Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LIX Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio
DIRECTOR GENERAL DE CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares
PRESIDENTE
Diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Norberto Reyes Ayala
AÑO IIIMéxico, DF, 3 de noviembre 2005 Sesión No. 20
ESTADO DE GUERRERO

Comunicación del Congreso del estado de Guerrero, con la que remite acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados, por conducto de su Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que interceda ante las autoridades federales correspondientes, para que inicien los procedimientos administrativos contra los servidores públicos que han sido omisos en la aplicación de las disposiciones legales para detener la invasión de bienes de la nación en la isla Montosa del municipio de Coyuca de Benítez. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento

ESTADO DE MORELOS

Comunicación del Congreso del estado de Morelos, con acuerdo por el que solicita que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, se considere una partida para que el gobierno de esa entidad federativa pueda aportar recursos para los trabajadores mexicanos ex braceros. Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

ESTADO DE QUERETARO

Comunicación del Congreso del estado de Querétaro, con acuerdo por el que se pronuncia a favor de fortalecer los programas de apoyo al ingreso objetivo, para su ejercicio en los estados productores de trigo. Remítase a la Comisión de Agricultura y Ganadería, para su conocimiento

COMISIONES LEGISLATIVAS

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, relativa a la integración de la Mesa Directiva de la Comisión Especial de la Función Pública. Aprobada

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, relativa a la integración de la Comisión Especial de la Función Pública. De enterado

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que informa de cambios en la integración del Grupo de Amistad México - Brasil. De enterado

DISTRITO FEDERAL

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal remite acuerdo para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, se considere un incremento de los recursos destinados a la ampliación y mantenimiento de las escuelas públicas del Distrito Federal. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

GAS NATURAL

Oficio de la Secretaría de Energía, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para exhortar al Ejecutivo a replantear la fórmula del precio del gas natural. Remítase a la comisión correspondiente y a los promoventes, para su conocimiento

FEMINICIDIOS

Oficio de la Comisión Especial, para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana y a la procuración de justicia vinculada, con el que remite Informe Sustantivo de Actividades del periodo comprendido del 14 de abril de 2004 al 14 de abril de 2005. De enterado

ESTADO DE MEXICO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 13 de abril de 2004, en relación a exhortar a la Secretaría de Salud del estado de México y al Ayuntamiento del municipio de Tultitlán, para que se instalen personal médico, ingenieros químicos y clínicos que diagnostiquen, traten, prevengan y canalicen a los habitantes expuestos a la contaminación de cromato hexavalente en la región de Lechería. Remítase a la comisión correspondiente y a los promoventes, para su conocimiento

SELECCION MEXICANA DE FUTBOL SUB - 17

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 11 de octubre pasado, en relación a exhortar a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte a que proponga como candidatos a recibir el Premio Nacional de Deportes a los integrantes de la Selección Mexicana de Futbol Sub - 17. Remítase a la comisión correspondiente y a los promoventes, para su conocimiento

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita permiso para que cuatro ciudadanos puedan prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de los Estados Unidos de América en México. Se turna a la Comisión de Gobernación

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Fernando Gómez Esparza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite acuerdo para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, se consideren recursos suficientes para la creación de nuevas plazas para profesores de educación básica en el estado de Guerrero. Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

ARTICULOS 46, 73, 76 Y 105 CONSTITUCIONALES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de declaratoria que reforma el único párrafo y se adiciona un segundo y tercer párrafos al artículo 46; se deroga la fracción IV del artículo 73; se adicionan las fracciones X y XI pasando la actual fracción X a ser fracción XII del artículo 76, y se reforma la fracción I del artículo 105, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

La Secretaría realiza el escrutinio y cómputo de los votos aprobatorios de las legislaturas locales, dando fe de la recepción de la mayoría necesaria de votos aprobatorios, y el Presidente hace la declaratoria correspondiente. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales

CONDECORACIONES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que concede permiso a nueve ciudadanos para aceptar y usar condecoraciones que les otorgan gobiernos extranjeros. Se turna a la Comisión de Gobernación

LEY DE EDUCACION MILITAR DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

Dictamen de la Comisión de Defensa Nacional, con proyecto de decreto que expide la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Es de primera lectura

LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA AGRARIA ANTONIO NARRO

Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro. Es de primera lectura

CODIGO PENAL FEDERAL

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 424 Quáter al Código Penal Federal, en relación con el derecho de autor en fonogramas. Es de primera lectura

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a seis ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de gobiernos extranjeros en México. Es de primera lectura

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 3o. y el párrafo tercero del artículo 5o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en relación con la Secretaría de la Función Pública. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY DE PREMIOS, ESTIMULOS Y RECOMPENSAS CIVILES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que deroga las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, respecto al Premio Nacional de Preservación del Medio Ambiente. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY DE SEGURIDAD NACIONAL

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el artículo 58 y adiciona un segundo párrafo al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional, sobre el funcionamiento de la Comisión Bicamaral encargada del control y evaluación de las políticas y acciones vinculadas con la seguridad nacional. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Ley General de Salud, para promover la actividad física entre la población infantil en los centros de educación básica para prevenir el sobrepeso y la obesidad en la niñez. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

CODIGO PENAL FEDERAL

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 211 Bis 1, y los artículos 211 Bis 8 y 211 Bis 9 al Código Penal Federal, sobre delitos en contra del funcionamiento de sistemas o programas informáticos. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma los artículos 15, párrafo segundo, y 19, párrafo primero, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, en relación con la apertura del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión en que deberá izarse a toda asta la Bandera Nacional. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en materia de igualdad de género. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba. Se devuelve al Senado, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género, con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 14 y 32 y adiciona los artículos 13 y 30 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, en materia de igualdad de género. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES

Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. Es de segunda lectura

A discusión en lo general, se concede la palabra a los diputados:

Agustín Miguel Alonso Raya

Pablo Franco Hernández

El Presidente informa de los artículos que se reservan y se aprueba en lo general y en lo particular de los artículos no reservados

A discusión en lo particular el diputado Pablo Anaya Rivera propone modificaciones al artículo 14

El diputado Pablo Franco Hernández propone modificaciones a los artículos 14, 17, 18 y 20; así como la adición de un artículo 34

La Asamblea admite a discusión las modificaciones propuestas al artículo 14, fracción VII, e interviene el diputado Agustín Rodríguez Fuentes

Desde su curul el diputado Agustín Miguel Alonso Raya solicita votación nominal de las propuestas presentadas por el diputado Anaya Rivera, y realizada la votación se desechan

La Secretaría da lectura a las modificaciones propuestas para los artículos 14, 17, 18 y 20; así como la adición de un artículo 34, mismas que se desechan

El diputado Francisco Javier Carrillo Soberón propone la adición de un Capítulo Sexto al proyecto de ley, que la Asamblea desecha

Propone modificaciones al artículo sexto transitorio el diputado Agustín Rodríguez Fuentes, que se desechan

Se aprueban los artículos reservados 14, fracción VII y último párrafo; 17, último párrafo; 18, fracción IX; 20; y sexto transitorio del proyecto de ley, en los términos del dictamen

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

IV FORO MUNDIAL DEL AGUA

Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo a proposición presentada el 28 de abril del presente año, para convocar a un Concurso de Dibujo Infantil y Juvenil cuyo tema es el Agua, acciones locales para un reto global, en el marco del IV Foro Mundial del Agua. Aprobado, comuníquese

LAGO DE CHAPALA

Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo a proposición presentada el 31 de marzo del presente año, para exhortar a la Comisión Nacional del Agua a que realice la investigación sobre la muerte de peces en el lago de Chapala, e informe acerca de las acciones a implementar para frenar y revertir el daño ocasionado. Aprobado, comuníquese

LEY DE ASCENSOS DE LA ARMADA DE MEXICO

Dictamen de la Comisión de Marina, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción III al artículo 41 de la Ley de Ascensos de la Armada de México, presentada el 28 de abril del presente año

LEY DE SEGURIDAD NACIONAL

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5o. y 12 de la Ley de Seguridad Nacional, presentada el 28 de abril del presente año

CODIGO CIVIL FEDERAL

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1916 Bis del Código Civil Federal, presentada el 25 de mayo del presente año

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 76 de la Ley General de Salud, presentada el 8 de junio del presente año

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VI al artículo 198 de la Ley General de Salud, presentada el 25 de mayo del presente año

LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 20 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, presentada el 24 de agosto del presente año

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud, presentada el 31 de marzo del presente año

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción V al artículo 90 y una fracción VI al artículo 111 de la Ley General de Salud, presentada el 14 de abril del presente año

LEY DE DESARROLLO SOCIAL

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción X al artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Social, presentada el 10 de marzo del presente año

LEY DE AGUAS NACIONALES

Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de Aguas Nacionales, presentada el 9 de diciembre de 2004

Se aprueban los 10 dictámenes anteriores. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

Con base al acuerdo de la Junta de Coordinación Política del día 13 de octubre, se reciben las siguientes 16 proposiciones con puntos de acuerdo relativas al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, de los diputados:

Graciela Larios Rivas, a nombre propio y de diputados del Partido Revolucionario Institucional, para que no se autorice ninguna afectación negativa al presupuesto del Instituto Mexicano del Seguro Social y se considere a éste en la participación de los recursos extraordinarios provenientes de los excedentes por la venta de petróleo

Graciela Larios Rivas, a nombre propio y de diputados del Partido Revolucionario Institucional, para que se contemplen recursos económicos con carácter de subsidio como compensación de los efectos negativos que genera el comercio exterior en el puerto de Manzanillo y las dos generadoras de electricidad, así como por los ingresos tributarios que se generan con estas actividades económicas en el estado de Colima

Fernando Ulises Adame de León, para que se consideren recursos para dirimir el problema de agua potable que se ha generado en las comunidades del sur - sureste afectadas por los huracanes Stan y Wilma

María Eloísa Talavera Hernández, para que se considere una ampliación al presupuesto del Fondo de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, contenido dentro del Ramo 10

Francisco Chavarría Valdeolivar, para que se consideren recursos para la construcción de dos caminos rurales en el estado de Guerrero

Integrantes de la Comisión de Marina, para que se considere una partida especial a la Secretaría de Marina, para que subsane su déficit presupuestario

Felipe de Jesús Díaz González, para que se destinen recursos para el desarrollo de la zona arqueológica ``Tehuacán el Viejo'' en el municipio de Tehuacán del estado de Puebla

Evelia Sandoval Urbán, para que se establezca una partida presupuestal para atender los aspectos preventivos y de combate al cáncer infantil

María Eloísa Talavera Hernández, para que se contemple una ampliación al presupuesto del Fondo Nacional de Innovación para el Desarrollo Tecnológico, contenido dentro del Ramo 10

Tomás Cruz Martínez, para que se contemplen recursos para elaborar y conocer la disponibilidad del agua de todo el territorio nacional, así como realizar estudios para identificar y vigilar las riberas o zonas federales

Evelia Sandoval Urbán, para que se establezca una partida presupuestal destinada al abastecimiento de un cuadro básico de medicamentos para adultos mayores, que se distribuyan de manera gratuita por medio del Seguro Popular en toda la República Mexicana

Tomás Cruz Martínez, para que se consideren recursos para la homologación de los salarios de los trabajadores del Servicio Postal Mexicano respecto al salario mínimo burocrático

María Eloísa Talavera Hernández, para que se considere una ampliación al presupuesto del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software, contenido dentro del Ramo 10

Omar Bazán Flores, para que se consideren recursos suficientes a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que pueda cumplir a nivel nacional con la tarifa única de energía eléctrica para uso agropecuario

Fidel René Meza Cabrera, para que se consideren diversas partidas al estado de Puebla, respecto a puentes y carreteras

Tomás Cruz Martínez, para que se contemplen recursos para la modernización y mantenimiento del acervo histórico del Instituto Mexicano de la Radio

Se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

CODIGO PENAL FEDERAL

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 15 del Código Penal Federal, respecto a la legítima defensa ante delitos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en relación con personas con discapacidad. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social

ARTICULO 107 CONSTITUCIONAL

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de declaración de procedencia. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS

Se recibe de la diputada María Avila Serna, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 4o. y 17 de la Ley General de Bibliotecas, sobre el sistema de escritura Braille. Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura

LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA

El diputado Javier Alejandro Galván Guerrero presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública

LEY PARA EL FOMENTO A LA INNOVACION Y AL DESARROLLO DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES DE BASE TECNOLOGICA

La diputada María Eloísa Talavera Hernández presenta iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica. Se turna a la Comisión de Ciencia y Tecnología

LETRAS DE ORO

El diputado Inelvo Moreno Alvarez presenta iniciativa con proyecto de decreto para inscribir en letras de oro en los Muros de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda ``A los Constituyentes de Apatzingán de 1814''. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

CODIGO PENAL FEDERAL

La diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 288, 292 y 311 del Código Penal Federal, en materia de violencia contra la mujer. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY PARA EL FOMENTO A LA INNOVACION Y AL DESARROLLO DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES DE BASE TECNOLOGICA

La Presidencia modifica el trámite de la iniciativa presentada por la diputada María Eloísa Talavera Hernández, debe turnarse a las Comisiones Unidas de Economía, y de Hacienda y Crédito Público

VOLUMEN III

ARTICULO 69 CONSTITUCIONAL - LEY ORGANICA DEL CONGRESO - REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO

El diputado Jorge Triana Tena presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 7o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y deroga los artículos 188 y 189 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, respecto al formato de la sesión en que se rinde informe presidencial. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

El diputado Iván García Solís presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 20, 45 y 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer el trámite de prioridad de las iniciativas del Poder Ejecutivo y los proyectos a revisión de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

ARTICULO 72 CONSTITUCIONAL

El diputado Fidel René Meza Cabrera presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre el tiempo para que el Ejecutivo federal promulgue y publique los proyectos de ley o decretos que recibe del Congreso. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

ARTICULO 88 CONSTITUCIONAL

El diputado Ramón Galindo Noriega presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a los permisos para el Presidente de la República para ausentarse del territorio nacional. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY DE COORDINACION FISCAL

La diputada Cristina Portillo Ayala presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, en relación con el destino de las aportaciones federales con cargo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y el Distrito Federal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

CODIGO PENAL FEDERAL

La diputada Angélica de la Peña Gómez presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 105 del Código Penal Federal, en relación a delitos cometidos en contra de menores de edad. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES

El diputado Jesús Porfirio González Schmal presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 14 de la Ley General de Bienes Nacionales, sobre el pago de contribuciones de parte de las entidades o particulares que utilicen inmuebles de dominio público. Se turna a la Comisión de Gobernación

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

La diputada Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el Comité del Centro de Estudios de Derechos e Investigaciones Parlamentarias. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

LEY FEDERAL DE DERECHOS - LEY DE COORDINACION FISCAL

El diputado Rafael Flores Mendoza presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 263 de la Ley Federal de Derechos y adiciona el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de minería. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY DE AEROPUERTOS

Se recibe del diputado Jesús Porfirio González Schmal, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley de Aeropuertos. Se turna a la Comisión de Transportes

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

La diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 103, 105 y 109 del Código Fiscal de la Federación, sobre contrabando. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

El diputado Luis Antonio González Roldán presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 53 de la Ley General de Vida Silvestre, sobre la exportación de especies catalogadas amenazadas o en peligro de extinción. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

COMISIONES LEGISLATIVAS

Comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa a la integración de la Mesa Directiva del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género. Aprobado

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión

REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL

El Presidente informa que la última votación nominal servirá de registro final de diputadas y diputados

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el artículo 2, numeral 2, inciso c, del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las votaciones:

Del dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 3o. y el párrafo tercero del artículo 5o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (en lo general y en lo particular)

Del dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que deroga las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles (en lo general y en lo particular)

Del dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el artículo 58 y adiciona un segundo párrafo al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional (en lo general y en lo particular)

Del dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Ley General de Salud (en lo general y en lo particular)

Del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 211 Bis 1, y los artículos 211 Bis 8 y 211 Bis 9 al Código Penal Federal (en lo general y en lo particular)

Del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma los artículos 15, párrafo segundo, y 19, párrafo primero, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada (en lo general y en lo particular)

Del dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales (en lo general y en lo particular)

Del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (en lo general y en lo particular)

Del dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Equidad y Género, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (en lo general y en lo particular)

Del dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social, y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

Del dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social, y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (en lo particular el artículo 14, fracción VII, si se acepta la modificación propuesta por el diputado Pablo Anaya Rivera)

Del dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social, y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (en lo particular los artículos 14, 17, 18, 20 y sexto transitorio reservados, en sus términos)

EFEMERIDES

Con base al artículo primero transitorio del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política para adicionar los artículos decimotercero y decimoséptimo y reformar el artículo decimoctavo del Acuerdo Parlamentario relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, aprobado en la sesión del día 5 de abril de 2004, se reproducen las siguientes efemérides:

Relativa al aniversario del nacimiento de Aquiles Serdán Alatriste, precursor de la Revolución Mexicana, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI


Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

ASISTENCIA
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de ciudadanos legisladores.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 287 diputadas y diputados. Por tanto, hay quórum, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra (a las 11:00 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se le dispensa la lectura.

«Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

Orden del día

Jueves 3 de noviembre de 2005.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De los Congresos de Guerrero, Morelos y Querétaro.

De la Junta de Coordinación Política.

De la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Con el que remite acuerdo para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 se considere un incremento de los recursos a la ampliación y mantenimiento de las escuelas públicas del Distrito Federal. (Turno a Comisión)

De la Secretaría de Energía

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)

De la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana y a la procuración de justicia vinculada

Con el que remite informe sustantivo de actividades, 14 de abril de 2004 a 14 de abril 2005.

De la Secretaría de Gobernación

Dos, con los que se remite contestación a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)

Por el que solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Luis Humberto Chávez Cabello, Héctor Chávez Marmolejo, José Alberto León Alvarado y Félix Leonardo Morán Hinojosa puedan prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en los Consulados de Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León, Ciudad Juárez, Chihuahua, y en Tijuana, Baja California, respectivamente. (Turno a Comisión)

Oficios de la Cámara de Senadores

Con el que remite iniciativa que reforma la fracción VI del artículo 40 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Fernando Gómez Esparza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con el que remite acuerdo para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al ejercicio fiscal de 2006 considere recursos suficientes para la creación de nuevas plazas para profesores de educación básica en el estado de Guerrero. (Turno a Comisión)

Minutas

Con proyecto de declaratoria, que reforma el único párrafo y adiciona un segundo y tercer párrafos al artículo 46; deroga la fracción la fracción IV del artículo 73; adiciona las fracciones X y XI, pasando la actual fracción X a ser fracción XII, del artículo 76; y reforma la fracción I del 105, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con proyecto de decreto, que concede permiso a los ciudadanos Areli Patricia Moya Flores, Augusto Pastaccini Daddario, Capitán de Navío Carlos Mejía Tejeda, Capitán de Fragata Miguel Idelfonso Amezaga Ramírez, Agustín Francisco Esteban Legorreta y Chauvet, Enrique de Jesús Zambrano Benítez, Lina María del Rosario Ramella Osuna, Sara Guadalupe Bermúdez Ochoa y Subteniente de Intendencia Mauricio Ponce de León para aceptar y usar las condecoraciones que les otorgan los Gobiernos del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la República Italiana, la Guardia Costera y el Gobierno de Estados Unidos de América, la República Francesa, el Reino de Dinamarca, la República de Chile, las Fuerzas Armadas de la República de El Salvador y el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela, respectivamente. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Defensa Nacional, con proyecto de decreto que expide la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 424 Quáter al Código Penal Federal.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos María del Pilar Sevilla Tamai, Rosa Martha Ramírez Luna, Mariana Morales Álvarez, Miguel Ángel Solares Escalante, Claudia Glenda Hernández Nava y Alejandro Machorro García para prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y en la Delegación de la Comisión Europea en México, respectivamente.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 3 y el párrafo tercero del artículo 5 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que deroga las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el artículo 58 y adiciona un segundo párrafo al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 211 Bis 1, y los artículos 211 Bis 8 y 211 Bis 9 al Código Penal Federal.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma los artículos 15, párrafo segundo, y 19, párrafo primero, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el inciso A) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

De las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Equidad y Género, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

De las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social, y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo para convocar a un concurso de dibujo infantil y juvenil en el país para el fortalecimiento de la cultura de cuidado del agua.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión Nacional del Agua a realizar la investigación correspondiente para determinar las causas de la muerte de miles de peces en el lago de Chapala, e informe acerca de las acciones por implementar para frenar y revertir el daño ocasionado.

Dictámenes negativos

De la Comisión de Marina, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona la fracción III al artículo 41 de la Ley de Ascensos de la Armada de México.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 5 y 12 de la Ley de Seguridad Nacional.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1916 Bis del Código Civil Federal.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 76 de la Ley General de Salud, en materia de salud mental.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VI al artículo 198 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 20 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción V al artículo 90 y una fracción VI al artículo 111 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que no es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción X al artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de Aguas Nacionales.

Iniciativas de ciudadanos diputados

Que reforma el artículo 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Javier Galván Guerrero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

De Ley para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

De decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda ``A los Constituyentes de Apatzingán de 1814'', a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario de Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 288, 292 y 311 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para cambiar el formato del informe presidencial, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 20, 45 y 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por los diputados Margarita Zavala Gómez del Campo, Adriana González Furlong y Guillermo Tamborrel Suárez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 105 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 14 de la Ley General de Bienes Nacionales, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 420 del Código Penal Federal, y 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Isidro Camarillo Zavala. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Máyela Quiroga Tamez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Rafael Flores Mendoza, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 4, 166, 223 y 264 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 27 de la Ley de Aeropuertos, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 103, 105 y 109 del Código Fiscal de la Federación, relativo al contrabando, a cargo de la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 53 de la Ley General de Vida Silvestre, a cargo del diputado Luis Antonio González Roldán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y 141, 145, 164, 191 y 208 Bis del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona diversas disposiciones transitorias a la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia ambiental, a cargo de la diputada Guadalupe García Velasco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3 de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, a cargo del diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 49 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 366 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Raúl Rogelio Chavarría Salas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 5o. de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 42 de la Ley General de Población, a cargo de la diputada Blanca Eppen Canales, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 24, 119 y 120 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Fernando Álvarez Monje, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3, 4, 62, 64 y 68 de la Ley de Aviación, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Óscar González Yáñez, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Planeación, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 47, 48, 51 y 53 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a cargo de la diputada Consuelo Camarena Gómez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 17 de la Ley Federal de Turismo, a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma la fracción IV del artículo 15 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Julián Angulo Góngora, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y del Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado José Luis Medina Lizalde, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Vida Silvestre, a cargo del diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 63 y 67 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a cargo del diputado Jaime del Conde Ugarte, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, a cargo del diputado Salvador Martínez Della Rocca, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bibliotecas, a cargo de la diputada María Ávila Serna, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 232 de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Yolanda Valladares Valle, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

De decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre ``Programa del Partido Liberal Mexicano'', a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de tabaco, a cargo del diputado Miguel Ángel Toscano Velasco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, a cargo del diputado Israel Tentory García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona una fracción XXIX al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Orlando Pérez Moguel, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 41 y 75 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo del diputado Francisco Xavier Alvarado Villazón, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 2 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Angélica Ramírez Luna, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona una fracción al artículo 2 de la Ley Federal de Vivienda, a cargo de la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, a cargo de la diputada Concepción Olivia Castañeda Ortiz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma las fracciones XVI y XVII del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada María Mercedes Rojas Saldaña, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 343 Bis, 343 Ter y 343 Quáter del Código Penal Federal, a cargo del diputado María de Jesús Aguirre Maldonado, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, cumplir con el compromiso de construir el tramo carretero Agua Prieta-Bavispe, Sonora, adquirido el pasado 4 de junio de 2004 en el marco de la inauguración de la Planta Termoeléctrica Ciclo-Combinado Naco-Nogales y colocación del Arete Electrónico para el ganado, en la Ciudad de Agua Prieta, Sonora, a cargo del diputado Fermín Trujillo Fuentes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que oficialmente solicite al Gobierno de Austria y al Museo de Etnología de ese país devolver a la Nación Mexicana el penacho de Moctezuma, con la finalidad de ponerlo en custodia del Instituto Nacional de Antropología e Historia, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para crear una Comisión Especial de Seguimiento del Voto en el Extranjero, que vigile y supervise la correcta aplicación de la Ley en materia electoral en el extranjero, a cargo de la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa para que a la brevedad se revisen los instrumentos normativos: Norma Oficial Mexicana 002-PESC-1993 y NOM-009-PESC-1993 con el objeto de regular de manera equilibrada la actividad de captura de camarón y que de esta manera se evite cualquier confrontación social, a cargo del diputado Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Legislativo federal, a las Legislaturas estatales, al Ejecutivo federal y a los gobiernos de los estados promover acciones a favor de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Economía y a la SHCP, mantengan las cuotas compensatorias a la introducción de artículos metálicos, de plástico, juguetes y muebles para bebé terminados, así como cualquier componente importado y que sea utilizado en el ensamblado de juguetes en territorio nacional, a cargo del diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de Pemex informe sobre los fondos y recursos que se pretenden destinar a la construcción del Centro Hospitalario en el Municipio de Paraíso, en el estado de Tabasco, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Salud, informe a esta soberanía sobre las medidas que se toman para la oportuna detección de padecimientos de enfermedades reumatoides que afectan a la población mexicana, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal a través de la CFE, Semarnat y Profepa, indemnice a las comunidades Cantiles, El Ciruelo y a la familia Hernández Fletes, afectada por la construcción de la presa hidroeléctrica El Cajón, situada en el estado de Nayarit, a cargo del diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público que al dictaminar la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2006, considere la inclusión de un estímulo fiscal a los pequeños contribuyentes en materia del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Francisco Javier Salinas Narváez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal instruya a la nueva dirección del IMSS, proponga a esta soberanía mecanismos que permitan elevar la eficiencia en la prestación de servicios y el abasto de medicamentos y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública analice la misma para su inclusión en el Presupuesto de Egresos 2006, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al H. Congreso de la Unión, apoye las candidaturas de mexicanas y mexicanos distinguidos para encabezar organismos y acciones internacionales en mecanismos multilaterales globales, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SHCP, instruya a la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas, revise las causas de la baja recaudación nacional, estatal y municipal de impuestos, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, integre una subcomisión que estudie las condiciones, recursos y viabilidad para emprender un programa de expansión del Sistema de Educación Superior, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al Presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, para que a partir del año 2006, se fije un incremento real del 2% en el salario mínimo, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud en coordinación con la Semarnat, al Instituto Nacional de Ecología y los gobiernos de los estados de Zacatecas, Michoacán, Jalisco, Querétaro, Guanajuato, Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas a implementar un programa permanente de verificación vehicular, a cargo del diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Semarnat, destine mayores recursos a los santuarios de tortuga marina ubicados en las playas del Estado de Michoacán y que estos sean considerados dentro de los programas de conservación y manejo, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la Comisión de Transportes integre una subcomisión o grupo especial de trabajo que se encargue de verificar las condiciones en las que actualmente opera el Sistema de Transporte Colectivo, Metro, de la Ciudad de México, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que el Gobierno Federal y los gobiernos de las entidades federativas, establezcan las acciones necesarias para atender a las personas con problemas de trastorno por déficit de atención e hiperactividad, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SHCP, suspenda la ``convocatoria pública para obtener títulos de autorización a que se refiere el artículo 16 de la Ley Aduanera'', a cargo del diputado Javier Villacaña Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que solicita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, integre una subcomisión que tenga como finalidad emprender los estudios necesarios para analizar la viabilidad de emprender el Sistema Nacional de Banca y Crédito Regional, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua en coordinación con la CFE, la Secretaría de Turismo, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y los municipios aledaños al Cañón del Sumidero, implementen un programa de saneamiento permanente de la zona, que incluya el monitoreo y protección de especies en categoría de riesgo, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo, integre una subcomisión con la finalidad de estudiar la Ley de Coordinación Fiscal y las fórmulas aplicadas para la distribución de los recursos federales a los estados y municipios, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, procure a las naciones involucradas suscriban el protocolo de Kyoto, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de Acuerdo por el que se solicita a la Comisión de Seguridad Social, integre una subcomisión con la finalidad de estudiar la forma de dar certidumbre a los Fondos de Pensiones y llevar a cabo una revisión de la edad de jubilación que no afecte los derechos adquiridos por los trabajadores, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de Acuerdo por el que se solicita a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, integre una subcomisión para el estudio de la posibilidad de establecer una Ley del Trabajo Doméstico, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Transportes, integre una subcomisión para estudiar la posibilidad de homologar los precios de las tarifas de transporte público en las zonas metropolitanas del país, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SHCP por conducto del titular del SAT, precise las disposiciones que se indican en relación con el decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos automotores usados, a cargo de la diputada Nora Elena Yu Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo Directivo de la Sociedad Hipotecaria Federal, considere el Punto de Acuerdo presentado con fecha 10 de agosto del presente año ante la Comisión Permanente, con la finalidad de que se abstengan de ejercer las multas que se pretenden aplicar de manera injusta a los desarrolladores de vivienda, a cargo del diputado Felipe de Jesús Díaz González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública no autorice en el ejercicio presupuestal de 2006 ninguna afectación negativa al Presupuesto del IMSS en diversos rubros, manteniendo el presupuesto equivalente asignado para el año 2005; y considere al IMSS en la participación de los recursos extraordinarios provenientes de los excedentes por la venta de petróleo, a cargo de la diputada Graciela Larios Rivas y suscrita por Diputados Integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, recursos económicos con carácter de subsidio como compensación de los efectos negativos que genera el comercio exterior en el Puerto de Manzanillo y las dos generadoras de electricidad, así como por los ingresos tributarios que se generan con estas actividades económicas en el Estado, a cargo de la diputada Graciela Larios Rivas y suscrita por Diputados Integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre el problema de los ex braceros, a cargo del diputado Juan José García Ochoa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a los gobiernos federal y estatales, implementen e instalen los equipos técnicos necesarios para inhibir las señales de telefonía celular en el interior de los centros de readaptación social que se encuentren sujetos a su administración, a cargo del diputado Ernesto Herrera Tovar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la Cámara de Diputados manifieste su respaldo y solidaridad a las familias afectadas por las recientes lluvias y solicite respetuosamente al titular del Ejecutivo federal instrumente medidas inmediatas y apoye económicamente al Gobierno de Michoacán para resolver la problemática de todos aquellos que se vieron afectados, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a los gobiernos de las entidades federativas y a la Secretaría de la Función Pública, el establecimiento de un convenio de Coordinación, para instaurar un registro de Empresas Constructoras que participen en Licitaciones a cualquier nivel de Gobierno, a cargo del diputado Salvador Márquez Lozornio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Federal Electoral y a los Institutos Estatales Electorales, a seguir fomentando la participación Infantil, suscrita por las diputadas Angélica Ramírez Luna, Adriana González Furlong y María del Rocío Jaspeado Villanueva, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para solicitar al Secretario de Salud del Gobierno Federal, informe sobre los motivos para suspender la campaña contra la homofobia y que ésta sea nuevamente difundida tanto en medios de comunicación como en el portal de Internet de la propia Secretaría, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT informe sobre las acciones realizadas o proyectadas para asegurar la permanencia, confidencialidad y soberanía de las redes satelitales gubernamentales, que se tienen en las bandas de frecuencia C, Ku y L, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para dirigir un extrañamiento y exhortar al Presidente Municipal de Mérida, Yucatán, a conducirse con respeto a la investidura de los representantes populares, autoridades electas y ciudadanos en general evitando medidas represivas innecesarias, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente de la República, actualizar el decreto por el que se sujetó el gas licuado de petróleo a precios mínimos de venta de primera mano y de venta a usuarios finales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2003, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, al Instituto Nacional de Migración y a la Secretaría de Relaciones Exteriores, permitir la participación de organizaciones civiles en el proceso de repatriación voluntaria, a cargo de la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo al ejido San Rafael, municipio de Contepec, estado de Michoacán, a cargo del diputado Margarito Fierros Tano, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal implemente acciones conducentes para acelerar el proceso de reconstrucción en todos los sectores del estado de Chiapas, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y a las Secretarías de Educación de las entidades federativas, establezcan de manera coordinada las acciones necesarias que posibiliten a los connacionales, que por efecto del huracán Katrina están regresando al país, la inscripción de sus hijos en las escuelas de nivel básico y medio, a cargo de la diputada Margarita Chávez Murguía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión Federal de Electricidad, actualice los registros de temperaturas medias mensuales de diversos municipios del Estado de Michoacán, con el objeto de reclasificar la tarifa de consumo aplicada a ellos, a cargo del diputado Israel Tentory García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita se difunda y publicite el reconocimiento de la Matricula Consular como identificación oficial, a cargo de la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa, a través de la Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura, estudie la factibilidad de habilitar módulos en los muelles para la venta de permisos individuales de pesca deportiva-recreativa, a cargo del diputado Raúl Leonel Paredes Vega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, instruir de inmediato la ejecución de la obra Carretera Libre a Zapotlanejo, en el estado de Jalisco, a cargo del diputado Sergio Chávez Dávalos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios, prohíban la comercialización, distribución y venta de la fórmula láctea infantil Enfamil, que produce el laboratorio Bristol Mayers Squibb, a cargo del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a no disminuir el Arancel de las Importaciones de Productos de Acero, a cargo del diputado Enrique Burgos García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita se considere una reducción en los impuestos a los combustibles para automotores que adquieran los transportistas en el próximo ejercicio fiscal, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se hace un llamado al Gobierno Federal y al gobierno y municipios del estado de Michoacán, para frenar la ola de violencia que impera en ese Estado, a cargo del diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la integración de un grupo de diputados de las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía y de Justicia y Derechos Humanos para que atienda la problemática relacionada con el proyecto hidroeléctrico La Parota, en Guerrero, a cargo de la diputada Eliana García Laguna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SHCP, devolver el ISR indebidamente retenido en el pago de pensiones al personal del Instituto Mexicano de Investigaciones Tecnológicas, que fue víctima del desvío del fondo constituido para su retiro, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se suspenda de forma definitiva la construcción de las regasificadoras en la zona del noroeste de la República Mexicana, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la Sedesol remita a los municipios de los estados y delegaciones del Distrito Federal participantes, los resultados de las evaluaciones que sobre los programas de desarrollo social se han venido aplicando por dicha Secretaría, a cargo del diputado Javier Galván Guerrero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, investigue el acuerdo que firmó el Gobierno Federal, por el que cede a la empresa estadounidense Kansas City Southern, un paquete accionario del 20 por ciento de la empresa Transportación Ferroviaria Mexicana, a cargo de la diputada Dolores Gutiérrez Zurita, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP para que a través del INEA instrumente un programa que de manera integral abata el fenómeno conocido como analfabetismo, en donde pueda convocar a organismos del sector privado a participar en la instrumentación, financiamiento y operación de este programa, a cargo de la diputada Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Director de Petróleos Mexicanos, a erogar los recursos del Programa de Seguridad Industrial y Mantenimiento de Infraestructura, a las instalaciones de la paraestatal en los estados del Golfo de México, a cargo del diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Sagarpa otorgue recursos extraordinarios a los productores de manzana, a fin de resarcir las pérdidas que por granizada sufrieron los municipios de Guerrero, Bachiniva, Cuauhtémoc, Rubio, La Junta y Basuchil, del estado de Chihuahua, a cargo del diputado Jorge Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Educación Pública, a la Secretaría de la Función Pública y al Instituto Nacional de los Derechos de Autor, realicen una investigación y, en su caso, soliciten una auditoría sobre la recaudación, administración y rendición de cuentas de los recursos que maneja la Sociedad de Autores y Compositores de México, a cargo del diputado Rafael Candelas Salinas, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se envía un atento exhorto al Congreso de los Estados Unidos de América, para que por su conducto le haga llegar al gobierno del Presidente George W. Bush algunas consideraciones, respecto a la oferta hecha por el gobierno de Cuba para proporcionar apoyo médico a los ciudadanos damnificados por los huracanes Katrina y Rita, en la ciudad de Nueva Orleans y zonas aledañas, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Poder Ejecutivo federal que, a través del Consejo Nacional para la Prevención y el Tratamiento del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, así como al Comité Técnico del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud, se extienda y aplique de manera urgente e inmediata el Programa del Seguro Popular a los infantes y adolescentes de la República Mexicana que padecen de Cáncer en sus diferentes características, a cargo del diputado José Manuel Abdalá de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Secretaría de Salud, a establecer una Norma Oficial Mexicana que determine el límite máximo permisible de ácido sulfhídrico (H---2S) en el medio ambiente, producido por la extracción de vapor geotérmico utilizado para la generación de energía eléctrica, a cargo del diputado Hidalgo Contreras Covarrubias, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para combatir las importaciones irregulares por contrabando y triangulaciones de chile seco, a cargo del diputado Antonio Mejía Haro, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat, para que rinda un informe acerca de la política que el Gobierno Federal asume respecto a la construcción del proyecto Chevron Texaco en las Islas Coronado del estado de Baja California, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al Secretario de Energía y al titular de la Comisión Reguladora de Energía, para que suspendan de inmediato la firma de contratos pendientes, la celebración de nuevas licitaciones y el otorgamiento de cualquier permiso adicional a los ya otorgados bajo la figura de productor independiente de energía eléctrica y de manera gradual se vayan liquidando los contratos hechos por el Gobierno Federal y los productores independientes, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública, adoptar las medidas necesarias para facilitar el traslado de los hermanos Héctor y Antonio Cerezo Contreras a un reclusorio del Distrito Federal, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedena a suspender los efectos de cualquier permiso otorgado relacionado con explosivos, en tanto no exista claridad en torno al resto de las regulaciones necesarias que debe de cumplir una explotación de este tipo y sobre todo, mientras no se llegue a un proceso de concertación entre los pobladores que permita evitar un conflicto social y jurídico, a cargo del diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, canalizar recursos necesarios al Estado de San Luis Potosí, para la implementación de Programas Preventivos de la Lucha contra el Dengue, a cargo del diputado José Luis Briones Briseño, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol formular y expedir, o en su caso actualizar las normas oficiales mexicanas, necesarias para garantizar las condiciones y características de habitabilidad, calidad y seguridad para los diferentes tipos de viviendas y de sus etapas de construcción, así como vigilar el estricto cumplimiento de las mismas, a cargo del diputado Manuel González Reyes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal, a la SRE, a la Secretaría de Economía y a las autoridades culturales del país, suscribir en las reuniones de la Organización Mundial de Comercio la ratificación a la Convención sobre la protección de la diversidad de los contenidos culturales y las expresiones artísticas, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal recuperar el mural Fraternidad, del pintor mexicano Rufino Tamayo, que se encuentra en el edificio central de la Organización de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa fortalecer las políticas de aumento a la producción y productividad del sorgo, impulsando políticas de asistencia técnica e investigación y elaborando programas que incentiven a los productores, canalizando mayores recursos a subsidios y el otorgamiento de créditos blandos a esta industria, a cargo del diputado Javier Galván Guerrero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía manifiesta sus condolencias a la familia del Lic. Rogelio Zarazúa Ortega, asesinado el pasado 16 de septiembre, en Morelia, Michoacán. Asimismo, se exhorta al titular del Ejecutivo federal a iniciar un proceso de discusión sobre el marco conceptual y las estrategias que sustentan la lucha del Estado Mexicano contra la delincuencia organizada en particular el narcotráfico, a cargo del diputado Rafael García Tinajero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SSP, para establecer los rubros sobre los cuales se realizará una inversión destinada al control interno y vigilancia de Centros Penitenciarios, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, evalúe si los beneficios del Programa Oportunidades son compatibles y complementarios con el programa Liconsa, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, modifique el acuerdo sobre la elaboración del Orden del Día de las Sesiones, Discusiones de los Dictámenes y Operación del Sistema Electrónico de Votación, con el objeto de agotar todos los apartados establecidos en el orden del día, a cargo del diputado Rafael García Tinajero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que esta soberanía se sume a la iniciativa de diversos ciudadanos de todo el país que solicitan que la medalla Belisario Domínguez 2005, sea otorgada post mórtem al periodista Francisco Huerta, fallecido el pasado 27 de enero del presente año, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la PGJDF agilice la investigación de los hechos denunciados en el caso de la C. Nadia Ernestina Zepeda Molina y finquen responsabilidades en contra de los funcionarios que incurrieron en violaciones y se repare el daño adecuadamente, a cargo de la diputada Marcela Lagarde y de los Ríos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal informe a la ciudadanía que la reforma energética, no está aún en esta soberanía; además aclare que los integrantes de la LIX Legislatura de esta Cámara de Diputados no han detenido y/o rechazado dicha reforma, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, publicar los planes y programas, así como los resultados y grado de avance que presenta la problemática de deterioro ecológico de la reserva de la biosfera de Los Tuxtlas, en el estado de Veracruz, a cargo del diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Estado de Guerrero y a la SEP, entablar una mesa de diálogo con los egresados normalistas de dicha entidad, suscrita por los diputados Emiliano Vladimir Ramos Hernández y Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades del IMSS, a establecer con carácter de urgente, mesas de diálogo con los productores agropecuarios de cada una de las regiones productivas del país, a fin de que se analicen a fondo las reformas recientes a la Ley de dicho Instituto, a cargo del diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al gobierno del estado de Puebla, informe sobre el destino final de los recursos e insumos recibidos del Fonden para ayudar a las comunidades afectadas por las lluvias del pasado 30 de agosto en las Sierras Norte, Nororiental y la Sierra Negra del estado de Puebla, a cargo del diputado Rogelio Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCT, cancele la concesión otorgada a la Empresa Genesee & Wyoming para operar el Tren Chiapas-Mayab en el Estado de Chiapas, a cargo del diputado Carlos Osvaldo Pano Becerra, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SSP, a ejercer los recursos de la partida del ramo 33 aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2005, para hacer efectivo el socorro de ley a las entidades federativas que tengan en sus centros penitenciarios internos del fuero federal, a cargo del diputado Sergio Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre el permiso a los trabajos de explotación de la Minera San Javier en el Cerro de San Pedro, Pueblo del Siglo XVI, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de las secretarías de Comunicaciones y Transportes, de la Función Pública y de la Auditoria Superior de la Federación, privilegien el diálogo y la conciliación para reanudar las obras de construcción de la Carretera Lagos de Moreno-San Luis Potosí, a cargo del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP active el Sistema Escalafonario de los Profesores transferidos que laboran en Escuelas consideradas tradicionalmente del Sistema Estatal en la entidad de Tlaxcala, a cargo del diputado Florentino Domínguez Ordóñez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Semarnat y de la Conagua, para que analicen, dictaminen y en su caso resuelvan a favor del equilibrio ecológico y las reservas de agua en el municipio de Jiquipilco, estado de México, a cargo de la diputada Blanca Estela Gómez Carmona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los integrantes de la LIX Legislatura, aporten el equivalente a un día de salario neto para beneficiar a los damnificados de los municipios de Huixtla, Mapastepec, Huehuetán, Acapetahua, Escuintla, Villacomaltitlán, Mazatan y Acacoyagua del Estado de Chiapas, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del SAE, donar al municipio de Pénjamo o bien al gobierno del Estado de Guanajuato, los restos de las bodegas y terreno ubicado en la ex -- hacienda de Corralejo, de la estación ferrocarrilera Corralejo II, del Municipio de Pénjamo Guanajuato, a cargo del diputado José Erandi Bermúdez Méndez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobernador del Estado de Jalisco, y a la Secretaría de Administración y de Finanzas, se abstengan de invitar a participar al C. Susumo Azano Moritani o a la empresa denominada Diseños e Impresos de Seguridad, SA de CV, en las licitaciones públicas o concursos para la elaboración de matriculas metálicas vehiculares, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación, realice una auditoría a todo el proceso de selección del Servicio Profesional de Carrera y se constituya una subcomisión de legisladores para realizar una visita de inspección al área responsable de ejecutar dicho servicio en la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Beatriz Mojica Morga, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, para que integre en los libros de texto gratuitos la parte relativa a educación cívica, suscrita por diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la SCT, haga público el grado de avance físico y el ejercicio de los recursos presupuestados para este año, a través del proyecto de prestación de servicios para la construcción de la carretera Apatzingán-Cuatro Caminos, en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Veracruz a legislar sobre el tema de participación ciudadana, suscrita por diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IFE y a los Institutos Estatales Electorales, implementen programas y proyectos para la población juvenil, enfocados a incrementar la participación ciudadana en las elecciones, suscrita por diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa para que el Servicio Nacional de Registro Agropecuario se apegue a la aplicación precisa de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, a cargo del diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, emita el decreto que exente a las Pyme del pago de impuesto al activo del ejercicio fiscal 2005, a cargo del diputado Norberto Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la LXII Legislatura del Estado de Chiapas, elabore las adecuaciones correspondientes en su Constitución Estatal, respecto de las reformas al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del año 1999, a cargo del diputado Francisco Antonio Rojas Toledo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para solicitar a la SHCP aplique la tarifa 1-F para el suministro y venta de energía eléctrica en los municipios de Baja California Sur, a cargo del diputado Isidro Camarillo Zavala. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa adicione a las reglas de operación del Programa de Estímulos a la Productividad Ganadera, un texto en apoyo a los particulares dedicados a la crianza de ganado bovino, a cargo de la diputada Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al secretario de Gobernación suspenda el otorgamiento de toda autorización que permita el inicio de operaciones de los permisos ya otorgados para centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números, hasta en tanto no se resuelva la controversia constitucional 97/2004, a cargo del diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal a seguir fomentando la participación ciudadana, a cargo del diputado José Julio González Garza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Legislaturas locales para que recomienden a las universidades e instituciones de educación superior integren en sus planes de estudio el tema de educación cívica, a cargo de la diputada Adriana González Furlong, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal para que a través de la Secretaría de Finanzas libere la asignación de los recursos financieros para el cumplimiento séptimo transitorio del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el Ejercicio Fiscal de 2005, a cargo del diputado Horacio Martínez Meza, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con Punto de acuerdo por el que se exhorta a los Partidos Políticos se dirijan con respeto y dignidad en sus campañas políticas, a cargo de la diputada Virginia Yleana Baeza Estrella, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a los desastres ocasionados por las lluvias en los estados de Chiapas, Puebla, Oaxaca y Veracruz, a cargo del diputado Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a investigar y deslindar responsabilidades respecto a la violación a la Ley Federal para Prevenir y evitar la Discriminación, a cargo del diputado Roberto Colín Gamboa, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, revalide los estudios en medicina de los estudiantes de la Escuela Latinoamericana de Medicina, a cargo del diputado Jorge Martínez Ramos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos de los Estados, realicen el trámite Constitucional de la Minuta con proyecto de Decreto por el que se adiciona un párrafo tercero a la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Sergio Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las ciudades declaradas Patrimonio Mundial y a la Secretaría de Turismo, realicen el Plan Maestro, a cargo de la diputada Nancy Cárdenas Sánchez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del Estado de Baja California, para que dentro de sus facultades, pueda homologar su Código Civil al de otras entidades federativas en materia de derecho familiar, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que exhorta al Ejecutivo federal, a depositar ante la ONU el instrumento de ratificación del estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, suscrito por los diputados Adriana González Carrillo, Rodrigo Iván Cortés Jiménez y Gustavo de Unanue Aguirre, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que exhorta a los gobiernos de los estados con comunidades en estado de desastre y a la Profeco, a implementar acciones para evitar y castigar las prácticas de comercio abusivas en dichas zonas de desastre y las zonas cercanas a ellas, a cargo del diputado Edmundo G. Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a la SEP, a la Sedena, al IMSS, al ISSSTE, a la PGR y al Gobierno del Distrito Federal, a dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-028-SSA2-1999, para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las legislaturas locales de las entidades federativas de la República Mexicana, para que en sus Presupuestos de Egresos para el año fiscal 2006, aprueben un mayor presupuesto para los programas pesqueros, a cargo del diputado Evaristo Corrales Macías, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, tome las medidas necesarias para reabrir el caso de la Isla de la Pasión o Isla de Clipperton, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal redoble esfuerzos para la protección y debida atención de niños migrantes en los procesos de repatriación segura y ordenada en la frontera norte de México, a cargo de la diputada Blanca Gámez Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, redoble esfuerzos para la protección y debida atención de niños migrantes en los procesos de repatriación segura y ordenada en la frontera norte de México, a cargo de la diputada Blanca Gámez Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGJ, al Tribunal Superior de Justicia y a la SSP del estado de Baja California, investiguen a fondo el homicidio de Paulina Baeza Sauceda, a cargo de la diputada Marcela Lagarde y de los Ríos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobernador del estado de Nuevo León, agilice la asignación de los recursos del Ramo 33, relativos al Fondo de Aportación para la Seguridad Pública de los Estados y el Distrito Federal, especialmente al municipio de San Nicolás de los Garza, a cargo de la diputada Norma Patricia Saucedo Moreno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador y al secretario de Seguridad Publica del estado de Nuevo León, expliquen el incremento de la violencia y el presunto involucramiento de jefes policíacos en los recientes acontecimientos de secuestro y delincuencia organizada en la entidad, a cargo de la diputada Norma Patricia Saucedo Moreno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el objeto de que reconsidere el monto económico impuesto por concepto de compensación ambiental en el cambio de uso de suelo de terrenos forestales de zonas áridas del Estado de Chihuahua, a cargo del diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del Ejecutivo federal y del ISSSTE, abstenerse de retener el pago de pensiones a jubilados y pensionados que no hayan presentado la CURP, a cargo del diputado Jaime Fernández Saracho, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, fiscalice y audite los recursos federales que fueron transferidos al IMSS, conforme a los convenios suscritos a partir de 2003 con la Sagarpa y la Ssa, a cargo del diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, mediante la Segob, y al Instituto Nacional de Migración, informen sobre las condiciones de operación de la estación migratoria de Acayucan, Veracruz, a cargo de la diputada Regina Vázquez Saut, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, reconsidere su postura frente al apoyo económico que ofreció el Gobierno Español a los países Centroamericanos afectados por la tormenta Stan, a cargo del diputado Benjamín Fernando Hernández Bustamante, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, efectúe las auditorias necesarias al sistema Metrobús del Gobierno del Distrito Federal y a los funcionarios responsables de dichos sistemas, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para crear una Comisión Plural de diputados que realice una Auditoria Técnica Jurídica y Administrativa a la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al Consejo de Salubridad General y a la Comisión de Presupuesto de esta soberanía, participen en las acciones de prevención de la pandemia de gripe producida por el virus de la influenza aviar, suscrito por los diputados Emilio Serrano Jiménez, Rafael García Tinajero del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Pablo Anaya Rivera del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y el Guillermo Velasco Rodríguez del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con Punto de acuerdo por el que se exhorta al IFE, ejerza un mayor presupuesto en la promoción del voto de los mexicanos residentes en el extranjero, suscrito por los diputados Eliana García Laguna, Juan José García Ochoa y Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCT, programe y ejecute la repavimentación de 45 kilómetros de carretera con destino a la Bocana, municipio de Mulegé, Baja California Sur, a cargo del diputado Isidro Camarillo Zavala. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a esta soberanía contemple en el proyecto de Ley de Ingresos de 2006 la participación de los municipios en los Ingresos Provenientes de las Administraciones Portuarias Integrales que se encuentren en sus jurisdicciones, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo Directivo de la Sociedad Hipotecaria Federal, atienda el punto de acuerdo presentado ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en el mes de agosto del presente año, sobre abstenerse de ejercer las multas que se pretenden aplicar de manera injusta a los desarrolladores de vivienda, a cargo del diputado Felipe de Jesús Díaz González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal intervenga en el conflicto entre la cooperativa de refrescos Pascual y los dueños de dos predios que ocupa ésta; asimismo se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta soberanía, destine una partida para apoyar a estos cooperativistas en el pago de los predios, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SEP y al director de la Conade impulsen la creación de una coordinación encargada de vigilar el fomento a la Educación y Cultura Física en las escuelas de educación básica, a cargo del diputado Gerardo Ulloa Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se pronuncia a favor del fortalecimiento de la ONU en conmemoración de su Sexagésimo Aniversario, suscrito por los Diputados Adriana González Carrillo, Blanca Gámez Gutiérrez y Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, por conducto de la Semarnat, la Secretaría de Salud y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tomen las medidas necesarias para la próxima temporada de caza, por el riesgo que implica el contagio de la gripe aviar, a cargo de la diputada Blanca Eppen Canales, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 recursos para dirimir el problema de agua potable que se ha generado en las comunidades del sur-sureste del país, afectadas por los huracanes Stan y Wilma, a cargo del diputado Fernando Ulises Adame de León, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, una ampliación al presupuesto del Fondo de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, contenido dentro del Ramo 10, ``Economía'', a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, recursos para la construcción de dos caminos rurales en el Estado de Guerrero, a cargo del diputado Francisco Chavarría Valdeolivar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, una partida especial a la Secretaría de Marina, a fin de que se subsane el déficit presupuestario que enfrenta dicha dependencia y cumpla adecuadamente con la comisión encomendada, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Marina. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que los integrantes de la Comisión Especial del Café hacen un exhorto al Ejecutivo federal, para que aplique los excedentes del programa Fondo de la Cafeticultura del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005, a las zonas afectadas por los fenómenos meteorológicos de los últimos días, a cargo del diputado Jorge B. Utrilla Robles, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, destine recursos para el desarrollo de la zona arqueológica Tehuacán el Viejo, ubicada en el área conocida como ``La Mesa'', en el municipio de Tehuacán, Puebla, a cargo del diputado Felipe de Jesús Díaz González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT y al Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, vigilen que los concesionarios de telefonía celular realicen y mantengan actualizada una base de datos de los usuarios de telefonía celular de prepago, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 se establezca una partida presupuestal para atender los aspectos preventivos y de combate al cáncer infantil, a cargo de la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, una ampliación al presupuesto del Fondo Nacional de Innovación para el Desarrollo Tecnológico, contenido dentro del ramo 10 Economía, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, recursos para elaborar y conocer la disponibilidad del agua de todo el territorio nacional, así como realizar estudios para identificar y vigilar las riberas o zonas federales, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, se establezca una partida presupuestal destinada al abastecimiento de un cuadro básico de medicamentos para adultos mayores, que se distribuyan de manera gratuita por medio del seguro popular en toda la República Mexicana, a cargo de la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal y a la Jefa Delegacional en Tláhuac, intercedan a favor de la Escuela Primaria Narciso Reyes Galicia, evitando que siga siendo afectada en sus instalaciones, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, recursos para la homologación de los salarios de los trabajadores de Sepomex respecto al salario mínimo burocrático, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación, audite la gestión financiera del 2004 de la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, una ampliación al presupuesto del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software, contenido dentro del Ramo 10, ``Economía'', a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT y al Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, programen los celulares desde fábrica para que aparezca el cronómetro en minutos y segundos de las llamadas realizadas, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Agricultura y Ganadería, intervenga a efecto de que se considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, recursos suficientes a la Sagarpa, para estar en posibilidad de cumplir a nivel nacional con la Tarifa Única de Energía Eléctrica para uso agropecuario, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT y al Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, emitan la regulación correspondiente para evitar el cobro de tarifa por redondeo, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, las partidas correspondientes al estado de Puebla, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, recursos para la modernización y el mantenimiento del acervo histórico del Instituto Mexicano de la Radio, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Excitativas

A las Comisiones de Energía, de Gobernación, de Seguridad Pública, de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, a solicitud del diputado Federico Madrazo Rojas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad Pública, a solicitud del diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Atención a Grupos Vulnerables, a solicitud de las diputadas Marcela Lagarde y de los Ríos y Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Salvador Sánchez Vázquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Salud, a solicitud del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a solicitud del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a solicitud del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, a solicitud del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, a solicitud de la diputada Amalín Yabur Elías, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a solicitud del diputado Salvador Sánchez Vázquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

A las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, a solicitud de la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud de diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Social.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las Comisiones de Puntos Constitucionales, y de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Gobernación, a solicitud del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría que consulte a la Asamblea...

El diputado Miguel Agustín Alonso Raya (desde la curul): Pido que se verifique el quórum de asistencia.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El quórum está verificado por medio del sistema electrónico, señor diputado Alonso Raya.

El siguiente punto del orden del día es... Permítanme un segundo. Proceda la Secretaría a someter a discusión el acta.


ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves veintisiete de octubre de dos mil cinco, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de cuatrocientos catorce diputadas y diputados, a las diez horas con veinticinco minutos del jueves veintisiete de octubre dos mil cinco, el Presidente declara abierta la sesión.

La Secretaría informa de la incorporación en el orden del día de un dictamen de primera lectura de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis. La Asamblea dispensa la lectura del orden del día en votación económica.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.

Hablan sobre las declaraciones del diputado Miguel Ángel Toscano Velasco, del Partido Acción Nacional, sobre el cabildeo dentro de la Cámara de Diputados, los diputados: Juan Fernando Perdomo Bueno, de Convergencia; Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo; Guillermo Velasco Rodríguez, del Partido Verde Ecologista de México; Luis Eduardo Espinoza Pérez, del Partido de la Revolución Democrática; Federico Döring Casar, del Partido Acción Nacional; y Luis Antonio Ramírez Pineda, del Partido Revolucionario Institucional.

Por indicaciones de la Presidencia, la Secretaría instruye la apertura del sistema electrónico de asistencia para realizar una prueba de funcionamiento.

Dos comunicaciones de la Junta de Coordinación Política con las que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género. Se aprueban en votación económica.

La Junta de Coordinación Política propone los siguientes proyectos de acuerdo:

  • Para exhortar al Ejecutivo Federal a que instruya al representante mexicano ante la Organización de las Naciones Unidas, para que el voto de México ante ese organismo sea en contra del bloqueo que mantiene el gobierno de los Estados Unidos de América contra Cuba. Desde su curul el diputado Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, hace aclaraciones sobre la presentación del proyecto de acuerdo de referencia y, en atención a ellas, el Presidente concede la palabra al diputado Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo, para hablar en pro a nombre de la Junta de Coordinación Política. Sin nadie más que solicite la palabra, la Asamblea aprueba el proyecto en votación económica. Comuníquese.

  • Para exhortar a los titulares del Poder Ejecutivo Federal, de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones políticas del Distrito Federal, y a los presidentes de los órganos de gobierno de los congresos locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a dar seguimiento y resolución a los acuerdos del Tercer Parlamento de las Niñas y los Niños de México. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

  • Para exhortar al Ejecutivo Federal a que adopte acciones para diferir el cumplimiento de las obligaciones fiscales y el pago de contribuciones y emita decreto a efecto de diferir el pago de contribuciones a contribuyentes y a las personas morales no contribuyentes, de las zonas geográficas afectadas por las lluvias y huracanes Stan y Wilma. Hablan en pro la diputada Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez, del Partido Revolucionario Institucional; y el diputado José Orlando Pérez Moguel, del Partido Acción Nacional. Desde su curul el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional, solicita la palabra para proponer una adición y el Presidente hace aclaraciones de procedimiento. La Asamblea considera suficientemente discutido el proyecto en votación económica y de la misma manera lo aprueba. Comuníquese.

  • Para exhortar al Ejecutivo Federal a que agilice la entrega de los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales y destine otras partidas, con el fin de iniciar la etapa de reconstrucción y reactivar la economía y el desarrollo de los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma. Hablan en pro la diputada Evelia Sandoval Urbán, del Partido Revolucionario Institucional; y el diputado Alfredo Rodríguez y Pacheco, del Partido Acción Nacional. Sin nadie más que solicite la palabra, se aprueba en votación económica. Comuníquese.

  • Para exhortar a la Auditoría Superior de la Federación a que proponga los procedimientos de coordinación con las legislaturas locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que colaboren en la verificación de la aplicación correcta de los recursos federales recibidos por esos órdenes de gobierno, para el Sistema de Protección Social en Salud, y a que audite la legalidad y desempeño de la Comisión Nacional de Protección Social de la Salud durante el ejercicio fiscal de dos mil cuatro. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

  • Para exhortar al Ejecutivo Federal instruya a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que destine recursos a un fideicomiso público, que serán aplicados a los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma. El Presidente informa que se concederá la palabra al diputado José Adolfo Murat Macías, del Partido Revolucionario Institucional, para dar lectura al proyecto de referencia. Hablan desde su curul para hacer comentarios sobre la presentación del proyecto los diputados: José Antonio Pablo de la Vega Asmitia, del Partido Acción Nacional, en dos ocasiones, y el Presidente hace aclaraciones e informa que se consultará a la Asamblea en votación económica si admite que el diputado Murat Macías dé lectura al proyecto; y Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, quien además solicita, con el apoyo de otros diputados, que la votación respectiva sea nominal, y el Presidente informa del funcionamiento parcial del sistema electrónico de asistencia y votación, por lo que propone recoger votación económica, y de esa forma la Asamblea admite que el diputado Murat Macías dé lectura al proyecto de acuerdo. Habla en pro la diputada Virginia Yleana Baeza Estrella, del Partido Acción Nacional. Sin nadie más que solicite la palabra, se aprueba el proyecto en votación económica. Comuníquese.

  • Para exhortar a los gobiernos federal y estatales a que instalen en los centros de Readaptación Social que se encuentren sujetos a su administración, los equipos necesarios para inhibir las señales de telefonía celular en su interior. Habla en pro el diputado Ernesto Herrera Tovar, del Partido Acción Nacional. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

    El Presidente informa de nueva cuenta de la existencia de un problema técnico que provoca un funcionamiento parcial del sistema electrónico de asistencia y votación, así como del procedimiento para tomar las votaciones nominales en esta sesión.

    La Cámara de Senadores remite las siguientes minutas proyectos de decreto:

  • Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, para los efectos del inciso d) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  • Que reforma el artículo sexto de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  • Que reforma el artículo séptimo de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

  • Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    La Asamblea dispensa, en votación económica, la lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales. Es de segunda lectura. Sin nadie que solicite la palabra en lo general, el Presidente informa de los artículos que se reservan para la discusión en lo particular. La Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, misma que resulta aprobatoria por cuatrocientos seis votos en pro y ninguno en contra.

    El Presidente informa nuevamente de los artículos reservados y desde su curul el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional, solicita aclaraciones sobre artículos reservados que no están considerados en el proyecto de decreto y el Presidente informa que en este caso se desecharán.

    La diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño, del Partido Revolucionario Institucional, retira su reserva del artículo treinta y dos, fracción vigésima sexta, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    Hacen comentarios de procedimiento, desde su curul, los diputados Pablo Gómez Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática; y Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional. El Presidente, en su oportunidad, hace las aclaraciones que corresponden.

    La diputada María Cristina Díaz Salazar, del Partido Revolucionario Institucional, se refiere al artículo treinta y dos reservado de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y propone la adición de la fracción vigésima, que la Presidencia considera improcedente por no formar parte del proyecto de decreto.

    Hacen comentarios de procedimiento, desde su curul, los diputados Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones; y José Antonio Pablo de la Vega Asmitia, del Partido Acción Nacional, en tres ocasiones. En su oportunidad, el Presidente hace las aclaraciones que corresponden.

    El Presidente considera improcedente la reserva del artículo cuarenta y cinco -- J de la Ley del Impuesto sobre la Renta, hecha por el diputado Guillermo Huízar Carranza, del Partido de la Revolución Democrática, por no formar parte del proyecto de decreto.

    El diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, del Partido Acción Nacional, se refiere a la adición al artículo ciento seis bis; la derogación de la fracción séptima del artículo ciento veintitrés y de los artículos ciento treinta y seis bis y ciento cincuenta y cuatro bis; y la reforma de la fracción primera del artículo ciento cuarenta y dos y de la fracción tercera del artículo ciento cuarenta y ocho, reservados, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y propone su eliminación del proyecto de decreto. La Asamblea admite la propuesta en votación económica.

    La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, del Partido de la Revolución Democrática, se refiere al artículo doscientos doce reservado de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y propone modificaciones a las que la Secretaría da lectura y la Asamblea admite en votación económica. Hablan en contra de las modificaciones propuestas los diputados Francisco Luis Monárrez Rincón y Juan Carlos Pérez Góngora, del Partido Revolucionario Institucional. La Asamblea considera suficientemente discutido el asunto en votación económica.

    El diputado Raúl José Mejía González, del Partido Revolucionario Institucional, habla sobre el artículo segundo, fracción primera, inciso C), numeral uno, reservado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y propone su eliminación del proyecto de decreto.

    Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

    Hacen comentarios de procedimiento los diputados: José Antonio Pablo de la Vega Asmitia, del Partido Acción Nacional; Pablo Gómez Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática; ambos en diversas ocasiones, y Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional. El Presidente, en su oportunidad, hace las aclaraciones de procedimiento correspondientes y concede la palabra para hablar en pro del artículo segundo, fracción primera, inciso C), numeral uno, reservado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en los términos del dictamen, al diputado Gómez Álvarez.

    La Asamblea, en votación económica, aprueba la propuesta del diputado Raúl José Mejía González.

    El Presidente concede la palabra al diputado Víctor Suárez Carrera, del Partido de la Revolución Democrática, para presentar su reserva del artículo octavo de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y antes de iniciar su intervención, hablan desde su curul para hacer comentarios de procedimiento o solicitar se regrese a la discusión del artículo segundo, fracción primera, inciso C), numeral uno, de dicha Ley, los diputados: Pablo Gómez Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, en cuatro ocasiones, solicitando además que la Secretaría dé lectura a dos artículos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; Luis Eduardo Espinoza Pérez, del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones; Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional; Guillermo Velasco Rodríguez, del Partido Verde Ecologista de México, en tres ocasiones; Óscar González Yánez, del Partido del Trabajo; Emilio Serrano Jiménez, del Partido de la Revolución Democrática; Luis Antonio González Roldán, del Partido Verde Ecologista de México, en dos ocasiones; y José Antonio Pablo de la Vega Asmitia, del Partido Acción Nacional. En su momento, el Presidente ofrece las explicaciones de procedimiento que corresponden.

    En atención a la solicitud del diputado Gómez Álvarez, la Secretaría da lectura a los artículos ciento veinticuatro y ciento veinticinco del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y el Presidente hace aclaraciones de procedimiento.

    En votación económica la Asamblea considera suficientemente discutido el artículo segundo, fracción primera, inciso C), numeral uno, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    El diputado Víctor Suárez Carrera, del Partido de la Revolución Democrática, se refiere al artículo octavo, fracción primera, inciso f), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, reservado, y propone modificaciones a las que la Secretaría da lectura y la Asamblea desecha en votación económica.

    El diputado Miguel Ángel Toscano Velasco, del Partido Acción Nacional, habla sobre los artículos reservados tercero, diecinueve y veintitrés -- B, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y propone modificaciones que la Asamblea desecha en votación económica. Previamente, el Presidente informa que no ha lugar la reserva del artículo veintitrés de esa Ley, en virtud de no ser considerado en el proyecto de decreto.

    El diputado Carlos Blackaller Ayala, del Partido Revolucionario Institucional, se refiere a los artículos segundo, tercero, cuarto, octavo y diecinueve, reservados, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y propone modificaciones que la Asamblea admite a discusión en votación económica. Habla en pro del artículo segundo en los términos del dictamen, el diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del Partido Verde Ecologista de México, y es interrumpido por los diputados: Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar una moción de orden que el Presidente considera procedente; Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del Partido Verde Ecologista de México, y Emilio Serrano Jiménez, del Partido de la Revolución Democrática, de quienes acepta sendas interpelaciones; y José Antonio Pablo de la Vega Asmitia, del Partido Acción Nacional, para solicitar una moción de orden que el Presidente atiende. Hacen nuevos comentarios de procedimiento, desde su curul, los diputados Vega Murillo y De la Vega Asmitia, y el Presidente hace las aclaraciones correspondientes. En votación económica la Asamblea no autoriza se le conceda la palabra al diputado Emilio Serrano Jiménez. Desde su curul el diputado Blackaller Ayala hace comentarios sobre sus propuestas de modificación, mismas que la Asamblea aprueba en votación económica. También desde su curul el diputado Juan Francisco Molinar Horcasitas, del Partido Acción Nacional, hace comentarios sobre las modificaciones aprobadas. El diputado Blackaller Ayala retira sus propuestas.

    Se recogen las siguientes votaciones nominales de los artículos:

  • Treinta y dos, fracción vigésima sexta, en los términos del dictamen; y con las propuestas admitidas: la adición al artículo ciento seis bis; la derogación de la fracción séptima del artículo ciento veintitrés y de los artículos ciento treinta y seis bis y ciento cincuenta y cuatro bis; la reforma de la fracción primera del artículo ciento cuarenta y dos y de la fracción tercera del artículo ciento cuarenta y ocho, y doscientos doce, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

  • Segundo, tercero, cuarto, octavo, diecinueve y veintitrés -- B de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en los términos del dictamen.

    Se aprueban por trescientos ochenta y cinco votos en pro, catorce en contra y doce abstenciones.

    El Presidente explica el sentido de la siguiente votación y desde su curul el diputado Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, solicita aclaraciones al respecto que el Presidente hace. No se aprueba el artículo segundo, fracción primera, inciso C), numeral uno, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, por ciento dieciséis votos en pro, doscientos sesenta y ocho en contra y diecinueve abstenciones.

    El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

    La Asamblea dispensa en votación económica la lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Es de segunda lectura. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos noventa y tres votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo dieciocho de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que adiciona una fracción decimacuarta bis al artículo sexto de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Es de primera lectura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. Es de primera lectura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con proyecto de decreto que concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del dos al seis de noviembre de dos mil cinco, a fin de que realice una Visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la Cuarta Cumbre de las Américas y en la Decimanovena Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones a realizarse en Mar del Plata, Argentina. Es de primera lectura.

    En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis. El Presidente informa de la presentación de tres votos particulares al respecto. Fija la posición del Partido de la Revolución Democrática el diputado Alfonso Ramírez Cuéllar. El Presidente informa de los artículos reservados y la Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, misma que resulta aprobatoria por trescientos setenta y dos votos en pro, seis en contra y cinco abstenciones.

    Se refieren al artículo primero reservado, apartado C, fracción novena, numeral tres, del proyecto de Ley, los diputados: Francisco Javier Carrillo Soberón, del Partido de la Revolución Democrática; y Manuel Enrique Ovalle Araiza, del Partido Acción Nacional, y proponen modificaciones de manera conjunta, que la Asamblea desecha en votación económica.

    Se concede la palabra para hablar del artículo segundo reservado, primer párrafo, del proyecto de Ley, el diputado Adrián Villagómez García, del Partido Revolucionario Institucional, quien propone la adición de un artículo transitorio, y el Presidente le formula una moción de orden, solicitándole que en su oportunidad la presente. Habla en contra del artículo de referencia el diputado Francisco Luis Monárrez Rincón, del Partido Revolucionario Institucional.

    El diputado Francisco Javier Carrillo Soberón, del Partido de la Revolución Democrática, se refiere a los artículos reservados del proyecto de Ley:

  • Quinto, fracciones primera y segunda, y propone modificaciones que la Asamblea desecha en votación económica.Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga
  • Séptimo, fracción séptima, y propone modificaciones que la Asamblea admite en votación económica.

    Habla sobre el artículo doce reservado, párrafos noveno y undécimo, del proyecto de Ley, el diputado Salvador Pablo Martínez Della Rocca, del Partido de la Revolución Democrática, y propone modificaciones a nombre de integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, que la Asamblea desecha en votación económica.

    El diputado Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, retira su reserva del artículo dieciséis, fracción cuarta, inciso b), del proyecto de Ley.

    Desde su curul la diputada Tatiana Clouthier Carrillo hace comentarios sobre las últimas votaciones económicas que el Presidente recoge.

    El diputado Víctor Suárez Carrera, del Partido de la Revolución Democrática, habla sobre el artículo sexto transitorio reservado del proyecto de Ley, y propone dos modificaciones a las que la Secretaría da lectura y, a solicitud del diputado Luis Antonio Ramírez Pineda, del Partido Revolucionario Institucional, se votan de manera individual, desechándose la primera en votación económica y la segunda, votada nominalmente a solicitud hecha por el diputado Adrián Chávez Ruiz, del Partido de la Revolución Democrática, respaldada por otros diputados, se desecha por ciento veintidós votos en pro, doscientos cincuenta y cinco en contra y dos abstenciones.

    Proponen adiciones al proyecto de Ley los diputados del Partido Revolucionario Institucional:

  • Juan Carlos Pérez Góngora, de los artículos treinta y ocho y treinta y nueve, que se desechan por ciento seis votos en pro, doscientos sesenta y cinco en contra y cuatro abstenciones, luego de que en dos votaciones económicas existiera duda sobre el resultado.

  • Omar Bazán Flores, de un artículo transitorio, que se admite a discusión en votación económica, hablando en pro los diputados Fernando Ulises Adame de León y Pedro Ávila Nevárez, del Partido Revolucionario Institucional. La Asamblea considera suficientemente discutida la adición en votación económica y de la misma forma la aprueba. Desde su curul el diputado Julio Boltvinik Kalinka, del Partido de la Revolución Democrática, hace comentarios sobre el procesamiento de las adiciones propuestas de los que el Presidente toma nota.

  • María Cristina Díaz Salazar, de un artículo transitorio, al que la Secretaría da lectura y la Asamblea desecha en votación económica. Desde su curul el diputado Pedro Ávila Nevárez, del Partido Revolucionario Institucional, hace comentarios sobre la adición de referencia.

  • Adrián Villagómez García, de un artículo transitorio, que la Asamblea desecha en votación nominal por ciento cuarenta y siete votos en pro, doscientos treinta y dos en contra y tres abstenciones, luego de existir dudas sobre el resultado de la votación económica previamente recogida.

    El Presidente informa sobre el procedimiento para votar los artículos reservados y la Secretaría recoge las siguientes votaciones:

  • De los artículos primero, apartado C, fracción novena, numeral tres; segundo, primer párrafo; quinto, fracciones primera y segunda; doce, párrafos noveno y undécimo; dieciséis, fracción cuarta, inciso b); y sexto transitorio, del proyecto de Ley, que se aprueban en los términos del dictamen por trescientos tres votos en pro, setenta y cuatro en contra y cinco abstenciones.

  • Del artículo séptimo, fracción séptima, del proyecto de Ley, con las modificaciones admitidas. El Presidente aclara que los votos en pro serán a favor de este artículo con las modificaciones admitidas, mientras que los votos en contra se considerarán a favor de los términos del dictamen. La votación arroja el siguiente resultado: ochenta y cinco votos en pro y doscientos noventa y cuatro en contra. En consecuencia, queda aprobado el artículo de referencia en los términos del dictamen.

  • De la adición de un artículo transitorio, que se desecha por ciento cincuenta y tres votos en pro, doscientos veintiuno en contra y dos abstenciones.

    El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

    En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con proyecto de decreto que concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del dos al seis de noviembre de dos mil cinco, a fin de que realice una Visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la Cuarta Cumbre de las Américas y en la Decimanovena Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones a realizarse en Mar del Plata, Argentina. Sin discusión se aprueba por trescientos cincuenta y tres votos en pro, doce en contra y cuatro abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

    El Presidente informa de la recepción de las siguientes proposiciones con puntos de acuerdo para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis, se consideren recursos suficientes para diversos rubros, de los diputados:

  • Rogelio Rodríguez Javier, del Partido Revolucionario Institucional, para los cacaoteros de los municipios de Comalcalco, Jalpa de Méndez y Cunduacán del estado de Tabasco.

  • María de los Dolores Padierna Luna, del Partido de la Revolución Democrática, para la reconstrucción de las zonas afectadas por el huracán Wilma, en particular en el estado de Quintana Roo.

  • Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Partido Revolucionario Institucional, para la construcción de una dársena de abrigo para embarcaciones menores en Santa Clara, Yucatán.

  • Adriana González Carrillo, María Guadalupe Suárez Ponce y Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del Partido Acción Nacional, para la construcción de una estación migratoria en el municipio de Tultitlán, estado de México.

  • Isidro Camarillo Zavala, para la instalación de un arco para revisión y detección de armas y drogas en la carretera transpeninsular en Baja California Sur.

  • Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Partido Revolucionario Institucional, para el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, destinados a las erogaciones que correspondan al cumplimiento de los laudos relativos al caso de los trabajadores despedidos injustamente por ese Instituto desde mil novecientos noventa y nueve.

  • Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del Partido Acción Nacional, para el Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Fondo de Apoyo a Comunidades para Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de Propiedad Federal.

  • Benito Chávez Montenegro, del Partido Revolucionario Institucional, para el desarrollo de la comunidad Huichol Wixarika, que se localiza en la Sierra Madre Occidental, que comprende diversos municipios de los estados de Jalisco, Zacatecas, Durango y Nayarit.

  • Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del Partido Acción Nacional, para el Instituto Mexicano del Cine, el Centro de Capacitación Cinematográfica y a los Estudios Churubusco -- Azteca.

  • Esthela de Jesús Ponce Beltrán, del Partido Revolucionario Institucional, para la pavimentación de caminos en los municipios del estado de Baja California Sur.

  • Agustín Miguel Alonso Raya, del Partido de la Revolución Democrática, para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, destinados a la compra total de cartera de los créditos cofinanciados por el Fondo de la Vivienda de ese Instituto.

    Se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

    Transcurrido el tiempo acordado para la duración de las sesiones, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión.

    El Presidente informa que la última votación nominal servirá de registro final de diputadas y diputados y levanta la sesión a las diecinueve horas con cuarenta y cuatro minutos, citando para la que tendrá lugar el jueves tres de noviembre de dos mil cinco a las once horas.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Someta la Secretaría el acta.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobada, el acta. Continúe la Secretaría.


    ESTADO DE GUERRERO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo.--- H. Congreso del Estado de Guerrero.

    CC. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- México, DF.

    Por instrucciones de la Presidencia de la Mesa Directiva del Pleno de la Quincuagésima Séptima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, adjunto al presente, para los efectos de lo dispuesto en su artículo segundo transitorio, el acuerdo parlamentario por el que este honorable Congreso exhorta al cabildo del honorable ayuntamiento de Coyuca de Benítez para que investigue cabalmente e instruya el procedimiento de responsabilidad administrativa correspondiente y, en su caso, aplique las sanciones conducentes a los servidores públicos que han omitido la aplicación de las leyes en materia de desarrollo urbano y protección al ambiente aprobado en sesión celebrada el martes 11 de octubre del año en curso

    Atentamente.

    Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, miércoles 12 de octubre de 2005.--- Lic. Saez Guadalupe Pavía Miller (rúbrica), Oficial Mayor.»

    «Escudo.--- H. Congreso del Estado de Guerrero.

    La Quincuagésima Séptima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en nombre del pueblo que representa y

    Considerando

    Que en sesión celebrada el 11 de octubre de 2005, el ciudadano diputado Marco Antonio de la Mora Torreblanca presentó una propuesta de punto de acuerdo, bajo los siguientes términos:

    ``Que de manera pública se han denunciado diversas irregularidades en la isla Montosa, ubicada en la laguna de Coyuca, del municipio de Coyuca de Benítez, tales como la supuesta compraventa y ocupación ilegal de una fracción de esta isla, así como el desarrollo de obras y actividades sin el permiso o autorización de las instancias, municipales y federales, correspondientes.

    Que a esas irregularidades se suma la denuncia pública de la tala de 30 mil metros cuadrados de manglar, sin ningún tipo de autorización, llevadas a cabo en los parajes conocidos como ``La Gloria'', ``Piedras Azules'' y ``Estero del Infiernillo'' en la laguna de Coyuca, del municipio en mención.

    Que los diputados integrantes de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, mediante acuerdo de comisión de fecha 27 de marzo del presente año, solicitaron al presidente municipal de Coyuca de Benítez, ciudadano Rafael Ariza Bibiano, la información con relación a los permisos y las autorizaciones municipales de las obras llevadas a cabo en los parajes mencionados en el párrafo anterior.

    Que por oficio número 045, con fecha 13 de julio del presente año el presidente municipal admite conocer la existencia de las obras, pero desconoce de los medios legales de que se han valido para la construcción del consorcio turístico y aduce que no se cuenta con la autorización de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), ni de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

    Que es inaceptable el incurrimiento en que recae esta autoridad municipal al omitir la aplicación de sus atribuciones que estipula la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Guerrero número 211, la cual en su artículo 9o., fracción XI, establece que corresponde a los municipios, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, otorgar o negar las autorizaciones, licencias y permisos de usos de suelo, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones y condominios, de conformidad con esta ley, con los planes y programas de desarrollo urbano y con otras disposiciones jurídicas aplicables, así como con las demás leyes en la materia.

    Que en cuanto a las atribuciones de las autoridades federales en este asunto, la situación se torna inconcebible, ya que por parte de la Procuraduría General de la República y Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, donde esta última, de acuerdo con el artículo 202 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, está facultada para iniciar las acciones que procedan, ante las autoridades judiciales competentes, cuando conozca de actos, hechos u omisiones que constituyan violaciones de la legislación administrativa o penal. Sin embargo, hasta la fecha esas dos instituciones no han logrado sancionar penalmente al señalado como presunto responsable de la tala de 30 mil metros cuadrados de mangle en la laguna de Coyuca.

    Que lamentablemente y a raíz de la falta de actuación y sanción por parte de las autoridades municipales y federales correspondientes, se ha denunciado que los presuntos responsables siguen llevando a cabo actos, obras y actividades irregulares, entre las cuales llama la atención la existencia de documentos, que constan en declaración ministerial, de una compraventa de terrenos de la isla Montosa, siendo éstos bienes de la nación, constituyéndose, en su caso, un delito del orden federal.

    Que ahora bien, con base en la Ley de Aguas Nacionales, la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y de sus bienes públicos inherentes corresponden al Ejecutivo federal, quien ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua.

    Que una de las atribuciones de esta Comisión es administrar las aguas nacionales y los bienes nacionales a que se refiere el artículo 113 de la ley en mención, que entre otros se encuentran las islas que existen o que se formen en los vasos de lagos, lagunas, esteros, presas y depósitos o en los cauces de corrientes de propiedad nacional, excepto las que se formen cuando una corriente segregue terrenos de propiedad particular, ejidal o comunal; y preservar y controlar la calidad de las mismas, así como manejar las cuencas en los términos de la mencionada ley.

    Que esta Comisión tiene facultades para expedir los títulos de concesión, asignación o permiso de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales por parte de personas físicas o morales, de acuerdo con las reglas y condiciones que establecen la Ley de Aguas Nacionales y su reglamento.

    Que al igual que las ya mencionadas dependencias federales, la Comisión Nacional del Agua (CNA) no ha cumplido su obligación de denunciar la compraventa ilegal de predios dentro de la isla ante la Procuraduría General de la República, o actuar ante la ocupación ilegal en la isla Montosa.

    Que, por nuestra parte, los integrantes de la Comisión de Recursos Naturales hemos solicitado información a la Comisión Nacional del Agua, en fecha 26 de agosto del presente año, respecto a la existencia de la mencionada compraventa de una fracción de la isla, así como de la ocupación irregular de la misma, pidiéndole su intervención conforme a la ley en caso de la existencia de ésta, sin que a la fecha hayamos recibido respuesta alguna.''

    Que vertido lo anterior, en sesión de fecha 11 de octubre de 2005 la Quincuagésima Séptima Legislatura al honorable Congreso del estado aprobó por unanimidad de votos, en todos y cada uno de sus términos, la propuesta de punto de acuerdo presentada por el ciudadano diputado Marco Antonio de la Mora Torreblanca.

    Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 47, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; y 8, fracción I, y 127, párrafo cuarto, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo número 286, el honorable Congreso del estado de Guerrero decreta y expide el siguiente

    Acuerdo Parlamentario

    Primero. La Quincuagésima Séptima Legislatura al H. Congreso del estado de Guerrero exhorta al cabildo del honorable ayuntamiento de Coyuca de Benítez para que investigue cabalmente e instruya el procedimiento de responsabilidad administrativa correspondiente y, en su caso, aplique las sanciones conducentes a los servidores públicos que han omitido la aplicación de las leyes en materia de desarrollo urbano y de protección del ambiente.

    Segundo. Se exhorta a los titulares de la Comisión Nacional del Agua, de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de la Procuraduría General de la República para que, en el ámbito de su competencia, inicien los procedimientos administrativos correspondientes a los servidores públicos que han sido omisos en la aplicación de las disposiciones legales para detener la invasión de los bienes de la nación a que se hace referencia en el presente acuerdo parlamentario.

    Tercero. Se exhorta a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por conducto de su Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que interceda ante las autoridades federales citadas en el punto anterior por la falta de actuación de sus funcionarios para que inicie y, en su caso, agilice los procedimientos administrativos para fincar responsabilidades conforme a las leyes de la materia.

    Transitorios

    Primero. El presente acuerdo parlamentario surtirá efectos a partir de la fecha de su expedición.

    Segundo. Comuníquese el presente acuerdo parlamentario al cabildo del honorable ayuntamiento de Coyuca de Benítez, Guerrero, a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y a los titulares de la Comisión Nacional del Agua, de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Procuraduría General de la República.

    Tercero. Publíquese el presente acuerdo parlamentario en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, para su conocimiento general.

    Cuarto. Publíquese el presente acuerdo parlamentario en dos diarios de mayor circulación estatal para su conocimiento general.

    Dado en el Salón de Sesiones del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, a los once días del mes de octubre de dos mil cinco.--- Dip. Rómulo Reza Hurtado (rúbrica), Presidente; Dip. Joel Eugenio Flores (rúbrica), Secretario; Dip. Urbano Lucas Santamaría (rúbrica), Secretario.»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Remítase a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.
    ESTADO DE MORELOS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo.--- Poder Legislativo de la XLIX Legislatura.--- 2003-2006.

    CC. Diputados Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    Por instrucciones del diputado Enrique Iragorri Durán, Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del estado, y por acuerdo de sesión ordinaria celebrada el día de hoy, le remito en copia certificada el punto de acuerdo mediante el cual esta Cuadragésima Novena Legislatura les solicita que en el Presupuesto de Egresos de 2006 se considere una partida para nuestro estado, a fin de que el gobierno de Morelos pueda aportar la cantidad correspondiente a los ex braceros de nuestra entidad y, así, apoyar al fideicomiso de pago para que se solucione en definitiva esta deuda histórica con los ex trabajadores mexicanos braceros de 1942-1964.

    Sin otro particular, reitero a usted la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Cuernavaca, Mor., octubre 11 de 2005.--- Lic. Julio Ernesto Pérez Soria (rúbrica), secretario general de Servicios Legislativos y Parlamentarios del Congreso del estado.»

    «Escudo.--- Poder Legislativo de la XLIX Legislatura.--- 2003-2006.

    La Cuadragésima Novena Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Morelos, en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 40, fracción II, de la Constitución Política local, y

    Considerando1.- Durante los años de la posguerra los Estados Unidos de Norteamérica ante la necesidad de mano de obra suscribieron con México convenios internacionales para la contratación de trabajadores mexicanos temporales. Esto tuvo lugar de 1942 a 1964. Durante todos estos años, a los trabajadores mexicanos, de acuerdo con los contratos establecidos en ese entonces, el gobierno de México les retuvo a manera de ahorro el 10 por ciento de sus salarios. Inexplicablemente nunca les fueron devueltos estos recursos a quienes con sus manos y trabajo fueron a otro país en busca de una oportunidad que no encontraban aquí en su tierra, dejando atrás durante años a sus familias con la única meta de salir adelante.

    2.- La devolución de este dinero a sus auténticos propietarios no es una dádiva ni una limosna. Es sencillamente reintegrar estos recursos a quienes corresponde y que hoy en su mayoría son personas de la tercera edad y viudas de los trabajadores que migraron en ese entonces.

    3.- Organizados en la Alianza Binacional Braceroproa, miles de ciudadanos han demandado al gobierno de México que cumpla lo establecido en los contratos de aquellos años y les devuelva sus ahorros. En Morelos, 2,800 ciudadanos demandan ser atendidos en este penoso asunto. Luego de numerosas manifestaciones y reuniones con el Poder Ejecutivo federal y el Congreso de la Unión se convino crear el 25 de mayo de 2005 el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migrantes Mexicanos con recursos de aportación del gobierno federal, los gobiernos de los estados y el Distrito Federal.

    Por lo anteriormente expuesto, es de aprobarse el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Se solicita a la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión que en el Presupuesto de Egresos de 2006, se considere una partida para nuestro estado, a fin de que el gobierno de Morelos pueda aportar la cantidad correspondiente a los ex braceros de nuestra entidad y, así, apoyar al fideicomiso de pago para que se solucione en definitiva esta deuda histórica con los ex trabajadores mexicanos braceros de 1942-1964.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Recinto Legislativo, a los once días del mes de octubre de dos mil cinco.--- Dip. Kenia Lugo Delgado (rúbrica), Secretaria de la Mesa Directiva del Congreso del estado; Dip. Berta Rodríguez Báez (rúbrica), Secretaria de la Mesa Directiva del Congreso del estado.

    «Escudo.--- Poder Legislativo de la XLIX Legislatura.--- 2003-2006.

    Lic. Julio Ernesto Pérez Soria, Secretario General de Servicios Legislativos y Parlamentarios del Congreso del estado de Morelos, con la facultad que me otorga el artículo 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Congreso del estado de Morelos.

    Certifico

    Que el presente juego de copias fotostáticas, constantes de dos fojas útiles concuerdan fiel y exactamente con su original, que tuve a la vista.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Se expide en la ciudad de Cuernavaca, Morelos, a los once días del mes de octubre del año dos mil cinco.--- Lic. Julio Ernesto Pérez Soria (rúbrica), secretario general de Servicios Legislativos y Parlamentarios.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.


    ESTADO DE QUERETARO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo.--- Querétaro.--- Poder Legislativo.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- México, DF.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracciones V y XII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Querétaro, en sesión ordinaria del Pleno de la Legislatura celebrada el 27 de septiembre de 2005, se aprobó el acuerdo mediante la cual esta LIV Legislatura del estado de Querétaro emite formal pronunciamiento a favor de fortalecer los Programas de Apoyo al Ingreso Objetivo, para su ejercicio en los estados productores de trigo, remitiéndoles un ejemplar para su trámite correspondiente.

    Sin otro particular, le reiteramos nuestro respeto institucional.

    Atentamente.

    Santiago de Querétaro, Qro., a 4 de octubre de 2005.--- LIV Legislatura del estado de Querétaro, Mesa Directiva.--- Dip. José Hugo Cabrera Ruiz (rúbrica), Presidente; Dip. Fernando Julio César Orozco Vega (rúbrica), Segundo Secretario.»

    «Escudo.--- Querétaro.--- Poder Legislativo.

    La Quincuagésima Cuarta Legislatura del estado de Querétaro, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 40 y 41, fracción XXXIV, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, y

    Considerando1. Que el trigo es el nombre común del cereal del género Tritícum, de la familia de las gramíneas y cuyos nutrientes y valor energético se consideran esenciales en la dieta humana, puesto que es considerado un producto básico y estratégico por la amplia gama de insumos que aporta, tanto para la alimentación humana como para la animal, y nutricionalmente es comparable, únicamente, con la avena.

    2. Que como alimento humano ha sido consumido desde tiempos prehistóricos por los pueblos de las regiones templadas; constituyendo el cereal más importante de dichas regiones, empleándose de una u otra manera en casi todo el mundo, a menudo como la principal fuente de proteína vegetal.

    3. Que en la producción nacional destacan los trigos suaves y los cristalinos. La producción de trigos duros es creciente. Para la comercialización se identifican cinco grupos, dependiendo del tipo y características del gluten, sobresaliendo en el territorio nacional las regiones Noroeste y Bajío por su preponderancia en la producción de trigo.

    4. Que en la actualidad, la producción de trigo es de suma prioridad, no en virtud de su autoconsumo, sino de su alto grado de comercialización y, en consecuencia, de las fuentes de trabajo que genera.

    5. Que, en consecuencia, hoy tenemos que trabajar sumando esfuerzos de apoyo al campo, el cual, por razones sociales y productivas, debe ocupar y ocupa un lugar preponderante en el quehacer gubernamental, incluyendo, desde luego, el mejoramiento de los sistemas de apoyo a la comercialización de granos.

    Por lo expuesto, esta Quincuagésima Cuarta Legislatura expide el siguiente:

    Acuerdo mediante el cual esta LIV Legislatura del estado de Querétaro emite formal pronunciamiento a favor de fortalecer los Programas de Apoyo al Ingreso Objetivo, para su ejercicio en los estados productores de trigo

    Resolutivo Único. Esta soberanía emite formal pronunciamiento a favor de fortalecer los Programas de Apoyo al Ingreso Objetivo, para su ejercicio en los estados productores de trigo.

    Transitorios

    Primero.- Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el Pleno de la LIV Legislatura.

    Segundo.- Remítase copia del presente a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para su trámite correspondiente, así como a las Legislaturas del país y a la Asamblea del Distrito Federal, para su posible adherencia en beneficio de los productores del campo mexicano.

    Tercero.- Una vez aprobado, remítase al titular del Poder Ejecutivo del estado para su publicación en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Querétaro ``La Sombra de Arteaga''.

    Lo tendrá entendido el ciudadano gobernador constitucional del estado y mandará a que se imprima y publique.

    Atentamente.

    Dado en el recinto oficial del Poder Legislativo, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil cinco.--- LIV Legislatura del estado de Querétaro, Mesa Directiva: Dip. José Hugo Cabrera Ruiz (rúbrica), Presidente; Dip. Fernando Julio César Orozco Vega (rúbrica), Segundo secretario.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Remítase a la Comisión de Agricultura y Ganadería, para su conocimiento.
    COMISIONES LEGISLATIVAS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34, inciso c), 43, párrafo 3, y 44, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de la siguiente integración en la Comisión Especial de la Función Pública:

  • Que cause alta como secretaria la diputada Beatriz Mojica Morga.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 28 de octubre de 2005.--- Diputado Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobada.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34, inciso c), y 44, punto 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de la siguiente integración de la Comisión Especial de la Función Pública:

  • Que la diputada María Angélica Díaz del Campo cause alta como integrante en dicha Comisión.

    Lo anterior para su atención procedente.

    Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 28 de octubre de 2005.--- Diputado Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De enterado.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34, inciso c), y 44, punto 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de los siguientes cambios, solicitados por el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, Coordinador el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

  • Que la diputada Alejandra Méndez Salorio salga del Grupo de Amistad México-Brasil.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 27 de octubre de 2005.--- Diputado Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De enterado.
    DISTRITO FEDERAL

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42, fracción XXV, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción XXI, 36, fracciones V y XX, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro, resolvió aprobar el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal, y al local del Distrito Federal, a que proyecten un incremento para el rubro de ampliación y mantenimiento de las escuelas públicas del sistema educativo del Distrito Federal, dentro de la propuesta de Presupuesto de Egresos de la Federación y del Distrito Federal, respectivamente, para el ejercicio fiscal de 2006.

    Segundo. Se exhorta a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Educación de la Cámara de Diputados y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respectivamente, a que, en el marco del análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos federal y local para el 2006, consideren un incremento sustantivo de los recursos destinados a la ampliación y mantenimiento de las escuelas públicas del sistema educativo del Distrito Federal.

    Tercero. Se solicita a las comisiones dictaminadoras de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal que consideren y etiqueten en el Presupuesto de Egresos del DF 2006 una partida específica para:

  • Operar en el rubro de infraestructura escolar de nivel básico de las delegaciones de Álvaro Obregón y Cuajimalpa de Morelos, Distrito XXI, un programa exclusivo para el saneamiento de sanitarios escolares.

  • Enfrentar la problemática, abandono y rezago de las escuelas públicas del Distrito Federal consideradas en situación de riesgo.

    Cuarto. Se exhorta a los jefes delegacionales de Cuajimalpa de Morelos y de Álvaro Obregón, a que ejerzan en tiempo y forma y con responsabilidad el presupuesto destinado a la conservación y mantenimiento de inmuebles educativos, dadas las malas condiciones de infraestructura en que se encuentran las escuelas de Cuajimalpa y Álvaro Obregón.

    En tal virtud, me permito solicitarle su intervención y apoyo, a efecto de que se realicen las acciones necesarias para los efectos legales a que haya lugar. Sírvase encontrar anexo al presente, copia del punto de acuerdo en comento.

    Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

    Atentamente.

    Recinto Legislativo, a 18 de octubre de 2005.--- Dip. Héctor Mauricio López Velásquez (rúbrica), Presidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    Dip. Héctor Mauricio López Velázquez, Presidente de la Mesa Directiva de la III Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- Presente.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17, fracción VI, de la Ley Orgánica; 133 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos ordenamientos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a consideración de esta órgano deliberativo, la presente propuesta con punto de acuerdo, sobre las escuelas del Distrito Federal y del distrito local XXI, Cuajimalpa de Morelos y Álvaro Obregón, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    El objetivo central de la política de educación básica en el Distrito Federal es promover una gestión más autónoma de las escuelas, fortaleciendo el liderazgo de los directivos, el trabajo en equipo del cuerpo docente y la flexibilización del trabajo en el aula para poder atender las necesidades diversas de los alumnos. El desarrollo de las capacidades de los alumnos de educación básica depende, por un lado, de sus condiciones físicas y de su higiene mental, y por el otro, de las condiciones de operación e infraestructura de las escuelas y del impulso a la innovación de los procesos de enseñanza y aprendizaje.

    La relación entre presupuesto educativo, rendimiento escolar, logro educativo e indicadores de desarrollo, ocupa un lugar destacado de la agenda nacional y estatal, y cobra relevancia en la coyuntura de la discusión de los Presupuestos de Egresos, sobre todo cuando la expectativa que genera la educación nunca se ha alcanzado más que en el discurso político y el uso mediático. Para este año 2006 no se asignará el 8% del PIB para educación, tal y conforme lo señala la Ley General de Educación, lo recomendó la UNESCO y lo prometió el Ejecutivo federal.

    En el Distrito Federal hay 8,726 escuelas de educación básica, normal especial y de adultos, 5,356 son públicas y 3,370 privadas que en su mayoría son de nivel preescolar. La matrícula de las escuelas federales se distribuye de la siguiente manera: 13.1% preescolar; 53.5% en primaria y 27.1 % en secundaria; el 6.3 restante corresponde a la matrícula en educación inicial, especial, normal y de adultos. Uno de cada cinco habitantes de 15 años y más tiene como grado máximo de estudios la secundaria completa, y casi uno de cada dos, estudios post-secundarios.

    En la capital hay 65 mil niños y niños de entre 6 y 17 años de edad que no van a la escuela por motivos de desigualdad social, es decir, 3.6 por ciento de la población total de estudiantes de esa edad. El universo de estudiantes de preprimaria, primaria y secundaria es de un millón 800 mil niños y jóvenes, y del total que no tienen acceso a ella, por lo menos 500 niños nunca han ido a la escuela.

    En todas las delegaciones, excepto en Cuajimalpa de Morelos y en Álvaro Obregón, se cuenta con la infraestructura suficiente para atender la demanda. La infraestructura y el equipamiento de los planteles escolares del Distrito Federal son precarios en algunas zonas de la ciudad y, en términos generales, su mantenimiento deja mucho que desear. La obsolescencia del mobiliario, el equipamiento y el material didáctico es también evidente; las bibliotecas de los planteles no están en capacidad de responder a las necesidades de alumnos y maestros.

    Una de las prioridades que está relacionada con la salud de los alumnos de los planteles educativos es la referente al cuidado, mantenimiento y saneamiento de los sanitarios. Es de gran importancia poner especial atención en esta problemática en las escuelas, toda vez que muchos de los sanitarios carecen de mantenimiento en su infraestructura. Por ello, es indispensable etiquetar dentro del programa de infraestructura educativa una partida específica para ejercerla a través de un programa destinado al saneamiento de sanitarios escolares.

    En algunas escuelas como la Vasco de Quiroga, en Álvaro Obregón, y la José Arturo Pichardo, en Cuajimalpa de Morelos, existen serias filtraciones de drenaje y tubería de agua potable que pone en riesgo de salubridad a la población estudiantil, por los focos de infección que se presentan en los sanitarios, al no contar con la instrumentación y adecuada limpieza.

    La organización de los servicios educativos se centra con frecuencia en la dinámica de la burocracia y no en los propósitos de la escuela. Se opera con una lógica en la que, en ocasiones, se atienden intereses especiales de grupo por encima de las necesidades del servicio. La distribución de recursos a las escuelas es inadecuada, porque responde a las necesidades del promedio y desatienden la diversidad que existe en el Distrito Federal. No se dispone de indicadores de consecuencias que orienten la programación y presupuestación del gasto; escasamente se recurre a la evaluación de la prestación del servicio educativo y a la rendición de cuentas.

    Por ejemplo, en Cuajimalpa existen 57 instalaciones educativas entre escuelas primarias, secundarias y de nivel medio superior. Por cuanto hace a la infraestructura escolar de nivel básico (que incluye la construcción de espacios educativos en planteles existentes y la conservación y mantenimiento de inmuebles educativos) la delegación presupuestó originalmente para este rubro $12.3 millones de pesos para el cumplimiento de sus metas físicas, mismo que modificó y ejerció quedando en $6.8 millones de pesos, es decir, ejerció sólo el 50% de lo solicitado originalmente y regresó el otro 50%, por no haberse aplicado en tiempo y forma esos dineros al mantenimiento de las escuelas.

    En Álvaro Obregón, por cuanto hace a la infraestructura escolar de nivel básico (que incluye la construcción de inmuebles educativos nuevos, la construcción de espacios educativos en planteles existentes y la conservación y mantenimiento de inmuebles educativos) se erogarían originalmente $53.3 millones de pesos, para el mantenimiento y conservación de 90 inmuebles educativos, 19 de nivel preescolar, 51 primarias, 17 secundarias, 2 de educación especial y 1 de nivel medio superior, asimismo contempla la sustitución de espacios educativos en 4 planteles escolares, entre otras acciones. El comportamiento presupuestal que reporta la Cuenta Pública 2004 de Álvaro Obregón para el cumplimiento de estas metas reporta una modificación en su solicitud original de $53.3 millones de pesos, quedando en cantidad ejercida para este rubro por $25.9 millones de pesos, es decir, en el mismo caso que Cuajimalpa de Morelos, se devolvió el 50% del recurso solicitado por no aplicarse en tiempo y forma, o por alguna otra razón.

    Es de destacar que los tiempos no están para desaprovechar los recursos públicos, más aún cuando hay necesidades añejas en las escuelas, y máxime que se trata de un rubro esencial para el desarrollo de la ciudad; por la falta de aplicación oportuna del recurso, han ocurrido lamentables hechos como es el caso de la escuela primaria José Arturo Pichardo en Cuajimalpa de Morelos, donde por la falta de barandales ya hubo accidentes.

    La meta para cambiar y enfrentar el rezago y definir las prioridades educativas en las escuelas del Distrito Federal responden a criterios de una escuela de calidad que asuma de manera colectiva, la responsabilidad por los resultados de aprendizaje de sus alumnos y que se comprometa con el mejoramiento continuo del aprovechamiento escolar.

    Para el 2006 en el proyecto de decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación, se propone disminuir los recursos con respecto a lo que se estima ejercer en 2005 (331 mil 300.3 millones de pesos) para educación pública. Así, se prevé un presupuesto de 314 mil 052.2 millones de pesos para el ejercicio del año 2006.

    Es importante considerar que la mayor parte de los recursos que se aplican para la educación pública en el Distrito Federal son de origen federal, de ahí la importancia por descentralizar los servicios educativos e incrementar el presupuesto para este rubro.

    Considerando

    Primero.- Que la educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura.

    Segundo.- Que el Estado está obligado a prestar servicios educativos para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, primaria y secundaria, mismo que prestará en el marco del federalismo y la concurrencia.

    Tercero.- Que la Ley General de Educación, en su artículo segundo transitorio de la reforma del 30 de abril de 2002, dispone que para dar cumplimiento a esta disposición, los presupuestos del Estado contemplarán un incremento gradual anual, a fin de alcanzar en 2006 recursos equivalentes al 8% del Producto Interno Bruto que mandata la presente reforma.

    Por lo anteriormente expuesto y fundando, por considerarlo de urgente y obvia resolución, someto a consideración de esta Asamblea Legislativo el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Se exhorta al Ejecutivo federal y al local del Distrito Federal, a que proyecten un incremento para el rubro de ampliación y mantenimiento de las escuelas públicas del sistema educativo del Distrito Federal, dentro de la propuesta de Presupuesto de Egresos de la Federación y del Distrito Federal, respectivamente, para el Ejercicio Fiscal de 2006.

    Segundo.- Se exhorta a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y a la de Educación, de la Cámara de Diputados y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respectivamente, a que en el marco del análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos, federal y local, para el 2006, consideren un incremento sustantivo de los recursos destinados a la ampliación y mantenimiento de las escuelas públicas del sistema educativo del Distrito Federal.

    Tercero.- Se solicita a las comisiones dictaminadoras de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal que consideren y etiqueten en el Presupuesto de Egresos del DF 2006 una partida específica para

  • Operar en el rubro de infraestructura escolar de nivel básico de las delegaciones de Álvaro Obregón y Cuajimalpa de Morelos Distrito XXI, un programa exclusivo para el saneamiento de sanitarios escolares.

  • Enfrentar la problemática, abandono y rezago de las escuelas públicas del Distrito Federal, consideradas en situación de riesgo.

    Cuarto.- Se exhorta a los jefes delegacionales de Cuajimalpa de Morelos y Álvaro Obregón, a que ejerzan en tiempo y forma, y con responsabilidad el presupuesto destinado a la conservación y mantenimiento de inmuebles educativos, dados las malas condiciones de infraestructura en que se encuentran las escuelas de Cuajimalpa y Álvaro Obregón.

    Atentamente.

    México, Distrito Federal, 18 de octubre de 2005.--- Dip. Ma. Araceli Vázquez Camacho (rúbrica); suscriben la presente propuesta con punto de acuerdo, sobre las escuelas del Distrito Federal y del distrito local XXI, Cuajimalpa de Morelos y Álvaro Obregón, las y los siguientes diputados (as): Silvia Olivia Fragoso (rúbrica), Lourdes Alonso F. (rúbrica), Lorena Villavicencio (rúbrica), Emilio Fernández Allende (rúbrica), Higinio Chávez García (rúbrica), Héctor Guyosa Mora (rúbrica), Miguel Ángel Solares (rúbrica), Víctor Varela (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz (rúbrica), Francisco Chiguil (rúbrica), Rodrigo Chávez (rúbrica), Rodolfo Covarrubias (rúbrica), Elio Bejarano (rúbrica), Mariela Contreras Julián (rúbrica), María Rojo e Incháustegui (rúbrica), Andrés Lozano (rúbrica), Adrián Pedrozo C. (rúbrica), Guadalupe Marín A. (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
    GAS NATURAL

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Energía.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Hago referencia a su comunicado No.- D.G.P.L. 59-11-0-2430 de fecha 22 de septiembre de 2005, enviado al licenciado Carlos Abascal Carranza, secretario de Gobernación, donde manifiesta que la Cámara de Diputados aprobó un punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a la revisión de la actual fórmula de precio de ventas de primera mano del gas natural.

    Al respecto, me permito informar a usted que el Ejecutivo federal, en conjunto con la Comisión Reguladora de Energía, realiza un análisis del actual esquema para determinar el precio de venta de primera mano del gas natural.

    Mientras se concluye el análisis mencionado, como es de su conocimiento y para proteger la planta productiva nacional y a los consumidores residenciales, de los elevados precios del gas natural y de la volatilidad de los mismos derivados, entre otros, del huracán Katrina, el pasado 12 de septiembre el Presidente de la República, licenciado Vicente Fox Quesada, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto por el que se sujeta a precio máximo el gas natural que vende Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios a los industriales y a los permisionarios de distribución.

    Además de lo anterior, los consumidores residenciales de escasos recursos cuentan con un descuento adicional derivado del decreto que sujeta a precio máximo el gas natural que se suministre a los usuarios residenciales de bajos consumos, publicado en el DOF el pasado 16 de mayo.

    Sin más por otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 25 de octubre de 2005.--- Dr. Héctor Moreira Rodríguez (rúbrica), subsecretario de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.
    FEMINICIDIOS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dip. Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Como es de su conocimiento y de acuerdo con las facultades que le otorga la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el pasado 18 de marzo de 2004 la Junta de Coordinación Política de esta H. Cámara de Diputados aprobó la creación de la Comisión Especial para Conocer y dar Seguimiento a las Investigaciones Relacionadas con los Feminicidios en la República Mexicana, y a la Procuración de Justicia Vinculada.

    En virtud de la grave problemática que nos llevó a integrar dicha Comisión, es de nuestro total interés rendir cuentas sobre nuestra labor legislativa, para continuar con el compromiso de unificar esfuerzos y trabajar de manera coordinada con todas las instituciones federales, estatales, municipales y la ciudadanía para detener la violencia feminicida en nuestro país.

    Por tal motivo, nos es grato enviar para su conocimiento el primer informe sustantivo de actividades 14 de abril 2004 al 14 de abril 2005, de la Comisión Especial.

    Sin otro particular, reciba un afectuoso saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 25 de octubre de 2005.--- Dip. Marcela Lagarde y de los Ríos (rúbrica), Presidenta.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De enterado; y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.
    ESTADO DE MEXICO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-4-41, suscrito el 13 de abril de 2004 por los CC. diputados Juan de Dios Castro Lozano y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines procedentes, copia del similar número EOO.-SII.-DGATI.-514/05 signado el 18 del actual, por el C. Ing. Anastasio Carranza García, director general de Asistencia Técnica Industrial de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, mediante el cual da respuesta al apartado segundo del punto de acuerdo por el que se exhorta a esa Procuraduría a declarar la región de Lechería, municipio de Tultitlán, estado de México, como zona de emergencia ambiental.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, 24 de octubre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    Lic. Dionisio Meade García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Me refiero a su oficio mediante el cual remite copia del punto de acuerdo aprobado en la Cámara de Diputados, en el que se exhorta a la Semarnat y a la Profepa a que formulen, gestionen y expidan las circulares necesarias para que se declare a la región de Lechería del municipio de Tultitlán, estado de México, como zona de emergencia ambiental.

    Al respecto me permito informar a usted que la Profepa ha estado participando en las reuniones de la Mesa Técnica de Trabajo para Solucionar el Problema de Cromatos de México. Dicha mesa de trabajo está presidida por el gobierno del estado de México y en ella participan además el gobierno municipal de Tultitlán, la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental de la Semarnat, colegios de profesionales del medio ambiente, geólogos, diputados locales y federales y los vecinos de la región.

    El grupo mencionado se ha abocado a la búsqueda de la solución del problema, realizando caracterizaciones actualizadas del sitio buscando fondos para la eliminación del pasivo ambiental. La contribución de la Profepa en este grupo ha sido la búsqueda de alternativas técnicas de solución al problema para plantearlas a su vez a la mesa de trabajo.

    Por otro lado, hemos recabado información al respecto de declarar la zona como zona de emergencia ambiental y hemos encontrado que la Profepa cuenta con las atribuciones necesarias para atender o prevenir emergencias ambientales, a través de la Subprocuraduría de Auditoría Ambiental, pero no para declarar la zona como zona de emergencia ambiental.

    Sin otro particular por el momento, me es grato enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, 18 de octubre de 2005.--- Ing. Anastasio Carranza García (rúbrica), director general de Asistencia Técnica Industrial.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.
    SELECCION MEXICANA DE FUTBOL SUB - 17

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    Con fundamento en lo establecido en la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el presente me permito acompañar, para los fines procedentes, copia del oficio número CNAJ/1168/ 2005, suscrito el 18 del actual por el licenciado José Luis Valle Cosío, coordinador de Normatividad y Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, en atención al exhorto que fue realizado a dicho organismo por la Junta de Coordinación Política de ese órgano legislativo, para proponer como candidatos a recibir el Premio Nacional de Deportes a los integrantes de la Sub-17.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 25 de octubre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Educación Pública.

    Lic. Eduardo Amerena Lagunes, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación--- Presente.

    Por instrucciones del profesor Nelson Vargas Basáñez, director general de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) y en atención al oficio número D.G.P.L.59-II-0-2518, de fecha 11 de octubre del año en curso, con el que los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Patricia Garduño Morales, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, remitieron a este organismo descentralizado de la Administración Pública Federal el punto de acuerdo suscrito por los diputados integrantes de la Junta de Coordinación Política y aprobado por esa soberanía popular en la misma fecha, y que en su primer resolutivo se exhorta a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte a proponer como candidatos a recibir el Premio Nacional de Deportes a los integrantes de la Sub-17.

    Al respecto, me permito comunicarle que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, conforme al artículo 29 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, no cuenta con facultades o atribuciones para proponer candidatos al Premio Nacional de Deportes y que, para el presente caso, se vincula con lo que establece el artículo 61 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, que a la letra dice: ``Artículo 61. Estos premios se concederán exclusivamente a candidatos propuestos por asociaciones deportivas nacionales y asociaciones deportivas registradas ante la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte y reconocidas ante la Confederación Deportiva Mexicana, AC, o por los responsables de la información deportiva difundida por prensa escrita, radio o televisión, quienes lo podrán proponer a través de las asociaciones deportivas nacionales o asociaciones registradas''.

    Por ser de su competencia, me permito solicitarle que sea usted el medio para hacerles llegar el presente comunicado como respuesta al escrito de referencia.

    Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 18 octubre de 2005.--- Lic. José Luis Valle Cosío (rúbrica), coordinador de Normatividad y Asuntos Jurídicos.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.
    PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción II, apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que las personas que se citan a continuación puedan prestar sus servicios al gobierno extranjero que se menciona:

    Nombre: Luis Humberto Chávez Cabello.

    Puesto: Empleado del Departamento de Agricultura.

    Lugar de trabajo: Consulado de Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León.Nombre: Héctor Chávez Marmolejo.

    Puesto: Auxiliar de limpieza

    Lugar de trabajo: Consulado de Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.Nombre: José Alberto León Alvarado.

    Puesto: Técnico en mantenimiento (línea blanca) en la Sección de Servicios Generales.

    Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América en México.Nombre: Félix Leonardo Morán Hinojosa.

    Puesto: Supervisor de mantenimiento.

    Lugar de trabajo: Consulado de Estados Unidos de América en Tijuana, Baja California.

    Por lo anterior me permito anexar, para que se integren en su expediente, copias certificadas de las actas de nacimiento que acreditan la nacionalidad mexicana de dichas personas y originales de los escritos en que solicitan que se realicen los trámites correspondientes, así como copias simples de su identificación oficial.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 24 de octubre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Fernando Gómez Esparza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 40 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se remitiera a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

    Atentamente.

    México, DF, a 27 de octubre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 40 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del senador Fernando Gómez Esparza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55 Fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito, legislador de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, propone a esta asamblea la aprobación de la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente:

    Exposición de Motivos

    Honorable Asamblea:

    Dentro de las disposiciones actuales en materia de la deducibilidad de las inversiones en activos fijos, no se tiene considerado un porcentaje claramente establecido para la deducción de inversiones en ``montacargas'' dentro de lo estipulado en el Artículo 40 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como al no tener perfectamente establecido la consideración de este tipo de activos fijos como un vehículo o como una maquinaria o equipo, se podría aplicar de manera supletoria lo dispuesto en el Artículo 41 de la propia Ley, en donde se establecen porcentajes de deducibilidad de las inversiones, dependiendo de la actividad que realiza la Persona Moral y que oscilan entre un 5% hasta el 25%, y solamente algunos casos se aplica del 35% hasta el 100%, señalando además que en el caso en que no se encuentre señalada la actividad, se aplicará de manera general la deducción del 10% anual.

    Por lo tanto, estas medidas son notablemente injustas, ya que no se encuentra determinado con claridad el tratamiento fiscal para la deducción de estos bienes muebles o activos fijos, y considerando que en realidad la vida útil de estos vehículos con elevador de carga denominados ``montacargas'' es de aproximadamente 4 años, sería correcto que se aplicara una tasa anual de deducibilidad de la inversión conforme su vida útil aproximada, por lo que es conveniente se deprecie a una tasa del 25% anual, de conformidad con la fracción VI del artículo 40 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    La inclusión de este concepto en esa fracción se justifica además, dado que los vehículos con elevador de carga integrado denominados ``montacargas'' desarrollan actividades similares a las que realizan los camiones de carga comunes, ya que: cargan, transportan y descargan objetos pesados, tienen cuatro ruedas o más, son manejados por una persona y requieren de algún tipo de combustible para su funcionamiento, teniendo como ventaja una gran movilidad en espacios para maniobra reducidos, resultando su uso vital para casi todas las empresas del país.

    Se propone en aras de una mayor certeza normativa, se contemple la clarificar el porcentaje de deducibilidad de las inversiones en activo fijo de los llamados ``montacargas'' mediante su inclusión textual en uno de los conceptos de deducción para efectos del Impuesto sobre la Renta, precisando el porcentaje aplicable a este tipo de activos fijos.

    Lo anterior estimularía las actividades de almacenaje, movilidad de mercancías y renovación de capital de todas las empresas del país que utilizan este tipo de maquinaria, las que de acuerdo con la ley, solo pueden deducir estas inversiones de capital a razón de 10% anual, al no estar contempladas en ningún inciso de referencia, proponiendo así, ante esta soberanía, que la tasa aplicable sea de 25% anual sobre estas inversiones. En otras palabras, se propone que esta inversión tan necesaria para la operatividad industrial del país, sea estimulada reduciendo la depreciación deducible de 10 a cuatro años.

    Actualmente el texto de la Ley del Impuesto sobre la Renta señala en sus Artículos 40 los porcentajes máximos para deducir las inversiones en activos fijos para las Personas Morales, así como la aplicación supletoria de los porcentajes de deducción para la maquinaria y equipo dependiendo del tipo de actividad del contribuyente señalada en el Artículo 41 de la misma Ley, establecido de la manera siguiente:

    Artículo 40. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes:

    ...

    VI. 25% para automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones y remolques.

    Artículo 41. Para la maquinaria y equipo distintos de los señalados en el artículo anterior, se aplicarán, de acuerdo a la actividad en que sean utilizados, los por cientos siguientes:

    I. 5% en la generación, conducción, transformación y distribución de electricidad; en la molienda de granos; en la producción de azúcar y sus derivados; en la fabricación de aceites comestibles; en el transporte marítimo, fluvial y lacustre.

    II. 6% en la producción de metal obtenido en primer proceso; en la fabricación de productos de tabaco y derivados del carbón natural.

    III. 7% en la fabricación de pulpa, papel y productos similares; en la extracción y procesamiento de petróleo crudo y gas natural.

    IV. 8% en la fabricación de vehículos de motor y sus partes; en la construcción de ferrocarriles y navíos; en la fabricación de productos de metal, de maquinaria y de instrumentos profesionales y científicos; en la elaboración de productos alimenticios y de bebidas, excepto granos, azúcar, aceites comestibles y derivados.

    V. 9% en el curtido de piel y la fabricación de artículos de piel; en la elaboración de productos químicos, petroquímicos y farmacobiológicos; en la fabricación de productos de caucho y de plástico; en la impresión y publicación gráfica.

    VI. 10% en el transporte eléctrico.

    VII. 11% en la fabricación, acabado, teñido y estampado de productos textiles, así como de prendas para el vestido.

    VIII. 12% en la industria minera; en la construcción de aeronaves y en el transporte terrestre de carga y pasajeros. Lo dispuesto en esta fracción no será aplicable a la maquinaria y equipo señalada en la fracción II de este artículo.

    IX. 16% en el transporte aéreo; en la transmisión de los servicios de comunicación proporcionados por telégrafos y por las estaciones de radio y televisión.

    X. 20% en restaurantes.

    XI. 25% en la industria de la construcción; en actividades de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.

    XII. 35% para los destinados directamente a la investigación de nuevos productos o desarrollo de tecnología en el país.

    XIII. 50% en la manufactura, ensamble y transformación de componentes magnéticos para discos duros y tarjetas electrónicas para la industria de la computación.

    XIV. 100% en la conversión a consumo de gas natural y para prevenir y controlar la contaminación ambiental en cumplimiento de las disposiciones legales respectivas.

    XV. 10% en otras actividades no especificadas en este artículo.

    En el caso de que el contribuyente se dedique a dos o más actividades de las señaladas en este artículo, se aplicará el por ciento que le corresponda a la actividad en la que hubiera obtenido más ingresos en el ejercicio inmediato anterior.

    En virtud de los argumentos con anterioridad expuestos, se propone al Pleno de esta Cámara de Senadores la siguiente iniciativa con,

    PROYECTO DE DECRETO

    ÚNICO.- Se reforma la fracción VI del artículo 40 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

    Artículo 40. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes:

    I-V (...)

    VI. 25% para automóviles, autobuses, camiones de carga, ractocamiones, montacargas y remolques.

    VII-XIII (...)

    Transitorios

    Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones de carácter legal que se contrapongan con el presente Decreto; y se dejan sin efecto las disposiciones de carácter administrativo que lo contravengan.

    Dado en la sede de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 27 días del mes de octubre de 2005.--- Sen. Fernando Gómez Esparza (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
    PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de la Comisión de Educación y Cultura con el siguiente

    Punto de Acuerdo``Único.- Se exhorta respetuosamente a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que en el marco del proceso de análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al ejercicio fiscal de 2006, considere en la asignación presupuestal correspondiente al ejercicio fiscal de 2006, los recursos suficientes para la creación de nuevas plazas para profesores de educación básica en el estado de Guerrero, así como para el resto de las entidades del país que lo requieran''.Atentamente.

    México, DF, a 27 de octubre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Proceda la Secretaría a dar lectura al oficio y proyecto de declaratoria que remite la Cámara de Senadores.
    ARTICULOS 46, 73, 76 Y 105 CONSTITUCIONALES

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente con proyecto de declaratoria que reforma el único párrafo y se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 46; se deroga la fracción IV del artículo 73; se adicionan las fracciones X y XI, pasando la actual fracción X a ser fracción XII del artículo 76; y se reforma la fracción I del artículo 105, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Atentamente.

    México, DF, a 27 de octubre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    PROYECTO DE DECLARATORIA

    QUE REFORMA EL ÚNICO PÁRRAFO Y SE ADICIONAN UN SEGUNDO Y TERCER PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 46; SE DEROGA LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 73; SE ADICIONAN LAS FRACCIONES X Y XI, PASANDO LA ACTUAL FRACCIÓN X A SER FRACCIÓN XII DEL ARTÍCULO 76; Y SE REFORMA LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 105, TODOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADO UNIDOS MEXICANOS.

    Artículo Primero.- Se reforma el único párrafo y se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 46 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 46. Las entidades federativas pueden arreglar entre sí, por convenios amistosos, sus respectivos límites; pero no se llevarán a efecto esos arreglos sin la aprobación de la Cámara de Senadores.

    A falta de acuerdo, cualquiera de las partes podrá acudir ante la Cámara de Senadores, quien actuará en términos del artículo 76, fracción XI, de esta Constitución.

    Las resoluciones del Senado en la materia serán definitivas e inatacables. La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá conocer a través de controversia constitucional, a instancia de parte interesada, de los conflictos derivados de la ejecución del correspondiente decreto de la Cámara de Senadores.

    Artículo Segundo.- Se deroga la fracción IV del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

    I a III. ...

    IV. Derogada.

    V a XXX. ...

    Artículo Tercero.- Se adicionan las fracciones X y XI, pasando la actual fracción X a ser fracción XII del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:

    I a IX. ...

    X. Autorizar mediante decreto aprobado por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, los convenios amistosos que sobre sus respectivos límites celebren las entidades federativas;

    XI. Resolver de manera definitiva los conflictos sobre límites territoriales de las entidades federativas que así lo soliciten, mediante decreto aprobado por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes;

    XII. Las demás que la misma Constitución le atribuya.

    Artículo Cuarto.- Se reforma la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política Mexicana, para quedar como sigue:

    Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:

    I. De las controversias constitucionales que, con excepción de las que se refieran a la materia electoral y a lo establecido en el artículo 46 de esta Constitución, se susciten entre:a) al k) ...

    ...

    ...

    II a III. ...TRANSITORIOS

    PRIMERO.- La reforma entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- La Cámara de Senadores establecerá dentro del periodo ordinario de sesiones inmediato siguiente a la entrada en vigor del presente decreto, la Comisión de Límites de las Entidades Federativas, la cual se integrará y funcionará en los términos de la ley reglamentaria que al efecto se expida, así como por las disposiciones que para el caso dispongan la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para su Gobierno Interior.

    TERCERO.- Las controversias que a la entrada en vigor de este decreto se encuentren en trámite ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación con motivo de conflictos limítrofes entre entidades federativas, serán remitidas de inmediato, con todos sus antecedentes, a la Cámara de Senadores, a fin de que ésta en términos de sus atribuciones constitucionales proceda a establecerlos de manera definitiva mediante decreto legislativo.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 27 de octubre de 2005.---Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 27 de octubre de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    Es todo, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría que realice el escrutinio y cómputo correspondientes, a efecto de dar fe de la recepción de la mayoría de votos aprobatorios.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Señor Presidente, del escrutinio y cómputo se informa que el Senado de la República remitió 17 votos aprobatorios de las Legislaturas de los estados de: Aguascalientes, Baja California, Campeche, Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Veracruz, Yucatán y Zacatecas. En consecuencia, esta Secretaría da fe de la recepción de 17 votos aprobatorios a la minuta proyecto de decreto que reforma el único párrafo y adiciona un segundo y tercer párrafos al artículo 46; deroga la fracción IV del artículo 73; adiciona las fracciones X y XI, pasando la actual fracción X a ser fracción XII, del artículo 76; y reforma la fracción I del 105, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En consecuencia, se hace la siguiente declaratoria: ``El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución General de la República y previa la aprobación de la mayoría de las honorables Legislaturas de los estados, declara reformado el único párrafo y adicionados un segundo y tercer párrafos al artículo 46; derogada la fracción IV del artículo 73; adicionadas las fracciones X y XI, pasando la actual fracción X a ser fracción XII, del artículo 76; y reformada la fracción I del artículo 105, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos''. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales. Continúe la Secretaría.
    CONDECORACIONES

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Areli Patricia Moya Flores, Augusto Pastaccini Daddario, Capitán de Navío Carlos Mejía Tejeda, Capitán de Fragata Miguel Idelfonso Amezaga Ramírez, Agustín Francisco Esteban Legorreta y Chauvet, Enrique de Jesús Zambrano Benítez, Lina María del Rosario Ramella Osuna, Sara Guadalupe Bermúdez Ochoa y Subteniente de Intendencia Mauricio Ponce de León García para aceptar y usar las condecoraciones que les otorgan los Gobiernos del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la República Italiana, la República Francesa, el Reino de Dinamarca, la República de Chile, las Fuerzas Armadas de la República de El Salvador y el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela.

    Atentamente.

    México, DF, a 27 de octubre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    ARTÍCULO PRIMERO.- Se concede permiso a la ciudadana Areli Patricia Moya Flores, para que pueda aceptar y usar la condecoración ``Member of the British Empire'', que le otorga el Gobierno del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

    ARTÍCULO SEGUNDO.- Se concede permiso al ciudadano Augusto Pastaccini Daddario, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de la ``Estrella de la Solidaridad'', que le otorga el Gobierno de la República Italiana.

    ARTÍCULO TERCERO.- Se concede permiso al ciudadano Capitán de Navío Carlos Mejía Tejeda, para que pueda aceptar y usar la condecoración ``Coast Guard Commendation Medal'', que le confiere la Guardia Costera de los Estados Unidos de América.

    ARTÍCULO CUARTO.- Se concede permiso al ciudadano Capitán de Fragata Miguel Idelfonso Amezaga Ramírez, para que pueda aceptar y usar la condecoración ``Meritorious Service Medal'', que le confiere el Gobierno de los Estados Unidos de América.

    ARTÍCULO QUINTO.- Se concede permiso al ciudadano Agustín Francisco Esteban Legorreta y Chauvet, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Legión de Honor, en grado de Comendador, que le otorga el Gobierno de la República Francesa.

    ARTÍCULO SEXTO.- Se concede permiso al ciudadano Enrique de Jesús Zambrano Benítez, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la ``Orden de Dannebrog'', en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno del Reino de Dinamarca.

    ARTÍCULO SÉPTIMO.- Se concede permiso a la ciudadana Lina María del Rosario Ramella Osuna, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la ``Orden de la Estrella de la Solidaridad Italiana'', en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno de la República Italiana.

    ARTÍCULO OCTAVO.- Se concede permiso a la ciudadana Sara Guadalupe Bermúdez Ochoa, para que pueda aceptar y usar la condecoración ``Bernardo O'Higgins'', en grado de Gran Oficial, que le otorga el Gobierno de la República de Chile.

    ARTÍCULO NOVENO.- Se concede permiso al ciudadano Subteniente de Intendencia Mauricio Ponce de León García, para que pueda aceptar y usar la medalla ``Capitán General Gerardo Barrios'', que le otorgan las Fuerzas Armadas de la República de El Salvador.

    ARTÍCULO DÉCIMO.- Se concede permiso al ciudadano Subteniente de Intendencia Mauricio Ponce de León García, para que pueda aceptar y usar la condecoración ``Estrella de Carabobo'' y la medalla ``Teniente Carlos Meyer'', que le otorga el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 27 de octubre de 2005.--- Se. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 27 de octubre de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Gobernación.

    El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los siguientes dictámenes, publicados en la Gaceta Parlamentaria.


    LEY DE EDUCACION MILITAR DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Defensa Nacional, con proyecto de decreto que expide la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Defensa Nacional le fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta Proyecto de Decreto por la que se expide la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, enviada por el Senado de la República al Pleno de la H. Cámara de Diputados, el 12 de abril de 2005.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 párrafos primero, segundo fracción VII y tercero; 45 párrafo sexto incisos e), f) y g); y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 65, 66, 87, 88, y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Defensa Nacional resuelve el presente Dictamen, bajo los siguientes:

    A N T E C E D E N T E S:

    En Sesión celebrada el 1 de marzo de 2005 por el Pleno del Senado de la República se recibió oficio de la Secretaría de Gobernación que remite la Iniciativa con Proyecto de Decreto de Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    En la misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, turnó para estudio y dictamen, la iniciativa referida a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, de Educación y Cultura, y de Estudios Legislativos. Con fecha 5 de abril del 2005 se aprobó el dictamen respectivo por dicho órgano legislativo, por lo que fue remitida a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.

    En Sesión celebrada el 12 de abril del 2005 por la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, se hizo del conocimiento del Pleno el oficio de la Cámara de Senadores por el que se remite el expediente con la Minuta Proyecto de Decreto de Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva la turnó a la Comisión de Defensa Nacional para su estudio y dictamen. Dicha Comisión en su Reunión Plenaria de fecha 11 de octubre de 2005 se abocó al análisis y discusión de la Minuta referida para presentar ante el pleno de la Cámara de Diputados, el presente Dictamen con Proyecto de Decreto con base en las siguientes:

    VALORACIONES DE LA INICIATIVA:

    El Ejecutivo Federal, en términos generales, en su exposición de motivos establece:

    a) La Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos que se propone contempla todos los aspectos relacionados con esta materia, atendiendo a las condiciones y necesidades actuales del Sistema Educativo Militar.

    b) Por medio de esta Ley se faculta a la Secretaría de la Defensa Nacional para emitir las directivas relacionadas con la filosofía y las políticas educativas que han de regir al Sistema Educativo Militar.

    c) Se establecen los mecanismos necesarios para fomentar el intercambio cultural y profesional entre personal nacional y becarios extranjeros.

    C O N S I D E R A C I O N E S:

    Debemos entender que tanto en el ámbito individual como en el colectivo, la educación no representa un dispendio, sino es una inversión a todos los plazos. El hecho de fomentar la educación es una de las grandes responsabilidades gubernamentales ya que satisface el derecho de todo ser humano a cultivar su entendimiento.

    En la minuta con Proyecto de Decreto que expide la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos están consideradas todas las etapas que debe de tener un sistema educativo, a saber: proceso educativo, planeación institucional, organización e integración educacional y evaluación institucional. La educación militar forma a los militares para la práctica y ejercicio del mando a través de la docencia, difusión de la cultura e investigación.

    El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos constituyen un mecanismo de defensa de la soberanía e integridad territorial, tanto por vocación como por convicción, lo cual es una tarea de gran trascendencia y de orgullo para quienes forman parte de estas Fuerzas Armadas.

    La filosofía, políticas educativas, objetivos y líneas de acción en el Sistema Educativo Militar en cuanto a la formación de sus alumnos, se sustentan en la personalización de la educación, mediante la realización de un esfuerzo individual del alumno y un compromiso hacia sí mismo y la institución de educación militar a la que pertenezca (colegios, escuelas, centros de estudios y unidades-escuela), lo cual permite una formación integral en lo intelectual y moral, mediante una educación especializada por su propósito (formación, capacitación, aplicación, perfeccionamiento, actualización y especialización).

    El amor a la patria, lealtad institucional, honestidad, espíritu de servicio y superación, así como el compromiso con las generaciones futuras en cuanto a inculcar valores y conocimientos adquiridos, son actitudes inherentes a la educación militar, las cuales son fomentadas tanto en los alumnos nacionales como extranjeros que ingresan al Sistema Educativo Militar (ya sea por proceso de selección o no) dando con ello una visión humana a la educación.

    En este contexto el Sistema Educativo Militar otorga derechos y establece obligaciones, tanto a estudiantes nacionales como extranjeros, con lo cual se garantiza una educación sustentada en el respeto del ser humano como tal.

    Así, el conocimiento y la disciplina militar dan lugar a la formación de hombres y mujeres auto disciplinados y comprometidos con el instituto armado, en el estudio y desarrollo personal, buscando la superación académica, por medio de la formación, capacitación y actualización científica y técnica.

    La Educación Militar tiene por fin instruir para el cumplimiento de las misiones de las armas y servicios propios del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Así, la Secretaría de la Defensa Nacional satisface sus necesidades en cuanto a recursos humanos se refiere (tomando en cuenta jerarquía y especialidad) por medio de la impartición de una educación militar regulada por ella misma, lo cual permite el establecimiento de un alto nivel de calidad educativa en la relación discente-docente, independientemente del tipo de educación impartida: sea superior, media superior ó de capacitación para el trabajo.

    En este sentido, para aspirar a un sistema educativo de calidad, ningún nivel académico puede estar por encima de otro, en cuanto a su atención, ya que todos se encuentran interconectados de manera práctica, y por ende todos deben de ser apoyados por las autoridades educativas, lo cual es llevado a cabo en la práctica en el Sistema Educativo Militar contemplado en la presente Minuta.

    La educación implica, principalmente, la participación de dos actores: profesor y alumno, donde ambos enseñan y aprenden. Sin duda, una responsabilidad presente y compartida en el ámbito educativo que garantizará un futuro promisorio para la nación en su conjunto.

    Hay dos aspectos de innegable valía en esta Minuta, por un lado, la posibilidad real de realizar cursos en el extranjero por parte del personal militar nacional que por concurso de selección obtenga esta oportunidad, y por el otro lado, la acreditación, certificación y revalidación de estudios que la Dirección y Rectoría del Sistema Educativo Militar lleva a cabo con base en la calidad de los conocimientos científicos y técnicos adquiridos, incluso para los conocimientos que de manera autodidacta ó por experiencia laboral se posean en relación con los empleos y especialidades del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    Cabe señalar la importancia de solventar las necesidades siempre cambiantes del Sistema Educativo Militar, lo cual es contemplado en esta Minuta con Proyecto de Decreto, con el fin de asegurar la actualización de la Planeación Institucional.

    En relación con las infracciones y sus respectivas sanciones, la Minuta con Proyecto de Decreto hace una distinción precisa entre quiénes serán sancionados conforme a las leyes y reglamentos militares, quedando sujetos al fuero de guerra, y quiénes no estarán sujetos a este último en virtud de su calidad de civiles, ya sean nacionales o extranjeros.

    El fuero de guerra, como una figura jurídica sólida dentro de la justicia militar, obedece a las características de la vida dentro del ámbito castrense, en donde la disciplina coadyuva a su correcto funcionamiento para el cumplimiento de las delicadas encomiendas constitucionales.

    En consecuencia, por lo expuesto y fundado, la Comisión de Defensa Nacional somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente Proyecto de Decreto:

    ARTÍCULO ÚNICO: SE EXPIDE LA LEY DE EDUCACION MILITAR DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

    LEY DE EDUCACIÓN MILITAR DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS

    CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

    ARTÍCULO 1.- La presente Ley tiene por objeto regular la Educación que imparte la Secretaría de la Defensa Nacional, orientada al conocimiento y aplicación de la ciencia y el arte militar, así como otras afines a las necesidades del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    La aplicación de esta Ley corresponde a la Secretaría de la Defensa Nacional, por conducto de la Dirección General de Educación y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea.

    ARTÍCULO 2.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

    I.- Ley, Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;

    II.- Secretaría, la Secretaría de la Defensa Nacional, y

    III.- Dirección y Rectoría, la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea.

    ARTÍCULO 3.- La Secretaría establecerá las directivas relacionadas con la filosofía, políticas educativas, objetivos y líneas de acción para el Sistema Educativo Militar.

    ARTÍCULO 4.- La Educación Militar tiene como finalidad formar militares para la práctica y el ejercicio del mando y la realización de actividades de docencia, difusión de la cultura e investigación para el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, inculcándoles el amor a la patria, la lealtad institucional, la honestidad, la conciencia de servicio y superación y la responsabilidad de difundir a las nuevas generaciones los valores y conocimientos recibidos.

    ARTÍCULO 5.- Los objetivos de la Educación Militar son los siguientes:

    I. Desarrollar armónica e integralmente a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;

    II. Favorecer el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos, así como la capacidad de observación, análisis y de reflexión crítica;

    III. Vincular permanentemente la educación y adiestramiento de los militares;

    IV. Promover la conciencia institucional, los valores y la doctrina militar;

    V. Fomentar el valor de la justicia, de la observancia de la ley y de la igualdad de los individuos ante ésta, así como propiciar el conocimiento de los derechos humanos y el respeto de los mismos, y

    VI. Fortalecer el conocimiento enfocado a la preservación de la salud y la protección al medio ambiente.

    ARTÍCULO 6.- La Universidad del Ejército y Fuerza Aérea tiene las finalidades siguientes:

    I. Impartir al personal militar los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos a nivel de educación medio superior y superior para el cumplimiento de las misiones de las armas y servicios propios del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;

    II. Realizar investigaciones científicas en lo general, relacionadas con el avance de la ciencia y el arte militar;

    III. Formar profesores para las diversas asignaturas que imparten las Instituciones de Educación Militar, y

    IV. Difundir y enriquecer la cultura del personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    ARTÍCULO 7.- La Universidad del Ejército y Fuerza Aérea depende de la Secretaría, a través de la Dirección General de Educación Militar, misma que ejercerá la función de Rectoría.

    ARTÍCULO 8.- La Secretaría satisface sus necesidades de recursos humanos profesionales, a través de la Educación Militar, a fin de estar en capacidad de cumplir con las misiones generales del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    ARTÍCULO 9.- La Dirección y Rectoría dispondrá de los recursos presupuestales que le sean asignados por conducto de la Secretaría.

    CAPÍTULO II DEL SISTEMA EDUCATIVO MILITAR

    ARTÍCULO 10.- El Sistema Educativo Militar es el conjunto de Instituciones Educativas que imparten conocimientos castrenses de distintos propósitos, tipos, niveles y modalidades, condicionados a una filosofía, doctrina e infraestructura militares propias del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, bajo la conducción de la Dirección y Rectoría.

    ARTÍCULO 11.- Los objetivos del Sistema Educativo Militar son los siguientes:

    I. Mejorar los niveles de eficiencia terminal, la calidad educativa y el aprovechamiento académico, optimizando los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros disponibles;

    II. Fortalecer mediante un proceso continuo y permanente el desarrollo profesional del personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en un marco de calidad educativa;

    III. Proporcionar a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos los servicios educativos que corresponden a su jerarquía y especialidad;

    IV. Impartir los conocimientos y desarrollar las habilidades necesarias para fortalecer las capacidades de planeo y ejecución de operaciones militares combinadas y conjuntas;

    V. Desarrollar y fortalecer el conocimiento mediante la práctica de los valores y las virtudes, como parte fundamental de la formación militar;

    VI. Impulsar, organizar y normar las actividades de investigación sobre el arte y ciencia de la guerra, así como aspectos técnicos y científicos de los servicios del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;

    VII. Elevar el nivel cultural y académico de los recursos humanos del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y

    VIII. Proporcionar en forma oportuna y secuencial la formación orientada a la función específica que habrá de cumplir el personal militar.

    ARTÍCULO 12.- La función del Sistema Educativo Militar es adquirir, transmitir y acrecentar la cultura castrense que contribuya al desarrollo integral del militar profesional para el cumplimiento de los deberes que le impone el servicio de las armas.

    ARTÍCULO 13.- Para los efectos de Ley, El Sistema Educativo Militar está constituido por:

    I. Los discentes, docentes y personal de apoyo;

    II. Las Autoridades Educativas Militares;

    III. El Plan General de Educación Militar, y

    IV. Las Instituciones de Educación Militar.

    Los integrantes del Sistema Educativo Militar serán regulados por los reglamentos que en su caso se expidan.

    ARTÍCULO 14.- Las Instituciones de Educación Militar se clasifican en:

    I. Colegios;

    II. Escuelas;

    III. Centros de Estudios, y

    IV. Unidades-Escuela.

    ARTÍCULO 15.- Los reglamentos de las Instituciones de Educación Militar, especificarán además la misión, valores, objetivos, organización, funciones, tipos y niveles y, en su caso las modalidades educativas de los cursos que impartan.

    ARTÍCULO 16.- Los cursos del Sistema Educativo Militar por su propósito se clasifican en:

    I. De Formación;

    II. De Capacitación;

    III. De Aplicación;

    IV. De Perfeccionamiento;

    V. De Actualización, y

    VI. De Especialización.

    CAPÍTULO III DEL PROCESO EDUCATIVO

    SECCIÓN PRIMERA DE LOS TIPOS Y MODALIDADES DE LA EDUCACIÓN MILITAR

    ARTÍCULO 17.- El proceso educativo será realizado en los términos de esta Ley, por los Colegios, Escuelas Militares, Centros de Estudios, Unidades-Escuela y Dependencias de la Secretaría que tengan asignada la responsabilidad de impartir cursos considerados en el Plan General de Educación Militar.

    ARTÍCULO 18.- El Sistema Educativo Militar impartirá educación del tipo superior, medio superior y de capacitación para el trabajo, en los términos que establecen esta Ley y las disposiciones legales respectivas.

    ARTÍCULO 19.- Los tipos y niveles, así como las modalidades educativas serán indicados en los Planes de Estudio de los respectivos cursos, de conformidad con el Plan General de Educación Militar.

    SECCIÓN SEGUNDA DE LA PLANEACIÓN INSTITUCIONAL

    ARTÍCULO 20.- La Planeación Institucional será realizada por las Autoridades Educativas Militares de conformidad con los procedimientos que especifique el reglamento respectivo de esta ley.

    ARTÍCULO 21.- El proceso educativo que impartan las Instituciones de Educación Militar será de conformidad a las normas técnico-didácticas que expida la Dirección y Rectoría.

    ARTÍCULO 22.- Los planes de estudio tendrán una vigencia mínima igual al tiempo que duren los estudios a que se refieran más un cincuenta por ciento del mismo, sin detrimento de que los programas derivados de éste, sean realizadas las adecuaciones necesarias para asegurar su actualización.

    SECCIÓN TERCERA DE LA ORGANIZACIÓN E INTEGRACION EDUCACIONAL

    ARTÍCULO 23.- La Dirección y Rectoría expedirá las normas técnico-didácticas aplicables en el proceso educativo, de conformidad al tipo y nivel y modalidades educativas, capacitando al personal responsable de las Instituciones del Sistema Educativo Militar en su aplicación.

    ARTÍCULO 24.- La Secretaría proveerá los recursos necesarios para garantizar que las Instituciones del Sistema Educativo Militar cumplan la función Educativa.

    SECCIÓN CUARTA DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL

    ARTÍCULO 25.- La Dirección y Rectoría expedirá las normas técnico-didácticas para regular los procedimientos de evaluación institucional.

    ARTÍCULO 26.- La Dirección y Rectoría establecerá los mecanismos adecuados para evaluar permanentemente los resultados del proceso educativo.

    ARTÍCULO 27.- La evaluación del proceso educativo estará dirigida a diagnosticar el cumplimiento de los objetivos de la Educación Militar y la calidad de los servicios educativos que proporcione por si o por medio de otras instituciones.

    CAPÍTULO IV DE LA ADMISIÓN

    SECCIÓN PRIMERA DE LOS ASPIRANTES NACIONALES

    ARTÍCULO 28.- El proceso de admisión a las Instituciones de Educación Militar se señalará en el reglamento respectivo de esta Ley.

    ARTÍCULO 29.- Todo mexicano tiene derecho a ingresar a las Instituciones que integran el Sistema Educativo Militar, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

    ARTÍCULO 30.- El ingreso a las Instituciones de Educación Militar será mediante concurso de selección, cuyos procedimientos de planeación y ejecución estarán a cargo de la Dirección y Rectoría.

    ARTÍCULO 31.- La Secretaría determinará los cursos que, de acuerdo a la naturaleza de los mismos, no requieran para el ingreso un proceso de selección.

    SECCIÓN SEGUNDA DE LOS EXTRANJEROS

    ARTÍCULO 32.- La Secretaría ofrecerá los cursos a los Ministerios de Defensa de otros países para que el personal extranjero realice estudios en las Instituciones de Educación Militar.

    ARTÍCULO 33.- El personal extranjero que ingrese al Sistema Educativo Militar deberá sujetarse a los requisitos que emita la Secretaría en la convocatoria respectiva.

    ARTÍCULO 34.- Los becarios extranjeros estarán sujetos a las disposiciones académicas, disciplinarias y administrativas que para el efecto señalen los reglamentos de las Instituciones de Educación Militar en donde realicen sus estudios.

    ARTÍCULO 35.- Los militares extranjeros becados en el Sistema Educativo Militar conservarán la jerarquía asignada por las fuerzas armadas de su país.

    ARTÍCULO 36.- Las Autoridades Educativas Militares expedirán al personal becario extranjero los documentos que acrediten satisfactoriamente la conclusión de sus estudios de conformidad al curso realizado.

    ARTÍCULO 37.- El personal becario extranjero deberá reincorporarse a su país de origen y por ningún motivo podrá pertenecer o permanecer en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, una vez finalizados sus estudios o causado baja de la Institución de Educación Militar correspondiente.

    ARTÍCULO 38.- La Secretaría determinará sobre el alta, baja, permisos o solicitudes del personal becario extranjero.

    SECCIÓN TERCERA DE LOS MILITARES MEXICANOS EN EL EXTRANJERO

    ARTÍCULO 39.- La Secretaría podrá convocar al personal militar para realizar cursos en el extranjero en calidad de becarios, efectuando el proceso de selección respectivo.

    ARTÍCULO 40.- Los militares que obtengan la calidad de becarios observarán las disposiciones legales del país donde se encuentren realizando sus estudios.

    ARTÍCULO 41.- El personal militar con calidad de becario en el extranjero será controlado por la Agregaduría Militar de México en el país anfitrión y, para el caso de que no se cuente con este tipo de representación, la Secretaría se encargará directamente de su control.

    CAPÍTULO V DE LA ACREDITACIÓN, CERTIFICACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS

    ARTÍCULO 42.- La Dirección y Rectoría dictaminará sobre la compatibilidad de los estudios realizados fuera del Sistema Educativo Militar, de conformidad al procedimiento que especifique el reglamento respectivo.

    ARTÍCULO 43.- La Dirección y Rectoría gestionará el reconocimiento de validez oficial de estudios que sean impartidos en el Sistema Educativo Militar, así como el registro y expedición de la cédula correspondiente, cuando ésta sea necesaria para el ejercicio profesional en términos de la legislación aplicable.

    ARTÍCULO 44.- Los estudios realizados en el Sistema Educativo Militar podrán, en su caso, declararse equivalentes por niveles académicos de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables al caso.

    ARTÍCULO 45.- La Dirección y Rectoría establecerá un sistema de créditos, el cual permitirá la revalidación de estudios de nivel superior entre las diferentes Instituciones del Sistema Educativo Militar, de conformidad al reglamento en la materia de esta Ley.

    ARTÍCULO 46.- Las Autoridades Educativas Militares expedirán certificados, constancias, diplomas, títulos y grados académicos a quienes hayan concluido satisfactoriamente sus estudios, de conformidad con los requisitos establecidos en los planes y programas de estudio correspondientes.

    ARTÍCULO 47.- La Dirección y Rectoría establecerá los procedimientos por medio de los cuales expedirá certificados y dictámenes técnicos a quienes acrediten conocimientos adquiridos de manera autodidacta o por experiencia laboral, en relación con los empleos y especialidades del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    CAPÍTULO VI INFRACCIONES Y SANCIONES

    ARTÍCULO 48.- Para los efectos de esta Ley, se consideran como infracciones del personal directivo, académico, administrativo y docente del sistema educativo militar, las siguientes:

    I. Incumplir las obligaciones que les impongan los reglamentos de esta Ley;

    II. Suspender las actividades académicas sin motivo justificado;

    III. Difundir antes de su aplicación los exámenes o cualquier otro instrumento de evaluación;

    IV. Expedir certificados, constancias, diplomas, grados o títulos de estudios sin la autorización de la Dirección y Rectoría.

    V. Permitir o realizar actividades de publicidad o comercialización dentro de las Instituciones de Educación Militar de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo, e

    VI. Incumplir cualquiera de los preceptos de esta Ley.

    ARTÍCULO 49.- El personal directivo, académico, administrativo y docente del Sistema Educativo Militar que incurra en las infracciones previstas en el artículo anterior, será sancionado de conformidad con las leyes y reglamentos militares y disposiciones que dicte la Secretaría y, en su caso, quedará sujeto al fuero de guerra.

    ARTÍCULO 50.- No serán aplicables las disposiciones del artículo 48 de esta Ley, a los profesores civiles que presten sus servicios en el Sistema Educativo Militar, en virtud de que las infracciones en que incurran serán sancionadas conforme a las disposiciones específicas establecidas en su nombramiento.

    ARTÍCULO 51.- Los discentes de las Instituciones de Educación Militar estarán sujetos a los reglamentos y disposiciones que la Secretaría emita para el caso y, quedarán sujetos al Fuero de Guerra.

    Los nacionales civiles o extranjeros que realicen estudios en el Sistema Educativo Militar, no estarán sujetos al Fuero de Guerra.

    TRANSITORIOS

    PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Se abrogan todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

    Diputados: Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Presidente; Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Fermín Trujillo Fuentes (rúbrica), Fernando A. Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (rúbrica), secretarios; José Alberto Aguilar Iñárritu (rúbrica), Jorge de Jesús Castillo Cabrera, Sami David David (rúbrica), Florentino Domínguez Ordóñez (rúbrica), Abel Echeverría Pineda (rúbrica), José García Ortiz (rúbrica), Roberto Rafael Campa Cifrián (rúbrica), Lino Celaya Luría, Carlos Osvaldo Pano Becerra, María del Consuelo Rodríguez de Alba (rúbrica), Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Julián Angulo Góngora (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez, Irene Herminia Blanco Becerra (rúbrica), Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Adriana González Carrillo (rúbrica), José Julián Sacramento Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Margarita Esther Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Pablo Franco Hernández (rúbrica), Ana Lilia Guillén Quiroz, Elpidio Tovar de la Cruz, Félix Adrián Fuentes Villalobos (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA AGRARIA ANTONIO NARRO

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Iniciativa con Proyecto de Decreto que expide la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro; presentada por el Diputado Fernando Ulises Adame de León del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el pasado 20 de julio de 2005.

    Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Comisión corresponde dictaminar la presente Iniciativa a partir de los siguientes.

    ANTECEDENTES

    El 20 de julio de 2005 el Diputado Fernando Ulises Adame de León, presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto que expide la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro.

    El 20 de julio de 2005 la Presidencia de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión turnó la mencionada Iniciativa para su estudio y dictamen a la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados.

    Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    Que los esfuerzos para acceder a la excelencia de la institución, a través, de la acreditación de los Programas Académicos de licenciatura y postgrado, han resultado en un reconocimiento de la Secretaría de Educación Publica por su calidad educativa, entregado en noviembre de 2004 por el Presidente de la República y ser una de las 13 universidades de México que cuenta con más del 75% de su población estudiantil de nivel licenciatura en programas de calidad de acuerdo a la evaluación de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES). Adicionalmente, la totalidad de sus programas de Postgrado han sido reconocidos dentro del Programa de Fortalecimiento al Postgrado (PIFOP) del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT).

    Que la Universidad mantiene convenios de cooperación con instituciones y organismos nacionales e internacionales; actualmente están en vigor más de 140 de ellos a nivel municipal, estatal, federal, e internacional, con lo cual se mejoran las funciones universitarias de docencia, investigación y desarrollo, lo mismo que se contribuye a la solución de la problemática del campo mexicano.

    Que la Universidad opera más de 90 proyectos de transferencia de tecnología con diversas comunidades pertenecientes principalmente a los estados de Coahuila, Zacatecas, Durango, San Luis Potosí, Nuevo León, Hidalgo, Morelos y Veracruz en los que participan alrededor de 240 profesores -- investigadores y alumnos de la Universidad.

    Que con este proyecto de Ley Orgánica, la Universidad busca iniciar una nueva etapa en su transformación, en ella se integran a la rica experiencia histórica educativa de más de 80 años de la que es depositaria, los frutos recientemente producidos por los esfuerzos de mejoramiento de la institución, y de otras universidades del país con sus respectivos procesos de reforma.

    Que la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, cuenta con estudiantes de todos los Estados del país, campos experimentales en diversas entidades y regiones, realiza programas de investigación, estudios y proyectos de alcance nacional, por lo que es, en los hechos, una institución nacional, sin embargo, la Ley Orgánica que le ha dado el carácter de Universidad fue expedida por un decreto del H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza.

    Que en estas circunstancias han generado una situación que podría limitar su desarrollo y contribución al agro nacional, ya que es difícil, que en el ámbito estatal se le puedan otorgar los recursos necesarios para su sostenimiento cuando sus acciones son de ámbito nacional. Por otra parte, si bien el Gobierno Federal es quien ha venido otorgándole recursos para su crecimiento y desarrollo en diferentes tiempos a lo largo de su historia, e ininterrumpidamente desde 1971 a la fecha, es el tiempo ahora de reconocer jurídicamente, mediante una Ley Orgánica, expedida por la H. Congreso de la Unión, que la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro es una institución de carácter nacional que continuará siendo apoyada presupuestalmente y año con año por el Gobierno Federal.

    Que la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro podría continuar apoyando la formación de profesionistas provenientes de grupos de la sociedad con problemas de marginación como los son entre otros los estudiantes provenientes de diferentes etnias indígenas, facilitándoles de esta manera el acceso a la Universidad Pública y contribuir a su desarrollo profesional, económico y social.

    Que la Universidad siempre ha buscado la vinculación con los distintos organismos, instituciones y empresas. Particularmente en los dos últimos años ha incrementado su vinculación tanto en número de acciones como de recursos en 11 veces. Estas acciones igualmente pudiesen verse claramente fortalecidas con mayores oportunidades de contribuciones en el ámbito nacional.

    Que el H. Consejo Universitario promovió durante el presente año, una amplia consulta con los universitarios, maestros y alumnos, en los distintos sectores académicos para derivar en una propuesta de Ley Orgánica, que le permita a la Institución actualizarse y acceder a mejores formas de gobierno y organización, para enfrentar así, los retos cada vez mayores que tienen las universidades públicas, en la búsqueda permanente de incidir cada vez con mayor trascendencia al bienestar y desarrollo armónico de la sociedad; en este caso, principalmente la del medio rural.

    DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

    El proyecto de Ley Orgánica que se somete a la consideración de esta Soberanía incluye como modificaciones más relevantes las siguientes:

    La transformación de la Universidad en un organismo público descentralizado de la Administración Publica Federal, con la finalidad de acceder a mejores oportunidades de crecimiento, consolidación y desarrollo; así como, de continuar recibiendo el presupuesto federal.

    La inclusión de un Consejo Directivo como órgano de autoridad, que tenga como funciones principales participar en la definición de políticas generales de planes y programas institucionales, y en su seguimiento y evaluación; promover la participación y vinculación de la Universidad con la sociedad; y colaborar en la gestión de los recursos para el cumplimiento de los fines de la Universidad y promover la transparencia de su uso.

    Que el Consejo Directivo participe también, en la selección de aspirantes a Rector y Titulares de las Unidades Regionales, evaluando sus méritos y trayectoria, con el propósito de escoger a los mejores candidatos para proponerlos ante el H. Consejo Universitario para su elección por la Comunidad Universitaria.

    El propósito fundamental de este proyecto es dotar a la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro del marco jurídico indispensable para asegurar que sea una institución de calidad y excelencia académica.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de esta Comisión de Agricultura y Ganadería hemos tenido a bien dictaminar positivamente la Iniciativa en comento para quedar como sigue:

    Artículo Único: Se expide la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro

    LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA AGRARIA ANTONIO NARRO.

    Capítulo I De la Naturaleza y los Objetivos

    ARTÍCULO 1° Se crea, con personalidad jurídica, patrimonio y gobiernos propios, un organismo público descentralizado del Estado, que se denominará Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro.

    ARTÍCULO 2° La sede de la Universidad estará en Buenavista, municipio de Saltillo, estado de Coahuila de Zaragoza, y podrá establecer sus unidades y dependencias en cualquier otro lugar del país.

    ARTÍCULO 3º La Universidad, basada en el principio de autonomía, tendrá por objetivos fundamentales:

    I. Impartir educación y formar recursos humanos en las diferentes áreas y niveles, en el campo de las ciencias agrarias y en otras que la sociedad requiera, buscando que desarrollen el juicio crítico, la vocación humanista, los valores democráticos y los principios nacionalistas, y que resulten capaces de contribuir a la solución de los problemas del país en general y de su medio rural, en particular;

    II. Realizar investigación en las áreas de su competencia, cuyos resultados favorezcan al desarrollo sustentable - tecnológico, social, económico y ecológico del país -, atendiendo a las especificidades regionales; y

    III. Preservar, promover, investigar y acrecentar la cultura, la ciencia y la tecnología en general, y en forma particular, las que se relacionan directamente con su naturaleza y misión de servicio, dentro de un proceso de intercambio sistemático con la sociedad, para contribuir al desarrollo sustentable.

    Capítulo II De su Patrimonio

    ARTÍCULO 4° El patrimonio de la Universidad estará constituido por:

    I. Todos los bienes que, al momento de su creación, se encontraban a su servicio y que actualmente son de su propiedad, en virtud de haberse constituido como parte de su patrimonio de acuerdo a la Ley Orgánica del 4 de abril de 1989, y los que con posterioridad hayan adquirido;

    II. El subsidio ordinario anual y los extraordinarios que el Ejecutivo Federal incluya en el presupuesto de egresos de la Federación y apruebe la Cámara de Diputados;

    III. Los subsidios y aportaciones ordinarios y extraordinarios que obtenga de los gobiernos estatales y municipales;

    IV. Las aportaciones y legados que reciba de particulares o de instituciones públicas o privadas, y los fideicomisos que en su favor se constituyan;

    V. Los ingresos que obtenga por la generación y explotación de bienes o la prestación de servicios;

    VI. Los bienes muebles e inmuebles, los derechos reales y personales y todos los ingresos que adquiera por cualquier título legal.

    ARTÍCULO 5° Todos los bienes muebles e inmuebles que constituyen el patrimonio de la Universidad tendrán el carácter de inalienables e imprescriptibles, y no se podrá constituir sobre los mismos ningún gravamen, mientras no se desafecten del servicio a que están destinados, previo acuerdo del H. Consejo Universitario, excepción hecha de los recursos a que se refiere la fracción V del artículo anterior. En caso de ser desafectados se aplicarán a dichos bienes las disposiciones del derecho común.

    Capítulo III De sus Atribuciones

    ARTÍCULO 6° La Universidad, para el logro de sus objetivos, tendrá las siguientes atribuciones:

    I. Establecer, organizar y modificar su gobierno, estructura, funciones y dependencias en la forma que esta Ley Orgánica, el Estatuto y los reglamentos lo determinen;

    II. Expedir su Estatuto, sus reglamentos y demás normas;

    III. Administrar libremente su patrimonio;

    IV. Formular planes y programas de docencia, investigación y desarrollo, conforme a los principios de libertad de cátedra y de investigación;

    V. Establecer los términos de ingreso, promoción y permanencia de alumnos y del personal académico;

    VI. Otorgar y expedir títulos, diplomas, certificados de estudio, menciones honoríficas y grados académicos;

    VII. Revalidar estudios realizados en instituciones nacionales o extranjeras, estableciendo para tal efecto las equivalencias que estime convenientes;

    VIII. Incorporar o absorber, según el caso, instituciones afines a sus objetivos fundamentales de acuerdo con lo que establezca su reglamentación interna;

    IX. Establecer y fomentar las relaciones y convenios que estime pertinentes con universidades o instituciones nacionales o extranjeras;

    X. Prestar asistencia técnica y servicio social a la comunidad en general, principalmente a la del medio rural, según sus planes académicos y cuando lo juzgue conveniente;

    XI. Establecer las relaciones y los convenios que estime pertinentes, para la ejecución de planes y programas con dependencias gubernamentales;

    XII. Celebrar convenios laborales con sus trabajadores en los términos que establezca la Ley Federal del Trabajo;

    XIII. Establecer, en los términos que señale la Ley Orgánica, el Estatuto y los reglamentos, patronatos y asociaciones para su apoyo; y

    XIV. Preservar y desarrollar todos los servicios que se prestan a la Comunidad Universitaria de acuerdo a su capacidad y a sus necesidades.

    Capítulo IV De la Comunidad Universitaria y de sus Autoridades

    ARTÍCULO 7° La Comunidad Universitaria estará constituida por sus autoridades, profesores-investigadores y alumnos, en los términos que especifiquen el Estatuto y los reglamentos internos.

    ARTÍCULO 8° Son autoridades de la Universidad:

    I. El H. Consejo Universitario;

    II. El Rector;

    III. El Consejo Directivo;

    IV. Los Titulares de las Unidades Regionales; y

    V. Las demás que contemple el Estatuto Universitario.

    ARTÍCULO 9° Las autoridades universitarias serán designadas o electas por la Comunidad Universitaria, según lo establecido por esta Ley Orgánica, el Estatuto Universitario y sus Reglamentos.

    Capítulo V Del H. Consejo Universitario y sus Comisiones

    ARTÍCULO 10 El H. Consejo Universitario será la máxima autoridad de la Universidad y estará integrado paritariamente por profesores-investigadores y alumnos, electos de conformidad con el Estatuto y los reglamentos respectivos. El cargo de Consejero Universitario será honorario.

    ARTÍCULO 11 El procedimiento para la elección de consejeros, requisitos, duración en el cargo, forma de renovación y suplencias se determinará en el Estatuto y los Reglamentos respectivos.

    ARTÍCULO 12 Corresponde al H. Consejo Universitario:

    I. Expedir el Estatuto, los reglamentos y normas generales para el funcionamiento de la Universidad;

    II. Reformar, adicionar y abrogar las disposiciones internas;

    III. Resolver, en última instancia, sobre los conflictos de competencia de las dependencias universitarias;

    IV. Elegir a los integrantes del Consejo Directivo de conformidad a lo que establezca el Estatuto y los reglamentos correspondientes;

    V. Examinar, discutir y aprobar anualmente los presupuestos de ingresos y egresos de la Universidad;

    VI. Remover a las autoridades, por causa justificada, en los términos que el Estatuto indique;

    VII. Discutir y aprobar, en su caso, los planes y programas necesarios para llevar adelante los objetivos universitarios;

    VIII. Discutir y aprobar, en su caso, la creación o supresión de las unidades y dependencias de la Universidad;

    IX. Discutir y aprobar, en su caso, las modificaciones a la estructura de las unidades y dependencias de la Universidad;

    X. Discutir y aprobar en su caso, la incorporación o fusión de instituciones afines a la Universidad;

    XI. Conocer y aprobar, en su caso, el Informe del Rector y de otras autoridades en los términos que establezca el Estatuto;

    XII. Resolver, en última instancia, las apelaciones en los términos que señalen las disposiciones internas;

    XIII. Constituirse en Colegio Electoral para la elección del Rector, de acuerdo al reglamento respectivo;

    XIV. Tomar la protesta al Rector, expedir su nombramiento, resolver acerca de su renuncia y removerlo por causa justificada. En ejercicio de esta última facultad, se auscultará a la Comunidad Universitaria;

    XV. Nombrar las comisiones permanentes que se establecen en el Estatuto y las especiales que juzgue necesarias para el cumplimiento de sus funciones;

    XVI. Remover a los consejeros y miembros de las comisiones por las causas que el Estatuto indique;

    XVII. Conocer y resolver sobre las auditorias que, de acuerdo a su reglamentación interna, sean practicadas en la Universidad;

    XVIII. Nombrar al contralor interno de acuerdo al procedimiento que se señale para tal efecto;

    XIX. Publicar los acuerdos tomados; y

    XX. Ejercer las demás facultades que esta Ley Orgánica y el Estatuto le señale.

    ARTÍCULO 13 Para la validez de los acuerdos en los asuntos a que se refieren las fracciones, I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XII, XVI, y XVII del artículo 12º, se requiere el dictamen previo de la comisión respectiva.

    Para la validez de los acuerdos relacionados con las fracciones I, II, IV, VI, VIII, X y XIV en el caso de remoción del artículo 12, se requerirá sin excepción, el voto aprobatorio de no menos de dos terceras partes de los miembros del H. Consejo Universitario.

    Capítulo VI Del Consejo Directivo

    ARTÍCULO 14 El Consejo Directivo se integrará y funcionará de acuerdo a lo que determine ésta Ley Orgánica, el Estatuto y el reglamento correspondientes.

    ARTÍCULO 15 Corresponde al Consejo Directivo, según lo que establezca el Estatuto y los reglamentos respectivos:

    I. Participar en el proceso de elección de las autoridades a que se refieren las fracciones II y IV del artículo 8º de esta Ley Orgánica;

    II. Participar en la definición de políticas generales de planes y programas institucionales, y en su seguimiento y evaluación;

    III. Promover la participación y vinculación de la Universidad con la sociedad;

    IV. Colaborar en la gestión de los recursos para el cumplimiento de los fines de la Universidad y promover la transparencia de su uso; y

    V. Las demás que le asigne el Estatuto.

    Capítulo VII Del Rector

    ARTÍCULO 16 El Rector será la máxima autoridad ejecutora de la Universidad.

    ARTÍCULO 17 El Rector, será el representante legal de la Universidad, durará en su encargo cuatro años y no podrá ser reelecto. En los casos de ausencia temporal, será substituido en la forma y términos que establezca el Estatuto y los reglamentos.

    ARTÍCULO 18 Para ser Rector se requiere:

    I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento en pleno goce de sus derechos;

    II. Ser mayor de 30 años;

    III. Ser electo en los términos que marque este ordenamiento, el Estatuto y los reglamentos respectivos;

    IV. Ser profesor-investigador de tiempo completo e indeterminado, con antigüedad laboral mínima de cinco años y haber trabajado ininterrumpidamente en la Universidad en los últimos tres años inmediatos anteriores a la elección;

    V. No estar comprendido en alguna de las causas de inhabilitación o incapacidad que se establecen en el Estatuto para ser Consejero Universitario; y

    VI. Los demás requisitos que señalen el Estatuto y sus reglamentos.

    ARTÍCULO 19 La elección de Rector se realizara de acuerdo al siguiente procedimiento:

    I. El Consejo Directivo, considerando los méritos de los aspirantes y una consulta a la Comunidad Universitaria, propondrá al H. Consejo Universitario una terna de candidatos elegibles, de acuerdo con los términos que para tal efecto determine este ordenamiento, el Estatuto y las disposiciones respectivas;

    II. Una vez conocida la propuesta de los candidatos hecha por el Consejo Directivo, el H. Consejo Universitario la someterá a votación universal y secreta de la Comunidad Universitaria, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto, los Reglamentos y las disposiciones correspondientes;

    III. Será Rector electo el que determine la Comunidad Universitaria, de acuerdo a los resultados de la votación, conforme a lo que disponga el Estatuto y reglamento respectivo;

    ARTÍCULO 20 El Rector, tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

    I. Cumplir y hacer cumplir esta Ley Orgánica, el Estatuto y los reglamentos que de ella emanen;

    II. Convocar y presidir las reuniones del H. Consejo Universitario con voz pero sin voto;

    III. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del H. Consejo Universitario;

    IV. Designar y remover a los funcionarios en los casos en que el Estatuto expresamente lo faculte;

    V. Rendir ante el H. Consejo Universitario el informe anual de las actividades de la Universidad, conforme lo determine el Estatuto;

    VI. Ejecutar las medidas disciplinarias en los términos que señalen el Estatuto y los reglamentos;

    VII. Gestionar los recursos necesarios para el mejor logro de los objetivos universitarios;

    VIII. Coordinar las actividades de los órganos de gobierno y el funcionamiento general de la Universidad;

    IX. Presentar ante el H. Consejo Universitario, para su sanción, los planes, programas y presupuestos necesarios para el logro de los objetivos universitarios en los términos que establezca el Estatuto y los reglamentos;

    X. Otorgar, delegar, sustituir y revocar poderes generales y especiales conforme a las leyes vigentes;

    XI. Celebrar todo tipo de convenios para el cumplimiento de los fines de la Universidad, con las limitaciones que se deriven de esta Ley Orgánica y sus reglamentos;

    XII. Las demás que señale este ordenamiento, así como las normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.

    Capítulo VIII Disposiciones Generales

    ARTÍCULO 21 Para la elección de los titulares de las unidades regionales se seguirá el mismo procedimiento que para Rector, aunque sólo votará la Comunidad Universitaria de la unidad correspondiente.

    ARTÍCULO 22 Para que un trabajador académico sea considerado sujeto de una relación laboral, deberá someterse a los procedimientos de selección que determine el Estatuto y reglamentos y disposiciones legales.

    ARTÍCULO 23 Los sindicatos o asociaciones de personal académico, personal administrativo y alumnos serán independientes de los órganos de gobierno de la Universidad y se organizarán en la forma en que los propios interesados determinen.

    ARTÍCULO 24 Las disposiciones y reglamentos que emanen de las autoridades a que se refiere el artículo 8°, fracción V, deberá ser conforme a los preceptos contenidos en esta Ley Orgánica y las normas, reglamentos y disposiciones de carácter general aprobados por el H. Consejo Universitario.

    Transitorios

    PRIMERO. El presente Decreto entrara en vigor al día siguiente a aquel en que el H. Congreso del Estado apruebe y el Titular del Ejecutivo Estatal publique en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila de Zaragoza la Abrogación de la Ley Orgánica de la Universidad Agraria Antonio Narro del 4 de abril de 1989, y la desincorporación de todos los bienes muebles e inmuebles que conforman el patrimonio de la Universidad.

    SEGUNDO. El H. Consejo Universitario deberá elaborar y aprobar las reformas necesarias al Estatuto y los reglamentos que procedan, para hacerlos congruentes con esta Ley Orgánica, dentro de un plazo no mayor de 60 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley Orgánica.

    TERCERO. Todos los asuntos que se encuentren pendientes de trámite al momento de entrar en vigor el presente Decreto se substanciarán hasta su total conclusión de conformidad con la Ley Orgánica emitida por el H. Congreso de Coahuila del 4 de abril de 1989.

    CUARTO. Las autoridades en función, al momento de entrar en vigor esta Ley Orgánica, permanecerán en su cargo hasta concluir el periodo para el cual fueron electas o designadas conforme a la Ley Orgánica anterior. Concluido dicho término, las nuevas autoridades se designarán o elegirán conforme a la Ley Orgánica en vigor, y al estatuto y los reglamentos que de ella emanen.

    Por la Comisión de Agricultura y Ganadería, firman el siguiente Dictamen con Proyecto de Decreto que Expide la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, dado en la Sala de Juntas de esta Comisión.

    Diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), Presidente; Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), Edmundo Valencia Monterrubio (rúbrica), Diego Palmero Andrade (rúbrica), Antonio Mejía Haro (rúbrica), secretarios; Julián Nazar Morales, Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Gaspar Ávila Rodríguez, Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu, Jesús Morales Flores, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Roger David Alcocer García (rúbrica), Arturo Robles Aguilar (rúbrica), José Irene Álvarez Ramos, Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Javier Castelo Parada (rúbrica), José María de la Vega Lárraga, Rocío Guzmán de Paz (rúbrica), Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Isidoro Camarillo Zavala (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), Valentín González Bautista, Marcelo Herrera Herbert, Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Víctor Suárez Carrera.»

    Es de primera lectura.


    CODIGO PENAL FEDERAL

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 424 Quáter al Código Penal Federal

    HONORABLE ASAMBLEA:

    La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable Asamblea el presente:

    DICTAMEN DE LA INICIATIVA QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 424 QUÁTER AL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

    ANTECEDENTES

    PRIMERO.- En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en fecha 2 de diciembre de 2003, el Diputado Ernesto Herrera Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la Iniciativa que adiciona el artículo 424 quáter al Código Penal Federal.

    SEGUNDO.- La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en esa misma fecha, mediante oficio número D.G.P.L. 59-II-1-173, acordó se turnara a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para su estudio y Dictamen.

    TERCERA.- Los miembros integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura, procedieron al estudio de la Iniciativa aludida, habiendo efectuado múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en el proyecto que se discute.

    CONSIDERACIONES

    Primera.- La Iniciativa en estudio propone adicionar un artículo 424 quáter al Código Penal Federal, a efecto de tipificar como conductas delictivas las tendientes a desactivar las medidas tecnológicas de protección cuyo objeto es impedir o restringir toda forma de uso y explotación no autorizada de cualquiera de los géneros de obras amparadas por el artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor, así como de fonogramas.

    Segunda.- Expone el autor de la Iniciativa, que no obstante los avances obtenidos en materia de derechos de autor, continúan cometiéndose delitos que atentan contra los derechos intelectuales, ampliándose en el campo de las nuevas tecnologías como el Internet, lo que hace urgente y necesario establecer sanciones a quienes realicen tales conductas, en defensa de la música, que constituye una parte esencial de nuestro patrimonio cultural.

    Por ello, propone la adición de un artículo 424 quáter al Código Penal Federal, para que quienes desactiven las medidas tecnológicas de protección, cuyo objeto es impedir o restringir toda forma de uso y explotación no autorizada de cualquiera de los géneros de obras amparadas por el artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor, así como de fonogramas, sean considerados como delincuentes, porque, aduce, realizan y propician la producción y reproducción ilegal de obras, interpretaciones y producciones fonográficas en perjuicio directo de los titulares de derechos, en el entorno digital.

    El artículo 13 citado enuncia las siguientes obras, que de acuerdo con la Iniciativa que se analiza, serían objeto de protección.

    ``Artículo 13

    Los derechos de autor a que se refiere esta Ley se reconocen respecto de las obras de las siguientes ramas:

    I. Literaria;

    II. Musical, con o sin letra;

    III. Dramática;

    IV. Danza;

    V. Pictórica o de dibujo;

    VI. Escultórica y de carácter plástico;

    VII. Caricatura e historieta;

    VIII. Arquitectónica;

    IX. Cinematográfica y demás obras audiovisuales;

    X. Programas de radio y televisión;

    XI. Programas de cómputo;

    XII. Fotográfica;

    XIII. Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil, y

    XIV. De compilación, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y de obras u otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones, por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual.

    Las demás obras que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que les sea más afín a su naturaleza.''

    Tercera.- Los integrantes de esta Comisión consideran pertinente señalar que para la industria de la música, terminar con la piratería por Internet se está convirtiendo en uno de sus principales retos, ya que las ventas mundiales han caído durante los últimos años.

    La Federación Internacional de la Industria Fonográfica es un organismo no gubernamental que representa a la industria de la música a nivel internacional, agrupando a más de 1,400 miembros productores de fonogramas en 76 países. Según datos publicados por este organismo, la venta de discos piratas se duplicó en los últimos tres años, y llegó a 1,000 millones de unidades en el 2002. Debido a ello, uno de cada tres discos vendidos en el mundo es una copia pirata, generando ganancias por 4,500 millones de dólares al año, aproximadamente, lo que revela la dimensión de la problemática ocasionada con esta práctica ilegal.

    Cuarta.- Después de haber analizado los argumentos vertidos en la Iniciativa que nos ocupa, esta Comisión coincide plenamente con lo expresado por el legislador, si tomamos en consideración que, actualmente, el uso de las computadoras cada vez es mayor y con ello el uso de Internet, se ha convertido en una necesidad para realizar diversas actividades de la vida social y laboral.

    En este mundo cada vez más globalizado, las personas tienen la necesidad de mantenerse en contacto con la sociedad que les rodea, lo cual, gracias a Internet se consigue. Sin embargo, no debe pasar desapercibido que Internet es una red de comunicación no regulada, lo que permite que se cometan actividades no éticas o ilegales que perjudican a la sociedad.

    Debe destacarse que el uso indebido de las computadoras es lo que ha propiciado que se cometan este tipo de conductas. En este sentido, resulta conveniente precisar que la regulación jurídica de la criminalidad informática presenta determinadas peculiaridades, debidas al propio carácter innovador que las tecnologías de la información y la comunicación presentan. Por lo que la criminalidad informática supone una nueva versión de delitos tradicionales, obligando a revisar los elementos constitutivos de gran parte de los tipos penales existentes.

    Asimismo, tomando en cuenta la gravedad del ilícito, así como las ganancias obtenidas con las conductas ilícitas, en perjuicio de los autores y las industrias que intervienen en la elaboración y explotación ilícita de las obras. Esta Comisión Dictaminadora propone una pena de tres a siete años de prisión y de dos mil a veinte mil días multa en lugar de cuantificar dichas cantidades en salarios mínimos como se propone en la Iniciativa analizada. Pues ello permite fijar una sanción más severa para quien vulnera estos derechos, al determinarse en proporción a los ingresos de quien cometa el delito y no por salario mínimo.

    Asimismo, esta Comisión Dictaminadora, considera conveniente realizar modificaciones al texto propuesto en el proyecto, derivado del análisis del mismo y del contenido del artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor. Por que si bien, como señala la fracción II, del texto propuesto:

    ``Artículo 424 quáter.

    ...

    II. A quien empleando un medio mecánico, electrónico, digital o cualquier otro, desactive sin derecho o autorización de quien deba darla, las medidas tecnológicas de protección de fonogramas, que tienen por objeto impedir o restringir toda forma de uso y explotación no autorizada.''

    Es posible y válido para los fonogramas, no es congruente ni lógico para las obras de las ramas literarias que se enumeran en dicho artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor, como son las obras: ``Literaria, Musical, con o sin letra; Dramática; Danza; Pictórica o de dibujo; Escultórica y de carácter plástico; Caricatura e historieta; Arquitectónica; Cinematográfica y demás obras audiovisuales; Programas de radio y televisión; Programas de cómputo; Fotográfica; Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil, y de Compilación, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y de obras u otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones, por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual.

    Las demás que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que le sea más afín a su naturaleza.''

    ¿A través de qué medio mecánico, electrónico, digital o cualquier otro, se podría desactivar sin derecho o autorización de quien deba darla, las medidas tecnológicas de protección de las ramas ya citadas líneas arriba? No se podría, porque no existen.

    Sin embargo, podemos interpretar que el sentido del proyecto es el de proteger estas ramas del arte --ya enumeradas- cuando se encuentran en sistemas de cómputo, videograbadas, filmadas, fotografiadas, etc.

    De lo cual, al primer párrafo del texto propuesto, esta Comisión Dictaminadora considera adecuado modificar y propone el siguiente texto:

    ``Artículo 424 quáter.- Se impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días multa:

    I. A quien empleando un medio mecánico, electrónico, digital o cualquier otro, desactive sin derecho o autorización de quien deba darla, las medidas tecnológicas de protección que tienen por objeto impedir o restringir toda forma de uso y explotación no autorizada, de cualquiera de los géneros de obras amparadas por el artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor, cuando éstas se encuentren en video, cine u otro medio de filmación, audiovisuales, fotografía, programas de cómputo o cualquier otro medio electrónico o digital.''

    Con dicha propuesta, esta Comisión Dictaminadora, considera se amplia el marco de protección a los Derechos de Autor y se respeta el ánimo del autor de la Iniciativa.

    Derivado de lo anterior, se concluye que con la adición propuesta, sin duda alguna, se estará coadyuvando a combatir este fenómeno que día a día crece en perjuicio de quienes han hecho de la música y, e general, de las artes, su medio de subsistencia, así como de la sociedad en su conjunto, por transgredirse valores fundamentales como la honestidad y el respeto a los derechos de los demás.

    Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos somete a la consideración de esta Asamblea, el:

    PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 424 QUÁTER AL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

    Único.- Se adiciona el artículo 424 quáter al Código Penal Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 424 quáter.- Se impondrá prisión de tres a siete años y de dos mil a veinte mil días multa:

    I. A quien empleando un medio mecánico, electrónico, digital o cualquier otro, desactive sin derecho o autorización de quien deba darla, las medidas tecnológicas de protección que tienen por objeto impedir o restringir toda forma de uso y explotación no autorizada, de cualquiera de los géneros de obras amparadas por el artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor, cuando éstas se encuentren en video, cine u otro medio de filmación, audiovisuales, fotografía, programas de cómputo o cualquier otro medio electrónico o digital.

    II. A quien empleando un medio mecánico, electrónico, digital o cualquier otro, desactive sin derecho o autorización de quien deba darla, las medidas tecnológicas de protección de fonogramas, que tienen por objeto impedir o restringir toda forma de uso y explotación no autorizada.

    T R A N S I T O R I O

    ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a veinticinco de octubre de dos mil cinco.

    Diputados: Rebeca Godínez y Bravo (rúbrica), Presidenta; Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Amalín Yabur Elías (rúbrica), Miguel Ángel Llera Bello (rúbrica), Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Félix Adrián Fuentes Villalobos, secretarios; María de Jesús Aguirre Maldonado, Mario Carlos Culebro Velasco (rúbrica), José Luis García Mercado (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Martha Laguette Lardizábal, Consuelo Muro Urista (rúbrica), Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), María Sara Rocha Medina, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Bernardo Vega Carlos (rúbrica), Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), Ernesto Herrera Tovar (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena, Margarita Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Francisco Diego Aguilar Angélica de la Peña Gómez (rúbrica), Eliana Garía Laguna, Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, Jaime Miguel Moreno Garavilla.»

    Es de primre lectura.


    PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Honorable Asamblea:

    En oficios fechados los días 5 y 14 de octubre del año en curso, la Secretaría de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos María del Pilar Sevilla Tamai, Rosa Martha Ramírez Luna, Mariana Morales Álvarez, Miguel Ángel Solares Escalante, Claudia Glenda Hernández Nava y Alejandro Machorro García puedan prestar servicios de carácter administrativo, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y en la Delegación de la Comisión Europea, en México, respectivamente.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 25 de octubre, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de sus actas de nacimiento.

    b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y en la Delegación de la Comisión Europea, en México, respectivamente, serán de carácter administrativo, y

    c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II, del apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al segundo párrafo, del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se concede permiso a la ciudadana María del Pilar Sevilla Tamai, para prestar servicios como encargada de Prensa y Relaciones Públicas, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en México.

    Artículo Segundo.- Se concede permiso a la ciudadana Rosa Martha Ramírez Luna, para prestar servicios como especialista de Prensa y Relaciones Públicas y editora de la página web, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en México.

    Artículo Tercero.- Se concede permiso a la ciudadana Mariana Morales Álvarez, para prestar servicios como especialista de Prensa y Relaciones Públicas, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en México.

    Artículo Cuarto.- Se concede permiso al ciudadano Miguel Ángel Solares Escalante, para prestar servicios como jardinero, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en México.

    Artículo Quinto.- Se concede permiso a la ciudadana Claudia Glenda Hernández Nava, para prestar servicios como secretaria, en la Delegación de la Comisión Europea, en México.

    Artículo Sexto.- Se concede permiso al ciudadano Alejandro Machorro García, para prestar servicios como contador, en la Delegación de la Comisión Europea, en México.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 26 de octubre de 2005.

    Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), secretaria; David Hernández Pérez, secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas, secretaria; Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretario; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios, Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Jesús González Schmal, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres, Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Zepahua Valencia.»

    Es de primera lectura.


    REGISTRO DE ASISTENCIA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Instruya la Secretaría el cierre del sistema electrónico de asistencia.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: ¿Falta algún diputado o diputada por registrar asistencia? Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se informa a la Presidencia que, hasta el momento, hay una asistencia de 392 diputados. Quien hasta el momento no haya registrado su asistencia dispone de hasta 15 minutos para registrarla por cédula.


    LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 3o. y el párrafo tercero del artículo 5o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 3 y el párrafo tercero del artículo 5 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente la Iniciativa que reforma los artículos 3 y 5 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

    Esta Comisión con fundamento en lo dispuesto por los artículos 72 y 73, fracción XXX, a la luz de lo dispuesto en la fracción III del artículo 109, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 56, 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la Iniciativa de referencia, somete a la consideración de esta honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:

    ANTECEDENTESI. Con fecha 28 de abril de 2005, el Diputado Gonzalo Moreno Arévalo, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó al Pleno de la Cámara de Diputados, la Iniciativa que reforma los artículos 3 y 5 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

    II. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Gobernación para su estudio y dictamen.

    III. En reunión plenaria del 13 de octubre de 2005 se sometió a consideración de los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación el proyecto de dictamen respectivo, siendo aprobado por unanimidad.

    Establecidos los antecedentes, los miembros de la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

    CONSIDERACIONES1. Que la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en vigor desde el 14 de marzo de 2002 tiene por objeto reglamentar lo señalado en la fracción III del artículo 109 de nuestra Carta Magna, que a la letra dice:Artículo 109.- El Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados, dentro de los ámbitos de sus respectivas competencias, expedirán las leyes de responsabilidades de los servidores públicos y las demás normas conducentes a sancionar a quienes, teniendo este carácter, incurran en responsabilidad, de conformidad con las siguientes prevenciones:

    I. y II. ...

    III.- Se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.

    ... ... ...

    2. Que como lo indica su artículo 1° la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos tiene como objeto central, lo siguiente:Artículo 1.- Esta Ley tiene por objeto reglamentar el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de:

    I.-Los sujetos de responsabilidad administrativa en el servicio público;

    II.-Las obligaciones en el servicio público;

    III.-Las responsabilidades y sanciones administrativas en el servicio público;

    IV.-Las autoridades competentes y el procedimiento para aplicar dichas sanciones, y

    V.-El registro patrimonial de los servidores públicos.

    3. Que las reformas propuestas a los artículos 3 y 5 por la Iniciativa objeto del presente dictamen buscan actualizar la denominación de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo por el de Secretaría de la Función Pública, a fin de dar la concordancia necesaria a este texto legal con reformas recientes a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

    4. Que en virtud del la publicación en el Diario Oficial de la Federación el 10 de abril de 2003 y la entrada en vigor del ``Decreto por el que se expide la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; se reforman la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; y se adiciona la Ley de Planeación'', se reformó el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que la hasta ese momento, Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo cambiara de nombre para ser Secretaría de la Función Pública.

    5. Que el Diputado Gonzalo Moreno Arévalo expresa en su exposición de motivos la importancia de que todos los actos de autoridad obedezcan los principios constitucionales de legalidad y de certeza jurídica. Expone por un lado que el principio de certeza jurídica implica que la competencia de una autoridad en determinada materia debe estar plasmada indubitablemente en la Ley y por otro, que el principio de legalidad, obliga a la autoridad a someter su actuación a límites establecidos previamente y de acuerdo a sus facultades expresas.

    6. Que el iniciador sostiene que en el momento procesal oportuno, el particular podría solicitar al tribunal la nulidad, absoluta o relativa, del acto imputado por la autoridad, argumentando el simple y sencillo hecho de que la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo no existe y, por tanto, los actos que tengan origen invocando la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos no son legales, en razón de la inexistencia de esta secretaría de Estado, desde luego en perjuicio del interés público.

    7. Que el artículo segundo transitorio del Decreto publicado el 10 de abril de 2003, antes citado establece a la letra:

    Segundo.- Aquellas disposiciones que hagan mención a la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo se entenderán referidas a la Secretaría de la Función Pública.8. Que si bien esta disposición es suficiente para no ocasionar confusiones o vacíos, a juicio de esta Comisión dictaminadora, la modificación a la fracción III del artículo 3 y al párrafo tercero del artículo 5, propuesta por el diputado Moreno Arévalo es de aceptarse y resulta conveniente a fin de dar certeza y claridad a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

    Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, sometemos a consideración del Pleno de esta honorable Asamblea el siguiente proyecto de:

    DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 3 Y EL PÁRRAFO TERCERO DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman la fracción III del artículo 3 y el párrafo tercero del artículo 5 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos para quedar como sigue:

    ARTICULO 3.- ...

    I. y II. ...

    III.- La Secretaría de la Función Pública;

    IV. a X. ...

    ARTICULO 5.- ... ...

    Secretaría: A la Secretaría de la Función Pública.

    ... ... ... ...

    TRANSITORIO

    ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a los trece días del mes de octubre de dos mil cinco.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), secretario; Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), secretaria; Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), secretaria; Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretario; José Porfirio Alarcón Hernández, Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Jesús González Schmal (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Zepahua Valencia (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores, por lo que declara el asunto suficientemente discutido. Pero para efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo y votarlo en lo particular. En virtud de que no hay artículos reservados, se ruega a la Secretaría ordenar la apertura del sistema electrónico de votación para recabar la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto, del proyecto de decreto.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

    (Votación.)

    Ciérrese el sistema de votación. Diputado Presidente: se emitieron 366 en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 366 votos, el proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 3o. y el párrafo tercero del artículo 5o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    LEY DE PREMIOS, ESTIMULOS Y RECOMPENSAS CIVILES
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es el proyecto de decreto que deroga las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que deroga las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura, fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se derogan las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

    Esta Comisión con fundamento en los artículos 70, párrafo primero, 71, 72 y 73, fracción XXX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 39, 45 numeral 6, incisos e) y f) y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 56, 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la Iniciativa de referencia, somete a la consideración de esta honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:

    ANTECEDENTES1. Con fecha nueve de diciembre de dos mil cuatro, el diputado Manuel Velasco Coello, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en uso de la facultad que le confiere el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados, la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se derogan las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

    2. En la misma fecha, nueve de diciembre de dos mil cuatro, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dispuso que la Iniciativa fuera turnada a la Comisión de Gobernación para su estudio y dictamen.

    3. Con fecha 13 de octubre de 2005, se sometió a consideración de los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación el proyecto de dictamen respectivo, siendo aprobado por mayoría de los presentes en sesión plenaria en esta misma fecha.

    Establecidos los antecedentes, los miembros de la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos el contenido de la Iniciativa objeto del presente dictamen y sus consideraciones:

    CONTENIDO DE LA INICIATIVA1. De acuerdo con lo expresado por el diputado Manuel Velasco Coello en su exposición de motivos, la biodiversidad es la variación de la vida en todas sus formas, niveles y combinaciones. El término ``biodiversidad'' fue acuñado por el científico Edward Wilson en 1988, por el cual denominó la riqueza biológica de una zona determinada del planeta.

    2. También afirma que el término ``biodiversidad'' ha tenido un matiz relevante en cuanto a su significado, ya que la humanidad está tomando conciencia de las dificultades que deterioran al medio ambiente. Lo anterior ha acrecentado la importancia de la ecología como ciencia avocada al estudio de la llamada ``crisis de la biodiversidad''.

    3. Según cifras presentadas por el diputado Velasco Coello, el número de especies vegetales y animales podría estar comprendido entre los cinco y treinta millones y tan sólo 1.4 millones de clases de seres vivos han sido clasificados. Algunos cálculos estiman que cada año desaparecen unas 17,500 especies, especulando que tal vez un 50% de ellos no llega a ser conocido por el ser humano.

    4. Así, flora y fauna son importantes para lograr el equilibrio del medio ambiente y del correcto funcionamiento de los ecosistemas del planeta. Es por eso que se ha creado el ``Premio Nacional de Preservación del Medio Ambiente'', abarcando diversas categorías; sin embargo, el iniciador expone que la ``biodiversidad'', como término que engloba a las variedades de seres vivos que habitan la Tierra, ya contempla a la flora y la fauna, por lo que considera innecesario establecer estas categorías por separado, cuando la fracción IV del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles establece la categoría ``biodiversidad''.

    CONSIDERACIONESI. Nuestra legislación ha creado y desarrollado incentivos y alicientes para particulares, personas morales y comunidades las cuales, por su denotado esfuerzo en favor de la conservación del medio ambiente y de la diversidad biológica, han contribuido en contrarrestar la llamada ``crisis de la biodiversidad'', provocada por la intervención humana que ha alterado gravemente el equilibrio ecológico.

    II. Uno de estos alicientes es el ``Premio Nacional de Preservación del Medio Ambiente'' aprobado por la Cámara de Diputados el 23 de marzo de 2004, con 419 votos a favor y tres abstenciones; el Decreto de su creación por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de junio de 2004.

    III. El Premio tiene como objeto otorgar un estímulo importante para resaltar la labor de quienes hacen de la ecología su propia causa, legando a las futuras generaciones un hábitat mejor, un mundo menos contaminado en el cual no se derrochen ni dilapiden los recursos naturales que forman parte de nuestro entorno.

    IV. Su creación también obedeció a la integración de un aliciente para quienes han tenido un trabajo sobresaliente en la defensa, conservación y protección del medio ambiente. A la vez, el Premio quiere fomentar una cultura de respeto, responsabilidad y de aprovechamiento racional de todos los recursos que conforman la biodiversidad.

    V. El Premio Nacional de Preservación del Medio Ambiente, según el artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, establece actualmente nueve categorías para ser reconocidas, las cuales son:

    Artículo 114

    El Premio Nacional de Preservación del Medio Ambiente se entregará en las siguientes categorías:

    I.- Preservación y Calidad del Aire;

    II.- Preservación y Calidad del Agua;

    III.- Conservación y Uso del Suelo;

    IV.- Biodiversidad;

    V.- Flora;

    VI.- Fauna;

    VII.- Preservación;

    VIII.- Desarrollo Sustentable, y

    IX.- Reuso, Reutilización y Reciclaje.

    VI. Según el artículo 2° del Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, suscrito en Río de Janeiro, el 5 de junio de 1992 y ratificado por México el 13 de junio de 1992, se entiende por ``biodiversidad'' la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.

    VII. México es el es cuarto país del mundo con la diversidad biológica más rica y variada sobre la Tierra; alrededor del 10 al 12% de todas las especies del planeta se encuentran en el territorio nacional, lo cual suma más de 200.000 especies ocupando el primer lugar en variedad de reptiles, segundo lugar en especies de mamíferos y el cuarto en anfibios y plantas.

    VIII. La conservación del delicado equilibrio de la biodiversidad ha impulsado la proyección y realización de una serie de programas y esfuerzos mismos que permiten la protección de los ecosistemas en peligro. Efectivamente, nuestro país cuenta con reservas de la biosfera, parques y monumentos nacionales, áreas de protección de la flora y fauna y santuarios considerados como lugares de riqueza o abundancia permanente y estacional de flora y fauna por la presencia de variadas especies.

    IX. Esta Comisión coincide con la aseveración de que la biodiversidad engloba a las especies de los cinco reinos taxonómicos, entre los cuales están la flora y la fauna, y de la diversidad ecológica, es decir, de los ecosistemas en cualquier parte de la geografía del globo terráqueo.

    X. De igual forma, se aprecia que la intención del diputado Manuel Velasco Coello es acertada al afirmar que las categorías de las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley en comento, vendrían a estar contenidas en la categoría general de la fracción IV por lo que se considera viable su propuesta. No obstante, esta Comisión estima pertinente hacer mención que el Premio concedido en relación a la flora y fauna no desaparece, más bien el Consejo ahora considerará la entrega del Premio a personas, agrupaciones y comunidades que han trabajado y dedicado sus esfuerzos a favor de la preservación y conservación de la flora y la fauna bajo la categoría de ``biodiversidad'' la cual, como se ha venido analizando, contiene las subcategorías señaladas.

    Por lo anterior expuesto, los suscritos integrantes de la Comisión de Gobernación someten a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de:

    DECRETO POR EL QUE SE DEROGAN LAS FRACCIONES V Y VI DEL ARTÍCULO 114 DE LA LEY DE PREMIOS, ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS CIVILES

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se derogan las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles para quedar como sigue:

    Artículo 114

    El Premio Nacional de Preservación del Medio Ambiente se entregará en las siguientes categorías:

    I.- Preservación y Calidad del Aire;

    II.- Preservación y Calidad del Agua;

    III.- Conservación y Uso del Suelo;

    IV.- Biodiversidad;

    V.- Derogada.

    VI.- Derogada.

    VII.- Preservación;

    VIII.- Desarrollo Sustentable, y

    IX.- Reuso, Reutilización y Reciclaje.

    TRANSITORIO

    ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a los trece días del mes de octubre de dos mil cinco.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Secretario; Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), Secretaria; Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Secretaria; Daniel Ordóñez Hernández, Secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila, Secretario; José Porfirio Alarcón Hernández, Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Jesús González Schmal, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica en contra), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Zepahua Valencia (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores, por lo que considera el asunto suficientemente discutido. Se ruega a la Secretaría que instruya la apertura del sistema electrónico de votación por cinco minutos para recabar la votación nominal en lo general y en lo particular del artículo único del proyecto de decreto.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

    (Votación.)

    Señor Presidente: se emitieron 347 votos en pro, 1 en contra y 2 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 347 votos, el proyecto de decreto que deroga las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    LEY DE SEGURIDAD NACIONAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 58 y adiciona un segundo párrafo al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional.

    En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el artículo 58 y adiciona un segundo párrafo al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente la Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 56 y 58 de la Ley de Seguridad Nacional.

    Esta Comisión con fundamento en lo dispuesto por los artículos 72 y 73, fracción XXIX-M de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 60, 65, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la Iniciativa de referencia, somete a la consideración de esta honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:

    ANTECEDENTES1. Con fecha 28 de abril de 2005, el Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó al Pleno de la Cámara de Diputados, la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 56 y 58 de la Ley de Seguridad Nacional.

    2. Por acuerdo del Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Gobernación para su análisis.

    3. El día 13 de octubre de 2005, se sometió a consideración de los diputados integrantes la Comisión de Gobernación el proyecto de dictamen respectivo, siendo aprobado por unanimidad de los presentes.

    Establecidos los antecedentes, los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    A. En lo General

    1. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece una competencia federal para expedir leyes en materia de seguridad nacional, como lo señala la fracción XXIX-M del artículo 73 que se transcribe a continuación:Artículo 73.- El Congreso tiene facultad:

    I a XXIX-L ...

    XXIX-M. Para expedir leyes en materia de seguridad nacional, estableciendo los requisitos y límites a las investigaciones correspondientes.

    XXX . ...

    2. Que la Ley Seguridad Nacional publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de enero de 2005, tiene por objeto establecer las bases de integración y acción coordinada de las instituciones y autoridades encargadas de preservar la Seguridad Nacional, en sus respectivos ámbitos de competencia; la forma y los términos en que las autoridades de las entidades federativas y los municipios colaborarán con la Federación en dicha tarea; así como, regular los instrumentos legítimos para fortalecer los controles aplicables en la materia.

    3. Que las tareas de Seguridad Nacional tienen como objetivo esencial vigilar, preservar y proteger interna y externamente el orden constitucional, los objetivos nacionales permanentes y coyunturales y la defensa del territorio nacional.

    4. Que se entiende entre las acciones contempladas en la Ley de Seguridad Nacional, la protección de la nación, el mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno, así como de la unidad de las partes integrantes de la Federación.

    5. Que la Ley de Seguridad Nacional en su artículo 2, establece como se transcribe a continuación que:

    Artículo 2.- Corresponde al Titular del Ejecutivo Federal la determinación de la política en la materia y dictar los lineamientos que permitan articular las acciones de las dependencias que integran el Consejo de Seguridad Nacional6. Que para la coordinación de acciones orientadas a preservar la Seguridad Nacional se establece el Consejo de Seguridad Nacional como instancia deliberativa.

    7. Que el Consejo de Seguridad Nacional como instancia deliberativa, está facultada en la Ley de Seguridad Nacional para conocer de los siguientes asuntos:

    Artículo 13.- El Consejo de Seguridad Nacional es una instancia deliberativa cuya finalidad es establecer y articular la política en la materia. Por tanto conocerá los asuntos siguientes:

    I. ...

    II. Los lineamientos que permitan el establecimiento de políticas generales para la Seguridad Nacional;

    III. El Programa para la Seguridad Nacional y la definición anual de la Agenda Nacional de Riesgos;

    IV. La evaluación periódica de los resultados del Programa y el seguimiento de la Agenda Nacional de Riesgos;

    V. a IX. ...

    9. Que el Consejo de Seguridad Nacional estará presidido por el Presidente de la República y en su ausencia el Secretario de Gobernación presidirá las reuniones. Además el Consejo estará integrado por los secretarios de la Defensa Nacional, Marina, Seguridad Pública, Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública, Relaciones Exteriores, Comunicaciones y Transportes, el Procurador General de la República, el Director del Centro de Investigación y Seguridad Nacional.

    10. Que el Consejo de Seguridad Nacional tendrá un Secretario Técnico que será nombrado por el Presidente dependiendo directamente de él, que contará con un equipo técnico especializado y presupuesto. Además, no será integrante de dicho Consejo.

    11. Que el Secretario Técnico tiene entre sus funciones de acuerdo con la Ley de Seguridad Nacional según se transcribe el artículo 15:

    Artículo 15.- El Secretario Técnico del Consejo tendrá a su cargo las siguientes funciones:

    I. Elaborar y certificar los acuerdos que se tomen en el Consejo, llevando su archivo y el de los instrumentos jurídicos que se generen en el seno del mismo;

    II. Realizar las acciones necesarias para la debida ejecución y seguimientos de los acuerdos del Consejo;

    III. Proponer al Consejo políticas, lineamientos y acciones en materia de Seguridad Nacional;

    IV. Proponer el contenido del Programa para la Seguridad Nacional;

    V. Presentar al Consejo la Agenda Nacional de Riesgos;

    VI. Elaborar los informes de actividades que ordene el Consejo;

    VII. Entregar en tiempo a la Comisión Bicamaral la documentación e informes a las que se refiere el artículo 57 de la presente Ley;

    VIII. ...

    IX. Promover la ejecución de las acciones conjuntas que se acuerden en el Consejo, de conformidad con las bases y reglas que emita el mismo y con respeto a las atribuciones de las instancias vinculadas;

    X. Realizar estudios especializados en materias relacionadas con la Seguridad Nacional por acuerdo del Consejo;

    XI a XIII ...

    12. Que para regular los instrumentos de evaluación de las políticas y acciones, así como de información aplicables a la materia, se establece en la Ley de Seguridad Nacional, el ``Titulo Cuarto'', que se denomina ''Del Control Legislativo'', que se ejerce por el Poder Legislativo Federal a través de la Comisión Bicamaral, ejerciendo el sistema de frenos y contrapesos para hacer efectivas las relaciones de coordinación entre los Poderes de la Unión.

    13. Que aprobado en la sesión del 04 de abril de 2005, publicado en la Gaceta Parlamentaria el 06 de abril de 2005 y por votación económica se acordó la creación de la Cámara de Diputados acordó la integración de la Comisión Bicamaral Encargada del Control y Evaluación de las Políticas y Acciones vinculadas con la Seguridad Nacional.

    14. Que por el Acuerdo en que se integra la Comisión Bicamaral que conocerá de la materia, será integrada por tres diputados propietarios propuestos por los grupos parlamentarios del Partido Revolucionado Institucional, del Partido Acción Nacional y del Partido Revolución Democrática, y por tres diputados sustitutos propuestos por los grupos parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México, del Partido del Trabajo y del Partido Convergencia.

    B. Contenido de la Iniciativa.

    1. Que el promovente de la iniciativa que dio origen al presente dictamen, el Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, afirma que su propuesta tiene por objeto establecer la creación de una presidencia dentro de la Comisión Bicamaral Encargada del Control y Evaluación de las Políticas y Acciones vinculadas con la Seguridad Nacional, así como su rotación. Asimismo, si la Comisión lo considera pertinente, citará a comparecer al Secretario Técnico del Consejo de Seguridad Nacional para explicar el informe general de las actividades desarrolladas en el semestre inmediato anterior.

    2. Que la Comisión Bicamaral integrada por tres senadores y por tres diputados tendrá un presidente y que la presidencia recaiga sucesivamente en un senador y un diputado, tenga como sede el recinto del legislador que la ostente.

    3. Que la Comisión Bicamaral lo considera pertinente, citará a comparecer al Secretario Técnico para que explique el informe general de las actividades desarrolladas en el semestre inmediato anterior, que debe remitir en los meses en que inicien los periodos ordinarios de sesiones del Congreso.

    4. Que la denominación de la Comisión Bicamaral, por gramática sea sustituida por Comisión Bicameral.

    C. De la Iniciativa

    1. Que el propósito central de la Iniciativa objeto del presente dictamen es precisamente incorporar una nueva facultad y contribuir a que la integración obedezca a reglas más claras y concretas en razón de las importantes responsabilidades que la Comisión Bicamaral tiene frente al control legislativo.

    2. Que las acciones destinadas a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano implican medidas de control a través de las relaciones de coordinación entre los Poderes de la Unión.

    3. Que la Comisión Bicamaral, actualmente no cuenta con una presidencia y estimamos conveniente su creación porque el establecimiento de la misma dentro de la Comisión Bicamaral, tendría una función interna de coordinación de actividades y una función externa de representación frente a otros órganos de control.

    4. Que la presidencia de la Comisión Bicameral al ser encomendada a un senador o diputado que son quienes se encargarán de representar a este instrumento de control, permitirán la aplicación del sistema de frenos y contrapesos permitiendo el equilibrio de funciones y un equilibrio político como lo es en un sistema democrático.

    5. Que el establecimiento de la presidencia en la Comisión Bicameral dentro del cuerpo de la Ley de Seguridad Nacional, obedece a la razón de que esta Comisión se integro con base a un Acuerdo, porque la misma no esta integrada al cuerpo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos .

    6. Que la ``Comisión Bicameral encargada del Control y Evaluación de las Políticas y Acciones vinculadas con la Seguridad Nacional'' debería integrarse como una Comisión Ordinaria en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para unificar las normas relativas a cada materia.

    7. Que la Junta de Coordinación Política es el órgano que propondrá al pleno la integración de la Comisión, con el señalamiento de la conformación de la mesa directiva, misma que tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara, así como formulará las propuestas correspondientes.

    8. Que en los meses que inicien los periodos ordinarios de sesiones del Congreso el Secretario Técnico del Consejo de Seguridad Nacional deberá remitir un informe general de actividades, que será citado a comparecer para que explique dicho informe, si la Comisión lo considera pertinente.

    D. Modificaciones a la Iniciativa.

    1. Que la inserción de la figura de presidente a la Comisión Bicameral es viable con base en que brinda a la Comisión la función de representación y de coordinación de los integrantes de la misma.

    2. Que a efecto de facilitar la aplicación y adecuada interpretación de la ley, la Comisión dictaminadora propone se modifique la redacción del segundo párrafo al artículo 56 que dice: ``La presidencia la Comisión recaerá sucesivamente en un senador y un diputado, su sede será en el recinto del legislador que la ostente'', para quedar con el siguiente texto: ``La presidencia de la Comisión estará a cargo, de manera rotativa y periódica, de un senador y un diputado''.

    a) El hecho de que la presidencia de la Comisión Bicamaral sea rotativa y periódica permite que se lleven a cabo los sistemas de frenos y contrapesos, que permiten el desarrollo de un sistema democrático reflejado en el equilibrio de las fuerzas representadas en el Congreso y la pluraridad que caracteriza al Poder Legislativo;

    b) El presidente de la Comisión tendrá funciones de coordinación de actividades hacia el interior del instrumento y de representación hacia el exterior frente a otros órganos de control;

    c) Que determinar la sede de la presidencia de la Comisión obedece a una situación diferente de la que le atañe a la Ley de Seguridad Nacional.

    3. Que para una correcta y adecuada interpretación, debe modificarse la redacción del primer párrafo del artículo 58, que dice: ``En los meses en que inicien los periodos ordinarios de sesiones del Congreso, el Secretario Técnico del Consejo, deberá remitir a la Comisión Bicamaral un informe general de las actividades desarrolladas en el semestre inmediato anterior.'' para quedar con el siguiente texto: ``En los meses en que inicien los periodos ordinarios de sesiones del Congreso, el Secretario Técnico del Consejo, deberá rendir a la Comisión Bicamaral un informe general de las actividades desarrolladas en el semestre inmediato anterior''.

    4. Que de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española, el concepto de remitir, significa enviar una cosa a determinada persona de otro lugar, y rendir, significa entregar, hacer pasar una cosa al cuidado o vigilancia de otro, por lo que al asumir el segundo concepto establecemos implícitamente que el informe Se presenta y se explica.

    5. Que la propuesta de adición de un segundo párrafo al artículo 58 se considera viable, pero debe modificarse la redacción porque crea una nueva obligación, por lo que deberá decir: ``La Comisión Bicamaral podrá citar al Secretario Técnico para que explique el contenido del informe'' en lugar de decir: ``Si la Comisión lo considera pertinente, citará a comparecer a dicho funcionario para que explique el contenido del informe'', en función a que:

    a) Que es viable que lo haga el Secretario Técnico ya que al ser un servidor público nombrado por el Presidente depende directamente de él y por funciones conoce y colabora con actividades, ya transcritas anteriormente, establecidas en el artículo 15 de la Ley de Seguridad Nacional.

    b) Que siendo el Consejo de Seguridad Nacional una instancia deliberativa e integrado por el Presidente de la República y diferentes Secretarios de Estado, evitamos distraer a los mismos de las acciones que tienen por desarrollar en sus respectivas dependencias.

    6. Que la propuesta de sustituir el término Bicameral por el término Bicamaral no es viable porque aunque el uso de esta nomenclatura es indistinto, el primero deriva del francés ``Bicaméral'', pero en términos de legislación nacional tenemos la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores por lo que el término Bicamaral es correcto también.

    Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, sometemos a consideración del Pleno de esta honorable Asamblea el siguiente proyecto de:

    DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 58 Y SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 56 DE LA LEY DE SEGURIDAD NACIONAL

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el artículo 58 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional, para quedar como sigue:

    Artículo 56.- ...

    La presidencia de la Comisión será rotativa y recaerá alternadamente en un senador y un diputado.

    Artículo 58.- En los meses en que inicien los periodos ordinarios de sesiones del Congreso, el Secretario Técnico del Consejo, deberá rendir a la Comisión Bicamaral un informe general de las actividades desarrolladas en el semestre inmediato anterior.

    La Comisión Bicamaral podrá citar al Secretario Técnico para que explique el contenido del informe.

    TRANSITORIOS

    Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo.- Al entrar en vigor el presente Decreto y para los efectos del segundo párrafo del artículo 56 de este Decreto de Reformas, en un plazo de un año, deberán impulsarse las reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos por parte del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para contar con las atribuciones necesarias para el mejor desempeño de la Comisión Bicamaral.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a los trece días del mes de octubre de dos mil cinco.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Secretario; Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), Secretaria; Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Secretaria; Daniel Ordóñez Hernández, Secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila, Secretario; José Porfirio Alarcón Hernández, Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Jesús González Schmal (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Zepahua Valencia (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene oradores registrados; luego entonces, considera el asunto suficientemente discutido. Para los efectos del artículo 134, esta Presidencia pregunta a la Asamblea si va a reservar alguno de los dos artículos para votarlo y discutirlo en lo particular. No habiendo reserva alguna, en términos del 134 se ruega a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación, por tres minutos, a efecto de recabar la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

    (Votación.)

    De viva voz:

    La diputada Rosa María Avilés Nájera (desde la curul): A favor.

    La diputada Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita (desde la curul): A favor.

    El diputado Horacio Duarte Olivares (desde la curul): A favor.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Señor Presidente: se emitieron en pro 363 votos, en contra 0 y 2 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 363 votos, el proyecto de decreto que reforma el artículo 58 y adiciona un segundo párrafo al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    LEY GENERAL DE SALUD
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Ley Genera de Salud.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Ley General de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A las Comisiones Unidas de Salud y Educación Pública y Servicios Educativos fue turnada para su estudio y posterior dictamen, la iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 113 de la Ley General de Salud, presentada por la Diputada María Cristina Díaz Salazar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 numerales 1º y 3º, 43, 44 y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones Unidas de Salud y Educación Pública y Servicios Educativos someten a consideración de esta honorable Asamblea, el presente Dictamen el cual se realiza de acuerdo con la siguiente:

    METODOLOGÍAI. En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del proceso legislativo, en su trámite de inicio, recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

    II. En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO DE LA INICIATIVA'' se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reforma en estudio.

    III. En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'' la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar o desechar la iniciativa en análisis.

    I. ANTECEDENTES.

    En sesión celebrada con fecha 14 de Marzo de 2005 por el pleno de la H. Cámara de Diputados, fue presentada la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Ley General de Salud, por la Diputada María Cristina Díaz Salazar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Con la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la mencionada iniciativa a las Comisiones Unidas de Salud y Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y posterior dictamen.

    Con fecha 19 de Octubre se recibió oficio número DGPL59-II-1-1507 de la Mesa Directiva de esta LIX Legislatura en la que la Comisión de educación Pública y Servicios Educativos modifica el tramite dictado quedando únicamente como Comisión dictaminadora, la Comisión de Salud.

    II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

    En su exposición de motivos, la diputada promoverte, afirma que la obesidad es una de la enfermedades crónicas reconocida por la Organización Mundial de la Salud como una epidemia mundial y que afecta de de un modo significativo a los niños, situación que se incrementado en los últimos años.

    También expresa que la tendencia familiar a la obesidad es muy clara y que la probabilidad de que un niño obeso lo siga siendo en su edad adulta es de un 50 %, incrementándose a un 70 % si la condición de obesidad se presenta en la adolescencia.

    También menciona que la inactividad física, aunada a una mala alimentación ha conducido a la población infantil a contraer padecimientos que anteriormente presentaban sólo los adultos.

    Derivada de esta preocupación la diputada busca incluir en el texto de la Ley General de Salud, la figura de las escuelas saludables y seguras para la práctica de actividad física aeróbica en los niveles de preescolar, primaria y secundaria.

    III. CONSIDERACIONES.A. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo cuarto garantiza el derecho a la salud de la población. En este sentido, la iniciativa es congruente con el texto Constitucional.

    B. Como lo expresa la diputada promoverte, la población nacional, ha manifestado un incremento en el índice de obesidad se ha incrementado en forma continua durante los últimos años, como lo manifiestan las cifras que proporciona la promoverte en su exposición de motivos.

    C. La OMS propone utilizar indicadores que resuman la mayor cantidad posible de eventos de atención a la salud. Dentro de los indicadores sintéticos que se habrán de utilizar se incluyen la esperanza de vida saludable (EVISA), la esperanza de vida al nacer, la supervivencia de los menores de cinco años y la mortalidad de los adultos. En esta evaluación se presenta una evaluación de las condiciones de vida, dando un énfasis especial a la obesidad.

    D. Si bien, la diabetes mellitus, de presenta en el número 19 entre las Principales causas de mortalidad en edad escolar (de 5 a 14 años), durante el año 2003, también es una realidad que la obesidad infantil es un riesgo para el sano desarrollo de los niños mexicanos.

    E. Consiente de esta realidad, la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Ecuación Pública integraron el Programa Intersectorial de Educación Saludable, el cual incluye los estándares de resultado de Certificación de Escuelas Saludables y Seguras.

    F. El citado programa tiene como finalidad mejorar las condiciones de salud de los escolares de 4 a 15 años, con especial atención en los grupos de menores ingresos, promoviendo asimismo la educación para la salud.

    G. Entre las líneas de acción del programa, no sólo se encuentra la ecuación para salud como uno de sus fundamentos, sino también la prevención, detección y atención de los problemas de salud que afectan a los escolares.

    H. En esta prevención y detección se enumeran los siguientes problemas de salud:

  • Vigilancia y complementación del esquema de vacunación.

  • Prevención de Infecciones Respiratorias.

  • Prevención de enfermedades diarreicas.

  • Orientación alimentaria y vigilancia del crecimiento, entre muchas otras.

    I. También se promueven los ambientes saludables y seguros, que incluyen la higiene y la nutrición y las áreas recreativas y de deporte.

    J. Con esas acciones las Secretarías de Salud y de Educación Pública buscan disminuir el índice de obesidad, entre otras enfermedades, promoviendo una educación integral en materia de salud y seguridad para los niños mexicanos. Contemplando, de igual manera, una mejora en la infraestructura de los planteles y las condiciones de higiene de los mismos

    K. Los integrantes de la Comisión de Salud, coincidimos plenamente con el texto de la iniciativa y nos manifestamos a favor de cualquier reforma que promueva el mejor desarrollo de los niños de nuestro país.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que le otorgan los artículos 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponen a su consideración el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 113 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

    Único. Se reforma el artículo 113 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 113. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, y con la colaboración de las dependencias y entidades del sector salud, formulará, propondrá y desarrollará programas de educación para la salud, con apartados específicos que contemplen la obligatoriedad de Escuelas Saludables y Seguras y la práctica de actividad física aeróbica en los niveles de Preescolar, Primaria y Secundaria de los educandos, procurando optimizar los recursos y alcanzar una cobertura total de la población.

    TRANSITORIOS.

    Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín, Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo (rúbrica), José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala, Jaime Fernández Saracho, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José García Ortiz, Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica), José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo, Julio Boltvinik Kalinka, Javier Manzano Salazar, Irma Sinforina Figueroa Romero (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana, Raúl Piña Horta (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señoras y señores legisladores, esta Presidencia no tiene registrados oradores; luego entonces, considera el asunto suficientemente discutido. Se ruega a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cuatro minutos a efecto de recabar votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto, por tratarse de un artículo único.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cuatro minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto, por tratarse de un artículo único.

    (Votación.)

    Ciérrese el sistema de votación electrónico.

    Diputado Presidente: se emitieron 364 en pro, 0 en contra y 2 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 364 votos, el proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Ley General de Salud; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    CODIGO PENAL FEDERAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 211 Bis 1, y los artículos 211 Bis 8 y 211 Bis 9 al Código Penal Federal. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura al dictamen.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 211 Bis 1, y los artículos 211 Bis 8 y 211 Bis 9 al Código Penal Federal

    HONORABLE ASAMBLEA:

    La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de los integrantes de esta honorable Asamblea el presente Dictamen de la:

    INICIATIVA QUE ADICIONA UN PÁRRAFO TERCERO AL ARTÍCULO 211 BIS 1 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

    ANTECEDENTES

    PRIMERO.- En sesión celebrada por la H. Cámara de Diputados, con fecha 9 de noviembre de 2004, el Diputado Jorge Legorreta Ordorica, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, presentó ante el pleno, INICIATIVA QUE ADICIONA UN PÁRRAFO TERCERO AL ARTÍCULO 211 BIS 1 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

    SEGUNDO.- En esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, mediante Oficio No. D.G.P.L. 59-II-1-799, acordó que se turnara dicha Iniciativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su estudio y dictamen.

    TERCERO.- Los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura, procedieron al estudio de la Iniciativa aludida, habiendo efectuado múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en la Iniciativa que se discute, los cuales se exponen en las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    Primera.- La Iniciativa expone que en todas las formas de organización social, el delito se ha manifestado como un acto que ofende al género humano, de tal forma que al derecho, como ciencia, le corresponde regular las diversas dinámicas sociales que se presentan en la sociedad en el devenir del tiempo. En este sentido, la norma jurídica debe ser acorde al surgimiento de las conductas delictivas que se presenten, dentro de las cuales los avances tecnológicos no están exentos, tal es el caso de la utilización indebida del internet o red interna, con propósitos de causar daño.

    El cual, si bien ha contribuido a acortar los tiempos en materia de comunicación, simplificar la realización de trámites y difundir información sobre diversos temas, también debe decirse que es utilizado de forma indebida para manipular todo tipo de datos, tanto personales como vinculantes con empresas, bancos negocios, corporaciones, oficinas de gobierno.

    En donde los expertos conocidos como hackers y crackers, se introducen en sistemas prohibidos, con el propósito de hacer daño mediante la manipulación realizando fraudes, sustrayendo información, contaminando los programas informáticos, a través de la instalación de ``virus cibernéticos'' o, en su caso, bloquear o interferir en la información generada por las personas físicas y morales.

    Derivado de lo anterior, la Iniciativa en estudio tiene como propósito establecer en el Código Penal Federal un tipo penal que regule conductas tales como la interferencia, el diseño y la transmisión de programas tendientes a bloquear, conocer o extraer información con el ánimo de causar perjuicio a otras personas, toda vez que las mismas no se encuentran previstas por la ley penal.

    Segunda.- Expone el autor de la Iniciativa, que el manejo y el uso de información en la red, tiene muchos recovecos por explorar, de tal forma que los vacíos existentes en la aplicación y formulación de leyes, convierten a esta herramienta informática en un espacio propicio para el diseño y ejecución de delitos cibernéticos. En este orden de ideas el Poder Legislativo tiene la obligación de hacer las reformas conducentes que contribuyan al buen funcionamiento de este canal de comunicación y con ello se proporcione seguridad y confiabilidad a los usuarios de este importante instrumento.

    Es por ello, que con la propuesta de adición del párrafo tercero al artículo 211 bis 1, se sancionará como delito informático: ``Al que sin autorización, diseñe, elabore, transmita programas conocidos como ``virus'', con la finalidad de bloquear o interferir en sistemas o programas, o en su caso, sustraer datos o información, contenida en sistemas o equipos de informática, del Estado e Instituciones que integran el Sistema Financiero estén o no protegidos por algún mecanismo de seguridad''.

    Tercera.- Del estudio realizado a la propuesta antes mencionada, los integrantes de esta Comisión Dictaminadora, coinciden con el autor de la Iniciativa, en que uno de los cambios más sorprendentes del mundo de hoy es la rapidez de las comunicaciones. Modernos sistemas permiten que el flujo de conocimientos sea independiente del lugar físico en que nos encontremos. Ya no sorprende la transferencia de información en tiempo real o instantáneo.

    Dicho avance ha provocado que las empresas, en su idea de expansión, utilicen grandes redes internacionales para transferir datos, sonidos e imágenes, y para realizar el comercio en forma electrónica, para ser más eficientes. Pero al unirse en forma pública, se han vuelto vulnerables, pues cada sistema de computadoras involucrado en la red es un blanco potencial y apetecible para obtener información, alterar archivos subrepticiamente y provocar que las computadoras se vuelvan inoperativas, lo cual genera enormes pérdidas en todos los ámbitos sociales.

    En consecuencia, se considera conveniente la propuesta realizada por el autor de la Iniciativa, en el sentido de sancionar a las personas que realicen las conductas de interferir o bloquear los sistemas de cómputo. Sin embargo, es conveniente precisar, respecto de las conductas del tipo delictivo que se pretende establecer, tales como ``diseñe, elabore, transmita'', no deben ser sujetas a la condicionante de contar con la autorización para quedar exentas de sanción, porque en primera instancia habría que preguntarse ¿Quién debe autorizarlas?. Por otra parte, ¿Podría ser motivo de autorización el diseño, elaboración, transmisión de un ``virus'' con el propósito de interferir o bloquear sistemas de cómputo?.

    Por ello, la Comisión Dictaminadora considera que debe eliminarse la palabra ``Al que sin autorización''.

    Ahora bien, consideramos viable la utilización de las conductas ``diseñe, elabore, trasmita'', toda vez que son acciones diferentes del tipo delictivo en estudio. La primera de ellas, consiste en la idealización; la segunda, en la materialización, y finalmente, la tercera, en la ejecución de los programas conocidos como ``virus''.

    Sin embargo, para propiciar una regulación integral, agregamos la palabra ``o reproduzca'', la cual sancionará a quienes no habiendo diseñado, elaborado o transmitido el programa, hagan uso del mismo para causar los mismos daños.

    Asimismo, se adicionan las conductas ``planear, permitir, autorizar o contratar a otras personas para la realización de estas conductas'', pues de esta forma se buscará sancionar a los autores intelectuales de tal ilícito.

    Respecto a la finalidad que se establece, la cual consiste en ``obstaculizar, interferir'', consideramos que es de alcance limitado, por ello la complementamos con las acciones de ``modificar, borrar, manipular o causar daño al normal funcionamiento'', para regular, a su vez, el deterioro que pueda ocasionarse en los sistemas o programas computacionales.

    Asimismo, debemos de considerar lo establecido por la Organización de las Naciones Unidas sobre el delito de sabotaje informático, el cual consiste en ``el acto de borrar, introducir, suprimir o modificar sin autorización funciones o datos de sistemas o programas informáticos, con intención de obstaculizar el funcionamiento normal de un sistema de computadoras o telecomunicaciones''. Donde las técnicas empleadas para la comisión del mismo son a través de virus, gusanos y la bomba lógica o cronológica. Por lo tanto, se considera conveniente modificar el término ``virus'', por ``programas, información, códigos o comandos'', con el objeto de atender los diversos medios empleados para provocar el daño u obtener de manera ilícita la información contenida en los sistemas o equipos de informática.

    Respecto a la pena que se propone, la cual es de ``tres meses a un año de prisión y de cincuenta a ciento cincuenta días multa'', consideramos que debe aumentarse, en razón de los sujetos pasivos que podrían afectarse como son el Estado y las Instituciones que integran el Sistema Financiero y, para equiparar las penas a conductas similares, como las que establece el segundo párrafo del artículo 211 bis 2 y el segundo párrafo del artículo 211 bis 4, se aumentan de ``seis meses a dos años de prisión y de cien a trescientos días multa''. De esta forma, en caso de que se modifique, destruya o provoque pérdida de información contenida en los sistemas de informática, a consecuencia de la utilización de los programas conocidos como ``virus'', se estará a lo dispuesto por la previsto en el Código Penal Federal.

    Cuarta.- Adicionalmente, consideramos que para sancionar de manera integral el ``Acceso ilícito a sistemas y equipos de informática'', es necesario tomar como punto de partida la Decisión Marco 2005/222/JAI de la Unión Europea de 24 de febrero de 2005 ``Relativa a los ataques contra los Sistemas de Información'', la cual reconoce la existencia de ataques contra los sistemas de información, en particular como consecuencia de la amenaza de la delincuencia organizada.

    En este sentido, crece la inquietud ante la posibilidad de ataques terroristas contra sistemas de información que forman parte de las infraestructuras vitales de los Estados. Dicho factor pone en peligro la realización de una sociedad de la información segura y de un espacio de libertad, seguridad y justicia y, por lo tanto, exige una respuesta por parte de las autoridades.

    La citada decisión marco de la Unión Europea señala: ``La distancia y las divergencias significativas que existen en las legislaciones de los Estados en este ámbito pueden dificultar la lucha contra la delincuencia organizada y el terrorismo y pueden complicar la cooperación eficaz de los servicios de policía y las administraciones de justicia en materia de ataques contra los sistemas de información. La naturaleza transnacional y transfronteriza de los modernos sistemas de información significa que los ataques suelen revestir un carácter transfronterizo, lo que plantea la necesidad urgente de proseguir la aproximación de las legislaciones penales en este ámbito. Por lo tanto, debe aproximarse la legislación penal en materia de ataques contra los sistemas de información para conseguir la mayor cooperación policial y judicial posible respecto de las infracciones penales vinculadas a ataques contra los sistemas de información y para contribuir a la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada''.

    En tal sentido, y derivado de estas recomendaciones esta Comisión Dictaminadora considera conveniente adicionar el artículo 211 bis 8, para establecer la definición de ``sistemas de informática, datos informáticos y persona jurídica'', ello para poder comprender el alcance de los delitos sancionados en el capítulo en comento.

    Finalmente, esta misma Comisión Dictaminadora considera conducente adicionar el artículo 211 bis 9, para sancionar a las personas jurídicas que participen en la comisión de estos ilícitos con: ``quinientos a mil días multa y la suspensión temporal de sus actividades hasta por seis meses llegando a ordenarse en su caso, su liquidación, cuando dichas infracciones sean cometidas en su beneficio por cualquier persona, que actúe a título particular o como parte del órgano directivo de la persona jurídica basado en:

    a) Un poder de representación de dicha persona jurídica;

    b) Una autoridad para tomar decisiones en nombre de dicha persona jurídica; o

    c) Una autoridad para ejercer un control en el seno de dicha persona jurídica.

    Asimismo, que: ``Las personas jurídicas serán responsables, cuando por la falta de vigilancia o control de las personas a que se refieren los incisos anteriores, se cometa alguna de las infracciones previstas en este capítulo, en beneficio de la persona jurídica.''

    Esto último, debido a que este tipo de conductas no sólo son cometidas por personas físicas, sino también por empresas que hacen de esta actividad un negocio ilícito.

    Por lo anteriormente expuesto, los Diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos sometemos a la consideración de la Asamblea el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN UN PÁRRAFO TERCERO AL ARTÍCULO 211 BIS 1, Y LOS ARTÍCULOS 211 BIS 8 Y 211 BIS 9 AL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se adicionan un párrafo tercero al artículo 211 bis 1, y los artículos 211 bis 8 y 211 bis 9 al Código Penal Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 211 bis 1.- ...

    ...

    Al que diseñe, elabore, transmita o reproduzca programas, códigos, comandos o información, o al que planee, permita, autorice o contrate a otras personas para la realización de estas conductas, con la finalidad de obstaculizar, interferir, modificar, borrar, manipular o causar daño al normal funcionamiento de sistemas o programas informáticos o, para sustraer datos o información de dichos sistemas, programas o equipos de informática, sean del Estado o de las Instituciones que integran el Sistema Financiero, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cien a trescientos días multa.

    Artículo 211 bis 8.- Para los efectos de este capítulo se entiende por:

    a) Sistema de informática: Todo aparato o grupo de aparatos interconectados o relacionados entre sí, uno o varios de los cuales realizan, mediante un programa, el tratamiento automático de datos informáticos, así como los datos informáticos almacenados, tratados recuperados o transmitidos por estos últimos para su funcionamiento, utilización, protección y mantenimiento;

    b) Datos informáticos: Toda representación de hechos, informaciones o conceptos de una forma que permite su tratamiento por un sistema de informática incluidos los programas que sirven para que dicho sistema de informática realice su función, y

    c) Persona jurídica: Toda entidad a la cual el derecho vigente reconoce ese estatuto.

    Artículo 211 bis 9.- A las personas jurídicas que incurran en las conductas previstas en este capítulo, se les impondrá sanción de quinientos a mil días multa y la suspensión temporal de sus actividades hasta por seis meses llegando a ordenarse en su caso, su liquidación, cuando dichas infracciones sean cometidas en su beneficio por cualquier persona, que actúe a título particular o como parte del órgano directivo de la persona jurídica basado en:

    a) Un poder de representación de dicha persona jurídica;

    b) Una autoridad para tomar decisiones en nombre de dicha persona jurídica; o

    c) Una autoridad para ejercer un control en el seno de dicha persona jurídica.

    Las personas jurídicas serán responsables, cuando por la falta de vigilancia o control de las personas a que se refieren los incisos anteriores, se cometa alguna de las infracciones previstas en este capítulo, en beneficio de la persona jurídica.

    TRANSITORIO

    ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a trece de septiembre de dos mil cinco.

    Diputados: Rebeca Godínez y Bravo (rúbrica), Presidenta; Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), secretaria; Amalín Yabur Elías (rúbrica), secretaria; Miguel Ángel Llera Bello (rúbrica), secretario; Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), secretario; Miguelángel García-Domínguez, secretario; Félix Adrián Fuentes Villalobos, secretario; María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Mario Carlos Culebro Velasco, José Luis García Mercado, Blanca Estela Gómez Carmona, Martha Laguette Lardizábal (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), María Sara Rocha Medina, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Bernardo Vega Carlos (rúbrica), Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), Ernesto Herrera Tovar (rúbrica), Sergio Penagos García, Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcenas (rúbrica), Margarita Zavala Gómez del Campo, Francisco Diego Aguilar, Angélica de la Peña Gómez, Eliana García Laguna, Diana R. Bernal Ladrón de Guevara, Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Honorable Asamblea, esta Presidencia no tiene registrados oradores; luego entonces, considera el asunto suficientemente discutido en lo general. Pero para efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se pregunta si se va a reservar alguien algún artículo para discutirlo y votarlo en lo particular. No habiendo reserva alguna, se pide a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cuatro minutos para recabar votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cuatro minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto.

    (Votación.)

    Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señor Presidente: se emitieron 355 votos en pro, 1 en contra y 6 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 355 votos, el proyecto que adiciona un párrafo tercero al artículo 211 Bis 1, y los artículos 211 Bis 8 y 211 Bis 9 al Código Penal Federal; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 15, párrafo segundo, y 19, párrafo primero, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma los artículos 15, párrafo segundo, y 19, párrafo primero, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada

    HONORABLE ASAMBLEA:

    La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable Asamblea el presente Dictamen de la:

    INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA.

    ANTECEDENTES

    PRIMERO.- En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en fecha 26 de octubre de 2004, el Diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma diversos artículos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

    SEGUNDO.- La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en esa misma fecha, mediante oficio número D.G.P.L. 59-II-3-894, acordó se turnara a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos dicha Iniciativa.

    TERCERO.- Los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura, procedieron al estudio de la Iniciativa aludida, habiendo efectuado múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en la Iniciativa, los cuales se exponen en las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    Primera.- La Iniciativa en estudio propone darle certeza jurídica a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, modificando la palabra ``podrá'' por ``deberá'' en diversos numerales contenidos en ella, tomando en consideración que la palabra ``podrá'' otorga a la autoridad competente la facultad potestativa de ejercer o no atribuciones que le competen, recayendo dicha decisión en el libre arbitrio de la autoridad, siendo que su obligación es combatir la delincuencia organizada con estricto apego a la ley; sin embargo, la falta de tecnicismo en una norma jurídica, argumenta el autor, presenta un vacío.

    Segunda.- Expone el autor de la Iniciativa, que el sistema de impartición de justicia debe garantizar su estricta aplicación, como lo señala el artículo 17 Constitucional, debiendo haber claridad en las leyes fundamentales para combatir la delincuencia, de tal modo que no dejen espacio para ser manipuladas a criterio de las autoridades que tienen la responsabilidad de impartir justicia, o por los profesionales del derecho que, ante la imperfección de nuestras leyes, pudieran buscar beneficios personales.

    Tercera.- Esta Comisión Dictaminadora, difiere con la opinión del autor de la Iniciativa, que considera que la utilización recurrente de la palabra ``podrá'' propicia un vacío jurídico en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, toda vez que dicha palabra tiene por objeto el otorgar a las autoridades correspondientes y, en algunos casos al inculpado, una facultad que pueden o no ejercer, atendiendo a las circunstancias que concurren en la realización de una conducta delictiva o, bien, a los elementos con que las mismas ya cuentan, para el cumplimiento de su función, tratándose de las autoridades o, para su defensa, tratándose del inculpado.

    No se trata, en muchos casos, de un uso arbitrario de la palabra, sino del otorgamiento claro y a su vez delimitado, de facultades que contribuyan a eficientar la actuación las autoridades.

    Considerando que algunas circunstancias vigentes durante la aprobación de la Ley objeto de la reforma, pudieron haber cambiado, se procedió al análisis detallado de los artículos que la Iniciativa propone reformar, tomando en cuenta las condiciones vigentes de manera que, en su caso, puedan realizarse las actualizaciones correspondientes, a partir de la sustitución del término ``podrá'' por ``deberá''.

    ``Artículo 8º.- ...

    (párrafo quinto) En caso necesario, el titular de esta unidad deberá solicitar la colaboración de otras dependencias de la Administración Pública Federal o entidades federativas.''

    Partiendo de la idea de que ``deber'' no implica necesidad, sino obligación, se considera que este precepto debe conservar su texto original, toda vez que al establecer que en caso necesario, el titular de la unidad podrá solicitar la colaboración de otras dependencias de la Administración Pública Federal o entidades federativas, se entiende que deberá hacerlo sólo cuando lo requiera, por lo que, de cambiar la palabra ``podrá'' por ``deberá'', se estaría obligando a la autoridad a solicitar la colaboración de otras dependencias, provocando con ello incongruencia en el texto ya que, de manera clara y precisa, especifica que dicha actuación estará sujeta a una condición de necesidad.

    ``Artículo 9º.- ...

    (párrafo tercero) La información que se obtenga conforme al párrafo anterior, deberá ser utilizada exclusivamente en la investigación o en el proceso penal correspondiente, debiéndose guardar la más estricta confi- dencialidad. Al servidor público que indebidamente quebrante la reserva de las actuaciones o proporcione copia de ellas o de los documentos, se le sujetará al procedimiento de responsabilidad administrativa o penal, según corresponda.''

    Esta Comisión Dictaminadora, no considera procedente la reforma propuesta, en razón de que se obliga al servidor público, Ministerio Público o autoridad jurisdiccional, a utilizar la información relativa al sistema bancario y financiero, proporcionada por las instancias competentes en la materia, independientemente, de su posible utilidad para el procedimiento penal.

    Cabe señalar, que la información resultante de una investigación, puede o no convertirse en prueba dependiendo, precisamente, de la calidad que le sea atribuida por parte de las autoridades competentes. Es decir, se convertirá en prueba, cuando sea incorporado como tal, dentro del procedimiento jurisdiccional.

    Además de lo anterior, esta Comisión Dictaminadora considera que la parte final de dicho párrafo delimita claramente la utilización de dicha información, por parte de los servidores públicos.

    ``Artículo 10.- A solicitud del Ministerio Público de la Federación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá realizar auditorias a personas físicas o morales, cuando existan indicios suficientes que hagan presumir fundadamente que son miembros de la delincuencia organizada.''

    No se comparte el criterio del autor de la Iniciativa, al obligar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a realizar las auditorias que estime convenientes el Ministerio Público de la Federación, toda vez que dicha dependencia, a partir del ejercicio de sus atribuciones, no cuenta con la facultad discrecional para la práctica de auditorias, sino en el caso de que las personas incumplan las obligaciones establecidas en el Código Fiscal de la Federación.

    La imposición de dichas medidas, en los términos establecidos, es violatoria de la garantía de seguridad jurídica, contemplada en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues la única autoridad facultada para autorizar actos, que pudieren constituir alguna molestia a las personas, en sus propiedades, posesiones y derechos, es la autoridad jurisdiccional.

    Resulta por tanto conveniente conservar la palabra ``podrá'' en dicho artículo, a partir de lo cual, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, atendiendo a sus facultades y a partir de la información y estructura con la que cuenta, contribuirá con el Agente del Ministerio en las solicitudes que le sean formuladas.

    ``Artículo 11.- En las averiguaciones previas relativas a los delitos a que se refiere esta Ley, la investigación también deberá abarcar el conocimiento de las estructuras de organización, formas de operación y ámbitos de actuación. Para tal efecto, el Procurador General de la República deberá autorizar la infiltración de agentes.

    En estos casos se investigará no sólo a las personas físicas que pertenezcan a esta organización, sino las personas morales de las que se valgan para la realización de sus fines delictivos.''

    No se comparte la propuesta del autor de la Iniciativa, ya que con la reforma planteada no existe la posibilidad de que el Procurador General de la República autorice o no la infiltración de agentes, sino que se le obliga a hacerlo. La infiltración de Agentes, conlleva un grave riesgo para los mismos, por lo que su participación en las actividades señaladas debe requerir la evaluación y, en su caso, aprobación del titular de la Procuraduría, a efecto de que el mismo, este en condiciones de establecer, en su caso, los mecanismos de protección de los agentes, así como la coordinación con otras corporaciones locales o federales, que pudieran intervenir en algún momento. Dicha coordinación, en su caso, no podría establecerse por parte del Ministerio Público.

    ``Artículo 12.- El juez deberá dictar, a solicitud del Ministerio Público de la Federación y tomando en cuenta las características del hecho imputado y las circunstancias personales del inculpado, el arraigo de éste en el lugar, forma y medios de realización señalados en la solicitud, con vigilancia de la autoridad, la que ejercerá el Ministerio Público de la Federación y sus auxiliares, mismo que se prolongará por el tiempo estrictamente indispensable para la debida integración de la averiguación de que se trate, sin que exceda de noventa días, con el objeto de que el afectado participe en la aclaración de los hechos que se le imputan y pueda abreviarse el tiempo de arraigo.''

    No se comparte el criterio expresado en la Iniciativa, ya que este numeral establece que en el supuesto de que el Ministerio Público de la Federación solicite el arraigo del inculpado, el juez podrá dictarlo, tomando en cuenta las características del hecho imputado y sus circunstancias personales.

    Al cambiar la palabra ``podrá'' por ``deberá'', se estaría coartando la plenitud de jurisdicción con que actúa el juez de distrito, al imponerle la obligación de dictar un arraigo, ya que una vez tomadas en cuenta las características del hecho imputado, las circunstancias de modo, tiempo y lugar, en que se sustenta la acusación, podría resultar no procedente el arraigo solicitado por el Ministerio Público Federal, lo cual contravendría lo dispuesto por los artículos 14 y 16 Constitucionales. Por lo anterior, se propone que este precepto conserve su texto original.

    ``Artículo 15.- ...

    (párrafo segundo) Si dentro del plazo antes indicado, el juez no resuelve sobre el pedimento de cateo, el Ministerio Público de la Federación deberá recurrir al tribunal unitario de circuito correspondiente para que éste resuelva en un plazo igual.''

    Se comparte el criterio del autor de la Iniciativa, ya que al obligar al Ministerio Público de la Federación, a recurrir el retraso en la resolución relativa al pedimento de cateo solicitado al juez, se busca cumplir el principio de celeridad procesal que debe regir todo procedimiento jurisdiccional, establecido en el artículo 17 de nuestra Carta Magna.

    No obstante lo anterior y, para dar mayor precisión a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 15, esta Comisión Dictaminadora considera conveniente agregar en el mismo, el concepto substanciar, para garantizar una atención adecuada y expedita por parte del Tribunal Unitario de Circuito.

    Los miembros de esta Comisión tienen presente, que el Ministerio Público de la Federación, que tiene que recurrir al Tribunal Unitario de Circuito, por el retraso en la actuación del Juez de Distrito respecto el pedimento de una orden de cateo, requiere de una norma precisa que garantice su actuación oportuna como representante de la sociedad en la investigación y persecución de los delitos.

    Al respecto, el Diccionario para Juristas del autor Juan Palomar De Miguel, señala:

    Sustanciar. (De substanciar.) tr. Extractar, compendiar. //Der. Conducir un juicio o asunto por la vía procesal adecuada hasta ponerlo en estado de sentencia.

    La incorporación del concepto substanciar en el artículo 15, en estudio, precisa la obligatoriedad del tribunal unitario de circuito, de desahogar en un breve término la solicitud presentada por el Ministerio Público de la Federación, para otorgar una orden de cateo.

    A partir de la reforma propuesta por esta Comisión Dictaminadora, el segundo párrafo del artículo 15, expresaría:

    ``Artículo 15.- ...

    (párrafo segundo) Si dentro del plazo antes indicado, el juez no resuelve sobre el pedimento de cateo, el Ministerio Público de la Federación deberá recurrir al tribunal unitario de circuito correspondiente para que éste substancie y resuelva en un plazo igual.''

    ``Artículo 16.- ...

    (párrafo tercero) Deberán ser objeto de intervención las comunicaciones privadas que se realicen de forma oral, escrita, por signos, señales o mediante el empleo de aparatos eléctricos, electrónicos, mecánicos, alámbricos o inalámbricos, sistemas o equipos informáticos, así como por cualquier otro medio o forma que permita la comunicación entre uno o varios emisores y uno o varios receptores.''

    Se considera que debe conservarse el texto original, ya que el artículo 16 de la Constitución, en su párrafo noveno, establece que las comunicaciones privadas son inviolables y que exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal facultada legalmente para ello, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada. Atento a lo anterior, si se sustituye la palabra ``podrá'' por ``deberá'', se estaría rebasando el mandato constitucional que determina la naturaleza jurídica de toda comunicación privada, por lo que no se considera procedente su modificación.

    ``Artículo 17.- El juez de distrito requerido deberá resolver la petición en los términos de ley dentro de las doce horas siguientes a que fuera recibida la solicitud, pero en ningún caso deberá autorizar intervenciones cuando se trate de materias de carácter electoral, fiscal, mercantil, civil, laboral o administrativo, ni en el caso de las comunicaciones del detenido con su defensor.''

    Entendido el deber jurídico como la conducta que debe observarse, oponiéndose a aquella que debe omitirse, según el Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, se estima que este artículo debe conservar su texto original, ya que al cambiar la palabra ``podrá'' por ``deberá'' se estaría imponiendo una característica coercitiva en sentido negativo, lo cual, de acuerdo a las reglas ortográficas y a la técnica legislativa, no es conveniente aplicar.

    Además, se considera suficiente la frase que antecede este supuesto, ``en ningún caso'', toda vez que una de las características del derecho es que su presencia indica que cierta conducta humana deja de ser optativa, convirtiéndose, así, en obligatoria.

    ``Artículo 18.- ...

    (párrafo tercero) La autorización judicial para intervenir comunicaciones privadas, que únicamente llevará a cabo el Ministerio Público de la Federación bajo su responsabilidad, con la participación de perito calificado, señalará las comunicaciones que serán escuchadas o interceptadas, los lugares que serán vigilados, así como el periodo durante el cual se llevarán a cabo las intervenciones, el que deberá ser prorrogado por el juez de distrito a petición del Ministerio Público de la Federación, sin que el periodo de intervención, incluyendo sus prórrogas pueda exceder de seis meses. Después de dicho plazo, sólo deberán autorizarse intervenciones cuando el Ministerio Público de la Federación acredite nuevos elementos que así lo justifiquen.''

    Esta Comisión Dictaminadora, no considera procedente la reforma propuesta en este párrafo, pues la sustitución de la palabra, implica el retirar la facultad del juez de distrito para autorizar la prórroga en las intervenciones privadas, estableciendo la obligación de otorgarla. Cabe recordar, al respecto, que el párrafo noveno del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la garantía a la privacidad en las comunicaciones privadas. El mismo párrafo establece una excepción a la misma, a partir del cumplimiento de las condiciones que el mismo establece.

    Esta Comisión Dictaminadora, tiene presente que se trata de la restricción de una garantía individual, por lo que las excepciones, en su caso, tienen que ajustarse a condiciones y procedimientos que permitan concluir que la misma es necesaria. Dichas condiciones deben ser debidamente valoradas y, en su caso, autorizadas por una autoridad jurisdiccional.

    Asimismo, esta Comisión Dictaminadora toma en cuenta que la investigación y persecución de los delitos, necesita de la recuperación de información por múltiples medios y no depender sólo de las intervenciones de comunicaciones privadas.

    ``Artículo 18.- ...

    (párrafo cuarto) El juez de distrito deberá en cualquier momento, verificar que las intervenciones sean realizadas en los términos autorizados y, en caso de incumplimiento, deberá decretar su revocación parcial o total.''

    Esta Comisión Dictaminadora, difiere de la propuesta del autor de la Iniciativa en los dos cambios propuestos al párrafo anterior. En el primer caso, implica imponer la obligada actuación del juez de distrito en actividades de verificación, que implican un alejamiento de su función principal de administrar justicia. Esta Comisión Dictaminadora considera adecuado mantener la redacción actual del mismo, pues deja abierta la posibilidad de que el juez realice actividades de verificación.

    Se toma en cuenta, también, que el juez de distrito autorizó, en su caso, la intervención a partir de la información y elementos que le fueron aportados por el Ministerio Público, habiendo efectuado una valoración adecuada de los mismos, lo que permite, de alguna manera, garantizar que la misma se ajustará a lo dispuesto en el marco jurídico vigente.

    En el segundo caso, no se comparte la propuesta del autor de la Iniciativa, pues, en caso de incumplimiento, el juez de distrito, podrá valorar el nivel de la falta, en relación a la necesidad de llevar a cabo la intervención, pudiendo dictar medidas para que la actuación del Ministerio Público se ajuste a los términos autorizados, antes de decretar una revocación, que pudiere limitar alguna investigación relevante.

    ``Artículo 19.- ...

    (párrafo primero) Si en los plazos indicados en los dos artículos anteriores, el juez de distrito no resuelve sobre la solicitud de autorización o de sus prórrogas, el Ministerio Público de la Federación deberá recurrir al tribunal unitario de circuito correspondiente, para que éste resuelva en un plazo igual.''

    Se comparte el criterio vertido por el autor del la Iniciativa, ya que al obligar al Ministerio Público de la Federación a recurrir la no resolución por el juez de distrito sobre su solicitud de autorización o de sus prórrogas, se respeta el principio de celeridad procesal que debe regir todo procedimiento jurídico.

    Asimismo, por las consideraciones expresadas al analizar la propuesta de reforma al artículo 15, se propone incorporar en el segundo párrafo del artículo 19 el concepto substanciar, pues con éste, se precisa la obligatoriedad del tribunal unitario de circuito, de desahogar en un breve término la solicitud presentada por el Ministerio Público de la Federación, para autorizar la intervención de comunicaciones privadas, o bien resolver sobre el otorgamiento de una prórroga.

    ``Artículo 20.- ...

    (párrafo segundo) Las imágenes de video que se estimen convenientes deberán, en su caso, ser convertidas a imágenes fijas y ser impresas para su integración a la indagatoria. En este caso, se indicará la cinta de donde proviene la imagen y el nombre y cargo de la persona que realizó la conversión.''

    Esta Comisión Dictaminadora considera que debe preservarse el texto original, en atención a que se trata de un supuesto ya previsto por el artículo 23 de la Ley en estudio, en cuyo caso las imágenes de video podrán o no ser convertidas a imágenes fijas y ser impresas para su integración a la indagatoria, si así se estima conveniente.

    ``Artículo 21.- ...

    (párrafo tercero) Cuando la intervención tenga como resultado el conocimiento de hechos y datos distintos de los que pretendan probarse conforme a la autorización correspondiente deberá ser utilizado como medio de prueba, siempre que se refieran al propio sujeto de la intervención y se trate de alguno de los delitos referidos en esta Ley. Si se refieren a una persona distinta sólo deberán utilizarse, en su caso, en el procedimiento en que se autorizó dicha intervención. De lo contrario, el Ministerio Público de la Federación iniciará la averiguación previa o lo pondrá en conocimiento de las autoridades competentes, según corresponda.''

    No se está de acuerdo con la sustitución propuesta en este párrafo, pues la obtención de información distinta de la que pretendía probarse, puede o no ser idónea para constituir un medio de prueba, por lo que resulta innecesario imponer como obligación su utilización.

    Cabe tener presente, que para solicitar la intervención de comunicaciones privadas, el Ministerio Público de la Federación, tuvo que sustentar debidamente dicha autorización, a partir de indicios que hagan presumir, fundadamente, que en los delitos investigados participa algún miembro de la delincuencia organizada, por lo que la obtención de información distinta, puede implicar la inconsistencia de los indicios antes citados.

    Asimismo, la intervención de comunicaciones privadas, constituye una facultad por parte del Ministerio Público que será, en su caso, autorizada por el juez de distrito, resulta por tanto lógico que el Ministerio Público, pueda o no utilizar los resultados distintos como medios de prueba.

    Esta Comisión Dictaminadora tiene presente, en todo momento, que la intervención constituye una restricción a una garantía individual, por lo que el uso de los elementos obtenidos a partir de ésta, debe ser especialmente cuidado por el Ministerio Publico y, en su caso, por el Juez de Distrito.

    Ahora bien, sí la utilización de la información distinta debe ser evaluada por el Ministerio Público, con mayor razón, tratándose de personas distintas a las que dieron origen a la intervención. No resulta congruente en este caso, el imponer como obligación al Ministerio Público el utilizar la información obtenida.

    ``Artículo 23.- ...

    (párrafo segundo) Durante el proceso, el juez de distrito, pondrá las cintas a disposición del inculpado, quien deberá escucharlas o verlas durante un periodo de diez días, bajo la supervisión de la autoridad judicial federal, quien velará por la integridad de estos elementos probatorios. Al término de este periodo de diez días, el inculpado o su defensor, formularán sus observaciones, si las tuvieran, y deberán solicitar al juez la destrucción de aquellas cintas o documentos no relevantes para el proceso. Asimismo, deberán solicitar la transcripción de aquellas grabaciones o la fijación en impreso de imágenes, que considere relevantes para su defensa.''

    En este texto, se proponen tres reformas, con las cuales esta Comisión Dictaminadora no se esta de acuerdo. En el primer caso, toda vez que resulta ilógico el establecer como una obligación el uso de medios que pudieren ser útiles para la defensa del inculpado, o que, incluso, pudieren acreditar plenamente su responsabilidad en el ilícito.

    En este caso, se considera suficiente el que la autoridad jurisdiccional ponga a disposición del inculpado los instrumentos citados, quedando a criterio del inculpado, el análisis de los mismos. Resulta además ilógico, que se imponga al inculpado el ver o escuchar las cintas durante un periodo de diez días.

    Por lo que respecta a la segunda y tercera propuestas, no se está de acuerdo, ya que se trata de supuestos jurídicos, en los que el inculpado o su defensor pueden optar o no por solicitar al juez la destrucción de cintas o documentos no relevantes o bien, la transcripción de grabaciones o fijación en impreso de imágenes que se consideren relevantes para su defensa, según se estime conveniente.

    ``Artículo 25.- En los casos en que el Ministerio Público de la Federación haya ordenado la detención de alguna persona conforme a lo previsto en el artículo 16 constitucional, deberá solicitar al juez de distrito la autorización para realizar la intervención de comunicaciones privadas, solicitud que deberá resolverse en los términos de ley dentro de las doce horas siguientes a que fuera recibida, si cumpliera con todos los requisitos establecidos por la ley.''

    No se estima pertinente realizar la reforma propuesta, en razón de que el Ministerio Público de la Federación no tiene la obligación de solicitar al juez de distrito su autorización para intervenir comunicaciones privadas, ya que dicha solicitud, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de esta misma Ley, deberá estar debidamente fundada y motivada, además de que en el mismo precepto se establece la procedencia de dicha solicitud, misma que deberá considerarse como necesaria para el esclarecimiento de los hechos. Derivado de lo anterior, se concluye que no en todos los casos se actualiza tal hipótesis, por lo que resultaría a todas luces contrario a derecho imponer al Ministerio Público Federal esta obligación.

    Esta Comisión Dictaminadora tiene presente que la intervención de comunicaciones privadas, de acuerdo con lo previsto en el párrafo noveno del artículo 16 Constitucional, constituye una excepción, por lo que resulta contradictorio que en dicho párrafo se pretenda establecer la misma como una obligación, a cargo del Ministerio Público.

    ``Artículo 29.- Cuando existan indicios suficientes que hagan presumir fundadamente que una persona es miembro de la delincuencia organizada, el Ministerio Público de la Federación deberá disponer, previa autorización judicial, el aseguramiento de los bienes de dicha persona, así como de aquéllos respecto de los cuales ésta se conduzca como dueño, quedando a cargo de sus tenedores acreditar la procedencia legítima de dichos bienes, en cuyo caso deberá ordenarse levantar el aseguramiento.''

    Esta Comisión Dictaminadora, no considera viable la propuesta de reforma, pues el aseguramiento de bienes, implica un acto de molestia que afecta la garantía de seguridad jurídica contenida en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual sólo se realizará en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento.

    Atendiendo a la garantía de seguridad jurídica citada, no resulta procedente que a partir de indicios se tenga que disponer el aseguramiento de bienes.

    ``Artículo 30.- Cuando existan indicios suficientes que hagan presumir fundadamente que hay bienes que son propiedad de un miembro de la delincuencia organizada, o de que éste se conduce como dueño, deberán asegurarse con autorización judicial previa. Si se acredita su legítima procedencia, deberá ordenarse levantar el aseguramiento.''

    La reforma propuesta a este artículo, se relaciona de manera directa con la relativa del artículo 29, por lo que tampoco se considera viable, el establecer el concepto deberán, que implica obligación, de asegurar bienes a partir de una presunción, limitando el análisis de los elementos del delito y la relación respecto de los bienes, por parte de la autoridad jurisdiccional.

    Asimismo, la incorporación de la palabra deberán, condicionaría la posible resolución de la autoridad jurisdiccional que, de acuerdo con la reforma planteada, tendría que ser en el sentido de autorizar el aseguramiento de bienes, pues en caso de negativa, se estaría incumpliendo con dispuesto en artículo 30.

    La reforma, en este sentido, limitaría el libre arbitrio que posee la autoridad jurisdiccional, que le permite dictar resoluciones y sentencias con plena autonomía, respecto a los demás Poderes, a través de los cuales se ejerce el gobierno de nuestro país.

    Asimismo, debe tenerse presente, que en la procuración y administración de justicia, intervienen como partes el Ministerio Público y el Juez, donde el primero forma parte del Poder Ejecutivo y el segundo, del Poder Judicial, siendo por tanto necesario, contar con un marco congruente que fortalezca la división de poderes, en un marco de respeto y colaboración.

    ``Artículo 31.- El aseguramiento de bienes a que se refiere esta Ley, deberá realizarse en cualquier momento de la averiguación o del proceso.''

    No se juzga conveniente la reforma planteada, en los términos previstos en dicho artículo, pues para llevar a cabo la misma se requiere la existencia de condiciones tales como, que existan indicios suficientes que hagan presumir fundadamente que una persona es miembro de la delincuencia organizada, además que, en su caso, tendrá que ser autorizada por la autoridad judicial.

    El aseguramiento llano, como una obligación de la autoridad, resultaría contrario a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 16 de nuestra Carta Magna, que a la letra expresa:

    ``Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento.

    [...]''

    ``Artículo 35.- El miembro de la delincuencia organizada que preste ayuda eficaz para la investigación y persecución de otros miembros de la misma, deberá recibir los beneficios siguientes:

    I. Cuando no exista averiguación previa en su contra, los elementos de prueba que aporte o se deriven de la averiguación previa iniciada por su colaboración, no serán tomados en cuenta en su contra. Este beneficio sólo deberá otorgarse en una ocasión respecto de la misma persona;

    II. Cuando exista una averiguación previa en la que el colaborador esté implicado y éste aporte indicios para la consignación de otros miembros de la delincuencia organizada, la pena que le correspondería por los delitos por él cometidos, deberá ser reducida hasta en dos terceras partes;

    III. Cuando durante el proceso penal, el indiciado aporte pruebas ciertas, suficientes para sentenciar a otros miembros de la delincuencia organizada con funciones de administración, dirección o supervisión, la pena que le correspondería por los delitos por los que se le juzga, deberá reducirse hasta en una mitad, y

    IV. Cuando un sentenciado aporte pruebas ciertas, suficientemente valoradas por el juez, para sentenciar a otros miembros de la delincuencia organizada con funciones de administración, dirección o supervisión, deberá otorgársele la remisión parcial de la pena, hasta en dos terceras partes de la privativa de libertad impuesta.''

    En cuanto hace a este numeral y sus fracciones, se proponen cinco propuestas de reforma, con las que no se está de acuerdo, toda vez que se trata de beneficios de que podrá gozar o no un miembro de la delincuencia organizada que preste ayuda eficaz para la investigación y persecución de otros miembros de la misma, cuya aplicación debe basarse en las circunstancias que concurran en el caso en concreto, según lo considere la autoridad competente. La aplicación de dichos beneficios debe ser debidamente valorada por la autoridad judicial.

    ``Artículo 36.- En caso de que existan pruebas distintas a la autoinculpación en contra de quien colabore con el Ministerio Público de la Federación, a solicitud de éste se le deberán reducir las penas que le corresponderían hasta en tres quintas partes, siempre y cuando, a criterio del juez, la información que suministre se encuentre corroborada por otros indicios de prueba y sea relevante para la detención y procesamiento de otros miembros de la delincuencia organizada de mayor peligrosidad o jerarquía que el colaborador.''

    Como se expreso en las consideraciones al artículo 35 de la Ley en estudio, el otorgamiento de beneficios procesales al inculpado, no puede otorgarse de facto, a partir de la colaboración que en su caso pudiera haber brindado durante la investigación de otras conductas delictivas, pues, atendiendo a las circunstancias de cada caso, el juez podrá decidir sobre las mismas.

    La sustitución de la palabra podrá por deberá, en este caso, provoca incongruencia en el texto, pues si bien la propuesta establece como obligación, el otorgamiento del beneficio procesal, más adelante lo deja a criterio del juez.

    ``Artículo 37.- Cuando se gire orden de aprehensión en contra de un miembro de la delincuencia organizada, la autoridad deberá ofrecer recompensa a quienes auxilien eficientemente para su localización y aprehensión, en los términos y condiciones que, por acuerdo específico, el Procurador General de la República determine.

    En el caso de secuestro, la autoridad podrá ofrecer recompensa a quienes sin haber participado en el delito, auxilien con cualquier información que resulte cierta y eficaz para la liberación de las víctimas o la aprehensión de los presuntos responsables. La autoridad garantizará la confidencialidad del informante.''

    No debe modificarse el texto original, en razón de que el artículo es muy claro al establecer que el ofrecimiento de la recompensa se realizará en los términos y condiciones que, por acuerdo específico, el Procurador General de la República determine. No es óbice para arribar a la anterior conclusión en hecho de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no prohibe que la autoridad competente ofrezca recompensa a quienes auxilien eficientemente en la localización y aprehensión de un miembro de la delincuencia organizada; sin embargo, tampoco lo contempla como requisito indispensable, por lo que el ordenamiento jurídico en estudio prevé que en los casos en que así proceda, deberá actuarse de conformidad con el acuerdo específico que para tal efecto se emita.

    Asimismo, se hace la aclaración de que este numeral es referido en la Iniciativa planteada como artículo cuyo párrafo es único, sin embargo, es importante precisar que el veintiuno de diciembre del año pasado se adicionó con un segundo párrafo.

    ``Artículo 41.- ...

    (párrafo segundo) Las pruebas admitidas en un proceso deberán ser utilizadas por la autoridad investigadora para la persecución de la delincuencia organizada y ser valoradas como tales en otros procedimientos relacionados con los delitos a que se refiere esta Ley.''

    Se estima que la reforma planteada no es procedente, ya que el texto que se analiza establece que las pruebas admitidas en un proceso podrán ser utilizadas por la autoridad investigadora para la persecución de la delincuencia organizada y ser valoradas como tales en otros procedimientos relacionados con los delitos a que se refiere esta Ley, lo cual depende de que se actualicen estos supuestos, por lo que la actuación de la autoridad investigadora no deviene de su arbitrio, sino de lo contenido en la propia norma.

    Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos somete a la consideración de esta Asamblea, el:

    DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 15, PÁRRAFO SEGUNDO, Y 19 PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 15, párrafo segundo y 19, párrafo primero, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

    Artículo 15.- ...

    Si dentro del plazo antes indicado, el juez no resuelve sobre el pedimento de cateo, el Ministerio Público de la Federación deberá recurrir al tribunal unitario de circuito correspondiente para que éste substancie y resuelva en un plazo igual.

    ...

    ...

    Artículo 19.- Si en los plazos indicados en los dos artículos anteriores, el juez de distrito no resuelve sobre la solicitud de autorización o de sus prórrogas, el Ministerio Público de la Federación deberá recurrir al tribunal unitario de circuito correspondiente, para que éste substancie y resuelva en un plazo igual.

    ...

    TRANSITORIO

    ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2005.

    Diputados: Rebeca Godínez y Bravo (rúbrica), Presidenta; Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), secretaria; Amalín Yabur Elías (rúbrica), secretaria; Miguel Ángel Llera Bello, secretario; Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), secretario; Miguelángel García-Domínguez, secretario; Félix Adrián Fuentes Villalobos, secretario; María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Mario Carlos Culebro Velasco, José Luis García Mercado (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona, Martha Laguette Lardizábal (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), María Sara Rocha Medina, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Bernardo Vega Carlos, Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), Ernesto Herrera Tovar (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcenas (rúbrica), Margarita Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Francisco Diego Aguilar, Angélica de la Peña Gómez, Eliana García Laguna, Diana R. Bernal Ladrón de Guevara, Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Honorable Asamblea, esta Presidencia no tiene registrados oradores; luego entonces, considera el asunto suficientemente discutido. Pero para los efectos del artículo 134, se cumple la formalidad de preguntar si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular. No habiendo reserva alguna, se pide a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cuatro minutos a efecto de recabar votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cuatro minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

    (Votación.)

    Señor Presidente: se emitieron en 361 votos, en contra 0 votos y 2 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 361 votos, el proyecto de decreto que reforma los artículos 15, párrafo segundo, y 19, párrafo primero, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura le fueron turnadas para su estudio, análisis y dictamen correspondiente las siguientes iniciativas:

    a) Con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 18, inciso a), de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

    b) Con proyecto de Decreto que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

    Está Comisión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70, párrafo primero, 71, 72 y 73, fracción XXIX-B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g) y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 56, 65, 85, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de las Iniciativas de referencia, somete a consideración de esta honorable Asamblea el presente Dictamen al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTESI. Con fecha 17 de febrero de 2005, el Diputado Jesús Martínez Álvarez, integrante del grupo parlamentario de Convergencia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 18, inciso a), de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

    II. En la misma fecha, el Presidente de la Cámara de Diputados, turnó la iniciativa antes referida, a la Comisión de Gobernación para su estudio y dictamen.

    III. En sesión ordinaria del 19 de abril de 2005, el Diputado Fernando Álvarez Monje, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

    IV. En esa misma sesión, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que la iniciativa de referencia fuera turnada a la Comisión de Gobernación para su estudio y dictamen.

    V. En sesión plenaria de la Comisión de Gobernación de fecha 13 de octubre de 2005 se sometió a consideración de los diputados integrantes de la misma el proyecto de dictamen respectivo, siendo aprobado unanimidad en esa misma fecha.

    Establecidos los antecedentes, los integrantes de la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscribimos el presente dictamen, exponemos las siguientes:

    CONSIDERACIONES1. Que el texto original de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, contempló un solo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión, que iniciaba el 1° de septiembre y que no podía prolongarse más allá del 31 de diciembre de cada año.

    2. Que el 7 de abril de 1986, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto de reforma a los artículos 65 y 66 de la Constitución donde se establecieron dos periodos ordinarios que iniciarían el 1º de noviembre y el 15 de abril de cada año, manteniendo inalterados los principios de improrrogabilidad de los periodos de sesiones y el de su posible conclusión anticipada al 31 de diciembre, tratándose del primer periodo y del 30 de abril, tratándose del segundo.

    3. Que el 3 de septiembre de 1993, se publicó el Decreto que modificó los artículos 65 y 66 de nuestra Carta Magna, adelantando la fecha de inicio del segundo periodo de sesiones al 15 de marzo de cada año.

    4. Que en virtud del Decreto publicado el 2 de agosto de 2004 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se reforma el primer párrafo del artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se modificó una vez más la fecha de inicio del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión, adelantándose al 1° de febrero de cada año.

    5. Que por su parte, La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, en vigor desde el 24 de febrero de 1984, constituye el instrumento legal que ordena y precisa preceptos y prácticas que regulan las características y el uso adecuado y respetuoso del Escudo, la bandera y el Himno Nacionales.

    6. Que es indiscutible que los símbolos nacionales son la síntesis de nuestros procesos históricos, amalgama de nuestra cohesión nacional y supremacía de los valores republicanos que nos inspira su percepción.

    7. Que la Ley sobre el Escudo, la Bandera e Himno Nacionales tiene en el propósito de afirmar la respetabilidad y permanencia de los Símbolos Patrios y de reglamentar su uso solemne, así como el de definir los elementos constitutivos de éstos y el regular su uso civil.

    8. Que el artículo 15 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera e Himno Nacionales dispone a la letra:

    Artículo 15.- En las fechas declaradas solemnes para toda la Nación, deberá izarse la Bandera Nacional, a toda o a media asta, según se trate de festividad o duelo, respectivamente, en escuelas, templos y demás edificios públicos, así como en la sede de las representaciones diplomáticas y consulares de México. Todas las naves aéreas y marítimas mexicanas, portarán la Bandera Nacional y la usarán conforme a las Leyes y Reglamentos aplicables.

    ...

    9. Que el artículo 18 de la Ley, que hoy se propone reformar, lista las fechas declaradas como solemnes para toda la Nación, reservando su inciso a) para las festividades, y el inciso b) para las fechas y conmemoraciones de duelo nacional.

    10. Que el texto vigente del inciso a) del artículo 18 de la Ley en comento, declara solemnes los días 15 de marzo y el 1° de septiembre de cada año, en virtud de que era en estas fechas cuando se iniciaban los periodos de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión hasta antes de la reforma del mes de agosto de 2004. De la misma manera, el inciso a) del artículo 18 establece, en su último párrafo, que el Lábaro Patrio se izará en los días en que estos periodos se clausuren.

    11. Que el texto vigente del inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales ha quedado desfasado en virtud de la reforma constitucional entrada en vigor el año pasado.

    12. Que las iniciativas de los Diputados Jesús Martínez Álvarez y Fernando Álvarez Monje coinciden en el propósito de adecuar el texto vigente y retornarle la coherencia debida a este precepto legal con los nuevos plazos constitucionales.

    Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, de la LIX Legislatura, sometemos a consideración del Pleno de esta honorable Asamblea el siguiente proyecto de:

    DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL INCISO A) DEL ARTÍCULO 18 DE LA LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para quedar como sigue:

    Artículo 18.- ...

    a) ...

    1 de febrero:

    Apertura del segundo período de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión.

    (15 de marzo.- Derogado)

    ...

    TRANSITORIO

    ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México DF, a los trece días del mes de octubre de dos mil cinco.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández, Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Zepahua Valencia (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores; luego entonces, considera el asunto suficientemente discutido. Se pide a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cuatro minutos a efecto de recabar votación nominal en lo general y en lo particular del artículo único del proyecto de decreto.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cuatro minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del artículo único del proyecto de decreto.

    (Votación.)

    De viva voz, la diputada Claudia Ruiz Massieu.

    La diputada Claudia Ruiz Massieu Salinas (desde la curul): A favor.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Diputado Presidente: se emitieron 363 votos en pro, 0 en contra y 3 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 363 votos, el proyecto de decreto que reforma el inciso A) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

    HONORABLE ASAMBLEA:

    La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de los integrantes de esta honorable Asamblea el presente Dictamen de la:

    MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

    ANTECEDENTES

    PRIMERO.- En sesión celebrada por la H. Cámara de Senadores con fecha 26 de abril de 2005, la Senadora Lucero Saldaña Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

    SEGUNDO.- En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, acordó que se turnara dicha Iniciativa a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos; y de Estudios Legislativos, Primera.

    TERCERO.- En sesión celebrada por la Cámara de Senadores, de fecha 27 de abril de 2005, el pleno del Senado aprobó el Dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Derechos Humanos; y de Estudios Legislativos, Primera.

    CUARTO.- En la sesión plenaria de la Cámara de Diputados, del 27 de abril de 2005, se dio cuenta del oficio de la Cámara de Senadores con el que remite el expediente con la MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

    QUINTO.- Con fecha 28 de abril de 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, mediante Oficio No. D.G.P.L. 59-II-I-1284, acordó que se turnara dicha Minuta a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su estudio y dictamen.

    SEXTO.- Los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura, procedieron al estudio de las Minuta aludida, efectuando múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en la Minuta que se discute los cuales se exponen en las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    Primera.- La Minuta materia del presente dictamen, tiene por objeto, facultar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que lleve a cabo la observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

    En este tenor, establece la Minuta, que para avanzar en la construcción de una sociedad más equitativa y justa, tanto mujeres como hombres debemos tener nuevas formas de pensar y de actuar, por lo que es necesario comenzar a cuestionar las actuales normas y roles desempeñados; pero también se requiere del apoyo y acompañamiento del cambio en las instituciones de gobierno y de la organización de la sociedad, para retomar el significado de las diferencias de género, con el fin de promover acciones tanto para hombres y mujeres, buscando así menor desigualdad.

    En tal virtud, debe decirse que la diferencia sexual se ha traducido en una desigualdad social, política y económica para las mujeres, sostenida por una diversidad de prácticas sociales instrumentadas en el hogar, la escuela, los medios de comunicación, en los que participamos en general, tanto los sujetos como las instituciones sociales, lo cual debe erradicarse para avanzar en la construcción de una sociedad más equitativa y justa.

    Por otra parte, señala la Minuta, que como parte importante de la búsqueda de soluciones a esta problemática, es necesario que se sigan realizando investigaciones que nos permitan conocer el desempeño de mujeres y hombres en un sentido multidimensional, en el que se tomen en cuenta de manera seria las diferencias geográficas e históricas, aún de una misma cultura. Por ello, es de gran importancia la creación de una instancia especial encargada de tal observancia que de seguimiento, evaluación y monitoreo a la Política Nacional en materia de igualdad entre mujeres y hombres, las cuales deben realizarse con autonomía e independencia, para emitir opiniones, lineamientos, sugerencias, recomendaciones e incluso excitativas para que las disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, sean debidamente observadas.

    En otro orden de ideas, con la adición de la fracción XIV bis al artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se atribuye a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el análisis, evaluación y seguimiento de las políticas públicas en materia de igualdad de género.

    Segunda.- Los integrantes de esta Comisión Dictaminadora coinciden en señalar, que para efectos de conocer los alcances de la presente propuesta, es necesario traer a colación que la protección y defensa de los Derechos Humanos en México fue elevada a rango constitucional el 28 de enero de 1992, con la publicación del Decreto que adicionó el apartado B al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Esta disposición facultó al Congreso de la Unión y a las legislaturas de los estados para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecieran organismos especializados para atender las quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa violatorios de Derechos Humanos, por parte de cualquier autoridad o servidor público, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, así como para formular recomendaciones públicas autónomas, no vinculatorias y denuncias y quejas ante las autoridades correspondientes.

    Posteriormente, se reformó el artículo 102, apartado B constitucional, para establecer que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, así como personalidad jurídica y patrimonio propios. El objetivo esencial de este organismo es la protección, observación, promoción, estudio y divulgación de los Derechos Humanos previstos por el orden jurídico mexicano.

    Por lo tanto, la tarea de proteger los Derechos Humanos representa para el Estado la exigencia de proveer y mantener las condiciones necesarias para que, dentro de una situación de justicia, paz y libertad, las personas puedan gozar realmente de todos sus derechos. El bienestar común supone que el poder público debe hacer todo lo necesario para que, de manera paulatina, sean superadas la desigualdad, la pobreza y la discriminación.

    Tercera.- Ahora bien, habiendo creado el marco regulatorio de las atribuciones y facultades de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, se considera indispensable encomendar a dicho organismo el análisis, evaluación y seguimiento de las políticas públicas en materia de equidad de género. En virtud de que dicha problemática forma parte de la noción de protección a los derechos humanos inherentes a toda persona, en el caso que nos ocupa, de las mujeres.

    Por lo que de aprobarse la adición de la fracción XIV Bis que se propone, la Comisión Nacional de Derechos Humanos podrá hacer valer y respetar el principio de igualdad entre hombres y mujeres que se consagra en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Asimismo, en que dicha atribución permitirá a la Comisión Nacional de Derechos Humanos que pueda emitir opiniones y recomendaciones a las instancias gubernamentales de los lineamientos y pautas que deben seguirse para garantizar la protección de los derechos fundamentales de las mujeres, en aras de que puedan desarrollar sus máximas capacidades en las actividades que desempeñan en su quehacer cotidiano.

    Cuarta.- Consideramos, que si queremos erradicar de manera fehaciente tales prácticas discriminatorias hacia las mujeres, es necesario contar con un órgano especializado en la defensa y promoción de los derechos humanos, entre los que se encuentran indudablemente el de la igualdad de géneros, que tenga como función conocer por una parte, los factores que han influido y que hasta nuestros días siguen persistiendo, para concebir a las mujeres como entes sin derechos, y por la otra, garantizar que tales actos no se sigan llevando a cabo en menoscabo de la dignidad de las mujeres.

    Quinta.- Esta Comisión considera necesario por técnica legislativa incluir en el Proyecto de Decreto y en lo particular, en la parte de los Transitorios la vigencia del mismo, por lo que deberá devolverse al Senado de la República para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo anteriormente expuesto, los Diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos sometemos a la consideración de la Asamblea el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para quedar como sigue:

    Artículo 6.- ...

    I a XIV. ...

    XIV Bis.- La observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad entre mujeres y hombres;

    XV. ...

    TRANSITORIOS

    PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos realizará las reformas o adiciones a su Reglamento Interior dentro de los sesenta días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, donde establecerá las funciones específicas del área encargada del seguimiento, evaluación y monitoreo en materia de igualdad entre mujeres y hombres; sin perjuicio de las adecuaciones que sean necesarias a la entrada en vigor de la Ley General de Igualdad entre Mujeres y Hombres.

    TERCERO.- Las adecuaciones reglamentarias a que se refiere el artículo anterior y que al efecto realice la Comisión en el ámbito de su competencia, deberán contemplar medidas tendientes a capacitar y especializar a los servidores públicos a cargo del área encargada del seguimiento, evaluación y monitoreo en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

    CUARTO.- El área a que se refieren los numerales anteriores iniciará sus funciones al momento de entrar en vigor las adecuaciones al Reglamento Interior de la Comisión, con los recursos y la estructura que al efecto disponga ésta de acuerdo con su Presupuesto en vigor; sin perjuicio de las ampliaciones presupuestales que se propongan en términos de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para los ejercicios fiscales subsecuentes y se aprueben en términos de la legislación aplicable.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a trece de septiembre de dos mil cinco.

    La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, diputados: Rebeca Godínez y Bravo (rúbrica), Presidenta; Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Amalín Yabur Elías (rúbrica), Miguel Ángel Llera Bello (rúbrica), Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Félix Adrián Fuentes Villalobos, secretarios; María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Mario Carlos Culebro Velasco, José Luis García Mercado (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Martha Laguette Lardizábal (rúbrica), Consuelo Muro Urista, Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), María Sara Rocha Medina, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Bernardo Vega Carlos (rúbrica), Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, Ernesto Herrera Tovar (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica en abstención), Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcenas (rúbrica en abstención), Margarita Zavala Gómez del Campo, Francisco Diego Aguilar, Angélica de la Peña Gómez, Eliana García Laguna, Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Honorable Asamblea: esta Presidencia no tiene registrados oradores; luego entonces, considera el asunto suficientemente discutido. Se ruega a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cuatro minutos para recabar votación nominal en lo general y en lo particular del artículo único del proyecto de decreto.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cuatro minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del artículo único del proyecto de decreto.

    (Votación.)

    Señor Presidente: se emitieron 363 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 363 votos, el proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; se devuelve al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


    LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género les fue turnada para su estudio y dictamen, la Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

    Estas Comisiones Unidas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73, fracción XXX, en concordancia con la fracción II del artículo 89, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 56, 60, 62, 63, 65, 87, 88, 90 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta honorable Asamblea el presente dictamen al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTESI. Con fecha 11 de diciembre del 2003, en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, la Diputada Socorro Díaz Palacios, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

    II. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la iniciativa en comento a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género para su estudio y dictamen.

    III. En sesión plenaria de la Comisión de Gobernación celebrada el 20 de abril de 2005, se presentó a discusión el proyecto de dictamen respectivo, siendo aprobado.

    IV. En sesión plenaria de la Comisión de Equidad y Género, se presentó a discusión el dictamen respectivo, siendo aprobado.

    Establecidos los antecedentes, los miembros de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    I. Análisis de la Iniciativa.

    1. Que de acuerdo con la exposición de motivos de la iniciativa que presenta la Diputada Socorro Díaz Palacios, existen diversas investigaciones que señalan que la incidencia de género en las organizaciones e instituciones reflejan la necesidad de reforzar la presencia de la mujer en los ámbitos de la política, la economía, la cultura y la sociedad.

    2. Que la incorporación y permanencia de la mujer en el mundo laboral muestran rezagos importantes. En el sector público y, de manera específica, en la Administración Pública Federal el 48 por ciento del total de trabajadores son mujeres. Si bien, en algunas dependencias federales como son las relacionadas con la salud y la educación son mayoría absoluta, en otras como las Secretarías de Economía, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público y Trabajo y Previsión Social su participación es minoritaria.

    3. Que la Diputada Díaz Palacios afirma que del total de puestos de mandos medios y superiores en los tres poderes de la Unión, sólo el 30.8 por ciento está ocupado por mujeres.

    4. Que la iniciante asevera que el 94.33 por ciento del total de mujeres que participa en puestos de mandos medios y superiores, lo hace desempeñando responsabilidades en los niveles jerárquicos más bajos correspondientes a puestos de enlace, jefa de departamento, subdirectora de área y directora de área.

    5. Que estas cifras dejan ver la baja participación de las mujeres en la toma de decisiones dentro del servicio público.

    6. Que la proponente señala que la instauración de un Servicio Profesional de Carrera con enfoque de género constituye un paso fundamental para la transición democrática. Que es sabido que el proceso democrático no se agota en comicios transparentes y creíbles, sino que constituye un conjunto de principios, procedimientos e instituciones que tienen que ver con la igualdad efectiva en una sociedad que le apuesta a la vida democrática en todas sus facetas.

    7. Que la legisladora asevera, en su exposición de motivos, que el Servicio Profesional de Carrera con enfoque de género corresponde a una cultura democrática que reconoce la igualdad entre los sexos y la necesidad de continuar la tarea de gobierno con los mejores cuadros, sin distingo de sexo o ideologías.

    8. Que es precisamente en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal donde el gobierno mexicano puede coadyuvar en el diseño de un sistema que facilite la participación de la mujer en el ámbito público y gubernamental en igualdad de circunstancias.

    9. Que la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal tiene por objeto establecer las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del Sistema de Servicio Profesional de Carrera en las dependencias de la Administración Pública Federal centralizada. Y que con su expedición en abril del 2003 se dio un paso fundamental en aras de modernizar y reorientar el ejercicio del gobierno en sus diversas estructuras.

    10. Que la iniciativa en comento propone establecer la igualdad de género como principio rector en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y obligar al Subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades a establecer modelos que propicien la igualdad de oportunidades de capacitación para mujeres y hombres.

    II. Valoración de la Iniciativa.

    1. Que México forma parte de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación de la Mujer desde 1981 y que también suscribió la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer en el año de 1994.

    2. Que en el artículo 7 de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación de la Mujer se establece textualmente:

    Artículo 7.- Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y en particular, garantizarán en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:

    ...

    Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales;

    ...

    3. Que ha sido prioridad del Estado Mexicano cumplir con los tratados internacionales que ha suscrito de acuerdo a lo establecido en nuestra Constitución y, derivado de ello, México ha dado una muestra fehaciente en su afán de proteger los derechos fundamentales de las personas, en especial los de las mujeres.

    4. Que el artículo 2 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal establece los principios rectores del Sistema de Servicio Profesional de Carrera y señala lo siguiente:

    Artículo 2.- El Sistema de Servicio Profesional de Carrera es un mecanismo para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública con base en el mérito y con el fin de impulsar el desarrollo de la función pública para beneficio de la sociedad.

    El Sistema dependerá del titular del Poder Ejecutivo Federal, será dirigido por la Secretaría de la Función Pública y su operación estará a cargo de cada una de las dependencias de la Administración Pública.

    Serán principios rectores de este Sistema: la legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad y competencia por mérito.

    5. Que precisamente al señalarse en el artículo 2 los principios rectores del Sistema de Servicio Profesional de Carrera, la adición propuesta a este artículo para incluir la equidad de género como principio rector de dicho Sistema encuadra acertadamente en el contenido del artículo.

    6. Que en concordancia con lo que establece la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres es preferible usar el término ``equidad de género'' en vez del de ``igualdad de género'' ya que, el concepto de ``equidad de género'' ya se define en la Ley y ha quedado manifiesta su aceptación y ha proliferado su uso dentro del sistema jurídico mexicano. Dicha Ley en su artículo 5 la define como:

    Artículo 5.- Para efectos de esta Ley se entenderá por:

    ...

    Equidad de género: concepto que refiere al principio conforme al cual hombres y mujeres acceden con justicia e igualdad al uso, control y beneficios de los bienes y servicios de la sociedad, incluyendo aquéllos socialmente valorados, oportunidades y recompensas, con la finalidad de lograr la participación equitativa de las mujeres en la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.

    ...

    7. Que estas Comisiones Unidas celebran que se especifique como un principio rector adicional del Sistema Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal el de equidad de género.

    8. Que la Ley en comento establece que el Sistema de Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada, comprende siete subsistemas a saber:

    a) Subsistema de Planeación de Recursos Humanos que determina en coordinación con las dependencias, las necesidades cuantitativas y cualitativas de personal que requiera la Administración Pública Federal para el eficiente ejercicio de sus funciones.

    b) Subsistema de Ingreso que regula los procesos de reclutamiento y selección de candidatos, así como los requisitos necesarios para que los aspirantes se incorporen al Sistema de Servicio Profesional de Carrera.

    c) Subsistema de Desarrollo Profesional que contiene los procedimientos para la determinación de planes individualizados de carrera de los servidores públicos.

    d) Subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades que establece los modelos de profesionalización para los servidores públicos para que éstos adquieran conocimientos, especialización y actualización principalmente.

    e) Subsistema de Evaluación de Desempeño cuyo propósito es establecer los mecanismos de medición y valoración del desempeño y la productividad de los servidores públicos de carrera, que a su vez son los parámetros para obtener ascensos, promociones, premios y estímulos y garantizan la estabilidad laboral.

    f) Subsistema de Separación que se encarga de atender los casos y supuestos mediante los cuales un servidor público deja de formar parte del Sistema de Servicio Profesional de Carrera o suspende temporalmente sus derechos.

    g) Subsistema de Control y Evaluación cuyo objetivo es diseñar y operar los procedimientos y medios que permitan efectuar la vigilancia y en su caso, corregir la operación del Sistema de Servicio Profesional de Carrera.

    9. Que el artículo 13 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal trata sobre la integración de los Subsistemas de Planeación de Recursos Humanos; Ingreso; Desarrollo Profesional; Capacitación y Certificación de Capacidades; Evaluación del Desempeño; Separación y de Control y Evaluación.

    10. Que estas Comisiones Unidas consideran pertinente que en el subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades, del que trata el artículo 13, se anexe con un inciso f) en el sentido de que se den las condiciones objetivas para propiciar igualdad de oportunidades de capacitación para mujeres y hombres.

    11. Que el artículo 14 de la Ley en comento versa sobre el Subsistema de Planeación de los Recursos Humanos encargado de definir la estructura funcional del Sistema de Servicio Profesional de Carrera y de calcular las necesidades cuantitativas de personal y por eso, estas Comisiones Unidas estiman que en este subsistema se promueva y se garantice la equidad de género en conjunto con el resto de los principios rectores del Sistema señalados en el artículo 2 de dicha Ley.

    12. Que de acuerdo con la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal se entiende por Comités: a los Comités Técnicos de Profesionalización y Selección de cada dependencia y por Dependencia: a las Secretarías de Estado, incluyendo sus órganos desconcentrados, Departamentos Administrativos y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

    13. Que en el artículo 30 se establece que la Secretaría de la Función Pública emitirá las guías y lineamientos generales para la elaboración y aplicación de los mecanismos de evaluación que deberán operar los comités en las distintas dependencias para la selección de servidores públicos y que a juicio de estas Comisiones dictaminadoras es muy favorable que estos comités al realizar sus evaluaciones pugnen porque prevalezcan todos los principios rectores a los que hace referencia la Ley, incluyendo el de equidad de género.

    14. Que el artículo 32 de esta Ley indica que cada dependencia de la Administración Pública Federal, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, establecerá los parámetros mínimos de calificación para acceder a los diferentes cargos y que en igualdad de condiciones, tendrán preferencia los servidores públicos de la misma dependencia. Con la reforma a este artículo se procura, además, que el equilibrio entre ambos géneros sea un factor más a considerar.

    Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género de la LIX Legislatura, sometemos a consideración del Pleno de esta honorable Asamblea el siguiente:

    DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 2, párrafo tercero; 14, fracción III y 32, segundo párrafo y se adicionan un inciso f), a la fracción IV del artículo 13 y un tercer párrafo al artículo 30, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 2.- ...

    ...

    Serán principios rectores de este Sistema: la legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género.

    Artículo 13.- ...

    I a III...

    IV...

    a) a e)...

    f) Las condiciones objetivas para propiciar igualdad de oportunidades de capacitación para mujeres y hombres.

    V a VII ...

    ...

    ...

    Artículo 14.- ...

    ...

    I al II...

    III. Calculará las necesidades cuantitativas de personal, en coordinación con las dependencias y con base en el Registro, considerando los efectos de los cambios en las estructuras organizacionales, la rotación, retiro, y separación de los servidores públicos sujetos a esta Ley, con el fin de que la estructura de la Administración Pública tenga el número de servidores públicos adecuado para su buen funcionamiento y, acorde con los principios rectores de este Sistema, promueva y garantice la equidad de género y permita la movilidad de los miembros del Sistema.

    IV a VIII...

    Artículo 30

    ...

    ...

    En cualquier caso, los comités pugnarán porque prevalezcan los principios rectores a los que hace referencia el artículo 2 de esta Ley.

    Artículo 32.

    ...

    En igualdad de condiciones, tendrán preferencia los servidores públicos de la misma dependencia, procurando el equilibrio entre ambos géneros.

    TRANSITORIOS

    ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a los veinte días del mes de abril de dos mil cinco.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Yolanda Guadalupe Valladares Valle, Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández, Patricia Garduño Morales (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), José González Morfín, Omar Bazán Flores, Jesús González Schmal, Pablo Bedolla López (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), José Sigona Torres, Socorro Díaz Palacios, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, María Sara Rocha Medina (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, Sergio Vázquez García (rúbrica).

    Comisión de Equidad y Género, diputados: Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Presidenta; Margarita Martínez López (rúbrica), Norma Elizabeth Sotelo Ochoa (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Blanca Eppen Canales (rúbrica), secretarias; Ángel Paulino Canul Pacab (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Miriam Marina Muñoz Vargas, Gema Isabel Martínez López (rúbrica), Rosalina Mazari Espín, María Elena Orantes López (rúbrica), Esthela de Jesús Ponce Beltrán (rúbrica), María del Consuelo Rodríguez de Alba (rúbrica), Rosario Sáenz López (rúbrica), Evelia Sandoval Urbán (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Concepción Cruz García (rúbrica), Patricia Flores Fuentes (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña, María Angélica Ramírez Luna (rúbrica), Evangelina Pérez Zaragoza (rúbrica), Martha L. Rivera Cisneros (rúbrica), Janette Ovando Reazola, María Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Martha Laguette Lardizábal (rúbrica), Marbella Casanova Calam (rúbrica), Angélica de la Peña Gómez (rúbrica), Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita (rúbrica), María Marcela Lagarde y de los Ríos (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), María Ávila Serna (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Honorable Asamblea, esta Presidencia no tiene registrados oradores; luego entonces, considera el asunto suficientemente discutido en lo general. Para los efectos del artículo 134 se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo y votarlo en lo particular. No habiendo reservas, se pide a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cuatro minutos a efecto de recabar votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cuatro minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

    (Votación.)

    De viva voz, el diputado José García, por favor.

    El diputado José García Ortiz (desde la curul): José García, a favor.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Gracias, diputado. Señor Presidente: se emitieron en pro 357 votos, en contra 0 y 2 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 357 votos, el proyecto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, pregunte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura al dictamen.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores

    28 de septiembre de 2005

    HONORABLE ASAMBLEA:

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción I, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo Federal presentó Iniciativa de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    Las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, en fecha 21 de mayo realizaron una reunión de Trabajo con el Secretario de Trabajo y Previsión Social, y el Titular del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT) para conocer de la Iniciativa que crea la Ley del Instituto, por lo que, conforme a las deliberaciones y el análisis que de la misma realizaron los miembros de estas Comisiones Unidas, reunidos en Pleno, presentan a esta honorable Asamblea el presente

    DICTAMEN

    ANTECEDENTES

    1.- Con fecha 19 de abril de 2005, el Ejecutivo Federal, presentó Iniciativa que expide la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    2.- En esa misma fecha, la mesa directiva de esta H. Cámara de Diputados turnó a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, la iniciativa antes señalada, para su estudio y dictamen.

    3.- En sesión ordinaria los Diputados integrantes de estas H. H. Comisiones de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, procedieron al análisis de la iniciativa mencionada, con base en el siguiente:

    RESULTANDO

    ÚNICO.- Los suscritos integrantes de estas Comisión Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, estiman procedente puntualizar la iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, que a la letra señala:

    ``Exposición de Motivos

    A principios de la década de los años 70, las organizaciones de trabajadores demandaron a través del Congreso del Trabajo, una mayor equidad en las prestaciones y mecanismos para la adquisición de bienes y servicios a precios competitivos. Como una respuesta a estas demandas, el Gobierno Federal en su carácter de promotor del desarrollo social, propuso la creación de un fondo de fomento para la atención de las necesidades de consumo de los trabajadores de más bajos ingresos del país.

    Para tales efectos y a iniciativa del Poder Ejecutivo Federal, el H. Congreso de la Unión decretó la creación del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores en las Reformas a la Ley Federal del Trabajo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1973. Para instrumentar tal disposición legal, el Ejecutivo Federal ordenó la constitución de un fideicomiso público paraestatal denominado ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'' (FONACOT) mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 1974, con la finalidad de proteger la capacidad adquisitiva y facilitar el acceso a los satisfactores que requieren los trabajadores como jefes de familia en el orden material, social y cultural.

    Al inicio de la presente administración se llevó a cabo un diagnóstico empresarial y financiero del FONACOT, en el que se identificó que la institución era inviable e insolvente, ya que, por una parte, registraba pérdidas en su operación y, por la otra, contaba con un patrimonio de 350 millones de pesos y un adeudo con el Banco de México por 1,157 millones de pesos originado desde el año 1994, que resultaba superior a su capacidad de pago, Además, contaba con cadenas de distribución limitadas en cantidad y variedad, así como un proceso muy lento para el otorgamiento de crédito.

    1. Fonacot 2001-2005

    En el año 2001, en el marco de la política de la transformación de la Administración Pública Federal impulsada por el Ejecutivo Federal y teniendo como marco de referencia el Programa Nacional de Política Laboral 2001-2006 de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se planteó un proceso de cambio para convertir al Fondo en una institución competitiva que contribuyera al crecimiento económico y desarrollo social y humano, con un enfoque dirigido a los trabajadores de menores recursos de México.

    Como una derivación de dicha estrategia, se definieron la misión y visión del FONACOT, de la siguiente manera:

    a) Misión: ``Elevar el nivel de vida de los trabajadores y su familia a través de lograr un mayor rendimiento de su salario mediante el crédito barato, para la obtención de bienes. y servicios de alta calidad y precio competitivo, que contribuyan a su desarrollo integral, fomentando cadenas productivas, desarrollo regional y ahorro popular, coadyuvando de esta forma a la disminución de las graves desigualdades sociales''.

    b) Visión: ``Ser la mejor institución financiera para apoyo de los trabajadores de más bajos ingresos del país''.

    El proceso de planeación estratégica incluyó una reingeniería de procesos, así como la reestructura orgánica integral y una modernización de sistemas.

    2. Reingeniería de Procesos

    Se desarrolló una nueva estructura orgánica caracterizada por ser plana y flexible, la cual pasó de 22 a 7 niveles jerárquicos, soportada en un contrato colectivo de trabajo con puestos multifuncionales de habilidades múltiples. Dichos cambios se han realizado con la instrumentación en paralelo de programas de capacitación y con estímulos a la productividad del personal.

    Con base en los logros apuntados, el FONACOT obtuvo la certificación de la norma ISO-9001:2000 en el proceso sustantivo de crédito, convirtiéndose en la primera institución de esas características en América Latina y la segunda en América, en obtener ese certificado.

    Para el año 2005, se tiene planteado reforzar la estructura de la institución, así como su presencia a nivel estatal y regional, en razón de que se incrementó el número de oficinas a 4 direcciones regionales, 40 direcciones estatales y 100 oficinas de en el territorio nacional, todo ello sin ampliar el número de plazas.

    3. Modernización Tecnológica

    La modernización de equipos informáticos y de comunicación de datos, así como el rediseño de los procesos de información, han permitido una mayor eficiencia en la autorización de créditos a los trabajadores. De esta forma, se ha disminuido el tiempo para la obtención de un crédito, ya que, pasó de ser de 40 días a tan sólo 15 minutos. De igual manera se han hecho reducciones considerables al plazo de pago a los distribuidores, ya que anteriormente se requerían 90 días para realizarlo, y en la actualidad se efectúa en tan sólo 48 horas.

    Asimismo, se llevó a cabo la licitación de un sistema de crédito que se caracteriza por ser uno de los más avanzados en el mundo, que cuenta con una plataforma tecnológica que permitirá mayor agilidad en los trámites y la operación en gran escala de la tarjeta FONACOT.

    4. Principales resultados operativos

    En la presente administración, el FONACOT ha otorgado 1.7 millones de créditos a trabajadores, por un monto aproximado de 11 mil millones de pesos, en beneficio de alrededor de 7.7 millones de personas, con más de 31,600 centros de trabajo afiliados.

    Al mismo tiempo, se ha logrado mantener un nivel de recuperación de cartera superior al 95%, por lo que del año 2000 a la fecha, se redujo la cartera vencida de 39% al 6.7%.

    Se cuenta con una red de aproximadamente 11,525 distribuidores de bienes y servicios dentro de los programas del FONACOT, que incluyen bienes duraderos y servicios de salud, educativos, para personas con capacidades diferentes, turísticos, notariales y funerarios, entre otros.

    En apoyo de la economía interna y de las pequeñas y medianas empresas para enfrentar la competencia de las importaciones, el Fondo ha celebrado convenios con las principales cámaras empresariales, como la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos; la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación; la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo, y la Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda.

    5. Programa de Fortalecimiento Financiero

    En la presente administración FONACOT se ha convertido en una institución viable financiera y operativamente. Cuenta con un remanente de operación positivo (utilidad de operación) desde el año 2001; renegoció y acordó el pago del pasivo que el Fondo tenía con el Banco de México, ya que de no haberlo hecho se habría generado una contingencia jurídica importante para el FONACOT. Lo anterior, aunado a los buenos resultados obtenidos en los últimos cuatro años, le permitieron al FONACOT incrementar en 4.2 veces su patrimonio, con respecto al que contaba en el año 2000.

    La institución está acreditada en el sistema financiero mexicano, financiándose con recursos de la banca comercial, la banca de desarrollo y, principalmente en el mercado de valores, a través de certificados bursátiles, a los cuales ha tenido acceso en virtud de haber obtenido la calificación AAA para la enajenación de su cartera y la calificación de A1+ y F1+ para la administración, por parte de Standard & Poor´s y Fitch Ratings, sin el aval del Gobierno Federal. Debe señalarse que estas son las calificaciones más altas que existen.

    6. Debilidad

    Es preciso comentar, que en toda su historia el FONACOT ha tenido cambios sustanciales en la orientación de sus actividades y servicios que ofrece en el mercado, en gran medida generados por la constante rotación en la alta dirección. Hasta el año 2000 se registraron 11 relevos a nivel de Dirección General, lo que ha propiciado que no se cuente con una visión permanente del Fondo como una entidad eminentemente al servicio de los trabajadores de México.

    El origen de esta problemática, desde el punto de vista jurídico, es que tan sólo cuenta con un decreto constitutivo, por lo que es de interés del Ejecutivo Federal buscar la permanencia en los cambios obtenidos, para que los diferentes inversionistas del mercado de valores, la banca comercial, red de distribuidores, centros de trabajo y de manera fundamental los trabajadores, tengan la seguridad de que el FONACOT será una institución que cada día les ofrezca un mejor servicio, como una acción del Gobierno Federal de carácter subsidiaria, solidaria, de justicia social y autónoma, que busque el mejor aprovechamiento del salario. En suma, un instrumento que apoye la política laboral, para lo cual requiere contar con certeza jurídica que es la base de la institucionalidad.

    7. Prospectiva de FONACOT

    El sector social del Estado mexicano está conformado en buena medida por trabajadores, personas que constituyen un pilar esencial para el desarrollo del país y de la economía nacional. Los trabajadores en el entorno económico nacional actual demandan del Gobierno Federal el apoyo, promoción y realización de actos que permitan una más justa distribución de la riqueza y el acceso a un mejor nivel de vida para ellos y sus familias.

    Para el desarrollo de todo el potencial de la planta productiva nacional, los trabajadores requieren del apoyo de instrumentos e instituciones que fortalezcan el poder adquisitivo del salario y les permitan acceder a los bienes y servicios que procuren el bienestar de su núcleo familiar.

    Es por lo anterior, que el Ejecutivo Federal ha adoptado como prioridades impulsar el mercado interno y el empleo, la ocupación productiva y la protección y mejoramiento del ingreso de los trabajadores.

    Las políticas del Gobierno Federal conciben actualmente el trabajo no como una actividad aislada e independiente, sino como un círculo virtuoso que vincula a diversos sujetos que intervienen en el proceso productivo, tales como las entidades gubernamentales, los empleadores, comerciantes e industriales y a los propios trabajadores.

    Asimismo, dichas políticas señalan la necesidad de crear vías institucionales para propiciar la interacción de las cadenas de producción y la mejor obtención de resultados.

    Como fue señalado anteriormente, en el año de 1974 el Ejecutivo Federal emitió el Decreto que ordena la constitución de un fideicomiso para la operación del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, previsto por el artículo 103 bis de la Ley Federal del Trabajo.

    Dicho fideicomiso actualmente es una entidad integrante de la Administración Pública Paraestatal, regido por las relaciones contractuales que le dan vida, en adición a la normativa del derecho público.

    Se debe hacer énfasis en que la decisión del Ejecutivo Federal para la constitución del Fondo como fideicomiso público, fue idónea en ese momento para las relaciones prevalecientes entre los distintos integrantes de los procesos productivos nacionales; pero también es cierto, que 30 años después resulta evidente la necesidad de contar con mecanismos que atiendan la vigente necesidad de brindar a los trabajadores nuevos medios o instrumentos para que el salario sea su fuente de crecimiento y mejora continua.

    Es premisa de la política económica del Estado alcanzar un crecimiento con baja inflación, que contribuya a la recuperación de los salarios reales, la reducción en la tasa de interés y la expansión del crédito, así como la promoción de reformas estructurales necesarias para lograr una nueva cultura laboral y una reforma en este ámbito, con la consecuente implantación de programas de promoción, financiamiento y capacitación.

    El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, identifica como uno de los objetivos rectores propiciar una cultura laboral básica que permita a los futuros trabajadores ver al trabajo como una actividad de realización humana, convivencia solidaria y servicio a la comunidad, transformando a los empleos en oportunidades de crecimiento personal.

    Precisamente, una de las estrategias para mejorar los niveles de educación y bienestar de los mexicanos, plasmada en el Plan Nacional de Desarrollo, se refiere a establecer una cultura que promueva el trabajo como medio para la plena realización de las personas y para elevar su nivel de vida y el de sus familias. Esto último incluye promover una nueva cultura laboral, siendo compromiso del Gobierno Federal impulsar las acciones que permitan que el desarrollo de los individuos se dé en condiciones equitativas, facilitando la posibilidad de todos los mexicanos de mejorar su calidad de vida.

    Esta iniciativa tiene congruencia con el Programa Nacional de Política Laboral 2001-2006, toda vez que se contempla en la política 3.4., la modernización orgánica y funcional de las instituciones laborales. De esta suerte, corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ser la institución líder del cambio del Gobierno Federal, en cuanto a la modernización en estructura y operación de dichas instituciones.

    Ante tal perspectiva, la línea de acción 3.4.4., del Programa Nacional de Política Laboral, que se refiere a garantizar los beneficios del crédito FONACOT de calidad para un mayor número de trabajadores de bajos ingresos, prevé la necesidad de coadyuvar a disminuir las graves desigualdades sociales y elevar el nivel de vida de los trabajadores y de sus familias, satisfaciendo sus necesidades de consumo.

    Así pues, el Ejecutivo a mi cargo ha concluido que a través de un organismo público descentralizado, cuya creación en la presente iniciativa se somete a la mejor consideración de esa H. Soberanía, se garantiza la permanencia de los logros obtenidos en la presente administración en beneficio del desarrollo integral de los trabajadores y de sus familias; se da una visión de la nueva entidad como la institución financiera al servicio de los trabajadores de México y se permite el acceso a otros sectores de trabajadores al financiamiento en condiciones de mercado preferenciales.

    Asimismo, se tendrán las condiciones necesarias para crear esquemas novedosos, dinámicos y modernos, sin que impliquen subsidios o el aval del Gobierno Federal y, que a su vez, propicien la corresponsabilidad que tienen los sectores público, social y privado en el desarrollo económico nacional, conforme a lo dispuesto por el artículo 25 de nuestra Carta Magna.

    El organismo público descentralizado que se propone crear, en caso de aprobarse la presente iniciativa, será quien lleve a cabo las funciones que le encomienda el artículo 103 bis de la Ley Federal del Trabajo al Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, atendiendo el mandato constitucional, pero con un enfoque que fortalezca la corresponsabilidad de los sectores que concurren a la economía nacional.

    8. Estructura de la Iniciativa

    La presente iniciativa de Ley consta de 33 artículos permanentes y 9 transitorios, divididos en cinco Capítulos.

    En el Capítulo Primero se abordan los aspectos relativos a la creación del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, como un organismo público descentralizado de interés social con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como con autosuficiencia presupuestal, sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Se señala que el nuevo Instituto tendrá como objeto promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos para la adquisición de bienes y pago de servicios. Se prevé que el Instituto tenga su domicilio en el Distrito Federal, con la posibilidad de establecer delegaciones, sucursales, agencias, u otro tipo de oficinas en los lugares de la República Mexicana que resulten convenientes.

    Se definen los conceptos que se utilizan en el contexto de la ley y se señalan expresamente los diferentes ordenamientos jurídicos que regirán las operaciones y servicios del Instituto.

    También se contempla la obligación de que el Instituto formule su propio programa operativo y financiero, el presupuesto general de gastos e inversiones, así como las estimaciones de ingresos. Asimismo, se prevé que el Instituto someta a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los límites de financiamiento neto que podrá destinarse a los sectores social y privado.

    Se prevé que las relaciones de trabajo entre el Instituto y su personal se regirán por la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del Apartado ``A'' del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo que respecta al Capítulo Segundo, se indican las atribuciones del Instituto. Como novedad se prevé la posibilidad de celebrar convenios con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de que el Instituto pueda otorgar créditos a los trabajadores respectivos de aquéllos.

    Dentro de este mismo Capítulo, se señalan también las operaciones que podrá realizar el Instituto para cumplir con su objeto, entre las cuales se encuentran, principalmente, la de otorgar financiamiento a los trabajadores para la adquisición de bienes y pago de servicios, así como promover entre los trabajadores el mejor aprovechamiento del salario y contribuir a la orientación del gasto familiar.

    En el Capítulo Tercero, se prevé la forma en que se integrará el patrimonio del Instituto. Se establece la limitante relativa a que los recursos del organismo descentralizado sólo podrán destinarse al cumplimiento de su objeto y a cubrir sus gastos de operación y administración.

    En el Capítulo Cuarto se abordan las cuestiones relacionadas con la estructura y administración del Instituto. Se prevé la existencia de un Consejo Directivo integrado en forma tripartita por consejeros que serán los Secretarios del Trabajo y Previsión Social, de Hacienda y Crédito Público, y de Economía, contando además con representantes de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo; Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Confederación Patronal de la República Mexicana, y un representante de cada una de las tres confederaciones de organizaciones de trabajadores más representativas del país, debidamente registradas ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Asimismo, se indican los requisitos que deben satisfacer los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para formar parte de este Consejo Directivo, el cual será presidido por el Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Se prevén los tipos y periodicidad de las sesiones que podrá llevar a cabo el Consejo Directivo del Instituto. Se identifican las atribuciones indelegables específicas con que contará dicho órgano, además de las señaladas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

    Por otra parte, se contempla la existencia de comités por materia dentro del Instituto, indicando sus facultades y en el caso particular del de Recursos Humanos, su integración.

    También se señala la forma de designación, facultades y obligaciones del Director General del Instituto. Se prevé que para el cumplimiento de sus facultades, podrá ser auxiliado por los servidores públicos de base y de confianza que establezca el correspondiente Estatuto Orgánico, refiriendo que en dicho Estatuto se indicará el régimen de suplencias del Director General.

    En el Capítulo Quinto se establecen los órganos para el control, vigilancia y evaluación del Instituto. Se indica que el Instituto contará con un órgano interno de control que estará integrado por un titular y por los titulares de las áreas de auditoría interna, auditoría de control y evaluación, y de quejas y responsabilidades, que serán designados por la Secretaría de la Función Pública, con las respectivas facultades que se les otorgan en el Reglamento Interior de dicha dependencia.

    Se contempla la existencia de un Comisario Público (con voz pero sin voto en el órgano de gobierno) y de su suplente, quienes serán designados por la Secretaría de la Función Pública, los cuales se encargarán de vigilar y evaluar la operación del Instituto y tendrán las atribuciones contenidas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y demás disposiciones legales aplicables.

    Además, se señalan las facultades que en materia de supervisión y vigilancia tendrá la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para verificar que las operaciones del Instituto se ajusten a lo previsto en la presente ley. Para estos efectos, se establece la obligación a cargo del Instituto de proporcionar los datos, informes, registros, libros de actas, auxiliares, documentos, correspondencia y, en general, la información que se estime necesaria para el ejercicio de las facultades de inspección y vigilancia de la referida Comisión Nacional.

    Destaca la facultad que se otorga a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para establecer programas preventivos o correctivos de cumplimiento forzoso, tendientes a eliminar irregularidades o desequilibrios financieros que pudieran afectar la liquidez, solvencia o estabilidad del Instituto. En esta tesitura, se concede a dicha Comisión la atribución de emitir la regulación prudencial que deberá observar el Instituto, así como las disposiciones a que deberá sujetarse en materia de registro de operaciones, información financiera, estimación de activos y, en su caso, las relativas a sus responsabilidades y obligaciones.

    Este Capítulo también establece que el incumplimiento o violación a las disposiciones de la ley, se sancionará con multa de cien a cincuenta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, indicando que para la imposición de las multas la referida Comisión seguirá el procedimiento establecido en la Ley de Instituciones de Crédito.

    En cuanto al régimen transitorio cabría resaltar que pasarán a formar parte del patrimonio del nuevo organismo descentralizado, los recursos que a la entrada en vigor de la ley, integren el patrimonio del fideicomiso público denominado ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''. Los activos, muebles e inmuebles, derechos y obligaciones del fideicomiso cuya extinción se ordena, se transferirán de manera formal en un plazo no mayor a doce meses.

    Para lograr una armónica transición, se prevé que el fideicomiso público denominado ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'' continuará con las funciones que actualmente lleva a cabo, hasta que el nuevo organismo descentralizado esté en posibilidad de hacerse cargo de dichas funciones, para lo cual se prevé un plazo máximo de 90 días hábiles.

    La primera sesión ordinaria del Consejo Directivo del Instituto deberá llevarse a cabo dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor de la ley. Para estos efectos, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá adoptar las medidas pertinentes para que en dicho plazo se realicen las acciones correspondientes para la instalación del mismo. Por otra parte, el Estatuto Orgánico del nuevo organismo deberá ser aprobado y expedido por el Consejo Directivo a más tardar en la segunda sesión ordinaria.

    Por lo que respecta a las personas que prestan un servicio personal subordinado a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario en el Fideicomiso Público Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, se tiene previsto que pasen a formar parte del personal al servicio del nuevo organismo descentralizado y que conserven las remuneraciones y prestaciones de las cuales gocen al entrar en vigor la ley.

    Por lo anteriormente expuesto, a usted C. Presidente de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, atentamente pido que den cuenta con la siguiente Iniciativa de:

    LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES

    CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales

    Artículo 1. Se crea el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores como un organismo público descentralizado de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como con autosuficiencia presupuestal y sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Artículo 2.- El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores tendrá como objeto promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos, para la adquisición de bienes y pago de servicios.

    Asimismo, el Instituto deberá actuar bajo criterios que favorezcan el desarrollo social y las condiciones de vida de los trabajadores y de sus familias. Además, deberá ajustar su operación a las mejores prácticas de gobierno corporativo y mejora continua, quedando sujeto, entre otras, a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

    Artículo 3.- El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores tendrá su domicilio en el Distrito Federal. Para el cumplimiento de su objeto, podrá establecer delegaciones, sucursales, agencias o cualquier otro tipo de oficinas en los lugares de la República Mexicana que resulten convenientes.

    Artículo 4.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

    I. Comisión, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

    II. Consejo, el Consejo Directivo del Instituto;

    III. Distribuidores, las empresas y establecimientos afiliados al Instituto que presten servicios o comercialicen bienes para ser adquiridos por los trabajadores;

    IV. Fondo, el fondo de fomento y garantía para el consumo de los trabajadores a que se refiere la Ley Federal del Trabajo;

    V. Instituto, el organismo descentralizado denominado Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores;

    VI. Ley, la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores;

    VII. Recursos del Fondo, la totalidad de los activos que integren el patrimonio del Instituto en términos de la presente Ley, excepto los inmuebles, mobiliario y equipo necesarios para su funcionamiento;

    VIII. Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

    IX. Secretaría del Trabajo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Artículo 5.- La organización, el funcionamiento y la operación administrativos del Instituto como organismo descentralizado, integrante del sistema financiero mexicano, se sujetará a la presente Ley y, en lo que no se opongan a ésta, le serán aplicables, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    Las operaciones y servicios del Instituto se regirán por lo dispuesto en la presente Ley y, en lo no previsto en ésta y en el orden siguiente, por la Ley Federal del Trabajo, la legislación mercantil, los usos y prácticas mercantiles y el Código Civil Federal.

    El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría del Trabajo y de la Secretaría de Hacienda, en el ámbito de sus respectivas competencias, estará facultado para interpretar esta Ley para efectos administrativos.

    Artículo 6.- El Instituto formulará anualmente su programa operativo y financiero, su presupuesto general de gastos e inversiones, así como las estimaciones de ingresos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. El Instituto deberá someter a la autorización de la Secretaría de Hacienda, de acuerdo con los lineamientos, medidas y mecanismos que al efecto establezca, los límites de financiamiento neto que podrá destinar al sector privado y social.

    El presupuesto del Instituto se ejercerá en términos de las disposiciones aplicables de la materia.

    Artículo 7.- Las relaciones de trabajo entre el Instituto y su personal se regirán por la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del Apartado ``A'' del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    CAPÍTULO SEGUNDO De las Atribuciones del InstitutoArtículo 8.- Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto contará con las siguientes atribuciones:

    I. Administrar el Fondo;

    II. Participar en programas y proyectos en términos de la presente Ley que tengan como finalidad el fomento al ahorro de los trabajadores;

    III. Coadyuvar en el desarrollo económico integral de los trabajadores y de sus familias;

    IV. Instrumentar acciones que permitan obtener a los trabajadores financiamiento para la adquisición de bienes y servicios, en las mejores condiciones de precio, calidad y crédito;

    V. Participar en términos de la presente Ley en los programas que establezcan las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto limitado, dirigidos a fomentar el crédito para los trabajadores, así como para los almacenes y tiendas a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    VI. Brindar apoyo y asesoría en el funcionamiento de las tiendas y almacenes a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    VII. Celebrar los actos o contratos relacionados directa o indirectamente con su objeto;

    VIII. Celebrar convenios con las entidades federativas y gobiernos de los municipios, así como con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de que el Instituto otorgue a los trabajadores respectivos los créditos a que se refiere la fracción II del artículo 9 de esta Ley;

    IX. Constituir fideicomisos y otorgar mandatos, directamente relacionados con su objeto, y

    X. Adquirir los bienes muebles e inmuebles necesarios para el cumplimiento de su objeto, así como proceder a su enajenación, en su caso, con apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

    Artículo 9.- Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto sólo podrá realizar las siguientes operaciones:

    I. Garantizar los créditos y, en su caso, otorgar financiamiento para la operación de los almacenes y tiendas a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    II. Otorgar financiamiento a los trabajadores para la adquisición de bienes y pago de servicios y garantizar dichas adquisiciones y pagos;

    III. Contratar financiamientos conforme a lo previsto en esta Ley y en las disposiciones aplicables en la materia;

    IV. Gestionar ante otras instituciones la obtención de condiciones adecuadas de crédito, garantías y precios que les procuren un mayor poder adquisitivo a los trabajadores;

    V. Realizar operaciones de descuento, ceder, negociar y afectar los derechos de crédito a su favor y, en su caso, los títulos de crédito y documentos, respecto de financiamientos otorgados a que se refieren las fracciones I y II anteriores;

    VI. Participar y coadyuvar en esquemas o programas a efecto de facilitar el acceso al financiamiento a los Distribuidores, que tiendan a disminuir el precio y facilitar la adquisición de dichos bienes y pago de servicios;

    VII. Promover entre los trabajadores, el mejor aprovechamiento del salario y contribuir a la orientación de su gasto familiar, y

    VIII. Realizar las operaciones y servicios análogos o conexos necesarios para la consecución de las operaciones previstas en este artículo, previa autorización de la Secretaría de Hacienda.

    Las garantías que otorgue el Instituto conforme a las fracciones I y II y los financiamientos que contrate en términos de la fracción III de este artículo, deberán hacerse con cargo a los Recursos del Fondo y, en ningún caso, los montos de dichas operaciones en su conjunto podrán ser superiores al importe de los Recursos del Fondo. Asimismo, las operaciones a que se refiere este párrafo no podrán generar endeudamiento neto alguno al cierre de cada ejercicio fiscal del Instituto, y quedarán sujetas a la consideración y, en su caso, autorización previa por parte de la Secretaría de Hacienda.

    CAPÍTULO TERCERO Del Patrimonio del InstitutoArtículo 10.- El patrimonio del Instituto se integra por:

    I. Los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio;

    II. El efectivo y todos los derechos del Fondo susceptibles de hacerse líquidos;

    III. Las utilidades, ingresos propios, intereses, rendimientos, plusvalías y demás recursos que deriven de sus operaciones y los que resulten del aprovechamiento de sus bienes;

    IV. Las donaciones que se otorguen a su favor, y

    V. Los demás bienes, derechos y recursos que adquiera por cualquier título legal.

    Artículo 11.- Los recursos del Instituto sólo podrán destinarse al cumplimiento de su objeto y a cubrir sus gastos de operación y administración.

    Artículo 12.- El Instituto se considerará de acreditada solvencia y no estará obligado a constituir depósitos o garantías de cualquier tipo para el cumplimiento de sus obligaciones de pago.

    CAPÍTULO CUARTO De la Administración del InstitutoArtículo 13.- La administración del Instituto estará encomendada a un Consejo Directivo y a un Director General, quienes se auxiliarán para el ejercicio de sus funciones de los comités previstos en esta Ley y en los demás que constituya el propio Consejo, así como de los servidores públicos que prevea el Estatuto Orgánico.Sección I Del Consejo DirectivoArtículo 14.- El Consejo se integrará en forma tripartita por los siguientes consejeros:

    I. El Secretario del Trabajo y Previsión Social;

    II. El Secretario de Hacienda y Crédito Público;

    III. El Secretario de Economía;

    IV. Un representante de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo;

    V. Un representante de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos;

    VI. Un representante de la Confederación Patronal de la República Mexicana, y

    VII. Un representante de cada una de las tres confederaciones de organizaciones de trabajadores más representativas del país, debidamente registradas ante la Secretaría del Trabajo.

    El titular de la Secretaría del Trabajo determinará mediante acuerdo que se publique en el Diario Oficial de la Federación, las confederaciones de organizaciones de trabajadores que deban ser invitadas a participar en la integración del Consejo.

    Los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán contar con la experiencia, capacidad y prestigio profesional que les permita desempeñar su función en forma objetiva. Estos representantes percibirán por su participación las remuneraciones que determine el Consejo Directivo, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

    Artículo 15.- El Secretario del Trabajo presidirá el Consejo y, en su ausencia, lo hará su suplente, quien deberá tener el nivel jerárquico inmediato inferior al de aquél.

    Artículo 16.- Cada consejero propietario designará a su suplente. En el caso de los servidores públicos, los suplentes deberán tener, por lo menos, el nivel de director general.

    Artículo 17.- El Consejo celebrará sesiones ordinarias por lo menos cada tres meses. Cuando se estime necesario, también podrá sesionar en forma extraordinaria.

    Las sesiones serán convocadas por el Presidente o, en su defecto, por el Secretario del Consejo a petición de la mayoría de los consejeros o del Director General; serán válidas cuando asistan, por lo menos, seis de sus miembros, incluyendo dos representantes de la Administración Pública Federal, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes. El Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate.

    A las sesiones del Consejo asistirán el Director General y el Comisario del Instituto con derecho a voz, pero sin voto.

    A las sesiones del Consejo podrán asistir también los invitados que autorice el Presidente, a propuesta del Director General del Instituto, quienes participarán en las sesiones con voz pero sin voto y únicamente en los puntos de la orden del día para los cuales se les haya invitado.

    Los invitados deberán ser personas distinguidas de los sectores público, social y privado, cuya opinión específica sea de interés para el Consejo, en virtud de sus conocimientos y experiencia sobre las materias o los asuntos del Instituto.

    Artículo 18.- Además de las señaladas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Consejo tendrá las atribuciones indelegables siguientes:

    I. Aprobar anualmente el proyecto de presupuesto de gastos de administración, operación, inversión y vigilancia del Instituto, una vez autorizados sus montos globales por la Secretaría de Hacienda;

    II. Aprobar, a propuesta del Director General del Instituto, las políticas generales sobre tasas de interés, plazos, garantías y demás características de las operaciones del Instituto, orientadas a preservar y mantener los recursos de su patrimonio;

    III. Determinar los mecanismos necesarios para que el Instituto conduzca sus actividades en forma programada y con base en las políticas sectoriales, prioridades y restricciones que se deriven del sistema nacional de planeación;

    IV. Fijar, a propuesta del Director General del Instituto, la cantidad máxima para el otorgamiento de préstamos o créditos;

    V. Aprobar los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público y demás instrumentos normativos que regulen el funcionamiento del Instituto;

    VI. Aprobar los manuales de operación y funcionamiento, así como las reglas de operación de los comités de apoyo del Instituto;

    VII. Autorizar la participación de profesionistas independientes en los comités de apoyo del Instituto, en términos de lo dispuesto por el Estatuto Orgánico;

    VIII. Autorizar las políticas generales para la celebración de convenios con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de que el Instituto otorgue a los trabajadores respectivos los créditos a que se refiere la fracción II del artículo 9 de esta Ley;

    IX. Acordar los asuntos intersectoriales que se requieran en la administración integral del Instituto;

    X. Autorizar con sujeción a las disposiciones aplicables en la materia, la estructura orgánica básica; los niveles de puestos; las bases generales para la elaboración de tabuladores de sueldos; la política salarial y de incentivos que considere las compensaciones y demás prestaciones económicas en beneficio de los trabajadores del Instituto; los lineamientos en materia de selección, reclutamiento, capacitación, ascenso y promoción; los indicadores de evaluación del desempeño, y los criterios de separación. Todo esto a propuesta del Director General y oyendo la opinión del Comité de Recursos Humanos;

    XI. Fijar las remuneraciones que correspondan a los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores por su participación en las sesiones del Consejo;

    XII. Aprobar el contenido de las actas que se levanten en sus sesiones;

    XIII. Aprobar su calendario anual de sesiones, y

    XIV. Las demás previstas en la presente Ley.

    Sección II De los Comités de Apoyo del InstitutoArtículo 19.- El Instituto contará con los siguientes comités de apoyo:

    I. De Operaciones;

    II. De Crédito;

    III. De Auditoría, Control y Vigilancia;

    IV. De Administración Integral de Riesgos;

    V. Recursos Humanos, y

    VI. Los demás que constituya el Consejo.

    Artículo 20.- Los Comités a que se refiere el artículo anterior se integrarán por servidores públicos del Instituto, representantes de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y, según lo determine su Estatuto Orgánico, por profesionistas independientes en la materia propia de cada Comité.

    Los profesionistas independientes a que se refiere este artículo serán nombrados por el Consejo Directivo a propuesta del Director General del Instituto.

    Respecto de los comités de apoyo a que se contraen las fracciones I a V del artículo 19 de esta Ley, el Estatuto Orgánico establecerá lo relativo a su objeto, integración, operación, facultades y reglas básicas de operación, en términos de las disposiciones de carácter general que al efecto expidan las autoridades competentes.

    Artículo 21.- El Comité de Operaciones tendrá entre sus facultades la de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales o lineamientos sobre tasas de interés, plazos, garantías, otorgamiento de los préstamos o créditos y demás características de las operaciones del Instituto.

    Artículo 22.- El Comité de Crédito tendrá especialmente la facultad de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales con base en las cuales se autorizarán los créditos y los aspectos inherentes a su otorgamiento.

    Artículo 23.- El Comité de Auditoría, Control y Vigilancia tendrá entre sus facultades la de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales sobre control y auditoría, evaluación y desarrollo administrativo.

    Artículo 24.- El Comité de Administración Integral de Riesgos tendrá la atribución de fijar la metodología para la estimación de pérdidas por riesgos de crédito, de mercado, de liquidez y de operación, así como por los de carácter legal. Dicho Comité someterá a la consideración y aprobación del Consejo los términos para la aplicación de las reservas al efecto constituidas.

    Artículo 25.- El Comité de Recursos Humanos tendrá entre otras atribuciones, la de opinar sobre la estructura orgánica básica; los niveles de puestos; las bases generales para la elaboración de tabuladores de sueldos; la política salarial y de incentivos que considere las compensaciones y demás prestaciones económicas en beneficio de los trabajadores del Instituto; los lineamientos en materia de selección, reclutamiento, capacitación, ascenso y promoción; los indicadores de evaluación del desempeño, y los criterios de separación de trabajadores.

    Artículo 26.- El Comité de Recursos Humanos, estará integrado de la siguiente forma:

    I. Un representante de la Secretaría del Trabajo;

    II. Un representante de la Secretaría de Hacienda;

    III. Un representante de la Secretaría de la Función Pública;

    IV. El responsable del área de administración del Instituto;

    V. Un profesionista independiente con amplia experiencia en el área de recursos humanos;

    Salvo el caso del profesional independiente, los demás miembros del Comité contarán con sus respectivos suplentes, quienes serán preferentemente servidores públicos del nivel inmediato inferior.

    Sección III Del Director GeneralArtículo 27.- El Director General del Instituto será designado por el titular del Ejecutivo Federal, a propuesta del Secretario del Trabajo y Previsión Social. El nombramiento deberá recaer en persona que reúna los requisitos que establece la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y quien, además, deberá contar con una experiencia mínima de cinco años en puestos de alto nivel decisorio en materia financiera dentro del sistema financiero mexicano.

    Artículo 28.- El Director General tendrá a su cargo las facultades y obligaciones siguientes:

    I. Administrar y representar legalmente al Instituto. En el ejercicio de su representación legal estará facultado para:

    a) Celebrar y otorgar toda clase de actos jurídicos y documentos inherentes al objeto del Instituto;

    b) Ejercer las más amplias facultades para realizar actos de dominio, administración, pleitos y cobranzas, aun aquéllas que requieran de autorización especial, según esta Ley u otras disposiciones legales, reglamentarias o estatutarias;

    c) Emitir, avalar y negociar títulos de crédito;

    d) Querellarse y otorgar perdón, ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive en el juicio de amparo;

    e) Comprometer en árbitros y transigir, y

    f) Otorgar poderes generales y especiales con todas las facultades que le competan, aun las que requieran cláusula especial, sustituirlos y revocarlos, y otorgar facultades de sustitución a los apoderados, previa autorización expresa del Consejo cuando se trate de otorgar poderes generales para actos de dominio.

    II. Dirigir técnica y administrativamente las actividades y programas del Instituto;

    III. Presentar a la aprobación del Consejo los proyectos de Estatuto Orgánico, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, y demás instrumentos normativos que regulen el funcionamiento del Instituto;

    IV. Someter a la autorización del Consejo el establecimiento, reubicación y cierre de oficinas en el territorio nacional;

    V. Presentar anualmente al Consejo los proyectos de los programas operativo y financiero, de las estimaciones de ingresos anuales y del presupuesto de gastos e inversión para el ejercicio siguiente;

    VI. Ejercer el presupuesto del organismo con sujeción a las disposiciones jurídicas aplicables;

    VII. Nombrar y remover a los servidores públicos del Instituto, distintos de los dos primeros niveles;

    VIII. Rendir al Consejo informes periódicos, con la intervención que corresponda al comisario;

    IX. Vigilar la existencia y mantenimiento de los sistemas de contabilidad, control y registro;

    X. Presentar a la Secretaría de Hacienda los informes que se requieran en términos de las disposiciones aplicables;

    XI. Realizar toda clase de actos jurídicos necesarios para cumplir con los fines del Instituto, y

    XII. Las demás que le atribuyan la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, esta Ley o cualquier otra disposición y el Consejo.

    Las facultades del Director General del Instituto previstas en las fracciones III y VI de este artículo serán indelegables.

    Artículo 29.- El Director General del Instituto será auxiliado en el cumplimiento de sus facultades por los servidores públicos de base y de confianza que establezca el Estatuto Orgánico,

    Asimismo, dicho Estatuto determinará al servidor público que suplirá al Director General en sus ausencias. El suplente deberá tener el nivel inmediato inferior al del Director General.

    CAPÍTULO QUINTO Del Control, Vigilancia y Evaluación del InstitutoArtículo 30.- El Instituto contará con un órgano interno de control, en los términos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Al frente de dicho órgano de control y de las áreas de Auditoría Interna, Auditoría de Control y Evaluación, de Quejas y Responsabilidades, estarán los servidores públicos que sean designados por la Secretaría de la Función Pública, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y quienes contarán con las facultades que respectivamente les otorga el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.

    Artículo 31.- El Instituto contará con un comisario público propietario y uno suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública. El comisario vigilará y evaluará la operación del Instituto y tendrá las atribuciones contenidas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en las demás disposiciones legales aplicables.

    Artículo 32.- La Comisión ejercerá la supervisión del Instituto, en términos de esta Ley y en los de aquélla que rige a la propia Comisión.

    La supervisión que ejerza la Comisión tendrá por objeto verificar que las operaciones del Instituto se ajusten a lo previsto en la presente Ley y a las disposiciones que con base en ella se expidan.

    Sin perjuicio de las facultades de otras instancias fiscalizadoras, la supervisión de la Comisión comprenderá el ejercicio de las de inspección, vigilancia, prevención y corrección que le confiere su propia ley.

    El Instituto estará obligado a proporcionar a la Comisión los datos, informes, registros, libros de actas, auxiliares, documentos, correspondencia y, en general, toda la información que ésta estime necesaria para el ejercicio de sus facultades de inspección y vigilancia.

    Esta obligación comprende la información y documentación relativa al titular o beneficiario de las operaciones y servicios que realice el Instituto y que se encuentren protegidas por algún tipo de secreto.

    La Comisión podrá establecer programas preventivos o correctivos de cumplimiento forzoso, tendientes a eliminar irregularidades o desequilibrios financieros que puedan afectar la liquidez, solvencia o estabilidad del Instituto. Los términos y condiciones para la ejecución de dichos programas podrán ser convenidos por la Comisión y el Instituto.

    El incumplimiento de los programas o convenios a que se refiere el párrafo anterior, dará lugar a la imposición de las sanciones que correspondan.

    Artículo 33.- La Comisión emitirá la regulación prudencial que deberá observar el Instituto y las disposiciones a las que se sujetará en materia de registro de operaciones, información financiera, estimación de activos y, en su caso, las relativas a sus responsabilidades y obligaciones.

    El incumplimiento o violación a la presente Ley se sancionará con multa de cien a cincuenta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Para la imposición de las multas, la Comisión seguirá el procedimiento establecido en la Ley de Instituciones de Crédito y su importe se cargará al patrimonio líquido del Instituto.

    TRANSITORIOSPRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Se decreta la desincorporación mediante extinción del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''.

    TERCERO.- A la entrada en vigor de la presente Ley, pasarán a formar parte del patrimonio del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores los recursos, los activos, los bienes muebles e inmuebles, los derechos y las obligaciones que integren el patrimonio del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''.

    La transferencia formal de los bienes, derechos y obligaciones a que se contrae el párrafo que antecede, así como los actos necesarios para llevar a cabo la extinción del fideicomiso público a que dicho párrafo se refiere, deberán efectuarse en un plazo no mayor a doce meses, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

    Las transferencias de bienes y derechos previstas en el presente artículo, no quedarán gravadas por contribución federal alguna.

    Las inscripciones y anotaciones marginales efectuadas en los registros públicos de la propiedad y de comercio, así como en cualquier otro registro del país, relativas a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', respecto de inmuebles, contratos, convenios, títulos de crédito, comisiones de carácter mercantil y cualquier otra, se entenderán referidas al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    Como causahabiente, del fideicomiso público cuya extinción se ordena en la presente Ley, el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores se subrogará en todos los derechos y obligaciones de aquél, y ejercerá las acciones, opondrá las excepciones y defensas e interpondrá los recursos de cualquier naturaleza deducidos en los procedimientos judiciales y administrativos en los que haya sido parte Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario del mencionado fideicomiso.

    Con objeto de que no se interrumpan las operaciones y funciones que a la fecha realiza el Fideicomiso denominado ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', éste continuará desarrollándolas, hasta en tanto el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores esté en posibilidad de hacerse cargo de las mismas, para lo cual tendrá un plazo máximo de 90 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

    En tanto se expide la normatividad interna del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, continuará aplicándose la que rige la operación y funcionamiento del Fideicomiso cuya extinción se ordena, en lo que no se oponga a esta Ley y, en lo no previsto, se estará a lo que resuelva el Consejo Directivo.

    CUARTO.- Sin perjuicio de lo señalado en el último párrafo del artículo 9 de esta Ley con respecto a las nuevas obligaciones de pasivo derivadas de financiamientos, las mencionadas obligaciones de pasivo contraídas por el fideicomiso público denominado Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores antes de la entrada en vigor de esta Ley, podrán ser canjeadas, modificadas, novadas y, en general, refinanciadas por el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores a partir de la entrada en vigor de esta Ley, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que dichas obligaciones sean disminuidas gradualmente hasta su liquidación, conforme a los términos y condiciones autorizados por la mencionada Dependencia.

    QUINTO.- El Estatuto Orgánico del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores deberá ser aprobado y expedido por el Consejo Directivo a más tardar en la segunda sesión ordinaria que celebre.

    SEXTO.- Las personas que presten servicios personales subordinados a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario en el fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', formarán parte del personal al servicio del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores y conservarán las remuneraciones y prestaciones de las cuales gozan al entrar en vigor la presente Ley.

    El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores constituirá y mantendrá las reservas necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la relación laboral con sus trabajadores, en función del estudio actuarial que se realice para tal efecto.

    SÉPTIMO.- La primera sesión ordinaria del Consejo Directivo deberá llevarse a cabo dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social adoptará las medidas pertinentes para la instalación del Consejo Directivo.

    OCTAVO.- Previo al inicio de operaciones que sean distintas a las que actualmente realiza el fideicomiso Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores someterá a la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sus sistemas operativos, de procesamiento de información y de control interno, así como sus manuales de organización y operación.

    NOVENO.- El Instituto Nacional para el Consumo de los Trabajadores se circunscribirá en el presente ejercicio fiscal al presupuesto autorizado al Fideicomiso denominado Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''

    CONSIDERACIONES DE LAS COMISIONES

    PRIMERA.- Estas Comisiones Unidas resultan competentes para dictaminar la Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal de conformidad con lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 56, 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    SEGUNDO.- Las Comisiones Unidas consideran que es de aprobarse la Ley que crea el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    En efecto, se coincide con transformar al Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, en un organismo público descentralizado de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con una autosuficiencia presupuestal y sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que tendrá como objeto promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos, para la adquisición de bienes y pago de servicios en los términos a que se refiere la iniciativa que se dictamina, con lo que se pretende que dicho Instituto sea una Institución Financiera para el apoyo a los trabajadores de más bajos ingresos del País.

    Además, se establece en la Iniciativa que el Instituto deberá actuar bajo criterios que favorezcan el desarrollo social y las condiciones de vida de los trabajadores y de sus familias ajustando su operación a las mejores prácticas de gobierno corporativo y mejora continua, quedando sujeto, entre otras, a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

    Las que dictaminan consideran adecuado que el Instituto se someta a la autorización de la Secretaría de Hacienda, de acuerdo con los lineamientos, medidas y mecanismos que al efecto establezca, los límites de financiamiento neto que podrá destinar al sector privado y social.

    Se establece en la Iniciativa que las atribuciones del Instituto tendrán el objeto en participar en programas y proyectos en que tengan como finalidad el fomento al ahorro de los trabajadores y coadyuven en el desarrollo económico integral de los trabajadores y de sus familias , instrumentando acciones que permitan obtener a los trabajadores financiamiento para la adquisición de bienes y servicios, en las mejores condiciones de precio, calidad y crédito, para el cumplimiento de su objeto, garantizara los créditos y, en su caso, otorgar financiamiento para la operación de los almacenes y tiendas a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    Las Comisiones Unidas consideran adecuado como se integra el Patrimonio del Instituto mediante los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio, el efectivo y todos los derechos del Fondo susceptibles de hacerse líquidos, las utilidades, ingresos propios, intereses, rendimientos, plusvalías y demás recursos que deriven de sus operaciones y los que resulten del aprovechamiento de sus bienes, las donaciones que se otorguen a su favor, y los demás bienes, derechos y recursos que adquiera por cualquier título legal.

    La administración del Instituto estará encomendada a un Consejo Directivo y a un Director General, quienes se auxiliarán para el ejercicio de sus funciones de los comités que constituya el propio Consejo y los servidores públicos que prevea el Estatuto Orgánico y el Consejo Directivo se integrará en forma tripartita por el l Secretario del Trabajo y Previsión Social; el Secretario de Hacienda y Crédito Público; el Secretario de Economía; un representante de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo; un representante de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos; un representante de la Confederación Patronal de la República Mexicana, y un representante de cada una de las tres confederaciones de organizaciones de trabajadores más representativas del país, debidamente registradas ante la Secretaría del Trabajo, en el Consejo Directivo el Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate y en las sesiones del Consejo asistirán el Director General y el Comisario con derecho a voz, pero sin voto por lo que la Comisiones Unidas consideran adecuado.

    La Ley establece que el Instituto contará con los comités de apoyo, de Operaciones, de Crédito, de Auditoria, Control y Vigilancia de Administración Integral de Riesgos, Recursos Humanos, y los demás que constituya el Consejo los cuales integrarán por servidores públicos del Instituto, representantes de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y, según lo determine su Estatuto Orgánico, por profesionistas independientes en la materia propia de cada Comité.

    La iniciativa señala que el Director General será designado por el Ejecutivo Federal, a propuesta del Secretario del Trabajo y Previsión Social y su nombramiento deberá recaer en persona que reúna los requisitos que establece la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y quien, además, deberá contar con una experiencia mínima de cinco años en puestos de alto nivel decisorio en materia financiera dentro del sistema financiero mexicano.

    El Instituto contará con un órgano interno de control, en los términos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en las áreas de Auditoría Interna, Auditoría de Control y Evaluación, de Quejas y Responsabilidades, estarán los servidores públicos que sean designados por la Secretaría de la Función Pública.

    CONSIDERACIONES A LA INICIATIVA

    Las que dictaminan consideran que sería conveniente precisar en el segundo párrafo del artículo 2°, que el objeto del FONACOT, se ajuste sus operaciones a las mejoras prácticas del buen gobierno.

    Consideran las Comisiones Unidas que el Consejo Directivo en el artículo 14, se incluya al Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, eliminando al representante de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo. Asimismo, amen de que exista uniformidad en el precepto que se analiza, se considera incrementar en la fracción V, a cuatro el número de confederaciones de organizaciones de patrones más representativas del país que integrarán el Consejo Directivo.

    Así como, el precisar que el Titular de la Secretaría del Trabajo, considerará las propuestas de las organizaciones de patrones y trabajadores fundadoras, al participar en la integración del consejo, en tal virtud se modifica el segundo párrafo del artículo 14.

    Asimismo, estas Comisiones consideran que para ser válidas las sesiones del Consejo, deben asistir por lo menos siete miembros, incluyendo tres representantes de la Administración Pública Federal, modificando el segundo párrafo del artículo 17,

    Por lo anterior las que dictaminan consideran que la creación del Instituto dará seguridad a la permanencia y logros alcanzados del FONACOT y a los beneficios que ofrece, fundamentalmente a los trabajadores, los centros de trabajo, red comercial e industrial, así como mayor certeza en el mercado financiero, principalmente en el mercado de valores y con la banca comercial.

    En el Comité de Apoyo del Instituto, se considera incluir a especialistas del sector de los trabajadores en la materia propia de cada Comité que se señalan en el artículo 19, por lo cual se modifica el primer párrafo del artículo 20.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad y de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos someten a consideración de la Asamblea el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO QUE EXPIDE LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES

    ARTICULO ÚNICO.- se expide la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES

    CAPÍTULO I Disposiciones Generales

    Artículo 1.- Se crea el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores como un organismo público descentralizado de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como con autosuficiencia presupuestal y sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Artículo 2.- El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores tendrá como objeto promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos, para la adquisición de bienes y pago de servicios.

    Asimismo, el Instituto deberá actuar bajo criterios que favorezcan el desarrollo social y las condiciones de vida de los trabajadores y de sus familias. Además, deberá ajustar su operación a las mejores prácticas de buen gobierno y mejora continua, quedando sujeto, entre otras, a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

    Artículo 3.- El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores tendrá su domicilio en el Distrito Federal. Para el cumplimiento de su objeto, podrá establecer delegaciones, sucursales, agencias o cualquier otro tipo de oficinas en los lugares de la República Mexicana que resulten convenientes.

    Artículo 4.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

    I. Comisión, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

    II. Consejo, el Consejo Directivo del Instituto;

    III. Distribuidores, las empresas y establecimientos afiliados al Instituto que presten servicios o comercialicen bienes para ser adquiridos por los trabajadores;

    IV. Fondo, el fondo de fomento y garantía para el consumo de los trabajadores a que se refiere la Ley Federal del Trabajo;

    V. Instituto, el organismo descentralizado denominado Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores;

    VI. Ley, la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores;

    VII. Recursos del Fondo, la totalidad de los activos que integren el patrimonio del Instituto en términos de la presente Ley, excepto los inmuebles, mobiliario y equipo necesarios para su funcionamiento;

    VIII. Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

    IX. Secretaría del Trabajo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Artículo 5.- La organización, el funcionamiento y la operación administrativos del Instituto como organismo descentralizado, integrante del sistema financiero mexicano, se sujetará a la presente Ley y, en lo que no se opongan a ésta, le serán aplicables, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    Las operaciones y servicios del Instituto se regirán por lo dispuesto en la presente Ley y, en lo no previsto en ésta y en el orden siguiente, por la Ley Federal del Trabajo, la legislación mercantil, los usos y prácticas mercantiles y el Código Civil Federal.

    El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría del Trabajo y de la Secretaría de Hacienda, en el ámbito de sus respectivas competencias, estará facultado para interpretar esta Ley para efectos administrativos.

    Artículo 6.- El Instituto formulará anualmente su programa operativo y financiero, su presupuesto general de gastos e inversiones, así como las estimaciones de ingresos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. El Instituto deberá someter a la autorización de la Secretaría de Hacienda, de acuerdo con los lineamientos, medidas y mecanismos que al efecto establezca, los límites de financiamiento neto que podrá destinar al sector privado y social.

    El presupuesto del Instituto se ejercerá en términos de las disposiciones aplicables de la materia.

    Artículo 7.- Las relaciones de trabajo entre el Instituto y su personal se regirán por la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del Apartado ``A'' del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    CAPÍTULO II De las Atribuciones del Instituto

    Artículo 8.- Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto contará con las siguientes atribuciones:

    I. Administrar el Fondo;

    II. Participar en programas y proyectos en términos de la presente Ley que tengan como finalidad el fomento al ahorro de los trabajadores;

    III. Coadyuvar en el desarrollo económico integral de los trabajadores y de sus familias;

    IV. Instrumentar acciones que permitan obtener a los trabajadores financiamiento para la adquisición de bienes y servicios, en las mejores condiciones de precio, calidad y crédito;

    V. Participar en términos de la presente Ley en los programas que establezcan las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto limitado, dirigidos a fomentar el crédito para los trabajadores, así como para los almacenes y tiendas a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    VI. Brindar apoyo y asesoría en el funcionamiento de las tiendas y almacenes a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    VII. Celebrar los actos o contratos relacionados directa o indirectamente con su objeto;

    VIII. Celebrar convenios con las entidades federativas y gobiernos de los municipios, así como con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de que el Instituto otorgue a los trabajadores respectivos los créditos a que se refiere la fracción II del artículo 9 de esta Ley;

    IX. Constituir fideicomisos y otorgar mandatos, directamente relacionados con su objeto, y

    X. Adquirir los bienes muebles e inmuebles necesarios para el cumplimiento de su objeto, así como proceder a su enajenación, en su caso, con apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

    Artículo 9.- Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto sólo podrá realizar las siguientes operaciones:

    I. Garantizar los créditos y, en su caso, otorgar financiamiento para la operación de los almacenes y tiendas a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    II. Otorgar financiamiento a los trabajadores para la adquisición de bienes y pago de servicios y garantizar dichas adquisiciones y pagos;

    III. Contratar financiamientos conforme a lo previsto en esta Ley y en las disposiciones aplicables en la materia;

    IV. Gestionar ante otras instituciones la obtención de condiciones adecuadas de crédito, garantías y precios que les procuren un mayor poder adquisitivo a los trabajadores;

    V. Realizar operaciones de descuento, ceder, negociar y afectar los derechos de crédito a su favor y, en su caso, los títulos de crédito y documentos, respecto de financiamientos otorgados a que se refieren las fracciones I y II anteriores;

    VI. Participar y coadyuvar en esquemas o programas a efecto de facilitar el acceso al financiamiento a los Distribuidores, que tiendan a disminuir el precio y facilitar la adquisición de dichos bienes y pago de servicios;

    VII. Promover entre los trabajadores, el mejor aprovechamiento del salario y contribuir a la orientación de su gasto familiar, y

    VIII. Realizar las operaciones y servicios análogos o conexos necesarios para la consecución de las operaciones previstas en este artículo, previa autorización de la Secretaría de Hacienda.

    Las garantías que otorgue el Instituto conforme a las fracciones I y II y los financiamientos que contrate en términos de la fracción III de este artículo, deberán hacerse con cargo a los Recursos del Fondo y, en ningún caso, los montos de dichas operaciones en su conjunto podrán ser superiores al importe de los Recursos del Fondo. Asimismo, las operaciones a que se refiere este párrafo no podrán generar endeudamiento neto alguno al cierre de cada ejercicio fiscal del Instituto, y quedarán sujetas a la consideración y, en su caso, autorización previa por parte de la Secretaría de Hacienda.

    CAPÍTULO III Del Patrimonio del Instituto

    Artículo 10.- El patrimonio del Instituto se integra por:

    I. Los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio;

    II. El efectivo y todos los derechos del Fondo susceptibles de hacerse líquidos;

    III. Las utilidades, ingresos propios, intereses, rendimientos, plusvalías y demás recursos que deriven de sus operaciones y los que resulten del aprovechamiento de sus bienes;

    IV. Las donaciones que se otorguen a su favor, y

    V. Los demás bienes, derechos y recursos que adquiera por cualquier título legal.

    Artículo 11.- Los recursos del Instituto sólo podrán destinarse al cumplimiento de su objeto y a cubrir sus gastos de operación y administración.

    Artículo 12.- El Instituto se considerará de acreditada solvencia y no estará obligado a constituir depósitos o garantías de cualquier tipo para el cumplimiento de sus obligaciones de pago.

    CAPÍTULO IV De la Administración del Instituto

    Artículo 13.- La administración del Instituto estará encomendada a un Consejo Directivo y a un Director General, quienes se auxiliarán para el ejercicio de sus funciones de los comités previstos en esta Ley y en los demás que constituya el propio Consejo, así como de los servidores públicos que prevea el Estatuto Orgánico.

    Sección I Del Consejo Directivo

    Artículo 14.- El Consejo se integrará en forma tripartita por los siguientes consejeros:

    I. El Secretario del Trabajo y Previsión Social;

    II. El Secretario de Hacienda y Crédito Público;

    III. El Secretario de Economía;

    IV. El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    V. Un representante de cada una de las cuatro confederaciones de organizaciones de patrones más representativas del país, y

    VI. Un representante de cada una de las cuatro confederaciones de organizaciones de trabajadores más representativas del país, debidamente registradas ante la Secretaría del Trabajo.

    El Titular de la Secretaría del Trabajo, considerando las propuestas de las organizaciones de patrones y de trabajadores fundadoras, determinará mediante acuerdo que se publique en el Diario Oficial de la Federación, las organizaciones de patrones y de trabajadores que, en el marco de la ley, deban ser propuestas a participar en la integración del Consejo.

    Los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán contar con la experiencia, capacidad y prestigio profesional que les permita desempeñar su función en forma objetiva. Estos representantes percibirán por su participación las remuneraciones que determine el Consejo Directivo, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

    Artículo 15.- El Secretario del Trabajo presidirá el Consejo y, en su ausencia, lo hará su suplente, quien deberá tener el nivel jerárquico inmediato inferior al de aquél.

    Artículo 16.- Cada consejero propietario designará a su suplente. En el caso de los servidores públicos, los suplentes deberán tener, por lo menos, el nivel de director general.

    Artículo 17.- El Consejo celebrará sesiones ordinarias por lo menos cada tres meses. Cuando se estime necesario, también podrá sesionar en forma extraordinaria.

    Las sesiones serán convocadas por el Presidente o, en su defecto, por el Secretario del Consejo a petición de la mayoría de los consejeros o del Director General; serán válidas cuando asistan, por lo menos, siete de sus miembros, incluyendo tres representantes de la Administración Pública Federal, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes. El Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate.

    A las sesiones del Consejo asistirán el Director General y el Comisario del Instituto con derecho a voz, pero sin voto.

    A las sesiones del Consejo podrán asistir también los invitados que autorice el Presidente, a propuesta del Director General del Instituto, quienes participarán en las sesiones con voz pero sin voto y únicamente en los puntos de la orden del día para los cuales se les haya invitado.

    Los invitados deberán ser personas distinguidas de los sectores público, social y privado, cuya opinión específica sea de interés para el Consejo, en virtud de sus conocimientos y experiencia sobre las materias o los asuntos del Instituto.

    Artículo 18.- Además de las señaladas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Consejo tendrá las atribuciones indelegables siguientes:

    I. Aprobar anualmente el proyecto de presupuesto de gastos de administración, operación, inversión y vigilancia del Instituto, una vez autorizados sus montos globales por la Secretaría de Hacienda;

    II. Aprobar, a propuesta del Director General del Instituto, las políticas generales sobre tasas de interés, plazos, garantías y demás características de las operaciones del Instituto, orientadas a preservar y mantener los recursos de su patrimonio;

    III. Determinar los mecanismos necesarios para que el Instituto conduzca sus actividades en forma programada y con base en las políticas sectoriales, prioridades y restricciones que se deriven del sistema nacional de planeación;

    IV. Fijar, a propuesta del Director General del Instituto, la cantidad máxima para el otorgamiento de préstamos o créditos;

    V. Aprobar los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público y demás instrumentos normativos que regulen el funcionamiento del Instituto;

    VI. Aprobar los manuales de operación y funcionamiento, así como las reglas de operación de los comités de apoyo del Instituto;

    VII. Autorizar la participación de profesionistas independientes en los comités de apoyo del Instituto, en términos de lo dispuesto por el Estatuto Orgánico;

    VIII. Autorizar las políticas generales para la celebración de convenios con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de que el Instituto otorgue a los trabajadores respectivos los créditos a que se refiere la fracción II del artículo 9 de esta Ley;

    IX. Acordar los asuntos intersectoriales que se requieran en la administración integral del Instituto;

    X. Autorizar con sujeción a las disposiciones aplicables en la materia, la estructura orgánica básica; los niveles de puestos; las bases generales para la elaboración de tabuladores de sueldos; la política salarial y de incentivos que considere las compensaciones y demás prestaciones económicas en beneficio de los trabajadores del Instituto; los lineamientos en materia de selección, reclutamiento, capacitación, ascenso y promoción; los indicadores de evaluación del desempeño, y los criterios de separación. Todo esto a propuesta del Director General y oyendo la opinión del Comité de Recursos Humanos;

    XI. Fijar las remuneraciones que correspondan a los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores por su participación en las sesiones del Consejo;

    XII. Aprobar el contenido de las actas que se levanten en sus sesiones;

    XIII. Aprobar su calendario anual de sesiones, y

    XIV. Las demás previstas en la presente Ley.

    Sección II De los Comités de Apoyo del Instituto

    Artículo 19.- El Instituto contará con los siguientes comités de apoyo:

    I. De Operaciones;

    II. De Crédito;

    III. De Auditoría, Control y Vigilancia;

    IV. De Administración Integral de Riesgos;

    V. Recursos Humanos, y

    VI. Los demás que constituya el Consejo.

    Artículo 20.- Los Comités a que se refiere el artículo anterior se integrarán por servidores públicos del Instituto, representantes de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y, según lo determine su Estatuto Orgánico, por profesionistas independientes y especialistas del sector de los trabajadores en la materia propia de cada Comité.

    Los profesionistas independientes a que se refiere este artículo serán nombrados por el Consejo Directivo a propuesta del Director General del Instituto.

    Respecto de los comités de apoyo a que se contraen las fracciones I a V del artículo 19 de esta Ley, el Estatuto Orgánico establecerá lo relativo a su objeto, integración, operación, facultades y reglas básicas de operación, en términos de las disposiciones de carácter general que al efecto expidan las autoridades competentes.

    Artículo 21.- El Comité de Operaciones tendrá entre sus facultades la de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales o lineamientos sobre tasas de interés, plazos, garantías, otorgamiento de los préstamos o créditos y demás características de las operaciones del Instituto.

    Artículo 22.- El Comité de Crédito tendrá especialmente la facultad de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales con base en las cuales se autorizarán los créditos y los aspectos inherentes a su otorgamiento.

    Artículo 23.- El Comité de Auditoría, Control y Vigilancia tendrá entre sus facultades la de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales sobre control y auditoría, evaluación y desarrollo administrativo.

    Artículo 24.- El Comité de Administración Integral de Riesgos tendrá la atribución de fijar la metodología para la estimación de pérdidas por riesgos de crédito, de mercado, de liquidez y de operación, así como por los de carácter legal. Dicho Comité someterá a la consideración y aprobación del Consejo los términos para la aplicación de las reservas al efecto constituidas.

    Artículo 25.- El Comité de Recursos Humanos tendrá entre otras atribuciones, la de opinar sobre la estructura orgánica básica; los niveles de puestos; las bases generales para la elaboración de tabuladores de sueldos; la política salarial y de incentivos que considere las compensaciones y demás prestaciones económicas en beneficio de los trabajadores del Instituto; los lineamientos en materia de selección, reclutamiento, capacitación, ascenso y promoción; los indicadores de evaluación del desempeño, y los criterios de separación de trabajadores.

    Artículo 26.- El Comité de Recursos Humanos, estará integrado de la siguiente forma:

    I. Un representante de la Secretaría del Trabajo;

    II. Un representante de la Secretaría de Hacienda;

    III. Un representante de la Secretaría de la Función Pública;

    IV. El responsable del área de administración del Instituto;

    V. Un profesionista independiente con amplia experiencia en el área de recursos humanos;

    Salvo el caso del profesional independiente, los demás miembros del Comité contarán con sus respectivos suplentes, quienes serán preferentemente servidores públicos del nivel inmediato inferior.

    Sección III Del Director General

    Artículo 27.- El Director General del Instituto será designado por el titular del Ejecutivo Federal, a propuesta del Secretario del Trabajo y Previsión Social. El nombramiento deberá recaer en persona que reúna los requisitos que establece la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y quien, además, deberá contar con una experiencia mínima de cinco años en puestos de alto nivel decisorio en materia financiera dentro del sistema financiero mexicano.

    Artículo 28.- El Director General tendrá a su cargo las facultades y obligaciones siguientes:

    I. Administrar y representar legalmente al Instituto. En el ejercicio de su representación legal estará facultado para:a) Celebrar y otorgar toda clase de actos jurídicos y documentos inherentes al objeto del Instituto;

    b) Ejercer las más amplias facultades para realizar actos de dominio, administración, pleitos y cobranzas, aun aquéllas que requieran de autorización especial, según esta Ley u otras disposiciones legales, reglamentarias o estatutarias;

    c) Emitir, avalar y negociar títulos de crédito;

    d) Querellarse y otorgar perdón, ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive en el juicio de amparo;

    e) Comprometer en árbitros y transigir, y

    f) Otorgar poderes generales y especiales con todas las facultades que le competan, aun las que requieran cláusula especial, sustituirlos y revocarlos, y otorgar facultades de sustitución a los apoderados, previa autorización expresa del Consejo cuando se trate de otorgar poderes generales para actos de dominio.

    II. Dirigir técnica y administrativamente las actividades y programas del Instituto;

    III. Presentar a la aprobación del Consejo los proyectos de Estatuto Orgánico, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, y demás instrumentos normativos que regulen el funcionamiento del Instituto;

    IV. Someter a la autorización del Consejo el establecimiento, reubicación y cierre de oficinas en el territorio nacional;

    V. Presentar anualmente al Consejo los proyectos de los programas operativo y financiero, de las estimaciones de ingresos anuales y del presupuesto de gastos e inversión para el ejercicio siguiente;

    VI. Ejercer el presupuesto del organismo con sujeción a las disposiciones jurídicas aplicables;

    VII. Nombrar y remover a los servidores públicos del Instituto, distintos de los dos primeros niveles;

    VIII. Rendir al Consejo informes periódicos, con la intervención que corresponda al comisario;

    IX. Vigilar la existencia y mantenimiento de los sistemas de contabilidad, control y registro;

    X. Presentar a la Secretaría de Hacienda los informes que se requieran en términos de las disposiciones aplicables;

    XI. Realizar toda clase de actos jurídicos necesarios para cumplir con los fines del Instituto, y

    XII. Las demás que le atribuyan la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, esta Ley o cualquier otra disposición y el Consejo.

    Las facultades del Director General del Instituto previstas en las fracciones III y VI de este artículo serán indelegables.

    Artículo 29.- El Director General del Instituto será auxiliado en el cumplimiento de sus facultades por los servidores públicos de base y de confianza que establezca el Estatuto Orgánico,

    Asimismo, dicho Estatuto determinará al servidor público que suplirá al Director General en sus ausencias. El suplente deberá tener el nivel inmediato inferior al del Director General.

    CAPÍTULO V Del Control, Vigilancia y Evaluación del Instituto

    Artículo 30.- El Instituto contará con un órgano interno de control, en los términos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Al frente de dicho órgano de control y de las áreas de Auditoría Interna, Auditoría de Control y Evaluación, de Quejas y Responsabilidades, estarán los servidores públicos que sean designados por la Secretaría de la Función Pública, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y quienes contarán con las facultades que respectivamente les otorga el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.

    Artículo 31.- El Instituto contará con un comisario público propietario y uno suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública. El comisario vigilará y evaluará la operación del Instituto y tendrá las atribuciones contenidas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en las demás disposiciones legales aplicables.

    Artículo 32.- La Comisión ejercerá la supervisión del Instituto, en términos de esta Ley y en los de aquélla que rige a la propia Comisión.

    La supervisión que ejerza la Comisión tendrá por objeto verificar que las operaciones del Instituto se ajusten a lo previsto en la presente Ley y a las disposiciones que con base en ella se expidan.

    Sin perjuicio de las facultades de otras instancias fiscalizadoras, la supervisión de la Comisión comprenderá el ejercicio de las de inspección, vigilancia, prevención y corrección que le confiere su propia ley.

    El Instituto estará obligado a proporcionar a la Comisión los datos, informes, registros, libros de actas, auxiliares, documentos, correspondencia y, en general, toda la información que ésta estime necesaria para el ejercicio de sus facultades de inspección y vigilancia.

    Esta obligación comprende la información y documentación relativa al titular o beneficiario de las operaciones y servicios que realice el Instituto y que se encuentren protegidas por algún tipo de secreto.

    La Comisión podrá establecer programas preventivos o correctivos de cumplimiento forzoso, tendientes a eliminar irregularidades o desequilibrios financieros que puedan afectar la liquidez, solvencia o estabilidad del Instituto. Los términos y condiciones para la ejecución de dichos programas podrán ser convenidos por la Comisión y el Instituto.

    El incumplimiento de los programas o convenios a que se refiere el párrafo anterior, dará lugar a la imposición de las sanciones que correspondan.

    Artículo 33.- La Comisión emitirá la regulación prudencial que deberá observar el Instituto y las disposiciones a las que se sujetará en materia de registro de operaciones, información financiera, estimación de activos y, en su caso, las relativas a sus responsabilidades y obligaciones.

    El incumplimiento o violación a la presente Ley se sancionará con multa de cien a cincuenta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Para la imposición de las multas, la Comisión seguirá el procedimiento establecido en la Ley de Instituciones de Crédito y su importe se cargará al patrimonio líquido del Instituto.

    TRANSITORIOS

    PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Se decreta la desincorporación mediante extinción del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''.

    TERCERO.- A la entrada en vigor de la presente Ley, pasarán a formar parte del patrimonio del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores los recursos, los activos, los bienes muebles e inmuebles, los derechos y las obligaciones que integren el patrimonio del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''.

    La transferencia formal de los bienes, derechos y obligaciones a que se contrae el párrafo que antecede, así como los actos necesarios para llevar a cabo la extinción del fideicomiso público a que dicho párrafo se refiere, deberán efectuarse en un plazo no mayor a doce meses, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

    Las transferencias de bienes y derechos previstas en el presente artículo, no quedarán gravadas por contribución federal alguna.

    Las inscripciones y anotaciones marginales efectuadas en los registros públicos de la propiedad y de comercio, así como en cualquier otro registro del país, relativas a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', respecto de inmuebles, contratos, convenios, títulos de crédito, comisiones de carácter mercantil y cualquier otra, se entenderán referidas al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    Como causahabiente, del fideicomiso público cuya extinción se ordena en la presente Ley, el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores se subrogará en todos los derechos y obligaciones de aquél, y ejercerá las acciones, opondrá las excepciones y defensas e interpondrá los recursos de cualquier naturaleza deducidos en los procedimientos judiciales y administrativos en los que haya sido parte Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario del mencionado fideicomiso.

    Con objeto de que no se interrumpan las operaciones y funciones que a la fecha realiza el Fideicomiso denominado ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', éste continuará desarrollándolas, hasta en tanto el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores esté en posibilidad de hacerse cargo de las mismas, para lo cual tendrá un plazo máximo de 90 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

    En tanto se expide la normatividad interna del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, continuará aplicándose la que rige la operación y funcionamiento del Fideicomiso cuya extinción se ordena, en lo que no se oponga a esta Ley y, en lo no previsto, se estará a lo que resuelva el Consejo Directivo.

    CUARTO.- Sin perjuicio de lo señalado en el último párrafo del artículo 9 de esta Ley con respecto a las nuevas obligaciones de pasivo derivadas de financiamientos, las mencionadas obligaciones de pasivo contraídas por el fideicomiso público denominado Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores antes de la entrada en vigor de esta Ley, podrán ser canjeadas, modificadas, novadas y, en general, refinanciadas por el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores a partir de la entrada en vigor de esta Ley, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que dichas obligaciones sean disminuidas gradualmente hasta su liquidación, conforme a los términos y condiciones autorizados por la mencionada Dependencia.

    QUINTO.- El Estatuto Orgánico del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores deberá ser aprobado y expedido por el Consejo Directivo a más tardar en la segunda sesión ordinaria que celebre.

    SEXTO.- Las personas que presten servicios personales subordinados a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario en el fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', formarán parte del personal al servicio del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores y conservarán las remuneraciones y prestaciones de las cuales gozan al entrar en vigor la presente Ley.

    El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores constituirá y mantendrá las reservas necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la relación laboral con sus trabajadores, en función del estudio actuarial que se realice para tal efecto.

    SÉPTIMO.- La primera sesión ordinaria del Consejo Directivo deberá llevarse a cabo dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social adoptará las medidas pertinentes para la instalación del Consejo Directivo.

    OCTAVO.- Previo al inicio de operaciones que sean distintas a las que actualmente realiza el fideicomiso Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores someterá a la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sus sistemas operativos, de procesamiento de información y de control interno, así como sus manuales de organización y operación.

    NOVENO.- El Instituto Nacional para el Consumo de los Trabajadores se circunscribirá en el presente ejercicio fiscal al presupuesto autorizado al Fideicomiso denominado Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores.

    Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados a 28 de septiembre de 2005.

    Por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados: Enrique Burgos García (rúbrica), Presidente; Mayela Quiroga Tamez (rúbrica), Secretaria; María del Carmen Mendoza Flores (rúbrica), Secretaria; Sergio Álvarez Mata (rúbrica), Secretario; Agustín Rodríguez Fuentes, Secretario; Miguel Alonso Raya (rúbrica en contra), José Guillermo Aréchiga Santamaría, Pedro Ávila Nevárez, Francisco Javier Carrillo Soberón (rúbrica en contra), Marko Antonio Cortés Mendoza, Tomás Cruz Martínez (rúbrica en contra), Blanca Eppen Canales (rúbrica), Fernando Espino Arévalo, Pablo Franco Hernández (rúbrica en contra), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), José García Ortiz (rúbrica), Francisco Grajales Palacios, Víctor Flores Morales (rúbrica), Salvador Márquez Lozornio (rúbrica), Carlos Mireles Morales (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica), Pablo Pavón Vinales (rúbrica), Juan Pérez Medina, Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha, Margarita Zavala Gómez del Campo (rúbrica).

    Por la Comisión de Seguridad Social, diputados: Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica en contra), Roberto Javier Vega Galina (rúbrica en contra), Concepción Olivia Castañeda Ortiz (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), José Mario Wong Pérez, María Cristina Díaz Salazar, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), David Hernández Pérez (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Óscar Martín Ramos Salinas (rúbrica), Alfonso Rodríguez Ochoa (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier, Martín Carrillo Guzmán, Roberto Colín Gamboa (rúbrica), Israel Raymundo Gallardo Sevilla (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Miguel Ángel Llera Bello, Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Carlos Tiscareño Rodríguez, Tomás Antonio Trueba Gracián (rúbrica), Agustín Rodríguez Fuentes (rúbrica en contra), Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica en contra), Francisco Javier Carrillo Soberón (rúbrica en contra), Rocío Sánchez Pérez (rúbrica en contra), Emilio Serrano Jiménez (rúbrica en contra), Francisco Amadeo Espinosa Ramos.

    Por la Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica en contra), Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Óscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Álvarez, secretarios; José Alarcón Hernández (rúbrica), José Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), Ángel Buendía Tirado (rúbrica), Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), Humberto Francisco Filizola Haces (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón (rúbrica), Mario Moreno Arcos, José Adolfo Murat Macías, Jorge Carlos Obregón Serrano (rúbrica), José Osuna Millán, María de los Dolores Padierna Luna (rúbrica en contra), Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica en contra), Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Javier Salinas Narváez, María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), Francisco Javier Váldez de Anda (rúbrica), Emilio Zebadúa González.»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados orador en términos del 108 del Reglamento Interior, pero sí hay un par de registros para hablar en contra. El señor diputado don Miguel Alonso Raya y el señor diputado don Pablo Franco Hernández, ambos del Partido de la Revolución Democrática. Tiene la palabra el primero de ellos, don Miguel Alonso Raya.

    El diputado Agustín Miguel Alonso Raya: Gracias, señor Presidente. honorable Asamblea: para el Partido de la Revolución Democrática, la aprobación del proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores debería constituir una aportación de la LIX Legislatura al marco jurídico laboral. Convertir el que hasta hoy es fideicomiso del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores en un organismo descentralizado debería reconocerse como un avance ahora que la figura jurídica de fideicomiso es el modus operandi de un gobierno federal de poderes autónomos como el Poder Judicial de la Federación y hasta la familia política del Presidente, para evadir la fiscalización del uso de los recursos públicos. Institucionalizar el Fonacot para que cumpla con transparencia y eficacia la obligación establecida en el artículo 103 Bis de la Ley Federal del Trabajo, de conceder y garantizar créditos baratos y oportunos para la adquisición de bienes y pagos de servicios por parte de los trabajadores, debería recibir la aprobación unánime de esta soberanía, es especial cuando las administraciones de fondos han operado sin rendir cuentas a nadie con una normatividad autoimpuesta, con un manejo patrimonial de recursos que debería beneficiar a los trabajadores y no como un auténtico botín que llevó a que el Fonacot acumulara un adeudo con el Banco de México de más de mil 157 millones de pesos. En suma, nadie podría rechazar la iniciativa que dotaría de institucionalidad, certidumbre, estabilidad y transparencia para el financiamiento del consumo de los trabajadores.

    Sin embargo, el dictamen que hoy está a debate ante esta honorable Asamblea no es congruente con esos objetivos. En primer lugar, el propio dictamen contiene preceptos que deben ser modificados para que el instituto pueda eficazmente, conforme a su objeto y para no entrar en contradicción con otros instrumentos normativos... El artículo 2 establece como objeto del instituto promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos para la adquisición de bienes y pagos de servicios. Sin embargo, el proyecto de decreto no especifica qué operaciones serán efectuadas para cumplir ese objetivo, a pesar de que la promoción del ahorro es un propósito que viene plasmado desde el decreto que creó el Fonacot, el 5 de febrero de 1974.

    No existen políticas específicas destinadas al ahorro sino, más bien, al consumo y al crédito de los trabajadores. Mientras que no exista una propuesta concreta establecida en la ley para garantizar ese objeto no debería figurar en el cuerpo normativo. Los derechos y las obligaciones de los trabajadores acreditados al nuevo organismo descentralizado no se especifican; en consecuencia, esos derechos y obligaciones serán fijados por el instituto en contratos que se manejarán unilateralmente, sin criterios específicos en la ley. En caso de que el instituto requiera, por ejemplo, cobrar a un trabajador que haya perdido el empleo, no hay un recurso ni se considera en la estructura del instituto una instancia de atención a las quejas o inconformidades de los acreditados. El dictamen objeto de esta discusión reduce el Fonacot a un organismo bancario y no como debería ser, una instancia de política social.

    Por lo mismo, al querer integrar el sector financiero al instituto del Fonacot se cae en incongruencias: la más grave, la integración de comités de apoyo que no están sujetos al principio de tripartismo. Las funciones de los comités son de trascendencia y deberían ser objeto de la intervención de los sectores patronal y de trabajadores. Funciones como el control y la vigilancia estarían depositadas en comités de expertos y no en representantes de los sectores. Debe recordarse que el objeto del fondo es la protección del consumo de los trabajadores y no la obtención de rentabilidad de cualquier institución financiera o bancaria.

    Por otra parte, el proyecto de decreto no contiene medidas de información pública, transparencia y rendición de cuentas. Tampoco se prevén mecanismos para que se presente al Congreso de la Unión un informe anual sobre la situación financiera y los riesgos del Fonacot, como se obliga al IMSS o al Infonavit. En quinto lugar, en un régimen interno debe señalarse que los trabajadores del fideicomiso deben conservar, además de la remuneración y las prestaciones de que gozan, los derechos adquiridos por el desempeño laboral y las condiciones de trabajo fijadas mediante la contratación colectiva.

    Esto no se encuentra establecido de manera clara y precisa en el proyecto de decreto. Finalmente, la iniciativa contiene errores y ambigüedades en su formulación que contradicen los principios de claridad y precisión que recomienda la técnica legislativa. Por esas razones, pese a que debería ser positivo dar la forma de organismo público descentralizado al fideicomiso que ha operado a lo largo de 30 años, el Fonacot, y que en teoría debería garantizar transparencia y certidumbre, el dictamen con proyecto de decreto no lo alcanza e, incluso, desnaturaliza un organismo que debería tener un interés social, pues su objeto está relacionado con la necesidad de la clase trabajadora, con la protección del salario, y que el Estado debería garantizar. Por esas razones, el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática emitirá un voto en sentido negativo respecto al dictamen que hoy se discute. Por su atención, muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia da la más cordial de las bienvenidas al señor Samuel Ramos, presidente municipal de Mexicali, Baja California, invitado por el diputado Raúl Pompa Victoria y por este servidor de ustedes. Sea usted bienvenido, señor alcalde; ésta es su casa.

    Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Pablo Franco Hernández, también del Partido de la Revolución Democrática, en contra.

    El diputado Pablo Franco Hernández: Con la venia de la Presidencia. Compañeras, compañeros diputados: efectivamente, vamos a votar en contra en un tema que debería haber sido discutido de manera amplia para permitir que todos coincidiéramos en un dictamen que buscara dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 103 Bis de la Ley Federal del Trabajo; es decir, buscar garantizar que los trabajadores, en mejores condiciones, puedan acceder a créditos baratos y acceder a una forma social de tener unas condiciones de vida mejores que las que hoy se tienen y que, por desgracia, no parece verse la luz al final del túnel, pues continuamos buscando en las reformas que esta Cámara, en las leyes que esta Cámara emite, buscando ahondar en las diferencias, buscando garantizar, eso sí, que los empresarios, que los que ya tienen la riqueza la mantengan y la reproduzcan, y ponemos trabas a los mecanismos para su distribución, contrario a lo que establece el espíritu del artículo 123 constitucional y contrario al objetivo de la Ley Federal del Trabajo, que es la búsqueda de la justicia social, según podemos leer todos en el artículo 2 de esta ley. Vamos a votar en contra porque, una vez más, en la creación de organismos de carácter financiero se insiste en la opacidad. Preocupa que el organismo que va a manejar en gran medida el dinero de los trabajadores no esté obligado a la transparencia. Y otra vez, como en el caso del Infonavit, nos insisten en que por ser organismo público descentralizado no requiere, no está sujeto a los principios de la transparencia.

    ¡Mentira! El dinero de los trabajadores, el dinero de los patrones, al ingresar en las arcas de cualquier organismo público, se convierte por tanto en dinero público y, por tanto, debe ser supervisado por los organismos públicos y, sobre todo, debe estar sujeto a todos los principios de la transparencia, pero más aún tratándose de dinero que va a salir de los bolsillos de los trabajadores, más aún cuando la Ley Federal del Trabajo busca proteger el bolsillo de los trabajadores y más aún cuando en este país se hizo una revolución que nos legó principios de constitucionalismo social que hoy, desde luego, el neoliberalismo en boga no nos permite ver y mucho menos nos permite acatar, por eso vamos a votar en contra de este dictamen.

    No nos interesa aprobar un dictamen donde no sabemos al rato quién esté haciendo negocios con el dinero de los trabajadores. No nos interesa un dictamen donde no se crean organismos tripartitos, cuando en el mundo la Organización Internacional del Trabajo lleva adelante una cruzada mundial buscando el diálogo social, buscando que los trabajadores y los patrones participen de manera conjunta con el gobierno en la solución de los asuntos que atañen a todos, hoy aquí buscamos integrar a personas distinguidas, a comités que nadie sabe a quién van a rendir cuentas.

    Por eso vamos a votar en contra. Insisto, no podemos permitir, no deberíamos permitir que el dinero de los trabajadores pasara a quién sabe qué bolsillos. Sé que no está de moda hablar de derechos obreros; sé que hoy está de moda dar garantías a los patrones, dar posibilidades de que los empresarios vean condiciones mejores para su inversión. No estamos en contra de ello, pero de lo que estamos en contra es de que se sigan violando esos principios del constitucionalismo social y se sigan generando organismos públicos sin la debida supervisión. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene más oradores registrados en lo general, por lo que considera el asunto suficientemente discutido en lo general. Para los efectos del 134, esta Presidencia informa que el señor diputado don Pablo Franco Hernández se ha reservado el artículo 14, último párrafo; el 17, último párrafo; el 18, fracción XI; y el artículo 20, y propone una adición del artículo 34. El diputado Francisco Javier Carrillo Soberón propone la adición de un Capítulo Sexto, artículos 35, 36 y 37 o con los que correspondan. Y el diputado Agustín Rodríguez Fuentes está reservándose el artículo sexto transitorio. Luego entonces, se ruega a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cuatro minutos para recabar votación nominal en lo general y de los artículos no impugnados.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cuatro minutos para proceder a la votación en lo general.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo. ¿Con qué objeto, diputado Víctor Flores?El diputado Víctor Félix Flores Morales (desde la curul): Al artículo 14, fracción VII, para hacer una adición.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Catorce, fracción VII; se toma como reservada. Adelante.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Ábrase el sistema electrónico por cuatro minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

    (Votación.)

    Diputado Presidente: se emitieron 274 en pro, 70 en contra y 12 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general por 274 votos en lo general y los artículos no impugnados.

    Tiene el uso de la palabra el diputado Pablo Anaya Rivera para presentar la reserva de la fracción VII del artículo 14.

    El diputado Pablo Anaya Rivera: Con su permiso, diputado Presidente. Nada más para hacer una modificación de la fracción VII del artículo 14 de la ley en discusión y votación, que quedaría como sigue: ``Fracción VII. Un representante de cada una de las tres confederaciones de organizaciones de trabajadores más representativas del país y un representante que designe el Congreso del Trabajo, debidamente registradas ante la Secretaría del Trabajo''. Esto es con el fin de dar la personalidad que tiene y la importancia que tiene nuestro Congreso del Trabajo. Es cuanto, diputado Presidente.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Nos deja su reserva por escrito? ¿La tenemos por escrito? Bueno, vamos a dar el uso de la palabra al diputado Pablo Franco Hernández para presentar las reservas del 14, último párrafo, 17, último párrafo, y 18, fracciones XI y XX; y una adición del artículo 34. Nada más permítame un segundo... Por orden, por economía procesal, quiero ver si podemos someter a consideración de la Asamblea esta modificación, para llevar una línea procesal que nos permita a todos saber qué estamos votando. Diputado Pablo Franco, tiene usted el uso de la palabra mientras nos hacen llegar con toda propiedad estas reservas.El diputado Pablo Franco Hernández: Con la venia, diputado Presidente. Compañeras, compañeros: en primer lugar, proponemos que de los artículos 14, 17 y 18 del dictamen se excluya el término empleador y se incluya el término patrón, que es el que existe en nuestro artículo 123 constitucional y en su ley reglamentaria. No existe razón jurídica para introducir un término que no existe en la norma constitucional, en alguna norma reglamentaria, y más aún cuando estamos hablando de una ley que deviene de la misma ley reglamentaria. Estamos hablando de reglamentar el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo y, por tanto, no podemos incluir conceptos contradictorios con el texto de la Ley Reglamentaria. Nos parece que esto constituye una trampa desde que se viene discutiendo, desde el 2 de diciembre de 2002, cuando se presenta la llamada ``ley Abascal'' que, aunque al señor secretario no le gusta que le digamos así, es mejor identificada de esa manera, se pretende introducir este tema, sin modificar la Constitución y ahora se pretende introducir para hacer creer que estamos a tono con las nuevas reformas estructurales, que no son tales y que en realidad representan, simplemente, ahondar las desigualdades en este país; por eso planteamos esta sustitución.

    Nos preocupa que del dictamen se excluya el tripartismo; por eso planteamos que se modifique el artículo 20 del dictamen, para quedar de la siguiente manera: ``Los comités a que se refiere el artículo anterior se integrarán en forma tripartita por servidores públicos del instituto y representantes de las organizaciones patronales y de las organizaciones de los trabajadores a que se refiere el artículo 14 de la presente ley que sean especialistas en la materia propia de cada comité''.

    Planteamos suprimir el párrafo segundo, para continuar como sigue: ``Respecto de los comités de apoyo a que se refieren las fracciones I a IV del artículo 19 de esta ley, el Estatuto Orgánico establecerá lo relativo a su objeto, integración, operación, facultades y reglas básicas de operación, en términos de las disposiciones de carácter general que al efecto expidan las autoridades competentes''. En el tema de la transparencia, planteamos que se adicione un artículo 34 al dictamen, para quedar como sigue: ``El instituto deberá presentar al Congreso de la Unión a más tardar el 30 de junio de cada año un informe, dictaminado por un auditor externo, que incluya al menos los siguientes elementos: 1o. La situación financiera del instituto, aportando elementos de juicio para evaluar la suficiencia de los ingresos, rendimientos, egresos, disponibilidad y reservas del fondo. 2o. Los posibles riesgos, contingencias y pasivos que se generen y la calidad financiera del instituto para responder a ellos en función de sus ingresos y las reservas disponibles. 3o.

    Estimaciones sobre las posibles modificaciones del monto de los créditos, tasas de interés, plazos de pago y requisitos para el otorgamiento de crédito; 4o. La situación de los pasivos laborales y de cualquier índole que comprometan su gasto por más de un ejercicio fiscal''. El hecho de que el dictamen no contenga disposiciones para dar cumplimiento a los principios de transparencia representa un gran retroceso en materia legislativa; por eso planteamos la necesidad de introducir este artículo en el mismo. Insistiríamos en que cualquier organismo del sector laboral debe ser tripartito. No es posible que precisamente los comités que habrán de decidir la estrategia financiera del organismo público que se crea queden excluidos de este principio; se requiere que exista el diálogo social en todo el sector laboral, y particularmente en esos organismos, que van a decidir sobre el dinero de los trabajadores. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputado. Se ruega a la Secretaría preguntar a la Asamblea, previa su lectura, si se acepta a discusión la modificación propuesta por el diputado Pablo Anaya Rivera, sobre la fracción VII del artículo 14. Estamos votando la anterior, diputado Agustín Rodríguez Fuentes. Permítame un segundo; ¿con qué objeto?El diputado Agustín Rodríguez Fuentes (desde la curul): Me interesa mucho saber porque va usted a someter a votación el artículo 14, fracción VII, y tenemos interés en argumentar contra ese planteamiento.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Luego entonces, primero preguntaremos a la Asamblea si la acepta a discusión. Si la acepta a discusión, entonces habrá la posibilidad de tener oradores en pro y en contra.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea si es de aceptarse a discusión la adición propuesta por el diputado Pablo Anaya Rivera del artículo 14, fracción VII.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Luego entonces, tiene el uso de la palabra el diputado Agustín Rodríguez Fuentes para argumentar en contra e, inmediatamente después, preguntaremos a la Asamblea sobre la decisión de fondo de esta adición.El diputado Agustín Rodríguez Fuentes: Con el permiso de la Presidencia: deseo argumentar este planteamiento de modificación que se hace en sentido contrario, en virtud de que, tal y como está expresado en el proyecto que se ha aprobado en positivo en lo general, manifiesta mayor certidumbre en la representación que pudiera participar en el consejo directivo. Y me refiero a que la fracción VII establece en su texto: ``un representante de cada una de las tres confederaciones de organizaciones de trabajadores más representativas del país, debidamente registradas ante la Secretaría del Trabajo''.

    Eso se quiere restringir solamente a un representante del Congreso del Trabajo, con este proyecto, con esa propuesta de modificación que se hace o que se propone. No es la única organización y, además, no es la organización que represente legítimamente los intereses de todos los trabajadores. Hay otras organizaciones que actúan con absoluta legitimidad y representación en defensa del interés más profesional de los trabajadores y que estarán interesadas en participar en ese consejo directivo. No puede ninguna organización darse el derecho a una representación exclusiva o específica. Aquí, como se presenta la propuesta, se pretende dar una representación a quien ahora en este momento pudiera no tener la legitimidad de los trabajadores.

    Por eso es importante que se argumente el sustento en que se está basando para definir desde la misma ley la organización que debería estar en el consejo directivo. De ninguna manera eso atenta contra el derecho legítimo de organización, contra el derecho legítimo de la libertad sindical, contra el derecho constitucional que tenemos todos de propiciar la participación en todos los ámbitos donde los trabajadores estemos representados. Por esa razón solicito que se sostenga el texto actual, el que se ha manifestado y aprobado en lo general en su artículo 14, su fracción VII, que nos parece que es de mayores posibilidades para la participación legítima de los trabajadores. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputado. Pregunte la Secretaría a la Asamblea si se acepta la modificación propuesta por el diputado Pablo Anaya, previa su lectura; Pablo Anaya Rivera.El diputado Agustín Miguel Alonso Raya (desde la curul): Señor Presidente, que sea con el sistema electrónico de votación. Votación nominal, señor Presidente.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Que sea votación nominal porque lo está pidiendo el diputado Miguel Alonso Raya, pero están levantando la mano más de cinco de sus compañeros y, en términos del 148, estamos obligados a obsequiarle su petición. Es la de Pablo Anaya Rivera; tendremos que primero leerla y de inmediato ordenar la apertura del sistema electrónico por cuatro minutos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Me permito leer el artículo 14, fracción VII, el cual...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Solamente la adición.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: ... el cual ha presentado el diputado Pablo Anaya para adición: ``Artículo 14, fracción VII. Un representante de cada una de las tres confederaciones de organizaciones de trabajadores más representativas del país...'' Adición: ``... y un representante que designe el Congreso del Trabajo''.

    Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico de votación, para proceder a la votación si se acepta la modificación propuesta por el diputado Pablo Anaya Rivera, hasta por cuatro minutos.

    (Votación.)

    Diputado Presidente: se emitieron 160 en pro, 188 en contra y 3 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Queda en sus términos.

    Se ruega a la Secretaría someter a la consideración de la Asamblea las reservas del diputado Pablo Franco Hernández, una por una, previa su lectura, es si se acepta a discusión en este momento.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: ¿Previa lectura de todos?

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Por favor, una por una.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Para hablar con propiedad y evitar confusiones: es si se admite a discusión en este momento.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la Asamblea, previa lectura de cada uno de los artículos reservados por el diputado Pablo Franco Hernández, iniciaremos con el 14, último párrafo: ``Los representantes de las organizaciones de trabajadores y de...'' Modificación: ``... patrones deberán contar con la experiencia, capacidad y prestigio profesional que les permita desempeñar su función en forma objetiva. Esos representantes recibirán, por su parte, las renumeraciones que determine el consejo directivo, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables'':

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa de que si se admite a discusión el artículo 14...

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De-sechada. Adelante.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Continúo con el artículo 17: ``Los invitados deberán ser personas cuya opinión específica sea de interés para el Consejo, en virtud de sus conocimientos y experiencia sobre las materias o los asuntos del Instituto''. Modificación.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, si se acepta a discusión...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De-sechada.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: ``Artículo 18, fracción XI. Fijar las remuneraciones que correspondan a los representantes de las organizaciones de trabajadores y de patrones por su participación en las sesiones del consejo. Modificación: es ``patrones''.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa de aceptar la modificación a discusión sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De-sechada.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Continúo con el artículo 20: ``Los comités a que se refiere el artículo anterior se integrarán...'' Modificación: ``... en forma tripartita por servidores públicos del Instituto''. Modificación: ``... y representantes de las organizaciones patronales y de las organizaciones de los trabajadores a que se refiere el artículo 14 de la presente ley, que sean especialistas en la materia propia de cada comité''. Segundo párrafo, se suprime. ``Respecto a los comités de apoyo a que...'' Modificación: ``...se refieren las fracciones I a V del artículo 19 de esta ley, el Estatuto Orgánico establecerá lo relativo a su objeto, integración, operación, facultades y reglas básicas de operación, en términos de las disposiciones de carácter general que al efecto expidan las autoridades competentes''.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa de que se acepte a discusión sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De-sechado.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Artículo 34. El diputado solicita en el artículo 34 adición de un artículo 34: ``El Instituto deberá presentar al Congreso de la Unión, a más tardar el 30 de junio de cada año, un informe dictaminado por auditor externo que incluya al menos los siguientes elementos: I. La situación financiera del Instituto, aportando elementos de juicio para evaluar la suficiencia de los ingresos, rendimientos, egresos, disponibilidad y reservas del fondo; II. Los posibles riesgos, contingencias y pasivos que se generan y la capacidad financiera del instituto para responder a ellos, en función de sus ingresos y las reservas disponibles; III. Estimaciones sobre las posibles modificaciones del monto de los créditos, tasas de interés, plazos de pago y requisitos para el otorgamiento de crédito; y IV. La situación de los pasivos laborales y de cualquier índole que comprometan su gasto por más de un ejercicio fiscal''.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa que se acepte a discusión sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De-sechado; quedan en sus términos.

    Tiene el uso de la palabra el diputado Francisco Javier Carrillo Soberón.

    El diputado Francisco Javier Carrillo Soberón: Con su permiso, señor Presidente. Honorable Asamblea: en el dictamen que en este momento se discute no se considera establecer en la ley los derechos y las obligaciones de los trabajadores acreditados al Infonavit.

    De aprobarse el dictamen tal y como lo presenta la mayoría de los integrantes de las comisiones dictaminadoras, la operación de los créditos al consumo se reduce a una administración de fondos, sin que el acreditado tenga salvaguardados en la ley sus derechos y recursos de inconformidad; lo único que pretende dar alguna garantía, es una referencia a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. En consecuencia, los derechos y las obligaciones de los acreditados serán fijados por el Instituto, en contratos que podrá manejar unilateralmente, sin criterios especificados en la ley.

    En caso de que el Instituto requiera, por ejemplo, cobrar a un trabajador que haya perdido el empleo, no hay un recurso como el existente en la Ley del Infonavit de otorgar prórrogas ni se considera en la estructura del Instituto una instancia de atención a las quejas o inconformidades de los acreditados. Nos parece entonces fundamental integrar el capítulo que se presenta para dar garantías a los trabajadores que sean acreditados por el Instituto y no reducir el interés público de la ley a disposiciones administrativas y contratos, ante los que el trabajador quedará en condición de indefensión. Diputadas y diputados: si no legislamos en este momento sobre esta materia específica, la inconformidad del trabajador no tendrá un canal legal e institucional para expresarse y no estaremos cumpliendo nuestra misión como legisladores. Por lo anteriormente expuesto y fundado, propongo ante este honorable Pleno la adición de un Capítulo Sexto, ``Derechos y Obligaciones de los Acreditados'', al dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, para quedar como sigue:

    Capítulo Sexto. Derechos y Obligaciones de los Acreditados. Artículo 35. Para ser acreditado al Instituto se requiere: I. Percibir un salario base sin incluir prestaciones, que no exceda de 25 veces el mínimo general mensual de la zona en que el trabajador preste sus servicios; II. Tener edad mínima de 18 años; III. Contar con un año de antigüedad en el empleo al momento de tramitar el crédito; IV. Si está contratado por tiempo determinado, contar con antigüedad; V. Trabajar en una empresa afiliada al Instituto; VI. No tener adeudos pendientes con el Instituto o con el Fideicomiso Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores; y VII. Las demás que le señalen la presente ley, su reglamento y demás disposiciones aplicables.

    Artículo 36. Son derechos de los acreditados: I. Recibir créditos del Instituto sin requisitos de enganche, aval o fiador; II. Bajo ninguna circunstancia el Instituto requerirá investigar al trabajador en el Buró de Crédito; III. Sumar su capacidad de crédito si dos o más miembros de la familia son sujetos de crédito del Instituto; IV. Ejercer su crédito con cualquiera de los establecimientos comerciales afiliados al Instituto; V. A tramitar y recibir el crédito sin mediar pago o condicionamiento de ningún tipo; VI. A ser tratado por representantes del Instituto con respeto, amabilidad y apego a la normatividad vigente; VII. A que el pago mensual de los créditos no exceda de una retención de 10 por ciento para un salario mínimo mensual del área geográfica en que el trabajador desempeñe sus labores y de 20 por ciento cuando perciba un salario superior al salario mínimo de referencia; VIII. En caso de sufrir incapacidad permanente acreditada por el Instituto Mexicano del Seguro Social o una institución del sistema nacional de salud, será liberado del adeudo con el Instituto; IX. A que se finiquite su crédito en caso de fallecimiento, mediante la presentación de copia certificada del acta de defunción y el Instituto finiquitará el crédito; X. A recibir una prórroga hasta por doce meses, sin causar intereses en los pagos, en caso de quedar desempleado. XI. Las demás que señalen la presente ley, su reglamento y demás disposiciones.

    Artículo 37. Son obligaciones de los acreditados: I. Realizar los trámites de solicitud de crédito ante las ventanillas autorizadas por el Fondo; II. Utilizar el crédito únicamente para la adquisición de bienes y servicios; III. Cumplir los pagos a que se obligue ante el Instituto; y IV. Las demás que señalen la presente ley y su reglamento''. Esto es, compañeras y compañeros, de elemental necesidad que incluyamos la posibilidad de que el trabajador tenga una instancia de representatividad frente a este Instituto de Consumo de los Trabajadores. Por su atención, muchas gracias; y lo anexo en todos sus términos para que sea considerado. Muchas gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. En virtud de que acaba de ser leída la propuesta del señor diputado, solamente vamos a preguntar a la Asamblea si se acepta, si se admite a discusión de inmediato, sin la lectura previa, en función de que lo acaba de hacer.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se admite a discusión la propuesta del diputado.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De-sechada.

    Tiene el uso de la palabra el diputado Agustín Rodríguez Fuentes, del Partido de la Revolución Democrática, para presentar reserva del artículo sexto transitorio.

    El diputado Agustín Rodríguez Fuentes: Con su permiso, señor Presidente. Quiero atraer la atención de nuestros compañeros y compañeras legisladoras y legisladores sobre una reserva del artículo sexto transitorio, que nos parece complementario de lo que está aprobado de manera general. Actualmente, los trabajadores del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores tiene una organización sindical y tiene un contrato colectivo de trabajo.

    Lo justo es, tal y como establece el sexto transitorio, que las personas que prestan servicios personales subordinados a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, en su carácter de fiduciario en el fideicomiso público Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, formarán parte del personal al servicio del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de Trabajadores y conservarán las remuneraciones y prestaciones de las cuales gozan al entrar en vigor la presente ley.

    Eso es muy importante. Si existe un instrumento laboral justo, que se pueda agregar en este párrafo, al final del punto que tiene, poder agregar: ``... así como los derechos adquiridos y las condiciones de trabajo fijadas mediante la contratación colectiva, al entrar en vigor la presente Ley''. Hemos aprobado de esta ley el artículo séptimo, que establece que las relaciones laborales de los trabajadores al servicio del Instituto estarán sujetas al artículo 123, apartado A. Me parece que es importante que, en concordancia con ese artículo séptimo, que está aprobado y que no hay reserva alguna en sentido contrario, nosotros aprobemos este agregado, que no contradice y sí complementa, clarifica el hecho de que si los trabajadores ya tienen un instrumento laboral, que su contrato colectivo de trabajo, que su organización sindical, éste sea respetado y, en su caso, sus condiciones de trabajo sujetas a los procedimientos que establece la propia Ley Federal del Trabajo, que regula el artículo 123 en su apartado A. Dejo, señor Presidente, el documento de reserva para su publicación y su consideración, en los términos que aquí he expresado. Ojalá y exista sensibilidad de ustedes, compañeras diputadas y diputados, para que se pueda agregar ese complemento, que solamente resguardaría de manera plena el derecho de los trabajadores. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputado. Pregunte la Secretaría a la Asamblea si es de admitirse a discusión en este momento la reserva del diputado Rodríguez Fuentes.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si es de admitirse la propuesta del diputado Agustín Rodríguez Fuentes.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Queda en sus términos.

    Se ruega a la Secretaría ordenar la apertura del sistema electrónico de votación para votar en sus términos los artículos 14, 17, 18, 20 y sexto transitorio.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cuatro minutos para proceder a la votación en sus términos de los artículos 14, fracción VII; 14, último párrafo; 17, último párrafo; 18, fracción IX; 20, en adición; y 34, en adición...

    (Votación.)

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Vamos a votar en sus términos los artículos 14, 17, 18, 20 y sexto transitorio.

    Esta Presidencia saluda a regidores de San Juan del Río y San Joaquín, y funcionarios del sector salud de Querétaro, invitados del señor diputado don Ricardo Alegre Bojórquez; sean ustedes bienvenidos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Ciérrese el sistema electrónico de votación.

    Diputado Presidente: se emitieron 272 en pro, 82 en contra y 2 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados por 272 votos, los artículos 14, 17, 20 y sexto transitorio. Aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

    El siguiente punto del orden del día son dictámenes a discusión con puntos de acuerdo. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los enunciados y se reserve la votación económica en conjunto.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los enunciados de los puntos de acuerdo y se reserven para su votación en conjunto.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Y, en esos términos, continúe la Secretaría.


    IV FORO MUNDIAL DEL AGUA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo para convocar a un concurso de dibujo infantil y juvenil en el país, para el fortalecimiento de la cultura del cuidado del agua

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO, PARA CONVOCAR A UN CONCURSO DE DIBUJO INFANTIL Y JUVENIL AGUA, ACCIONES LOCALES PARA UN RETO GLOBAL, presentada por el C. Diputado Federal Juan Carlos Núñez Armas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 28 de abril de 2005. Lo anterior, en ejercicio del artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

    La Comisión de Recursos Hidráulicos de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTES

    PRIMERO. En sesión celebrada en el Pleno de esta Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2005, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al Pleno del Punto de Acuerdo que presentó el C. Diputado Federal Juan Carlos Núñez Armas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    SEGUNDO. En esa misma fecha, el C. Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados acordó dar el siguiente tramite: ``Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos''.

    TERCERO. Mediante sus propios conductos la Comisión de Recursos Hidráulicos dio cuenta a sus integrantes del contenido de esta Proposición con Punto de Acuerdo.

    CUARTO. El C. Legislador propone lo siguiente:

    ``Primero. Se aprueba la realización de un Concurso de Dibujo Infantil y Juvenil Agua. Acciones locales para un reto global que se llevará acabo bajo la coordinación de la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión.

    Segundo. Este evento se realizará en febrero del 2006 y formará parte de las estrategias que el Gobierno Federal desarrollará para involucrar ampliamente a los niños y jóvenes del país en el fortalecimiento de la cultura de cuidado del agua en sus comunidades y valorar las experiencias locales a las que se enfrentan cotidianamente.

    Tercero. Se establece como cede del concurso, la Cámara de Diputados.

    Cuarto. Se instruye a la Comisión de Recursos Hidráulicos de esta Cámara, para que, en coordinación con las instancias del Gobierno Federal, establezcan en un plazo no mayor de 180 días, las bases y lineamientos de funcionamiento, organización, convocatoria y realización de acciones necesarias para el desarrollo del Concurso de Dibujo Infantil y Juvenil, Agua. Acciones locales para un reto global.''

    CONSIDERANDO

    PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Recursos Hidráulicos, con las atribuciones y facultades antes señaladas se abocó a dictaminar la Proposición con punto de acuerdo referida.

    SEGUNDO. Que en el marco del Cuarto Foro Mundial del Agua que se llevara a cabo en marzo de 2006, cuya sede será México, la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura, coordinará la propuesta sobre la realización de un concurso de dibujo infantil y juvenil cuya temática es parte de las estrategias que el Gobierno Federal, desarrollará para involucrar ampliamente a los niños y jóvenes del país en el fortalecimiento de la cultura de cuidado del agua en sus comunidades y valorar las experiencias locales a las que se enfrentan cotidianamente, que son parte de estrategias para fortalecer la cultura de cuidado del agua.

    En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Recursos Hidráulicos emite el siguiente:

    PUNTO DE ACUERDO

    ÚNICO. Esta Soberanía aprueba el Punto de Acuerdo para la realización de un Concurso de Dibujo Infantil y Juvenil en el país, para el fortalecimiento de la cultura de cuidado del agua en sus comunidades y valorar las experiencias locales a las que se enfrentan cotidianamente, evento que tendrá lugar en el mes de febrero de 2006 y formará parte de las estrategias que el Gobierno Federal desarrollará para involucrar ampliamente a los niños y jóvenes del país, estableciéndose como sede del concurso esta Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en que la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados en coordinación con las instancias del Gobierno Federal a la brevedad posible, sacará las bases y lineamientos de funcionamiento, organización, convocatoria y realización de acciones necesarias para el desarrollo del Concurso de Dibujo Infantil y Juvenil cuyo tema es el Agua, ``Acciones locales para un reto global'' y que se desarrollará en el marco de la celebración del IV Foro Mundial del Agua que tendrá lugar en la Ciudad de México del 16 al 22 de marzo de 2006.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, así se dictaminó y firman a los 28 días del mes de septiembre de 2005.

    Diputados: Fernando Ulises Adame de León (rúbrica), Presidente: Juan Carlos Núñez Armas (rúbrica), secretario; Luis Felipe Madrigal Hernández (rúbrica), secretario; Jesús Humberto Martínez de la Cruz (rúbrica), secretario; Israel Téntory García (rúbrica), secretario; Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), José Orlando Pérez Moguel (rúbrica), Pascual Sígala Páez (rúbrica), Inelvo Moreno Álvarez (rúbrica), Beatriz Mojica Morga (rúbrica), Elpidio Tovar de la Cruz, Jacqueline G. Argüelles Guzmán, Gonzalo Rodríguez Anaya (rúbrica), Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Alfredo Rodríguez y Pacheco (rúbrica), José Guadalupe Osuna Millán (rúbrica), Marco Antonio Gama Basarte, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica), Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), Manuel E. Ovalle Araiza (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Irma Guadalupe. Moreno Ovalles (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres, José Rangel Espinosa (rúbrica), Jesús Zúñiga Romero (rúbrica), J. Miguel Luna Hernández (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el punto de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa.. Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese.


    LAGO DE CHAPALA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión Nacional del Agua, realice la investigación correspondiente para determinar las causas de la muerte de miles de peces en el lago de Chapala, e informe acerca de las acciones a implementar para frenar y revertir el daño ocasionado

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, A REALIZAR LA INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTE PARA DETERMINAR LAS CAUSAS DE LA MUERTE DE MILES DE PECES EN EL LAGO DE CHAPALA, E INFORME ACERCA DE LAS ACCIONES A IMPLEMENTAR PARA FRENAR Y REVERTIR EL DAÑO OCASIONADO, presentada por el C. Diputado Federal Antonio Marrufo Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 31 de marzo de 2005. Lo anterior, en ejercicio del artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que sometió a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

    La Comisión de Recursos Hidráulicos de la LIX Legislatura, con fundamento en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 39 numeral 1, 45 numeral 6 incisos e) , f) y numeral 7 aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 58, 60, 87 y 88 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Proposición con Punto de Acuerdo enviada, por lo que se somete a la consideración de esta honorable Asamblea, el presente proyecto de dictamen:

    ANTECEDENTES

    PRIMERO. En sesión celebrada en el Pleno de esta Cámara de Diputados, el 31 de marzo de 2005, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al Pleno del Punto de Acuerdo que presentó el C. Diputado Federal Antonio Marrufo Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    SEGUNDO. En esa misma fecha, el C. Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados acordó dar el siguiente tramite: ``Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos''.

    TERCERO. Mediante sus propios conductos la Comisión de Recursos Hidráulicos dio cuenta a sus integrantes del contenido de esta Proposición con Punto de Acuerdo, el cual para fundamentar el suscrito dictamen lleva a cabo las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Recursos Hidráulicos, con las atribuciones y facultades antes señaladas se abocó a dictaminar la Proposición con punto de acuerdo referida.

    SEGUNDO. Que las variaciones en los patrones de flujo del Río Lerma, han dado como resultado un desequilibrio en el balance hidrológico de la cuenca directa del lago de Chapala, poniendo en riesgo la condición ecológica del lago y que por tal motivo ha ido disminuyendo rápidamente el volumen de agua en las últimas décadas, debido principalmente a la disminución cada vez más marcada de aporte del Río Lerma y al uso intensivo del agua del lago por agricultores y comunidades circundantes y por el abastecimiento domestico e industrial y de servicios de la ciudad de Guadalajara.

    TERCERO. Aunado a lo anterior la proliferación del lirio acuático en el lago de Chapala es mayúsculo, aproximadamente cubre una superficie de 7 mil hectáreas, lo cual provoca la evapotranspiración de un millón de metros cúbicos de agua, situación que agrava el manejo y cuidado del recurso hídrico al tiempo que disminuye la capacidad de intercambio de oxigeno entre la interfase aire-agua, evitando la transferencia de oxigeno y la penetración de luz al agua.

    CUARTO. Por lo anteriormente señalado y en que el pasado 10 de marzo de 2005, cientos de peces aparecieron muertos al parecer asfixiados en la rivera del Lago de Chapala, motivo por el cual se exhorta a la Comisión Nacional del Agua, para que investigue las causas de esta situación e informe acerca de las acciones a implementar y revertir en la medida de lo posible el daño ocasionado.

    En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Recursos Hidráulicos emite el siguiente:

    PUNTO DE ACUERDO

    ÚNICO. Esta Soberanía aprueba y exhorta a la Comisión Nacional del Agua, para que se investigue la calidad del agua y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) que sea investigada la muerte de miles de peces en el lago de Chapala e informe acerca de las acciones a implementar para frenar y revertir el daño ocasionado, independientemente de las acciones e investigaciones que haya realizado la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente (PROFEPA).

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, así se dictaminó y firman a los 28 días del mes de septiembre de 2005.

    Diputados: Fernando Ulises Adame de León (rúbrica), Presidente; Juan Carlos Núñez Armas (rúbrica), secretario; Luis Felipe Madrigal Hernández (rúbrica), secretario; Jesús Humberto Martínez de la Cruz (rúbrica), secretario; Israel Téntory García (rúbrica), secretario; Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), José Orlando Pérez Moguel (rúbrica), Pascual Sígala Páez (rúbrica), Inelvo Moreno Álvarez (rúbrica), Beatriz Mojica Morga (rúbrica), Elpidio Tovar de la Cruz, Jacqueline G. Argüelles Guzmán, Gonzalo Rodríguez Anaya (rúbrica), Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Alfredo Rodríguez y Pacheco (rúbrica), José Guadalupe Osuna Millán (rúbrica), Marco Antonio Gama Basarte, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica), Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), Manuel E. Ovalle Araiza (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Irma Guadalupe. Moreno Ovalles (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres, José Rangel Espinosa (rúbrica), Jesús Zúñiga Romero (rúbrica), J. Miguel Luna Hernández (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el punto de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa.. Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese.

    El siguiente punto del orden del día es la discusión de los dictámenes negativos relativos a iniciativas. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo y se reserven para su votación económica en conjunto.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Los enunciados.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Se pregunta a la Asamblea si es de aprobarse que se lean sólo los enunciados de los dictámenes negativos y se reserven al final para su votación en su conjunto.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No obstante esta autorización, si algún diputado tiene interés en la discusión de algún dictamen en lo particular, se le pide que lo haga saber a esta Presidencia. Continúe la Secretaría.
    LEY DE ASCENSOS DE LA ARMADA DE MEXICO

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Marina, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona la fracción III al artículo 41 de la Ley de Ascensos de la Armada de México

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Marina de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen, la iniciativa que adiciona la fracción III al artículo 41 de Ley de Ascensos de la Armada de México, presentada por el Diputado Manuel Velasco Coello, perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 72 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    De conformidad con los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 55, 60, 62 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Marina previo estudio y análisis de la iniciativa en comento, somete a la consideración de esta honorable Asamblea el presente dictamen de acuerdo a la siguiente:

    Competencia

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 fracción XIV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso de la Unión tiene facultad para levantar y sostener a las instituciones armadas de la Unión, a saber: Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea Nacionales, y para reglamentar su organización y servicio.

    Metodología

    i) En el apartado denominado ``Antecedentes'', se da cuenta del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo y del turno de la iniciativa para su dictamen.

    ii) En el apartado correspondiente a ``Consideraciones'', se delimitan los alcances del dictamen de la iniciativa.

    Antecedentes

    1.- El día 28 de abril de 2005, el Diputado Manuel Velasco Coello integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó la iniciativa que adiciona la fracción III al artículo 41 de la Ley de Ascensos de la Armada de México.

    2.- Mediante oficio número D.G.P.L. 59-II-3-1572 del 28 de abril de 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Marina la iniciativa de referencia para su estudio y dictamen.

    3.- Los integrantes de la Comisión de Marina de la LIX Legislatura después de un detallado análisis de las atribuciones que a la Armada de México le confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la normatividad que aplica a dicha dependencia, así como de un amplio debate cuya característica principal fue la pluralidad política de sus integrantes y del intercambio de opiniones con funcionarios de la Secretaría de Marina, valoró los motivos y fundamentos de la iniciativa que se dictamina, estimando que no es de aprobarse con base en las consideraciones que se anotan en el capítulo que precede.

    Consideraciones

    I. La Armada de México es una institución militar nacional de carácter permanente, cuya misión es emplear el poder naval de la Federación para la defensa exterior y coadyuvar en la seguridad interior del país. Coopera con el mantenimiento del orden constitucional del Estado Mexicano, realiza acciones para salvaguardar la soberanía y defender la integridad del territorio nacional en el mar territorial, zona marítimo-terrestre, islas, cayos, arrecifes, zócalos y plataforma continental; así como en aguas interiores, lacustres y ríos en sus partes navegables, incluyendo los espacios aéreos correspondientes, vigila los derechos de soberanía en la zona económica exclusiva, protege el tráfico marítimo, fluvial y lacustre en el área de jurisdicción federal, salvaguarda la vida humana en la mar y en las aguas interiores, protege las instalaciones estratégicas del país, auxilia a la población en los casos y zonas de desastre o emergencia, protege los recursos marítimos, fluviales y lacustres nacionales, garantiza el cumplimiento del orden jurídico en las zonas marinas mexicanas coadyuvando con las autoridades competentes en el combate al terrorismo, contrabando, piratería en el mar, robo de embarcaciones pesqueras, artes de pesca o productos de ésta, tráfico ilegal de personas, armas, estupefacientes y psicotrópicos.

    II. Asimismo la Armada de México realiza actividades de investigación científica, oceanográfica, meteorológica, biológica y de los recursos marítimos, realiza acciones para prevenir y controlar la contaminación marítima y tiene encomendada la vigilancia y protección del medio ambiente marino.

    III. Para el adecuado y eficaz cumplimiento de su misión y ejercicio de sus atribuciones, la Armada de México cuenta con recursos materiales, financieros y humanos; pero sin lugar a dudas es el personal naval el que constituye la esencia y fortaleza de ese Instituto Armado y sin el cual definitivamente no podrían cumplirse las tareas que se le han encomendado.

    IV. La Armada de México desde el principio del presente sexenio inició un proceso de reestructuración que le ha permitido modernizarse, fortaleciendo con ello sus estructuras a fin de optimizar los recursos que tiene asignados.

    V. Argumenta el Diputado Velasco Coello en la exposición de motivos de la presente iniciativa, la importancia que representa lo relativo al medio ambiente como cuestión de seguridad nacional, indica que la administración del medio ambiente es de vital importancia para los pueblos del mundo y que su mala administración produciría catástrofes y desastres ecológicos que conllevarían a conflictos acerca de la distribución de los recursos y hace notar que la Armada de México en apego a su misión y atribuciones enfrenta una lucha constante por el control y el combate de la contaminación del medio ambiente marino y apoya a diversas instituciones y dependencia gubernamentales en la ejecución de programas de salvaguarda del medio ambiente.

    VI. Reconoce el proponente de la iniciativa que es aquel instituto armado quien lleva a cabo acciones como el saneamiento de la Bahía de Guaymas, realiza labores de prevención, control y combate de la contaminación del medio ambiente marino en el Golfo de California, interviene en el Programa de Monitoreo de la Calidad del Agua Marina, ejecuta el Plan Nacional de Contingencias para Combatir y Controlar Derrames de Hidrocarburos y otras sustancias nocivas en la Mar, asimismo realiza diversas acciones para contribuir a una nueva cultura de pesca en nuestro país y establece campañas permanentes para la conservación, protección y preservación de especies marinas en peligro de extinción.

    VII. Considera el Dip. Velasco Coello que no obstante la importancia que representa el cuidado y la conservación del medio ambiente no se encuentra considerado el ascenso por la realización de actos que preserven o salven los recursos naturales.

    VIII. El artículo 41 de la Ley de Ascensos de la Armada de México establece que el Presidente de la República, Mando Supremo, a propuesta del Almirante Secretario, Alto Mando, podrá ascender al personal de la Armada de México, por méritos especiales cuando realice cualquiera de los hechos siguientes:a. Desarrolle un invento que beneficie a la Nación o a la Institución,

    b. Efectúe un acto que salve vidas humanas con riesgo de la propia,

    c. Efectúe un acto que salve bienes materiales de la Nación, con riesgo de su vida, y

    d. Efectúe actos en los que se demuestre un alto valor, espíritu de cuerpo o amor a la patria.

    IX. El ascenso en las Fuerzas Armadas representa un avance del personal en su carrera militar, el cual significa un logro más en su trayectoria dentro del servicio activo y por ende se esfuerza día a día para que el Mando en reconocimiento de esa dedicación y perseverancia le confiera un grado mayor al que ostenta, el cual representa además un beneficio en el aspecto económico. El ascenso tiene por objeto cubrir las vacantes de acuerdo a la planilla orgánica de personal autorizada, con el personal más apto e idóneo para desempeñar las labores de la jerarquía inmediata superior, y en condiciones normales se obtiene dicho ascenso a través de un concurso de selección entre el personal de un mismo escalafón y jerarquía, pero también considera la posibilidad de ascenso por méritos especiales.

    La Ley de Ascensos de la Armada de México establece de manera puntual los requisitos que para cada grado deberá reunir el personal naval para ser convocado a promoción, así como los mecanismos y procedimientos para selección al militar más apto e idóneo, con más competencia profesional y mayores méritos, anteponiendo esas características a la antigüedad en el grado.

    El ascenso por méritos especiales puede obtenerse por la realización de actos que se encuentran debidamente precisados en las fracciones I, II y II del artículo 41 de la Ley de Ascensos de la Armada de México, sin embargo en la fracción IV se establece que también se podrá ascender por la realización de actos en los que se demuestre un alto valor, espíritu de cuerpo o amor a la patria, lo cual da la posibilidad de considerarse diversos supuestos para tal fin, a efecto de evitar que la ley al ser casuista deje fuera algún acto meritorio por el que también pueda concederse el beneficio del ascenso.

    X. La iniciativa materia del presente dictamen pretende adicionar una fracción al artículo 41 a fin de considerar la realización de un acto que salvaguarde los recursos naturales de la Nación, con riesgo de su vida lo cual se estima adecuado, sin embargo se considera que no es procedente ni conveniente establecer dicho supuesto de manera casuista toda vez que de manera genérica puede ser considerado el mismo dentro de la fracción IV del ordenamiento legal que pretende modificar.

    Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Marina somete a la consideración de la H. Asamblea, el siguiente:

    ACUERDO

    Único.- Se desecha la iniciativa que adiciona la fracción III al artículo 41 de la Ley de Ascensos de la Armada de México presentada por el Diputado Manuel Velasco Coello perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    Diputados: Sebastián Calderón Centeno (rúbrica), Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier (rúbrica), Francisco Juan Ávila Camberos, Baruch Barrera Zurita (rúbrica), Rogelio Flores Mejía (rúbrica), Evaristo Corrales Macías (rúbrica), Homero Ríos Murrieta (rúbrica), Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Salvador Vega Casillas, José Alberto Aguilar Iñárritu, Alejandro Moreno Cárdenas, Carlos Osvaldo Pano Becerra, Guillermo Martínez Nolasco, Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), Gonzalo Ruiz Cerón, Sofía Castro Ríos, Rómulo Isael Salazar Macías (rúbrica), Alfonso Sánchez Hernández (rúbrica), Irma Figueroa Romero (rúbrica), Juan García Costilla, Guillermo Velasco Rodríguez, Israel Tentory García (rúbrica), José Javier Villacaña Jiménez, Emilio Serrano Jiménez (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez, Concepción Fajardo Muñoz (rúbrica).»
    LEY DE SEGURIDAD NACIONAL

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 5 y 12 de la Ley de Seguridad Nacional

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la Iniciativa que reforma los artículos 5 y 12 de la Ley de Seguridad Nacional

    Esta Comisión con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 56, 60, 65, 87, 88, 90, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la iniciativa de referencia, sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea el presente dictamen en sentido negativo, basándonos en los siguientes:

    ANTECEDENTES1. Con fecha 28 de abril de 2005, el Diputado José Alberto Aguilar Iñárritu, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó al Pleno de la Cámara de Diputados, la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma los artículos 5 y 12 de la Ley de Seguridad Nacional.

    2. Por acuerdo del Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados se dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Gobernación para su análisis y dictamen.

    3. El día 13 de octubre de 2005, se sometió a consideración de los diputados y diputadas integrantes la Comisión de Gobernación el proyecto de dictamen respectivo, siendo aprobado por unanimidad de los presentes.

    CONTENIDO DE LA INICIATIVA

    De la exposición de motivos se desprende que de la iniciativa presentada por el Diputado José Alberto Aguilar Iñárritu tiene como propósito central, lo siguiente:

    1. La inclusión de la Comisión Bicamaral al Consejo de Seguridad Nacional, en función de que la Ley de Seguridad Nacional cuente con los elementos necesarios para garantizar su eficacia y conveniente evolución de acuerdo con el desarrollo del régimen político democrático que estamos construyendo

    2. Ampliar el concepto de amenazas a la Seguridad Nacional en atención a la naturaleza dinámica de las mismas en la Ley que regula la materia y asumir que los Poderes de la Unión toman las decisiones atendiendo a una lógica de Estado;.

    Con referencia al primer punto, se propone reformar el artículo 12 de la Ley de Seguridad Nacional para que la Comisión Bicamaral que se establece en el artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional, forme parte del Consejo de Seguridad Nacional, con el objeto de participar en funciones deliberativas y otorgarle legitimidad al Consejo de Seguridad Nacional. Se busca que la toma de decisiones sea a través de la conjunción de poderes, además de tener el propósito de compartir responsabilidades en el ámbito de la materia.

    El segundo punto, propone modificar en diversas fracciones del Artículo 5º de la Ley de Seguridad Nacional para:

    a) Que el concepto de amenazas se amplíe en la fracción I, que establece: ``Actos tendentes a consumar espionaje, sabotaje, terrorismo, rebelión traición a la patria, genocidio, en contra de los Estados Unidos Mexicanos dentro del territorio nacional'' proponiendo la adición a la parte final con la frase ``su espacio aéreo y marítimo'' .

    b) Que en la parte final de la fracción III, que establece los ``actos que impidan a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada'', se adicione la frase ``y las labores de inteligencia y contrainteligencia derivadas de la atención a una amenaza de seguridad nacional.''

    c) Que del artículo antes expuesto, se deroguen las fracciones VI, IX y XI, que establecen:

    Artículo 5.-

    I a V ....

    VI. Actos en contra de la seguridad de la aviación;

    VII a VIII ...

    IX. Actos ilícitos en contra de la navegación marítima;

    X a XII ...

    XI. Actos tendentes a obstaculizar o bloquear actividades de inteligencia o contra inteligencia.

    Establecidos los antecedentes y el contenido de la Iniciativa de referencia, los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscribimos el presente dictamen, exponemos las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    1. Que es facultad del Presidente de la República preservar la seguridad nacional en los términos que establece el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos, en las fracciones que se transcriben a continuación:

    Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes:

    I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

    VI. Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.

    VII a XX ...

    2. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece una competencia federal para expedir leyes en materia de seguridad nacional, como lo señala la fracción XXIX-M del artículo 73 que se transcribe a continuación:

    Artículo 73.- El Congreso tiene facultad:

    I a XXIX-L ...

    XXIX-M . Para expedir leyes en materia de seguridad nacional, estableciendo los requisitos y límites a las investigaciones correspondientes.

    XXX ...

    3. Que la Seguridad Nacional es interna y externa y en ambos ámbitos se debe conducir de acuerdo con prioridades precisas, concordantes con las prioridades de un proyecto nacional pluralmente definido y establecidas con todo realismo, por lo que en el ámbito interno, sus prioridades se definen a partir del concepto constitucional de democracia como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.

    4. Que la Ley Seguridad Nacional publicada el en Diario Oficial de la Federación el día 31 de enero de 2005, tiene por objeto establecer las bases de integración y acción coordinada de las instituciones y autoridades encargadas de preservar la Seguridad Nacional, en sus respectivos ámbitos de competencia; la forma y los términos en que las autoridades de las entidades federativas y los municipios colaborarán con la Federación en dicha tarea; así como, regular los instrumentos legítimos para fortalecer los controles aplicables en la materia.

    5. Que las tareas de Seguridad Nacional tienen como objetivo esencial vigilar, preservar y proteger interna y externamente el orden constitucional, los objetivos nacionales permanentes y coyunturales y la defensa del territorio nacional.

    6. Que la Ley de Seguridad Nacional en su artículo 2, establece como se transcribe a continuación que:

    Artículo 2.- Corresponde al Titular del Ejecutivo Federal la determinación de la política en la materia y dictar los lineamientos que permitan articular las acciones de las dependencias que integran el Consejo de Seguridad Nacional.

    7. Que para la coordinación de acciones orientadas a preservar la Seguridad Nacional se establece el Consejo de Seguridad Nacional como instancia deliberativa.

    8. Que el Consejo de Seguridad Nacional estará presidido por el Presidente de la República y en su ausencia, el Secretario de Gobernación presidirá las reuniones. Además el Consejo estará integrado por los secretarios de la Defensa Nacional, Marina, Seguridad Pública, Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública, Relaciones Exteriores, Comunicaciones y Transportes, el Procurador General de la República, el Director del Centro de Investigación y Seguridad Nacional.

    9. Que el Consejo de Seguridad Nacional al estar integrado por las diferentes Secretarias de Estado que conforman el Gabinete del Poder Ejecutivo y coordinado por el Presidente de la República, cuenta con facultades de ejecución.

    10. Que el Poder Legislativo tiene en términos generales, determinadas sus funciones en los artículos 73, 74 y 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Siendo que éste para regular los instrumentos de evaluación de las políticas y acciones, así como de la información aplicable a la materia, se establece en la Ley de Seguridad Nacional, dentro el ``Titulo Cuarto'', que se denomina ''Del Control Legislativo'', mismo que se ejerce a través de la Comisión Bicamaral.

    11. Que por acuerdo aprobado en la sesión del 04 de abril de 2005, en votación económica se acordó la creación de la Comisión Bicamaral Encargada del Control y Evaluación de las Políticas y Acciones vinculadas con la Seguridad Nacional, así como su integración.

    12. Que en el establecimiento de un mecanismo de equilibrio y colaboración entre dos Poderes de la Unión, es necesario que dichos mecanismos respeten los principios de autonomía y de división de poderes que se consagran en el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a continuación se transcribe:

    Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

    No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo en el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar.

    13. Que atendiendo la competencia de los Poderes de la Unión, la Comisión Bicamaral que se contempla en el artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional, se integró con atribuciones de control evaluatorio y de información, sin tener atribuciones de ejecución porque las mismas no están expresas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Lo anterior ha sido reconocido por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis jurisprudencial siguiente:

    ``PODERES DE LA FEDERACIÓN. LAS ATRIBUCIONES DE UNO RESPECTO DE LOS OTROS SE ENCUENTRAN LIMITATIVAMENTE PREVISTAS EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LAS LEYES QUE A ELLA SE AJUSTAN.

    ... Conforme al principio de supremacía constitucional, cabe inferir que cuando se está en presencia de facultades u obligaciones de cada uno de los poderes que se relacionan con otro poder, las mismas deben estar expresamente señaladas en la propia Constitución y si bien el Congreso de la Unión tiene dentro de sus atribuciones dictar leyes, ello no puede exceder lo establecido en el artículo 49 de la Constitución, ni lo expresamente señalado en las disposiciones especificadas, relativas a las facultades y deberes de cada poder. ...

    Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XII, Septiembre de 2000 Tesis: P. CLVIII/2000 Página: 33 Materia: Constitucional Tesis jurisprudencial``.

    Por la tesis jurisprudencial anteriormente expuesta, podemos concluir que al no estar señaladas las atribuciones de ejecución para el Poder Legislativo en materia de Seguridad Nacional y en acato al principio de supremacía constitucional respetando la esfera de competencia del Poder Ejecutivo como la del Poder Legislativo, no es procedente la inclusión de la Comisión Bicamaral al Consejo de Seguridad Nacional

    14. Que en lo tocante al punto de las amenazas de Seguridad Nacional, debemos recordar que el contenido de la Ley de Seguridad Nacional es eminentemente preventivo, ya que su objeto no es la tipificación de conductas ilícitas, sino el establecimiento de bases de actuación que se interpreten a la luz del concepto de Seguridad Nacional y que permitan generar los criterios de interpretación y actuación suficientemente amplios para la prevención y desarticulación de amenazas a la Seguridad Nacional.

    15. Que la Ley de Seguridad Nacional establece un catálogo general de conductas en su artículo 5º de lo que se entiende por amenazas a la Seguridad Nacional, teniendo el carácter de general, en función a que éste no es único, permanente e inmutable, porque estas obedecen a hechos variables y mutables a través del tiempo.

    16. Que la adición a la fracción I del artículo 5º de la Ley de Seguridad Nacional con la frase ``su espacio aéreo y marítimo'', no es procedente, ya que por lo que hace a la composición del territorio, se dice que en la propiedad de las tierras y aguas se encuentra implícito el espacio aéreo y marítimo. Situación que contempla el primer párrafo del artículo 42 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se transcribe a continuación:

    Artículo 42. El territorio nacional comprende:

    I a IV ...

    V. Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fija el Derecho Internacional y las marítimas interiores;

    VI. El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio Derecho Internacional.

    17. Que obedeciendo a la exposición de motivos del Diputado José Alberto Aguilar Iñárritu, considerar la adición en la parte final de la fracción III de artículo 5º que se refiere a actos que impidan a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada, sería acotar las labores de inteligencia y contrainteligencia, por lo que esta Comisión encuentra improcedente la adición, precisando que se encuentran contempladas en otra fracción XI vigente que nos brinda en lato sensu del concepto de amenazas.

    18. Que la derogación que se propone de la fracción VI del artículo 5º de la Ley, es improcedente porque si bien el territorio nacional comprende el espacio aéreo, no lleva implícitos los actos en contra de la seguridad de la aviación, ya que esta fracción se refiere en estricto sentido a la actividad de desplazamiento y de transporte por medio de aviones. La Ley de Aviación Civil, en diversos artículos establece en claro que la aviación no esta incluida como actividad dentro del concepto de espacio aéreo, como los que se transcriben a continuación:

    a) Artículo 3. ``... Los hechos ocurridos y los actos realizados a bordo de una aeronave civil con matrícula mexicana, se, sujetarán a las leyes y autoridades mexicanas; y los que ocurran o se realicen a bordo de una aeronave civil extranjera durante el vuelo de la misma sobre territorio nacional, se regirán por las leyes y autoridades del Estado de matrícula de la aeronave, sin perjuicio de lo establecido en los tratados. En el caso de comisión de delitos en aeronaves, se estará a lo dispuesto por el Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal...''

    b) Artículo 37. ``... Por razones de seguridad nacional o de orden público, la Secretaría ejercerá sus atribuciones relativas a la navegación en el espacio aéreo en coordinación con las autoridades civiles o militares que correspondan..''

    19. Que la derogación propuesta de la fracción IX de la Ley, es improcedente en razón de que aunque el espacio marítimo es parte del territorio, son conceptos diferentes, ya que la navegación marítima, es la actividad que realiza una embarcación. Además, no es viable porque los actos ilícitos en contra de la navegación marítima que contempla la fracción que se pretende derogar, actualmente regula ésta actividad. Los artículos que se transcriben de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo esclarecen esta idea:

    a) Artículo 2.- Para efectos de la presente ley se entenderá por:

    ...

    Navegación: La actividad que realiza una embarcación para trasladarse por agua de un punto a otro, con rumbo y fines determinados...''

    b) Artículo 6.- La autoridad marítima radica en el Ejecutivo Federal, quien la ejerce a través de:

    I a III ...

    El Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Marina ejercerá la soberanía en aguas territoriales, así como la vigilancia de las costas del territorio, vías navegables, islas nacionales y la zona económica exclusiva.

    c) Artículo 31.- La autoridad marítima, por caso fortuito o fuerza mayor podrá declarar, en cualquier tiempo, provisional o permanentemente cerrados a la navegación determinados puertos, a fin de preservar la seguridad de las personas y de los bienes.

    20. Que la fracción XI del artículo citado de la Ley, referente a los actos tendentes a obstaculizar o bloquear actividades de inteligencia o contrainteligencia, que propone la iniciativa sea derogado, tiene un carácter general para no acotar el concepto de amenazas a la Seguridad Nacional. Ya que como se transcriben los artículos 29 y 30 de la Ley, donde se establecen los conceptos de inteligencia y contrainteligencia, da razón de su generalidad:

    Artículo 29.- Se entiende por inteligencia el conocimiento obtenido a partir de la recolección, procesamiento, diseminación y explotación de información, para la toma de decisiones en materia de Seguridad Nacional.

    Artículo 30.- La información sólo podrá ser recabada, compilada, procesada y diseminada con fines de Seguridad Nacional por las instancias autorizadas.

    Esta Comisión considera que de aceptarse la inclusión de la Comisión Bicamaral al Consejo de Seguridad Nacional, estaríamos frente a una invasión de competencias de acuerdo con las disposiciones contempladas en el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, invadiendo la competencia del Poder Ejecutivo.

    De la misma manera, de aceptarse la propuesta de adicionar las fracciones I y III y se deroguen las fracciones VI, IX y XI del artículo 5º de la Ley de Seguridad Nacional, se vulneraría el objetivo de la misma, resultando contrario al espíritu que motivó la iniciativa del Diputado José Alberto Aguilar Iñárritu, ya que se acotaría el catálogo de amenazas que son la base de actuación de la Ley.

    Por lo antes expuesto, los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Gobernación, sometemos a consideración del Pleno de esta honorable Asamblea el siguiente proyecto de:

    ACUERDO

    PRIMERO.- No es de aprobarse la Iniciativa que reforma los artículos 5 y 12 de la Ley de Seguridad Nacional, presentada por el Diputado José Alberto Aguilar Iñarritu el 28 de abril de 2005.

    SEGUNDO.- Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los trece días del mes de octubre de dos mil cinco.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández, Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Zepahua Valencia (rúbrica).»


    CODIGO CIVIL FEDERAL

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1916 Bis del Código Civil Federal

    HONORABLE ASAMBLEA:

    La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de los integrantes de esta honorable Asamblea el presente Dictamen de la:

    INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN MATERIA DE GARANTÍAS A LA LIBERTAD DE OPINIÓN DE LOS COMUNICADORES.

    ANTECEDENTES

    PRIMERO.- En sesión celebrada por la Comisión Permanente, con fecha 25 de mayo de 2005, el Diputado Salvador Martínez Della Rocca, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presentó, INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN MATERIA DE GARANTÍAS A LA LIBERTAD DE OPINIÓN DE LOS COMUNICADORES.

    SEGUNDO.- En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, mediante Oficio No. CP2R2AE.-316, acordó que se turnara dicha Iniciativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su estudio y dictamen.

    TERCERO.- Los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura, procedieron al estudio de la Iniciativa aludida, habiendo efectuado múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en el proyecto que se discute, los cuales se exponen en las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    Primera.- La propuesta de reforma que se dictamina, tiene por objeto reformar el artículo 1916 Bis del Código Civil Federal para establecer que no estarán obligados a reparar el daño moral los periodistas y comunicadores, que con motivo de su función emitan pronunciamientos que puedan causar perjuicio alguno a un tercero. En este sentido, se propone que sólo será suficiente la disculpa pública por parte de los periodistas y comunicadores.

    El autor de la Iniciativa señala que la libertad de información y de expresión previstas en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos son pilares fundamentales en toda sociedad que aspira a consolidar un Estado de Derecho, como forma de gobierno. Es por ello, que el artículo 6° establece que:

    ``La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado''.

    Asimismo, el artículo 7° del mismo ordenamiento, establece que:

    ``Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito''.

    Por tal motivo, a consideración del autor de la Iniciativa, debe prevalecer el mandato constitucional de salvaguardar las garantías de libertad de información y de expresión, por encima del posible daño que se pudiera ocasionar al tercero.

    Segunda.- Expone el autor de la Iniciativa, que los periodistas y comunicadores en el desempeño de sus funciones, están expuestos a ser denunciados tanto por la vía civil o penal, cuando personas o corporaciones públicas o privadas estimen que se les ha causado un perjuicio al publicarse un trabajo que consideren difamatorio, injurioso o calumnioso. Cabe señalar, que en materia civil la afectación a un tercero es conocida como daño moral, por lo tanto, el ofendido tiene la posibilidad de solicitar la reparación del daño a través del pago de una sanción pecuniaria.

    En tal sentido, se propone reformar el artículo 1916 Bis del Código Civil Federal, para establecer que: ``No estará obligado a la reparación del daño moral ni a pagar sanción pecuniaria alguna, quien ejerza sus derechos de opinión, critica, expresión e información, en los términos y con las limitaciones de los artículos 6o. y 7o. de la Constitución General de la República.

    En todo caso, quien demande la reparación de daño moral por responsabilidad contractual o extracontractual deberá acreditar plenamente la ilicitud de la conducta del demandado y el daño que directamente le hubiere causado tal conducta, pero ello sólo tendrá como efecto que el obligado, publique a su costa y en los términos que determine el juez, la retractación del hecho difamatorio''.

    Tercera.- Por su parte, los Diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, consideramos que para establecer una justificación del sentido en el que se orienta este dictamen, conviene anotar lo que la Doctrina ha expuesto en esta materia. Así, etimológicamente, la palabra ``responsable'' significa ``el que responde''. De allí que este concepto se conecte con la idea de ``reparación'', que tiene el sentido de que el daño es soportado por alguien que es su autor, y no por la víctima misma. Por ende, tradicionalmente, se ha entendido que, en sentido estricto, la responsabilidad concierne al deber de reparar el daño jurídicamente atribuible causado por el incumplimiento, tanto de una obligación preexistente como del deber genérico de no dañar a otro.

    La responsabilidad civil se ha redefinido, entonces, como una reacción contra el daño injusto. Ante la imposibilidad de la eliminación del daño, el problema se presenta como una transferencia de un sujeto (la víctima) a otro (el responsable). En suma, la responsabilidad civil no es una forma de sancionar al culpable, sino de trasladar las consecuencias dañosas a un sujeto distinto del que las sufrió, cuando existe una razón que justifique tal desplazamiento.

    La doctrina establece que debe tenerse presente que: ``la revisión del sistema de la responsabilidad civil no significa dar vuelta a las cosas, ni destruir los cimientos para edificar de nuevo. Significa ampliar las fronteras de la responsabilidad civil. Más allá de la culpa, sin [excluirla]; más allá de la responsabilidad civil, sin desecharla''.

    Así tenemos, que de conformidad con el artículo 1910 del Código Civil Federal, se establece que: ``El que obrando ilícitamente o contra las buenas costumbres cause daño a otro, está obligado a repararlo, a menos que demuestre que el daño se produjo como consecuencia de culpa o negligencia inexcusable de la víctima''.

    Ahora bien, es de señalarse que el ejercicio indebido de las libertades de información y de expresión, da lugar a que se ocasione daño moral contra un tercero y, como consecuencia, éste pueda exigir la reparación de dicha afectación mediante el cobro de una sanción de carácter pecuniario. En este sentido, debe subrayarse que de ninguna manera, la reparación del daño se contrapone a las citadas garantías consagradas en los artículos 6o. y 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que los mismos preceptos contemplan limitaciones a tales prerrogativas, en el caso del artículo 6o.: ``que no se ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público'', y en el artículo 7o.: ``que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública''. Por lo tanto, cuando no se observan tales lineamientos, se configura una afectación en los intereses del ofendido.

    Es por ello, que la reparación del daño debe darse conforme al artículo 1916 del Código Civil Federal, que señala:

    ``Artículo 1916.- Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás. Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas.

    Cuando un hecho u omisión ilícitos produzcan un daño moral, el responsable del mismo tendrá la obligación de repararlo mediante una indemnización en dinero, con independencia de que se haya causado daño material, tanto en responsabilidad contractual como extracontractual. Igual obligación de reparar el daño moral tendrá quien incurra en responsabilidad objetiva conforme a los artículos 1913, así como el Estado y sus servidores públicos, conforme a los artículos 1927 y 1928, todos ellos del presente Código.

    La acción de reparación no es transmisible a terceros por acto entre vivos y sólo pasa a los herederos de la víctima cuando ésta haya intentado la acción en vida.

    El monto de la indemnización lo determinará el juez tomando en cuenta los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable, y la de la víctima, así como las demás circunstancias del caso.

    Cuando el daño moral haya afectado a la víctima en su decoro, honor, reputación o consideración, el juez ordenará, a petición de ésta y con cargo al responsable, la publicación de un extracto de la sentencia que refleje adecuadamente la naturaleza y alcance de la misma, a través de los medios informativos que considere convenientes. En los casos en que el daño derive de un acto que haya tenido difusión en los medios informativos, el juez ordenará que los mismos den publicidad al extracto de la sentencia, con la misma relevancia que hubiere tenido la difusión original''.

    Cuarta.- Por otra parte, los Diputados integrantes de la Comisión Dictaminadora señalan, por lo que respecta a la propuesta de reforma del primer párrafo del artículo 1916 Bis, que la excepción a la obligación de reparar el daño, prevista para quienes ejerzan sus derechos de opinión, crítica, expresión e información, no es una ``excluyente de responsabilidad en todos los supuestos''. Es decir, para que ésta opere, necesariamente ``deben cumplirse los términos y las limitaciones señaladas en los artículos 6o. y 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Que como ya hemos señalado, tratándose del artículo 6o.: ``no se ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público'', y del artículo 7o.: ``que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública''.

    Ahora bien, la reparación del daño moral, de acuerdo con el artículo 1916 del Código Civil Federal, conlleva necesariamente el pago de una sanción pecuniaria. Para sustentar tal aseveración, esta Comisión Dictaminadora conviene en citar las siguientes tesis jurisprudenciales que corroboran la justificación del presente dictamen:

    ``DAÑO MORAL. LA PUBLICACION DE LA SENTENCIA QUE CONDENA A RESARCIR EL, SOLO PROCEDE EN AQUELLOS CASOS EN QUE SE HA MENOSCABADO O MANCILLADO EL HONOR DE LA PERSONA AFECTADA.

    Acorde con lo preceptuado por el artículo 1916, último párrafo del Código Civil para el Distrito Federal, se desprende que si bien es cierto que se establece como medida idónea de un resarcimiento moral, la publicación de la sentencia que condena a una persona física o moral que resulte responsable de un daño causado; también lo es que esa sanción sólo es procedente en aquellos casos en que el daño moral afecta a la víctima en su decoro, honor, reputación o consideración, toda vez que es en esa circunstancia en que el espíritu del legislador, quiso que a través de los medios de información, se diera una reparación natural, por ejemplo, de un honor menoscabado, como lo es una difamación, etcétera, pretendiendo con ello compensar de alguna manera el mal causado, con el ánimo de que por medio de una divulgación, se anule alguna noticia propalada o no; pero no así cuando el detrimento se ocasiona en el aspecto físico, a más de otros males inmateriales de difícil evaluación.

    Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, Novena Época, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Parte III, Marzo de 1996; Tesis I.6o.C.42 C, Página 911''.

    ``DAÑO MORAL. NO ES NECESARIO QUE SU CAUSANTE SEA CONSCIENTE DE LA EJECUCION DEL ACTO Y LAS CONSECUENCIAS DEL MISMO, PARA QUE PUEDA IMPUTARSELE SU CAUSACION.

    No es cierto que para que a un sujeto pueda imputársele la causación de un daño moral, resulte necesario que sea consciente de la ejecución del acto y las consecuencias del mismo, habida cuenta de que los artículos 1916 y 1916 bis en ningún momento exigen como requisito de la acción respectiva la mencionada imputabilidad, sino que sólo prevén la causación de un daño, que éste sea consecuencia de un hecho u omisión ilícitos, y que haya una relación de causa-efecto entre ambos acontecimientos.

    Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, Novena Época, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Parte I, Mayo de 1995; Tesis I.8o.C.9 C, Página 355''.

    ``DAÑO MORAL. REQUISITOS NECESARIOS PARA QUE PROCEDA SU REPARACION.

    De conformidad con el artículo 1916, y particularmente con el segundo párrafo del numeral 1916 Bis, ambos del Código Civil vigente en el Distrito Federal, se requieren dos elementos para que se produzca la obligación de reparar el daño moral; el primero, consistente en que se demuestre que el daño se ocasionó y, el otro, estriba en que dicho daño sea consecuencia de un hecho ilícito. La ausencia de cualquiera de estos elementos, impide que se genere la obligación relativa, pues ambos son indispensables para ello; así, aunque se acredite que se llevó a cabo alguna conducta ilícita, si no se demuestra que ésta produjo daño; o bien, si se prueba que se ocasionó el daño, pero no que fue a consecuencia de un hecho ilícito, en ambos casos, no se puede tener como generada la obligación resarcitoria. Por tanto, no es exacto que después de la reforma de 1º de enero de 1983, del artículo 1916 del Código Civil, se hubiese ampliado el concepto de daño moral también para los actos lícitos; por el contrario, al entrar en vigor el artículo 1916 Bis, se precisaron con claridad los elementos que se requieren para que la acción de reparación de daño moral proceda.

    Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, Octava Época, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Parte 85, Enero de 1995; Tesis I.5o.C. J/39, Página 65''.

    Por lo que respecta a la propuesta de reforma del segundo párrafo del artículo 1916 Bis del citado ordenamiento, es de señalarse que, toda vez que se ha establecido que la reparación del daño moral no se contrapone con las garantías previstas por los artículos 6o. y 7o. de la Constitución Federal, sino que es una medida restitutoria, en virtud de que al no respetar las condiciones para el ejercicio de tales derechos se puede configurar una afectación contra los intereses fundamentales del tercero; es indispensable que prevalezca la exigibilidad de que ésta se subsane a través de una sanción pecuniaria.

    Lo anterior, en razón de que lo que se pretende con la redacción vigente del artículo 1916 Bis del Código Civil Federal, es inhibir el abuso de las garantías de libertad de información y de expresión. Por lo tanto, sería insuficiente el hecho de que el demandado sólo ``publique la retractación del hecho difamatorio'', para reparar el daño ocasionado; pues de las tesis jurisprudenciales antes citadas, se desprende que el juez tiene la obligación de ``publicar la sentencia en la cual se ocasiona un daño al tercero, para resarcirlo en su integridad''.

    Asimismo, los integrantes de esta Comisión Dictaminadora expresan su preocupación de que con el uso indebido del derecho a la información y de expresión se cree una cultura de impunidad, máxime cuando los hechos que se dan a conocer no sean ciertos sino ``difamatorios'', los cuales podrían provocar graves daños a las personas, lo que incluso, es sancionado como delito.

    Por otra parte, es de señalarse, que si tomamos en consideración que quienes pueden caer en el supuesto de no respetar los límites previstos para ejercer las garantías antes señaladas, son personas que obtienen una ganancia por dar a conocer información que ocasiona un daño al tercero, lo equitativo es que dado que la información la obtuvo a costa de la integridad de dicha persona, consecuentemente, tenga la obligación de indemnizarlo.

    Finalmente, esta Comisión Dictaminadora, con el presente Dictamen, considera que se garantiza que la información que se de a conocer sobre cualquier persona sea apegada a los principios de legalidad, certeza y seguridad jurídica.

    Por lo anteriormente expuesto, los Diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos sometemos a la consideración de la Asamblea el siguiente:

    ACUERDO

    Único.- Se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 1916 Bis del Código Civil Federal, presentada por el Dip. Salvador Martínez Della Rocca, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 25 de mayo de 2005.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a trece de septiembre de dos mil cinco.

    Diputados: Rebeca Godínez y Bravo (rúbrica), Presidenta; Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), secretaria; Amalín Yabur Elías (rúbrica), secretaria; Miguel Ángel Llera Bello, secretario; Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), secretario; Miguelángel García-Domínguez, secretario; Félix Adrián Fuentes Villalobos (rúbrica), secretario; María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Mario Carlos Culebro Velasco, José Luis García Mercado (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona(rúbrica), Martha Laguette Lardizábal (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), María Sara Rocha Medina, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Bernardo Vega Carlos (rúbrica), Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), Ernesto Herrera Tovar, Sergio Penagos García (rúbrica), Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcenas (rúbrica), Margarita Zavala Gómez del Campo, Francisco Diego Aguilar, Angélica de la Peña Gómez (rúbrica), Eliana García Laguna, Diana R. Bernal Ladrón de Guevara, Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica).»


    LEY GENERAL DE SALUD

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 76 de la Ley General de Salud, en materia de salud mental

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Salud fue turnada para su estudio y posterior dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 76 de la Ley General de Salud en materia de salud mental, presentada por el diputado Jesús Martínez Álvarez del Grupo Parlamentario de Convergencia.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 numerales 1º y 3º, 43, 44 y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a consideración de esta honorable Asamblea, el presente Dictamen el cual se realiza de acuerdo con la siguiente:

    METODOLOGÍAI. En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del proceso legislativo, en su trámite de inicio, recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

    II. En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO DE LA INICIATIVA'' se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reforma en estudio.

    III. En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'' la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar o desechar la iniciativa en análisis.

    I. ANTECEDENTES.

    En sesión celebrada el 8 de Junio de 2005 ante el pleno de la Comisión Permanente de la LIX Legislatura, el diputado Jesús Martínez Álvarez del Grupo Parlamentario de Convergencia, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 76 de la Ley general de Salud en materia de salud mental.

    En la misma Fecha la Mesa Directiva turnó la mencionada iniciativa a ésta Comisión de Salud de Salud de la Cámara de Diputados para su estudio y posterior dictamen.

    II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

    En su exposición de motivos, el diputado promovente manifiesta su preocupación por las condiciones en las que se encuentran los pacientes que padecen alguna enfermedad mental que se encuentran internados en las instituciones del Estado.

    Menciona que dichas instituciones no cuentan con los recursos suficientes para garantizar una mejor atención por lo que cree necesario aplicar criterios de de salubridad y coordinación con las autoridades sanitarias, para lo cual, propone reformar el texto vigente de los artículos 75 y 76 de la Ley General de Salud.

    III. CONSIDERACIONES.

    A. Como lo refiere en su iniciativa el diputado promovente, la Ley General de Salud establece los criterios que deben seguir las instituciones dedicadas a la salud mental en su capitulo VII, denominado precisamente, Salud Mental.

    En dicho capitulo, la Ley estipula las acciones, funciones, requisitos precisiones y lineamientos que deben cumplir las instituciones dedicadas a la atención médica de pacientes con alguna enfermedad mental.

    Así, el ordenamiento citado, menciona en su artículo 75 lo siguiente:

    ``Artículo 75.- El internamiento de personas con padecimientos mentales en establecimientos destinados a tal efecto, se ajustará a principios éticos y sociales, además de los requisitos científicos y legales que determine la Secretaría de Salud y establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.''

    En este mismo sentido el artículo 76 establece que la Secretaría de Salud establecerá las normas oficiales mexicanas para que se preste atención a los enfermos mentales que se encuentran en reclusorios o en otras instituciones no especializadas en salud mental.

    De acuerdo con lo anterior, el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de atención médica establece en su capitulo VII, denominado ``Disposiciones para la Prestación de los Servicios de Salud Mental'' todos los requisitos que debe cumplir una institución dedicada a ala atención de pacientes con alguna enfermedad mental, en particular su artículo 126 establece lo siguiente:

    ``Todo aquel establecimiento que albergue pacientes con padecimientos mentales deberá contar con los recursos físicos y humanos necesarios para la adecuada protección, seguridad y atención de los usuarios, acorde a las normas técnicas que emita la Secretaría.''

    Así mismo, en el artículo 127 del citado ordenamiento se especifica que las unidades psiquiátricas que se encuentren ubicadas en reclusorios o en centros de readaptación social, además de la reglamentación interna se ajustarán a la norma técnica de prestación de servicios que en materia de salud mental emita la Secretaría.

    De conformidad con lo estipulado por la Ley General de Salud y por el Reglamento referido, se emitió la Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-1994, para la prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médica-psiquiátrica, la cual tiene por objeto tiene por objeto uniformar criterios de operación, actividades, actitudes del personal de las Unidades que prestan servicios de atención hospitalaria médico-psiquiátrica, la cual se proporcionará en forma continua e integral, con calidad y calidez.

    B. De lo anterior se infiere que la propuesta de reforma al artículo 75 es del todo innecesaria ya que lo que él denomina ``criterios de salubridad'' se encuentra perfectamente especificado tanto en el reglamento como en la norma, citados. Aunado a lo cual se encuentra la vaguedad de los denominados ``criterios'' de la iniciativa.

    C. En este mismo defecto incurre el diputado en la segunda parte de su propuesta de reforma al artículo 75 al mencionar a ``las autoridades competentes en la materia'' ya que la autoridad competente, como lo refiere la propia Ley es la Secretaría de Salud y todas las instituciones dedicadas a la salud mental deben cumplir con todos los reglamentos y normas técnicas que emite la misma.

    D. El texto vigente del artículo 76, que también se pretende reformar, establece en su segundo párrafo lo siguiente:

    ``Artículo 76.-...

    A estos efectos, se establecerá la coordinación necesaria entre las autoridades sanitarias, judiciales, administrativas y otras, según corresponda.''

    A lo anteriormente citado, el diputado pretende añadir la frase ``dentro de los tres niveles de gobierno''

    E. Entendiendo que la motivación del diputado para su propuesta es la de la coordinación de las autoridades federales, locales y municipales, es necesario hacer referencia a que en su artículo 5, la Ley General de Salud establece que el Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local.

    Así mismo en su artículo 9 menciona lo siguiente:

    ``Artículo 9.- Los gobiernos de las entidades federativas coadyuvarán, en el ámbito de sus respectivas competencias y en los términos de los acuerdos de coordinación que celebren con la Secretaría de Salud, a la consolidación y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud. Con tal propósito, los gobiernos de las entidades federativas planearán, organizarán y desarrollarán en sus respectivas circunscripciones territoriales, sistemas estatales de salud, procurando su participación programática en el Sistema Nacional de Salud.

    La Secretaría de Salud auxiliará, cuando lo soliciten los estados, en las acciones de descentralización a los municipios que aquéllos lleven a cabo.''

    F. De lo anterior se infiere que las acciones en materia de salud, no sólo de salud mental, se dan en coordinación con los tres niveles de gobierno, debido a que así lo estipula de antemano la ley, por lo que la pretendida reforma resulta completamente innecesaria.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud con las atribuciones que les otorgan los artículos 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponen a su consideración el siguiente:

    ACUERDO.

    Único. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 76 de la Ley General de Salud en materia de salud mental, presentada por el diputado Jesús Martínez Álvarez del Grupo Parlamentario de Convergencia el 8 de Junio de 2005.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo, María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás, Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma S. Figueroa Romero (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana, Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna.»
    LEY GENERAL DE SALUD

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VI al artículo 198 de la Ley General de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    En la sesión celebrada 25 de mayo de 2005, le fue turnada a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la iniciativa para que los establecimientos en los que se lleve a cabo el proceso de preparación y suministro de alimentos estén obligados a obtener autorización sanitaria, presentada por el diputado Jesús Martínez Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia.

    Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 73, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 numerales 1° y 3°, 43, 44, 45 numeral 6, inciso e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta honorable Asamblea, el presente dictamen mismo que se realiza bajo la siguiente:

    METODOLOGÍA

    La Comisión encargada del análisis y dictamen de la Iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

    En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida Iniciativa, así como de los trabajos previos de la Comisión.

    En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO'', se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio, así mismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

    En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'', la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen.

    I. ANTECEDENTES.

    El 25 de mayo de 2005, Jesús Martínez Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia de México, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión la Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona una fracción VI al artículo 198, de la Ley General de Salud, con el propósito de establecer como requisito a los establecimientos que lleven a cabo el proceso de preparación o suministro de medicamentos, la obtención de una autorización sanitaria.

    En la misma fecha fue turnada dicha Iniciativa, a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para su respectivo estudio y dictamen.

    II. CONTENIDO.

    El diputado proponente manifiesta que comúnmente se observan, en establecimientos destinados a preparar y suministrar alimentos, condiciones insalubres que pueden propiciar enfermedades infecciosas en los consumidores. Asimismo, expresa que es indispensable que debido a la posibilidad de que proliferen en estos lugares agentes contagiosos y enfermedades infecciosas es imprescindible contar con un control sanitario de los alimentos y bebidas preparados y expendidos en establecimientos fijos como restaurantes, cocinas económicas y puestos semifijos instalados en la vía pública.

    III. CONSIDERACIONES.

    A. El derecho a la salud es una de las más importantes prerrogativas de las personas no sólo porque constituye un valor fundamental para su desarrollo sino porque además, dignifica al hombre. El artículo 4º de nuestra Constitución Política consagra dicho derecho y determina, para tal efecto, que el Estado tiene la obligación de establecer las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud a través de sus leyes.

    B. Coincidimos con el proponente en el hecho de que algunas veces se observan, en establecimientos destinados a preparar y suministrar alimentos, condiciones insalubres que pueden propiciar enfermedades infecciosas en los consumidores, sin embargo, es necesario señalar que la Iniciativa pretende legislar erróneamente lo relativo a los establecimientos mercantiles, cuya competencia recae en los Estados y Municipios en función de que no existe facultad expresa en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para regular locales comerciales.

    Al respecto es propicio señalar que el Artículo 124 Constitucional establece que ``las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los estados''.

    Dado que la misma Constitución no se reconoce como facultad expresa de los funcionarios de la Federación la regulación de los establecimientos mercantiles, se deduce entonces, que es facultad de las Entidades Federativas expedir su propia Ley para Establecimientos Mercantiles y, de hecho, la reglamentaria esta conferida a cada Municipio.

    Por otro lado, la Ley General de Salud en su artículo 199 establece, en pleno apego al artículo 124 de nuestra Constitución, que corresponde a los Gobiernos de las Entidades Federativas la verificación y control sanitario de los establecimientos que expendan o suministren al público alimentos.

    Artículo 199.- Corresponde a los Gobiernos de las Entidades Federativas ejercer la verificación y control sanitario de los establecimientos que expendan o suministren al público alimentos y bebidas no alcohólicas y alcohólicas, en estado natural, mezclados, preparados, adicionados o acondicionados, para su consumo dentro o fuera del mismo establecimiento, basándose en las normas oficiales mexicanas que al efecto se emitan.

    En el mismo sentido, citamos la fracción I, del apartado ``A'', del artículo 13 de la citada Ley, que precisa la facultad de la Secretaría de Salud para dictar Normas Oficiales Mexicanas a que quedará sujeta la prestación de servicios de salud, más no le faculta a regular respecto de establecimientos comerciales o mercantiles.

    Artículo 13.- La competencia entre la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general quedará distribuida conforme a lo siguiente:

    A. Corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud:

    I. Dictar las normas oficiales mexicanas a que quedará sujeta la prestación, en todo el territorio nacional, de servicios de salud en las materias de salubridad general y verificar su cumplimiento;

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud, ponemos a consideración el siguiente:

    ACUERDO.

    Único.- Se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona una fracción VI al artículo 198 de la Ley General de Salud, presentada por el diputado Jesús Martínez Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, el 25 de mayo de 2005.

    Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo (rúbrica), María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás, Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma S. Figueroa Romero (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana, Guillermo Velasco Rodríguez, María Angélica Ramírez Luna.»
    LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 20 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    En la sesión celebrada el 24 de agosto de 2005, le fue turnada a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de Decreto para reformar el artículo 20 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, presentada por el Diputado Juan Fernando Perdomo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia.

    Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 73, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 numerales 1° y 3°, 43, 44, 45 numeral 6, inciso e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta honorable Asamblea, el presente dictamen mismo que se realiza bajo la siguiente:

    METODOLOGÍA

    La Comisión encargada del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

    En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

    En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO DE LA INICIATIVA'', se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reforma en estudio, asimismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

    En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'', la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a la iniciativa en análisis.

    I. ANTECEDENTES.

    El 24 de agosto de 2005, el diputado Juan Fernando Perdomo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, presentó ante el pleno de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 20 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, con el propósito de que los directores de los Institutos Nacionales de Salud se ratifiquen por otro periodo igual en una sola ocasión, siempre que se justifique la necesidad de dicha ratificación, atendiendo estrictamente a las cualidades profesionales del especialista propuesto.

    II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

    La Iniciativa objeto del presente dictamen se realiza ya que se considera necesario la ratificación de un director de algún instituto que debe demostrar que el profesionista propuesto acredite los requisitos que la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.

    El fin de la iniciativa es que los directores de los Institutos Nacionales de Salud se ratifiquen por otro periodo igual en una sola ocasión, siempre que se justifique la necesidad de dicha ratificación, sea atendiendo estrictamente a las cualidades profesionales del especialista propuesto.

    Es decir que se establezca la operatividad real del artículo 20 de este ordenamiento estableciendo las restricciones necesarias para el supuesto de ratificación de los directores de los institutos.

    III. CONSIDERACIONES.

    A. Sabemos la gran importancia que tienen los Institutos Nacionales de Salud, ya que son aquellos organismos descentralizados de la Administración Publica federal, con personalidad jurídica que tienen por objeto principal la investigación científica, en el campo de la salud, la formación y capacitación de recursos humanos calificados y la prestación de servicios de atención médica de alta especialidad.

    B. La Iniciativa objeto del presente dictamen pretende que, para la ratificación de un director general en un centro de salud, se demuestre fehacientemente que el profesionista propuesto acredita los extremos ordenados por el artículo 18 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.

    Sin embargo, el artículo 18 de la Ley en comento señala que los directores generales de los Institutos Nacionales de Salud serán designados por las juntas de gobierno siempre y cuando reúna los requisitos siguientes:

    I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos;

    II. Ser médico cirujano, con alguna de las especialidades del Instituto de que se trate. En el caso del titular del Instituto Nacional de Salud Pública podrá ser una persona de reconocidos méritos académicos en las disciplinas médicas y de salud pública y que haya publicado trabajos de investigación en salud pública;

    III. Tener amplia experiencia en las áreas médica y académica, así como una trayectoria reconocida en la Medicina, y

    IV. No encontrarse en alguno de los impedimentos que señala el artículo 19, fracciones II a V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

    De lo anterior se desprende que para ser director general de un Instituto Nacional de Salud, se deben acreditar todos y cada uno de los requisitos citados en el artículo 18 del citado ordenamiento, por ende, resulta innecesario que para la ratificación de un director se tengan que acreditar nuevamente sus cualidades profesionales de especialista además de los demás requisitos establecidos en el citado precepto, cuando desde un inicio, para recibir el cargo, quedaron perfectamente cubiertos.

    C. Si bien es cierto que se requiere garantizar los mejores niveles de competitividad y el aumento de la calidad en los servicios prestados por los Institutos Nacionales de Salud, es menester señalar que la lógica indica que la ratificación de un director supone la previa evaluación de su desempeño.

    No obstante, no sólo se trata de una situación que implique la lógica o la práctica, la Ley en la actualidad ya contempla mecanismos para medir el desempeño de los Institutos Nacionales de Salud, y obviamente, los resultados son responsabilidad en primera instancia de los directores a cargo de los mismos.

    Por otro parte, la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, en su artículo 12 establece la obligación para los Institutos de contar con un sistema integral de profesionalización, que comprenda, entre otras cosas, cuando menos, catálogo de puestos, programas de desarrollo profesional y actualización permanente de su personal científico, tecnológico, académico, administrativo y de apoyo en general, así como las obligaciones e incentivos al desempeño y productividad.

    D. En el mismo orden de ideas, el artículo 16 de la citada Ley, establece las facultades que tienen las juntas de gobierno de los Institutos Nacionales de Salud, entre las que destaca la de la fracción VI, por su referencia a la estabilidad y desarrollo del personal de los Institutos y que, a continuación, citamos textualmente:

    Artículo 16. Las juntas de gobierno de los Institutos Nacionales de Salud tendrán, adicionalmente a las facultades que les confiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, las atribuciones indelegables siguientes:

    VI. Establecer el sistema de profesionalización del personal del Instituto de que se trate, con criterios orientados a la estabilidad y desarrollo del personal en la especialidad respectiva, para lo cual se considerarán los recursos previstos en el presupuesto;

    Además, de conformidad con el artículo 25 de la misma Ley, las juntas de gobierno son auxiliadas por los patronatos que, de acuerdo al propio artículo, cuentan con la función de apoyar las actividades de los Institutos y formular sugerencias tendientes a su mejor desempeño.

    Finalmente, el artículo 57 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud establece en cuanto a la evaluación de la calidad lo siguiente:

    Artículo 57.- La Secretaría de Salud evaluará la calidad de la infraestructura hospitalaria y de los servicios de atención médica que presten los Institutos.

    De lo anterior concluimos que, la ratificación de los directores de los institutos nacionales de salud ya se efectúa, de conformidad con lo que establecen las leyes, de manera objetiva y con base en mecanismos que buscan garantizar los mejores niveles de competitividad y el aumento de la calidad en los servicios prestados, por lo que la propuesta contenida en la Iniciativa examinada no resulta viable.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud, ponemos a consideración el siguiente:

    ACUERDO.

    Único.- Se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el primer párrafo del artículo 20 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, presentada por el Dip. Juan Fernando Perdomo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, el 24 de agosto de 2005.

    Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo (rúbrica), María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás, Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica),Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma Sinforina Figueroa Romero (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana, Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna.»
    LEY GENERAL DE SALUD

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    En la sesión celebrada 31 de marzo de 2005, le fue turnada a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de Decreto para reformar el artículo 245 de la Ley General de Salud, para que la substancia Efedrina se inserte en el artículo 245 en su grupo II, presentada por el Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39 numerales 1° y 3°, 43, 44, 45, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta honorable Asamblea, el presente Dictamen mismo que se realiza bajo la siguiente:

    METODOLOGÍA

    La Comisión encargada del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

    En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

    En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO DE LA INICIATIVA'', se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reforma en estudio, asimismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

    En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'', la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a la iniciativa en análisis.

    I. ANTECEDENTES.

    El 31 de Marzo de 2005, el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante el pleno de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la Iniciativa con proyecto de Decreto que Reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud, con el propósito de que la substancia Efedrina se incluya en el grupo II del Artículo 245 de la Ley General de Salud.

    II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

    La Iniciativa objeto del presente dictamen se realiza para que la substancia Efedrina se ubique dentro del grupo II del Artículo 245 de la Ley general de Salud.

    El Diputado proponente también menciona en su exposición de motivos, que en los últimos tiempos hemos visto como ha vuelto a ganar importancia la polémica en torno al uso de la efedra, que tenia efectos colaterales de riesgo para la salud, pero es mas conocida la substancia que se extrae de esta que es la efedrina, estimulante potente del sistema nervioso central.

    Por otro lado se plasma que es la efedra puede aumentar el metabolismo en los tejidos, esta prioridad ha servido como razonamiento para añadirle efedrina a algunos productos ``quema grasa'', por lo que esta presente en los suplementos como alacaloides, los cuales son biológicamente activos.

    Asimismo dice que debido a la ausencia estricta, de los productos hoy existentes en el mercado, podrían contener mas o menos efedrina de la indicada en la etiqueta. Y plasta que lo cierto es que la efedrina (sulfato de efedrina) esta presente además en muchos productos farmacéuticos, y su uso indebido puede provocar serios problemas.

    III. CONSIDERACIONES.

    A. Desde tiempos remotos se utilizaron las drogas, provenientes de distintas plantas, con fines medicinales, sin embargo el uso de éstas junto con la tecnología y la ciencia ha llevado a la producción de una variedad de drogas y substancias psicotrópicas, que causan dependencia y cuyo uso indebido llega a ser un problema serio para la salud pública.

    Ejemplo claro de ello es la efedrina droga que actúa como estimulante del sistema nervioso central, ya que actúa de manera similar a una anfetamina debido a que ambas tienen estructuras químicas similares, de esta manera la efedrina puede reducir la sensación de fatiga e incrementar el estado de animo así mismo aumenta el metabolismo.

    B. La efedrina además se presenta en productos farmacéuticos de igual forma se consume en forma de medicamentos vasoconstrictores y broncodilatadores de extendida venta, usados como estimulantes sin prever las consecuencias.

    Cabe mencionar que en algunos países la efedrina y sus sales forman parte de las substancias prohibidas en la composición de productos cosméticos, así como de la de substancias estimulantes prohibidas para el deporte.

    C. por otro lado sabemos que existen Tratados Internacionales en esta materia para ir acorde en el Derecho Internacional. Desde un principio, la finalidad básica de los Tratados Internacionales sobre fiscalización de estupefacientes ha sido limitar el uso de las drogas.

    Todos los estupefacientes y psicotrópicos son sustancias que producen efectos en el sistema nervioso central y aunque poseen un poder terapéutico indudable en el tratamiento de padecimientos que en los últimos tiempos han cobrado mayor incidencia, representan un grave riesgo para la sociedad mexicana.

    Por ende se requiere de acciones y un mayor control sanitario que permitirá sujetar a una mayor regulación aquellos medicamentos que presenten un potencial de adicción, abuso o desvió y coadyuve a que México pueda adoptar con rapidez los criterios dictados por la Junta Internacional para la fiscalización de estupefacientes (JIFE).

    D. Es menester decir que en efecto es mucha la importancia que tiene la actualización del 245 de la Ley General de Salud materia de este dictamen, y compartimos la preocupación e interés del diputado proponente. Sin embargo la iniciativa tiene un criterio muy general en cuanto a encuadrar esta substancia en el grupo II del artículo en comento, que son aquellas que tiene un valor terapéutico, pero constituyen un problema grave para la salud pública, por lo siguiente:

    El 95 % de los antiestaminicos de uso común casi adicionan en su formula la pseudoefedrina como coadyuvante en el tratamiento de problemas virales de las vías respiratorias altas mismos que actualmente se expenden al público de manera libre y son de uso común en la población general, tanto en lactantes, uso pediátrico como en adultos y personas de tercera edad.

    Esto implicaría retirar del mercado medicamentos ``antigripales'', entre otros, que de manera ordinaria son de libre acceso. Es por ello que si se habla de insertar esta substancia en este grupo podría realizarse el supuesto ya anteriormente mencionado.

    Por otro lado cabe mencionar que en la Comisión de Salud existe un dictamen el cual contiene una reforma integral al artículo 234 y 245 en la cual ya se incluye a la substancia EFEDRINA en el grupo III, con el propósito de regularla bajo la denominación de ``aquellas que tienen un valor terapéutico , pero constituyen un problema para la salud pública'', esto evitando que se caiga en el supuesto que mencionamos anteriormente como un problema que sucedería si se inserta en el grupo II como problema grave.

    E. Es por lo anterior que esta Comisión dictaminadora de-secha la iniciativa, al considerar ciertos factores que ya se han mencionado y en específico por ser una reforma muy general y englobar antiestaminicos de uso común.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de esta Comisión de Salud con las atribuciones que le otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente:

    ACUERDO

    Único.- Se desecha la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud, presentada por el Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 31 de Marzo de 2005.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo, María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás, Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma S. Figueroa Romero (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana, Guillermo Velasco Rodríguez, María Angélica Ramírez Luna.»
    LEY GENERAL DE SALUD

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el cual se adicionan las fracciones V al artículo 90 y VI al artículo 111 de la Ley General de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, de la LIX Legislatura, fue turnado para su estudio y dictamen la Iniciativa con Proyecto de Decreto para adicionar una fracción V al artículo 90 y una fracción VI al artículo 111 de la Ley General de Salud.

    Los integrantes de la comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39 numerales 1º y 3º, 43, 44, 45, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea, el dictamen relativo a la Iniciativa con Proyecto de Decreto antes mencionada, el cual se realiza bajo la siguiente:

    METODOLOGÍA

    En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo en turno para la elaboración del dictamen respectivo, así como de los trabajos previos de la Comisión dictaminadora.

    En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO'', se sintetiza el alcance de la Iniciativa con Proyecto de Decreto en estudio.

    En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'' la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen.

    I. ANTECEDENTES.

    En sesión celebrada por el pleno de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura el 14 de abril del año 2005, el Diputado Jesús Martínez Álvarez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto para adicionar una fracción V al artículo 90 y una fracción VI al artículo 111 de la Ley General de Salud.

    En la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la Iniciativa con Proyecto de Decreto a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, correspondiente a la LIX Legislatura.

    II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

    En su iniciativa, el Diputado manifiesta que frecuentemente las personas acuden a una farmacia con el fin de que les surtan medicamentos para atacar los síntomas de alguna enfermedad, sin que previamente hayan sido atendidos por un médico que los evalúe y a su vez expida la receta médica correspondiente. Asimismo, asevera que una numerosa cantidad de dependientes de farmacias asesoran, sin conocimiento ni estudio alguno que sea reconocido por la Ley, sobre cuál es la fórmula o medicamento que los puede ayudar a combatir los síntomas que presentan, lo cual resulta muy grave ya que pueden ocasionar complicaciones o provocar el empeoramiento en las condiciones de una enfermedad por la administración de ciertos medicamentos.

    Por ello asegura, se deben establecer los mecanismos legales necesarios para que los síntomas de las enfermedades sean diagnosticados y reconocidos por médicos y especialistas, y que no se expendan medicamentos sin la presentación de receta con prescripción médica.

    III. CONSIDERACIONES.

    A. La salud constituye un valor fundamental en todo ser humano que condiciona el desarrollo y bienestar de la sociedad en su conjunto. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4º, párrafo tercero, señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y que para hacer efectiva esta prerrogativa, el Estado tiene la obligación de establecer las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud a través de sus leyes.

    B. Coincidimos con la Iniciativa en que es una práctica cotidiana el que las personas acudan a una farmacia para que, previa asesoría de algún dependiente de la misma, les sean surtidos medicamentos para atacar los síntomas de alguna enfermedad, sin que medie prescripción médica ni atención previa de algún médico.

    Dicha situación genera que en algunos casos los dependientes de farmacias predispongan a los usuarios, aprovechando su ignorancia, a comprar medicamentos sin ningún fundamento científico y con el único fin de lucrar tras su venta, provocando el consumo innecesario de medicamentos. Asimismo, se pueden generar efectos negativos a la economía de las personas que al no encontrar mejora como resultado de la medicación que se les recomendó, tienen que desembolsar nuevas cantidades para su curación.

    C. Sin embargo, es preciso señalar que la adición de una fracción V al artículo 90 de la Ley General de Salud, planteada en la Iniciativa materia de estudio, no es viable, toda vez que se encuentra fuera de contexto debido a que el texto propuesto no coincide ni con el tema ni con el espíritu de dicho artículo. El citado artículo establece las atribuciones de la Secretaría de Salud y de los gobiernos de las entidades federativas en materia de formación, capacitación y actualización de los recursos humanos para los servicios de salud, mientras que la adición propuesta trata de la necesidad de establecer mecanismos de control para que los dependientes de farmacias, droguerías o boticas no receten a los clientes medicamentos, problemática que no guarda ninguna relación con el contenido de la citada disposición.

    Además, el artículo 90 forma parte del Capítulo III, correspondiente a la Formación, Capacitación y Actualización del Personal, del Título Cuarto de la Ley General de Salud, relativo a los Recursos Humanos para los Servicios de Salud, situación que pone en evidencia la improcedencia de la Iniciativa en este sentido.

    D. Por otro lado, consideramos que la adición de una fracción VI al artículo 111 de la Ley General de Salud, es inadecuada, en el sentido de que dicho artículo como parte del Título Séptimo, relativo a la Promoción de la Salud, menciona las actividades consideradas como tales, dentro de las cuales no puede comprenderse lo concerniente al control de la prescripción de medicamentos, pues ésta no forma parte, por sí misma, de un rubro de promoción de la salud.

    En el mismo sentido, encontramos que dicho artículo enumera aspectos generales y no casuísticos, como es el caso de la proposición que emana de la Iniciativa, por lo que también es improcedente desde el punto de vista de la técnica legislativa.

    Adicionalmente, es menester precisar que dentro del capitulado del propio Título Séptimo se desarrollan ampliamente los aspectos considerados dentro de la promoción de la salud, por tal motivo, para que pudiera incluirse una nueva fracción en el citado artículo, debería tratarse de un tema empleado en un sentido amplio, estrictamente relacionado al tema en comento y que por su importancia, deba ser desarrollado dentro de la Ley y no de un Reglamento, Norma Oficial Mexicana o Acuerdo; supuestos en que no incurre la adición propuesta.

    E. En cuanto a la medida que se pretende adoptar para evitar que los trabajadores que prestan sus servicios como dependientes en las farmacias, droguerías o boticas, receten a los clientes o prescriban algún remedio, sin que exista una receta expedida por un médico calificado y reconocido para ejercer la profesión, es importante tener en cuenta lo que establece el artículo 226 de la Ley General de Salud que a la letra establece:

    Artículo 226.--- Los medicamentos, para su venta y suministro al público, se consideran:

    I.--- Medicamentos que sólo pueden adquirirse con receta o permiso especial, expedido por la Secretaría de Salud, de acuerdo a los términos señalados en el capítulo V de este título;

    II.---Medicamentos que requieren para su adquisición receta médica que deberá retenerse en la farmacia que la surta y ser registrada en los libros de control que al efecto se lleven, de acuerdo con los términos señalados en el capítulo VI de este título. El médico tratante podrá prescribir dos presentaciones del mismo producto como máximo, especificando su contenido. Esta prescripción tendrá vigencia de treinta días a partir de la fecha de elaboración de la misma.

    III.--- Medicamentos que solamente podrán adquirirse con receta médica que se podrá surtir hasta tres veces, la cual debe sellarse y registrarse cada vez en los libros de control que al efecto se lleven. Esta prescripción se deberá retener por el establecimiento que la surta en la tercera ocasión; el médico tratante determinará, el número de presentaciones del mismo producto y contenido de las mismas que se puedan adquirir en cada ocasión.

    Se podrá otorgar por prescripción médica en casos excepcionales, autorización a los pacientes para adquirir anticonvulsivos directamente en los laboratorios correspondientes, cuando se requiera en cantidad superior a la que se pueda surtir en las farmacias;

    IV.--- Medicamentos que para adquirirse requieren receta médica, pero que pueden surtirse tantas veces como lo indique el médico que prescriba;

    V. Medicamentos sin receta, autorizados para su venta exclusivamente en farmacias, y

    VI.--- Medicamentos que para adquirirse no requieran receta médica y que puedan expenderse en otros establecimientos que no sean farmacias.

    No podrán venderse medicamentos u otros insumos para la salud en puestos semifijos, módulos móviles o ambulantes.

    Como lo muestra el artículo anterior, la legislación actual ya contempla mecanismos de control respecto de medicamentos cuyo consumo se considera riesgoso, a través de la retención y registro de la receta médica en los libros de control que al efecto se lleven.

    Para el caso concreto, y en particular, para el alcance de la Iniciativa, no tiene mayor importancia que sea un dependiente de farmacia el que sugiera el consumo de medicamentos, cuando éstos no requieren receta médica para adquirirse, dado que la propuesta es muy clara al referirse al control en la prescripción de medicamentos.

    F. Finalmente, si lo que se pretende es resolver el problema de la automedicación, que de acuerdo al Programa Nacional de Salud 2001-2006 se refiere al consumo de medicinas que no fueron indicadas por un profesional como resultado de un diagnóstico médico, éste, se debe combatir a través de programas de fomento sanitario en los que se promueva en la población la cultura de la atención médica, para que incluso los medicamentos que puedan adquirirse sin receta médica fueran prescritos por un profesional de la salud.

    De aprobarse la propuesta, sería necesario que la Secretaría de Salud realizara un programa o emitiera una Norma Oficial Mexicana, toda vez que la propuesta va en el sentido de facultar a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas, para que se establezcan mecanismos de control para evitar la automedicación, que abarca el supuesto de los dependientes que recomiendan a los clientes algún medicamento, hecho que se considera improcedente debido a que éstos mecanismos ya existen y están perfectamente contemplados en la Ley General de Salud.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que le otorga el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos; 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente.

    ACUERDO

    Único.--- Se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto por la cual se adiciona una fracción V al artículo 90 y una fracción VI al artículo 111 de la Ley General de Salud, presentada por el Diputado Jesús Martínez Álvarez, el 14 de abril de 2005.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez, Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo, María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás, Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma S. Figueroa Romero (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana, Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna.»
    LEY DE DESARROLLO SOCIAL

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto para adiconar una fracción X al artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la Iniciativa que adiciona una fracción X al artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, presentada por el diputado Jesús Nader Nasrallah a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión somete a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente

    DICTAMEN

    ANTECEDENTES

    1. En sesión celebrada el 10 de marzo de 2005, el diputado Jesús Nader Nasrallah del Partido Acción Nacional, presentó la Iniciativa que adiciona una fracción X al artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social.

    2. Que en la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Desarrollo Social.''

    CONTENIDO DE LA INICIATIVA

    La iniciativa propone adicionar una fracción X al Capítulo 3 de la Ley General de Desarrollo Social correspondiente a los principios de la Política de Desarrollo Social, incorporando el principio de subsidiariedad.

    CONSIDERACIONES.

    PRIMERA.- Incorporar la subsidiariedad como el décimo de los principios propios de la política social, significa especificar que una entidad con mayor fortaleza interviene en forma auxiliar y complementaria para favorecer el desarrollo de otras entidades y de los individuos que lo requieren.

    SEGUNDA.- El principio de subsidiariedad en el medio social implica que las organizaciones sociales mayores, especialmente el Estado, intervienen de manera complementaria, o en auxilio de otra entidad menor, para favorecer el desarrollo de organizaciones menores o de individuos en lo personal.

    TERCERA.- La aplicación de este principio no es sencilla desde el punto de vista práctico ni desde el punto de vista legal. Si se comparan las preferencias o demandas de una comunidad a otra, difieren entre sí. Los gobiernos locales pueden acomodar mejor a las necesidades y circunstancias locales, la oferta de servicios y bienes a los ciudadanos. La prestación descentralizada de un servicio puede aumentar la eficiencia y la competencia interjurisdiccional en relación con la oferta.

    CUARTA.- En el Programa Especial para un Auténtico Federalismo 2002-2006, se establece que un auténtico federalismo los poderes federales no pueden usurpar las competencias que corresponden a los gobiernos locales bajo el argumento de la incapacidad. El gobierno federal debe restringirse a las tareas que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos le asigna, de manera limitada y expresa. No se puede soslayar que las instituciones tienen sus atribuciones definidas precisamente en las leyes.

    QUINTA.- Una de las tareas fundamentales del auténtico federalismo es propiciar el funcionamiento debido de gobiernos locales competentes y en total cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, de acuerdo a sus facultades y con los recursos que les hayan sido asignados para cumplir con las necesidades y demandas de los habitantes. Un gobierno federal es fuerte en la medida que la autonomía e identidad de cada una de las partes que lo componen es reconocida y respetada en sus límites por todos.

    SEXTA.- La Federación, los estados y los municipios deben contar con herramientas y recursos suficientes para dotar a su autonomía de contenidos concretos, que les permitan cumplir sus tareas de gobierno, de la manera más completa, satisfactoria y expedita que les sea posible.

    SÉPTIMA.- La vigencia de un estado de derecho necesita de un respeto absoluto de todos los órdenes de gobierno al marco legal. La certidumbre jurídica de la aplicación de las normas es requisito ineludible en el funcionamiento de la gobernabilidad democrática.

    OCTAVA.- Los tres niveles de gobierno están absolutamente definidos en sus competencias y funciones. Por ejemplo, el artículo 115 constitucional dice textualmente:

    ...

    ``La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.''

    NOVENA.- Las leyes generales que se emiten por el Poder Legislativo, enuncian y regulan la competencia, atribuciones y funciones de los tres niveles de gobierno, en la materia sobre la que se legisla.

    En la Ley General de Desarrollo Social se expresa, en varios de sus artículos, este respeto al federalismo.

    El Título Cuarto, ``Del Sistema Nacional de Desarrollo Social'', en el Capítulo II, ``De las Competencias'', establece en distintas disposiciones la división exclusiva de atribuciones. En el artículo 43, se exponen las atribuciones del Gobierno Federal, dentro del ámbito de su competencia, por intermedio de la Secretaría de Desarrollo Social; en el artículo 44, las de los gobiernos de las entidades federativas y en el artículo 45, las de los ayuntamientos.

    En todos los artículos, al terminar la enumeración de atribuciones de cada nivel de gobierno, se dispone:

    ``Las demás que le señala la Ley, su reglamento y demás disposiciones aplicables.''

    Es decir, no queda abierta la posibilidad de actividades fuera de las establecidas, sino que se limitan a las que se señalen en las normas legales.

    DÉCIMA.- En la Ley General de Desarrollo Social también se definen los principios a los cuales se sujetará la Política de Desarrollo Social. Entre ellos se expresa:

    ``Artículo 3. La Política de Desarrollo Social se sujetará a los siguientes principios:

    ...

    Solidaridad: Colaboración entre personas, grupos sociales y órdenes de gobierno, de manera corresponsable para el mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad;''

    Este principio, que implica corresponsabilidad, es decir responsabilidad ejercida entre iguales, parece excluir los presupuestos de la subsidiariedad en la operación de la Política de Desarrollo Social, de los programas sociales. Impone, en cambio, la igualdad de todos los actores en el ejercicio de la responsabilidad que les corresponda.

    DECIMAPRIMERA.- El artículo 4 de la misma Ley General de Desarrollo Social establece:

    ``Artículo 4. La aplicación de la presente Ley corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de sus dependencias y organismos, a los poderes ejecutivos de las entidades federativas y a los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias; así como las que les competen, de acuerdo a sus atribuciones, al Poder Legislativo.''

    DECIMASEGUNDA.- De acuerdo a lo establecido en las normas constitucionales y legales, esta Comisión deduce que no es posible ni coherente la inclusión del principio de subsidiariedad en la Ley General de Desarrollo Social.

    Por lo anteriormente expuesto los diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

    ACUERDO

    Único. No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto para Adicionar una Fracción X al Artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, presentada por el diputado Jesús Nader Nasrallah, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 10 de marzo de 2005.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, diecinueve de octubre de dos mil cinco.

    Diputados: Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Presidenta; Carlos Flores Rico (rúbrica), Secretario; Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Secretaria; Armando Rangel Hernández (rúbrica), Secretario; Julio Boltvinik Kalinka, Secretario; Ubaldo Aguilar Flores (rúbrica), Francisco Xavier Alvarado Villazón (rúbrica), Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc (rúbrica) Clara Marina Brugada Molina, Elpidio Desiderio Concha Arellano, Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Rafael Flores Mendoza (rúbrica), Víctor Flores Morales, Armando Leyson Castro (rúbrica), José López Medina (rúbrica), Felipe Medina Santos, Ma. del Carmen Mendoza Flores (rúbrica), Eugenio Mier y Concha Campos, Gerardo Montenegro Ibarra, Gelacio Montiel Fuentes (rúbrica), Mario Moreno Arcos (rúbrica), Juan Carlos Núñez Armas (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Renato Sandoval Franco (rúbrica), María Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez (rúbrica), Quintín Vázquez García (rúbrica).»
    LEY DE AGUAS NACIONALES

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de Aguas Nacionales

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES, presentada por el C. Diputado Federal Jesús Humberto Martínez de la Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 9 de diciembre de 2004. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que sometió a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

    La Comisión de Recursos Hidráulicos de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTES

    PRIMERO. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el 9 de diciembre de 2004, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al Pleno de la iniciativa que presentó el C. Diputado Federal Jesús Humberto Martínez de la Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LIX Legislatura.

    SEGUNDO. El C. Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados acordó dar el siguiente tramite: ``Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos''.

    TERCERO. Mediante sus propios conductos la Comisión de Recursos Hidráulicos dio cuenta a sus integrantes del contenido de esta iniciativa.

    CUARTO. El C. Legislador propone lo siguiente:

    ``DECRETOUNICO.- INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES, para quedar en los siguientes términos:

    Art. 10.- El Consejo Técnico estará integrado por los titulares de las Secretarias de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien lo presidirá; Hacienda y Crédito Público; de Desarrollo Social; de Energía; de Economía; de Salud y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Instituto Mexicano del Agua y de la Comisión Nacional Forestal. Por cada representante propietario se designará a los suplentes necesarios con nivel de subsecretario o su equivalente. A propuesta del Senado de la República, el titular del Ejecutivo Federal designará como miembros del propio consejo, A dos representantes de los Gobiernos de los Estados y a un representante de una Organización ciudadana de prestigio y experiencia relacionada con el tema del agua.

    ...

    ...

    ...

    TRANSITORIOS

    UNICO.- El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Envíese el presente dictamen a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, para los efectos legales a que haya lugar.''

    CONSIDERANDO

    PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Recursos Hidráulicos, con las atribuciones y facultades antes señaladas se abocó a valorar la iniciativa de referencia que propuso el C. Diputado Federal Jesús Humberto Martínez de la Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    SEGUNDO. Qué el jueves 29 de abril de 2004, se publico en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, que actualmente se encuentra vigente.

    TERCERO. Propone la reforma al párrafo primero del artículo 10 vigente de la Ley de Aguas Nacionales, en lo que se refiere a la designación de los dos representantes de los Gobiernos de los Estados, toda vez que señala que son dos ordenes distintos de gobierno, el Ejecutivo Federal y los Gobiernos Estatales, ocupando una posición como juez y parte, ya que propone por medio del Consejo Técnico el cual esta integrado por funcionarios del gabinete del Ejecutivo Federal que fueron designados de una forma discrecional y al mismo tiempo el Ejecutivo Federal designa a los dos representantes de los gobiernos de los estados propuestos por el Consejo Técnico, y en que los Estados de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos son soberanos y no pueden por tanto los representantes de los Estados ser designados por el Ejecutivo Federal, ya que de esa manera se encontrará invadiendo la esfera de poderes soberanos determinados expresamente por nuestra Carta Magna, es decir, que la designación de los dos representantes de los Gobiernos de los Estados que hace el Titular del Ejecutivo Federal a propuesta del Consejo Técnico no es correcta, proponiendo que quien haga la propuesta de los dos representantes de los Gobiernos de los Estados recaiga en el Senado de la Republica, órgano legislativo cuya naturaleza es la representación de las entidades federativas ante el Pacto Federal, en que asegura que una de las principales motivaciones de la Ley de Aguas Nacionales, es la de fomentar la participación estatal y de la sociedad de acuerdo al artículo 5 de dicha Ley, que señala que el Ejecutivo Federal: Promoverá la coordinación de acciones con los gobiernos de los estados y de los municipios sin afectar sus facultades en la materia y el ámbito de sus correspondientes atribuciones. La coordinación de la planeación, realización de administración de acciones de gestión de los recursos hídricos por cuencas hidrológicas o por región hidrológica será a través de los Consejos de Cuenca, en cuyo seno convergen los tres ordenes del Gobierno, y participan y asumen compromisos los usuarios, los particulares y las organizaciones de la sociedad.

    CUARTO. Los motivos y fundamentos esgrimidos en el considerando anterior resultan inoperantes, toda vez que con esos mismos motivos y fundamentos utilizados por el proponente nos permiten arribar a la conclusión de que la iniciativa de reforma que pretende, plantea que quien haga la propuesta de los dos representantes de los Gobiernos de los Estados sea el Senado de la Republica, también invadiendo las esferas administrativas de los Estados, cuestión que se confirma con lo dispuesto por los artículos 40 y 41 primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los que se reconoce y determina la forma de gobierno, la soberanía, la competencia y la esfera de poderes, en ese sentido la reforma que propone resulta inoperante, ya que el planteamiento que hace de reformar el párrafo primero del artículo 10 de la Ley de Aguas Nacionales, también invadiría el ámbito de competencia administrativo de los Estados, al determinar que sea el Senado de la República el que proponga a estos dos representantes de los Gobiernos de los Estados y no el Consejo Técnico como actualmente se establece, además de que la función de administración que netamente le corresponde al Ejecutivo Federal se afectaría operativamente en la toma de decisiones, que en este caso se presenta necesariamente en la coordinación de los niveles de gobierno federal, estatal y municipal. Toda vez que no se trata de una cuestión política, ni tampoco se trata de pesos y contrapesos que se establece para su ejercicio en la división de poderes del Legislativo, Ejecutivo y Judicial, contenida en el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Recursos Hidráulicos:

    RESUELVE

    ÚNICO. Esta Soberanía desecha la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de Aguas Nacionales, con fundamento en lo señalado en el CUARTO considerando.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, así se dictaminó y firman a los 28 días del mes de septiembre de 2005.

    Diputados: Fernando Ulises Adame de León (rúbrica), Presidente; Juan Carlos Núñez Armas (rúbrica), secretario; Luis Felipe Madrigal Hernández (rúbrica), secretario; Jesús Humberto Martínez de la Cruz (rúbrica), secretario; Israel Téntory García (rúbrica), secretario; Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), José Orlando Pérez Moguel (rúbrica), Pascual Sígala Páez (rúbrica), Inelvo Moreno Álvarez (rúbrica), Beatriz Mojica Morga (rúbrica), Elpidio Tovar de la Cruz, Jacqueline G. Argüelles Guzmán, Gonzalo Rodríguez Anaya (rúbrica), Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Alfredo Rodríguez y Pacheco (rúbrica), José Guadalupe Osuna Millán (rúbrica), Marco Antonio Gama Basarte, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica), Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), Manuel E. Ovalle Araiza (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Irma Guadalupe. Moreno Ovalles (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres, José Rangel Espinosa (rúbrica), Jesús Zúñiga Romero (rúbrica), J. Miguel Luna Hernández (rúbrica).»

    Se va a proceder a recoger la votación económica de este punto de acuerdo y los anteriormente reservados.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.. Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados, los puntos de acuerdo; archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.


    PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De conformidad con el acuerdo aprobado en la sesión del 13 de octubre, proceda la Secretaría a dar lectura a los enunciados de las proposiciones relativas al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina; la Secretaria diputada Patricia Garduño Morales; el Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a no autorizar en el ejercicio de 2006 ninguna afectación negativa al presupuesto del IMSS en diversos rubros, manteniendo el presupuesto equivalente asignado para 2005, y a considerar el IMSS en la participación de los recursos extraordinarios provenientes de los excedentes por la venta de petróleo, a cargo de la diputada Graciela Larios Rivas y suscrita por diputados integrantes del grupo parlamentario del PRI

    Los suscritos diputados pertenecientes al Sector Obrero del Partido Revolucionario Institucional integrantes de la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea la proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

    Consideraciones

    Como legisladores representantes del Sector Obrero buscamos que los trabajadores tengan mejores oportunidades laborales para que aumente su calidad de vida y crezcan las posibilidades de un desarrollo humano integral.

    En este sentido la salud y la seguridad social son rubros esenciales para acceder a niveles y mejores posiciones dentro del área laboral, familiar y de bienestar social.

    Como un hecho relevante en la historia del derecho positivo y de la historia nacional, el Instituto Mexicano del Seguro Social ha sentado las bases para una política social encaminada a proteger eficazmente al trabajador y su familia contra los riesgos de la integridad física y encauzar en un marco comprometido con la justicia y el bienestar social las relaciones obrero-patronales.

    Desde la fundación del Instituto en 1943, la demanda por servicios de salud ha ido en aumento. La ampliación de sus servicios ha tenido que enfrentar esta dinámica de crecimiento por lo que en el ámbito de la salud y la seguridad social no hay otra institución que se le compare. A pesar de ello, en pleno siglo XXI la cobertura total del servicio que demandan sus derechohabientes no esta plenamente garantizada y mucho menos satisfecha.

    En los inicios de este nuevo siglo el Instituto ha enfrentado el desafío de modernizar su servicio y atención médica cada vez con menos recursos destinados a sus principales rubros. El proyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio del año 2006 para el Instituto que presenta la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a esta honorable Asamblea, en aras de construir un equilibrio fiscal global del Presupuesto de Egresos de la Federación, no considera gasto en los siguientes rubros: Pensiones Temporales y Provisionales, Sumas Aseguradas, Servicios Informáticos, Conservación e Inversión Física. En total por un monto de reducción de acuerdo al año anterior por cerca de 18 mil millones de pesos. En lo que se refiere a Materiales, Suministros y Servicios Generales del Instituto, la Secretaría de Hacienda propone otra reducción con respecto del presupuesto de 2005 por un monto de 18,661 millones de pesos para el año. Al presentar estas reducciones se establece una meta de constitución de reservas por aproximadamente 35,500 millones de pesos durante el año 2006.

    De aprobarse dichas reducciones propuestas, significarían para el rubro de Pensiones y Sumas Aseguradas, simplemente esperar el incumplimiento de la Ley del Seguro Social en los Seguros de Invalidez y Vida y Riesgo de Trabajo; obligándose a cubrir solo la mitad de las incapacidades dictaminadas a los trabajadores asegurados incluidas las de maternidad, negando derechos legítimos a miles de trabajadores. La reducción de Materiales, Suministros y Servicios Generales implicaría una disponibilidad presupuestal que solo alcanzaría para cubrir un tercio del año de los servicios fundamentales de electricidad, agua, gas, oxígeno y combustibles con lo que difícilmente se podría brindar algún tipo de prestación, incluyendo cirugías, aún pensando que hubiera los medicamentos y el personal médico necesario, por el resto del año.

    En cuanto al gasto de inversión en el Instituto, la drástica reducción de aproximadamente 9,000 millones de pesos para el año 2005 a cero pesos para el próximo año, de aprobarse el proyecto de Presupuesto presentado por la Secretaría de Hacienda, obligaría a suspender el programa de inversión dejando inconclusas al menos 136 obras que actualmente integran este programa. Entre estas obras estarían por lo menos 17 hospitales, más 40 unidades de atención médica así como 30 unidades de medicina familiar que aún no estarán terminadas en el 2005 y necesariamente requerirán recursos para ser terminados, como fueron anteriormente proyectados, durante el próximo año.

    Siguiendo con el rubro para la Inversión y la Conservación, el Instituto con el Presupuesto propuesto por la Secretaría de Hacienda, de ``cero recursos'', no podrá adquirir ni un solo equipo médico ni dar mantenimiento preventivo o correctivo a las instalaciones médicas con lo que muchas de ellas, se podría esperar, no operarían correctamente. Complicando aún más las deficiencias de atención de los cuales se quejan los derechohabientes del Instituto: los trabajadores y sus familias.

    En lo referente a los nulos recursos que propone la Secretaría de Hacienda para el rubro informático esto provocaría la pérdida de licencias de software, obligamos a que seguramente al Instituto a participar como consumidor en el sector informal, y que no puedan continuar operando los programas y proyectos informáticos de Contabilidad, Presupuesto, Pagos y Tesorería del Instituto, lo que posiblemente llevaría a un caos informático y a la grave pérdida de confianza de sus derechohabientes y patrones que vienen participando en estos programas.

    Los diputados pertenecientes al Sector Obrero del Partido Revolucionario Institucional con la obligación de formar parte de la discusión del próximo ejercicio presupuestal, especialmente en lo referente a la Seguridad Social de los trabajadores mexicanos, y con el fin de promover su crecimiento y garantizar su desarrollo nos vemos en la necesidad de actuar conjuntamente proponiendo los siguientes

    Puntos de Acuerdo

    Uno.- Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta H. Cámara de Diputados, para que no se autorice en el ejercicio presupuestal de 2006, ninguna afectación negativa al Presupuesto de Egresos del Instituto Mexicano del Seguro Social en los siguientes rubros: Pensiones Temporales y Provisionales, Sumas Aseguradas, Servicios Informáticos, Conservación, Inversión Física, Materiales, Suministros y Servicios Generales. Y se considere por lo menos la necesidad de mantener el presupuesto en el equivalente de recursos de lo asignado para el año 2005 considerando el efecto inflacionario, ajustando en consecuencia la meta de reservas propuestas.

    Dos.- Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta H. Cámara de Diputados para que sea considerado el Instituto Mexicano del Seguro Social en la participación de los recursos extraordinarios provenientes de los excedentes por la venta de petróleo, en caso de que los hubiera. Recursos que deberán ser destinados a programas de fortalecimiento de las reservas financieras del propio Instituto.

    Diputados: Armando Neyra Chávez (rúbrica), Rosario Sáenz López (rúbrica), Pablo Pavón Vinales, Eduardo Alfonso Bailey Elizondo (rúbrica), Graciela Larios Rivas (rúbrica), Enrique Burgos García, Sergio Arturo Posadas Lara, Filemón Primitivo Arcos Suárez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha, Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Alfredo Villegas Arreoal (rúbrica), Fernando A. García Cuevas (rúbrica), Concepción O. Castañeda Ortiz (rúbrica), Marco A. García Ayala, José García Ortiz, Carlos Mireles Morales, David Hernández Pérez, Roberto Vega y Galina (rúbrica), Víctor Félix Flores Morales (rúbrica), Mayela Quiroga Tamez (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Héctor Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Víctor González Huerta (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica), Rogelio Rueda Sánchez (rúbrica), Esthela Ponce Beltrán (rúbrica), Consuelo Rodríguez de Alba (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñárritu (rúbrica), Enrique Escalante Arceo (rúbrica).»

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a considerar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 recursos económicos con carácter de subsidio como compensación por los efectos negativos que generan el comercio exterior en el puerto de Manzanillo y las dos generadoras de electricidad, así como por los ingresos tributarios que se generan con estas actividades económicas en el estado, a cargo de la diputada Graciela Larios Rivas y suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios

    Los suscritos diputados del estado de Colima integrantes de la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable Asamblea la proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes consideraciones

    Consideraciones

    El estado de Colima genera ingresos tributarios anuales de cerca de 20 mil millones de pesos, mientras que de participaciones federales incluyendo las de los municipios apenas recibe poco menos de 2 mil millones de pesos, por cada peso que aporta el estado de Colima a la recaudación nacional por concepto de contribuciones nacionales recibe únicamente diez centavos.

    El puerto de Manzanillo es la principal generadora de ingresos del Estado por la actividad del comercio exterior; por si solo genera mayores recursos tributarios que varias entidades federativas, no obstante su presupuesto de egresos esta por debajo de dichas entidades. En el estado de Colima la Comisión Federal de Electricidad cuenta con dos plantas generadoras de energía eléctrica que produce energía para nueve estados incluyendo a Colima, él cual consume tan solo el 8 por ciento de la energía generada en su territorio y se ve afectado en un 100 por ciento de la contaminación del medio ambiente.

    Las actividades que generan estos recursos tributarios provoca una diversidad de problemas por el alto flujo de vehículos de carga pesada que daña la infraestructura carretera y las vialidades públicas y locales, afectando negativamente el medio ambiente e incrementando a los colimenses y turistas que visitan el estado la inseguridad al transitar por las carreteras de la entidad.

    El estado de Colima requiere de mucha inversión en distintos sectores, los recursos del Ramo 33 y de la inversión directa del Gobierno Federal han sido insuficientes por el ritmo de crecimiento y las necesidades que la actividad económica en nuestro estado demanda. Esto ha provocado cada vez más una limitada capacidad del Gobierno del estado y de los municipales para resolver sus necesidades más apremiantes en la creación de infraestructura y de servicios.

    Los diputados por el estado de Colima con la obligación de formar parte de la discusión del próximo ejercicio presupuestal, especialmente en lo referente a nuestro estado, y con el fin de promover su crecimiento y garantizar su desarrollo nos vemos en la necesidad de actuar conjuntamente proponiendo lo siguiente.

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta H. Cámara de Diputados, para que se considere en el ejercicio presupuestal de 2006, recursos por 500 millones de pesos con carácter de subsidio como compensación de los efectos negativos que genera el comercio exterior en el puerto de Manzanillo y las dos generadoras de electricidad, así como por los ingresos tributarios que se generan con estas actividades económicas en el estado. Dichos recursos se destinarán de manera integra a gasto de inversión.

    Diputados: Antonio Morales de la Peña (rúbrica), Joel Padilla Peña (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Jorge Luis Preciado Rodríguez (rúbrica), Rogelio Humberto Rueda Sánchez (rúbrica), Graciela Larios Rivas (rúbrica).»

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a considerar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 recursos a fin de dirimir el problema de agua potable generado en las comunidades del sur-sureste del país afectadas por los huracanes Stan y Wilma, a cargo del diputado Fernando Ulises Adame de León, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito, diputado federal de la LIX Legislatura, diputado Fernando Ulises Adame de León, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo estipulado en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución.

    Todavía no dejamos de sorprendernos de la fuerza devastadora de la naturaleza que nos golpeó recientemente, tanto en una región sensible, donde impera la pobreza de Chiapas y Oaxaca; como en una zona de desarrollo de primer mundo, la costa de Quintana Roo. Todavía no lo asimilamos, pero tenemos que empezar a reconstruir, no podemos quedarnos a contemplar los daños y analizar las causas del fenómeno, sino que de inmediato debemos abocarnos a resolver el problema de miles o de millones de mexicanos que esperan respuesta, no podemos perder el tiempo.

    Hemos podido observar a través de los medios de comunicación el desastre de zonas extensas de gran potencial económico, y aunque poco, también lo hemos visto en poblaciones pequeñas que son las menos publicitadas pero tal vez son las más dañadas.

    Los gobiernos locales han solicitado el apoyo del Gobierno Federal y ante esto el pueblo de México está cumpliendo. El Presidente fox ha ofrecido una respuesta oportuna que sin duda deberá darse en este momento con los recursos disponibles, con los sobrantes del ejercicio fiscal 2005, en fin con todo lo que se pueda. Sin embargo, no debemos olvidar que la aplicación de estos recursos debe servir para resolver el problema de la gente y no para justificar la existencia de un programa. Debemos recordar que la atención debe ser inmediata y esto tal vez, evidencie la carencia de viabilidad y prontitud de las reglas de operación que constituyen a la mayoría de los programas federales, ya que desafortunadamente hemos visto que algunos programas tardarán meses en aplicarse. Con esto no subsanaremos la demanda existente considerando que al día de hoy los habitantes del sureste mexicano no cuentan con luz eléctrica, comunicaciones, comida o agua potable o bien para cualquier uso. Tenemos que comenzar a mitigar estos graves problemas antes de que se generen nuevos problemas como es el caso de las epidemias.

    Estoy consciente que la reconstrucción iniciará por los sitios más accesibles, los de mayor concentración de población y capacidad económica y nuevamente las colonias y los pueblos pobres y alejados serán los últimos en atenderse. Estos pueblos, no tenían agua antes y tal vez sigan sin ella. Para muchos de ellos, la reconstrucción no empezará.

    El Presidente de la República solicitó mayores recursos para comenzar con la reconstrucción, nosotros como legisladores debemos colaborar con esta causa y dejar a un lado la lucha de poder, la cual no deja nada bueno para el país, ni para el Presidente, ni para el Congreso.

    En materia de agua potable, existen recursos que a través de la Comisión Nacional del Agua, iban a resolver el abasto de comunidades marginadas; desafortunadamente no van a ejercerse y no cumplirán su función, pero de cualquier forma muchos de estos recursos iban a quedarse sin destino porque los beneficiarios no cumplen con los requisitos de las reglas de operación, porque deben derechos a la dependencia o simplemente no tienen su contraparte para aportarle a su proyecto.

    Los datos oficiales nos han mostrado que 12 millones de mexicanos que viven en más de 33 mil comunidades del país, no tienen agua potable. Muchos se ubican en comunidades localizadas en el sur-sureste del país, donde hoy están afectados por el temporal.

    La Comisión de Recursos Hidráulicos hizo un planteamiento que el grupo parlamentario del PRI ha hecho suyo, y que el resto de los grupos parlamentarios han acogido y estamos en espera de que también lo manifiesten públicamente.

    No es creíble que la onceava economía del mundo, tenga aún doce millones de habitantes viviendo en la miseria porque donde no hay agua, invariablemente hay pobreza. Hemos propuesto un punto de acuerdo para que a partir de 2006, y hasta 2008, se atiendan el 100% del rezago que en materia de abasto tenemos, ya sabemos que hay tecnología disponible, que hay recursos y todo depende de la voluntad política de los actores, pero muchos habitantes de las actuales zonas afectadas por los huracanes y que están dentro de las zonas de atención para el abasto de agua no podrán esperar hasta el 2006, y menos para el 2008.

    Recientemente esta H. Cámara de diputados aprobó la regularización de los recursos que se habían observado dentro del proceso de la controversia. Estos, deben regresar a la dependencia y aplicarse en el programa original, pero por estar casi a fin de año o bien por la ineficiencia de las reglas de operación, seguramente muchos recursos no se ejercerán.

    Básicamente con la elaboración de este punto de acuerdo pretendo:

    1. Que los recursos que asignados a la Comisión Nacional del Agua, para este ejercicio fiscal, se apliquen urgentemente para dirimir los problemas de agua potable de comunidades rurales y colonias marginadas de las ciudades del sur-sureste que fueron afectados por los huracanes.

    2. Que la aplicación de los recursos se haga acorde con la realidad que hoy viven pueblos y municipios, donde no hay posibilidad de aportación de la contraparte local y que en apego a las reglas de operación vigentes, se autorice un 90% de aportación federal y que de ser posible, se atiendan al 100%.

    3. Que se le dé prioridad a las comunidades que están registradas como las de mayor rezago que son habitadas por indígenas o campesinos y que de otra forma y en otras circunstancias no serán atendidas. Al respecto, no debemos olvidar que tenemos una cuenta pendiente con estos sectores.

    4. Que adicionalmente al proyecto extraordinario que se ha planteado para el ejercicio fiscal 2006, se canalicen los recursos autorizados al Presupuesto de 2005 y que recientemente fueron liberados, pero que no sean descontados de la eventual aprobación de un proyecto para el 2006.

    Como legisladores es nuestra responsabilidad ser los garantes de los intereses de la ciudadanía y generar beneficios directos desde ésta, la Máxima Tribuna de la nación.

    En consecuencia solicito la aprobación del presente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y a la de Recursos Hidráulicos otorguen recursos suficientes al Presupuesto 2006 con la finalidad de resolver el problema de agua potable que se ha generado en las comunidades del sur-sureste del país, afectadas por los huracanes Stan y Wilma.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a 26 de octubre de 2005.--- Dip. Fernando Ulises Adame de León (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo, para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública una ampliación del presupuesto del Fondo de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, contenido en el Ramo 10, ``Economía'', a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del PAN

    De conformidad con lo establecido tanto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el numeral 58 de su Reglamento para el Gobierno Interior, la suscrita, diputada federal María Eloisa Talavera Hernández, del Partido Acción Nacional, presenta al Pleno de la honorable Cámara de Diputados, el siguiente punto de acuerdo para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la H. Cámara de Diputados, una ampliación al presupuesto del Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo PYME), contenido dentro del Ramo 10, ``Economía'', por un monto de 1,257 millones de pesos, para llegar a un gasto total de 3,000 millones de pesos, de acuerdo con las siguientes

    Consideraciones

    Una de las principales prioridades históricas del Partido Acción Nacional ha sido el desarrollo empresarial, tema que actualmente nos preocupa, porque consideramos que en la medida en que el sector empresarial esté en pleno desarrollo, se garantizarán más y mejores empleos, mismos que repercutirán en sensibles incrementos de la calidad de vida de las familias mexicanas.

    Resulta innegable que la estrategia de la actual administración se ha orientado decididamente a atender y fortalecer a las micro, pequeñas y medianas empresas, por medio de una importante red de programas, esquemas de financiamiento y acciones específicas que le permiten a éstas, la oportunidad de entrar a nuevos mercados y a obtener recursos financieros que les permiten un mejor desempeño de sus negocios.

    La estrategia gubernamental centra su esfuerzo sobre todo en el apoyo a las empresas de menor tamaño, especialmente de los sectores manufacturero, agropecuario, forestal, pesquero y minero, con la intención de generar un sensible incremento del valor agregado, la productividad y el nivel de empleo.

    No obstante lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional aprecia algunas carencias en el desenvolvimiento de nuestras empresas nacionales. Tal es el caso de la productividad, en donde diversos analistas y organismos internacionales han evidenciado el descenso de la productividad empresarial mexicana.

    Asimismo, el desempleo se ha convertido en uno de los principales pendientes de la actual administración, es pues un problema que aún no se resuelve.

    Ante esta situación, se requieren distintas estrategias que detonen el crecimiento del sector empresarial. Me permito mencionar dos aspectos fundamentales para alcanzar estos objetivos.

    En primer lugar, se requiere fortalecer el esquema de financiamiento a las pequeñas y medianas empresas, ya que este mecanismo es indispensable para generar un efectivo desarrollo de las actividades empresariales en nuestro país.

    Toda vez que en México, la mayoría de las empresas son MIPYMES, la estrategia de financiamiento se debería orientar mayoritariamente a este amplio sector. Pero en los últimos cinco años, el financiamiento otorgado a través de Nacional Financiera, se ha canalizado en 29 por ciento a las micro empresas, el 22 por ciento a las pequeñas, el 28 por ciento a las medianas y un 21 por ciento a las grandes empresas.

    Como podrá apreciarse, se otorga un apoyo financiero similar en montos para todas las empresas nacionales, sin importar su tamaño. Pero resulta preocupante que los recursos sean repartidos por igual entre las micro y las grandes empresas.

    Del total de empresas apoyadas por Nafin, 76.4 por ciento son micro y sólo 3.9 por ciento son grandes, lo cual quiere decir que los recursos para cada micro empresa son muy escasos, mientras que los canalizados para las grandes empresas son de grandes proporciones.

    Por tanto, debe redefinirse la estrategia de financiamiento para apoyar en mayor medida a las pequeñas y medianas empresas mexicanas.

    En segundo lugar y como una medida inmediata, es necesario apuntalar el Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo PYME), ya que es un instrumento que busca apoyar a las empresas en particular a las de menor tamaño y a los emprendedores con el propósito de promover el desarrollo económico nacional, a través del otorgamiento de apoyos de carácter temporal a programas y proyectos que fomenten la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las micro, pequeñas y medianas empresas.

    Dentro de las estrategias de este Fondo se encuentra:

    Promover el desarrollo y la competitividad sectorial; formar recursos humanos y una nueva cultura empresarial; promover el uso y aprovechamiento de la tecnología; e instrumentar una política integral de desarrollo empresarial.

    Dentro de las metas del Fondo, se espera atender a un millón trescientas mil empresas; incrementar el valor de la producción de las MIPYMES a una tasa promedio del 5 por ciento anual en términos reales; disminuir 5 por ciento del valor de las importaciones como porcentaje total del PIB; incorporar a personas en extrema pobreza al desarrollo nacional, por medio de empleos productivos; y consolidar una red de apoyo extendida en todos los municipios y estados, en dónde los organismos empresariales, las instituciones educativas y de investigación tengan un papel primordial, apoyadas por todas las instancias de gobierno.

    Compañeras y compañeros legisladores, como podrán ver, el reto es mayúsculo. Por ello los invito a sumarse a esta propuesta para fortalecer al Fondo PYME, a través de la canalización de mayores recursos presupuestarios para el próximo Presupuesto de Egresos de la Federación.

    Concretamente, se solicita una asignación presupuestaria de 250 millones de pesos, para alcanzar un gasto de 3,000 millones de pesos a asignar al Fondo PYME.

    Estamos convencidos que con este incremento en su presupuesto, el Fondo PYME tendrá la posibilidad de alcanzar sus metas establecidas, pero sobre todo, podrá incidir de manera efectiva en el sano crecimiento de la actividad empresarial de México, y en la generación de más y mejores fuentes de empleo.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la H. Cámara de Diputados, una ampliación al presupuesto del Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo PYME), contenido dentro del Ramo 10, ``Economía'', por un monto de 1,257 millones de pesos, para llegar a un gasto total de 3,000 millones de pesos.

    Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de noviembre de 2005.--- Dip. María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica).»

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 recursos destinados a la construcción de dos caminos rurales en Guerrero, a cargo del diputado Francisco Chavarría Valdeolivar, del grupo parlamentario del PRD

    El suscrito, diputado federal en la LIX Legislatura e integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo estipulado en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a esta honorable Asamblea el siguiente punto de acuerdo, bajo las siguientes

    Consideraciones

    El estado de Guerrero es, como bien sabemos, una de las entidades federativas con mayores índices de pobreza y marginación.

    Entre los múltiples factores que dificultan el pleno desarrollo de sus potencialidades se encuentra su difícil orografía, el deficiente sistema de comunicación carretera prevaleciente entre sus distintas regiones y comunidades.

    Los esfuerzos presupuestarios tanto de las administraciones federales como de las estatales; así como los intentos llevados a cabo por las legislaturas también federal y estatal han resultado insuficientes para resolver la insuficiencia de la estructura carretera de mi estado.

    En particular dos municipios de la entidad, Coahuayutla de José María Izazaga y La Unión de Isidoro Montes de Oca, padecen los efectos de no contar con un sistema adecuado de comunicación carretera entre ellos.

    Esto obstaculiza aún más el posible desarrollo de las actividades productivas de la región, ya sean las agrícolas y ganaderas como las comerciales, con el resultado de que la pobreza persiste en ambos municipios.

    El municipio de Coahuayutla cuenta con una población total de poco más de 15,372 habitantes, en tanto que el municipio de La Unión tiene 27,619 habitantes.

    Con el propósito de coadyuvar a paliar la situación prevaleciente en ambos municipios proponemos a esta honorable Asamblea, se destinen los recursos necesarios para la construcción y mejoramiento de los caminos rurales de Coahuayutla-La Garita y el de La Unión-Coahuayutla del Km 46 al 70, ambos en el estado de Guerrero.

    La construcción de estas obras traería un beneficio directo a unas 43,000 personas en la región, lo mismo que beneficios indirectos para pobladores de municipios vecinos y en general al estado, elevando la integración territorial y comercial de nuestra entidad.

    Considerando lo señalado someto a esta soberanía el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único. Se exhorta a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Comunicaciones de esta H. Cámara de Diputados a que, en el marco de las modificaciones al Presupuesto para el ejercicio fiscal 2006, se destinen recursos necesarios a fin de construir los caminos rurales de Coahuayutla-La Garita y La Unión-Coahuayutla Km 46 al 70, en el estado de Guerrero.

    Palacio Legislativo de San Lázaro , a 28 de octubre de 2005.--- Dip. Francisco Chavarría Valdeolivar (rúbrica).»«Poposición con punto de acuerdo, a efecto de solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 una partida especial destinada a la Secretaría de Marina a fin de que ésta subsane el déficit que enfrenta y cumpla adecuadamente su encomienda, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Marina

    Los que suscriben, diputados integrantes de la Comisión de Marina, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante el Pleno de este Poder de la Unión, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, se asigne a la Secretaría de Marina en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 la cantidad de 15 mil 500 millones de pesos a fin de que subsane el déficit presupuestario que enfrenta dicha dependencia y cumpla adecuadamente con la misión encomendada.

    I. Antecedentes

    1.- En el inicio del presente milenio el mundo entero enfrenta nuevos retos y adversidades, todas las naciones se encuentran inmersas en el ámbito político, económico y social mundial, nuestro país no es ajeno a ese panorama, incluso, participa de manera activa; ello ha traído como consecuencia que entremos en un profundo proceso de transformación a fin de modernizar las instituciones del Estado y a cambiar las formas de organización.

    Hoy en día a nivel mundial la principal preocupación es la amenaza a la seguridad de las naciones, por lo que es ineludible garantizar la supervivencia del individuo, la familia, la sociedad nacional y el Estado, y para ello los poderes de la unión a través de un proceso de desarrollo de estrategias de Estado, formulan un Plan de Seguridad Nacional cuyo objetivo es crear las condiciones adecuadas para el cumplimiento del Plan de Gobierno.

    2.- En el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 se establece que la Soberanía Nacional salvaguarda la integridad del territorio nacional, la libertad de su población y el apego irrestricto al Estado de derecho y señala como prioridad el garantizar el orden público con respeto a las libertades y derechos de los mexicanos.

    La seguridad nacional tiene como objetivo velar por la protección y preservación del interés colectivo, evitando en lo posible o minimizando cualquier riesgo o amenaza a la integridad física de la población y de las instituciones, para lo cual el Gobierno Federal ha emprendido acciones efectivas contra el crimen, la delincuencia organizada, el tráfico ilícito de drogas y el terrorismo; flagelos que junto con la pobreza y la desigualdad, la vulnerabilidad de la población frente a los desastres naturales y la destrucción ambiental, representan las verdaderas amenazas a la seguridad nacional y son principalmente las Fuerzas Armadas Nacionales los organismos responsables de esa seguridad nacional.

    II. Consideraciones

    Primera.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 73 fracción XIV y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Congreso de la Unión levantar y sostener a las instituciones armadas de la Unión a saber: Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea nacionales y para reglamentar su organización y servicio, y es facultad exclusiva de esta Soberanía, examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación.

    Segunda.- Geográficamente nuestro país se localiza entre los dos océanos más importantes del mundo, contamos con más de 11 mil kilómetros de litorales y casi 3 millones 200 mil kilómetros cuadrados de Zona Económica Exclusiva en la cual se encuentra una enorme biodiversidad de recursos marítimos.

    El valor estratégico y económico de nuestros mares se encuentra definido por el ejercicio soberano del Estado Mexicano para la protección de los intereses de la Nación; son áreas donde los bienes y valores nacionales se constituyen en vitales para el desarrollo económico del país y donde la necesidad de seguridad y de defensa es necesaria, y corresponde a la Secretaría de Marina-Armada de México la vigilancia y protección esos intereses para garantizar el desarrollo de las actividades productivas que ahí se llevan a cabo.

    La misión de la Armada de México es salvaguardar nuestra independencia, soberanía e integridad del mar territorial, asimismo se encarga de proteger las instalaciones estratégicas y el patrimonio marítimo, tiene encomendado el cumplimiento de las leyes en el mar territorial y zona económica exclusiva en contra del narcotráfico, la piratería, el tráfico ilegal de personas, sabotaje y el terrorismo, salvaguardando también la vida humana en la mar y brindando auxilio a nuestra población en casos y zonas de desastre o emergencia.

    Con motivo de los fenómenos meteorológicos ocurridos en el presente mes percibimos de manera directa que la Armada de México no sólo desarrolla tareas tendientes a brindar auxilio a la población en casos y zonas de desastre, sino que también previene el desalojo de personas en riesgo, coordina posteriormente con el Estado el auxilio para proporcionar víveres, medicamentos y ropa, incluyendo la atención y traslado de heridos, a través del Plan General de Auxilio a la Población en casos y zonas de desastre o emergencia ``Marina''; participa también en tareas de remoción de escombros después de lluvias o tormentas, suministro de agua potable, reforestación, traslado de libros de texto gratuitos, campañas de alfabetización y programas en pro de la salud de la ciudadanía.

    También tiene encomendado el cumplimiento de la normatividad en materia de protección al medio ambiente y la explotación de recursos, interviniendo para ello en el desarrollo de actividades pesqueras y haciendo frente a cualquier contingencia ecológica que se presente, dirigiendo y coordinando al efecto, el desarrollo del Plan Nacional de Contingencia para Combatir y Controlar Derrames de Hidrocarburos y otras sustancias nocivas en la mar.

    Asimismo destacan como tareas de esta institución, el fortalecimiento y desarrollo de la investigación hidrográfica, oceanográfica, científica, la construcción naval, la producción y actualización de la cartografía náutica nacional, actividades que fomentan el desarrollo marítimo nacional y permiten mantener a salvo el ecosistema marino, coadyuvando además a la seguridad de las vías marítimas de comunicación y a la navegación segura.

    Tercera.- Los objetivos institucionales de la Secretaría de Marina, establecidos con la finalidad de fortalecer el Estado de Derecho son: a) la preservación de nuestro territorio para lograr que cualquier persona que realice actividades marítimas en aguas nacionales tenga la certeza de que esa institución garantiza el cumplimiento de las leyes del Estado Mexicano en la mar; b) desarrollar en forma armónica y equilibrada la capacidad de la Armada, fortaleciendo su participación, coordinación operativa y proceso de modernización de conformidad con las prioridades de seguridad nacional; c) mejorar los mecanismos de coordinación y cooperación interinstitucional en el marco de la seguridad pública; modernizar las estructuras y procedimientos educativos, logísticos y administrativos de la Armada en un marco de calidad, eficiencia, oportunidad, equidad, transparencia y respeto a los derechos humanos; impulsar el desarrollo marítimo nacional; coadyuvar con la realización de programas especiales en atención a las necesidades de la población y promover el uso y el aprovechamiento de la tecnología y de información; y para ello la Armada de México está llevando a cabo una modernización de sus equipos y unidades, con lo que ha incrementado su capacidad de adecuarse a las diversas condiciones que la situación le impone y a las necesidades de nuestra sociedad en el desarrollo de las operaciones.

    Cuarta.- Desde el inicio de la presente administración la Secretaría de Marina ha sufrido importantes reducciones en su presupuesto, las cuales han afectado principalmente a los capítulos de gasto corriente y gasto de inversión; pero además de las reducciones no se ha tomado en consideración para la asignación presupuestal la inflación sufrida.

    En el rubro de gasto de inversión para el ejercicio fiscal del año 2001 se asignaron 1 mil 443.5 millones de pesos, para el año 2002 se consideraron 848.8 millones de pesos, en el año 2003 se otorgaron 732.9 millones de pesos, para el año 2004 se asignaron 698.9 millones de pesos y para el presente ejercicio fiscal correspondieron 759 millones de pesos; podrá apreciar esta Soberanía que en el presupuesto de 2005 hay una diferencia de menos 684.5 millones de pesos con respecto de lo que fue asignado en el 2001, pero además si tomamos en consideración la inflación anual, en el año 2005 el déficit presupuestal acumulado que se observa es del orden de los 3 mil 458.9 millones de pesos. Para una mejor ilustración se hace el siguiente cuadro:

    Por cuanto hace al rubro de gasto corriente, para el ejercicio fiscal del año 2001 se asignaron 1 mil 966.5 millones de pesos, para el año 2002 se consideraron 1,792.4 millones de pesos, en el año 2003 se otorgaron 1,971.5 millones de pesos, para el año 2004 se asignaron 1,250.0 millones de pesos y para el presente ejercicio fiscal correspondieron 1,068.7 millones de pesos; podrá apreciar esta Soberanía que en el presupuesto de 2005 hay una diferencia de menos 897.8 millones de pesos con respecto de lo que fue asignado en el 2001, pero además si tomamos en consideración la inflación anual, en el año 2005 el déficit presupuestal acumulado que se observa es del orden de los 2 mil 770.4 millones de pesos. Para una mejor ilustración se hace el siguiente cuadro:

    Del estudio y análisis anterior se determina que el presupuesto para el presente ejercicio fiscal debió haber sido de al menos 14 mil 865.7 millones de pesos, equivalentes a la suma de los 8 mil 636.4 millones de pesos otorgados, más los déficit de gasto de inversión y gasto corriente acumulados.

    Quinta.- El histórico del presupuesto asignado a la Secretaría de Marina durante el periodo 2001-2005 nos muestra que el capítulo servicios personales mantuvo su crecimiento de acuerdo a la inflación, sin embargo el presupuesto asignado a gasto de inversión y gasto corriente presentan un déficit acumulado por 6 mil 229.3 millones de pesos, producto de las reducciones presupuestales y de no haberse tomado en consideración el factor inflación en las asignaciones anuales correspondientes, lo cual ha impactado negativamente en el desarrollo de la infraestructura operativa y el quehacer propio de esa dependencia.

    La reducción presupuestal ha afectado principalmente los siguientes programas:

    -- Reactivación del programa permanente de substitución progresiva de buques, vehículos, aviones y helicópteros,

    -- Mantenimiento mayor y menor de buques, vehículos, aviones y helicópteros,

    -- Reparación en dique y reparaciones a flote mayor de buques

    -- Conservación y mantenimiento de astilleros,

    -- Municionamiento,

    -- Mantenimiento del armamento naval,

    -- Mantenimiento de la red de comunicaciones e informática,

    -- Levantamientos topohidrográficos,

    -- Sostenimiento de estaciones de investigación oceanográfica,

    -- Conservación y mantenimiento de infraestructura.

    Lo anterior ha propiciado que esa Institución lleve a cabo su misión en situaciones poco favorables, lo cual podría poner en riesgo la seguridad nacional que tiene encomendada.

    Si bien es cierto los recortes presupuestales no han afectado la operatividad de la Armada de México, también lo es que los mismos han repercutido principalmente en programas como el de mantenimiento de buques, aviones y vehículos terrestres lo cual pone en riesgo esa capacidad operativa, y desde luego puede llegar a repercutir en la seguridad nacional.

    Sexta.- Para el ejercicio fiscal del año 2006, el Ejecutivo Federal ha solicitado se asignen a la Secretaría de Marina 9 mil 081,610,800 millones de pesos, de los cuales 7 mil 589,809,388 millones están destinados al capítulo de servicios personales, esto es, el 83.57%, por lo que para gasto corriente (materiales y suministros y servicios generales) y gasto de capital serán aplicados únicamente 1 mil 491,801,412 millones de pesos, es decir el 16.43%.

    Resulta a todas luces insuficientes esos 1 mil 491,801,412 millones de pesos para que la Secretaría de Marina sufrague los gastos de:

    -- Mantenimiento de buques en dique y a flote, de aeronaves y de vehículos terrestres,

    -- Construcción de buques de acuerdo al programa de substitución y modernización,

    -- Adquisición de aeronaves de acuerdo al programa de substitución y modernización,

    -- Adquisición de municiones y armamento y mantenimiento del mismo,

    -- Mantenimiento y operación de las redes de comunicaciones e informática, mareográficas, estaciones oceanográficas, planteles educativos, institutos de investigación científica y mantenimiento de astilleros,

    -- Alimentación del personal,

    -- Operación de Fuerzas y Regiones Navales,

    -- Pago de seguros de bienes patrimoniales, desaduanamientos de equipos, refacciones y materiales bélicos,

    -- Pago de servicios básicos tales como: energía eléctrica, agua, luz, teléfono, servicio postal,

    -- Aportaciones al fondo de vivienda y amortización del crédito para construcción de vivienda para el personal,

    -- Convenio Semar-Conacyt, Plan de Emergencia Radiológico (PERE), Programa de Comunicación Social, Pagas de defunción y Aportación a la Organización Hidrográfica internacional (OHI),

    Para el adecuado desarrollo de las actividades de la Secretaría de Marina y el cumplimiento de los programas antes descritos, los integrantes de ésta Comisión de Marina estimamos necesario e impostergable asignarle recursos por la cantidad de 15 mil 500 millones de pesos, con lo cual subsanará el déficit presupuestal y le permitirá realizar de manera eficaz y eficiente las tareas encomendadas.

    Séptima.- En la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, el Gobierno Federal estima percibir ingresos por 1,881,200.4, de los cuales 228,905.2 serán ingresos provenientes de la venta de petróleo, estimándose el precio del barril en 31.50 dólares de los Estados Unidos de América.

    En el proyecto de dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público se señala considerar el precio por barril en 35.00 dólares americanos, esto es 3.50 dólares americanos más elevado que lo propuesto por el Ejecutivo Federal, por lo que de aprobar el Pleno de ésta Soberanía el precio en esa cantidad, habría recursos económicos en demasía que permitiría otorgar un presupuesto a la Secretaría de Marina del orden de los 15,500 millones de pesos, esto es, únicamente 6,400 millones más que los que se solicitó en el proyecto de presupuesto de egresos para el próximo ejercicio fiscal.

    Cabe señalar que según datos de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, el ingreso neto por cada dólar adicional del precio del petróleo será del orden de 7,191.6 millones de pesos, por lo que la diferencia de más que se obtendrá al fijarse el precio del barril de petróleo en 35.00 dólares americanos es de 25,170.6 millones de pesos.

    Lo anterior resultaría adecuado si tomamos en consideración la importancia de las actividades que realiza la Armada de México principalmente en la vigilancia de la producción petrolera en la Sonda de Campeche, de donde se obtiene el 82% de la producción de crudo del país y el 35% de gas natural, lo cual representa aproximadamente el 34% del Producto Interno Bruto, toda vez que con ese incremento presupuestal se permitiría a esa Institución eficientar su operatividad.

    Por lo anterior, sometemos a consideración del Pleno de este Poder de la Unión, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, se asigne a la Secretaría de Marina en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2006 la cantidad de 15 mil 500 millones de pesos a fin de que subsane el déficit presupuestario que enfrenta dicha dependencia y cumpla adecuadamente con la misión encomendada.

    Diputados: Sebastián Calderón Centeno (rúbrica), Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñárritu (rúbrica), Francisco Juan Ávila Camberos (rúbrica), Baruch Alberto Barrera Zurita (rúbrica) Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Homero Ríos Murrieta (rúbrica), Eloisa Talavera Hernández, (rúbrica), Salvador Vega Casillas (rúbrica), Evaristo Corrales Macías (rúbrica), Rafael Alejandro Moreno Cárdenas (rúbrica), Concepción Fajardo Muñoz, Guillermo Martínez Nolasco, José Javier Villacaña Jiménez (rúbrica), Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), Emilio Serrano Jiménez (rúbrica), Sofía Castro Ríos, Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), Rómulo Isael Salazar Macías, Alfonso Sánchez Hernández (rúbrica), Irma Figueroa Romero (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Juan García Costilla (rúbrica), Israel Tentory García (rúbrica).»

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a destinar recursos para el desarrollo de la zona arqueológica Tehuacán el Viejo, del área conocida como ``La Mesa'', en Tehuacán, Puebla, a cargo del diputado Felipe de Jesús Díaz González, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito diputado Federal a la LIX Legislatura, integrante del grupo parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurro ante esta soberanía a presentar la proposición con punto de acuerdo, bajo los siguientes:

    Considerandos

    1.- El Instituto Nacional de Antropología e Historia, posee personalidad jurídica propia y depende de la Secretaría de Educación Pública de acuerdo a su Ley Orgánica en su artículos nos menciona como uno de sus objetivos generales es la protección y conservación del patrimonio arqueológico, así como en el artículo 18 de la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos el cual nos refiere a que el Instituto Nacional de Antropología e Historia es el organismo es el encargado del resguardo, protección, desarrollo y mantenimiento.

    2.- La zona arqueológica conocida como ``Tehuacán el Viejo'' se ubica en el área conocida como ``La Mesa'', en la localidad de San Diego Chalma, municipio de Tehuacan en el estado de Puebla; en donde se encuentran edificaciones prehispánicas de gran importancia, desde el punto de vista arqueológico e histórico; la cual es una de las tantas zonas antiguas de nuestro país que no cuenta con el apoyo preciso para su buen funcionamiento debido a que no se destina el presupuesto adecuado, actualmente dicha zona no cuenta con los recursos suficientes para ser proyectada en casi toda su extensión y principalmente en la parte que engloba la poligonal de la zona arqueológica correspondiente a los terrenos del régimen de propiedad ejidal de San Diego Chalma.

    El 15 de julio del presente año, la Secretaría de Reforma Agraria procedió a dar cumplimento al decreto expropiatorio del 6 de diciembre del año 2004, en el cual este territorio se expropió por causa de utilidad pública previo el pago de indemnización que el Instituto realizó ante el Fideicomiso del Fondo Nacional de Fomento Ejidal y con esto se llevó a cabo la entrega del área expropiada a esta dependencia federal, para los fines de investigación y exploración arqueológica.

    3.- En México tenemos ciudades consideradas como patrimonio de la humanidad, las cuales tienen una cultura arqueológica significativa para la historia mundial; sin embargo es uno de los mas retrasados en materia de investigación y conservación, lo anterior proferido por nuestra indiferencia para conservar estos tesoros fidedignos de tradición, sociedad y cultura, se puede mejorar si se destinan mas recursos a zonas como la de ``Tehuacán el Viejo''sustentos como lo es la canalización de recursos en el presupuesto del próximo año que estamos por analizar.

    4.- Una de las responsabilidades que tenemos como legisladores es custodiar los bienes de la nación, es por ello que se requiere de los recursos humanos y materiales necesarios para el rescate de nuestro patrimonio cultural prehispánico.

    Una de las facultades exclusivas de esta soberanía es la probación de los recursos públicos federales y el enfocarlos hacia las necesidades prioritarias que como nación ostentamos, les conmino a la aprobación de este punto de acuerdo ya que es de suma importancia rescatar nuestras zonas arqueológicas que aun en la actualidad se encuentran en condiciones deplorables.

    Por lo anteriormente expuesto y fundamentado en las potestades que me confiere el Reglamento para el Gobierno Interior del congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter ante esta soberanía el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero. Que la Cámara de Diputados a través de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública destine los recursos necesarios para los estudios de conservación, consolidación, restauración y mantenimiento de las estructuras y monumentos arqueológicos de la zona arqueológica ``Tehuacán el viejo'' ubicada en el área conocida como ``La Mesa'' en la localidad de San Diego Chalma municipio de Tehuacán en el estado de Puebla.

    Segundo. Que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión conmine respetuosamente al Instituto Nacional de Antropología e Historia a programar los trabajos encaminados al desarrollar esta zona, en el ámbito de su competencia.

    Dip. Felipe de Jesús Díaz González (rúbrica).»

    «Proposición con punto de acuerdo, a efecto de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 se establezca una partida destinada a atender los aspectos preventivos y de combate del cáncer infantil, a cargo de la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del PRI

    La que suscribe, Evelia Sandoval Urbán, diputada federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso General, integrante del grupo parlamentario de Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a presentar ante el pleno de esta H. Cámara de Diputados la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, para que en el Presupuesto de Egresos del 2006 exista una partida presupuestal etiquetada y suficiente destinada a atender los aspectos preventivos y de combate al cáncer infantil, cuya aplicación permita el reflejo de resultados benéficos cuantitativa y cualitativamente, en atención de la siguiente

    Exposición de Motivos

    La supervivencia del niño con cáncer ha mejorado en forma significativa en los últimos 20 años, a tal grado que en Estados Unidos de Norteamérica se considera que el infante tiene la posibilidad de curación en más del 80%. Estas cifras pueden ser semejantes en México, siempre y cuando los niños con estos padecimientos sean tratados en instituciones de tercer nivel de atención. Sin embargo, una gran proporción de ellos nunca llega a instituciones especializadas y, por lo tanto, la mortalidad es elevada.

    Actualmente, la mortalidad por cáncer infantil en México, puede disminuir si la prevención o detección temprana se realiza en forma sistemática. Tres cuartas partes de las neoplasias malignas de la infancia son curables con las medidas terapéuticas disponibles, incluyendo cirugía, radioterapia, quimioterapia y, recientemente, terapia molecular. Sin embargo, el conocimiento de prevención y detección temprana en los países en vías de desarrollo es limitado.

    Indiscutiblemente esta situación es por la restricción de recursos financieros, técnicos y del limitado conocimiento epidemiológico del cáncer en estos países. La prevención y detección temprana requiere de especialistas en la materia; los cuales, a su vez, deben participar de manera cercana con los servicios de salud locales y federales; de tal manera que el clínico general-familiar y pediatra se encuentren sensibilizados con este problema de salud, cada día más creciente.

    El abordaje a este problema debe llevarse a cabo mediante el conocimiento compartido del epidemiólogo y del hematooncólogo, emitiendo programas de educación médica continua no solamente al médico familiar sino también a la población general. Con estas acciones, los esfuerzos facilitarán, en aquellas entidades factibles de detección temprana, las funciones efectivas en beneficio de la comunidad y de los pacientes en particular.

    La población de la República Mexicana es de 110 millones de habitantes, de acuerdo al último censo del INEGI, de esta población 57% tiene menos de 18 años de edad. Situación que obliga a las autoridades del sector salud el planteamiento del cáncer infantil como un problema de salud nacional. Esto por supuesto basado en el hecho de que la incidencia de cáncer en menores de 15 años en México es de 122/millón/año. De tal manera que se presentaron 7,686 casos nuevos por año en menores de 18 años en el 2001 y, por lo tanto, el número acumulado teórico se incrementa cada año.

    Estas cifras por supuesto denotan una tendencia hacia el alza que, en forma desproporcionada, el número de especialistas difícilmente llegará a cubrir esta demanda. Existen parámetros que obligan a comprender la magnitud del problema del cáncer en la niñez. La República Mexicana cuenta con dos millones de kilómetros cuadrados y con un producto interno bruto (PIB) de 4%; del cual sólo 0.29% del PIB se dedica a la investigación en salud, incluyendo el tema del cáncer. México, de acuerdo al Banco Mundial, tiene un ingreso per cápita de 4 mil 400 dólares americanos/año y cuenta solamente con 120 médicos y 190 enfermeras por cada 100,000 habitantes. Por otro lado, existen menos de 95 oncólogos pediatras y menos de 50 hematólogos pediatras en la República Mexicana. Sin embargo, no existe una distribución geográfica armónica y estratégicamente distribuida. De tal manera que dentro de los planes del sector salud se deberá desarrollar una distribución regional uniforme para la atención de estos padecimientos.

    La prevalencia en México de este grupo de enfermedades de la infancia representa el 5% de todos los padecimientos malignos de la población general, probablemente con una tasa mayor que la de los países industrializados. Sin embargo, a pesar de la baja prevalencia de estas enfermedades en el contexto del cáncer en la población general, nuevamente más de la mitad de los mexicanos están por debajo de los 18 años de edad, lo cual constituye un problema de salud.

    Como lo ha señalado el Subdirector de Hematooncología Instituto Nacional de Pediatría, podemos pensar que si los planes en salud pública y el programa de tratamiento del niño con cáncer y adolescente del Gobierno Federal se llevan a cabo en forma global y nacional, en pocos años se podrá afirmar que la niñez mexicana que padezca cáncer va a ser evaluada y tratada como en los países industrializados de forma semejante en todo el territorio nacional y, consecuentemente, mejorando el pronóstico de esta población.

    La mortalidad más alta de las neoplasias en niños del Instituto Mexicano del Seguro Social se encuentra en los estados del sur de la República, y la más baja en el Estado de México y el Distrito Federal, dado que en estas entidades se concentran en su mayoría los apoyos de cáncer.

    En los niños de uno a cuatro años de edad es la quinta causa de mortalidad infantil; es la segunda en el grupo de edad de cinco a 14 años. En este grupo la tasa de defunciones por todo tipo de causas ha disminuido en 41.6 por ciento, de 1990 a 2003; mientras que en el mismo periodo la causa de defunción por tumores malignos aumentó en 46.3 por ciento. Esto viene a corroborar que mientras que otro tipo de enfermedades han contado con formas para curarlas o controlarlas mediante vacunas o antibióticos, el cáncer, desgraciadamente, es un padecimiento no podemos llegar a dominar.

    La problemática del cáncer infantil tiene varios aspectos, entre ellos el social. Para las familias marginadas el diagnóstico del cáncer de un hijo significa a menudo no tener esperanzas y la posibilidad de la pérdida del menor.

    Existe también la necesidad de traslado a los centros de atención pediátrico-oncológicos, que tiene como una de sus consecuencias dejar a los demás miembros de la familia en sus comunidades y, de alguna manera, desintegrar a la familia aunque sea por un corto tiempo. En las familias de escasos recursos y en todas las familias, en general, esta enfermedad puede generar desintegración, impotencia y la sensación, sobre todo en las personas de escasos recursos, de estar solos, desamparados y excluidos de las oportunidades de seguridad social, que incluyen la educación y, por ende, la salud.

    Esta situación puede provocar angustia, enojo, pero sobre todo desesperación por la falta de acceso al tratamiento. Cuando una familia se encuentra con el diagnóstico de cáncer de sus hijos y ve que hay un remedio, pero que no tiene la posibilidad de acceder a él, fácilmente cae en una situación de impotencia y desesperación porque no puede ser capaz de costearlo ni de acceder a una seguridad social.

    En un primer momento viene, desde luego, un rechazo a la enfermedad; hay una absoluta falta de información y de apoyo secundario. También falta la prevención y la educación en salud. Esto trae como consecuencia algo muy importante que es el rezago escolar durante el tratamiento. Estas familias, estos niños migran a las grandes ciudades donde hay centros pediátrico-oncológicos y dejan de asistir regularmente a su escuela. Con esto viene un atraso, probablemente de tres años, donde ya es muy difícil que se reintegre a ella y pueda prepararse para una vida útil y activa en la sociedad.

    Al mismo tiempo se tiene la problemática económica. La marginación que viven estas personas conlleva a la falta de oportunidades en la salud hasta el acceso a los servicios de seguridad social. El costo elevado del tratamiento y la larga duración del mismo es un problema muy serio; el alto índice de población sin seguridad médica tiene que absorber los costos del tratamiento del cáncer, lo que es prácticamente imposible, y a eso hay que sumar los gastos de transporte y alojamiento, de su lugar de origen a los centros hospitalarios de algunas ciudades del país.

    A lo anterior se debe agregar el problema del sector salud en materia de escasez y concentración de médicos oncólogos pediatras, pues sólo hay 180 médicos oncólogos pediatras en todo el país, concentrados en las grandes ciudades. La falta de centros hospitalarios con la infraestructura adecuada para atender el cáncer infantil, la falta de la detección temprana y los insuficientes recursos para cubrir los tratamientos oncológicos son también problemas que enfrentan las personas que viven un caso de cáncer infantil en la familia, además de estar en esta situación de pobreza.

    En Jalisco el Hospital civil de Guadalajara atiende el cáncer infantil, el denominado leucemia linfoblástica, que a la fecha ya suman doce transplantes de médula con un rotundo éxito, esto coloca al Hospital Civil de Guadalajara en la mejor opción en el centro occidente del país.

    Tan Solo en el 2004 se atendieron en consulta externa 4,587 pacientes, ello representa un 21% más que el año pasado, linfomas, osteosarcomas, retinoblastomas, astrocitoma.

    Lamentablemente todo niño que tenga otro cáncer diferente a la Leucemia Linfoblástica no entra en el Programa Federal y la confianza depositada en el Hospital Civil los hace sacarlos adelante.

    En razón de lo anterior, compañeras y compañeros es que resulta impostergable, como un primer paso, destinar recursos para fortalecer a las entidades de salud pública que actualmente tienen mayor demanda en el área de oncología infantil en las diferentes entidades del país y el distrito federal, como es el caso del Hospital Civil de Guadalajara que atiende no sólo a Jalisco sino a los estados periféricos, así como destinar presupuesto a la prevención, sin dejar a un lado la urgencia de hacer un proyecto de mediano y largo plazo que atienda la problemática a Nivel Nacional.

    Por lo cual, hoy someto a consideración de esta H. Asamblea el siguiente Punto de Acuerdo con carácter de urgente y obvia resolución

    Punto de Acuerdo

    A) Destinar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2006 una partida presupuestal etiquetada suficiente para atender los aspectos preventivos y de combate al cáncer infantil en las instituciones públicas de salud que actualmente tienen mayor demanda en el área de oncología infantil en las diferentes entidades del país y del Distrito Federal, cuya aplicación permita el reflejo de resultados benéficos cuantitativa y cualitativamente.

    B) Que se destine en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2006, 55'132,315.00, pesos para dar atención a los niños con cáncer del Hospital Civil de Guadalajara.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de noviembre de 2005.--- Dip. Evelia Sandoval Urbán (rúbrica).»

    «Proposición con punto de acuerdo, a fin de solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública una ampliación del presupuesto del Fondo Nacional de Innovación para el Desarrollo Tecnológico, contenido en el Ramo 10, ``Economía'', a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del PAN

    De conformidad con lo establecido tanto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el numeral 58 de su Reglamento para el Gobierno Interior, la suscrita, diputada Federal María Eloisa Talavera Hernández, del Partido Acción Nacional, presenta al pleno de la honorable Cámara de Diputados, el siguiente punto de acuerdo para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la H. Cámara de Diputados, una ampliación al presupuesto del Fondo Nacional de Innovación para el Desarrollo Tecnológico, contenido dentro del Ramo 10 Economía, por un monto de 950 millones de pesos, para llegar a un gasto total de 1000 millones de pesos, y estos recursos no serán considerados como subsidios deberán ser catalogados en los Capítulos de Gasto respectivos que permitan ser fideicomitidos o transferidos a fideicomisos que para ese propósito constituyan los estados y municipios de acuerdo con las siguientes

    Consideraciones

    Dentro de los Principios de Doctrina de Acción Nacional, consideramos al libre mercado, como una opción efectiva para fortalecer el desarrollo económico del país.

    El sector empresarial se convierte en uno de los elementos generadores de crecimiento sostenido de la economía y de empleos estables. En este sentido, la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes) en la economía es un factor determinante que explica en buena medida, el crecimiento económico del PIB.

    Es tal la presencia que tienen las Pymes, que en México existen alrededor de 2 millones 844 mil unidades empresariales, de las cuales el 99.7% son Pymes que en conjunto generan el 42% del PIB y el 64 por ciento del empleo del país.

    Por su parte, el Poder Ejecutivo tiene el firme compromiso de convertirse en un vehículo facilitador del crecimiento económico, a través de la competitividad, la inversión y el empleo.

    Su estrategia se enfoca en las Pymes, puesto que abarcan gran parte de la producción nacional y absorben la mayoría del empleo formal de México. En ese sentido, el Poder Ejecutivo utiliza el financiamiento como palanca del desarrollo para impulsar la competitividad del las Pymes.

    Una de las estrategias prioritarias del Gobierno Federal en materia de desarrollo empresarial es el fortalecimiento de empresas e innovación tecnológica. Las vertientes de esta estrategia son:

    Formación de emprendedores, a través de la adopción de transferencia de metodologías. Para esta vertiente se da un apoyo de hasta 50 por ciento del costo total sin rebasar los 90,000 pesos.

    Creación y fortalecimiento de incubadoras de empresas, para esta estrategia se divide a las empresas en tradicionales, de tecnología intermedia y de alta tecnología y por tipo de incubadora. Los apoyos van desde el 50 por ciento del costo total hasta los 3 millones de pesos en las incubadoras dedicadas al equipamiento de las empresas de alta tecnología.

    Innovación y desarrollo tecnológico, por medio de esta vertiente se desarrollan e instrumentan proyectos de innovación y desarrollo tecnológico que generan valor agregado en productos, procesos, materiales y servicios de las Mipymes. En estos casos, los apoyos son de hasta 500,000 pesos por proyecto.

    Asimismo, se apoya para la adquisición y transferencia de tecnología mediante la adopción de tecnología que proporcione valor agregado a los productos, materiales, procesos y servicios de las Mipymes, también hasta por 500,000 pesos en cada proyecto autorizado.

    Por otra parte, se contempla la consolidación de una red de centros de desarrollo empresarial, en los ámbitos del equipamiento y la infraestructura, con apoyos económicos de hasta 250,000 pesos.

    Los datos anteriores nos dan una perspectiva clara acerca de la importancia que el Gobierno Federal tiene sobre la innovación y el desarrollo tecnológico. Como legisladores, tenemos la posibilidad de contribuir efectivamente en el fortalecimiento de las empresas nacionales, a través de actualizar la legislación correspondiente y, en esta oportunidad, a través de la asignación presupuestaria, que se estará discutiendo en los próximos días.

    En este orden de ideas, considero que es fundamental proponer una ampliación al presupuesto del Fondo de Innovación para el Desarrollo Tecnológico, contenido dentro del Ramo 10 Economía, porque es el programa idóneo para potenciar la estrategia de innovación empresarial, acompañado de una auténtica modernización tecnológica.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la H. Cámara de Diputados, una ampliación al presupuesto del Fondo Nacional de Innovación para el Desarrollo Tecnológico, contenido dentro del Ramo 10 Economía, por un monto de 950 millones de pesos, para llegar a un gasto total de 1000 millones de pesos y estos recursos no serán considerados como subsidios deberán ser catalogados en los Capítulos de Gasto respectivos que permitan ser fideicomitidos o transferidos a fideicomisos que para ese propósito constituyan los estados y municipios.

    Dado en Palacio Legislativo, a 3 de noviembre de 2005.--- Dip. María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica).»

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 recursos a fin de elaborar y conocer la disponibilidad del agua de todo el territorio nacional, así como realizar estudios para identificar y vigilar las riberas o zonas federales, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del PRD

    A fin de solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta H. Cámara de Diputados, así como a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, incluir dentro del proyecto de presupuesto para el año 2006, los recursos necesarios para elaborar y conocer la disponibilidad del agua de todo el territorio nacional y adicionalmente los recursos necesarios con el fin de realizar los estudios para identificar y vigilar las riberas o zonas federales.

    El suscrito, diputado federal del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito exponer ante esta soberanía punto de acuerdo, por las siguientes:

    Consideraciones

    Principio esencial de la democracia del agua es, que el agua es esencial para la vida. Es obligación de todos nosotros asegurarnos de que nuestras acciones no dañen a otras especies o personas. Por ello, debemos hacer uso de ella, conforme a nuestras necesidades de subsistencia, mantenerla limpia y en cantidad adecuada. Nadie tiene derecho de usar agua en exceso, abusar del agua, desperdiciarla o contaminarla.

    Un asunto, que es cada vez más evidente, es que el agua es limitada y puede acabarse si no se utiliza cuidando su sostenibilidad. La utilización no sostenible incluye sacar más agua de los ecosistemas de la que puede reabastecer la naturaleza (no sostenibilidad ecológica) y consumir más de lo que nos corresponde legítimamente, dados los derechos de otros a una ración justa (no sostenibilidad social).

    Todos tenemos la obligación de preservar el agua y utilizarla de modo sostenible, dentro de límites ecológicos y justos. Lamentablemente esto no aplica a México. La situación del agua en México es grave. El deterioro de nuestros ecosistemas, en particular los hidrológicos es evidente. Es una realidad, que las principales cuencas de nuestro país han sido deforestadas, alterándose sus ciclos hidrológicos. Al mismo tiempo, muchos de nuestros ríos y cuerpos de agua se encuentran contaminados. Agréguese, las cambios en el clima global, que son cada día otras realidades evidentes, con mayor recurrencia de catástrofes naturales.

    Un ejemplo de la gravedad de la situación, son los datos oficiales de la Semarnat sobre la disponibilidad del agua para México. Debido al crecimiento de la población en el país ha disminuido la disponibilidad de agua, si se toma en cuenta que en 1920 la disponibilidad promedio era de 31 mil m3/habitante/año, mientras que en 1950 disminuyó hasta 18 mil m3/habitante/año y para 1970 se redujo por debajo de los 10 mil m3/habitante/año.

    El censo poblacional realizado en el año 2000 mostró que el número de habitantes con acceso al servicio de agua alcanzó 97.5 millones, mientras que el volumen de agua por habitante en ese año fue de 4.8 mil m3; de seguir esta tendencia, se estima que para el año 2020, dicha disponibilidad de agua llegará a 3.7 mil m3/habitante/año. Es decir, en 100 años habrá disminuido la disponibilidad por habitante más de 8 veces por año.

    Esta información tiene que ser evaluada a nivel de detalle para así lograr hacer una verdadera planeación de la gestión del agua. Por ello, urge un ``Programa de Evaluación de la Disponibilidad de Aguas Superficiales y del Subsuelo en México''. Para la realización del mencionado programa se estima que se requiere un monto extra de 250 millones de pesos dentro de las partidas asignadas a la Semarnat a ejercerse a través de la Comisión Nacional del Agua dentro del Proyecto de Presupuesto del Ejecutivo Federal 2006.

    Asimismo, la experiencia de los últimos años ha corroborado la enorme vulnerabilidad que tienen múltiples y diversos asentamientos humanos al ubicarse en las riberas o zonas federales. Estas se definen en términos del artículo tercero fracción XLII de la Ley de Aguas Nacionales como las fajas de diez metros de anchura contiguas al cauce de las corrientes o al vaso de los depósitos de propiedad nacional, medidas horizontalmente a partir del nivel de aguas máximas ordinarias. La amplitud de la ribera o zona federal será de cinco metros en los cauces con una anchura no mayor de cinco metros.

    Ante la problemática generada por invasiones a las riberas o zonas federales, donde se han generado a lo largo y ancho del país zonas de alto riesgo es necesario instrumentar un ``Programa de Identificación y Vigilancia de Riberas o Zonas Federales''. Para la realización del mencionado programa se estima que también se requiere un monto extra de 250 millones de pesos dentro de las partidas asignadas a la Semarnat a ejercerse a través de la Comisión Nacional del Agua dentro del Proyecto de Presupuesto del Ejecutivo Federal 2006.

    Debido al problema de escasez de agua que padece nuestro país, y considerando que es un recurso vital para evitar el agotamiento de las reservas de agua, es urgente que a través de este tipo de Programas se logré fortalecer el actual modo de operar la planeación y administración de los recursos hídricos

    Se somete a esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a fin de que, en ejercicio de sus facultades, vigile que en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2006, se destinen recursos extraordinarios para el Programa de Evaluación de la Disponibilidad de Aguas Superficiales y del Subsuelo en México por 250 millones de pesos, así como para el Programa de Identificación y Vigilancia de Riberas o Zonas Federales por 250 millones de pesos dentro del presupuesto asignado a la Semarnat a ejercerse a través de la Comisión Nacional del Agua.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de noviembre de 2005. --- Dip. Tomás Cruz Martínez. (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo, a efecto de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 se establezca una partida destinada al abastecimiento de un cuadro básico de medicamentos para adultos mayores que se distribuyan de manera gratuita por medio del Seguro Popular en toda la República Mexicana, a cargo de la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del PRI

    La que suscribe Evelia Sandoval Urbán, diputada federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso General, integrante del grupo parlamentario de Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a presentar ante el Pleno de esta H. Cámara de Diputados la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, para que en el Presupuesto de Egresos de 2006 exista una partida presupuestal destinada al abastecimiento de un cuadro básico de medicamentos para los adultos mayores, los cuales se distribuyan de manera gratuita por medio del Seguro Popular en toda la República Mexicana, en atención de la siguiente

    Exposición de Motivos

    De acuerdo con el Consejo Nacional de Población, para nuestro país, el envejecimiento demográfico es uno de los retos más desafiantes del siglo XXI, comparable en importancia al crecimiento explosivo de la población que se registró en los años setenta del siglo pasado, y que amenazó seriamente la viabilidad social de México, entre otras cosas, porque la tasa de crecimiento de entonces, cercana al 3.5 por ciento anual, implicaba que la población tenía el potencial de duplicar su volumen cada 20 años. Actualmente la tasa de crecimiento de la población de adultos mayores es de 3.6 por ciento anual, lo que supone que este grupo de edad tiene el potencial para duplicar su tamaño cada 19 años, y se prevé que la tasa será de 4.3 por ciento anual hacia finales de la segunda década de este siglo, lo que significa que bastará un lapso de tan sólo 16 años para que la población de la tercera edad doble su tamaño.

    Alrededor de tres cuartas partes del incremento demográfico previsto para el grupo de la tercera edad durante la primera mitad del siglo, se producirá a partir del año 2020, lo que todavía nos da el tiempo suficiente para llevar a cabo las transformaciones institucionales que se requieren para evitar que el envejecimiento se convierta en un problema social acompañado de pobreza, enfermedad, discapacidad, aislamiento, discriminación y exclusión social.

    La magnitud del incremento de la población de adultos mayores será tal que quintuplicará su tamaño en tan sólo cinco décadas, al pasar de 7.9 millones en 2004 a 36.2 millones en 2050.

    La transformación gradual de la composición por edades de la población es un factor importante que se imbrica en forma compleja con el cambio epidemiológico. La creciente proporción de personas de edad avanzada tiende a acelerar el gradual recambio de la morbilidad y la mortalidad, al pasar de un escenario caracterizado por el predominio de las enfermedades infecto-contagiosas, que afectan esencialmente a los infantes, a otro en el que adquieren mayor peso relativo las enfermedades crónicas y degenerativas, más frecuentes entre las personas de edad adulta o avanzada. De esta manera, el peso de la enfermedad y la muerte continuará desplazándose de los grupos más jóvenes hacia los de mayor edad.

    Reflejo de estos cambios en la composición por edades es el progresivo aumento en la edad media de la población de 22.3 a 25.3 años entre 1970 y 1995, a 26 en el 2000 y a 29 años en el 2010. Cabe señalar que las transformaciones previsibles de la estructura por edades de la población abren oportunidades para enfrentar los nuevos desafíos de la salud que se presentan en el curso de la transición demográfica y epidemiológica.

    La creciente proporción de ciudadanos en edades avanzadas propicia que un número cada vez mayor de personas pueda experimentar transiciones sociales que caracterizan el paso de la edad madura a la vejez. Este cambio tiene implicaciones en el ámbito económico, social y de la salud, tanto para el sujeto que experimenta la transición como para quienes lo rodean.

    La escasa cobertura del sistema de pensiones, es decir, que sólo el 20% de los adultos mayores cuenten con seguridad social, es el motivo por el cual un gran número de ellos prolongan su necesidad laboral hasta el límite de sus facultades físicas, en su mayoría, en empleos informales y de bajos ingresos. Además, paradójicamente, de acuerdo a estudios realizados, la menor cobertura se da precisamente entre quienes más necesitan los servicios de la seguridad social, como aquellos que padecen de un mayor grado de deterioro funcional en las edades más avanzadas.

    Es importante señalar que en promedio el 80% del ingreso de los adultos mayores lo gastan en medicinas, lo cual resulta una pesada carga tanto a su economía como a la de sus familias, lo que provoca graves problemas que vuelven mucho más difícil la situación general de los adultos mayores.

    Es momento, compañeros legisladores, de considerar que el concepto de salud va más allá de la simple ausencia de enfermedades. Tenemos que verlo, como un estado que permite el bienestar físico, mental y moral, no sólo del individuo sino de su entorno familiar y social.

    Sabemos que los retos en la materia son muchos y que en consecuencia debemos crear una auténtica política de estado que atienda de manera integral el crecimiento y los cambios demográficos asociados con la salud, para lo cual se requieren medidas de mediano y largo plazo.

    Pero también es necesario compañeros, atender hoy a nuestros adultos mayores y no pensar sólo en medidas futuras, o en políticas excluyentes que tengan finalidades electorales y no sociales.

    Todos nuestros adultos mayores sin excepción alguna debieran poder contar con los medicamentos que necesitan de manera inmediata y permanente.

    Mucho es lo que podemos decir acerca de los adultos mayores, sabemos que ellos han contribuido a edificar la Nación que ahora somos, sabemos que gracias a su esfuerzo, a su solidaridad, a su espíritu de lucha hemos podido salir adelante aun en las situaciones más adversas.

    La realidad actual requiere de medidas urgentes y de acciones concretas más que de planes, más que discursos, más que de diagnósticos. Por ello, pongo a consideración de esta honorable Asamblea, con carácter de urgente y obvia resolución el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único. Que las Comisiones de Salud, y de Hacienda de la H. Cámara de Diputados, realicen las acciones conducentes para que el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2006, contenga una partida presupuestal etiquetada para al abastecimiento de un cuadro básico de medicamentos para los adultos mayores, los cuales serán distribuidos de manera gratuita a través del Seguro Popular en toda la República Mexicana.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de noviembre de 2005.--- Dip. Evelia Sandoval Urbán (rúbrica).»

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a considerar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 recursos destinados a homologar los salarios de los trabajadores del Sepomex con el salario mínimo burocrático, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del PRD

    El suscrito, diputado federal en la LIX Legislatura e integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo estipulado en los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a esta Asamblea el presente punto de acuerdo, bajo las siguientes

    Consideraciones

    Como ya he comentado en otras ocasiones la situación por la que atraviesa el Servicio Postal Mexicano, es deficitaria, debido entre otras cosas al menor número de correspondencia que mueve como por las condiciones laborales y económicas en las que cumple sus obligaciones.

    Durante la gestión del director general Gonzalo Alarcón se han escuchado diversas voces de desacuerdo en el funcionamiento, administración y operación del organismo, las cuales han sido denunciadas por los trabajadores tanto en los medios de comunicación como legalmente.

    En contraparte las empresas privadas postales han ido en aumento, muchas de ellas transnacionales. Todo ello ha contribuido al deterioro de las condiciones de Sepomex, tanto operativas como administrativas.

    Durante los más de 16 años que el director general ha estado a cargo del organismo; éste ha sido deficitario, y entre muchas consecuencias, está la merma en la calidad del servicio y las diferencias salariales de los trabajadores de Sepomex respecto a otros trabajadores del Estado del país.

    Según cifras de la Dirección de Recursos Humanos del Servicio Postal Mexicano un cartero especializado de base, en el 2003 percibió un sueldo neto de 3,085.12 pesos al mes, si consideramos la función básica y fundamental que realizan estos trabajadores mexicanos en beneficio de toda la población y del país, resulta francamente una ofensa. En contraste tenemos al Director General con percepciones del orden 117,785.82 pesos, un director de Área con una percepción de 50,313.61.

    Los trabajadores del Servicio Postal, el Sindicato y la Secretaría de Hacienda, suscribieron un acuerdo que establece la homologación de Sepomex con el salario mínimo burocrático, sin embargo en el proyecto de Presupuesto de Egresos para el próximo año, enviado por el Ejecutivo, no aparece contemplado.

    Por ello es una necesidad que las comisiones de esta H. Cámara asignen un monto de 360 millones de pesos al órgano para que pueda hacer frente a este convenio, el cual representa un acto de justicia para estos trabajadores.

    Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se exhorta a las Comisiones de Comunicaciones y a la de Presupuesto y Cuenta Pública de este H. Cámara, para que se asignen recursos por 360 millones de pesos en el Presupuesto de Egresos del 2006, para la homologación de los salarios de los trabajadores de Sepomex, con el salario mínimo burocrático.

    Dip. Tomás Cruz Martínez (rúbrica).»

    «Proposición con punto de acuerdo, a efecto de solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública una ampliación del presupuesto del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software, contenido en el Ramo 10, ``Economía'', a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del PAN

    De conformidad con lo establecido tanto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el numeral 58 de su Reglamento para el Gobierno Interior, la suscrita, diputada federal María Eloísa Talavera Hernández, del Partido Acción Nacional, presenta al Pleno de la honorable Cámara de Diputados, el siguiente punto de acuerdo para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la H. Cámara de Diputados, una ampliación al presupuesto del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (Prosoft), contenido dentro del Ramo 10, ``Economía'', por un monto de 388 millones de pesos, para llegar a un gasto total de 500 millones de pesos, de acuerdo con las siguientes:

    Consideraciones

    Dentro del Programa de Desarrollo Empresarial 2001-2006, se prevé el acceso al crédito y al financiamiento en coordinación con los gobiernos estatales, municipales y del Distrito Federal, y la banca de desarrollo, para generar un esquema articulado de acercamiento entre demandantes y oferentes de recursos financieros y promover el desarrollo de mecanismos para la creación del diseño de esquemas financieros, a través del apoyo subsidiario de la Secretaría de Economía.

    Lo anterior se convierte en la estrategia para cumplir los objetivos de generar inversión en el sector empresarial mexicano y, por ende, crear las condiciones de competitividad, crecimiento económico y generación de empleo.

    También dentro de las estrategias del Poder Ejecutivo se encuentran las medidas enfocadas al fortalecimiento del mercado interno para la generación de empleos, a través de la participación de empresas competitivas, basadas en el desarrollo del potencial productivo de las diferentes regiones del país que lleve a generar empleos.

    En este sentido, el Poder Ejecutivo tiene una serie de programas y estrategias orientadas a apoyar a las PYMES, destacando por su importancia y su cobertura el Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo PYME).

    Este Fondo es un instrumento que busca apoyar a las empresas en particular a las de menor tamaño y a los emprendedores con el propósito de promover el desarrollo económico nacional, a través del otorgamiento de apoyos de carácter temporal a programas y proyectos que fomenten la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las micro, pequeñas y medianas empresas.

    Si bien se reconoce la importancia de programas como el Fondo PYME, es necesario plantear una estrategia integral que abarque otras áreas importantes dentro del sector empresarial mexicano, con la finalidad de no quedar rezagados en materia de innovación y tecnología, sobre todo, en el contexto internacional.

    Tal es el caso de la industria del software, para la cual se tiene contemplado un programa específico denominado: Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (Prosoft).

    Con este programa se han habilitado apoyos por 48.5 millones de pesos hasta la primera mitad del año, para proyectos del sector de tecnologías de la información. Durante el 2004, el Fondo Prosoft aprobó 139.7 millones de pesos para financiar 68 proyectos identificados en 10 estados del país, logrando el beneficio de más de 200 empresas del sector, por medio de 8 categorías de apoyo:

    Formación y desarrollo de capital humano; calidad y capacidad de procesos; innovación y desarrollo tecnológico; acceso al financiamiento; proyectos productivos; desarrollo de capacidades empresariales y de estrategia; fortalecimiento de capacidades regionales y de agrupamientos empresariales; y promoción y comercialización.

    La estrategia adoptada hasta la fecha es la correcta puesto que permite a la industria del software formar a sus empleados, les da acceso a proyectos tecnológicos vanguardistas, les permite esquemas de financiamiento y le da un enfoque empresarial a esta industria.

    Sin embargo, dada la férrea competencia internacional y el grado de desarrollo de industrias similares en otras partes del mundo, consideramos que el apoyo a 200 empresas nacionales dedicadas al software son insuficientes.

    Por ello, solicitamos en esta oportunidad, el respaldo de todas las fuerzas políticas representadas en la H. Cámara de Diputados, para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, la ampliación al presupuesto de Prosoft, por las consideraciones aquí expuestas.

    Exhorto pues, a mis compañeros legisladores de los demás partidos a sumarse a este esfuerzo y no desaprovechar esta oportunidad histórica de incidir en la realidad actual y el futuro económico de México.

    Estamos en el último año legislativo que nos corresponde y aún es tiempo para aportar medidas que generen un beneficio a la sociedad mexicana. Los invito a reflexionar y a generar acuerdos para fortalecer las acciones gubernamentales que incidan en el desarrollo y crecimiento de nuestras empresas.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la H. Cámara de Diputados, una ampliación al presupuesto del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (Prosoft), contenido dentro del Ramo 10, ``Economía'', por un monto de 388 millones de pesos, para llegar a un gasto total de 500 millones de pesos

    Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de noviembre de 2005.--- Dip. María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica).»

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Agricultura y Ganadería a intervenir a efecto de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2006 se consideren recursos suficientes para la Sagarpa que permitan cumplir a nivel nacional la tarifa única de energía eléctrica para uso agropecuario, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito diputado federal por el estado de Chihuahua integrante de la LIX Legislatura con fundamento en lo establecido en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de ésta H. Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo para hacer un respetuoso exhorto a los diputados integrantes de la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados para su intervención a efecto de que sea considerada la necesidad de incluir dentro del Presupuesto de Egresos 2006 la asignación de recursos a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que este en posibilidad de cumplir con lo establecido por la Ley de Energía para el Campo y se pueda tener a nivel nacional la tarifa única de energía eléctrica para uso agropecuario a 14 centavos kilowatt-hora, en base a la siguiente

    Exposición de Motivos

    El sector agropecuario de nuestro país enfrenta numerosos y muy complejos problemas de todo tipo: económico-productivos, ambientales, organizativos, comerciales, entre otros. Grandes superficies de tierra en el campo se encuentran ubicadas en zonas áridas o semiáridas, aun así se hacen producir estas tierras a base de esfuerzo y de ingenio coexistiendo en este medio y generando empleos y riqueza para el país.

    Al problema de las sequías en diferentes zonas del país y la necesidad de contar con riegos para poder cultivar productos básicos se suman las condiciones económicas adversas que impiden la óptima producción en nuestro campo, ya que en zonas áridas es prioritario contar con infraestructura para la extracción de agua para ello es indispensable la utilización de energía eléctrica para operar los pozos de extracción.

    Nos encontramos con el problema, en la realidad, de no contar con tarifas preferenciales o beneficios palpables de acuerdo a lo establecido por la Ley de de Energía para el Campo, la cual entró en vigor el 30 de diciembre de 2002 en la cual se establece impulsar la productividad y el desarrollo de las actividades agropecuarias y de acuerdo al artículo 7, fracción I, de esta ley se requiere apoyo para lograr cuotas energéticas que apoyen al campo en especial para los costos de funcionamiento de lo s motores para bombeo.

    Debido al gran costo que representa el consumo de energía eléctrica para lograr el abasto de agua necesario para las actividades agrícolas, los campesinos del país realizan grandes gastos económicamente hablando para cubrir estos costos por lo que la productividad no se compensa con los gastos. Por ello se necesita emprender acciones para lograr una tarifa eléctrica de 14 centavos kilowatt-hora.

    Para ello se requiere la asignación de recursos a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a efecto de que se logre cumplir con lo establecido por la Ley de Energía para el Campo y se cuente con el precio preferencial por kilowatt-hora para la extracción de agua en las actividades agropecuarias.

    Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General del los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a ésta H. Asamblea el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se hace un atento y respetuoso exhorto a los diputados integrantes de de la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados para su intervención a efecto de que sea considerada la necesidad de incluir dentro del Presupuesto de Egresos 2006 la asignación de recursos a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que esté en posibilidad de cumplir con lo establecido por la Ley de Energía para el Campo y se pueda tener a nivel nacional la tarifa única de energía eléctrica para uso agropecuario a 14 centavos kilowatt-hora.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 3 días del mes de noviembre de 2005.--- Dip. Omar Bazán Flores (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 las partidas correspondientes al estado de Puebla, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito, René Meza Cabrera, diputado federal en ejercicio, miembro del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, integrante de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta proposición con punto de acuerdo, de conformidad con las siguientes

    Consideraciones

    La región noreste del estado de Puebla, es agreste y montañosa, porque es parte de la Sierra Norte de Puebla, que corresponde a la Sierra Madre Oriental de la República, con ramificaciones en las sierras de Huauchinango, Tlaxco y Tlacuilotepec. La cruzan ríos de mediano caudal, entre ellos el Pantepec, San Marcos y principalmente el Necaxa que rebasa los límites del estado, siendo los alimentadores de las presas Nexapa, Tenango y Necaxa, generadores de energía eléctrica para la Compañía de Luz y Fuerza, y la pesca una actividad cada día más extendida. En sus partes planas se cultiva y producen hortalizas, maíz, frijol y chile, principalmente; la floricultura es de notoria importancia, así como la fruticultura.

    Aunque incipiente, la industria ya es significativa, por sus plantas empacadoras de frutas y procesadoras de conservas; sus aserraderos y envasadoras de agua.

    La potencialidad de esta región, se ve frenada por su escasez de vías de comunicación, pues no tiene carreteras pavimentadas y la intercomunicación de sus localidades, que fluctúan de 200 a 15,000 habitantes, sólo se realiza por caminos de herradura, veredas y brechas.

    En el municipio de Pantepec, se requiere con urgencia la construcción de un puente que una el tramo de camino denominado Dos Cerros, que es dividido por el río Pantepec; así quedarían unidas las comunidades de Agua Linda, Zapote, Las Palmas, La Unión, Loma Bonita, Las Flores, El Terrero, El Zapotal, Progreso de Allende, Nuevo Limonar, Ceiba Chica, La Cañada, Ejido Cañada, Buena Vista, San Antonio y se beneficiarían también, poblados del vecino estado de Veracruz.

    La construcción de una carretera estatal, desde Papatlazolco hasta Acatlán, que una las comunidades de Texcapa, Xaltepec, Tlalmaya y Papatlatla y los municipios cercanos de Chiconcuautla, Tlaola, Tlapacoya y Huauchinango.

    El municipio de Chiconcuautla, cuya población es mayoritariamente indígena de la etnia náhuatl, en proporción de 70%, está marginada, pues carecen de comunicación sus 5 juntas auxiliares, 7 inspectorías y 5 rancherías, que sólo tienen caminos de terracería, mal diseñados y en malas condiciones por lo que es urgente la modernización de sus caminos Chiconcuautla -Las Aguas y Chiconcuautla-San Lorenzo Tlaxipehuala y la construcción de una clínica en la junta auxiliar estratégicamente situada en Tlalhuapan, que atendería las comunidades de Cuetzalingo y Chiconcuautla.

    El tramo carretero de Villa Ávila Camacho (La Ceiba) hacia San Pedro Petlacotla pasando por Tlaxco y terminando en Tlacuilotepec con salida hacia Pahuatlan.

    La ciudad de Huauchinango, cabecera del municipio homónimo, es la localidad más importante del rumbo y su desarrollo urbano hace indispensable la construcción de una terminal camionera fuera de la mancha urbana, porque actualmente la entrada y salida de camiones de pasajeros por la ciudad, a parte de la densa contaminación que producen dificultan la circulación vehicular.

    Por lo expuesto y fundado, me permito someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único. Se solicite a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Crédito Público, que en su dictamen proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, se asigne a las partidas correspondientes al estado de Puebla, la inclusión de las siguientes obras cuyo presupuesto es estimativo, sujeto a calculación, ajuste o aplicación:

    - Un puente que cruce el río Pantepec y una varias poblaciones a ambos lados, con un costo de 20 millones de pesos.

    - Construcción del tramo de carretera que unirá las comunidades de Papatlazolco y Acatlán, con costo de 15 millones de pesos.

    - Construcción de tramo de carretera de Villa Ávila Camacho (La Ceiba) a Talcuilotepec, con costo de 50 millones de pesos.

    - En el municipio de Chiconcuautla, las siguientes obras prioritarias

    a) Ampliación y modernización, convirtiendo en carretera el actual camino Chiconcuautla-Las Aguas, con un costo de 90 millones de pesos.

    b) Pavimentación del actual camino terracería Chiconcuautla - San Lorenzo Tlaxipehuaula con un costo de 50 millones pesos.

    c) Construcción de una clínica en Junta Auxiliar de Tlalhuapa con un costo de 30 millones de pesos.

    - Construcción de una terminal de camiones de pasajeros en la ciudad de Huachinango, con costo de 100 millones de pesos.Sala de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro a 27 de octubre de 2005.--- Dip. René Meza Cabrera (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo, por el que exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a considerar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 recursos destinados a la modernización y al mantenimiento del acervo histórico del Instituto Mexicano de la Radio, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del PRD

    El suscrito, diputado federal en la LIX Legislatura e integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo estipulado en los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a esta asamblea el presente punto de acuerdo, bajo las siguientes

    Consideraciones

    El sistema informativo a través de los medios de comunicación que son administrados por el Estado y cumplen con funciones no únicamente informativas o de entretenimiento, sino de índole cultural, artística y educativa, sean estos televisivos o radiofónicos, enfrentan problemas en lo relacionado a su estructura y a la competencia con los medios de comunicación privados en la búsqueda de sus auditorios.

    Vale contrastar, que mas allá de los objetivos y fines específicos de las empresas privadas que administran medios de comunicación; las instituciones del Estado que administran y conducen medios de comunicaciones tienen objetivos y fines bien diferentes con respecto de los primeros, pues son la integración social; la comunicación para el conocimiento de los diversos grupos sociales y étnicos del país, así como la difusión de la cultura, las Bellas Artes y la Educación parte de sus objetivos a difundir.

    Este último argumento, es la esencia del Instituto Mexicano de la Radio (IMER), desde que el 23 de marzo de 1983 por decreto fue creado como instituto, con el propósito de integrar, coordinar, administrar y dirigir el trabajo de las radiodifusoras sin fines de lucro, y si bajo los principios de proporcionar alternativas para la construcción de la identidad nacional.

    Cabe mencionar, que el sistema de radiodifusión a cargo del Estado a través de mediados del siglo pasado a la fecha, ha tenido conducciones acertadas en torno al contenido y perfil de casi todas sus radiodifusoras, las cuales han gozado de prestigio debido a un alto nivel de sus contenidos y conservado un auditorio clasificado y selecto. Actualmente el IMER, tiene bajo su conducción diecisiete emisoras de las cuales siete se encuentran en el Valle de México y las otras diez en diferentes estados de la República.

    Sin embargo, el Instituto de la Radio enfrenta difíciles situaciones en torno básicamente a 2 factores:

    1. Transmisión: el Instituto Mexicano de la Radio, no cuenta con la infraestructura adecuada y técnicamente está rezagada; lo que limita las trasmisiones de los programas y noticieros tanto en las estaciones locales como en las del interior de la república, observando un incremento en los costos de operación y la inversión, debido a que muchas de las refacciones de los equipos son obsoletas; actualmente las plantas transmisoras cuentan con 39 equipos de la siguiente manera:
  • 23 de bulbos con tecnología de más de 25 años.

  • 16 de estado sólido, adquiridos entre 1994 y 2001.

    Lo anterior propicia la dificultad al adquirir partes y refacciones; consumo alto de energía; un mayor personal y tiempo para el mantenimiento correctivo y preventivo; fallas frecuentes por operar con altos voltajes; altos costos anuales en la adquisición de bulbos y refacciones.

    Por lo que para garantizar la continuidad de las transmisiones de las radiodifusoras, es necesario invertir en la adquisición de equipos con nuevas tecnologías y el reacondicionamiento de equipos rescatables.

    2. Fonoteca: Desde el inicio del Instituto Mexicano de la Radio; no se previó la construcción de una fonoteca y actualmente existen en custodia del IMER 101,195 fonotipos, que se encuentran sin identificar, clasificar o catalogar. En este sentido es necesaria la creación de una fonoteca, ordenada bajo los criterios del Comité Técnico de Normalización Nacional de Documentación (Contenndoc), para identificar, calificar, clasificar catalogar y digitalizar; actualmente solo se cuenta con un almacén de material sonoro.

    Lo anterior requeriría aumentar la capacidad de recursos humanos y adquirir estaciones de ingesta.

    Compañeros diputados: Solicitar este monto para la reconstrucción y modernización de la radio mexicana, es fortalecer un medio de comunicación noble y eficaz, que desde inicios del siglo pasado, ha fortalecido la comunicación entre los mexicanos y así mismo contribuido a fortalecer los vínculos y valores tales como la cultura, la difusión de las bellas artes y la educación que nos proporcionan a los mexicanos la identidad nacional fundamental para el progreso y desarrollo.

    Por lo anteriormente expuesto propongo el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se exhorta a las Comisiones de Radio Televisión y Cinematografía y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Publica de este H. Cámara, para que se asignen recursos por 53 millones de pesos en el Presupuesto de Egresos del 2006, para la modernización y el mantenimiento del acervo histórico del Instituto Mexicano de la Radio.

    Dip. Tomás Cruz Martínez (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
    CODIGO PENAL FEDERAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma la fracción IV del artículo 15 del Código Penal Federal.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma la fracción IV del artículo 15 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM.

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo71, fracción II, de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y los correlativos 55, fracción II, 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar se turne a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos la presente iniciativa con proyecto decreto, de acuerdo al siguiente

    Exposición de Motivos

    El artículo 14 párrafo penúltimo de nuestra Constitución General de la República, consagra el principio de legalidad y establece que ``En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata'', de lo cual se desprende la garantía de seguridad jurídica que se otorga a quien haya cometido un delito.

    La pena que el juzgador imponga en su sentencia definitiva, debe ser exactamente a la conducta delictiva desarrollada por el sujeto activo del delito.

    No cabe duda que en la actualidad la sociedad vive en grave zozobra por la creciente inseguridad pública, porque la criminalidad refleja altos índices de crecimiento y su formas de operación son cada día mas violentas y sofisticadas, por que los delitos que cometen van desde la mas refinada tecnología (delitos cibernéticos, pornografía infantil etc.), hasta los mas violentos (robo, homicidios, secuestros), esta situación que atenta, sin lugar a dudas, contra el orden social, preocupa de sobremanera contra todos lo estratos del tejido social.

    En efecto se vive, una aguda sensación de que la impunidad prevalece por encima de la ley, y de que la persecución de los delincuentes, conjuntamente con el aumento de penas, no han dado los resultados que la sociedad demanda, ya que finalmente es el sujeto pasivo de las agresiones del crimen organizado.

    La ley debe proteger a los mexicanos honestos que diariamente luchan por la protección y el bienestar de sus familias. La procuración de justicia debe satisfacer la exigencia de perseguir los delitos con eficacia y con apego irrestricto al orden jurídico. Para que ello sea posible, es preciso contar con un marco legal adecuado que haga viable la cristalización del aludido principio de legalidad.

    Ahora bien, como es de todos conocido, en el año de 1999 se reformó el artículo 20 de nuestra Constitución Política, para dividirse en dos apartados el ``A'' que consagra las garantías individuales del procesado y el ``B'' que contiene las garantías correspondientes a las víctimas u ofendidos del delito. Esto representa un importante avance en nuestras tareas legislativas, sin embargo, la ciencia del derecho tiene que ir avanzando a la vanguardia y de acuerdo con la realidad social imperante.

    Como ya se mencionó, la delincuencia recurre cada vez más a la violencia como medio para lograr su objetivo. El delito. Pero en contra-respuesta la sociedad busca medidas de autodefensa, para protegerse del evento criminal y esto lo hace porque el Estado se muestra impotente para detener la ola de crímenes que a diario se cometen. Dichos mecanismos de salvaguardia, son por ejemplo: sí tiene una negociación construye un enrejado para que el delincuente no tenga un franco acceso a su persona o a sus bienes. Otro caso, muy notorio y hasta característico, es ver en las fincas urbanas, (casas, residencias, fábricas, etc.) protecciones como: alambrados o rejas con púas, picos, navajas, electrificadas, vidrios, etc., los hogares mexicanos también se autoprotegen también con perros de ataque, alarma vecinal, sólo por mencionar algunos. Sin embargo todo ello sólo son medidas preventivas sin que lleguen en muchas de las veces a ser eficaces, porque el ingenio del delincuente parece que no tiene límites.

    En un concepto legal, el delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales, y desde una concepción doctrinal clásica, el delito es la conducta, típica, antijurídica y culpable, a esto se le conoce como los elementos positivos del delito. Ahora bien, existen elementos negativos, que son excluyentes de responsabilidad penal y en los que se encuentran, la ausencia de conducta, la atipicidad, las causas de justificación y la inculpabilidad.

    Dentro de las causas de justificación ubicamos al ejercicio de un derecho, el cumplimiento de un deber y a la legítima defensa, todas ellas previstas en el artículo 15 del Código Penal Federal.

    Para que opere la legítima defensa se deben cubrir los requisitos que se exigen en la fracción IV del precepto citado, es decir Se repela una agresión real, actual o inminente, sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende.

    De la redacción del precepto que nos ocupa se desprende lo siguiente: la legítima defensa es repeler, es decir repulsar o responder; una agresión, un ataque, arremetida, embate o acometimiento; real, por oposición a lo imaginario; actual es decir la repulsa o defensa debe ser actual lo que significa que no antes ni después de la lesión del bien jurídico; inminente de acuerdo al diccionario por inminente se entiende ``lo que está amenazando o a punto de ocurrir...'',1 sin derecho...''. Ahora, visto en su conjunto ``la legítima defensa es repeler, un agresión, real actual o inminente, si se observa lo que puntualmente quiere dar a entender la redacción actual es que la repulsa o repetición debe ser a una agresión actual, real o inminente, es decir la agresión debe ser inminente.

    Lo cual en la práctica forense genera escozor a los encargados de la procuración y administración de justicia, porque la legítima defensa es que la agresión debe ser inminente, real y actual.

    En un caso concreto lo inminente no es la agresión, sino que lo inminente es el peligro. Por ello, si una persona actúa en legítima defensa no tiene que acreditar ante el Ministerio Público o ante el juez que esta consiste en una agresión es inminente, sino que lo inminente era el peligro en que se vieron expuestos sus bienes o los ajenos.

    En ese cúmulo de ideas, proponemos modificar la redacción de la fracción IV del artículo 15 del Código Penal Federal, agregando el término de ``peligro'' para establecer de manera clara que la legítima defensa no es repeler una agresión inminente, lo cual resulta confuso porque se insiste lo inminente es el peligro y no la agresión, ya que el peligro, existe ya.

    En mérito de lo antes expresado el diputado del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, comprometido con los grandes proyectos que se traduzcan en bienestar para las familias de México, propone la siguiente iniciativa con proyecto de

    Decreto por el que se reforma la fracción IV del artículo 15 del Código Penal Federal.

    Artículo Único.- Se reforma la fracción IV del artículo 15 del Código Penal Federal, para quedar en los siguientes términos:

    Artículo 15 del Código Penal Federal

    I. a III. (quedan igual)

    IV. Se repela una agresión real y actual, de inminente peligro, sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende.

    V. a X. (quedan igual)

    Transitorio

    Artículo Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Nota:

    1 María Moliner, Diccionario de uso del español. Editorial Gredos. Madrid, España, 1998.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 27 días del mes de octubre de 2005.--- Dip. Jorge A. Kahwagi Macari (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
    LEY FEDERAL DEL TRABAJO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que adiciona una fracción XXIX al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que adiciona una fracción XXIX al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo Parlamentario del PVEM

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito se turne a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa:

    Exposición de Motivos

    Hoy en día generar y obtener empleo es un asunto de atención prioritaria para nuestro país, miles de hombres y mujeres buscan trabajo, y con él la esperanza de mejorar sus condiciones de vida. Sin embargo, existen ciertas circunstancias en donde la condición física de una persona se convierte en un impedimento para obtenerlo aún cuando ésta no impide realizar el trabajo satisfactoriamente.

    El trabajo para efectos de la Ley, es considerado como un derecho y un deber social, y se define como toda actividad humana intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerida para cada profesión u oficio.

    En la práctica cotidiana, las bases sobre las que un patrón o empleador, selecciona a su personal o planta de trabajadores, se determinan en la escolaridad, título o cédula profesional, experiencia, desempeño laboral o profesional anterior, cartas de recomendación que avalen su conducta y todas aquellas cualidades que puedan probar que el individuo es apto para el desempeño del trabajo que se solicita.

    Sin embargo aún subsisten en el trabajo, prácticas discriminatorias focalizadas, generalmente, hacia dos grupos vulnerables: las mujeres y las personas con discapacidad.

    El término discapacitado es aplicado a aquellas personas que presentan una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.

    Sabemos que las personas con discapacidad pueden ser empleados y trabajadores efectivos, eficientes y competitivos y que pueden contribuir a la economía. Muchas veces no son las habilidades de las personas con discapacidad la que limitan su incorporación al trabajo, sino las actitudes, las estructuras establecidas, los prejuicios sociales y las políticas que existen alrededor de este grupo social.

    Mientras las personas con discapacidad permanezcan fuera de la fuerza laboral, nunca podrán integrarse a una vida plena. Por ello, la política laboral para este grupo debe considerar sus capacidades no su incapacidad.

    Los grupos vulnerables deben considerarse beneficiarios de una política de empleo, que permita romper su estado de dependencia económica y reconocimiento de sus derechos civiles y políticos; y no exclusivamente de una política de asistencia pública. Y para ello se deben adoptar las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración, en este caso, en el ámbito laboral.

    Muchas veces se piensa que a las personas discapacitadas no se les da empleo porque tienen una limitación motora, una discapacidad auditiva, o una discapacidad visual; cuando a veces el problema esta en el entorno y en la poca cultura que tenemos para entender la discapacidad. Se deben facilitar los apoyos necesarios para que las personas con discapacidad cuenten con las medidas mínimas necesarias de accesibilidad, seguridad y libre desplazamiento. El entorno debe transformarse como una medida más de equiparación de oportunidades.

    La búsqueda del pleno desarrollo de todas las personas, crea una sociedad de iguales. Los legisladores debemos contribuir a impulsar las iniciativas de reforma al marco jurídico federal en materia de trabajo, seguridad social, derechos civiles, fiscal, obras públicas, asentamientos humanos, y todas aquellas que contribuyan a lograr la integración de las personas con discapacidad.

    La limitación para trabajar, muchas veces, no esta en la persona con discapacidad, esta en el entorno social y físico, que esta ávido de ser transformado con los muchos conocimientos que actualmente tenemos sobre la discapacidad. Por ello el Partido Verde Ecologista de de México somete a la consideración de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, el presente

    Decreto por el que se adiciona una fracción XXIX al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.

    Artículo Único. Se adiciona una fracción XXIX al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

    Artículo 1

    Son obligaciones de los patrones:

    I. (...) a XXVIII. (...)

    XXIX. Adoptar las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración laboral. Así como facilitar los apoyos necesarios para que las personas con discapacidad cuenten con las medidas mínimas necesarias de accesibilidad, seguridad y libre desplazamiento.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 3 días del mes noviembre de 2005.--- Diputado Jorge A. Kahwagi Macari (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
    ARTICULO 107 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma las fracciones XVI y XVII del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma las fracciones XVI y XVII del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en uso de la facultad que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 39 numeral 3, 40 numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter al Pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto.

    Exposición de Motivos

    Siendo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la Ley Suprema del país, la cual da fundamento a nuestro actual sistema jurídico, adquiere la característica de ser la Ley Superior, motivo por lo que las demás leyes deberán de sujetarse a su potestad.

    Es así que, la Carta Magna establece las facultades formales que como competencia expresa se otorgan a cada uno de los poderes de la Unión, además se constituyen los cimientos de todo el orden jurídico, el cual es sistemático y unitario, porque crea los órganos que aplican el derecho, a través de las normas secundarias. Es por eso que para que una norma sea válida se debe vincular con la Norma Fundamental, por lo tanto, lo que prevea ésta debe ser claro y preciso para poder exigir que las normas secundarias sean eficaces y efectivas.

    En ese orden de ideas compete al Poder Judicial dirimir todas las controversias que le sean presentadas, con base en las disposiciones legales aplicables al caso concreto.

    Entre una de esas facultades está la prevista en el artículo 107 de la Ley Fundamental que contempla el procedimiento para la remoción del cargo de servidores públicos por un desacato a un mandato judicial en las fracciones XVI y XVII, de nuestra Ley Suprema, además es uno de los artículos constitucionales que reglamenta la Ley de Amparo.

    Tomando en cuenta que los particulares son sancionados por la autoridad judicial por el desacato a un mandato judicial, corresponde de igual manera al Poder Judicial a través de la Suprema Corte de Justicia, ordenar la destitución del cargo de los servidores públicos y, en su caso, solicitar la declaración de procedencia ante el Congreso de la Unión, a efecto de que se retire el fuero constitucional por incumplir un mandato judicial, ya que son los servidores públicos los primeros que deben de cumplir la ley y no estar al margen de ésta por el simple hecho de ser autoridades.

    Es así que, el objetivo de la presente iniciativa, es para precisar que será la Suprema Corte de Justicia, es la única facultada para consignar a un servidor público ante un juez de Distrito y, en su caso, solicitar la declaración de procedencia cuando fuesen servidores públicos con fuero constitucional, por el desacato de un mandato judicial.

    Es indudable que los procedimientos requieren de certeza material y jurídica, en ese sentido, el procedimiento de quien detenta la facultad de consignar, así como solicitar la declaración de procedencia de un servidor público con fuero constitucional, será la Suprema Corte de Justicia, quienes deberán de ser además objetivos.

    Por lo tanto, no puede existir ambigüedad como la que se observa en la fracción XVII del artículo 107 de la Carta Fundamental, la cual establece, La autoridad responsable será consignada a la autoridad correspondiente, cuando no suspenda el acto reclamado debiendo hacerlo, y cuando admita fianza que resulte ilusoria o insuficiente, siendo, en estos dos últimos casos, solidaria la responsabilidad civil de la autoridad con el que ofreciere la fianza y el que la prestare. Fracción que regula el desacato de una autoridad responsable y el otorgamiento de fianza ilusoria o insuficiente.

    Como se observa, en esta fracción no prevé explícitamente quién esta facultado para consignar a la autoridad responsable por no suspender el acto reclamado y, por ende, tampoco se establece quién debe solicitar la declaración de procedencia de un servidor público con fuero constitucional, por el delito de desacato de una orden judicial.

    Es así que haciendo una interpretación lógico jurídica, y una valoración sistemática, se considera que se trata de la misma materia de hacer caso omiso de suspender un acto reclamado, lo preceptuado en las fracciones XVI y XVII del artículo 107 de la Carta Magna, resulta en consecuencia aplicable lo que prevé la fracción XVI, que si considera, Si concedido el amparo la autoridad responsable insistiere en la repetición del acto reclamado o tratare de eludir la sentencia de la autoridad federal y la Suprema Corte de Justicia estima que es inexcusable el incumplimiento, dicha autoridad será inmediatamente separada de su cargo y consignada al juez de distrito que corresponda. Si fuere excusable, previa declaración de incumplimiento o repetición, la Suprema Corte requerirá a la responsable y le otorgará un plazo prudente para que ejecute la sentencia. Si la autoridad no ejecuta la sentencia en el término concedido, la Suprema Corte de Justicia procederá en los términos primeramente señalados. Consecuentemente será la Suprema Corte de Justicia la facultada para separar del cargo a la autoridad y consignar la a un juez de distrito competente.

    Evidentemente esta norma constitucional coincide en lo esencial con lo que establece el párrafo segundo del artículo 105 de la Ley de Amparo, que previene: Cuando no se obedeciere la ejecutoria, a pesar de los requerimientos a que se refiere el párrafo anterior, el juez de Distrito, la autoridad que haya conocido del juicio o el Tribunal Colegiado de Circuito, en su caso, remitirán el expediente original a la Suprema Corte de Justicia, para los efectos del artículo 107, fracción XVI de la Constitución Federal, -para que sea separado de su cargo y consignado-, dejando copia certificada de la misma y de las constancias que fueren necesarias para procurar su exacto y debido cumplimiento, conforme al artículo 111 esta ley.

    Lo anterior lo confirma el texto de los artículos: 107 párrafo primero, Lo dispuesto en los dos artículos precedentes se observarán también cuando se retarde el cumplimiento de la ejecutoria de que se trata por evasivas o procedimientos ilegales de la autoridad responsable o de cualquiera otra que intervenga en la ejecución, y 143 para la ejecución y cumplimiento del auto de suspensión, se observarán las disposiciones de los artículos 104, 105, párrafo primero, 107 y 111 de esta ley, todos de la Ley de Amparo.

    Así como las resoluciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia, Séptima Epoca Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación Tomo: 115-120 Primera Parte Página: 142

    SENTENCIAS DE AMPARO. FACULTAD EXCLUSIVA DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PARA RESOLVER SOBRE SU CUMPLIMIENTO O INCUMPLIMIENTO. De las disposiciones contenidas en el Capítulo XII del Título Primero, Libro Primero, de la Ley de Amparo, se advierte que el legislador, al regular el procedimiento de ejecución de las sentencias de amparo y establecer las sanciones que deben imponerse en los casos de desacato a los fallos que otorgan la protección federal, reservó exclusivamente a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación la facultad de resolver sobre el cumplimiento o incumplimiento de las ejecutorias de amparo y, en su caso, sobre la aplicación de la fracción XVI del artículo 107 de la Constitución General de la República. En efecto, de lo establecido en los artículos 104, 105, 106, 107, 108 y demás relativos de la Ley de la materia se observa que el legislador, después de señalar los diversos pasos a seguir por parte del juez de Distrito o de la autoridad que haya conocido del juicio, o por parte de las Salas de este Alto Tribunal o del tribunal colegiado respectivo en los casos de amparo directo, para lograr el cabal cumplimiento del fallo protector de garantías y después de prever, inclusive, las hipótesis de retardo en el acatamiento de la sentencia por evasivas o procedimientos ilegales de la autoridad responsable, así como de repetición del acto reclamado, como formas de desacato de la sentencia, dispuso lo siguiente: a). Que cuando la ejecutoria no se obedeciere, o se retardare su cumplimiento, por evasivas o procedimientos ilegales de la autoridad responsable o de cualquier otra que intervenga en la ejecución, a pesar de que se hubieran agotado los medios que tienen a su alcance el propio juez de Distrito o la autoridad que haya conocido del juicio, o la Sala correspondiente de este Supremo Tribunal o el Tribunal Colegiado de Circuito en los casos de amparo directo, debe remitirse el expediente original a esta Suprema Corte de Justicia para que, funcionando en Pleno, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción VII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, resuelva acerca de la aplicación o no aplicación de la fracción XVI del artículo 107 constitucional; b). Que cuando la parte interesada no estuviere conforme con la resolución que tuvo por cumplida la ejecutoria, debe remitirse también, a petición suya que deberá formular dentro de los cinco días siguientes al de la notificación correspondiente, el expediente a este Alto Tribunal, quien, funcionando igualmente en Pleno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, fracción XIV, de la Ley Orgánica antes citada, debe resolver sobre el particular; c). Que cuando se denuncie la repetición del acto reclamado y, previo el trámite legal correspondiente, se arribe a la conclusión de que sí existe la repetición, debe remitirse, de inmediato, el expediente a esta propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que, funcionando en Pleno conforme a lo dispuesto en la citada fracción XIV del artículo 11 de la Ley Orgánica referida, y allegándose los elementos de juicio que estime convenientes, emita la resolución correspondiente; y d). Que en los referidos casos de repetición del acto reclamado, cuando la resolución concluya que no exista ésta, debe remitirse, igualmente, el expediente a este Supremo Tribunal, siempre que así lo solicite la parte interesada dentro del término de cinco días a partir del siguiente al de la notificación correspondiente, para que el Tribunal en Pleno resuelva al respecto. La exclusividad de la competencia del Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver, en definitiva, sobre el cumplimiento o incumplimiento de las ejecutorias de amparo y, en su caso, sobre la aplicación o no aplicación de la fracción XVI del artículo 107 constitucional, que deriva del contenido de las disposiciones legales citadas en el párrafo anterior, se justifica plenamente si se tiene en cuenta que, dada la majestad con que están investidas las sentencias de amparo, su cabal y oportuno cumplimiento implica una cuestión de orden público y de gran trascendencia para la vida jurídica-institucional del país, no sólo por el interés social que existe de que la verdad legal prevalezca, en aras de la concordia, tranquilidad y seguridad de los individuos, sino porque primordialmente, constituye la forma de hacer imperar, por sobre todas las cosas, los mandatos de la Carta Magna, que son el sustento y finalidad de nuestra organización federal. Además, la voluntad del legislador expresada en el sentido de otorgar competencia exclusiva al Pleno de este Alto Tribunal, para resolver, en definitiva, las cuestiones antes apuntadas, se corrobora cabalmente si se tiene presente que ello no sólo se deriva y explica, como se acaba de precisar, del texto mismo de las disposiciones relativas y de la naturaleza de los fallos constitucionales, sino que se patentiza en la exposición de motivos del decreto de fecha 30 de diciembre de 1950, que reformó y adicionó diversos artículos de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Federal, que, en su parte conducente, dice: ``El incidente de inejecución de sentencias de amparo que otorgan la protección de la justicia federal, se ha conservado como de la privativa competencia de la Suprema Corte de Justicia, aunque la ejecutoria sea pronunciada por Tribunal Colegiado de Circuito, en respeto de la interpretación que existe acerca de la fracción XVI del artículo 107 de la Constitución General de la República, y porque la esencia del Poder Judicial de la Federación, que queda concretada en la Suprema Corte de Justicia, exige que sea ésta la que provea sobre el debido cumplimiento de las sentencias definitivas emanadas de los diversos órganos del mismo poder.

    Incidente de inconformidad 12/76. Relacionado con el juicio de amparo 14/72. Manuel Zavala y coags. 4 de julio de 1978. Unanimidad de 19 votos. Ponente: Jorge Iñárritu.

    EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE AMPARO, PROCEDIMIENTO DE. MEDIOS DE APREMIO. EL ARTICULO 105 DE LA LEY DE AMPARO EXCLUYE LA APLICACIÓN DEL ARTICULO 59 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

    Texto

    El artículo 105 de la Ley de Amparo establece el procedimiento a seguir en materia de cumplimiento de ejecutorias constitucionales. Cuando éstas no se encuentren cumplidas o en vías de ejecución veinticuatro horas después de notificadas, el juez de Distrito o el Tribunal Colegiado de Circuito que corresponda, requerirán, de oficio o a petición de parte, al superior de la autoridad remisa para que la obligue a cumplir sin demora. Si la responsable no tuviere superior, el requerimiento se le hará directamente; asimismo, cuando el superior inmediato no atendiere el requerimiento y tuviere a su vez superior jerárquico, también se requerirá a éste. Por último, cuando a pesar de estas intimaciones no quedare cumplida la resolución, el juez de Distrito o el Tribunal Colegiado de Circuito remitirán originales de sus actuaciones a la Suprema Corte para los efectos del artículo 107, fracción XVI, de la Constitución, dejando copia certificada de las constancias conducentes para procurar su exacto y debido cumplimiento en la forma que establece el artículo 111 de la citada Ley. En esta última hipótesis, la autoridad que haya conocido del juicio de amparo hará cumplir la ejecutoria dictando las órdenes necesarias a ese fin, y si éstas no fueren obedecidas, comisionará al secretario y al actuario para lograrlo y aun podrá cumplimentarla por sí misma. Sólo después de agotarse todos estos medios sin resultados positivos, se solicitará el auxilio de la fuerza pública para lograr esa cumplimentación. Por tanto, no debe aplicarse supletoriamente el artículo 59 del Código Federal de Procedimientos Civiles, que establece los medios de apremio para hacer cumplir las determinaciones de los tribunales, por no surtirse el extremo que exige el artículo 2o. de la Ley de Amparo, es decir, ausencia de disposición expresa en la ley de la materia, por resultar directamente aplicable el artículo 105 de la propia Ley. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

    Precedentes

    Queja 63/93. Secretario de la Reforma Agraria. 16 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Alejandro García Gómez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, Tesis 741, página 1218.

    En consecuencia, es a la Suprema Corte de Justicia a quien le corresponde separar del cargo y consignar al juez de distrito al servidor público y en su caso solicitar la declaración de procedencia por el incumplimiento de la suspensión definitiva.

    Cabe aclarar que en ambas fracciones del artículo 107 de la Carta Magna, no señalan que también debe ser la propia Suprema Corte de Justicia la que solicite ante el Congreso de la Unión la declaración de procedencia en el caso de los servidores públicos investidos de fuero constitucional, conforme al artículo 111 del mismo ordenamiento.

    Por tal motivo, debe reformarse la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de actualizar el marco legal aplicable al proceso de suspender del cargo a los servidores públicos, para garantizar que la Carta Magna cumpla con los principios de certeza, legalidad y objetividad.

    Considerando que nuestro sistema jurídico es legista y no de carácter jurisdiccionalista, se debe evitar que el Poder Judicial emita jurisprudencias por las omisiones del Poder Legislativo, jurisprudencias en donde lo que prevalece son interpretaciones subjetivas, así como diversos criterios que inclusive se contraponen presentándose contradicciones entre los mismos que emiten la jurisprudencia, además de que en ocasiones es interpretado por autoridades distintas a la judicial que llegan al caso de invasiones de competencia jurídica, al solicitar algo que no es de su competencia, lo que provoca que se obstaculice el procedimiento para poder aplicar una sanción.

    Es por eso que al emitir jurisprudencias se sustituye la facultad de creación de normas jurídicas del Poder legislativo por una que sea uniforme en su aplicación legal, y con el fin de que la jurisprudencia no esté por encima de la propia Carta Magna. Se debe llevar a cabo la reforma, para que prevalezca el principio de legalidad en la impartición de justicia en favor de todos los gobernados.

    De este modo, se debe precisar la facultad de consignar y solicitar la declaración de procedencia en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para dar mayor certeza jurídica y seguridad a los ciudadanos, de que los actos de la autoridad judicial serán cumplidos por los servidores públicos.

    Por lo tanto, toda norma jurídica debe ser explícita, para evitar interpretaciones erradas, o tener que recurrir a ideas y principios ``implícitos'' e inexistentes. En todo caso, el carácter explícito de las disposiciones Constitucionales no va en detrimento de la actividad exegética realizada por la Suprema Corte de Justicia, porque lo que se persigue es PRESCINDIR de ésta lo más posible.

    De que sirve tener una Suprema Corte de Justicia, que no pueda aplicar la Carta Magna por no estar precisadas explícitamente sus facultades para poder destituir, consignar y solicitar la declaración de procedencia en contra de las autoridades que incumplan los actos reclamados, aunque en sus resoluciones las reconozca plenamente.

    Es así, que de no llevarse acabo la reforma que se propone se presentarían controversias, en donde la Suprema Corte de Justicia no podrá destituir a la autoridad responsable y solicitar la declaración de procedencia, tendrá que emitir resoluciones por mayoría de razón que violan el principio de legalidad.

    Pero lo que es peor es que la Suprema Corte de Justicia se esgrima de cumplir con sus facultades constitucionales por no estar contempladas explícitamente en la ley sino implícitas, aunque en sus resoluciones al caso que nos refiere las reconozca plenamente.

    Además que muchas autoridades administrativas le han perdido el respeto a las ejecutorias, y que ``El Imperio que deben ser cumplidas en 24 horas, de acuerdo al artículo 105 de la Ley de Amparo'' es retórico y no efectivo.

    Razón por la cual, me permito someter a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma las fracciones XVI y XVII del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Único. Se reforman las fracciones XVI y XVII del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 107. ...

    I. a XV. ...

    XVI. Si concedido el amparo la autoridad responsable insistiere en la repetición del acto reclamado o tratare de eludir la sentencia de la autoridad federal, y la Suprema Corte de Justicia estima que es inexcusable el incumplimiento, dicha autoridad será inmediatamente separada de su cargo y consignada al Juez de Distrito que corresponda, en caso de que la autoridad cuente con fuero constitucional será la misma Suprema Corte de Justicia la que solicite la declaración de procedencia. Si fuere excusable, previa declaración de incumplimiento o repetición, la Suprema Corte requerirá a la responsable y le otorgará un plazo prudente para que ejecute la sentencia. Si la autoridad no ejecuta la sentencia en el término concedido, la Suprema Corte de Justicia procederá a separar inmediatamente del cargo a la autoridad y consignar al Juez de Distrito que corresponda.

    ...

    ...

    XVII. Será facultad de la Suprema Corte de Justicia separar inmediatamente del cargo y consignar al juez de distrito que corresponda, a la autoridad responsable cuando no suspenda el acto reclamado debiendo hacerlo, y en su caso solicitar la declaración de procedencia de una autoridad con fuero constitucional, y cuando admita fianza que resulte ilusoria o insuficiente, siendo en estos dos últimos casos, solidaria la responsabilidad civil de la autoridad con el que ofreciere la fianza y el que la prestare. y

    XVIII.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 3 días del mes de noviembre de 2005.--- Dip. Jorge A. Kahwagi Macari (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió de la diputada María Ávila Serna, del grupo parlamentario del Partido Verde, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bibliotecas.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bibliotecas, a cargo de la diputada María Ávila Serna, del grupo parlamentario del PVEM.

    María Ávila Serna, diputada de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito se turne a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa:

    Exposición de MotivosLa libertad, la prosperidad y el desarrollo de la sociedad y de los individuos son valores humanos fundamentales. Estos sólo podrán alcanzarse mediante la capacidad de ciudadanos bien informados para ejercer sus derechos democráticos y desempeñar un papel activo en la sociedad. La participación constructiva y la consolidación de la democracia dependen tanto de una educación satisfactoria como de un acceso libre y sin límites al conocimiento, el pensamiento, la cultura y la información. La biblioteca, puerta local hacia el conocimiento, constituye un requisito básico para el aprendizaje a lo largo de los años, para la toma independiente de decisiones y el progreso cultural del individuo y los grupos sociales.

    Manifiesto de la UNESCO sobre la biblioteca pública (1994).

    Las bibliotecas son instituciones extraordinarias. Su origen se remonta prácticamente a los orígenes de la escritura. Desde que la tradición oral fue insuficiente para conservar el conocimiento y las tradiciones para transmitirlas a las nuevas generaciones, nacieron las bibliotecas, y lo hicieron con una finalidad y misión clara: conservar los valores culturales y llevarlos a las futuras generaciones. Desde entonces, las bibliotecas han existido y actualmente, tienen gran importancia en el mundo contemporáneo.

    El objetivo principal de las Bibliotecas públicas o privadas de cualquier nación es el de recopilar, conservar, organizar y resguardar toda manifestación de cultura. Tienen además como misión acercar toda esa información a las y los ciudadanos, independientemente del origen étnico o nacional, del género, de la edad, de las capacidades diferentes, de la condición social, de las condiciones de salud, de sus creencias religiosas, de sus opiniones, preferencias, estado civil, o cualquier otra condición o circunstancia social.

    Las bibliotecas se han definido desde su concepción, como defensoras y propagadoras de las señas de identidad de sus respectivos países. Una de las formas en que lo han llevado a cabo ha sido a través de la elaboración de la bibliografía nacional, la cual es la representación del contenido documental que han reunido a lo largo del tiempo. También cumplen el papel de centros difusores de cultura y comunicación a través de exposiciones, conferencias, talleres, publicación de libros y otros materiales, dirigido a un público de todas las edades e intereses, sin discriminación alguna.

    No obstante que la Bibliotecas son para todas y todos los interesados, no siempre sucede así, hoy en día existe un tema que las bibliotecas del país tienen aún pendiente, y este es la atención a las personas que sufren alguna discapacidad.

    La atención a éste último grupo marginado siempre ha sido enfocado desde el punto de vista caritativo, pero cuando se trata de conseguir que los discapacitados tengan una calidad de vida lo más parecida a la de un ciudadano normal, los servicios y las bibliotecas como otras tantas actividades no están acondicionadas en lo más mínimo para atender esas necesidades. La solución a este problema se ha dejado a la sensibilidad de las autoridades, a las que se les solicita un cambio de mentalidad para que en el diseño, en este caso específico de las bibliotecas, sean considerados además del estudio del edificio, el del mobiliario, el equipo y el personal.

    La oferta de servicios bibliotecarios a usuarios discapacitados es un tema que las bibliotecas no han abordado completamente, ya que tales servicios se encuentran limitados a la atención de algunas discapacidades. En la actualidad, cualquier tipo de biblioteca debería contar con las condiciones mínimas que le permitan cumplir con sus funciones adecuadamente y atender, dentro de sus posibilidades, a toda la gente que necesita del servicio.

    Los derechos civiles y humanos establecen que los gobiernos deben proteger e incrementar los derechos de sus ciudadanos discapacitados a través de disposiciones constitucionales, que afirmen la dignidad de cada persona y su derecho a tratamiento y acceso a los servicios, sin importar el grado de desarrollo económico del país.

    Además recomienda que no se debe privar a las personas discapacitadas de ejercer los mismos derechos que el resto de los ciudadanos. Su integración en la vida de la sociedad debe promoverse y apoyarse mediante legislaciones que garanticen el acceso a instalaciones y servicios.

    Hoy en día, las bibliotecas deben plantearse cómo resolver esta situación y tomar las medidas necesarias que ayuden a que los usuarios discapacitados puedan tener contacto con todo el cúmulo de información generado. Su participación debe estar orientada, no solo a solucionar la forma en que estos usuarios cuenten con una rampa de acceso o un cajón de estacionamiento en los edificios de las bibliotecas, sino también, deben contemplar todo lo referente al mobiliario, al equipo y a la colección adecuada.

    Las bibliotecas, y demás servicios de información de la Administración Pública Federal deben ofrecer al usuario, y en este caso, a las personas que padecen algún tipo de discapacidad, los equipos de cómputo con tecnología adaptada, escritura e impresión en el Sistema de Escritura Braille, ampliadores y lectores de texto, espacios adecuados y demás innovaciones tecnológicas que permitan su fácil uso a este grupo de la sociedad.

    En este sentido, si bien es cierto que la tecnología ha ayudado a extender la oferta de servicios a un público más amplio, también han planteado nuevos problemas y esto ha significado una nueva barrera para que los discapacitados accedan a la información. Las soluciones que se han dado a tales problemas han derivado en el establecimiento de nuevos servicios que pretenden facilitar el acceso a las instalaciones y a la información disponible en las bibliotecas.

    Los esfuerzos realizados para la atención de los discapacitados han sido enormes y se han visto fortalecidos por la incorporación de las nuevas tecnologías, el cambio de mentalidad hacia los discapacitados y la búsqueda por generarles un mundo más adaptable a sus necesidades. La Ley General de las Personas con Discapacidad significa un paso importante en la búsqueda del respeto y la garantía de sus derechos, sin embargo ello no indica que no podamos enriquecerla y hacerla compatible con las demás leyes nacionales ya existentes.

    El artículo 10º de la Ley General de las Personas con Discapacidad señala que la educación que imparta y regule el Estado deberá contribuir al desarrollo integral de las personas para potenciar y ejercer plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes, además las autoridades deberán elaborar y fortalecer los programas para la integración educativa de las personas con discapacidad.

    Parte de la formación educativa de las personas en general, tiene que ver con el acceso a la información. Las personas con discapacidad tienen el derecho de acceder a ella con la ayuda de las autoridades correspondientes, de la tecnología y de los programas que el Estado aplique para lograr la igualdad de oportunidades en el uso y acceso de los servicios bibliotecarios. Las Bibliotecas deben estar mínimamente equipadas para atender las necesidades de las personas con discapacidad y hacer real este derecho. Deben contar con acervos en sistema de Escritura Braille, y en audio.

    En la era de la información, todos debemos tener el derecho de acceder a ella, por ello la diputada del Partido Verde Ecologista de México somete a la consideración de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, el presente

    Decreto por el que se reforman el artículo 2º, el artículo 4º y se adiciona un artículo 17 a la Ley General de Bibliotecas.

    Artículo Único.- Se reforman el artículo 2º, el artículo 4º y se adiciona un artículo 17 a la Ley General de Bibliotecas, para quedar como sigue:

    Artículo 2

    Para los efectos de la presente ley, se entenderá por biblioteca pública todo establecimiento que contenga un acervo de carácter general superior a quinientos títulos, catalogados y clasificados, y que se encuentre destinado a atender en forma gratuita a toda persona que solicite la consulta o préstamo del acervo en los términos de las normas administrativas aplicables.

    La biblioteca pública tendrá como finalidad ofrecer en forma democrática los servicios de consulta de libros y otros servicios culturales complementarios que permitan a la población adquirir, transmitir, acrecentar y conservar en forma libre el conocimiento en todas las ramas del saber.

    Su acervo podrá comprender colecciones bibliográficas, hemerográficas, auditivas, visuales, audiovisuales, en sistema de escritura Braille y, en general cualquier otro medio que contenga información afín.

    Artículo 4

    Los gobiernos, federal, estatales y municipales, dentro de sus respectivas jurisdicciones, promoverán el establecimiento, organización y sostenimiento de bibliotecas públicas y los servicios culturales complementarios que a través de éstas se otorguen; incluyendo las facilidades que garanticen la igualdad de oportunidades de uso y acceso a personas con discapacidad.

    Artículo 17

    En el Sistema Nacional de Bibliotecas, salas de lectura y servicios de información de la Administración Pública Federal se incluirán, entre otros, los equipos de cómputo con tecnología adaptada, escritura e impresión en el Sistema de Escritura Braille, ampliadores y lectores de texto, espacios adecuados y demás innovaciones tecnológicas que permita su uso a las personas con discapacidad.

    El Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas del país determinará el porcentaje del acervo que cada institución tendrá disponible en Sistema de Escritura Braille y en audio, tomando en consideración criterios de biblioteconomía. Asimismo se preverá que los acervos digitales estén al alcance de las personas con discapacidad.

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 27 días del mes de octubre de 2005.--- Dip. María Ávila Serna (rúbrica).»Presidencia de la diputada María Marcela González Salas y PetricioliLa Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Con relación a la iniciativa que ha enviado a esta Presidencia la diputada María Ávila Serna, favor de turnarla a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura.
    LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA
    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Tiene el uso de la palabra el diputado Javier Galván Guerrero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.El diputado Javier Galván Guerrero: Con su permiso, diputada Presidenta. El suscrito, diputado Javier Galván Guerrero, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública con base en la siguiente exposición de motivos:

    La seguridad pública es sin duda el fenómeno actual más complejo e importante de la vida social de nuestro país, en el cual convergen y se reflejan las diferentes carencias y deficiencias sociales, culturales y económicas, debido fundamentalmente a la falta de aplicación de políticas públicas justas, equitativas y congruentes con los tiempos y las circunstancias demográficas actuales.

    Ese problema crea un compromiso fundamental con la sociedad por parte de la administración pública, el cual se debe afrontar y solucionar. Es claro que nuestras acciones contra el crimen organizado han quedado rebasadas por mucho en la lucha por mejorar los niveles de civilidad, equidad, convivencia y paz social. Las estadísticas son verdaderamente alarmantes en delitos de toda índole.

    Algunos de éstos, los más lucrativos y más conocidos, como el narcotráfico, el robo de vehículos, y el asalto a autotransportes de carga local y federal, entre otros no menos importantes, los cuales debemos atender con mejores niveles de profesionalización por lo nefasto del hecho en sí, que es el robo de menores y el secuestro, que han aumentado considerablemente la incidencia en México con fines fundamentalmente de lucro.

    Éstos, como otros delitos, han ido corrompiendo gradualmente algunos de los distintos niveles de la administración pública en todo el país. Este inconveniente es considerado ya un problema de seguridad nacional. Por todo lo expuesto, me permito someter a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto para la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del artículo 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública

    Artículo 1. Se reforma el artículo 41 y se adicionan las fracciones I, II, III y IV; se recorre el segundo párrafo del artículo 41, para quedar como segundo párrafo de la fracción IV; se recorre el tercer párrafo del artículo 41, para quedar como segundo párrafo de la fracción I, para quedar como sigue:

    Artículo 41. La Secretaría de Seguridad Pública federal integrará, en coordinación con los tres niveles de gobierno de los estados de la República y del Gobierno del Distrito Federal, las bases de datos o padrones nacionales de información en seguridad pública, de personas víctimas de delitos, de delincuentes o probables responsables de delitos de servidores públicos inhabilitados, de bienes muebles e inmuebles involucrados en delitos y, en general, cualquier información que sirva para lograr los propósitos de la mejor detección y persecución de los delitos. Fracción I. Se integrará una base nacional de datos sobre personas probables responsables de delitos, indiciadas, procesadas o sentenciadas. Fracción II. Se integrará una base nacional de datos sobre personas menores de edad robadas, secuestradas o extraviadas. Fracción III. Se integrará una base nacional de datos sobre vehículos automotores robados, motocicletas, automóviles, camionetas, camiones, tractocamiones, lanchas, barcos y, en general, todo tipo de vehículos automotores de manufactura nacional y de importación introducidos legalmente en el país. Fracción IV. Se integrará una base nacional de datos de servidores públicos inhabilitados para seguir prestando servicios en la administración pública en los distintos niveles de gobierno, federal, estatal y municipal.

    Palacio Legislativo de San Lázaro. Muchas gracias. Es cuanto, diputada Presidenta.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Javier Galván Guerrero, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito, Javier Galván Guerrero, diputado integrante de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones del artículo 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    Artículo Único.- Se reforma el artículo 41 y se adicionan las fracciones I, II, III y IV, se recorre el segundo párrafo del artículo 41 para quedar como segundo párrafo de la fracción IV; se recorre el tercer párrafo del artículo 41 para quedar como segundo párrafo de la fracción I.

    Exposición de Motivos

    La seguridad pública es, sin duda alguna, el fenómeno actual más complejo e importante de la vida social de nuestro país, en el cual convergen y se reflejan las diferentes carencias y deficiencias sociales, culturales y económicas debido, fundamentalmente, a la falta de aplicación de políticas públicas justas, equitativas y congruentes con los tiempos y circunstancias demográficas que nos tocó vivir. Este problema crea un compromiso fundamental con la sociedad por parte de la administración pública, autoridades, legisladores y servidores públicos en competentes, el cual se debe atender con mayor interés y la voluntad política que sea necesaria, ya que ésta puede que sea aún insuficiente, si valoramos los rezagos y grandes carencias que en esta materia mantenemos y considerando realmente la problemática en su total dimensión, con la seriedad requerida, nos daremos cuenta que nuestras acciones en contra del crimen organizado han quedado rebasadas por mucho en la lucha por mejorar los niveles de civilidad, equidad, convivencia y paz social.

    Las estadísticas son verdaderamente alarmantes en delitos de toda índole, algunos de estos los más lucrativos y más conocidos como el narcotráfico, el robo de vehículos, el asalto a auto transporte de carga local y federal, el secuestro, entre otros; no menos importantes, los cuales debemos atender con mejores niveles de profesionalización por lo nefasto y ruin del hecho en sí, es el robo de menores, que ha aumentado considerablemente la incidencia en México, con diferentes fines fundamentalmente de lucro.

    Mucho se habla con respecto al tema de secuestros de niños para obtener órganos, hay quienes han denunciado en distintas ocasiones estas funestas prácticas, en algunos países bajo la sombra de la impunidad y la corrupción, se propicia el terrible crecimiento de estas tan perversas prácticas. Lo que si podemos afirmar es que nadie roba a un niño para hacerle un bien, quienes roban o compran niños para venderlos a parejas desesperadas por adoptar un hijo, que por algún motivo no pueden hacerlo por las vías legales establecidas, esto propicia aún más el tráfico ilegal de infantes que crece gradual, pero considerablemente; los niños robados son objeto de actos violentos: se les priva de su identidad real, sus raíces, nadie puede quitarle un niño a una madre para que lo adopte otra. Lamentablemente una gran parte de los niños robados son víctimas de algún tipo de abuso o violación.

    Miles de niños robados son obligados a prostituirse, ya que el negocio de la prostitución y la pornografía infantil es tan productivo que alcanza ganancias muy considerables, la demanda de niños está relacionada con la perversión que implica el abuso sexual de menores. El abanico para la explotación de menores es cada vez más grande y de hecho más difícil de detener.

    Otro problema de seguridad pública que ha alcanzado grandes dimensiones, tanto en la práctica del delito como en las ganancias económicas que le arroja a la delincuencia organizada es el secuestro, que cuenta con el tercer lugar a nivel nacional en lo que se refiere a los delitos más lucrativos de nuestro país y uno de los primeros lugares en lo que toca a perversidad, crueldad y deshumanización, al respecto no se requiere ampliar más el criterio de la asamblea conocido es de todos, las distintas prácticas y modos de operar de las diferentes bandas de secuestradores que han lacerado y vulnerado tanto a nuestra sociedad, algunas que han sido capturadas y las muchas más que delinquen actualmente a la sombra y cobijo de la corrupción y la impunidad de servidores públicos.

    El robo de automóviles es uno mas de los negocios ilícitos más lucrativos en nuestro país después del narcotráfico, el crimen organizado cuenta con bandas delictivas a todos los niveles, se calcula que se roban 120 autos al día esto sólo en el DF. Es tan peculiar el robo de automóviles que las bandas delictivas dedicadas a estas actividades, realizan los robos sobre pedido, marca, modelo, color, equipo.

    Si un vehículo es robado en cualquier Estado de la República y éste no cuenta con un seguro contra robo dicho automóvil puede ser llevado a otro Estado del país sin ningún problema y ser comercializado con documentos falsificados y dicho automotor podrá transitar sin ningún problema, esto debido a que no se cuenta con un padrón nacional de vehículos robados.

    La única corporación de Seguridad Publica que cuenta con una base de datos denunciados en esta materia, es la Policía Federal Preventiva, División Caminos, antes Policía Federal de Caminos, la cual por negligencia o por sus múltiples ocupaciones de cobro de peaje a los distintos tipos de transportistas o servicios de cobranza especializados a vehículos o victimas de accidentes carreteros, que en ocasiones hasta en los hospitales en el caso de los heridos por causas de accidentes carreteros, reciben la visita de los oficiales de dicha corporación para que sean pagadas las dádivas o mordidas que dichos servidores públicos cobran dependiendo el accidente o los daños que este haya causado en las carreteras federales.

    Por estos motivos es que la Policía de Caminos ya no aplica las inspecciones de rutina que por procedimiento debería hacer a cada vehículo que detiene por cualquier situación o infracción, revisar como antes lo hacia el registro y número de motor de cada vehículo y cotejarlo con su banco de datos, implementar de manera permanente la realización de operativos con la finalidad de detectar y localizar vehículos irregulares.

    Estos como otros delitos han ido corrompiendo gradualmente algunos de los distintos niveles de la Administración Pública en todo el país. Este inconveniente es considerado ya un problema de seguridad nacional.

    Por todo lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta Honorable Soberanía la siguiente proposición.

    Iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma y adiciona diversas deposiciones del Artículo 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Publica.

    Artículo 41

    La Secretaría de Seguridad Pública Federal, integrará en coordinación con los tres niveles de Gobierno de los Estados de la Republica y del Gobierno del Distrito Federal, las bases de datos o padrones Nacionales de Información en Seguridad Pública de personas víctimas de delitos, de delincuentes o probables responsables de delitos, de bienes muebles e inmuebles involucrados en delitos y en general cualquier información que sirva para lograr los propósitos de la mejor detección y persecución de los delitos; será de consulta obligatoria para las instituciones que realicen actividades de seguridad pública, a los cuales tendrán acceso las diferentes corporaciones de seguridad publica de los tres niveles de Gobierno, Municipales, Estatales y Federales de todo el país, mediante una RED informática con terminales en las diferentes instituciones de Seguridad Publica de todo el país. La Secretaría de Seguridad Pública Federal será la responsable del manejo de dicha base de datos o padrones en lo referente a bajas, sólo se otorgaran con los requerimientos legales necesarios, por parte del afectado o víctima, ante el Ministerio Público Estatal y este a su vez se encargará con la documentación cotejada y certificada legalmente necesaria de tramitar la baja ante la Secretaria de Seguridad Pública Federal, además de notificar de dicho trámite al afectado o víctima. Por su parte las corporaciones Estatales y Municipales que realicen actividades de Seguridad Pública sólo podrán aportar datos de ingreso en dichas bases de datos.

    Fracción I.- Se integrará una base nacional de datos sobre personas probables responsables de delitos, indiciadas, procesadas o sentenciadas, de consulta obligatoria en las actividades de seguridad pública, donde se incluyan sus características criminales, medios de identificación, recursos y modos de operación. Esta base nacional de datos se actualizará permanentemente y se conformará con la información que aporten las instituciones de prevención, procuración y administración de justicia, readaptación social y en general, todas las instituciones que deban contribuir a la seguridad pública, relativa a las investigaciones, averiguaciones previas, órdenes de detención y aprehensiones, sentencias o ejecución de penas.

    Dicha información se dará de baja de esta base de datos, por resolución de libertad por desvanecimiento de datos o falta de elementos para procesar, así como por sentencia absolutoria.

    Fracción II.- Se integrará una base nacional de datos sobre personas menores de edad, robadas, secuestradas y extraviadas, de consulta obligatoria en las actividades de seguridad pública, en lo que se refiere a este delito, donde se incluyan las características generales de las victimas, medios de identificación y localización de los familiares, lugar donde se cometió el delito. Esta base nacional de datos se actualizará permanentemente y se conformara con la información que aporten las instituciones de prevención, procuración y administración de justicia y en general todas las instituciones que deben contribuir a la seguridad pública, relativa a las investigaciones y averiguaciones previas.

    Fracción III.- Se integrará una base nacional de datos, sobre vehículos automotores robados, motocicletas, automóviles, camionetas, camiones, tracto camiones, lanchas, barcos y en general todo tipo de vehículos automotores de manufactura nacional y de importación introducidos legalmente al país, este será de consulta obligatoria en las actividades de seguridad pública en lo que se refiere a este delito, donde se incluyan las características del vehículo automotor, medios de identificación, lugar y circunstancias del robo, localización del propietario y número de la averiguación previa. Esta base de datos nacional se actualizará permanentemente y se conformará con la información que aporten las instituciones de prevención, procuración y administración de justicia a nivel nacional y en general de todas las instituciones que deben contribuir a la seguridad pública, relativa a las investigaciones y averiguaciones previas.

    Fracción IV.- Se integrará una base nacional de datos, de servidores públicos inhabilitados para seguir prestando sus servicios dentro de la Administración Pública, en los distintos niveles de gobierno federal, estatal y municipal, esta será de consulta obligatoria en las actividades de contratación de personal y funcionarios de todo nivel de la Administración Pública en los tres niveles de Gobierno, a nivel nacional y se integrara con los siguientes datos, con el nombre del ex funcionario o servidor público, motivo y tiempo de su inhabilitación y fecha en que se aplicará la inhabilitación, la actualización de esta base nacional de datos será obligación permanentemente de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, con la información que le aporte ésta en todo lo referente a los movimientos de servidores públicos.

    Esta información servirá para lograr los propósitos que refiere el artículo 38 y para instruir la mejor detección y persecución de los delitos.

    Artículos Transitorios

    Primero.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo.- Al entrar en vigor el presente decreto, deberán impulsarse las reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y demás disposiciones legales aplicables en la materia.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2005.--- Dip. Javier Galván Guerrero (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputado Galván Guerrero. Se turna la iniciativa a la Comisión de Seguridad Pública.


    LEY PARA EL FOMENTO A LA INNOVACION Y AL DESARROLLO DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES DE BASE TECNOLOGICA

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la voz nuestra compañera, la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa de Ley para el Fomento de la Innovación y del Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica.

    La diputada María Eloísa Talavera Hernández: Con su permiso, señora Presidenta. Los suscritos, diputados federales María Eloísa Talavera Hernández y Héctor Gutiérrez de la Garza, integrantes de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que les otorgan los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto, que expide la Ley para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica, al tenor de lo siguiente: uno de los objetivos de la política económica es promover el crecimiento con calidad de la economía, un crecimiento sostenido y dinámico que permita crear los empleos que demandarán los millones de jóvenes que se incorporarán al mercado de trabajo en los próximos años, que avance en la igualdad de oportunidades entre regiones y empresas y que permita contar con recursos suficientes y canalizarlos para combatir los rezagos y financiar proyectos de inclusión en el desarrollo.

    El desarrollo científico y tecnológico es motor de cambio social y progreso económico en el mundo contemporáneo. Sin embargo, la atención que se da en México a la preparación científica y a la introducción, producción y dominio de la tecnología es insuficiente. El sistema nacional de investigación no se ha articulado adecuadamente con las necesidades sociales y productivas del país, y existen además enormes diferencias regionales en cuanto a la operación, aplicación y desarrollo de conocimientos para el mejoramiento general de la población. No obstante que se ha hecho un gran esfuerzo institucional para formar un núcleo científico de calidad, sigue siendo reducido el interés del sector privado y de la industria por la generación de conocimientos, pues se prefiere por razones económicas importar procesos y tecnología a desarrollar la propia.

    En un mundo en proceso de globalización corresponde al Estado promover las condiciones para la inserción competitiva de México en el nuevo orden económico mundial. La política económica debe considerar este proceso y permitir que el país se integre a él obteniendo los máximos beneficios posibles. Como nación, debemos buscar que se aumente y se extienda la competitividad del país, la competitividad de las empresas, la competitividad de las cadenas productivas y la competitividad de las regiones.

    Para alcanzar dicha competitividad es también necesario un sector público con estándares internacionales de buen gobierno. El Estado debe fortalecer y no limitar la competitividad de las empresas mexicanas. Todo lo anterior implica una regulación apropiada, disponibilidad oportuna y eficaz infraestructura económica para el desarrollo, fomento de capacidades para el trabajo productivo de clase mundial, desarrollo tecnológico y científico para la nueva economía; todo ello, en el marco de una moderna cultura laboral y empresarial. Ante ello, la iniciativa que se propone tiene como objeto expedir una ley que permita el fomento de los procesos de innovación productiva y tecnológica de las empresas, así como propiciar el desarrollo de las actividades y los sectores económicos basados en el uso intensivo y la aplicación comercial de los conocimientos científicos y tecnológicos, con el propósito de elevar la productividad y la competitividad de la economía del país e impulsar un aumento sostenido del ingreso nacional y de bienestar más general. Una de las virtudes de este proyecto es el énfasis que se pone en la asignación de los recursos, bajo el criterio de las ventajas comparativas de que gozan las distintas regiones del país, su madurez de desarrollo para ser objeto del apoyo que pretende la ley; es decir, se establecerán mecanismos a través de los cuales la autoridad federal y las estatales realizarán un diagnóstico de las entidades federativas, el cual arrojará información suficiente para catalogar los distintos sectores prioritarios que serán objeto de esta ley.

    Con ello se pretende focalizar los recursos a las actividades y regiones que contribuyan en mayor medida en el desempeño competitivo y en el desarrollo de la economía nacional en el mediano y el largo plazos. Particularmente, la ley desea promover el desarrollo de una cultura empresarial orientada a la innovación y al cambio tecnológicos como factores fundamentales para aumentar el desempeño competitivo de las empresas e instituciones y sectores prioritarios. Esta ley establece la formación de un fideicomiso a través del cual se canalizarán los recursos para llevar a cabo el objeto de la ley.

    Una de las condiciones para hacerse acreedor de dichos beneficios es la firma de un convenio, ya sea por parte de la entidad o del sector correspondiente, en el que se establecerán las metas, acciones y compromisos que serán alcanzados por parte del beneficiario. Propiciar el desarrollo de las cadenas y sectores y de las actividades económicas basadas en el uso intensivo y la aplicación comercial de los conocimientos científicos y tecnológicos nos permitirá incrementar el número de científicos e inventores, así como elevar la productividad y la competencia del país para impulsar el aumento sostenido del ingreso nacional y, por ende, el bienestar nacional.

    La innovación, resultado de los esfuerzos en materia de investigación y desarrollo experimental, es un factor cada vez más importante para participar con éxito en los mercados nacionales y en los extranjeros, aunque desde hace 10 años el gasto en investigación y desarrollo ha registrado tasas de crecimiento real: en 2006, el gasto público federal apenas si alcanzará 33 por ciento como proporción del Producto Interno Bruto. Esa cifra es menor que el promedio registrado por los países con que tenemos más relaciones comerciales. México no ha logrado establecer un verdadero programa para hacer que la ciencia sea parte de una cultura nacional integrándola en todos los ciclos y aspectos de la educación y logrando que sea incorporada, estimulada y difundida en los sectores privados, educativos y productivos. Por obviedad del tiempo, voy a solicitar que se publique íntegro el texto de esta iniciativa. Con esta iniciativa, muchas de las áreas de la ciencia y la tecnología que requieren vigorizarse, pero sólo en algunas de ellas podremos enfatizar y concentrar nuestros recursos y nuestros esfuerzos y trabajo humano.

    Conminamos a los demás actores políticos representados en este Congreso a trabajar en esta iniciativa para trabajar en ello, para sentar las bases de esta política que nos impulsa a elevar la productividad y la competitividad del país y, además, a impulsar el aumento sostenido en el ingreso nacional y el bienestar general. Estamos convencidos de que la suma de esfuerzos con todas las fracciones parlamentarias resultará un ejercicio muy positivo para beneficiar en un aspecto crucial en el devenir de nuestro país como es la ciencia y la tecnología. Muchísimas gracias.

    «Iniciativa de Ley para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del PAN

    Los suscritos, diputados federales María Eloísa Talavera Hernández y Héctor Gutiérrez de la Garza, integrantes de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que nos otorgan los artículos 71 fracción II y 73 fracción XXIX-F de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 55 fracción II y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto que expide la Ley para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Uno de los objetivos de la política económica es promover el crecimiento con calidad de la economía. Un crecimiento sostenido y dinámico que permita crear los empleos que demandarán los millones de jóvenes que se incorporarán al mercado de trabajo los próximos años, que avance en la igualdad de oportunidades entre regiones y empresas, que permita contar con recursos suficientes y canalizarlos para combatir los rezagos y financiar proyectos de inclusión al desarrollo.

    El desarrollo científico y tecnológico es motor de cambio social y progreso económico en el mundo contemporáneo. Sin embargo, la atención que se da en México a la preparación científica y a la introducción, producción y dominio de la tecnología es insuficiente; el sistema nacional de investigación no se ha articulado adecuadamente con las necesidades sociales y productivas del país, y existen además enormes diferencias regionales en cuanto a la operación, aplicación y desarrollo de conocimientos para el mejoramiento general de la población.

    No obstante que se ha hecho un esfuerzo institucional para formar un núcleo científico de calidad, sigue siendo reducido el interés del sector privado y de la industria por la generación de conocimiento, pues se prefiere por razones económicas importar procesos y tecnología a desarrollar la propia.

    En un mundo en proceso de globalización corresponde al Estado promover las condiciones para la inserción competitiva de México en el nuevo orden económico mundial. La política económica debe considerar este proceso y permitir que el país se integre a él obteniendo los máximos beneficios posibles.

    Como nación debemos buscar que aumente y se extienda la competitividad del país, la competitividad de las empresas, la competitividad de las cadenas productivas y la competitividad de las regiones.

    Para alcanzar dicha competitividad, es también necesario un sector público con estándares internacionales de buen gobierno. El Estado debe fortalecer y no limitar la competitividad de las empresas mexicanas.

    Todo lo anterior implica una regulación apropiada, disponibilidad oportuna y eficaz de infraestructura económica para el desarrollo, fomento de capacidades para el trabajo productivo de clase mundial, desarrollo tecnológico y científico para la nueva economía; todo ello en el marco de una moderna cultura laboral y empresarial.

    Ante ello, la iniciativa que se propone tiene por objeto expedir una ley que permita el fomento de los procesos de innovación productiva y tecnológica de las empresas, así como propiciar el desarrollo de las actividades y sectores económicos basados en el uso intensivo y la aplicación comercial de conocimientos científicos y tecnológicos, con el propósito de elevar la productividad y competitividad de la economía del país, e impulsar el aumento sostenido del ingreso nacional y del bienestar general.

    Una de las virtudes de este proyecto es el énfasis que se pone en la asignación de los recursos bajo el criterio de las ventajas comparativas que gozan las distintas regiones del país y su madurez de desarrollo para ser objeto del apoyo que pretende la ley. Es decir, se establecen los mecanismos a través de los cuales la autoridad federal y las estatales realizarán un diagnóstico de las entidades federativas el cual arrojará la información suficiente para catalogar los distintos sectores prioritarios que serán objeto del fomento de la ley.

    Con ello se pretende focalizar los recursos a las actividades y las regiones que contribuyan en mayor medida en el desempeño competitivo y el desarrollo de la economía nacional en el mediano y largo plazos.

    Particularmente, la ley desea promover el desarrollo de una cultura empresarial orientada a la innovación y al cambio tecnológico como factores fundamentales para aumentar el desempeño competitivo y la productividad en las empresas e instituciones de los sectores prioritarios.

    La ley establece la conformación de un Fideicomiso a través del cual se canalizarán los recursos para llevar a cabo el objeto de la ley. Una de las condiciones para hacerse acreedor de dichos beneficios es la firma de un Convenio, ya sea por parte de la entidad o del sector correspondiente, en el que se establecerán las metas, acciones y compromisos que serán alcanzados por parte del beneficiario.

    Propiciar el desarrollo de las actividades y sectores económicos basados en el uso intensivo y la aplicación comercial de conocimientos científicos y tecnológicos, nos permitirá incrementar el número de científicos e inventores, así como elevar la productividad y competitividad de la economía del país, para impulsar el aumento sostenido del ingreso nacional y, por ende, del bienestar general.

    La innovación, resultado de los esfuerzos en materia de investigación y desarrollo experimental, es un factor cada vez más importante para participar con éxito en los mercados nacionales y extranjeros.

    Aunque desde hace 10 años el gasto en investigación y desarrollo ha registrado tasas de crecimiento real, en el año 2006 el gasto público federal apenas alcanzará el 0.33% como proporción del producto interno bruto. Esta cifra es menor que el promedio registrado por los países con los que tenemos más relaciones comerciales. México no ha logrado establecer un verdadero programa para hacer que la ciencia sea parte de la cultura nacional, integrándola en todos los ciclos y aspectos de la educación y logrando que sea incorporada, estimulada y difundida por los sectores privados educativo, productivo y de servicios.

    Es desafortunado reconocer que a la fecha no le hemos dado la importancia que tiene la ciencia, la tecnología, el desarrollo científico y tecnológico en el porvenir de nuestra nación.

    Por ello, esta ley está concebida para generar una política de fomento para un sector de actividad económica que es clave para el futuro de la nación. En este sentido, la ley busca establecer las bases que permitan inducir y coordinar esfuerzos que hasta ahora han permanecido dispersos, aislados y al margen de apoyos significativos.

    Con esta dinámica se abrirán nuevas perspectivas para un verdadero cambio en el potencial de superación y en la dinámica productiva de la nación, lo cual representa no sólo un acto de justicia y madurez sociales sino una verdadera oportunidad para estimular un cambio cualitativo en la dinámica del crecimiento económico, material y cultural del país.

    El aspecto más relevante de esta iniciativa es que contempla una forma de política de desarrollo económico sin precedentes en nuestro país. En términos prácticos, la ley pone los instrumentos de fomento federales en manos de los estados, e integra a estos últimos, como agentes activos en la formulación de la política nacional en la materia.

    Se trata de un nuevo concepto de federalismo participativo que responde, no sólo a las aspiraciones que emergen de una realidad nacional renovada, sino también a los cambios profundos que han experimentado los procesos de desarrollo económico en el mundo.

    Esta propuesta intenta contribuir a este propósito mediante un sistema de contrapesos que, sin restarle capacidad de acción a los actores involucrados, busca generar garantías para el buen manejo de los instrumentos de política que la federación le confiará a los estados.

    La estructura de la ley está organizada alrededor de cinco capítulos, cada uno de los cuáles desarrolla las aportaciones fundamentales de la iniciativa:

    El primero de ellos establece el objeto de la ley, señala a la Secretaría de Economía como la autoridad encargada de la aplicación de la misma y enuncia los objetivos particulares.

    El capítulo segundo determina que la política nacional en materia de fomento a la innovación y al desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica, objeto de la ley, se establecerá mediante un Programa Especial, que tendrá como horizonte de largo plazo para sus objetivos y estrategias un período de 12 años, pero las metas y acciones específicas que contemple se ajustarán a los tres y seis años inmediatos.

    Asimismo, se contempla que la evaluación de las políticas se realizara cada tres años, con el fin de hacer los ajustes conducentes para alcanzar los objetivos definidos, o para reconsiderarlos si se juzga necesario.

    En este Programa Especial se definirán los sectores prioritarios para el desarrollo nacional a partir de sus impactos potenciales en el desempeño competitivo y el desarrollo de la economía nacional, en el ámbito de la innovación y del desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica.

    El siguiente capítulo instituye que los mecanismos e instrumentos de apoyo de la ley, estarán condicionados a la firma de un Convenio con la Secretaría de Economía en el que se establecerán los montos de aportación y los compromisos de las partes.

    Asimismo, en todos los casos para que se reciban los apoyos contemplados en la ley, deberán presentar un programa que refleje la vocación y madurez regional de la entidad y establezca las acciones, metas y compromisos que serán alcanzados, esto para el caso de las entidades federativas; y un proyecto de innovación y desarrollo tecnológico que establezca las acciones, metas y compromisos establecidos en el Programa Especial, en el caso de las empresas. Ello con el fin de que las actividades que realicen se orienten a los sectores designados como prioritarios en el Programa Especial.

    El Capítulo Cuarto crea el Fideicomiso para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica, el cual tiene por objeto canalizar los recursos financieros para una estrategia nacional de largo y mediano plazo, así como facilitar la programación multianual de los distintos programas y proyectos, así como propiciar el desarrollo de las Empresas y Actividades de Base Tecnológica, el desarrollo de los sectores prioritarios, y la aplicación comercial de conocimientos científicos y tecnológicos.

    Este Fideicomiso contará con un Consejo Técnico que será la instancia exclusiva para aprobar solicitudes, designar beneficiarios y emitir recomendaciones para la asignación y operación del mismo.

    Finalmente, con el fin de otorgar sentido federalista y participativo a la política de fomento a la innovación y al desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica el capítulo quinto crea el Consejo Consultivo para la Innovación y el Desarrollo Tecnológico, el cual lo integrarán el Secretario de Economía, los representantes de las entidades federativas, del Distrito Federal y los municipios, cuando hayan suscrito Convenios de Coordinación Regionales, y los representantes de los organismos o instancias responsables o ejecutoras de los sectores prioritarios.

    Dicho Consejo participará en la elaboración y la evaluación del Programa Especial, así como en la evaluación de los Convenios de Coordinación Regionales y Sectoriales, y aprobará los lineamientos, mecanismos y procedimientos de participación que establezca la Secretaría de Economía para estos propósitos.

    Con ello se ahonda y fortalece la organización federalista y descentralizada de las actividades que son objeto de esta ley, concebida como una red de unidades regionales, manejadas de manera coordinada por los gobiernos de los estados, con un vínculo estrecho y en sincronía con el Poder Ejecutivo.

    Por todo lo anterior, consideramos que México tiene una gran ventana de oportunidad para encontrar las áreas y sectores donde por diversas razones gozamos de ciertas ventajas que nos favorecen frente a nuestros competidores y debemos apoyarlas decididamente.

    Muchas son las áreas de la ciencia y la tecnología que requieren vigorizarse, pero sólo en algunas podremos enfatizar y concentrar nuestros recursos y trabajo humano. Conminamos a los demás actores políticos representados en este Congreso para trabajar en ello, para sentar las bases de esta política que nos impulse a elevar la productividad y competitividad de la economía del país, e impulsar el aumento sostenido del ingreso nacional y del bienestar general.

    Estamos convencidos que la suma de esfuerzos con todas las fracciones parlamentarias, resultará un ejercicio muy positivo para beneficiar un aspecto crucial en el devenir de nuestro país, como es la ciencia y la tecnología.

    En consecuencia, elevamos a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente

    Iniciativa que expide la Ley para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica, en los siguientes términos:

    Artículo Primero. Se crea la Ley para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica, para quedar como sigue:

    Ley para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica

    Capítulo Primero Disposiciones Generales

    Artículo 1. La presente ley tiene por objeto fomentar los procesos de innovación productiva y tecnológica de las empresas, así como propiciar el desarrollo de las actividades y sectores económicos basados en el uso intensivo y la aplicación comercial de conocimientos científicos y tecnológicos, con el propósito de elevar la productividad y competitividad de la economía del país, e impulsar el aumento sostenido del ingreso nacional y del bienestar general.

    La presente ley es de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional.

    Artículo 2. La autoridad encargada de la aplicación de esta Ley es la Secretaría de Economía quien, en el ámbito de su competencia, celebrará convenios de coordinación entre las autoridades federales, estatales, del Distrito Federal y municipales, para apoyar a las empresas y fomentar el desarrollo de las actividades de base tecnológica.

    La Secretaría de Economía en el ámbito de su competencia, podrá concertar las acciones necesarias, con los Sectores para fortalecer, promover y difundir los apoyos que son objeto de esta ley.

    Artículo 3. Para los efectos de esta ley, se entiende por:

    I. Ley: Ley para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica;

    II. Secretaría: Secretaría de Economía;

    III. Programa Especial: Programa Especial para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica;

    IV. Consejo Consultivo: El Consejo Consultivo para la Innovación y el Desarrollo Tecnológico.

    V. Consejo Técnico: El Consejo Técnico del Fideicomiso para la Innovación y el Desarrollo de Empresas y Actividades de base Tecnológica.

    VI. Sectores: Los sectores público, privado, y social;

    VII. Innovación: Las actividades orientadas a generar nuevos productos o procesos productivos y organizacionales, mediante el uso intensivo de conocimiento, especialmente el científico y tecnológico, con el fin de sostener o elevar el perfil competitivo o el desempeño económico de las empresas o instituciones;

    VIII. Empresas de Base Tecnológica: Las empresas de los distintos Sectores que, por su situación competitiva o por exigencias de desempeño económico, dedican una proporción importante de sus ingresos a las actividades de investigación tecnológica y científica, o a su aplicación para el desarrollo y diseño de nuevos productos y procesos, de acuerdo a los parámetros que establezca la Secretaría para su clasificación;

    IX. Actividades de Base Tecnológica: Las actividades económicas que realicen las empresas, instituciones o individuos de los distintos Sectores en la creación, desarrollo o aplicación, de conocimientos científicos, y tecnológicos, con fines comerciales, de acuerdo a la clasificación que establezca la Secretaría;

    X. Sectores Prioritarios: Los sectores económicos, definidos como ramas industriales, industrias, empresas organizadas alrededor de una aplicación científica o tecnológica específica, conglomerados locales y regionales de empresas, Cadenas Productivas o actividades económicas, establecidos como objeto de fomento y definidas de acuerdo con la presente ley;

    XI. Cadenas Productivas: sistemas productivos que integran conjuntos de empresas que añaden valor agregado a productos o servicios a través de las fases del proceso económico.

    Artículo 4. Son objetivos particulares de esta Ley, promover:

    A. El desarrollo de una cultura empresarial orientada a la innovación y al cambio tecnológico como factores fundamentales para aumentar el desempeño competitivo y la productividad en las empresas e instituciones de los Sectores;

    B. Esquemas de financiamiento para la modernización, innovación y desarrollo tecnológico en las empresas, especialmente las micros, pequeñas y medianas de base tecnológica, y las que estén comprendidas en los Sectores Prioritarios;

    C. Las condiciones para la creación, integración y desarrollo de Cadenas Productivas y los conglomerados locales y regionales de empresas, comprendidas en los Sectores Prioritarios;

    D. La creación e incremento en el nivel de empleo en las Empresas y Actividades de Base Tecnológica;

    E. La inversión pública, privada y social cuyo objeto sea la creación de Empresas y Actividades de Base Tecnológica, la ampliación de sus operaciones, o la promoción o fomento a su desarrollo;

    F. La investigación científica, tecnológica y organizacional, que se realiza en las empresas, laboratorios, centros de investigación, e instituciones de los distintos Sectores, cuyo fin sea generar aplicaciones comerciales de estos conocimientos, así como los estudios que realicen los Sectores con el fin de ampliar la comprensión de los procesos de innovación y los usos comerciales de la ciencia y la tecnología;

    G. La formación de recursos humanos que requieren los procesos de innovación productiva y tecnológica, tanto para la investigación y desarrollo científico y tecnológico con fines comerciales, como para las actividades necesarias para su gestión, fomento y desarrollo; y

    H. Programas, instituciones, actividades y proyectos que faciliten y estimulen la innovación y el desarrollo de las Empresas y Actividades de Base Tecnológica.

    Capítulo Segundo Del Programa Especial para la Innovación y el Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica

    Artículo 5. La política nacional en materia de fomento a la innovación y al desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica, objeto de la presente ley se establecerá mediante el Programa Especial.

    El Programa Especial se ajustará a los propósitos y objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo, y a los lineamientos generales y específicos que en materia de política de desarrollo económico establezca el Ejecutivo federal.

    El Programa Especial deberá contemplar como horizonte de largo plazo para sus objetivos y estrategias un período de 12 años, pero las metas y acciones específicas que contemple se ajustarán a los tres y seis años inmediatos.

    La evaluación de las políticas instrumentadas deberá realizarse cada tres años, con el fin de hacer los ajustes conducentes para alcanzar los objetivos definidos, o para reconsiderarlos si se juzga necesario.

    Artículo 6. La definición de los Sectores Prioritarios para el desarrollo nacional en el ámbito de la innovación y del desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica deberá ser justificada en el Programa Especial de acuerdo con los siguientes criterios:

    I. La evaluación comparativa internacional y nacional de la contribución actual y prospectiva de las Actividades de Base Tecnológica, y sus impactos potenciales en el desempeño competitivo y el desarrollo de la economía nacional en el mediano y largo plazos;

    II. La identificación de los actores económicos, sociales, académicos, gubernamentales y no gubernamentales que potencialmente pueden contribuir en el desarrollo de los Sectores Prioritarios.

    Artículo 7. El Programa Especial deberá tomar en consideración para su integración los siguientes elementos:

    I. La definición de los Sectores Prioritarios para el desarrollo local y nacional, objeto de la política de promoción, atendiendo a lo establecido en el artículo 6 de esta ley;

    II. Un diagnóstico sobre la vocación y madurez tecnológica alcanzada por las distintas regiones del país, basado en indicadores económicos, sociales y tecnológicos, que permita determinar su potencial para albergar procesos de innovación y desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica, y que permita ajustar los instrumentos y mecanismos de apoyo contemplados en el Programa Especial, en función de los distintos niveles de madurez que dichas regiones hayan alcanzado;

    III. Una evaluación comparativa del diagnóstico nacional con el desempeño internacional en materia de innovación y desarrollo tecnológico, particularmente con las economías que compiten con México en el mercado mundial, de manera que los objetivos y estrategias del Programa Especial se orienten a cerrar la brecha existente;

    IV. Una estimación de los recursos necesarios para alcanzar los objetivos del Programa Especial, incluyendo la concurrencia de la federación, de las entidades federativas, del Distrito Federal y de los municipios, así como de los distintos Sectores;

    V. Aquellos elementos que considere el Consejo Consultivo como requisito para integrar adecuadamente la política nacional en materia de fomento a la innovación y al desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica.

    Artículo 8. La planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas y acciones de fomento a la innovación y al desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica, deberá contemplar la participación efectiva de los Sectores, las entidades federativas y del Distrito Federal y los municipios, en un marco de federalismo económico, para lo cual la Secretaría deberá establecer lineamientos, mecanismos o procedimientos de participación que se sujetarán a lo establecido en el artículo 20 de esta ley.

    Capítulo Tercero De los Instrumentos y Mecanismos de Apoyo

    Artículo 9. La Secretaría planeará, dirigirá, coordinará e instrumentará mecanismos de apoyo, dentro del ámbito de su competencia, que faciliten la promoción, creación y desarrollo de las empresas y actividades de base tecnológica, y de las que resulten comprendidas en los Sectores Prioritarios.

    Artículo 10. Para dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, la Secretaría tendrá las siguientes atribuciones:

    I. Constituir los órganos de apoyo y unidades administrativas que considere pertinentes para la consecución de los objetivos de esta ley;

    II. Planear, dirigir, coordinar e instrumentar la política nacional de promoción y fomento a la innovación y al desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica, así como las actividades de desarrollo científico y tecnológico expresamente organizadas para fines comerciales;

    III. Elaborar el Programa Especial, sujetándose a lo establecido en el artículo 7 y 20, inciso I, de esta ley;

    IV. Operar los fondos, instrumentos financieros y los apoyos que establezca el Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión, para cumplir con los objetivos de la presente ley;

    V. Establecer las bases y lineamientos de los Convenios de Coordinación Regional y Sectorial para la participación de la Federación, de las entidades federativas y del Distrito Federal, de los municipios y de los Sectores Prioritarios;

    VI. Proporcionar asistencia técnica y operativa a las entidades federativas y los Sectores, para la integración de los Programas Regionales para la Innovación y el Desarrollo Tecnológico y para los proyectos de innovación y desarrollo tecnológico respectivamente;

    VII. Acreditar los Programas Regionales para la Innovación y el Desarrollo Tecnológico y los proyectos de innovación y desarrollo tecnológico a que hace referencia el artículo 11 de esta ley, para ser considerados válidos y objeto de fomento de esta ley;

    VIII. Designar los organismos o instancias representativas de los Sectores Prioritarios, y elaborar los Programas de Actividades Tecnológicas que se requieran, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de esta ley.

    IX. Evaluar de manera conjunta con las entidades federativas, el Distrito Federal, con los municipios, y con los organismos representativos de los Sectores Prioritarios, los resultados de los Convenios de Coordinación a que se refiere el artículo 11 de esta Ley, y establecer las medidas correctivas que se juzguen pertinentes, sujetándose a los establecido en el artículo 20, inciso I, de esta ley.

    X. Establecer los mecanismos e indicadores para la evaluación y actualización de las políticas, programas, instrumentos y mecanismos de apoyo de esta ley, así como desarrollar un sistema de información y consulta en la materia.

    XI. Promover en el ámbito de su competencia, la formación de recursos humanos que requieren los procesos de innovación y el desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica, así como desarrollo científico y tecnológico con fines comerciales; y

    XII. Las demás que resulten aplicables para cumplir el objeto de esta ley.

    Artículo 11. Los instrumentos y mecanismos de apoyo de esta ley, podrán ser canalizados o transferidos para su operación, a los gobiernos de las entidades federativas, del Distrito Federal y de los municipios, y a las instancias ejecutoras o responsables de los Sectores Prioritarios, mediante Convenios de Coordinación Regional o Convenios de Coordinación Sectorial, según sea el caso, en los que se establecerán los montos de aportación y los compromisos de las partes, y que deberán suscribirse en los términos que establezcan las bases y lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría o las otras instancias que contempla esta ley.

    Una vez suscrito el convenio con la entidad federativa o instancia del Sector Prioritario de que se trate, y aportados los recursos por parte de los mismos, se aplicarán los recursos federales, con independencia de la firma de otros convenios.

    Además de los requisitos que para el efecto establezca la Secretaría en los Convenios de Coordinación Regional, para que las entidades federativas, el Distrito Federal, o los municipios, puedan recibir los apoyos contemplados en la presente Ley, deberán presentar ante la Secretaría un Programa Regional para la Innovación y el Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica, que refleje la vocación y madurez regional de la entidad, y establezca, en términos equiparables de los establecidos en el Programa Especial, las acciones, metas y compromisos que serán alcanzados.

    Con el fin de establecer los lineamientos a los que deberán sujetarse los Convenios de Coordinación Sectorial, la Secretaría será responsable de la elaboración de los Programas de Actividades Tecnológicas y de establecer los lineamientos para la participación en el diseño y ejecución de los mismos, de los organismos o instancias representativos de los Sectores Prioritarios.

    En todos los casos, para que una empresa o institución pueda recibir los apoyos contemplados en la presente Ley, deberá presentar un proyecto de innovación y desarrollo tecnológico que establezca parámetros equiparables con las acciones, metas y compromisos establecidos en el Programa Especial.

    Capítulo Cuarto Del Fideicomiso para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica

    Artículo 12. Se crea el Fideicomiso para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica, el cual tendrá por objeto canalizar recursos financieros para una estrategia nacional de largo y mediano plazo en la materia, así como facilitar la programación multianual de los distintos programas y proyectos orientados a fomentar los procesos de innovación productiva y tecnológica de las empresas e instituciones de los distintos Sectores, así como propiciar el desarrollo de las Empresas y Actividades de Base Tecnológica, el desarrollo de los Sectores Prioritarios, y la aplicación comercial de conocimientos científicos y tecnológicos.

    Artículo 13. El Fideicomiso será público y contará con un Consejo Técnico que estará integrado por un representante de cada una de las siguientes Instituciones: de la Secretaría de Economía, quien lo presidirá y tendrá voto de calidad; de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; de Nacional Financiera, SNC; del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; y dos representantes del Consejo Consultivo, nombrados de acuerdo al artículo 20, inciso III, de la presente ley.

    El Presidente del Consejo Técnico podrá invitar a tres representantes de organismos empresariales, dos de los cuales formarán parte del mismo con derecho a voz y voto, y el último sólo con derecho a voz.

    Este Fideicomiso no tendrá estructura orgánica propia, por lo que no queda comprendido en los supuestos de los artículos 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 40 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. No obstante lo anterior y a efecto de dar cumplimiento a los fines del Fideicomiso, la Fiduciaria podrá contratar asesores, profesionistas así como personal técnico por honorarios, con cargo al patrimonio del Fideicomiso, no estableciéndose relación laboral alguna con la Fiduciaria.

    Artículo 14. Las fuentes de financiamiento del Fideicomiso serán las siguientes:

    I. Las aportaciones del Gobierno Federal.

    II. Los productos que se generen por la inversión y la administración de los recursos y bienes con que cuente dicho Fideicomiso;

    III. Los bienes que se aporten al Fideicomiso, y

    IV. Los demás que, por otros conceptos, se aporten para el mejor cumplimiento de sus fines.

    Artículo 15. El fideicomitente del Fideicomiso será el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría.

    El Consejo Técnico tendrá de manera enunciativa, más no limitativa, las siguientes facultades y obligaciones:

    I. Será la instancia exclusiva para aprobar solicitudes, emitir recomendaciones, designar beneficiarios, o cualquier otra facultad de intermediación o dictamen técnico, para la asignación y operación del Fideicomiso;

    II. Autorizar la celebración de los actos, convenios y contratos de los cuales puedan derivar afectaciones para el patrimonio del Fideicomiso, así como aquellos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines;

    III. Autorizar, con cargo al patrimonio del Fideicomiso, los gastos que resulten necesarios, para el manejo del mismo, incluyendo los honorarios que correspondan a la Fiduciaria;

    IV. Instruir a la Fiduciaria, por escrito respecto de la inversión de los fondos líquidos del Fideicomiso;

    V. Evaluar periódicamente los aspectos operativos del Fideicomiso;

    VI. Revisar y, en su caso, aprobar, los informes que rinda la Fiduciaria sobre el manejo del patrimonio fideicomitido;

    VII. Vigilar que los recursos que se aporten al Fideicomiso, se destinen al cumplimiento de sus fines;

    VIII. Cualesquiera otras derivadas de la presente Ley, de la legislación aplicable, así como del contrato constitutivo del Fideicomiso y de las Reglas de Operación que al efecto se emitan;

    IX. Emitir las Reglas Generales que aplicarán para el estímulo fiscal establecido en el artículo 219 del la Ley del Impuesto sobre la Renta;

    X. Dar a conocer a más tardar el 31 de marzo de cada año, las Reglas Generales con que operará dicho Consejo, así como Reglas de Operación referidas a las empresas, entidades federativas y Distrito Federal, municipios e instancias ejecutoras o responsables en los Sectores Prioritarios, para acceder los apoyos del Fideicomiso.

    XI. El Consejo Técnico estará obligado a publicar a más tardar el último día de los meses de julio y diciembre de cada año, el monto erogado durante el primer y segundo semestres, según corresponda, así como las empresas y entidades federativas beneficiarias del Fideicomiso, y los proyectos por los cuales fueron merecedoras de este beneficio, respetando en todo momento las restricciones legales sobre la confidencialidad financiera de las empresas o las asociadas a la protección de la propiedad industrial.

    El Consejo Técnico se reunirá dos veces al año de manera ordinaria, durante el primer y tercer trimestre año, y de manera extraordinaria cuando así lo considere su presidente, o dos terceras partes de sus miembros.

    Artículo 16. La aplicación de los recursos del Fideicomiso, estará condicionada a la suscripción de los Convenios, a que se refiere el artículo 11 de esta ley.

    En los casos que el Consejo Técnico juzgue conveniente, ya sea, en consideración de los montos de los recursos transferidos o por la naturaleza de los programas apoyados, las entidades federativas y los municipios beneficiados deberán establecer Fideicomisos Estatales o Municipales, con el fin de generar certidumbre financiera a las políticas regionales de mediano plazo, y propiciar el desarrollo de conductas financieras sanas en el manejo de los recursos.

    Los lineamientos o reglas de operación a los que deberán sujetarse dichos Fideicomisos Estatales serán establecidos por el Consejo Técnico y deberán integrarse en los Convenios de Coordinación Regional.

    Artículo 17. Los recursos del Fideicomiso serán depositados en Nacional Financiera como fiduciaria o en la institución que la Secretaría determine, quien fungirá como instancia responsable de la vigilancia y del buen manejo del mismo.

    La fiduciaria deberá presentar un informe anual a la Secretaría estableciendo el estado que guarda el Fideicomiso, los riesgos potenciales o inminentes que deriven de su operación y las medidas correctivas que recomienda sean aplicadas para facilitar su manejo.

    Artículo 18. La Secretaría sólo podrá utilizar recursos del Fideicomiso para proyectos a fondo perdido cuando éstos provengan de las utilidades que sean generadas por su operación. La proporción de las utilidades generadas por el Fideicomiso, que podrán ser utilizadas para este propósito será establecida por la Secretaría, sobre la base de un dictamen de la fiduciaria. Esta restricción no será aplicable a los recursos que sean asignados al Fideicomiso por mandato del Ejecutivo Federal o del Congreso de la Unión, para ser aplicados explícitamente a proyectos a fondo perdido.

    Capítulo Quinto Del Consejo Consultivo para la Innovación y el Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica

    Artículo 19. Con el fin de otorgar sentido federalista y participativo a la política de fomento a la innovación y al desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica objeto de la presente Ley, se crea el Consejo Consultivo para la Innovación y el Desarrollo Tecnológico.

    El Consejo Consultivo estará presidido por el Secretario de Economía, y lo integrarán los representantes de las entidades federativas, del Distrito Federal y los municipios, cuando hayan suscrito Convenios de Coordinación Regionales, y los representantes de los organismos o instancias responsables o ejecutoras de los Sectores Prioritarios.

    Serán integrantes del Consejo Consultivo, con voz pero sin voto, un representante de la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de las Telecomunicaciones y la Informática, un representante de la Cámara Nacional de Industria de la Transformación, un representante de la Asociación Mexicana de Ejecutivos de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico, un representante del Foro Consultivo Científico y Tecnológico, un representante de la Academia Mexicana de Ciencias, y un representante de la Red Nacional de Consejos y Organismos Estatales de Ciencia y Tecnología.

    El Consejo Consultivo sesionará de manera ordinaria dos veces al año, durante el primer y el tercer trimestre, y de manera extraordinaria cuando así lo decida su Presidente, o la mayoría simple de sus miembros con derecho a voto.

    Todos los nombramientos a los que se hace referencia en el presente artículo serán de carácter honorario y no generarán cargos a recursos públicos.

    Artículo 20. Son atribuciones del Consejo Consultivo:

    I. Participar de manera conjunta con la Secretaría en la elaboración y la evaluación del Programa Especial, así como en la evaluación de los Convenios de Coordinación Regionales y Sectoriales, y aprobar los lineamientos, mecanismos y procedimientos de participación que establezca la Secretaría para estos propósitos.

    II. Aprobar, a propuesta de la Secretaría, los criterios e indicadores para establecer los niveles de madurez tecnológica regional a los que se refiere el artículo 7, inciso II.

    III. Nombrar, de entre sus miembros, a dos representantes ante el Consejo Técnico;

    IV. Nombrar, de entre sus miembros con derecho a voto, un Secretario Técnico que fungirá como coordinador de las actividades y como enlace entre los miembros del propio Consejo y la Secretaría.

    V. Emitir opinión en materia de política de innovación y desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica, especialmente los asuntos que atañen a la participación de las entidades federativas y del Distrito Federal, municipios y Sectores Prioritarios,

    VI. Aprobar los programas que establezca la Secretaría para la asistencia técnica y operativa a las entidades federativas y del Distrito Federal, los municipios y los Sectores Prioritarios, en materia de políticas regionales de innovación y desarrollo de empresas y actividades de base tecnológica,

    VII. Integrar comisiones técnicas para el cumplimento de las tareas derivadas del ejercicio de sus atribuciones;

    VIII. Aprobar el Reglamento Interno y el programa de trabajo y actividades del propio Consejo Consultivo.

    Artículo Segundo. Se reforma el artículo 17 de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de 2005, para quedar como sigue:

    Artículo 17. En materia de estímulos fiscales, durante el ejercicio fiscal de 2005, se estará a lo siguiente:

    I. a VIII. ...

    IX. Para la aplicación del estímulo fiscal a que hace referencia el artículo 219 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se estará a lo siguiente:

    a) El Consejo Técnico que hace referencia la Ley para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica deberá dar a conocer a más tardar el 31 de marzo de 2005, las reglas generales con que operará dicho Consejo, así como los sectores prioritarios susceptibles de obtener el beneficio, las características de las empresas y los requisitos adicionales que se deberán cumplir para poder solicitar el beneficio del estímulo.

    b) El monto total del estímulo a distribuir entre los aspirantes del beneficio, no excederá de $3,000 millones de pesos para el año de 2005.

    c) El Consejo Técnico estará obligado a publicar a más tardar el último día de los meses de julio y diciembre de 2005, el monto erogado durante el primer y segundo semestres, según corresponda, así como las empresas beneficiarias del estímulo fiscal y los proyectos por los cuales fueron merecedoras de este beneficio.

    El contribuyente podrá aplicar el estímulo fiscal a que se refiere esta fracción, contra el impuesto sobre la renta o el impuesto al activo que tenga a su cargo, en la declaración anual del ejercicio en el que se determinó dicho estímulo o en los ejercicios siguientes hasta agotarlo.

    La parte del estímulo fiscal no aplicada se actualizará por el periodo comprendido desde el mes en que se presentó la declaración del ejercicio en que se determinó el estímulo fiscal y hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se aplique. La parte del estímulo fiscal actualizada pendiente de aplicar, se actualizará por el periodo comprendido desde el mes en que se actualizó por última vez y hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se aplique.

    Artículo Tercero. Se reforma el artículo 219 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

    Artículo 219. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta por los proyectos en investigación y desarrollo tecnológico que realicen en el ejercicio, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al 30% de los gastos e inversiones realizados en el ejercicio en investigación o desarrollo de tecnología, contra el impuesto sobre la renta causado en el ejercicio en que se determine dicho crédito. Cuando dicho crédito sea mayor al impuesto sobre la renta causado en el ejercicio en el que se aplique el estímulo, los contribuyentes podrán aplicar la diferencia que resulte contra el impuesto causado en los diez ejercicios siguientes hasta agotarla.

    Para los efectos de este artículo, se considera como investigación y desarrollo de tecnología, los gastos e inversiones en territorio nacional, destinados directa y exclusivamente a la ejecución de proyectos propios del contribuyente que se encuentren dirigidos al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción, que representen un avance científico o tecnológico, de conformidad con las reglas generales que publique el Consejo Técnico a que se refiere la Ley de Ingresos de la Federación.

    El monto total del estímulo fiscal a distribuir entre los aspirantes del beneficio, así como los requisitos que se deberán cumplir, serán los que contemple la Ley de Ingresos de la Federación en esta materia y para su aplicación se estará a las reglas que expida el Consejo Técnico a que se refiere el párrafo anterior.

    Transitorios

    Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo. El Consejo Consultivo al que hace referencia el artículo 19 del Artículo Primero del presente Decreto, se integrará antes de que transcurran 60 días naturales después de la publicación de la Ley en el Diario Oficial, por los representantes de tres entidades federativas designadas por la Secretaría de Economía, y por los representantes de las instancias a que hace referencia el párrafo tercero del artículo 19 del artículo primero del presente decreto.

    Las entidades federativas designadas por la Secretaría para integrar el Consejo Consultivo deberán suscribir sus respectivos Convenios Regionales antes de que transcurran 60 días naturales después de que se publiquen los lineamientos a los que se refieren los artículos 10, fracción V, y 15, fracción X, del artículo primero del presente decreto. Las entidades federativas que incumplan con este requisito, serán sustituidas en el Consejo Consultivo por otras entidades federativas designadas por la Secretaría de Economía.

    Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a 20 de octubre de 2005.--- Diputados: María Eloísa Talavera Hernández, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbricas).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputada Talavera Hernández. Y, de acuerdo a su solicitud, favor de integrar el texto completo en el Diario de los Debates y se turna a la Comisión de Ciencia y Tecnología.


    LETRAS DE ORO

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Tiene el uso de la palabra nuestro compañero, el diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda ``A los Constituyentes de Apatzingán de 1814''.

    El diputado Inelvo Moreno Álvarez: Con su venia, diputada Presidenta.

    «Iniciativa de decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda ``A los Constituyentes de Apatzingán de 1814''.

    El suscrito, diputado federal en la LIX Legislatura e integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo estipulado en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos, somete a esta asamblea el presente proyecto de decreto, bajo las siguientes

    Consideraciones ``El supremo Congreso mexicano deseoso de llenar las heroicas miras de la Nación, elevadas nada menos que al sublime objeto de sustraerse para siempre de la dominación extranjera, y sustituir al despotismo de la monarquía de España un sistema de administración que reintegrando a la Nación misma en el goce de sus augustos imprescriptibles derechos, la conduzca a la gloria de la independencia, y afiance sólidamente la prosperidad de los ciudadanos, decreta la siguiente forma de gobierno, sancionando ante todas cosas los principios tan sencillos como luminosos en que pueden solamente cimentarse una constitución justa y saludable.''

    El decreto constitucional para la libertad de la América mexicana, promulgado en 1814 en la Ciudad de Apatzingán, Michoacán, siendo la primer Constitución del pueblo de México y de América Latina, representa los cimientos de la legislación del México independiente.

    En esta Constitución se defiende la soberanía del estado mexicano, pero además la posibilidad de cambiar de gobierno cada vez que este no satisficiera las necesidades del Pueblo de México. Divide al estado para su óptimo desarrollo, en tres poderes el ejecutivo, el legislativo y el judicial.

    Es así como los constituyentes de Apatzingán establecen principios en los que la sociedad tiene el derecho incontestable a establecer el gobierno que más le convenga, alterarlo, modificarlo y abolirlo totalmente cuando su felicidad lo requiera; principios que en la actualidad siguen siendo el fin que se busca.

    De la misma forma sostuvieron la igualdad jurídica de los Estados, porque ninguna nación tiene derecho para impedir a otra el uso libre de su soberanía, y exhortó a los pueblos a respetar el derecho convencional de las naciones, esto es, el derecho internacional público, pero privilegiando ante todo la estricta observancia de la ley.

    En el decreto se señalaba abiertamente que el primer día festivo que hubiere comodidad, se celebraría una misa solemne en acción de Gracias, en que el cura u otro eclesiástico pronunciará un discurso alusivo al objeto, y acabada la misa, el Presidente prestará en manos del decano bajo la fórmula conveniente el juramento de guardar, y hacer cumplir este decreto: lo mismo ejecutarán los demás diputados en manos del presidente, y se cantará el Te deum.

    Dejando claro un gran sentido de religiosidad y la existencia de una fuerza mayor a la humana.

    Procediendo el Congreso con la posible brevedad a la instalación de las supremas autoridades, que también ha de celebrarse dignamente.

    Este decreto se extendió por duplicado, y firmados los dos originales por todos los Diputados que estuvieren presentes, y los secretarios: el uno se remitirá al Supremo Gobierno para que lo publique y mande ejecutar, y el otro se archivará en la Secretaría del Congreso.

    El Congreso Constituyente llamado de Anáhuac tenía su sede en Chilpancingo Guerrero, pero debido al acoso de los realistas estuvieron cambiando continuamente de sede, es así como este decreto fue promulgado en el Palacio Nacional del Supremo Congreso Mexicano en Apatzingán, Michoacán, el veintidós de octubre de mil ochocientos catorce. Año quinto de la independencia mexicana.

    Formado el Congreso Constituyente por José María Liceaga, Diputado por Guanajuato, Presidente. Doctor José Sixto Verduzco, diputado por Michoacán. José María Morelos, diputado por el Nuevo Reino de León. Licenciado José Manuel de Herrera, Diputado por Tecpan. Doctor José María Cos, diputado por Zacatecas. Licenciado José Sotero de Castañeda, diputado por Durango. Licenciado Cornelio Ortiz de Zárate, diputado por Tlaxcala. Licenciado Manuel de Aldrete y Soria, diputado por Querétaro. Antonio José Moctezuma, diputado por Coahuila. Licenciado José María Ponce de León, diputado por Sonora. Doctor Francisco Argándar, diputado por San Luis Potosí. Remigio de Yarza, secretario. Pedro José Bermeo, secretario.

    Representa hoy en día para la ciudad de Apatzingán de la Constitución, un gran honor que haya sido en esta ciudad donde aconteció este hecho de relevancia histórica para el País, de esta manera año con año se festeja este gran acontecimiento para el pueblo de México, ya que representa la gloria de ser en aquel tiempo la pequeña ciudad que tuvo como cuna a la Primer constitución del País y de la América Latina.

    Muchos de los nombres de estos héroes, por su valentía y entrega a los ideales de independencia, libertad y soberanía, yacen ya en los muros de honor de esta Honorable Cámara, sin embargo, el reconocimiento que los Constituyentes merecen como legisladores, como Congreso, debe estar inscrito su nombre en letras de oro como A los Constituyentes de Apatzingán de 1814.

    Por lo antes expuesto, me permito someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

    Decreto por el que se solicita se inscriba en letras de oro en los Muros de Honor de la honorable Cámara de Diputados la leyenda ``A los Constituyentes de Apatzingán de 1814''

    Artículo Primero.- Inscríbase con letras de oro en los Muros de Honor del salón de plenos de la Cámara de Diputados, le leyenda:

    A los Constituyentes de Apatzingán de 1814

    Artículo Segundo.- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, conjuntamente con la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias definirá la fecha, el orden del día y el protocolo de la sesión solemne que se realizará para llevar a cabo la inscripción en letras de oro mencionada en el artículo primero.

    Transitorio

    Único.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2005.--- Dip. Inelvo Moreno Álvarez (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, compañero Inelvo Moreno. Túrnese la iniciativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.


    CODIGO PENAL FEDERAL

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la voz nuestra compañera diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 288, 292 y 311 del Código Penal Federal.

    La diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo: Con su permiso, Presidenta.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma los artículos 288, 292 y 311 del Código Penal Federal.

    Diva Hadamira Gastélum Bajo, diputada federal a la LIX Legislatura integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 55, fracción II del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propongo a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículo 288, 292 y 311 del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    El 19 de marzo de 1999 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el decreto promulgatorio de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belem do Pará, adoptada en la ciudad de Belem do Pará, Brasil, el 9 de junio de 1994.

    La citada convención fue aprobada por la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, el veintiséis de noviembre de 1996 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre del mismo año.

    En los considerandos de tal convención, adoptada en la Vigésima Quinta Asamblea de Delegadas de la Comisión Interamericana de Mujeres, se afirma que la violencia contra la mujer constituye una violación a los derechos humanos y las libertades fundamentales, que limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades, tomando en cuenta que la violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y mujeres. Actos que trascienden todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases.

    En el mencionado instrumento jurídico internacional, en su artículo 4 señala: ``Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos'', mencionando entre otros:

    a) El derecho que se respete a su vida;

    b) El derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral;

    c) El derecho a la libertad y a la seguridad personales, y

    d) El derecho a no ser sometidas a torturas.

    En el Capítulo III destinado a los deberes de los Estados, el artículo 7 inciso ``c'', al texto dice: ``Incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso''.

    A su vez en el inciso ``d'' menciona: ``Adoptar medidas jurídicas para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad''.

    Derivado de este compromiso internacional, aunado al incremento de delitos que van desde lesiones hasta muertes violentas en contra de la mujer, dentro del territorio nacional, es necesario incrementar las penas a los sujetos activos de estos delitos en el Código Penal Federal, a efecto de que con el incremento a las penas consideradas en el Capítulo I y II del Título Décimo Noveno del mencionado Código, permita disuadir o castigar, las conductas antisociales, con mayor severidad cuando se configure la lesión o muerte, con perfil de género, término que se define en el artículo 311 del presente proyecto.

    En virtud de lo expuesto, someto a la consideración del Pleno de esta H. Cámara de Diputados, el proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 288, el segundo párrafo del artículo 292 y el artículo 311 del Código Penal Federal, para quedar en los siguientes términos.

    Proyecto de Decreto

    Artículo Único. Se reforma el artículo 288, el segundo párrafo del artículo 292 y el artículo 311 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 288.- Bajo nombre de lesión, se comprende no solamente las heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, mutilaciones, sino toda alteración en la salud y cualquier otro daño que deja huella material en el cuerpo humano, si esos efectos son producto de una causa externa.

    Artículo 292.- se impondrán de seis a diez años de prisión, al que infiera una lesión a consecuencia de la cual resulte incapacidad permanente para trabajar, enajenación mental, la pérdida de la vista o del habla o de las funciones sexuales y/o reproductivas.

    Artículo 311.- Se considera delito con perfil de género, cuando el sujeto activo del delito lo comete con discriminación, entendiéndolo cuando se presenten elementos de desprecio, superioridad, dominación, supremacía y/o denigración, causando: muerte, lesión, daño psicológico o sufrimiento físico basado en la condición de género de la víctima.

    El juez podrá imponer hasta el doble de las sanciones en lo previsto en el Capítulo I y II del Título Décimo Noveno, cuando se presenten los elementos que definen el delito con perfil de género.

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 20 días del mes de octubre de 2005--- Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputada Gastélum Bajo. Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.


    LEY PARA EL FOMENTO A LA INNOVACION Y AL DESARROLLO DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES DE BASE TECNOLOGICA

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Se rectifica el trámite de la iniciativa presentada por la diputada María Eloísa Talavera Hernández, a petición de la proponente: debe turnarse a las Comisiones Unidas de Economía, y de Hacienda y Crédito Público, quedando fuera la de Ciencia y Tecnología.


    ARTICULO 69 CONSTITUCIONAL - LEY ORGANICA DEL CONGRESO - REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la voz nuestro compañero diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para cambiar el formato del informe presidencial.

    El diputado Jorge Triana Tena: Con el permiso de la Presidencia. El artículo 69 constitucional se refiere a la obligación del Presidente de la República de asistir ante el Congreso en sesión pública y conjunta el día de la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo y presentar un informe escrito con que manifieste el estado general de la administración pública. Por otro lado, este precepto constitucional se refiere a las sesiones extraordinarias. En cuanto a la primera parte del artículo 69 de la Constitución, que es la parte que se pretende reformar, los antecedentes de las sesiones informativas los encontramos, primero, en Estados Unidos pues, conforme a la Constitución de 1787, el Presidente informará periódicamente al Congreso sobre el estado de la Unión, artículo 2o., tercera sección, haciendo las recomendaciones que considere convenientes o necesarias. Asimismo, el Presidente dirigirá mensajes escritos u orales relativos a los problemas concretos.

    El antecedente del 69 constitucional en México lo encontramos en la primera Constitución, la del 4 de octubre de 1824, ya que sus artículos 67 y 68 señalaban que el Congreso se reuniría el 1 de enero y asistiría el Presidente, quien pronunciaría un discurso que contestaría el que presidiera el Congreso. En 1847 se expidió el Acta Constitutiva y de Reformas, que restableció el sistema federal. Asimismo, nuevamente entró en vigor la Constitución de 1824 que, junto con el Acta Constitutiva, formó la Ley Fundamental. Bajo la vigencia de la Constitución de 1857, Sebastián Lerdo de Tejada sugirió que el informe del Presidente fuera por escrito y no verbal, sugerencia que fue aceptada. Durante la dictadura de Porfirio Díaz, éste concretó todas las atribuciones de los diversos órganos, entre ellos el propio Congreso, que quedó a su disposición, por lo que el ejercicio de la sesión informativa, o informe presidencial, ya no fue posible. Carranza expidió el 14 de septiembre de 1916 el decreto de reforma de los artículo 4o., 5o. y 6o. del decreto de 12 de diciembre de 1914; decreto que anunciaba la convocatoria del Congreso Constituyente. El artículo 6o., segundo párrafo, señalaba que, verificadas las elecciones de los poderes federales e instalado el Congreso General, el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista encargado del Poder Ejecutivo de la Unión le presentaría un informe sobre el estado de la administración pública y, hecha la declaratoria de la persona electa para Presidente, le entregaría el informe al Poder Ejecutivo de la nación.

    Constitucionalmente, no se establece la obligación del Presidente para dar lectura al informe, pero es una costumbre saludable, iniciada por el primer Presidente de México, Guadalupe Victoria. Sin embargo, la obligación sí se considera en el artículo 189 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, pero el actual informe presidencial dista mucho de ser una comparecencia de gobierno. Está lejos de ser un verdadero diálogo constructivo entre poderes republicanos en busca de la eficiencia gubernamental. Durante la época de la hegemonía de un partido de Estado y de un presidencialismo autoritario, el informe presidencial se convirtió en el pretexto constitucional idóneo para rendir pleitesía al Jefe de Estado. Era un día feriado, lleno de símbolos, como el besamanos en el Palacio Nacional al concluir el informe.

    El Presidente se transportaba en un auto convertible del Palacio Nacional al Congreso para saludar a los miles de acarreados postrados a su alrededor. Los legisladores priístas, más de 80 por ciento del total del Congreso, interrumpían cotidianamente con aplausos y de pie el extenso mensaje del Presidente. No era, por supuesto, una rendición de cuentas del Ejecutivo al Legislativo; parecía más bien una ceremonia en la que el Legislativo se asumía como un órgano más, subordinado y muy disciplinado a la voluntad del Presidente en turno. Pero la alternancia en el Poder Ejecutivo y la representación plural del Congreso trajeron consigo el fin de aquel viejo e insultante ritual antidemocrático y autoritario en que se había convertido el Informe Presidencial. Y es ahora cuando resulta más clara la obsolescencia del formato señalado en la Constitución, en la ley secundaria y en el propio reglamento. Y es que si partimos del hecho de que difícilmente regresaremos a la época en que el Presidente y la mayoría absoluta en el Congreso sean del mismo partido, nos daremos cuenta de que el informe presidencial, tal como existe hoy, no dejará de ser un ``monólogo de dos'', donde un Presidente habla sin que el Congreso lo escuche y un Congreso grita e insulta al Presidente, sin que se le pueda controlar. Ésa es la realidad a que habrá de enfrentarse el Presidente en turno en tanto no cambie el formato del informe; es precisamente esa problemática la que tendrá que resolverse con la presente iniciativa. Esta propuesta pretende que el informe deje de ser un diálogo de sordos y que se convierta en dos mensajes a la nación: uno del Ejecutivo el 1 de septiembre y otro del Legislativo el 1 de octubre.

    El Presidente ya no iría al Congreso el 1 de septiembre a dar un mensaje, sino que haría llegar al Congreso el informe y enviaría un mensaje a la nación. Éste sería contestado por los grupos parlamentarios en sesión solemne, luego de analizar --claro-- su contenido, con la presencia entonces del propio Presidente de la República. La iniciativa también propone acabar con el arcaico esquema de posicionamiento de los grupos parlamentarios que versan sobre un informe presidencial que no conocen. ¿Por qué? Porque aún no ha sido entregado al Congreso y se dirigen al Presidente sin que éste se encuentre presente. Los mensajes de los grupos parlamentarios deben ser fortalecidos y, más importante, no deben quedar solamente en la crítica sino que, incluso, deben contener recomendaciones para el mejoramiento de la acción pública del Presidente.

    Por ello se pretende que, luego que el Presidente haga llegar su informe al Congreso, éste lo analice durante 30 días, auxiliándose de los secretarios de despacho y el 1 de octubre, en sesión solemne, en la que estaría presente el Presidente y ya con pleno conocimiento del contenido del informe, los grupos parlamentarios den un mensaje que no quedaría sólo en la crítica sino, más importante, contendría las recomendaciones que los legisladores consideren necesarias para el mejoramiento de la administración pública, mismas que el Presidente tendría que valorar, atender y contestar en un plazo no mayor de 15 días hábiles. Con la propuesta planteada sí habría un diálogo entre dos poderes, diálogo que hoy no existe. Además, se trata de que el Presidente informe a la nación y el Congreso critique el informe y proponga soluciones. Desde nuestra perspectiva, eso ayudaría más a la buena conducción del país que el actual diálogo de sordos e insultos estériles. En virtud de lo expresado y con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento, presento a esta honorable Asamblea esta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 69 de la Constitución, el artículo 7 de la Ley Orgánica del Congreso y los artículos 188 y 189 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso. Es cuanto, diputada Presidenta. Muchas gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones de la Ley Orgánica y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, para cambiar el formato del informe presidencial, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, diputado federal Jorge Triana Tena, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados, en ejercicio de lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 188 y 189 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para cambiar el formato del informe presidencial, conforme a la siguiente

    Exposición de Motivos

    El artículo 69 constitucional se refiere a la obligación del Presidente de la República de asistir ante el Congreso, en sesión pública y conjunta, el día de la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo. Asimismo, tiene la obligación de presentar un informe escrito en el que manifieste el estado general de la administración pública del país. Por otro lado, este precepto constitucional se refiere a las sesiones extraordinarias, es decir, aquellas que se realicen fuera de los periodos constitucionales. En la apertura de las mismas, el Presidente de la Comisión Permanente tiene la obligación de informar acerca de los motivos o razones que originaron su convocatoria.

    En cuanto a la primera parte del artículo 69 de la Constitución, que es la parte que se pretende reformar, los antecedentes de las sesiones informativas los encontramos primero en los Estados Unidos de América, pues conforme a la Constitución de 1787 el Presidente informará periódicamente al Congreso sobre el estado de la Unión (artículo 2º. tercera sección), haciendo las recomendaciones que considere convenientes o necesarias. Así mismo, el Presidente dirigirá mensajes escritos u orales relativos a problemas concretos.

    El antecedente del artículo 69 constitucional en México lo encontramos en la Constitución mexicana de 4 de octubre de 1824, primera Constitución del México independiente, ya que en sus artículos 67 y 68 señaló que el Congreso General se reuniría el 1 de enero y a esta reunión asistiría el Presidente de la Federación, quien pronunciaría un discurso que contestaría, en términos generales, el que presidiese el Congreso.

    En 1847 se expidió el Acta Constitutiva y de reformas que estableció nuevamente al sistema federal. Asimismo, nuevamente entró en vigor la Constitución de 1824 que junto con el Acta Constitutiva conformaron la Ley Fundamental de la nación. Más adelante, perdió su vigencia, ya que de 1853 a 1855 existió el gobierno dictatorial de López de Santa Anna.

    Bajo la vigencia de la Constitución de 1857, Sebastián Lerdo de Tejada en una circular de fecha 14 de agosto de 1867 sugirió que el informe del Presidente fuera por escrito y no verbal, sugerencia que no fue aceptada.

    Durante la dictadura de Porfirio Díaz, éste concentró todas las atribuciones de los diversos órganos, entre ellos el propio Congreso que quedó a su disposición, por lo que el ejercicio de la sesión informativa o informe presidencial no fue posible.

    Venustiano Carranza expidió el 14 de septiembre de 1916 el decreto de reforma a los artículos 4º, 5º y 6º del decreto del 12 de diciembre de 1914, decreto que anunciaba la convocatoria del Congreso Constituyente. El artículo 6º, segundo párrafo señaló que: ``Verificadas las elecciones de los poderes federales e instalado el Congreso General, el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la Unión, le presentará un informe sobre el estado de la administración pública, y hecha la declaración de la persona electa para Presidente, le entregará el Poder Ejecutivo de la nación''.

    Constitucionalmente, no se establece la obligación del Presidente para dar lectura al informe, pero es una costumbre saludable iniciada por el primer Presidente de México, don Guadalupe Victoria (1824-1829). Sin embargo la obligación sí se contempla en el artículo 189 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, ya que éste señala: ``Al discurso que el Presidente de la República pronuncie en este acto, el Presidente del Congreso contestará en términos generales''.

    En relación con la reforma del 3 de septiembre de 1993 a los artículos 65 y 66 constitucionales, el Presidente de la República asistirá ante el Congreso, en sesión pública y conjunta, el día de la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo, es decir, el 1º de noviembre de 1994, pero a partir de 1995 el 1º de septiembre. Asimismo, presentará un informe escrito en el que manifieste el estado general de la administración pública del país, que será contestado por el Presidente del Congreso. Posteriormente, el informe será analizado o examinado por las cámaras en sesiones subsecuentes.

    Pero el informe presidencial, tal como lo conocemos hoy en día, dista mucho de ser una comparecencia de gobierno, está lejos de ser un verdadero diálogo constructivo entre dos poderes republicanos en busca de la eficiencia gubernamental.

    Durante la época de la hegemonía de un partido de Estado y de un presidencialismo autoritario (desde los años 30´s hasta los años 90´s del pasado siglo) el informe presidencial se convirtió en el pretexto constitucional idóneo para rendir pleitesía al Jefe de Estado; era un día feriado, lleno de símbolos (como el ``besamanos'' en Palacio Nacional, al concluir el informe), el Presidente se transportaba en un auto convertible del Palacio Nacional al Congreso (para saludar a los miles de ``acarreados'' postrados alrededor), los legisladores priístas --mas del 80% del total del Congreso-- interrumpían cotidianamente con aplausos y de pie el harto extenso mensaje del Presidente. No era por supuesto una rendición de cuentas del Ejecutivo al Legislativo, parecía más bien una ceremonia en la que el Legislativo se asumía como un órgano más subordinado y muy disciplinado a la voluntad del Presidente.

    Pero la alternancia en el Poder Ejecutivo y la representación plural del Congreso, trajo consigo el fin a aquel viejo e insultante ``ritual'' antidemocrático y autoritario en que se había convertido el Informe Presidencial. Y es ahora cuando resulta mas claro la obsolescencia del formato señalado en la Constitución, en la ley secundaria y en el reglamento. Y es que, si partimos del hecho de que tanto el Ejecutivo como el Legislativo son dos poderes políticos, y de que difícilmente regresaremos a la época en la que el Presidente y la mayoría absoluta en el Congreso sean del mismo partido, nos daremos cuenta de que el informe presidencial, tal como existe hoy, no dejará de ser un ``monólogo de dos'', donde un Presidente habla sin que el Congreso lo escuche, y un Congreso grita e incluso insulta al Presidente sin que se le pueda controlar. Esa es la realidad a la que habrá de enfrentarse el Presidente en turno en tanto no cambie el formato del Informe. Y es precisamente esa problemática la que intenta resolver la presente iniciativa.

    Esta propuesta pretende que el informe deje de ser un ``diálogo de sordos'' (por un lado el Ejecutivo informando sin ser escuchado por el Legislativo, y por el otro lado el Legislativo gritando e insultando), y que se convierta en dos mensajes a la Nación: uno del Ejecutivo (el primero de septiembre), y otro del Legislativo (el primero de octubre). El Presidente ya no iría al Congreso el primero de septiembre a dar un mensaje, sino que haría llegar al Congreso el Informe (y enviaría un mensaje a la nación transmitido en red nacional de radio y televisión sobre el resumen del informe) y éste sería contestado por los grupos parlamentarios luego de analizar su contenido (en sesión solemne, que también sería transmitida por red nacional de radio y televisión) con la presencia del propio Presidente de la República.

    La iniciativa también propone acabar con el arcaico esquema de posicionamientos de los grupos parlamentarios que versan sobre un informe presidencial que no conocen (porque aún no ha sido entregado al Congreso) y que dirigen al Presidente sin que éste se encuentre presente. Los mensajes de los grupos parlamentarios deben ser fortalecidos y, lo más importante, no deben quedar solamente en la crítica, sino que incluso deben contener recomendaciones para el mejoramiento de la acción pública.

    Para ello se pretende que, luego de que el Presidente haga llegar su informe al Congreso, éste lo analice durante treinta días (auxiliándose de los secretarios de despacho para ampliar la información, de ser necesario), y el primero de octubre, en sesión solmene (que se transmitiría por red nacional de radio y televisión) en la que estará presente el Presidente de la República, y ya con pleno conocimiento del contenido del informe, los grupos parlamentarios representados en el Congreso den un mensaje que no quedaría solo en la crítica, sino, mas importante, contendría las recomendaciones que los legisladores consideren necesarias para el mejoramiento de la administración pública, mismas que el Presidente tendría que valorar, atender y contestar --positiva o negativamente-- en un plazo no mayor de quince días hábiles.

    En resumen, el Presidente informaría a la Nación sobre su trabajo, y el Congreso, luego de analizar el contenido del informe, haría del conocimiento del propio Presidente --en sesión solemne en la que éste estaría presente-- las recomendaciones que se consideren necesarias, las cuales tendrían que ser contestadas --positiva o negativamente-- en un plazo menor a quince días.

    Con la propuesta planteada, entonces sí habría un diálogo entre los dos poderes (diálogo que hoy en día no existe). Además, se trata de que el Presidente informe a la Nación y el Congreso critique el informe y proponga soluciones. Desde nuestra perspectiva, eso ayudaría más a la buena conducción del país que el actual ``diálogo de sordos''.

    En virtud de lo expresado, y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a esta honorable asamblea la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 188 y 189 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero. Se reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

    ``Artículo 69. El día de la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo, el Presidente de la República hará llegar al Congreso un informe escrito del estado general que guarda la administración pública del país y emitirá un mensaje a la Nación. El Congreso analizará el contenido del informe y, de ser necesario, solicitará la comparecencia de los secretarios de despacho para mayor abundamiento de la información en términos del artículo 93.

    El primero de octubre, el Congreso de la Unión se reunirá en sesión solemne con el Presidente de la República para comunicarle las recomendaciones derivadas del análisis del informe y que estime necesarias para hacer mas eficiente la administración pública; dichas recomendaciones serán valoradas y atendidas por el Presidente si éste lo considera necesario, dando respuesta a cada una de ellas en un plazo no mayor a 15 días hábiles. En la sesión harán uso de la voz los grupos parlamentarios representados en el Congreso y el propio Presidente de la República en los términos que la ley señale.

    En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión, o de una sola de sus cámaras, el Presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria.''

    Artículo Segundo: Se reforma el artículo 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

    ``Artículo 7.

    1. El primero de septiembre de cada año, a la apertura de las sesiones ordinarias del primer periodo, el Presidente de la República hará llegar al Congreso un informe de conformidad con el artículo 69 de la Constitución.

    2. Las Cámaras analizarán el informe presentado por el Presidente de la República. El análisis se desarrollará clasificándose por materias: en política interior, política económica, política social y política exterior. De considerarlo necesario, las Cámaras solicitarán la comparecencia de los secretarios de despacho para mayor abundamiento de la información en términos del artículo 93 de la Constitución.

    3. En sesión solemne del Congreso, a celebrarse el primero de octubre y en la que estarán presentes el Presidente de la República y los Ministros de la Suprema Corte, los grupos parlamentarios de los partidos representados en el Congreso emitirán las recomendaciones que se deriven del análisis del informe y que se estimen necesarias para hacer mas eficiente la administración pública. Las intervenciones se realizarán en orden creciente, en razón del número de diputados de cada grupo partidista y cada una de ellas no excederá de quince minutos; concluidas las intervenciones de los grupos parlamentarios, hará uso de la voz el Presidente de la República hasta por treinta minutos para dar un mensaje al Congreso''.

    Artículo Tercero. Se derogan los artículos 188 y 189 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

    ``Artículo 188. Derogado.

    Artículo 189. Derogado.''

    Transitorio

    Único: El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a los 20 días del mes de octubre de 2005.--- Dip. Jorge Triana Tena (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias a usted, diputado Triana Tena. Se turna la iniciativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.


    LEY ORGANICA DEL CONGRESO

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la voz nuestro compañero, el diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma y adiciona los artículos 20, 46 y 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    El diputado Iván García Solís: Gracias, diputada Presidenta. Ciudadanas y ciudadanos legisladores: el artículo 61 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho de presentar iniciativas de ley tanto al Presidente de la República, a los diputados y senadores al Congreso de la Unión como a las Legislaturas de los estados. Es el artículo 72 del mismo ordenamiento el que fija las formas en que se lleva a cabo el proceso de aprobación y promulgación de las leyes, no obstante que desde nuestra Carta Magna se prescriben tiempos y formas que buscan que el proceso legislativo sea ágil y efectivo, es en la Ley Orgánica del Congreso donde encontramos vacíos e inconsistencias que impiden cumplir ese cometido constitucional.

    Por ejemplo, en el marco constitucional se consigna la obligación de que las iniciativas que se presentan sean dictaminadas antes que transcurra un mes. Y ante la posibilidad de que se agote este plazo, se da la opción al iniciador de presentar su propuesta en otra Cámara, cosa que casi nunca ocurre. Sin embargo, la normatividad secundaria es omisa al señalar cuál debe ser el criterio para atender y dar preferencia a la muy variada gama de propuestas que son turnadas a las comisiones legislativas, por lo que éstas en muy pocas ocasiones cumplen a cabalidad dicho plazo constitucional, no sólo por esa razón sino por otras más, que ya hemos examinado.

    Pero el hecho es que no se cumple la obligación constitucional. Ante esa situación, que contribuye al enorme rezago legislativo que ya sufrimos, propongo mediante la modificación de los artículos 20, 45 y 67 de la Ley Orgánica que las Cámaras determinen por mayoría calificada qué iniciativas presentadas por el Ejecutivo y cuáles de los proyectos enviados para su revisión por la Colegisladora, por el Senado, deben tener prioridad legislativa. Estoy proponiendo que introduzcamos ese término, el de prioridad legislativa, luego de haber solicitado así, esta prioridad, las propias instancias que lo promueven. Por lo que se refiere a las iniciativas del Ejecutivo federal, una norma de esa naturaleza favorecerá la colaboración institucional de poderes, pues agilizará la discusión y la aprobación de las leyes.

    La propuesta, lejos de mantener la anacrónica idea de una tajante división de poderes, que ya nadie sostiene en la academia ni en la vida política cotidiana, abona por un mayor diálogo y colaboración de poderes, lo que sin duda favorecerá la gobernabilidad democrática que es deseable que impere en el país, en países dotados de un régimen presidencial como Argentina, Chile, Colombia y Nicaragua, y éstos son ejemplos que avalan la reforma que propongo. Se puede conceder prioridad al examen de las iniciativas del Ejecutivo, desde luego, a partir de que éste lo solicite, que solicite el trámite de urgencia y se apruebe por la mayoría calificada.

    Es decir, hay que abrir esa ventana para que estos asuntos se diriman con mayor prontitud. A la fecha, el Ejecutivo federal ha presentado 31 iniciativas ante esta soberanía; de ellas, han sido dictaminadas 16, un poco más de la mitad, habiéndose rechazado 2; están pendientes de resolverse iniciativas como la que aboga por un nuevo sistema de justicia penal, así como otras que se refieren a la cuestión energética. La propuesta que hoy argumento busca que, sobre las iniciativas que el Ejecutivo defina como prioritarias, el Congreso resuelva aprobándolas o rechazándolas. No hay una aprobación ni un rechazo automático a la iniciativa, y una prioridad solicitada y concedida por mayoría calificada. Ahora bien, nuestra propuesta también busca extender la figura de prioridad para los proyectos que provienen de la Colegisladora. Esto se fundamenta en el hecho de que al día de hoy muchos de los proyectos enviados por el Senado, mejor conocidos como ``minutas'', se encuentran sin resolución.

    En esta Legislatura han sido remitidos 203 proyectos para su revisión. Y esta Cámara ha desahogado sólo 89 de ellos, de la Colegisladora, generalmente votados a favor, pero están aún pendientes de resolución asuntos como la readaptación social y la seguridad pública, que no son de menor importancia. La otra parte de nuestra propuesta --paso a otro tema complementario-- es el artículo 45 de la misma Ley Orgánica y tiene como objeto señalar en este ordenamiento la obligación de las comisiones para que resuelvan sobre las iniciativas que le turne el Pleno en un plazo máximo de un mes, tal como establece la Constitución. Queremos que la Ley Orgánica ayude y allane obstáculos para poder cumplir la Constitución.

    Por lo anterior y con base en las normas constitucionales y sus correlativas de la Ley Orgánica y el Reglamento, presento ante ustedes iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General --ya dijimos-- para establecer plazos ordinarios y extraordinarios para la formulación de dictámenes y crear la figura --insisto-- de ``trámite de urgencia'' de las iniciativas del Poder Ejecutivo y los proyectos enviados por la Colegisladora para su revisión. No más reclamaciones a un Congreso que puede y debe resolver con propiedad y celeridad. Que las discrepancias entre poderes se diriman con transparencia y se legisle pronto con razón y para bien del país. Muchas gracias. Entrego a la Secretaría el texto íntegro de la propuesta. Ciudadanas legisladoras, ciudadanos legisladores, gracias por su atención.

    «Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 20, 45 y 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del PRD

    Quien suscribe Iván García Solís, diputado federal a la Quincuagésima Novena Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, por mi propio derecho y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 20, 45 y 67 de la Ley Orgánica del Congreso General, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    La formación normativa del Congreso mexicano se manifiesta mediante el proceso legislativo, previsto éste en las bases constitucionales que consignan los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En ese proceso están imbricadas distintas fases en las que participan distintos actores de la actividad parlamentaria, a saber: el Poder Legislativo y el Ejecutivo.

    La actividad legislativa en consecuencia, hace efectivas las disposiciones constitucionales que le otorgan a un determinado grupo de individuos la facultad de iniciar leyes, aprobarlas y en caso de que sean aceptadas, promulgarlas para su vigencia.

    En consecuencia, es el proceso legislativo la base para la interacción de los poderes ya señalados, pero es al interior del Legislativo donde se establecen los pasos a seguir en el tratamiento procesal de una iniciativa de ley.

    Por ello, el propósito de mi iniciativa es establecer en la norma prioridades de atención de las asuntos que resuelve el Congreso de la Unión y los plazos para los mismos.

    El artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en el último párrafo que:

    ``Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, por las Legislaturas de los Estados o por las Diputaciones de los mismos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados o los senadores, se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de Debates''

    Por otra parte, el Artículo 72 en su primer párrafo dispone:

    ``Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones''.

    Ese mismo artículo establece en su fracción i):

    ``Las iniciativas de leyes o decretos se discutirán preferentemente en la Cámara en que se presenten, a menos que transcurra un mes desde que se pasen a la Comisión dictaminadora sin que ésta rinda dictamen, pues en tal caso el mismo proyecto de ley o decreto puede presentarse y discutirse en la otra Cámara''.

    Es decir, el marco constitucional consigna la obligación de que las iniciativas que presentan quienes tienen derecho a hacerlo, tienen que ser dictaminadas antes de que transcurra un mes, mismo que al transcurrir dicho plazo le da la opción al promovente de presentar su iniciativa en la otra Cámara. Sin embargo, la normatividad es omisa al señalar cuáles deben ser las prioridades de atención en las Cámaras, en el entendido de que son distintos y variados los asuntos que se discuten.

    La propuesta fundamental de mi iniciativa es buscar el imperativo, para que las Cámaras den prioridad en su análisis y dictamen a dos sujetos procesales importantes en el procedimiento legislativo: las iniciativas que provengan del Ejecutivo y los proyectos enviados para su revisión por la Colegisladora.

    En el primero de los casos, una norma de esta naturaleza favorecerá la colaboración institucional entre poderes y agilizará el proceso legislativo; de manera colateral fortalecerá la imagen institucional del Congreso.

    Esta propuesta no es nueva, en países con régimen presidencial como el nuestro, como lo son Argentina, Chile, Colombia y Nicaragua, se permite dar prioridad al examen de las iniciativas del Ejecutivo, desde luego se exige que éste solicite la tramitación de urgencia.

    La otra propuesta, que versa sobre incluir como asunto prioritario para su análisis a los proyectos para su revisión enviados por la colegisladora, tiene su apoyo en el argumento de que agiliza el procedimiento legislativo, pues por lo regular, dichos proyectos tienen como precedente un proceso de discusión amplio que permitirá a la Cámara definir su ratificación u oposición de manera informada.

    En el marco legislativo bicamaral, no se especifica cuál debe ser la prioridad de atención por parte de las comisiones legislativas. Lo único que establece, nuestro Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General en su artículo 59, es la posibilidad de determinar ``la obvia o urgente'' resolución de un asunto, por mandato de mayoría calificada de cualquiera de las Cámaras, pero solamente de los asuntos que conoce el pleno, no así de los asuntos que se envían a las comisiones; en consecuencia es al interior de las comisiones en donde se decide de manera unilateral cuáles serán los asuntos a dictaminar.

    La Ley Orgánica no precisa plazos para la Cámara de Diputados para la resolución de asuntos, en el Senado sí. Con base en el artículo 67 inciso g) se faculta al Presidente de la Mesa Directiva para:

    ``Excitar a cualquiera de las comisiones, a nombre de la Cámara, a que presenten dictamen si han transcurrido veinte días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, para que lo presenten en un término de diez días; si no presentaren el dictamen dentro de ese término y no mediare causa justificada, el o los proponentes podrán solicitar que se turne a otra Comisión.

    Para la Cámara de Diputados, lo vigente es lo que dispone el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, que prevé cinco días como plazo para formular un dictamen.

    No me quiero referir aquí al tratamiento que la Cámara de Diputados le otorga a las sesiones, orden del día y discusiones, que desde 1997 está regulado por acuerdos parlamentarios, cuya vigencia en temas que se sobreponen a la norma vigente, en este caso el Reglamento para el Gobierno Interior, son de suyo debatibles. Pero aún así, esos lineamientos o acuerdos no dicen nada sobre la posibilidad de que al interior de las comisiones se establezcan prioridades de atención y desahogo de los negocios que le son turnados.

    Como ustedes pueden apreciar, la determinación de qué asuntos se debe resolver prioritariamente las comisiones, no tiene asidero legal.

    Estimo conveniente en consecuencia la reforma legal a los artículos 20 y 67 de la Ley Orgánica del Congreso General, en el apartado de atribuciones de las Mesas Directivas de ambas Cámaras con el objeto de facultarlas para dar curso de las solicitudes de petición de prioridad que le sean turnadas, tanto por el Ejecutivo de la Unión, como por el Senado de la República.

    Hace falta además, establecer plazos ordinarios para la Cámara de Diputados -para ello planteo la reforma al artículo 45 del ordenamiento referido.

    Para dar coherencia a plazos ordinarios y extraordinarios, se modifica también la disposición prevista en el artículo 67 de la multicitada Ley Orgánica del Congreso General para señalar que será un mes, tal y como lo establece nuestra Constitución el plazo ordinario y no veinte como existe actualmente.

    Por lo anterior expuesto y fundado, someto a la consideración de la Asamblea la siguiente:

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adicionan los artículos 20, 45 y 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos:

    Artículo Primero. Se adiciona el inciso d) del artículo 20 y se recorren los incisos d) al i), para quedar como sigue:

    Artículo 20.

    1. (...)

    2. (...):

    a) a la c) (...)

    d) Dar trámite a la comisión correspondiente de las iniciativas o proyectos de ley para su revisión, presentadas por el Ejecutivo de la Unión o la Cámara de Senadores, respectivamente, cuando éstos soliciten el trámite de prioridad legislativa y el Pleno lo apruebe por mayoría calificada. Las comisiones deberán presentar dictamen dentro de los veinte días naturales después de aquel en que hayan recibido la iniciativa o proyecto;

    e) Determinar durante las sesiones las formas que puedan adaptarse en los debates, discusiones y deliberaciones, tomando en cuenta las propuestas de los grupos parlamentarios;

    f) Cuidar que los dictámenes, propuestas, mociones, comunicados y demás escritos, cumplan con las normas que regulan su formulación y presentación;

    g) Determinar las sanciones con relación a las conductas que atenten contra la disciplina parlamentaria;

    h) Designar las comisiones de cortesía que resulten pertinentes para cumplir con el ceremonial;

    i) Elaborar el anteproyecto de la parte relativa del Estatuto por el cual se normará el servicio de carrera parlamentaria, a efecto de que la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos lo considere para la redacción del proyecto de dicho instrumento normativo; y

    j) Las demás que le atribuyen esta ley, los ordenamientos aplicables y los acuerdos de la Cámara.

    Artículo Segundo. Se reforma el inciso f) del artículo 45, para quedar como sigue:

    Artículo 45.

    1. a la 5 (...)

    6. (...)

    a) a la e)

    f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas, en un término de un mes después de aquél en que hayan recibido el asunto, salvo que se trate de un trámite de prioridad en el que plazo será de veinte días naturales; y

    g (...)

    7 (...)

    Artículo Tercero. Se adiciona el inciso c); se reforma el inciso g) que pasa a ser h) pues se recorren los incisos c) al m) para quedar como sigue

    Artículo 67.

    1. (...)

    a) a la b) (...)

    c) Dar turno a la comisión correspondiente de las iniciativas o proyectos de ley para su revisión, presentadas por el Ejecutivo de la Unión o la Cámara de Diputados, respectivamente, cuando éstos soliciten el trámite de prioridad legislativa y el Pleno lo apruebe por mayoría calificada. Las comisiones deberán presentar dictamen dentro de los veinte días naturales después de aquel en que hayan recibido la iniciativa o proyecto;

    d) Conducir los debates y aplicar el Reglamento correspondiente;

    e) Firmar, junto con uno de los secretarios de la Cámara, y en su caso con el Presidente y un secretario de la Colegisladora, las leyes y decretos que expidan la Cámara de Senadores o el Congreso de la Unión, así como los acuerdos y demás resoluciones de la Cámara;

    f) Firmar la correspondencia y demás comunicaciones oficiales de la Cámara;

    g) Presidir la conducción de las relaciones del Senado en los términos que señala el inciso e), del párrafo 1 del artículo anterior; y representarlo en las ceremonias a las que concurran los titulares de los otros Poderes de la Federación o las autoridades locales del Distrito Federal, así como en las reuniones de carácter internacional, pudiendo delegar su representación en cualquiera de los otros integrantes de la Mesa Directiva;

    h) Excitar a cualquiera de las comisiones, a nombre de la Cámara, a que presenten dictamen si ha transcurrido un mes;

    i) Exigir orden al público asistente a las sesiones e imponerlo cuando hubiere motivo para ello;

    j) Solicitar el uso de la fuerza pública en los términos establecidos en esta ley;

    k) Requerir a los senadores faltistas a concurrir a las sesiones de la Cámara y aplicar, en su caso, las medidas y sanciones procedentes conforme a lo dispuesto por los artículos 63 y 64 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

    l) Dirigir las tareas de las secretarías generales, la Tesorería, las unidades administrativas y el Centro de Capacitación y Formación Permanente del servicio civil de carrera, con objeto de asegurar su buen desempeño y acordar con sus titulares los asuntos de su competencia. El Presidente de la Mesa Directiva, podrá delegar en los vicepresidentes y secretarios el ejercicio de la facultad establecida en el presente inciso, señalando expresamente, e informando al Pleno, a cuál de los integrantes de la Mesa Directiva le corresponde la función delegada;

    m) Otorgar poderes para actos de administración y para representar a la Cámara ante los tribunales en los juicios de cualquier naturaleza en que ésta sea parte; y

    n) Las demás que le confieran esta Ley y el Reglamento.

    Transitorio

    Único. El presente decreto no requiere la promulgación del Ejecutivo federal, y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.- Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 20 de octubre de 2005.--- Dip. Iván García Solís (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado García Solís. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.


    ARTICULO 72 CONSTITUCIONAL

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la voz nuestro compañero, el diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El diputado Fidel René Meza Cabrera: Gracias, diputada Presidenta. Compañeras y compañeros diputados:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El suscrito, René Meza Cabrera, diputado federal en ejercicio, miembro de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, que integra la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa para reformar el primer párrafo y adicionar un segundo párrafo a la fracción A del articulo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente

    Exposición de Motivos

    Las fracciones A y B del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al mismo tiempo que se complementan, se condicionan entre sí y aunque sus textos son claros, sus redacciones dan origen a la inobservancia de los mismos.

    Examinemos detalladamente sus partes, par evidenciar sus discordancias:

    El texto de la fracción A es el siguiente:

    ``Aprobado un proyecto en la Cámara de origen, pasará para su discusión a la otra. Si ésta lo aprobare, se remitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviere observaciones que hacer, lo publicará inmediatamente''

    A su vez, la fracción B señala:

    ``Se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de origen, dentro de diez días útiles; a no ser que corriendo este término, hubiere el Congreso cerrado o suspendido sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse el primer día útil en que el Congreso esté reunido''

    Es decir, el Ejecutivo tiene un plazo de diez días útiles, para devolver el proyecto o para publicarlo. El término inmediatamente que indica la fracción A es impracticable, pues pocas veces el Ejecutivo dispone la publicación inmediata del proyecto de ley o decreto, recibido del Congreso de la Unión.

    Lo antes narrado es la teoría; ahora veamos la realidad con que son tratados los proyectos de ley o decretos que recibe el Ejecutivo, para su promulgación y publicación.

    Sabemos que ya existe el vocablo congelar para referirse a una ley o decreto que el Ejecutivo no publica ni devuelve a la Cámara de origen; es decir, se le detiene en la Secretaría de Gobernación por tiempo indefinido.

    Ejemplos: existen muchos, pero sólo me referiré a la reciente Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azular, que ni se vetaba, ni se publicó dentro de los plazos estipulados en la Constitución federal.

    Considero que estos inconvenientes se podrán evitar en lo futuro, si modificamos el primer párrafo y le agregamos un segundo párrafo a la fracción A del artículo 72 constitucional.

    Correspondiendo a la Secretaría de Gobernación, según la fracción III del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, administrar y publicar el Diario Oficial de la Federación, a través de ella se publicaría lo dispuesto por la reforma y adición que se propone.

    Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interno del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

    Decreto para reformar al primer párrafo y adicionar el segundo párrafo a la fracción A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo Único. Se reforma el primer párrafo y se adiciona un segundo párrafo a la fracción A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

    Artículo 72.

    ...

    A. Aprobado un proyecto de decreto en la Cámara de su origen, pasará para su discusión a la otra. Si ésta lo aprobare, se remitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviera observaciones que hacer lo publicará dentro de los diez días útiles siguientes a la recepción.

    Si transcurre el plazo señalado y el Ejecutivo no publica el proyecto de ley o decreto, la Cámara que fungió como revisora esperará otros diez días útiles y, transcurrido este lapso, ordenará directamente a la Secretaría de Gobernación la publicación del proyecto, para que entre en vigor de inmediato, de acuerdo con lo previsto en el artículo transitorio respectivo.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Sala de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro. México, DF, a 20 de octubre de 2005.--- Dip. René Meza Cabrera (rúbrica).»

    Es todo, diputada Presidenta. Gracias.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, diputado Meza Cabrera. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.


    ARTICULO 88 CONSTITUCIONAL

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la voz nuestro compañero diputado Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El diputado Ramón Galindo Noriega: Damas y caballeros legisladores: de acuerdo con lo consagrado en nuestra Ley Fundamental, el Poder Ejecutivo federal se depositará en un solo individuo, denominado Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con lo cual se garantizan la atención y presencia constantes de los asuntos propios del encargo. Su finalidad es dar celeridad en la toma de decisiones, tanto nacionales como de impacto internacional. Debido a la actual apertura comercial que México ha adquirido, se han derivado mayores compromisos internacionales, los cuales han hecho necesaria la ausencia temporal del titular del Ejecutivo federal a fin de ejercer de manera más eficaz las facultades y obligaciones que la propia Constitución le confiere en la conducción de la política exterior.

    De esa forma, podemos ver que los actuales viajes internacionales que realiza el Presidente se llevan a cabo con una rapidez antes no imaginada, ya que hace más de un siglo los viajes tomaban varias semanas solamente para cruzar la frontera, mientras hoy se pueden realizar en unas cuantas horas. Del mismo modo, el acceso instantáneo a la información a través de los medios electrónicos de comunicación permite la toma inmediata de decisiones sobre asuntos de especial trascendencia, aun cuando el Presidente de la República no se encuentre en territorio nacional. Como ejemplo de lo anterior, tenemos que hace un mes aproximadamente el Senado de la República concedió permiso al Presidente Vicente Fox para ausentarse del país por sólo tres días, 13, 14 y 15 de septiembre, a fin de que participara en la asamblea número 60 de la Organización de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York.

    De igual forma, dos días más tarde, el Presidente Vicente Fox solicitó permiso al Senado de la República para ausentarse del país del 28 al 30 de septiembre para llevar a cabo una visita de trabajo a Vancouver y Calgary, Canadá, donde el titular del Ejecutivo federal explicó que su visita tenía tres ejes principales: diálogo político al más alto nivel, diálogo académico-empresarial y diálogo con la comunidad mexicana en esa región para mantener la estrecha colaboración con los principales actores canadienses en los diversos ámbitos.

    Asimismo, el 20 de septiembre de 2005 el Senado de la República autorizó al Presidente Vicente Fox Quesada para realizar el viaje comentado con antelación, en vista de que representará una oportunidad para ratificar la importancia que Canadá tiene para México en los ámbitos comercial, político y educativo. Sin embargo, para que el titular del Ejecutivo federal pueda ausentarse del país requiere un permiso concedido por el Congreso de la Unión o, en su caso, por la Comisión Permanente. Atendiendo a esas razones, el artículo 88 constitucional establece un régimen de relaciones políticas entre el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo basadas en un principio republicano.

    Al Congreso de la Unión, donde están representados tanto los estados de la Federación como la población del país, interesa que el titular del Ejecutivo federal atienda oportunamente los asuntos internos de su competencia. Bajo esta tesitura, no se trata de una licencia pues, aunque se ausenta del territorio, no es técnicamente una falta, sino que el Presidente sale del país con su investidura, por lo que no deja de ejercer el Poder Ejecutivo. Tampoco es una autorización sino que se trata, como bien determina gramaticalmente la Constitución, de un permiso para hacer algo que por principio está prohibido: salir del país.

    De esa forma, tenemos como ejemplo que en países de América Latina como Chile, Honduras, Nicaragua, Panamá, Uruguay, República Dominicana y Venezuela no requieren permiso de los Congresos los titulares del Ejecutivo para ausentarse del territorio nacional; incluso, en el caso de Chile, el Presidente de la República puede ausentarse hasta por 30 días.

    Por esa razón es necesario crear la posibilidad de que el Ejecutivo pueda ausentarse del territorio nacional por un periodo de 7 días sin solicitar el permiso respectivo al Congreso de la Unión ni a la Comisión Permanente, lo que facilitaría la función que, en materia de política exterior, realiza el Ejecutivo federal, sin que ello implique dejar de informar previa y posteriormente al Congreso de la Unión de las actividades desarrolladas fuera del territorio nacional, lo que permitiría mayor eficacia y agilidad en los viajes internacionales del titular del Poder Ejecutivo.

    Por las consideraciones expuestas, me permito presentar con todo respeto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Primero. Se reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 88. El Presidente de la República podrá ausentarse del territorio nacional hasta por siete días sin permiso del Congreso de la Unión o de su Comisión Permanente, debiendo comunicarlo previamente al órgano legislativo en funciones explicitando los motivos del viaje para, posteriormente, enviarle un informe que contenga los logros alcanzados, así como las actividades oficiales que realizó durante su ausencia del territorio nacional.

    Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Damas y caballeros: por su atención, muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, diputado federal Ramón Galindo Noriega, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55 fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de este H. Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    El cargo presidencial arraiga al funcionario en el territorio de la República, con ello se garantiza su atención y presencia constante en los negocios de su incumbencia. A diferencia de los poderes colegiados cuya presencia permanente de los presidentes no es esencial pues pueden ser sustituidos con mayor facilidad y sus decisiones son tomadas por mayoría no dependen de la única voluntad de sus presidentes; en el Poder Ejecutivo, la titularidad es única e individualizada y nadie puede, por delegación, ejercer sus funciones.1

    La Constitución de 1824 prohibió terminantemente la salida del país del presidente y esta disposición duró hasta la Constitución de 1917, en la que se permitió que el presidente saliera, sólo con permiso del Congreso de la Unión y, a partir de 1966, se incluyó que la Comisión Permanente pudiera permitir al presidente su salida al extranjero.

    No se trata de una licencia, pues aunque se ausenta del territorio no es técnicamente una falta, sino que el Presidente sale del país con su investidura, por lo que no deja de ejercer el Poder Ejecutivo. Tampoco es una autorización sino que se trata, como bien lo determina gramaticalmente la Constitución, de un permiso para hacer algo que, por principio está prohibido: salir del país. Por ello no hay necesidad de nombrar a un Presidente interino.

    A partir de Adolfo López Mateos, la presencia de los presidentes mexicanos en el extranjero ha sido frecuente y oportuna; aunque los medios de comunicación hagan paulatinamente innecesaria la presencia física de nuestros Ejecutivos.

    Es así como el texto vigente del artículo 88 de la Constitución establece lo siguiente: ``El Presidente de la República no podrá ausentarse del territorio nacional sin permiso del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente en su caso''.

    El permiso que otorgan el Congreso de la Unión o la Comisión Permanente supone que el Presidente de la República está sujeto a ciertas restricciones para ausentarse del territorio nacional.

    Sin embargo, considerando que la división de poderes en el Estado, no es ni puede ser absoluta, de tal forma que el ejercicio de las funciones se encuentre aislado y sin relación alguna entre sí, ya que aún cuando los tres poderes sean independientes, en su forma de organizarse y de actuar, son parte de un todo, y se complementan para lograr el funcionamiento total del Estado. Así, la división de poderes se perfecciona con la colaboración y coordinación de los mismos. Por tanto, ni los Poderes Legislativo ni el Judicial dependen de sus presidentes para tomar decisiones, por su naturaleza colegiada, dichas decisiones las toman la mayoría de sus miembros, por tanto, su presidencia es fácilmente substituible. En cambio, las funciones del Presidente de la República no pueden ser delegadas y los mecanismos para su sustitución son mucho más complejos.

    Toda vez que el Poder Ejecutivo federal está a cargo de un solo individuo, su presencia en el país es fundamental si se presentan hechos graves que requieran urgentemente de su atención. En cierto modo, el cargo presidencial arraiga al funcionario en el territorio nacional a fin de garantizar su participación oportuna en los negocios de su incumbencia.2

    Atendiendo estas razones, el artículo 88 constitucional establece un régimen de relaciones políticas entre el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo, basadas en un principio republicano: al Congreso de la Unión, donde están representados tanto los Estados de la Federación como la población del país, le interesa que el Titular del Ejecutivo Federal atienda oportunamente los asuntos internos de su competencia.

    A lo largo de la historia constitucional de nuestro país, este principio ha sido regulado de diferentes maneras, dependiendo fundamentalmente de dos condiciones: ¿Qué tan necesaria, desde el punto de vista político, es la presencia permanente del Presidente de la República en territorio nacional y qué tan difícil le resulta salir del país sin descuidar los asuntos internos de su competencia?

    La historia constitucional mexicana refleja claramente cómo se atendieron ambas condiciones. Como primer antecedente, el artículo 112 de la Constitución de 1824, señalaba las restricciones a las facultades del Presidente, en la fracción quinta mencionaba que tanto dicho funcionario como el Vicepresidente no podían, sin permiso del Congreso, salir del territorio de la República durante su encargo, y un año después.

    En la Constitución federal de 1857 el supuesto fue regulado de una manera más rígida: ``El Presidente no puede separarse del lugar de la residencia de los poderes federales, ni del ejercicio de sus funciones sin motivo grave calificado por el Congreso, y en sus recesos, por la Diputación Permanente''.

    Como puede notarse, el régimen del permiso se volvió más estricto en la Constitución de 1857 respecto del régimen de 1824, lo que se debió a las circunstancias históricas que caracterizaban en esa época la construcción del Estado mexicano: las intervenciones extranjeras y las continuas asonadas y revoluciones internas amenazaban permanentemente la estabilidad de la nación y del Poder Ejecutivo, lo que tuvo como consecuencia, en varias ocasiones la destitución de su titular por la fuerza.

    Asimismo, este precepto sólo se puede entender si se consideran además las circunstancias materiales en que se realizaban en esos tiempos los viajes al extranjero. Para ausentarse del territorio nacional había que recorrer grandes distancias, utilizando medios que sólo lentamente podían vencer la accidentada geografía mexicana. Cualquier viaje del Presidente de la República al extranjero o al interior mismo del territorio nacional, implicaba necesariamente una ausencia que podía durar hasta varios meses.

    Para comprender completamente el sentido del régimen de permisos aplicables hace más de un siglo, debe recordarse que el desarrollo tecnológico de entonces sólo permitía una pobre comunicación por correo. Desde el extranjero, resultaba muy difícil mantenerse oportunamente informado de los problemas internos del país. Del mismo modo, nada garantizaba que las instrucciones que girase el Presidente de la República fuesen rápida y eficazmente recibidas y ejecutadas.

    Esto explica porqué el Constituyente de 1857 no sólo arraigaba al titular del Ejecutivo federal al territorio nacional, sino al lugar mismo de la residencia de los Poderes Federales. A mediados del siglo pasado, la ausencia del territorio nacional por causas graves. Asimismo, el Presidente de la República ya no está arraigado a la sede misma de los poderes federales.

    El principio de la división de poderes constituye uno de los fundamentos de todo régimen democrático y liberal; la división de funciones es característica de lo que se denomina estado de derecho, el estado constitucional es aquella forma de estructura política en la que el poder siempre está sujeto a las leyes y nunca a las arbitrariedades de quienes ejercen las funciones públicas, ya que esa conducta origina la dictadura.

    Sobra decir que la estabilidad política del país se debe en gran medida al sistema democrático que hemos alcanzado; al respeto de las instituciones; al Estado de Derecho; que hacen que prácticamente ya no existan hechos políticos graves e inesperados, que retengan imperativamente y en todo momento al Presidente de la República en el territorio nacional.

    Por tanto, las actividades en materia de relaciones internacionales que actualmente se realizan, se llevan a cabo con una rapidez antes no imaginada, hace más de un siglo los viajes que tomaban varias semanas, sólo para cruzar la frontera, hoy se pueden realizar en unas cuantas horas. Del mismo modo, el acceso instantáneo a la información a través de los medios electrónicos de comunicación, permiten la toma inmediata de decisiones sobre asuntos de especial trascendencia, aún y cuando el Presidente de la República no se encuentre en territorio nacional.

    Como ejemplo de lo anterior, tenemos que hace unos días el Senado de la República concedió permiso al Presidente Vicente Fox Quesada para ausentarse del país por sólo 3 días (13, 14 y 15 de septiembre) a fin de que participara en la 60 Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), por realizarse en Nueva York.3

    De igual forma, dos días más tarde, el Presidente Vicente Fox Quesada ``solicitó permiso al Senado de la República para ausentarse del país del 28 al 30 de septiembre para llevar a cabo una visita de trabajo a Vancouver y Calgary, Canadá. El titular del Ejecutivo federal explicó que su visita tiene tres ejes principales: diálogo político al más alto nivel, diálogo académico-empresarial y diálogo con la comunidad mexicana en la región, para mantener la estrecha colaboración con los principales actores canadienses en los diversos ámbitos'',4 y el día de hoy, 20 de septiembre de 2005, el Senado de la República autorizó5 al Presidente Vicente Fox Quesada, a realizar el viaje comentado con antelación, en vista de que ``representa una oportunidad para ratificar la importancia que Canadá tiene para México, en el ámbito comercial, político y educativo''.6

    Como puede observarse, de manera continua y reiterada, el Ejecutivo federal solicita permiso al Senado para ausentarse del país, toda vez que por los diferentes compromisos internacionales que nuestro país ha adquirido, se hace necesaria su ausencia temporal. Sin embargo, es menester reconocer la tendencia internacional cada vez más generalizada y proponer un régimen que permita al Titular del Ejecutivo Federal ejercer de manera más eficaz las facultades y obligaciones que la propia Constitución le confiere en la conducción de la política exterior y en materia de relaciones internacionales.

    De hecho, un primer esfuerzo en este sentido se realizó en 1966, cuando el Constituyente Permanente reformó el propio artículo 88. La finalidad de la reforma fue conceder a la Comisión Permanente la facultad de otorgar el permiso al Presidente de la República durante los recesos del Congreso de la Unión. Con ello se reconoció un fenómeno que debe tomarse en cuenta al analizar la reforma que ahora se propone: actualmente, la actividad de todo Jefe de Estado en cualquier parte del mundo es cada vez más intensa, por lo que sus visitas a otras naciones, para incrementar y fortalecer las relaciones bilaterales y multilaterales, deben ser cada vez más frecuentes, cosa que se demuestra con las notas periodísticas mencionadas.

    En virtud de lo anterior, esta propuesta procura y hace posible que el Presidente de la República cumpla con mayor oportunidad y eficacia sus obligaciones diplomáticas; al mismo tiempo, la iniciativa trata de respetar el principio que dio origen al actual artículo 88 de la Constitución, pues permite al Congreso de la Unión asegurarse, cuando ello sea necesario, que la ausencia del Presidente de la República del territorio nacional no afecte los asuntos internos del país.

    Por otro lado, la obligación que por mandato constitucional tiene el Ejecutivo Federal para solicitar permiso al Congreso de la Unión para ausentarse del territorio nacional, aunado a la facultad que tiene éste para dirigir la política exterior de nuestro país, requiere la irrestricta colaboración entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, por lo que es necesario crear la posibilidad de que el Ejecutivo pueda ausentarse del territorio nacional por períodos relativamente cortos, sin solicitar el permiso respectivo al Congreso de la Unión, lo que facilitaría la función que en materia de política exterior realiza el Ejecutivo federal, sin que ello implique dejar de informar previa y posteriormente al Congreso de la Unión de las actividades a desarrollar fuera del territorio nacional, lo que permitiría mayor eficacia y agilidad en los viajes internacionales del titular del Poder Ejecutivo.7

    Por las consideraciones anteriormente expuestas, me permito presentar con todo respeto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la presente:

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Primero. Se reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 88. El Presidente de la República podrá ausentarse del territorio nacional hasta por siete días sin permiso del Congreso de la Unión o de su Comisión Permanente; debiendo comunicarlo previamente al órgano legislativo en funciones explicitando los motivos del viaje, para posteriormente enviarle un informe que contenga los logros alcanzados, así como las actividades oficiales que realizó durante su ausencia del territorio nacional.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Notas:

    1 Derechos del pueblo mexicano. México a través de sus Constituciones. Tomo IX. Edit. Miguel Ángel Porrúa. México, 2003, pp. 475-476.

    2 Iniciativa que reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en nombre de integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores y de diversos grupos parlamentarios. Gaceta Parlamentaria, martes 14 de diciembre de 1999.

    3 www.eluniversal.com.mx, de fecha 7 de septiembre de 2005.

    4 www.eluniversal.com.mx, de fecha 14 de septiembre de 2005.

    5 www.eluniversal.com.mx, de fecha 20 de septiembre de 2005.

    6 Ibídem.

    7 Iniciativa que reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el Congreso del estado de Oaxaca. Gaceta Parlamentaria, miércoles 12 de enero de 2000.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil cinco.--- Dip. Ramón Galindo Noriega (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado Galindo Noriega. Se turna la iniciativa presentada a la Comisión de Puntos Constitucionales.


    LEY DE COORDINACION FISCAL

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la voz la diputada Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.

    La diputada Cristina Portillo Ayala: Gracias, señora Presidenta. Compañeras y compañeros diputados: la seguridad pública es una actividad esencial del Estado, intransferible, indelegable. Es una obligación inherente al Estado que deriva de una de sus características esenciales: el monopolio del uso de la fuerza y la coerción para generar las condiciones de seguridad necesarias para el bienestar social en un marco de estricto resguardo de los derechos humanos y colectivos.

    Su objetivo: prevenir y evitar peligros que amenazan a la comunidad y a los particulares. Sus fines: salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, en el entendido de que la tranquilidad y el orden social son indispensables para el progreso y bienestar de la nación.

    Por eso, nuestra Constitución establece en el artículo 21, párrafos quinto y sexto, que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios en los ámbitos de sus respectivas competencias, instancias que se coordinarán en los términos que la ley señale para establecer un Sistema Nacional de Seguridad Pública; es decir, dada nuestra conformación federal, la prevención del fenómeno delictivo es tarea compartida entre los distintos niveles de gobierno, en un espíritu de colaboración, de corresponsabilidad y respetando el ámbito de atribuciones que a cada soberanía compete. Y el Estado mexicano asume así la responsabilidad de mantener y desarrollar un sistema de seguridad pública que incluya tanto la seguridad física como la jurídica de cada ciudadano y del ente social en su conjunto.

    En ese sentido, la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública prevé en los artículos 2 y 4 que el Sistema Nacional de Seguridad Pública se integra con las instancias, los instrumentos, las políticas, las acciones y los servicios previstos en la propia ley tendentes a cumplir los objetivos y fines de la seguridad pública. Por otra parte, la Ley de Coordinación Fiscal, en los artículos 25, fracción VII, y 44, instituye el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal. Indudablemente, la asignación y distribución del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, con cargo a recursos federales, constituyen un gran esfuerzo para fortalecer el federalismo en materia de seguridad pública, en beneficio de los habitantes de los estados, de los municipios y del Distrito Federal.

    Sin embargo, pese a su importancia y el esfuerzo de coordinación realizado entre órdenes de gobierno, han persistido el manejo discrecional y la falta de claridad en la determinación del monto total y la distribución del fondo, lo que año con año ha generado incertidumbre jurídica y financiera a estados y municipios en cuanto a la cuantía y orientación de la inversión en la materia.

    Del mismo modo, la excesiva rigidez normativa para aplicar el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal reduce las posibilidades de aprovechar al máximo los recursos con base en el diagnóstico de necesidades particulares de cada entidad federativa. En efecto, al restringir la ley la aplicación del fondo para financiar exclusivamente el reclutamiento, la selección, la depuración, la evaluación y la formación de los recursos humanos para complementar las dotaciones de agentes del Ministerio Público, peritos, policías judiciales y demás corporaciones policiacas, así como para mantener condiciones adecuadas de equipamiento y mantenimiento y excluir la inversión del capital humano tendente a dignificar las percepciones laborales, se ha provocado una desigualdad en la preparación y capacidad operativa del personal involucrado y de los cuerpos de seguridad pública en las distintas entidades federativas, en detrimento del funcionamiento y la eficacia del sistema nacional.

    Asimismo, se ha ocasionado que los estados tengan que comprometer enormes sumas en este rubro, incluso con cargo a ejercicios futuros, lo que invariablemente afecta en general sus programas de inversión pública. En los hechos, la consecuencia de esas restricciones es que los recursos humanos de la seguridad pública funcionen en el país con múltiples carencias, limitaciones y deficiencias de naturaleza diversa, y que los salarios que recibe no sean acordes con el riesgo y la importancia que recibe la función, pues ante la imposibilidad material por falta de recursos para instrumentar un sistema tabular nacional que uniforme las percepciones entre las diversas corporaciones de seguridad pública, son significativas las diferencias de un estado a otro.

    En ese contexto, la presente iniciativa proyecta reformar y adicionar los párrafos primero y segundo del artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a efecto de que las aportaciones federales con cargo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal que reciban dichas entidades se puedan destinar, entre otros rubros, a dignificar y complementar las dotaciones de agentes del Ministerio Público, peritos, policías judiciales o sus equivalentes de las Procuradurías de Justicia de los estados y del Distrito Federal, de los policías preventivos o de custodia de los centros penitenciarios y de menores infractores. Asimismo, para facultar al Consejo Nacional de Seguridad Pública para autorizar, en el marco de los programas estatales de seguridad pública, la dignificación de las percepciones laborales de agentes del Ministerio Público, los policías judiciales o sus equivalentes, los policías preventivos y de custodia y los peritos de las Procuradurías de Justicia de los estados.

    Flexibilizar de esa manera la inversión de las aportaciones federales con cargo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal coadyuvará a que la asignación de los recursos disponibles se realice con criterios de eficacia y optimización del gasto en seguridad pública, al facilitar la aplicación del presupuesto, considerando las prioridades particulares detectadas por los propios gobiernos de los estados y del Distrito Federal. Ello, a su vez, fortalecerá la coordinación entre los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal y municipales para orientar la distribución de los fondos públicos autorizados y reforzar sus esquemas de seguridad pública, de acuerdo con los requerimientos de cada una de las poblaciones, conforme a su incidencia delictiva y programas de trabajo.

    Agradezco la atención prestada y solicito, señora Presidenta, que instruya a la Secretaría para que el texto íntegro de la exposición de motivos y el contenido de la iniciativa se inserten en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del PRD

    La que suscribe, Cristina Portillo Ayala, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LIX Legislatura, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, iniciativa de decreto que reforma y adiciona el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos 1. La seguridad pública es una actividad esencial del Estado, intransferible, indelegable. Su objeto, prevenir y evitar peligros que amenazan a la comunidad y a los particulares. Sus fines, salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos. En el entendido que la tranquilidad y el orden social son indispensables para el progreso y bienestar de la nación.

    2. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 21, párrafos quinto y sexto, que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios en los ámbitos de sus respectivas competencias, y que se coordinarán en los términos que la ley señale, para establecer un Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    3. A su vez, el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, establece entre sus objetivos rectores el salvaguardar la seguridad pública, proteger y garantizar la libertad, la integridad física y el patrimonio de la población, con apego estricto al marco jurídico y al respeto a los derechos humanos.

    4. Dada nuestra conformación federal, la prevención del fenómeno delictivo es, pues, una tarea compartida entre los distintos niveles de gobierno, en un espíritu de colaboración, de corresponsabilidad y respetando el ámbito de atribuciones que a cada soberanía compete.

    5. En este sentido, la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública prevé, en los artículos 2 y 4, que el Sistema Nacional de Seguridad Pública se integra con las instancias, instrumentos, políticas, acciones y servicios previstos en la propia ley, tendientes a cumplir con los objetivos y fines de la seguridad pública.

    6. Por su parte, la Ley de Coordinación Fiscal, en sus artículos 25, fracción VII, y 44, instituye el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP).

    7. Como consecuencia, el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal se constituye con cargo a recursos federales, mismos que serán determinados anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

    8. Es indudable que la asignación y distribución de dichos recursos constituye un esfuerzo para fortalecer el federalismo en materia de seguridad pública, en beneficio de los habitantes de los estados, municipios y del Distrito Federal. Sin embrago, pese a su importancia y el esfuerzo de coordinación realizado entre órdenes de gobierno, ha persistido el manejo discrecional y la falta de claridad en la determinación del monto total y la distribución del Fondo, lo que año con año ha generado incertidumbre jurídica y financiera en cuanto a la cuantía y orientación de la inversión en la materia.

    9. Del mismo modo, la excesiva rigidez normativa para aplicar el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los estados y del Distrito Federal, reduce las posibilidades de aprovechar al máximo los recursos con base al diagnóstico de necesidades de cada entidad federativa.

    10. En efecto, restringir la aplicación del Fondo para financiar exclusivamente el reclutamiento, selección, depuración, evaluación y formación de los recursos humanos vinculados con tareas de seguridad pública; complementar las dotaciones de agentes de ministerios públicos, peritos, policías judiciales y demás corporaciones policíacas, así como mantener condiciones adecuadas de equipamiento y mantenimiento, excluyendo la inversión en capital humano tendiente a dignificar las percepciones laborales, ha provocado una desigualdad en la preparación y capacidad operativa del personal involucrado y de los cuerpos de seguridad pública en las distintas entidades federativas, en detrimento del funcionamiento y eficacia del sistema nacional. Asimismo, ha ocasionado que los estados tengan que comprometer enormes sumas en este rubro, incluso con cargo a ejercicios futuros, lo que invariablemente afecta en general sus programas de inversión pública.

    11. En los hechos, estas restricciones han provocado que los recursos humanos de la seguridad pública funcionen en el país con múltiples carencias, limitaciones y deficiencias de naturaleza diversa y que los salarios que reciben no sean acordes al riesgo y la importancia que reviste la función, ya que ante la imposibilidad material, por falta de recursos, para instrumentar un sistema tabular nacional que uniforme las percepciones entre las diversas corporaciones, son significativas las diferencias de un estado a otro.

    12. En este contexto, la presente iniciativa proyecta reformar y adicionar los párrafos primero y segundo del artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a efecto de que las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal reciban dichas entidades se puedan destinar, entre otros rubros, a dignificar y complementar las dotaciones de: agentes del Ministerio Público, los peritos, los policías judiciales o sus equivalentes de las Procuradurías de Justicia de los estados y del Distrito Federal, de los policías preventivos o de custodia de los centros penitenciarios y de menores infractores. Asimismo, para facultar al Consejo Nacional de Seguridad Pública a autorizar en el marco de los programas estatales de seguridad pública la dignificación de las percepciones laborales de los agentes del Ministerio Público, los policías judiciales o sus equivalentes, los policías preventivos y de custodia, y los peritos de las procuradurías de justicia de los estados.

    13. Flexibilizar de esta manera la inversión de las aportaciones federales con cargo al FASP, coadyuvará a que la asignación de los recursos disponibles se realice con criterios de eficacia y optimización del gasto en seguridad pública, al facilitar la aplicación del presupuesto considerando las prioridades detectadas por los propios gobiernos de los estados y del Distrito Federal.

    En vista de las anteriores consideraciones, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto que reforma y adiciona el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.

    Artículo Único. Se reforma y adiciona el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

    Artículo 45. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal reciban dichas entidades se destinarán exclusivamente al reclutamiento, selección, depuración, evaluación y formación de los recursos humanos vinculados con tareas de seguridad pública; a dignificar y complementar las dotaciones de: agentes del Ministerio Público, los peritos, los policías judiciales o sus equivalentes de las Procuradurías de Justicia de los estados y del Distrito Federal, de los policías preventivos o de custodia de los centros penitenciarios y de menores infractores; al equipamiento de las policías judiciales o de sus equivalentes, de los peritos, de los ministerios públicos y de los policías preventivos o de custodia de los centros penitenciarios y de menores infractores; al establecimiento y operación de la Red Nacional de Telecomunicaciones e Informática para la Seguridad Pública y el Servicio Telefónico Nacional de Emergencia; a la construcción, mejoramiento o ampliación de las instalaciones para la procuración e impartición de justicia, de los centros de readaptación social y de menores infractores, así como de las instalaciones de los cuerpos de seguridad pública y sus centros de capacitación; al seguimiento y evaluación de los programas señalados.

    El Consejo Nacional de Seguridad Pública podrá autorizar en el marco de los programas estatales de seguridad pública la dignificación de las percepciones laborales de los agentes del Ministerio Público, los policías judiciales o sus equivalentes, los policías preventivos y de custodia, y los peritos de las procuradurías de justicia de los estados.

    Dichos recursos deberán aplicarse conforme a los programas estatales de seguridad pública derivados del Programa Nacional de Seguridad Pública, acordado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, de acuerdo a la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    Serán materia de anexos específicos entre la Federación y los estados y el Distrito Federal, los programas de la Red Nacional de Telecomunicaciones e Informática y el Servicio Telefónico Nacional de Emergencia del Sistema Nacional de Información.

    Los estados y el Distrito Federal proporcionarán al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, la información financiera, operativa y estadística que le sea requerida.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a los 18 días del mes de octubre de 2005.--- Dip. Cristina Portillo Ayala (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias a usted, diputada Portillo Ayala. Y, de acuerdo con su solicitud, favor de insertar en su totalidad el texto de la iniciativa presentada por la diputada Portillo y se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.


    CODIGO PENAL FEDERAL

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la voz nuestra compañera, la diputada Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma el artículo 105 del Código Penal Federal.

    La diputada Angélica de la Peña Gómez: Gracias, señora Presidenta. La prescripción de la acción penal es la cesación de la potestad punitiva del Estado provocada por el transcurso de determinado periodo fijado en la ley. El Estado, en esos casos, declina el ejercicio de su potestad punitiva y el derecho de aplicar determinada pena o hacer ejecutar la pena ya impuesta en un caso concreto, lo que tiene su origen en la necesidad de respetar el principio de seguridad jurídica de las personas. Ante el poder y deber del Estado de aplicar la ley y perseguir el delito, surge también el derecho de resistir ese poder. Por eso, el legislador establece ciertas reglas para limitarlo y proteger a las personas.

    Así, el derecho de defensa y sus derivados, el derecho al debido proceso, base de la seguridad jurídica, es una de las garantías indispensables en una sociedad democrática que busque equilibrar los intereses de los gobernados y los del Estado. Por tanto, la prescripción penal se trata de un instrumento procesal que surge ante la necesidad de garantizar a las personas que no habrá arbitrariedad frente a la prosecución del delito porque ante él opera la plena vigencia de los parámetros objetivos establecidos en la ley y no otros. Existen diversas teorías que fundamentan la existencia de la prescripción; algunas de las razones de orden práctico justifican la existencia de ese instituto con el hecho de que con el transcurso del tiempo la pretensión punitiva se debilita y su ejercicio termina por considerarse inconveniente, tanto desde el punto de vista retributivo y de prevención general como en relación con los fines resocializadores de la pena.

    Conocemos también los fundamentos de origen criminalístico que esgrimen que con el paso del tiempo las evidencias se destruyen o se hace difícil su obtención, lo que complica la instrucción razonable de un proceso. A ello se añade la teoría de que el transcurrir del tiempo borra todo en la memoria de las personas y, por tanto, debe cesar la posibilidad de ser juzgado por un delito que por las razones señaladas y otras más ya no tiene interés procesal ni real para la sociedad. La aplicación de la prescripción y de sus plazos no presenta excepciones ni consideraciones específicas dependiendo del sujeto pasivo al delito sino, únicamente, del tipo de delito y su sanción, de la situación específica del sujeto activo del delito y de los requisitos de procedibilidad específicos para la acción penal.

    Sin embargo, la consideración del sujeto pasivo del delito se vuelve significativa cuando las conductas antisociales son cometidas contra niñas, niños o adolescentes y esto, por diferentes motivos necesariamente, debe afectar la aplicación de la prescripción y de sus plazos. La primera consideración que debemos tomar en cuenta es el interés, es el interés superior de la infancia, es pues un deber del Estado atender, prioritariamente y por sobre cualquiera otros, los derechos de las personas que aún no cumplen 18 años de edad.

    En segundo lugar, la seguridad jurídica es que el debido proceso debe otorgar y que es la garantía de que cuando han sido violadas las libertades básicas de un individuo, éste debe tener la posibilidad de presentar, motu o iure proprio, querella o denuncia, o demanda ante autoridad judicial competente, a fin de que se inicie el ejercicio de la punibilidad, de la acción punitiva del Estado. Esa garantía está limitada en estos casos, ya que cuando la persona ofendida es menor de 16 años, según el Código de Procedimientos Penales, ésta se encuentra legalmente imposibilitada para presentar querella por ella misma y es requisito que quienes ejercen sobre ella la patria potestad o la tutela, presenten la querella respectiva para la iniciación del procedimiento que lleve a la acción penal.

    Esto se vuelve especialmente relevante cuando convergen distintas circunstancias que son comunes en las víctimas de delitos sexuales, debido a que algunas de las reacciones frecuentes que presentan las víctimas de esos delitos son el aislamiento y la culpa. En niñas y en niños sometidos a abusos sexuales, esas reacciones son mucho más severas, ya que no suelen atreverse a mostrar abiertamente lo que les está sucediendo, principalmente por miedo a que el perpetrador, quien usualmente utiliza amenazas para mantener el silencio de la víctima, puede hacer algo contra ellos y, además, porque las niñas y los niños piensan que son ellos quienes han hecho algo malo.

    Por otro lado, no es poco frecuente que las personas que cometen esos delitos contra personas menores de 18 años sean precisamente quienes ejercen la patria potestad o tutela sobre ellos o quienes están ligados familiar o sentimentalmente con quienes la ejercen. Si para las víctimas de esos delitos es difícil revelar la situación que están padeciendo, para las niñas y los niños el silencio constituye incluso un recurso de autodefensa.

    En esas circunstancias, es prácticamente imposible que tales víctimas puedan querellarse y denunciar la conducta ante instancias que usualmente y por cuestiones del nivel cognoscitivo relacionado con su edad desconocen. Por tanto, los fundamentos para la existencia de la prescripción en esos casos son --la verdad, diputados y diputadas-- rebatibles. El Estado no puede renunciar al ejercicio de su potestad punitiva y al derecho de aplicar determinada pena cuando el Estado no tuvo conocimiento del delito dentro del plazo establecido para la extinción de la acción penal, como es el caso del delito contra niñas y niños.

    El derecho al debido proceso es una de las garantías básicas de todo ciudadano. Este derecho incluye la garantía de que el Estado ejerza su potestad punitiva por la defensa de los bienes tutelados cuando el sujeto pasivo del delito se encuentra en la capacidad plena por sí mismo para la denuncia de la conculcación de éstos. Por último, las huellas psicológicas que deja el abuso sexual en una persona menor de 18 años no se borran por el simple transcurso del tiempo: frecuentemente, si la víctima no recibe el tratamiento médico y psicológico adecuado, las repercusiones del abuso se agravan.

    Los síntomas más comunes que presentan las niñas y los niños, las y los adolescentes que han sido abusados sexualmente son manifestaciones ansiosas y depresivas, sentimientos de inseguridad, terror, cambios notorios en la personalidad, falta de confianza, desarrollo de estados fóbicos o de pánico, miedos repentinos, tristeza, culpabilidad y vergüenza. A nivel social, podemos mencionar las fugas, el aislamiento de amigos y de familia, la agresividad excesiva y la hostilidad, ideas o intentos suicidas o conductas autodestructivas, entre muchos otros.

    El abuso sexual sufrido por una niña, por un niño, por un adolescente no se olvida; por tanto, hoy estamos presentando ante esta plenaria la reforma del artículo 105 del Código Penal Federal, que diría --es la adición de un párrafo segundo--: ``Si el delito de que se trate fuere alguno de los establecidos en los Títulos Octavo o Décimo Quinto o los establecidos en el Capítulo VII del Título Décimo Noveno del Libro Segundo de este código o el del tráfico de menores establecido en el artículo 366 Ter y hubiere sido cometido contra una persona menor de 18 años, el plazo para la prescripción comenzará a correr el día en que la víctima u ofendido cumpla la mayoría de edad''.

    Es cuanto, señora Presidenta; le dejo la iniciativa para que, textual, sea inscrita en el Diario de los Debates. Muchas gracias por su atención.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 105 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del PRD

    La suscrita diputada federal Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del PRD, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; presenta a la consideración de esta honorable soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 105 del Código Penal Federal, bajo el tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    La prescripción de la acción penal es la cesación de la potestad punitiva del Estado provocada por el transcurso de un determinado período fijado en la ley. El Estado, en estos casos, declina el ejercicio de su potestad punitiva y el derecho de aplicar una determinada pena, o hacer ejecutar la pena ya impuesta en un caso concreto, lo que tiene su origen en la necesidad de respetar el principio de seguridad jurídica de las personas.

    Ante el poder y el deber del Estado de aplicar la ley y perseguir el delito, surge también el derecho a resistir ese poder y es por eso que el legislador establece ciertas reglas, para limitarlo y proteger al ciudadano.

    Así, el derecho de defensa y sus derivados, el derecho al debido proceso -base de la seguridad jurídica-, es una de las garantías indispensables en una sociedad democrática que busca equilibrar los intereses de las y los ciudadanos y los del Estado, todo dentro del contexto de un sistema democrático de derecho.

    Por tanto, la prescripción penal se trata de un instrumento procesal que surge ante la necesidad de garantizarle al ciudadano que no habrá arbitrariedad frente a la prosecución del delito, porque ante él opera la plena vigencia de los parámetros objetivos establecidos en la ley, y no otros.

    Existen diversas teorías que fundamentan la existencia de la prescripción, algunas de las razones de orden práctico, justifican la existencia de este instituto con el hecho de que, con el transcurso del tiempo, la pretensión punitiva se debilita y termina por considerarse inconveniente su ejercicio, tanto desde el punto de vista retributivo y de prevención general, como en relación con los fines resocializadores de la pena.

    Existen también fundamentos de origen criminalístico que esgrimen que, con el paso del tiempo, se destruyen o se hace difícil la obtención de pruebas, lo que complica la instrucción razonable de un proceso. A ello se añade la teoría de que el paso del tiempo borra todo en la memoria de las personas, y por tanto, el derecho a no estar amenazado indefinidamente por la posibilidad de ser juzgado por un delito que por las razones señaladas y otras más, ya no tiene interés procesal ni real para la sociedad.

    La aplicación de la prescripción y de sus plazos, no presentan excepciones ni consideraciones específicas dependiendo del sujeto pasivo del delito, sino únicamente del tipo de delito y su sanción, de la situación específica del sujeto activo del delito y de los requisitos de procedibilidad específicos para la acción penal. Sin embargo, la consideración del sujeto pasivo del delito se vuelve significativa cuando las conductas antisociales son cometidas en contra de niñas, niños o adolescentes, y esto, por diferentes motivos, necesariamente debe afectar la aplicación de la prescripción y de sus plazos.

    La primera consideración que debemos atender es que cuando la persona ofendida es una persona menor de dieciséis años de edad, ésta se encuentra legalmente imposibilitada para presentar querella por ella misma y es requisito que, quienes ejercen sobre él o ella la patria potestad o la tutela, presenten la querella respectiva para la iniciación del procedimiento que lleve a la acción penal. Esta restricción a la capacidad se encuentra establecida en el artículo 115 del Código Federal de Procedimientos Penales:

    Artículo 115.- Cuando el ofendido sea menor de edad, pero mayor de dieciséis años, podrá querellarse por sí mismo o por quien esté legitimado para ello. Tratándose de menores de esta edad o de otros incapaces, la querella se presentará por quienes ejerzan la patria potestad o la tutela.

    Esto se vuelve relevante cuando convergen diversas circunstancias que son comunes en los delitos sexuales cometidos en contra de personas menores de dieciocho años de edad.

    En primer lugar, una de las reacciones frecuentes que presentan las personas víctimas de delitos sexuales es la culpa. En niñas y niños, esta reacción es mucho más severa, ya que cuando son sometidos a abusos sexuales no suelen atreverse a mostrar abiertamente lo que les está sucediendo, principalmente por miedo a que el perpetrador, quien frecuentemente utiliza amenazas para mantener el silencio de la víctima, pueda hacer algo en contra de ellos y, además, porque las y los niños piensan que son ellos quienes han hecho ``algo malo''.

    Por otro lado, no es poco frecuente que las personas que cometen estos delitos en contra de personas menores de dieciocho años, sean precisamente quienes ejercen la patria potestad o la tutela sobre ellos o estén ligados familiar o sentimentalmente con quienes la ejercen. Si para las víctimas de estos delitos es difícil revelar la situación que están padeciendo, para las niñas y los niños el silencio constituye, incluso, un recurso de autodefensa, es, por tanto, prácticamente imposible que las víctimas puedan querellarse o denunciar la conducta ante instancias que usualmente y por cuestiones de edad, desconocen.

    Los fundamentos para la existencia de la prescripción son, en estos casos, fácilmente rebatibles:

    1. El Estado no puede renunciar al ejercicio de su potestad punitiva y al derecho de aplicar una determinada pena, cuando el Estado no pudo conocer del delito dentro del plazo establecido para la extinción de la acción penal.

    2. El derecho al debido proceso es una de las garantías básicas de todo ciudadano, este derecho incluye la garantía de que el Estado ejerza su potestad punitiva por la defensa de los bienes tutelados, cuando el sujeto pasivo del delito se encuentra en la capacidad plena para la denuncia de la conculcación de estos.

    3. Las evidencias de los delitos sexuales que pudieran ser objeto de pérdida por el transcurso del tiempo son las evidencias serológicas, mismas que sufren un deterioro considerable antes de la prescripción actual del delito, por lo que podemos discriminar la pérdida de estas evidencias ya que, por el contrario, las precisiones de modo, tiempo y lugar que puede dar el sujeto pasivo del delito al superar la etapa crítica de la niñez y la adolescencia son mucho más importantes para la instrucción del proceso.

    4. Por último, las huellas psicológicas que deja un abuso sexual en una persona menor de dieciocho años de edad no se borra por el simple transcurso del tiempo, frecuentemente si la víctima no es recibe un tratamiento médico y psicológico adecuado, las repercusiones del abuso, se agravan. El abuso sexual sufrido por una niña, niño o adolescente NO SE OLVIDA.

    Por lo antes expuesto.

    Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; me permito poner a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto

    Artículo Primero.- Se adiciona un párrafo segundo al artículo 105 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 105.- ...

    Si el delito de que se trate fuere alguno de los establecidos en los títulos octavo o decimoquinto del libro segundo de este Código y hubiese sido cometido en contra de una persona menor de 18 años de edad, el plazo para la prescripción comenzará a correr a partir del día en el que la víctima u ofendido cumpla la mayoría de edad.

    Transitorios

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro el 18 de octubre de 2005.--- Dip. Angélica de la Peña Gómez (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, Angélica de la Peña Gómez. Y, de acuerdo con su solicitud, favor de insertar el texto íntegro en el Diario de los Debates de la iniciativa presentada y se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.


    LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la voz nuestro compañero, el diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar iniciativa que reforma el artículo 14 de la Ley General de Bienes Nacionales.

    El diputado Jesús Porfirio González Schmal: Con su anuencia, diputada Presidenta.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 14 de la Ley General de Bienes Nacionales.

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto que reforma y adiciona el artículo 14 de la Ley General de Bienes Nacionales, al tenor de la siguiente:

    Exposición de Motivos

    El objeto de esta ley no es sólo la preservación de los bienes de la nación dentro del patrimonio de los mexicanos sino, también, su correcta y legítima utilización para beneficio de la nación, considerando que en el Ejecutivo recae la gran responsabilidad sobre las condiciones en que éstos se vendan, o bien se concesionen cuidando escrupulosamente su correcto aprovechamiento, el plazo de la cesión, las contraprestaciones equitativas y la protección jurídica para la soberanía de la nación.

    El manejo discrecional que se ha realizado de los bienes del Estado, por parte del Ejecutivo, ha permitido que mediante actos unilaterales de éste, se realicen concesiones, desincorporaciones y enajenaciones que en la mayoría de las veces han carecido de transparencia y por lo tanto no satisfacen esta demanda social irrenunciable. Operaciones éstas que evidentemente han significado una gran lesión a las finanzas públicas, tanto por los bajos ingresos producto de la venta, contra valores reales y potenciales o los generados por la explotación de los mismos, que en ocasiones ha llegado incluso al otorgamiento de la transferencia de recursos fiscales que han producido exorbitante riqueza a nacionales o extranjeros favorecidos por el poder público. Es obvio que ello ha creado un justo ambiente de desconfianza con respecto a la política gubernamental en esta materia resultando una vez más la frustración nacional por la repetición de la práctica de considerar el patrimonio público del país, como propiedad privada del Ejecutivo Federal que le sirve para pagar favores o comprar participación en negocios futuros.

    Sobre lo anterior, podemos referirnos a las subastas habidas de los bancos, los ferrocarriles y las concesiones para la operación de los aeropuertos; todos ellos a favor de negociantes extranjeros.

    En el pasado inmediato, esta responsabilidad ha recaído principalmente en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante la unidad intersecretarial de desincorporación, cuyo desempeño evidentemente ha sido con los resultados anotados.

    Los excesos generaron corrupción y abuso, las entidades paraestatales pasaron de 1,155 en 1982 a 219 en 1997, la desincorporación de empresas y activos bajo la justificación de intentar sanear las finanzas públicas provocó que el país transitara por un camino saturado de falsas expectativas, se buscó que la privatización de empresas del Estado fuera uno de los mecanismos para lograr el ajuste en las finanzas que apoyara la estabilización de la economía, al eliminar una importante fuente de gastos e ineficiencia. La realidad ha sido contraproducente porque no se han incrementado los ingresos fiscales que debían entregar los adquirentes beneficiarios y si se ha reducido la planta de empleo y actividad económica, que al final de cuentas acentuó la dependencia de México de los recursos provenientes de la venta de petróleo o bien, de las transferencias de los conciudadanos radicados en los Estados Unidos.

    El gobierno en un principio constituyó empresas estratégicas para dinamizar la economía o adquirió empresas con problemas de financiamiento de diversa índole para así mantener la planta laboral, posteriormente las vendió para intentar sanear sus finanzas. Aspiración que, a la vista de todos, no se ha cumplido, sufriendo en cambio la pérdida de buena parte de nuestra riqueza nacional.

    A consecuencia de la desatinada administración salinista, en especial en lo relativo a las autopistas después recompradas o bien, en el otorgamiento de concesiones (bancos), es necesario no dejar de advertir al Ejecutivo que los bienes propiedad de la Nación no pertenecen a ningún gobernante en turno y por lo tanto, la administración tampoco pertenece a su voluntad caprichosa. Las ventas o concesiones que de ahora en adelante se pretendan desincorporar, deben generar confianza y certidumbre, y esto sólo se puede lograr si todas las operaciones se realizan con plena transparencia, así como también garantizar el compromiso acerca de la vigilancia y rendición de cuentas de las concesiones existentes, las que es sabido, fueron y están siendo beneficiadas por legislaciones modificadas con toda intención, resultando un grave perjuicio al erario así como un riesgo para la soberanía nacional.

    Sirva citar como botón de muestra al Grupo Aeroportuario del Pacífico, mismo que, de los aeropuertos de Tijuana, Mexicali, La Paz y San José del Cabo entre otros, no acepta pagar el impuesto predial correspondiente a las propiedades que ocupan las instalaciones concesionadas, ya que según su interpretación corresponde al Gobierno Federal, como dueño de las mismas, negándose a acatar lo dispuesto por el artículo 14 de la ley que nos ocupa, materia de la presente iniciativa.

    Con lo anterior, nos remitimos al artículo 14 de la ley en comento, que es necesario modificar, y que a la letra dice:

    ``Las entidades o los particulares que, bajo cualquier título, utilicen inmuebles sujetos al régimen de dominio público de la Federación en fines administrativos o con propósitos distintos a los de su objeto público, estarán obligados a pagar las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria''

    Es por ello que, como resultado de su controvertida y ambigua interpretación, me permito presentar la siguiente:

    Iniciativa de reforma

    Único. Se reforma y adiciona el artículo 14, de la Ley General de Bienes Nacionales.

    Artículo 14.- Las entidades o los particulares que, bajo cualquier título, utilicen inmuebles sujetos al régimen de dominio público de la Federación estarán obligados a pagar las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, por su posesión permanente o temporal.

    Corresponderá a los Congresos de los Estados por convenio con la Federación o de mutuo propio, otorgar la exención a aquellos inmuebles cuyo interés por el servicio público prestado, lo amerite y se posibilite en términos de sus propios presupuestos fiscales.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 13 días del mes de octubre de dos mil cinco.--- Dip. Jesús González Schmal (rúbrica).»

    Es todo, diputada Presidenta. Muchas gracias.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputado González Schmal. Y se turna a la Comisión de Gobernación la iniciativa presentada.

    A petición del diputado Isidro Camarillo Zavala, se pospone su propuesta de iniciativa para próxima sesión.


    LEY ORGANICA DEL CONGRESO

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene la palabra nuestra compañera, la diputada Mayela Quiroga Tamez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    La diputada Mayela Quiroga Tamez: Gracias, diputada Presidenta, con su permiso.

    «Iniciativa que reforma el artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Mayela Quiroga Tamez, diputada de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita que se turne a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa:

    Exposición de Motivos

    La labor legislativa es una labor que exige y requiere siempre del análisis y conocimiento profundo de diversas ciencias, no solamente de la ciencia jurídica, a las que agregando el sentido común y el sentido de la justicia, producen una mejor elaboración de la norma jurídica en beneficio de la sociedad. Esa labor legislativa recae en el legislador, quien para elaborar una ley equitativa, justa e idónea, se auxilia de comisiones legislativas ordinarias que divididas por materias, elaborarán dictámenes para darle cauce, dimensión y viabilidad, ya que los integrantes de dichas comisiones se caracterizan por estar especializados en las diferentes ramas de la ciencia de acuerdo a la materia que se les haya asignado.

    Empero, acontece que en variadas ocasiones las leyes elaboradas y perfeccionadas por las comisiones legislativas, no resultan ser documentos jurídicos que de una forma u otra definan adecuadamente en su justo equilibrio y medida, las relaciones entre los entes objeto de dichas leyes. Por ello, es de suma importancia que antes que un dictamen legislativo que proviene de una comisión legislativa que está lista para pasar al Pleno de la Cámara de Diputados, sea analizado y examinado por un órgano técnico legislativo que aporte su opinión acerca de la calidad técnica del proyecto de ley o del dictamen que lo aprueba, apreciando su claridad, sencillez, congruencia, correcta formulación, apropiada redacción, armonía sistemática con la legislación u otras normas relevantes, así como los medios de ejecución de la ley, perfeccionando el proyecto de ley o dictamen.

    El órgano facultado para emitir una opinión consultiva para las comisiones legislativas es el Comité a través del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP), toda vez que constituye el órgano de apoyo técnico, de carácter institucional no partidista que tiene como propósito generar y proveer información, datos y documentación especializados a legisladores, órganos parlamentarios y personal técnico-parlamentario, así como realizar estudios e investigaciones sobre los ámbitos legislativo y parlamentario, a fin de contribuir al eficaz funcionamiento de la Cámara de Diputados. Además, entre las diversas funciones y tareas que tiene encomendadas el Comité del Centro en cita, está la relativa a llevar a cabo investigaciones y estudios jurídicos de carácter histórico, comparativo y sociojurídico sobre instituciones parlamentarias, instituciones públicas, derecho público, derecho privado, derecho social y, en general, sobre cualquier rama o disciplina afín, que contribuyan al ejercicio de las funciones legislativas.

    Las facultades asignadas al Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, así como su naturaleza jurídica, permiten sin duda alguna que sea el órgano adecuado para llevar a cabo la tarea de opinar sobre los proyectos de ley y dictámenes elaborados y aprobados por la mayoría de los integrantes de las comisiones legislativas. Es decir, una vez que la comisión legislativa ha aprobado por mayoría de sus integrantes un dictamen, lo envía para su conocimiento al Comité, quien tendrá ocho días para emitir su opinión consultiva en relación al proyecto de ley o dictamen, a partir del día de la petición hecha por la comisión consultante, plazo que podrá modificarse si hay acuerdo entre las partes debido a la importancia de la iniciativa para poder coadyuvar en una buena investigación.

    Una vez elaborada la opinión consultiva por parte del Comité, la remitirá a la comisión consultante para que pondere y examine las condiciones expuestas en los comentarios del Comité, por lo que de inmediato la comisión consultante la remitirá al Pleno de la Cámara, señalando desde luego, las razones en su dictamen.

    La función de emitir una opinión consultiva por parte del Comité, refuerza, enriquece y depura el dictamen o proyecto de ley, evitando por ende, que las leyes que sean aprobadas por la Cámara de Diputados generen un bastión de amparos o lagunas en la norma jurídica y con ello poder alcanzar mayor justicia y orden en la sociedad, procurando que quede jurídicamente plasmado el espíritu del legislador.

    Dado que el mecanismo de revisión técnica de los dictámenes y proyectos de ley sería exclusivo de la Cámara de Diputados, se ha considerado que la reforma debe incidir en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en el Título Segundo relativo a la organización y funcionamiento de la Cámara de Diputados, en el artículo 46 que regula los Comités de la Cámara de Diputados. No se altera el proceso legislativo, en cuanto a que la consulta dirigida al Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, es en todo caso potestativa para las comisiones de dictaminación. Con toda seguridad la instancia técnica de revisión coadyuvará a abatir el rezago de que adolece el trabajo legislativo.

    En virtud de las consideraciones anteriores, es indispensable llevar a cabo una reforma al Artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 71, fracción II e la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente:

    Iniciativa que reforma el artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en los siguientes términos:

    Único.- Se reforma el artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos como sigue:

    ``Artículo 46.

    1. ...

    2. ...

    3. ...

    4. Durante el primer mes de ejercicio de cada legislatura se integrará el Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, compuesto por el número de integrantes que decida el Pleno, y ante el cual las Comisiones encargadas de un asunto podrán requerir una opinión a propósito del dictamen que recaiga sobre una iniciativa de ley o decreto.

    El Comité, ``limitándose a consideraciones de sistemática y técnica legislativa'', formulará su opinión consultiva dentro de un plazo de ocho días a partir de la recepción de la petición, pronunciándose sobre la calidad técnica de los textos de los proyectos de ley o dictámenes, su claridad, sencillez, congruencia, constitucionalidad, correcta formulación, armonía sistemática con la legislación, así como los medios de ejecución de la ley. El término será susceptible de prorrogarse acordado con la comisión consultante en función de las necesidades y naturaleza de la consulta.

    La opinión consultiva emitida por el Comité acompañará al dictamen cuando sea presentado en el pleno. El Comité también atenderá las consultas hechas por la Mesa Directiva de la Cámara y por la Junta de la Coordinación Política.''

    Transitorio

    Único.- Las disposiciones de este decreto entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2005.--- Dip. Mayela Quiroga Tamez (rúbrica).»

    La diputada Mayela Quiroga somete a la consideración para que sea turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Muchas gracias, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputada Quiroga Tamez. De acuerdo con la solicitud de la proponente, se turna la iniciativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

    A solicitud de las diputadas Margarita Zavala y Adriana González Furlong y del diputado Guillermo Tamborrel, todos del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, se pospone la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


    LEY FEDERAL DE DERECHOS - LEY DE COORDINACION FISCAL

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia, tiene el uso de la palabra nuestro compañero diputado Rafael Flores Mendoza, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal.

    El diputado Rafael Flores Mendoza: Con su venia, señora Presidenta. El suscrito, diputado federal Rafael Flores Mendoza, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta al honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se reforma el artículo 263 de la Ley Federal de Derechos y se adiciona un párrafo undécimo al artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a efecto de fortalecer el federalismo fiscal en materia de derechos mineros, conforme a la siguiente exposición de motivos:

    En los últimos años, la industria minera mexicana ha vuelto a caracterizarse por ser uno de los sectores más dinámicos y productivos del país. A diferencia de lo sucedido en décadas pasadas, a partir de la segunda mitad de los noventa el sector ha experimentado un crecimiento constante. Así, en 2004 el valor anual promedio de la producción mexicana ascendió a 42 mil 883 millones de pesos, lo que representa a precios corrientes un aumento de 40.4 por ciento respecto a 2003.

    De acuerdo con información proporcionada por la Cámara Minera, esta industria representa 1.6 por ciento del Producto Interno Bruto y ha recibido en los últimos siete años una inversión del orden de 4 mil millones de dólares, contribuyendo con más de 250 mil empleos permanentes y 750 mil temporales. En 2004, 78 por ciento del valor total de la producción minera nacional fue aportado por seis entidades federativas: Sonora, que aportó 22 por ciento; Coahuila, con 19 por ciento; Zacatecas, con 17.2 por ciento; Chihuahua, con 7.3 por ciento; San Luis Potosí, con 6.5 por ciento; y el estado de Durango, con 6.3 por ciento. Dicha producción incluye 14 minerales dentro de los 10 primeros lugares en el mundo. Nuestro país es el primer productor mundial de plata, segundo productor mundial de bismuto y fluorita, cuarto productor mundial de arsénico y cadmio, quinto productor de barita y plomo, sexto productor mundial de zinc, séptimo productor de grafito y sal, octavo productor de manganeso, noveno productor de yeso y décimo productor mundial de feldespato.

    A esa expansión y crecimiento se suma un importante proceso de modernización, con un saldo favorable en el crecimiento de los volúmenes de producción; pasando de 98.3 miles de toneladas en 2003 a 121.7 en 2004. Asimismo, en el último año la minería creció a ritmos elevados, no sólo por el impulso que recibió del aumento del precio del petróleo sino, también, por el incremento de los precios de diversos minerales en el mercado mundial. En particular en 2004, la producción minera se expandió a un ritmo anualizado cercano a 8.6 por ciento, muy superior al crecimiento del Producto Interno Bruto medio nacional. No obstante lo anterior y a pesar de que en algunos estados y municipios la minería es la principal actividad productiva y de más larga tradición, la riqueza generada por la industria minera no se traduce en mayor desarrollo económico de sus habitantes.

    Por supuesto, nos llena de satisfacción la nueva bonanza minera, ya que --como se señaló-- reporta indudables beneficios para el sector y la industria. Sin embargo, a diferencia de lo que solía ocurrir en siglos pasados, la industria minera genera poco o nulo derrame económico donde se practica y sólo genera gastos, que tienen que ser soportados en su mayoría por los gobiernos estatales y los municipales, quienes con sus exiguos recursos llevan la carga en todos los servicios, en electricidad, en agua potable, en carreteras, saneamiento ambiental, etcétera.

    Lo anterior, en virtud de que los derechos sobre minería son de carácter federal y los 31 estados y el Distrito Federal reciben a través del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal tan sólo 20 por ciento de lo recaudado. Esto es, considerando que su recaudación en el ejercicio fiscal de 2004 promedió 379.5 millones de pesos, las 32 entidades federativas sólo percibieron 75 millones de pesos por distribuirse entre ellas, cantidad insuficiente para resarcir a los estados y a los municipios mineros respecto de los gastos y daños señalados. En contraste, los municipios colindantes con las fronteras o los litorales, por los que se realiza materialmente la importación o exportación de bienes y mercancías e hidrocarburos, son resarcidos con un porcentaje adicional en el marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

    En consecuencia, los diputados del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática proponemos emprender una reforma fiscal que revalore en un marzo resarcitorio la importancia que tiene la recaudación fiscal para un desarrollo económico y social sustentable, en el marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Por ello consideramos inaplazable crear condiciones para que la explotación de los yacimientos mineros vuelva a ser elemento detonador del desarrollo económico de nuestras comunidades mineras, ya que tales recursos permitirían atender la preservación y el mejoramiento del ambiente y enfrentar los costes en infraestructura y servicios como elemento fundamental para alcanzar un desarrollo sustentable, que garantiza mejores condiciones de vida para las generaciones presentes y las futuras.

    Asimismo, es menester señalar que el procedimiento vigente para determinar el derecho establece una cuota fija que combina el tamaño del área concesionada o asignada con la antigüedad de la misma. Sin embargo, la recaudación obtenida por ese mecanismo es verdaderamente exigua, poco equitativa y promotora de fenómenos de especulación bursátil.

    En el último punto, es necesario resaltar que las grandes empresas transnacionales suelen denunciar la existencia de yacimientos minerales en enormes yacimientos territoriales, con el único propósito de aumentar artificialmente el valor de sus activos y, en consecuencia, el valor de sus acciones con fines de especulación bursátil.

    Por lo anterior se propone introducir un nuevo sistema de cuotas fijas, más altas y equilibradas, que no distinguen entre concesiones y asignaciones de exploración y concesiones de explotación, atendiendo exclusivamente al tamaño del área concesionada o asignada, con lo cual se buscaría promover la inmediata explotación de los terrenos y mayor eficiencia recaudatoria, y evitar la obtención de concesiones exploratorias con meros fines especulativos. Por tal motivo se propone reformar el artículo 263 de la Ley Federal de Derechos para modificar la base gravable del derecho sobre la exploración y explotación de concesiones y asignaciones mineras, estableciendo cuotas semestrales graduales, que inician con 3 mil 750 pesos hasta por 150 hectáreas y que culminan con 10 millones de pesos por 50 mil hectáreas en adelante.

    Asimismo, se propone adicionar el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal para otorgar a las entidades federativas 50 por ciento de la recaudación de dicho tributo, asegurando a los municipios cuando menos 20 por ciento de dicha participación. Sería cuanto, señora Presidenta; y solicitaría que se integrara el texto íntegro de esta iniciativa en el Diario de los Debates.

    «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Rafael Flores Mendoza, del grupo parlamentario del PRD

    El que suscribe, diputado Federal Rafael Flores Mendoza, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LIX Legislatura, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 263 de la Ley Federal de Derechos y se adiciona un undécimo párrafo al artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, para el fortalecimiento del federalismo fiscal en materia de minería, conforme a la siguiente:

    Exposición de Motivos

    En los últimos años, la industria minera mexicana ha vuelto a caracterizarse por ser uno de los sectores más dinámicos y productivos del país. A diferencia de lo sucedido en décadas pasadas, a partir de la segunda mitad de los noventas, el sector ha experimentado un crecimiento constante. Así, en el 2003, el valor anual promedio de la producción mexicana ascendió a los 31 mil 143 millones de pesos, lo que representa a precios corrientes, un aumento del 19.2 por ciento con respecto al año 2002.

    De acuerdo con información proporcionada por la Cámara Minera, esta industria representa el 1.6 por ciento del Producto Interno Bruto y ha recibido, en los últimos siete años, una inversión del orden de los 4 mil millones de dólares, contribuyendo con mas de 250 mil empleos permanentes y 750 mil temporales.

    En el 2003, el 78% del valor de la producción nacional fue aportado por los siguientes minerales: cobre 20 por ciento; plata 16 por ciento; zinc 13 por ciento; oro 9 por ciento; carbón mineral y coque 7 por ciento cada uno; y manganeso con 6 por ciento.

    Durante ese mismo año, el 78.1 por ciento del valor total de la producción minera nacional fue aportado por seis entidades federativas que son: Sonora, con el 22 por ciento; Coahuila, con el 19 por ciento; Zacatecas, con el 17.2 por ciento; Chihuahua, con el 7.3 por ciento; San Luis Potosí, con el 6.5 por ciento; y Durango con el 6.3 por ciento.

    Dicha producción nacional incluye 20 minerales dentro de los 15 primeros lugares en el mundo. Nuestro país, es el primer productor mundial de celestina y plata; segundo productor mundial de bismuto y fluorita; cuarto productor mundial de arsénico, cadmio y wollastonita; quinto productor de barita y plomo; sexto productor de zinc y diatomita; séptimo productor de grafito, molibdeno y sal; octavo productor de manganeso; noveno productor de yeso; décimo productor mundial de feldespato; undécimo productor de cobre; y duodécimo productor de azufre.

    Actualmente, a nivel mundial, la minería está iniciando un ciclo expansivo, en el que el precio de un gran número de ``commodities'' mineros están alcanzando niveles no vistos en décadas. Y es aquí donde reside el gran valor de oportunidad.

    En este contexto, a la actual etapa de expansión y crecimiento se le suma un importante proceso de modernización, con un importante saldo favorable en el incremento de los volúmenes de producción pasando de 98.3 miles de toneladas a 121.7 en el 2004. Asimismo, en el último año, la minería creció a ritmos elevados, no sólo por el impulso que recibió del aumento en los precios del petróleo crudo, sino también por el incremento de los precios de diversos minerales en el mercado mundial.

    En particular, en el último trimestre de 2003, la producción minera se expandió a una tasa anual de 5.3 por ciento. En cifras ajustadas por estacionalidad, la producción minera se incrementó a una tasa de 2.09 por ciento con respecto al nivel del trimestre inmediato anterior, es decir, a un ritmo anualizado de 8.6 por ciento; muy superior a crecimiento medio nacional.

    No obstante lo anterior, y a pesar de que en algunos estados y municipios, la minería es la principal actividad productiva y de más larga tradición, la riqueza generada por la industria minera no se traduce en un mayor desarrollo económico de sus habitantes.

    Por su puesto que nos llena de satisfacción la ``nueva bonanza minera'' ya que, como se señaló, reporta indudables beneficios para el sector y la industria. Sin embargo, a diferencia de lo que solía ocurrir en siglos pasados, la industria minera genera poco o nulo derrame económico donde se practica y sólo genera gastos que tiene que ser soportados en su mayoría por los gobiernos estatales y municipales, quienes, con sus exiguos recursos, llevan la carga en carreteras, electrificación, agua, saneamiento ambiental e infraestructura en general.

    No obstante lo anterior, en razón del carácter federal de los derechos sobre la minería, los 31 estados y el Distrito Federal reciben a través del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, tan solo el 20 por ciento de lo recaudado; esto es, considerando que su recaudación en el ejercicio fiscal del año 2004 promedió 379.5 millones de pesos mensuales, las 32 entidades percibieron aproximadamente 75 millones de pesos a repartirse entre ellas, por formar parte de la Recaudación Federal Participable, cantidad insuficiente para resarcir a los estados y municipios mineros, respecto de los gastos señalados.

    En comparación, los municipios colindantes con las fronteras o los litorales por los que se realiza materialmente la importación o exportación de bienes y mercancías en general, e hidrocarburos, son resarcidos con un porcentaje adicional en el marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

    En consecuencia, los diputados del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proponemos emprender una reforma fiscal que revalore, en un marco resarcitorio, la importancia que tiene la recaudación fiscal para un desarrollo económico y social sustentable, en el marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

    Es por esto que consideramos inaplazable crear las condiciones para que la explotación de los recursos mineros vuelva a ser el elemento detonador del desarrollo económico de nuestras comunidades mineras, además de que tales recursos les permitirían atender a la preservación y mejoramiento del ambiente como elemento fundamental para alcanzar un desarrollo sustentable, que garantice mejores condiciones de vida para las generaciones presentes y futuras.

    Asimismo, es menester señalar que el procedimiento vigente para determinar el derecho, establece una cuota fija que combina el tamaño del área concesionada o asignada con la antigüedad de las mismas. Sin embargo, la recaudación obtenida por mecanismo es verdaderamente exigua, poco equitativa y promotora de fenómenos de especulación bursátil. En este último punto, es menester señalar que las grandes empresas trasnacionales suelen denunciar la existencia de yacimientos minerales en enormes extensiones territoriales con el único propósito de aumentar sustancial y artificialmente el valor de sus activos y, consecuentemente, el valor de sus acciones, con fines de especulación bursátil.

    En vista de lo anterior, se propone introducir un nuevo sistema de cuotas fijas más altas y equilibradas, que no distinga entre concesiones y asignaciones de exploración y concesiones de explotación, atendiendo exclusivamente al tamaño del área concesionada o asignada, con lo cual se buscaría promover la inmediata explotación de los terrenos, una mayor eficiencia recaudatoria y evitar la obtención de concesiones exploratorias con fines de especulación.

    Por tal motivo, se propone también reformar el artículo 263 de la Ley Federal de Derechos para modificar la base gravable del derecho sobre la exploración y explotación de concesiones y asignaciones mineras.

    Asimismo, se propone adicionar el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal para otorgar a las entidades federativas el 50 por ciento de la recaudación de dicho tributo, asegurando a los municipios, cuando menos, el 20 por ciento de dicha participación.

    Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente:

    Iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 263 de la Ley Federal de Derechos y se adiciona un undécimo párrafo al artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, para el fortalecimiento del federalismo fiscal en materia de minería, conforme a lo siguiente:

    Primero.- Se reforma el artículo 263 de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

    Artículo 263.- Los titulares de las concesiones y asignaciones mineras pagarán semestralmente, por cada hectárea o fracción concesionada o asignada, derechos sobre minería de acuerdo con las cuotas siguientes:

    Segundo.- Se adiciona el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal con un undécimo párrafo, para quedar como sigue:

    Artículo 2o. ...

    Las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal donde se realicen actividades mineras participaran del 50% de la recaudación que se obtenga por concepto de derechos sobre la minería, el cual se distribuirá en función del porcentaje que represente su recaudación en cada una de ellas, para lo cual deberán suscribir con la Federación el convenio correspondiente. Los municipios participarán, cuando menos, del 20% de su recaudación.

    Transitorios

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 20 días del mes de octubre de dos mil cinco.--- Dip. Rafael Flores Mendoza (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Con mucho gusto, diputado Flores Mendoza. Y, de acuerdo con su solicitud, favor de insertar íntegro el texto en el Diario de los Debates de la iniciativa presentada por el diputado Flores y se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    A solicitud del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se pospone la iniciativa del diputado Jorge Kahwagi Macari para reformar los artículos 4, 166, 223 y 264 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


    LEY DE AEROPUERTOS

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Asimismo, informamos a la Asamblea que se recibió del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia, iniciativa que reforma el artículo 27 de la Ley de Aeropuertos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 27 de la Ley de Aeropuertos, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia

    Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley de Aeropuertos, al tenor de la siguiente:

    Exposición de Motivos

    Desde el periodo presidencial 1989-1994, y ante la disyuntiva entre eficientar la empresa pública o su privatización, el Gobierno Federal decidió esta última.

    A principios de 1995, el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 plantea la ``...reestructuración del sistema aeroportuario mexicano...'', que culmina con la publicación, en el Diario Oficial de la Federación del 22 de diciembre de 1995, de la nueva Ley de Aeropuertos. Con esta ley, que abre la puerta a la inversión privada en la operación aeroportuaria por la vía de la concesión, el gobierno mexicano pretendía:

  • Generar empleos;

  • Contribuir al desarrollo regional;

  • Incorporar tecnologías de punta;

  • Aumentar la eficiencia de los servicios aeroportuarios;

  • Contribuir al aumento del ingreso de divisas al país; y

  • Realizar lo anterior preservando el equilibrio del medio ambiente.

    Lo que ha sucedido después de casi siete años de concesión del Grupo Aeroportuario del Pacífico (GAP), difiere diametralmente de estas expectativas y, paradójicamente, la privatización del sistema aeroportuario mexicano le ha costado y le seguirá costando en diversos aspectos a los mexicanos, debido a que:

    - La creación inicial de las empresas concesionarias fue pagada con presupuesto federal.

    - Se les pagan millones de dólares anuales por asistencia técnica y transferencia de tecnología, sin evidenciarse dicha inversión.

    - Reciben el 1% de comisión por la venta de turbosina de todo avión que aterriza en los aeropuertos concesionados.

    - Beneficiados por cambios en materia de depreciación, por concepto de devolución de impuestos, recursos casi suficientes para cumplir con sus compromisos de inversión por el año 2002.

    - No se incluyó, en los paquetes de aeropuertos, a los menos desarrollados y con altos requerimientos de inversión.

    - El Derecho de Uso de Aeropuerto (DUA), fue modificado a Tarifa de Uso de Aeropuerto (TUA) para trasladar a los concesionarios íntegramente este ingreso fiscal.

    - No se ha invertido lo comprometido ni en montos, ni en tiempos, ni hay señales de modernización.

    - Recibieron dividendos por un ejercicio anterior al inicio de la concesión.

    Después de casi siete años los avances han sido mínimos y se desconoce el cumplimiento de los compromisos plasmados en el contrato de concesión, por contra:

  • Recortaron personal.

  • No pagan las contribuciones locales en impuesto predial, ni derechos por servicio de agua y drenaje.

  • Han incumplido la normatividad ambiental.

  • Los usuarios han sido víctimas de un servicio de baja calidad al verse obligados en ocasiones a sentarse en el piso; no se actualizan los monitores informativos de salidas y llegadas de vuelos. En el aeropuerto de Tijuana, por ejemplo, se canceló el puente peatonal al estacionamiento al igual que la única salida de emergencia que existía. Todo ello sin perjuicio de seguir presionando y amenazando a los locatarios, intentando y logrando aumentos de hasta el 500% en los arrendamientos.

  • Carecen de servicios médicos y ambulancia para atender emergencias de usuarios y personal de servicio. Han ocurrido decesos de personas sin el mínimo auxilio médico necesario.

  • A pesar de las múltiples quejas y contraviniendo a lo establecido por la Ley que nos ocupa, sostuvo por varios meses a un administrador con juicios penales en su contra.

  • Se ostentan como dueños, olvidando que están operando una empresa con capital mayoritariamente estatal, prueba de ello, es que por años dejaron de izar la bandera nacional y retiraron el nombre oficial, que por decreto, llevan las terminales concesionadas.

  • Contratación irregular de servicios públicos.

  • Inseguridad, permitiendo ambulantaje y sin mantenimiento en sanitarios públicos, así como en zonas riesgosas como en dónde se ubican los depósitos de turbosina.

    Frente a tales experiencias negativas al interés nacional, se impone ahora a este órgano legislativo asumir la responsabilidad de aportar los instrumentos legislativos pertinentes para contener la inercia clara del perjuicio y detrimento del patrimonio público en específico respecto de las instalaciones aeroportuarias en el territorio nacional.

    En esta línea, se hace imperativo que reaccionemos en la revisión del texto de la ley de la materia en vigor que fue elaborada con el premeditado propósito de proteger al concesionario ante la autoridad aeroportuaria, cuando existiendo causas y razones para imponer sanciones y aún la revocación, se le limite a ésta facultades para actuar en la defensa del servicio, la seguridad y el cumplimiento de los objetivos nacionales en esta crucial área de la transportación.

    En tal virtud se requiere una indispensable adecuación legislativa para suprimir las limitaciones que indebidamente se impusieron a la autoridad aeroportuaria (Dirección General de Aeronáutica Civil) para proceder a sancionar, aún con la revocación, el incumplimiento de los dispositivos de la ley de la materia que justamente preservan la seguridad de la operación y por consiguiente de las personas o usuarios del servicio.

    Es en estas condiciones que se requiere explicitar la facultad de la autoridad para proceder en casos de infracción a la ley, suprimiendo las taxativas que sin mayor razón que las de favorecer al concesionario se establecieron en la norma original en la que seguramente obraron intereses obscuros, ya que resulta contrario al más elemental sentido de seguridad el que en el caso de las fracciones VII a la XV la autoridad tuviera que esperar la acumulación de tres faltas graves para que pudiera revocar la concesión.

    Por lo expuesto, me permito presentar la siguiente:

    Iniciativa de Reforma

    Único. Se reforma el artículo 27, penúltimo y último párrafo, de la Ley de Aeropuertos.

    Artículo 27.- ...

    I. a XV. ...

    La Secretaría podrá revocar las concesiones o permisos de manera inmediata.

    Quedan suprimidos los siguientes textos:

    ``...únicamente en los supuestos de las fracciones I a VI anteriores. En los casos de las fracciones VII a XV, la Secretaría sólo podrá revocar la concesión o permiso cuando previamente hubiese sancionado al respectivo concesionario o permisionario, por lo menos en tres ocasiones por las causas previstas en la misma fracción''.Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil cinco.--- Dip. Jesús González Schmal (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Se turna a la Comisión de Transportes.


    CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la palabra nuestra compañera, la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona los artículos 103, 105 y 109 del Código Fiscal de la Federación, relativo al contrabando.

    La diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez: Con su permiso, diputada Presidenta. Diputadas y diputados: la globalización no tiene marcha atrás. Como nación, no podemos ni debemos excluirnos de un proceso donde todos los demás países del orbe estrechan lazos culturales, políticos y económicos. Al contrario, debemos adaptarnos y aprovechar las enormes ventajas que tiene ese fenómeno. De no hacerlo, serán cada vez más grandes las desventajas de no ser competitivos y más lejana la meta de alcanzar el tan anhelado desarrollo económico.

    La globalización implica estandarizar ciertos procedimientos para hacer más sencillo el entendimiento entre las partes. Ello significa que se deben facilitar mecanismos para que nuestros gobiernos y, sobre todo, nuestros ciudadanos puedan participar en el comercio internacional y que, a la vez, otros ciudadanos y otros gobiernos puedan interactuar con nosotros. Por todo eso tenemos que crear un marco para el comercio exterior claro y justo, que dé certidumbre jurídica a los inversionistas en nuestro país.

    Hoy, propongo algunas modificaciones del Código Fiscal de la Federación, en los artículos 103, 105 y 109, a fin de dar mayor agilidad a la dinámica comercial de nuestras fronteras y facilitar la labor de los diferentes sectores económicos y, de manera particular, de la industria maquiladora de exportación. Con esta propuesta eliminamos algunas trabas innecesarias a nuestra posibilidad de importar y de exportar, creamos una estructura jurídica apegada a la realidad de nuestras empresas maquiladoras y protegemos los intereses fiscales de nuestro gobierno. Esta propuesta, entonces, propone modificar el artículo 103, adicionando la fracción XI, debido a que el SAT ya controla las salidas y las llegadas de las mercancías en tránsito.

    En consecuencia, cuando una mercancía en tránsito no arriba a la aduana de destino a más tardar en la fecha prevista para ello, el Sistema avisa a la autoridad, por lo que está en posibilidad de actuar de inmediato. En todo caso, se requiere prevenir una excepción del delito para que no se proceda penalmente cuando se presente aviso ante la autoridad aduanera en el cual se informe sobre el retraso del arribo de la mercancía, así como el motivo de dicha demora y el lugar en que se encuentra la mercancía en cuestión. En otras palabras, debe haber una multa, pero no una acción penal por esos retrasos involuntarios.

    Se propone derogar la fracción XII, ya que en los supuestos que expone se sanciona automáticamente la empresa, sin considerar que puedan existir incontables razones por las cuales se llega a presentar de manera inadvertida un pedimento sin las mercancías correspondientes. Resulta injusto que se condene a las empresas maquiladoras en la situación antes descrita, toda vez que el solo hecho de que el pedimento se presente sin acompañar las mercancías no significa que éstas fueron destinadas a una finalidad ilegal o que no se vayan a retornar en el futuro.

    Se propone también derogar las acciones XIII y XIV, en virtud de que esos supuestos normativos dan pie a actos arbitrarios por parte de la autoridad, en perjuicio de las empresas maquiladoras. Se propone modificar también la fracción XV para enfatizar que el caso punible a que se refiere tiene que incluir la intención manifiesta de obtener un beneficio indebido.

    Esto, con objeto de no sancionar imprevistos no dolosos por parte de las empresas. Se propone derogar la fracción XVI, debido a que no existe obligación de quien realiza la transferencia de verificar la existencia, los alcances o la autenticidad del programa de maquila de quien recibe la transferencia. No obstante que el artículo 112 de la Ley Aduanera considera la posibilidad de transferir mercancías importadas temporalmente entre empresas con programa de maquila, ningún precepto de ésta o del Código Fiscal de la Federación impone sobre las empresas la obligación de verificar que tanto la empresa que realiza la transferencia como la que la recibe cuenten efectivamente con programas de maquila.

    Se propone también reformar la fracción XVI para que se tenga que demostrar la intención dolosa al omitir por error ciertos trámites o impuestos en el proceso de importación temporal de mercancías. Por ejemplo, en el caso de un envío menor que el estipulado, se sanciona al importador sin tener él la culpa de que el que envía no haya enviado la cantidad acordada. Por otra parte, se propone también la fracción XVIII, bajo el mismo criterio. Por errores de procedimiento se debe actuar contra el importador solamente en caso de que éste haya actuado de manera dolosa, con la intención de evadir el pago de las contribuciones y que, previamente, se haya determinado el crédito fiscal y éste se encuentre firme. Se propone también una reforma del artículo 105 del Código Fiscal de la Federación al derogar su fracción VIII, ya que presenta disposiciones poco claras, que sólo obstaculizan la dinámica del comercio exterior.

    Dicho precepto, al describir de manera ambigua ciertas conductas delictivas, otorga a la autoridad una discrecionalidad ilimitada para decidir sobre la ilegalidad de dichas acciones. Por ejemplo, por lo que hace a transformar las mercancías que debieron conservarse en el mismo estado, no existe razón para sancionar penalmente dicha conducta, ya que no hay omisión de contribuciones. Por lo que se refiere a que cualquier reforma viole las disposiciones que regulen el régimen, se debe limitar en todo caso a la presentación de la querella a casos en que existan daños o perjuicio al interés fiscal. Para concluir, se propone reformar el artículo 109 del Código Fiscal de la Federación, al derogar su fracción VI, debido a que el hecho de que la mercancía tenga un valor menor que el de mercancías idénticas o similares por sí solo no es ilegal. En todo caso, lo sería si se demuestra que el sujeto declaró en el pedimento un precio inferior al realmente pagado o, en su caso, falsificó la factura.

    También se reforma la fracción VII, considerando nuevamente el elemento de dolo para la punibilidad ya que, de no ser así, se estaría sancionando excesivamente un aspecto que puede resultar de errores secundarios. Por razones de tiempo, concluyo aquí esta presentación, recordándoles que las trabas que muchas veces ponemos a nuestra industria son un flagrante obstáculo a nuestro propio desarrollo como país: una economía fuerte siempre es resultado de reglas claras y justas.

    Compañeros diputados: solicito a todos su apoyo en su momento para esta iniciativa, que con mucho vendrá a favorecer las inversiones y la certidumbre jurídica para ellas en nuestro país. Solicito a la Presidencia que se inserte el texto íntegro de esta iniciativa en el Diario de los Debates. Por su atención, muchísimas gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 103, 105 y 109 del Código Fiscal de la Federación, relativos al contrabando, a cargo de la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del PAN

    La suscrita diputada federal Ruth T. Hernández Martínez del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 y fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta Asamblea, la presente iniciativa por la que se reforman los artículos 103, 105 y 109 del Código Fiscal de la Federación relativos al contrabando.

    Exposición de Motivos

    La globalización no tiene marcha atrás. Como nación, no podemos ni debemos excluirnos de un proceso en donde todos los demás países del orbe estrechan sus lazos culturales, políticos y económicos. Al contrario, debemos adaptarnos y aprovechar las enormes ventajas que tiene este fenómeno. De no hacerlo, se harán cada vez más grandes las desventajas de no ser competitivos y más lejana la meta de alcanzar el tan anhelado desarrollo económico. La globalización, implica el estandarizar ciertos procedimientos para hacer más sencillo el entendimiento entre las partes. Esto significa que se deben facilitar mecanismos para que nuestros gobiernos y sobre todo nuestros ciudadanos puedan participar en el comercio internacional y que a la vez otros ciudadanos y otros gobiernos puedan interactuar con nosotros. Esto, por supuesto debe ser en una dinámica de colaboración justa, con reglas claras y entre iguales. Aspecto del que todavía estamos alejados.

    Hoy, debemos de reconocer que nos estamos quedando atrás. Mientras muchos otros países en el mundo están adaptando sus estructuras jurídicas y económicas para dar pie a este fenómeno globalizador, otros tantos como México, se han quedado atrás por no haber hecho a tiempo las reformas estructurales necesarias. Esto, debe ser motivo de alarma y preocupación para todos. La brecha de la competitividad es cada vez más grande, lo que implica que cada vez tendremos más problemas para participar en el mercado internacional. Por todo eso, es urgente desarrollar estrategias que contribuyan al fortalecimiento de nuestra competitividad. Tenemos que hacer reformas que quiten trabas a esta posibilidad de competir por los mercados y que obstaculiza y hace más lento el intercambio comercial entre México y el resto del mundo.

    Tenemos que ser claros y objetivos. Frecuentemente hemos confundido la defensa de nuestra economía con las trabas que ponemos a nuestra propia iniciativa privada. Esto hace más lenta su posibilidad de desarrollo y su capacidad para derramar riqueza entre nuestra población. Facilitar las reglas y mecanismos de importación y exportación implican una mayor dinámica que hará crecer a nuestras empresas y sus mercados, lo que se traduce en más comercio, más riqueza y más empleos.

    A la luz de dichos criterios, es necesario realizar diversos cambios al Código Fiscal de la Federación a fin de dar mayor agilidad a la dinámica comercial de nuestras fronteras. A la vez que eliminamos algunas trabas innecesarias a nuestra posibilidad de importar y exportar, creamos una estructura jurídica que se apega a la realidad de nuestras empresas, y garantizan al mismo tiempo los intereses de nuestro gobierno. Con estos objetivos en mente, se propone esta iniciativa con la cual se exponen diversas modificaciones a los artículos 103, 105 y 109 del Código Fiscal de la Federación a partir de los siguientes criterios.

    Se modifica el artículo 103, adicionando la fracción XI debido a que el sistema de cómputo del SAT ya controla las salidas y llegadas de las mercancías en tránsito. En consecuencia, cuando una mercancía en tránsito no arriba a la aduana de destino a más tardar en la fecha prevista para ello, el sistema ``avisa'' a la autoridad, por lo que está en posibilidad de actuar de inmediato. En todo caso, se requiere prever una excepción al delito, para que no se proceda penalmente cuando se presente aviso ante la autoridad aduanera en el cual se le informe sobre el retraso del arribo de la mercancía así como el motivo de dicha demora y el lugar en que se encuentra la mercancía en cuestión. En otras palabras, debe haber una multa, pero no acción penal por esos retrasos involuntarios.

    Se deroga la fracción XII de este artículo, ya que en los supuestos que expone, se sanciona automáticamente a la empresa sin considerar que pueden existir incontables razones por las cuales se llega a presentar de manera inadvertida un pedimento sin las mercancías correspondientes. Resulta injusto que la fracción XII condene a las empresas maquiladoras en la situación antes descrita, toda vez que el solo hecho que el pedimento se presente sin acompañar las mercancías no significa que estas fueron destinadas a una finalidad ilegal o que no se vayan a retornar en el futuro, y por lo tanto no se puede presumir un daño al interés fiscal.

    Se derogan también las fracciones XIII y XIV en virtud de que estos supuestos normativos dan pie a actos arbitrarios por parte de la autoridad en perjuicio de las empresas maquiladoras.

    Se modifica la fracción XV, para enfatizar que el caso punible al que se refiere tiene que incluir la intención manifiesta de obtener un beneficio indebido, esto con el objeto de no sancionar imprevistos no dolosos por parte de las empresas.

    Se deroga la fracción XVI debido a que no existe obligación alguna de quien realiza la transferencia, de verificar la existencia, alcances o autenticidad del programa de maquila de quien recibe la transferencia. No obstante que el artículo 112 de la Ley Aduanera contempla la posibilidad de transferir mercancías importadas temporalmente entre empresas que cuenten con programa de maquila, ningún precepto de la Ley Aduanera o del Código Fiscal de la Federación impone sobre estas empresas la obligación de verificar que tanto la empresa que realiza la transferencia como la empresa que la recibe cuentan efectivamente con programas de maquila. En el supuesto de que una empresa ``A'' realizara una transferencia a la empresa ``B'', y posteriormente la autoridad demuestra que el programa de maquila de ``B'' era falso, no estaba vigente, o no incluía alguna de las mercancías que transfirió la primera empresa, se está procediendo penalmente contra la empresa ``A''.

    Se reforma la fracción XVII para que se tenga que demostrar la intención dolosa al omitir por error ciertos trámites o impuestos, en el proceso de importación temporal de mercancías. Por ejemplo, una empresa realiza una importación temporal de 100 piezas, y solo recibe 75, aunque el pedimento quedó formulado por 100 piezas. Esta empresa hace la reclamación al proveedor y este reconoce que solo envío 75. El importador solo paga esa cantidad. Considerado que según la Ley Aduanera (artículo 89) está prohibido modificar la cantidad declarada en el pedimento. La autoridad al revisar a la empresa llegará a la conclusión de que existe un faltante de 25 piezas, lo que da pie injustamente a una acción penal.

    Se reforma también la fracción XVIII, bajo el mismo criterio de la fracción anterior. Por errores de procedimiento se debe actuar contra el importador solamente en caso de que este haya actuado de forma dolosa con la intención de evadir el pago de las contribuciones y que previamente se haya determinado el crédito fiscal y este se encuentre firme.

    Se reforma el artículo 105 del Código Fiscal de la Federación, al derogar su fracción VIII, ya que presenta disposiciones poco claras que solo obstaculizan la dinámica del comercio exterior. Dicho precepto al describir de manera ambigua ciertas conductas delictivas le otorga a la autoridad una discreción ilimitada para decidir sobre la ilegalidad de dichas acciones. Por ejemplo, en lo que hace a transformar las mercancías que debieron conservarse en el mismo estado, no existe razón para sancionar penalmente dicha conducta, ya que no hay omisión de contribuciones. En lo que se refiere a que ``de cualquier otra forma viole las disposiciones que regulen el régimen...'', se debe limitar en todo caso a la presentación de la querella a casos en que existan daño o perjuicio al interés fiscal; además que la autoridad señale expresamente cuáles son los casos de violación al destino que se consideran punibles, dado que no hay claridad al respecto.

    Para concluir, se reforma el artículo 109 del Código Fiscal de la Federación al derogar su fracción VI, debido a que el hecho de que la mercancía tenga un valor menor al de mercancías idénticas o similares, por sí solo no es ilegal; en todo caso lo sería si se demuestra que el sujeto declaró en el pedimento un precio inferior al realmente pagado, si falsificó la factura, etc. También se reforma la fracción VII, considerando nuevamente el elemento de dolo para la punibilidad, ya que de no ser así, se estaría sancionando excesivamente un aspecto que puede resultar de errores secundarios.

    Por todo lo expuesto, se propone a esta soberanía nacional, el siguiente proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 103, 105 y 109 del Código Fiscal de la Federación.

    Artículo Único.- Se adicionan y reforman los artículos 103, 105 y 109 del Código Fiscal de la Federación para quedar como sigue:

    Código Fiscal de la Federación

    Artículo 103. Se presume cometido el delito de contrabando cuando:

    I. a X. ...

    XI. Las mercancías extranjeras sujetas a tránsito internacional se desvíen de las rutas fiscales o sean transportadas en medios distintos a los autorizados tratándose de tránsito interno o no arriben a la aduana de destino o de salida, salvo que en este último caso se presente un aviso ante la autoridad aduanera dentro del plazo autorizado para el traslado, en el que informe el motivo de la omisión y el lugar en que se encuentra la mercancía sujeta al tránsito o sus restos.

    XII. Derogado.

    XIII. Derogado.

    XIV. Derogado.

    XV. El que con la intención manifiesta de obtener un beneficio indebido realice importaciones temporales de conformidad con el artículo 108 de la Ley Aduanera sin contar con programas de maquila o de exportación autorizados por la Secretaría de Economía, de mercancías que no se encuentren amparadas en los programas autorizados; se importen como insumos mercancías que por sus características de producto terminado ya no sean susceptibles de ser sometidas a procesos de elaboración, transformación o reparación; se continúe importando temporalmente la mercancía prevista en un programa de maquila o de exportación de una empresa que haya cambiado de denominación o razón social, se haya fusionado o escindido y se haya omitido presentar los avisos correspondientes en el Registro Federal de Contribuyentes y en la Secretaría de Economía.

    XVI. Derogado.

    XVII. Tratándose de mercancías importadas temporalmente por maquiladoras o empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía, se demuestre que dentro del plazo a que se refiere el artículo 108, fracción I de la Ley Aduanera, las mercancías fueron enajenadas o se destinaron a una finalidad no autorizada, con la intención manifiesta de obtener un beneficio indebido en perjuicio del interés fiscal.

    XVIII. Dolosamente se omita realizar el retorno de la mercancía importada importada temporalmente al amparo del Artículo 106 de la Ley Aduanera, o bien, las mercancías se enajenen o se destinen a una finalidad no autorizada, con la intención manifiesta de obtener un beneficio indebido en perjuicio del interés fiscal.

    ...

    Artículo 105. Será sancionado con las mismas penas del contrabando quien:

    I. a VII. ...

    VIII. Derogado

    ...

    Artículo 109. Será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación fiscal, quien:

    I. a V. ...

    VI. Derogado

    VII. A sabiendas declare inexactamente la clasificación arancelaria de las mercancías cuando con ello se omita el pago de contribuciones y cuotas compensatorias, se evada la garantía por la importación de mercancía suelta a precios estimados o se importe mercancía sin que el importador se encuentre inscrito en los padrones a que se refiere el artículo 77 del reglamento de la Ley Aduanera.

    ...

    Transitorios

    Único.- La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo. México, DF, a lunes, a 25 de octubre de 2005.--- Dip. Ruth Trinidad Hernández Martínez (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputada Hernández Martínez. Y, de acuerdo con su solicitud, favor de insertar el texto íntegro en el Diario de los Debates y se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.


    LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la palabra nuestro compañero, el diputado Luis Antonio González Roldán, del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma el artículo 53 de la Ley General de Vida Silvestre.

    El diputado Luis Antonio González Roldán: Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 53 de la Ley General de Vida Silvestre, presentada por el diputado Luis Antonio González Roldán, del grupo parlamentario del PVEM.

    Luis Antonio González Roldán, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar se turne a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley.

    Antecedentes

    A lo largo de la Tierra, existen diversas especies cuyas poblaciones se encuentran amenazadas o en peligro de extinción. Factores como la sobre explotación, la sustitución de la flora debido a la práctica del monocultivo, la contaminación del agua y del aire, el deterioro del suelo, el comercio ilegal, la destrucción del hábitat, el aprovechamiento incontrolado y la introducción de especies exóticas, han puesto en situación muy difícil a un gran número de especies. México enfrenta una gran responsabilidad, porque 12 naciones albergan 70% de las especies del planeta, y nuestro país es uno de éstos considerados como megadiversos que ocupa el cuarto sitio. Ocupamos el primer lugar en reptiles y cactáceas, el segundo en mamíferos, el cuarto en plantas florales, y décimo en aves. Tenemos más de 15 mil especies que no existen en otro lugar de la Tierra, son endémicas.

    Durante el tercer Congreso Mundial de la Naturaleza (Bangkok), celebrado el 17 de noviembre de 2004, la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) advirtió que ``15,589 especies animales y vegetales se enfrentan a la extinción. Así, una de cada tres especies de anfibios, casi la mitad de las de tortugas de agua fresca, una de cada ocho especies aves y una de cada cuatro especies de mamíferos están amenazadas''. Las especies consideradas en peligro por la UICN son apenas uno por ciento del total de las registradas por los científicos, entre ellas figuran 12 por ciento de las de aves, 23 por ciento de las de mamíferos, 32 por ciento de todas las plantas gimnospermas, en su mayoría coníferas y cícadas.

    México, si bien es una nación favorecida por sus recursos naturales, también vive un retroceso en la aplicación de políticas ambientales, lo cual se ha manifestado en la paulatina pérdida de especies endémicas y de áreas naturales protegidas. Ejemplo de lo anterior es que en menos de 100 años, en México, ya se han extinguido 11 especies de plantas superiores, y más de 32 especies de vertebrados. El lobo mexicano ha desaparecido de su hábitat natural, la nutria marina ya no existe en aguas mexicanas, y la foca monje está extinta. Aunado a esto, se sabe que están a punto de desaparecer 126 especies de plantas, 45 de mamíferos, 56 de aves, 16 de reptiles y 59 de peces. El águila real, el quetzal, el oso negro, el jaguar, el puma, la vaquita del golfo de California y el manatí del sureste están en peligro de extinción. Además 28% de la fauna de vertebrados se encuentran amenazados en alguna medida.

    Uno de los factores que ha influido significativamente en la pérdida de la extraordinaria riqueza natural mexicana, es el comercio ilegal de plantas, animales y sus derivados, ya que en la mayoría de los casos desata una intensa captura y colecta de especies.

    La importación y exportación de flora y fauna silvestre es ilegal en la mayoría de los casos, por lo cual no se tienen cifras precisas de su magnitud; sin embargo, todos los días se trafica en los mercados de la mayoría de las ciudades de la República con diversas especies de flora, particularmente con cactáceas, palmas, helechos y orquídeas y con especies animales, como monos, nutrias, loros, guacamayas, martuchas, armadillos, mapaches, tortugas, iguanas, boas, serpientes, aves de presa, camaleones, ranas, tarántulas, tucanes y muchas más que, en su mayoría, se encuentran en peligro de desaparecer.

    La mafia nacional y los cárteles de México trafican con estas especies porque son raras o únicas del país, sin importarles si están en peligro de extinción, esto debido a que el tráfico ilegal de especies silvestres de animales y plantas produce más de 15 mil millones de dólares al año a escala mundial, es decir, constituye el tercero en importancia, detrás de las armas y las drogas, y se hace principalmente hacia EU, Europa y Japón.

    Es un negocio muy redituable, porque las especies compradas a los indígenas y campesinos a precios risibles, son vendidas a precios elevadísimos. Los tucanes pueden llegar a costar en México hasta 5 mil pesos; el pavo real, 4 mil; un caimán, 3 mil pesos; una guacamaya roja, 6 mil; el loro cabeza amarilla, mil, o el mono araña, 2 mil 500; pero fuera de México estas especies elevan su precio hasta en 900%, como el jaguar que pasa los 25 mil dólares.

    Sin embargo, se calcula que por ejemplo de cada 15 elementos de una especie capturados, uno se vende, porque en el trayecto mueren 14. Además se captura comúnmente a la madre o a otros miembros alfa del clan, lo que aumenta el riesgo de la especie. Las especies en peligro de extinción por ser las más escasas obtienen los mejores precios y son por ello las más cazadas acentuándose el riesgo de que desaparezcan.

    La enorme diversidad biológica de México no ha sido complementada, hasta ahora, con el aprovechamiento racional de sus ecosistemas, recursos naturales, especies silvestres de flora y fauna. No obstante que en nuestro país se ha dado este aprovechamiento ilegal y poco sustentable de las especies de vida silvestre, existe la necesidad de establecer mecanismos que permitan un aprovechamiento que a la par de reportar beneficios a las comunidades promueva la conservación de los recursos naturales. Un ejemplo se puede apreciar al revisar que la exportación de vida silvestre no es muy desarrollada en nuestro país, ya que no se exporta ni una sola ave, pero se importan cuatro millones.

    La cría controlada y legal de animales es un opción viable que puede convertirse en un negocio de altas ganancias; siempre y cuando cuente con la investigación necesaria para tener un desarrollo sustentable, en el cual pueda conservarse la riqueza biológica de nuestro país; preservando cada especie.

    Los programas de crías de animales en peligro de extinción además de salvar la especie, ayudaría a que los inversionistas puedan recuperar su capital a través de la comercialización posterior de dichos animales de forma legal, pues es indispensable crear alternativas económicas para las comunidades que capturan animales como único medio de supervivencia.

    No obstante, es preciso respetar los acuerdos internacionales ya suscritos como es CITES (Convenio Internacional de Tráfico de Especies), y urge llevar a cabo programas más agresivos y contundentes, como la reproducción en cautiverio de especies en peligro de extinción y su posterior liberación, que promueve a la vez la cría para la venta legal.

    Dentro de la CITES, se menciona que sólo podrá importarse o exportarse (o reexportarse) un espécimen de una especie incluida en los apéndices de la CITES1 si se ha obtenido el documento apropiado y se ha presentado al despacho de aduanas en un puerto de entrada o salida. Aunque los requisitos pueden variar de un país a otro y es aconsejable consultar las legislaciones nacionales, a continuación se exponen las condiciones más importantes que se aplican para los especimenes incluidos en cada uno de los apéndices.

    La Convención autoriza a las Partes a hacer ciertas exenciones a los principios generales precitados, concretamente en los casos siguientes:

  • Para especimenes en tránsito o transbordo;

  • Para los especimenes adquiridos antes de la fecha en que entraron en vigor las disposiciones de la Convención respecto de los mismos (denominados especimenes preconvención);

  • Para especimenes que son artículos personales o bienes del hogar;

  • Para especimenes criados en cautiverio;

  • Para plantas reproducidas artificialmente;

  • Para especimenes destinados a la investigación científica;

  • Para animales o plantas que forman parte de colecciones o exhibiciones itinerantes, como los circos.

    En estos casos se aplican reglas especiales y, en general, se requiere un permiso o certificado.

    La intención de esta iniciativa, es restringir la exportación de especies de flora y fauna silvestre que se encuentren en riesgo, salvo aquellas que hayan sido criadas o reproducidas bajo los estándares permitidos por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y que provengan de la segunda generación controlada.

    Por tanto y en atención a lo anteriormente expuesto, el suscrito diputados, respetuosamente somete a la consideración de esta H. Cámara la presente iniciativa con proyecto de:

    Decreto por el que se reforma el artículo 53 de la Ley General de Vida Silvestre.

    Artículo Único: Por el que se reforma el artículo 53 de la Ley General de Vida Silvestre.

    Artículo 53.-

    ...

    ...

    a) y b) ...

    Se prohíbe la exportación de especies catalogadas en riesgo, exceptuando a aquellas que provengan de la segunda generación criada o cultivada en cautiverio bajo un sistema de reproducción controlada.

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Nota:

    1 Apéndice I: Incluye todas las especies en peligro de extinción. Su comercio se autorizará sólo en circunstancias excepcionales.

    Apéndice II: Incluye especies no necesariamente en peligro de extinción, pero cuyo comercio debe controlarse, a fin de evitar una utilización incompatible con su supervivencia.

    Apéndice III: Incluye especies que están protegidas, al menos, en un país, el que ha solicitado la asistencia de otras Partes en la CITES para controlar su comercio.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 4 días del mes de noviembre de 2005.--- Dip. Luis Antonio González Roldán (rúbrica).»

    Es cuanto, señora Presidenta. Por su atención, gracias.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputado Luis Antonio González Roldán. Y se turna la iniciativa presentada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    Solicito a la Secretaría que proceda a dar lectura a la comunicación enviada por la Junta de Coordinación Política.


    COMISIONES LEGISLATIVAS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), y 44, punto 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a propuesta del diputado Wintilo Vega Murillo, vicecoordinador de relación con grupos parlamentarios del grupo parlamentario del PRI, este órgano de gobierno hace de su conocimiento la siguiente alta:

  • De la diputada María del Consuelo Rodríguez de Alba, del grupo parlamentario del PRI, como secretaria del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género.

    Sin más por el momento, agradezco de antemano las atenciones que se sirva dar el presente.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 3 de noviembre de 2005.--- Diputado Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    En votación económica se pregunta a la Asamblea si es de aprobarse.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado.

    Compañeras y compañeros diputados: en virtud de que ha transcurrido el tiempo correspondiente a la presente sesión que dispone el artículo primero del Acuerdo parlamentario que establece los lineamientos para acreditar las asistencias de las sesiones plenarias, aprobado por el Pleno el 9 de octubre, proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día de la próxima sesión, la cual incluirá los asuntos no abordados en la presente.


    ORDEN DEL DIA

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina «Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

    Orden del día

    Viernes 4 de noviembre de 2005.

    Acta de la sesión anterior.

    Comunicaciones

    De los congresos de los estados de Hidalgo, México y Quintana Roo.

    Oficios de los Congresos de los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Veracruz y Zacatecas, por los que comunican la aprobación de la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo tercero a la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitida por la Cámara de Diputados.

    Oficios de los Congresos de los estados de Baja California, Campeche, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán, por los que comunican la aprobación de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 14 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitida por la Cámara de Diputados.

    Oficios de los Congresos de los estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala y Veracruz por los que comunican la aprobación de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo cuarto y se adicionan los párrafos quinto y sexto, recorriéndose en su orden los restantes del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitida por la Cámara de Diputados.

    De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

    Con el que remite informes trimestrales, sobre la ejecución del presupuesto, la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública correspondiente al tercer trimestre de 2005; los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, el costo total de las emisiones de deuda interna y externa, correspondientes al mes de septiembre del presente año; recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo de pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, correspondiente al mes de septiembre de 2004; la metodología utilizada para el pago de los excedentes petroleros, el volumen de la producción y el precio promedio a que hace referencia el artículo sexto transitorio del PEF y los conceptos que integran la intermediación financiera, así como la relativa a las Instituciones de Banca de Desarrollo y la Financiera Rural. (Turno a Comisión)

    Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»


    REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: La última votación se tomará como registro final de asistencia.


    CLAUSURA Y CITATORIO

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli (a las 16:02 horas): Se levanta la sesión y se cita a la sesión solemne para otorgar reconocimiento a los integrantes y al cuerpo técnico de la Selección Nacional de Futbol Sub-17, por haber ganado el campeonato mundial de la especialidad, el día de mañana, viernes 4 de noviembre, a las 10:00 horas. Y se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 8:00 horas. Al término de la sesión solemne dará inicio la sesión ordinaria.

    --------------- o --------------- RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 5 horas 2 minutos.

  • Quórum a la apertura de sesión: 287 diputados.

  • Asistencia al cierre de registro: 392 diputados.

  • Asistencia al final de la sesión: 356.

  • Declaratoria que reforma el único párrafo y se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 46; se deroga la fracción IV del artículo 73; se adicionan las fracciones X y XI pasando la actual fracción X a ser fracción XII del artículo 76, y se reforma la fracción I del artículo 105, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  • Proposiciones con puntos de acuerdo: 16.

  • Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 21.

  • Oradores en tribuna: 21

    PRI-6; PAN-4; PRD-9; PVEM-1; Conv-1.

    Se recibió:

  • 3 comunicaciones de los Congresos de los estados de Guerrero, Morelos y Querétaro;

  • 2 comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, relativas a la integración de la Comisión Especial de la Función Pública;

  • 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que informa de cambios en la integración del Grupo de Amistad México-Brasil;

  • 1 comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

  • 1 oficio de la Secretaría de Energía, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados;

  • 1 informe de la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana y a la procuración de justicia vinculada;

  • 2 oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados;

  • 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita permiso para que cuatro ciudadanos puedan prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas;

  • 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite acuerdo para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 se consideren recursos suficientes para la creación de nuevas plazas para profesores de educación básica en el estado de Guerrero;

  • 1 minuta proyecto de decreto que concede permiso a nueve ciudadanos para aceptar y usar condecoraciones que les otorgan gobiernos extranjeros;

  • 1 minuta proyecto de declaratoria que reforma el único párrafo y se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 46; se deroga la fracción IV del artículo 73; se adicionan las fracciones X y XI pasando la actual fracción X a ser fracción XII del artículo 76, y se reforma la fracción I del artículo 105, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

  • 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política, relativa a la integración de la Mesa Directiva del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género;

  • 1 iniciativa de senador del PRI;

  • 4 iniciativas del PRI;

  • 4 iniciativas del PAN;

  • 5 iniciativas del PRD;

  • 5 iniciativas del PVEM;

  • 2 iniciativa de Convergencia.

    Dictámenes de primera lectura:

  • 1 de la Comisión de Defensa Nacional, con proyecto de decreto que expide la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;

  • 1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro;

  • 1 de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 424 Quáter al Código Penal Federal;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a seis ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de gobiernos extranjeros en México.

    Dictámenes aprobados:

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 3o. y el párrafo tercero del artículo 5o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que deroga las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el artículo 58 y adiciona un segundo párrafo al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional;

  • 1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Ley General de Salud;

  • 1 de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 211 Bis 1, y los artículos 211 Bis 8 y 211 Bis 9 al Código Penal Federal;

  • 1 de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma los artículos 15, párrafo segundo, y 19, párrafo primero, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales;

  • 1 de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género, con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 14 y 32 y adiciona los artículos 13 y 30 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público;

  • 1 de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo, para convocar a un Concurso de Dibujo Infantil y Juvenil cuyo tema es el Agua, acciones locales para un reto global, en el marco del IV Foro Mundial del Agua;

  • 1 de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo, para exhortar a la Comisión Nacional del Agua a que realice la investigación sobre la muerte de peces en el lago de Chapala, e informe acerca de las acciones a implementar para frenar y revertir el daño ocasionado;

  • 1 de la Comisión de Marina, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción III al artículo 41 de la Ley de Ascensos de la Armada de México, presentada el 28 de abril del presente año;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5o. y 12 de la Ley de Seguridad Nacional, presentada el 28 de abril del presente año;

  • 1 de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1916 Bis del Código Civil Federal, presentada el 25 de mayo del presente año;

  • 1 de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 76 de la Ley General de Salud, presentada el 8 de junio del presente año;

  • 1 de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VI al artículo 198 de la Ley General de Salud, presentada el 25 de mayo del presente año;

  • 1 de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 20 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, presentada el 24 de agosto del presente año;

  • 1 de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud, presentada el 31 de marzo del presente año;

  • 1 de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción V al artículo 90 y una fracción VI al artículo 111 de la Ley General de Salud, presentada el 14 de abril del presente año;

  • 1 de la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción X al artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Social, presentada el 10 de marzo del presente año;

  • 1 de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de Aguas Nacionales, presentada el 9 de diciembre de 2004.

    DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION (en orden alfabético)
  • Alonso Raya, Agustín Miguel (PRD) Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores: 144, 148, desde curul
  • Anaya Rivera, Pablo (PRI) Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores: 146
  • Carrillo Soberón, Francisco Javier (PRD) Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores: 148
  • De la Peña Gómez, Angélica (PRD) Código Penal Federal: 258
  • Flores Mendoza, Rafael (PRD) Ley Federal de Derechos - Ley de Coordinación Fiscal: 265
  • Franco Hernández, Pablo (PRD) Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores: 145, 146
  • Galindo Noriega, Ramón (PAN) Artículo 88 constitucional: 249
  • Galván Guerrero, Javier Alejandro (PRI) Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública: 219
  • García Solís, Iván (PRD) Ley Orgánica del Congreso: 243
  • Gastélum Bajo, Diva Hadamira (PRI) Código Penal Federal: 235
  • González Roldán, Luis Antonio (PVEM) Ley General de Vida Silvestre: 276
  • González Schmal, Jesús Porfirio (Conv) Ley General de Bienes Nacionales: 261
  • Hernández Martínez, Ruth Trinidad (PAN) Código Fiscal de la Federación: 271
  • Meza Cabrera, Fidel René (PRI) Artículo 72 constitucional: 248
  • Moreno Álvarez, Inelvo (PRD) Letras de Oro: 234
  • Portillo Ayala, Cristina (PRD) Ley de Coordinación Fiscal: 254
  • Quiroga Tamez, Mayela María de Lourdes (PRI) Ley Orgánica del Congreso: 263
  • Rodríguez Fuentes, Agustín (PRD) Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores: 148, 151
  • Talavera Hernández, María Eloísa (PAN) Ley para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica: 222
  • Triana Tena, Jorge (PAN) Artículo 69 constitucional-Ley Orgánica del Congreso - Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso: 239 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala De La Fuente José Manuel Adame De León Fernando Ulises Aguilar Bueno Jesús Aguilar Flores Ubaldo Aguilar Hernández Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu José Alberto Aguirre Maldonado María de Jesús Aguirre Rivero Ángel Heladio Alarcón Hernández José Porfirio Alarcón Trujillo Ernesto Alcántara Rojas José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Victor Manuel Alcocer García Roger David Alemán Migliolo Gonzalo Amezcua Alejo Miguel Anaya Rivera Pablo Aragón Del Rivero Lilia Isabel Arcos Suárez Filemón Primitivo Arechiga Santamaría José Guillermo Arias Martínez Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez Antonio Francisco Ávila Nevárez Pedro Ávila Rodríguez Gaspar Badillo Ramírez Emilio Bailey Elizondo Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez Federico Bazan Flores Omar Bedolla López Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera Manlio Fabio Bitar Haddad Oscar Blackaller Ayala Carlos Bravo Carbajal Francisco Javier Briones Briseño José Luis Buendía Tirado Ángel Augusto Burgos Barrera Álvaro Burgos García Enrique Bustillos Montalvo Juan Campa Cifrián Roberto Rafael Campos Córdova Lisandro Arístides Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán Martín Carrillo Rubio José Manuel Castañeda Ortiz Concepción Olivia Castillo Cabrera Jorge de Jesús Castro Ríos Sofia Celaya Luría Lino Cervantes Vega Humberto Chávez Dávalos Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor Emilio Collazo Gómez Florencio Concha Arellano Elpidio Desiderio Córdova Martínez Julio César Culebro Velasco Mario Carlos Dávalos Padilla Juan Manuel David David Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Escarraga Heliodoro Carlos Díaz Nieblas José Lamberto Díaz Rodríguez Homero Díaz Salazar María Cristina Domínguez Arvizu María Hilaria Domínguez Ordoñez Florentino Echeverría Pineda Abel Escalante Arceo Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa Oscar Fernández García Fernando Fernández Saracho Jaime Figueroa Smutny José Rubén Filizola Haces Humberto Francisco Flores Hernández José Luis Flores Morales Victor Félix Flores Rico Carlos Fonz Sáenz Carmen Guadalupe Frías Castro Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime Rafael Galván Guerrero Javier Alejandro García Ayala Marco Antonio García Corpus Teofilo Manuel García Cuevas Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz José Gastélum Bajo Diva Hadamira Godínez y Bravo Rebeca Gómez Carmona Blanca Estela Gómez Sánchez Alfredo González Huerta Víctor Ernesto González Orantes César Amín González Ruíz Alfonso Gordillo Reyes Juan Antonio Grajales Palacios Francisco Guerra Castillo Marcela Guizar Valladares Gonzalo Gutiérrez Corona Leticia Gutiérrez de la Garza Héctor Humberto Gutiérrez Romero Marco Antonio Guzmán Santos José Hernández Bustamante Benjamín Hernández Pérez David Herrera León Francisco Herrera Solís Belizario Iram Ibáñez Montes José Angel Islas Hernández Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María Del Carmen Jiménez Macías Carlos Martín Jiménez Sánchez Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas Graciela Leyson Castro Armando Lomelí Rosas J. Jesús López Aguilar Cruz López Medina José Lucero Palma Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández Luis Felipe Marrufo Torres Roberto Antonio Martínez De La Cruz Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Mauricio Martínez López Gema Isabel Martínez López Margarita Martínez Nolasco Guillermo Martínez Rivera Laura Elena Maya Pineda María Isabel Mazari Espín Rosalina Medina Santos Felipe Mejía González Raúl José Meza Cabrera Fidel René Mier y Concha Campos Eugenio Mireles Morales Carlos Monárrez Rincón Francisco Luis Montenegro Ibarra Gerardo Morales Flores Jesús Moreno Arcos Mario Moreno Arévalo Gonzalo Moreno Cárdenas Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma Guadalupe Moreno Ramos Gustavo Muñoz Muñoz José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Adolfo Muro Urista Consuelo Nava Altamirano José Eduviges Nava Díaz Alfonso Juventino Nazar Morales Julián Neyra Chávez Armando Olmos Castro Eduardo Orantes López María Elena Ortega Pacheco Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez Martha Pano Becerra Carlos Osvaldo Pavón Vinales Pablo Pedraza Martínez Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora Juan Carlos Pimentel González Oscar Pompa Victoria Raúl Ponce Beltrán Esthela de Jesús Posadas Lara Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de Lourdes Ramírez Pineda Luis Antonio Ramón Valdez Jesús María Ramos Salinas Óscar Martín Rangel Espinosa José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona Sonia Robles Aguilar Arturo Rocha Medina Ma. Sara Rodríguez Anaya Gonzalo Rodríguez Cabrera Oscar Rodríguez de Alba María Rodríguez Díaz Hugo Rodríguez Javier Rogelio Rodríguez Ochoa Alfonso Rodríguez Rocha Ricardo Rojas Gutiérrez Francisco José Rojas Saldaña Maria Mercedes Román Bojórquez Jesús Tolentino Romero Romero Jorge Rovirosa Ramírez Carlos Manuel Rueda Sánchez Rogelio Humberto Ruíz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas Claudia Saenz López Rosario Sagahon Medina Benjamín Salazar Macías Rómulo Isael Saldaña Villaseñor Alejandro Sánchez Hernández Alfonso Sánchez López Jacobo Sánchez Vázquez Salvador Sandoval Figueroa Jorge Leonel Sandoval Urbán Evelia Scherman Leaño María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López Isaías Sotelo Ochoa Norma Elizabeth Suárez y Dávila Francisco Tapia Palacios Paulo José Luis Tecolapa Tixteco Marcelo Torres Hernández Marco Antonio Trujillo Fuentes Fermín Uscanga Escobar Jorge Utrilla Robles Jorge Baldemar Valenzuela García Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García Quintín Vega Carlos Bernardo Vega Murillo Wintilo Vega Rayet Juan Manuel Vega y Galina Roberto Javier Vidaña Pérez Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García Adrián Villegas Arreola Alfredo Wong Pérez José Mario Yabur Elías Amalin Yu Hernández Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Alberto Rafael Zorrilla Fernández Guillermo Zúñiga Romero Jesús Asistencias: 144 Asistencias por cédula: 1 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 43 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 36 Total diputados: 224 Aldaz Hernández Huberto Alegre Bojórquez Ricardo Alexander Rábago Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja Angel Juan Álvarez Mata Sergio Álvarez Monje Fernando Álvarez Ramos J. Irene Angulo Góngora Julián Arabian Couttolenc Myriam De Lourdes Aragón Cortés Sheyla Fabiola Ávila Camberos Francisco Juan Baeza Estrella Virginia Yleana Bárcenas González José Juan Barrera Zurita Baruch Alberto Barrio Terrazas Francisco Javier Bermúdez Méndez José Erandi Blanco Becerra Irene Herminia Cabello Gil José Antonio Calderón Centeno Sebastián Camarena Gómez Consuelo Cárdenas Vélez Rómulo Castelo Parada Javier Chavarría Salas Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa Roberto Contreras Covarrubias Hidalgo Córdova Villalobos José Angel Corella Manzanilla María Viola Corella Torres Norberto Enríque Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez Rodrigo Iván Cortés Mendoza Marko Antonio Cruz García Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto de Sn. Alberto de la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado Blanca Judith Díaz González Felipe de Jesús Döring Casar Federico Durán Reveles Patricia Elisa Elyd Sáenz María Salome Eppen Canales Blanca Escudero Fabre María del Carmen Esquivel Landa Rodolfo Esteva Melchor Luis Andrés Fernández Moreno Alfredo Flores Fuentes Patricia Flores Mejía Rogelio Alejandro Galindo Noriega Ramón Gallardo Sevilla Israel Raymundo Gámez Gutiérrez Blanca Amelia García Velasco María Guadalupe Garduño Morales Patricia Gómez Morín Martínez del Río Manuel González Carrillo Adriana González Furlong Magdalena Adriana González Garza José Julio González González Ramón González Morfín José González Reyes Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán De Paz Rocío Guzmán Pérez Peláez Fernando Antonio Hernández Martínez Ruth Trinidad Herrera Tovar Ernesto Hinojosa Moreno Jorge Luis Jaspeado Villanueva María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrián Landero Gutiérrez José Francisco Javier Lara Arano Francisco Javier Lara Saldaña Gisela Juliana Lastra Marín Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo Francisco Isaias Llera Bello Miguel Angel Loera Carrillo Bernardo López Mena Francisco Xavier López Núñez Pablo Alejo López Villarreal Manuel Ignacio Madero Muñoz Gustavo Enrique Marquez Lozornio Salvador Martínez Cázares Germán Méndez Galvez Alberto Urcino Mendoza Flores Ma. del Carmen Molinar Horcasitas Juan Francisco Morales De la Peña Antonio Moreno Morán Alfonso Nader Nasrallah Jesús Antonio Núñez Armas Juan Carlos Obregón Serrano Jorge Carlos Ortíz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido José Javier Osuna Millán José Guadalupe Ovalle Araiza Manuel Enrique Ovando Reazola Janette Palmero Andrade Diego Paredes Vega Raúl Leonel Pasta Muñuzuri Angel Penagos García Sergio Pérez Cárdenas Manuel Pérez Moguel José Orlando Pérez Zaragoza Evangelina Preciado Rodríguez Jorge Luis Puelles Espina José Felipe Ramírez Luna María Angélica Rangel Ávila Miguel Ángel Rangel Hernández Armando Ríos Murrieta Homero Rivera Cisneros Martha Leticia Rochín Nieto Carla Rodríguez y Pacheco Alfredo Rojas Toledo Francisco Antonio Ruiz del Rincón Gabriela Sacramento Garza José Julián Salazar Diez De Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández Margarita Sánchez Pérez Rafael Sandoval Franco Renato Saucedo Moreno Norma Patricia Sigona Torres José Suárez Ponce María Guadalupe Talavera Hernández María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Marcos Tiscareño Rodríguez Carlos Noel Torres Ramos Lorena Torres Zavala Ruben Alfredo Toscano Velasco Miguel Ángel Trejo Reyes José Isabel Treviño Rodríguez José Luis Triana Tena Jorge Trueba Gracian Tomas Antonio Urrea Camarena Marisol Userralde Gordillo Leticia Socorro Valdéz De Anda Francisco Javier Valencia Monterrubio Edmundo Gregorio Valladares Valle Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena Marisol Vázquez García Sergio Vázquez González José Jesús Vázquez Saut Regina Vega Casillas Salvador Villanueva Ramírez Pablo Antonio Yáñez Robles Elizabeth Oswelia Zavala Peniche María Beatriz Zavala Gómez del Campo Margarita Ester Asistencias: 104 Asistencias por cédula: 2 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 13 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 27 Total diputados: 146 Alonso Raya Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas René Avilés Nájera Rosa María Bagdadi Estrella Abraham Bernal Ladrón De Guevara Diana Rosalía Boltvinik Kalinka Julio Brugada Molina Clara Marina Cabrera Padilla José Luis Camacho Solís Victor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez Nancy Carrillo Soberón Francisco Javier Casanova Calam Marbella Chavarría Valdeolivar Francisco Chávez Castillo César Antonio Chávez Ruiz Adrián Cortés Sandoval Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez Tomás de la Peña Gómez Angélica Díaz Del Campo María Angélica Díaz Palacios Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares Horacio Espinoza Pérez Luis Eduardo Ferreyra Martínez David Fierros Tano Margarito Figueroa Romero Irma Sinforina Flores Mendoza Rafael Franco Hernández Pablo García Costilla Juan García Domínguez Miguel Ángel García Laguna Eliana García Ochoa Juan José García Solís Iván García Tinajero Pérez Rafael Garfias Maldonado María Elba Gómez Álvarez Pablo González Bautista Valentín González Salas y Petricoli María Marcela Guillén Quiroz Ana Lilia Gutiérrez Zurita Dolores del Carmen Guzmán Cruz Abdallán Hernández Ramos Minerva Herrera Ascencio María del Rosario Herrera Herbert Marcelo Huizar Carranza Guillermo Lagarde y de los Ríos María Marcela Luna Hernández J. Miguel Magaña Martínez Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana Guillermina Manzano Salazar Javier Martínez Della Rocca Salvador Pablo Martínez Meza Horacio Martínez Ramos Jorge Medina Lizalde José Luis Mejía Haro Antonio Mícher Camarena Martha Lucía Mojica Morga Beatriz Montiel Fuentes Gelacio Mora Ciprés Francisco Morales Rubio María Guadalupe Morales Torres Marcos Moreno Álvarez Inelvo Muñoz Santini Inti Nahle García Arturo Naranjo Y Quintana José Luis Obregón Espinoza Francisco Javier Ordoñez Hernández Daniel Ortega Alvarez Omar Ortiz Pinchetti José Agustín Roberto Padierna Luna María De Los Dolores Pérez Medina Juan Portillo Ayala Cristina Ramírez Cuéllar Alfonso Ramos Hernández Emiliano Vladimir Ramos Iturbide Bernardino Rodríguez Fuentes Agustín Rosas Montero Lizbeth Eugenia Ruiz Argaiz Isidoro Salinas Narváez Javier Sánchez Pérez Rocío Saucedo Pérez Francisco Javier Serrano Crespo Yadira Serrano Jiménez Emilio Sigala Páez Pascual Silva Valdés Carlos Hernán Suárez Carrera Víctor Tentory García Israel Torres Baltazar Edgar Torres Cuadros Enrique Tovar de la Cruz Elpidio Ulloa Pérez Gerardo Valdes Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González Emilio Zepeda Burgos Jazmín Elena Asistencias: 66 Asistencias por cédula: 5 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 18 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 8 Total diputados: 97 Agundis Arias Alejandro Alvarado Villazón Francisco Xavier Alvarez Romo Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline Guadalupe Ávila Serna María Espino Arévalo Fernando Fernández Avila Maximino Alejandro Fuentes Villalobos Félix Adrián González Roldán Luis Antonio Kahwagi Macari Jorge Antonio Legorreta Ordorica Jorge Lujambio Moreno Julio Horacio Méndez Salorio Alejandra Ochoa Fernández Cuauhtémoc Orozco Gómez Javier Velasco Coello Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Asistencias: 11 Asistencias por cédula: 2 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 3 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 1 Total diputados: 17 Espinosa Ramos Francisco Amadeo González Yáñez Alejandro González Yáñez Óscar Guajardo Anzaldúa Juan Antonio Padilla Peña Joel Vázquez González Pedro Asistencias: 2 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 4 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 6 CONVERGENCIA González Schmal Jesús Porfirio Maldonado Venegas Luis Martínez Álvarez Jesús Emilio Moreno Garavilla Jaime Miguel Perdomo Bueno Juan Fernando Asistencias: 2 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 3 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 5 DIPUTADOS INDEPENDIENTES Camarillo Zavala Isidro Clouthier Carrillo Tatiana Ruíz Esparza Oruña Jorge Roberto Total diputados: 3 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Aguilar Iñárritu José Alberto Aguirre Rivero Ángel Heladio Alcántara Rojas José Carmen Arturo Ávila Rodríguez Gaspar Barbosa Gutiérrez Federico Bazan Flores Omar Bitar Haddad Oscar Blackaller Ayala Carlos Castillo Cabrera Jorge de Jesús Celaya Luría Lino Concha Arellano Elpidio Desiderio Del Valle Reyes Guillermo Díaz Nieblas José Lamberto Díaz Salazar María Cristina Fajardo Muñoz María Concepción Flores Rico Carlos García Cuevas Fernando Alberto González Orantes César Amín Grajales Palacios Francisco Gutiérrez de la Garza Héctor Humberto Hernández Bustamante Benjamín Fernando Herrera Solís Belizario Iram Jiménez Macías Carlos Martín Jiménez Sánchez Moisés Medina Santos Felipe Nava Altamirano José Eduviges Nazar Morales Julián Olmos Castro Eduardo Orantes López María Elena Pano Becerra Carlos Osvaldo Pimentel González Oscar Ramón Valdez Jesús María Ruíz Cerón Gonzalo Silva Santos Erick Agustín Soriano López Isaías Zanatta Gasperín Gustavo Faltas por grupo: 36 Aldaz Hernández Huberto Álvarez Ramos J. Irene Bárcenas González José Juan Barrera Zurita Baruch Alberto Barrio Terrazas Francisco Javier Contreras Covarrubias Hidalgo Döring Casar Federico Eppen Canales Blanca Landero Gutiérrez José Francisco Javier López Mena Francisco Xavier López Villarreal Manuel Ignacio Marquez Lozornio Salvador Osorio Salcido José Javier Osuna Millán José Guadalupe Pérez Moguel José Orlando Ríos Murrieta Homero Rodríguez y Pacheco Alfredo Rojas Toledo Francisco Antonio Salazar Diez De Sollano Francisco Javier Sigona Torres José Torres Ramos Lorena Userralde Gordillo Leticia Socorro Valladares Valle Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena Marisol Vega Casillas Salvador Zavala Peniche María Beatriz Zavala Gómez del Campo Margarita Ester Faltas por grupo: 27 Ferreyra Martínez David Guillén Quiroz Ana Lilia Guzmán Cruz Abdallán Luna Hernández J. Miguel Martínez Ramos Jorge Mora Ciprés Francisco Obregón Espinoza Francisco Javier Sigala Páez Pascual Faltas por grupo: 8 Velasco Coello Manuel Faltas por grupo: 1 DIPUTADOS INDEPENDIENTES Camarillo Zavala Isidro Clouthier Carrillo Tatiana Faltas por grupo: 2 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro
    EFEMERIDES

    «Efeméride relativa al aniversario del nacimiento de Aquiles Serdán Alatriste, precursor de la Revolución Mexicana, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Leonel Sandoval Figueroa, en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39, inciso 3, y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, promuevo efeméride relativa al aniversario del nacimiento de Aquiles Serdán Alatriste, precursor de la Revolución Mexicana.

    Aquiles Serdán Alatriste fue un ilustre político mexicano nacido en Puebla el 1 de noviembre de 1876. Cursó sus estudios en el colegio Franco-Anglo-Mexicano; sin embargo, tuvo que abandonarlos por falta de recursos, y se dedicó al comercio de calzado en los estados de Puebla y Tlaxcala.

    En 1908 las declaraciones del general Porfirio Díaz al periodista James Creelman resultaron como un detonador que culminaría con el movimiento revolucionario de 1910. En dichas declaraciones afirma que vería con agrado la creación de partidos de oposición en el país; por lo que tales palabras causan gran inquietud en la población. De esta manera, los hermanos Serdán muestran sus simpatías hacia el Partido Democrático, el cual apoya la candidatura del general Bernardo Reyes para la vicepresidencia.

    En 1908, Aquiles Serdán se relaciona con el general Francisco I. Madero en la Ciudad de México, así sus ideas comulgan con las sostenidas por Madero, debido a que en su libro La sucesión presidencial, en 1910 advierte el fin de la dictadura de Porfirio Díaz.

    En Puebla, Aquiles Serdán, con algunos simpatizantes, funda el club político Luz y Progreso. En la pequeña imprenta de Gilberto Carrillo se publica el periódico semanal La No Revolución, que es un tiraje muy limitado, pues los rebeldes cuentan con pocos recursos económicos.

    En uno de los documentos de Luz y Progreso afirma que la República será salvada no por los hombres acostumbrados a gobernarla en forma despótica, sino ``Por los hombres que no hayan manchado su conciencia cometiendo atentados contra la Ley''. Debido a esto las autoridades porfiristas toman represalias, por lo que Alquiles Serdán es enviado con frecuencia a prisión, debido a sus actividades antirreeleccionistas.

    Con el propósito de formar un club antirreeleccionista de obreros, Aquiles Serdán lanza una convocatoria dirigida a quienes llama ``hijos de la patria y del trabajo''.

    Durante una visita a Puebla en diciembre de 1909, Madero y Serdán fundan el Partido Antirreeleccionista local, en abril de 1910. Al celebrarse en la Ciudad de México la Convención Nacional del Partido, Aquiles Serdán, como representante de diversos grupos poblanos, vota por la candidatura de Madero y Francisco Vázquez Gómez para presidente y vicepresidente de la República, respectivamente.

    Al perderse las elecciones va en busca de Madero a Estados Unidos, para recibir instrucciones sobre el movimiento armado, por lo que se le encomienda encabezar la Revolución en Puebla, el día 20 de noviembre de 1910.

    En una gira de propaganda en mayo de 1910, Madero visita la ciudad de Puebla y se hospeda en el hotel Jardín. Aquiles Serdán le acompaña y le informa sobre la organización y el movimiento. Allí mismo adquiere armamento y municiones en el establecimiento del comerciante francés Arsenio Combaluzier, paradójicamente amigo del General Díaz.

    El 17 de noviembre de 1910, el gobernador de Puebla recibe informes de que Madero ha llamado a sus seguidores para que inicien la revuelta el próximo día 20 de noviembre; por tal motivo ordena que a la mañana siguiente se realice un nuevo cateo para detener a los hermanos Serdán.

    Aquiles Serdán, advertido de que el levantamiento corre peligro, ese mismo día reúne a sus seguidores y propone adelantarse a la fecha establecida.

    La mañana del 18 de noviembre treinta policías, al mando del general Cabrera, pretenden entrar por la fuerza a la casa de los Serdán, por lo que se inicia la oposición. Siendo una de las primeras víctimas el general Cabrera, el mayor Fregoso entrega sus armas y al lugar acude el gobernador con más de mil hombres que buscan terminar con los revolucionarios.

    El fin es inminente, los soldados penetran a la casa, por lo que Aquiles se refugia en un pequeño sótano. Los soldados buscan afanosamente al dirigente de los rebeldes. A las dos de la madrugada del día siguiente, Aquiles Serdán levanta la piedra que disimula su escondite; apenas asoma la cabeza, un oficial de la policía montada le dirige varios tiros, de esta manera Aquiles Serdán se convierte en el primer mártir de la Revolución.

    Es evidente el espíritu de lucha que este precursor del movimiento armado que inició en 1910 ha demostrado, con el paso de los años, una lección de patriotismo que determinó el rumbo de la sociedad mexicana.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de noviembre de 2005.--- Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica).»