Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LIX Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
DIRECTOR GENERAL DE CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares
PRESIDENTE
Diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Norberto Reyes Ayala
AÑO IIIMéxico, DF, 29 de noviembre de 2005 Sesión No. 29
ESTADO DE GUERRERO

Dos comunicaciones del Congreso del estado de Guerrero, con las que informa de la aprobación de sendos decretos mediante los cuales se designan los ayuntamientos instituyentes de los municipios de Juchitán y de Iliatenco. De enterado

GRUPO DE AMISTAD

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que informa de cambios en la integración del Grupo de Amistad México - Cuba. De enterado

COMISIONES LEGISLATIVAS

Dos comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que informa de cambios en la integración de las comisiones de Reforma Agraria y de Ciencia y Tecnología. De enterado

FUTURO DE MEXICO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para prorrogar la vigencia de la Comisión Especial de prospectiva para la definición del futuro de México

Sobre el tema interviene el diputado Carlos Hernán Silva Valdés

Se aprueba el acuerdo, comuníquese

ARTICULO 115 CONSTITUCIONAL

Oficio del Congreso del estado de San Luis Potosí, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre percepciones de servidores públicos en municipios. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

ESTADO DE JALISCO

Oficio del Consejo de la Judicatura Federal, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 20 de octubre de 2005, por el que se exhorta al Consejo de la Judicatura Federal para que apruebe la creación de un juzgado especializado en materia penal en el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento

FEMINICIDIOS

Comunicación de la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana y a la procuración de justicia vinculada, con la que remite el II Informe sustantivo de actividades que comprende el periodo del 15 de abril al 15 de noviembre de 2005. De enterado, publíquese en la Gaceta Parlamentaria

CONSUL HONORARIO

Dos oficios de la Secretaría de Gobernación, por los que solicita permiso para que los ciudadanos: Camilo de Jesús Antón García pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Querétaro, con circunscripción consular en el estado de Querétaro; y Daniel Romero Mejía pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario de Japón en la ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el estado de Baja California. Se turnan a la Comisión de Gobernación

VACUNA CONTRA EL NEUMOCOCO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2005, para exhortar a la Secretaría de Salud a fin de que se incluya de manera progresiva la aplicación de la vacuna contra el neumococo dentro del esquema básico de vacunación. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento

FENOMENOS METEOROLOGICOS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2005, que exhorta al Ejecutivo federal para que a la brevedad se liberen los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales, en los diversos municipios de los estados de Quintana Roo, Yucatán y Campeche, afectados por el huracán Wilma y para que el Grupo de Trabajo para dar seguimiento a la aplicación de recursos y programas en la atención a las zonas de desastre ocasionadas por las lluvias en los estados de Chiapas, Hidalgo, Oaxaca, Puebla y Veracruz, amplíe sus actividades a esos municipios. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento

FENOMENOS METEOROLOGICOS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2005, para exhortar al Ejecutivo federal a que en base a las facultades del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, emita decreto para diferir el cumplimiento de las obligaciones fiscales y el pago de contribuciones y emita decreto a efecto de diferir el pago de contribuciones a contribuyentes y a las personas morales no contribuyentes, de las zonas geográficas afectadas por las lluvias y huracanes Stan y Wilma. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento

SEQUIA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 13 de octubre de 2005, que solicita al titular del Ejecutivo federal la reasignación inmediata de recursos del Fondo para Atender a la Población Afectada por las Contingencias Climatológicas, producto de la sequía atípica e impredecible en los estados de Zacatecas, Durango y San Luis Potosí, entre otros. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento

FENOMENOS METEOROLOGICOS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 18 de octubre de 2005, que exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y utilizando economías del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005, constituya un fondo financiero sustentable destinado de manera equitativa a los estados de Chiapas, Veracruz, Oaxaca, Puebla, Hidalgo, Guerrero y Nuevo León. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento

MIGRANTES INDOCUMENTADOS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 18 de octubre de 2005, que exhorta a la Secretaría de Gobernación, para que investigue el maltrato, la detención y la violación de los derechos humanos que sufren, en territorio nacional, los migrantes indocumentados. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento

FENOMENOS METEOROLOGICOS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2005, que exhorta al Ejecutivo federal a que agilice la entrega de los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales y destine otras partidas, con el fin de iniciar la etapa de reconstrucción y reactivar la economía y el desarrollo de los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa presentada por la senadora Yolanda Eugenia González Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, con proyecto de decreto que reforma el inciso a), de la fracción I del artículo 8o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en relación con el alcohol desnaturalizado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

CODIGO DE COMERCIO

Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 79 y reforma el artículo 80 del Código de Comercio, sobre convenios y contratos mercantiles celebrados por correspondencia, telégrafo o medios electrónicos. Es de primera lectura

CODIGO DE COMERCIO

Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma el artículo 1056 del Código de Comercio, en materia de presentación de ausentes e ignorados. Es de primera lectura

LEY GENERAL DE SALUD - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

Dictamen de las Comisiones Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 208 bis y el artículo 260 y reforma el artículo 464 de la Ley General de Salud; adiciona el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, sobre prevenir y sancionar la falsificación de medicamentos. Es de primera lectura

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para crear la Comisión de la Función Pública. Es de primera lectura

CONDECORACIONES

Dos dictámenes de la Comisión de Gobernación, con proyectos de decreto que conceden permiso a los ciudadanos Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega y Carlos Rodríguez y Quezada, para aceptar y usar las condecoraciones que les otorgan los Gobiernos de la República de Guatemala y de Serbia y Montenegro, respectivamente. Son de primera lectura

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Dos dictámenes de la Comisión de Gobernación, con proyectos de decreto que conceden permiso a seis ciudadanos para prestar servicios en la Embajada de la República Checa, en la Delegación de la Comisión Europea en México y en diversas representaciones diplomáticas de los Estados Unidos de América en México. Son de primera lectura

CONDECORACIONES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyectos de decreto que conceden permiso a seis ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de la República de Guatemala, del Reino de Dinamarca, de la República Francesa, del Reino de España, de la República de El Salvador y de la República de Panamá, respectivamente. Es de primera lectura

CONDECORACIONES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Eduardo Graneros Bárcenas para aceptar y usar la medalla que le otorgan las Fuerzas Armadas de la República de El Salvador, así como la condecoración y medalla que le otorga el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales

ADELA NOLASCO PERAZA

El Presidente informa del sensible fallecimiento de la señora Adela Nolasco Peraza, madre del diputado Guillermo Martínez Nolasco, Presidente de la Comisión de Defensa Nacional

ESTADO DE MICHOACAN

Dictamen de la Comisión de Energía, con punto de acuerdo a la proposición presentada en la sesión del 5 de abril de 2004, para exhortar a la Comisión Federal de Electricidad a que considere la pertinencia de que varios municipios del estado de Michoacán, sean cambiados para su atención de la División Centro - Sur a la División Centro - Occidente, con sede en Morelia

DISCAPACITADOS

Dictamen de las Comisiones Unidas de Transportes y de Energía, con punto de acuerdo a la proposición presentada en la sesión del 29 de abril de 2004, para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a que coordine la formulación y el impulso a un programa de accesibilidad que tenga por objeto establecer rampas y sanitarios especiales para personas con discapacidad en los paradores de la red carretera nacional

Se aprueban los anteriores dos dictámenes. Comuníquense

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 34 - A, 34 - B y 34 - C a la Ley Federal de Protección al Consumidor, presentada el 23 de octubre de 2001

CODIGO DE COMERCIO

Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 1259 del Código de Comercio, presentada el 28 de abril de 2005

LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1o. y agrega un Capítulo V Bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles, presentada el 8 de marzo de 2005

CODIGO DE COMERCIO

Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1198, 1203 y 1401 del Código de Comercio, presentada el 28 de abril de 2005

LEY ORGANICA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

Dictamen de la Comisión de Energía, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 5o. y 14 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, presentada el 27 de abril de 2004

Se aprueban los anteriores dictámenes. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos

ORDEN DEL DIA

Solicitud de la Junta de Coordinación Política, para incorporar un punto en el orden del día. Se aprueba

DIPUTADO MIGUEL ANGEL TOSCANO VELASCO

Para referirse a las declaraciones en entrevista televisiva del diputado Miguel Angel Toscano Velasco, sobre presuntos sobornos a diputados por parte de empresas tabacaleras, se concede la palabra a los diputados:

Jesús Porfirio González Schmal

Óscar González Yáñez

Jorge Antonio Kahwagi Macari

Pablo Gómez Álvarez

Antonio Morales de la Peña

María Hilaria Domínguez Arvizu

Rectifican hechos los diputados:

Iván García Solís

María Guadalupe Morales Rubio

Jorge Martínez Ramos

Julián Nazar Morales

Desde su curul el diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia, solicita que se retire su expresión del diputado Nazar Morales; el Presidente solicita al diputado Nazar Morales retirar su expresión

Julián Nazar Morales, sostiene lo expresado y retira otra expresión, refiriendo el artículo 61 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El Presidente toma nota, instruyendo a la Secretaría con base en el artículo 107 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, insertar la expresión en acta especial

Continúan sobre el tema los diputados:

Juan Fernando Perdomo Bueno

Jorge Antonio Kahwagi Macari

María de los Dolores Padierna Luna

Federico Döring Casar

Jorge Uscanga Escobar

Contestan alusiones personales los diputados:

Irma Guadalupe Moreno Ovalles

María Hilaria Domínguez Arvizu

Julián Nazar Morales

Iván García Solís

Federico Döring Casar

Julián Nazar Morales

ORDEN DEL DIA

Solicitud de la Junta de Coordinación Política, para incorporar en el orden del día una iniciativa, que la Asamblea aprueba su incorporación

LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL DAÑO Y EL DETERIORO AMBIENTAL - LEY DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental y que deroga el artículo 203 de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

Se recibe del diputado Alejandro Agundis Arias, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 65 de la Ley General de Vida Silvestre, sobre áreas de refugio para protección de especies en medios acuáticos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

LEY ORGANICA DEL CONGRESO - LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION

La diputada María de los Dolores Padierna Luna presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 39, 40 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 66 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, para la dictaminación de la Cuenta Pública Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

El diputado Oscar González Yáñez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para implementar tarifas preferenciales a autopistas de cuota cuando éstas se encuentren en reparación. Se turna a la Comisión de Transportes

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El diputado Carlos Blackaller Ayala presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 21 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en referencia a la Secretaría de Energía. Se turna a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural

ARTICULOS 84 Y 85 CONSTITUCIONALES

El diputado Iván García Solís presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 84 y 85 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de sustitución automática del Presidente de la República en caso de falta absoluta. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTICULO 105 CONSTITUCIONAL

El diputado Francisco Javier Bravo Carvajal presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a controversias constitucionales. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

Se recibe del diputado Emilio Zebadúa González, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 6o. y 102 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sobre la revisión de la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación por parte de las cámaras del Congreso de la Unión. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

La diputada Evelia Sandoval Urbán presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 15 y 57 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, referente a las condiciones de pensionados y jubilados. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social

LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS

El diputado Marcelo Herrera Herbert presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 8o. de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, en relación con el sector agropecuario. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

El diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 72 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, respecto al bloqueo de emisión, transmisión y recepción de telecomunicaciones en centros penitenciarios. Se turna a la Comisión de Comunicaciones

LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFIA

El diputado Inti Muñoz Santini presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un artículo 19 Bis a la Ley Federal de Cinematografía, para estímulos fiscales a cine clubes. Se turna a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía

VERIFICACION DE QUORUM

Desde su curul la diputada Martha Palafox Gutiérrez solicita la verificación del quórum

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 3o. y 5o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en relación con la Secretaría de la Función Pública. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia y Derechos Humanos

LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

El diputado Pablo Alejo López Núñez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales; para adicionar en el acto de izar la bandera a toda asta, la fecha del 12 de septiembre como aniversario del batallón de San Patricio. Se turna a la Comisión de Gobernación

LEY ADUANERA

La diputada Rosa María Avilés Nájera presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 16 y 43 de la Ley Aduanera, respecto a prestadores de servicios de procesamiento electrónico de datos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

VERIFICACION DE QUORUM

La Secretaría confirma la existencia de quórum

CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 del Código Federal de Procedimientos Penales, sobre la figura de la conciliación en litigios de materia penal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY PARA EL TRATAMIENTO DE MENORES INFRACTORES

El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, sobre el trato a menores con discapacidad y atribuciones en dicha ley de la Secretaría de Seguridad Pública. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Seguridad Pública

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

El diputado Fernando Álvarez Monje a nombre propio y del diputado Ricardo Alegre Bojórquez, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 26 y adiciona un artículo 26 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, respecto a las acciones en grupo. Se turna a la Comisión de Economía

LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE

El diputado Guillermo Velasco Rodríguez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 79 y 80 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, sobre centros de instalaciones deportivas de carácter público. Se turna a la Comisión de Juventud y Deporte

ORDEN DEL DIA

Solicitud de la Junta de Coordinación Política para modificar el orden del día. La Asamblea lo aprueba

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

Se recibe iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 174 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, suscrita por los diputados: Concepción Olivia Castañeda Ortiz, Agustín Miguel Alonso Raya, Manuel Pérez Cárdenas y Lucio Galileo Lastra Marín. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social

ORDEN DEL DIA

Solicitud de la Junta de Coordinación Política, para modificar el orden del día. La Asamblea lo aprueba

COMISIONES LEGISLATIVAS

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con las que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva de la Comisión de Energía. Aprobado

Ocho comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que propone cambios en la integración de las comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, de Ciencia y Tecnología, de Justicia y Derechos Humanos, de Economía, de Relaciones Exteriores, de Agricultura y Ganadería, de Seguridad Social, de Turismo, de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, Especial de la Cuenca Lerma - Chapala, de Energía y de Comunicaciones. De enterado

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

La Presidencia ratifica el turno dado a la iniciativa presentada por los diputados Concepción Castañeda Ortiz, Miguel Alonso Raya, Manuel Pérez Cárdenas y Lucio Galileo Lastra, en el sentido de que exclusivamente se turna esta iniciativa a la Comisión de Seguridad Social

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 2o. y reforma los artículos 3o. y 5o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

ORDEN DEL DIA

Solicitud de la Junta de Coordinación Política, para modificar el orden del día. La Asamblea lo aprueba

COMISIONES LEGISLATIVAS

La Junta de Coordinación Política propone cambios en la integración de la Mesa Directiva de la Comisión de Economía. Aprobada

CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - CODIGO DE COMERCIO - LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Se recibe del diputado Hugo Rodríguez Díaz, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 303 del Código Federal de Procedimientos Civiles y 103 del Código Federal de Procedimientos Penales; reforma y adiciona el artículo 1068 del Código de Comercio; y adiciona el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo, respecto a tipos de comunicación para llevar a cabo notificaciones. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión

REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL

El Presidente informa que la última verificación de quórum servirá de registro final de diputadas y diputados

EFEMERIDES

Con base al artículo primero transitorio del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política para adicionar los artículos decimotercero y decimoséptimo y reformar el artículo decimoctavo del Acuerdo Parlamentario relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, aprobado en la sesión del día 5 de abril de 2004, se reproducen las siguientes efemérides:

Con motivo del 95 aniversrio del inicio de la Revolución Mexicana, ocurrido el 20 de noviembre de 1910, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia

Con motivo de la conmemoración del Día de la Armada de México, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia

Relativa al 48 aniversario luctuoso del pintor mexicano Diego Rivera, fallecido el 24 de noviembre de 1957, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI


Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga

ASISTENCIA
El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado de cómputo de asistencia de ciudadanos diputados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 330 diputadas y diputados. Por tanto, hay quórum, señor Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga (a las 11:12 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

«Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

Orden del día

Martes 29 de noviembre de 2005.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Del Congreso de Guerrero.

De la Junta de Coordinación Política.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

- Por el que se prorroga la vigencia de la Comisión Especial de prospectiva para la definición del futuro de México. (Votación)Iniciativa del Congreso de San Luis Potosí

Que reforma el primer párrafo de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

Del Poder Judicial de la Federación

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)

De la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana y a la procuración de justicia vinculada.

Con el que remite el segundo informe sustantivo de actividades, que comprende el periodo del 15 de abril al 15 de noviembre 2005.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Camilo de Jesús Antón García pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Querétaro, con circunscripción consular en el estado de Querétaro. (Turno a Comisión)

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Daniel Romero Mejía pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario de Japón en la ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el estado de Baja California. (Turno a Comisión)

Siete contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)

Oficio de la Cámara de Senadores

Con el que remite iniciativa que reforma el inciso a) de la fracción I del artículo 8 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, presentada por la senadora Yolanda Eugenia González Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona el Código de Comercio.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma el artículo 1056 del Código de Comercio.

De las Comisiones Unidas de Salud, y de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Federal de Procedimientos Penales.

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Quetzal, en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Guatemala.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano embajador Carlos Rodríguez y Quezada para aceptar y usar la condecoración de la Estrella Yugoslava de Primer Grado, que le otorga el Gobierno de Serbia y Montenegro.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Verónica Solís Pesquera y Enrique Gutiérrez Carmona para prestar servicios en la Embajada de la República Checa y en la Delegación de la Comisión Europea en México, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Luis Antonio Morán Mora, Luz del Carmen Salcedo Vaudrecourt, Teodora María López Noriega y Mercedes González Gutiérrez para prestar servicios en la Embajada y en los Consulados de Estados Unidos de América en México, Hermosillo, Sonora, y Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Felipe Camelo Schwars, Miguel González Calette, Salvador Meléndez Mena, José Saúl Juárez Vega, Miguel Hakim Simón, Juan Benito Artigas Hernández y Raúl Sergio Arroyo García para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de la Republica de Guatemala, del Reino de Dinamarca, de la República Francesa, del Reino de España, de la República de El Salvador y de la Republica de Panamá, respectivamente.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Subteniente de Fuerza Aérea Piloto Aviador Eduardo Graneros Bárcenas para aceptar y usar la medalla ``Capitán General Gerardo Barrios'', que le otorgan las Fuerzas Armadas de la República de El Salvador, así como la condecoración Estrella de Carabobo y la Medalla Teniente Carlos Meyer, que le otorga el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela.

De la Comisión de Energía, con puntos de acuerdo para solicitar al titular de la Comisión Federal de Electricidad el cambio de varios municipios de Michoacán de la división centro-sur a la división centro-occidente.

De las Comisiones Unidas de Transportes, y de Energía, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que coordine la formulación y dé impulso a un programa de accesibilidad que tenga por objeto establecer rampas y sanitarios especiales para personas con discapacidad en los paradores de la red carretera nacional.

Dictámenes negativos

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que adiciona los artículos 34-A, 34-B y 34-C a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 1259 del Código de Comercio.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma los artículos 1198, 1203 y 1401 del Código de Comercio.

De la Comisión de Energía, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona los artículos 5 y 14 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Iniciativas de ciudadanos diputados

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, en materia de la dictaminación de la Cuenta Pública federal, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Oscar González Yáñez, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 21 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Carlos Blackaller Ayala, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 84 y 85 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 65 de la Ley General de Vida Silvestre, a cargo del diputado Alejandro Agundis Arias, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Antonio González Roldán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 73, 74 y 77 de la Ley General de Salud, en materia de salud mental, a cargo de la diputada Yadira Serrano Crespo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a cargo del diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con el objeto de mejorar las condiciones de los pensionados y jubilados, a cargo de la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 72 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo del diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona el artículo 19 Bis a la Ley Federal de Cinematografía, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 4, 166, 223 y 264 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3 y 5 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Pablo Alejo López Núñez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 16 y 43 de la Ley Aduanera, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 113 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 26 y adiciona el 26 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por los diputados Fernando Álvarez Monje y Ricardo Alegre Bojórquez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 79 y 80 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Antonio Morales de la Peña, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Leonardo Álvarez Romo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 6 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, a cargo de la diputada Rosario Sáenz López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona el artículo 168 Bis 1 al Código Penal Federal, suscrita por los diputados Manuel Gómez Morín Martínez del Río y Ricardo Alegre Bojórquez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 25 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Cristina Díaz Salazar, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alejandro Murat Hinojosa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gonzalo Guízar Valladares, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo del diputado Arturo Robles Aguilar, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo séptimo transitorio al decreto por el que se crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2005, a cargo del diputado Arturo Robles Aguilar, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 28 de la Ley de Planeación, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 26 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código de Comercio y de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo del diputado Pedro Ávila Nevárez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, establezca el mecanismo para recuperar el importe de los descuentos a los usuarios de Gas Natural de uso doméstico y aplique en la Región de Piedras Negras, Coahuila los beneficios que otorgan los Decretos de fechas 16 de mayo y 12 de septiembre de 2005, a cargo del diputado Jesús María Ramón Valdés, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para solicitar a los gobiernos federales y estatales, implementen e instalen los equipos técnicos necesarios para inhibir las señales de telefonía celular en el interior de los centros de readaptación social que se encuentren sujetos a su administración, a cargo del diputado Ernesto Herrera Tovar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la Cámara de Diputados manifieste su respaldo y solidaridad a las familias afectadas por las recientes lluvias y solicite respetuosamente al Titular del Ejecutivo federal instrumente medidas inmediatas y apoye económicamente al gobierno de Michoacán para resolver la problemática de todos aquellos que se vieron afectados, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Federal Electoral y a los Institutos Estatales Electorales, a seguir fomentando la participación Infantil, suscrita por las diputadas Angélica Ramírez Luna, Adriana González Furlong y María del Rocío Jaspeado Villanueva, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para solicitar al secretario de Salud del Gobierno Federal informe sobre los motivos para suspender la campaña contra la homofobia y que ésta sea nuevamente difundida tanto en medios de comunicación como en el portal de Internet de la propia Secretaría, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT informe sobre las acciones realizadas o proyectadas para asegurar la permanencia, confidencialidad y soberanía de las redes satelitales gubernamentales, que se tienen en las bandas de frecuencia C, Ku y L, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para dirigir un extrañamiento y exhortar al Presidente Municipal de Mérida, Yucatán, a conducirse con respeto a la investidura de los representantes populares, autoridades electas y ciudadanos en general evitando medidas represivas innecesarias, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente de la República, actualizar el decreto por el que se sujetó el gas licuado de petróleo a precios mínimos de venta de primera mano y de venta a usuarios finales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2003, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, al Instituto Nacional de Migración y a la Secretaría de Relaciones Exteriores, permitir la participación de organizaciones civiles en el proceso de repatriación voluntaria, a cargo de la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo al ejido San Rafael, Municipio de Contepec, estado de Michoacán, a cargo del diputado Margarito Fierros Tano, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal, implemente acciones conducentes para acelerar el proceso de reconstrucción en todos los sectores del estado de Chiapas, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión Federal de Electricidad, actualice los registros de temperaturas medias mensuales de diversos municipios del estado de Michoacán, con el objeto de reclasificar la tarifa de consumo aplicada a ellos, a cargo del diputado Israel Tentory García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita se difunda y publicite el reconocimiento de la Matricula Consular como identificación oficial, a cargo de la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, instruir de inmediato la ejecución de la obra Carretera Libre a Zapotlanejo, en el estado de Jalisco, a cargo del diputado Sergio Chávez Dávalos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a no disminuir el Arancel de las Importaciones de Productos de Acero, a cargo del diputado Enrique Burgos García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita se considere una reducción en los impuestos a los combustibles para automotores que adquieran los transportistas en el próximo ejercicio fiscal, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se hace un llamado al Gobierno Federal y al Gobierno y Municipios del estado de Michoacán, para frenar la ola de violencia que impera en ese Estado, a cargo del diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la integración de un grupo de diputados de las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía y de Justicia y Derechos Humanos para que atienda la problemática relacionada con el proyecto hidroeléctrico La Parota en el estado de Guerrero, a cargo de la diputada Eliana García Laguna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SHCP, devolver el ISR indebidamente retenido en el pago de pensiones al personal del Instituto Mexicano de Investigaciones Tecnológicas, que fue víctima del desvío del fondo constituido para su retiro, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se suspenda de forma definitiva la construcción de las regasificadoras en la zona del noroeste de la República Mexicana, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, investigue el acuerdo que firmó el Gobierno Federal, por el que cede a la empresa Estadounidense Kansas City Southern, un paquete accionario del 20 por ciento de la empresa Transportación Ferroviaria Mexicana, a cargo de la diputada Dolores Gutiérrez Zurita, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, para que a través del INEA, instrumente un programa que de manera integral abata el fenómeno conocido como analfabetismo, en donde pueda convocar a organismos del sector privado a participar en la instrumentación, financiamiento y operación de este programa, a cargo de la diputada Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director de Petróleos Mexicanos a erogar los recursos del Programa de Seguridad Industrial y Mantenimiento de Infraestructura, a las instalaciones de la paraestatal en los estados del Golfo de México, a cargo del diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Sagarpa, otorgue recursos extraordinarios a los productores de manzana, a fin de resarcir las pérdidas que por granizada sufrieron los municipios de Guerrero, Bachiniva, Cuauhtémoc, Rubio, La Junta y Basuchil del estado de Chihuahua, a cargo del diputado Jorge Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Educación Pública, a la Secretaría de la Función Pública y al Instituto Nacional de los Derechos de Autor, realicen una investigación y, en su caso, soliciten una auditoría sobre la recaudación, administración y rendición de cuentas de los recursos que maneja la Sociedad de Autores y Compositores de México, a cargo del diputado Rafael Candelas Salinas, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Poder Ejecutivo federal que, a través del Consejo Nacional para la Prevención y el Tratamiento del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, así como al Comité Técnico del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud, se extienda y aplique de manera urgente e inmediata el Programa del Seguro Popular a los Infantes y Adolescentes de la República Mexicana que padecen de Cáncer en sus diferentes características, a cargo del diputado José Manuel Abdala de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para combatir las importaciones irregulares por contrabando y triangulaciones de chile seco, a cargo del diputado Antonio Mejía Haro, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat, para que rinda un informe acerca de la política que el Gobierno Federal asume respecto a la construcción del proyecto Chevron Texaco en las Islas Coronado del estado de Baja California, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al secretario de Energía y al titular de la Comisión Reguladora de Energía, para que suspendan de inmediato la firma de contratos pendientes, la celebración de nuevas licitaciones y el otorgamiento de cualquier permiso adicional a los ya otorgados bajo la figura de productor independiente de energía eléctrica y de manera gradual se vayan liquidando los contratos hechos por el Gobierno Federal y los productores independientes, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública, adoptar las medidas necesarias para facilitar el traslado de los hermanos Héctor y Antonio Cerezo Contreras a un reclusorio del Distrito Federal, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedena, a suspender los efectos de cualquier permiso otorgado relacionado con explosivos, en tanto no exista claridad en torno al resto de las regulaciones necesarias que debe de cumplir una explotación de este tipo y sobre todo, mientras no se llegue a un proceso de concertación entre los pobladores que permita evitar un conflicto social y jurídico, a cargo del diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, canalizar recursos necesarios al estado de San Luis Potosí, para la implementación de Programas Preventivos de la Lucha contra el Dengue, a cargo del diputado José Luis Briones Briseño, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal, a la SRE, a la Secretaría de Economía y a las autoridades culturales del país, suscribir en las reuniones de la Organización Mundial de Comercio la ratificación a la Convención sobre la protección de la diversidad de los contenidos culturales y las expresiones artísticas, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal, recuperar el mural Fraternidad, del pintor mexicano Rufino Tamayo, que se encuentra en el edificio central de la Organización de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que esta Soberanía manifiesta sus condolencias a la familia del licenciado Rogelio Zarazúa Ortega, asesinado el pasado 16 de septiembre, en Morelia, Michoacán. Asimismo se exhorta al titular del Ejecutivo federal a iniciar un proceso de discusión sobre el marco conceptual y las estrategias que sustentan la lucha del Estado Mexicano contra la delincuencia organizada en particular el narcotráfico, a cargo del diputado Rafael García Tinajero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SSP, para establecer los rubros sobre los cuales se realizará una inversión destinada al control interno y vigilancia de Centros Penitenciarios, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, evalúe si los beneficios del Programa Oportunidades son compatibles y complementarios con el programa Liconsa, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, modifique el acuerdo sobre la elaboración del Orden del Día de las Sesiones, Discusiones de los Dictámenes y Operación del Sistema Electrónico de Votación, con el objeto de agotar todos los apartados establecidos en el orden del día, a cargo del diputado Rafael García Tinajero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que esta Soberanía se sume a la iniciativa de diversos ciudadanos de todo el país que solicitan que la medalla Belisario Domínguez 2005, sea otorgada post mórtem al periodista Francisco Huerta, fallecido el pasado 27 de enero del presente año, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal informe a la ciudadanía que la reforma energética, no está aún en esta Soberanía; además aclare que los integrantes de la LIX Legislatura de esta Cámara de Diputados no han detenido y/o rechazado dicha reforma, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, publicar los planes y programas, así como los resultados y grado de avance que presenta la problemática de deterioro ecológico de la reserva de la biosfera de Los Tuxtlas, en el estado de Veracruz, a cargo del diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del estado de Guerrero y a la SEP, entablar una mesa de diálogo con los egresados normalistas de dicha entidad, suscrita por los diputados Emiliano Vladimir Ramos Hernández y Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades del IMSS, a establecer con carácter de urgente, mesas de diálogo con los productores agropecuarios de cada una de las regiones productivas del país, a fin de que se analicen a fondo las reformas recientes a la Ley de dicho Instituto, a cargo del diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCT, cancele la concesión otorgada a la Empresa Genesee & Wyoming para operar el Tren Chiapas-Mayab en el estado de Chiapas, a cargo del diputado Carlos Osvaldo Pano Becerra, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre el permiso a los trabajos de explotación de la Minera San Javier en el Cerro de San Pedro, Pueblo del Siglo XVI, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de las secretarías de Comunicaciones y Transportes, de la Función Pública y de la Auditoría Superior de la Federación, privilegien el diálogo y la conciliación para reanudar las obras de construcción de la Carretera Lagos de Moreno-San Luis Potosí, a cargo del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP active el sistema escalafonario de los profesores transferidos que laboran en escuelas consideradas tradicionalmente del sistema estatal en la entidad de Tlaxcala, a cargo del diputado Florentino Domínguez Ordóñez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Semarnat y de la Conagua para que analicen, dictaminen y en su caso resuelvan a favor del equilibrio ecológico y las reservas de agua en el municipio de Jiquipilco, estado de México, a cargo de la diputada Blanca Estela Gómez Carmona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los integrantes de la LIX Legislatura, aporten el equivalente a un día de salario neto para beneficiar a los damnificados de los municipios de Huixtla, Mapastepec, Huehuetán, Acapetahua, Escuintla, Villacomaltitlán, Mazatan y Acacoyagua del estado de Chiapas, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobernador del estado de Jalisco, y a la Secretaría de Administración y de Finanzas, se abstengan de invitar a participar al C. Susumo Azano Moritani y/o a la empresa denominada Diseños e Impresos de Seguridad, SA de CV, en las licitaciones públicas o concursos para la elaboración de matriculas metálicas vehiculares, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación, realice una auditoría a todo el proceso de selección del Servicio Profesional de Carrera y se constituya una subcomisión de legisladores para realizar una visita de inspección al área responsable de ejecutar dicho servicio en la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Beatriz Mojica Morga, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, para que integre en los libros de texto gratuitos la parte relativa a educación cívica, suscrita por diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la SCT, haga público el grado de avance físico y el ejercicio de los recursos presupuestados para este año, a través del proyecto de prestación de servicios para la construcción de la carretera Apatzingán-Cuatro Caminos en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Veracruz, legislar sobre el tema de participación ciudadana, suscrita por diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IFE y a los Institutos Estatales Electorales, implementen programas y proyectos para la población juvenil, enfocados a incrementar la participación ciudadana en las elecciones, suscrita por diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa para que el Servicio Nacional de Registro Agropecuario se apegue a la aplicación precisa de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, a cargo del diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, emita el decreto que exente a las Pyme del pago de impuesto al activo del ejercicio fiscal 2005, a cargo del diputado Norberto Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la LXII Legislatura del estado de Chiapas, elabore las adecuaciones correspondientes en su Constitución Estatal, respecto de las reformas al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del año 1999, a cargo del diputado Francisco Antonio Rojas Toledo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para solicitar a la SHCP aplique la tarifa 1-F para el suministro y venta de energía eléctrica en los municipios de Baja California Sur, a cargo del diputado Isidro Camarillo Zavala. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa adicione a las reglas de operación del Programa de Estímulos a la Productividad Ganadera, un texto en apoyo a los particulares dedicados a la crianza de ganado bovino, a cargo de la diputada Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Secretario de Gobernación, suspenda el otorgamiento de toda autorización que permita el inicio de operaciones de los permisos ya otorgados para Centros de Apuestas Remotas y Salas de Sorteos de Números, hasta en tanto no se resuelva la controversia constitucional 97/2004, a cargo del diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Legislaturas locales para que recomienden a las universidades e instituciones de educación superior integren en sus planes de estudio el tema de educación cívica, a cargo de la diputada Adriana González Furlong, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal para que a través de la Secretaría de Finanzas libere la asignación de los recursos financieros para el cumplimiento séptimo transitorio del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el Ejercicio Fiscal de 2005, a cargo del diputado Horacio Martínez Meza, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a investigar y deslindar responsabilidades respecto a la violación a la Ley Federal para Prevenir y evitar la Discriminación, a cargo del diputado Roberto Colín Gamboa, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos de los estados, realicen el trámite constitucional de la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo tercero a la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Sergio Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las ciudades declaradas Patrimonio Mundial y a la Secretaría de Turismo, realicen el Plan Maestro, a cargo de la diputada Nancy Cárdenas Sánchez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Baja California, para que dentro de sus facultades, pueda homologar su Código Civil al de otras entidades federativas en materia de derecho familiar, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que exhorta al Ejecutivo federal, a depositar ante la ONU el instrumento de ratificación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, suscrito por los diputados Adriana González Carrillo, Rodrigo Iván Cortés Jiménez y Gustavo de Unanue Aguirre, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que exhorta a los gobiernos de los estados con comunidades en estado de desastre y a la Profeco, a implementar acciones para evitar y castigar las prácticas de comercio abusivas en dichas zonas de desastre y las zonas cercanas a ellas, a cargo del diputado Edmundo G. Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a la SEP, a la Sedena, al IMSS, al ISSSTE, a la PGR y al Gobierno del Distrito Federal, a dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-028-SSA2-1999, para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, redoble esfuerzos para la protección y debida atención de niños migrantes en los procesos de repatriación segura y ordenada en la frontera norte de México, a cargo de la diputada Blanca Gámez Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el objeto de que reconsidere el monto económico impuesto por concepto de compensación ambiental en el cambio de uso de suelo de terrenos forestales de zonas áridas del estado de Chihuahua, a cargo del diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del Ejecutivo federal y del ISSSTE, abstenerse de retener el pago de pensiones a jubilados y pensionados que no hayan presentado la CURP, a cargo del diputado Jaime Fernández Saracho, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, fiscalice y audite los recursos federales que fueron transferidos al IMSS, conforme a los convenios suscritos a partir de 2003 con la Sagarpa y la Ssa, a cargo del diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, mediante la Segob, y al Instituto Nacional de Migración, informen sobre las condiciones de operación de la estación migratoria de Acayucan, Veracruz, a cargo de la diputada Regina Vázquez Saut, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, reconsidere su postura frente al apoyo económico que ofreció el Gobierno Español a los países Centroamericanos afectados por la tormenta Stan, a cargo del diputado Benjamín Fernando Hernández Bustamante, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación efectúe las auditorías necesarias al sistema Metrobús del Gobierno del Distrito Federal y a los funcionarios responsables de dichos sistemas, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para crear una Comisión Plural de diputados que realice una auditoría técnica jurídica y Administrativa a la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al Consejo de Salubridad General y a la Comisión de Presupuesto de esta Soberanía, participen en las acciones de prevención de la pandemia de gripe producida por el virus de la influenza aviar, suscrito por los diputados Emilio Serrano Jiménez, Rafael García Tinajero del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Pablo Anaya Rivera del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y el Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con Punto de acuerdo por el que se exhorta al IFE, ejerza un mayor presupuesto en la promoción del voto de los mexicanos residentes en el extranjero, suscrito por los diputados Eliana García Laguna, Juan José García Ochoa y Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCT, programe y ejecute la repavimentación de 45 kilómetros de carretera con destino a la Bocana, municipio de Mulegé, Baja California Sur, a cargo del diputado Isidro Camarillo Zavala. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a esta Soberanía, contemple en el Proyecto de Ley de Ingresos 2006, la participación de los municipios en los ingresos provenientes de las Administraciones Portuarias Integrales que se encuentren en sus jurisdicciones, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, intervenga en el conflicto entre la Cooperativa de refrescos Pascual y los dueños de dos predios que ocupa ésta; asimismo se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, destine una partida para apoyar a estos cooperativistas en el pago de los predios, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SEP y al director de la Conade, impulsen la creación de una coordinación encargada de vigilar el fomento a la Educación y Cultura Física en las escuelas de educación básica, a cargo del diputado Gerardo Ulloa Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que esta Soberanía se pronuncia a favor del fortalecimiento de la ONU en conmemoración de su sexagésimo aniversario, suscrito por los diputados Adriana González Carrillo, Blanca Gámez Gutiérrez y Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que los integrantes de la Comisión Especial del Café hacen un exhorto al Ejecutivo federal, para que aplique los excedentes del Programa Fondo de la Cafeticultura del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2005, a las zonas afectadas por los fenómenos meteorológicos de los últimos días, a cargo del diputado Jorge B. Utrilla Robles, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT y al Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, vigilen que los concesionarios de telefonía celular realicen y mantengan actualizada una base de datos de los usuarios de telefonía celular de prepago, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación, audite la gestión financiera del 2004 de la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT y al Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, programen los celulares desde fábrica para que aparezca el cronómetro en minutos y segundos de las llamadas realizadas, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT y al Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, emitan la regulación correspondiente para evitar el cobro de tarifa por redondeo, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la instalación de una base terminal del monitoreo de la Mesa Central de Servicios del Programa Enciclomedia, a la cual tenga acceso directo la Cámara de Diputados, así como la Auditoria Superior de la Federación, a cargo del diputado José Adolfo Murat Macias, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que de celeridad al proceso de Declaratoria de zona federal de monumentos arqueológicos del Cerro de la Estrella, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a través de las Secretarías de Salud, de Gobernación y de Economía, así como a los gobiernos de las entidades federativas, intensifiquen las labores de inspección y vigilancia de los establecimientos y personas que realizan tratamientos y cirugías de carácter estéticos, a cargo del diputado José Javier Osorio Salcido, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Legislaturas de las entidades federativas, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a que en sus respectivas leyes penales contemplen como delitos las conductas relativas al abandono de personas, o en su caso, procedan a la revisión de los referidos tipos penales, a cargo de la diputada Martha Leticia Rivera Cisneros, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a las autoridades locales de las entidades federativas afectadas por los huracanes Stan y Wilma apliquen programas de empleo temporal y de becas para desempleados en apoyo a trabajadores eventuales y de la economía informal y adopten medidas para apoyar la planta productiva de las zonas afectadas para detener los despidos masivos que están sufriendo estos trabajadores, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Gobierno de Nuevo León, deje de intervenir en los procesos de integración de los órganos ciudadanos y exhortar al Trife, analice el juicio de revisión constitucional presentado en contra del Congreso Local por la designación de magistrados electorales, a cargo de la diputada Tatiana Clouthier Carrillo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, actualice los libros de texto gratuitos a efecto de que se incluyan contenidos relacionados con las necesidades especiales y su prevención, en beneficio de las niñas y niños con necesidades especiales, a cargo del diputado José Luis Briones Briseño, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que esta Soberanía expresa su beneplácito por el depósito ante la ONU del Instrumento de ratificación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, suscrito por los diputados Adriana González Carrillo, Rodrigo Iván Cortés Jiménez y Gustavo de Unanue Aguirre, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exenta a las Pyme del pago del Impuesto al Activo del ejercicio fiscal 2005, a cargo del diputado Norberto Enrique Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la CFE, actualice los registros de temperaturas medias mensuales de diversos municipios del estado de Michoacán, a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita que el remanente de los recursos provenientes del IFE destinados a financiar el voto de los mexicanos en el extranjero, se destine al Conacyt y proponer que se mantengan las multas del IFE etiquetadas para el ramo 38, suscrito por los diputados Luis Maldonado Venegas y Julio César Córdova Martínez del grupo parlamentario de Convergencia y del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la CFE, actualice los registros de temperaturas medias mensuales del municipio de Parácuaro del estado de Michoacán, a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar a esta Soberanía, rinda un homenaje al doctor Ignacio Burgoa Orihuela, a cargo del diputado Emiliano V. Ramos Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades Federal, Estatal y Municipal, determinen el monto y destino de los recursos que serán ejercidos en la reconstrucción del estado de Quintana Roo afectado por el huracán Wilma, a cargo del diputado Emiliano V. Ramos Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a esta Soberanía acuerde en sesión solemne un reconocimiento al esfuerzo de la Universidad Pública y en lo particular a la UNAM, a cargo del diputado Agustín Rodríguez Fuentes, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal, para que a través de las diferentes Secretarías involucradas, implementen correctamente el Programa Paisano, a cargo del diputado José Manuel Abdala de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, instruya a la SCT y a la SHCP, a fin de que asignen al Organismo Descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios, recursos para iniciar los trabajos de la Autopista Palenque-San Cristóbal de las Casas, a cargo del diputado Jorge B. Utrilla Robles, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre la representatividad del Titular del Ejecutivo federal en sus viajes al extranjero, a cargo del diputado José Alberto Aguilar Iñárritu, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a esta Soberanía, integre una Comisión Legislativa para la Promoción del Desarrollo de la Región Centro-Occidente, a cargo del diputado Carlos Blackaller Ayala, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se haga una reserva a la Ley de Ingresos, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a establecer un fondo para otorgar becas a alumnos de escasos recursos en escuelas particulares de educación superior, a cargo del diputado Norberto Enrique Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la CFE y a la SEP, se respete estrictamente el convenio que exenta del pago por el consumo de energía eléctrica a las escuelas preparatorias federales por cooperación de todo el país, a cargo del diputado José Manuel Abdala de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se propone a esta soberanía, desaprobar públicamente las expresiones hechas por el Presidente de Venezuela Hugo Chávez, y se exhorta a la SRE informe sobre la explicación que emita la Cancillería Venezolana, suscrito por los diputados Consuelo Camarena Gómez y Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las entidades federativas y a las secretarías de Turismo y de Salud, promuevan la obtención del distintivo ``H'' en todos los establecimientos que expendan alimentos, a cargo de la diputada Tatiana Clouthier Carrillo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, que a través del órgano administrativo desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, agilice los trámites respectivos que resuelvan y contesten, conforme a derecho, las peticiones de libertad preparatoria de los internos del fuero federal, a cargo del diputado José Manuel Abdala de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal, solucione la constante alza de tarifas en el servicio de energía eléctrica para consumo doméstico, a cargo del diputado Alfonso Moreno Morán, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que los recursos aplicados por los estados y municipios en la emergencia de las recientes contingencias meteorológicas, se consideren como contraparte en las obras que se aprueben en el PEF 2006, a cargo del diputado Marco Antonio Torres Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Servicios de esta Soberanía, elabore y ponga en marcha un sistema de manejo ambiental, a cargo de la diputada María Guadalupe García Velasco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, solicite al Tribunal Superior Agrario, reabra juicio del ejido Hoyo del Aire, localizado en el municipio de Teretan, en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Carlos Hernán Silva Valdés, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relacionado con los cobros que en el Servicio de Energía Eléctrica viene realizando la CFE en el estado de Yucatán, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, instruya a la SHCP, a fin de que las economías que resulten del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, se considere y transfiera a la SCT, una partida para la ampliación del Aeropuerto de Palenque, estado de Chiapas, a cargo del diputado Jorge B. Utrilla Robles, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal declare como área natural de protección de recursos naturales al Bosque de El Nixticuil, localizado en el municipio de Zapopan, Jalisco, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita se incorpore en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006, una partida para el parque marino nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, a cargo del diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la Semarnat y el Instituto Nacional de Ecología expidan la Norma Oficial Mexicana que regule la operación de los Centros Integrales para el Manejo de los Residuos Industriales, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal y a los Gobiernos del estado de México y del Distrito Federal, realicen coordinadamente acciones necesarias para el saneamiento del Río de los Remedios, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat de a conocer los documentos referentes a la aprobación de la Cibiogem, y a la Sagarpa la evaluación científica del Subcomité Especializado en Agricultura, a cargo del diputado Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa y a la Secretaría de Marina, verifiquen que las embarcaciones pesqueras que operan en el estado de Quintana Roo, cuenten con los permisos correspondientes, a cargo del diputado Víctor Manuel Alcerreca Sánchez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a la Auditoría Superior de la Federación, audite los recursos federales correspondientes a los fondos del Ramo 33 relativos a educación, salud e infraestructura social, ejercidos en el año fiscal 2004 por los municipios de Acapulco de Juárez, Chilpancingo de los Bravo, Taxco de Alarcón, Iguala de la Independencia, Ajuchitlán del Progreso y Tecoanapa en el estado de Guerrero, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a titular de la Segob, atienda lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en materia de preferencia religiosa, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de San Luis Potosí, revise el otorgamiento de concesiones de taxis, a cargo de la diputada Tatiana Clouthier Carrillo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la SHCP y al Administrador General de Aduanas, informen sobre la supuesta privatización de la Fiscalización Aduanal, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, instaure el 14 de agosto como el día del Cine Mexicano, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, adelante el pago del apoyo del Programa de Estímulos al Campo, o Procampo, considerando las severas afectaciones climatológicas en varios estados de la República, a cargo del diputado Rafael Flores Mendoza, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para incluir en las agendas de los Foros Bilaterales, Regionales e Internacionales, el tema de Fiscalización Superior, así como en los encuentros entre Grupos de Amistad y demás instancias en las que participe la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, a cargo del diputado Salvador Sánchez Vázquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Excitativas

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, a solicitud del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos, de Seguridad Pública, y de Puntos Constitucionales, a solicitud del diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.»


ACTA DE LA SESION ANTERIOR
El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la Asamblea si se dispensa le lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves veinticuatro de noviembre de dos mil cinco, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de trescientos dieciocho diputadas y diputados, a las diez horas con diecinueve minutos del jueves veinticuatro de noviembre dos mil cinco, el Presidente declara abierta la sesión.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del orden del día.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.

Comunicaciones de los congresos de los estados de:

  • Nuevo León, con acuerdo por el que solicita a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, gire oficio al Ejecutivo Federal para que dé cumplimiento a lo considerado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco, relativo a la ampliación de la línea dos del Metro. Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

  • Tamaulipas, con acuerdo por el que solicita a la Comisión Nacional del Agua, implemente acciones de mantenimiento, renovación y, en su caso, reubicación de termómetros de las diversas estaciones climatológicas en esa entidad federativa, a efecto de contar con parámetros más exactos para la clasificación y determinación de las tarifas eléctricas. Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.

    Comunicación del diputado Eduardo Olmos Castro con la que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse del cargo de diputado federal electo en el quinto distrito del estado de Coahuila. La Secretaría da lectura al punto de acuerdo por el que se concede la licencia solicitada y la Asamblea lo aprueba en votación económica.

    Comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que informa de cambios en la integración del Grupo de Amistad México -- Cuba. De enterado.

    A las diez horas con veinticuatro minutos la Secretaría informa del registro de trescientos treinta y nueve diputadas y diputados e instruye el cierre del sistema electrónico de asistencia.

    La Junta de Coordinación Política propone los siguientes proyectos de acuerdo:

  • Para exhortar al Consejo de Salubridad General, actualice las categorías de enfermedades que ocasionan gastos catastróficos e incluya la categoría de enfermedades genéticometabólicas Gaucher, Fabry, mucopolisacaridosis y Pompe y se definan tratamientos y medicamentos relacionados con este tipo de enfermedades. Hablan en pro la diputada Angélica de la Peña Gómez y el diputado Rafael García Tinajero Pérez, del Partido de la Revolución Democrática. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

  • Para impulsar la realización de conversaciones entre el Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos y el Congreso de la República Bolivariana de Venezuela, con el objetivo de contribuir, por medio de la diplomacia parlamentaria, a la superación de las diferencias diplomáticas surgidas entre los gobiernos de México y Venezuela. El diputado Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo, da lectura al proyecto de acuerdo de referencia a nombre de la Junta de Coordinación Política. Hablan en pro los diputados: Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del Partido Acción Nacional; y Juan José García Ochoa, del Partido de la Revolución Democrática. La Asamblea aprueba en votación económica abrir una nueva ronda de oradores en pro. En consecuencia, hablan los diputados: Carlos Martín Jiménez Macías, del Partido Revolucionario Institucional, en pro; Rafael García Tinajero Pérez, del Partido de la Revolución Democrática, para rectificar hechos; y Pedro Ávila Nevárez, del Partido Revolucionario Institucional, en pro. Rectifican hechos los diputados: Emilio Serrano Jiménez, del Partido de la Revolución Democrática; Jesús Emilio Martínez Álvarez, de Convergencia; y Pablo Alejo López Núñez, del Partido Acción Nacional. Desde su curul solicitan consultar a la Asamblea si el asunto está suficientemente discutido los diputados: José Antonio Pablo de la Vega Asmitia, del Partido Acción Nacional; Jiménez Macías; y Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, del Partido Acción Nacional. El Presidente hace aclaraciones y concede la palabra al diputado Serrano Jiménez para rectificar hechos. La Asamblea considera suficientemente discutido el proyecto de acuerdo en votación económica y de la misma forma lo aprueba. Comuníquese.

  • Para exhortar al gobierno del estado de Guerrero a que realice una investigación sobre posibles hechos de corrupción en el Consejo Estatal Electoral de esa entidad federativa. Habla en pro la diputada María del Rosario Herrera Ascencio, del Partido de la Revolución Democrática. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

  • Para exhortar a la Secretaría de Economía y al gobierno federal a que ante el panel de la Organización Mundial de Comercio, se utilicen de manera profesional todos los recursos disponibles para defender a los productores mexicanos y no se ceda ante las presiones externas por destruir la planta productiva nacional. Se aprueba en votación económica. Comuníquese. El Presidente da la bienvenida a la delegación de parlamentarios de la República Italiana.

  • Para exhortar a las legislaturas estatales que no contemplan la violencia intrafamiliar como causal de divorcio, a que reformen sus códigos civiles para tal efecto. El diputado Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez, del Partido Acción Nacional, habla en pro. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

    El Congreso del estado de Baja California remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo setenta y siete y adiciona el artículo setenta y siete bis a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos ciento tres y ciento siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

    La Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras remite Informe Estadístico sobre el Comportamiento de la Inversión Extranjera Directa en México, durante el periodo enero -- septiembre de dos mil cinco. Remítase a la Comisión de Economía, para su conocimiento.

    La Comisión Especial para el Campo presenta Informe de actividades del periodo comprendido del dieciocho de marzo de dos mil cuatro al quince de noviembre de dos mil cinco. De enterado.

    Oficios de la Secretaría de Gobernación:

  • Uno, con el que remite ejemplar de la Carpeta Informativa sobre los resultados de la Visita de Estado del Presidente Vicente Fox Quesada a la República de Costa Rica, los días dos y tres de noviembre de dos mil cinco, así como de la Cuarta Cumbre de las Américas celebrada en Mar del Plata, Argentina, los días cuatro y cinco de noviembre de dos mil cinco. Remítase a la Comisión de Relaciones Exteriores, para su conocimiento.

  • Uno, por el que solicita permiso para que los ciudadanos Alma Cecilia Villarreal Garza y César Acosta Gámez puedan prestar servicios en el Centro de Comercio e Inversión de Corea en Monterrey, Nuevo León. Se Turna a la Comisión de Gobernación.

    La Cámara de Senadores remite acuerdo para hacer un llamado a los Poderes de la Unión, a los distintos órdenes de gobierno, a la sociedad civil y a todos los involucrados para continuar trabajando en todas sus áreas de responsabilidad bajo los lineamientos trazados por la Convención para los Derechos del Niño de mil novecientos ochenta y nueve. Se turna a la Comisión de Gobernación, para su conocimiento.

    La Cámara de Senadores remite las siguientes minutas proyectos de decreto:

  • Que reforma el inciso a) del artículo dieciocho de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para los efectos del inciso e) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Que reforma los artículos ciento veintidós de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y ciento veintiuno del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y del Distrito Federal.

  • Que reforma la Ley General de Educación y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Elec- torales. Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Gobernación.

  • Que concede permiso a tres ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que les otorgan el gobierno del Reino de España y la Junta Interamericana de Defensa. Se turna a la Comisión de Gobernación.

    El Presidente informa de la recepción de una iniciativa con proyecto de decreto de la diputada María Ávila Serna, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

    Presentan iniciativas con proyecto de decreto los diputados:

  • Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona los artículos cuarenta y uno y ciento noventa y tres del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Planeación. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Hacienda y Crédito Público.

  • Ángel Juan Alonso Díaz -- Caneja, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo trescientos once de la Ley de Concursos Mercantiles. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Fidel René Meza Cabrera, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona los artículos tercero, quinto y veintitrés de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Norberto Enrique Corella Torres, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona los artículos treinta y nueve, cuarenta y dos y cuarenta y cuatro de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

  • Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de la Propiedad Industrial. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud y de Economía.

  • Lorena Torres Ramos, del Partido Acción Nacional, que adiciona los artículos cuarenta y dos, cuarenta y cuatro, sesenta y nueve y noventa y seis del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Jorge Luis Hinojosa Moreno, del Partido Acción Nacional, que adiciona el artículo noventa y cuatro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y reforma los artículos once, catorce y ciento setenta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y ciento noventa y cinco y ciento noventa y siete de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos ciento tres y ciento siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y Derechos Humanos.

  • Fernando Espino Arévalo, del Partido Verde Ecologista de México, que abroga la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Sergio Vázquez García, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo ciento ocho de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos ciento tres y ciento siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Desde su curul el diputado Elpidio Desiderio Concha Arellano, del Partido Revolucionario Institucional, solicita la verificación del quórum y la Secretaría, por indicaciones de la Presidencia, instruye la apertura del sistema electrónico de asistencia para atender lo solicitado.

  • Sergio Armando Chávez Dávalos, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona los artículos veintitrés bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y treinta bis a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Se turna a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, de Hacienda y Crédito Público y de Energía.

  • Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo cincuenta y nueve y deroga el párrafo segundo de la fracción segunda del artículo ciento dieciséis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales. Con el registro de trescientos cinco diputadas y diputados la Secretaría confirma la existencia de quórum.

  • Isidoro Ruiz Argáiz, a nombre propio y de los diputados Inelvo Moreno Álvarez y Sergio Magaña Martínez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo veintiséis, adiciona el artículo setenta y cuatro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reforma los artículos primero, cuarto y quinto de la Ley de Planeación. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Hacienda y Crédito Público.

  • Esthela de Jesús Ponce Beltrán, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo sesenta de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

  • Joel Padilla Peña, del Partido del Trabajo, que reforma el artículo sesenta de la Ley Federal de Telecomunicaciones. Se turna a la Comisión de Comunicaciones.

  • Isidro Camarillo Zavala, que adiciona los artículos ciento noventa y tres bis uno, ciento noventa y tres bis dos y ciento noventa y tres bis tres a la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud.

  • Francisco Javier Saucedo Pérez, del Partido de la Revolución Democrática, a nombre de integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, que adiciona el artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Federico Madrazo Rojas, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Beatriz Mojica Morga, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo ciento setenta y cinco -- A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género.

  • Javier Orozco Gómez, del Partido Verde Ecologista de México, que deroga el párrafo segundo del artículo ciento noventa del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

  • Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo, que adiciona un artículo quince bis a la Ley General de Educación. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

  • Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Israel Tentory García, del Partido de la Revolución Democrática, a nombre de integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, que deroga la fracción sexta del artículo primero y el artículo doscientos doce de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Se turna a la Comisión de Economía.

  • Fidel René Meza Cabrera, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona los artículos setenta y tres, ciento veinticuatro y ciento treinta y cuatro de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos ciento tres y ciento siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

    El Presidente informa de la recepción de las siguientes proposiciones con punto de acuerdo de los diputados:

    María de los Dolores Padierna Luna, del Partido de la Revolución Democrática, para que se revise la probable inconstitucionalidad del techo de endeudamiento neto aprobado en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    Carlos Hernán Silva Valdés, del Partido de la Revolución Democrática, para prorrogar la vigencia de la Comisión Especial de prospectiva para la definición del futuro de México. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

    Transcurrido el tiempo acordado para la duración de las sesiones, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión.

    El Presidente informa que la verificación de quórum servirá de registro final de diputadas y diputados y levanta la sesión a las catorce horas con cincuenta y seis minutos, citando para la próxima que tendrá lugar el martes veintinueve de noviembre de dos mil cinco a las once horas.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobada, el acta.


    ESTADO DE GUERRERO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo.--- H. Congreso del estado de Guerrero.--- LVIII Legislatura.

    CC. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- México, DF.

    Por instrucciones de la Presidencia de la Mesa Directiva del Pleno de la Quincuagésima Séptima Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, adjunto al presente para los efectos de lo dispuesto en su artículo quinto, el decreto número 625, mediante el cual se designa el honorable ayuntamiento instituyente del municipio de Juchitán, Guerrero. Aprobado en sesión celebrada el día viernes 4 de noviembre del año en curso.

    Atentamente.

    Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, miércoles 9 de noviembre de 2005.--- Lic. Saez Guadalupe Pavía Miller (rúbrica), oficial mayor.

    «Escudo.--- H. Congreso del estado de Guerrero.--- LVIII Legislatura.

    La Quincuagésima Séptima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en nombre del pueblo que representa y

    Considerando

    Que con fecha 3 de noviembre de 2005, los diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación remitieron a esta plenaria el dictamen con proyecto de decreto, bajo los siguientes términos:

    ``Que mediante decreto número 206 aprobado el 11 de febrero del 2004 se crea el municipio de Juchitán, Guerrero, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado número 21, de fecha 5 de marzo de 2004.

    Que en sesión del Pleno de este honorable Congreso celebrada con fecha 24 de junio del 2004 se aprobó el decreto número 273, por el que se reforma el artículo 5o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, artículo en el cual se adiciona el municipio de Juchitán, Guerrero. Asimismo, con fecha 24 de mayo del 2005, de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, al haberse recibido 41 votos aprobatorios de distintos municipios, el Pleno del honorable Congreso declaró válidas las reformas al artículo 5o. de la Constitución Política local, decreto y acuerdo publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado número 46 de fecha 7 de junio del 2005.

    Que con fecha 7 de junio del 2005 se recibió en la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación el oficio número OM/DPL/567/2005 mediante el cual se turna el informe cuantificado de los ayuntamientos que aprobaron el decreto número 273 y el acuerdo parlamentario por el que se declaran válidas las reformas al artículo 5o. constitucional para los efectos de los dispuesto en el artículo 13 B de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero.

    Que de conformidad a lo establecido por los artículos 47, fracción XLIX, y 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 8, fracción, XLIX, 46, 49, fracción II, 53 fracción, IX, 86, 87, 127, 133, párrafo primero, y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado número 286; y, 13 B de la Ley Orgánica del Municipio Libre del estado, esta Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación tiene plenas facultades para analizar el asunto de referencia y emitir el dictamen y proyecto de decreto que recaerá al mismo.

    Que el artículo 13 B de la Ley Orgánica del Municipio Libre del estado establece que cuando se cree un nuevo municipio, el Congreso designará un ayuntamiento instituyente de entre sus vecinos.

    Que la Comisión Dictaminadora, para contar con mayores elementos para la designación de los integrantes del ayuntamiento instituyente, consideró pertinente tomar el parecer de los ciudadanos del nuevo municipio, allegándose las propuestas que para la integración del ayuntamiento instituyente remitieron ciudadanos del nuevo municipio e institutos políticos.

    Que en la búsqueda de los consensos para lograr la legitimidad de la propuesta del ayuntamiento instituyente, la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación realizó diversas reuniones de trabajo con la asistencia del Comité Gestor del Municipio de Juchitán y con los grupos representativos de los partidos políticos con mayor presencia en el municipio, se establecieron acuerdos y compromisos que concluyeron con el acuerdo parlamentario emitido por la Quincuagésima Séptima Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero el 22 de septiembre de 2005, determinándose que de conformidad con los resultados obtenidos en el nuevo municipio por los partidos políticos o coaliciones en la elección de diputados para el periodo constitucional 2005-2008, se distribuirán los cargos de presidente, síndico procurador y regidores. Se determinó básicamente que el Congreso del estado designaría como presidente del ayuntamiento instituyente a la persona propuesta por el partido político o coalición que en la elección para diputados haya ganado en las secciones comprendidas dentro de la jurisdicción territorial correspondiente al municipio; como síndico procurador, a la persona propuesta para ello por el partido político o coalición que haya quedado en segundo lugar en la misma elección constitucional; y la designación de regidores se realizará en forma alternada, iniciando por la propuesta del partido político o Coalición que haya ganado en el municipio, hasta conformar al ayuntamiento con la cantidad de miembros que dispone el artículo 93 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero.

    Que con fecha 28 de octubre de 2005, mediante oficio número 2705/2005, el ciudadano Emiliano Lozano Cruz, presidente del Consejo Estatal Electoral, en cumplimiento del acuerdo parlamentario del 22 de septiembre del 2005, remitió los resultados oficiales correspondientes a las secciones y casillas electorales ubicadas en al territorio del municipio de Juchitán, consignándose en los mismos una votación total de 2,187 votos distribuidos en la siguientes forma: PAN 15; PRI 907; PRD 1, 109; PT 32; PVEM 24; PRS 2; PC 8, votos válidos: 2,097; votos nulos: 90.

    Que tomando en consideración que el artículo 97 de la Constitución Política local establece las bases a partir de las cuales se integrarán los ayuntamientos, la Comisión resolvió designar al ayuntamiento instituyente ajustándose a lo estipulado en la fracción IV del artículo en comento, que en lo relativo señala: ``en los municipios con menos de veinticinco mil habitantes, además del presidente y del síndico procurador, habrá seis regidores'', en razón de que el nuevo municipio cuenta con 6,536 habitantes.

    Que notificados que fueron al Congreso del estado los resultados de la elección y bajo las reglas del artículo 97 de la Constitución Política local, con fecha 28 de octubre de 2005, la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación celebró reunión de trabajo con los representantes del comité gestor del nuevo municipio, recibiendo de éstos las propuestas para conformar al ayuntamiento instituyente del nuevo municipio.

    Que analizado que fue el perfil de los ciudadanos que surgieron como propuestas y tomando en consideración el sentir de los ciudadanos del municipio, se elaboró en uso de la facultad discrecional, una propuesta plural cuyos integrantes reúnen los requisitos de ley, que obtuvo el consenso de los actores políticos y que, al parecer de la Comisión, está integrada por ciudadanos que lograrán la buena marcha de la administración y gobierno del municipio de Juchitán.

    Que en sesiones de fechas 3 y 4 de noviembre de 2005 el dictamen en desahogo recibió primera y segunda lectura, respectivamente, por lo que en términos de lo establecido en el artículo 138 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Guerrero, la Presidencia de la Mesa Directiva, habiendo sido fundado y motivado el dictamen con proyecto de decreto, al no existir votos particulares en el mismo y no haber registro en contra en la discusión, procedió a someterlo a votación, aprobándose por unanimidad.

    Que aprobado en lo general el dictamen, se sometió en lo particular, y no habiéndose presentado reserva dé artículos, la Presidencia de la Mesa Directiva del honorable Congreso del Estado realizó la declaratoria siguiente: ``En virtud de que no existe reserva de artículos, esta Presidencia, en términos del artículo 137, párrafo primero, de nuestra Ley Orgánica, tiene por aprobado el dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se designa el honorable ayuntamiento instituyente del municipio de Juchitán, Guerrero.

    Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 47, fracción I, de la Constitución Política local, y 8, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en vigor, el honorable Congreso del estado decreta y expide el siguiente:

    Decreto número 625, mediante el cual se designa el honorable ayuntamiento instituyente del municipio de Juchitán, Guerrero.

    Primero. Se designa el honorable ayuntamiento instituyente del municipio de Juchitán, Guerrero, integrado de la siguiente forma:

    Presidente propietario Demetrio Guzmán Aguilar

    Presidente suplente Ventura López Leal

    Síndico procurador propietario Miguel Antonio Moctezuma Flores

    Síndico procurador suplente Francisco Cisneros Dámaso

    Regidor propietario Eleuterio Marcial Liborio

    Regidor suplente Miguel Liborio García

    Regidor propietario Emigdio Moctezuma Ramírez

    Regidor suplente Camilo Dámaso Herrera Villanueva

    Regidora propietaria Mirtha Sonora Loeza

    Regidor suplente Sabás Crispín Figueroa Calleja

    Regidor propietario Cresencio Expedito León Petatan

    Regidora suplente Gloria Colón Guzmán

    Regidor propietario Alfonso Genaro López López

    Regidor suplente Isidro Nicasio Morales

    Regidor propietario Adalberto Chávez Justo

    Regidor suplente Rubén Ramírez Poblete

    Segundo. El honorable ayuntamiento instituyente del municipio de Juchitán, Guerrero, fungirá del 5 de noviembre de 2005 al 31 de diciembre de 2008.

    Tercero. Tómeseles la protesta de ley a los integrantes del H. ayuntamiento instituyente del municipio de Juchitán, Guerrero, y déseles posesión del cargo.

    Cuarto. Comuníquese el presente decreto al titular del Poder Ejecutivo del estado para los efectos legales procedentes y su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

    Quinto. Comuníquese el presente decreto al Poder Ejecutivo federal y al honorable Congreso de la Unión para su conocimiento y efectos legales conducentes.

    Sexto. Hágase del conocimiento el presente decreto de los organismos electorales federales y estatales.

    Séptimo. Comuníquese el presente decreto al honorable ayuntamiento del municipio de Azoyú, Guerrero, para los efectos de la entrega y recepción y dése parte a la Contraloría General del estado y a la Auditoría General del estado para su intervención dentro de su competencia.

    Transitorio

    Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su expedición.

    Dado en el Salón de Sesiones al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, a los cuatro días del mes de noviembre de dos mil cinco.--- Dip. Raúl Salgado Leyva (rúbrica), Presidente; Dip. Modesto Carranza Catalán (rúbrica), Secretario; Dip. Jorge Orlando Romero Romero (rúbrica), Secretario.»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo.--- H. Congreso del estado de Guerrero.--- LVIII Legislatura.

    CC. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- México, DF.

    Por instrucciones de la Presidencia de la Mesa Directiva del Pleno de la Quincuagésima Séptima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, adjunto al presente para los efectos de lo dispuesto en su Artículo Quinto, el Decreto número 626 mediante el cual se designa el honorable Ayuntamiento Instituyente del Municipio de Iliatenco, Guerrero. Aprobado en sesión celebrada el día viernes 4 de noviembre del año en curso.

    Atentamente.

    Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, miércoles 9 de noviembre de 2005.--- Licenciada Sáez Guadalupe Pavía Miller (rúbrica), oficial mayor.

    «Escudo.--- H. Congreso del estado de Guerrero.--- LVIII Legislatura.

    La Quincuagésima Séptima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en nombre del pueblo que representa y

    Considerando

    Que con fecha 3 de noviembre del 2005, los Diputados Integrantes de la Comisión de Asuntos Políticos, remitieron a esta Plenaria el Dictamen con Proyecto de Decreto, bajo los siguientes términos:

    "Que mediante Decreto número 571 aprobado el 29 de septiembre del 2005, se crea el Municipio de Iliatenco, Guerrero.

    Que en sesión del Pleno de este honorable Congreso celebrada con fecha 29 de septiembre del 2005, se aprobó el Decreto número 570 por el que se reforma el artículo 50 de la Constitución. Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, artículo en el cual se adiciona el Municipio de Iliatenco, Guerrero. Asimismo con fecha 3 de noviembre del 2005 de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, al haberse recibido 43 votos aprobatorios de distintos Municipios, el Pleno del H. Congreso declaró válidas las reformas al artículo y de la Constitución Política Local.

    Que con fecha 3 de noviembre del 2005 se recibió en la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación el oficio número OM/DPL/1208/2005 mediante el cual se turna el Informe cuantificado de los Ayuntamientos que aprobaron el Decreto número 570 y el Acuerdo Parlamentario por el que se declaran válidas las reformas al artículo 5º constitucional para los efectos de los dispuesto en el artículo 13 B de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero.

    Que de conformidad a lo establecido por los artículos 47 fracción XLIX y 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 8 fracción XLIX, 46, 49 fracción II, 53 fracción IX, 86, 87, 127, 133 párrafo primero y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado número 286; y, 13 B de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, esta Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación tiene plenas facultades para analizar el asunto de referencia y emitir el Dictamen y Proyecto de Decreto que recaerá al mismo.

    Que el artículo 13 B de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado establece que cuando se cree un nuevo Municipio, el Congreso designará un Ayuntamiento Instituyente de entre sus vecinos.

    Que la Comisión dictaminadora para contar con mayores elementos para la designación de los integrantes del Ayuntamiento Instituyente, consideró pertinente tomar el parecer de los

    ciudadanos del nuevo Municipio, allegándose las propuestas que para la integración del Ayuntamiento Instituyente remitieran los ciudadanos del nuevo Municipio.

    Que en el afán de legitimar la propuesta de quiénes integrarán el Ayuntamiento Instituyente, en Asamblea comunitaria, reunidos, los Comisarios, Delegados Municipales, Representantes de Colonias y Presidentes de núcleos agrarios, quienes representaron a las 29 localidades que conforman el nuevo Municipio de Iliatenco, para elegir la Mesa Electoral que calificará la elección de la Planilla que fungirá como Ayuntamiento Instituyente, de conformidad con sus usos y costumbres.

    Que tomando en consideración que el artículo 97 de la Constitución Política Local, establece las bases a partir de las cuales se integrarán los Ayuntamientos, esta Comisión resolvió designar al

    Ayuntamiento Instituyente ajustándose a lo estipulado en la fracción IV del artículo en comento que en lo relativo señala:, "en los Municipios con menos de veinticinco mil habitantes, además del

    Presidente y del Síndico Procurador habrá seis Regidores", razón de que el nuevo Municipio cuenta con 12,770 habitantes.

    Que notificados que fueron al Congreso del Estado los resultados de la elección que conforme a los usos y costumbres de la región y bajo las reglas del artículo 97 de la Constitución Política Local, con fecha 25 de octubre del 2005, la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación celebró reunión de trabajo con los representantes del Comité Gestor del nuevo Municipio, recepcionando el Acta de elección de la Comuna Instituyente del nuevo Municipio de Iliatenco.

    Que analizado que fue el perfil de los ciudadanos que surgieron como propuestas y tomando en consideración el sentir de los ciudadanos del Municipio, se elaboró en uso de la facultad discrecional, una propuesta plural cuyos integrantes reúnen los requisitos de Ley, que obtuvo el consenso de los actores políticos y sociales y que, al parecer de la Comisión, está integrada por ciudadanos que lograrán la buena marcha de la administración y gobierno del Municipio de Iliatenco."

    Que en sesiones de fechas 03 y 04 de noviembre del 2005 el Dictamen en desahogo recibió primera y segunda lectura respectivamente, por lo que en términos de lo establecido en el artículo 138 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero, la Presidencia de la Mesa Directiva, habiendo sido fundado y motivado el Dictamen con proyecto de Decreto, al no existir votos particulares en el mismo y no haber registro en contra en la discusión, procedió a someterlo a votación, aprobándose por unanimidad de votos.

    Que aprobado en lo general el Dictamen, se sometió en lo particular y no habiéndose presentado reserva de artículos, la Presidencia de la Mesa Directiva del honorable Congreso del Estado realizó la Declaratoria siguiente: "En virtud de que no existe reserva de artículos, esta Presidencia en términos del artículo 137, párrafo primero de nuestra Ley Orgánica, tiene por aprobado el Dictamen con proyecto de Decreto mediante el cual se designa el honorable Ayuntamiento Instituyente del Municipio de Iliatenco, Guerrero.

    Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 47 fracción 1 de la Constitución Política Local y 8 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en vigor, el honorable Congreso del Estado, decreta y expide el siguiente:

    Decreto número 626 mediante el cual se designa el honorable ayuntamiento Instituyente del Municipio de Iliatenco, Guerrero.

    Primero.- Se designa el honorable Ayuntamiento Instituyente del Municipio de Iliatenco, Guerrero, integrado de la siguiente forma:

    Presidente Propietario Erasto Cano Olivera

    Presidente Suplente Isidoro Mosso Cantú

    Síndico Procurador Propietario Juan González Rojas

    Síndico Procurador Suplente Santa Cruz Carranza López

    Regidor Propietario Otón Francisco Barrera

    Regidor Suplente Salomón de Jesús Oropeza

    Regidor Propietario Nemorio Eduardo Melesio

    Regidor Suplente Efraín Cantú Deaquino

    Regidor Propietario Dagoberto Jiménez Castro

    Regidor Suplente Irma Jiménez Rasgado

    Regidor Propietario Cirilo Nicolás Cantú

    Regidor Suplente José Javier Santos Pérez

    Regidor Propietario Victorio García Cantú

    Regidor Suplente Delfino Cruz Altamirano

    Regidor Propietario Felicitas Terán Galeana

    Regidor Suplente Leonisa Deaquino Ramírez

    Segundo.- El honorable Ayuntamiento Instituyente del Municipio, de Iliatenco, Guerrero, fungirá del periodo comprendido del 6 de noviembre del 2005 al 31 de diciembre del 2008.

    Tercero.- Tómeseles la Protesta de Ley a los integrantes del honorable Ayuntamiento Instituyente del Municipio de Iliatenco, Guerrero y déseles posesión del cargo.

    Cuarto.- Comuníquese el presente Decreto al Titular del Poder Ejecutivo del Estado para los efectos legales procedentes y su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

    Quinto.- Comuníquese el presente Decreto al Poder Ejecutivo Federal y a las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, para su conocimiento y efectos legales conducentes.

    Sexto.- Hágase del conocimiento el presente Decreto de los Organismos Electorales Federales y Estatales.

    Séptimo.- Comuníquese el presente Decreto a los honorables Ayuntamientos de los Municipios de Malinaltepec y San Luis Acatlán, Guerrero para los efectos de la entrega y recepción y dése parte a la Contraloría General del Estado y a la Auditoría General del Estado para su intervención dentro de su competencia.

    Transitorio

    Único.-El presente Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su expedición.

    Dado en el Salón de Sesiones al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero a los cuatro días del mes de noviembre de dos mil cinco.--- Raúl Salgado Leyva (rúbrica), Diputado Presidente; Modesto Carranza Catalán (rúbrica), Diputado Secretario; Jorge Orlando Romero Romero (rúbrica), Diputado Secretario.»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.
    GRUPO DE AMISTAD

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), y 44, punto 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados del siguiente cambio, solicitado por el diputado José Antonio de la Vega Asmitia, subcoordinador de Proceso Legislativo y Debate Parlamentario del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional:

  • Que la diputada María Salomé Elyd Sáenz se incorpore como integrante del Grupo de Amistad México-Cuba.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 23 de noviembre de 2005.--- Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.
    COMISIONES LEGISLATIVAS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), y 44, punto 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados del siguiente cambio, solicitado por el diputado José Antonio de la Vega Asmitia, subcoordinador de Proceso Legislativo y Debate Parlamentario del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional:

  • Que el diputado Lucio Galileo Lastra Marín sustituya al diputado Jesús Vázquez González como integrante en la Comisión de la Reforma Agraria.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 24 de noviembre de 2005.--- Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), y 44, punto 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados del siguiente cambio, solicitado por el diputado José Antonio de la Vega Asmitia, subcoordinador de Proceso Legislativo y Debate Parlamentario del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional:

  • Que el diputado Lucio Galileo Lastra Marín, salga de la Comisión de Ciencia y Tecnología.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 24 de noviembre de 2005.--- Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.
    FUTURO DE MEXICO

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se prorroga la vigencia de la Comisión Especial de prospectiva para la definición del futuro de México

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo, relativa a la materia objeto del presente, que la Mesa Directiva de la Comisión Especial prospectiva para la definición del futuro de México remitió a este órgano de gobierno y que el diputado Carlos Hernán Silva Valdés, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó y que fue publicada en la Gaceta Parlamentaria del 24 de noviembre de 2005, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente

    Acuerdo

    Primero.- Se prorroga la vigencia de la Comisión Especial de prospectiva para la definición del futuro de México, hasta el 31 de agosto de 2006.

    Segundo.- La Comisión Especial de prospectiva para la definición del futuro de México, contará con los recursos financieros necesarios par el cumplimiento de sus trabajos, con el propósito de concluir la ``Agenda México 20''.

    Tercero.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de noviembre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Nos ha solicitado hacer uso de la tribuna para fundamentar este acuerdo de la Junta de Coordinación Política el diputado Carlos Hernán Silva Valdés, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática. En consecuencia, tiene el uso de la voz el diputado Carlos Hernán Silva Valdés hasta por cinco minutos.El diputado Carlos Hernán Silva Valdés: Con su anuencia, ciudadano Presidente. Los mexicanos no hemos sido capaces hasta ahora de consensuar la construcción de un proyecto de crecimiento económico-social de Estado. En consecuencia, México presenta cada vez más dramáticos e inadmisibles contrastes sociales entre sus habitantes, que ponen en grave riesgo el desarrollo armónico del tejido social y que, a su vez, desencadenan exponencialmente los males endémicos que tienen el país al borde del colapso. Los desastrosos resultados están a la vista: la brecha de ingresos entre ricos y pobres se ha ampliado hasta llegar a niveles tanto inmorales como peligrosos; los empleos son insuficientes y la educación inasequible para gran parte de los mexicanos; la competitividad económica va en descenso; el grave deterioro del medio ambiente se acrecienta, etcétera.

    Esta compleja problemática describe, entre otras, algunas de las causas intervinientes que nos han llevado a la amenazante situación en que está sumido el pueblo mexicano y ocurre en el contexto de una inadvertida pero letal sustitución de principios y valores cada vez más laxos en nuestra sociedad. Es caldo de cultivo propicio de la escandalosa corrupción que carcome nuestras instituciones y genera una complicidad con el incontenible narcotráfico y la avasallante inseguridad pública, cada vez más visibles e impunes en nuestra sociedad.

    Esta grave situación por la que atraviesa nuestro país acredita la necesidad de incorporar permanentemente en nuestras instituciones el pensamiento reflexivo de largo plazo para diseñar, prever y planear un verdadero desarrollo sostenido en todos los rubros nacionales, para lo cual es imprescindible establecer una planeación con políticas públicas de Estado, y no sólo de gobierno, en las que participemos todos los mexicanos.

    En ese tenor, existe consenso entre la totalidad de los integrantes de la Comisión de que es imperativo construir un proyecto de nación de largo plazo, integral, incluyente, plural, participativo y democrático, que denominamos ``Agenda 20/20'', cuyos propósitos principales deben ser, entre otros, fortalecer el Estado de derecho y la justicia social; promover el desarrollo sustentable; construir una sociedad próspera y una visión positiva de los mismos mexicanos; y establecer un marco de referencia jurídica para la planeación de políticas públicas de largo y mediano plazos. Para ello es necesario incorporar en un mismo sistema de trabajo a diversos agentes sociales, especialistas temáticos, instituciones para diseñar de manera participativa la imagen del futuro deseada, probable y posible que el país merece.

    El interés demostrado por los sectores público, social, académico y empresarial para participar y apoyar un proyecto que defina el futuro de México, así como las aportaciones directas que nutran y retroalimenten la visión prospectiva del país, hace necesario generar el entorno propicio para facilitar y agilizar la intervención de múltiples actores. En el pasado reciente se han firmado dos acuerdos nacionales surgidos de la sociedad, los cuales consideran metas de largo plazo. Se trata del Acuerdo Nacional para la Unidad, el Estado de Derecho, el Desarrollo, la Inversión y el Empleo, así como el de la Coalición Ciudadana Nacional por la Transición Democrática con Justicia y Equidad.

    Esos acuerdos, que muy probablemente no serán los únicos, requieren encontrar necesariamente un cauce institucional que sirva para procesarlos y que implique compromisos del poder público para dar rumbo e institucionalizar el proceso con un enfoque prospectivo. Por ello se plantea que, a través de las comisiones ordinarias legislativas, se canalice la discusión por temas, con las aportaciones de la ciudadanía expresadas a través de este tipo de acuerdos o de otros medios que pudieran hacer de la Agenda México 20/20 la visión de futuro de todos los mexicanos. Es cuanto, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: No tengo más oradores registrados, ciudadana secretaria.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado; comuníquese.


    ARTICULO 115 CONSTITUCIONAL

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano.--- San Luis Potosí.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 57, fracción II, y 64 de la Constitución Política del estado de San Luis Potosí y 26, fracción V, del Poder Legislativo de esta entidad, la Quincuagésima Séptima Legislatura eleva a la consideración de ese cuerpo colegiado, el dictamen con iniciativa de decreto de las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, y Primera y Segunda de Presupuestos Municipales, aprobado mayoritariamente por esta soberanía en sesión ordinaria celebrada el día de la fecha, mediante la que se propone reformar el primer párrafo de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Sin otro particular, propiciamos la ocasión para reiterarles la certeza de nuestro institucional reconocimiento.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    16 de noviembre de 2005.--- Dip. Galdino Martínez Méndez (rúbrica), Primer Secretario; Dip. Pedro Pablo Cepeda Sierra (rúbrica), Segundo Secretario.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- honorable Congreso del Estado Libre y Soberano.--- San Luis Potosí.

    CC. Diputados Secretarios de la LVII Legislatura del Congreso del Estado.--- Presentes.

    A las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, Primera y Segunda de Presupuestos Municipales, les fue turnada en sesión ordinaria del Congreso del estado celebrada el 1 de junio de 2005, iniciativa que reforma el cuarto párrafo de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que de ser aprobado por este Congreso del estado se presente como iniciativa a la Cámara de Diputados Federal, presentada por el diputado Carlos Mauricio Rebolledo Sánchez, en representación de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional.

    En tal virtud, al ser la citada iniciativa materia de dictamen legislativo, hemos efectuado el análisis de la misma, y llegado a las siguientes

    Consideraciones

    Primera. La iniciativa en estudio cumple con los requisitos que establecen los artículos 91, 93 y demás relativos del Reglamento Interior del Congreso del estado, por lo que resulta procedente realizar el estudio y dictamen correspondiente.

    Segunda. Derivado del análisis realizado por las comisiones de dictamen, se consideró pertinente establecer la reforma planteada al cuarto párrafo de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Federal de la iniciativa en estudio, en el primer párrafo de la fracción IV del precepto constitucional en mención, precisando que las percepciones que reciban los servidores públicos municipales se ajustarán al monto y disposiciones que emitan las legislaturas de los estados conforme a la ley de la materia.

    Tercera. Como la señala la propia iniciativa, los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 57, fracción II, y 64 de la Constitución particular del estado, y 26, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado, establecen que es derecho de las legislaturas de los estados iniciar leyes y decretos en la esfera federal.

    A partir de dicho marco jurídico, para que la iniciativa que nos ocupa pueda ser presentada a la consideración del H. Congreso de la Unión para su trámite correspondiente, esta soberanía deberá adoptarla como suya a través del procedimiento legislativo que prescriben la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado en su numeral 99 y el Reglamento Interior de este Congreso en las secciones quinta y sexta del capítulo único de su título séptimo.

    Cuarta. Fundamentalmente la iniciativa que se analiza propone reformar el primero y cuarto párrafo de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de facultar a las legislaturas de los estados para que emitan las disposiciones legales a las que habrán de sujetarse los ayuntamientos en materia de remuneraciones a sus servidores públicos.

    En la exposición de motivos de la iniciativa, se exponen detalladamente las razones por las que es procedente una medida como la propuesta, destacando aquella con la que se demuestra que lejos de vulnerar la autonomía financiera de los municipios, se fortalece su cumplimiento en aras de su propósito eminentemente social.

    Quinta. Del análisis realizado a la iniciativa en cuestión, esta Comisión encuentra procedente su aprobación en los términos en que se encuentra, máxime que en ella se expresa con toda puntualidad que una atribución como la que a través de ella se pretende otorgar a las legislaturas locales, no sólo no es extraña en lo político, en lo jurídico ni en lo social, sino que se inserta perfectamente en el quehacer de éstas como punto de equilibrio entre los poderes y entre los diferentes órdenes de gobierno de la entidad a la que pertenecen.

    Por lo anterior, con fundamento en lo establecido en los artículos 110 y 111 del Reglamento Interior del Congreso del estado, los integrantes de las comisiones que suscriben, nos permitimos elevar a la consideración de esta asamblea legislativa el siguiente:

    Dictamen

    Único. Es procedente que esta soberanía haga suya la iniciativa de reforma al primer párrafo de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para su presentación a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en los términos siguientes

    Exposición de Motivos

    El municipio, dentro de nuestro sistema jurídico-político, es el fundamento de la organización del Estado. Sus orígenes se remontan a la necesidad misma del ser humano de agruparse para trabajar en común y resolver sus necesidades básicas, no sólo desde un aspecto individual sino, ante todo, social.

    Muchas son las posturas sobre la naturaleza de esta institución, aunque la mayoría de ellas coincide en que el municipio es una entidad anterior a la existencia misma del Estado como tal; es decir, una realidad social anterior a la ley y que ésta termina por reconocer y regular la estructura social existente.

    Sin ser éste el lugar para profundizar sobre los antecedentes del municipio, éste es una realidad presente tanto desde un punto de vista sociológico y político como jurídico.

    El artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo define como la base de la división territorial de las entidades federativas y de su organización política y administrativa.

    En ese orden de ideas, el municipio es la institución jurídica, política y social que tiene como propósito la organización de una comunidad en la resolución autónoma de sus problemas y la satisfacción de las necesidades vecinales, a través de un ayuntamiento formado por miembros de dicha municipalidad y elegido de manera directa por sus habitantes.

    Aun cuando los elementos que forman esa definición son el resultado de un largo proceso entretejido por cuestiones culturales, políticas y jurídicas, que culmina finalmente en la redacción actual del artículo 115 constitucional, el municipio es una realidad que, a lo largo del devenir histórico de nuestra nación, ha trascendido los conceptos jurídicos que de éste se han elaborado.

    De hecho, el municipio constituye la forma de organización más antigua, anterior incluso que los estados, pues las instituciones municipales sirvieron de instrumento jurídico para organizar a los nuevos pueblos y villas españolas en el continente recién conquistado, situación que persistió durante la Colonia y posteriormente en el México independiente.

    De esa manera, aunque la primera Constitución federal, de 1824, no hace referencia directa al municipio, los testimonios de esa época no dejan duda sobre la existencia de los mismos, los cuales fueron organizados por los estados de acuerdo con el modelo adoptado por la Constitución de Cádiz, promulgada en España en 1812.

    Esa incongruencia entre lo señalado en el texto constitucional de 1824 y la realidad efectivamente prevaleciente se explica en parte por la novedad del sistema federalista, que adoptado casi de modo íntegro del modelo norteamericano, resultaba extraño para nuestra idiosincrasia e historia.

    De ahí la trascendencia del municipio, pues por ser una forma de vida comunitaria que nace desde los orígenes que tenemos como pueblo, ha sobrevivido a los vaivenes políticos, adaptándose a las nuevas circunstancias que el marco legal le ha impuesto, para formar parte armónica del gobierno representativo, democrático y federal.

    Hasta la Constitución de 1857 no se menciona expresamente la figura municipal, reservando a cada uno de los estados la reglamentación de la estructura e integración de las municipalidades y los ayuntamientos que los forman.

    Por último, en la Constitución promulgada el 5 de febrero de 1917, el municipio adquiere la dimensión que actualmente tiene dentro de nuestra organización jurídico-política.

    A partir de ese momento se ha profundizado cada vez más sobre la naturaleza, función y atribuciones de los municipios, esfuerzo de reflexión que se ha reflejado en las diversas reformas sufridas por el artículo 115 de la Carta Magna.

    Sin embargo, el marco constitucional, como se hace notar en los breves antecedentes expuestos, desde los primeros tiempos de la época independiente ha tenido como espíritu rector la conjugación de dos elementos respecto del ámbito municipal: el reconocimiento de su existencia y el respeto de su autonomía pero, al mismo tiempo, que el ejercicio de esta última se haga en conformidad con las disposiciones emitidas por las Legislaturas estatales, ya que como está planteado por la naturaleza inherente al modo de organización seguido por México, éstas representan el sentir de la población en su conjunto.

    La autonomía municipal, así como las características de ésta, ha sido tema continuo de debate y lucha política. En ocasiones resultado de un verdadero deseo por aclarar esta cualidad de gobierno, en otras por mero afán retórico, lo cierto es que mucho se ha discutido al respecto, a veces derivándose tesis opuestas.

    Algunos tratadistas señalan que dentro de un sistema federal no pueden coexistir dos o más entidades autónomas; otros indican que nada impide la existencia de órganos con autonomía, refiriéndose a las entidades federativas y a los municipios, ya que existe una diferencia en cuanto a jurisdicción territorial y competencial.

    En la actualidad, nadie niega que la autonomía del municipio se refiere exclusivamente a los límites que comprende su superficie territorial, así como que ésta requiere ingresos propios que le permitan cumplir las atribuciones que las disposiciones constitucionales y las propias de la entidad de que forma parte le confieren.

    En ese orden de ideas, la autonomía municipal no es un postulado absoluto, pues se inscribe en una situación de relación, con el Estado, pues se halla inmerso en una unidad política superior. Por ello se necesita comprender en qué consiste la autonomía municipal, la Constitución mexicana no se refiere directamente, pero se infiere al nombrar el municipio como una entidad libre para establecer así de modo más claro la interacción a que está sujeto con relación al estado y a la Federación.

    De acuerdo con el consenso general, la autonomía del municipio comprende tres aspectos fundamentales:

    a) El político, entendido como la capacidad jurídica para, de manera democrática, elegir a los ciudadanos que habrán de fungir como miembros del ayuntamiento, sin que otro poder o nivel de gobierno pueda designarlos o violar la decisión popular;

    b) El administrativo, como la facultad para resolver los asuntos propios de la comunidad -su organización interna y la prestación de los servicios públicos, entre otros, así como la capacidad de reglamentar dichos aspectos; y

    c) El financiero; es decir, la capacidad del municipio de tener recursos propios derivados de renglones tributarios específicos, así como la libre disposición de su hacienda y de su patrimonio.

    Todos los aspectos anteriores se encuentran plasmados en el contenido del artículo 115 de la Constitución federal, la cual señala que los mismos se ejercerán sujetos a las disposiciones que emitan las Legislaturas estatales y siempre que éstas no contradigan los dispositivos de la Ley Suprema.

    Dado que la razón de la presente iniciativa incide en el aspecto de la autonomía financiera, en adelante se hará referencia con más profundidad a este tema.

    La autonomía en el ámbito financiero implica dos aspectos, indisolublemente unidos para la consecución de las atribuciones de este orden de gobierno: la necesidad de recursos económicos y su aplicación a los distintos rubros de la actividad administrativa y política municipales.

    En cuanto al primer aspecto de la autonomía financiera, la Constitución mexicana establece que la hacienda municipal, entendida como el conjunto de ingresos y de bienes patrimoniales de la comuna se formará de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las Legislaturas establezcan a su favor, desglosando la fracción IV del artículo en comento cuáles serán dichas contribuciones.

    Por otro lado, en cuanto al destino de dichos recursos, una vez aprobadas por las Legislaturas estatales las fuentes impositivas de donde podrán recabarse, la Constitución indica que los municipios administrarán libremente su hacienda, mediante la aprobación por el cuerpo colegiado de regidores, del Presupuesto de Egresos, instrumento donde se establecen los montos que habrán de destinarse a cubrir las distintas partidas.

    Como se ha sustentado a lo largo de esta exposición de motivos, nunca fue el propósito del Constituyente originario o permanente que la autonomía municipal se llevase a cabo de manera absoluta o arbitraria, pues ello implicaría una trasgresión del sistema jurídico-político de la República.

    La cuestión financiera no ha sido la excepción. La intervención de las Legislaturas en este aspecto siempre se ha considerado conveniente para mantener los principios que rigen la vida constitucional.

    En cuanto a la captación de ingresos por parte de los municipios, el constitucionalismo mexicano señala claramente que la materia impositiva derivará de normas generales, abstractas, impersonales y coercitivas, características todas éstas de una Ley. Por ello, dado que los municipios carecen de facultades legislativas en sentido formal, la actuación de los Congresos estatales en la aprobación de las leyes de ingresos se impone necesaria.

    De igual manera, corresponde a las Legislaturas de las entidades federativas la revisión. de las cuentas públicas de los municipios, para verificar la exacta aplicación del gasto público y la sanción en caso de irregularidades.

    Como se observa, la autonomía financiera de los municipios jamás ha sido ejercida de forma absoluta, por lo que éste no es de ninguna manera un concepto inmutable.

    El derecho, que se concreta mediante una serie de normas que regulan la vida del hombre en sociedad y las instituciones creadas para satisfacer las necesidades colectivas en la búsqueda del bien común, es una realidad dinámica, que se nutre de los acontecimientos vigentes, así como de las expectativas y los valores sociales que en determinada época se consideran indispensables para la realización de un proyecto común de nación.

    De lo contrario, si los conceptos jurídicos fueran estáticos, se corre el riesgo de que la realidad social rebase la realidad jurídica, convirtiéndose esta última en un conjunto de disposiciones anquilosadas que no cumplen la función para la cual fueron expedidas en un principio.

    En la actualidad, uno de los criterios fundamentales que deben orientar el ejercicio público y que por ese motivo debe reflejarse en el marco legal, es la racionalidad en la aplicación de los recursos públicos.

    El manejo inadecuado del dinero proveniente de los ciudadanos lesiona gravemente la credibilidad de las instituciones públicas y socava los fundamentos del sistema de organización democrática, no sólo cuando de manera totalmente ilícita el erario es destinado a fines indebidos sino, ante todo, cuando se utiliza el propio marco legal para justificar y solapar acciones contrarias a la honestidad que debe regir la utilización del erario por parte de los funcionarios, ya que el manejo transparente de los recursos y el destino adecuado de éstos dependen en gran medida de las decisiones y acciones que esos servidores implanten.

    Sin duda, la retribución que reciben los servidores públicos es una constante en la inconformidad ciudadana, que no cuestiona el hecho de que reciban una remuneración justa por la labor que desempeñan, sino que se asignen sueldos desproporcionados con la tarea que realizan y que, en el peor de los casos, no son congruentes con los resultados que demanda de ellos la ciudadanía.

    Sobre todo en los ayuntamientos, en aras de una concepción malentendida de la autonomía financiera a que nos hemos referido, ha sido frecuente -más de lo tolerable- que dicho cuerpo colegiado se asigne sueldos que demuestran sólo un interés personal desmedido y que contrasta con la situación económica por la que atraviesan las personas de dichas municipalidades.

    La sociedad demanda la racionalidad en la administración del erario público, aplicando los recursos a las áreas que más lo necesiten y actuando con mesura en lo concerniente a la remuneración que los mismos servidores reciben.

    La autonomía financiera para la aprobación del Presupuesto de Egresos de los ayuntamientos, que hasta el momento incluye la asignación de los sueldos de sus servidores públicos, debe ser replanteada, pues la situación predominante que se ha señalado exige una clarificación de ese precepto constitucional, de manera que sin atentar contra el espíritu del propio Constituyente, se proponga una solución que, en un contexto de derecho, vaya acorde con los hechos vigentes que tienen que regularse.

    En este sentido, la iniciativa que hoy se presenta propone que las Legislaturas estatales emitan las disposiciones a que deban sujetarse los ayuntamientos en materia del monto de los salarios de los servidores públicos.

    Lo anterior no viola de ninguna manera la autonomía municipal, principal razón que muchos puristas alzarán como objeción a la propuesta.

    En primer lugar, porque la autonomía financiera del ayuntamiento, en lo que a la aprobación del presupuesto se refiere, tiene como contenido teleológico la satisfacción de las necesidades comunitarias, pues nadie mejor que el ayuntamiento, como el orden de gobierno más cercano a los ciudadanos, para saber cuáles son los aspectos prioritarios en que se debe gastar el dinero.

    En tal sentido, la remuneración de los servidores públicos no constituye un elemento esencial de dicha autonomía, ya que no afecta la facultad del ayuntamiento para realizar de manera independiente sus atribuciones en favor de los habitantes de la municipalidad, más aún, los sueldos desproporcionados merman la capacidad del erario para solucionar los rezagos por los que atraviesa la mayoría de los municipios del país.

    En segundo término, lo que se propone no es en modo alguno extraño a la historia constitucional del municipio. Con anterioridad a las reformas del artículo 115 constitucional del 3 de febrero de 1983, los Presupuestos de Egresos, al igual que la Ley de Ingresos, debían ser aprobados por las Legislaturas locales, lo cual ciertamente provocó excesos e intromisiones desmedidos en la libertad del ayuntamiento para decidir cómo aplicar su gasto.

    Sin embargo, como se explicaba, la emisión de disposiciones en materia de sueldos en nada disminuye la libertad del ayuntamiento. Por el contrario, fortalece el verdadero cumplimiento de esta atribución acorde con su propósito eminentemente social.

    Los Congresos estatales, desde el inicio de la vida constitucional mexicana, han actuado como el punto de equilibrio de la relación entre los poderes, de los cuales el municipio forma parte integral para el verdadero funcionamiento del sistema federalista, por lo que no es extraño jurídica, política ni socialmente que el Poder Legislativo asuma esa atribución.

    Del municipio es autónomo en la medida en que dicha autonomía contribuya a reafirmar la importancia de esta institución para resolver las necesidades de sus habitantes.

    Debemos recordar que cualquier concepto jurídico no tiene una razón de ser en sí mismo sino, igual que todo el sistema jurídico, su creación obedece a garantizar la organización armónica de la sociedad y el desarrollo pleno de los gobernados.

    Con la iniciativa propuesta se espera generar desde el ámbito constitucional una cultura de racionalidad de sueldos, para las Legislaturas asuman el costo de actuar en contrario.

    En virtud de lo anterior, se somete a la consideración de esa honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de decreto de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos .Mexicanos, para quedar como sigue:

    Articulo Único. Se reforma el primer párrafo de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue.

    Artículo 115 ...

    I. a III. ...

    IV. Los Municipios administrarán libremente su hacienda, pero en las percepciones que reciban sus servidores públicos deberán ajustarse a los criterios y disposiciones que emitan las legislaturas de los estados conforme a la ley que regule sus sueldos y salarios. La hacienda municipal se formará de los rendimientos de los bienes que le pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que el Congreso establezca a su favor y, en todo caso:

    a). y b). ...

    c). ...

    ...

    ...

    ...

    V. a VII. ...

    Transitorios

    Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación,

    Segundo. Previamente, envíese el presente decreto a las Legislaturas estatales para el procedimiento de aprobación constitucional.

    Dado en la Sala de Comisiones del Congreso del estado, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil cinco.

    La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, diputados: Rómulo Garza Martínez (rúbrica), Presidente; Luis Orlando Caballero Lucero (rúbrica), vicepresidente; Pedro Pablo Cepeda Sierra (rúbrica), secretario; José Luis Ugalde Montes (rúbrica), vocal; Carlos Felipe Mier Padrón (rúbrica), vocal; Juan Ramiro Robledo Ruiz, vocal; Óscar Carlos Vera Fabregat (rúbrica), vocal; Beatriz Eugenia García Reyes (rúbrica), vocal.

    La Comisión Primera de Presupuestos Municipales, diputados: Carlos Mauricio Rebolledo Sánchez (rúbrica), Presidente; Pedro Carlos Colunga González, vicepresidente; Gloria Guadalupe Olvera Montes (rúbrica), secretaria; José Luis Ugalde Montes (rúbrica), vocal; Graciela Rojas Palacios (rúbrica), vocal; Eduardo Martínez Benavente (rúbrica).

    La Comisión Segunda de Presupuestos Municipales, diputados: Rosendo Pazzi Pacheco (rúbrica), Presidente; Rómulo Garza Martínez (rúbrica), vicepresidente; Paulino Pozos Aguilar (rúbrica), secretario; Pedro Carlos Colunga González, vocal; Jesús Enedino Martínez García (rúbrica), vocal.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    ESTADO DE JALISCO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Judicial de la Federación.--- Consejo de la Judicatura Federal.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- México, Distrito Federal.

    La Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, en respuesta a su atento oficio D.G.P.L. 59-II-0-2557, del veinte de octubre de dos mil cinco, en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, determinó procedente la consulta 172/2005-II, presentada por la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos, la cual concluye en los términos siguientes:

    ``Informe a los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y María Sara Rocha Medina, Presidente y secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, respectivamente, que respecto a su petición de creación de un juzgado de distrito en materia penal con sede en Puerto Vallarta, Jalisco, se harán los estudios conducentes y en su momento se les hará la comunicación respectiva.''

    Sin otro asunto en particular, le manifiesto mi atenta consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 17 de noviembre de 2004.--- Lic. José Felipe Marcelo Iñiesta (rúbrica), secretario técnico de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a la Junta de Coordinación Política y al promovente, para su conocimiento.
    FEMINICIDIOS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión Especial para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana y a la procuración de justicia vinculada.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara De Diputados.--- Presente.

    Con la finalidad de rendir cuentas del trabajo legislativo que realiza esta Comisión Especial para dar cumplimiento a su mandato y contribuir a la erradicación de la violencia feminicida contra las mujeres.

    Envío a usted el 2° informe sustantivo de actividades que comprende el periodo del 15 de abril al 15 de noviembre del año en curso.

    Reciba usted un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 25 de noviembre de 2005.--- Dip. Marcela Lagarde y de los Ríos (rúbrica), Presidenta.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado; publíquese en la Gaceta Parlamentaria.
    CONSUL HONORARIO

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    La Secretaría de Relaciones Exteriores solicitó a esta Secretaría tramitar ante el H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción IV, apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el C. Camilo de Jesús Antón García pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Querétaro, con circunscripción consular en el estado de Querétaro.

    Por lo anterior, me permito anexar originales de la carta dirigida al H. Congreso de la Unión con la que el interesado solicita dicho permiso y de la constancia de residencia; copia certificada del acta de nacimiento, así como copias simples de su curriculum vitae, de la nota de nombramiento formulada por la Embajada de España en México y de su identificación oficial.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 17 de noviembre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Gobernación.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    La Secretaría de Relaciones Exteriores solicitó a esta Secretaría tramitar ante el H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción IV, apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el C. Daniel Romero Mejía pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario de Japón en la ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el estado de Baja California.

    Por lo anterior, me permito anexar originales de la carta dirigida al H. Congreso de la Unión con la que el interesado solicita dicho permiso y de la constancia de residencia; copia certificada del acta de nacimiento; así como copias simples de su curriculum vitae, de la nota de nombramiento formulada por la Embajada de Japón y de su identificación oficial.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de noviembre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    REGISTRO DE ASISTENCIA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Instruya la Secretaría el cierre del sistema electrónico de asistencia.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: ¿Falta algún ciudadano diputado o ciudadana diputada de registrar asistencia? Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la Presidencia que, hasta el momento, hay una asistencia de 390 diputadas y diputados; por tanto, hay quórum. Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia disponen de 15 minutos para registrarla mediante cédula. Cumplida la instrucción, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Continúe la Secretaría.
    VACUNA CONTRA EL NEUMOCOCO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. DGPL 59-II-4-1704 suscrito el 25 de octubre del año en curso por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Patricia Garduño Morales, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines procedentes, copia del similar No. 170 / UCVPS / 419 / 2005 suscrito el 7 del actual, por el doctor Gabriel García Pérez, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a incluir de manera progresiva la aplicación de la vacuna contra el neumococo dentro del esquema básico de vacunación, iniciando con la población de mayor riesgo.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de noviembre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Salud.

    Lic. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Me refiero al punto de acuerdo aprobado en la Cámara de Diputados, el 25 de octubre del año en curso, presentado por el diputado José Ángel Córdova Villalobos, por el cual se exhorta a la Secretaría de Salud a fin de que se incluya de manera progresiva la aplicación de la vacuna contra el neumococo dentro del esquema básico de vacunación iniciando con la población de mayor riesgo como son niños con inmunosupresión o habitantes de zonas de alta marginación.

    Al respecto me permito acompañar oficio 2587, suscrito por el doctor Cuauhtémoc Ruiz Matus, coordinador de asesores de la subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud; solicitando su valiosa intervención para remitirlo, tanto al órgano legislativo como al diputado promovente.

    Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 7 de noviembre de 2005.--- Gabriel García Pérez (rúbrica), titular de la Unidad.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Salud.

    Dr. Nicolás Licona Spinola, director general de Vinculación Social.--- Presente.

    Por instrucciones del doctor Roberto Tapia Conyer, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, y con relación al punto de acuerdo que presentó el diputado José Ángel Córdova Villalobos, del grupo parlamentario del PAN, ante el Pleno de la Cámara de Diputados, enunciado de la siguiente manera:

  • Se exhorta a la Secretaría de Salud a fín de que se incluya de manera progresiva la aplicación de la vacuna contra el neumococo dentro del esquema básico de vacunación, iniciando con la población de mayor riesgo como son niños con inmunosupresión o habitantes de zonas de alta marginación,

    así como la carta enviada por el diputado Córdova Villalobos el 13 de octubre al doctor Roberto Tapia Conyer, en la cual solicita informe a la Comisión de Salud de dicha Cámara la estimación presupuestal que se requeriría para iniciar con la vacunación contra el neumococo, nos permitimos hacer los siguientes comentarios:

    1. Si bien la vacuna contra el neumococo debe ser incorporada gradualmente, operativamente la vacunación contra éste u otro biológico debe tener un enfoque territorial por lo que no puede aplicarse selectivamente sólo a algunos miembros de una población.

    2. Debe tenerse como prioridad, la vacunación en la población más vulnerable, predominantemente indígena y la que habita en zonas rurales.

    3. Con estas premisas proponemos se inicie la vacunación a todos los menores de un año (beneficiarios o no) que habitan en las localidades rurales cubiertas por el Programa Oportunidades. Con esto, durante el año 2006 se vacunaría a 455 mil 487 menores de un año, requiriéndose 1,366,461 de dosis con un costo total aproximado de 676 millones de pesos. Se debe señalar que este es el costo exclusivamente del biológico (anexo l).

    4. En esta población a vacunar están incluidos los niños que habitan en los 50 municipios con el menor índice de desarrollo humano.

    Sin otro particular, le envío un saludo cordial.

    México, DF, a 4 de noviembre de 2005.--- Dr. Cuauhtémoc Ruiz Matus, coordinador.»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    FENOMENOS METEOROLOGICOS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio D.G.P.L.59-II-0-2568, suscrito el día 25 de octubre último, por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar No. DGF/683/2005, signado el día 11 del actual por el C. Carlos Bayo Martínez, director general del Fondo de Desastres Naturales de esta Secretaría, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a liberar, a la brevedad, los recursos del Fonden para los municipios de los estados de Quintana Roo, Yucatán y Campeche, afectados por el huracán Wilma.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 18 de noviembre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo.--- Presente.

    Me refiero a su oficio No. SEL/300/5840/05, recibido el día 1 del presente mes y año, dirigido a la licenciada María del Carmen Segura Rangel, coordinadora general de Protección Civil, a través del cual nos informa que los CC. Heliodoro Díaz Escárraga y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, comunicaron el punto de acuerdo aprobado en la sesión de fecha 25 de octubre de 2005, y que a continuación se menciona:

    ``Primero.- Se exhorta al Ejecutivo federal para que a la brevedad se liberen los recursos del Fondo Nacional de Desastres, a los diversos municipios afectados por el huracán Wilma, en los estados de Quintana Roo, Yucatán y Campeche. Segundo.- El Grupo de Trabajo para dar seguimiento a la aplicación de recursos y programas en la atención a las zonas de desastre ocasionadas por las lluvias en los estados de Chiapas, Hidalgo, Oaxaca, Puebla y Veracruz, ampliará sus actividades a los municipios afectados de los estados de Quintana Roo, Yucatán y Campeche. Tercero - Se proporcionen los recursos en transporte y viáticos para que este Grupo de Trabajo pueda dar cumplimiento a la ampliación de sus actividades.''

    Sobre el particular, me permito informarle las gestiones que el Fondo de Desastres Naturales (Fonden), a cargo de esta Secretaría de Gobernación, y de acuerdo al marco jurídico aplicable, ha realizado para atender a cada una de las entidades federativas afectadas por el fenómeno natural que nos ocupa.

    Se emitieron las siguientes declaratorias de emergencia a través de diferentes boletines de prensa, con motivo de la presencia del huracán Wilma, por su afectación a los municipios de los estados de la República Mexicana que a continuación se detallan, con lo que se activaron los recursos del Fondo Revolvente, a fin de responder de forma inmediata a las necesidades urgentes y la protección de la vida y la salud de la población afectada con motivo del evento en comento.

    En razón de lo anterior, se han autorizado para los estados los insumos que a continuación se mencionan:

    Cabe señalar que estos insumos fueron entregados a las autoridades de Protección Civil de las entidades federativas antes citadas, por lo que son dichas instancias las encargadas del proceso de distribución de los mismos en los diversos municipios declarados en emergencia.

    Ahora bien, de la corroboración de desastre en las entidades federativas que a continuación se detallan, por el evento que nos ocupa, se llevó a cabo la instalación del Comité de Evaluación de Daños, el cual tiene por objeto que las instancias involucradas en la reconstrucción de las viviendas e infraestructura dañada, formulen bajo su responsabilidad el diagnóstico de daños y la cuantificación de los recursos, para la presentación de resultados.

    Quintana Roo 26 de octubre de 2005Yucatán 28 de octubre de 2005

    En términos del numeral 29 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales, los resultados de la evaluación y cuantificación de daños de cada sector, deberán ser entregados en las siguientes fechas, en la sesión de entrega de resultados del Comité de Evaluación de Daños; y será hasta entonces cuando se puedan conocer los daños por sector afectado y los montos de apoyo susceptibles a atenderse con cargo al Fonden, para que puedan iniciarse de inmediato las labores de reconstrucción.

    Quintana Roo 22 de noviembre de 2005Yucatán 14 de noviembre de 2005

    Por último, es importante mencionar que el huracán Wilma no afectó al estado de Campeche, por lo que no solicitó apoyo en materia de emergencia; y en virtud de que tampoco sufrió daños en su infraestructura y vivienda, no consideraron necesario detonar el procedimiento de acceso a los recursos del Fonden.

    Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 11 de noviembre de 2005.--- Carlos Bayo Martínez (rúbrica), director general del Fonden.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    FENOMENOS METEOROLOGICOS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención a los oficios Nos. D.G.P.L. 59-II-0-2575 y D.G.P.L. 59-II-0-2583, suscritos el día 27 de octubre último, por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga, Ma. Sara Rocha Medina y Patricia Garduño Morales, Presidente y secretarias, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar No. 307-A-1065 signado el día 10 del actual, por el C. Guillermo Bernal Miranda, titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual da respuesta a los puntos de acuerdo relativos a la atención de los daños provocados en diversas entidades federativas por los huracanes Stan y Wilma.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 10 de noviembre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Lic. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Me refiero a sus oficios SEL/300/5913/05, SEL/300/5931, SEL/300/5966 y SEL/300/5985, por medio de los cuales hace del conocimiento del secretario de Hacienda y Crédito Público diversos puntos de acuerdo adoptados tanto por la Cámara de Diputados como la de Senadores del H. Congreso de la Unión y relacionados con la atención a los daños provocados por la presencia de los huracanes Stan y Wilma.

    Al respecto hago de su conocimiento que las acciones emprendidas por esta Secretaría se han concretado a lo siguiente:

    1. Se han destinado 657.0 millones de pesos (mdp) procedentes del fondo revolvente previsto en el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales en vigor (ROF), en la atención a las respectivas fases de emergencia. 530.4 mdp para los estados afectados pro el huracán Stan y 126.6 mdp para los relativos al huracán Wilma.

    2. En apego a los plazos y procedimientos previstos en las ROF, se llevaron a cabo las entregas de resultados en los comités de Evaluación de Daños de los estados de Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Puebla y Veracruz. Las solicitudes globales de recursos correspondientes a cada una de las mencionadas entidades federativas están en proceso de integración para ser presentadas a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, también en cumplimiento a los procedimientos y plazos establecidos en las ROF.

    3. Las reuniones de los comités de Evaluación de Daños de los estados de Yucatán y Quintana Roo, para la entrega de resultados, se realizarán el 14 y el 22 del presente respectivamente.

    4. Se han canalizado 421.2 mdp, mediante los acuerdos de ministración previstos en el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, a las dependencias y entidades con la finalidad de que estén en posibilidad de iniciar de inmediato la reparación de daños a la infraestructura que está directamente a su cargo. 146.2 mdp para ser aplicados en los estados afectados por el huracán Stan y 275.0 mdp para los relacionados con Wilma.

    5. Se han realizado reasignaciones de recursos por un total de 489.8 mdp, 291.2 para Stan y 150.0 mdp para Wilma.

    6. Se han entregado adelantos provenientes de excedentes petroleros, a través del Fideicomiso para la Infraestructura en los Estados, por un total de 2,853.5 mdp. 2,396.5 para las entidades federativas relacionadas con Stan y 457.0 para las correspondientes a Wilma.

    Tomando en cuenta lo anterior, así como los resultados del ejercicio presupuestario, dentro del seno del gabinete de reconstrucción instruido por el titular del Poder Ejecutivo Federal se continuarán proponiendo los mecanismos necesarios por los que sea posible atender los exhortos del Poder Legislativo expresados a través de los puntos de acuerdo a que hace mención en los oficios arriba citados.

    Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 10 de noviembre de 2005.--- Guillermo Bernal Miranda (rúbrica), titular de la Unidad.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    SEQUIA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio D.G.P.L. 59-II-0-2531, suscrito el día 13 de octubre último por los diputados Francisco Arroyo Vieyra y Patricia Garduño Morales, vicepresidente en funciones de Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar No. 412.-0590, signado el día 7 del actual por el ingeniero Víctor Celaya del Toro, director general de Estudios para el Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como los anexos que en el mismo se citan, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se solicita al titular del Ejecutivo federal reasignar los recursos del Fondo para Atender a la Población Afectada por las Contingencias Climatológicas (FAPRACC) producto de la sequía atípica en los estados de Zacatecas, Durango y San Luis Potosí, entre otros.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 17 de noviembre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-0-2531 del pasado 13 de octubre, en el que se transcribe el punto de acuerdo de la sesión de la Cámara de Diputados realizada en la misma fecha, donde ``se solicita al titular del Ejecutivo federal la reasignación inmediata de los recursos del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Continencias Climatológicas (FAPRACC) producto de la sequía atípica e impredecible en los estados de Zacatecas, Durango, San Luis Potosí, entre otros, o en su defecto que el Fondo Nacional de Desastres Naturales (Fonden) apoye a los productores afectados, como lo contempla el cuarto transitorio de las reglas de operación del FAPRACC'', al respecto, me permito comentar a usted lo siguiente.

    La atención de los daños agropecuarios causados por diversos fenómenos meteorológicos, como en este caso la sequía, está a cargo de la Sagarpa mediante el Programa del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por contingencias Climatológicas (FAPRACC), en cumplimiento a lo establecido en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. No obstante, específicamente en lo que se refiere a zonas donde la sequía es recurrente, la Sagarpa opera, asimismo, un programa de carácter preventivo denominado Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva (Piasre). En este sentido, ambos programas, FAPRACC y Piasre, son excluyentes en virtud de que el objeto de atención es el mismo, los daños causados por la sequía.

    Lo anterior, se sustenta en lo establecido en las reglas de operación vigente del FAPRACC (se anexa copia), donde se establece, en su artículo 8: ``Asimismo, se establece que aquellos municipios incluidos en el universo de atención del Piasre, programa que impulsa medidas de carácter preventivo, en caso de que ocurra sequía quedan excluidos de los apoyos que otorga este programa y viceversa.''

    Es importante mencionar que en lo que se refiere al estado de Zacatecas, dicho Gobierno Estatal suscribió un convenio de coordinación marco, con el Gobierno Federal, a través de la Sagarpa, el pasado 19 de agosto del año en curso para la operación del FAPRACC en la entidad (se anexa copia), en el citado convenio se establece en su cláusula décima primera: ``Aquellos municipios considerados en la atención del Programa Integral de Reconversión Productiva en Zonas con Siniestralidad Recurrente (Piasre), no podrá ser beneficiarios de los apoyos del FAPRACC por el mismo fenómeno climatológico, a excepción de la contratación del seguro agropecuario catastrófico''.

    En este sentido, según lo establecido en el Anexo Técnico Municipalización 2005 suscrito en el marco del Piasre, donde se incluye en la operación de este último programa el total de municipios del estado de Zacatecas (se anexa copia), no es posible la atención a la solicitud de apoyo presentada al FAPRACC, a causa de la sequía, en el estado de Zacatecas durante el presente ejercicio fiscal, considerando lo establecido en las reglas de operación y convenio de coordinación marco ya señalados. Esta situación fue dada a conocer al C. Secretario de Fomento Agropecuario del estado de Zacatecas, desde el pasado 24 de octubre del presente año (se anexa copia).

    El caso del estado de Durango es similar al anterior, para 33 de los 39 municipios de la entidad que se encuentran incluidos en el universo de atención del Piasre y de la misma manera, en el caso de San Luis Potosí, para 33 municipios de los 58 que integran el estado. Sin embargo, cabe mencionar que a la fecha, no se han recibido solicitudes para la atención de la sequía a través del Fapracc en estas entidades federativas.

    Por otra parte, actualmente se están atendiendo solicitudes de diversas entidades como Puebla, Veracruz, Michoacán, Oaxaca, Tlaxcala y Chihuahua, entre otras, donde se han presentado solicitudes de apoyo para la atención de daños ocasionados por la sequía en municipios donde no está operando el Piasre.

    Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 7 de noviembre de 2005.--- Ing. Víctor Celaya del Toro (rúbrica), director general.»

    «Convenio de coordinación que celebran, por una parte el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a través de la Comisión Nacional de las Zonas Áridas, representada por su director general, ingeniero Felipe Flores Guajardo, y por la otra el gobierno del estado de Zacatecas, representado por Amalia D. García Medina, en su calidad de gobernadora del estado, quien se asiste por el licenciado Tomás Torres Mercado, secretario general de Gobierno; el CP Nicolás Castañeda Tejeda, secretario de Finanzas, y el maestro Daniel Octavio Fajardo Ortiz, secretario de Desarrollo Agropecuario; en lo sucesivo denominados como ``la Conaza'' y ``el estado'', respectivamente, con el fin de formalizar las acciones a ejecutar dentro del Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva 2005, en zonas de siniestralidad recurrente y tierras frágiles'' (Piasre), al tenor de los antecedentes, declaraciones cláusulas siguientes

    Antecedentes

    El sector rural se desarrolla en un contexto de creciente competencia nacional e internacional por lo que demanda mejores alternativas tanto de comercialización e industrialización así como una mayor participación de los productores en los beneficios de estas dos últimas fases de la cadena productiva.

    Se asume también, como objetivo promover un crecimiento económico vigoroso sostenido y sustentable, en beneficio de todos las mexicanos, definiendo para ello las líneas de política para alcanzar un desarrollo sustentable, con el propósito de arribar a un equilibrio entre los objetivos económicos sociales y ambientales, de tal forma que se logre contener los procesos de deterioro ambiental, inducir un ordenamiento del territorio nacional considerando la necesidad de hacer compatible el desarrollo con las aptitudes y capacidades de cada región; aprovechar de manera plena los recursos naturales y cuidar el ambiente como condición básica para alcanzar la superación de le pobreza y una mayor equidad.

    En este marco, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en apego a lo establecido en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 y a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable determinó la instrumentación del ``Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva 2005 en Zonas de Siniestralidad Recurrente y Tierras Frágiles'', en el cual se prevé la realización de acciones productivas en beneficio del sector agropecuario y forestal del estado de Zacatecas, a través de la articulación de proyectos integrales seleccionados, que generen efectos multiplicadores en regiones delimitadas dentro de cada entidad federativa, evitando así la dispersión de recursos y generando modelos susceptibles de ser replicables en otras regiones.

    Asimismo, de conformidad con lo señalado en las reglas de operación del Piasre, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2003, y su modificación y adición a las mismas, publicadas el 18 de marzo del 2005, la instrumentación de dicho programa corresponde a la Secretaría de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), que será la responsable de emitir la normatividad del programa, determinar su ámbito de aplicación estatal, definir el agente técnico y operador del programa, además de ser la única facultada para la interpretación de las reglas de operación y la definición de las situaciones no contempladas en ellas; estableciendo para ello la coordinación necesaria con las otras dependencias cuyos programas incidan en las zonas donde se instrumente el Piasre, siempre y cuando tengan carácter complementario y no se dupliquen entre sí.

    ``La Sagarpa'', con la finalidad de instrumentar y ejercer los recursos destinados al objeto del presente instrumento, tendrá como agente técnico, operador y evaluador de este programa a la Comisión Nacional de las Zonas Áridas (Conaza), que será la encargada de la operación directa del mismo conforme a las reglas de operación correspondientes y al amparo del presente convenio de coordinación. Para ello, podrá coordinarse en el ámbito de su competencia con las dependencias participantes para el cumplimiento de los objetivos del Programa; para lo cual fue suscrito el convenio de colaboración correspondiente entre ``la Sagarpa'' y ``la Conaza''.

    En ese orden de ideas, ``la Conaza'' y ``el estado'' suscriben el presente instrumento jurídico, para impulsar el desarrollo sostenible en las regiones con mayor vulnerabilidad, a fin de realizar las acciones preventivas para contrarrestar los efectos que ocasiona la presencia de siniestros recurrentes, con el objeto de que sus pobladores tengan posibilidades de afrontar anomalías climáticas que se manifiesten; a fin de mantener su calidad de vida, preservar y aprovechar en forma racional los recursos naturales con los que cuentan, siendo para ello indispensable la participación activa de los municipios en la elaboración, instrumentación y evaluación de programas destinados a promover el desarrollo sustentable.

    Declaraciones.

    1. Declara ``la Conaza'':

    1.1. Que de conformidad con el decreto de creación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 1970, y sus adiciones publicadas el 1 de diciembre de 1971 y 9 de abril de 1973, es un organismo público descentralizado del Ejecutivo federal.

    1.2. Que tiene la capacidad, así como la estructura técnica para actuar como agente técnico, operador y evaluador de ``la Sagarpa'', con las funciones y responsabilidades que le confieren las reglas de operación del Piasre, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2003, y su modificación y adición publicadas el 18 de marzo de 2005.

    1.3. Que para la operación del ``Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva 2005, en Zonas de Siniestralidad Recurrente y Tierras Frágiles'', el 14 de febrero de 2005 suscribió un Convenio de Colaboración con ``la Sagarpa'', a través de la Subsecretaría de Desarrollo Rural.

    1.4. Que su titular tiene las facultades suficientes y necesarias para suscribir el presente convenio, de conformidad con los artículos 22 fracción I, 59, fracción I, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 5° fracción I del decreto de creación de dicha Comisión.

    1.5. Que para todos los efectos derivados del presente instrumento señala como domicilio, el ubicado en bulevar Venustiano Carranza número 1623, colonia República, ciudad de Saltillo, Coahuila, CP 25280.

    2. Declara ``el estado'':

    2. l. Que tiene interés en suscribir el presente convenio, para formalizar las acciones a ejecutar en el marco del ``Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva 2005, en Zonas de Siniestralidad Recurrente y Tierras Frágiles''; para ello, aportará de sus propios recursos el importe que le corresponda, de conformidad al porcentaje de participación que se indica en las reglas de operación vigentes de dicho programa.

    2.2. Que participa en la celebración del presente convenio a través de la gobernadora del estado, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 72, 73, 74 y 82, fracciones XV, XXI y XXVII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 2°, 3° y 8° de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado.

    2.3. Que quienes asisten a la titular del Poder Ejecutivo estatal en la celebración del este instrumento, los secretarios general de Gobierno, de Finanzas y de Desarrollo Agropecuario, cuentan con las facultades necesarias para ello en términos de lo dispuesto por los artículos 84 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 3°, 7°, 10, fracciones I, II y VI; 21, 24, 25 y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el estado.

    2.4. Que para los efectos legales derivados del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en avenida Hidalgo número 604, colonia Centro, ciudad de Zacatecas, Zacatecas, CP 98000.

    2.5. Que realizará conjuntamente con ``la Conaza'' y ``la Sagarpa'' la difusión y promoción sobre las acciones y beneficios del Programa, entre los productores de los municipios seleccionados.

    2.6. Que de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Piasre, se compromete a no solicitar, durante el lapso del presente convenio, recursos del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas (Fapracc) ni del Fondo de Desastres Naturales (Fonden), para la atención de los mismos fenómenos y municipios que se estén atendiendo con carácter preventivo por el programa durante el mismo ejercicio fiscal.

    2.7. Que conjuntará esfuerzos con las dependencias participantes para el logro de los objetivos del presente instrumento, asimismo impulsar la participación de instituciones académicas para que instrumenten canales de consultoría especializada requerida para el desarrollo e implementación de las acciones inmersas en el programa.

    2.8. Que impulsará la capacidad de ejecución de los gobiernos municipales para que intervengan de manera directa en la planeación, programación y ejecución de acciones para el desarrollo rural con la participación qué corresponda a los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable en congruencia con las políticas estatales.

    Por lo anterior expuesto, con fundamento en los artículos 25, 26, 90, 115 fracción V, y 116, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9°, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal; 9°, 10, 17, 33, 34, fracción II, 37 y 38 de la Ley de Planeación; 2, 4, 11, 40, 41, 47 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 12, 19, 23, 24, 25, 26, 27 y 28 de la Ley de Desarrollo Sustentable; así como los artículos 72, 73, 74, 82, fracciones XV, XXI y XXVII, 84 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 2, 3, 7, 8, 10 fracciones I, II y VI, 21, 24, 25 y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; así como en las Reglas de Operación del ``Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva en Zonas de Siniestralidad Recurrente y Tierras Frágiles'', publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2003, y su modificación y adición publicadas el 18 de marzo de 2005; las partes celebran el presente Convenio de Coordinación, al tenor de las siguientes:

    Cláusulas

    Primera.- ``Las partes'' manifiestan su interés en celebrar el presente convenio de coordinación para formalizar las acciones a ejecutar dentro del ``Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva 2005, en Zonas de Siniestralidad Recurrente y Tierras Frágiles'', en apoyo al sector agropecuario y forestal en el estado de Zacatecas.

    Segunda.- ``Las partes'' celebran el presente convenio de coordinación para formalizar las acciones a ejecutar dentro del ``Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva 2005, en Zonas de Siniestralidad Recurrente y Tierras Frágiles'', hasta por un monto total de $34'045,761.00 (treinta y cuatro millones cuarenta y cinco mil setecientos sesenta y un pesos 00/100 m.n.); de los cuales $23'832,033.00 (veintitrés millones ochocientos treinta y dos mil treinta y tres pesos 001100 m.n.), corresponden a la aportación federal, provenientes del presupuesto asignado en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 al Ramo 08 de ``la Sagarpa''; previas las autorizaciones que jurídicamente corresponden y sujeto a la disponibilidad presupuestal; y $10'213,728.00 (diez millones doscientos trece mil setecientos veintiocho pesos 00/100 m.n.) corresponden a la aportación que de sus propios recursos hace ``el estado'', a efecto de que la inversión total se integre en una proporción 70% Federación y 30% el estado.

    Tercera.- Los recursos concertados para la ejecución de este programa, serán ejercidos en forma directa por ``la Conaza'', en apego a la normatividad aplicable, esquemas de operación y universos de atención autorizados.

    Cuarta.- Los recursos que aporte ``el estado'' se depositarán en la cuenta que ``la Conaza'' apertura ex profeso para el programa, de la que bajo la responsabilidad técnico-administrativa de la delegación de la ``Conaza'', en estricto apego a la normatividad aplicable, se autorizarán, en su caso, las erogaciones procedentes.

    Quinta.- Los recursos convenidos para la realización del ``Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva 2005, en Zonas de Siniestralidad Recurrente y Tierras Frágiles'', no podrán transferirse a otros programas y se utilizarán exclusivamente en apoyo a las regiones y municipios señaladas en el anexo técnico de este instrumento, el que conforme a lo estipulado en la cláusula séptima de este convenio, es parte integrante del mismo.

    Las acciones que se apoyen con cargo a los recursos de este convenio, necesariamente deberán estar dentro de los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Piasre. La inclusión de conceptos no considerados en las reglas de operación, deberá ser autorizada por la Subsecretaría de Desarrollo Rural de la Sagarpa, a solicitud expresa y fundamentada del Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable o de la Comisión Estatal de Desarrollo Rural cuando esta instancia esté facultada para ello.

    Sexta.- En virtud de que los recursos destinados a la realización del objeto del presente Convenio, serán utilizados para acciones de prevención para contrarrestar las causas recurrentes de siniestralidad y fenómenos adversos con un enfoque territorial y de sustentabilidad que permita preservar y aprovechar racionalmente los recursos naturales; ``el estado'' se compromete a no solicitar recursos del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas (FAPRACC) ni del Fondo de Desastres Naturales (Fonden), para la atención de los mismos fenómenos y áreas o superficies durante el mismo ejercicio fiscal, conforme a las reglas de operación del programa.

    Séptima.- Las regiones de trabajo para el ``Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva 2005, en Zonas de Siniestralidad Recurrente y Tierras Frágiles'' en el estado de Zacatecas, estarán dentro de los municipios y regiones definidos como prioritarios en el Anexo Técnico que una vez firmado de manera conjunta por la delegación estatal de ``la Sagarpa'', ``el estado'' y ``la Conaza'', forma parte integrante del presente instrumento.

    Octava.- La delegación estatal de ``la Sagarpa'', ``el estado'' y ``la Conaza'' promoverán de manera coordinada ante el Consejo Estatal de Desarrollo Rural Sustentable y, en su caso, ante el Consejo Municipal para el Desarrollo Rural Sustentable la aplicación de la fórmula de asignación presupuestal para los municipios y localidades determinados como prioritarios conforme a la cláusula anterior.

    Novena.- La coordinación de las acciones del programa objeto del presente instrumento jurídico estará a cargo del Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable, el cual estará integrado por las instancias que define el artículo 25 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y podrá delegar esta función en la Comisión Estatal para el Desarrollo Rural. La Secretaría Técnica será ocupada por el delegado estatal de la Sagarpa. Este Consejo incluirá en su agenda: el seguimiento, análisis y autorización, en su caso, de las solicitudes presentadas y la evaluación de las acciones instrumentadas en el estado.

    Las principales atribuciones de este Consejo Estatal son las mismas que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable le confiere, incluida la autorización de los proyectos a apoyar en este programa, que hayan sido propuestos por los Consejos Municipales para el Desarrollo Rural Sustentable, así como supervisar el avance físico-financiero del programa.

    De conformidad con 1o establecido en el artículo 25 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable se integrarán Comités Municipales para el Desarrollo Rural Sustentable, los cuales tendrán las mismas facultades que dicho ordenamiento les confiere, además de que podrán recibir los proyectos que presenten los solicitantes y opinar sobre la congruencia de los planteamientos con las prioridades marcadas en el Programa de Desarrollo Rural Municipal y enviarlos a la ventanilla correspondiente para su análisis técnico.

    Décima.- ``La Conaza'' a través de su delegación, en coordinación con la delegación de ``la Sagarpa'' y ``el estado'', será responsable del desarrollo de las acciones que integran el programa, y que se detallan en el anexo técnico al que se hace referencia en la cláusula quinta de este convenio.

    Décima Primera.- ``El estado'' se compromete a:

    1. Vigilar y supervisar que la aplicación de los recursos objeto del presente convenio, se realice en estricto apego a las Reglas de Operación del Piasre;

    2. Aportar a ``la Conaza'' los recursos correspondientes a su participación, señalados en la cláusula segunda de este instrumento;

    3. Participar en la implementación y realización de las acciones del programa; así como difundir entre los productores de las regiones, municipios y localidades seleccionadas los beneficios del programa;

    4. Proporcionar a ``la Conaza'' toda la información y las facilidades que ésta requiera, a efecto de que cumpla con su función de agente técnico de ``la Sagarpa'' en el presente programa;

    5. Participar en el Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable, con las facultades que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable le confiere, con la finalidad de vigilar la correcta aplicación de la inversión y la realización de las acciones convenidas;

    6. Coordinar esfuerzos con las dependencias participantes para el logro de los objetivos del presente instrumento; así como impulsar la participación de instituciones académicas a fin de instrumentar canales de consultoría especializada para el desarrollo y aplicación de las acciones productivas derivadas del programa;

    7. Promover y difundir entre los productores la conformación de los comités pro-proyecto, quienes serán los responsables de la elección y ejecución de las obras y acciones más convenientes para cada municipio y comunidad.

    8. Impulsar la participación y la capacidad de ejecución de los gobiernos municipales para que intervengan de manera directa en la planeación, programación y ejecución de acciones para el desarrollo rural con la participación que corresponda a los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable, así como promover su participación en la conformación de los comités pro-proyecto, y;

    9. Brindar las facilidades y apoyos necesarios al personal de auditoría de la Secretaría de la Función Pública, para efectuar las revisiones que de acuerdo a sus programas de trabajo, considere oportuno realizar.

    Décima Segunda.- ``la Conaza'', respecto de los recursos que le sean depositados para la instrumentación del programa, a través de su delegación en la entidad, se compromete a

    1. Recibir y ejercer conforme a las Reglas de Operación del ``Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva 2005, en Zonas de Siniestralidad Recurrente y Tierras Frágiles'', los recursos que le sean radicados; así corno, a participar en la programación, ejecución y desarrollo de las actividades objeto de] presente convenio;

    2. Fungir como agente técnico de ``la Sagarpa'' en el programa, cuya función consiste en implementar su operación, supervisar y verificar con el apoyo de ``la Sagarpa'' que los comités pro-proyecto ejecuten las obras y/o acciones pactadas en el convenio de concertación;

    3. Vigilar y supervisar que la aplicación de los recursos objeto del presente convenio se realice conforme a la normatividad vigente, bajo su responsabilidad técnico administrativa y a lo señalado en las Reglas de Operación del Piasre, emitidas por la Subsecretaría de Desarrollo Rural de ``la Sagarpa'';

    4. Promover entre los productores la conformación de los comités pro-proyecto, quienes serán los responsables de la elección y ejecución de las obras y acciones más conveniente para cada municipio y comunidad;

    5. Entregar los días 25 de cada mes, a ``la Sagarpa'' y a ``el estado'' los informes físicos y financieros del avance de la ejecución de las acciones materia del presente instrumento, con corte al día 20; con la participación que le corresponde a los distritos de desarrollo rural de acuerdo a las funciones que les asigna la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; así como a entregarles un informe final a la conclusión del programa;

    6. Reintegrar y enterar a la Tesorería de la Federación (Tesofe), según sea el caso, los remanentes o productos financieros que no se hayan aplicado en el cumplimiento del objeto del presente instrumento, suscribiendo un acuerdo de finiquito en el que se deberán establecer las condiciones y efectos de la terminación del instrumento jurídico que les dio origen. Dicho trámite de reintegro y entero de los recursos federales los realizará por conducto de sus oficinas centrales, observando para ello los procedimientos aplicables;

    7. Conservar debidamente resguardada, por el período que establece la normatividad aplicable vigente, la documentación original comprobatoria del ejercicio de las aportaciones realizadas al programa, y;

    8. En su caso, celebrar los instrumentos que se requieran con los municipios que participen en la ejecución del programa, integrando en los mismos, la aportación de los gobiernos municipales.

    Décima Tercera.- Las partes manifiestan que el personal que de cada una de ellas intervenga en la realización de las acciones materia de este convenio de coordinación, mantendrá su relación laboral y estará bajo la dirección y dependencia de la parte que lo contrato, por lo que no se crearán relaciones de carácter laboral con la otra, y en ningún caso se considerarán como patrones solidarios o sustitutos.

    Décima Cuarta.- El presente convenio de coordinación entrará en vigor al día siguiente de su firma y su vigencia será hasta el 31 de diciembre del año 2005, y podrá ser revisado, adicionado o modificado de común acuerdo por las partes.

    Décima Quinta.- El presente convenio de coordinación, podrá darse por terminado en cualquier momento, para ello bastará la notificación por escrito de cualquiera a la otra con treinta días naturales de anticipación.

    Décima Sexta.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y cumplimiento del presente convenio de coordinación, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales federales en la Ciudad de México, renunciando en este momento a la que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.

    Leído que fue el presente convenio de coordinación y enteradas las partes de su contenido, alcance y fuerza legal, lo suscriben por quintuplicado en la ciudad de Zacatecas, Zacatecas, a los treinta y un días del mes de marzo del año dos mil cinco.

    Por ``la Conaza'': Ing. Felipe Flores Guajardo (rúbrica), director general; Ing. Abelardo Morales Rivas (rúbrica), delegado.

    Por ``el estado'': Amalia D. García Medina (rúbrica), gobernadora del Estado de Zacatecas; Lic. Tomás Torres Mercado (rúbrica), secretario general de Gobierno; CP Nicolás Castañeda Tejeda (rúbrica), secretario de Finanzas; Mtro. Daniel O. Fajardo Ortiz (rúbrica), secretario de Desarrollo Agropecuario.

    Testigo de honor por ``la Sagarpa'': C. Francisco Javier López García, Delegado Estatal de la Sagarpa.»

    «Convenio de Coordinación Marco que celebran por una parte el Ejecutivo federal por conducto de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a la que en lo sucesivo se le denominará como la Secretaría, representada por

    Su titular

    Javier Bernardo Usabiaga ArroyoSecretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

    Asistido por

    Ing. Antonio Ruiz GarcíaSubsecretario de Desarrollo RuralLic. Xavier Ponce de León AndradeOficial mayorFrancisco Javier López GarcíaDelegado estatal de la Sagarpa

    Y por la otra parte el Poder Ejecutivo del estado de Zacatecas, al que en lo sucesivo se le denominará como el Gobierno del estado, representado por

    Amalia D. García MedinaGobernadora del estado de Zacatecas

    Asistida por

    LC Nicolás Castañeda TejedaSecretario de FinanzasMC Daniel Octavio Fajardo OrtizSecretario de Fomento Agropecuario

    Para conjuntar acciones y recursos con el objeto de apoyar a productores rurales de bajos ingresos que cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos en las reglas de operación del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas (FAPRACC) en el estado de Zacatecas como parte del Programa del FAPRACC al tenor de los siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas.

    Antecedentes

    Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 está el de contribuir al logro de los objetivos sectoriales de agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y alimentación, y el de realizar acciones tendientes a elevar el bienestar de la población. Asimismo prevé que el Ejecutivo federal aumentará la capacidad preventiva del Sistema Nacional de Protección Civil y promoverá, en lo conducente, la mitigación de los efectos de los desastres a partir de una mayor coordinación de esfuerzos interglubernamentales y de la promoción de la corresponsabilidad ciudadana.

    El programa sectorial de agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y alimentación presenta como uno de sus objetivos dentro del apartado de financiamiento al sector rural, el impulsar y desarrollar la operación de instrumentos paralelos para ser implementados en los procesos de financiamiento del sector rural.

    Que conforme a la Ley General de Protección Civil, el Sistema Nacional de Protección Civil dispone que ante una situación de emergencia, el auxilio a la población debe constituirse en una función prioritaria de la protección civil, por lo que las instancias de coordinación deberán actuar en forma conjunta y ordenada. Asimismo, cuando la capacidad financiera de las entidades federativas y de sus municipios para la atención de un desastre severo haya sido superada, ésas podrán solicitar el apoyo complementario al Gobierno Federal para tales efectos, que actuará a través de las instancias federales que resulten competentes.

    En cumplimiento a lo establecido en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2001, en su artículo 129, en el que se establece que el Gobierno federal creará un fondo administrado y operado con criterios de equidad social con la participación de los gobiernos de las entidades federativas para apoyar a los productores afectados por contingencias climatológicas a fin de atender los efectos negativos provocados por las mismas y reincorporarlos a la actividad productiva.

    Con base en las reglas de operación del programa del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas (FAPRACC) vigentes, las partes tienen a bien establecer el presente Convenio de Coordinación como un instrumento jurídico de los componentes de apoyo que ofrece el FAPRACC.

    Declaraciones

    1. De la Secretaría

  • Que es una dependencia del Ejecutivo federal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  • Que tiene entre sus atribuciones: formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural y administrar y fomentar las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras y acuícolas a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo, en coordinación con las dependencias competentes.

  • Que el secretario del despacho, subsecretario de Desarrollo Rural, oficial mayor y delegado estatal están facultados para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6° fracción XIX, 8° fracción XIV, 9° fracción XIII, 18 fracción IV y 23 fracciones III y VIII del reglamento interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

  • Que señala como su domicilio para todos los efectos legales de este Convenio, el ubicado en Municipio Libre No. 377, 3er piso B, Col. Santa Cruz Atoyac, delegación Benito Juárez, CP 03310 en la Ciudad de México, Distrito Federal.

    2. Del Gobierno del estado

  • Que de conformidad con los Artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 2 de la Constitución Política del estado de Zacatecas, es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación y tiene personalidad jurídica propia.

  • Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 fracción XXVII, 84 y demás relativos de la Constitución Política del estado de Zacatecas y los artículos 2, 3, 8, 10 fracciones I, II y VI, 24, 25 y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, el gobernador y los secretarios de Finanzas y de Desarrollo Agropecuario se encuentran facultados para suscribir el presente Convenio cuya implementación y ejecución se llevará a cabo por el operador que se determine.

  • Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio: Oficinas del la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Carretera Panamericana Km. 21.5, Morelos, Zacatecas, CP 98500.

    Fundamentación

    En virtud de lo anterior y con fundamento en lo establecido por los artículos 26, 90 y 116 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 82 fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 9, 26 y 35 fracciones XIV y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9, 21, 22, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeaci6n; 1, 13, 15 y 25 tercer párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 49, 50, 51, 52 fracción VI, 53 fracción I, 65 y 66 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2005 y demás aplicables del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación vigente; 1, 3, 4 y 188 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 112 fracción II inciso H) y 115 del reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 1, 2, 3, 6 fracción XIX, 9 fracción XIII, 18, 32, 33, 34, 35 fracciones II y X, 43, 44, 48 del reglamento interior de la Secretaría vigente, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 10 de julio de 2001; 1, 2 fracción II, 3 y demás relativos de la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado; 13 de las reglas de operación del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2003 según se establece en las modificaciones y adiciones a las mismas, publicadas en el mismo instrumento de difusión oficial el 30 de marzo de 2005; y demás disposiciones legales aplicables al presente Convenio, al tenor de las siguientes

    Cláusulas

    Primera. La Secretaría y el Gobierno del estado manifiestan su voluntad de conjuntar acciones y recursos con el objeto de apoyar a productores rurales de bajos ingresos que cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos en las reglas de operación del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas.

    Segunda. Los gobiernos Federal y estatal bajo el principio de coparticipación de pago que se establece en el artículo 7 de las reglas de operación del programa convienen realizar las aportaciones correspondientes a lo establecido en la cláusula octava del presente instrumento, en una composición de aportación federal del 70 por ciento y estatal del 30 por ciento.

    Tercera. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere el anexo técnico respectivo, corresponderá a la Secretaría, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a la Secretaría de la Función Pública (SFP) y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de la Fiscalización Superior de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que en coordinación con la SFP, realice la Contraloría del Ejecutivo estatal.

    Cuarta. El notificará a la Secretaría la apertura de una cuenta especial bancaria registrada en la Tesorería de la Federación y proporcionará a la misma el número de cuenta con el objeto de radicar los recursos autorizados por el comité técnico nacional del FAPRACC y que se establecen en el anexo técnico correspondiente, contra la entrega que haga el Gobierno del estado del recibo oficial fiscal expedido por Secretaría de Finanzas del gobierno del estado de Zacatecas.

    Quinta. La Secretaría, a través de la Subsecretaría de De-sarrollo Rural será la Unidad Administrativa Responsable del Programa a nivel central, tal y como lo establecen las reglas de operación del programa vigentes. Asimismo, a través de la delegación estatal y sin menoscabo de los mecanismos establecidos en este Convenio y en los anexos técnicos correspondientes, la Secretaría podrá supervisar y vigilar la ejecución y desarrollo de las acciones y la correcta aplicación de los recursos objeto del presente Convenio. En este sentido, según lo establecido en el artículo 13 de las modificaciones y adiciones a las reglas de operación del FAPRACC publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2005, el presente Convenio de Coordinación se celebrará entre el Gobierno del estado y el Gobierno Federal para la ejecución de las acciones y obras en beneficio de los productores sujetos de apoyo del FAPRACC y tendrá vigencia, en los términos de la Ley de Planeación, hasta la conclusión del Poder Ejecutivo federal. Asimismo, para cada contingencia que se presente, se deberá formular un anexo técnico en el cual se especifique el monto, las acciones y obras autorizadas por el comité técnico nacional del FAPRACC.

    Sexta. El Gobierno del estado se compromete a

  • Recibir y ejercer los recursos para la realización de las acciones materia del objeto del Convenio, en la forma y términos que en el anexo técnico correspondiente se especifiquen;

  • Ejecutar las acciones en los términos y condiciones estipuladas en el anexo técnico correspondiente;

  • Cumplir con las reglas de operación del FAPRACC vigentes y, en su caso, del Programa de Empleo Temporal;

  • Entregar mensualmente al secretario del comité técnico nacional del FAPRACC, los informes físicos y financieros del avance en la ejecución de las acciones objeto del anexo técnico correspondiente, así como un informe final detallado sobre los alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia del anexo técnico de referencia, según lo establecido en las reglas de operación del FAPRACC vigentes;

  • Reintegrar al Gobierno Federal los recursos aportados y los productos financieros que se generen, ambos en caso de no ser ejercidos en la realización de las acciones objeto del presente Convenio y los anexos técnicos que de él se deriven, mediante un cheque certificado ó de caja a nombre de la Tesorería de la Federación por la cantidad de referencia y otro por el monto que importen los productos financieros generados, ambos con el importe exacto del entero sin centavos;

  • Custodiar y resguardar en perfecto orden y estado la documentación original comprobatoria del ejercicio de los recursos, de acuerdo a lo establecido en las Reglas de operación del FAPRACC vigentes.

  • Entregar a la Sagarpa, a través de su delegación estatal, en perfecto orden y estado, copia certificada de la documentación comprobatoria del ejercicio de los recursos.

  • Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de auditoría de la Secretaría de la Función Pública, y demás instancias de control y vigilancia para efectuar las revisiones que de acuerdo a sus programas de trabajo considere conveniente realizar.

    Séptima. En cumplimiento a lo establecido en el anexo técnico correspondiente, se deberá integrar una comisión de regulación y seguimiento del FAPRACC (CRySF), conformada por representantes de las partes, en cumplimiento a lo que se establece en el artículo 15 de las reglas de operación del FAPRACC para la ejecución, control y seguimiento de las acciones y recursos, objeto del presente Convenio de Coordinación y anexo técnico correspondiente.

    Octava. El total de los recursos especificados en el anexo técnico correspondiente, se destinarán para apoyos directos a los productores beneficiarios del programa o, de ser el caso, para la contratación del seguro agropecuario catastrófico, a gastos de operación y a gastos de auditoria conforme a lo establecido en el acuerdo emitido por el comité técnico nacional del FAPRACC y en el plan de acciones y obras aprobado por el mismo comité y que se adjuntan al respectivo anexo técnico como parte del mismo, en apego a las reglas de operación del programa.

    Novena. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento y del anexo técnico correspondiente, la Secretaría y el Gobierno del estado se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Las partes convienen en que la Secretaría de la Función Pública podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo del Gobierno del estado en los términos del presente instrumento y del anexo técnico correspondiente.

    Décima. El personal que de cada una de las partes intervenga en la realización de las acciones materia del presente Convenio y del anexo técnico correspondiente, mantendrá su relación laboral y estará bajo la dirección y dependencia de la parte respectiva, por lo que no se crearán relaciones de carácter laboral con la otra, a la que en ningún caso se le podrá considerar como patrón sustituto,

    Décima primera. Aquellos municipios considerados en la atención del Programa Integral de Reconversión Productiva en Zonas con Siniestralidad Recurrente (Piasre) no podrán ser beneficiarios de los apoyos del FAPRACC por el mismo fenómeno climatológico, a excepción de la contratación del seguro agropecuario catastrófico.

    Para el caso de las entidades federativas que soliciten apoyo para el componente del seguro agropecuario catastrófico, deberán observar que aquellos municipios incluidos en la cobertura de dicho seguro, queden excluidos del apoyo de cualquier otro componente del FAPRACC para el fenómeno que considere la cobertura del referido seguro.

    Décima segunda. El Gobierno del estado en cumplimiento del objeto de la entrega de los recursos a los productores por parte de la Secretaría, en los términos del presente Convenio y del anexo técnico correspondiente, deberá comprobar ante la subsecretaría de Desarrollo Rural haber entregado a los beneficiarios del programa los montos de los apoyos autorizados por el comité técnico nacional, con base en el respectivo diagnóstico realizado por el Comité Agropecuario Estatal de Evaluación de Daños.

    Décima tercera. En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente Convenio, y del anexo técnico correspondiente, las partes lo resolverán de común acuerdo y, en su caso, se someterán expresamente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento a la que les pudiera corresponder en razón de su domicilio, presente o futuro, o por cualquier otra causa.

    Décima cuarta. Este Convenio surtirá efectos a partir de la fecha de su firma y estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2006.

    Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal de este instrumento, los participantes lo firman electrónicamente el 19/8/2005.

    Por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Ing. Antonio Ruiz García, Subsecretario de Desarrollo Rural; Lic. Xavier Ponce de León Andrade, Oficial mayor; C. Francisco Javier López García, Delegado estatal de la Sagarpa; Por el Gobierno del estado de Zacatecas, Amalia D. García Medina, Gobernadora del estado de Zacatecas; LC Nicolás Castañeda Tejeda, Secretario de Finanzas; MC Daniel Octavio Fajardo Ortiz, Secretario de Fomento Agropecuario.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    MC Daniel Octavio Fajardo Ortiz, secretario de Fomento Agropecuario del Gobierno del estado de Zacatecas.

    Por medio de la presente y en referencia a su solicitud de diagnóstico climatológico que formulara a la Comisión Nacional del Agua para corroborar la presencia de sequía atípica, impredecible y no recurrente en los 58 municipios del estado de Zacatecas durante los meses de abril a septiembre de 2005, con el fin de acceder a los apoyos del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas (FAPRACC) a través del Sistema de Operación y Gestión Electrónica mediante el folio 221, me permito comentar a usted lo siguiente.

    No obstante, que el diagnóstico de la Comisión Nacional del Agua se emite en sentido positivo para 40 municipios según consta en el oficio No. BOO-05-1551, no es posible proceder a la publicación de la declaratoria de contingencia climatológica en el Diario Oficial de la Federación por los siguientes motivos:

    1) En los criterios de Selección y requisitos de elegibilidad, de las reglas de operación vigentes del FAPRACC, artículo 8, se establece ``...aquellos municipios incluidos en el universo de atención del Piasre, programa que impulsa medias de carácter preventivo, en caso de que ocurra sequía quedan excluidos de los apoyos que otorga este programa.''

    2) Asimismo, en el Convenio de Coordinación Marco, celebrado entre el Gobierno Federal a través de la Sagarpa y el Gobierno del estado el pasado 19 de agosto del año en curso, se establece en su cláusula décimo primera ``Aquellos municipios considerados en la atención del Programa Integral de Reconversión Productiva en Zonas con Siniestralidad Recurrente (Piasre), no podrán ser beneficiarios de los apoyos del FAPRACC por el mismo fenómeno climatológico, a excepción de la contratación del seguro agropecuario catastrófico.

    Para el caso de las entidades federativas que soliciten apoyo para el componente del seguro agropecuario catastrófico, deberán observar que aquellos municipios incluidos en la cobertura de dicho seguro queden excluidos del apoyo de cualquier otro componente del FAPRACC para el fenómeno que considere la cobertura del referido seguro.''

    En referencia a lo anterior, cabe mencionar que el Gobierno del estado no ha contratado Seguro Agrícola Catastrófico (SAC) con alguna empresa privada con el apoyo del FAPRACC, ni tampoco se adhirió al SAC contratado por Sagarpa contra el fenómeno de sequía.

    En resumen, con base a lo expuesto en los incisos anteriores y considerando que el total de municipios del estado de Zacatecas están contemplados en el universo de atención del Piasre, según consta en el anexo técnico Municipalización 2005 del Convenio de Coordinación que celebra el Gobierno Federal y el Gobierno del estado de Zacatecas para formalizar las acciones a ejecutar dentro del Piasre no es posible continuar con el proceso de gestión para solicitudes de atención del FAPRACC por daños ocasionados por el fenómeno de sequía atípica, impredecible y no recurrente en el estado de Zacatecas.

    Sin otro particular, le agradezco la atención a la presente.

    Atentamente.

    Sufragio efectivo. No reelección

    México, DF, a 24 de octubre de 2005.--- Ing. Víctor Celaya del Toro (rúbrica), director general.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    FENOMENOS METEOROLOGICOS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-0-2544 suscrito el día 18 de octubre último, por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Patricia Garduño Morales, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar No. 307-A-1023 signado el día 27 de octubre del año en curso, por el C. Guillermo Bernal Miranda, titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a utilizar las economías del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005 para constituir un fondo financiero sustentable destinado a los estados de Chiapas, Veracruz, Oaxaca, Puebla, Hidalgo, Guerrero y Nuevo León, a efecto de que dichas entidades cubran las aportaciones complementarias que les corresponde enterar, de conformidad con la Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 22 de noviembre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Lic. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Me refiero a su oficio SEL/300/5569/05, por el cual hace del conocimiento del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en sesión del 18 de octubre, relativo a que ``...a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y utilizando economías del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, constituya un fondo financiero sustentable destinado de manera equitativa a los estados de Chiapas, Veracruz, Oaxaca, Puebla, Hidalgo, Guerrero y Nuevo León, para que los recursos que lo integren, estas entidades federativas cubran las aportaciones complementarias que les corresponde enterar de conformidad con las reglas de operación del Fondo de Desastres Naturales''.

    Al respecto, le informo que esta Secretaría ha venido tomando conocimiento de los montos requeridos para la reparación de daños, a través de los comités de evaluación, previstos en las citadas reglas de operación e instados en las citadas entidades federativas, así como de las coparticipaciones que se determinan en las propias reglas, tanto las que afectan el presupuesto del Gobierno Federal como los de los gobiernos estatales.

    Tomando en cuenta lo anterior, así como los resultados del ejercicio presupuestario, en su momento se propondrán el o los mecanismos necesarios, por los que sea posible atender el exhorto del Poder Legislativo, expresado a través del acuerdo en comento de la Cámara de Diputados.

    Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 27 de octubre de 2005.--- Guillermo Bernal Miranda (rúbrica), titular de la Unidad.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    MIGRANTES INDOCUMENTADOS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio D.G.P.L, 59-II-0-2545, suscrito el día 18 de octubre último, los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar No. INM/761/2005 signado el día 14 de noviembre del año en curso, por el Ing. Lauro López Sánchez, comisionado del Instituto Nacional de Migración de esta Secretaría, así como los anexos que en el mismo de citan, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a esta dependencia a investigar el maltrato, la detención y la violación de los derechos humanos que sufren, en territorio nacional, los migrantes indocumentados; así como a implementar las acciones necesarias para evitar que esos actos se susciten.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 22 de noviembre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Instituto Nacional de Migración.

    Lic. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo.--- Presente.

    Me refiero al exhorto que realizó la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados a la Secretaría de Gobernación consistente en investigar el maltrato, la detención y la violación de los derechos humanos que sufren en territorio nacional los migrantes indocumentados, sobre el particular, me permito manifestar lo siguiente

    Fundamento

    De conformidad con lo establecido en el artículo 27 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Gobernación el formular y conducir la política de población. Dentro de estas atribuciones, se encuentra el despacho de los asuntos relacionados con el tránsito de personas a través de las fronteras del territorio nacional, en los términos previstos por el artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Esta atribución se realiza a través del Instituto Nacional de Migración, órgano técnico desconcentrado, de conformidad con la sección V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.

    En los artículos 55 y 56 de dicho ordenamiento se establece que el Instituto Nacional de Migración tiene por objeto la planeación, ejecución, control, supervisión y evaluación de los servicios migratorios, así como el ejercicio de la coordinación con las diversas dependencias y entidades de la administración pública federal, que concurren en la atención y solución de los asuntos relacionados con la materia; asimismo ejercerá las facultades que, sobre asuntos migratorios, confieren a la Secretaría de Gobernación la Ley General de Población y su Reglamento y las que de manera expresa le estén atribuidas por otras leyes y reglamentos, así como los decretos, acuerdos y demás disposiciones del Ejecutivo Federal.

    Al frente del Instituto Nacional de Migración se encuentra un comisionado, quien cuenta dentro de sus atribuciones, de conformidad con el artículo 62 fracción VII, vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas en materia de protección de derechos humanos de los migrantes y difundir el respeto a los mismos. Ello se adminicula de manera directa con lo establecido en el artículo 7 de la Ley General de Población que ordena que por lo que se refiere a los asuntos de orden migratorio a la Secretaría de Gobernación corresponde, entre otras, organizar y coordinar los distintos servicios migratorios; así como vigilar la entrada y salida de los nacionales y extranjeros, y revisar la documentación de los mismos, velando por el respeto a los derechos humanos.

    El fenómeno de la migración

    Los migrantes representan uno de los grupos humanos vulnerables, a los cuales los estados nacionales han vuelto sus ojos en el afán de defender y garantizar sus derechos humanos.

    Durante largo tiempo, los migrantes extranjeros fueron sujetos de diversas formas de discriminación, producto de la xenofobia y el racismo, que en ocasiones de manera soslayada y en muchas otras de manera abierta contribuían a menoscabar el ámbito de igualdad de derechos de tales personas.

    En nuestro territorio se han escrito diversos episodios en la ardua tarea que es el construir un ordenamiento y una actitud de respeto a los derechos humanos para los migrantes.

    México por sus características geográficas es un país de destino, de tránsito y de origen de migrantes.

    Lo es de destino porque sus características geográficas, sociales, económicas y políticas constituyen un polo de atracción para la migración de amplios segmentos de la población de países en condiciones que orillan a su expulsión en busca de otras oportunidades que el nuestro le puede otorgar. Ha destacado sin duda su tradición de asilo y refugio, como en el caso de los casi 21 mil inmigrantes españoles que acogió nuestra nación en los años 30 del siglo pasado.

    La inestabilidad política y económica de los países situados al sur de la frontera también ha sido un importante aliciente para generar en las últimas décadas un importante éxodo, que lo mismo busca en territorio mexicano las condiciones propicias de desarrollo, que enfoca su vista al otro lado del Río Bravo.

    En buena medida este movimiento migratorio se ha caracterizado por realizarse sin documentación legal, lo que hace difícil cuantificar su número, sin embargo cifras del Censo de Población del año 2000 nos muestran una composición de 0.5% de población extranjera residente en el país, esto es, 493 mil personas, de las cuales, el 69% provenían de Estados Unidos; 9.5% de Europa, 9% de Centroamérica y 5.9% de los países de América del Sur.

    Desde luego que la migración legal en el país ha representado una fuente de bienestar para muchos extranjeros que encuentran en nuestro país las oportunidades laborales o de calidad de vida que se les ha negado en sus países de origen.

    Así, tan sólo en el año 2004 se registraron por parte del INM 34,829 inmigrados y 33,987 inmigrantes, y en ese mismo lapso se otorgaron más de 6,903 opiniones a la Secretaría de Relaciones Exteriores para la naturalización del mismo número de extranjeros residentes en nuestro país.

    Cabe señalar que durante todo 2004 se llevaron a cabo más de 215,695 aseguramientos de extranjeros en situación irregular, de los cuales 211,218 fueron devueltos a sus países de origen.

    El INM documenta, sin cuota, sino con base en la oferta, a los trabajadores guatemaltecos que encuentran empleo en esa actividad, porque igual que los mexicanos fuera, contribuyen a un esfuerzo productivo. Así, cada año se documenta a miles de trabajadores agrícolas temporales guatemaltecos, en promedio 40 mil por año, que trabajan en fincas cafetaleras, plataneras o de caña en Chiapas.

    Durante 2004, se calcula que por la frontera sur se registraron aproximadamente 1 millón 830 mil cruces de entrada, de los cuales el 78% incluye a visitantes locales, trabajadores agrícolas, turistas y otros, mientras, que el 22% restante fue indocumentado, ello sin mencionar a los migrantes irregulares cuya intención era llegar a Estados Unidos. De estos últimos, se estima ingresaron 400 mil 235, entre los que se destacan los más de 200 mil asegurados por autoridades mexicanas.

    México sin embargo, es también un país de origen de la migración, pues al otro lado de nuestra frontera norte se encuentra Estados Unidos, país cuya economía establece un complejo sistema migratorio con el nuestro, fundado principalmente en tres factores: los vinculados con la oferta de trabajo; los factores asociados con la demanda y disponibilidad de satisfactores y servicios básicos; y finalmente los numerosos factores que vinculan a las comunidades de origen con las de destino.

    El Consejo Nacional de Población, en el estudio de Censo de Población 2000, basado en una muestra del 10%, ha permitido advertir que entre 1995 y el año 2000, que 937 mil hogares experimentaron la emigración de al menos uno de sus integrantes; 212 mil tienen migrantes temporales y 192 mil hogares recibieron de regreso a alguno de sus miembros durante dicho periodo.

    Política migratoria y derechos humanos

    La política migratoria tiene que conciliar las eventuales divergencias que pudieran surgir al interior o en la interpretación de las líneas mencionadas, pero sobre todo, tiene que ser congruente con lo que México demanda, exige o promueve en el exterior.

    En ese sentido, los compromisos internacionales de México en materia de derechos humanos adquieren una relevancia especial y constituyen un marco normativo de carácter obligatorio por ser convenciones o tratados internacionales.

    El respeto y protección de los derechos humanos ha sido una aspiración no sólo del gobierno o de los principales actores políticos, sino de la sociedad en su conjunto y particularmente de aquellos sectores o grupos más vulnerables, que son sujetos de prácticas que atentan contra sus prerrogativas fundamentales.

    Como se ha manifestado ya, existe una particular complejidad en la frontera sur de nuestro país. De ser un país tradicionalmente expulsor de migrantes, en los últimos quince años ha pasado a ser un receptor, permanente o transitorio, de significativos flujos de migrantes indocumentados provenientes de Guatemala, Honduras y El Salvador. Los múltiples factores como lo son desde el turismo y el comercio, hasta los fenómenos de delincuencia organizada en sus diferentes vertientes, requieren de una atención inmediata por parte de la autoridad migratoria.

    En tal sentido, se generó una propuesta de política migratoria integral de la frontera sur, compuesta por cuatro líneas estratégicas, que a su vez se desglosan en programas, proyectos y acciones concretas. Este esquema permite combinar acciones de alto impacto político y social, con tareas de más largo plazo en un proyecto único, que contribuye de manera sustancial a la construcción de una política migratoria de Estado y a hacer mucho más sólida la postura de México frente a nuestro vecino del norte en el tema de migración, pero fundamentalmente, en materia de certidumbre en cuanto al trato y actuación de la autoridad respecto al flujo migratorio que ingresa por dicha frontera.

    De este modo, la generación de políticas integrales en materia migratoria, coadyuvará de manera directa a la protección de los derechos humanos.

    A continuación se procederá a revisar la situación que priva en la materia que nos ocupa, al Instituto Nacional de Migración, en primer lugar, respecto a las quejas interpuestas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y a continuación, exponiendo las acciones estructurales que ha asumido el instituto para la prevención, promoción y respeto de los derechos humanos de los migrantes.

    Quejas de la CNDH

    La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, órgano constitucional autónomo, ha tenido particular atención en la población migrante, grupo cuya situación intrínseca lo coloca en posición de vulnerabilidad. En tal sentido, dicha institución se ha avocado a dar estrecho seguimiento a la actuación del Instituto Nacional de Migración y otros organismos participantes en la materia, tramitando las quejas que con motivo de la operación de algunos de los servidores públicos del instituto, o por insuficiencias normativas o estructurales, derivan en una deficiente observancia de los derechos de los extranjeros en general y de los que se encuentran en condición irregular, en lo particular.

    Las quejas tramitadas por ese órgano de tutela constitucional ante el INM en los años 2002, 2003 y 2004, sumaron un total de 362 quejas con una sola Recomendación formulada.

    Durante el presente año, al Instituto Nacional de Migración se le han notificado un total de 355 quejas presentadas ante la Comisión Nacional de los Derechos Humano, por presuntas violaciones a derechos humanos, come- tidas por servidores públicos adscritos a él, con dos recomendaciones, tal y como se ilustra a continuación:

    De conformidad con las estadísticas, durante el presente ejercicio, de las diferentes quejas se han registrado 405 actos diversos, de presuntas violaciones a los derechos humanos, de ellos, se ha observado que el 37% de las quejas se presentan por probables conductas inadecuadas durante el proceso de aseguramiento que llevan a cabo los oficiales migratorios del instituto; un 15% por actividades de aseguramiento efectuadas por autoridades distintas a la migratoria. Del resto, las más significativas son el maltrato físico, con un 8% de quejas; 7.5% la extorsión y 6.5% por instalaciones inadecuadas.

    En todos los casos, se ha verificado el origen de la queja, instrumentándose los mecanismos correctivos y preventivos necesarios para evitar subsecuentes violaciones de los derechos humanos; en tal sentido, se ha turnado invariablemente al órgano interno de control de la Secretaría de la Función Pública en el Instituto Nacional de Migración, los casos en que se determina la deficiente actuación del servidor público y de ameritarlo se ha presentado denuncia ante el Ministerio Público de la Federación para que se investiguen las conductas que pudieran constituir delitos y el resarcimiento de los daños.

    Es de resaltar que la actuación de la CNDH ha permitido al INM detectar áreas de oportunidad para el diseño o la actualización de políticas públicas en diversas materias, especialmente de aseguramiento y trato de menores, que ha coadyuvado a una mayor observancia y apego a los derechos humanos.

    Cabe señalar que del inicio de la actual administración a la fecha se han planteado tres recomendaciones; éstas son las números 48/2004 que como se mencionó anteriormente, fue formulada en contra del INM en el año 2004 y es relacionada al caso de la menor Marlen Magali Felipe Trigueros y otros menores de origen centroamericano, dentro del expediente de queja 2004/1401/CHIS/1/SQ, quienes fueron repatriados fuera del procedimiento migratorio; la segunda fue emitida en el presente año y es la número 24/2005, relacionada con el expediente 2005/457/TAB/5/ SQ, en el caso de migrantes de origen salvadoreño asegurados en la Estación Migratoria de La Venta, en Huimanguillo, Tabasco.

    Ambas han sido plenamente aceptadas; en la primera se instrumentaron de manera inmediata los procedimientos correctivos y de investigación pertinentes para sancionar a los servidores públicos que hubiesen incurrido en alguna responsabilidad.

    En el caso de la segunda, se clausura la Estación Migratoria durante la integración de la queja y se está en proceso de cumplimiento de los puntos adicionales de la Recomendación, a fin de investigar y sancionar a los responsables de la falta de cuidados adecuados de dichas instalaciones. Una tercera Recomendación, la 33/2005 la cual se encuentra en proceso de estudio para determinar lo procedente.

    Existe en tal sentido, una fluida comunicación entre los servidores públicos del INM y los de la Quinta Visitaduría General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, especializada en materia de migrantes, con el objeto de intercambiar puntos de vista y solucionar de manera expedita las irregularidades que se detectan en la actuación de la autoridad.

    Es de destacar en este espíritu de cooperación, que desde el año 2003 hay una oficina facilitada a la propia CNDH en las instalaciones de la Estación Migratoria de Iztapalapa en el Distrito Federal, con pleno acceso a los migrantes, para realizar sus actividades tutelares.

    Medidas estructurales para la atención de los derechos humanos de los migrantes

    a) Capacitación

    Dentro de los esfuerzos estructurales para el establecimiento de una cultura de protección de los derechos humanos, el Instituto Nacional de Migración ha desplegado un considerable esfuerzo de capacitación en la materia, entre sus servidores públicos, con el objeto de promover la cultura de su respeto y la conciencia de su aplicación permanente en el ejercicio de sus funciones.

    Así, durante el presente año se han realizado 14 diferentes cursos específicos en la materia, diseñados para su asimilación a través de talleres, conferencias y seminarios en las diferentes plazas del instituto, que han permitido la capacitación de mil 128 servidores públicos.

    b) Dignificación de las estaciones migratorias

    Otra de las líneas de acción que ha venido consolidando el Instituto Nacional de Migración ha sido el Programa de Dignificación de Estaciones Migratorias, cuyo objetivo es el de evitar el hacinamiento de asegurados, la insalubridad en los servicios sanitarios, amotinamientos, creación de espacios para separar personas por sexo y edad, brindar un trato digno en lugares adecuados, de mejor funcionalidad, teniendo asistencia médica y espacios de esparcimiento, bajo estricto apego a los lineamientos en materia de imagen institucional y con respeto a los derechos humanos.

    Así, para finales de 2002 el INM tenía registradas 45 estaciones migratorias, de las cuales en 2003 se realizó la dignificación de 23 estaciones con una inversión de $3'367,973.54 (tres millones trescientos sesenta y siete mil novecientos setenta y tres pesos 54/100 mn).

    En 2004, se realizó la dignificación de 18 estaciones con una inversión de $4'517,172.31 (cuatro millones quinientos diecisiete mil ciento setenta y dos pesos 31 /100 m. n.).

    En lo que va del actual periodo, se han dignificado 6 estaciones migratorias más de las registradas originalmente, dando un total de 47 estaciones a las que se les ha dado mantenimiento. A la fecha se han canalizado recursos por un importe de $4'086,213.20 (cuatro millones ochenta y seis mil doscientos trece pesos 20/100 mn).

    Actualmente en el acervo inmobiliario del instituto se tienen registradas 56 estaciones migratorias, de las cuales cuatro se encuentran cerradas, dando un total de 52 efectivas, faltando un total de 5 estaciones más para efectuar su mantenimiento.

    Para el último trimestre del presente año y para el siguiente, se tiene programada la repetición del ciclo de mantenimiento para aquellas que fueron remodeladas en 2003.

    Finalmente es de mencionar que está por concluirse la construcción de la estación migratoria más grande de América Latina, la cual estará ubicada en Tapachula, Chiapas, con una inversión de $82'680,000.00, (ochenta y dos millones seiscientos ochenta mil pesos 00/100 mn) y en este mismo año se iniciará la construcción de la estación de Acayucan, Veracruz, con una inversión de 85 millones de pesos, para concluirse en septiembre de 2006 y otra más en Janos, Chihuahua, con una inversión de 15.6 millones de pesos, para terminarse en julio de 2006. Con ello, se contribuirá a evitar hacinamiento en el aseguramiento de los migrantes en condición irregular, otorgándoles lugares dignos de estancia.

    c) Programa Paisano

    El programa Paisano es la respuesta del Gobierno Federal, a las inconformidades manifestadas por nuestros connacionales, quienes al retornar a México eran objeto de abuso y extorsión por parte de delincuentes y en no pocas ocasiones de autoridades venales.

    El programa Paisano tiene por objeto el asegurar un trato digno y de legalidad para los mexicanos que ingresen, transiten o salgan de nuestro país.

    En él participan diversas dependencias del Ejecutivo Federal para orientar y definir líneas de acción que permitan la atención integral y coordinada en favor de los paisanos que ingresan o retornan a territorio nacional. De esta coordinación han sido partícipes en forma destacada los gobiernos de las entidades federativas y las de los municipios; su esfuerzo, como en el caso del estado de México ha constituido una pieza vital en la construcción del marco de certidumbre y seguridad, que es fin esencial del programa Paisano.

    Las premisas básicas de este programa, consisten fundamentalmente, en desplegar un esquema de transparencia en la actuación del servidor público; esto se traduce en acciones tendientes a evitar que nuestros paisanos sufran abusos por parte de los servidores públicos; del mismo modo, se han establecido mecanismos migratorios que faciliten el ingreso, tránsito y salida del país de los connacionales y de sus bienes.

    Otro punto importante, es el de la defensa de sus derechos y su patrimonio; para ello, se han instalado módulos de información telefónica gratuita, así como a través de los consulados, los puntos de internación y de medios como el Internet, para orientar a nuestros paisanos sobre sus derechos y obligaciones, así como para la recepción de quejas y denuncias.

    El programa Paisano es asimismo, el marco de coordinación para lograr el tránsito seguro en las carreteras del país; la promoción de acciones que protejan el envío de dinero y el impulso para la creación de proyectos productivos, en favor de nuestra gente, que ha decidido regresar y retomar un proyecto de vida en su país.

    Actualmente, podemos mencionar que el programa cuenta con un comité técnico, una coordinación nacional y la suma de esfuerzos de 15 secretarías y dos entidades del Ejecutivo Federal, así como tres procuradurías y 29 comités estatales en toda la República, además de representaciones en Los Angeles, California, y Chicago, Illinois. Se ha impreso y distribuido de manera gratuita a través de los consulados y las delegaciones del Instituto Nacional de Migración y otras dependencias, un millón y medio de ejemplares de la Guía Paisano, un órgano de difusión en el que se incluyen de manera sencilla pero detallada los datos de mayor relevancia para una segura internación y estancia en territorio nacional. En este sentido se recibieron bajo este programa tan sólo en el año próximo pasado a 606,130 nacionales, de los cuales el 64.5% era emigrante permanente, el 31.6% era migrante laboral de retorno y el 3.8% eran migrantes de origen mexicano residentes en Estados Unidos.

    d) Grupos Beta

    Con el afán de orientar y proteger la integridad física de los migrantes, decididos a cruzar la frontera norte de nuestro país, la Ley General de Población ha previsto en su artículo 137 que

    ``Artículo 137. La Secretaría (de Gobernación) podrá crear grupos de protección a migrantes que se encuentren en territorio nacional, los que tendrán por objeto la protección y defensa de sus derechos humanos, así como de su integridad física y patrimonial con independencia de su nacionalidad y de su condición de documentados o indocumentados; dichos grupos se crearán en el marco de los acuerdos de coordinación que para el efecto se celebren con los ejecutivos de las entidades federativas, considerando en todo caso, la participación que corresponde a los municipios''.

    En tal tenor, los grupos Beta se crean como grupos operativos, previstos por el legislador, instrumentados mediante convenios de coordinación celebrados entre el Gobierno Federal con los otros niveles de gobierno, los cuales aportan recursos humanos y materiales, y cuya supervisión y operación están a cargo de la Federación, a través del Instituto Nacional de Migración.

    Los grupos Beta tienen como objeto la protección y defensa de los derechos humanos de los migrantes y de la integridad física y patrimonial de los mismos, sin distingo de nacionalidad o su condición de documentados o indocumentados; así como la prevención, orientación, seguridad y auxilio de los migrantes.

    Por lo general, los grupos Beta se componen de: Elementos operativos del Gobierno Federal, por conducto del Instituto Nacional de Migración; elementos operativos del Gobierno Estatal, básicamente, elementos de seguridad pública del estado (policía estatal) y elementos operativos del Gobierno Municipal, en particular, elementos de la policía municipal. El número de los elementos de los grupos Beta, varía de acuerdo al estado en donde se ubiquen.

    El mando de los grupos Beta recae en la Coordinación Nacional de los Grupos de Protección a Migrantes (a cargo del instituto); el Comité Técnico de Seguimiento (formado por los tres niveles de gobierno y presidido por el coordinador nacional de grupos de protección a migrantes) y el coordinador de grupo (designado por el Instituto Nacional de Migración).

    La importancia y utilidad que tiene este instrumento se manifiesta en cifras: hasta el mes de septiembre de este año a nivel nacional se dio orientación a 653,997 migrantes, se distribuyeron 305,079 Cartillas del Migrante y 259,200 trípticos Guía Preventiva; se han rescatado 4,696 migrantes, de los cuales 1,431 se encontraban heridos, 124 estaban extraviados.

    e) Programa Nacional de Derechos Humanos

    Con el mismo propósito de establecer mecanismos que fortalezcan la observancia y promoción de los derechos humanos, el Instituto Nacional de Migración ha coadyuvado de manera directa, en el establecimiento de acciones y compromisos a favor de este segmento de población vulnerable. En tal sentido, se ha participado de manera directa en la formulación del Programa Nacional de Derechos Humanos.

    El Programa Nacional de Derechos Humanos es un documento que integra y articula la intención del Estado mexicano por establecer las bases de una política de Estado en materia de derechos humanos.

    En este sentido su propósito es tratar la problemática de los derechos humanos desde una perspectiva integral y universal, tanto en lo que concierne a la definición de derechos humanos de la que parte, como en cuanto a la forma en la que plantea mecanismos de solución de atención inmediata y de largo plazo.

    Los objetivos del mismo consisten en establecer las bases de una política de Estado en materia de derechos humanos que asegure el respeto, protección, promoción y garantía de los mismos; crear una cultura de respeto, protección y promoción de los derechos humanos; promover el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado mexicano en materia de derechos humanos y propiciar una perspectiva de derechos humanos en la participación de México en los foros internacionales; y promover la participación corresponsable de la sociedad civil en la construcción de una política de Estado en materia de derechos humanos.

    El Instituto Nacional de Migración en el presente ejercicio instrumentó dentro del marco del Programa Nacional de Derechos Humanos, cuatro vertientes de instrumentación de sus objetivos, los cuales se resumen en: 1. Reformas legislativas; 2. Coordinación; 3. Información, capacitación y difusión y 4. Mejoramiento de infraestructura y procesos administrativos.

    Las líneas de acción previstas en el programa, contemplan la propuesta e impulso a medidas legislativas, encaminadas a la armonización de la legislación sustantiva con los instrumentos y estándares internacionales de protección de los derechos humanos de los migrantes, acotar los márgenes de discrecionalidad de la autoridad migratoria, precisar la lucha contra los delitos de índole migratorio, como el tráfico de personas y fortalecer el debido proceso en el trato a los migrantes,

    Se prevén mecanismos de coordinación con diversas autoridades en los diferentes órdenes de gobierno, para hacer más eficiente la actividad del Estado mexicano, mediante la precisión de la actuación y participación de las diversas autoridades, a fin de evitar violaciones a los derechos de los migrantes y ampliar el combate a los traficantes de personas.

    Uno de los aspectos prioritarios es el promover los criterios de no criminalización de la conducta de los migrantes, circunscribiéndola al ámbito puramente administrativo; en particular, ampliando dichos beneficios a aquellas personas víctimas del delito de tráfico de personas.

    Asimismo, se plantean compromisos para mejorar la infraestructura y los procesos administrativos, donde destaca el programa permanente de dignificación de estaciones migratorias y los estudios que permitan una adecuada instrumentación de los compromisos contraídos respecto de la Convención Internacional sobre la Protección de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias, así como el establecer mecanismos de información, capacitación y difusión en la materia tales como:

  • Armonización de la legislación sustantiva con los instrumentos y estándares internacionales de protección a los derechos humanos.

  • Concluir el proyecto de reforma de la Ley General de Población y su reglamento con objeto de reducir los márgenes de discrecionalidad y precisar los tiempos para la ejecución de los procedimientos para el aseguramiento, la verificación y la repatriación de extranjeros.

  • Presentar el anteproyecto de reformas de la ley para incrementar las penas a los traficantes de personas.

  • Fortalecer los mecanismos de aplicación del debido proceso.

  • Promover acciones de coordinación entre autoridades federales y de éstas con las locales que intervienen en el aseguramiento de migrantes indocumentados.

  • Fortalecer la coordinación con los órganos de procuración de justicia del estado mexicano para el intercambio de información y seguimiento de las actividades de ingreso de extranjeros al territorio nacional, así como de los datos que permitan la localización y combate de los traficantes de personas.

  • Reforzar las acciones del grupo de trabajo, entre autoridades migratorias estadunidenses y las representaciones consulares mexicanas, a cargo de la formulación e implementación de los mecanismos de prevención, investigación, cooperación e intercambio de información sobre las agresiones contra migrantes mexicanos indocumentados.

  • Fortalecer las acciones del grupo de trabajo para prevenir y resolver los incidentes de agresiones contra migrantes mexicanos indocumentados por parte de agentes de la patrulla fronteriza, en el marco de los mecanismos de enlace fronterizo.

  • Fortalecer las acciones para prevenir, investigar y resolver los incidentes contra migrantes en territorio nacional, en el marco de los mecanismos de enlace institucional.

  • Fortalecer las acciones que en materia de protección a connacionales llevan cabo las oficinas consulares mexicanas en Estados Unidos y estrechar la comunicación con las autoridades estadunidenses.

  • Continuar con los trabajos de coordinación con las organizaciones de la sociedad civil.

  • Desarrollar una base de datos concordante entre el Inivi, la SRE, la CNDH y organizaciones civiles sobre violaciones a los derechos humanos de los migrantes a partir de las denuncias presentadas ante estas instancias y de sus informes.

  • Fortalecer la capacitación y difundir la información que asegure a los migrantes el acceso a la protección de sus derechos humanos, especialmente a su integridad física y patrimonial y asegurar que reciban información sobre el acceso a la justicia y el procedimiento migratorio.

  • Desarrollar una currícula de formación de los funcionarios migratorios que promueva una cultura institucional de respeto y promoción de los derechos humanos.

  • Fomentar una cultura de respeto hacia las personas que migran.

  • Garantizar el acceso a la justicia y el debido proceso a los migrantes en territorio nacional y en el extranjero.

  • Mejorar las medidas de control y evaluación de las diferentes instancias encargadas de la seguridad. pública en materia migratoria.

  • Diseñar y realizar campañas masivas de comunicación orientadas a la creación de una opinión pública mejor informada y más favorable al fenómeno migratorio. Las campañas serán diseñadas de manera diferenciadas en las fronteras sur y norte de México y tendrán un alcance transfronterizo.

  • Diseñar y realizar un programa interinstitucional de difusión y educación sobre el marco internacional de protección a los derechos de los trabajadores migratorios y sus familias, dirigido a las autoridades federales, estatales y municipales en zonas fronterizas y de alto tránsito o asentamiento migratorio.

  • Desarrollar un programa permanente de dignificación de estaciones migratorias del Inivi.

  • Realizar los estudios jurídicos y demográficos que permitan la elaboración e instrumentación de un programa para la reunificación familiar de migrantes que residan de manera temporal o permanente en México de conformidad con la Convención Internacional sobre la Protección de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias.

  • Diseñar y aplicar mecanismos permanentes de vigilancia y evaluación del respeto a los derechos humanos de los migrantes.

    Lo anterior permitirá establecer los mecanismos para su prevención y garantizar la seguridad en su integridad física y respeto a sus derechos fundamentales a ese grupo vulnerable, que representan los migrantes indocumentados en territorio nacional.

    Cabe señalar que a la fecha existe un avance significativo en la instrumentación de la mayoría de estos compromisos en lo que toca al presente año, mismos que se incluyen como anexo.

    f) No criminalización de los migrantes víctimas de la trata de personas

    Otro aspecto en el cual el Instituto Nacional de Migración ha realizado avances es en el ámbito de la disuasión de las conductas de tráfico de personas, delito contemplado en el artículo 138 de la Ley General de Población.

    Cabe destacar la importancia de la entrada en vigor en nuestro país del Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, suscrito en Nueva York el 15 de noviembre de 2000, conocido como Protocolo de Palermo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de abril de 2003, cuyo objeto es, entre otros, la no criminalización de conductas vinculadas a la migración irregular, así como al reforzamiento de las penas contra los traficantes de personas.

    Esto se ve reflejado en la práctica al observar que respecto a delitos diversos al tráfico de personas, previstos en este mismo ordenamiento se ha optado en lo general por el ejercicio de la no querella, requisito de procedibilidad establecido en el artículo 143 de la Ley General de Población y por medio del cual el INM cuenta con la facultad exclusiva para acudir ante el Ministerio Público de la Federación para tal efecto; en virtud del espíritu humanitario de discriminalizar en lo general la conducta del migrante y en particular, del que es víctima del tráfico de personas se ha omitido este acto, por lo que la situación del migrante se resuelve en el ámbito puramente administrativo.

    Conclusión

    El Instituto Nacional de Migración realiza un importante esfuerzo en la protección de los derechos humanos, no únicamente de manera reactiva ante la denuncia o queja de los órganos responsables de su tutela, sino como una convicción propia del Estado mexicano y en particular de la administración del Presidente Vicente Fox. Las medidas que se asumen tienen un aspecto estructural, de tal modo que al fomento de una cultura de protección y respeto a los derechos humanos, se vea aunado el compromiso y las herramientas institucionales para garantizar su estricta observancia, en beneficio de las minorías vulnerables como lo son los migrantes.

    Sin otro particular, le extiendo mi consideración más distinguida.

    Atentamente.

    México DF, a 14 noviembre de 2005.--- Ing. Lauro López Sánchez (rúbrica), comisionado del INM.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    FENOMENOS METEOROLOGICOS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio D.G.P.L. 59-II-0-2577, suscrito el día 27 de octubre último por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Patricia Garduño Morales, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar No. 349-A-0390, signado el día 15 del actual por el C. Julio César Aguilar Matías, jefe de la Unidad de Política de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a adoptar las acciones necesarias para que los contribuyentes con domicilio fiscal en las zonas afectadas por los huracanes Stan y Wilma puedan diferir, hasta el 31 de marzo de 2006, el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y el pago de contribuciones; así como a emitir el decreto correspondiente.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 17 de noviembre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    C Lic. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- México, DF.

    Me refiero a su escrito de fecha 28 de octubre del 2005, dirigidos al licenciado Francisco Gil Díaz, secretario de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual comunica el punto de acuerdo de la Cámara de Diputados, a efecto de que el Ejecutivo federal, en el ámbito de sus facultades y a través de la emisión de decreto, permita diferir el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los impuestos federales correspondientes a los meses de septiembre a diciembre de 2005, hasta el 31 de marzo de 2006, a los contribuyentes cuyo domicilio fiscal se ubique en las zonas geográficas definidas como afectadas de los estados de Campeche, Chiapas, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Veracruz, Yucatán y Quintana Roo.

    Sobre el particular, le comento que, con fundamento en el artículo 39, fracciones I, II y III del Código Fiscal de la Federación (CFF), el 28 de octubre y 2 de noviembre del año en curso, se publicaron los decretos presidenciales mediante los cuales se otorgan beneficios fiscales, similares o de mayor alcance que los que se señalan en el punto de acuerdo, a los contribuyentes afectados por los huracanes Wilma y Stan.

    En el caso del decreto que otorga beneficios fiscales a los contribuyentes afectados por el huracán Wilma, considera las obligaciones de pago correspondientes al periodo octubre-diciembre, así como las del ejercicio fiscal de 2005, y beneficia a los contribuyentes de las zonas afectadas de los estados de Quintana Roo y Yucatán. Por su parte, el decreto que otorga beneficios fiscales a los contribuyentes afectados por el huracán Stan cubre el periodo comprendido del mes de septiembre al de diciembre del año en curso y beneficia a los contribuyentes ubicados en los estados de Chiapas, Oaxaca, Puebla y Veracruz, siempre que hayan sufrido afectación y presenten aviso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Los principales beneficios contenidos en los decretos son:

    i) Se les exime de presentar pagos provisionales del ISR e IMPAC. Asimismo, el pago anual de 2005 de estos impuestos podrán efectuarlo en parcialidades durante 2006, sin recargos ni garantías.

    ii) Se les otorga la deducción en forma inmediata y hasta por el 100% de las inversiones efectuadas del 1 de octubre de 2005 al 30 de junio de 2006, en bienes nuevos de activo fijo que utilicen permanentemente en las zonas afectadas.

    iii) Se les difiere a enero de 2006 el entero de las retenciones por salarios que los empleadores afectados deban efectuar a sus trabajadores. Además, podrán pagarlas durante 2006 en once parcialidades iguales y consecutivas. Estos beneficios aplican también a los pagos mensuales del IVA y del IEPS, causados por los actos o actividades realizados en las zonas afectadas.

    iv) Los contribuyentes con autorización para efectuar el pago en plazos de las contribuciones federales omitidas, pueden diferir el programa de pagos al mes de enero de 2006, sin pagar recargos por prórroga o mora.

    Por otra parte, se ha procedido a identificar, por domicilio fiscal, a los contribuyentes ubicados en las zonas afectadas de dichos estados, con el fin de que el SAT no les emita requerimientos por el incumplimiento de sus obligaciones fiscales.

    Las diferencias entre los dos decretos se explican por las fechas en que se suscitaron los desastres, la magnitud tan desigual de los daños provocados por los fenómenos meteorológicos.

    Cabe apuntar que el otorgamiento de los beneficios fiscales antes señalados evita que el cumplimiento fiscal, en condiciones de desastre natural, impida o retrase la normalización de la actividad económica de los contribuyentes que resultaron con fuertes afectaciones en sus activos.

    Es importante mencionar que en los decretos publicados no se incluyeron los estados de Campeche y Nuevo León, debido a que los daños ocasionados por estos fenómenos meteorológicos fueron mínimos y no pusieron en riesgo la actividad económica de la región, situación que sí sucedió en las zonas afectadas que se definen en los citados decretos.

    Sin otro particular, le envió un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 15 de noviembre de 2005.--- Julio César Aguilar Matías (rúbrica), jefe de la Unidad Política de Ingresos.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Yolanda Eugenia González Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica el inciso a) de la fracción I del artículo 8o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se turnara a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

    Atentamente.

    México, DF, a 24 de noviembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), vicepresidente de la Mesa Directiva.»

    «Iniciativa con proyecto de decreto que presenta la senadora Yolanda Eugenia González Hernández, por el que se modifica el inciso a) de la fracción I del artículo 8 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    Compañeras y compañeros senadores:

    Nuestra economía se encuentra en una fase de estancamiento. No se han generado empleos a lo largo del sexenio y nuestro país ha retrocedido en términos de competitividad y productividad a nivel mundial.

    Esta circunstancia es preocupante, pues indica que la política de fomento industrial, no ha estado a la altura de las necesidades, y también implica que no hemos logrado consolidar una serie de estrategias que le permitan a los productores nacionales competir en condiciones de equidad en los mercados, tanto interno como externo.

    Sin duda, la política fiscal es uno de los principales instrumentos, no sólo para la captación de ingresos, sino también para potenciar las capacidades económicas de nuestro país.

    En esa lógica es en que se inscribe esta iniciativa, que busca incentivar y proteger a una rama industrial que es de suma importancia para el buen funcionamiento de otras ramas productivas.

    En efecto, el alcohol desnaturalizado, que es la materia de esta iniciativa, es un producto indispensable para el cuidado y la atención de la salud, puesto que todos los productos de curación, lo utilizan como materia prima para su elaboración; pero no sólo eso, los barnices, pinturas, vinagres, productos auxiliares en la preparación de alimentos, desinfectantes y toda una amplia gama de mercancías, tiene en su base de elaboración al alcohol desnaturalizado.

    Ya en el punto de acuerdo presentado el pasado 15 de noviembre de 2005, expuse ante este Pleno, la solicitud para que la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados pudiera considerar eximir del cobro del IEPS a los productores del alcohol desnaturalizado.

    A los elementos considerados en aquel punto de acuerdo, quiero agregar los siguientes antecedentes y elementos que fundamentan y dan sustento a la modificación del artículo 8º de la ley del IEPS, para evitar que se cobre el impuesto del 50% al alcohol desnaturalizado:

    Antecedentes

    1. Hasta el 31 de diciembre de 2003, los actos o actividades relacionadas con el alcohol desnaturalizado no se encontraban gravados por la ley del IEPS, sólo se incluían, para efectos de este impuesto conforme lo establecía el artículo 2, fracción I, inciso b) cuyas enajenaciones estaban exentas siempre y cuando cumplieran con las disposiciones contenidas en las fracciones I, II, primer párrafo, VI, VIII, X, XI, XII y XIV del artículo 19 de la misma ley, en cuyo caso estaba el alcohol desnaturalizado.

    2.- El 6 de noviembre de 2003, el Poder Ejecutivo consideró que el imponer el IEPS a la producción del alcohol, ayudaba a un control sanitario de las bebidas alcohólicas, evitando la expansión de enfermedades como la cirrosis hepática por el consumo indiscriminado del alcohol puro de 96º, que podía adquirirse en un amplio número de establecimientos comerciales y farmacias. Sin embargo, no se hizo la distinción entre el alcohol puro de 96º y el alcohol desnaturalizado, que está reconocido como un dispositivo médico y no una bebida alcohólica, y cuyo proceso de desnaturalización le confiere características de sabor que impiden que pueda destinarse a la ingesta humana.

    3.- En sesión extraordinaria del Pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 22 de diciembre de 2003, se llevó a cabo una serie de ajustes al dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con el argumento de que el alcohol, el alcohol desnaturalizado y las mieles incristalizables debieran quedar gravadas con el IEPS; esto con el propósito de lograr el control en el proceso productivo de bebidas alcohólicas.

    4.- Finalmente, en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio Fiscal de 2004, quedó establecido que el alcohol desnaturalizado fue sujeto del IEPS.

    Consideraciones adicionales

    Es necesario insistir en el hecho de que eximir del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios es necesaria en el caso de la enajenación del alcohol desnaturalizado, dado que éste tiene como uno de sus destinos principales, el ser utilizado como material de curación, antiséptico y germicida de uso externo.

    Asimismo, debe considerarse que el alcohol desnaturalizado es un producto adquirido tanto en los hospitales del sector público como en los hospitales privados, por lo que sería de un gran beneficio para un sector enorme de la población, el que evitaría que el contribuyente o bien el propio sector público adquiera un bien encarecido con un impuesto adicional al que se genera por el consumo (IVA), ya que, dadas las características del IEPS, en el caso del alcohol desnaturalizado impacta al consumidor final, lo que representa un gasto adicional incluso para el sector gubernamental.

    Por otro lado, es un hecho que las pequeñas y medianas empresas de nuestro país, requieren de políticas que incentiven sus capacidades productivas, así como proteger la planta laboral instalada en nuestro país; en el caso de esta rama industrial, se trata de una fuente importante de empleos: 10,000 directos y 35,000 indirectos.

    Los desastres naturales a los que nuestra población está expuesta en diversas zonas del país y las circunstancias de riesgo en que se encuentra nuestro país ante desastres naturales, ha potenciado que la necesidad de este producto se haya incrementado de manera exponencial.

    Debe considerarse además que esta iniciativa busca establecer el principio de equidad tributaria para todos los ciudadanos puesto que existen amparos otorgados a favor de varios productores y envasadores de alcohol desnaturalizado, lo cual genera condiciones de competencia inequitativa al momento de posicionar el producto en el mercado, además de generar un trato desigual en cuanto al cobro del impuesto se refiere.

    Por otro lado, esta iniciativa propone regresar a una condición preexistente y que dada la evidencia luego de dos años de operación de una reforma legal, se ha visto que ha generado impactos negativos en este sector específico de la producción. Ante ello, es una responsabilidad del Legislativo corregir una medida que en su origen tenía un noble fin, como lo es la protección de la salud de los mexicanos, pero que al no distinguir entre los tipos de alcohol, se gravó al alcohol desnaturalizado, con el consecuente impacto, no sólo para sus productores, sino para las ramas empresariales conexas y el propio sector público.

    De otra parte, por el conjunto de argumentos propuestos, se propone antes esta honorable Asamblea, la aprobación de la reforma al artículo 8 de la ley del IEPS para quedar como sigue:

    ``Artículo 8o. no se pagará el impuesto establecido en esta ley:

    I.- Por las enajenaciones siguientes:a) Alcohol desnaturalizado, siempre que se cumpla con las obligaciones establecidas en el artículo 19, fracciones I, II, primer párrafo, VI, VIII, XI, XII y XIV de esta ley, y las demás obligaciones que establezcan las disposiciones fiscales.''Artículo Transitorio

    Esta reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Salón de Sesiones a los 24 días del mes de noviembre de 2005.--- Sen. Yolanda Eugenia González Hernández (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
    CODIGO DE COMERCIO
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los siguientes dictámenes, publicados en la Gaceta Parlamentaria.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona el Código de Comercio

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN LOS ARTICULOS 78 Y 80 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, presentada por el C. Diputado Francisco Luis Monárrez Rincón del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 19 de octubre de 2004. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTES

    PRIMERO. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el día 19 de octubre de 2004, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó el C. Diputado Francisco Luis Monárrez Rincón del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    SEGUNDO. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

    TERCERO. Mediante oficio CE/1048/04, de fecha 15 de octubre de 2004, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de esta Iniciativa.

    CUARTO. El legislador propone lo siguiente:

  • Adicionar un segundo párrafo al artículo 78 del Código de Comercio, para que ``en el caso de que las convenciones mercantiles se realicen entre personas morales que ofrezcan servicios al público no tangibles, tales como servicios de comunicación, o expedición de créditos, la validez del acto comercial dependerá de la aceptación expresa y por escrito de las partes, en donde se deberá establecer claramente el tipo de servicio, el pago correspondiente y la duración de las obligaciones, así como las sanciones en caso de incumplimiento'', y

  • Reformar el artículo 80 del Código de Comercio, para incluir como objetivo de ley una excepción al supuesto contenido en el artículo en comento.

    QUINTO. Que atento al espíritu de la Iniciativa y para efectos de establecer criterios de interpretación y técnica jurídica más claros, esta Comisión Dictaminadora, propone las siguientes:

    MODIFICACIONES

    PRIMERO. Sobre la adición propuesta por el Legislador, se considera más conveniente que la misma se prevea en el artículo 79 del Código de Comercio, ya que tal disposición es la encargada de regular las excepciones al diverso artículo 78, que establece las reglas generales que le serán aplicables a los contratos mercantiles. En este sentido y atendiendo que el espíritu de la iniciativa obedece a incorporar una excepción a las reglas generales de las convenciones mercantiles, es que se propone la siguiente modificación:

    Artículo 79.-...

    I. ...

    II. ...

    III.- Los convenios o contratos mercantiles celebrados por correspondencia, teléfono, telégrafo, o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, que tengan por objeto la prestación de servicios, su validez dependerá de la aceptación expresa y por escrito de las partes, en donde se deberá establecer claramente el tipo de servicio, el pago correspondiente y la duración de las obligaciones, así como las sanciones en caso de incumplimiento.

    En tales casos, los contratos que no llenen las circunstancias respectivamente requeridas, no producirán obligación ni acción en juicio.

    SEGUNDO. Sobre el artículo 80 del Código de Comercio, se estima que debe agregarse el ``teléfono'' como medio para celebrar convenciones mercantiles, así como establecer como excepción al precepto legal citado, lo dispuesto por la fracción III del artículo 79; motivo por el cual se propone la siguiente modificación:

    Artículo 80.- Los convenios y contratos mercantiles que se celebren por correspondencia, teléfono, telégrafo, o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, quedarán perfeccionados desde que se reciba la aceptación de la propuesta o las condiciones con que ésta fuere modificada, salvo lo dispuesto por la fracción III del artículo 79 de esta ley.

    CONSIDERANDO

    PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la Iniciativa de referencia.

    SEGUNDO. Que el Código de Comercio tiene por objeto, entre otros, el de regular los actos de comercio, los cuales se señalan de manera enunciativa más no limitativa, en el artículo 75 del ordenamiento jurídico mencionado, así como las relaciones contractuales en las que los comerciantes formen parte.

    TERCERO. Que el Código de Comercio menciona a las personas que deberán reputarse en derecho ``comerciantes'', considerando de igual forma, que las personas que accidentalmente realicen alguna operación de comercio, aunque no sean consideradas en derecho ``comerciantes'', quedan por disposición de la propia ley, sujetas a la aplicación de las leyes mercantiles.

    CUARTO. Que tal y como se prevé en el artículo 1794 del Código Civil Federal, uno de los elementos de existencia de un contrato, es el consentimiento, entendido éste como la manifestación de voluntad, expresa o tácita, por la cual se exterioriza el acuerdo de conseguir un fin común determinado, de lo cual se presupone que si falta el elemento de consentimiento en cualquier contrato mercantil, dicha convención es nula de pleno derecho y por tanto no produce efecto jurídico alguno.

    QUINTO. Que existen empresas que ofrecen servicios a los particulares sin que estos los hubieren solicitado y que en la gran mayoría de los casos ni siquiera son utilizados, y que no obstante ello, las empresas realizan el cobro de tales servicios, aún y cuando tales convenciones carecen de un elemento esencial de existencia que consiste en el consentimiento, lo cual da origen a una evidente incertidumbre jurídica que permite a las empresas, de forma indiscriminada y unilateral, hacer cobros a los particulares de servicios que no fueron solicitados.

    SEXTO. Que debido a un mercado cada vez más globalizado y competitivo, las empresas han tenido que desarrollar mecanismos alternos para captar clientes, cuya legalidad se encuentra seriamente cuestionada, y que han ocasionado infinidad de reclamaciones instauradas por los particulares ante autoridades administrativas y judiciales, de lo que se infiere que estamos en presencia de una importante inseguridad jurídica generada por las prácticas irregulares de las empresas, exponiendo a los particulares al cobro de servicios prestados no solicitados, abusando con ello, del principio consignado en la legislación mercantil que establece que los actos comerciales no dependen de la observancia de formalidades o requisitos determinados.

    SÉPTIMO. Que los CC. Diputados que integran la Comisión de Economía que dictamina, reconocen y concluyen que resulta indispensable brindar protección a los particulares de cobros por servicios no pactados, mediante la adición dentro de la ley, de la aceptación expresa y por escrito como requisito para la validez de convenciones mercantiles en las que intervienen empresas que prestan servicios al público, así como establecer claramente el tipo de servicio, el pago correspondiente, duración de las obligaciones, y las sanciones en caso de incumplimiento, motivo por el cual se considera viable la propuesta en los términos del presente dictamen.

    En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía presenta al Pleno de esta honorable Asamblea para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación, el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA EL CODIGO DE COMERCIO.

    Artículo Único. Se adiciona la fracción III al artículo 79 y se reforman el último párrafo del artículo 79 y el artículo 80 del Código de Comercio, para quedar como sigue:

    Artículo 79.- Se exceptuarán de lo dispuesto en el artículo que precede:

    I. y II. .......

    III.- Los convenios o contratos mercantiles celebrados por correspondencia, teléfono, telégrafo, o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, que tengan por objeto la prestación de servicios, su validez dependerá de la aceptación expresa y por escrito de las partes, en donde se deberá establecer claramente el tipo de servicio, el pago correspondiente y la duración de las obligaciones, así como las sanciones en caso de incumplimiento.

    En tales casos, los contratos que no llenen las circunstancias respectivamente requeridas, no producirán obligación ni acción en juicio.

    Artículo 80.- Los convenios y contratos mercantiles que se celebren por correspondencia, teléfono, telégrafo, o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, quedarán perfeccionados desde que se reciba la aceptación de la propuesta o las condiciones con que ésta fuere modificada, salvo lo dispuesto por la fracción III del artículo 79 de este Código.

    TRANSITORIO

    Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de noviembre de 2005.

    Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah (rúbrica), Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdala de la Fuente, Fernando Ulises Adame de León, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad, Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, Eduardo Olmos Castro, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    CODIGO DE COMERCIO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma el artículo 1056 del Código de Comercio

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 1056 DEL CODIGO DE COMERCIO, presentada por el C. Diputado Juan Fernando Perdomo Bueno del Grupo Parlamentario Convergencia, el 13 de julio de 2005. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los Artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los Artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Iniciativa referida, al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTES

    PRIMERO. Que en sesión celebrada en la Comisión Permanente, el día 13 de julio de 2005, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó el C. Diputado Juan Fernando Perdomo Bueno del Grupo Parlamentario Convergencia.

    SEGUNDO. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados''.

    TERCERO. Que mediante oficio CE/1611/05, de fecha 18 de julio de 2005, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de la Iniciativa.

    CUARTO. El Legislador propone lo siguiente:

    Que los ausentes o ignorados sean representados de acuerdo con las disposiciones señaladas en el Código Civil para el Distrito Federal o el Código Civil Federal, según sea el caso.

    CONSIDERANDO

    PRIMERO. Que con base en los antecedentes antes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la Iniciativa de referencia.

    SEGUNDO. Que la supletoriedad consiste en la aplicación complementaria de una ley respecto de otra, sin embargo, tal supletoriedad solo se aplica para integrar una omisión en la ley o para interpretar sus disposiciones en forma que se integren con principios generales contenidos en otras leyes, con la característica que generalmente se realiza mediante referencia expresa de un texto legal que la reconoce, por lo que debe entenderse que la aplicación de la supletoriedad se hará en los supuestos no contemplados por la primera ley y que la complementará ante posibles omisiones o para la interpretación de sus disposiciones.

    TERCERO. Que el artículo 2° del Código de Comercio establece que a falta de disposiciones expresas en dicho ordenamiento, y demás leyes mercantiles, se aplicaran supletoriamente, las disposiciones contenidas en el Código Civil Federal.

    CUARTO. Que el Código de Comercio en el Capítulo II del Título Primero, Libro Quinto denominado ``De la Capacidad y Personalidad'', previene que los ausentes e ignorados serán representados en los términos que dispone el Código Civil del Distrito Federal, de lo que se infiere que se aplicarían las disposiciones de dicho ordenamiento jurídico y no del Código Civil Federal, a pesar de ser ésta la ley supletoriamente aplicable.

    QUINTO. Que tanto el Código Civil para el Distrito Federal como el Código Civil Federal contienen disposiciones idénticas en cuanto a la representación de los ausentes e ignorados, sin embargo, resulta ser el Código Civil Federal la norma adecuada para ser aplicada supletoriamente al Código de Comercio, pues así esta dispuesto en su artículo 2°.

    SEXTO. Que los CC. Diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina, reconocen y concluyen que es de importante trascendencia jurídica que nuestros ordenamientos legales gocen de homogeneidad, coherencia y armonía entre sus disposiciones, razón por la cual resulta conveniente reformar el artículo 1056 del Código de Comercio, a fin de que se establezca que la representación de ausentes e ignorados se regirá por las disposiciones del Código Civil Federal, al ser la norma legal aplicable de forma supletoria.

    En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía presenta al Pleno de esta honorable Asamblea para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación, el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTICULO 1056 DEL CODIGO DE COMERCIO.

    Artículo Único. Se reforma el artículo 1056 del Código de Comercio, para quedar como sigue:

    Artículo 1056.- Todo el que, conforme a la ley esté en el pleno ejercicio de sus derechos puede comparecer en juicio. Aquellos que no se hallen en el caso anterior, comparecerán a juicio por medio de sus representantes legítimos o los que deban suplir su incapacidad conforme a derecho. Los ausentes e ignorados serán representados como se previene en el Código Civil Federal.

    TRANSITORIO

    Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de noviembre de 2005.

    Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno (rúbrica), secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles, José Manuel Abdala de la Fuente (rúbrica), Fernando Ulises Adame de León, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla, Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, Eduardo Olmos Castro, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz, Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Víctor Suárez Carrera (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY GENERAL DE SALUD - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Salud, y de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Federal de Procedimientos Penales

    HONORABLE ASAMBLEA:

    Las Comisiones Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de los integrantes de esta honorable Asamblea el presente Dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 208 bis y una fracción VII al artículo 260, y se reforma el artículo 464, todos de la Ley General de Salud; se adiciona una fracción XV al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales; y se adiciona una artículo décimo transitorio a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

    ANTECEDENTES

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en fecha 6 de abril de 2004, la Diputada María Cristina Díaz Salazar, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la Iniciativa con proyecto de Decreto que adiciona un artículo 208 bis y una fracción VII al artículo 260, y reforma el artículo 464, todos de la Ley General de Salud; adiciona una fracción XV al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales; y adiciona un artículo décimo transitorio a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

    La Mesa Directiva, en esa misma fecha, mediante oficio número D. G. P. L. 59-II-4-494, acordó se turnara a las Comisiones Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos dicha iniciativa, la cual presenta dictamen al tenor de las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    A. La autora de la iniciativa expresa su preocupación en lo relativo a la falsificación de medicamentos, en razón de que la legislación sanitaria vigente contempla los casos en que debe considerarse que un determinado producto resulta alterado o adulterado, pero no falsificado, que es una conducta totalmente distinta en cuanto a su significado, y que hasta el momento, no se encuentra considerada legalmente. En atención a ello, propone adicionar un artículo 208 bis a la Ley General de Salud, para incluir una definición del término falsificación, entendiéndose como tal cuando el envase o la etiqueta, sin autorización, llevan la marca registrada, el nombre comercial o cualquier otra marca de identificación, el impreso, el emblema o cualquier parecido de los mismos de un fabricante de medicamentos, procesador, empacador o distribuidor distinto a la persona o personas que, de hecho, fabricaron, procesaron, empacaron o distribuyeron ese medicamento, pretendiendo en forma falsa o representando ser el producto que fue empacado o distribuido por otro fabricante, procesador, empacador o distribuidor de medicamentos.

    Al respecto, las Comisiones que hoy dictaminan consideramos importante la adición propuesta, y concordamos con la autora de la iniciativa en la necesidad de la inclusión de una descripción del término ``falsificación'', ya que de acuerdo a los argumentos vertidos por la Dip. Cristina Díaz Salazar, adulteración, alteración, contaminación y falsificación son términos totalmente distintos, y este último no se encuentra contemplado en la Ley General de Salud, por lo que los actos relacionados con la falsificación de medicamentos, han estado fuera del marco jurídico, lo cual no significa que no sea una realidad tangible que sucede día con día, si tomamos en consideración que la salud pública de todo mexicano en este aspecto es vulnerable, por lo que la adición propuesta puede aventajar este problema que cada día crece en perjuicio de la salud pública mexicana. Sin embargo, estas Comisiones Dictaminadoras estiman que, siguiendo la estructura de la vigente Ley General de Salud, el nuevo artículo 208 bis debe referirse a ``productos'' de tal forma que, por un lado se tenga una secuencia lógica en la definición o descripción de términos que hoy tiene ese ordenamiento cuando en los artículos 206, 207 y 208 se habla de adulteración, contaminación y alteración, y ahora en el 208 bis de falsificación, y por otra parte, al referirse a ``productos'' queden incluidos no solo los medicamentos, sino otros artículos de consumo humano.

    B :En la iniciativa se propone también la adición de la fracción VII al artículo 260 de la Ley General de Salud, a efecto de que sea obligación de los responsables sanitarios de los establecimientos que se destinen al proceso de los productos, incluyendo su importación y exportación, contar con un libro de control autorizado por la Secretaría de Salud y firmado por el responsable sanitario, incluyendo nombre del medicamento, número de lote y su procedencia, facultando a la Secretaría para realizar verificaciones respecto de los datos declarados. Lo anterior se estima inviable, ya que por una parte, dicho precepto se enfoca a establecer los requisitos para ser responsable sanitario de establecimientos y no para establecer requisitos sobre el funcionamiento de éstos, por otro lado, el artículo 261 en vigor prevé una responsabilidad solidaria de las sanciones, por el responsable del establecimiento y el propietario del mismo, en los casos en que resulten afectados, por acción u omisión, la identidad, pureza, conservación, preparación, dosificación o manufactura de los productos.

    C. La autora de la iniciativa manifiesta que, a fin de hacer coherentes las adiciones propuestas, resulta necesario reformar el artículo 464 de la precipitada ley, para prever la conducta de falsificación de medicamentos. El texto propuesto es el siguiente:

    ``Artículo 464.- En materia de medicamentos se aplicarán las penas que a continuación se mencionan, a la persona o personas que realicen las siguientes conductas delictivas:

    I.- Quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, contaminación o alteración de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos para uso o consumo humanos o fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones que señala esta ley, se le aplicará de uno a nueve años de prisión y multa equivalente a cien mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

    II.- Quien falsifique o adultere o permita la adulteración o falsificación de material para envase o empaque de medicamentos, sus leyendas, información que contengan o números o claves de identificación, se le aplicará de uno a cinco años de prisión y multa equivalente a cincuenta mil días e (sic) salario mínimo general de la zona económica de que se trate.

    III.- Quien venda u ofrezca en venta, comercie, o distribuya medicamentos o fármacos, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar, o de cualquier forma intervenga en el proceso de comercialización o distribución o en el transporte, a sabiendas de que son falsificados, alterados o adulterados, o bien a sabiendas de que los materiales y sus leyendas, información que contengan o números o claves de identificación se encuentran falsificados, alterados o adulterados, le será impuesta la misma pena señalada en el párrafo anterior. Se presumirá que el sujeto tuvo conocimiento, cuando adquiera o revenda medicamentos o fármacos a precios notoriamente inferiores a los vigentes en el mercado.

    IV.- Quien comercie con medicamentos o fármacos de los autorizados por la Secretaría de Salud, para ser distribuidos en forma gratuita, únicamente como muestras médicas, se le aplicará de uno a tres años de prisión y multa de veinticinco mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

    Para los efectos del presente artículo, se entenderá por medicamento, fármaco, materia prima, aditivo y material, lo preceptuado en las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 221 de esta Ley; y se entenderá por adulteración, contaminación, alteración y falsificación, lo previsto en los artículos 206, 207, 208 y 208 bis (sic) de esta ley.

    Las penas señaladas en los párrafos anteriores se aplicarán con independencia de aquellas señaladas por la ley, cuando se trate de tráfico de estupefacientes o psicotrópicos.

    Las penas mencionadas en los párrafos anteriores, se aplicarán independientemente de que alguna persona o personas sufrieran lesiones o la muerte, al responsable, le serán aplicadas, además, las penas que señale la legislación común en materia penal''.

    En lo relativo a dicha reforma, estas Comisiones Unidas coincidimos plenamente. Además, es importante destacar que entre más precisa sea una ley, más elementos tendrá la autoridad encargada de investigar y sancionar los delitos, para emitir una resolución justa, debidamente fundada y motivada, excluyendo la posibilidad de que actúe conforme a su criterio, lo que en algunos casos resulta necesario debido a los vacíos que presentan algunas legislaciones. En la fracción III del nuevo artículo 464 ter se hacen algunos ajustes de redacción para la adecuada formulación del tipo.

    Por lo anterior, la reforma en comento se considera lo suficientemente clara y por supuesto el texto propuesto se estima mucho más completo que el actual.

    También es necesario hacer mención de que la reforma contempla supuestos delictivos que actualmente no se encuentran en la ley de la materia, lo que evidentemente fortalece el marco jurídico y el estado de derecho que debe imperar, ya que contempla todos los supuestos, en que puede incurrir un sujeto dedicado a la falsificación, adulteración, alteración o contaminación de medicamentos, tomando en consideración todas sus etapas, desde su producción hasta su comercialización.

    Ahora bien, se sugiere que en la fracción II se incluya la palabra ``vigente'' para hacer referencia a la multa que se impondrá, de conformidad con el salario mínimo, y cambiar ``de'' por ``en'' la zona económica de que se trate, para mejorar la redacción.

    No obstante lo anterior, se advierte que la reforma deja de lado lo referente a alimentos, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas o cualquier otra sustancia de uso o consumo humano, lo que es de suma importancia que siga siendo regulado tal y como lo prevé el artículo 464 en vigor, al repercutir directamente en la salud, de igual forma que en materia de medicamentos, por lo que se propone eliminar del texto del artículo 464 actual a los medicamentos, e incluir la reforma en estudio como la adición del artículo 464 ter, considerando que existe un numeral 464 bis, en obvio de no recorre la numeración actual.

    En otro orden de ideas, se considera que la fracción IV que propone la legisladora, no debe incluirse en el artículo en estudio, en razón de que se trata de un tema distinto, como lo es la venta de muestras médicas gratuitas, por lo que al abordarse en este numeral conductas relacionadas con la adulteración, falsificación, contaminación y alteración de medicamentos, el contenido de dicha fracción no guarda relación alguna con la problemática que se aborda.

    D. Asimismo, la autora propone adicionar una fracción XV al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para que se consideren como delitos graves las conductas precisadas en el numeral 208 bis que pretende adicionar, así como las contenidas en el artículo 464 propuesto. Al respecto consideramos que la comisión de los delitos previstos en las fracciones I, II y III del artículo 464 ter de la Ley General de Salud entrañan dolo para su comisión, con lo que se pone en riesgo y la vida de quien llegue a consumir los medicamentos falsificados.

    En virtud de lo anterior y a efecto de dar cumplimiento a la fracción I del artículo 20 constitucional, se considera procedente que las conductas antes mencionadas sean consideradas como graves dentro del catálogo legal contenido en el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, por lo que en consecuencia se deberá adicionar una fracción XV al citado dispositivo para que se incluyan las conductas previstas en las fracciones I, II y III del artículo 464 ter de la Ley General de Salud.

    E:- Finalmente, la iniciativa propone adicionar una artículo décimo transitorio a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a efecto de prever la constitución de una Unidad Especializada de Investigación de Delitos Sanitarios, que esté facultada para instruir a los agentes de la Policía Federal Investigadora y peritos que le estén adscritos, sobre los elementos o indicios que deban ser investigados o recabados, así como sobre otras acciones que fueren necesarias para la acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del indiciado.

    Sobre el particular, resulta importante destacar que en razón de que la Procuraduría General de la República, a través de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, ha hecho importantes detenciones con motivo de los ilícitos cometidos por personas u organizaciones que se dedican al tráfico, falsificación, transportación y comercialización de productos de uso o consumo humano, estas Comisiones estimamos que la creación de la Unidad referida no es necesaria, ya que actualmente existe un órgano dedicado a la persecución de este tipo de delitos.

    Por lo anteriormente expuesto, las Comisiones Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos someten a la consideración de esta Asamblea el presente:

    PROYECTO DE DECRETO POR QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD Y DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

    Artículo Primero.- Se reforma el Artículo 464 y se adicionan los Artículos 208 Bis y 464 Ter a Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 208 Bis.- Se considera falsificado un producto cuando se fabrique, envase o se venda haciendo referencia a una autorización que no existe, utilizando una otorgada legalmente a otro o imitando al legalmente fabricado y registrado.

    Artículo 464.- A quien, adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de alimentos, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas o cualquier otra sustancia o producto de uso o consumo humano, con peligro para la salud, se le aplicará de uno a nueve años de prisión y multa equivalente de cien a mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

    Artículo 464 Ter.- En materia de medicamentos se aplicarán las penas que a continuación se mencionan, a la persona o personas que realicen las siguientes conductas delictivas:

    I.- A quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos para uso o consumo humanos o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones que señala esta Ley, se le aplicará una pena de uno a nueve años de prisión y multa equivalente a cien mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate;

    II.- A quien falsifique o adultere o permita la adulteración o falsificación de material para envase o empaque de medicamentos, sus leyendas, la información que contengan o sus números o claves de identificación, se le aplicará una pena de uno a cinco años de prisión y multa equivalente a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate, y

    III.- A quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados o adulterados, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar, o bien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, sus leyendas, información que contengan o números o claves de identificación, que se encuentran falsificados, alterados o adulterados, le será impuesta una pena de uno a cinco años de prisión y multa equivalente a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

    Para los efectos del presente artículo, se entenderá por medicamento, fármaco, materia prima, aditivo y material, lo preceptuado en las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 221 de esta Ley; y se entenderá por adulteración, contaminación, alteración y falsificación, lo previsto en los artículos 206, 207, 208 y 208 bis de esta Ley.

    Artículo Segundo.- Se adiciona la fracción XV al Artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

    Artículo 194.- Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, los previstos en los ordenamientos legales siguientes:

    I. a XIV. ...

    XV. De la Ley General de Salud, los previstos en las fracciones I, II y III del artículo 464 Ter.

    TRANSITORIO

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Por la Comisión de Salud, diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo, María Salomé Elyd Sáenz, Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala, Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás, Isaías Soriano López (rúbrica), Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica), José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo, Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma Sinforina Figueroa Romero, José Luis Naranjo y Quintana, Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna.

    Por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, diputados: Rebeca Godínez y Bravo (rúbrica), Félix Adrián Fuentes Villalobos, Miguelángel García-Domínguez, Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Miguel Ángel Llera Bello (rúbrica), Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica, en abstención), Amalín Yabur Elías (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Mario Carlos Culebro Velasco (rúbrica), Angélica de la Peña Gómez, Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Francisco Diego Aguilar (rúbrica), José Luis García Mercado (rúbrica), Eliana García Laguna, Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica, en abstención), Ernesto Herrera Tovar (rúbrica,), María Martha Celestina Eva Laguette Lardizábal, Jaime Miguel Moreno Garavilla, Consuelo Muro Urista (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica, en abstención), Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), María Sara Rocha Medina, Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), Bernardo Vega Carlos, Margarita Zavala Gómez del Campo.»

    Es de primera lectura.


    LEY ORGANICA DEL CONGRESO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

    La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias recibió mediante turno, la Iniciativa que ha quedado señalada en el acápite del presente documento, misma que fue presentada por el Diputado Víctor Hugo Islas Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Esta Comisión se abocó a la formulación del presente dictamen, de conformidad con lo siguiente:

    I.- ANTECEDENTES.

    A) En la sesión ordinaria de la Cámara de diputados, realizada el 25 de octubre de 2005, el Diputado Víctor Hugo Islas Hernández, presentó la iniciativa que motiva el presente dictamen.

    B) Dicha iniciativa se publicó en la Gaceta Parlamentaria # 1864 del martes 18 de octubre de 2005.

    C) La Presidencia de la Comisión Permanente determinó ``Túrnese a la comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias''.

    II.- CONTENIDO.

    La iniciativa propone adicionar la fracción XVII al artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Conforme a la exposición de motivos de la propia iniciativa, los argumentos en que sustenta su propuesta son:

    1. En la actualidad, se demanda resultados de todas las instituciones, la legitimidad de los público se mide por su capacidad de atender las necesidades en el menor tiempo posible, al menor costo y atendiendo a lo realmente prioritario para la sociedad.

    2. El desarrollo de la función pública está directamente relacionado con el nivel de democracia de las instituciones del Estado.

    3. La vigilancia sobre las instituciones y los actos del poder y la denuncia de las prácticas corruptas en las mismas, son los mejores elementos para detonar un desarrollo vigoroso de la función pública.

    4. En tiempos recientes, parte de esta labor de supervisión, fiscalización y control ha sido asumida por el parlamento.

    5. En materia de la función pública, existe un área relevante del mayor interés público y legislativo, que carece de un órgano camaral capaz de dar seguimiento, monitoreo y colaboración, tanto en la construcción de la política pública, como en la vigilancia de las acciones realizadas y los recursos que se apliquen en la misma.

    6. La actual norma para la creación de comisiones ordinarias, expresa en la Ley Orgánica, señala la necesaria correlatividad entre un ente de la administración pública y el órgano cameral.

    7. Esta rama de la administración pública, genera una importante normatividad como la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, Ley Federal de Bienes Nacionales, Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, entre otras, cuyo proceso legislativo, análisis, reforma y valoración actualmente corren a cargo de otras comisiones que las abordan de manera tangencial o accesoria al no ser esta su materia principal de competencia.

    III.- CONSIDERACIONES Y ANÁLISIS

    A) La iniciativa presentada cumple con los requisitos formales que exige la práctica parlamentaria: se formuló por escrito, se presentó con un título, contiene el nombre y la firma del proponente, contiene un apartado expositivo de los motivos que la animan, presenta el texto legal que propone, señala los artículos transitorios que darían vigencia al decreto, establece la fecha de presentación y cumplió con su publicidad en el tiempo legal debido.

    B) La Cámara de Diputados está facultada y tiene competencia para conocer y resolver la iniciativa en comento, de conformidad con lo que establece el segundo párrafo del artículo 70 constitucional;

    C) Compete a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias emitir dictamen a esta propuesta, conforme a lo que dispone el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    D) El problema planteado en la iniciativa se podría resumir de la siguiente manera:

  • La regla general establecida en el párrafo 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica vigente, es que para el ejercicio de las funciones de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio, la Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias de dictamen cuya competencia se corresponde con la otorgada a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

  • Desde la expedición de la Ley Orgánica el 3 de diciembre de 1999 a la fecha, la Cámara de Diputados no ha tenido ninguna comisión cuya competencia se corresponda con las funciones que realizaba la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo (en adelante SECODAM), para estos efectos.

  • Con la reforma al artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal --publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 10 de abril de 2003-, el Gobierno Federal cambió el nombre de la SECODAM, por el de Secretaría de la Función Pública, otorgándole a esta las facultades de aquella pero ampliando estas potestades en materia dirección, organización y operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; planeación y administración de personal; reivindicación de bienes propiedad de la nación; formulación y conducción de la política de la Administración Pública Federal para la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la información y finalmente para la promoción de las estrategias para establecer políticas de gobierno electrónico.

  • En tal razón, la Cámara de Diputados no había destinado a un órgano específico, el cumplimiento de las tareas legislativa, de información y de control evaluatorio que se correspondieran con esa dependencia y sus acciones.

    E) Efectivamente el problema planteado es real, No es apremiante pero podría serlo en ciertos aspectos, es un problema susceptible de atenderse por la vía legislativa y es esta la única vía de resolución. La propuesta es oportuna y aunque la opinión pública en este momento parece no inmiscuirse en el tema, la inactividad de la Cámara de Diputados, podría generar una opinión pública adversa al momento en que se analice el cumplimiento de las funciones informativa y de control evaluatorio en esta materia. Recordemos que hace 5 o 6 años, los medios de comunicación trajeron a la discusión el tema del costo que representaba esta función de ``autovigilancia del Poder Ejecutivo'' frente a los magros beneficios obtenidos, concluyendo de manera generalizada la inutilidad de la dependencia, la exigencia de su desaparición para economizar recursos y la evidencia del incumplimiento del Congreso, como el principal obligado a vigilar al vigilante.

    F) Los argumentos esgrimidos, son válidos. No presentan la solidez deseada ni tienen una línea argumental clara, pero sí corresponden a la idea propuesta y bastan para inducir a la comprensión del punto de conflicto.

    G) La propuesta pretende reformar una fracción del artículo 39 de la Ley Orgánica, para crear la Comisión de la Función Pública, como órgano ordinario de dictamen. La enunciación jurídica propuesta es suficiente y acorde para alcanzar el objetivo que se plantea.

    H) La propuesta concuerda con las disposiciones constitucionales y no existen antinomias con las leyes vigentes.

    I) La comisión que dictamina considera adecuado reformar el proyecto de decreto, destinando el artículo primero exclusivamente a las reformas y el segundo a las adiciones, tal y como los clásicos de la técnica legislativa lo han dejado establecido (Sempé Minvielle; Sáenz, Arroyo Et. Al).

    J) Respecto al contenido del artículo primero del decreto, la dictaminadora consideró necesario precisar que los cambios son en las fracciones XVIII a XXXVIII del segundo párrafo del artículo 39, toda vez que su contenido varía con la propuesta y en tal virtud decidió expresar íntegramente la nueva formulación de estas fracciones.

    K) Por cuanto al contenido del artículo segundo, los diputados que integran este órgano, estimaron necesario expresar aquí , primero el acto de creación de la nueva fracción XXIX y segundo su contenido que sería precisamente el contenido de la fracción XXVIII del ordenamiento vigente, toda vez que no puede darse contenido a una fracción que no se ha creado.

    IV.- CONCLUSIONES Y PROPUESTAS

    La Comisión que dictamina considera que es de aprobarse la iniciativa presentada con las modificaciones expuestas por las razones previstas y por lo tanto propone a esta soberanía el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 39 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

    Artículo Único.- Se adiciona una nueva fracción XVII, al Numeral 2, del Artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 39. ...

    1. ...

    2. ...

    I. a XVI. .......

    XVII. Función Pública;

    XVIII. Gobernación;

    XIX. Hacienda y Crédito Público;

    XX. Justicia y Derechos Humanos;

    XXI. Juventud y Deporte;

    XXII. Marina;

    XXIII. Medio Ambiente y Recursos Naturales;

    XXIV. Participación Ciudadana;

    XXV. Pesca;

    XXVI. Población, Fronteras y Asuntos Migratorios;

    XXVII. Presupuesto y Cuenta Pública;

    XXVIII. Puntos Constitucionales;

    XXIX. Radio, Televisión y Cinematografía;

    XXX. Recursos Hidráulicos;

    XXXI. Reforma Agraria;

    XXXII. Relaciones Exteriores;

    XXXIII. Salud;

    XXXIV. Seguridad Pública;

    XXXV. Seguridad Social;

    XXXVI. Trabajo y Previsión Social;

    XXXVII. Transportes;

    XXXVIII. Turismo, y

    XXXIX. Vivienda.

    3. ...

    Transitorio

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Así lo resolvieron los integrantes de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias en noviembre del año dos mil cinco.

    Diputados: Iván García Solís (rúbrica), Presidente; Raúl José Mejía González (rúbrica), secretario; Adrián Víctor Hugo Islas Hernández (rúbrica), secretario; Jorge Luis Preciado Rodríguez (rúbrica), secretario; Sergio Álvarez Mata (rúbrica), Federico Barbosa Gutiérrez (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), José González Morfín (rúbrica), Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica), Rafael Sánchez Pérez (rúbrica), Salvador Sánchez Vázquez, Pedro Vázquez González (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    CONDECORACIONES

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Quetzal en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Guatemala.

    La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de conformidad con lo que establece la fracción III, del apartado C), del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Único.- Se concede permiso al ciudadano Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Quetzal en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Guatemala.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 11 de noviembre de 2005.

    Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.»

    Es de primera lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano embajador Carlos Rodríguez y Quezada, para aceptar y usar la condecoración de la Estrella Yugoslava de Primer Grado, que le otorga el Gobierno de Serbia y Montenegro.

    La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III, del apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea, el siguiente:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Único.- Se concede permiso al ciudadano embajador Carlos Rodríguez y Quezada, para aceptar y usar la condecoración de la Estrella Yugoslava de Primer Grado, que le otorga el Gobierno de Serbia y Montenegro.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 11 de noviembre de 2005.

    Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.»

    Es de primera lectura.


    PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    En oficios fechados los días 8 de noviembre y 25 de octubre del año en curso, la Secretaría de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Verónica Solís Pesquera y Enrique Gutiérrez Carmona, puedan prestar servicios como ayudante de limpieza y asistente administrativo, en la Embajada de la República Checa y en la Delegación de la Comisión Europea, en México, respectivamente.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 22 de noviembre, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de sus actas de nacimiento.

    b) Que los servicios que los propios interesados, prestarán en la Embajada de la República Checa y en la Delegación de la Comisión Europea, en México, serán como ayudante de limpieza y asistente administrativo, respectivamente, y

    c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II, del apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se concede permiso a la ciudadana Verónica Solís Pesquera, para prestar servicios como ayudante de limpieza, en la Embajada de la República Checa en México.

    Artículo Segundo.- Se concede permiso al ciudadano Enrique Gutiérrez Carmona, para prestar servicios como asistente administrativo, en la Delegación de la Comisión Europea, en México.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, a 23 de noviembre de 2005.

    Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, David Hernández Pérez, Claudia Ruiz Massieu Salinas, Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.»

    Es de primera lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    En oficio de fecha 7 de noviembre de 2005, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Luis Antonio Morán Mora, Luz del Carmen Salcedo Vaudrecourt, Teodora María López Noriega y Mercedes González Gutiérrez, puedan prestar servicios de carácter administrativo, en la Embajada y en los Consulados de los Estados Unidos de América, en México, Hermosillo, Sonora y Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 22 de noviembre del año en curso, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

    b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada y en los Consulados de los Estados Unidos de América, en México, Hermosillo Sonora y Monterrey, Nuevo León, serán de carácter administrativo, y

    c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II, del apartado C), del artículo 37 constitucional y al artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se concede permiso al ciudadano Luis Antonio Morán Mora, para prestar servicios como inspector de Mantenimiento Residencial, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

    Artículo Segundo.- Se concede permiso a la ciudadana Luz del Carmen Salcedo Vaudrecourt, para prestar servicios como asistente en la Sección de Recursos Humanos, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

    Artículo Tercero.- Se concede permiso a la ciudadana Teodora María López Noriega, para prestar servicios como asistente de Visas, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Hermosillo, Sonora.

    Artículo Cuarto.- Se concede permiso a la ciudadana Mercedes González Gutiérrez, para prestar servicios como empleada del Departamento de Ciudadanía, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 23 de noviembre de 2005.

    Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, David Hernández Pérez, Claudia Ruiz Massieu Salinas, Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.»

    Es de primera lectura.


    CONDECORACIONES

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Felipe Camelo Schwars, Miguel González Calette, Salvador Meléndez Mena, José Saúl Juárez Vega, Miguel Hakim Simón, Juan Benito Artigas Hernández y Raúl Sergio Arroyo García, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de la República de Guatemala, del Reino de Dinamarca, de la República Francesa, del Reino de España, de la República de El Salvador y de la República de Panamá, respectivamente.

    La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional y el artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea, el siguiente:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se concede permiso al C. Felipe Camelo Schwarz, cónsul honorario de Guatemala en Monterrey, Nuevo León, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Quetzal, en grado de Gran Oficial, que le otorga el Gobierno de la República de Guatemala.

    Artículo Segundo.- Se concede permiso al C. Miguel González Calette, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Dannebrog, en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno del Reino de Dinamarca.

    Artículo Tercero.- Se concede permiso al C. Salvador Meléndez Mena, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas en grado de Caballero, que le otorga el ministro de Educación Nacional del Gobierno de la República Francesa.

    Artículo Cuarto.- Se concede permiso al C. José Saúl Juárez Vega, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Encomienda, que le otorga el Gobierno del Reino de España.

    Artículo Quinto.--- Se concede permiso al C. Juan Benito Artigas Hernández, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Encomienda, que le otorga el Gobierno del Reino de España.

    Artículo Sexto.- Se concede permiso al C. Dr. Miguel Hakim Simón, para que pueda aceptar y usar la condecoración José Matías Delgado, en grado de Gran Cruz Placa de Plata, que le otorga el Gobierno de la República de El Salvador.

    Artículo Séptimo.- Se concede permiso al C. Dr. Miguel Hakim Simón, para que pueda aceptar y usar la condecoración Vasco Núñez de Balboa, en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Panamá.

    Artículo Octavo.--- Se concede permiso al C. Raúl Sergio Arroyo García, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Encomienda, que le otorga el Gobierno del Reino de España.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 23 de noviembre de 2005.

    Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, David Hernández Pérez, Claudia Ruiz Massieu Salinas, Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.»

    Es de primera lectura.


    CONDECORACIONES
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen relativo a la solicitud de permisos.

    Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación, que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Subteniente de Fuerza Aérea Piloto Aviador Eduardo Graneros Bárcenas para que pueda aceptar y usar la medalla ``Capitán General Gerardo Barrios'', que le otorgan las Fuerzas Armadas de la República de El Salvador, así como la condecoración Estrella de Carabobo y la medalla Teniente Carlos Meyer, que le otorga el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela.

    La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y, en tal virtud, de conformidad con lo que establece la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

    Proyecto de Decreto

    Artículo Único. Se concede permiso al ciudadano Subteniente de Fuerza Aérea Piloto Aviador Eduardo Graneros Bárcenas para que pueda aceptar y usar la medalla ``Capitán General Gerardo Barrios'', que le otorgan las Fuerzas Armadas de la República de El Salvador, así como la condecoración Estrella de Carabobo y la medalla Teniente Carlos Meyer, que le otorga el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 11 de noviembre de 2005.

    Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández, Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo, Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz, Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres, Sergio Vázquez García, Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En consecuencia, se pide a la Secretaría poner a discusión el proyecto de decreto.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Está a discusión el proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Subteniente de Fuerza Aérea Piloto Aviador Eduardo Graneros Bárcenas para aceptar y usar la medalla Capitán General Gerardo Barrios, que le otorgan las Fuerzas Armadas de la República de El Salvador, así como la condecoración Estrella de Carabobo y la medalla Teniente Carlos Meyer, que le otorga el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto. En virtud de que esta Presidencia no tiene ningún orador registrado para la discusión, consulte la Secretaría a la Asamblea si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el proyecto de decreto en lo general y en lo particular.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Suficientemente discutido.

    Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico de votación por 10 minutos para proceder a la votación del proyecto de decreto.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico de votación por 10 minutos para tomar la votación nominal del proyecto de decreto.

    (Votación.)

    Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señor Presidente: se emitieron 366 votos en pro, 0 en contra y 2 abstenciones.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado, el proyecto de decreto por 366 votos; pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
    ADELA NOLASCO PERAZA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Permítame, señor secretario. Señoras y señores diputados: esta Presidencia comunica lamentablemente que hoy en la mañana falleció la señora Adela Nolasco Peraza, madre de nuestro compañero diputado General Guillermo Martínez Nolasco, Presidente de la Comisión de Defensa Nacional. Esta Presidencia, en nombre de las señoras y de los señores diputados, extiende su más sentido pésame a nuestro compañero diputado General Guillermo Martínez Nolasco por la pérdida irreparable de su señora madre, Adela Nolasco Peraza.

    Continúe la Secretaría; y el siguiente punto del orden del día es dictámenes a discusión con puntos de acuerdo. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los enunciados.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: A los enunciados, señora secretaria.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Perdón. Si se autoriza que sólo se dé lectura a los enunciados.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se autoriza.


    ESTADO DE MICHOACAN

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Energía, con puntos de acuerdo para solicitar al titular de la Comisión Federal de Electricidad el cambio de varios municipios del estado de Michoacán de la división centro-sur a la división centro-occidente

    Honorable Asamblea:

    Con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 60, 87 y 88, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Energía pone a consideración de los miembros de esta H. Asamblea el dictamen sobre la proposición con punto de acuerdo que le fue turnada en relación con el cambio de varios municipios del estado de Michoacán de la División Centro Sur a la División Centro Occidente de la Comisión Federal de Electricidad, al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTES

    1. En la sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el 5 de abril de 2004, los CC secretarios de la misma dieron cuenta al pleno del punto de acuerdo presentado por el diputado Israel Tentory García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para solicitar al titular de la Comisión Federal de Electricidad el cambio de los municipios de Huetamo, San Lucas, Tiquicheo, Carácuaro, Tzitzio y Tuzantla, en Michoacán, de la División Centro Sur a la División Centro Occidente. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Energía''.

    2. Con el propósito de contar con información suficiente para dictaminar la propuesta, el presidente de la Comisión de Energía solicitó a la Comisión Federal de Electricidad información respecto de lo que argumenta el diputado proponente para solicitar la mencionada reasignación administrativa de los municipios en cuestión.

    3. Con fecha 12 de mayo de 2005, el subdirector de Distribución, ingeniero José Abel Valdez Campoy, mediante su oficio Núm. 3.322.-808, dio respuesta a dicha petición.

    CONSIDERACIONES

    1. En el origen de la propuesta que aquí se dictamina están las quejas de los usuarios en los municipios michoacanos de Huetamo, San Lucas, Tiquicheo, Tuzantla, Tzitzio y Carácuaro, atendidos en la División Centro Sur de la Comisión Federal de Electricidad.

    2. Las quejas frecuentes de los usuarios de estos municipios se centran en diversas anomalías de los servicios en la División Centro Sur, que el diputado proponente centra en los siguientes aspectos.

    -- Cobros indebidos por consumo de energía.

    -- Mala calidad de la energía recibida, lo cual ocasiona daños a los aparatos electrodomésticos.

    -- Mal trato a los usuarios por parte de los empleados de la División Centro Sur y falta de respuesta por parte del órgano de control interno de la paraestatal.

    -- El diputado proponente señala también la existencia de cobros en efectivo que piden los supervisores y que no son ingresados a la Comisión Federal de Electricidad.

    3. El diputado Tentory señala que los usuarios de los municipios en cuestión han expresado su deseo de que sean atendidos por la División Centro Occidente, la cual, a pesar de atender el 97 por ciento de la población michoacana, no tiene una incidencia tan alta de quejas y que ``... en los tres últimos años... ha obtenido el Premio Nacional de Calidad.''

    4. La Subdirección de Distribución de la Comisión Federal de Electricidad, por su parte, ha manifestado lo siguiente:

    En marzo de 1997 la División Centro Sur, dividió la zona Guerrero Norte en las zonas Iguala y Altamirano, con objeto de mejorar la atención a clientes, acercando y reforzando la administración operativa de la región, lo que ha permitido mejorar el nivel de voltaje de la región de Tierra caliente en los municipios de Huetamo y Tiquicheo.

    Con el objeto de mejorar la calidad de la facturación, a nivel de la agencia Huetamo, se reestructuraron 30 ciclos y 42 rutas.

    A efecto de mejorar la calidad de la facturación y disminución de inconformidades se han remplazado 3,136 medidores y se han reubicado al exterior 2,248.

    En el 2002, se instaló un CFEmático en el Centro de Atención Huetamo con objeto de agilizar la atención de los clientes y disminuir el tiempo de espera.

    Por otra parte, según nuestros indicadores de gestión al mes de abril se han obtenido en otros resultados los siguientes: se han reducido considerablemente los tiempos de conexión e incrementando la capacitación a los trabajadores para brindar un mejor servicio.

    La reconexión del servicio se da en un plazo máximo de tres días en las zonas rurales y un día en las zonas urbanas.

    La aclaración de recibos se da en un plazo máximo de cinco días en las zonas rurales y cuatro días en las zonas urbanas.

    El suministro de energía eléctrica es de manera continua.

    La honestidad de nuestros trabajadores esta valuada en 88.3.

    Así con los resultados obtenidos, hemos logrado que la División Centro Sur, obtenga reconocimientos y premios nacionales e internacionales, debiendo hacer mención que las propias autoridades municipales del Estado de Michoacán, han emitido su propio reconocimiento oficial.

    Las distancias de las poblaciones del Estado de Michoacán que atiende la División Centro Sur son menores, respecto a las de la División Centro Occidental.

    5. Sin duda las quejas de los usuarios del servicio de energía eléctrica de los municipios de Huetamo, San Lucas, Tiquicheo, Tuzantla, Tzitzio y Carácuaro, son perfectamente atendibles, por lo que vale la pena considerar el llevar la atención de los usuarios de estos municipios de la División Centro Sur a la División Centro Occidente.

    6. No obstante que la Subdirección de Distribución argumenta que la distancia que hay de los municipios en cuestión a las oficinas de la División Centro Sur en Cuernavaca es menor, sin duda las dificultades de transporte por lo accidentado de la red de carreteras son mayores.

    Por lo expuesto en las consideraciones anteriores, esta Comisión de Energía estima pertinente la proposición en cuestión, y formula el presente dictamen bajo los términos del siguiente:

    ACUERDO

    Primero. Se exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Electricidad para que en el ámbito de sus atribuciones considere la pertinencia de que los municipios de Huetamo, San Lucas, Tiquicheo, Tuzantla, Tzitzio y Carácuaro, del estado de Michoacán, pasen a ser atendidos en el suministro de energía eléctrica por la División Centro Occidente de la Comisión Federal de Electricidad, con sede en Morelia, Michoacán.

    Segundo. Se solicita a la Comisión Federal de Electricidad para que informe de la decisión que al respecto considere.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, noviembre de 2005.

    Comisión de Energía, diputados: Francisco X. Salazar Díez de Sollano (rúbrica), Manuel E. Ovalle Araiza (rúbrica), Francisco J. Carrillo Soberón (rúbrica), Óscar Pimentel González, Pablo Pavón Vinales (rúbrica), Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Carla Rochín Nieto, Hidalgo Contreras Covarrubias, Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), José A. de la Vega Asmitia (rúbrica), Manuel López Villarreal, Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Jorge Martínez Ramos (rúbrica), Josefina Cota Cota, Rosa María Avilés Nájera (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, José Adolfo Murat Macías, Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, Francisco Herrera León, Francisco J. Rojas Gutiérrez, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), Érick Agustín Silva Santos, Raúl Pompa Victoria (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha (rúbrica), Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), Víctor M. Alcerreca Sánchez (rúbrica), Óscar González Yáñez, Julio H. Lujambio Moreno (rúbrica).»


    DISCAPACITADOS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Transportes, y de Energía, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que coordine la formulación y dé impulso a un programa de accesibilidad que tenga por objeto establecer rampas y sanitarios especiales para personas con discapacidad en los paradores de la red carretera nacional

    Honorable Asamblea:

    A las Comisiones de Energía y de Transportes de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, les fue turnada para su estudio y dictamen la Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a Caminos y Puentes Federales y a Petróleos Mexicanos, a que se opere un programa de accesibilidad para personas con discapacidad en carreteras federales, autopistas de cuota y autoservicios de gasolinerias, en lo que se refiere a servicios de uso sanitario.

    Los integrantes de las Comisiones Unidas de Energía y Transportes, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 57, 60, 87 y 88 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocaron al estudio y análisis de la proposición con Punto de Acuerdo referida, bajo los siguientes:

    1. Antecedentes

    En sesión celebrada por esta Cámara de Diputados el 29 de abril de 2004, el Diputado Francisco Javier Bravo Carvajal, presentó ante esta soberanía la Proposición con Punto de Acuerdo referida.

    El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a las Comisiones Unidas de Energía y de Transportes''.

    A fin de tener elementos para analizar la proposición que se dictamina, se realizaron diferentes contactos entre las comisiones a las que se turnó la Proposición en cuestión.

    2. Contenido de la Proposición con Punto de Acuerdo

    1. El promotor señala en su exposición de motivos que en la red carretera nacional, la cual es atendida en su totalidad por el Gobierno Federal y comunica a casi todas las regiones y comunidades, se registra el mayor movimiento de desplazamiento de pasajeros y de carga entre las ciudades del país.

    2. Señala que las autopistas de cuota tienen aproximadamente cinco mil novecientos kilómetros de red carretera, las cuales por sus especiales características y cobro elevado de sus cuotas, se debe suponer garantizan al usuario servicios de calidad.

    3. Refiere que aun cuando las autopistas cuentan con uno de los sistemas más extensos del mundo y con niveles de aforo importantes, han excluido a un sector importante de la población como son las personas con discapacidad.

    4. Indica que excepcionalmente las autopistas del país cuentan con sanitarios con acceso para discapacitados, lo que obliga a que las personas con discapacidad que hacen uso de éste servicio y a las que se le tiene que bajar en sillas de ruedas, sean cargadas por otra persona para acceder al sanitario ó a que soliciten apoyo para pasar banquetas de las tiendas de autoservicio. Expresa que en el país hay 10 millones de personas con 150 tipos de discapacidad.

    5. Por lo anterior, la proposición con punto de acuerdo solicita tres exhortaciones:

    a) Exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que establezca servicios especiales para discapacitados.

    b) Exhortar a Caminos y Puentes Federales y al Fideicomiso de Apoyo para el Rescate de Autopistas Concesionadas y las concesionadas a particulares y gobiernos estatales para establecer un Programa de Accesibilidad para Discapacitados en servicios de acceso en rampa y sanitarios.

    c) Exhortar al organismo público descentralizado PEMEX, para que en toda factibilidad que sea otorgada para la instalación de centros de servicios gasolineras, sea obligatoria la construcción de rampas y sanitarios con características para personas con discapacidad.

    Planteado el contenido y la intención de la Proposición con Punto de Acuerdo que se analiza por las Comisiones Unidas de Energía y de Transportes de esta Cámara de Diputados, se precisan un conjunto de observaciones, las cuales se presentan bajo las siguientes:

    3. Consideraciones

    1. Se reconoce que el Sistema Nacional de Autopistas integra una red de 5910 km de longitud. El Gobierno Federal está a cargo de la operación, explotación y mantenimiento del 77 % de dicha red; el resto es administrada directamente por Caminos y Puentes Federales, el Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas y el resto está a cargo de concesionarios repartidos entre empresas privadas, gobiernos estatales y organismos financieros, conforme a datos de la propia Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

    2. Es de resaltar que la infraestructura de la red carretera nacional permite una comunicación significativa entre los distintos poblados, ciudades y puertos existentes en nuestro territorio. Las carreteras federales y autopistas de cuota a través de los organismos competentes del Gobierno Federal, prestan servicios de asistencia mecánica en el camino, primeros auxilios y asistencia vial, información turística, asistencia general mediante el enlace de radiocomunicación, entre otros servicios; sin embargo solo por excepción se encuentra en dicha red carretera, la infraestructura necesaria para dar funcional acceso a personas con discapacidad.

    3. Con base en la información que arroja el XII Censo General de Población y Vivienda 2000 del INEGI, el 1.84 % de la población son personas con discapacidad, es decir 1'795,300 habitantes, de las cuales el 45.05% presenta discapacidad motriz, un 28.64% visual, 16.56% auditiva, 14.66% mental y 4.46% del lenguaje. La suma de los porcentajes rebasa el 100% porque consideran a personas con más de una discapacidad.

    En el mismo sentido, el Consejo Nacional de Población (CONAPO), establece que en nuestro país, casi 1.8 de millones de mexicanos padecen algún tipo de discapacidad, y de este total el 96.1 por ciento accede a algún servicio público o privado.

    4. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el párrafo décimo del artículo 28 establece:

    ``... El Estado, sujetándose a las leyes, podrá en casos de interés general, concesionar la prestación de servicios públicos o la explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federación, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las leyes fijarán las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestación de servicios y la utilización social de los bienes y evitarán fenómenos de concentración que contraríen el interés público''...En consecuencia, la Federación por medio del Poder Ejecutivo Federal otorga los títulos de concesión. Derivado de estos actos administrativos, se debe garantizar la eficiencia en la prestación de los servicios públicos.

    5. Para ello, dentro de las atribuciones que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal otorga a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, se encuentra la de formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones a las necesidades del país; en consecuencia, la SCT debe impulsar el desarrollo de un programa que garantice que en los paradores de la red carretera se cuente con rampas de acceso para personas con discapacidad.

    Para ello es necesario que se coordine con los organismos involucrados para formular e impulsar un programa de accesibilidad que tenga por objeto establecer rampas y sanitarios especiales para personas con discapacidad en los Paradores de la Red Carretera Nacional.

    6. En relación a la exhortación a Petróleos Mexicanos para que sea obligatoria la construcción de servicios sanitarios para personas con discapacidad, cabe hacer mención que en su regulación interna se tienen las Especificaciones Técnicas para Proyecto y Construcción de Estaciones de Servicio. En dicha normatividad, se contempla como obligación para las estaciones de servicio, la designación en el área de planta de oficina, la construcción de los siguientes sanitarios: sanitario de hombres, sanitarios mujeres, sanitarios minusválidos hombres, sanitarios minusválidos mujeres, baños de empleados, además de un área de servicios generales.

    Con base en información de la Subdirección Comercial de PEMEX Refinación, se especifica que las estaciones de servicio que están obligadas a contar con servicios sanitarios para discapacitados son las del tipo urbanas, carreteras y marinas que hayan sido construidas a partir de 1998. Se indica también que en la red de distribución de combustible de PEMEX Refinación existen 1486 estaciones de servicio del tipo carretera, pero sólo 549 estaciones de servicio del tipo carretera son las que cuentan con sanitarios para discapacitados, lo que representa solamente el 36.94% de cobertura de las estaciones de servicio en la red carretera que cuentan con este servicio.

    En consecuencia, es de exhortar a PEMEX logre homologar sus criterios para conseguir que en breve se incremente el número de estaciones de servicio en la red carretera con servicio de sanitarios para personas con discapacidad, hasta alcanzar su cobertura total.

    7. Recientemente se creó el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, un organismo descentralizado facultado para llevar a cabo las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación. En consecuencia y dada la prohibición expresa en el artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación que indica se consideraran como conductas discriminatorias:

    Art. 9 ...

    XXII. Impedir el acceso a cualquier servicio público o institución privada que preste servicios al público, así como limitar el acceso y libre desplazamiento en los espacios públicos.

    Por ello, el CONAPRED debe asistir a la coordinación de un Programa de Accesibilidad que tenga por objeto establecer rampas y sanitarios especiales para personas con discapacidad en los Paradores de la Red Carretera Nacional.

    Analizados que fueron el contenido y las argumentaciones de la proposición en comento es de aprobarse la Proposición con Punto de Acuerdo, con las observaciones referidas en el capítulo de consideraciones, en la que se resalta como objetivo fundamental exhortar a las autoridades competentes para formular e impulsar un programa para propiciar que en las estaciones de servicio y red nacional carretera se cuente con accesos y sanitarios para personas con discapacidad.

    Por lo anteriormente expuesto las Comisiones Unidas de Energía y de Transportes de esta H. Cámara de Diputados someten a la consideración de la Asamblea el siguiente:

    ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, PARA QUE COORDINE LA FORMULACIÓN Y DE IMPULSO A UN PROGRAMA DE ACCESIBILIDAD QUE TENGA POR OBJETO ESTABLECER RAMPAS Y SANITARIOS ESPECIALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LOS PARADORES DE LA RED CARRETERA NACIONAL.

    PRIMERO. Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que coordine en conjunto con Caminos y Puentes Federales (CAPUFE), el Fideicomiso de Apoyo para el Rescate de Autopistas Concesionadas (FARAC) y los Gobiernos Locales con concesión de autopistas federales; la formulación y el impulso a un Programa de Accesibilidad que tenga por objeto establecer rampas y sanitarios especiales para personas con discapacidad en los Paradores de la Red Carretera Nacional.

    SEGUNDO. Se exhorta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, para que coadyuve en la formulación de los contenidos del Programa de Accesibilidad, en virtud de las atribuciones que la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Discriminación le concede para la defensa de las personas que son susceptibles de recibir una conducta discriminatoria.

    TERCERO. Se exhorta a Petróleos Mexicanos a homologar sus criterios para salvaguardar el acceso a sanitarios para personas con discapacidad establecidos en sus Especificaciones Técnicas para Proyecto y Construcción de Estaciones de Servicio y con ello hacer obligatorio el establecimiento de dichos sanitarios en todas las estaciones de servicio establecidas en la red carretera nacional.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, noviembre de 2005.

    Por la Comisión de Transportes, diputados: Francisco Juan Ávila Camberos (rúbrica), Presidente; Renato Sandoval Franco (rúbrica), José Carmen Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), José Rubén Figueroa Smutny (rúbrica), Gelacio Montiel Fuentes, secretarios; Baruch Alberto Barrera Zurita (rúbrica), Sebastián Calderón Centeno, María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Diego Palmero Andrade (rúbrica), Alfredo Fernández Moreno (rúbrica), José Orlando Pérez Moguel (rúbrica), Salvador Vega Casillas (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Valentín González Bautista (rúbrica), Inelvo Moreno Álvarez (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Roger David Alcocer García (rúbrica), Humberto Cervantes Vega (rúbrica), Jesús Ángel Díaz Ortega (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Graciela Larios Rivas (rúbrica), Felipe Medina Santos (rúbrica), Eviel Pérez Magaña (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier (rúbrica), Rómulo Isael Salazar Macías, Adrián Villagómez García (rúbrica), Fernando Espino Arévalo (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia (rúbrica).

    Por la Comisión de Energía, diputados: Francisco X. Salazar Díez de Sollano (rúbrica), Manuel E. Ovalle Araiza (rúbrica), Francisco J. Carrillo Soberón (rúbrica), Óscar Pimentel González, Pablo Pavón Vinales (rúbrica), Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Carla Rochín Nieto, Hidalgo Contreras Covarrubias, Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), José A. de la Vega Asmitia (rúbrica), Manuel López Villarreal, Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Jorge Martínez Ramos (rúbrica), Josefina Cota Cota, Rosa María Avilés Nájera (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, José Adolfo Murat Macías, Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, Francisco Herrera León, Francisco J. Rojas Gutiérrez, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), Érick Agustín Silva Santos, Raúl Pompa Victoria (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha (rúbrica), Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), Víctor M. Alcerreca Sánchez (rúbrica), Óscar González Yáñez, Julio H. Lujambio Moreno (rúbrica).»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: No tengo registrados oradores. En consecuencia, estos puntos de acuerdo y estos enunciados se consideran suficientemente discutidos. En votación económica pregunte la Secretaría si se aprueba.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueban.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobados, los puntos de acuerdo; comuníquense.

    El siguiente punto del orden del día es la discusión de los dictámenes negativos relativos a iniciativas. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se autoriza. Si algún diputado tiene interés en la discusión de algún dictamen, se le pide lo haga saber a esta Presidencia. No tengo oradores registrados. Continúe la Secretaría.


    LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que adiciona los artículos 34-A, 34-B y 34-C a la Ley Federal de Protección al Consumidor

    Honorable asamblea

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, iniciativa que adiciona los artículos 34-a, 34-b y 34-c a la Ley Federal de Protección al Consumidor, sobre etiquetación de productos genéticamente modificados, presentada por el diputado José Rodolfo Escudero Barrera del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LVIII Legislatura, el 23 de octubre de 2001. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se avocó al estudio y análisis de la iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

    Antecedentes

    Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el día el 23 de octubre de 2001, los secretarios de la misma dieron cuenta al Pleno de la iniciativa que presentó el diputado José Rodolfo Escudero Barrera, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LVIII Legislatura.

    Segundo. El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial'', ahora Comisión de Economía.

    Tercero. Mediante oficio CE/0010/03 de fecha 10 de octubre de 2003, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de esta iniciativa.

    Cuarto. El legislador propone lo siguiente:

    Adicionar los artículos 34-A, 34-B y 34-C a la Ley Federal de Protección al Consumidor para definir qué es un organismo genéticamente modificado, y establecer que los que sean sujetos a venta al público en general deberán presentar una etiqueta o letrero que mencione que han sido modificados genéticamente.Considerando

    Primero. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se avocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

    Segundo. Que esta LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión aprobó la nueva Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM), que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2005.

    Tercero. Que la LBOGM tiene por objeto regular las actividades de utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial, comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente modificados, con el fin de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola.

    Cuarto. Que el artículo 3, fracción XXI de la LBOGM define a un organismo genéticamente modificado como cualquier organismo vivo, con excepción de los seres humanos, que ha adquirido una combinación genética novedosa, generada a través del uso específico de técnicas de la biotecnología moderna, siempre que se utilicen técnicas que se establezcan en ley o en las normas oficiales mexicanas que deriven de la misma.

    Quinto. Que el artículo 101 de la LBOGM, relativo al etiquetado e identificación de los organismos genéticamente modificados señala que los que sean para consumo humano directo deberán garantizar la referencia explícita de organismos genéticamente modificados y señalar en la etiqueta la información de su composición alimenticia o sus propiedades nutrimentales, en aquellos casos en que estas características sean significativamente diferentes respecto de los productos convencionales, y además cumplir con los requisitos generales adicionales de etiquetado conforme a las normas oficiales mexicanas.

    Sexto. Que los diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina reconocen y concluyen que con la nueva ley que regula los organismos genéticamente modificados se cubre un vacío jurídico que existía en esta materia. Ahora, los consumidores tienen a su alcance información veraz, objetiva, clara, entendible y útil sustentada en información científica y técnica sobre los productos genéticamente modificados que adquieren.

    En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía presenta el siguiente:

    Acuerdo

    Primero. Se desecha la iniciativa que adiciona los artículos 34-A, 34-B y 34-C a la Ley Federal de Protección al Consumidor que presentó el diputado José Rodolfo Escudero Barrera, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LVIII Legislatura.

    Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

    Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de noviembre de 2005.

    Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles, José Manuel Abdala de la Fuente, Fernando Ulises Adame de León, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, Eduardo Olmos Castro, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz, Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Víctor Suárez Carrera (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»


    CODIGO DE COMERCIO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 1259 del Código de Comercio

    Honorable asamblea

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 1259 del Código de Comercio, presentada por el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 28 de abril de 2005. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los Artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los Artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se avocó al estudio y análisis de la iniciativa referida al tenor de los siguientes

    Antecedentes

    Primero. Que en sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el día 28 de abril de 2005, los secretarios de la misma dieron cuenta al Pleno de la iniciativa que presentó el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    Segundo. El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

    Tercero. Que mediante oficio CE/1409/05, de fecha 12 de mayo de 2005, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de la iniciativa.

    Cuarto. El Legislador propone lo siguiente:

    Adicionar un párrafo al artículo 1259 del Código de Comercio para que en las diligencias de desahogo de la prueba de inspección judicial en los procedimientos mercantiles, asista el secretario de acuerdos del juzgado que corresponda en auxilio del juez en la instrumentación de dicha probanza.Considerando

    Primero. Que con base en los antecedentes antes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se avocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

    Segundo. Que dentro de un procedimiento mercantil puede el juzgador valerse de cualquier persona, sea parte o tercero, y de cualquier cosa o documento, ya sea que pertenezca a las partes o a un tercero, sin más limitaciones que las de que las pruebas estén reconocidas por la ley y tengan relación inmediata con los hechos controvertidos, a fin de solucionar la disputa que le fue planteada.

    Tercero. Que dentro de las pruebas reconocidas por la ley se encuentra la de inspección judicial o reconocimiento, misma que constituye un medio de prueba que se desahoga en presencia judicial a partir de la apreciación que las autoridades judiciales realizan respecto de determinado objeto o documento, sin que requieran poseer conocimientos especiales para realizarla.

    Cuarto. Que el elemento esencial de dicha probanza es que la misma se desahogue ante la presencia judicial, el día, hora y lugar señalados por el propio juez, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 1259 del Código de Comercio.

    Quinto. Que la prueba de inspección judicial o reconocimiento puede desahogarse dentro o fuera de los locales que ocupan los juzgados, siempre y cuando se realice ante la presencia judicial. Asimismo, resulta evidente que cuando la referida prueba se desahogue dentro de los juzgados respectivos, en todo momento dichas diligencias se llevarán por el propio juez en compañía de su secretario de acuerdos, toda vez que es éste quien da fe de cualquier acto que realice el juzgador.

    Sexto. Que por lo que respecta a las diligencias que deben practicarse fuera de las oficinas de los juzgados, éstas pueden practicarse por el propio juez o por los secretarios o actuarios que sean comisionados al efecto, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 158 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que señala a la letra: ``...Las diligencias que hayan de practicarse fuera de las oficinas de los tribunales de circuito y de los juzgados de distrito podrán practicarse por los propios magistrados o jueces o por los secretarios o actuarios que comisionen al efecto...''.

    Séptimo. Que los diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina reconocen y concluyen que la adición propuesta resulta inconveniente e innecesaria ante la existencia de ordenamientos legales que permiten a los secretarios de acuerdos llevar a cabo las diligencias que han de practicarse fuera de las oficinas de los juzgados cuando hayan sido comisionados al efecto, aunado al hecho de que con la práctica de la diligencia de inspección judicial por parte del secretario de acuerdos no se proporcionan elementos de convicción que motiven el criterio del juez para dirimir la controversia, en virtud de que dicho servidor público únicamente ejecutará una comisión en auxilio de la administración y procuración de justicia, sin ser parte formal o material dentro del juicio.

    En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía presenta el siguiente

    Acuerdo

    Primero. Se desecha la iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 1259 al Código de Comercio, presentada por el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

    Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de noviembre de 2005.

    Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno (rúbrica), secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles, José Manuel Abdalá de la Fuente (rúbrica), Fernando Ulises Adame de León, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, Eduardo Olmos Castro, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz, Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»


    LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles

    Honorable asamblea

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, presentada por el diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia, el 8 de marzo de 2005. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se avocó al estudio y análisis de la iniciativa descrita, al tenor de los siguientes

    Antecedentes

    Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el día 8 de marzo de 2005, los secretarios de la misma dieron cuenta al Pleno de la iniciativa que presentó el diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

    Segundo. El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

    Tercero. Mediante oficio CE/1343/05, de fecha 9 de marzo de 2005, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de esta iniciativa.

    Cuarto. El legislador propone lo siguiente:

    Definir, regular e incorporar en la Ley General de Sociedades Mercantiles a las Sociedades Controladoras.Considerando

    Primero. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas, se avocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

    Segundo. Que las Sociedades Mercantiles son personas morales con capacidad jurídica, nombre, patrimonio, nacionalidad, domicilio, y éstas, se constituyen con el acuerdo de los socios.

    Tercero. Que la Ley del Impuesto sobre la Renta define en su artículo 64 a las Sociedades Controladoras como aquellas que son residentes de nuestro país y que son propietarias de más de 50% de las acciones con derecho a voto de otra u otras sociedades controladas.

    Cuarto. Que la Ley General de Sociedades Mercantiles solamente reconoce dos tipos de sociedades por acciones, la Sociedad Anónima y la Sociedad en Comandita por Acciones, y que esta última se organiza y estructura prácticamente en los términos de la Sociedad Anónima por así preverlo el artículo 208 de la ley de la materia.

    Quinto. Que las Sociedades Controladoras, antes de adquirir el 50% de las acciones de otra empresa están previamente constituidas conforme a nuestras leyes, por lo que debieron de haber adoptado alguna de las formas de sociedad por acciones a que se refiere la Ley General de Sociedades Mercantiles.

    Sexto. Que de nuestra legislación se advierte que tanto las sociedades controladoras como las controladas no son un tipo de sociedad mercantil diversas a las previstas en la Ley General de Sociedades Mercantiles sino que, en todo caso, son modalidades que les afectan únicamente en su patrimonio más no en su estructura u organización.

    Séptimo. Que los diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina reconocen y concluyen que las sociedades controladoras, antes de adquirir el 50% de las acciones de otra sociedad controlada, ya se encuentran previamente constituidas y reguladas conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles por lo que no carecen de regulación.

    En virtud de lo anterior, la Comisión de Economía presenta el siguiente

    Acuerdo

    Primero. Se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles presentada por el diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

    Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de noviembre de 2005.

    Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles, José Manuel Abdala de la Fuente (rúbrica), Fernando Ulises Adame de León, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, Eduardo Olmos Castro, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz, Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Víctor Suárez Carrera (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»


    CODIGO DE COMERCIO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma los artículos 1198, 1203 y 1401 del Código de Comercio

    Honorable asamblea

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1198, 1203 y1401 del Código de Comercio, presentada por el diputado José Eduviges Nava Altamirano, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 28 de abril de 2005. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se avocó al estudio y análisis de la iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

    Antecedentes

    Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el día 28 de abril del 2005, los secretarios de la misma dieron cuenta al Pleno de la iniciativa que presentó el diputado José Eduviges Nava Altamirano, del Partido Revolucionario Institucional.

    Segundo. El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

    Tercero. Mediante oficio CE/1490/05, de fecha 12 de mayo de 2005, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de esta iniciativa.

    Cuarto. El legislador propone lo siguiente:

  • Reformar los artículos 1198 y 1203 del Código de Comercio para que las partes al ofrecer sus pruebas dentro del juicio ordinario mercantil no tengan que especificar los hechos que quieren probar, así como tampoco las razones por las cuales consideran que acreditarán su dicho tal y como actualmente se establece, y

  • Reformar el artículo 1401 del Código de Comercio para que las partes al ofrecer sus pruebas dentro del juicio ejecutivo mercantil lo hagan en un periodo de ofrecimiento de pruebas y no en los escritos iniciales de demanda, contestación y desahogo de vista de ésta como actualmente se establece.

    Considerando

    Primero. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas, se avocó a dictaminar la Iniciativa de referencia.

    Segundo. Que como característica principal del procedimiento mercantil, se encuentra el que las partes son las que impulsan el procedimiento.

    Tercero. Que el Código de Comercio regula la tramitación de los juicios ejecutivos y juicios ordinarios distinguiéndose entre sí la forma en la que se tramita el emplazamiento, ofrecimiento, preparación y desahogo de pruebas, así como el término para presentar alegatos y dictar sentencia.

    Cuarto. Que los artículos 1198 y 1203 del Código de Comercio establecen las reglas generales para el ofrecimiento de pruebas, mismas que se deben de cumplir sólo en los juicios ordinarios mercantiles.

    Quinto. Que el artículo 1198 del Código de Comercio establece ciertas reglas generales para el ofrecimiento de pruebas dentro del juicio, entre ellas el que el oferente señale claramente los hechos que pretende acreditar y sus razones por las que considera que sus pruebas acreditarán su dicho.

    Sexto. Que el cumplir con los requisitos a que se refiere el artículo 1198 ayuda para que el juez sepa cuál es el objeto del ofrecimiento de la prueba y, por ende, se evite indebidamente su desechamiento. Asimismo se considera que dicha disposición no atenta contra las partes, puesto que al momento en que se contesta la demanda ya se sabe la estrategia de las partes en juicio.

    Séptimo. Que en el juicio ejecutivo mercantil, al ser un juicio sumario, no hay término para ofrecer pruebas, puesto que éstas se ofrecen en los escritos iniciales de demanda, contestación de demanda y desahogo de vista de ésta. Por tanto, otorgar un término de quince días para el período de ofrecimiento de pruebas alargaría el procedimiento, atentando contra el principio de economía procesal y contra la naturaleza propia del juicio ejecutivo mercantil.

    Octavo. Que los diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina reconocen y concluyen que las reformas propuestas no contribuyen a mejorar ni agilizar los procedimientos mercantiles y que incluso las mismas pueden dar lugar a que se desechen indebidamente las probanzas que se ofrezcan y se alarguen los procedimientos.

    En virtud de lo anterior, la Comisión de Economía presenta el siguiente

    Acuerdo

    Primero. Se desecha la iniciativa por el que se reforman los artículos 1198, 1203 y 1401 del Código de Comercio, presentada por el diputado José Eduviges Nava Altamirano, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de noviembre de 2005.

    Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno (rúbrica), secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdala de la Fuente (rúbrica), Fernando Ulises Adame de León, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, Eduardo Olmos Castro, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz, Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Víctor Suárez Carrera (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»


    LEY ORGANICA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Energía, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona los artículos 5 y 14 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LOS ARTÍCULOS 5 Y 14 DE LA DE LA LEY ORGÁNICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

    La Comisión de Energía con fundamento en el artículo 39 e incisos e) y f), numeral 6 del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 57, 60, 87 y 88 del Reglamento para Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocaron al estudio y análisis de la referida Iniciativa, al tenor de los siguientes:

    1. Antecedentes

    En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el 27 de abril de 2004, los CC. Secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de la iniciativa que presentó el Dip. Juan Antonio Guajardo Anzaldúa, a nombre de los Diputados de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Energía''.

    2. Objetivo y Contenido de la Iniciativa

    La iniciativa tiene por objeto que Petróleos Mexicanos cubra a los municipios los derechos de uso de suelo y construcción de las obras que realice la paraestatal, independientemente de que dichas obras puedan estar exentas del pago de impuesto predial.

    El contenido de la iniciativa, resalta la división de los tres niveles de gobierno y subraya la importancia de la figura del Municipio en México, y del paulatino e inconcluso avance del reconocimiento de éste, como municipio libre.

    En boga de la argumentación, se hace una semblanza de las diversas reformas constitucionales al artículo 115, tendientes a perfilar el fortalecimiento municipal; resalta que el Poder Judicial de la Federación, a través de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha resuelto como funciones básicas del municipio: administrar, legislar y aplicar el derecho.

    Exhibe un análisis histórico parlamentario que trata de esquematizar el sentido que el Constituyente Permanente definió para garantizar la plena libertad municipal.

    Se distingue en la iniciativa que en la actualidad dicha libertad municipal se encuentra distinguida en tres grandes elementos, que son:

    1. El elemento subjetivo-organizativo

    2. El elemento objetivo-competencial

    3. El elemento financiero-económico

    De lo anterior, sobresale el elemento financiero-económico, fundando su alcance en lo que establecen las fracciones II y IV del artículo 115 constitucional, respecto a la libre administración de su hacienda y su patrimonio, en términos de lo que dispongan las legislaturas locales.

    Resalta que lo que más interesa en la iniciativa es el rubro de las contribuciones sobre propiedad inmobiliaria y se enfatiza el contenido de la fracción IV del artículo 115 constitucional, se desarrolla un análisis interpretativo de los alcances de las reformas que el artículo constitucional referido, ha tenido.

    Finalmente consideran los autores de la iniciativa que hoy se dictamina que, el contenido actual del artículo 14 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios es contraria a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dado que con la exención de pago, se ocasiona una lesión al patrimonio municipal.

    La Comisión de Energía al analizar la iniciativa presentada por diputados integrantes de la Comisión de Población y Asuntos Fronterizos, se plantea las siguientes:

    3. Consideraciones

    1. Se reconoce que en los últimos años se ha llevado a cabo un amplio proceso para el fortalecimiento del municipio, delimitando las obligaciones y facultades de corte constitucional y que son detalladas en la legislación de cada entidad federativa, con lo que se completa el marco legal para sustentar las funciones municipales.

    Por lo que el municipio requiere de recursos económicos suficientes que le permitan atenderoportuna y eficazmente estas demandas; por parte de la Federación, el municipio recibe recursos a partir de los Convenios de Coordinación Fiscal y Colaboración Administrativa.

    2. Respecto al apartado de ingresos propios del municipio, la principal fuente de tributación, por el monto que se recauda, es el impuesto predial, además del uso de sus facultades constitucionales, el municipio percibe contribuciones respecto a todo lo relacionado con la propiedad inmobiliaria; fraccionamiento, división, consolidación, traslado de dominio y mejora, entre otros.

    Sin embargo, el municipio carece de facultades tributarias, por lo que el Congreso Local es quien determina las contribuciones que los habitantes deberán cubrir a la hacienda municipal. En el ámbito fiscal, la norma que regula la situación de los causantes, es la Ley de Ingresos y el Código Fiscal que emite el Congreso Local y que son decretados por el Ejecutivo Estatal.

    3. En estricto sentido, se entiende que las adiciones propuestas en la iniciativa en comento no tienen implicaciones en el ámbito federal, ya que la iniciativa que se analiza pretende establecer en la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, la obligación de pago de las contribuciones municipales que ocasiona la propiedad inmobiliaria.

    Sin embargo, la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios es una ley especial que regula las actividades del Estado en la áreas estratégicas del petróleo, demás hidrocarburos y petroquímica básica, no es el instrumento legal en el que se deban establecer las obligaciones de pago de las contribuciones sobre propiedad inmobiliaria que Petróleos Mexicanos se encuentre obligado a cubrir , toda vez que son leyes fiscales estatales las que establecen los procedimientos para obtener el pago de las contribuciones en comento.

    4. Se considera un error de técnica legislativa el pretender incorporar a la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, la obligación de pago de contribuciones fiscales que al tenor de otras leyes, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios ya están obligados. Lo anterior dado que no se cumple con una inserción armónica de texto propuesto a la norma vigente ocasionando una ruptura a la estructura lógica de ésta, pues la naturaleza jurídica que goza una Ley Orgánica es básicamente para establecer en ella las bases de organización y funcionamiento de una institución determinada.

    5. Por otro lado, es necesario señalar que el artículo 115 Constitucional establece en su fracción IV.

    Artículo 115. ...

    IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor; y en todo caso:

    a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.

    b) ...

    c) ...

    Las leyes federales no limitarán la facultad de los estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones o subsidios a favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la federación, de los estados o los municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier título, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.

    Paralelamente, la exención reconocida constitucionalmente, se reglamenta en la Ley General de Bienes Nacionales, publicada el 20 de mayo de 2004, en su artículo 14 establece:

    Artículo 14.- Las entidades o los particulares, que bajo cualquier título, utilicen inmuebles sujetos al régimen de dominio público de la Federación en fines administrativos o con propósitos distintos a los de su objeto público, estarán obligados a pagar las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.

    En consecuencia, las adiciones para reformar la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, resultan improcedentes, ya que Petróleos Mexicanos realiza obligatoriamente el pago de las contribuciones municipales en materia de propiedad inmobiliaria de conformidad con las leyes fiscales estatales correspondientes, es decir, realiza el pago respecto de los inmuebles que no se encuentran exentos de las aportaciones fiscales por ejercer actividades administrativas.

    6. La regulación de las obligaciones fiscales deben incorporarse al marco de los ordenamientos de naturaleza fiscal. Las leyes locales son las que determinan las contribuciones que en su caso correspondan a los municipios, con ello Petróleos Mexicanos, queda obligado a cubrir las contribuciones previstas en aquellos supuestos en los que particularmente se encuentre, sin necesidad de que una norma, contradiciendo su debida generalidad, lo obligue individualmente.

    En la practica, la problemática que se ha tenido, deriva de que algunas autoridades municipales han pretendido gravar inmuebles al tenor de leyes de carácter local y federal pero que se encuentran exentas de pago por ser bienes inmuebles sujetos al dominio público de la Federación, destinados al cumplimiento de las actividades estratégicas encomendadas a Petróleos Mexicanos, por lo que la reforma planteada pretende es omitir la exención de pago, sin embargo no sería a la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, sino a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley General de Bienes Nacionales.

    7. De las consideraciones referidas se afirma que la iniciativa propuesta carece de una racionalidad técnica y jurídica, dado que el objetivo de la misma es imponer como obligación una contribución fiscal a los municipios, por el uso predial de inmuebles ocupados por Petróleos Mexicanos, sin embargo se omitiría la ejecución del mandato constitucional que refiere la fracción IV del artículo 115 y paralelamente el contenido del artículo 14 de la Ley General de Bienes Nacionales.

    De lo anterior es importante señalar que en todo caso los proponentes de la iniciativa, debieron proponer una reforma constitucional para modificar el contenido de la fracción IV del artículo 115 constitucional y consecuentemente plantear las reformas a las leyes federales y finalmente trasladar este efecto a las leyes estatales en las distintas entidades federativas del país.

    8. Por otro lado, cuando se susciten conflictos de interpretación o de aplicación de la ley con relación al pago de las contribuciones, la competencia es de los tribunales federales y esto no se puede establecer en la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y más respecto a la obligación de pagar adeudos.

    Por lo que la adición propuesta al artículo 14 en la iniciativa es improcedente dado que el nivel de gobierno de los tribunales a los que legalmente corresponde resolver sobre las controversias en que incurra Petróleos Mexicanos, como empresa pública productiva, nada tiene que ver con la obligación de Petróleos Mexicanos de cubrir obligaciones fiscales de carácter estatal o municipal.

    9. Finalmente, La Comisión de Energía reconoce que le asiste la razón al proponente bajo la consideración de que la relación entre las entidades paraestatales y los municipios no existe reciprocidad.

    Un ejemplo recurrente es el de la Comisión Federal de Electricidad, la cual exige el pago puntual por la energía utilizada para el servicio de alumbrado público y bombeo, servicio que se suspende, independientemente de los perjuicios que ocasione, cuando por alguna circunstancia se incurre en algún retraso.

    Otra faceta de esta relación se refiere a las obras que realizan estas empresas, las cuales implican afectaciones al medio ambiente y distorsiones en el desarrollo de las poblaciones.

    Se da en la realidad una contraposición entre el desarrollo de estas empresas y el propósito de desarrollo de las comunidades; que es finalmente lo que debe preocupar toda acción pública.

    Lo anterior lleva a refrendar que se desecha la iniciativa en cuestión rechazando, no la motivación profunda de la misma, sino por un problema de técnica legislativa inadmisible si queremos un sistema jurídico coherente, lógico y claro que contribuya a hacer lo más real posible el principio de seguridad jurídica.

    Por lo anteriormente expuesto la Comisión de Energía, somete a la consideración de la Asamblea el siguiente:

    ACUERDO

    ÚNICO. Se desecha la Iniciativa que adiciona los artículos 5 y 14 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, presentada por el Diputado Juan Antonio Guajardo Anzaldúa, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, el 27 de abril de 2004.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, noviembre de 2005.

    Comisión de Energía, diputados: Francisco X. Salazar Díez de Sollano (rúbrica), Manuel E. Ovalle Araiza (rúbrica), Francisco J. Carrillo Soberón (rúbrica), Óscar Pimentel González, Pablo Pavón Vinales (rúbrica), Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Carla Rochín Nieto, Hidalgo Contreras Covarrubias, Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), José A. de la Vega Asmitia (rúbrica), Manuel López Villarreal, Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Jorge Martínez Ramos (rúbrica), Josefina Cota Cota, Rosa María Avilés Nájera (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, José Adolfo Murat Macías, Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, Francisco Herrera León, Francisco J. Rojas Gutiérrez, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), Erick Agustín Silva Santos, Raúl Pompa Victoria (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha (rúbrica), Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), Víctor M. Alcerreca Sánchez (rúbrica), Óscar González Yáñez, Julio H. Lujambio Moreno (rúbrica).»

    Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia no tiene oradores registrados. En consecuencia, se consideran estos asuntos suficientemente discutidos. Proceda la Secretaría a tomar la votación económica de si se aprueban los puntos de acuerdo.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se va a proceder a recoger la votación económica de estos puntos de acuerdo y todos los anteriormente reservados.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobados. En virtud de que han sido aprobados los puntos de acuerdo, archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.


    ORDEN DEL DIA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia acaba de recibir una comunicación de la Junta de Coordinación Política. Solicito a la Secretaría que le dé lectura.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo quinto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, solicitamos a usted atentamente que incluya en el orden del día de la presente sesión, en el primer turno posible, un punto de posicionamiento de los grupos parlamentarios ante las declaraciones en medios de comunicación realizadas por el diputado Miguel Ángel Toscano Velasco, relativas a presuntos sobornos a integrantes de esta soberanía.

    Sin más por el momento, agradecemos de antemano las atenciones que se sirva dar al presente.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de noviembre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En votación económica consulte a la Asamblea si se acepta la propuesta de la Junta de Coordinación Política en los términos contenidos y si se modifica el orden del día.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea si es de modificarse el orden del día con el punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.


    DIPUTADO MIGUEL ANGEL TOSCANO VELASCO
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Con el propósito de dar cumplimiento al acuerdo de la Junta de Coordinación Política y que ha aprobado esta Asamblea, solicito a los grupos parlamentarios que presenten sus propuestas para fungir como oradores, mismos que tendrán hasta cinco minutos por cada grupo parlamentario. A esta Presidencia también se le ha puesto en conocimiento de que serán dos oradores exclusivamente por cada grupo parlamentario.

    En virtud de que son dos oradores por cada fracción parlamentaria, esta Presidencia determina que en una primera ronda hará uso de la palabra un orador por cada fracción parlamentaria en el orden acostumbrado y, posteriormente, lo hará nuevamente en el mismo orden otro orador. Esta Presidencia, por lo pronto, tiene registrado al diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario del partido de Convergencia. Tiene usted, señor diputado, el uso de la tribuna hasta por cinco minutos.

    El diputado Jesús Porfirio González Schmal: Con su anuencia, diputado Presidente. Compañeras y compañeros diputados: efectivamente, qué bueno que lo ocurrido aquí, en la Cámara, hace apenas unas semanas no ha quedado como uno más de los hechos vergonzosos que en esta Cámara se soslayan o se ocultan. Es definitivamente positivo que en un acto honrado de autocrítica abordemos este penoso hecho que ha evidentemente manchado de deshonra nuestro órgano representativo.

    Por otro lado, reconocer el valor civil del diputado Miguel Ángel Toscano, que ha hecho la denuncia aun a sabiendas de que no va a encontrar simpatía y aplauso en muchos de sus compañeros de bancada. Pero tal aportación a la verdad, al examen de este deshonroso suceso va a tener que calar en la conciencia de los diputados para tomar de una vez el rumbo que el ejercicio de esta altísima función no se puede hacer más que al amparo de los principios éticos, de los valores con que soñó el pueblo al integrar una representación política como ésta, porque haberse prestado a determinadas ventajas, canonjías o soborno para aprobar la exención de un impuesto a las empresas tabacaleras no sólo lastima el honor de la Cámara, sino también mancilla la propia honorabilidad de la representación nacional ante el pueblo y ante la comunidad internacional.

    Creemos que esto lo debemos reconocer con todas sus consecuencias, en todos sus aspectos y en toda su trascendencia. Haberse privado al Estado mexicano de un ingreso que le correspondería y que requiere para solventar la gravísima demanda de salud pública precisamente en muchos aspectos derivada del tabaquismo, de la adicción al tabaco y entonces, por consiguiente, trasladar esta necesidad a obtenerla de otros fondos que privan a muchos mexicanos de prestaciones públicas indispensables es un hecho también, por esa vertiente, censurable y condenable.

    Pero mucho más que quienes votaron en el sentido de privar al erario de esos ingresos, lo hicieron también con una previa colusión del secretario de Salud, Julio Frenk, que ya había aceptado evadir la ley, quietar a esta soberanía el exclusivo derecho para determinar los impuestos y las cargas fiscales, inventando un fideicomiso para dar a las tabacaleras dizque la oportunidad de aportar un peso de cada cajetilla vendida para solventar las cuantiosas erogaciones y gastos de salud pública. Aquí también debería llegar el efecto de esta toma de conciencia, de este autoexamen, a censurar la actitud y la conducta del titular de la Secretaría de Salud en estos menesteres, en estos operativos, en estos deleznables casos de corrupción.

    Así pues, quede constancia por parte de Convergencia de la condena a los señores diputados que se prestaron a esta argucia y a esta maniobra en perjuicio del pueblo, y al ministro, al secretario de Salud, que previamente había pavimentado el camino para que esto ocurriera. Por lo pronto, hechos censurables a los que no tendremos miedo por las consecuencias legales procedentes que conforme a la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos deba corresponder a esta soberanía aplicar. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muchas gracias, señor diputado. Tiene el uso de la tribuna el diputado Óscar González Yáñez, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por cinco minutos.El diputado Óscar González Yáñez: Con el permiso de la Presidencia. Evidentemente, compañeros, un tema de esta magnitud requiere una reflexión profunda por parte de este Congreso. No podemos seguir permitiendo que la participación de empresas, de gente ajena a la Cámara de Diputados sea lo que permee en las decisiones de los diputados. Está claro que este hecho nos lleva a reglamentar el cabildeo, a reglamentar las formas de consulta con los agentes ajenos a la Cámara que ven vulnerados o pueden ver vulnerados sus intereses con una decisión de la Cámara.

    Estamos obligados a reglamentarlo de esa manera, pero también estamos obligados a hacer una reflexión sobre los secretarios, secretarios del gabinete que se atreven a hacer papel de cabilderos; o sea, no es posible que un secretario quiera intervenir en la Cámara de Diputados de la manera en que lo hicieron sólo para tener dinero discrecional, producto de una donación y no producto de una determinación del Presupuesto de la Cámara; o sea, no puede ser eso. Aquí, el llamado es a que la Cámara de Diputados reglamente el cabildeo, lo reglamente, pero también haga un llamado muy serio a los secretarios que vulneran la autonomía de la Cámara y prefieren recibir dinero discrecional por parte de donación, en lugar de recibir presupuesto otorgado por la Cámara de Diputados.

    O sea, son capaces de ponerse de acuerdo con los intereses privados y no son capaces de ponerse de acuerdo con el interés público que es la Cámara de Diputados. Es un hecho que hay que llamar la atención de manera importante porque nosotros, en esta decisión, tuvimos a un secretario de Salud cabildeando a favor de las empresas y no a favor de los intereses públicos; tengamos mucho cuidado en eso.

    El llamado que hace el Partido del Trabajo es a la ética de los diputados, a la ética del servidor público, y que este hecho nos lleve a reglamentar esta práctica en beneficio del pueblo de México que, a fin de cuentas, es lo que nos debería interesar, pero también hacer un llamado muy serio a los secretarios que se ponen de lado de las empresas para intereses particulares y no se ponen de lado de la Cámara de Diputados buscando los intereses generales de la nación. Muchas gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Gracias a usted, señor diputado. En seguida, tiene el uso de la tribuna el diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos.El diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari: Con la venia de la Presidencia; compañeras y compañeros: el tema que nos ocupa este día es un tema que nos parece muy delicado. Nos parece muy delicado como fracción parlamentaria y como legislador que otro compañero legislador acuse sin pruebas y ante los medios de comunicación a otros compañeros legisladores; me parece que denigra a la Cámara en general. No estamos defendiendo que si hay alguna ilegalidad..., bueno, pues está bien que se vaya ante las instituciones correspondientes y se hagan las denuncias, pero lo que no se puede es que sin pruebas se esté demeritando la labor de algunos otros compañeros.

    Me parece que, como legisladores, tenemos que estar convencidos de que nuestras instituciones funcionan, nuestras instituciones que imparten justicia deben funcionar y tenemos que fortalecerlas como institución. Si nosotros empezamos a tomar el camino en que los medios de comunicación se conviertan en los jueces de las acciones de todo ciudadano, pues creo que estamos yendo contra los principios de la principal causa por la que estamos en este lugar, que es legislar. Si legislamos, lo primero que tenemos que hacer es asumir la responsabilidad e ir con las leyes; tenemos que denunciar. Si el diputado Toscano no denuncia ante las autoridades y va sin pruebas a denunciar en los medios de comunicación, me parece una posición un poco irresponsable; si tiene alguna prueba, lo invitamos a que vaya y presente su denuncia correspondiente. Si así es, será apoyado por nosotros porque vamos a favor de la legalidad y en contra de la impunidad. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene el uso de la tribuna el diputado Pablo Gómez Álvarez, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.El diputado Pablo Gómez Álvarez: Ciudadanas legisladoras, ciudadanos legisladores: el asunto que se ha introducido en el orden del día por resolución de la Junta de Coordinación Política tiene como objetivo que los grupos parlamentarios definan una postura frente a las denuncias que ya en varias ocasiones ha presentado de manera pública el diputado Miguel Ángel Toscano. Él sostiene que pudo haber sobornos para evitar la conversión de un impuesto informal, porque ya en este país hay impuestos informales también, no solamente puestos en la calle y otro tipo de actividades mercantiles, sino también impuestos informales, para que ese impuesto informal se convirtiera en un impuesto formal al tabaco.

    El hecho de que un diputado, sin tener que probar sus dichos, sino teniendo indicios de que pudo haber un soborno de British American Tobacco hacia varios legisladores, es suficiente para que este asunto tenga un curso legal y se haga una averiguación y las cosas queden claras para todo mundo. La primera cuestión que habría que hacer, por tanto, es enviar el testimonio personal, el video del señor diputado Miguel Ángel Toscano, al procurador general de la República para que él haga la averiguación correspondiente. Claro, el señor Miguel Ángel Toscano ahora también señala a los que votaron en contra de la formalización del impuesto; es decir, del dictamen de la Comisión, y dice: ``sospecho que también ellos pudieran estar involucrados''.

    Pues entonces, sospecha que casi toda su bancada recibió un soborno --parece que tenemos una discusión en la sala--; sería bueno que Toscano viniera aquí y aclarara las cosas. Entonces, todos los que votaron en contra son sospechosos de haber recibido un soborno, y aquí sí quiero ponerme en la defensa de la función legislativa: ningún legislador puede ser sospechoso por el hecho de emitir su voto en el sentido que sea, en el sentido que sea. Es inaceptable el criterio de que se señale a cualquier legislador o legisladora como sospechoso de haber recibido algún soborno por el sentido de su voto. Y tenemos que rechazarlo con mucha fuerza, contundentemente, porque la libertad de voto no puede estar sujeta a las sospechas de nadie, absolutamente de nadie. Pero hay otro asunto aquí, que es lo que ya señalaba: la informalidad de los impuestos.

    Cómo es posible que el PAN haya aceptado la informalidad de los impuestos sólo porque el gobierno le dijo y cómo es posible que un gobierno establezca un impuesto voluntario, renunciando a su capacidad fiscal con unas empresas, con un duopolio para que le dé una limosna; la Cámara falló, la Cámara debió haber aprobado la formalización del impuesto. En este país no debe haber más impuestos que los establecidos por el Congreso de acuerdo con la Constitución; y rechazamos el establecimiento ilegítimo, ilegal de impuestos informales por parte del gobierno de Fox, que ahora tuvo también el apoyo del PRI. Gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene el uso de la tribuna el diputado Antonio Morales de la Peña, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, hasta por cinco minutos.El diputado Antonio Morales de la Peña: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados: este tema, que de nueva cuenta sale a la luz pública, nos debe exigir a todos nosotros como legisladores, de una vez por todas, legislar en la materia, regular jurídicamente la práctica del cabildeo. Por ello, mi compañero de bancada diputado Federico Döring y su servidor presentamos una iniciativa de ley desde el 9 de diciembre del año pasado, de 2004, para expedir la Ley Federal de Actividades de Promoción de Intereses de Particulares para reglamentar el cabildeo, dotarlo del orden institucional y darle la transparencia pública que requiere y de que hasta ahora ha carecido en nuestro país y que esta inexistencia de la ley hace que estas prácticas del cabildeo que se presentan, que es una realidad, que se dé de manera oscura y se presta a malas interpretaciones.

    El cabildeo, desde que se presenta en nuestro país cuando se pierde una mayoría absoluta en el Congreso de la Unión, ha sido práctica común. Mientras se fortalece el Poder Legislativo y las decisiones de reformas de leyes y de creación de ordenamientos jurídicos ya no se toman desde el Poder Ejecutivo y aquí en el Poder Legislativo asumimos plenamente nuestra facultad de poder, los intereses particulares se vienen a la Cámara de Diputados para, legítimamente, hacer valer sus puntos de vista sobre posibles reformas de las leyes que les pueden afectar y a favorecer; y el cabildeo en sí, insisto, es positivo porque a nosotros, los legisladores, nos nutre de información respecto a la decisión que tenemos enfrente y que con toda responsabilidad debemos asumir.

    Por eso, compañeras y compañeros diputados, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional hace votos y hace un exhorto a las comisiones donde no nada más se encuentra esta iniciativa presentada por nosotros, sino que ya se han presentado otras iniciativas de las diferentes fracciones parlamentarias. Ojalá, pues, podamos hacer realidad este instrumento jurídico que se requiere, que existe en los Parlamentos modernos y que sin duda, al poder aprobar y al poder legar para las próximas Legislaturas un ordenamiento jurídico al respecto, salvará, salvará de muchos debates y de muchas malas interpretaciones al respecto. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muchas gracias, señor diputado.El diputado Iván García Solís (desde la curul): Pido la palabra, señor Presidente, para hechos.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado, simplemente quisiera insistir en que hay un acuerdo parlamentario para fijar la posición de los grupos parlamentarios respecto a este asunto con dos oradores. Le pediría que pudiéramos ajustarnos. Si usted insiste, señor diputado, al final de esta lista, con mucho gusto, para hechos.El diputado Iván García Solís (desde la curul): Insisto: por favor, anóteme.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muy bien, señor diputado. Registramos para hechos, diputado, con mucho gusto. Tiene el uso de la tribuna la diputada María Hilaria Domínguez Arvizu, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos.La diputada María Hilaria Domínguez Arvizu: Gracias, diputado Presidente; honorable Asamblea; apreciables diputadas y diputados; medios de comunicación y pueblo de México: esta tribuna, la más alta de la patria, es sagrada; quienes la venimos a pisar traemos la conciencia, la demanda, el sentir, el pensar y el corazón del pueblo de México. Por eso tenemos que honrarla, dignificarla y responder a cabalidad en los legítimos reclamos y exigencias de nuestro pueblo mexicano. Nadie tiene derecho, cuando no tiene pruebas, a descalificar a un diputado o a diputados. Diputado Miguel Ángel Toscano, como ayer, el problema del tabaco fue cosa juzgada aquí, en esta tribuna, y ante la voluntad democrática de las y los 500 diputados fue un asunto resuelto. Sin embargo, usted se atreve hoy a hacer calificativos irresponsables.

    Nos acusa de que recibimos sobornos de un boleto para ir al extranjero. Le quiero decir que no me vendo. Me ha costado 35 años luchar enormemente por mis hermanos campesinos. Y he luchado y lucharé por el tabaco como por las ramas de producción, las demás, porque en Nayarit, sépalo usted, en Nayarit la primera rama de producción de la que viven los nayaritas era en la que vivíamos en el tabaco. Sembrábamos 58 mil hectáreas, éramos 15 mil productores de tabaco y una derrama cada semana de 134 millones de pesos; entre ellos 120 mil empleos; dábamos trabajo cada semana a hermanos campesinos indígenas, a Guerrero, a Zacatecas y a Nayarit. Ahora sólo sembramos 4 mil 500; de 15 mil productores, sólo quedamos 3 mil. Si nosotros lo permitimos, significa que en Nayarit desaparece la siembra del tabaco, como está desapareciendo con los hermanos campesinos de Veracruz, como ya desaparecieron en Oaxaca o en Chiapas o en Jalisco.

    Si pensamos que dejar de sembrar, los productores mexicanos de tabaco, significa que con esto dejarán de fumar los fumadores, estamos equivocados porque están trayendo, importando tabaco de Brasil, de Argentina y de otros países y los consumidores habrán de seguir comprando tabaco. Con esa convicción de 35 años de lucha vengo aquí, de los que provengo en mi sangre, en mis raíces y en mi lucha con mis hermanos campesinos.

    Por ellos voy a seguir luchando, diputado Toscano, pésele a usted, irresponsable. Si quiere usted recibir consignas, porque usted sí las recibe para levantar el humo y desviar la atención por los fondos del Fonden, de la compañera... su compañera que estaba de responsable en Gobernación, que manejaba precisamente lo del Fonden, con Carmen Segura, pues mire, límpiese donde más y donde usted quiera, pero no con nosotros. Por otra parte, usted dijo que Marco Antonio Fernández, que el diputado Marco Antonio Fernández... ¿sabe quién es Marco Antonio Fernández? No sabe.

    El señor falleció hace dos años, dos años tres meses era senador de la República, en un accidente nayarita. ¿A qué horas vino de la tumba a votar aquí? Cuán mentiroso y falso es usted. Esas manos que se limpia porque ni siquiera conoce el campo de golf, porque la mano se le tuerce, ni siquiera el golf practica, mucho menos el campo, de donde yo vengo. Usted dijo que iba a pedir a Relaciones Exteriores nuestros pasaportes. No se preocupe; mire, aquí le enseño el mío, nunca he viajado...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Concluya, señora diputada.

    La diputada María Hilaria Domínguez Arvizu: Aquí está, mire y aquí están los medios de comunicación. Honorable Asamblea: agradezco a ustedes la gran oportunidad y solicito, solicito al Presidente de esta Mesa Directiva, que haga responsable y cargo a cada uno...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Señora diputada, le ruego que concluya su intervención.

    La diputada María Hilaria Domínguez Arvizu: ... del comportamiento y de la integridad de cada una de las y los diputados que integramos la LIX Legislatura. Gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En términos del acuerdo parlamentario para el orden del día y las discusiones, y con base en el artículo 20 de la Ley Orgánica, y toda vez que me han solicitado los diputados Iván García Solís y María Guadalupe Morales Rubio, ambos de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, para hechos Jorge Martínez Ramos, se concede el uso de la tribuna para rectificación de hechos a estos tres diputados, hasta por tres minutos. Tiene usted el uso de la tribuna, diputado Iván García Solís, por tres minutos.

    El diputado Iván García Solís: Gracias, Presidente.

    La diputada María de los Dolores Padierna Luna (desde la curul): Presidente, ¿estoy anotada?El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Permítame, permítame... Señora diputada, está usted en la segunda ronda, anotada como oradora, por parte de su partido. Adelante, señor diputado.El diputado Iván García Solís: Gracias, diputado. Dos hechos que deben registrarse: uno, estamos en contra de una votación mayoritaria, sí pero ilegítima e indebida, que eximió a los tabacaleros, a las grandes compañías extranjeras de un impuesto socialmente necesario. En contra, estoy en contra de esa mala decisión de la mayoría de la Cámara de Diputados. Segundo hecho: una denuncia por supuestos sobornos, facilitados por cabilderos. Y una propuesta, una propuesta presentada por el diputado Döring y ahora avalada por el diputado preopinante del PAN, para que se institucionalice y regule la actividad del cabildeo. Quiero decirles en esta materia que el cabildeo no es la vía por la que debería transcurrir la relación entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo y la sociedad.

    El hecho de que, como dijo el diputado, el cabildeo sea práctica común no quiere decir que sea deseable. Que se haga en otros países mercantilizados al extremo tampoco debe ser guía para que en esta República los imitemos servilmente. El cabildeo oneroso, no el legítimo, no la plática que tengamos libremente entre miembros de distintos poderes o con la sociedad, no, el oneroso, el practicado por intermediarios sin principios que por paga igual hacen un barrido que un fregado; ese cabildeo es indeseable y no debe ser promovido, menos aun cuando notamos que algunos funcionarios o ex funcionarios, algunos que lo fueron, se preparan o ejercen el papel de cabilderos, aprovechando la experiencia que un poder público les permitió y otros, otros desde esa misma función, como ahora se ha denunciado que la ejerce un subsecretario justamente de la Secretaría de la Función Pública --yo le llamo ``de la disfunción''-- también incursiona en el campo del cabildeo.

    Digo finalmente, diputadas y diputados, que este episodio sirva para enfrentar esa deformación que se está abriendo paso y que convertiría nuestra Cámara en una instancia más del proceso legislativo mercantilizado y distorsionado. Es todo, gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Gracias, señor diputado. Tiene el uso de la tribuna la diputada María Guadalupe Morales Rubio, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, hasta por tres minutos, para rectificación de hechos.La diputada María Guadalupe Morales Rubio: Gracias, señor Presidente. Desafortunadamente, tenemos que venir a esta tribuna a hablar de otros temas que no son tan fundamentales, pero tenemos que hacer las aclaraciones cuando dañan la integridad. Por parte de Acción Nacional ahora es la práctica, y es la práctica porque no es la primera vez que me consta que esto sucede con algunos miembros, no con la institución, porque bien decía un senador de Acción Nacional la semana pasada: es muy buena institución, pero tiene cada hijo de... como el que hoy menciona a muchos de nosotros.

    Y hoy se le ocurrió mi nombre en la entrevista con Carlos Loret de Mola cuando menciona Acción Nacional en sus postulados que el respeto de la dignidad de la persona humana es el principio fundamental, pero en las barbas de su vecina, porque no en lo que ellos practican, algunos, como la gente que tiene el aroma de panista y no tiene los principios arraigados y no viene aquí a plantear propuestas, y cuando no se hace su capricho, cuando no se hace su voluntad, es muy difícil entonces que salgan las cosas, qué hacemos: difamar, hablar de 269 diputados que votamos contra una propuesta beligerante, irracional.

    Aquí y en todas partes se vale la discrepancia y no porque discrepemos de conductas, de situaciones como las de él, vamos a ser corruptos como lo es él, como lo fue cuando implantó y se aprobó la Ley de Establecimientos Mercantiles en la Asamblea Legislativa, siendo él artífice de esa ley.

    Y no solamente hacía eso, también se iba a los antros con Pancho Solís, con ``Pancho Cachondo'', a quienes todos ustedes conocen, pero él se escondía atrás de las cámaras y el que daba la cara era Pancho. Eso sí es ser hipócrita, poco hombre; eso sí es ser mustio, como son algunos. Y no es la primera vez que tratan de dañar mi integridad; pero déjenme decirles que tantas veces traten de dañarla, aquí he de estar para decir a ti y a tu camarilla que estudien un poco de esa doctrina, que la pongan en práctica; y que cuando hables de mí, te laves tu boca.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene el uso de la tribuna, para rectificación de hechos, el diputado Jorge Martínez Ramos, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, hasta por tres minutos.El diputado Jorge Martínez Ramos: Con su venia, señor Presidente. Un día, el diputado Miguel Ángel Toscano, comentando alrededor de la iniciativa que estaba promoviendo, me preguntó mi opinión y me hizo saber la posibilidad de que algunos diputados y diputadas fueran sujetos de una invitación al exterior por parte de las empresas transnacionales. Le dije que no me extrañaba; yo mismo había sido objeto de una invitación, simplemente dije que no.

    Y yo fui quien se lo dijo. No tengo nada personal contra el diputado Miguel Ángel Toscano; los hechos hablan por cada una de las personas y creo que hay dolo, hay mala fe, hay una intención de desprestigio, de un retruécano para hacernos pasar un mal rato a algunas personas. Me enorgullezco de que de parte de la bancada del PRD nadie hayamos aceptado esa invitación, pero fui yo quien se lo comentó. Creo que es al menos de mal gusto utilizar una cosa así para meter una palabra de sospecha en este tema. Aprovecho para decir que el estilo de hacer el trabajo aquí para tener comunicación de parte de los distintos sectores con los diputados pues lo hemos vivido todos aquí cuando se vota el presupuesto, de azucareros, de mezcaleros, de agricultores, de productores de tabaco, desde luego, de la industria automotriz, en fin, de todas las ramas industriales.

    Pero no solamente eso: la Presidencia. Algunos de ustedes sabrán que formo parte de la Comisión de Relaciones Exteriores, ahí soy secretario, y he sido sujeto de una infinidad de propuestas de viajes de parte de la Presidencia para acompañarlo al exterior. Y me he sentido más presionado por el estilo de hacer las cosas por parte de la Presidencia de la República que por parte de las empresas que tienen algunos intereses genuinos, otros no tanto. Pero ha habido una intensa presión para procurar que nuestros votos, nuestra manera de legislar vaya a favor del interés de la Presidencia, que no me satisface en términos de despliegue de oficio político, quiero decirlo con claridad.

    Y por cierto, tampoco he ido a ningún viaje con el Presidente de la República ni a ningún viaje financiado por parte del gabinete presidencial. Creo que la compañera nayarita, Pablo Gómez y los compañeros y compañeras que me antecedieron ponen el dedo en la llaga en la parte de fondo que hay que atender, que es el porqué esta Cámara votó de la manera en que votó, negándose a atender un tema que es irregular y que es no transparentar el fondo que hoy aportan las empresas tabacaleras y que debe ser transparentado como un impuesto, porque eso es. Eso es en lo que yo estaba a favor y es lo que habría votado a favor.

    Como dije la ocasión anterior, voté de la forma en que voté, de no meter impuesto al tabaco --se me acabo el tiempo, lo digo muy rápido-- porque, una vez más, lastimaba --como el año pasado dije-- a los más pobres, por ser un impuesto que no estaba pensado de manera racional en su afectación. Estoy convencido de que los sujetos de tabaquismo no son los obreros ni los campesinos, y por eso voté de esa forma. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Finalmente, para rectificación de hechos, el diputado Julián Nazar Morales, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional. Tiene usted el uso de la tribuna, señor diputado, hasta por tres minutos.El diputado Julián Nazar Morales: Con su permiso, compañero Presidente; compañeros diputados y compañeras diputadas: a veces, hablar de impuesto, cuando no lesiona los intereses de uno, es bien visto. En mi vida, tengo 50 años, nunca he fumado un tabaquillo; me hubiese sido más fácil haber aprobado que se aplicara el impuesto, pero lesionábamos los intereses de los que menos tienen, que son los productores. Hoy por hoy, gravar con más impuesto el cigarro fomenta el contrabando y desalienta la producción en el país. No me cabe ni me cae de sorpresa la actitud del compañero Miguel Toscano, ni la actitud de algunos diputados del PAN que puedan, por desconocimiento de la vida nacional, productiva del país, tener intereses fuera totalmente de un ámbito productivo.

    Reconozco a algunos compañeros diputados del PAN, como nos tocó cabildear en estos días del Presupuesto, que hay capacidad con algunos. En el caso del Presupuesto se aprobaron recursos suficientes para el campo, acordados con ellos. De igual forma, se quitó el impuesto al tabaco, que iba a reducir aún más la ya reducida producción en el país porque fomenta mayor impuesto y mayor contrabando, y desalienta la producción porque no hay un programa del Gobierno Federal que aliente a meter mayor inversión en el campo, llámese tabaco o llámese rama de producción que sea. Pero me queda algo claro, y usted debe ser considerado por la contraloría de la Federación, compañero Toscano, porque usted practica lo que Santiago Creel desde la Secretaría de Gobernación hizo: usted practica el ``sospechosismo'' y por eso mismo usted está involucrado en el ``sospechosismo'' de los desvíos de los mil 300 millones de pesos del Fonden. Hay que revisarle su actitud y su conducta porque usted es parte de esa estructura de Santiago Creel. Y algo que me queda claro: en el campo, compañeros panistas, cuando nace una camada de perritos, estamos revisando la conducta del perro a los cuántos días abre los ojos, y hemos llegado a una conclusión: ``El perro a los 15 días abre los ojos; ¡los pendejos, nunca!'' Y eso va para usted, compañero Toscano. Gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Pasaremos a la...

    El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul y sin micrófono): ¡Presidente!

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado De la Vega.El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Presidente, para solicitar que reconvenga usted al diputado que hizo uso de la palabra, por su expresión, y que lo retire públicamente... para que sea retirado del Diario de los Debates.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia invita a los señores diputados y diputadas para que en el uso de la tribuna dignifiquen sus intervenciones y se abstengan de utilizar palabras altisonantes. No es propio de los señores y las señoras diputadas recurrir en ese tipo de lenguaje. Solicitaría, señor diputado Nazar, retire usted la palabra señalada, que ha causado la fundada molestia de los señores diputados del Partido Acción Nacional. Se lo estoy solicitando en términos del 107 de nuestro Reglamento.El diputado Julián Nazar Morales: Le pido, compañero Presidente, que lea el 61 de la Constitución. Compañeros del PAN: tienen razón de estar molestos. Retiro por lo que concierne al perro, ¿eh? Pido disculpas porque no tiene razón de estar acá. Pero sí quiero decirles que pongo en materia de la Cámara de retirar lo otro, pero que suba él a retirar la difamación que hizo contra los compañeros diputados del sector campesino y de esta Cámara, incluyendo a sus compañeros de la fracción, para que entienda que el 61 nos ampara a todos como diputados federales y no le da derecho a sospechar de alguien que no coincide con su forma de pensar y por ello lo invito a que usted también retire esa difamación que impuso a los compañeros diputados. Entonces, no me pidan algo que no se los voy a hacer. Retiro lo del perro, sí, porque no tiene la culpa esa noble raza, esa noble especie de estar involucrada en esto. Gracias, compañeros diputados.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se toma nota y se instruye a la Secretaría al retiro a que ha hecho alusión el diputado Nazar, pero esta Presidencia, en los términos del artículo 107 del Reglamento Interior, instruye a la Secretaría a insertar la expresión a que se hizo referencia como palabra altisonante en acta especial.

    Continuamos con la discusión. En este segundo turno están anotados los diputados Juan Fernando Perdomo Bueno, Óscar González Yáñez, Jorge Kahwagi Macari, Dolores Padierna Luna, Federico Döring Casar y Jorge Uscanga Escobar. Tiene usted el uso de la tribuna, diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, de la fracción parlamentaria del partido de Convergencia, hasta por cinco minutos.

    El diputado Juan Fernando Perdomo Bueno: Con su permiso, diputado Presidente; compañeras y compañeros: en varias ocasiones que he tenido la oportunidad de subir a esta tribuna he tenido también la oportunidad de señalar que algunos pocos desacreditan la labor de muchos, no sólo aquí sino en todas las instituciones. Generalmente, la opinión pública señala de manera general a todos los legisladores por algunas acciones en que de manera aislada algunos diputados estarán incurriendo. Las encuestas y evaluaciones no sólo marcan una mala imagen de los legisladores, sino también la desconfianza que todos tenemos de todos en México, de lo que opinamos de la corrupción de los demás mexicanos.

    Pero ahora, este día lo necesario es resolver la laguna que de manera oportunista algunos pueden estar aprovechando, cuando el cabildeo es una práctica común, general, es decir, hasta necesaria, pero debe tenerse un marco básico. Sí, más que de leyes, requiere algo fundamental en todo servidor público: la ética, los principios y los valores. El legislador debe honrar el papel de representante, con todas las consideraciones que conlleva. Los ciudadanos nos descalifican a los legisladores, con el grave riesgo de que se desacrediten también las instituciones y esto inclusive desacredite la misma democracia. Compañeras y compañeros diputados: hoy, aquí no está a discusión el resultado de la votación; lo que se discute es la interferencia que con ella significó el que tal vez algunos diputados aceptaran beneficios previos que, eso sí, esos supuestos contaminaron el resultado.

    Los hechos ocurridos no concluyen en este primer análisis; será necesario, y con seguridad en el curso de este primer debate aflorará con frecuencia para vernos sincerados frente al pueblo respecto del cumplimiento de la misión que se nos encomendó. Para Convergencia, el tema sí es de prioridad, es delicado y de difícil solución. Por ello convocamos a todos los legisladores a que respeten la encomienda que nos fue asignada, pero con integridad y compromiso. Estoy seguro de que la sociedad habrá de valorar reclamos, malas acciones, señalamientos infundados y va a poner a cada quien en su lugar. Es cuanto, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muchas gracias, señor diputado. Ha declinado hacer uso de la voz el diputado Óscar González Yáñez. En consecuencia, tiene el uso de la tribuna el diputado Jorge Kahwagi Macari, de la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos.El diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari: Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros: en algunas cuestiones coincidimos con Miguel Ángel Toscano. Por ejemplo, el sentido de nuestro voto fue el mismo sentido que propuso Miguel Ángel Toscano porque nosotros sí creemos que se necesitaban algunos impuestos en el tabaco para poder subsanar los gastos que tienen las instituciones públicas en las enfermedades que causa el tabaco.

    Pero en lo que no podremos nunca coincidir con un diputado es en que vengan a hacer denuncias en los medios de comunicación sin fundamentación, que ofenden la integridad de damas, de mujeres, mujeres trabajadoras, mujeres que han demostrado su compromiso con el país, como es la diputada Irma Moreno, como es la diputada Hilaria Domínguez, como es la diputada Guadalupe Morales, compañeros como Jorge Uscanga, Presidente de Comisión, gente que está comprometida con el país y que no se puede, nada más porque no votaron como al diputado le hubiera gustado que votaran. Entonces, automáticamente recurre a la descalificación, a la descalificación sin argumentación, que es lo muy grave.

    Reitero lo que en mi intervención pasada dije, que no se puede tratar de debilitar las instituciones, cuando en el discurso traen que se tienen que fortalecer las instituciones. Si queremos que se respeten las instituciones nosotros, como legisladores, somos los primeros que le tenemos que dar el respeto que se merece y la confianza que necesitan tener las instituciones. Entonces, invito a nuestro compañero Toscano a que denuncie los hechos puntualmente ante las autoridades, y que no esté haciendo uso de la Cámara con un protagonismo que me parece innecesario.

    Además, también lo invito a que se suba aquí, a esta tribuna, porque estoy viendo que todo mundo está subiendo, todos los diputados están subiendo, y a Miguel Ángel Toscano no lo veo aquí en la tribuna. Me gustaría que viniera Miguel Ángel Toscano a esta tribuna a decir y a plantearnos a todos, para que entendamos mejor el problema, porque no lo tenemos muy claro, probablemente para él sea más importante que Carlos Loret o que la gente de fuera esté enterada de lo que probablemente nosotros no estamos enterados.

    Entonces, sí invitaría a Miguel Ángel Toscano, aunque sea por hombría, a que suba aquí a platicarnos, que nos platique por qué está haciendo esas acusaciones, y probablemente estemos de acuerdo en el momento en que muestre evidencias y que después también las presente ante las autoridades. Porque también ha habido otros casos de compañeros, de Miguel Ángel Toscano, que van a los medios de comunicación, hacen algunas denuncias y luego ante las autoridades ya no las ratifican. Bueno, ésa es la invitación que hago a mi compañero y amigo Miguel Ángel Toscano. Gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Gracias, señor diputado. Si, diputada Moreno.La diputada Irma Guadalupe Moreno Ovalle (desde la curul): Diputado, quisiera tomar la palabra, para alusiones personales.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Queda registrada, diputada Moreno. Tiene el uso de la tribuna la diputada Dolores Padierna Luna, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos... Sí; sonido a la curul de la diputada Hilaria Domínguez. Permítame, diputada.La diputada María Hilaria Domínguez Arvizu (desde la curul): Presidente, quisiera solicitar el uso de la palabra, para alusiones personales.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se registra su solicitud. Adelante, diputada Padierna.La diputada María de los Dolores Padierna Luna: Efectivamente, diputadas y diputados, este asunto que hoy nos trae a la tribuna ha venido a contribuir a la imagen negativa que tiene la Cámara de Diputados. Quisiera comentar que los que votamos contra el impuesto lo hicimos con razonamientos económicos, con razonamientos fiscales en el seno de la Comisión; además, fue un voto de conciencia. En primer lugar, hasta que no se transparenten los recursos que las cigarreras están entregando de manera discrecional por fuera de la Cuenta Pública, por fuera del Presupuesto, a la Secretaría de Salud, no se deben aumentar más los impuestos a esa rama de la producción. Es mejor legalizar, regularizar esa dádiva que por fuera se entrega a la Secretaría de Salud que aumentar los impuestos.

    Ése fue el posicionamiento de mi partido, y como no se aprobó esta propuesta, voté en contra. Pero también aumentar los impuestos a empresas, a industrias en un escenario de recesión económica como en el que se encuentra nuestro país, eso se traduce simplemente en desempleo. Las empresas, ustedes lo saben, nunca pierden: en épocas recesivas aumentan sus costos, solamente hacen despido de trabajadores o incrementen los precios de sus productos, además de que, de manera reiterada e insistente, hemos pedido a la Secretaría de Hacienda que amplíe la base de contribuyentes, que la Secretaría de Hacienda eficiente el cobro de los créditos fiscales y el cobro de impuestos, que combata la evasión y la elusión fiscales para que no sea la misma base de contribuyentes la que año pague con más cargas fiscales.

    Éstos fueron los razonamientos del voto, pero yo quisiera comentar que si al diputado Toscano le consta algún hecho contra alguna persona, debe acudir no a la televisión sino a la PGR a poner la denuncia correspondiente, a presentar las pruebas correspondientes, porque si no lo hace nosotros estamos exigiendo en esta tribuna un desmentido público en relación con los señalamientos que hizo Toscano el día de hoy en la televisión. Si no, nos vamos a reservar también nuestro derecho porque el diputado está incurriendo en el delito de difamación, de calumnia, de daño moral, y debe ser desaforado y atenerse a las consecuencias para poder comparecer ante las autoridades correspondientes.

    En lo que sí habría que subrayar es que se investigue a fondo esta situación. No puede quedar como un señalamiento en general sin la investigación correspondiente. Propongo que esta Cámara haga lo necesario para que se comparezca ante la PGR con todas las pruebas que tenga el diputado; si no las tiene, entonces que haga una disculpa y una rectificación pública. Por último, quisiera señalar que lo que Toscano en realidad está buscando es tapar los escándalos de su propio partido, el enriquecimiento y tráfico de influencias en que están incurriendo los hijos de Martha Sahagún y el fraude con los recursos públicos del Fonden.

    Ahí es donde debe apuntalar el diputado porque lo que nosotros hicimos fue un voto argumentado, un voto consciente, un voto estudiado, en aras siempre del interés general; y el diputado Toscano no tiene ninguna autoridad moral para hacer ningún señalamiento contra nosotros. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Gracias, señora diputada. Tiene el uso de la tribuna el diputado Federico Döring Casar, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, hasta por cinco minutos.El diputado Federico Döring Casar: Con su venia, señor Presidente. Compañeras y compañeros diputados: lo primero que quiero, en nombre del grupo parlamentario de Acción Nacional, es ofrecerle una disculpa al pueblo de México por los comentarios del diputado Julián Nazar. Lo segundo que hay que decir es que es deplorable que el exhorto a retirar ese término procaz y vulgar haya venido del grupo parlamentario de Acción Nacional y no del Presidente de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, pero lo que sí podemos celebrar de este debate es la claridad con que se han fijado las posturas políticas.

    El diputado Antonio Morales de la Peña subió con una propuesta legislativa que no ha merecido mayor reflexión, salvo la que hizo el diputado Iván García Solís, quien descalifica la actividad del cabildeo en términos yo diría rupestres y anacrónicos porque lo que no entiende es la nueva modalidad y dinámica de un Congreso plural y de una sociedad dinámica, que tiene la posibilidad de interlocución y de cabildeo legítimo que no tenía antaño, cuando las grandes mayorías monolíticamente controlaban el destino del Congreso y del país.

    En contra de eso también estamos. Y también, cuando uno piensa que ya había visto mucho en política, no deja de sorprenderse cuando alguien viene aquí y habla de calidad moral, como si la tuviese en sí mismo porque, a propósito de esos cabildeos onerosos a que hizo referencia el diputado Iván García Solís, yo recuerdo una jefa delegacional que recibió una Palm como una cortesía de un promotor de un giro negro para modificar una licencia de establecimientos mercantiles. Eso sí lo recuerdo y eso sí es de dominio público y eso sí es un cabildeo oneroso y eso sí resta calidad moral a alguien para hablar del tema.

    Lo que también hay que dejar perfectamente claro es que Acción Nacional vuelve a decir de cara a la nación que no tenemos ningún problema con el voto emitido por nosotros. Yo mismo estaba apoyando la propuesta del diputado Toscano, pero un demócrata asume las decisiones de la mayoría y la votación mayoritaria en mi grupo parlamentario fue el argumento de los diputados de la Comisión de Salud, y si vamos a combatir la informalidad y vamos a buscar la transparencia, busquémosla con congruencia y en todos los ámbitos, porque también son informalidad los taxis pirata y los ambulantes y los Panchos Villa y todos los promotores electorales del gobierno de la ciudad que son informales, que no son transparentes y que tampoco tributan fiscalmente para el desarrollo de este país.

    Y si vamos a hablar de transparencia y descalificamos la figura de un fideicomiso, recordemos a través de qué figura se construyeron las grandes obras faraónicas del gobierno de la ciudad: a través de un fideicomiso que le restó transparencia y violó el artículo 1o. de la Ley de Obras Públicas de la ciudad, que establece que eso está prohibido.

    Pero el tema, compañeras y compañeros, es fundamentalmente el cabildeo; y si este Congreso tiene la estatura política para reaccionar ante este escándalo y hacer algo al respecto, o sólo tiene la estatura política de hablar de la ``canofilia'' y evadir su responsabilidad política con la legislación que reclama el pueblo de México, Acción Nacional vuelve a decir que está empeñado en zanjar el debate y pasarlo al tema de la solución. Y el tema de la confrontación no es un tema del Congreso; es un tema de unos cuantos, de unos cuantos que están señalados... cierto, sin pruebas, y que en eso me parece que ha obrado mal mi amigo Miguel Ángel Toscano, pero el descargo de la prueba está en los señalados, en los que con valor civil y con ética, como Jorge Martínez Ramos, pueden venir a decir: sí, sí he recibido oferta y no la acepté, porque soy una persona que no comparte ese tipo de práctica.

    Está en el ofrecimiento como descargo de su pasaporte para que veamos si es o no cierto que viajaron y que si hubieran viajado, puedan argumentar de cara a la nación, si es que cambiaron su voto, debido a qué lo hicieron. Es el descargo de la prueba. No se equivoquen, no toca a Miguel Ángel Toscano, no toca al grupo parlamentario de Acción Nacional; toca a los señalados y bien harían, si no tienen nada de que avergonzarse, en reconocerlo y acreditarlo, pero mejor haría el Congreso porque éste es un tema de todos y no de unos cuantos, en legislar lo que es un vacío jurídico, que sólo fomenta la hipocresía y el doble discurso. Gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene el uso de la tribuna el diputado Jorge Uscanga Escobar, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos.El diputado Jorge Uscanga Escobar: Con su permiso, señor Presidente. ``El que acusa --dice un principio de derecho-- tiene la obligación de probar; si no, queda como un vil calumniador''. Y en este caso, diputado Toscano, usted lo es. Por lo que hace a mi persona, coincidimos con muchos compañeros que hemos estado señalando que debería-mos tener un debate, que es lo que está pidiendo el pueblo de México, con una serie de problemas, y no estar debatiendo estas cuestiones, que en nada nos engrandecen como diputados federales.

    Por lo que a mi persona y a mi grupo y al grupo de diputados priístas ha señalado el diputado Toscano, es simplemente falso. ¿Por qué ha escogido a un veracruzano? Si no sabe usted, diputado Toscano, Veracruz es el estado, el segundo estado de producción tabacalera, y represento al distrito de los Tuxtlas, que es el distrito eminentemente tabacalero. La votación fue a conciencia, cuidando los intereses de mis paisanos, porque no habría yo tenido ningún aval de regresar después de haber votado contra los intereses de los que votaron por mí en las elecciones.

    No sé por qué se nos escogió. Tengo una carrera de muchos años, una extraordinaria amistad de hace mucho tiempo con su coordinador, con González Morfín; por eso le puedo decir que lo que está usted imputando es totalmente falso: no viajo ni he viajado por placer. Tengo la impresión fundada de que tanto al Gobierno Federal como al Partido Acción Nacional lo que les interesa es bajar de las primeras planas y los medios electrónicos dos asuntos o tres que hoy por hoy les preocupan: el asunto de los Bibriesca, que afecta directamente a la pareja Presidencial; el asunto del Fonden, muy delicado por cierto, que involucra en principio, no sabemos a qué grado, a la señora Carmen Segura y al propio sospechosismo de Santiago Creel.

    Por eso estas cortinas de humo que pretenden desviar la atención de la opinión pública; esto es lo que ha venido haciendo, una y otra vez; ésa ha sido su estrategia y, por lo que veo, la seguirán intentando. Por ello creo que es un absurdo seguirles el juego; que aclaren lo que tengan que aclarar en torno del Fonden y del presunto tráfico de influencias. Al diputado Toscano le digo que está equivocado o le informaron mal; su proceder es muy sospechoso porque este tema fue discutido en una sesión anterior y, como ayer y hoy, no tuvo valor civil para subir y denunciar ni presentar prueba alguna.

    Por eso le pido que si tiene elementos conforme a derecho, conforme lo establezca la ley, haga uso de su derecho de diputado y presente la denuncia respectiva. Si no lo tiene, si no tiene pruebas, como debe ser un diputado federal de honor, retire lo que usted sin pruebas ha dicho. Creo que es lo que merece y lo que debemos hacer los diputados federales. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Para alusiones personales, tiene el uso de la tribuna la diputada Irma Guadalupe Moreno Ovalles, de la fracción parlamentaria del PRI. Hasta por tres minutos, diputada.La diputada Irma Guadalupe Moreno Ovalles: Con su permiso, diputado Presidente. Diputado Toscano, durante toda mi vida he cuidado cada una de las decisiones que he tomado, siempre poniendo de antecedente la educación que he recibido por parte de mis padres y así lo he hecho cumplir para que se sientan igualmente honrados de mi persona y, sobre todo, también de los ciudadanos que represento hoy en este recinto legislativo. No por mi juventud me voy a prestar a ese tipo de acusaciones; mi madurez es física, intelectual, gracias a esa misma educación que he recibido, a esos valores, cosa que quizás usted no recibió y no creo que sus padres puedan opinar de usted lo mismo que de mí los míos.

    Soy hija de un ejidatario; mi cuna es campesina y toda la vida fui educada para defender y estar en favor de los más necesitados, que es la gente del campo; por ello no es rara la decisión que tomé a la hora del voto. También por lo menos puedo pedir como mujer respeto, ya que a usted nunca le he faltado y sobre todo, diputado, hay mejores maneras de levantar cortinas de humo para desviar el caso de la señora Carmen Segura y sobre todo para llamar los reflectores de la nación hacia su persona. Si usted busca alguna posición, creo que puede hacerla con trabajo, no difamando a los que sí cumplimos nuestras labores. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene el uso de la tribuna, para alusiones personales, la diputada María Hilaria Domínguez Arvizu, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.La diputada María Hilaria Domínguez Arvizu: Gracias, diputado Presidente. Apreciables diputadas y diputados: es lamentable que en el transcurso de esta mañana, cuando hay problemas torales que resolver de la nación y de los mexicanos, nos ocupemos de algo tan delicado y tan frívolo, que pudiéramos haber ocupado esta tribuna para cosas más sustantivas y de beneficio para la nación. Sin embargo, tendremos que dar la cara porque nos ha costado mucho trabajo, durante muchos años, muchos años, conservar nuestra integridad. Hemos mamado del campo, del surco y de la tierra los principios morales, la lealtad a nuestras gentes y nuestros principios.

    Y quiero decir al compañero diputado Toscano y al otro compañero diputado de Acción Nacional que quiso desviar la atención que les digo categóricamente: no desviemos. No tengo nada de que avergonzarme y no permito ni a Toscano ni a nadie --porque mi conducta es íntegra-- que venga a descalificar o que vaya a una televisión para buscar reflectores. Si quiere ser aspirante a diputado de la Asamblea Legislativa o la que le pegue su gana, que vaya y lo busque solo; pero que no nos utilice de trampolín.

    Y se quiere también desviar la atención por sus compañeros que fueron funcionarios y sus compañeras, pues allá defiéndase; pero tampoco nos use ni nos utilice. Ya lo dijeron aquí quienes me antecedieron: si tiene pruebas, preséntelas, para eso hay un Ministerio Público, hay las instancias legales. Querido Presidente de esta Mesa Directiva, solicito que exija en estos momentos al diputado Toscano que no sea cobarde, que dé la cara y lo reto aquí, en esta tribuna, a que si tiene pantalones y es hombre, que venga y dé la cara y demuestre las pruebas que dice tener de todas las calumnias que ha manifestado en la televisión hoy. Y si no viene, es que le falta hombría. Allegarse de pruebas, y no es más que un diputaducho mequetrefe.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia toma nota de su solicitud, señora diputada. Tiene el uso de la tribuna el diputado Julián Nazar Morales, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, hasta por tres minutos, para alusiones personales.El diputado Julián Nazar Morales: Con su permiso, señor Presidente. Compañeras y compañeros diputados: cuando el masoquismo político es remarcado en algunos que conocen la política nacional, vienen y buscan este escenario para que podamos repetir nuestras participaciones en la Cámara. Cuando quieran un debate de altura, con gusto los invito y nos sumamos al proyecto que quieran. Me conocen los compañeros de la Comisión de Agricultura, y de Medio Ambiente, y saben que tenemos temas para poder discutir y somos una gente hecha en el campo, en el sector rural, y ahí llamamos por su nombre a las cosas. Por eso no se extrañen ni se espanten, compañeros del PAN, del calificativo que se dio hace rato al compañero Toscano.

    Y puedo decirles, sin temor a equivocarme, que muchos compañeros que fueron nombrados hoy y muchos que no fueron nombrados no conocen a la mamá del compañero Toscano, pero cómo se están acordando de ella el día de hoy, si es de sutilmente que lo quiera escuchar. Creo que el compañero Toscano y el compañero que hizo alusión a mi persona están involucrados en alguna situación de desvío de atención, pues uno, todos lo conocemos, echó mano a las argucias de los videos de escándalos para poderse dar notoriedad y hoy quiere ser senador de la República. Pobre Distrito Federal o pobre partido que lo lleve a ocupar un cargo en ese nivel.

    Pero también creo que el compañero Toscano tiene un problema psicológico: no tanto un delirio de persecución, creo que tiene un cargo de conciencia. Alguien de su familia se ha de haber muerto de algún enfisema pulmonar y puede ser que sea huérfano en estos momentos y eso lo obligue a adoptar esa actitud. Creo que el compañero Toscano, porque se lo dijo Carlos Loret de Mola, hoy en la mañana, que valorara lo que decía, de señalar a algunos compañeros diputados de la conducta. Conozco a compañeros del PAN brillantes en el compromiso del trabajo del campo, caso del compañero Treviño, con quien hicimos un trabajo de filigrana para poder acordar el presupuesto que hoy, en 2006, van a tener los compañeros del sector rural.

    Y como miembro y líder de una organización campesina en mi estado, Chiapas, como es la CNC, no puedo permitir que por retraso o por situaciones de deficiencias se venga y se descalifique a los compañeros. Conozco a Hilaria, conozco a Irma, conozco a Jorge Uscanga, a Luis Antonio; son gentes que han impuesto calidad y calidez en el trabajo de la Cámara. No podemos permitir que un improvisado venga y descalifique el trabajo serio, responsable de compañeros diputados. Y pediría al señor Presidente que para elevar el debate, el secretario lea el artículo 61, al cual me acogí, para que los compañeros no lamenten hoy lo que como mujer fueron a divulgar en los medios y como hombres no pueden pasar a desdecir lo que dijeron allá. Se lo pido, señor Presidente: que el secretario lea el artículo 61 para que se ilustren los compañeros diputados del PAN, que se espantaron del término que utilicé hace un momento. Gracias, Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia toma nota de su solicitud, señor diputado Nazar. Tiene el uso de la tribuna el diputado Iván García Solís, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, para alusiones personales, hasta por tres minutos... Permítame, señor diputado. Diputado Döring.El diputado Federico Döring Casar (desde la curul): Para alusiones personales, después.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Cómo no, señor diputado; queda usted anotado. Adelante, señor diputado.El diputado Iván García Solís: Gracias, Presidente. He sido aludido y calificado con dos palabras que no acepto, por las razones que en seguida expondré. Mi lucha contra un cabildeo ilegítimo, parasitario, mercantilista, indebido no es rupestre ni es anacrónica. Rupestre, sinónimo de primitivo, es adjetivo que más fácilmente podemos atribuir a la conducta del señor diputado Döring, quien ha sido protagonista de enlaces oscuros, de ilegítimos tratos, así como de promotor de denuncias de mala fe y peores patrocinios, como ocurrió en su batalla por desaforar a Andrés Manuel López Obrador, batalla afortunadamente perdida para él. Al mismo tiempo, debo decirle que nos pronunciamos, me pronuncio por un ejercicio de lo que se llama cabildeo, pero de manera moderna y no de manera servilmente copiada de los peores ejemplos.

    El anacrónico es usted hoy, como lo fueron ayer sus antecesores ideológicos. Es usted tan anacrónico como los que miraron al extranjero para imponer un príncipe allende el mar. Ése es su anacronismo histórico e ideológico, si es que algo le queda de ideología, que quizás esté sepultada ya por el pragmatismo más mendaz. Y desde luego, podemos decir que es un joven prematuramente envejecido porque no defiende las causas que abren las puertas al desarrollo de la sociedad, sino que mira hacia atrás, ni siquiera ya con espíritu romántico o con alguna emoción producto de una lectura de la historia apasionada, sino que lo hace de manera vulgarmente pragmática, buscando beneficios que la sociedad afortunadamente le niega.

    De tal manera que, insisto, y con ello termino... sí, sí, practicar un cabildeo que ayude a mejorar la relación de los poderes y de los poderes con la sociedad, no un cabildeo que facilite negocios ilegítimos como los que usted promueve. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Para alusiones personales, el diputado Federico Döring Casar tiene el uso de la tribuna hasta por tres minutos.El diputado Federico Döring Casar: Con su venia, señor Presidente. Como alguna vez dijera el maestro Juan de Dios Castro, ``la calumnia y el insulto dañan más a quien los profiere que a quien los recibe''. Así es que tomaré lo que se ha dicho aquí como viene y de quien viene. Y simplemente quería agradecer a mi amigo Julián Nazar Morales que hable de mi candidatura al Senado, se ve que está permeando y se ve que la campaña va bien. Pero no se preocupe, la candidatura no depende de usted ni de los militantes del PRI, ni de Chiapas; depende de las conciencias de la ciudad. Gracias por el destape, compañero.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: No existen más oradores registrados y esta Presidencia entiende que no hay solicitud de diputado o de diputada para hacer uso de la tribuna para alusiones personales, de ningún diputado...

    El diputado Julián Nazar Morales (desde la curul): Presidente, por favor.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado, para alusiones personales. Tiene usted el uso de la tribuna hasta por tres minutos, diputado Nazar, para alusiones personales.El diputado Julián Nazar Morales: Compañero Presidente, con su permiso. Compañeros diputados: el compañero que me antecedió tiene el masoquismo arraigado. Quiero decirle que hice alusión a lo que en el videoescándalo buscaba, y hoy viene a ratificar aquí su aspiración. Y no soy profeta ni pitoniso, como dicen algunos en las zonas, pero le garantizo que los ciudadanos del Distrito Federal no le van a dar el voto; ¡definitivamente! Y por ello ni siquiera de suplencia puede alcanzar. Pero eso no es una cosa aislada, está integrada esa parte del panismo que no entiende que hay una vida nacional en México y que tienen que voltear los ojos a ello. Pero como están perdidos en el limbo del poder y con el servilismo de las atenciones fuera del país, y el interés marcado por desaparecer las ramas de producción en el país y transformarlo en mercado de consumo.

    Por eso no es casual que el Presidente haya adoptado una actitud de ser el instrumento de apertura de puerta para un tratado que a todas luces va a hundir al país y a todos los países de Centroamérica y el Caribe en vil mercado de consumo. Pero veo que sus mentes son muy cortas, muy limitadas. Pero qué podemos pedir a los que son improvisados en la política. Hay gente valiosísima en el PAN, lo reconozco, y hemos trabajado con ellos, pero hay gente que tiene retrasos, como el caso de los dos que han sido materia de debate y que han traído al Pleno de la Cámara esta situación de enfrentamientos, de debates. Pero le falló al compañero Toscano. Si pensó que los diputados de todas las fracciones íbamos a ventilar, a través de los medios, lo que es interno de la Cámara, se equivocó, compañero Toscano. Y reitero y vuelvo a pedirle, señor Presidente, que lea el artículo 61 de la Constitución, para ilustrar por qué no se va por la vía legal contra el compañero Toscano y por qué no retiro nada de lo que dije aquí en el Pleno. Porque está dentro de mis derechos constitucionales, que está salvaguardado por el pleno poder de esta Cámara y que tiene usted la obligación de leer, señor Presidente, como le pedí en la participación anterior, de que el secretario lea el artículo 61, que es donde se ampara el compañero Toscano. Y decirles, compañeros, que es lamentable que algunos salgan a relucir por tratar de defender al que no tiene la capacidad ni la hombría para defenderse solo. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia no tiene más oradores registrados y, en consecuencia, considera que se ha dado debido cumplimiento al acuerdo de la Junta de Coordinación Política. El debate está concluido y es innecesario proceder para ahondar en el mismo.

    Solicito a la Secretaría que dé lectura a una comunicación de la Junta de Coordinación Política que acaba de recibir esta Presidencia para, en su caso, someterla a votación en términos económicos.


    ORDEN DEL DIA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo quinto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, solicitamos a usted atentamente que incluya en el orden del día de la presente sesión, en el primer turno posible, la iniciativa de decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidades Civiles por el Daño y Deterioro Ambiental y se deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibro Ecológico y la Protección al Ambiente. (Que sea turnada a Comisión y que cuyo título sea leído por el secretario), que presenta el diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    Sin más por el momento agradecemos de antemano las atenciones que se sirva dar al presente.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de noviembre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Someta en votación económica el acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado.

    Voy a dar cumplimiento a la determinación que ha tomado esta Asamblea.


    LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL DAÑO Y EL DETERIORO AMBIENTAL - LEY DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia recibió del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental y deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental, y deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM

    Jorge Kahwagi Macari, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista DE México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos se turne a la Comisión Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:

    Exposición de Motivos

    Es un hecho notorio que México está atravesando por un proceso de contaminación de sus ecosistemas y de pérdida de biodiversidad. Nuestro país es uno de los países con mayor biodiversidad del planeta, el valor que tienen nuestros ecosistemas es inimaginable, su preservación debe de considerarse como una prioridad del Estado Mexicano.

    En un país como México, donde existe un gran número de gentes en pobreza extrema, ha resultado imposible destinar la cantidad de recursos necesarios para hacer una efectiva vigilancia de nuestra biodiversidad, por lo que, en virtud de las circunstancias actuales de la economía nacional y de las prioridades que se establecen al distribuir los recursos del erario público, debemos darles a los ciudadanos la posibilidad de que vigilen el rico patrimonio de los mexicanos para las generaciones por venir, esto se puede lograr mediante la facultad de ejercer acciones contra las afectaciones de los intereses colectivos.

    Es con sistemas de responsabilidad civil como el que se propone como se puede salvar lo que aún nos queda de nuestros recursos naturales.

    No obstante que el artículo 4 de la Constitución ya contempla la garantía al derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar de los mexicanos, la jurisdicción civil ha sido escasamente utilizada para la protección ambiental en México. La razón de ello se sustenta en una extendida mentalidad que debemos modificar, cuando sistemáticamente responsabilizamos a la Administración Pública de cualquier problema de contaminación. Ello conlleva consecuencias negativas por cuanto en muchas ocasiones la jurisdicción contencioso-administrativa, carece de plenas facultades para la efectiva reparación de los daños al medio ambiente tanto a nivel meramente pecuniario como a la hora del restablecimiento de las cosas y situaciones a su estado originario.

    Por lo anterior, debemos tener en consideración que en virtud de que el límite máximo para establecer sanciones económicas como sanción administrativa puede resultar bajo si tomamos en cuenta el beneficio económico que puede obtener una persona el realizar actividades productivas nocivas para el medio ambiente, o tomando en cuenta el alto costo de la reparación y remediación de los ecosistemas afectados, aunado a que si la autoridad administrativa impone la reparación del ambiente, y el contaminante que incurrió en la falta administrativa no cumple con lo ordenado, sólo se podría imponer como sanción el arresto, clausura o multa, sin que esto conlleve la reparación del daño o del deterioro del medio ambiente.

    A mayor abundamiento, en nuestro país, las diferentes normas sectoriales de contenido ambiental ya incorporan disposiciones referentes a la responsabilidad derivada de las propias infracciones administrativas y el Código Penal regula la responsabilidad penal procedente de una amplia gama de delitos de contenido ambiental o ecológico, los cuales muchas veces resultan ineficaces para lograr la reparación del daño y del deterioro ambiental, en primer lugar porque es muy raro que una persona realice una conducta que contamine de manera dolosa, y al no castigarse los delitos en contra del medio ambiente que hayan sido cometidos de manera culposa, es muy difícil que se condene a alguien por la comisión de un delito ambiental. En segundo lugar, ningún delito ambiental es considerado como grave, por lo que cualquiera que los cometa, incluso tratándose de servidores públicos, gozan del beneficio de la liberta provisional.

    Aún más, la responsabilidad de tipo civil, a excepción de la derivada de daños nucleares, no tiene otra manifestación en nuestro ordenamiento que las reglas generales establecidas en el Código Civil, en el que se configura un sistema de responsabilidad civil que resulta inadecuado para las características del daño y del deterioro ambiental, resultando insuficiente para proteger de forma efectiva el derecho constitucional de todos los mexicanos de tener un medio ambiente adecuado.

    Como se puede observar, en México las responsabilidades ambientales, tanto administrativa, como penal y civil, no resultan eficaces para reparar los daños ambientales. Situación que ya ha sido resuelta en otros países que se han adelantado al nuestro con la incorporación de regulaciones específicas sobre responsabilidad civil por el daño ambiental a sus sistemas jurídicos.

    En el ámbito del derecho comparado, la Comisión Europea aprobó desde el año de 1993 el ``Libro Verde sobre Reparación del Daño Ecológico'', en el que se pronuncia claramente a favor del establecimiento de sistemas de responsabilidad civil de carácter objetivo, lo cual es un reflejo del interés de los países europeos de incorporar a su ordenamiento el principio ``quien contamina paga''.

    Sobre las anteriores consideraciones, esta ley regula el régimen de responsabilidad civil que sea consecuencia del ejercicio de actividades que tienen una mayor incidencia ambiental con la finalidad de acotar el campo de aplicación de la misma a aquellas actividades que se consideran que pueden llegar a tener un mayor impacto en los ecosistemas. Con esta acotación se logra el objetivo de tener bien ubicados los sectores que causan mayor daño, logrando con esto un mayor control de esas actividades por medio de las garantías que resulten adecuadas para cubrir los riesgos de contaminación.

    Esta iniciativa establece la distinción entre daño y deterioro ambiental, ya que las afectaciones al medio ambiente pueden causar efectos nocivos a los ecosistemas como tales o a los bienes y a la salud de las personas. En el primer supuesto, estaríamos hablando de ``deterioro ambiental'' o daño ecológico puro y en el segundo supuesto de ``daño ambiental'', tal como es considerado en la normatividad civil vigente.

    Por otro lado, de aprobarse este proyecto de ley, como un sistema de responsabilidad objetiva, se evitarían graves afectaciones al medio ambiente al amparo de autorizaciones y de actividades que son consideradas lícitas; sin que sea precisa la concurrencia de culpa o negligencia por parte del responsable ni que el daño o deterioro medioambiental sean consecuencia de accidentes o causas similares. Con lo anterior se lograría una efectiva reparación de los daños que pudieran ocasionarse a las personas o a sus bienes. Así como una restauración de las agresiones producidas como consecuencia del deterioro del medio ambiente, con independencia de las responsabilidades penales o administrativas a que hubiera lugar.

    Por lo que hace al nexo causal, esta iniciativa que se somete al pleno de esta H. Cámara de Diputados resuelve el problema que resulta de la difícil comprobación de los daños al ambiente, mismos que en muchas ocasiones requieren de costosos estudios para poder probar el deterioro y la valoración del mismo.

    No debemos olvidar que tal como están redactadas las disposiciones civiles en materia de nexo causal, los daños y perjuicios deben ser una consecuencia ``inmediata y directa'' y que se hayan causado o que necesariamente vayan a causarse. Esta regulación es inadecuada para las características del daño y del deterioro ambiental, ya que es común que a la realización de un daño o deterioro ambientales concurran un número indeterminado de personas, que las consecuencias se prolonguen en el tiempo y en el espacio; y que existan circunstancias coadyuvantes, por lo anterior, el daño ambiental es muchas veces resultado mediato e indirecto de una actividad. De acuerdo con la presente iniciativa el que ejerza la acción de reparación del daño o del deterioro ambiental, tendrá que probar la acción, el daño o el deterioro y la mera causalidad física entre la acción y la afectación.

    Ahora bien, a la legitimación activa, en la iniciativa que se pone a consideración del pleno se legitima abiertamente a los habitantes de los municipios afectados y a las asociaciones mexicanas que en su objeto social esté establecida la protección al ambiente para poder pedir la reparación de las afectaciones generadas por contaminación a bienes del dominio público o al medio ambiente. Es preciso recalcar que la legitimación activa de las asociaciones mexicanas se basa en una serie de requisitos condicionales que sustentan la misma, limitando las vías de intervención procesal de los grupos o asociaciones ecologistas, como titulares de los intereses difusos inmersos en los procedimientos judiciales por infracciones ambientales.

    Con este sistema, los perjudicados directamente podrían reclamar la reparación total de sus daños por las vías civiles generales, y los vecinos afectados indirectamente, igualmente la administración pública federal y las asociaciones o grupos ecologistas solo podrán reclamar la reparación en especie, asegurando de ésta forma que no se utilicen las acciones para fines distintos a la preservación de nuestros ricos ecosistemas.

    La iniciativa también plantea reglas especiales para la prescripción y la caducidad de las acciones para reclamar la reparación del daño y del deterioro ambiental, ya que la regla con la que contamos actualmente resulta inadecuada para las características del daño, ya que como está redactada actualmente, el término para la prescripción empieza a correr desde que el daño es causado, pero por las características del daño ambiental, muchas veces las afectaciones se hacen evidentes o son comprobables algunas veces años después de la causación del daño, por lo que la acción habría prescrito incluso antes de que se tuvieran los elementos indispensables para poder interponer la demanda.

    Con un sistema como el que se pone a consideración de esta H. Asamblea, lograríamos el objetivo anhelado de internacionalizar los costos ambientales, es decir, ante el riesgo de tener que indemnizar por las afectaciones al medio ambiente, los procesos serían más eficientes. Logrando a largo y mediano plazo no sólo un formidable efecto disuasivo a la contaminación, sino un beneficio económico al contar con procesos mas competitivos, que al no ser contaminantes, se abren las posibilidades de acceder a mercados extranjeros que suelen ser muy exigentes en ese sentido.

    Por lo antes expuesto y fundado, nos permitimos someter a la consideración de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, como integrante del poder revisor de la Constitución, el siguiente proyecto de

    Decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental, y se deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

    Artículo Primero: Se expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental en los siguientes términos:

    Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental

    Artículo 1o. Esta Ley tiene por objeto regular el régimen de responsabilidad civil por el daño y el deterioro ambiental con motivo de actos u omisiones en la realización de las actividades a que se refiere la fracción I del artículo 2o. de esta ley, así como evitar, en la medida de lo posible, afectaciones futuras.

    Artículo 2o. Para efectos de esta ley se entiende por:

    I. Actividades con incidencia ambiental: Las que se relacionan o tienen por objeto, de manera enunciativa más no limitativa, las siguientes:a) Obras hidráulicas, vías generales de oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos;

    b) Industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento y eléctrica;

    c) Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la federación en los términos de las leyes Minera y Reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia Nuclear;

    d) Producción, almacenamiento, tráfico, transporte, abandono, desecho, descarga, confinamiento, tratamiento, o eliminación de residuos peligrosos o materiales peligrosos, así como las actividades que los generen;

    e) Aprovechamientos forestales y especies de difícil regeneración;

    f) Cambios de uso de suelo de áreas forestales, así como selvas y zonas áridas;

    g) Las actividades industriales, comerciales, de servicios u otras, que sean consideradas como altamente riesgosas según lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás disposiciones jurídicas aplicables;

    h) Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros;

    i) Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, esteros y lagos, así como en los litorales;

    j) Obras y actividades en áreas naturales protegidas competencia de la federación;

    k) Actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias, y

    l) Cualquier otra actividad que produzca daño o deterioro ambiental.

    II. Afectación ambiental: La pérdida, menoscabo o modificación negativa de las condiciones químicas, físicas o biológicas de la flora o fauna silvestres, paisaje, suelo, subsuelo, agua, aire o de la estructura o funcionamiento de un ecosistema presentes;

    III. Daño: La pérdida o menoscabo sufrido en la integridad o el patrimonio de una persona o personas determinadas, o entidad pública, como consecuencia de los actos u omisiones en la realización de las actividades con incidencia ambiental;

    IV. Perjuicio: Ganancia o beneficio racionalmente esperado, que ha dejado de obtenerse en virtud del daño o deterioro ambientales;

    V. Deterioro ambiental: La afectación ambiental causada como consecuencia de los actos u omisiones en la realización de las actividades con incidencia ambiental;

    VI. Reparación en especie: La restitución de las condiciones químicas, físicas o biológicas de la flora o fauna silvestres, paisaje, suelo, subsuelo, agua, aire o de la estructura o funcionamiento de un ecosistema presentes, al ser y estado anteriores al daño o deterioro ambiental producidos, y

    VII. Contener el deterioro ambiental: Todas las medidas tendientes a limitar y evitar el deterioro ambiental en un tiempo y espacio determinados.

    Artículo 3o. En los términos establecidos por esta ley serán responsables las personas físicas, morales, o entidades públicas que por sí o a través de sus representantes, administradores o empleados generen daño, o deterioro ambiental, con motivo de sus actos u omisiones en la realización de actividades con incidencia ambiental.

    Cuando la responsabilidad por el mismo daño o deterioro ambiental recaiga en diversas personas, serán solidariamente responsables, a no ser que se pruebe de manera plena el grado de participación de cada uno de ellos en la acción u omisión que lo hubiere causado.

    Artículo 4o. La responsabilidad regulada en esta ley es objetiva, atiende al riesgo creado por las actividades con incidencia ambiental, y es exigible con independencia de la culpa o negligencia de la persona que haya causado el daño o el deterioro ambiental.

    La responsabilidad por daño o deterioro ambiental con motivo de los actos u omisiones en la realización de las actividades con incidencia ambiental, se presume siempre a cargo de quien o quienes realizan tales actividades, salvo prueba en contrario, siempre y cuando se acredite la relación de causalidad física entre la acción u omisión productora del daño, y el daño o parte del daño o deterioro ambiental causado.

    Artículo 5o. No existirá responsabilidad en los siguientes supuestos:

    I. Cuando el daño sea producido por dolo, culpa o negligencia inexcusable de la persona que lo hubiera sufrido, y

    II. Cuando el daño o el deterioro ambiental tengan su causa exclusiva en caso fortuito o fuerza mayor.

    Artículo 6o. Tendrán legitimación activa para exigir la reparación del daño por deterioro ambiental cualquier persona física o moral, que sufra afectación o perjuicio en su persona o patrimonio.

    En tratándose de personas físicas, su sucesión estará legitimada para iniciar la reclamación si la persona afectada hubiera fallecido, siempre que la reparación no hubiere sido exigible antes del fallecimiento o que el daño fue re conocido con posterioridad al mismo.

    Artículo 7o. Tienen interés jurídico y legitimación activa, y podrán demandar ante los tribunales federales la reparación en especie del deterioro ambiental:

    I. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y cualquiera de los municipios o delegaciones del Distrito Federal en donde se haya manifestado el deterioro ambiental;

    II. Cualquier persona física que tenga su domicilio en el municipio o delegación del Distrito Federal en donde se dio el deterioro ambiental, que haya habitado en él por lo menos durante los cinco años anteriores al acto u omisión que le dio origen, y

    III. Cualquier persona moral, sin fines de lucro, que actúe en representación de cualquiera de las personas físicas a las que se hace referencia en la fracción anterior, siempre que tenga como objeto social la protección del ambiente en general, o de alguno de sus elementos, y haya sido constituida con tres años de anterioridad al acto u omisión que dio origen al deterioro ambiental.

    Artículo 8o. Para efectos de la reparación del daño por deterioro ambiental, los afectados por éste podrán solicitar a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la formulación de un dictamen técnico al respecto, de conformidad a lo previsto por el artículo 204 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como lo dispuesto por la Ley Federal de Derechos.

    La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente podrá utilizar la información con la que cuente, incluyendo la relativa al procedimiento administrativo, para la elaboración de los dictámenes a los que se hace referencia en el párrafo anterior. Los gastos por concepto de análisis de laboratorio o de campo que adicional mente se requieran para la dictaminación solicitada correrán a cargo del interesado.

    En todo caso, deberán observarse las disposiciones legales sobre confidencialidad de la información industrial y comercial contenida en los expedientes que obren en poder de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

    Artículo 9o. La reparación del daño a que tienen derecho las personas señaladas en el artículo 6o. de esta ley, podrán consistir, a elección del ofendido en:

    I. La reparación en especie del daño por deterioro ambiental, en términos de la fracción VI del artículo 2o. de esta ley, o

    II. El pago de los daños o perjuicios, y

    III. En su caso, el pago de los gastos en que haya incurrido para contener el daño por deterioro ambiental.

    Cuando el daño se cause a las personas y produzca la muerte, incapacidad total permanente, parcial permanente, total temporal o parcial temporal, el grado de la reparación se determinará atendiendo a lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo. Para calcular la indemnización que corresponda, se tomará como base el cuádruplo del salario mínimo diario más alto que esté en vigor en la región y se extenderá al número de días que para cada una de las incapacidades mencionadas señala la Ley Federal del Trabajo.

    En caso de muerte la indemnización corresponderá a los herederos de la víctima, o a los herederos del afectado.

    El monto de la condena por indemnización se cubrirá en una sola exhibición.

    Artículo 10. Quien de conformidad con el artículo r. de esta ley, ejercite acción civil, podrá solicitar la reparación en especie del deterioro ambiental, y en su caso el reembolso de los gastos en que haya incurrido para contener la agravación del deterioro ambiental.

    Si fuese imposible la reparación en especie del deterioro ambiental, se fijará una cantidad a título de indemnización por deterioro ambiental destinado al Fondo para la Restauración y Preservación de los Ecosistemas. La valoración económica de la cantidad a pagar por concepto de indemnización, podrá realizarse por conducto del Instituto Nacional de Ecología, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente o instituciones de educación superior o de investigación científica.

    El Fondo para la Restauración y Preservación de los Ecosistemas a que se hace referencia en este artículo, será administrado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través del fideicomiso que deberá crearse para el efecto. Esta dependencia deberá presentar un informe anual a la Cámara de Diputados, en el que establezca, de manera detallada, el destino de los recursos que recaude a través del citado Fondo, con motivo de las sentencias que se dicten derivadas de la aplicación de esta ley, sin perjuicio del que deba rendir para los efectos del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo 11. En caso de demandas de reparación del daño o deterioro ambiental formuladas por distintas personas, legitimadas de acuerdo con esta ley, que contengan peticiones incompatibles entre sí, los órganos judiciales deberán dar prevalencia, siempre que sea posible, a la reparación en especie del deterioro ambiental causado.

    Artículo 12. La responsabilidad civil regulada en esta ley se determinará sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que correspondan.

    Artículo 13. La responsabilidad civil derivada de un delito o falta administrativa, respecto de los daños por deterioro ambiental o del deterioro ambiental en sí mismo, se regulará por lo establecido en esta ley.

    Artículo 14. La legitimación activa regulada en los artículos 6o. y 7o. de esta ley, incluye en todo caso, la acción para exigir al responsable la adopción de las medidas necesarias que eviten la continuación o la repetición del daño o del deterioro ambiental. Estas medidas podrán comprender la instalación de elementos que prevengan la causa del daño o del deterioro ambiental, la contención temporal de la actividad dañosa y la clausura temporal, permanente, total o parcial, de las instalaciones donde dicha actividad se desarrolla, con protección, en todo caso, de los derechos de los trabajadores.

    Artículo 15. A los daños que por su menor significación puedan considerarse tolerables según los usos locales, sólo se le podrán aplicar medidas preventivas para contener la causación del daño o deterioro, las cuales únicamente podrán consistir en la adopción de medidas de coste no desproporcionado en relación con los daños que se pretenden evitar. En ningún caso, las medidas provisionales consistirán en la suspensión de la actividad o clausura de las instalaciones, salvo que existiera peligro inminente para la salud pública o el equilibrio ecológico.

    No se consideran tolerables daños que hubieren podido evitarse mediante la adopción de medidas preventivas de costo menor a los daños causados.

    Artículo 16. Las acciones de reparación del daño y del deterioro ambiental prescriben a los cinco años contados desde el día en que los legitimados en los artículos 6o. y 7o. de esta ley hayan tenido conocimiento de la acción u omisión causante del mismo.

    No se entenderá conocido el daño o el deterioro ambiental sino cuando se conozcan o sea exigible que se conozcan las consecuencias principales que pueden derivarse de la acción u omisión generadora de la responsabilidad, al tiempo en que una u otra hayan tenido lugar.

    Artículo 17. En todo caso, las acciones de reparación del daño y del deterioro ambiental reguladas en esta ley prescribirán pasados veinticinco años desde el día en que tuvo lugar la acción u omisión causante del daño o del deterioro ambiental.

    Para el caso de acciones u omisiones de carácter continuado o sucesivo, el periodo de veinticinco años empezará a contar desde el día en que hubiera tenido lugar la última de dichas acciones u omisiones.

    Artículo 18. Será competente para conocer de las acciones derivadas de esta ley, a elección de la parte actora, el Juez de Distrito del lugar donde:

    I. Haya tenido lugar el daño o deterioro ambiental;

    II. Haya tenido lugar la acción u omisión que cause el daño o el deterioro ambiental, o

    III. Tenga su domicilio el demandado.

    Son de aplicación supletoria de la presente Ley, las disposiciones contenidas en el Código Federal de Procedimientos Civiles.

    Artículo 19. Quien haya reparado un daño o deterioro ambiental en aplicación de lo previsto en esta ley, podrá ejercer cualquier acción de repetición contra otras personas que, al amparo de la misma o de cualquier otra norma, sean responsables del daño o del deterioro ambiental.

    Artículo 20. La autorización de las siguientes actividades quedará condicionada a que el solicitante demuestre a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que cuenta con una garantía financiera o con un seguro de responsabilidad objetiva que, de conformidad con la evaluación de impacto ambiental a que hace referencia el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, toma en cuenta los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como el coste de las medidas preventivas, de mitigación y demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente:

    I. Las actividades industriales, comerciales, de servicios u otras, que sean consideradas como altamente riesgosas según lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás disposiciones jurídicas aplicables;

    II. Producción, almacenamiento, tráfico, transporte, abandono, desecho, descarga, confinamiento, tratamiento, o eliminación de residuos peligrosos o materiales peligrosos, así como aquellas actividades que los generen;

    III. Obras hidráulicas y vías generales de comunicación;

    IV. Industria eléctrica, y

    V. Desarrollos inmobiliarios que afecten ecosistemas costeros.

    El otorgamiento de la garantía financiera estará sujeto a lo previsto en el Código Civil Federal y demás disposiciones jurídicas aplicables.

    La garantía financiera podrá ser sustituida con la presentación de una póliza de seguro de responsabilidad objetiva por daño y deterioro ambiental. Estos documentos darán cobertura suficiente para reparar el posible daño y deterioro ambiental, que pudiesen ocasionar las actividades.

    La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales realizará la valoración económica, a efecto de determinar el monto de cobertura que deberá comprender la garantía financiera o la póliza de seguro que en su caso se contrate, con base en la evaluación de impacto ambiental que al efecto se requiera. Lo anterior a fin de obtener autorización para la realización de las actividades que se enuncian en este artículo.

    Artículo 21. Cuando el monto a título de indemnización por deterioro ambiental a que hace referencia el artículo 10 de esta ley, o la cantidad que se requiera para la reparación en especie del deterioro ambiental a que se refiere el mismo artículo, supere la capacidad financiera de las dependencias y entidades de la administración pública federal, entidades federativas y sus municipios, o delegaciones del Distrito Federal, podrán solicitar apoyo financiero complementario al Ejecutivo federal.

    Para tales efectos, el Ejecutivo federal constituirá un fondo denominado ``Fondo para la Reparación del Deterioro Ambiental'', el monto que lo conforme, deberá ajustarse anualmente en una proporción igual al incremento promedio que registre en el mismo período el Presupuesto de Egresos de la Federación, salvo que exista una propuesta justificada de modificación presupuestal diferente a la regla general prevista.

    El Fondo para la Reparación del Deterioro Ambiental tendrá por objeto:

    I. Atender los efectos de los deterioros ambientales cuya magnitud supere la capacidad financiera de las dependencias y entidades de la administración pública federal, entidades federativas y sus municipios o delegaciones del Distrito Federal, cuando los montos recuperados de las compañías aseguradoras u otras instituciones financieras no sean suficientes para reparar en especie el deterioro ambiental, o para el pago de la indemnización a que se refiere el artículo 10 de esta ley, el diferencial podrá ser cubierto con cargo al Fondo;

    II. Apoyar a las dependencias y entidades de la administración pública federal, entidades federativas y sus municipios o delegaciones del Distrito Federal, para la reparación en especie del deterioro ambiental o el pago por concepto de indemnización a que se refiere el artículo 10 de esta ley cuya actividad, conforme a la misma o su Reglamento, no se haya especificado la obligación de aseguramiento o de otorgamiento de garantía financiera, y

    III. Apoyar de manera transitoria a dependencias y entidades de la administración pública federal para la reparación en especie del deterioro ambiental, en tanto reciban los pagos correspondientes de los seguros, de conformidad con la legislación federal aplicable.

    Es responsabilidad de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y sus municipios o delegaciones del Distrito Federal, dar seguimiento a la recuperación de los seguros, de manera oportuna y expedita, conforme a los términos contratados.

    Ante la inminencia de que ocurra un deterioro ambiental que ponga en riesgo la salud o la vida humana, o cuando por la magnitud del deterioro ambiental se amenace un ecosistema y, en este sentido, la rapidez de la actuación por parte de la autoridad sea esencial, se podrá autorizar, con base en un dictamen que elabore la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la emisión de una Declaratoria de Emergencia y podrá erogar con cargo al Fondo, los montos que considere necesarios para atenuar los efectos del posible deterioro ambiental.

    La Cámara de Diputados podrá, a efecto de reparar en especie el deterioro ambiental que por la magnitud y el riesgo que éste represente, autorizar una cantidad extraordinaria complementaria al Fondo.

    Anualmente se incorporarán en el Presupuesto de Egresos de la Federación, recursos al Fondo para la Reparación del Deterioro Ambiental, el cual deberá mantener como mínimo la cantidad de quinientos millones de pesos. El Fondo también podrá conformarse de los impuestos que se establezcan para las industrias química y petrolera, así como de donativos particulares.

    Artículo Segundo. Se deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

    Artículo 203. (derogado)

    Transitorios

    Primero. Esta ley entrará en vigor sesenta días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo. Quienes estén desarrollando alguna de las actividades señaladas en el artículo 20 de esta ley, al día de publicación de la misma, deberán cumplir las obligaciones establecidas, dentro de los 365 días posteriores a su entrada en vigor.

    Tercero. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en un plazo que no exceda de un año, deberá efectuar la valoración económica con base en las evaluaciones de impacto ambiental que se hayan realizado con anterioridad a la publicación de la presente ley, con el objeto de determinar el monto al que ascenderá la cobertura de la garantía financiera o del seguro que se otorgue, para que las obras o actividades a que se refiere el artículo 20 de la presente ley se puedan seguir realizando.

    Cuarto. El Ejecutivo federal deberá proponer en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2006, la creación del fondo a que se refiere el artículo 21 de la presente Ley, que no podrá ser menor de quinientos millones de pesos.

    Quinto. El régimen de responsabilidad civil regulado en esta ley será aplicable a los supuestos en que el daño o deterioro ambiental sea resultado de una acción u omisión posterior á la fecha de su entrada en vigor.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 29 días del mes de noviembre del 2005.--- Dip. Jorge Kahwagi Macari (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Doy cumplimiento a la determinación adoptada por esta Asamblea.
    LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El diputado Alejandro Agundis Arias, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó iniciativa que reforma el artículo 65 de la Ley General de Vida Silvestre.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 65 de la Ley General de Vida Silvestre, presentada por el diputado Alejandro Agundis Arias, del grupo parlamentario del PVEM

    Alejandro Agundis Arias, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar se turne a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley:

    Antecedentes

    Diversas fuentes han citado la gran diversidad de especies de flora y fauna con que cuenta México, al grado de que llega a ser considerado como un país megadiverso. Es así que no existe duda sobre la riqueza natural con que cuenta nuestro país; sin embargo, el hombre, directa o indirectamente, ha sido la causa principal de la mayoría de las disminuciones de especies.

    Entre las causas principales de la pérdida de especies encontramos que la destrucción y degradación del hábitat son las amenazas más importantes, pero otras presiones significativas incluyen la sobreexplotación, la introducción de especies, la contaminación y las enfermedades; adicionalmente el cambio climático se reconoce cada vez más como una nueva amenaza.

    Desde la publicación de la Lista Roja de 2003 de la World Conservation Union (UICN) se han añadido más de 15,633 nuevos registros y se han reevaluado 3,579 especies. En la actualidad hay 7,266 especies de animales amenazadas y 8,323 especies de plantas y líquenes amenazadas. Adicionalmente, ya son 784 las especies de plantas y animales que figuran como extintas, y otras 60 solamente se encuentran en cultivo o en cautiverio (IUCN 2004).

    De igual forma, la degradación de diversos ecosistemas ha sido una constante en el entero de la problemática ambiental de nuestro país. Sin embargo, existen algunos que por no ser tan estudiados resultan más vulnerables. Éste es el caso de los ecosistemas marinos y de agua dulce, que a diferencia de los terrestres que han sido los más documentados, son tan vulnerables a la extinción ya que investigaciones recientes revelan que muchas especies acuáticas están amenazadas con la extinción.

    Considerando que los anfibios dependen del agua dulce, su catastrófica disminución es una señal de alerta sobre el estado de los recursos hídricos del planeta. La situación en los hábitat de agua dulce es menos conocida que los terrestres, pero los primeros signos indican que es igual de grave. Las vastas profundidades de los océanos están brindando poca protección a la gran cantidad de especies marinas que enfrentan la sobreexplotación hasta el punto de la extinción. Casi uno de cada cinco (18%) tiburones y rayas evaluados están amenazados (UICN 2004).

    El cambio biótico amenaza más seriamente a los sistemas de agua dulce, particularmente lagos, que a los biomas terrestres. Las especies acuáticas han evolucionado a menudo en hábitat relativamente aislados, y la introducción de nuevas especies puede producir tensiones en la cadena alimenticia de los seres autóctonos. Además, los ecosistemas de agua dulce se ven afectados por un pobre aprovechamiento de los suelos circundantes, ya que acumulan cieno y excesos de nutrientes procedentes de ellos.

    La diversidad topográfica de nuestro país y su ubicación favorecen el desarrollo de una gran variedad de cuerpos de agua dentro de su territorio, así como una flora y fauna diversificadas y ricas en especies endémicas. Por ello, estos sistemas acuáticos desempeñan un papel fundamental desde el punto de vista ecológico y es necesario atender los muchos problemas relativos a su integridad, al sostenimiento de sus ecosistemas y en especial a la supervivencia de sus especies.

    Existen en el país cerca de 320 cuencas hidrológicas, que suman un volumen medio anual de agua de 410 km3. De acuerdo con el volumen conducido, se distinguen 37 cuencas principales, de las cuales 12 vierten al Golfo de México y el Mar Caribe, 19 al Océano Pacífico y Mar de Cortés, y 6 son endorreicas. Existen también cuatro vastas zonas carentes de drenaje superficial: el Bolsón de Mapimí y la región de El Salado en el Altiplano mexicano y las penínsulas de Baja California y Yucatán, las cuales se catalogan así debido a la escasa precipitación pluvial y a la presencia de suelos con baja capacidad de retención de agua.

    Entre los ambientes de carácter lótico (ríos y arroyos) destacan, en la vertiente del Pacífico, los ríos Colorado, Yaqui, Fuerte, Culiacán, Lerma-Santiago, Verde, Balsas, Papagayo, Ometepec, Tehuantepec y Suchiate; en la vertiente del Golfo, los ríos Bravo, Pánuco, Tuxpan, Papaloapan, Coatzacoalcos, Grijalva y Usumacinta y, en las cuencas interiores, los ríos Nazas, Santa María, Casas Grandes y del Carmen (Conabio 2004).

    En cuanto a los ambientes de carácter léntico (lagos, lagunas y presas), se estima que en el país existen cerca de 70 lagos, cuyas extensiones varían entre mil y diez mil hectáreas, las cuales cubren en conjunto un área de más de 370 000 ha. El Lago de Chapala en Jalisco es el más extenso de los lagos mexicanos, seguido por los de Cuitzeo y Pátzcuaro, en Michoacán; Catazajá en Chiapas; Del Corte, en Campeche; Bavícora y Bustillos, en Chihuahua; y Catemaco, en Veracruz (Conabio 2004).

    Existen además 14 mil reservorios; aunque la mayoría tiene una superficie menor a diez hectáreas, los que cubren áreas mayores representan dos terceras partes de la superficie inundada. Entre las presas más importantes se incluyen La Amistad, Falcón, Vicente Guerrero, Álvaro Obregón, El Infiernillo, Cerro de Oro, Temascal, Caracol, Requena y Venustiano Carranza.

    En el territorio nacional la ictiofauna continental asciende aproximadamente a 380 especies y la de anfibios a más de 280. Las familias de peces con mayor número de especies endémicas son Petromyzontidae, Clupeidae, Cyprinidae, Cichlidae, Cyprinodontidae, Goodeidae, Atherinidae y Poeciliidae. Por su parte, los reptiles ascienden a 41 especies, pertenecientes principalmente a los Testudines y Crocodylia.

    México sólo tiene 20 especies acuáticas registradas en la CITES1 (7 moluscos, 4 peces, 4 anfibios, 3 reptiles y 2 mamíferos), por lo que resulta evidente la necesidad de revisar el estatus de estos grupos para incluir todas aquellas especies en peligro de extinción.

    Se sabe de 16 especies de peces que se han extinguido, de las cuales 14 eran endémicas. Otras 126 especies están dentro de las categorías de especies raras, amenazadas o en peligro de extinción. En el SO del estado de Nuevo León se pueden citar a Cyprinodon longidorsalis, descubierta en 1984 y extinta en 1994; Cyprinodon inmemoriam, descubierta en 1984 y extinta en 1986; Cyprinodon ceciliae, descubierta en 1988 y extinta en 1990; Megupsilon aporus y Cyprinodon alvarezi, descubiertos entre 1948 y 1961, y casi extintos en 1994. En 1984, el tamaño de las poblaciones de Cyprinodon veronicae y los caracoles Valvata beltrani y Valvata sp. eran de 10 000 a 12 000 individuos cada una; veinte años después los caracoles fueron descubiertos como conchas secas y, por tanto, extintos y sólo sobrevivía el pez cachorrito C. veronicae. Resulta obvio que el futuro de esta especie a corto plazo sea también la extinción.

    A fin de prevenir la extinción de las especies endémicas que constituyen gran parte de la megadiversidad de nuestro país ha sido necesario establecer, por la vía de la planeación y de la normatividad, áreas de refugio en donde estas especies puedan contar con la protección debida para asegurar la continuidad de la especie. Así, dentro de nuestra legislación se estipula la protección de las especies nativas acuáticas a través del establecimiento de áreas de refugio, en este sentido la Ley General de Vida Silvestre, en su artículo 65 establece textualmente que:

    ``La Secretaría podrá establecer, mediante acuerdo secretarial, áreas de refugio para proteger especies nativas de vida silvestre que se desarrollan en el medio acuático, en aguas de jurisdicción federal, zona federal marítimo terrestre y terrenos inundables, con el objeto de conservar y contribuir, a través de medidas de manejo y conservación, al desarrollo de dichas especies, así como para conservar y proteger sus hábitat, para lo cual elaborara los programas de protección correspondientes.''

    No obstante, esta disposición legal de proteger a las especies acuáticas carece de un decreto de un programa de manejo que especifique las medidas a tomar, los programas de conservación.

    Los instrumentos que determinan las estrategias de conservación y uso de las áreas naturales protegidas a nivel mundial se han conceptualizado como planes o programas de manejo, programas de conservación, programas de conservación y manejo, planes rectores, planes directores, etcétera. En México, estos instrumentos se denominaban planes de manejo, programas de trabajo, programas integrales de desarrollo y/o programas operativos anuales. Con la publicación en 1988 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) se mencionan como programas de manejo y en la modificación de 1996 de la misma se enuncian, en su artículo 65, como programa de manejo, y finalmente en el Reglamento en materia de ANP del 2000, en su artículo 3o., Fracción XI, se define lo que es programa de manejo2.

    En ausencia de programas de manejo, la presión del desarrollo provoca el uso desordenado del territorio. Esto genera, en ciertas ocasiones e innecesariamente, la reducción de áreas naturales, a lo que se asocia la pérdida de biodiversidad y de los recursos naturales que soportan el desarrollo. La conservación, es un uso del territorio que busca ampliar las bases ecológicas de sus más consistentes reclamos (tamaño de las áreas, restricción del acceso, y protección de especies con alto riesgo de desaparición) atendiendo a las necesidades globales del ser humano.

    Por tanto, y en atención a lo anteriormente expuesto, el suscrito diputado, respetuosamente somete a la consideración de esta H. Cámara la presente iniciativa con proyecto de

    Decreto por el que se modifica el artículo 65 de la Ley General de Vida Silvestre.

    Artículo Único: Por el que se modifica el artículo 65 de la Ley General de Vida Silvestre para quedar como sigue:

    Artículo 65. La Secretaría podrá establecer, mediante acuerdo secretarial, áreas de refugio para proteger especies nativas de vida silvestre que se desarrollan en el medio acuático, en aguas de jurisdicción federal, zona federal marítimo terrestre y terrenos inundables, con el objeto de conservar y contribuir, a través de medidas de manejo y conservación, al desarrollo de dichas especies, así como para conservar y proteger sus hábitat, para lo cual elaborara los programas de protección correspondientes que se determinaran de conformidad con lo que disponga el decreto que las establezca y el programa de manejo respectivo.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Notas:

    1. México es miembro de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (cites), que se encarga de proteger las especies silvestres de la explotación desmedida, impedir el comercio internacional de aquéllas en peligro de extinción, y reglamentar y vigilar el comercio de otras que pueden llegar a estarlo.

    2. Se define como programa de manejo al ``instrumento rector de planeación y regulación que establece las actividades acciones y lineamientos básicos para el manejo y la administración del área natural protegida respectiva''.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 24 días de noviembre de 2005.--- Dip. Alejandro Agundis Arias (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
    LEY ORGANICA DEL CONGRESO - LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, en materia de dictaminación de la Cuenta Pública federal.La diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias, señor Presidente. Compañeras y compañeros legisladores: entre las facultades más importantes que tiene la Cámara de Diputados se encuentra la de revisar anualmente la Cuenta Pública federal, como ordena el artículo 74 de la Constitución. Para este efecto, la Cámara cuenta con un órgano técnico muy importante, la Auditoría Superior de la Federación, que es bajo su responsabilidad con la que se hace la revisión de la Cuenta Pública año con año.

    Asimismo, la Cámara cuenta con la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, responsable de dictaminar dicha cuenta federal a partir de un informe de resultados que entrega la Auditoría Superior de la Federación. Cuenta también la Cámara con la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, a cuyo cargo se encuentra coordinar las relaciones entre la Cámara y la Auditoría Superior de la Federación, evaluar el desempeño de la propia Auditoría y constituir el enlace entre ambos órganos. Cada año, la Comisión de Vigilancia realiza la revisión del Informe de Avance de la Gestión Financiera, correspondiente al ejercicio presupuestario en ejecución. En este marco, cada año el Ejecutivo federal presenta la Cuenta Pública dentro de los 10 primeros días de junio del año.

    A partir de ahí, la Auditoría Superior de la Federación se aboca a la revisión de la misma, entregando a la Cámara el informe de resultados de su revisión a más tardar el 31 de marzo del año siguiente. Acto seguido, la Comisión de Vigilancia se aplica en la revisión de dicho informe y da su opinión a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Esta Comisión de Presupuesto se encarga de elaborar el dictamen correspondiente para su presentación ante el Pleno de la Cámara de Diputados.

    No obstante lo anterior, los procesos de dictaminación de las Cuentas Públicas correspondientes a los ejercicios fiscales de 2001 a 2004 han dejado patente las complejidades del proceso de control citado, fundamentalmente por las excesivas cargas de trabajo de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, ya que los trabajos relativos al seguimiento, al debido cumplimiento a lo ordenado en el Presupuesto de Egresos de la Federación cada año y el proceso de aprobación del proyecto de decreto del Presupuesto para el siguiente ejercicio fiscal saturan el trabajo de la misma.

    Por otra parte, a pesar de que la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación cuenta con facultades para examinar el informe de resultados de la Cuenta Pública, que presenta el ente fiscalizador, esta Comisión carece de facultades de dictamen, no puede dictaminar la revisión del informe de la Cuenta Pública, ya que esa facultad se encuentra en la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

    En ese sentido, existe una falta de vinculación entre el proceso de revisión del informe de resultados de la Cuenta Pública a cargo de la Comisión de Vigilancia y el proceso de dictamen que recae en la Comisión de Presupuesto.

    Por eso propongo una modificación de la Ley Orgánica que nos rige, modificando el artículo 39, en la fracción XXVI, para que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública se denomine solamente ``de Presupuesto''; el artículo 40, en el numeral 4, donde establece que ``la Comisión de Cuenta Pública y la de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación'', también se cambie el nombre de la Comisión de Vigilancia para que se llame ``Comisión de Cuenta Pública y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación''; y dentro del artículo 45, en el numeral 5, se asignan las tareas que corresponden a las comisiones, en la cual propongo que se agregue que a la Comisión de Cuenta Pública y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación se agregue el nombre que estoy proponiendo en esta iniciativa de ley y que también se modifiquen el artículo 66 y el 67 para que en el artículo 66 se dé la facultad de dictamen a la Comisión de Cuenta Pública y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

    Dentro del artículo 67: ``Son atribuciones de las comisiones...'' Se agrega en la fracción III la de ``dictaminar la Cuenta Pública''. Estas modificaciones son muy importantes para eficientar la revisión del informe de resultados que año con año entrega la Auditoría Superior de la Federación a esta Cámara. Es cuanto, señor Presidente.

    «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, en materia de la dictaminación de la Cuenta Pública federal, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del PRD

    La suscrita, María de los Dolores Padierna Luna, diputada federal integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LIX Legislatura, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 39, fracción XXVI, 40, numeral 4, y 45, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 66 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, conforme a la siguiente

    Exposición de Motivos

    Dentro de las facultades más importantes de esta honorable Cámara se encuentra la de revisar anualmente la Cuenta Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Para tal efecto, esta Cámara cuenta con un órgano técnico, la Auditoría Superior de la Federación, bajo cuya responsabilidad se encuentra la revisión de la Cuenta Pública Federal, en términos de lo ordenado por el artículo 79 de la propia Constitución.

    Asimismo, esta soberanía cuenta con las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, responsable de dictaminar la Cuenta Pública Federal a partir del informe que respecto de su revisión se encuentra obligada a rendir la entidad superior de fiscalización; y la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, a cuyo cargo se encuentra coordinar las relaciones entre la Cámara y el ente fiscalizador, evaluar su desempeño y constituir el enlace entre ambos órganos, según lo dispuesto por los artículos 66 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. Asimismo, en el mes de septiembre de cada año, la Comisión de Vigilancia debe realizar la revisión del Informe de Avance de la Gestión Financiera correspondiente al ejercicio presupuestario en ejecución.

    En este marco, año con año, el Ejecutivo federal presenta la Cuenta Pública dentro de los diez primeros días del mes de junio del año. A partir de ahí, la Auditoría Superior de la Federación se aboca a la revisión de la misma, entregando a la Cámara el Informe de Resultados de su Revisión, a más tardar el 31 de marzo del año siguiente. Acto seguido, la Comisión de Vigilancia, se aplica a la revisión de dicho Informe, y las comisiones ordinarias dan su opinión a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a cuyo cargo se encuentra la elaboración del dictamen correspondiente para su presentación ante el Pleno de la Cámara.

    No obstante lo anterior, los procesos de dictaminación de las cuentas públicas correspondientes a los ejercicios fiscales de los años 2001 a 2004, han dejado patente las complejidades del proceso de control antes citado, fundamentalmente por: las excesivas cargas de trabajo de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, ya que los trabajos relativos al seguimiento al debido cumplimiento a lo ordenado en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año y el proceso de aprobación del proyecto de decreto del Presupuesto para el siguiente Ejercicio Fiscal, saturan el trabajo de la misma.

    De otra parte, a pesar de que la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación cuenta con facultades para examinar el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública que presenta el ente fiscalizador, dicha Comisión carece de facultades para dictaminar la Cuenta Pública, ya que, como antes señalamos, dicha facultad, se encuentra bajo la responsabilidad de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

    En este sentido, existe una falta de vinculación entre el proceso de revisión del Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública a cargo de la Comisión de Vigilancia y el proceso de dictaminación de la propia Cuenta Pública a cargo de la Comisión de Presupuesto, así como respecto del proceso de revisión del Informe de Avance de la Gestión Financiera a cargo de la primera.

    En vista de lo anterior, en el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática se aprecia necesario transferir las facultades para dictaminar la Cuenta Pública a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para lo cual se propone modificar la atribuciones y la denominación de las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente

    Iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 39, fracción XXVI, 40, numeral 4, y 45, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 66 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, conforme a lo siguiente:

    Primero. Se reforman los artículos 39, fracción XXVI, 40, numeral 4, y 45, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    ``Artículo 39.

    1. ...

    2. ...

    I. a XXV. ...

    XXVI. Presupuesto;

    XXVII. a XXXVIII. ...

    ...

    Artículo 40.

    1. a 3. ...

    4. La Comisión de Cuenta Pública y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación realiza las tareas que le marca la Constitución y la correspondiente ley reglamentaria.

    ...''

    Artículo 45. ...

    1. a 4. ...

    5. Asimismo, las comisiones a que se refiere el párrafo anterior y de acuerdo a su competencia, darán opinión fundada a la Comisión de Cuenta Pública y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con base en los informes que rindan el Poder Ejecutivo federal y las demás entidades fiscalizadas, en los términos del artículo 79, fracción I, de la Constitución. Dichas opiniones deberán ser enviadas a más tardar sesenta días después de la recepción de los informes. La opinión fundada tendrá por objeto hacer aportaciones a esa Comisión sobre aspectos presupuestales específicos, en relación al cumplimiento de los objetivos de los programas del correspondiente ramo de la Administración Pública Federal, y para que sean consideradas en la revisión de la Cuenta Pública.

    Segundo. Se reforman los artículos 66 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, para quedar como sigue:

    Artículo 66. Para los efectos de lo dispuesto en la fracción II del artículo 74 constitucional, la Cámara contará con una Comisión que tendrá por objeto dictaminar la Cuenta Pública federal, coordinar las relaciones entre ésta y la Auditoría Superior de la Federación, evaluar el desempeño de esta última y constituir el enlace que permita garantizar la debida coordinación entre ambos órganos.

    Artículo 67. Son atribuciones de la Comisión:

    I. a II. ...

    III. Dictaminar la Cuenta Pública;

    IV. a XIV. ...

    Transitorios

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.''

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de noviembre de dos mil cinco.---Dip. María de los Dolores Padierna Luna (rúbrica).»Presidencia del diputado Álvaro Elías LoredoEl Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
    LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Óscar González Yáñez, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar iniciativa que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.El diputado Óscar González Yáñez: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras diputadas, compañeros diputados: los suscritos, diputados federales a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución, así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, proponen iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, bajo la siguiente exposición de motivos:

    Una de las cuestiones centrales para el desarrollo de un país es la infraestructura de comunicaciones con que cuente. Las carreteras, los puentes y las terminales aéreas constituyen un activo fundamental para el movimiento de personas y de mercancías. En las dos últimas décadas, México se ha convertido en un país que se ha integrado a la economía mundial con la suscripción de acuerdos y tratados comerciales derivados del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá. Insertarse en la dinámica del mercado mundial ha implicado fortalecer la infraestructura de comunicaciones y transportes.

    El gobierno mexicano inició un ambicioso proceso de transformación de dicha infraestructura donde el pilar fundamental fue la inversión privada, bajo la modalidad de concesiones y permisionarios. De esa forma, durante el periodo 1989-94 se construyeron alrededor de 5 mil kilómetros de carreteras concesionadas y de autopistas y de carreteras rurales. La administración del Presidente Zedillo se enfocó a fortalecer las carreteras estatales y las alimentadoras, así como la reestructuración de las que tuvieron problemas financieros y requerimientos de rescate por parte del Estado. Para ello se constituyó el Fideicomiso de Apoyo y Rescate de Autopistas Concesionadas, FARAC. No obstante que la Cámara de Diputados ha destinado importantes recursos al programa carretero y se han estado haciendo obras, éstas de ninguna forma pueden equipararse a las efectuadas en la década de 1990.

    Un diagnóstico realizado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes señala que la red de carreteras del país a finales de 2003 abarcaba casi 350 mil kilómetros, de los cuales 117 mil están pavimentados y el resto son brechas mejoradas, caminos de terracería o revestimientos. De las carreteras pavimentadas, 55 mil kilómetros corresponden a la llamada ``red troncal federal''. De ellos, 7 mil son de cuota y 48 mil son libres. El diagnóstico de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes reconoce que 60 por ciento de las carreteras tiene funcionamiento adecuado, 30 por ciento en condiciones regulares en cuanto a su capacidad y el resto ya presenta saturación.

    Además, en los últimos 10 años la longitud de los caminos y carreteras de cuota ha modificado su composición. En 1993, la longitud en kilómetros operada por Caminos y Puentes Federales propiedad del gobierno ascendió a 906.6 y los contratos contratados 355.9 Para 2003, los propios ascendieron a 976.4, mientras que los contratados a 441 y los operados por el FARAC a 3,721.5. México se ha dado a la modalidad de cobrar una tarifa fija para el uso de carreteras. Las tarifas son fijadas por el organismo responsable de su operación y, en el caso de las carreteras construidas por el Estado y que han sido entregadas a Capufe para su administración, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza la tarifa. Para el caso de las autopistas manejadas por el FARAC, el Comité Técnico del Fideicomiso determina la tarifa, para las concesionadas la Secretaría de Comunicaciones y Transportes determina la tarifa. Para el caso concreto de México, la disparidad de las tarifas es muy similar a la de otros países.

    Para un auto, el costo por kilómetro en las autopistas administradas por Capufe es de .84 pesos, las de FARAC de 1.18 pesos, concesionadas por Capufe de 1.91 pesos y autotransportes concesionadas de 1.55 pesos. No obstante que los usuarios pagan las tarifas más elevadas por el uso de autopistas de cuota, se enfrentan a tramos carreteros o autopistas completas que están en muy mal estado o en constante reparación. En muchos de los casos, en varios kilómetros donde sólo funciona un carril, no hay señalamientos adecuados, la carpeta asfáltica está en muy estado por señalamientos con problemas, no cuentan con sanitarios, no cuentan con iluminación.

    La Secretaría de Comunicaciones y Transportes es la dependencia encargada de garantizar que la infraestructura carretera cuente con las condiciones óptimas para el traslado de mercancías, bienes y personas, que se realice con eficiencia y seguridad. Por ello, proponemos fortalecer la actuación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en la fijación de las tarifas de los peajes de las autopistas, bajo las modalidades de explotación, como lo determina el artículo 12 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

    En concreto, estamos proponiendo adicionar un artículo 21 Bis en el Capítulo IV, referente a las tarifas, para señalar que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes tendrá atribuciones para fijar cuotas preferenciales en las autopistas de cuota que estén en reparación y mantenimiento. La lógica de este planteamiento responde al reconocimiento de que el usuario paga un peaje que le da derecho a transitar por una autopista en óptimas condiciones; es decir, recibir un servicio a su entera satisfacción.

    En consecuencia, la esencia de nuestro proyecto es que el pueblo de México ha pagado una cantidad impresionante por parte del rescate carretero, pero no recibe el servicio que corresponde. México tiene dos de las tres carreteras más caras del mundo; sin embargo, esas carreteras, como es el caso de la México-Toluca, no cuentan siquiera con servicio sanitario, no cuentan con alumbrado público y cuando está en reparación se cobra 100 por ciento del total del peaje. La propuesta de nosotros es que si el usuario paga 100 por ciento de un peaje, reciba 100 por ciento del servicio y que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes pueda intervenir cuando las carreteras no presten estos servicios, no presten el servicio completo, esté en reparación o tengan otro tipo de limitante para prestar el servicio, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes podrá disminuir el pago del peaje para que el ciudadano reciba a plenitud el servicio por el cual está pagando.

    Por las consideraciones antes expuestas proponemos: Artículo Único. Se adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

    Artículo 21 Bis. La Secretaría tendrá la facultad de establecer tarifas preferenciales para los usuarios de autopistas de cuota cuando éstas se encuentren en reparación o mantenimiento y ello provoque que los usuarios se vean impedidos de recibir el servicio a su entera satisfacción.

    Transitorios. Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

    Artículo Segundo. Los concesionarios y permisionarios que gozan de una concesión para explotar caminos contarán con 180 días naturales, a partir de la publicación del presente decreto, para hacer los ajustes necesarios a los sistemas de cobro que se derivan de la adición planteada.

    La idea, compañeros, es que si los usuarios pagan 100 por ciento de un servicio, reciban 100 por ciento de un servicio. No es posible que tengamos carreteras como la llamada ``Autopista del Sol'', México-Acapulco, que desde que se inició está en mantenimiento, pero curiosamente desde que abrió siempre ha cobrado 100 por ciento por un servicio que no presta.

    Otras carreteras ni siquiera tienen servicio de sanitarios, no tienen servicio de iluminación; cobran como carreteras de primera y dan servicio como carreteras de segunda o de tercera. Por su atención, muchas gracias, señor Presidente.

    «Iniciativa que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, presentada por el diputado Óscar González Yáñez, del grupo parlamentario del PT.

    Los suscritos, diputados federales a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    Una de las cuestiones centrales para el desarrollo de un país es la infraestructura de comunicaciones con la que cuenta.

    Las carreteras, los puertos y las terminales aéreas constituyen un activo fundamental para el movimiento de personas y de mercancías. México, en las últimas dos décadas, se ha convertido en un país que se ha integrado a la economía mundial con la firma de distintos acuerdos y tratados comerciales, destacando el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos de Norteamérica y Canadá.

    Insertarse a la dinámica del mercado mundial ha implicado fortalecer la infraestructura de comunicaciones y transportes. El gobierno mexicano inició un ambicioso proceso de transformación de dicha infraestructura donde el pilar fundamental fue la inversión privada bajo la modalidad de concesiones y permisos.

    De esta forma, durante el periodo comprendido entre 1989 y 1994 se construyeron unos 5 mil kilómetros de carreteras concesionadas y de autopistas y carreteras rurales.

    La administración del presidente Ernesto Zedillo se enfocó a fortalecer las carreteras estatales y alimentadoras, así como en la reestructuración de las que tuvieron problemas financieros y requirieron el rescate del Estado. Para ello, se constituyó el Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas (FARAC).

    No obstante que la Cámara de Diputados ha destinado importantes recursos al programa carretero y se están haciendo obras, éstas de ninguna forma pueden equipararse a las efectuadas en la década de 1990.

    Un diagnóstico realizado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes señala que la red carretera del país a finales de 2003 abarca casi 350 mil kilómetros, de los cuales 117 mil están pavimentados y el resto son brechas mejoradas, caminos de terracería o revestidos. De las carreteras pavimentadas, 55 mil kilómetros corresponden a la llamada red troncal federal, de ellos 7 mil son de cuota y 48 mil son libres.

    El diagnóstico de la SCT reconoce que 60 por ciento de las carreteras tiene un funcionamiento adecuado, 30 por ciento está en condiciones regulares en cuanto a su capacidad y el resto ya presenta saturación.

    Además, en los últimos 10 años la longitud de los caminos y carreteras de cuota ha modificado su composición. En 1993 la longitud en kilómetros operados por Caminos y Puentes Federales propiedad del gobierno ascendía a 906.6 y los contratados a 355.9, para 2003 los propios ascendieron a 976.4, mientras que los contratados a 441 y los operados por el FARAC a 3,721.5.

    Las cifras señaladas en el párrafo anterior demuestran con claridad como se ha privilegiado un esquema privado de inversión en la construcción de carreteras en nuestro país.

    Esta situación no ha sido privativa de nuestro país. Otras naciones de Latinoamérica, como Argentina, Chile, Brasil y Colombia ha entrado a una dinámica de concesionar la construcción y operación de tramos carreteros a la iniciativa privada.

    Las modalidades han sido desde cobrar una cuota fija sin importar el número de kilómetros recorridos, hasta cobrar una tarifa por kilómetro recorrido. Dentro del esquema de concesión se ha permitido que los concesionarios o terceros contratados por ellos puedan explotar servicios dentro del tramo carretero otorgado en concesión.

    Resalta el caso de países europeos como Alemania, Bélgica, Dinamarca, Holanda y Reino Unido donde viajar por las autopistas es gratuito.

    En México se ha dado la modalidad de cobrar una tarifa fija para el uso de carreteras. Las tarifas son fijadas por el organismo responsable de su operación. En el caso de las carreteras construidas por el Estado y que han sido entregadas a Capufe para su administración, la SHCP autoriza la tarifa; para el caso de las autopistas manejadas por el FARAC, es el comité técnico del fideicomiso el que determina la tarifa y para las concesionadas es la SCT quien determina la tarifa.

    Uno de los problemas derivados de la concesión de autopistas de cuota a particulares es que se ha presentado en diversos casos que las tarifas rebasan con mucho al promedio de tarifas de otros tramos carreteros del país, e incluso de países con condiciones de desarrollo similar al de México. En este sentido, México se encuentra entre los países con tarifas más elevadas en carreteras de peaje.

    Con información disponible para 2003, en promedio, en México el costo por kilómetro para el usuario es de 1.12 pesos, mientras que para Brasil es de 0.17 pesos, Argentina 0.07 pesos, Chile 0.46, España 0.96, Francia 1.01 y Portugal 0.68. Es clara la disparidad que existe entre el costo en los distintos países.

    Para el caso concreto de México la disparidad de las tarifas es muy similar al comparativo internacional. Para un auto el costo por kilómetro en las autopistas administradas por Capufe es de 0.84 pesos; las del FARAC, 1.18 pesos; concesionadas por Capufe, 0.91 pesos; y otras autopistas concesionadas, 1.55 pesos.

    En México tenemos dos de las autopistas más caras del mundo. La Autopista del Sol que va de la Ciudad de México al puerto de Acapulco y la Autopista México-Toluca. El costo de esta última es de 3.97 pesos por kilómetro.

    No obstante de que los usuarios de México pagan las tarifas más elevadas por el uso de autopistas de cuota, se enfrentan a tramos carreteros o autopistas completas que están en muy mal estado o en constante reparación. En muchos de los casos de varios kilómetros donde sólo funciona un carril, no hay señalamientos adecuados, la carpeta asfáltica está en muy mal estado, por señalar los problemas más recurrentes.

    La Secretaría de Comunicaciones y Transportes es la dependencia encargada de garantizar que la infraestructura carretera cuente con las condiciones óptimas para que el traslado de mercancías, bienes y personas se realice con eficiencia y seguridad.

    Por ello, proponemos fortalecer la actuación de la SCT en la fijación de las tarifas de los peajes de las autopistas bajo las modalidades de explotación como lo determina en el artículo 12 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

    En concreto, estamos proponiendo adicionar un artículo 21 Bis en el Capítulo IV referente a las tarifas para señalar que la SCT tendrá atribuciones para fijar cuotas preferenciales en las autopistas de cuota que estén en reparación y mantenimiento.

    La lógica de este planteamiento responde al reconocimiento de que el usuario paga un peaje que le da derecho a transitar por una autopista en óptimas condiciones, es decir, recibir un servicio a su entera satisfacción.

    Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en los artículos 71, fracción 11, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción 11, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la

    Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal para quedar como sigue:

    Artículo Único. Se adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal:

    Artículo 21 Bis. La Secretaría tendrá la facultad de establecer tarifas preferenciales para los usuarios de autopistas de cuota, cuando éstas se encuentren en reparación o mantenimiento y ello provoque que los usuarios se vean impedidos de recibir el servicio a su entera satisfacción.

    Transitorios

    Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo. Los concesionarios y permisionarios que gozan de una concesión para explotar caminos contarán con 180 días naturales a partir de la publicación del presente decreto para hacer los ajustes necesarios a los sistemas de cobro que se derivan de la adición planteada en el presente decreto.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días del mes de noviembre de dos mil cinco.--- Por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, diputados: Alejandro González Yáñez, coordinador; Pedro Vázquez González, vicecoordinador; Juan A. Guajardo Anzaldúa, Joel Padilla Peña, Óscar González Yáñez, Francisco A. Espinosa Ramos (rúbricas).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Transportes.
    LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Carlos Blackaller Ayala, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 21 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.El diputado Carlos Blackaller Ayala: Con su permiso, diputado Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 21 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

    El que suscribe, diputado federal de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto para adicionar el inciso J) al primer párrafo del artículo 21, incluido en el Capítulo II del Título Segundo de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    No obstante que nuestro país es un importante productor de petróleo, en México no existe la capacidad de refinación instalada, para producir la gasolina suficiente que el país demanda, propiciándose con esto, una fuerte fuga de divisas y la dependencia que tenemos del exterior en esta materia.

    Por ser socialmente responsable, económicamente viable y técnicamente posible, es necesario promover el uso de los bioenergéticos como elementos clave para lograr la autosuficiencia energética del país, a través del uso de energías renovables logrando con ello obtener combustibles limpios para uso automotriz.

    Para efectos de reducir los gases invernadero en la atmósfera y evitar la contaminación de los mantos freáticos es necesario utilizar el etanol ya sea como oxigenante o como biocombustible puro.

    Está muy claro que por cuestiones económicas y de medio ambiente, en varios países como Brasil, Estados Unidos y algunos países miembros de la Comunidad Europea, la tendencia se esta orientando para cambiar los combustibles de origen fósil por los de origen de biomasa, evitando con esto la contaminación que lamentablemente esta provocando el calentamiento global de la Tierra.

    Por esto, es necesario fomentar la producción, distribución y comercialización de energías renovables provenientes de biomasa orientando la agroindustria para la instalación de plantas para el procesamiento de los productos de la caña, del maíz, entre otros productos agropecuarios que pudieren ser empleados en la producción de etanol y de otros bioenergéticos.

    Existe la necesidad de fomentar la creación de cadenas productivas relacionadas con los biocombustibles y proveerse de los apoyos técnicos y presupuestales que se requieran para estos efectos, impulsando así la producción agrícola y el empleo productivo a partir de la bioenergía.

    Que el uso de etanol como oxigenante o como combustible de manera generalizada, podría reducir las emisiones contaminantes a la atmósfera, generando con ello más y mejor empleo rural, menores problemas de salud, estabilizando el negocio de los productores del campo, así como en general los precios de los edulcorantes.

    Para lograr todo lo anterior, es necesario que se dé una excelente planeación y una decidida coordinación de las políticas publicas para el desarrollo rural sustentable con las políticas de Energéticos en cuanto su combinación, distribución y uso.

    Que para efectos de desarrollar una acción integral de responsabilidad entre los distintos órdenes de gobierno propiciando la concurrencia, en el marco de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, se crea la Comisión Intersecretarial, la cual será responsable de atender, coordinar y dar seguimiento correspondiente a los programas especiales que tengan como propósito impulsar el desarrollo rural sustentable, debiendo de promover y coordinar las acciones y la concertación de la asignación de responsabilidades a las dependencias y entidades federales competentes en las materias de la presente ley.

    Que en el artículo 21 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable se enlistan las dependencias que forman la Comisión Intersecretarial.

    Que ante las nuevas fuentes de combustibles ya no solo de origen fósil, sino ahora de biomasa es necesario se incluya en ese artículo la Secretaría de Energía para que los objetivos planteados en esa ley se cumplan con puntualidad y haya una mayor coordinación entre quienes deberán implementar las nuevas políticas publicas sobre combustibles para uso automotriz y/o de otra índole, en cuanto a la producción y comercialización.

    Compañeras y Compañeros Legisladores:

    Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto por nuestras leyes vigentes, someto a su consideración de esta soberanía, la iniciativa para adicionar inciso j) al artículo 21 del Capítulo II del Título Segundo de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

    Artículo 21. La Comisión Intersecretarial estará integrada por los titulares de las siguientes dependencias del Ejecutivo Federal: a) Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, cuyo titular la presidirá; b) Secretaría de Economía; c) Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; d) Secretaría de Hacienda y Crédito Público; e) Secretaría de Comunicaciones y Transportes; f) Secretaría de Salud; g) Secretaría de Desarrollo Social; h) Secretaría de la Reforma Agraria; i) Secretaría de Educación Pública; j) Secretaría de Energía; y las dependencias y entidades del poder Ejecutivo que se consideren necesarias, de acuerdo con los temas de que se trate.

    ...

    ...

    ...

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de noviembre de 2005.--- Dip. Carlos Blackaller Ayala (rúbrica).»

    Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Desarrollo Rural.
    ARTICULOS 84 Y 85 CONSTITUCIONALES
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma y adiciona los artículos 84 y 85 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.El diputado Iván García Solís: Gracias, ciudadano Presidente. Ciudadanas y ciudadanos legisladores: mi propuesta tiene por objeto modificar y adicionar los artículos 84 y 85 de la Constitución, para garantizar una sustitución perentoria del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos en caso de su falta absoluta. Esta preocupación no es exagerada ni gratuita: recordemos la perturbación momentánea de la vida política del país y de la Bolsa Mexicana de Valores propiciadas por el rumor de un infarto al Primer Mandatario o el penoso pasaje en que el entonces secretario de Gobernación, sin asidero legal alguno, se encargó del despacho debido a la operación quirúrgica a que fue sometido el mismo Presidente de la República; esto, fuera de la ley.

    La Presidencia de la República, institución preponderante en nuestro sistema político, se encuentra en una situación de vulnerabilidad, dado que la Constitución no cuenta con normas precisas sobre los plazos en el proceso de sustitución del Presidente de la República en caso, como dijimos, de su falta absoluta y sobre el procedimiento en caso de no integrarse el Colegio Electoral que se prevé para el efecto. Digamos dos palabras como antecedente de este problema: México ha contado con diversas fórmulas para garantizar la continuidad de la institución presidencial, pero dichas fórmulas no lograron esa garantía fluida, pues los mecanismos dispuestos abonaron las conspiraciones de quienes serían sucesores por ministerio de ley. Muestra de ello son los 25 Presidentes interinos entre 1833 y 1877 que tuvo esta República. Al finalizar la Revolución Mexicana se ensayó una fórmula distinta: la Constitución de 1917 estableció que el Congreso debía constituirse en Colegio Electoral para elegir al Presidente sustituto en caso de ausencia definitiva del Presidente.

    Sin embargo, el texto constitucional --esto lo remarco-- es omiso en cuanto al plazo que tiene el Colegio Electoral para resolver sobre esta circunstancia y lo que procede en caso de que dicho Colegio no logre integrarse es una posibilidad, es una eventualidad que no ha ocurrido, pero que la ley no previene.

    Las sustituciones de Carranza en 1920 y Obregón en 1924, bajo la misma norma del 17, se dieron sin sobresaltos, pero teníamos un Congreso que aglutinaba mayorías amplias y no tuvo obstáculos para integrar el Colegio Electoral. Aquellos preceptos continúan vigentes, pero la existencia actualmente de un Congreso plural, cuya diversidad se avizora cada vez mayor y permanente hacia el futuro, podría dificultar la construcción de las mayorías necesarias para tomar una decisión ante ausencias temporales o falta absoluta del Presidente. Más aún: la ausencia de una resolución del Colegio Electoral en este sentido, merced a la carencia de plazo, podría prolongar un vacío de poder peligroso, en detrimento de la estabilidad nacional.

    En tal virtud es imperativo hacer la revisión de la regla constitucional, al margen de que pueda o no suceder un acontecimiento de esa naturaleza; desde luego, no es deseable esta falta temporal ni absoluta. Como legisladores e integrantes de otro de los poderes públicos, nos interesa la certeza de los plazos en que se procedería en esta circunstancia. Por ello, ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados, propongo establecer un plazo de 10 días para que el Colegio Electoral que se constituya en el Congreso nombre Presidente interino o elija Presidente sustituto y, en caso de que por cualquier circunstancia no se resuelva dentro de ese mismo plazo, el desempeño de la responsabilidad presidencial recaiga por ministerio de ley en el Presidente de la Cámara de Diputados en tanto se resuelve esta circunstancia. Esta propuesta, como a todas y a todos no escapa, tiene que ver con la naturaleza de nuestro régimen político, un régimen presidencial. Hay otros regímenes, señaladamente el parlamentario, que disponen de otros mecanismos para una sustitución del Presidente; es decir, del titular del Poder Ejecutivo.

    No estamos proponiendo ese nuevo régimen, que tampoco es descartable y que en algún momento puede ser una opción válida para esta República; no es descartable. Sin embargo, sí requerimos que espacios que la ley no prevé, ausencias constitucionales notorias como éstas que menciono, sean resueltas para tener la mayor certidumbre en esos casos, no deseables pero que sí pueden darse en la realidad. Agradezco su atención y dejo en manos de la Secretaría esta propuesta, pidiéndole que de manera íntegra sea insertada en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 84 y 85 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del PRD

    Quien suscribe, Iván García Solís, diputado federal a la Quincuagésima Novena Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, por mi propio derecho y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 84 y 85 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de sustitución automática del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos en caso de falta absoluta.

    Exposición de Motivos

    La democracia es, sin duda, una conquista ciudadana y como tal se debe valorar. Son muchos los beneficios que estamos viviendo en esta nueva etapa de México; la rendición de cuentas; la libertad de expresión, la lucha contra la desigualdad social y la búsqueda de fórmulas para enfrentar la inseguridad están presentes en la agenda ciudadana.

    Sin embargo, debemos reconocer también que esa realidad política llegó sin que nos haya dado tiempo de adecuar nuestras instituciones a los retos que la gobernabilidad democrática demanda. Es el caso de la Presidencia de la República, institución en la que más se ha sostenido nuestro sistema político, por la gran fuerza jurídica y política que emana de ella, pero que se encuentra en una situación de vulnerabilidad dado que la Constitución no cuenta con normas precisas sobre los plazos en el proceso de sustitución del Presidente de la República, en caso de su falta absoluta y sobre el procedimiento en caso de no integrarse el Colegio Electoral para ese efecto.

    A lo largo del México constitucionalista se exploran diversas fórmulas para garantizar la continuidad de la institución presidencial. La Vicepresidencia, la suplencia del cargo por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, y la sustitución por uno de los secretarios de despacho dan cuenta de ello. Desgraciadamente, en la mayoría de estos supuestos, las fórmulas no garantizaron una apacible transición, pues los mecanismos dispuestos abonaron las conspiraciones de quienes serían sucesores por ministerio de ley; muestra de ello son los veinticinco presidentes interinos, entre 1833 y 1877.

    Al término de la Revolución Mexicana se ensayó una fórmula distinta. La Constitución de 1917 estableció que el Congreso debía constituirse en colegio electoral para elegir al presidente sustituto, en caso de ausencia definitiva del Presidente. Sin embargo, el texto constitucional es omiso en cuanto al plazo que tiene el Colegio Electoral para resolver sobre esta circunstancia y lo que procede en caso de que dicho colegio no logre integrarse.

    Las sustituciones de Carranza (1920) y Obregón (1924), bajo la misma norma de 1917, se dieron sin sobresaltos, gracias a la integración de un Congreso que aglutinaba mayorías amplias y que no tuvo obstáculos para integrar el colegio electoral.

    Aquellos preceptos continúan vigentes, pero la existencia de un congreso altamente plural, cuya diversidad se avizora cada vez mayor y permanente hacia el futuro; podría dificultar la construcción de las mayorías necesarias para tomar una decisión ante las ausencias temporales o falta absoluta del Presidente de la República.

    Recordemos que conforme a la regla actual, el Congreso debe constituirse en colegio electoral para nombrar a un presidente interino, en caso de falta absoluta del Presidente de la República ocurrida durante los dos primeros años de gobierno y asimismo para elegir un presidente substituto en caso de falta absoluta del presidente ocurrida en los últimos cuatro últimos años del periodo respectivo, solamente que para la constitución del colegio electoral se requiere la presencia de dos terceras partes del número total de miembros del congreso (419 legisladores), y actualmente ningún partido por sí mismo, posee tal número de legisladores para integrar a este órgano, lo cual obliga a un entendimiento de cuando menos dos fuerzas políticas.

    Más aún, la ausencia de una resolución el colegio electoral en este sentido, merced a la carencia de plazo, podría prolongar un vacío de poder peligroso en detrimento de la estabilidad nacional. En tal virtud, es imperativo hacer la revisión de la regla constitucional.

    Los supuestos citados, no son descabellados, el pasado reciente nos demuestra la necesidad de prever situaciones de esta índole que pueden trastornar la normalidad democrática: recordemos el trastorno momentáneo de la vida política del país y de la Bolsa Mexicana de Valores propiciados por el rumor de un infarto al primer mandatario o el penoso pasaje en el que, el entonces secretario de Gobernación, sin asidero legal alguno, se encargó del despacho, debido a la operación quirúrgica a la que fue sometido el Presidente de la República.

    Al margen de que pueda o no suceder un acontecimiento de esa naturaleza, que desde luego no es deseable, como legisladores e integrantes de otro de los poderes públicos, nos interesa la certeza de los plazos en que se proceder ante esta circunstancia.

    Por ello, propongo establecer un plazo de diez días para que el colegio electoral nombre presidente interino o elija presidente substituto, y que, en caso de que por cualquier circunstancia no se resuelva dentro del mismo, el desempeño de la responsabilidad presidencial recaiga por ministerio de ley en el Presidente de Cámara de Diputados, en tanto se resuelve esta circunstancia.

    Al margen de lo anterior, propongo enmendar el error que ha arrastrado el artículo 84 constitucional a lo largo de los años, pues en la última línea del párrafo segundo se refiere al ``artículo anterior'', cuando debe decir ``párrafo anterior'', toda vez que el precepto marcado como 83 se refiere al inicio de vigencia del periodo constitucional del mandato del presidente y no a la fórmula de sustitución del primer mandatario que es el tema circunscrito y que se encuentra aludido en el primer párrafo del artículo 84.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Asamblea la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 84 y 85 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de sustitución automática del Presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos en caso de falta absoluta, en los siguientes términos:

    Único: Se reforman los artículos 84 y 85 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 84. En caso de falta absoluta del Presidente de la República, ocurrida en los dos primeros años del período respectivo, si el Congreso estuviere en sesiones, se constituirá inmediatamente en Colegio Electoral, y concurriendo cuando menos las dos terceras partes del número total de sus miembros, nombrará dentro de diez días hábiles, en escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos, un presidente interino; el mismo Congreso expedirá, dentro de los diez días siguientes al de la designación de presidente interino, la convocatoria para la elección del presidente que deba concluir el período respectivo; debiendo mediar entre la fecha de la convocatoria y la que se señale para la verificación de las elecciones, un plazo no menor de catorce meses, ni mayor de dieciocho.

    Si el Congreso no estuviere en sesiones, la Comisión Permanente nombrará desde luego un presidente provisional dentro de diez días hábiles y convocará a sesiones extraordinarias al Congreso para que éste, a su vez, designe al presidente interino y expida la convocatoria a elecciones presidenciales en los términos del párrafo anterior.

    Cuando la falta del Presidente ocurriese en los cuatro últimos años del período respectivo, si el Congreso de la Unión se encontrase en sesiones, designará dentro de diez días hábiles al presidente substituto que deberá concluir el período; si el Congreso no estuviere reunido, la Comisión Permanente nombrará dentro de diez días hábiles un presidente provisional y convocará al Congreso de la Unión a sesiones extraordinarias para que se erija en Colegio Electoral y haga la elección del presidente substituto dentro de diez días hábiles.

    Artículo 85. Si al comenzar un período constitucional no se presentase el presidente electo, o la elección no estuviere hecha y declarada el 1o. de diciembre, cesará, sin embargo, el presidente cuyo período haya concluido y se encargará desde luego del Poder Ejecutivo, en calidad de Presidente interino, el que designe el Congreso de la Unión dentro de diez días hábiles, o en su falta con el carácter de provisional, el que designe la Comisión Permanente, procediéndose conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.

    Cuando la falta del presidente fuese temporal, el Congreso de la Unión, si estuviese reunido, o en su defecto la Comisión Permanente, designará dentro de diez días hábiles un presidente interino para que funcione durante el tiempo que dure dicha falta.

    Cuando la falta del presidente sea por más de treinta días y el Congreso de la Unión no estuviere reunido, la Comisión Permanente convocará a sesiones extraordinarias del Congreso para que éste resuelva sobre la licencia y nombre dentro de diez días hábiles, en su caso, al presidente interino.

    ...

    El Presidente de la Cámara de Diputados, se encargará del despacho del Poder Ejecutivo Federal, en tanto se resuelve quién se desempeñará como Presidente provisional o interino.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dip. Iván García Solís (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Insértese el texto íntegramente en el Diario de los Debates; túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTICULO 105 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Francisco Javier Bravo Carvajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El diputado Francisco Javier Bravo Carbajal: Con su permiso, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Adelante, diputado.El diputado Francisco Javier Bravo Carbajal: Compañeras diputadas, compañeros diputados:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El suscrito, diputado federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Nuestra Carta Magna, es el documento base del Estado mexicano, lo constituye y organiza además de garantizar los derechos y garantías fundamentales de los Mexicanos. Uno de los grandes y necesarios atributos de toda norma es el respeto y defensa que de la misma puede hacerse, más cuando esta norma, establece las facultades y límites de ejercicio del poder que se ejerce a través de los órganos de gobierno.

    Esta norma, además, representa el equilibrio, entre los Poderes del Estado, en sus relaciones públicas y además establece los medios idóneos para evitar excesos y abusos, en perjuicio del Estado de derecho y de los ciudadanos mexicanos.

    En el Estado mexicano, este control del poder y de las autoridades que lo detentan, se había relegado exclusivamente en el medio de control constitucional por excelencia, es decir, a través del juicio de amparo, medio extraordinario de defensa de la Constitución, que los ciudadanos han sabido aprovechar al paso del tiempo. El uso y ejercicio constante de ese medio de defensa, ha contribuido a su desarrollo y perfeccionamiento, de tal forma que se han detectado formas de perfeccionarlo y se ha desarrollado una rica teoría del amparo, para bien de la ciencia jurídica.

    Por otro lado existen otros medios de defensa y control de la constitucionalidad que no son tan conocidos o que son de reciente creación, de tal forma que, ante los cambios recientes en las estructuras públicas, o en el cambio en las relaciones de poder entre las instituciones de gobierno, se han venido utilizando cada vez más. En concreto me refiero a los medios de defensa constitucional que se establecen en las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a saber: la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad, medios extraordinarios de defensa y control constitucional que, en los últimos años, han sido utilizados cada vez más.

    Este auge en la presentación de estos medios de control constitucional, ha puesto al descubierto algunas circunstancias que no se previeron debidamente al momento de crear las normas que regulan los procedimientos en cuestión.

    En concreto me permito señalar, que puede darse el caso en el que respecto a un mismo acto de autoridades y sus consecuencias, se pueda presentar al mismo tiempo tanto uno o varios juicios de amparo como uno de los medios de control constitucional que ha sido señalado, lo que definitivamente puede traer la consecuencia de que a la vez, se conozca el mismo asunto ante diversas instancias, que se lleve a cabo diversas instrucciones o procedimientos y finalmente, que se dicten sentencias contradictorias aceptando en un juicio la pretensión del actor y negando la misma pretensión en otro.

    Cabe señalar que efectivamente en materia de amparo se prevé la acumulación de autos de diversos juicios en los que la pretensión o las partes son similares, no así en este caso, en donde si bien, se trata de juicio de diversa naturaleza, si se puede dar el caso que se impugne el mismo acto resultando una conexidad en la materia de los diversos juicios.

    En este sentido debe tomarse en cuenta que las autoridades que conocen de los diversos medios de control constitucional, tienen una relación muy estrecha entre sí, es decir los Juzgados de Distrito y/o los Tribunales Colegiados de Circuito conocen de los amparos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoce de las controversias constitucionales; de tal manera que, respetando la jerarquía de la Corte y la posible sentencia que se dicte, es decir, una sentencia con efectos generales, se hace posible proponer como lo hago, que se reforme el artículo 37 de la ley de la materia, a efecto de que la Corte pueda acordar la suspensión de la tramitación de los juicios de amparo que se presenten en contra de la misma norma o acto que se combate en las controversias constitucionales que resuelva; ya sea que lo denuncien las partes o que la Corte conozca por otros medios.

    De aprobarse lo anterior, se puede evitar que se dicten sentencias contradictorias entre las que recaigan a los juicios de amparo y la propia que se dicte en la controversia constitucional, y además, se puede contar con un criterio de la máxima autoridad jurisdiccional (la Corte) al que pueden apegarse los juzgados de distrito al momento de resolver los amparos.

    Por lo anteriormente expuesto, el suscrito diputado Francisco Javier Bravo Carvajal, someto a la elevada consideración de ésta H. Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo Único; Se reforma el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 37

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a solicitud de las partes o de alguno de sus integrantes podrá acordar el aplazamiento de la resolución de los juicios de amparo en trámite, hasta en tanto se resuelva una controversia constitucional siempre que las normas impugnadas en unos y otra fueren las mismas o cuando se trate de actos que se funden en las mismas normas impugnadas. En este supuesto, no correrá el término de caducidad previsto en el artículo 74, fracción V, de la Ley de Amparo.

    La determinación de aplazamiento que se dicte, no incluye ni afecta el trámite de los incidentes de suspensión.

    Artículo Transitorio

    Único: El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dip. Francisco Javier Bravo Carbajal (rúbrica).»

    Es cuanto, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
    LEY ORGANICA DEL CONGRESO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se recibió del diputado Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del PRD

    El que suscribe, diputado federal Emilio Zebadúa González, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LIX Legislatura, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se adicionan los artículos 40 y 102 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la siguiente

    Exposición de Motivos

    Que el pasado 30 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de reformas a la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el que se establece la obligación constitucional del Ejecutivo Federal de remitir las Iniciativas de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos a más tardar el 8 de septiembre de cada año. De igual manera, se estableció la obligación de esta Cámara para aprobar el Presupuesto de Egresos, a más tardar el 15 de noviembre.

    Que por tal motivo, durante la presente legislatura, por vez primera, el Congreso de la Unión ha revisado y aprobado la Ley de Ingresos y el paquete fiscal turnado por el Ejecutivo, contando con un plazo más amplio para su estudio y discusión.

    Consecuentemente, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República vimos desfilar un sinfín de cabilderos de los diversos sectores sociales, económicos y productivos que pretendían influir en la decisión de los legisladores, situación que vino a complicar más el ambiente, limitando las posibilidades de contar con una mejor reforma; pero que también estableció un claro precedente al ser emitidos ante la opinión pública una serie de críticas a los legisladores, que supuestamente se vieron beneficiados por el sentido de su voto.

    Este ambiente provoca la indebida extensión de las consultas y el debate en comisiones, por casi dos meses, situación que provoca que la Cámara de Diputados deje muy poco tiempo a la colegisladora para hacer lo propio. En consecuencia, limitados por la presión de las prisas, los cabilderos y el temor a los errores --puesto que los senadores tuvieron tan sólo una semana para revisar el debate que a la Cámara de origen tomó dos meses, los senadores llegan a modificar, en uso de sus facultades constitucionales, sustancialmente lo aprobado por la Cámara de Diputados.

    Que la Ley de Ingresos, es un instrumento de la política económica en la que se establecen los recursos con los que contará el Estado para cubrir gastos futuros, por lo que no puede seguir siendo discutida en cada una de las Cámaras, como si fuera cualquier ley general, Por el contrario, la Ley de Ingresos tiene la particularidad de que será discutida y aprobada, por lo que es responsabilidad de los representantes populares, sean estos diputados o senadores, trabajar de manera coordinada, colegiada, sin protagonismos o desconfianzas, para otorgarle al Estado una Ley, que por su particularidad, deberá regir la política d de ingresos del país.

    Que el Congreso de la Unión no puede estar sujeto a las decisiones, negociaciones o intereses particulares de los legisladores, ya sea de la Cámara de Diputados o de la Cámara de Senadores, por ello, es fundamental que quienes representamos la voluntad popular, actuemos de manera consecuente y responsable, trabajando en conferencia, en las reuniones informativas y de consulta con los diversos sectores, independientemente de que, al final, los dictámenes correspondientes serán analizados y discutidos de manera independiente.

    Que para tal efecto, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos dispone en su artículo 98 que ``las comisiones (del Senado) pueden reunirse en conferencia con las correspondientes de la Cámara de Diputados para expeditar el despacho de los asuntos y ampliar su información para la emisión de los dictámenes''.

    Que en el mismo sentido, el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso establece en el artículo 90 que ``las Comisiones de ambas cámaras pueden también tener conferencias entre sí, para expeditar el despacho de alguna ley u otro asunto importante''.

    En este sentido, estimamos que, por su importancia, ambas Cámaras del Congreso de la Unión, deben contar con suficiente tiempo para revisar todas las Iniciativas y opiniones que se presenten en torno de la Ley de Ingresos, por lo que no puede seguir siendo analizada de manera aislada en cada una de las Cámaras, como si se tratara de cualquier ley, puesto que, en este caso, existe un plazo constitucional para su aprobación, además de que, a diferencia de las otras leyes, la Ley de Ingresos tiene una vigencia anual y, por tanto, su ausencia se traduciría en la paralización de la economía nacional.

    Por tal motivo, proponemos reformar la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos para obligar a las comisiones competentes de ambas cámaras a sesionar en conferencia, sin perjuicio de que la discusión de los dictámenes correspondientes se realice por separado, en cada una de ellas, situación que estimamos facilitará la generación de consensos entre ambas Cámaras.

    Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente

    Iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 40 y 102 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos con objeto de que las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados y del Senado de la República sesionen en conferencia para revisar la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, conforme a lo siguiente:

    Único. Se adiciona un numeral 6 al artículo 40 y se adiciona un numeral 2 al artículo 102, ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    ``Artículo 40.

    1. a 5. ...

    6. La Comisión de Hacienda y Crédito Público tiene a su cargo, entre otras, la de analizar y dictaminar la Ley de Ingresos y demás disposiciones fiscales relativas que remita el Ejecutivo Federal para el Ejercicio Fiscal que corresponda.

    Para el cumplimiento de esta responsabilidad la Comisión deberá trabajar en conferencia con la Comisión de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos del Senado de la República para la realización de las consultas, estudios y análisis previos a la elaboración de los respectivos dictámenes correspondientes, sin perjuicio de las facultades constitucionales de cada una de ellas.

    Artículo 102.

    1. ...

    2. La Comisión de Hacienda y Crédito Público y Estudios Legislativos tienen a su cargo, entre otras, la de analizar y dictaminar la Ley de Ingresos y demás disposiciones fiscales relativas que remita la Cámara de Diputados.

    La Comisión de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, para el caso particular del análisis y dictamen de la Ley de Ingresos y demás disposiciones fiscales relativas, deberá trabajar en conferencia con la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados para la realización de las consultas, estudios y análisis previos a la elaboración de los respectivos dictámenes correspondientes, sin perjuicio de las facultades constitucionales de cada una de ellas.''

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil cinco.--- Dip. Emilio Zebadúa González (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Túrnese a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

    Se pospone la iniciativa que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Antonio González Roldán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. La iniciativa de la diputada Yadira Serrano Crespo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, pasa al final de este capítulo. Tiene la palabra el diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma el artículo 8o. de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos. No encontrándose en el salón de sesiones, pasa al final de este capítulo.


    LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con objeto de mejorar las condiciones de los pensionados y jubilados.La diputada Evelia Sandoval Urbán: Con su permiso, diputado Presidente.

    «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado con el objeto de mejorar las condiciones de los pensionados y jubilados.

    La que suscribe diputada federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso General, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 70 y 71, fracción II, de la Constitución Política y el 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del ISSSTE con el objeto de mejorar las condiciones de los pensionados y jubilados, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    La Seguridad Social es responsabilidad prioritaria del Estado, es por ello, que a través de los años se han creado instituciones encargadas de salvaguardarla. En el caso que se expone, en 1959 fue creado el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado, como medida de protección para los servidores públicos, con fundamento en el apartado ``B'' de la ley relativa.

    En la actualidad sólo 2 de cada 10 adultos mayores tienen acceso a algún sistema de pensiones; y aún los niveles de percepción de ellos, en su mayoría no satisfacen todas sus necesidades. El poder adquisitivo de los pensionados y jubilados paulatinamente decrece debido a que la ley no regula proporcionalmente, conforme al incremento de la inflación de los salarios, el monto de las jubilaciones.

    Por ello, es necesario que los trabajadores reciban por parte del ISSSTE, las prestaciones que vayan en aumento proporcional a su cotización, adecuando las pensiones a la inflación real, pudiendo así mejorar la calidad de vida de quienes las ostentan.

    Es de hacer notar que el salario mínimo ha tenido una caída persistente desde hace varios años poniéndose en desventaja con los salarios del sector público es decir, según datos oficiales, se ha visto reducido y por esta razón hay decremento a las pensiones del ISSSTE, lo que se traduce en menor poder adquisitivo y menor posibilidad de llevar una vida digna.

    Por lo expuesto, es imperativa la reforma al artículo 57 para regresar al principio del derecho social ya que un jubilado del ISSSTE que recibe una pensión promedio, sólo le alcanza para comprar alrededor de menos del 70% de productos de una canasta básica, sin incluir, los gastos de vivienda, servicios, transporte, ropa, medicinas, calzado, etcétera.

    Actualmente el artículo 57 en su segundo párrafo, limita las percepciones de los pensionados y jubilados, al establecer que la cuota diaria máxima de pensión, no podrá exceder de la suma cotizable que fija el artículo 15 de esta misma ley, es decir, deberá ser una cantidad que no rebase 10 veces el salario mínimo general, lo que origina pensiones reducidas que desalientan la jubilación de los trabajadores con sueldos altos; disposición que además resulta ser inequitativa ya que el límite para los pensionistas del IMSS es de 25 salarios mínimos.

    El tercero y cuarto párrafo del citado artículo, establecen que la cuantía de las pensiones se aumentará anualmente conforme al incremento que, en año calendario anterior hubiese tenido el índice nacional de precios al consumidor con efectos a partir del primero de enero de cada año y en caso de que este aumento sea inferior a los aumentos otorgados a los sueldos básicos de los trabajadores en activo, las pensiones se incrementarán en la misma proporción que estos últimos. Esto tiene como consecuencia que los trabajadores en activo, reciban sus aumentos a partir del 1 de mayo, por ejemplo los empleados de la SEP y los pensionistas a partir del primero de enero del año siguiente, lo que ahonda la diferencia entre el poder adquisitivo de ambos, en perjuicio de los pensionistas, ya que cada año estos dejan de percibir los aumentos durante 8 meses.

    Se pretende y se lucha por ello desde hace más de una década respecto a que las pensiones sean ``dinámicas''; es decir, que aumenten proporcionalmente a los incrementos de los activos y a partir de la fecha en que estos lo reciban.

    Por otro lado, en el párrafo sexto de dicho precepto, se señala que las prestaciones en dinero para los activos se otorgarán también a los pensionistas, siempre y cuando resulten compatibles a los pensionados. Esa compatibilidad, ¿quién y con qué tabuladores se determinará?. Pues dicha prestación, nunca es autorizada, lo que vuelve inaccesible estos incrementos para los ex trabajadores.

    Es necesario atender las legítimas demandas de los adultos mayores, de quienes han entregado su vida al trabajo y con el, a la construcción de la nación que ahora somos. Legislemos a favor de la justa reivindicación de sus derechos, a favor de que puedan gozar de un nivel de vida digno, a favor de su plena reincorporación a la vida familiar y social y la recuperación de su autoestima una vez que cuenten con pensiones justas que les permitan enfrentar, en su abandono y desamparo los retos del siglo XXI.

    En razón de lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta honorable Asamblea la presente iniciativa del proyecto de

    Decreto

    Primero.- Se reforma el párrafo tercero y sexto del artículo 57 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado, para quedar de la manera siguiente:

    Artículo 57

    ...

    ...

    La cuantía de las pensiones se aumentará anualmente, en la misma fecha y proporción que se les otorga a los trabajadores en activo.

    ...

    ...

    Los jubilados y pensionados tendrán derecho a una gratificación anual igual en número de días a las concedidas a los trabajadores en activo, según la cuota diaria de su pensión. Esta gratificación deberá pagarse en un cincuenta por ciento antes del quince de diciembre y el otro cincuenta por ciento a más tardar el quince de enero, de conformidad con las disposiciones que dicte la Junta Directiva. Asimismo, tendrán derecho en su proporción, a las prestaciones en dinero que les sean aumentadas de manera general a los trabajadores en activo.

    Segundo.- Se reforma el penúltimo párrafo del artículo 15 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para los Trabajadores al Servicio del Estado, para quedar de la siguiente manera:

    Artículo 15

    ...

    ...

    ...

    ...

    Las cotizaciones establecidas en los artículos 16 y 21 de esta ley, se efectuarán sobre el sueldo básico, hasta por una cantidad que no rebase los 25 días de salario mínimo general que dictamine la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, y será el propio sueldo básico hasta por la suma cotizable que se tomará en cuenta para determinar el monto de los seguros, pensiones, subsidios y préstamos que otorgue esta ley.

    ...

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de noviembre de 2005.--- Dip. Evelia Sandoval Urbán (rúbrica).»

    Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. Túrnese a las comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.
    LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se concede el uso de la palabra al diputado Marcelo Herrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática para presentar iniciativa que reforma el artículo octavo de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.El diputado Marcelo Herrera Herbert: Con su venia, diputado Presidente.

    «Iniciativa que reforma el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

    El suscrito, diputado Marcelo Herrera Herbert, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presento a la consideración de la asamblea de esta Cámara de Diputados, la presente iniciativa que adiciona el numeral VIII al artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    En el transcurso de la historia de la humanidad, el desa- rrollo de actividades agropecuarias de las diversas culturas fue un motor fundamental de sus economías; la finalidad en primera instancia fue el autoconsumo, y sólo un porcentaje muy minoritario de la producción se utilizaba para la comercialización.

    La importancia del sector agropecuario está dada por su doble función de proveer bienes finales fundamentales y buena parte de los insumos básicos de la actividad industrial.

    Hoy en día, la relevancia del fenómeno agropecuario va en decadencia, esto debido a la expansión de las actividades productivas, y el reemplazo de recursos naturales por suplementos de tipo artificial.

    Sin embargo, aún hoy una economía es más fuerte e independiente cuando posee un poderoso sector agropecuario. Sino, cómo se explicaría que países del primer mundo como Estados Unidos o los países europeos apliquen medidas proteccionistas y elevados sistemas de subsidios a los productores agropecuarios para mantener los niveles de producción.

    Como ha quedado aquí expresado, uno de los pilares fundamentales de la economía de cualquier país, lo representa su actividad agropecuaria, esta actividad en México obtuvo solo entre los años de 1940 a 1965 niveles de crecimiento en cuanto a su producción a una tasa del 7% anual.

    Sin embargo, el sector agropecuario, siendo uno de los ejes productivos de la economía nacional de vital importancia, ha disminuido su proceso de crecimiento en los últimos años perdiendo competitividad, incluso en el mercado interno.

    Factores como el abandono, la falta de financiamiento a proyecto productivos, la excesiva dependencia externa, la falta de asistencia técnica, y la escasa normatividad de fomento a los productores, distribuidores y comercializadores, han llevado al sector agropecuario nacional a límites que pueden dar como consecuencia su exterminio como sector estratégico.

    Función fundamental de los servidores públicos de la federación es el impulso a las políticas públicas necesarias para el fortalecimiento de los sectores productivos del país.

    Compañeros legisladores, nuestro país desde su concepción como estado moderno siempre se ha caracterizado por el establecimiento de programas encaminados a orientar por buen rumbo a las actividades de los sectores primarios.

    No obstante lo anterior, los últimos sexenios se ha dejado en el olvido las reformas legales que beneficien a los productores nacionales; sin embargo, México, ha firmado una serie de compromisos internacionales como el Tratado de Libre Comercio con América del Norte, que en lo referente a su capítulo agropecuario pone en serio riesgo a este sector en nuestro país.

    Es por lo anterior que urge que los actores políticos nacionales realicen una serie de medidas legales que aviven la actividad primaria nacional, es inconcebible que un país como el nuestro que cuenta con un sin numero de riquezas naturales este poniendo en riesgo a todo un sector económico cuyas raíces culturales son más añejas que nuestra propia nación como Estado moderno.

    Compañeros legisladores, vengo a esta tribuna a solicitar que instrumentemos una política legal fiscal que de muestra del interés de los congresistas de la unión por la vida de los hombres y mujeres del campo y el mar.

    Es por lo anterior que vengo a solicitar que exentemos del pago de impuesto sobre tenencia y uso vehicular a todos aquellos vehículos cuyas característica sea la de ser utilizados para la producción, distribución y comercialización de los productos del sector agropecuario y marítimo mexicano, con la única salvedad de que estos sean adquiridos en el territorio nacional.

    Por lo anterior, propongo ante esta honorable asamblea que adicionemos el numeral VIII al artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos.

    Proyecto de Decreto

    Que adiciona el numeral VIII al artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, para quedar como sigue:

    Artículo 8. No se pagará el impuesto, en los términos de este capítulo, por la tenencia o uso de los siguientes vehículos:

    VIII. Cualquiera que sea, siempre y cuando sea adquirido en territorio nacional y su uso sea destinado para las actividades de producción, distribución y comercialización de los productos agropecuarios y marítimos del país; y que se encuentren debidamente registrados como tales en las dependencias federales respectivas. Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación.

    Dip. Marcelo Herrera Herbert (rúbrica).»

    Es cuanto, diputado Presidente. Gracias.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado Herrera Herbert. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    La iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, se pospone.


    LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 72 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.El diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez: Con su venia, diputado Presidente. El que suscribe, Fernando Guzmán Pérez Peláez, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en esta Legislatura, con fundamento en nuestra Ley Orgánica, someto a la consideración de esta Cámara iniciativa de decreto por el que se reforma el artículo 72 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, conforme a la siguiente exposición de motivos:

    Sin duda, la marcha ciudadana del 27 de junio de 2004 se recordará siempre y ha impactado de muy variadas formas la vida nacional. Fue con mucho la manifestación más numerosa en los últimos años de una sociedad que se siente en buena parte impotente frente a la delincuencia y a las acciones descoordinadas, no pocas veces, de las diferentes instancias de gobierno. Fue un grito silencioso que caló en lo más hondo de las instituciones y sacudió las piezas enmohecidas de un sistema de seguridad y de justicia que no da garantías suficientes al ciudadano en lo fundamental, su seguridad.

    El reclamo ciudadano que encontró un cauce de expresión en dicha marcha continúa hoy escuchándose y exigiendo no sólo mayor seguridad sino mayor corresponsabilidad de las autoridades y un trabajo coordinado y eficaz y también eficiente por parte de los distintos órdenes de gobierno de las diferentes instancias vinculadas con la seguridad pública y de los tres poderes del Estado. Para dar cumplimiento a la obligación del Estado de garantizar la seguridad de sus ciudadanos y en virtud de que por todos es sabido que en los centros penitenciarios del país se gestan muchos crímenes, como secuestros, robos u homicidios, las autoridades responsables de los centros penitenciarios; es decir, la Secretaría de Seguridad Pública federal y las de los estados deben tener plena facultad para restringir el uso de aparatos de comunicación, entre otras medidas para impedir en lo posible la coordinación delictiva y la actuación del crimen organizado desde los mismos centros de reclusión.

    Se ha dicho que la utilización de bloqueador de telefonía celular como medida restrictiva, que en la actualidad se aplica en muy pocos centros penitenciarios, es violatoria de la Ley Federal de Telecomunicaciones. Por ello presentamos en esta alta tribuna la presente iniciativa, con la finalidad de evitar que algunos jefes de bandas de delincuencia organizada sigan operando cínicamente desde prisión, a través de la telefonía celular, pues deben prevalecer el interés público y el derecho a la seguridad de los ciudadanos, de los mexicanos sobre el relativo derecho a la comunicación de quienes se encuentran recluidos por la comisión de delitos.

    Hoy se firmará un convenio entre el Gobierno del Distrito Federal y el del estado de México y los responsables de los centros penitenciarios con la Secretaría de Seguridad Pública, pero subsiste en la legislación el impedimento que podría bloquear la acción legal para impedir la comunicación con telefonía celular. De aprobarse prontamente esta iniciativa, no habría excusa en la ley para resolver un asunto de sentido común que se ha postergado.

    La iniciativa de decreto por la que se adiciona el artículo 72 de la Ley Federal de Telecomunicaciones tiene un punto único, por el que se adiciona dicho artículo 72 de la ley federal, para quedar como sigue:

    Artículo 72. Las personas que presten servicios de telecomunicaciones sin contar con la concesión o el permiso a que se refieren los artículos 11 y 31 de esta ley o que por cualquier otro medio invadan u obstruyan las vías generales de comunicación respectivas perderán en beneficio de la nación los bienes, las instalaciones y los equipos empleados en la comisión de dichas infracciones.

    No se considera violatoria de la disposición que se refiere en el artículo anterior la restricción o el bloqueo de la emisión, transmisión y recepción de telecomunicaciones implantado u ordenado por las autoridades competentes de seguridad pública en los centros penitenciarios.

    Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Estoy pidiéndole, señor Presidente, que se incluya íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

    «Iniciativa que reforma el artículo 72 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo del diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del PAN

    El que suscribe, diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, integrante de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional en la LIX Legislatura, con fundamento en la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Cámara, iniciativa de decreto por el que se reforma el artículo 72 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para lo cual presenta la siguiente

    Exposición de Motivos

    Sin duda la marcha ciudadana del 27 de junio de 2004, ha impactado de muy variadas formas la vida nacional, fue con mucho la manifestación más numerosa en los últimos años de una sociedad que se siente en buena parte impotente frente a la delincuencia y a las acciones descoordinadas de las diferentes instancias de Gobierno, fue un grito silencioso que caló en lo más hondo de las instituciones y sacudió las piezas enmohecidas de un sistema de seguridad y de justicia que no da garantías suficientes al ciudadano en lo fundamental, su seguridad.

    El reclamo ciudadano que encontró un cauce de expresión en dicha marcha, continúa escuchándose y exigiendo no sólo mayor seguridad sino corresponsabilidad de las autoridades y un trabajo coordinado, eficaz y eficiente por parte de los distintos órdenes de Gobierno de las diferentes instancias vinculadas a la seguridad pública y de los tres poderes del Estado.

    Para dar cumplimiento a la obligación del Estado de garantizar la seguridad de sus ciudadanos y en virtud de que de todos es sabido que en los centros penitenciarios se gestan muchos crímenes tales como secuestros, robos, homicidios, etcétera, las autoridades responsables de los centros penitenciarios, es decir, las Secretarías de Seguridad Pública Federal y de los Estados, deben tener plena facultad para restringir el uso de aparatos de comunicación, entre otras medidas, para impedir en lo posible la coordinación delictiva y la actuación del crimen organizado desde los mismos centros de reclusión.

    Se ha dicho que la utilización de bloqueadores de telefonía celular como medida restrictiva, que en la actualidad ya se aplica en los centros penitenciarios del Distrito Federal, es violatoria de la Ley Federal de Telecomunicaciones; es por ello que presentamos en esta Alta Tribuna la presente iniciativa con la finalidad de evitar que algunos jefes de bandas de delincuencia organizada sigan operando desde prisión a través de la telefonía celular, pues debe prevalecer el interés público y el derecho a la seguridad de los ciudadanos sobre el relativo derecho a la comunicación de quienes se encuentran recluidos por la comisión de delitos.

    Por lo anteriormente expuesto, y convencido de la utilidad y urgencia de esta reforma en materia de seguridad pública, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados, la siguiente

    Iniciativa de decreto por el que se adiciona el artículo 72 de la Ley Federal de Telecomunicaciones

    Único.- Se adiciona el artículo 72 de la Ley Federal de Telecomunicaciones para quedar como sigue:

    Artículo 72.- Las personas que presten servicios de telecomunicaciones sin contar con la concesión o el permiso a que se refieren los artículos 11 y 31 de esta Ley, o que por cualquier otro medio invadan u obstruyan las vías generales de comunicación respectivas, perderán en beneficio de la Nación los bienes, instalaciones y equipos empleados en la comisión de dichas infracciones.

    No se considera como violatoria a la disposición que se refiere en el artículo anterior, la restricción o el bloqueo a la emisión, transmisión y recepción de telecomunicaciones, implementado u ordenado por las autoridades competentes de Seguridad Pública en los centros penitenciarios.

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo, a 22 de noviembre de 2005.--- Dip. Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Que se publique íntegro el texto de la iniciativa del señor diputado en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria; y se turna a la Comisión de Comunicaciones.
    LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFIA
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que adiciona el artículo 19 Bis de la Ley Federal de Cinematografía.El diputado Inti Muñoz Santini: Con su venia, diputado Presidente: el cine mexicano ha tomado un nuevo impulso a partir de producciones novedosas y de impacto internacional para la consolidación de esas producciones y de un mercado local, y en medio de carencias lamentables por la falta de financiamiento suficiente del Estado. Se han implantado políticas de financiamiento y difusión que ya han dado resultados, al grado de que hemos alcanzado ya una producción de 38 películas al año, con una expectativa de producir 60 en el presente año, gracias sobre todo al incremento que la Cámara de Diputados etiquetó en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2005.

    Los problemas por los que atraviesa el cine nacional son diversos: algunas cintas, a pesar de su éxito, sólo logran recuperar su inversión y publicidad en las salas, mientras que la mayoría requiere recursos para iniciar una nueva producción. Los estímulos fiscales vienen a compensar una mínima parte de los recursos que son retenidos en contratos leoninos para los distribuidores y exhibidores en la repartición de los ingresos, lo cual les imposibilita reunir nuevamente parte de sus capitales para producir una nueva cinta con posible éxito comercial. Ése es el problema gravísimo de los productores de cine en México. Sin embargo, el cine de propuesta e innovador, que identifica nuestra cultura en los festivales y foros internacionales, no corre con la misma suerte. Por lo regular, gozan de un tiempo limitado de exhibición debido a la asistencia de un público especializado escaso en número o perteneciente a circuitos culturales definidos, propiamente un público limitado.

    El escaso apoyo para los productores de cine de calidad artística, como Japón, y películas mexicanas recientes, Cuentos de hadas para dormir cocodrilos y El misterio del Trinidad, hace más complicadas la búsqueda y la emergencia de nuevas propuestas. Ante un número limitado de espectadores, su captación y recuperación son deficitarias, por lo que resultan insuficientes sus recursos económicos para promover la filmación de otra película, además de que con un tiempo de exhibición corto no se forma un público capacitado para entender los nuevos discursos narrativos, las técnicas originales y las propuestas del diálogo universal con el imaginario contemporáneo. No hay que olvidar que desde la década de los cincuenta nuestro mejor embajador ha sido el cine mexicano y que este tipo de cintas nos promueven y prestigian en el extranjero.

    Esas películas son las invitadas a muestras y festivales nacionales e internacionales con que establecemos el diálogo y asimilación del mundo, cintas que nos exhiben como una nación vigente, universal y creadora en el ámbito cultural. Sin embargo, casi por regla general esta clase de manifestaciones artísticas no obtiene grandes resultados en su corrida de estreno nacional. Un ejemplo es que la película Cuentos de hadas para dormir a un cocodrilo, ganadora del Ariel a la mejor película, sólo obtuvo 20 mil 262 espectadores y Japón, con 10 premios internacionales, sólo interesó a 32 mil espectadores. No obstante, este tipo de cintas, al destacar en el plano cultural nacional e internacional, muestra sus efectos en el público y nuestra cultura en el largo plazo y de manera permanente. La rentabilidad de este tipo de películas --insisto-- es de largo plazo, ya que se exhiben una y otra vez, además del plus que significa para el arte y la cultura del país.

    En diferentes naciones, el desarrollo de las nuevas propuestas cinematográficas se ha encontrada asociado al espacio de los cineclubes. En efecto, desde principios del siglo XX los cineclubes han formado un circuito alternativo a las salas comerciales. Su importancia es capital, por convocar a las comunidades generacionales que forman discursiva y estéticamente a los espectadores y, eventualmente, a los actuales y futuros creadores. Los cineclubes se definen como espacios culturales, territorios de difusión y afirmación cultural, circuitos independientes, alternativos, asociaciones con capacidad para hacer cultura a través del cine, desarrolladas por voluntarios que persiguen la difusión de los nuevos lenguajes y formas que adopta el lenguaje cinematográfico sin fines de lucro; esto es, espacios autosuficientes en su organización, capaces de resguardar y exhibir la pluralidad cultural con propuesta propia, en proyecto, en público, precio y publicidad.

    Reconocer la figura de los cineclubes tiene gran significado por la ampliación del horizonte de las formas que adoptan el fenómeno y discurso cinematográficos, además de la alternativa que representa el circuito mismo de los cineclubes como instrumento formidable para la creación de un público de calidad que hace falta al cine mexicano. Por todo lo anterior estamos proponiendo el día de hoy integrar la figura de ``cineclub'', integrar la figura de ``cineclubes'', así como algunos mecanismos de financiamiento para éstos en la Ley Federal de Cinematografía, lo cual hacemos a través de este proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 19 Bis a la Ley Federal de Cinematografía, para quedar como sigue:

    Artículo 19 Bis. Los cineclubes son circuitos de exhibición independientes de las asociaciones y compañías de exhibidores comerciales que no persiguen fines de lucro y que gozarán de los estímulos fiscales para su creación y desarrollo previstos en esta ley, en el Capítulo Séptimo.

    Se fomentará asimismo su desarrollo en circuitos que recibirán financiamiento del Estado en asignaciones y partidas específicas, de manera independiente a cualquier tipo de financiamiento o partida presupuestal.

    Compañeras y compañeros legisladores: aprovecho la ocasión para insistir una vez más en que hagamos de la cultura, la educación, la ciencia y la tecnología el eje fundamental del cambio democrático en el país. Tenemos que alentar el nacimiento, la creación, la generación de espacios vitales de autonomía y libertad creativa, sobre todo tomando en cuenta que nuestra sociedad reclama a gritos espacios de convivencia, formas de recuperar los nexos comunitarios, reclama espacios de intercambio de ideas, reclama espacios para el intercambio de información y de propuestas.

    El país está lleno de jóvenes artistas mexicanos que trabajan a contracorriente en el marco de un Estado que no cumple su compromiso con la cultura, que trabajan a contracorriente, en el marco de una política cultural del actual Gobierno Federal que parece despreciar la importancia que tiene la cultura para el desarrollo de un país.

    Con esta iniciativa estamos entonces haciendo una apuesta muy importante por la independencia, por el cine nacional, por la autonomía creativa y, sobre todo, porque la cultura --insisto-- sea algo que dé nombre a la transición democrática en el país. Muchas gracias. Es cuanto, diputado Presidente.

    «Iniciativa que adiciona el artículo 19 Bis a la Ley Federal de Cinematografía, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del PRD

    El suscrito, diputado federal a la LIX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el Capítulo Cuarto, el artículo 19, de la Ley Federal de Cinematografía, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    La producción y exhibición cinematográfica en México está integrada a la cultura nacional desde el inicio del cine mismo en nuestro país. El presidente Díaz, oyendo y conociendo personalmente las maravillas del cinematógrafo, hizo realidad las primeras imágenes en movimiento, memoria visual de nuestra historia, produciendo las primeras historias y documentales que el cine mexicano conserva para el enriquecimiento de nuestra identidad y memoria colectiva.

    En los años siguientes a la revolución mexicana, el gran desarrollo del cine mexicano de la llamada ``época de oro'' estuvo inspirado en un proyecto de creación y desarrollo de las grandes instituciones culturales y educativas nacionales, considerados dentro de las políticas públicas estimuladas directamente por el Estado.

    En diferentes países, el desarrollo de las nuevas propuestas cinematográficas ha estado asociado al espacio de los cineclubes y desde principios del siglo XX, han conformado un circuito alternativo a las salas comerciales, guiado por fines pedagógicos, científicos y estéticos antes que económicos.

    Se conoce como cineclub y cinefórum a la reunión de un grupo de personas organizadas en un espacio cultural o en una asociación civil, dedicado a la presentación y exhibición sistemática de películas, en un entorno que da pie al coloquio o debate entre los asistentes. Lo anterior, acompañado de un trabajo editorial que incluye programas impresos y publicaciones que abordan problemas de estudio y divulgación de los aspectos técnicos, históricos, culturales y artísticos del cine, procurando un mayor desenvolvimiento de la cultura y los asistentes por el arte cinematográfico.

    Los cineclubes son organizaciones autónomas de difusión de la cultura cinematográfica, así como de producción y de distribución de sus propias realizaciones. Son instituciones culturales sin fines de lucro, interesados en hacer accesible la cultura cinematográfica para todos, constituyendo circuitos de exhibición alternativos y formando públicos de mayor calidad para el cine.

    El cineclub se manifestó en México durante el renacimiento posrevolucionario y, desde los años cincuenta, se consolidó como vocablo y herramienta fundamental de la difusión cultural. Su importancia es capital por convocar a las comunidades generacionales, formar discursiva y estéticamente a los espectadores y, eventualmente, a los actuales y futuros creadores.

    Los cineclubes surgen espontáneamente en todos los ambientes culturales y en todos los medios sociales. Contribuyen a la creación y formación de nuevos públicos para el cine y constituyen uno de los mejores espacios para la promoción del cine nacional.

    En México, son claras las huellas de su parcial institucionalización y el cineclubismo es parte de la historia de la educación y el periodismo especializado de nuestro país. En el ideario de los cineclubes de los años cincuenta, se encuentra lo que años más tarde se convirtió en el eje de las actividades universitarias dedicadas a la cultura cinematográfica en México, es decir, la difusión, preservación, investigación y la extensión académica en torno a las películas.

    La Dirección General de Difusión Cultural de la Universidad Nacional Autónoma de México en 1959 creó la Sección de Actividades Cinematográficas de (UNAM) que a su vez instituyó el Cine Club de la Universidad, el Cine Debate Popular y el Cine Club Infantil que celebraron funciones a lo largo de varios decenios. Las 50 Lecciones de Cine, transmitidas por Radio UNAM, se convirtieron después en parte de los contenidos del recién creado Centro Universitario de Estudios Cinematográficos (CUEC). En escuelas y facultades de la Universidad Nacional, la tradición de los cineclubes se ha mantenido generacionalmente por más de treinta años, al igual en las escuelas del Instituto Politécnico Nacional, y en casi todas las universidades estatales, centros educativos de todos los niveles y en las instituciones privadas y públicas más diversas.

    Bajo la dirección del doctor Ignacio Morones Prieto (1965-1970), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) impulsó la constitución de cineclubes en sus dependencias y en 1970 publicó el manual Cine club, del profesor José Rovirosa. De esta manera, llegó considerarse a los cineclubes dentro de las prestaciones de los Centro de Seguridad Social para el Bienestar Familiar, implementados en todos los estados de la república. El IMSS los reconoció como elemento central para alentar el equilibrio entre el trabajo y el ocio, definiendo que ``la forma sistematizada de utilizar los beneficios del cine es un cineclub''.

    La Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de su Dirección General de Promoción Cultural, mostró su interés por la promoción del cineclubismo, llegando a coeditar, con la Asociación Nacional de Cine Clubes Universitarios, el Manual para el manejo de equipo y material fílmico en cineclubes en 1988, que sirvió como material de capacitación y formación de una nueva generación de proyeccionistas y promotores en varias entidades del país.

    En los últimos decenios, los museos y las casas de cultura han complementado su oferta cultural con estas actividades, que enriquecen los contenidos de sus exposiciones. En nuestro país, la experiencia de los cineclubes ha sido discontinua, aunque se conserva en las universidades y los centros de formación artística, sin embargo, el único antecedente en materia de reglamento o legislación data de 1972 en la UNAM.

    Las experiencias institucionales más ricas a favor del cineclubismo han producido libros, anuarios, carteles, festivales, retrospectivas, estrenos y rescates de películas que conforman el patrimonio nacional e internacional, y es una constante que las actividades de los cineclubes han buscado la defensa del cine mexicano a través de su difusión, distribución, así como la formación de públicos y creadores.

    Los cineclubes se definen como espacio culturales, territorios de difusión y afirmación cultural, circuitos independientes, alternativos: asociaciones con capacidad para hacer cultura a través del cine, desarrolladas por voluntarios que persiguen la difusión de los nuevos lenguajes y formas que adopta el cine, sin fines de lucro, esto es, espacios autosuficientes en su organización, capaces de resguardar y exhibir la pluralidad cultural. Esto nos indica la urgencia de legislar a favor de esta rica experiencia cultural.

    Además de la alternativa que representa para la industria del cine la creación y fomento de nuevos circuitos de exhibición, reconocer la figura de los cineclubes tiene un gran significado por la ampliación del horizonte de las formas que adoptan, tanto el fenómeno como el discurso cinematográfico en manos de la sociedad. Debido a lo anterior, es pertinente integrar la figura de los cineclubes en la Ley Federal de Cinematografía.

    Por lo expuesto, someto a la consideración de esta Soberanía el siguiente

    Proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 19 Bis, de la Ley Federal de Cinematografía

    Artículo Único.- Se adiciona el artículo 19 Bis. A la Ley Federal de Cinematografía, para quedar como sigue:

    ``Artículo 19 Bis.

    Los cineclubes son circuitos de exhibición independientes de las asociaciones y compañías de exhibidores comerciales, que no persiguen fines de lucro y que gozarán de los estímulos fiscales para su creación y desarrollo previstas por esta ley en el Capítulo VII. Se fomentará su desarrollo en circuitos que recibirán financiamiento del Estado en asignaciones y partidas específicas, de manera independiente a cualquier otro tipo de financiamiento o partida presupuestal.

    Artículo Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 29 de noviembre del 2005.--- Dip. Inti Muñoz Santini (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.
    VERIFICACION DE QUORUM
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Sonido en la curul de la diputada Martha Palafox.La diputada Martha Palafox Gutiérrez (desde la curul): Señor Presidente, para solicitarle verificación de quórum. Gracias.El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. En términos del artículo 27 del acuerdo parlamentario, se pide a la Secretaría abrir el registro electrónico por 10 minutos para verificar el quórum. Mientras tanto, continuará el desarrollo de la sesión.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico hasta por 10 minutos para verificación de quórum.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: La presentación de la iniciativa que reforma los artículos 4o., 166, 223 y 264 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, se pospone.
    LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra nuestro compañero diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 3o. y 5o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa: Con su permiso, señor Presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados: comparezco ante ustedes con fundamento en las facultades que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución General de la República, así como los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para someter a su consideración iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o., fracción III, y 5o., párrafo segundo, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

    La actividad técnica directa del Gobierno Federal, creada para controlar de manera permanente, sin propósitos de lucro, la satisfacción colectiva del interés general, sujeto a un régimen jurídico, es el servicio público. En el estudio de las ideologías que fomentan las teorías de la Reforma del Estado, sobresale la referente a la responsabilidad de los servidores públicos, localizada en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Para el caso de la responsabilidad administrativa, establecida en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se consideran servidores públicos los representantes de elección popular, los miembros del Poder Judicial federal, del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios que desempeñen un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal o en la del Distrito Federal, y en el Instituto Federal Electoral, quienes serán responsables de los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus funciones.

    Debemos puntualizar que estas responsabilidades se diseñaron para sancionar las conductas o abstenciones del deber legal de actuar con eficacia e imparcialidad, mediante un procedimiento autónomo aplicado con fundamento en los artículos 2o., 4o., 6o., 10, 21, 23 y 24 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, que define la penalidad adecuada conforme a la gravedad de la falta, consistente en la amonestación pública o privada, la suspensión del empleo, la destitución del cargo, la sanción económica, la remoción del cargo e inhabilitación temporal para desempeñar actividades en el gobierno.

    La iniciativa que hoy presento tiene el propósito de modernizar y actualizar la terminología jurídica que, en la práctica, ha venido propiciando problemas, no sólo por el cambio de nombre de las dependencias responsables de aplicar la justicia administrativa a los servidores públicos, sino que las facultades se han ampliado a las actuales dependencias, como es el caso de la anterior Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo por la Secretaría de la Función Pública.

    Los legisladores debemos demostrar a la sociedad que la política es un instrumento para escuchar las quejas de los funcionarios que aplican los procedimientos de la ley de responsabilidades administrativas, los cuales han expresado quejas sobre la dificultad para fundar sus resoluciones y que éstas no sean declaradas nulas tras agotar el medio de impugnación idóneo, o bien, el juicio de amparo, en virtud de que las normas conceden atribuciones a una dependencia inexistente y, a su vez, la actual posee facultades más amplias que las de su antecesora. Por tales consideraciones promuevo la presente iniciativa, que legitimará la eficiente vigilancia del servicio público en los órganos de control interno en la Secretaría de la Función Pública con base en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para lograr los fines de la justicia con legalidad que México merece.

    Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o., fracción III, y 5o., párrafo segundo, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos:

    Artículo Único. Se reforman los artículos 3o., fracción III, y 5o., párrafo segundo, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para quedar... --como aparece publicado en la Gaceta Parlamentaria del 22 de noviembre del año en curso.

    Transitorio. Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días del mes de noviembre de 2005.

    Solicito de manera atenta y respetuosa, señor Presidente, que se publique íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma los artículos 3 y 5 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa, en mi carácter de diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución General de la República; 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3, fracción III, y 5, párrafo segundo, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    La actividad técnica directa del gobierno federal creada para controlar de manera permanente sin propósitos de lucro la satisfacción colectiva del interés general sujeto a un régimen jurídico es el servicio público. El estudio de las ideologías que fundamentan a las teorías sustentadas en torno a la Reforma del Estado, sobresale la referente a la responsabilidad de los servidores públicos, localizada en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    En el caso de la responsabilidad administrativa, se establece en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que consideran servidores públicos a los representantes de elección popular, los miembros del Poder Judicial Federal, el Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios, empleados que desempeñen un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal o en el Distrito Federal y los servidores del Instituto Federal Electoral, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran por el desempeño de sus funciones.

    Debemos puntualizar que esta responsabilidad se diseñó para sancionar las conductas o abstenciones del deber legal de actuar con eficacia e imparcialidad, mediante un procedimiento autónomo aplicado con fundamento en los artículos 2, 4, 6, 10, 21, 23 y 24 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos que define la penalidad adecuada conforme a la gravedad de la falta consistente en la amonestación pública o privada, la suspensión del empleo, la destitución del cargo, la sanción económica, la remoción del cargo e inhabilitación temporal para desempeñar actividades en el gobierno.

    Esta ley promulgada por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de 13 de marzo del 2002 con la encomienda de subsanar la deficiente aplicación de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos en la materia, en la actualidad señala que será competencia de las quejas y denuncias surgidas de las contralorías internas de las dependencias gubernamentales, así como la Secretaria de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, ambos órganos se encargan de evaluar las faltas cometidas por inobservancia a los principios de legalidad, honradez, lealtad y eficiencia que los servidores públicos deben cumplir durante sus empleos, cargos o comisiones.

    En este orden de ideas, es importante destacar que se trata de una normatividad que mucho a contribuido a disciplinar el servicio público en el país, toda vez que tutela los principios de legalidad que preceptúa la garantía individual del artículo 17 de la Ley Fundamental al prever como medio de defensa de las sanciones que se imponen con su aplicación, el recurso de revocación sustanciado ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, mismo que con base al artículo 29 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos debe notificar el sentido de sus resoluciones a la Secretaria de la Contraloría y Desarrollo Administrativo a fin integrar un control de datos que deberá esta última cotejar con sus bases que conforman el Registro Patrimonial de los Servidores Públicos en cumplimiento con el numeral 35 de la propia ley.

    Como podemos observar estas atribuciones son importantes y según el texto legal se le conceden a la Secretaria de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, hoy inadecuadamente porque se transformaron sus atribuciones y nomenclatura como resultado de la reforma a los artículos 26 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de abril del 2003, que además de actualizar su desempeño al México del presente siglo, le concedió a esta dependencia la facultad de asegurar la transferencia de los recursos presupuestarios destinados al pago de los sueldos, prestaciones y demás percepciones que deban cubrirse, potestad que anteriormente tenia bajo su conducción la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por ello deben reformarse los artículos propuestos para lograrse los fines de las leyes de manera adecuada.

    Los legisladores debemos demostrar a la sociedad que la política además de ser un instrumento para modificar el rumbo del país, también deber ser congruente con las instituciones públicas, por tales consideraciones promuevo la presente iniciativa con la que legitimaremos la eficiente vigilancia del servicio público en el seno de los órganos de control interno y la Secretaría de la Función Pública con base a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos para lograr los fines de la justicia con legalidad que México merece.

    Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3, fracción III, y 5, párrafo segundo, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

    Artículo Único. Se reforma el artículo 3, fracción III, y 5, párrafo segundo, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:

    Titulo Primero

    Capitulo Único Disposiciones Generales

    Artículo 3. En el ámbito de su competencia, serán autoridades facultadas para aplicar la presente Ley:

    I. y II. ...

    III. La Secretaría de la Función Pública;

    IV. a X. ...

    Artículo 5. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

    ...

    Secretaría: A la Secretaría de la Función Pública.

    ...

    ...

    ...

    ...

    Transitorio

    Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2005.--- Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica).»Presidencia del diputado Heliodoro Díaz EscárragaEl Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como ha solicitado el señor diputado, se ordena insertar la iniciativa íntegra en el Diario de los Debates; y se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.
    LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Pablo Alejo López Núñez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.El diputado Pablo Alejo López Núñez: Con su venia, diputado Presidente. En 1847, Estados Unidos de América diseñó el proyecto de absorción de nuestro país, siempre con el pretexto de nuestras debilidades y confrontaciones en que se inscribían las tesis del dominio continental, que intentó declarar la anexión de Texas a Estados Unidos; se tenían dados los pasos iniciales del proyecto. Muchas voces en aquel entonces clamaron porque cesaran nuestras diferencias y nuestras confrontaciones para oponer un valladar al enemigo, construir los cimientos fundacionales de la nacionalidad que nos diera identidad, rumbo, fortaleza para enfrentar juntos las adversidades.

    Las sucesivas derrotas en la guerra de 1847, hasta la ocupación del Palacio Nacional por los invasores, como algunas voces lo habían advertido, sin encontrar respuesta alguna, constituyen la más negra lección de oprobio de nuestra historia. Enredados en luchas fraticidas por el privilegio de ejercer el poder, no pudimos consolidar instituciones, precisar normas y autoridad para la convivencia, sino que en querellas constantes, levantando banderías y sectarismo, sólo muy de vez en vez la razón y el compromiso con la historia, dimos paso a la injerencia de apetitos voraces, que siempre vieron en nuestra discordia la puerta abierta para alcanzar sin el mayor esfuerzo sus objetivos y perversidades.

    Los actos de heroísmo se multiplicaron; fueron innumerables las bajas de los invasores e infatigable el esfuerzo contra los que, sin otro derecho que la fuerza, nos arrebataron en una guerra injusta la mitad de nuestro territorio. Hombres y mujeres del pueblo hablan de las atrocidades que enfrentaron y de los esfuerzos que realizaron en defensa de la patria; son... fueron valientes mexicanos quienes nos salvan del oprobio y las cobardías de los profesionales de la guerra. Así queda enmarcada la defensa de Chapultepec que los años han glorificado, donde los cadetes niños dieron una imborrable lección de patriotismo, disciplina y lealtad. De igual manera, así como tantos mexicanos que dieron su vida, destaca en la historia el caso de los integrantes del llamado ``Batallón de San Patricio'', cuyas hazañas nunca, nunca serán suficientemente bien ensalzadas.

    El batallón fue integrado por soldados irlandeses que, en su mayoría, murieron peleando por la soberanía del pueblo, por la soberanía de nuestra patria en la alevosa guerra de 1847, cuando se encontraba nuestra patria minada y con la más evidente falta de recursos por la guerra de independencia.

    Los soldados irlandeses catalogaron también como injusta esa invasión, pues los invasores no tenían otra justificación que sus ambiciones territoriales. De esa manera, los irlandeses dejaron el Ejército Estadounidense y pasaron a las filas mexicanas para integrar regimientos y el famoso Batallón de San Patricio. Muchos de ellos decidieron entonces luchar hombro con hombro, brazo con brazo a nuestro lado y lo hacen con el heroísmo que da la convicción de defender algo en lo que se cree.

    Por ello destacan en la batalla sangrienta del Convento de Churubusco, llevada a cabo el 12 de septiembre de 1847. El episodio de la represión y castigo de los integrantes del Batallón de San Patricio es sin duda una de las más negras páginas de la guerra de intervención. Los mexicanos de entonces reconocieron valentía y determinación del puñado de extranjeros enrolados en el ejército de los invasores, que fueron capaces de ofrendar su vida por la causa de la salvación nacional que enarbolábamos.

    En el extremo de la crueldad que conmovió a la sociedad mexicana, el 12 y 13 de septiembre, cuando a una treintena de irlandeses se pusieron esposas en los puños y cuerdas alrededor del cuello y se les hizo esperar por horas, hasta que según la declaración del Coronel Hardey, jefe de la caballería del ejército enemigo, fue tomado el Castillo de Chapultepec, siendo asaltado por el Ejército estadounidense y sólo hasta que su pabellón fue plantado en la fortaleza se dio la orden de ejecución; esto, por haber estado a nuestro lado en Churubusco, en Padierna, así como en diferentes frentes.

    Los actos realizados por los irlandeses merecen nuestra gratitud nacional y, en reconocimiento del heroísmo con que enfrentaron sus penas y castigos, se elige el 12 de septiembre de 1847 como fecha histórica donde, en honor del Batallón de San Patricio, podemos izar la Bandera Nacional recordando su entrega y valentía en la defensa de la causa de nuestra patria.

    Con esas razones y por lo antes expuesto, someto a consideración de esta honorable Asamblea iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fecha del 12 de septiembre, aniversario del Batallón de San Patricio, al artículo 18, inciso b), de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para quedar como sigue:

    Artículo 18. 12 de septiembre, aniversario del Batallón de San Patricio.

    Debemos recordar esa justa contribución a la construcción de la patria y hacer honor a quien honor merece. Es cuanto, diputado Presidente; muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Pablo Alejo López Núñez, del grupo parlamentario del PAN

    El que suscribe, Lic. Pablo Alejo López Núñez, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presento la siguiente iniciativa de decreto.

    Exposición de Motivos

    En el año de 1847 los Estados Unidos de América diseña el proyecto de absorción del país, siempre con pretextos pueriles que nuestras debilidades y confrontaciones alienta, pues la Louisiana, el pretexto inicial, nunca tuvo las fronteras accidentales de Texas, ni por supuesto la anexión de esta provincia era una empresa espontánea ni inocente. Se inscribía así la tesis del dominio continental.

    Declarada la anexión de Texas a los Estados Unidos, se tenían dados los pasos iniciales del proyecto. Lo de menos es subrayar que la victoria del despotismo constitucional y del centralismo, fueron aducidos como pretextos, pues igual hubieran sido fundados en nuestras discordias permanentes. La invasión se produce y fuimos derrotados, humillados, vencidos y mutilados en nuestro patrimonio nacional. Muchas voces clamaron entonces porque cesaran nuestras diferencias y confrontaciones para oponer un valladar al enemigo, construir los cimientos fundacionales de la nacionalidad que nos diera identidad, rumbo, fortaleza para enfrentar juntos las adversidades. Las sucesivas derrotas en la guerra de 1847 hasta la ocupación del Palacio Nacional por los invasores, como algunas voces lo habían advertido, sin encontrar respuesta alguna, constituyen la más negra lección de oprobio de toda nuestra historia.

    Enredados en luchas fraticidas por el privilegio de ejercer el poder, nunca pudimos consolidar instituciones, precisar normas y autoridad para la convivencia, sino que en querellas constantes levantando banderías y sectarismo, sólo muy de vez en vez la razón y el compromiso con la historia, dimos paso a la injerencia de apetitos voraces que siempre vieron en nuestras discordias la puerta abierta para alcanzar sin el mayor esfuerzo, sus objetivos y perversidades.

    En la capital de la República, y en las provincias como Santa Fe de Nuevo México, San Francisco o en Texas, Nuevo León, Veracruz o Puebla, y en el propio discurrir del invasor, los actos de heroísmo se multiplicaron, son innumerables las bajas a los americanos e infatigable el esfuerzo en contra de los que sin otro derecho que la fuerza, nos arrebataron en una guerra injusta, la mitad de nuestro territorio. Hombres y mujeres del pueblo, hablan de las atrocidades que enfrentaron y de los esfuerzos que realizaron en defensa de la patria, son estos valientes mexicanos quienes nos salvan del oprobio y las cobardías de los profesionales de la guerra. Así la defensa de Chapultepec que los años han glorificado, donde los cadetes niños, dieron una imborrable lección de patriotismo, disciplina y de lealtad.

    De igual forma así como tantos mexicanos que dieron su vida, destacamos el caso de los integrantes del llamado Batallón de San Patricio, cuyas hazañas nunca serán suficientemente ensalzadas.

    Este batallón fue integrado por soldados irlandeses que en su mayoría murieron peleando por la soberanía de México, en la injusta y alevosa guerra de 1847, cuando los Estados Unidos de Norteamérica invadió territorio mexicano y cercenaron más de la mitad de nuestro territorio, estando nuestra patria minada y falta de recursos por la guerra de Independencia.

    Reclutados en su calidad de inmigrantes procedentes de Irlanda se les integra para enfrentar al enemigo ``los mexicanos'', una vez en territorio mexicano, en los primeros combates del Obispado, la Angostura y en el Río Bravo, los soldados irlandeses integrantes del ejercito invasor yanqui, se dieron cuenta que habían sido engañados por la propaganda bélica anglosajona, vieron que México no era un país de asesinos, ateos, ladrones y salvajes; por el contrario vieron que los mexicanos eran muy semejantes a los irlandeses: vivían en tierras poco fértiles, eran católicos como ellos, sometidos a la pobreza y siempre bajo el yugo militar del vecino país.

    Los soldados irlandeses catalogan como injusta esta invasión, pues los invasores no tienen otra justificación que sus ambiciones territoriales, de esta manera iniciaron a desertar del ejército norteamericano y se pasaron a las filas mexicanas, para integrar regimientos y el famoso ``Batallón de San Patricio''.

    Muchos decidieron entonces combatir a nuestro lado y se advierte cómo entonces lo hacen con el heroísmo que da la convicción de defender algo en lo que se cree, por ello destacan en la batalla sangrienta del Convento de Churubusco realizada el día 12 de septiembre de 1847. El episodio de la represión y castigo de los integrantes del Batallón de San Patricio, es sin duda una de las más negras páginas de la guerra de intervención.

    Es cierto, no nos dieron el triunfo imposible en ninguna batalla; pero los mexicanos de entonces reconocieron valentía y determinación de un puñado de extranjeros enrolados en el ejército de los invasores que fueron capaces de ofrendar su vida por la causa de la salvación nacional que enarbolábamos. Fueron condenados a la horca, marcados con hierros candentes, o condenados a ``cargar un yugo de ocho libras de peso con la dura faena de montar guardia durante la ocupación de México'' a otros se les rapó la cabeza y se les obligó a cavar las tumbas de sus compañeros ahorcados.

    En el extremo de la crueldad que conmovió a la sociedad mexicana, el 12 y 13 de septiembre, cuando a una treintena de irlandeses, se les pusieron esposas en los puños y cuerdas alrededor del cuello y se les hizo esperar por más de dos horas, hasta que, según la declaración del coronel Hardey, jefe de la caballería, fue tomado el Castillo de Chapultepec, siendo asaltado por el ejército americano y sólo hasta que su pabellón fue plantado en la fortaleza, cedió la orden de ejecución. Por haber estado a nuestro lado en Churubusco, en Padierna y en otros frentes. Por ello, merecen nuestra gratitud nacional, el reconocimiento al heroísmo con que enfrentaron sus penas y castigos, se elige el 12 de septiembre de 1847 como fecha histórica donde en honor al Batallón de San Patricio podremos izar la bandera nacional recordando su entrega y valentía en la defensa de nuestra patria.

    Por tales motivos se debe reformar el artículo 18, inciso b), de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a fin de que se reconozca la lucha del glorioso Batallón de San Patricio, bajo los siguientes considerandos:

    Primero.- Nuestra historia debe honrar permanentemente a la memoria de los extranjeros que lucharon en defensa de la nación mexicana durante la Guerra de Intervención norteamericana.

    Segundo.- Es fundamental promover e infundir en la conciencia nacional, principalmente en la niñez, los altos valores cívicos que nos legaron los participantes en la defensa de nuestra patria.

    Tercero.- Que con fecha 23 de octubre de 1997, fue turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para su estudio, la iniciativa con proyecto de decreto presentada por el diputado Gilberto López y Rivas, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de esta honorable Cámara de Diputados, el nombre de Defensores de la Patria 1846-1848 y Batallón de San Patricio. Asimismo, el 8 de abril de 1999 se presentó la iniciativa en el Pleno de la Cámara de Diputados aprobando la inscripción en las letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo.

    Por lo anteriormente expuesto, el suscrito diputado federal, Lic. Pablo Alejo López Núñez integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, someto a consideración de esta honorable Asamblea la presente

    Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fecha del 12 de septiembre, ``Aniversario del Batallón de San Patricio'', al artículo 18, inciso b), de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

    Se adiciona la fecha del 12 de septiembre ``Aniversario del Batallón de San Patricio, al artículo 18, inciso b), de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales para quedar como sigue:

    ``Artículo 18.- ...

    a) ...

    b) ...

    12 de septiembre:

    Aniversario del Batallón de San Patricio.

    ...

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a los 24 días del mes de noviembre de dos mil cinco.--- Dip. Pablo Alejo López Núñez (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    LEY ADUANERA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma los artículos 16 y 43 de la Ley Aduanera.La diputada Rosa María Avilés Nájera: Con su venia, señor Presidente. Señoras diputadas y señores diputados: en los últimos días, las mexicanas y los mexicanos hemos sido testigos del lento pero inexorable proceso de privatización de nuestras aduanas, iniciado en la administración de Carlos Salinas de Gortari, pero que se ha recrudecido en últimas fechas. En efecto, el pasado 11 de octubre el Servicio de Administración Tributaria publicó en el Diario Oficial de la Federación, así como en otros diarios de circulación nacional, la convocatoria pública para obtener títulos de autorización a que se refiere el artículo 16 de la Ley Aduanera, número SAT-AGIC-017/2005, por la cual se convoca a las personas morales interesadas para prestar al Servicio de Administración Tributaria los servicios integrales de facilitación del reconocimiento aduanero de mercancías suministrando herramientas, personal calificado y demás recursos necesarios para su ejecución, consistentes en:

    1. Revisión dentro de las instalaciones de la aduana de mercancías de importación o tránsito, así como de sus muestras para allegarse de elementos que ayuden a comprobar su correcta internación o legal estancia en el territorio nacional;

    2. Clasificación arancelaria de la mercancía sujeta a revisión; y

    3. Verificación documental o en sitio de la veracidad del valor, proveedor productor y el origen declarados en la factura o demás documentos presentados con motivo de la importación de la mercancía sujeta a revisión o para comprobar su legal estancia en el territorio nacional.

    Agrega la convocatoria que estos servicios se prestarán cuando, como consecuencia de la activación del mecanismo de selección automatizado, las mercancías deban ser verificadas y en la verificación de mercancías en transporte que la Administración General de Aduanas, en uso de sus facultades, dirija al interior de la aduana para su revisión, para lo cual deberá elaborar un dictamen aduanero. Dicha convocatoria se sustenta en la Ley Aduanera, cuyo artículo 16 da potestad a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para autorizar a los particulares para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el despacho aduanero, así como para las demás operaciones que la propia Secretaría decida autorizar, incluso las relacionadas con otras contribuciones, ya sea que se causen con motivo de los trámites aduaneros o por cualquier otra causa.

    Asimismo, el segundo párrafo del artículo citado faculta a la propia Secretaría para autorizar a los particulares para prestar otros servicios que faciliten el reconocimiento aduanero de las mercancías. Adicionalmente, el sexto párrafo del artículo 43 de la misma ley dispone que el segundo reconocimiento, así como el reconocimiento aduanero que derive de la activación por segunda ocasión del mecanismo de selección automatizado, se practicará por los dictaminadores aduaneros autorizados por la Secretaría, quienes emitirán un dictamen aduanero, en tanto que el décimo párrafo del mismo artículo señala que en los casos del despacho de mercancías que se efectúe por empresas autorizadas, el mecanismo de selección automatizado se activará una sola vez.

    Dada la naturaleza estratégica de las aduanas para la soberanía y la seguridad nacionales, resulta inconcebible entregar su administración a manos ajenas al Estado y, mucho más, entregarlas a empresas extranjeras, pues las aduanas son la puerta de entrada de nuestro país, y ello nos dejaría en estado de indefensión. De igual manera, resulta también increíble su privatización, ya que ello vendría a dar al traste con las políticas de seguridad pública y combate de la delincuencia organizada. Se aprecia que lo dispuesto en los artículos 16 y 43 de la Ley Aduanera es inconstitucional porque es violatorio del principio de autoridad competente, previsto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dispone que ``nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento'', siendo que en nuestro sistema jurídico los servidores públicos no pueden ser suplidos por particulares en el cumplimiento de sus funciones.

    Lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Aduanera transgrede la garantía de libertad de comercio prevista en el primer párrafo del artículo 5o. constitucional, que dispone que a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio, trabajo que le acomode, siendo lícitos. La redacción actual de los párrafos primero y segundo del artículos 16 de la Ley Aduanera carece de técnica legislativa y es contraria a la garantía de seguridad jurídica, por estar redactadas de la siguiente forma: ``... así como para las demás operaciones que la propia Secretaría decida autorizar, inclusive las relacionadas con otras contribuciones, ya sea que se causen con motivo de los trámites aduaneros o por cualquier otra causa y la propia Secretaría podrá autorizar a los particulares a prestar otros servicios que faciliten el reconocimiento aduanero de las mercancías'', donde nociones como ``las demás operaciones'' y ``otros servicios'' no son normas imperativas, ni permisivas, ni condicionales, ni declarativas, ni definitorias, ni descriptivas, ni procedimentales, pues no concretan el propósito de la norma, siendo genéricas e imprecisas, lo cual va contra la garantía de seguridad jurídica.

    Finalmente, es imperativo impedir la privatización de los servicios de referencia porque supone dejar sin fuente de empleo a más de 8 mil trabajadores de base del Servicio de Administración Tributaria de los denominados ``vistas aduanales'', según ha informado el propio sindicato de la dependencia.

    Por lo expuesto, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 16 y 43 de la Ley Aduanera, conforme a lo siguiente:

    Primero. Se modifica el primer párrafo y se deroga el segundo del artículo 16 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

    Artículo 16. ... la Secretaría podrá autorizar a los particulares para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el despacho aduanero, incluso las relacionadas con otras contribuciones que se causen con motivo de los trámites aduaneros, con excepción de la determinación de las contribuciones respectivas.

    Segundo. Se deroga el sexto párrafo y se modifica el décimo párrafo del artículo 43 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

    En los casos de mercancías destinadas a la exportación, de las importaciones y exportaciones efectuadas por pasajeros y del despacho de mercancías que se efectúe por las aduanas que señale la Secretaría, independientemente del tipo de régimen o de mercancía, el mecanismo de selección autorizado se activará una sola vez.

    Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Es todo, señor Presidente. Solicito que sea publicado en el Diario de los Debates el texto íntegro de la iniciativa; gracias.

    «Iniciativa que reforma los artículos 16 y 43 de la Ley Aduanera, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del PRD

    La suscrita diputada federal Rosa María Avilés Nájera, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LIX Legislatura, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 16 y 43 de la Ley Aduanera, conforme a la siguiente

    Exposición de Motivos

    En los últimos días, los mexicanos hemos sido testigos del lento pero inexorable proceso de privatización de nuestras aduanas, iniciado desde la administración de Carlos Salinas de Gortari, pero que a últimas fechas se ha recrudecido. En efecto, el pasado 11 de octubre, el Servicio de Administración Tributaria publicó en el Diario Oficial de la Federación y otros diarios de circulación nacional, la ``convocatoria pública para obtener títulos de autorización a que se refiere el artículo 16 de la Ley Aduanera'', No. SAT-AGIC-017/2005, por la cual se convoca a las personas morales interesadas para prestar al Servicio de Administración Tributaria los servicios integrales de facilitación del reconocimiento aduanero de mercancías, suministrando las herramientas, personal calificado y demás recursos necesarios para su ejecución, consistentes en la

    ``1. Revisión, dentro de las instalaciones de la aduana, de mercancías de importación y/o tránsito, así como de sus muestras, para allegarse de elementos que ayuden a comprobar su correcta internación y/o legal estancia en el territorio nacional...

    2. Clasificación arancelaria de la mercancía sujeta a revisión...

    3. Verificación, documental o en sitio, de la veracidad del valor, proveedor/productor, y el origen, declarados en la factura y/o demás documentos presentados con motivo de la importación de la mercancía sujeta a revisión o para comprobar su legal estancia en el territorio nacional...''

    Agrega la convocatoria que ``estos servicios se prestarán cuando como consecuencia de la activación del mecanismo de selección automatizado las mercancías deban ser verificadas y en la verificación de mercancías en transporte que la Administración General de Aduanas, en uso de sus facultades, dirija al interior de la aduana para su revisión, para lo cual deberán elaborar un dictamen aduanero...''

    Dicha convocatoria se sustenta en la Ley Aduanera, cuyo artículo 16 autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para ``... autorizar a los particulares para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados, necesarios para llevar a cabo el despacho aduanero; así como para las demás operaciones que la propia Secretaría decida autorizar, inclusive las relacionadas con otras contribuciones, ya sea que se causen con motivo de los trámites aduaneros o por cualquier otra causa...''

    Asimismo, el segundo párrafo del artículo citado, faculta a la propia Secretaría para ``...autorizar a los particulares a prestar otros servicios que faciliten el reconocimiento aduanero de las mercancías''.

    Adicionalmente, el sexto párrafo del artículo 43 de la misma ley dispone que ``el segundo reconocimiento así como el reconocimiento aduanero que derive de la activación por segunda ocasión del mecanismo de selección automatizado, se practicarán por los dictaminadores aduaneros autorizados por la Secretaría, quienes emitirán un dictamen aduanero...'', en tanto que el décimo párrafo del mismo artículo señala que ``en los casos... del despacho de mercancías que se efectúe por empresas autorizadas..., el mecanismo de selección automatizado se activará una sola vez''.

    En este sentido, con fundamento en tales dispositivos, la Secretaría de Hacienda y Crédito público ha emprendido la privatización de los servicios aduaneros, siendo que, como se aprecia, la Secretaría se encuentra facultada no sólo para privatizar los servicios de procesamiento electrónico de datos y otros relacionados para llevar a cabo el despacho aduanero, sino también, los servicios que faciliten el reconocimiento aduanero de las mercancías, y los demás necesarios para las operaciones que decida autorizar, incluyendo los relacionados con otras contribuciones.

    No obstante lo anterior, en el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, estimamos necesario detener dicho proceso privatizador, por las siguientes razones:

    En primer lugar, dada la naturaleza estratégica de las aduanas para la soberanía y la seguridad nacionales, resulta inconcebible entregar su administración a manos ajenas al estado y mucho más entregarlas a empresas extranjeras, puesto que éstas son la puerta de entrada a nuestro país y nos dejaría en estado de indefensión. De igual manera, resulta también increíble su privatización ya que ello vendría a dar al traste con las políticas de seguridad pública y combate a la delincuencia organizada.

    En segundo lugar, se aprecia que lo dispuesto por los artículos 16 y 43 de la Ley Aduanera es inconstitucional porque es violatorio del principio de autoridad competente previsto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que dispone que ``nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento'', siendo que, en nuestro sistema jurídico, los servidores públicos no pueden ser suplidos por particulares en el cumplimiento de sus funciones.

    En este sentido, lo que establecen los artículos 16 y 43 de la Ley Aduanera no es una simple autorización a particulares para prestar un servicio, sino una verdadera delegación de facultades porque los ``servicios'' que se autorizan, como son la revisión de mercancías de importación y/o tránsito; la clasificación arancelaria de la mercancía sujeta a revisión; y la verificación de la veracidad de lo declarado, no son simples servicios sino actos de autoridad de la competencia exclusiva de la Administración General de Aduanas, las aduanas y sus servidores públicos, según dispone el artículo 29 en relación con el 31 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Sin embargo, lo dispuesto por los artículos 16 y 43 de la Ley Aduanera es notoriamente inconstitucional porque en nuestro sistema jurídico los servidores públicos no pueden ser suplidos por particulares en el cumplimiento de sus funciones.

    En tercer lugar, lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Aduanera transgrede la garantía de libertad de comercio prevista en el primer párrafo del artículo 5 constitucional, mismo que dispone que ``a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos...''

    De acuerdo con ello, resulta violatorio de garantías restringir a los particulares la posibilidad de prestar ciertos servicios, en franca violación al principio de libertad de comercio, mismo que supone que nos podamos dedicar a la actividad económica que deseemos, siempre que esta sea lícita.

    Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que la garantía de libre comercio sólo puede limitarse en dos supuestos: por determinación judicial, cuando se lesionen los derechos de tercero, o bien, por resolución gubernativa en los casos específicos que marque la ley, siempre y cuando se ofendan los derechos de la sociedad (libertad de comercio. Alcances de lo dispuesto en el artículo 5o. de la Constitución federal. Novena Época; Instancia: Pleno; Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; XI, Junio de 2000; Página: 28; Tesis: P. LXXXVIII/2000; Tesis Aislada; Materia: Constitucional).

    En cuarto lugar, la contratación de los servicios para el despacho aduanero previstos en el multicitado artículo 16, transgrede lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público porque no implican actos de autoridad. Tal es el caso del procesamiento electrónico de datos, los relacionados con éstos y los necesarios para llevar a cabo el despacho aduanero, los cuales no requieren de autorización para prestarse por particulares, bastando para ello con observar los procedimientos de contratación establecidos por el artículo 134 constitucional y la Ley de Adquisiciones, antes citada.

    Para tal efecto, el segundo párrafo del artículo 134 Constitucional, mismo que ordena que la ``...prestación de servicios de cualquier naturaleza..., se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes...'', sin que dicho dispositivo ni alguno otro en su Ley Reglamentaria, exijan contar con autorización para ello.

    En quinto lugar, la redacción actual de los párrafos primero y segundo del artículo 16 de la Ley Aduanera carecen de técnica legislativa y es contraria a la garantía de seguridad jurídica, al estar redactadas de la siguiente forma: ``...así como para las demás operaciones que la propia Secretaría decida autorizar, inclusive las relacionadas con otras contribuciones, ya sea que se causen con motivo de los trámites aduaneros o por cualquier otra causa...'' y ``...la propia Secretaría podrá autorizar a los particulares a prestar otros servicios que faciliten el reconocimiento aduanero de las mercancías...'', donde nociones tales como ``las demás operaciones...'' y ``...otros servicios...'', no son normas imperativas, ni permisivas, ni condicionales, ni declarativas, ni definitorias, ni descriptivas, ni procedimentales, puesto que no concretizan el propósito de la norma, siendo demasiado genéricas e imprecisas, lo cual va en contra de la garantía de seguridad jurídica.

    De igual manera, provocan que la actuación del Servicio de Administración Tributaria al respecto, sea completamente discrecional y sin limitación alguna, al poder autorizar a los particulares la prestación de cualquier clase de servicios que únicamente les corresponde ejercer a las autoridades aduanales.

    Finalmente, es imperativo impedir la privatización de los servicios de referencia porque supone dejar sin fuente de empleo a más de 8 mil trabajadores de base del Servicio de Administración Tributaria, de los denominados ``vistas aduanales'', según ha informado el propio sindicato de la dependencia.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 16 y 43 de la Ley Aduanera, conforme a lo siguiente:

    Primero. Se modifica el primer párrafo y se deroga el segundo, ambos del artículo 16 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

    Artículo 16. La Secretaría podrá autorizar a los particulares para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados, necesarios para llevar a cabo el despacho aduanero; inclusive las relacionadas con otras contribuciones que se causen con motivo de los trámites aduaneros, con excepción de la determinación de las contribuciones respectivas.

    ...

    ...''

    Segundo. Se deroga el sexto párrafo y se modifica el décimo párrafo, ambos del artículo 43 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

    ``Artículo 43. ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    Sexto Párrafo. Se deroga...

    ...

    ...

    ...

    En los casos de mercancías destinadas a la exportación, de las importaciones y exportaciones efectuadas por pasajeros y del despacho de mercancías que se efectúe por las aduanas que señale la Secretaría, independientemente del tipo de régimen o de mercancía, el mecanismo de selección automatizado se activará una sola vez.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días del mes de noviembre de dos mil cinco.---Dip. Rosa María Avilés Nájera (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Así se hará, señora diputada. Se turna la iniciativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    Esta Presidencia da la más cordial de las bienvenidas a un grupo de ciudadanos del municipio de Tepeaca, Puebla, invitados del diputado Ángel Alonso Díaz-Caneja. Sean bienvenidos.


    VERIFICACION DE QUORUM
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se pide a la Secretaría que instruya el cierre del sistema electrónico y dé cuenta con el registro de asistencia.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la Presidencia que, hasta el momento, hay una asistencia de 358 diputadas y diputados. Hay quórum, señor Presidente.


    CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó iniciativa que reforma el artículo 113 del Código Federal de Procedimientos Penales.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 113 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo71, fracción II, de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y los correlativos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar se turne a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos la presente iniciativa con proyecto decreto.

    Exposición de Motivos

    Una de las funciones primordiales del Estado es otorgar a la sociedad formas de lograr consensos ante las diferencias que surjan a su interés legítimo. El derecho penal en nuestro sistema político, democrático, garantista y de derecho, como el nuestro, es aquel en donde se debe privilegiar la mínima intervención de la autoridad en los conflictos o controversias entre los miembros del tejido social.

    De conformidad con el artículo 17 de nuestra Carta Magna, la impartición y la administración de justicia debe ser pronta y expedita. Esta es una garantía del ciudadano, pero al mismo tiempo, obligación del gobierno que se cumpla plenamente con el contenido del precepto en cita

    La federación debe contribuir con una procuración de justicia en materia penal, que cumpla con los requerimientos constitucionales de prontitud, imparcialidad y cabalidad; en forma eficaz y efectiva, en la persecución del (os) delito (s) y, favoreciendo el combate contra la delincuencia, a través del apoyo del Ministerio Público.

    La conciliación es una figura por medio de la cual se podría lograr una mayor solución a los litigios en materia penal, porque a través de la intervención de un servidor público se solucionan los conflictos entre dos partes en forma más rápida y menos onerosa, sin tener que llegar al procedimiento penal. Esta intervención por parte de un funcionario público, como lo es la del Representante Social, sólo se daría en situaciones específicas cuando los hechos de que se trate pueden ser constitutivos de un delito perseguible por querella necesaria (petición de parte).

    No debemos pasar desapercibido que el tiempo y la necesidad han demandado que se busquen diferentes alternativas que pongan fin a los conflictos, de una manera rápida y eficaz a través de mecanismos que den solución a una necesidad de justicia para que se afiancen los principios de celeridad y eficacia en la procuración de justicia. Con la aprobación de la presente iniciativa, se lograría una mayor economía procesal, también un considerable ahorro en los recursos humanos, financieros y materiales, porque disminuiría la carga de trabajo, de todo el aparato justicial, desde el Ministerio Público, hasta los Tribunales de segunda instancia, incluyendo a la autoridad de amparo.

    Hay que considerar que aproximadamente el cuarenta por ciento de las denuncias que se inician y que dan lugar a que se inicie una averiguación previa, son por delitos de querella y que la legislación procesal penal federal, no establece dispositivo alguno sobre la figura de la conciliación. En tal sentido, este proyecto de decreto propone instituir que cuando el Ministerio Público tenga conocimiento de un delito de esa naturaleza, procurará la conciliación entre el inculpado y el ofendido; aminorando con ello la carga de trabajo.

    El Código Penal y el de Procedimientos Penales, ambos federales, se han distinguido en que se les ha considerado como ``leyes tipo'', es decir que cualquier modificación o adición que se les aplique, repercute en los código punitivos del país, sin embargo se han quedado a la zaga en algunos rubros como lo es la conciliación como parte del procedimiento penal. Códigos procesales como los de los Estados de Guerrero, Morelos, Tabasco, etcétera. Ya contienen en su articulado la figura de la conciliación previa, sólo en delitos como: abuso de confianza, fraude hasta por cierto monto o cuantía, lesiones levísimas o leves, daño en propiedad ajena por culpa (accidentes de transito; los problemas surgidos con motivo de la comisión de delitos de querella ocasionados entre familiares: robos entre cónyuges o entre ascendientes-descendientes. sólo por mencionar algunos.

    El objeto de la conciliación, en los casos de delitos perseguibles a petición de parte, es humanizar y sensibilizar la aplicación del derecho penal, además es la de promover entre la ciudadanía la aplicación de la justicia alternativa que permite solucionar sus conflictos mediante esta figura. Porque la conciliación es una alternativa imparcial, equitativa y justa para solucionar los conflictos surgidos entre las partes, sin necesidad de pasar por todo el procedimiento del derecho penal y sus consecuencias.

    Se insiste que este mecanismo o modo de justicia alternativa, procede cuando se ha cometido un delito que solo puede investigarse y proseguirse ante los tribunales a petición de la parte agravia (de querella). En la conciliación el agente del Ministerio Público ejerce funciones mediadoras, recurriendo a la cordialidad y buena voluntad de las partes para solucionar su conflicto, actuando ante ellos con absoluta imparcialidad y suma sensibilidad humana.

    El procedimiento de conciliación se inicia cuando el Ministerio Público federal recibe la querella, analiza su procedencia y si lo considera pertinente cita a las partes a una diligencia, en donde escucha sus argumentos, atiende los razonamientos en que cada uno de ellos apoya su exposición y a continuación de manera clara e imparcialmente les explica los puntos jurídicos que deben tomarse en cuenta para solucionar el problema planteado, tanto lo que les beneficia como lo que les perjudica a cada uno de ellos, así como las conveniencias, de llegar a un arreglo satisfactorio para ambos. Hecho lo cual, les otorga un término diez días a los comparecientes para realicen sus pláticas conciliatorias.

    La conciliación concluye cuando ambas partes llegan a un buen arreglo y se formaliza con un convenio que es sancionado por el agente del Ministerio Público, dándose por terminado el procedimiento. En caso contrario de no llegar a la conciliación y formulada la querella, se da inicio al acta de averiguación previa.

    Cabe hacer mención que el derecho para formular la denuncia o querella sólo se pierde cuando se otorga el perdón al inculpado, o cuando se haya hecho efectivo el convenio celebrado. Por lo tanto se procurará que el convenio de conciliación contenga el perdón del ofendido y su aceptación por parte del inculpado, con la conciliación, lo que se busca servir justicia y equidad.

    Por lo antes manifestado, el diputado del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, comprometido con los grandes proyectos que se traduzcan en verdaderos beneficios a la sociedad somete a la consideración de esta H. soberanía, la presente iniciativa con proyecto de

    Decreto por el que se adiciona un párrafo cuarto al artículo 113 del Código Federal de Procedimientos Penales, de acuerdo al siguiente:

    Artículo Único.- Se adiciona un párrafo cuarto al artículo 113 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar en los siguientes términos:

    Artículo 113.- ``El Ministerio...''

    I.- ``Cuando...''

    II.- ``Cuando...''

    Párrafos 1 y 2 (quedan igual).

    Cuando se trate de delitos que se persiguen de querella necesaria, el Ministerio Público exhortará, a la víctima u ofendido y al presunto responsable, para que lleguen a un arreglo de carácter conciliatorio, para lo cual, les concederá un término de diez días. El reconocimiento de hechos, no implica necesariamente la confesión ni será motivo de prueba para el supuesto de no se dé la conciliación.

    Transitorios

    Artículo Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 29 días del mes de noviembre de 2005.--- Dip. Jorge A. Kahwagi Macari (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se ordena turnarla a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
    LEY PARA EL TRATAMIENTO DE MENORES INFRACTORES
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia de común y para toda la República en materia federal.El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa: Con su permiso, señor Presidente. Ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados: comparezco ante ustedes con fundamento en las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución General de la República; y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para someter a su consideración iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

    El Estado moderno se interesa en desarrollar una vida para la población en un ambiente de paz, que dé como resultado el establecimiento de medios legales encaminados a evitar que la delincuencia extienda sus dominios mediante instituciones dedicadas a corregir y sancionar al individuo según su edad. Es necesario reflexionar en que las personas, durante la infancia, la pubertad y en el proceso de maduración emocional, exigen una formación de convicciones para ser firmes, con una debida estructuración de valores que las conduzca a distinguir las dicotomías de lo justo, lo bueno, lo lícito, previo conocimiento de los antecedentes que justifican sus actos encauzados por la fuerza de la frustración.

    Estos fenómenos de la naturaleza humana son valorados por las normas dedicadas a atender las conductas antisociales de los menores de edad localizadas en la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal, que instituyó el Consejo de Menores, así como las políticas de aplicación de sus disposiciones autónomas, el procedimiento para orientar a los menores infractores y el respeto de los derechos de la infancia internada. En el presente siglo, el XXI, la Convención sobre los Derechos del Niño para Garantizar y Homologar el Sistema Nacional de Justicia de Menores ha sido un factor importante para la formación de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal.

    Dicha ley regula la coordinación con las autoridades de los tres niveles de gobierno para el ejercicio de sus atribuciones, con la Secretaría de Seguridad Pública, siendo este último un aspecto legal que en los hechos dificulta su aplicación, y más ahora en virtud de la reforma ocurrida durante la presente Legislatura del artículo 18 constitucional que se encuentra en proceso de aprobación en las Legislaturas de los estados desde junio de 2005, la cual preverá la integración de un sistema integral de justicia para quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito, a quienes tengan 12 años cumplidos y menos de 18 años.

    Esas irregularidades y actualizaciones legales hacen necesarias las reformas de los artículos 4, 10, 11 y 33 de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal, a fin de que se legitime que es la Secretaría de Seguridad Pública la que, con base en la fracción XXV del artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la responsable de administrar el sistema federal para el tratamiento de menores infractores, y que por ende esta tarea de ningún modo la ejerce la Secretaría de Gobernación.

    El tema de los derechos de las niñas y los niños fue incluido en la ley materia de la presente iniciativa en la reforma de 2002, obligando a las autoridades del Consejo de Menores a no discriminar a los menores, debiendo tratarlos con respeto, pero en ningún tiempo se pronuncia en favor de los infractores con impedimentos físicos o mentales. Esa situación debe ser resuelta a través de la reforma de los artículos 3 y 5, a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en las normas vigentes y los tratados ratificados por México, en el sentido de velar por los derechos de los discapacitados.

    Finalmente, se considera que los servidores públicos dependientes del Consejo de Menores deben ser sujetos de aplicación de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, toda vez que en el artículo 109 establece las sanciones para quienes en el desempeño de sus empleos incumplan las obligaciones de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que impida la debida orientación de los menores infractores. Este fundamento legal remite erróneamente a la aplicación de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, cuando es el caso que los actos u omisiones administrativas susceptibles de cometerse por el personal del Consejo de Menores de ningún modo se fundan en los artículos 110, 111 y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, obligando a reformar el precepto legal de mérito.

    La trascendencia de las argumentaciones que hago valer acerca de las medidas tutelares para menores infractores representa para el país un trato especial para erradicar las conductas antisociales a través del discernimiento entre los factores generadores de la inseguridad producida por los menores de 18 años en el país, por lo que pretendo incorporar los elementos legales necesarios para conducir el futuro del Consejo de Menores por rumbos sólidos, a fin de alcanzar una justicia equitativa y humana en favor de la sociedad mexicana.

    Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal

    Artículo Único. Se reforman y adicionan los artículos 3, 4, 5, 10, 11, 33 y 109 de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal, para quedar... --como aparece publicado en la Gaceta Parlamentaria del 24 de noviembre del año en curso.

    Transitorio. Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días del mes de noviembre del año 2005.

    Solicito de manera atenta, señor Presidente, que se publique íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa, en mi carácter de diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución General de la República; 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    El Estado moderno se encuentra interesado en desarrollar una vida para la población en un ambiente de paz mediante la eficiente política gubernamental que de como resultado el establecimiento de medios legales que eviten que la delincuencia extienda sus dominios mediante instituciones dedicadas a corregir y sancionar al individuo según su edad.

    Es necesario reflexionar que las personas durante la infancia, la pubertad y en proceso de maduración emocional, exigen una formación de convicciones a ser firmes con una debida estructuración de valores, que les conduzcan a distinguir las dicotomías entre lo bueno, lo justo y lo licito, previo conocimiento de los antecedentes que justifican sus actos encausados por la fuerza de la frustración en sus actos, que en ocasiones el individuo no se explica aunque en otros momentos de su temprana edad posea motivaciones racionales que influyen en su forma de conducirse.

    Estos fenómenos de la naturaleza humana son valorados por el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual señala las bases para que la norma secundaria atienda las conductas antisociales de los menores de edad en materia penitenciaria, estableciendo a su letra:

    ``Sólo por delito que merezca pena corporal habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados...

    ...

    La Federación y los Gobiernos de los Estados establecerán instituciones especiales para el tratamiento de menores infractores...''

    Como podemos apreciar nuestra legislación en materia de menores infractores, carece de una base constitucional organizadora, porque solo advierte que la federación y las entidades federativas establecerán órganos especiales sobre el particular, tal como lo advirtió el jurista Luis Jiménez de Azúa al aseverar: ``Las normas carecen de un periodo de responsabilidad cierta en el trato de las personas, durante los primeros años de su vida y hasta determinada edad''.

    México concedió la razón al pensamiento del tratadista al expedir el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1991, promulgó la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal que instituyó el Consejo de Menores con las políticas de aplicación de sus disposiciones autónomas, el procedimiento para lograr la orientación de los menores infractores y el debido respeto de los derechos de la infancia internada logrando importantes resultados en la tarea de regenerar a este grupo vulnerable.

    En el presente siglo XXI, la convención sobre los derechos del niño para garantizar y homologar el Sistema Nacional de Justicia de Menores ha sido un factor importante en la conformación de las normas de la Ley Para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal al regular la coordinación con las autoridades de los niveles de gobierno para el ejercicio de sus atribuciones con la Secretaría de Seguridad Pública, siendo este último un aspecto legal que en los hechos dificulta su aplicación, toda vez que el texto normativo erróneamente otorga esas facultades a la Secretaría de Gobernación.

    Estas irregularidades hacen necesaria la reforma de los artículos 4, 10, 11 y 33 de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal, a fin de que se legitime en este dispositivo legal que es a la Secretaria de Seguridad Pública quien con base en la fracción XXV del artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la responsable de administrar el sistema federal para el tratamiento de menores infractores y que por ende esta tarea de ningún modo ejerce la Secretaría de Gobernación.

    El tema de los derechos de las niñas y los niños fue incluido en la ley materia de la presente iniciativa en la reforma del 2002, obligando a las autoridades del Consejo de Menores a no discriminar a las personas menores de 18 años debiendo tratarse con respeto, pero en ningún tiempo se pronuncia literalmente en favor a los menores infractores que poseen impedimentos físicos o mentales, situación que debe ser resuelta a través de la reforma de los artículos 3 y 5, a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en las normas vigentes y los tratados internaciones ratificados por México, en el sentido de velar por los derechos de los discapacitados.

    Finalmente se considera que los servidores públicos dependientes del Consejo de Menores deben ser sujetos de aplicación de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, toda vez que el artículo 109 establece las sanciones para quienes en el desempeño sus empleos, cargos o comisiones incumplan las obligaciones de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que impidan la debida orientación de los menores infractores, porque este fundamento legal remite erróneamente a la aplicación de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, cuando es el caso que los actos u omisiones administrativas susceptibles de cometerse por el personal del Consejo de Menores de ningún modo se fundan en los artículos 110, 111 y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, obligando a reformar el precepto legal de mérito a fin de que el órgano de control interno o la Secretaría de la Función Pública agote el procedimiento idóneo en el caso concreto e imponga la sanción administrativa que en derecho corresponda.

    La trascendencia de las argumentaciones que hago valer acerca de las medidas tutelares para menores infractores representan para el país un trato especial para erradicar las conductas antisociales a través del discernimiento entre los factores generadores de la inseguridad producida por los menores de 18 años en el país, por ello es que pretendo incorporar los elementos legales necesarios para conducir el futuro del Consejo de Menores por rumbos sólidos a fin de alcanzar una justicia equitativa y humana en favor de la sociedad mexicana.

    Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal.

    Artículo Único. Se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal, para quedar como sigue:

    Título Preliminar

    Artículo 3. El menor a quien se atribuya la comisión de una infracción, recibirá un trato justo y humano, quedando prohibidos, en consecuencia, el maltrato, la incomunicación, la coacción psicológica, o cualquier otra acción que atente contra su dignidad o su integridad física o mental.

    ...

    Los menores con discapacidad en todo momento recibirán un trato conforme a sus aptitudes físicas y mentales.

    Titulo Primero Del Consejo de Menores

    Capítulo I Integración, organización y atribuciones del Consejo de Menores

    Artículo 4. Se crea el Consejo de Menores como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, el cual contará con autonomía técnica y tendrá a su cargo la aplicación de las disposiciones de la presente Ley.

    ...

    Se promoverá que en todo lo relativo al procedimiento, medidas de orientación, de protección y de tratamiento, los consejos y tribunales para menores de cada entidad federativa se ajusten a lo previsto en la presente Ley, conforme a las reglas de competencia establecidas en la ley local en coordinación con las atribuciones de la Secretaría de Seguridad Pública respectiva.

    Artículo 5. El Consejo de Menores tendrá las siguientes atribuciones:

    I. a IV. ...

    V. Cuando los Menores sean discapacitados, deberán tomarse en cuenta los usos y costumbres relativos a sus aptitudes físicas y mentales al aplicarse las disposiciones contenidas en la presente Ley, y

    VI.- Las demás que determinen los tratados internaciones, las leyes y los reglamentos, especialmente en lo dispuesto en la Ley para la Protección de los Niños y Niñas y Adolescentes.

    Capítulo II De los órganos del Consejo de Menores y sus atribuciones

    Artículo 10. El Presidente del Consejo de Menores, deberá ser licenciado en Derecho. Tanto el Presidente del Consejo como los consejeros de la Sala Superior, serán nombrados por el Titular del Ejecutivo Federal, a propuesta del secretario de Seguridad Pública, durarán en su cargo seis años y podrán ser designados para períodos subsiguientes.

    Artículo 11.-Son atribuciones del Presidente del Consejo:

    I. a XV. ...

    XVI. Convocar y supervisar los concursos de oposición para el otorgamiento, por el secretario de Seguridad Pública, del cargo de consejero unitario o supernumerario;

    XVII.- Proponer al secretario de Seguridad Pública la designación y en su caso la remoción por causa justificada de los miembros y Presidente del Comité Técnico Interdisciplinario y del titular de la Unidad de Defensa de Menores;

    XVIII. a XX. ...

    Título Segundo De la Unidad Encargada de la Prevención y Tratamiento de Menores

    Capítulo Único

    Artículo 33.- La Secretaría de Seguridad Pública contará con una unidad administrativa cuyo objeto será llevar a cabo las funciones de prevención general y especial, así como las conducentes a alcanzar la adaptación social de los menores infractores.

    Capítulo III

    De las medidas de orientación y de protección

    Artículo 109. En caso de incumplimiento a lo preceptuado en este capítulo, se impondrán a los responsables de la custodia del menor, sanciones administrativas que consistirán en multa de cinco a treinta días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de su aplicación, las que podrán duplicarse en caso de reincidencia.

    Los servidores públicos que infrinjan la prohibición prevista en el segundo párrafo del artículo anterior, se harán acreedores a la sanción antes señalada, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurran conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

    Transitorio

    Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2005.--- Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como ha solicitado, se ordena insertar el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates; y se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad Pública.
    LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Fernando Álvarez Monje para presentar iniciativa que reforma el artículo 26 y adiciona el 26 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por el propio diputado Álvarez Monje y el diputado Ricardo Alegre Bojórquez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.El diputado Fernando Álvarez Monje: Con su venia, señor Presidente. Compañeras y compañeros diputados: la iniciativa que este día presentamos propone una reforma del artículo 26 y la adición de un artículo 26 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para facilitar el ejercicio de las acciones de grupo por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor en defensa de los intereses de los consumidores. Las acciones de grupo contenidas en el artículo 26 fueron establecidas con motivo de ampliar y reforzar las facultades de la Procuraduría Federal del Consumidor con el fin de dotarla de instrumentos jurídicos más eficientes para cumplir su función de defensa del consumidor.

    Podría suponerse que la actual regulación es suficiente y adecuada para ejercitar una acción de grupo y que con su ejercicio se protegen los intereses colectivos de los consumidores; sin embargo, a más de 10 años de vigencia de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Procuraduría no ha ejercitado ninguna. Esa inacción de la autoridad responsable era favorecida por la regulación original del artículo 26, que daba total discrecionalidad para ejercitar la acción de grupo.

    Se trató de corregir la situación con una reforma posterior; sin embargo, ésta no produjo los efectos deseados, pues la Procuraduría sigue sin ejercitar acción alguna. Aunado a lo anterior, los consumidores no cuentan con algún recurso jurisdiccional contra la decisión definitiva de la Procuraduría de no ejercitar la acción. Ante todo esto, la protección de los consumidores por medio del ejercicio de las acciones de grupo es nugatoria, por lo que es necesario que se haga una modificación al artículo 26 de la Ley Federal de Protección al Consumidor para facilitar su ejercicio.

    En la doctrina jurídica y en el derecho comparado, las acciones de grupo son una especie dentro del género para las acciones para la tutela de los intereses colectivos y de grupo, y éstas consisten en el derecho que tienen los gobernados de acudir a los tribunales para que se administre justicia, pero no en forma individual sino colectiva, pues debido a la complejidad de las sociedades modernas y el desarrollo de las economías, con base en la producción y comercialización en serie de bienes y de servicios, se da lugar a situaciones en las que determinadas actividades pueden afectar los intereses de una comunidad o un grupo de personas, los cuales no encuentran una solución adecuada a través de acciones individuales.

    En los sistemas jurídicos de contenido romano-germánico, como España y Colombia, existe una regulación detallada de ese tipo de acciones colectivas. Asimismo, en los sistemas jurídicos anglosajones también existe ese tipo de acciones, que en Gran Bretaña se conocen como relator actions y en Estados Unidos como class actions. En nuestro país, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la base de acciones de grupo, pues en el artículo 28, en el tercer párrafo, las establece implícitamente: ``La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses''.

    Este precepto constitucional es recogido y desarrollado en el artículo 26 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, al cual ya he dado lectura. Sin embargo, como hemos apuntado, la regulación actual no es útil para ejercitar las acciones de grupo, por lo que nuestra propuesta precisa las normas jurídicas aplicables a esas acciones para facilitar su ejercicio. Al aprobarse nuestra propuesta se hará posible que el ejercicio de las acciones de grupo que protegen a los consumidores sea menos difícil y arduo, lo que producirá que éstos tengan una efectiva protección de sus derechos por la legislación, acrecentando la confianza en las instituciones democráticas de nuestro país; se modernizará nuestra legislación y se colocará a la par de los sistemas jurídicos más avanzados en cuanto a la protección y tutela de los intereses colectivos y de grupo; daremos un paso más hacia la protección de los derechos humanos en nuestro país, pues haremos efectivo el contenido del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el libre derecho a la jurisdicción, esto es, a que el Estado mexicano proporcione justicia a los gobernados a través de los tribunales competentes; se beneficiará a los tribunales, evitándoles una sobrecarga de trabajo por la multitud de reclamaciones individuales sobre un mismo hecho, agrupándolas en un solo procedimiento; y se colmarán los vacíos y las lagunas legales y, por ende, se dará seguridad jurídica a las partes en los juicios derivados de las acciones de grupo; asimismo, se establecerán las bases legales de actuación en los tribunales competentes.

    Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados el siguiente decreto:

    Artículo Único. Se reforma el artículo 26 y se adiciona el artículo 26 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

    Artículo 26. Las acciones de grupo son las que se ejercitan con objeto de defender el interés de una comunidad de consumidores. Los tribunales federales son los únicos competentes para conocer de ese tipo de acciones.

    El consumidor afectado o el grupo de consumidores afectados, así como la Procuraduría, tendrán legitimación procesal activa para ejercer algunos de estos dos tipos de acciones:

    I. Para que se declare que una o varias personas han realizado una conducta que ha ocasionado daños o perjuicios a consumidores y, en consecuencia, proceda la reparación por la vía incidental a los interesados que acrediten su calidad de perjudicados;

    II. La indemnización de daños y perjuicios que, en su caso, corresponda no podrá ser inferior a 20 por ciento de los mismos; o

    II. Para obtener un mandamiento para impedir suspender o modificar la realización de conductas que ocasionen daños o perjuicios a los consumidores o, previsiblemente, puedan ocasionarlos.

    Artículo 26 Bis. La tramitación de los juicios derivados de las acciones de grupo que establece el artículo 26 de esta ley obedecerá a las siguientes normas:

    I. Para la procedencia del juicio, la Procuraduría o el juez tendrán en cuenta los siguientes requisitos:

    a) La gravedad;

    b) El número de consumidores afectados, que no podrá ser inferior a 20;

    c) La afectación general que pudiera causar a los consumidores en su salud o patrimonio; y

    d) Si el consumidor promovente pertenece al grupo de consumidores afectados.

    II. Se dará publicidad al auto admisorio de la demanda y a la sentencia definitiva en las publicaciones gubernamentales y en los medios de comunicación de mayor circulación que determine el juez.

    III. El actor estará exento de presentar alguna garantía.

    IV. El juez se guiará por los principios básicos, en los principios de consumo contenidos en el artículo 1 de esta ley.

    V. En caso de que se ejercite la acción de grupo contenida en la fracción I del artículo 26 de esta ley, se aplicarán además las siguientes disposiciones:

    a) Los consumidores afectados tienen un plazo de dos años, contados a partir de la fecha de publicación de la sentencia, para pedir por la vía incidental la reparación de daños y perjuicios; y

    b) Los consumidores que no deseen ser afectados por la sentencia que se dicte deberán solicitarlo por escrito al juez antes que se cierre el periodo probatorio.

    Fracción VI. En caso de que se ejercite la acción de grupo contenida en la fracción II del artículo 26 de esta ley, el actor en la demanda podrá solicitar al juez la suspensión o modificación provisional de las conductas que ocasionen daños o perjuicios o que previsiblemente puedan ocasionarlos.

    Por lo anteriormente expuesto, pido a la Mesa Directiva que turne esta iniciativa a la Comisión de Economía de esta honorable Cámara. Es cuanto, señor Presidente.

    «Iniciativa que reforma el artículo 26 y adiciona el 26 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por los diputados Fernando Álvarez Monje y Ricardo Alegre Bojórquez, del grupo parlamentario del PAN

    Fernando Álvarez Monje y Ricardo Alegre Bojórquez, diputados federales de la LIX Legislatura, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de los artículos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, proponemos a esta H. Cámara de Diputados la presente iniciativa al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Esta iniciativa propone una reforma al artículo 26 y una adición del artículo 26 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor para facilitar el ejercicio de las acciones de grupo por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor en representación de los intereses de los consumidores.

    I. Antecedentes

    Desde la expedición de la Ley Federal del Consumidor en 1992, el artículo 26 del mismo ordenamiento permaneció intacto, es hasta el decreto del 4 de febrero de 2004 publicado en el Diario Oficial de la Federación, que el artículo referido fue reformado.

    Este decreto no sólo reformó el artículo 26, sino que también modificó diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el fin de ``ampliar y reforzar las facultades de la Procuraduría Federal del Consumidor, y dotándola así de instrumentos jurídicos más eficientes para cumplir con su función de defensa del consumidor''1

    El artículo 26 en su texto original de 1992 establecía:

    Artículo 26. La Procuraduría tendrá legitimación procesal activa para ejercer ante los tribunales competentes acciones de grupo en representación de consumidores, para que dichos órganos, en su caso, dicten:

    I. Sentencia que declare que una o varias personas han realizado una conducta que ha ocasionado daños o perjuicios a consumidores y, en consecuencia, proceda a la reparación por vía incidental a los interesados que acrediten su calidad de perjudicados. En este caso la Procuraduría deberá contar previamente con mandato de los consumidores perjudicados; o

    II. Mandamiento para impedir, suspender o modificar la realización de conductas que ocasionen daños o perjuicios a consumidores o previsiblemente puedan ocasionarlos.

    Las atribuciones que este artículo otorga a la Procuraduría son discrecionales y se ejercitarán previo análisis de su procedencia.

    En el 2004 se consideró necesario modificar esta disposición, siendo el texto vigente el siguiente:

    Artículo 26.- La Procuraduría tendrá legitimación procesal activa para ejercer ante los tribunales competentes acciones de grupo en representación de consumidores, para que dichos órganos, en su caso, dicten:

    I. Sentencia que declare que una o varias personas han realizado una conducta que ha ocasionado daños o perjuicios a consumidores y, en consecuencia, proceda la reparación por la vía incidental a los interesados que acrediten su calidad de perjudicados. La indemnización de daños y perjuicios que en su caso corresponda no podrá ser inferior al veinte por ciento de los mismos, o

    II. Mandamiento para impedir, suspender o modificar la realización de conductas que ocasionen daños o perjuicios a consumidores o previsiblemente puedan ocasionarlos.

    La Procuraduría en representación de los consumidores afectados podrá ejercer por la vía incidental la reclamación de los daños y perjuicios que correspondan, en base a la sentencia emitida por la autoridad judicial.

    Las atribuciones que este artículo otorga a la Procuraduría se ejercitarán previo análisis de su procedencia, tomando en consideración la gravedad, el número de reclamaciones o denuncias que se hubieran presentado en contra del proveedor o la afectación general que pudiera causarse a los consumidores en su salud o en su patrimonio.

    La Procuraduría estará exenta de presentar garantía alguna ante las autoridades judiciales competentes, para el ejercicio de las acciones señaladas en las fracciones I y II.

    La exposición de motivos que se esgrimió para modificar este artículo es la siguiente:

    ``Acciones de grupo

    Las acciones de grupo son aquéllas que se instauran ante la autoridad jurisdiccional con objeto de salvaguardar el interés de una colectividad de consumidores.

    En el artículo 26 se precisa la intervención de la Profeco respecto de este tipo de acciones, acotando la facultad discrecional que actualmente le confiere la ley y estableciendo que las mismas se ejercerán en función de la gravedad y el número de reclamaciones que se hubieren presentado en contra de un proveedor.

    La Profeco o los consumidores que hubieren sufrido daños y perjuicios por conductas de una o varias personas, podrán presentar la reclamación respectiva con base en la sentencia de la autoridad judicial. De esta manera, se establece la opción al consumidor para que directamente pueda presentar el incidente correspondiente, o bien, para que la Procuraduría lo haga en su representación''.2

    Es importante destacar, que la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la Cámara de Diputados en la LVIII Legislatura fue la primera en dictaminar la propuesta de reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, y respecto al artículo 26 propuso un párrafo adicional a la Iniciativa el cual establecía:

    ``Para determinar la procedencia de la denuncia, la Procuraduría podrá contar con el apoyo de un Consejo Ciudadano, que opine sobre la posibilidad de ejercer acciones de grupo en casos específicos, atendiendo a su gravedad y afectación a los consumidores. Este Consejo Ciudadano estará conformado por tres personas de probada honestidad''.3

    Sin embargo la Cámara revisora, en este caso el Senado, consideró necesario suprimir este párrafo atendiendo al siguiente razonamiento:

    ``Se propuso en los trabajos de las comisiones eliminar el último párrafo del artículo 26 de la ley, en virtud de que un consejo ciudadano conforme a la propuesta, podría generar una etapa dilatoria para el ejercicio de las acciones colectivas o de grupo que la Procuraduría puede interponer''.4

    Devuelta a la Cámara de origen con observaciones a diversos artículos, entre ellos la supresión al último párrafo del artículo 26, los diputados votaron la propuesta en los términos de la minuta de los senadores y el texto vigente fue publicado el 4 de febrero de 2004.

    II. Acciones de grupo en la ciencia jurídica

    a) Doctrina

    Las acciones de grupo son una especie dentro del género de las acciones para la tutela de los intereses colectivos y de grupo, y éstas consisten en el derecho que tienen los gobernados a acudir a los tribunales para que se administre justicia, pero no en forma individual sino colectiva, pues debido a ``la complejidad de las sociedades modernas y el desarrollo de las economías con base en la producción y comercialización en serie de bienes y servicios, dan lugar a situaciones en las que determinadas actividades pueden afectar los intereses de una comunidad o un grupo de personas, los cuales no encuentran una solución adecuada a través de acciones individuales''.5

    Es importante mencionar que estas acciones para la tutela de los intereses colectivos y de grupo no solo se circunscriben a las acciones de defensa de los consumidores en contra de la publicidad engañosa o las cláusulas abusivas en las relaciones de consumo, sino al derecho a un medio ambiente y la salud, la preservación del patrimonio histórico, artístico y cultural,6 entre otras.

    La creación en la ciencia jurídica de las acciones colectivas y de grupo obedeció a la necesidad de resolver la problemática que en ocasiones se presenta al momento de acceder a los tribunales: ``los costes del litigio, la duración del proceso, la falta de capacidad de determinados entes, la falta de recursos económicos de los afectados, las normas de competencia territorial y los problemas derivados de la ejecución. Estos obstáculos se erigen en barreras difícilmente salvables en los casos en que la cuantía de lo reclamado es mínima y la acción ha de ejercitarse por un sujeto individual aisladamente y económicamente desfavorecido''.7

    Es esta la razón jurídica de la existencia de este tipo de acciones, ya que las acciones individuales clásicas no pueden proteger los intereses de la colectividad.

    b) Derecho comparado

    En los sistemas jurídicos de contenido romano-germánico, como España y Colombia, existe una regulación detallada de este tipo de acciones colectivas.

    En España se diferencia a los intereses difusos de los intereses colectivos, siendo los primeros, ``los intereses que afectan a una comunidad de sujetos amplia e indeterminada, no existiendo de ordinario vínculo o nexo jurídico entre ellos'', y los segundos, ``cuando un grupo se encuentra en una misma situación jurídica o cuando una pluralidad de sujetos se ven afectados por un mismo hecho, y los integrantes del grupo están determinados o pueden identificarse sin dificultad''.8

    En ese sistema jurídico, también hay otra clasificación de intereses:

    Los supraindividuales: ``que existen cuando la pluralidad de sujetos se ve afectado de igual manera por una situación jurídica o hecho por ser miembros de una comunidad o grupo, siendo todos ellos cotitulares del derecho. La sentencia estimatoria derivada de la tutela ejercida por uno de ellos o por una entidad legitimada, necesariamente afectará a los demás. Por ejemplo, la acción para que cese la emisión o difusión de una publicidad engañosa''.9

    La pluralidad de intereses individuales: ``esto es cuando existe una pluralidad de acciones surgidas de un mismo hecho dañoso, acciones cuya titularidad corresponde a cada uno de los sujetos individuales afectados. La acción que ejercita uno de ellos no produce efectos de cosa juzgada ni extiende su eficacia material respecto del derecho de los demás afectados''.10

    En Colombia, existen dos tipos de acciones que tutelan los intereses colectivos, ambas están contenidas en la Ley 472 de 1998.

    Las acciones populares, que son los medios procesales para la protección de los derechos e intereses colectivos, estás se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior.

    Las acciones de grupo, que son aquellas acciones interpuestas por un número plural o un conjunto de personas que reúnan condiciones uniformes respecto de una misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas. Las condiciones uniformes deben tener también lugar respecto de todos los elementos que configuran la responsabilidad. La acción de grupo se ejercerá exclusivamente para obtener el reconocimiento y pago de indemnización de los perjuicios.11

    En los sistemas jurídicos anglosajones también existen este tipo de acciones, en Gran Bretaña se les conoce como relator actions, y en Estados Unidos class actions.

    En Gran Bretaña a través de la relator action, el attorney general (procurador general) autoriza que una persona física o una asociación privada, en nombre de aquél y ante su omisión, inicie e intervenga en procesos civiles en defensa de los intereses públicos o de comunidad. Los efectos de la resolución judicial buscada deben beneficiar a toda la colectividad y no sólo al actor.

    En Estados Unidos, las class actions (acciones de grupo o acciones de clase) el actor no requiere de la autorización del attorney general ni de ninguna otra entidad pública. En este caso el control de la class action debe ser hecho por el juez, quien solo debe admitir aquella si considera que el actor realmente forma parte de una clase o grupo, cuyo interés es llevado a juicio, y que acciona efectivamente en interés de tal clase, constituyendo un representante adecuado, sin que sea necesario que haya sido investido formalmente de tal representación.12

    c) Sistema jurídico mexicano

    En nuestro país, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la base de las acciones de grupo, pues el artículo 28 en su tercer párrafo las establece implícitamente:

    ``La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses''

    Este precepto constitucional es recogido y desarrollado en la Ley Federal de Protección al Consumidor en sus artículos 24 fracción III y 26, este último ya escrito en párrafos precedentes.

    Artículo 24. La Procuraduría tiene las siguientes atribuciones:

    I.

    II.

    III. Representar individualmente o en grupo a los consumidores ante autoridades jurisdiccionales y administrativas, y ante los proveedores;

    ...

    De esta manera, se atendió la necesidad de establecer en nuestro sistema jurídico, las disposiciones defensoras de derechos colectivos de los consumidores llamándolas acciones de grupo y regulándolas en los artículos citados.

    III. Problemática a resolver

    Ante lo expuesto, podría suponerse que la regulación es suficiente y adecuada para ejercitar una acción de grupo, y con su ejercicio proteger los intereses colectivos de los consumidores, sin embargo a más de diez años de vigencia de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Procuraduría no ha ejercitado ninguna.13

    Esta inacción de la autoridad responsable era favorecida por la regulación original del artículo 26, que daba total discrecionalidad para ejercitar la acción de grupo, es por esto, que la reforma publicada el año pasado, redujo la discrecionalidad de la Procuraduría al establecer estas reformas:

    -- Eliminó la disposición que obligaba a la Procuraduría a contar previamente con mandato de los consumidores perjudicados.

    -- Facultó a la Procuraduría para ejercer por la vía incidental la reclamación de los daños y perjuicios en representación de los consumidores afectados en base a la sentencia emitida por la autoridad judicial.

    -- Limitó el análisis discrecional de procedencia, al establecer los parámetros de gravedad en el número de reclamaciones o denuncias que se hubieran presentado en contra del proveedor o la afectación general que pudiera causarse a los consumidores en su salud o en su patrimonio.

    Sin embargo, esta reforma no produce los efectos queridos, pues el artículo tercero transitorio del decreto del 4 de febrero de 2004 establece:

    Artículo Tercero. La reforma al artículo 114, en lo relativo a la emisión del dictamen por parte de la Procuraduría, así como la reforma al artículo 26 y los artículos 114 Bis y 114 Ter entrará en vigor un año después de la publicación del presente Decreto, sujeto a la disponibilidad presupuestal para la operación de las unidades necesarias en la Procuraduría para realizar las funciones establecidas en tales artículos.

    Por lo anterior, si bien la discrecionalidad de la Procuraduría fue reducida parcialmente, se creó una nueva limitante para el ejercicio de las acciones de grupo: la disponibilidad presupuestal para las unidades que son competentes para ejercitarlas.

    Aunado a lo anterior, los consumidores no cuentan con algún recurso jurídico en contra de la decisión definitiva de la Procuraduría de no ejercitar una acción de grupo.

    Ante todo esto, la protección de los consumidores por medio del ejercicio de las acciones de grupo es nugatoria. Por lo que es necesario que se haga una modificación al artículo 26 de la Ley Federal de Protección al Consumidor para facilitar su ejercicio.

    IV. Características jurídicas de la reforma propuesta

    La propuesta que presentamos en esta iniciativa tiene las siguientes características:

    a) Es justificable que en nuestro sistema jurídico que la decisión sobre el ejercicio de las acciones de grupo la tenga la Procuraduría Federal del Consumidor, sin embargo, los consumidores no deben quedar indefensos ante la decisión del no ejercicio de la acción, pues tal resolución no es impugnable, lo cual imposibilita la protección de los derechos colectivos.

    Como se ha expuesto, en el derecho comparado, tanto en los sistemas jurídicos romano-germánicos (muy próximos a nuestro derecho), como en los sistemas jurídicos del Common Law, la titularidad de las acciones colectivas es compartida por un órgano del gobierno y por los consumidores directamente afectados.

    El desarrollo de las acciones colectivas en estos países, nos permite afirmar que la solución a la falta de ejercicio de estas acciones es extender la legitimación procesal activa a los directamente afectados, de esta manera, los consumidores afectados tendrán la oportunidad de hacer valer sus derechos por sí mismos.

    b) Si la negativa de la Procuraduría a ejercitar una acción de grupo, atiende a la falta de presupuesto para las unidades que son competentes para ejercitarla la Acción de grupo o alguna otra causa, es necesario que se faculte al grupo de consumidores afectados para elegir entre ejercitar este tipo de acción o ser representados por la Procuraduría, y de esta manera hacer eficaz el derecho de los consumidores a la tutela colectiva de sus intereses.

    Esta legitimación procesal activa otorgada al consumidor o al grupo de consumidores afectados para ejercitar la acción de grupo, es un elemento novedoso en nuestras leyes, pero que ya ha probado su eficacia en el derecho comparado.

    c) En nuestro sistema jurídico, la competencia en materia mercantil es concurrente, esto es, que pueden conocer de la materia tanto los tribunales federales como los estatales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 104, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

    Artículo 104. Corresponde a los tribunales de la Federación conocer:

    I. De todas las controversias del orden civil o criminal que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o de los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano. Cuando dichas controversias sólo afecten intereses particulares, podrán conocer también de ellas, a elección del actor, los jueces y tribunales del orden común de los estados y del Distrito Federal. Las sentencias de primera instancia podrán ser apelables ante el superior inmediato del juez que conozca del asunto en primer grado;

    En el caso de las acciones de grupo, como claramente se ha expuesto, los juicios derivados de éstas no solamente afectan intereses particulares (supuesto constitucional para la existencia de la competencia concurrente), sino también intereses colectivos, por lo que los tribunales competentes para conocer tanto de las acciones de grupo, como para decidir sobre su procedencia son los Tribunales de la Federación. Es por esto, que se incluye esta precisión en el texto normativo de reforma propuesto.

    d) La reforma al contenido del artículo 26 (DOF 2004)14 atendió a reducir la discrecionalidad de la Procuraduría para facilitar el ejercicio de la acción de grupo, pero aún más, la Cámara Revisora suprimió un requisito de la propuesta que entorpecería el ejercicio de las acciones, esto obedeció a que el legislador trató de dar operatividad a las mismas. Sin embargo, la reforma no logró el propósito buscado, pero mostró el camino a seguir para futuras mejoras.

    La presente iniciativa, sigue el mismo espíritu que el de las disposiciones que establecieron las acciones de grupo y que limitaron la discrecionalidad de la Procuraduría, que es el de dotar al orden jurídico de instrumentos eficaces para la protección del consumidor, por lo que es una propuesta armónica y se encamina a perfeccionar el contenido del artículo.

    e) La publicidad es un elemento fundamental para la protección de los derechos e intereses colectivos, pues aún para aquellos consumidores que no participan en el juicio donde se ejercita una acción de grupo, la sentencia que resuelve sobre el ejercicio de la acción puede afectar sus intereses, por lo que se establece la obligatoriedad de la publicidad.

    f) Es necesario establecer las características especiales de los juicios derivados de estas acciones, por lo que se propone una nueva redacción del artículo 26 conteniendo las normas del artículo vigente y la creación de un nuevo artículo 26 Bis, esquematizando dentro de ellos las acciones de grupo su definición legal, sus tipos, los titulares de las mismas, la tramitación y otras características propias de estos juicios.

    g) Con el propósito de otorgar seguridad jurídica al condenado en una sentencia derivada del ejercicio de la acción de grupo, se fija un plazo de 2 años, al término del cual precluye el derecho a ejercitar el incidente que establece la ley.

    En síntesis, la reforma propuesta precisa las normas jurídicas aplicables a las acciones de grupo para facilitar su ejercicio, no establece nuevos derechos sustantivos, sino facilita el ejercicio de los derechos ya existentes.

    V. Impacto normativo

    Al aprobarse la reforma propuesta:

    a) Se hará posible que el ejercicio de las acciones de grupo que protegen a los consumidores sea menos difícil y arduo, lo que producirá que estos tengan una efectiva protección a sus derechos por la legislación, acrecentando la confianza en las instituciones democráticas de nuestro país.

    b) Se modernizará nuestra legislación y se colocará a la par de los sistemas jurídicos más avanzados en cuanto a la protección y tutela de los intereses colectivos y de grupo.

    c) Daremos un paso más hacia la protección de los derechos humanos en nuestro país, pues haremos efectivo el contenido del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece el libre derecho a la jurisdicción, esto es, a que el Estado mexicano le proporcione Justicia a los gobernados a través de los tribunales competentes.

    d) Se beneficiará a los tribunales, evitándoles una sobrecarga de trabajo por la multitud de reclamaciones individuales sobre un mismo hecho, agrupándolas en un solo procedimiento.

    e) Se colmarán los vacíos y lagunas legales y por ende, se dará seguridad jurídica a las partes en los juicios derivados de las acciones de grupo, asimismo se establecerán las bases legales de actuación de los tribunales competentes.

    Por lo anteriormente expuesto se somete a consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados el siguiente decreto

    Artículo Único: Se reforma el artículo 26 y se adiciona el artículo 26 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor para quedar como sigue:

    Artículo 26.- Las acciones de grupo son aquellas que se ejercitan con objeto de defender el interés de una colectividad de consumidores.

    Los Tribunales Federales son los únicos competentes para conocer de este tipo de acciones.

    El consumidor afectado o el grupo de consumidores afectados, así como la Procuraduría tendrán legitimación procesal activa para ejercitar alguna de estos dos tipos de acciones:

    I. Para que se declare que una o varias personas han realizado una conducta que ha ocasionado daños o perjuicios a consumidores y, en consecuencia, proceda la reparación por la vía incidental a los interesados que acrediten su calidad de perjudicados. La indemnización de daños y perjuicios que en su caso corresponda no podrá ser inferior al veinte por ciento de los mismos, o

    II. Para obtener un mandamiento para impedir, suspender o modificar la realización de conductas que ocasionen daños o perjuicios a consumidores o previsiblemente puedan ocasionarlos.

    Artículo 26 Bis.- La tramitación de los juicios derivados de las acciones de grupo que establece el artículo 26 de esta Ley obedecerá a las siguientes normas:

    I. Para la procedencia del juicio, la Procuraduría o el juez tendrán en cuenta los siguientes requisitos:a) La gravedad,

    b) Número de consumidores afectados, que no podrá ser inferior a 20,

    c) La afectación general que pudiera causarle a los consumidores en su salud o patrimonio, y

    d) Si el consumidor promovente pertenece al grupo de consumidores afectados.

    II. Se dará publicidad al auto admisorio de la demanda y a la sentencia definitiva, en las publicaciones gubernamentales y en los medios de comunicación de mayor circulación que determine el juez.

    III. El actor estará exento de presentar alguna garantía.

    IV. El juez se guiará por los principios básicos en las relaciones de Consumo contenidos en el artículo 1 de esta ley.

    V. En caso de que se ejercite la acción de grupo contenida en la fracción I del artículo 26 de esta ley se aplicarán además las siguientes disposiciones:

    a) Los consumidores afectados tienen un plazo de 2 años a partir de la fecha de publicación de la sentencia, para pedir por la vía incidental la reparación de daños y perjuicios.

    b) Los consumidores que no deseen ser afectados por la sentencia que se dicte deberán solicitarlo por escrito al juez, antes de que se cierre el periodo probatorio.

    VI. En caso de que se ejercite la acción de grupo contenida en la fracción II del artículo 26 de esta ley, el actor en la demanda podrá solicitar al juez la suspensión o modificación provisional de las conductas que ocasionen daños o perjuicios o que previsiblemente puedan ocasionarlos.Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Notas:

    1 Dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Comisión de Economía. Cámara de Diputados. LIX Legislatura. Gaceta Parlamentaria. 11 de diciembre 2003.

    2 Dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Comisión de Comercio y Fomento Industrial. Cámara de Diputados. LVIII Legislatura. Gaceta Parlamentaria. 25 de marzo de 2003.

    3 Ibid.

    4 Dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. De las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial; de Vivienda; y de Estudios Legislativos, Primera. Cámara de Senadores. Gaceta Parlamentaria. 11 de noviembre de 2003.

    5 Ovalle Favela, José, Las acciones para la tutela de los intereses colectivos y de grupo, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, México 2004, p VII.

    6 Ibid. p. IX.

    7 Bachmaier Winter, Lorena, ``La tutela de los derechos e intereses colectivos de consumidores y usuarios en el proceso civil español'', en Las acciones para la tutela de los intereses colectivos y de grupo, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, México 2004, p. 2.

    8 Ibid. p. 7.

    9 Ibid. p. 8.

    10 Ibid. p. 8.

    11 Parra Quijano, Jairo, ``Algunas reflexiones sobre la Ley 472 de 1998 conocida en Colombia con el nombre de acciones populares y acciones de grupo'', en Las acciones para la tutela de los intereses colectivos y de grupo, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, México 2004, pp. 111, 116.

    12 Ovalle Favela, José, Comentarios a la Ley Federal de Protección al Consumidor (Legislación, doctrina y jurisprudencia), McGraw-Hill, México 1994, p. 68.

    13 Ovalle Favela, José, Las acciones para la tutela de los intereses colectivos y de grupo, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, México 2004, p. XIV.

    14 Ver antecedentes, apartado II, en esta exposición de motivos.

    Diputados: Fernando Álvarez Monje, Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como ha solicitado el señor diputado, se turna a la Comisión de Economía la iniciativa que acaba usted de presentar.
    LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma los artículos 79 y 80 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Con su permiso, señor Presidente. Compañeras y compañeros diputados: la importancia del deporte es incuestionable en cualquier sociedad. El desarrollo social integral implica indudablemente el cultivo de la salud física. El deporte no es únicamente parte de la salud individual sino, también, una forma de expresión de sociabilidad. La situación en México es complicada para los que practican actividades físicas regularmente, empeora para los deportistas de alto rendimiento y es desastrosa para las personas con capacidades diferentes que practican cualquier deporte.

    Muchos atletas, tanto profesionales como amateurs, no tienen centros o instalaciones deportivas que cumplan las mínimas exigencias para el desarrollo competitivo de sus actividades, y las pocas instalaciones de alta calidad que existen se encuentran generalmente lejos de sus domicilios o centros de actividades y en la mayoría de las veces en estados de la República diferentes del que habitan. Lo anterior es reflejo de la falta de plena cultura deportiva de las autoridades correspondientes y de total falta de planeación respecto al deporte nacional.

    En el Partido Verde Ecologista de México tenemos como prioridad fundamental respetar y apoyar las particularidades de todo tipo de deporte y de cada deportista. Lamentablemente, tras realizar un análisis legislativo identificamos que, pese a ser considerada la educación física como parte integral del desarrollo del ser humano, no existe un verdadero compromiso de los Poderes de la Unión. Continuando nuestro compromiso social en beneficio del deporte y de todos los mexicanos, proponemos la instauración de un marco jurídico acorde con las necesidades de los deportistas que también coadyuve a enriquecer la vida comunitaria. Comprendamos que la viabilidad para el correcto desarrollo de la actividad física depende en gran medida de la claridad y confiabilidad de las leyes establezcan.

    Un verdadero compromiso legislativo será el que permita adecuar la regulación deportiva a que, por un lado, incentive a nuestros destacados deportistas y les ofrezca instalaciones adecuadas y un trato digno como el que merecen; y, por otro lado, permita la continuidad y organización de las políticas deportivas para mejorar el rendimiento de todos los deportistas mexicanos.

    Por eso nuestra iniciativa pretende fomentar la construcción de centros o de instalaciones deportivas regionales con la finalidad de que los deportistas no tengan que emigrar de sus lugares de origen para poder seguir practicando regularmente la actividad de su elección. En el Partido Verde Ecologista de México creemos que con un esfuerzo conjunto lograremos que el deporte en el país cumpla una filosofía que cultive los valores universales y sea benéfica para el desarrollo del deporte en nuestro país.

    Debemos buscar los consensos necesarios para llevar a cabo una política deportiva en la que se procure que todos los mexicanos tengan acceso a la práctica deportiva de un nivel competitivo en sus propias localidades y que, además, cada vez exista mayor presencia en el deporte de los diversos sectores de la sociedad. La práctica del deporte es un derecho público; por tanto, la construcción y el desarrollo de lugares especializados para la práctica de las actividades deseadas deben formar parte central de los programas de educación y desarrollo social del gobierno.

    Por ende, no pueden ser catalogados como una tarea de segundo orden, por debajo de otras prioridades materiales en un Estado. Las políticas públicas en favor del deporte deben servir para ofrecer el desarrollo de una cultura física a través de planes y programas mediante una práctica continua que permita alcanzar un nivel de vida sano y de competitividad, privilegiando preferentemente la calidad y la equidad, con una atención eficiente, comprometida y sensible a las necesidades de nuestros deportistas.

    Por eso, la descentralización de los centros deportivos de alto rendimiento debe ser prioridad. Se debe fomentar la cultura física entre la población a partir de la masificación de actividades físicas, recreativas y deportivas. Esto, con el fin de alcanzar dos objetivos concretos: primero, la utilización máxima de las instalaciones deportivas que ya existen en nuestro país; y segundo, la construcción de centros deportivos de calidad con programas específicos para atender las diferentes necesidades de los deportistas. Indudablemente, es de gran importancia impulsar un marco jurídico moderno, acorde con las necesidades deportivas de nuestro país, y buscar un beneficio integral para el deporte nacional, llevándolo a mejores niveles.

    Todo ello, encaminado a incrementar la cobertura y calidad de la práctica del deporte. Tener una correcta infraestructura física regional es el compromiso que debemos asumir los legisladores federales; de aquí dependerá mucho el desempeño de México en las competencias internacionales y de influir en la obtención de mejores resultados para la salud pública en toda la población.

    Por lo que he expuesto, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México somete ante el Pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 79 y 80 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

    Omitiré leer el articulado, pero solicito a la Presidencia que sea publicada esta iniciativa de manera integral en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria. Es cuanto; muchas gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma los artículos 79 y 80 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, presentada por el diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del PVEM

    Guillermo Velasco Rodríguez, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del PVEM, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita se turne a la Comisión de Juventud y Deporte para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de ley con base en la siguienteExposición de Motivos

    La importancia del deporte es incuestionable en cualquier sociedad. El desarrollo social integral implica indudablemente el cultivo de la salud física. La actividad física, ya sea como juego, ejercicio, deporte o recreación no sólo es componente de la salud individual sino también una forma de expresión de sociabilidad. El deporte nos enseña a reconocer al que gana y respetar al que pierde; nos enseña a trabajar en equipo, hacer disciplinados y a reconocer que el esfuerzo y la confianza son elementos que mejoran la condición humana.

    La situación en México es complicada para quienes practican actividades físicas regularmente, empeora para los deportistas de alto rendimiento y es desastrosa para las personas con capacidades diferentes que practican algún deporte; esto debido a que muchos atletas tanto profesionales como amateurs no tienen, por un lado, los centros o instalaciones deportivos que cumplan con las mínimas exigencias para el desarrollo competitivo de sus actividades o bien, por el otro lado, generalmente las instalaciones de alta calidad se encuentran lejos de sus centro de actividades y en la mayoría de las veces en otros estados de la Republica. Lo anterior es producto de las dificultades propias de la falta de una plena cultura deportiva de las autoridades correspondientes y que obviamente perjudican al deporte nacional.

    En el Partido Verde Ecologista de México tenemos como prioridad fundamental respetar y apoyar las particularidades de cada deporte y de cada deportista, lamentablemente si hacemos un análisis desde el punto de vista legislativo identificamos que pese a ser considerada la educación física como parte integral del desarrollo del ser humano vemos que no hay un verdadero compromiso de los Poderes de la Unión.

    Continuando con nuestro compromiso social en beneficio del deporte y de todos los mexicanos, hacemos evidente y urgente la instauración de un marco jurídico acorde con las necesidades de los deportistas y de esta forma enriquecer la vida comunitaria. Un verdadero compromiso legislativo será el que permita adecuar la regulación deportiva a que por un lado, incentive a nuestros destacados deportistas y les ofrezca instalaciones adecuadas y un trato digno como el que merecen, y por otro lado, permita la continuidad y organización de las políticas deportivas para mejorar el rendimiento de todos los deportistas mexicanos. Es por eso que nuestra iniciativa pretende fomentar la construcción de Centros de instalaciones deportivas regionales de carácter público, con la finalidad de que los deportistas no tengan que migrar de sus lugares de origen para poder seguir practicando regularmente la actividad de su elección. Además de lo anterior, nuestra iniciativa estimula la práctica de actividades deportivas en la comunidad al mismo tiempo que desarrolla la especialización del deporte nacional.

    En el Partido Verde Ecologista de México creemos que con un esfuerzo conjunto lograremos que el deporte en el país cumpla con una filosofía que cultive los valores universales y sea benéfico para el desarrollo del deporte. Debemos buscar los consensos necesarios para llevar acabo una política deportiva en la que se procure que todos los mexicanos tengan acceso a la práctica deportiva de un nivel competitivo en sus propias localidades, y para que cada vez haya una mayor presencia en el deporte de los diversos sectores de la sociedad.

    La práctica del deporte es un derecho público, por lo tanto la construcción y desarrollo de lugares especializados para la práctica de las actividades deseadas debe formar parte central de los programas de educación y desarrollo social del gobierno. Por ende, no pueden ser catalogados como una tarea de segundo orden por abajo de otras prioridades materiales en un Estado.

    Las políticas públicas a favor del deporte deben servir para ofrecer el desarrollo de una cultura física a través de planes y programas mediante una práctica continua y sistemática que permita alcanzar un nivel de vida sano y de competitividad, privilegiando preferentemente a la calidad y a la equidad y con una atención eficiente, comprometida y sensible a las necesidades de nuestros deportistas. Es por esto que la descentralización de los centros deportivos de alto rendimiento debe ser una prioridad del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo.

    Se debe fomentar la cultura física en la población a partir de la masificación de actividades físicas, recreativas y deportivas y para esto, con una legislación moderna y un Poder Ejecutivo comprometido con el deporte, podremos cumplir con dos objetivos concretos: 1) La utilización máxima de las instalaciones deportivas existentes del país, y 2) la construcción de nuevos centros deportivos de calidad y con programas específicos para atender las diferentes necesidades de los deportistas.

    Indudablemente es de gran importancia impulsar un marco jurídico moderno acorde con las necesidades deportivas de nuestro país y buscar un beneficio integral para el deporte nacional, llevándolo hacia mejores niveles. Todo ello, encaminado a incrementar la cobertura y mejoramiento de la práctica del deporte

    Sensibilizados por lo anterior, a nombre del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, someto ante el Pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

    Decreto por el que se reforman los artículos 79 y 80 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

    Articulo Primero. Por el que se reforman los artículos 79 y 80 de la Ley General de Cultura Física y Deporte para quedar como sigue

    Artículo 79. .....

    Los estados, el Distrito Federal y los municipios contarán con al menos un centro de instalaciones deportivas de carácter público, siguiendo lo establecido en el articulo 80 de esta ley.

    Artículo 80. La planificación y construcción de instalaciones de cultura física y deporte financiadas con recursos provenientes del erario público, deberán realizarse tomando en cuenta las especificaciones técnicas de los deportes y actividades que se proyecta desarrollar, así como los requerimientos de construcción y seguridad determinados en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, que para tal efecto expida la dependencia en la materia, para el uso normal de las mismas por parte de personas con alguna discapacidad física, garantizando en todo momento que se favorezca su utilización multifuncional, teniendo en cuenta las diferentes disciplinas deportivas, la máxima disponibilidad de horario y los distintos niveles de práctica de los ciudadanos. Estas instalaciones deberán ser puestas a disposición de la comunidad para su uso público y podrán contar, bajo previa acreditación de la autoridad correspondiente, con profesionales y especialistas del deporte para el asesoramiento y preparación de los interesados.

    Transitorio

    Primero. Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 29 días del mes de noviembre del 2005.--- Dip. Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se ordena la inserción íntegra en el Diario de los Debates de la iniciativa presentada y se turna a la Comisión de Juventud y Deporte.

    A esta Presidencia acaba de llegar una comunicación de la Junta de Coordinación Política. Ruego a la Secretaría que dé lectura a la misma iniciativa.


    ORDEN DEL DIA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo quinto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, solicitamos a usted atentamente que incluya en el orden del día de la presente sesión, en el primer turno posible, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), presentada por los diputados Concepción Castañeda Ortiz, del grupo parlamentario del PRI; Miguel Alonso Raya, del grupo parlamentario del PRD; Manuel Pérez Cárdenas y Lucio Galileo Lastra Marín, del grupo parlamentario del PAN (sólo turno a Comisión).

    Sin más por el momento agradecemos de antemano las atenciones que se sirva dar al presente.

    Atentamente

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de noviembre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado.


    LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, presentada por los diputados Concepción Olivia Castañeda Ortiz, del grupo parlamentario del PRI; Miguel Alonso Raya, del grupo parlamentario del PRD; y Manuel Pérez Cárdenas y Lucio Galileo Lastra Marín, del grupo parlamentario del PAN

    Los suscritos, diputados integrantes de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma las fracciones I, III y IV del artículo 174 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, al tenor de las siguientes

    Consideraciones

    1. El sistema de seguridad social de un país es la base para el sano desarrollo personal de sus trabajadores y sus familias, y un pilar fundamental para la economía. En México, es un instrumento clave de la política laboral y social; un medio efectivo de redistribución del ingreso; el proveedor más importante de servicios de salud de trabajadores, pensionados y sus familiares; y es, sobre todo, una red efectiva para dar certidumbre a trabajadores en momentos críticos y un elemento clave para dotarles de servicios básicos a lo largo de su vida.

    La obtención de créditos para la adquisición de vivienda, construcción individual, ampliación, reparación, mejoramiento, pago de enganche, gastos de escrituración y pago de pasivos adquiridos por los conceptos anteriores es una de las prestaciones fundamentales de los trabajadores al servicio del Estado. Esta prestación ha sido uno de los temas de mayor relevancia para la administración actual por ser un instrumento de política social que da certidumbre y estabilidad a los servidores públicos y sus familias.

    La seguridad social es en México más que un bien necesario: es un derecho constitucional. Las últimas generaciones de mexicanos han construido un amplio y complejo sistema de seguridad social con el objeto único de garantizar este derecho. Hoy corresponde reformar y reestructurar dicho sistema a fin de afrontar los retos del siglo que comienza y cumplir con los objetivos que exige la Constitución. La presente iniciativa es más que la simple búsqueda de la eficiencia del sistema de seguridad social: se trata de dar cabal cumplimiento a los derechos sociales que establece la Constitución.

    2. Por decreto del Presidente Adolfo López Mateos, el 30 diciembre de 1959 se adicionó el apartado B del artículo 123 de nuestra Constitución Política y como consecuencia de esta adición se promulgó la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

    Posteriormente, el 14 de febrero de 1972, se realizó una modificación constitucional al apartado B, del artículo 123, fracción XI, inciso f, para quedar como sigue:

    Se proporcionarán a los trabajadores habitaciones baratas, en arrendamiento o venta, conforme a los programas previamente aprobados. Además el Estado, mediante las aportaciones que haga, establecerá un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de dichos trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad habitaciones cómodas e higiénicas, o bien para construirlas, repararlas, mejorarlas o pagar pasivos adquiridos por estos conceptos.

    Sin embargo, la política de habitación en nuestro país no inició con los trabajadores del Estado, sino que fue impulsada a partir de dos vías, la primera de ellas correspondió al apartado A, que regula las relaciones laborales entre los trabajadores y las empresas privadas, misma que tuvo su desarrollo particular.

    La disposición reglamentaria de la fracción XII, del apartado A, indica que para dar cumplimiento a esta obligación, las empresas deberán aportar al Fondo Nacional de la Vivienda, el cinco por ciento sobre los salarios de los trabajadores a su servicio. A su vez el Fondo Nacional de la Vivienda tendrá por objeto crear sistemas de financiamiento con créditos baratos que permitan a los trabajadores adquirir en propiedad, habitaciones cómodas e higiénicas. Los recursos del fondo son administrados por un organismo integrado en forma tripartita en el que participan Gobierno Federal, patrones y trabajadores. Las aportaciones al Fondo fueron consideradas como gastos de previsión social de las empresas.

    En el mismo sentido, el artículo 5º de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establecía, en el año de 1972, que el patrimonio del Instituto se integraba con el

    Fondo Nacional de la Vivienda que se constituye con las aportaciones que deben hacer los patrones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123, apartado A, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Al percatarse que el texto constitucional establece claramente que las aportaciones de los patrones se deben destinar para crear fondos a favor de los trabajadores, la ley del Infonavit se reformó el 6 de enero de 1997 para precisar que las aportaciones de los patrones a las subcuentas de vivienda no son parte del patrimonio de dicho Instituto, sino que son patrimonio de los trabajadores tal y como se precisa actualmente en el referido artículo 5º de la Ley del Infonavit.

    Derivado de la reforma constitucional del 31 de diciembre de 1994, se incluyó en la Ley del ISSSTE el Capítulo V Bis, denominado Del Sistema de Ahorro para el Retiro, en su artículo 90 Bis A, que

    Las dependencias y entidades están obligadas a enterar al Instituto, el importe de las aportaciones correspondientes al sistema de ahorro para el retiro, mediante la constitución de depósitos de dinero a favor de cada trabajador, en la forma y términos señalados en el presente capítulo.

    A su vez el artículo 90 Bis C estipula que

    Las dependencias y entidades estarán obligadas a cubrir las aportaciones establecidas en este Capítulo, así como las relativas al Fondo de la Vivienda, mediante la entrega simultánea de los recursos correspondientes en instituciones de crédito u otras entidades financieras autorizadas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, para su abono en las cuotas individuales del sistema de ahorro para el retiro abiertas a nombre de los trabajadores.

    Asimismo, el artículo 90 Bis C en su segundo párrafo establece que ``Las cuentas individuales del sistema de ahorro para el retiro tendrán dos subcuentas: la de ahorro para el retiro y la del fondo de la vivienda''.

    3. Ahora bien, por lo que se refiere a las cuotas de los trabajadores que establece la Ley, y las aportaciones de las dependencias y entidades para los demás seguros, prestaciones y servicios que conforme al artículo 3º de la Ley del ISSSTE se otorgan a sus derechohabientes, el artículo 4º de la Ley del ISSSTE señala que estará a cargo del Instituto la administración de los seguros, prestaciones y servicios que trata el artículo anterior así como la del fondo de la vivienda.

    A su vez la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, establece en el artículo 43, fracción VI, la obligación de titulares de dependencias y entidades reguladas en las misma, de ``Cubrir aportaciones que fijen las leyes especiales, para que los trabajadores reciban los beneficios de la seguridad social y servicios sociales comprendidos en los conceptos siguientes ...''

    En dichos artículos se señala, por una parte, la obligación de las dependencias y entidades de cubrir las aportaciones para que los trabajadores reciban los beneficios derivados de cada uno de los fondos, y por la otra, la función del ISSSTE como administrador de los seguros, prestaciones y servicios, incluido el Fondo de la Vivienda.

    Para concretar lo anterior, el Instituto aplica, tal como lo señalan los artículos 16 y 21 de la ley del ISSSTE, dichas cuotas y aportaciones.

    Artículo 16. Todo trabajador incorporado al régimen de este ordenamiento, deberá cubrir al Instituto una cuota fija del ocho por ciento del sueldo básico de cotización que disfrute, definido en el artículo anterior.

    Dicha cuota se aplicará en la siguiente forma:

    I. 2.75% para cubrir los seguros de medicina preventiva, enfermedades, maternidad y los servicios de rehabilitación física y mental;

    II. 0.50% para cubrir las prestaciones relativas a préstamos a mediano y corto plazo;

    III. 0.50% para cubrir los servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil; integrales de retiro a jubilados y pensionados; servicios turísticos, promociones culturales, de preparación técnica, fomento deportivo y de recreación y servicios funerarios;

    IV. 3.50% para la prima que se establezca anualmente, conforme a las valuaciones actuariales, para el pago de jubilaciones, pensiones e indemnizaciones globales, así como para integrar las reservas correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo 182 de esta ley;

    V. El porcentaje restante se aplicará para cubrir los gastos generales de administración del Instituto exceptuando los correspondientes al fondo de la vivienda.

    Los porcentajes señalados en las fracciones I a III incluyen gastos específicos de administración.

    De igual manera, el artículo 21 señala:

    Artículo 21. Las dependencias y entidades públicas sujetas al régimen de esta ley cubrirán al Instituto, como aportaciones el equivalente al 17.75% del sueldo básico de cotización de los trabajadores.

    Dicho porcentaje se aplicará en la siguiente forma:

    I. 6.75% para cubrir los seguros de medicina preventiva, enfermedades, maternidad y los servicios de rehabilitación física y mental;

    II. 0.50% para cubrir las prestaciones relativas a préstamos a mediano y corto plazo;

    III. 0.50% para cubrir los servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil; integrales de retiro a jubilados y pensionistas; servicios turísticos, promociones culturales, de preparación técnica, fomento deportivo y de recreación y servicios funerarios;

    IV. 0.25% para cubrir íntegramente el seguro de riesgos del trabajo;

    V. 3.50% para la prima que se establezca anualmente, conforme a las avaluaciones actuariales, para el pago de jubilaciones, pensiones e indemnizaciones globales, así como para integrar las reservas correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo 182 de esta Ley;

    VI. 5.00% para constituir el Fondo de la Vivienda; y

    VII. El porcentaje restante se aplicará para cubrir los gastos generales de administración del Instituto, exceptuando los correspondientes al fondo de la vivienda.

    Los porcentajes señalados en las fracciones I al IV incluyen gastos específicos de administración.

    Además, para los servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil, las dependencias y entidades cubrirán el 50% del costo unitario por cada uno de los hijos de los trabajadores que haga uso del servicio en las estancias de bienestar infantil del Instituto. Dicho costo será determinado anualmente por la Junta Directiva.

    No obstante las disposiciones antes enunciadas, no se ha reformado el artículo 174 de la Ley del ISSSTE, y hasta la fecha continúa considerando que las aportaciones al fondo de la vivienda que realizan las dependencias y entidades en favor de sus trabajadores, constituyen parte del patrimonio del Instituto como podemos ver en el capítulo III, ``Del Patrimonio'' que a la letra estipula:

    Artículo 174. El patrimonio del Instituto lo constituirán:

    I. Sus propiedades, posesiones, derechos y obligaciones;

    II. Las cuotas de los trabajadores y pensionistas, en los términos de esta ley;

    III. Las aportaciones que hagan las dependencias y entidades conforme a esta ley;

    IV. El importe de los créditos e intereses a favor de las entidades a que se refiere esta ley;

    V. Los intereses, rentas, plusvalías y demás utilidades que se obtengan de las inversiones que conforme a esta ley haga el Instituto;

    VI. El importe de las indemnizaciones, pensiones caídas e intereses que prescriban en favor del Instituto;

    VII. El producto de las sanciones pecuniarias derivadas de la aplicación de esta Ley;

    VIII. Las donaciones, herencias y legados a favor del Instituto;

    IX. Los bienes muebles e inmuebles que las dependencias o entidades destinen y entreguen para los servicios y prestaciones que establece la presente Ley, así como aquellos que adquiera el Instituto y que puedan ser destinados a los mismos fines; y

    X. Cualquiera otra percepción respecto de la cual el Instituto resulte beneficiario.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, los suscritos sometemos a consideración de esta honorable Asamblea la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma las fracciones I, III y IV del artículo 174 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

    Artículo Único. Se reforman las fracciones I, III y IV de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

    Artículo 174. ...

    I. Sus propiedades, posesiones, derechos y obligaciones, con excepción de los afectos al Fondo de la Vivienda;

    II. ...

    III. Las aportaciones que hagan las dependencias y entidades conforme a esta Ley, salvo las que se hagan al Fondo de la Vivienda, que junto con los intereses y rendimientos que generen, son patrimonio de los trabajadores;

    IV. El importe de los créditos e intereses a favor del Instituto, con excepción de los afectos al Fondo de la Vivienda

    Transitorios

    Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente a la fecha de su firma.

    Segundo. El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado contará con un plazo de 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto para efectuar las operaciones o modificaciones necesarias para la aplicación de esta reforma, de conformidad con las disposiciones aplicables y las autorizaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Tercero. Los bienes muebles e inmuebles o cualquier otro derecho o activo que se hubieren acumulado a la fecha de entrada en vigor del presente decreto utilizando recursos de las aportaciones del 5% al fondo de vivienda previstas en el artículo 21 de la Ley del ISSSTE formarán parte de las reservas del Fondo de la Vivienda.

    Los activos o servicios vinculados al Fondo de la Vivienda que en lo futuro llegaran a financiarse con recursos distintos a las aportaciones del 5%, deberán ser costeados con cargo al fondo de la vivienda.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de noviembre de 2005.--- Diputados: Manuel Pérez Cárdenas, Miguel Alonso Raya, Concepción O. Castañeda Ortiz, Lucio Galileo Lastra Marín (rúbricas).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En consecuencia, se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social la iniciativa a que se refiere el acuerdo de la Junta de Coordinación Política leído con anterioridad.

    De igual manera, se acaba de recibir otra comunicación de la Junta de Coordinación Política. Ruego a la Secretaría que dé cuenta con la misma.


    ORDEN DEL DIA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo quinto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes la Operación del Sistema Electrónico de Votación, solicitamos a usted atentamente que incluya en el orden del día de la presente sesión, en el primer turno posible, los cambios en comisiones solicitados por el diputado Wintilo Vega Murillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Sin más por el momento agradecemos de antemano las atenciones que se sirva dar al presente.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de noviembre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: En función de la solicitud de la Junta de Coordinación Política, se pregunta a la Asamblea si es de aprobarse su inclusión en el orden del día.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor ...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado.


    COMISIONES LEGISLATIVAS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Emilio Chuayffet Chemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se tome de conocimiento los siguientes movimientos en la Comisión de Energía, lo anterior para los efectos correspondientes:

    Energía Diputado: Óscar Pimentel González Movimiento: Baja Cargo: S Diputado: Adrián Villagómez García Movimiento: Alta Cargo: S

    Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 29 de noviembre de 2005.--- Dip. Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

    Por lo expuesto, en votación económica se pregunta a la Asamblea si es de aprobarse el cambio.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Emilio Chuayffet Chemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se tome de conocimiento los siguientes movimientos en las Comisiones que a continuación se detallan, lo anterior para los efectos correspondientes:

    Diputado: Norma Violeta Dávila Aguirre Movimiento: Alta Comisión: Educación Pública y Servicios Educativos Cargo: I

    Movimiento: Alta Comisión: Ciencia y Tecnología Cargo: I

    Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México DF, a 24 de noviembre de 2005.--- Dip. Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Emilio Chuayffet Chemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se tome de conocimiento los siguientes movimientos en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, lo anterior para los efectos correspondientes:

    Justicia y Derechos Humanos Diputado: Federico Barbosa Gutiérrez Movimiento: Alta Cargo: I Diputada: Gema Isabel Martínez López Movimiento: Alta Cargo: I

    Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 29 de noviembre de 2005.--- Dip. Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Emilio Chuayffet Chemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se tome de conocimiento los siguientes movimientos en la Comisión de Economía, lo anterior para los efectos correspondientes:

    Diputado: Eduardo Olmos Castro Movimiento: Baja Cargo: I Diputada: Norma Violeta Dávila Salinas Movimiento: Alta Cargo: I

    Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 29 de noviembre de 2005.--- Dip. Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Emilio Chuayffet Chemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se tome de conocimiento los siguientes movimientos en la Comisión de Relaciones Exteriores, lo anterior para los efectos correspondientes:

    Relaciones Exteriores Diputada: Ma. Cristina Díaz Salazar Movimiento: Baja Cargo: I

    Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 29 de noviembre de 2005.--- Dip. Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Emilio Chuayffet Chemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se tome de conocimiento los siguientes movimientos en la Comisión de Agricultura y Ganadería lo anterior para los efectos correspondientes:

    Agricultura y Ganadería Diputado: Gaspar Ávila Rodríguez Movimiento: Baja Cargo: I Diputado: Heriberto Ortega Ramírez Movimiento: Alta Cargo: I

    Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 3 de noviembre de 2005.--- Dip. Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Emilio Chuayffet Chemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se tome de conocimiento los siguientes movimientos en la Comisión de Seguridad Social, lo anterior para los efectos correspondientes:

    Seguridad Social Diputada: Ma. Cristina Díaz Salazar Movimiento: Baja Cargo: Integrante Diputada: Graciela Larios Rivas Movimiento: Alta Cargo: Integrante

    Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 3 de noviembre de 2005.--- Dip. Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Emilio Chuayffet Chemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se tome de conocimiento los siguientes movimientos en la Comisión de Turismo, lo anterior para los efectos correspondientes:

    Turismo Diputado: Heriberto Ortega Ramírez Movimiento: Baja Cargo: I Diputado: Álvaro Burgos Barrera Movimiento: Alta Cargo: I

    Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 3 de noviembre de 2005.--- Dip. Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Emilio Chuayffet Chemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se tome de conocimiento los siguientes movimientos en las Comisiones de Vigilancia de la Auditoría de la Federación, así como en la Especial de la Cuenca Lerma-Chapala, lo anterior para los efectos correspondientes:

    Diputado: José Rangel Espinosa Movimiento: Alta

    Comisión: Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

    Cargo: I Movimiento: Baja Comisión: Cuenca Lerma-Chapala Cargo: I Diputado: Heriberto Enrique Ortega Ramírez Movimiento: Alta Comisión: Cuenca Lerma-Chapala Cargo I

    Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 3 de noviembre de 2005.--- Dip. Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Emilio Chuayffet Chemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se tome de conocimiento los siguientes movimientos del diputado Érick Agustín Silva Santos en las comisiones siguientes:

    Dip. Érick Agustín Silva Santos Movimiento: Baja Comisión: Energía Cargo: I Movimiento: Alta Comisión: Comunicaciones Cargo: I

    Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 3 de noviembre de 2005.--- Dip. Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.
    LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia rectifica el turno que se dio a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado presentada por los diputados Concepción Castañeda Ortiz, Miguel Alonso Raya, Manuel Pérez Cárdenas y Lucio Galileo Lastra, en el sentido de que exclusivamente se turna esta iniciativa a la Comisión de Seguridad Social.
    LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa: Con su permiso, diputado Presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados: comparezco nuevamente ante ustedes con fundamento en las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para someter a su consideración iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VI al artículo 2, y reforma los artículos 3, párrafo primero, y 5, fracción I, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

    Los fenómenos sociales de los últimos 20 años han trazado un margen de cambios demográficos que generan eventos negativos, como la comisión de delitos consumados por grupos dedicados a extender la impunidad y lacerar a los sectores poblacionales del país. Para el Estado, brindar seguridad a los gobernados constituye una obligación ineludible, que es la base principal del sistema de procuración de justicia, encaminado a erradicar la delincuencia organizada operada por células dedicadas a corromper a las autoridades con el fin de consumar sus objetivos criminales, al margen de la ley.

    La Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, publicada el 7 de noviembre de 1996, fue creada con el fin de desmantelar las bandas que operan en el territorio nacional, con influencias provenientes del extranjero, preparadas con tecnología de punta e importantes conocimientos intelectuales para lograr ilícitos de grandes proporciones. Sin embargo, a casi 10 años de vigencia, esta ley debe perfeccionar la aplicación de sus ordenamientos, a fin de mejorar su operación por parte de las autoridades. El artículo 2 de la ley señala que la delincuencia organizada se suscita cuando dos o más personas acuerdan organizarse para realizar en forma permanente o reiterada conductas que por sí o unidas a otras tengan el fin de cometer delitos calificados como graves, conforme al Código Penal Federal, que acabo de precisar.

    Sin embargo, hemos podido observar cómo se ha acrecentado la comisión del delito de evasión de presos en los centros penitenciarios de la República, citando como ejemplo la fuga de 9 presos de un penal de Sinaloa hace unos años, otra más de 14 reos del penal de Las Cruces, en el mismo estado, hace dos años, extendiéndose este fenómeno, que destroza la tranquilidad social y pone en peligro la seguridad de las comunidades.

    Otro delito, como el de pornografía infantil, que la Dirección General de Inteligencia de la Policía Federal Preventiva persigue a través de la Unidad de Policía Cibernética, con patrullajes de la información recolectada para identificar a las personas vinculadas con los ilícitos cometidos por medio de organizaciones internacionales de prostitución que promueven la corrupción de menores, son conductas que deben ser parte del catálogo de sanciones que se castiguen en términos de la ley invocada, debido al impacto social y a la expansión que han cobrado efectos nocivos para México, por lo que les hago un respetuoso exhorto, compañeros legisladores, para crear medios legales que combatan con mayor dureza esas conductas delictivas, siendo necesario instituir los delitos de evasión de presos y pornografía infantil en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, máxime que en ambos casos se castigan con penas superiores a ocho años de prisión, sin derecho a libertad bajo caución, cumpliéndose los requisitos dogmáticos para dar lugar a incluir una fracción VI al artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

    Por otra parte, debo decir con claridad que las acciones que influyen en la realización de episodios antisociales en muchas ocasiones son perpetradas en alianza de servidores públicos con delincuentes. Los artículos 3 y 4 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada preceptúan de manera acertada que en todos los casos los ilícitos serán castigados con prisión. Sin embargo, el artículo 5, fracción I, es inconstitucional: independientemente de que sanciona al servidor público que participa en la realización de los delitos previstos como delincuencia organizada, le impone destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier cargo o comisión públicos, situación que constituye una trasgresión de lo ordenado en el artículo 23 de la Ley Fundamental, el cual establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene.

    En ese caso, de ningún modo se está cumpliendo la prerrogativa constitucional, toda vez que se somete al sujeto a un procedimiento administrativo, previsto en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos o la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos ante los órganos de control interno y la Secretaría de la Función Pública, dando como resultado la destitución e inhabilitación, las cuales son sanciones dictadas con base en una misma irregularidad, contraviniendo el espíritu del mandato supremo. Lo anterior va más allá de dejar al servidor público en estado de indefensión y da lugar a dejar sin efectos una de las sanciones en el contexto de un posible juicio de amparo. El Estado está actuando al margen de lo preceptuado en la Constitución, por lo que con la presente iniciativa pretendo dar regularidad a la aplicación de penas en la materia.

    En suma, es del dominio público que la delincuencia organizada tiene dimensiones masivas que no han podido ser superadas. Por ello, el Gobierno Federal debe emplear los recursos necesarios para estar en condiciones no sólo de adquirir tecnología o nuevos métodos para su erradicación, sino contar con instrumentos jurídicos sólidos, como promuevo en la presente iniciativa. Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona una fracción VI al artículo 2, y reforma los artículos 3, párrafo primero, y 5, fracción I, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como apareció publicada en la Gaceta Parlamentaria del 22 de noviembre del año en curso.

    Transitorio. Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil cinco.

    Solicito de manera atenta y respetuosa, señor Presidente, que se publique íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto, diputado Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa, en mi carácter de diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución General de la República; 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción V al artículo 2, reforma los artículos 3, párrafo primero, y 5, fracción I, de la Ley contra la Delincuencia Organizada, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Los fenómenos sociales de los últimos veinte años han trazado un margen de cambios demográficos que generan eventos negativos, como la comisión de delitos consumados por grupos dedicados a extender la impunidad y lacerar a los sectores poblacionales del país.

    Para el Estado mexicano, brindar seguridad a los gobernados constituye una obligación ineludible que constituye la base principal del sistema de procuración de justicia encaminado a erradicar a la delincuencia organizada operada por células dedicadas a corromper a las autoridades con el fin de consumar sus objetivos criminales al margen de la ley, en nuestros días rebasando los esfuerzos de la administración pública, el aparato jurisdiccional y el penitenciario.

    En la actualidad no existe una actividad en la que los entes criminales limiten su expansión, sea porque comercien con bienes producidos u obtenidos de manera contraria a lo ordenado en la normas o bien porque el giro de sus conductas no puede identificarse en el concurso de personas, situaciones que caracterizan a la comisión de actos delictivos como el terrorismo, el secuestro, el narcotráfico, la trata de blancas y el robo de automóviles combatidos conforme a la Ley contra la Delincuencia Organizada, publicada por decreto presidencial del 7 de noviembre de 1996.

    La Ley contra la Delincuencia Organizada fue creada con el fin de desmantelar a las bandas que operan en el territorio nacional con influencias provenientes del extranjero, preparadas con tecnología de punta e importantes conocimientos intelectuales para lograr ilícitos de grandes proporciones, sin embargo a casi diez años de vigencia, esta ley debe desarrollar en un campo estable la aplicación de sus ordenamientos a fin de perfeccionar su operación por parte de las autoridades y con ello satisfacer el espíritu del pensamiento advertido hace mas de dos siglos por el filósofo alemán Tomás Hobbes, quien en su obra El Leviatán aseveró que ``El hombre introduce restricciones a sus similares para contrarrestar los problemas que desestabilizan la armonía de las comunidades''.

    El artículo 2 de esta ley señala que la delincuencia organizada se suscita cuando dos o más personas acuerden organizarse para realizar en forma permanente o reiterada conductas que por sí o unidas a otras tengan el fin de cometer los delitos calificados como graves conforme al Código Penal Federal y que se precisan en el párrafo que antecede.

    Sin embargo, hemos podido ver cómo se ha acrecentado la comisión de delitos de evasión de presos desde el 18 de enero del 2001 con la fuga del narcotraficante Joaquín Guzmán Loera del penal de máxima seguridad de Puente Grande, Jalisco, la fuga de nueve presos del penal de Sinaloa en el 2002, otra más de 14 reos del penal de Las Cruces en el 2003, acrecentando este cáncer que tanto lacera a las comunidades.

    Otro delito como el de la pornografía infantil que la Dirección General de Inteligencia de la Policía Federal Preventiva persigue a través de la Unidad de Policía Cibernética con patrullajes de la información recolectada para identificar a las personas vinculadas con los ilícitos cometidos por medio de organizaciones internacionales de prostitución que promueven la corrupción de menores, son conductas que deben ser parte del catalogo de sanciones que se castiguen en términos de la ley invocada, debido al impacto social y expansión que han cobrado efectos nocivos para México.

    Los miembros que integramos a los organismos que conforman a los poderes de la unión, sólo podremos encontrar el camino hacia la paz, la armonía y la estabilidad que merece la sociedad en nuestro país a través de determinaciones serias que aporten los medios legales que den batalla a los enemigos de la justicia, es por ello que en la presente iniciativa pretendo que esta asamblea adquiera conciencia de la necesidad de instituir los delitos de evasión de presos y pornografía infantil como objeto de persecución de la delincuencia organizada, máxime que en ambos casos se castigan con penas superiores a los 8 años de prisión, sin dar lugar a alcanzar el beneficio de la libertad bajo caución, siendo por los medios comisivos hacia su consumación materia de concurso de delitos cumpliéndose los requisitos dogmáticos para dar lugar a incluir una fracción VI en el artículo 2 de la Ley contra la Delincuencia Organizada.

    Por otra parte, debemos decir con claridad que las acciones que influyen en la realización de episodios delictivos organizados son perpetrados en alianza de servidores públicos con agentes de la criminalidad, por ello se establecieron en el marco jurídico criterios de para investigar, perseguir, procesar y sancionar a personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza dentro del gobierno, pero que omiten sus obligaciones frente a la sociedad, generando condenas de naturaleza penal o administrativa.

    Los artículos 3 y 4 de la Ley contra la Delincuencia Organizada argumentan de manera acertada que en todos los casos los ilícitos serán castigados con prisión, sin embargo el artículo 5, fracción I, podemos decir que es inconstitucional en virtud independientemente de que sanciona al servidor público que participe en la realización de los delitos previstos para la delincuencia organizada, le impone destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier cargo o comisión públicos, situación que constituye una trasgresión a lo ordenado en el artículo 23 de la Ley Fundamental, el cual establece que nadie pude ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene.

    Como podemos percatarnos, en este caso de ningún modo se esta cumpliendo con la prerrogativa constitucional, toda vez que se somete al sujeto a un procedimiento administrativo previsto en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos o la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos ante los órganos de control interno y la Secretaría de la Función Pública dando como resultado la destitución e inhabilitación, las cuales son sanciones dictadas con base a una misma irregularidad contraviniendo el espíritu del mandato supremo.

    Lo anterior, más allá de dejar al servidor público en estado de indefensión y dar lugar a dejar más adelante sin efectos una de las sanciones en el contexto de un posible juicio de amparo que transgrede en el alma justiciable del estado ante una conducta que dio origen al castigo, en realidad el Estado esta actuando fuera del margen de lo preceptuado en la norma jurídica superior, por ende en la presente iniciativa pretendo dar regularidad a la aplicación de penas en la materia sin dar lugar a actuar con legalidad pero fuera del ánimo de la regulación en la Ley Fundamental.

    En suma, es del dominio público que la delincuencia organizada asume dimensiones masivas entre agentes y servidores públicos que cuenta con una el filosofía real que no ha podido ser superada por los beneficios de la globalización, por ello el gobierno federal si desea triunfar en su combate deben no solo emplear todos sus recursos sino recurrir a técnicas de investigación y para estar en condiciones no sólo de adquirir tecnología o nuevos métodos presento esta iniciativa que brinda nueva visión de la procuración de justicia que beneficiará a todo el país.

    Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción V al artículo 2; y reforma los artículos 3, párrafo primero, y 5, fracción I, de la Ley contra la Delincuencia Organizada

    Artículo Único: Se adiciona una fracción V al artículo 2, reforma los artículos 3, párrafo primero, y 5, fracción I, de la Ley contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

    Título Primero Disposiciones Generales

    Capítulo Único Naturaleza, Objeto y Aplicación de la Ley

    Artículo 2. Cuando tres o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada:

    I. a V. ...

    VI. Evasión de presos previsto en el artículo 150 y Pornografía Infantil previsto en el artículo 201 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común, y para toda la República en Materia de Fuero Federal, o en las disposiciones correspondientes de las legislaciones penales estatales.

    Artículo 3o.- Los delitos a que se refieren las fracciones I, II, III, IV, V y VI, del artículo anterior, que sean cometidos por algún miembro de la delincuencia organizada, serán investigados, perseguidos, procesados y sancionados conforme a las disposiciones de esta ley.

    ...

    Artículo 5o.- Las penas a que se refiere el artículo anterior se aumentarán hasta en una mitad, cuando:

    I. Se trate de cualquier servidor público que participe en la realización de los delitos previstos para la delincuencia organizada. Además, se impondrán a dicho servidor público, destitución o, según la gravedad del caso, inhabilitación para desempeñar cualquier cargo o comisión públicos, o

    II...

    Transitorio

    Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2005.--- Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Así se hará, señor diputado; y se turna su iniciativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

    A esta Presidencia acaba de llegar comunicación de la Junta de Coordinación Política. En consecuencia, solicito a la Secretaría que dé lectura a la misma y ponga a consideración de la Asamblea, en votación económica, el contenido del acuerdo de la Junta de Coordinación Política.


    ORDEN DEL DIA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en el artículo quinto del Acuerdo Parlamentario relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación; que la comunicación anexa, por la que el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México sustituye integrante en la Comisión de Economía, sea integrada al orden del día de la sesión del día 29 de noviembre de 2005.

    Sin otro particular.

    Palacio Legislativo, México DF, a 29 de noviembre de 2005.--- Por la Junta de Coordinación Política.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica) PRD, Presidente; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), PRI; Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), PAN; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica), PVEM; Dip. Alejandro González Yáñez, PT; Dip. Jesús Martínez Álvarez, PC.»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.


    COMISIONES LEGISLATIVAS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dip. Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27, 34, numeral 1, inciso c), 44, numeral 2, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito informar a usted que el que suscribe sustituye temporalmente al diputado Julio Horacio Lujambio Moreno en la Comisión de Economía.

    Motivo por el cual solicito se turne la presente solicitud a la Mesa Directiva y se realicen todos los trámites conducentes con el fin de que sea integrado de inmediato en dicha Comisión, con todo lo que por hecho y derecho me corresponda; lo anterior para los efectos legales a que haya lugar.

    Sin otro particular, agradezco de antemano la atención que se sirva brindar al presente.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México DF, a 29 de noviembre de 2005.--- Dip. Jorge Kahwagi Macari, coordinador.»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado.
    CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES -CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - CODIGO DE COMERCIO - LEY FEDERAL DE TRABAJO
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se recibió del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código de Comercio y de la Ley Federal del Trabajo.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código de Comercio y de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito diputado federal Hugo Rodríguez Díaz, integrante de esta H. LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y relativos, pone a la consideración de esta Asamblea la siguiente iniciativa de ley con carácter de decreto que propone la adición del párrafo segundo del artículo 303 del Código Federal de Procedimientos Civiles; del tercer párrafo del artículo 103 del Código Federal de Procedimientos Penales; la modificación de las fracciones V y VII, así como la adición de la fracción VII del artículo 1068 del Código de Comercio y la adición de un tercer párrafo al artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo, acorde con la siguiente

    Exposición de Motivos

    La forma de utilizar hoy el sistema electrónico Internet varía, con mucho, de sus inicios.

    Internet se inicio como un proyecto de defensa de Estados Unidos a finales de los años 60 y fue solo la solución a un problema estratégico que enfrentó ese país para comunicar sus bases después de una posible guerra nuclear. Con el paso de los años esta forma de comunicación se fue extendiendo y así, a inicio de los años 90, se inició un sistema de enlace para comunicarse de un lugar a otro, bajo un procedimiento multimedia o de referencia al tipo de contenidos que pueda manejarse (texto, gráfico, videos, sonidos y otros), así como las bases sobre las que se transmite la información.

    Con el vertiginoso avance de la tecnología electrónica, el sistema Internet se ha colocado como un sistema de comunicación que igual puede transmitir información entre los puntos más lejanos entre sí de la tierra que estén conectados a esta red como entre dos simples computadoras que se encuentren frente a frente.

    En muchas partes de nuestro país existen ya desde las conexiones públicas de Internet conocidas como ``cyber cafés'' hasta las conexiones por cualquier línea telefónica o las comunicaciones por cable que vemos en las sofisticadas redes de ``banda ancha'' que conectan a cualquier persona que pretenda comunicarse de forma inmediata con otro igual, hasta las conexiones por cable que con una sorprendente velocidad y amplitud, permiten enlazarse con prácticamente cualquier oficina gubernamental o empresa de mediana importancia hasta cualquier compañía básica en el desarrollo comercial del mundo.

    Sin embargo, este avance tecnológico no ha traído consecuencias dentro de la legislación mexicana de tal manera que se pueda utilizar para reglamentar la comunicación entre los juzgados y las partes que participan, ya sea como actor o como demandado dentro de un litigio, evitando con ello los gastos gubernamentales y pérdida de tiempo a las partes.

    En ese sentido y como integrante de esta LIX Legislatura afirmo, con razón, que no es posible dejar pasar estos avances científicos y tecnológicos sin adecuar la legislación vigente de tal forma que sean utilizados en su beneficio. Así, los legisladores no debemos quedarnos perplejos frente a estos hechos reales ante los cuales el derecho aún no tiene respuesta. Estos avances tecnológicos relacionados con el Derecho pueden resumirse en dos palabras: reforma y evolución.

    Es claro que los códigos de Comercio y federales de Procedimientos Civiles y Penales, puestos en vigor por Porfirio Díaz en 1890, por Manuel Ávila Camacho en 1942 y por Abelardo L. Rodríguez en 1934, no previeron ni pudieron prever los adelantos científicos y tecnológicos que ahora vemos como parte natural y común de nuestras vidas. Así se pone en ejercicio el principio general de derecho que dice que ``nadie está obligado a lo imposible'', ya que, para el caso, era imposible que al momento de entrar en vigor los códigos en mención señalaran tan siquiera someramente los avances que en esa época eran desconocidos e impredecibles; pero, en la actualidad, el no hacerlo, nos hace desconocer una realidad que hace imposible ``tapar el sol con un dedo'' y que, por esta vía, nos lleva a actualizar nuestras leyes.

    Luego, al tener en cualquier parte del mundo la forma de emitir y ser receptor de cualquier tipo de comunicación, el no utilizarlo en la legislación mexicana nos hace desairar todo el esfuerzo que el ser humano ha hecho en estos avances tecnológicos y por ello desechar y hasta repudiar --sin que esto sea permisible o aceptable-- a la ciencia en sí que tiene como fin definitivo mejorar nuestra calidad de vida.

    Por su parte, cualquier litigante sabe que uno de los factores de mayor apremio ante sus clientes es el tiempo que pasa entre la demanda y el ejercicio de la sentencia, y que ese espacio de tiempo puede ser disminuido cuando se baje la carga de trabajo a las oficinas de notificaciones de los tribunales federales.

    Cabe señalar que en Jalisco, desde principios de 1995, el actual Código de Procedimientos Civiles vigente en ese estado establece la posibilidad de utilizar medios electrónicos para llevar a cabo las notificaciones, mientras que el Código Fiscal de la Federación, desde las reformas de 2004 es posible utilizar los medios electrónicos aunque para otros fines como lo son la misma comunicación del contribuyente con la autoridad fiscal y con otro tipo de requisitos de mayor complicación como lo son la firma electrónica avanzada que, en los casos de litigios ante los juzgados federales actualmente no sería posible manejar tanto por la cantidad de comunicaciones entre partes y tribunales como por la falta de certeza de que los tribunales cuenten con la comunicación electrónica.

    Es por ello que al tener a nuestro alcance este medio de comunicación inmediata, que antes que causar egresos al patrimonio federal significa la disminución de uno necesario e indispensable como son los gastos por notificaciones, y no utilizarlo, además de ser un desprecio a la disminución del tiempo de resolución de nuestros litigios, es un insulto para una sociedad civil que, como la nuestra, avanza sin que la parte gobernante progrese en la misma velocidad que lo hacen sus gobernados.

    No es ocioso señalar que estas notificaciones, debido a que todavía existe la posibilidad de que no se tenga acceso al sistema Internet no deberán ser oficiosas sino que deberán ser acorde a la posibilidad de disposición por parte del tribunal donde se lleve a cabo el litigio y solo y cuando sea solicitado por cualquiera de las partes conforme al sistema actual, esto es, por escrito y cumpliendo con las formalidades esenciales requeridas por los códigos de Comercio y federales de Procedimientos Civil y Penal, además de señalar, por parte de quien hace la petición, un domicilio electrónico para llevar a cabo las notificaciones así como ser acordado por la autoridad ante quien se litiga y, esencialmente, que quede prueba fehaciente de que se llevó a cabo esa notificación y que actualmente los sistemas electrónicos ya nos permiten como ``acuse de recibo'', con la salvedad de que los emplazamientos, en las materias civil, de comercio y laboral, por ser de carácter personalísimo, no podrán, de ninguna manera, ser manejados en forma electrónica. En materia penal no es necesario hacer esta observación ya que la figura del emplazamiento, como tal, no existe y, para el caso, lo es la detención del presunto responsable que por obvio de razones se hace en forma personalísima.

    Finalmente, no se señalan en esta iniciativa todas las leyes que se refieren a las notificaciones puesto que en el resto de los procedimientos federales que se llevan como juicio o en forma de juicio se señala que a falta de disposición expresa, se aplicará supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles que sí se incluye en esta iniciativa. Además, esta iniciativa, como cualquier otro acto humano, no es perfecta y solo pretende iniciar lo que se debió realizar hace ya más de 15 años, por lo que de ser necesaria en cualquier otra ley, la Comisión o Comisiones a las que se les turne este proyecto estarán, en caso de aprobarlo, en condiciones de incluir en el dictamen el resto de leyes en las que sea necesaria y posible la notificación por medios electrónicos.

    En ese sentido, el suscrito diputado federal Hugo Rodríguez Díaz, integrante de esta H. LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y relativos, pone a la consideración de esta asamblea la siguiente

    Iniciativa de ley con carácter de decreto que presenta el diputado federal Hugo Rodríguez Díaz que propone la adición de un segundo párrafo al artículo 303 del Código Federal de Procedimientos Civiles; del tercer párrafo del artículo 103 del Código Federal de Procedimientos Penales; la modificación de las fracciones V y VI, así como la adición de la fracción VII del artículo 1068 del Código de Comercio, y la adición de un tercer párrafo del artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

    Artículo Primero.- Se adiciona el párrafo segundo al artículo 303 del Código Federal de Procedimientos Civiles, para quedar como sigue:

    Artículo 303.- ...

    Las notificaciones podrán hacerse a través de medios electrónicos de comunicación que disponga el tribunal, siempre y cuando el o los interesados se lo soliciten por escrito con las formalidades señaladas en este capítulo y señalado domicilio electrónico para hacerlo, exista acuerdo que lo autorice y quede prueba fehaciente de la práctica de las mismas. Los emplazamientos no serán hechos por ningún motivo por vía electrónica.

    Artículo Segundo.- Se adiciona el tercer párrafo del artículo 103 del Código Federal de Procedimientos Penales para quedar como sigue:

    Artículo 103.- ...

    ...

    Las notificaciones podrán hacerse a través de medios electrónicos de comunicación que disponga el tribunal, siempre y cuando el o los interesados se lo soliciten por escrito con las formalidades señaladas en este capítulo y señalado domicilio electrónico para hacerlo, exista acuerdo que lo autorice y quede prueba fehaciente de la práctica de las mismas.

    Artículo Tercero.- Se modifican las fracciones V y VI, así como se adiciona la fracción VII al artículo 1068 del Código de Comercio para quedar como sigue:

    Artículo 1068.- ...

    ...

    I. a IV. ...

    V. Por correo;

    VI. Por telégrafo, y

    VII. Por medios electrónicos de comunicación que disponga el tribunal, siempre y cuando el o los interesados se lo soliciten por escrito con las formalidades señaladas en este capítulo y señalando domicilio electrónico para hacerlo, exista acuerdo que lo autorice y quede prueba fehaciente de la práctica de las mismas. Los emplazamientos no serán hechos por ningún motivo por vía electrónica.

    Artículo Cuarto.- Se adiciona un tercer párrafo al artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:

    Artículo 739.- ...

    Las notificaciones podrán hacerse a través de medios electrónicos de comunicación que disponga la Junta, siempre y cuando el o los interesados se lo soliciten por escrito con las formalidades señaladas en este capítulo y señalado domicilio electrónico para hacerlo, exista acuerdo que lo autorice y quede prueba fehaciente de la práctica de las mismas. Los emplazamientos no serán hechos por ningún motivo por vía electrónica.

    Transitorios

    Primero.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo.- Se deroga cualquier disposición contraria a lo establecido en este decreto.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, México Distrito Federal, a 29 de noviembre de 2005.--- Dip. Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

    Toda vez que ha concluido el tiempo fijado para desahogar esta sesión, pido a la Secretaría que dé lectura a los asuntos en cartera y al orden del día de la próxima sesión; lo primero, si los hay.


    ORDEN DEL DIA

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

    Orden del día

    Jueves 1o. de diciembre de 2005.

    Acta de la sesión anterior.

    Comunicaciones

    Dictámenes de primera lectura

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Alma Cecilia Villarreal Garza y César Acosta Gámez, para prestar servicios en el Centro de Comercio e Inversión de Corea (KOTRA) en Monterrey, Nuevo León.

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Jaime Virgilio Nualart Sánchez, Ramiro Eduardo Osorio Fonseca y General de Brigada DEM Adolfo Domínguez Martínez, para aceptar y usar las condecoraciones que les otorgan el Gobierno del Reino de España y la Junta Interamericana de Defensa, respectivamente.

    Dictámenes a discusión

    De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona el Código de Comercio.

    De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma el artículo 1056 del Código de Comercio.

    De las Comisiones Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Federal de Procedimientos Penales.

    De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Quetzal en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Guatemala.

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano embajador Carlos Rodríguez y Quezada, para aceptar y usar la condecoración de la Estrella Yugoslava de Primer Grado, que le otorga el Gobierno de Serbia y Montenegro.

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Verónica Solís Pesquera y Enrique Gutiérrez Carmona, para prestar servicios en la Embajada de la República Checa y en la Delegación de la Comisión Europea en México, respectivamente.

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Luis Antonio Morán Mora, Luz del Carmen Salcedo Vaudrecourt, Teodora María López Noriega y Mercedes González Gutiérrez, para prestar servicios en la Embajada y en los Consulados de los Estados Unidos de América, en México, Hermosillo, Sonora y Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Felipe Camelo Schwars, Miguel González Calette, Salvador Meléndez Mena, José Saúl Juárez Vega, Miguel Hakim Simón, Juan Benito Artigas Hernández y Raúl Sergio Arroyo García, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de la República de Guatemala, del Reino de Dinamarca, de la República Francesa, del Reino de España, de la República de El Salvador y de la República de Panamá, respectivamente.

    Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»


    REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muchas gracias, señora secretaria. La última verificación de quórum se tomará en cuenta para registro final de asistencia.
    CLAUSURA Y CITATORIO
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga (a las 16:00 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 1 de diciembre, a las 10:00 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 8: 00 horas. Se levanta la sesión.--------------- o --------------- RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 4 horas 48 minutos.

  • Quórum a la apertura de sesión: 330 diputados.

  • Asistencia al cierre de registro: 390 diputados.

  • Verificación de quórum: 358 diputados.

  • Asistencia al final de la sesión: 358 diputados.

  • Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 1

  • Oradores en tribuna: 39 PRI-14; PAN-6; PRD-12; PVEM-3; PT-2; Conv-2.

    Se recibió:

  • 2 comunicaciones del Congreso del estado de Guerrero;

  • 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que informa de cambios en la integración del Grupo de Amistad México - Cuba;

  • 2 comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que informa de cambios en la integración de las comisiones de Reforma Agraria y de Ciencia y Tecnología;

  • 1 oficio del Consejo de la Judicatura Federal, con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados;

  • 1 informe de la Comisión Especial, para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana y a la procuración de justicia vinculada;

  • 2 oficios de la Secretaría de Gobernación, por los que solicita permiso para que dos ciudadanos puedan desempeñar los cargos de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Querétaro, con circunscripción consular en el estado de Querétaro; y de cónsul honorario de Japón en la ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el estado de Baja California, respectivamente;

  • 7 oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados;

  • 10 comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que propone cambios en la integración de las comisiones de: Educación Pública y Servicios Educativos; Ciencia y Tecnología; Justicia y Derechos Humanos; Economía; Relaciones Exteriores; Agricultura y Ganadería; Seguridad Social; Turismo; Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación; Especial de la Cuenca Lerma-Chapala; Energía, y de Comunicaciones.

  • 1 iniciativa del Congreso del estado de San Luis Potosí;

    1 iniciativa de senadora del PRI;

  • 7 iniciativas del PRI;

  • 1 iniciativa del PRI, PAN y PRD;

  • 3 iniciativas del PAN;

  • 6 iniciativas del PRD;

  • 4 iniciativas del PVEM;

  • 1 iniciativa del PT.

    Dictámenes de primera lectura:

  • 1 de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 79 y reforma el artículo 80 del Código de Comercio;

  • 1 de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma el artículo 1056 del Código de Comercio;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 208 bis y el artículo 260 y reforma el artículo 464 de la Ley General de Salud; y adiciona el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales;

  • 1 de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos;

  • 2 dictámenes de la Comisión de Gobernación, con proyectos de decreto que conceden permiso a los ciudadanos Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega y Carlos Rodríguez y Quezada, para aceptar y usar las condecoraciones que les otorgan los Gobiernos de la República de Guatemala y de Serbia y Montenegro, respectivamente;

  • 2 dictámenes de la Comisión de Gobernación, con proyectos de decreto que conceden permiso a seis ciudadanos para prestar servicios en la Embajada de la República Checa, en la Delegación de la Comisión Europea en México y en diversas representaciones diplomáticas de los Estados Unidos de América en México;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyectos de decreto que conceden permiso a seis ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de la República de Guatemala, del Reino de Dinamarca, de la República Francesa, del Reino de España, de la República de El Salvador y de la República de Panamá, respectivamente.

    Dictámenes aprobados:

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Eduardo Graneros Bárcenas para aceptar y usar la medalla que le otorgan las Fuerzas Armadas de la República de El Salvador, así como la condecoración y medalla que le otorga el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela;

  • 1 de la Comisión de Energía, con punto de acuerdo a la proposición presentada en la sesión del 5 de abril de 2004, para exhortar a la Comisión Federal de Electricidad a que considere la pertinencia de que varios municipios del estado de Michoacán, sean cambiados para su atención de la División Centro-Sur a la División Centro-Occidente, con sede en Morelia;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Transportes y de Energía, con punto de acuerdo a la proposición presentada en la sesión del 29 de abril de 2004, para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a que coordine la formulación y el impulso a un programa de accesibilidad que tenga por objeto establecer rampas y sanitarios especiales para personas con discapacidad en los paraderos de la red carretera nacional.

  • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 34 - A, 34 - B y 34 - C a la Ley Federal de Protección al Consumidor, presentada el 23 de octubre de 2001;

  • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 1259 del Código de Comercio, presentada el 28 de abril de 2005;

  • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1o. y agrega un Capítulo V Bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles, presentada el 8 de marzo de 2005;

  • 1 de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1198, 1203 y 1401 del Código de Comercio, presentada el 28 de abril de 2005;

  • 1 de la Comisión de Energía, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 5o. y 14 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, presentada el 27 de abril de 2004.

    DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION (en orden alfabético)
  • Álvarez Monje, Fernando (PAN) Ley Federal de Protección al Consumidor: 179
  • Avilés Nájera, Rosa María (PRD) Ley Aduanera: 168
  • Blackaller Ayala, Carlos (PRI) Ley de Desarrollo Rural Sustentable: 144
  • Bravo Carvajal, Francisco Javier (PRI) Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 constitucional: 149
  • De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo (PAN) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 119 desde curul
  • Domínguez Arvizu, María Hilaria (PRI) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 116, 124
  • Döring Casar, Federico (PAN) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 122, 125
  • García Solís, Iván (PRD) Artículos 84 y 85 constitucionales: 146
  • García Solís, Iván (PRD) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 117, 125
  • Gómez Álvarez, Pablo (PRD) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 115
  • González Schmal, Jesús Porfirio (Conv) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 113
  • González Yáñez, Óscar (PT) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 114
  • González Yáñez, Óscar (PT) Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal: 140
  • Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio (PAN) Ley Federal de Telecomunicaciones: 156
  • Herrera Herbert, Marcelo (PRD) Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos: 155
  • Kahwagi Macari, Jorge Antonio (PVEM) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 115, 120
  • López Núñez, Pablo Alejo (PAN) Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales: 165
  • Martínez Ramos, Jorge (PRD) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 118
  • Morales de la Peña, Antonio (PAN) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 116
  • Morales Rubio, María Guadalupe (PRD) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 118
  • Moreno Ovalles, Irma Guadalupe (PRI) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 123
  • Muñoz Santini, Inti (PRD) Ley Federal de Cinematografía: 158
  • Nazar Morales, Julián (PRI) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 119, 124, 125
  • Padierna Luna, María de los Dolores (PRD) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 121
  • Padierna Luna, María de los Dolores (PRD) Ley Orgánica del Congreso - Ley de Fiscalización Superior de la Federación: 137
  • Palafox Gutiérrez, Martha (PRI) Verificación de quórum: 161 desde curul
  • Perdomo Bueno, Juan Fernando (Conv) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 120
  • Sandoval Figueroa, Jorge Leonel (PRI) Ley Federal contra la Delincuencia Organizada: 199
  • Sandoval Figueroa, Jorge Leonel (PRI) Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos: 162
  • Sandoval Figueroa, Jorge Leonel (PRI) Ley para el Tratamiento de Menores Infractores: 174
  • Sandoval Urbán, Evelia (PRI) Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado: 153
  • Silva Valdés, Carlos Hernán (PRD) Futuro de México: 41
  • Uscanga Escobar, Jorge (PRI) Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: 123
  • Velasco Rodríguez, Guillermo (PVEM) Ley General de Cultura Física y Deporte: 187 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala De La Fuente José Manuel Adame De León Fernando Ulises Aguilar Flores Ubaldo Aguilar Hernández Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu José Alberto Aguirre Maldonado María de Jesús Aguirre Rivero Ángel Heladio Alarcón Hernández José Porfirio Alarcón Trujillo Ernesto Alcántara Rojas José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Victor Manuel Alcocer García Roger David Alemán Migliolo Gonzalo Amezcua Alejo Miguel Anaya Rivera Pablo Aragón Del Rivero Lilia Isabel Arcos Suárez Filemón Primitivo Arechiga Santamaría José Guillermo Arias Martínez Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez Antonio Francisco Ávila Nevárez Pedro Ávila Rodríguez Gaspar Badillo Ramírez Emilio Bailey Elizondo Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez Federico Bazan Flores Omar Bedolla López Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera Manlio Fabio Bitar Haddad Oscar Blackaller Ayala Carlos Bravo Carbajal Francisco Javier Briones Briseño José Luis Buendía Tirado Ángel Augusto Burgos Barrera Álvaro Bustillos Montalvo Juan Campos Córdova Lisandro Arístides Carrillo Guzmán Martín Carrillo Rubio José Manuel Castañeda Ortiz Concepción Olivia Castro Ríos Sofia Celaya Luría Lino Cervantes Vega Humberto Chávez Dávalos Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor Emilio Collazo Gómez Florencio Concha Arellano Elpidio Desiderio Córdova Martínez Julio César Culebro Velasco Mario Carlos Dávalos Padilla Juan Manuel Dávila Salinas Norma Violeta Del Valle Reyes Guillermo Díaz Escarraga Heliodoro Carlos Díaz Nieblas José Lamberto Díaz Rodríguez Homero Díaz Salazar María Cristina Domínguez Arvizu María Hilaria Domínguez Ordoñez Florentino Echeverría Pineda Abel Escalante Arceo Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa Oscar Fernández García Fernando Fernández Saracho Jaime Figueroa Smutny José Rubén Filizola Haces Humberto Francisco Flores Hernández José Luis Flores Rico Carlos Fonz Sáenz Carmen Guadalupe Frías Castro Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime Rafael Galván Guerrero Javier Alejandro García Ayala Marco Antonio García Corpus Teofilo Manuel García Cuevas Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz José Gastélum Bajo Diva Hadamira Godínez y Bravo Rebeca Gómez Sánchez Alfredo González Huerta Víctor Ernesto González Orantes César Amín González Ruíz Alfonso Gordillo Reyes Juan Antonio Grajales Palacios Francisco Guerra Castillo Marcela Guizar Valladares Gonzalo Gutiérrez Corona Leticia Gutiérrez de la Garza Héctor Humberto Gutiérrez Romero Marco Antonio Hernández Pérez David Ibáñez Montes José Angel Islas Hernández Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María Del Carmen Jiménez Sánchez Moisés Laguette Lardizábal María Martha Leyson Castro Armando López Aguilar Cruz López Medina José Lucero Palma Lorenzo Miguel Madrigal Hernández Luis Felipe Marrufo Torres Roberto Antonio Martínez De La Cruz Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Mauricio Martínez López Gema Isabel Martínez López Margarita Martínez Nolasco Guillermo Martínez Rivera Laura Elena Mazari Espín Rosalina Medina Santos Felipe Mejía González Raúl José Meza Cabrera Fidel René Mier y Concha Campos Eugenio Mireles Morales Carlos Monárrez Rincón Francisco Luis Montenegro Ibarra Gerardo Morales Flores Jesús Moreno Arcos Mario Moreno Arévalo Gonzalo Moreno Ovalles Irma Guadalupe Moreno Ramos Gustavo Muñoz Muñoz José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Adolfo Muro Urista Consuelo Nava Altamirano José Eduviges Nava Díaz Alfonso Juventino Nazar Morales Julián Neyra Chávez Armando Ortega Pacheco Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez Martha Pano Becerra Carlos Osvaldo Pavón Vinales Pablo Pedraza Martínez Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora Juan Carlos Pompa Victoria Raúl Ponce Beltrán Esthela de Jesús Posadas Lara Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de Lourdes Ramírez Pineda Luis Antonio Ramos Salinas Óscar Martín Rangel Espinosa José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona Sonia Robles Aguilar Arturo Rocha Medina Ma. Sara Rodríguez Anaya Gonzalo Rodríguez Cabrera Oscar Rodríguez de Alba María del Consuelo Rodríguez Díaz Hugo Rodríguez Javier Rogelio Rodríguez Ochoa Alfonso Rojas Gutiérrez Francisco José Rojas Saldaña Maria Mercedes Román Bojórquez Jesús Tolentino Romero Romero Jorge Rovirosa Ramírez Carlos Manuel Rueda Sánchez Rogelio Humberto Ruíz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas Claudia Saenz López Rosario Sagahon Medina Benjamín Salazar Macías Rómulo Isael Saldaña Villaseñor Alejandro Sánchez Hernández Alfonso Sánchez López Jacobo Sánchez Vázquez Salvador Sandoval Figueroa Jorge Leonel Scherman Leaño María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López Isaías Suárez y Dávila Francisco Tapia Palacios Paulo José Luis Tecolapa Tixteco Marcelo Torres Hernández Marco Antonio Trujillo Fuentes Fermín Uscanga Escobar Jorge Utrilla Robles Jorge Baldemar Valenzuela García Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García Quintín Vega Carlos Bernardo Vega Murillo Wintilo Vega Rayet Juan Manuel Vega y Galina Roberto Javier Vidaña Pérez Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García Adrián Villegas Arreola Alfredo Wong Pérez José Mario Yu Hernández Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Alberto Rafael Zorrilla Fernández Guillermo Zúñiga Romero Jesús Asistencias: 158 Asistencias por cédula: 1 Asistencias comisión oficial: 1 Permiso Mesa Directiva: 23 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 39 Total diputados: 222 Alexander Rábago Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja Angel Juan Álvarez Mata Sergio Álvarez Monje Fernando Álvarez Ramos J. Irene Angulo Góngora Julián Arabian Couttolenc Myriam De Lourdes Aragón Cortés Sheyla Fabiola Ávila Camberos Francisco Juan Baeza Estrella Virginia Yleana Bárcenas González José Juan Barrera Zurita Baruch Alberto Barrio Terrazas Francisco Javier Blanco Becerra Irene Herminia Cabello Gil José Antonio Calderón Centeno Sebastián Camarena Gómez Consuelo Cárdenas Vélez Rómulo Castelo Parada Javier Chavarría Salas Raúl Rogelio Colín Gamboa Roberto Contreras Covarrubias Hidalgo Córdova Villalobos José Angel Corella Manzanilla María Viola Corella Torres Norberto Enríque Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez Rodrigo Iván Cruz García Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto de la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado Blanca Judith Díaz González Felipe de Jesús Döring Casar Federico Durán Reveles Patricia Elisa Elías Loredo Álvaro Elyd Sáenz María Salome Eppen Canales Blanca Escudero Fabre María del Carmen Esquivel Landa Rodolfo Esteva Melchor Luis Andrés Fernández Moreno Alfredo Flores Fuentes Patricia Flores Mejía Rogelio Alejandro Galindo Noriega Ramón Gallardo Sevilla Israel Raymundo Gama Basarte Marco Antonio Gámez Gutiérrez Blanca Amelia García Velasco María Guadalupe Garduño Morales Patricia Gómez Morín Martínez del Río Manuel González Carrillo Adriana González Furlong Magdalena Adriana González Garza José Julio González González Ramón González Morfín José González Reyes Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán De Paz Rocío Guzmán Pérez Peláez Fernando Antonio Hernández Martínez Ruth Trinidad Herrera Tovar Ernesto Hinojosa Moreno Jorge Luis Jaspeado Villanueva María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrián Landero Gutiérrez José Francisco Javier Lara Arano Francisco Javier Lara Saldaña Gisela Juliana Lastra Marín Lucio Galileo Llera Bello Miguel Angel Loera Carrillo Bernardo López Mena Francisco Xavier López Núñez Pablo Alejo López Villarreal Manuel Ignacio Madero Muñoz Gustavo Enrique Méndez Galvez Alberto Urcino Mendoza Flores Ma. del Carmen Molinar Horcasitas Juan Francisco Morales De la Peña Antonio Moreno Morán Alfonso Núñez Armas Juan Carlos Ortíz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido José Javier Osuna Millán José Guadalupe Ovalle Araiza Manuel Enrique Ovando Reazola Janette Palmero Andrade Diego Paredes Vega Raúl Leonel Pasta Muñuzuri Angel Penagos García Sergio Pérez Cárdenas Manuel Pérez Moguel José Orlando Pérez Zaragoza Evangelina Preciado Rodríguez Jorge Luis Puelles Espina José Felipe Ramírez Luna María Angélica Rangel Ávila Miguel Ángel Rangel Hernández Armando Ríos Murrieta Homero Rivera Cisneros Martha Leticia Rochín Nieto Carla Rodríguez y Pacheco Alfredo Rojas Toledo Francisco Antonio Ruiz del Rincón Gabriela Sacramento Garza José Julián Salazar Diez De Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández Margarita Sánchez Pérez Rafael Sandoval Franco Renato Saucedo Moreno Norma Patricia Sigona Torres José Suárez Ponce María Guadalupe Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez Carlos Noel Torres Ramos Lorena Torres Zavala Ruben Alfredo Toscano Velasco Miguel Ángel Trejo Reyes José Isabel Treviño Rodríguez José Luis Triana Tena Jorge Trueba Gracian Tomas Antonio Urrea Camarena Marisol Userralde Gordillo Leticia Socorro Valdéz De Anda Francisco Javier Valladares Valle Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena Marisol Vázquez García Sergio Vázquez Saut Regina Vega Casillas Salvador Villanueva Ramírez Pablo Antonio Yáñez Robles Elizabeth Oswelia Zavala Peniche María Beatriz Zavala Gómez del Campo Margarita Ester Asistencias: 101 Asistencias por cédula: 3 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 13 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 31 Total diputados: 148 Alonso Raya Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Avilés Nájera Rosa María Bagdadi Estrella Abraham Boltvinik Kalinka Julio Cabrera Padilla José Luis Camacho Solís Victor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez Nancy Casanova Calam Marbella Chavarría Valdeolivar Francisco Chávez Castillo César Antonio Chávez Ruiz Adrián Cortés Sandoval Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez Tomás de la Peña Gómez Angélica Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares Horacio Ferreyra Martínez David Fierros Tano Margarito Flores Mendoza Rafael García Costilla Juan García Domínguez Miguel Ángel García Laguna Eliana García Solís Iván Gómez Álvarez Pablo González Salas y Petricoli María Marcela Guillén Quiroz Ana Lilia Gutiérrez Zurita Dolores del Carmen Guzmán Cruz Abdallán Herrera Ascencio María del Rosario Herrera Herbert Marcelo Huizar Carranza Guillermo Lagarde y de los Ríos María Marcela Magaña Martínez Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana Guillermina Manzano Salazar Javier Martínez Meza Horacio Martínez Ramos Jorge Mícher Camarena Martha Lucía Mojica Morga Beatriz Montiel Fuentes Gelacio Morales Rubio María Guadalupe Morales Torres Marcos Moreno Álvarez Inelvo Muñoz Santini Inti Nahle García Arturo Naranjo Y Quintana José Luis Obregón Espinoza Francisco Javier Ordoñez Hernández Daniel Ortega Alvarez Omar Padierna Luna María De Los Dolores Ruiz Argaiz Isidoro Salinas Narváez Javier Sánchez Pérez Rocío Saucedo Pérez Francisco Javier Serrano Crespo Yadira Serrano Jiménez Emilio Silva Valdés Carlos Hernán Suárez Carrera Víctor Tentory García Israel Torres Cuadros Enrique Tovar de la Cruz Elpidio Valdes Manzo Reynaldo Francisco Zepeda Burgos Jazmín Elena Asistencias: 55 Asistencias por cédula: 2 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 31 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 9 Total diputados: 97 Alvarado Villazón Francisco Xavier Alvarez Romo Leonardo Ávila Serna María Espino Arévalo Fernando Fernández Avila Maximino Alejandro González Roldán Luis Antonio Kahwagi Macari Jorge Antonio Méndez Salorio Alejandra Ochoa Fernández Cuauhtémoc Orozco Gómez Javier Velasco Coello Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Asistencias: 6 Asistencias por cédula: 2 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 5 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 4 Total diputados: 17 Guajardo Anzaldúa Juan Antonio Asistencias: 1 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 5 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 6 CONVERGENCIA González Schmal Jesús Porfirio Moreno Garavilla Jaime Miguel Perdomo Bueno Juan Fernando Asistencias: 2 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 2 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 1 Total diputados: 5 DIPUTADOS INDEPENDIENTES Camarillo Zavala Isidro Campa Cifrián Roberto Rafael Clouthier Carrillo Tatiana Total diputados: 4 Aguilar Hernández Roberto Aquiles Aguirre Rivero Ángel Heladio Amezcua Alejo Miguel Aragón Del Rivero Lilia Isabel Astiazarán Gutiérrez Antonio Francisco Bazan Flores Omar Bravo Carbajal Francisco Javier Buendía Tirado Ángel Augusto Carrillo Guzmán Martín Carrillo Rubio José Manuel Castro Ríos Sofia Chávez Dávalos Sergio Armando Del Valle Reyes Guillermo Díaz Salazar María Cristina Fernández García Fernando Flores Rico Carlos Galindo Jaime Rafael Galván Guerrero Javier Alejandro García Ortiz José Hernández Pérez David López Aguilar Cruz Martínez López Gema Isabel Martínez Nolasco Guillermo Moreno Arévalo Gonzalo Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Adolfo Nava Altamirano José Eduviges Ortega Pacheco Ivonne Aracelly Pedraza Martínez Roberto Pérez Góngora Juan Carlos Pompa Victoria Raúl Ponce Beltrán Esthela de Jesús Rodríguez de Alba María del Consuelo Román Bojórquez Jesús Tolentino Ruíz Cerón Gonzalo Tecolapa Tixteco Marcelo Uscanga Escobar Jorge Wong Pérez José Mario Zepahua Valencia Mario Alberto Rafael Faltas por grupo: 39 Barrio Terrazas Francisco Javier Cruz García Concepción Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado Blanca Judith Díaz González Felipe de Jesús Durán Reveles Patricia Elisa Eppen Canales Blanca Fernández Moreno Alfredo Gutiérrez Ríos Edelmira Morales De la Peña Antonio Núñez Armas Juan Carlos Ortíz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido José Javier Ovalle Araiza Manuel Enrique Ovando Reazola Janette Paredes Vega Raúl Leonel Penagos García Sergio Pérez Moguel José Orlando Preciado Rodríguez Jorge Luis Rivera Cisneros Martha Leticia Rodríguez y Pacheco Alfredo Sacramento Garza José Julián Sigona Torres José Tiscareño Rodríguez Carlos Noel Torres Ramos Lorena Toscano Velasco Miguel Ángel Triana Tena Jorge Userralde Gordillo Leticia Socorro Vargas Bárcena Marisol Vázquez García Sergio Zavala Peniche María Beatriz Faltas por grupo: 31 Álvarez Pérez Marcos Casanova Calam Marbella García Costilla Juan Guillén Quiroz Ana Lilia Guzmán Cruz Abdallán Huizar Carranza Guillermo Nahle García Arturo Obregón Espinoza Francisco Javier Zepeda Burgos Jazmín Elena Faltas por grupo: 9 Kahwagi Macari Jorge Antonio Méndez Salorio Alejandra Orozco Gómez Javier Velasco Coello Manuel Faltas por grupo: 4 CONVERGENCIA Perdomo Bueno Juan Fernando Faltas por grupo: 1 DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo Tatiana Faltas por grupo: 1
    EFEMERIDES
    «Efeméride con motivo del 95 aniversario del inicio de la Revolución Mexicana, ocurrido el 20 de noviembre de 1910, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia

    Con el permiso de la Presidencia; señoras y señores legisladores:

    Con el adelantado sacrificio de Aquiles Serdán, en Puebla, el 18 de noviembre de 1910, prácticamente se dio la señal de estallamiento de la Revolución Mexicana, ésta que oficialmente terminó el 5 de febrero de 1917 al promulgarse en coincidencia histórica la Constitución General de la República que hoy nos rige.

    Por lo tanto acabamos de festejar los 95 años de esa Revolución Mexicana, del 20 de noviembre de 1910, que como todos sabemos por el lugar común no se ha cumplido cabalmente en beneficio de los herederos populares de quienes la iniciaron y dieron su vida por ella con la meta social de que la emancipación fuera pareja en la búsqueda de equidad en el reparto de la riqueza nacional.

    Sin embargo, para el grupo parlamentario de Convergencia, al comenzar a realizar el balance específico de sus logros, la Revolución Mexicana tiene muchos y muy aleccionadores. Desde luego el reparto agrario que terminó con la concentración latifundista de la tierra labrantía en pocas manos, los hacendados quienes de muchas maneras se convirtieron en prestanombres del revanchismo de los terratenientes clericales.

    Las instituciones de la República fueron los pilares en los que descansó, hasta la fecha, la inserción de México en el concierto de las naciones. Su universalismo e internacionalismo posrevolucionarios siguen mostrando al mundo la cara humanista de los gobiernos emanados de esa Revolución, la cual permitió que la conciencia del pueblo mexicano ascendiera hasta la libertad de pensamiento que confirmó la consolidación de una República y Estado laicos.

    Para el grupo parlamentario de Convergencia tres pueden considerarse los avances de la Revolución Mexicana: educación, salud y recuperación de la riqueza patrimonial del subsuelo, confirmada en la expropiación petrolera de 1938.

    En cuanto a la educación, bastaría dar un vistazo histórico de los contenidos del artículo 30 constitucional para confirmar que no solamente en teoría sino en la práctica la educación popular es la demostración que los luchadores de 1910 tuvieron razón.

    Al estallar el movimiento armado, la población ilustrada era mínima. Las condiciones de los peones acasillados estaban en los linderos de la esclavitud, las tiendas de raya fueron su mejor ejemplo. Eso determinaba que los hacendados mantenían condiciones infrahumanas de explotación e indignidad contra los trabajadores. Todavía es ejemplar la anécdota de una de las razones personales por las que el general Francisco Villa se lanzó a la lucha, debido al abuso del patrón contra su familia.

    Antes de 1910, el analfabetismo abarcaba alrededor de 85% de la población. Después de la Revolución, hoy en pleno siglo XXI sobrevive ese flagelo antisocial en por lo menos 10%. Existen hoy 107 millones de habitantes. Lo cual significa que por lo menos 11 millones de mexicanos son analfabetos. De éstos, más de la mitad (6 millones) son analfabetos absolutos, es decir no hablan, no escriben, no leen el idioma nacional, el español.

    Y lo más grave para el grupo parlamentario de Convergencia es que de esos millones de compatriotas analfabetos son los grupos étnicos indios y los campesinos marginados sin tierra. Núcleos de población mexicana que en su mayoría nutren los éxodos de trabajadores migratorios hacia el país vecino. Aunque hay que decirlo, en los últimos 5 años hay un incremento de migrantes con título o con estudios mínimos de bachillerato, lo que indica claramente que en el éxodo ya está confirmada la fuga de cerebros.

    Por ello, a un lustro de conmemorar el primer centenario de la Revolución Mexicana se vuelve necesario que se dé una reflexión puntual acerca de las soluciones reales que debe haber sobre los aspectos socioeconómicos y culturales que la Revolución Mexicana no ha cumplido.

    Hay un mayor desequilibrio e inequidad en el reparto de la riqueza nacional. Los extremos en la escala de los salarios que perciben los trabajadores son de los más bajos, respecto del promedio que se conoce en los países industrializados.

    En una escala de comparación económica, aquí en el México posrevolucionario va de 1 a 100, es decir, mientras existen familias que se sostienen con el equivalente a una cuarta parte de un salario (11 pesos), éste fluctúa entre 38 a 45 pesos diarios por jornada de 8 horas de trabajo, en el otro extremo hay quienes reciben como pago diario lo que un trabajador de salario mínimo ganaría en un mes.

    Se conocen zonas del país donde existen mexicanos que escasamente 'ganan' y sobreviven con 10 pesos al día. Son mensajeros de la muerte por hambruna y todas las enfermedades que deja la secuela de la desnutrición. Núcleos donde se dan todas las explotaciones modernas. Regiones donde se comercia más barata una niña, que una res.

    Por ello, a juicio del grupo parlamentario de Convergencia están dadas muchas de las condiciones objetivas prerrevolucionarias. De modo que se vuelve necesario que los núcleos de la clase social dirigente y política, a la cual pertenecemos cualitativamente los legisladores, demos un golpe de timón en nuestras actividades de representación social, con la finalidad de que se rompa el ciclo histórico del estallamiento de revoluciones armadas que ha vivido nuestro país, porque existe el misterio de las fechas, pronto estaremos en el 20 de noviembre de 2010.

    Por ello, el grupo parlamentario de Convergencia trae a la atención de esta soberanía estas breves reflexiones para conmemorar el 95 aniversario de la Revolución Mexicana, lo cual resulta más significativo en cuanto a que vamos a entrar a una vorágine político-electoral que suele enviar mensajes e interpretaciones diferentes a los ciudadanos electores, según los intereses políticos de los candidatos y sus partidos.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 22 de noviembre de 2005.--- Dip. Jesús González Schmal.»

    «Efeméride con motivo de la conmemoración del Día de la Armada de México, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia

    Con el permiso de la Presidencia, señoras y señores legisladores:

    Como secuelas de los desastres naturales que hace unas semanas sufrieran algunas de las entidades ribereñas de nuestros mares con muchos kilómetros de litorales en el país, como son: Yucatán, Chiapas, Quintana Roo, Veracruz y Campeche, se pudo comprobar la inmensa riqueza de los recursos humanos con que cuenta la República a través de una de sus instituciones republicanas: La Armada de México.

    Este 23 de noviembre de 2005 se conmemora el Día de la Armada de México. Su demostración de disciplina, profesionalidad, patriotismo y cumplimiento del deber pudo confirmarse durante varias semanas, inclusive con el aprendizaje que poco antes habían tenido los contingentes desplazados hacia Indonesia, con motivo del tsunami que padecieron aquellos pueblos.

    La Armada de México se ha forjado históricamente a partir de su desarrollo e intervención en hechos de la vida nacional. Su especialización es una de las principales salvaguardas de la seguridad y soberanía de la nación.

    Dentro de lo que cabe conocer legislativamente por los miembros del grupo parlamentario de Convergencia, puede considerarse de alguna manera, una falta de profundización de las necesidades materiales y logísticas que requiere una armada en los tiempos modernos.

    Esto ha limitado que en la toma de decisiones, los partidos políticos representados en la Cámara de Diputados, muchas veces con ausencia de conocimiento técnico especializado, no seamos sensibles ante la evolución tecnológica acerca de las urgencias presupuestarias que debiéramos tomar en cuenta para nutrir más, en cada ejercicio fiscal los requerimientos de nuestra Armada. Particularmente para dotarla de los mejores instrumentos de trabajo, como son las naves de todo tipo que sirvan para sus labores específicas, más ahora que existen dos elementos disolventes contra la soberanía de los países: El narcotráfico y el terrorismo internacional.

    Para el grupo parlamentario de Convergencia, la Armada de México es bastión fundamental para el progreso y de-sarrollo modernos en lo económico, político, financiero y comercial. Somos un país que cuenta con más de 10 mil kilómetros de litorales, los cuales no hemos sabido ni podido aprovechar íntegramente.

    Los litorales de México y los productos del mar que nos corresponden serían el mejor instrumento de enriquecimiento del pueblo mexicano, tanto en lo nutricional básicamente como en los aspectos de desarrollo comercial.

    Por la misma extensión de nuestros litorales, hoy se convierten en un posible foco corrupción y degradación social, si no tuviéramos la inteligencia y dinamismo para proteger a la nación en sus mares y costas. Por lo que la Armada de México es también protectora de la actividad pesquera, particularmente contra los piratas atracadores en altamar de nuestros pescadores.

    El narcotráfico utiliza mil y una maneras de penetración. El grupo parlamentario de Convergencia, como todos los demás en esta soberanía, conoce algunos de los métodos que utilizan esos delincuentes para llevar a cabo sus contrabandos, tanto de sus mercancías como de personas. Contrabandos que ponen en grave riesgo la seguridad nacional.

    Por ello, la Armada de México debe ser comprendida en una concientización institucional estratégica por todos los protagonistas de la vigilancia revolucionaria que prevé la Constitución, para que la mantengamos con el más alto nivel de infraestructura, y que de ser posible mediante mecanismos financieros de prevención, siempre podamos canalizar recursos extraordinarios en los casos de emergencias nacionales que lleguen a afectar el presupuesto de la Armada.

    La Armada además toca muchas de las aristas correspondientes al intercambio de probables informaciones restringidas, con sus homólogas que ahora en la coyuntura de la guerra contra el terrorismo podrían rozar las delicadezas diplomáticas de nuestra soberanía.

    Por ello, el grupo parlamentario de Convergencia considera que es determinante la correlación del intercambio de informaciones y puntos de vista, que salvaguarden siempre la seguridad nacional que depende de este sector de las fuerzas armadas, para que las comisiones legislativas referentes puedan coadyuvar al avance de la infraestructura modernizadora de nuestra Armada.

    Así, para el grupo parlamentario de Convergencia traer ante esta soberanía un reconocimiento explícito a la labor de solidaridad social que está en el espíritu de la Armada de México en su día, significa también refrendar desde la Cámara de Diputados, en esta LIX Legislatura, nuestro fervor institucional.

    Porque en medio de las veleidades que suelen presidir las contiendas preelectorales por limitarse a un proselitismo excluyente de la memoria histórica, lo que para nosotros representa la presencia institucional de la Armada de México, sus elementos de base, su oficialidad y toda la infraestructura que se encuentra detrás de sus acciones profesionales y patrióticas, no solamente es histórica sino estratégica.

    Atentamente

    Palacio Legislativo, a 23 de noviembre de 2005.--- Dip. Juan Perdomo Bueno.»

    «Efeméride relativa al 48 aniversario luctuoso del pintor mexicano Diego Rivera, fallecido el 24 de noviembre de 1957, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Leonel Sandoval Figueroa en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39, inciso 3, y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; promuevo efeméride relativa al 48 aniversario luctuoso del pintor mexicano Diego Rivera.

    Diego Rivera nace en el estado de Guanajuato educado en la Academia de Bellas Artes de San Carlos en la Ciudad de México, según registros de 1907, con estudios de pintura en España y Francia, se adapta a las innovadoras formas de la escuela cubista de Pablo Picasso, impresionista de Renoir y compositiva de Cézanne.

    En 1921, Rivera retorna a México, donde representó un papel determinante en el renacimiento de la pintura mural iniciada por José Clemente Orozco y David Alfaro Siqueiros, pintando grandes frescos basados en la historia del país y sus problemas sociales en las paredes de edificios públicos, ya que consideraba que el arte debía servir a la disponibilidad de la clase trabajadora.

    Entre 1923 y 1926, Rivera realiza los murales al fresco de la Secretaría de Educación Pública en la Ciudad de México, así como su obra maestra La tierra fecunda para la Escuela Nacional de Agricultura de Chapingo, en la cual representa el desarrollo biológico del hombre; en el Palacio de Cortés de Cuernavaca, Morelos, y la Secretaría de Salud.

    En 1929 contrajo matrimonio con Frida Kahlo, considerada una representante insigne de la pintura introspectiva mexicana del siglo XX.

    La fama de Diego Rivera lo llevó a exponer y trabajar en Estados Unidos, su obra en aquel país del norte del continente incluye un mural para el Instituto de Bellas Artes de Detroit y un fresco intitulado Hombre en la encrucijada, en el nuevo edificio de la RCA en el Rockefeller Center de Nueva York, destruido poco después de su realización porque contenía un retrato del líder soviético Lenin.

    Un año después, Rivera reprodujo dicho fresco para el Palacio de Bellas Artes de México, y en 1935 concluye uno de sus proyectos más ambiciosos, los frescos para la escalera monumental del Palacio Nacional de la Ciudad de México, con la interpretación de la historia desde los tiempos precolombinos hasta esa época.

    En la década de 1940 pintó dos grandes murales en el Instituto Nacional de Cardiología y otro más en el Hotel del Prado ubicado en la avenida Reforma de la capital del país, nombrado Sueño de la Alameda de tema histórico---crítico, hasta realizar sus últimas obras en mosaico de piedras naturales localizadas en el Estadio Olímpico de la Ciudad Universitaria del Distrito Federal y el Teatro de los Insurgentes.

    No obstante su labor como muralista fue prolífico en la obra de caballete, con visión alegre y sensual del folclore mexicano, lo que legó una importante colección de estatuillas de diversas culturas indígenas, que instaló en su casa museo. Su propósito era ligar el gran pasado con lo que queremos que sea un gran futuro de México, sus obras subsisten por lo que el vive a través de los temas sociales que caracterizaron su notable senda de artista destacado en sus obras patrimonio de la humanidad.

    Los mexicanos debemos rendir un homenaje a Diego Rivera a sus 48 años de desaparición física, víctima de cáncer, el 24 de noviembre de 1957. Fue sepultado en la Rotonda de los Hombres Ilustres en el Panteón Civil de Dolores en la Ciudad de México, para dar a México una importante aportación cultural que la juventud y la sociedad debe aquilatar a fin de brindar nuevas manifestaciones pictóricas que heredar a la humanidad.

    Atentamente.

    Dip. Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica).»