneamente con el Foro Social Mundial (FSM), se ha reunido por primera vez en Asia, concretamente en la ciudad de Mumbai (India), en un momento en el que estamos asistiendo al agravamiento de una crisis internacional. La celebración del IV Foro Parlamentario Mundial en este contexto resulta especialmente importante.

    2. En la era de la globalización, la potestad de los parlamentarios y legisladores de pedir cuentas a los gobiernos y de legislar libremente se ha visto deliberadamente mermada. Reafirmamos la legitimidad de nuestra autoridad para exigir a las autoridades nacionales y mundiales que rindan cuentas de su gestión y trabajaremos para poner freno a la pérdida progresiva de nuestro poder legislativo en el marco de la soberanía parlamentaria.

    3. Cuatro años después del fiasco de Seattle, el fracaso de la Quinta Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio (OMC), celebrada en Cancún, ha demostrado que el sistema de comercio actual no sólo está experimentando una crisis de legitimidad, sino que se está rompiendo en pedazos. En el marco del sistema de comercio actual, dominado por la OMC, la distancia que separa a los ricos de los pobres está aumentando de forma alarmante, por lo que el mito de que el libre comercio sin restricciones es la llave que permitirá alcanzar la prosperidad mundial ha quedado indudablemente desacreditado.

    Ha llegado ya el momento de revisar las normas comerciales y fomentar un comercio justo, equitativo y sostenible que beneficie a todas las naciones y a todos los pueblos y sirva para apuntalar, en lugar de obstaculizar, el desarrollo social y sostenible.

    La aparición de nuevas alianzas internacionales como, por ejemplo, el G20 y el G90 pone de manifiesto el hecho de que la necesidad de cambio es ahora más compartida que nunca.

    Nos oponemos a la invitación de Suiza a celebrar una miniconferencia ministerial de la OMC de forma paralela al Foro Económico Mundial de Davos, en enero de 2005.

    Los que hemos participado en el FPM estamos plenamente convencidos de que es posible y necesario optar por un paradigma económico y comercial alternativo, que beneficie a la mayoría de los pueblos de todo el mundo. Hacemos un llamamiento a los parlamentarios y legisladores para que inicien y apoyen un amplio debate en sus respectivos parlamentos sobre el desarrollo sostenible, la reorganización del sistema de comercio mundial, respetando y teniendo en cuenta las opiniones y reivindicaciones de los movimientos sociales y de la sociedad civil en general y cediendo a la ONU el control democrático de las instituciones financieras y económicas multilaterales.

    4. Las áreas de libre comercio actuales y las que están en proyecto, que engloban economías muy diferentes entre sí, como ocurre en el caso de la ALCA, no han servido para conseguir una justa redistribución de la riqueza, crear más y mejores puestos de trabajo, aumentar los salarios ni alcanzar un desarrollo social y medioambiental sostenible. Por el contrario, combinadas con unas políticas irresponsables elaboradas por los gobiernos, dichas áreas han dado lugar a una concentración de las estructuras de producción en las manos de las multinacionales, la violación de los derechos humanos y de los trabajadores, un incremento del déficit fiscal y la privatización de bienes comunes, por ejemplo, el agua y la energía.

    Levantar todas las barreras comerciales y acabar progresivamente con las preferencias comerciales entre socios desiguales no conduce automáticamente a un mayor bienestar para el conjunto de los pueblos. Es necesario prestar especial atención a la diversificación de la economía, el refuerzo de las infraestructuras que respeten el medio ambiente, la educación y los sistemas sanitarios y de transporte, sin los cuales ningún país puede beneficiarse de la mayor apertura de los mercados internacionales.

    Es necesario respetar el derecho de cada país a desarrollar su propio potencial económico y político. Somos partidarios de dar prioridad a la integración regional siempre y cuando ésta venga avalada por consultas populares y el consenso social; se base en un proceso de toma de decisiones y de control democráticos y, finalmente, garantice el respeto a los derechos humanos y sociales recogidos en los pactos y acuerdos internacionales, el desarrollo sostenible y la diversidad cultural.

    En nuestra calidad de parlamentarios y legisladores, estamos decididos a hacer nuestras estas reivindicaciones y convertirlas en propuestas legislativas para lograr una integración regional pacífica que respete los derechos sociales, el desarrollo de las zonas rurales, la protección y diversificación de las economías locales, la soberanía alimentaria y la diversidad cultural.

    Asimismo, exigiremos la puesta en marcha de un sistema de tributación a escala mundial (tal como el ``impuesto Tobin'' para gravar las transacciones financieras internacionales, los beneficios empresariales...) que contribuirá al desarrollo de los países del tercer mundo.

    5. Las negociaciones sobre el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS) que se desarrollan en el seno de la OMC representan una amenaza para los servicios públicos en muchos países. Las peticiones de que se proceda a la apertura de los mercados para la privatización y comercialización de la educación, la sanidad pública, la cultura y el acceso al agua y la energía, en su mayoría procedentes de los países industrializados más importantes, no son más que un reflejo de los grandes intereses económicos de las grandes empresas. La privatización y la falta de regulación conducen a la aparición de monopolios privados que no dan respuesta a las necesidades de los pobres, sino que contribuyen a privarles aún más de productos y servicios básicos. La propia educación primaria, tan importante para la igualdad social y de género, se ve amenazada por las políticas actuales.

    Pondremos en marcha iniciativas en nuestros respectivos parlamentos y asambleas legislativas para exigir a nuestros gobiernos que reconsideren y reviertan la marcha de las negociaciones sobre el GATS. De este modo, podrían aprobarse disposiciones que protegieran los servicios públicos y garantizaran el derecho de los gobiernos a regular e intervenir en ciertos sectores. Apoyamos las iniciativas emprendidas por distintas autoridades locales y gobiernos autónomos en todo el mundo para situarse deliberadamente fuera del ámbito de aplicación del GATS.

    6. El agua y el acceso a la misma están adquiriendo actualmente una importancia creciente en la escena internacional. Por ello, es necesario dejar claro que el acceso al agua es un derecho fundamental, que no puede ponerse en peligro por motivos relacionados con la búsqueda de la rentabilidad económica. El agua no es sólo un producto básico; ante todo, es un elemento natural esencial e insustituible para la agricultura, las necesidades de la vida cotidiana y muchas otras actividades.

    Tal y como se subrayó en la Declaración de Roma de diciembre de 2003, es urgente reconocer formalmente que, según la economía no basada en el mercado, el agua es un bien común que debe excluirse de la categoría ``bienes y servicios de mercado''.

    La pobreza y la falta de acceso a los recursos hídricos provocan la muerte de millones de personas en los países en desarrollo. Actualmente, mientras 70 por ciento del agua del mundo se utiliza en actividades productivas, todavía son muchas las personas que no tienen acceso a agua potable que ofrezca las mínimas garantías sanitarias. El derecho a la salud es fundamental pero la globalización económica neoliberal y los planes de ajuste estructural están provocando un aumento de las emergencias sanitarias y dificultando el acceso a los medicamentos y a la atención sanitaria primaria, ya que conducen al desmantelamiento de las estructuras sanitarias públicas. Además, el acceso a los medicamentos se ve todavía más limitado por los obstáculos que representan los elevados precios y los derechos de patente de las empresas farmacéuticas.

    Como parlamentarios y legisladores, apoyaremos las campañas internacionales puestas en marcha por los distintos movimientos sociales y las organizaciones de la sociedad civil para salvaguardar el derecho universal de acceso al agua y garantizar el reconocimiento del derecho a la salud como un derecho humano fundamental.

    7. Lucharemos en nuestros respectivos parlamentos y asambleas legislativas para la reforma agraria y conseguir que ésta se ponga en manos de los agricultores en todos aquellos países en que todavía no se haya completado este proceso.

    8. La deuda externa, bajo este régimen del FMI y del Banco Mundial, ha sido una herramienta eficaz para impedir el desarrollo socioeconómico local. Mientras que James Baker ha venido insistiendo desde finales de la década de los ochenta en que Argentina debe pagar la deuda que contrajo durante una dictadura, ahora solicita al Club de París que cancele la deuda del Irak, porque fue contraída durante una dictadura. Este doble rasero es inaceptable y muestra que el sistema regulador de la deuda externa es fundamental para ejercer el dominio económico y político. La cuestión de la ``deuda odiosa'' (una herencia del apartheid y los regímenes dictatoriales) no es sino la punta del iceberg que representa el problema en su conjunto.

    En nuestra calidad de parlamentarios y legisladores, nos comprometemos a actuar a favor de la cancelación de la deuda externa de los países en desarrollo, al tiempo que nos esforzaremos por crear procesos de arbitraje justos y transparentes que permitan a los ciudadanos afectados participar en la asignación de fondos al margen del circuito de la deuda.

    9. La Guerra desencadenada por el gobierno de Bush en Irak representó uno de los acontecimientos más negros en la situación política internacional el pasado año. Muestra claramente las consecuencias de la doctrina de Bush conocida como ``guerra preventiva'' y del unilateralismo de Estados Unidos. Ha contribuido a empeorar la dinámica de la guerra que amenaza al mundo en la actualidad, creando nuevos obstáculos que impiden alcanzar los acuerdos políticos necesarios en muchas regiones, como en el caso de Palestina e Israel, de Mindanao en Filipinas o de la península coreana. La carrera armamentística y la proliferación de armas nucleares ha recibido un nuevo impulso. Es evidente que no apoyamos en su momento el régimen de Saddam Hussein; apoyamos la democracia, en todos los países. Nos oponemos enérgicamente a la intervención unilateral, militar y política de los Estados Unidos en Irak y otros países.

    Manifestamos nuestra repulsa ante los intentos estadounidenses de socavar la legitimidad de los procesos políticos internacionales, especialmente el papel de las Naciones Unidas.

    En nombre de la lucha contra el terrorismo, se está negando derechos humanos fundamentales, y algunos colectivos como los inmigrantes y las personas que solicitan asilo se encuentran en una situación más vulnerable que nunca antes. El gobierno estadounidense se está eximiendo a sí mismo de la obligación de cumplir con el derecho y los convenios internacionales, como demuestra claramente la escandalosa evolución de la situación de Guantánamo. Muchos de los violentos conflictos existentes en Africa se deben, en gran medida, al papel que desempeñan unas cuantas multinacionales occidentales deseosas de apoderarse de los recursos de este continente. El sector empresarial ha realizado algunos intentos para crear códigos de conducta con los que hacer frente a los problemas sociales, medioambientales y relacionados con los derechos humanos. Estas cuestiones, (el ``Pacto Mundial'' de la ONU, el Consejo Empresarial Mundial de Desarrollo Sostenible) se han utilizado para llevar a cabo un lavado verde de la responsabilidad social de las empresas multinacionales. Por ello, resulta urgente llevar a cabo una supervisión independiente de la ``responsabilidad social de las transnacionales'' y que las legislaciones nacionales no sean debilitadas.

    La legislación antidroga y antiterrorista suele aplicarse en muchas ocasiones en contra de los movimientos sociales, como se puso dramáticamente de manifiesto en el caso de Bolivia y Colombia. En Colombia, los intereses económicos de las multinacionales han provocado un desplazamiento de hasta tres millones de campesinos, se ha asesinado a sindicalistas, se han exterminado comunidades indias y actualmente existe una evidente impunidad para las violaciones de los derechos humanos, mientras que la intervención de los Estados Unidos y la extensión de la guerra representan una amenaza para la sociedad civil y para los países vecinos como Ecuador, Venezuela y Brasil.

    Una importante obligación de los parlamentarios y legisladores hoy día es luchar contra la doctrina de la ``guerra preventiva'' preconizada por Bush, fomentar la solidaridad con aquellos pueblos que viven en zonas de conflicto, defender los derechos humanos, defender el derecho de los pueblos a decidir sobre su propio futuro, a través de medios pacíficos y democráticos, y terminar con la carrera armamentística, incluyendo la prohibición universal de las armas nucleares. Como parlamentarios y legisladores, tenemos la obligación de trabajar como agentes de paz y de buscar el final de la violencia. Nos comprometemos a esforzarnos por crear un nuevo orden mundial basado en el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas y los convenios internacionales. Apoyamos la reforma de la ONU, empezando por la reestructuración y ampliación del Consejo de Seguridad para aumentar la representación en el mismo de los países en desarrollo y reforzar la legitimidad y efectividad del funcionamiento de esta organización.

    10. En nuestra calidad de parlamentarios y legisladores, nos comprometemos a trabajar activamente en una campaña para conseguir la ratificación internacional del Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI) y a instar a nuestros respectivos parlamentos nacionales a no firmar los acuerdos bilaterales de inmunidad con los Estados Unidos, aún a riesgo de perder las ayudas de este país.

    11. El efecto combinado de la aplicación en todo el mundo de políticas económicas neoliberales y la dinámica de la guerra es muy importante. Esta situación provoca una erosión constante de los gobiernos democráticos y de los derechos sociales, así como procesos de rearme en varios países. Además, el efecto combinado de las dos variables anteriores favorece el auge de los fundamentalismos religiosos y de las ideologías sectarias, y del peligro de terrorismo, cuyo objetivo es acabar con la unidad de los pueblos. Igualmente, contribuye a multiplicar los obstáculos para que la igualdad de género y los derechos de las minorías puedan ser una realidad. Nos oponemos a todas las dictaduras.

    Los parlamentarios y legisladores, reconocemos la importancia específica del auge actual de los movimientos contra la globalización empresarial y militar, de la lucha de los trabajadores para defender los derechos sociales y los servicios públicos, de las movilizaciones contra la guerra que se han producido en todo el mundo y, dentro de estas últimas, de los foros sociales. Están surgiendo nuevas relaciones de solidaridad, se están construyendo nuevas redes de convergencia internacional para llevar a cabo determinadas acciones comunes; en definitiva, se están colectivizando una serie de alternativas al orden económico y militar dominantes en la actualidad.

    12. En el caso del sur de Asia, donde se reúne el IV FPM, los parlamentarios y legisladores reconocemos la enorme importancia de reforzar la unidad de los pueblos contra el proyecto actual de globalización empresarial encabezado por el triunvirato FMI-BM-OMC. Para seguir adelante con su proyecto, estas organizaciones llevan a cabo intentos detestables de estimular las diferencias étnicas, raciales, religiosas y otros factores heredados del pasado feudal, como las castas. Por ello:

    Reconocemos los esfuerzos realizados por los habitantes del sur de Asia para poner fin a los conflictos regionales y trabajar por la paz mediante un proceso de diálogo constructivo que permita resolver las disputas y reforzar la cooperación regional.

    Reconocemos la creciente fortaleza de los movimientos de las mujeres en su oposición a la discriminación por razones de género y su lucha por la igualdad de género; estos movimientos no sólo se enfrentan a los obstáculos que representan las políticas económicas neoliberales, sino también a otros derivados del ``fundamentalismo'' y del ``revivalismo''.

    Queremos hacer extensivo nuestro apoyo a los movimientos de defensa de grupos sociales hasta ahora oprimidos para que puedan alcanzar la justicia social.

    Queremos hacer extensivo nuestro apoyo a aquellas minorías étnicas y religiosas que reclaman un orden social justo e igualitario en el que puedan participar como socios, no como adversarios.

    Por este mismo motivo, reconocemos la necesidad de oponernos no sólo a los gobiernos, sino también a las fuerzas del fundamentalismo, el oscurantismo y el sectarismo, que intentan quebrantar la unidad de los pueblos. Condenamos cualquier forma de terrorismo, tanto el individual como el de estado.

    El respeto a las identidades culturales (incluyendo el derecho de cada individuo a hablar su propia lengua) es fundamental para un desarrollo humano sostenible. En nuestra calidad de parlamentarios y legisladores de todos los países, nos comprometemos a proteger el mundo contra una cultura única y homogénea y a impedir la xenofobia. El FPM se movilizará contra todo tipo de discriminación -ya sea por causas raciales, de género, religiosas, económicas, políticas, sociales, territoriales o relacionadas con el sistema de castas. Todos los ciudadanos del mundo deben ser tratados con dignidad.

    13. El Foro Parlamentario Mundial y la Red Parlamentaria Internacional (RPI), constituida tras el primer FPM celebrado en Porto Alegre en 2001 ya ha lanzado distintas campañas sobre cuestiones como el régimen tributario de las transacciones financieras; el GATS y la defensa de los servicios públicos; el desarrollo sostenible, durante la Conferencia de Johannesburgo (Río + 10); y, finalmente, la OMC, durante la Conferencia de Cancún. Estas campañas siguen en marcha. Durante 2004, los principales ejes de movilización serán éstos:

    14. El 20 de marzo será un día de movilización internacional contra la guerra y la doctrina de Bush. Es una oportunidad excepcional para luchar por la paz en el mundo, hacer extensiva nuestra solidaridad a los pueblos en lucha (como el palestino), abordar el problema político que representan las zonas en conflicto (como el Irak, Palestina-Israel, el Pakistán, la India, Mindanao y la península coreana) e integrar de forma más adecuada en el seno del movimiento pacifista mundial la reivindicación de la prohibición universal y general del uso de armas nucleares.

    15. La cuestión del desarrollo social y medioambiental se planteará específicamente en junio de 2004, con motivo de la reunión de la CNUCD en Sao Paulo, en la que se llevará a cabo un intento de restaurar el liderazgo de la OMC. Realizaremos un seguimiento detenido de toda futura negociación sobre la OMC para expresar la necesidad de lograr un comercio justo para todos.

    16. Manifestamos nuestro más firme apoyo al proceso de transformación social en Venezuela y rechazamos cualquier tipo de injerencia extranjera.

    17. La primera reunión del Polo latinoamericano de la Red Parlamentaria Internacional en Caracas, en noviembre de 2003, hizo pública una declaración clara en contra de las negociaciones actuales sobre el Area de Libre Comercio de las Américas (ALCA), que se están llevando a cabo sin contar con la participación de los parlamentos de los países afectados, violando sus constituciones e impidiendo a los ciudadanos intervenir y ejercer la soberanía popular. Apoyamos plenamente esta declaración y exigimos el fin de estas negociaciones. Compartimos la propuesta del Polo latinoamericano de la Red, de presentar las violaciones de derechos humanos de los emigrantes ante los organismos internacionales y de empezar a trabajar para garantizar la libre circulación de personas en todo el continente.

    Apoyamos las iniciativas legislativas para el reconocimiento de todos los derechos humanos, sociales, cívicos y laborales de los trabajadores inmigrantes, especialmente en los Estados Unidos y en la Unión Europea.

    Desde hace décadas, Colombia ostenta un récord mundial dramático: es el país donde se produce el mayor número de violaciones de los derechos humanos. Desde el comienzo del mandato presidencial de Alvaro Uribe Vélez, la situación ha empeorado aún más. Instamos al gobierno a que ponga en práctica de inmediato la recomendación de las Naciones Unidas, especialmente en lo referente al desmantelamiento de los grupos paramilitares; restituya los derechos democráticos constitucionales revocando los decretos presidenciales; y proteja incondicionalmente a los activistas sociales, los defensores de los derechos humanos y a los parlamentarios de la oposición política, que actualmente están constantemente amenazados de muerte. También instamos al gobierno colombiano a que negocie un acuerdo humanitario para proteger de forma eficaz a la población civil de la violencia de la guerra, así como a reiniciar las negociaciones de paz. Este acuerdo sería el primer paso para conseguir la liberación de Ingrid Betancourt, candidata presidencial secuestrada hace casi dos años, y de todas las otras víctimas de secuestros existentes en el país.

    18. El Foro Parlamentario Europeo se reunió por primera vez en noviembre de 2003, durante la celebración del Segundo Foro Social Europeo. El Polo europeo de la RPI apoyará las jornadas de movilización sindical de los días 2 y 3 de abril, y la jornada de movilización por una Europa social, que se celebrará el 9 de mayo, convocada por una coordinación de movimientos sociales coordinados.

    19. El FPM valora positivamente la propuesta de creación de un Foro Parlamentario del Sur de Asia que se ocupará de liderar en esta región el proceso parlamentario de defensa de los ideales expuestos en la declaración final aprobada en el FPM de 2004.

    20. El FPM y la RPI se movilizarán en defensa de los parlamentarios que se enfrentan a la represión y amenazas de muerte por su compromiso con unos ideales progresistas.

    21. El FPM y la RPI defenderán también los movimientos sociales progresistas y las organizaciones de la sociedad civil y a los miembros de éstas, que son víctimas de la represión. Haremos campaña para la abolición de la pena de muerte en todo el mundo.

    22. El FPM, la RPI y los miembros de ésta seguirán apoyando el proceso del FSM y las campañas de los distintos movimientos sociales y de los ciudadanos. Reforzarán sus vínculos con dichos movimientos y mantendrán un proceso de diálogo sobre la elaboración de alternativas al orden mundial actual. Trabajaremos en colaboración estrecha con los organizadores del próximo FSM para que su interacción con los movimientos sociales sea más activa.

    23. La quinta reunión ordinaria del FPM se celebrará en el marco del próximo FSM (enero de 2005, en Porto Alegre).

    Atentamente.

    México, DF, marzo 16 de 2004.--- Dip. Juan José García Ochoa (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:Insértese en el Diario de los Debates y túrnese a las comisiones de Desarrollo Social y de Relaciones Exteriores, para su conocimiento.

    Continúe la Secretaría.


    COMISION PERMANENTE
    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    Con su permiso, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Edificio.

    Tenemos el honor de remitir a ustedes los asuntos que fueron reservados por esta Comisión Permanente, para conocimiento de la Cámara de Diputados, de conformidad con lo que establece el Artículo 129 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales aparecen listados en el Inventario que se anexa.

    Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

    México, DF, a 15 de marzo de 2004.--- Dip. Manuel Camacho Solís (rúbrica), Secretario; Dip. Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Secretaria.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.

    Relación de expedientes de la Tercera Comisión de Trabajo pendientes por resolver, que se turnan a la H. Cámara de Diputados

    Expediente: 249. Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar al Gobierno Federal, realice un cabal cumplimiento de las Asignaciones Presupuestales para el campo, expresadas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2004, presentada por la Dip. Eliana García Laguna, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

    Expediente: 293. Proposición con Punto de Acuerdo por el que solicita la comparecencia de la Directora General de la Lotería Nacional, a fin de que informe sobre la Creación del Fideicomiso ``Transforma México'' y el uso y destino de los recursos excedentes de esa Institución Pública, suscrita por las Dips. Martha Palafox Gutiérrez y Consuelo Muro Urista, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Expediente: 316. Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a las autoridades correspondientes apoyar la exportación del melón mexicano a los Estados Unidos de América, suscrita por el Dip. Rogelio Rueda Sánchez y el Sen. Germán Sierra Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Expediente: 337. Proposición con Punto de Acuerdo para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, reforme el ``Acuerdo que autoriza la modificación y reestructuración a las tarifas para suministro y venta de Energía Eléctrica'' que entró en vigor el 9 de agosto de 2003, suscrita por el Dip. Jorge de Jesús Castillo Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Expediente: 338. Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Titular de la Secretaría de Desarrollo Social, para que esa dependencia ejerza directamente sin la intervención del FONHAPO, los recursos presupuestales del Programa de Vivienda Rural, suscrita por el Dip. Rafael Galindo Jaime, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Expediente: 340. Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que ejerza su facultad rectora respecto al Programa de PROCAMPO, sobre el correcto cumplimiento en las obligaciones del mismo, poniendo atención en lo referente a la protección y cuidado del Medio Ambiente, capacitando al Agricultor generando una cultura agrícola que eviten la erosión del suelo, presentada por el Dip. Luis Antonio González Roldán, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    México, DF, a 15 de marzo de 2004.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Expediente 249: túrnese a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Agricultura y Ganadería.

    Expediente 293: túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    Expediente 316: túrnese a la Comisión de Economía.

    Expediente 337: Túrnese a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía.

    Expediente 338: túrnese a la Comisión de Vivienda.

    Expediente 340: túrnese a las comisiones unidas del Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Agricultura y Ganadería.


    COMISIONES LEGISLATIVAS
    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Por medio de la presente, y en relación al acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se constituye la Comisión Especial de Reforma del Estado, aprobado en la sesión ordinaria del día jueves 18 de marzo del presente año, me permito precisar que la diputada Socorro Díaz Palacios es secretaria de dicha Comisión por parte del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, de conformidad con el acuerdo sexto, párrafo tercero.

    Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 19 de marzo de 2004.--- Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Presidente.»

    En votación económica, se pregunta si se aprueba la proposición.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Aprobada.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    En relación con el oficio de esta misma fecha signado por el suscrito en mi carácter de coordinador del grupo parlamentario del PRI, mediante el cual se hicieron del conocimiento de la Junta de Coordinación Política, las sustituciones propuestas en la Comisión Jurisdiccional de esta H. Cámara de Diputados, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

    En reunión de trabajo celebrada el día de hoy, los integrantes de la Junta de Coordinación Política se dieron por enterados de la solicitud formulada en términos de lo dispuesto por los artículos 34, numeral 1, inciso c), y 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, respecto de las sustituciones que a continuación se precisan.

  • Diputada Rosalina Mazari Espín, sustituye al diputado Jorge Romero Romero.

  • Diputado Enrique Burgos García, sustituye al diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza.

  • Diputado Francisco Cuauhtémoc Frías Castro, sustituye al diputado Miguel Angel Yunes Linares.

    Lo anterior me permito hacerlo de su conocimiento para los efectos que resulten procedentes.

    Sin otro particular por el momento, me es grato expresar a usted un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 22 de marzo de 2004.--- Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Presidente.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:De enterado.

    Un momento, señora Secretaria.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    Sí, señor.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Por favor activen el sonido en la curul del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde su curul):

    Gracias, señor Presidente.

    Con fundamento en el artículo 19 de nuestro Reglamento Interior, reclamo el trámite otorgado por esta Presidencia y solicito que pregunte a esta Asamblea si hay diputados que se adhieran a la reclamación.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Se consulta qué diputados se adhieren a la reclamación hecha por el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza, en los términos del artículo 19 del Reglamento. Miguel Angel Yunes, Tomás Ruiz y José Angel Ibáñez.

    En virtud de que el artículo 19 marca como requisito que se adhieran a la reclamación por lo menos dos de los individuos presentes, requisito que ha sido satisfecho cumplidamente, en los términos que el artículo 19 indica, se abre la discusión para reclamar el trámite de enterado que ha dado esta Presidencia.

    Se abre el registro de oradores en pro de la reclamación.

    Los diputados Miguel Angel Yunes y Héctor Gutiérrez de la Garza.

    ¿Los que estén en contra de la reclamación?.. No hay diputados en contra de la reclamación.

    Se concede el uso de la palabra al diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza:

    Con su venia, señor Presidente:

    Cabe hacer mención que esta solicitud de sustitución de integrantes de la Comisión Jurisdiccional, una vez más se pone a discusión desde el punto primeramente jurídico de debate. Volvemos a señalar que es precisamente este pleno el que aprueba la integración de las comisiones correspondientes, por lo tanto el reclamo del turno presentado por un servidor o del trámite, no del turno.

    No es posible que quede a criterio de cualesquier coordinador de grupo parlamentario la sustitución de integrantes de comisiones que fueron aprobados por el pleno de esta Cámara de Diputados. Aquí el principio general de derecho del que puede lo más, puede lo menos, se contraviene en su totalidad, resulta de que el que puede lo menos, puede lo más y una decisión de un coordinador de un grupo parlamentario es superior inclusive a la designada por el pleno. Sin embargo, quisiera hacer una petición, señor Presidente; que instruya a la Secretaría para que precise en el documento que se le dio lectura, como viene la firma del diputado Emilio Chuayffet Chemor en su carácter de Presidente de la Junta de Coordinación Política.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Suspéndase el marcaje de tiempo y se instruye a la Secretaría obsequie el pedimento del diputado que hace uso de la palabra, con el documento a la vista.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    La firma, hay una rúbrica que dice: diputado Emilio Chuayffet Chemor, Presidente, por ausencia. Rúbrica.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Adelante, señor diputado.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza:

    Gracias, señor Presidente.

    Suponiendo sin conceder que sea facultad de la coordinación de cualesquier grupo parlamentario, el solicitar la sustitución de integrantes de comisiones, no siendo aprobado por esos propios integrantes y que efectivamente la Junta de Coordinación Política tuviese facultades para ese efecto, el documento que se acaba de presentar señala, vea: ``Por ausencia'', y en ninguna parte de la ley ni del Reglamento ---y pueden verlo perfectamente en las atribuciones del Presidente de la Junta de Coordinación Política---, tienen facultades para delegar este tipo de atribuciones. Por lo tanto, este documento es nulo, no tiene ninguna eficacia jurídica, salvo que sea ratificado en este mismo acto por el propio Presidente de la Junta de Coordinación Política, pero es obligación de esta directiva el cuidar los trámites legales procedimentales.

    Y aquí hay un punto que no tiene discusión: este documento no puede tener validez alguna, porque en ninguna parte de la ley o del Reglamento existen facultades para delegar las propias de la Presidencia de la Junta de Coordinación Política.

    Por tal motivo, señor Presidente, yo le solicitaría que este asunto, en uso de las atribuciones que le corresponden a la Presidencia de esta Mesa Directiva, de vigilar el trámite oportuno de toda documentación, que se regrese a la Junta de Coordinación Política para en su momento la ratificación correspondiente.

    Por su atención, muchas gracias.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Gracias, señor diputado.

    Antes de concederle el uso de la palabra a Miguel Angel Yunes, que está registrado, hay un elemento que se deriva de la intervención del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza, relacionado con rúbrica que calza el documento enviado por la Junta de Coordinación Política a la Presidencia.

    Yo pediría al diputado Chuayffet que se le active el sonido en la curul y nos indique si ratifica el contenido de ese documento.

    El diputado Emilio Chuayffet Chemor (desde su curul):

    Ratifico, señor Presidente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Adelante, se concede el uso de la palabra al diputado Miguel Angel Yunes, en pro del pedimento de cambio de turno.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares:

    Con su permiso, señor Presidente; compañeros diputados:

    Señor Presidente, me extraña que conociendo los trámites parlamentarios y la formalidad de los mismos, la Presidencia de esta Mesa Directiva se conforme con una expresión verbal que ratifica un documento indebidamente tramitado ante el pleno. Usted sabe, señor Presidente, que lo que la ley dispone es que se enviará una comunicación suscrita.

    Yo le pido, reconsidere este trámite y en todo caso que el diputado Chuayffet, cuya voz por fin hemos tenido la oportunidad de escuchar en este pleno, se sirva enviar una nueva comunicación.

    Sin embargo voy al fondo del asunto. Estamos nuevamente en el debate de la legalidad y de la irracionalidad política; en un debate sobre la legalidad y sobre las atribuciones que puede tener por sobre el pleno de esta Cámara de Diputados, un coordinador de un grupo parlamentario. Y voy a ilustrar lo que digo, con algo que a todos consta.

    Hace unos días apenas, se presentó a trámite una iniciativa de los miembros de la Junta de Coordinación Política para que se reforme la Ley Orgánica y se precise esta facultad que hoy no tienen los coordinadores parlamentarios. ¿Cómo es posible, señor Presidente, que conociendo este hecho, que sabiendo que apenas está en trámite esta iniciativa, hoy vengamos aquí nuevamente, a tratar de refrendar con un simple trámite, una facultad que no tiene el Presidente de la Junta de Coordinación? Es obligación de la Presidencia conducir las sesiones conforme a la ley y no se está actuando en este asunto conforme a la ley.

    Pero vamos también a la racionalidad política. ¿Cuál es la razón de la sustitución? La razón de la sustitución es la misma que ha prevalecido en el manejo de nuestro grupo parlamentario, se quiere la incondicionalidad, no se busca de ninguna manera el conocimiento, no se busca el compromiso con el país, no se busca el compromiso con la ley, no se busca el conocimiento; se quieren los votos, se quiere tener el control de los órganos, en este caso del órgano jurisdiccional, porque se necesita en un proyecto político del cual Emilio Chuayffet es una parte importante desde la perspectiva de quien encabeza este proyecto político.

    No es posible asumir que venga a esta Cámara Emilio Chuayffet a plantear la sustitución de quienes, como Héctor Gutiérrez y su servidor, dimos muestras de conocer las cuestiones que tienen qué ver con responsabilidad constitucional de servidores públicos apenas en septiembre pasado, cuando se discutía el tema del senador Aldana; no es posible venir a sustituir, sin razón alguna, a quienes hemos dado muestras claras de compromiso con la legalidad y de compromiso con el respeto al Estado de Derecho.

    Es también una nueva expresión del doble discurso que caracteriza a Chuayffet, del doble discurso que le ha caracterizado toda su vida, el mismo que le permite llamarse ``demócrata'' y al mismo tiempo, asumir los hechos de Acteal, como hechos que no eran de su responsabilidad; es el mismo discurso que le permite llamarse ``parlamentario respetuoso'' y al mismo tiempo, desde la Secretaría de Gobernación, tratar de impedir la instalación de la Cámara de Diputados.

    Es ese doble discurso al que quiere que nos acostumbremos, es ese doble discurso que requiere de hombres mansos para aceptarse, es ese doble discurso que sólo se puede aceptar desde la indignidad que yo no estoy de ninguna manera dispuesto a asumir.

    Puede Emilio Chuayffet quitarme de la Comisión de Justicia, que es la única que me queda; pueda Emilio Chuayffet, hacer todo lo posible para sacarme del grupo parlamentario. Lo que nunca podrá Chuayffet, es quitarme la dignidad y el honor como mexicano y como parlamentario, lo que nunca podrá Chuayffet, es callarme, lo que nunca podrá Chuayffet, es evitar que en esta tribuna esté presente la voz digna y valiente de un mexicano que lo va a denunciar una y otra vez, como el día de hoy.

    Este es un trámite, señor Presidente, en contra de la ley; usted, señor Presidente...

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Se le ha agotado el tiempo, señor diputado.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares:

    Termino, señor Presidente y le pido se registre que hay un diputado que grita, para ver si cuando menos eso consta en el Diario de los Debates, porque no se atreven a venir a la tribuna.

    Usted no puede, señor Presidente, dar trámite a un documento suscrito por un ausente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Se le ha agotado el tiempo.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares:

    Termino, señor Presidente.

    Yo solicito, en atención a la intervención del diputado Gutiérrez de la Garza, que este trámite se devuelva a la Junta de Coordinación Política y se suscriba debidamente y posteriormente se someta a esta Cámara.

    Muchas gracias.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Gracias, señor diputado.

    Señoras y...

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde su curul):

    Señor Presidente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Dígame, diputado Héctor.

    Por favor, activen el sonido en la curul del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde su curul):

    Si me permite el uso de la tribuna para contestar alusiones personales, señor Presidente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Se le concede el uso de la palabra para contestar alusiones personales.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza:

    Gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Adelante.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza:

    No cabe duda que es obligación de esta Presidencia el vigilar la legalidad de todos los actos que emanan de esta Cámara de Diputados.

    El documento presentado por el diputado Chuayffet, obviamente no existe facultad, en este momento, alguna, para una ratificación expresa.

    Suponiendo sin conceder, una vez más, que como coordinador del grupo parlamentario tenga facultades para mover a cuanto integrante del grupo parlamentario desee a donde él desee, que la Junta de Coordinación Política avale esto y que posteriormente, de una manera por demás frívola, se envíe un documento que implica el que un integrante o integrantes de comisiones, dejen de cumplir con una obligación que le fijó el pleno de la Cámara de Diputados, no un coordinador en lo particular.

    Ahora bien, en la pasada sesión, se aprobaron en votación nominal, por mayoría, diversos cambios a comisiones; en ese sentido, Federico Barbosa Gutiérrez, llega a la presidencia de la Comisión Jurisdiccional y Jorge Romero, integrante de la comisión, pasa a ser, simple y llanamente, como integrante. A su vez, Consuelo Muro sustituye a Federico Barbosa en la secretaría de la comisión.

    Ahora nos encontramos con que Jorge Romero es sustituido, Miguel Angel Yunes y un servidor, pero sigue habiendo un espacio, la comisión conforme al artículo 40 numeral 5, ``la Comisión Jurisdiccional se integrará por un mínimo de 12 diputados''.

    Diputado Presidente, ¿cómo es posible que usted pretenda darle trámite a un asunto que violenta la propia integración de la Comisión Jurisdiccional?, porque obviamente estaban más preocupados, porque Jorge Romero, Miguel Angel Yunes y Héctor Gutiérrez salieran de la Comisión Jurisdiccional y se les olvidó que están dejando una vacante y en consecuencia mal integrada la Comisión Jurisdiccional.

    No sé con qué idea o con qué intención se deja mal integrada una Comisión Jurisdiccional, que en breve va a tener una función muy importante en esta Cámara de Diputados, derivado de los asuntos de todos conocidos.

    Pero vuelvo a señalarle, señor Presidente, no precisamente adecuada a derecho, usted pretendió subsanar aquí mediante una ratificación verbal, un documento apócrifo y por otra parte está aceptando dar curso a un trámite que violenta la propia integración de la Comisión Jurisdiccional.

    Con esos argumentos, señor Presidente y a fin de vigilar la legalidad de los actos emanados de esta Cámara de Diputados y en especial de la directiva, y espero que en esta ocasión no tratemos de soportar incongruencias jurídicas con el voto del pleno, sea devuelto este asunto a la Coordinación Política, para que esté debidamente fundado y motivado, fundamentación es la parte de la rúbrica que legitima la actuación de cualesquier servidor público.

    Y por otro lado, para que quede debidamente integrada esa Comisión Jurisdiccional y no vaya a ser ésta una violación que pudiese generar posteriormente, la impunidad por la que todos debemos de estar luchando.

    Muchas gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Gracias, diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

    Antes de continuar con el procedimiento que marca el artículo 19, esta Presidencia quiere dejar constancia de las razones que motivan para el trámite y especial pronunciamiento que dio antes de continuar con la discusión.

    Efectivamente es facultad, no de la Presidencia sino de la Mesa Directiva, el cuidar que los dictámenes, propuestas, mociones, comunicados y demás escritos, cumplan con las normas que regulan su formulación y presentación.

    Habiéndose objetado la rúbrica que aparece en el escrito enviado por la Junta de Coordinación Política, esta Presidencia solicitó, de quien dice suscribir, la ratificación del contenido del comunicado, ratificación que fue otorgada y en opinión de esta Presidencia queda convalidada la falla del escrito.

    En segundo término, por cuanto a la facultad de la Presidencia de poder valorar de la Junta de Coordinación Política para hacer la sustitución de miembros de una comisión, quiero señalar que en el acuerdo aprobado por esta Cámara en el artículo 8º: ``No se someterá a discusión o votación del pleno una comunicación a excepción de aquella que verse sobre cambios en las mesas directivas de las comisiones'', ésa fue la razón de que la Presidencia haya dado turno de enterado y no sometido a la discusión o votación del pleno.

    Por último, esta Presidencia sostiene el trámite de enterado con un agregado excitando a la Junta de Coordinación Política en el caso de que falta la integración de un miembro de la Junta de la Comisión Jurisdiccional para que en breve plazo lo haga. Pero esta Presidencia tiene que someter a consideración del pleno el turno que ha dado y si el pleno apoya o no apoya el pedimento de cambio de turno.

    Se instruye a la Secretaría para que consulte al pleno en votación económica... dígame diputado Miguel Angel Yunes.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares (desde su curul):

    Gracias, señor Presidente.

    Señor Presidente, para preguntarle acerca de los trámites en lo subsecuente. ¿Admitirá la Presidencia de la Cámara que los trámites relevantes que se sometan a la consideración del pleno, sean suscritos por ausencia de quien está facultado para suscribir los documentos donde estos trámites se propongan? Esa es la primera, señor Presidente.

    La segunda, ¿está enterada la Presidencia de la Mesa Directiva sí o no, de que está en trámite una iniciativa para reformar la Ley Orgánica del Congreso, precisamente en el sentido de definir las facultades de los coordinadores de los grupos parlamentarios, para proponer estas sustituciones, sí o no?

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Contesto a los dos planteamientos hechos por el diputado Miguel Angel Yunes Linares.

    Mire don Miguel Angel: al primero le contesto que esta Presidencia no aceptará en el futuro, documentos que no sean suscritos por el Presidente de la Junta de Coordinación Política o por quien diga suscribirlos. En caso de que se le diera trámite alguno, inmediatamente esta Presidencia haría lo que hizo ahora. Ante el desconocimiento de que tenía las siglas P/A o sea por ausencia, ordenar que el que lo suscriba lo ratifique, a menos de que la Junta de Coordinación Política desconozca el contenido del documento.

    Por cuanto a lo segundo don Miguel Angel Yunes, si esta Presidencia tiene conocimiento de la iniciativa que está en trámite de proceso legislativo. Esa Presidencia estima que no obsta ello para seguir el trámite que el pleno en el artículo 8º del acuerdo que se aprobó en octubre por el pleno, suple muchas de las deficiencias del Reglamento Interior del Congreso.

    Y cuando esta Presidencia dicte un trámite y alguno de los miembros estime que no está acorde con la normatividad vigente, está abierto el artículo 18 y 19 para objetarlo.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares (desde su curul):

    Pido la palabra.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Dígame don Miguel Angel.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares (desde su curul):

    Señor Presidente, con toda consideración y respeto.

    No entiendo por qué en el futuro el trámite será distinto y se difiere el cumplimiento de la ley para el futuro. El trámite es un trámite equivocado no sólo por el hecho de que está firmado por ausencia y como bien lo dijo el diputado Gutiérrez de la Garza, son facultades no delegables. También por el hecho de que en todo caso se debiera consultar a los demás miembros de la Junta de Coordinación Política, si la persona que firmó Por Ausencia, estaba autorizada a hacerlo. Esto, señor Presidente, simple y sencillamente, se debe llevar a la Junta de Coordinación Política el día de mañana y que lo ratifique. Yo no tengo ninguna duda de que lo ratificarán. Pero, señor Presidente, no podemos seguir en el pleno avalando los caprichos del diputado Chuayffet, no sólo al plantear a este pleno cambios para los que no está facultado, cambios para los cuales hay una iniciativa que pretende darle facultades y que apenas la vamos a debatir; no sólo eso, sino hoy también se pretende que ante la irresponsabilidad y ante la ausencia, firme cualquier persona un asunto que puede ser no relevante para quien le da trámite, pero que es muy relevante para el sistema legal de nuestro país.

    Yo lo exhorto, señor Presidente, a que se cumpla con la ley no mañana; a que se cumpla con la ley hoy, que se devuelva esto a la Junta de Coordinación Política y el jueves con mucho gusto le damos trámite y lo volvemos a debatir.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Señor diputado, yo quiero hacerle una rectificación. Un momento, señor diputado Pablo Gómez.

    No dije que el procedimiento de hoy fuera distinto en el futuro. Dije que en el futuro seguiría actuando exactamente igual a como estoy actuando el día de hoy. Qué significa. Ante un hecho que es las iniciales PA antes de la rúbrica de don Emilio Chuayffet, hecho que la Presidencia desconocía porque se turnó a la Mesa Directiva el documento y probablemente por inadvertencia, al haberlo señalado don Héctor Gutiérrez de la Garza hice lo que seguiré haciendo en el futuro si se volviera a producir, que el que lo suscribe ratifique el contenido.

    Así se ha hecho y así se seguirá haciendo. Si en el futuro se presenta una situación similar, al ser objetada se subsanará y se convalidará desde el punto de vista de la Presidencia.

    Señor diputado don Pablo Gómez.

    El diputado Pablo Gómez Alvarez (desde su curul):

    Señor Presidente, las tres comunicaciones publicadas hoy en Gaceta Parlamentaria, hoy martes 23 de marzo de 2004, dirigidas a usted desde la Junta de Coordinación Política notificando modificaciones de integrantes de comisiones de varios partidos son completamente auténticas; fueron tomadas en la Junta y no creo que haya ningún problema.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Gracias, don Pablo Gómez. Creo que eso quedó de manifiesto con la ratificación hecha por el diputado Chuayffet.

    Proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea.

    Un momento, Secretaria... don Leonardo Alvarez Romo.

    El diputado Leonardo Alvarez Romo (desde su curul):

    Señor Presidente, la carrera política de diputados que con sudor y esfuerzo han llegado a esta soberanía no puede ni debe ser frenada por caprichos de coordinadores de fracciones parlamentarias.

    En el PRI no está sucediendo nada más esa injusticia, sino también en mi fracción parlamentaria. Hoy yo estoy siendo removido de mis comisiones de Defensa Nacional, de Pesca y de Cultura por un simple capricho de mi coordinador, lo cual es una injusticia.

    Apelo a toda esta soberanía, a los presidentes de mis comisiones que me conocen, a mis compañeros de comisión que me conocen y que juzguen si de alguna manera hay alguna razón para que yo salga de esas comisiones o es un simple capricho de alguien que no sabe coordinar esta fracción parlamentaria.

    Es increíble que nuestra fracción haya votado en contra de lo que se pretendía hacer en el PRI y en su misma fracción ocurra lo mismo. Es una incongruencia. No es el Partido Verde, no son mis compañeros diputados; es simplemente una persona caprichosa que siempre se ha salido con la suya y que no sabe actuar en política. Es cuanto, diputado Presidente, y lo hago por mi propia dignidad.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Señor diputado, ese tema ha sido ya expuesto cuando se ha debatido el fondo del asunto. Yo quiero señalarle nada más que el artículo 44 de la Ley Orgánica indica, en su apartado dos, que el coordinador del grupo parlamentario al que pertenezcan los diputados miembros de las comisiones podrá solicitar su sustitución temporal o definitiva.

    Esa sustitución, señor diputado, se plantea ante la Junta de Coordinación Política. La Presidencia y la Mesa Directiva la única obligación que tienen es cerciorarse de que la Junta de Coordinación Política ha planteado el cambio o la sustitución de los miembros de integrantes de comisión.

    No puedo someterlo al pleno porque, como ya dije, el artículo 8º del acuerdo tomado por el pleno indica que sólo se someten a discusión y votación del pleno los cambios de Mesa Directiva.

    Las argumentaciones que usted ha señalado por cuanto a su grupo parlamentario o al interior de otros grupos parlamentarios, con todo respeto no son competencia de esta Presidencia.

    Continúe la Secretaría para solicitar al pleno.

    Un momento, don Miguel Angel Yunes, por favor. Primero don Héctor Gutiérrez de la Garza.

    El diputado Gilberto Ensástiga Santiago (desde su curul):

    ¿Nos vamos a pasar todo el día discutiendo esto, señor Presidente?

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde su curul):

    Gracias, señor Presidente.

    No es el primer oficio de la Junta de Coordinación Política que se ventila en esta Asamblea y usted ha reconocido que era un documento que de ninguna manera tenía la legitimación para ser presentado a la directiva y que probablemente, por un descuido, pasó.

    Usted lo presentó de manera muy a su estilo a ratificación de la persona que había suscrito...

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    ¿Cuál es su solicitud, don Héctor Gutiérrez?

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde su curul):

    Me preocupa que los anteriores documentos de la Junta de Coordinación Política tengan el mismo vicio. De éste tengo conocimiento porque se me envió a mi oficina, pero los demás no sé si tengan el mismo vicio y es muy lamentable que la directiva esté pasando por este tipo de situaciones por una falta de atención.

    Comparto plenamente lo manifestado por el diputado Yunes. Yo creo que es conveniente, señor Presidente, que evalúe qué va a pasar con los anteriores oficios de la Junta de Coordinación Política, que tenían esa pequeña falla; por lo visto no eran firmados por el único que tiene atribuciones para su presentación.

    Gracias.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Una preocupación legítima, don Héctor, pero no se preocupe usted, al no haberse objetado el turno de la Presidencia, quedan convalidados.

    Continúe la Secretaría solicitando a la Asamblea si apoya la solicitud de cambio de turno solicitada por don Héctor Gutiérrez de la Garza o no la apoya.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    En votación económica se pregunta si se aprueba lo dicho por el Presidente...

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    ¡No! ¡No! ¡No! Pregunte si se aprueba la solicitud de cambio de turno hecha por don Héctor Gutiérrez de la Garza.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares (desde su curul):

    Señor Presidente...

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Don Miguel Angel: estamos en votación...

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares (desde su curul):

    Había solicitado el uso de la palabra.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    ¿Quién había solicitado la palabra?

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares (desde su curul):

    Yo había solicitado la palabra.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Ya no procede el uso de la palabra porque ya se agotaron los oradores, don Miguel Angel, perdóneme.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares (desde su curul):

    Para contestar alusiones personales.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Antes de eso, para contestar alusiones... Espéreme, no le he dado el uso de la palabra. Terminando el turno le doy el uso de la palabra.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares (desde su curul):

    Es sobre el tema.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Pregunte la Secretaría a la Asamblea si aprueba la moción de don Héctor Gutiérrez de la Garza o no la aprueba.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    En votación económica se pregunta si se aprueba la proposición de solicitud de cambio de turno como lo dio el diputado Gutiérrez de la Garza.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... La mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Ahora le concedo el uso de la palabra, para contestar alusiones personales, a don Miguel Angel Yunes Linares.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares:

    Gracias, señor Presidente, aunque debió habérmela concedido precisamente antes de la votación.

    Voy a referirme, señor Presidente, a un hecho incontrovertible: el diputado Chuayffet, que le tiene pánico al debate, y que tiene ánimo de cómico, que ríe todo el día...

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Un momento, señor diputado. Yo le llamo la atención para evitar expresiones que de alguna manera puedan constituir una injuria para uno de sus compañeros; céntrese al tema de las alusiones personales, con todo respeto.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares:

    Y yo le llamo la atención, señor Presidente, para que le pida al diputado Chuayffet, que preste atención al debate y que su presencia en la Asamblea sea una presencia que contribuya al debate...

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Por favor, continúe, señor diputado.

    El diputado Miguel Angel Yunes Linares:

    Gracias, señor Presidente.

    Señor Presidente, estamos en el debate de la irracionalidad. El señor diputado Chuayffet, ha venido a plantearle a este pleno la sustitución de un grupo de diputados de las comisiones, particularmente de la Comisión Jurisdiccional.

    Hace apenas unos días el diputado Chuayffet decía lo siguiente: uno de los vacíos normativos que esta Legislatura ha tenido que enfrentar y solucionar, es el relativo al tema de los cambios y sustituciones de los diputados integrantes de las comisiones.

    Hay dos causales en el texto actual:

    El primero es que los diputados se separen del grupo parlamentario (artículo 43).

    Por su parte el segundo, se limita a prescribir que el coordinador del grupo parlamentario al que pertenezcan los diputados, podrá solicitar su sustitución.

    Así pues, hay varios aspectos que quedan indefinidos. Por ejemplo: ¿Qué otras causales de sustitución pueden presentarse? ¿Cuál es el mecanismo para tramitarlas y la instancia competente para resolver el asunto? Así como ¿qué procedimiento debe seguirse durante los periodos de receso?

    En el ámbito estrictamente jurídico este vacío legal propicia falta de certeza en los actos que se llevan a cabo para desahogar dicho trámite y en el ámbito político resta legitimidad a la toma de la decisión, ya que en apariencia ésta queda sujeta a criterios discrecionales. Los coordinadores de las fracciones parlamentarias, desde el inicio de la Legislatura, hemos manifestado nuestro interés de que prive la certeza jurídica y la transparencia.

    Esto lo suscribió Emilio Chuayffet y lo envió al pleno de la Cámara de Diputados. Hoy viene a plantearnos exactamente lo contrario, viene a plantearnos la irracionalidad y la falta de transparencia. Y nuevamente, señor Presidente, y a usted como legislador y como abogado le debiera preocupar, nuevamente, la carencia de fundamentación y motivación en un documento proveniente de un órgano de autoridad.

    ¡No hay un solo elemento jurídico que sustente lo que hoy se ha planteado a este pleno!

    ¡No hay un solo argumento, no hay señor Presidente de esta Cámara, compañeros diputados, nada, absolutamente nada, que sustente la decisión de sustituirnos, que no sea el capricho, que no sea la determinación, de separar del grupo a quienes hemos tenido el valor de enfrentar con la verdad esta decisión de oponerse a que el país avance!

    ¡No hay ningún otro argumento para separarnos de la Comisión Jurisdiccional que el hecho de que no seamos del agrado de Emilio Chuayffet! ¡No hay un solo argumento para separarnos de ésta como de las demás comisiones que el hecho de que no compartamos su visión del país: una visión limitada, una visión que se opone al desarrollo del país, una visión sustentada en el doble discurso; en ese doble discurso que en diciembre se opuso a la Reforma Electoral por intereses limitados, por intereses de una candidatura presidencial! ¡Ese mismo discurso que en diciembre se opuso a la Reforma Electoral y que hoy viene a decirnos que están de acuerdo con la reforma! ¡Ese discurso que en el mes de septiembre del año pasado aplaudía a quienes venimos a esta tribuna a defender la legalidad y hoy pretenden excluirlos!

    ¡La historia va a registrar, nuevamente señor Presidente, la violación a la Constitución, la violación a las garantías constitucionales de legalidad, la ausencia de fundamentación y motivación!

    ¡Nuevamente, señor Presidente, el espectáculo nacional de una Cámara de Diputados violentando el Estado de Derecho! ¡Qué lamentable!

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Gracias, señor diputado.


    DIPUTADA SUPLENTE QUE SE INCORPORA
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Señoras y señores legisladores:

    Se encuentra a las puertas de este recinto la ciudadana Lilia Isabel Aragón del Rivero, diputada suplente electa en la cuarta circunscripción plurinominal.

    Se designa en comisión para que la acompañen en el acto de rendir la protesta de ley para entrar en funciones a los siguientes diputados: Kenny Denisse Arroyo González, Filemón Arcos Suárez, Evangelina Pérez Zaragoza, Martha Lucía Mícher Camarena, Manuel Velasco Coello, Oscar González Yánez y Juan Fernando Perdomo Bueno.

    La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

    Se pide a la comisión cumplir con este encargo.

    (La comisión cumple su encargo.)

    Se invita a todos los presentes ponerse de pie.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Ciudadana doña Lilia Isabel Aragón del Rivero: ¿protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputada que el pueblo le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?

    La ciudadana Lilia Isabel Aragón del Rivero:

    ¡Sí, protesto!

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Si así no lo hiciera que la nación se lo demande.

    ¡Felicidades, diputada!

    Continúe la Secretaría.


    ESTADO DE CHIHUAHUA
    La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Subsecretaría de Enlace Legislativo.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-130, signado el 15 de diciembre último, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número P/0489/2004, suscrito el 12 de marzo del año en curso por el C. Dionisio Pérez Jácome Friscione, Presidente de la Comisión Reguladora de Energía, por el que da respuesta al punto de acuerdo por el que se solicita que se autorice un subsidio al gas LP cilindro y gas natural de uso doméstico, por el periodo invernal diciembre de 2003-marzo de 2004 en el estado de Chihuahua, presentado por la C. diputada Martha Laguette Lardizábal.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2004.--- Lic. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), Subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Comisión Reguladora de Energía.

    Lic. Humberto Aguilar Coronado, Subsecretario de Enlace Legislativo.--- Secretaría de Gobernación.

    Me refiero a su oficio número SEL/300/3542/03, por medio del cual remitió a la Comisión Reguladora de Energía (esta Comisión) la solicitud, formulada por los CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, relativa a la autorización de un subsidio de 30% a los precios del gas LP y del gas natural para uso doméstico en el estado de Chihuahua durante los meses de diciembre de 2003 a marzo de 2004.

    Sobre el particular, me permito informarle que, con fecha 24 de febrero de 2004, dicha solicitud fue remitida a Pemex-Gas y Petroquímica Básica (PGPB) por medio del oficio número SE/UPE/0330/2004, para efectos del trámite que corresponda, toda vez que, como se señala en dicha comunicación, esta Comisión no cuenta con atribuciones para pronunciarse sobre la pertinencia de otorgar apoyos como el solicitado. Adicionalmente, con base en lo dispuesto en los artículos 75 y 76 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y de acuerdo con el artículo 2, fracción XXVII, y con el Capítulo VII del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), acorde con lo que ha señalado en ocasiones anteriores la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, corresponde al órgano de gobierno de PGPB analizar y, en su caso, someter a la consideración de la Secretaría de Energía la solicitud de subsidio respectiva, en su calidad de coordinadora de sector, para que ésta desahogue el trámite conducente ante la propia SHCP. Se anexa copia del oficio de referencia.

    Al respecto, PGPB respondió a esta Comisión en los términos de su comunicación número SGLPB-05-03-108/2004, de fecha 5 de marzo de 2004, en la cual concluye que, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, las entidades coordinadoras del sector y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público son las competentes para determinar la conveniencia y, en su caso, la procedencia de ministrar recursos por concepto de subsidios. Adjunto copia del oficio entregado por PGPB para los fines que estime convenientes.

    Lo anterior, con fundamento en los artículos 14 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 1, 2, fracciones V, VI y VII, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 7, 8 y relativos del Reglamento de Gas Natural; 9, 10, 11 y relativos del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo; y 36, fracciones III y VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía.

    Atentamente.

    México, DF, a 12 de marzo de 2004.--- Lic. Dionisio Pérez Jácome Friscione (rúbrica), Presidente de la Comisión.»

    «Escudo.--- Pemex.--- Gas y Petroquímica Básica, Subdirección de Gas Licuado y Petroquímicos Básicos.

    Lic. Dionisio Pérez Jácome Friscione, Presidente de la Comisión Reguladora de Energía.--- Presente.

    En relación con el oficio número SE/UPE/0330/2004, de fecha 24 de febrero del presente, para que este organismo determine lo conducente respecto de la solicitud de un subsidio en favor del estado de Chihuahua, por un 30% en el precio del gas LP en cilindros y del gas natural para uso doméstico, para el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2003 y el 30 de marzo de 2004, le informamos lo siguiente:

    Pemex-Gas y Petroquímica Básica (Pemex-Gas), conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación, tanto para 2003 como para 2004, en la ejecución del gasto deberá realizar sus actividades con sujeción a los objetivos, las estrategias y las prioridades establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo, así como a los objetivos y las metas de los programas aprobados en dichos presupuestos, además de que, conforme a su objeto y en virtud de su carácter técnico, industrial y comercial, tiene objetivos preponderantemente económicos, conforme al artículo 3 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y está sujeto a criterios de rentabilidad, conforme al artículo 31 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Asimismo, debe conducir sus actividades en forma programada y con base en la política energética y en la que, para el logro de los objetivos y las prioridades que establezca el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Energía y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, respectivamente (artículos 9, 31, fracción I, y 33, fracciones I, III y VI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal).

    De conformidad con el artículo 2, fracción XXVII, del Presupuesto de Egresos de la Federación, tanto para 2004, los subsidios son ``las asignaciones de recursos federales previstas en este decreto que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad o a las entidades federativas para fomentar el desarrollo de actividades prioritarias de interés general como son, entre otras, proporcionar a los usuarios o consumidores los bienes y servicios a precios y tarifas por debajo de los de mercado''. Sin embargo, ni en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2003 ni para 2004 se encuentra prevista la asignación de recurso alguno por este concepto, aunado a que no es factible realizarlos en forma retroactiva, toda vez que la solicitud era para los meses pasados.

    Como es de su conocimiento, la Secretaría de Economía es la que establece el precio de venta al público del gas LP; y la Comisión Reguladora de Energía, en el ámbito de sus facultades, la que expide el mecanismo para la determinación del precio de venta de primera mano del gas LP (artículos 3, fracción VII, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; 6 y 11 del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo; y decreto expedido por el Ejecutivo Federal de fecha 27 de febrero de 2003).

    Asimismo, existen disposiciones que establecen que Pemex-Gas y Petroquímica Básica debe abstenerse de incurrir en prácticas indebidas que limiten, dañen o impidan el proceso de enajenación y adquisición del gas LP, tales como distinguir entre adquirentes en razón de sujeto o situación geográfica u otorgar preferencias que no estén justificadas o motivadas en los costos en que se incurre al realizar las ventas de primera mano (artículos 13 y 15, fracción I, del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo).

    Por lo anterior, y conforme a lo establecido en los artículos 33, fracciones I, III y VI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; y 52 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2004, las entidades coordinadoras de sector y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público son las competentes para determinar la conveniencia y, en su caso, la procedencia de la ministración de recursos por concepto de subsidios para, posteriormente, aplicar lo establecido en el artículo 76 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

    Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 5 de marzo de 2004.--- Ing. Salvador García-Luna Rodríguez (rúbrica), Subdirector de Gas Licuado y Petroquímicos Básicos.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:Túrnese a las comisiones de Energía, de Economía, de Hacienda y Crédito Público y al promovente para su conocimiento.
    TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE
    La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Subsecretaría de Enlace Legislativo.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-147, signado el 7 de enero último por los CC. secretarios de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia de la nota suscrita el 10 del mes en curso por el C. contador público Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por el que da respuesta al punto de acuerdo en que se solicita información sobre las medidas que se están tomando para evitar abusos y encarecimientos que puedan afectar los intereses de los consumidores nacionales, derivados de la enfermedad conocida como ``de las vacas locas'', presentado por el C. diputado Luis Antonio Ramírez Pineda.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2004.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), Subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo.--- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.--- Sagarpa.

    Lic. Humberto Aguilar Coronado, Subsecretario de Enlace Legislativo.--- Secretaría de Gobernación.

    Por este conducto me permito dar respuesta al punto primero de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión en la sesión del pasado 7 de enero.

    Las medidas tomadas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) para evitar que la enfermedad encefalopatía espongiforme de los bovinos, EEB (enfermedad de las vacas locas), traspase nuestras fronteras y pueda afectar nuestra ganadería son las siguientes:

    Acciones cronológicas realizadas para evitar el ingreso de productos que representan riesgo a la sanidad pecuaria del país.

    En respuesta al primer caso nativo de EEB en Estados Unidos de América (EUA) y atendiendo las recomendaciones sanitarias respecto a la enfermedad emitidas por la Organización Mundial de la Sanidad Animal (OIE), esta Secretaría (Sagarpa) determinó aplicar medidas orientadas a mitigar el riesgo de introducción de EEB en México.

    El 23 de diciembre de 2003, la Dirección General de Salud Animal (DGSA) notificó a la Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria (DGIF) la lista de los animales y productos de origen animal que quedaron prohibidos para su internación en el país. En la misma fecha, se informó al Departamento de Agricultura de Estados Unidos de América (USDA) sobre las medidas precautorias antes señaladas.

    El 6 de enero de 2004 se realizó una reunión entre las autoridades de EUA y México, en la que la Sagarpa requirió al USDA información adicional respecto al tiempo de implementación de los procedimientos y cumplimiento de las medidas de mitigación de riesgo. Asimismo y con objeto de evaluar in situ las acciones y medidas adicionales que EUA implementó para fortalecer sus sistemas de protección contra la EEB y para proteger mejor la salud pública.

    Del 12 al 16 de enero de 2004, tres oficiales adscritos a esta Secretaría efectuaron una visita a EUA para constatar el grado de implementación de las medidas publicadas, los avances del estudio epidemiológico, la actualización de las políticas de importación, la efectividad de la prohibición de alimentar a rumiantes con proteínas de rumiantes, los alcances de la vigilancia epidemiológica en la población susceptible, el sistema de identificación animal y el análisis de riesgo de EEB en EUA.

    El 16 de enero de 2004 se realizó en Washington una reunión entre el secretario Usabiaga, la secretaria Veneman y el ministro Speller, de México, EUA y Canadá, respectivamente, sobre la estrategia norteamericana contra EEB y lo relativo a las acciones tripartitas para garantizar a los consumidores de los tres países y del resto del mundo la inocuidad de la carne de Norteamérica. Se realizó una conferencia de prensa conjunta, en la que se confirmó la posición de México, en el sentido de reestablecer las importaciones de carne de EUA cuando se comprobara que las medidas y acciones ofrecidas por el USDA hayan sido cumplidas a cabalidad. Se emitió una declaración conjunta, en la que los secretarios y el ministro reconocieron el grado de integración de la industria cárnica de los tres países y la necesidad de establecer acciones coordinadas ante los retos que representa la EEB, mediante el desarrollo de iniciativas globales para el control y la erradicación de la enfermedad que resulten en un trato justo y consistente a los países que notifiquen casos de EEB.

    El 26 de enero de 2004, con la finalidad de apoyar en el reestablecimiento de las exportaciones de EUA a México, el secretario Usabiaga informó a la secretaria Veneman de aspectos relevantes sobre información faltante que debía ser proporcionada a la Sagarpa.

    El 26 y 27 de enero de 2004, la Sagarpa realizó una segunda visita de inspección a un establecimiento de sacrificio y a un corral en EUA, con la participación de representantes de la Confederación Nacional Ganadera, de la Asociación Mexicana de Engordadores de Ganado, del Consejo Mexicano de la Carne y de la United States Meat Export Federation.

    El 28 de enero de 2004, el USDA remitió la información solicitada por Sagarpa, iniciándose su evaluación.

    El 3 de febrero, atendiendo la solicitud del secretario del ramo, el USDA presentó información sobre las medidas adoptadas por el gobierno de EUA dirigidas a proteger el suministro de alimentos en Norteamérica y el hato ganadero.

    El 5 de febrero, el secretario Usabiaga expresó inquietudes sobre las medidas sanitarias aplicadas por EUA respecto a la EEB y reiteró que la reanudación del comercio se daría en función de la comprobación de la instrumentación plena de las medidas ofrecidas.

    El 12 de febrero de 2004, el secretario Usabiaga informó a la secretaria Veneman que, dado que el USDA aseguró que en todos los establecimientos con inspección federal ya se implantaron las medidas adecuadas, se propuso una inspección a cinco de ellos, se informó que el análisis de riesgo sería necesario para reiniciar las exportaciones a México y que se emitiría una resolución conjunta con Secretaría de Salud sobre el uso de separación mecánica de carne. Asimismo, remitió los requisitos zoosanitarios que aplicarían a la exportación de carne de EUA.

    El 18, 19 y 20 de febrero de 2004, el director en jefe del Senasica se reunió en Washington con el subsecretario del USDA Bill Hawks, informándole de la necesidad de contar con un documento completo de todas las medidas y las acciones adoptadas por el USDA ante el caso de EEB que responda a cualquier cuestionamiento técnico sobre la reapertura del mercado de la carne de EUA. Se realizó una reunión tripartita México-Canadá-EUA para definir las acciones estratégicas sobre la posición norteamericana sobre EEB y su posicionamiento internacional.

    El 24 de febrero de 2004, el USDA remitió información al gobierno de México resumiendo todas las acciones implementadas.

    El 1 y 2 de marzo de 2004, con base en la información documental proporcionada por el USDA, la derivada de las visitas de inspección a EUA y las reuniones sobre la armonización de requisitos zoosanitarios celebradas con EUA y Canadá, se acordaron los términos para la certificación de las exportaciones de carne deshuesada de EUA a México.

    El 5 de marzo de 2004, tomando en cuenta lo anteriormente señalado, esta Secretaría determinó autorizar las importaciones a México de carne deshuesada de bovinos menores de 30 meses y notificó la decisión a la secretaria Veneman del USDA.

    En lo referente a proteger nuestras exportaciones, se han implementado para los establecimientos TIF de sacrificio de bovinos de exportación procedimientos de control, principalmente en la inspección ante mortem, la cual será realizada por el médico veterinario oficial, quien no permitirá que ingresen en los establecimientos animales caídos o no ambulatorios.

    En caso de que existan animales con signos de incapacidad para levantarse de una posición, que no puedan caminar, con apéndices rotos, tendones o ligamentos, parálisis nerviosa, fracturas de la columna vertebral o condiciones metabólicas, serán enviados a los corrales de animales sospechosos, con objeto de realizar un examen más exhaustivo y determinar el destino final de éstos. De considerarlo necesario, serán sacrificados humanitariamente sin ingresar en la sala de sacrificio y se enviarán a una planta de rendimiento para su proceso o serán cremados.

    Por otra parte, se implementará la separación de materiales especificados de riesgo, y se evitarán el uso de pistola de inyección de aire como método de aturdimiento y los métodos de recuperación avanzada de carne.

    Sin otro particular por el momento, le envío un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 10 de marzo de 2004.--- Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), Secretario.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:Túrnese a las comisiones de Agricultura y Ganadería, de Salud y de Economía y al promovente para su conocimiento.
    PEMEX
    La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Subsecretaría de Enlace Legislativo.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-301, de fecha 25 de febrero del año en curso, suscrito por los CC. secretarios de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, con el presente les acompaño copia del similar número PEP-00087/2004, signado por el ingeniero Luis Ramírez Corzo, director general de Pemex Exploración y Producción, así como los anexos que en él se citan, en relación con el punto de acuerdo, promovido por el diputado Pablo Gómez Alvarez, en el que solicita al Ejecutivo Federal enviar copias de los contratos de servicios múltiples que han sido firmados hasta la fecha.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 15 de marzo de 2004.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), Subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo.--- PEMEX.--- Exploración y Producción.--- Dirección General.

    Lic. Humberto Aguilar Coronado, Subsecretario de Enlace Legislativo.--- Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Por instrucciones del ingeniero Raúl Muñoz Leos, director general de Petróleos Mexicanos, y en relación con el punto de acuerdo, adoptado por la Cámara de Senadores el 25 de febrero del año en curso, en el sentido de solicitar a este organismo:

    ``Unico. Que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión realice petición formal de información al C. director general del organismo público Petróleos Mexicanos, a efecto de que con la mayor brevedad envíe a esta Comisión Permanente del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos copia de los contratos de servicios múltiples que han sido firmados hasta la fecha, así como copia de los anexos que los acompañan, incluyendo las firmas autógrafas de quienes en ellos intervinieron, así como copia del acta o actas de las sesiones del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, en donde se tomaron los acuerdos para la firma de los contratos de servicios múltiples.''

    Con objeto de dar cumplimiento por su amable conducto al referido punto de acuerdo, le manifiesto lo siguiente:

    1. Me permito enviar a esa soberanía copia simple de la siguiente documentación:

    a) Contrato número 414103990, con todos sus anexos, firmado por este organismo con Repsol Exploración México, SA de CV, con la intervención como obligado solidario de Repsol Exploración, SA, el 14 de noviembre de 2003, adjudicado como resultado de la licitación pública internacional 18575008-129-03, relativa al bloque Reynosa-Monterrey.

    b) Contrato número 414103994, con todos sus anexos, firmado por este organismo con PTD Servicios Múltiples, S de RL de CV, con la intervención como obligados solidarios de Petroleo Brasileiro México, S de RL de CV; Petroleo Brasileiro, SA- Petrobras; D & S Petroleum, SA de CV; y Teikoku Oil Co., Ltd., el 21 de noviembre de 2003, adjudicado como resultado de la licitación pública internacional 18575008-136-03, relativa al bloque Cuervito.

    c) Contrato número 414103997, con todos sus anexos, firmado por este organismo con Servicios Múltiples de Burgos, SA de CV, con la intervención como obligados solidarios de Elina del Bajío, SA de CV; Elina 414, SA de CV; Industrial Perforadora de Campeche, SA de CV; y Techint, SA de CV, el 28 de noviembre de 2003, adjudicado como resultado de la licitación pública internacional 18575008-130-03, relativa al bloque Misión.

    d) Contrato número 414113808, con todos sus anexos, firmado por este organismo con PTD Servicios Múltiples, SA de CV, con la intervención como obligados solidarios de Petroleo Brasileiro México, S de RL de CV; Petroleo Brasileiro, SA- Petrobras; D & S Petroleum, SA de CV; y Teikoku Oil Co., Ltd., el 8 de diciembre de 2003, adjudicado como resultado de la licitación pública internacional 18575008-137-03, relativa al bloque Fronterizo.

    e) Contrato número 414104806, con todos sus anexos, firmado por este organismo con Lewis Energy México, S de RL de CV, con la intervención como obligado solidario de Lewis Energy Group, LP, el 9 de febrero del año en curso, contrato que resultó adjudicado como resultado de la licitación pública internacional 18575008-138-03, relativa al bloque Olmos.

    Cabe aclarar que copia simple de los contratos que se señalan en los incisos a) a d) de esta comunicación han sido remitidos al Senado de la República, mediante nuestros diversos oficios PEP-00936/2003, del 17 de noviembre de 2003, y PEP-01014/2003, del 12 de diciembre de ese mismo año.

    No omito manifestar que la información solicitada se encuentra también disponible para todo público en www.compraNet.gob.mx, ya que tanto el modelo definitivo de los contratos y sus anexos, por formar parte de las bases de cada una de las licitaciones, así como la información de las empresas a que fueron adjudicados los contratos, deben publicarse por este medio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 27 y 33 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas.

    2. En relación con la solicitud de esa Comisión Permanente respecto del acta o actas de las sesiones del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en donde se tomaron los acuerdos para la firma de los contratos de servicios múltiples, se informa a usted lo siguiente:

    De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, no se requiere autorización o acuerdo favorable por parte de los órganos de gobierno de las entidades convocantes para la firma de los contratos de obra pública materia de las licitaciones de que se trate.

    Por lo que respecta a la aplicación de los contratos de servicios múltiples en la Cuenca de Burgos, es oportuno destacar que, como es de su conocimiento, la información financiera de los proyectos es analizada y propuesta para su aprobación en el Presupuesto de Egresos de cada ejercicio fiscal por la Unidad de Inversión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Dicha dependencia integra la referida información en el proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para aprobación de la Cámara de Diputados.

    En el caso particular del nuevo monto y alcance del proyecto Burgos, en el que se encuentran los contratos de servicios múltiples fue aprobado en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2002 de acuerdo con el Tomo IV, con un monto de inversión Pidiregas adicional de 10 mil 50 millones de dólares por ejercer de 2002 a 2016. La autorización respectiva ha sido ratificada en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004.

    En consecuencia, el Consejo de Administración de Pemex-Exploración y Producción, organismo subsidiario al cual se encomendó la celebración de los contratos de servicios múltiples, aprobó, en su sesión número 85 del 29 de noviembre de 2001, el cambio de monto y alcance, así como la reconfiguración del proyecto Burgos, contemplando el desarrollo mediante un esquema de contratación de servicios múltiples.

    Quedo a sus órdenes para cualquier aclaración o duda sobre el presente asunto y aprovecho la ocasión para enviar a usted un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 8 de marzo de 2004.--- Ing. Luis Ramírez Corzo (rúbrica), Director General.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:Túrnese a la Comisión de Energía y al promovente para su conocimiento.
    PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS
    La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Subsecretaría de Enlace Legislativo.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación solicitando se tramite ante el H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción II del apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que las personas que se citan a continuación puedan prestar sus servicios al gobierno extranjero que se menciona.

    Nombre: Juan Pablo Santana Valdez.

    Puesto: Asistente cultural.

    Lugar de Trabajo: Consulado General de Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

    Nombre: Alicia Margarita de la Fuente Cruz.

    Puesto: Empleada del Departamento de Ciudadanía.

    Lugar de Trabajo: Consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León.

    Por lo anterior, me permito anexar, para que se integren en su expediente, copias certificadas de las actas de nacimiento que acreditan la nacionalidad mexicana de dichas personas y originales de los escritos en que solicitan se realicen los trámites correspondientes, asimismo copias simples de su identificación.

    Al mismo tiempo se informa que la persona que se menciona a continuación solicita la cancelación del permiso que le fue concedido para prestar sus servicios al gobierno estadounidense.

    Nombre: Andrés Antonio Torres Scott.

    Puesto: Especialista Político.

    Lugar de Trabajo: Embajada de Estados Unidos de América en México, DF.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 15 de marzo de 2004.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), Subsecretario de Enlace Legislativo.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:Por lo que se refiere a la solicitud de permiso, recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación.

    Por lo que se refiere al ciudadano que ha dejado de prestar sus servicios, túrnese a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados y a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Senadores, para su conocimiento.


    CONSUL HONORARIO
    La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Subsecretaría de Enlace Legislativo.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación solicitando se tramite ante el H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere el artículo 37, inciso C), fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el C. Luis Carlos Astiazarán Orcí pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Finlandia en la ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el estado de Baja California.

    Por lo anterior me permito anexar originales de la carta dirigida al H. Congreso de la Unión con la que el interesado solicita dicho permiso y de la carta de vecindad; copia certificada del acta de nacimiento; así como copias simples de su currículum vitae, de su identificación oficial y de la nota mediante la cual la Embajada de la República de Finlandia formaliza la petición de nombramiento.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 15 de marzo de 2004.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), Subsecretario de Enlace Legislativo.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    PROCESOS ELECTORALES
    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Subsecretaría de Enlace Legislativo.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    Para los efectos constitucionales y por instrucciones del C. Presidente de la República, con el presente envío a ustedes la iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, documento que el propio primer magistrado de la nación propone por el digno conducto de ustedes.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 22 de marzo de 2004.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), Subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Presidencia de la República.

    C. Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presente.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción I, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar la presente iniciativa con proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

    EXPOSICION DE MOTIVOS:

    Las transformaciones en la realidad política de México, que han llevado a la democracia, son el resultado del largo y decidido esfuerzo de la ciudadanía y los partidos políticos quienes, de 1977 a 1996, construyeron condiciones de competitividad, equidad y control jurisdiccional reconocidos por todos los actores políticos como plenamente democráticos.

    No obstante, cualquier sistema requiere de adecuaciones periódicas a la realidad política en su marco jurídico. En este sentido es oportuno revisar tres objetivos: mejorar las condiciones de transparencia y rendición de cuentas, reducir el costo de la democracia y generar condiciones que incentiven el diálogo y la concreción de acuerdos. Nuevamente, como hace casi tres décadas, la realidad social demanda ajustes que incrementen la confianza ciudadana en el sistema y que permitan superar los vacíos legales que hoy son motivo de justas críticas e inconformidad.

    Con este ánimo, y convencido de la necesidad de impulsar desde el Ejecutivo Federal las reformas al sistema electoral que permitan instrumentar nuevas reglas para la competencia de partidos políticos, presento ante esta soberanía la iniciativa para modificar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se incorporan la mayoría de las demandas de la ciudadanía en la materia.

    1. Mejorar las condiciones de transparencia y rendición de cuentas

    Todo sistema democrático basa su actuación en la transparencia de su gestión y en la rendición de cuentas. Consciente de ello, la presente administración presentó una iniciativa, impulsó y promulgó la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    Sin embargo, no basta la transparencia en la gestión. Es necesario, también, generar incentivos legales para que todo acto público esté sujeto a la responsabilidad que le es inherente. Es una exigencia social transparentar el manejo de los recursos que los ciudadanos, a través de sus contribuciones, aportan para las actividades de los partidos y el desarrollo de las campañas.

    Por lo anterior, se propone definir y establecer reglas básicas para las precampañas; fijar procedimientos claros para la entrega al Estado de los bienes de los partidos políticos y agrupaciones políticas nacionales que hubieren perdido su registro; fortalecer la capacidad de fiscalización del Instituto Federal Electoral y de los órganos electorales locales, así como regular la publicidad y la propaganda pública en los tres órdenes de gobierno durante los procesos electorales.

    Actualmente, la legislación electoral no regula las precampañas. Ello ha generado un amplio debate en torno a las facultades que al respecto tiene el Instituto Federal Electoral.

    En consecuencia, se propone que la Ley Fundamental establezca que las precampañas sólo podrán realizarse dentro de los procesos internos de selección de candidatos y que su duración no se extienda más allá de la mitad del plazo que se contempla para el desarrollo de las campañas. Igualmente, se definen los mecanismos para que los partidos políticos rindan cuentas a la autoridad electoral, de tal forma que se sigan los mismos principios establecidos para las campañas. El Instituto Federal Electoral hará cumplir la normatividad en la materia, para garantizar que estos actos se conduzcan de manera transparente y dentro de los cauces legales. Por ello, se pretende que la ley sancione a los partidos políticos y a los ciudadanos que realicen actividades de proselitismo para lograr el registro como candidatos a puestos de elección popular fuera de los procesos internos de selección.

    Por otra parte, no existen hoy disposiciones que obliguen a los partidos políticos o agrupaciones políticas nacionales que pierdan su registro, a rendir cuentas de los bienes y recursos que poseen. De esta forma, se carece de solución sobre su destino en este supuesto.

    Por lo anterior, y dado que nuestra Constitución señala que estas organizaciones políticas son entidades de interés público, se propone incluir en el artículo 41 la sujeción de los partidos políticos a los principios de transparencia que se aplican para el Poder Público, así como la obligación de que los partidos y agrupaciones políticas que pierdan su registro entreguen al patrimonio de la Federación sus bienes y remanentes.

    Adicionalmente, en las actuales circunstancias, la autoridad electoral no cuenta con facultades suficientes para cumplir con sus funciones fiscalizadoras o para asegurar la transparencia y legalidad en el manejo de los recursos con los que cuentan los partidos y las agrupaciones políticas nacionales.

    En consecuencia, se propone establecer la obligación de las autoridades e instituciones financieras, así como de personas físicas y morales, de proporcionar toda la información y documentación que tengan en su poder y que les sea requerida por el Instituto en su carácter de autoridad fiscalizadora. De esta manera, la autoridad electoral estará en aptitud de conocer los montos y el destino final de los recursos efectivamente erogados por las instituciones políticas. También se fijan criterios para la reserva que deberán guardar los servidores públicos del Instituto Federal Electoral respecto de la información que reciban.

    El sistema jurídico electoral no contempla la capacidad del Instituto Federal Electoral para regular lo relativo a la propaganda gubernamental. Esta ha sido una demanda concurrente desde 1994, cuando el Consejo General del Instituto Federal Electoral firmó un acuerdo por el que se formularon exhortaciones y recomendaciones a los medios de comunicación -y en particular a los noticieros de radio y televisión- respecto a la información y difusión de las actividades de campaña de los partidos políticos. Además, el tema ha resurgido en cada proceso electoral.

    El Ejecutivo Federal tiene plena conciencia del intenso debate que se ha generado por la propaganda que las autoridades difunden por su obra en los días previos a la jornada electoral. Se tiene claro que tanto los actores políticos, como la ciudadanía en general, perciben que esta acción genera condiciones de inequidad en los procesos e introduce innecesarios elementos de conflicto. Ante los riesgos que plantea esta situación, es un acto de responsabilidad y congruencia con los postulados que inspiran al Gobierno a mi cargo tomar la iniciativa para introducir los cambios pertinentes.

    Por lo tanto, se propone que las autoridades se abstengan de hacer publicidad y propaganda, por cualquier medio, en materia de gestión y obra pública, treinta días antes del día de la jornada electoral, salvo lo relativo a los programas de protección civil derivados de una eventualidad o presencia de condiciones de riesgo a la población. Durante estos treinta días, corresponderá únicamente al Instituto Federal Electoral la promoción de la participación ciudadana.

    Con el fin de lograr transparencia y austeridad en la competencia electoral a nivel de las entidades federativas, se propone incorporar en la Constitución la obligación, a cargo de las Legislaturas locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de prever en su legislación electoral disposiciones relativas a la capacidad de fiscalización de las autoridades electorales locales, la entrega del patrimonio de las organizaciones políticas al Estado tras la pérdida de su registro, la definición de reglas básicas para las precampañas, y la regulación de publicidad y propaganda gubernamental.

    2. Reducir el costo de la democracia

    El financiamiento público para los partidos políticos tiene por objeto el sostenimiento de sus funciones como entidades de interés público. De esta forma, pretende crear las mejores condiciones para que ellos compitan en un contexto de equidad y tengan, a la vez, la capacidad de promover la cultura política y el debate nacional de los temas fundamentales. Este ha sido uno de los principales temas que motivaron las reformas electorales de 1977 a 1996, cuando se pasó de la virtual ausencia de criterios para su asignación, a un sistema en el que predomina el financiamiento público sobre el privado y se distribuye el primero a partir de una regla de equidad.

    Además del que se otorga para actividades específicas de los partidos políticos, la ley contempla dos tipos de financiamiento público: el que se destina para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes y el que se destina para las actividades tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales.

    Las reformas a nuestra legislación electoral han generado un sistema competitivo y, sobre todo, confiable. Sin embargo, también se debe reconocer su enorme costo: 3,197.3 millones de pesos en 2000. Por ello, el Estado se ve obligado a sacrificar una parte importante de su presupuesto, que podría destinarse a fines de desarrollo social. Por otra parte, también es tiempo de simplificar las fórmulas de asignación de financiamiento público y de darles estabilidad a lo largo del tiempo.

    Las democracias consolidadas han demostrado que pueden reducir sus costos a través de campañas más cortas, mejores sistemas de fiscalización y fórmulas más justas de asignación de recursos.

    Hoy día, la democracia electoral se ha consolidado y, por esa razón, deben revisarse las medidas que se concibieron para hacerla posible, principalmente en cuanto a financiamiento con recursos públicos. Los procesos y las campañas electorales deben y pueden ser más económicas. Es momento de concentrar los recursos para el desarrollo social. No es concebible un sistema democrático con grandes carencias y desigualdades, que destine a los partidos políticos y a sus campañas el equivalente a una cuarta parte del presupuesto total para salud o una cuarta parte del presupuesto total para desarrollo social.

    En las elecciones de 2000 para renovar la Cámara de Representantes de los Estados Unidos de América, los partidos políticos contaron con 610 millones de dólares, que en su gran mayoría provinieron de financiamiento privado. Esto equivalía a 5,700 millones de pesos, considerando el tipo de cambio promedio en el 2000. Esta cifra se justifica para un país con casi tres veces la población de México y con un producto interno bruto mucho mayor.

    En España, los partidos políticos con representación parlamentaria se repartieron en el mismo año un financiamiento total cercano a los 200 millones de euros por concepto de subvenciones públicas tanto para cubrir gastos ordinarios, como electorales. Estos recursos provinieron del gobierno central y de los gobiernos autónomos. Es decir, los partidos recibieron cerca de 2,000 millones de pesos.

    En Alemania los partidos políticos reciben recursos estatales para financiar parte de las actividades que desarrollan, en virtud de la Ley Fundamental y de la Ley de Partidos. Estas asignaciones no deben superar el límite máximo absoluto de 125 millones de euros al año en conjunto. Los recursos se distribuyen en función del arraigo de los partidos en la sociedad, medido por su éxito en las elecciones al Parlamento Europeo, al Bundestag y a los parlamentos de los estados federados, por una parte, y por la suma de las aportaciones provenientes de los afiliados y donaciones percibidas anualmente por otra. Por cada voto válido obtenido, los partidos perciben la cantidad de 0.66 euros -y a partir de seis millones de votos, 0.51 euros-. Es decir, en Alemania los partidos políticos reciben actualmente 1,437 millones de pesos, considerando un tipo de cambio de alrededor de 11.5 pesos por euro en 2003.

    Las reformas que se proponen mantienen los principios de suficiencia, equidad y predominio de recursos públicos sobre privados, al tiempo que responden a la exigencia social de disminuir los costos de nuestra democracia. Lo que se busca es modificar la fórmula de asignación de financiamiento público para los partidos políticos, acortar las campañas electorales y definir las reglas básicas para las precampañas.

    En consecuencia, se propone reformar la fracción II, inciso a) del artículo 41 constitucional, con objeto de introducir una nueva fórmula para calcular el monto del financiamiento público destinado a los partidos por concepto de actividades ordinarias, considerando un porcentaje del salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal en el último mes del año anterior y el número de ciudadanos que integran el padrón electoral.

    En un año de elecciones intermedias como el 2003, en que únicamente se renovó la Cámara de Diputados, el financiamiento público representó una cantidad cercana al doble de lo que fue otorgado para el año 2000, en que se eligieron Presidente de la República y a los integrantes de ambas Cámaras del Congreso de la Unión. Así, mientras en el 2000 el monto total que recibieron los partidos fue de 3,581 millones de pesos, en el 2003 recibieron un total de 5,376 millones de pesos.

    Dado lo anterior, se propone que, en la elección de Presidente de la República, el financiamiento público para las actividades de obtención del voto equivalga a una cantidad igual a las tres cuartas partes del financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese año. De manera similar, cuando sólo se renueve la Cámara de Diputados, el financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto, equivaldrá al cincuenta por ciento del monto del financiamiento público para actividades ordinarias de ese año.

    México tiene periodos de campañas excesivamente largos: entre ciento cuarenta y nueve y ciento setenta y tres días para el Presidente de la República. La extensión promedio de campañas en un conjunto de países con sistemas tanto presidenciales como parlamentarios es alrededor de sesenta días. El tiempo mínimo lo tienen España y Francia con 15 días, y el máximo Colombia, con 93.

    Esta situación plantea tres grandes problemas: un fastidio por parte de la ciudadanía hacia las elecciones, un excesivo costo de las campañas y el agotamiento físico y en las propuestas de los partidos y candidatos.

    Por lo anterior, se propone reformar el artículo 41 constitucional, de tal forma que las campañas de los candidatos a diputados y senadores duren hasta cuarenta y cinco días y las de Presidente de la República hasta noventa días. Se propone también reducir a sesenta días los tiempos de campaña para gobernador y Jefe de Gobierno del Distrito Federal, y a treinta días los correspondientes a diputados locales, autoridades municipales y delegados.

    Dentro de este mismo rubro, se espera que la definición de reglas básicas para las precampañas disminuya el costo de nuestra democracia, pues la reducción de su duración, la definición de topes de financiamiento y la consideración de las mismas para efectos financieros como parte de las campañas lleve a un gasto menor que el actual.

    3. Generar condiciones que incentiven el diálogo y la concreción de acuerdos

    La democracia mexicana privilegia la competencia tanto para obtener el favor de la voluntad ciudadana, como para concretar en acciones de gobierno la visión que cada grupo político tiene del país. Aunque se ha logrado alcanzar condiciones aceptables para el proceso electoral, ello ha sido a costa de las condiciones existentes para el logro de acuerdos.

    Las campañas electorales llevan a los partidos y candidatos a buscar posiciones y discursos que los diferencien para ganar el voto popular, lo cual le da valor y sentido a la democracia. Sin embargo, esta confrontación impide llegar a acuerdos. En consecuencia, entre más procesos electorales se tengan en un año, se dispondrá de menos tiempo para acordar y desahogar la agenda pública. Un sistema que obliga a sus partidos a estar compitiendo de manera recurrente, acorta innecesariamente los tiempos de la negociación y socava las condiciones para formar mayorías y llegar a acuerdos.

    México tiene uno de los calendarios electorales más desordenados de los sistemas presidenciales. Si se toman los seis años del mandato presidencial, se encuentra que el número anual de procesos electorales, repartidos en diversos meses, va de ocho en el año con menor número de elecciones a quince en el año con mayor número.

    Por lo anterior la competencia electoral entre los partidos tiende a complicar, o incluso suspender los procesos de negociación y construcción de acuerdos entre las fuerzas políticas representadas en el Congreso y el Poder Ejecutivo.

    De esta forma, se propone adicionar un inciso j) a la fracción IV del artículo 116 con objeto de que todas las elecciones locales se realicen el primer domingo de julio del año de la elección, conforme a los periodos constitucionales ya establecidos.

    En la actualidad, nueve entidades federativas (Campeche, Colima, Distrito Federal, Guanajuato, Morelos, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí y Sonora; y el Estado de México en lo que respecta a la elección de gobernador) han hecho coincidir sus calendarios electorales al que rige los comicios federales para aprovechar la infraestructura y los recursos humanos capacitados -como lo son los funcionarios de casilla y los representantes de los partidos-, para no abrumar a la población con campañas electorales permanentes y, sobre todo, para generar espacios de tiempo que permitan a las autoridades electas gobernar por periodos lo más prolongado posible sin las fricciones y enfrentamientos políticos propios de las campañas electorales.

    Esta propuesta pretende ampliar los tiempos que son propicios para el diálogo y la búsqueda de soluciones, que permitan gobernar de manera más eficaz para resolver los problemas la sociedad, pues la razón última de la democracia es alcanzar el bien común.

    Sin duda, una reforma de esta magnitud plantea retos para su instrumentación. Por lo tanto, en el artículo quinto transitorio se establece que las Legislaturas locales deberán adecuar sus respectivas Constituciones a lo que ordena el presente Decreto a más tardar el último día de febrero de 2005. De esa forma, los procesos electorales del presente año no tendrán problemas en los plazos que tienen tanto para sus comicios como para la toma de posesión de las autoridades electas. Asimismo, se hace necesario presentar iniciativas de modificación al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, al Código Penal Federal, así como a un buen número de leyes secundarias en materia financiera, fiscal y fiduciaria.

    El acortamiento de las campañas, por otra parte, contribuirá a generar mayores tiempos para la negociación de la agenda pública y la obtención de acuerdos. También la reglamentación sobre la publicidad y propaganda gubernamental, descrito en líneas anteriores, generará mejores bases para el acuerdo entre los grupos políticos y disminuirá los riesgos de conflictos postelectorales.

    Por lo antes expuesto, someto a la consideración del Poder Revisor de la Constitución, por conducto de esa Honorable Asamblea, la presente iniciativa de

    DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

    ARTICULO UNICO.- Se reforman los artículos 41, fracciones II y III; 116, fracción IV, inciso h); y 122, Apartado C, BASE PRIMERA, fracción IV, inciso f); se adicionan los incisos j), k), l) y m) y tres párrafos finales a la fracción IV del artículo 116; y las actuales fracciones III y IV del artículo 41 se recorren para quedar como fracciones IV y V del mismo artículo, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    ``Artículo 41. ...

    ...

    I. ...

    II. La duración de las campañas electorales se sujetará a los siguientes plazos:

    a) Para Diputados Federales y Senadores, hasta cuarenta y cinco días, y

    b) Para Presidente de la República, hasta noventa días.

    Todas las campañas electorales concluirán tres días antes de la jornada correspondiente. La ley contemplará sanciones para los partidos y candidatos que realicen campañas fuera de los tiempos señalados.

    Los procesos internos de selección de candidatos que realicen los partidos políticos se ajustarán a la legislación electoral, a sus normas internas registradas ante el Instituto Federal Electoral y a los principios establecidos para las campañas. Las precampañas sólo podrán realizarse dentro de los procesos internos de selección de candidatos. La ley sancionará a los partidos políticos y a los ciudadanos que realicen actividades de proselitismo para lograr el registro como candidatos a puestos de elección popular fuera de los procesos internos de selección.

    La ley regulará la forma de reportar a la autoridad los gastos erogados en los procesos internos de selección de candidatos. Las precampañas en ningún caso podrán exceder la mitad del plazo previsto para la duración de las campañas.

    III. La ley garantizará que los partidos políticos nacionales cuenten de manera equitativa con elementos para llevar a cabo sus actividades. Por tanto, tendrán derecho al uso en forma permanente de los medios de comunicación social, de acuerdo con las formas y procedimientos que establezca la misma. Además, la ley señalará las reglas a que se sujetará el financiamiento de los partidos políticos y sus campañas electorales, debiendo garantizar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado.

    El financiamiento público para los partidos políticos que mantengan su registro después de cada elección, se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes y las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y se otorgará conforme a lo siguiente y a lo que disponga la ley:

    a) El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, considerando el porcentaje que señale la ley del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal en el último mes del año anterior y el número de ciudadanos que integran el padrón electoral. El 30% de la cantidad total que resulte de acuerdo con la señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el 70% restante se distribuirá entre los mismos de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieran obtenido en la elección de diputados inmediata anterior;

    b) El financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales equivaldrá, tratándose de la elección de Presidente de la República y de la renovación de ambas cámaras del Congreso de la Unión, a una cantidad igual a las tres cuartas partes del monto del financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese año. Cuando sólo se renueve la Cámara de Diputados, el financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto, equivaldrá a la mitad del monto del financiamiento público que le corresponda a cada partido para actividades ordinarias en ese año;

    c) Se reintegrará un porcentaje de los gastos anuales que eroguen los partidos políticos por concepto de las actividades relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales.

    La ley fijará los criterios para determinar los límites a las erogaciones de los partidos políticos en sus campañas electorales; establecerá los montos máximos que tendrán las aportaciones pecuniarias de sus simpatizantes y los procedimientos para el control y vigilancia del origen y uso de todos los recursos con que cuenten y asimismo, señalará las sanciones que deban imponerse por el incumplimiento de estas disposiciones.

    El financiamiento público para los partidos políticos tiene por objeto el sostenimiento de sus funciones como entidades de interés público. En caso de que algún partido político o agrupación política pierda su registro, sus bienes y remanentes pasarán al patrimonio de la Federación, en los términos que determine la ley. Los partidos políticos y las agrupaciones políticas se sujetarán a las disposiciones que en materia de transparencia establezca la ley;

    d) El Instituto Federal Electoral tendrá las atribuciones necesarias para fiscalizar e investigar el origen y uso de todos los recursos de los partidos políticos y agrupaciones políticas nacionales. En ejercicio de esta facultad, las autoridades, las instituciones financieras y todas las personas físicas y morales estarán obligadas a rendir informes y a otorgar la documentación que esté en su poder y que les sea requerida por dicho Instituto a través de su Consejero Presidente. Los servidores públicos del Instituto Federal Electoral deberán guardar reserva sobre el contenido de la información que reciban en cumplimiento de esta facultad. El Instituto únicamente dará a conocer la resolución correspondiente. La contravención a esta disposición será sancionada penalmente, y

    e) Las autoridades se abstendrán de hacer publicidad y propaganda, por cualquier medio, en materia de gestión y obra pública, treinta días antes del día de la jornada electoral, salvo lo relativo a los programas de protección civil derivados de una eventualidad o presencia de condiciones de riesgo a la población. Durante estos treinta días, corresponde únicamente al Instituto Federal Electoral la promoción de la participación ciudadana.

    IV. y V. ...

    Artículo 116. ...

    ...

    I. a III. ...

    IV. ...

    a) a g) ...

    h) Se fijen los criterios para determinar los límites a las erogaciones de los partidos políticos en sus campañas electorales, así como los montos máximos que tengan las aportaciones pecuniarias de sus simpatizantes y los procedimientos para el control y vigilancia del origen y uso de todos los recursos con que cuenten los partidos políticos y se establezcan, asimismo, las sanciones por el incumplimiento a las disposiciones que se expidan en estas materias;

    i) ...

    j) La jornada electoral ordinaria se celebre el primer domingo de julio del año de la elección;

    k) Las autoridades locales puedan solicitar, a través del Instituto Federal Electoral, la información y documentación necesaria para fiscalizar los ingresos y egresos de los partidos políticos y de las agrupaciones políticas que reciban financiamiento público. El Instituto Federal Electoral tramitará sin demora las solicitudes que le sean presentadas, y las autoridades, las instituciones financieras y todas las personas físicas y morales estarán obligadas a brindar la información y documentación que les sea requerida en los términos del presente artículo.

    Los servidores públicos del Instituto Federal Electoral y de las autoridades electorales locales deberán guardar reserva sobre el contenido de la información que reciban en cumplimiento de esta facultad. En cualquier caso, únicamente se dará a conocer la resolución correspondiente. La contravención a esta disposición será sancionada penalmente;

    l) La duración de las campañas electorales locales se sujete a los siguientes plazos: hasta sesenta días para gobernador y hasta treinta días para diputados locales y ayuntamientos, y

    m) Los bienes y remanentes de los partidos políticos y agrupaciones políticas que pierdan su registro pasarán al patrimonio del Estado, en los términos que determine la ley.

    Los procesos internos de selección de candidatos que realicen los partidos políticos se ajustarán a la legislación electoral local, a sus normas internas registradas ante los órganos electorales locales y a los principios establecidos para las campañas. Las precampañas sólo podrán realizarse dentro de los procesos internos de selección de candidatos. La ley sancionará a los partidos políticos y a los ciudadanos que realicen actividades de proselitismo para lograr el registro como candidatos a puestos de elección popular fuera de los procesos internos de selección.

    La ley regulará la forma de reportar a la autoridad los gastos erogados en los procesos internos de selección. Las precampañas en ningún caso podrán exceder la mitad del plazo previsto para la duración de las campañas.

    Las autoridades estatales y municipales se abstendrán de hacer publicidad y propaganda, por cualquier medio, en materia de gestión y obra pública, treinta días antes del día de la jornada electoral, salvo lo relativo a los programas de protección civil derivados de una eventualidad o presencia de condiciones de riesgo a la población. Durante estos treinta días, corresponde únicamente a los órganos electorales la promoción de la participación ciudadana;

    V. a VI. ...

    Artículo 122. ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    A. y B. ...

    C. ...

    BASE PRIMERA.- ...

    I. a IV. ...

    V. ...

    a) a e) ...

    f) Expedir las disposiciones que rijan los procesos internos de selección de candidatos y las elecciones locales en el Distrito Federal, sujetándose a las bases que establezca el Estatuto de Gobierno, las cuales se ajustarán a los principios establecidos en la fracción IV del artículo 116 de esta Constitución. En estas elecciones sólo podrán participar los partidos políticos con registro nacional;

    g) a o) ...

    BASE SEGUNDA a BASE QUINTA ...

    D. a G. ...''

    TRANSITORIOS

    Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el primero de enero de 2005. Las disposiciones relativas al financiamiento público previstas en el artículo 41, fracción III, incisos a) y b) se aplicarán por primera vez en el cálculo del financiamiento correspondiente al año 2006.

    Segundo.- Los procesos electorales que se celebren antes de la entrada en vigor del presente Decreto, se sujetarán a la legislación electoral vigente.

    Tercero.- El Congreso de la Unión deberá adecuar las leyes federales y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal para que se ajusten a lo dispuesto por el presente Decreto, en un plazo no mayor a seis meses a partir de su entrada en vigor.

    Cuarto.- Las Legislaturas locales deberán adecuar sus respectivas Constituciones a lo que ordena el presente Decreto a más tardar el último día de febrero de 2005. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal dispondrá del mismo plazo para adecuar la legislación electoral del Distrito Federal.

    Quinto.- En el decreto de reforma con el que se adecuen sus respectivos órdenes jurídicos, el Congreso de la Unión y las Legislaturas locales incluirán los artículos transitorios necesarios para ajustar, por única ocasión, el periodo de duración del gobernador, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, de los diputados, de los integrantes de los ayuntamientos y de los delegados salientes, con el objeto de que los siguientes sean electos de acuerdo a lo establecido por el presente Decreto.

    Reitero a Usted la seguridad de mi consideración.

    Dado en la Residencia Oficial del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 22 de marzo de 2004.--- El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión Especial para la Reforma del Estado.
    CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Subsecretaría de Enlace Legislativo.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    Para los efectos constitucionales y por instrucciones del C. Presidente de la República, con el presente envío a ustedes la iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, documento que el propio primer magistrado de la nación propone por el digno conducto de ustedes.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 22 de marzo de 2004.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), Subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Presidencia de la República.

    C. Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presente.

    Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar la presente iniciativa con proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Las modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que ha propuesto el Ejecutivo Federal a mi cargo, deben concretarse en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Por lo tanto, se expondrán las modificaciones pertinentes de acuerdo al orden en que se expusieron en dicha iniciativa.

    1. Mejorar las condiciones de transparencia y rendición de cuentas

    Las precampañas son el conjunto de actividades llevadas a cabo por los ciudadanos, los partidos políticos o las coaliciones dentro de los procesos internos de selección, para lograr el registro como candidatos a puestos de elección popular, en los plazos previstos en el artículo 190, párrafo 3: no más de 22 días para diputados y senadores ni más de 45 días para Presidente de la República. De esta forma, tendrán las mismas consideraciones que las campañas por cuanto a los actos que realicen, la propaganda que produzcan y difundan y la fiscalización de los recursos que utilicen, de acuerdo a las adiciones que se proponen a los artículos 49-B, 182, 182-A 185 y 190.

    La pérdida de registro de los partidos políticos y agrupaciones políticas nacionales declarada por la autoridad electoral produce el efecto de que entren en proceso de liquidación. Para ello, la entrega de los bienes y remanentes que conforman su patrimonio será reglamentada con las adiciones propuestas al artículo 67, los cuales pasarán al patrimonio de la Federación.

    Las facultades de fiscalización del Instituto Federal Electoral se establecen con las reformas al artículo 83, de tal forma que el Presidente de su Consejo General podrá requerir directamente, a solicitud de la Comisión de Fiscalización, a cualquier persona física o moral o institución financiera, información relativa a sus operaciones con partidos políticos y agrupaciones políticas nacionales. Las autoridades competentes estarán obligadas a recabar la información y documentación fiscal, financiera, fiduciaria o de cualquiera otra materia relacionada con dichas operaciones, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

    Por otra parte se adiciona el artículo 77, para que los funcionarios del Instituto Federal Electoral guarden reserva sobre el contenido de la información que reciban en el ejercicio de su facultad de fiscalización, en la inteligencia de que el Instituto Federal Electoral únicamente dará a conocer la determinación respectiva.

    2. Reducir el costo de la democracia

    Las modificaciones a las fórmulas de asignación de recursos a los partidos políticos propuestas en el artículo 41 constitucional serán contempladas en el artículo 49. De esa forma, el financiamiento público anual a los partidos políticos por sus actividades ordinarias permanentes se calculará multiplicando el 40 por ciento del salario mínimo general diario para el Distrito Federal vigente en el último mes del año inmediato anterior por el número de ciudadanos que integren el padrón electoral.

    Por otra parte, en el año de la elección de Presidente de la República y de la renovación de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, a cada partido político se le otorgará, para gastos de campaña, un monto equivalente a las tres cuartas partes del financiamiento público que para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes le corresponda a ese año. En el año de elección en que se renueve únicamente a los integrantes de la Cámara de Diputados, el financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto, que le corresponda a cada partido, equivaldrá a la mitad del monto del financiamiento para actividades ordinarias permanentes de ese año. Para ello, se hacen las modificaciones correspondientes al artículo 49, párrafo 7, inciso B, apartado I.

    A continuación, se harán algunas proyecciones del ahorro aproximado que la presente reforma traería, suponiendo una tasa de 40 por ciento del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el año anterior a la elección, tal y como se propone en las modificaciones incluidas para el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Como base a los cálculos, se tomará el financiamiento otorgado a los partidos por concepto de actividades ordinarias durante 2000: 1,598 millones de pesos. Dicha cifra se considera porque las condiciones en las que se calculó son similares a las que se tendrá en 2006, es decir, ambos corresponden a años de elecciones presidenciales. Ese año el financiamiento por concepto de campañas fue de 1,598 millones de pesos, y el financiamiento total ascendió a 3,197 millones de pesos.

    El salario mínimo vigente en el Distrito Federal para 1999 fue de 39.52 pesos, y el padrón electoral para 2000 fue de 59.6 millones de habitantes. Por lo tanto, el 40 por ciento propuesto del salario mínimo es de 15.81 pesos, y multiplicados por el padrón electoral se tiene una cifra de 942 millones de pesos. Con esta información, se puede calcular el ahorro.

    Si se consideran las cifras calculadas para el 2000 bajo el supuesto de que se tratara de un año regular -es decir, sin elecciones- con la reforma, el monto del financiamiento total sería igual al ordinario: 942 millones de pesos. Es decir, se obtiene un ahorro inicial de 656 millones de pesos, el 41 por ciento respecto a los 1,598.65 millones de pesos que se erogarían con la disposición actual.

    Si se considerasen las cifras calculadas para el 2000 bajo el supuesto de que se trata de un año con elecciones sólo para la Cámara de Diputados, la reducción del 50 por ciento al financiamiento de campaña sería de 471 millones de pesos. Por lo tanto, el financiamiento total sería de 1,413 millones de pesos. Es decir, se obtiene un ahorro de 1,783 millones de pesos, el 56 por ciento respecto a los 3,197 millones de pesos que se erogarían con la actual disposición.

    Por último, si se considerasen las cifras calculadas para el 2000 bajo el supuesto de que se tratara de un año con elecciones presidenciales y del Congreso de la Unión, el financiamiento de campaña alcanzaría 706 millones de pesos. Por lo tanto, el financiamiento total sería de 1648.11 millones de pesos. Es decir, se obtiene un ahorro de 1,548 millones de pesos, el 48 por ciento respecto a los 3,197 millones de pesos que se erogarían con la actual disposición.

    Es posible hacer una proyección del financiamiento para los partidos en 2006, tomando como supuesto los costos mínimos de campaña empleados en 2004, y ajustándolos a una inflación esperada de 3.7 por ciento para 2005. Así, se tendrá un financiamiento ordinario de 1,852 millones de pesos, un financiamiento de campaña de 1,852 millones de pesos y un financiamiento total de 3,704 millones de pesos.

    Si se considerase un salario mínimo vigente para el Distrito Federal de 46.91 pesos, un padrón estimado de 70.17 millones de habitantes y la aplicación del 75 por ciento del financiamiento de campañas por tratarse de una elección presidencial, se tendría un financiamiento ordinario de 1,316 millones de pesos y un financiamiento de campaña de 987 millones de pesos, dando un financiamiento total de 2,303 millones de pesos: un ahorro de 1,400 millones de pesos, el 38 por ciento de los 3,704 millones de pesos que se erogarían suponiendo el marco legal vigente. De acuerdo con el artículo primero transitorio, esta medida entraría en vigor el primero de enero de 2006, para los procesos electorales federales de ese año.

    Los plazos para el registro de candidaturas se reducirán del modo siguiente, de acuerdo con la reforma al artículo 177: para diputados y senadores tanto de mayoría relativa como de representación proporcional, del 24 de abril al 8 de mayo, y para Presidente de la República del 10 al 24 de marzo. Se establece en el artículo 179 que el plazo para verificar las solicitudes de registro de candidaturas deberá concluir, a más tardar, el día anterior al inicio de las campañas electorales.

    En consecuencia, la reforma al artículo 190 propone que las campañas para diputados y senadores inicien 48 días antes de la jornada electoral, y 93 días antes en el caso del Presidente de la República. Se adiciona el artículo 264 con el fin de sancionar a quienes realicen actividades de proselitismo para lograr el registro como candidatos a puestos de elección popular, o para la obtención del voto, fuera de los plazos establecidos para tal efecto, con la negativa del registro de su eventual candidatura. Además, se castigará con la pérdida de registro del partido la reincidencia de la conducta anterior, de acuerdo con la reforma al artículo 66, párrafo 1, inciso d).

    De manera adicional, se presentan dos reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, las cuales incidirán en la disminución del costo de nuestra democracia y en el impacto ambiental de los procesos electorales.

    En la actualidad, los partidos políticos disfrutan de franquicias postales y telegráficas dentro del territorio nacional, que sean necesarias para el desarrollo de sus actividades. Sin embargo, no se fijan limitaciones a tal atribución. Esto genera ineficiencia en el uso de este recurso, así como saturación del Servicio Postal Mexicano.

    Por lo anterior, se propone adicionar el artículo 54, de tal forma que los partidos utilicen las franquicias postales exclusivamente para el desarrollo de sus actividades previstas en el artículo 41 constitucional. Además, se limita este derecho de acuerdo a un monto equivalente a un porcentaje del financiamiento público por actividades ordinarias. En caso de que los envíos superen dicho monto, el costo de expedición de las piezas excedentes será cubierto por los propios partidos.

    La segunda reforma propone reducir el impacto ambiental de las campañas, estableciendo en el artículo 185 que la propaganda impresa para las campañas y precampañas se fabrique con materiales reciclables o de reúso que no contengan sustancias tóxicas ni materiales que representen un daño directo para la salud. Se definen sanciones en caso de no cumplirse con la disposición.

    Por lo antes expuesto, someto a la consideración del Honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa de

    DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

    ARTICULO UNICO.- Se REFORMAN los artículos 49, párrafo 7, inciso a), fracción V, párrafo primero, e inciso b), fracción I; 49-B, párrafo 2, inciso e); 177, párrafo 1, incisos a), b), c), d) y e); 179, párrafo 1; la denominación del Capítulo Segundo del Título Segundo del Libro Quinto; 182, párrafos 1, 2 y 3; 185, párrafos 1 y 2; y 190, párrafo 1; se ADICIONAN un párrafo 2, con los incisos a), b) y c) al artículo 54; un inciso d) al párrafo 1 del artículo 66; un párrafo 4 al artículo 67; un párrafo 3 al artículo 77, recorriéndose el actual párrafo 3 para quedar como 4; un inciso c), con las fracciones I y II, y un inciso d) al párrafo 1 del artículo 83, recorriéndose los actuales incisos c) a p) para quedar como e) a r); un párrafo 6 al artículo 182-A; un párrafo 3 al artículo 185; los párrafos 3 y 4 al artículo 190, recorriéndose los actuales párrafos 3 a 6 para quedar de 5 a 8; un párrafo 2 al artículo 264, recorriéndose los actuales párrafos 2 y 3 para quedar como 3 y 4; y un artículo 273 con los párrafos 1 y 2; y se DEROGAN las fracciones I, II, III, IV y VI del inciso a) del párrafo 7 del artículo 49, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

    ``Artículo 49.

    1. a 6. ...

    7. ...

    a) ...

    I. Derogado.

    II. Derogado.

    III. Derogado.

    IV. Derogado.

    V. El Consejo General del Instituto Federal Electoral, determinará el financiamiento público anual de los partidos políticos para sus actividades ordinarias permanentes, el cual se calculará multiplicando el 40% del salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal en el último mes del año inmediato anterior por el número de ciudadanos que integran el padrón electoral y se distribuirá de la siguiente manera:

    ...

    ...

    VI. Derogado.

    VII. y VIII. ...

    b) ...

    I. En el año de la elección de Presidente de la República y de la renovación de ambas cámaras del Congreso de la Unión, a cada partido político se le otorgará, para gastos de campaña, un monto equivalente a las tres cuartas partes del financiamiento público que para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes le corresponda ese año.

    En el año de elección en que se renueve únicamente a los integrantes de la Cámara de Diputados, el financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto, que le corresponda a cada partido político, equivaldrá a la mitad del monto del financiamiento público para actividades ordinarias permanentes de ese año.

    II. ...

    c) ...

    8. a 11. ...

    Artículo 49-B.

    1. ...

    2. ...

    a) a d) ...

    e) Revisar los informes que los partidos políticos y las agrupaciones políticas presenten sobre el origen y destino de sus recursos anuales, de sus procesos internos para la selección de candidatos y de campaña, según corresponda;

    f) a k) ...

    3. y 4. ...

    Artículo 54.

    1. ...

    2. Las franquicias postales de los partidos políticos nacionales tendrán los siguientes límites:

    a) Se entenderán reservadas exclusivamente para el desarrollo de las actividades que los partidos políticos realicen de acuerdo con lo previsto por el artículo 41 de la Constitución y por el presente Código;

    b) El monto total de las franquicias postales comprenderá todos aquellos envíos que realicen los partidos políticos con representación en alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión hasta por un monto equivalente al 2% del financiamiento público por actividades ordinarias permanentes que reciban en el año que corresponda. Dicho monto será distribuido entre los partidos políticos de manera igualitaria, y

    c) Los partidos políticos que hubieren obtenido su registro con fecha posterior a la última elección disfrutarán de la prerrogativa establecida en el presente artículo en forma proporcional a los meses del año en que sea válido su registro.

    Artículo 66.

    1. ...

    a) a c) ...

    d) Reincidir en la violación a lo dispuesto por el artículo 190, párrafo 4, de este Código;

    e) a h) ...

    Artículo 67.

    1. a 3. ...

    4. Los bienes de cualquier naturaleza y los remanentes que conformen el patrimonio de los partidos políticos y las agrupaciones políticas que hubieren perdido su registro, pasarán al patrimonio de la Federación. La declaratoria de la Junta General Ejecutiva y la resolución del Consejo General a que hacen referencia los párrafos 1 y 2 del presente artículo, establecerán que los bienes y remanentes queden a disposición de la autoridad competente en los términos de las normas jurídicas aplicables.

    Artículo 77.

    1. ...

    2. ...

    3. En ejercicio de la facultad de fiscalización, los servidores públicos del Instituto Federal Electoral deberán guardar reserva sobre la información que reciban. El Instituto únicamente dará a conocer la determinación respectiva.

    4. ..............

    Artículo 83.

    1. ...

    a) y b)

    c) Requerir, cuando medie solicitud de la Comisión de Fiscalización en ejercicio de sus funciones:

    I. A cualquier persona física o moral o institución financiera, información relativa a sus operaciones con partidos y agrupaciones políticas nacionales, y

    II. A las autoridades competentes, información y documentación fiscal, financiera y fiduciaria o de cualquiera otra materia relacionada con las operaciones que cualquier persona física o moral haya realizado con algún partido político o agrupación política, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

    En todo caso, la solicitud deberá hacerse por escrito y en ella se establecerán los plazos en los que se deberá hacer entrega de la información y documentación requeridas, que en ningún caso será menor de 15 ni mayor de 45 días hábiles.

    d) Requerir a las personas físicas y morales, instituciones financieras y autoridades, la información y documentación que le soliciten las autoridades electorales locales en ejercicio de sus facultades de fiscalización, así como transmitirla al órgano requirente, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

    e) a r) ...

    Artículo 177.

    1. ...

    a) Para diputados electos por el principio de mayoría relativa, del 24 de abril al 8 de mayo, inclusive, por los Consejos Distritales;

    b) Para diputados electos por el principio de representación proporcional, del 24 de abril al 8 de mayo, inclusive, por el Consejo General;

    c) Para senadores electos por el principio de mayoría relativa, del 24 de abril al 8 de mayo, inclusive, por los Consejos Locales correspondientes;

    d) Para senadores electos por el principio de representación proporcional, del 24 de abril al 8 de mayo, inclusive, por el Consejo General, y

    e) Para el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, del 10 al 24 de marzo, inclusive, por el Consejo General.

    2. ...

    Artículo 179.

    1. Recibida una solicitud de registro de candidaturas por el Presidente o el Secretario del Consejo que corresponda, se verificará que se cumplió con todos los requisitos señalados en el artículo 178, a más tardar, el día anterior al del inicio de las campañas electorales.

    2. a 8. ...

    Capítulo Segundo

    De las precampañas y campañas electorales

    Artículo 182.

    1. La precampaña electoral es el conjunto de actividades llevadas a cabo por ciudadanos o partidos políticos o coaliciones dentro de los procesos internos de selección para lograr el registro como candidatos a puestos de elección popular dentro de los plazos a que se refiere el párrafo 3 del artículo 190. La campaña electoral es el conjunto de actividades llevadas a cabo por los partidos políticos nacionales, las coaliciones y los candidatos registrados para la obtención del voto dentro de los plazos a que se refiere el artículo 190 párrafo 1.

    2. Se entiende por actos de precampaña y de campaña, según sea el caso, las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general cualquier actividad de proselitismo en que los ciudadanos participantes en los procesos internos de selección, así como los candidatos registrados o los voceros de los partidos políticos se dirigen al electorado para promover sus candidaturas.

    3. Se entiende por propaganda electoral el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante la precampaña o la campaña electoral, según el caso, producen y difunden los partidos políticos, los ciudadanos que participen en los procesos internos de selección, los candidatos registrados y sus simpatizantes, con el propósito de presentar las candidaturas.

    4. ...

    Artículo 182-A.

    1. a 5. ...

    6. Los recursos utilizados durante las precampañas se sujetarán a los mismos criterios de fiscalización utilizados para las campañas electorales, como lo establece el artículo 49-B de este Código.

    Artículo 185.

    1. La propaganda impresa que los ciudadanos y candidatos utilicen durante la precampaña y la campaña electoral deberá contener, en todo caso, una identificación precisa del partido político o coalición correspondiente.

    2. La propaganda que en el curso de una precampaña o de una campaña difundan por medios gráficos los partidos políticos, las coaliciones, los ciudadanos y los candidatos, no tendrá más límite, en términos del artículo 7° de la Constitución, que el respeto a la vida privada de candidatos, autoridades, terceros y a las instituciones y valores democráticos.

    3. La propaganda impresa a que se refiere el primer párrafo de este artículo deberá estar fabricada con materiales reciclables o de reúso que no contengan sustancias tóxicas ni materiales que representen un daño directo para la salud. El incumplimiento de esta disposición por parte de los partidos políticos o coaliciones será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el presente Código.

    Artículo 190.

    1. Las campañas electorales para diputados y senadores iniciarán 48 días antes de la jornada electoral. Tratándose de la campaña para la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, ésta iniciará 93 días antes del día de la elección.

    2. ...

    3. El plazo para la duración de las precampañas para diputados y senadores no podrá exceder de 22 días. Tratándose de la precampaña de candidatura para la elección del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, no podrá exceder de 45 días.

    4. Los partidos políticos y los ciudadanos deberán abstenerse de realizar actividades de proselitismo para lograr el registro como candidatos a puestos de elección popular o para la obtención del voto, fuera de los procesos internos de selección o de las campañas, respectivamente.

    5. a 8. ...

    Artículo 264.

    1. ...

    2. La sanción a los ciudadanos que contravengan lo dispuesto por el artículo 190, párrafo 4 de este Código, consistirá en la negativa del registro de su eventual candidatura.

    3. y 4. ...

    Artículo 273.

    1. El Instituto Federal Electoral conocerá de las infracciones en que incurran las personas físicas y morales, así como las instituciones financieras, que omitan proporcionar la información o documentación en los plazos y términos que establece este Código.

    2. Cuando el incumplimiento a que se refiere el párrafo anterior sea de parte de servidores públicos, el Instituto dará vista a la Secretaría de la Función Pública para los efectos de las responsabilidades administrativas a que haya lugar.''

    TRANSITORIO

    UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Reitero a usted la seguridad de mi consideración.

    Dado en la Residencia Oficial del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a 22 de marzo de 2004.--- El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Túrnese a las comisiones unidas de Gobernación y de Participación Ciudadana, con opinión de la Comisión Especial para la Reforma del Estado.
    LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFIA
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Tiene el uso de la palabra el diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que adiciona el artículo 21-bis, a la Ley Federal de Cinematografía.

    El diputado Francisco Javier Bravo Carbajal:

    Con el permiso de la Presidencia; compañeras diputadas, compañeros diputados:

    Con las facultades que me confiere la fracción II del artículo 71 y las fracciones X y XXX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior de este Congreso, presento a la consideración de esta soberanía, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 21-bis, de la Ley General de Cinematografía, con la siguiente

    Exposición de Motivos

    Desde el punto de vista tradicional, la exhibición cinematográfica es el último peldaño del proceso productivo, en el cual la película adquiere el carácter de artículo de consumo. Hoy día, sabemos que después de su exhibición comercia recorre el camino de la comercialización y después su difusión en televisión de paga y abierta.

    En este orden de ideas, los cines constituyen el lugar en el que se efectúa dicho consumo, es decir, es en las salas de exhibición, lugares acondicionados a las necesidades del espectáculo cinematográfico donde se presentan las películas, ya sea en estreno, segunda corrida o reestreno.

    Obtenemos así, que la exhibición representa el desenlace del complejo proceso de creación de una película, también llamado cadena cinematográfica compuesta por las etapas de producción, distribución y exhibición. Esta etapa de la cadena productiva cinematográfica se encuentra definida en el texto vigente de la Ley Federal de Cinematografía, como una de las formas en las que se lleva a cabo la explotación mercantil de películas, entendida esta última como la acción que reditúa un lucro o beneficio económico a su autor.

    En este sentido, el artículo 18 fracción I de la Ley Federal de Cinematografía, dispone:

    Artículo 18. Para los efectos de esta ley, se entiende por explotación mercantil de películas la acción que reditúa un beneficio económico derivado de, fracción I, la exhibición en salas cinematográficas, vídeosalas, transportes públicos o cualquier otro lugar abierto o cerrado en que pueda efectuarse la misma, sin importar el soporte, formato o sistema conocido o por conocer y que la haga accesible al público.

    De la lectura anterior, se obtiene con meridiana claridad, que la normatividad vigente en la materia reconoce que la exhibición pública de películas cinematográficas es, en sí misma, el acto de explotación mercantil que reditúa un beneficio económico a quienes desarrollan dicha actividad.

    No obstante, es de todos conocido que las exhibidoras cinematográficas no sólo obtienen sus ganancias a partir del producto de la venta de boletos en taquilla, sino también de los contratos de publicidad que celebran con diversos anunciantes de bienes, productos y servicios, los cuales son ofertados al público asistente previamente a la exhibición de las películas.

    Al respecto debe destacarse que no existe disposición legal o reglamentaria que prohíba a los exhibidores cinematográficos la inclusión de la propaganda comercial antes del inicio de la proyección de las películas y, en tal virtud, de conformidad con el principio general de legalidad interpretado a contrario sensu, según el cual los particulares pueden hacer todo aquello que la ley no les prohíba, dichos exhibidores se encuentran en posibilidad jurídica de efectuar tales actos de comercio.

    Refuerza esta consideración el contenido del artículo 35 del Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía, que dispone que la publicidad de tabaco y alcohol que se incluya en las exhibiciones cinematográficas se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Salud y en el Reglamento en materia de Control Sanitario en la Publicidad, de donde se infiere que la normatividad en la materia, incluso, contempla la posibilidad de que dicha publicidad se difunda.

    Ahora bien, resultando indiscutible que las exhibidoras cinematográficas no sólo incluyen publicidad de tabaco y alcohol en las salas de proyección y con independencia de los contenidos de la publicidad, cuya regulación corresponde a los ordenamientos legales antes citados, se hace necesario establecer expresamente en la Ley Federal de Cinematografía los lineamientos a que debe sujetarse la comercialización de bienes, productos y servicios que se realiza en las salas de exhibición pública, por cuanto hace a la duración de la misma, sobre todo, por el beneficio económico que representa para los exhibidores y por respeto a los asistentes.

    Al efecto, es preciso destacar que en la mayoría de las ocasiones la duración de la publicidad previa a la exhibición de una película resulta excesiva e incluso incómoda para los asistentes a las salas cinematográficas, baste señalar que en muchos casos las películas inician hasta treinta minutos después de la hora anunciada para su exhibición, tiempo que es empleado en gran medida para la difusión de propaganda comercial, con lo que se prolonga injustificadamente el tiempo de permanencia de los asistentes a las salas de exhibición.

    Es menester aclarar que la situación antes descrita se agrava por el hecho de que el espectador decide cubrir el precio de un boleto que le permite disfrutar de una obra cinematográfica, sin embargo nada le obliga a fungir como receptor del exceso publicitario del que suele ser objeto y que en muchas de las ocasiones representa para los asistentes, insisto, una falta de respeto a su tiempo y al propósito por el que acuden a las salas, que indiscutiblemente consiste en disfrutar de una película.

    De este modo y considerando que el artículo 20 de la propia Ley Federal de Cinematografía, da a los exhibidores el derecho de fijar libremente los precios, puede afirmarse que el espectador paga por disfrutar una película y no por presenciar una considerable cantidad de anuncios publicitarios.

    Finalmente, no debemos obviar la circunstancia de que la exhibición de obras cinematográficas constituye un espectáculo público cuya regulación y vigilancia compete a las autoridades locales de las entidades federativas y del Distrito Federal. En este sentido, cobra particular importancia la regulación contenida en la ley para la celebración de espectáculos públicos en el Distrito Federal, en la que se precisan las obligaciones que asumen los titulares de los permisos para la celebración de tales espectáculos, entre los que se encuentran las de vigilar que el espectáculo público se desarrolle de conformidad con el aviso presentado o el permiso otorgado y presentarlo en los términos y condiciones ofrecidos en la publicidad que de éste se haya difundido al público.

    Por otra parte, es menester plasmar en el texto de la ley que los exhibidores cinematográficos no podrán incluir propaganda comercial en los intermedios que, en su caso, se haga de las películas cuya duración sea mayor de 150 minutos o que se encuentren establecidos de origen. La finalidad de esta disposición, consiste en garantizar la continuidad temática de la película, a efecto de que ésta no sea vea desvirtuada con la inclusión de propaganda comercial.

    De este modo y considerando que en términos del artículo 36 del Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía, la posibilidad de efectuar intermedios constituye el supuesto de excepción a la regla general que los prohibe, no puede admitirse bajo ninguna circunstancia que dichos lapsos pudieran ser aprovechados por los exhibidores para obtener ganancias adicionales.

    Por lo señalado, proponemos decreto por el que se adiciona el artículo 21-bis, a la Ley Federal de Cinematografía.

    Artículo único. Se adiciona al artículo 21-bis, para quedar como sigue:

    ``El tiempo de comercialización de bienes, productos o servicios...

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Se le agotó el tiempo, diputado.

    El diputado Francisco Javier Bravo Carbajal:

    Concluyo, diputado Presidente.

    ...Que incluya previamente a la exhibición pública de una película, en ningún caso podrá exceder de tres minutos, tampoco podrá incluirse publicidad durante los intermedios que, en su caso se hagan a las películas cuyas duración sea mayor de 150 minutos o que se encuentren establecidos de origen''.

    Hago entrega de dicha iniciativa, solicitándole, diputado Presidente, sea publicada en la Gaceta Parlamentaria totalmente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que adiciona el artículo 21-bis a la Ley Federal de Cinematografía, a cargo del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del PRI.

    El que suscribe, diputado de la Quincuagésima Novena Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en ejercicio de la atribución que me confiere la fracción II del artículo 71 y las fracciones X y XXX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a la consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 21 Bis a la Ley Federal de Cinematografía, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Desde el punto de vista tradicional la exhibición cinematográfica es el último peldaño del proceso productivo, en el cual la película adquiere el carácter de artículo de consumo; hoy en día, sabemos que después de su exhibición pública recorre el camino de la comercialización y después, su difusión en televisión de paga y abierta. En este orden de ideas, los cines constituyen el lugar en el que se efectúa dicho consumo, es decir, es en las salas de exhibición, lugares acondicionados a las necesidades del espectáculo cinematográfico-, donde se presentan las películas, ya sea en estreno, segunda corrida o reestreno.

    Obtenemos así que la exhibición representa el desenlace del complejo proceso de creación de una película también llamado cadena cinematográfica, compuesta por las etapas de producción, distribución y exhibición.

    Esta etapa de la cadena productiva cinematográfica se encuentra definida en el texto vigente de la Ley Federal de Cinematografía, como una de las formas en que se lleva a cabo la explotación mercantil de películas, entendida esta última como la acción que reditúa un lucro o beneficio económico a su autor.

    En este sentido, el artículo 18, fracción I, de la Ley Federal de Cinematografía dispone:

    ``Artículo 18. Para los efectos de esta Ley se entiende por explotación mercantil de películas, la acción que reditúa un beneficio económico derivado de:

    ``I. La exhibición en salas cinematográficas, videosalas, transportes públicos, o cualquier otro lugar abierto o cerrado en que pueda efectuarse la misma, sin importar el soporte, formato o sistema conocido o por conocer, y que la haga accesible al público.''

    De la lectura anterior se obtiene, con meridiana claridad, que la normatividad vigente en la materia reconoce que la exhibición pública de películas cinematográficas es, en sí misma, el acto de explotación mercantil que reditúa un beneficio económico a quienes desarrollan dicha actividad.

    No obstante, es de todos conocido que las exhibidoras cinematográficas no sólo obtienen sus ganancias a partir del producto de la venta de boletos en taquilla, sino también de los contratos de publicidad que celebran con diversos anunciantes de bienes, productos y servicios, los cuales son ofertados al público asistente a las salas cinematográficas, previamente a la exhibición de las películas.

    Al respecto, debe destacarse que no existe disposición legal o reglamentaria alguna que prohíba a los exhibidores cinematográficos la inclusión de propaganda comercial antes del inicio de la proyección de las películas y, en tal virtud, de conformidad con el principio general de legalidad, interpretado a contrario sensu ---según el cual ``los particulares pueden hacer todo aquello que la ley no les prohiba''--- , dichos exhibidores se encuentran en posibilidad jurídica de efectuar tales actos de comercio.

    Refuerza esta consideración el contenido del artículo 35 del Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía, que dispone que la publicidad de tabaco y alcohol que se incluya en las exhibiciones cinematográficas, se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Salud y en el reglamento en materia de control sanitario en la publicidad, de donde se infiere que la normatividad en la materia, incluso contempla la posibilidad de que dicha publicidad se difunda.

    Ahora bien, resultando indiscutible que las exhibidoras cinematográficas no sólo incluyen publicidad de tabaco y alcohol en las salas de proyección, y con independencia de los contenidos de la publicidad ---cuya regulación corresponde a los ordenamientos legales antes citados---, se hace necesario establecer expresamente en la Ley Federal de Cinematografía los lineamientos a que debe sujetarse la comercialización de bienes, productos y servicios que se realiza en las salas de exhibición pública, por cuanto hace a la duración de la misma, sobre todo, por el beneficio económico que representa para los exhibidores y por respeto a los asistentes.

    Al efecto, es preciso destacar que en la mayoría de las ocasiones, la duración de la publicidad previa a la exhibición de una película resulta excesiva e, incluso, incómoda para los asistentes a las salas cinematográficas. Baste señalar que, en muchos casos, la películas inicia hasta treinta minutos después de la hora anunciada para su exhibición, tiempo que es empleado, en gran medida, para la difusión de propaganda comercial, con lo que se prolonga injustificadamente el tiempo de permanencia de los asistentes a las salas de exhibición.

    Es menester aclarar que la situación antes descrita se agrava por el hecho de que el espectador decide cubrir el precio de un boleto que le permite disfrutar de una obra cinematográfica; sin embargo, nada lo obliga a fungir como receptor del exceso publicitario del que suele ser objeto y que, muchas de las veces, representa para los asistentes una falta de respeto a su tiempo y al propósito por el que acuden a las salas que, indiscutiblemente, consiste en disfrutar de la película de su preferencia.

    De este modo y considerando que el artículo 20 de la propia Ley Federal de Cinematografía da a los exhibidores el derecho de fijar libremente los precios, puede afirmarse que el espectador paga por disfrutar de una película, y no por presenciar una considerable cantidad de anuncios publicitarios, cuyo mecanismo de difusión en salas cinematográficas resulta mayormente efectivo que en cualquier otro medio, toda vez que el público no se encuentra saturado de ver anuncios ---como ocurre en el caso de la televisión---; no puede optar, en ese momento, por una transmisión distinta, además de que está predispuesto a fijarse en todo lo aparece en pantalla.

    Luego entonces, si bien es cierto que la Ley Federal de Cinematografía contempla como una de sus grandes directrices la libertad de comercio para el desarrollo de las actividades que se realizan entre los diversos actores de la cadena cinematográfica -entre los que se encuentran, desde luego, los exhibidores públicos-, esta prerrogativa no debe extenderse hasta el extremo de causar incomodidades en el público, prolongando injustificadamente su permanencia en las salas y obligándole a recibir una serie de información publicitaria que no constituye la finalidad de su asistencia a las mismas.

    A más de lo anterior, debemos considerar que ni la Ley de la materia, ni su Reglamento, contemplan como un mecanismo adicional de obtención de ingresos para las exhibidoras cinematográficas, las ganancias que perciben como producto de la venta de sus espacios para incluir propaganda comercial; antes bien, podemos afirmar que, atendiendo a la naturaleza y objeto de dichas exhibidoras, la inclusión de propaganda comercial no resulta indispensable para la realización de las actividades propias de su objeto pues, en todo caso, sus ganancias debieran provenir únicamente de los ingresos que obtienen por la venta en taquilla de los boletos adquiridos por los usuarios.

    Finalmente, no debemos obviar la circunstancia de que la exhibición de obras cinematográficas constituye un espectáculo público, cuya regulación y vigilancia compete a las autoridades locales de las entidades federativas y del Distrito Federal. En este sentido, cobra particular importancia la regulación contenida en la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, en la que se precisan las obligaciones que asumen los titulares de los permisos para la celebración de tales espectáculos, entre las que se encuentran las de vigilar que el espectáculo público se desarrolle de conformidad con el aviso presentado o el permiso otorgado, y presentarlo en los términos y condiciones ofrecidos en la publicidad que de éste se haya difundido al público.

    Por otra parte, es menester plasmar en el texto de la Ley de la materia que los exhibidores cinematográficos no podrán incluir propaganda comercial en los intermedios que, en su caso, se hagan a las películas cuya duración sea mayor de ciento cincuenta minutos, o que se encuentren establecidos de origen.

    La finalidad de esta disposición consiste en garantizar la continuidad temática de la película, a efecto de que ésta no se vea desvirtuada con la inclusión de propaganda comercial. De este modo, y considerando que en términos del artículo 36 del Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía, la posibilidad de efectuar intermedios constituye el supuesto de excepción a la regla general que los prohibe, no puede admitirse, bajo ninguna circunstancia, que dichos lapsos pudieran ser aprovechados por el exhibidor para obtener ganancias adicionales, sobre todo cuando la finalidad principal de efectuar intermedios de manera excepcional consiste en brindar a los asistentes un espacio de relajamiento que les permita continuar disfrutando de una obra cinematográfica de duración considerable, es decir, de más de ciento cincuenta minutos.

    En estas condiciones, y atendiendo a lo antes expuesto, se estima pertinente introducir una reforma legal en la que se precise que la duración de la publicidad que se incluya previamente al inicio de la exhibición de una película, en ningún caso podrá exceder de tres minutos, considerando que éste es un tiempo prudente que no representa afectación en el tiempo ni en las expectativas de los asistentes.

    Por las consideraciones mencionadas y con fundamento en lo que dispone el Artículo 71, fracción II, y el artículo 73, fracciones X y XXX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los Artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto al Pleno de la Honorable Cámara de Diputados, la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Adiciona la Ley Federal de Cinematografía.

    Decreto por el que se adiciona el artículo 21 Bis a la Ley Federal de Cinematografía

    ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona el artículo 21 Bis, para quedar como sigue:

    Artículo 21 Bis. El tiempo de comercialización de bienes, productos o servicios que se incluya previamente a la exhibición pública de una película, en ningún caso podrá exceder de tres minutos.

    Tampoco podrá incluirse publicidad durante los intermedios que, en su caso, se hagan a las películas cuya duración sea mayor de ciento cincuenta minutos, o que se encuentren establecidos de origen.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2004.--- Dip. Francisco Javier Bravo Carbajal.»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:Publíquese en la Gaceta Parlamentaria en el caso de que no haya sido publicada y túrnese a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.
    MADRES TRABAJADORAS
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Tiene el uso de la palabra la diputada María del Carmen Mendoza Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona la fracción II del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.

    La diputada María del Carmen Mendoza Flores:

    Con el permiso de la Presidencia.

    El grupo parlamentario de Acción Nacional, a través de su servidora y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55 fracción II y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    El Partido Acción Nacional a lo largo de su historia, ha tenido como una de sus principales preocupaciones el desarrollo de la mujer en los distintos ámbitos, así en el económico, político, cultural y social, propugnando porque las leyes sean cada vez más acordes con la realidad que vivimos, en donde la mujer juega un papel ganado a base de esfuerzos, pues no se nos ha obsequiado nada; por el contrario, se ha sufrido discriminaciones y un trato desigual, pese a que la Constitución Política Mexicana otorga igualdad al hombre y a la mujer.

    Con esta óptica los diputados integrantes del grupo parlamentario de Acción Nacional, hemos presentado diversas iniciativas tendientes a promover e implementar acciones que fomenten el desarrollo de la mujer en el ámbito laboral, evitando la discriminación de la que muchas veces es objeto.

    Así, la presente iniciativa perfecciona un derecho materno ya existente, que es el periodo pre y posnatal y tiene su antecedente en la iniciativa presentada por la diputada María Elena Alvarez de Vicencio.

    En la legislación laboral vigente se contempla el apoyo a la mujer en los aspectos relacionados con su maternidad, otorgándole un periodo pre y posparto de seis semanas respectivamente, con percepción íntegra de su salario. Ahora gracias a los avances médicos es posible hacer un diagnóstico preciso y saber si una mujer goza de salud física y emocional necesaria para seguir trabajando, días antes de que ocurra el parto.

    Por lo que en muchas ocasiones las seis semanas que disfruta antes de este evento, no se utilizan en su totalidad, por lo que esta iniciativa busca que las futuras madres puedan transferir semanas de incapacidad para después del parto, beneficiándose tanto la madre como su hijo, ya que esto permite una mayor integración entre ellos al tener mayor tiempo de disfrute del periodo de incapacidad por parto, lo que contribuye al mejor desarrollo físico, psicológico y emocional de ambos, logrando también una mayor seguridad y confianza en los niños.

    Así, en los casos que la mujer embarazada presente buenas condiciones de salud y pueda trabajar, incluso hasta dos semanas antes del parto sin perjuicio de ella ni de su hijo y con el respaldo médico institucional, resulta totalmente conveniente el poder transferir los días laborados preparto, para ampliar el periodo después del evento, situación que de hecho ya se hace en diversas empresas.

    Bajo esta premisa es que ahora se presenta la presente iniciativa de decreto que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 170 fracción II de la Ley Federal del Trabajo:

    Primero. Se reforma el párrafo quinto del artículo 123 del apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    ``Las mujeres, durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación. Gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación del trabajo. En el periodo de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos.''

    A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico que cuide de su embarazo y según convenga a sus intereses familiares, ella podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto, para después del mismo.

    Segundo. Se reforma el artículo 170 en la fracción II, de la Ley Federal del Trabajo en los mismos términos, para quedar como sigue:

    ``Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos: Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis semanas posteriores al parto. A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico que cuide de su embarazo y según convenga a sus intereses familiares, ella podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto, para después del mismo.''

    Pongo a consideración y hago entrega de la misma.

    Es cuanto, diputado Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona la fracción II del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, para modificar los periodos pre y posnatal, a efecto de que las madres disfruten de mayor tiempo con sus hijos recién nacidos, presentada por la diputada María del Carmen Mendoza Flores, del grupo parlamentario del PAN.

    El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a través de su diputada la C. María del Carmen Mendoza Flores y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    El Partido Acción Nacional a lo largo de su historia ha tenido como una de sus principales preocupaciones el desarrollo de la mujer en los distintos ámbitos, así en el económico, político, cultural y social, propugnando por que las leyes sean cada vez más acordes con la realidad que vivimos en donde la mujer juega un papel ganado a base de esfuerzos, pues no se nos ha obsequiado nada, por el contrario se ha sufrido discriminaciones y un trato desigual, pese a que la Constitución Mexicana otorga igualdad al hombre y a la mujer.

    Con esta óptica, los diputados integrantes del grupo parlamentario de Acción Nacional hemos presentado diversas iniciativas tendientes a promover e implementar acciones que fomenten el desarrollo de la mujer en el ámbito laboral evitando la discriminación de la que muchas veces es objeto, así la presente iniciativa perfecciona un derecho materno ya existente que es el periodo pre y posnatal, y tiene su antecedente en la iniciativa presentada por la Diputada María Elena Alvarez Vicencio.

    En la legislación laboral vigente se contempla el apoyo a la mujer en los aspectos relacionados con su maternidad, otorgándole un periodo pre y posparto de seis semanas, respectivamente, con percepción íntegra de su salario.

    Ahora gracias a los avances médicos es posible hacer un diagnóstico preciso y saber si una mujer goza de salud física y emocional necesarias para seguir trabajando días antes de que ocurra el parto, por lo que en muchas ocasiones las seis semanas que disfruta antes de que ocurra el parto no se utilizan en su totalidad por lo que esta iniciativa busca que las futuras madres puedan transferir semanas de incapacidad para después del parto, beneficiándose tanto la madre como su hijo, ya que esto permite una mayor integración entre ellos, al tener mayor tiempo de disfrute del periodo de incapacidad posparto lo que contribuye al mejor desarrollo físico, psicológico y emocional de ambos, logrando, también, una mayor seguridad y confianza en los niños.

    Así, en los casos que la mujer embarazada presente buenas condiciones de salud y pueda trabajar, incluso hasta dos semana antes del parto sin perjuicio de ella ni del producto y con el respaldo médico institucional, resulta totalmente conveniente el poder transferir los días laborados de preparto para ampliar el periodo después del evento, situación que de hecho ya se hace en diversas empresas.

    Bajo esta premisa es que ahora se presenta la siguiente

    Iniciativa de decreto que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 170, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo

    Primero.- Se reforma el párrafo quinto del artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo 123. ...

    Apartado A

    V. Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el periodo de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos. A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico que cuide de su embarazo y según convenga a sus intereses familiares, ella podrá transferir, hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo;

    VI. a XXXI.- .........

    Segundo.- Se reforma el artículo 170, en la fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

    Artículo 170.- Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

    I. ...

    II. Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis semanas posteriores al parto. A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico que cuide de su embarazo y según convenga a sus intereses familiares, ella podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo.

    III. a VII. ...

    Transitorio

    Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    México, DF, a 23 de marzo de 2004.--- Diputados: María del Carmen Mendoza Flores (rúbrica); Concepción Cruz García (rúbrica); Guillermo Tamborrel Suárez (rúbrica); Sergio Alvarez Mata (rúbrica); Tomás Trueba Gracián (rúbrica); Roberto Colín Gamboa (rúbrica); Lorena Torres Ramos (rúbrica); Evangelina Pérez Zaragoza (rúbrica); María del Carmen Escudero Fabre (rúbrica); Yleana Baeza Estrella (rúbrica); Angélica Ramírez Luna (rúbrica); Patricia Garduño Morales (rúbrica); Sheyla Aragón Cortés (rúbrica); Francisco Xavier Salazar Díez de Sollano (rúbrica); Israel Gallardo Sevilla (rúbrica); José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica); Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica); Marisol Urrea Camarena (rúbrica); Patricia Flores Fuentes (rúbrica); Margarita Zavala Gómez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Gracias, diputada María del Carmen Mendoza.

    Túrnese a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social.
    REGISTRO DE ASISTENCIA
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    En cumplimiento con lo que dispone el artículo 2º del Acuerdo Relativo a la Asistencia a las Sesiones, se pide a la Secretaría dar cuenta del registro electrónico e instruya el cierre del sistema.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 452 diputadas y diputados.

    Ciérrese el sistema electrónico y quienes hasta el momento no han registrado su asistencia, disponen de 30 minutos de hacerlo por cédula.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Gracias, señora Secretaria.


    ARTICULOS 41 Y 116 CONSTITUCIONALES
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Tiene el uso de la palabra el diputado José Alberto Aguilar Iñárritu, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma los artículos 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Esta iniciativa ha sido suscrita por los señores diputados don Manuel Camacho Solís, don Emilio Zebadúa González, don Jesús Martínez Alvarez y el propio diputado José Alberto Aguilar Iñárritu.

    El diputado José Alberto Aguilar Iñárritu:

    Con su venia, señor Presidente:

    El sistema de financiamiento predominantemente público a los partidos políticos y campañas, que se adoptó a partir de las reformas a la Constitución y al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de 1996, ha contribuido a mejorar la organización, competitividad y transparencia de las elecciones.

    La mejor prueba de ello, es la aceptación de los resultados por los partidos políticos, los ciudadanos y la opinión pública. No obstante los avances registrados y reconocidos en estos tres procesos electorales que bajo su amparo se han realizado, se ha podido comprobar que hay deficiencias que corregir con urgencia para legitimar a la política y aumentar la participación de los ciudadanos. Es necesaria una nueva reforma electoral que contribuya a consolidar una democracia con altos niveles de participación, legitimidad y efectividad.

    En los últimos procesos electorales se ha podido observar que aun con los avances por vía de las precampañas, se hicieron gastos enormes que condicionaron todo el proceso y expusieron la autonomía de las decisiones políticas; que los procesos de selección de candidatos, se prestaron a la utilización de métodos arcaicos y resultaron a tal punto inequitativos y onerosos que debilitaron a los partidos al momento de la competencia electoral; que el dinero se volvió un factor determinante de los resultados y que la competencia pasó a descansar crecientemente en la publicidad comercial, dejando de lado el debate político y el reconocimiento de los posicionamientos de los candidatos; que como ha quedado establecido con posterioridad en lo que toca al financiamiento de las campañas, se utilizaron recursos fuera de lo que establece la ley.

    Pero aún sin considerar los casos de violaciones a la ley, en lo que toca al financiamiento de las campañas, la competencia para la selección de los candidatos, los márgenes estrechos entre la primera y segunda fuerza en prácticamente todas las elecciones federales y locales, la duración de las campañas y el alto costo de la publicidad comercial en televisión y la radio, han llevado a un verdadero círculo vicioso; no hay dinero que alcance, se acude a financiamientos privados que comprometen la futura autonomía de los gobernantes, donde al final la capacidad y el contenido de las decisiones públicas queda en manos de intereses privados que, incluso, pudieran llegar a ser ilegales o contrarios al interés nacional.

    Y se cae entonces en una paradoja, lo que la norma prohibe para las campañas, es precisamente lo que se viola en las precampañas, como el financiamiento privado por encima de los límites, la utilización de dinero ilícito o la compra literal de candidatos.

    Existe un marco de anarquía para las precampañas que alienta las peores prácticas. El alto costo de la política y aun los insuficientes controles al financiamiento requieren de una nueva reforma electoral que se guíe bajo los principios de austeridad, equidad, protección del interés público, transparencia y prevención de la corrupción y fortalecimiento de las prácticas democráticas y la rendición de cuentas en la vida de los partidos políticos.

    Como parte de la nueva reforma electoral que reduzca el costo de la competencia y mejore sus condiciones de competencia, es indispensable revisar la fórmula de financiamiento a los partidos políticos, en particular la fórmula para la asignación del financiamiento público de los partidos políticos para que se considere únicamente el número de diputados de mayoría y de los senadores de mayoría y primera minoría a elegir.

    Este cambio representaría por sí mismo, una reducción por este concepto del 40% del financiamiento en el primer caso y del 25% en el segundo caso. Se trata de reducciones significativas que obligarían a rediseñar las campañas porque forman parte de una reforma electoral amplia, contenido en el decreto por el que se reforman varios incisos y fracciones que daré a conocer a la Secretaría.

    Como parte de esta reforma electoral que busca contar el dinero que cuenta y reducir el costo de la política, se hace necesario distinguir el costo de una elección para Presidente de la República, senadores y diputados federales de una elección intermedia donde sólo se elige a los diputados federales.

    Se considera que para una elección intermedia, el financiamiento público para las actividades mediante las cuales se obtiene el voto, debe reducirse en un 50% correspondiente al monto del financiamiento público que recibe cada partido por actividades ordinarias ese año.

    Ambas reformas constitucionales para reducir el monto del financiamiento público y distinguir entre una elección donde se elige al Presidente de la República, a los senadores y a los diputados de la elección intermedia que sólo compete a la Cámara de Diputados, son indispensables para dar pleno sustento a la reforma electoral que reducirá el costo de la política, protegerá el interés público y transparentará la vida de los partidos y las actividades que realizan antes y durante las elecciones.

    Estas reformas han sido reclamadas por los ciudadanos que exigen una mayor austeridad y transparencia en la utilización de los recursos públicos en la política.

    Asimismo, para considerar las tareas de fiscalización de la autoridad electoral, se propone adicionar un párrafo tercero al inciso c) de la fracción II del artículo 41 constitucional, para que el Instituto Federal Electoral acuerde con las autoridades locales mecanismos de coordinación, para fiscalizar los recursos de partidos políticos nacionales. Esta reforma se complementa con la adición de un inciso j) a la fracción IV del artículo 116 constitucional, para que las constituciones y leyes de los estados en materia electoral garanticen que las autoridades electorales locales puedan acordar con el IFE los mecanismos de coordinación correspondientes.

    Si las reformas anteriores lograran el objetivo de aumentar la confianza de los ciudadanos en las elecciones, la reforma actual debe legitimar la vida pública de asegurar la independencia de la autoridad de los intereses económicos. Esta reforma es parte central de la necesaria Reforma del Estado.

    En tal sentido, se propone reformar el inciso a) de la fracción II del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que en la fórmula de asignación del financiamiento público de los partidos, se considere únicamente el número de diputados de mayoría y los senadores de mayoría y primera minoría a elegir, es decir, se sustituyen los candidatos de representación proporcional.

    Asimismo, se reforma el inciso b) de la fracción II del artículo 41 constitucional y se adiciona un segundo párrafo al mismo, para que se reduzca en un 50% el financiamiento público de los procesos electorales intermedios, es decir, cuando sean sólo para renovar únicamente la Cámara de Diputados.

    Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Asamblea, el siguiente proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Unico. Se reforman los incisos a) y b) de la fracción II del artículo 41, se adiciona un segundo párrafo en el inciso b) y un párrafo tercero al inciso c) de la fracción II del artículo 41 y un inciso j) a la fracción IV del artículo 116, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue, en el documento que entrego a la Secretaría.

    Es cuanto, señor Presidente; muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma los artículos 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Manuel Camacho Solís y Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del PRD, y José Alberto Aguilar Iñárritu, del grupo parlamentario del PRI.

    Los suscritos, diputados federales, de los grupos parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional y del Partido de la Revolución Democrática de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción del financiamiento público para los partidos políticos y la coordinación entre el Instituto Federal Electoral y las autoridades electorales locales para la fiscalización de los recursos de los partidos políticos nacionales, la cual se fundamenta y motiva bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    El sistema de financiamiento predominantemente público a los partidos políticos y campañas que se adoptó a partir de las reformas a la Constitución y al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales de 1996, ha contribuido a mejorar la organización, competitividad y transparencia de las elecciones. La mejor prueba de ello es la aceptación de los resultados por los partidos políticos, los ciudadanos y la opinión pública.

    No obstante los avances registrados y reconocidos, en los tres procesos electorales que bajo su amparo se han realizado (las elecciones federales de 1997, 2000 y 2003), se han podido comprobar deficiencias que hay que corregir con urgencia para legitimar a la política y aumentar la participación de los ciudadanos. Es necesaria una nueva reforma electoral que contribuya a consolidar una democracia con altos niveles de participación, legitimidad y efectividad.

    En los últimos procesos electorales se ha podido observar que, aún con los avances, por la vía de las precampañas, se hicieron gastos enormes que condicionaron todo el proceso y expusieron la autonomía de las decisiones políticas. Que los procesos de selección de candidatos se prestaron a la utilización de métodos arcaicos y resultaron a tal punto inicuos y onerosos que debilitaron a los partidos al momento de la competencia electoral. Que el dinero se volvió un factor determinante de los resultados y que la competencia pasó a descansar crecientemente en la publicidad comercial, dejando de lado el debate político y el reconocimiento de los posicionamientos de los candidatos. Que como ha quedado establecido con posterioridad, en lo que toca al financiamiento de las campañas, se utilizaron recursos fuera de lo que se establece la ley.

    Pero aun sin considerar los casos de violaciones a la ley, en lo que toca al financiamiento de las campañas, la competencia para la selección de los candidatos, los márgenes estrechos entre la primera y segunda fuerza en prácticamente todas las elecciones federales y locales, la duración de las campañas y el alto costo de la publicidad comercial en la televisión y la radio, han llevado a un verdadero círculo vicioso. Para ganar se depende enteramente de la publicidad y no hay dinero que alcance. Se acude a financiamientos privados que comprometen la futura autonomía de los gobernantes, donde al final la capacidad y el contenido de las decisiones públicas queda en manos de intereses privados que, incluso, pueden ser ilegales o contrarios al interés nacional, y se cae entonces en una paradoja: lo que la norma prohíbe para las campañas es precisamente lo que se viola en las precampañas, como el financiamiento privado por encima de los límites, la utilización de dinero ilícito o la compra literal de candidatos. Existe un marco de anarquía para las precampañas que alienta las peores prácticas.

    El alto costo de la política y los aún insuficientes controles al financiamiento requieren de una nueva reforma electoral que se guíe bajo los principios de austeridad, equidad, protección del interés público, transparencia y prevención de la corrupción y fortalecimiento de las prácticas democráticas y la rendición de cuentas en la vida de los partidos políticos.

    Como parte de la nueva reforma electoral que reduzca el costo de la competencia y mejore las condiciones de la competencia, es indispensable revisar la fórmula de financiamiento a los partidos políticos, en particular la fórmula para la asignación del financiamiento público de los partidos políticos para que se considere únicamente el número de diputados de mayoría, y de los senadores de mayoría y primera minoría a elegir. Este cambió representaría por sí mismo una reducción por este concepto de 40% del financiamiento y del 25% para el segundo caso. Se trata de reducciones significativas que obligarán a rediseñar las campañas, pero que forman parte de una reforma electoral amplia contenida en el DECRETO por el que SE REFORMAN EL INCISO b), LAS FRACCIONES I, II, III, DEL INCISO c), y EL INCISO g), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 27; EL INCISO t), DEL NUMERAL 1, DEL ARTICULO 38; EL NUMERAL 3, DEL ARTÍCULO 46; LOS NUMERALES 1, 2 Y 4, EL INCISO a), DEL NUMERAL 5, LOS NUMERALES 6, 7, 8, 9, 13 Y 14, DEL ARTÍCULO 48; EL INCISO a), DEL NUMERAL 2, LAS FRACCIONES II, III, V, VI, VII Y VIII, DEL INCISO a), DEL NUMERAL 7, DEL ARTÍCULO 49; LAS FRACCIONES I, II Y III, DEL INCISO b), DEL NUMERAL 7, DEL ARTICULO 49; LOS INCISOS h), i), j) Y k), DEL ARTÍCULO 49-B; EL ARTÍCULO 175; LOS INCISOS a), b), c), d) Y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 177; LOS NUMERALES 2 Y 7, DEL ARTÍCULO 190; LOS NUMERALES 2 Y 3, DEL ARTÍCULO 272, DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; LOS INCISOS i) y j), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 75; Y EL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 76, DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN MATERIA ELECTORAL; EL ARTÍCULO 117, DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO; ARTÍCULO 14, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL; Y ADICIONAN EL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 4; EL PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA FRACCIÓN IV, DEL INCISO c), DEL NUMERAL 1, Y LOS INCISOS h) E i), DE LA FRACCIÓN IV, DEL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 27; LOS NUMERALES 14 Y 15, DEL ARTÍCULO 35; LOS INCISOS k), l) Y m), DEL ARTÍCULO 36; LOS INCISOS u), v), w), x), y) y z), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 38; LAS FRACCIONES IX) Y X), DEL INCISO a), DEL NUMERAL 7, DEL ARTÍCULO 49; EL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 49-A; LOS INCISOS l), m), n), o) Y p), DEL NUMERAL 2, Y UN NUMERAL 2-BIS, DEL ARTÍCULO 49-B; LA DENOMINACIÓN DEL CAPITULO I, DEL TÍTULO SEGUNDO, DEL LIBRO QUINTO; UN SEGUNDO PÁRRAFO AL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 58; EL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 67; LOS NUMERALES 3, 4, 5 Y 6, DEL ARTÍCULO 82; EL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 264; LOS INCISOS h) E I), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 269; LOS NUMERALES 3 Y 4, DEL ARTÍCULO 272; EL ARTÍCULO 273 Y EL ARTÍCULO 274, DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; LOS INCISOS d) y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 76; LOS INCISOS d) y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 77 DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL; EL QUINTO PÁRRAFO, DEL ARTÍCULO 69, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN; LA FRACCIÓN XII, DEL ARTÍCULO 29, Y LA FRACCIÓN XXII, DEL ARTÍCULO 31, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

    Como parte de esa reforma electoral que busca contar el dinero que cuenta y reducir el costo de la política, se hace necesario distinguir el costo de una elección para Presidente de la República, senadores y diputados federales, de una elección intermedia donde sólo se elige a los diputados federales. Se considera que para una elección intermedia, el financiamiento público para las actividades mediante las cuáles se obtiene el voto debe reducirse en un 50%, correspondiente al monto del financiamiento público que recibe cada partido por actividades ordinarias en ese año.

    Ambas reformas constitucionales para reducir el monto del financiamiento público y distinguir entre una elección donde se elige al Presidente de la República, a los senadores y a los diputados, de la elección intermedia que sólo comprende a la Cámara de Diputados, son indispensables para dar pleno sustento a la reforma electoral que reducirá el costo de la política, protegerá el interés público y transparentará la vida de los partidos y las actividades que realizan antes y durante las elecciones. Estas reformas han sido reclamadas por los ciudadanos que reclaman una mayor austeridad y transparencia en la utilización de los recursos públicos en la política.

    Asimismo, para consolidar las tareas de fiscalización de la autoridad electoral, se propone adicionar un párrafo tercero al inciso ``c'' de la fracción segunda del artículo 41 constitucional, para que el Instituto Federal Electoral acuerde con las autoridades electorales locales mecanismos de coordinación para fiscalizar los recursos de los partidos políticos nacionales. Esta reforma se complementa con una adición de un inciso ``j'' a la fracción IV del artículo 116 constitucional. Para que las constituciones y leyes de los estados en materia electoral garanticen que las autoridades electorales locales puedan acordar con el IFE los mecanismos de coordinación correspondientes. Estas adiciones vienen a llenar un vacío constitucional, pues actualmente no existen las bases para sumar los esfuerzos de las autoridades electorales locales y federales en sus responsabilidades de fiscalización.

    Si las reformas anteriores lograron el objetivo de aumentar la confianza de los ciudadanos en las elecciones, la reforma actual debe legitimar la vida política y asegurar la independencia de la autoridad de los intereses económicos. Esta reforma es parte central de la necesaria reforma del Estado.

    En tal sentido, se propone reformar el inciso a) de la fracción II del artículo 41 de la de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que en la fórmula de asignación del financiamiento público de los partidos políticos se considere únicamente el número de diputados de mayoría, y los senadores de mayoría y primera minoría a elegir. Es decir, se excluye los candidatos de representación proporcional.

    Asimismo, se reforma el inciso b) de la fracción II del artículo 41 constitucional y se adiciona un segundo párrafo al mismo, para que se reduzca en un 50% el financiamiento público en los procesos electorales intermedios, es decir, cuando sean sólo para renovar únicamente Cámara de Diputados.

    Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea el siguiente

    Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Unico. Se reforman los incisos a) y b), de la fracción II del artículo 41; se adicionan un segundo párrafo al inciso b) y un párrafo tercero al inciso c) de la fracción II del artículo 41; y un inciso j) a la fracción IV del artículo 116, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 41. ...

    ...

    I. ...

    II. ...

    ...

    a) El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, aplicando los costos mínimos de campaña calculados por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, el número de senadores de mayoría y primera minoría y diputados de mayoría a elegir, el número de partidos políticos con representación en las Cámaras del Congreso de la Unión y la duración de las campañas electorales. El 30% de la cantidad total que resulte de acuerdo con lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el 70% restante se distribuirá entre los mismos de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior;

    b) El financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales, en que se elija Presidente de la República y a las y los legisladores del Congreso de la Unión, equivaldrá a una cantidad igual al monto de financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en este año.

    En el año de elección en el que se renueve únicamente a los integrantes de la Cámara de Diputados, el financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales, equivaldrá al 50 por ciento del monto de financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese año.

    El Instituto Federal Electoral acordará con las autoridades electorales locales los mecanismos de coordinación para la fiscalización de los recursos de los partidos políticos nacionales en sus respectivos ámbitos de competencia.

    c) ...

    El Instituto Federal Electoral acordará con las autoridades electorales locales los mecanismos de coordinación para la fiscalización de los recursos de los partidos políticos nacionales en sus respectivos ámbitos de competencia.

    Para efectos de fiscalización de los recursos de los partidos y agrupaciones políticas nacionales, el Instituto Federal Electoral también podrá solicitar a los órganos auditores de los congresos de la Federación o de las entidades federativas, así como a las contralorías adscritas al Poder Ejecutivo tanto de la Federación como de las entidades federativas, la realización de auditorías a dependencias del gobierno federal, estatal o municipal.

    III. ...

    ...

    IV. ...

    Artículo 116. ...

    I. ...

    II. ...

    ...

    ...

    III. ...

    IV. ...

    a) a i) ...

    j) Las autoridades electorales locales acordarán con el Instituto Federal Electoral los mecanismos de coordinación para la fiscalización de los recursos de los partidos políticos nacionales, en sus respectivos ámbitos de competencia.

    k) Cuando el Instituto Federal Electoral lo requiera, los órganos auditores de los congresos de la federación o de las entidades federativas, así como a las contralorías adscritas al Poder Ejecutivo tanto a la federación como de las entidades federativas, lleven a cabo auditorías a dependencias de los gobiernos federal, estatal, o municipal con el fin de coadyuvar a la investigación y fiscalización del origen y destino de los ingresos y egresos de los partidos y agrupaciones políticas con registro nacional.

    V. ...

    VI. ...

    VII. ....

    Transitorios

    Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2004.--- Diputados: Alberto Aguilar Iñárritu (rúbrica), Manuel Camacho Solís (rúbrica), Emilio Zebadúa González (rúbrica).»

    Presidencia del diputado Francisco Arroyo VieyraEl Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.


    LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Tiene el uso de la palabra el diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar una iniciativa que reforma los artículos 22, 22-bis y 38 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

    El diputado Manuel Velasco Coello:

    Con el permiso del señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Usted lo tiene, diputado.

    El diputado Manuel Velasco Coello:

    Compañeras y compañeros diputados:

    Durante mucho tiempo se ha visto al consumo como una simple satisfacción de necesidades y deseos, en donde el mercado nos ofrece los bienes y el público en general los adquiere, fijándose principalmente en el precio y no en la calidad; sin embargo, muchas personas en todo el mundo, hacen esfuerzos por adquirir productos y servicios menos dañinos para el medio ambiente local y mundial.

    Estas actividades son parte de un movimiento más amplio hacia formas de producción y consumo sustentables, últimamente se ha generalizado una tendencia internacional sobre el consumo de productos y servicios ambientalmente amigables, mejor conocidos como consumo sustentable, cuyo objetivo final es concientizar sobre la importancia y consecuencias que tiene para el medio ambiente y la salud cada una de nuestras elecciones en el consumo.

    Es importante enfatizar en el deterioro y la presión que se ejerce al medio natural no sólo en la fase de consumo final de mercancías, sino también en su producción y distribución, ya que una mercancía no sólo daña el ambiente cuando se desecha sino también por la cantidad de energía y materia prima empleadas en su producción, distribución y las estrategias para promover su consumo.

    Aunado a lo anterior, existe el grave problema de la generación de basura por desechos sólidos, en México la basura es uno de los grandes problemas ambientales, ya que su generación se ha multiplicado en los últimos años, su comdensación hace más difícil su adecuado manejo y cada vez existen menos lugares para su disposición final, creando impactos negativos sobre el aire, agua y suelos.

    Es así que en respuesta al gran deterioro natural que se ha dado en las últimas décadas, una fuerte ola en pro de la ecología ha invadido la conciencia de la población mundial, ante esto resulta importante cambiar la forma de consumo y reorientar las modalidades de producción, creando conciencia en los consumidores sobre el efecto que los productos tienen sobre la salud y el medio ambiente y así reducir la generación de desechos.

    Al respecto el Capítulo IV de la Agenda 21 señala los principales objetivos en cuanto al consumo sustentable que la comunidad internacional se comprometió a cumplir y tener muy presente.

    Como medidas concretas tendientes al consumo sustentable el grupo de países, entre ellos México, se comprometieron principalmente a fomentar la introducción de productos más racionales desde el punto de vista ecológico, brindar asistencia a personas y familias para que adopten decisiones de compra ecológicamente racionales, utilizar instrumentos económicos adecuados, con el fin de influir en el comportamiento del consumidor, como gravámenes e impuestos ambientales, sistemas de pago y reembolso de depósitos.

    Tal actitud de la humanidad se ha extendido a todos los ámbitos y los negocios no han sido la excepción, pues la demanda de productos y servicios que preservan y son amigables con el ambiente, crece a pasos agigantados, lo que representa naturalmente una inmensa oportunidad y reto para los empresarios.

    En México la demanda actual de productos se encuentra en una etapa incipiente, pues hoy los clientes potenciales sólo son la clase media alta, es decir, hasta el momento los productos ecológicos se catalogan más que como un lujo que como una necesidad, adicionalmente son pocas las empresas que están dedicadas a atender el mercado y las oportunidades son innumerables, ya que lo natural abarca todo tipo de negocio, desde alimentos hasta consultoría empresarial y servicios como el ecoturismo.

    Sin embargo, el poder dar a las personas opciones de elección de consumo de bienes y servicios que actualmente existen en el mercado y que se consumen día con día, es una forma de incentivar a la conciencia ambiental.

    Los consumidores podemos exigir y elegir productos como detergentes que no dañen el medio ambiente, alimentos que hayan sido cultivados sin fertilizantes químicos ni pesticidas, productos con poco envase o con envase reciclable, productos con certificación confiable que no dañen el medio ambiente, pero toda iniciativa debe estar acompañada por una decisiva acción del Estado que facilite y fomente estas iniciativas, y de una acción responsable por parte de los productores que mediante la utilización de tecnologías limpias, pongan en el mercado productos que sean ambientalmente menos dañinos.

    Hoy, existe un mayor conocimiento y una prevaleciente voluntad política hacia ese horizonte, así la propia legislación ambiental de México establece los lineamientos que se deberán seguir en cuanto al fomento al consumo y producción ambiental, contemplados dentro de la sección de instrumentos económicos y de autorregulación y auditorías ambientales.

    No obstante estas consideraciones son principalmente la delimitación de los instrumentos económicos, por los cuales las personas asumen los beneficios y costos ambientales que generan sus actividades económicas, incentivándolas a realizar acciones que favorezcan el ambiente tales como los incentivos de mercado, en donde se consideran a las concesiones autorizaciones de licencias y permisos. Sin embargo, se dejan de lado las certificaciones, principalmente las voluntarias que promueve la misma LGEEPA en su artículo 38.

    Algunos ensayos sobre el certificado de bienes y servicios se han realizado en nuestro país. Sin embargo, son estos últimos los servicios, los que no están incluidos dentro de la propia ley.

    Cabe enfatizar que el fomentar la autocertificación de procesos productivos, productos y servicios es, para la consecución de un mercado sustentable, una herramienta indispensable, ya que es la forma por la cual los consumidores podrán discernir sobre los productos que van a comprar.

    Así, el objetivo de esta reforma a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, es el de fomentar el consumo por parte de la sociedad civil de bienes y servicios ambientalmente amigables con el entorno, así como ir generando una conciencia de consumo sustentable por lo cual se debe considerar el fomento a la creación de un mercado verde, al etiquetado o certificación voluntaria, la diseminación de la información a la sociedad sobre los productos que cuentan con este certificado.

    De esta forma se fomentará que los productos y prestadores de servicios modifiquen y mejoren sus productos y servicios y se incentivará el certificado voluntario de gran parte de los procesos que generan un consumo final de bienes y servicios.

    El desarrollo sustentable y el fomento al consumo sustentable de bienes y servicios, requiere forzosamente de un uso más amplio de instrumentos económicos regulatorios, informativos y educativos y de incentivos claros que promuevan la sustentabilidad entre productores, inversionistas, consumidores y la sociedad en general.

    En atención a lo anteriormente expuesto y observando los intereses del fomento a productos y servicios ambientalmente amigables, los suscritos diputados sometemos a consideración de esta Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto, mediante el cual se modifiquen los artículos 22, 22-bis y 38 de la Ley General del Equilibrio Ecológico.

    Por la limitante de tiempo omitiré la lectura del articulado, pero solicito a la Mesa Directiva se inserte de forma íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

    Es cuanto, diputado Presidente. Muchas gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma los artículos 22, 22-bis y 38 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, presentada por el diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del PVEM.

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, Manuel Velasco Coello, Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Alvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Avila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Avila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Antonio González Roldán, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Raúl Piña Horta, diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurrimos a solicitar se turne a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley.

    Exposición de Motivos

    Durante mucho tiempo se ha visto el consumo como una simple satisfacción de necesidades y deseos, en donde el mercado nos ofrece los bienes, y el público en general los adquiere, fijándose principalmente en el precio y/o la calidad. Sin embargo, muchas personas en todo el mundo hacen esfuerzos por adquirir productos y servicios menos dañinos para el medio ambiente local y mundial. Así, muchos países ya están poniendo en práctica políticas de compras que incluyen criterios ambientales, denominadas comúnmente adquisiciones verdes.

    Estas actividades son parte de un movimiento más amplio hacia formas de producción y consumo sustentables; últimamente se ha generalizado una tendencia internacional sobre el consumo de productos y servicios ambientalmente amigables, mejor conocido como ``consumo sustentable'', cuyo objetivo final es conscientizar sobre la importancia y consecuencias que tienen para el medio ambiente y la salud cada una de nuestras elecciones en el consumo.

    Es importante enfatizar en el deterioro y la presión que se ejerce al medio natural, no sólo en la fase de consumo final de mercancías, sino también en su producción y distribución, ya que una mercancía no sólo daña el ambiente cuando se desecha, sino también por la cantidad de energía y materias primas empleadas en su producción, distribución y las estrategias para promover su consumo. Un ejemplo de lo antes dicho es la producción de papel, en donde para la elaboración de una tonelada en promedio se requiere de 17 árboles; 26,000 litros de agua y 4,100 Kw/hr de energía eléctrica.

    Aunado a lo anterior, existe el grave problema de la generación de basura por desechos sólidos. En México, al igual que en la mayor parte del mundo, la basura es uno de los grandes problemas ambientales, ya que su generación se ha multiplicado en los últimos años1,* su composición hace más difícil su adecuado manejo y cada vez existen menos lugares para su disposición final, creando impactos negativos sobre el aire, agua y suelos2, ya que la mayoría de los residuos generados se depositan en sitios como los tiraderos a cielo abierto.

    Es así que, en respuesta al gran deterioro natural que se ha dado en las últimas décadas, una fuerte ola en pro de la ecología ha invadido la conciencia de la población mundial. Ante esto, resulta importante cambiar la forma de consumo y reorientar las modalidades de producción, creando conciencia en los consumidores sobre el efecto que los productos tienen sobre la salud y el medio ambiente y así reducir la generación de desechos.

    Al respecto, el capítulo IV de la Agenda 213, ``Cambio en los patrones insostenibles de producción y consumo'', se señalan los principales objetivos en cuanto al consumo sustentable que la comunidad internacional se comprometió a cumplir y tener muy presente. Entre estos se encuentran la necesidad de promover modalidades de consumo y producción que reduzcan las tensiones a que se somete el medio ambiente y satisfagan las necesidades básicas de la humanidad; originar modalidades de consumo más sostenibles; instar a que los países en desarrollo traten de establecer procesos de desarrollo modalidades de consumo sostenibles que garanticen la satisfacción de las necesidades básicas de los pobres, evitando las modalidades de consumo insostenibles.

    Como medidas concretas tendientes al consumo sustentable, el grupo de países, entre ellos México, se comprometieron principalmente a:

  • Fomentar la introducción de productos más racionales desde el punto de vista ecológico.

  • Brindar asistencia a personas y familias para que adopten decisiones de compra ecológicamente racionales.

  • Utilizar instrumentos económicos adecuados con el fin de influir en el comportamiento del consumidor, como gravámenes e impuestos ambientales, sistemas de pago y reembolso de depósitos.

  • Fomentar y apoyar políticas educativas orientadas al consumo sustentable.

    Tal actitud de la humanidad se ha extendido a todos los ámbitos, y los negocios no han sido la excepción, pues la demanda de productos y servicios que preservan y son amigables con el ambiente, crece a pasos agigantados, lo que representa, naturalmente, una inmensa oportunidad y reto para los empresarios.

    En México, la demanda actual de productos se encuentra en una etapa incipiente, pues hoy los clientes potenciales sólo son la clase media alta, es decir, hasta el momento los productos ecológicos se catalogan más como un lujo que como una necesidad. Adicionalmente, en la actualidad son pocas las empresas que están dedicadas a atender el mercado y las oportunidades son innumerables, ya que lo natural abarca todo tipo de negocios: desde alimentos, hasta consultoría empresarial y servicios como el ecoturismo. Así, la premisa del consumo sustentable supone una actitud responsable de los proveedores y consumidores de bienes y servicios.

    Sin embargo, el poder dar a las personas opciones de elección de consumo de bienes y servicios que actualmente están en el mercado y que se consumen día con día, es una forma de incentivar la conciencia ambiental. Aunque en México la conciencia ecológica aún no iguala a la de algunos países europeos, sí existe una sensibilización que impulsa a los consumidores a buscar este tipo de productos.

    Los consumidores podemos exigir y elegir productos como detergentes que no dañen el medio ambiente, alimentos que hayan sido cultivados sin fertilizantes químicos ni pesticidas, productos con poco envase o con envase reciclable, productos con certificación confiable que no dañen el medio ambiente, etcétera. Pero toda iniciativa debe estar acompañada por una decisiva acción del Estado que facilite y fomente estas iniciativas, y de una acción responsable por parte de los productores que mediante la utilización de tecnologías limpias, pongan en el mercado productos que sean ambientalmente menos dañinos.

    Hoy existe un mayor conocimiento y una prevaleciente voluntad política hacia ese horizonte, que implica establecer un modelo de desarrollo y patrones de consumo, donde la dimensión ambiental se articule armoniosamente con la economía y ambos factores tengan resultados positivos. Así, la propia legislación ambiental de México establece los lineamientos que se deberán seguir en cuanto al fomento al consumo y producción ambiental, contemplados dentro de la sección de instrumentos económicos y de la autorregulación y auditorías ambientales. No obstante, estas consideraciones son principalmente la delimitación de los instrumentos económicos por los cuales las personas asumen los beneficios y costos ambientales que generen sus actividades económicas, incentivándolas a realizar acciones que favorezcan el ambiente, tales como los incentivos de mercado, en donde se consideran las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos. Sin embargo, se dejan de lado las certificaciones, principalmente las voluntarias, que promueve la misma LGEEPA en su artículo 384.

    Algunos ensayos sobre el certificado de bienes y servicios se han realizado en nuestro país, sin embargo, son estos últimos, los servicios, los que no están incluidos dentro de la propia ley. Cabe enfatizar que el fomentar la auto certificación de procesos productivos, productos y servicios es, para la consecución de un mercado sustentable, una herramienta indispensable, ya que es la forma por la cual los consumidores podrán discernir sobre los productos que van a comprar.

    Así, el objetivo de esta reforma, a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) es fomentar el consumo, por parte de la sociedad civil, de bienes y servicios ambientalmente amigables con el entorno (destinadas a incentivar un consumo racional y responsable hacia el medio ambiente), así como ir generando una conciencia de consumo sustentable, por lo cual se debe considerar el fomento a la creación de un mercado verde, al etiquetado o certificación voluntaria, la diseminación de la información a la sociedad, sobre los productos que cuentan con este certificado.

    Esta medida únicamente busca abrir el campo y cartera de opciones de consumo a las personas y no crear barreras comerciales a los productos y servicios. Así, busca promover el desarrollo sustentable a través de medidas para fomentar la conciencia de consumo de productos y servicios, cuyos procesos y resultados finales sean amigables con el ambiente.

    De esta forma se fomentará que los productores y prestadores de servicios modifiquen y mejoren sus productos y servicios, y se incentivará el certificado voluntario de gran parte de los procesos que generen un consumo final de bienes y servicios.

    El desarrollo sustentable y el fomento al consumo sustentable de bienes y servicios, requiere forzosamente de un uso más amplio de instrumentos económicos, regulatorios, informativos y educativos y de incentivos claros que promuevan la sustentabilidad entre productores, inversionistas, consumidores y la sociedad en general. Específicamente, una política de desarrollo sustentable debe lograr que los costos sociales y ambientales de los bienes y servicios se vean reflejados en términos económicos, con el fin de promover patrones de producción y consumo sustentables.

    Por tanto, en atención a lo anteriormente expuesto y observando los intereses del fomento al de productos y servicios ambientalmente amigables, los suscritos diputados respetuosamente sometemos a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto

    Decreto, mediante el cual se modifican los artículos 22, 22-Bis y 38, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

    Artículo Unico. Se reforma el artículo 22, 22-Bis y 38, todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para quedar de la siguiente forma:

    Artículo 22.- ...

    ...

    ...

    Son instrumentos de mercado las concesiones, autorizaciones, licencias, permisos y certificados que corresponden a volúmenes preestablecidos de emisiones de contaminantes en el airea agua o suelo, o bien, que establecen los límites de aprovechamiento de recursos naturales, o de construcción en áreas naturales protegidas o en zonas cuya preservación y protección se considere relevante desde el punto de vista ambiental.

    Artículo 22 Bis.- Se consideran prioritarias, para efectos del otorgamiento de los estímulos fiscales que se establezcan conforme a la Ley de Ingresos de la Federación, las actividades relacionadas con:

    De la fracción I. a la V. ...

    VI. La certificación ambiental voluntaria de productos y servicios.

    VII. En general, aquellas actividades relacionadas con la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

    Artículo 38.- ...

    ...

    I. El desarrollo de procesos productivos y generación de servicios adecuados y compatibles con el ambiente, así como sistemas de protección y restauración en la materia, convenidos con cámaras de industria, comercio y otras actividades productivas, organizaciones de productores, organizaciones representativas de una zona o región, instituciones de investigación científica y tecnológica y otras organizaciones interesadas.

    ...

    III. El establecimiento de sistemas de certificación de procesos, productos y servicios, para inducir patrones de consumo que sean compatibles o que preserven, mejoren, conserven o restauren el medio ambiente y promuevan la sustentabilidad, debiendo observar, en su caso, las disposiciones aplicables de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización y

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 23 de marzo de 2004.--- Diputados: Jorge A. Kahwagi Macari, coordinador (rúbrica); Manuel Velasco Coello, vicecoordinador (rúbrica); Alejandro Agundis Arias (rúbrica); Francisco Xavier Alvarado Villazón (rúbrica); Leonardo Alvarez Romo (rúbrica); Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica); María Avila Serna (rúbrica); Fernando Espino Arévalo (rúbrica); Maximino Fernández Avila (rúbrica); Félix Adrián Fuentes Villalobos (rúbrica); Luis Antonio González Roldán (rúbrica); Jorge Legorreta Ordorica (rúbrica); Julio Horacio Lujambio Moreno (rúbrica); Alejandra Méndez Salorio (rúbrica); Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica); Javier Orozco Gómez (rúbrica) y Raúl Piña Horta (rúbrica).»

    Notas:

    1. De acuerdo con los estilos de vida y el nivel de desarrollo de los países o regiones, varía la cantidad de basura que se genera y la composición de la misma. A manera de ejemplo, se señala que en Canadá y Estados Unidos de América cada habitante produce al año 693.5 y 547.5 kilogramos de basura, respectivamente. Mientras que en México, cada habitante genera 313.9 kilogramos de basura.

    2. La inadecuada disposición de los residuos provoca la contaminación de los suelos que la reciben y, a través de la filtración de contaminantes contenidos en los líquidos provenientes de la descomposición de los residuos, se impactan negativamente las reservas subterráneas del agua. Asimismo, el aire y el viento contribuyen al proceso de descomposición y degradación de los residuos y a la transmisión de partículas contaminantes que flotan libremente en el aire, causando enfermedades principalmente en las vías respiratorias y digestivas.

    3. Agenda 21 es el documento resultante de la Conferencia de Río de Janeiro 2002.

    4. Artículo 38. Los productores, empresas u organizaciones empresariales podrán desarrollar procesos voluntarios de autorregulación ambiental, a través de los cuales mejoren su desempeño ambiental, respetando la legislación y normatividad vigente en la materia y se comprometan a superar o cumplir mayores niveles, metas o beneficios en materia de protección ambiental.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria en caso de que no haya aparecido en el número del día de hoy.

    Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.


    LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Tiene el uso de la palabra el diputado Pedro Vázquez González, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

    El diputado Pedro Vázquez González:

    Con su venia, señor Presidente:

    «Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión.--- Presentes.

    Los suscritos, diputados federales a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa de adiciones y reformas a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    Recientemente, los medios informativos publicaron que la Policía Federal Preventiva, en el marco de sus atribuciones y conforme a su organización y funcionamiento, previsto en el artículo 4°, Capítulo II, de su propia ley, interviene, con la finalidad de prevenir la comisión de ilícitos que dañan la economía nacional, en la vigilancia, supervisión, despacho y transportación de diversos fluidos energéticos elaborados en algunas de las refinerías e instalaciones localizadas en diversos puntos geográficos del país en los que petróleos mexicanos exporta, produce, refina y entrega a diversas empresas transportistas los energéticos necesarios para el consumo tanto en el país como fuera de él, entregándose los mismos a efecto de que se distribuyan entre sus consumidores.

    La vigilancia y prevención que la Policía Federal Preventiva actualmente realiza in situ se debe a que es hecho público y notorio el daño que sufre petróleos mexicanos y consecuentemente nuestro país, virtud a que se ha propiciado la venta de gasolina adulterada por concesionarios o en puntos específicos lo cual daña al particular quien ajeno a la adquisición de energéticos adulterados sufre cuantiosos daños en sus vehículos amen del que se produce una competencia desigual entre quienes expenden gasolinas y diesel de procedencia lícita y quienes la adquieren de origen ilícito por lo que es obvio que las conductas anteriores son objeto de intervención de más de tres personas que intervienen en la preparación, transportación y venta de gasolinas cuyo origen es ilícito y por ello, a efecto de proveer herramientas de carácter legal tanto a las autoridades, investigadores y jurisdiccionales con la sana intención de que se sancione a quien daña la economía nacional y también el patrimonio de los particulares a quienes a veces, de buena fe adquieren a precio oficial gasolinas o diesel cuyo valor, calidad y octanaje no es el que se publicita y por ende ocurre un enriquecimiento en perjuicio del adquiriente de buena fe y la consumación de un ilícito que provoca la evasión fiscal del expendedor de mala fe y en perjuicio de la economía del país.

    Actualmente, los artículos 367 y 368, fracción II, del Código Penal Federal, en el título correspondiente a los delitos que se realizan en contra de las personas en su patrimonio, define como equiparable al robo y se castiga como tal, a quien se apodere, use o aproveche cualquier fluido, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de los mismos. Por otro lado, el Título Décimo Cuarto del mismo Código Penal Federal establece como delitos contra el consumo y la riqueza nacional y sanciona a la persona que sin derecho realice cualquier sustracción o alteración a equipos e instalaciones de la industria petrolera que se refiere a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.

    Dentro del catalogo de ilícitos contemplados por el Código Penal Federal en relación con los delitos cometidos contra la economía pública no existe una precisión respecto de las conductas delictivas que ahora se advierten en cuanto a las características que la delincuencia organizada adopta para dañar al país en primer término y a los consumidores de buena fe de energéticos adulterados y si bien es cierto que los daños y perjuicios ocasionados en ambos supuestos pueden ser reclamados tanto por el Ministerio Público Federal en representación de la parte ofendida en el proceso correspondiente, en la realidad, el particular debe seguir un difícil y a veces inútil proceso para reclamar los daños causados a los vehículos por la adquisición de gasolinas o diesel adulterado que provocan cuantiosos daños al particular de difícil recuperación.

    Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo que se dispone en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente

    Iniciativa de adiciones y reformas a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

    Artículo Primero. Se adiciona una fracción VI al artículo 2 y se reforma el primer párrafo del artículo 3, ambos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

    Artículo 2°. ...

    I. a V. ...

    VI. ... Delitos contra el consumo y la riqueza nacional particularmente el señalado en el artículo 253, inciso j), relacionado con la interrupción o interferir en la distribución de gas natural, artificial o licuado de petróleo y fracción IV, alterar o reducir por cualquier medio las propiedades que las mercancías o productos debieran tener. Delito establecido en la fracción VII del artículo 254 del Código Penal Federal, que se refiere a responsabilizar a quien sin derecho realice cualquier sustracción o alteración a equipos o instalaciones de la industria petrolera a que se refiere la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.

    Artículo 3°. Los delitos a que se refieren las fracciones I, II, III, IV y VI...

    ...

    Transitorio

    Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintitrés días de marzo de dos mil cuatro.- Por el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo: Diputados: Alejandro González Yáñez (rúbrica), coordinador; Pedro Vázquez González (rúbrica), vicecoordinador; Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (rúbrica), Joel Padilla Peña, Oscar González Yáñez (rúbrica), Francisco A. Espinosa Ramos (rúbrica).»

    Muchas gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Gracias a usted, diputado.

    Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
    SERVIDORES PUBLICOS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Tiene la palabra el diputado José Alarcón Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que deroga la fracción II del artículo 222, reforma los artículos 222, 222-bis, 223 y 224 del Código Penal Federal, y adiciona el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

    El diputado José Porfirio Alarcón Hernández:

    Con su permiso, señor Presidente; ciudadanos secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados:

    Los suscritos, diputadas y diputados federales de esta LIX Legislatura, acudimos a presentar una iniciativa de proyecto de decreto para derogar la fracción II del artículo 222, reformar los artículos 222, 222-bis, 223 y 224 del Código Penal Federal y adicionar el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, con objeto de que el cohecho, el peculado y el enriquecimiento ilícito, sean considerados delitos graves, para que quien incurra en la comisión de estos delitos no pueda obtener su libertad caucional y para que la inhabilitación contemplada en estos delitos, sea definitiva con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    La corrupción se presenta en varias formas: como cohecho, peculado, concusión, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias etcétera, en todos los códigos penales de todo el país y del mundo.

    De las formas de corrupción, es el cohecho el que más daño ha causado y causa a la sociedad. El peculado y el enriquecimiento ilícito, le siguen muy de cerca los pasos.

    La corrupción asume muchas figuras, todas las cuales desafortunadamente tienen un impacto pernicioso en la gente.

    La corrupción degrada la economía, socava el gobierno e impide el desarrollo sustentable, resta credibilidad al sistema democrático, distorsiona las funciones del Estado y pone en tela de juicio la eficiencia del funcionamiento de los tres poderes.

    Uno de los males que ha aquejado a las sociedades de todos los tiempos, es la corrupción o falta de probidad. Esta actitud de las conductas individuales, debe verse desde diversos ángulos, ya que es un problema en el que inciden varios elementos:

    Esta actitud de las conductas individuales debe verse desde diversos ángulos, ya que es un problema en el que inciden varios elementos: las costumbres, el sistema económico, la cosmovisión de cada nación, las leyes, el desarrollo económico, el tipo de gobierno etcétera.

    La corrupción es un fenómeno general y complejo del que participan activa y pasivamente funcionarios, gobiernos, dirigentes del sector privado e individuos. La corrupción es un fenómeno social, con graves consecuencias políticas y económicas que impiden el avance de los procesos de democratización de nuestras sociedades.

    Es un grave problema social, político, económico, religioso y moral, que daña severamente a las instituciones, a las personas y a la nación. La corrupción ha estado presente en México, en tiempos de crisis pero también en tiempos de crecimiento económico. Los elementos de la corrupción, considerada como un fenómeno: son la discrecionalidad en la asignación de recursos públicos, la concentración monopólica de las decisiones gubernamentales, la falta de un sistema eficaz de rendición de cuentas, la escasa supervisión o supervisión cómplice hacia los servidores públicos.

    Por otra parte, el cohecho destruye los valores supremos del ser humano: la vida, la libertad, la justicia, la democracia, la paz. Daña también a todas las instituciones: las gubernamentales, las electorales, las militares, las religiosas y hasta las de asistencia social. Este grave delito, tan frecuente en todos lados, nulifica el principio de autoridad y sin éste estamos a un paso de la violencia social y por consecuencia de la anarquía.

    Compra imagen, prestigio, respeto, legalidad y poder. El cohecho afecta mucho al erario federal, estatal y municipal. Este delito es la forma más frecuente de la corrupción gubernamental. Ningún gobierno, emanado de cualquier partido político, puede afirmar que esté libre de corrupción, en especial del cohecho.

    Todos los códigos penales del país y seguramente de todo el mundo disponen que comete el delito de cohecho toda persona encargada de un servicio público que por sí o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente dinero, algún servicio o cualquier otra dádiva o acepte una promesa directa o indirectamente para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones.

    El cohecho está tipificado y sancionado en el artículo 222 del Código Penal Federal, en el que se establecen penas privativas de libertad, multa y destitución e inhabilitación.

    La gran mayoría de los códigos penales del país, cuando se refiere a los particulares, señalan que incurre en este delito el particular que de manera espontánea dé, ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a un servidor público para que haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

    Si consultamos cualquier diccionario o alguno de sinónimos nos señalan que espontáneo significa: ``voluntario, por sí mismo, de motu propio, franco, libre, de buena gana, alegremente, con gusto''.

    En este contexto debemos tomar en cuenta la fracción II del artículo 222 del Código Penal, como lo hacen la gran mayoría de los códigos penales de la República, impone igual sanción al servidor público y al ciudadano en cuanto a lo que hace a la pena de prisión y a la multa. Lo que resulta absurdo, pues es como imponerle la misma pena al violador que a la persona violada, al ladrón que a su víctima. Es una blasfemia jurídica imponerle penas al gobernado, cuando sólo se deben de imponer a los servidores públicos cohechadores, pues éstos tienen la facilidad, la oportunidad de engañar, coaccionar, amenazar, con un daño económico, legal o moral hacia el ciudadano. En cambio el ciudadano no tiene ninguna oportunidad de presionar u obligar a la autoridad para que ésta acepte el soborno.

    Si se les imponen las mismas penas al servidor público y al ciudadano, cuando éste quiera presentar alguna denuncia, lo que hará será ir con su abogado y éste al revisar el Código Penal advertirá e informará a su cliente que también va a ser procesado, que será sentenciado y tendrá antecedentes penales al igual que el servidor público, y ¿entonces presentará la denuncia?, por supuesto que no, pasaría lo mismo si acude ante el Agente del Ministerio Público.

    Porque no se da el cohecho de manera espontánea, proponemos que se derogue la fracción II del artículo 222 del Código Penal Federal.

    Por otra parte, respecto al peculado, el artículo 223 del propio Código Penal establece lo relativo a la propuesta que estamos haciendo en este momento.

    Por lo anteriormente señalado, proponemos:

    Que los delitos de cohecho, peculado y enriquecimiento ilícito tipificados y sancionados en los artículos 222-bis, 223 y 224 del Código Penal Federal, sean considerados delitos graves.

    Que se derogue la fracción II del artículo 222 del Código Penal Federal, para que sólo sea sancionado el servidor público y no el ciudadano.

    Que la inhabilitación no sea temporal, sino definitiva.

    Que sea adicionado el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, agregando a este catálogo de delitos graves, el cohecho, el peculado y el enriquecimiento ilícito.

    Por lo antes expuesto, solicitamos a ustedes diputados, se le dé a esta iniciativa el trámite correspondiente e igualmente estaría solicitando, señor Presidente, que esta iniciativa se incluya íntegra en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates.

    Muchas gracias.

    «Iniciativa que deroga la fracción II del artículo 222; reforma los artículos 222, 222-bis, 223 y 224 del Código Penal Federal; y adiciona el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado José Alarcón Hernández, del grupo parlamentario del PRI.

    Los suscritos, diputadas y diputados federales de la LIX Legislatura, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de la República y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos acuden a esta honorable soberanía a presentar una iniciativa de proyecto de decreto para derogar la fracción II del artículo 222, reformar los artículos 222, 222-Bis, 223 y 224 del Código Penal Federal y adicionar el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, con objeto de que el cohecho, el peculado y el enriquecimiento ilícito sean considerados delitos graves, para que quien incurra en la comisión de esos delitos no pueda obtener libertad caucional y para que la inhabilitación contemplada en estos delitos sea definitiva, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    La corrupción se presenta en varias formas, como cohecho, peculado, concusión, enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias, en todos los códigos penales del país y del mundo.

    Afirmo que existe un triángulo delictuoso, cohecho-impunidad-inseguridad pública, o de otra manera diría que existe un señor llamado cohecho, que casado o en unión libre con una señora llamada impunidad, tienen al menos una hija llamada inseguridad pública, que según mi manera de pensar, es el principal problema del país.

    De las formas de corrupción, el cohecho es el que más daño ha causado y causa a la sociedad. El peculado y el enriquecimiento ilícito le siguen muy de cerca los pasos.

    La corrupción asume muchas figuras, todas las cuales desafortunadamente tienen un impacto pernicioso en la gente. La corrupción degrada la economía, socava el gobierno e impide el desarrollo sustentable, resta credibilidad al sistema democrático, distorsiona las funciones del Estado y pone en tela de juicio la eficiencia del funcionamiento de los tres poderes.

    No existe país que esté libre de este flagelo, sin embargo hay países donde la corrupción ha penetrado numerosos espacios institucionales y de la vida cotidiana y se ha convertido en una forma de detener el progreso.

    Mientras la corrupción beneficia a unos cuantos, se hace de una manera u otra, a expensas de la gran mayoría de la población.

    La inhabilidad de hacer algo respecto de la corrupción, recuerda a la gente de su inermidad y falta de poder, perpetúa su insatisfacción, creando condiciones adecuadas para la violencia y la retaliación.

    De hecho, la corrupción se ha convertido en un mal endémico en muchos países, al punto de que la misma ha conmovido profundamente el sistema institucional de algunas naciones y ha puesto en riesgo la viabilidad del sistema democrático.

    La corrupción es el aceite que necesitan las maquinarias burocráticas para moverse. El ejercicio de una administración pública honesta, la transparencia en el manejo de la función pública y una rendición de cuentas satisfactoria para los ciudadanos es una parte esencial de la ``gobernabilidad democrática'' de la sociedad a la que aspiramos los mexicanos.

    Uno de los males que ha aquejado a las sociedades de todos los tiempos es la corrupción o falta de probidad; esta actitud de las conductas individuales debe verse desde diversos ángulos, ya que es un problema en el que inciden varios elementos: la religión, las costumbres, el sistema económico, la cosmovisión de cada nación, las leyes, el desarrollo económico, el tipo de gobierno, etcétera.

    La corrupción es un exceso de la conducta humana, una manifestación del individuo en sociedad que expresa comportamientos colectivos en sus diferentes variantes, sea ésta individual, económica, política, social, etcétera. Para abordar el problema y tratar de brindar posibles soluciones es necesario incluir todas las variables mencionadas y buscar soluciones que permitan transitar a los ciudadanos en un clima de seguridad y de plena confianza en sus instituciones de gobierno y privadas.

    La corrupción es un fenómeno general y complejo del que participan activa y pasivamente funcionarios, gobiernos, dirigentes del sector privado e individuos. La corrupción es un fenómeno social con graves consecuencias políticas y económicas que impiden el avance de los procesos de democratización de nuestras sociedades. La corrupción es un grave problema social, político, económico, religioso y moral que daña severamente a las instituciones, a las personas y a la nación.

    Podemos caracterizar las diferentes formas de corrupción en México en los siguientes casos: la corrupción activa, la pasiva, la pesada y la ``ligera''. Existe en el ejército, en las iglesias, en el sector privado, se da en servidores públicos, federales, estatales y municipales, la corrupción existe en los sindicatos, en las escuelas, en las instituciones de salud públicas y privadas, en los partidos políticos, en el deporte, se da en los tres poderes y en los tres niveles de gobierno, desde el Presidente de la República, hasta en el más novato de los policías del pueblo más pobre y alejado, la corrupción se da también en todo momento, desde el nacimiento, el matrimonio civil y religioso, y hasta la muerte, se da de día y de noche, en las carreteras y en las calles, en los pueblos y en las ciudades, en las iglesias y en los bares, en el zócalo y en los barrios, entre los policías y los delincuentes, entre el obrero y el empresario, entre el preso y el carcelero, entre el policía y el borracho, entre las sexoservidoras y sus clientes, entre el agente de tránsito y el combiero, en fin, se da en todas partes.

    La corrupción ha estado presente en México en tiempos de crisis pero también en tiempos de crecimiento económico. Los elementos de la corrupción, considerada como un fenómeno, son la discrecionalidad en la asignación de recursos públicos, la concentración monopólica de las decisiones gubernamentales, la falta de un sistema eficaz de rendición de cuentas, la escasa supervisión o supervisión cómplice hacia los servidores públicos.

    Al cohecho lo conocemos todos como soborno, mordida, tranza, cochupo, chayote. Existe en todo el mundo, pero no es ningún consuelo o justificación, porque según Transparencia Internacional ocupamos el lugar número cincuenta y uno, dentro de las encuestas realizadas en noventa y un países.

    El cohecho destruye los valores supremos del ser humano, la vida, la libertad, la justicia, la democracia, la paz. Daña también a todas las instituciones, las gubernamentales, las políticas, las electorales, las militares, las religiosas, y hasta las de asistencia social.

    Este grave delito, tan frecuente en todos lados, nulifica el principio de autoridad y sin éste, estamos a un paso de la violencia social y por consecuencia de la anarquía. Compra imagen, prestigio, respeto, legalidad y poder. El cohecho afecta mucho al erario federal, estatal y municipal.

    Sin cohecho no hay impunidad y sin ésta no hay inseguridad pública.

    Este delito es la forma más frecuente de la corrupción gubernamental. Ningún gobierno emanado de cualquier partido político puede afirmar que está libre de corrupción, en especial del cohecho.

    Sin exagerar y previo análisis, la mordida causa tanto daño al país, como Hitler a los judíos, como los colonos a los apaches, como Nerón a Roma y tanto desastre como el diluvio, como la bomba en Hiroshima, como el terremoto del 85; es una plaga como la marabunta o la langosta y daña tanto al cuerpo social, como el cáncer, el sida o el ébola.

    Todos los códigos penales del país y seguramente de todo el mundo, disponen que comete el delito de cohecho: toda persona encargada de un servicio público, que por sí o por interpósita persona, solicite o reciba indebidamente dinero, algún servicio o cualquier otra dádiva, o acepte una promesa directa o indirectamente para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones.

    El diccionario de derecho de Rafael de Pina define el cohecho como ``acto de persona encargada de un servicio público, o de funcionario de una empresa en la que el Estado participe como accionista o asociado, consistente en solicitar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquier otra dádiva, o en aceptar una promesa para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones. Entrega u ofrecimiento espontáneo de dinero o de cualquiera otra dádiva a persona encargada de un servicio, o a funcionario de una empresa en que el Estado participe como accionista o asociado, para que haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones''.

    El cohecho está tipificado y sancionado en el artículo 222 del Código Penal Federal, en el que se establecen penas privativas de libertad, multa y destitución e inhabilitación. En la inhabilitación se dan dos hipótesis, en la primera, si la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, la inhabilitación es igual en término que la pena de prisión que es de tres meses a dos años. En la segunda hipótesis cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación excedan de quinientas veces el salario mínimo, la pena de prisión al igual que la inhabilitación será de dos a catorce años. Creemos que cuando un servidor público es sentenciado condenatoriamente e inhabilitado, se pierde la confianza que se tenía en él, y esa confianza no se pierde solo durante el tiempo que dura la condena, se pierde definitivamente, por tanto la inhabilitación deberá ser también definitiva.

    La gran mayoría de los Códigos Penales del país, cuando se refieren a los particulares señalan que incurre en este delito, el particular que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a un servidor público para que haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones. Si consultamos cualquier diccionario o alguno de sinónimos, nos señalan que espontáneo significa: voluntario, por sí mismo, de motu proprio, franco, libre, de buena gana, alegremente, con gusto. Nunca hemos visto que algún conductor, que sin cometer alguna infracción, al llegar a un crucero donde se encuentre a algún agente de tránsito, se estacione inmediatamente en un lugar adecuado y se baje sacando dinero, se dirija al agente y le entregue con mucha alegría, a este ejemplar servidor público, doscientos o trescientos pesos, y hasta le dé un abrazo de felicitación, diciéndole: ``le entrego esto en reconocimiento a la eficiente labor que esta usted desempeñando, haré lo mismo con cada compañero suyo que me encuentre en el camino''. Al menos yo no lo he visto, ¿ustedes sí?

    La realidad es que el ciudadano cuando ofrece dinero o cualquier otra dádiva para que el servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones no lo hace nunca de manera espontánea, lo hace siempre obligado, coaccionado o presionado por el servidor o público. A ninguna persona le gusta regalar su dinero; los ciudadanos que se ven obligados a incurrir en el cohecho son siempre de las clases proletarias y las clases medias; las clases económicamente poderosas nunca se ven molestadas por los malos servidores públicos, ni tampoco por los buenos.

    La fracción segunda del artículo 222 del Código Penal Federal, como lo hacen la gran mayoría de los Códigos Penales de la República, impone igual sanción al servidor público y al ciudadano en cuanto a lo que hace, a la pena de prisión y a la multa, lo que resulta absurdo, pues es como imponerle la misma pena al violador que a la violada, al ladrón que a su víctima. Es una blasfemia jurídica imponerle penas al gobernado, cuando sólo se deben imponer a los servidores públicos cohechadores, pues éstos tienen la facilidad, la oportunidad de engañar, coaccionar, amenazar con un daño económico, legal y/o moral hacia el ciudadano, en cambio éste no tiene la oportunidad de obligar al servidor público para que le levante o no la infracción, le quite o no su licencia, tarjeta de circulación, placa o vehículo, para que le cobre o no sus impuestos, para que se lo lleve detenido o no, etcétera. El ciudadano no tiene ninguna oportunidad de presionar u obligar a la autoridad para que éste acepte el soborno.

    Si se les impone las mismas penas al servidor público y al ciudadano, cuando éste quiera presentar alguna denuncia, lo primero que hará, será ir con su abogado y éste al revisar el Código Penal advertirá e informará a su cliente que también va a ser procesado, que será sentenciado y tendrá antecedentes penales al igual que el servidor público y entonces ¿presentará la denuncia? ¡Claro que no! Sólo un tonto lo haría. Pasaría lo mismo si acude ante el Agente del Ministerio Público.

    Porque no se da el cohecho de manera espontánea, proponemos que se derogue la fracción segunda del artículo 222 del Código Penal Federal para que así sólo se sancione a los servidores públicos y no a los ciudadanos. Así se fomentará la cultura de la denuncia y evitaremos que sea la propia ley la que sirva de escudo a los malos servidores públicos. La ley no debe propiciar y proteger la ilegalidad y la corrupción.

    Por otra parte, respecto al peculado, el artículo 223 del Código Penal Federal establece:

    Fracción primera. Todo servidor público que para usos propios o ajenos distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado, al organismo descentralizado o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito o por otra causa.

    Fracción segunda. El servidor público que indebidamente utilice fondos públicos u otorgue alguno de los actos a que se refiere el artículo de uso indebido de atribuciones y facultades con el objeto de promover la imagen política o social de su persona, la de su superior jerárquico o la de un tercero, o a fin de denigrar a cualquier persona.

    Fracción tercera. Cualquier persona que solicite o acepte realizar las promociones o denigraciones a que se refiere la fracción anterior, a cambio de fondos públicos o del disfrute de los beneficios derivados de los actos a que se refiere el artículo de uso indebido de atribuciones y facultades.

    No transcribimos las demás fracciones de este Artículo porque el tiempo de que se dispone no sería suficiente.

    Asimismo, el artículo 224 del Código Penal Federal, al tipificar el enriquecimiento ilícito, establece:

    Se sancionará a quien con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público, haya incurrido en enriquecimiento ilícito. Existe enriquecimiento ilícito cuando el servidor público no pudiere acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquéllos respecto de los cuales se conduzca como dueño, en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

    Incurre en responsabilidad penal, asimismo, quien haga figurar como suyos bienes que el servidor público adquiera o haya adquirido en contravención de lo dispuesto en la misma ley, a sabiendas de esta circunstancia.

    Por lo anteriormente expuesto sometemos a la consideración del H. Congreso de la Unión el siguiente

    Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 222, 222-Bis, 223 y 224 del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

    Artículo 222.

    I. ...

    II. Derogado.

    III. El servidor público que cometa el delito de cohecho será destituido e inhabilitado definitivamente para desempeñar otro cargo o comisión públicos.

    Artículo 222-Bis. Derogado.

    Artículo 223.

    I. Todo servidor público que para usos propios o ajenos distraiga (...)

    II. El servidor público que indebidamente utilice fondos públicos (...)

    III. Derogado.

    IV. Párrafo primero (derogado).

    Al que cometa el delito de peculado se le impondrán las siguientes sanciones:

    Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito o no sea valuable se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito de destitución e inhabilitación definitiva para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

    Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito se impondrán de dos a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación definitiva para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

    Artículo 224. Se sancionará a quien con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público (...)

    Incurre en responsabilidad penal (...)

    Al que cometa el delito de (...)

    Decomiso en beneficio del Estado (...)

    Cuando el monto a que ascienda el enriquecimiento ilícito no exceda del equivalente de cinco mil veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación definitiva para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

    Cuando el monto a que ascienda el enriquecimiento ilícito exceda del equivalente de cinco mil veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, se impondrán de dos a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación definitiva para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

    Artículo 194. Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad los previstos en los ordenamientos legales siguientes:

    I. Del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, los delitos siguientes:

    I) a 33) ...

    33 bis) Cohecho, peculado y enriquecimiento ilícito previstos en los artículos 222, 223 y 224, respectivamente.

    Artículo Transitorio

    Unico. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Por lo antes expuesto, solicitamos a ustedes, ciudadanos diputados secretarios, que se dé a esta iniciativa el trámite de ley correspondiente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.--- México, DF, a 23 de marzo de 2004.--- Diputados: José Alarcón Hernández, María del Carmen Izaguirre Franco, Jesús Morales Flores, Jorge Ortiz Alvarado, Alberto Jiménez Merino, Felipe Medina Santos, Adrián Víctor Hugo Islas Hernández, José Luis Flores Hernández, Filemón Arcos Suárez, Alfonso Sánchez Hernández, Pablo Anaya Rivera, Marcela Guerra Castillo, Marco Antonio Torres Hinojosa, Gonzalo Moreno Arévalo, Francisco Javier Bravo Carvajal, José M. Carrillo Soberón, Sergio Armando Chávez Dávalos, Francisco Javier Guizar Macías, Hugo Rodríguez Díaz, Rogelio Humberto Rueda Sánchez, Luis Antonio Ramírez Pineda, Cruz López Aguilar, Laura Elena Martínez Rivera, Ricardo Rodríguez Rocha, Alfredo Villegas Arreola, Esteban Valenzuela García, Oscar Félix Ochoa, Roberto Javier Vega y Galina, Jesús Humberto Martínez de la Cruz, Sergio Posadas Lara, Humberto Francisco Filizola Haces, Martha Palafox Gutiérrez, Manuel Velasco Coello, Salvador Sánchez Vázquez, David Hernández Pérez, Jaime Fernández Saracho, Rosario Sáenz López, Pedro Avila Nevárez, Norma Elizabeth Sotelo Ochoa, Guillermo del Valle Reyes, Arturo Robles Aguilar, María del Consuelo Rodríguez de Alba, María Hilaria Domínguez Arvizu, Alfonso Nava Díaz, Benjamín Sagahón Medina, Jesús González Schmal y Sami David David.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Gracias a usted, diputado.

    Como lo solicita, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria, en caso de que no haya aparecido el día de hoy. Y túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
    MADRES TRABAJADORAS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Tiene la palabra la diputada Patricia Flores Fuentes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona la fracción VIII del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer un periodo de descanso a las mujeres trabajadoras que adopten a menores de edad.

    La diputada Patricia Flores Fuentes:

    Con su venia, señor Presidente:

    En ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo previsto por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presento ante el pleno de esta honorable Asamblea, la presente iniciativa de decreto que reforma la fracción V del artículo 123 constitucional y adiciona la fracción VIII del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, fundamentándola en lo siguiente.

    Si bien es cierto que en los artículos 123 constitucional y 170 de la Ley Federal del Trabajo son reconocidos los derechos de la mujer durante el embarazo, manifestándose los cuidados durante la gestación, parto y posparto, es evidente que no se han incluido las diferentes formas en las cuales las mujeres adquieren responsabilidades familiares, como es el caso de la adopción, entre otros.

    En México hay un alto grado de mujeres con infertilidad o imposibilidad de concepción, aun existiendo métodos para ello como es la inseminación artificial o in vitro, pero también está la posibilidad de la adopción, a través de la cual las mujeres pueden desempeñar su papel de madres.

    En el Código Civil se regula la adopción como un formulario, en donde se encuadran los requisitos y prerrogativas para realizarla; sin embargo, no se establece ningún derecho para la madre que ha decidido atender a este derecho.

    En la legislatura laboral y desde nuestra Constitución se menciona únicamente a las mujeres trabajadoras que se encuentran en estado de embarazo con derecho a descanso de seis semanas antes del parto y seis semanas posteriores al parto.

    Si bien es cierto que una mujer que ha decidido adoptar a un menor evidentemente no requiere de un periodo de recuperación, como se establece en nuestra legislación laboral para las madres biológicas, sí tiene la responsabilidad de atender los cuidados maternos durante el periodo de lactancia, cuando el menor así lo requiere y contar con un tiempo para el proceso de readaptación de la madre y el adoptado y viceversa.

    No estamos hablando de que este periodo sea igual o mayor que una madre gestante, pero sí hablamos de un periodo prudente de adaptación, a fin de proporcionar los cuidados necesarios para que tenga una vida sana y propia de cualquier menor como una mejor integración familiar.

    Es por ello que el Partido Acción Nacional, atendiendo a todas aquellas mujeres que por diversas razones toman la decisión de adoptar a un menor, propone que se les otorgue a las mujeres trabajadoras, seis semanas posteriores a la adopción, en caso de que el niño o niña sea menor de seis meses de edad y tres semanas cuando sea mayor.

    Lograr este derecho para las mujeres trabajadores que deciden adoptar, incidirá médica y socialmente en el desarrollo armónico de la personalidad del menor y en crear en el medio familiar un clima de integración, amor y comprensión.

    Por lo anterior expuesto, el grupo parlamentario de Acción Nacional propone la siguiente

    Iniciativa de decreto que reforma la fracción V del artículo 123 constitucional y la adición a la fracción VIII al artículo 170 de la Ley Federal de Trabajo.

    Artículo primero. Se reforma la fracción V del artículo 123 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo 123. Toda persona tiene derecho a trabajo digno y socialmente útil, al efecto, se promoverá la creación de empleos y la organización social para el trabajo conforme a la ley, el Congreso de la Unión sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de manera general, todo contrato de trabajo.

    Las mujeres, durante el embarazo, no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifique un peligro para su salud en relación con la gestación, gozarán obligatoriamente de 12 semanas de descanso por motivos de maternidad. Dicho periodo no podrá iniciarse antes de la sexta semana ni después de la segunda semana, previa a la fecha probable del parto, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubiera adquirido por la relación de trabajo.

    En el periodo de la lactancia, tendrán dos descansos extraordinarios por día, de medio día media hora cada uno para alimentar a sus hijos. Las mujeres que adopten a un menor de seis meses, disfrutarán de un descanso de seis semanas posteriores a la adopción y tres semanas posteriores a la adopción de un niño mayor de seis meses.

    Artículo segundo. Se adiciona la fracción VIII al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

    Fracción VIII. Disfrutarán de un descanso de seis semanas posteriores a la adopción si es un menor de seis meses y de tres semanas posteriores a la adopción, de un niño mayor de seis meses.

    Transitorio

    Artículo único. El presente decreto entrará en vigor, al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Ya en Legislaturas pasadas se han presentado iniciativas con respecto al tema de las mujeres, es por eso que el Partido Acción Nacional ratifica su interés hacia las mujeres.

    Atentamente.

    Diputadas del Partido Acción Nacional.

    Gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona la fracción VIII del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, a fin de establecer un periodo de descanso para las trabajadoras que adopten a menores de edad, presentada por la diputada Patricia Flores Fuentes, del grupo parlamentario del PAN.

    En ejercicio de la facultad otorgada por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo previsto en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presento ante el pleno de esta honorable Asamblea iniciativa de decreto que reforma la fracción V del artículo 123 constitucional y adiciona la fracción VIII del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, fundamentándola en la siguiente

    Exposición de Motivos

    Si bien es cierto que en los artículos 123 constitucional y 170 de la Ley Federal del Trabajo son reconocidos los derechos de la mujer durante el embarazo manifestándose los cuidados durante la gestación, parto y posparto, es evidente que no se han incluido las diversas formas en las cuales las mujeres adquieren responsabilidades familiares, como es el caso de la adopción, entre otros.

    En México hay alto grado de mujeres con infertilidad o imposibilidad de concepción, aun existiendo métodos para ello, como la inseminación artificial o in vitro, pero también está la posibilidad de la adopción, a través de la cual la mujer puede desempeñar su papel de madre.

    En el Código Civil se regula la adopción como un formulario en donde se encuadran los requisitos y las prerrogativas para realizarla. Sin embargo, no se establece ningún derecho para la madre que ha decidido atender a este derecho.

    En la legislación laboral y desde nuestra Constitución se menciona únicamente a las mujeres trabajadoras que se encuentren en estado de embarazo con derecho a descanso, seis semanas antes del parto y seis semanas posteriores al posparto.

    Si bien es cierto que una mujer que ha decidido adoptar a un menor evidentemente no requiere de un periodo de recuperación como se establece en nuestra legislación laboral para las madres biológicas, si tiene la responsabilidad de atender los cuidados maternos durante el periodo de lactancia cuando el menor así lo requiere y contar con un tiempo para el proceso de adaptación de la madre al adoptado y viceversa.

    No estamos hablando de que este periodo sea igual o mayor que una madre gestante, pero si hablamos de un periodo prudente de adaptación a fin de proporcionar los cuidados necesarios para que tenga una vida sana y propia de cualquier menor como una mejor integración familiar.

    Por ello, el Partido Acción Nacional, atendiendo a todas las mujeres que por una diversidad de razones toman la decisión de adoptar un menor, propone que se otorgue a las mujeres trabajadoras seis semanas posteriores a la adopción en caso de que el niño o niña sea menor a seis meses de edad y tres semanas cuando sea mayor.

    Lograr este derecho para las mujeres trabajadoras que deciden adoptar incidirá médica y socialmente en el desarrollo armónico de la personalidad del menor y en crear en el medio familiar, un clima de integración, amor y comprensión.

    Por lo expuesto, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional propone la siguiente

    Iniciativa de decreto que reforma la fracción V del artículo 123 constitucional y adiciona la fracción VIII al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo

    Artículo Primero. Se reforma la fracción V del artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley. El Congreso de la Unión, sin contravenir las bases siguientes, deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

    A. Entre los obreros, jornaleros, empleados, domésticos, artesanos y, de una manera general, todo contrato de trabajo:

    I. a IV. ...

    V. Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán obligatoriamente de doce semanas de descanso por motivos de maternidad, dicho periodo no podrá iniciar antes de la sexta semana ni después de la segunda semana previa a la fecha probable del parto, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el periodo de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos; las mujeres que adopten un menor de seis meses disfrutarán de un descanso de seis semanas posteriores a la adopción y de tres semanas posteriores a la adopción de un niño mayor de seis meses.

    Artículo Segundo. Se adiciona la fracción VIII al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.

    Artículo 170. Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

    I. a VII. ...

    VIII. Disfrutarán de un descanso de seis semanas posteriores a la adopción si es un menor de seis meses y de tres semanas posteriores a la adopción de un niño mayor de seis meses.

    Artículo Transitorio

    Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    México, DF, a 23 de marzo de 2004.--- Diputados: Patricia Flores Fuentes, Marisol Urrea Camarena, Ruth Trinidad Hernández Martínez, Maki Ortiz Domínguez, María Guadalupe Suárez Ponce, Concepción Cruz García, Adriana González Carrillo, María del Carmen Mendoza Flores, Francisco Javier Lara Arano, Evangelina Pérez Zaragoza, Gisela Juliana Lara Saldaña, María Eloísa Talavera Hernández, Patricia Durán Reveles, Lorena Torres Ramos, Norma Patricia Saucedo Moreno, Blanca Eppen Canales, Sheyla Fabiola Aragón Cortés, Leticia Socorro Userralde Gordillo, Patricia Garduño Morales, María del Carmen Escudero Fabre, Carla Rochín Nieto, Marisol Vargas Bárcena, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo (rúbricas).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Gracias a usted, señora diputada.

    Túrnese a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social.
    PROCESOS ELECTORALES
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    A continuación tiene el uso de la palabra, el diputado Víctor Manuel Camacho Solís, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para que a nombre propio y de los señores diputados Emilio Zebadúa González, José Alberto Aguilar Iñárritu y Jesús Martínez Alvarez, presente una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

    Adelante, señor diputado.

    El diputado Víctor Manuel Camacho Solís:

    Con su permiso, señor Presidente; distinguidas diputadas y diputados:

    Me dirijo a ustedes con dos propósitos. El día de hoy ha aparecido publicada la iniciativa de reformas que hoy presentamos, está a su disposición para revisarla en detalle, por lo tanto quisiera sobre todo dar una explicación de qué es lo que está en el fondo de esta iniciativa. Y el segundo propósito es para hacer con ustedes una reflexión sobre el método político que me parece nos permitiría llegar a un acuerdo político mayor.

    Conviene ubicar la reforma que se necesita y se propone. En 1977 se estableció el sistema electoral y de partidos políticos que hoy tenemos. Con las reformas electorales de 1989 y sobre todo las de 1994 y 1996, se consolidó este sistema, se prestigiaron las elecciones y fue posible alcanzar la alternancia pacífica del poder en el año 2000.

    Con este cambio se cierra un capítulo de la vida política del país. El régimen político que prevaleció durante la mayor parte del Siglo XX llegó a su fin, por lo tanto la tarea mayor, la tarea de mayor profundidad política pasa a ser la construcción de un nuevo régimen político que asegure el control social del poder, la representación de la pluralidad política del país y la efectividad del Gobierno para responder a las principales demandas de la sociedad.

    La reforma electoral anterior, la de 1996, fue un pacto entre el Gobierno y los partidos políticos para conseguir la plena independencia del IFE y garantizar elecciones confiables. Fue una reforma importante, bien negociada, para mérito de quienes la condujeron desde el Gobierno y los liderazgos de los partidos políticos. La reforma ayudó a la democracia y a la estabilidad.

    Hoy estamos en un momento diferente. El arreglo institucional anterior se ha agotado, se requiere de nuevos equilibrios para tener una democracia legítima, representativa y eficaz. En el terreno de las elecciones la necesidad más urgente es controlar el dinero. Permítanme explicarlo.

    ¿Cuál es la situación actual? Tenemos un muy alto costo de la política; la política está costando hoy en México más que en cualquier otro país del mundo, con excepción de Estados Unidos. Este alto costo de la política, además creciente, lleva a las fuerzas políticas y a los candidatos a conseguir dinero de grandes grupos económicos del exterior o incluso de organizaciones que actúan fuera de la ley.

    Ese momento conduce a que quienes son electos producto de estos compromisos, cuando llegan a los cargos del Gobierno o de la representación popular, no pueden defender el interés público por los compromisos que establecieron.

    Pero también lleva a introducir un elemento de ilegalidad en el proceso político, todo lo cual se refleja en dos problemas de fondo: se debilita la autoridad y el Estado de Derecho por una parte y por otra, se acaba con la credibilidad de los ciudadanos en la política.

    El propósito de la iniciativa de reforma electoral que presentamos, busca romper este círculo vicioso. ¿Cómo? Mediante un acuerdo político mayor que permita cambiar el sistema de financiamiento bajando el costo y de esa manera relegitimando todo el proceso político.

    ¿Cuál es la manera como vamos a lograr ambos propósitos? La reducción del costo de la política se logrará mediante los siguientes caminos: El primero, que sea sólo el IFE el que contrate los tiempos en la radio y la televisión; éste es un factor central. El segundo, reducir los tiempos de las campañas: a tres meses la de Presidente, a seis semanas la de diputados y senadores. Tercero, cambiar la fórmula de financiamiento con una reducción gradual; y cuarto, distinguir las elecciones presidenciales de las elecciones intermedias para que las elecciones que sólo sean de diputados tengan un ahorro del 50%.

    Si bajamos el costo de la política, estaremos corrigiendo de fondo el problema, pero no es suficiente, se necesita fortalecer la capacidad de fiscalización y para ello estamos proponiendo fortalecer las facultades del IFE, suprimiendo el secreto bancario, permitiendo que solicite información de carácter judicial y que pueda recurrir a las contralorías tanto federal como de los estados para hacer auditorías en los casos que correspondan. De lo que se trata, es que no haya nadie que quede fuera de la posibilidad de control.

    La otra parte fundamental de nuestra iniciativa, es una propuesta de transparencia para el régimen de partidos. Nos parece que frente a los hechos que hemos observado en los últimos años y en los últimos meses, no podemos dejar de actuar en lo que toca a la transparencia de los partidos y también a la posibilidad de que a solicitud de los partidos, éstos puedan solicitar la intervención del IFE para la realización de sus procesos de selección, de dirigencia y de candidatos, cuando ellos, insisto, así lo soliciten.

    Se trata pues, de un paquete, de un nuevo sistema que está a la vanguardia, lo que hay hoy en el mundo y que corrige precisamente los puntos que nos han demostrado que son los que están arruinando la legitimidad del sistema electoral y del sistema democrático del país.

    Finalmente, permítanme hacer con ustedes una reflexión sobre el método político que conviene seguir.

    Tenemos por una parte una iniciativa que ha enviado el Ejecutivo de reforma electoral; tenemos otras iniciativas como la que presentaron diputados de la CNC y tenemos esta iniciativa que como ustedes saben fue trabajada por diputadas y diputados de todos los grupos parlamentarios y fuimos los que preparamos este proyecto y que por lo tanto, ya trae tras de sí, un alto nivel de consenso.

    A mí me parece que es fundamental, que podamos colocar todas las iniciativas que hay, también las de convergencia, en una situación en donde haya un análisis objetivo de cada uno de sus puntos para separar todo aquello en donde ya haya acuerdo que es la mayor parte de las propuestas, de aquellos grupos delicados como el de la contratación de tiempos, exclusiva para el IFE que es fundamental, pero que no queremos que tense la relación y la negociación política en este momento. Si logramos eso, me parece que estaremos dando un paso fundamental.

    El otro punto central, compañeras y compañeros diputadas y diputados es, ¿quién se va a llevar los méritos de esta reforma? Lo quiero decir con toda claridad. El proyecto no es de ninguno de nosotros, ustedes saben que en él participaron muchos, están los otros proyectos del Ejecutivo y de los diputados y hay otros proyectos en el Senado. Este debe ser un triunfo de todos los grupos parlamentarios, no vamos a sacar la reforma si no nos comprometemos todos con ella y tiene que ser también, creo yo, por generosidad, un triunfo en el que participe el Ejecutivo Federal.

    Si no somos capaces de sumar toda esa energía y esas fuerzas, no vamos a llegar a un acuerdo político final, si lo hacemos; me parece que estaremos aprovechando una gran oportunidad, porque esta reforma tiene dos virtudes: la primera, es que toca asuntos de fondo, los más urgentes en el país para definir reglas que permitan dirimir los conflictos de aquí a la sucesión Presidencial y la segunda, que es un tema que es reclamado por los ciudadanos; pocas veces nos encontramos ante la coincidencia de asuntos de fondo que son, al mismo tiempo, asuntos demandados, reclamados por los ciudadanos.

    Hagamos nuestro trabajo, aprovechemos la oportunidad y mantengamos la prudencia para sacar adelante ésta gran reforma electoral, que mucho va a prestigiar a esta Asamblea y que mucho va a prestigiar a la democracia mexicana.

    Muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; y adiciona el Código Fiscal de la Federación y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Manuel Camacho Solís, del grupo parlamentario del PRD.

    Los suscritos, diputados federales de los grupos parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional y del Partido de la Revolución Democrática, de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta Soberanía la presente iniciativa con proyecto de Decreto que REFORMAN EL INCISO b), LAS FRACCIONES I, II, III, DEL INCISO c), y EL INCISO g), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 27; EL INCISO t), DEL NUMERAL 1, DEL ARTICULO 38; EL NUMERAL 3, DEL ARTÍCULO 46; LOS NUMERALES 1, 2 Y 4, EL INCISO a), DEL NUMERAL 5, LOS NUMERALES 6, 7, 8, 9, 13 Y 14, DEL ARTÍCULO 48; EL INCISO a), DEL NUMERAL 2, LAS FRACCIONES II, III, V, VI, VII Y VIII, DEL INCISO a), DEL NUMERAL 7, DEL ARTÍCULO 49; LAS FRACCIONES I, II Y III, DEL INCISO b), DEL NUMERAL 7, DEL ARTICULO 49; LOS INCISOS h), i), j) Y k), DEL ARTÍCULO 49-B; LA DENOMINACIÓN DEL CAPITULO I, DEL TÍTULO SEGUNDO, DEL LIBRO QUINTO, EL ARTÍCULO 175; LOS INCISOS a), b), c), d) Y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 177; LOS NUMERALES 2 Y 7, DEL ARTÍCULO 190; LOS NUMERALES 2 Y 3, DEL ARTÍCULO 272, DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; LOS INCISOS i) y j), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 75; Y EL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 76, DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL; EL ARTÍCULO 117, DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO; ARTÍCULO 14, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL; Y ADICIONAN EL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 4; EL PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA FRACCIÓN IV, DEL INCISO c), DEL NUMERAL 1, Y LOS INCISOS h) E i), DE LA FRACCIÓN IV, DEL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 27; LOS NUMERALES 14 Y 15, DEL ARTÍCULO 35; LOS INCISOS k), l) Y m), DEL ARTÍCULO 36; LOS INCISOS u), v), w), x), y) y z), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 38; LAS FRACCIONES IX) Y X), DEL INCISO a), DEL NUMERAL 7, DEL ARTÍCULO 49; EL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 49-A; LOS INCISOS l), m), n), o) Y p), DEL NUMERAL 2, Y UN NUMERAL 2-BIS, DEL ARTÍCULO 49-B; UN SEGUNDO PÁRRAFO AL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 58; EL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 67; LOS NUMERALES 3, 4, 5 Y 6, DEL ARTÍCULO 82; EL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 264; LOS INCISOS h) E I), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 269; LOS NUMERALES 3 Y 4, DEL ARTÍCULO 272; EL ARTÍCULO 273 Y EL ARTÍCULO 274, DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; LOS INCISOS d) y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 76; LOS INCISOS d) y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 77 DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN MATERIA ELECTORAL; EL QUINTO PÁRRAFO, DEL ARTÍCULO 69, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN; LA FRACCIÓN XII, DEL ARTÍCULO 29, Y LA FRACCIÓN XXII, DEL ARTÍCULO 31, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, en materia de partidos políticos nacionales y procesos electorales, la cual se fundamenta y motiva bajo la siguiente:

    Exposición de Motivos

    México ha dado pasos firmes en la transición a la democracia, pero requiere de reformas adicionales que la consoliden con altos niveles de participación, legitimidad y efectividad.

    La transición en nuestro país fue resultado de presiones de la sociedad y acuerdos parciales que fue aceptando el régimen durante un proceso largo que tuvo un punto culminante cuando ocurrió la alternancia en el cargo de presidente de la Republica y la entrega pacífica del poder al nuevo gobierno. Fue un momento importante, pero no suficiente. La consolidación de un régimen democrático, representativo, legítimo y eficaz requiere de nuevas reformas. Existe entre los partidos políticos plena conciencia de la necesidad de dar los pasos pendientes, empezando por atender los reclamos ciudadanos contra el despilfarro, la corrupción y la falta de transparencia en el manejo del dinero en la política.

    Nada más urgente que legitimar la vida política; que devolverle a la política su prestigio y dignidad. Hay la voluntad colectiva de realizar una nueva reforma electoral, aún y cuando ésta obligue a una mayor austeridad de los partidos y las campañas, así como a reglas estrictas de transparencia en la vida interna de los partidos políticos. Los partidos políticos han escuchado el reclamo que hicieron los ciudadanos con su baja participación en las últimas elecciones de 2003 y en particular las recomendaciones que les han hecho los consejeros electorales y el consejero presidente del anterior Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), en el documento ``Notas para una reforma electoral: una visión del conjunto'' para reducir el costo y mejorar las condiciones de la competencia, fortalecer las facultades de la autoridad electoral y mejorar la organización de los procesos electorales. La reforma electoral es un punto medular de la Reforma del Estado.

    La reforma del Estado necesita de una visión global que incluya: El nuevo equilibrio entre los Poderes para fortalecer el control del poder por la sociedad y la efectividad del gobierno. La formación de mayorías que facilite la gobernabilidad y fortalezca la representación. La efectiva rendición de cuentas de parte de los servidores públicos. La ampliación de los derechos políticos y la autonomía de la justicia. Los nuevos equilibrios del sistema federal. Una reforma electoral que contribuya a la legitimación de las instituciones y valores de la democracia mediante una mayor equidad, participación y transparencia en la competencia política.

    Se necesita una nueva reforma electoral. Ya hay elecciones libres y autoridades electorales confiables, pero la legitimidad de la actividad política sufre de un deterioro. Los ciudadanos le han perdido el respeto por el dispendio que existe en las elecciones y las evidencias de utilización de fondos que están fuera de la ley para financiar la actividad política. Los ciudadanos reclaman que no se despilfarren los recursos; que los grandes intereses nacionales y del exterior puedan ejercer influencia indebida sobre los partidos y los políticos; que por los compromisos que los candidatos contraen en las campañas y precampañas limiten la autonomía de sus decisiones al momento de desempeñar los cargos para los que fueron electos; que por falta de control sobre el dinero, aumente la corrupción e incluso exista el riesgo de que la delincuencia organizada penetre los espacios más importantes del gobierno y la representación política.

    Conviene ubicar la reforma que se necesita y se propone. Después de una prolongada lucha, con avances y retrocesos, por liberalizar y democratizar la vida política que duró por lo menos dos décadas, en las elecciones federales de 2000, el partido político que había mantenido la mayoría por más de siete décadas (PRI), perdió la presidencia de la República. Por primera vez fue posible que presentara una alternancia en el Poder Ejecutivo Federal. Ya en las elecciones de 1997, el PRI había perdido la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados y el gobierno del Distrito Federal, y desde 1989 había perdido las elecciones en diversos estados para el cargo de gobernador.

    El proceso de democratización estuvo precedido y acompañado de una alta conflictividad social. Tiene antecedentes en los movimientos sindicales, campesinos y sobre todo el estudiantil de 1968, así como en las distintas insurgencias que lo sucedieron. La liberalización política que se inició con la reforma electoral de 1977, contribuyó a la estabilidad y abrió los espacios de opinión y de participación. De particular significado fue el reconocimiento legal en ese año a la participación del Partido Comunista Mexicano.

    A pesar de los avances, no fue hasta las elecciones presidenciales de 1988, cuando las fuerzas de oposición, encabezando las aspiraciones democráticas y la inconformidad por los ajustes de la economía, plantearon un reto mayor al régimen político. El crecimiento del PAN en el norte del país y la aglutinación de un polo opositor en torno al Frente Democrático Nacional, colocaron al gobierno en la disyuntiva de abrir más el sistema electoral, o tener que enfrentar una oposición política y social que hubiera hecho imposible la estabilidad política y económica.

    No obstante algunos avances en el sistema electoral ocurridos mediante las reformas de 1989 y 1993, el sistema electoral siguió controlado por el Ejecutivo, quien mantuvo el dominio de la organización del proceso electoral, controles a la participación y una fórmula de sobrerrepresentación que le aseguraba la mayoría. Fue a raíz del levantamiento zapatista de 1994 que, como parte del establecimiento de la tregua, los candidatos a la presidencia impulsaron el Acuerdo para la Paz, la Justicia y la Democracia que dio origen a la primera fase de apertura a los ciudadanos del control del Instituto Federal Electoral.

    Con la reforma constitucional de 1996, que fue pactada entre las principales fuerzas políticas, y la reforma al COFIPE, se dio paso definitivo para consolidar la autonomía del IFE, las facultades y jerarquía del Tribunal Electoral del Poder Judicial y un sistema de financiamiento público que pretendía fortalecer a los partidos políticos y evitar que el financiamiento de la política pudiera hacerse fuera de la ley; sobre todo que las organizaciones criminales pudieran tener acceso a la representación política por la vía del financiamiento privado de las campañas electorales.

    Para las elecciones presidenciales de 2000, las reformas electorales terminaron de fructificar. Aumentó considerablemente la credibilidad en la limpieza del proceso y en la imparcialidad de las autoridades encargadas de organizarlo y vigilarlo. El IFE se consolidó como la institución pública de mayor prestigio, a pesar de que poco tiempo atrás la desconfianza en las elecciones había sido muy alta.

    Las elecciones permitieron la alternancia en el Poder Ejecutivo: que resultara electo un Presidente de la República de un partido distinto (PAN-PVEM) y que hubiera una entrega pacífica del poder al nuevo titular del Poder Ejecutivo. La entrega del poder fue aterciopelada. Fue pacífica y con un nivel mínimo de conflictos entre el gobierno saliente y el gobierno entrante.

    Se trató de un cambio político mayor. Fue la consumación de un proceso que se inició con la liberalización política del régimen anterior y con un cambio paulatino en la geografía electoral, donde los partidos de oposición fueron ganando espacios crecientes: primero en las elecciones municipales; en las estatales; luego en el Congreso de la Unión, hasta ganar la Presidencia de la República. Fue el resultado de la presión de las oposiciones y la flexibilidad del régimen para liberalizar y democratizar.

    El proceso de transición a la democracia tuvo también algunos sustentos externos. Por una parte, la ola democratizadora que se presentó en América Latina desde principios de los años ochenta, así como el fin de la guerra fría y la caída del Muro de Berlín en 1989. Por la otra, los cambios en la economía mundial y los procesos de apertura económica interna fueron, a su vez, funcionales a la apertura política. La apertura de los mercados debilitó las estructuras corporativas del régimen e hizo necesaria la transparencia, la confiabilidad de las decisiones judiciales y la seguridad de los derechos de propiedad.

    Aún con los avances alcanzados en la elección de 2000, en esa misma elección se hicieron patentes las debilidades de la legislación electoral que, de no corregirse, podrían desvirtuar a la democracia y poner en alto riesgo la capacidad de las instituciones gubernamentales para proteger el interés público y aplicar con imparcialidad la ley.

    En el proceso electoral se pudo observar que, por la vía de las precampañas, se hicieron gastos enormes que condicionaron todo el proceso y expusieron la autonomía de las decisiones políticas. Que los procesos de selección de candidatos se prestaron a la utilización de métodos arcaicos y resultaron a tal punto inequitativos y onerosos que debilitaron a los partidos al momento de la competencia electoral. Que el dinero se volvió un factor determinante de los resultados. Que la competencia pasó a descansar crecientemente en la publicidad comercial y a la presencia obligada en los medios electrónicos, dejando de lado el debate y el reconocimiento de los posicionamientos políticos de los candidatos. Que como ha quedado establecido con posteridad, en lo que toca al financiamiento de las campañas, fuera de lo que establece la ley, se utilizaron recursos públicos y fondos privados prohibidos por la ley.

    En amplios sectores de la opinión política más informada quedó establecida la idea de que, a cambio de financiamiento, diversos intereses económicos nacionales y del exterior ataron la capacidad de decisión autónoma del gobierno a las aportaciones y contribuciones que hicieron para la campaña.

    Las indagatorias sobre el financiamiento indebido de las campañas tuvieron que enfrentar múltiples obstáculos, falta de colaboración y aprovechamiento de cualquier resquicio legal o de interpretación de la ley para que la autoridad electoral no conociera con debida oportunidad y profundidad los hechos que se investigaban. El proceso mismo generó dudas respecto a la imparcialidad con la que se llevaban a cabo las investigaciones.

    Pero aún sin considerar los casos de posibles violaciones a la ley en lo que toca al financiamiento de las campañas presidenciales del 2000, la competencia para la selección de los candidatos, el proceso mismo de una competencia apretada en prácticamente todas las elecciones federales y locales, la duración de las campañas y el alto costo de la publicidad comercial en la televisión y la radio, han llevado a un verdadero círculo vicioso. Para ganar se pasa a depender de la publicidad. No hay presupuesto que alcance. Se acude a financiamientos privados que comprometen la futura autonomía de los gobernantes y donde al final la capacidad y el contenido de las decisiones públicas queda en manos de intereses privados que, incluso, pueden ser ilegales o contrarios al interés nacional.

    No debe extrañar que las lagunas del actual sistema de financiamiento sean un resquicio a través del cual se introduce y refuerza la corrupción y se perpetúa la impunidad. De no modificarse éste, se podría llegar al extremo de que los intereses pudieran ``comprar'' precandidatos, candidatos y organizaciones políticas, lo que desvirtuaría completamente la representación política. El sistema político presidencialista no evolucionaría hacia ser un sistema presidencial controlado por los otros poderes y la sociedad, sino hacia uno dominado por la plutocracia. O peor aún, hacia uno donde los intereses del exterior se vuelvan determinantes; e incluso uno que pueda quedar comprometido con organizaciones criminales, como ya ha ocurrido en varios países.

    El excesivo costo de la organización de las elecciones y sobre todo de las campañas, así como los abusos que han persistido y la falta de sanciones oportunas, han llevado a debilitar la confianza de los ciudadanos en la política. Las encuestas de opinión demuestran que se ha perdido confianza en las instituciones políticas y en los hombres y mujeres que actúan en la política. Esta desconfianza se ha traducido incluso en una disminución de la participación electoral. Los altos niveles de abstención de la última elección fueron en parte provocados por esta pérdida de confianza en la política y por el despilfarro publicitario que acompañó a la última elección.

    Para consolidar los avances alcanzados en la transparencia, equidad e imparcialidad de las elecciones que han permitido avances indudables en la transición democrática, y para evitar que las omisiones de la legislación actual debiliten los objetivos que guiaron a las reformas electorales anteriores y a las autoridades electorales, es indispensable llevar a cabo una nueva reforma al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales que tome en cuenta la experiencia nacional en la materia y las experiencias internacionales, bajo los siguientes principios que contribuirán decisivamente a legitimar la vida política:

  • Austeridad, para reducirle a la sociedad el costo de la organización de las elecciones y de la política. Con la excepción de los Estados Unidos, México es el país que más está gastando en la política. El alto costo anual es un factor que contribuye a deslegitimar el proceso político en un país con tantas carencias sociales y desigualdades.

  • Equidad, para reducir las grandes desigualdades que prevalecen por la persistente intervención de los gobiernos federal y locales en el manejo de la publicidad gubernamental, así como la que existe entre candidatos, partidos y dentro de los partidos, de forma tal que: la riqueza de un candidato o de quienes lo sostienen no asegure su victoria; ni la falta de recursos de un dirigente legítimo y capaz, pero sin tantos apoyos económicos, le haga imposible participar y competir.

  • Protección del interés público, para asegurar que los gobernantes y representantes populares estarán en posibilidad de cumplir con la Constitución y las leyes y de defender con sus decisiones el interés público.

  • Transparencia y prevención de la corrupción, para que durante todo el proceso de las campañas y precampañas se cuente todo el dinero que cuenta, y la ciudadanía tenga el derecho a acceder a toda la información sobre los gastos y aportaciones que se hacen a la política, sobre quién los hace y quién los recibe y para que se establezcan las medidas y procedimientos más eficaces que permitan sancionar con la mayor oportunidad y efectividad posibles las violaciones a la ley.

  • Fortalecimiento de las prácticas democráticas, la transparencia y rendición de cuentas en los partidos políticos, para que sin interferir en su autonomía y vida interna, la sociedad tenga la mayor claridad sobre el uso de los recursos públicos; en los procesos de selección de sus dirigencias y candidatos, puedan contar con el apoyo de la autoridad electoral de forma tal que sus resultados sean aceptados por todos y legitimados ante sus militantes y la sociedad; y para que se evite la proliferación de organizaciones cuyo único objetivo sea beneficiarse del financiamiento público.

    Si las reformas anteriores lograron el objetivo de aumentar la confianza de los ciudadanos en las elecciones, la reforma actual debe legitimar la vida política y asegurar la independencia de la autoridad de los intereses económicos.

    Las reformas que se proponen cambiarán una tendencia que parece imparable hacia el despilfarro, la falta de debate sobre las ideas y propuestas de los candidatos y el control del proceso político por los grandes intereses económicos nacionales y del exterior. Obligarán a que la competencia se cifre más en las capacidades personales de los contendientes y en la fortaleza de sus organizaciones partidarias, y no sólo en la creatividad de los publicistas. Aumentarán notablemente la protección del sistema político frente a la corrupción y a su posible penetración por la delincuencia organizada.

    Para ello se propone llevar a cabo las siguientes reformas, adiciones y la derogación de diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales:

    En el artículo 4, numeral 4, se propone que con excepción de los actos relativos a la selección de candidatos y dirigentes, que realicen los partidos políticos en sus actividades ordinarias, queda prohibido contratar espacios en los medios de comunicación masiva para promover a posibles precandidatos a Presidente de la República un año antes del día del inicio de las precampañas.

    En el artículo 27 se propone un cambio radical que asegure la apertura completa de la información de los partidos a los militantes y a los ciudadanos, así como el cumplimiento de normas democráticas para la vida interna de los partidos. Se obliga a un manejo transparente de los recursos públicos por parte de los partidos políticos, la información sobre sueldos, gastos, viajes, costo de propaganda y en general la aplicación y control de todos los recursos, acceso público a la información de las auditorías, información sobre los beneficiarios de los programas que aplican los partidos, los procesos de adquisición y arrendamiento de bienes, así como un conjunto de exigencias democráticas en los procesos de elección de sus dirigentes, selección de sus candidatos y la protección de los derechos de sus militantes, empezando por la libertad de expresión.

    En el artículo 35 de adiciona un párrafo catorce, con dos incisos, para determinar que las agrupaciones políticas nacionales deberán presentar cada año un inventario de los bienes muebles e inmuebles que adquirieron con el financiamiento público otorgado por el Instituto, para los efectos de fiscalización y control que éste realice. Asimismo para que los bienes que adquieran sean parte del patrimonio público de la federación cuando las agrupaciones políticas nacionales pierdan su registro. Con esta propuesta se perfecciona la rendición de cuentas por parte de las agrupaciones políticas nacionales y por otra parte se faculta al IFE para definir las reglas de fiscalización respecto de las mismas.

    En el artículo 36, relativo a los derechos de los partidos, se incorporan los de solicitar y obtener del Instituto Federal Electoral su intervención para la organización de los procesos internos de selección tanto de candidatos como de dirigentes. Derecho que como tal sólo se actualizará cuando los partidos así se lo soliciten a la autoridad comicial.

    En el artículo 38 se propone fortalecer su transparencia al exigirles reglas y procedimientos para las adquisiciones de bienes, servicios y arrendamientos, así como, la de informar anualmente a la autoridad electoral sobre estas materias. Deberán presentar cada año un inventario de los bienes muebles e inmuebles que adquirieron con el financia- miento público. Lo que a su vez también contribuye con la rendición de cuentas por parte de los partidos políticos. Una medida adicional consiste en que las campañas internas para la selección de candidatos y dirigentes sean financiadas con reglas claras que establezcan los partidos políticos, o exclusivamente por ellos mismos. Además, se propone fomentar la cultura del debate y la discusión de ideas con el acceso a tiempos adicionales en los medios para ese propósito, así como la prohibición de utilizar medios directos o indirectos de compra o coacción del voto popular.

    En el artículo 46 se propone que el Instituto Federal Electoral le brinde prioridad a la difusión de programas relativos a la educación cívica, tarea prioritaria que la Constitución le asigna en forma integral y directa a la autoridad comicial.

    En el artículo 48 se establece que la contratación de tiempos en radio y televisión es una atribución exclusiva del Instituto Federal Electoral. De esta forma se romperá la práctica de las contrataciones individuales de cada partido, lo que genera un tratamiento desigual en las tarifas en razón de la capacidad económica del adquirente.

    En el mismo numeral se fortalece la restricción para que terceros no incidan en la vida política contratando propaganda en radio y televisión a favor o en contra de algún simpatizante o militante de un partido. Asimismo, se garantiza la libertad de los partidos para determinar el uso de los tiempos contratados a través de la autoridad electoral.

    En el artículo 49 se propone sumar a los organismos autónomos de la Federación, Estados y Municipios dentro de los organismos públicos que no pueden realizar aportaciones a los partidos.

    En el artículo 49 se establecen propuestas para racionalizar el financiamiento público tomando como factor en la definición del costo mínimo de campaña el número de integrantes de ambas cámaras de mayoría y primera minoría, esto último para el caso de la campaña para senador. De esta forma se dará respuesta a un profundo anhelo de disminuir el financiamiento de los partidos.

    En el mismo artículo 49 se plantea elevar a por lo menos el cuatro por ciento del financiamiento público que reciben los partidos para el desarrollo de sus fundaciones o institutos de investigación.

    En el inciso b), párrafo siete, del artículo 49, se propone hacer una distinción para la definición del financiamiento público para gastos de campaña. Tratándose de la elección de Presidente y ambas Cámaras del Congreso de la Unión, se contempla conceder un monto equivalente al financiamiento público que para el sostenimiento de sus actividades permanentes le corresponde en ese año; empero, tratándose de una elección para la renovación de la Cámara de Diputados, se propone que se les proporcione una cantidad equivalente al 50% de financiamiento por actividades ordinarias permanentes que les corresponde.

    Las anteriores propuestas de reforma al artículo 49 son congruentes con la reforma constitucional presentada por diputados de los Grupos Parlamentarios que suscriben la presente iniciativa de reforma.

    En el artículo 49-B se pretende fortalecer las atribuciones de la Comisión de Fiscalización para que pueda realizar sus funciones con plena solvencia sin ningún obstáculo ilegítimo. Para ello, se sugiere dotarla de atribuciones para requerir y obtener de diversas autoridades y particulares toda la información y documentación necesaria, con las salvedades que se establezcan en otros ordenamientos legales.

    Para tales efectos se plantea facultar al IFE para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o a cualquiera de sus dependencias, la información o documentación que estime pertinentes, inclusive a autoridades de procuración de justicia sobre averiguaciones previas, de igual forma el que pueda requerir a la misma Secretaría o bien a los órganos auditores de los congresos o las contralorías adscritas al poder ejecutivo federal o local la práctica de auditorías a cualquier persona física o moral, en relación con sus actividades con los partidos y agrupaciones políticas nacionales. Otro tema fundamental que se plantea es el de facultar también al IFE para solicitar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores información referente a las operaciones bancarias y financieras de los partidos, las agrupaciones políticas nacionales y personas relacionadas con su financiamiento.

    Respecto de ambas facultades para solicitar información por parte del IFE se establece la forma y los plazos en que las dependencias mencionadas deben de proporcionar la información y documentación requerida, de esta manera se da certidumbre a la obligación correspondiente.

    En el mismo artículo se propone un numeral 2 bis con el fin de no perturbar las actividades de fiscalización, responsabilizar a los funcionarios electorales, así como para no prejuzgar respecto de los posibles actos cometidos por los partidos y sus candidatos se plantea que los funcionarios del IFE queden obligados a guardar las reservas sobre la información y contenido que le sea proporcionado en el ejercicio de su fiscalización, en tanto no se emita la resolución que corresponda. La contravención a esta obligación será sancionada con la destitución del cargo del servidor público, sin perjuicio de la sanción penal que se establezca.

    Respecto del artículo 58 se establece que en ningún caso podrá formar coaliciones aquél partido político que participe por primera vez en una elección federal. Esta disposición es aplicable tanto para aquel partido político que haya obtenido por primera ocasión su registro, como para aquel que lo haya obtenido nuevamente después de haberlo perdido con anterioridad. Esta decisión ayuda a reducir el financiamiento a los partidos políticos cuando éstos no cuenten con la necesaria representatividad electoral.

    En el artículo 67 se sugiere establecer que los activos que conformen el patrimonio de los partidos políticos que hayan perdido su registro pasen a formar parte del patrimonio público de la federación. De esta manera se llena un vacío legal que permite que un partido político que pierde su registro pueda disponer para beneficio privado de los recursos que obtuvo como entidad de interés público. En todo caso se prevé que los partidos que hayan perdido su registro seguirán sujetos a la fiscalización que realice la autoridad electoral respecto de los recursos utilizados en el último proceso electoral en el que hayan participado. Asimismo, la pérdida del registro no exime a dichos partidos de las responsabilidades en que hayan incurrido con motivo del ejercicio de sus derechos y prerrogativas. La autoridad electoral en estos supuestos, realizará la fiscalización correspondiente dentro de los dos años siguientes en los que el partido político haya perdido su registro.

    En el artículo 82, como atribuciones del Consejo General se plantea que las autoridades federales, estatales y municipales suspendan la difusión de obras y programas públicos con seis semanas de anticipación al día de la elección; en caso de que así lo soliciten los partidos políticos, el Instituto Federal Electoral participe en la organización de las elecciones internas para la elección de dirigentes y candidatos; se convoque a debates públicos a los partidos y candidatos; y, por último, la posibilidad de que el Instituto Federal Electoral, a través del Consejo General, convenga con las autoridades electorales estatales cualquier modalidad para participar en la organización, capacitación y registro de elecciones estatales y municipales.

    En el título quinto del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales se propone modificar el capítulo primero del título segundo en su denominación para que pase a ser también de las precampañas y no sólo del procedimiento de registro de candidatos así en el artículo 175. Se introduce el concepto de lo que se entenderá como precampaña y se regulan los términos en los cuáles los ciudadanos que aspiren a ser registrados como candidatos de un partido político pueden realizar precampañas, desde los plazos para la expedición y términos de la convocatoria para la realización de éstas, nuevas atribuciones al IFE para fiscalizarlas y establecer topes de precampaña, obligación de llevar informes de gastos precampaña y presentarlos ante la autoridad electoral con lineamientos específicos para clasificar los tipos de gastos, los cuáles se deberán hacer públicos.

    Sobre las aportaciones en dinero realizadas por simpatizantes, personas físicas y morales, a las precampañas serán consideradas como parte de los límites que por aportaciones de simpatizantes puede recibir un partido político durante un año electoral. Tales aportaciones podrán realizarse en parcialidades y en cualquier tiempo, pero el monto total aportado durante la precampaña por una persona física o moral no podrá rebasar, según corresponda, los límites establecidos en el artículo 49.

    Se establecen una serie de prohibiciones durante las precampañas a los aspirantes a candidato como son a saber: utilizar los emblemas o lemas de algún partido político o coalición en su propaganda de precampaña, sin la autorización del partido político o coalición y también utilizar recursos públicos en beneficio de su imagen con fines proselitistas.

    Si los aspirantes o ganadores de una candidatura rebasaran los topes de gastos de precampaña serán sancionados por los partidos políticos en los términos de sus propios Estatutos, sanciones que podrán ser recurridas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los partidos políticos también podrán hacerse acreedores de sanciones por esta causa por parte del Instituto Federal Electoral.

    En el artículo 177 se modifican las fechas para el registro de candidaturas para diputados electos por el principio de mayoría relativa, del 1o. al 15 de mayo inclusive; para diputados electos por el principio de representación proporcional, del 1o. al 15 de mayo inclusive; para senadores electos por el principio de mayoría relativa, del 1o. al 15 de mayo; para senadores electos por el principio de representación proporcional, del 1o. al 15 de mayo y para presidente de la República del 1º. al 15 de marzo a efecto de reducir el tiempo de campaña efectivo de los aspirantes a estos cargos de elección popular, lo que también ayudará a reducir los gastos de campaña.

    En concordancia con lo anterior, en el artículo 190 se establece que las campañas electorales para Presidente de la República durarán tres meses y las de Diputados y Senadores seis semanas.

    Según la propuesta de esta iniciativa en el artículo 264, el Instituto Federal Electoral también conocerá de las infracciones que cometa cualquier autoridad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o cualquiera de sus dependencias para lo cual integrará un expediente que será remitido al superior jerárquico de la autoridad infractora, para que éste proceda en los términos de ley y comunique al Instituto las medidas que haya adoptado en el caso.

    Al artículo 269 se le adicionan dos incisos a efecto de que se incluyan como sanciones a los partidos políticos la suspensión temporal en actividades de campaña y la pérdida del registro de candidaturas.

    En los artículos 270 y 272 se precisa que las multas que fije el Consejo General del Instituto, que no hubiesen sido recurridas, o bien, que fuesen confirmadas por el Tribunal Electoral, deberán ser pagadas en la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral y Administración del Instituto.

    Y también en el artículo 272 se adicionan dos numerales en el sentido de que las quejas relativas a materias distintas a las señaladas por el artículo 49-B, párrafo cuarto, serán dictaminadas y resueltas por los Consejos Locales del Instituto y aquellas quejas que no pudieron ser resueltas por los Consejos Locales serán remitidas al Consejo General para la elaboración del dictamen y resolución correspondiente y a quien incumpla las obligaciones establecidas en el 49-B, párrafo 2, inciso k), se le sancionará con multa que establecerá el Consejo General y que será enterada en las oficinas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo establecido por el Código Fiscal de la Federación. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público mantendrá informado al Instituto Federal Electoral sobre el estado que guarde el entero de la multa impuesta por la autoridad electoral hasta que se haga efectivo su pago. Cuando lo estime pertinente, el Instituto Federal Electoral también podrá imponer amonestación haciendo público el incumplimiento cometido.

    En el artículo 273, según la iniciativa se dispone que el Instituto conocerá de las infracciones y violaciones que cometan las particulares, procediendo a su sanción, las que podrán ser de apercibimiento público, amonestación o multa hasta de veinte mil días de salario mínimo. Tratándose de infracciones relativas al régimen de financiamiento de los partidos políticos se les podrá sancionar con multa de hasta el doble del monto aportado indebidamente. Si se reincide en la falta, el monto de la multa podrá ser aumentado hasta en dos tantos más.

    Siguiendo el mismo sentido, en el artículo 274, el Instituto conocerá de las infracciones y violaciones que a las disposiciones de este Código cometan los candidatos, procediendo a su sanción, la que podrá ser de apercibimiento, amonestación, suspensión temporal en actividades de campaña o pérdida del registro, en los términos que señale el reglamento respectivo.

    En el artículo segundo del decreto de esta reforma electoral en lo relativo a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral se propone establecer en el artículo 75 como causal de nulidad en una casilla aquellas conductas que afectan la libertad del voto como la coacción a los miembros de la mesa directiva de casilla o sobre los electores.

    Además, como causales de nulidad de la elección de Diputados y Senadores se incorporan en los artículos 76 y 77 las relativas a: la recepción de aportaciones o donativos prohibidos por la ley y la realización en forma generalizada de actos de pago, presión o coacción del voto durante el proceso electoral.

    En el artículo tercero del decreto congruentes con el compromiso de fortalecer la función fiscalizadora de la autoridad electoral, se plantea reformar una adición al artículo 69 de Código Fiscal de la Federación, a fin de determinar que la reserva de información en materia fiscal, no resulte aplicable para los casos en que la información sea solicitada por el IFE en el ejercicio de sus atribuciones legales respecto a los recursos de los partidos y agrupaciones políticas.

    En el artículo cuarto del decreto en este mismo sentido se plantea una reforma al artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito para que se exceptúe del secreto bancario al IFE, el cual podrá solicitar información de depósitos, servicios o cualquier tipo de operaciones de los partidos políticos, agrupaciones y candidatos realizadas en las instituciones de crédito; esta información podrá solicitarla el IFE por conducto de la Comisión Nacional Bancaria, para los fines de fiscalización de los recursos de los partidos y agrupaciones políticas.

    En el artículo quinto del decreto se propone una modificación del artículo 14 de la ley de transparencia y acceso a la información pública a efecto de que sobre la información considerada como reservada se contemple una excepción a lo previsto en el artículo 49-B párrafo 2 inciso p del COFIPE que se refiere a las averiguaciones previas que contribuyan a los procedimientos de fiscalización de los recursos de los partidos y agrupaciones políticas. Y por último en el artículo sexto del decreto se propone modificar los artículos 29 y 31 de la ley del impuesto sobre la renta para que los simpatizantes de un partido que realicen aportaciones en dinero puedan deducirlas, según lo establecido en el artículo 49, fracción IV, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, cumpliendo los requisitos previstos en el fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta , según el cuál, las deducciones deberán: Acreditar, bajo protesta de decir verdad, que es simpatizante (no militante) del partido político o del candidato; precisar el monto y fecha de las aportaciones efectuadas; así como indicar el nombre del partido político al que hizo la aportación en dinero; y en su caso, presentar recibo o comprobante del partido por la aportación efectuada, donde se corroboren los datos e identificación del aportante.

    Por las consideraciones anteriores proponemos a esta soberanía el siguiente:

    DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN EL INCISO b), LAS FRACCIONES I, II, III, DEL INCISO c), y EL INCISO g), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 27; EL INCISO t), DEL NUMERAL 1, DEL ARTICULO 38; EL NUMERAL 3, DEL ARTÍCULO 46; LOS NUMERALES 1, 2 Y 4, EL INCISO a), DEL NUMERAL 5, LOS NUMERALES 6, 7, 8, 9, 13 Y 14, DEL ARTÍCULO 48; EL INCISO a), DEL NUMERAL 2, LAS FRACCIONES II, III, V, VI, VII Y VIII, DEL INCISO a), DEL NUMERAL 7, DEL ARTÍCULO 49; LAS FRACCIONES I, II Y III, DEL INCISO b), DEL NUMERAL 7, DEL ARTICULO 49; LOS INCISOS h), i), j) Y k), DEL ARTÍCULO 49-B; EL ARTÍCULO 175; LOS INCISOS a), b), c), d) Y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 177; LOS NUMERALES 2 Y 7, DEL ARTÍCULO 190; LOS NUMERALES 2 Y 3, DEL ARTÍCULO 272, DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; LOS INCISOS i) y j), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 75; Y EL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 76, DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN MATERIA ELECTORAL; EL ARTÍCULO 117, DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO; ARTÍCULO 14, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL; Y ADICIONAN EL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 4; EL PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA FRACCIÓN IV, DEL INCISO c), DEL NUMERAL 1, Y LOS INCISOS h) E i), DE LA FRACCIÓN IV, DEL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 27; LOS NUMERALES 14 Y 15, DEL ARTÍCULO 35; LOS INCISOS k), l) Y m), DEL ARTÍCULO 36; LOS INCISOS u), v), w), x), y) y z), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 38; LAS FRACCIONES IX) Y X), DEL INCISO a), DEL NUMERAL 7, DEL ARTÍCULO 49; EL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 49-A; LOS INCISOS l), m), n), o) Y p), DEL NUMERAL 2, Y UN NUMERAL 2-BIS, DEL ARTÍCULO 49-B; LA DENOMINACIÓN DEL CAPITULO I, DEL TÍTULO SEGUNDO, DEL LIBRO QUINTO; UN SEGUNDO PÁRRAFO AL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 58; EL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 67; LOS NUMERALES 3, 4, 5 Y 6, DEL ARTÍCULO 82; EL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 264; LOS INCISOS h) E I), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 269; LOS NUMERALES 3 Y 4, DEL ARTÍCULO 272; EL ARTÍCULO 273 Y EL ARTÍCULO 274, DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; LOS INCISOS d) y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 76; LOS INCISOS d) y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 77 DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL; EL QUINTO PÁRRAFO, DEL ARTÍCULO 69, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN; LA FRACCIÓN XII, DEL ARTÍCULO 29, Y LA FRACCIÓN XXII, DEL ARTÍCULO 31, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

    ARTÍCULO PRIMERO.- SE REFORMAN EL INCISO b), LAS FRACCIONES I, II, III DEL INCISO c), y EL INCISO g), DEL NUMERAL 1, DE ARTÍCULO 27; EL INCISO t), DEL NUMERAL 1, DEL ARTICULO 38; EL NUMERAL 3, DEL ARTÍCULO 46; LOS NUMERALES 1, 2 Y 4, EL INCISO a), DEL NUMERAL 5, LOS NUMERALES 6, 7, 8, 9, 13 Y 14, DEL ARTÍCULO 48; EL INCISO a), DEL NUMERAL 2, LAS FRACCIONES II, III, V, VI, VII Y VIII, DEL INCISO a), DEL NUMERAL 7, DEL ARTÍCULO 49; LAS FRACCIONES I, II Y III, DEL INCISO b), DEL NUMERAL 7, DEL ARTICULO 49; LOS INCISOS h), i), j) Y k), DEL ARTÍCULO 49-B; LA DENOMINACIÓN DEL CAPITULO I, DEL TÍTULO SEGUNDO, DEL LIBRO QUINTO; EL ARTÍCULO 175; LOS INCISOS a), b), c), d) Y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 177; LOS NUMERALES 2 Y 7, DEL ARTÍCULO 190; LOS NUMERALES 2 Y 3, DEL ARTÍCULO 272, Y ADICIONAN EL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 4; EL PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA FRAC- CIÓN IV, DEL INCISO c), DEL NUMERAL 1, Y LOS INCISOS h) E i), DE LA FRACCIÓN IV, DEL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 27; LOS NUMERALES 14 Y 15, DEL ARTÍCULO 35; LOS INCISOS k), l) Y m), DEL ARTÍCULO 36; LOS INCISOS u), v), w), x), y) y z), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 38; LAS FRACCIONES IX) Y X), DEL INCISO a), DEL NUMERAL 7, DEL ARTÍCULO 49; EL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 49-A; LOS INCISOS l), m), n), o) Y p), DEL NUMERAL 2, Y UN NUMERAL 2-BIS, DEL ARTÍCULO 49-B; UN SEGUNDO PÁRRAFO AL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 58; EL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 67; LOS NUMERALES 3, 4, 5 Y 6, DEL ARTÍCULO 82; EL NUMERAL 4, DEL ARTÍICULO 264; LOS INCISOS h) E I), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 269; LOS NUMERALES 3Y 4, DEL ARTÍCULO 272; EL ARTÍCULO 273 Y EL ARTÍCULO 274, DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, PARA QUEDAR COMO SIGUE:

    ARTICULO 4

    1 al 3 ...

    4. Con excepción de los actos relativos a la selección de candidatos y dirigentes, que realicen los partidos políticos en sus actividades ordinarias, queda prohibido contratar espacios en los medios de comunicación masiva para promover a posibles precandidatos a Presidente de la República un año antes del día del inicio de las precampañas.

    ARTICULO 27

    1. Los estatutos establecerán:

    [.........]

    b) Los procedimientos para la afiliación individual, libre y pacífica de sus miembros, así como sus derechos y obligaciones. Dentro de los derechos se incluirán el de participar personalmente o por medio de delegados en asambleas y convenciones, el de poder ser integrante de los órganos directivos, el de estar en condiciones de acceder a la información pública del partido; y el de libertad de expresión.

    c) Los procedimientos democráticos para la integración y renovación de los órganos directivos así como las funciones, facultades y obligaciones de los mismos, los cuáles en todo momento deberán ser del conocimiento público.

    Entre sus órganos deberá contar, cuando menos, con los siguientes:

    I. Una asamblea nacional o equivalente que será el principal centro decisor del partido. Se deben establecer las formalidades para convocarla, asegurando la comunicación oportuna. También se deben establecer la periodicidad con que se reunirá ordinariamente y el quórum necesario para que sesione válidamente;

    II. Un comité nacional o equivalente, que sea el representante nacional del partido. Se deben establecer las formalidades para convocarlo, asegurando la comunicación oportuna. También se deben establecer la periodicidad con que se reunirá ordinariamente y el quórum necesario para que sesione válidamente;

    III. Comités o equivalentes en las entidades federativas. Se deben establecer las formalidades para convocarlos, asegurando la comunicación oportuna. También se deben establecer la periodicidad con que se reunirán ordinariamente y el quórum necesario para que sesionen válidamente; y

    IV. Un órgano responsable de la administración de su patrimonio y recursos financieros y de la presentación de los informes de ingresos y egresos anuales y de campaña a que se refiere el párrafo 1 del artículo 49-A de este Código.

    Los funcionarios de los partidos políticos que tengan a su cargo la administración patrimonial o financiera de los partidos, deberán contar con facultades para requerir toda la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones, así como con la posibilidad de una comunicación efectiva y directa con los órganos directivos del partido y del Instituto Federal Electoral.

    g) Las sanciones aplicables a los miembros que infrinjan sus disposiciones internas, tipificando las irregularidades, estableciendo la proporcionalidad en las sanciones, la motivación de la resolución respectiva y competencia de los órganos sancionadores, así como los correspondientes medios y procedimientos de defensa.

    h) Además del derecho de información a militantes que se prevé en el inciso a) del presente artículo, los estatutos deberán establecer la obligación de atender solicitudes y facilitar el acceso amplio, directo y oportuno de cualquier ciudadano a la información en poder de los partidos políticos. Sin que medie petición de parte, los partidos tendrán la obligación de poner a disposición del público, difundir y actualizar, la siguiente información:

    1. Estatutos, declaración de principios y documentos constitutivos que le dan sustento legal al ejercicio de sus funciones públicas.

    2. Estructura orgánica, nombramientos y funciones que realizan sus comités.

    3. Directorio de los dirigentes, miembros, o personal administrativo que perciba un ingreso, el tabulador correspondiente, sueldos, salarios y remuneraciones mensuales por puesto, viáticos, viajes, gastos de representación y fotografía actualizada.

    4. Información contenida en los documentos que se produzcan en los procesos para suscribir contratos de todo tipo de actos privados relacionados con la adquisición, arrendamiento, concesiones y prestación de bienes y servicios, en los que se utilicen recursos de la Federación.

    5. Inventario de los bienes muebles e inmuebles que se adquieran o hayan adquirido con recursos que deriven del financiamiento público.

    6. Información contendida en los documentos y expedientes relativos a todo tipo de auditorías concluidas y realizadas para evaluar el ejercicio presupuestal que les realice el Instituto Federal Electoral.

    7. Información contenida en las minutas, acuerdos y actas de las reuniones que se lleven a cabo para determinar cualquier aplicación del financiamiento público que reciban del Instituto Federal Electoral.

    8. Información presupuestal detallada que contenga por lo menos los datos acerca de los destinatarios, usos, montos, criterios de asignación, mecanismos de evaluación e informes sobre la aplicación del financiamiento público que reciban de la Federación.

    9. Información de los beneficiarios de los programas aplicados con motivo de su función partidaria cuando se trate de recursos del financiamiento público federal.

    10. Los informes que entreguen a la autoridad electoral federal, mismos que detallarán el monto de las asignaciones públicas recibidas, criterios de asignación, formas y tiempos de ejecución, responsables de la recepción y ejecución; así como de las participaciones, donaciones y financiamiento privado que hayan recibido, en los mismos términos señalados para las asignaciones públicas. Las auditorías y verificaciones de que sean objeto los partidos y agrupaciones políticas, deberán difundirse una vez que hayan concluido los procedimientos de fiscalización.

    11. Los informes de precampaña de los aspirantes a candidato que presenten los partidos al Instituto Federal Electoral.

    12. Contratos, convenios y condiciones generales de trabajo que regulen las relaciones laborales del personal que les presten servicios remunerados.

    13. Información relacionada con el desahogo de los procedimientos internos de afiliación, integración y renovación de órganos directivos, y postulación de candidatos; y,

    14. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que con base a la información estadística, responda a las preguntas hechas con mayor frecuencia por el público.

    La publicación y entrega de información a los ciudadanos no eximirá al partido político del cumplimiento de las obligaciones que se desprenden de los artículos 49-A y 49-B del presente Código, así como de las establecidas en otras leyes.

    i) Normas para asegurar el acceso directo y oportuno de ciudadanos a la información del partido, lineamientos para clasificar la información, así como un procedimiento interno para atender los recursos de revisión o inconformidades que presenten los ciudadanos por las respuestas brindadas a sus solicitudes de información. Agotada esta posibilidad de defensa, el ciudadano podrá recurrir al Instituto Federal Electoral y, de persistir su inconformidad, ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sin que ello signifique la cancelación de vías adicionales previstas en otros ordenamientos legales.

    ARTICULO 35

    1 a 13 ...

    14) Las agrupaciones políticas nacionales deberán presentar cada año un inventario de los bienes muebles e inmuebles que adquirieron con el financiamiento público otorgado por el Instituto, para los efectos de fiscalización y control que éste realice.

    15) Los bienes a los que se refiere el inciso anterior pasarán a ser parte del patrimonio público de la federación cuando las agrupaciones políticas nacionales pierdan su registro.

    ARTICULO 36.

    1. ...

    a) al j) ...

    k) Solicitar y obtener del Instituto Federal Electoral la intervención para la organización de sus procesos internos de selección de candidatos y de dirigentes;

    l) Contratar deuda total hasta por un monto del cincuenta por ciento del financiamiento público anual, para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes; y

    m) Los demás que les otorgue este Código.

    ARTICULO 38.

    1. Son obligaciones de los partidos políticos nacionales:

    a) a s) ...

    t) Establecer normas y procedimientos claros y transparentes en sus procesos de adquisiciones de bienes, servicios y arrendamientos, debiendo informar en un apartado que se incluya en el informe a que se refiere el artículo 49-A, párrafo 1, inciso a) de este Código, conforme a la reglas y formatos que determine el Consejo General del Instituto Federal Electoral.

    u) Los partidos políticos deberán presentar cada año un inventario de los bienes muebles e inmuebles que adquirieron con el financiamiento público otorgado por el instituto;

    v) Promover la transparencia hacia el interior de la organización y facilitar el acceso a la información pública que obre en su poder, en los términos de sus respectivos Estatutos.

    w) Establecer las bases para el financiamiento de sus campañas internas para la selección de sus candidatos y dirigentes, o en su caso, financiar éstas;

    x) Participar por medio de sus candidatos registrados en los debates a que convoque el Instituto Electoral;

    y) Abstenerse de utilizar medios directos o indirectos tendientes a la compra o coacción del voto popular; y

    z) Las demás que establezca este Código.

    ARTICULO 46.

    1. y 2. ...

    3. La Dirección Ejecutiva gestionará el tiempo que sea necesario en la radio y la televisión para la difusión de las actividades del Instituto así como las de los partidos políticos. El Instituto Federal Electoral le dará prioridad a transmitir dentro del tiempo que le corresponde programas relativos a la educación cívica.

    ARTICULO 48.

    1. La contratación de tiempos en radio y televisión para difundir mensajes orientados a la obtención del voto durante las campañas electorales es atribución exclusiva del Instituto Federal Electoral conforme a las normas y procedimientos que se establecen en el presente artículo. Los candidatos sólo podrán hacer uso de los tiempos que les asignen su partido político, o coalición, en su caso, de conformidad con lo previsto en el artículo 59, párrafo 1 inciso c).

    2. La Secretaria Ejecutiva del Instituto Federal Electoral solicitará oportunamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes su intervención, a fin de que los concesionarios o permisionarios de radio y televisión, tanto nacionales como de cada entidad federativa, le proporcionen un catálogo de horarios y sus tarifas correspondientes, disponibles para su uso por los partidos políticos para dos períodos: el primero, del 1o. de febrero al 31 de marzo del año de la elección; y el segundo, del 1o. de abril y hasta tres días antes del señalado por este Código para la jornada electoral. Dichas tarifas no serán superiores a las de publicidad comercial.

    3 ...

    4. Los partidos políticos deberán comunicar por escrito a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, las estaciones, canales y horarios en los que tengan interés de usar tiempos, conforme al primer catálogo que les fue proporcionado, a más tardar el 15 de diciembre del año anterior al de la elección, por lo que hace a la campaña de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, y a más tardar el 31 de enero del año de la elección, para las campañas de senadores y diputados. Los partidos políticos deberán comunicar por escrito a la misma Dirección Ejecutiva, las estaciones, canales y horarios en los que tengan interés de usar tiempos del segundo catálogo que les fue proporcionado, a más tardar el 28 de febrero del año de la elección por lo que hace a la campaña de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y a más tardar el 15 de marzo del mismo año para las campañas de senadores y diputados.

    5. En el evento de que dos o más partidos políticos manifiesten interés en usar tiempos en un mismo canal o estación, en los mismos horarios, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, aplicará, en su caso, el procedimiento siguiente:

    a) Se dividirá el tiempo total disponible para contratación del canal o estación en forma igualitaria entre el número de partidos políticos interesados en usarlo; el resultante será el tiempo que cada partido político podrá usar. Si hubiese tiempos sobrantes volverán a estar a disposición de los concesionarios o permisionarios y no podrán ser objeto de uso posterior por los partidos políticos.

    6. En el caso de que sólo un partido político manifieste interés por usar tiempo en un canal o estación, podrá hacerlo hasta por el límite que los concesionarios o permisionarios hayan dado a conocer como el tiempo disponible para efectos de este artículo.

    7. El reparto y asignación de los canales, estaciones y tiempos a usar por cada partido político, del primer catálogo, deberá finalizar a más tardar el 15 de enero del año de la elección para la campaña de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y a más tardar el 28 de febrero del mismo año, para las campañas de senadores y diputados. Para el segundo catálogo, el reparto y asignación de los canales, estaciones y tiempos a usar por cada partido político, para las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, senadores y diputados, deberá concluir el 15 de abril del mismo año.

    8. Una vez concluido el procedimiento de reparto y asignación a que se refiere el párrafo anterior, el Instituto procederá, a través de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, a dar a conocer los tiempos, canales y estaciones para cada uno de los partidos políticos, con objeto de que éstos se distribuyan de una manera ágil que facilite las respuestas rápidas en las campañas y el desarrollo de la creatividad necesaria para estimular la participación ciudadana y la comunicación política. De igual manera, la propia Dirección Ejecutiva comunicará a cada uno de los concesionarios o permisionarios los tiempos y horarios que cada uno de los partidos políticos está autorizado a usar. Los partidos políticos no podrán realizar contrataciones fuera de las normas, procedimientos, términos y plazos establecidos por el presente artículo, ni contratar tiempos en radio o televisión.

    9. El uso de los tiempos por los partidos políticos en los términos de este Código en los medios de cobertura local, los mensajes alusivos a sus candidatos a Presidente, diputados y senadores, sólo podrán transmitirse durante los períodos de campaña a que se refiere el artículo 190, párrafo 1, de este Código.

    10 a 12 ...

    13. En ningún caso y momento, se permitirá la contratación de propaganda en radio y televisión en favor o en contra de algún partido político, candidato, militante o simpatizante de un partido por parte de terceros.

    14. Los partidos podrán con toda libertad determinar la forma del uso de los tiempos utilizados en su favor, dentro de las reglas de contratación establecidas y conforme al método que aprueben los consejeros electorales del IFE.

    ARTICULO 49.

    1. ...

    2. ...

    a) Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de los Estados, los Ayuntamientos y los órganos autónomos de la Federación, Estados y Municipios, salvo los establecidos en la ley;

    b) al g) ...

    3. al 6. ...

    7. Los partidos políticos tendrán derecho al financiamiento público de sus actividades, independientemente de las demás prerrogativas otorgadas en este Código, conforme a las disposiciones siguientes:

    a) Para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes:

    I ...

    II. El costo mínimo de una campaña para diputado, será multiplicado por el total de diputados de mayoría a elegir y por el número de partidos políticos con representación en las Cámaras del Congreso de la Unión;

    III. El costo mínimo de una campaña para senador, será multiplicado por el total de senadores de mayoría y primera minoría a elegir y por el número de partidos políticos con representación en las Cámaras del Congreso de la Unión;

    IV ...

    V. El elemento de ajuste gradual anual tomará los siguientes valores:

    1 en el año 2005

    0.9 en el año 2006

    0.8 en el año 2007

    0.7 en el año 2008

    0.6 en 2009 y años posteriores

    VI. La proporción votantes-empadronados estará dada por la razón entre el número de votantes que acudieron a las últimas elecciones y el número de empadronados cuyos nombres aparecieron en las listas nominales durante las últimas elecciones.

    VII. El elemento de incentivo a la promoción del voto resulta de elevar al cuadrado la proporción calculada en la fracción anterior.

    VIII. La suma de los elementos mencionados en las fracciones V y VII, constituye el factor de premio al voto.

    IX. El financiamiento público a partidos políticos para actividades ordinarias permanentes resultará de multiplicar el financiamiento base, calculado como la suma del resultado de las operaciones señaladas en las fracciones II, III y IV, por el factor de premio al voto mencionado en la fracción anterior.

    El financiamiento público a partidos políticos para actividades ordinarias permanentes se distribuirá de la siguiente manera: - El 30% de la cantidad total que resulte, se entregará en forma igualitaria, a los partidos políticos con representación en las Cámaras del Congreso de la Unión. - El 70% restante, se distribuirá según el porcentaje de la votación nacional emitida, que hubiese obtenido cada partido político con representación en las Cámaras del Congreso de la Unión, en la elección de diputados inmediata anterior.

    X. Cada partido político deberá destinar anualmente por lo menos el 4% del financiamiento público que reciba, para el desarrollo de sus fundaciones o institutos de investigación.

    b) ...

    I. En el año de la elección, de Presidente de la República y de las y los Legisladores del Congreso de la Unión, a cada partido político se le otorgará para gastos de campaña, un monto equivalente al financiamiento público que para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes le corresponda en ese año;

    II. En el año de elección en que se renueve únicamente a los integrantes de la Cámara de Diputados, a cada partido se le otorgará para gastos de campaña un monto equivalente al 50% del financiamiento por actividades ordinarias permanentes que le corresponda en ese año;

    III. El monto para gastos de campaña se otorgará a los partidos políticos en forma adicional al resto de las prerrogativas; y

    c) ...

    8. a 11. ...

    ARTICULO 49-A

    1.

    [.............]

    c) Informes de precampaña:

    I. Deberán presentarse por los partidos políticos, por cada una de las precampañas en las elecciones respectivas, especificando los gastos que el partido político y el aspirante o candidato ganador hayan realizado en el ámbito territorial correspondiente por concepto de preparación, organización, desarrollo y conclusión de la precampaña;

    II. Serán presentados a más tardar dentro de los sesenta días siguientes contados a partir del día en que concluyan las precampañas;

    III. En cada informe será reportado el origen de los recursos que se hayan utilizado para financiar los gastos correspondientes a los rubros señalados en el artículo 182-A de este Código, así como el monto y destino de dichas erogaciones.

    IV. Para efectos de verificación del cumplimiento de los límites previstos en el artículo 49, párrafo 11, inciso b), fracciones I y III, del presente Código), la Comisión de Fiscalización registrará las aportaciones o donativos de simpati- zantes formuladas a precampañas electorales en el informe anual que el partido político presente por el año en que tuvo lugar la elección federal.

    ARTICULO 49-B.

    1 ...

    2 ...

    a) al g) ...

    h) En todo momento requerir a cualquier autoridad o particular la información y documentación que estime pertinente; así como realizar todas las actividades necesarias para el adecuado cumplimiento de sus atribuciones de control, vigilancia, fiscalización y aplicación de sanciones con relación al uso y manejo de los recursos que manejen los partidos políticos. Las solicitudes a que alude este inciso deberán hacerse por escrito y en ella se establecerán los plazos en las que deberá hacer entrega de la información y documentación requerida, que en ningún caso será mayor de 20 días hábiles;

    i) Solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o a cualquiera de sus órganos adscritos o desconcentrados, la información o documentación que considere necesaria para el cumplimiento de las tareas de fiscalización de los ingresos y gastos de cualquier partido o agrupación política nacional;

    j) Requerir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la práctica de auditorías a cualquier persona física o moral, en relación con sus actividades con los partidos y agrupaciones políticas nacionales. La solicitud deberá hacerse por escrito y en ella se establecerán los plazos en los que se deberán remitir los resultados de las auditorías realizadas, que en ningún caso será mayor de 45 días hábiles;

    k) Solicitar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores información referente a las operaciones bancarias y financieras de los partidos, las agrupaciones políticas nacionales y personas relacionadas con su financiamiento. La solicitud deberá hacerse por escrito y en ella se establecerán los plazos en los que se deberá hacer entrega de la información y documentación requerida, que en ningún caso será mayor de 45 días hábiles;

    l) Solicitar a los órganos auditores de los congresos de la Federación o de las Entidades Federativas, así como a las contralorías adscritas al Poder Ejecutivo tanto de la Federación como de las Entidades Federativas, la realización de auditorias a dependencias del Gobierno Federal, estatal o municipal, cuando lo estima pertinente para efectos de fiscalización de los recursos de los partidos políticos y agrupaciones políticas con registro nacional. La solicitud deberá hacerse por escrito y en ella se establecerán los plazos en los que se deberán remitir los resultados de las auditorías realizadas, que en ningún caso será mayor de 45 días hábiles.

    m) Requerir a las autoridades de procuración de justicia federal o locales copia de las averiguaciones previas, incluso de aquellas que aun no concluyan, que puedan coadyuvar a los procedimientos de fiscalización de los recursos de los partidos y agrupaciones políticas. En el caso de las averiguaciones no concluidas, el Instituto Federal Electoral deberá dar buen uso a la información contenida en la averiguación para no afectar el desarrollo normal de los procedimientos a cargo de dichas autoridades, la violación que haga un servidor público, a lo dispuesto por este artículo, lo hará acreedor a la destitución del cargo y a las sanciones penales en que incurra.

    n) Informar al Consejo General, de las irregularidades en que hubiesen incurrido los partidos políticos y las agrupaciones políticas derivadas del manejo de sus recursos; el incumplimiento a su obligación de informar sobre la aplicación de los mismos y, en su caso, de las sanciones que a su juicio procedan;

    o) Proporcionar a los partidos políticos y a las agrupaciones políticas la orientación y asesoría necesarias para el cumplimiento de las obligaciones consignadas en este artículo; y,

    p) Las demás que le confiera este Código.

    2 BIS. Las autoridades y particulares que están sujetos a los requerimientos de la Comisión de Fiscalización, deberán atender dichos requerimientos dentro de los plazos establecidos. Las autoridades nunca podrán invocar la confidencialidad o reserva de la documentación. Las autoridades y particulares que no atiendan los requerimientos estarán sujetos a los medios de apremio y correcciones disciplinarias que señala el presente Código, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas y penales que puedan generarse.

    Los expedientes que se integren con motivo de un procedimiento de fiscalización no podrán ser proporcionados a los ciudadanos que lo requieran en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en tanto las resoluciones correspondientes no hayan quedado firmes. Los funcionarios de la autoridad electoral estarán obligados a guardar las reservas sobre la información y contenido que le sea proporcionado en el ejercicio de la fiscalización, en tanto los dictámenes correspondientes no se sometan a la aprobación del Consejo General. La contravención de esta obligación será sancionada con la destitución del cargo del servidor público sin perjuicio de la sanción penal que se establezca. La autoridad electoral excluirá del expediente aquella información, proporcionada por autoridades, empresas o personas físicas, que no haya sido relevante para la determinación de la resolución emitida; tal información será devuelta por el Instituto Federal Electoral a quien la hubiese proporcionado.

    3. y 4. ...

    ARTICULO 58.

    1 ...

    Sin embargo, en ningún caso podrá formar coaliciones aquél partido político que participe por primera vez en una elección federal. Esta disposición es aplicable tanto para aquel partido político que haya obtenido por primera ocasión su registro, como para aquel que lo haya obtenido nuevamente después de haberlo perdido con anterioridad.

    2 a 10. ...

    ARTICULO 67.

    1. al 3. ...

    4. Los bienes a que se refiere el inciso t del artículo 38 de este Código, que sean adquiridos por los partidos políticos a través del financiamiento público, pasarán a ser parte del patrimonio público de la Federación cuando los mismos pierdan su registro. La declaratoria de la Junta General Ejecutiva y la resolución del Consejo General a las que hacen referencia los párrafos 1 y 2 del presente artículo, establecerán la obligación para los partidos políticos que hayan perdido su registro de presentar, en un plazo de 10 días hábiles, el inventario final de todos los bienes con que cuenten. El Instituto Federal Electoral, a través de su Secretario Ejecutivo, hará del conocimiento de la autoridad correspondiente el referido inventario, para los efectos a que haya lugar. En todo caso los partidos que hayan perdido su registro seguirán sujetos a la fiscalización que realice la autoridad electoral respecto de los recursos utilizados en el último proceso electoral en el que hayan participado. Asimismo, la pérdida del registro no exime a dichos partidos de las responsabilidades en que hayan incurrido con motivo del ejercicio de sus derechos y prerrogativas. La autoridad electoral en estos supuestos, realizará la fiscalización correspondiente dentro de los dos años siguientes en los que el partido político haya perdido su registro.

    ARTICULO 82.

    1. ...

    2. ...

    3. El Consejo General verificará que las autoridades federales, estatales y municipales suspendan la difusión de obras y programas públicos seis semanas antes del día de la elección.

    4. En caso de que así lo soliciten los partidos políticos, el Instituto Federal Electoral participará en la organización de las elecciones internas de los partidos para la elección de dirigentes y candidatos.

    5. El Consejo General convocará a debates públicos a los partidos y candidatos. Los tiempos de los debates no se deducirán de los topes del financiamiento de los partidos y candidatos.

    6. El Instituto Federal Electoral, a través el Consejo General, podrá convenir con las autoridades electorales estatales cualquier modalidad para participar en la organización, capacitación y registro de elecciones estatales y municipales.

    LIBRO QUINTO

    Del proceso electoral

    [...]

    TÍTULO SEGUNDO

    De los actos preparatorios de la elección

    CAPÍTULO PRIMERO

    De las precampañas y del procedimiento de registro de candidatos

    ARTICULO 175.

    1. Corresponde exclusivamente a los partidos políticos nacionales el derecho de solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular. Los ciudadanos que aspiren a ser registrados como candidatos de un partido político podrán realizar procesos de precampaña electoral, en los términos y bases siguientes:

    a) Se entenderá por precampaña electoral el conjunto de actividades que a partir de sesenta días naturales antes del inicio del proceso electoral federal ordinario y la fecha legal de inicio de las campañas electorales son llevadas a cabo por los aspirantes a candidaturas de los partidos políticos, así como por aquellas personas que, con base en los procedimientos determinados por los propios partidos, hayan obtenido dichas candidaturas. Entre otras, quedan comprendidas las siguientes actividades: reuniones públicas o privadas, asambleas, debates, entrevistas en medios de comunicación, visitas domiciliarias y demás que se realicen con la finalidad de obtener las candidaturas.

    La propaganda de precampaña estará integrada por los escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante el período de precampaña antes referido produzcan y difundan los aspirantes a candidatos y los candidatos designados, así como sus respectivos simpatizantes.

    b) Todo aquel que aspire a una candidatura deberá comunicarlo al correspondiente partido político, en los términos que decida el partido. En su caso, la emisión de la convocatoria para la realización de precampañas electorales deberá emitirse a más tardar en la segunda quincena del mes de julio del año previo a la elección, respetando los criterios para la postulación democrática de sus candidatos previstos en sus respectivos estatutos.

    c) A más tardar el último día de junio del año previo al de la elección, el Consejo General del Instituto Federal Electoral establecerá lineamientos específicos para la fiscalización de los recursos que se manejen en las precampañas electorales. EL Consejo General establecerá topes de gastos de precampaña por aspirante; el monto de esos topes no podrá ser superior al veinte por ciento del tope de gastos de campaña que haya aprobado dicho órgano en la última elección ordinaria para el tipo de elección de que se trate. Dicho monto será actualizable de acuerdo con el Indice Nacional de Precios al Consumidor.

    d) Los gastos que realicen en precampaña tanto los aspirantes a una candidatura como los ganadores de la misma, así como sus respectivos simpatizantes, deberán ser informados al partido político y registrados contablemente conforme a los lineamientos que al efecto haya aprobado el Instituto Federal Electoral. Dichos gastos no podrán rebasar los topes que para las correspondientes precampañas haya acordado el Consejo General. Para los efectos de este artículo quedarán comprendidos dentro de los topes de gasto los siguientes conceptos:

    I. Gastos operativos de precampaña: Comprenden los sueldos y salarios del personal eventual, arrendamiento eventual de bienes muebles e inmuebles, gastos de transporte de material y personal, viáticos y otros similares;

    II. Gastos de propaganda: Comprenden los gastos realizados en pinta de bardas, mantas, volantes, pancartas, equipos de sonido, eventos políticos realizados en lugares alquilados, propaganda utilitaria y otros similares;

    III. Gastos de propaganda en prensa, radio y televisión: Comprenden los realizados en cualquiera de estos medios tales como mensajes, notas informativas pagadas, anuncios publicitarios y sus similares, tendientes a la obtención de la candidatura.

    e) Los gastos de precampaña correrán a cargo del aspirante a la candidatura y/o del partido político, en los términos y proporciones que el propio partido defina. Los simpatizantes de quienes aspiren en precampaña a una candidatura, siempre que sean personas físicas o morales mexicanas con residencia en el país y que no estén comprendidas en el párrafo 2 del artículo 49 de la presente Ley, podrán realizar aportaciones o donativos, en dinero o en especie; esta situación deberá ser informada al partido político de que se trate.

    Las aportaciones en dinero realizadas por simpatizantes, personas físicas y morales, a las precampañas serán consideradas como parte de los límites que por aportaciones de simpatizantes puede recibir un partido político durante un año electoral en los términos del artículo 49, párrafo 11, inciso b), fracciones I y III, del presente Código. Tales aportaciones podrán realizarse en parcialidades y en cualquier tiempo, pero el monto total aportado durante la precampaña por una persona física o moral no podrá rebasar, según corresponda, los límites establecidos en la fracción III, del inciso b), párrafo 11 del artículo 49 ya mencionado.

    f) La presentación de los informes de precampaña ante el Instituto Federal Electoral se hará en los términos del artículo 49-A, párrafo 1, inciso c).

    g) Durante las precampañas queda prohibido a los aspirantes a candidato lo siguiente:

    I.- Utilizar los emblemas o lemas de algún partido político o coalición en su propaganda de precampaña, sin la autorización del partido político o coalición correspondiente;

    II.- Utilizar recursos públicos en beneficio de su imagen con fines proselitistas, independientemente de lo dispuesto por otras disposiciones legales.

    h) Cuando los aspirantes o ganadores de una candidatura rebasen los topes de gastos de precampaña serán sancionados por los partidos políticos en los términos de sus propios Estatutos. Dichas sanciones podrán ser recurridas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

    Además de lo anterior, cuando se rebasen topes de gastos de precampaña, o bien se incumpla alguna de las disposiciones previstas en el presente artículo, los partidos políticos también podrán hacerse acreedores de sanciones por parte del Instituto Federal Electoral, de conformidad con el artículo 269 de la presente Ley.

    i) Los informes de precampaña de los aspirantes a candidato que presenten los partidos al Instituto Federal Electoral se harán públicos, inclusive antes de que el Instituto Federal Electoral emita los dictámenes de fiscalización respectivos. Durante el desarrollo de las precampañas y del proceso electoral federal, los partidos estarán obligados a divulgar e informar periódicamente sobre el origen de los ingresos y el monto de los gastos que realicen sus precandidatos y candidatos, conforme a los lineamientos que al efecto apruebe el Consejo General. De igual forma, la Comisión de Radiodifusión realizará monitoreos muestrales de los tiempos de transmisión sobre las precampañas de los partidos políticos en los espacios noticiosos, para informar al Consejo General. Los resultados de estos monitoreos se harán públicos en el portal de Internet del Instituto.

    ARTICULO 177.

    1. ...

    a) Para diputados electos por el principio de mayoría relativa, del 1o. al 15 de mayo inclusive, por los Consejos Distritales;

    b) Para diputados electos por el principio de representación proporcional, del 1o. al 15 de mayo inclusive, por el Consejo General;

    c) Para senadores electos por el principio de mayoría relativa, del 1o. al 15 de mayo inclusive, por los Consejos Locales correspondientes;

    d) Para senadores electos por el principio de representación proporcional, del 1o. al 15 de mayo inclusive, por el Consejo General; y

    e) Para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, del 15 al 30 de marzo inclusive, por el Consejo General.

    2. ...

    ARTICULO 190

    1. ...

    2. Las campañas electorales para Presidente de la República durarán tres meses y las de Diputados y Senadores seis semanas.

    3. al 6. ...

    7. El Instituto organizará debates públicos y apoyará su difusión.

    ARTICULO 264

    [.........]

    4. El Instituto Federal Electoral también conocerá de las infracciones que cometa cualquier autoridad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o cualquiera de sus dependencias, por el incumplimiento de las obligaciones a que se encuentra sujeta en términos de los incisos l), m) y n), párrafo 2, artículo 49-B de este Código. En tales casos se seguirá el siguiente procedimiento:

    a) Conocida la infracción, se integrará un expediente que será remitido al superior jerárquico de la autoridad infractora, para que éste proceda en los términos de ley; y

    b) El superior jerárquico a que se refiere el párrafo anterior deberá comunicar al Instituto las medidas que haya adoptado en el caso.

    ARTICULO 269.

    1. ...

    a) al g) ...

    h) Con la suspensión temporal en actividades de precampaña y campaña;

    i) Con la pérdida del registro de candidaturas;

    2. al 4. ...

    ARTICULO 272

    1. ...

    2. Las multas que no hubiesen sido recurridas, o bien, que fuesen confirmadas por la autoridad competente, deberán ser pagadas en la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral y Administración del Instituto en un plazo improrrogable de quince días contados a partir de la notificación. Transcurrido el plazo sin que el pago se hubiere efectuado, el Instituto podrá deducir el monto de la multa de la siguiente ministración del financiamiento público que corresponda. De no resultar posible lo anterior, el Instituto Federal Electoral notificará a la Tesorería de la Federación para que se proceda a su cobro en términos de la normatividad aplicable.

    3. Las quejas relativas a materias distintas a las señaladas por el artículo 49-B, párrafo cuarto, serán dictaminadas y resueltas por los Consejos Locales del Instituto siempre y cuando estén en funciones. Aquellas quejas que no pudieron ser resueltas por los Consejos Locales serán remitidas al Consejo General para la elaboración del dictamen y resolución correspondiente.

    4. A quien incumpla las obligaciones establecidas en el 49-B, párrafo 2, inciso k), se le sancionará con multa que establecerá el Consejo General y que será enterada en las oficinas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo establecido por el Código Fiscal de la Federación. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público mantendrá informado al Instituto Federal Electoral sobre el estado que guarde el entero de la multa impuesta por la autoridad electoral hasta que se haga efectivo su pago. Cuando lo estime pertinente, el Instituto Federal Electoral también podrá imponer amonestación haciendo público el incumplimiento cometido.

    ARTICULO 273

    1. El Instituto conocerá de las infracciones y violaciones que a las disposiciones de este Código cometan las particulares, procediendo a su sanción, la que podrá ser de apercibimiento público, amonestación o multa hasta de veinte mil días de salario mínimo, en los términos que señale el reglamento respectivo. Tratándose de infracciones relativas al régimen de financiamiento de los partidos políticos se les podrá sancionar con multa de hasta el doble del monto aportado indebidamente. Si se reincide en la falta, el monto de la multa podrá ser aumentado hasta en dos tantos más.

    ARTICULO 274

    1. El Instituto conocerá de las infracciones y violaciones que a las disposiciones de este Código cometan los candidatos, procediendo a su sanción, la que podrá ser de apercibimiento, amonestación, suspensión temporal en actividades de campaña o pérdida del registro, en los términos que señale el reglamento respectivo.

    ARTICULO SEGUNDO. SE REFORMAN LOS INCISOS i) y j), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 75; Y EL INCISO c), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 76, Y ADICIONAN LOS INCISOS d) y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 76; LOS INCISOS d) y e), DEL NUMERAL 1, DEL ARTÍCULO 77 DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL, PARA QUEDAR COMO SIGUE:

    ARTICULO 75

    1. ...

    a) al h) ...

    i) Ejercer violencia física, coacción o presión sobre los miembros de la mesa directiva de casilla o sobre los electores y siempre que esos hechos sean determinantes para el resultado de la votación;

    j) Impedir, sin causa justificada, el ejercicio libre del derecho de voto a los ciudadanos y esto sea determinante para el resultado de la votación, y

    k) ...

    CAPITULO III

    De la Nulidad de la Elección de Diputados o de Senadores

    ARTICULO 76.

    1. ...

    a) y b)

    c) Cuando los dos integrantes de la fórmula de candidatos que hubieren obtenido constancia de mayoría sean inelegibles;

    d) Cuando se hubiesen recibido aportaciones o donativos prohibidos por la ley por la fórmula de candidatos que hubieren obtenido constancia de mayoría, y siempre que esos hechos sean determinantes para el resultado de la votación; o

    e) Cuando se hubiesen cometido en forma generalizada actos para la obtención de votos mediante pago, presión o coacción del voto durante el proceso electoral en el distrito de que se trate, y siempre que esos hechos sean determinantes para el resultado de la votación.

    La procedencia de la nulidad a que se refiere este artículo será sin perjuicio de las demás responsabilidades en que incurran los candidatos y el partido político correspondiente.

    ARTICULO 77.

    1. ...

    a) a c) ...

    d) Cuando se hubiesen recibido aportaciones o donativos prohibidos por la ley por la fórmula de candidatos que hubieren obtenido constancia de mayoría, y siempre que esos hechos sean determinantes para el resultado de la votación, o

    e) Cuando se hubiesen cometido en forma generalizada actos para la obtención de votos mediante pago, presión o coacción del voto durante el proceso electoral en la entidad de que se trate, y siempre que esos hechos sean determinantes para el resultado de la votación.

    La procedencia de la nulidad a que se refiere este artículo será sin perjuicio de las demás responsabilidades en que incurran los candidatos y el partido político correspondiente.

    ARTICULO TERCERO. SE ADICIONA EL QUINTO PARRAFO, DEL ARTICULO 69, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, PARA QUEDAR COMO SIGUE:

    ARTICULO 69 ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    La reserva de información a que se refiere este artículo, no resulta aplicable para los casos en que la información sea solicitada por el Instituto Federal Electoral en el ejercicio de sus atribuciones legales en materia de fiscalización de los recursos de los partidos y agrupaciones políticas.

    ARTICULO CUARTO. SE REFORMA EL ARTÍCULO 117, DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO, PARA QUEDAR COMO SIGUE:

    ARTICULO 117. Las instituciones de crédito en ningún caso podrán dar noticias o información de los depósitos, servicios o cualquier tipo de operaciones, sino al depositante, deudor, titular o beneficiario que corresponda, a sus representantes legales o a quienes tenga otorgado poder para disponer de la cuenta o para intervenir en la operación o servicio, salvo cuando las pidieren, la autoridad judicial en virtud de providencia dictada en juicio en el que el titular sea parte o acusado y las autoridades hacendarias federales y el Instituto Federal Electoral, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria, para fines fiscales y de fiscalización de los recursos de los partidos y agrupaciones políticas nacionales, respectivamente. Los empleados y funcionarios de las instituciones de crédito serán responsables, en los términos de las disposiciones aplicables, por violación del secreto que se establece y las instituciones estarán obligadas en caso de revelación del secreto, a reparar los daños y perjuicios que se causen.

    ARTICULO QUINTO. SE REFORMA EL ARTICULO 14, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL, PARA QUEDAR COMO SIGUE:

    ARTICULO 14

    También se considerará como información reservada:

    [.........]

    IV. Los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio que no hayan causado estado, con excepción de lo previsto en el artículo 49-B, párrafo 2, inciso p) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

    ARTICULO SEXTO. SE ADICIONAN LA FRACCIÓN XII, DEL ARTÍCULO 29, Y LA FRACCIÓN XXII, DEL ARTÍCULO 31, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PARA QUEDAR COMO SIGUE:

    ARTICULO 29

    Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:

    [........]

    XII. Las aportaciones en dinero que, según lo establecido en el artículo 49, numeral 4, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, realicen simpatizantes a los partidos políticos, siempre que se cumplan los requisitos previstos en el fracción XXII del artículo 31 de la presente Ley.

    ARTICULO 31

    Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

    [.........]

    XXII. Tratándose de aportaciones en dinero que realicen simpatizantes a los partidos políticos, en los términos del artículo 49 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el contribuyente deberá:

    a) Acreditar, bajo protesta de decir verdad, que es simpatizante (no militante) del partido político o del candidato;

    b) Precisar el monto y fecha de las aportaciones efectuadas;

    c) Indicar el nombre del partido político al que hizo la aportación en dinero; y,

    d) En su caso, presentar recibo o comprobante del partido por la aportación efectuada, donde se corroboren los datos e identificación del aportante.

    ARTICULOS TRANSITORIOS

    PRIMERO.- Las reformas del presente decreto entrarán en vigor a los noventa días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Las reformas relativas al financiamiento público entran en vigor el primero de enero del año 2006.

    TERCERO.- Con objeto de reducir el costo fiscal, sin afectar los derechos laborares adquiridos por los trabajadores, el Instituto Federal Electoral deberá presentar ante el Congreso de la Unión, dentro del término de seis meses contados a partir de que estas reformas y adiciones entren en vigor, una nueva estructura orgánica, con la finalidad de adecuar las normas relativas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

    Asimismo, el Instituto Federal Electoral deberá considerar su nueva estructura orgánica al formular su propuesta de egresos para el Presupuesto de Egresos de la Federación del año 2005.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2004.--- Diputados: Alberto Aguilar Iñárritu, Manuel Camacho Solís, Jesús Martínez Alvarez, Emilio Zebadúa González (rúbricas).»

    Presidencia del diputado Juan de Dios Castro LozanoEl Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Gracias, señor diputado.

    Túrnese a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación y de Participación Ciudadana, con opinión de la Comisión Especial para la Reforma del Estado.
    DELITOS EN MATERIA DE DERECHO DE AUTOR
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Tiene el uso de la palabra el diputado Javier Orozco Gómez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

    El diputado Javier Orozco Gómez:

    Con su permiso, señor Presidente; compañeras diputadas y diputados:

    Para nadie resulta desconocido que la piratería es un fenómeno cada vez más frecuente y que paulatinamente adquiere mayores dimensiones, ya que se extiende a una gran variedad de productos que se comercializan de manera ilegal en el mercado, lesionando los derechos de autor y de propiedad industrial. Sin embargo, la piratería en la industria de las películas referida al caso de la comercialización ilegal de los formatos conocidos como videogramas o DVD, adquiere particular importancia sobre todo por la facilidad con la que se está llevando a cabo y por las repercusiones negativas que genera en la industria cinematográfica nacional.

    Esos productos que se comercializan en el mercado negro amenazan seriamente a la industria cinematográfica, ya que por su calidad en imagen y audio, sobre todo en el formato DVD, es prácticamente idéntico al producto original y sus costos de producción son considerablemente inferiores.

    La piratería es un problema que repercute en todas y cada una de las etapas de la industria cinematográfica, que tradicionalmente se entiende conformada por las actividades de producción, distribución y exhibición; sin embargo a éstas deben agregarse otras fases, tales como: la renta o venta a través de soportes de VHS o DVD, transmisión por televisión en pago por evento que se lleva a cabo mediante master digital difundido por ondas hertzianas codificadas; difusión en televisión restringida a través de master digital difundido por ondas hertzianas codificadas y la transmisión en televisión abierta mediante master digital difundido por ondas hertzianas no codificadas.

    La problemática esencial se centra, de acuerdo a los especialistas, en la existencia de los centros de mercado negro y las redes de distribución para videoclubs, que comercializan productos piratas incluso antes del día de estreno de las obras cinematográficas, desalentando desde luego la adquisición de las copias legalmente reproducidas, que no pueden competir en los costos que son inferiores a las que legalmente son vendidas.

    Baste señalar que entre 1997 y 2003 esta actividad ilícita generó pérdidas en nuestro país por la cantidad de 388 mil millones de dólares, de acuerdo a las empresas distribuidoras nacionales y de acuerdo con datos de la unidad especializada contra los delitos de derechos de autor y propiedad industrial, de la Procuraduría General de la República, el 46% de la industria del videograma se encuentra en manos de las bandas de piratería y contrabando.

    Considerando esta problemática, en la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional presentó en la Cámara de Senadores una iniciativa de reformas al Código Penal Federal, para que al efecto se estableciera la persecución oficiosa de los delitos en materia de derechos de autor. Los argumentos de dicha iniciativa tienen qué ver con la protección a la libertad de trabajo consagrada en el artículo 5º constitucional, el respeto irrestricto al Estado de Derecho; las complicaciones que entraña la persecución por querella de los delitos en materia de derechos de autor y las ventajas de sus repercusiones económicas, y por último la obligación de México de cumplir con sus compromisos internacionales en materia de propiedad intelectual, entre ellos el combate adecuado al fenómeno de la piratería.

    Se comparte plenamente en la presente iniciativa, la necesidad de que la legislación vigente disponga que los delitos en materia de derechos de autor deben perseguirse de oficio; no obstante, debe también preservarse que sus autores sean considerados como miembros de la delincuencia organizada y sancionados en los términos de la normatividad aplicable.

    En efecto, la piratería involucra en su ejecución, a un considerable número de individuos que realizan sus actividades ilícitas en verdaderos laboratorios, que no son otra cosa que espacios habilitados para reproducir hasta 100 mil copias ilegales al mes, proveyendo a los comerciantes mayoristas, quienes a su vez distribuyen los productos a los vendedores ambulantes.

    Es evidente que la piratería no puede concebirse como una actividad que realizan individuos en lo particular, sino que conlleva necesariamente la participación de diversos sujetos organizados en forma permanente, cuyas conductas específicas tienen por objeto la comisión de dicho ilícito; desde la obtención del equipo técnico necesario para reproducir ilegalmente los materiales cinematográficos, hasta la distribución a los vendedores al menudeo.

    La estructura funcional de estas organizaciones delictivas asume, por así decirlo, la forma de una pirámide, en cuya cúspide aparece situada, la jefatura, desde la que se pasa a las personas con funciones sectoriales de decisión y se distiende luego a quienes se pueden denominar mandos medios bajo los cuales se encuentran los ejecutores.

    La delincuencia organizada es uno de los problemas más grandes que atraviesa la comunidad mundial por las grandes ganancias generadas por estas actividades.

    En México, el delito de delincuencia organizada es un tipo penal básico y autónomo previsto en el artículo 2º de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, cuyas características consisten en el acuerdo de organización, con la finalidad de cometer los delitos que se consideran como de delincuencia organizada y la formación de un grupo organizado para cometer en forma permanente o reiterada, conductas que unidas o separadas, tengan como finalidad o resultado, cometer alguno de los delitos que se consideran de tal especie.

    Otra de sus características esenciales, es la explotación simultánea de los mercados ilícitamente abiertos y mantenidos por ella y de giros ilícitos de actividad en la industria, la prestación de servicios, el comercio y las finanzas.

    De este modo observamos que en el caso de los delitos en materia de derechos de autor, referidos a la comercialización ilegal de videogramas y DVD, se actualizan los supuestos del tipo penal de delincuencia organizada en virtud de que, además de los centros de reproducción ilegal de productos cinematográficos, existen organizaciones comerciales y vendedores que en conjunto, integran a redes de delincuencia organizada y que son capaces de distribuir productos piratas en grandes cantidades y llevarlos a cualquier rincón del país.

    Atendiendo a lo anterior, resulta indispensable realizar las reformas legales que permitan combatir eficazmente un problema que cada vez reviste mayores dimensiones. Es por ello que la presente iniciativa que presenta el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista, tiene por objeto que la comúnmente llamada piratería, en este caso en materia de comercialización de películas, se tipifique como un delito que debe ser perseguido de oficio por la representación social y cuyos autores deben ser considerados y sancionados como miembros de la delincuencia organizada.

    Finalmente, la presente iniciativa propone ampliar los tipos penales a que se refieren los artículos 424 Bis, fracción I y 424 Ter del Código Penal Federal, para el efecto de que no sólo se contemple el formato de videograma como posible medio para la comisión de los delitos en materia de derechos de autor, sino que se extienda a cualquier otro soporte o formato conocido o por conocer, que se emplee para la comercialización de películas, con el propósito de evitar que determinadas conductas no pudieran ser calificadas como delitos, al no cumplirse todos y cada uno de los extremos previstos por la norma.

    Por las consideraciones mencionadas, sometemos a esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 424 Bbis fracción I, 424 Ter y se adiciona un segundo párrafo al artículo 429, todos del Código Penal Federal, asimismo, por el que se reforman las fracciones IV y V y se adiciona la fracción VI del artículo 2° de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

    Finalmente solicito a esta mesa, se publique la presente iniciativa en el Diario de los Debates y también en la Gaceta Parlamentaria.

    Es cuanto, señor Presidente.

    «Escudo.--- LIX Legislatura.--- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

    Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la delincuencia organizada, en materia de piratería, presentada por el diputado Javier Orozco Gómez, del grupo parlamentario del PVEM.

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, Manuel Velasco Coello, Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Alvarez Romo, Jacqueline G. Argüelles Guzmán, María Avila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Alejandro Fernández Avila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Antonio González Roldán, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez y Raúl Piña Horta, diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en ejercicio de la atribución que nos confieren la fracción II del artículo 71 y las fracciones X y XXX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos a la consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    En sesión celebrada en la Cámara de Senadores el 16 de octubre de 2003 fue presentada la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 429 del Código Penal Federal, para que se establezcan como persecución de oficio los delitos estipulados en los artículos 424 Bis y 424 Ter del mismo Código, relacionados con la violación en materia de derechos de autor, a cargo del senador Jorge Lozano Armengol y en nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión.

    En dicha iniciativa se precisa que durante la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión se llevaron a cabo diversos trabajos parlamentarios tendentes a combatir con eficiencia y eficacia la violación de los derechos de propiedad intelectual en el comercio (marcas y derechos de autor).

    Entre ellos destacan el dictamen favorable a la iniciativa que incluye como delincuencia organizada el delito previsto en el artículo 424 Bis del Código Penal Federal, referido a materia de derechos de autor; el dictamen en favor de la iniciativa que incluye como conductas que implican delincuencia organizada el delito de contrabando y sus equiparables; y la iniciativa que tiene por objeto considerar delincuencia organizada las conductas previstas en la fracción III del artículo 223 de la Ley de la Propiedad Industrial, referente a delitos en materia de marcas.

    Aunque tales iniciativas son un logro del Poder Legislativo en el intento de prevenir y sancionar las conductas que violan los derechos de propiedad intelectual, el objeto primordial debe ser la persecución de oficio por parte del Estado en las conductas especificadas en los artículos 424 Bis y 424 Ter del Código Penal Federal, que tipifican los delitos en materia de derechos de autor por cuanto hace a la protección de obras, fonogramas, videogramas o libros.

    Al efecto, se señala que las razones primordiales para perseguir de oficio tales conductas ilícitas son las siguientes:

    1º. Se viola el artículo 5° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que la venta indiscriminada, en plena vía pública, de obras, fonogramas, video-gramas o libros se sitúa en los supuestos de excepción de la libertad de trabajo, ya que es una conducta ilícita y ataca los derechos de tercero.

    2º. Se fomenta el quebrantamiento del Estado de derecho, sobre todo porque la sociedad no sólo se abstiene de denunciar las infracciones de la ley sino que, además, sin ninguna inhibición adquiere mercancías a sabiendas de que su venta puede ser ilícita.

    Lo anterior representa también un gran costo para el país, pues la inversión se desalienta, al considerar que el marco jurídico vigente y la aplicación de la ley carecen de elementos eficientes, lo que resta viabilidad a tales actividades.

    3º. La persecución por querella de los delitos en materia de derechos de autor es compleja e -incluso- imposible, considerando el elevado número de vendedores en la vía pública de obras, fonogramas y videogramas apócrifos, que constantemente cambian de ubicación, lo que complica la actuación de las autoridades. La eliminación de la querella como requisito de procedibilidad permitirá al Ministerio Publico iniciar de oficio las averiguaciones previas, facilitando su oportuna intervención en los casos de flagrancia.

    También debe considerarse que la denominada ``piratería'' es un delito que, además de afectar los intereses de particulares, vulnera los derechos de diversos sectores de la sociedad (creadores de obras intelectuales, artistas, distribuidores, vendedores, productores de fonogramas y videogramas), así como los del Estado, debido a que éste deja de recibir importantes ingresos por concepto de impuestos.

    4º. México debe cumplir los compromisos internacionales en materia de propiedad intelectual; entre ellos, el combate adecuado del fenómeno de la piratería.

    Además de las consideraciones vertidas en la exposición de motivos de la iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por cuanto hace a la necesidad de establecer la persecución oficiosa de los delitos en materia de derechos de autor -que se comparte plenamente en la presente iniciativa-, es menester destacar que tales delitos -referidos al caso concreto de los previstos en los artículos 424 Bis, fracción I, y 424 Ter del Código Penal Federal- son conductas que no sólo deben ser perseguidas de oficio sino que, además, sus autores deben ser sancionados como miembros de la delincuencia organizada, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

    Los delitos que nos ocupan -coloquialmente conocidos como ``piratería''- se ejecutan de manera tal, que involucran a un considerable número de individuos, quienes realizan actividades ilícitas en verdaderos ``laboratorios'', que no son otra cosa que espacios acondicionados para reproducir hasta 100 mil copias ilegales al mes. La inversión que se requiere para esos fines oscila entre 1 y 2 millones de pesos; el equipo lo forman máquinas de alta velocidad, que reproducen hasta 50 discos compactos al mismo tiempo, en cuestión de minutos.

    Esos ``laboratorios'' surten a las cadenas o circuitos comerciales establecidos; es decir, proveen a sus mayoristas y, a su vez, a los vendedores o ``tiangueros''.

    De ese modo, se hace evidente que la ``piratería'' no puede concebirse como una actividad que realicen individuos en lo particular, sino que conlleva necesariamente la participación de diversos sujetos organizados en forma permanente, cuyas conductas específicas tienen por objeto la comisión de dicho ilícito, desde la obtención del equipo técnico necesario para reproducir ilegalmente los materiales cinematográficos hasta la distribución a los vendedores al menudeo.

    No cabe duda de que la criminalidad evoluciona con celeridad: cada vez es más organizada y suele trascender, también cada vez más, las fronteras de una ciudad, una región, un país o un continente. La delincuencia organizada se vale de todos los medios que ponen a su alcance el desarrollo social entre ellos, las formas de trabajo colectivo y el desa-rrollo tecnológico (caracterizado por los instrumentos de comunicación o traslado de ideas, personas, valores o cosas).

    En esas condiciones, se vuelve imprescindible contar con un marco jurídico adecuado que permita facilitar la persecución y agravar la sanción de ciertos delitos -como el de la ``piratería''-, que tiene como rasgos definitorios, entre otros, los elementos de organización y permanencia, toda vez que se lleva a cabo a través de una estructuración de actividades entre quienes participan en la comisión del fenómeno delictivo, dividiéndose el trabajo, asignándose tareas y, muchas veces, instaurando una jerarquía en que existen un jefe, mandos medios y operadores de base.

    En efecto, la estructura empresarial de esas organizaciones delictivas asume, por así decirlo, la forma de una pirámide, en cuya cúspide aparece la jefatura, desde la que, jerarquizadamente, se pasa a personas con funciones sectoriales de decisión, y se desciende luego hacia quienes se puede denominar ``mandos medios'', bajo los que se encuentran los ejecutores.

    Recordemos que la delincuencia organizada es uno de los problemas más grandes que atraviesa la comunidad mundial, al grado de que en muchos países las ganancias generadas por esas actividades sobrepasan el Producto Interno Bruto.

    En México, el delito de delincuencia organizada es un tipo penal básico y autónomo, previsto en el artículo 2° de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, en el que se prevén como comportamientos penalmente relevantes:

    a) Acordar organizarse con la finalidad de cometer los delitos que se consideran de delincuencia organizada; y

    b) Formar un grupo organizado para cometer en forma permanente o reiterada conductas que, unidas o separadas, tengan como finalidad o resultado cometer alguno de los delitos que se consideran de delincuencia organizada.

    La delincuencia organizada aparece como un modo estable y permanente de obrar contra la ley, en un campo de transacciones vinculado materialmente a mercados de bienes y servicios. La actual variedad de rubros adoptados como suyos por la delincuencia organizada es creciente.

    Una de sus características esenciales es la explotación simultánea de los mercados ilícitamente abiertos y mantenidos por ella y de giros ilícitos de actividad en la industria, la prestación de servicios, el comercio y las finanzas.

    La interdependencia de la economía mundial y la disminución de la distancia física entre las naciones han hecho posible a la delincuencia organizada actuar transnacionalmente y extender sus redes, por imperativos de la propia dinámica delictiva. Actúa en general un número considerable de personas de las más diversas condiciones sociales, culturales y económicas, que se desempeñan en muy variados menesteres y con diferentes grados de responsabilidad.

    Atendiendo a lo anterior, resulta imprescindible realizar las reformas legales que permitan combatir eficazmente un problema que reviste dimensiones cada vez mayores.

    Por ello, la presente iniciativa tiene por objeto que la piratería se tipifique como un delito que debe ser perseguido de oficio por la representación social, y cuyos autores deben ser considerados y sancionados como miembros de la delincuencia organizada, atendiendo a los argumentos antes expuestos.

    Para destacar las implicaciones de este fenómeno, considérese que entre 1997 y 2003 la ``piratería'' en la industria de películas generó pérdidas en nuestro país por la cantidad de 388 millones de dólares y, de acuerdo con datos de la Unidad Especializada contra Delitos de Derechos de Autor y Propiedad Industrial de la Procuraduría General de la República, 46 por ciento de la industria del videograma se encuentra en manos de las bandas de ``piratería'' y contrabando (entre 9 y 11 millones de películas aproximadamente).

    En 2003, la Procuraduría General de la República llevó a cabo el aseguramiento de 774 mil 996 películas, con motivo de las querellas presentadas por el sector cinematográfico ante la Unidad Especializada descrita y las delegaciones de dicha dependencia.

    La tarea es enorme, ya que las redes organizadas dan salida a su producto en las 35 principales concentraciones del mercado negro, que a su vez redistribuyen su producto en infinidad de puestos aislados en todo el país. Estas redes son capaces de producir y distribuir producto en amplias zonas y se encuentran ubicadas de la siguiente manera: ocho en el área metropolitana de la Ciudad de México, seis en Guadalajara, tres en Tijuana, dos en la región de La Laguna, dos en Monterrey, dos en Nuevo Laredo, dos en Ciudad Juárez, dos en Chihuahua, dos en San Luis Potosí, dos en Veracruz, una en Tepic, una en Tuxtla Gutiérrez, una en Villahermosa, una en Puebla, tres en Mérida y una en Ciudad del Carmen.

    Las organizaciones de comerciantes y vendedores ambulantes forman la otra mitad de las redes de crimen organizado. Son capaces de distribuir producto pirata en grandes cantidades y llevarlo a cualquier rincón.

    Esos grupos organizados se ubican en concentraciones de ambulante; los ejemplos más importantes son Tepito y Plaza Meave, en el Distrito Federal; mercado José Murat y tianguis de La Cuchilla, en Puebla; San Juan de Dios, en Guadalajara, Jalisco; y mercado Hidalgo, de Toluca, México.

    Esas redes redujeron drásticamente la oferta del VHS (6%) y mantienen estable la de CD-R (56%), en tanto que incrementan significativamente la oferta del DVD-R (38%). La continua reducción de costos en la producción del DVD-R complica la situación.

    Este mercado negro es la fachada visible de organizaciones con poder económico y político, capaces de vender y distribuir en gran escala y de llevar sus productos a cualquier rincón del país. Siempre buscan engañar al consumidor final y no dudan en recurrir a la violencia o emplear cualquier recurso fuera de la ley para defender sus intereses. Se puede definir como la forma de delincuencia organizada que se dedica a la venta, almacenamiento, transportación, reproducción y comercialización de las obras cinematográficas y audiovisuales protegidas por la ley, sin el consentimiento del titular, con fines de lucro, en forma dolosa y de especulación comercial.

    El mercado negro de productos fílmicos se manifiesta mediante concentraciones o reuniones de varios locales o puestos ambulantes en un solo barrio, área de la ciudad, tianguis, bazar o plaza comercial; por su volumen de venta, se constituyen como centros de distribución y casi siempre cuentan con laboratorios, almacenes y hasta redes de vendedores. Además de la venta minorista, utilizan sus locales como punto de contratación para operaciones mayoristas en cualquier parte del país.

    En estas condiciones, el DVD-R que se comercializa en el mercado negro representa una seria amenaza para la industria cinematográfica, toda vez que por su capacidad de calidad en imagen y audio es prácticamente un clon del producto legal.

    Asimismo, los costos de producción de ese formato son considerablemente inferiores y seguirán bajando. Por tal motivo, gran parte de los 50 mil puestos que actualmente venden ``piratería'' de música podrían modificar su giro, dirigiéndolo a la venta de películas ``pirata'' en poco tiempo.

    Cabe destacar que en 2003 se puso en marcha el Programa Antipiratería para Obras Cinematográficas y demás Obras Audiovisuales, en el que participan la Procuraduría General de la República -a través de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales (dentro de cuya estructura se encuentra la Unidad Especializada contra Delitos de Derechos de Autor y Propiedad Industrial), y de la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo; el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; el Instituto Nacional del Derecho de Autor; y la Policía Federal Preventiva, a través de la división conocida como DC México, así como los representantes de la industria cinematográfica.

    Ante un mercado de videoclubes en el que es difícil penetrar y con márgenes de ganancia tentadores, los ``piratas'' se desplazan rápidamente hacia el DVD-R que venden desde el mercado negro. Para ello, aprovechan una red de venta de la que ya disponían para la comercialización de música, juegos, programas, CD-R con películas y que ahora se dirige hacia el DVD-R. Ante este panorama, las prioridades del programa son el DVD-R y el mercado negro.

    La ``piratería'' es un proceso complejo, en cuya persecución e investigación deben intervenir funcionarios especializados, que conozcan el fenómeno a fondo, tomando en cuenta cómo y dónde opera, las rutas que eligen los grupos que la cometen y la dinámica que siguen para esos fines. Lo anterior es así en virtud de que la ``piratería'' funciona entre países, mediante importaciones o exportaciones.

    No debe pasar inadvertido que la ``piratería'' es un problema que repercute en todas y cada una de las etapas de la cadena cinematográfica, que tradicionalmente se entiende formada por las actividades de producción, distribución y exhibición. Sin embargo, a éstas deben agregarse las fases de Renta, a través de los soportes VHS, DVD o ambos;

    Transmisión por televisión en pago por evento, que se lleva a cabo mediante master digital, difundido por ondas hertzianas codificadas;

    Difusión en televisión restringida, a través de master digital, transmitido por ondas hertzianas codificadas;

    Venta directa en los formatos VHS, DVD o ambos; y

    Transmisión en televisión abierta, mediante master digital difundido por ondas hertzianas no codificadas.

    La ``piratería'' afecta negativamente la realización de las actividades inherentes a cada una de las etapas descritas, destacando por su importancia en el tema que nos ocupa la que se refiere a la exhibición privada a través de la renta, venta directa o ambas mediante los soportes VHS, DVD o ambos.

    En este sentido, la problemática esencial se centra en la existencia de los centros del mercado negro y las redes de distribución para videoclubes, que comercializan productos ``pirata'' incluso antes del día de estreno de las obras cinematográficas, desalentando desde luego la adquisición de las copias reproducidas legalmente, que no pueden competir en costos con las copias ilegales.

    Es cierto que la ``piratería'' ha encontrado en nuestro país un terreno fértil, caracterizado por una economía en que los bienes culturales como los discos y los DVD se comercializan a precios prohibitivos para la mayor parte de los mexicanos. A ello debemos agregar la existencia de una débil red de distribución de artículos legales, de una infraestructura de negocio de la ``piratería'' bien establecida y perfeccionada a lo largo no sólo de décadas sino de siglos de labor clandestina, así como de una población que no siente conflicto alguno al adquirir artículos ``pirata'', pues los considera la única posibilidad para satisfacer esa necesidad.

    Por ello es de suma importancia destacar que, con el propósito de combatir la comisión de los ilícitos que nos ocupan, recientemente las grandes compañías de la industria cinematográfica -agrupadas en la Motion Picture Associations- pusieron en marcha una ambiciosa estrategia, consistente en ofrecer a precios muy bajos películas originales en DVD a los comerciantes ambulantes, a efecto de que esos productos puedan competir contra los ``pirata''.

    Finalmente, la presente iniciativa propone que los tipos penales a que se refieren los artículos 424 Bis, fracción I, y 424 Ter del Código Penal Federal permitan actualizar la comisión de delitos en materia de derechos de autor, no sólo con motivo de la reproducción, introducción en el país, transportación, distribución, venta o arrendamiento de videogramas protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos, sino también de cualquier otro soporte o formato, conocido o por conocer, que se emplee para la comercialización de películas, toda vez que, en términos de la normatividad vigente y para el caso de las obras cinematográficas, el videograma es el único formato contemplado.

    Sin embargo, tomando en consideración que los adelantos tecnológicos permiten la invención acelerada de nuevos formatos o soportes para el almacenamiento de películas cinematográficas, los tipos penales respectivos deben contemplar tal posibilidad pues, de lo contrario, se corre el riesgo de que determinadas conductas no puedan ser calificadas como delitos, al no cumplirse todos y cada uno de los extremos previstos en la norma, como el relativo al formato en que se comercialicen ilegalmente las obras cinematográficas.

    Por ello se adiciona a los artículos en comento la especificación relativa a cualquier formato o soporte, conocido o por conocer, tal y como actualmente se encuentra previsto en el artículo 16 de la Ley Federal de Cinematografía.

    Por las consideraciones mencionadas y con fundamento en lo que disponen los artículos 71, fracción II, y 73, fracciones X y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos al pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

    Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada

    ARTICULO PRIMERO. Se reforman los artículos 424 Bis, fracción I, y 424 Ter, y se adiciona un segundo párrafo al artículo 429, todos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 424 Bis. ...

    ``I. A quien produzca, reproduzca, introduzca en el país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, libros, fonogramas, videogramas o cualquier otro soporte o formato, conocido o por conocer, que se emplee para la comercialización de películas, protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos.

    Igual pena se impondrá a quienes, a sabiendas, aporten o provean de cualquier forma, materias primas o insumos destinados a la producción o reproducción de obras, libros, fonogramas, videogramas o cualquier otro soporte o formato, conocido o por conocer, que se emplee para la comercialización de películas a que se refiere el párrafo anterior; o

    ``II. ...

    Artículo 424 Ter. Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de cinco mil a treinta mil días de multa a quien venda a cualquier consumidor final en vías o lugares públicos, en forma dolosa, con fines de especulación comercial, copias de obras, libros, fonogramas, videogramas o cualquier otro soporte o formato, conocido o por conocer, que se emplee para la comercialización de películas a que se refiere la fracción I del artículo anterior.

    ...''

    Artículo 429. Los delitos previstos en este título se perseguirán por querella de parte ofendida, salvo los casos previstos en los artículos 424, fracción I, 424 Bis, fracción I, y 424 Ter, que serán perseguidos de oficio. En el caso de que los derechos de autor hayan entrado en el dominio público, la querella la formulará la Secretaría de Educación Pública, considerándose como parte ofendida.

    Cuando tres o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras tienen como fin o resultado cometer alguno de los delitos previstos en los artículos 424 Bis, fracción I, y 424 Ter de este código, serán sancionados como miembros de la delincuencia organizada, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

    ARTICULO SEGUNDO. Se reforman las fracciones IV y V, y se adiciona la fracción VI al artículo 2 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

    Artículo 2. Cuando tres o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho como miembros de la delincuencia organizada:

    I. a III. ...

    IV. ... de Salud;

    V. ... penales estatales; y

    VI. Delitos en materia de derechos de autor, previstos en los artículos 424 Bis, fracción I, y 424 Ter del Código Penal Federal.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2004.--- Diputados: Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica), coordinador; Manuel Velasco Coello (rúbrica), vicecoordinador; Alejandro Agundis Arias (rúbrica), Francisco Xavier Alvarado Villazón (rúbrica), Leonardo Alvarez Romo, Jacqueline G. Argüelles Guzmán (rúbrica), María Avila Serna, Fernando Espino Arévalo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Avila, Félix Adrián Fuentes Villalobos (rúbrica), Luis Antonio González Roldán (rúbrica), Jorge Legorreta Ordorica (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio (rúbrica), Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica), Javier Orozco Gómez (rúbrica), Raúl Piña Horta (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

    Gracias, diputado Orozco.

    Como lo solicita el diputado, insértese el texto íntegro del documento en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria en caso de que no se haya publicado y túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.